Top Banner
LEY Nº 5869 Esta ley se sancionó y promulgó el día 15 de diciembre de 1981. Publicada en el Boletín Oficial de Salta Nº 11.378, del 18 de diciembre de 1981. Ministerio de Bienestar Social El Gobernador de la provincia de Salta sanciona y promulga con fuerza de L E Y Artículo 1º.- Apruébase el convenio que como Anexo I forma parte de la presente ley, suscripto entre el Ministerio de Acción Social de la Nación y el Gobierno de la provincia de Salta. Art. 2º.- Téngase por ley de la Provincia, cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial de Leyes y archívese. ULLOA Folloni Müller Sansberro Alvarado ANEXO I
2

LEY Nº 5869 - diputadosalta.gob.ar

Jul 16, 2022

Download

Documents

dariahiddleston
Welcome message from author
This document is posted to help you gain knowledge. Please leave a comment to let me know what you think about it! Share it to your friends and learn new things together.
Transcript
Page 1: LEY Nº 5869 - diputadosalta.gob.ar

LEY Nº 5869

Esta ley se sancionó y promulgó el día 15 de diciembre de 1981.

Publicada en el Boletín Oficial de Salta Nº 11.378, del 18 de diciembre de 1981.

Ministerio de Bienestar Social

El Gobernador de la provincia de Salta sanciona y promulga con fuerza de

L E Y

Artículo 1º.- Apruébase el convenio que como Anexo I forma parte de la presente ley, suscripto

entre el Ministerio de Acción Social de la Nación y el Gobierno de la provincia de Salta.

Art. 2º.- Téngase por ley de la Provincia, cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro

Oficial de Leyes y archívese.

ULLOA – Folloni – Müller – Sansberro – Alvarado

ANEXO I

Page 2: LEY Nº 5869 - diputadosalta.gob.ar