MANUAL BASICO DEL GUARDA DE SEGURIDAD
INDICE
PRESENTACION...02 INTRODUCCION...03 CONCEPTOS BASICOS...04
NORMATIVIDAD LEGAL...09 RELACIONES HUMANAS...09 ETICA Y
PROFESIONALISMO...11 OBSERVACIN Y DESCRIPCION... 12 ANALISIS DE
RIESGOS...14 REDACCION DE INFORMES... 15 EL ARMA DE DOTACION...18
COMUNICACIONES...23 EXTINCION DE INCENDIOS... 27 PRIMEROS
AUXILIOS... 31 CONTROL DE ACCESOS...40 MODUS OPERANDI
DELINCUENCIAL...45 TECNICAS DE SEGURIDAD 47 MANEJO DE SITUACIONES
DE CRISIS...51 VOCABULARIO53
INTRODUCCION
La Vigilancia Privada en nuestro pas es una actividad
profesional a la cual necesariamente tanto las personas jurdicas as
como las naturales en su gran mayora se ven en la necesidad de
acudir a sus servicios con el fin especifico de proteger su
integridad fsica y sus activos de amenazas tales como actos de
sabotaje, terrorismo, hurto, robo, secuestro, extorsin, etc., donde
quiera que vengan.
Este manual prctico del vigilante, es una recopilacin de
conceptos nuestros y de algunos autores expertos en la materia y
buscamos mediante su lectura y aprendizaje, que el hombre de
seguridad afiance sus conocimientos para que al ejecutarlos tenga
satisfaccin de recoger los frutos de su dedicacin y esfuerzo.
En seguridad nadie ha dicho la ltima palabra; por eso apreciado
Hombre de Seguridad le sugerimos que lo revise e igualmente lo
exhortamos a que consulte otros textos que le permitan complementar
sus conocimientos.
CONCEPTOS BASICOS
VIGILANCIA.Es la observacin y atencin puesta en las cosas que
estn a cargo de una persona para PREVENIR daos o prdidas.Su
objetivo principal es la PREVENCION.
SEGURIDAD.Es el conjunto de medios y de acciones que se utilizan
para minimizar y reducir el riesgo, PROTEGIENDO a las personas en
su integridad fsica o de patrimonio.Su objetivo principal es la
PROTECCION.
FUNDAMENTOS DE LA VIGILANCIA
PREVENCIONDISUASION
ACCION
RESULTADOS
PREVENCION. Es preparase con anticipacin para evitar que algo
suceda.DISUASION. Es convencer a otro de que no ejecute un
determinado acto.ACCION. Es donde el vigilante pone en prctica sus
conocimientos y habilidades.RESULTADOS. Toda accin inteligentemente
realizada conduce al resultado deseado.
PROCEDIMIENTO PARA LA ACCION.
1. Proteccin personal o barrera protectora.2. Voz de alerta (
ALTO! SEGURIDAD PRIVADA ) Serenidad. Posicin. Tono de voz.3.
Reaccin. Pasiva ( preservar ) Activa ( defender )
EL HOMBRE DE SEGURIDAD.EL VIGILANTE.
Es aquel, que adems de sus condiciones y cualidades (ASTUCIA
HONRADEZ LEALTAD ALERTA ABNEGACION RESPETO DISCIPLINADA -
RESPONSABILIDAD, etc.), debe recibir capacitacin, estar dotado de
los elementos necesarios, debe estar motivado, debe estar
supervisado, y debe formar parte de una organizacin establecida
para fines de seguridad.
FUNCIONES GENERALES DEL VIGILANTE.
1. Cumplir a cabalidad lo estipulado en el Cdigo Sustantivo de
Trabajo, el Reglamento Interno de Trabajo y el Reglamento o manual
del lugar de trabajo asignado.2. Contribuir a la prevencin del
delito.3. Asumir actitudes disuasivas o de alerta, cuando observen
la comisin de actos delictivos.4. Prestar apoyo cuando lo soliciten
las autoridades con el fin de atender casos de calamidad
publica.
FUNCIONES ESPECFICAS DEL VIGILANTE.
En todo momento el Guarda debe de permanecer con el uniforme
completo, recuerde que es la imagen del puesto y de la Empresa.
Responder por los elementos a su cargo de acuerdo al inventario,
dndoles el uso correcto y adecuado. La portera bajo ninguna excusa
debe permanecer sola, en ella solo debe permanecer el Guarda
encargado de esta rea. El Guarda atender el citfono debiendo
emplear un buen vocabulario contestando BUENOS (DIAS, TARDES,
NOCHES) HABLA EL GUARDA..., para anunciar a los invitados deber
reportar de esta manera DE PARTE DEL SEOR... DE PARTE DE LA
SEORA... Si excepcin toda visitante (Familiar y/o amiga) debe ser
anunciado a la dependencia donde se dirija y se permitir su ingreso
previa autorizacin de una persona responsable, estos deben quedar
registrados en el libro de visitantes o planilla control de
accesos. Las visitas que recibe el personal de servicio domestico
no puede permanecer en el rea de portera ni reas comunes, estas
atendern sus visitas en la dependencia donde trabajan, si el
propietario as lo autoriza o en caso contrario saldrn del puesto.
Exigir documentos de identificacin a todo vendedor, cobrador,
tcnico en reparacin que se dirijan a cualquiera de las dependencias
y consignarlos en el libro de visitantes o planilla control de
accesos previa comprobacin de que el propietario esta en la
residencia y autoriza su ingreso. El Guarda controlara la puerta de
acceso peatonal y vehicular del puesto y estas siempre deben
permanecer cerradas. El citfono solo puede ser manipulado por el
Guarda. Revisar todo paquete sospechoso que sea sacado por
visitantes o personal del servicio y reportarlo al residente para
verificar su procedencia. Responder por la imagen de aseo y orden
que la portera debe ofrecer a los residentes y evitar por todos los
medios que artculos en mal estado sean dejados en esta rea. El bao
debe permanecer en las condiciones sanitarias ptimas y el desaseo
que pueda presentar esta rea se considera como una falta a las
labores bsicas del Guarda. En las horas de la noche las luces de
portera y alrededores ms necesarias deben permanecer encendidas.
Dejar por escrito todas las consignas pendientes para que el Guarda
entrante las pueda realizar y tenga pleno conocimiento de todas las
situaciones que se le puedan presentar. Cualquier inconveniente que
se presente ser responsabilidad del que entrego el turno sino
hubiese dejado la respectiva consigna por escrito. Es funcin
recordar y hacer cumplir el reglamento interno del conjunto tanto a
residentes como visitantes con la debida educacin y respeto.
Conocer y distinguir a cada uno de los residentes y visitantes
frecuentes, as como los vehculos y sus placas. Conocer los puntos
crticos y mantener constante observacin de estos en horas ms
delicadas para la seguridad de los residentes. Conocer y ubicar los
elementos de emergencia tales como extintores, hidrantes, elementos
de contra incendio, fusibles o tacos elctricos, dndoles el uso
adecuado. Controlar al personal que se encuentren en las zonas
comunes despus de las 22:00 horas, las cuales deben de ser
desalojadas para comodidad de los residentes. Apoyar al Guarda de
portera en los relevos asumiendo las funciones del mismo cuando la
situacin as lo requiera. En cada ronda realizada deber de informar
las novedades observadas en portera para el respectivo registro en
la minuta. Controlar al personal de mantenimiento y acompaarlos
(telfonos, agua, luz, parablica, etc.) y a que viviendas
corresponde para el respectivo registro en libro de novedades.
Verificar el buen funcionamiento de portones, luces, motobombas en
general y piscina. Efectuar la apertura y cierre del cuarto de
basuras segn sea el horario. Controlar los diferentes parqueaderos
de visitantes. Revisar los salones sociales cuando estos
permanezcan abiertos por alquiler de mesas de juegos, reuniones
sociales y culturales, verificar el aseo del mismo. Mantener en
constante comunicacin con los dems guardas de seguridad y la
administracin, para el cabal cumplimiento de las diferentes
consignas sealadas. Atender las solicitudes de la administracin y
constatar que si una orden va en contra del reglamento esta sea por
escrito, para el cumplimiento de la misma. Marcar las llaves
correctamente si existe reloj de marcacin.
EL PUESTO.
Es un sitio especfico o una actividad bajo el cuidado y
responsabilidad del Guarda. Un puesto tiene sus propias consignas
especficas, una minuta, armamento y equipos de dotacin asignados.
Puede ser desempeado por un Guarda en turno nico, o por dos o tres
segn la programacin establecida.
Un Guarda debe tener la capacidad de describir su puesto de
trabajo. Siga la siguiente gua til:01.Denominacin de la empresa.
Razn u objeto social.02.Nombre del Gerente y Jefe de Seguridad.
Telfonos.03.Organizacin general. Numero de empleados.04.Ubicacin.
Direccin. Vecindario. Rutas de acceso.05.Facilidades o dificultades
para relevos y supervisin.06.Nivel de riesgo general.07.Puestos de
Guardas existentes.08.Ubicacin de la polica, bomberos,
autoridades.09.Grado actual de aseguramiento de la
instalacin.10.Puntos crticos. Actividades claves.11.Facilidades de
comunicacin y transporte interno.12.Puestos cercanos de vigilancia
de otras empresas.13.Historia de seguridad de la empresa. ltimos
sucesos.14.Armamento y equipos necesarios.15.Facilidades y
comodidades para los Guardas.16.Recomendaciones para la prestacin
de un buen servicio.17.Actitud y aptitud de los empleados hacia la
vigilancia.
EL RELEVO.
Es el acto mediante el cual el Guarda que esta en servicio
entrega la responsabilidad de su puesto al Guarda que recibe el
turno. Esta actividad requiere toda la atencin de ambos
Guardas.
Normas a tenerse en cuenta al momento del relevo:01. Presentarse
con 30 minutos de anticipacin para recibir el puesto, enterarse de
las novedades y consignas.02. El relevo se efectuara estando ambos
Guardas totalmente uniformados.03. Verifique el arma y radio de
dotacin (estado, numero, municin, salvoconducto,
funcionamiento).04. Reciba los dems elementos (botas, poncho,
linterna, reloj de control, llaves, carpetas, inventario del
puesto)05. Realice un recorrido por las instalaciones junto con el
Guarda saliente o entrante, verificando puertas, chapas, ventanas,
vidrios, iluminacin, telfonos, extintores, sillas, maquinas,
vehculos; terminado la revista haga la anotacin de las novedades si
las hubo.06. No reciba nada que no haya verificado
personalmente.07. El Guarda saliente se retirara del puesto ya
cerciorado que el entrante haya firmado la recibida del puesto.08.
No entregue su puesto si su compaero se presenta con sntomas de
alicoramiento, reporte a la empresa para que enven un relevo.09. No
entregue el puesto a un Guarda desconocido. Exjale identificacin y
verifique con la empresa.010. Si su relevo no llega a la hora
indicada, informe a la empresa y espere instrucciones. No se retire
del puesto hasta no haber sido reemplazado o autorizado.
LOS TURNOS.
Los turnos de trabajo varan de acuerdo al puesto o programacin,
que pueden llegar a ser de 8 horas hasta de 24 horas. La
programacin de turnos le proporciona al Guarda un conocimiento
exacto y fcil de los das y horas en que debe entrar de servicio, as
como la duracin de la jornada de trabajo y los das en que debe
descansar.
LA MINUTA DEL PUESTO.
Es el Libro Oficial del sector de la Vigilancia y Seguridad
Privada, que forma parte integral de la dotacin del Guarda para el
registro obligatorio y personalizado de las consignas, novedades y
entregas suscitadas respectivamente, en su turno de trabajo.El
libro de minuta es la hoja de vida del puesto.
FECHAHORAASUNTOANOTACION
DMA
16080606:00ENTREGA
16080606:00RECIBIDA
16080608:45NOTA
16080613:20REVISTA
16080614:22CONSIGNA
16080615:35NOVEDAD
16080618:00ENTREGA
16080618:00RECIBIDA
17080600:55REVISTA
17080606:00ENTREGA
17080606:00RECIBIDA
NORMATIVIDAD LEGAL
DECRETO 2453 / 93.Por el cual se determina la estructura
orgnica, objetivos, funciones y rgimen de sanciones de la
Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada y se dictan
otras disposiciones.
Ver los arts. 34 y 35, numeral 7, Ley 62 de 1993,Ver el Decreto
Nacional 2974 de 1997CAPITULO INATURALEZA, OBJETIVOS Y
FUNCIONES.Artculo 1o.NATURALEZA
JURIDICA.LaSuperintendenciadeVigilanciaySeguridadPrivadaesunorganismodelordennacional,decarctertcnico,adscritoalMinisteriodeDefensaNacional,conautonomaadministrativayfinanciera.Artculo
2o.OBJETIVOS.AlaSuperintendenciadeVigilanciaySeguridadPrivada,correspondeejercerelcontrol,inspeccinyvigilanciasobrelaindustriaylosserviciosdevigilanciayseguridadprivadayenespecialelcumplimientodelossiguientesobjetivos:1.Asegurarlaconfianzapblicaenlaindustriaylosserviciosdevigilanciayseguridadprivada.2.
