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Interrupcin
voluntaria del
embarazo
Julieta Dalmao.
Prof. Mara Victoria Fernndez Astorucci Filosofa.
IDEJO 1 B. D. 24 de mayo de 2013.
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NDICE
1. ndice. Pg. 1
2. Presentacin. Pg. 23. Introduccin. Pg. 3
4. Aborto. Pg. 4
4.1Contextualizacin.
4.1.1 Definicin.
4.1.2 Clasificacin.
4.1.3 Tcnicas.
4.1.4 Aspectos morales.
4.1.5 Aspectos ticos.
4.1.6 Aspectos religiosos.
4.1.7 Aspectos sociales.
4.2Controversia.
4.2.1 Falsa dicotoma: a favor o en contra.
5. Debate. Pg. 125.1Discusin sobre el aborto.
5.2ltima dcada.
5.3Datos y cifras.
6. Legislacin, aplicacin y reglamentacin de la Ley. Pg. 16
7. Recoleccin de firmas y referendum. Pg. 19
8. Entrevistas Pg. 20
9. Conclusin. Pg. 25
10.Bibliografa. Pg. 27
11.Anexo
11.1 Ley N 18.987.
11.2 Reglamentacin de la Ley N 18.987.
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2. Presentacin.
Propuse el tema interrupcin voluntaria del embarazo porque considero
que durante los ltimos aos y especialmente el ao pasado se coloc el tema
del aborto en el centro de debate de la sociedad; una cuestin en la que
prcticamente todas las personas tenemos opinin formada, que gener
discusiones apasionadas y posturas enfrentadas en todos los niveles de la
sociedad (poltico, intelectual, religioso, cientfico, etc.) y que tuvo como resultado
la aprobacin del proyecto de Ley que despenaliza la interrupcin voluntaria del
embarazo, en octubre del ao 2012.
Esta promulgacin no resuelve el conflicto que genera un tema tan ntimo
como ste, pero confirma que una vez ms vamos en vas de debatir, confrontar y
buscar soluciones a distintas situaciones que afectan a nuestra sociedad.
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3. Introduccin.
Elobjetivo general de esta investigacin es abordar la legislacin del aborto
en nuestro pas. Como estamos frente a un tema sumamente complejo, consider
oportuno priorizar determinados aspectos especficos. Entre ellos destaco los
vinculados a la moral, la tica, la postura de la iglesia, los movimientos sociales y
determinadas condiciones mdicas sobre este tema; as como cifras y datos
referidos a la interrupcin voluntaria del embarazo.
Ya que mi propsito es analizar el contexto de la legislacin vigente, no
profundizar la evolucin histrica que nos llev a ese punto.
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4. Aborto.
La RAE1 define aborto como: Interrupcin del embarazo por causas
naturales o deliberadamente provocadas. Puede constituir eventualmente un
delito.
Sin embargo, la organizacin no gubernamental MYSU2, lo presenta como:
Interrupcin de un embarazo tras la implantacin del huevo fecundado en el
endometrio (pared interna del tero) antes de que el feto haya alcanzado
viabilidad, es decir, antes de que sea capaz de sobrevivir y mantener una vida
extrauterina independiente. De acuerdo a la tradicin mdica, la viabilidad fetal se
logra luego de las 20 o 22 semanas de gestacin, contando desde el primer da
de la ltima menstruacin. Luego de este periodo, generalmente se habla de
muerte fetal y no de aborto.
Asimismo, la OMS3 define el aborto como: La interrupcin del embarazo
cuando el feto todava no es viable fuera del vientre materno.
An as se recuerda la anterior definicin de aborto que recoge la OMS y la
FIGO4: El aborto es la expulsin o extraccin de su madre de un embrin o feto
de menos de 500 gramos de peso, que se alcanza a las 22 semanas.
Abordando el tema desde el punto de vista de la forma en la que se
produce, podramos designar la siguiente clasificacin:
1 Real Academia Espaola.
2 Mujer y Salud en Uruguay.
3 Organizacin Mundial de la Salud.
4 Federacin Internacional de Ginecologa y Obstetricia.
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o Aborto espontneo: provocado por razones naturales. Tambin se incluyen
los ocasionados por txicos ambientales, medicamentos, lesiones o fiebres
altas.
o Aborto provocado o inducido: ocasionado empleando algn recurso omtodo con el fin de eliminar el embrin del tero.
