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LosmensajesdeWhatsAppysuacreditaciónenelprocesocivil.
PorGastonE.Bielli
Publicadoen:LALEY29/10/2018,29/10/2018,1
CitaOnline:AR/DOC/1962/2018
Sumario:
I.Introito.Lapruebaelectrónicaengeneral.II.LaaplicaciónWhatsAppysus
características. III. El cifrado de extremo a extremo de mensajes vía
WhatsApp. IV. Documentos electrónicos. Breves nociones relativas a este
elemento probatorio especifico. V. Firma electrónica y mensajes de
WhatsApp.V. Firma electrónica y mensajes de WhatsApp. VI. Las
comunicacionesporWhatsAppysuvinculaciónconlacorrespondenciaala
luzdelart.318delCodigoCivilyComercialdelaNación.VII.Comunicaciones
vía WhatsApp como fuente o elementos de prueba. VIII. Documento
electrónico.Requisitosdesuadmisibilidadenjuicio.IX.Lascomunicaciones
porWhatsAppylosmediosdeprueba.Partegeneral.X.Lascomunicaciones
porWhatsApp y losmedios de prueba. Parte especial. XI. Losmensajes de
WhatsApp como prueba indiciaria. El principio de libertad probatoria. XII.
Carga probatoria e impugnación. XIII. Cadena de custodia. XIV. Falsedad y
manipulacionesdelosmensajesvíaWhatsApp.XV.Valoracióndelaprueba
informática en el caso de mensajes por WhatsApp. XVI. Conclusiones y
reflexiones.
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I.Introito.
La doctrina especializada ha definido a la prueba electrónica, o en soporte
electrónico, como aquella información contenida en un dispositivo electrónico a
través del cual se adquiere el conocimiento de un hecho controvertido, bien
mediante el convencimiento psicológico, bien al fijar este hecho como cierto
atendiendoaunanormalegal.[1]
Hoy en dia existe una enorme cantidad de supuestos en los que los hechos
conducentes y relevantes, necesarios para la solución del conflicto judicial, se
materializan en soportes electrónicosodigitales. Siendoque esta temática esde
graninterésparalaspartesquenecesitanproducirlacorrespondientecanalización
delosmismoscomoelementosprobatorios,afindefundamentarsuspretensiones.
Enelmarcodeunprocesojudicial,lapruebaelectrónicatieneporobjetocualquier
registroquepuedasergeneradodentrodeunsistemainformático,entendiendopor
ésteatododispositivofísico(computadoras,smartphones,tablets,CDs,DVD,pen
drives,etc.)ológico,empleadoparacrear,generar,enviar,recibir,procesar,remitir
o guardar a dichos registros, que, producto de la intervención humana u otra
semejante,hansidoextraídosdeunmedioinformático(porejemplo:registrosen
planillas de cálculo, correos electrónicos, registros de navegación por Internet,
basesdedatos,documentoselectrónicos).[2]
Al dia de la fecha, los sistemas mensajería instantánea entre personas se han
configuradocomounmétodoprobatorioparaacreditarlaocurrenciaonodehechos
quelasparteshayanafirmadocomofundamentodesusderechos,ocuestionadosy
quedebanserinvocadosdentrodeunpleito.Porestarazón,losdiálogos,audios,
imágenesovideosquesecompartenentalesconversacionessehanconvertidoen
unaimportantefuentedepruebaquepuedeserintroducidoaljuicioatravésdelos
diversosmediosdepruebaconsagradosenlanormativaritual.
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Enelpresentetrabajo,nosavocaremosaltratamientodeunodeestossistemasde
mensajeríaenparticular:losintercambioscomunicacionalesquesegeneraratravés
de la plataforma WhatsApp, conforme realizaremos un exhaustivo relativo a la
validez de los mismos en el proceso privado, y estableciendo correlativamente
pautasparasuincorporaciónenjuicio.
Es necesario reconocer a esta aplicación comounode losmedios demensajería
instantáneamásutilizadosporlasociedad.Y,asimismo,esdestacablemencionar,
queanalizaremosesteelementoprobatorio,loscriteriosdeadmisibilidadvigentes,
ycomodebeseraportadoenjuicio,perosoloconrelaciónaaquellosintercambios
comunicacionessuscitadosentrelaspartesqueintervienendentrodelpleito–nos
referimosaunintercambiobidireccional-,ynorespectoaintercambiossuscitados
entrevariosinterlocutoresqueconvergenalavez–intercambiomultidireccional,
siendoquedejaremosestatemáticaparafuturostrabajos.
II.LaaplicaciónWhatsAppysuscaracterísticas.
LaaplicaciónWhatsAppesunserviciodemensajeríainstantáneamultiplataforma
(propiedad de Facebook Inc.), que se utiliza masivamente en el mundo bajo el
esquema“freeware”.
Esta aplicación, como función primaria, permite el envío entre sus usuarios de
mensajesdetextoylarealizacióndellamadasdevoz,asícomollamadasdevideo.
También, permite el envío y recepción de imágenes, videos como también
documentos.
Paraelempleodeestaplataforma,esrequisitoesencialcontarconunnúmeromóvil
celularestándar,queserávinculadoalacuentadeusuariodequienquieraacceder
alsistema.Aunquelaaplicaciónseejecutadesdeundispositivomóvil,tambiénse
puedeaccederaelladesdecomputadorasdeescritoriooinclusotablets.
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III.ElcifradodeextremoaextremodemensajesvíaWhatsApp.
Este protocolo de cifrado y seguridad, utilizado para aquellas comunicaciones
generadasatravésdelaplataforma,fueincluidoporlaempresaenelaño2014,a
raízdevariasvulnerabilidadesquemanifestaronlosusuariosenelusodelamisma.
Atravésdelapuestaenmarchadelaherramienta,seimpidióesencialmenteque
tercerosexternosapuedanaccederalosmensajes,documentosyllamadasqueson
resguardadosenlosdispositivosparticularesdesususuarios.Esenbaseaestoque,
ennuestrossmartphones,aliniciarunacomunicaciónvisualizamoslaleyenda:“Las
llamadas y mensajes enviados a este chat ahora están seguros con cifrado de
extremoaextremo”.
El protocolo empleado se denomina TextSecure, un desarrollo de Open
WhisperSystems, y como afirma la compañía que está detrás del código, es un
protocoloderivadode laOTR (Off theRecordMessaging), con cambiosmenores
paraadaptarloalaslimitacionesdelSMSomensajeríatipoPush.Encontrastecon
elmodeloPGP,dondelosmensajesaundestinatariosecifranconlamismaclave
pública una y otra vez, OTR utiliza intercambio de claves cambiantes para cada
sesión. Es una característica fundamental en cualquier protocolo de seguridad
moderna,yaque,delocontrario,eladversariopuedellegaradescifrarconmayor
facilidad.Enestasituación,nohayunaclavequepuedacomprometerse,yaqueéstas
sonutilizadasenlamemoriaduranteuncortoperíododetiempo,apartirdelcual,
quedaendesusoysereemplazaporotranueva.[3]
Resaltamos que estas claves de cifrado no son almacenadas en servidores
pertenecientesalaempresa,sinoqueúnicamenteseencontraranencadaunodelos
dispositivosmóvilesdepropiedaddecadausuariorespectivamente.
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Visualizamosentoncesque,elhechodeaplicaruncifradoend-to-end,implicaque
nisiquieraelprestadordelserviciopuedeaccederalcontenidocifrado.Porlotanto,
aunque a través de una carta rogatoria (que ya es complicado) consiguiéramos
requerir aWhatsApp que nos facilitara el contenido de una conversación entre
usuarios suyos, esta compañía, a día de hoy, debería respondernos que no le es
posible”.[4]
Aresumidascuentas,WhatsAppnoresguardaningúntipoderegistrosobreaquellos
mensajesgeneradosatravésdesuplataforma,yadelantamosqueestacaracterística
revestirágranimportanciaaltratarlosmediosdepruebaenespecial.
IV. Documentos electrónicos. Breves nociones relativas a este elemento
probatorioespecifico.
En primer lugar, podemos señalar que se ha conceptualizado el documento
electrónico como aquel que ha sido creado sobre un ordenador, grabado en un
soporte informático y que puede ser reproducido, definiéndoselo —también—
comounconjuntodecamposmagnéticos,aplicadosaunsoporte,deacuerdoconun
determinadocódigo.[5]
Tratándose del conjunto de impulsos eléctricos ordenados, que son la
materialización de una representación que es generada de forma ordenada,
respetandouncódigoyconlaintervencióndeunordenador;conjuntodeimpulsos
electrónicos que es—a su vez—almacenado en un soporte óptico,magnético o
electrónico que finalmente, gracias almismo u otro ordenador y al resto de los
componentes (software y hardware) es decodificado y traducido a un formato
comprensibleasimplevista;así,habrádocumentoelectrónicoindependientemente
dequeregistreonohechosjurídicamenterelevantesodelaposibilidadonodesu
traducciónallenguajenatural[6]
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Aclarado lo anterior, dicha conceptualización es receptada y referida
normativamenteennuestrodigestolegislativo,atravésdelaley25.506deFirma
Digital,sancionadaennoviembrede2001yreglamentadaenunprimerlugarporel
decreto2628/2002.Laúltimamodificaciónalanormativafueintroducidaporlaley
27.446.[7]
Lamencionada ley, en su artículo 6°, establece que se entiende por documento
digitalalarepresentacióndigitaldeactosohechos,conindependenciadelsoporte
utilizadoparasufijación,almacenamientooarchivo.Undocumentodigitaltambién
satisfaceelrequerimientodeescritura.
Al incorporarse el documento digital al entramado normativo argentino, se
establece claramente que el mismo satisface el requerimiento de escritura,
demarcando una relación de validez jurídica análoga con el formato papel y
aplicándoseenigualformaatodoelderechopositivo.[8]
Respecto al Codigo Civil y Comercial de la Nación, los documentos electrónicos
fueronintroducidosatravésdelart.286,conformeseestableceexpresamenteque
la expresión escrita puede tener lugar por instrumentos públicos, o por
instrumentos particulares firmados o no firmados, excepto en los casos en que
determinada instrumentación sea impuesta. Puede hacerse constar en cualquier
soporte,siemprequesucontenidosearepresentadocontextointeligible,aunquesu
lecturaexijamediostécnicos.
Efectivamenteycómosurgedelanorma,laexpresiónescritatienelaperipeciade
tener asidero tanto en los instrumentos públicos como en los instrumentos
particularesfirmadosonofirmados,siendoqueenlaactualidadnosencontramos
anteunnuevosoporte,eldigital,ampliándoselanocióndeescritosodocumentosa
aquellosgeneradosenformaelectrónica.
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Concretamentepodemosdecirquelosregistrososoporteselectrónicosconstituyen
verdaderosdocumentosporqueenellosserecogenexpresionesdelpensamiento
humanoodeunhechoylasincorporanasucontenido,queesloqueloshacecapaces
deacreditarlarealidaddedeterminadosuceso.[9]
Lajurisprudencia,haceyauntiempo,seocupódeseñalarque,enelestadoactual
denuestralegislación,losdocumentoselectrónicosconstituyenunmediodeprueba
quetienesuficientesustentonormativo,resaltandoexpresamentequesetratade
pruebadocumental.[10]
V.FirmaelectrónicaymensajesdeWhatsApp.
Yainmiscuyéndonosenlacuestióndelafirma,enprimerlugar,elart.287delCodigo
CivilyComercialdelaNación,nosdicequelosinstrumentosparticularespueden
estarfirmadosono.Siloestán,sellamaninstrumentosprivados.Sinoloestán,se
los denomina instrumentos particulares no firmados; esta categoría comprende
todoescritonofirmado,entreotros,losimpresos,losregistrosvisualesoauditivos
de cosas o hechos y, cualquiera que sea el medio empleado, los registros de la
palabraydeinformación.
Avizoramosquenuestranormativadivideyclasificaalosinstrumentosprivados,
según se encuentren firmados o no. En primer lugar, son propiamente dichos
instrumentosprivados,aquellosqueseencuentrenfirmados,yseestablececomo
instrumentosparticulares,alosquenoloestán.
Deformasubsiguiente,elartículo288establecequelafirmapruebalaautoríadela
declaracióndevoluntadexpresadaeneltextoalcualcorresponde.Debeconsistir
enelnombredelfirmanteoenunsigno.Enlosinstrumentosgeneradospormedios
electrónicos,elrequisitodelafirmadeunapersonaquedasatisfechosiseutiliza
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una firma digital[11], que asegure indubitablemente la autoría e integridad del
instrumento.