Velarporquequienesprestanestosserviciosmantenganenformapermanentelosmsaltosnivelesdeeficienciatcnicayprofesionalparaatendersusobligaciones.3.Evitarquepersonasnoautorizadasconformealaley,ejerzanlasactividadesexclusivasdelosvigilados.4.Garantizarelcumplimientodelasnormaslegalesyprocedimientosparalaadecuadaprestacindelosserviciosdevigilanciayseguridadprivada.5.Garantizarqueelejerciciodelavigilancia,ylaseguridadprivada,ylaspersonasaellavinculadas,contribuyanrealmentealaprevencindeldelito,reduciendolasoportunidadesparalaactividadcriminal,desalentandolaaccindeloscriminalesencolaboracinconlasautoridadesdelaRepblica.6.Velarporquelasentidadessometidasasuvigilanciaylosequiposoelementosautorizadosnoseanempleadasparafinesdistintosalosautorizadosporlaley,protegiendoelintersgeneralyparticularmenteeldetercerosdebuenafe.7.Asegurarqueencumplimientodelasactividadesdevigilanciayseguridadprivadaserespetenlosderechosylibertadesdelacomunidad.8.Adoptarpolticasdeinspeccinyvigilanciadirigidasapermitiryestimulareldesarrollotecnolgicoyprofesionaldelaindustriadelavigilanciaylaseguridadprivada.9.Adoptarcorrectivoseimponersancionesenloscasosenqueseviolenlasnormasqueregulanlosserviciosdevigilanciayseguridadprivada,ocuandoseejerzaestaactividadsinlasautorizacioneslegalescorrespondientes.Artculo
3o.COMPETENCIA.CorrespondealaSuperintendenciadeVigilanciaySeguridadPrivadalavigilancia,inspeccinycontroldelossiguientesserviciosoactividades:1.Serviciosdevigilanciayseguridadprivada.2.Serviciosdetransportedevalores.3.Serviciosdeseguridadyvigilanciainternadeempresas,pblicasoprivadas.4.Serviciosdecapacitacinyentrenamientoenvigilanciayseguridadprivada.5.Serviciosdeasesora,consultoraeinvestigacinenseguridad.6.Otrosserviciosespecialesdevigilanciayseguridadprivada.7.Fabricacin,instalacinocomercializacindeequiposparavigilanciayseguridadprivada,deacuerdoconlareglamentacinqueexpidaelGobiernoNacional.8.Fabricacin,instalacinocomercializacindeblindajes.Artculo
4o.FUNCIONES DE LA SUPERINTENDENCIA DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD
PRIVADA.-LaSuperintendenciadeVigilanciaySeguridadPrivada,desarrollarsusobjetivosmedianteelejerciciodelassiguientesfunciones:1.AsesoraralGobiernoNacionalenlaformulacindelaPolticaenmateriadeVigilanciaySeguridadPrivada.2.VigilarelcumplimientodelasdisposicioneslegalesqueregulanlaVigilanciaySeguridadPrivada.3.Autorizaryreglamentarelestablecimiento,modalidadesylasoperacionesqueserealicenconlasempresaseindustriasqueprestenserviciosdevigilanciaprivada.4.Velarporquelosserviciosdevigilanciayseguridadprivadaseprestendeconformidadconelrespetoalosderechosfundamentales,consagradasenlaConstitucinPoltica.5.Ordenardeoficiooapeticindeparte,quesesuspendanlasprcticasquetiendanaestablecercompetenciadesleal,imponiendolassancionesqueconarregloasusatribucionesgeneraleslecorrespondansinperjuiciosdelasdemssancionesaquehayalugar.6.Autorizar,registraryejercerlasupervisinycontrolsobretodoslosequiposyelementosutilizadosporlosvigiladosparaeldesarrollodesuslaboresdevigilanciayseguridadprivada.7.Dirigir,coordinaryejecutarlasfuncionesdeinspeccin,controlyvigilanciadetodoslosserviciosdevigilanciayseguridadprivadaquesedesarrollenenelterritorionacional.8.Interrogarbajojuramentoyconobservanciadelasformalidadesprevistasparaestaclasedepruebasenelprocedimientojudicial,acualquierpersonacuyotestimoniopuedaresultartilparaelesclarecimientodeloshechosduranteeldesarrollodesusfuncionesdeinspeccineinvestigacin.Endesarrollodeestafacultadpodrexigirlacomparecencia,haciendousodelasmedidascoercitivasqueseconsagranparaestosefectosenelCdigodeProcedimientoCivil.9.EjercerencoordinacinconlaJefaturadeControlComercioArmas,MunicionesyExplosivosdelComandoGeneraldelasFuerzasMilitaresoladependenciaquehagasusvecesyconlaPolicaNacional,lasupervisinyelcontroldelasarmasdefuego,municionesyblindajequeempleenlosvigilados.10.Desarrollarmecanismosparaevitarquepersonasnoautorizadasprestenserviciosdevigilanciayseguridadprivada.11.Adelantarlasinvestigacionesporinfraccionesalasnormasqueregulanlosserviciosdevigilanciayseguridadprivadaeimponerloscorrectivosysancionesdelcaso.12.Instruiralosvigiladossobrelasdisposicionesqueregulansuactividad,fijarcriteriostcnicosyjurdicosquefacilitenelcumplimientodetalesnormasysealarlosprocedimientosparasucabalaplicacin.13.Desarrollarsistemasdeinformacinquepermitanconocerlasituacindelosvigiladosentodossusaspectosencualquiermomento.14.DesarrollarpolticasenmateriadeintercambiodeinformacinconlasotrasentidadesdelEstado,quetenganrelacinconlasfuncionesdelaSuperintendenciadeVigilanciaySeguridadPrivada.15.Autorizar,previoestudiodeantecedenteseidoneidadprofesional,laexpedicindecredencialesdeasesores,consultoreseinvestigadoresdeseguridad,alaspersonasquelosoliciten.16.Orientarysupervisarelentrenamientoylacapacitacindelpersonalquesededicaaprestarserviciosdevigilanciayseguridadprivada.17.Estimular,orientarydesarrollarelprofesionalismodelpersonalquesededicaalaprestacindeserviciosdevigilanciayseguridadprivada.18.Mantenerinformadaalaciudadanasobrelosalcancesdelasactividadesdevigilanciayseguridadprivadaysobrelasobligacionesdelaspersonasnaturalesyjurdicasautorizadasparadesarrollarlas.19.Atenderlosreclamosdelaciudadanasobrelosserviciosdevigilanciayseguridadprivadaprestadosporlasentidadesvigiladasylasdenunciassobrelaprestacindeesteservicioporpersonasnaturalesojurdicasnoautorizadas.20.DesarrollarmecanismosdecoordinacinentrelosserviciosdevigilanciayseguridadprivadaylaPolicaNacional.21.CoordinarconlaDireccinGeneraldelaPolicaNacionalyconelComandoGeneraldelasFuerzasMilitares,elapoyodeestasinstitucionesenlarealizacindevisitasdeinspeccin.22.Adelantaraveriguacionesyobtenerinformacinprobatoriaquerequieradepersonas,institucionesoempresas,ajenasalsectordelaindustriadelaVigilanciaylaSeguridadPrivada,siemprequeresultennecesariaseneldesarrollodesufuncindevigilancia,inspeccinycontrolysecumplanlasformalidadeslegales.23.Ejercerconrelacinalosvigilados,funcionesdePolicaJudicialbajoladireccinycoordinacindelaFiscala.24.Liquidarycobrarlacontribucinestablecidaporlaleyacargodelosvigilados.25.ProponeralGobiernoNacionallafijacindelacuantadelastarifasparaelcobrodeserviciosdevigilanciayseguridadprivada,porpartedelosvigilados,ensusdiferentesmodalidades.26.Expedirlascertificacionessobreexistenciayrepresentacinlegaldelosvigilados.27.Imponermedidascautelarestantoalaspersonasnaturalesojurdicasquerealicenactividadesexclusivasdelosvigiladossincontarconladebidaautorizacin,comoalosvigiladosqueincurranenirregularidades,as:-Ordenparaquesesuspendandeinmediatotalesactividades,bajoapremiodemultassucesivashastapor10salariosmnimoscadauna,mientraspersistaestasituacin.-Lasuspensindelalicenciaopermisodefuncionamientocuandoseadelcaso.-Terminacinrpidayprogresivadeloscontratososerviciosdesarrolladosilegalmente,medianteintervencinespecialdelaSuperintendencia,quegaranticeeficazmentelosderechosdetercerosdebuenafe.28.Aplicaralosvigilados,queincurranencausaldesancin,cuandoloconsiderepertinenteyprevioelprocedimientoestablecido,lassiguientessanciones:-Amonestacinyplazoperentorioparacorregirlasirregularidades.-Multassucesivasde5a100salariosmnimoslegalesmensuales.-Suspensindelalicenciadefuncionamientoocredencialhastapor6meses.-Cancelacindelalicenciadefuncionamientodelvigilado,sussucursalesoagencias,odelascredencialesrespectivas.C
A P I T U L O IIDE LA ESTRUCTURA ORGANICA.Artculo 5o.ESTRUCTURA
ORGANICA DE LA SUPERINTENDENCIA DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD
PRIVADA.LaSuperintendenciadeVigilanciaySeguridadPrivada,tendrlasiguienteestructuraorgnica:a)DESPACHO
DEL
SUPERINTENDENTE.-OficinadeControlInterno.-OficinaJurdica.-OficinadePlaneacin.-OficinadeInformticaySistemas.b)DESPACHO
DEL SUPERINTENDENTE DELEGADO PARA LA
VIGILANCIA.1.DireccindeEmpresasyCooperativas.2.DireccindeDepartamentodeSeguridaddeEmpresasyTransportedeValores.3.DireccindeDesarrolloTecnolgico,EscuelasdeCapacitacinyServiciosEspeciales.c)DESPACHO
DEL SUPERINTENDENTE DELEGADO PARA LA INSPECCION Y
CONTROL.1.DireccindeInspeccineInvestigacin.2.DireccindeCoordinacinRegional.Regionales.3.DireccindeRegistroeIdentificacin.d)SECRETARIA
GENERAL.1.DireccinAdministrativa.2.DireccinFinanciera.e)ORGANOS DE
ASESORIA Y
COORDINACION.-ComitAsesordeEvaluacindeserviciosdevigilanciayseguridad.-ComisindePersonal.-JuntadeAdquisicionesyLicitaciones.Artculo
6o.SUPERINTENDENTE DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD
PRIVADA.AlSuperintendente,comoJefedelorganismolecorrespondeelejerciciodelassiguientesfunciones:1.DirigirlasSuperintendenciasdeVigilanciaySeguridadPrivadaysealarlaspolticasgeneralesdelaentidad,enlostrminosdelpresenteDecretoydemsdisposicionescomplementarias.2.Dirigirycoordinarlasactividadesdevigilancia,controleinspeccindelosserviciosdevigilanciayseguridadprivadaqueoperenenelTerritorioNacional.3.Ordenarvisitasinspectivasalosvigiladosyaplicarloscorrectivosaquehayalugar.4.Autorizarlaconstitucin,fusin,transformacin,renovacin,compraventa,cambiodesociosyrepresentanteslegales,establecimientodeagenciasosucursales,lacancelacindelicenciasdefuncionamientoycredencialesdeidentificacinparalosserviciosdevigilanciayseguridadprivada.5.Emitirlasrdenesnecesariasparaquesesuspendandeinmediatolasprcticasilegalesyseadoptenlasmedidascorrectivasydesaneamiento,cuandoconsiderequealgnserviciosometidoalavigilanciadeestaSuperintendenciahavioladodisposicionesdeobligatoriaobservancia.6.Imponertantoalaspersonasnaturalesyjurdicasquerealicenactividadesexclusivasdelosvigilados,yaquienescontratensusservicios,comoalosvigiladosqueincurranenirregularidades,unaovariasdelasmedidascautelaresprevistasenelnumeral27delartculo40.deesteDecreto.7.Aplicaralaentidadvigiladaqueincurraenirregularidadlassancionesprevistasenelnumeral28delartculo4o.deesteDecreto.8.CoordinarconlaSuperintendenciadeSociedadeselcontrolyvigilanciaenaspectoseconmicosyfinancierosdelasociedadesmercantilesquedesarrollenserviciosdevigilanciayseguridadprivada.9.Fijaralosvigilados,conlaaprobacindelMinisteriodeHaciendayCrditoPblico,lascontribucionesdequetrataelartculo34delaLey62de1993.10.Deacuerdoconlaestructuraorgnica,reasignarydistribuircompetenciasentrelasdiferentesdependenciascuandoelloresultarenecesarioparaelmejordesempeo.11.Abrirosuprimiroficinasregionalesenlasciudadesqueconsidereconvenienteparaeldesarrollodelasfuncionesrelacionadasconlainspeccinycontroldelosvigilados.12.DirigirlaadministracindepersonaldelaSuperintendencia,nombraryremoverasusempleadosdeacuerdoconlasnormasvigentes,conexcepcindelosSuperintendentesDelegados,cuyadesignacinyremocincorrespondealPresidentedelaRepblica.13.CoordinarconlaPolicaNacionalelapoyoquestadebeprestarparalasactividadesdevigilancia,controleinspeccindelosserviciosvigiladosporlaSuperintendencia.14.EjercerencoordinacinconlaJefaturadeControlComercioArmas,MunicionesyExplosivosdelComandoGeneraldelasFuerzasMilitaresyconlaPolicaNacional,lasupervisinycontroldelasarmas,municiones,explosivosyaccesoriosqueutilicenlasentidadesvigiladas.15.Aplicarsancionesconformealaley,sinperjuiciodelafacultadgenricaquesobreelparticularcompetealosSuperintendentesDelegados,deconformidadconloestablecidoenelpresenteDecreto.16.Ejercerlasupervisinycontrolsobrelosequiposdevigilanciayseguridad,ycualquierotroelementooequipoqueutilicenlosvigiladosendesarrollodesuslabores.17.Expediryejecutarlosactos,realizarlasoperaciones,ordenarlosgastosycelebrarloscontratosnecesariosparaelcumplimientodelosobjetivosdelaSuperintendenciadeacuerdoconlasnormaslegalesvigentes.18.ExpedirlosactosadministrativosquelecorrespondanconformelodisponeelpresenteDecretoydemsnormascomplementarias,ascomolosreglamentosymanualesinstructivosqueseannecesariosparaelcabalcumplimientodelasfuncionesdelaentidad.19.PresentaraconsideracindelMinisteriodeDefensaNacionalelPresupuestodelaSuperintendenciadeVigilanciaySeguridadPrivada.20.Controlarlagestinyresultadosdecadaunadelasdependenciasasucargoydelmanejofinancierodelaentidad.21.PrepararypresentaraconsideracindelMinistrodeDefensalosproyectosdeleyodereglamentorelacionadosconeltemadelavigilanciayseguridadprivada.22.Delegarensussubalternos,cuandoloconsidereprocedente,conformealaleyyalosreglamentos.23.DelegarenelSecretarioGenerallafacultaddeordenargastos.24.Conocerdelosrecursosdereposicinqueseinterpongancontralosactosqueexpidaylosdeapelacinqueseinterpongancontralasprovidencias,delosSuperintendentesDelegadosyelSecretarioGeneral.25.DirigirelprocesodeintercambiodeinformacinyelsuministropermanentededatosconlaPolicaNacionalyelDepartamentodeControlComercioArmasdelComandoGeneraldelasFuerzasMilitares,enlorelacionadoconvigilanciayseguridadprivada.26.Sealarlaspolticasparaeldesarrollodeprogramasdecapacitacinyentrenamientodelosvigilados.27.EstablecerencoordinacinconlaPolicaNacionalmecanismosaseguirparaquelosvigiladoscolaborenconlasautoridadesenlaprevencindeldelitoyelmantenimientodelatranquilidadciudadana.28.Impartirinstruccionessobrelacolaboracinquelosvigiladosdebenprestaralasautoridades,sobresucomportamientofrentealacomunidad,ysobreelrespetoalosderechosfundamentales.29.PresentaralMinistrodeDefensaNacionalelinformeanualdelabores.30.Lasdemsqueconformealaleypuedadesarrollar.Artculo
7o.OFICINA DE CONTROL
INTERNO.CorrespondealaOficinadeControlInternoeldesarrollodelassiguientesfunciones:1.Disearyestablecer,consujecinalaley,losmtodosyprocedimientosdecontrolinternoaplicablesenlaSuperintendenciadeVigilanciaySeguridadPrivada.2.BrindarasesoraintegralalaSuperintendenciadeVigilanciaySeguridadPrivada,paraeldesarrollodelcontrolinternoentodasycadaunadelasdependencias.3.EvaluareldesempeodelossistemasdecontrolinternoquesehayanestablecidoenlaSuperintendenciadeVigilanciaySeguridadPrivadaypresentarlosinformescorrespondientesconelfindeelevarlosnivelesdeeficienciayeficacia.4.Practicarauditorasinternasselectivas,enlaSuperintendenciadeVigilanciaySeguridadPrivada.5.Evaluarenformaindependiente,dentrodelaorganizacin,lasoperaciones,actividadesyprocesosfinancieros.6.Elaborarypresentarinformesdelresultadodelasauditorasselectivas,ascomolosdeevaluacinincluyendoloscomentarios,conclusionesyrecomendacionessobrelosprocedimientosyactividadesdelaadministracin.7.Comunicaralaautoridadcompetente,inmediatamentesecompruebecualquierhechoquevayaencontradelasnormas,odelaspolticasadministrativas,queregulenlaadministracindelosrecursosasignadosparacumplirlosobjetivospropuestos.8.Velarporladifusinyelcumplimientodelasnormasdecontrolinterno.9.Estableceryllevaracabounprogramaintegralparaefectuarelseguimientodelasrecomendacionesquesehayanformuladosobreelcontrolinterno.10.EvaluarperidicamenteyenformaselectivamediantelaPrcticadeauditorasintegralesoparcialeselcumplimientodelosobjetivospropuestos.11.Programarperidicamentecursosdecapacitacinalpersonalenlasreasdecontrolyauditorainterna.Artculo
8o.OFICINA
JURIDICA.CorrespondealaOficinaJurdicaeldesarrollodelassiguientesfunciones:1.AsesoraralSuperintendenteyalSecretarioGeneralenlaatencindelosasuntoslegalesinherentesalasfuncionesdelasdistintasreasydependenciasasucargo.2.Recopilarymanteneractualizadalasleyes,decretosydemsdisposicioneslegalesqueserelacionenconelcampodeaccindelaSuperintendenciadeVigilanciaySeguridadPrivada.3.Prepararorevisarminutasdecontratos,pliegosdelicitaciones,proyectosderesolucinydemsactosadministrativosquesometaasuconsideracinelSuperintendenteymantenerlosarchivoscorrespondientes.4.AtenderpordelegacindelSuperintendentelosasuntosjudicialesenqueseaparteotengainterslaSuperintendencia,efectuarloscobroscoactivosdelosCrditosafavordelorganismo,einformacinoportunasobreelalcancedelosnegocios.5.ApoyaralSecretarioGeneralenladireccindelosprocesoslicitatoriosydecontratacin.6.PrestarasistenciajurdicaafuncionariosdelaSuperintendenciaquelosolicitencuandodebidoalcumplimientodesusfuncionesysiemprequenosetratedeactuacionesdendoledisciplinariotenganquecompareceranteautoridadesjurisdiccionales.7.Absolverlasconsultasqueenmateriajurdicarealicenlosserviciosdevigilanciayseguridadprivada,elpblicoengeneralylasdemsdependenciasdelaSuperintendencia.8.Recopilarlasleyes,decretosydemsdisposicionesquesetramitenyconceptuarsobrelaexpedicinyrenovacindelaslicenciasdefuncionamientoydemsasuntosjurdicosrelacionadosconlosserviciosdevigilanciayseguridadprivadaanivelnacionalqueselesoliciten.9.LasdemsqueleasigneelSuperintendente.Artculo
9o.OFICINA DE
PLANEACION.CorrespondealaOficinadePlaneacineldesarrollodelassiguientesfunciones:1.Asesoraralasdistintasdependenciaseneldiseo,ejecucinysupervisindeplanesyprogramasdetrabajoyenladeterminacindesusrecursos.2.ElaborarconbaseenlosplanespropiosdecadareaelplandetrabajodelaSuperintendenciaysugerirladeterminacinglobaldelosrecursos.3.Planificar,asesoraryevaluarperidicamenteelprocesoadministrativo,elaborandolosreglamentosnecesariosparalaejecucindelasmedidasquedebanaplicarseencuantoasistemas,mtodos,procedimientosytrmitesadministrativos,ymantenerlosrespectivosmanualesactualizados.4.AsesoraralasdiferentesdependenciasdelaSuperintendenciaensuorganizacininternaydistribucindeltrabajo.5.Identificaraquellasreasoprocedimientosquepuedanautomatizarseyrecomendarsuinclusinenlosplanesdesistematizacin.6.AprobarlosformulariospreimpresosquesugieranlasdiferentesdependenciasdelaSuperintendenciaparalarecoleccindelainformacindelasinstitucionesvigiladasyparaelprocesoadministrativointernoydisearloscuandoseanecesario.7.RemitiralDepartamentoNacionaldePlaneacinyalMinisteriodeDefensanacionallosinformequeleseanrequeridos.8.Lasdemsqueseleasignendeacuerdoconlanaturalezadeladependencia.Artculo
10.OFICINA DE INFORMATICA Y
SISTEMAS.CorrespondealaOficinadeInformticaySistemaseldesarrollodelassiguientesfunciones:1.Realizarlasactividadesdeplaneamiento,anlisis,desarrolloinstalacinymantenimientodelossistemasautomatizados.2.Analizar,disearyrecomendarlaspolticasquesedebenseguirconrespectoalprocesamientodedatos.3.DesarrollarelplandesistematizacindelaSuperintendencia.4.PonerenmarchaymantenerunsistemadeinformacinquepermitaalaSuperintendenciadeVigilanciaySeguridadPrivadaconocerenformaciertaysegura,yentodomomento,lasituacindelosserviciosdevigilanciayseguridadprivadaenelpasentodossusaspectos.5.EstablecerymantenerunsistemadeinformacincomputarizadadevigilanciayseguridadprivadaquetengaaccesoalabasededatosdevigilanciayseguridadprivadadelaPolicaNacionalyalabasededatosdelDepartamentodeControlComercioArmas,MunicionesyExplosivosdelComandoGeneraldelasFuerzasMilitares.6.Suministrarlosreportesquefacilitenlagestinadministrativa,financierayjurdicadelaSuperintendencia.7.ProporcionareintercambiarlainformacinquesegenereenlaSuperintendenciaconrelacinalpersonalylasactividadesdelpersonaldevigilanciayseguridadprivada,conlaPolicaNacionalyelDepartamentodeControlComerciodeArmasMunicionesyExplosivosdelComandoGeneraldelasFuerzasMilitares.8.Establecerunsistemadeinformacindeincidentesdeseguridadoquejasqueinvolucrenalosserviciosdevigilanciayseguridadprivada,quepermitaevaluarlosriesgosylasamenazasquelasafectany/oqueafectenopuedanafectarlatranquilidadciudadana.9.CoordinarconlasotrasdependenciasdelaSuperintendencia,elsuministrodelainformacinquedebeincluirseenlabasededatosdevigilanciayseguridadprivada,ydelainformacinquestarequiereparaeldesarrollodesusactividadesyprogramas.10.PrepararypresentarinformesyevaluacionesalSuperintendenteyalasotrasdependenciasdelaSuperintendencia,sobreaspectosespecficosquestossolicitenyquetenganqueverconasuntosdesucompetencia.11.PresentaralSuperintendenteinformesperidicossobrelasituacinylaevolucindelasactividadesdevigilanciayseguridadprivada,quepermitanhacerseguimiento,proyeccinyevaluacindeestaindustriaydelasorganizacionesypersonasquelacomponen.12.Manteneraldaunabasededatoscomputarizadadelosequiposdeseguridadydelaspersonasnaturalesojurdicasquelosproducenocomercializanenelpas,quepermitaconocerelusoqueselesdayelniveldecalidadyconfiabilidaddecadaunodeellos.13.Ponerenmarchaymanteneraldasistemasdeinformacinsobretodaslaspersonasquetrabajanenactividadesdevigilanciayseguridadprivada,quepermitaconocerlainformacinbsicadelosindividuos,hojadevida,susantecedentesjudiciales,experiencia,capacidadydesempeoprofesional.14.Manteneractualizadasyencorrectofuncionamientolasaplicacionesyprogramassistematizados.15.Velarporlaseguridadyconfidencialidaddelainformacinqueseprocesaenformaautomatizada.16.Prestarasesorayapoyoalasdistintasdependenciasdelaentidadsobreaspectosdesistemasyprocesamientosdedatos.17.BrindarlacapacitacinnecesariaalosfuncionariosdelaSuperintendenciaparalaadecuadautilizacinyracionalizacindelosequiposdesistematizacindelorganismo.Artculo
11.DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE DELEGADO PARA LA
VIGILANCIA.CorrespondealDespachodelSuperintendenteDelegadoparalaVigilancia,eldesarrollodelassiguientesfunciones:1.Prepararyejecutarplanesoperativosydedesarrollodeladependenciaidentificandoaccionesintegradasydecontrolinterno,einformarlosalSuperintendente.2.ColaborarconelSuperintendenteenladireccindelaSuperintendenciay,enespecialenloreferentealasdependenciasbajosucargo.3.ProponerlaspolticasquedebeformularelSuperintendente,ascomonuevasdisposicionesenestecampoparagarantizarelcontrolyunamejorprestacindelosserviciosporpartedelosvigilados.4.CoordinarysupervisarlosestudiosdesolicitudesyformularlasrecomendacionesqueconsidereconvenientesalSuperintendente,enlossiguientesaspectos:--Concesinorevalidacindelicenciasdefuncionamientodeentidadesvigiladas.--Aperturaycierredesucursalesyagenciasdelasentidadesvigiladasquelorequierandeacuerdoconlasnormasqueregulanlavigilanciayseguridadprivada.-Fusin,compraventa,cambiodesocios,derepresentanteslegalesygerentesdelasentidadesvigiladasdeacuerdoconlosrequerimientosdelasnormaslegales.-Expedicinyrevalidacindecredencialesdeasesores,consultoreseinvestigadoresdeseguridad.-CualquierotroaspectoasignadoporelSuperintendentedeVigilanciaySeguridadPrivada.5.CoordinarysupervisarlosestudiosdedesempeodelasentidadesvigiladasquedispongaelSuperintendenteosolicitenlasotrasdependenciasyformularlasrecomendacionessobreloscorrectivosqueconsiderenecesarias.6.SolicitaralSuperintendenteDelegadoparalaInspeccinyControl,lasinspeccioneseinvestigacionesalosvigiladoscuandoexistaevidenciaderealizacindeprcticasilegalesoquedesbordenlosobjetivosdelavigilanciaylaseguridadprivada.7.Imponerlassancionesymedidasaquehayalugarconformealaley.8.Mantenerinformadosalosvigiladossobrelaformacomodebencumplirlasnormasqueregulansuactividad,sobreloscriteriostcnicosyjurdicosquedebenaplicarenelcumplimientodetalesnormasysobrelosprocedimientosquedebenseguirparasucabalaplicacin.9.Establecerloscriteriosparalarecoleccin,organizacinyelmantenimientodeinformacinactualizadadetodoslosvigilados,delasactividadesquerealizan,delaspersonasvinculadas,delosequiposdeseguridadqueemplealavigilanciaylaseguridadprivadaenelpas,ydelaspersonasnaturalesojurdicasquelosproducenycomercializan.10.Establecerlaspolticassobrelaproduccin,comercializacinyutilizacindelosequiposdeseguridadporpartedelosvigilados.11.CoordinarconlasdemsdependenciasdelaSuperintendencia,conlaDireccindelaPolicaNacionalyconelDepartamentodeControlComercioArmas,MunicionesyExplosivos,lainformacinrequeridapararealizarlosestudiosdelassolicitudespresentadasporlosvigiladosylaformacomoestainformacindeberecolectarse.12.ProponerseparasuaprobacinalComitAsesordeEvaluacindeServiciosdeVigilanciaySeguridadPrivadadelaSuperintendencia,loscriteriosquesedebenaplicarenlosestudiosdelassolicitudespresentadasporlosvigilados,enlosestudiosdedesempeodelasmismasyenelotorgamientoocancelacindelicenciasdefuncionamientoyhacerlosconoceralasdemsdependenciasunavezaprobados.13.CoordinarconlaDireccindelaPolicaNacional,laformacomodebeoperarelenlaceocoordinacinentreloscentros,comunicaciones,estacionesdecontrol,centralesdealarmasydemssistemasdeseguridadprivadadelasentidadesvigiladasconloscuerposlocalesdePolica,paralograrunaestrechacolaboracinenlasactividadesdeprevencindeldelitoyluchacontraelcrimen.14.EjecutarlasdecisionesdelSuperintendente.15.Lasdemsqueseasignendeacuerdoconlanaturalezadeladependencia.Artculo
