DEDICATORIA
Dedico este trabajo principalmente a Dios, por
haberme dado la vida y permitirme el haber
llegado hasta este momento tan importante de
mi formación profesional.
De igual forma, dedico este trabajo a mi
madre que ha sabido formarme con buenos
sentimientos, hábitos y valores, lo cual me ha
ayudado a salir adelante en los momentos
más difíciles.
ÍNDICE
INTRODUCCIÓN……………………………..
I.ANTECEDENTES………………………………………………………….
II.LAVADODEACTIVOS……………………………………………….
2.1PROBLEMÁTICADEL DELITODE LAVADODE DINERO………
III.BIEN JURÍDICOPROTEGIDOENELDELITODELAVADODE
ACTIVOS…………………………………………………..
3.1LOS MÉTODOS DELAVADO…………………………………..
3.2LOS EFECTOS ECONÓMICOSDEL LAVADO DEDINERO…..
3.3EL ORIGENCRIMINAL DELOS INGRESOS…………….
IV.ELLAVADODEACTIVOSCOMO CONDUCTAQUEAFECTA
BIENESJURÍDICOSDISTINTOS ALDELITODE ENCUBRIMIENTO
(ADMINISTRACIÓNJUSTICIAUORDEN ECONÓMICO)
……………………………………………………..
V.ACCIÓNTÍPICA.TIPOOBJETIVODELDELITODELAVADO….
5.1CONVERSIÓNOTRANSFERENCIA DEBIENES…………….
5.2OCULTACIÓN….....................................................................
5.3ENCUBRIR……………………………………………………….
VI.ADQUISICIÓN, POSESIÓN,TENENCIA,UTILIZACIÓNO
ADMINISTRACIÓNDE LOSBIENES……………………………………..
6.1ADQUISICIÓN…………………………………….
6.2 POSESIÓN……………………………………….
6.3 UTILIZACIÓN………………………………
6.4 ADMINISTRAR………………………………….
VII.ETAPASDELLAVADODEDINEROYACTIVOS………………….
VIII.CARACTERÍSTICASDELLAVADODEDINEROYACTIVOS….
8.1OBJETIVOSDELLAVADORDEDINEROOACTIVOS……
8.2PERFILDELLAVADORDEDINEROOACTIVOS………….
8.3JUSTIFICACIÓNDELLAVADODEACTIVOS………..
IX.LAUNIDADDEINTELIGENCIAFINANCIERADELPERÚ……
CONCLUSIONES…………………………………………………….
BIBLIOGRAFÍA………………………………………………………….
INTRODUCCIÓN
En el Perú, no somos extraños, a las noticias que informan sobre actividades
vinculadas al delito de lavado de activos, lavado de dinero o Blanqueo de
capitales, que se dan a través de los diferentes medios de comunicación social.
Una idea aproximativa a su significado: consiste en el proceso mediante el
cual, el dinero, bienes y ganancias ilegales, tratan de ser legalizados a través
del sistema financiero, bursátil, comercial o por otros medios, con la finalidad
de evitar su detección y decomiso.
Responde a la pregunta ¿qué hacen las personas para ingresar al hacen las
personas para ingresar al ámbito legal, ámbito legal, todos los bienes obtenidos
como resultado de todos los bienes obtenidos como resultado de una actividad
delictiva.
Esta actividad delictiva autónoma, fue ligada al delito de Tráfico Ilícito de
Drogas actualmente tal actividad es utilizada o vinculado a las actividades
ligadas al financiamiento del Terrorismo.
El delito de lavado de dinero, correspondiente al artículo 296, estaba inmerso
antes de su derogatoria dentro del tráfico ilícito de drogas, había una necesidad
de cambio, porque respecto a la tipificación del blanqueo o lavado de dinero en
el tráfico ilícito de drogas tenía en la práctica escasa aplicación, debido a que
se precisa una acción policial y una cooperación internacional muy intensa.
Dinero producto de actividades ilícitas fue utilizada en Alemania para la
planificación del ataque del 11 de setiembre en los EEUU con resultados que
ustedes ya conocen, se debe perseguir los capitales ilícitos más que a las
personas, ello es más efectivo para los estados libres y democráticos..
En el Perú, el Jefe de la PNP DIRANDRO expresó que la mayor cantidad de
dinero obtenido es producto del Narcotráfico.
Coincidimos que el Narcotráfico es la principal actividad que genera Lavado de
Activos, habiéndose identificado otras técnicas utilizadas para el Lavado de
Activos, canalizando depósitos menores a 10,000 dólares cantidad que no está
sujeta a supervisión financiera; otras técnicas son las transferencias
electrónicas a empresas de fachada o ficticias, así como ventas fraudulentas
de muebles , operaciones rutinarias en casas de cambio y burriers de dinero,
además del “pitufeo” , la modalidad más utilizada es a través de la utilización de
empresas que requieren permanente disponibilidad de efectivo, como casas de
cambio, casinos y agencias de viaje
I. PROBLEMA
I. ANTECEDENTES
En los últimos años, se viene escuchando de manera insistente a través
de diversos medios, sobre el delito de lavado de activos, lavado de
dinero o legitimación de capitales. Sea cual fuere el término que se
utilice, se refiere al proceso mediante el cual el dinero, bienes y
ganancias ilegales, pretenden legalizarse a través del sistema financiero,
bursátil, comercial o por otros medios, con la finalidad de evitar su
detección y decomiso.
Cabe registrar que dicha normatividad ha estado permanentemente
establecido en nuestro Códex Penal, aunque fuera coligada
erróneamente tan sólo al Tráfico Ilícito de Drogas, el
acrecentamiento de su represión se acata por el desborde de su
incidencia en diferentes tipos penales y lo controvertible o polémico
obedece a que una porción alega la Inaudita altera pars o que no han
sido debidamente escuchados al momento de la confección o debate de
la medida, encontrándose entre ellos el sistema financiero quien
mantiene su renuencia sobre todo a la pérdida de dominio, asimismo, se
cuestiona en igual forma que la norma de Lavado de Activos en su
aplicación desobedece el precepto Constitucional, por lo cual se
propugna su inconstitucionalidad por el principio de “summus ius,
summa Indira” (la aplicación rígida del Derecho puede producir
situaciones injustas), pero uno no debe olvidar que son principios
generales del Derecho como lo cita el Doctor Aníbal Torres Vásquez:
“vivir honestamente” , “no hacer mal a nadie” y “dar a cada uno lo suyo”,
de lo cual el Derecho Penal no está apartado, y que más bien muchas
veces se pretende dejar ello en el tintero.