Aborto sptico: aquel que se infecta.
Aborto incompleto: escuando quedan restos ovulares en el interior del
tero que pueden producir infecciones o hemorragias.
Aborto teraputico: el que se realiza para prevenir riesgos para la salud
o la vida de la mujer embarazada. Aborto eugensico: interrupcin del embarazo consumado para evitar el
nacimiento de un feto con malformaciones o enfermedades graves.
De la misma forma podemos considerar una clasificacin en funcin de la
legislacin vigente en cada pas:
o Aborto legal: aquel que est regulado por ley.
o
Aborto clandestino: el que no tiene regulacin de ningn tipo.o Aborto inseguro: procedimiento realizado por personas que carecen de la
experiencia y conocimientos necesarios, en un entorno que carece de los
estndares mdicos necesarios o ambas cosas.
De acuerdo al acceso al equipo y personal capacitado y al tiempo que lleve
el embarazo, existe una variedad de tcnicas para la interrupcin del mismo. Es
evidente que mientras ms rpido se realice el aborto, la posibilidad de
complicaciones mdicas disminuye, ya que las tcnicas constituyen una
operacin sencilla que generalmente no requiere hospitalizacin.
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Evidentemente en todos los casos la/el especialista que practique la
intervencin debe tomar en cuenta la historia clnica completa de la mujer y hacer
una evaluacin del caso.
En cuanto a las tcnicas empleadas para la interrupcin del embarazo,podemos distinguir las siguientes5:
Quirrgicas:
Aspiracin manual endouterina6
Es la tcnica ms segura para practicar el aborto. Se trata de una
operacin relativamente sencilla. Generalmente se utiliza anestesia local, slo en
casos excepcionales se requiere anestesia general. Puede realizarse desde lasprimeras 3 semanas del embarazo y hasta la semana nmero 12.
Consiste en la dilatacin del cuello del tero para introducir en l una
cnula flexible y aspirar el contenido con una jeringa. El grosor de la cnula y el
grado de dilatacin depende de qu tan avanzado est el embarazo, pero en
general la AMEU requiere un grado de dilatacin muy bajo, lo que hace que el
procedimiento sea seguro.
La aspiracin manual endouterina se puede practicar en cualquier clnica oconsultorio ginecolgico, siempre y cuando exista el equipo necesario y se cuente
con el personal capacitado. La mujer permanece en el consultorio dos horas
promedio porque debe esperar que pase el efecto de la anestesia y se debe
controlar que los clicos o dolores no sean excesivos.
Este mtodo es, adems, un recurso eficaz para atender las
complicaciones derivadas de abortos en proceso o incompletos.
Aspiracin mecnica
5Dossier Aborto en el Uruguay, MYSU.
6 AMEU.
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Es similar a la aspiracin manual endouterina, ofrece las mismas ventajas y
es igualmente una tcnica segura. La diferencia es que la aspiracin se practica
con la ayuda de un dispositivo movido por energa elctrica y puede hacerse
hasta las 14 semanas del embarazo. Este procedimiento es el ms comn en los
pases donde el aborto se permite a solicitud de la mujer.
Legrado7
Antes de que existieran las tcnicas de aspiracin, el mtodo ms comn
era el de dilatacin y curetaje, tambin conocido como legrado.
El legrado requiere anestesia general o bloqueo peridural8.
La cureta es un instrumento de metal o plstico con el que se raspan las
paredes del tero para desprender el contenido. El riesgo de dao a la salud de la
mujer es mayor que en la aspiracin porque si est mal practicado o la persona
no tiene experiencia suficiente pueden producirse perforaciones en la pared
uterina o mutilaciones que deriven en esterilidad.
El legrado puede realizarse desde las 6 semanas de embarazo hasta las
16 semanas, pero siempre que sea posible es mejor el uso de la AMEU.
Dilatacin y evacuacin
Este mtodo se utiliza en embarazos que tienen ya estn entre las 13 y 16
semanas. Requiere de hospitalizacin y anestesia general. Se trata de una
combinacin del legrado y las tcnicas de aspiracin, y para aplicarlo es
necesario que el personal mdico tenga nivel de entrenamiento ya que en estos
casos el tejido fetal es ms abundante y el tero se encuentra ms suave y
vulnerable que en el primer trimestre.
