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MANUALDECONTABILIDADGUBERNAMENTAL
ACUERDOPORELQUESEEMITEELMANUALDECONTABILIDADGUBERNAMENTAL
ANTECEDENTES
El 31 de diciembre de 2008 fue publicada en el Diario Oficial de
la Federación la Ley General
deContabilidadGubernamental(LeydeContabilidad),quetienecomoobjetoestablecer
loscriteriosgeneralesqueregiránlaContabilidadGubernamentalylaemisióndeinformaciónfinancieradelosentespúblicos,conelfindelograrsuadecuadaarmonización,parafacilitaralosentespúblicoselregistroylafiscalizacióndelosactivos,pasivos,ingresosygastosy,engeneral,contribuiramedirlaeficacia,economíayeficienciadelgastoeingresopúblicos.
LaLeydeContabilidadesdeobservanciaobligatoriaparalospoderesEjecutivo,LegislativoyJudicialde
la Federación, entidades federativas; los ayuntamientos de los
municipios; los órganos político-administrativos de las
demarcaciones territoriales del Distrito Federal; las entidades de
la
administraciónpúblicaparaestatal,yaseanfederales,estatalesomunicipalesylosórganosautónomosfederalesyestatales.
ElórganodecoordinaciónparalaarmonizacióndelacontabilidadgubernamentaleselConsejoNacional
de Armonización Contable (CONAC), el cual tiene por objeto la
emisión de las normas contables ylineamientos para la generación de
información financiera que aplicarán los entes públicos,
previamenteformuladasypropuestasporelSecretarioTécnico.
El CONAC desempeña una función única debido a que los
instrumentos normativos, contables,
económicos y financieros que emite deben ser implementados por
los entes públicos, a través de
lasmodificaciones,adicionesoreformasasumarcojurídico,locualpodríaconsistirenlaeventualmodificaciónoexpedicióndeleyesydisposicionesadministrativasdecarácterlocal,segúnseaelcaso.
Por lo anterior, el CONAC, en el marco de la Ley de Contabilidad
está obligado a contar con un
mecanismode seguimientoque informeel gradodeavanceenel
cumplimientode
lasdecisionesdedichocuerpocolegiado.ElSecretarioTécnicodelCONACrealizaráelregistrodelosactosquelosgobiernosdelasentidades
federativas,municipiosydemarcacionesterritorialesdelDistritoFederalejecutenparaadoptareimplementarlasdecisionestomadasporelCONACensusrespectivosámbitosdecompetencia.
El Secretario Técnico será el encargado de publicar dicha
información, asegurándose que cualquier
persona pueda tener fácil acceso a la misma. Lo anterior cumple
con la finalidad de proporcionar a
lapoblaciónunaherramientadeseguimiento,mediantelacualsedécuentasobreelgradodecumplimientodelasentidades
federativasymunicipios.Noseomitemencionarque
lapropiaLeydeContabilidadestablecequelasentidadesfederativasquenoesténalcorrienteensusobligaciones,nopodráninscribirobligacionesenelRegistrodeObligacionesyEmpréstitos.
EnelmarcodelaLeydeContabilidad,lasEntidadesFederativasdeberánasumirunaposiciónestratégica
enlasactividadesdearmonizaciónparaquecadaunodesusmunicipioslogrecumplirconlosobjetivosquedicha
ley ordena. Los gobiernos de las Entidades Federativas deben
brindar la cooperación y
asistencianecesariasalosgobiernosdesusmunicipios,paraqueéstoslogrenarmonizarsucontabilidad,conbaseenlasdecisionesquealcanceelCONAC.
Asimismo,esnecesarioconsiderarqueelpresenteacuerdoseemiteconel
findeestablecer lasbases
paraquelosgobiernos:federal,delasentidadesfederativasymunicipales,cumplanconlasobligacionesquelesimponeelartículocuartotransitoriodelaLeydeContabilidad.Loanteriorenelentendidodequelos
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entespúblicosdecadaniveldegobiernodeberánrealizarlasaccionesnecesariasparacumplircondichasobligaciones.
Elpresenteacuerdo fue sometidoaopinióndelComitéConsultivo,el
cual integródistintosgruposde
trabajo, contando con la participación de entidades federativas,
municipios, la Auditoría Superior de laFederación,
lasentidadesestatalesdeFiscalización,el
InstitutoparaelDesarrolloTécnicode
lasHaciendasPúblicas,elInstitutoMexicanodeContadoresPúblicos,laFederaciónNacionaldelaAsociaciónMexicanadeContadoresPúblicos,
laComisiónPermanentedeContraloresEstados-Federación.Así como los
gruposqueintegralaComisiónPermanentedeFuncionariosFiscales.
El 11 de octubre de 2010 el Comité Consultivo hizo llegar al
Secretario Técnico la opinión sobre el
proyectodeAcuerdoporelqueseemiteelManualdeContabilidadGubernamental.
En virtud de lo anterior y con fundamento en los artículos 6 y
9, fracción I, de la Ley General
deContabilidadGubernamental,elCONAChadecididolosiguiente:
PRIMERO.-SeemiteelManualdeContabilidadGubernamentalalquehacereferenciaelartículotercero
transitorio,fracciónIVdelaLeydeContabilidad,elcualseintegraconlossiguientescapítulos:
CapítuloI AspectosGeneralesdelaContabilidadGubernamental;
CapítuloII
FundamentosMetodológicosdelaIntegraciónyProducciónAutomáticade
InformaciónFinanciera;
CapítuloIII PlandeCuentas;
CapítuloIV InstructivosdeManejodeCuentas;
CapítuloV ModelodeAsientosparaelRegistroContable;
CapítuloVI GuíasContabilizadoras;
Capítulo VII Normas y Metodología para la Emisión de Información
Financiera yEstructura de los Estados Financieros Básicos del Ente
Público yCaracterísticasdesusNotas;
AnexoI MatricesdeConversión.
“MANUALDECONTABILIDADGUBERNAMENTAL”
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SEGUNDO.-El Manual de Contabilidad Gubernamental deberá ser
actualizado con base en lo
quedeterminenlasPrincipalesReglasdeRegistroyValoracióndelPatrimonio,queanalizaráyensucasoaprobaráelCONAC,asícomoporloseventossubsecuentesqueloameriten.
TERCERO.-Encumplimientodelartículo7delaLeydeContabilidad,lospoderesEjecutivo,Legislativoy
Judicialde laFederaciónyentidadesfederativas; lasentidadesy
losórganosautónomosdeberánadoptareimplementarelpresenteacuerdoporelqueseemiteelManualdeContabilidadGubernamental.
CUARTO.-Encumplimientoconlosartículos7ycuartotransitorio,fracciónII,delaLeydeContabilidad,
los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Federación y
entidades federativas; las entidades y losórganos autónomos deberán
realizar los registros contables y presupuestarios con base en el
Manual
deContabilidadGubernamental,amástardarel31dediciembrede2011.
QUINTO.-AladoptareimplementarloprevistoenelpresenteManualdeContabilidadGubernamental,
las autoridades en materia de contabilidad gubernamental en los
poderes ejecutivos federal, locales ymunicipales establecerán la
forma en que las entidades paraestatales y paramunicipales,
respectivamenteatendiendoasunaturaleza,seajustaránalmismo.Loanterior,entantoelCONACemiteloconducente.
SEXTO.- En cumplimiento con los artículos 7 y quinto transitorio
de la Ley de Contabilidad, los
ayuntamientosdelosmunicipiosylosórganospolítico-administrativosdelasdemarcacionesterritorialesdelDistrito
Federal deberán adoptar e implementar el presente acuerdo por el
que se emite el Manual deContabilidadGubernamental.
SÉPTIMO.- En cumplimiento con los artículos 7 y quinto
transitorio de la Ley de Contabilidad, los
ayuntamientosdelosmunicipiosylosórganospolítico-administrativosdelasdemarcacionesterritorialesdelDistrito
Federal deberán realizar los registros contables y presupuestarios
con base en el Manual
deContabilidadGubernamental,amástardarel31dediciembrede2011.
OCTAVO.- De conformidad con los artículos 1 y 7 de la Ley de
Contabilidad, los gobiernos de las
Entidades Federativas deberán adoptar e implementar las
decisiones del CONAC, vía la adecuación de susmarcos jurídicos,
locualpodríaconsistiren laeventualmodificacióno formulaciónde
leyesodisposicionesadministrativasdecarácterlocal,segúnseaelcaso.
NOVENO.-De acuerdo con lo previsto enel artículo 1de la
LeydeContabilidad, los gobiernosde las
Entidades Federativas deberán coordinarse con los gobiernos
municipales para que logren contar con
unmarcocontablearmonizado,atravésdelintercambiodeinformaciónyexperienciasentreambosórdenesdegobierno.
DÉCIMO.-Entérminosdelosartículos7y15delaLeydeContabilidad,elSecretarioTécnicollevaráun
registro público en una página de Internet de los actos que los
gobiernos de las entidades
federativas,municipiosydemarcacionesterritorialesdelDistritoFederalrealicenparalaadopcióneimplementacióndelpresente
acuerdo. Para tales efectos, los gobiernos de las entidades
federativas, los municipios y
lasdemarcacionesterritorialesdelDistritoFederalremitiránalSecretarioTécnicolainformaciónrelacionadacondichos
actos. Dicha información deberá ser enviada a la dirección
electró[email protected],dentrodeunplazode15díashábilescontadosapartirdelaconclusióndelplazofijadoporelCONAC.
DÉCIMOPRIMERO.- En términosdel artículo15de la
LeydeContabilidad, lasentidades federativas y
municipios sólo podrán inscribir sus obligaciones en el Registro
de Obligaciones y Empréstitos si
seencuentranalcorrienteconlasobligacionescontenidasenlaLeydeContabilidad.
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DÉCIMO SEGUNDO.- En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo
7, segundo párrafo de la Ley
deContabilidad,elManualdeContabilidadGubernamentalserápublicadoenelDiarioOficialdelaFederación,asícomoenlosmediosoficialesdedifusiónescritosyelectrónicosdelasentidadesfederativas,municipiosydemarcacionesterritorialesdelDistritoFederal.
EnlaCiudaddeMéxico,DistritoFederal,siendolas13:00horasdeldía4denoviembredelañodosmil
diez, el Titular de la Unidad de Contabilidad Gubernamental e
Informes sobre la Gestión Pública de laSecretaría de Hacienda y
Crédito Público, en mi calidad de Secretario Técnico del Consejo
Nacional deArmonización Contable, HACE CONSTAR que el documento
consistente de 526 fojas útiles
denominadoManualdeContabilidadGubernamental,correspondecon
lostextosaprobadosporelConsejoNacionaldeArmonizaciónContable,mismosqueestuvieronalavistadelosintegrantesdedichoConsejoensusegundareunión
celebrada el pasado 4 de noviembre del presente año. Lo anterior
para los efectos
legalesconducentes,confundamentoenelartículo7delaLeyGeneraldeContabilidadGubernamentalyenlaregla20de
las Reglas deOperacióndel ConsejoNacional deArmonizaciónContable.
.- El Secretario Técnico
delConsejoNacionaldeArmonizaciónContable,MoisésAlcaldeVirgen.-Rúbrica.
