1 Manual de Convivencia Escolar Escuela Zoltan Dienes
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Manual de Convivencia Escolar
Escuela Zoltan Dienes
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PRESENTACIÓN
Datos del establecimiento
Establecimiento Escuela Zoltan Dienes
RBD 10361-6
Dirección Av. General Sandino 3650
Tipo de Enseñanza Pre-Básica / Básica
Comuna Conchalí
Dependencia Particular Subencionado
Teléfono 2-7364847
Correo Electronico [email protected]
Encargado de convivencia Cristian Antonio Maureira Villablanca
Jornada Escolar sin JEC (1° y 2° Básico)
Horario de clases Inicio Termino
Lunes a Viernes 08:30 hrs. 14:00 hrs.
Recreos 10:00 hrs. 10:15 hrs.
12:00 hrs. 12:30 hrs.
Jornada Escolar con JEC (3° a 8° Básico)
Horario de clases Inicio Termino
Lunes a Jueves 08:30 hrs. 15:55 hrs.
Viernes 08:30 hrs. 14:00 hrs.
Recreos 10:00 hrs. 10:20 hrs.
11:50 hrs. 12:10 hrs.
Almuerzo 13:40 hrs. 14:25 hrs.
Jornada Escolar Kinder
Horario de clases Inicio Termino
Lunes a Viernes 08:30 hrs. 12:30 hrs.
Almuerzo 12:30 hrs. 13:00 hrs.
Jornada Escolar Pre-Kinder
Horario de clases Inicio Termino
Lunes a Viernes 13:30 hrs. 17:30 hrs.
Almuerzo 13:00 hrs. 13:30 hrs.
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INTRODUCCIÓN
El presente reglamento de Convivencia Escolar tiene por finalidad promover y desarrollar en todos
los integrantes de la comunidad educativa los principios y elementos que construyan una sana
convivencia escolar, con especial énfasis en una formación que favorezca la prevención de toda
clase de violencia o agresión.
Asimismo establece protocolos de actuación para los casos de maltrato escolar, los que deberán
estimular el acercamiento y entendimiento de las partes en conflicto e implementar acciones
reparatorias para los afectados.
“La sana convivencia escolar es un derecho y un deber que tienen todos los miembros de la
comunidad educativa, cuyo fundamento principal es la dignidad de las personas y el respeto que
éstas se deben. Es un aprendizaje en sí mismo que contribuye a un proceso educativo
implementado en un ambiente tolerante y libre de violencia, orientado a que cada uno de sus
miembros pueda desarrollar plenamente su personalidad, ejercer sus derechos y cumplir sus
deberes correlativos”.
Lo anterior es sin perjuicio de impulsar acciones de prevención tales como talleres de habilidades
socio – afectivas, habilidades para la vida, alfabetización emocional, competencias parentales, entre
otros, teniendo en cuenta especialmente el proyecto educativo institucional.
Por comunidad educativa se entiende aquella agrupación de personas que, inspiradas en un
propósito común, integran la institución educacional, incluyendo a alumnos, alumnas, padres,
madres y apoderados, profesionales de la educación, asistentes de la educación, equipos docentes
directivos y sostenedores educacionales.
Nuestra sociedad se sustenta en normas o acuerdos sociales. Las relaciones interpersonales son
reguladas por distintas pautas basadas en derechos y deberes, lo que nos permite saber cómo
debemos actuar y qué debemos esperar al iniciar una relación o interacción.
Este reglamento DE CONVIVENCIA Y DISCIPLINA indica los criterios y las normas fundamentales para
la convivencia educativa entre la comunidad educativa, con el fin de un bien común: mejorar los
aprendizajes de los estudiantes y la formación como ciudadanos.
Nuestra escuela tiene como misión “que nuestros estudiantes desarrollen sus capacidades sociales,
intelectuales y afectivas y que este proceso sea el fruto de nuestro compromiso compartido con la
familia y orientado por los valores de respeto, tolerancia y honestidad”.
Con este propósito, encontraremos en el diálogo un instrumento propicio para fortalecer un clima
institucional armónico y democrático, respetuoso de los derechos del niño (a), donde el centro de
nuestras preocupaciones sean los estudiantes.
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Las normas indican el comportamiento deseable, permiten que sepamos como debemos actuar y
que debamos esperar en una interacción, ellas mismas constituyen pautas de corrección según se
ajusten o aparten de las establecidas.
En este proceso de aprendizaje, el estudiante se enriquece por la experiencia que da la vida propia y
la de los demás, con capacidad para reflexionar sobre sí mismo, de su prójimo y de los
acontecimientos que ocurren en el mundo que le rodea; donde viva la experiencia de opinar,
participar, ser dueño de sus decisiones con conocimiento y fundamentos.
Nuestra visión como escuela, es tener a personas integras, con pensamiento reflexivo, sentido
crítico, espíritu creativo, capacidad de integrarse socialmente con actitudes de participación
democrática, a través de un compromiso libre y autónomo.
Nuestra misión como educadores es acompañar a los niños en esta formación integral, como
persona, en su proceso de desarrollo afectivo, emocional e intelectual.
Las normas propuestas en este reglamento pretenden ser una ayuda para que cada educando
crezca más en responsabilidad y tome conciencia del esfuerzo que hace la sociedad, sus padres y la
comunidad de la Escuela para su bienestar, seguridad, y desarrollo democrático.
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PRINCIPIOS
Generales
- En a Escuela Zoltan Dienes se fomentará sistemáticamente una cultura escolar participativa y
democrática, con una visión multicultural, confesional, considerando la distinción y relaciones de
género, la identidad local y respeto al medio ambiente.
- La Escuela velará en todo momento por cultivar y acrecentar las virtudes institucionales,
anteriormente explicitadas; fundamentales para que la Comunidad escolar se vea favorecida y
vivencie un ambiente de sana convivencia escolar.
- Este Manual se elabora con el fin de establecer los lineamientos para conducir y acompañar la
mejora del comportamiento de cada miembro de la Comunidad, especialmente para aquellos(as)
estudiantes que tengan dificultad para lograr por sí mismos(as) una conducta escolar y social
favorable a su propio crecimiento. Además, tiene como objetivo destacar aquellos(as)
estudiantes que en su actuar reflejan una clara vivencia de las virtudes institucionales.
- Este Manual de Convivencia propicia una sana convivencia escolar, entregando normas que
regulan el comportamiento y permitiendo la reflexión de su propio actuar, para discernir sobre
aquellas conductas que reflejan o no el espíritu de la Escuela Zoltan Dienes.
- Los contenidos de este Manual serán revisados anualmente por representantes de la comunidad
escolar, para redefinir los aspectos que se requieran actualizar según el contexto.
Pedagógicos
- La comunidad educativa del establecimiento, asume la aceptación de las normas de convivencia
y disciplina y su importancia en el hábito que imprime la voluntad.
- Es necesario que se entienda el fundamento y el objetivo educativo de nuestras normas; con
este propósito, encontraremos en el diálogo entre profesores, estudiantes y apoderados un
instrumento pedagógico muy efectivo y eficaz.
- El gran desafío que tiene la comunidad educativa es la toma de conciencia de “que somos
agentes de cambio social,” por lo que debemos propiciar un clima institucional pacífico,
democrático, respetuoso de los derechos de los niños(a), en la que la relación entre educador y
educando sea un vínculo humano, que eduque hacia el respeto, pluralismo y la vida
democrática, donde el centro de nuestra preocupaciones sea el estudiante; acompañándolo en
su crecimiento intelectual y formación en valores.
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De los educadores
El accionar debe estar guiado por una serie actitudes y criterios que aseguren que la relación con
los estudiantes sea realmente educativa. Entre ellos destacamos:
- Atender a todos los estudiantes que se le ha confiado en cada una de las labores; horas de
clases, tiempo destinado para ellos (as).
- Respetar a cada uno de sus estudiantes reforzando permanentemente su autoestima,
reconociendo siempre en ellos su dignidad.
- Atender a estudiantes y apoderados siempre que lo soliciten debidamente, facilitando los
espacios de tiempo para ellos, según horario establecido por el profesor.
- Ser justos y objetivos en todas las evaluaciones, señalando a sus estudiantes aspectos por
corregir, mejorar y aciertos; registrando oportunamente las calificaciones, con el objeto de
que sean comunicadas a sus apoderados.
- Estimular en los estudiantes, sus progresos y buena disposición, mostrándoles apoyo, afecto
y reconocimiento que merece.
- Mostrar disposición frente a situaciones de conflictos con el fin de lograr una adecuada
mediación y resolución.
- Constatar el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes.
- Atender los requerimientos de estudiantes que presenten Necesidades Educativas Especiales
(NEE).
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Del Profesor Jefe
- Revisar semanalmente con los estudiantes libro de clases, constatando y comentado
registros existentes.
- Citar a cada uno de los apoderados a entrevista, por lo menos una vez al año. O cuando lo
requiera, o se estime oportuno.
- Informarse de las ausencias de sus estudiantes, sus justificaciones; Comunicándose con el
apoderado cuando corresponda.
- Revisar periódicamente las calificaciones de los estudiantes del curso, para mantener o
mejorar su desempeño e informar de los casos críticos al apoderado.
- Una vez al mes solicitar a Inspectoría General, registros de sucesos producidos fuera de aula
que involucre a los estudiantes del curso.
- Generar actividades participativas y colaborativas entre, estudiantes, comunidad educativa y
apoderados, con el fin de afianzar lazos de convivencias.
- Realizar seguimientos de los estudiantes con NEE, para asegurar su atención por los
especialistas, su progreso y permanencia en la institución.
- Supervisar el cumplimiento de los aspectos de convivencia y disciplina dentro del grupo-
curso.
- Crear instancias de apertura en donde los apoderados puedan plantear sus inquietudes o
problemáticas relacionadas con convivencia.
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Legales
Los fundamentos legales y políticos de este Manual de Convivencia se enmarcan en:
- Constitución Política de la República de Chile.
- Declaración Universal de los Derechos Humanos.
- Declaración de los Derechos del Niño y de la Niña.
- Ley General de Educación.
- Ley de Aseguramiento de la Calidad Nº20.529, Decreto 315 de Educación sobre
Reconocimiento Oficial,
- Ley Jornada Escolar Completa - JEC (19.532)
- Ley Estatuto Docente (19.070) y Código del Trabajo.
- Ley Indígena (19.253)
- Ley de Integración social de las Personas con Discapacidad (19.284)
- Ley de Responsabilidad Penal Juvenil (20.191)
- Decretos MINEDUC 240/99 (Planes y Programas para la Educación Básica), 40/96
(OFT y CMO para Enseñanza Básica) y 220/98 (OFT y CMO para Enseñanza Media),
511/97 (Evaluación y Promoción para la Enseñanza Básica)
- Ley 20.201/2007 respecto de la evaluación diagnóstica integral de aquellos
estudiantes que presentan NEE de carácter transitoria
- Política de Convivencia Escolar (MINEDUC)
- Marco para la Buena Dirección (MINEDUC)
- Marco para la Buena Enseñanza (MINEDUC)
- Política de Participación de Padres, Madres y Apoderados/as.
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POLITICAS DE PREVENCIÓN
Los directivos de la Escuela Zoltan Dienes, junto a sus encargados de convivencia Escolar diseña y
planifica Políticas de prevención, cuyos objetivos son:
- Diagnosticar en cada estamento (estudiantes, profesores y apoderados) la
percepción del clima escolar y la convivencia al interior de la Comunidad educativa.
- Difundir y promover una buena convivencia escolar, que permita la interacción
positiva entre los miembros de la comunidad.
- Prevenir y anticipar situaciones que atenten contra la integridad física, psíquica y/o
moral de los estudiantes.
- Implementar prácticas que favorezcan el desarrollo de un sentido de pertenencia en
la Comunidad escolar, que se vea reflejado en una mayor participación de todos sus miembros.
- Registro de conflictos diarios por curso, con la finalidad de detener posibles
problemáticas y solucionar temas no resueltos durante el día, esto se realiza 5 minutos antes al
término de cada jornada.
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DEBERES Y DERECHOS DE LOS ACTORES ESCOLARES
Deberes de los/las estudiantes
- Dedicarse responsable y honestamente al cumplimiento de las labores escolares. - Regular su autodisciplina, respondiendo en forma autónoma al trabajo escolar, siendo
constante y perseverante.
- Asistir y mantener una actitud, dentro y fuera del Colegio, de respeto y seriedad.
- Ser puntual en el horario establecido (tanto al inicio de la jornada, como en cada una
de sus clases).
- Mantener una actitud de respeto dentro y fuera del Colegio hacia todos los miembros
de la comunidad, cuidando en todo momento la identidad de la escuela.
- No deberá consumir sustancias lícitas o ilícitas (alcohol, tabaco u otros) mientras esté
al interior del Colegio o en sus cercanías, usando o no el uniforme. Esto incluye cuando esté
participando en actividades organizadas bajo la tutela del Colegio.
- Plantear constructivamente las discrepancias y críticas, directamente a quien
corresponda con la prudencia y privacidad que corresponda.
- En toda situación se debe respetar los conductos regulares del Colegio.
- Utiliza su agenda como medio de comunicación entre la escuela y el hogar, manteniendo al tanto a sus padres y/o apoderados sobre resultados académicos y registros disciplinarios.
- Cuida y respeta los bienes pertenecientes a la escuela, a alumnos, a apoderados, a
trabajadores del Colegio o a terceros; dentro del Colegio, en sus alrededores o en actividades
extra programáticas curriculares o extracurriculares. Esto será sancionado de acuerdo a las
normativas de este Manual, y a la vez, deberá responder económicamente por los mismos en
conjunto con sus padres.
- Acatar las normas y reglas de seguridad y prevención de riesgos establecidas en el
Colegio.
- Utilizar correctamente el uniforme oficial establecido en el Manual.
- Cuidar su integridad mental y física, seguridad propia y de sus semejantes y garantizar
el normal desarrollo de las actividades de la Escuela.
- Cumplir con las obligaciones y responsabilidades escolares establecidas en este
Manual de Convivencia Escolar.
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Derechos de los/las estudiantes
- A recibir una educación de calidad que le permita desarrollarse íntegramente como
persona.
- A recibir un trato respetuoso por parte de todos los adultos/as de la Escuela, así como
también de sus pares.
