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Repblica Bolivariana de Venezuela Ministerio del Poder Popular
para la Educacin
Unidad Educativa MAESTRO ORLANDO ENRIQUE RODRGUEZ Inscrito en el
Ministerio del Poder Popular para la Educacin
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR
Ao Escolar 2014-2015
Fecha: 04-05-15
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Unidad educativa maestro orlando enrique rodriguez
MANUAL DE CONVIVENCIA
2014-2015
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INDICE
CAPITULO I. DENOMINACIN, BASES LEGALES. 3
CAPITULO II. NATURALEZA, FINES, MISIN Y VISIN, ESTRUCTURA..
3
CAPITULO III. DERECHOS Y DEBERES FUNDAMENTALES DE LOS
ESTUDIANTES. 4
CAPITULO IV. DE LA ORGANIZACIN DEL PERSONAL Y DE SUS FUNCIONES.
15
CAPITULO V. BIBLIOTECA ESCOLAR Y SEMANEROS.. 21
CAPITULO VI. PERSONAL ADMINISTRATIVO, SECRETARA Y OBRERO..
21
CAPITULO VII. MADRES, PADRES, REPRESENTANTES O RESPONSABLES..
23
CAPITULO VIII. ORGANIZACIONES ESTUDIANTILES.. 29
CAPITULO IX DEL TRANSPORTE Y CANTINA ESCOLAR.... 30
CAPITULO X. DISPOSICIONES GENERALES... 32
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CAPITULO I
1. DENOMINACIN, BASES LEGALES. Art. 1: El presente documento
constituye el reglamento interno que regir el funcionamiento de la
U.E. MAESTRO ORLANDO ENRIQUE RODRIGUEZ, ubicada en Sector Los
Cortijos, Av. principal 49I con calle 220 Km. 13 va a Perij. Art.
2: La U.E. MAESTRO ORLANDO ENRIQUE RODRIGUEZ, se regir y organizar
(visin, misin y objetivos) por las disposiciones de la Constitucin
Bolivariana de Venezuela, Ley Orgnica de Educacin y su Reglamento
General, Ley Orgnica para Proteccin del Nios, Nias y Adolescente,
por las dems disposiciones que dicte el ejecutivo en uso de sus
atribuciones legales; soportes todos estos para el Proyecto
Educativo Plantel.
CAPITULO II 2. NATURALEZA, FINES, MISIN Y VISIN, ESTRUCTURA.
Art. 3: La U.E. MAESTRO ORLANDO ENRIQUE RODRIGUEZ, es una
institucin de carcter PRIVADA, inscrita en el Ministerio de
Educacin, Cdigo DEA: 26022317, Cdigo estadstico: 233905, Cdigo
OPSU: 511704556, donde cuenta con los niveles de Educacin Inicial,
I ,II , III Etapa de Educacin Bsica y Media General, mencin
Ciencias. Art. 4: En el nivel de educacin inicial , bsica y Media
General, se complementar la formacin integral del educando mediante
el desarrollo de sus destreza y de sus capacidad psicomotoras,
cognitivas, socio-emocionales, cientfica, tcnica, humanstica y
artstica; cumpliendo funciones de exploracin, orientacin educativa
y emocional para iniciarlos en el aprendizaje de disciplinas y
tcnicas que le permitan el ejercicio de una funcin socialmente til.
Art. 5: En la educacin media general se atender adems, al proceso
formativo del estudiante iniciado en los niveles precedentes,
ampliando su desarrollo integral y su formacin cultural para
ofrecerle oportunidades que definan su campo de estudio y de
trabajo, brindndole una capacitacin cientfica, tcnica y humanstica
que le permita su incorporacin al trabajo productivo. Art. 6: La
U.E. MAESTRO ORLANDO ENRIQUE RODRIGUEZ, es una institucin destinada
a desarrollar una accin educacional integral propone alcanzar los
siguientes fines: 1. Afianzar y continuar el proceso de desarrollo
intelectual de los estudiantes y contribuir en su mejoramiento
moral y fsico,
mediante las enseanzas que se imparten conforme a las modernas
concepciones pedaggicas. 2. Preparar la inteligencia, la
sensibilidad y la voluntad de los estudiantes para lograr el
desarrollo integral de la personalidad. 3. Cooperar en la
preparacin de los futuros ciudadanos, a fin de que alcancen una
adecuada valoracin de nuestra tradicin
histrica, cultural, ambientalista, deportiva y cientfica, para
lograr su incorporacin social activa 4. Infundir en los estudiantes
los principios de nuestra democracia autnticamente representativa y
participativa, como sistema
que ha de llevarnos al goce y estabilidad plena en nuestra
condicin de nacin soberana. 5. Contribuir con el adecuado
desarrollo del proceso educativo, ofreciendo un contexto garante de
los derechos y deberes de los
actores involucrados. 6. Propiciar una convivencia escolar sana,
armnica, satisfactoria y grata entre los miembros de la comunidad
educativa de la
institucin, inmersa en la cultura de paz y tolerancia. 7.
Ofrecer un buen funcionamiento interno de la institucin y la
relacin apropiada con su entorno, as como la conservacin de
su patrimonio. 8. Proyectar la accin educativa de la U.E.
MAESTRO ORLANDO ENRIQUE RODRIGUEZ, hacia la comunidad con el fin
de
aprovechar las extraordinarias creaciones de sus poetas,
filsofos, artistas, cientficos, msicos, y profesionales en general,
entre otros.
9. Propiciar el principio de igualdad y no discriminacin, dentro
del mbito de la U.E. Maestro Orlando Enrique Rodrguez y
especialmente al aplicar este Manual de Convivencia, se orienta
para evitar la discriminacin fundada en motivo de raza, color,
sexo, pensamiento, conciencia, creencias, cultura, opinin poltica,
origen social, limitando slo estos derechos al mbito de irrespeto a
los otros dando origen a perturbaciones graves al buen
desenvolvimiento de las actividades regulares dentro de sta
institucin. (Art. 21. Constitucin de la Repblica Bolivariana de
Venezuela).
MBITO DE APLICACIN: El presente Manual se aplica a todas las
personas que integran la Unidad Educativa MAESTRO ORLANDO ENRIQUE
RODRIGUEZ, en sus distintos niveles y modalidades, estudiantes,
personal directivo, docente, administrativo,
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padres, madres, representantes y responsables, supervisores,
personal obrero, transportistas, personal del cafetn escolar y
comunidad en general. As mismo se tomar en cuenta para la aplicacin
de este Manual: a) EL TIEMPO: la vigencia del presente manual seria
a partir del ao escolar 2014 2015, siendo evaluado al inicio,
durante o al final, del mismo con la posibilidad de incluir
enmiendas o modificaciones que lo adecuen a nuevas situaciones,
cambios de leyes, si los hubiere, y lineamientos del Ministerio del
Poder Popular para la Educacin, siguiendo el procedimiento de mesas
de trabajos con los entes involucrados. b) EL ESPACIO: El mbito de
aplicacin del presente MANUAL ser la UNIDAD EDUCATIVA MAESTRO
ORLANDO ENRIQUE RODRIGUEZ, incluyendo el lugar donde se desarrollen
actividades tanto intra como extraescolares. ( dentro o fuera del
plantel). EN CUANTO A PUBLICIDAD Y/O DIFUSION DEL MANUAL DE
CONVIVENCIA ESCOLAR: Para que se logren los objetivos previstos en
este MANUAL es necesario que sea publicado y conocido por todas las
personas que integran la Comunidad MORERO. En consecuencia, se
deben tomar todas las medidas apropiadas para garantizar que los
estudiantes, representantes, responsables, personal Directivo,
docente y dems miembros de la institucin lo conozcan. Para ello, la
Unidad Educativa MAESTRO ORLANDO ENRIQUE RODRIGUEZ debe: 1.-
Disponer de dos ejemplares de este manual en la Seccional y
Coordinacin general del plantel para su uso y consulta. 2.-
Publicar este Manual en las redes sociales ( VER NUMERAL 4) a los
Padres, Madres, Representantes y Responsables al momento de la
inscripcin de sus representados, dejando constancia de la entrega
con la firma de estos en la ficha de Actualizacin de Datos para los
casos de prosecucin de estudios o en la ficha de Inscripcin para
los nuevos ingresos. 3.- Mantener un ejemplar de este Manual en la
Direccin. 4.- Disponer y promover espacios de difusin del contenido
de este Manual dirigido a todas las personas que integran la
Institucin y a la Comunidad en general, a travs de la web usando
redes sociales como, Facebook: nuestro perfil
www.facebook.com/grupomorero, nuestra pgina
www.facebook.com/soymorero, en Twitter: www.twitter.com/soymorero,
@soymorero, en Youtube: www.youtube.com/user/soymorero; nuestro
blog: www.soymorero.com y nuestros correos electrnicos:
[email protected], [email protected] y [email protected] ,
los cuales firman los representante en conformidad de haber ledo el
mismo en el momento de la inscripcin. 5.- Entregar a las
autoridades del Ministerio del Poder Popular para la Educacin un
ejemplar de este Manual. Art. 7: La misin de la U.E. MAESTRO
ORLANDO ENRIQUE RODRIGUEZ, es satisfacer y promover una educacin
referida a la identidad tica, moral, cientfica y cultural, donde es
fundamental el carcter abierto y flexible del desarrollo pedaggico
dentro de cada una de las aulas, considerando las necesidades a
desarrollar en los estudiantes, para as formar una conciencia
ciudadana fundamentada en VALORES, a travs de una gestin eficiente
basada en le criterio EDUCAR PARA LA VIDA: Art 8: La visin de la
U.E. MAESTRO ORLANDO ENRIQUE RODRIGUEZ, es garantizar la educacin
para el desarrollo de una conciencia ciudadana fundamentada en
valores bsicos para la vida y para la convivencia democrtica,
gracias a un personal competitivo y eficiente, operando
individualmente o mediante grupos de estudiantes de nuestra
prestigiosa institucin.
CAPITULO III
3.- DERECHOS Y DEBERES FUNDAMENTALES DE LOS ESTUDIANTES 3.1.
-DERECHOS Art. 9: Contar con las oportunidades y servicios
educativos que le conduzcan a una formacin integral de acuerdo a
los ideales de la Constitucin Nacional, Ley Orgnica de Educacin,
Ley Orgnica de Proteccin al Nio, Nia y Adolescentes, Derechos
Universales en condiciones de Libertad y Dignidad, de tal forma que
puedan desarrollar su personalidad, actitud y aptitudes, juicio
individual, sentido de responsabilidad personal y de solidaridad
social, en un ambiente de PAZ y TOLERANCIA Art. 10: Ser orientados
para la solucin de sus problemas personales y acadmicos. Art. 11:
Participar en su propia formacin y las de sus compaeros de estudio
a travs de los programas y eventos llevados a cabo por la
organizacin estudiantil de la que forma parte. Art. 12: Solicitar
de sus docentes y compaeros de estudio tanto dentro como fuera del
plantel, un trato cnsono con el proyecto educativo que aspira el
Estado Venezolano, basados en el Respeto a la integridad y derecho
a la Educacin, en un ambiente de PAZ y TOLERANCIA. Art. 13:
Participar activamente en las actividades extraescolares,
socioculturales, cientficas, deportivas y recreativas organizadas
en el plantel. Art. 14: Formular propuestas y expresar sus puntos
de vista ante las autoridades educativas del plantel siguiendo los
canales regulares: Vocero Estudiantil, Profesor Gua, Seccional o
Coordinacin, Sub-Direccin y Direccin.