12.DIRECCION DE EMPRESAS Y
COOPERATIVAS.CorrespondealaDireccindeEmpresasyCooperativas,eldesarrollodelassiguientesfunciones:1.RealizarlosestudiosdelassolicitudespresentadasalaSuperintendenciaparalossiguientesefectos:-Concesinorevalidacindelicenciasdefuncionamientodeempresasdevigilancia,ocooperativasdevigilanciayseguridadprivada.-Aperturaocierredesucursalesoagenciasdelasentidadesaqueserefiereelincisoanteriordeacuerdoconlosrequisitosexigidosenlasnormasqueregulanlavigilanciayseguridadprivada.-Ampliacindecoberturaocambiodemodalidaddelservicio.-Fusin,compraventa,cambiodesociosyderepresentanteslegalesygerentesdelasentidadesvigiladas,deacuerdoconlasnormaslegales.2.PresentaralSuperintendenteDelegadoparalavigilancia,lasconclusionesdelosestudiosdelassolicitudeselevadasalaSuperintendencia,conrelacinalcumplimientodelosrequisitosqueexigelaleyparacadacasosobrelaconvenienciafrentealinterspblico.3.EncoordinacinconelSuperintendenteDelegadoparaInspeccinyControl,realizarlosestudiosdedesempeodelasentidadesvigiladasquedispongaelSuperintendenteparalavigilancia,ypresentarsusconclusionessobrelacalidaddelaprestacindelserviciodevigilanciayseguridadprivada,cumplimientodelasdisposicioneslegalesyexistenciadeirregularidadesodeprcticasilegalesysobrelaconvenienciadesolicitarlaaplicacindecorrectivososancionesparagarantizarqueestaactividadseajustealaley.4.FormularrecomendacionesalSuperintendenteDelegadoparalaVigilancia,sobrelainformacinqueserequiereparaadelantarlosestudiosdelassolicitudespresentadasyparaeldesempeodelasmismas.5.Aplicarenlarealizacindelosestudiosdesolicitudesydedesempeodelosvigilados,ademsdelasnormaslegales,loscriteriosrecomendadosporelComitdeEvaluacinyVigilanciadelaSuperintendenciadeVigilanciaySeguridadPrivadayaprobadosporelSuperintendente.6.AprobarlassolicitudesdecompradearmasymunicionesquepresentenlosvigiladosanteelDepartamentodeControlComercioArmas,MunicionesyExplosivos,conrelacinalasnormasqueregulanlavigilanciayseguridadprivada.7.DesarrollarprogramasymecanismosparaprevenirelestablecimientodeserviciosdevigilanciayseguridadprivadasinlaautorizacinyvigilanciadelaSuperintendenciadeVigilanciaySeguridadPrivada.8.Lasdemsfuncionesqueseleasignendeacuerdoconlanaturalezadeestadependencia.Artculo
13.DIRECCION DE DEPARTAMENTOS DE SEGURIDAD DE EMPRESAS Y TRANSPORTE
DE
VALORES.CorrespondealaDireccindeDepartamentosdeSeguridaddeEmpresasyTransportedeValoreseldesarrollodelassiguientesfunciones:1.RealizarlosestudiosdelassolicitudespresentadasalaSuperintendenciaporlasempresas,paralaconstitucindeDepartamentosdeSeguridaddeEmpresasyEmpresasdeTransportedeValores,enlossiguientescasos:-Concesinorevalidacindelicenciasdefuncionamientoocredenciales,segnelcaso.-Aperturaocierredesucursalesoagenciasdelosvigiladosentodoelterritorionacional,deacuerdoconlosrequisitosexigidosenlasnormasqueregulanlavigilanciayseguridadprivada.-Ampliacindecoberturaomodificacionesenlamodalidaddelservicio.-Fusin,compraventa,cambiodesociosyrepresentanteslegalesygerentesdelosvigilados,deacuerdoconlosrequerimientosdelasnormaslegales.2.PresentaralSuperintendenteparalaVigilancia,lasconclusionesdelosestudiosdelassolicitudespresentadasalaSuperintendencia,conrelacinalcumplimientodelosrequisitosqueexigelaleyparacadacasoylaapreciacindelassolicitudesdentrodelcontextoenquevayanadesarrollarse.3.RealizarlosestudiosdedesempeodelasentidadesvigiladasquedispongaelSuperintendenteDelegadoparalaVigilancia,ypresentarsusconclusionessobrelacalidaddelaprestacindelservicio,elcumplimientodelasdisposicioneslegalesylaexistenciadeirregularidadesodeprcticasilegalesysobrelaconvenienciadeaplicarcorrectivososanciones.4.FormularrecomendacionesalSuperintendenteDelegadoparalaVigilancia,sobrelainformacinqueserequiereparaadelantarlosestudiosdelassolicitudespresentadasyparalosestudiosdedesempeodelasmismas.5.Aplicarenlarealizacindelosestudiosdelassolicitudesyenlosestudiosdedesempeodelosvigilados,ademsdelasnormaslegales,loscriteriosfijadosporelComitAsesordeEvaluacinyVigilanciadelaSuperintendenciadeVigilanciaySeguridadPrivada,aprobadosporelSuperintendente.6.AprobarlassolicitudesdecompradearmasymunicionesquepresentenlosvigiladosanteelDepartamentodeControl,ComercioArmas,MunicionesyExplosivos.7.DesarrollarprogramasparaprevenirelestablecimientodeserviciossinlaautorizacinyvigilanciadelaSuperintendencia.8.Velarporqueeltransportedevaloresserealiceencondicionesquegaranticenaltosnivelesdeseguridadparalosusuarios,ysedesarrolledeacuerdoconlasnormasestablecidas.9.CoordinarconelSuperintendenteDelegadoparaInspeccinyControllarealizacinderevistasinspectivas,ordinariasyextraordinariasydeverificacinalosvigiladosbajosucompetencia.10.Lasdemsfuncionesqueseleasignendeacuerdoconlanaturalezadeestadependencia.Artculo
14.DIRECCION DE DESARROLLO TECNOLOGICO, ESCUELAS DE CAPACITACION Y
SERVICIOS
ESPECIALES.CorrespondealaDireccindeDesarrolloTecnolgico,EscuelasdeCapacitacinyServiciosEspeciales,eldesarrollodelassiguientesfunciones:1.FormularrecomendacionesalSuperintendenteDelegadoparaPlaneacinyDesarrollodeServicios,sobrelaclasedeequipoyelementosapropiadosparalosserviciosdevigilanciayseguridadprivada.2.Conceptuarsobrelosequiposyelementosparaloscualessolicitenautorizacinlosvigiladosendesarrollodesusactividades.3.Formular,desarrollaryejecutarpolticasdeinspeccinycontrolalasempresasqueproducenycomercializanenelpasequiposparavigilanciayseguridadprivadayaquieneslasutilizan.4.MantenerestrechacoordinacinconelComandoGeneraldelasFuerzasMilitaresyPolicaNacional,conelobjetoderegularlautilizacindeequiposdealtatecnologaporlosserviciosdevigilanciayseguridadprivada.5.Desarrollarloscriteriostcnicosquedebentenerseencuentaenlosestudiosdelassolicitudesrelacionadasconlautilizacindeequiposyparaevaluarsusresultados.6.Promoverlautilizacinoempleodemediostecnolgicosenlasactividadesdevigilanciayseguridadprivada.7.CoordinarconlaDireccindeInformticayEstadstica,laelaboracindeunregistrodeequiposquepermitaconoceryubicarlosequiposqueempleanlosserviciosdevigilanciayseguridadprivada,ylosmecanismosdecooperacinconlasautoridades.8.Evaluarlautilizacindeequiposyelementosporpartedelosserviciosdevigilanciayseguridadprivadaysuincidenciaenlaseguridadpblica,yenelrespetoalosderechosfundamentales.9.Evaluarsobrelassolicitudesdeautorizacinparaestablecimientodeserviciosdeblindajedecualquiertipodeelementos.10.Controlarqueproductoresycomercializadoresdeequipodevigilanciayseguridadprivadaseajustenalasnormaslegalesysusproductoscontribuyanalaprevencindeldelito.11.Estudiarlassolicitudesyprogramasdelasescuelasdecapacitacinenvigilanciayseguridadprivadayemitirconceptotendienteaadoptarcorrectivos.12.Verificaryadoptarloscorrectivosnecesariosparaquelasescuelasdecapacitacindesarrollenmtodosyprocedimientosqueseajustanalasnormaslegalesyalrespetodelosderechoshumanos.13.Prepararoaprobarlaspruebasalascualesdebesometerseelpersonaldevigilanciayseguridadprivadaparaobtenerlacredencialquelosidentificacomotalesyaplicarlasocalificarlascuandoseadelcaso.14.RealizarlosestudiosdelassolicitudespresentadasalaSuperintendenciaparaelejerciciodelasasesoras,consultoraseinvestigacionesenseguridadyotrosserviciosrelacionadosconvigilanciayseguridadprivada.15.EncoordinacinconlaDireccindeInformticayEstadstica,llevarunregistronacionaldetodaslaspersonasnaturalesyjurdicasquedesarrollenactividadesdeasesora,consultoraeinvestigacinenseguridad.16.Lasdemsqueseleasignendeacuerdoconlanaturalezadeladependencia.Artculo
15.DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE DELEGADO PARA LA INSPECCION Y
CONTROL.CorrespondealDespachodelSuperintendentedelegadoparalaInspeccinyControl,eldesarrollodelassiguientesfunciones:1.Prepararyejecutarplanesoperativosydesarrollodeladependencia,identificandoaccionesintegradasydecontrolinternoeinformarlasalSuperintendenteyalaOficinadeControlInterno.2.ColaborarconelSuperintendentedevigilanciaySeguridadPrivadaenlaDireccindelaSuperintendenciayenespecialenloreferentealasdependenciasbajosucargo.3.ProponerlaspolticasquedebeformularelSuperintendenteparaunamejorsupervisinycontroldelosvigilados.4.Velarporelcumplimientodelasleyesynormasvigentesyproponernuevasdisposicionesenelcampodelavigilanciayseguridadprivada,paragarantizarelcontrolyunamejorprestacindelosserviciosporpartedelasentidadesvigiladas.5.Programarlarealizacindevisitasdeinspeccinalasentidadesvigiladasteniendoencuenta:-LasrdeneseinstruccionesdelSuperintendente.-LosrequerimientosdelSuperintendenteDelegadoparalaVigilancia,conelobjetodeobtenerinformacionesnecesariasparalosestudiosdesolicitudespresentadasalaSuperintendenciayparalosestudiosdedesempeodelasentidadesvigiladas.-Lanecesidadderealizarinspeccionesperidicasalasentidadesvigiladas.-Paraatenderdenunciasdelaciudadana.-Paraatenderrequerimientosdelasautoridades.-PorcualquierotroeventoqueajuiciodelSuperintendenteameriteunaInspeccin.6.Imponerlassancionesymedidasaquehayalugarconformealaley.7.Coordinar,dirigirysupervisarlasinspeccionesalosvigiladosdeacuerdoconloprevistoenelDecreto1440de1991olasnormasquelomodifiquen,conelfindevelarporelcabalcumplimientoyaplicacindelasnormasqueregulanlasactividadesdevigilanciayseguridadprivada.8.CoordinarconlaDireccindelaPolicaNacionalyconelComandoGeneraldelasFuerzasMilitareselapoyoqueestasinstitucionesdebendarparalaconformacindelosgruposdeinspeccinylaprogramacindelasmismas.9.CoordinarconelMinisteriodelTrabajo,elDancoopyotrasentidadesdelGobierno,laparticipacindefuncionariosenlosgruposdeinspeccin.10.CoordinarconlasotrasdependenciasdelaSuperintendencia,conlaPolicaNacionalyconelDepartamentodeControldeComerciodeArmas,MunicionesyExplosivosdelComandoGeneral,lainformacinylosaspectosquedebencomprobarsedurantelasvisitasdeinspeccinalasentidadesvigiladas.11.CoordinarlaprogramacindevisitasdeinspeccinylapreparacindelosformulariosquedebendiligenciarseduranteestasvisitasconelSuperintendenteDelegadoparaPlaneacinyDesarrollodeServiciosdelaSuperintendencia.12.Recibirlasactasdeinspeccinpresentadasporlasautoridadesinspectoras,analizarlainformacinallcontenida,garantizarquedichainformacinllegueaconocimientodelasotrasdependenciasdelaSuperintendenciaquedebenconocerlaypresentaralSuperintendentelasrecomendacionesqueconsiderepertinentes.13.RealizarlasinvestigacionesquesoliciteelSuperintendenteoalasentidadesvigiladassobreactividadesirregularesquestasrealizanypresentarlosinformesderesultadosalaautoridadqueordenlainvestigacin.14.RealizarlasinvestigacioneseinspeccionesqueordeneelSuperintendenteoelComitAsesordeevaluacinyvigilanciadelaSuperintendenciaalaspersonasnaturalesojurdicasnosometidasavigilanciapermanentecuandoexistaevidenciaatendiblesobreelejercicioirregulardeactividadesdevigilanciayseguridadprivadaypresentarlosinformesderesultados.15.Lasdemsqueseasignendeacuerdoconlanaturalezadeladependencia.Artculo
