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GACETADEL GOBIERNO ESTADO DE MXICO
E LA
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Peridico Oal Gobierno del E Soberano de MxicoREGISTRO
fici NUM. oqi. j3282801
--0.> ,4,12_
_ __
Mariano Matamoros Sur No. 30 S0130 es 3 de diciembre de 2010No.
104Tomo CXC
Nmero de ejemplares i
!MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DDEFE~.4HOLICA DEL ESTADO DE
"2010 AO DEL BICENTENARIO DE LA INDEPENDENCIA DE MEXICO"
1 8 I 0-20 1 0SECCION TERCERA
PODER EJECUTIVO DEL ESTADOSECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO
CompromisoG obierno que cump leGOBIERNO DELESTADO DE MXICOMANUAL
DE PROCEDIMIENTOS DEL INSTITUTO DE LA
DEFENSORA PBLICA DEL ESTADO DE MXICOAGOSTO DE 2010
SECRETARA GENERAL DE GOBIERNOINSTITUTO DE LA DEFENSORIA PBLICA
DEL ESTADO DE MXICO
Derechos Reservados.Primera Edicin, Agosto de 2010.Gobierno del
Estado de Mxico.Secretaria General de Gobierno.Instituto de la
Defensora Pblica del Estado de Mxico.Impreso y hecho en Toluca,
Mxico.Printed and made in Toluca Mexico.Cuenta de Correo
Electrnico: [email protected] reproduccin total o parcial
de este documentopodr efectuarse mediante la autorizacin
exprofesade la fuente y dndole el crdito correspondiente.
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Edicin: PrimeraFecha: Agosto de 2010Cdigo: 202E00000
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DELINSTITUTO DE LA DEFENSORA PBLICA
DEL ESTADO DE MXICO
Pgina 2 GACETAUDEL 007EONE1/244Z 3 de diciembre de 2010
CONTENIDO
PRESENTACIN
OBJETIVO GENERAL
IDENTIFICACIN E INTERACCIN DE PROCESOS
RELACIN DE PROCESOS Y PROCEDIMIENTOS
DESCRIPCIN DE LOS PROCEDIMIENTOS
4.1 Asesora Jurdica Gratuita en Diversas Materias
4.2 Asesora Jurdica Gratuita Mediante el Programa Itinerante
"Una Defensa de Compromiso"
4.3 Defensa Jurdica en Juzgados Penales de Primera Instancia,
Cuanta Menor y Mixtos
4.4 Defensa Jurdica en Salas Penales Unitarias y/o
Colegiadas
4.5 Defensa Jurdica en las Subprocuraduras, Mesas de Trmite y
Agencias del MinisterioPblico y Ministerio Pblico Especializado
para Adolescentes
4.6 Defensa Jurdica en Juzgados Especializados en Justicia para
Adolescentes
4.7 Patrocinio Jurdico en Diversas materias
4.8 Defensa Tcnico Jurdica en los Juzgados de Control y Juicios
Orales 4.9 Patrocinio Jurdico en Materia de Controversias sobre el
Estado Civil de las Personas
y del Derecho Familiar
4.10 Gestin de Fianzas de Inters Social SIMBOLOGAREGISTRO DE
EDICIONES
DISTRIBUCIN
VALIDACIN
PRESENTACINLa sociedad mexiquense exige de su gobierno cercana y
responsabilidad para lograr, con hechos, obras y acciones,
mejorescondiciones de vida y constante prosperidad.
Por ello, el licenciado Enrique Pea Nieto, Gobernador
Constitucional del Estado de Mxico, impulsa la construccin de
ungobierno eficiente y de resultados, cuya premisa fundamental es
la generacin de acuerdos y consensos para la solucin de lasdemandas
sociales.
El buen gobierno se sustenta en una administracin pblica ms
eficiente en el uso de sus recursos y ms eficaz en el logro desus
propsitos. El ciudadano es el factor principal de su atencin y la
solucin de los problemas pblicos su prioridad.
En este contexto, la Administracin Pblica Estatal transita a un
nuevo modelo de gestin, orientado a la generacin deresultados de
valor para la ciudadana. Este modelo propugna por garantizar la
estabilidad de las instituciones que handemostrado su eficacia,
pero tambin por el cambio de aquellas que es necesario
modernizar.
La solidez y el buen desempeo de las instituciones
gubernamentales tienen como base las mejores prcticas
administrativasemanadas de la permanente revisin y actualizacin de
las estructuras organizacionales y sistemas de trabajo, del diseo
einstrumentacin de proyectos de innovacin y del establecimiento de
sistemas de gestin de calidad.
El presente manual administrativo documenta la accin organizada
para dar cumplimiento a la misin del Instituto de laDefensora
Pblica del Estado de Mxico. La estructura organizativa la divisin
del trabajo, los mecanismos de coordinacin y
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r-------------------- - - - - -
Solicitud de apoyos,asesora, defensa y/opatrocinio, desde
elinicio del procesohasta la resolucin
Procesosustantivo
Procesosadjetivos
y
Auxilio en el pagoFlautas pata obtenerla libertad
provisional
Personas conproblemas
legales
ACIN L
3 de diciembre de 2010 GACETAEJEl- C+OBI IE Ft P4 .17 Pgina 3
comunicacin, las funciones y actividades encomendadas, el nivel de
centralizacin o descentralizacin, los procesos clave de
laorganizacin y los resultados que se obtienen, son algunos de los
aspectos que delinean la gestin administrativa de este
rganodesconcentrado.Este documento contribuye en la planificacin,
conocimiento, aprendizaje y evaluacin de la accin administrativa.
El retoimpostergable es la transformacin de la cultura hacia nuevos
esquemas de responsabilidad, transparencia, organizacin,liderazgo y
productividad.
OBJETIVO GENERALIncrementar la calidad, eficiencia y eficacia en
la prestacin de los servicios que brinda el Instituto de la
Defensora Pblica delEstado de Mxico, mediante la documentacin,
estandarizacin, difusin, aplicacin y actualizacin del manual de
procedimientosy la atencin oportuna de las solicitudes que en la
materia presenta la poblacin.
IDENTIFICACIN E INTERACCIN DE PROCESOS
III. RELACIN DE PROCESOS Y PROCEDIMIENTOSProceso: Asesora
Jurdica Gratuita en Diversas MateriasProcedimientos:
Asesora Jurdica Gratuita en Diversas Materias.Asesora Jurdica
Gratuita Mediante el Programa Itinerante "Una Defensa de
Compromiso".
Proceso: Defensa Penal y/o Patrocinio Jurdico en diversas
materiasProcedimientos:
Defensa Jurdica en Juzgados Penales de Primera Instancia, Cuanta
Menor y Mixtos.Defensa jurdica en Salas Penales Unitarias y/o
Colegiadas.
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Pgina 4 GACETAOEL 04=e 1131EPteVe 3 de diciembre de 2010 Defensa
jurdica en las Subprocuraduras, Mesas de Trmite y Agencias del
Ministerio Pblico y Ministerio PblicoEspecializado pan
Adolescentes.Defensa Jurdica en Juzgados Especializados en Justicia
para Adolescentes.Patrocinio Jurdico en Diversas Materias.Defensa
Tcnico Jurdica en los juzgados de Control y Juicios
Orales.Patrocinio Jurdico en Materia de Controversias sobre el
Estado Civil de las Personas y del Derecho Familiar.
Proceso: Obtencin de libertad provisional mediante la gestin de
fianzas de inters socialProcedimientos:
Gestin de Fianzas de Inters Social.
IV. DESCRIPCIN DE LOS PROCEDIMIENTOS4.1 PROCEDIMIENTO: Asesora
Jurdica Gratuita en Diversas Materias.OBJETIVO:Brindar a las
personas interesadas consejo y orientacin jurdica en materia penal,
civil, familiar, mercantil, administrativa, agraria,laboral y de
amparo, mediante el asesoramiento que proporcionen los Defensores
Pblicos y que les permita conocer lasposibles soluciones a su
problema.ALCANCE:
Personas que afecta: Personas interesadas en recibir asesora
jurdica en diversas materias.reas que afecta: Direcciones
Regionales del Instituto de la Defensora Pblica y rea de
asesoras.Actividades que afecta:
Defensa Jurdica en Juzgados Penales y Especializados en Justicia
para Adolescentes, SalasPenales, Subprocura.
durias, Mesas de Trmite y Agencias de Ministerio Pblico,
Juzgadosde Control y de Juicio Oral, as como el otorgamiento de
fianzas.
REFERENCIAS:Constitucin Poltica de los Estados Unidos Publicada
en el Diario Oficial de la Federacin el 5 de febrero deMexicanos.
1917, ltima reforma Diario Oficial de la Federacin 27 de abril
de
2010.Constitucin Poltica del Estado Libre y
Publicada el 17 de noviembre de 1917, ltima reforma
PeridicoSoberano de Mxico. Oficial "Gaceta del Gobierno" el 4 de
marzo de 2010.Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artculos
Publicada el 10 de enero de 1936, ltima reforma Diario Oficial de
la103 y 107 de la Constitucin Poltica de los Federacin 17 de junio
de 2009.Estados Unidos Mexicanos.Ley Federal del Trabajo. Publicada
en el Diario Oficial de la Federacin el 1 de abril de 1970,
ltima reforma 17 de enero de 2006.Ley Agraria.
Publicada en el Diario Oficial de la Federacin el 26 de febrero
de1992, ltima reforma 17 de abril de 2008.
Ley General de Ttulos y Operaciones de Publicada en el Diario
Oficial de la Federacin el 27 de agosto deCrdito. 1932, ltima
reforma 20 de agosto de 2008.Ley de la Defensora Pblica del Estado
de Publicada en el Peridico Oficial "Gaceta del Gobierno" el 3
deMxico. febrero de 2010, ltima reforma 6 de marzo de 2010.Ley de
Justicia para Adolescentes del Estado de Publicada en el Peridico
Oficial "Gaceta del Gobierno" el 25 deMxico. enero de 2007, ltima
reforma 26 de septiembre de 2007.Cdigo de Comercio. Publicada en el
Diario Oficial de la Federacin el 7 de octubre de
1889, ltima reforma 27 de agosto de 2009.Cdigo de Procedimientos
Penales del Estado Publicado en el Peridico Oficial "Gaceta del
Gobierno" el 9 dede Mxico. febrero de 2009, ltima reforma 6 de
marzo de 2010.Cdigo de Procedimientos Penales para el Publicado en
el Peridico Oficial "Gaceta del Gobierno" el 20 deEstado de Mxico.
marzo del 2000. Abrogado.
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3 de diciembre de 2010 GACETADELCO EA I 1 Fe rd er Pgina 5Cdigo
de Procedimientos Civiles del Estado de Publicado en el Peridico
Oficial "Gaceta del Gobierno" el I de julioMxico. del 2002, ltima
reforma 6 de marzo de 2010.
Cdigo de Procedimientos Administrativos del Publicado en el
Peridico Oficial "Gaceta del Gobierno" el 7 deEstado de Mxico.
febrero de 1997, ltima reforma 3 de diciembre de 2007.
Cdigo Penal del Estado de Mxico. Publicado en el Peridico
Oficial "Gaceta del Gobierno" el 20 demarzo de 2009, ltima reforma
6 de marzo 2010.
Cdigo Civil del Estado de Mxico. Publicado en el Peridico
Oficial "Gaceta del Gobierno" el 7 de juliode 2002, ultima reforma
6 de marzo de 2010.
Reglamento Interior del Instituto de la Publicado en el Peridico
Oficial "Gaceta del Gobierno" el 22 deDefensorla de Oficio. enero
de 2007.
RESPONSABILIDADES:El Director General del Instituto de la
Defensora Pblica del Estado de Mxico es responsable de:
Asignar a los Defensores Pblicos que habrn de participar en el
proceso.El Director Regional es responsable de:
Vigilar que se brinde la asesora conforme a derecho.Elaborar el
oficio de canalizacin a la adscripcin respectiva para la prestacin
del servicio.Verificar que se canalice a los solicitantes a las
instancias correspondientes, en caso de que su problemtica no
seacompetencia del Instituto.
Los Defensores Pblicos son responsables de:Proporcionar
orientacin y consejo jurdico a las personas que lo
solicitan.Representar jurdicamente a los solicitantes que le sean
canalizados, as como brindar defensa penal a quien lo requiera.
El Departamento de Trabajo Social es responsable de:Realizar al
solicitante el estudio socioeconmico respectivo.Vigilar que se den
las indicaciones y se realice el estudio socioeconmico de manera
correcta.Calificar el estudio socioeconmico y emitir el resultado
correspondiente.
DEFINICIONES:Administrativo: Relativo al Derecho Administrativo,
el cual es un conjunto de normas destinadas a regular la
actividad del Estado, en cuanto se refiere al establecimiento y
realizacin de los servicios pblicos,as como a regir las relaciones
entre la Administracin Pblica y los particulares, y las de
lasentidades administrativas entre s.
Agrario: Relativo al Derecho Agrario, que es un conjunto de
normas destinadas a regular el rgimen de latierra laborable.
Amparo: Relativo al denominado "Juicio de Amparo", el cual es
una forma de control de laconstitucionalidad de los actos de las
autoridades, incluyndose, en consecuencia, el control de
lalegalidad de los actos de stas.
Asesora: Actividad consistente en orientar y dar consejo a una o
varias personas sobre determinadoasunto.