Laparte finaldelartículoserefiereúnicamentea la firmadigitalutilizadaen los
instrumentosgeneradospormedioselectrónicos,conformelosrequisitostaxativos
que se establecen en la ley 25.506.[12]Consolidando inexorablemente a esta
metodologíade firma, como laúnicaválidapara tenerpor firmadosdocumentos
electrónicos.[13]
Esasique,enlosinstrumentosgeneradospormedioselectrónicos,elrequisitode
lafirmadeunapersonaquedasatisfechosólosiseutiliza“firmadigital”,queasegure
indubitablementelaautoríaeintegridaddelinstrumento[14]
Ahorabien,lacitadadisposicióndefinealafirmaelectrónica[15]comoelconjunto
dedatoselectrónicosutilizadoporelsignatariodeldocumentocomosumediode
identificación,yqueefectivamentecarezcadealgunodelosrequisitoslegalespara
serconsideradafirmadigital.
Estamos ante una relación de género y especie, conforme, la firma digital una
metodología determinada de firma electrónica que se canaliza a través de un
procesocriptográficodeclaveasimétrica,segúnnuestrorégimenadoptado,yque
da seguridad a quien genera dicha firma y la plasma dentro de un documento
electrónico.
Coincidamosconladoctrinaespecializada[16],enqueparapoderconfiguraruna
firma digital debe cumplirse indefectiblemente con los siguientes requisitos
cardinales[17]:
1. a)Enprimerlugar,debehabersidocreadaduranteelperíododevigenciadelcertificadodigitalválidodelfirmante.
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2. b) Debe ser debidamente verificada por la referencia a los datos deverificación de firma digital indicados en dicho certificado según elprocedimiento de verificación correspondiente. Es así que se debepermitirverificarlaidentidaddelautordelosdatos(loquesedenominaautenticacióndeautoría).
3. c) Se debe poder comprobar que dichos datos insertos no han sufridoalteración desde que fueron firmados (proporcionándose integridad aldocumentoelectrónico).
4. d) Por último, dicho certificadodebe haber sido emitido o reconocido,según el art. 16 de la ley, por un certificador licenciado. Es así que elcertificado de firma digital debe haber sido emitido por una entidadcertificante licenciada por el Estado, obteniendo la correspondienteautorizaciónporlaAutoridaddeAplicaciónnacional.
AltmarkyMolinaQuirogaseñalan,conagudeza,quelaleyargentinahaoptadopor
la política de registro estatal de los certificadores, en el sentido que estos
prestadores de servicios deben obtener una licencia; este recaudo implica una
dificultad para la utilización fuera del ámbito estatal. Es así que, en nuestra
legislación,unaaplicacióndecriptografíaasimétricadeclavepúblicaenlaquelos
certificadosdigitalesnoseanemitidosporuncertificadorlicenciadoesconsiderada
pornuestraleycomofirmaelectrónica[18]
Enfatizamos entonces que, de no procurarse todos estos requisitos en forma
conjuntaeinterconectada,estaremosfrenteaunamerafirmaelectrónica.
Haciendo un análisis exhaustivo de lo fundamentado en el presente acápite, y
dejandodeladoladiscusióndoctrinariaexistentealafechasobrelavalidezdela
firmadigitalylafirmaelectrónicaenlosdocumentosgeneradoselectrónicamente,
podemosaseverarenbase,auncriteriohermenéuticode interpretación,que los
mensajes deWhatsApp poseen una firma electrónica, y deben ser considerados
como documentos electrónicos en general y como instrumentos particulares no
firmadosenloquehacealaespecificidad,dadoqueesametodologíadefirmano
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estáreconocidaenelCodigoCivilyComercialdelaNación,segúnlatesisrestrictiva
alaqueadherimos.
Todoconformesevislumbracomouncontenidoalmacenadoenformatoelectrónico
relacionadoauna firmaelectrónica– cuya identificaciónesposiblemedianteun
númerodeteléfonoeIMEI[19],pertenecientealautorgeneradordelosmismos.
Fundamentamosestaposturaenquenosecumplenlosrequisitosanteriormente
mencionados para alcanzar una firma digital, según legislación vigente, y
consecuentemente,esosdocumentoselectrónicosnoposeenfirma,entrandoenla
categoríadedocumentosparticularesnofirmados,revistiendovalorprobatorioal
constituirunprincipiodepruebaporescrito.
Comoveremosmásadelante,laprincipalconsecuenciadeestaclasificaciónradica
enelvalorprobatorioatribuidoaestetipodefirma,dadoqueenelcasodela“Firma
Digital”, existe unapresunción iuris tantumen su favor,mientras queuna firma
electrónica,encasodeserdesconocidacorrespondeaquienlainvocaacreditarsu
validez.[20]
VI.LascomunicacionesporWhatsAppysuvinculaciónconlacorrespondencia
alaluzdelart.318delCodigoCivilyComercialdelaNación.
Enprimerlugar,porcorrespondenciadebeentenderseunacomunicacióndeideas,
sentimientos,propósitosonoticias–elementosnetamenteinmateriales-,queuna
personahaceaotrauotrasdeterminadas,porunmedioaptoparafijar,transmitiro
recibirlaexpresióndelpensamiento.[21]
Ahora bien, el artículo 318 del Codigo Civil y Comercial de la Nación establece
expresamente que: “La correspondencia, cualquiera sea elmedio empleadopara
crearlaotransmitirla,puedepresentarsecomopruebaporeldestinatario,perola
quees confidencialnopuede serutilizada sin consentimientodel remitente. Los
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tercerosnopuedenvalersedelacorrespondenciasinasentimientodeldestinatario,
ydelremitentesiesconfidencial.”.
Deestemodo,conelavancedelascomunicacionesylaevidentecaídaendesusode
lacorrespondenciaescritapostal,elmedioescritoensoporteselectrónicos(e-mail,
mensajes de texto, chats, WhatsApp, Messenger) y siempre y cuando los
destinatarioselijanelmodoprivadodecomunicaciónynoseanpúblicos(dentrode
los cuales deben incluirse aquellas que son compartidas en grupos), puede ser
ofrecidayproducidacomopruebaadmisible.[22]
Esa así que el correo, sin importar el medio efectivo para su generación e
intercambio,puedeserllevadoajuiciocomoprueba,siemprequelaobtencióndela
mismasehayaproducidoconformealoqueestablecenlasmándaleslegales,yque
dicho intercambio no sea de carácter esencialmente confidencial, como lo
trataremosenelacápitecorrespondiente.
En materia contractual, puede ser utilizada siempre y cuando no comprometa
secretosindustrialesocomerciales.
Agregamos que, jurisprudencialmente, se ha considerado a los mensajes por
WhatsApp–enloquerespectaasufuncióndeintercambiocomunicacional-como
correspondencia,enbaseaquedichanormainvocada,haampliadoestaconcepción
alosnuevosmediosdecomunicacióntecnológicosyabarcandotantolaepistolar
como los mensajes de texto creados o transmitidos por línea de celular, por
plataformasoporlosnuevosmediosquepudierenvenireventualmente.Portanto,
siemprequeunemisorenvíeunmensajeescritoaundestinatario,seacualfuereel
medioosoporteutilizadoesconsideradocorrespondencia.[23]
VII.ComunicacionesvíaWhatsAppcomofuenteoelementosdeprueba.
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Ya pasando al esquema probatorio procesal del presente trabajo, pasaremos a
analizarlasconversacionesmaterializadasporestavía,comofuentesoelementos
deprueba.
Probarserá,entonces,laaccióndeaportartalesrazonesymotivos,enordenadejar
verificada alguna de las proposiciones formuladas en juicio; y la actividad
probatoria será aquella encaminada a probar (por cierto, con un resultado
contingente,puespodrá—ono—lograrsuobjetivo).[24]
Eneseandarivel,debemosestablecerquelafuentedepruebasehallaconstituida
poreldatoobtenidoatravésdelmedioyexiste,adiferenciadeloqueocurrecon
éste, conprescindenciadelproceso.Enotraspalabras,elmediodepruebaactúa
comovehículoparalograrlafuente,delacual,asuturno,eljuezdebededucirla
verdad(ono)deloshechosqueconfiguranelobjetoprobatorio.[25]
Puesbien,podemosejemplificarcomofuentedepruebaalhechoconsignadoenun
documento,queingresaraalprocesoatravésdeunmediodepruebacomoeselcaso
delapruebadocumental,yqueeljuezvaloraradeformapositivaonegativapara
establecerlaocurrenciaonodeunhechooconjuntodeestos,queseanlimitadosen
elmarcodeunproceso.
Y efectivamente, los mensajes de WhatsApp constituyen una fuente de prueba,
siendoque,atravésdeestametodologíadecomunicacionesporvíaelectrónica,se
produce un intercambio de información, se suscitan conflictos y se generan
contenidosqueeventualmentepuedensernecesariosdeevidenciardentrodeun
pleitojudicial.Eseldatoelectrónico,medianteelcuallaspartesintentaranvalerse
afindecrearlanecesariaconvicciónhaciaeljuzgadorsobrelaocurrenciaonode
unhechocontrovertido.
VIII.Documentoelectrónico.Requisitosdesuadmisibilidadenjuicio.
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Sehaestablecidoque,salvoquenosencontremosanteuninstrumentoelectrónico
emitido bajo el régimen de firma digital (que no es el caso), un triple test de
admisibilidad debe superarse para que se pueda tener por verificada la
autenticidad, integridad y licitud.[26]Pasaremos a analizar estos caracteres a
continuación.
1. A)Autenticidad:enprimerlugar,hablaremosdelaautenticidad,comolacorrespondencia entre el autor aparente y el autor real de undocumento.[27]
Eneldocumentoescritolaautoríapuedeacreditarsemediantelafirmamanuscrita
oelsellocomercial;eneldocumentoelectrónico,seidentificaelordenadordesdeel
que se envía, pero no quien es su remitente, existiendo mayor facilidad para
suplantarlaidentidaddelremitente[28].
Porelcontrario,eldocumentoelectróniconohabilitaaunaefectivaidentificación
de autoría per se. Solo nos proporcionara los datos del dispositivo donde se ha
generadoyremitido.
Esasíquenosencontraremosenlanecesidaddedemostrarlaautenticidaddeeste
documentoelectrónico,siendoquedichatareasetendráquecanalizaratravésde
la verificación de sus atribuciones ligadas, como la fecha de generación,
identificacióndesuautor,silapersonadelgeneradoryemisorsecoinciden,entre
otros…
Conformelossostenido,enloquerespectaaesteelementodepruebaenparticular
y como dijimos en los acápites anteriores, la autenticidad de los mensajes de
WhatsApp–comodocumentoselectrónicos–serefuerzaenbasealaexistenciade
unmecanismocomplementariode firmaelectrónica,quepermitirángeneraruna
mínimapresunciónacercadequienfueelautordelmismo:elnúmerodeteléfono
vinculadoalacuentadeusuarioyelcódigoIMEIdeldispositivocomunicacional.
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1. B) Integridad:es de capital importancia verificar la integridad einalterabilidad del documento electrónico a través de un mecanismocertero que establezca la existencia o inexistencia de modificacionessuscitadas luego de que el instrumento fue firmado – en este caso –electrónicamente.
Haciendo una analogía con el sistema papel, en el documento escrito se pueden
cotejarlasmodificacionesefectuadasatravésdepruebaspericiales.Encambio,en
eldocumentoelectrónicas,seránecesariorecurriraunapruebapericialinformática
para establecer si esta prueba fuemodificada, desde que dispositivo se produjo
dichamodificaciónyquecambiosfueronrealizados.
Aclaramos nuevamente, que en este punto que es necesario distinguir entre
documento firmadodigitalmenteydocumento firmadoselectrónicamente.En los
primeros,unavezestampadalafirmadigitalresultaimposiblelamodificacióndel
documento, de modo que la integridad del documento queda, a prima facie,
garantizada.Porelcontrario,enelrestodedocumentosinformáticosnofirmados
contalgarantía,aparecenlosproblemasdeautoríaeintegridad.[29]Comoeselcaso
de las comunicaciones víaWhatsApp, que revisten la calidadde serdocumentos
electrónicosfirmadoselectrónicamente.
Esqueeldocumentoelectrónicoviajaporunaredqueenprincipioesdeacceso
público y se puede reproducir en diversos lugares fuera del alcance de los
intervinientes.Puedenaccederaldocumentoelectrónicopersonasdistintasdelos
intervinientesquepuedenalterarlo[30]
Comounamedidaparaevitaresto,almomentodeaportareldocumentoelectrónico
como prueba en el marco de un proceso judicial, debemos acreditar la
correspondiente“huelladigital”o“hash”.
