UNIVERSIDAD MARIANO GÁLVEZ DE GUATEMALA FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y SOCIALES MAESTRÍA EN DERECHO TRIBUTARIO-FINANCIERO LA PARTICIPACIÓN DEL CONTADOR PÚBLICO Y AUDITOR EN LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA DEFENSA FISCAL ANTE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA Licenciado Mario Estuardo Estrada Cajas GUATEMALA, NOVIEMBRE DE 2014
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Licenciado Mario Estuardo Estrada Cajas3.3 El procedimiento administrativo 78 3.4 ley del organismo judicial, decreto 2-89 79 3.4.1 Interpretación de la Ley 79 3.5 Código tributario,
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UNIVERSIDAD MARIANO GÁLVEZ DE GUATEMALA
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y SOCIALES
MAESTRÍA EN DERECHO TRIBUTARIO-FINANCIERO
LA PARTICIPACIÓN DEL CONTADOR PÚBLICO Y AUDITOR
EN LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA
DEFENSA FISCAL ANTE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
Licenciado Mario Estuardo Estrada Cajas
GUATEMALA, NOVIEMBRE DE 2014
UNIVERSIDAD MARIANO GÁLVEZ DE GUATEMALA
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y SOCIALES
MAESTRÍA EN DERECHO TRIBUTARIO-FINANCIERO
“LA PARTICIPACIÓN DEL CONTADOR PÚBLICO Y AUDITOR
EN LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA
DEFENSA FISCAL ANTE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA”
TESIS PRESENTADA POR:
Licenciado Mario Estuardo Estrada Cajas
PREVIO A OPTAR AL GRADO ACADÉMICO DE:
MAGISTER ARTIUM EN DERECHO TRIBUTARIO-FINANCIERO
GUATEMALA, NOVIEMBRE DE 2014
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Directora de Maestrías
Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales:
M.A. Mirna Lubet Valenzuela Rivera
Consejera de Tesis
Dra. Gladis Adelia Gil Barrios
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UNIVERSIDAD MARIANO GÁLVEZ DE GUATEMALA
REGLAMENTO DE TESIS
“Artículo 8°. RESPONSABILIDAD.
Solamente el autor es responsable de los conceptos expresados en el trabajo de tesis. Su
aprobación en manera alguna implica responsabilidad para la Universidad.”
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ÍNDICE
Página
Introducción 01
CAPÍTULO I
El diseño de la investigación
1.1 Generalidades 04
1.2 Problema de investigación 05
1.2.1 Pregunta central de investigación 06
1.2.2 Explicación del problema 06
1.2.3 Delimitación del problema 06
1.3 Objetivos de la investigación 07
1.3.1 Objetivo general 07
1.3.2 Objetivos específicos 07
1.4 Justificación de la investigación 08
1.5 Marco teórico 09
1.5.1 Según la constitución política de la república de Guatemala 10
1.5.1.1 Derecho de defensa 10
1.5.1.2 La irretroactividad de la ley 10
1.5.1.3 No hay delito ni pena sin ley anterior 10
1.5.1.4 El principio de legalidad 11
1.5.2 Según código tributario, decreto 6-91 11
1.5.2.1 El amparo 11
1.5.2.2 Los recursos de revocatoria 12
1.5.2.3 El Ocurso 12
1.5.2.4 El recurso de reposición 12
1.5.2.5 La enmienda y nulidad 13
1.5.2.6 El recurso de lo contencioso administrativo 13
1.5.2.7 La casación 13
1.5.3 La terminología aplicable en el sistema tributario guatemalteco 14
vii
Página
1.5.3.1 El tributo 14
1.5.3.2 El impuesto 14
1.5.3.3 El sujeto activo 14
1.5.3.4 El sujeto pasivo de la obligación tributaria 14
1.5.3.5 El agente de retención o de percepción 14
1.5.3.6 La interpretación de la ley 15
1.5.3.7 La integración analógica 15
1.5.3.8 El conflicto de leyes 15
1.5.3.9 La vigencia del tiempo de las leyes 15
1.5.3.10 La prescripción 16
1.5.3.11 La prescripción especial 17
1.5.3.12 El computo de los plazos de la prescripción 17
1.5.3.13 La verificación y audiencias 18
1.6 Las Referencias 18
1.7 Estrategia metodológica 20
1.8 Esquemas de contenido 21
CAPÍTULO II
La estructura del sistema tributario en Guatemala
2.1 Los antecedentes 23
2.1.1 El origen de los tributos, según época antigua 23
2.1.2 El concepto de tributo 28
2.1.3 Los tributos en Guatemala 28
2.1.3.1 El objetivo del tributo 29
2.1.3.2 La legislación tributaria guatemalteca 30
2.1.4 La política tributaria en Guatemala 31
2.1.5 Las reformas fiscales 32
2.1.6 Factores de la baja recaudación 35
2.1.7 Características del tributo 37
viii
Página
2.2 El marco jurídico –tributario 39
2.2.1 La definición 39
2.2.2 El concepto de sistema tributario 40
2.2.3 La estructura técnica 41
2.2.4 Divulgación del sistema tributario 42
2.2.5 Factores que intervienen en un sistema tributario 42
2.2.6 La obligación tributaria 44
2.2.7 La estructura tributaria de Guatemala 45
2.3 Análisis descriptivo ordenamiento jurídico-tributario de Guatemala 46
2.3.1 Aspectos constitucionales 47
2.3.1.1 Constitución Política de la república de Guatemala 47
2.3.1.2 Principio de legalidad 48
2.3.1.3 Principio de capacidad de pago 49
2.3.1.4 Principio de igualdad 49
2.3.2 El código tributario 50
2.3.2.1 Regímenes impositivos de aplicación general 52
2.4 Terminología aplicable en el sistema tributario guatemalteco 52
2.4.1 Tributo 53
2.4.2 Concepto de tributo 53
2.4.3 El código tributario clasifica los tributos como 53
2.4.4 Principio de los impuestos 54
2.4.5 Clasificación de los impuestos 55
2.4.6 Sujeto de la obligación jurídico tributaria 56
2.4.7 Obligado por deuda propia 56
2.4.8 Obligado por deuda ajena 56
2.4.9 Responsables por representación 57
2.4.10 Agente de retención o de percepción 57
2.4.11 Impuestos ordinarios y extraordinarios 58
2.4.12 Impuestos exteriores e interiores 58
2.4.13 El contribuyente 58
ix
Página
2.4.14 Persona jurídica individual 59
2.4.15 Persona jurídica colectiva 60
2.4.16 La empresa 60
2.5 El estado y la entidad fiscalizadora (SAT) 61
2.5.1 Fundamento legal de la creación de la institución 63
2.5.2 Estructura organizacional 64
2.5.3 Principales funciones de los órganos y dependencias de SAT 67
2.5.4 Otras funciones 68
2.5.5 Patrimonio y recursos 68
2.6 Recursos administrativos 70
CAPÍTULO III
Marco legal que regula el proceso de la defensa fiscal
3.1 Generalidades 71
3.2 Constitución política de la república de Guatemala 72
3.2.1 Principios constitucionales 72
3.2.2 Principio de legalidad 74
3.2.3 Principio de capacidad de pago 76
3.3 El procedimiento administrativo 78
3.4 ley del organismo judicial, decreto 2-89 79