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Art. 15: Recibir atencin educativa en el ao escolar durante 200
das hbiles como mnimo y participar en el desarrollo de la totalidad
de los objetivos programticos previstos para cada rea, asignatura o
similar del plan de estudio correspondiente. Art. 16: Derechos a
discrepar. Art. 17: Derecho a enfrentar las formas equivocadas de
autoridad, esto es autoritarismo. Art. 18: Derecho a no resignarse
a la pasividad Art. 19: Derecho a apoyar sus decisiones y razones.
Art. 20: Derecho a defender sus derechos al conocimiento. Art. 21:
Defender su derecho a la creatividad. Art. 22: Encontrar su propia
verdad. Art. 23: Derecho a velar por la justicia social. Art. 24: A
reafirmar sus derechos. Art. 25: Derecho a poder crecer como
ciudadano y persona responsable. Art. 26: Derecho a exaltar u
homenajear pblicamente ante la comunidad en acto especial al(los)
estudiante(s) que se destaque en los estudios, colaboracin,
triunfos de investigacin cientficas, literarias, deportivas,
culturales y artsticas Art. 27: Derecho a ser llevado al plantel
puntual y regularmente a clases, de lunes a viernes en el horario
establecidos de 7:00 a.m. a 12:00 m.(turno de la maana) y de 1:00
p.m. a 5:30 pm (turno de la tarde) por sus padres y/o
representantes. Art. 28: Derecho a ser atendido por su respectivo
docentes en el horario establecido de lunes a viernes. Art. 29: Los
estudiantes tienen derecho a, que les sea justificada su
inasistencia que por enfermedad, actividad deportiva, culturales
y/o por otra eventualidad personal o familiar con su debido soporte
o aclaratoria por su representante legal. Art. 30: Derecho a
recibir tres pases de entrada o salida por mes, segn sea el caso
justificado y soportado por su representante. Art. 31: Derecho a
que se resguarde la integridad fsica y mental. Art. 32: Derecho a
portar el uniforme escolar (traje escolar) segn las
especificaciones del Ministerio del Poder Popular para la Educacin.
Art. 33: Derecho a ser atendido en salones limpios, debidamente
ambientados para la actividad escolar. Art. 34: Derecho a
participar en actividades extra escolares segn la preferencia ,
disponibilidad de cupos y posibilidad de condiciones de apertura de
las mismas. Art. 35: Derecho a tener un recreo durante la jornada
escolar, y a participar en actividades recreativas, de
esparcimiento y juego. Art.36: Derecho a recibir permiso de salir
del saln cuando la salida sea debidamente justificada por razones
de necesidad fisiolgica o actividades culturales, deportivas o
acadmicas a realizar. Art.37: Derecho a ser atendido por el
servicio de biblioteca, en prstamos de libros, de existir la
disponibilidad de este servicio educativo. Art.38: Derecho a ser
evaluado por el docente respectivo, en forma contnua y objetiva
dentro del plantel o fuera si la actividad escolar lo requiere.
Art.39: Derecho a recibir informacin oportuna y veraz con respecto
a el sistema de Evaluacin, de que va ser objeto por parte del
docente Art.40: Derecho a recibir sus informes, pruebas y dems
trabajos o actividades debidamente corregidas por el docente con su
respectiva nota o calificacin y observaciones o correcciones
realizadas. Art. 41: Derecho a ser evaluado en un ambiente
tranquilo sin presiones, cumpliendo con el horario establecido
dentro del plantel o fuera si la actividad escolar lo requiere. Art
42: Derecho a recibir la asistencia del servicio de orientacin
escolar si fuese necesario. Art.43: Derecho a ser atendido y
conducido a la entrada y salida del plantel para abordar su
respectivo transporte o dirigirse a pie a su residencia. Art. 44:
Derecho a recibir una identificacin del plantel o debido carnet
estudiantil. Art. 45: Derecho a recibir de parte del docente la
planificacin acadmica de cada uno de los lapsos de estudio durante
el ao escolar. Art. 46: Derecho a recibir clara y oportunamente el
horario de clases y el horario de evaluaciones. Art. 47: Derecho a
recibir la debida explicacin por parte de los docentes, de la
calificacin obtenida en sus evaluaciones. Art. 48: Derecho a que le
sea aplicada la coevaluacin o autoevaluacin de su desempeo Art. 49:
Derecho a escuchar la opinin que sobre l o ella emitan sus docentes
Art. 50: Derecho a que sea respetado su credo religioso. Art. 51:
Derecho a la utilizacin de las salas sanitarias, debidamente
higienizadas Art. 52: Derecho a participar de acuerdo a sus
habilidades y destrezas, en actividades fsicas-deportivas,
culturales, acadmicas.
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Art. 53: Derecho al uso de los diferentes espacios recreativos,
deportivos, culturales y de laboratorios de la institucin
dependiendo de la disponibilidad de los mismos. Art. 54: Derecho a
recibir las clases en clima de PAZ , ORDEN y ARMONIA, enalteciendo
el derecho a la Educacin. Art. 55: Derecho a formar organizaciones
estudiantiles con fines sociales, culturales, deportivos,
recreativos, ambientales, cientficos y acadmicos. 3.2.- DEBERES.
Todos(as) los(as) alumnos(as) como sujetos plenos de derechos,
deberes y responsabilidades, debern cumplir los deberes
contemplados en el Artculo 93 de la LOPNNA, sin embargo estos
deberes estn adecuados y ampliados dentro del contexto escolar de
la Unidad Educativa MAESTRO ORLANDO ENRIQUE RODRIGUEZ, que son los
siguientes: 3.2.1.- De la entrada y salida del plantel: Art. 56:
Los estudiantes deben asistir diariamente a la 7:00 a.m.(turno de
la maana) y a la1:00 p.m. (turno de la tarde) los das lunes y
viernes para participar en el acto cvico: resaltando a Dios
todopoderoso, rendir honores a Simn Bolvar y a los smbolos patrios:
mencionar pensamientos bolivarianos, entonar los himnos e izar las
banderas. Si la ocasin lo amerita se realizan otros actos cvicos,
patriticos o cientficos durante cualquier da de la semana,
mostrando actitud de respeto y consideracin. Art. 57: Cada
estudiante deber cumplir con el horario establecido de llegar a las
7:00 a.m. (turno de la maana) y 1:00 p.m. (turno de la tarde).
Pasados 15 minutos NO ser permitida la entrada al plantel a
excepcin de justificar personalmente su representante o las
circunstancias lo ameriten, sin exceder en la justificacin de la
misma. Art. 58: La seccional respectiva otorgar solo tres pases de
entrada por mes al estudiante que llegue tarde a la primera hora de
clases. 1. El estudiante que reincida en impuntualidad durante la
misma semana no puede recibir un segundo pase de entrada, los
profesores y jefe de seccional dejaran por escrito el caso en el
diario de clases y carpeta de control de pase de entrada. 2. De
reincidir en su falta de puntualidad o inasistencia (tres por mes)
se citar por escrito a su padre o representante y se
asentar por escrito en el expediente de cada estudiante. 3. El
estudiante solo podr salir del plantel antes de su hora habitual
solicitando pase de salida a seccional y presentando previa
autorizacin firmada por su padre o representante legal. Art. 59:
Los estudiantes debern tener justificadas sus inasistencias o
retrasos al plantel ante la Coordinacin de seccional, personalmente
por sus padres, familiar o representante legal a la brevedad
posible. Si la inasistencia ha sido causada por enfermedad, sus
padres o representante deber consignar ante seccional la constancia
medica. Art. 60: Asistir regular o puntualmente a las actividades
extra escolares. Art. 61: En ningn caso el estudiante deber traer:
armas blancas o de fuego o punzo penetrantes, bebidas alcoholicas,
celulares, vasos Contigo, pelotas, balones, vidrios, juguetes
blicos (bombas de agua, pistola, espadas), fuegos artificiales, ni
consumir tabaco, cigarrillos, ni sustancias toxicas o psicotrpicas,
polvos, perfumes, gases, entre otros, que pongan en peligro la
integridad fsica de los dems. La U.E. MAESTRO ORLANDO ENRIQUE
RODRIGUEZ, no se hace responsable de los daos ocasionados por la
contravencin de esta norma, siendo en este caso la responsabilidad
del representante del estudiante que ocasione el dao o lesin en la
institucin. Pargrafo Unico: Cuando por motivos de prevencin o la
circunstancia lo amerite, se utilizar un detector de metales para
constatar la presencia de objetos no permitidos, pudiendo ser
aplicado a cualquier persona o grupo dentro del recinto
escolar.
Art. 62: A la hora de salida los estudiantes deben dirigirse de
una vez a sus hogares los que se van a pie y los de transportes
estar pendientes de las unidades dentro del plantel. Queda
prohibido salir a comprar chicha, cepillados, viagras, u otros.
Todos los estudiantes deben respetar la propiedad privada, por
tanto no podrn permanecer en las afueras del plantel, o al
dirigirse a sus hogares no deben perturbar el orden pblico y/o
faltar a las normas de urbanidad y buenas costumbres en detrimento
de los vecinos. Art. 63: La responsabilidad del plantel para con
los estudiantes termina despus de la hora sealada para la salida a
las 12:00 m (turno de la maana) y 5:30 p.m. (turno de la tarde) y
derivan bajo la responsabilidad de sus padres, madres y
representantes . Estarn los docentes de guardia organizando la
salida de los estudiantes. 3.2.2.- De la presentacin personal: Art.
64: El uso o porte del carn estudiantil e insignia es personal e
intransferible, requerido para solicitud de libros en biblioteca y
como identificacin dentro y fuera de la institucin. Art. 65: Los
estudiantes deben presentarse al plantel correctamente vestidos y
aseados con su uniforme escolar adecuado y especificado en el
momento de la inscripcin, colocando la insignia en el lado
izquierdo del pecho y carnet estudiantil colocado en el rea del
pecho en un lugar visible, as como el porte de bolso o morral
transparente o enmallado para TODOS los grados: Inicial, Primaria y
Media General.
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Art. 66: Los estudiante no deben asistir con apariencia personal
que sea extravagante e impropia (como ejemplo, la colocacin
exagerada de gelatina en el cabello, corte de cabello muy alto,
cabello suelto o despeinado, zarcillos, pinturas en el cabello o
mechas de colores y uas muy largas en resina o gel con colores
extravagantes, calzado de colores exagerados, uso de accesorios
(cadenas, pulseras, collares, relojes, placas, esclavas, de alto
valor econmico, pulseras o cadenas punzantes, el uso de peercing,
colocacin de maquillaje con colores extravagantes), el uso de
tatuaje est tambin restringido. El plantel no se hace responsable
por la prdida o daos de estos. Los varones deben tener el corte de
cabello bajo, varonl y conservador, sin bigotes, barbas ni
patillas. Las uas tanto para varones como para hembras, deben estar
limpias y cortas (solo en media general pudiese permitirse un largo
normal adecuado para las hembras). El cabello de las estudiantes
debe permanecer debidamente recogido. Se prohibe el uso de color en
las uas para los varones . Art.67: No ingresar cualquier objeto de
alto valor econmico, sin permiso de la Direccin del plantel, tales
como, como cmaras, computadores personales, tablets, telfonos
celulares, ipad o cualquier aparto electrnico, ya que el colegio no
se hace responsable por la prdida de las mismas. 3.2.3.- Del
Uniforme escolar: Art. 68: El uniforme escolar responder en trminos
generales a los modelos indicados por el MPPE: ser de uso
obligatorio diariamente en el plantel, saln de clases, talleres,
biblioteca, paseos y otros. El mismo estar conformado por los
trajes que se sealan a continuacin: Para la Etapa de Educacin
Inicial: Para nios y nias: franela amarilla, mono negro, medias
amarillas y calzado escolar negro, morral o bolso transparente.