Civil:
FamiliarJurdico:
Laboral:
Relativo a la rama del Derecho denominada Derecho Civil, la cual
es el conjunto de las normasjurdicas referentes a las relaciones
entre las personas en el campo estrictamente particular.Relativo al
conjunto de normas de Derecho referentes a las instituciones
familiares.Relativo a las normas que regulan las relaciones entre
las personas y en lo que se refiere a losbienes, derechos y
obligaciones.Relativo al Derecho del Trabajo, el cual es un
conjunto de normas destinadas a regular lasrelaciones entre los
trabajadores y los patrones, y a resolver los conflictos que surjan
con motivode stas.
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Pgina 6 GACETA 3 de diciembre de 2010 0 E I- la 0 IS I R NO
Mercantil:
Penal:
Relativo al conjunto de normas referentes a los comerciantes, a
los actos de comercio y a lasrelaciones jurdicas derivadas de la
realizacin de stos.Relativo a fa rama del Derecho Penal, la cual
trata sobre las conductas consideradas delitos ysobre las penas
aplicables a quienes los cometen. Para efectos de este documento
tambin serefiere a los procedimientos legales necesarios para poder
aplicar las referidas penas.
INSUMOS:
Solicitud escrita o verbal de asesora por parte de los
interesados que acudan a las tres Direcciones Regionales
oadscripciones de los Defensores Pblicos, as como en las oficinas
centrales del Instituto de la Defensora Pblica delEstado de
Mxico.
RESULTADOS:Personas que cuentan con orientacin e informacin en
materia penal, civil, familiar, mercantil, administrativa,
agraria,laboral y de amparo.
INTERACCIN CON OTROS PROCEDIMIENTOS:Asesora Jurdica Gratuita
Mediante el Programa Itinerante "Una Defensa de Compromiso".Defensa
Jurdica en Juzgados Penales de Primera Instancia, Cuanta Menor y
Mixtos.Defensa Jurdica en Salas Penales Unitarias y/o
Colegiadas.Defensa Jurdica en las Subprocuraduras, Mesas de Trmite,
Agencias del Ministerio Pblico y Ministerio PblicoEspecializado
para Adolescentes.Defensa Jurdica en los Juzgados Especializados en
Justicia para Adolescentes.Patrocinio Jurdico en Diversas
Materias.Gestin de Fianzas de Inters Social en Juzgados y en Salas
Penales.
POLTICAS:Todas las asesoras jurdicas solicitadas al Instituto de
la Defensora Pblica del Estado de Mxico, sern brindadaspor los
Defensores Pblicos de manera gratuita y obligatoria.Cuando el
interesado solicite asesoria jurdica, el Defensor Pblico deber
orientarlo, darle consejo jurdico yresolver las dudas que tenga o
las que puedan surgir a lo largo de la asesora.Los Defensores
Pblicos debern registrar cada asesora que otorguen en el formato
"Registro de Asesoras".En el caso de que la solicitud de asesora
sea requerida a un Defensor Pblico no adscrito a las oficinas
centrales,ser responsabilidad del defensor, determinar y otorgar la
asesora que cubra con las necesidades del solicitante,evitando todo
tipo de conducta negligente en la prestacin del servicio.
DESARROLLO: Asesora Jurdica Gratuita en Diversas Materias
ACTIVIDAD
Acude a las Direcciones Regionales del Instituto de la
Defensoria Pblica del Estadode Mxico, ubicadas en el Valle de
Toluca y Valle de Mxico Zona Oriente yNororiente, o las Oficinas
Centrales, realiza su registro en el mdulo de recepcin ysolicita de
manera verbal o mediante escrito asesora en materia jurdica.Atiende
al solicitante, recibe la solicitud verbal o escrita en original y
copia y locanaliza con el Defensor que est disponible para la
asesora, acusa de recibo en lacopia de la solicitud y archiva el
original.Acude con el Defensor Pblico que le fue asignado y le
expone la problemtica oasunto.
Atiende al solicitante y se entera del asunto.Escucha la
problemtica en cuestin, proporciona orientacin y consejo jurdico en
lamateria y determina: Es competencia del Instituto?
No. UNIDADADMINISTRATIVA I
PUESTOI Solicitante
2 Direcciones Regionales/Oficinas Centrales (Mdulo
deRecepcin)
3 Solicitante
4 Defensor Pblico
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3 de diciembre de 2010 C C ETAOEL GOSI IE Ft IV 0 Pgina 7No.
UNIDAD ACTIVIDAD
ADMINISTRATIVA /PUESTO
5 Defensor Pblico No, el asunto es en materia administrativa,
agraria o laboral, turna el asunto y leindica al solicitante acudir
con el Director Regional, a fin de que se genere el
oficiorespectivo para su canalizacin a la instancia competente.
6 Solicitante Se entera y acude con el Director Regional.7
Director Regional Recibe al solicitante, elabora oficio de
canalizacin en original y copia le entrega
oficio, obtiene acuse de recibido y le da indicaciones para que
acuda a la instanciarespectiva.Archiva Acuse.
8 Solicitante Recibe el oficio y concluye el trmite.9 Defensor
Pblico Si, el Instituto es competente, brinda la asistencia jurdica
y canaliza al solicitante al
Departamento de Trabajo Social para que realice el estudio
socioeconmico y sedetermine la procedencia del patrocinio.
l0 Solicitante Recibe la asesora y acude con el trabajador
social para que le realicen el estudiosocioeconmico.
I I Departamento de Trabajo Recibe al solicitante y le pide los
datos necesarios para llevar a cabo el estudioSocial(Trabajador
Social) socioeconmico.
12 Solicitante Proporciona los datos al Trabajador Social para
la realizacin del estudiosocioeconmico.
13 Departamento de Trabajo Turna el formato del estudio
socioeconmico al Director Regional para queSocial (Trabajador
Social) determine su procedencia y le indica al solicitante acudir
con este ltimo.
14 Solicitante Se entera y acude con el Director Regional.15
Director Regional Recibe formato de estudio socioeconmico, lo
califica, atiende al solicitante Y
determina: Es procedente?
16 Director Regional No es procedente, informa verbalmente los
motivos al solicitante.17 Solicitante Se entera y se retira.I 8
Director Regional Si es procedente, elabora oficio de canalizacin
dirigido al Defensor Pblico en
original y dos copias debidamente firmadas, entrega el original
y una copia alsolicitante, le indica acudir a la adscripcin en la
que habr de brindarse el servicio yobtiene firma de recibido.
Archiva copia de acuse de recibido.
19 Solicitante
20 Defensor Pblico
Recibe oficio de canalizacin en original y copia e indicacin, lo
revisa, firma copia deacuse de recibido, se da por enterado, acude
con el Defensor Pblicocorrespondiente y le entrega oficio de
canalizacin original.
Atiende al solicitante, recibe oficio de canalizacin original,
lo revisa y procede a supatrocinio.
Archiva oficio original.
Contina en los Procedimientos "Patrocinio Jurdico en Diversas
Materias" yPatrocinio Jurdico en Materia de Controversias Sobre el
Estado Civil de las Personasy del Derecho Familiar".
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Pgina GACETAO E 1_ C0E1 11 E Ft NiiC 3 de diciembre de
2010DIAGRAMA: Asesora Jurdica Gratuita en Diversas Materias
SOLICITANTEINSTITUTO DE LA DEFENSORA PBLICA DEL ESTADO DE
MXICO
(DIRECCIONES REGIONALES/OFICINAS CENTRALES)
MDULO DE RECEPCIN DEFENSOR PBLICODEPARTAMENTO DE
TRABAJO SOCIAL(TRABAJADOR SOCIAL)
( INICIO )
ACUDE A LAsDIRECcioN ALES DELINSTITUTO DE LA DEFENsoRP PINECA
DELEsTAD0 DE mxIca, LEONADAS EN EL VALLEDE TOLUCA Y VALLE DE MIINO
ZONAORIENTE Y NoRORIENTE. O LAS OFIC NAGCENTRALES, ANON SU REGNao
EN ELMODLE0 DE RECEPCIN y SOLICITA DEMANEN YIREAL O
ME ESCRITO
ASESoRN EN MATERIA MONA. ATLEMDE AL SoucHANTE. PICIEIE
LASOLICITUD VERBAL O EscRITA EN ORIGINAL YCORLA Y LO [ANALIZA CON
EL DEFENSORQUE ESTE DISPONIBLE ACUSA. DE RECIBO ENLA COPIA DE LA
SODTUD Y ARCHNAORIGINAL
ACUDE CoN EL DEFENSOR PUBLICO LAU
FUE ASIGNADO Y LE EXPONE
pRoBLENTICA O ASUNTOENDE AL SOUCITPNTE Y SE ENTERA DEL
oESCucLIA LA PRoBLEPIATICA. PROPORCIONAORIENTACIN y cONSpo
1URNICo EN EAPATENA Y INTERINA:
e
OEL ASUNTO Es EN MATERIA ANINSTRATVAAGRARIA O LABORAL TURNA EL
ASUNTO Y LEINDICA AL soLICITANTE ACUDIR con ELDIRECTOR REGIONAL A
FIN DE QU E
SEGENERE EL ORCO RESPECTIVO PARA suCANAL/LA.0w, A LE A/5"w,
momNyNy,
SE ENTERA Y ACUDE CON EL DIRECTORREGINAL
DIRECTOR REGIONAL
111O n RECIBE ITANTE ELABORA EL OFICIODE C 00N EN ORIGINAL Y
COPIA LEENTREGA EL OFICIO. OBTIENE ACUSE DERECIBIDO Y LE DA
INDICACIONES PARA QUEACUDA A LA INSTANCIA RESPECTIVA
RcHNA Acto/ BRINDA AsISTENcIA JURE:4CA Y LO CANALIZAAL
DEPARTAMENTO DE TRAEN SONPARA QUE SE REALICE EL EsTuDIELPROCEDENCIA
DEL Y SE DETERMINE LAPROCEDENCIA Da PATROCINIO.
DAC IORECIBE Y CONCLUYE EL TMMITE
REC IBE LA ASESORAY ACUDE CoN ELTRAELMADOR SOCIAL PARA QUE LE
REALICENEL ESTUDIO SOCIOECONMICO.
II
I jRECIBE LE piro LOS DATOS
ECESARIOS PARA LINAR A CABO ELESTUM05OCIOECONOMICO.
PROPORCINA LOS DELEsT
PARA IAREALZAciN DuoloSOCIECONOMMo It
TURNA EL FORMATO DE EsTuNosocADECONELNIco AL DIRECTOR
REGIONALRARA QUE DETERMINE SU PROCEDENcIA Y LEINDICA AL SOLICITANTE
ACUDIR CON ESTE(simio.
ACuDE CON a DIRECTORREGIONAL
-
3 de diciembre de 2010 GACETAWEL CCII RSIIIEV It !FRC> Pgina
9SOLICITANTE
INSTITUTO DE LA DEFENSORA PBLICA DEL ESTADO DE MXICO(DIRECCIONES
REGIONALESIOFICINAS CENTRALES)
DIRECTOR REGIONAL DEFENSOR PBLICODEPARTAMENTO DE
TRABAJO SOCIAL(TRABAJADOR SOCIAL)
1 20
REOEE FORMATO DE ESTUDIOEDCIDECONOMKA, LO CALIFICA PESOUCItANTEY
DETERMINA
eNO
INFORMA YRBNMPfR Los MDuVOSCITA
IRA.
ELABORA OFICIO DE CANALIZACINDMIGIDO AL DEFENSOR PUBL ICO
ENORIGINAL Y DOS COFIAS DEBIDAMENTEFIRMADAS ENTREGA EL ORIGINAL Y
UNACOFIA AL SOLICITANTE LE INDICA ACUDIR ALA ADSCRIPCIN EN LA QUE
NARRA DEBRINDARSE EL SERVICIO Y OBTIENE FIRMA DERECODO. ARCHIVA
COMA DE ACUSE DE2,1 Receto.
0.ECSE OFICIO DE CANALIZACINORIGINAL Y COPIA E INDICACIN. LO
REVISA.ARMA ACUSE, SE DA ?oil. ENTERADO ACUDECON EL DEPENSO1 PUSUCO
Y LE ENTREGAOFICIO ORIGINAL
ATIwpE AL SQUOTANTE, RECIBE OFICIO DECANALIZACIN ORIGINAL LO
REVISA YPROCEDE A SU PATROCINIOARCHIVA ORCO ORIGINAL
FANR OPAT
COT, aESOMTO COL Of LA3CWOT T...."
MEDICIN:Indicadores para medir la capacidad de respuesta:
Nmero mensual de asesoras brindadas gratuitamente en diversas
materias X I00 = Porcentaje de asesoras proporcionadasNmero mensual
de asesoras requeridas en diversas materias por la
ciudadanaFORMATOS E INSTRUCTIVOS:
- Estudio Socioeconmico. No se incluye el formato debido a los
constantes cambios que sufre en su estructura, comoconsecuencia del
servicio que se brinda a los mexiquenses en general, constituyendo
estos diferentes nivelessocioeconmicos.
- Formato de asesora. No se incluye el formato debido a los
constantes cambios que sufre en su estructura, comoconsecuencia del
servicio que se brinda a los mexiquenses en general, quienes
presentan asuntos de cada caso enparticular.
4.2 PROCEDIMIENTO: Asesora jurdica Gratuita Mediante el Programa
Itinerante "Una Defensa deCompromiso".