3.4.1 Interpretación de la Ley 79
3.5 Código tributario, decreto 6-91 81
3.5.1 Conflicto de leyes 81
3.5.2 Vigencia en el tiempo de la ley 82
3.5.3 Plazos 83
3.5.4 Prescripción, verificación-audiencia, recursos: revocatoria y ocurso 84
3.5.5 Procedimiento del ocurso 85
3.5.6 Silencio administrativo, recurso de reposición 86
3.5.7 Enmienda y nulidad 87
x
Página
3.5.7.1 Los efectos que resuelven un recurso de nulidad 88
3.5.8 Recurso de lo contencioso administrativo 89
3.5.8.1 Procedimiento del recurso de lo contencioso administrativo 90
3.5.9 Recurso de casación 92
CAPÍTULO IV
El proceso de la defensa fiscal
4.1 Generalidades 94
4.2 Proceso administrativo 94
4.2.1 Características del proceso administrativo 95
4.2.2 Clasificación de procedimientos 96
4.2.2.1 Procedimiento administrativo 96
4.2.2.2 Procedimiento tributario 98
4.2.3 Principios del proceso administrativo 99
4.2.4 Fases del proceso administrativo en la defensa fiscal 100
4.2.4.1 Ajustes y notificaciones 100
4.3 Audiencias 102
4.4 Las diligencias para mejor resolver 104
4.5 Los recursos administrativos 105
4.5.1 El recurso de revocatoria 106
4.5.1.1 Requisitos de memorial interposición del recurso de revocatoria 107
4.5.1.2 Trámite del recurso 107
4.5.2 Recurso de ocurso 108
4.5.3 Recurso de reposición 109
4.5.4 Efectos de los recursos de ocurso y reposición al resolverse 109
4.5.5 Clases de resoluciones judiciales, que admiten el recurso reposición 110
4.5.6 Plazos 110
4.5.7 Requisitos 110
4.5.8 Trámite 111
xi
Página
CAPÍTULO V
Esquema del proceso administrativo tributario
5.1 Generalidades 112
5.2 Aporte 112
5.3 Esquema del proceso administrativo por ajustes formulados 114
5.4 Esquema por determinación de oficio 116
5.5 Esquema del recurso de revocatoria 118
5.6 Esquema de acción de ocurso 119
5.7 Esquema del recurso de reposición o de reconsideración 120
5.8 Esquema comparativo entre la fase administrativa y judicial 121
Conclusión 122
Referencias Bibliográficas 124
xii
ÍNDICE DE CUADROS
Página
Cuadro No. 1 Diferencias entre tributo (antigüedad) e impuesto (Actualidad) 25
Cuadro No. 2 Elementos más destacados de las reformas del Dto. 4-2012 34
Cuadro No. 3 Elementos más destacados de las reformas del Dto. 10-2012 35
Cuadro No. 4 Características del tributo 37
Cuadro No. 5 Estructura funcional del código tributario 51
Cuadro No. 6 Clasificación de los impuestos 55
Cuadro No. 7 Principales funciones de la entidad fiscalizadora (SAT) 62
Cuadro No. 8 Organigrama de la superintendencia de administración tributaria 66
Cuadro No. 9 Principales funciones de los órganos y dependencias de SAT 67
Cuadro No. 10 Otras funciones de SAT 68
Cuadro No. 11 Patrimonio y recursos económicos del ente fiscalizador 69
Cuadro No. 12 Derechos constitucionales de toda persona 73
Cuadro No. 13 Bases de recaudación, según la constitución 75
Cuadro No. 14 Principio de capacidad de pago, según la constitución 77
Cuadro No. 15 Procedimiento administrativo 78
Cuadro No. 16 Interpretación de la ley, según ley del organismo judicial 80
Cuadro No. 17 Conflicto de leyes tributarias vs. Otras 81
Cuadro No. 18 Vigencia en el tiempo de la ley 82
Cuadro No. 19 Plazos legales, reglamentarios y administrativos 83
Cuadro No. 20 Prescripción, verificación y audiencia, recurso de revocatoria y 84
reposición
Cuadro No. 21 Procedimiento del ocurso 85
Cuadro No. 22 Silencio administrativo, recurso de reposición y su aplicación 86
Cuadro No. 23 Enmienda y nulidad y su aplicación 87
Cuadro No. 24 Efectos que resuelve un recurso de nulidad 88
Cuadro No. 25 Recurso de lo contencioso administrativo 89
Cuadro No. 26 Procedimiento del recurso de lo contencioso administrativo 91
Cuadro No. 27 Recurso de casación 93
Cuadro No. 28 Características del proceso administrativo 95
xiii
Página
Cuadro No. 29 Procedimiento de la determinación y pago de la obligación 97
Tributaria
Cuadro No. 30 Principios del proceso administrativo 99
Cuadro No. 31 Fases del proceso administrativo en la defensa fiscal 101
Cuadro No. 32 Procedimiento de la audiencia 103
Cuadro No. 33 Procedimiento del recurso de revocatoria 106
Cuadro No. 34 Requisitos del memorial del recurso de revocatoria 107
1
Introducción
Este trabajo tiene como objetivo general, determinar cuál es la función del Contador Público y
Auditor en defensa fiscal del contribuyente, ante la Administración tributaria. Aspectos y
conceptos sobre los derechos que tienen los contribuyentes o sujeto pasivo de la obligación
tributaria en cuanto al procedimiento administrativo y de forma general los recursos
administrativos que se deben de interponer ante la administración tributaria, desarrollando las
diferentes etapas, plazos, formas y su aplicación práctica. Derivado del conocimiento que
adquieren los Contadores Públicos y Auditores en la elaboración de los diferentes recursos
presentados ante la Superintendencia de Administración Tributaria para la adecuada defensa
fiscal.
La realidad social y dinámica de la vida profesional, requiere día a día contar con los mejores
y más amplios conocimientos técnicos y legales que permitan, no solo el desarrollo
profesionalmente sino que ocupar un puesto privilegiado y de alta jerarquía dentro de una
empresa privada, institución pública o bien ejerciendo la profesión liberalmente.
El profesional de la carrera de Contaduría Pública y Auditoria debe poseer los conocimientos
adecuados y el profesionalismo necesario para asesorar al contribuyente en la resolución de
los diferentes requerimientos realizados por la Superintendencia de Administración Tributaria,
en las diferentes etapas que así lo requieran; éste conocimiento solo lo logrará por medio de la
investigación, el estudio constante en la interpretación de las leyes tributarias y la
actualización de sus conocimientos de acuerdo con las necesidades de la profesión.
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El desarrollo de la presente investigación denominada, “La Participación del Contador Público
y Auditor en los Procedimientos Administrativos de la Defensa Fiscal ante la Administración
Tributaria”, el cual para una mejor compresión se ha dividido en cinco capítulos, donde se
abordan diferentes temas, pero que guardan la íntima relación con el tema desarrollado.