El delito de lavado de dinero, correspondiente al artículo 296, estaba
inmerso antes de su derogatoria dentro del tráfico ilícito de drogas, había
una necesidad de cambio, porque respecto a la tipificación del blanqueo
o lavado de dinero en el tráfico ilícito de drogas tenía en la práctica
escasa aplicación, debido a que se precisa una acción policial y una
cooperación internacional muy intensa.
Como señala PINO ARTACCHI, se necesitan conocimientos
especializados radicados únicamente en algunos segmentos de la
comunidad financiera, en hombres en condiciones de dirigir bancos y
sociedades financieras de nivel internacional.
Tenemos el caso que analiza HURTADO POZO, el cual indica, que de
las innumerables denuncias que se han hecho ante los órganos
judiciales, resulta que Vladimiro Montesinos, sin ejercer oficialmente
una función pública determinada, organizó y dirigió el Servicio Nacional
de Inteligencia con el aval del Presidente de la República. Utilizando
esta organización secreta, ejecutó y fomentó la comisión de diversas
actividades contrarias a los derechos fundamentales y constitutivos de
infracciones penales (tráfico de armas, corrupción, tráfico de drogas,
defraudaciones, agresiones, etcétera).
Actualmente las cifras sobre producción de cocaína y lavado de activos
son relativas, según estimó el coronel Miguel Hidalgo, jefe de la
Dirección Antidrogas de la Policía Nacional (DIRANDRO).
"Emitir una cifra exacta es complicado, no todo el dinero producto del
narcotráfico va al lavado de activos, también se usa para traficar,
sostener lujos y corromper el sistema. Nosotros tenemos una
aproximación de 1500 millones de dólares", declaró el coronel Hidalgo.
Eljefe de DIRANDRO agregóque la investigaciónpor
lavadodedineroproveniente del narcotráficoesuna tarea difícilde
realizar,yaque lasorganizacionesilegalestienen"muchos
t
entáculos".Tambiénespecificóqueserequierelaasesoríadepersonalespeci
alizadoy capacitado en temas financieros ybancarios.
Respectoaladenunciaperiodísticapublicadaenunmediolocal,donde
sesosteníaquesólo33
millo
nesdedólaresprovenientesdelnarcotráficofueronincautadosentreel2005y
el2008,el coronel afirmóque durante losdosúltimosañosse
incautaron84millonesde dólares.Finalmente, enfatizó labuena
coordinación entrelos organismos encargados deinvestigar el tráfico
dedrogas.
II. LAVADODEACTIVOS
Eselconjuntode operacionesrealizadaspor una
omáspersonasnaturalesojurídicas,tendientesa ocultar odisfrazar
elorigenilícitode
bienesorecursosqueprovienendeactividadesdelictivas.El delitode
lavadode dinerose desarrollausualmente mediante la realizaciónde
variasoperaciones, encaminadas a encubrircualquier rastro
deorigenilícito delos recursos.
El
lavadordeactivospersigueprincipalmente:darapariencialegalalosa
ctivosprovenientesde una actividadilícita, confundir
elorigendelosrecursos creandorastros,documentos,y
transaccionesinexistentesocomplicadas,legitimar
eldineromezclandoeldinerosuciocon actividades
aparentementelícitas.
Lasconsecuenciasnegativasque puedengenerarse son,entre otras:
eldebilitamientode la
integridaddelosmercadosfinancieros,competencia desleal,la pérdida
delcontrolde la política económica, lapérdidaderentas
públicasyriesgoparalareputación del país.
II.1 PROBLEMÁTICADEL DELITODE LAVADODE DINERO
El
propósitodelasorganizacionescriminalesesgenerargananciasparaelgrup
oo paraun miembrodelmismo.Ellavadode dineroconsiste enla
disimulaciónde losfrutosde actividades delictivas con el fin dedisimular
yocultarsus orígenes ilegales.
Actividades criminalestalescomoeldesvíode
armas,elcontrabandooeltráficoilícitode drogas generangrandessumasde
dineroporloque lasorganizacionescriminalesnecesitanencontraruna
víaparautilizarlos fondos sin despertarsospechas respecto al origen
ilícito de estos.
EnlasegundamitaddelsigloXX,conlaamenazademodernasy
sofisticadasformasdeactividad
c
riminaltransnacional,hasurgidolapreocupaciónporlainsuficienciadelegisl
acionesnacionales eficacesparacombatirelcrimenorganizadoy
lasactividades tendientesalavareldinero provenientedesusactividades
ilícitas.
Apartirdelfenómenoseñaladosurgieronnuevaslegislacionesy
esfuerzosenelámbito
internacionalparacombatirellavadodedinero,así,laConvencióndelas
NacionesUnidasContra elTráficoIlícitodeEstupefacientesy
SustanciasPsicotrópicasde1988,conocidacomola
Con
vencióndeVienade1988,elReglamentoModelosobreDelitosdeLavadoRel
acionadosconelTráficoIlícitodeDrogas,yotrosDelitosGraves,delaCICADd
e1992y laúltimaconvención sobrelatemática, laConvención delas
NacionesUnidas contralaDelincuenciaOrganizada
Transnacional.Delmismomodotanto elBancoMundialcomoelFondo
MonetarioInternacional han realizado esfuerzos tendientes al control de
esta actividad.