OBJETIVO:Brindar consejo y orientacin jurdica en materia penal,
civil, familiar y mercantil, entre otras, a las personas que lo
soliciten,mediante el desarrollo de jornadas en los diferentes
municipios del Estado, en los que se proporcione asesora por parte
de losDefensores Pblicos del Instituto.
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Pgina 10 GACETAE lraIDEL Cl 113 I E Flt No 3 de diciembre de
2010ALCANCE:
Personas que afecta:reas que afecta:
Actividades que afecta:
Personas interesadas en recibir asesora jurdica en diversas
materias.Direcciones Regionales y Coordinaciones Regionales del
Instituto de la DefensoraPblica del Estado de Mxico.Orientacin
jurdica a las personas que lo soliciten en las materias penal,
civil, familiar ymercantil, entre otras.Defensa Jurdica ante
diversas instancias, Juzgados Penales, Especializados en Justicia
paraAdolescentes, Salas Penales y Agencias del Ministerio Pblico,
Juzgados de Control y deJuicio Oral, as como el trmite para el
otorgamiento de fianzas.
REFERENCIAS:Constitucin Poltica de los Estados
UnidosMexicanos.
Constitucin Poltica del Estado Libre ySoberano de Mxico.Ley de
Amparo, Reglamentaria de los Artculos103 y 107 de la Constitucin
Poltica de losEstados Unidos Mexicanos.Ley Federal del Trabajo.
Ley Agraria.
Ley General de Ttulos y Operaciones deCrdito.Ley de la Defensora
Pblica del Estado deMxico.Cdigo de Comercio
Cdigo de Procedimientos Penales para elEstado de Mxico.Cdigo de
Procedimientos Penales del Estadode Mxico.Cdigo de Procedimientos
Civiles del Estado deMxico.Cdigo de Procedimientos Administrativos
delEstado de Mxico.Cdigo Penal del Estado de Mxico.
Cdigo Civil del Estado de Mxico.
Reglamento Interior del Instituto de laDefensora de Oficio.
Publicada en el Diario Oficial de la Federacin el 5 de febrero
de1917, ltima reforma Diario Oficial de la Federacin 27 de abril
de2010.Publicada el 17 de noviembre de 1917, ltima reforma
PeridicoOficial Gaceta del Gobierno 4 de marzo de 2010.Publicada el
10 de enero de 1936, ltima reforma Diario Oficial de laFederacin 17
de junio de 2009.
Publicada en el Diario Oficial de la Federacin el 1 de abril de
1970,ltima reforma 17 de enero de 2006.Publicada en el Diario
Oficial de la Federacin el 26 de febrero de1992, ltima reforma 17
de abril de 2008.Publicada en el Diario Oficial de la Federacin el
27 de agosto de1932, ltima reforma 20 de agosto de 2008.Publicada
en el Peridico Oficial "Gaceta del Gobierno" el 3 defebrero de
2010, ltima reforma 6 de marzo de 2010.Publicada en el Diario
Oficial de la Federacin el 7 de octubre de1889, ltima reforma 27 de
agosto de 2009.Publicado en el Peridico Oficial "Gaceta del
Gobierno" el 9 defebrero de 2009, ltima reforma 6 de marzo de
2010.Publicado en el Peridico Oficial "Gaceta del Gobierno" el 20
demarzo del 2000. AbrogadoPublicado en el Peridico Oficial "Gaceta
del Gobierno" el 1 de juliodel 2002, ltima reforma 6 de marzo de
2010.Publicado en el Peridico Oficial "Gaceta del Gobierno" el 7
defebrero de 1997, ltima reforma 3 de diciembre de 2007.Publicado
en el Peridico Oficial "Gaceta del Gobierno" el 20 demarzo de 2009,
ultima reforma 6 de marzo 2010.Publicado en el Peridico Oficial
"Gaceta del Gobierno" el 7 de juliode 2002, ltima reforma 6 de
marzo de 2010.Publicado en el Peridico Oficial "Gaceta del
Gobierno" el 22 deenero de 2007.
RESPONSABILIDADES:El Director General del Instituto de la
Defensora Pblica del Estado de Mxico es responsable de:
Asignar los Defensores Pblicos que habrn de participar en el
proceso.La Direcciones Regionales son responsables de:
Operar el Programa Itinerante "Una Defensa de
Compromiso".Proporcionar orientacin y consejo jurdico a las
personas que lo soliciten.
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3 de diciembre de 2010 GACETAIDEL co BIB Ft Pi era Pgina I ILos
Defensores Pblicos son responsables de:
Proporcionar orientacin y consejo jurdico a las personas que lo
soliciten.DEFINICIONES:
Administrativo: Relativo al Derecho Administrativo, el cual es
un conjunto de normas destinadas a regular laactividad del Estado,
en cuanto se refiere al establecimiento y realizacin de los
servicios pblicos,as como a regir las relaciones entre la
Administracin Pblica y los particulares, y las de lasentidades
administrativas entre s.
Agrario: Relativo al Derecho Agrario, que es un conjunto de
normas destinadas a regular el rgimen de latierra laborable.
Amparo: Relativo al denominado "Juicio de Amparo", el cual es
una forma de control de laconstitucionalidad de los actos de las
autoridades, incluyndose, en consecuencia, el control de
lalegalidad de los actos de stas.
Asesora: Actividad consistente en orientar y dar consejo a una o
varias personas sobre determinadoasunto.
Civil: Relativo a la rama del Derecho denominada Derecho Civil,
la cual es el conjunto de las normasjurdicas referentes a las
relaciones entre las personas en el campo estrictamente
particular.
Familiar: Relativo al conjunto de normas de Derecho referentes a
las instituciones familiares.Jurdico:
Relativo a las normas que regulan las relaciones entre las
personas y en lo que se refiere a losbienes, derechos y
obligaciones.
Laboral: Relativo al Derecho del Trabajo, el cual es un conjunto
de normas destinadas a regular lasrelaciones entre los trabajadores
y los patrones, y a resolver los conflictos que surjan con motivode
stas.
Mercantil: Relativo al conjunto de normas referentes a los
comerciantes, a los actos de comercio y a lasrelaciones jurdicas
derivadas de la realizacin de stos
Penal: Relativo a la rama del Derecho Penal, la cual trata sobre
las conductas consideradas delitos ysobre las penas aplicables a
quienes los cometen. Para efectos de este documento tambin
serefiere a los procedimientos legales necesarios para poder
aplicar las referidas penas.
Imputacin: Accin de imputar. Operacin mental que consiste en
atribuir una determinada consecuenciaJurdica a un hecho o situacin
condicionante. Facultad de que goza el deudor.
Denuncia Noticia que se da a la autoridad competente, de palabra
o escrito, por haberse cometido una faltao delito. Acto por el cual
se comunica a un tercero la dependencia de un proceso, con el fin
deque pueda presentarse en el mismo y defenderse en l.
Ilcito No permitido legal ni moralmente. Acto contrario a la
ley, cualquier delito.INSUMOS:
Calendarizacin de las jornadas del Programa Itinerante "Una
Defensa de Compromiso".Solicitud verbal de asesora de los
interesados que acuden al lugar donde se desarrolle la jornada.
RESULTADOS:Personas asesoradas en materia penal, civil, familiar
y mercantil, entre otras.
INTERACCIN CON OTROS PROCEDIMIENTOS:Asesora Jurdica Gratuita en
Diversas Materias.Defensa Jurdica en Juzgados Penales de Primera
Instancia, Cuanta Menor y Mixtos.Defensa Jurdica en Salas Penales
Unitarias y/o Colegiadas.Defensa Jurdica en las Subprocuraduras,
Mesas de Trmite y Agencias del Ministerio Pblico, y Ministerio
Pblicoespecializado para Adolescentes.Defensa Jurdica en los
Juzgados Especializados en Justicia para Adolescentes.Patrocinio en
Diversas Materias.Gestin de Fianzas de Inters Social en Juzgados y
en Salas Penales.
-
Pgina 12 OFF COEBIE1040 3 de diciembre de 2010POLTICAS:
Todas las asesoras jurdicas requeridas por los interesados
dentro del Programa Itinerante "Una Defensa deCompromiso", sern
atendidas por los Defensores Pblicos de la regin donde se
desarrolle la correspondientejornada.
GACETA
Invariablemente las asesoras jurdicas que se lleven a cabo
durante la jornada, sern proporcionadas por losDefensores Pblicos
de manera gratuita.Las asesoras que proporcionen los Defensores
Pblicos en las jornadas del Programa Itinerante "Una Defensa
deCompromiso" debern registrarse en el formato "Cdula de
Asesora".
DESARROLLO: Asesora jurdica Gratuita Mediante el Programa
Itinerante "Una Defensa de Compromiso"
2 Solicitante
3 Defensor Pblico
4 Solicitante5 Defensor Pblico
6 Defensor Pblico
7 Solicitante
8 Defensor Pblico
9 Solicitante
10 Defensor Pblico
11 Solicitante
12 Defensor Pblico
ACTIVIDAD
Con base en la calendarizacin de las jornadas del Programa
Itinerante "Una Defensade Compromiso", lleva a cabo acciones para
difundirlo y darlo a conocer en elmunicipio correspondiente. Una
vez que se difundi acude al lugar designado por laautoridad
municipal para llevar a cabo la jornada respectiva.Se entera que se
llevar a cabo el Programa Itinerante "Una Defensa deCompromiso",
acude al lugar designado por la autoridad municipal y solicita
alDefensor Pblico verbalmente asesora en materia jurdica.Atiende al
solicitante, recibe solicitud verbal, le pide sus datos para
registrarlos en lacdula de asesoras, y le solicita que exponga su
problemtica jurdica o asunto atratar.
Proporciona sus datos y expone la problemtica jurdica o
asunto.Se entera de la problemtica jurdica o asunto, brinda asesora
en cualquier materiajurdica y determina: En que materia es el
asunto?En materia, agraria, administrativa y laboral, informa al
solicitante a qu dependenciadebe acudir para continuar con la
atencin de su asunto en particular y requisitaCdula de Registro de
Asesora brindada en original. Resguarda la Cdula.Se entera a qu
dependencia debe acudir para continuar con la atencin de su
asuntoen particular y se retira.En materia penal, si el solicitante
es vctima de un ilcito, le informa cul es la instanciacompetente, a
fin de que realice la denuncia respectiva; en caso de existir
imputacinen su contra o ser citado ante la autoridad
correspondiente para dirimir unacontroversia, lo canaliza de manera
verbal con el Director Regional de la Zona paraser asistido por un
Defensor Pblico ante dicha autoridad.Requisita Cdula de Registro de
asesora brindada en original y la resguarda.Se entera de la
instancia competente a la que deber acudir para realizar la
denunciarespectiva; en el caso de que sea vctima de algn delito; o
bien, que deber acudircon el Director Regional de la Zona, a fin de
que sea asistido por un DefensorPblico ante dicha autoridad en caso
de que exista imputacin en su contra o seacitado ante la misma para
dirimir una controversia y se retira.En materia civil, familiar,
mercantil y de amparo, de manera verbal canaliza alsolicitante con
el Director Regional de la Zona, a fin de que se determine
laprocedencia del patrocinio o la elaboracin del juicio de
garantas. Posteriormente,requisita Cdula de Registro de Asesora
brindada en original y la resguarda.Se entera que deber acudir con
el Director Regional de la Zona, a fin de que sedetermine la
procedencia en su patrocinio o se valore la elaboracin del juicio
degarantas y se retira.Una vez que concluye la jornada del Programa
Itinerante "Una Defensa deCompromiso" se dirige a las oficinas de
la Direccin Regional respectiva y elabora uninforme general de la
jornada, anexa las Cdulas de Registro de Asesoras brindadas ylos
turna al Coordinador Regional para archivo.
No. UNIDADADMINISTRATIVA I
PUESTO1 Defensor Pblico
-
3 de diciembre de 2010 GACETAEEL GOBFIE IV BCP Pgina 13No.
UNIDAD ACTIVIDAD
ADMINISTRATIVA /PUESTO
13 Coordinador Regional Recibe informe general de la jornada y
cdulas de asesoras brindadas en original,revisa y elabora oficio en
el que reporta el total de asesoras brindadas y lo turna
alDepartamento de Informtica y Estadstica.Archiva informe general y
Cdulas de Registro originales.