16.DIRECCION DE INSPECCION E
INVESTIGACION.CorrespondealaDireccindeInspeccineInvestigacineldesarrollodelassiguientesfunciones:1.Prepararelplananualdevisitasdeinspeccinalasentidadesvigiladasteniendoencuenta:-LasinstruccionesimpartidasporelSuperintendenteDelegadoparaInspeccinyControl.-LadisponibilidadderecursospropiosydelosapoyossuministradosporlaDireccindelaPolicaNacionalyelComandoGeneraldelasFuerzasMilitares.-LaparticipacindefuncionariosdelMinisteriodeTrabajodelDancoopydeotrasentidadesdelGobiernoquetenganqueverconelcontroldelosvigilados.2.Coordinar,dirigirycontrolarlarealizacindelplananualdevisitasdeinspeccinalosvigilados.3.Preparar,dirigirycontrolarlarealizacindevisitasdeinspeccinextraordinariasqueordeneelSuperintendenteoelSuperintendenteDelegadoparalaInspeccinyControlalosvigiladosoalaspersonasnaturalesojurdicas,delascualessetenganevidenciaatendibledeejercicioirregularonoautorizadodeactividadesdevigilanciayseguridadprivada.4.Ejecutarloslineamientos,parmetrosycuandoseadelcasoaplicarlosformatosparalapresentacindelosinformesdelasinspeccionesoactasdelosgruposdeinspeccin.5.Revisarlosinformesdeinspeccinoactasdelasvisitasdeinspeccin,lasconclusionesyrecomendacionespresentadasporlosgruposdeinspeccinyrecomendarlaadopcindecorrectivososanciones.6.PresentaralSuperintendenteDelegadoparalaInspeccinyControl,losresultadosdelplananualdevisitasdeinspeccinydelasinspeccionesextraordinarias.7.Preparar,dirigirycontrolarlarealizacindelasinvestigacionesqueordenelaDireccindeInspeccinyControlalasentidadesvigiladasoalaspersonasnaturalesojurdicasnosometidasalavigilanciadelaSuperintendencia,cuandoexistaevidenciaatendibledeejercicioirregulardeactividadesdevigilanciayseguridadprivada.8.EfectuarlasinvestigacionesrelacionadasconlaconductadelpersonaldevigilanciayseguridadprivadafrentealacomisindehechosilcitosyproponeralSuperintendenteloscorrectivososancionesdelcaso.9.DisearmtodosyprocedimientosencoordinacinconlaDireccindeInformticayEstadstica,quepermitanproyectarlapresenciadevigilanciaprivadaenlosdistintossectoresdelasciudadesysuincidenciaenlatranquilidadpblicaydentrodeorganizaciones.10.Analizaryemitirconceptosobrelaidoneidaddelaspersonasqueelevansolicitudesparalaconstitucinoprrrogadelicenciasparaserviciosdevigilanciaprivada,deacuerdoconlosinformesdeantecedentes,quedeacuerdoconlaleypuedensertenidosencuenta.11.CoordinarconlaPolicaNacional,losmtodosyprocedimientosparaelintercambiodeinformacinrelacionadaconlaspersonasyactividadesdesarrolladasporlosserviciosdevigilanciayseguridadprivada.12.Lasdemsqueporlanaturalezadeladependencialeseanasignadas.Artculo
17.DIRECCION DE COORDINACION
REGIONAL.CorrespondealaDireccindeCoordinacinRegionaleldesarrollodelassiguientesfunciones:1.CoordinarlasaccionesquedesarrollenlasRegionalesdelaSuperintendenciadeVigilanciaySeguridadPrivada.2.EvaluarelrendimientoylosresultadosdelagestindelasRegionalesdelaSuperintendencia.3.CoordinarconlasdireccionesdelaSuperintendenciaelasesoramientoyapoyonecesarioparaelcumplimientodelasfuncionesdelasregionales.4.DirigirlasactuacionesqueanivelregionalordeneelSuperintendenteolosDelegados.5.CoordinarconlasotrasdependenciaslaatencinalosrequerimientosdetipologsticoydepersonaldelasRegionales.6.ProponereldesarrollodeprocedimientosymtodosparalostrmitesyelmanejodelainformacinoriginadaenlasRegionales.7.VelarporeleficientefuncionamientodelasRegionalesyproponeralSuperintendenteloscambiosoajustesqueseannecesarios.Artculo
18.REGIONALES.CorrespondealasRegionales,eldesarrollodelassiguientesfunciones:1.AtenderlasrdeneseinstruccionesquedeleguenelSuperintendenteoelDelegadoparalaInspeccinenlarespectivazonadesucompetencia.2.SupervisarlosserviciosdevigilanciayseguridadprivadadelaregincorrespondienteeinformaralDirectorOperativoRegionalsobresusresultados.3.Recepcionarladocumentacinqueanivelregionalpresentenlosparticularesparalaexpedicinorenovacindelicenciasdefuncionamientoocredencialesyconceptuarsobrelasmismas.4.ElaboraryenviarlosreportesquerequieralaDireccindeCoordinacinRegionalylasdemsDireccionesdelaSuperintendencia.5.AsesorarseconlasdemsdependenciasdelaSuperintendenciaparaatenderlasconsultasypeticionestantodelosserviciosdevigilanciayseguridadprivadacomodesususuarios.6.NotificarcuandoasloordeneelSecretarioGeneral,lasdecisionesadoptadasporlaSuperintendenciadeVigilanciaySeguridadPrivadaensuregin.7.AcataryhacercumplirlasdisposicionesdelSuperintendente.8.Llevaractualizadoelregistrofotogrficoydactilardelpersonaldelosserviciosdevigilanciayseguridadprivadadesuregin,ysuministraestainformacinalasdependenciascentralesencargadasdedichomanejo.9.Llevaractualizadolainformacinsobrecredencialesexpedidas,vigentesyextraviadasascomosuministrardichainformacinalasdependenciascentralesencargadasdeestemanejo.10.CoordinarconlaDireccindeInspeccinyControllarealizacindelasinspeccionesalosvigilados.11.CoordinarconlasdemsRegionaleslaformamseficientepararacionalizareltrabajodeestasdependencias.12.RecomendaralSuperintendentedeInspeccinyControlmecanismosderacionalizacindetrmitesenlasregionalesconelobjetodeoptimizarsulabor.13.Lasdemsqueseleasignendeacuerdoconlanaturalezadeestasdependencias.Artculo
19.DIRECCION DE REGISTRO E
IDENTIFICACION.CorrespondealaDireccindeRegistroeIdentificacin,eldesarrollodelassiguientesfunciones:1.Desarrollarelprocesodesistematizacindelainformacindelosserviciosdevigilanciayseguridadprivada.2.Dirigiryverificarlaactualizacindelosregistrosestadsticosdelosvigilados,personal,usuarios,armamento,equipos,vehculos,incidentes,ejercicioinformaloilegaldeactividadesdevigilanciayseguridadprivadayotrosaspectosqueordeneelDelegadoparaInspeccinyControl.3.ControlareladecuadofuncionamientodelosequiposinstaladosparaelfuncionamientodelaSuperintendenciaysusregionales.4.Analizarydesarrollarlasdiferentesaplicacionesrequeridasporlosusuariosdelsistema.5.Elaborarelprogramaparalasistematizacindelarchivonacionaldevigilanciayseguridadprivada.6.ManejaryoperarlosenlacesconlasbasesdedatosdelaPolicaNacionaldelDepartamentoControlComercioArmasMunicionesyExplosivosydeotrasentidadesdelGobiernoconlascualesserequieraelintercambiodeinformacin.7.Desarrollarprogramasparaintercambiarinformacinconagenciasextranjerassobreactividadesdevigilanciayseguridadprivadaquepermitanteneraccesopermanentealosavancesqueenestecamposegenerenanivelinternacional.8.PrepararypresentarlosinformesquerequieraelSuperintendenteparaeldesarrollodesusprogramasyactividades.9.Disearyaplicarindicadoresquepermitanestablecernivelesderendimientoyeficienciaeneldesarrollodelasactividadesejercidasporlosserviciosdevigilanciayseguridadprivada.10.Llevarunarchivofotogrficoydactiloscpicodelpersonaldelosserviciosdevigilanciayseguridadprivada.11.Expedirlascredencialesdeidentificacinalpersonaldelosserviciosdevigilanciayseguridadprivadaquecumplanlosrequisitosdeley.12.Operarymantenerunsistemadeinformacindelascredencialesexpedidas,renovadasycanceladasdelpersonalvinculadoalserviciodevigilanciayseguridadprivada.13.Dejaradisposicindelasautoridadesjudicialescompetentes,laspersonasquetenganordendecapturavigenteyquesepresentenaladependenciaasolicitarlaexpedicindecredencial.14.Operarlosequiposparaexpedircredencialesyvelarporlaseguridaddeloselementosasucargo.15.Dirigirycoordinarlaidentificacinplenadelaspersonasvinculadasalosserviciosdevigilanciayseguridadprivadayverificarlaactualizacindelarchivofotogrficoydactiloscpico.Artculo
20.SECRETARIA
GENERAL.-CorrespondealaSecretaraGeneraleldesarrollodelassiguientesfunciones:1.Prepararyejecutarplanesoperativosydedesarrollodeladependencia,identificandoaccionesintegradasydecontrolinternoeinformarlasalSuperintendenteyalaOficinadeControlInterno.2.AsesoraralSuperintendenteenlaadopcindelaspolticasyplanesdeaccindelaSuperintendenciadeVigilanciaySeguridadPrivada.3.RefrendarconsufirmalosactosdelSuperintendenteylosSuperintendentesDelegados.4.AsistiralSuperintendenteensurelacionesconlosdemsorganismosdelEstadoymantenerloinformadodelasituacindelosproyectosadministrativosqueserelacionenconlasactividadespropiasdelaSuperintendenciadeVigilanciaySeguridadPrivada.5.VelarporelcumplimientodelasnormaslegalesorgnicasdelaSuperintendenciadeVigilanciaySeguridadPrivada,poreleficientedesempeodelasfuncionestcnicasyadministrativasdelamisma.6.DirigirycoordinarlasfuncionesdelasDireccionesFinancierayAdministrativa,asucargo.7.DirigirlaelaboracindelproyectoanualdepresupuestodelaSuperintendenciadeVigilanciaySeguridadPrivada.8.NotificarlosactosadministrativosemanadosdelaSuperintendenciaydesignarlosnotificadoresaquehayalugar.9.DisponerlapublicacinoportunadelosactosadministrativosdecarctergeneraldelaSuperintendenciaconformeloestablecelaley.10.Coordinarlopertinenteparalaoportunapublicacindelinformeanualdelabores.11.Revisaryaceptarlospoderesconferidosporlaspersonasnaturalesyjurdicasvigiladasasusapoderados.12.Mantenercontactoconlaspersonasqueejerzanlafuncindevigilanciaycontroldelosserviciosdevigilanciayseguridadprivadadeotrospases,cuandoajuiciodelSuperintendenteseanecesariooconvenienteestablecerrelacionesconlosmismos.13.CoordinarlacolaboracinquepuedaprestarlaSuperintendenciaenmateriadeperitosdeacuerdoconladisponibilidaddepersonaldelamisma.14.Expedirlascertificacionesquerequieranlosrganosjurisdiccionales.15.Expedirloscertificadosdeexistenciayrepresentacinlegaldelosvigilados.16.Dirigir,coordinarycontrolarlaprestacindelosserviciosdearchivoycorrespondenciadelaSuperintendencia.17.DesignarlosfuncionariosencargadosdeexpedirlascertificacionesqueporrazndesuscompetenciasyenvirtuddedisposicioneslegalescorrespondanalaSuperintendenciadeVigilanciaySeguridadPrivada.18.Realizarprogramasdedivulgacindestinadosamantenerinformadalaciudadanasobrelosalcancesdelosserviciosdevigilanciayseguridadprivada,ysobrelosdeberesyobligacionesdelaspersonasnaturalesojurdicasautorizadasparaprestarestosservicios.19.RealizarprogramasdedivulgacinencoordinacinconlaPolicaNacional,destinadosainformaralaciudadanalasmedidasdeseguridadpreventivaquepuedenponerenprcticaparaprotegersecontralaaccindeloscriminalesylosserviciosdevigilanciayseguridadprivadaquepuedencontratarse.20.Mantenerunserviciodeatencindequejas,einformacinyconsultasobrelosserviciosdevigilanciaprivadaenformapermanenteparalaciudadana.21.Tramitarlasquejasdenunciasyreclamosdelaciudadanaconelfindequeserealiceelprocesolegaldecomprobacinadopcindecorrectivosyaplicacindesancionesquehubierelugar.22.HacerseguimientoalosreclamospresentadosporlaciudadanaeinformaralosreclamanteslasaccionesrealizadasporlaSuperintendenciaparaatenderlos.23.Elaborarpublicaciones,revistasyboletinesqueinformenalsectorsobretemasdesuinters.24.Recomendarelestablecimientodenormasmnimasdecarcterlogsticoparaeldesempeodelaslaboresdelpersonalquelaboraenvigilanciayseguridad.25.LasdemsqueledelegueosealeelSuperintendentedeVigilanciaySeguridadPrivada.Artculo