En el capítulo I se presenta el diseño de la Investigación, el cual tiene por objeto dejarle claro
al lector el problema seleccionado, los objetivos que persigue la investigación y el punto de
vista teórico desde el cual se abordara; En el capítulo II, Estructura del sistema tributario
guatemalteco, tiene por propósito explicar al lector, los antecedentes y/o orígenes de los
tributos y como está formado nuestro marco jurídico-tributario, ordenamiento, terminología
aplicable en el sistema tributario, funciones de la administración tributaria, el problema
seleccionado, os objetivos de la investigación; en el capítulo III, Marco legal que regula el
proceso de la defensa fiscal, conocer cuáles son las doctrinas más recientes e importantes y las
que han tenido alguna modificación o han sido reformadas y que explican cómo se dan las
diferentes etapas o procesos en defensa fiscal al contribuyente; en el capítulo IV, Proceso de la
defensa fiscal, ante la administración tributaria, explica los principios, fases del proceso
administrativo de la defensa fiscal, ajustes y notificaciones, audiencias, diligencias para mejor
resolver y recursos que se pueden presentar ante la administración tributaria; Y por último en
el capítulo V, dar los elementos esenciales en el esquema del proceso administrativo tributario
y resumen de los pasos de dicho proceso y esquema de elaboración de memoriales de defensa
fiscal por ajustes por parte de la administración tributaria.
3
Su contenido es base para todo profesional y estudiante de la carrera de Contaduría Pública y
Auditoria, así para toda persona individual o jurídica interesada en conocer los procedimientos
legales y administrativos en materia tributaria, aplicación de leyes vigentes que se relacionan
al tema presentado en esta investigación; que conozcan los pasos que se deben seguir durante
el proceso administrativo ante la Superintendencia de Administración Tributaria- SAT.
4
CAPÍTULO I
1. El diseño de la investigación
1.1 Generalidades
Con el mejoramiento del proceso de fiscalización de los tributos por parte de la
Superintendencia de Administración Tributaria, los contribuyentes están más expuestos a
ajustes, ya sea por incumplimiento, por mala interpretación en la aplicación y por
desconocimiento de las leyes tributarias.
La actividad de defensa fiscal del contribuyente ante la administración tributaria, en materia
administrativa, deben de apoyarse de un profesional que debe conocer de las ciencias
contables ya que su preparación académica y experiencia laboral tiene la capacidad de
analizar, revisar y practicar un examen crítico y sistemático de los registros contables, para
verificar que los mismos estén apegados no sólo a Normas Internacionales de Contabilidad,
sino que cumpla con la legislación tributaria del país.
En un proceso de defensa fiscal deben tenerse en cuenta los elementos que la componen
(iniciación, verificación o comprobación, audiencia, período de prueba, medidas para mejor
resolver, resolución, recursos), sin ellos prácticamente es difícil comprender el mismo, por tal
motivo éstos estarán desarrollados con el fin de que el lector los conozca y comprenda y de la
participación del Contador Público y Auditor dentro del proceso. En donde se deriva de una
notificación de resolución, hasta donde finaliza la instancia administrativa en donde es
apoyado por un abogado y notario, porque de allí en adelante es competencia del profesional
5
de Ciencias Jurídicas (Abogado y Notario), esto debido a que además de obedecer a un
mandato, lo judicial corresponde a su exclusividad y el Contador Público y Auditor le apoya
con la parte técnica contable.
Es por ello de la importancia de conocer las etapas dentro de un proceso de defensa fiscal por
ajustes o incumplimiento de las obligaciones tributarias, tanto en la instancia administrativa,
como en lo judicial, y para una mejor comprensión, se presentará un diagrama que desarrolla
el proceso, así como las etapas de cada una de las fases de la instancia administrativa.
Es oportuno señalar en ese orden de ideas, que dentro del contenido de dicha investigación que
se presenta, se acudirá al auxilio de reconocidos especialistas, docentes, instituciones y
operadores de justicia que se desenvuelven en el ámbito tributario, quienes en algunas
ocasiones ya han realizado estudios y labores acerca de este tema, razón por la cual se acude a
algunas de sus ideas y selectos enunciados para que sean parte de esta investigación.
1.2 PROBLEMA DE INVESTIGACION
La participación del Contador Público y Auditor en la defensa fiscal al contribuyente, en los
procesos administrativos y legales ante la administración tributaria, es de tal importancia y
que dicha investigación se abordará con la finalidad de dar respuesta a la pregunta, donde nace
el referido estudio.
El problema que se trata de analizar en esta investigación responde a la siguiente
pregunta:
6
1.2.1 Pregunta central de investigación
¿Cuál es la función del Contador Público y Auditor en defensa fiscal del contribuyente, ante la
Administración tributaria, en la instancia administrativa?
1.2.2 Explicación del problema
Se determinara la importancia de la función que puede brindar el Contador Público y Auditor
en el área de defensa fiscal, ya que básicamente él está en la capacidad de orientar al
contribuyente respecto del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y en orientarlo para
ubicarse en la posición favorable que le conceda la legislación tributaria específica.
Al desarrollar esta investigación se enfocara principalmente en que el Contador Público y
Auditor como experto en las áreas de contabilidad, auditoría e impuestos, tiene la capacidad
de identificar alternativas legales que permitan orientar al contribuyente a tener una mejor
defensa, en las etapas que se deben seguir durante el proceso de la defensa fiscal en la etapa
administrativa.
1.2.3 Delimitación del problema
De acuerdo al problema de la investigación planteado abarca una porción manejable de la
realidad al evaluar, y se delimitara de la siguiente manera:
Temporal: Para efectos de dicha investigación, se tomara como marco de referencia los
del 2008 al 2013.
7
Territorial: Dicha investigación se hará sobre una muestra de casos presentados ante la
administración tributaria en los actos administrativos, y se circunscribirá al Municipio
de Guatemala, del departamento de Guatemala.
Enfoque: Teóricamente la investigación se realiza desde la perspectiva legal y jurídica
en que se desarrollara en el Marco Teórico. La investigación se desarrollara, según
procedimientos que rige la legislación tributaria, bibliográfica y observándose el
estudio de las normas que rigen con el problema de la investigación, así mismo
también se analiza casos concretos y se obtendrán opiniones de profesionales
relacionados al tema.
1.3 OBJETIVOS DE LA INVESTIGACION
1.3.1 Objetivo General
El objetivo general de esta investigación es determinar cuál es la función del Contador Público
y Auditor en defensa fiscal del contribuyente, ante la Administración tributaria.