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PRESENTACIÓN
ElPlanNacionaldeDesarrollo2007-2012establecelosobjetivosnacionales,estrategiasyprioridadesque
regirán la acción de gobierno. De él se desprenden los ideales y
compromisos que el Gobierno Federalestablece con los ciudadanos. El
Plan es el documento base de los programas sectoriales,
especiales,institucionalesy
regionalesydefineelDesarrolloHumanoSustentablecomopremisabásicaparaeldesarrollointegral
del país, así como los objetivos y las prioridades nacionales
articulando cinco ejes de política en elsiguienteorden:
1. EstadodeDerechoyseguridad.
2. Economíacompetitivaygeneradoradeempleos.
3. Igualdaddeoportunidades.
4. Sustentabilidadambiental.
5. Democraciaefectivaypolíticaexteriorresponsable.
En el eje 2 “Economía competitiva y generadora de empleos” se
encuentra el punto 2.1 “Políticahacendaria para la competitividad”
en el cual se constituye el objetivo de “Contar con una hacienda
públicaresponsable,eficienteyequitativaquepromuevaeldesarrolloenunentornodeestabilidadeconómica”.Paralograr
dicho objetivo el Plan establece estrategias, siendo la estrategia
1.3 la de “Garantizar una mayortransparencia y rendición de cuentas
del gasto público para asegurar que los recursos se utilicen de
formaeficiente,asícomoparadestinarmásrecursosaldesarrollosocialyeconómico.”
Porsuparte,enelEje5delPlanyenmateriadetransparenciayrendicióndecuentas,seestablececomo
Objetivo 5 el de “Promover y garantizar la transparencia, la
rendición de cuentas, el acceso a
lainformaciónylaproteccióndelosdatospersonalesentodoslosámbitosdegobierno.’Paralograresteobjetivola
estrategia 5.5 busca promover los mecanismos para que la
información pública gubernamental sea clara,veraz, oportuna y
confiable. El Plan aclara que la información no tiene un beneficio
real si ésta no escomprensible,porello, laqueponganadisposición
lasdependenciasyentidadesde
laadministraciónpúblicadeberáserconfiable,oportuna,clarayveraz.
Con base en el Plan, los objetivos y estrategias antes
mencionados en junio de 2007 el ejecutivofederalpresentó,a travésde
laSecretaríadeHaciendayCréditoPúblico, laReformaHacendaria “Por
losqueMenos Tienen”, ella contenía reformas en materia de
administración tributaria, federalismo fiscal, sistematributario y
gastopúblico. Enmateria de gastopúblico unade las propuestas
impulsadas fue el homologar lacontabilidadgubernamentalen
lostresórdenesdegobiernoconformea lasmejoresprácticas
internacionales.Para loanterior, se reformóelartículo73,
fracciónXXVIII,a travésdelcual se facultóalCongresode
laUniónparalegislarenmateriadecontabilidadgubernamentalylapresentaciónhomogéneadeinformaciónfinancieraparalaFederación,entidadesfederativas,municipios,DistritoFederalysusdemarcacionesterritorialesafindegarantizarsuarmonizaciónanivelnacional.
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ElobjetivoqueguióalEjecutivoFederala impulsaresa reformaesque
todas lasentidadespúblicasapliquen los principios, reglas e
instrumentos de la contabilidad gubernamental para facilitar el
registro y lafiscalización de sus activos, pasivos, ingresos y
gastos, como mediciones de aspectos tales como la eficaciaeconómica
y eficiencia del gasto y los ingresos públicos, la administración
de la deuda pública,
incluyendoobligacionescontingentesyelpatrimoniodelEstado.Estascondicionespermitirángenerarinformaciónaccesibleal
público que cada día demanda mayor información sobre la forma y
destino que los gobiernos dan a lascontribuciones.
La reforma constitucional facilitó la entrada a la presentación
y aprobación de la Ley General deContabilidad Gubernamental,misma
que entró en vigor el 1º de enero de 2009. La Ley tiene como
principalobjetivoestablecerloscriteriosgeneralesqueregiránlacontabilidadgubernamentalylaemisióndeinformaciónfinancieradelosentespúblicosconelfindelograrsuadecuadaarmonización.
DerivadodelaLey,seestableceunmarcoinstitucionalincluyentedelosdistintosórdenesdegobiernoyautoridadesenmateriadecontabilidadgubernamentalalcrearunConsejoNacionaldeArmonizaciónContable(CONAC),comoórganodecoordinaciónparalaarmonizacióndelacontabilidadgubernamentalyconelobjetode
emitir las normas contables y lineamientos para la generación de
información financiera que aplicarán
losentespúblicos.AlafechaydeacuerdoconsusatribucioneselCONACyahaemitidoacuerdosenmateriadelacontabilidadgubernamentalaprobando:
v MarcoConceptualdelSistemadeContabilidadGubernamental.
v PostuladosBásicos.
v
NormayMetodologíaparaelregistrodelosmomentoscontablesdelosingresosydelosegresos.
v Clasificadorporrubrosdeingresos.
v Clasificadorporobjetodelgasto.
v Clasificadorportipodegasto.
v PlandeCuentas.
v
EstructuradelosEstadosFinancierosBásicosycaracterísticasdesusnotas.
v
ClasificaciónFuncionaldelGasto.(Anivelfunciónpendientelaconclusióndeltercernivelsubfunción)
v Lineamientosparamedirlosavancesfísicoyfinancieros.
La Ley introduce un nuevo esquema de contabilidad gubernamental
bajo los estándares
másavanzadosanivelnacionaleinternacional,elcualesaplicablealostrespoderesylosórganosautónomosenlostresnivelesdegobierno.Contemplaquelacontabilidadgubernamental
seaunelementoefectivoyclaveen latoma de decisiones sobre las
finanzas públicas y no sólo unmedio para elaborar cuentas públicas,
estableceparámetros y requisitosmínimosobligatoriosde la
contabilidaden los tresórdenesdegobierno.De la Ley
sedesprendencaracterísticasdelSistemadeContabilidadGubernamentalcomoel
reconocimientoyseguimientode lasetapaspresupuestalesdel
ingresoygasto, llamados“momentoscontables”,
lacontabilidadconbaseendevengado,acumulativaypatrimonial.
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DerivadodelaimplementacióndelaLey,asícomodelaaprobaciónderesolucionesdelCONACsurgeelSistemadeContabilidadGubernamental,mismoquegenerarábeneficiostangiblesenmateriadeinformaciónfinanciera,tomadedecisionesdelosgobiernos,transparenciayrendicióndecuentas.Algunosdelosconceptosquetutelanysingularizanelsistemason:
v Armonizacióndelascuentaspúblicas.
v
Considerarlasmejoresprácticascontablesnacionaleseinternacionales.
v
Clasificadorespresupuestarios,listasdecuentasycatálogosdebienesoinstrumentossimilaresquepermitansuinterrelaciónautomática.
v
Integrarenformaautomáticaelejerciciopresupuestarioconlaoperacióncontable.
v Registroautomáticoyporúnicavezdelastransacciones.
v
Generar,entiemporeal,estadosfinancierosydeejecuciónpresupuestaria.
v Informaciónverazyoportunaparalatomadedecisiones.
v Medicióndelaeficacia,economíayeficiencia.
v
Publicarinformacióncontable,presupuestariayprogramática,enpáginaselectrónicas.
v Información,transparenciayrendicióndecuentas.
La contabilidad gubernamental que se está diseñando bajo los
conceptos y premisas anteriores,
permitirá cumplir con la generación de la información y estados
contables, presupuestarios, programáticos
yeconómicosqueestablecelaley,losqueporsuestructura,claridadyoportunidadseránaptosparaserutilizadosenelprocesodetomadedecisionestantoporlosresponsablesdediseñaryevaluarlapolíticafiscalcomoporquienestienenacargolagestiónoperativadelgobierno.Lasociedad,elCongreso,losgobiernosyotrosagentescadadíademandanmayorinformaciónsobreeldestinoyusoquelosgobiernosdanalosrecursos.Apartirdelacorrectaimplementacióndelsistema,elaccesoainformaciónconsistenteyarmonizadaquepermitaelanálisisylacomprensióndelainformaciónqueelsistemaaportará,serámássencillaycomprensibleparatodoaquelquetengaunconocimientoelementalenmateriadefinanzaspúblicas.
Encumplimientodelaley,elsistemaestádiseñadodentrodelosparámetrosgeneralesestablecidospor
las normas internacionales y nacionales que rigen al respecto y que
específicamente son las NormasInternacionales de Contabilidad para
el Sector Público (NICSP), emitidas por el Consejo de
Normasinternacionales de Contabilidad para el Sector Público
(IPSASB) de la Federación Internacional de Contadores(IFAC) y
lasNormas de Información Financiera (NIF) emitidas por el
ConsejoMexicanopara la Investigación
yDesarrollodeNormasdeInformaciónFinanciera(CINIF).
Porotraparte,elsistemageneraráinformacióndetipoeconómico,mismaquebuscafacilitarelanálisisdelagestiónfiscaldelosgobiernosyquesehaestructuradosiguiendoloslineamientosaceptados
internacionalmenteyestablecidossobreelparticularporelSistemadeCuentasNacionalesyelManualdeEstadísticasdelasFinanzasPúblicas.Elcaminoquesehatomadoenlaarmonizacióncontablemanifiestalaimportanciaquesepretendedaralainformaciónpresupuestalycontabledelagestiónfinancieradelsector
públicoenelordenFederal,estatalymunicipal.
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MANUALDECONTABILIDADGUBERNAMENTAL
ElManual de Contabilidad constituye la base normativamínima del
nuevomodelo de
ContabilidadGubernamentalytienecomopropósitosmostrarlosconceptosbásicos,loselementosquelointegranylasbasestécnicas
y metodológicas en que debe sustentarse para que su funcionamiento
operativo, lo cual permitageneraren formaautomática yen tiempo
real, estadosdeejecuciónpresupuestaria, contables
yeconómicos,encuadradosenlaLey,enelmarcoconceptual,lospostuladosbásicosylascaracterísticastécnicasdelsistemayaaprobadasporelCONAC.
La ruta de armonización establecida en la Ley General de
Contabilidad Gubernamental permiteobservar una primera etapa
consistente en la emisión de normas que deberán ser aprobadas por
el
CONACdurante2009y2010.Lasegundaetapaconsisteenelprocesodeimplementacióndelasnormas,elcualincluyelosdesarrollos
informáticosy ladebida implantaciónde losmismos,apartirde
loscontenidosconceptualesyfuncionales delManual. Una tercera etapa,
es el proceso de convergencia con lasNormas Internacionales
deContabilidadparaelSectorPúblico.EnesalógicaelManualdeContabilidad,constituyeunapiezafundamentalpara
cumplir con el horizonte real del proceso de armonización,
establecido en la Ley y que solamente convoluntad, preparación y
cooperación entre los distintos órdenes de gobierno y responsables
de la gestiónfinancieradelsectorpúblicopodráserrealidad.
MoisésAlcaldeVirgen
SecretarioTécnicodelCONAC
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MANUALDECONTABILIDADGUBERNAMENTAL
MANUALDECONTABILIDADGUBERNAMENTAL
NOVIEMBRE2010
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MANUALDECONTABILIDADGUBERNAMENTAL
ÍNDICEDECAPÍTULOS
INTRODUCCIÓN
CAPÍTULOI ASPECTOSGENERALESDELACONTABILIDADGUBERNAMENTAL
CAPÍTULOII FUNDAMENTOSMETODOLÓGICOSDELA
INTEGRACIÓNYPRODUCCIÓNAUTOMÁTICADEINFORMACIÓNFINANCIERA
CAPÍTULOIII PLANDECUENTAS
CAPÍTULOIV INSTRUCTIVOSDEMANEJODECUENTAS
CAPÍTULOV MODELODEASIENTOSPARAELREGISTRO
CONTABLE
CAPÍTULOVIGUÍASCONTABILIZADORASCAPÍTULO VII NORMAS YMETODOLOGÍA
PARA LA EMISIÓN
DE INFORMACIÓNFINANCIERAYESTRUCTURADE LOS ESTADOS FINANCIEROS
BÁSICOS DELENTE PÚBLICO Y CARACTERÍSTICAS DE SUSNOTAS
ANEXOI MATRICESDECONVERSIÓN
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MANUALDECONTABILIDADGUBERNAMENTALINTRODUCCIÓN
LaLeyGeneraldeContabilidadGubernamental(LeydeContabilidad)disponequeelConsejoNacionaldeArmonización
Contable (CONAC), en su calidad de órgano coordinador para la
armonización de
lacontabilidadgubernamental,esresponsabledeemitirlasnormascontablesylineamientosqueaplicaránlosentes
públicos para la generación de información financiera. Elemento
fundamental dentro de
talesfunciones,lorepresentaelemitirduranteelaño2010elmanualdecontabilidadgubernamental(Manual),elcualeslareferenciaparaquecadaentepúblicoelaboresusmanualescorrespondientes.Lasautoridadesenmateriadecontabilidadgubernamentalenlospoderesejecutivosfederal,localymunicipalestableceránlaformaenquelasentidadesparaestatalesyparamunicipales,respectivamenteatendiendoasunaturaleza,seajustaránalmismo.