Para la I y II Etapa de Educ. Bsica: Para nios: camisa blanca,
pantaln de vestir azul oscuro, Para nias: jumper azul oscuro cuyo
largo de falda sea 8 cm debajo de las rodillas, medias blancas y
calzado escolar o mocasn negro, morral o bolso transparente. Para
la III Etapa de Educ. Bsica: camisa celeste, pantaln de vestir azul
oscuro, correa negra, calzado negro, jumper azul oscuro cuyo largo
de falda sea 8 cm debajo de las rodillas, blusa celeste, medias
celeste y calzado escolar negro (tacn bajo), morral o bolso
transparente. Para el Bsica y Media General: camisa beige, pantaln
de vestir azul oscuro, correa negra, calzado negro, jumper azul
oscuro, cuyo largo de falda sea 8 cm debajo de las rodillas blusa
beige, medias beige y calzado escolar negro, tacn bajo. Art. 69: El
uniforme de educacin fsica ser el establecido por el plantel , usar
gomas negras y portarlo solamente el da que corresponda dicha
clase, de igual manera el uniforme de I.P.M. para el diversificado,
debe portarlo solamente el da que tenga clase de IPM, morral o
bolso transparente, de igual manera el uniforme de natacin con los
colores y logos de la institucin. Art.70: Es obligacin de los
estudiantes portar siempre insignia y el carn estudiantil y usarlo
en lugar visible en la camisa usando esta por dentro del pantaln,
ajustada con correa negra. En caso de utilizar suter sobre el
uniforme escolar debe ser de color azul marino modelo escolar, por
lo tanto queda terminantemente prohibido el uso de chaquetas,
abrigo, entre otros. 3.2.4.- Del saln de clase o ambiente donde se
desarrolle la actividad educativa: Art.71: Demostrar y fomentar
permanentemente, la conciencia de autodisciplina y voluntad de
superacin acadmica y disciplina El estudiante es el centro del
proceso educativo y es su deber participar activamente en su propia
formacin integral. Art.72: Ser moderado en el lenguaje verbal y
corporal, evitando las obscenidades, maltratos verbales y
descortesas . Art 73: Cuando la direccin del plantel lo considere
pertinente se har al inicio del ao escolar cambio de secciones, por
lo que se entiende que los estudiantes podrn ser cambiados de
seccin. Art. 74: Todo estudiante est en el deber de denunciar
cualquier situacin que atente contra el presente Reglamento escolar
disciplinario o Manual de convivencia, ya que de no hacerlo pasa a
ser cmplice o cooperador negativo de cualquier hecho fsico y de
palabra y que de igual manera se le aplicarn las medidas
correctivas. Art.75: Es obligatorio identificarse con sus datos
nombre, apellidos, grado y seccin ante la autoridad del plantel o
personal del mismo que lo requiera. Art. 76: A la hora de entrada ,
evitar correr, debe venir con su grupo y esperar en formacin (en
orden) , frente al saln de clase a su respectivo profesor(a), antes
de iniciar la clase. Las salidas de clases y del receso tambin se
realizarn en orden, sin correr y con el debido comportamiento.
Art.77: Durante las horas de clases o en cambio de hora de
profesores, ningn estudiante deber ausentarse del saln o ambiente
donde se desarrolle la actividad escolar, sin la autorizacin del
profesor o de los voceros estudiantiles. Art.78: Todos los
estudiantes deben cumplir u obedecer las funciones como semanero,
cuando le toque en la semana. Se regir segn el orden de la lista;
si el estudiante no asiste algn da le tocar el turno al siguiente
estudiante de la lista y luego cuando se reincorpore volver a
retomarlo cumpliendo durante toda la semana lo siguiente:
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1. Retirar carpeta y llaves del aula. (Debe ser el primero en
estar en el aula). 2. Velar por el buen estado de la carpeta de
diario de clases 3. Si pasado 5 minutos, el profesor no llega al
aula, uno de los voceros estudiantiles, debe dirigirse a Seccional.
4. Velar por el apagado de luces y del aire acondicionado al salir,
as como el de dejar los pupitres en orden Art.79: Los estudiantes
deben respetar las normas de moralidad, tica, buenas costumbres,
con un lenguaje apropiado, sin malas palabras, obscenidades,
vulgaridades, abstenindose de fumar, ingerir bebidas alcohlicas,
sustancias estupefacientes o psicotrpicas (drogas), dentro del saln
de clases, pasillos, patios, canchas, baos, oficinas o techo del
colegio y en los alrededores externos de la institucin, como tambin
durante las actividades extra-ctedra. As mismo, bajo ningn concepto
el estudiante debe traer celulares , ingerir bebidas o comidas
,masticar chicles en el saln de clases o ambiente donde se
desarrolle la actividad escolar. Art.80: Durante el receso u horas
libres ningn estudiante deber permanecer en el saln de clases y/o
pasillos circundantes. Art.81: Traer diariamente los tiles
escolares debidamente identificados: lpiz, borrador , hojas de
exmenes, sacapuntas, cuadernos, libros u otros materiales para
efectuar las labores escolares. Art.82: No irrumpir y manipular sin
debida autorizacin lo existente dentro de saln de clases como: las
rejillas de los aires acondicionados, lmparas, interruptores,
extintores, enchufes, carteleras, ventanas, ventiladores y otros.
Art.83: Prestar atencin a las clases y no interrumpirlas. Evitar
hacer tareas de otra materia, maquillarse, peinarse, usar cmaras,
discman, grabadores, radio, celulares u otros dispositivos que
interrumpan la clase. Art.84: No fomentar desordenes , saboteo o
interrumpir cualquier actividad escolar programada dentro y fuera
del saln de clases bucheos, tirar papeles, borradores, gritos,
entre otros, as como tambin las actividades programadas fuera del
plantel. Manteniendo conducta adecuada . Art.85: Todo vocero
estudiantil , semanero u otra funcin delegada y asumida por los
estudiantes debe ser cumplida a cabalidad, y reportar su gestin al
Coordinador de Seccional. Art.86: Todo estudiante debe resaltar la
tolerancia, preservando la cultura de paz en la institucin y evitar
en todo momento rias, ofensas verbales, que atenten contra la moral
y buenas costumbres. Art.87: Respetar al compaero que funge como
semanero, vocero estudiantil, disciplina de curso y/o juez de paz.
Art.88: Las entrada a clases despus del receso se realizaran en
estricto orden (sin correr), esperando al docente en formacin
frente al aula. Art.89: El semanero y vocero estudiantil son los
encargados de velar por el comportamiento de los estudiantes en
clase en ausencia del docente en los minutos de cambio de profesor.
Cualquier falta de disciplina por parte de los estudiantes en esos
momentos ser considerada por la autoridad respectiva con la misma
gravedad que si hubiera estado presente el docente en el saln de
clases. Art.90: El semanero, vocero estudiantil, disciplina de
curso y/o juez de paz, gozarn del apoyo y respeto del personal
directivo administrativo, docentes, obreros y alumnos. Art.91: Es
deber del estudiantado velar por el cuidado del saln de clases y de
los insumos o mobiliario asignados dentro de este (pupitre ,
sillas, mesones, pizarrn, borrador, entre otros). Cualquier
deterioro por parte de los estudiantes debe ser restituido por
estos. Art.92: Presentar Pase de Entrada y/o pase de Salida emitido
por Seccional al docente para su respectiva consideracin. 3.2.5.-
Del Rgimen de Estudio Art.93: Todos los estudiantes contraen la
obligacin de ser responsable del ao de estudio en el que se han
inscrito, debiendo lograr la excelencia acadmica basndose en
esfuerzo y dedicacin. Art.94: El estudiante debe cumplir
obligatoriamente con todas las actividades escolares asignadas por
los docentes durante el ao escolar, manejando criterios de
excelencia, responsabilidad y puntualidad, bajo las condiciones de
elaboracin de las actividades que estipule el docente. De ser el
trabajo grupal deber participar a travs de comisiones, asumiendo su
responsabilidad dentro del grupo. Art.95: El estudiante est en la
obligacin de investigar para el logro del proceso de aprendizaje, e
involucrarse a las actividades extra-ctedras (Tcnicas de
Investigacin, Computacin, Actividades Extraescolares, PEIC y
cualquier otra actividad que se planifique en el plantel) a manera
de fortalecer su desarrollo. Art.96: El estudiante repitiente debe
asistir a todas las asignaturas de su grado o ao en la seccin que
le corresponda y solo presentar todas las evaluaciones de las
asignaturas que repite, salvo algn convenio expreso por su
representante con el director del plantel. Art.97: El estudiante
est en la obligacin de realizar las actividades o labores escolares
tanto en clase como las asignadas para el hogar. Art.98: El
estudiante debe obligatoriamente entregar cualquier tipo de
comunicado (citaciones, volantes, comunicados, entre otros) a su
representante. Art.99: El estudiante debe dar una informacin veraz
a su representante de cualquier hecho o situacin que ocurra.
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Art.100: En caso de que el estudiante presente conducta
irregular o bajo rendimiento acadmico este debe tratar de superar
tal situacin manejando dicha conducta o rendimiento escolar de lo
contrario ser notificado el representante de la situacin. 3.2.6.-
De la Evaluacin: SECCION I. PARA BACHILLERATO: Art.101: Al inicio
del ao escolar, se aplican a todos los alumnos Pruebas
Diagnosticas- Explorativas y tambin Actividades pedaggicas del
Manual de Convivencia o Reglamento Escolar Disciplinario. La
evaluacin como parte del proceso educativo, es democrtica,
participativa continua, integral, cooperativa, sistemtica y
CUALICUANTITATIVA. Art.102: Las evaluaciones sern diarias
cuantificndose como un 70% y Se realizar exmenes de lapso durante
los 3 lapsos valorndose en un 30%, por lo tanto, los estudiantes
deben cumplir horario asignado por el Docente para la aplicacin de
cualquier prueba o examen. La calificacin definitiva de cada rea o
asignatura es el resultado de la media aritmtica de las
calificaciones obtenidas en los tres lapsos. Art.103: En las
evaluaciones continuas (70%) y de lapso (30%), los docentes
consideraran los aspectos del CONOCER,CONVIVIR, SER Y HACER, por lo
que se asignan los porcentajes respectivos del 80%, 10%,5% y 5%.
Art.104: nicamente podrn presentar prueba de evaluacin continua
fuera del tiempo sealado aquellos estudiantes que justifiquen su
ausencia por motivos de enfermedad o motivo de fuerza mayor
presentando constancia medica o justificativo convincente antes de
cumplirse cuarenta y ocho (48) horas, dos (2) das hbiles de la
inasistencia. Art. 105: Es deber del estudiante coordinar con sus
docentes las evaluaciones perdidas por causa justificada, de lo
contrario el docente cerrara la casilla y colocara 01 punto en la
materia correspondiente. Art.106:El estudiante que por motivos
justificados por su MPRYR no puedan hacer evaluaciones presenciales
, se establecern estrategias de evaluacin en acuerdo ante la
coordinacin y/o Direccin del plantel obteniendo una puntuacin mxima
de 15 puntos ( en la evaluacin contnua del 70%), siendo
responsabilidad del MPRYR de buscar tutores o profesores en las
materias que lo requiera el estudiante para la aplicacin de pruebas
presenciales en el hogar para cubrir el 30% (evaluacin de lapso).