Induccin de parto inmaduro
7 Dilatacin y curetaje.
8 Anestsico local en las races nerviosas que salen de la columna y que dan sensibilidad de la
cintura hacia abajo. Debe ser realizado por un anestesilogo.
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En general es un mtodo que est siendo sustituido por la dilatacin y
evacuacin por ser ms complejo y de mayor riesgo. Se realizaba o realiza entre
las 13 y 24 semanas de gestacin, hoy en da slo se recurre a l en casos
excepcionales (a partir de las 16 semanas) cuando la salud de la mujer est en
peligro o se descubren malformaciones en el feto. Requiere una estancia
hospitalaria de entre 24 y 48 horas.
El procedimiento consiste en inyectar dentro del saco amnitico una
solucin salina hipertnica o urea hipertnica y prostaglandinas E2, para provocar
en el tero contracciones similares a las del parto, de manera que el feto sea
expulsado imitando un parto natural. Tambin suelen aplicarse prostaglandinas
intracervicales con oxitocina endovenosa para provocar las contracciones deltero. Con frecuencia, este mtodo se acompaa de un legrado para remover los
remanentes de tejido.
Histerotoma
Esta tcnica consiste en la remocin del feto y la placenta por medio de
una operacin quirrgica. Como su realizacin exige incisiones en el abdomen y
en el tero, implica riesgos de ciruga mayor y posibilidades ms serias de
complicacin que los de cualquier otro mtodo. Slo se recurre a esteprocedimiento cuando otros han fallado repetidamente o no son practicables por
motivos mdicos (en el caso de que existan anormalidades uterinas, por ejemplo).
Se considera una intervencin seria que requiere hospitalizacin de dos das.
Luego de la histerotoma, la mujer queda con cicatrices en el abdomen y en
el tero, de modo que en el futuro tiene que dar a luz mediante cesrea.
La histerotoma debe evitarse al mximo y siempre se considera como
mejor opcin la induccin del trabajo de parto inmaduro.
Tcnicas qumicas:
La pldora RU 486
La pldora RU 486 contiene mifepristona, una sustancia abortiva con alto
grado de efectividad (superior al 95%) cuando se le combina con una dosis de
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prostaglandina. La pldora se emplea dentro de las primeras 9 semanas de
embarazo.
La RU 486 provoca el inicio del aborto debido a que afecta la accin
habitual de la progesterona, que es una hormona esencial para el mantenimientodel embarazo. Para la interrupcin del embarazo mediante el uso de esta pldora
no se requiere hospitalizacin. Bastan tres visitas al mdico: en la primera se
ingiera la pldora, en la segunda (48 horas despus) la mujer recibe una dosis de
prostaglandina que provoca contracciones en el tero y causa la expulsin del
embrin, y en la tercera se hace una revisin. nicamente cuando el aborto
queda incompleto se realiza una aspiracin.
Este mtodo es relativamente reciente, fue inventado en 1980 y a pesar deque se ha probado en ms de una docena de pases, su uso se ha extendido slo
en alguno de ellos. Los pases donde est disponible actualmente son Francia,
Inglaterra, Suiza y China. En 1999 fue aprobada su comercializacin en Austria,
Blgica, Dinamarca, Finlandia, Alemania, Grecia, Los Pases Bajos y Espaa.
Misoprostol y mifepristona
Es una droga que retarda o detiene el crecimiento del tejido embrionario o
fetal. Al igual que en el caso de la pldora RU 486, el misoprostol se utiliza en
combinacin con otra sustancia, la mifepristona. El misoprostol provoca
contracciones en el tero para facilitar la salida del embrin.
El procedimiento general consiste en suministrarle a la mujer una dosis de
misoprostol y 48 horas despus, una dosis de mifepristona. En caso de que el
aborto resulte incompleto, se debe proceder a una aspiracin. El misoprostol debe
ser administrado y vigilado por un especialista ya que puede tener efectos
secundarios importantes que pongan en peligro la vida de la paciente.
Los problemas sociales que se refieren a la conciencia de cada individuo
son difciles de solucionar, sobre todo considerando que existen diferentes
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posiciones al respecto y es necesario establecer un marco legal que contemple a
la mayora de los ciudadanos.
Por esto, para dar una mirada tica al problema de la interrupcin
voluntaria del embarazo, se debe considerar adems de la tica profesional, losprincipios que orientan la formacin del derecho positivo y que forman parte de la
filosofa del derecho. Mediante un anlisis objetivo, y estimando las
consecuencias prcticas de las alternativas legales que se presentan, se puede
llegar a conclusiones ticamente vlidas.