De acuerdo con la Ley de Contabilidad, el manual es el documento
conceptual, metodológico y
operativo que contiene, como mínimo, su finalidad, el marco
jurídico, lineamientos técnicos, la lista decuentas, los
instructivosparaelmanejode lascuentas, lasguíascontabilizadorasy
laestructurabásicadelosprincipalesestadosfinancierosagenerarseenelsistema.Encomplemento,yconformealoseñaladoporel
Cuarto Transitorio de dicha Ley, también formarán parte del manual
las matrices de conversión
concaracterísticastécnicastalesque,apartirdeclasificadorespresupuestarios,listasdecuentasycatálogosdebienes
o instrumentos similares quepermitan su interrelaciónmodular,
generen el registro automático
yporúnicavezdelastransaccionesfinancierasenlosmomentoscontablescorrespondientes.
Bajo estemarco, el presenteManual tiene como propósitomostrar en
un solo documento todos los
elementos del sistema contable que señala la Ley de
contabilidad, así como las herramientas ymétodosnecesariospara
registrar correctamente lasoperaciones financierasyproducir, en
formaautomáticayentiempo real, la información y los estados
contables, presupuestarios, programáticos y económicosque
serequieran.Sucontenidofacilitalaarmonizacióndelossistemascontablesdelostresórdenesdegobierno,apartirdelaeliminacióndelasdiferenciasconceptualesytécnicasexistentes.
LametodologíaderegistrocontabledesarrolladaenelManual,cubrelatotalidaddelastransaccionesde
tipo financiero, ya sea que provengan de operaciones
presupuestarias o de cualquier otra fuente. En
elManualnoseefectúaunadescripciónintegraldelosprocesosadministrativos/financierosydeloseventosconcretos
de losmismos que generan los registros contables. Cabe destacar
que, tanto en elModelo
deAsientoscomoenlasGuíasContabilizadoras,seincluyenlosprincipalesprocesosquemotivanlosregistroscontables.
La parte metodológica está desarrollada de acuerdo con las
operaciones que, fundamentalmente,
realizanlosentespúblicos,mismosqueapartirdeloscontenidosdelManual,deberánelaborarsuspropiosmanuales
y podrán abrir las subcuentas y otras desagregaciones que requieran
para satisfacer susnecesidades operativas o de información
gerencial, a partir de la estructura básica del plan de
cuentas,conservandolaarmonizaciónconlosdocumentosemitidosporelCONAC.
LaaprobaciónyemisiónporpartedelCONACdeloscontenidosdeesteManual,secomplementarácon
lasprincipales reglasdel
registroyvaloracióndepatrimonio,queelmismoemita,demanera
talqueconambos instrumentos se concluirán las bases técnicas
estructurales y funcionales de la contabilidadgubernamental.
A loscontenidosdelManualcorrespondeadicionar lasnormaso
lineamientosespecíficosqueemita la
autoridadcompetenteenmateriadecontabilidadgubernamentalencadaordendegobierno.
Así,elpresentedocumentose
integróde7CapítulosyunAnexo.Acontinuaciónse
realizaunabrevedescripciónsobreelcontenidodecadaunodeellos.
INTRODUCCIÓN-1
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MANUALDECONTABILIDADGUBERNAMENTALINTRODUCCIÓN
En el Capítulo I Aspectos Generales de la Contabilidad
Gubernamental: se desarrollan los aspectosnormativos y técnicos
generales que enmarcan y condicionan el nuevo Sistema de
ContabilidadGubernamental (SCG), los cuales obedecen, en su mayor
parte, a disposiciones de la propia Ley
deContabilidad,asícomoaresolucionesemitidasporelCONACyalateoríageneraldelacontabilidad.
ElCapítulo IIFundamentosMetodológicosde la
IntegraciónyProducciónde InformaciónFinanciera:
comprendelasbasesconceptualesycriteriosgeneralesaaplicareneldiseñofuncionaleinformáticoparalaconstruccióndel
Sistema IntegradodeContabilidadGubernamental (SICG). Este
sistemaestará
soportadoporunaherramientamodularautomatizada,cuyopropósitofundamentalradicaenfacilitarelregistroúnicodelasoperacionespresupuestariasycontables,realizadoenformaautomáticaalmomentoenqueocurranloseventosde
losprocesosadministrativosque lesdieronorigen,demaneraque
sedispongaen tiemporeal de estados sobre el ejercicio del
Presupuesto de Egresos y la Ley de Ingresos, así como contables
yeconómicos.
Porsuparte,elCapítuloIIIPlandeCuentas:presentaapartirdelaestructuraycontenidoaprobadopor
elCONAC,unaversiónactualizada,adicionandosuscorrespondientesdescripcioneshastaelcuartoniveldeapertura.EstePlandeCuentas
fueelaboradosobre lasbases legalesy técnicasestablecidaspor
laLeydeContabilidad, elMarco Conceptual y los Postulados Básicos
que rigen la contabilidad gubernamental, asícomo en atención a las
propias demandas de información de los entes públicos no
empresariales.Adicionalmente, para dar cumplimiento a la norma
legal que establece la integración automática
delejerciciopresupuestarioconlaoperacióncontable,serequierequepartedelascuentasqueintegranelPlandeCuentasseanarmonizadashastaelquintoniveldedesagregación(Subcuentas).Contalmotivoseincluyeenestemanualdichadesagregaciónenloscasoscorrespondientes.
EnelCapítuloIVInstructivodeManejodeCuentas:sedanaconocerlasinstruccionesparaelmanejo
decadaunade
lascuentasquecomponenelPlandeCuentas.Sucontenidodetermina
lascausaspor lascuales se puede cargar o abonar, si la operación a
registrar está automáticamente relacionada con
losregistrosdelejerciciodelpresupuestoono,
lascuentasqueoperaráncontralasmismasenelsistemaporpartidadoble,ellistadodeSubcuentasconsurespectivacodificación,laformadeinterpretarlossaldos;y,engeneral,todoloquefacilitaelusoylainterpretaciónuniformedelascuentasqueconformanlosestadoscontables.
Al Capítulo V Modelo de Asientos para el Registro Contable:
corresponde mostrar el conjunto de
asientos contables tipo a quepuedendar lugar las operaciones
financieras relacionadas con los ingresos,gastos y el
financiamiento público y que se realizan en el marco del Ciclo
Hacendario, sean
éstaspresupuestariasonopresupuestarias.Estemodelotienecomopropósitodisponerdeunaguíaorientadorasobrecómosedebe
registrar cadahechoeconómico relevanteyhabitualde
losentespúblicosque tieneimpactosobreelpatrimoniode
losmismos.Elmodelopresentaenprimer lugar losasientos
relacionadoscon el ejercicio de la Ley de Ingresos y del
Presupuesto de Egresos, que se generan
automáticamentemediantelamatrizdeconversión;continúaconlasnopresupuestariasylospropiosdelasoperacionesdefinanciamiento,
para después culminar con el modelo de asientos por partida doble
de las operacionespresupuestarias.
EncuantoalCapítuloVIGuíasContabilizadoras:Supropósitoesorientarelregistrodelasoperaciones
contablesaquienestienenlaresponsabilidaddesuejecución,asícomoparatodosaquellosquerequieranconocerloscriteriosqueseutilizanencadaoperación.Endichasguíaslosregistrosseordenanporprocesoadministrativo/financieroysemuestraenformasecuenciallosasientoscontablesquesedebenrealizarensus
principales etapas. Es importante mencionar que el Manual se
mantendrá permanentementeactualizadomediante la aprobación de
nuevas Guías Contabilizadoras, motivadas por el surgimiento de
I-2
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MANUALDECONTABILIDADGUBERNAMENTALINTRODUCCIÓN
otrasoperacionesadministrativo/financierasoporcambiosnormativosposterioresqueimpactenenlosregistroscontables.
Por último, en el Capítulo VII: Normas y metodología para la
emisión de información financiera y
estructuradelosestadosfinancierosbásicosdelentepúblicoycaracterísticasdesusnotas:Incorporaenforma
integral la nueva versión ajustada y actualizada, misma que muestra
los estados e
informaciónfinanciera(contable,presupuestaria,programáticayeconómica)quedebegenerarcadaentepúblico,enelmarcodelodispuestoporelArtículo46delaLeydeContabilidad.
ElAnexo IMatricesdeConversión:muestra laaplicaciónde
lametodologíapara la integraciónde los
elementosquedanorigenalaconversióndelosregistrosdelasoperacionespresupuestariasencontables.Al
respecto, seejemplifica comoopera lamatrizparacadaunade
lasprincipales transaccionesdeorigenpresupuestario de ingresos y
egresos. Como resultado de la aplicación de estamatriz es posible
generarasientos, registros en los libros de contabilidad y
movimientos en los estados financieros, en
formaautomáticayentiemporeal.
INTRODUCCIÓN-3
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MANUALDECONTABILIDADGUBERNAMENTAL
CAPÍTULOI
ASPECTOSGENERALESDE
LACONTABILIDADGUBERNAMENTAL
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MANUALDECONTABILIDADGUBERNAMENTAL
CAPÍTULOI
ASPECTOSGENERALESDELSISTEMADECONTABILIDADGUBERNAMENTAL
ÍNDICE
A. ANTECEDENTESSOBRECONTABILIDADGUBERNAMENTALB.
FUNDAMENTOLEGALDELACONTABILIDADGUBERNAMENTALEN
MÉXICOC. ELSISTEMADECONTABILIDADGUBERNAMENTALD.
LACONTABILIDADGUBERNAMENTALYLOSENTESPÚBLICOSE.
LACONTABILIDADGUBERNAMENTAL,LACUENTAPÚBLICAYLA
INFORMACIÓNECONÓMICAF.
OBJETIVOSDELSISTEMADECONTABILIDADGUBERNAMENTALG.
PRINCIPALESUSUARIOSDELAINFORMACIÓNPRODUCIDAPOREL
SISTEMADECONTABILIDADGUBERNAMENTALH.
MARCOCONCEPTUALDELSISTEMADECONTABILIDAD
GUBERNAMENTALI. POSTULADOSBÁSICOSDECONTABILIDADGUBERNAMENTALJ.
CARACTERÍSTICATÉCNICASDELSISTEMADECONTABILIDAD
GUBERNAMENTALK. PRINCIPALESELEMENTOSDELSISTEMADECONTABILIDAD
GUBERNAMENTALL.
ESTADOSFINANCIEROSBÁSICOSAGENERARPORELSISTEMAY
ESTRUCTURADELOSMISMOSM. CUENTAPÚBLICA
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MANUALDECONTABILIDADGUBERNAMENTALASPECTOSGENERALESDELSISTEMADECONTABILIDAD
GUBERNAMENTAL
CAPÍTULOI
ASPECTOSGENERALESDELSISTEMADECONTABILIDADGUBERNAMENTAL
A. AntecedentessobrelaContabilidadGubernamental.
LaContabilidadGubernamentalesunaramadelaTeoríaGeneraldelaContabilidadqueseaplicaalasorganizacionesdelsectorpúblico,cuyaactividadestáreguladaporunmarcoconstitucional,unabaselegalynormastécnicasquelacaracterizanylahacendistintaalaquerigeparaelsectorprivado.