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Dichahuelladigitalconsisteenunacadenaalfanuméricahexadecimalgeneradaa
partirdelaaplicacióndeunalgoritmoquedebeidentificardemanerainequívoca
dichodocumento,detalmaneraqueelmenorcambiorealizadosobreelmismosería
rápidamentedetectado(aunquerespectoaesteúltimofactoresimportanteversi
el algoritmo concretoutilizadopara su generación es realmente adecuado). Esto
ademásnospermitirárealizarduplicadosdedichosdocumentosyprobarquese
correspondenplenamenteconeloriginal.[31]
Esasíquesi,porejemplo,intentamosmodificarunbitdeunaimagenaportadabajo
la modalidad de documento electrónico, la huella digital de la misma será
modificada íntegramente, aunque la imagen parezca no haber sufrido cambio
alguno.Aresumidascuentas,podremosestablecersiefectivamente,eldocumento
electrónicofuemodificado.
Probatoriamente, esta aplicación reviste gran utilidad conforme brinda una
seguridadatodaslaspartesyauxiliaresdelajusticiaintervinientesdentrodeun
proceso,dequeeldocumentoelectrónicooportunamenteingresadoalexpediente
al cual se le practicara la pericia informática, es exactamente el mismo que el
aportadoinicialmenteporlasolicitante.
1. D)Licitud:lalicituddelapruebaenprincipioserelacionaconlaformaymododeobtencióndelafuenteoelelemento.
Comomencionamosconanterioridad,elartículo318delCódigoCivilyComercial
delaNaciónautorizalautilizacióndelosmediosdeintercambiocomunicaciones
electrónicos como prueba en juicio, pero siempre protegiendo el principio de
confidencialidaddelacorrespondencia,deacuerdoconlasexigenciasdelartículo
18delaConstituciónNacionalquedeclaralainviolabilidaddelamisma.
Y por aplicación análoga extensiva, podemos extender la protección a la
correspondenciatradicionalalascomunicacionestelefónicas,correoselectrónicos
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ymensajeríainstantánea.Porlotanto,cualquiertipodecomunicacióngozarádelas
garantíasdelacorrespondenciaepistolarconsagradasconstitucionalmente.
Destacamosqueestoselementosprobatoriospodránserllevadosajuiciosiempre
quehayansidoobtenidosdemaneralicitaporquienlapresenta,yquenoseade
carácterconfidencial,paracuyocasoesnecesarioelconsentimientodelremitente.
Esasíquedeseradmitidadichapruebadocumental,esnecesarioestablecerque
para la producción de dicha prueba documental – en este caso, mensajes de
WhatsApp–nodebehabersevulneradounderechofundamentalcomobienpuede
ser el derecho a la intimidad, coronadopor nuestra ConstituciónNacional en su
artículo19olagarantíadeinviolabilidaddelacorrespondencia,establecidaporel
artículo18.
Enefecto,ysinperjuiciodequeenlaprácticadenuestrostribunalesmuchasveces
se otorgan medidas de prueba con contenido informático sin examinar
adecuadamente sus consecuencias, nótese que: (i) la prueba informática debe
producirse sin violar derechos fundamentales, como lo son el derecho a la
“intimidad” o “privacidad”; y (ii) las partes tienen que tener la posibilidad de
controlar la producción de la prueba informática para evitar que pueda ser
manipulada en su contra; (iii) la producciónde la prueba informáticadeningún
modopuedeconduciraviolentarelderechoconstitucionaldetodapersonadeno
declararcontrasímisma.[32]
Deasívulnerarsealgunodeestosprincipios,laconsecuenciaserálaexclusióndela
pruebaporcausadenulidad.
A modo de ejemplo práctico, dentro de las pruebas electrónicas obtenidas o
practicadas con infracción de los derechos fundamentales encontramos a las
pruebas cuya realización en sí misma es ilícita, por suponer la anulación o
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disminucióndelavoluntaddelsujetointervinienteenelmediodeprueba.Sonlas
pruebasquederivandeunaactividadrealizadaporlaspartesdemodounilateral
quesupongaunainfracciónoviolacióndeunderechofundamental(ej.obtenciónde
undisco-duroconviolenciaointimidación).[33]
Ahora bien, haciendo una analogía con los correos electrónicos, la doctrina
especializada ha sostenido que las comunicaciones electrónicas, en el marco de
eficaciaprobatoriaqueestamosinvestigando,debenser intercambiosepistolares
entrelaspartes,yaque«Loscorreoselectrónicosquenosonpropiosyquetampoco
fuerondirigidosaladireccióndee-maildequienlosofrececomoprueba,nopueden
acogersefavorablementealfinprobatorio,pueslocontrarioresultaríaunaviolación
a la intimidad y a la inviolabilidad de la correspondencia privada conforme el
artículo19delaConstituciónNacional»[34]
Aclaramosque,sibienhanexistidoreparosydiscusiónrespectodelaprohibición
contenida en el art. 318 CCyC, es decir la relativa a la confidencialidad de la
correspondenciaysuimposibilidaddeusosinelconsentimientodelremitente,se
indica que en general, y ya desde antaño, que entre las partes en litigio no hay
secretos, relevando en ese aspecto, la carga de contar con la aprobación del
remitenteparasuincorporacióncomopruebaenjuicio.[35]
Esquesi lapruebaespresentadaporeltitulardelaparatoalcualselerealizóla
capturayélespartede lacomunicación(remitentedealgunosydestinatariode
otros),nosediscutesu legalidad,siemprequede los textosencuestiónnosurja
expresaniimplícitamenteelcarácterdeconfidencial.[36]
En igual sentido se ha sostenido que, conforme a los e-mails y mensajes de
WhatsAppfueronremitidosentrelaspartesenconflictonopuedesustentarsesobre
ella el carácter confidencial de lasmismas, pudiendo ser utilizadas en juicio por
estos.”[37]
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Contrariamente,podemosencontrarquesehadesestimadolapruebademensajes
detexto(SMS),porsuobtenciónilegal,atravésdelapoderamientodeunteléfono,
vulnerando de talmodo la garantía de inviolabilidad de la correspondencia y el
derechoalaintimidad.[38]
IX.LascomunicacionesporWhatsAppylosmediosdeprueba.Partegeneral.
Nuestroderechoprocesalmoderno, se encuentra erigidoenbase al principiode
“libertadoamplituddeprueba”.Atravésdelmismo,laspartespuedenhacerusode
todoslosmediosdepruebaquetenganasualcanceconelobjetodeprocurarmayor
certezaeneljuzgador,siempreycuandoestosnoesténexpresamenteprohibidos
porleyparaelcasoquesetrate.
Elartículo378delCodigoCivilyComercialdelaNación,establecequelaprueba
deberáproducirseporlosmediosprevistosexpresamenteporlaleyyporlosqueel
juezdisponga, apedidodeparteodeoficio, siemprequenoafecten lamoral, la
libertadpersonaldeloslitigantesodeterceros,onoesténexpresamenteprohibidos
para el caso. Y en su segundo párrafo, menciona que los medios de prueba no
previstossediligenciarán,aplicandoporanalogía,lasdisposicionesdelosquesean
semejanteso,ensudefecto,enlaformaqueestablezcaeljuez.
Como nota relevante, se prevé explícitamente que losmedios probatorios no se
encuentranenmodorestringidosaloscodificadosexpresamente,siendoqueestos
puedenampliarseenelcasodesernecesarioafindeprobarsituacionesjurídicas
querequieranunencuadreprocesalparticular.
Enelmundodigital, la fuentede laprueba radicaen la información contenidao
transmitidapormedioselectrónicos,mientrasqueelmediodepruebaserálaforma
atravésdelacualesainformaciónentraenelproceso(actividadprobatoria)[39].
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Dadalaaceleradaevolucióntecnológicaylautilizaciónmasivadelosinstrumentos
electrónicosodigitalesentodoslossectoresdelavidasocial,lasfuentesdeprueba
denaturalezadigitalsehanincrementadodeformaconsiderable.Nosencontramos
con nuevos instrumentos informáticos, multimedia y/o de comunicaciones, así
como novedosos formatos y soportes: teléfonosmóviles, smartphones (Iphones,
Androids y otros teléfonos inteligentes), tabletas, ordenadores, dispositivosUSB,
ZIP,Cd-Rom,DVD,reproductoresdeMP3óMP4,servidoresdeinformación,PDAs,
navegadores,pantallastáctilesenautomóviles…;sinolvidarelrelevanteámbitodel
cloudcomputing.[40]
Como fácil es advertir, podemos adelantar que ante la existencia de una gran
variedad de medios de prueba consagrados en nuestra normativa de forma
(documenta,testimonial,pericial,reconocimientojudicial,entreotros.), laprueba
electrónica puede ser canalizada a fin de demostrar la existencia, integridad y
contenido de las comunicaciones por WhatsApp, a través del ofrecimiento
simultaneoyacumuladodevariosdeellos.
X.LascomunicacionesporWhatsAppylosmediosdeprueba.Parteespecial.
Enesteacápiteiremosanalizandocadaunodelosmediosdepruebaenparticular,
consagrados en nuestra normativa ritual, y en vinculación, como deberían
acreditarselapruebaelectrónicaparaseradmitidaporelorganismojurisdiccional,
a findeacreditaracreditardocumentoselectrónicosconstituidoscomomensajes
porWhatsApp.
Peropartimosde labaseque,enel textode lademanda, sedeberáefectuaruna
transcripciónintegradelosmensajesintercambiadosconcadaunodeloshorarios
deremisión.Asimismo,sedeberánestableceralgunosextremoscomo,porejemplo:
• LosdatosdeltitulardelacuentaWhatsApp.
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• Elnúmerodeteléfonovinculadoaesacuentaylacompañíatelefónicaalcualseencuentraadherido,identificandoelnúmerodecliente.
• ElCodigoIMEIdeldispositivo.• Losdatosdelsupuestoreceptordelosmensajes,supresuntonúmerode
teléfonoeidentificarlacompañíatelefónicaalquepertenece(sisetieneestainformación).
• Se puede agregar si, efectivamente, cada uno de eso mensajesintercambiados fueron presuntamente “vistos” (tilde azul) por cadainterlocutor,ono.
Luegosedeberáañadirmásinformacióndependiendodelmediodepruebaodel
conjuntodemediosdepruebasqueutilicemospara incorporar este elemento al
proceso.
1. A) Prueba documental.Mediante la prueba documental se procuraacreditarlaverdaddeunhechoutilizandodocumentos;ypartiendodelaimportancia que reviste la prueba documental en cuanto al carácterpermanentedelarepresentacióndeloshechosquecontiene—seaconlafinalidaddedarnacimientoaunarelaciónjurídicaodeservirdepruebadesuexistenciaenunmomentoulterior[41]
Existenvariasmetodologíasdepruebadocumentalquesepuedenemplearafinde
acreditar este elemento probatorio. Algunos son plausibles de generar mayor
certeza,otrosmenos.Losanalizaremosenlospuntossiguientes.
A1)Capturasdepantalla.
Elingresoalexpedientejudicialdemerascapturasdepantalla,pormediodeuna
reproducciónfotografía,es lametodologíamásutilizadaporlosletrados,afinde
demostrarlaocurrenciadehechosquesecanalizanvíaplataformasdemensajería
instantánea.
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Estos “pantallazos”, son impresos por la parte y aportados al expediente como
pruebadocumental,sinintervencióndeunfedatariopúblico.Atravésdelosmismos
seprocuralograrunindiciosobresiundeterminadomensajefuetransmitidopor
la red a un determinado destinatario, el autor de esemensaje, el contenido del
mismo, y si fue visualizada o no, debido a las tildes azules que la plataforma
incorpora(amododevirtualanoticiamiento).
Expandiendo un pocomás este campo, dentro de estas capturas de pantalla, se
podráverificar,incluso,lapresenciasde“emojis”[42],pudiendoserinterpretados
como un signo inequívoco de la manifestación de voluntad (por ejemplo, al
insertarseelemojideunamanoconelpulgarhaciaarriba,podríamosinterpretar
quealreceptordeundeterminadomensaje“legusto”o“diosuvistobueno”a la
cuestiónformuladaenelmismoporelemisororiginario).Nadamásalejadodela
verdad,enrazóndequeniemoticonos,niemojistienensignificadojurídicoporque
nodenotanvoluntad,sinoánimo,humor,sentimientoso-algunosemojis–evocan
cosas.Ningunoesafirmativoonegatoriodenada,ningunodenotaelcompromisode
obligarse.[43]
Volviendoalos“pantallazos”,ycomobiendiceRojas[44],estaformadepresentar
la prueba puede generar al juzgador serias dudas sobre su autenticidad y en
consecuenciadisminuirsuvalorprobatorioobligandoalJuezavaloraresaprueba
enconjuntoconelrestodelramoprobatoriopresentadoporlaspartes,comopuede
serelpropiointerrogatoriodelaparteodeclaracionesdeotrostestigos,oincluso
puede llevar a denegar su consideración como documento en sí mismo, si es
controvertidoporlacontraria.