DIAGRAMA: Asesora Jurdica Gratuita Mediante el Programa
Itinerante "Una Defensa de Compromiso"
INSTITUTO DE LA DEFENSORA PBLICA DEL ESTADODE MXICO(DEFENSOR
PBLICO) SOLICITANTE
( INICIO )
9CON 130 EN LA cALINDANzA0ON DE Les-UNA DEFENSA DE CC OMISO
LLEvADARLO A CONOCER EN EL MUNICIPIO COWSPOND/ENTELINA VEZ QUE SE
DIBJNISO ACUDE AL
soRNADAs DEL pROGRAmA ITINERANTEA CASO ACCIONEs PARA DIFUNDIRLO
yLUGARDESIGNADO POR LA AUTORIDAD
IEsPECUIAMUNICIPAL PAPA LLEVAR ACASO LA PINADA 1
41 A CABO EL PROGRAMA. ACUDE ALLUGARAA AUTORIDAD i0F,AL 000 AL
DEFENSORKAA,C0 ASFSOP IA ENcA
ATNNDF K S LICITANTE RKIBE SOLIOTUDRAGATAnAns EA., LA ctout,. De
Asaren VERBAL. LE PIDE BUS DATOS PARAy LE SOLICITA QuE EXPONGA
SU
PROBLEMTICA O ASUNTO A TRATAR lb
OVA SUS DATOS Y EXPONE LA PROBL~TICA /URICECA O ASUNTOoNAC
DE LA rooetereknoe nodoicA O ASUNTO. BRINDA ESESORIA EN/MOCA Y
DETERMINA
PENAL cm4. FulluAL MERCANTILy DF AMPARO
AGRARIA.ADmmsTRADvAn O
INFORMA frANTE A QUE .1A DESE ACUDIR PARA CONTNuAR CONLA DE
REGISTROATENCIO SU ASUNTO EN PAR ULAR Y REQUIERA CDULA DEASESORA
INDADA EN ORIGINAL REGUARDA LA CtOuLA 9
SE ENTERA A QUE DEPENDENCIA DEBE ACUDIR PARA CONTINUAR CON LA
ATENCINOE SU ASUNTO EN PARTICULAR Y SE RETIRA
/I/1SI EL SOUCITANTE ES VCTIMA DE UN ILITO. LE INFORMA CUAL CS
LA INSTANCIA
ILEsPecm/A EN CASO DE oornaCOMEETENTE A FIN DE QUE REALICE
LADENUNCIAimpurAcESN EN Su CONTRA O SER CITADORARA DIRIMIR UNA
CONTROVERSIA. LODIRECTOR REGIONAL oe ea ZONA PARAANTE DICHA
AUTORIDAD
cEDLEA DE REGISTRO DE Aso.ORIA
ANTE LA AuTORIDAD CORRESPONDIENTEcArauzA DE MANERA VERBAL CON
asea ASISTIDO POR UN DEFENSOR PUBLICO
anemona. EN ORIGINAL Y LAREEStrsn'uARA0G DA
9SE ENTERA DE L^ INSTANCIA A LA QUE DEBER ACUDIR PARA REALIZAR
LA DENUNCIAFuEseecnese. EN EL CASO DE QUE SEA VICTImA DE Muta
DELITO. O 101 QUE DEBERACUDIR CON EL DIRECTOR REGIONAL DE LA ZONA.
A FIN DE QUE SEA ASISTIDO PORLASODEFENSOR PUBLICO ANTE DIOR
AUTORIDAD EN CASO DE QuE OBSTAIMPUTACIN EN su CONTRA o sla ara
AerrE LA MISIVA PARA DIRimilk UNACONTROVERSIA Y le RETRO.
(2"CANAuZA AL SOLICITANTE CON B. DIRECTORGARANTAS
REGIONAL DE LA ZONA, A FIN DE QUE
REGISTRO DE ASESORA BRINDADA ENPOSTERIolv REQUISITUARDA.A CDULA
DESG4ENTEORIGINAL y LA R..--9
SE ENTERA DE QUE DEBELA ACUDIR CON EL DIRECTOR REGIONAL DE LA
ZONA, A PIE01 QUE SE ore/oteo LA PROCEDENCIA EN su PATROCINIO O SE
VALORE LAo...oracin DELlucio DE GARANDA5 T SE REMA
1.,,,e)
/j/'
-
Pgina 14 GACETAOEL GOBIERNO 3 de diciembre de 2010INSTITUTO DE
LA DEFENSORA PBLICA DEL ESTADO DE MXICO
DEFENSOR PBLICO COORDINADOR REGIONALA)
)UNA VEZ CID CONCLUYE LA JORNADA DEL PROGRAMA ITINERANTE "UNA
DEFENSADE COMPROMISO" SE DIRIGE A LAS OFICINAS DE LA DIRECCIN
REGIONAL RESPECTIVAY ELABORA uni INFORME GENERAL DE LA JORNADA
ANEO. LAS CDULAS DE REGISTRODE ASESORIAS BRINDADAS Y LOS TURNA AL
COORDINADOR REGIONAL PARA
(;)ARCHIVO
RECIBE INFORME GENERAL Y CDULAS DE ASOMAS BRINDADAS EN ORIGINAL
REVISAY ELABORA OFICIO EN L QUE REPORTA L TOTAL DE ASESORIAS
BRINDADAS Y LOTURNA Al_ DEPARTAMENTO DE INFORMTICA Y
ESTADISTICAARCHIVA INFORME GENERAL Y CDULAS ORIGNALES
/I/
( FIN )
MEDICIN:Indicadores para medir la capacidad de respuesta:
Nmero de asesoras atendidas en la jornada del Programa
Itinerante"Una Defensa de Compromiso"
X 100 = Porcentaje de asesoras proporcionadasen la jornadaNmero
de asesoras solicitadas en la jornada del Programa Itinerante
"Una Defensa de Compromiso"
FORMATOS E INSTRUCTIVOS:Formato de asesora. No se incluye el
formato debido a los constantes cambios que sufre en su estructura,
comoconsecuencia del servicio que se brinda a los mexiquenses en
general, quienes presentan asuntos de cada caso enparticular.
4.3 PROCEDIMIENTO: Defensa Jurdica en Juzgados Penales de
Primera Instancia, Cuanta Menor y Mixtos.OBJETIVO:Otorgar defensa
jurdica en el proceso penal, mediante la asesora e informacin que
se proporciona tanto al defendido como asus familiares, para evitar
que se violen los derechos de ste.ALCANCE:
Personas que afecta: Personas que lo soliciten como arraigados,
indiciados, sujetos a investigacin oprocesados.
reas que afecta: Direccin Regional del Instituto de la Defensora
Pblica del Estado de Mxico,Departamento de Servicios Periciales y
Juzgados Penales de Primera Instancia, CuantaMenor y Mixtos.
Actividades que afecta: Defensa en juicios penales por solicitud
o por designacin del juez.REFERENCIAS:
Constitucin Poltica de los Publicada en el Diario Oficial de la
Federacin el 5 de febrero de 1917, ltima reformaEstados Unidos
Mexicanos. Diario Oficial de la Federacin 27 de abril de
2010.Constitucin Poltica del
Publicada el 17 de noviembre de 1917, ltima reforma Peridico
Oficial Gaceta delEstado Libre y Soberano de Gobierno 4 de marzo de
2010.Mxico.
-
3 de diciembre de 2010 GACETACrEL GO BIE Ft NO Pgina 15Ley de
Amparo, Reglamentaria de los Artculos103 y 107 de la Constitucin
Poltica de losEstados Unidos Mexicanos.
Ley de Ejecucin de penas Privativas yRestrictivas de la Libertad
del Estado.
Ley Orgnica del Poder Judicial del Estado deMxico.
Ley de la Defensoria Pblica del Estado deMxico.
Cdigo de Procedimientos Penales del Estadode Mxico.
Cdigo Penal del Estado de Mxico.
Reglamento Interior del Instituto de laDefensora de Oficio.
Publicada el 10 de enero de 1936, ltima reforma Diario Oficial
de laFederacin 17 de junio de 2009.
Publicada en el Peridico Oficial "Gaceta del Gobierno" el 26
dediciembre de 1985, ltima reforma 31de diciembre de 2007.
Publicada en el Peridico Oficial "Gaceta del Gobierno" el 8
deseptiembre de 1995, ltima reforma 3 de marzo de 2010.Publicada en
el Peridico Oficial "Gaceta del Gobierno" el 3 defebrero de 2010,
ltima reforma 6 de marzo de 2010.Publicado en el Peridico Oficial
"Gaceta del Gobierno" el 20 demarzo del 2000. Abrogado
Publicado en el Peridico Oficial "Gaceta del Gobierno" el 20
demarzo de 2009, ltima reforma 06 de marzo 2010.Publicado en el
Peridico Oficial "Gaceta del Gobierno" el 22 deenero de 2007.
RESPONSABILIDADES:El Director General del Instituto de la
Defensora Pblica del Estado de Mxico es responsable de:
Designar y remover a los Defensores Pblicos.
Designar y remover a los peritos y trabajadores sociales en los
asuntos de su competencia.El Director Regional es responsable
de:
Comunicar a los Defensores Pblicos los acuerdos, circulares y
dems disposiciones que establezca el DirectorGeneral.
Supervisar la actividad de los Defensores Pblicos.El Jefe de
Departamento de Servicios Periciales es responsable de:
Dar curso a las peticiones formuladas por los Defensores
Pblicos, sobre la propuesta de peritos.
Verificar que los dictmenes periciales se emitan con apego a los
lineamientos, normas y principios que rijan en laprofesin, arte,
ciencia o tcnica sobre la que trate.
Los Defensores Pblicos son responsables de:
Cumplir la Ley de la Defensora Pblica del Estado de Mxico y las
dems leyes y ordenamientos aplicables.Hacer lo que les corresponda
para que se conserve la legalidad en el proceso penal.
Los Peritos son responsables de:
Aceptar y protestar el cargo que le hayan designado.
Elaborar el dictamen pericial correspondiente.
Comparecer a la junta de peritosDEFINICIONES:
Averiguacin Previa: Accin y efecto de averiguar (del Latn: ad.
a. y verificare de verum, verdadero y (acere,hacer), indagar la
verdad hasta conseguir descubrirla, este vocablo es utilizado, en
su formams general y ordinaria a la esfera procesal penal, la
averiguacin previa corresponde a lasdiligencias necesarias para que
el Ministerio Pblico pueda determinar en orden elejercicio de la
accin penal, la fase de la averiguacin previa, comprende desde la
denunciao querella, que pone en marcha la investigacin hasta el
ejercicio de la accin penal, con laconsignacin o, en su caso el
acuerdo de archivo con la conclusin de la averiguacin o
ladeterminacin de la reserva que solamente suspende la averiguacin
mientas tanto no seintegra con las pruebas pendientes de
investigar.
Indiciado: Persona sujeta a investigacin, relacionado con los
hechos que se le imputan en laaveriguacin previa.
-
Pgina 16 GACETAOEL OCIA:IEEE! NO 3 de diciembre de 2010Defensa
Pblica: Es un servicio pblico obligatorio y gratuito que presta el
Estado, por disposicin
constitucional, a travs de organismos especializados (Direccin
General del Instituto de laDefensora Pblica del Estado de Mxico,
Procuradura de la Defensa del Trabajo,Procuradura Agraria, etc.) en
diferentes disciplinas jurdicas que cumplan con losrequisitos y
condiciones que establece la ley de referencia.
Defensor Pblico: El servidor pblico que en funcin de un cargo,
asesora, defiende, asiste y promuevejurdicamente a favor de las
personas de acuerdo con lo que dispone la ley.
Dictamen Pericial: Es un juicio tcnico o cientfico, que emiten
los expertos (peritos) de acuerdo a susconocimientos en las
distintas disciplinas de la ciencia o arte, sobre personas,
animales,cosas o elementos que sean objeto de examen.
Impugnacin: Impugnar los autos, acuerdos y resoluciones que
afectan los derechos o intereses de laspersonas por las autoridades
en un proceso.
Penal: Relativo a la rama del Derecho denominada Derecho Penal,
la cual trata sobre lasconductas antisociales consideradas delitos
y sobre las penas aplicables a quienes loscometen. Para efectos de
este documento tambin se refiere a los procedimientos
legalesnecesarios para poder aplicar las referidas penas o bien un
centro de prevencin y dereadaptacin social donde se cumplen las
penas privativas de libertad.
Perito: Es la persona experta en una ciencia o arte, que ilustra
al juez o tribunal, acerca de losdiferentes aspectos de una
realidad concreta para cuyo examen requiere conocimientosespeciales
en mayor grado.
Procesado: Persona sujeta a un auto de formal prisin o sujecin a
proceso en un juicio penal,considerado como presunto responsable de
un delito
Sentenciado: Persona que ha sido sentenciada en un proceso
penal, considerada como responsable de lacomisin de un delito.
Recurso de apelacin: Medio de impugnacin promovido contra autos
o sentencias, promovido ante el Tribunalde Alzada, para confirmar,
modificar o revocar su sentido.
Recurso de revisin: Medio de impugnacin contra resoluciones del
Juez de Distrito, que desechen unademanda de amparo, que concedan o
nieguen la suspensin definitiva, que modifiquen orevoquen el
auto.
INSUMOS:Consignacin por el Ministerio Pblico, orden de
aprehensin girada por el Juez, orden de comparecencia a
solicituddel Juez y a solicitud del acusado al presentarse
voluntariamente.
RESULTADOS:Resolucin del Juez que puede ser sentencia
absolutoria, interlocutorias absolutorias, libertad provisional
bajo caucin,libertad provisional bajo protesta, libertad
absolutoria por sobreseimiento (prescripcin de la accin
penal,prescripcin de la pena, por perdn del ofendido), o sentencias
definitivas, con mnima pena, sentencias condenatorias,con absolucin
de la reparacin del dao.
INTERACCIN CON OTROS PROCEDIMIENTOS:Defensa jurdica en las
Subprocuraduras, Mesas de Trmite y Agencias del Ministerio Pblico y
Ministerio Pblicoespecializado para Adolescentes.Gestin de Fianzas
de Inters Social en Juzgados y en Salas Penales.