1.3.2 Objetivos Específicos
a) Analizar en cuales de las etapas del proceso de la defensa fiscal tiene mayor
protagonismo el contador público y auditor.
b) Determinar cuál es el ordenamiento legal que se debe observar al momento de una
defensa fiscal al contribuyente.
c) Determinar cuál es la información legal, doctrinal y empírica y opiniones de
expertos en la materia, para determinar una buena asesoría profesional y técnica al
8
contribuyente al momento de reparos fiscales emitidos por la administración
tributaria.
d) Determinar cómo se deben interpretar los principios constitucionales y la
legislación tributaria del país relacionadas a la defensa fiscal y su alcance dentro
del proceso y analizar la información de las características esenciales sobre algunos
casos de memoriales en la parte administrativa en la defensa fiscal al contribuyente.
1.4 JUSTIFICACION DE LA INVESTIGACION
El Contador Público y Auditor actúa como la persona encargada de aconsejar a su cliente
sobre temas tributarios, como atención de expedientes de devolución de crédito fiscal,
atención a notificaciones por la superintendencia de administración tributaria– SAT,
diagnóstico y planificación fiscal, asesoría tributaria en beneficios fiscales, auditorias
tributarias de carácter preventivo en los cuales está especializado.
En un procedimiento administrativo de la defensa fiscal ante la administración tributaria deben
conocerse los elementos que la componen, sin ellos prácticamente es difícil comprender el
mismo, por tal motivo la importancia de dicha investigación y el fin de que el lector los
conozca y comprenda de la participación del Contador Público y Auditor (Castillo González,
2011) dentro de cada una de las fases de la instancia administrativa.
Personal: Requisito para graduarme de la Maestría en Derecho Tributario
Financiero.
Social: A los profesionales de las ciencias económicas, empresas, instituciones y
personas en general interesadas en el estudio de la defensa fiscal al contribuyente.
9
Científica: Promover la participación que tiene el contador público y auditor en una
adecuada defensa fiscal en la etapa administrativa del contribuyente ante la
administración tributaria.
1.5 MARCO TEORICO
Para efectos de comprender la investigación, a continuación se presentan las siguientes
definiciones o bases teóricas generales, en los procedimientos administrativos de la defensa
fiscal ante la administración tributaria y marco legal que regula el proceso de la defensa fiscal:
Para ampliar el concepto, citado por Jorge Mario Castillo González, define a ese principio
como: “La limitación a la potestad tributaria del Estado, consistente en prescribir en la
constitución que sólo por la ley se pueden establecer tributos.” (Castillo, 2004, pág. 23)
A su vez, Raúl Rodríguez Lobato, se circunscribe a un estudio del principio de legalidad desde
dos puntos de vista:
Puede entenderse desde el punto de vista material en cuyo caso su alcance es que la
norma en que se funda cualquier decisión individual tiene que ser una norma de
carácter abstracto e impersonal. Puede ser tomado también en un sentido formal
significándose entonces que además de ser una ley desde el punto de vista material,
la norma que precede el acto debe tener también el carácter de una ley desde el
punto de vista formal, es decir que debe ser una disposición expedida por el poder
que conforme al régimen constitucional esté normalmente encargado de la
formación de leyes. (Rodríguez, 2009, pág. 44)
10
Se afirma que la defensa del contribuyente es el pleno cumplimiento y vigencia,
dentro de un Estado de Derecho, de las “Garantías Aplicables a la Defensa del
Contribuyente”. Las garantías son los derechos que la Constitución Política de la
Republica de Guatemala y demás leyes reconocen a todos sus habitantes y
ciudadanos; son la concretización legal de los principios.
1.5.1 Según la Constitución Política de la República de Guatemala, Publicado en el
Diario Oficial de fecha 3 de junio de 1985
1.5.1.1 El Derecho de Defensa
Derecho de defensa. La defensa de la persona y sus derechos son inviolables. Nadie podrá ser
condenado, ni privado de sus derechos, sin haber sido citado, oído y vencido en proceso legal
ante juez o tribunal competente y preestablecido. Ninguna persona puede ser juzgada por
tribunales especiales o secretos, ni por procedimientos que no estén preestablecidos
legalmente. (Art. 12).
1.5.1.2 La Irretroactividad de la ley
La ley no tiene efecto retroactivo, salvo en materia penal cuando favorezca al reo. (Art. 15).
1.5.1.3 No hay delito ni pena sin ley anterior
No son punibles las acciones u omisiones que no estén calificadas como delito o falta y
penadas por ley anterior a su perpetración. No hay prisión por deuda. (Art. 17)
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1.5.1.4 El Principio de Legalidad
Corresponde con exclusividad al Congreso de la República, decretar impuestos ordinarios y
extraordinarios, arbitrios y contribuciones especiales, conforme a las necesidades del Estado y
de acuerdo a la equidad y justicia tributaria, así como determinar las bases de recaudación,
especialmente las siguientes:
a) El hecho generador de la relación tributaria;
b) Las exenciones;
c) El sujeto pasivo del tributo y la responsabilidad solidaria;
d) La base imponible y el tipo impositivo;
e) Las deducciones, los descuentos, reducciones y recargos; y
Son nulas ipso jure las disposiciones, jerárquicamente inferiores a la ley, que contradigan
tergiversen las normas legales reguladoras de las bases de recaudación del tributo. (Art. 239)
1.5.2 Según el Código Tributario, Decreto 6-91 del Congreso de la República de
Guatemala y todas sus reformas, se encuentra inspirado en el principio de
legalidad, siendo invocado el mismo en sus primeros tres considerandos.
1.5.2.1 El Amparo
Se instituye con el fin de proteger a las personas contra las amenazas de violaciones a sus
derechos o para restaurar el imperio de los mismos cuando la violación hubiere ocurrido.
No hay ámbito que no sea susceptible de amparo, y procederá siempre que los actos,
12
resoluciones, disposiciones o ley de autoridad lleven implícitos una amenaza, restricción o
violación. (Pallares, 2003, pág. 44)
1.5.2.2 Los Recursos de Revocatoria
Las resoluciones de la administración tributaria pueden ser revocadas de oficio, siempre que
no estén consentidas por los interesados. El recurso se interpondrá por escrito por el
contribuyente o el responsable, o por su representante legal ante el funcionario que dictó la
resolución o practicó la rectificación. Si no se interpone el recurso dentro del plazo antes
citado, la resolución quedará firme. (Art. 154)
1.5.2.3 El Ocurso
Cuando la administración tributaria deniegue el trámite del recurso de revocatoria, la parte que
se tenga por agraviada podrá acudir al Ministerio de Finanzas Públicas dentro del plazo de los
tres (3) días hábiles siguientes al de la notificación de la denegatoria, pidiendo se le conceda el
trámite del recurso de revocatoria. (Art. 155)
1.5.2.4 El Recurso de Reposición
Contra las resoluciones originarias del ministerio de Finanzas Públicas. Puede interponerse
recurso de reposición, el que se tramitará dentro de los plazos y en la forma establecida para el
recurso de revocatoria, en lo que fuere aplicable. (Art. 158).
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1.5.2.5 La Enmienda y Nulidad
La administración tributaria o la autoridad superior jerárquica, de oficio o petición de parte,
podrá:
Enmendar el trámite, dejando sin efecto lo actuado, cuando se hubiere incurrido
en defectos u omisiones de procedimiento.
Declarar la nulidad de actuaciones cuando se advierta vicio sustancial en ellas.