Cualquier otra consideracin quedar a criterio de la Direccin del
plantel junto a CEE. Art.107: Los estudiantes dispondrn del tiempo
sealado por el docente para la prueba, indicando el tiempo de
inicio y final. Todo estudiante que entregue la evaluacin en blanco
sin respuesta alguna en un lapso menor a 15 minutos NO tendr
derecho a remedial alguno. Art.108: Todos los estudiantes debern
portar diariamente los tiles escolares debidamente identificados.
necesarios para la realizacin de la prueba, como: lpiz, borrador,
sacapuntas, juego geomtrico, comps, calculadora, y otros. Ningn
alumno podr pedir prestado tales tiles durante la ejecucin de las
pruebas. Se restringe el tomar sin autorizacin objetos o tiles de
sus compaeros o profesores. Art.109: Es obligacin del estudiante
estar atento de los posibles errores que puedan aparecer en los
boletines de calificaciones de lapsos, en caso de que se registre
algn error el estudiante debe presentar su reclamo a la brevedad
posible ante el departamento de Control y Evaluacin de Estudios.
Art.110: Todo el proceso de evaluacin estar sujeto a las normas
establecidas por la L.O.E. 2009 ,su Reglamento y otras
disposiciones del despacho de educacin. Cuando el docente compruebe
que un estudiante se est copiando le asigna la nota mnima 01 y se
levanta un acta inmediatamente. Art.111: La ausencia total de
estudiantes en el dictado de alguna clase ser objeto de citacin a
cada representante para realizar una asamblea general de
representantes en un lapso no mayor de 3 das hbiles. Y en la
siguiente clase correspondiente se realizar una evaluacin del(os)
objetivo(s) afectado(s). Art.112: Cuando haya un clima de excepcin
en el contexto poltico, social, econmico o cualquier fenmeno que
perturbe el proceso educativo del pas, el alumno deber estar alerta
y acatar las decisiones tomadas por la Directiva del plantel.
Art.113: Con el fin de incrementar la cultura cientfica, de acuerdo
a las lneas generales del plan de desarrollo econmico y social de
la nacin en lo correspondiente al Ministerio del Poder Popular para
la Educacin del Plan de Patria, los estudiantes de 4to y 5to ao
cursaran durante todo el ao escolar el taller sobre tcnicas de la
investigacin ayudando con la puntuacin en la materia a fin,
aclarando que el desarrollo de esta materia no debe generar gastos
onerosos. Por lo que los estudiantes y representantes deben seguir
las orientaciones dadas al inicio del ao escolar y que aparecen
descritas en la Gua de Tcnicas de investigacin. Art.114: El taller
de tcnicas de investigacin se considera aprobado cuando los alumnos
adems de asistir al mismo en un porcentaje de 75% de asistencia
presenten un proyecto de investigacin que ser entregado en forma
escrita, expuesto y defendido mediante participacin en el festival
de ciencias CONDESTI Art. 115: La participacin, entrega de informe
por escrito, exposiciones y defensa en el taller de tcnicas de
investigacin ser tomado en cuenta para el ajuste de notas de las
asignaturas directamente relacionadas con el tema tratado por el
estudiante en su proyecto de
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investigacin presentado. As le ser ajustada la nota a todos y
cada uno de los estudiantes de 4to y 5to ao que hayan participado
activamente. Art.116: La institucin asesorara en forma terica y
prctica estudiantes de 4to y 5to ao que cursan el taller sobre
tcnicas de investigacin sobre todo en la metodologa (de la
investigacin) para garantizar el control y seguimiento a cada
estudiante en el proyecto de investigacin cientfica, presentado en
el festival de ciencias que se realiza en la institucin. Art. 117:
Cuando en un evaluativo de cualquier tipo resulte el 30% o ms de
alumnos aplazados se realizara una segunda forma de evaluacin, no
sin antes haber sido aplicada la actividad remedial que garantice
al estudiante nuevas estrategias para consolidar los objetivos no
logrados en la primera forma de evaluacin y as garantizar
condiciones favorables para la segunda forma de evaluacin, previa
comprobacin de las circunstancias o condiciones desarrolladas
durante el evaluativo. Art. 118: Los estudiantes y las estudiantes
que resulten aplazados en las pruebas de revisin en tres (3) del
nmero total de asignaturas, deben repetir el grado o ao que cursa
con las materias aplazadas y cursar ordinariamente las asignaturas
aprobadas desde Septiembre hasta que culmine el ao escolar. Art.
119: Los estudiantes y las estudiantes cursantes del ltimo ao de
Bachillerato (5to ao), que resulten aplazados en una asignatura,
deben presentar esa asignatura en el mismo colegio como MATERIA
PENDIENTE, en las fechas establecida por el Ministerio del Poder
Popular para la Educacin. Art. 120: A los estudiantes y las
estudiantes regulares con UNA (1) o DOS (2) materia(s)
pendiente(s), se les asignar un Profesor Tutor, especialista en esa
materia o asignatura, con la finalidad de acordar todo lo referente
a las evaluaciones de dicha asignatura: fecha, forma y contenido
programtico del 100% de la asignatura, durante los cuatro momentos
respectivos. Art. 121: A fin de considerar la iniciativa y
participacin de los estudiantes y las estudiantes en programas y
actividades culturales, cientficas, sociales, ambientalistas,
deportivas, entre otras, el consejo de docentes de cada curso al
finalizar cada lapso,podr ajustar la calificacin obtenida por los
estudiantes que en su tiempo libre se dediquen a dichas
actividades. Para los casos de bajo rendimiento el docente gua har
seguimiento con el padre y/o representante. SECCION II. PARA
PRIMARIA: Art. 122: Al inicio del ao escolar, se aplican a todos
los alumnos Pruebas Diagnosticas-Explorativas con la finalidad de
programar conjuntamente con el representante, acciones de nivelacin
de conocimientos. Art. 123: Para registrar los resultados de la
evaluacin en Primaria, se utilizan diferentes instrumentos como
son: Lista de Cotejo, Escalas de Estimacin, Observaciones directas,
entre otras. Art. 124: A travs de los BOLETINES POR LAPSO, se
mantendrn informados a representantes y alumnos sobre el
rendimiento acadmico. Art. 125: Los representantes asistirn a una
reunin con el docente respectivo que se realizar al final de cada
lapso, en la misma sern informados de manera personal e individual
sobre la actuacin escolar de su representado, a travs de un boletn
en el cual, los criterios de evaluacin estn basados en el nivel de
dominio de las competencias iniciadas, en proceso y consolidadas,.
El boletn es completado con informacin de la actuacin y rendimiento
del estudiante y las estudiantes por reas. Art. 126: Los padres y
representantes se comprometen a dotar a sus representados de todos
los tiles escolares solicitados a fin de garantizar el normal
desenvolvimiento de las actividades. Art. 127: La evaluacin para
Primaria es cualitativa, al final de cada ao escolar y para los
fines promocinales, est establecida bajo los siguientes literales:
1. (A)El alumno alcanz todas las competencias y en algunos casos
super las expectativas previstas para el grado. 2. (B) El alumno
alcanz todas las expectativas para el grado. 3. (C) El alumno
alcanz la mayora de las competencias previas para el grado. 4. (D)
El alumno alcanz algunas de las competencias del grado, pero
requiere de un proceso de nivelacin al inicio del nuevo
ao escolar para alcanzar las restantes. 5. (E)El alumno no logr
adquirir las competencias mnimas requeridas para ser promovido al
grado inmediato superior. 3.2.7.- De la Planta fsica del plantel:
Art.128: El estudiante cuidar de las instalaciones, mobiliario y
equipos del plantel destinados a su uso y en beneficio de su propia
educacin. Art.129: Evitar daar los equipos de computacin,
laboratorios, biblioteca, salas audiovisuales, bancas, sillas,
pupitres, plantas ornamentales y dems mobiliario dentro y fuera del
aula, cuyos costos sern gravados a los padres o representantes
correspondientes en caso de deterioro o descuido o mal uso.
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Art.130: Conservarn el orden y el aseo en los salones de clases,
baos, patios, evitando rayar los pupitres, mesas, paredes, entre
otros., siguiendo el compromiso firmado en acta de compromiso de
funcionamiento. Art.131: No se permite el ingreso a las salas
sanitarias con lpices, marcadores, bolgrafos y tiza. Art.132:
Solamente los alumnos del nivel de Educacin Inicial y Primaria que
lo deseen podrn celebrar de forma sencilla sus cumpleaos a la hora
de su receso, previa notificacin setenta y dos (72) horas antes del
da de la celebracin a la Coordinacin de primaria y dejando el rea
limpia y ordenada, trayendo la torta cortada y presentando
simulacro de torta. 3.3. De las Faltas y Delitos. Se entiende por
falta el quebrantamiento de una norma u orden establecido, de forma
que dificulte o entorpezca el proceso educativo individual o
colectivo, en el aspecto moral, social docente o disciplinario,
tanto dentro como fuera del plantel. Quedando entendido que las
zonas de control disciplinario incluyen doscientos metros (200
mts.) a la redonda del recinto escolar MAESTRO ORLANDO ENRIQUE
RODRIGUEZ. 3.3.1. Se incurre en FALTA: 1. Al no asistir con su
uniforme reglamentario y completo a las actividades escolares o
programadas, con el carn e insignia y morral o
bolso reglamentado. Aplicar medida socioeducativa: 1,5 2. Al
interrumpir en las puertas de otros salones. Aplicar medida
socioeducativa: 1d y 10 3. Al irrespetar al compaero que funge como
semanero, vocero y/o disciplina de curso. Aplicar medida
socioeducativa:1g,5 y 10 4. Al promover compras, ventas de
artculos, prendas y rifas, sin ser avaladas por la Direccin.
