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ORGANIZACIN Y LEGISLACIN DEL DEPORTE TCNICO DEPORTIVO EN
FTBOL
PRIMER NIVEL
INTRODUCCIN Y SITUACIN
Introduccin
El mdulo de organizacin y legislacin deportiva pretende
proporcionar al futuro tcnico deportivo una visin global sobre el
modelo de organizacin del deporte en los mbitos internacional,
europeo, nacional, regional y local.
Es un rea fundamental, pues el alumno debe ser capaz de
interpretar las normas bsicas del derecho deportivo, ya que van a
ser de aplicacin directa en el marco de la actividad deportiva que
desarrolle. Igualmente conocer las diferencias entre el sector
pblico y el sector privado, en cuanto a la organizacin del
deporte.
Situacin
Uno de los temas con los que el nuevo tcnico est menos
familiarizado y que, sin embargo, debe conocer (y ms cuando puede
que est planificando la incorporacin de su equipo a la competicin),
es el tema legislativo. Si bien el nuevo entrenador ha podido estar
federado durante toda su carrera deportiva, puede que nunca haya
profundizado en los aspectos administrativos y legislativos del
deporte, que siempre probablemente haya visto ms como un engorro
que como un aspecto ms de su profesin, y lo ms normal es que ignore
muchas de las cuestiones relevantes de la organizacin del deporte a
nivel internacional, estatal, autonmico y local. Por ello, deber
familiarizarse con los siguientes temas:
Tema 1. La organizacin y el marco jurdico del deporte en Espaa.
Tema 2. La organizacin y el marco jurdico del deporte en la
C.V.
Objetivos
Una vez finalizado el mdulo, el alumno deber:
1. Conocer y manejar las normas jurdicas que regulan y ordenan
el deporte en sus distintas manifestaciones: internacional,
comunitaria, nacional y regional.
2. Familiarizarse con las competencias y las funciones de las
distintas instituciones deportivas en sus distintos mbitos de
actuacin.
3. Conocer la organizacin del deporte, tanto en el mbito pblico,
como en el mbito privado.
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Tema 1 - LA ORGANIZACIN Y EL MARCO JURDICO DEL DEPORTE EN
ESPAA
Para que pueda competir a nivel provincial, autonmico e incluso
estatal, el equipo que cualquiera dirige debe cumplir con una serie
de requisitos administrativos de los que tendremos que encargarnos
y sobre los que no estaremos, en principio, muy informados. Por
ello, deberemos familiarizarnos con los siguientes aspectos:
1.1 - El marco jurdico del deporte en Espaa. 1.2 - Estructura y
organizacin del deporte en el mbito estatal. 1.3 - El deporte en el
mbito autonmico. 1.4 - El deporte en el mbito local. 1.5 - Entes
deportivos privados.
1.1.- El marco jurdico del deporte en Espaa
El estudio del rgimen jurdico y la organizacin del deporte en
Espaa no resulta fcil. La configuracin descentralizada del Estado
espaol y las especiales caractersticas normativas del mundo
deportivo hacen que nos encontremos con diversidad de fuentes
normativas.
Ante esta diversidad, resulta compleja la determinacin de la
legislacin vigente en cada supuesto, por lo que se parte de una
divisin competencial entre los distintos sujetos intervinientes
para ayudar a resolver la problemtica.
El deporte en Espaa se ha convertido en una actividad con un
importante arraigo social, cultural y econmico, en constante
presencia en los medios de comunicacin, por lo que ha sido
desarrollado por una profusa legislacin deportiva.
El deporte ha evolucionado en nuestro pas de forma sorprendente
en los ltimos aos, tanto en aspectos organizativos, como de gestin
y de prctica deportiva, tanto los ayuntamientos como las
comunidades autnomas han asumido un papel muy importante en la
promocin y en la conciencia social hacia el fenmeno deportivo.
En tan slo 20 aos se ha duplicado la prctica deportiva en
nuestro pas, la totalidad de los escolares reciben educacin fsica
con profesorado especializado, Espaa est considerada entre las 10
potencias del mundo ms desarrolladas deportivamente, tanto en
infraestructuras, como en resultados deportivos.
