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1 Manual de Convivencia Escolar Escuela Zoltan Dienes
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Manual de Convivencia Escolar Escuela Zoltan Dienes · la de los demás, con capacidad para reflexionar sobre sí mismo, de su prójimo y de los acontecimientos que ocurren en el

Oct 13, 2018

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Manual de Convivencia Escolar

Escuela Zoltan Dienes

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PRESENTACIÓN

Datos del establecimiento

Establecimiento Escuela Zoltan Dienes

RBD 10361-6

Dirección Av. General Sandino 3650

Tipo de Enseñanza Pre-Básica / Básica

Comuna Conchalí

Dependencia Particular Subencionado

Teléfono 2-7364847

Correo Electronico [email protected]

Encargado de convivencia Cristian Antonio Maureira Villablanca

Jornada Escolar sin JEC (1° y 2° Básico)

Horario de clases Inicio Termino

Lunes a Viernes 08:30 hrs. 14:00 hrs.

Recreos 10:00 hrs. 10:15 hrs.

12:00 hrs. 12:30 hrs.

Jornada Escolar con JEC (3° a 8° Básico)

Horario de clases Inicio Termino

Lunes a Jueves 08:30 hrs. 15:55 hrs.

Viernes 08:30 hrs. 14:00 hrs.

Recreos 10:00 hrs. 10:20 hrs.

11:50 hrs. 12:10 hrs.

Almuerzo 13:40 hrs. 14:25 hrs.

Jornada Escolar Kinder

Horario de clases Inicio Termino

Lunes a Viernes 08:30 hrs. 12:30 hrs.

Almuerzo 12:30 hrs. 13:00 hrs.

Jornada Escolar Pre-Kinder

Horario de clases Inicio Termino

Lunes a Viernes 13:30 hrs. 17:30 hrs.

Almuerzo 13:00 hrs. 13:30 hrs.

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INTRODUCCIÓN

El presente reglamento de Convivencia Escolar tiene por finalidad promover y desarrollar en todos

los integrantes de la comunidad educativa los principios y elementos que construyan una sana

convivencia escolar, con especial énfasis en una formación que favorezca la prevención de toda

clase de violencia o agresión.

Asimismo establece protocolos de actuación para los casos de maltrato escolar, los que deberán

estimular el acercamiento y entendimiento de las partes en conflicto e implementar acciones

reparatorias para los afectados.

“La sana convivencia escolar es un derecho y un deber que tienen todos los miembros de la

comunidad educativa, cuyo fundamento principal es la dignidad de las personas y el respeto que

éstas se deben. Es un aprendizaje en sí mismo que contribuye a un proceso educativo

implementado en un ambiente tolerante y libre de violencia, orientado a que cada uno de sus

miembros pueda desarrollar plenamente su personalidad, ejercer sus derechos y cumplir sus

deberes correlativos”.

Lo anterior es sin perjuicio de impulsar acciones de prevención tales como talleres de habilidades

socio – afectivas, habilidades para la vida, alfabetización emocional, competencias parentales, entre

otros, teniendo en cuenta especialmente el proyecto educativo institucional.

Por comunidad educativa se entiende aquella agrupación de personas que, inspiradas en un

propósito común, integran la institución educacional, incluyendo a alumnos, alumnas, padres,

madres y apoderados, profesionales de la educación, asistentes de la educación, equipos docentes

directivos y sostenedores educacionales.

Nuestra sociedad se sustenta en normas o acuerdos sociales. Las relaciones interpersonales son

reguladas por distintas pautas basadas en derechos y deberes, lo que nos permite saber cómo

debemos actuar y qué debemos esperar al iniciar una relación o interacción.

Este reglamento DE CONVIVENCIA Y DISCIPLINA indica los criterios y las normas fundamentales para

la convivencia educativa entre la comunidad educativa, con el fin de un bien común: mejorar los

aprendizajes de los estudiantes y la formación como ciudadanos.

Nuestra escuela tiene como misión “que nuestros estudiantes desarrollen sus capacidades sociales,

intelectuales y afectivas y que este proceso sea el fruto de nuestro compromiso compartido con la

familia y orientado por los valores de respeto, tolerancia y honestidad”.

Con este propósito, encontraremos en el diálogo un instrumento propicio para fortalecer un clima

institucional armónico y democrático, respetuoso de los derechos del niño (a), donde el centro de

nuestras preocupaciones sean los estudiantes.

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Las normas indican el comportamiento deseable, permiten que sepamos como debemos actuar y

que debamos esperar en una interacción, ellas mismas constituyen pautas de corrección según se

ajusten o aparten de las establecidas.

En este proceso de aprendizaje, el estudiante se enriquece por la experiencia que da la vida propia y

la de los demás, con capacidad para reflexionar sobre sí mismo, de su prójimo y de los

acontecimientos que ocurren en el mundo que le rodea; donde viva la experiencia de opinar,

participar, ser dueño de sus decisiones con conocimiento y fundamentos.

Nuestra visión como escuela, es tener a personas integras, con pensamiento reflexivo, sentido

crítico, espíritu creativo, capacidad de integrarse socialmente con actitudes de participación

democrática, a través de un compromiso libre y autónomo.

Nuestra misión como educadores es acompañar a los niños en esta formación integral, como

persona, en su proceso de desarrollo afectivo, emocional e intelectual.

Las normas propuestas en este reglamento pretenden ser una ayuda para que cada educando

crezca más en responsabilidad y tome conciencia del esfuerzo que hace la sociedad, sus padres y la

comunidad de la Escuela para su bienestar, seguridad, y desarrollo democrático.

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PRINCIPIOS

Generales

- En a Escuela Zoltan Dienes se fomentará sistemáticamente una cultura escolar participativa y

democrática, con una visión multicultural, confesional, considerando la distinción y relaciones de

género, la identidad local y respeto al medio ambiente.

- La Escuela velará en todo momento por cultivar y acrecentar las virtudes institucionales,

anteriormente explicitadas; fundamentales para que la Comunidad escolar se vea favorecida y

vivencie un ambiente de sana convivencia escolar.

- Este Manual se elabora con el fin de establecer los lineamientos para conducir y acompañar la

mejora del comportamiento de cada miembro de la Comunidad, especialmente para aquellos(as)

estudiantes que tengan dificultad para lograr por sí mismos(as) una conducta escolar y social

favorable a su propio crecimiento. Además, tiene como objetivo destacar aquellos(as)

estudiantes que en su actuar reflejan una clara vivencia de las virtudes institucionales.

- Este Manual de Convivencia propicia una sana convivencia escolar, entregando normas que

regulan el comportamiento y permitiendo la reflexión de su propio actuar, para discernir sobre

aquellas conductas que reflejan o no el espíritu de la Escuela Zoltan Dienes.

- Los contenidos de este Manual serán revisados anualmente por representantes de la comunidad

escolar, para redefinir los aspectos que se requieran actualizar según el contexto.

Pedagógicos

- La comunidad educativa del establecimiento, asume la aceptación de las normas de convivencia

y disciplina y su importancia en el hábito que imprime la voluntad.

- Es necesario que se entienda el fundamento y el objetivo educativo de nuestras normas; con

este propósito, encontraremos en el diálogo entre profesores, estudiantes y apoderados un

instrumento pedagógico muy efectivo y eficaz.

- El gran desafío que tiene la comunidad educativa es la toma de conciencia de “que somos

agentes de cambio social,” por lo que debemos propiciar un clima institucional pacífico,

democrático, respetuoso de los derechos de los niños(a), en la que la relación entre educador y

educando sea un vínculo humano, que eduque hacia el respeto, pluralismo y la vida

democrática, donde el centro de nuestra preocupaciones sea el estudiante; acompañándolo en

su crecimiento intelectual y formación en valores.

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De los educadores

El accionar debe estar guiado por una serie actitudes y criterios que aseguren que la relación con

los estudiantes sea realmente educativa. Entre ellos destacamos:

- Atender a todos los estudiantes que se le ha confiado en cada una de las labores; horas de

clases, tiempo destinado para ellos (as).

- Respetar a cada uno de sus estudiantes reforzando permanentemente su autoestima,

reconociendo siempre en ellos su dignidad.

- Atender a estudiantes y apoderados siempre que lo soliciten debidamente, facilitando los

espacios de tiempo para ellos, según horario establecido por el profesor.

- Ser justos y objetivos en todas las evaluaciones, señalando a sus estudiantes aspectos por

corregir, mejorar y aciertos; registrando oportunamente las calificaciones, con el objeto de

que sean comunicadas a sus apoderados.

- Estimular en los estudiantes, sus progresos y buena disposición, mostrándoles apoyo, afecto

y reconocimiento que merece.

- Mostrar disposición frente a situaciones de conflictos con el fin de lograr una adecuada

mediación y resolución.

- Constatar el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes.

- Atender los requerimientos de estudiantes que presenten Necesidades Educativas Especiales

(NEE).

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Del Profesor Jefe

- Revisar semanalmente con los estudiantes libro de clases, constatando y comentado

registros existentes.

- Citar a cada uno de los apoderados a entrevista, por lo menos una vez al año. O cuando lo

requiera, o se estime oportuno.

- Informarse de las ausencias de sus estudiantes, sus justificaciones; Comunicándose con el

apoderado cuando corresponda.

- Revisar periódicamente las calificaciones de los estudiantes del curso, para mantener o

mejorar su desempeño e informar de los casos críticos al apoderado.

- Una vez al mes solicitar a Inspectoría General, registros de sucesos producidos fuera de aula

que involucre a los estudiantes del curso.

- Generar actividades participativas y colaborativas entre, estudiantes, comunidad educativa y

apoderados, con el fin de afianzar lazos de convivencias.

- Realizar seguimientos de los estudiantes con NEE, para asegurar su atención por los

especialistas, su progreso y permanencia en la institución.

- Supervisar el cumplimiento de los aspectos de convivencia y disciplina dentro del grupo-

curso.

- Crear instancias de apertura en donde los apoderados puedan plantear sus inquietudes o

problemáticas relacionadas con convivencia.

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Legales

Los fundamentos legales y políticos de este Manual de Convivencia se enmarcan en:

- Constitución Política de la República de Chile.

- Declaración Universal de los Derechos Humanos.

- Declaración de los Derechos del Niño y de la Niña.

- Ley General de Educación.

- Ley de Aseguramiento de la Calidad Nº20.529, Decreto 315 de Educación sobre

Reconocimiento Oficial,

- Ley Jornada Escolar Completa - JEC (19.532)

- Ley Estatuto Docente (19.070) y Código del Trabajo.

- Ley Indígena (19.253)

- Ley de Integración social de las Personas con Discapacidad (19.284)

- Ley de Responsabilidad Penal Juvenil (20.191)

- Decretos MINEDUC 240/99 (Planes y Programas para la Educación Básica), 40/96

(OFT y CMO para Enseñanza Básica) y 220/98 (OFT y CMO para Enseñanza Media),

511/97 (Evaluación y Promoción para la Enseñanza Básica)

- Ley 20.201/2007 respecto de la evaluación diagnóstica integral de aquellos

estudiantes que presentan NEE de carácter transitoria

- Política de Convivencia Escolar (MINEDUC)

- Marco para la Buena Dirección (MINEDUC)

- Marco para la Buena Enseñanza (MINEDUC)

- Política de Participación de Padres, Madres y Apoderados/as.

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POLITICAS DE PREVENCIÓN

Los directivos de la Escuela Zoltan Dienes, junto a sus encargados de convivencia Escolar diseña y

planifica Políticas de prevención, cuyos objetivos son:

- Diagnosticar en cada estamento (estudiantes, profesores y apoderados) la

percepción del clima escolar y la convivencia al interior de la Comunidad educativa.

- Difundir y promover una buena convivencia escolar, que permita la interacción

positiva entre los miembros de la comunidad.

- Prevenir y anticipar situaciones que atenten contra la integridad física, psíquica y/o

moral de los estudiantes.

- Implementar prácticas que favorezcan el desarrollo de un sentido de pertenencia en

la Comunidad escolar, que se vea reflejado en una mayor participación de todos sus miembros.

- Registro de conflictos diarios por curso, con la finalidad de detener posibles

problemáticas y solucionar temas no resueltos durante el día, esto se realiza 5 minutos antes al

término de cada jornada.

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DEBERES Y DERECHOS DE LOS ACTORES ESCOLARES

Deberes de los/las estudiantes

- Dedicarse responsable y honestamente al cumplimiento de las labores escolares. - Regular su autodisciplina, respondiendo en forma autónoma al trabajo escolar, siendo

constante y perseverante.

- Asistir y mantener una actitud, dentro y fuera del Colegio, de respeto y seriedad.

- Ser puntual en el horario establecido (tanto al inicio de la jornada, como en cada una

de sus clases).

- Mantener una actitud de respeto dentro y fuera del Colegio hacia todos los miembros

de la comunidad, cuidando en todo momento la identidad de la escuela.

- No deberá consumir sustancias lícitas o ilícitas (alcohol, tabaco u otros) mientras esté

al interior del Colegio o en sus cercanías, usando o no el uniforme. Esto incluye cuando esté

participando en actividades organizadas bajo la tutela del Colegio.

- Plantear constructivamente las discrepancias y críticas, directamente a quien

corresponda con la prudencia y privacidad que corresponda.

- En toda situación se debe respetar los conductos regulares del Colegio.

- Utiliza su agenda como medio de comunicación entre la escuela y el hogar, manteniendo al tanto a sus padres y/o apoderados sobre resultados académicos y registros disciplinarios.

- Cuida y respeta los bienes pertenecientes a la escuela, a alumnos, a apoderados, a

trabajadores del Colegio o a terceros; dentro del Colegio, en sus alrededores o en actividades

extra programáticas curriculares o extracurriculares. Esto será sancionado de acuerdo a las

normativas de este Manual, y a la vez, deberá responder económicamente por los mismos en

conjunto con sus padres.

- Acatar las normas y reglas de seguridad y prevención de riesgos establecidas en el

Colegio.

- Utilizar correctamente el uniforme oficial establecido en el Manual.

- Cuidar su integridad mental y física, seguridad propia y de sus semejantes y garantizar

el normal desarrollo de las actividades de la Escuela.

- Cumplir con las obligaciones y responsabilidades escolares establecidas en este

Manual de Convivencia Escolar.

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Derechos de los/las estudiantes

- A recibir una educación de calidad que le permita desarrollarse íntegramente como

persona.