Aplicar medidas socioeducativas:1e y
10. 5. Al no colaborar con la conservacin, limpieza y
mantenimiento de la planta fsica del plantel, bien sea dentro o
fuera del saln
lanzando desperdicios, papelitos. Aplicar medida socioeducativa:
1 a ,1b y 10 6. Al No traer los tiles escolares: lpiz, borrador,
sacapuntas, hojas de exmenes entre otros, para efectuar las labores
escolares y
de evaluacin debidamente identificados. Aplicar medida
socioeducativa:10 y 11 7. Al no realizar las actividades o labores
escolares tanto en clase como las asignadas para el hogar. Aplicar
medida socioeducativa: 5
y 8 8. Al No prestar atencin a las clases al hacer actividades
de otra materia, maquillarse, peinarse, entre otros. Aplicar
medida
socioeducativa: 1 i, 5 y 10 9. Al irrumpir y manipular sin
debida autorizacin lo existente dentro del saln de clases como: las
rejillas de los aires acondicionados,
lmparas, interruptores, enchufes, carteleras, ventanas,
ventiladores, extintores en pasillos y otros. Aplicar medida
socioeducativa: 4 y 10
10. Al traer implementos deportivos en das que no pertenezcan al
horario de educacin fsica o deporte, o traer juguetes o
entretenimientos que no estn autorizados por la Direccin del
plantel. Aplicar medida socioeducativa:2, 7 y 11
11. El estar jugando en la cancha sin permiso de Direccin o bajo
la supervisin de algn docente responsable. Aplicar medida
socioeducativa: 1 a y 11
12. Al traer al plantel (cmaras, discman, celulares, tablets,
grabadores, radio, celulares, pelotas, balones y otros). Se llamara
al representante, Aplicar medida socioeducativa: 2 y 7
13. El no entregar a su representante el Control de pago o
recibo, citaciones o comunicados. Aplicar medida socioeducativa: 1
h y 10 14. El no informarle al representante de forma veraz y
autentica sobre los hechos ocurridos. Aplicar medida
socioeducativa: 1h y 10 15. Al comprar alimentos o cualquier
artculo por la cerca y permetro del plantel. Aplicar medida
socioeducativa: 10 y 11 16. Al consumir alimentos dentro del saln
de clase. Aplicar medida socioeducativa: 1 a y 1 d 17. Quedarse
dentro del saln de clases durante el receso. Aplicar medida
socioeducativa: 10 y 11 18. El no entrar puntual a clases o salirse
durante el cambio de docentes. Aplicar medida socioeducativa: 10 y
11 19. Fingir enfermedad o malestar para no estar en el aula.
Aplicar medida socioeducativa: 1 f y 5 20. Al comer chicles en el
plantel, aula o laboratorio. Aplicar medida socioeducativa: 1 a ,
1d y 11 21. AL traer perfumes, polvos, talcos, sprays o sustancias
txicas de olores fuertes y aplicarla dentro del aula o a los
compaeros.
Aplicar medida socioeducativa: 1f, 1j y 3 22. El irrespetar a
los smbolos patrios como: No querer entonar los himnos, sabotear,
no hacer silencio cuando se requiera, no
mantener postura erguida, esconderse en los baos o en automviles
y llegar retardado al acto cvico. Aplicar medida socioeducativa:10
y 11
23. Al no participar de las actividades que se planifiquen en el
plantel. Aplicar medida socioeducativa:1e y 1f 24. Cuando
obstaculicen o interfieran en el normal desarrollo de las
actividades escolares o alteren la disciplina con cualquier actitud
no dispuesta en este reglamento escolar disciplinario. Aplicar
medida socioeducativa:1j, 6 y 10
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25.Al usar el nombre del plantel para hacer actividades no
autorizadas. Aplicar medida socioeducativa: 1 e y 6 26.Al tener
actitudes inmorales (besos, caricias incitantes, relaciones
sexuales, entre otras) o actitudes de noviazgo dentro del plantel.
Aplicar medida socioeducativa : 1 c , 1e y 10. 27.Salida del aula
de clases ausentarse de la institucin sin autorizacin previa de las
autoridades correspondientes (saltar cercas o utilizar otras vas de
escape restringidas en el plantel). Aplicar medida socioeducativa:
10, 11 y 1e 28.Al traer y usar celulares en la institucin .El (la)
estudiante que incurra en esta falta se aplicar medida
socioeducativa: 1d y 1e 29. Si el estudiante no firma o no cumple
el acta de compromiso con la medida socioeducativa establecida.
Aplicar medida socioeducativa: 5 y 1e. 30.El colocar chicles, pega
loca, chinches u otra sustancia u objeto en las sillas de los
profesores, pupitres de los compaeros o cualquier otro lugar del
recinto escolar. Aplicar medida socioeducativa: 1 e y 4 31.Faltar a
la sinceridad, decir mentiras, levantar falso testimonio. Aplicar
medida socioeducativa: 1 c y 1d. 32.Al extraviar intencionalmente
la Carpeta de Control Diario o llaves del saln. Aplicar medida
socioeducativa: 10 y 11 33.Al aplicar los juegos de mano o juegos
de palabras que atente con la moral y buenas costumbres de los
estudiantes, representantes o cualquier miembro de esta institucin.
Aplicar medida socioeducativa: 1d, 1j y 10 34.Al usar tatuajes,
pinturas extravagantes en cabellos , uas, maquillaje, cortes de
cabellos inapropiados ,los no orientados en las hembras y varones.
Aplicar medida socioeducativa : 5 , 10 y 8 35. Al usar lenguaje
obsceno y descorts o acciones que propicie rias . Aplicar medida
socioeducativa: 1d, 1j , 8 y 10 36. Descuiden y dejen botados los
tiles escolares y dems pertenencias. Aplicar medida socioeducativa:
1e y 11. 37.Al arrojar desperdicios al piso, jardines, materos,
fuera de la papelera. Aplicar medida socioeducativa : 1 a y 1 e.
38.Cuando se sienten o se acuesten en el piso o acostarse en el
mesn del cafetn o bancas dentro o fuera del saln de clases sin que
la actividad lo requiera. Aplicar medida socioeducativa: 11 39.El
no esperar dentro del plantel a los transportes escolares o
particulares. Aplicar medida socioeducativa: 1c, 1i y 10 40.Al
sabotear las clases por hablar, silbar, bostezar fuerte, eructar,
quitarse el calzado o vestimenta o fomentar el desorden que altere
el clima de paz y armona, atentando contra el derecho a la Educacin
de los dems estudiantes. Aplicar medida socioeducativa: 1g, 1i , 5
y 10. 41.Al rayar pupitres, paredes, baos, tableros, puertas y
otros lugares del plantel . Aplicar medida socioeducativa: 1g, 4
42.Usar los baos como centro de reunin o para otras finalidades
distintas a la de las necesidades fisiolgicas. Aplicar medida
socioeducativa: 1d, 10 y 11. 43.Al estar con el desorden o
corriendo en pasillos y/o escaleras poniendo en peligro la
seguridad propia y los dems miembros de la comunidad. Aplicar
medida socioeducativa: 1d, 1j y 10 44.La cooperacin negativa o
complicidad, as como la No denuncia oportuna de actos que afecten
la integridad fsica, psquica y moral del resto de los estudiantes,
incidiendo en el derecho a la Educacin. Aplicar medida
socioeducativa :1g,1j, 7 y 8. 45.El comprar por la cerca perimetral
cepillados, chichas, viagras u otros. Aplicar medida
socioeducativa: 1c,1i y 10 46.El no fomentar la tolerancia y no
haber evitado ofensas fsicas y verbales que an se considere como
falta y NO delito, violentando el clima de paz de la institucin.
Aplicar medida socioeducativa: 1d, 1j y 10. 47. Todos los
estudiantes deben respetar la propiedad privada, por tanto no podrn
permanecer en las afueras del plantel, perturbando el orden pblico
y/o faltando a las normas de urbanidad y buenas costumbres en
detrimento de los vecinos. 3.3.2. Se incurre en DELITO: 1. Al tener
actitudes que atenten contra la moral y buenas costumbres: Actos
inmorales, relaciones sexuales, divulgacin de material pornogrfico,
rayado del mobiliario con figuras obscenas, entre otros. Aplicar
medida socioeducativa: 1,2,3 , 5 o 12 c 2. Al adulterar la nota de
un examen o evaluativo, y/o daar la planilla de evaluacin del
docente, la asistencia u hojas de observaciones de la carpeta de
diario de clases. Aplicar medida socioeducativa: 1,2,3, y 12d. 3.
Al hurtar o apropiarse de manera indebida de los tiles escolares o
de cualquier objeto, prenda, de otros compaeros o de cualquier
miembro del plantel, para llevrselo, deteriorarlos o esconderlos.
Aplicar medida socioeducativa: 1,2,3,4, 7, 11 y 12 b 4.El realizar
negociaciones que vayan en amenaza de otra persona que coaccione,
intimide, amenace, chantajee o soborne a cualquier compaero o
personal del plantel. Aplicar medida socioeducativa 1,2,3, 4 o 12 c
5.Cuando cometan faltas de respeto, actos violentos de hechos o de
palabras contra cualquier compaero, miembro de la comunidad
educativa, el personal directivo, docente, administrativo, obrero o
representante del plantel. Aplicar medida socioeducativa 1,2,3, 12
a 6.Cuando alteren gravemente la disciplina (rias, peleas) dentro y
fuera del plantel e incluso manchar la imagen de la institucin con
conductas inadecuadas dentro y fuera del mismo. Aplicar medida
socioeducativa 1,2,3, 12 c o 12 d
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7.Cuando fumen o ingieran bebidas alcohlicas, sustancias
estupefacientes o psicotrpicas. Aplicar medida socioeducativa
1,2,3, 12 c y 12 d. 8.Es un delito cuando deterioren o destruyan
las aulas, mobiliarios, o dems bienes del recinto escolar, como
paredes, pupitres, bebederos, plantas, cancha deportiva, aires
acondicionados, material de laboratorio as como el rayar paredes,
mobiliario, equipos., asi como tambin los de pertenencia de
cualquier miembro de la comunidad educativa. Aplicar medida
socioeducativa: 1,2,3 , 7 Haciendo la salvedad de si el deterioro
es de gran valor o magnitud como: vehculos, extintores,
computadores, aires acondicionados entre otros, se aplica
automticamente el numeral 4 9.Falsificar la firma de su padre y/o
representante o alteracin de un documento. Aplicar medida
socioeducativa: 1,2,3 y 8. 10.Copiarse en los exmenes. Aplicar
medida socioeducativa: 1,2,3, 12 a 11.Si el estudiante no firma o
no cumple el acta de compromiso con las medidas impuestas por las
autoridades competentes. Aplicar medida socioeducativa: 1,2,3 12.Al
golpear a otros estudiantes ocasionando lesin leve o grave. Aplicar
medida socioeducativa: 1,2,3 6 y 8 13. El de difamar, injuriar o
desprestigiar a estudiantes o cualquier miembro de la institucin
por comentarios verbales y/o por las redes sociales u otros medios.
Aplicar medida socioeducativa:1,2,3 ,12 c o 12 d. 14. Conducir
vehculos dentro de las reas del Plantel, sin la debida autorizacin.
Aplicar medida socioeducativa: 1,2,3 y 4 15. Colocar sustancias
toxicas explosivos, espray, polvos, entre otros. Aplicar medida
socioeducativa: 1,2,3 y 4 16. Al ausentarse del aula y del colegio
durante el horario de clases sin el debido permiso del docente,
seccional o coordinacin respectiva. Aplicar medida socioeducativa:
1,2,3 y 12d 17. Hacer estrper o quitarse las prendas de vestir,
solo se permite en los baos segn el sexo y sin acompaante. Aplicar
medida socioeducativa: 1,2,3 y 12 d 18. Hacer necesidades
fisiolgicas fuera del rea destinada para tal fin, los baos. Aplicar
medida socioeducativa: 1,2,3 y 8 19.Usar desechos fisiolgicos
(orines, heces) para ensuciar mobiliario o planta fsica del
plantel. Aplicar medida socioeducativa: 1,2,3 y 12 b. 20.