El modelo deportivo espaol es el resultado de la colaboracin
entre el sector pblico y privado. Cada uno asume sus competencias y
colaboran en cada uno de los tres niveles, local, autonmico y
estatal.
El objetivo de esta legislacin deportiva es regular el marco
jurdico en el que debe desenvolverse la prctica deportiva, tanto en
el mbito estatal, como en el mbito autonmico.
En primer lugar, hemos de decir que existen dos grandes fuentes
normativas:
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- Normas de carcter pblico emanadas de los poderes pblicos. -
Normas de carcter privado emanadas de organizaciones
deportivas.
Una de las peculiaridades del deporte es su capacidad para
dictar normas de auto-organizacin. As, los estatutos de las
federaciones y los clubes, los reglamentos de rgimen interior y los
reglamentos de competicin son buenos ejemplos de llo.
Dentro de las normas de naturaleza pblica es conveniente dividir
las mismas en funcin de la jerarqua normativa (Constitucin, Ley y
Reglamento):
A.- Constitucin:
El principal soporte jurdico se encuentra en la Constitucin
Espaola de 1978, que en el Art. 43.3 establece un mandato a los
poderes pblicos de fomentar el deporte:
Los poderes pblicos fomentarn la educacin sanitaria, la educacin
fsica y el deporte
Asimismo, facilitarn la adecuada utilizacin del ocio. Este
mandato afecta a todos los poderes pblicos, en sus respectivas
competencias: estatal, autonmica y local. Una de las formas de
fomentar el deporte es ordenando su territorio.
El Tribunal Constitucional en la Sentencia 67/85 interpret el
trmino "fomento" en un sentido amplio, por lo que se incluyen las
actividades de reglamentacin, tutela, apoyo y ayuda financiera,
creacin de un servicio pblico de deporte, etc.
B.- Ley:
En el ao 1980 se aprob la Ley General para la Educacin Fsica y
el Deporte, prcticamente en 10 aos, esta Ley qued anticuada y
desfasada, por lo que fue reformada por la actual Ley 10/1990 de 15
de Octubre.
Los motivos de la reforma eran evidentes: la realidad deportiva
del pas era otra, de un lado un importante incremento de
practicantes, la creciente profesionalizacin del deporte, la
adaptacin de la normativa al proceso de descentralizacin autonmica
y la propia evolucin del deporte como determinante de la calidad de
vida y de ocio de la sociedad contempornea, requeran una ley nueva
y moderna.
La Ley del Deporte se ocupa de todas las manifestaciones
sectoriales del deporte (culturales, educativas, investigacin,
financieras, etc.), as como de la organizacin de las estructuras
deportivas (pblicas y privadas) y de la organizacin empresarial del
deporte.
La Ley se consult con todos los sectores deportivos del mundo
del deporte, por lo que el resultado final fue una Ley con un
importante grado de consenso.
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C.- Reglamento: Tanto el estado central como las comunidades
autnomas han formulado un extenso desarrollo reglamentario de las
respectivas leyes. La descripcin de la normativa reglamentaria es
muy extensa, por lo que nos vamos a centrar en sus bloques
temticos:
- Estructura organizativa de la administracin deportiva
(estructura del CSD y de las Comisiones nacionales de violencia,
etc.)
- Federaciones deportivas espaolas y Ligas profesionales. -
Sociedades Annimas Deportivas. - Disciplina deportiva y dopaje. -
Deporte de alto nivel. - Deportistas profesionales. -
Manifestaciones deportivas.
Ley 10/90, del Deporte
Principios generales: Definen la educacin fsica y la prctica
deportiva como parte de la programacin de la enseanza, en orden a
la educacin integral de la persona, formando parte del sistema
educativo.