- A recibir un trato respetuoso por parte de todos los adultos/as de la Escuela, así como

también de sus pares.

- A ser atendido/a oportuna y adecuadamente por los miembros de la Escuela, de

acuerdo con la necesidad (académica, personal y familiar), según las posibilidades de la Escuela

y el conducto regular establecido.

- A utilizar las dependencias y recursos de la Escuela para lograr los objetivos propios

del proceso educativo, previa autorización de quien corresponda.

- A un procedimiento justo y racional en la aplicación de medidas disciplinarias.

- A defensa, apelación y a ser escuchado/a por todas las autoridades en todo

procedimiento disciplinario.

- A conocer oportunamente las sanciones que se le apliquen.

- A conocer el resultado de sus evaluaciones en un plazo máximo de 10 días hábiles

(pruebas, interrogaciones y trabajos).

- A conocer los procedimientos y la forma de evaluación de cada subsector de aprendizaje.

- A ser evaluados diferenciadamente, los estudiantes con Necesidades Educativas

Especiales, en cada sub-sector de aprendizaje según Reglamento de Evaluación y Promoción

Escolar según decretos N° 511/08.05.97, 83/06.03.01 y 107/20.02.03

- A conocer oportunamente las observaciones de conducta y responsabilidad que se

registren en el libro de clases. Así como las acciones asociadas.

- A asociarse y organizarse autónomamente con sus compañeros y compañeras (Centro

de Alumnos y Directivas de Curso) según los estatutos vigentes en la Escuela.

- A no ser discriminado/a por ningún motivo, ya sea social, económico, político,

cultural, religioso, físico u otro (Ley Nº 20.609).

- Se hacen parte de este Manual de convivencia todos los derechos consagrados en la

Declaración Universal de Derechos Humanos, Declaración de los Derechos del Niño y la Niña y

la Constitución Política de la República de Chile.

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Deberes de los padres y/o apoderados/as

- Conocer las líneas educacionales y formativas que la Escuela propone desarrollar en

su Proyecto Educativo Institucional.

- Velar por el cumplimiento de las obligaciones escolares y el cuidado de su pupilo(a),

establecidos en el Manual de Convivencia Escolar.

- Velar para que el comportamiento del/ la estudiante fuera de la Escuela sea el que

corresponde a los virtudes de la familia y de la propuesta educativa de la Escuela.

- Procurar el cumplimiento de los horarios definidos tanto al ingreso como a la salida

de los estudiantes establecidos en este manual.

- Velar porque al final del horario escolar, los/las estudiantes hagan un adecuado uso

del tiempo libre, de acuerdo con las normas familiares y sus responsabilidades escolares

propias.

- Participar en las reuniones de padres y/o apoderados/as del curso y otras

(informativas y/o formativas) que la Escuela programe.

- Concurrir a las entrevistas citadas por el/la Profesor/a Jefe u otra autoridad del

Colegio y, en caso necesario, aceptar y firmar las cartas propuestas por la Escuela:

Colaboración, Compromiso y/o Condicionalidad.

- Retirar a su pupilo/a en aquel caso que la salud (física y/o emocional) del menor lo

exija, previa solicitud e información al Profesor Jefe y siguiendo los conductos regulares.

- Plantear constructivamente las discrepancias y críticas directamente a las personas

involucradas, de acuerdo con los conductos establecidos y con la prudencia y privacidad que

corresponda.

- Mantener una actitud colaborativa que propicie una sana convivencia en nuestra

Comunidad.

- En las reuniones de padres y/o apoderados/as, jornadas formativas o Informativas

atenerse a los temas consignados en la tabla elaborada por el responsable del encuentro.

- Responder económicamente por los daños que su pupilo/a ocasione en los bienes o la

infraestructura del establecimiento, a los miembros de la comunidad educativa o a terceros.

- Garantizar que el/la estudiante cuente durante el año lectivo con el uniforme

institucional completo, sus materiales y los útiles necesarios para cada sector de aprendizaje.

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- Informar al profesor jefe cualquier cambio de domicilio, teléfono o email, con el fin de

mantener una comunicación fluida.

- Los padres y/o apoderados de niños(as) que presenten un diagnóstico de Necesidad

Educativa Especial durante el año escolar, aceptarán y se regirán por las normativas y

protocolos incluidos en este Manual.

- Respetar a los demás y denunciar cuando esto no se cumple, para sí mismo y para los

otros, tratando dignamente a compañeros apoderados, estudiantes, profesores, trabajadores

del colegio y la comunidad en general. El incumplimiento de esta norma será considerada una

falta gravísima.

Derechos de los padres y/o apoderados/as

- A conocer el Manual de convivencia y Reglamento de Evaluación del Colegio. - A ser tratados/as con respeto y atendidos de acuerdo a su condición de padres y/o

apoderados/as.

- A recibir los servicios que el Colegio ofrece de manera acorde con el Proyecto Educativo

Institucional y según el contrato suscrito.

- A solicitar y recibir respuesta para entrevistas, de acuerdo al conducto regular, con las

autoridades y personas comprometidas en el proceso de educación de su estudiante.

- A tratar las inquietudes de carácter técnico o pedagógico con los/las profesionales

respectivos/as y siguiendo los conductos regulares.

- A ser entrevistados/as por el/la profesor/a jefe de su pupilo/a, firmando el Libro de

Registro de Entrevista correspondiente.

- A recibir las informaciones significativas del quehacer de la Escuela, tales como:

Resultados de evaluaciones externas, informes académicos y disciplinarios del/de la estudiante

y calendario mensual de actividades.

- A ser informado/a, oportunamente, respecto del rendimiento, comportamiento y

participación del/de la estudiante dentro de La Escuela.

- A requerir la seguridad física, moral y psicológica del/de la estudiante durante su estadía

en la Escuela.

- A asociarse y organizarse con sus pares (Centro de Padres y Directivas de Curso) según

los estatutos vigentes del Colegio.

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NORMAS DE CONVIVENCIA DE LOS/LAS ESTUDIANTES

Asistencia y Puntualidad

- La jornada comienza en la sala de clases a las 08:30 hrs. para todos los estudiantes

del Colegio.

- A partir de las 08:30 hrs. al estudiante que ingrese de 1° a 8° Básico, se le

considerará atrasado.

- Las inasistencias deben justificarse por el padre, madre y/o apoderado(a) el mismo

día en que el estudiante vuelva al Colegio, mediante presentación de certificados médico y/o

comunicación en la Agenda Escolar. El incumplimiento reiterado, deberá ser justificado con el

profesor jefe en entrevista personal.

- En caso de inasistencia a evaluaciones programadas, el estudiante se rige por la

normativa del Reglamento de Evaluación incluido al final de este Manual.

- Respecto de los atrasos al inicio de la jornada: Estos serán consignados por el

personal encargado para esta labor y se aplicará la siguiente normativa:

Los estudiantes de 1° a 8° básico deben ser registrados en el libro de atrasos, por el

personal encargado.

Después de la 3° falta (atraso), el apoderado deberá justificar de forma personal y firmar

libro de registro de atrasos, el no asistir a justificar o de llegar a reiterarse esta situación se

considerará como falta grave.

Al ingresar luego del horario establecido 8:30, el alumno solo podrá ingresar a clases con

autorización facilitada por el encargado de registro de atrasos y luego del horario de lectura

diaria (08:45hrs.).

- Los estudiantes de 1° a 8° básico que reiteradamente lleguen atrasados a su horas de clase

(tres veces durante la mismo mes) se considerará como falta grave.

- Los estudiantes que no ingresen a una hora de clases, o se presentan quince minutos

posterior al inicio de ella y/o se retiren sin autorización del aula, se considerará como una falta

grave.

- Los estudiantes deben permanecer en cualquier actividad programada dentro o fuera del

Colegio. Su retiro sin autorización se considerara falta grave.

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Del uniforme escolar

- Los/las estudiantes deben concurrir y retirarse del Colegio con el respectivo uniforme oficial

completo, que considera las siguientes prendas:

- Uniforme escolar para estudiantes de Educación Parvularia.

Buzo oficial de la Escuela. Zapatillas deportivas blancas o negras. Chaleco, Polar y/o Parka de color azul marino o negro. Delantal Para las niñas. Cotona para los niños.

- Uniforme escolar para estudiantes de 1° a 8° básico.

Para Hombres Para mujeres

- Pantalones escolares grises. - Polera oficial de la escuela. - Camisa Blanca. - Zapatos Negros. - Chaleco o polar negro o azul obscuro. - Cotona color Café claro. - Chaquetas o parcas negras o azul

obscuro.

- Falda negra o azul Obscura (obligatoriamente debe usar calzas bajo ella).

- Polera oficial de la escuela. - Camisa Blanca. - Chaleco o polar negro o azul obscuro. - Zapatos Negros. - Delantal cuadrille color azul claro

(normal). - Chaquetas o parcas negras o azul

obscuro.

- Uniforme de Educación Física

- Buzo oficial de la escuela. - Polera de Educación Física oficial de la escuela. - Zapatillas deportivas Blancas o negras. - Útiles de aseo.

Toda prenda de vestir deberá estar marcada con el nombre, apellido y curso del estudiante.

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De la presentación personal

- Los Hombres deben concurrir: Correctamente aseados. Peinados. Con su pelo corto (Por la parte de la nuca que no sobrepase el cuello de la polera, laterales que no tape los oídos y por la parte frontal, no más allá de las cejas. Sin tinturas, adornos, ni cortes de fantasía. Debidamente afeitados de ser necesario.

- Los pantalones deben corresponder a la talla del estudiante, usarse siempre a la cintura no

dejando notar su ropa interior, sin elástico en la basta y deben mantenerse en buen estado de

conservación y aseo.

- Las mujeres deben concurrir:

correctamente aseadas. Peinadas, con el pelo tomado y rostro despejado. Sin tinturas, ni cortes de fantasía. Sin maquillaje, ni esmalte de uñas.

- En caso de uso de cintillo y/o pinches, deben ser de color azul marino, negro o blanco.

- La falda debe ajustarse a la cintura y el largo es a la rodilla y al usar esta prenda será obligación utilizar calzas de color negra o azul marino.

- A ningún/a estudiante se permitirá el uso prendas o accesorios que hagan perder su sentido

al uniforme (por ejemplo: aros, piercing, expansiones, pulseras, collares, gorros, jockey, cuellos

y ropa de colores distintos a los reglamentarios, etc.) a menos que sean utilizados como abrigo

durante invierno y siendo de color negro o azul marino. El no cumplimiento faculta a

profesores o asistentes de la educación a solicitar el retiro del accesorio y entregárselo al

apoderado personalmente.

- La vestimenta en general debe mantenerse en buen estado de conservación y de aseo.

La correcta presentación personal, se evaluará todos los días en el registro

de hábitos y rutinas diarias.

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NORMAS GENERALES DE CONVIVENCIA ESCOLAR.

El respeto y la observancia de cada una de las normas señaladas en el presente Manual permitirán

una sana y armónica convivencia interna. Éstas tienen como objetivo primordial corregir las

posibles equivocaciones que se pueden cometer, para superarlas y así desarrollarse como persona

integral.

Es responsabilidad de cada profesor/a y personal de la Escuela velar por la disciplina, orden y aseo

dentro del aula y de todo espacio educativo.

Es deber de todo el profesorado y personal de la Escuela velar y corregir el buen uso del lenguaje

verbal y no verbal de los/as estudiantes y los miembros de la Comunidad en general.

Sin perjuicio de lo anterior, las situaciones disciplinarias de los/las estudiantes serán evaluadas

permanentemente por el/la respectivo(a) Profesor(a) Jefe. Los profesores de asignatura

acompañan el proceso promoviendo el cumplimiento del Manual.

Comportamiento de los estudiantes dentro de la Escuela.

- Los estudiantes deben cooperar en mantener el orden y aseo de sus respectivas salas

de clases y de todo el espacio educativo. El/la profesor(a) jefe y de asignatura velarán por el

cumplimiento de esta norma e implementarán las medidas adecuadas para lograr este fin (el

incumplimiento de esta norma se considerará falta leve).

- Los estudiantes deben cooperar con el adecuado clima de trabajo escolar,

manteniendo silencio en la sala y durante los traslados en hora de clases a salas de recursos.

El/la profesor(a) jefe y de asignatura velarán por el cumplimiento de esta norma (el no

acatamiento se considerará falta leve).

- No está permitido en horas de clases realizar otras actividades que no sean parte de

las solicitadas por el profesor, tales como: comer, escuchar música, maquillarse, manipular

juguetes u objetos tecnológicos (el incumplimiento de esta norma se considerará falta grave).

- Sobre el uso de celulares en clases, no se permitirá su uso bajo ningún motivo. Si

el/la apoderado necesita comunicarse con el/la alumno/a, debe hacerlo vía secretaría. En

caso de que un objeto sea requisado por un(a) profesor(a), éste se entregará personalmente

al apoderado por medio de su profesor/a Jefe o Asistente de Convivencia (el no acatamiento

se considerará falta grave).

- La Escuela no se hará responsable del deterioro, destrozo o pérdida de este tipo de objetos, ni de ningún objeto de valor ajeno a la escuela (joyas, juguetes, dinero, accesorios, etc.)

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- Durante las horas de clases, los estudiantes deberán permanecer en la Escuela,

prohibiéndose estrictamente su salida sin previa autorización de la Coordinación de

Convivencia Escolar y/o Dirección (el incumplimiento de esta norma se considerará falta

gravísima).

- Durante las horas de clases y toda actividad formativa, los/as estudiantes deben

participar, saliendo de ellas solo con autorización del/la profesor(a) a cargo (el incumplimiento

de esta norma se considerará falta grave).

- Se prohíbe fumar a los/las estudiantes dentro de la Escuela, en su entorno y en

circunstancias de representación de esta (el incumplimiento de esta norma se considerará falta

gravísima).

- Durante los ejercicios de Seguridad Escolar los estudiantes deben mantener una

conducta responsable. El no acatar las instrucciones será considerada falta gravísima.

- Manifestar exageradamente expresiones de cariño (besos, caricias, abrazos, otros) en

espacios abiertos o apartados dentro de la Escuela, durante actividades escolares o en otros

espacios, se considerará falta leve y su reiteración, grave.

- Deteriorar y/o sabotear intencionalmente dependencias, materiales, sistemas e

implementos de la Escuela, además de la medida disciplinaria el/la estudiante deberá reponer

el daño material (se considerará falta grave).