Insubordinacin o desobediencia a directivos, docentes, voceros y
otra persona de su entorno que a bien se les llama la atencin para
que corrijan conductas inadecuadas. Aplicar medida socioeducativa:
1,2,3 y 12 d. 21.- Irrespetar la propiedad privada o perturbar el
orden pblico y/o faltando a las normas de urbanidad y buenas
costumbres en detrimento de los vecinos. Aplicar 1,2,3,7. Haciendo
la salvedad de si el deterioro o daos ocasionados son de gran valor
o magnitud , se aplica automticamente el numeral 2 y 4. 3.4. De Los
correctivos o Medidas socioeducativas : 3.4.1.- Criterios para
aplicar los correctivos o Medidas socioeducativas : Se debe tener
en cuenta: La naturaleza y gravedad de los hechos (falta lo
delito). La edad del educando, Grado de responsabilidad en los
hechos. Los esfuerzos del educando por reparar los daos causados.
La proporcionalidad de la sancin en relacin con la gravedad de los
hechos y sus consecuencias. La Ley Orgnica para la Proteccin del
Nio, Nia y del Adolescente. La Ley de Educacin y su reglamento. El
Presente Reglamento. CORRECCIN: Art. 133: Es una llamada de atencin
verbal o escrita, de tipo particular o colectivo sobre una conducta
inapropiada, con ella se espera que el alumno modifique su actitud
y se comporte adecuadamente. La correccin se har con el debido
respeto a la(s) persona(s). Puede estar acompaada de sancin
proporcional a la falta y de carcter constructivo. CITACIN:
Art.134: Consiste en una convocatoria escrita dirigida a los Padres
o Representantes del estudiante con el propsito de exponer alguna
conducta irregular que el educando haya observado y determinar las
sanciones a aplicar. Puede ser expedida por los Directivos del
Plantel o por cualquiera de los Docentes por medio de los jefes de
seccionales.
CRITERIOS PARA APLICAR Los correctivos o Medidas socioeducativas
: Segn las disposiciones transitorias del captulo VII, numeral 10
de la LOE 2009, se establecern entre las partes mediacin en todos
los casos, para determinar un CORRECTIVO deben tenerse en cuenta: *
CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES: 1. La edad de la alumna o alumno. 2. La
conducta que asuma el o la estudiante en el esclarecimiento del
hecho. 3. La subsanacin de la falta en la que haya incurrido. 4. La
comprobacin de un caso fortuito y la falta de intencin en el hecho.
5. Estado de salud del o la estudiante.
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6. Las dems que resulten del procedimiento. * CIRCUNSTANCIAS
AGRAVANTES: 1. La reincidencia. 2. El grado de responsabilidad en
los hechos. 3. La naturaleza y la gravedad de los hechos. 4. El
Perjuicio econmico a las instalaciones o bienes de la Institucin.
5. La proporcionalidad de la sancin en relacin con la gravedad de
Los hechos y sus consecuencias. 6. Las dems que resulten del
procedimiento. 7. El atentar contra la integridad fsica, psquica y
moral del o los estudiante(s). 8. El atentar contra el derecho a la
Educacin del o los estudiante(s). 3.4.2.- CORRECTIVOS para las
faltas : Art.135: Para la aplicacin de correctivos de las faltas se
seguir un breve procedimiento escrito, en el cual la persona que
levanta el procedimiento, informar al estudiante del acto u omisin
que se le imputa, se escuchar su opinin, y se permitir que ejerza
su defensa, inclusive mediante las pruebas que desee presentar, con
la presencia de un testigo. Inmediatamente se proceder a tomar una
decisin, basada en el Banco de Medidas Socioeducativas, la cual
podr ser impugnada ante la Coordinacin respectiva dentro de los 2
das hbiles siguientes. Dejando constancia por escrita, con la firma
y huellas dactilares de ambas partes y del testigo del
procedimiento. En caso de impugnacin, la coordinacin respectiva
escuchar ambas partes, analizar las pruebas que se presenten y
tomar una decisin basada en el Banco de las Medidas
Socioeducativas, siguiendo las disposiciones transitorias del
Capitulo VII Numeral 10 de la LOE 2009, referidas a la Mediacin y
Conciliacin. Toda medida socio educativa debe certificarse como
realizada por la seccional del plantel. Art 136: MEDIDAS
SOCIOEDUCATIVAS PARA LAS FALTAS: TODO PADRE O REPRESENTANTE TENDRA
CONOCIMIENTO DE LA FALTA DE SU REPRESENTADO AL MOMENTO DE COMETERLA
Y APARECERA REFLEJADA EN EL BOLETIN DE CALIFICACIONES. DE NO
EXISTIR LA FIGURA PATERNA O MATERNA DEL ESTUDIANTE ASUMIRA LA
PERSONA QUE FUNGE COMO TAL.
1. Imposicin de reglas de conducta a realizar junto a su
representante por tiempo definido como: a. Limpieza de un rea
especfica del plantel, se refiere a barrer y recoger papeles, en
reas como:
a.1. Los pasillos frente de los salones, rea de la cantina, rea
de las carteleras centrales. a.2. Mitad de la cancha mltiple. a.3.
El saln de clases. a.4. El o los jardines.
b. Riego y eliminacin de maleza de un rea verde tales como: los
jardines frente aulas, las redomas., u otros. c. Sembrar una planta
ornamental con su padre y/o madre. d. Hacer afiche o pendn sobre la
normativa a la cual falto y presentarlo enmarcado o plastificado.
e. Aportar en alguna actividad que estn pendiente por realizar
alguna Organizacin Estudiantil: Ejemplo: Pintar el busto
de Bolvar, Participar en la elaboracin del Peridico Escolar,
hacer un cartel ambientalista, elaborar una papelera con materiales
reciclables, entre otros. Se sugiere ver las ACTIVIDADES DE LAS
ORGANIZACIONES ESTUDIANTILES DURANTE EL AO ESCOLAR.
f. Escribir un cuento o poema de su propia autora en la
biblioteca o saln de clases para entregarlas al otro da a primera
hora. Cuyo tema se refiera a la falta cometida. Que contenga como
mnimo 100 lneas . Exposicin que dar con el pap o la mam.
g. Realizar una cartelera en cartn de 1mt ancho * 80 cm de alto
donde el (los) alumno(s) involucrado(s) expongan con el cartel en
el Lunes y Viernes cvico por 1 semana frente a todos los
estudiantes 10 faltas con sus respectivas medidas socioeducativas,
estipuladas en este reglamento. En compaa del pap o la mam.
h. Realizar una cartelera en cartn de 1mt ancho * 80 cm de alto
donde el (los) estudiantes(s) involucrado(s) expongan con el cartel
en el Lunes y Viernes cvico por 2 semanas frente a todos los
estudiantes 10 faltas (diferentes faltas cada semana) con sus
respectivas medidas socioeducativas estipuladas en este reglamento.
En compaa de pap o mam.
i. Dar una charla de reflexin de 10 minutos, el lunes y viernes
cvico por 1 semana y explicar sus implicaciones squicas y fsicas
ante los dems alumnos ante la falta cometida, para esto deben
participar los padres y representantes en el tema a impartir. En
compaa de pap o mam.
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j. Dar una charla de reflexin de 15 minutos en el saln de clases
por 1 semana a primera hora, acerca de la falta cometida y sus
implicaciones squicas y fsicas ante los dems alumnos junto a su
representante.
2. Retener el bolso o bulto, chaqueta, material deportivo,
juguete, celular o entretenimiento que no est bajo permiso por
Direccin y su devolucin se har al representante, bajo acta de
Seccional y cumpliendo con la medida socioeducativa pertinente. De
no retirar dichos implementos en la cita dada al representante ,
estos sern donados en campaas sociales con el grupo Sembrando
Esperanzas, a geritricos, orfanatos, comunidades necesitadas u
otros.
3. Si el estudiante no firma o no cumple el acta de compromiso
firmado, de igual manera se asentara en un acta. Y se agregar otra
medida socioeducativa por incumplimiento, la cual deber cumplir En
compaa de pap o mam.
4. Reponer o cancelar el inmueble deteriorado o daado. 5. Llamar
al representante para que venga a retirar a su representado del
plantel. 6. Remisin de los casos presentando un informe a las
autoridades competentes (CIPC, Prefectura, LOPNNA, Jefatura
Municipio
Escolar, entre otros) resaltando que hay responsabilidad penal
desde los 12 aos. 7. Participar en cualquier actividad comunitaria
que se planifique en la institucin, tales como: PEIC y labor
social. 8. Remitir el caso a un Orientador o Psiclogo. 9. Al haber
solicitado 3 pases de entrada de retardo por lapso, el siguiente le
ser negado y esperar en sala de espera hasta el
prximo cambio de docentes., citando al representante. 10. Hacer
mensajes concienzadores referentes a la falta cometida y
entregarlos a los estudiantes en receso con algn docente
de guardia y/o pegarlos en los cuadernos de los estudiantes de
la seccin correspondiente. 11. Hacer caligrafas 12. Cuando el
tratante del caso lo considere pertinente por las circunstancias de
los hechos se remitir el caso a un psiclogo,
psicopedagogo o especialista pertinente. 13. Al tener
reincidencia en 3 faltas aplicar la Resolucin No. 1762, de fecha
09-10-1996 del MPPE referente a la permanencia o
reubicacin de los estudiantes en otra institucin educativa. 14.
Al tener reincidencia en 3 faltas, aplicar modalidad a distancia
donde los estudiantes pudieran culminar el periodo escolar de
manera No presencial. Art.137: Para la averiguacin y
determinacin de los delitos y a los fines de la decisin
correspondiente, la autoridad competente instruir el expediente
administrativo respectivo, en el que se harn constar todas las
circunstancias y pruebas que permitan la formacin de un concepto o
preciso de la naturaleza del hecho de conformidad con las leyes
aplicables. Toda vctima y victimario tiene derecho a ser odo y a
ejercer plenamente su exposiciones de motivos. Adems queda
entendido que ante el delito cometido y segn la reincidencia de la
falta, se remite el caso a las autoridades competentes: CIPC,
Prefectura, Defensora Escolar, COMDEPRO, Jefatura Municipio
Escolar, Fiscala, entre otros, resaltando que hay responsabilidad
penal desde los 12 aos. Toda medida socio educativa debe
certificarse como realizada por la seccional del plantel. Art. 138:
MEDIDAS SOCIOEDUCATIVAS PARA LOS DELITOS: TODO PADRE O
REPRESENTANTE TENDRA CONOCIMIENTO DEL DELITO DE SU REPRESENTADO AL
MOMENTO DE COMETERLA Y APARECERA REFLEJADA EN EL BOLETIN DE
CALIFICACIONES. DE NO EXISTIR LA FIGURA PATERNA O MATERNA DEL
ESTUDIANTE ASUMIRA LA PERSONA QUE FUNGE COMO TAL. AL COMETER
CUALQUIER DELITO SE APLICAN AUTOMATICAMENTE LAS MEDIDAS 1 Y 3.
1. Citacin del representante, para establecer las Medidas
Socioeducativas, siguiendo las disposiciones transitorias del
Captulo
VII Numeral 10 de la LOE 2009, referidas a la Mediacin y
Conciliacin. 2. Aplicar la resolucin No. 1762 de fecha 09-10-1996
del MPPE referente a la permanencia y reubicacin de los estudiantes
en
otra institucin educativa. 3. Remitir el caso a un psiclogo. 4.
Llamado inmediato de la Polica Escolar. 5. Aplicar modalidad a
distancia donde los estudiantes pudieran culminar el periodo
escolar de manera No presencial. 6. Asentar en el expediente del
estudiante el delito cometido, junto con la firma de este, huella
dactilar y del representante. 7. Reponer con un equipo nuevo y de
las mismas caractersticas del equipo daado o cancelar el dao
causado al mismo, en
caso de equipos y/o mobiliarios y responder por gastos tales
como: clnicas, medicamentos u otros, en caso de daos a
personas.