Esasíqueunasimpleaportacióndeestascopias, imponenlaefectivaomisiónde
importanteinformación,delacualeljuzgadorcareceráalmomentodeapreciarsu
valoraciónyconsecuentementedictarsentencia.
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Enprimerlugar,porque,enefecto,esacopianoeseldocumentoelectrónicoorigina
generadoatravésdelaplataformademensajería.Esunasimplereproduccióndel
mismo,quepormasquedejaentreverlaocurrenciadesucesosdeterminados,no
causalanecesariaconviccióncomoparateneraestosporocurridos.
Tampocosepodráestablecerlaintegridaddeldocumento(esdecir,queelmismo
nofuealteradoporlaparteoporterceros),oasegurarsunecesariapreservacióna
losefectosdeserperitadoconposterioridad.
Es necesario complementar este elementodeprueba, con el efectivodocumento
electrónicodelcuallaspartesintentenvalerse.
A2)Eldocumentoelectrónico.
Consideramosindispensableelacompañamientodeldocumentoelectrónicodonde
consteelintercambiosuscitado.
Ahorabien,paralograrestatarea,esnecesarioutilizaruna“huelladigital”o“hash”
deldocumentoelectrónico.
Podemosdefinirlacomounacadenaalfanuméricahexadecimalgeneradaapartirde
la aplicación de un algoritmo que debe identificar de manera inequívoca dicho
documento, de talmanera que elmenor cambio realizado sobre elmismo sería
rápidamentedetectado(aunquerespectoaesteúltimofactoresimportanteversi
elalgoritmoconcretoutilizadoparasugeneraciónesrealmenteadecuado).[45]
Bender explica que el valor entregado por el hash es único para determinado
conjuntodedatos.Cualquiercambioenestosdatos,asíseaenunodesuscaracteres,
entregaunhashdiferente.Estoesjustamenteloquepermiteasegurarlaintegridad
delosdatoscuandoseutilizalafunciónhashdelamanerapropuesta,delamisma
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formaenqueseutilizaenelprocedimientodefirmadigital,cumpliendolamisma
funcióndegarantizarlaintegridad.[46]
Asimismo,alemplearestafacultad,tambiénnosaseguraremosquetodaslascopias
queserealicendeesedocumento,seanidénticasasuoriginal.Siemprealconstatar
quelacadenaalfanuméricaquesehubieracreadosemantieneinalterable.
Comosostenemos,laautenticacióndelaevidenciainformáticaselograutilizando
unalgoritmodehashqueseaplicaalcontenidodelaevidencia,fundamentalmente
losmásutilizadossonelMD5(128bits)(64)yelSHA-1(160bits).[47]Yenloque
respectaalcampodelapraxisprofesional,sigrabamosunarchivodeterminadoen
un dispositivo óptico para su consecuente acompañamiento como prueba
documental(comouncdoundvdnoregrabable),existiráunaformadedeterminar
que ese archivonoha sufridomodificación alguna, al compararlo con el archivo
original,cuandodebapracticarselacorrespondientepericiainformática,conforme
elcodigohashseráelmismo.
Amododeejemplosupongamosqueuntrabajadorpretendeutilizarcomoprueba
unarchivoqueimponedeterminadasmodificacionesenelcontratodetrabajo(para
determinarabusodeiusvariandi)ydichoarchivofiguracomounodetexto(*.doc;
*.txt;etc.)dentrodetodaslasPCquesonpropiedaddelempleador.Conunmedio
extraíble(pendriveosimilar)efectúalacopiayselaproporcionaalabogado.Dicho
archivoposeeuncódigoúnico,quelepermitesercomparadoconelquefuetomado
deorigen. Si el deorigenpermanece inalterado, el copiadova a tenerun código
alfanuméricodenominado“hash”,quevaateneridénticovalor.Enconcreto,siel
códigohashpermanece inalterado,significaqueelarchivoes idéntico,validando
fechadecreación,contenidoyautor;poniendoenevidenciaqueserespetólacadena
decustodiadedichaprueba.[48]
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EnelcasoparticulardemensajesporWhatsApp,biensepodríaexportarelconjunto
demensajesintercambiadosdesdelamismaaplicación,oatravésdeaplicaciones
externas.Cumplidoestepasoygeneradoelarchivocorrespondiente,esnecesario
chequear el hash de dicho archivo[49]y una vez obtenido el mismo, grabar el
documento en un dispositivo óptico que será eventualmente acompañado al
procesojudicialyperitadoenelmomentooportuno.
Comoagregado,enelescritodeinicio,sedeberáestablecer,pasoapaso,comofue
generado ese archivo exportado, que aplicaciones intervinieron y el detalle
completodelcódigohash.
A3)Actanotarial:
Ennuestravisión,lasactaspasadasanteescribanopúblicoresultanserelsegundo
mediodepruebaelegidoparaincorporaralgunafuentedepruebaelectrónica(como
sonlosmensajesporWhatsApp)alprocesocomoinstrumental,siempreycuando
lamismaseconfeccionecorrectamente.
En efecto, será necesario solicitarle a un notario (de preferencia, con los
conocimientos necesarios en el campo especifico, la realizacion de un acta de
constataciónsobreeldispositivodesdedondefueronremitidosyrecepcionadoslos
mensajesquesequieranutilizarenjuicio.
Como regla general, el fedatario procederá a transcribir esos mensajes a la
correspondienteacta,indicandolaexistenciadelosmismos,lasfechasyhorarios
del intercambio, contenido de los mensajes, desde que número de teléfono se
remitieron, el modelo del dispositivo, su código de fabricación, marca, IMEI,
identidadpresuntadeaquienfuedirigidoelintercambio,entreotrascuestionesque
podráverificaratravésdeloqueselogra“visualizar”.
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La doctrina especializada agrega que, dejando de lado las obvias limitaciones
económicas para contar con este tipo de prueba, es necesario tomar ciertos
recaudosparaquedichaactaseaunmediodepruebaválido.Serecomiendaseguir
yhacerdetallaralnotariolospasosmínimosprevistosporlainformáticaforense,
que son: 1. adquisición; 2. preservación; 3. obtención, y 4. presentación. Y para
procurar esto, como complemento, será necesario el informe de un perito en
informática forense, conforme el acta notarial puede incluir un acta técnica o
informedelexpertopresenteenelactodeconstatación,quecontengalossiguientes
datos: datos filiatorios del investigador, identificación de losmediosmagnéticos
examinados, identificación de la plataforma empleada para la obtención de la
evidencia (hardware y software), explicación sucinta del procedimiento técnico
realizado,nombredelarchivodedestino,algoritmodeautenticacióny resultado
(hash).Sisetrataradeundiscorígidoextraídodeunacomputadora,esnecesario
quequedeconstanciadelosvalores“rtc”ylacomparaciónconeltiemporeal.[50]
Asimismo,yconelobjetodeluegocomplementarconlacorrespondientepruebade
informes,sepodríadejarasentadoenelactadeconstatación,aquecompañíade
telefoníamóvilperteneceelnumerodelacontraparte.Porejemplo,almanifestarse
quesehallamado,enpresenciadel fedatario,alteléfonoXXXyquelaoperadora
señalo a través de la frase “Destino Movistar” que el número de teléfono se
encuentraregistradoenesaprestadora.
Aquíprocuraremosunindiciofuertedequeelnumerodelíneamóvilvinculadoala
cuenta de usuario de WhatsApp, se encuentre registrado en una determinada
compañía,siendoqueluego,atravésdelapruebadeinformes,solicitaremosselibre
oficioadichaentidadafindequeestablezcasilalíneapertenecealapartecontraria
quehizolasvecesdeinterlocutorenlosmensajesinsertadosalpleito.
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Dicho lo anterior, destacamos como punto importante, que el escribano dará fe
sobre lo que tiene a su vista y no así sobre la autenticidad de los mensajes
intercambiados.
A4)Aportareldispositivodondeseencuentraelintercambiocomunicacional.
Esdevitalimportancia,conelobjetodeconservaryprotegerlapruebaporlacual
uno intente valerse, el acto de aportar el dispositivo móvil como instrumental
conjuntamenteconsuselementosdecargaytodootrocomplementonecesariopara
suuso.
Incorporando este fundamental elemento al proceso desde el inicio, facilitará la
tareadelperitoque irremediablementerequeriráeldispositivoparapracticar la
correspondientepericiay,consecuentemente,presentarsudictamen.Otambiénen
el caso de solicitarse un reconocimiento judicial, como veremos en los acápites
siguientes.
Enestoscasossedeberánindicarladescripcióncompletadeldispositivo(marca,
modelo,numerodeserial,IMEI,entreotras).
A5)Documentaciónenpoderdelademanda.
Aunquedepocaviabilidadenelprocesocivil,vislumbramosquemuchasvecesse
solicitaelefectivosecuestrodeldispositivodelacontrapartequeintervinoenlas
comunicacionesgeneradasatravésdelaplataforma,conelobjetodedemostrarla
concurrenciadelosmensajesacaecidos.
Porlogeneral,atentoalasconsecuenciasqueconcederestamedidaimplicaparala
partedemandada(privarlaporuntiempoindeterminadodeunelementoesencial
paralacomunicaciónpersonalquebienpuedeserutilizadocomoherramientade
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trabajoydesustentoparalafamilia),losmagistradosnosonproclivesaconceder
estapetición.
Ahora bien, el articulo 388 del Codigo Procesal Civil y Comercial de la Nación,
estableceexpresamenteque,sieldocumentoseencontrareenpoderdeunadelas
partes,seleintimarásupresentaciónenelplazoqueeljuezdetermine.Cuandopor
otros elementos de juicio resultare manifiestamente verosímil su existencia y
contenido,lanegativaapresentarlo,constituiráunapresunciónensucontra.
Enefecto,elartículoseñalaquecuandolapruebaqueseofreceesdenunciadacomo
obranteenpoderdelacontraria,seleintimaráaéstasupresentaciónenelplazo
queeljuezseñale,yenelcasodequenoseprocedaacumplirconestamanda,puede
generarse unapresunción en su contra, siempreque la ausencia de lamisma se
condigaconlasotrasprobanzasgeneradasporeldenunciante.
Elquetieneensupoder lapruebade laverdadyserehúsaasuministrarlaa los
jueces,diceCouture,“lohaceporsucuentayriesgo.Comolitigante,éleslibrede
entregaronoesaspruebas,comoeslibredecompareceronoadefenderseenel
juiciooaabsolverposiciones.Sólosucedequesinolohace,laleysuponequecarece
derazónypuedepasarseporlasmanifestacionesdeladversario.Silasafirmaciones
delcontrariosonfalsas,élpuedeconcurrirconsudeclaraciónoconsusdocumentos
adesvirtuarlas;sinolohace,lomenosquesepuedesuponeresquelaverdadolos
documentosnolefavorecen.[51]
ComobienestablecePalacio,esenlaoportunidaddelfallofinalcuandoeljuezdebe
apreciar el alcance de la negativa, pero para que ésta constituya presunción en
contradelrequeridonobastanloselementosdejuicioinicialmenteaportadospor
elinteresadoenlaexhibición,sinoqueserequierelaproduccióndeotraspruebas
corroborantesacercadelaexistenciayelcontenidodeldocumento.[52]
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Delanegativainfundadaapresentarlapruebarequerida,ydelanálisisdelasdemás
probanzaselaboradasporlaparteactora,sepodrágenerarunapresunciónmasen
contradelademandada,queenmayoromenormedidaincidiráeneldecisoriofinal
deljuez.
1. B)Reconocimientojudicial.
Podemos establecer que este examen judicial constituye la percepción sensorial
efectuadaporelorganismojurisdiccionalsobredeterminadoslugaresopersonas,
conelfindeprocurarunavaloracióndirectasobrelosmismos.
Enefecto,elmismovalorprobatoriodedocumentopúblicotendránlasdiligencias
de constancia realizadas en el propio órgano a petición de los interesados
consolidandoladenominadafepúblicajudicial.
Estapruebaseproduciráatravésdeunexamendirectoalsoporteelectrónicoenel
queseencuentralapruebaelectrónica.