La idea de democracia se fundamenta en que el poder poltico debe
alojarse en la comunidad, ya que nadie posee por derecho propio la atribucin de
gobernar a sus semejantes. El Estado democrtico liberal no slo debe garantizarlos derechos fundamentales de cada individuo, sino que debe proveer el mayor
beneficio directo y para el mayor nmero de sujetos que integran la colectividad
estatal.
Todos los seres tienen el derecho a la libertad de decisin y accin
mientras sus acciones no interfieran con los derechos de las dems personas. La
libertad se manifiesta en la decisin sobre el destino propio, es decir, la
autonoma personal.
Debatir sobre el aborto es en un punto hablar acerca de un problema
social, ya que dentro del marco de su legalidad o no legalidad, es un
procedimiento al que recurren miles de mujeres por ao afectando no solo su
salud fsica y emocional, sino que tambin la de su entorno y nos interpela como
sociedad.
As como diversas son las religiones que hay en el mundo, varias son las
posiciones de stas ante el aborto. Principalmente, se aprecia que no todas las
personas ni todas las religiones condenan el aborto y la anticoncepcin.
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En nuestro pas predomina la Iglesia Catlica Apostlica y Romana, cuya
postura es considerar el aborto un pecado capital ya que contraviene el 1er
mandamiento: No matars.Respecto a los protestantes, sostienen que no se le
puede prohibir a una persona tomar una decisin consciente, an cuando no se
est de acuerdo con dicha decisin.
De acuerdo con el judasmo, el bienestar de la mujer es central en la
doctrina juda y el feto no es considerado una persona sino hasta que la cabeza
sale del tero al momento del parto. Por ello, el aborto se permite en ciertos
casos. La anticoncepcin es aceptada en el judasmo, y el aborto es permitido si
se realiza con una razn para alcanzar un bienestar mayor.
Podemos tambin tomar el punto de vista de los islamistas, quienesplantean diferentes posturas en cuanto a la penalizacin del aborto, considerando
el momento en el que ingresa el alma al cuerpo del feto, pues despus de esto
ocurrido, todas prohben el aborto. Sin embargo, la problemtica del aborto
inseguro y el inters en la planeacin familiar, ha llevado a varios lderes
religiosos musulmanes a permitir el aborto incluso despus de los 120 das de
gestacin cuando la vida de la mujer corre peligro.
No es correcto plantear la discusin dividindola entre aquellos que estn
a favor y los que estn en contra. Partiendo de la base de que ninguna mujer
elige embarazase con la intencin de luego abortar, el verdadero debate deja de
centrarse en el deseo de la persona de promover o no la prctica del mismo y se
posiciona entre aquellos que impulsan su despenalizacin y los que no.
Igualmente se pierde de vista que en caso de despenalizarse, se generara un
cambio en la calidad en la que se lleva a cabo esta prctica y no en la cantidad de
abortos que se realizan, porque, se vea o no, clandestinamente miles de mujeres
interrumpen sus embarazos a pesar de su condicin delictiva, poniendo en
riesgo su salud e inclusive su vida.
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5. Debate.
No se puede establecer con claridad cundo fue que en el Uruguay
comenzaron a realizarse prcticas abortivas, sobre todo considerando el uso de
distintos mecanismos naturales o caseros de larga data como distintas infusiones
o la introduccin de diversos objetos en la vagina. A travs de relatos familiares
existe el conocimiento de que algunas mujeres de nivel socio-econmico alto
recurran a clnicas mdicas privadas, a las que accedan en las que se
practicaban abortos, fundamentalmente en las primeras dcadas del siglo XX.
Ms adelante, a mediados del siglo, lo habitual era que aquellas mujeres en
condiciones econmicas favorables accedieran a clnicas ya clandestinas pero enlas que su salud y calidad de vida eran tenidas en consideracin mientras que las
mujeres con escasos o nulos recursos econmicos deban recurrir a prcticas
abortivas tambin clandestinas en las que no eran tenidas en cuenta las
condiciones mnimas de higiene y asepsia y apoyo y seguimiento.