Asociacionismo deportivo: Es el ttulo ms importante y de mayor
novedad en la Ley. Recoge el impulso de la actividad deportiva
organizada a travs de estructuras asociativas en un marco estable
de colaboracin entre el sector pblico y privado. Se establecen tres
tipos de clubes deportivos: elemental, bsico y sociedad annima
deportiva. Esta ltima se regula con detalle y es obligatoria para
los clubes que participen en competiciones profesionales.
Tambin se regulan la organizacin, funcionamiento y competencias
de las federaciones deportivas espaolas, las ligas profesionales y
los deportistas de alto nivel.
La Ley del deporte se ocupa de todas las manifestaciones
sectoriales del deporte (culturales, educativas, investigacin,
financieras, etc) as como de la organizacin de las estructuras
deportivas (pblicas-privadas) de la organizacin empresarial del
deporte.
La Ley se consult con todos los sectores deportivos, por lo que
el resultado final fue una Ley con un importante grado de consenso.
Tanto el gobierno central como las comunidades autnomas han
formulado un extenso desarrollo reglamentario de las respectivas
leyes. La descripcin de la normativa reglamentaria es muy extensa,
por lo que nos vamos a centrar en sus bloques temticos:
- Estructura organizativa de la administracin deportiva
(estructura del CSD y de las comisiones nacionales de violencia,
etc.)
- Federaciones deportivas espaolas y ligas profesionales. -
Sociedades annimas deportivas. - Disciplina deportiva y dopaje. -
Deporte de alto nivel. - Deportistas profesionales. -
Manifestaciones deportivas.
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1.2 - Estructura y organizacin del deporte en el mbito
estatal
El deporte en Espaa no es competencia exclusiva del Estado.
Las comunidades autnomas podrn asumir competencias en materia
deportiva, en cuanto a la promocin del deporte, siempre y cuando lo
dispongan los Estatutos de Autonoma. Todo ello sin perjuicio de las
acciones que puedan desarrollar las entidades locales, en su
territorio y en beneficio de sus propios intereses.
Por tanto, la organizacin del deporte se basa en un sistema de
colaboracin mutua entre el sector pblico y el sector privado. Ambos
sectores comparten responsabilidades en el fomento, promocin y
desarrollo de la actividad fsico-deportiva.
Centrndonos en la organizacin deportiva, cabe distinguir una
organizacin pblica, o administrativa en sentido estricto, del
deporte y una organizacin privada. La primera corresponde las
estructuras administrativas del Estado, comunidades autnomas y
entidades locales. La segunda, a las estructuras de las
federaciones deportivas, pese a las asuncin de funciones pblicas,
ligas profesionales, clubes, etc.
La nueva demarcacin territorial del Estado establecida en la
Constitucin Espaola reconoce la organizacin del Estado en
municipios, provincias y comunidades autnomas. Ello influye en el
reparto, tanto organizativo como de competencias deportivas en
nuestro pas.
As, de manera esquemtica, nos encontramos con las siguientes
entidades:
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Consejo Superior de Deportes
En funcin del mandato constitucional ejerce directamente la
actuacin de la Administracin del Estado en el mbito del deporte. Es
el rgano que asume la gestin deportiva. Es un organismo autnomo de
carcter administrativo, adscrito al Ministerio de Educacin y
Ciencia.
Dentro de su organigrama, podremos encontrar:
Presidente: Con rango de Secretario de Estado, ostenta la
representacin, administra su patrimonio y superior direccin del
Consejo, celebra los contratos propios de su actividad y dicta los
actos administrativos.
Comisin Directiva: Es el rgano rector, integrada por
representantes de la Administracin del Estado, comunidades
autnomas, corporaciones locales y federaciones deportivas
espaolas.
Asamblea General del Deporte: rgano plenario.