21.DIRECCION
ADMINISTRATIVA.CorrespondealaDireccinAdministrativaeldesarrollodelassiguientesfunciones:1.PrepararyejecutarplanesoperativosydedesarrollodeladependenciaidentificandoaccionesintegradasydecontrolinternoeinformarlasalaSecretaraGeneralparalavigilancia.2.Organizaryadelantarlosprocesosdecarreraadministrativa,seleccin,clasificacin,registroydesarrollodelpersonalalserviciodelasdependenciasdelaSuperintendenciadeconformidadconlaley.3.Prepararlosactosadministrativosreferentesanombramientos,remocionesydemssituacionesadministrativasdelpersonal;tramitarlasnovedadesyexpedirlascertificacionesquecorrespondan.4.Elaboraryejecutarocoordinarlosprogramasdebienestarydecapacitacinparaelpersonaldelorganismo.5.Planear,ejecutarycontrolarlapolticainstitucionalenlasreasdereclutamiento,seleccin,promocin,induccin,capacitacinydesvinculacindelosrecursoshumanosdelaSuperintendencia.6.DirigirlaejecucindelaspolticasenmateriadelaadministracininternadelaSuperintendenciaydelmanejoadministrativo.7.DirigirlosprocesosdecontratacinylosprocesoslicitatoriosquerequieralaSuperintendencia.8.PrepararygestionarlasmodificacionesdelaplantadepersonalsegnlasinstruccionesdelSuperintendente.9.PlanificaryproyectarlosrequerimientosqueentrminoslogsticosdepersonalyfinancierosrequierelaSuperintendencia.10.EjecutardirectamenteoporcontratoquecelebrelaSuperintendencia,eldiseo,construccin,ointerventoradelasobrascivilesdelaSuperintendenciaylareparacinyelmantenimientodelasinstalacionesfsicasydelosequiposdedichasoficinas.11.Apoyaratodaslasdependenciasconelsuministrooportunoyeficientedetodosloselementosmaterialesyserviciosnecesariosparaelnormaldesempeodesusfunciones.12.Adelantarlostrmitescorrespondientesparalaadquisicindebienes,almacenamientoeinventariosysuministrosdeloselementosyequiposyotrosbienesnecesariosparaeleficientefuncionamientodelasoficinasdelaSuperintendencia.13.RecibiryalmacenarloselementosadquiridosporlaSuperintendenciaenlascondicionesycalidadespreviamenteestipuladas.14.Manejarycontrolarlosinventariosdeelementosdevolutivosyconsumo.15.Prepararelprogramaanualdecompras.16.LlevarymanteneractualizadoelregistrodeproveedoresdelaSuperintendencia.17.MantenerlaseguridadfsicadelasinstalacionesdelaSuperintendencia.18.Organizarycontrolarlosserviciosdepublicaciones,biblioteca,celadura,aseo,mantenimiento,reparacioneslocativas,cafeteraylosdemsqueserequieran.19.AsesoraralasdependenciasdelaSuperintendenciaenlorelacionadoconlaadministracindelrecursohumano.20.Desarrollaryadministrarprogramastendientesagarantizarbienestarsocialylaboraldelosempleados.21.Llevarlashojasdevidadelosfuncionariosdelorganismoyexpedirlasrespectivascertificaciones.22.ProponeralSuperintendentelasmodificacionesalmanualdefuncionesyrequisitosdelaentidad.23.MantenersistemasdecontroldehorariosdetrabajodelpersonaldelaSuperintendenciayvelarporsucumplimiento.24.CoordinarlostrmitesnecesariosparalaliquidacinycancelacindelaprestacionessocialesdelosexfuncionariosdelaSuperintendencia.25.SuministrarlainformacinnecesariaalaDireccinFinancieraparalaelaboracindenminasycancelacindetodotipodeemolumentosdevengadosporlosfuncionariosdelaentidad.26.Lasdemsqueseleasignendeacuerdoconlanaturalezadeladependencia.Artculo
22.DIRECCION
FINANCIERA.CorrespondealaDireccinFinancieraeldesarrollodelassiguientesfunciones:1.Dirigir,controlarysupervisarlaejecucinpresupuestaldetodoslosrecursosdelaSuperintendencia.2.Elaborarencoordinacinconlasdemsdependenciaselproyectoanualdepresupuestodelorganismoyelprogramaanualdecajayprepararlosproyectosdeacuerdosdegastos,ascomodeadicionesytrasladosalpresupuestodelaSuperintendenciayadelantarlostrmitescorrespondientes.3.AtenderelmanejodelacontabilidaddelaSuperintendenciaypresentarlosestadosfinancierosdelaentidad.4.Planear,ejecutarycontrolarlapolticainstitucionalenlasreasdepagadura,presupuestoycontabilidad.5.ElaborarencoordinacinelproyectoanualdepresupuestodelorganismoyelprogramaanualdecajayprepararlosproyectosdeacuerdodegastosascomolasadicionesytrasladosdelpresupuestodelaSuperintendenciayadelantarlostrmitesrespectivos.6.Desarrollarlosprocesosdeprogramacin,formulacin,ejecucinycontroldelpresupuestodeacuerdoconlasnormaslegalesvigentesylaspolticasestablecidasporelSuperintendentedeVigilanciaySeguridadPrivada.7.ControlarelmanejoycustodiadelosfondodelaSuperintendenciayvigilarlarecepcindeingresosyelcontroldepagosconsujecinalaley.8.TramitarlosrecursosdereposicininterpuestoscontralascontribucionesfijadasporlaSuperintendenciadeVigilanciaySeguridadPrivadaalasentidadesvigiladas.9.ControlarlarendicindecuentasylosaportesprestacionalesquedeberealizarlegalmentelaSuperintendencia.10.PlanearydesarrollarelsistemadecontabilidadgeneralydepresupuestodeconformidadconlanormasestablecidasporlaContraloraGeneraldelaRepblicayelMinisteriodeHaciendayCrditoPblico.11.RecaudarlascontribucionesqueporconceptodevigilanciaycontrollaSuperintendenciacobrealosvigiladosdeacuerdoconloscriteriossealadosatravsdelasresolucioneselaboradassemestralmenteporestaoficinayaprobadasporelMinisteriodeHacienda.12.Expedirloscertificadossobredisponibilidadpresupuestalyefectuarlosregistrosdeapropiacinyreservaenlosdistintosrubrosdepresupuestovigente.13.RegistrarlacorrectayoportunacontabilizacindelasoperacionesfinancierasdelaSuperintendenciadeVigilanciaySeguridadPrivadayelaborarsusestadosfinancieros.14.ManteneractualizadosycontrolarloscontratosdesegurosrelativosalosbienesmuebleseinmueblesdelaSuperintendenciaascomoladelosdiferentesempleadoselmanejoalserviciodelamismadeconformidadconlasdisposicioneslegales.15.Organizarycoordinarlacontabilidaddelaentidad,consolidarlosestadosfinancierosyenviarlainformacinalaSecretaraGeneralparalaelaboracindelosestadosfinancierosdelaentidad.16.Expedirloscertificadosdedisponibilidadpresupuestal.17.Llevarelregistro,controlysuministrarlainformacindelasactividadescontablesyfinancierasenformaoportunayfidedigna.18.Recibirlosingresos,manejarlosfondos,tramitarlascuentas,efectuarlospagosycustodiarlosvaloresydocumentosnegociablesydegarantadelaSuperintendencia.19.Realizarlosgiros,trasladosyavancesdefondosdeacuerdoconlosprocedimientosydisposicionesadministrativasyfiscales.20.Llevarelcontrolsobreelflujodecajaycuentasbancarias.21.Lasdemsqueseleasignendeacuerdoconlanaturalezadeladependencia.Artculo
23.ORGANISMOS DE ASESORIA Y COORDINACION.1. COMITE ASESOR DE
EVALUACION DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD
PRIVADA.LaSuperintendenciatendrunComitAsesordeEvaluacindeVigilanciaySeguridadPrivadaintegradopor:-ElMinistrodeDefensaosudelegado.-ElDirectorGeneraldelaPolicaNacionalosudelegado.-LosSuperintendentesDelegados.-ElSecretarioGeneraldelaSuperintendencia.-ElDirectordelDepartamentodeControlyComerciodeArmas,MunicionesyExplosivos.-ElSuperintendentedeVigilanciaySeguridadPrivada.FUNCIONES:ElComitAsesordeEvaluacindeServiciosdeVigilanciaySeguridadPrivadatendrlassiguientesfunciones:a)RecomendarloscriteriosquesedebenaplicarparalosestudiosdelassolicitudesqueendesarrollodelaleyformulenlosvigiladosalaSuperintendencia.b)RecomendarlaspolticasycriteriosquelaSuperintendenciadebeaplicarparalaimposicindesancionesymedidasalaspersonasnaturalesojurdicasnosujetasalavigilanciadelaSuperintendenciadeVigilanciaySeguridadPrivadaquerealicenactividadespropiasdelosvigilados.c)RecomendarlaspolticasycriteriosquelaSuperintendenciadebeaplicarparalaimposicindesancionesymedidasalosvigiladosqueincurranencausaldesancin.d)Estudiartodosaquellosasuntosrelacionadosconlosaspectosadministrativos,tcnicosuoperativosdelaSuperintendenciaquesolicitenelMinistrodeDefensaosudelegadooelSuperintendenteyformularlasrecomendacionesaquehayalugar.2.COMISION
DE
PERSONAL.LacomposicinyfuncionesdelaComisindePersonaldelaSuperintendenciadeVigilanciaySeguridadPrivadaseregirporlasdisposicioneslegalesyreglamentariasvigentes.3.JUNTA
DE ADQUISICIONES Y
LICITACIONES.LaJuntadeAdquisicionesyLicitacionesdelaSuperintendenciaasesorarenmateriadecompraycontratacinyestarintegradaporelSecretarioGeneralquienlapresidir,losDirectoresFinancieroyAdministrativodelamisma,elJefedelaOficinaJurdicaylosdemsfuncionariosquedesigneelSuperintendente,ycumplirlasfuncionesprevistasenlasnormaslegalesyreglamentariasvigentes.C
A P I T U L O IIIDISPOSICIONES GENERALES.Artculo
24.DEFINICION.ParaefectosdelpresenteDecreto,entindeseporvigilanciayseguridadprivadatodaactividadquedesarrollenlaspersonasnaturalesojurdicasdederechopblicooprivado,enbeneficiopropioodeterceros,tendienteaprevenirodetenerperturbacionesalaseguridadytranquilidadindividualyalavigenciadeunordenjusto,enlorelacionadoconlavida,lahonraylosbienespropiosodeterceros.Artculo
25.INHABILIDADES.NopodrserdesignadoSuperintendentedeVigilanciaySeguridadPrivadaquienestincursoenalgunadelassiguientesinhabilidades.a)Estarvinculadopormatrimonio,uninpermanenteoparentescohastaelcuartogradodeconsanguinidad,oprimerocivilconpersonaspropietariosdeserviciosdevigilanciayseguridadprivada.b)Serohabersidodentrodelosdos(2)aosanterioresaladesignacin,propietario,socio,representantelegalogerentedeserviciosdevigilanciayseguridadprivada.Artculo
26.PARTICIPACION EN ORGANISMOS
ASESORES.ElSuperintendentedeVigilanciaySeguridadPrivadaparticiparcomomiembroenlaComisinNacionaldePolicayParticipacinCiudadana.Artculo
27.REGIMEN. CAPACIDAD DE CONTRATACION Y ORDENACION DEL
GASTO.ElSuperintendentedeVigilanciaySeguridadPrivadatendrcapacidadparacelebrarcontratosenlostrminosprevistosenlaLey80de1993,ydeordenacindelgastoenlostrminosestablecidosenlaLeyOrgnicadelPresupuesto.Artculo
28.PAGO DE
CONTRIBUCIONES.TodoslosgastosnecesariosparaelmanejodelasSuperintendenciadeVigilanciaySeguridadPrivadasernpagadosdelacontribucinimpuestacontalfinalasentidadesvigiladas,lacualserexigidaporelSuperintendenteconaprobacindelMinisteriodeHaciendayCrditoPblico.Paraestosefectos,elSuperintendentedeberel1o.defebreroyel1o.deagostodecadaao,oantes,exigiralasentidadesvigiladaslacontribucinlacualdeberserdepositadaporstosenlaDireccinGeneraldelTesoroasufavor.Lacontribucinguardarproporcinrespectodelosactivosdelaempresa,utilidades,nmerodepuestosvigilados,ycostodevigilancia,deacuerdoconlasmodalidadesdelosserviciosprestadosysegnstesedirijaatercerosoalaseguridadinternadeunaempresa.Artculo
29.GRUPOS INTERNOS DE
TRABAJO.SegnlasnecesidadesdeservicioelSuperintendentedeVigilanciaySeguridadPrivada,podrestablecergruposdetrabajosinqueconellomodifiquenlaestructuraorgnicadelaSuperintendencia.Artculo
30.PLANTA
GLOBAL.LaSuperintendenciatendrunaplantaglobalyflexibleparaelcumplimientodesusobjetivos,planesyprogramas.Artculo
31.AUTORIZACIONES
PRESUPUESTALES.ElGobiernoNacionalefectuarlasoperacionesytrasladospresupuestalesqueserequieranparaelfuncionamientodelaSuperintendenciaenlasvigenciasde1993y1994.ARTICULOS
TRANSITORIOS.Artculo 32.