- A ser atendido/a oportuna y adecuadamente por los miembros de la Escuela, de
acuerdo con la necesidad (académica, personal y familiar), según las posibilidades de la Escuela
y el conducto regular establecido.
- A utilizar las dependencias y recursos de la Escuela para lograr los objetivos propios
del proceso educativo, previa autorización de quien corresponda.
- A un procedimiento justo y racional en la aplicación de medidas disciplinarias.
- A defensa, apelación y a ser escuchado/a por todas las autoridades en todo
procedimiento disciplinario.
- A conocer oportunamente las sanciones que se le apliquen.
- A conocer el resultado de sus evaluaciones en un plazo máximo de 10 días hábiles
(pruebas, interrogaciones y trabajos).
- A conocer los procedimientos y la forma de evaluación de cada subsector de aprendizaje.
- A ser evaluados diferenciadamente, los estudiantes con Necesidades Educativas
Especiales, en cada sub-sector de aprendizaje según Reglamento de Evaluación y Promoción
Escolar según decretos N° 511/08.05.97, 83/06.03.01 y 107/20.02.03
- A conocer oportunamente las observaciones de conducta y responsabilidad que se
registren en el libro de clases. Así como las acciones asociadas.
- A asociarse y organizarse autónomamente con sus compañeros y compañeras (Centro
de Alumnos y Directivas de Curso) según los estatutos vigentes en la Escuela.
- A no ser discriminado/a por ningún motivo, ya sea social, económico, político,
cultural, religioso, físico u otro (Ley Nº 20.609).
- Se hacen parte de este Manual de convivencia todos los derechos consagrados en la
Declaración Universal de Derechos Humanos, Declaración de los Derechos del Niño y la Niña y
la Constitución Política de la República de Chile.
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Deberes de los padres y/o apoderados/as
- Conocer las líneas educacionales y formativas que la Escuela propone desarrollar en
su Proyecto Educativo Institucional.
- Velar por el cumplimiento de las obligaciones escolares y el cuidado de su pupilo(a),
establecidos en el Manual de Convivencia Escolar.
- Velar para que el comportamiento del/ la estudiante fuera de la Escuela sea el que
corresponde a los virtudes de la familia y de la propuesta educativa de la Escuela.
- Procurar el cumplimiento de los horarios definidos tanto al ingreso como a la salida
de los estudiantes establecidos en este manual.
- Velar porque al final del horario escolar, los/las estudiantes hagan un adecuado uso
del tiempo libre, de acuerdo con las normas familiares y sus responsabilidades escolares
propias.
- Participar en las reuniones de padres y/o apoderados/as del curso y otras
(informativas y/o formativas) que la Escuela programe.
- Concurrir a las entrevistas citadas por el/la Profesor/a Jefe u otra autoridad del
Colegio y, en caso necesario, aceptar y firmar las cartas propuestas por la Escuela:
Colaboración, Compromiso y/o Condicionalidad.
- Retirar a su pupilo/a en aquel caso que la salud (física y/o emocional) del menor lo
exija, previa solicitud e información al Profesor Jefe y siguiendo los conductos regulares.
- Plantear constructivamente las discrepancias y críticas directamente a las personas
involucradas, de acuerdo con los conductos establecidos y con la prudencia y privacidad que
corresponda.
- Mantener una actitud colaborativa que propicie una sana convivencia en nuestra
Comunidad.
- En las reuniones de padres y/o apoderados/as, jornadas formativas o Informativas
atenerse a los temas consignados en la tabla elaborada por el responsable del encuentro.
- Responder económicamente por los daños que su pupilo/a ocasione en los bienes o la
infraestructura del establecimiento, a los miembros de la comunidad educativa o a terceros.
- Garantizar que el/la estudiante cuente durante el año lectivo con el uniforme
institucional completo, sus materiales y los útiles necesarios para cada sector de aprendizaje.
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- Informar al profesor jefe cualquier cambio de domicilio, teléfono o email, con el fin de
mantener una comunicación fluida.
- Los padres y/o apoderados de niños(as) que presenten un diagnóstico de Necesidad
Educativa Especial durante el año escolar, aceptarán y se regirán por las normativas y
protocolos incluidos en este Manual.
- Respetar a los demás y denunciar cuando esto no se cumple, para sí mismo y para los
otros, tratando dignamente a compañeros apoderados, estudiantes, profesores, trabajadores
del colegio y la comunidad en general. El incumplimiento de esta norma será considerada una
falta gravísima.
Derechos de los padres y/o apoderados/as
- A conocer el Manual de convivencia y Reglamento de Evaluación del Colegio. - A ser tratados/as con respeto y atendidos de acuerdo a su condición de padres y/o
apoderados/as.
- A recibir los servicios que el Colegio ofrece de manera acorde con el Proyecto Educativo
Institucional y según el contrato suscrito.
- A solicitar y recibir respuesta para entrevistas, de acuerdo al conducto regular, con las
autoridades y personas comprometidas en el proceso de educación de su estudiante.
- A tratar las inquietudes de carácter técnico o pedagógico con los/las profesionales
respectivos/as y siguiendo los conductos regulares.
- A ser entrevistados/as por el/la profesor/a jefe de su pupilo/a, firmando el Libro de
Registro de Entrevista correspondiente.
- A recibir las informaciones significativas del quehacer de la Escuela, tales como:
Resultados de evaluaciones externas, informes académicos y disciplinarios del/de la estudiante
y calendario mensual de actividades.
- A ser informado/a, oportunamente, respecto del rendimiento, comportamiento y
participación del/de la estudiante dentro de La Escuela.
- A requerir la seguridad física, moral y psicológica del/de la estudiante durante su estadía
en la Escuela.
- A asociarse y organizarse con sus pares (Centro de Padres y Directivas de Curso) según
los estatutos vigentes del Colegio.
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NORMAS DE CONVIVENCIA DE LOS/LAS ESTUDIANTES
Asistencia y Puntualidad
- La jornada comienza en la sala de clases a las 08:30 hrs. para todos los estudiantes
del Colegio.
- A partir de las 08:30 hrs. al estudiante que ingrese de 1° a 8° Básico, se le
considerará atrasado.
- Las inasistencias deben justificarse por el padre, madre y/o apoderado(a) el mismo
día en que el estudiante vuelva al Colegio, mediante presentación de certificados médico y/o
comunicación en la Agenda Escolar. El incumplimiento reiterado, deberá ser justificado con el
profesor jefe en entrevista personal.
- En caso de inasistencia a evaluaciones programadas, el estudiante se rige por la
normativa del Reglamento de Evaluación incluido al final de este Manual.
- Respecto de los atrasos al inicio de la jornada: Estos serán consignados por el
personal encargado para esta labor y se aplicará la siguiente normativa:
Los estudiantes de 1° a 8° básico deben ser registrados en el libro de atrasos, por el
personal encargado.
Después de la 3° falta (atraso), el apoderado deberá justificar de forma personal y firmar
libro de registro de atrasos, el no asistir a justificar o de llegar a reiterarse esta situación se
considerará como falta grave.
Al ingresar luego del horario establecido 8:30, el alumno solo podrá ingresar a clases con
autorización facilitada por el encargado de registro de atrasos y luego del horario de lectura
diaria (08:45hrs.).
- Los estudiantes de 1° a 8° básico que reiteradamente lleguen atrasados a su horas de clase
(tres veces durante la mismo mes) se considerará como falta grave.
- Los estudiantes que no ingresen a una hora de clases, o se presentan quince minutos
posterior al inicio de ella y/o se retiren sin autorización del aula, se considerará como una falta
grave.
- Los estudiantes deben permanecer en cualquier actividad programada dentro o fuera del
Colegio. Su retiro sin autorización se considerara falta grave.
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Del uniforme escolar
- Los/las estudiantes deben concurrir y retirarse del Colegio con el respectivo uniforme oficial
completo, que considera las siguientes prendas:
- Uniforme escolar para estudiantes de Educación Parvularia.
Buzo oficial de la Escuela. Zapatillas deportivas blancas o negras. Chaleco, Polar y/o Parka de color azul marino o negro. Delantal Para las niñas. Cotona para los niños.
- Uniforme escolar para estudiantes de 1° a 8° básico.
Para Hombres Para mujeres
- Pantalones escolares grises. - Polera oficial de la escuela. - Camisa Blanca. - Zapatos Negros. - Chaleco o polar negro o azul obscuro. - Cotona color Café claro. - Chaquetas o parcas negras o azul
obscuro.
- Falda negra o azul Obscura (obligatoriamente debe usar calzas bajo ella).
- Polera oficial de la escuela. - Camisa Blanca. - Chaleco o polar negro o azul obscuro. - Zapatos Negros. - Delantal cuadrille color azul claro
(normal). - Chaquetas o parcas negras o azul
obscuro.
- Uniforme de Educación Física
- Buzo oficial de la escuela. - Polera de Educación Física oficial de la escuela. - Zapatillas deportivas Blancas o negras. - Útiles de aseo.
Toda prenda de vestir deberá estar marcada con el nombre, apellido y curso del estudiante.
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De la presentación personal
- Los Hombres deben concurrir: Correctamente aseados. Peinados. Con su pelo corto (Por la parte de la nuca que no sobrepase el cuello de la polera, laterales que no tape los oídos y por la parte frontal, no más allá de las cejas. Sin tinturas, adornos, ni cortes de fantasía. Debidamente afeitados de ser necesario.
- Los pantalones deben corresponder a la talla del estudiante, usarse siempre a la cintura no
dejando notar su ropa interior, sin elástico en la basta y deben mantenerse en buen estado de
conservación y aseo.
- Las mujeres deben concurrir:
correctamente aseadas. Peinadas, con el pelo tomado y rostro despejado. Sin tinturas, ni cortes de fantasía. Sin maquillaje, ni esmalte de uñas.
- En caso de uso de cintillo y/o pinches, deben ser de color azul marino, negro o blanco.
- La falda debe ajustarse a la cintura y el largo es a la rodilla y al usar esta prenda será obligación utilizar calzas de color negra o azul marino.
- A ningún/a estudiante se permitirá el uso prendas o accesorios que hagan perder su sentido
al uniforme (por ejemplo: aros, piercing, expansiones, pulseras, collares, gorros, jockey, cuellos
y ropa de colores distintos a los reglamentarios, etc.) a menos que sean utilizados como abrigo
durante invierno y siendo de color negro o azul marino. El no cumplimiento faculta a
profesores o asistentes de la educación a solicitar el retiro del accesorio y entregárselo al
apoderado personalmente.
- La vestimenta en general debe mantenerse en buen estado de conservación y de aseo.
La correcta presentación personal, se evaluará todos los días en el registro
de hábitos y rutinas diarias.
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NORMAS GENERALES DE CONVIVENCIA ESCOLAR.
El respeto y la observancia de cada una de las normas señaladas en el presente Manual permitirán
una sana y armónica convivencia interna. Éstas tienen como objetivo primordial corregir las
posibles equivocaciones que se pueden cometer, para superarlas y así desarrollarse como persona
integral.
Es responsabilidad de cada profesor/a y personal de la Escuela velar por la disciplina, orden y aseo
dentro del aula y de todo espacio educativo.
Es deber de todo el profesorado y personal de la Escuela velar y corregir el buen uso del lenguaje
verbal y no verbal de los/as estudiantes y los miembros de la Comunidad en general.
Sin perjuicio de lo anterior, las situaciones disciplinarias de los/las estudiantes serán evaluadas
permanentemente por el/la respectivo(a) Profesor(a) Jefe. Los profesores de asignatura
acompañan el proceso promoviendo el cumplimiento del Manual.
Comportamiento de los estudiantes dentro de la Escuela.
- Los estudiantes deben cooperar en mantener el orden y aseo de sus respectivas salas
de clases y de todo el espacio educativo. El/la profesor(a) jefe y de asignatura velarán por el
cumplimiento de esta norma e implementarán las medidas adecuadas para lograr este fin (el
incumplimiento de esta norma se considerará falta leve).
- Los estudiantes deben cooperar con el adecuado clima de trabajo escolar,
manteniendo silencio en la sala y durante los traslados en hora de clases a salas de recursos.
El/la profesor(a) jefe y de asignatura velarán por el cumplimiento de esta norma (el no
acatamiento se considerará falta leve).
- No está permitido en horas de clases realizar otras actividades que no sean parte de
las solicitadas por el profesor, tales como: comer, escuchar música, maquillarse, manipular
juguetes u objetos tecnológicos (el incumplimiento de esta norma se considerará falta grave).
- Sobre el uso de celulares en clases, no se permitirá su uso bajo ningún motivo. Si
el/la apoderado necesita comunicarse con el/la alumno/a, debe hacerlo vía secretaría. En
caso de que un objeto sea requisado por un(a) profesor(a), éste se entregará personalmente
al apoderado por medio de su profesor/a Jefe o Asistente de Convivencia (el no acatamiento
se considerará falta grave).
- La Escuela no se hará responsable del deterioro, destrozo o pérdida de este tipo de objetos, ni de ningún objeto de valor ajeno a la escuela (joyas, juguetes, dinero, accesorios, etc.)
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- Durante las horas de clases, los estudiantes deberán permanecer en la Escuela,
prohibiéndose estrictamente su salida sin previa autorización de la Coordinación de
Convivencia Escolar y/o Dirección (el incumplimiento de esta norma se considerará falta
gravísima).
- Durante las horas de clases y toda actividad formativa, los/as estudiantes deben
participar, saliendo de ellas solo con autorización del/la profesor(a) a cargo (el incumplimiento
de esta norma se considerará falta grave).
- Se prohíbe fumar a los/las estudiantes dentro de la Escuela, en su entorno y en
circunstancias de representación de esta (el incumplimiento de esta norma se considerará falta
gravísima).
- Durante los ejercicios de Seguridad Escolar los estudiantes deben mantener una
conducta responsable. El no acatar las instrucciones será considerada falta gravísima.
- Manifestar exageradamente expresiones de cariño (besos, caricias, abrazos, otros) en
espacios abiertos o apartados dentro de la Escuela, durante actividades escolares o en otros
espacios, se considerará falta leve y su reiteración, grave.
- Deteriorar y/o sabotear intencionalmente dependencias, materiales, sistemas e
implementos de la Escuela, además de la medida disciplinaria el/la estudiante deberá reponer
el daño material (se considerará falta grave).