La enmienda o la nulidad serán procedente en cualquier estado en que se
encuentre el proceso administrativo, pero no podrá interponerse cuando procedan
los recursos de revocatoria o de reposición, según corresponda, ni cuando el
plazo para interponer estos haya vencido. (Art. 160)
1.5.2.6 El Recurso de lo Contencioso Administrativo
Contra las resoluciones de los recursos de revocatoria y de reposición dictadas por la
administración tributaria y el Ministerio de Finanzas Públicas, procederá el recurso
contencioso administrativo, el cual se interpondrá ante la sala que corresponda del tribunal de
lo contencioso administrativo integrada con magistrados especializados en materia tributaria
preferentemente. (Art. 161)
1.5.2.7 La Casación
Contra las resoluciones y autos que pongan fin al proceso, cabe el recurso de casación. Dicho
recurso se interpondrá, admitirá y sustanciará, de conformidad con lo dispuesto en el Código
Procesal civil y Mercantil. (Art. 169)
14
1.5.3 La Terminología aplicable en el sistema tributario guatemalteco
1.5.3.1 El Tributo
“Son las prestaciones comúnmente en dinero que el Estado exige en ejercicio de su poder
tributario, con el objeto de obtener recursos para el cumplimiento de sus fines” (Pallares,
2003, pág.153)
1.5.3.2 El Impuesto
Es una carga establecida por la autoridad que representa el Estado y como consecuencia a la
sociedad, y sufrida por el contribuyente que puede ser el ciudadano nacional o extranjero. Los
impuestos surgen fundamentados en las teorías del sacrificio y del deber y su clasificación
consiste en impuestos directos e indirectos. (Pallares, 2003, pág.74)
1.5.3.3 El Sujeto activo
“El sujeto activo de la obligación tributaria es el Estado o el ente público acreedor del tributo”
(Código Tributario, decreto 6-91 y sus reformas, art. 17).
1.5.3.4 El Sujeto pasivo de la obligación tributaria
“Es el obligado al cumplimiento de las prestaciones tributarias, sea en calidad de
contribuyentes o de responsable” (Código Tributario, decreto 6-91 y sus reformas, art. 17).
1.5.3.5 El Agente de retención o de percepción.
“Son responsables en calidad de agentes de retención o de percepción, las personas designadas
por la ley, que intervengan en actos, contratos u operaciones en los cuales deban efectuar la
15
retención o percepción del tributo correspondiente” (Código Tributario, decreto 6-91 y sus
reformas, art. 28).
1.5.3.6 La Interpretación de la ley
La aplicación, interpretación e integración de las normas tributarias, se hará conforme a los
principios establecidos en la Constitución Política de la República de Guatemala, los
contenidos en este Código, en las leyes tributarias específicas y en la Ley del Organismo
Judicial. (Código Tributario, decreto 6-91 y sus reformas, art. 4)
1.5.3.7 La Integración analógica
“En los casos de falta, oscuridad, ambigüedad o insuficiencia de una ley tributaria, se
resolverá conforme a las disposiciones del artículo 4 del Código Tributario” (Código
Tributario, decreto 6-91 y sus reformas, art. 5).
1.5.3.8 El Conflicto de leyes
“En caso de conflicto entre leyes tributarias y las de cualquiera otra índole, predominarán en
su orden, las normas de este código o las leyes tributarias relativas a la materia específica de
que se trate” (Código Tributario, decreto 6-91 y sus reformas, art. 6).
1.5.3.9 La Vigencia del Tiempo de las leyes
La aplicación de leyes tributarias dictadas en diferentes épocas, se decidirá conforme a las
disposiciones siguientes:
16
Las normas tributarias regirán desde la fecha en ellas establecidas, siempre que ésta
sea posterior a la emisión de la norma. Si no la establecieren, empezarán a regir
después de ocho días de su publicación en el Diario Oficial.
Cuando por reforma de una norma tributaria se estableciere diferente cuantía o tarifa
para uno o más impuestos, éstas se aplicarán a partir del primer día hábil del
siguiente período impositivo, con el objeto de evitar duplicidad de declaraciones del
contribuyente.
Las leyes concernientes a la sustanciación y ritualidad de las actuaciones ante la
administración tributaria, prevalecen sobre las anteriores, desde el momento en que
deben empezar a regir; pero los plazos que hubieren principiado a correr y las
diligencias que ya estuvieren iniciadas, se regirán por la ley vigente al tiempo de su
iniciación.
Las situaciones no previstas, se regirán por lo dispuesto en la Ley del Organismo
Judicial, en lo que sean aplicables. (Código Tributario, decreto 6-91 y sus reformas,
art. 7)
1.5.3.10 La Prescripción
El Código Tributario define a la prescripción como el derecho de la administración tributaria
para hacer verificaciones, ajustes, rectificaciones o determinaciones de las obligaciones
tributarias, liquidar intereses y multas y exigir su cumplimiento y pago a los contribuyentes o
los responsables, deberá ejercitarse dentro del plazo de cuatro (4) años. En igual plazo
deberán los contribuyentes o los responsables ejercitar su derecho de repetición, en cuanto a lo
pagado en exceso o indebidamente cobrado por concepto de tributos, intereses, recargos y
multas. (Código Tributario, decreto 6-91 y sus reformas, art.47)
17
Definido tal concepto, se procede a mencionar lo que concierne al término para que se
configure la prescripción, el cual es de 4 cuatro años y empieza a correr desde que el pago
puede ser legalmente exigido. Esto es, a partir del día siguiente en que no fueron cubiertos
o garantizados los créditos fiscales, y en los plazos que señalan las propias leyes fiscales,
según lo argumentado en el párrafo que antecede.
Así se tiene que la prescripción liberatoria es un medio de extinción de la obligación
sustantiva (de dar) a cargo del sujeto pasivo (contribuyente). Por otro lado a favor del
sujeto activo (SAT o Fisco) cuando prescribe la obligación de devolver las cantidades a que
tengan derecho los contribuyentes. Es decir, dicha figura puede operar a favor y en contra
de ambos sujetos de la relación tributaria.
1.5.3.11 La Prescripción especial
“No obstante lo establecido en el párrafo anterior, el plazo de la prescripción se ampliará a
ocho años, cuando el contribuyente o responsable no se haya registrado en la administración
tributaria” (Código Tributario, decreto 6-91 y sus reformas, art. 48).
1.5.3.12 El Computo de los plazos de la prescripción
“El cómputo del plazo de la prescripción se contará a partir de la fecha en que se produjo el
vencimiento de la obligación para pagar el tributo” (Código Tributario, decreto 6-91 y sus
reformas, art. 49).
18
1.5.3.13 La Verificación y Audiencias
La administración tributaria verificará las declaraciones, determinaciones y documentos de
pago de impuestos; si procediere, formulará los ajustes que correspondan, precisará los
fundamentos de hecho y de derecho, y notificará al contribuyente o al responsable. Asimismo,
se notificará al contribuyente o al responsable cuando se le impongan sanciones, aun cuando
éstas no se generen de la omisión del pago de impuestos.