Eldesarrolloactualdeladelincuenciaeshaciaunacriminalidadorganizada,y
noindividual;
empresasregidasporlasleyesdelmercadoquedirigensuacción
alaobtencióndebeneficios
económicosaprovechandolasoportunidadesquebrinda unaeconomía
mundialglobalizada.Las estimacionessobre losalcancesdellavadode
dineroindicanque éste supera elproductobruto internodela mayoría
delospaíses,locual permite comprenderfácilmenteque
lasorganizaciones
criminalesmanejanfortunasyqueresultaimportanteestudiary
legislaraefectosdecombatireste fenómeno.
Las consecuenciasdañosasde esta nueva realidadpuedendescribirse
comola contaminacióny
d
esestabilizacióndelosmercadosfinancierosponiendoenpeligrolasbasesec
onómicas,políticas ysocialesdelademocracia.
Dadoquelaintegridaddelsistemabancarioydelosservicios
f
inancierosdependefundamentalmentedelapercepciónquedelosmismoste
ngalasociedad, dicha reputación,entendida comointegridad,esunode
losvaloresmásimportantesde ambos sectores.
Silosfondosprovenientesdeactividadesilegalespueden entrar enuna
institución integrante delsistema por la participaciónintencionalde
unempleadoopor sunegligencia,la institución puede verse involucrada
en una actividad delictiva asociada a una organización criminal
afectando negativamentelareputación delainstitución.
A
demáselFondoMonetarioInternacionalhaseñaladocomoconsecuenciasp
erversasdellavado de activosaescala macroeconómicael
cambioinexplicable enla demanda de dinero,loque aumenta los
riesgos bancarios, contaminado transacciones financieras e
incrementado la volatilidad del flujo decapitales yel cambio delas
tasas deinterés debido acambios sin anticipación
decapitalesentredistintos países.
Es porlasrazones antes señaladasqueel fenómeno del lavadodeactivos
afectaen formanovedosa
valoressocialestalescomoelordensocioeconómico.Y partir de talhechose
debesubrayar queel blanqueodedineroya
nosóloafectaalaadministracióndejusticia comolohace eldelitode
encubrimiento:elblanqueo,de acuerdoa unainterpretaciónteleológica
delmismo,daña elorden
socioeconómicoalafectartantolalibrecompetenciacomolaestabilidady
solidezdelsistema financiero.
LACUESTIÓNDE LAAUTONOMÍA DELDELITODELAVADOYSU
RELACIÓNCON EL ENCUBRIMIENTO
Una de lascuestiones centralesatomar enconsideraciónpara valorarenla
formaciónde leyes penalesque pretendanpenalizar
ellavadodeactivosestárelacionadaconlassimilitudesy
diferenciasentreeldelitodelavado dedineroy
elencubrimiento.Esimportanteconsiderarsiel
d
elitodelavadoesundelitoindependientequepuedeserdiferenciadodelencub
rimiento.Deser así,elautor deldelitopreviopuedeserconsideradoautor del
crimendeblanqueode dineroy, por endepasibledeserpenado en
concursocon el delito precedente.
Paracomprendereldelitodelavadodeactivoshay
quevalorarqueenlosinstrumentosjurídicos
internacionalesunadelashipótesisde
conductadeldelincuenteincursoendichodelitopuede coincidirconladeltipo
penaldelencubrimiento(ensusformasdefavorecimientoreal,personalo
receptación); es decir, ellavado puedeversecomo una formade
encubrimiento calificado.
El origendelaconfusiónentre ambos delitos surgepor cuanto en las
tipologías queseutilizan para describir la conducta de lavar activosse
empleanverbosusadosa suvezeneldelitode
e
ncubrimientocomoserencubriryocultar.Asimismoensituacionesenquesep
enalizaenel
lavadoelconvertirotransferircomoaccionestípicastambiénserequiere
usualmente quedichas acciones tengan como finalidad el encubriru
ocultar el origen ilícito del bien.
Asimismoesimportantevalorarsiesnecesarioy
mediantequétipodeprocedimientoprobatorio comprobar la comisiónde
undelitoprevioparacorroborar lacomisióndeldelitode lavado,obien sia
consecuencia delconceptodeautonomía deldelitode blanqueode
dineroesposible sostener que el crimen es independiente del delito
predicado, pudiendo inferirse a partir de prueba circunstancial e
indiciaria que hay un supuesto de lavado y que los fondos provienen de
actividades queconstituyen el delito predicado sin resultarnecesario su
acreditación previa.
E
nesteaspectoelobjetivodeestetrabajoresideenanalizarelalcancedelaauton
omíadeldelito de lavadode activos.De acuerdoa loseñaladomásarriba,se
concluye,por consideracionesde política criminalque
esaconsejableadmitir la sancióndelautor delhechopreviocomoposterior
l
avador.Así,vimosqueexistenorganizacionescriminalesque,entreotrosdelit
os,se dedicana lavarcapitalesy
afectannosololaadministracióndejusticia,sinoesencialmenteelorden
económicodelospaísesy
lacomunidadinternacional.Porlotanto,parauncontrolefectivodel fenómeno
el blanqueo de capitales debe ser comprendido no sólo como una
forma de encubrimientosinocomoundelitoindependiente
(autónomo)contra elordensocioeconómico.
Asimismos
eargumentaráquelapruebaindiciariapermitecorroborareldelitodelavadoy
la procedenciailegal delos fondos.
III. BIEN JURÍDICOPROTEGIDOENELDELITODELAVADODE
ACTIVOS.
LA MAGNITUD DEL PROBLEMA ENEL ÁMBITO ECONÓMICO DEL
LAVADO
D
EACTIVOSLosestudiosrealizadosduranteladécadadelos90concluyóquee
llavadodedineroasciende aldospor cientode ProductoBrutoMundial.
Noobstante,lasmismas evaluacionesdestacaron que dicha
aproximaciónpodría noreflejar la magnituddelproblema Laevaluaciónde
la magnitud del problemarequierequese consideren:
Los métodos delavado,
Losefectoseconómicos del lavado dedinero,y
El origen criminal delos ingresos
III.1 LOS MÉTODOS DELAVADO.