Lasprincipalesdiferenciasconceptuales,normativasytécnicasentrelacontabilidadgubernamentalyla
delsectorprivadosonlassiguientes:
• El objetode la contabilidad gubernamental es contribuir
entreotras a la economíade la haciendapública; en tanto que, las
entidades del sector privado está orientada a la economía de
laorganización.
• El presupuesto para los entes públicos representa
responsabilidades formales y legales, siendo eldocumento esencial
en la asignación, administración y control de recursos; mientras
que, en
lasentidadesprivadastienecaracterísticasestimativasyorientadorasdesufuncionamiento.
•
ElprocesodefiscalizacióndelascuentaspúblicasestáacargodelosCongresosoAsambleasatravésde
sus órganos técnicos, en calidad de representantes de la ciudadanía
y constituye un ejerciciopúblicode rendiciónde cuentas. En el
ámbitoprivado la funciónde control varía segúnel
tipodeorganización, sin superar el Consejo de Administración,
nombrado por la Asamblea General
deAccionistaynuncainvolucrarepresentantespopulares.
•
Lainformaciónfinancieradelsectorpúblicoespresentadaconestrictoapegoalcumplimientodela
Leyy,engeneral,susestadosfinancierosseorientanainformarsilaejecucióndelpresupuestoydeotrosmovimientosfinancierosserealizarondentrodelosparámetroslegalesytécnicosautorizados;mientrasquelosdelacontabilidadempresarialinformansobrelamarchadelnegocio,susolvencia,yla
capacidad de resarcir y retribuir a los propietarios su inversión a
través de reembolsos orendimientos.
•
Lainformacióngeneradaporlacontabilidadgubernamentalesdedominiopúblico,integraelregistrode
operaciones económicas realizadas con recursos de la sociedad y
como tal, informan losresultados de la gestión pública. En la
empresa privada es potestad de su estructura
organizativa,divulgarlosresultadosdesusoperacionesyelinterésselimitaalosdirectamenteinvolucradosconlapropiedaddedichaempresa,exceptodelasquecotizanenlaBolsaMexicanadeValores.
Con las excepciones anteriores, tanto la teoría general de la
contabilidad como las normas sobre
informaciónfinancieraqueseutilizanparalasactividadesdelsectorprivadosonválidasparalacontabilidadgubernamental.
La contabilidad de las organizaciones, tanto públicas como
privadas, forma parte, a su vez, de un
macrosistema,queeselSistemadeCuentasNacionales.Estemacrosistemacontableconsolidaestadosde
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todos los agentes económicos residentes de un país 1 y a éstos
con el Sector Externo en un
períododeterminadoyexponelosresultadosdelasprincipalesvariablesmacroeconómicasnacionalesoregionales2porloqueserequieretambiéndeinterrelacionescorrectamentedefinidasentreellos.
B. FundamentoLegaldelaContabilidadGubernamentalenMéxico.
ElSistemadeContabilidadGubernamental(SCG)sefundamentaenelArtículo73,FracciónXXVIIIdela
ConstituciónPolíticadelosEstadosUnidosMexicanosque,dentrodelasfacultadesdelCongreso,establecelas
de “expedir leyes enmateria de contabilidad gubernamental que
regirán la contabilidad pública y
lapresentaciónhomogéneadeinformaciónfinanciera,deingresosyegresos,asícomopatrimonialconelfindegarantizarsuarmonizaciónanivelnacional”.
Endichomarco,elCongresodelaUniónaprobólaLeyGeneraldeContabilidadGubernamental(Leyde
Contabilidad) que rige en la materia a los tres órdenes de
gobierno y crea el Consejo Nacional
deArmonizaciónContable(CONAC).
ElArtículo1delaLeydeContabilidadestablecequeésta“esdeobservanciaobligatoriaparalospoderes
Ejecutivo,LegislativoyJudicialdelaFederación,
losestadosyelDistritoFederal; losayuntamientosdelosmunicipios;
losórganospolítico-administrativosde lasdemarcaciones
territorialesdelDistrito Federal;
lasentidadesdelaadministraciónpúblicaparaestatal,yaseanfederales,estatalesomunicipalesylosórganosautónomosfederalesyestatales.”
Por otra parte, asigna al CONAC el carácter de órgano de
coordinación para la armonización de la
contabilidad gubernamental y lo faculta para la emisión de
normas contables y lineamientos para
lageneracióndeinformaciónfinancieraqueaplicaránlosentespúblicos.
C. ElSistemadeContabilidadGubernamental.
El Sistema de Contabilidad Gubernamental (SCG) está conformado
por el conjunto de
registros,procedimientos,criterioseinformesestructuradossobrelabasedeprincipiostécnicoscomunesdestinadosa
captar, valuar, registrar, procesar, exponer e interpretar en forma
sistemática, las transacciones,transformaciones y eventos
identificables y cuantificables que, derivados de la actividad
económica
yexpresadosentérminosmonetarios,modificanlasituaciónpatrimonialdelosentespúblicosenparticularydelasfinanzaspúblicasengeneral.ElSCG,alquedeberánsujetarselosentespúblicos,registrarádemaneraarmónica,
delimitada y específica las operaciones presupuestarias y contables
derivadas de la
gestiónpública,asícomootrosflujoseconómicos.Deigualforma,generaráperiódicamenteestadosfinancierosdelosentespúblicos,confiables,oportunos,comprensibles,periódicosycomparables,expresadosentérminosmonetarios.
ElArtículo34de
laLeydeContabilidadestableceque“Losregistroscontablesde
losentespúblicosse
llevaránconbaseacumulativa”;esdecirque,“lacontabilizacióndelastransaccionesdegastosehará
1GobiernoGeneral,Corporaciones/Empresasnofinancieras,Corporaciones/InstitucionesFinancieras,InstitucionesPrivadassinfinesdelucro,Hogares
2ConsumoFinal,Producción,ValorAgregado,Ahorro,Inversión,Financiamiento
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conformealafechadesurealización,independientementedeladesupago,yladelingresoseregistrarácuandoexistajurídicamenteelderechodecobro”.
D. LaContabilidadGubernamentalylosEntesPúblicos.
LaLeydeContabilidadidentificaalosentespúblicosdecadaordendegobiernoeinstituyelasnormasyresponsabilidadesdelosmismosconrespectoalacontabilidadgubernamental.
El Artículo 4 fracción XII de la Ley de Contabilidad, establece
que son “Entes públicos: los poderes
Ejecutivo,Legislativoy Judicialde laFederaciónyde lasentidades
federativas; losentesautónomosde laFederación y de las entidades
federativas; los ayuntamientos de los municipios; los órganos
político-administrativosdelasdemarcacionesterritorialesdelDistritoFederal;y
lasentidadesdelaadministraciónpúblicaparaestatal,yaseanfederales,estatalesomunicipales”.
Porsuparte,elArtículo2disponeque“Losentespúblicosaplicaránlacontabilidadgubernamentalpara
facilitarelregistroylafiscalizacióndelosactivos,pasivos,ingresosygastosy,engeneral,contribuiramedirla
eficacia, economía y eficiencia del gasto e ingresos públicos, la
administración de la deuda pública,incluyendo las obligaciones
contingentes y el patrimonio del Estado”. Dicha contabilidad, tal
como
loestablecelacitadaLey,deberáseguirlasmejoresprácticascontablesnacionaleseinternacionalesenapoyoa
las tareasdeplaneación financiera,controlderecursos,análisisy
fiscalización.Asimismo,disponeensuArtículo 17 que “cada ente
público será responsable de su contabilidad, de la operación del
sistema;
asícomodelcumplimientodelodispuestoporLeyylasdecisionesqueemitaelConsejo”.
Finalmente,elArtículo52señalaquelos“…entespúblicosdeberánelaborarlosestadosdeconformidad
conlasdisposicionesnormativasytécnicasqueemanendeestaLeyoqueemitaelConsejo”.
E.
LaContabilidadGubernamental,laCuentaPúblicaylaInformaciónEconómica.
LaLeydeContabilidadtambiéndeterminalaobligacióndegenerarinformacióneconómica,entendiendoporésta,larelacionadaconlasfinanzaspúblicasylascuentasnacionales.
Lanormamásclaraalrespecto,estácontenidaenelArtículo46dondeseestablecequelacontabilidad
delosentespúblicospermitirálageneraciónperiódicadelasiguienteinformacióndetipoeconómico:
•
“Unflujodefondosqueresumatodaslasoperacionesylosindicadoresdelaposturafiscal”.
•
“InformacióncomplementariaparagenerarlascuentasnacionalesyatenderotrosrequerimientosprovenientesdeorganismosinternacionalesdelosqueMéxicoesmiembro”.
Asimismo, cabe destacar lo establecido en el Artículo 53 de la
Ley de Contabilidad respecto a los
contenidos mínimos que debe incluir la Cuenta Pública del
Gobierno Federal, entre los que señala: el“Análisis cualitativo de
los indicadores de la postura fiscal, estableciendo su vínculo con
los objetivos
yprioridadesdefinidosenlamateria,enelprogramaeconómicoanual”.
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Porsuparte,lasfacultadesquelaLeydeContabilidadotorgaalCONACenlorelativoalainformacióneconómicasonlassiguientes:
•
“Emitirlosrequerimientosdeinformaciónadicionalesylosconvertidoresdelascuentascontablesy
complementarias,paralageneracióndeinformaciónnecesaria,enmateriadefinanzaspúblicas,parael
sistema de cuentas nacionales y otros requerimientos de información
de organismosinternacionalesdelosqueMéxicoesmiembro”.
• Emitirelmarcometodológicopara llevaracabola
integraciónyanálisisde loscomponentesde lasfinanzas públicas con
relación a los objetivos y prioridades que, en la materia,
establezca
laplaneacióndeldesarrollo,parasuintegraciónenlacuentapública.
F. ObjetivosdelSistemadeContabilidadGubernamental.
ElCONACmediantelaaprobacióndelMarcoConceptualhaestablecidocomoobjetivosdelSistemadeContabilidadGubernamental(SCG)lossiguientes:
a)
Facilitarlatomadedecisionesconinformaciónveraz,oportunayconfiable,tendienteaoptimizarel
manejodelosrecursos;
b) Emitir, integrar y/o consolidar los estados financieros, así
como producir reportes de todas
lasoperacionesdelaAdministraciónPública;
c)
Permitirlaadopcióndepolíticasparaelmanejoeficientedelgasto,orientadoalcumplimientodelos
finesyobjetivosdelentepúblico;
d) Registrardemaneraautomática, armónica,delimitada,específica
yen tiempo real
lasoperacionescontablesypresupuestariaspropiciando,conello,elregistroúnico,simultáneoyhomogéneo;
e)
Atenderrequerimientosdeinformacióndelosusuariosengeneralsobrelasfinanzaspúblicas;
f) Facilitar el reconocimiento, registro, seguimiento ,
evaluación y fiscalización de las operaciones de
ingresos,gastos,activos,pasivosypatrimonialesdelosentespúblicos,asícomosuextinción;
g) Dar soporte técnico-documental a los registros financieros
para su seguimiento, evaluación yfiscalización;
h) Permitirunaefectivatransparenciaenlarendicióndecuentas.