- Es perjudicial portar todo tipo de armas, instrumentos, utensilios u objetos cortantes,
punzantes o contundentes, ya sean genuinos o con apariencia de ser reales, que no haya sido
solicitados como material de trabajo en una asignatura. El porte se considerado falta grave.
- El hecho de hurtar o robar un instrumento evaluativo de cualquier sector de
aprendizaje, documentos oficiales propios del Colegio, objetos personales ajenos, será
considerada una falta gravísima.
- El hecho de hurgar y/o hurtar o robar materiales o pertenencias ajenas. (Se considerará falta gravísima).
Respecto de alcohol, drogas ilegales y sustancias nocivas
- Se prohíbe a los estudiantes el ingreso, porte, tráfico y consumo de alcohol, drogas legales o
ilegales y otras sustancias nocivas de cualquier naturaleza. La infracción constituye falta
gravísima, la que, sin perjuicio de ser sancionada conforme a este Manual, activará de
inmediato el Protocolo de "Prevención y manejo ante el consumo y porte de sustancias
psicoactivas" (ver Documento al final del Manual).
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Falta de respeto a las personas, autoridades e instituciones.
- Consideramos que el respeto y sus actitudes que promueven son fundamentales para la
sana convivencia escolar, favoreciendo el desarrollo de habilidades personales y sociales. Por
este motivo el transgredir esta norma y virtud por medio de diferente conductas, se
considerará falta gravísima.
- Serán consideradas gravísimas todas las acciones que lesionen la dignidad de las
personas por el uso indebido de lenguaje verbal y no verbal.
- Serán consideradas gravísimas todas las acciones que lesionen la dignidad de las
personas, utilizando medios electrónicos como: celulares, MP3, MP4, IPOD, cámaras
fotográficas, Internet (Redes Sociales, Facebook, Twitter, Messenger, WhatsApp, YouTube,
etc.).
- Serán considerados faltas gravísimas los daños que se causen a los bienes y
dependencias de la Escuela.
- Serán consideradas faltas gravísimas los daños que se causen deliberadamente a los
instrumentos legales del Colegio (Libro de clases, informes, libreta de comunicación,
certificados, sistema computacional de registros, etc.).
- Ante la sospecha y/o certeza de un posible abuso sexual se debe de activar de inmediato
el protocolo respectivo, (toda conducta de abuso sexual se considera falta gravísima).
- Ante una posible conducta de agresión psicológica (oral, gestual, gráfica, tecnológica o
escrita) y/o física que cometa un estudiante en contra de otra persona, dentro o fuera de la
Escuela, cualquier agente de la comunidad escolar podrá activar el "Protocolo de Violencia y
maltrato escolar" (ver Documento al final del Manual) y en base a los resultados se aplicará
reglamento según corresponda.
- Ante una posible conducta de acoso escolar cualquier agente de la comunidad escolar
podrá activar el "Protocolo de Violencia y Maltrato escolar. " (Ver Documento al final del
Manual) y en base a los resultados se aplicará reglamento según corresponda. Toda conducta
de acoso escolar se considera falta gravísima.
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CLASIFICACIÓN DE LAS FALTAS
Las faltas o conductas se clasifican dentro de las siguientes categorías:
A) CONDUCTAS POSITIVAS:
B) FALTAS LEVES
C) FALTAS GRAVES
D) FALTAS GRAVISIMAS
Cada una de estas conductas se consignan dependiendo de la siguiente definición y dentro de
los siguientes ejemplos.
A) Se consideran conductas POSITIVAS las acciones que benefician la buena convivencia, el
desarrollo de valores y actitudes que favorecen el aprendizaje, tales como:
A1. Mantiene una presentación personal excelente, durante toda la jornada.
A2. Tiene sus útiles y cuadernos al día y en buen estado.
A3. Manifiesta una actitud de respeto y colaboración con sus pares, profesores, personal de
aseo, administración y/o directivos.
A4. Demuestra la capacidad de reconocer los errores y trata de enmendarlos.
A5. Evidencia en su comportamiento una actitud de colaboración y solidaridad con sus
compañeros.
A6. Muestra compromiso frente a sus estudios siendo constante, perseverante y
responsable en sus rutinas y actividades escolares.
A7. Mantiene una excelente participación en clases.
A8. Se destaca su colaboración con el cuidado medio ambiental, el aseo y reciclado, en las
dependencias del colegio.
A9. Mantiene una excelente participación en actividades programáticas y extra
programáticas.
A10. Toma la iniciativa para organizar actividades que promueve los valores del colegio.
A11. Ha demostrado gran responsabilidad en compromisos asumidos con su curso y con la
escuela.
A12. Ha logrado superar sus dificultades favoreciendo su inclusión dentro del curso.
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A13. Presenta una actitud de respeto con los compañeros de cursos inferiores o con alguna
forma de discapacidad temporal o permanente.
A14. Genera o promueve entre sus compañeros un clima académico propicio para el buen
desarrollo de la clase.
A15. Presenta una actitud solidaria y acogedora con sus compañeros nuevos, colaborando a
su integración.
A16. Cuida la identidad del establecimiento tanto dentro como fuera de éste..
A17. Otras actitudes que merezcan ser destacadas como positivas.
B) Se consideran FALTAS LEVES las acciones que afectan a la buena convivencia y a su desarrollo
académico, tales como:
B1. Muestra despreocupación por presentarse con sus útiles y materiales escolares..
B2. Se presenta sin sus tareas.
B3. No trabaja durante la clase.
B4. Presenta mal comportamiento en la formación o en el desplazamiento a su sala.
B5. Se presenta sin comunicación firmada por su apoderado.
B6. Desobedece las instrucciones.
B7. Llega atrasado a la escuela y/o a sus clases.
B8. Toma voluntariamente prendas, útiles u otros elementos ajenos, sin consentimiento de
su dueño..
B9. Utiliza maquillaje, cortes de pelo distractores para ellos y/o compañeros, tinturas de
pelo, piercing y/o expansiones..
B10. Cualquier conducta que afecte la buena convivencia y su desarrollo académico.
C) Se consideran FALTAS GRAVES las acciones que afectan a la buena convivencia, la dignidad e
integridad y el desarrollo académico de las personas., tales como:
C1. Es grosero(a) en sus actitudes y/o vocabulario con sus compañeros y/o integrantes de
la comunidad educativa.
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C2. Contesta en forma insolente o manifiesta actitudes irrespetuosas, groseras,
gesticulaciones o golpeando el mobiliario afectando a sus pares, profesores o cualquier
otro funcionario del establecimiento.
C3. Utiliza cualquier aparato de audio, juegos electrónicos y/o teléfonos celulares en horas
de clase, sin fin educativo.
C4. Participa o promueve juegos violentos que revisten situaciones de riesgo a la integridad
física propia o de sus compañeros, dentro o fuera de la sala de clase.
C5. Daña, destruye o raya ( grafitis, escritura soez o pintura) y mal utiliza materiales,
muebles o instalaciones del colegio.
C6. Destruye, esconde y/o mal utiliza material de estudio de sus compañeros. Será
agravante, cuando lo anterior ocurra en el periodo próximo a una evaluación relativa al
material de estudio referido.
C7. Durante una evaluación: “ayuda o copia”, porta celular, envía o recibe mensajes, usa
calculadora no autorizada u otro dispositivo.
C8. Manifiesta conductas afectivas de pareja, expresiones con contacto físico, que no
corresponda al ambiente propio de actividades escolares.
C9. Evidencia una presentación personal deficiente constantemente.
C10. Se presenta sin agenda escolar de la escuela.
C11. Sale o se escapa de la sala.
C12. Falta a sus evaluaciones sin justificación valida.
C13. Falta a clases sin consentimiento de su apoderado.
C14. Se niega a rendir una evaluación.
C15. Cualquier conducta que afecte la buena convivencia, dignidad, integridad o desarrollo
académico de las personas, en puntos mencionados con anterioridad.
D) Se consideran FALTAS GRAVISIMAS las acciones reiteradas, intencionadas, inaceptables que
afecten la dignidad y/o integridad de las personas de la comunidad educativas, tales como:
D1. Fotografía o graba a algún integrante de la comunidad sin su consentimiento,
registrando alguna acción que denosté su integridad.
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D2. Ayuda o facilita el ingreso a personas ajenas a la comunidad educativa sin autorización.
Siendo agravante que afecte el normal desarrollo de las actividades del
establecimiento.
D3. Se burla de sus compañeros afectando su integridad psicológica y/o dignidad humana.
D4. Incita a sus compañeros a burlase de otro u otros atentando contra su integridad
psicológica y dignidad humana.
D5. Agrede físicamente a otra persona, ya sea compañero o funcionario de la escuela.
D6. Roba, hurta o abusa de la confianza para sustraer especies ajenas.
D7. Calumnia ofende o injuria a otros, en forma oral, escrita o de manera electrónica,
haciendo publicaciones dentro o fuera del colegio, sean compañeros o funcionarios del
colegio, atentando contra su integridad psicológica.
D8. Falsifica, interviene o manipula indebidamente el libro de clases u otro documento
institucional.
D9. Consume. Porta, vende y/o distribuye drogas, alcohol u otras sustancias ilícitas o
medicamentos no autorizados en las dependencias del colegio o en sus aproximaciones
y/o en salidas pedagógicas.
D10. Sustrae o manipula instrumentos evaluativos.
D11. Porta, manipula o construye armas, juegos pirotécnicos, bombas de ruidos, humo o
similares, etc. dentro de la escuela, atentando contra la dignidad, integridad y salud de
las personas y/0 reiteradas en las situaciones antes mencionadas.
D12. Hace uso o ingreso a baños no asignados oficialmente a su género.
D13. Intimida a sus compañeros, a través de amedrentamientos y/o amenazas, se considera
agravante, cuando esta situación sea con alumnos de niveles inferiores o sean
concretados por un grupo
D14. Se escapa o sale de la escuela sin autorización del equipo directivo.
D15. Cualquier conducta o Acciones reiteradas, intencionadas y/o inaceptables que afectan
la dignidad y/o integridad de las personas.
La reiteración de una falta leve o grave, será considerada una falta de nivel siguiente. Ej: el alumno
al reiterar 3 veces una falta leve, se considerara como falta grave.
Las conductas mencionadas en los puntos B, C Y D, al ser reiterativas, serán causales de la
apertura del “PROCESO DE CONDUCTA” del alumno, dependiendo de la gravedad y reiteración de
dichas acciones. Se hará cargo de dicho proceso el profesor jefe y evaluado por el cuerpo directivo.
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ACCIONES ANTE CONDUCTAS DESTACADAS DE LOS(AS) ESTUDIANTES QUE
DEMUESTRAN EL PERFIL DEL/LA ALUMNO(A) ZOLTANIANO
Cuando el/la estudiante presente acciones destacadas respecto de su conducta sobresaliente en
responsabilidad y/o rendimiento, se podrán aplicar las siguientes medidas:
- Felicitación oral de cualquier miembro de la comunidad. - Anotación positiva por parte del Profesor Jefe, profesor de asignatura o asistentes de la
educación.
- Comunicación mediante libreta informando la felicitación del Profesor Jefe o de asignatura. - Distinción en consejo de curso y/o reunión de padres y apoderados/as . - Distinción escrita en Mural de Dirección. - Distinción del Consejo de Profesores, a través de una carta de reconocimiento. - Carta de Felicitación de la Directora. - Reconocimiento de la Directora al curso. - Reconocimiento por medio de premio Enrique Araya (se realiza de forma anual y es el máximo
reconocimiento que lleva el nombre del Fundador de la escuela, destacando las principales cualidades y valores que busca fomentar nuestra institución)
En caso de que sus acciones sobresalgan notoriamente respecto de sus compañeros/as, sean
permanentes y se identifiquen con los valores de la Escuela Zoltan Dienes, el/la Estudiante será
mencionado y destacado en ceremonia de premiación que se realiza al término del 1° semestre y
cierre del año, además será candidato a recibir la mayor distinción en este ámbito, premio Enrique
Araya (Fundador de nuestra Escuela) el cual se otorga en el cierre del año lectivo.
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PROCEDIMIENTOS DE RESOLUCIÓN DE PROBLEMAS
Los conflictos ocurridos por intolerancia o falta de respeto a las normas, serán tratadas
generalmente mediante el diálogo entre las personas involucradas, existiendo siempre en una
persona encargada para orientar la conversación con honestidad y respeto, tratando de buscar un
sentido al reconocimiento de errores cometidos y llegar a conciliación.
Las personas que participan en los conflictos pueden mostrar una actitud de arrepentimiento, lo
que indica un buen camino para aprender de la experiencia y una esperanza de cambio de
conducta, lo que indica un comportamiento hacia la superación, dependiendo, entre otras, de esta
actitud será la gravedad de la falta.
1. ETAPAS DE LA RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS:
1º Registro de la Situación
- Fecha
- Involucrados
- Descripción de la
situación
2º Intervención o Gestión
en Conflictos
- Negociación
- Mediación
- Conciliación
3º Registro y Comunicación
de la Situación
- Sanción
- Tiempo de ejecución
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2. METODOS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS:
NEGOCIACIÓN: Las personas implicadas en el problema dialogan cara a cara para llegar a un
acuerdo.
MEDIACIÓN: Un tercero neutral ayuda a las partes en conflicto a alcanzar un acuerdo o arreglo
mutualmente aceptable.
CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE: Con la ayuda de un tercero, árbitro o juez con poderes reconocidos
por las autoridades como autoridad decide una salida o solución al
conflicto que debe ser acatada por las personas en conflicto.
TIPOS DE SANCIONES Y SENTIDO DE ELLAS
TIPO DE SANCIONES DESCRIPCIÓN SENTIDO
Sanciones formativas de
reparación
Reparar daño hecho reponiendo o
cancelando daño a la persona
Reconocer, a prender a reparar sus
errores
Sanciones formativas de
compensación Pedagógica
Apoyar a compañeros, cuando por su
actuar impidió a otro aprender
Apoyar a compañero que por su
responsabilidad no hiso la tarea
Sanciones Formativas de
Compensación Comunitaria
Apoyar a la comunidad en tareas que
le beneficien a todos o de bien común
Compensar a la comunidad por la falta
realizada
Sanciones Formativas de
Recuperación Pedagógica
Confeccionar informe sobre un tema
atingente, exponer, disertar o
confeccionar diario mural
Recuperación de contenidos o temas
tratados por ausencia o desorden
Sanciones administrativa
Amonestación Dialogo, amonestación verbal
Formativo en valores y en su actitud o
comportamiento
Sanciones administrativa
Suspensión
Separación del estudiante del resto de
sus compañeros
Para una toma de conciencia de sus
errores y hacer participar a su
apoderado en este proceso
Sanciones administrativa
Expulsión No ingresa a clases
Proteger la integridad y dignidad de
los demás.
