LEGGEPA INTEGRANTES Gilberto Pozo Hernández Victor Emmanuel herrera camara Fred Sierra Castellanos Malaquias jeronimo betancourt.
LEGGEPA
INTEGRANTESGilberto Pozo Hernández
Victor Emmanuel herrera camaraFred Sierra Castellanos
Malaquias jeronimo betancourt.
Funciones
Garantizar el derecho de toda persona a vivir en un medio ambiente adecuado.
Definir los principios de la política ambiental y los instrumentos para su aplicación.
La preservación, la restauración y el mejoramiento del ambiente.
La preservación y protección de la biodiversidad, así como el establecimiento y administración de las áreas naturales protegidas.
El aprovechamiento sustentable de los recursos naturales.
La prevención y el control de la contaminación del aire, agua y suelo.
Garantizar la participación corresponsable de las personas para la restauración del equilibrio ecológico.
El establecimiento de los mecanismos de coordinación en materia ambiental.
El establecimiento de medidas de control y de seguridad para garantizar el cumplimiento y la aplicación de esta Ley.
El ordenamiento ecológico del territorio nacional en los casos previstos por ésta y las demás leyes aplicables.
El establecimiento, protección y preservación de las áreas naturales protegidas y de las zonas de restauración ecológica
La formulación y ejecución de acciones de protección y preservación de la biodiversidad del territorio nacional y las zonas sobre las que la nación ejerce su soberanía y jurisdicción, así como el aprovechamiento de material genético.
El establecimiento de zonas intermedias de salvaguardia, con motivo de la presencia de actividades consideradas como riesgosas
La formulación y ejecución de acciones de mitigación y adaptación al cambio climático.
Federal
Estatal
Municipal
Federal, Estatal y Municipal Federal y Estatal
Federal
Articulo 5º
Articulo 6o
Articulo 9o
XXII, facultades
Estatal
Articulo 7º
XII facultades
Municipal
Articulo 8o
XVII, facultades
Federal y Estatal
Articulo 10
Articulo 13
Articulo 14 BIS.
Federal, Estatal y Municipal
Articulo 11
Articulo 12
Articulo 14
IX, facultades
X, facultades
Articulo 15
XX, facultades
Articulo 16
Entidades federativas
Municipios
Artículo 15.- Para la formulación y conducción de la política ambiental y laexpedición de normas oficiales mexicanas y demás instrumentos previstos en estaLey, en materia de preservación y restauración del equilibrio ecológico y protecciónal ambiente, el Ejecutivo Federal observará los siguientes principios:I.- Los ecosistemas son patrimonio común de la sociedad y de su equilibriodependen la vida y las posibilidades productivas del país;II.- Los ecosistemas y sus elementos deben ser aprovechados de manera que seasegure una productividad óptima y sostenida, compatible con su equilibrio eintegridad;III.- Las autoridades y los particulares deben asumir la responsabilidad de laprotección del equilibrio ecológico;IV.- Quien realice obras o actividades que afecten o puedan afectar elambiente, está obligado a prevenir, minimizar o reparar los daños que cause, asícomo a asumir los costos que dicha afectación implique. Asimismo, debeincentivarse a quien proteja el ambiente y aproveche de manera sustentable losrecursos naturales;V.- La responsabilidad respecto al equilibrio ecológico, comprende tanto lascondiciones presentes como las que determinarán la calidad de la vida de lasfuturas generaciones;VI.- La prevención de las causas que los generan, es el medio más eficaz para evitarlos desequilibrios ecológicos;VII.- El aprovechamiento de los recursos naturales renovables debe realizarse demanera que se asegure el mantenimiento de su diversidad y renovabilidad;
SECCiÓN I
Planeación Ambiental
Artículo 17.- En la planeación nacional del desarrollo se deberáincorporar la política ambiental y el ordenamiento ecológico quese establezcan de conformidad con esta Ley y las demásdisposiciones en la materia.
En la planeación y realización de las acciones a cargo de lasdependencias y entidades de la administración públicafederal, conforme a sus respectivas esferas de competencia, asícomo en
el ejercicio de las atribuciones que las leyes confieran alGobierno Federal pararegular, promover, restringir, prohibir, orientar y en generalinducir las acciones de los particulares en los campos económicoy social, se observarán los lineamientos de política ambientalque establezcan el Plan Nacional de Desarrollo y los programascorrespondientes.
INSTRUMENTOS
ARTÍCULO 7o.II.- La aplicación de los instrumentos de política
ambiental previstos en las leyes locales en la materia,
así como la preservación y restauración del equilibrio ecológico y la protección al ambiente
que se realiceen bienes y zonas de jurisdicción estatal, en las materias que no estén expresamente atribuidas
a laFederación;
INSTRUMENTOS
• ARTÍCULO 8o.II.- La aplicación de los instrumentos de política ambiental previstos en las leyes locales en la materiay la preservación y restauración del equilibrio ecológico y la protección al ambiente en bienes y zonas dejurisdicción municipal, en las materias que no estén expresamente atribuidas a la Federación o a losEstados;
Instrumentos de la Política Ambiental
Planeación Ambiental
En la planeación nacional del desarrollo se deberá incorporar la política ambiental y el
ordenamiento ecológico que se establezcan de conformidad con esta Ley y las demás disposiciones en la
materia.
Ordenamiento Ecológico del Territorio
SECCIÓN II
Articulo 19 y 20
Instrumentos Económicos
SECCIÓN III
Articulo 21 y 22
Evaluación del Impacto Ambiental
Articulo 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, y 35.