Alosquepodemossumarlossiguientes:
i) Posibilitar el desarrollo de estudios de investigaciones
comparativos entre distintos países que
permitanmedirlaeficienciaenelmanejodelosrecursospúblicos;
j)
Facilitarelcontrolinternoyexternodelagestiónpúblicaparagarantizarquelosrecursosseutilicenenformaeficaz,eficienteycontransparencia;
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k) Informar a la sociedad, los resultados de la gestión pública,
con el fin de generar
concienciaciudadanarespectodelmanejodesupatrimoniosocialypromoverlacontraloríaciudadana.
Desdeelpuntodevistadecadaunodelosentespúblicos,elSCGseproponealcanzarlossiguientes
objetivos:
a) Registrardemaneraautomática, armónica,delimitada,específica
yen tiempo real
lasoperacionescontablesypresupuestariaspropiciando,conello,elregistroúnico,simultáneoyhomogéneo;
b)
Producirlosestadoseinformaciónfinancieraconveracidad,oportunidadyconfiabilidad,conelfinde
cumplirconlanormativavigente,utilizarlaparalatomadedecisionesporpartedesusautoridades,apoyarlagestiónoperativaysatisfacerlosrequisitosderendicióndecuentasytransparenciafiscal;
c) Permitir
laadopcióndepolíticasparaelmanejoeficientedelgastoycoadyuvara
laevaluacióndel
desempeñodelenteydesusfuncionarios;
d) Facilitar la evaluación y fiscalización de las operaciones de
ingresos, gastos, activos, pasivos
ypatrimonialesdelosentespúblicos.
Porsuparte,desdeelpuntodevistadelagestiónysituaciónfinancieraconsolidadadelosdiversos
agregadosinstitucionalesdelSectorPúblico,elSCGtienecomoobjetivos:
a) Producir información presupuestaria, contable y económica
armonizada, integrada y consolidadapara el análisis y la toma de
decisiones por parte de los responsables de administrar las
finanzaspúblicas;
b) ProducirlaCuentaPúblicadeacuerdoalosplazoslegales;
c)
Producirinformacióneconómicaordenadadeacuerdoconelsistemadeestadísticasdelasfinanzas
públicas;
d)
CoadyuvaragenerarlascuentasdelGobiernoCentraldelSistemadeCuentasNacionales.
G. PrincipalesUsuariosdelaInformaciónProducidaporelSCG.
EntrelosprincipalesusuariosdelainformaciónqueproduceelSCG,seidentificanlossiguientes:
a) El H. Congreso de la Unión y las legislaturas de las
entidades federativas que requieren de
lainformaciónfinancieraparallevaracabosustareasdefiscalización;
b)
Losresponsablesdeadministrarlasfinanzaspúblicasnacionales,estatalesymunicipales;
c) Los organismos de planeación y desarrollo de las políticas
públicas, para analizar y evaluar la
efectividaddelasmismasyorientarnuevaspolíticas;
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d) Losejecutoresdel gasto, los responsablesde
lasáreasadministrativo/financierasquienes tienen
laresponsabilidaddeejecutarlosprogramasyproyectosdelosentespúblicos;
e) La Auditoría Superior de la Federación (ASF), la Secretaría
de la Función Pública, las entidades
estatales de fiscalización, los Órganos de control interno y
externo para los fines de revisión
yfiscalizacióndelainformaciónfinancieradelosentespúblicos;
f) Las áreas técnicas del Banco de México, dada la relación
existente entre la información fiscal, la
monetariaylabalanzadepagos;
g) Los órganos financieros nacionales e internacionales que
contribuyen con el financiamiento deprogramasoproyectos;
h)
Analistaseconómicosyfiscalesespecialistasenelseguimientoyevaluacióndelagestiónpública;
i)
Entidadesespecializadasencalificarlacalidadcrediticiadelosentespúblicos;
j) Los inversionistas externosque requieren conocer el gradode
estabilidadde las finanzas públicas,
paratomardecisionesrespectodefuturasinversiones;
k) La sociedad civil en general, que demanda información sobre
la gestión y situación contable,presupuestaria y económicade los
entespúblicos y de los diferentes agregados
institucionalesdelSectorPúblico.
H. MarcoConceptualdelSCG.
ElMarco Conceptual de ContabilidadGubernamental (MCCG),
desarrolla los aspectos básicos del
SCGparalosentespúblicos,erigiéndoseenlareferenciateóricaquedefine,delimita,interrelacionaeintegradeforma
lógico-deductiva sus objetivos y fundamentos. Además, establece los
criterios necesarios para eldesarrollo de normas, valuación,
contabilización, obtención y presentación de información
contable,presupuestaria y económica, en forma clara, oportuna,
confiable y comparable, para satisfacer
lasnecesidadesdelosusuarios.
Laimportanciaycaracterísticasdelmarcoconceptualparaelusuariogeneraldelosestadosfinancieros
radicaenlosiguiente:
a) Ofrecer un mayor entendimiento acerca de la naturaleza,
función y límites de los estados einformaciónfinanciera;
b) Respaldar teóricamente la emisión de las normas generales y
guías contabilizadoras, evitando con
ellolaemisióndenormasquenoseanconsistentesentresí;
c)
Establecerunmarcodereferenciaparaaclararosustentartratamientoscontables;
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d) Proporcionaruna terminología y unpuntode referencia
comúnentre losdiseñadoresdel sistema,generadores de información y
usuarios, promoviendo una mayor comunicación entre ellos y
unamejorcapacidaddeanálisis.
En tal sentido,elArtículo21de
laLeydeContabilidadestableceque“Lacontabilidadsebasaráenun
marco conceptual que representa los conceptos fundamentales para
la elaboración de normas,
lacontabilización,valuaciónypresentacióndelainformaciónfinancieraconfiableycomparableparasatisfacerlasnecesidadesdelosusuariosypermitiráserreconocidaeinterpretadaporespecialistaseinteresadosenlafinanzaspúblicas.”
LaLeyestablececomounadelasatribucionesdelCONAClade“emitirelmarcoconceptual”.Alefecto,
confecha20deagostode2009,
fuepublicadoelacuerdocorrespondiente,cuyosaspectossustantivossedescribenacontinuación:
ElMCCGtienecomopropósitos:
a)
Establecerlosatributosesencialesparadesarrollarlanormatividadcontablegubernamental;
b)
Referenciarlaaplicacióndelregistroenlasoperacionesytransaccionessusceptiblesdeservaloradas
ycuantificadas;
c)
Proporcionarlosconceptosimprescindiblesquerigenalacontabilidadgubernamental,identificandodemaneraprecisalasbasesquelasustentan;
d)
Armonizarlageneraciónypresentacióndelainformaciónfinancieraquepermita:
• Rendircuentasdeformaverazyoportuna;
• Interpretaryevaluarelcomportamientodelagestiónpública;
• Sustentarlatomadedecisiones;y
• Apoyarlastareasdefiscalización.
ElMCCGseintegraporlosapartadossiguientes:
I.
CaracterísticasdelMarcoConceptualdeContabilidadGubernamental;
II. SistemadeContabilidadGubernamental;
III. PostuladosBásicosdeContabilidadGubernamental;
IV. Necesidadesdeinformaciónfinancieradelosusuarios;
V. Cualidadesdelainformaciónfinancieraaproducir;
VI.
Estadospresupuestarios,financierosyeconómicosaproducirysusobjetivos;
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VII.
Definicióndelaestructurabásicayprincipaleselementosdelosestadosfinancierosaelaborar.
Enunasegundaetapa,elCONACemitirálasnormasqueformanpartedelMCCGyqueserefierenalavaloracióndelosactivosyelpatrimoniodelosentespúblicos.Estanormapermitirádefiniryestandarizarlos
conceptos básicos de valuación contenidos en las normas
particulares aplicables a los
distintoselementosintegrantesdelosestadosfinancieros.
LasnormasemitidasporelCONACtienen lasmisma jerarquíaque
laLeydeContabilidad,por lotanto
son de observancia obligatoria “para los poderes Ejecutivo,
Legislativo y Judicial de la Federación,
losestadosyelDistritoFederal;losayuntamientosdelosmunicipios;losórganospolítico-administrativosdelasdemarcaciones
territorialesdelDistrito Federal; las entidadesde la
administraciónpúblicaparaestatal,
yaseanfederales,estatalesomunicipalesylosórganosautónomosfederalesyestatales”.
EnformasupletoriaalasnormasdelaLeydeContabilidadyalasemitidasporelCONAC,seaplicaránlas
siguientes:
a) LaNormatividad emitida por las unidades administrativas o
instancias competentes enmateria deContabilidadGubernamental;
b) LasNormas InternacionalesdeContabilidadparaelSectorPúblico
(NICSP)emitidaspor la Juntade
Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público
(International Public Sector AccountingStandardsBoard,
InternationalFederationofAccountants-IFAC-),entesenmateriadeContabilidadGubernamental;
c) LasNormas de Información Financiera del ConsejoMexicano para
la Investigación y Desarrollo de
NormasdeInformaciónFinanciera(CINIF).
Tanto las normas emitidas por el IFAC como las del CINIF, si
bien forman parte del marco técnico
aconsiderareneldesarrolloconceptualdelSCG,debenserestudiadasy,en
lamedidaqueseanaplicables,debenserpuestasenvigormedianteactosadministrativosespecíficos.
I.PostuladosBásicosdeContabilidadGubernamental.
De conformidad con el Artículo 22 de la Ley de Contabilidad,
“…los Postulados tienen como objetivosustentar técnicamente la
contabilidadgubernamental, así comoorganizar laefectiva
sistematizaciónquepermitalaobtencióndeinformaciónveraz,clarayconcisa.”
Los Postulados Básicos representan uno de los elementos
fundamentales que configuran el SCG, al
permitirlaidentificación,elanálisis,lainterpretación,lacaptación,elprocesamientoyelreconocimientodelastransacciones,transformacionesinternasyotroseventosqueafectaneconómicamentealentepúblico.Sustentan
de manera técnica el registro de las operaciones, la elaboración y
presentación de estadosfinancieros; basados en su razonamiento,
eficiencia demostrada, respaldo en legislación especializada
yaplicacióndelaLey,conlafinalidaddeuniformarlosmétodos,procedimientosyprácticascontables.
Cabedestacarquecon fecha20deagostode2009,
fuepublicadoelacuerdoporelCONACemite los
PostuladosBásicosdeContabilidadGubernamental,disponiendoquedebenseraplicadosporlosentes
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públicosdeformatalquelainformaciónqueproporcionenseaoportuna,confiableycomparableparalatomadedecisiones.
AcontinuaciónsedescribeelcontenidoprincipaldelosPostuladosBásicosdeContabilidad
Gubernamental,aprobadosporelCONAC:
1) SustanciaEconómica
Eselreconocimientocontabledelastransacciones,transformacionesinternasyotroseventos,queafectaneconómicamentealentepúblicoydelimitanlaoperacióndelSCG.
2) EntesPúblicos
Los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Federación y
de las entidades federativas; los entes
autónomosdelaFederaciónydelasentidadesfederativas;losayuntamientosdelosmunicipios;losórganospolítico-administrativos
de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal; y las
entidades de
laadministraciónpúblicaparaestatal,yaseanfederales,estatalesomunicipales.
3) ExistenciaPermanente
La actividad del ente público se establece por tiempo
indefinido, salvo disposición legal en la que se
especifiquelocontrario.
4) RevelaciónSuficiente
Losestadosy la
informaciónfinancieradebenmostrarampliayclaramentelasituaciónfinancieray
losresultadosdelentepúblico.
5) ImportanciaRelativa
La información debe mostrar los aspectos importantes de la
entidad que fueron reconocidos
contablemente.
6) RegistroeIntegraciónPresupuestaria
Lainformaciónpresupuestariadelosentespúblicosseintegraenlacontabilidadenlosmismostérminosque
se presentan en la Ley de Ingresos y en el Decreto del Presupuesto
de Egresos, de acuerdo a lanaturalezaeconómicaquelecorresponda.