Al notificar al contribuyente o al responsable, si se formulan ajustes, se le dará audiencia por
treinta (30) días hábiles, improrrogables a efecto de que presente descargos y ofrezca los
medios de prueba que justifiquen su oposición y defensa. (Código Tributario, decreto 6-91 y
sus reformas, art. 146).
1.6 LAS REFERENCIAS
Se ha hecho una revisión extensa en Guatemala para determinar cuáles de los elementos de la
pregunta de investigación ya han recibido un tratamiento apropiado que haga innecesaria la
investigación o que, por cubrir solamente tramos de esa problemática, deben ser tomados en
cuenta como base de esta investigación.
Los estudios encontrados hasta el momento son:
Mejía, (2006). Tesis sobre el procedimiento para la devolución del crédito fiscal
por IVA. Universidad de SAN Carlos de Guatemala. (El procedimiento para la
devolución del crédito fiscal, inicia con la recaudación que efectúa la Superintendencia
de Administración Tributaria, la cual corresponde una de sus funciones según lo
19
estipula el artículo 3 de su Ley Orgánica. Esta actividad recaudatoria que realiza esta
entidad pública, comprende dos modalidades; Pago voluntario y cobro mediante
procedimiento coercitivo.
Achtmann (2003). Tesis Obligaciones legales y tributarias de las empresas
comercializadoras. Universidad de SAN Carlos de Guatemala. (El Contador
Público y Auditor puede participar como asesor, actuar como consejero de la
organización que fue objeto de ajustes tributarios, el ámbito de su profesión le permite
realizar análisis relacionadas con lo tributario. Los ajustes tributarios son el resultado
de la omisión parcial o total de las obligaciones tributarias, mismas que tienen una
íntima relación con la información contable y financiera de la empresa.
Aguirre (1977). Derecho Procesal Civil Tomo I. Editorial Universitaria,
Universidad de SAN Carlos de Guatemala. (El derecho procesal civil guatemalteco
consiste en el conjunto de teorías, normas y doctrinas cuyo objetivo tiende al estudio
de la forma en la cual se hace efectiva la garantía jurisdiccional correspondiente a las
normas jurídicas. Las normas de tipo procesal no son solamente moldes de trámites o
de procedimientos, ya que las mismas se encargan de la regulación de los diversos
conceptos relacionados a las condiciones, efectos y requisitos de los actos realizados.
Son reguladoras desde la admisibilidad de la demanda hasta llegar a una cosa juzgada.
Arriaga (2009). Análisis comparativo de los procedimientos administrativos de
conformidad con la ley de lo contencioso administrativo y el código tributario y la
violación de los administradores vs. Contribuyentes. Universidad de SAN Carlos
de Guatemala. (La actividad de la Administración Pública está encaminada al logro
20
del bien común, esa actividad generalmente se materializa mediante el acto
administrativo, el cual puede definirse como: “Toda declaración de voluntad
administrativa; es decir que es una decisión que toma un órgano de la Administración
Pública y que tiene efectos jurídicos sobre el administrado. El acto jurídico (que
siempre produce efectos jurídicos) tiene por objeto la adquisición, modificación o
extinción de derechos u obligaciones. El acto administrativo no es sino una de las
especies del acto jurídico (que es el género) y tiene efectos jurídicos sobre el
destinatario o administrado.
1.7 ESTRATEGIA METODOLÓGICA
Se partió de un problema, un resumen documental de las normas o legislación al derecho de
defensa fiscal aplicables al proceso administrativo, de la jurisprudencia disponible, de la
doctrina más moderna, de los textos históricos para entender de qué manera ha participado el
contador público y auditor en la defensa fiscal al contribuyente, y en que etapa del proceso
tiene mayor participación.
Se ha considerado la utilización de las técnicas cualitativas y cuantitativas como las adecuadas
para la obtención de información que necesitemos.
Se toma como base la legislación de Guatemala y sus reformas, esto con el afán de tener la
información más reciente.
21
1.8 ESQUEMA DE CONTENIDO
CAPÍTULO I: El Diseño de la Investigación:
o Este capítulo tiene por objeto dejarle claro al lector el problema seleccionado, los
objetivos que persigue la investigación y el punto de vista teórico desde el cual se
abordara.
CAPÍTULO II: La Estructura del sistema tributario guatemalteco:
o Este capítulo tiene por propósito explicitar al lector, los antecedentes y/o
orígenes de los tributos y como está formado nuestro marco jurídico-tributario,
ordenamiento, terminología aplicable en el sistema tributario, funciones de la
administración tributaria, el problema seleccionado, os objetivos de la
investigación.
CAPÍTULO III: Marco legal que regula el proceso de la defensa fiscal:
o El propósito de este capítulo, es saber cuáles son las doctrinas más recientes e
importantes y las que han tenido alguna modificación o han sido reformadas y
que explican cómo se dan las diferentes etapas o procesos en defensa fiscal al
contribuyente.
CAPÍTULO IV: Proceso de la defensa fiscal, ante la administración tributaria:
o El propósito de este capítulo, es explicar los principios, fases del proceso
administrativo de la defensa fiscal, ajustes y notificaciones, audiencias,
diligencias para mejor resolver y recursos que se pueden presentar ante la
administración tributaria.
22
CAPÍTULO V: Aporte a la investigación esquema del proceso administrativo
tributario de la defensa fiscal:
o Tiene por propósito, dar los elementos esenciales en el esquema del proceso
administrativo y resumen de los pasos de dicho proceso y esquema de
elaboración de memoriales de defensa fiscal por ajustes por parte de la
administración tributaria.
Conclusión
Referencias Bibliográficas
Anexos
23
CAPÍTULO II
2. La Estructura del sistema tributario en Guatemala
2.1 Los Antecedentes
2.1.1 El Origen de los tributos según época antigua
El desarrollo del concepto de tributo como función de sostenimiento de un estado, tiene su
inicio en las monarquías de Babilonia y Egipto, debido a las necesidades de la guerra, la corte
y la construcción de obras estatales. Como consecuencia, se establece el hecho de que en
estas regiones los reinos conquistadores exigen a los conquistados tributos, como un
reconocimiento a su soberanía. (Mejía, 2006, Pág. 1)
En Grecia considerada la cuna de muchos antecedentes culturales, se reconoce la importancia
y la necesidad de mantener al “Estado”, esto se lograba por medio de aportaciones de los
ciudadanos quienes en ejercicio de la democracia eran exigentes con la correcta inversión de
los tributos que aportaban, de esa época existían dos clases de tributos importantes:
a) Prestaciones voluntarias: Las cuales consistían en que el ciudadano pagaba por
convicción, para el mantenimiento del Estado y,
b) El sistema de imposición indirecta: El cual consistía en pagar el impuesto en la
compra de mercancías.
La gran mayoría de los pueblos existentes después de la caída del Imperio Romano, no tenían
una concepción distinta de las relaciones tributo-soberanía.