Dos Direcciones Generales: - DG de Deportes: centros de alto
rendimiento y centro nacional de
investigacin y ciencias del deporte. - DG de Deportes: centros
de alto rendimiento y centro nacional de
investigacin y ciencias del deporte.
rganos adscritos al CSD:
a) Comisin de Apuestas Mutuas Deportivo-Benficas. b) Comisin de
emisiones y retransmisiones de competiciones y
acontecimientos deportivos. c) Comisin de Evaluacin del Deporte
de Alto Nivel. d) Junta de Garantas Electorales. e) Observatorio de
la Violencia, el Racismo, la Xenofobia y la Intolerancia
en el Deporte. f) Comisin de Control y Seguimiento de la Salud y
de Lucha contra el
Dopaje en el Deporte. Real Decreto 811/2007, de 22 de junio, por
el que se constituye la nueva Comisin de Control y Seguimiento de
la Salud y la Lucha contra el Dopaje en el Deporte. Se incluye el
Real Decreto de la creacin y constitucin de dicha comisin con el
nombramiento de los distintos miembros
g) Comisin de Control y Seguimiento para la Salud y el Dopaje.
h) Comisin Mixta. i) Conferencia Interterritorial del Deporte
rgano formado por el Consejo Superior de Deportes y las
Comunidades Autnomas, constituido en Avils el 14 de noviembre de
2008
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Funciones y competencias del Consejo Superior de Deportes
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1.3 - El deporte en el mbito autonmico
Las funciones y competencias para el fomento y el desarrollo de
las polticas deportivas en las comunidades autnomas espaolas estn
establecidas en los respectivos Estatutos de Autonoma y dems normas
reguladoras de las actividades deportivas en el mbito geogrfico de
cada comunidad.
Las Comunidades Autnomas son hoy en da las que tienen ms
capacidad para regular el deporte en cada una de las regiones.
No obstante, el art. 148-1,p) 19 establece que las Comunidades
Autnomas podrn tener competencia exclusiva en "promocin del
deporte", curiosamente no existe ninguna referencia directa en el
deporte en el Art. 149 de la Constitucin, donde se recogen las
competencias que se reserva el Estado Central.
Entre las competencias destacan:
- Ordenacin del deporte en su territorio. - Gestin de los
servicios deportivos. - Fomento del deporte en todos sus niveles. -
Organizacin de competiciones territoriales. - Potestad legislativa
sobre la poltica deportiva. - Promocin, construccin y gestin de
instalaciones deportivas. - Diseo del plan regional de
instalaciones deportivas. - Fijacin de las bases del deporte
escolar. - Apoyo a deportistas. - Creacin de centros de
tecnificacin. - Funciones de inspeccin y sancin. - Normalmente las
competencias recaen en una Consellera, con una o
varias Direcciones Generales.
As, en la Comunidad Valencia la competencia recae en la
Consellera de Educacin, Cultura y Deporte, que cuenta con una
direccin general y una subdireccin que se divide en tres
servicios:
1. Servicio de Promocin del Deporte y la Actividad Fsica. 2.
Servicio de Deporte de competicin y Entidades Deportivas. 3.
Servicio de Infraestructuras deportivas.
Prcticamente casi todas las comunidades autnomas tienen aprobada
su Ley del Deporte, para establecer el marco jurdico para la
ordenacin del deporte en su territorio. Adems cada comunidad
autnoma tiene su propio desarrollo reglamentario. En la Com.
Valenciana nuestra actual Ley 2/2011, del Deporte y la Actividad
Fsica de la Comunitat Valenciana,
La Generalitat ostenta todas las competencias que en materia de
deportes tiene reconocidas la Comunitat Valenciana en virtud del
Estatuto de Autonoma y que, bsicamente, son las siguientes:
- La promocin de actividades deportivas dirigidas a todos los
sectores de la sociedad.
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- El apoyo y tutela al asociacionismo deportivo como ncleo bsico
del deporte valenciano.
- La creacin de una infraestructura deportiva adecuada mediante
la construccin de una red bsica de instalaciones y equipamientos
que facilite e incremente la prctica del deporte.
- La mxima representacin oficial del deporte de la Comunitat
Valenciana.
- Con carcter general, la Generalitat ejercer las funciones de
coordinacin de las administraciones locales en materia
deportiva.
La Ley 2/2011, del Deporte y la Actividad Fsica de la Comunitat
Valenciana, tiene como objeto promocionar, coordinar y regular el
deporte y la actividad fsica en el mbito de las competencias de la
Generalitat.