Esasíqueseexaminaráelcontenidodelpropiodispositivoelectrónicoaportadopor
una las partes, pudiéndose acceder a su contenido a través del medio técnico
apropiado.[53]
Segúnhaseñaladoladoctrina,atravésdeestemedioeljuezpodrápercibirconsus
propios sentidos mensajes de datos, contenidos de páginas web, ver imágenes,
percibirsonidosyobservartodoslosfenómenosmultimediaparaincorporarlosal
expediente.[54]Y en igual sintonía, la constatación directa de documentos
electrónicoshasidoconsagradajurisprudencialmente.[55]
Coincidimos con Quadri, en que creemos que una de las pruebas que
específicamente debería utilizarse en caso de pretender constatarse contenidos
propios de los documentos electrónicos es el reconocimiento judicial, efectuado
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personalmenteporeljuzgadoryconasistenciadeunprofesionalidóneo,puespone
aljuezencontactodirectoypersonalconlainformación;es,justamente,elprincipio
deinmediaciónelquenosinclinaporestaidea,porsobreladelapericialclásica.El
jueztendría,asuvista,loscontenidoscuyaexistenciasequiereacreditar.Eincluso
podría documentar lo actuado de algún medio más ilustrativo que la mera
confección del acta (quizás completar el acta con impresiones o capturas de
pantalla).[56]
Consideramos a estemedio de prueba como idóneo para incorporar al juicio la
prueba digital, siendo que a través del mismo se corroborará esencialmente la
existenciadelosmensajes,laidentificacióndequienesparticiparonelintercambio
yhastaelcontenidodedichasmisivasenelcasodesersolicitadoyadmitido,pero
aclaramos que aquí tampoco se podrá corroborar su integridad, conforme bien
podríanhabersidomodificadosconanterioridadaqueeldispositivofuepuestoa
disposicióndelorganismojurisdiccional.
Aresumidascuentas,yyendonuevamentealapraxisprofesional,seráelsecretario
delórganoquiendeberá“levantar”actadelcontenidodelosmensajesdeWhatsApp
invocados y aportados por las partes a través de sus dispositivos, para luego
procederasutranscripción,estableciendodeestaformalasidentidadesquefiguren
endichosmensajes,losnúmerosdeteléfonosasociados,asícomolascaracterísticas
identificatoriasdelodelosdispositivosmóvilesutilizadosalmomentodeefectuar
lainspecciónocular,entreotrasconsideraciones.
1. C)Pruebatestimonial
Eltestimonioesunmediodepruebaqueconsisteenladeclaraciónrepresentativa
queunapersona,quenoesparteenelprocesoenqueseaduce,haceaunjuez,con
finesprocesales,sobreloquesaberespectoaunhechodecualquiernaturaleza.[57]
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Es así que el testigo podrá declarar acerca de los hechos que hubiera tenido
conocimientodemaneradirectaoatravésdealgúnsentido
Estemediodepruebasematerializaráatravésdelinterrogatoriohacialostestigos
ofrecidosoportunamente,medianteelcual,enelcasoespecifico,sepodráprocurar
generarunamayorpresuncióndeautenticidadsobrelapruebaelectrónica.Endicho
interrogatorio, el testigo podrá declarar sobre la existencia de los mensajes
intercambiadosylosinterlocutoresqueparticiparon,ydichaexposicióndeberáser
valoradajudicialmentedependiendodeloconvincentequelamismaseaenrazón
desusdichos.
Noobstante,larelatividadyeldesprestigiodelapruebatestimonial,esimposible
prescindirdesuempleo,todavezqueendiversasocasioneseselmétodoidóneoy
contundenteparaacreditarlosextremosdelaacciónodelasexcepcioneshechas
valer.[58]
1. D)Pruebadeinformes.
La prueba de informes es el medio de aportar al proceso datos sobre hechos
concretos, claramente individualizados y controvertidos, que resulten de la
documentación,archivosoregistroscontablesdetercerosodelaspartes.[59]
Dentrodelcampodelapruebainformática,revisteesencialimportanciayaque,a
travésdelamisma,sepodrárequeririnformaciónaunapersonajurídicaacercade
determinadoseventossuscitadosenunecosistemainformático.
Estaesunapruebaqueserviráenmuchoscasosparalaconfirmación,ampliacióno
complementoderesultadosenmateriapericialesodeotrosmediosdeprueba.
Sepodrápedirdichotipodepruebasacualquierenteconpersonalidadjurídicaque
posea información actualizada o archivada de eventos informáticos. Los
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proveedoresdeserviciodealojamientouhospedajewebyderegistrodedominio
deInternetconocendatosimportantessobrelatitularidaddedominios.Laprueba
puede promoverse para que se suministre información de clientes usuarios,
administradoresrelacionadosconelsitioosistema.Estaesunapruebaqueservirá
enmuchoscasosparalaconfirmación,ampliaciónocomplementoderesultadosen
materiapericialesodeotrosmediosdeprueba.[60]
EsasíquealproducirselaimpugnacióndeunmensajedeWhatsApp,lapartepodra
solicitarlealorganismojurisdiccionalqueselibreunrequerimientoalaempresa
titularde laplataformao,en formacomplementaria,alprestadordeserviciosde
comunicaciones, para que indique determinadas circunstancias necesarias para
acreditarlaverosimilituddelintercambioysusautores.
Trataremosestemedioa travésdeuna subdivisión, la solicitudde informesa la
empresa titular de la plataforma, por un lado, y por el otro, a las compañías
prestadorasdeserviciosdetelecomunicacionesmóvileslocales.
D1)CartarogatoriainternacionalaWhatsAppInc.
Pormediodeesterequerimiento,decretadoasolicituddeparte,seprocuraráque
WhatsAppInc.emitauninformecircunstanciadomedianteelcualseestablezcanlos
antecedentesexistentesensusservidoresacercadeun intercambiodemensajes
establecido entre dos cuentas de usuario. Es así que se procurara lograr la
intervencióndelaplataformademensajescomoterceroquecertifiqueelcontenido
delaconversacióninvocada,conelobjetodeincorporardichoinformecomoprueba
enelpleitojudicial.
Pero, sin embargo, nos encontraríamos convariasproblemáticas almomentode
intentarpracticarestadiligencia,quedesdeyadesaconsejamos.
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Enprimerlugar,recordamosquelaaplicaciónWhatsAppperteneceaFacebookInc.
desdeelaño2014,comobienseaclaróenelacápitesegundodeestetrabajo,siendo
queessubsidiariadeFacebook,peroindependientelegalmente.
Ahora bien, es necesario aclarar que a la fecha de escribirse estas palabras,
WhatsAppInc.oFacebook.Inc.noexistenenlaArgentinaoficinaslegaleslocalesde
estascompañías,porloqueladiligenciadeberápracticarsenecesariamenteenel
exterior(FacebooktienesusedelegalparaArgentinaenIrlanda).
Enestecasonecesitaremosrecurriraunexhortoocartarogatoria internacional.
Podemos definirlo como el encargo de un juez a su similar extranjero o a una
autoridadcentralolaautoridaddiplomáticaafindesolicitaraquerealiceunacto
judicialdeprocedimientoosustanciaciónoparaobteneruninformedeinterésde
lajusticia.[61]
Paracanalizarestacartarogatoria internacionalesnecesariorecurrira loquese
denominaTratadodeAyudaLegalMutuaentreelpaísdondeseprodujoelhecho
controvertidojudicialmente,yenelqueseencuentralainformaciónpertinentey
necesariaparadilucidarelconflicto.
Aresumidascuentas,eljuezlocaldeberáenviardichacartarogatoriainternacional,
atravésdelaCancilleriadelaNación,alsuparextranjeroquetengalacompetencia
necesaria para entender sobre la cuestión, en el territorio donde se encuentre
radicadalaoficinadelegalesdelaempresatitulardelaplataforma.
Eljuezexhortadorevisaralaprocedenciadelrequerimiento,ydeteneracogimiento
favorablementesolicitaráalaempresaparaqueloresponda.
Estarepuestaalasolicitudretornaraporlamismavíaalexpedientejudiciallocal
desdeelcualseoriginóelpedidodeinformación,destacandoqueesteprocesoyla
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obtención de la correspondiente respuesta, implica una gran demora en lo que
respectaatiemposprocesales.
En segundo lugar, aclaramos que la empresa oficiada no brindará información
respectoalcontenidodelosmensajes,enatenciónalcifradoend–to–endexistente,
comoseexplicoenelapartadotercero,enrazóndequelainformaciónacercadel
contenido de losmensajes, no se encuentra almacenada en los servidores de la
empresa,ysoloexistenenlosdispositivosdelosinvolucrados.
Endefinitiva,laaplicaciónnotendráaccesoalosmismos,tampocosiselopidenlas
autoridadesyensunotaoficialafirmanquenomantienenregistrodelosmensajes
ensuspropiosservidoresyqueel findelcifradodeextremoaextremosebusca
protegerlo“manosindebidas”.[62]
D2)Oficiodeinformesalascompañíasdetelefoníamóvillocal.
Comodijimosenelapartadocorrespondiente,lascuentasdeusuariodeWhatsApp
seencuentranenlazadasaunnúmerode teléfonomóvilyaun IMEI, siendoque
necesariamenteparaoperarcon laplataforma,estedispositivodebeencontrarse
registradoenalgunaoperadoradetelefoníamóvil(yaseacomoclienteprepagoo
pospago).
En razón de lo dicho, vemos factible la posibilidad de que se solicite oficio de
informesatodaslascompañíastelefónicashabilitadas(siesquesedesconoceala
cualperteneceeldispositivodelacontraria),afindequeseestablezca,porejemplo,
quedeterminadapersonaestitulardelalíneaXXXvinculadaalacuentadeusuario
de WhatsApp. Luego podremos vincular la línea a la cuenta de usuario de la
contraria,atravésdeotrosmediosdepruebaqueanalizamosyporanalizarse.
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Estooriginaraunapresunción,nodegranpeso,peropresunción,enfin,dequeel
receptor–y/oemisor-delosmensajesinvocadoscomoprueba,fueefectivamente
lapartetraídaajuicio.
Recordamosasimismoqueestapruebapuedesercomplementariaalatratadaenel
puntoA-3.
1. E)Pruebapericialinformática.
Podemosdefinirlapruebapericialcomoaquellaqueessuministradaporterceros
que, a raíz de un encargo judicial, y fundados en los conocimientos científicos,
artísticos o prácticos que poseen, comunican al juez las comprobaciones, las
opinionesolasdeduccionesextraídasdeloshechossometidosasudictamen.[63]
La prueba pericial, se utiliza a partir de la base de que el juez es un técnico en
derecho,perocarecegeneralmentedeconocimientossobreotrascienciasysobre
cuestiones de arte, técnica, mecánica o numerosas actividades prácticas que
requierenestudiosespecializadosolargaexperiencia.[64]
Esteseráelmedioprobatorioporexcelenciaparacanalizarlapruebainformáticaal
procesoyasísehasostenidojurisprudencialmente.[65]
Ahorabien,lafinalidaddelaaportacióndepruebaselectrónicasmedianteinforme
pericialinformáticoesgarantizarenelprocesojudiciallaoriginalidad,autenticidad
eintegridaddelainformacióndigitalquesepresentecomopruebadigital.Porlo
tanto,estaopciónseráútilenaquelloscasosenlosqueexistaungranvolumende
datoseinformaciónaanalizar,comopuedesereldiscodurodeunordenador,obien
cuandolapruebaelectrónicaeslaprincipal,oinclusolaúnicadisponible,yexisten
facilidades (y dudas) de manipulación, como pueden ser los mensajes de
aplicacionesmóviles.[66]
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Esasíquelosexpertoseninformáticaseránlosencargadosdeanalizarlaevidencia
electrónicaquelaspartesaportenalproceso.[67]
Heaquídondeingresaalentramadoprocesal,eldenominado“peritoinformático”,
cuya función consiste en el análisis de los componentes informáticos
proporcionados por las partes, en busca de aquellos elementos que puedan
constituir prueba o indicio útil que permitan dilucidar el marco conflictivo del
proceso,alcualhasidoefectivamentedesignado.
En cuanto a los recaudos de la pericia, lamisma deberá contener la explicación
detalladadelasoperacionestécnicasrealizadasydelosprincipioscientíficosenque
sefunde(art.472,CPCCN);ladoctrinaseñalaquelosdeberesimpuestosalperito
implican:1.descripciónclarayprecisadelugaresyoportunidadesderecolección
de la prueba; 2. de ser necesaria descripción, con documentación fotográfica y
planimétricade los locales inspeccionadosy laubicación físicade los lugaresde
acceso a la prueba; 3. descripción exhaustiva de los equipos informáticos
involucrados en la tarea, en lo posible con sus especificaciones técnicas; 4.
descripción exhaustiva de los programas utilizados para realizar la tarea; 5.
explicación detallada de las relaciones detectadas entre los componentes
descriptos;6.elementosentregadosalexpertoporpartedeltribunalpararealizar
lapericial;7.siestoselementossonentregadossinlacorrespondientecadenade
custodia, dicha circunstancia sedebe indicardemaneraexplícita, paradeslindar
responsabilidadesporpartedelexperto.[68]
Pues bien, en el caso demensajes canalizados víaWhatsApp, la tarea del perito
informático, en lo especifico radicara, en el análisis del terminal de telefonía
suministradoporlaspartes,ysufinalidadseráenprimerlugardeterminarqueel
contenido almacenado en formato electrónico en elmismono ha sido objeto de
alteración o manipulación (autenticidad e integridad), y en segundo lugar, por
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poseer los conocimientos pertinentes en la materia, emitir dictamen sobre los
“hechosocircunstanciasrelevantesenelasuntooadquirircertezasobreellos”.[69]
En la practica pericial, se utilizan dosmetodologías de obtención de estos datos
electrónicossobrelosdispositivosquelaspartesponenadisposición.