El registro presupuestario del ingreso y del egreso en los entes
públicos se debe reflejar en la
contabilidad, considerando sus efectos patrimoniales y su
vinculación con las etapas presupuestariascorrespondientes.
7) ConsolidacióndelaInformaciónFinanciera
Los estados financieros de los entes públicos deberán presentar
de manera consolidada la situación
financiera, los resultados de operación, el flujo de efectivo o
los cambios en la situación financiera y
lasvariacionesalaHaciendaPública,comosisetrataradeunsoloentepúblico.
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8) DevengoContable
Losregistroscontablesdelosentespúblicossellevaránconbaseacumulativa.Elingresodevengado,esel
momento contable que se realiza cuando existe jurídicamente el
derecho de cobro de impuestos,derechos, productos, aprovechamientos
y otros ingresos por parte de los entes públicos. El
gastodevengado, es elmomento contable que refleja el reconocimiento
de una obligación de pago a favor detercerospor la
recepcióndeconformidaddebienes,serviciosyobrapúblicacontratados;asícomode
lasobligacionesquederivandetratados,leyes,decretos,resolucionesysentenciasdefinitivas.
9) Valuación
Todos los eventos que afecten económicamente al ente público
deben ser cuantificados en términos
monetariosyseregistraránalcostohistóricooalvaloreconómicomásobjetivoregistrándoseenmonedanacional.
10) DualidadEconómica
Elentepúblicodebe reconoceren la contabilidad, la
representaciónde las transaccionesyalgúnotro
eventoqueafecte su situación financiera, su composiciónpor los
recursosasignadosparael logrode
susfinesyporsusfuentes,conformealosderechosyobligaciones.
11) Consistencia
Ante la existencia de operaciones similares en un ente público,
debe corresponder un mismo
tratamiento contable, el cual debe permanecer a través del
tiempo, en tanto no cambie la esenciaeconómicadelasoperaciones.
J. CaracterísticasTécnicasdelSCG.
El contexto legal, conceptual y técnico en el cual se debe
estructurar el SCG de los entes públicos,determinaqueelmismodebe
responder a ciertas característicasdediseñoyoperación, entre lasque
sedistinguenlasqueacontinuaciónserelacionan:
a) Serúnico,uniformeeintegrador;
b)
Integrarenformaautomáticalaoperacióncontableconelejerciciopresupuestario;
c)
Efectuarlosregistrosconsiderandolabaseacumulativa(devengado)delastransacciones;
d)
Registrardemaneraautomáticay,porúnicavez,enlosmomentoscontablescorrespondientes;
e)
Efectuarlainterrelaciónautomáticaentrelosclasificadorespresupuestarios,lalistadecuentasyel
catálogodebienes;
f)
Efectuarenlascuentascontables,elregistrodelasetapasdelpresupuestodelosentespúblicos,deacuerdoconlosiguiente:
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•
Enlorelativoalgasto,deberegistrarlosmomentoscontables:aprobado,modificado,comprometido,devengado,ejercidoypagado.
•
Enlorelativoalingreso,deberegistrarlosmomentoscontables:estimado,modificado,
devengadoyrecaudado.
g)
Facilitarelregistroycontroldelosinventariosdebienesmuebleseinmueblesdelosentespúblicos;
h) Generar, en tiempo real, estados financieros, de ejecución
presupuestaria y otra información
quecoadyuvealatomadedecisiones,transparencia,programaciónconbaseenresultados,evaluaciónyrendicióndecuentas;
i) Estar estructurado de forma tal que permita su
compatibilización con la información sobre
producción física que generan las mismas áreas que originan la
información contable
ypresupuestaria,permitiendoelestablecimientoderelacionesdeinsumo-productoylaaplicacióndeindicadoresdeevaluacióndeldesempeñoydeterminacióndecostosdelaproducciónpública;
j) Estar diseñado de forma tal que permita el procesamiento y
generación de estados financieros
medianteelusodelastecnologíasdelainformación;
k)
Respaldarconladocumentaciónoriginalquecompruebeyjustifiquelosregistrosqueseefectúen,elregistrodelasoperacionescontablesypresupuestarias.
K. PrincipalesElementosdelSCG.
Deconformidadcon loestablecidopor la LeydeContabilidad,así
comoenelMarcoConceptual y
losPostuladosBásicosdeContabilidadGubernamentalaprobadosporelCONAC,loselementosprincipalesdelSCGsonlossiguientes:
1. PlandeCuentas(ListadeCuentas)
2. ClasificadoresPresupuestariosArmonizados
• PorRubrosdeIngresos
• PorObjetodelGasto
• PorTipodeGasto
3. MomentosContables
• Delosingresos
• Delosgastos
• Delfinanciamiento
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4. MatrizdeConversión
5. Normascontablesgenerales
6. Librosprincipalesyregistrosauxiliares
7. ManualdeContabilidad
• PlandeCuentas(Listadecuentas)
• Instructivosdemanejodecuentas
• GuíasContabilizadoras
•
Estadosfinancierosbásicosagenerarporelsistemayestructuradelosmismos
•
Normasolineamientosqueemitalaautoridadcompetenteenmateriadecontabilidadgubernamentalencadaordendegobierno.
AcontinuaciónserealizaunacontextualizacióndeloselementosprincipalesdelSistemadeContabilidad
Gubernamental(SCG)condocumentosrelacionados.
1. ListadeCuentas
LaLeydeContabilidad,definelaListadeCuentascomo“larelaciónordenadaydetalladadelascuentascontables,mediante
la cual se clasifican el activo, pasivo y hacienda pública o
patrimonio, los ingresos ygastos públicos, y cuentas denominadas de
orden o memoranda”. De acuerdo con lo establecido en
elArtículoCuartoTransitoriodelaLeydeContabilidad,sedeberádisponerdelaListadeCuentas,alineadaalPlandeCuentas,clasificadorespresupuestariosarmonizadosyelCatálogodeBienesamástardarel31dediciembrede2010.
2. ClasificadoresPresupuestariosArmonizados
La Ley de Contabilidad establece en su Artículo 41 que “para el
registro único de las operaciones
presupuestarias y contables, los entes públicos dispondrán de
clasificadores presupuestarios, listas de
cuentasycatálogosdebienesoinstrumentossimilaresquepermitansuinterrelaciónautomática.”
Deacuerdocondichomarco legal,
losclasificadorespresupuestariosarmonizadosquerequiereelSCGpararealizarlaintegraciónautomáticadelosregistrospresupuestariosconloscontablessonlossiguientes:
• ClasificadorporRubrosdeIngresos(rubro,tipo,claseyconcepto)
• ClasificadorporObjetodelGasto(capítulo,conceptoypartida)
• ClasificadorporTipodeGasto
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GUBERNAMENTAL
ClasificadorporRubrosdeIngresos
ElClasificadorporRubrosdeIngresosordena,agrupaypresentalosingresospúblicosenfuncióndesudiferentenaturalezayelcarácterdelastransaccionesqueledanorigen.
Enlaclasificaciónporrubrosdeingresosseidentificanlosqueprovienendefuentestradicionalescomolos
impuestos, los aprovechamientos, derechos, productos,
contribuciones demejoras, las transferencias;los que proceden del
patrimonio público como la venta de activos, de títulos, de
acciones y
porarrendamientodebienes,ylosquetienensuorigenenladisminucióndeactivos.
Esta clasificación permite el registro analítico de las
transacciones de ingresos, y la vinculación de
losaspectospresupuestariosycontablesdelosrecursos.
Laestimaciónde los ingresos se realizaanivelde conceptoydeberán
registrarseen cifrasbrutas,
sindeducciones,representenonoentradasdeefectivo.
Finalidad.
Laclasificacióndelosingresospúblicosporrubrostiene,entreotrasfinalidades,lasqueacontinuaciónseseñalan:
-
Identificarlosingresosquelosentespúblicoscaptanenfuncióndelaactividadquedesarrollan.
- Medirel impactoeconómicode losdiferentes ingresosyanalizar la
recaudaciónconrespectoa lasvariables macroeconómicas para
establecer niveles y orígenes sectoriales de la elusión y
evasiónfiscal.
- Contribuiraladefinicióndelapolíticadeingresospúblicos.
-
Coadyuvaralamedicióndelefectodelarecaudaciónpúblicaenlosdistintossectoressocialesydelaactividadeconómica.
-
Determinarlaelasticidaddelosingresostributariosconrelaciónavariablesqueconstituyensubaseimpositiva.
-
Identificarlosmediosdefinanciamientooriginadosenlavariacióndesaldosdecuentasdelactivoypasivo.
ClasificadorporObjetodelGasto
Este instrumento presupuestario brinda información para el
seguimiento y análisis de la
gestiónfinancieragubernamental,permiteconocerenquéconceptossegastaycuantificarlademandadebienesyserviciosquerealizaelsectorpúblicosobrelaeconomíanacional.
ElClasificadorporObjetodelGastoesaplicableatodaslastransaccionesquerealizanlosentespúblicos
paraobtenerlosbienesyserviciosqueutilizanenlaproduccióndebienespúblicosyrealizartransferenciaseinversionesfinancieras,enelmarcodelPresupuestodeEgresos.
Dichoclasificadorhasidodiseñadoconunniveldedesagregaciónyespecializaciónquepermitequeelregistro
de las transacciones presupuestarias que realizan los entes
públicos se integre
automáticamenteconlasoperacionescontablesdelosmismos.
Finalidad
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MANUALDECONTABILIDADGUBERNAMENTALASPECTOSGENERALESDELSISTEMADECONTABILIDAD
GUBERNAMENTAL
-
OfreceinformaciónvaliosadelademandadebienesyserviciosquerealizaelGobierno,permitiendoidentificarelsectoreconómicosobreelquesegenerarálamisma.
-
Ofreceinformaciónsobrelastransferenciaseinversiónfinancieraquesedestinaaentespúblicos,yaotrossectoresdelaeconomíadeacuerdoconlatipologíaeconómicadelosmismos.
- Facilitalaprogramacióndelacontratacióndebienesyservicios.
-
Promueveeldesarrolloyaplicacióndelossistemasdeprogramaciónygestióndelgastopúblico.
-
Facilitalaintegraciónautomáticadelasoperacionespresupuestariasconlascontablesyelinventariodebienes.
-
Facilitaelcontrolinternoyexternodelastransaccionesdelosentespúblicos.
-
Permiteelanálisisdelosefectosdelgastopúblicoylaproyeccióndelmismo.
ClasificadorporTipodeGasto
ElClasificadorporTipodeGastorelacionalastransaccionespúblicasderivadasdelgastoconlosgrandesagregadosdelaclasificacióneconómicatalycomosemuestraacontinuación:
1 GastoCorriente
2 GastodeCapital
3 Amortizacióndeladeudaydisminucióndepasivos
Además, cumple un papel fundamental en lo que se refiere a la
capitalización de gastos que a priori
lucen como de tipo corriente, pero que son aplicados por el ente
a la construcción de activos fijos
ointangibles,talescomolosgastosenpersonaleinsumosmateriales.
ClasificadoresarmonizadosrelacionadosconelSCG
AlafechaelCONAC,haemitidolossiguientesclasificadores:
•
ClasificadorporRubrosdeIngresos,quecomprendelaaperturahastasegundonivel,esdecir,porrubroytipo.Acuerdodefecha1dediciembrede2009.
•
ClasificadorporObjetodelGastoaniveldecapítulo,conceptoypartida.Acuerdodefecha28demayode2010.
• ClasificadorporTipodeGasto.Acuerdodefecha28mayode2010.