24
Así, estos pueblos mantuvieron las líneas fundamentales del sistema tributario romano, con la
diferencia de que lo aplicaban únicamente a los pueblos dominados, liberándose de toda carga
directa, basándose en su calidad de pueblos soberanos. Durante éste período, el tributo
representaba un atentado contra la libertad y era considerado como un signo de servidumbre.
Este esquema es mantenido hasta la época feudal, durante la cual, los señores feudales poseían
la facultad de imponer a las personas que formaban parte de sus feudos los tributos que
consideran necesarios. El principio en que se basaba la fijación de los tributos era el derecho
absoluto del señor feudal con base en sus necesidades.
Los tributos fueron implementados en forma específica durante el siglo XI, dando origen a
muchos de los tributos que conocemos en la actualidad, como por ejemplo: (Monterroso,
2004, Págs. 87)
25
Cuadro No. 1
Diferencias entre tributo (Antigüedad) e impuesto (Actualidad)
a) Derecho de Peaje: Gravar el tránsito
de mercaderías, los señores feudales
interceptaban los caminos y no
dejaban pasar a nadie sino hasta que
pagara.
a) En Guatemala no son impuestos los
arranceles a la Importación,
gravando la entrada de productos en
un país, teniendo una finalidad
proteccionista adicionalmente con fin
fiscal.
b) Derecho de Relieve: Los parientes
colaterales no tenían derecho de
heredar, pero si el señor feudal lo
autorizaba, la herencia debía pagar
una cantidad elevada por la herencia.
b) Impuestos sobre transmisiones
hereditarias, como el Impuesto Sobre
Herencias, Legados y Donaciones.
c) Censo: Renta en metálico que los
aldeanos tenían que pagar en
proporción al predio que poseían, si
no pagaban se les despojaba o se les
exigía una multa.
c) Impuesto sobre la propiedad
territorial, en Guatemala conocido
como Impuesto Unico Sobre
Inmuebles.
d) Multas: Se pagaban por la comisión
de diversos delitos, se fijaban en
forma arbitraria, pero además los
acusados, debían pagar Derechos
por el servicio de Justicia.
d) Subsiten como sanciones de tipo
precuniario, tanto en el campo
administrativo como en el campo
judicial.
e) Sistema de Imposición Indirecta: Se
pagaba el impuesto en la compra de
las mercaderías
e) En Guatemala existe el Impuesto al
Valor Agrevado (IVA).
f) Tributum o Stipendium. f) Impuesto Sobre la Renta.
Feudal Tributo Impuesto Actual
Fuente: Elaboración propia
Siempre en la antigüedad, antes del descubrimiento y posterior conquista de América, los
Quichés, Tamub, Ilocab, Rabinleb y Cakchiqueles, ya tenían un concepto de tributo. Estas
organizaciones (Quichés, Tamub, Ilocab, Rabinleb y Cakchiqueles), formó una sociedad
estamentaria en cuya cúspide estaban los jefes de las parcelas conocidas como Ah Pop,
quienes eran alimentados y sostenidos por los tributos de las clases bajas.
26
En esa época el tributo no representó la entrega de especies, también lo fueron trabajos a favor
de los jefes, así por ejemplo en la escalinata jeroglífico tres de Yaxchilán, sugiere que el
trabajo del escribano era un tributo. Los agricultores esclavos ocupaban el último lugar en esta
organización política, la que se organiza alrededor de los jefes teocráticos, lo que posibilitó
una agricultura comunal. La tributación se conoce en Guatemala desde la época precolombina;
en este sentido, se conoce que los reyes y sacerdotes mayas tenían derecho al cobro de tributos
al pueblo para su sostenimiento. Los vasallos estaban obligados a dar el tributo a los señores, y
esto constituía la distinción económica fundamental entre los dos estratos. Al respecto, los
vasallos se encontraban obligados a:
a) Trabajar en común las casas y cementeras de los señores.
b) Pagar bienes tributarios cada ochenta días.
c) Contribuir para las ofrendas destinadas a los señores hostiles de otros reinos.
d) Dar contribuciones generales para las fiestas religiosas anuales.
e) Dar ofrendas de primicias.
f) Dar regalos para cualquier servicio administrativo hecho por los señores.
Los que recogían los tributos eran los señores, y los tributarios temblaban ante ellos. Todos
los aspectos de recolección, su carga y entrega, servían para distinguir los estratos entre los
señores y vasallos. En el sistema colonial, el vocablo tributo se empleó siempre en sentido
estricto: “La entrega de un valor por parte de un vasallo a su señor, en reconocimiento del
señorío”.
27
En las instrucciones de Cortez a los primeros organizadores de la colonia, se advertía que el
tributo tasado a favor del Rey de España fuera aproximadamente de la misma cuantía que el
anteriormente dado por los indios a sus señores. En los primeros años de la empresa
conquistadora en Guatemala, se dio la apropiación violenta de la riqueza, y el trabajo de los
indios directamente para sus nuevos amos.
En el régimen colonial guatemalteco, la voz tributo designó una gabela específica: aquella que
los indios, a título de vasallos, daban a su señor, el rey, y que sería un valor entregado a cada
tributario independientemente del monto de sus ingresos.
Los conquistadores españoles implantaron un esquema especial de tributos, dentro de los
cuales se encontraban:
El sínodo, por medio del cual se obligaba a los encomenderos a pagar a los
sacerdotes que adoctrinaban a los conquistados en la religión católica cristiana.
El Impuesto de Alcabala, el cual era pagado en los actos de traspaso de bienes por
compra venta y herencias.
El Almojarifazo, por medio de los cuales se gravaba la salida de productos de las
colonias con destino a España.
La Media Annata Secular, con el cual se gravaba el sueldo de los altos funcionarios
nombrados por la Corona.
28
El tributo era una obligación de los indios, pero no para todos ellos. Varios individuos, e
incluso amplios sectores de la población india se encontraban eximidos legalmente de su pago,
(niños y ancianos). (Monterroso, 2004, pág. 88-90)
2.1.2 El concepto de tributo
Surgió desde la época antigua desarrollándose día con día, según las necesidades de los
pueblos por mantenerse y subsistir, iniciando tanto con prestaciones voluntarias como con
imposiciones directas, modificando su esencia durante el siglo XI, siglo en el cual se dio
origen a muchos tributos que conocemos en la actualidad, aunque no con su nombre original,
pero que en sentido general tienen el mismo fin.
En América Central el concepto de tributo se originó no como un pago en especie,
fundamentalmente surgió como trabajos a favor de los jefes de las organizaciones existentes
en esa época, cambiando el sentido en la época colonial en donde la palabra tributo significó
entregar un valor por parte de un vasallo a su señor, en reconocimiento de su señorío.
(Monterroso, 2004, pág. 91)
2.1.3 Los tributos en Guatemala
Luego del 15 de septiembre de 1821, se difunde un Decreto emitido en el sentido de que los
indios continuaren pagando tributo. Los pueblos esperaban que con la independencia no
solamente se rebajaran los tributos, sino que los mismos fueran suprimidos totalmente, sin
importarles la denominación de la carga. Sin embargo, en 1824, la primera Asamblea Nacional
Constituyente, legisló sobre los tributos, estableciendo que correspondía a dicha Asamblea
29
determinar el gasto de la administración del Estado y decretar los impuestos necesarios para
cubrirlo.
