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INSTITUTO TECNOLÓGICO DE TOLUCA INGENIERÍA MECATRÓNICA Normalización en la Ingeniería Prof. AGUILERA AVILA MIGUEL NEMORIO Investigación. Unidad 4. Marco Legal METEPEC, MÉX, 2015
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INSTITUTO TECNOLÓGICO DE TOLUCA INGENIERÍA MECATRÓNICA Normalización en la IngenieríaProf. AGUILERA AVILA MIGUEL NEMORIO

Investigación. Unidad 4.Marco Legal

METEPEC, MÉX, 2015

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4.1 CUMPLIMIENTO LEGAL EN MATERIA DE AGUA

Es objetivo fundamental de la Comisión Nacional del Agua es administrar y preservar las aguas nacionales y como consecuencia de ello alcanzar su uso sustentable.

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GUÍA DEL CUMPLIMIENTO LEGAL

Reglamento de la ley de aguas nacionales (RLAN)Contar con el Título de Concesión o asignación vigentes, otorgado por la autoridad federal. (Art. 30 RLAN)Este debe inscribirse en el Registro Público de Derechos de Agua (Art. 57 RLAN)

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Contar con certificado expedido por la autoridad federal por mantener su Título de concesión. (Art. 44 RLAN)Contar con medidores volumétricos para el consumo de agua potable (Art. 52 RLAN)Tener la documentación que respalde que ha utilizado el volumen concesionado al menos los 3 últimos años (Art. 57 RLAN)

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Aguas residualesContar con el permiso de descarga de las aguas residuales generadas en la instalación, si se realiza a aguas nacionales (ríos, presas, lagunas, mar, etc.) (Art. 57 y Art. 135 RLAN)Contar con el registro del permiso de descarga de aguas residuales, ante el Registro Público de Derechos de Agua. (Art. 57 RLAN)Tener los planos de las instalaciones para la descargar de aguas residuales, en donde se especifique la localización de trampas de grasas y aceites. (Art. 31 RLAN)Realizar análisis de laboratorio para el control y monitoreo de las aguas residuales generadas

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Estar al corriente con los pagos correspondientes de aguas residuales (Art. 192 LFD)Cumplir con las condiciones particulares de descarga dictaminadas por la autoridad federal, cuando aplique (Art. 140 y 143 RLAN)Informar a la Comisión de cualquier cambio en sus procesos (Art. 135 RLANHacer del conocimiento, los contaminantes presentes en las aguas residuales que generen, por cause del proceso industrial o del servicio (Art. 135 RLAN)

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¿QUE ES LA SOLICITUD DE SERVICIOS?

La Solicitud de Servicios, es el formato que los solicitantes y usuarios de Aguas Nacionales y sus Bienes Públicos inherentes deben utilizar para tramitar los servicios hidráulicos que ofrece la CONAGUA, como son: asignaciones, concesiones, permisos, certificados y servicios del Registro Público de Derechos de Agua (REPDA)

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USO EXCLUSIVO DE CONAGUA

ASIGNACIÓN• Es el título que otorga el Ejecutivo Federal,

a través de la CONAGUA o del Organismo de Cuenca que corresponda, conforme a sus respectivas competencias, para realizar la explotación, uso o aprovechamiento de las Aguas Nacionales.

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CONCESIÓN

Es el título que otorga el Ejecutivo Federal, a través de la CONAGUA o del Organismo de Cuenca que corresponda, conforme a sus respectivas competencias, para la explotación, uso o aprovechamiento de las Aguas Nacionales, y de sus Bienes Públicos Inherentes, a las personas físicas o morales de carácter público y privado, excepto los Títulos de Asignación.

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• Es el título que la CONAGUA otorga a las personas físicas o morales para el uso, aprovechamiento y explotación de las aguas que se encuentran en la superficie del Territorio Nacional como ríos, presas, arroyos, lagos, manantiales, esteros, canales, etc.

CONCESIÓN DE APROVECHAMIENTO DE AGUAS SUPERFICIALES

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CONCESIÓN DE APROVECHAMIENTO DE AGUAS SUBTERRANEAS

• Es el título que la CONAGUA otorga a las personas físicas o morales para el uso, aprovechamiento y explotación de las aguas que se encuentran bajo la superficie del Territorio Nacional y que se extraen mediante pozos, norias, tajos, etc.

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PERMISO DE DESCARGA DE AGUAS RESIDUALES

Es el documento que la CONAGUA otorga a las personas físicas o morales que les permite descargar sus aguas residuales en forma permanente o intermitente en cuerpos receptores, sean estos Aguas Nacionales

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4.2 Cumplimiento legal en materia de riesgoToda empresa tiene el deber de cumplir con ciertas normas que le permitirán seguir ejecutando sus actividades de forma natural, de no cumplirse alguna de ellas se aplica una determinada sanción que puede llegar hasta el cierre y clausura de la misma. Dentro del cumplimiento legal en materia de riesgo podemos encontrar que se encuentra subdividido de la siguiente forma:• - Laborales• - Ambientales• - De seguridad• - Sanitarios

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Leyes para la prevención de riesgos

• Artículo 4to. De la Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos-Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. • Artículo 39. Ley Orgánica de la Administración

Pública Federal-Facultades en materia de salubridad general que las leyes le confieren al Ejecutivo Federal, así como vigilar el cumplimiento de la Ley General de Salud, sus reglamentos y demás disposiciones aplicables.