Conviene sealar que la mayora de las comunidades autnomas
coinciden en la vertebracin del deporte de manera muy parecida, lo
que afortunadamente puede ofrecer una homogeneidad de la estructura
deportiva en el pas.
Adems, existen otros rganos administrativos, como:
- Comits Autonmicos de Disciplina Deportiva. - Centros de
Medicina Deportiva. - Centros de Investigacin Deportiva. - Comisin
Arbitral. - Centros de Alto Rendimiento. - Juntas de Garantas
Electorales. - Escuela de Deporte. - Comisin Antiviolencia. -
Comisin Antidopaje.
1.4 - El deporte en el mbito local
La Ley de Bases del Rgimen Local otorga unas competencias mnimas
en materia deportiva a los municipios y diputaciones. No obstante,
son las entidades ms cercanas a los ciudadanos y, como tal, juegan
un papel muy significativo en el desarrollo del deporte.
Fue a partir de 1980 cuando los ayuntamientos espaoles empezaron
a preocuparse por el deporte, construyendo y manteniendo
instalaciones, fomentando programas de promocin deportiva, as como
la realizacin en su territorio de eventos deportivos o el apoyo
econmico a los equipos de su localidad.
Las competencias las asumen las diputaciones provinciales y los
ayuntamientos de los municipios. Las diputaciones asumen la
promocin deportiva supramunicipal, tambin ejecutan un plan de
instalaciones deportivas y organizan competiciones de mbito
provincial.
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Normalmente las diputaciones poseen un servicio de deportes
encargado de las labores de promocin, instalaciones,
infraestructuras, etc.
Los ayuntamientos tienen competencias en materia deportiva,
sobre todo en aquellos municipios superiores a 20.000 habitantes,
ya que debern en todo caso prestar servicios de instalaciones
deportivas de uso pblico.
Los ayuntamientos han sido los grandes dinamizadores del deporte
en nuestro pas, siendo la entidad pblica que ms dinero ha destinado
al deporte.
Sus competencias ms destacadas son:
- Desarrollo de programas de promocin y fomento deportivo. -
Gestin y mantenimiento de instalaciones deportivas. - Organizacin y
apoyo a competiciones deportivas, promocin de
acontecimientos deportivos. - Diseo, programacin y construccin
de instalaciones deportivas. - Apoyo a clubes y a deportistas
locales. - Reserva de suelo en los planes urbansticos para la
construccin de
instalaciones.
Lo ms usual es que en un ayuntamiento dispongan de un Servicio,
Instituto o Patronato Municipal de Deportes, organismos autnomos
con personalidad jurdica propia y plena capacidad de obrar.
Muchas de las actividades de los ayuntamientos se hacen de forma
mixta con clubes, asociaciones y federaciones, o incluso a travs de
la cesin de instalaciones o arrendamientos de programas.
Su composicin vara desde un presidente, a un comit ejecutivo,
secretara, departamento de actividades, econmico, de instalaciones,
etc. En municipios pequeos, en los que no puede existir un servicio
propio, existen servicios comarcales o mancomunados.
1.5 - Entes deportivos privados
Qu es un club deportivo?
Es la clula base del deporte en la mayora de los pases
occidentales, la mayor parte de la actividad deportiva organizada
en los pases de nuestro entorno se canaliza a travs de los clubes
deportivos.
El sistema jurdico espaol establece que para participar en
competiciones deportivas calificadas como oficiales es necesario
que el club o la asociacin deportiva tengan un rgimen jurdico
determinado.
Los clubes son asociaciones sin nimo de lucro, es decir, no
pueden repartir beneficios entre sus socios (excepto en el deporte
profesional)
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En la Ley del Deporte Estatal, encontramos 3 tipos de
clubes:
Atendiendo a la clasificacin anterior, un club elemental es una
entidad muy sencilla en su organizacin y estructura, destinado a la
promocin deportiva y a la prctica en actividades de mbito local y
de bajo nivel.