Laprimeradeestas,esatravésdeunprocesodeborrado,descargayreinstalación
de la aplicación, forzando a que se produzca la restauración de los datos que
WhatsAppguardaenlanube,loqueconsecuentementeimportaralosmensajesque
son “backupeados” a diario por la plataforma (generalmente en una cuenta de
GoogleDrive).
La segunda, se traduce en lo que se denomina “volcado forense de
memoria”[70]paraefectuarunanálisisdelosarchivosinsertoseneldispositivo.
Estaprácticaesmáscomplejayrequierelatomadediversosrecaudos.
Enprimer lugar,seránecesarioestablecer lacadenadecustodiaconelobjetode
conservarlasevidenciasdigitalesquesepuedanderivardelosdatoselectrónicos
insertosenlasterminalesymedianteloscualesseintenteaportarpruebaaljuicio.
Sedeberáprocederaestablecerciertainformacióncomoporejemploeldetalleque
hagaelperitosobrelosmétodos,programas,hardwareyotroselementosutilizados
almomentodepracticarselapericiainformática,temaqueserátratadoinextenso
enelacápitecorrespondiente.
Ensegundolugar,esnecesarioefectuarcopiasforensesexactasdelainformación
acumulada,certificadasatravésdeuncódigoalfanuméricodedichainformación(el
denominado hash, que vendría a ser el ADNdel archivo o conjunto de estos, ya
tratado).
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Medianteelusodeesascopiasexactasdeldocumentoelectrónico,elperitoevitara
modificarodañarelarchivooriginal,enelcasodeocurrirseunacomplicaciónal
momentoderealizarsulaborprofesional.
Comotercerpaso,seprocederáaefectuarelcorrespondientevolcadoforensedela
memoria del dispositivo que se perita, y utilizandodiversos softwares de índole
técnica, realizara una extracción los datos electronicos conforme los registros
SQLite que pudieran haber sido eliminados culposa o dolosamente, subsistirán
indemnesenlabasededatosdelterminal.
Finalizadoloanterioryantesdeelaborarelcorrespondientedictamentécnico,el
peritonuevamenteefectúaunavalidaciónhashdelarchivoperitado.Ensuma,silos
códigos coinciden, se puede aseverar que la prueba electrónica analizada se
mantuvoinalteradadurantelacompletarealizacióndelapericia.
Con relación a los puntos de pericia, se podría solicitar al perito algunos de los
siguientes(enrelaciónaldispositivoaportadoporlanuestrorepresentado):
• IndicaraquelíneaseencuentravinculadoeldispositivoXXXaportadoporestaparte.
• IndicarelIMEIquereportaeldispositivoXXXaportadoporestaparte.• Determine si la cuenta de WhatsApp inserta en ese dispositivo se
encuentravinculadaalalíneatelefónicaXXXX• Determine si con fecha XXX se produjo un intercambio demensajes a
travésdeWhatsAppentreelmóvilnumeroXXXyelmóvilnumeroXXX• Transcribaelcontenidodelosmensajesintercambiadosestableciendolos
horarios exactos en que se produjeron y diferenciando cuales fueronemitidosyrecepcionadosporestaparteyporlacontraria,conformelosdatosextraídosdeldispositivo.
• Determinelaintegridaddelosmensajesintercambiados.• Establezca específicamente que mensajes fueron efectivamente
visualizados(medianteel“tildeazul”)porlapartecontraria,conformelosdatosextraídosdeldispositivo.
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Enrazóndelosostenido,podemosestablecerquelapruebapericialinformáticaes
la más, idónea cuando se trata de determinar la autenticidad de un documento
electrónicodesconocidooimpugnado.[71]
XI.LosmensajesdeWhatsAppcomopruebaindiciaria.Elprincipiodelibertad
probatoria.
WhatsAppcomomediodecomunicaciónentrepersonas,brindadatoseinformación
denaturalezaprobatoriaque,comovimosanteriormente,bienpuedeutilizarsepara
probarlaocurrenciaonodehechosoactosquefuerancontrovertidosenjuicio.Pero
reconocemos que, esencialmente, se constituye primariamente como prueba
indiciaria,quebienalbergalaposibilidaddetenerelcarácterdeunivocidadsegún
conlacantidadyprimordialmentelacalidaddelmaterialprobatorioquefaciliten
laspartesdentrodelpleito.
Conceptualizamos a la prueba indiciaria como aquella que permite tener por
acreditados determinados hechos, en elmarco de un proceso judicial, sobre los
cualesnoexisteunapruebadirecta, siendoque,apartirdeconsiderarprobados
otroshechosconexosyacumulados,selograrevestirdecertezaalhechoprincipal
queseintentaprobar.
Es así que cuando intentamos valernos de esta fuente probatoria, es necesario
aferrarnos al principio de libertad probatoria, considerándolo como el principio
procesal que exterioriza en el procedimiento, la posibilidad de utilizar cualquier
mediodepruebanoprohibidoexplícitamentepor la leyoque fueraobtenidoen
formailícita.
Conforme lo dicho, queremos esclarecer que no existe unmedio de prueba que
puedaotorgarplenacertezaalosmensajesintercambiadosvíaWhatsApp,salvoel
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reconocimientoexpresodeeseintercambioysucontenido,efectuadoporlaparte
contraria,otácito,antelafaltadeimpugnacióndedichadocumental.
Aresumidascuentas,siqueremosvalernosdeestafuenteprobatoriaesnecesario
acreditarlamediantelautilizacióndevariosmediosdepruebaenformaconjuntay
acumulativa; por ejemplo, aportación del dispositivo en el que se encuentre la
conversación,pruebapericialinformática,pruebadeinformesalascompañíasde
telefoníacelular,actadeconstatacióncorrectamentelabradapornotariopúblico,
pruebatestimonial,entreotrasyainvocadasutsupra.
Para finalizar este acápite, podemos sostener que aquellas conversaciones
intercambiadasvíamensajesdeWhatsApp,adquiriránplenovalorprobatoriocomo
elementodeprueba,cuandoselograestablecersuficientecertezaeneljuzgadora
travésdelconjuntoyacumulacióndemediosprobatoriosofrecidosyproducidos
oportunamente para establecer la correspondiente veracidad, autenticidad e
integridaddedichascomunicaciones.
XII.Cargaprobatoriaeimpugnación.
Hemosestablecidooportunamentequelaprincipalconsecuenciaparaestablecerel
valor probatorio de los documentos electrónicos radica en que si losmismos se
encuentransuscriptosatravésdeunafirmadigitalodeunafirmaelectrónica.
Sifueraelprimercaso,yestaríamosantelaexistenciadeunafirmadigital,entonces
existirá una presunción iuris tantum acerca de la autoría de ese documento
electrónico, conforme cuenta a su favor con las presunciones de integridad y de
autoría,segúnlodispuestopor losArtículos7°y8°de laLey25.506,yporende
partendelacondiciónde“norepudio”.
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Encambio,siestamosfrenteaunafirmaelectrónica,noexistenestaspresunciones
siendoque,enelcasodeserdesconocidalafirmaporsutitular,correspondeaquien
lainvocaacreditarsuvalidez.LodichosefundamentaenquesegúnelArtículo5°de
laley25.506,lafirmaelectrónicacarecedelasfacultadesconsagradasparalafirma
digital.
Pasandoalcampodelosserviciosdemensajeríainstantánea,hemosaclaradoque
los mensajes por WhatsApp poseen una firma electrónica a través de la
identificaciónde suautorque seefectúamedianteelnúmerode teléfonoque se
encuentraregistradoalacuentausuariodeWhatsAppyligadoalrespectivoIMEI
delaunidad.
Deahíquelaimpugnacióndelaautenticidaddecualquieradeesasconversaciones,
desplaza la carga de la prueba hacia la parte quien pretende aprovechar su
idoneidad probatoria. Será indispensable en tal caso la práctica de una prueba
pericialqueidentifiqueelverdaderoorigendeesacomunicación,laidentidaddelos
interlocutoresy,enfin,laintegridaddesucontenido.”[72]
Yenelcasodeproducirseunaimpugnación,eljuezdeberáejercersuapreciación
teniendocomonorte,enprimerlugar,loselementosyfundamentosesbozadospor
laparteimpugnante,yensegundolugar, lasprobanzasvinculadas,acumuladasy
relativasalosmensajesquepretendesserprobados.
Todoconformeelcarácterdepruebaindiciariaquetieneesteelementoprobatorio,
en razón de lo esbozado en el acápite anterior, debiéndose confrontar la
conversación de WhatsApp con otras pruebas y con las posturas de las partes
implicadas.
XIII.Cadenadecustodia.
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Llamamoscadenadecustodiaalprocedimiento,oportunamentedocumentado,que
permiteconstatarlaidentidad,integridadyautenticidaddelosvestigiosoindicios
de un hecho relevante para el asunto, desde que son encontrados hasta que se
aportanalprocesocomopruebas.[73]
Segúnladoctrinaespecializada,loscuatroprincipiosbásicosparaelresguardode
lacadenadecustodiason:(i)eldeinalterabilidaddelainformación;(ii)eldeaptitud
técnicadequienllevaráadelantelosactos;(iii)eldedocumentacióndelproceso,y
(iv)eldecumplimientodelasnormasaplicables.[74]
Respecto a las buenas practicas necesarias para el aseguramiento de la prueba
informática,Ennuestradoctrinanacional,Vaninettirecomienda:
1)Plasmartodoelprocedimientoenunactayantelapresenciadetestigos.
2)Emplearguantes.
3)Fotografiarellugarofilmartodosloselementos.
4)Enumerarloselementosinformáticosdisponibles,tantodehardwarecomode
software.
5)Catalogartodosloselementosutilizandounaplanilladeregistrodelhardware.
6)Autenticaryduplicarlapruebamediantelarealizacióndeunacopiacompletade
todalainformaciónasentadaenlaunidadinformáticasujetaapericia.
7) Resguardar adecuadamente todo el material que se secuestre, en bolsas
antiestáticasdebidamenteintervenidasporquienesparticipendelamedida.[75]
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Ahorabien,enestesentido,debemosmanifestarquelaseguridadylapreservación
de la cadena de custodia de WhatsApp presenta fragilidad , dado que es
técnicamente imposibledemostrar laautenticidade integridaddeunmensajede
WhatsAppdebidoavulnerabilidadesdeseguridadde lapropiaaplicación, loque
imposibilita acreditar la cadena de custodia , y ello por cuanto estos mensajes
puedeneditarsesindejarningúnrastrodedichaedición,einclusosuprimirse(se
puedencopiar,pegaryeliminarelcontenidosegúnlosinteresesdelusuario).[76]
Esasíquevemosdevitalimportanciaelhechodeprotegerlacadenadecustodia,
quenosproporcionara información sumamente relevante, como, por ejemplo: el
lugardedondeseretiralainformación,lahoradelaextracción,yporquiénespasó
hasta llegar a las manos del organismo jurisdiccional en el caso de prueba
preconstituida;oeldetallequehagaelperito(yadentrodelmarcodeunproceso
judicial) de los métodos, programas, hardware y otros elementos utilizados al
momentodepracticarselapericiainformática.
Desacatamosquelacadenadecustodianuncavaagarantizarlanoalterabilidadde
lapruebaelectrónica,perosíenquémomentofueadulteradayporquiénenelcaso
desucederseestacircunstancia.
XIV.FalsedadymanipulacionesdelosmensajesvíaWhatsApp.
Aunque hemos tratado esta cuestión brevemente en los puntos anteriores del
presentetrabajo,intentaremoshacerénfasisaquísobrelaproblemáticaqueimpone
lasmanipulacionesquesepuedendarsobreestaprueba,partiendodeunabase,
cualquierusuariode laplataformapuedeborrar losmensajes intercambiadosen
formabidireccional conotro interlocutor, previamente a incorporar lapruebaal
expedientejudicial.