8. Pintar un mural con la participacin del padre y la madre o en
su defecto en ausencia de alguno, asistir el que funge como
representante para soportar la parte faltante.
9. Restaurar o reparar lo rayado , daado o deteriorado en compaa
de pap o mam.
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10. Llevar a cabo accin judicial. 11. Retener aparatos como:
celulares, discman, u otros. Los artculos decomisados tales como
celulares, discman, MP3, MP4,
juegos o juguetes No pedaggicos, balones, navajas, cuchillos u
otros artculos no especificados en el proceso de enseanza -
aprendizaje se entregarn al representante por la Direccin del
plantel en el lapso de una semana o al finalizar el ao escolar segn
lo decida la Direccin del plantel, llamando al representante .
12. Imposicin de reglas de conducta por tiempo definido con
acompaamiento de su madre, padre y/o representante: a. Dictar
charla sobre valores morales y ticos en relacin a la falta cometida
a grupos afines como: a primera hora en
su saln de clase con dinmicas grupales, o cada lunes y viernes
cvico: durante : a.1. 5 das hbiles, a.2. 10 das hbiles, a.3. 15 das
hbiles, a.4 30 das hbiles.
b. Elaborar afiches de tamao 40X60cm, 50X50cm, 50x70cm alusivos
a los Valores morales como: Respeto, Cuidado del mobiliario, Normas
de Buena conducta, Normas para Buen rendimiento acadmico, Cuidado
de animales y plantas.
c. Participar en cualquier actividad comunitaria que se
planifique en la institucin, tales como: PEIC y labor social. d.
Pertenecer y participar en de las diferentes organizaciones
estudiantiles , segn plan de accin de las mismas. 4
actividades de las organizaciones estudiantiles.
CAPITULO IV 4.- DE LA ORGANIZACIN DEL PERSONAL Y DE SUS
FUNCIONES.
Art.139: La U.E. MAESTRO ORLANDO ENRIQUE RODRIGUEZ, est
presidida por la Direccin del Plantel integrada por el Director(a),
Subdirector(a), Docentes y Subdirector(a) Administrativa. Los
docentes, Coordinadores o tiempo completos son colaboradores
inmediatos de la direccin del plantel, con la cual comparten
responsabilidades de la misma. Art.140: El consejo general de
docentes y el consejo tcnico docente son los cuerpos colegiados que
colaboran con la direccin en las funciones generales de la
institucin. El consejo consultivo es un rgano asesor de la
comunidad educativa. 4.1.- Del Director: Art.141: El Director de la
U.E. MAESTRO ORLANDO ENRIQUE RODRIGUEZ, es la autoridad superior
del plantel y es el funcionario autorizado para dirigirse al
Ministerio de Educacin, Autoridades Docentes: Zona Educativa,
Municipio Escolar y Sector respectivo a los asuntos del Plantel.
Adems de las contempladas en la legislacin escolar vigente y
Reglamento de la Profesin Docente; tendr los siguientes deberes y
atribuciones: 1. Llegar al plantel por lo menos 30 minutos antes de
iniciarse las actividades en cada turno de trabajo. 2. Velar por la
asistencia y Puntualidad del personal y registrar la hora exacta de
llegada. 3. Responder por la organizacin del archivo. 4. Organizar
el Consejo Educativo y cumplir los compromisos que con ella
adquiera. 5. Cumplir y hacer cumplir el calendario escolar. 6.
Ejercer la autoridad del establecimiento y coordinar el trabajo del
personal a su cargo. 7. Ejercer la direccin pedaggica del
establecimiento y supervisar el desarrollo de la enseanza en cada
ctedra. 8. Presidir los actos del plantel y representarlo en
aquellos de carcter pblico. 9. Firmar la correspondencia oficial y
dems documentos propios de la institucin. 10. Recibir y entregar
bajo minucioso inventario el material de enseanza, los muebles,
libros, archivos y dems pertenencias del
establecimiento. 11. Convocar y presidir el Consejo General de
Docentes y el Consejo Tcnico Docente, e informarlos de la marcha
del Plantel y
someter a consideracin los asuntos reglamentarios a aquellos
cuya importancia lo requiera. 12. Llevar a ejecucin las
disposiciones del Consejo General de Docente y velar por su
correcta aplicacin. 13. Asistir a las reuniones de los consejos de
seccin, cuando lo juzgue conveniente. 14. Presentar y someter a la
consideracin del consejo general de docentes, en su primeras sesin
del ao escolar, los
lineamientos generales que sirvan de base al plan de trabajo
anual. 15. Velar por el estricto cumplimiento de los deberes del
personal del establecimiento. 16. Establecer las relaciones entre
el plantel, el hogar y la comunidad, con el objeto de establecer
una efectiva cooperacin.
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17. Realizar peridicamente asambleas generales de la Sociedad de
Padres y Representantes, Docentes y reuniones parciales por grado,
para enterarlos de la marcha general del plantel y del rendimiento
de los alumnos.
18. Informar peridicamente mediante boletines especiales a los
padres o representantes de los alumnos, la conducta, aplicacin y
dems pormenores del comportamiento de estos en el plantel.
19. Velar y dar cumplimiento a los convenios suscritos con el
plantel y ser garante de sus beneficios. 4.2.- Del Subdirector
Docente: Art.142: El Subdirector comparte con el director las
responsabilidades del ejercicio de la funcin directiva en los
aspectos de la organizacin, y la supervisin del plantel. Art.143:
El Subdirector debe hacer las veces del Director en casos de falta
accidental o temporal de este. Art.144: Son deberes y atribuciones
del Subdirector Docente: 1. Asistir puntualmente al plantel y
llegar por lo menos 30 minutos antes de iniciarse las actividades
escolares. 2. Asistir diariamente al plantel y permanecer en el
durante las horas de labor. 3. Actuar como secretario del Consejo
General de Docente y del Consejo Tcnico del Plantel. 4. Participar
en la determinacin de los acuerdos sobre distribucin de las tareas
especficas y procedimientos de trabajo que
permitan al personal directivo cumplir su funcin de forma
eficiente, coordinada y sistemtica. 5. Intervenir en la elaboracin
del informe anual de trabajo en el plantel, en la elaboracin del
informe anual de actuacin del
personal docente, administrativo y subalterno, en la
organizacin, administracin y archivo del plantel en la organizacin
del trabajo del saln de clases en el control de la conservacin de
la planta fsica del mobiliario y del material didctico en las
actividades del consejo de docentes y en otras que reuniera la
participacin del personal directivo.
6. Velar por el cumplimiento de los colectivos docentes, PEIC,
proyectos de desarrollo endgeno o socio-productivos. 7. Dar
cumplimiento a otras disposiciones sealadas en la L.O.E. en su
reglamento y en este reglamento interno. Cuya ejecucin
no est reservada en forma expresada a los rectores. 4.3.- De los
Docentes Tiempo Completo o Coordinadores: Art.145: Los
Coordinadores a tiempo completo son colaboradores inmediatos de la
direccin del plantel con la cual comparten responsabilidades en la
autoridad del plantel. Art.146: Son atribuciones de los docentes
coordinadores: 1. Asistir puntualmente al plantel y llegar por lo
menos 30 minutos antes de iniciarse la actividad escolar. 2.
Chequear la tarjeta de registro de asistencia y puntualidad del
personal directivo y docente. 3. Designar con el director las
guardias generales y especiales de los docentes. 4. Reunir por lo
menos una vez al consejo de docentes. 5. Cumplir y hacer cumplir el
calendario y horario escolar por el personal a su cargo. 6.
Colaborar con la organizacin de la comunidad y participar en las
comisiones para las cuales se designe. 7. Orientar la planificacin
de grados o cursos. 8. Velar por la recuperacin de la matricula y
por la asistencia y puntualidad de los estudiantes. 9. Tramitar
ante la direccin del plantel las solicitudes de licencia de los
docentes. 10. Formar parte de los grupos de trabajo donde sean
incluidos por el consejo de docentes y por la comunidad educativa.
11. Elaborar y desarrollar el plan anual del plantel y elaborar el
informe correspondiente. 12. Velar por el buen uso y conservacin
del uso del mobiliario. 13. Realizar visitas de supervisin a los
salones de clases. 14. Asistir y presidir las sesiones del consejo
de docentes y las reuniones de la comunidad educativa y en aquellas
otras donde su
presencia sea indispensable. 15. Asistir a reuniones convocadas
`por la Jefatura del Municipio Escolar u otro organismo. Art.147:
La direccin del plantel, antes de iniciar el ao escolar asignar a
los docentes tiempo completo las ctedras y labores administrativas
y extra-ctedras que deban cumplir en el plan anual de trabajo.
Art.148: Fuera de las labores de ctedra, a los docentes de tiempo
completo deber asignrseles trabajos de jefes de Departamento, jefe
de seccional, jefe de laboratorios, coordinador de actividades
culturales. Art.149: Los Docentes a tiempo completo sern
responsables ante la direccin del plantel de la realizacin de las
actividades culturales, entre otras. 4.4.- De Los Jefes de
Seccional.