- Es perjudicial portar todo tipo de armas, instrumentos, utensilios u objetos cortantes,

punzantes o contundentes, ya sean genuinos o con apariencia de ser reales, que no haya sido

solicitados como material de trabajo en una asignatura. El porte se considerado falta grave.

- El hecho de hurtar o robar un instrumento evaluativo de cualquier sector de

aprendizaje, documentos oficiales propios del Colegio, objetos personales ajenos, será

considerada una falta gravísima.

- El hecho de hurgar y/o hurtar o robar materiales o pertenencias ajenas. (Se considerará falta gravísima).

Respecto de alcohol, drogas ilegales y sustancias nocivas

- Se prohíbe a los estudiantes el ingreso, porte, tráfico y consumo de alcohol, drogas legales o

ilegales y otras sustancias nocivas de cualquier naturaleza. La infracción constituye falta

gravísima, la que, sin perjuicio de ser sancionada conforme a este Manual, activará de

inmediato el Protocolo de "Prevención y manejo ante el consumo y porte de sustancias

psicoactivas" (ver Documento al final del Manual).

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Falta de respeto a las personas, autoridades e instituciones.

- Consideramos que el respeto y sus actitudes que promueven son fundamentales para la

sana convivencia escolar, favoreciendo el desarrollo de habilidades personales y sociales. Por

este motivo el transgredir esta norma y virtud por medio de diferente conductas, se

considerará falta gravísima.

- Serán consideradas gravísimas todas las acciones que lesionen la dignidad de las

personas por el uso indebido de lenguaje verbal y no verbal.

- Serán consideradas gravísimas todas las acciones que lesionen la dignidad de las

personas, utilizando medios electrónicos como: celulares, MP3, MP4, IPOD, cámaras

fotográficas, Internet (Redes Sociales, Facebook, Twitter, Messenger, WhatsApp, YouTube,

etc.).

- Serán considerados faltas gravísimas los daños que se causen a los bienes y

dependencias de la Escuela.

- Serán consideradas faltas gravísimas los daños que se causen deliberadamente a los

instrumentos legales del Colegio (Libro de clases, informes, libreta de comunicación,

certificados, sistema computacional de registros, etc.).

- Ante la sospecha y/o certeza de un posible abuso sexual se debe de activar de inmediato

el protocolo respectivo, (toda conducta de abuso sexual se considera falta gravísima).

- Ante una posible conducta de agresión psicológica (oral, gestual, gráfica, tecnológica o

escrita) y/o física que cometa un estudiante en contra de otra persona, dentro o fuera de la

Escuela, cualquier agente de la comunidad escolar podrá activar el "Protocolo de Violencia y

maltrato escolar" (ver Documento al final del Manual) y en base a los resultados se aplicará

reglamento según corresponda.

- Ante una posible conducta de acoso escolar cualquier agente de la comunidad escolar

podrá activar el "Protocolo de Violencia y Maltrato escolar. " (Ver Documento al final del

Manual) y en base a los resultados se aplicará reglamento según corresponda. Toda conducta

de acoso escolar se considera falta gravísima.

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CLASIFICACIÓN DE LAS FALTAS

Las faltas o conductas se clasifican dentro de las siguientes categorías:

A) CONDUCTAS POSITIVAS:

B) FALTAS LEVES

C) FALTAS GRAVES

D) FALTAS GRAVISIMAS

Cada una de estas conductas se consignan dependiendo de la siguiente definición y dentro de

los siguientes ejemplos.

A) Se consideran conductas POSITIVAS las acciones que benefician la buena convivencia, el

desarrollo de valores y actitudes que favorecen el aprendizaje, tales como:

A1. Mantiene una presentación personal excelente, durante toda la jornada.

A2. Tiene sus útiles y cuadernos al día y en buen estado.

A3. Manifiesta una actitud de respeto y colaboración con sus pares, profesores, personal de

aseo, administración y/o directivos.

A4. Demuestra la capacidad de reconocer los errores y trata de enmendarlos.

A5. Evidencia en su comportamiento una actitud de colaboración y solidaridad con sus

compañeros.

A6. Muestra compromiso frente a sus estudios siendo constante, perseverante y

responsable en sus rutinas y actividades escolares.

A7. Mantiene una excelente participación en clases.

A8. Se destaca su colaboración con el cuidado medio ambiental, el aseo y reciclado, en las

dependencias del colegio.

A9. Mantiene una excelente participación en actividades programáticas y extra

programáticas.

A10. Toma la iniciativa para organizar actividades que promueve los valores del colegio.

A11. Ha demostrado gran responsabilidad en compromisos asumidos con su curso y con la

escuela.

A12. Ha logrado superar sus dificultades favoreciendo su inclusión dentro del curso.

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A13. Presenta una actitud de respeto con los compañeros de cursos inferiores o con alguna

forma de discapacidad temporal o permanente.

A14. Genera o promueve entre sus compañeros un clima académico propicio para el buen

desarrollo de la clase.

A15. Presenta una actitud solidaria y acogedora con sus compañeros nuevos, colaborando a

su integración.

A16. Cuida la identidad del establecimiento tanto dentro como fuera de éste..

A17. Otras actitudes que merezcan ser destacadas como positivas.

B) Se consideran FALTAS LEVES las acciones que afectan a la buena convivencia y a su desarrollo

académico, tales como:

B1. Muestra despreocupación por presentarse con sus útiles y materiales escolares..

B2. Se presenta sin sus tareas.

B3. No trabaja durante la clase.

B4. Presenta mal comportamiento en la formación o en el desplazamiento a su sala.

B5. Se presenta sin comunicación firmada por su apoderado.

B6. Desobedece las instrucciones.

B7. Llega atrasado a la escuela y/o a sus clases.

B8. Toma voluntariamente prendas, útiles u otros elementos ajenos, sin consentimiento de

su dueño..

B9. Utiliza maquillaje, cortes de pelo distractores para ellos y/o compañeros, tinturas de

pelo, piercing y/o expansiones..

B10. Cualquier conducta que afecte la buena convivencia y su desarrollo académico.

C) Se consideran FALTAS GRAVES las acciones que afectan a la buena convivencia, la dignidad e

integridad y el desarrollo académico de las personas., tales como:

C1. Es grosero(a) en sus actitudes y/o vocabulario con sus compañeros y/o integrantes de

la comunidad educativa.

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C2. Contesta en forma insolente o manifiesta actitudes irrespetuosas, groseras,

gesticulaciones o golpeando el mobiliario afectando a sus pares, profesores o cualquier

otro funcionario del establecimiento.

C3. Utiliza cualquier aparato de audio, juegos electrónicos y/o teléfonos celulares en horas

de clase, sin fin educativo.

C4. Participa o promueve juegos violentos que revisten situaciones de riesgo a la integridad

física propia o de sus compañeros, dentro o fuera de la sala de clase.

C5. Daña, destruye o raya ( grafitis, escritura soez o pintura) y mal utiliza materiales,

muebles o instalaciones del colegio.

C6. Destruye, esconde y/o mal utiliza material de estudio de sus compañeros. Será

agravante, cuando lo anterior ocurra en el periodo próximo a una evaluación relativa al

material de estudio referido.

C7. Durante una evaluación: “ayuda o copia”, porta celular, envía o recibe mensajes, usa

calculadora no autorizada u otro dispositivo.

C8. Manifiesta conductas afectivas de pareja, expresiones con contacto físico, que no

corresponda al ambiente propio de actividades escolares.

C9. Evidencia una presentación personal deficiente constantemente.

C10. Se presenta sin agenda escolar de la escuela.

C11. Sale o se escapa de la sala.

C12. Falta a sus evaluaciones sin justificación valida.

C13. Falta a clases sin consentimiento de su apoderado.

C14. Se niega a rendir una evaluación.

C15. Cualquier conducta que afecte la buena convivencia, dignidad, integridad o desarrollo

académico de las personas, en puntos mencionados con anterioridad.

D) Se consideran FALTAS GRAVISIMAS las acciones reiteradas, intencionadas, inaceptables que

afecten la dignidad y/o integridad de las personas de la comunidad educativas, tales como:

D1. Fotografía o graba a algún integrante de la comunidad sin su consentimiento,

registrando alguna acción que denosté su integridad.

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D2. Ayuda o facilita el ingreso a personas ajenas a la comunidad educativa sin autorización.

Siendo agravante que afecte el normal desarrollo de las actividades del

establecimiento.

D3. Se burla de sus compañeros afectando su integridad psicológica y/o dignidad humana.

D4. Incita a sus compañeros a burlase de otro u otros atentando contra su integridad

psicológica y dignidad humana.

D5. Agrede físicamente a otra persona, ya sea compañero o funcionario de la escuela.

D6. Roba, hurta o abusa de la confianza para sustraer especies ajenas.

D7. Calumnia ofende o injuria a otros, en forma oral, escrita o de manera electrónica,

haciendo publicaciones dentro o fuera del colegio, sean compañeros o funcionarios del

colegio, atentando contra su integridad psicológica.

D8. Falsifica, interviene o manipula indebidamente el libro de clases u otro documento

institucional.

D9. Consume. Porta, vende y/o distribuye drogas, alcohol u otras sustancias ilícitas o

medicamentos no autorizados en las dependencias del colegio o en sus aproximaciones

y/o en salidas pedagógicas.

D10. Sustrae o manipula instrumentos evaluativos.

D11. Porta, manipula o construye armas, juegos pirotécnicos, bombas de ruidos, humo o

similares, etc. dentro de la escuela, atentando contra la dignidad, integridad y salud de

las personas y/0 reiteradas en las situaciones antes mencionadas.

D12. Hace uso o ingreso a baños no asignados oficialmente a su género.

D13. Intimida a sus compañeros, a través de amedrentamientos y/o amenazas, se considera

agravante, cuando esta situación sea con alumnos de niveles inferiores o sean

concretados por un grupo

D14. Se escapa o sale de la escuela sin autorización del equipo directivo.

D15. Cualquier conducta o Acciones reiteradas, intencionadas y/o inaceptables que afectan

la dignidad y/o integridad de las personas.

La reiteración de una falta leve o grave, será considerada una falta de nivel siguiente. Ej: el alumno

al reiterar 3 veces una falta leve, se considerara como falta grave.

Las conductas mencionadas en los puntos B, C Y D, al ser reiterativas, serán causales de la

apertura del “PROCESO DE CONDUCTA” del alumno, dependiendo de la gravedad y reiteración de

dichas acciones. Se hará cargo de dicho proceso el profesor jefe y evaluado por el cuerpo directivo.

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ACCIONES ANTE CONDUCTAS DESTACADAS DE LOS(AS) ESTUDIANTES QUE

DEMUESTRAN EL PERFIL DEL/LA ALUMNO(A) ZOLTANIANO

Cuando el/la estudiante presente acciones destacadas respecto de su conducta sobresaliente en

responsabilidad y/o rendimiento, se podrán aplicar las siguientes medidas:

- Felicitación oral de cualquier miembro de la comunidad. - Anotación positiva por parte del Profesor Jefe, profesor de asignatura o asistentes de la

educación.

- Comunicación mediante libreta informando la felicitación del Profesor Jefe o de asignatura. - Distinción en consejo de curso y/o reunión de padres y apoderados/as . - Distinción escrita en Mural de Dirección. - Distinción del Consejo de Profesores, a través de una carta de reconocimiento. - Carta de Felicitación de la Directora. - Reconocimiento de la Directora al curso. - Reconocimiento por medio de premio Enrique Araya (se realiza de forma anual y es el máximo

reconocimiento que lleva el nombre del Fundador de la escuela, destacando las principales cualidades y valores que busca fomentar nuestra institución)

En caso de que sus acciones sobresalgan notoriamente respecto de sus compañeros/as, sean

permanentes y se identifiquen con los valores de la Escuela Zoltan Dienes, el/la Estudiante será

mencionado y destacado en ceremonia de premiación que se realiza al término del 1° semestre y

cierre del año, además será candidato a recibir la mayor distinción en este ámbito, premio Enrique

Araya (Fundador de nuestra Escuela) el cual se otorga en el cierre del año lectivo.

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PROCEDIMIENTOS DE RESOLUCIÓN DE PROBLEMAS

Los conflictos ocurridos por intolerancia o falta de respeto a las normas, serán tratadas

generalmente mediante el diálogo entre las personas involucradas, existiendo siempre en una

persona encargada para orientar la conversación con honestidad y respeto, tratando de buscar un

sentido al reconocimiento de errores cometidos y llegar a conciliación.

Las personas que participan en los conflictos pueden mostrar una actitud de arrepentimiento, lo

que indica un buen camino para aprender de la experiencia y una esperanza de cambio de

conducta, lo que indica un comportamiento hacia la superación, dependiendo, entre otras, de esta

actitud será la gravedad de la falta.

1. ETAPAS DE LA RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS:

1º Registro de la Situación

- Fecha

- Involucrados

- Descripción de la

situación

2º Intervención o Gestión

en Conflictos

- Negociación

- Mediación

- Conciliación

3º Registro y Comunicación

de la Situación

- Sanción

- Tiempo de ejecución

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2. METODOS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS:

NEGOCIACIÓN: Las personas implicadas en el problema dialogan cara a cara para llegar a un

acuerdo.

MEDIACIÓN: Un tercero neutral ayuda a las partes en conflicto a alcanzar un acuerdo o arreglo

mutualmente aceptable.

CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE: Con la ayuda de un tercero, árbitro o juez con poderes reconocidos

por las autoridades como autoridad decide una salida o solución al

conflicto que debe ser acatada por las personas en conflicto.

TIPOS DE SANCIONES Y SENTIDO DE ELLAS

TIPO DE SANCIONES DESCRIPCIÓN SENTIDO

Sanciones formativas de

reparación

Reparar daño hecho reponiendo o

cancelando daño a la persona

Reconocer, a prender a reparar sus

errores

Sanciones formativas de

compensación Pedagógica

Apoyar a compañeros, cuando por su

actuar impidió a otro aprender

Apoyar a compañero que por su

responsabilidad no hiso la tarea

Sanciones Formativas de

Compensación Comunitaria

Apoyar a la comunidad en tareas que

le beneficien a todos o de bien común

Compensar a la comunidad por la falta

realizada

Sanciones Formativas de

Recuperación Pedagógica

Confeccionar informe sobre un tema

atingente, exponer, disertar o

confeccionar diario mural

Recuperación de contenidos o temas

tratados por ausencia o desorden

Sanciones administrativa

Amonestación Dialogo, amonestación verbal

Formativo en valores y en su actitud o

comportamiento

Sanciones administrativa

Suspensión

Separación del estudiante del resto de

sus compañeros

Para una toma de conciencia de sus

errores y hacer participar a su

apoderado en este proceso

Sanciones administrativa

Expulsión No ingresa a clases

Proteger la integridad y dignidad de

los demás.