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ACCIONES ANTE LAS FALTAS NORMATIVAS
Cuando el/la estudiante falte a las normas establecidas en el presente Manual, se podrán aplicar
las siguientes medidas según corresponda:
Medidas formativo-pedagógicas reflexivas:
- Proceso reflexivo: en donde el profesor y/o Encargado de Convivencia o la persona que él
designe en conjunto con el/la estudiante analizan el actuar de éste, tomando acuerdos para
superarlo.
- Mediación: entendida como una forma de resolución del conflicto a través de un proceso de diálogo entre las partes y a cargo de un profesional calificado.
- Amonestación verbal: Marcar la falta de la conducta, comprometiendo al estudiante a modificarla y con plazo definido.
- Anotación en la hoja de vida del estudiante: dejar por escrito en su hoja de vida la conducta del estudiante.
- Anotación con comunicación al apoderado a través del Profesor Jefe o de asignatura:
Informar al apoderado por escrito la conducta de su hijo/a. - Citación al apoderado: Se informa sobre la conducta de su pupilo y se toman
acuerdos para superarlas.
MEDIDAS FORMATIVO-PEDAGÓGICAS CORRECTIVAS:
- Asistencia a clases en compañía del apoderado: esto es con el fin de regular la conducta del estudiante y crear rutinas de trabajo en conjunto con la familia. Esta medida puede ser impuesta por los directivos del establecimiento o por mutuo acuerdo con la familia.
- Recuperación de actividades académicas: esta medida se aplica a los/las Estudiantes que no cumplan con sus actividades planificadas en la(s) clases correspondientes. El estudiante previo aviso a su apoderado mediante agenda escolar, vía telefónica o de forma personal, permanecerá un día viernes en el establecimiento hasta las 15:00 hrs, finalizando sus labores pendientes bajo la supervisión del funcionario asignado.
Esta medida también aplica sobre los estudiantes que no asistan a evaluaciones planificadas y previamente informadas, sin justificativo médico, según lo establece el reglamento de evaluación.
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- Carta de Compromiso Inicial (Formulario de conducta): Compromiso de modificación de conductas que atentan la buena convivencia y clima de trabajo, estableciendo un plazo para su cumplimiento. Se realiza cada tres anotaciones negativas en la hoja de conducta del estudiante, reiteración de faltas o al realizar una falta gravísima.
- Carta de Compromiso Final (Proceso de conducta): segunda etapa, cuando el estudiante no ha logrado superar sus faltas, compromisos anteriores, o bien, ha incurrido en reiteradas faltas gravísimas obteniendo 3 hojas de conducta.
Este proceso determina un plazo para la modificación de las conductas definidas al realizar la apertura del proceso. Durante este plazo pueden adoptarse otras medidas formativas de ser necesario con el fin de revertir la situación. - Suspensión de actividades escolares: para hacerla efectiva tenemos 4 modalidades
según se haya determinado por el área de convivencia. Esta sanción será informada previo aviso al apoderado vía agenda escolar o de forma personal:
Suspensión del resto de la jornada escolar: Esta medida se utiliza en el momento que los
estudiantes hayan cometido una falta gravísima (agresiones, amenazas, dañar la integridad
psicológica o dignidad humana, etc.) y este hecho atenta contra el clima de aula y la
tranquilidad de sus pares, por lo tanto, se opta a que el apoderado retire al estudiante por
el resto de la jornada.
Suspensión en el colegio: esta se realizará en las dependencias del colegio, no ingresando a
clases ni teniendo los recreos en conjunto con sus pares. En su reemplazo los estudiantes
realizarán actividades académicas y/o de colaboración, supervisadas por el Área de
Convivencia Escolar.
Suspensión no asistiendo al colegio: esta se hará efectiva no asistiendo a clases, siendo de
plena responsabilidad de sus apoderados el supervisar las labores académicas y /o
formativas encomendadas durante el tiempo establecido, asistiendo diariamente al
establecimiento a retirar sus labores escolares. De esta manera se busca salvaguardar el
aprendizaje del resto de los/las estudiantes del grupo.
El tiempo de dicha suspensión dependerá de la gravedad de los hechos, la reiteración o bien la
duración del proceso de investigación, teniendo un periodo máximo de 5 días hábiles,
pudiendo replicarse por una vez por un periodo igual.
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Suspensión de actividades especial o extra-programáticas: Esta Medida se puede aplicar
con el fin de salvaguardar el orden de la actividad, la integridad de sus pares o funcionarios
del establecimiento, estas actividades son extra-programáticas tanto dentro como fuera del
establecimiento, incluyendo graduaciones, licenciaturas, desayuno de despedida, fiesta de
gala, Salidas pedagógicas, participación en taller, jeans day o eventos, etc.
Esta sanción es de carácter individual, por lo tanto la suspensión de actividades se aplica
directamente a los estudiantes que cometen las faltas o tienen los procesos conductuales que
ameriten esta medida, sin perjudicar a sus pares (compañeros de curso) o amistades.
- Carta de Condicionalidad: se aplica cuando un estudiante ha incurrido en reiteradas faltas
graves o gravísimas. Esta puede ser aplicada en cualquier momento del periodo escolar, siendo
vigente o aplicable durante en dos opciones.
- Aplicada para el año escolar en curso
- Aplicada para el año escolar siguiente
La Condicionalidad es la instancia que señala la gravedad de la situación. Implica que, de no
haber una clara superación de los motivos o causas que determinaron tal situación, el/la
estudiante tendrá cancelada la matrícula para el próximo periodo. Los estudiantes podrán estar
en situación condicional entre 1º a 8º básico solo una vez por la misma causa.
La condicionalidad es evaluada semestralmente dependiendo de la gravedad, en donde puede
ser levantada, mantenida, pasar a la cancelación de la matricula o al termino inmediato del
contrato de prestaciones de servicios educacionales.
- Cancelación de matrícula o no renovación del contrato de prestación de servicios: Inhabilidad
para matricularse al año lectivo siguiente.
- Término inmediato del contrato de prestaciones de servicios educacionales: es la sanción
máxima de la escuela.
Tanto La cancelación de matrícula, como el término del contrato de prestaciones de servicios educacionales, son medidas que deben ser respaldadas con el proceso de conducta y enviadas a la superintendencia de educación para su aceptación, junto con esto, se debe informar al apoderado, quien podrá apelar a esta medida, mediante una carta dirigida a la directora del establecimiento en un plazo máximo de 5 días hábiles desde la toma de conocimiento. Finalmente la directora junto con el consejo de profesores tomará la determinación de acoger o descartar la apelación o bien, una modificación de la medida adoptada, donde se citará nuevamente al apoderado con un plazo máximo de 5 días hábiles e informarán al apoderado de la medida final.
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En caso de que el apoderado no presente apelación en el plazo determinado, la sanción se tomará como asumida por él. Aspectos administrativos:
- El estado de compromisos y condicionalidad se considera válido, aunque el apoderado se
niegue a firmar el respectivo documento, o al no concurrir a la citación por dicho asunto.
- La notificación de medidas disciplinarias a un estudiante se comunicará por escrito, citando
al/la afectado(a) y su apoderado o por vía agenda escolar.
- Todas las medidas aplicadas serán registradas en el Libro de Clases y/o Ficha Personal del/de la
estudiante.
Reconsideraciones de Oficio
- La Directora en casos excepcionales, y cuando el cambio de conducta por parte del/la
estudiante es muy positivo, podrá reconsiderar la sanción sustituyéndola por una de menor
gravedad, según las disposiciones de este Manual.
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PROCEDIMIENTO GENERAL PARA LA APLICACIÓN DE
SANCIONES ANTE UNA FALTA GRAVISIMA
Primera etapa: INVESTIGACION INDAGATORIA
El profesor(a) a cargo, que presencia o atiende el conflicto deberá dejar registro por escrito de la situación en un formulario de conducta. Siendo lo más claro y explicito posible en la redacción, agregando a todos los implicados. Al finalizar firmando dicho formulario, deberá ser entregado al profesor jefe correspondiente.
Segunda etapa:
El profesor jefe, deberá citar al/la o los(as) estudiantes, para proceder a la explicación del hecho o las conductas cometidas, señalar las posibles sanciones disciplinarias y recibir sus versiones sobre los hechos. Además los alumnos podrán aportar las pruebas necesarias para sustentar sus dichos o realizar otros descargos respecto de la comisión de la conducta indebida.
Una vez terminada la relación de los hechos y ponderando las pruebas, el Inspector General en
conjunto con el encargado de convivencia escolar correspondiente en conjunto con el profesor
jefe notificara al alumno(a) de la sanción disciplinaria.
Esta citación será dentro de los 2 días hábiles siguientes de finalizada la investigación indagatoria.
Tercera etapa:
Una vez notificada la medida disciplinaria, el apoderado(a) o/y el estudiante podrá apelar por
escrito a la Dirección dentro del plazo de 2 días hábiles. En su apelación se solicitará reconsiderar
la medida y las razones para ello.
Cuarta etapa:
La Dirección será la última instancia de resolución y emitirá su dictamen por escrito, confirmando
la medida o acogiendo la apelación, en un plazo de 2 días hábiles a contar de la fecha de
recepción de la carta.
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PROCEDIMIENTOS ESPECIALES PARA LA APLICACIÓN DE LA CONDICIONALIDAD Y/O LA CANCELACIÓN DE MATRÍCULA (NO RENOVACIÓN DEL CONTRATO DE PRESTACIONES DE SERVICIOS EDUCACIONALES) Y/O CIERRE ANTICIPADO DEL AÑO ESCOLAR.
La cancelación de matrícula y/o término inmediato del contrato de prestaciones de servicios
educacionales, se aplicará en los casos de hechos gravísimos que lo ameriten. Antes de una
cancelación de matrícula, de cualquier tipo, la Dirección, debe haberse reunido con el apoderado
del(a) alumno(a), para comunicar los hechos y las posibles sanciones. Tanto el/la estudiante como
su familia pueden exponer su relato, dudas y peticiones, por escrito, para ser considerado en el
proceso.
Los hechos que conducen a la condicionalidad o una cancelación de matrícula o bien término de
contrato de prestación de servicios, se dividirán en dos clases, que darán cabida a diferentes
procedimientos:
PROCEDIMIENTO ESPECIAL EN CASO DE MALA CONDUCTA REITERADA.
El/la estudiante que obtiene un formulario de conducta, genera un compromiso formal para modificar las actitudes descritas. Al no modificarse dichas actitudes o faltas, o bien recibe 3 o más formularios de conducta se realizará la apertura de un proceso conductual. Un proceso puede finalizar en la modificación positiva de las conductas descritas o en las sanciones de cancelación de matrícula o el término del contrato de prestaciones de servicios educacionales.
Primera etapa: Decisión de apertura del proceso
El profesor jefe del estudiante en conjunto con el inspector general y/o encargado de convivencia se analizará la situación y antecedentes del estudiante, y se realizará la apertura del proceso de conducta. Donde se citará al apoderado con un máximo de 5 días hábiles para realizar la apertura.
Segunda etapa: Apertura del proceso
Se realizará la apertura del proceso de conducta, fijando la apertura a la fecha de la reunión, describiendo claramente la razón(es) por las cual(es) se realiza la apertura y que al mismo tiempo son las conductas que deben ser modificadas en un plazo claramente descrito, este documento deberá ser firmado por el apoderado.
Si el apoderado no asiste a la citación o se niega a firmar, el documento se considerará como válido.
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Tercera etapa: Evaluación
Al finalizar el plazo determinado el profesor jefe debe citar nuevamente al apoderado y estudiante
a evaluar el periodo, en esta evaluación se revisará la actitud del estudiante durante el plazo del
proceso, de ser necesario el plazo se puede extender o de ser necesario se pueden otras sanciones
complementarias al proceso o finalmente se puede optar por la sanción de cancelación de
matrícula o término del contrato de prestaciones de servicios educacionales.
Cuarta etapa: Cierre del proceso de conducta
Al momento de tomar una medida con respecto al proceso de conducta, ya sea, el cierre por modificación de las conductas descritas y cumplimiento del compromiso, la cancelación de matrícula o el término del contrato de prestaciones de servicios educacionales, están deben ser registradas en el cierre del proceso, las principales razones las cuales llevan a la decisión y la toma de conocimiento.
EN CASO DE FALTA GRAVÍSIMA QUE NO CONSTITUYA MALA CONDUCTA REITERADA.
Primera etapa: INVESTIGACIÓN
De la conducta indebida cometida por el (la) o los(as) estudiante(s), el inspector general solicitará
reportes y declaración a: Profesor(a) Jefe respectivo, profesor(a) de asignatura o cualquier
miembro de la comunidad escolar.
Esta investigación no tendrá una duración mayor a 5 días hábiles. El informe del procedimiento
será entregado por el profesor jefe.
Segunda etapa:
El o los Profesores jefe deberá citar el (la) o los(as) estudiante(s) con sus respectivos
apoderados(as) para proceder a la explicación del hecho o las conductas cometidas y recibir sus
versiones sobre lo ocurrido, además los alumnos(as) podrán aportar las pruebas necesarias para
sustentar sus dichos o realizar otros descargos respecto de la comisión de la conducta indebida.
Esta citación será como máximo el 6º día hábil desde el inicio de la investigación, en dicha citación
se informará su posibilidad de aportar pruebas y descargos.
Tercera etapa:
Luego de haber aportado pruebas y sus descargos el Inspector general, en conjunto del encargado
de convivencia y directivos de ser necesario analizarán los antecedentes y citarán nuevamente al
estudiante con su apoderado en donde se entregará la decisión y sanción que se aplicará. El
apoderados y el(la) estudiante tienen un plazo de 5 días hábiles para presentar su apelación.
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Cuarta etapa:
La apelación será analizada y evaluada por la directora y el consejo de profesores quienes tomarán la determinación de acoger o descartar la apelación, eliminando, modificando o manteniendo la sanción ya informada.