Un club deportivo bsico es un club con personalidad jurdica
propia, con sus estatutos y reglamentos de rgimen interno,
patrimonio, etc. Participa en competiciones de distintos niveles y
est destinado a perdurar en el tiempo.
La sociedad annima deportiva est pensada para el deporte
profesional, tiene nimo de lucro y se rige, salvo algunos matices,
por el derecho mercantil. Existen en ftbol y en baloncesto.
Tambin podemos clasificar los clubes en:
- Monodeportivos, si slo tienen una modalidad. - Polideportivos,
con varias secciones deportivas de diferentes
modalidades, afiliadas a distintas federaciones.
La naturaleza jurdica de las asociaciones y clubes deportivos
es, en la mayora de los supuestos, privada.
En la normativa Valenciana encontramos:
Son clubes deportivos las asociaciones privadas sin nimo de
lucro, con personalidad jurdica y capacidad de obrar propia,
integradas por personas fsicas, que tiene como fin exclusivo el
fomento, la prctica o la participacin en una o varias modalidades
deportivas en el mbito federado.
Los clubes deportivos se inscriben en el Registro de Entidades
Deportivas de la Comunitat Valenciana.
El Registro de Entidades Deportivas tiene por objeto la
inscripcin o anotacin de las entidades deportivas reguladas en la
Ley del Deporte de la Comunitat Valenciana, como clubes deportivos,
federaciones deportivas, grups d'esplai esportius, secciones
deportivas de otras entidades, agrupaciones de actividades de
recreacin deportiva y sociedades annimas deportivas.
Requisitos para la constitucin de un club deportivo
En la Comunidad Valenciana los requisitos son:
Instancia de solicitud de inscripcin del club deportivo en el
registro.
Acta de constitucin en documento privado, por un mnimo de 3
personas fsicas, mayores de edad, donde conste la voluntad de las
mismas de constituir un club deportivo, sin nimo de lucro, con
personalidad jurdica y capacidad de obrar, que tenga como fin
exclusivo la promocin o prctica de una o varias modalidades y la
participacin en actividades o competiciones
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deportivas en el mbito federado, al amparo de la Ley 2/2011, de
22 de marzo, de la Generalitat, del Deporte y la Actividad Fsica de
la Comunitat Valenciana. La composicin de los miembros de la junta
directiva (presidente/a, vicepresidente/a, secretario/a, y en su
caso, tesorero/a y vocal) deber constar en el acta de
constitucin.
Estatutos firmados en todas sus hojas por los miembros
fundadores con el contenido mnimo estipulado en la Ley 2/2011, de
22 de marzo, de la Generalitat, del Deporte y la Actividad Fsica de
la Comunitat Valenciana. No es necesario incorporar los estatutos
al acta de constitucin.
Certificado de adscripcin del club a la federacin o federaciones
de los diferentes deportes que aparezcan reflejados en los
estatutos, emitido por la federacin autonmica correspondiente.
Fotocopia del DNI del presidente/a y secretario/a compulsada por
funcionario/a pblico/a o notario/a o Anexo I.
En Espaa existen ms de 60.000 clubes afiliados a las
federaciones espaolas, sus estructuras en la mayora de los casos
son dbiles, con dependencia de subvenciones econmicas .
A pesar de que el nmero de clubes ha aumentado a lo largo de los
aos, todava, y sobre todo en algunas regiones, existe un dbil
asociacionismo deportivo.
En los ltimos aos hemos visto surgir las empresas de servicios
deportivos, entidades de carcter mercantil que estn desempeando un
papel importante en el desarrollo del deporte, sobre todo para las
nuevas actividades y programas y en los procesos de racionalizacin
deportiva.
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Tema 2 - LA ORGANIZACIN Y EL MARCO JURDICO DEL DEPORTE EN LA
COMUNIDAD VALENCIANA.
2.1 - Rgimen jurdico del deporte en la Comunidad Valenciana.
El sistema de descentralizacin espaol se basa en una capacidad
legislativa, reglamentaria y de ejecucin de las comunidades
autnomas sobre aquellas materias sobre las que tengan
competencia.