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ACCIONES ANTE LAS FALTAS NORMATIVAS

Cuando el/la estudiante falte a las normas establecidas en el presente Manual, se podrán aplicar

las siguientes medidas según corresponda:

Medidas formativo-pedagógicas reflexivas:

- Proceso reflexivo: en donde el profesor y/o Encargado de Convivencia o la persona que él

designe en conjunto con el/la estudiante analizan el actuar de éste, tomando acuerdos para

superarlo.

- Mediación: entendida como una forma de resolución del conflicto a través de un proceso de diálogo entre las partes y a cargo de un profesional calificado.

- Amonestación verbal: Marcar la falta de la conducta, comprometiendo al estudiante a modificarla y con plazo definido.

- Anotación en la hoja de vida del estudiante: dejar por escrito en su hoja de vida la conducta del estudiante.

- Anotación con comunicación al apoderado a través del Profesor Jefe o de asignatura:

Informar al apoderado por escrito la conducta de su hijo/a. - Citación al apoderado: Se informa sobre la conducta de su pupilo y se toman

acuerdos para superarlas.

MEDIDAS FORMATIVO-PEDAGÓGICAS CORRECTIVAS:

- Asistencia a clases en compañía del apoderado: esto es con el fin de regular la conducta del estudiante y crear rutinas de trabajo en conjunto con la familia. Esta medida puede ser impuesta por los directivos del establecimiento o por mutuo acuerdo con la familia.

- Recuperación de actividades académicas: esta medida se aplica a los/las Estudiantes que no cumplan con sus actividades planificadas en la(s) clases correspondientes. El estudiante previo aviso a su apoderado mediante agenda escolar, vía telefónica o de forma personal, permanecerá un día viernes en el establecimiento hasta las 15:00 hrs, finalizando sus labores pendientes bajo la supervisión del funcionario asignado.

Esta medida también aplica sobre los estudiantes que no asistan a evaluaciones planificadas y previamente informadas, sin justificativo médico, según lo establece el reglamento de evaluación.

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- Carta de Compromiso Inicial (Formulario de conducta): Compromiso de modificación de conductas que atentan la buena convivencia y clima de trabajo, estableciendo un plazo para su cumplimiento. Se realiza cada tres anotaciones negativas en la hoja de conducta del estudiante, reiteración de faltas o al realizar una falta gravísima.

- Carta de Compromiso Final (Proceso de conducta): segunda etapa, cuando el estudiante no ha logrado superar sus faltas, compromisos anteriores, o bien, ha incurrido en reiteradas faltas gravísimas obteniendo 3 hojas de conducta.

Este proceso determina un plazo para la modificación de las conductas definidas al realizar la apertura del proceso. Durante este plazo pueden adoptarse otras medidas formativas de ser necesario con el fin de revertir la situación. - Suspensión de actividades escolares: para hacerla efectiva tenemos 4 modalidades

según se haya determinado por el área de convivencia. Esta sanción será informada previo aviso al apoderado vía agenda escolar o de forma personal:

Suspensión del resto de la jornada escolar: Esta medida se utiliza en el momento que los

estudiantes hayan cometido una falta gravísima (agresiones, amenazas, dañar la integridad

psicológica o dignidad humana, etc.) y este hecho atenta contra el clima de aula y la

tranquilidad de sus pares, por lo tanto, se opta a que el apoderado retire al estudiante por

el resto de la jornada.

Suspensión en el colegio: esta se realizará en las dependencias del colegio, no ingresando a

clases ni teniendo los recreos en conjunto con sus pares. En su reemplazo los estudiantes

realizarán actividades académicas y/o de colaboración, supervisadas por el Área de

Convivencia Escolar.

Suspensión no asistiendo al colegio: esta se hará efectiva no asistiendo a clases, siendo de

plena responsabilidad de sus apoderados el supervisar las labores académicas y /o

formativas encomendadas durante el tiempo establecido, asistiendo diariamente al

establecimiento a retirar sus labores escolares. De esta manera se busca salvaguardar el

aprendizaje del resto de los/las estudiantes del grupo.

El tiempo de dicha suspensión dependerá de la gravedad de los hechos, la reiteración o bien la

duración del proceso de investigación, teniendo un periodo máximo de 5 días hábiles,

pudiendo replicarse por una vez por un periodo igual.

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Suspensión de actividades especial o extra-programáticas: Esta Medida se puede aplicar

con el fin de salvaguardar el orden de la actividad, la integridad de sus pares o funcionarios

del establecimiento, estas actividades son extra-programáticas tanto dentro como fuera del

establecimiento, incluyendo graduaciones, licenciaturas, desayuno de despedida, fiesta de

gala, Salidas pedagógicas, participación en taller, jeans day o eventos, etc.

Esta sanción es de carácter individual, por lo tanto la suspensión de actividades se aplica

directamente a los estudiantes que cometen las faltas o tienen los procesos conductuales que

ameriten esta medida, sin perjudicar a sus pares (compañeros de curso) o amistades.

- Carta de Condicionalidad: se aplica cuando un estudiante ha incurrido en reiteradas faltas

graves o gravísimas. Esta puede ser aplicada en cualquier momento del periodo escolar, siendo

vigente o aplicable durante en dos opciones.

- Aplicada para el año escolar en curso

- Aplicada para el año escolar siguiente

La Condicionalidad es la instancia que señala la gravedad de la situación. Implica que, de no

haber una clara superación de los motivos o causas que determinaron tal situación, el/la

estudiante tendrá cancelada la matrícula para el próximo periodo. Los estudiantes podrán estar

en situación condicional entre 1º a 8º básico solo una vez por la misma causa.

La condicionalidad es evaluada semestralmente dependiendo de la gravedad, en donde puede

ser levantada, mantenida, pasar a la cancelación de la matricula o al termino inmediato del

contrato de prestaciones de servicios educacionales.

- Cancelación de matrícula o no renovación del contrato de prestación de servicios: Inhabilidad

para matricularse al año lectivo siguiente.

- Término inmediato del contrato de prestaciones de servicios educacionales: es la sanción

máxima de la escuela.

Tanto La cancelación de matrícula, como el término del contrato de prestaciones de servicios educacionales, son medidas que deben ser respaldadas con el proceso de conducta y enviadas a la superintendencia de educación para su aceptación, junto con esto, se debe informar al apoderado, quien podrá apelar a esta medida, mediante una carta dirigida a la directora del establecimiento en un plazo máximo de 5 días hábiles desde la toma de conocimiento. Finalmente la directora junto con el consejo de profesores tomará la determinación de acoger o descartar la apelación o bien, una modificación de la medida adoptada, donde se citará nuevamente al apoderado con un plazo máximo de 5 días hábiles e informarán al apoderado de la medida final.

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En caso de que el apoderado no presente apelación en el plazo determinado, la sanción se tomará como asumida por él. Aspectos administrativos:

- El estado de compromisos y condicionalidad se considera válido, aunque el apoderado se

niegue a firmar el respectivo documento, o al no concurrir a la citación por dicho asunto.

- La notificación de medidas disciplinarias a un estudiante se comunicará por escrito, citando

al/la afectado(a) y su apoderado o por vía agenda escolar.

- Todas las medidas aplicadas serán registradas en el Libro de Clases y/o Ficha Personal del/de la

estudiante.

Reconsideraciones de Oficio

- La Directora en casos excepcionales, y cuando el cambio de conducta por parte del/la

estudiante es muy positivo, podrá reconsiderar la sanción sustituyéndola por una de menor

gravedad, según las disposiciones de este Manual.

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PROCEDIMIENTO GENERAL PARA LA APLICACIÓN DE

SANCIONES ANTE UNA FALTA GRAVISIMA

Primera etapa: INVESTIGACION INDAGATORIA

El profesor(a) a cargo, que presencia o atiende el conflicto deberá dejar registro por escrito de la situación en un formulario de conducta. Siendo lo más claro y explicito posible en la redacción, agregando a todos los implicados. Al finalizar firmando dicho formulario, deberá ser entregado al profesor jefe correspondiente.

Segunda etapa:

El profesor jefe, deberá citar al/la o los(as) estudiantes, para proceder a la explicación del hecho o las conductas cometidas, señalar las posibles sanciones disciplinarias y recibir sus versiones sobre los hechos. Además los alumnos podrán aportar las pruebas necesarias para sustentar sus dichos o realizar otros descargos respecto de la comisión de la conducta indebida.

Una vez terminada la relación de los hechos y ponderando las pruebas, el Inspector General en

conjunto con el encargado de convivencia escolar correspondiente en conjunto con el profesor

jefe notificara al alumno(a) de la sanción disciplinaria.

Esta citación será dentro de los 2 días hábiles siguientes de finalizada la investigación indagatoria.

Tercera etapa:

Una vez notificada la medida disciplinaria, el apoderado(a) o/y el estudiante podrá apelar por

escrito a la Dirección dentro del plazo de 2 días hábiles. En su apelación se solicitará reconsiderar

la medida y las razones para ello.

Cuarta etapa:

La Dirección será la última instancia de resolución y emitirá su dictamen por escrito, confirmando

la medida o acogiendo la apelación, en un plazo de 2 días hábiles a contar de la fecha de

recepción de la carta.

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PROCEDIMIENTOS ESPECIALES PARA LA APLICACIÓN DE LA CONDICIONALIDAD Y/O LA CANCELACIÓN DE MATRÍCULA (NO RENOVACIÓN DEL CONTRATO DE PRESTACIONES DE SERVICIOS EDUCACIONALES) Y/O CIERRE ANTICIPADO DEL AÑO ESCOLAR.

La cancelación de matrícula y/o término inmediato del contrato de prestaciones de servicios

educacionales, se aplicará en los casos de hechos gravísimos que lo ameriten. Antes de una

cancelación de matrícula, de cualquier tipo, la Dirección, debe haberse reunido con el apoderado

del(a) alumno(a), para comunicar los hechos y las posibles sanciones. Tanto el/la estudiante como

su familia pueden exponer su relato, dudas y peticiones, por escrito, para ser considerado en el

proceso.

Los hechos que conducen a la condicionalidad o una cancelación de matrícula o bien término de

contrato de prestación de servicios, se dividirán en dos clases, que darán cabida a diferentes

procedimientos:

PROCEDIMIENTO ESPECIAL EN CASO DE MALA CONDUCTA REITERADA.

El/la estudiante que obtiene un formulario de conducta, genera un compromiso formal para modificar las actitudes descritas. Al no modificarse dichas actitudes o faltas, o bien recibe 3 o más formularios de conducta se realizará la apertura de un proceso conductual. Un proceso puede finalizar en la modificación positiva de las conductas descritas o en las sanciones de cancelación de matrícula o el término del contrato de prestaciones de servicios educacionales.

Primera etapa: Decisión de apertura del proceso

El profesor jefe del estudiante en conjunto con el inspector general y/o encargado de convivencia se analizará la situación y antecedentes del estudiante, y se realizará la apertura del proceso de conducta. Donde se citará al apoderado con un máximo de 5 días hábiles para realizar la apertura.

Segunda etapa: Apertura del proceso

Se realizará la apertura del proceso de conducta, fijando la apertura a la fecha de la reunión, describiendo claramente la razón(es) por las cual(es) se realiza la apertura y que al mismo tiempo son las conductas que deben ser modificadas en un plazo claramente descrito, este documento deberá ser firmado por el apoderado.

Si el apoderado no asiste a la citación o se niega a firmar, el documento se considerará como válido.

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Tercera etapa: Evaluación

Al finalizar el plazo determinado el profesor jefe debe citar nuevamente al apoderado y estudiante

a evaluar el periodo, en esta evaluación se revisará la actitud del estudiante durante el plazo del

proceso, de ser necesario el plazo se puede extender o de ser necesario se pueden otras sanciones

complementarias al proceso o finalmente se puede optar por la sanción de cancelación de

matrícula o término del contrato de prestaciones de servicios educacionales.

Cuarta etapa: Cierre del proceso de conducta

Al momento de tomar una medida con respecto al proceso de conducta, ya sea, el cierre por modificación de las conductas descritas y cumplimiento del compromiso, la cancelación de matrícula o el término del contrato de prestaciones de servicios educacionales, están deben ser registradas en el cierre del proceso, las principales razones las cuales llevan a la decisión y la toma de conocimiento.

EN CASO DE FALTA GRAVÍSIMA QUE NO CONSTITUYA MALA CONDUCTA REITERADA.

Primera etapa: INVESTIGACIÓN

De la conducta indebida cometida por el (la) o los(as) estudiante(s), el inspector general solicitará

reportes y declaración a: Profesor(a) Jefe respectivo, profesor(a) de asignatura o cualquier

miembro de la comunidad escolar.

Esta investigación no tendrá una duración mayor a 5 días hábiles. El informe del procedimiento

será entregado por el profesor jefe.

Segunda etapa:

El o los Profesores jefe deberá citar el (la) o los(as) estudiante(s) con sus respectivos

apoderados(as) para proceder a la explicación del hecho o las conductas cometidas y recibir sus

versiones sobre lo ocurrido, además los alumnos(as) podrán aportar las pruebas necesarias para

sustentar sus dichos o realizar otros descargos respecto de la comisión de la conducta indebida.

Esta citación será como máximo el 6º día hábil desde el inicio de la investigación, en dicha citación

se informará su posibilidad de aportar pruebas y descargos.

Tercera etapa:

Luego de haber aportado pruebas y sus descargos el Inspector general, en conjunto del encargado

de convivencia y directivos de ser necesario analizarán los antecedentes y citarán nuevamente al

estudiante con su apoderado en donde se entregará la decisión y sanción que se aplicará. El

apoderados y el(la) estudiante tienen un plazo de 5 días hábiles para presentar su apelación.

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Cuarta etapa:

La apelación será analizada y evaluada por la directora y el consejo de profesores quienes tomarán la determinación de acoger o descartar la apelación, eliminando, modificando o manteniendo la sanción ya informada.