Eldesarrollodelasorganizacionescriminales,porunaparte,y
delosinstrumentosmonetarios electrónicos, porotra, cambió el
panoramadelosinstrumentos delavado dedinero.
Laglobalizacióndelaeconomía
haaumentadosignificativamenteconeldesarrollode los
mercados,ladesregulacióndelossistemasfinancierosy
lareduccióndeloscontrolesenlas fronteras.Este procesode
globalizaciónbeneficiaa lasorganizacionescriminalesque desarrollan
mecanismosdelavadodedineroquelespermitenrápiday
discretamenteinyectarenlosmercados mundialeselcapitalqueresulta
deactividadesilícitas. Enestecontexto,eldineroenprocesode
lavadogeneramovimientosrápidosdecapitaly
porendeparticipaenlosmovimientos especulativos.
Entrelosinstrumentos
másutilizadosparadisimularelorigendeldinerofiguran lasletras
bancarias,fideicomisos,auto préstamosy “swaps”.
Ycomoconsecuenciadel desarrollode técnicasmásmodernasde
lavadode dinero,existe ahora una demanda deprofesionalestalescomo
notarios(escribanos),abogadosy
contadorescapacesdeelaborarestructurascomplejas para aprovechar las
falencias en materia de regulación y control y las diferencias entre los
ordenamientosjurídicosde diversospaísesque puedanser
aprovechadaspara la comisiónde un
delitoque,comoellavadodeactivos,eseminentementetrasnacional.
Enfin,elprocesode globalización no ayuda amedirel peso del lavado
dedinero en la economíamundial y, al
c
ontrario,dichoprocesoesaprovechadoporlaempresacriminalquemediante
ladiversidadde las técnicasy
delos
profesionalesinvolucradospuededisimularlasmaniobrastendientesablanq
uear activos.
Otrocambioenelpanorama consiste
enlosinstrumentosmonetarioselectrónicosque favorecenel
carácteranónimoylavelocidaddelastransacciones.
ApesardequeelúltimoreportedelaFATF destaca la permanencia de
lastécnicasclásicasdelavadocomola compra enefectivode objetosde lujoy
lo
scontratosdeleasing,laInternetofrecenuevasoportunidadesdelavadodedin
eroyestá menosreglamentadaquelosmediostradicionalesdelavado.
Losserviciosfinancierosofrecidos
po
rInternetnoson,enpuridad,originales;másbiensonserviciostradicionalment
e brindadospor
l
asentidadesfinancieras,talescomopagosdirectos,transferenciasdefondos
ycompradetítulos
de
valoresqueahorasepuedenobtenervíaelectrónica.Elproblemaqueacarreal
aofertadeeste
tipode
servicioporInternetradicaenquehacedificultosalaidentificacióndelaspartes
en proceso. En efecto, la Internet
funcionamedianteunaseriedeservidores quenormalmente
conservanunapruebadecadaconexión(númeroIPy fechadelaconexión);
noobstante,dicha prueba no existe si un servidor no cuenta con un “lo
fiel”, quedando la transacción en el anonimato, sin posibilidad
deserregistrada.
Enconclusión,por sucomplejidad,losinstrumentosde
lavadoparticipandirectamentedel “cáncer
delacorrupción”quesebeneficiadelaglobalizacióny
delasnuevastécnicasfinancieraspara facilitar el proceso dedisimulación
delos orígenes delos activos del crimen organizado.
III.2 LOS EFECTOS ECONÓMICOSDEL LAVADO DEDINERO.
E
xistenestimacionesquecalculanelmontodellavadodeactivosenunmontoqu
e tieneun promedio de entre $ 500.000 millones a 1.000.000 millones
de dólares por año. El fondo MonetarioInternacionalha
calculado,queellavadodeactivostieneunvalor deaproximadamente
entreeldosyelcincoporcientodelproductobrutodelmundo.6
Ellavadodeactivospuede suceder encualquier lugar delmundo,aunque
generalmente loslavadoresbuscanlospaísescon menor regulación en el
tema.
Ellavado de activos afectala integridad del sistemabancario
yfinanciero por cuanto estos
serviciosdependendelapercepcióndeprofesionalidady
standardéticoquedeellastengansus
clientes.Esimportanteconsiderarqueellavadodedinero
puedepotencialmenteimponercostos enla economía mundialpor
cuantotienela capacidaddea)dañar oalmenosamenazarcon perjudicar
las operaciones económicas de los países, b) corromper el sistema
financiero,
reduciendolaconfianzadelpúblicoenelsistemafinancierointernacional,y
porlotanto incrementarelriesgocomolainestabilidaddelsistema,y
porúltimoc)comoconsecuenciadelo expresado
tiendeareducirlatasadecrecimiento dela economíamundial.
También sehaafirmadoque el lavado de activos tiene como efectos
macroeconómicos indirectos:
A. l
astransaccionesilegalespuedenimpediroafectarlaslegalesalteneref
ectoscontaminantes. Por ejemplo inversores extranjeros tienden
aevitarinvertiren mercadosasociados conel lavado de
dineroycorrupción. Sepierde entonces la confianza en el mercado.
B. Eldineroqueeslavadopor razonesdistintasa la
evasiónfiscal,igualmente contiene una tendenciaa
evadirimpuestos distorsionando la economía.
C. El
lavadodedinerotieneunefectocontaminanteenelcumplimientodelale
y porcuantosiun aspecto del sistemalegal es incumplido, otros
actos ilegales probablementese cometerán.
III.3 EL ORIGENCRIMINAL DELOS INGRESOS
L
osingresosqueresultandeactividadescriminalessoncalculadosenrang
osquevandesde300a800milmillonesdedólaresporaño.
Variosestudiosdestacanquelaproduccióny ladistribución
ilícitadedrogasy
armastienencomoefectoreducirlaproduccióndelpaísasícomosutasade
crecimiento.