Hay algunos impuestos creados por la Corona Española que perduraron en éste nuevo período,
e incluso hasta nuestros días, tal es el caso del impuesto de papel sellado, omitido de nuestra
legislación en 1992. (Bdigital, 2005)
En Guatemala, los tributos son parte fundamental de los recursos públicos del Estado, pero no
es esta faceta la más caracterizada porque el tributo representa una autentica institución, es
decir un conjunto de normas que regulan una gran cantidad de relaciones jurídicas, derechos
del Estado, obligaciones de los Contribuyentes, potestades, deberes y sujeciones en torno a lo
que se ha llamado la Relación Jurídica Tributaria, existente entre los ciudadanos y el Estado,
que en base a la potestad que le da el poder imperio hace efectivo su derecho al cobro de las
cargas y obligaciones.
2.1.3.1 El objetivo del tributo
El objetivo del tributo es una prestación en términos de dinero en efectivo (periódica o no,
dependiendo del hecho que la motive) a que está obligado el contribuyente o ciudadano sujeto
a su pago, pero con carácter excepcional, en algunos países existen normas donde se encuentra
reconocida la prestación en especie, en Guatemala no es así. (Monterroso, 2004, Pág. 92)
La obligación tributaria nace de la ley, de modo que es un principio de rango universal y
reconocido en la Constitución Política de la República de Guatemala.
30
2.1.3.2 La legislación tributaria Guatemalteca
Dentro de los principios que la inspiran, contempla el de Reserva de Ley para la imposición de
los tributos y garantiza así la obligatoriedad y exigibilidad del mismo por medio únicamente
de la norma; este principio, o sea el de Reserva de Ley, se encuentra contemplado en los
Artículos 171 y 239 de la Constitución Política de la República de Guatemala.
Es importante señalar que la legislación tributaria guatemalteca se basa en el principio de
territorialidad. Con pocas excepciones, principalmente relacionadas con las retenciones en
origen, casi todos los impuestos son aplicables a las actividades llevadas a cabo en el territorio
guatemalteco. La Constitución Política de la República de Guatemala otorga la potestad
tributaria al Congreso de la República. Esto proporciona la certeza de que ningún organismo
gubernamental puede imponer cargas fiscales sobre el sector privado. Indicando lo anterior se
describen los impuestos que tiene nuestra legislación tributaria:
Impuesto Sobre la Renta
Impuesto al Valor Agregado
Impuesto de Solidaridad
Impuesto Único Sobre Inmuebles
Impuesto de Timbres
Impuesto Específico a la Primera Matricula de Vehículos Automotores Terrestres
Leyes de Incentivo Fiscal
Ley Aduanera Nacional
Reglas de Precios de Transferencia
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Ley de Extinción de dominio
Ley de Lavado de dinero y otros activos
En el caso de determinadas industrias, existen impuestos específicos al consumo, tales como:
Impuesto a la Distribución del cemento
Impuesto a la Distribución de Tabaco
Impuesto a la Distribución de bebidas alcohólicas
Impuesto a la Distribución de Combustibles
Es necesario tener en cuenta el hecho de que el principal fundamento de la legislación
tributaria y fiscal de Guatemala es la ley y que conforme a la jerarquía de leyes, la
Constitución Política de la República de Guatemala es la principal fuente, fundamentalmente
en los artículos 239, Principio de la Legalidad y 243 que contiene el principio de la capacidad
de pago. (Deloitte, 2013)
2.1.4 La política tributaria en Guatemala
En Guatemala el sistema tributario contiene varios rasgos históricos de carácter negativo, tales
como una baja capacidad de recaudación, una notable inestabilidad de los ingresos tributarios,
una fuerte dependencia de los impuestos indirectos y hasta hace poco, apoyándose en las
exportaciones; también se caracteriza por constantes reformas tributarias fracasadas y un
recurrente déficit fiscal. Todo esto permite afirmar que se trata de una estructura histórica con
una fuerte falta de igualdad que revela la existencia de un Estado débil, que no ejercita de
manera suficiente uno de las características modernas del poder público, su soberanía fiscal.
32
La carga tributaria está entre la más baja de América Latina, oscilando desde hace casi medio
siglo en torno a un diez por ciento y subiendo muy lentamente los efectos de la baja
recaudación son múltiples, tales como no lograr satisfacer las urgencias del desarrollo social y
económico y de esa manera, fortalecer instituciones democráticas, y no preservar la estabilidad
macroeconómica. Además, los déficit a que da origen, provocan mayor endeudamiento
externo e interno y limitan los márgenes de acción de las políticas monetarias.
La histórica baja recaudación se puede explicar por la cultura anti-fiscal de los guatemaltecos,
la debilidad de los instrumentos administrativos y penales, un sistema de privilegios y
exoneraciones y la inoperancia del sistema de justicia tributaria. El poder fiscal del Estado está
delimitado por disposiciones de la actual Constitución, y en otro orden de cosas, influye en la
poca recaudación, la desigualdad en la distribución de la riqueza social y la creciente franja de
la economía informal.
2.1.5 Las Reformas fiscales
Los costos e impactos de la “Actualización Tributaria” serán vistos a largo plazo, es por ello
que han provocado el rechazo del empresariado y han tenido por ello, una aplicación y una
eficacia muy relativa. Con el fortalecimiento y modernización de la Superintendencia de
Administración Tributaria se espera que en general aumente la captación de impuestos y se
eviten las altas cuotas de evasión.
El Estado, como garante de la estabilidad económica y social de la nación, dispone de la
política fiscal como el conjunto de instrumentos económicos para participar en los procesos
productivos y distributivos mediante los impuestos y el gasto público, incidiendo en la equidad
33
y el bien común, los cuales constituyen el nexo con el desarrollo humano. Las implicaciones
de una política fiscal sobre el bienestar social pueden ser significativas en la medida en que
tiendan a mejorar los niveles de crecimiento económico y generar fuentes de empleo, reducir
los impactos de choques adversos a la dinámica económica nacional (política anti cíclica) y
propiciar efectos distributivos, atendiendo necesidades vitales como la salud, educación,
vivienda y seguridad, entre otros. (Revista, 2011)
Una propuesta de política fiscal en función del desarrollo humano puede constituir la base de
un contrato social renovado entre la ciudadanía y el Gobierno. Para ello es fundamental
proporcionar bienes y servicios públicos mejores y más justos, que pueden contribuir
igualmente a la consolidación democrática. (Revista, 2011)
Elementos más destacados de las reformas fiscales a partir del 2012, que complementa la Ley
Antievasión II (Dto. 4-2012) y Componentes de la Ley de Actualización Tributaria (Dto. 10-
2012): Nueva ley del ISR, según cuadros No. 2 y 3:
34
Cuadro No. 2
Elementos más destacados de las reformas del decreto 4-2012