Quinta etapa:

Se citará nuevamente al apoderado y el estudiante con un máximo de 2 días habiles y se entregará la decisión final.

Al no asistir el apoderado a la(s) citación(es), no presenta apelación o se niega a firmar la documentación los pasos seguirán avanzando, se considerará el apoderado en conocimiento y/o las sanciones serán consideradas como asumidas.

INSTANCIAS DE APELACIÓN A LAS SANCIONES

RESPONSABLE

PARA ATENDER

LAS

APELACIONES

TIEMPO PARA

PRESENTAR LA

APELACION Y

TIEMPO PARA DAR

RESPUESTA

PROCEDIMIENTO

RESPONSABLE DE

LA

PRESENTACIÓN

DE LA APELACIÓN

Inspector o

encargado de

Convivencia o

directivos

5 días hábiles para

apelar desde que se

notifica la sanción.

5 días hábiles para dar

la respuesta a la

apelación

Por escrito debe

especificar cuál es la

situación, cuando

ocurrió, quienes

participaron y cuál es

el motivo de la

apelación.

El estudiante con el

respaldo de su

apoderado o adulto

responsable a cargo

del niño

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Protocolos

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CONDUCTOS REGULARES

Ante la necesidad de expresar por escrito o en forma oral cualquier observación, consulta o sugerencia que estime necesaria. Pueden realizarlo, dependiendo de la materia, usando el siguiente conducto regular:

Temas o situaciones académicas:

a) Profesor/a de Asignatura o profesor encargado.

b) Profesor/a Jefe.

c) Coordinador(a) Técnico-Pedagógico(a) (UTP).

d) Directora.

Temas o situaciones de convivencia escolar:

a) Profesor/a de asignatura

b) Profesor Jefe c) Inspector

d) Coordinador(a) de Convivencia escolar.

e) Directora. Última instancia

Cuando la situación, según la percepción del apoderad(a) o estudiante, no ha sido resuelta plenamente se puede solicitar entrevista con la Directora, quien solicitará los antecedentes necesarios para informarse de la situación y proceso realizado. Luego de ello, responderá a la solicitud de entrevista a través de un encargado.

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SALIDA Y/O RETIROS DURANTE LA JORNADA ESCOLAR.

1. Todo estudiante que se retire en hora de clases del establecimiento, debe ser retirado por el

apoderado u otro adulto previo aviso por escrito vía agenda o de forma personal mediante

secretaria. Al salir la agenda y/o el permiso debe estar firmada por el Profesor Jefe.

2. El retiro de cada alumno(a) queda registrado paralelamente en libro de registro de salidas de

Portería.

3. Si un(a) apoderado(a) necesita retirar a su hijo(a) en forma imprevista, debe llamar

previamente a la Escuela para avisar la situación. El Colegio, a través del Encargado de

convivencia se tomará las medidas para realizar el retiro del/la alumno(a) con los

procedimientos correspondientes y enviar al/la estudiante a Portería a la hora acordada.

4. En horarios de recreo y almuerzo, no se retirarán aquellos/as estudiantes que no estén

previamente chequeados(as) o acordado su retiro (esto se debe a la difícil tarea de

buscarlos(as) en horario de patio y porque la tarea asignada a los Asistentes de Convivencia

en dicho horario está abocada a cuidar y supervisar a los/las estudiantes en patio y casino).

5. El retiro de alumnos(as) enfermos(as) se realiza a través de secretaria luego de la autorización

del profesor jefe, quienes darán aviso al apoderado(a) para avisar que debe retirar al/la

estudiante.

6. Los/las estudiantes enfermos(as) sólo pueden retirarse con su apoderado(a) o un adulto

autorizado para tal efecto.

7. El Reglamento de Convivencia Escolar establece que si un apoderado(a) necesita comunicarse

con su hijo(a) éste debe hacerlo a través de la secretaría de la Escuela, por lo que está fuera

de norma el uso de este medio para concertar o programar el retiro de un estudiante.

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CARTAS DE CONDICIONALIDAD Y COMPROMISOS INICIAL Y FINAL

El presente Documento tiene por objeto, estandarizar y regular los procesos de asignación de

Cartas de compromiso y condicionalidades para alumnos y alumnas al interior de nuestro Colegio.

En este sentido, resulta relevante considerar que toda acción de compromiso o condicionalidad

representa una preocupación de la Escuela, por ayudar a los alumnos y alumnas en la superación

de sus áreas más deficitarias, de acuerdo a los principios en el PEI.

De esta forma, estas medidas pretenden, como objetivo fundamental, contribuir a la toma de

conciencia de las necesidades personales y/o familiares que se requieren implementar, para que

cada alumno y alumna logre su mejor desarrollo como persona.

Complementando lo anterior, y de un modo más específico, resulta significativo analizar las

siguientes consideraciones:

1. Todo alumno y alumna de nuestro Colegio que presente alguna dificultad, tanto en el

ámbito pedagógico como en la convivencia, debe tener seguimiento cercano del

Profesor(a) Jefe y/o alguno de los Profesionales de apoyo a esta labor: orientador(a),

psicólogo(a), psicopedagoga, Dirección de Ciclo, Dirección de Formación y Convivencia

escolar, etc.

2. Dicho proceso involucra, naturalmente, definición de acciones que se orientan a mejorar

la situación de dificultad. Estas acciones pueden referirse a compromisos de los alumnos,

padres y/o profesionales del Colegio.

3. Todo análisis de las situaciones particulares, deben estar debidamente registradas en las

hojas de entrevistas de apoderados y de alumnos(as).

4. En el caso de no observar avances, a pesar de la acción mancomunada de los distintos

actores involucrados, se puede optar a asignar al alumno(a) y/o a la familia, una carta de

compromiso o condicionalidad según corresponda.

5. Particularmente se aplica esta medida, cuando la dificultad que se ha mantenido, se

aprecia asociada a falta de compromiso del alumno(a) o de la familia, en favor de superar

el problema planteado.

6. Las cartas de compromiso tienen como fundamento esencial el explicitar de manera más

clara para los padres y/o alumno(a), lo que se espera de ellos, en favor de lograr un

mejoramiento de la situación analizada.

7. La carta de condicionalidad se aplicará el caso que los compromisos previos no se estén

desarrollando de la manera esperada, y en el que la dificultad se incremente.

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8. Tanto los compromisos como las condicionalidades se definen en los consejos de

convivencia, ya sean estos semestrales o anuales. O en Consejos especiales, convocados

por la Directora, Dirección de Formación y Convivencia escolar y/o Dirección de Ciclo.

Sobre la base de las consideraciones precedentes, se especifican a continuación similitudes y

diferencias entre los distintos niveles de compromiso o condicionalidad:

Carta de Compromiso

Inicial

Carta de Compromiso

Final

Carta de Condicionalidad.

Descripción - Esta carta se utiliza

solamente para

situaciones iniciales de

dificultad, que

requieran un

compromiso mas

explícitos al definido

con los profesores(as)

Jefes.

- No explicita que de no

cumplir el compromiso

quedará condicionada

su permanencia en la

Escuela

- Esta carta puntualiza en

mayor grado,

compromisos

definidos en las

entrevistas de

apoderados, y en la

carta de compromiso

inicial.

- Tiene la particularidad

de explicitar que de

no cumplirse los

compromisos escritos

en ella, pasará a

condicionalidad.

- Esta carta condiciona la

permanencia de un

alumno(a) en la Escuela,

al cumplimiento de

ciertas acciones

especificas, que tanto el

alumno(a) y/o el

apoderado deberá

realizar.

Causales - Faltas leves al manual de

convivencia escolar.

- Falta de compromiso de

la familia con la misión

educadora.

- Faltas leves, pero

reiteradas, al Manual

de convivencia

escolar.

- Falta de responsabilidad

y compromniso

escolar.

- Incumplimiento de los

compromisos previos

de alumno(a) y/o

familia.

- Actitud irrespetuosa y/o

agresiva frente a

algún miembro de la

comunidad educativa

- Faltas frecuentes, Graves o

Gravisimas al manual de

convivencia.

- Falta de responsabilidad y

compromiso académico.

- Actitud irrespetuosa y/o

agresiva frente a algún

miembro de la

comunidad educativa

- Incumplimiento de los

compromisos previos de

alumno(a) y/o familia.

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Carta de Compromiso

Incial

Carta de Compromiso

Final

Carta de Condicionalidad.

Consideraciones - Para definir un compromiso se pueda consideras

solo uno de los aspectos mencionados

anteriormente.

- Para deifnir

condicionalidad, deben

considerarse con la

presencia de mas de un

factor mencionado, o

nivel de gravedad de uno

solo.

Duración - La duración de este compromiso o condicionalidad será anual.

- Ninguna de las tres cartas se podrá repetir en el periodo de aplicación

De lograr

superación total

- Se levanta la carta de

compromiso

- Se levanta la carta de

compromiso

- Se baja a compromiso final

o inicial, o se levanta la

carta de condicionalidad

si se supero

significativamente la

dificultad.

De no lograr

superación total.

- Pasa a Compromiso Final - Pasa a Condicionalidad. - Se le hace efectiva la

condicionalidad , no

renovando contrato de

prestaciones de servicios

educacionales.

Consideraciones

especiales.

- Un(a) Alumno(a) podrá

estar en situación de

condicionalidad,

solamente una vez en el

periodo escolar entre 1° y

4° Básico y entre 5° y 8°

Básico.

Antes de solicitar

la firma a los

padres y/o

alumno(a)

- Precio a la entrevista en la que se solicita la firma de la carta de compromiso o

condicionalidad correspondiente, la directora y/o encargado de convivencia

escolar deberá revisar dichos documentos y supervisar que se hayan cumplido

los procedimientos normados en este manual.

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Carta de Compromiso

Incial

Carta de Compromiso

Final

Carta de

Condicionalidad.

Como se informa

de la situación

final.

- La carta debe firmarse

en entrevista con los

padres y/o

Apoderado(a) y dentro

de lo posible en

presencia del/la

estudiante, en la que

participa el profesor(a)

jefe.

- Al momento de firmar

se solicita a

apoderado(a) que lea lo

que firma, o de lo

contrario durante la

entrevista se le lee en

voz alta, de tal forma

que se conozca con

claridad a que se

refiere, de igual modo

que se deben responder

las dudas que surjan.

- La carta debe firmarse

en entrevista con los

padres y/o

Apoderado(a) y dentro

de lo posible en

presencia del/la

estudiante, en la que

participa el profesor(a)

jefe.

- Al momento de firmar se

solicita a apoderado(a)

que lea lo que firma, o

de lo contrario durante

la entrevista se le lee en

voz alta, de tal forma

que se conozca con

claridad a que se

refiere, de igual modo

que se deben

responder las dudas

que surjan.

- La carta debe firmarse

en entrevista con los

padres y/o

Apoderado(a) y dentro

de lo posible en

presencia del/la

estudiante, en la que

participa el profesor(a)

jefe y encargado de

convivencia escolar.

- . Al momento de firmar

se solicita a

apoderado(a) que lea lo

que firma, o de lo

contrario durante la

entrevista se le lee en

voz alta, de tal forma

que se conozca con

claridad a que se

refiere, de igual modo

que se deben

responder las dudas

que surjan.

Plazos para

informar

situaciones

finales.

- Se debe comunicar a los padres y/o alumnos(as) previo al proceso de matrícula.

- De no concurrir a la entrevista correspondiente, o de negarse a firmar el

documento, la Directora deberá solicitar la retención de la matrícula, hasta que

el/la apoderado(a) regularice su situación.

De los

compromisos

- Se debe considerar que los compromisos solicitados sean evaluables al final del

período de vigencia, para así determinar el cumplimiento o no del

compromiso firmado.

De los alumnos

repitentes

- Todo alumno(a) repitente, que habiendo apelado a su permanencia, se le haya

concedido; por el solo hecho de repetir, quedará con Carta de Condicionalidad.

- De existir cartas previas, se aplican las condiciones tratadas anteriormente.

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DISPOSICIONES RELATIVAS A LAS ACTIVIDADES PEDAGÓGICAS –

FORMATIVAS FUERA DEL ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL.

Estas actividades tienen el objetivo de complementar la formación integral de los/as estudiantes y

son de carácter académica, religiosa, deportivas o artísticas. Por lo tanto los/ las estudiantes

deben:

- Asistir con el uniforme o buzo institucional, según determine la persona a cargo de la actividad.

De no presentarse con éste, no podrá asistir a la actividad, debiendo permanecer en el la

Escuela, realizando actividades entregadas por su profesor(a) jefe.

- Los/las estudiantes no podrán usar accesorios o prendas de otro color que desvirtúen el

correcto uniforme escolar.

- Demostrar en todo momento un comportamiento y vocabulario acorde al perfil del/la

estudiante de la Escuela Zoltan Dienes. El comportamiento inadecuado será sancionado según

lo determinado el Manual de Convivencia como una falta grave.

- Para toda actividad fuera de la Escuela, el/la estudiante debe presentar una autorización del

apoderado(a) por escrito en la agenda escolar o colilla correspondiente. No se permitirá la

autorización vía mail o telefónica. Si el/la estudiante no trae autorización escrita, no podrá

asistir a la actividad, debiendo permanecer en la Escuela realizando las actividades que designe

su profesor(a) jefe.

- El/la estudiante debe seguir las indicaciones de los profesores o personas a cargo. El no seguir

estas indicaciones será sancionado según lo determinado el Manual de Convivencia como una

falta grave.

- Es responsabilidad de la persona a cargo de la actividad en conjunto con los apoderados, el

asegurar que ningún alumno(a) se margine de la actividad por motivos económicos. Para ello,

debe buscar las estrategias que faciliten la participación de todos(as) los(as) alumnos(as). La

inasistencia a esta actividad debe ser justificada personalmente por el apoderado ante el

profesor jefe.

- Las salidas se informarán mediante un oficio a la Dirección Provincial de la actividad con la

debida antelación.

El oficio debe contener.

Lugar de la actividad Hora y Fecha Nomina personas que asisten. Persona a cargo Breve descripción de la actividad y objetivo.

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Protocolo para abordar situaciones de Maltrato escolar y/o

Bullying

1. Al recibir el reporte de Maltrato escolar

- Quien reciba el reporte de Maltrato escolar debe escucharlo con atención, darle importancia,

no hacer conjeturas y no emitir juicios de valor previos.