Sinembargo,losúltimosreportesanualesdelasagenciasdeluchaanti-
lavado adelantarontrestemasque sondirectamente
vinculadosalproblema de losingresosde origen
criminal:lacorrupcióndepolíticosy
funcionariosqueapoyanlasempresasdecrimen,la infiltración de las
actividades criminales en los negocios legítimos, y la presencia
de organizacionesque procedenallavadode dineropor
otroscrímenesqueelcrimende tráficode drogas.
Dado lo que antecede, teniendo en cuentalos efectos nocivos del
lavado de activos quese
reseñaránmásadelante,OrganismosInternacionales,Estadosy
Organizaciones No Gubernamentales vienendesarrollandoesfuerzos
para controlar estedelito.
IV. ELLAVADODEACTIVOSCOMO CONDUCTAQUEAFECTA
BIENESJURÍDICOSDISTINTOS ALDELITODE
ENCUBRIMIENTO (ADMINISTRACIÓNJUSTICIAUORDEN
ECONÓMICO).
Delo
sconveniosinternacionalesmencionadosylasdiferentesnormativasnac
ionalessurgeque
unodelosb
ienesjurídicosprotegidosporlostiposlegalesquesancionanellavadoded
ineroeslaAdministraciónde Justicia.Estoesposiblegraciasa la
similitudconeltipoobjetivodeldelitode encubrimiento.
Sinembargodebeconsiderarsequeelordensocioeconómicoy
lasaludfinancieradelEstado
r
esultanafectadospormaniobrasdeblanqueodecapitales.Latipificacióny
lasancióndeldelito de lavadode activosintentan proteger a
losEstadosde la accióndeorganizacionescriminalesque
tienen“vínculosconeltráficoilícito(dedrogas)y
otrasactividadesdelictivasorganizadas
relacionadasconélquesocavanlaseconomíaslícitasy
amenazanlaestabilidad,laseguridady la soberaníadelos estados”.
El
problemadelavadodeactivosestárelacionadoconlainfluenciadelosnarc
o dólaresque generanunaeconomía
paralelaqueinfluyeenlosprocesosinflacionariosy fomentaelabusode
podery
l
adelincuencianoconvencional,lasespeculacionesfinancierasymonetar
ias,alavezque permitelaintroducción degrandescantidades
deartículos suntuarios.
E
xistentambiénestudiosqueaclarancomolosingresosdedinerodeorigenil
egalalmercado
afe
ctaalEstadoalproducir:corrupciónenlapolíticaylaadministraciónpública
ylainfiltración delas actividadescriminales en los negocios legítimos.
Puedeconsiderarsequeelordensocioeconómicoy
lasaludfinancieradelestadoseven comprometidospor lasaccionesde
lavado;eneste aspectoesposible identificar comovalores afectados
alalibrecompetenciayala estabilidadysolidezdel sistema financiero.
Unode losobjetivosdelasorganizacionescriminalesescorromper a
losoficialespúblicospara lograrprebendasybeneficios
aparentementelegales.A su vezestos oficiales públicos corrompidos
tienenquelavareldineroprovenientedeilícitostales
comoelcohecho,pagosilegalesy fondos obtenidos através
deinstituciones financieras internacionales.
Elprincipiode librecompetencia sefundamenta
enelconceptodeconfianza,que esunode los
pilaressobreloscualesdescansalaeconomíademercadoy
eldesarrolloeconómico.Peroel objetivodelacriminalidadorganizadaes
infiltrarseen laeconomíalegal ylograrmercados monopólicosque
eliminenla libre concurrencia,locualesunode
losprincipalesriesgosdelos mercadoscontrolados
porunaorganizacióncriminal.
Silosgobiernosnopuedencontrolar
ellavadodedinero,estosmecanismosaparentemente legales
c
ontroladospororganizacionescriminalespuedenafectarlademandadedi
nero,convirtiendola tasadeinterésy
decambiodelospaísesenvíasdedesarrolloenaltosíndicesdevolatilidady
causando inflación.
En suma, el peligro del lavado dedineroescapa claramenteel bien
jurídicodela administración de justiciaypuedepotencialmente
afectarlaeconomíadedistintos países
V. ACCIÓNTÍPICA.TIPOOBJETIVODELDELITODELAVADO
En este apartado seanaliza el tipo objetivo del lavado deactivos en
las siguientes instrumentos jurídicos internacionales:Convención
deViena, Convención dePalermo, Reglamento Modelo (CICAD),
Modelo deLegislación (PNUFID), Convenio
Centroamericanoparalaprevenciónyla represión delos delitos
delavado dedineroyde activos, relacionadosconel tráfico ilícito de
drogasydelitos conexos, DirectivaComunidad EuropeayConvenio del
Consejo deEuropa.
V.1CONVERSIÓNOTRANSFERENCIA DEBIENES.
Eltérmino convertir se define como “mudar o volver una cosa en otra”.
Seproduce un proceso de sustitución.A suvez la transferencia implica
eltraspasode underechode una persona a otra
conservandoelderechosuidentidad.Dentrode este
tipoquedanabarcadaslastransferencias electrónicas dedinero deunas
cuentas bancarias aotras.
L
aConversiónylatransferenciadebienesconfinesdelavadoserealizanconel
objetodeocultar oencubrirelorigenilícitode losbienesoparaayudara
cualquier persona que participe enla comisión detal delito o delitos a
eludirlas consecuencias jurídicas desus acciones.
Laconversiónotransferenciaes,para muchosautores,delitode
lavadodedinero“strictusensu”, resultando lasdemásmodalidades
delictivas “formas especiales deencubrimiento”. El artículo 3
delaConvencióndeViena,nodescribe
elblanqueodedineroensímismo,sinoque contemplaun aspecto
económico del delito.
La conversiónes“la transformaciónde un actonuloenotroeficazmediante
la confirmacióno convalidación”otambiénla “acciónoefectodeconvertir”,
yconvertires“cambiar,modificar, transformaralgo”.