Ms all de que en lneas generales esta situacin permaneci incambiada
durante las siguientes dcadas y de las diversas posturas religiosas o morales
tanto individuales como colectivas, el verdadero debate acerca de este tema fuedesplazado del rea ntima, familiar convirtindolo en un debate social, asumido
como un problema que nos concierne a todos en tanto sociedad, a partir de la
dcada del 90, momento en el cual tanto a nivel nacional como regional e
internacional se discute con firmeza sobre los derechos sexuales y reproductivos
en la que la sociedad civil organizada cobra protagonismo y coloca la temtica de
la interrupcin voluntaria del embarazo sobre la mesa.
Ms all de las disputas personales y religiosas, existieron en el Uruguay
dos posturas encontradas respecto a la despenalizacin del aborto; por un lado,
distintos movimientos de la sociedad civil organizada que promueven y defienden
los derechos de las mujeres, el PIT-CNT y otras organizaciones y referentes
culturales y polticos, y por otra parte fundamentalmente la Iglesia Catlica y
algunos referentes culturales y polticos que se oponan a esta despenalizacin.
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La profundizacin de este debate trajo como consecuencia la presentacin de un
Proyecto de Ley que fue aprobado el 11 de noviembre de 2008 (17 votos a 13 en
el Senado) y luego vetado por el entonces Presidente de la Repblica, el Dr.
Tabar Vzquez el 14 de noviembre de 2008.
Este veto signific para la sociedad civil involucrada en el tema un
retroceso en cuanto al derecho de las mujeres a decidir respecto a su cuerpo,
cuntos hijos tener, cundo y con quin hacerlo.
En lo concerniente al veto de la Ley por parte del ex Presidente Vzquez y
de acuerdo a sus declaraciones, antepuso su condicin de mdico y de cristiano a
la resolucin del Poder Legislativo. Otra fue la postura que tom por ejemplo el
Presidente francs (1974-1981), Valry Giscard DEstain: Yo soy catlico ()
pero tambin soy presidente de una Repblica cuyo Estado es laico. No tengo por
qu imponer mis convicciones personales a mis conciudadanos, sino que debo
procurar que la ley responda al estado real de la sociedad francesa, para que sea
respetada y pueda ser aplicada. () Como catlico estoy en contra del aborto,
como presidente de los franceses considero necesaria su despenalizacin9.
A pesar de la actitud de Vzquez respecto al tema, la situacin conflictiva
respecto al aborto no fue resuelta, por el contrario, las mujeres siguieron muriendo
a causa de ello y las organizaciones siguieron reclamando por los derechos
sexuales y reproductivos de las mujeres.
De acuerdo con la informacin que me brind la Directora Ejecutiva de
MYSU, Lilin Abracinskas, en la dcada del 70 la Asociacin Uruguaya de
Planificacin Familiar reportaba la realizacin de unos 150.000 abortos por ao,
una relacin de 3 abortos por cada parto.
9El veto del ejecutivo uruguayo a la despenalizacin del aborto: Deconstruyendo sus
fundamentos. Anala Banfi Vique y otros.
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Luego la Universidad Catlica llev a cabo una investigacin en base a
estudios de las historias clnicas, dando como resultado unas 16.000 prcticas por
ao, casi una dcima parte de la cifra estimada por la AUPF.
La ltima estimacin la realiz Rafael Sanseviero en 2002-2003, deacuerdo a relevamientos de datos hospitalarios y entrevistas a clnicas privadas, y
es de 33.000 abortos por ao frente a 47.000 nacimientos. Tambin hay que
considerar que la tasa de natalidad en el Uruguay ha ido decayendo, de unos
50.000 nacimientos anuales, pasamos a tener 47.000.
Recin en el ao 2008 comienza a implementar la distribucin de mtodos
anticonceptivos en el Sistema Nacional de Salud.
No se puede calcular en este momento los resultados de la estimacin de
los abortos realizados despus de implementada la actual legislacin.
De acuerdo con MYSU la implementacin de los actuales servicios de
salud, presentan diversas dificultades en Salto, por ejemplo, donde todos los
gineclogos de Salto objetaron conciencia, por esa razn todas las mujeres
salteas deben ser trasladadas a centros de salud en otros departamentos.
Llama poderosamente la atencin que entre los objetores de conciencia se
encuentren conocidos mdicos aborteros clandestinos y se supone que no es una
cuestin tica ni filosfica, sino un inters lucrativo.