POLTICAS:El Defensor Pblico vigilar que en el procedimiento
penal se cumplan las disposiciones constitucionales, las
leyessustantivas y adjetivas penales, y las reglamentarias que
beneficien a sus defendidos, promoviendo lo que seaconducente.Toda
defensa de oficio se deber brindar con carcter de obligatoria,
gratuita, plena y completa.El Defensor Pblico designado deber estar
dedicado de tiempo completo a las funciones que le
fueronencomendadas, evitando conductas negligentes.Invariablemente,
en todo juicio con defensa de oficio se deber brindar el mayor
beneficio a los indiciados mediantela gestin de fianzas de inters
social, cuando as procedan.
-
3 de diciembre de 2010 GACETAOEL O 113 Ft NO Pgina 17Con el
objeto de procurar una defensa eficaz, adecuada, completa y plena,
el Defensor Pblico aportar las pruebaspericiales que considere
necesarias, por lo que podr requerir la propuesta de Peritos al
Departamento deServicios Periciales de la Direccin General.En todo
juicio penal que se instruya en los Juzgados Penales de Primera
Instancia, Cuanta Menor y Mixtos elDefensor Pblico deber hacer
cumplir lo siguiente:
Vigilar que la declaracin de su defendido, se reciba dentro de
las cuarenta y ocho horas a suaseguramiento.Encontrarse presente en
el momento de la declaracin de su defendido.Solicitar se le haga
saber al inculpado de los derechos que le concede la Constitucin
Poltica de losEstados Unidos Mexicanos.Informar al inculpado los
beneficios que le concede el artculo 58 del Cdigo Penal (si se
trata de primodelincuente, de escaso desarrollo intelectual, de
indigente situacin econmica y de mnima peligrosidad),en estos
casos, el juez podr reducir hasta la mitad de la pena que le
pudiere corresponder conforme alcdigo invocado; si no se trata de
un delito grave y el inculpado al rendir su declaracin
preparatoriaconfiesa espontneamente los hechos que se le imputan o
ratifica la declaracin rendida en indagatoria, eljuzgador podr
reducirle en sentencia un tercio de la pena que le pudiera
corresponder conforme alCdigo Penal; si es acusado por un delito
patrimonial no agravado y paga espontneamente la reparacindel dao
antes de la celebracin de la primera audiencia de ofrecimiento de
pruebas, el juez podr reducirla pena hasta en una mitad. Las
sentencias debern ser confirmadas por el Tribunal de Alzada en
losprimeros dos casosSolicitar la libertad provisional de su
defendido bajo caucin, si procede.Solicitar la libertad provisional
de su defendido bajo protesta, si procede.Interrogar al inculpado
en relacin a su declaracin emitida, si es pertinente.Asesorar
previamente al inculpado si desea negar o contestar el
interrogatorio que le llegase a formular elAgente del Ministerio
Pblico, adscrito.Solicitar careo con el ofendido y testigos que
depongan en su contra, siempre y cuando sea deseo
deldefendido.Solicitar la duplicidad del trmino para dictar el auto
que proceda.
1 I. Ofrecer y solicitar que se desahoguen las pruebas
aportadas, en el caso de ofrecer la prueba pericial,enviar
solicitud al Departamento de Servicios Periciales para su
calificacin y procedencia.
Cuando se dicte auto de formal prisin, el Defensor Pblico deber
interponer el recurso de apelacin si procede ylo considera
conveniente o, en su caso interponer el juicio de amparo
solicitando la calificacin de la DireccinGeneral del Instituto de
la Defensora Pblica del Estado de Mxico para que designe al
Defensor Pblico quellevar a cabo la interposicin.En la etapa de
ofrecimiento de pruebas el Defensor Pblico est obligado a:
Ofrecer las pruebas procedentes.Presentar las documentales que
le sean proporcionadas, y
3. Solicitar la citacin de testigos y Peritos.En las dems etapas
del juicio, el Defensor Pblico est comprometido a cumplir con las
obligaciones que lecorresponden de acuerdo con la Ley de la
Defensoria Pblica del Estado de Mxico y dems
ordenamientosaplicables.
DESARROLLO: Defensa Jurdica en Juzgados Penales de Primera
Instancia, Cuanta Menor y MixtosNo. UNIDAD
ADMINISTRATIVA /PUESTO
1 Inculpado
ACTIVIDAD
Una vez que fue consignado por el Ministerio Pblico y presentado
en cumplimientoa una orden de aprehensin, de comparecencia o por
presentacin voluntaria ante elJuez de conocimiento y en razn de no
contar con abogado particular, solicita al Juezle sea nombrado al
Defensor Pblico.
-
GACETAOEL 3 de diciembre de 2010ACTIVIDAD
FiLlaA8No. UNIDAD
ADMINISTRATIVA 1PUESTO
2 Juzgado Penal de PrimeraInstancia, Cuanta Menor yMixtos (Juez
de conocimiento)
3 Defensor Pblico
4 Inculpado
5 Juzgado Penal de PrimeraInstancia, Cuanta Menor yMixtos (Juez
de conocimiento)
6 Defensor Pblico
Se entera, tiene por nombrado o nombra al Defensor Pblico.
Se entera del nombramiento, acepta y protesta el cargo y procede
a entrevistarsecon el inculpado, a efecto de determinar la
viabilidad en la declaracin preparatoria yhacerle saber su derecho
sobre declarar o abstenerse de hacerlo.Verifica que se cumplan los
aspectos de la declaracin en el trmino de 48 horas, quese le hagan
saber sus derechos constitucionales y las atenuantes a que se
refiere elartculo 58 del Cdigo Penal, en su caso.Inicia trmites de
solicitud de libertad provisional por caucin o bajo protesta
siprocede.Se entrevista con el Defensor Pblico y acuerda los
trminos de su declaracin.Posteriormente, realiza la declaracin
preparatoria, o bien, se niega a declarar.Procede a recabar la
declaracin preparatoria.
En la diligencia de declaracin preparatoria, si lo considera
conveniente, solicita laduplicidad del trmino, una vez otorgada,
procede a ofrecer y desahogar pruebasante el Juez de la causa; si
requiere la prueba pericial, elabora oficio de solicitud enoriginal
y copia, lo entrega al Jefe del Departamento de Servicios
Periciales, obtieneacuse de recibido y archiva una copia.Recibe
oficio de solicitud de la prueba pericial, acusa de recibido y lo
turna al Peritodependiendo de la materia, para su calificacin de
procedencia o improcedencia.Recibe el oficio de solicitud original,
revisa en acuerdo con el Jefe del Departamentode Servicios
Periciales, una vez calificada la solicitud, elabora oficio en
original y copiaen el que informa la procedencia o improcedencia de
la prueba, lo turna al DefensorPblico y obtiene acuse.Archiva copia
del oficio.Recibe oficio original, se entera de la calificacin de
la prueba y determina Esprocedente o improcedente?Es improcedente;
omite la presentacin de la prueba, recibe informe deimprocedencia,
lo estudia, estando conforme con la valoracin, en caso de haber
sidopresentada, se desiste de ella.Es procedente; realiza el
ofrecimiento de la prueba al Juez para que este acuerde
supresentacin y ordene comparezca al Perito para aceptar y
protestar el cargo.Acuerda la presentacin de la prueba y ordena la
fecha para que acuda el Perito paraaceptar y protestar el
cargo.
Se entera en la fecha ordenada para aceptar y protestar el
cargo, emite dictamenpericial en original, lo entrega directamente
a la autoridad judicial o al DefensorPblico para su presentacin,
acude a ratificarlo y comparece a la junta de peritos enla cual se
exponen los peritajes ofrecidos ante la valoracin del Juez.Recibe
dictamen pericial original, con base a los elementos probatorios
ofrecidos,realiza su valoracin y dicta auto de formal prisin, de
sujecin a proceso, delibertad o de no sujecin a proceso con las
reservas de ley, el cual notifica enaudiencia al procesado en
presencia del Defensor Pblico.Se entera del auto dictado por el
Juez y determina: Contina el proceso?No, es auto de libertad o de
no sujecin a proceso con reservas de Ley, se decreta lalibertad del
inculpado, concluye la defensa y queda agotada su participacin.Si,
es auto de formal prisin o sujecin a proceso, interpone recurso de
apelacin elcual remite el Juzgado al Tribunal de Alzada, nombra a
los defensores adscritos a lasSalas Penales y espera a que se
resuelva la apelacin.
7
Departamento de ServiciosPericiales (Jefe)
8 Perito
9 Defensor Pblico
I O Defensor Pblico
11 Defensor Pblico
12 Juzgado Penal de PrimeraInstancia, Cuanta Menor yMixtos (Juez
de conocimiento)
13 Departamento de ServiciosPericiales (Perito)
14 Juzgado Penal de PrimeraInstancia, Cuanta Menor yMixtos (Juez
de conocimiento)
15 Defensor Pblico16 Defensor Pblico
17 Defensor Pblico
-
3 de diciembre de 2010 CACE TAOEL COBEES:. NO Pgina 19No.
UNIDAD
ADMINISTRATIVA /PUESTO
18 Salas Penales (DefensorPblico)
19 Defensor Pblico
20 Defensor Pblico
ACTIVIDAD
Le es notificado el recurso de apelacin respectivo, se entera
del nombramiento,acepta el cargo y presenta agravios en un trmino
de 10 das hbiles.Mientras se resuelve el recurso de apelacin
continua con las etapas delprocedimiento, en el perodo de pruebas,
ofrece las mismas y solicita se desahoguen.Una vez aceptadas por el
Juez de conocimiento, le presenta documentos originales
otestimonios y, en su caso, solicita la citacin de testigos que ya
declararon y dePeritos.En el caso de prueba pericial se conecta con
la Operacin No. 12 y 13.Durante el desahogo de pruebas asiste a las
audiencias y contina hasta el fin delprocedimiento.Si durante este
perodo, se resolviera el recurso de apelacin determina: Se revocao
se confirma el auto de formal prisin?Se revoca el auto de formal
prisin o sujecin a proceso, es notificado de que la SalaPenal
decret la libertad inmediata del inculpado y agota su participacin
en elproceso.Se entera de que se revoc el auto de formal prisin o
sujecin a proceso, que sedecret su libertad y concluye el
proceso.Se confirma el auto de formal prisin, contina con el
procedimiento.Si las hubiera procede a ofrecer las pruebas
supervenientes ante el Juez deConocimiento y solicita se
desahoguen.Cerrada la instruccin, no habiendo ningn medio de
impugnacin pendiente deresolver, formula conclusiones y espera la
resolucin definitiva del Juez.Una vez que concluye el perodo de
presentacin y desahogo de pruebas, emiteresolucin definitiva
condenatoria o absolutoria y notifica al Defensor Pblico.
Recibe notificacin de la resolucin definitiva y determina: Es
sentencia absolutoria ocondenatoria?Es sentencia absolutoria,
tramita la libertad del procesado en caso de encontrarsedetenido y
agota su participacin.Se entera de que se tramit su libertad y
concluye proceso.Es sentencia condenatoria, interpone el recurso de
apelacin, es turnado a la SalaPenal.Recibe recurso de apelacin, lo
estudia, modifica, revoca o confirma la resolucin deprimera
instancia y ordena sean notificadas las partes.
Recibe la notificacin de la resolucin y determina: Se modifica,
revoca o se confirmala sentencia?Se modifica o revoca la sentencia
condenatoria por absolutoria, es notificado,promueve la libertad
del procesado en caso de encontrarse detenido, lo entera yagota su
participacin.Se entera a travs de la notificacin que la sentencia
condenatoria se modific porabsolutoria, de que se tramita su
libertad y concluye el proceso.Se confirma la sentencia
condenatoria, interpone juicio de amparo, solicita medianteoficio
al rea de Amparos del Instituto de la Defensora Pblica del Estado
deMxico, sea estudiada la viabilidad para la interposicin del
juicio, obtiene copias delas sentencias de primera y segunda
instancia y las remite, en su caso, interpone elrecurso de
revisin.Recibe oficio y copias de las sentencias de primera y
segunda instancia, estudia laviabilidad, interpone el juicio de
amparo, y en su caso, recurso de revisin.Se entera de la
interposicin en su favor del Juicio de Garantas, y en su caso,
delrecurso de revisin.
21 Inculpado
22 Defensor Pblico
23 Juzgado Penal de PrimeraInstancia, Cuanta Menor yMixtos (Juez
de conocimiento)
24 Defensor Pblico
25 Defensor Pblico
26 Inculpado27 Defensor Pblico
28 Sala Penal
29 Defensor Pblico.
30 Defensor Pblico
31 Inculpado
32 Defensor Pblico
33 rea de Amparos
34 Inculpado
-
Pgina 20 GACETA0 EL co 33 I E Ft NO 3 de diciembre de
2010DIAGRAMA: Defensa Jurdica en Juzgados Penales de Primera
Instancia, Cuanta Menor y Mixtos
INCULPADOJUZGADO PENAL DEPRIMERA INSTANCIA
CUANTA MENOR Y MIXTOS(JUEZ DE CONOCIMIENTO)
INSTITUTO DE LA DEFENSORA PBLICA DELESTADO DE MXICO
DEFENSOR PBLICO DEPARTAMENTO DESERVICIOS PERICIALES(JEFE)
( INICIO
UEZ QUE FUE CONSIGNADO POR ELMINISTERIO PBLICO V PRESENTADO
ENCUMPUMIENTO A UNA ORDEN DEP ESENTHENSIN, DE COMPMECENCIA O
POR
ACIN VOLUNTARIA ANTE a NEZDE CONOCIMIENTO Y EN RAZON DE
NOTON-LAR CON AnocADo PARTICULAR,SOLICITA AL JUEZ LE SEA NOMBRADO
ALDEFENSOR PUBLICO.
