MINERÍA ARTESA NAL COMO ACTIVIDAD DE SUBSISTENCIA Es sorprendente el giro que se quiere dar !on "iolent os an#lisisa la realidad de la $iner%a artesanal en un pa%s &ende!ido por rique'a natural de toda %ndole( Lo !ierto es que el Estado a)n no !uenta !on nor$as !laras en esta $ateria * pese a su a"an!e +rente a na!iones !o$o las a+ri!anas( La po&re'a* la +alta de e$pleo ,de una institu!ionalidad +uerte o-o* no digo s#di!ase !on+unden entre las reales !ausas del des&orde de una a!ti"idad que puede ser en!au'ada en &ien de la na!i.n , de !ada uno de aquellos tra&a-adores de su&sisten!ia( Consultado por/roA!ti"o* el dire!tor general de Miner%a del Ministerio de Energ%a , Minas* VíctorVargas* des!art. no"edosas !ausas del pro&le$a* !o$o el nar!otr#+i!o( Aqu% la entre"ista( ¿Cómo marcha la minería artesanal en Perú?Hay que sincerarnos. Nuestro problema no es la minería artesanal ni la pequeña minería formal . El proble ma es la actividad miner a informal a nivel artesanal o de pequeña minería. Esa es la realidad. Sin embargo , el minero informal no acept a esa realidad y se cali fi ca como “artesanal”. ¿Existen titulares mineros en la informalidad?
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7/25/2019 Minería Artesanal Como Actividad de Subsistencia
retroe'cavadora, con los que disturban los terrenos sin remediarlos y depredan el
ambiente.
7uando actuamos, ciertas asociaciones reclamaron como si maltrat(ramos a
pobre gente indefensa, cuando son grupos econ"micos fortalecidos que saben del
daño que %acen y traba!an por coyuntura de precios altos. 6ientras m(s r(pido
depreden m(s r(pido ganan, sin preocuparse por el futuro.
<l final tenemos pasivos ambientales por los que nadie se responsabili$a y el
Estado tendr( que asumirlos.
¿!u" legislación ampara la formali%ación?
Seguimos con la ey >382 y el decreto supremo 52J que es su reglamento
restituido. =enemos el 1 2545 que precisa las competencias de los gobiernos
regionales respecto a la pequeña minería y minería artesanal, define dic%os
estratos, y tambi#n la fiscali$aci"n.
Sobre el 1 2545, aprovec%amos para %acer un nuevo reglamento que fue el 55,
pero lamentablemente fue derogado.
El 1S 55 establecía que aquel que compraba mineral tenía que abrir un registrode comerciali$ador o productor, para anotar la procedencia del mineral. Aedía
conocer la concesi"n minera, a qui#n se lo compraba, el peso, la ley y todos los
datos para su supervisi"n y evaluaci"n por la autoridad minera competente y luego
cru$ar informaci"n con la Sunat. Ese documento podía ser fiscali$able, para
empe$ar a traba!ar una norma de comerciali$aci"n.
¿.hora con #u" criterio se ordenar la comerciali%ación?
a idea es normar la comerciali$aci"n y que se beneficie el que comerciali$a y el
que produce, en un marco legal formal. Gue sea la comerciali$aci"n el agente
promotor de la formalidad.
¿!u" pro&ecto tienen ante el Programa de las (aciones /nidas para el
Desarrollo 0P(/D1so$re el tema?
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invitaron como observadores y facilitadores y acompañamos este proceso durante
un año, %asta llegar a un acuerdo.
Luntamos a la comunidad de Bpina, mineros de tuata, de <yapata e informales
agrupados en diferentes asociaciones, y el titular minero dueño de una de las
concesiones mineras.
a empresa di!o que les vendería el 8 por ciento de sus acciones a todas las
asociaciones agrupadas en personas !urídicas, se agruparon en tres. Se %i$o la
transferencia de las acciones y formaron una nueva sociedad, el convenio se firm"
y fue el comien$o de la formali$aci"n, pero eso gener" malestar en la gente que
no quiere la formali$aci"n y generaron el caos.