La Comunidad Autnoma de Andaluca tiene competencias en materia
de deportes y por ello tiene capacidad para hacer una ley
especfica, todos sus reglamentos de desarrollo y la capacidad de
ejecucin de una poltica deportiva propia y diferenciada de las
dems.
El deporte en la Comunidad Valenciana era nombrado en el
Estatuto de Autonoma, concretamente en el Art. 49. 28, que atribuye
a la Comunidad Autnoma Valenciana, la competencia exclusiva sobre
el deporte y el ocio. En el apartado 25 del mismo artculo atribuye
competencias exclusivas sobre las fundaciones y asociaciones de
carcter docente, y benfico asistencial, de voluntariado social y
semejantes, cuyo mbito principal de actuacin sea la Comunidad
Valenciana.
Por tanto, el Estatuto de Autonoma concede a la Comunidad
Valenciana competencia exclusiva en materia deportiva.
En este contexto, en la Comunidad Valenciana el deporte se
concibe como un elemento determinante de la calidad de vida
integrada por diferentes elementos, entre los que destacan
especialmente las personas que lo practican o deportistas, los
tcnicos, los equipamientos deportivos y gestores que contribuyen
directa o indirectamente a la prctica deportiva por parte de los
ciudadanos.
El marco jurdico que lo regula es la Ley 2/2011, 22 de marzo, de
la Generalitat, del Deporte y la Actividad Fsica de la Comunitat
Valenciana.
Objetivo general: promocionar el deporte y la actividad fsica,
garantizando el derecho de todos los ciudadanos a su conocimiento y
prctica, adaptndola a sus necesidades y expectativas en adecuadas
condiciones de salud, seguridad e higiene.
Se regula el Consell Assessor de l'Esport, cuya finalidad, entre
otras, ser velar porque los esfuerzos y actuaciones de los
distintos estamentos vayan encaminados a la consecucin de los
objetivos fijados. Por lo tanto, en el Consell Valenci de l'Esport
confluirn todas aquellas competencias relacionadas con el deporte y
la actividad fsica que, hasta el momento, vienen asumiendo otras
administraciones u rganos de la administracin, y que afectan a
sectores como el turismo, la salud e higiene, la ecologa y el medio
natural, el uso de las instalaciones deportivas de centros
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docentes, debiendo establecerse mecanismos de coordinacin y
colaboracin precisos entre los organismos interesados, dada la
transversalidad de esta ley.
Cabe hacer especial mencin al Tribunal del Deporte y a la Junta
de Mediacin y Arbitraje Deportivo, siendo este ltimo rgano otra de
las novedades de la ley creado con la pretensin de dar solucin a
conflictos deportivos que no afecten estrictamente a la disciplina
deportiva, bien a travs de la mediacin, bien a travs del
arbitraje.
2.2 - Estructura y organizacin del deporte en la Com.
Valenciana.
El Ttulo II de la Ley aborda la regulacin de la administracin
deportiva y la organizacin bsica del deporte, jerarquizando y
coordinando los mbitos competenciales de las distintas
administraciones en materia deportiva dentro del territorio de la
Comunidad Valenciana.
El rgano de direccin y planificacin de la administracin
deportiva de la Generalitat ser la consellera que tenga asignadas
las competencias en materia de deporte.
Las competencias del Consell en materia de deporte y actividad
fsica son:
a) Ostentar la mxima representacin oficial del deporte de la
Comunitat Valenciana.
b) Aprobar los planes generales del deporte. c) Establecer los
mecanismos y criterios de coordinacin entre las distintas
administraciones pblicas de la Comunitat Valenciana. d) Conceder
las mximas distinciones deportivas de la Comunitat
Valenciana. e) Establecer y regular el uso de emblemas, smbolos
y distintivos oficiales
de la Comunitat Valenciana en actividades y manifestaciones
deportivas. f) Ejercer la potestad sancionadora en materia
deportiva. g) Dictar las disposiciones reglamentarias de desarrollo
de esta ley.