- Es importante aclarar, a quien reporta, que la situación de Maltrato escolar es considerada

como una falta gravísima en nuestro establecimiento y que debe ser abordada.

- Pedir a quien reporta que informe al profesor jefe u autoridad encargada de cualquier nueva

situación que se produzca.

- La persona que reciba el reporte de Maltrato escolar deberá informar la situación al profesor

jefe, o encargado de liderar el proceso de manejo de Maltrato escolar.

- El profesor jefe deberá asegurarse que el reporte llegue al Equipo Directivo y encargado de

convivencia, quienes determinarán a la vez si es maltrato o bullying (situación aislada o

periódica que cumple con características de bullying).

- El colegio informará al apoderado del reporte una vez recabada toda la información.

2. Investigación del Reporte

- Se asignará un encargado idóneo para liderará la investigación.

- El encargado informará y recopilará antecedentes del caso.

- El encargado coordinará las entrevistas requeridas para investigar con profundidad el reporte

de Maltrato escolar y/o bullying. Estas, podrán incluir a:

Víctima de Maltrato escolar o Bullying.

Acusado(s) de Maltrato escolar o Bullying.

Testigos mencionados como presentes.

Estudiantes, funcionarios y/o integrantes de la comunidad educativa que no presentan

alguna relación con ninguno de los involucrados.

- Las entrevistas personales se regirá por una pauta que se definirá especialmente para el

proceso.

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- Si luego de las entrevistas iniciales, o de las dinámicas grupales llevadas a cabo, la situación aún

no es clara, El encargado de la investigación, Profesor Jefe, Equipo Directivo y encargado de

convivencia determinarán las medidas a seguir para continuar el proceso de investigación.

3. Tomar decisiones y acciones

Con Relación a maltrato entre alumnos

- El profesor jefe junto con el equipo Directivo deberá tomar la decisión de la sanción que se le

dará al alumno.

- El profesor jefe deberá citar a los padres en conjunto con representantes del equipo directivo,

para entregar la información recabada, informar la sanción que se entregará a su hijo (a) y se

analizará conjuntamente el plan de acción a seguir, el que se especificará en la "Hoja de

registro de Maltrato escolar".

- El profesor jefe será el responsable del seguimiento con el apoyo de Equipo Directivo.

- Se informará a los padres que se realizarán intervenciones a nivel de curso o grupos en caso

que se estime conveniente.

- Se informará a los padres que el encargado de Convivencia trabajará con su hijo (a) como parte

del plan de acción.

- El profesor jefe hará el seguimiento de este plan de acción con el estudiante.

- Si el Equipo Directivo lo estima conveniente, el alumno podría ser derivado a evaluación

psicológica externa u otra que sea necesaria.

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En relación a la víctima de Maltrato escolar

- El profesor jefe deberá citar a los padres en conjunto con el equipo directivo y el encargado de

convivencia, para entregar la información recabada y establecer en conjunto un plan de acción:

- El profesor jefe se hará responsable del seguimiento de la víctima con el apoyo de Equipo

Directivo y encargado de convivencia.

- Se informará a los padres que se realizarán intervenciones a nivel de curso o grupos en caso

que se estime conveniente.

- Se informará a los padres que Convivencia citará a su hijo(a) para ofrecer contención

emocional. En caso de que el estudiante solicite no ser visto por Convivencia, se respetará su

decisión y se informará a los padres que el seguimiento será realizado por Equipo Directivo.

- En caso de ser necesario una evaluación psicológica, será el encargado de convivencia junto

con los padres los responsables de buscar la ayuda pertinente. Por ejemplo derivación a

Oficina de Protección de Derechos.

- El profesor jefe deberá informar a profesores de asignaturas de lo ocurrido y pedir que haya

una especial supervisión. Para ello se informara en el Consejo de Reflexión y se confirmará la

información a través de un e-mail.

4. Seguimiento

- Luego de 1 mes, El profesor jefe citará a los padres de ambas partes por separado, con el fin de

hacer el seguimiento del plan de acción. Se les señalará que el colegio los mantendrá

informados de cualquier situación nueva de Maltrato escolar que surja en relación a su hijo (a).

- El Profesor Jefe y/o encargado de Convivencia deberán hacer seguimiento de la situación de

Maltrato escolar con las partes directamente involucradas (quien hizo Maltrato escolar y

víctima), como también con el curso, amigos de la víctima y/o del Maltrato escolar, con el

apoyo del equipo directivo.

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Maltrato de adulto a menor:

En caso que las conductas de maltrato, violencia física o psicológica sean cometidas en contra de

un estudiante integrante de la comunidad educativa, por alguien quien presente una posición de

autoridad sobre el otro, sea director, profesor, asistente de la educación o desde un adulto de la

comunidad educativa en contra de un estudiante, el procedimiento para denunciar el hecho, su

investigación y los pasos a seguir serán análogos a los establecidos para caso de “Maltrato entre

pares”(alumno a alumno).

1. Al recibir el reporte de Maltrato escolar

2. Investigación del Reporte

3. Tomar decisiones y acciones

4. Seguimiento

(Siguiendo en detalle cada una de las acciones que describen estos pasos)

Sin embargo, este tipo de maltrato es de mayor gravedad por la asimetría existente entre las

partes involucradas. El principal objeto de este procedimiento será entregar protección al

estudiante e investigar los hechos con el objeto de determinar la eventual responsabilidad de los

adultos denunciados.

La investigación se realizará por el Directivo designado o encargado de convivencia según

corresponda, quien podrá adoptar todas las medidas precautorias que estime necesario para

proteger a o los estudiantes. Esta investigación se hará conforme al procedimiento de aplicación

general del reglamento de convivencia escolar.

En casos graves, tratándose de un “Apoderado” las sanciones aplicables conforme al reglamento

de convivencia y a este protocolo que forma parte de él, incluyen la “pérdida indefinida de la

calidad de apoderado”, sin perjuicio de la obligación del establecimiento de formular la denuncia

ante las autoridades públicas. Si del examen preliminar de la denuncia, incluso antes del inicio de

la investigación, existiesen antecedentes fundados que pudiesen configurar la existencia de un

delito, la denuncia se hará por el establecimiento dentro de un plazo máximo de veinticuatro

horas contadas desde que se ha tomado conocimiento del hecho.

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Asimismo, en casos graves, tratándose de “personal docente y/o asistente de la educación” que

trabaje en el establecimiento y respecto de los cuales se acredite su responsabilidad, se aplicará el

procedimiento y sanciones conforme a las disposiciones del Código del Trabajo y leyes

complementarias. Para estos casos, el incumplimiento de las normas de Convivencia Escolar

constituirá una infracción grave a los deberes del trabajador establecidos en su contrato de

trabajo fundado en su deber de garantes de la seguridad y cuidado de los estudiantes.

Maltrato de estudiante a adulto:

Este maltrato reviste especial gravedad, fundado en los valores del respeto, la tolerancia que

deben guardar los estudiantes de nuestro establecimiento especialmente respecto de las

profesoras(es) y profesionales que los forman, como asimismo respecto de todas las personas que

trabajan en el establecimiento.

El principal objeto de este procedimiento será entregar protección a los docentes, asistentes de la

educación, y/o adulto, según sea el caso e investigar los hechos con el objeto de determinar la

eventual responsabilidad de los estudiantes denunciados.

La investigación se realizará por un encargado directivo o encargado de Convivencia según

corresponda, quien podrá adoptar todas las medidas precautorias que estime necesario para

proteger a o los Adultos. Esta investigación se hará conforme al procedimiento de aplicación

general del reglamento de convivencia escolar. Las sanciones aplicables conforme al reglamento

de convivencia y a este protocolo que forma parte de él, incluyen la “No renovación de Matrícula”,

sin perjuicio de la obligación del establecimiento de formular la denuncia ante las autoridades

públicas, si los estudiantes fuesen mayores de catorce años de edad. Si del examen preliminar de

la denuncia, incluso antes del inicio de la investigación, existiesen antecedentes fundados que

pudiesen configurar la existencia de un delito, la denuncia se hará por el establecimiento dentro

de un plazo máximo de veinticuatro horas contadas desde que se ha tomado conocimiento del

hecho.

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Procedimiento para enfrentar situaciones de Abuso Sexual

La escuela tiene la responsabilidad de responder ante cualquier denuncia de abuso sexual de

manera oportuna y eficiente. Se deben tomar medidas inmediatas para frenar el acoso o

violencia sexual, prevenir su repetición y tratar sus efectos.

• Frente a la sospecha de Abuso Sexual:

- Se debe informar sobre la situación oportunamente al

Profesor jefe u otro directivo de confianza.

- El encargado de Convivencia establecerá las redes correspondientes para efectuar la

derivación a los especialistas (OPD). Quienes establecerán redes correspondientes

para realizar el proceso de investigación.

• Frente a la certeza de Abuso Sexual por un docente o cualquier funcionario del

Establecimiento:

- El Docente o funcionario que detecte o presencie una situación de abuso de un menor

deberá protegerlo.

- Informar en forma urgente al profesor jefe.

- El profesor jefe deberá recopilar la información necesaria.

- Se informará al equipo Directivo del establecimiento, quien como autoridad máxima se

hará participe de la denuncia en Carabineros de Chile y OPD.

- Escuchar versión, sin interrupciones.

• Frente a la certeza de Maltrato infantil o Abuso Sexual por personas de su entorno social

fuera del establecimiento:

- El Docente o funcionario que detecte o presencie una situación de abuso de un menor

deberá protegerlo.

- Informar en forma urgente al profesor jefe.

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- El profesor jefe deberá recopilar la información necesaria e informar al equipo

Directivo del establecimiento, quien como autoridad máxima se hará participe de la

denuncia en Carabineros de Chile y OPD.

Medidas y Sanciones Disciplinarias.

Se podrá aplicar a quien incurra en conductas contrarias a la sana convivencia escolar, y

especialmente en los casos de maltrato, alguna o algunas de las siguientes medidas o sanciones

disciplinarias:

a) Diálogo personal pedagógico y correctivo;

b) Diálogo grupal reflexivo;

c) Amonestación verbal;

d) Amonestación por escrito;

e) Comunicación al apoderado;

f) Citación al apoderado;

g) Derivación psicosocial (terapia personal, familiar, grupal; talleres de reforzamiento,

educación o de control de las conductas contrarias a la sana convivencia escolar)

h) Asistencia a charlas o talleres relativos al consumo o efectos de las bebidas alcohólicas, las

drogas o sustancias ilícitas;

i) Servicios comunitarios a favor del establecimiento educacional, tales como apoyo escolar

a otros alumnos, ayudantía a profesores, asistencia a cursos menores, entre otras

iniciativas

j) Condicionalidad de la matrícula del alumno, para el período lectivo siguiente.

k) No renovación de la matrícula para el próximo año escolar.

l) Expulsión del establecimiento educacional, sólo aplicable en casos de especial gravedad,

debidamente fundamentados, y luego de haber agotado todas las medidas correctivas

anteriores, con pleno respeto al principio del debido proceso establecido en las normas

respectivas.

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Si el responsable fuere un funcionario del establecimiento, se aplicarán las medidas

contempladas en normas internas, así como en la legislación pertinente.

Si el responsable fuere el padre, madre o apoderado de un alumno, en casos graves se podrán

disponer medidas como la obligación de designar un nuevo apoderado o la prohibición de

ingreso al establecimiento.

Criterios de aplicación.

Toda sanción o medida debe tener un carácter claramente formativo para todos los involucrados

y para la comunidad en su conjunto. Será impuesta conforme a la gravedad de la conducta,

respetando la dignidad de los involucrados, y procurando la mayor protección y reparación del

afectado y la formación del responsable.

Deberán tomarse en cuenta al momento de determinar la sanción o medida, los siguientes

criterios:

a) La edad, la etapa de desarrollo y madurez de las partes involucradas;

b) La naturaleza, intensidad y extensión del daño causado;

c) La naturaleza, intensidad y extensión de la agresión por factores como:

• La pluralidad y grado de responsabilidad de los agresores;

• El carácter vejatorio o humillante del maltrato;

• Haber actuado en anonimato, con una identidad falsa u ocultando el rostro;

• Haber obrado a solicitud de un tercero o bajo recompensa;

• Haber agredido a un profesor o funcionario del establecimiento; La conducta anterior del

responsable;

El abuso de una posición superior, ya sea física, moral, de autoridad u otra;

La discapacidad o indefensión del afectado.

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Obligación de denuncia de delitos.

El equipo Directivo y profesores deberán denunciar cualquier acción u omisión que revista

caracteres de delito y que afecte a un miembro de la comunidad educativa, tales como lesiones,

amenazas, robos, hurtos, abusos sexuales, porte o tenencia ilegal de armas, tráfico de sustancias

ilícitas u otros. Se deberá denunciar ante Carabineros de Chile, la Policía de Investigaciones, las

fiscalías del Ministerio Público o los tribunales competentes, dentro del plazo de 24 horas desde

que se tome conocimiento del hecho, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 175 letra e) y

176 del Código Procesal Penal.

Reclamos.

Todo reclamo por conductas contrarias a la sana convivencia escolar podrá ser presentado en

forma verbal o escrita ante cualquier autoridad del establecimiento, la que deberá dar cuenta al

equipo Directivo, dentro de un plazo de 24 horas, a fin de que se dé inicio al debido proceso.

Se deberá siempre resguardar la identidad del reclamante y no se podrá imponer una sanción

disciplinaria en su contra basada únicamente en el mérito de su reclamo.

Protocolo de actuación.

Mientras se estén llevando a cabo las indagaciones aclaratorias y el discernimiento de las

medidas correspondientes, se asegurará a todas las partes la mayor confidencialidad, privacidad

y respeto por su dignidad y honra.

De cada actuación y resolución deberá quedar constancia escrita en los instrumentos propios del

establecimiento, debiendo mantenerse el registro individual de cada reclamo. No se podrá tener

acceso a dichos antecedentes por terceros ajenos a la investigación, a excepción de la autoridad

pública competente.

En el procedimiento se garantizará la protección del afectado y de todos los involucrados, el

derecho de todas las partes a ser oídas, la fundamentación de las decisiones y la posibilidad de

impugnarlas.

Deber de protección.

Si el afectado fuere un alumno, se le deberá brindar protección, apoyo e información durante todo

el proceso.