El convenio est( inscrito en los @egistros A)blicos, a%ora viene el paso en que la
empresa y los mineros incorporados %agan su plan de traba!o y estudio ambiental.
¿Esto aún no se ha e2ecutado?
Es lo que sigue a esta etapa. a primera fue el contrato, pues fueron incorporados
como accionistas de la empresa.
El siguiente paso es reunir a los socios de la empresa para que e'pongan c"motraba!ar(n y apoyarlos. Muimos entre !unio y !ulio a estos distritos, %icimos talleres
sobre la normatividad minera y c"mo pueden acceder a la formali$aci"n riego,
mane!o de insumos y mane!o adecuado del mercurio.
Pese a todo viven en conflicto+
Eso sale de la actividad minera t#cnica y entra a problemas de inter#s econ"mico
social. Arimero, los dos alcaldes no querían sentarse en una mesa, en Auno %ubo
una reuni"n %ace dos meses convocada por la A76 en la que los alcaldes
firmaron un pronunciamiento com)n en el que solicitaban a sus pobladores a no
tomar medidas de fuer$a y llegar a un camino de soluci"n. En ambos casos %ubo
acciones, los de tuata bloquearon el camino a <yapata, quienes ya no podían
acceder a sus lavaderos ni llevar sus insumos porque tenían que dar una vuelta
7/25/2019 Minería Artesanal Como Actividad de Subsistencia
Ley N° 27651 .- Ley de formalización y promoción de la
Pequeña Minería y Minería Artesanal.
La presente Ley tiene por objeto introducir en la legislación minera un marco legalque permita una adecuada regulacion de las actividades mineras desarrolladas por
pequeños productores mineros y mineros artesanales, propendiendo a la
formalización, promoción y desarrollo de las mismas.
La pequeña minería y la minería artesanal son actividades que se sustentan en la
utilización intensiva de mano de obra que las convierten en una gran fuente de
generación de empleo y de benecios colaterales productivos, en las áreas de
inuencia de operaciones que generalmente son las más apartadas y deprimidas
del país, constituy!ndose en polos de desarrollo, por lo que resulta necesario
establecer una legislación especial sobre la materia.
Al día de hoy, el gobierno cuenta con una postura política promocional frente a esterégimen, con el fin de fortalecer su desarrollo social y económico a través de la Ley N°27!", Ley de #ormali$ación y %romoción de la %e&ue'a (inería y (inería Artesanal) A travésde esta política se incentiva la formali$ación de minería a pe&ue'a escala) *n consecuencia,los %e&ue'os %roductores (ineros +en adelante, %%( o %roductores (ineros Artesanales +enadelante, %(A, acreditan su condición mediante declaración -urada bienal ante la .irección/eneral de (inería del (inisterio de *nergía y (inas) *ste procedimiento culmina con lae0pedición de la 1onstancia de %e&ue'o %roductor (inero o de %roductor (inero Artesanal,segn el caso, documento legal emitido por la .irección /eneral de (inería)
1abe se'alar &ue mediante esta constancia tanto los %%( y los %(A, recibir3n beneficiospropios a su condición dentro de la pe&ue'a minería, por lo cual resulta crucial &ue a&uellostitulares mineros &ue se encuentren dentro de los par3metros para ser considerados como%%( o %(A, efecten su acreditación ante la .irección /eneral de (inería, ya &ue entre losbeneficios obtenidos se encuentran el pago de un monto menor por .erecho de 4igencia dela concesión, beneficios en los contratos de estabilidad tributaria, cambiaria yadministrativa, así como el pago de un monto menor de penalidades y un menor monto deinversión por producción mínima)
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*eg-n ella, podríamos diferenciar dos categorías para clasicar la minería en
función del cumplimiento de la ley /minería formal, informal e ilegal0 y desde elpunto de vista del tamaño de la e1plotación /minería artesanal, pequeña minería,mediana minería y gran minería0.