3. MomentosContables
ElArtículo38de la LeydeContabilidadestablecequeel registrode
lasetapasdelpresupuestode los
entespúblicosseefectuaráen
lascuentascontablesque,paratalefecto,establezcaelConsejo,
lascualesdeberánreflejar:
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MANUALDECONTABILIDADGUBERNAMENTALASPECTOSGENERALESDELSISTEMADECONTABILIDAD
GUBERNAMENTAL
I.
Enlorelativoalgasto,elaprobado,modificado,comprometido,devengado,ejercidoypagado;y
II.
Enlorelativoalingreso,elestimado,modificado,devengadoyrecaudado.
3. 1.MomentosContablesdelosIngresos
Enelmarcodelanormativavigente,acontinuaciónsedefinencadaunodelosmomentoscontablesdelosingresos:
Ingreso Estimado: es el que se aprueba anualmente en la Ley de
Ingresos, e incluyen los impuestos,
cuotas y aportaciones de seguridad social, contribuciones de
mejoras, derechos,
productos,aprovechamientos,financiamientosinternosyexternos;asícomodelaventadebienesyservicios,ademásdeparticipaciones,aportaciones,recursosconvenidos,yotrosingresos.*
IngresoModificado:elmomentocontablequereflejalaasignaciónpresupuestariaenlorelativoalaLey
deIngresosqueresultedeincorporarensucaso,lasmodificacionesalingresoestimado,previstasenlaleydeingresos*.
IngresoDevengado:momentocontablequeserealizacuandoexistejurídicamenteelderechodecobro
de los impuestos, cuotas y aportaciones de seguridad social,
contribuciones de mejoras, derechos,productos, aprovechamientos,
financiamientos internos y externos; así como de la venta de bienes
yservicios,ademásdeparticipaciones,aportaciones,
recursosconvenidos,yotros ingresosporpartede losentes públicos. En
el caso de resoluciones en firme (definitivas) y pago en
parcialidades, se deberánreconocer cuando ocurre la notificación de
la resolución y/o en la firma del convenio de pago
enparcialidades,respectivamente*.
IngresoRecaudado:momentocontablequereflejaelcobroenefectivoocualquierotromediodepago
de los impuestos, cuotas y aportaciones de seguridad social,
contribuciones de mejoras, derechos,productos, aprovechamientos,
financiamientos internos y externos; así como de la venta de bienes
yservicios,ademásdeparticipaciones,aportaciones,
recursosconvenidos,yotros ingresosporpartede losentespúblicos.*
El CONAC ha establecido en las “Normas y Metodología para la
Determinación de los Momentos
Contables de los Ingresos”, que cuando los entes públicos
cuenten con los elementos que identifique elhecho imponible, y
sepuedaestablecer el importede los impuestos, cuotas y
aportacionesde
seguridadsocial,contribucionesdemejoras,derechos,productosyaprovechamientos,mediantelaemisióndel
* En ladefiniciónde losMomentoscontablesdel
ingresoestimado,devengadoyrecaudado,aprobadosel09dediciembrede2009
seha incluido“financiamientos
internosyexternos”.EnelPresentecapítulo,elconceptode“financiamientosinternosyexternos”seabordanenelpunto3.3MomentosContablesdelasOperacionesdeFinanciamiento.
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correspondientedocumentodeliquidación,queseñalalafechalímitepararealizarelpagodeacuerdoconlo
establecido en las leyes respectivas, el ingreso se entenderá como
determinable. En el caso de losingresos determinables corresponde
que los mismos sean registrados como “Ingreso Devengado” en
lainstanciareferida,aligualquecorrespondedichoregistrocuandoseemitelafacturaporlaventadebienesy
servicios por parte de los entes públicos. Asimismo, se considerará
como autodeterminable
cuandocorrespondaaloscontribuyenteselcálculoypresentacióndelacorrespondienteliquidación.
Asimismo,elCONAChadispuestoque“excepcionalmente,cuandoporlanaturalezadelasoperaciones
no sea posible el registro consecutivo de todos los momentos
contables de los ingresos, se registraránsimultáneamente de acuerdo
a lineamientos previamente definidos por las unidades
administrativas oinstancias competentes en materia de Contabilidad
Gubernamental”, refiriéndose a las etapas
deldevengadoyrecaudado.
En cumplimento al Artículo Tercero Transitorio, Fracción III, de
la Ley de Contabilidad, el CONAC, con
fecha1dediciembrede2009,emitió lasNormasyMetodologíapara
laDeterminaciónde losMomentosContables de los Ingresos, donde se
establecen los criterios básicos a partir de los cuales las
unidadesadministrativasoinstanciascompetentesenmateriadeContabilidadGubernamentaldebendesagregardeacuerdoasusnecesidadesenclaseyconceptoapartirdelaestructurabásicadelClasificadorporRubrosdeIngresos
desarrollado la correspondiente metodología para los momentos
contables a estos niveles decuentas.
3.2. MomentoscontablesdelosEgresos
Enelmarcodelanormativavigente,acontinuaciónsedefinecadaunodelosmomentoscontablesdelosegresosestablecidosporlaLeydeContabilidad.
Gasto aprobado: momento contable que refleja las asignaciones
presupuestarias anuales según lo
establecidoenelDecretodePresupuestodeEgresosysusanexos.
Gasto modificado: momento contable que refleja las asignaciones
presupuestarias que resultan
deincorporarlasadecuacionespresupuestariasalgastoaprobado.
Gastocomprometido:momentocontabledelgastoquereflejalaaprobaciónporautoridadcompetente
deunactoadministrativo,uotroinstrumentojurídicoqueformalizaunarelaciónjurídicacontercerosparalaadquisicióndebienesyserviciosoejecucióndeobras.Enelcasodelasobrasaejecutarseodebienesyserviciosarecibirsedurantevariosejercicios,elcompromisoseráregistradoporlapartequeseejecutaráorecibirá,durantecadaejercicio;
Encomplementoaladefiniciónanterior,sedeberegistrarcomogastocomprometidolosiguiente:
a) En el caso de “gastos en personal” de planta permanente o
fija y otros de similar naturaleza o
directamentevinculadosalosmismos,al
iniciodelejerciciopresupuestario,porelcostototalanualdelaplantaocupadaendichomomento,enlaspartidascorrespondientes.
b)
Enelcasodela“deudapública”,aliniciodelejerciciopresupuestario,poreltotaldelospagosque
hayaque realizardurantedichoejercicioporconceptode intereses,
comisionesyotrosgastos,de
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acuerdo con el financiamiento vigente. Corresponde actualizarlo
mensualmente por variación deltipo de cambio, cambios en otras
variables o nuevos contratos que generen pagos durante
elejercicio.
c)
Enelcasodetransferencias,subsidiosy/osubvenciones,elcompromisoseregistrarácuandose
expidaelactoadministrativoquelosaprueba.
Gastodevengado:elmomentocontablequereflejaelreconocimientodeunaobligacióndepagoafavorde
tercerospor la recepcióndeconformidaddebienes,
serviciosyobrasoportunamentecontratados;asícomodelasobligacionesquederivandetratados,leyes,decretos,resolucionesysentenciasdefinitivas*;
Gasto ejercido: elmomento contable que refleja la emisión de una
cuenta por liquidar certificada o
documentoequivalentedebidamenteaprobadoporlaautoridadcompetente*;
Gasto pagado: elmomento contable que refleja la cancelación
total o parcial de las obligaciones
depago,queseconcretamedianteeldesembolsodeefectivoocualquierotromediodepago.
De conformidad con lo establecido por el CONAC,
excepcionalmente, cuando por la naturaleza de las
operaciones no sea posible el registro consecutivo de todos los
momentos contables del gasto, seregistrarán simultáneamente de
acuerdo a lineamientos previamente definidos por las
unidadesadministrativasoinstanciascompetentesenmateriadeContabilidadGubernamental.
A los momentos contables de los egresos establecidos por la Ley
de Contabilidad, es recomendable
agregar a nivel de los ejecutores del gasto el registro del
“Precompromiso” (afectación preventiva).Entendiendo que corresponde
registrar como tal, la autorización para gastar emitida por
autoridadcompetenteyqueimplicaeliniciodeuntrámiteparalaadquisicióndebienesolacontratacióndeobrasyservicios,anteunasolicitudformuladaporlasunidadesresponsablesdeejecutarlosprogramasyproyectos.
Elregistrodeestemomentocontable,esdeinterésexclusivodelasunidadesdeadministracióndelos
ejecutoresdelgastooporlasunidadesresponsablesdeejecutarlosprogramasyproyectosdeacuerdoconlacompetenciadeestas,facilitalagestiónderecursosquelasmismasrealizanyaseguranladisponibilidaddelaasignaciónparaelmomentodeadjudicarlacontrataciónrespectiva.
EncumplimentoalArtículoTerceroTransitorio,FracciónIII,delaLey,elCONAC,confecha20deAgosto
de 2009, se publicó lasNormas yMetodología para laDeterminación
de losMomentos Contables de losEgresos, donde se establecen los
criterios básicos a partir de los cuales las unidades
administrativas
oinstanciascompetentesenmateriadeContabilidadGubernamentaldebendesarrollarendetalleyaniveldecadapartidadelClasificadorporObjetodelGasto,lacorrespondientemetodologíaanalíticaderegistro.
3.3. MomentosContablesdelasOperacionesdeFinanciamiento
En cuanto a los momentos de registro de los ingresos derivados
de operaciones de
financiamientopúblico,sedefinendelasiguientemanera:
IngresoEstimado:
lasestimacionesporcadaconceptodefuentedefinanciamientoprevistasenelPlan
AnualdeFinanciamientoyensudocumentacióndesoporte.
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IngresoModificado: registrode
lasmodificacionesalPlanAnualdeFinanciamientoautorizadaspor
laautoridadcompetente.
IngresoDevengado:enelcasodeoperacionesdefinanciamientoseregistrarásimultáneamenteconel
ingresorecaudado.
Ingreso Recaudado: momento en que ingresan a las cuentas
bancarias de la tesorería, los
fondoscorrespondientesaoperacionesdefinanciamiento.
b)Egresos/Usos:
La amortización de la deuda en sus momentos contables de
comprometido, devengado, ejercido
ypagadocorresponderegistrarlaenlossiguientesmomentoscontables:
GastoComprometido:seregistraaliniciodelejerciciopresupuestario,poreltotaldelospagosprevistos
paraelmismoporconceptodeamortización,deacuerdoconloscontratosdefinanciamientovigentesolostítulos
de la deuda colocados. Se revisará mensualmente por variación del
tipo de cambio o de otrasvariables del endeudamiento, igualmente
por la firma de nuevos contratos o colocación de títulos
convencimientoenelejercicio.
Gasto Devengado/Ejercido: en el caso del Servicio de la Deuda,
el devengo del gasto legalmente
corresponderealizarloenelmomentoquenacelaobligacióndepago,loqueocurreenlamismafechaquelaobligacióndebeserpagada.Decumplirsecabalmenteconloanterior,segeneraríalaimposibilidadfácticade
programarlo y liquidarlo con oportunidad. Para solucionar este
inconveniente, es habitual adoptar
laconvenciónderegistrareldevengodeestosegresoscon laemisiónde
lacuentapor liquidarcertificadaodocumento equivalente, lo que
corresponde hacerlo con varios días de anticipación a la fecha de
suvencimiento y pago para facilitar su inclusión en la
programaciónmensual o diaria de caja que realice
latesoreríadelente,asegurandoasuvez,queelpagorespectivoseconcreteentiempoyforma.
GastoPagado:momentocontablequereflejalacancelacióntotaloparcialdelasobligacionesdepago,
queseconcretamedianteeldesembolsoenefectivoocualquierotromediodepagoy,específicamenteenelcasodeladeudapúblicacuandolatesoreríadelenteordenealbancoagenteelpagodelaobligación.