Quinta etapa:
Se citará nuevamente al apoderado y el estudiante con un máximo de 2 días habiles y se entregará la decisión final.
Al no asistir el apoderado a la(s) citación(es), no presenta apelación o se niega a firmar la documentación los pasos seguirán avanzando, se considerará el apoderado en conocimiento y/o las sanciones serán consideradas como asumidas.
INSTANCIAS DE APELACIÓN A LAS SANCIONES
RESPONSABLE
PARA ATENDER
LAS
APELACIONES
TIEMPO PARA
PRESENTAR LA
APELACION Y
TIEMPO PARA DAR
RESPUESTA
PROCEDIMIENTO
RESPONSABLE DE
LA
PRESENTACIÓN
DE LA APELACIÓN
Inspector o
encargado de
Convivencia o
directivos
5 días hábiles para
apelar desde que se
notifica la sanción.
5 días hábiles para dar
la respuesta a la
apelación
Por escrito debe
especificar cuál es la
situación, cuando
ocurrió, quienes
participaron y cuál es
el motivo de la
apelación.
El estudiante con el
respaldo de su
apoderado o adulto
responsable a cargo
del niño
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Protocolos
36
CONDUCTOS REGULARES
Ante la necesidad de expresar por escrito o en forma oral cualquier observación, consulta o sugerencia que estime necesaria. Pueden realizarlo, dependiendo de la materia, usando el siguiente conducto regular:
Temas o situaciones académicas:
a) Profesor/a de Asignatura o profesor encargado.
b) Profesor/a Jefe.
c) Coordinador(a) Técnico-Pedagógico(a) (UTP).
d) Directora.
Temas o situaciones de convivencia escolar:
a) Profesor/a de asignatura
b) Profesor Jefe c) Inspector
d) Coordinador(a) de Convivencia escolar.
e) Directora. Última instancia
Cuando la situación, según la percepción del apoderad(a) o estudiante, no ha sido resuelta plenamente se puede solicitar entrevista con la Directora, quien solicitará los antecedentes necesarios para informarse de la situación y proceso realizado. Luego de ello, responderá a la solicitud de entrevista a través de un encargado.
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SALIDA Y/O RETIROS DURANTE LA JORNADA ESCOLAR.
1. Todo estudiante que se retire en hora de clases del establecimiento, debe ser retirado por el
apoderado u otro adulto previo aviso por escrito vía agenda o de forma personal mediante
secretaria. Al salir la agenda y/o el permiso debe estar firmada por el Profesor Jefe.
2. El retiro de cada alumno(a) queda registrado paralelamente en libro de registro de salidas de
Portería.
3. Si un(a) apoderado(a) necesita retirar a su hijo(a) en forma imprevista, debe llamar
previamente a la Escuela para avisar la situación. El Colegio, a través del Encargado de
convivencia se tomará las medidas para realizar el retiro del/la alumno(a) con los
procedimientos correspondientes y enviar al/la estudiante a Portería a la hora acordada.
4. En horarios de recreo y almuerzo, no se retirarán aquellos/as estudiantes que no estén
previamente chequeados(as) o acordado su retiro (esto se debe a la difícil tarea de
buscarlos(as) en horario de patio y porque la tarea asignada a los Asistentes de Convivencia
en dicho horario está abocada a cuidar y supervisar a los/las estudiantes en patio y casino).
5. El retiro de alumnos(as) enfermos(as) se realiza a través de secretaria luego de la autorización
del profesor jefe, quienes darán aviso al apoderado(a) para avisar que debe retirar al/la
estudiante.
6. Los/las estudiantes enfermos(as) sólo pueden retirarse con su apoderado(a) o un adulto
autorizado para tal efecto.
7. El Reglamento de Convivencia Escolar establece que si un apoderado(a) necesita comunicarse
con su hijo(a) éste debe hacerlo a través de la secretaría de la Escuela, por lo que está fuera
de norma el uso de este medio para concertar o programar el retiro de un estudiante.
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CARTAS DE CONDICIONALIDAD Y COMPROMISOS INICIAL Y FINAL
El presente Documento tiene por objeto, estandarizar y regular los procesos de asignación de
Cartas de compromiso y condicionalidades para alumnos y alumnas al interior de nuestro Colegio.
En este sentido, resulta relevante considerar que toda acción de compromiso o condicionalidad
representa una preocupación de la Escuela, por ayudar a los alumnos y alumnas en la superación
de sus áreas más deficitarias, de acuerdo a los principios en el PEI.
De esta forma, estas medidas pretenden, como objetivo fundamental, contribuir a la toma de
conciencia de las necesidades personales y/o familiares que se requieren implementar, para que
cada alumno y alumna logre su mejor desarrollo como persona.
Complementando lo anterior, y de un modo más específico, resulta significativo analizar las
siguientes consideraciones:
1. Todo alumno y alumna de nuestro Colegio que presente alguna dificultad, tanto en el
ámbito pedagógico como en la convivencia, debe tener seguimiento cercano del
Profesor(a) Jefe y/o alguno de los Profesionales de apoyo a esta labor: orientador(a),
psicólogo(a), psicopedagoga, Dirección de Ciclo, Dirección de Formación y Convivencia
escolar, etc.
2. Dicho proceso involucra, naturalmente, definición de acciones que se orientan a mejorar
la situación de dificultad. Estas acciones pueden referirse a compromisos de los alumnos,
padres y/o profesionales del Colegio.
3. Todo análisis de las situaciones particulares, deben estar debidamente registradas en las
hojas de entrevistas de apoderados y de alumnos(as).
4. En el caso de no observar avances, a pesar de la acción mancomunada de los distintos
actores involucrados, se puede optar a asignar al alumno(a) y/o a la familia, una carta de
compromiso o condicionalidad según corresponda.
5. Particularmente se aplica esta medida, cuando la dificultad que se ha mantenido, se
aprecia asociada a falta de compromiso del alumno(a) o de la familia, en favor de superar
el problema planteado.
6. Las cartas de compromiso tienen como fundamento esencial el explicitar de manera más
clara para los padres y/o alumno(a), lo que se espera de ellos, en favor de lograr un
mejoramiento de la situación analizada.
7. La carta de condicionalidad se aplicará el caso que los compromisos previos no se estén
desarrollando de la manera esperada, y en el que la dificultad se incremente.
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8. Tanto los compromisos como las condicionalidades se definen en los consejos de
convivencia, ya sean estos semestrales o anuales. O en Consejos especiales, convocados
por la Directora, Dirección de Formación y Convivencia escolar y/o Dirección de Ciclo.
Sobre la base de las consideraciones precedentes, se especifican a continuación similitudes y
diferencias entre los distintos niveles de compromiso o condicionalidad:
Carta de Compromiso
Inicial
Carta de Compromiso
Final
Carta de Condicionalidad.
Descripción - Esta carta se utiliza
solamente para
situaciones iniciales de
dificultad, que
requieran un
compromiso mas
explícitos al definido
con los profesores(as)
Jefes.
- No explicita que de no
cumplir el compromiso
quedará condicionada
su permanencia en la
Escuela
- Esta carta puntualiza en
mayor grado,
compromisos
definidos en las
entrevistas de
apoderados, y en la
carta de compromiso
inicial.
- Tiene la particularidad
de explicitar que de
no cumplirse los
compromisos escritos
en ella, pasará a
condicionalidad.
- Esta carta condiciona la
permanencia de un
alumno(a) en la Escuela,
al cumplimiento de
ciertas acciones
especificas, que tanto el
alumno(a) y/o el
apoderado deberá
realizar.
Causales - Faltas leves al manual de
convivencia escolar.
- Falta de compromiso de
la familia con la misión
educadora.
- Faltas leves, pero
reiteradas, al Manual
de convivencia
escolar.
- Falta de responsabilidad
y compromniso
escolar.
- Incumplimiento de los
compromisos previos
de alumno(a) y/o
familia.
- Actitud irrespetuosa y/o
agresiva frente a
algún miembro de la
comunidad educativa
- Faltas frecuentes, Graves o
Gravisimas al manual de
convivencia.
- Falta de responsabilidad y
compromiso académico.
- Actitud irrespetuosa y/o
agresiva frente a algún
miembro de la
comunidad educativa
- Incumplimiento de los
compromisos previos de
alumno(a) y/o familia.
40
Carta de Compromiso
Incial
Carta de Compromiso
Final
Carta de Condicionalidad.
Consideraciones - Para definir un compromiso se pueda consideras
solo uno de los aspectos mencionados
anteriormente.
- Para deifnir
condicionalidad, deben
considerarse con la
presencia de mas de un
factor mencionado, o
nivel de gravedad de uno
solo.
Duración - La duración de este compromiso o condicionalidad será anual.
- Ninguna de las tres cartas se podrá repetir en el periodo de aplicación
De lograr
superación total
- Se levanta la carta de
compromiso
- Se levanta la carta de
compromiso
- Se baja a compromiso final
o inicial, o se levanta la
carta de condicionalidad
si se supero
significativamente la
dificultad.
De no lograr
superación total.
- Pasa a Compromiso Final - Pasa a Condicionalidad. - Se le hace efectiva la
condicionalidad , no
renovando contrato de
prestaciones de servicios
educacionales.
Consideraciones
especiales.
- Un(a) Alumno(a) podrá
estar en situación de
condicionalidad,
solamente una vez en el
periodo escolar entre 1° y
4° Básico y entre 5° y 8°
Básico.
Antes de solicitar
la firma a los
padres y/o
alumno(a)
- Precio a la entrevista en la que se solicita la firma de la carta de compromiso o
condicionalidad correspondiente, la directora y/o encargado de convivencia
escolar deberá revisar dichos documentos y supervisar que se hayan cumplido
los procedimientos normados en este manual.
41
Carta de Compromiso
Incial
Carta de Compromiso
Final
Carta de
Condicionalidad.
Como se informa
de la situación
final.
- La carta debe firmarse
en entrevista con los
padres y/o
Apoderado(a) y dentro
de lo posible en
presencia del/la
estudiante, en la que
participa el profesor(a)
jefe.
- Al momento de firmar
se solicita a
apoderado(a) que lea lo
que firma, o de lo
contrario durante la
entrevista se le lee en
voz alta, de tal forma
que se conozca con
claridad a que se
refiere, de igual modo
que se deben responder
las dudas que surjan.
- La carta debe firmarse
en entrevista con los
padres y/o
Apoderado(a) y dentro
de lo posible en
presencia del/la
estudiante, en la que
participa el profesor(a)
jefe.
- Al momento de firmar se
solicita a apoderado(a)
que lea lo que firma, o
de lo contrario durante
la entrevista se le lee en
voz alta, de tal forma
que se conozca con
claridad a que se
refiere, de igual modo
que se deben
responder las dudas
que surjan.
- La carta debe firmarse
en entrevista con los
padres y/o
Apoderado(a) y dentro
de lo posible en
presencia del/la
estudiante, en la que
participa el profesor(a)
jefe y encargado de
convivencia escolar.
- . Al momento de firmar
se solicita a
apoderado(a) que lea lo
que firma, o de lo
contrario durante la
entrevista se le lee en
voz alta, de tal forma
que se conozca con
claridad a que se
refiere, de igual modo
que se deben
responder las dudas
que surjan.
Plazos para
informar
situaciones
finales.
- Se debe comunicar a los padres y/o alumnos(as) previo al proceso de matrícula.
- De no concurrir a la entrevista correspondiente, o de negarse a firmar el
documento, la Directora deberá solicitar la retención de la matrícula, hasta que
el/la apoderado(a) regularice su situación.
De los
compromisos
- Se debe considerar que los compromisos solicitados sean evaluables al final del
período de vigencia, para así determinar el cumplimiento o no del
compromiso firmado.
De los alumnos
repitentes
- Todo alumno(a) repitente, que habiendo apelado a su permanencia, se le haya
concedido; por el solo hecho de repetir, quedará con Carta de Condicionalidad.
- De existir cartas previas, se aplican las condiciones tratadas anteriormente.
42
DISPOSICIONES RELATIVAS A LAS ACTIVIDADES PEDAGÓGICAS –
FORMATIVAS FUERA DEL ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL.
Estas actividades tienen el objetivo de complementar la formación integral de los/as estudiantes y
son de carácter académica, religiosa, deportivas o artísticas. Por lo tanto los/ las estudiantes
deben:
- Asistir con el uniforme o buzo institucional, según determine la persona a cargo de la actividad.
De no presentarse con éste, no podrá asistir a la actividad, debiendo permanecer en el la
Escuela, realizando actividades entregadas por su profesor(a) jefe.
- Los/las estudiantes no podrán usar accesorios o prendas de otro color que desvirtúen el
correcto uniforme escolar.
- Demostrar en todo momento un comportamiento y vocabulario acorde al perfil del/la
estudiante de la Escuela Zoltan Dienes. El comportamiento inadecuado será sancionado según
lo determinado el Manual de Convivencia como una falta grave.
- Para toda actividad fuera de la Escuela, el/la estudiante debe presentar una autorización del
apoderado(a) por escrito en la agenda escolar o colilla correspondiente. No se permitirá la
autorización vía mail o telefónica. Si el/la estudiante no trae autorización escrita, no podrá
asistir a la actividad, debiendo permanecer en la Escuela realizando las actividades que designe
su profesor(a) jefe.
- El/la estudiante debe seguir las indicaciones de los profesores o personas a cargo. El no seguir
estas indicaciones será sancionado según lo determinado el Manual de Convivencia como una
falta grave.
- Es responsabilidad de la persona a cargo de la actividad en conjunto con los apoderados, el
asegurar que ningún alumno(a) se margine de la actividad por motivos económicos. Para ello,
debe buscar las estrategias que faciliten la participación de todos(as) los(as) alumnos(as). La
inasistencia a esta actividad debe ser justificada personalmente por el apoderado ante el
profesor jefe.
- Las salidas se informarán mediante un oficio a la Dirección Provincial de la actividad con la
debida antelación.
El oficio debe contener.
Lugar de la actividad Hora y Fecha Nomina personas que asisten. Persona a cargo Breve descripción de la actividad y objetivo.
43
Protocolo para abordar situaciones de Maltrato escolar y/o
Bullying
1. Al recibir el reporte de Maltrato escolar
- Quien reciba el reporte de Maltrato escolar debe escucharlo con atención, darle importancia,
no hacer conjeturas y no emitir juicios de valor previos.