POR NOMBRADO ODE rosuco. P' 9
SE ENTERA O N ACEPTA YPROTESTA El. CARGO Y PROCEDE
AENTREVISTARSE CON El INCULPADO. AEFECTO DE DETERMINAR LA VLAITUDAD
EN LADECLARACIN PREPARATORIA Y HACERLESABER SU DERECHO SOBRE
DECLARAR OABSTENERSE DE ',nano.VERIFICA QUE SE CUMPLAN LOS ASPECTOS
DELA DECLARAC/ON EN a Toth9mo pe 4aMORAS QUE SE LE HAGAN SABER
SUSDERECHOS CONSTITUCIONALES Y LASATENUANTES A QUE SE REFIERE EL
ARTICULOS DEL CDIGO PENAL EN SU CASO.INICIA TRAFITTIS DE SOUCITUD
DE LAUREADPROTSIONAL
POR CAUCIN O BNOPROTESTAPROCEDE
E ENTREVISTANTREVISTA CON EL DEFENSORACUERDA LOS TRMINOS
DEDECLARACIN.POSTERIONIFITTE REALIZA LA DECLARACINPREPARATORIA, O
BIEN. SE NIEGADECLARAR
PROCEDE A RECABAR uDECLAMACINPREPARATORIA
EN LA ELLIGENCIADE DECLARACIN
PREPARATORIA. SI LO CONSIDERACONVENIENTE. SOLICITA LA DUPLICIDAD
DETERMINO, UNA VEZ OTORGADA. PROCEDE AOFRECER Y DESAHOGAR PRUEBAS
ANTE ELJUEZ DE LA CAUSA SI REQUIERE LA PRUEBAPOLICIAL. ELABORA
OFICIOSFICIO DE souoruo ENORSOINAL Y COPIA, LO ENTREGA AL JEFE
DELDEPARTAMENTO DE SERVICIOS POLICIALES.OBTIENE ACUSE DE RECIBIDO Y
ARCHIVA UNACOPIA
RECIBE OFICIO DE SOLICITUD, ACUSA DERECIBIDO
Y LO TURNA AL PERITODEPENDIENDO DE LA MATERIA. PARA
SUCALIFICACIN DE PROCEDENCIA OIMPROCEDENCIA
I
(.5
PERITO
ECIBE OFICIO ORIGINAL. REVISA EN
ACUERDO CON EL JEFE DE DEPARTAMENTOO SER C/OS AMICALES.
UNA VEZgCAUNCADA LA SOLICITUD, ELABORA OFICIOEN ORIGINAL Y COPIA
EN EL QUE INFORMA LAPROCEDENCIA O IMPROCEPENCLA DE LAPRUEBA. LO
TURNA AL DEFENSOR Y OBTIENE
ARCHIVA COMA.
NON OFICIO ORIGINAL. SE ENTERA DE LA
CALIFICACIN DE LA PRUEBA Y DETERMINA
e
PROCEDENTE
IMPROCEDENTE
oes IMPROCEDENTE: OMITE LA PRESENTACINDF LA PRUEBA. RECIBE
INFORME DEIMPROCEDENCIA LO ESTUDIA, ESTANDOCONFORME CON u,
VALORACIN. EN CASODE HABER SIDO PRESENTADA, SE DESISTE OfELIA
A) /j/.
-
3 de diciembre de 2010 GACETACEL GOSB IE Ft Pi CC, Pgina 2
INCULPADOJUZGADO PENAL DEPRIMERA INSTANCIA,
CUANTA MENOR Y MIXTOS(JUEZ DE CONOCIMIENTO)
INSTITUTO DE LA DEFENSORA PBLICA DELESTADO DE MXICO
DEFENSOR PBLICO DEPARTAMENTO DESERVICIOS PERICIALES(PERITO)
II
ID
REALIZA EL OFRECIMIENTO DE LA PRUEBA ALNUEZ PARA QUE ESTE
ACUERDE SUPRESENTACIN Y ORDENE COMPMEZCA ALPERITO PAPA ACEPTAR Y
PROTESTAR ELCARGO,
ACURESSA LA MESDJTACIN OE LAORDENA LA FECHA PARA QUE ACUDA
ELPERITO PARA AR PRO ESTARCARGO,
O
SE ENTERA EN LA FECHA ORDENADA PARAACEPTAR Y PROTESTAR EL CARGO.
/PIREDICTAMEN pERIC AL EN ORIGINAL, LOENTREGA DIRECTAMENTE A LA
AUTORIDAD41.10iCIAL O AL DEFENSOR PUBLICO PARA SUPRESENTACIN, ANDE
A RATIFKARLO YCOMPARECE A LA /UNTA DE PERITOS EN IACUAL SE EXPONEN
LOS PERITAJES OFRECIDOSANTE LA VALORACIN DEL JUEZ
RECIBE DICTAMEN. CON LOSELEMENTOS PROBATORIOS OFRECIDOS.REALIZA
SU VALORACIN Y DICTA AUTO DEFORMAL PRISIN, DE SUJEON A PROCESO,DE
LIBERTAD O DE NO SUJEON A PROCESOCON LAS RESERVAS DE LA LEY, EL
CUALNOTIFICA EN AUDIENCIA Al PROCESADO ENPRESENCIA DEL
DEFENSOR.
r
SE ENTERA DEL AUTO DICTADO POR EL JUEZ YDETERMINA,
4>No
o
ES AUTO DE LIBERTAD O DE NO SUJECIN APROCESO CON RESERVAS DE
LEY, SE DECRETALA LIBERTAD DEL INCULPADO, CONCLUYE LADEFENSA Y
QUEDA AGOTADA SUPARTICIPACIN.
eSALAS PENALES(DEFENSOR PBLICO)SI ES AUTO DE FORMAL PRISIN O
SUJECIN
PROCESO INTERPONE RECURSO DEAPELACIN EL CUAL REMITE EL JUZGADO
ALTR IBUNAL DE ALZADA. NOMBRA A LOSDEFENSORES ADSCRITOS A LAS SALAS
PENALESY ESPERA A QUE SE RESUELVA LA APELAON.
IB
LE NOTIFICADO EL RECURSO DEAPELACIN, SE ENTERA DEL
NOMBRAMIENTO,ACEPTA E. CARGO Y PRESENTA AGRAVIOS ENUN TERMINO DE ID
DIA5 HBILES. /
MIENTRAS SE RESUELVE Et RECURSO DE
APELACIN CONTINUA CON LAS ETAPAS DELPROCEDIMIENTO, EN EL PERIODO
DE PRUEBAS,OFRECE LAS MISMAS Y SOUCITA SEDESAHOGUEN UNA VEZ
ACEPTADAS POR ELJUEZ DE CONOCIMIENTO LE PRESENTADOCUMENTOS
ORIGINALES O TESTIMONIOS Y.EN SU CASO. SOLICITA LA CITACIN
DETESTIGOS QUE TA DECLARARON Y DEPERITOS.EN EL CASO DE pRUE8A
PER/CIAL SE CONECTACON LA OPERACIN No ID Y IIDURANTE EL DESAHOGO DE
PRUEBAS ASISTEA uas AUDIENCIAS Y CONTINUA HASTA EL FINDEL
PROCEDIMIENTOSi DURANTE ESTE PERIODO, SE RESOLVIERA ELRECURSO DE
DETERMINA."SrREVOCA O SE CONFIRMA EL AUTO DEFORMAL RRSIN'
-
Pgina 22 GAIC ETATi E L CO ES I E MINO4r 3 de diciembre de
2010
INCULPADOJUZGADO PENAL DEPRIMERA INSTANCIA,
CUANTA MENOR Y MIXTOS(JUEZ DE CONOCIMIENTO)
INSTITUTO DE LA DEFENSORA PBLICA DELESTADO DE MXICO
DEFENSOR PBLICO DEPARTAMENTO DESERVICIOS PERICIALES(PERITO)
4311
CONFIRMlelo.
OCA
e
REVOCA EL AUTO DE FORMAL PRISION OSUJECIN A PROCESO. ES
NOTIFICADO DEOVE LA SALA PENAL DECRET LA LIBERTADoIMF:MATA DEL
INCULPADO Y AGOTA SUPARTICIPACIN EN EL PROCESO.
E INTRA DE QUE SE REVOCO EL AMO R FORMAL PRISIN O SUJECIN A
PROCESO Y SEDECRETO SU LIBERTAD. CONCLUYE ELPROCESO.
y9 / CONPI RMA a AUTO DE FORMAL RISWN O
SUIKION A PROCESO. cobran/LIN CON ELPROCEDIMIENTO.SI LAS HUBIERA
PROCEDE A OFRECER ANTE ELJUEZ DE CONOCIMIENTO LAS
PRUEBASSUPERVENIENTES Y SOUCITA SE DESAHOGUEN.CERRADA LA INSTRUCCIN
NO HABIENDONINGN nado DE IMPUGNACINPENDIENTE DE RESOLVER.
FORMULACONCLUSIONES Y ESPERA LA RESOLUCINDEFINDLVA DEL JUEZ.
yUNA VEZ QUE CONCLUYE a PERIODO DEPR TACN y DESAHOGO DE
PRUEBAS
RESOLUCIN DEFINITIVAEITIECONDENATORIA O ABSOLUTORIA YNOTIPIA AL
DEFENSOR PUBLICO.
RECIBE onficActo DE LA RESOLUCINDEFINITIVA Y DETERMINA
eCONOENATORIA
ABSOLUTORIA
e
LIBERTAD DEL PROCESADO ENCASO DE ENCONTRASE DETENIDO Y AGOTASU
RARTICIEACIN
SE ENTERA DE QUE SE TRAMITO SU LIBERTADY CONCLUYE OC
SALA PENAL
ES SENTENCIA CONDNATORIA. IN ERP NEEL RECURSO DE APELACIN
TURNADOLA SALA PENAL
KIBE RECURSO DE APELACIN. LO ESTUDIA,MOHCA REVOCA O CONFIRMA
LARESOLUCIN DE PRIMERA INSTANCIA YORDENA SEAN NOTIFICADAS LAS
PARTES.
RECIBE NOTIRCACIN DE LA RESOLDETERMINA.
-
3 de diciembre de 2010 C CETAOEL O011SIERO10 Pgina 23
INCULPADOJ UZGADO PENAL DEPRIMERA INSTANCIA,
CUANT A MENOR Y MIXTOS(J UEZ DE CONOCIMIENTO)
INSTITUTO DE LA DEFENSOR A PBLICA DELESTADO DE MXICO
DEFENSOR PBLICO REA DE AMPAROS
111/1
CONEIPIM
MODIFICA.
OO REVOCA U NJA
CONDENATORIA pOR ABSOLUTORIA,NonFICADO, EILONIJEvE LA ~TAD
DELPROCESADO III CASO DE ENCONTRARSEDETENIDO, Lo ENTERA Y AGOTA
SUPARTICIPACIN.
OSE ENTEAA DE OUE LA SENTENCIACONDENATORIA
SE NOCMIC PORABSOLMORIAL DE DM SE ~MITA SULIBERTAD y CONCLUYE a
?ROCES.
/ LA SENTENcaCONDENATORIA INTERFONE NECIO DE~ARO sOliCITA
MEDIANTE OFICIO AlAPEA DE AMEAROS DEL tissrmsro
DE Lk
M'Etapa., FssicA Da ESTADO DEMXICO, SEA ESTUDIADA LA VIABILIDAD
PARALA INTERILOSICION DEL JUICIO, NmENECOPAS os LAS SENTENCIAS DE
Malan YSEGUNDA INSTANCIA Y LAS Reina EN SUCASO. INTERPONE Et
RECURs0 DE RENSIN 4.9
RECIBE OFICIO Y COMAS DE LAS SENTENOASDE PRIMERA Y SEGUNDA
INSTANCIA ESTUDIALA ~EDAD, INTERPONE a RECIO DfAMERAD. Y EN SU
CAso, RECURSO DE
SE A pf LA IN rERMOSICIN El YJPAVOR MI JUICIO DE GMLANTIAS, Y FN
suCASO. Da REMESO DE REVISIN.
/( FIN )
MEDICIN:Indicadores para medir la capacidad de respuesta:
Nmero mensual de defensas penales atendidas X 100 = Porcentaje
de defensas proporcionadasNmero mensual de defensas penales
solicitadas
FORMATOS E INSTRUCTIVOS:- No aplica.
4.4 PROCEDIMIENTO: Defensa Jurdica en Salas Penales Unitarias
ylo Colegiadas.OBJETIVO:Mejorar el desempeo de la defensa jurdica
que se lleva a cabo en los procesos que se desarrollan en las Salas
Penales. Unitariasy/o Colegiadas mediante la obtencin de la
resolucin absolutoria en la segunda instancia, as como procurar que
en la sentenciade segunda instancia, modifique a la primitiva.
ALCANCE:
Personas que afecta: Personas que lo soliciten (sentenciadas).
reas que afecta: Direccin General del Instituto de la Defensora
Pblica del Estado de Mxico y
Defensores Pblicos adscritos a las Salas Penales. Actividades
que afecta: Defensa en el procedimiento de apelacin por solicitud o
por designacin de los
magistrados de las salas correspondientes.