MientrassedesarrollalaestructuraorgnicadelaSuperintendenciadeVigilanciaySeguridadPrivada,laPolicaNacionalcontinuardesarrollandolasfuncionesquehastaelmomentoadelantaconrelacinavigilanciayseguridadprivada,deacuerdoconlasinstruccionesqueimpartaelSuperintendentesinperjuiciodelacolaboracinpermanentequestadebeprestaralaSuperintendencia.Artculo
33.
LasfuncionesasignadasalMinisteriodeDefensaNacionalenelDecreto848de1990ydemsnormascomplementarias,serndesarrolladasporlaSuperintendenciadeVigilanciaySeguridadPrivada.Artculo
34.
ElpresenteDecretorigeapartirdelafechadesupublicacinyderogatodaslasdisposicionesqueleseancontrariasenespecialelnumeral4o.delartculo1o.yelartculo5o.delDecreto2162del30dediciembrede1992.
DECRETO 2535 / 93.
Por el cual se expiden normas sobre armas, municiones y
explosivos.
armasDefinicin y ClasificacinArtculo 5.-Definicin.Son armas,
todos aquellos instrumentos fabricados con el propsito de producir
amenaza, lesin o muerte a una persona.Artculo 6.-Definicin de armas
de fuego.Son armas de fuego las que emplean como agente impulsor
del proyectil la fuerza creada por expansin de los gases producidos
por la combustin de una sustancia qumica.Las armas pierden su
carcter cuando sean total y permanentemente inservibles y no sean
portados.Artculo 7.-Clasificacin.Para los efectos del presente
Decreto, las armas de fuego se clasifican en:a. Armas de guerra o
de uso privativo de la Fuerza Pblica;b. Armas de uso restringido;c.
Armas de uso civil;Artculo 8.-Armas de guerra o de uso privativo de
la Fuerza Pblica. Son armas de guerra y por tanto de uso privativo
de la Fuerza Pblica, aquellas utilizadas con el objeto de defender
la independencia, la soberana nacional, mantener la integridad
territorial, asegurar la convivencia pacfica, el ejercicio de los
derechos y libertades pblicas, el orden constitucional y el
mantenimiento y restablecimiento del orden pblico, tales como:a.
Pistolas y revlveres de calibre 9.652 mm. (.38 pulgadas) que no
renan las caractersticas establecidas en el artculo 11 de este
Decreto;b. Pistolas y revlveres de calibre superior a 9.652 mm.
(.38 pulgadas);c. Fusiles y carabinas semiautomticas de calibre
superior a 22 L.R;d. Armas automticas sin importar calibre;e. Los
antitanques, caones, morteros, obuses y misiles de tierra, mar y
aire en todos los calibres;f. Lanzacohetes, bazucas, lanzagranadas
en cualquier calibre;g. Cargas explosivas tales como bombas de
mano, bombas de aviacin, granadas de fragmentacin, petardos,
proyectiles y minas.h. Granadas de iluminacin, fumgenas,
perforantes o de instruccin de la Fuerza Pblica;i. Armas que lleven
dispositivos de tipo militar como miras infrarrojas, lasricas o
accesorios como lanzagranadas y silenciadores;j. Las municiones
correspondientes al tipo de arma enunciadas en lo literales
anteriores.Pargrafo 1.-En material descrito en el literal g) podr
ser autorizado de manera excepcional, previo concepto favorable del
Comit de Armas, de que trata el artculo 31 de este Decreto.Pargrafo
2.-El Gobierno Nacional por conducto del Ministerio de Defensa
Nacional determinar las armas de uso privativo que puedan portar
los miembros de los organismos nacionales de seguridad y otros
cuerpos oficiales armados de carcter permanente creados o
autorizados por la Ley.Artculo 9.-Armas de uso restringido.Las
armas de uso restringido son armasde guerra o de uso privativo de
la fuerza pblica,que de manera excepcional pueden ser autorizadas
con base en la facultad discrecional de la autoridad competente,
para defensa personal especial, tales como:Subrayado declarado
Inexequible Sentencia Corte Constitucional 296 de 1995a. Los
revlveres y pistolas de calibre 9.652 mm. (.38 pulgadas) que no
renan las caractersticas establecidas en el artculo 11 de este
Decreto;b. Las pistolas de funcionamiento automtico y
subametralladoras.Pargrafo 1.-Aquellas personas que a la fecha de
expedicin de este Decreto tengan armas de este tipo con su
respectivo permiso o salvoconducto vigente, debern obtener el nuevo
permiso para tenencia o para porte, en los trminos sealados en los
artculos 22 y 23 del presente Decreto.Pargrafo 2.-El Comit de Armas
del Ministerio de Defensa Nacional podr autorizar la tenencia o
porte de armas de uso restringido, a las empresas transportadoras
de valores, departamentos de seguridad de empresas y a los
servicios especiales de seguridad, previo concepto favorable de la
Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.TTULO
IIIPermisosCAPTULO IDefinicin, clasificacin, excepciones y Comit de
ArmasArtculo 20.-Permisos.Es la autorizacin que el Estado concede
con base en la potestad discrecional de la autoridad militar
competente, a las personas naturales o jurdicas para tenencia o
para el porte de armas.Cada una de las armas de fuego existentes en
el territorio nacional en manos de los particulares, debe tener un
(1) permiso para tenencia o para porte segn el uso autorizado. No
obstante, podrn expedirse dos (2) permisos para un (1) arma, si su
uso se autoriza entre parientes hasta el segundo grado de
consanguinidad o entre cnyuges o compaeros
permanentes.Pargrafo.Adicionado por el art. 5, Ley 1453 de
2011Artculo 21.-Clasificacin de los permisos.Los permisos tienen
validez en todo el territorio nacional y se clasifican en: permiso
para tenencia, para porte y especiales.Artculo22.-Permiso para
tenencia.Modificado por el art. 9, Ley 1119 de 2006. Es aquel que
autoriza a su titular para mantener el arma en el inmueble
declarado, correspondiente a su residencia, a su sitio de trabajo o
al lugar que se pretende proteger.Slo podr autorizarse la expedicin
hasta de dos (2) permisos para tenencia por persona.El permiso de
tenencia tendr una vigencia mxima de diez (10) aos.Pargrafo.-Para
la expedicin de permisos de tenencia a los coleccionistas deber
presentarse la credencial de coleccionista de acuerdo con lo
previsto en este Decreto; para la expedicin de permiso de tenencia
para deportistas deber acreditarse la afiliacin a un club de tiro y
caza afiliado a la Federacin Colombiana de Tiro.Artculo 23.-Permiso
para porte. Es aquel que autoriza a su titular para llevar consigo
un (1) arma.Slo podr autorizarse la expedicin hasta de dos permisos
para porte por persona. La autorizacin para el segundo permiso ser
evaluada de acuerdo con las circunstancias particulares de
seguridad del solicitante. A quienes demuestren estar en las
circunstancias contempladas en el literal c) del artculo 34 de este
Decreto, se les podr autorizar un nmero superior, previa
autorizacin del Comit de Armas del Ministerio de Defensa
Nacional.El permiso para el porte de armas de defensa personal se
expedir por el trmino de tres (3) aos; y el permiso para porte de
armas de uso restringido tendr una vigencia de un (1) ao.Artculo
24.-Permiso especial. Es aquel que se expide para la tenencia o
para porte de armas destinadas a la proteccin de misiones
diplomticas o funcionarios extranjeros legalmente
acreditados.Cuando la concesin del permiso se haga a nombramiento
de la misin diplomtica, la vigencia ser de cuatro (4) aos.