- Es importante aclarar, a quien reporta, que la situación de Maltrato escolar es considerada
como una falta gravísima en nuestro establecimiento y que debe ser abordada.
- Pedir a quien reporta que informe al profesor jefe u autoridad encargada de cualquier nueva
situación que se produzca.
- La persona que reciba el reporte de Maltrato escolar deberá informar la situación al profesor
jefe, o encargado de liderar el proceso de manejo de Maltrato escolar.
- El profesor jefe deberá asegurarse que el reporte llegue al Equipo Directivo y encargado de
convivencia, quienes determinarán a la vez si es maltrato o bullying (situación aislada o
periódica que cumple con características de bullying).
- El colegio informará al apoderado del reporte una vez recabada toda la información.
2. Investigación del Reporte
- Se asignará un encargado idóneo para liderará la investigación.
- El encargado informará y recopilará antecedentes del caso.
- El encargado coordinará las entrevistas requeridas para investigar con profundidad el reporte
de Maltrato escolar y/o bullying. Estas, podrán incluir a:
Víctima de Maltrato escolar o Bullying.
Acusado(s) de Maltrato escolar o Bullying.
Testigos mencionados como presentes.
Estudiantes, funcionarios y/o integrantes de la comunidad educativa que no presentan
alguna relación con ninguno de los involucrados.
- Las entrevistas personales se regirá por una pauta que se definirá especialmente para el
proceso.
44
- Si luego de las entrevistas iniciales, o de las dinámicas grupales llevadas a cabo, la situación aún
no es clara, El encargado de la investigación, Profesor Jefe, Equipo Directivo y encargado de
convivencia determinarán las medidas a seguir para continuar el proceso de investigación.
3. Tomar decisiones y acciones
Con Relación a maltrato entre alumnos
- El profesor jefe junto con el equipo Directivo deberá tomar la decisión de la sanción que se le
dará al alumno.
- El profesor jefe deberá citar a los padres en conjunto con representantes del equipo directivo,
para entregar la información recabada, informar la sanción que se entregará a su hijo (a) y se
analizará conjuntamente el plan de acción a seguir, el que se especificará en la "Hoja de
registro de Maltrato escolar".
- El profesor jefe será el responsable del seguimiento con el apoyo de Equipo Directivo.
- Se informará a los padres que se realizarán intervenciones a nivel de curso o grupos en caso
que se estime conveniente.
- Se informará a los padres que el encargado de Convivencia trabajará con su hijo (a) como parte
del plan de acción.
- El profesor jefe hará el seguimiento de este plan de acción con el estudiante.
- Si el Equipo Directivo lo estima conveniente, el alumno podría ser derivado a evaluación
psicológica externa u otra que sea necesaria.
45
En relación a la víctima de Maltrato escolar
- El profesor jefe deberá citar a los padres en conjunto con el equipo directivo y el encargado de
convivencia, para entregar la información recabada y establecer en conjunto un plan de acción:
- El profesor jefe se hará responsable del seguimiento de la víctima con el apoyo de Equipo
Directivo y encargado de convivencia.
- Se informará a los padres que se realizarán intervenciones a nivel de curso o grupos en caso
que se estime conveniente.
- Se informará a los padres que Convivencia citará a su hijo(a) para ofrecer contención
emocional. En caso de que el estudiante solicite no ser visto por Convivencia, se respetará su
decisión y se informará a los padres que el seguimiento será realizado por Equipo Directivo.
- En caso de ser necesario una evaluación psicológica, será el encargado de convivencia junto
con los padres los responsables de buscar la ayuda pertinente. Por ejemplo derivación a
Oficina de Protección de Derechos.
- El profesor jefe deberá informar a profesores de asignaturas de lo ocurrido y pedir que haya
una especial supervisión. Para ello se informara en el Consejo de Reflexión y se confirmará la
información a través de un e-mail.
4. Seguimiento
- Luego de 1 mes, El profesor jefe citará a los padres de ambas partes por separado, con el fin de
hacer el seguimiento del plan de acción. Se les señalará que el colegio los mantendrá
informados de cualquier situación nueva de Maltrato escolar que surja en relación a su hijo (a).
- El Profesor Jefe y/o encargado de Convivencia deberán hacer seguimiento de la situación de
Maltrato escolar con las partes directamente involucradas (quien hizo Maltrato escolar y
víctima), como también con el curso, amigos de la víctima y/o del Maltrato escolar, con el
apoyo del equipo directivo.
46
Maltrato de adulto a menor:
En caso que las conductas de maltrato, violencia física o psicológica sean cometidas en contra de
un estudiante integrante de la comunidad educativa, por alguien quien presente una posición de
autoridad sobre el otro, sea director, profesor, asistente de la educación o desde un adulto de la
comunidad educativa en contra de un estudiante, el procedimiento para denunciar el hecho, su
investigación y los pasos a seguir serán análogos a los establecidos para caso de “Maltrato entre
pares”(alumno a alumno).
1. Al recibir el reporte de Maltrato escolar
2. Investigación del Reporte
3. Tomar decisiones y acciones
4. Seguimiento
(Siguiendo en detalle cada una de las acciones que describen estos pasos)
Sin embargo, este tipo de maltrato es de mayor gravedad por la asimetría existente entre las
partes involucradas. El principal objeto de este procedimiento será entregar protección al
estudiante e investigar los hechos con el objeto de determinar la eventual responsabilidad de los
adultos denunciados.
La investigación se realizará por el Directivo designado o encargado de convivencia según
corresponda, quien podrá adoptar todas las medidas precautorias que estime necesario para
proteger a o los estudiantes. Esta investigación se hará conforme al procedimiento de aplicación
general del reglamento de convivencia escolar.
En casos graves, tratándose de un “Apoderado” las sanciones aplicables conforme al reglamento
de convivencia y a este protocolo que forma parte de él, incluyen la “pérdida indefinida de la
calidad de apoderado”, sin perjuicio de la obligación del establecimiento de formular la denuncia
ante las autoridades públicas. Si del examen preliminar de la denuncia, incluso antes del inicio de
la investigación, existiesen antecedentes fundados que pudiesen configurar la existencia de un
delito, la denuncia se hará por el establecimiento dentro de un plazo máximo de veinticuatro
horas contadas desde que se ha tomado conocimiento del hecho.
47
Asimismo, en casos graves, tratándose de “personal docente y/o asistente de la educación” que
trabaje en el establecimiento y respecto de los cuales se acredite su responsabilidad, se aplicará el
procedimiento y sanciones conforme a las disposiciones del Código del Trabajo y leyes
complementarias. Para estos casos, el incumplimiento de las normas de Convivencia Escolar
constituirá una infracción grave a los deberes del trabajador establecidos en su contrato de
trabajo fundado en su deber de garantes de la seguridad y cuidado de los estudiantes.
Maltrato de estudiante a adulto:
Este maltrato reviste especial gravedad, fundado en los valores del respeto, la tolerancia que
deben guardar los estudiantes de nuestro establecimiento especialmente respecto de las
profesoras(es) y profesionales que los forman, como asimismo respecto de todas las personas que
trabajan en el establecimiento.
El principal objeto de este procedimiento será entregar protección a los docentes, asistentes de la
educación, y/o adulto, según sea el caso e investigar los hechos con el objeto de determinar la
eventual responsabilidad de los estudiantes denunciados.
La investigación se realizará por un encargado directivo o encargado de Convivencia según
corresponda, quien podrá adoptar todas las medidas precautorias que estime necesario para
proteger a o los Adultos. Esta investigación se hará conforme al procedimiento de aplicación
general del reglamento de convivencia escolar. Las sanciones aplicables conforme al reglamento
de convivencia y a este protocolo que forma parte de él, incluyen la “No renovación de Matrícula”,
sin perjuicio de la obligación del establecimiento de formular la denuncia ante las autoridades
públicas, si los estudiantes fuesen mayores de catorce años de edad. Si del examen preliminar de
la denuncia, incluso antes del inicio de la investigación, existiesen antecedentes fundados que
pudiesen configurar la existencia de un delito, la denuncia se hará por el establecimiento dentro
de un plazo máximo de veinticuatro horas contadas desde que se ha tomado conocimiento del
hecho.
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Procedimiento para enfrentar situaciones de Abuso Sexual
La escuela tiene la responsabilidad de responder ante cualquier denuncia de abuso sexual de
manera oportuna y eficiente. Se deben tomar medidas inmediatas para frenar el acoso o
violencia sexual, prevenir su repetición y tratar sus efectos.
• Frente a la sospecha de Abuso Sexual:
- Se debe informar sobre la situación oportunamente al
Profesor jefe u otro directivo de confianza.
- El encargado de Convivencia establecerá las redes correspondientes para efectuar la
derivación a los especialistas (OPD). Quienes establecerán redes correspondientes
para realizar el proceso de investigación.
• Frente a la certeza de Abuso Sexual por un docente o cualquier funcionario del
Establecimiento:
- El Docente o funcionario que detecte o presencie una situación de abuso de un menor
deberá protegerlo.
- Informar en forma urgente al profesor jefe.
- El profesor jefe deberá recopilar la información necesaria.
- Se informará al equipo Directivo del establecimiento, quien como autoridad máxima se
hará participe de la denuncia en Carabineros de Chile y OPD.
- Escuchar versión, sin interrupciones.
• Frente a la certeza de Maltrato infantil o Abuso Sexual por personas de su entorno social
fuera del establecimiento:
- El Docente o funcionario que detecte o presencie una situación de abuso de un menor
deberá protegerlo.
- Informar en forma urgente al profesor jefe.
49
- El profesor jefe deberá recopilar la información necesaria e informar al equipo
Directivo del establecimiento, quien como autoridad máxima se hará participe de la
denuncia en Carabineros de Chile y OPD.
Medidas y Sanciones Disciplinarias.
Se podrá aplicar a quien incurra en conductas contrarias a la sana convivencia escolar, y
especialmente en los casos de maltrato, alguna o algunas de las siguientes medidas o sanciones
disciplinarias:
a) Diálogo personal pedagógico y correctivo;
b) Diálogo grupal reflexivo;
c) Amonestación verbal;
d) Amonestación por escrito;
e) Comunicación al apoderado;
f) Citación al apoderado;
g) Derivación psicosocial (terapia personal, familiar, grupal; talleres de reforzamiento,
educación o de control de las conductas contrarias a la sana convivencia escolar)
h) Asistencia a charlas o talleres relativos al consumo o efectos de las bebidas alcohólicas, las
drogas o sustancias ilícitas;
i) Servicios comunitarios a favor del establecimiento educacional, tales como apoyo escolar
a otros alumnos, ayudantía a profesores, asistencia a cursos menores, entre otras
iniciativas
j) Condicionalidad de la matrícula del alumno, para el período lectivo siguiente.
k) No renovación de la matrícula para el próximo año escolar.
l) Expulsión del establecimiento educacional, sólo aplicable en casos de especial gravedad,
debidamente fundamentados, y luego de haber agotado todas las medidas correctivas
anteriores, con pleno respeto al principio del debido proceso establecido en las normas
respectivas.
50
Si el responsable fuere un funcionario del establecimiento, se aplicarán las medidas
contempladas en normas internas, así como en la legislación pertinente.
Si el responsable fuere el padre, madre o apoderado de un alumno, en casos graves se podrán
disponer medidas como la obligación de designar un nuevo apoderado o la prohibición de
ingreso al establecimiento.
Criterios de aplicación.
Toda sanción o medida debe tener un carácter claramente formativo para todos los involucrados
y para la comunidad en su conjunto. Será impuesta conforme a la gravedad de la conducta,
respetando la dignidad de los involucrados, y procurando la mayor protección y reparación del
afectado y la formación del responsable.
Deberán tomarse en cuenta al momento de determinar la sanción o medida, los siguientes
criterios:
a) La edad, la etapa de desarrollo y madurez de las partes involucradas;
b) La naturaleza, intensidad y extensión del daño causado;
c) La naturaleza, intensidad y extensión de la agresión por factores como:
• La pluralidad y grado de responsabilidad de los agresores;
• El carácter vejatorio o humillante del maltrato;
• Haber actuado en anonimato, con una identidad falsa u ocultando el rostro;
• Haber obrado a solicitud de un tercero o bajo recompensa;
• Haber agredido a un profesor o funcionario del establecimiento; La conducta anterior del
responsable;
El abuso de una posición superior, ya sea física, moral, de autoridad u otra;
La discapacidad o indefensión del afectado.
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Obligación de denuncia de delitos.
El equipo Directivo y profesores deberán denunciar cualquier acción u omisión que revista
caracteres de delito y que afecte a un miembro de la comunidad educativa, tales como lesiones,
amenazas, robos, hurtos, abusos sexuales, porte o tenencia ilegal de armas, tráfico de sustancias
ilícitas u otros. Se deberá denunciar ante Carabineros de Chile, la Policía de Investigaciones, las
fiscalías del Ministerio Público o los tribunales competentes, dentro del plazo de 24 horas desde
que se tome conocimiento del hecho, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 175 letra e) y
176 del Código Procesal Penal.
Reclamos.
Todo reclamo por conductas contrarias a la sana convivencia escolar podrá ser presentado en
forma verbal o escrita ante cualquier autoridad del establecimiento, la que deberá dar cuenta al
equipo Directivo, dentro de un plazo de 24 horas, a fin de que se dé inicio al debido proceso.
Se deberá siempre resguardar la identidad del reclamante y no se podrá imponer una sanción
disciplinaria en su contra basada únicamente en el mérito de su reclamo.
Protocolo de actuación.
Mientras se estén llevando a cabo las indagaciones aclaratorias y el discernimiento de las
medidas correspondientes, se asegurará a todas las partes la mayor confidencialidad, privacidad
y respeto por su dignidad y honra.
De cada actuación y resolución deberá quedar constancia escrita en los instrumentos propios del
establecimiento, debiendo mantenerse el registro individual de cada reclamo. No se podrá tener
acceso a dichos antecedentes por terceros ajenos a la investigación, a excepción de la autoridad
pública competente.
En el procedimiento se garantizará la protección del afectado y de todos los involucrados, el
derecho de todas las partes a ser oídas, la fundamentación de las decisiones y la posibilidad de
impugnarlas.
Deber de protección.
Si el afectado fuere un alumno, se le deberá brindar protección, apoyo e información durante todo
el proceso.