-
Pgina 24 GACETAEDEL GOBIERNOO 3 de diciembre de
2010REFERENCIAS:
Constitucin Poltica de los Estados UnidosMexicanos.
Constitucin Poltica del Estado Libre YSoberano de Mxico.Ley
Orgnica del Poder Judicial del Estado deMxico.Ley de la Defensora
Pblica del Estado deMxico.Cdigo de Procedimientos Penales para
elEstado de Mxico.Cdigo de Procedimientos Penales del Estadode
Mxico.Cdigo Penal del Estado de Mxico.
Reglamento Interior del Instituto de laDefensora de
Oficio.Jurisprudencias emitidas por la H. SupremaCorte de Justicia
de la Nacin.
RESPONSABILIDADES:
Publicada en el Diario Oficial de la Federacin el 5 de febrero
de1917, ltima reforma Diario Oficial de la Federacin 27 de abril
de2010.Publicada el 17 de noviembre de 1917, ltima reforma
PeridicoOficial "Gaceta del Gobierno" 4 de marzo de 2010.Publicada
en el Peridico Oficial "Gaceta del Gobierno" el 8 deseptiembre de
1995, ltima reforma 3 de marzo de 2010.Publicada en el Peridico
Oficial "Gaceta del Gobierno" el 3 defebrero de 2010, ltima reforma
6 de marzo de 2010.Publicado en el Peridico Oficial "Gaceta del
Gobierno" el 9 defebrero de 2009, ltima reforma 6 de marzo de
2010.Publicado en el Peridico Oficial "Gaceta del Gobierno" el 20
demarzo del 2000. Abrogado.Publicado en el Peridico Oficial "Gaceta
del Gobierno" el 20 demarzo de 2009, ltima reforma 6 de marzo
2010.Publicado en el Peridico Oficial "Gaceta del Gobierno" el 22
deenero de 2007.Publicadas anualmente por la Suprema Corte de
Justicia de la Nacin.
El Director General del Instituto de la Defensora Pblica del
Estado de Mxico es responsable de:Designar y remover a los
Defensores Pblicos.Asignar a los Defensores Pblicos que habrn de
participar en el proceso.
Los Directores Regionales son responsable de:Comunicar a los
Defensores Pblicos los acuerdos, circulares y dems disposiciones
que establezca el DirectorGeneral.Verificar que la defensa del
sentenciado se lleve a cabo conforme a los lineamientos
establecidos para tal efecto.Supervisar la actividad de los
Defensorei Pblicos.
Los Defensores Pblicos son responsables de:Aplicar la Ley y el
Reglamento Interior de la Defensora Pblica del Estado de Mxico, y
dems leyes y ordenamientos.Hacer lo que le corresponda para que se
conserve la legalidad en el proceso de apelacin.Formular los
agravios respectivos, o bien, ratificar los ya existentes.Confirmar
o modificar la sentencia que emita la Sala Penal que
corresponda.
DEFINICIONES:Defensa Pblica: Servicio pblico obligatorio y
gratuito que presta el Estado por disposicin constitucional, a
travs
de organismos especializados (Direccin General del Instituto de
la Defensora Pblica del Estadode Mxico, Procuradura de la Defensa
del Trabajo, Procuradura Agraria, etc.) en diferentesdisciplinas
jurdicas a todas las personas que cumplan con los requisitos y
condiciones que establecela ley de referencia.
Defensor Pblico: Servidor pblico que en funcin de un cargo,
asesora, defiende, asiste, promueve jurdicamente afavor de las
personas de acuerdo con lo que dispone la ley.
Sentenciado: Persona que ha sido sentenciada en un proceso
penal, considerada responsable de la comisin deun delito.
Sentencia Resolucin que pronuncia el Juez o tribunal para
resolver el fondo del litigio, conflicto ocontroversia, lo que
significa la terminacin normal del proceso.
INSUMOS: Solicitud verbal del sentenciado.
-
3 de diciembre de 2010 GACETA'FaOEL CCS11311111EPeNCIP Pgina
25RESULTADOS:
Resolucin definitiva absolutoria, resoluciones interlocutorias
absolutorias, modificacin de sentencia o autos de formalprisin,
modificacin de sentencias interlocutorias, libertad provisional
bajo caucin del sentenciado, cuando proceda,y/o denegadas
apelaciones.
INTERACCIN CON OTROS PROCEDIMIENTOS:Gestin de Fianzas de Inters
Social.
POLTICAS:Sin excepcin alguna, el Defensor Pblico vigilar que en
el procedimiento penal se cumplan los lineamientos delCdigo de
Procedimientos Penales y de las tesis jurisprudenciales aplicables
al caso.Toda defensa penal que proporcione el Instituto de la
Defensora Pblica del Estado de Mxico se deber brindarcon carcter de
obligatoria, gratuita, plena y completa.El Defensor Pblico que haya
sido designado deber estar dedicado de tiempo completo a las
funciones que lefueron encomendadas, evitando dilaciones y
conductas negligentes que vayan en detrimento del servicio
queproporciona el Instituto de la Defensora Pblica del Estado de
Mxico.Invariablemente, en todo juicio con defensa pblica se deber
brindar el mayor beneficio a los indiciados con fianzasde inters
social, siempre que stas procedan.
DESARROLLO: Defensa jurdica en Salas Penales Unitarias y/o
ColegiadasNo. UNIDAD ACTIVIDAD
ADMINISTRATIVA /PUESTO
Al trmino del proceso se entera de que le fue dictada sentencia
condenatoria ysolicita al Defensor Pblico sea presentado el recurso
de apelacin.Atiende solicitud, prepara recurso, dentro del trmino
de ley presenta apelacin anteel Juez de la causa, nombra al
Defensor Pblico adscrito a la Sala Penal que se harcargo de la
defensa jurdica e informa la designacin a la Sala que
corresponda.Admite el recurso de apelacin, revisa y remite causa y
recurso de apelacin a la SalaPenal Unitaria y/o Colegiada.
Se entera de la designacin, recibe causa y recurso de apelacin,
revisa, determina laprocedencia del recurso y notifica la
designacin al Defensor Pblico.Se entera de la designacin, acepta la
defensa y en la Sala Penal Unitaria y/o Colegiadaexpresa agravios a
favor del sentenciado en el trmino sealado por ley.Recibe los
agravios, seala fecha para audiencia de vista y notifica a las
partes.
Se entera y espera fecha.En la fecha establecida, acude a la
Sala Penal y ratifica los agravios en la audiencia devista.En la
fecha establecida para audiencia declara visto el asunto y
pronuncia su fallo entrmino de ley, ya sea confirmando, revocando o
modificando la resolucin apelada.Posteriormente, elabora y remite
notificacin de sentencia al Defensor Pblico.Recibe la notificacin
de la sentencia de segunda instancia y determina: Modifica
oconfirma la Sentencia?Modifica la sentencia absolviendo al
sentenciado, tramita la inmediata libertad y lenotifica.
1 Sentenciado
2 Defensor Pblico
3 Juzgado Penal de PrimeraInstancia, Cuanta Menor yMixtos (Juez
de conocimiento)
4 Sala Penal, Unitaria y/oColegiada
5 Sala Penal Unitaria y/oColegiada (Defensor Pblico)
6 Sala Penal Unitaria y/oColegiada
7 Sala Penal Unitaria y/oColegiada (Defensor Pblico)
8 Sala Penal Unitaria y/oColegiada
9 Defensor Pblico
10 Defensor Pblico
Sentenciado Se entera de que fue absuelto en la sentencia y
espera a que concluya elprocedimiento.
12 Defensor Pblico Confirma la sentencia condenatoria, la revoca
o modifica y si sta no es favorable alsentenciado, solicita al rea
de Amparos se valore la viabilidad de la presentacin deljuicio de
garantas.
-
Pgina 26 CACE "1-^OEL G OBIERNO 3 de diciembre de 2010DIAGRAMA:
Defensa jurdica en Salas Penales Unitarias y/o Colegiadas
SENTENCIADO
INSTITUTO DE LADEFENSORA PBLICA DEL
ESTADO DE MXICO(DEFENSOR PBLICO)
JUZGADO PENAL DEPRIMERA INSTANCIA,
CUANTA MENOR Y MIXTOS(JUEZ DE CONOCIMIENTO)
SALA PENAL UNITARIAY/O COLEGIADA
BIX
V
a')
( INICIO
AL TER W NO DEL PROCESO SE ENTERA DE QUEDICTADA SENTENCIA
CONDENATORIA
Y CITA AL DEFENSOR PUBLICONTADO EL RECURSO DE AFIBACION.
ATIENDE
SOUCITLID. EXORARA URDENTRO OF1 TRMINO DE LEY eaAPELACIN 'ene EL
PEZ DE LA CAUSA.NOMBRA AL DEFENSOR PUBLICO ADSCRITO ALA SALA PENAL
QUE SE MARA CARGO DE LADEFENSA IURIDICA E INFORMA LADESIGNACIN A LA
SALA QUECORRESPONDA
ADMITE CA USA DE APELACIN. REVISA YCAUSA E RECURSO
DI APELACIN A
LA A VIO COLEGIADA T"'SE ENTERA DE LA DESIGNACIN. RECIBECAUSA Y
RECURSO DE APELACIN, REVISADETERMINA LA PROCEDENCIA DEL RECURSO
YNOTIFICA LA DESIGNACIN AL DEFENSORPUBLICO.
SALA PENAL UNITARIAY/O COLEGIADA
(DEFENSOR PBLICO)
rvTERA IDE LA DESIGNACIN. ACEPTALA
EFENSAEI E EN LA SALA 6NAL UNITARIA VIOCOLEGIADA EXPRESA
AGRAVIOS A FAVOR DELSENTENC IADO EN EL TERMINO SEALADO
LEY'
RECIBE LOS AGRADOS SEALA FECHA PARAAUDIENCIA DE VISTA Y NOTIFICA
A LASPARTES
SE ENTERA Y ESPERA FECHAEN LA FECHA ESTABLECIDA. ACUDE ALA
SALARENAL Y RATVISTAIFICA LOS AGRADOS EN LAAUDIENCIA o
N LA FECHAESTABLECIDA PARA AUDIENCIADFCIARA VISTO EL ASUNTO Y
PRONUNCIA SUPALLO EN TRMINO DE LER, YA SEACONFIRMANDO. REVOCANDO
o
RESOLUBOR
CIN APELADA.POSTERIMODIFICANDO TE
ELA POSTERIOR Y REMETE
NOTIFICACIN DE SENTENCIA AL DEFENSOR"LEETICCRECIBE LA
NOTIFICACIN DE LA SENTENCIA
DE SEGUNDA INSTANCIA Y DETERMINA
COeMODIFICA0
MODIFICA LA SENTENCLA ABSOLVIENDO ALSENTENCIADO. TRAMITA LA
INMEDIATALIBERTAD Y TE NOTIFICA.
9
TERA DE QUE WE ABSUELTO EN LAPR
NTENCIA Y ESFERA A QUE CONCWYA ELOCEDIMIENTO.
J.'CONFIRMA LA SENTENCIA CONDENATORIA.LA REVOCA O MOC PICA YO
ESTA NO 6FAVORABLE AL SENTENCIADO. SOEICITA ALREA DF AMPAROS SE
^LORA LA VIAEUUDADDF ,,,
PRESENTACIN DEL 1,00 DEOARANTIAE
*( FIN )MEDICIN:Indicadores para medir la capacidad de
respuesta:
Nmero mensual de Defensas otorgadas en apelacincontra
resoluciones penales
Nmero mensual de Defensas solicitadas en apelacincontra
resoluciones penales
X 100 = Porcentaje de defensas atendidas.
-
3 de diciembre de 2010 GACETAOEL pO EL III El% NO Pgina
27FORMATOS E INSTRUCTIVOS:
- No aplica.
4.5 PROCEDIMIENTO: Defensa jurdica en las Subprocuraduras, Mesas
de Trmite y Agencias del MinisterioPblico Investigador y Ministerio
Pblico para Adolescentes.
OBJETIVO:Mejorar el desempeo de la defensa jurdica en el proceso
penal, mediante el conocimiento de la verdad que favorezca a
susdefendidos, a fin de evitar que se violen sus derechos durante
la averiguacin previa, y para coadyuvar a la administracin de
lajusticia.ALCANCE:
Personas que afecta:
reas que afecta:
Actividades que afecta:
Personas que lo soliciten cuando se encuentren aseguradas,
sujetas a investigacin otengan carcter de indiciadas.Direcciones
Regionales, Departamento de Servicios Periciales y Defensores
Pblicosadscritos al Instituto de la Defensora Pblica.Asesora
jurdica en materia penal y defensa en la averiguacin previa por
solicitud odesignacin del Ministerio Pblico.
REFERENCIAS:Constitucin Poltica de los Estados Unidos Publicada
en el Diario Oficial de la Federacin el 5 de febrero de
1917,Mexicanos. Art. 20. ltima reforma Diario Oficial de la
Federacin 27 de abril de 2010.Constitucin Poltica del Estado Libre
y Publicada el 17 de noviembre de 1917, ltima reforma Peridico
OficialSoberano de Mxico. "Gaceta del Gobierno" 4 de marzo de
2010.Ley de la Defensora Pblica del Estado de
Publicada en el Peridico Oficial "Gaceta del Gobierno" el 3 de
febreroMxico. de 2010, ltima reforma 6 de marzo de 2010.Ley Orgnica
de la Procuradura General de Publicada en el Peridico Oficial
"Gaceta del Gobierno" el 20 de marzoJusticia del Estado de Mxico.
del 2009.Cdigo de Procedimientos Penales para el Publicado en el
Peridico Oficial "Gaceta del Gobierno" el 9 de febreroEstado de
Mxico. de 2009, ltima reforma 6 de marzo de 2010.Cdigo de
Procedimientos Penales del Publicado en el Peridico Oficial "Gaceta
del Gobierno" el 20 de marzoEstado de Mxico. del 2000.