Latransferenciaesdefinida como“pasooconducciónde una cosa de
unpunto
ao
tro”,otradesusacepcioneses“remisióndefondosdeunacuentaaotra,seadel
amisma personaodediferentes”.Entrelosefectosdelos
modosdeadquirireldominiodelas cosasestála transferenciade
underechode dominiouotroderecho real,inclusorespectode derechos
personales.
Lafinalidaddelasconductasesladetransformarunbienporotro,conla
intencióndelegitimarlo; queelbien
deorigenilegítimoseconviertaopasealalegalidad,alalicitud.Tambiénseha
consideradoque la enunciaciónde distintosverbosrectoresenla
tipificaciónserealiza conla finalidad de remitirse a un concepto general
de lavar dinero, siguiendo el ejemplo de la
d
efraudaciónoestafa,endondeellegisladorpuedeenumerardistintosverbost
ípicosconun mismofin,peroenúltimainstancialoquesebuscaesdescribiry
sancionaraquellosactosque tienden a “lavar”dinero sucio.
A diferenciade
loprescriptoenlosotrosinstrumentosanalizados,elReglamentoModelode
la CICAD noexige que laconversiónotransferencia
seanhechasconunobjetivo.Noexige un
requisitosubjetivodeltiporestringiendola formulacióndeldelito,le basta
sóloque se realicenlas conductasdescritassabiendo,debiendosaber
oconignorancia intencionalde que losbienesson producto deun delito
detráfico ilícito o delitos conexos.
OCULTACIÓN,ENCUBRIMIENTO DELADETERMINACIÓN:DE
LANATURALEZA,ELORIGEN,LAUBICACIÓN,EL
DESTINO,ELMOVIMIENTOO LAPROPIEDADREALESO
DEDERECHOS RELATIVOSA TALESBIENES.
V.2OCULTACIÓN
Conforme al diccionario de la Real Academia Española, ocultar
implica “esconder, tapar,
di
sfrazar,encubriralavista”.Laocultaciónserefierealasubstraccióndeunacos
aconelobjeto dequitarladedondepuedeservistay
colocarladondeseignorequeestá,esconderladecualquier modo.
Laconductaaquítipificada esla deesconder,tapar
odisfrazarbienseaelorigen,laubicación,el destino, el movimiento
olapropiedad delos bienes.
Laconductasepuederealizarmedianteunaconductaactiva-
esconder,disfrazarotapar-,obien una pasiva–callar loque se conoce-.
Para esta última forma debe existir undeber jurídicoque el autordel
delito hadejadodelado.
ElReglamentoModelodelaCICAD serefiereaquien
impidaladeterminaciónrealdela
n
aturaleza,elorigen,laubicación,eldestino,elmovimientoolapropiedaddelos
bieneso derechosrelativos atales bienes.
ElArtículo21de laLegislaciónModelodelPNUFIDprevé que
“quieneshubierencontribuidoa ocultaroencubrirla naturaleza,elorigen,la
ubicación,eldestino,elmovimientoola propiedad
realesderecursos,..”.Esta norma entoncesnoamplía eltipo,lomodifica por
cuanto castiga a quieneshubieran“contribuidoaocultar”,lo
queenpuridadesunaformadecomplicidadode coautoría
d
elencubrimiento,algoquepareceabsurdodesdequeenestaredacciónnooc
urreloque sípasa enla ConvenciónoenelReglamentoModelode
CICAD,donde la ocultacióntomaforma
dedelitoautónomo;nótesequeelmencionadoArtículo21no
incluyecomosujetopuniblealque ocultare el origen, etc, del dinero.
V.3ENCUBRIR:
Eld
iccionariodelaRealAcademiaEspañoladelalenguadefineeltérmino“encubr
ir”como“ocultarunacosao no manifestarla”,
“impedirquellegueasaberseuna cosa”.
Lagrandiferenciaentreelocultary
elencubrirpuederesidirenelhechodequeseocultaloque es
deunoolo
queestábajoladisponibilidadjurídicadelautor,mientrasqueseencubrenlosa
ctos
d
eotroobiensusbienes.Estaaclaraciónpermiteenciertamedidahacerrespon
sablesalosautores
d
elhechoprevioencuantoaldelitodelavadoporcuantosonlos“autoresdelcrim
enpreviolos queocultan su delito”.
Asimismodebe tenerseencuentaqueenla tipificaciónadoptada porla
ConvencióndePalermose
hasustituidoelvocabloencubrirporeldedisimular,locualesdemostrativo --
juntoconla aclaracióndelArtículo6que dice que nose penará
alautordelhechopreviopor el posterior
lavadosiasílorequierenlosprincipiosfundamentalesdelEstadoparteque
enla
a
ctualidadsebuscaredactarlasnormasdeformatalquesepuedaefectuarunju
iciodereproche
po
rellavadoalautordelhechoprevio.Aldesaparecerelverboencubrirnohayraz
ónpara sostener que se
estápenandoelencubrimientodeldelitopropio,toda vez que nosecastiga
elauto encubrimientosinola posterior conducta de disimular.La
utilizaciónque hace elConveniode
V
ienadeltérminoencubrimientohadadolugaraproblemas,porlocualestevoca
bloesentendido
Por
partedeladoctrinacomosinónimodeocultación,problemáticaquehavenido
asubsanarlaConvenciónde Palermo.Espor elloque paísescomo
Portugal,alincorporar la normativa
in
ternacionalensulegislaciónoptóporelconceptode“disimular”,quecomoseh
avisto eselque existe en laConvención dePalermo.
A
ctualmenteelpresupuestoenlasdistintasformasdeencubrimientoeslacomi
sióndeunhechoanteriorenelque noseparticipó,por loque se argumenta
quenopuedeser autordeestecrimen quien hasido autoro partícipedel
hecho previo.
El “encubrimiento de la naturaleza, el origen, la ubicación, el destino, el
movimiento o la propiedad reales o de derechos relativos a tales
bienes” esalgo distinto alencubrimiento clásico en la forma en que está
tipificado en la mayoría de los códigos penales latinoamericanos, ya
seaque los mismos distingan entre el favorecimiento real, personal o la
receptación clásica.