Si el afectado fuere un profesor o funcionario del establecimiento, se le deberá otorgar protección
y se tomarán todas las medidas para que pueda desempeñar normalmente sus funciones, salvo
que esto último ponga en peligro su integridad.
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Notificación a los apoderados.
Al inicio de todo proceso en el que sea parte un estudiante, se deberá notificar a sus padres o
apoderados. Dicha notificación podrá efectuarse por cualquier medio idóneo, pero deberá
quedar constancia de ella.
Investigación.
El profesor jefe y/o encargado de convivencia deberá llevar adelante la investigación de los
reclamos, entrevistando a las partes, solicitando información a terceros o disponiendo cualquier
otra medida que estime necesaria para su esclarecimiento.
Una vez recopilados los antecedentes correspondientes o agotada la investigación, el encargado
deberá presentar un informe ante el Equipo Directivo, o el que haga sus veces, para que este
aplique una medida o sanción si procediere, o bien para que recomiende su aplicación a la
Dirección o autoridad competente del establecimiento
Una vez recibidos los antecedentes por la autoridad competente, la Dirección o quien la
represente deberá citar a las partes y, en su caso, a los padres o apoderados del estudiante o los
estudiantes involucrados, a una reunión que tendrá como principal finalidad buscar un acuerdo
entre las partes. Para esta entrevista, se considerará el tipo de tópicos que convenga tratar en
presencia de los alumnos o sólo entre adultos.
En caso de existir acuerdo entre las partes se podrá suspender el curso de la indagación,
exigiendo a cambio el cumplimiento de determinadas condiciones por un período de tiempo
convenido. Si se cumplen íntegramente las condiciones impuestas se dará por cerrado el
reclamo, dejándose constancia de esta circunstancia.
Si no hubiere acuerdo, se deberá oír a las partes involucradas, quienes deberán presentar todos
los antecedentes que estimen necesarios. También se podrá citar a un profesional en la materia,
quien podrá aconsejar o pronunciarse al respecto.
Resolución.
La autoridad competente deberá resolver si se cumplen los requisitos para imponer una sanción,
o bien si el reclamo debe ser desestimado. Deberá quedar constancia de los fundamentos que
justifiquen la decisión adoptada. Dicha resolución debe ser notificada a todas las partes y, en su
caso, al Equipo Directivo.
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Medidas de reparación.
En la resolución, se deberá especificar las medidas de reparación adoptadas a favor del afectado,
así como la forma en que se supervisará su efectivo cumplimiento. Tales medidas podrán
consistir, por ejemplo, en disculpas privadas o públicas, restablecimiento de efectos personales,
cambio de curso u otras que la autoridad competente determine.
Recursos.
Todas las partes tendrán la posibilidad de recurrir fundadamente en contra de la resolución
adoptada por el Equipo Directivo o autoridad competente, dentro de un plazo razonable.
Mediación.
El establecimiento podrá implementar instancias de mediación u otros mecanismos de similar
naturaleza como alternativa para la solución pacífica y constructiva de los conflictos de
convivencia escolar. Este sistema incluirá la intervención de alumnos, docentes, encargado de
convivencia, otros miembros de la comunidad educativa y especialistas.
Publicidad.
El establecimiento deberá adoptar las acciones necesarias para la correcta, oportuna y completa
difusión acerca de las normas y planes relativos a la convivencia escolar a través de todos los
medios disponibles, para que la comunidad educativa esté permanentemente informada y pueda
ejercer sus derechos.
• El profesor jefe y encargado de convivencia deberá citar a la víctima y al victimario por
separado, aunque no se hayan recibido reportes de nuevos episodios, con el fin de
monitorear la evolución de la situación.
• El encargado de convivencia será responsable de mantener contacto sistemático con los
profesionales externos en caso que los hubiera.
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Procedimiento para enfrentar situaciones de Abuso Sexual
La escuela tiene la responsabilidad de responder ante cualquier denuncia de abuso sexual de
manera oportuna y eficiente. Se deben tomar medidas inmediatas para frenar el acoso o
violencia sexual, prevenir su repetición y tratar sus efectos.
Frente a la sospecha de Abuso Sexual:
o Se debe informar sobre la situación oportunamente al Profesor jefe u otro directivo de
confianza.
o El encargado de Convivencia establecerá las redes correspondientes para efectuar la
derivación a los especialistas (OPD). Quienes establecerán redes correspondientes para
realizar el proceso de investigación.
Frente a la certeza de Abuso Sexual por un docente o cualquier funcionario del Establecimiento:
o El Docente o funcionario que detecte o presencie una situación de abuso de un menor
deberá protegerlo.
o Informar en forma urgente al profesor jefe.
o El profesor jefe deberá recopilar la información necesaria.
o Se informará al equipo Directivo del establecimiento, quien como autoridad máxima se hará
participe de la denuncia en Carabineros de Chile y OPD.
o Escuchar versión, sin interrupciones.
• Frente a la certeza de Maltrato infantil o Abuso Sexual por personas de su entorno social
fuera del establecimiento:
o El Docente o funcionario que detecte o presencie una situación de abuso de un menor deberá
protegerlo.
o Informar en forma urgente al profesor jefe.
o El profesor jefe deberá recopilar la información necesaria e informar al equipo Directivo del
establecimiento, quien como autoridad máxima se hará participe de la denuncia en
Carabineros de Chile y OPD.
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PROTOCOLO ANTE CASOS DE ABUSO SEXUAL INFANTIL
Introducción al Protocolo de acción ante abuso sexual de menores.
De acuerdo a las estadísticas, muchos son los niños, niñas y adolescentes víctimas de Abuso Sexual
en nuestro país, ya sea dentro de su núcleo familiar o fuera de él. Nosotros como entidad
educativa, tenemos la obligación de hacer frente a esta realidad, comprometiéndonos y
transformándonos en un espacio de protección que salvaguarde su integridad emocional, física y
social. Es por ello que se ha generado un protocolo de acción frente a la probabilidad y/o certeza
de que se presente esta realidad con algún(a) estudiante de nuestro establecimiento.
El documento contiene en su inicio algunos conceptos fundamentales, luego acciones generales
respecto del tema, finalmente enuncia los procedimientos a llevar a cabo ante una denuncia de
abuso sexual de menores en la escuela zoltan Dienes. Para finalizar, se exponen procedimientos a
seguir en caso de golpe en genitales, procedimientos a seguir en caso de cambio de muda de ropa
interior, definiciones y algunos teléfonos y direcciones relevantes a considerar.
Consideraciones generales ante una denuncia de abuso sexual de menores.
Cuando existe sospecha de abuso sexual sufrido por un/una menor o cuando se recibe la
comunicación explícita de éste, ya sea por parte un/una estudiante, de un/una funcionario/a del
Colegio u otro/a adulto/a se debe tener en cuenta lo siguiente:
- Actúe con la máxima rapidez, respeto y cuidado que la situación amerita.
- Considere seriamente todo aviso que llegue y que sea relativo a un posible abuso sexual.
- Tenga en cuenta que lo primero será acoger a la persona denunciante.
- Crea y dé la importancia correspondiente a toda información que se le entregue y esté
asociada a un posible abuso sexual. Recuerde que esta información merece una máxima
privacidad en su manejo.
- Propicie una conversación privada y directa con el/la denunciante.
- Contenga emocionalmente y de seguridad al/ a la denunciante.
- Informe que los datos entregados serán canalizados a fin de tomar las acciones
correspondientes.
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- La persona denunciante debe dar su información por escrito. En el caso de los menores
de edad sin capacidad de escritura, la entrevista que se tenga debe ser prontamente
puesta por escrito y reflejar fielmente lo relatado por el/la denunciante.
- Diríjase inmediatamente a la Directora y en su ausencia al encargado de convivencia
escolar a fin de entregar la información recabada.
- La directora designa quién realizará prontamente la investigación, entrevistando a las
personas involucradas, valorando la credibilidad de la denuncia y del/de la denunciante.
- La Dirección y/o Encargado de Convivencia escolar dará a conocer la acusación al/a la
posible hechor/a, asegurándose de no identificar al/a la denunciante.
Procedimientos a seguir dentro de la Escuela ante denuncia de abuso sexual de menores.
Respecto del proceso a seguir, y según la situación dada, deberán cumplirse a cabalidad los pasos
que a continuación se describen dentro de las 24 horas de tenido conocimiento de los hechos:
En caso de sospecha de abuso sexual de menores:
a) Informe inmediatamente a la Directora y/o a Encargado de Convivencia escolar. En el
caso de que el/la posible abusador/a esté directamente relacionado con el cargo antes
mencionado, se debe informar a la persona que tenga el cargo inmediatamente
superior.
b) La denuncia recibida debe quedar por escrito de manera rigurosa y con el máximo de
detalles, para así facilitar futuras acciones a seguir.
c) En el caso que el/la presunto/a abusador/a sea funcionario/a del establecimiento o
un/una estudiante de éste, se debe separar al /a la posible victimario/a de la presunta
víctima.
d) En caso que el acusado sea un estudiante, la Directora y Encargado de Convivencia
escolar debe informar inmediatamente al padre o la madre o tutor del/la afectado/a
que está siendo parte de un proceso de investigación de posible abuso y que será
suspendido de sus actividades escolares mientras dure la investigación.
e) En el caso que no exista relato de abuso por parte del/la niño/a o familiar ni una
convicción clara en base a los indicadores, pero el personal del Colegio concluye que el
caso debe ser investigado, la Directora y Encargado de Convivencia de la Escuela darán
curso al protocolo.
f) En caso de que los hechos sean considerados constitutivos de un ilícito, se procederá
por parte del Representante legal del establecimiento educacional a denunciar el caso a
las Policías (Carabineros o Policía Investigaciones) o al Ministerio Público.
57
En caso de certeza de abuso sexual de menores:
a) Informe inmediatamente a la Directora y/o Encargado de Convivencia. En el caso de
que el/la posible abusador/a esté directamente relacionado con el cargo antes
mencionado, se debe informar a la persona que tenga el cargo inmediatamente superior.
b) La denuncia recibida debe quedar por escrito de manera rigurosa y con el máximo de
detalles, para así facilitar futuras acciones a seguir.
c) En el caso que el/la presunto/a abusador/a sea funcionario/a del establecimiento o
un/una estudiante de éste, se debe separar al /a la posible victimario/a de la presunta
víctima.
d) En caso que el acusado sea un estudiante, la Directora y/o Encargado de Convivencia
escolar debe informar inmediatamente al padre o la madre o tutor del/de la afectado/a
que está siendo parte de un proceso de investigación de posible abuso y que será
suspendido de sus actividades escolares mientras dure la investigación.
e) La Directora debe denunciar la situación a las policías (Carabineros de Chile o Policía
de Investigaciones) o al Ministerio Público. Debemos destacar que, dentro del nuevo
proceso penal, cualquier persona que denuncie o ponga en conocimiento del fiscal una
situación de abuso sexual, puede recibir protección en su calidad de testigo si existe temor
fundado de amenazas, hostigamiento o lesiones.
f) La Directora o quien ella designe deberá informar de inmediato al padre o la madre o
tutor del estudiante involucrado. Éstas deberán ser personas que le brinden una total
confianza, cerciorándose de que el/la estudiante sea acompañado/a por una figura
protectora.
g) En caso de ser el padre o la madre los denunciados, se informará el hecho a algún
familiar directo que indique el/la estudiante.
h) En el caso que el/la presunto/a abusador/a sea funcionario/a del establecimiento o
un/una estudiante de éste, se debe separar inmediatamente al /a la posible victimario/a
de la presunta víctima. E informarle al presunto/a abusador/a de la denuncia que hay en
su contra, manteniendo la reserva que el caso merece.
58
Indicadores de abuso sexual:
Se denominan así a las conductas o ítems observables y validados a través del tiempo, por su
altísima frecuencia. El indicador sirve a la vez como criterio y como guía para evaluar la gravedad
del abuso. Dentro de estos están:
a) Relatos del niño, niña o adolescente que señalen situaciones de abuso sexual.
b) Utilización de lenguaje sexualizado.
c) Hallazgos médicos altamente sugerentes como lesiones, enfermedades de
transmisión sexual (ETS), sangramiento y/o irritación genital o anal, infecciones
urinarias.
d) Conducta sexualizada precoz como masturbación compulsiva, tomar posiciones
sexuales en el juego, intentar tocar los genitales de otros niños.
e) Alteraciones conductuales inespecíficas tales como cambios bruscos e inexplicados
de ánimo o de actividades (irritabilidad, agresividad, aislamiento, timidez, labilidad
emocional), alteraciones del sueño (pesadillas, dificultades para dormir), ansiedad,
temores, fugas del hogar, consumo de drogas, intento de suicidio, trastornos
alimentarios.
f) Dibujos que expresan la situación abusiva, composiciones, afirmaciones del niño o
niña que tiene un secreto, etc.
g) Baja en el rendimiento escolar.
Marco legal chileno:
- Violación:
Acto por el cual un varón accede carnalmente a una persona mayor de catorce años, ya sea por vía
vaginal, anal o bucal, sin su consentimiento (por medio de fuerza o intimidación; privación de
sentido; incapacidad para oponer resistencia; o abuso de enajenación/trastorno mental de la
víctima). La pena va de 5 a 15 años.
- Violación de menor de 14 años:
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Acto por el que un varón accede carnalmente a un menor de catorce años, ya sea por vía vaginal,
anal o bucal, sin importar su consentimiento. La pena de 5 a 20 años.
- Estupro:
Acto por el que un varón accede carnalmente a un mayor de catorce años, pero menor de
dieciocho; ya sea por vía vaginal, anal o bucal, quien presta su consentimiento. Sin embargo, dicho
consentimiento se encuentra viciado pues se abusa de una anomalía/perturbación mental de
menor entidad e incluso transitoria; o existe una relación de dependencia o laboral; o bien se
aprovecha de grave desamparo; o de la ignorancia sexual de la víctima. La pena va de 3 a 10 años.
- Sodomía:
Acto por el que un varón accede carnalmente a un mayor de catorce años, pero menor de
dieciocho años de su mismo sexo, con su consentimiento. La pena va de 61 días a 3 años.
- Abusos deshonestos:
Acción sexual que no implica acceso carnal, realizada mediante contacto corporal con la víctima o
que haya afectado los genitales, ano o boca de ella, aun cuando no existiere contacto corporal. La
pena va de 3 a 5 años y 3 a 10 años si la víctima es menor de catorce años.