El Vice Ministro Leonel Briozzo, es el que est controlando los datos y
estima que, por la informacin recibida, aproximadamente se realizan unos 300 a
400 abortos por mes. Quedara un promedio de 4800 prcticas por ao, lo que
dara a pensar que todava se realizan abortos clandestinos.
Ms all de lo agobiante que es seguir la ruta reglamentaria, serecomienda dar todos los pasos necesarios en el centro de salud, ya que de otra
forma, la prctica sigue siendo un acto delictivo.
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El MSP10 no ha emitido an, datos oficiales respecto al nmero de abortos
que realizados en los centros de salud luego de aprobada la Ley N 18.987.
10 Ministerio de Salud Pblica.
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6. Legislacin, aplicacin y reglamentacin de la Ley.
Fue necesario esperar el prximo perodo legislativo para volver a
presentar otro Proyecto de Ley sobre derechos sexuales y reproductivos que
contemplaran la interrupcin voluntaria del embarazo. El actual Presidente, Jos
Mujica, haba asumido el compromiso de no vetar ninguna ley emanada del Poder
Legislativo antes de las elecciones del ao 2009, en las que fue electo.
Este proyecto gener quiebres en la interna de los distintos partidos
polticos, por ejemplo dentro del partido de gobierno. Dado que esta situacin
llev a que no fueran suficientes los votos del oficialismo para aprobar la Ley, fue
necesario negociar con el Partido Independiente (de la oposicin). ste, para dar
su voto afirmativo en Diputados, incorpor un artculo en el Proyecto de Ley. Es
as que en forma muy ajustada, se aprob la Ley N 18.987.
El Poder Ejecutivo promulg el 22 de octubre la Ley N 18.987, de
despenalizacin de la interrupcin voluntaria del embarazo. Los 15 artculos
redactados establecen que la mujer que decida interrumpir el embarazo en las 12
primeras semanas de gravidez no ser penalizada y, en consecuencia, no sern
aplicados los artculos 325 del Cdigo Penal, que penalizan a la mujer con tres a
nueve meses de prisin. Tampoco ser aplicado el artculo 325 bis del Cdigo
Penal (CP), que establece una pena de 24 meses de prisin a quien colabore con
la interrupcin voluntaria del embarazo. El resto del captulo IV del Ttulo XII del
CP permanece vigente.
La Ley establece que la mujer que decida interrumpir su embarazo deber
concurrir a una consulta mdica en una institucin del Sistema Nacional Integrado
de Salud para poner en conocimiento las circunstancias que, a su criterio, le
impiden continuar con el embarazo en curso. Posteriormente, el mdico tratante
dispondr una consulta a un equipo multidisciplinario para ese da o el siguiente.
ste equipo informar a la mujer lo establecido por la presente Ley, las
caractersticas de la interrupcin del embarazo y los riesgos inherentes a esta
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prctica y tambin informar sobre las alternativas al aborto provocado,
incluyendo programas de apoyo social o la adopcin. A su vez, la Ley entiende
que este mismo equipo interdisciplinario deber constituirse como un mbito de
apoyo psicolgico y social a la mujer.
A partir de la consulta con el equipo multidisciplinario, la mujer tendr como
mnimo un plazo de cinco das para reflexionar sobre la interrupcin de su
gravidez. Si mantiene la decisin, el mdico gineclogo tratante coordinar el
procedimiento de forma inmediata. sta ratificacin ser expresada por
consentimiento informado e incorporada a su historia clnica.
El artculo cuarto de la presente Ley establece cinco deberes para el
equipo interdisciplinario: orientar a la mujer en mtodos anticonceptivos y deplanificacin familiar, entrevistarse con el progenitor (ste punto si el equipo tiene
el consentimiento de la mujer), garantizar que el proceso de reflexin permanezca
exento de presiones de terceros, cumplir con los protocolos de actuacin
multidisciplinaria del MSP y abstenerse de asumir la funcin de autorizar o
denegar la interrupcin.
En cuanto a las instituciones mdicas, la Ley seala que debern promover
la formacin permanente de los equipos de salud reproductiva interdisciplinarios,interactuar con instituciones pblicas y privadas que brinden apoyo solidario y
calificado en los casos de maternidad con dificultades sociales, familiares o
sanitarias, poner a disposicin de los usuarios la lista de miembros de los equipos
interdisciplinarios, garantizar la confidencialidad de la mujer, y garantizar la
participacin de todos los profesionales que estn dispuestos a integrar stos
equipos.