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Enelderechocomparadosehaestablecidoquelaposibilidaddeunamanipulación
delosarchivosdigitalesmediantelosquesematerializaeseintercambiodeideas,
formapartedelarealidaddelascosas.Elanonimatoqueautorizantalessistemasy
lalibrecreacióndecuentasconunaidentidadfingida,hacenperfectamenteposible
aparentarunacomunicaciónenlaqueunúnicousuarioserelacionaconsigomismo.
Deahíquelaimpugnacióndelaautenticidaddecualquieradeesasconversaciones…
desplaza la carga de la prueba hacia quien pretende aprovechar su idoneidad
probatoria.[77]
Es así que podría sucederse el caso de un trabajador que desea incriminar a su
empleador (por ejemplo, con el afán de generar una situaciónde despido). Para
procuraresto,agendaensuterminalpropio,alnúmerodelineadeundispositivo-
pertenecientealgún familiaroamigo-bajoelnombredeestapersonaquedesea
incriminar,ycolocaunaimagendeperfil,enesacuentafalsa,quesecondigaconla
realaparienciadesuempleador.Actoseguido,lesolicitaasufamiliaroamigoque
le envié mensajes injuriantes y procede a realizar capturas de pantalla de esta
circunstancia,que luegoutilizaraenelproceso judicialcomopruebadocumental
conelobjetodeconseguirunreditoasufavor.
XV.ValoracióndelapruebainformáticaenelcasodemensajesporWhatsApp.
Conformeloesbozado,paraqueelmagistradopuedarealizarunaintegravaloración
deestaprueba,fluyeconnitidezenprimerlugarquelamismatengaunarelación
directaoindirectaconelhechocontrovertidoobjetodelpleito,siendoqueunavez
admitida,deberánaplicarselasreglasdelasanacríticaracionalparadeterminarsu
autenticidad,integridad,veracidadylicitud,decómofueobtenidaenelcasodeser
pruebapreconstituida,atravésdeunaapreciaciónintegradelosmediosdeprueba
producidosporlaspartesparaestablecerlanecesariaconvicción.Esdecir,conel
restodepruebaspracticadas, teniendoencuenta laposturade laspartesante la
produccióndedichaspruebas.
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Se ha afirmado que lo informático debía ser entendido como un indiciomás en
concordanciayconfluenciadeotros…debeexistirademás“unarelacióndecerteza
directaentreelhechoinvestigadoylosindicios;severificópluralidaddeindicios
contingentes,apuntodeconvertirseendeterminantes;éstosresultaronverdaderos
ynosecontradijeronconotraspruebas;y—finalmente—searribóapartirdeellos
aunaconclusiónlibrededudas.[78]
Enelcasoqueelorganismojurisdiccional,pormediodeunavaloraciónintegralde
losmediosprobatoriosproducidos,entendieraquenosencontramosfrenteauna
certera una alteración del documento electrónico que invalide de pleno su
integridad,deberá,anodudarlo,denegareficaciaprobatoriaaestafuente.
Paraevitarestaconsecuenciaprocesal,enefecto,lapruebamadrequeutilizaren
estoscasosserá,efectivamente,lapericialinformáticaqueanalizamosenelpuntoX
– E, a la cual nos remitimos, siendo que deberemos ofrecerla y producirla
oportunamenteyconformealaspautasqueestablecelanormativaritual.
Dicho consultor técnico podrá establecer fehacientemente, en base a sus
conocimientos,quelosdatosextraídosdelosdispositivosaportadossonciertosy
realesyquenohansidomanipulados.
Reiteramosqueunperitoinformáticodisponedelosconocimientosyherramientas
necesariasparaextraerlasconversacionesoriginalesdeldispositivo,asícomopara
certificarymantenerlacadenadecustodiadeestaprueba.Aresumidascuentas,un
peritoinformáticoseencargade1)extraerconversacionesoriginalesdeWhatsApp
(ocualquierotraaplicación),2)certificary3)custodiarlacadenadecustodia.[79]
XVI.Conclusionesyreflexiones.
Page 45
Como sostuvimos al inicio del presente trabajo, en la actualidad y ante el
avenimiento de la tecnología, nos encontramos con que la interacción humana
confluye, engranmedida, en formadigitalya travésdediversasplataformasde
intercambioscomunicacionales.
Deestaforma,hemosasentadoque,enelcasodeWhatsApp,sesucedeuncontinuo
intercambio de información entre personas por medios de mensajes, que bien
puedenconstituirhechosconducentesyrelevantes,quepuedanllegaraserobjeto
depruebaenelmarcodeunprocesojudicial.
Nosencontramosanteunelementoprobatoriodecarácter indiciarioycomplejo,
conforme requiere de una producción conexa y acumulativa de prueba para
verificar suveracidad, integridad, autenticidady contenido, conel objetodeque
puedaprocurarformalconvicciónanteeljuez.
Perovisualizamosquenoexistenpautasarmoniosasdeadmisibilidaddeestafuente
probatoria,yasealegislativamente,antelaausenciadenormativaclaraqueregule
suofrecimientoyproducción,odesdelaperspectivadelaprácticajudicial,enrazón
deunafaltadeconocimientocerteroacercalapruebaelectrónicaysuscaracteres
propios, tantode los funcionarios judicialesquenecesitanvalorarla, comode los
abogadoslitigantesquenecesitanvalersedeella.
A través del presente trabajo, hemos intentado establecer pautas claras de
materialización,custodiayadmisibilidaddeesteelementodeprueba,queconverge
masivamenteennuestrarealidadsocial.
Consideramosoportunoynecesariotrazaruncaminodeinvestigaciónquepueda
sertomadocomopuntodepartidaparalograrunmayorconocimientosobrecómo
operalapruebaelectrónicaenlapraxisjudicialdiariaycomodebeaprovecharse,
paraprocurarlabúsquedayaproximaciónalaverdadenelprocesocivil.
Page 46
[1]SanchísCrespoCarolina.LasTecnologíasdelaInformaciónydelaComunicación
enlaAdministracióndeJusticia.AnálisissistemáticodelaLey18/2011.Editorial
ThomsonReutersAranzadi.2012.Pág.713.
[2]VANINETTI, Hugo A., “Preservación y valoración de la prueba informática e
identificacióndeIP”,LL2013-C-374.
[3]CASAS, A. El cifrado ‘end-to-end’ empleado en la mensajería. Recuperado de
http://cso.computerworld.es/tendencias/el-cifrado-endtoend-empleado-en-la-
mensajeria.
[4]PÉREZ-TOMÉ,S.M.ySÁNCHEZVALDEÓNM.CifradodeWhatsAppyaportación
de prueba. Pag. 106. Recuperado de: https://ecija.com/wp-
content/uploads/2016/09/EBOOK-Sept16PruebaElectronicagran-final.pdf
[5]FALCÓN, E.M., Tratado de derecho procesal civil y comercial, t. II, Rubinzal-
Culzoni,SantaFe,2006,p.897.
[6]GINI,S.L..Documentosydocumentoelectrónico,LaLey,Sup.Act.30/3/2010,1.
[7]B.O.18/06/2018
[8]Ley25.506.Articulo6º—Documentodigital.Seentiendepordocumentodigital
a la representación digital de actos o hechos, con independencia del soporte
utilizadoparasufijación,almacenamientooarchivo.Undocumentodigitaltambién
satisfaceelrequerimientodeescritura.
[9]Escuela Nacional de la Judicatura de República Dominicana, “Seminario
ValoracióndelaPruebaII–JurisdicciónCivil”,SantoDomingo,2002,p.45.
Page 47
[10]CámaradeApelaciones en loCivil, Comercial,Minas, dePaz yTributariade
Mendoza, 9/12/2004, “Pérez, Elizalde R. F. v. A.S.I.S.M.E.D. S.A. s/cobro pesos”,
Abeledo-Perrotnro.33/13471.
[11]En efecto, una Firma Digital es una cantidad determinada de algoritmos
matemáticos (que se genera a través de un certificado digital emitido por una
AutoridadCertificantelicenciadaporunórganopúblico)yquefuecreadautilizando
paraellounaclaveprivadaoriginadaatravésdeunmétododecifradodenominado
criptografíaasimétrica,dondeesutilizadaunaclavepúblicaparaverificarquedicha
FirmaDigitalfuerealmentegeneradautilizandolaclaveprivadacorrespondientea
lapersonatitulardelcertificadodigital,siendo lamisma insertaaundocumento
digital (donde queda plasmada la voluntad del signatario) revistiéndolo de la
correspondientevalidezjurídica.
Elalgoritmoautilizarparagenerarlafirmadebefuncionardemaneratalquesin
conocerlaclaveprivadadeltitulardelcertificadoseaposibleverificarsuvalidez.A
talfin,laley25.506concibeunaInfraestructuradeFirmaDigital,bajolaórbitade
laJefaturadeGabinetedeMinistros.
[12]Ley25.506.Articulo2°–ARTICULO2º—FirmaDigital.Seentiendeporfirma
digitalalresultadodeaplicaraundocumentodigitalunprocedimientomatemático
querequiere informacióndeexclusivoconocimientodel firmante,encontrándose
éstabajosuabsolutocontrol.Lafirmadigitaldebesersusceptibledeverificación
porterceraspartes,talquedichaverificaciónsimultáneamentepermitaidentificar
al firmante y detectar cualquier alteración del documento digital posterior a su
firma.
[13]Batista, haciendo un concreto análisis, sostiene que la tesis restrictiva
fundamentasuposturaalestablecerquesolamentelafirmadigitalseequiparaala
ológrafa, y por tanto de acuerdo almosaico normativo vigente todo documento
Page 48
digitalconfirmaelectrónicadebeserconsideradocomouninstrumentoparticular
nofirmado.Encambio,latesisamplia,establecequeelCódigosecomplementacon
laLey25.506deFirmaDigitalque legislaambostiposdefirma,yporendedebe
entendersequetalesdocumentosestánefectivamentefirmados,quedandoluegoen
elanálisisparticulardelcasoconcretolamayoromenorfuerzaprobatoriadelos
subtipos de firma electrónica según la infraestructura tecnológica que tengan
detrás.BATISTA,A. ¿Están legalmente “firmadas” laspresentacioneselectrónicas
efectuadas en el Sistema de Notificaciones y Presentaciones Electrónicas de la
Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires? Publicado en elDial. 6/7/2017.
Citar:elDialDC233C
[14]GRANERO,H.R.Validez–ono-delosdocumentoselectrónicossinfirmadigital
enelCódigoCivilyComercialdelaNación.ElDial.Publicadoel25/08/2015.Citar:
elDial.com–DC1FAD
[15]La firmaelectrónica enun conceptomuchomásabarcativoqueel deFirma
Digital,resultandounarelacióndegéneroyespecieentreambasnociones.Lafirma
electrónicaconcibeunmarconormativoque leotorgavalidez jurídicaa laFirma
Digital.
[16]FERNÁNDEZDELPECH.H.Manual de derecho informático. Editorial La Ley.
2014.Pag.308.
[17]Segúnartículo9°delaley25.506.
[18] ALTMARK, D. R. y MOLINA QUIROGA, E. Tratado de Derecho Informático.
EditorialLaLey.2012.Pag.586.
[19]El IMEI (International Mobile Station Equipment Identity en inglés) es un
códigode15dígitospregrabadoporelfabricanteparaidentificarcadaequipomóvil.
Estecódigoidentificaaldispositivoanivelmundial.EstosIMEIestáncompuestos
Page 49
poruncódigodeidentificacióndemarcaymodelootorgadoalosfabricantesanivel
mundialporlaGSMA(GlobalSystemMobileAssociation).
[20]ALTMARKD.R.yMOLINAQUIROGAE.Ob.Cit..Pag.586.
[21]Id.Infojus:SU30001650,7deMarzode1988.
[22]CARBONE,C.A.,“LosmodernossoportesdecorrespondenciaenelCódigoCivil
yComercial”,LALEY10/03/2017,10/03/2017,1,CitaOnline:AR/DOC/383/2017.
[23]ConmayorrazóneneldíadehoyconlavigenciadelCódigoCivilyComercial,
enelcualelart.318disponeexpresamentea lacorrespondenciacomomediode
prueba,cualquieraseaelmedioempleadoparacrearlaotransmitirla,resultando
por ende abarcativo, tanto de la correspondencia epistolar clásica, como de los
correoselectrónicoso losmensajesdetexto,conindependenciade laplataforma
utilizada para la transmisión de los datos escritos. Grispo, Jorge Daniel,
“Correspondencia,e-mailymensajesdetextoenelnuevoCódigo”,Publicadoen:LA
LEY 13/10/2015, 13/10/2015, 1 – LA LEY 2015-E, 1243, Cita Online:
AR/DOC/2964/2015.
