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La sindicación de minoritarios en startups - CEC - INICI · • Causas de cese del Representante: (p.e. renuncia, fallecimiento o pérdida de la ... ascendiente o descendiente, por

Sep 30, 2018

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La sindicación de minoritarios en startups

MADRID VALENCIABARCELONA

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ÍNDICE

1) Introducción

2) La sindicación: modelos jurídicos

3) El contrato de sindicación

4) El poder de representación en Junta General en la Ley de Sociedades de Capital

5) El poder notarial de representación

6) La sindicación mediante una SRL

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1. Introducción

Cada vez es más frecuente, sobre todo en el ámbito de sociedades de nueva creaciónde base tecnológica o startups, encontrarnos con un capital social dividido en muchossocios con participaciones realmente insignificantes (hablamos de participacionesindividuales que en muchas ocasiones no llegan ni al 1% de la totalidad del capitalsocial), lo que se conoce como “atomización” del capital social.

Esto en la práctica genera en compañías pequeñas problemas principalmente logísticosasí como a la hora de buscar financiación en posteriores rondas con VC.

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2. La Sindicación: modelos jurídicos

La sindicación es la agrupación de varios socios que se obligan entre sí, o en ocasionesfrente a la propia sociedad o frente a terceros, a actuar de un modo predeterminado,para la defensa de los intereses comunes a todos ellos. Diferentes modelos jurídicos desindicación:

a) Participación directa de los socios en la sociedad objeto de inversión:

• el contrato de sindicación.

a) Participación mediante una entidad o vehiculo jurídico (con órganos propios derepresentación y decisión):

• Sociedad de responsabilitat limitada o SRL

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3. El contrato de sindicación

➢ Definición:

Contrato colectivo o multilateral, de carácter asociativo y con fines parasociales, quetiene por objeto regular, entre otros aspectos, el ejercicio del derecho de votoconjunto y el régimen de transmisión de las participaciones de las que varios sociosminoritarios (los socios sindicados) ostentan en el capital social de una sociedad (lasociedad participada).

➢ Naturaleza: Parasocial o extraestatutaria:

• efectos “inter partes”

• no oponible a la sociedad

• se rige por el principio de autonomía de la voluntad de las partes del art.1255 del CC

• límites: no contravenir la moral, el orden público, las normas imperativas olos principios configuradores de cada tipo societario.

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3. El contrato de sindicación

➢ Objetivo:

• Regular la relación de los socios sindicados entre ellos. La Sociedadnormalment no interviene.

• La negociación y formalización de acuerdos entre los socios sindicados y lapropia sociedad en la que participan.

• Regular el ejercicio de los derechos de voto de los socios sindicados comotitulares de su participación en la sociedad participada (exclusión derechoseconómicos).

• La delegación de facultades a un representante para el ejercicio de losderechos de voto relativos a las participaciones de la sociedad que ostentan lossocios sindicados y la suscripción de acuerdos de socios, mediante elotorgamiento de un poder de representación a favor del representante.

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3. El contrato de sindicación

➢ Cláusulas más comunes:

• La representación: identificar a la persona que ejercerá la representación de los socios sindicados en las Juntas Generales.

• Otorgamiento de poderes: deberá establecerse el modo en que se apoderará alRepresentante y que, normalmente será mediante el otorgamiento de podernotarial.

• Adopción de acuerdos: la cláusula más importante del contrato de sindicación. Enesta, deberá regularse el funcionamiento de la sindicación y el modo en el que sellevará a cabo el ejercicio de los derechos de voto de los socios sindicados en lasJuntas Generales (plena autonomía del Represente o mediante el voto favorablede la mayoría de los socios sindicados).

• Causas de cese del Representante: (p.e. renuncia, fallecimiento o pérdida de lacondición de socio).

• Penalizaciones: en el supuesto que alguno de los socios sindicados incumplieracualquiera de las obligaciones contenidas en el contrato (p.e. obligación vendersus participaciones a 1€).

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4. La representación en Junta General en la Leyde Sociedades de Capital

Artículo 183 Representación voluntaria en la junta general de la sociedad de responsabilidad limitada

1. El socio sólo podrá hacerse representar en la junta general por su cónyuge,ascendiente o descendiente, por otro socio o por persona que ostente poder generalconferido en documento público con facultades para administrar todo el patrimonioque el representado tuviere en territorio nacional.

Los estatutos podrán autorizar la representación por medio de otras personas.

2. La representación deberá conferirse por escrito. Si no constare en documentopúblico, deberá ser especial para cada junta.

3. La representación comprenderá la totalidad de las participaciones de que sea titularel socio representado.

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4. La representación en Junta general en la Ley de Sociedades de Capital

• La representación podrá delegarse en cónyuge, ascendiente o descendiente, porotro socio o por persona que ostente poder general conferido en documentopúblico (poderes notariales). Los estatutos podrán autorizar la representación pormedio de otras personas.

• La representación podrá conferirse mediante poderes notariales o realizarse porescrito y con carácter especial para cada Junta (“Proxy”).

o Poder notarial general que delegue la representación del socio sindicadocomo socio de la sociedad participada al Representante para cualesquieraJuntas Generales de Socios que se celebren.

o “Proxy” o apoderamiento especial para cada Junta que se celebre. DichoProxy solo tendrá validez para la Junta en cuestión, siendo necesario portanto un Proxy por Junta.

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5. El poder notarial de representación

Para la plena eficacia de la sindicación a menudo será necesario completar el contratode sindicación con un poder notarial.

➢ Facultades que pueden ser delegadas al Representante:

• Asistir y votar en cualesquiera Juntas Generales de Socios en el sentidoque estime oportuno o según las instrucciones de los socios sindicados.

• Suscribir cualquier contrato de inversión y pacto de socios de la sociedad;o en su caso novar o extinguir los pactos vigentes que hubieran en cadamomento en la misma.

• Realizar cuantos actos y firmar cuantos documentos considere necesariosy comparecer ante Notario para formalizar los mismos.

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6. La sindicación mediante una SRL

La agrupación de socios minoritarios a través de un vehículo con personalidad jurídicapropia: la sociedad de responsabilidad limitada.

➢ Agrupación y control de todos los socios sindicados, con una única voz.

➢ Facilita la gestión del accionariado en la compañía, tanto en las Juntas Generales

como en la celebración de contratos de inversión y pactos de socios.

➢ Se traslada la complejidad a la SL sindicada.

➢ Mayores costes de estructuración y de gestión.

➢ Menor liquidez en la transmisión de la participación por los minoritarios.

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