El rgano de ejecucin de la poltica deportiva de la Generalitat,
es el Consell Valenci de l'Esport y como entidad de derecho pblico,
acta bajo la superior planificacin, direccin y tutela de la
consellera con competencias en materia de deporte.
El Consell Valenci de l'Esport ejerce, en materia deportiva,
todas las competencias que, correspondiendo a la Comunidad Autnoma,
no se atribuyen expresamente en la presente ley a otras
administraciones, entidades u rganos.
Como novedad de la presente Ley del Deporte Valencian (ley
2/2011) es la creacin de El Consell Assessor de l'Esport es el
rgano de participacin social, consultivo y de asesoramiento del
Consell Valenci de l'Esport. Sus objetivos son facilitar la
participacin global de la sociedad en la configuracin y desarrollo
de la poltica deportiva de la Generalitat y asesorar a la
administracin deportiva de la Comunitat Valenciana.
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2.3 - Las entidades deportivas valencianas
La Ley 2/2011 de 22 de marzo, de la Generalitat, del Deporte y
la Actividad Fsica de la Comunitat Valenciana, en su ttulo V regula
las entidades deportivas en nuestro territorio, que a los efectos
de la presente ley son:
- Los clubes deportivos. - Las federaciones deportivas. - Los
grupos de recreacin deportiva. - Las agrupaciones de recreacin
deportiva. - Las secciones deportivas de otras entidades. - Las
secciones de recreacin deportiva de otras entidades. - Las
sociedades annimas deportivas. - Las asociaciones de federaciones
deportivas de la Comunitat
Valenciana.
Es de destacar que el reconocimiento y registro de los clubes de
ha simplificado notablemente, de acuerdo con el rgimen asociativo
establecido en la legislacin estatal y autonmica, as como la mejora
de la accesibilidad en los requisitos para la constitucin de
asociaciones deportivas.
Las asociaciones deportivas de primer grado, los clubes, se
integran en asociaciones de segundo grado o federaciones
deportivas, definidas como:
Asociaciones privadas sin nimo de lucro, con personalidad
jurdica y capacidad de obrar, constituidas por deportistas,
tcnicos-entrenadores, jueces-rbitros y otros estamentos
estatutariamente establecidos, as como por clubes, secciones
deportivas de otras entidades y sociedades annimas deportivas, cuyo
fin prioritario es la promocin, tutela, organizacin y control de
sus respectivas modalidades y especialidades deportivas dentro del
mbito territorial de la Comunitat Valenciana.
Dichas entidades ejercen por delegacin funciones pblicas de
carcter administrativo, siendo en este caso agentes colaboradores
de la Administracin gozan del carcter de utilidad pblica.
Dichas funciones pblicas de carcter administrativo, actuando en
este caso como agentes colaboradores de la administracin autonmica,
se realizarn bajo la tutela y coordinacin del Consell Valenci de
lEsport.
Slo podr existir una federacin por cada modalidad deportiva
reconocida, a excepcin de las federaciones de deportes adaptados y
de discapacitados intelectuales de la Comunitat Valenciana. El
mbito de competencias de las federaciones se extender a todo el
territorio de la Comunitat Valenciana.
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2.4 Inscripcin en el Registro de Entidades Deportivas de la
Comunidad Valenciana.
El Registro de Entidades Deportivas de la Comunitat Valenciana
est adscrito al Consell Valenci de lEsport y tiene por objeto la
inscripcin de las entidades deportivas reguladas en la ley de
Deporte de la Comunidad Valenciana.
El registro es pblico y la inscripcin en el registro no
convalidar los actos que sean nulos ni los datos incorrectos.
La inscripcin comprender en todo caso:
a) El acta de constitucin. b) Los estatutos. c) La relacin de
integrantes de los rganos de gobierno.
Las entidades deportivas debern inscribirse en el Registro de
Entidades Deportivas de la Comunitat Valenciana para ser
reconocidas como tales a los efectos de la presente ley. La
inscripcin ser un requisito indispensable para optar a las ayudas y
beneficios que la Generalitat u otras administraciones pblicas
puedan conceder.