Minería ilegal vs. informal2ec3 e1plica que la minería ilegal y la informal tienen dos aspectos en com-n. *onactividades que se ejercen con equipos y maquiniaria que no corresponden altamaño de la actividad y no cumplen las e1igencias administrativas /no tienenconcesión0.
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La diferencia radica en que la minería ilegal se realiza en zonas donde estápro4ibida la e1tracción /pueden ser áreas naturales protegidas, ríos, lagunas0 y no4an iniciado ning-n proceso de formalización.
+n cambio, los mineros informales sí realizan sus actividades en zonas permitidaspara la minería e iniciaron su proceso de formalización. 2ay 56.777 mineros
informales /es decir, que tramitaron su formalización0.
Minería artesanalLos mineros artesanales trabajan en concesiones que no superan las 8.7774ectáreas y su producción es de 9: toneladas m!tricas por día cómo má1imo.
Los pequeña minería opera en una área desde las 8.777 a 9.777 4ectáreas y puedee1traer 4asta ;:7 toneladas al día.
La mediana y gran minería tienen concesiones mayores de 9.777 4ectáreas. Laprimera tiene una producción diaria de entre ;:7 a :.777 toneladas m!tricas aldía. La gran minería supera las :.777 toneladas m!tricas al día.
<+=&+>% L+"*L(>")% 8877
El )ltimo fin de semana, el /obierno emiti" el 1ecreto egislativo 2255, el cual indica que las
actividades mineras en nuestro país no podr(n reali$arse si no cuentan primero con la
autori$aci"n del 6inisterio de Energía y 6inas :6E6;, de lo contrario ser(n consideradas
ilegales y sometidas a acciones de interdicci"n.
El decreto, que regula la interdicci"n de la 6inería legal ampliada a toda la @ep)blica, busca
“garanti$ar la salud de la poblaci"n, la seguridad de las personas, la conservaci"n del
patrimonio natural y de los ecosistemas fr(giles, la recaudaci"n tributaria y el desarrollo de
actividades econ"micas sostenibles”.
a norma pro%íbe el uso de dragas y otros artefactos similares en todos los cursos de aguas,
ríos, lagos, lagunas, coc%as, espe!os de agua, %umedales y agua!alesI asimismo pro%íbe los
bienes, maquinarias, equipos e insumos utili$ados para desarrollo de minería ilegal, entre
otros.
<l respecto, el abogado de la Sociedad Peruana de Derecho ambiental (SPDA), 7#sar
pen$a, indic" que “si bien esta pro%ibici"n estaba ya regulada en otra normas particulares
para 6adre de 1ios y Auno, a%ora se ampli" a todo el país, por tanto pueden perfectamente
ser decomisados o destruidos por la Aolicía y la 17<A, en presencia de los fiscales”.
“as acciones de interdicci"n *es decir, pro%ibir o vetar, y en la pr(ctica incautar, decomisar yPo
destruir cuando corresponda* se %ar(n en presencia del 6inisterio A)blico, en base a
informaci"n facilitada por el 6inem o los gobiernos regionales :/@E;”, agreg".
pen$a tambi#n indic" que “se generar( una suerte de presi"n para que EM< supervise las
obligaciones de los /obiernos @egionales respecto a la fiscali$aci"n de la pequeña minería,
artesanal e ilegal”.
“7uando se supervise el cumplimiento de las obligaciones del /@E y se evidencie un
incumplimiento, EM< podr( comunicar a la 7ontraloría para que inicie las acciones de controlpertinente y reali$ar coordinaciones con la Arocuraduría Especiali$ada en 1elitos <mbientales
a fin de iniciar las acciones legales pertinentes y denunciar a los funcionarios por inacci"n”,
señal" el especialista.
El decreto tambi#n indica que se promover( la participaci"n de la empresa estatal <ctivos
6ineros S.<.7. para remediar los pasivos ambientales mineros originados por la actividad
minera ilegal. Aara este efecto, se constituir( un Mondo de @emediaci"n <mbiental a cargo de