Por eso, tal cual está dispuesto tanto por la Convención de Viena como
por el Reglamento Modelo de CICAD, este tipo de encubrimiento
diferente al delito tradicional de encubrimiento, no está sujeto a la
fórmula clásica del mismo, por la cual comete el delito quien sin haber
participado en el crimen y sin concierto previo a la perpetración del
mismo ayuda al autor ya para asegurar el resultado del delito, ya para
eludir el castigo, ya para obstruir el desempeño de la Justicia. Es
estajustamente la cuestiónclave aanalizar eneste trabajo:sialaceptarse
laautonomía deldelitode
l
avadodeactivossepuedeonocastigarenconcursoporeldelitodeblanquerod
ecapitalesal autordel crimen previo quegeneró tales capitales.
VI. ADQUISICIÓN,
POSESIÓN,TENENCIA,UTILIZACIÓNOADMINISTRACIÓNDE
LOSBIENES.
VI.1 ADQUISICIÓN:
Adquisiciónsignifica obtener,conseguir,cualquiera sea
elmedio.Implicael“actoporelcualse haceunodueñodealguna
cosa”,comotambiénla misma cosaadquirida.Lapalabraadquisición,
abarca,todocuantose logra oconsigue por
compra,donación,uotrotítulocualquiera;incluye lo
queseobt
ienemediantedinero,ajuste,habilidad,industriauotrotítulosemejanteynoas
ínolo quevieneporderecho deherencia.
Laconductatípicadescrita comoadquisicióndelos bienes seestablecesólo
paraterceros, esdecir, nocubrealautordel delitoprevio,y
coincidehastaciertopunto,conlasconductasquedanlugara la
receptación.Aunquela acciónnorequiere explícitamente elfinde
lucro(elfinde lucroes característicode lareceptación),la
utilizacióndelverboadquirir “abarcalossupuestosque caracterizan los
actos delencubridorque recepta,al queinspira el fin delucro”.
VI.2 POSESIÓN:
Posesiónes “elpoderdehechoy
dederechosobreunacosamaterial,constituidoporelelemento
intencionaloanimus(lacreenciay
propósitodetenerlacosacomopropia)yelelementofísicoo corpus
(latenenciao disposición efectivadeun bien material)
VI.3 UTILIZACIÓN:
Lautilizaciónconsisteen“aprovechar algo”,“emplear,usar”,“servirse de
unapersona ocosacon determinadafinalidad”.Aunque ladoctrinaentiende
quelautilizacióndelosbienesprovenientes deltráficoilícito de drogas(u
otroscrímenes, por extensión) no constituye“per se”lavado de activos
sino “un aspecto económico del delito que debe ser tratado en
cualquier esquema
e
xhaustivodeluchacontraelblanqueodefondos...”EnChileenlosantecedent
esdelanorma que tipifica ellavadode activosse aclara
que“losverbosrectoresde esta figura delictiva,
d
enominadalavadodedinero,sonlosdeparticiparocolaborareneluso,aprove
chamientoo destinode bienesprovenientesde la perpetraciónde
algunode losdelitos contempladosenla ley”.
Seexpresóquelafinalidaddelaley
esladecastigarlaparticipacióneneluso,aprovechamientoo
destinodelosbienes,respectodeloscualesseconocesuprocedenciailícitay
queesmuy difícil probarlasolaintención dedarles un
uso,aprovechamiento o destino determinados.
VI.4 ADMINISTRAR:
Administrar,enelDerecho Privadorefiere"a lagestiónde
interesesprivados,incluidoslosactosy tareasque esa tarea lleva
consigo",oconformealconceptodelDiccionariode la RealAcademia
Española es"ordenar, disponer, organizaren especial lahaciendao los
bienes".
La finalidadde la conducta prevista esla de efectuar unjuiciode reproche
respectode lossujetos que se hacen responsablesde losinteresesde
losautoresdelcrimenprevio,de lostraficantesde drogas, armasyjefes
deorganizaciones criminales.
Esnotoriocomoa medida que evolucionanlosmétodosutilizadospara
blanquear losactivos provenientesde actividadesilícitas,ellegisladorva
ampliandola lista de verbosrectoresenla tipificacióndellavado
deactivos,deformatalqueel mismoabarquelamayorcantidadde conductas
posibles.
Comose ha vistopara evitar la confusiónentreeldelitode
encubrimientoyellavado resulta
f
undamentalregulartalcomoloprevélaConvencióndePalermoconelverbodi
simularenlugar de encubrimiento.Ensuma,enla normativainternacionalla
conducta descripta enla norma se dirigea castigarlos actosqueoculten o
disimulen el origen delictivo delosactivos.
VII. ETAPASDELLAVADODEDINEROYACTIVOS
Losadelantostecnológicosy
laglobalizaciónentreotrosfactoreshanfacilitadolautilización de
mecanismosotipologíasde lavado,enloscualesse hacemáscompleja
laidentificación estructural delaoperación o de etapas de la misma
dificultando el proceso mismo de detecciónycomprobación
delaoperación delavado.
A continuación describiremos 4 delas principalesetapas:
Obtención dedinero en efectivo o medios depago, en desarrollo
y consecuenciade actividades ilícitas (ventadeproductos o
prestación deservicios ilícitos)
Col
ocación:incorporarelproductoilícitoeneltorrentefinancieroonofinancie
rode la economíalocal o internacional.
Estratificación, diversificacióno transformación: es cuando el
dinero o losbienes introducidosenuna entidadfinanciera
onofinanciera,seestructuranensucesivas operaciones, para
ocultar, invertir, transformar, asegurar o dar en custodia
bienes
p
rovenientesdeldelitoomezclarcondinerosdeorigenlegal,conelpropósit
odedisimular su origen ilícitoyalejarlos desu verdaderafuente.
Integración,inversiónogocedeloscapitalesilícitos:eldineroilícito
regresaalsistema financiero o nofinanciero, disfrazado como dinero
legítimo.