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COMISIÓN FEDERAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS

Es un organismo desconcentrado de la Secretaria de Salud, como lo dispone el artículo 1 del Reglamento de la citada Comisión, y que tiene a su cargo el ejercicio de las atribuciones en materia de regulación, control y fomento sanitarios en los términos de la Ley General de Salud.

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• Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios.-

DOF-18-01- 1988• Reglamento

en Materia de Registros, Autorizaciones de Importación y Exportación y Certificados de Exportación de Plaguicidas y Nutrientes Vegetales y Sustancias y Materiales Tóxicos o Peligrosos.

DOF-28-12-2004• Reglamento Interior de la Comisión Intersecretarial

para el Control del Proceso y Uso de Plaguicidas, Fertilizantes y Sustancias Tóxicas.-

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Cumplimiento Legal en materia de sueloDe acuerdo con la ley ambiental, un residuo es el material o producto de desecho que puede estar en estado sólido, semisólido, líquido o gaseoso.

Los residuos en México pueden ser de tres tipos:• Residuos Sólidos Urbanos• Residuos de Manejo Especial• Residuos Peligrosos

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4.3.1 Residuos no peligrosos• Residuos sólidos urbanos.• Residuos de Manejo Especial• Servicios de salud• Rocas o productos de su descomposición • Actividades pesqueras, agrícolas• Servicios de transporte• Residuos de tiendas departamentales • Residuos generados por la construcción• Residuos tecnológicos

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4.3.2 Residuos Peligrosos

Los Residuos Peligrosos son aquellos que sustancial o potencialmente, ponen en peligro la salud humana o el medio ambiente cuando son manejados en forma inadecuada.

La Norma Oficial Mexicana NOM-052-SEMARNAT-1993 establece las características de los Residuos Peligrosos.

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• Hay varias alternativas para el manejo de los residuos peligrosos. Las principales son las siguientes:

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4.4 Cumplimiento Legal en materia de emisiones de aire

• Integrar un inventario de sus emisiones contaminantes a la atmósfera

• Contar con Licencia de funcionamiento • Cumplir con la normatividad federal• Contar con plataformas, ductos o

chimeneas o puertos de muestreo• Llevar a cabo el monitoreo perimetral

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• Llevar una bitácora de operación y mantenimiento de emisiones

• Dar a aviso anticipado a la Secretaría del inicio de operación de sus procesos

• En caso de utilizar cualquier combustible fósil cumplir con la NOM-085-SEMARNAT-1994

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• NOM-043-SEMARNAT-1993Establece los niveles máximos permisibles de emisión a la atmósfera de partículas sólidas provenientes de fuentes fijas• NOM-085-SEMARNAT-1994Contaminación atmosférica-para fuentes fijas que utilizan combustibles fósiles sólidos, líquidos o gaseosos o cualquiera de sus combinaciones, que establece los niveles máximos permisibles de emisión a la atmósfera de humos

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• NOM-041-SEMARNAT-2006Establece los límites máximos permisibles de emisión de gases contaminantes provenientes del escape de los vehículos automotores en circulación que usan gasolina como combustible.

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• La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente ha desarrollado la presente guía con la finalidad de que sea útil para todas aquellas personas físicas o morales, que deseen autoevaluarse y conocer en forma general, el estado de sus instalaciones en cuanto al cumplimiento de sus obligaciones legales en materia ambiental.

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4.6 Cumplimiento Legal en materia de Seguridad e Higiene en el Trabajo

La seguridad y salud en el trabajo se encuentra regulada por diversos preceptos contenidos en nuestra Constitución Política, la Ley Federal del Trabajo, el Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo, así como por las normas oficiales mexicanas de la materia.

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• Ley Federal del Trabajo.

El artículo 123, Apartado “A”, fracción XV.- De la Ley Suprema dispone que el patrono estará obligado a observar, de acuerdo con la naturaleza de su negociación, los preceptos legales sobre higiene y seguridad en las instalaciones de su establecimiento

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La Ley Federal del Trabajo, en su artículo 132.- Fracción XVI, consigna la obligación del patrón de instalar y operar las fábricas, talleres, oficinas, locales y demás lugares en que deban ejecutarse las labores, de acuerdo con las disposiciones establecidas.