Si el afectado fuere un profesor o funcionario del establecimiento, se le deberá otorgar protección

y se tomarán todas las medidas para que pueda desempeñar normalmente sus funciones, salvo

que esto último ponga en peligro su integridad.

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Notificación a los apoderados.

Al inicio de todo proceso en el que sea parte un estudiante, se deberá notificar a sus padres o

apoderados. Dicha notificación podrá efectuarse por cualquier medio idóneo, pero deberá

quedar constancia de ella.

Investigación.

El profesor jefe y/o encargado de convivencia deberá llevar adelante la investigación de los

reclamos, entrevistando a las partes, solicitando información a terceros o disponiendo cualquier

otra medida que estime necesaria para su esclarecimiento.

Una vez recopilados los antecedentes correspondientes o agotada la investigación, el encargado

deberá presentar un informe ante el Equipo Directivo, o el que haga sus veces, para que este

aplique una medida o sanción si procediere, o bien para que recomiende su aplicación a la

Dirección o autoridad competente del establecimiento

Una vez recibidos los antecedentes por la autoridad competente, la Dirección o quien la

represente deberá citar a las partes y, en su caso, a los padres o apoderados del estudiante o los

estudiantes involucrados, a una reunión que tendrá como principal finalidad buscar un acuerdo

entre las partes. Para esta entrevista, se considerará el tipo de tópicos que convenga tratar en

presencia de los alumnos o sólo entre adultos.

En caso de existir acuerdo entre las partes se podrá suspender el curso de la indagación,

exigiendo a cambio el cumplimiento de determinadas condiciones por un período de tiempo

convenido. Si se cumplen íntegramente las condiciones impuestas se dará por cerrado el

reclamo, dejándose constancia de esta circunstancia.

Si no hubiere acuerdo, se deberá oír a las partes involucradas, quienes deberán presentar todos

los antecedentes que estimen necesarios. También se podrá citar a un profesional en la materia,

quien podrá aconsejar o pronunciarse al respecto.

Resolución.

La autoridad competente deberá resolver si se cumplen los requisitos para imponer una sanción,

o bien si el reclamo debe ser desestimado. Deberá quedar constancia de los fundamentos que

justifiquen la decisión adoptada. Dicha resolución debe ser notificada a todas las partes y, en su

caso, al Equipo Directivo.

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Medidas de reparación.

En la resolución, se deberá especificar las medidas de reparación adoptadas a favor del afectado,

así como la forma en que se supervisará su efectivo cumplimiento. Tales medidas podrán

consistir, por ejemplo, en disculpas privadas o públicas, restablecimiento de efectos personales,

cambio de curso u otras que la autoridad competente determine.

Recursos.

Todas las partes tendrán la posibilidad de recurrir fundadamente en contra de la resolución

adoptada por el Equipo Directivo o autoridad competente, dentro de un plazo razonable.

Mediación.

El establecimiento podrá implementar instancias de mediación u otros mecanismos de similar

naturaleza como alternativa para la solución pacífica y constructiva de los conflictos de

convivencia escolar. Este sistema incluirá la intervención de alumnos, docentes, encargado de

convivencia, otros miembros de la comunidad educativa y especialistas.

Publicidad.

El establecimiento deberá adoptar las acciones necesarias para la correcta, oportuna y completa

difusión acerca de las normas y planes relativos a la convivencia escolar a través de todos los

medios disponibles, para que la comunidad educativa esté permanentemente informada y pueda

ejercer sus derechos.

• El profesor jefe y encargado de convivencia deberá citar a la víctima y al victimario por

separado, aunque no se hayan recibido reportes de nuevos episodios, con el fin de

monitorear la evolución de la situación.

• El encargado de convivencia será responsable de mantener contacto sistemático con los

profesionales externos en caso que los hubiera.

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Procedimiento para enfrentar situaciones de Abuso Sexual

La escuela tiene la responsabilidad de responder ante cualquier denuncia de abuso sexual de

manera oportuna y eficiente. Se deben tomar medidas inmediatas para frenar el acoso o

violencia sexual, prevenir su repetición y tratar sus efectos.

Frente a la sospecha de Abuso Sexual:

o Se debe informar sobre la situación oportunamente al Profesor jefe u otro directivo de

confianza.

o El encargado de Convivencia establecerá las redes correspondientes para efectuar la

derivación a los especialistas (OPD). Quienes establecerán redes correspondientes para

realizar el proceso de investigación.

Frente a la certeza de Abuso Sexual por un docente o cualquier funcionario del Establecimiento:

o El Docente o funcionario que detecte o presencie una situación de abuso de un menor

deberá protegerlo.

o Informar en forma urgente al profesor jefe.

o El profesor jefe deberá recopilar la información necesaria.

o Se informará al equipo Directivo del establecimiento, quien como autoridad máxima se hará

participe de la denuncia en Carabineros de Chile y OPD.

o Escuchar versión, sin interrupciones.

• Frente a la certeza de Maltrato infantil o Abuso Sexual por personas de su entorno social

fuera del establecimiento:

o El Docente o funcionario que detecte o presencie una situación de abuso de un menor deberá

protegerlo.

o Informar en forma urgente al profesor jefe.

o El profesor jefe deberá recopilar la información necesaria e informar al equipo Directivo del

establecimiento, quien como autoridad máxima se hará participe de la denuncia en

Carabineros de Chile y OPD.

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PROTOCOLO ANTE CASOS DE ABUSO SEXUAL INFANTIL

Introducción al Protocolo de acción ante abuso sexual de menores.

De acuerdo a las estadísticas, muchos son los niños, niñas y adolescentes víctimas de Abuso Sexual

en nuestro país, ya sea dentro de su núcleo familiar o fuera de él. Nosotros como entidad

educativa, tenemos la obligación de hacer frente a esta realidad, comprometiéndonos y

transformándonos en un espacio de protección que salvaguarde su integridad emocional, física y

social. Es por ello que se ha generado un protocolo de acción frente a la probabilidad y/o certeza

de que se presente esta realidad con algún(a) estudiante de nuestro establecimiento.

El documento contiene en su inicio algunos conceptos fundamentales, luego acciones generales

respecto del tema, finalmente enuncia los procedimientos a llevar a cabo ante una denuncia de

abuso sexual de menores en la escuela zoltan Dienes. Para finalizar, se exponen procedimientos a

seguir en caso de golpe en genitales, procedimientos a seguir en caso de cambio de muda de ropa

interior, definiciones y algunos teléfonos y direcciones relevantes a considerar.

Consideraciones generales ante una denuncia de abuso sexual de menores.

Cuando existe sospecha de abuso sexual sufrido por un/una menor o cuando se recibe la

comunicación explícita de éste, ya sea por parte un/una estudiante, de un/una funcionario/a del

Colegio u otro/a adulto/a se debe tener en cuenta lo siguiente:

- Actúe con la máxima rapidez, respeto y cuidado que la situación amerita.

- Considere seriamente todo aviso que llegue y que sea relativo a un posible abuso sexual.

- Tenga en cuenta que lo primero será acoger a la persona denunciante.

- Crea y dé la importancia correspondiente a toda información que se le entregue y esté

asociada a un posible abuso sexual. Recuerde que esta información merece una máxima

privacidad en su manejo.

- Propicie una conversación privada y directa con el/la denunciante.

- Contenga emocionalmente y de seguridad al/ a la denunciante.

- Informe que los datos entregados serán canalizados a fin de tomar las acciones

correspondientes.

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- La persona denunciante debe dar su información por escrito. En el caso de los menores

de edad sin capacidad de escritura, la entrevista que se tenga debe ser prontamente

puesta por escrito y reflejar fielmente lo relatado por el/la denunciante.

- Diríjase inmediatamente a la Directora y en su ausencia al encargado de convivencia

escolar a fin de entregar la información recabada.

- La directora designa quién realizará prontamente la investigación, entrevistando a las

personas involucradas, valorando la credibilidad de la denuncia y del/de la denunciante.

- La Dirección y/o Encargado de Convivencia escolar dará a conocer la acusación al/a la

posible hechor/a, asegurándose de no identificar al/a la denunciante.

Procedimientos a seguir dentro de la Escuela ante denuncia de abuso sexual de menores.

Respecto del proceso a seguir, y según la situación dada, deberán cumplirse a cabalidad los pasos

que a continuación se describen dentro de las 24 horas de tenido conocimiento de los hechos:

En caso de sospecha de abuso sexual de menores:

a) Informe inmediatamente a la Directora y/o a Encargado de Convivencia escolar. En el

caso de que el/la posible abusador/a esté directamente relacionado con el cargo antes

mencionado, se debe informar a la persona que tenga el cargo inmediatamente

superior.

b) La denuncia recibida debe quedar por escrito de manera rigurosa y con el máximo de

detalles, para así facilitar futuras acciones a seguir.

c) En el caso que el/la presunto/a abusador/a sea funcionario/a del establecimiento o

un/una estudiante de éste, se debe separar al /a la posible victimario/a de la presunta

víctima.

d) En caso que el acusado sea un estudiante, la Directora y Encargado de Convivencia

escolar debe informar inmediatamente al padre o la madre o tutor del/la afectado/a

que está siendo parte de un proceso de investigación de posible abuso y que será

suspendido de sus actividades escolares mientras dure la investigación.

e) En el caso que no exista relato de abuso por parte del/la niño/a o familiar ni una

convicción clara en base a los indicadores, pero el personal del Colegio concluye que el

caso debe ser investigado, la Directora y Encargado de Convivencia de la Escuela darán

curso al protocolo.

f) En caso de que los hechos sean considerados constitutivos de un ilícito, se procederá

por parte del Representante legal del establecimiento educacional a denunciar el caso a

las Policías (Carabineros o Policía Investigaciones) o al Ministerio Público.

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En caso de certeza de abuso sexual de menores:

a) Informe inmediatamente a la Directora y/o Encargado de Convivencia. En el caso de

que el/la posible abusador/a esté directamente relacionado con el cargo antes

mencionado, se debe informar a la persona que tenga el cargo inmediatamente superior.

b) La denuncia recibida debe quedar por escrito de manera rigurosa y con el máximo de

detalles, para así facilitar futuras acciones a seguir.

c) En el caso que el/la presunto/a abusador/a sea funcionario/a del establecimiento o

un/una estudiante de éste, se debe separar al /a la posible victimario/a de la presunta

víctima.

d) En caso que el acusado sea un estudiante, la Directora y/o Encargado de Convivencia

escolar debe informar inmediatamente al padre o la madre o tutor del/de la afectado/a

que está siendo parte de un proceso de investigación de posible abuso y que será

suspendido de sus actividades escolares mientras dure la investigación.

e) La Directora debe denunciar la situación a las policías (Carabineros de Chile o Policía

de Investigaciones) o al Ministerio Público. Debemos destacar que, dentro del nuevo

proceso penal, cualquier persona que denuncie o ponga en conocimiento del fiscal una

situación de abuso sexual, puede recibir protección en su calidad de testigo si existe temor

fundado de amenazas, hostigamiento o lesiones.

f) La Directora o quien ella designe deberá informar de inmediato al padre o la madre o

tutor del estudiante involucrado. Éstas deberán ser personas que le brinden una total

confianza, cerciorándose de que el/la estudiante sea acompañado/a por una figura

protectora.

g) En caso de ser el padre o la madre los denunciados, se informará el hecho a algún

familiar directo que indique el/la estudiante.

h) En el caso que el/la presunto/a abusador/a sea funcionario/a del establecimiento o

un/una estudiante de éste, se debe separar inmediatamente al /a la posible victimario/a

de la presunta víctima. E informarle al presunto/a abusador/a de la denuncia que hay en

su contra, manteniendo la reserva que el caso merece.

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Indicadores de abuso sexual:

Se denominan así a las conductas o ítems observables y validados a través del tiempo, por su

altísima frecuencia. El indicador sirve a la vez como criterio y como guía para evaluar la gravedad

del abuso. Dentro de estos están:

a) Relatos del niño, niña o adolescente que señalen situaciones de abuso sexual.

b) Utilización de lenguaje sexualizado.

c) Hallazgos médicos altamente sugerentes como lesiones, enfermedades de

transmisión sexual (ETS), sangramiento y/o irritación genital o anal, infecciones

urinarias.

d) Conducta sexualizada precoz como masturbación compulsiva, tomar posiciones

sexuales en el juego, intentar tocar los genitales de otros niños.

e) Alteraciones conductuales inespecíficas tales como cambios bruscos e inexplicados

de ánimo o de actividades (irritabilidad, agresividad, aislamiento, timidez, labilidad

emocional), alteraciones del sueño (pesadillas, dificultades para dormir), ansiedad,

temores, fugas del hogar, consumo de drogas, intento de suicidio, trastornos

alimentarios.

f) Dibujos que expresan la situación abusiva, composiciones, afirmaciones del niño o

niña que tiene un secreto, etc.

g) Baja en el rendimiento escolar.

Marco legal chileno:

- Violación:

Acto por el cual un varón accede carnalmente a una persona mayor de catorce años, ya sea por vía

vaginal, anal o bucal, sin su consentimiento (por medio de fuerza o intimidación; privación de

sentido; incapacidad para oponer resistencia; o abuso de enajenación/trastorno mental de la

víctima). La pena va de 5 a 15 años.

- Violación de menor de 14 años:

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Acto por el que un varón accede carnalmente a un menor de catorce años, ya sea por vía vaginal,

anal o bucal, sin importar su consentimiento. La pena de 5 a 20 años.

- Estupro:

Acto por el que un varón accede carnalmente a un mayor de catorce años, pero menor de

dieciocho; ya sea por vía vaginal, anal o bucal, quien presta su consentimiento. Sin embargo, dicho

consentimiento se encuentra viciado pues se abusa de una anomalía/perturbación mental de

menor entidad e incluso transitoria; o existe una relación de dependencia o laboral; o bien se

aprovecha de grave desamparo; o de la ignorancia sexual de la víctima. La pena va de 3 a 10 años.

- Sodomía:

Acto por el que un varón accede carnalmente a un mayor de catorce años, pero menor de

dieciocho años de su mismo sexo, con su consentimiento. La pena va de 61 días a 3 años.

- Abusos deshonestos:

Acción sexual que no implica acceso carnal, realizada mediante contacto corporal con la víctima o

que haya afectado los genitales, ano o boca de ella, aun cuando no existiere contacto corporal. La

pena va de 3 a 5 años y 3 a 10 años si la víctima es menor de catorce años.