VIII. CARACTERÍSTICASDELLAVADODEDINEROYACTIVOS
Considerado como un delito económicoyfinanciero,
perpetradogeneralmentepordelincuentes de cuello blanco
quemanejan cuantiosas sumas dedinero quele dan unaposición
económicaysocial privilegiada.
Integraunconjunto deoperaciones complejas, con
características,frecuencias ovolúmenes quese salen delos
parámetros habituales o se realizan sin un sentidoeconómico.
Trasciendeadimensiones internacionales,yaquecuenta con
unavanzadodesarrollo tecnológico de canales financieros anivel
mundial.
VIII.1 OBJETIVOSDELLAVADORDEDINEROOACTIVOS
a) Preservar ydar seguridad a su fortuna
b) Efectuar grandes transferencias
c) Estricta confidencialidad
d) Legitimar sudinero
e) Formar rastros depapeles ytransaccionescomplicadas que
confundan elorigen delos recursos.
VIII.2 PERFILDELLAVADORDEDINEROOACTIVOS
Generalmente sonpersonasnaturalesorepresentantesde
organizacionescriminalesque asumen apariencia de clientes normales,
muyeducados e inteligentes, sociables, con apariencia de ser hombres
denegociosyformadossicológicamenteparavivirbajograndes presiones
VIII.3 JUSTIFICACIÓNDELLAVADODEACTIVOS
S
ujustificaciónesirrebatiblepuesnosoloseprotegeelordensocioeconómicodelp
aís,sinoquese
s
ancionadirectamentelosefectosdeldelito,paradefinirmejorelinjustocitaremosl
aJurisprudencia
so
brePrecedentesPenalesVinculantesrelacionadosaestamateriayquefueraexp
edidoporSala Penal Permanente dentrodel Exp. Nro. 155-01, delo cual
setieneque:“…El delito delavado de
a
ctivosoblanqueodeactivosesunafigurapenalautónomadecarácterpluriofensiv
oydirigidaa
tu
telarelordensocioeconómico(…)”“Queeldelitodeblanqueodeactivosnosólode
scansasobre
un
delitoanterior(…)ademásexigeelconocimientodelorigenilícitodelosactivos,au
ncuandono requiere que éste sea preciso o exacto del delito previo, pues
basta con la conciencia de la
a
normalidaddelaoperaciónarealizarylarazonableinferenciadequeprocededeu
ndelito(…)el doloexigido,portanto,puedeserdirectooeventual,entantoen
esteúltimocomoelagente considereseriamenteyacepte como
probablequeeldinero procedíadeundelito”.
Ellavado de activosseconvierteasíenunaconducta
queatentacomodiferentesbienesjurídicos
protegidos,asícomorequiereunacondiciónobjetivadepunibilidado
condicióndelaacciónpenal
(condictioActioPuniendi);esdecir,queprovengadeundelitoanterior,y
ensufasesubjetiva requiere conocimientoyvoluntadpara realizar
elinjusto,doloque puede ser directooeventual, ceñido tan sólo ala
contingenciaqueel dinero emanedeuncontravenciónpunible.
IX. LAUNIDADDEINTELIGENCIAFINANCIERADELPERÚ
L
aUnidaddeInteligenciaFinancieradelPerúeslaencargadaderecibir,ana
lizar ytransmitir
i
nformaciónparaladeteccióndelLavadodeActivosy/odelFinanciamiento
delTerrorismo;así
c
omo,coadyuvaralaimplementaciónporpartedelosSujetosObligadosde
sistemasdeprevención paradetectaryreportaroperaciones
sospechosas deLavado deActivosy/oFinanciamiento del Terrorismo.
F
uecreadamedianteLeyNº27693deabrildelaño2002,modificadaporLey
esNº28009yNº.
28306 y reglamentada mediante el Decreto Supremo Nº163-2002-
EF modificado por Decreto SupremoNº018-2006-
J
US.HasidoincorporadacomoUnidadEspecializadaalaSuperintendenci
a deBanca, SegurosyAdministradoras Privadas de Fondos
dePensiones medianteLeyNº 29038 de junio del año 2007,ycuenta
con autonomía funcionalytécnica.
CONCLUSIONES
Comose ha analizadoelconceptode autonomíadeldelitotiene
consecuenciastantoenla
posibilidaddeconsideraralautordelhechopreviocomoautordeldelitodelavado,y
asuvezesta concepción permite utilizar la prueba indiciaria como pauta para
comprobar la procedencia ilegítimadelos fondos, con lo cual seindependizael
delito delavado del crimen predicado.
Respectodelasdiferenciasentreeldelitodelavadodeactivosy
eldelitodeencubrimiento cabe
señalarqueelconvertir,transferir,encubrir,ocultarsonconductastípicasque pueden
encontrarsetanto enel delito de encubrimiento como en el deblanqueo
deactivos.
Aunque la naturaleza jurídica y el tipo objetivo de ambas conductas delictivas
son similares,elbienjurídicoprotegidoy
eldesvalordelcrimenesdistinto.Conformesesostiene,el
bienvaloradoporlanormaeslasaludfinancieradelpaísporlo
cualdeberíaconsiderarsequeel accionar para ser típico debe superar un
determinado monto, o incluyendo como delitos precedentesaquellosquela
políticacriminaldelEstadoestime necesariodada sufrecuencia olos cantidades
involucradas.
Podría legislarse la conducta delavadodeactivosde forma talque
deberíaserreprimido el autor deldelitopreviocuandolasconductasdescriptasenla
norma de lavadofuerancometidaspor éste oparticipareenellasa efectosde
mantenerosostenerla actividadcriminalporlacuales acusado u otra distinta. De
esta manera se agrega un elemento subjetivo del injusto en la
descripcióndeltipoobjetivoa findegarantizar que elautor delcrimenpreviosolosea
alcanzado
porlan
ormacuandosuaccionarafectaefectivamenteelbienjurídicoprotegidoyvamásalláq
ue la meracomisiónde unactotendientea ocultaroencubrir sucrimen.
Suaccióntiene undesvalor quesuperala figuradel encubrimiento.