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Art 134 fracción X.- Someterse a los reconocimientos médicos previstos en el reglamento interior y demás normas vigentes en la empresa o establecimiento, para comprobar que no padecen alguna incapacidad o enfermedad de trabajo, contagiosa o incurable.

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Las normas oficiales mexicanas que emite la Secretaría del Trabajo y Previsión Social determinan las condiciones mínimas necesarias para la prevención de riesgos de trabajo y se caracterizan por que se destinan a la atención de factores de riesgo, a los que pueden estar expuestos los trabajadores.

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Número Título de la normaNOM-001-STPS-2008 Edificios, locales e instalacionesNOM-002-STPS-2010 Prevención y protección contra incendiosNOM-004-STPS-1999 Sistemas y dispositivos de seguridad en

maquinariaNOM-005-STPS-1998 Manejo, transporte y almacenamiento de

sustancias peligrosasNOM-006-STPS-2000 Manejo y almacenamiento de materialesNOM-009-STPS-2011 Trabajos en alturaNOM-020-STPS-2011 Recipientes sujetos a presión y calderasNOM-027-STPS-2008 Soldadura y corteNOM-029-STPS-2011 Mantenimiento de instalaciones

eléctricas

Normas de Seguridad

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Número Título de la normaNOM-010-STPS-1999

Contaminantes por sustancias químicas

NOM-011-STPS-2001

Ruido

NOM-014-STPS-2000

Presiones ambientales anormales

NOM-015-STPS-2001

Condiciones térmicas elevadas

NOM-025-STPS-2008

Iluminación

Normas de Salud

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Número Título de la normaNOM-017-STPS-2008

Equipo de protección personal

NOM-018-STPS-2000

Identificación de peligros y riesgos por sustancias químicas

NOM-021-STPS-1994

Informes sobre riesgos de trabajo

NOM-026-STPS-2008

Colores y señales de seguridad

NOM-028-STPS-2012

Seguridad en procesos y equipos con sustancias químicas

NOM-030-STPS-2009

Servicios preventivos de seguridad y salud

Normas de Organización

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Ejemplos de actos inseguros:

o Realizar una operación sin estar autorizado para ello, no obtener la autorización o no advertir que se va realizar esa operación Ej. Poner a funcionar un motor sin avisar cuando otro se encuentra haciendo ajustes en él.o No usar equipos de protección personal (lentes, respiradores, guantes, etc.).o Utilizar herramientas inadecuadas o defectuosas.

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o Adoptar una posición o una postura insegura (levantar objetos muy pesados o levantarlos mal).• Derrame de aceites o grasas sobre el

suelo.• Iluminación deficiente.• Falta de limpieza y orden.

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• Un plan de higiene del trabajo en cada empresa por lo general cubre el siguiente contenido:

1) Un plan organizadoinvolucra la presentación no sólo de servicios médicos, sino también de enfermería y de primeros auxilios, en tiempo total o parcial, según el tamaño de la empresa. 

2) Servicios médicos adecuadosabarcan dispensarios de emergencia y primeros auxilios, si es necesario. Estas facilidades deben incluir:• Exámenes médicos de admisión.• Cuidados relativos a lesiones personales, provocadas por

incomodidades profesionales.• Primeros auxilios.• Eliminación y control de áreas insalubres.

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Referencias

• · Guía de Cumplimento Legal Ambiental. [en línea]. Consultado el 3 de febrero de 2015. Disponible en: http://www.aniq.org.mx/comisiones/Docs_Cmedioambiente/Gu%C3%ADa%20Legal%20Ambiental-4.pdf

• · ¿Cómo se clasifica la basura en México? [en línea]. Consultado el 3 de febrero de 2015. Disponible en: http://www.elecologista.com.mx/index.php?option=com_content&view=article&id=32&Itemid=40

• · Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos. Última reforma publicada DOF 05-12-2014. [en línea]. Consultado el 3 de febrero de 2015. Disponible en: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/263_051214.pdf

• · Página de la SEMARNAT.• Control de Residuos Peligrosos.

http://www.profepa.gob.mx/innovaportal/v/1370/1/mx/control_de_residuos_peligrosos.html• Aire y materia de contaminación.

http://biblioteca.semarnat.gob.mx/janium/Documentos/Ciga/agenda/DOFsr/DO2739.pdf• Norma 20014-2028-20DIC-2011.

http://www.semarnat.gob.mx/archivosanteriores/leyesynormas/Documents/comarnat/ACUERDO%20NOM%20041%2028%20DIC%2011.pdf

• · Reglamento LGEEPA. . [en línea]. Consultado el 3 de febrero de 2015. Disponible en: http://207.248.177.30/mir/uploadtests/33123.177.59.1.Reglamento%20LGEEPA_1.pdf3

• · Cumplimiento legal en materia de riesgo. Cofepris. [en línea]. Consultado el 3 de febrero de 2015. Disponible en: www.cofepris.gob.mx

• · CONAGUA. Disponible en: http://www.conagua.gob.mx