Abrogado.Cdigo Penal del Estado de Mxico. Publicado en el Peridico
Oficial Gaceta del Gobierno el 20 de marzo de
2009, ltima reforma 6 de marzo 2010.Reglamento Interior
del Instituto de la Publicado en el Peridico Oficial "Gaceta del
Gobierno" el 22 de eneroDefensora de Oficio. de 2007.
RESPONSABILIDADES:El Director General del Instituto de la
Defensora Pblica es responsable de:
Asignar a los Defensores Pblicos que habrn de participar en el
proceso.El Director Regional es responsable de:
Comunicar a los Defensores Pblicos los acuerdos, circulares y
dems disposiciones que emita el Director General.Supervisar la
actividad de los Defensores Pblicos.
Los Defensores Pblicos son responsables de:Cumplir la Ley de la
Defensora Pblica del Estado de Mxico y las dems leyes y
ordenamientos aplicables.Hacer lo que les corresponda para que se
conserve la legalidad en el proceso penal.Realizar la entrevista al
imputado o inculpado.Solicitar a la Subprocuradura, Mesa de Trmite
o Ministerio Pblico, investigar el desahogo de las pruebas
periciales.
DEFINICIONES: Carpeta de Carpeta integrada por el Ministerio
Pblico, en la que incluir un registro de las diligencias
investigacin: que practique durante esta etapa, que puedan ser
de utilidad para fundar la imputacin,
acusacin u otro requerimiento.
-
Pgina 28 GACETAIDEL 3 de diciembre de 2010Caucin y fianzas de
Dinero en efectivo o pliza de una afianzadora que otorga el
indiciado ante el Agente delinters social: Ministerio Pblico para
garantizar su libertad provisional, o bien, el procesado o
sentencir.o ante la autoridad judicial, tambin para garantizar
su libertad provisional.Defensa Pblica: Es un servicio pblico
obligatorio y gratuito que presta el Estado, por disposicin
constitucional, a travs de organismos especializados (Instituto
de la Defensora Pblica,Procuradura de la Defensa del Trabajo,
Procuradura Agraria, Asesora Comisionada, etc.)en diferentes
disciplinas jurdicas, a todas las personas declaradas jurdicamente
pobres oque cumplan con los requisitos y condiciones que establece
la Ley de referencia.
Defensor Pblico: Al servidor pblico que en funcin de un cargo,
asesora, defiende, asiste y promuevejurdicamente a favor de las
personas de acuerdo con lo que dispone la ley.
Dictamen pericial: Es un juicio tcnico o cientfico que emiten
los expertos (peritos) de acuerdo a susconocimientos en las
distintas disciplinas de la ciencia o arte, sobre personas,
animales,cosas o elementos que sean objeto de examen.
Imputado: Persona sujeta a investigacin, relacionada con los
hechos que se le imputan en la carpetade investigacin.
Recursos: Interponer los medios de impugnacin en contra de los
autos, acuerdos y resolucionesque afectan los derechos o intereses
de las personas por las autoridades en un proceso.
Ministerio Pblico: Institucin unitaria y jerrquica, rgano
poltico, jurdico y administrativo dependiente delPoder Ejecutivo,
cuyas funciones esenciales son la investigacin, persecucin de los
delitosy el ejercicio de la accin penal entre otros, la defensa de
los intereses del Estado, sociales,ausentes, menores y con
capacidades diferentes, en algunas legislaciones extranjeras se
ledenomina fiscal.
Perito: Es la persona experta en una ciencia o arte, que ilustra
al juez, acerca de los diferentesaspectos de una realidad concreta,
para cuyo examen se requiere conocimientosespeciales en mayor
grado.
INSUMOS:Presentacin voluntaria del imputado.Solicitud verbal del
imputado o cualquier persona a las Subprocuraduras, Mesas de Trmite
o Ministerio Pblico paraque le designe un Defensor Pblico.
RESULTADOS:Libertad total de sus defendidos.Libertad
provisional.No ejercicio de la accin penal.Abstencin de la
investigacin.Archivo Temporal.
INTERACCIN CON OTROS PROCEDIMIENTOS:Asesora Jurdica Gratuita en
Diversas Materias.Asesora Jurdica Gratuita mediante el Programa
Itinerante "Una Defensa de Compromiso"Defensa Tcnico Jurdica en los
Juzgados de Control y Juicios Orales.Defensa Jurdica en los
Juzgados especializados en Justicia para Adolescentes.
POLTICAS:Sin excepcin alguna, el Defensor Pblico vigilar que en
el procedimiento penal se cumplan las disposiciones
constitucionales, leyes penales sustantivas, adjetivas y
reglamentarias que beneficien a sus defendidos, promoviendolo
conducente.Toda Defensa Pblica se deber brindar con carcter de
obligatoria, gratuita, eficaz, plena y completaEl Defensor Pblico
designado deber estar dedicado de tiempo completo a las funciones
que le fueronencomendadas, evitando conductas negligentes que vayan
en detrimento de los servicios que proporciona elInstituto de la
Defensora Pblica del Estado de Mxico.
-
3 de diciembre de 2010 GACETAOEL c O E111 IR Ft IN Cro Pgina
29El Defensor Pblico durante el proceso penal del imputado, habr de
auxiliarse de las pruebas periciales queconsidere necesarias y de
requerir la asignacin de peritos, a la Direccin General, a fin de
otorgar una defensaeficaz, completa y plena.
En todas las actuaciones que se practiquen en la carpeta de
investigacin, en las Subprocuraduras Mesas deTrmite y/o Agencias
del Ministerio Pblico, el Defensor Pblico, en los casos en que
proceda, deber solicitar quese cumpla con lo siguiente:
I. Que su defendido sea enviado a los mdicos legistas para que
se determine, si presenta o no una lesinen su persona.Solicitar se
le hagan saber al defendido los derechos que establece la
Constitucin Poltica de los EstadosUnidos Mexicanos.Interrogar al
defendido en relacin a su entrevista emitida, si es
pertinente.Solicitar la libertad provisional cuando se trata de
delitos no graves o medida cautelar.En el caso de aportar la prueba
pericial, solicitar al Departamento de Servicios Periciales su
calificacin yprocedencia.No ejercicio de la accin penal, por
ausencia del cuerpo del delito y responsabilidad penal de
imputado.Archivo de las actuaciones de la carpeta por la ausencia
de datos probatorios.
8. Brindar la asesora necesaria a su defendido, relacionada con
su situacin jurdica.DESARROLLO: Defensa jurdica en las
Subprocuraduras, Mesas de Trmite, Agencias del Ministerio Pblico
Investigador yMinisterio Pblico para AdolescentesNo. UNIDAD
ACTIVIDAD
ADMINISTRATIVA /PUESTO
I Imputado/Inculpado Una vez que est sujeto a investigacin de
los hechos que se le imputan, solicitaverbalmente al Ministerio
Pblico se le designe a un Defensor Pblico que proceda asu
defensa.
2 Subprocuraduras/Mesas de Recibe solicitud verbal de
designacin, nombra al Defensor Pblico, inicia carpeta
deTrmite/Ministerio Pblico investigacin y determina: Aplica
criterios de oportunidad?
Investigador
3 Subprocuraduras/Mesas de Si aplica criterios de oportunidad,
prescinde total o parcialmente de la persecucinTrmite/Ministerio
Pblico penal y notifica al Defensor Pblico, a fin de que informe al
imputado.Investigador
4 Defensor Pblico Se entera e informa al imputado que se
prescinde de la persecucin penal.
5 Imputado/Inculpado Se entera y una vez prescindida la accin
penal en su contra, espera a que concluya elprocedimiento.
6 Subprocuraduras/Mesas de No aplica criterios, seala que
continua el proceso, a fin de que se enteren las
partes.Trmite/Ministerio PblicoInvestigador
7 Defensor Pblico Una vez que acepta y protesta el cargo,
procede a entrevistarse con el inculpado, leinforma que continuar
el ejercicio de la accin penal, lo asiste en su entrevista,
aliniciarla solicita que al indiciado se le hagan saber sus
derechos constitucionales y quesea canalizado con los mdicos
legistas para determinar su estado psicofsico.
8 Imputado/Inculpado Se entera de la designacin, lleva a cabo la
entrevista con el Defensor conoce susderechos y responde las
cuestionamientos que le plantea.
9 Defensor Pblico Al trmino de la entrevista del imputado, lo
interroga si lo cree pertinente, y en casode considerarlo
necesario, solicita al Ministerio Pblico, si ste no lo hiciera de
oficio,ordene el desahogo de pruebas periciales, a fin de tramitar
la libertad provisional, omedida cautelar personal.Recibe solio .ud
de Oficio, realiza de oficio o a peticin de la defensa el desahogo
delas diligencias y determina: Hay datos de prueba suficientes?
No hay datos de prueba suficientes, se abstiene de investigar,
archiva temporalmenteo no ejercita la accin penal.
10 Subprocuraduras/Mesas de
Trmite/Ministerio PblicoInvestigador
I I Subprocuraduras/Mesas deTrmite/Ministerio
PblicoInvestigador
-
Pgina GIN.0 ETADEL a 0 I E PENO0 3 de diciembre de 2010
No. UNIDADADMINISTRATIVA /
PUESTO
12 Subprocuraduras/Mesas deTrmite/Ministerio
PblicoInvestigador
ACTIVIDAD
Si existen datos suficientes se remite la carpeta de
investigacin al Juez de Control ysolicita audiencia de control de
detencin.Si la carpeta fuera sin detenido, solicita audiencia de
formulacin de detencin sindetenido.
DIAGRAMA: Defensa jurdica en las Subprocuraduras, Mesas de
Trmite y Agencias del Ministerio PblicoInvestigador y Ministerio
Pblico Especializado en Justicia para Adolescentes
IMPUTADO/INCULPADOSUBPROCURADURAS/MESAS DETRMITE/MINISTERIO
PBLICO
INVESTIGADORINSTITUTO DE LA DEFENSORIA
PBLICA DEL ESTADO DE MXICO(DEFENSOR PBLICO)
..-
( INICIO )
ONVETIGACIN DE LOS HECHOSAQUE UcfrA vRBALMENTI Al
MINISTERIOPUBLICO SE
IGN UN DEFENSOR PUBLICO QUEPROCEDA A SU
RECIBE SOLICITUD VERBAL DE DESIGNACIN.OEHlaort FJOUCO, INICIA
CARPETA DE PAFSUGACIO N YD
eo
APLICA CRITERIOS, pRESCINDE TOTAL DEFENSOR
DI LAKRSECUCION PENAL Y NOTIFICA AL DEFENSOR PBLICODE QUE
INFORME AL IMPUTADO.
E ENTERA E INFORMA "HADO QUE SE NO DE LARSECUCION PENAL
RAY u VEZ ?RESCINDIDA LA ACCIN ~1 EN SUCo QUE CON,,,,
F.,0,Ennwit.
//1/
APLICA CRITERIOS. SEALA QUE CONTINUA EL PROC ESONOAN DE QUE SE
ENTEREN LAS PARTES. II.'
UNA VEZ QUE ACEPTA Y PROTESTA EL CARGO, PROCEDE AENTREVSTPASE
CON EL INCULPADO, LEINFORMA QUECONTINUADA a EJERCICIO DE LA ACCIN
PANAL LO ASESTE EN
AL INICIARLA SOLICITA QUE Al. INDICIADO SEIR SUS DERECHOS
coNSTTIUCJONALS Y QUE
CANALIZADO CON LOS MEDICOS LEGISTAS PARADETERMINAR SU ESTADO
PSICCEISICa
DE LA DWGNACINY. UtVA A CABO LA ENTREVISTASE FNTFMCEDERECHOS y
RES
, puu.
10 (FIAL MINO DE LA L NTADO. LO INTERROGADEL CASO DE
CONSIDERARLOL CREE PERTINENTE y INO
SOUOTA Al. PENISTIRIO ~co, SI ESTE NO LOHICIERA DE DACIO. ORDENE
EL DESAHOGO DE PRUEBASnwomis. A FIN DE TRAMITAR LA USERTAD
pROVIS1ONAL O
CAUTELAS PERSONALRECIBE 5011011/D DE OFICIO, REALIZA DE OFICIO o
A pEnCIONDE LA DEFENSA a DESAHOGO DE LAS DILIGENCIAS Y
RMINA ,HAY DATOS DE PRUEBA SUFICIENTES?
e0
NO wAY DATOS DE PRUEBA SUFICIENTES, SE ABSTIENE DEINVESTIGAR.
ARCHIVA TEMPORALMENTE O No INCITA LAACCIN PENAL
SI EXISTEN DATOS SUFICIENTES SE REMITE LA CARPETA DEINVESTIGACIN
AL JUEZ DE CONTROL Y SDUC4TA AUDIENCIADE CONTROL DE DETENCIN.SI LA
CARRETA FUERA SIN DETE