- Abuso sexual agravado:

Acción sexual que no implica acceso carnal, que consiste en la introducción de objetos de

cualquier tipo (incluyendo partes del cuerpo) por vía vaginal, anal o bucal; o se utilicen animales.

La pena va desde 5 hasta 20 años si la víctima es menor de catorce años.

- Abuso sexual impropio:

Comprende acciones diversas con menores de edad: realizar acciones sexuales ante un menor,

hacer que un menor vea o escuche pornografía, forzar a un menor a realizar acciones de

significación sexual. La pena va desde los 541 días a 5 años dependiendo si concurren

circunstancias agravantes.

- Producción de pornografía infantil:

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Participar en la elaboración de material pornográfico en el que participen menores de dieciocho

años, cualquiera sea su soporte. La pena va de 3 a 5 años.

- Facilitación de la prostitución infantil:

Promover o facilitar la prostitución de menores de dieciocho años. La pena va de 3 a 5 años y

hasta 20 si concurren otros agravantes.

- Cliente de prostitución infantil:

Obtener servicios sexuales voluntarios de menores de edad, pero mayores de catorce años a

cambio de dinero u otras prestaciones. La pena va de 3 a 5 años.

- Almacenamiento de material pornográfico:

Almacenamiento de material pornográfico en el que hayan sido utilizados menores de dieciocho

años, cualquiera sea su soporte. La pena va desde los 541 días a los 3 años.

- Situación particular de los educadores, presbíteros o personas consagradas:

La ley chilena contempla penas más severas en el caso que los autores de alguno de los delitos

descritos arriba (violación, estupro, sodomía, abusos deshonestos, corrupción y prostitución) sea

ministro de un culto religioso, maestro, etc. En algunos casos ellos podrán ser procesados como

autores, aun cuando hayan actuado como cómplices.

Sobre las denuncias:

Los delitos mencionados no pueden pesquisarse mientras no exista una denuncia. En caso de faltar padres, abuelos u otras personas encargadas del cuidado del menor, la denuncia puede ser efectuada por educadores, médicos u otros que tomen conocimiento del hecho en razón de su actividad.

A pesar de que la regla general es que no existe la obligación de denunciar un delito, la ley chilena

contempla ciertas excepciones. Están obligados a denunciar los delitos enumerados arriba quienes

tienen una relación de cuidado con la víctima. "Los directores, inspectores y profesores de

establecimientos educacionales de todo nivel están obligados por la ley a denunciar los delitos que

afectaren a los alumnos o tuvieren lugar en el establecimiento. Esta denuncia debe efectuarse

dentro de las veinticuatro horas siguientes al momento en que tomaren conocimiento del hecho.

No denunciar a tiempo conlleva como sanción una multa.

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Obligación de declarar como testigo:

Están exentos de declarar como testigos aquellas personas que por su estado o función - v.gr.

abogado, médico, confesor - tienen el deber de guardar secreto. El secreto no sólo comprende

información recibida verbalmente sino también otros documentos, papeles y objetos.

En el art.20 de la ley 19.638 el Estado reconoce el ordenamiento jurídico de la Iglesia. Esto

significa que si dicho ordenamiento establece una obligación de guardar secreto, ésta debe ser

también respetada por la autoridad civil4. Es el derecho al secreto profesional para excusarse de

declarar acerca de todo aquello que está bajo secreto; implica también el deber de respetar el

secreto y su no observancia puede acarrear penas.

Con todo, salvo las excepciones mencionadas, la regla general del derecho chileno es que toda

persona requerida por un tribunal para declarar debe proporcionar la información de la que

dispone.

Responsabilidad patrimonial:

Las personas jurídicas responden por los daños causados por las personas que están a su cuidado,

así como de sus empleados dependientes, y por lo tanto pueden ser obligadas a indemnizar a las

víctimas de los delitos.

Procedimiento a seguir en caso de golpe en genitales: Se remitirá al/a la estudiante a enfermería.

La enfermera deberá comunicarse inmediatamente con el/la apoderado, los padres y/o cuidadores a cargo del/de la menor y avisar la situación. - Se debe solicitar que, a la brevedad, asista algún familiar y/o cuidador a cargo del/de la menor,

para observar y/o examinar al/a la estudiante.

- Si no es posible venir al Colegio, el/la apoderado y/o los padres y/o cuidadores del menor

deben autorizar telefónicamente al colegio a que asista con el/la estudiante al centro de salud

correspondiente, para que pueda ser examinado por un médico.

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Procedimiento a seguir en caso de cambio de muda de ropa interior:

- Se deberá llamar, inmediatamente, al/a la apoderado, los padres y/o cuidadores del/de la

estudiante y avisar la situación.

- Se deberá solicitar que, a la brevedad, asista el/la apoderado, los padres y/o cuidadores del/de

la estudiante con el objeto de lavar y cambiar la ropa del/de la estudiante.

- Si no es posible para el/la apoderado, los padres y/o cuidadores del/de la estudiante venir al

Colegio, el/la apoderado deberá autorizar telefónicamente el lavado y cambio de ropa del/de la

estudiante por parte de la educadora o asistente del curso.

- Tras la autorización correspondiente, la educadora o asistente del curso junto a otro/a adulto/a

responsable, procederá al cambio de muda de ropa interior.

- Se comunicará al/a la apoderado, padres y/o cuidadores del/de la estudiante, por medio de la

Agenda Escolar, la acción realizada con el/la estudiante, recordando que se tuvo previamente

la autorización telefónica.

TELÉFONOS Y DIRECCIONES IMPORTANTES A CONSIDERAR:

- Brigada de Delitos Sexuales de la Policía de Investigaciones de Chile. Fonos 25657425 y

25657671, [email protected]

- Centro de Atención a Víctimas de Atentados Sexuales (CAVAS).

- Casos derivados por tribunal. General Mackenna 1314. Fono 22048886.

- Oficina de Protección de Derechos (SENAME). Pedro de Valdivia 4070 Ñuñoa. Fono 800730800. Fono denuncia 800220040.

- Carabineros de Chile. 48 Comisaría. Maltrato, abuso sexual. Calle Dieciocho 268 Santiago.

Fono familia 149. Fono 26881492.

- Servicio Médico Legal. Avenida La Paz 1012. Fonos 27823602 y 27823500.

- Programa de violencia infantil del Ministerio de Justicia. www.fiscaliadechile.cl.

- Corporación de Asistencia Judicial Calle Agustinas 1419 TLF: 27827900.

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PROTOCOLO DE MEDIACIÓN ESCOLAR DE CONFLICTOS

La comunidad educativa de La Escuela con el objeto de mejorar la convivencia entre sus miembros

acuerda poner a disposición un protocolo de mediación de situaciones escolares conflictivas para

resolver conflictos de esta índole.

Entendemos que la mediación tiene un valor educativo en sí mismo, ya que enseña que existen

otras alternativas, distintas del enfrentamiento para resolver los problemas. Con ella el estudiante

aprende a desarrollar su capacidad empática de escuchar las razones de la otra parte y además de

responsabilizarse de sus decisiones.

1. Identificación de un posible caso de mediación:

Serán objeto de mediación todas las situaciones de conflicto previamente determinadas en el

Manual de Convivencia Escolar y los protocolos anexos entre los/las estudiantes de cuarto año de

enseñanza básica a cuarto año de enseñanza media que afecten a la convivencia entre los mismos.

Los cursos de 1° a 3° básico participarán del proceso de negociación en reemplazo de la mediación.

2. Procedimiento en caso de mediación:

a) Todo/a profesor/a que evidencie un conflicto de relación entre estudiantes, deberá remitirlo a

la brevedad al /a la profesor/a jefe/a respectivo/a.

b) En el caso de detectar un conflicto entre estudiantes donde se haya deteriorado la relación

establecida entre ellos/as, el/la profesor/a jefe presentará a los/las estudiantes una alternativa

para solucionar el conflicto: mediación o no mediación.

c) El profesor jefe informará al Encargado de Convivencia y Convivencia Escolar correspondiente

de la situación conflictiva, indicándole el motivo de la mediación, así como todos los datos

necesarios para llevarla a cabo.

d) La persona encargada de llevar a cabo la mediación será un profesional competente designado

por el encargado de convivencia. Quien realizará la mediación en una o máximo dos sesiones.

e) Una vez realizada la mediación, el mediador emitirá un informe escrito de resolución de

conflictos con mediación en el que aparecerá, entre otras cosas, los acuerdos a los que han

llegado las partes. El citado informe contemplará la supervisión del seguimiento de los

acuerdos.

f) Del acuerdo alcanzado entre las partes se informará al/a la profesor/a jefe respectivo.

g) En caso de que la resolución de conflicto no sea resuelta por mediación y la conducta sea

contraria a la normativa del Manual de Convivencia o los protocolos anexos se aplicaran las

sanciones que éste indique.

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PROTOCOLO DE ACCIÓN EN CASO DE ACCIDENTES ESCOLARES

El siguiente Documento tiene por finalidad poner en conocimiento de todos los miembros de

nuestra Comunidad educativa el Protocolo de acción frente a accidentes escolares e informar, de

una manera clara y concreta, la intervención que se presta en cada situación de urgencia durante

el horario escolar.

1. Antecedentes.

La Ley 16.744 Art.3°, dispone que estarán protegidos todos los(as) alumnos(as) de

establecimientos fiscales o particulares por los accidentes que sufran con ocasión de sus estudios,

o en la realización de su práctica profesional.

Un accidente escolar es toda lesión que un(a) estudiante pueda sufrir a causa o en el desarrollo de

actividades escolares que, por su gravedad, tengan como consecuencia incapacidad o daño.

Dentro de contexto se considera también los accidentes que puedan sufrir los estudiantes en el

trayecto desde y hasta sus establecimientos educacionales.

En caso de accidente escolar todos los/as estudiantes, tanto de la educación parvularia y básica,

están afectos al Seguro Escolar desde el instante en que se matriculan en el Colegio.

Sobre el uso de fármacos:

No se administra ningún medicamento, sólo agua de hierbas en caso de dolor de estómago. Es

muy importante completar y actualizar año a año, los datos de la ficha médica de enfermería para

informar, en caso de accidente, al personal paramédico que lo retirará desde el Colegio en

ambulancia para proporcionar la primera atención clínica en ausencia de los padres.

Casos o dolencias:

A.- Accidentes leves - Acción a seguir:

En caso de enfermedad o accidente menos grave y estado de salud que permita al alumno(a)

volver a la sala de clases:

Cefaleas, dolor de garganta, dolor abdominal y anomalías leves, el Encargado de Convivencia y

cualquier otro funcionario, no está autorizado a dar medicación alguna al alumno sólo podrá

recibir agua de hierbas para luego volver a clases.

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B.- En caso de accidentes leves y cuando el alumno debe retirarse del Colegio para ser evaluado

por un profesional idóneo:

Vómitos, Diarrea, Fiebre, Otitis, Procesos gripales y tos, Dolor abdominal.

En los casos que el accidente requiera atención médica, en el Colegio se realizará una evaluación

inicial y luego se llamará a los padres y/o apoderados, para que sean ellos quienes trasladan al

alumno(a) al centro de salud o médico particular que estimen conveniente.

C.- En caso de accidentes graves y casos de emergencia vital:

Casos de atención sin demora:

Ante esta situación el alumno requiere atención médica sin demora y traslado a la clínica o

centro de atención pública a la brevedad posible.

Casos o dolencias:

Convulsiones con o sin pérdida de conciencia, Traumatismos Craneoencefálicos

moderados y graves, Paro cardio-respiratorio, Crisis de asma, Reacciones alérgicas,

Fracturas, Heridas inciso contusas sangrantes, Vómitos con presencia de sangre, Cuerpos

extraños en vías respiratorias, Abdomen agudo, Otorragias.

Acción a seguir: El Encargado de convivencia escolar, Profesor Jefe o algún funcionario de

la Escuela, centro de atención pública o consultorio municipal para que envíen una

ambulancia con urgencia a la Escuela. La Dirección de Ciclo o quien designe, será el

encargado de acompañar al alumno(a) en la ambulancia hasta que el/la apoderado(a)

acuda al lugar. También quien sea designado en ese momento por la Dirección, contactará

al apoderado para informarle de lo ocurrido y para que se dirija al Hospital o centro de

atención pública a la brevedad.

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Casos de atención con traslado no urgente:

Si la urgencia requiere atención médica, pero admite un período de tiempo para derivar a la clínica

o centro de atención pública para evaluación y tratamiento.

Casos o dolencias:

Contusiones diversas en extremidades o diversas zonas del cuerpo donde la valoración

radiológica sea necesaria para detectar posibles fracturas, esguinces, fisuras etc. Heridas

inciso contusas que requieren puntos de sutura, Contusiones en la boca donde hay rotura

parcial o pérdida total de algún diente y para lo que se requiere una evaluación dental,

cuerpos extraños en el globo ocular, oídos y nariz.

Acción a seguir: Se contactara al apoderado(a) para que venga a recoger al alumno(a) y

trasladarlo al hospital o centro de atención pública. En caso de no localizar al apoderado(a)

en un espacio de tiempo razonable, será la Dirección quien designe, quien realice el

traslado deberá solicitar la firma del formulario de entrega del alumno(a) al apoderado(a),

el que debe constatar lugar, hora y fecha de la atención.

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SOBRE VIGENCIA Y ACTUALIZACIONES

La presente actualización del Manual de Convivencia Escolar de La Escuela Zoltan Dienes entrará

en vigencia a contar del día en que se da inicio el año escolar 2017, dando por hecho que, de

conformidad con lo dispuesto por la Ley y las normas del MINEDUC, será conocido por todos los

integrantes de la Comunidad Educativa, pues estará a su disposición al momento de la matricula y

en secretaria de la Escuela.

Cualquier adaptación, cambio, complemento y/o actualización será publicada en el mismo medio,

dando aviso a los/las Estudiantes, Padres y/o Apoderados(as) a saber mediante circular y/o de

forma personal en asamblea informativa, reunión de padres y apoderados, etc. Por tanto es deber

de todos los miembros de la Comunidad estar atentos a las comunicaciones de La Escuela con esta

información. Sin perjuicio de lo anterior, el/la Encargado/a de Convivencia Escolar Institucional

velará para que se comunique, cuando se haya producido un cambio.