- Abuso sexual agravado:
Acción sexual que no implica acceso carnal, que consiste en la introducción de objetos de
cualquier tipo (incluyendo partes del cuerpo) por vía vaginal, anal o bucal; o se utilicen animales.
La pena va desde 5 hasta 20 años si la víctima es menor de catorce años.
- Abuso sexual impropio:
Comprende acciones diversas con menores de edad: realizar acciones sexuales ante un menor,
hacer que un menor vea o escuche pornografía, forzar a un menor a realizar acciones de
significación sexual. La pena va desde los 541 días a 5 años dependiendo si concurren
circunstancias agravantes.
- Producción de pornografía infantil:
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Participar en la elaboración de material pornográfico en el que participen menores de dieciocho
años, cualquiera sea su soporte. La pena va de 3 a 5 años.
- Facilitación de la prostitución infantil:
Promover o facilitar la prostitución de menores de dieciocho años. La pena va de 3 a 5 años y
hasta 20 si concurren otros agravantes.
- Cliente de prostitución infantil:
Obtener servicios sexuales voluntarios de menores de edad, pero mayores de catorce años a
cambio de dinero u otras prestaciones. La pena va de 3 a 5 años.
- Almacenamiento de material pornográfico:
Almacenamiento de material pornográfico en el que hayan sido utilizados menores de dieciocho
años, cualquiera sea su soporte. La pena va desde los 541 días a los 3 años.
- Situación particular de los educadores, presbíteros o personas consagradas:
La ley chilena contempla penas más severas en el caso que los autores de alguno de los delitos
descritos arriba (violación, estupro, sodomía, abusos deshonestos, corrupción y prostitución) sea
ministro de un culto religioso, maestro, etc. En algunos casos ellos podrán ser procesados como
autores, aun cuando hayan actuado como cómplices.
Sobre las denuncias:
Los delitos mencionados no pueden pesquisarse mientras no exista una denuncia. En caso de faltar padres, abuelos u otras personas encargadas del cuidado del menor, la denuncia puede ser efectuada por educadores, médicos u otros que tomen conocimiento del hecho en razón de su actividad.
A pesar de que la regla general es que no existe la obligación de denunciar un delito, la ley chilena
contempla ciertas excepciones. Están obligados a denunciar los delitos enumerados arriba quienes
tienen una relación de cuidado con la víctima. "Los directores, inspectores y profesores de
establecimientos educacionales de todo nivel están obligados por la ley a denunciar los delitos que
afectaren a los alumnos o tuvieren lugar en el establecimiento. Esta denuncia debe efectuarse
dentro de las veinticuatro horas siguientes al momento en que tomaren conocimiento del hecho.
No denunciar a tiempo conlleva como sanción una multa.
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Obligación de declarar como testigo:
Están exentos de declarar como testigos aquellas personas que por su estado o función - v.gr.
abogado, médico, confesor - tienen el deber de guardar secreto. El secreto no sólo comprende
información recibida verbalmente sino también otros documentos, papeles y objetos.
En el art.20 de la ley 19.638 el Estado reconoce el ordenamiento jurídico de la Iglesia. Esto
significa que si dicho ordenamiento establece una obligación de guardar secreto, ésta debe ser
también respetada por la autoridad civil4. Es el derecho al secreto profesional para excusarse de
declarar acerca de todo aquello que está bajo secreto; implica también el deber de respetar el
secreto y su no observancia puede acarrear penas.
Con todo, salvo las excepciones mencionadas, la regla general del derecho chileno es que toda
persona requerida por un tribunal para declarar debe proporcionar la información de la que
dispone.
Responsabilidad patrimonial:
Las personas jurídicas responden por los daños causados por las personas que están a su cuidado,
así como de sus empleados dependientes, y por lo tanto pueden ser obligadas a indemnizar a las
víctimas de los delitos.
Procedimiento a seguir en caso de golpe en genitales: Se remitirá al/a la estudiante a enfermería.
La enfermera deberá comunicarse inmediatamente con el/la apoderado, los padres y/o cuidadores a cargo del/de la menor y avisar la situación. - Se debe solicitar que, a la brevedad, asista algún familiar y/o cuidador a cargo del/de la menor,
para observar y/o examinar al/a la estudiante.
- Si no es posible venir al Colegio, el/la apoderado y/o los padres y/o cuidadores del menor
deben autorizar telefónicamente al colegio a que asista con el/la estudiante al centro de salud
correspondiente, para que pueda ser examinado por un médico.
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Procedimiento a seguir en caso de cambio de muda de ropa interior:
- Se deberá llamar, inmediatamente, al/a la apoderado, los padres y/o cuidadores del/de la
estudiante y avisar la situación.
- Se deberá solicitar que, a la brevedad, asista el/la apoderado, los padres y/o cuidadores del/de
la estudiante con el objeto de lavar y cambiar la ropa del/de la estudiante.
- Si no es posible para el/la apoderado, los padres y/o cuidadores del/de la estudiante venir al
Colegio, el/la apoderado deberá autorizar telefónicamente el lavado y cambio de ropa del/de la
estudiante por parte de la educadora o asistente del curso.
- Tras la autorización correspondiente, la educadora o asistente del curso junto a otro/a adulto/a
responsable, procederá al cambio de muda de ropa interior.
- Se comunicará al/a la apoderado, padres y/o cuidadores del/de la estudiante, por medio de la
Agenda Escolar, la acción realizada con el/la estudiante, recordando que se tuvo previamente
la autorización telefónica.
TELÉFONOS Y DIRECCIONES IMPORTANTES A CONSIDERAR:
- Brigada de Delitos Sexuales de la Policía de Investigaciones de Chile. Fonos 25657425 y
25657671, [email protected]
- Centro de Atención a Víctimas de Atentados Sexuales (CAVAS).
- Casos derivados por tribunal. General Mackenna 1314. Fono 22048886.
- Oficina de Protección de Derechos (SENAME). Pedro de Valdivia 4070 Ñuñoa. Fono 800730800. Fono denuncia 800220040.
- Carabineros de Chile. 48 Comisaría. Maltrato, abuso sexual. Calle Dieciocho 268 Santiago.
Fono familia 149. Fono 26881492.
- Servicio Médico Legal. Avenida La Paz 1012. Fonos 27823602 y 27823500.
- Programa de violencia infantil del Ministerio de Justicia. www.fiscaliadechile.cl.
- Corporación de Asistencia Judicial Calle Agustinas 1419 TLF: 27827900.
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PROTOCOLO DE MEDIACIÓN ESCOLAR DE CONFLICTOS
La comunidad educativa de La Escuela con el objeto de mejorar la convivencia entre sus miembros
acuerda poner a disposición un protocolo de mediación de situaciones escolares conflictivas para
resolver conflictos de esta índole.
Entendemos que la mediación tiene un valor educativo en sí mismo, ya que enseña que existen
otras alternativas, distintas del enfrentamiento para resolver los problemas. Con ella el estudiante
aprende a desarrollar su capacidad empática de escuchar las razones de la otra parte y además de
responsabilizarse de sus decisiones.
1. Identificación de un posible caso de mediación:
Serán objeto de mediación todas las situaciones de conflicto previamente determinadas en el
Manual de Convivencia Escolar y los protocolos anexos entre los/las estudiantes de cuarto año de
enseñanza básica a cuarto año de enseñanza media que afecten a la convivencia entre los mismos.
Los cursos de 1° a 3° básico participarán del proceso de negociación en reemplazo de la mediación.
2. Procedimiento en caso de mediación:
a) Todo/a profesor/a que evidencie un conflicto de relación entre estudiantes, deberá remitirlo a
la brevedad al /a la profesor/a jefe/a respectivo/a.
b) En el caso de detectar un conflicto entre estudiantes donde se haya deteriorado la relación
establecida entre ellos/as, el/la profesor/a jefe presentará a los/las estudiantes una alternativa
para solucionar el conflicto: mediación o no mediación.
c) El profesor jefe informará al Encargado de Convivencia y Convivencia Escolar correspondiente
de la situación conflictiva, indicándole el motivo de la mediación, así como todos los datos
necesarios para llevarla a cabo.
d) La persona encargada de llevar a cabo la mediación será un profesional competente designado
por el encargado de convivencia. Quien realizará la mediación en una o máximo dos sesiones.
e) Una vez realizada la mediación, el mediador emitirá un informe escrito de resolución de
conflictos con mediación en el que aparecerá, entre otras cosas, los acuerdos a los que han
llegado las partes. El citado informe contemplará la supervisión del seguimiento de los
acuerdos.
f) Del acuerdo alcanzado entre las partes se informará al/a la profesor/a jefe respectivo.
g) En caso de que la resolución de conflicto no sea resuelta por mediación y la conducta sea
contraria a la normativa del Manual de Convivencia o los protocolos anexos se aplicaran las
sanciones que éste indique.
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PROTOCOLO DE ACCIÓN EN CASO DE ACCIDENTES ESCOLARES
El siguiente Documento tiene por finalidad poner en conocimiento de todos los miembros de
nuestra Comunidad educativa el Protocolo de acción frente a accidentes escolares e informar, de
una manera clara y concreta, la intervención que se presta en cada situación de urgencia durante
el horario escolar.
1. Antecedentes.
La Ley 16.744 Art.3°, dispone que estarán protegidos todos los(as) alumnos(as) de
establecimientos fiscales o particulares por los accidentes que sufran con ocasión de sus estudios,
o en la realización de su práctica profesional.
Un accidente escolar es toda lesión que un(a) estudiante pueda sufrir a causa o en el desarrollo de
actividades escolares que, por su gravedad, tengan como consecuencia incapacidad o daño.
Dentro de contexto se considera también los accidentes que puedan sufrir los estudiantes en el
trayecto desde y hasta sus establecimientos educacionales.
En caso de accidente escolar todos los/as estudiantes, tanto de la educación parvularia y básica,
están afectos al Seguro Escolar desde el instante en que se matriculan en el Colegio.
Sobre el uso de fármacos:
No se administra ningún medicamento, sólo agua de hierbas en caso de dolor de estómago. Es
muy importante completar y actualizar año a año, los datos de la ficha médica de enfermería para
informar, en caso de accidente, al personal paramédico que lo retirará desde el Colegio en
ambulancia para proporcionar la primera atención clínica en ausencia de los padres.
Casos o dolencias:
A.- Accidentes leves - Acción a seguir:
En caso de enfermedad o accidente menos grave y estado de salud que permita al alumno(a)
volver a la sala de clases:
Cefaleas, dolor de garganta, dolor abdominal y anomalías leves, el Encargado de Convivencia y
cualquier otro funcionario, no está autorizado a dar medicación alguna al alumno sólo podrá
recibir agua de hierbas para luego volver a clases.
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B.- En caso de accidentes leves y cuando el alumno debe retirarse del Colegio para ser evaluado
por un profesional idóneo:
Vómitos, Diarrea, Fiebre, Otitis, Procesos gripales y tos, Dolor abdominal.
En los casos que el accidente requiera atención médica, en el Colegio se realizará una evaluación
inicial y luego se llamará a los padres y/o apoderados, para que sean ellos quienes trasladan al
alumno(a) al centro de salud o médico particular que estimen conveniente.
C.- En caso de accidentes graves y casos de emergencia vital:
Casos de atención sin demora:
Ante esta situación el alumno requiere atención médica sin demora y traslado a la clínica o
centro de atención pública a la brevedad posible.
Casos o dolencias:
Convulsiones con o sin pérdida de conciencia, Traumatismos Craneoencefálicos
moderados y graves, Paro cardio-respiratorio, Crisis de asma, Reacciones alérgicas,
Fracturas, Heridas inciso contusas sangrantes, Vómitos con presencia de sangre, Cuerpos
extraños en vías respiratorias, Abdomen agudo, Otorragias.
Acción a seguir: El Encargado de convivencia escolar, Profesor Jefe o algún funcionario de
la Escuela, centro de atención pública o consultorio municipal para que envíen una
ambulancia con urgencia a la Escuela. La Dirección de Ciclo o quien designe, será el
encargado de acompañar al alumno(a) en la ambulancia hasta que el/la apoderado(a)
acuda al lugar. También quien sea designado en ese momento por la Dirección, contactará
al apoderado para informarle de lo ocurrido y para que se dirija al Hospital o centro de
atención pública a la brevedad.
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Casos de atención con traslado no urgente:
Si la urgencia requiere atención médica, pero admite un período de tiempo para derivar a la clínica
o centro de atención pública para evaluación y tratamiento.
Casos o dolencias:
Contusiones diversas en extremidades o diversas zonas del cuerpo donde la valoración
radiológica sea necesaria para detectar posibles fracturas, esguinces, fisuras etc. Heridas
inciso contusas que requieren puntos de sutura, Contusiones en la boca donde hay rotura
parcial o pérdida total de algún diente y para lo que se requiere una evaluación dental,
cuerpos extraños en el globo ocular, oídos y nariz.
Acción a seguir: Se contactara al apoderado(a) para que venga a recoger al alumno(a) y
trasladarlo al hospital o centro de atención pública. En caso de no localizar al apoderado(a)
en un espacio de tiempo razonable, será la Dirección quien designe, quien realice el
traslado deberá solicitar la firma del formulario de entrega del alumno(a) al apoderado(a),
el que debe constatar lugar, hora y fecha de la atención.
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SOBRE VIGENCIA Y ACTUALIZACIONES
La presente actualización del Manual de Convivencia Escolar de La Escuela Zoltan Dienes entrará
en vigencia a contar del día en que se da inicio el año escolar 2017, dando por hecho que, de
conformidad con lo dispuesto por la Ley y las normas del MINEDUC, será conocido por todos los
integrantes de la Comunidad Educativa, pues estará a su disposición al momento de la matricula y
en secretaria de la Escuela.
Cualquier adaptación, cambio, complemento y/o actualización será publicada en el mismo medio,
dando aviso a los/las Estudiantes, Padres y/o Apoderados(as) a saber mediante circular y/o de
forma personal en asamblea informativa, reunión de padres y apoderados, etc. Por tanto es deber
de todos los miembros de la Comunidad estar atentos a las comunicaciones de La Escuela con esta
información. Sin perjuicio de lo anterior, el/la Encargado/a de Convivencia Escolar Institucional
velará para que se comunique, cuando se haya producido un cambio.