Tratndose de permisos concedidos a nombre de un funcionario, su
vigencia ser hasta por el trmino de su misin.Declarado EXEQUIBLE
por la Sentencia de laCorte Constitucional 296 de 1995pero
nicamente por los vicios de forma expresamente estudiados en esta
sentencia.Artculo 25.-Excepciones. No requieran permiso para porte
o para tenencia, las armas neumticas, de gas y las armas largas de
plvora negra, incluso las escopetas de fisto.Pargrafo.-No obstante
lo establecido en este artculo, las armas que no requieren permiso
estn sujetas a las disposiciones prevista en los artculos 81 a 94
del presente Decreto, en lo pertinente.Artculo 26.-Autorizaciones a
personas naturales. Sin perjuicio de lo previsto en los artculo 23
y 34 literal c) de este Decreto, a las personas naturales slo les
podr ser autorizado hasta dos permisos para tenencia y hasta dos
permisos para porte para las armas relacionadas de los artculos 10
y 12 de este Decreto y excepcionalmente para las previstas en el
artculo 9 del mismo.Artculo 27.-Autorizaciones para personas
jurdicas. A partir de la vigencia del presente Decreto a las
personas jurdicas slo les podr ser autorizado permiso para tenencia
hasta para cinco (5) armas, de cualquiera de las siguientes:
pistola, revlver, carabina o escopeta de las caractersticas
previstas en el artculo 11 del presente Decreto, salvo a los
servicios de vigilancia y seguridad privada. Los cuales se rigen
por las normas especficas previstas en este Decreto y en las
disposiciones que reglamenten esta actividad.Artculo
28.-Autorizaciones para Inmuebles rurales.A partir de la vigencia
del presente Decreto, para los inmuebles rurales, la autoridad
militar respectiva podr conceder permiso para tenencia hasta para
cinco (5) armas de defensa personal.Pargrafo.-Cuando por especiales
circunstancias se requiera un nmero superior de permisos, el
propietario del inmueble deber constituir un Departamento de
Seguridad en los trminos establecidos en la Ley.Artculo
29.-Misiones diplomticas. El Comando General de las Fuerzas
Militares podr autorizar la expedicin de permisos para la tenencia
o porte de armas y municiones para la proteccin de sedes
diplomticas y sus funcionarios, debidamente acreditados ante el
Gobierno Colombiano, teniendo en cuenta las circunstancias
concretas de cada misin o funcionario.Artculo 30.-Autorizacin para
instalacin de polgonos.La instalacin de polgonos para tiro requiere
autorizacin del Comando General de las Fuerzas Militares, previo el
cumplimiento de los requisitos establecidos por el Gobierno
Nacional.Artculo 31.-Comit de Armas del Ministerio de Defensa
Nacional. El Comit de Armas estar integrado por:a. Dos delegados
del Ministro de Defensa Nacional;b. El Defensor del Pueblo o su
delgado;c. El Superintendente de Vigilancia y Seguridad Privada o
su delegado;d. El Jefe del Departamento D-2 EMC del Comando General
de las Fuerzas Militares;e. El Subdirector de Polica Judicial e
Investigacin;f. El Jefe del Departamento Control Comercio de Armas,
Municiones y Explosivos.El Comit de Armas estudiar y decidir sobre
las peticiones que formulen los particulares en relacin con armas,
municiones, explosivos y sus accesorios en los casos establecidos
en el presente Decreto.El Comit ser presidido por el delegado del
Ministro de Defensa que ste seale.Declarado EXEQUIBLE por la
Sentencia de laCorte Constitucional 296 de 1995pero nicamente por
los vicios de forma expresamente estudiados en esta
sentencia.CAPTULO IICompetencia, requisitos, prdida y suspensin de
la vigencia de permisosArtculo32.-Competencia.Son competentes para
la expedicin y revalidacin de permisos para tenencia y para porte
de armas y para la venta de municiones y explosivos en los lugares
que determine el Ministerio de Defensa Nacional, las siguientes
autoridades militares: El Jefe del Departamento Control Comercio
Armas, Municiones y Explosivos, los Jefes de Estado Mayor de las
Unidades Operativas Menores o sus equivalentes en la Armada
Nacional o la Fuerza Area y los Ejecutivos y Segundos Comandantes
de Unidades Tcticas en el Ejercito Nacional o sus equivalentes en
la Armada Nacional, o sus equivalentes en la Armada Nacional y la
Fuerza Area.Artculo33.-Requisitos para solicitud de permiso para
tenencia.Modificado por el art. 11, Ley 1119 de 2006. Para el
estudio de las solicitudes de permisos para tenencia, deben
acreditarse los siguientes requisitos:1. Para personas naturales:a.
Formulario suministrado por la autoridad competente, debidamente
diligenciado;b. Presentacin de la tarjeta de reservista o
provisional militar;c. Fotocopias de la cdula de ciudadana y del
certificado judicial debidamente autenticadas;d. Certificado mdico
de aptitud sicofsica para el uso de armas.1. Para personas
jurdicas:a. Formulario suministrado por autoridad competente
debidamente diligenciado;b. Certificado de existencia y
representacin legal;c. Fotocopias de la cdula de ciudadana y del
certificado judicial del representante legal debidamente
autenticadas;d. Concepto favorable de la Superintendencia de
Vigilancia y Seguridad Privada para los servicios sometidos a su
vigilancia.Pargrafo.-El solicitante, adems de los requisitos
anteriores deber justificar la necesidad de un arma para su
seguridad y proteccin, circunstancia que ser evaluada por la
autoridad competente.Artculo 34.-Requisitos para solicitud de
permiso para porte.Para el estudio de las solicitudes de permiso
para porte deben acreditarse los siguientes requisitos:1. Para
personas naturales:a. Acreditar los requisitos establecidos en el
artculo anterior, en lo pertinente;b. Si se solicita permiso para
el porte de un arma de defensa personal, el solicitante deber
justificar la necesidad de portar un arma para su defensa e
integridad personal de acuerdo con lo previsto en el artculo 23 de
este Decreto, aportado para ello todos los elementos probatorios de
que dispone;c. Si se solicita permiso para el porte de un arma de
uso restringido, el solicitante deber justificar que se encuentra
en peligro de muerte o grave dao personal por especiales
circunstancias de su profesin, oficio, cargo que desempea o
actividad econmica que desarrolla, que ameriten su expedicin, para
lo cual podr aportar todos los elementos probatorios de que
disponga, previa autorizacin del Comit de Armas del Ministerio de
Defensa Nacional.1. Para servicios de vigilancia y seguridad
privada:a. Acreditar los requisitos establecidos en el artculo
anterior para las personas jurdicas.
DECRETO 356 / 94.Por el cual se expide el Estatuto de Vigilancia
y Seguridad Privada.
TITULO IASPECTOS GENERALESVer la Resolucin de la Super.
Vigilancia y Seguridad Privada 2852 de 2006Artculo 1.-Objeto.El
presente Decreto tiene por objeto establecer el estatuto para la
prestacin por particulares de servicio de vigilancia y seguridad
privada.Artculo 2.-Servicios de Vigilancia y Seguridad Privada.Para
efectos del presente Decreto, entindese por servicios de vigilancia
y seguridad privada, las actividades de que en forma remunerada o
en beneficio de una organizacin pblica o privada, desarrollan las
personas naturales o jurdicas, tendientes a prevenir o detener
perturbaciones a la seguridad y tranquilidad individual en lo
relacionado con la vida y los bienes propios o de terceros y la
fabricacin, instalacin, comercializacin y utilizacin de equipos
para vigilancia y seguridad privada, blindajes y transporte con
este mismo fin.Artculo 3.-Permiso del Estado.Los servicios de
vigilancia y seguridad privada, de que trata el artculo anterior,
solamente podrn prestarse mediante la obtencin de licencia o
credencial expedida por la Superintendencia de Vigilancia y
Seguridad privada, con base en potestad discrecional, orientada a
proteger la seguridad ciudadana.La Superintendencia de Vigilancia y
Seguridad Privada con base en esa misma potestad, podr suspender la
licencia o credencial expedida.Artculo 4.-Campo de Aplicacin.Se
hallan sometidos al presente Decreto:1. Los servicios de vigilancia
y seguridad privada con armas de fuego o con cualquier otro medio
humano, animal, tecnolgico o material.2. Los servicios de
transporte de valores.3. Los servicios de vigilancia y seguridad de
empresas u organizaciones empresariales, pblicas o privadas.4. Los
servicios comunitarios de vigilancia y seguridad privada.5. Los
servicios de capacitacin y entrenamiento en vigilancia y seguridad
privada.6. Los servicios de asesora, consultora e investigacin en
seguridad.7. La fabricacin, instalacin, comercializacin y
utilizacin de equipos para vigilancia y seguridad privada.8.
Utilizacin de blindajes para vigilancia y seguridad privada.Artculo
5.-Medios para la prestacin de los servicios de vigilancias y
seguridad privada.Los servicios de vigilancia y seguridad privada
slo podrnutilizar para el desarrollo de sus actividades aquellas
armas de fuego, recursos humanos, animales, tecnolgicos o
materiales, vehculos e instalaciones fsicas, y o cualquier otro
medio autorizado por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad
Privada.Artculo 6.-Modalidades para la prestacin de los servicios
de vigilancia y seguridad privada.Los servicios de vigilancia y
seguridad privada podrn autorizarse en cuatro (4) modalidades:1.
Vigilancia fija. Es la que se presta a travs de vigilantes o de
cualquier otro medio, con el objeto de dar proteccin a personas o
bienes muebles o inmuebles en un lugar determinado.2. Vigilancia
mvil. Es la que se presta a travs de vigilantes mviles o cualquier
otro medio, con el objeto de dar proteccin personal, bines muebles
o inmuebles en un rea o sector delimitado.3. Escolta. Es la
proteccin que se presta a travs de escoltas con armas de fuego, o
de servicios de vigilancia y seguridad privada no armados a
personas, vehculos, mercancas o cualquier otro objeto, durante su
desplazamiento.4. Transporte de valores. Es el servicio de
vigilancia y seguridad privada que se presta para transportar,
custodiar y manejar valores y el desarrollo de actividades
conexas.Pargrafo.-El Gobierno Nacional podr desarrollar el
desarrollo operativo de estas modalidades.Artculo 7.-ControlLa
Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada ejercer control,
inspeccin y vigilancia sobre todas la personas naturales o jurdicas
que desarrollen actividades de vigilancia y seguridad privada y sus
usuarios de conformidad con lo establecido en la ley.TTULO
VPRINCIPIOS, DEBERES Y OBLIGACIONES QUE RIGEN LA PRESTACIN DE LOS
SERVICIOS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADAArtculo 73.-Objetivo de
la vigilancia y seguridad privada.La finalidad de los servicios de
vigilancia y seguridad privada, en cualquiera de sus modalidades,
es la de disminuir y prevenir las amenazas que afecten o puedan
afectar la vida, la integridad personal o el tranquilo ejercicio de
legtimos derechos sobre los bienes de las personas que reciben su
proteccin, sin alterar o perturbar las condiciones para el
ejercicio de los derechos libertades pblicas de la ciudadana y sin
invadir la rbita de competencia reservada a las autoridades.Artculo
74.-Principios, deberes y obligaciones que rigen la prestacin del
servicio de vigilancia y seguridad privada.Los servicios de
vigilancia y seguridad privada debern desarrollar sus funciones
teniendo en cuenta los siguientes principios:1. Acatar la
Constitucin, la Ley y la tica profesional.2. Respetar los derechos
fundamentales y libertades de la comunidad, abstenindose de asumir
conductas reservadas a la fuerza pblica.3. Actuar de manera que se
fortalezca la confianza pblica en los servicios que presta.4.
Adoptar medidas de prevencin y control apropiadas y suficientes,
orientadas a evitar que su servicios puedan ser utilizados como
instrumentos para la realizacin de actos ilegales, en cualquier
forma, o para dar apariencia de legalidad a actividades delictivas
o a prestar servicios a delincuentes o a personas directa o
indirectamente vinculadas con el trfico de estupefacientes o
actividades terroristas.5. Mantener en forma permanente altos
niveles de eficiencia tcnica y profesional para atender sus
obligaciones.6. Contribuir a la prevencin del delito, reduciendo
las oportunidades para la actividad criminal y desalentando al
accin de los criminales, en colaboracin con las autoridades de la
repblica.7. Observar en el ejercicio de sus funciones el
cumplimiento de las normas legales y procedimientos establecidos
por el Gobierno Nacional, as como las rdenes e instrucciones
impartidas por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad
Privada.8. Emplear las armas de acuerdo con el uso autorizado en
los respectivos permisos y abstenerse se emplear armamento hechizo
o no autorizado de acuerdo con la ley.9. Emplear los equipos y
elementos autorizados por la Superintendencia de Vigilancia y
Seguridad Privada, nicamente para los fines previstos en la
licencia de funcionamiento.10. Asumir actitudes disuasivas o de
alerta, cuando observen la comisin de actos delictivos en los
alrededores del lugar donde estn prestando sus servicios, dando
aviso inmediato a la autoridad, de manera que puedan impedirse o
disminuirse sus efectos.11. El personal integrante de los servicios
de vigilancia y seguridad privada que tenga conocimiento de la
comisin de hechos punibles durante su servicio o fuera de l, deber
informar de inmediato a la autoridad competente y prestar toda la
colaboracin que requieran las autoridades.12. Prestar apoyo cuando
lo soliciten las autoridades, con fin de atender casos de calamidad
pblica.13. Mantener permanentemente actualizados los permisos,
patentes, licencias, libros y registros, seguros y dems requisitos
que exige este Decreto.14. El personal de los servicios de
vigilancia y seguridad privada en servicio, deber portar la
credencial de identificacin expedida por la Superintendencia de
Vigilancia y Seguridad Privada.15. Pagar oportunamente la
contribucin establecida por la Superintendencia de Vigilancia y
seguridad Privada, debidamente aprobada por le Ministerio de
Hacienda y Crdito Pblico, as como las multas y los costos por
concepto de licencias y credenciales.16. Colaborar con la
Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada en la labor de
inspeccin, proporcionando toda la informacin operativa,
administrativa y financiera que sta requerida para el desarrollo de
sus funciones.17. Salvaguardar la informacin confidencial que
obtengan en desarrollo de sus actividades profesionales, salvo
requerimiento de autoridad competente.18. Dar estricto cumplimiento
a los trminos pactados en los contratos con los usuarios, y por
ningn motivo abandonar el servicio contratado, sin previo y
oportuno aviso al usuario.19. Atender en debida forma los reclamos
de los usuarios y adoptar medidas inmediatas en el caso de que
alguno de sus dependientes se vea involucrado por accin o por
omisn, en hechos que atenten contra los bienes o personas a las
cuales se brindan vigilancia o proteccin.20. Conocer las
caractersticas bsicas de las actividades que desarrollen sus
clientes, el uso de las instalaciones o bienes y la situacin de las
personas que se pretende proteger.21. Desarrollar mecanismos de
control interno, para prevenir que el personal del servicio de
vigilancia y seguridad privada, se involucre directa o
indirectamente en actividades delictivas.22. Establecer mecanismos
y reglas de conducta que debern observar representantes legales,
directivos y empleados.23. Dar estricto cumplimiento a las normas
que rigen alas relaciones