[24]QUADRI,G.H.,Lapruebaenelprocesocivilycomercial,t.1,Abeledo-Perrot,
BuenosAires,2011,p.17.
[25]PALACIOL.E.DerechoProcesalCivil.CuartaediciónactualizadaporCampsC.
E.AbeledoPerrot.TomoII.Pag.1554.
[26]GABET.E.A.Verificacióndelaautenticidad,integridadylicituddeldocumento
electrónico. Publicado en La Ley – DT 2016 (diciembre) – 2927. Cita Online:
AR/DOC/3755/2016.
[27]CARNELUTTI,F.“Lapruebacivil”.Ed,Depalma.1979.Pag.405.
Page 50
[28]CERVELLÓ GRANDE, J. Mª y FERNÁNDEZ, I, La prueba y el documento
electrónicoDerechodeInternet.Aranzandi.ElCano.2000.Pag.394.
[29]DEURBANOCASTRILLOE. La valoraciónde la prueba electrónica. Editorial
TirantloBlanch.2009.Pág.52.
[30]MOLINS GARCÍA ATANCE, J., Impugnación y autentificación documental, en
Diario La Ley, núm. 6143, pp. 1, prefiere la denominación “autentificación de la
pruebadocumental”porsermáscoherenteconlaterminologíaempleadaporlaLEC
-que se refiere a la autenticidad de los documentos- y en atención a la propia
tradiciónjurídicaespañola.
[31]CARRASCOMAYANS S. La alegalidad o limbo legal de la prueba electrónica.
Recuperado de https://ecija.com/wp-content/uploads/2016/09/EBOOK-
Sept16PruebaElectronicagran-final.pdf
[32]VELTANI,J.D.,yATTA,G.A.(2015).Pruebainformática:aspectosgenerales.En
C. E. Camps. Tratado de Derecho Procesal Electrónico. Pág. 563. Buenos Aires:
AbeledoPerrot.
[33]SERRADOMÍNGUEZ,M.,Elderechoalapruebaenelprocesocivilespañol,en
“EstudiosdeDerechoProbatorio”,ed.Communitas,Lima,2009,pp.180.Parauna
clasificación más amplia puede verse ARMENTA DEU, T., La prueba ilícita (un
estudiocomparado),ed.MarcialPons,2009,enelcapítulorelativoalas“causasy
clasesdeilicitudprobatoria”.
[34]MOLINA QUIROGA. E. La prueba en medios digitales. Publicado en
Microjuris.com.28-oct-2013.Cita:MJ-DOC-6479-AR|MJD6479.
[35]BUERES, A. J. (Director), “Código Civil y Comercial de la Nación”, Ed.
Hammurabi,t.I,p.271
Page 51
[36]JuzgadodeConciliacióndePrimeraNominación,Secretaría1.Autos:“Szilagyi
Cazzulani,MariaÁngelesc/BeThereArgentinaS.A.yotro.”-Ordinario–Despido–
Expedienten.°3350238ActoInterlocutorioNº90.
[37]CámaraDeApelacionesEnLoCivil,Comercial,Minas,DePazYTributarioDe
Mendoza–SalaTercera–01/06/201.A.Nº253.184/52.190–“LlopartRicardoJosé
C/LombardichLuisYOt.P/Cob.DePesos”–
[38]Cámara En Lo Civil, Comercial Y Laboral De Reconquista, Autos:
“Gregoret, Martin Y Otro C/ Bianchini, Gustavo Arturo Y Otros S/ Incidente
RescisiónProcedimiento”,Expte.Nro.59Año2016
[39]BANACLOCHEPALAO J, «La prueba en el procesopenal», dentro de la obra
«AspectosfundamentalesdelDerechoProcesalPenal»,Ed.LALEY,2.ªed.,Madrid
2011,pág.273.
[40]DELGADOMARTÍNJ.LapruebadelWhatsapp.DiarioLaLey,Nº8605,Sección
Tribuna,15deseptiembrede2015.
[41]KIELMANOVICH,J.L.Teoríadelapruebaymediosprobatorios,3ªed.,Rubinzal-
Culzoni,SantaFe,2004,p.386.
[42]Wikipedialodescribecomo“términojaponésparalosideogramasocaracteres
usadosenmensajeselectrónicosysitiosweb…Losemojissonutilizadoscomolos
emoticonos principalmente en conversaciones de texto a través de teléfonos
inteligentes”.
[43]Leiva Fernandez exceptúa de esta aseveración al Emoji que contiene la
abreviatura“OK”quepodríaentendersecomoestardeacuerdo,porquecontieneel
textoexplícitodelaexpresión;ysitieneeficaciaesporel textoynoporelgesto
inequívoco.LEIVAFERNÁNDEZ,L.F.P.¿Haymanifestacióndevoluntadcontractual
Page 52
a través de emoticonos y emojis? Publicado en La Ley. Cita Online:
AR/DOC/3103/2016.
[44]ROJASR.Lapruebadigitalenelámbitolaboral¿Sonválidoslos“pantallazos”?
Recuperadode:http://raulrojas.es/234-2/
[45]CARRASCOMAYANSS.Laalegalidadolimbolegaldelapruebaelectrónica.Ob
Cit.
[46]Bender también señala, correctamente, que en el procedimiento técnico de
firmadigitalnuncase“firma”eldocumentoelectrónicoquesepretendefirmar.Lo
quese“firma”(encriptaconlaclaveprivada)esunhashdeldocumento,locuales
equivalente a firmar el documento, justamente porque ese hash representa
inequívocamentealdocumento.Bender,A.–Beltramo,A.N.Ponenciapresentada
enelLXIIIEncuentrodeInstitutosdeDerechoComercialdelColegiodeAbogados
de la Provincia de Buenos Aires. Recuperado de https://e-
legales.blogspot.com/2016/06/titulo-lafuncion-hash-en-los-contratos.html
[47]MolinaQuirogaestableceque,conagudeza,queestealgoritmoescomúnmente
empleado para corroborar la integridad de un archivo bajado de internet,
usualmenteenlamismapáginaquesepublicaelarchivo,seencuentrasuhashMD5
paraqueunavezbajadoanuestracomputadoracomprobemosquesehayabajado
correctamente.MOLINAQUIROGAE.Documentosycomunicacioneselectrónicas:
sueficaciaprobatoriaalaluzdelCódigoCivilyComercial.LaLey.2017.CitaOnline:
AP/DOC/397/2017.
[48]BES, E.D. Pruebadigital y su inclusión en el procedimiento laboral. La Ley.
2015.CitaOnline:AP/DOC/214/2015
[49]Por ejemplo, puede verificarse en forma online a través
dehttps://md5file.com/calculatoro en forma local descargando una aplicación
Page 53
como bien puede ser MD5 & SHA Checksum Utility” mediante el sitio
http://descargar.cnet.com/MD5-SHA-Checksum-Utility/3000-2092_4-
10911445.html).
[50]BES.E.D.Pruebadigitalysuinclusiónenelprocedimientolaboral.Ob.Cit.
[51]COUTURE,E.J.EstudiosdeDerechoProcesalCivil.EditorialLaLey.2010.t.II,
p.144.
[52]PALACIO,L.E.DerechoProcesalCivil.Ob.Cit.Pág.1627.
[53]DELGADOMARTÍNJ.Lapruebadigital.Concepto,clases,aportaciónalproceso
yvaloración.DiarioLaLey,Nº6,SecciónCiberderecho,11deAbrilde2017.
[54]ORTAMARTÍNEZ, R. J., “Las pruebas en el derecho informático”, en AA.VV.,
Derecho de las nuevas tecnologías, Rico Carrillo Mariliana (coord.), La Rocca,
BuenosAires,2007,p.572.
[55]CámaraCivilyComercialdeJujuy,sala1a,30/6/2004,“S.M.yotra”,Sup.J.A.
17/11/2004;C.Nac.Com.,salaE,7/10/2010,“Canteros,LuisRobertov.Codilcom
S.A.s/ordinario”,MicrojurisMJ-JU-M-61023-AR.
[56]QUADRIG.H.Pruebaelectrónica:mediosenparticular.EnC.E.Camps.Tratado
deDerechoProcesalElectrónico.2015.AbeledoPerrot.Pag622.
[57]DEVISECHANDÍAH.Teoríageneraldelapruebajudicial,t.2,3aed.,VíctorP.
deZavalía,BuenosAires,1974,p.33
[58]CARNELUTTI. F. “Lecciones sobre el proceso Penal”. Bosch y Cia Editores.
Pag.504.
Page 54
[59]ARAZIR.Lapruebaenelprocesocivil.Rubinzal–Culzoni,2008.p.429.
[60]ORTAMARTÍNEZ,R.J.,“Laspruebasenelderechoinformático”,Ob.Cit.,p.573.
[61]FEUILLADE, M. C. Cooperación jurisdiccional civil de primer grado:
tratamientodelosexhortosocartasrogatorias.2010.PrudentiaIuris,68-69,185-
246. Recuperado de
http://bibliotecadigital.uca.edu.ar/repositorio/revistas/cooperacion-
jurisdiccional-civil-primer-grado.pdf
[62]MOLINA PEREZ TOME. S. – SANCHEZ VALDEONM. Cifrado deWhatsapp y
aportacióndeprueba.Ob.Cit.
[63]PALACIOL.E.DerechoProcesalCivil.Ob.Cit..Pág.1819.
[64]DEVISECHANDÍA,H.Teoríageneraldelapruebajudicial,t.2,3aed.,VíctorP.
deZavalía,BuenosAires,1974,p.292.
[65]Así, ha sostenido la jurisprudencia que la pericial informática es prueba
fundamentalencuestionesquerevistencomplejidadtécnica.C.Civ.yCom.Azul,sala
I,19/2/2010,“H.,G.L.yotrov.Z.,C.yotros”,Abeledo-Perrotnro.70065501;CApel.
enloCivil,ComercialyLaboraldeRafaela,21/6/2011,“P.,L.L.yotrov.T.,R.”,voto
delamayoría,LLAR/JUR/40859/2011.
[66]ROJASR.Lapruebadigitalenelámbitolaboral…Ob.Cit.
[67]DESÁBATO,G.J.“LaincidenciadelaaltatecnologíaenelDerechoalaIntimidad
delosConsumidoresBancarios.Lapruebacientífica”,DJ31/10/2012,1.
[68]DARAHUGE,M.E.–ARELLANOGONZÁLEZ,LE.,ManualdepracticaforenseIII.
Errepar.p.69.
Page 55
[69]MORALESVÁLLEZ,C.LavalidezprobatoriadelWhatsAppysuincorporación
al procedimiento. Recuperado de: http://ala.org.es/la-validez-probatoria-del-
whatsapp-y-su-incorporacion-al-procedimiento/
[70]Eninformática,unvolcadodememoria(eningléscoredumpomemorydump)
es un registro no estructurado del contenido de la memoria en un momento
concreto,generalmenteutilizadoparadepurarunprogramaqueha finalizadosu
ejecuciónincorrectamente.
[71]RICOCARRILLO,M.“Funciónprocesalprobatoriadeldocumentoelectrónico”
enAA.VV.DerechodeInternet&&Telecomunicaciones,Bogotá,Legis,2003,vol.1,
p.221.
[72]PICÓNRODRÍGUEZ,E.¿PorquénoesválidaunaconversacióndeWhatsAppen
juicio? Recuperado de: https://elderecho.com/por-que-no-es-valida-una-
conversacion-de-whatsapp-en-juicio
[73]RAMÍREZ,E.Porquéesimportantelacadenadecustodia.5dejuliode2017.
Recuperado de: https://idconline.mx/corporativo/2017/07/04/por-que-es-
importante-la-cadena-de-custodia
[74]VELTANi, J.D.,yATTA,G.A.(2015).Pruebainformática:aspectosgenerales.
Ob.Cit.Pag.570.
[75]VANINETTi, Hugo, “Preservación y valoración de la prueba informática e
identificacióndeIP.Ob.Cit.
[76]CASTILLOCASTRILLON,I.LasconversacionesdelWhatsApp¿sonválidascomo
prueba en los juicios? Recuperado de:
http://castillocastrillonabogados.com/castillo-castrillon-abogados-valencia/
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[77]España.TribunalSupremo.SedeMadrid.ensuSentencia300/2015,de19de
mayo.STS2047/2015
–ECLI:ES:TS:2015:2047
[78]VANINETTI, H. A. Preservación y valoración de la prueba informática e
identificacióndeIP.Ob.Cit.
[79]PICÓNRODRÍGUEZ,E.¿PorquénoesválidaunaconversacióndeWhatsAppen
juicio?Ob.Cit.