3.4
Principalesventajasdelregistrodelosmomentoscontablesdel“comprometidoydevengado”
a) Ventajasdel“comprometido”
El correcto registro contable del momento del “comprometido” de
los gastos tiene una particularrelevanciaparaaplicarpolíticas
relacionadas conel controldel gastoy con ladisciplina fiscal. Si
enalgúnmomento de la ejecución de un ejercicio, la autoridad
responsable de la política fiscal de cada orden degobierno tiene la
necesidadde contener, disminuir oparalizar el ritmodeejecucióndel
gasto,
lamedidacorrectaatomarenestoscasos,esregularoimpedirlaconstitucióndenuevos“compromisos”contables.Laprohibicióndecontraercompromisosimplicaquelosejecutoresdelgastonopuedenfirmarnuevasórdenesdecompradebienes,contratacióndeservicios,contratosdeobrauotrosinstrumentoscontractuales
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similares que tarde o temprano originarán obligaciones de pago.
La firma de un contrato obliga a suejecución. La obligación del
registro contable del compromiso permite asegurar que las
disposicionestomadassobreelcontroldelgastosonrespetadasyfacilitaráobtenerlosresultadosfiscalesprevistos.
b) Ventajasdel“devengado”
La LeydeContabilidadestablece en suArtículo 19queel SCGdebe
integrar “en formaautomática el
ejercicio presupuestario con la operación contable, a partir de
la utilización del gasto devengado”.
Ellotambiénesválidoparaelcasodelosingresosdevengados.
Losprocesosadministrativo-financierosqueoriginan“ingresos”o“egresos”reconocenenelmomento
contable del “devengado” la etapa más relevante para el registro
de las respectivas transacciones. Elcorrecto registro de este
momento contable es condición necesaria para la integración de los
registrospresupuestarios y contables, así como para producir
estados de ejecución presupuestaria, contables
yeconómicos,oportunos,coherentesyconsistentes.
3.5
PrincipalesVentajasdelusodel“comprometidoydeldevengado”paralaprogramacióndiariade
caja
Laelaboraciónperiódicaydiariadeunprogramadecaja(ingresosypagos)realistayconfiable,condiciónrequerida
para la implantación de un sistema de cuenta única del ente, exige
conocer los montosautorizados para gastar mediante las
calendarizaciones, las adecuaciones de éstas y los compromisos
ydevengoquerealizanlosejecutoresdelgastoenelmismomomentoenqueocurren.
Ladisponibilidaddeestainformaciónpermitirámantenerunatesoreríapúblicaenequilibrio,mantener
lospagosaldía, impedir lacreacióndepasivosexigiblesocultosen
losejecutoresdelgastoy,ensucaso,poderestablecerconprecisiónlosexcedentesdelatesoreríaparasumejorinversión.
4. MatrizdeConversión
La matriz de conversión tiene como finalidad generar
automáticamente los asientos en las
cuentascontablesapartirdelregistroporpartidasimpledelasoperacionespresupuestariasdeingresos,egresosyfinanciamiento.
Este elemento contable se desarrolla conceptualmente en el Capítulo
siguiente.
LosresultadosdesuaplicaciónprácticasemuestranenformaintegralenelAnexoIdeesteManual.
5. NormasContablesGenerales
De acuerdo con la Ley de Contabilidad se debe entender por
Normas Contables: “los lineamientos,
metodologías y procedimientos técnicos, dirigidos a dotar a los
entes públicos de las herramientasnecesarias para registrar
correctamente las operaciones que afecten su contabilidad, con el
propósito degenerar informaciónverazyoportunapara la
tomadedecisionesy la formulacióndeestados
financierosinstitucionalesyconsolidados”.
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6. Librosprincipalesyregistrosauxiliares
Conrespectoaesteelemento,laLeydeContabilidaddisponeensuartículo35que“losentespúblicosdeberán
mantener un registro histórico detallado de las operaciones
realizadas como resultado de
sugestiónfinanciera,enloslibrosdiario,mayoreinventariosybalances”.
Enelmismosentido,elArtículo36estableceque“lacontabilidaddeberácontener
registrosauxiliares
quemuestren los avances presupuestarios y contables, que
permitan realizar el seguimiento y evaluar elejerciciodel
gastopúblico y la captacióndel ingreso, así comoel análisis de los
saldos contenidosen susestadosfinancieros”.
El libro “Diario” es aquel en el cual se anotan cronológicamente
los hechos y las cifras esenciales
asociadasconcadaunadelasoperacionesqueseefectúanenelentepúblico.
Ellibro“Mayor”esunarecopilacióndetodaslascuentasdeactivo,pasivo,patrimonio,ingresos,egresosydeordenyreflejaelmovimiento(crédito/débito)individualdelasmismas.
Ellibro“InventariosyBalances”muestra,enformaanualyalcierredecadaejerciciocontable,elestado
de situación financiera,el estadode resultadosoelde
ingresosyegresos, y los inventarios físicos
finalescorrespondientes.
En complemento a lo anterior, los registros auxiliares básicos
del sistema serán, como mínimo, los
siguientes:
•
RegistroauxiliardelejerciciodelaLeydeIngresos,enlosdiferentesmomentoscontables.
•
RegistroauxiliardelejerciciodelPresupuestodeEgresos,enlosdiferentesmomentoscontables.
• Registro auxiliar de inventario de los bienes muebles o
inmuebles bajo su custodia que, por sunaturaleza, sean inalienables
e imprescriptibles, como lo son los monumentos
arqueológicos,artísticosehistóricos.(Artículo25delaLeydeContabilidad).
•
Registroderesponsablesporlaadministraciónycustodiadelosbienesnacionalesdeusopúblicooprivado.
•
RegistroderesponsablesporanticipodeFondosrealizadosporlaTesorería.
Asímismo,comoseñalaelArtículo42de
laLeydeContabilidad“Lacontabilizaciónde lasoperaciones
presupuestariasycontablesdeberárespaldarseconladocumentaciónoriginalquecompruebey
justifiquelos registros que se efectúen” y conservarla durante el
tiempo que señalan las disposiciones legalescorrespondientes.
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7. ManualdeContabilidad
DeacuerdoconloestablecidoenlaLeydeContabilidad,elManualdeContabilidadestá
integradopor“los documentos conceptuales,metodológicos y operativos
que contienen, comomínimo, su finalidad,
elmarcojurídico,lineamientostécnicos,elcatálogodecuentasylaestructurabásicadelosprincipalesestadosfinancierosagenerarseporelsistema”.
ElCatálogodeCuentascomoparteconstitutivadelManual,esdefinidoporlaLeydeContabilidadcomo
“eldocumentotécnico integradopor la listadecuentas, los
instructivosdemanejodecuentasy lasguíascontabilizadoras”.
Porsuparte,los“Instructivosdemanejodelascuentas”tienencomopropósitoindicarlaclasificacióny
naturaleza,ylascausasporlascualessepuedencargaroabonarcadaunadelascuentasidentificadasenelcatálogo,
las cuentas que operarán contra las mismas en el sistema por
partida doble e indica cómointerpretarelsaldodeaquéllas.
Las “Guías Contabilizadoras”, debenmostrar losmomentos de
registro contable de cada uno de los
procesos administrativo/financieros del ente público y los
asientos que se generan a partir de aquéllos,indicando para cada
uno de ellos el documento soporte de los mismos. Igualmente, las
GuíasContabilizadoraspermitiránmanteneractualizadoelManualmediantelaaprobacióndelasmismas,anteelsurgimiento
de operaciones no previstas y preparar la versión inicial del mismo
o realizar
cambiosnormativosposterioresqueimpactenenlosregistros.
Cabedestacarque la estructurabásicade losprincipalesestados
financierosquegeneraráel sistema,
serádefinidoenelapartadoLdeesteCapítulo.
8. NormasyLineamientosespecíficos
SeráresponsabilidaddelaunidadcompetenteenmateriadeContabilidadGubernamentaldecadaordendegobierno,emitirloslineamientosonormasespecificasparaelregistrodelastransaccionesrelacionadasconlosingresos,gastosuoperacionesdefinanciamientoyotroseventosqueafectanalentepúblico,conelfindeaseguraruntratamientohomogéneodelainformaciónqueseincorporaalosregistrosqueserealizanenelSCG,ordenareltrabajode
losresponsablesde losmismos,asícomoidentificaryconocer
lassalidasbásicasqueexistiránencadacaso,másalládelasquepuedanconstruirseparametrizandodatos.
L.
Estadosfinancierosbásicosagenerarporelsistemayestructuradelosmismos,
Esteapartadoseintegraportrescomponentes:
L.1. CualidadesdelainformaciónfinancieraagenerarporelSCG.L.2.
Estadoseinformaciónfinancieraagenerarporlosentespúblicos.L.3.
Estructurabásicadelosprincipalesestadosfinancierosagenerarporlosentespúblicos.
L.1. CualidadesdelainformaciónfinancieraagenerarporelSCG
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Las características cualitativas son los atributos y requisitos
indispensables que debe reunir
lainformaciónpresupuestaria,contableyeconómicaenelámbitogubernamental.Deestaforma,establecenuna
guía para seleccionar losmétodos contables, determinar la
información a revelar en dichos estados,cumplir los objetivos de
proporcionar información útil para sustentar la toma de decisiones;
así
comofacilitarelseguimiento,control,evaluación,rendicióndecuentasyfiscalizacióndelosrecursospúblicosporpartedelosórganosfacultadosporleyparaefectuardichastareas.
La Contabilidad Gubernamental es, ante todo, un sistema de
registro que procesa eventos
presupuestarios, contables y económicos de los entes públicos.
En tal sentido, los informes y
estadosfinancierosdebenelaborarsedeacuerdocon
lasprácticas,métodos,procedimientos,
reglasparticularesygenerales,asícomoconlasdisposicioneslegales,conelpropósitodegenerarinformaciónquetengavalidezy
relevancia en los ámbitos de los entes públicos, que sea confiable
y comparable, que responda a
lasnecesidadesyrequisitosdelarendicióndecuentas,ydelafiscalización,yaportecertezaytransparenciaalagestiónfinancieragubernamental.
Los estados e información financiera que se preparen deben
incluir todos los datos que permitan la
adecuadainterpretacióndelasituaciónpresupuestaria,contableyeconómica,detalmodoquesereflejencon
fidelidad y claridad los resultados alcanzados en el desarrollo de
las atribuciones otorgadasjurídicamentealentepúblico.
Paralogarloanterior,elArtículo44delaLeydeContabilidad,estableceque“Losestadosfinancierosyla
informaciónemanadadelacontabilidaddeberánsujetarseacriteriosdeutilidad,confiabilidad,relevancia,comprensibilidad
y de comparación, así como a otros atributos asociados a cada uno
de ellos,
comooportunidad,veracidad,representatividad,objetividad,suficiencia,posibilidaddeprediccióne
importanciarelativa,conelfindealcanzarlamodernizaciónyarmonización”quelamismadetermina.
Las características cualitativas que la Ley de Contabilidad
establece para los estados e información
financiera que genere el SCG, son congruentes con lo establecido
por el Consejo Mexicano para
laInvestigaciónyDesarrollodeNormasdeInformaciónFinanciera(CINIF)mediantelaNIFA–4,referentealmismotema.
Restriccionesalascaracterísticascualitativas.
Las características cualitativas referidas anteriormente
encuentran algunas restricciones que
condicionan laobtencióndenivelesmáximosdeunauotra cualidado,
incluso,puedenhacerleperder
lacongruencia.Surgenasíconceptoscomolarelaciónentreoportunidad,provisionalidadyequilibrioentrelascaracterísticascualitativas,quesinserdeseables,debenexponerse.
a) Oportunidad
La información financiera debe encontrarse disponible en el
momento que se requiera y cuando las
circunstancias así lo exijan, c