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Art.150: En la Unidad Educativa MAESTRO ORLANDO ENRIQUE
RODRIGUEZ, para los efectos de control administrativo-disciplinario
de los alumnos, las secciones de estudio se agruparn en seccionales
bajo la jefatura inmediata y responsabilidad de un docente a tiempo
completo, que se denominar Jefe de seccional. El cual tendr no ms
de seis (06) secciones a su cargo. Art.151: Son deberes y
atribuciones del jefe de Seccional: 1. Ordenar la elaboracin de las
listas de los alumnos de las secciones, antes de iniciarse las
labores docentes del
nuevo ao escolar. 2. Velar porque los docentes colaboren en el
mantenimiento de la disciplina de los alumnos adscritos a la
seccional. 3. Revisar cada da el Diario de Clases de las secciones
y tomar las medidas a que haya que lugar. 4. Orientar a los alumnos
de las diferentes secciones sobre las normas disciplinarias del
plantel a fin de canalizar la conducta
general de los estudiantes en el plantel y en su actuacin
estudiantil. 5. Estudiar y resolver los casos de indisciplina,
falta de aplicacin, etc. que les sometan los Docentes Guas de
Seccin o
cualquier otro miembro del personal del plantel. 6. Designar los
semaneros, orientarlos a cerca de sus deberes y exigirles su
estricto cumplimiento. 7. Supervisar la elaboracin de los
expedientes de los alumnos, verificando que tengan toda la
documentacin exigida. 8. Supervisar la elaboracin de las
estadsticas de asistencia de los docentes y alumnos de las
secciones, los informes de
evaluacin y de cualesquiera otros registros relativos a los
estudiantes. 9. Chequear los boletines de calificaciones haciendo
las observaciones que considere oportunas. 10. Citar y atender a
los representantes y dejar constancia escrita de las cuestiones
tratadas en el libro correspondiente y
debidamente firmadas por ellos. 11. Informar diariamente al
Director o Subdirector del plantel sobre las incidencias de la
seccional. 12. Las dems que seale la Ley Orgnica de Educacin y su
Reglamento, resoluciones y dems disposiciones emanadas de las
autoridades competentes. 4.5.- Departamento de Control de
Estudios: Art.152: Tiene como finalidad la planificacin
organizacional, coordinacin, asesora y control de todas aquellas
actividades relacionadas con matricula, ingreso, egreso, registro
de informacin, certificaciones, equivalencias y constancias
relacionadas con los estudios que se realicen en la institucin, as
como tambin la coordinacin de las secciones del plantel. Art.153:
El jefe del Departamento es responsable de la coordinacin, asesora
y funcionamiento de las actividades especiales y de otra ndole que
se realicen para lograr una eficiente labor educativa. Art.154: El
jefe de departamento debe mantener una comunicacin efectiva con
todo el personal de la institucin a fin de facilitar la
participacin y el compromiso de todos hacia el logro de los
objetivos institucionales. 4.6.- Departamento de Evaluacin:
Art.155: Tiene como finalidad hacer cumplir las normativas legales
vigentes establecidas en la ley Orgnica de Educacin (Arts. 63 y
65). Reglamento General de la Ley Orgnica de Educacin (Arts 87 al
104) resolucin 213. regulaciones complementarias sobre el proceso
de evaluacin en los niveles de Bsica y media y Diversificada y
profesional y circulares referidas a la evaluacin. As como velar
por el desarrollo de los planes y programas de estudio y su
correcta aplicacin, asistiendo a las docentes en el mejoramiento de
los mtodos, tcnicas y procedimientos de enseanza. Y uso de
materiales didcticos y mejoramiento profesional. 4.7.- Departamento
o Coordinacin de Actividades Complementarias: Art. 156: Cualquier
actividad complementaria que se realice en el plantel estar bajo la
coordinacin del respectivo Jefe de Departamento. Art. 157: Los
instructores de las diferentes actividades complementarias estarn
bajo la supervisin del Coordinador de ste centro, lo cual para cada
desarrollo de stas actividades deben planificarse y evaluarse como
cualquier materia catedrtica. Art.158: Se efectuaran reuniones
peridicas para la planificacin de las actividades a realizar
durante el ao escolar, considerando todo lo relativo a: Danza,
Teatro, Gaita, Centro de Ciencias, centro Ecolgico, Sociedad
Bolivariana, Deportes, Coral, Estudiantina, Pintura, Cuentos,
Tteres, canto, Declamacin, Peridico Estudiantil y Cultural,
Campamentos, Visitas a: Teatros, museos, zoolgicos, BIBLIOTECAS,
entre otros. 4.8.- Del Personal Docente: Art. 159: El personal
docente est integrado por funcionarios de inicial, primaria y media
general . Seleccionados por la administracin del personal del
plantel, incluyendo aquellos que cumplan funcin de suplentes. Art.
160: Conocer el contenido y alcance de la Constitucin, de la ley
Orgnica de Educacin y sus reglamentos, Ley Orgnica de proteccin al
nio y al adolescente, de los decretos, resoluciones, ordenes o
providencias administrativas, instrucciones o circulares, as mismo
cumplirlas y orientar convenientemente a otros para su cumplimiento
cuando as le sea solicitado.
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Art. 161: Proveerse del programa de estudio oficial, conocerlo,
interpretarlo e impartir la enseanza con sujecin a l y de acuerdo
con las normas establecidas al efecto por las autoridades
educativas competentes. Art. 162: Preparar cuidadosamente sus
planes de trabajo y llevar un registro del desarrollo de stos. Con
indicacin de la parte vista del programa, las actividades
derivadas, las dificultades confrontadas, las consultas hechas a
las autoridades correspondientes y en fin, todo cuanto pueda
evidenciar el desarrollo de procesos de enseanza-aprendizaje que se
cumple. Art. 163: Conocer y cumplir los derechos y deberes del nio,
reconocidos nacional e internacionalmente y velar por el
cumplimiento de los mismos. Art. 164: Estar informados de las
publicaciones que en materia de Educacin hagan las autoridades del
ramo y otros organismos oficiales y privados, a los fines de su
utilizacin, tanto para la propia consulta como para su uso directo
en el trabajo del saln de clases. Art. 165: Mantenerse informado
respecto a los problemas que afectan la vida local y nacional, al
proceso seguido para resolverlos y a la influencia que las
soluciones de tales problemas ejerzan en el orden econmico, social,
poltico, cultural, cientfico y tecnolgico. As mismo, mantenerse
atentos a los cambios y progresos que ocurran en los planes
continental y mundial, dado que todo ello constituye recurso
esencial que facilita la interpretacin y organizacin del programa
de estudios, ayuda a una mejor orientacin del proceso
enseanza-aprendizaje y contribuye a vitalizar as la enseanza a la
vez que significa un buen ejemplo para los estudiantes y tambin el
cumplimiento de un deber ciudadano. Art. 166: Observar conducta
democrtica en el ejercicio de su funcin. En este sentido deber
fomentar la convivencia social por medio del trabajo e grupo.
Mantener buenas relaciones con los compaeros de trabajo. Mantener
cierto grado de dominio emocional ante las diversas situaciones
problemticas que a diario se les presentan. Tratar de ser siempre
justos y ecunimes en la constante valoracin que deben hacer de la
actuacin de los alumnos. Fomentar el espritu de solidaridad humana.
Contribuir a la formacin de ciudadanos aptos para la prctica de la
democracia y favorecer el pleno desarrollo de la personalidad del
educando. Art. 167: Mantener una conducta de constante observacin
sobre la actuacin de cada estudiante en particular y del grupo en
general, y asentar en los registros que a tales efectos existan o
se establezcan en el plantel en los aspectos sobresalientes tanto
positivos como negativos que sirvan de base para la mejor
orientacin del proceso enseanza-aprendizaje en el grado o ao para
la ulterior orientacin vocacional del educando, para la ms correcta
evaluacin del mismo y para disponer de datos ms objetivos y
precisos que deben asentarse en el historial del estudiante. Art.
168: los Docentes de Educacin inicial a 6to grado y los profesores
guas de 1er ao a 5to ao de Educacin Media General,. deben entregar
a la direccin por medio del departamento de apoyo Docente, sin
necesidad de previo recordatorio, en cada corte de lapso el
promedio de asistencia de los alumnos. Art. 169: Participar
activamente en la organizacin y funcionamiento de todas las
organizaciones, agrupaciones o actividades que se establezcan en el
plantel. Art. 170: Cumplir con el mayor grado de eficacia las
responsabilidades especiales propias de la profesin Docente que le
fueren asignadas por las autoridades educativas pertinentes. Art.
171: Son atribuciones de los docentes: 1. Asistir diaria y
puntualmente al plantel y llegar por lo menos 10 minutos antes de
iniciar las labores ordinarias de clases. As
como asistir a los Consejos de Docentes o de curso convocados.
2. Firmar personalmente el control de asistencia y puntualidad y
escribir la hora exacta de llegada. Queda prohibido que otra
persona firme por el docente. 3. Impartir conforme a la ley
Orgnica, Reglamentos, Resoluciones y dems normativas legales
vigentes la enseanza de la
asignatura y/o reas del plan de estudio. 4. Organizar la
formacin de los alumnos en la cancha todos los das a la hora de
entrada y colocarse frente a la seccin que le
corresponda. 5. Evaluar diariamente el trabajo de sus alumnos.
6. Registrar en la carpeta de diario la inasistencia del alumno. 7.
No abandonar el saln de clase o los sitios de trabajo en hora de
labor. 8. Disolver focos de indisciplina en el saln de clases, con
estrategias orientadoras y concientizadoras. 9. Colaborar con la
disciplina general del plantel y en especial responder por la de
los estudiantes de su seccin o grado. 10. Ser responsable por la
conservacin del mobiliario y tiles de trabajo, entre otros,
asignados a su saln de clase. 11. No interrumpir la labor que se
realiza en los dems grados o secciones. 12. Velar por la realizacin
de las carteleras de cada grado que estn al da con la informacin.
13. Planificar diariamente o semanalmente el trabajo escolar,
ajustado al contenido programtico. 14. Portar el uniforme diario
del docente establecido.
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15. Cumplir con los recaudos exigidos por coordinacin y
seccional. 16. Los docentes de III etapa deben: Elaborar, recabar y
enviar a apoyo docente al inicio de cada lapso la planificacin
acadmica,
as como entregar las notas acumulativas: 70%, 30% y definitiva
en cada lapso la semana siguiendo cronograma de entrega de
notas.
17. Controlar diariamente el aseo de los salones de clases, el
mobiliario y la higiene personal de los estudiantes. 18. Participar
en las comisiones de trabajo a los cuales se ha asignado por la
Direccin del plantel o Consejo de Docentes o por la
Comunidad Educativa. 19. Cuidar y conservar los tiles de trabajo
de los alumnos, no permitir que se pierda o extrave nada dentro de
los salones, y de
ocurrir ste caso solucionar el problema inmediatamente. 20.
Solicitar por escrito y con debida anticipacin, ante la Direccin la
licencia o permiso y acompaar la solicitud con el soporte
mdico que la justifique. 21. No recibir a los representantes en
los salones y en hora de clases. 22. No ausentarse del saln de
clases sin antes habrsele concedido el permiso correspondiente. 23.
Estar atentos al cambio de profesores, de tal manera no dejar a los
alumnos esperando ni solos en el saln. 24. Evitar dejar salir a los
estudiantes del saln por ningn concepto, a excepcin que sea una
extrema emergencia. 25. Reportar los casos (individual, grupal) de
bajo rendimiento y de conducta al departamento de orientacin, de
acuerdo a la
diagnosis realizada en el primer lapso. Los estudios de casos
deben arrojar resultados positivos, de tal manera quede evidenciado
el agotamiento de todas las estrategias por parte del docente en la
resolucin de los casos.
26. 27. Cumplir con las dems normas y obligaciones establecidas
en el Reglamento de docentes. Art. 172 Del Docente Gua: 1. Ejecutar
al inicio del ao escolar reuniones con los estudiantes y los
representantes para informarles sobre la planificacin
realizada y obligaciones, deberes y derechos de los alumnos y
representantes. 2. Dar a conocer persistentemente el Reglamento
interno de los alumnos por lo que stos deben firmar el Reglamento
General
de los alumnos (por cada seccin), adems de firmar el Acta
Compromiso de entrega de mobiliario y equipos de cada saln. 3.
Estar presentes en todos los Consejos de Docentes y de Secciones.
4. Brindar oportunidad para que cada estudiante manifieste sus
intereses y haga uso de su potencial creativo en beneficio de
los
compaeros, de la institucin y del suyo propio. Propiciar la
creacin de condiciones que ayuden a los alumnos a cooperar con sus
semejantes, compartir responsabilidades y a tomar decisiones
acertadas y benficas.
5. Velar por el eficaz cumplimiento de los acuerdos relacionados
con los estudiantes tomados en los Consejos de Curso. 6. Mantener
contacto e intercambio de experiencias con los dems profesores
guas. 7. Mantener estrecha relacin con los Padres y Representantes
a fin de homogeneizar ms la labor educativa entre la institucin
Escolar y el hogar. 8. Convocar y realizar reuniones de Consejo
de curso (estudiantes-representantes-docente) cuando lo creyere
necesario y previa
autorizacin por Direccin. 9. Conocer las labores que desarrollan
los estudiantes en las actividades extra-ctedras o complementarias
para hacer mejor
uso de sta informacin en beneficio del alumno. 10. Orientar al
estudiante de manera constante y eficaz en aspectos tales como:
Asistencia y presentacin personal, nivel de
rendimiento en obligaciones aca