Si la mujer que presenta su voluntad de interrumpir su gravidez es una
adolescente, el mdico gineclogo recabar el consentimiento expreso de la
menor, en concurrencia de sus padres o tutores, segn lo expresado por el
artculo 7 de la Ley de Salud Sexual y Reproductiva N 18.426. La adolescente
podr presentar los antecedentes del equipo interdisciplinario a un Juez (de
Familia en Montevideo y Letrado de 1 Instancia en el interior) en el caso de que
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la autorizacin no sea aprobada, para que el magistrado se expida en los
siguientes tres das.
El artculo 9 de la Ley establece que las interrupciones de embarazo que
se practiquen segn los trminos legales sern considerados acto mdico sinvalor comercial.11
Hasta el momento existen mdicos gineclogos que interpusieron el
recurso previsto en la Ley: objecin de consciencia, en estos casos tienen la
obligacin de derivar a la mujer a que consulte con otro gineclogo. Tambin, y
dentro del plazo previsto por la reglamentacin de la Ley, dos mutualistas de
Montevideo presentaron su objecin de consciencia en tanto Institucin
Prestadora de Servicios de Salud12
. En este caso la institucin debe coordinar conotra para que realice la interrupcin del embarazo, debe asumir los costos de la
misma y luego realizar el seguimiento de la mujer.
11 Pgina Oficial del Frente Amplio
12 Crculo Catlico y el Hospital Evanglico.
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7. Recoleccin de firmas y referendum.
Inmediatamente despus de aprobada la Ley N 18.987, el Partido
Nacional y alguno dirigentes del Partido Colorado comenzaron a recolectar firmas
para presentar a la Corte Electoral la solicitud de llevar al referendum la
ratificacin o rectificacin de la Ley aprobada. Lanzaron una campaa dirigida a la
opinin pblica en la que instaban a que las personas firmaran. Esta propuesta
tambin fue apoyada por la Iglesia Catlica.
A principio de mayo de este ao fueron presentadas a la Corte Electoral
ms de 52.000 firmas para habilitar el referndum contra la Ley de
despenalizacin del aborto, que se realizar el prximo 23 de junio.
Se trata de un llamado a las urnas de carcter no obligatorio . Para habilitar
el referndum se debe lograr el voto conforme del 25% de los habilitados en el
Padrn Electoral, aproximadamente 654.287 ciudadanos de los 2.617.150
inscriptos al momento de presentarse las firmas ante la Corte Electoral.13
Mientras el Partido Nacional insta a sus partidarios a concurrir a las urnas
pese a no ser obligatorio
y la Conferencia Episcopal del Uruguay emiti uncomunicado convocando a votar en el referndum, la sociedad civil organizada
afirma que () la consulta ciudadana no es pertinente porque lo que pone a
consideracin es si la prctica del aborto debe resolverse en servicios seguros o
si debe ser una prctica clandestina.14
13 LaRed21 Comunidad.
14 MYSU.
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8. Entrevistas
Consider oportuno registrar la informacin que maneja y la postura poltica
frente a este tema de la organizacin no gubernamental (ONG) feminista MYSU, atravs de su Directora Ejecutiva, Lilin Abracinskas.
P: Cul fue para vos la importancia del movimiento social de
mujeres y en especial MYSU en colocar el debate de la
despenalizacin a nivel de la sociedad?
R: El movimiento social no sac el tema del aborto, el tema del
aborto siempre existi, siempre hubo una doble moral, () lo
que hizo el movimiento social fue convertir la problemtica del
aborto inseguro en un tema de agenda pblica. () Ese es el producto del trabajo
del movimiento social. Los partidos polticos siempre trataron de no meterse en
este tema.
P: MYSU se encarga de darle apoyo a las mujeres que quieren realizarse o se
realizaran un aborto?
R: MYSU no da prestacin directa de apoyo, () se encarga de asesorar a las
mujeres para que concurran a los centros de salud, () hay orden en MYSU de
que a ninguna mujer que llegue o se contacte por alguna necesidad de
informacin, apoyo o asesoramiento se la puede dejar sin apoyo, informacin,
asesoramiento o derivacin. () Tratamos de informarles cul es el trmite o la
ruta que debe seguir en cada institucin, ya que todas son distintas, () lesdecimos que ninguna tiene que dar explicaciones ni tienen porque andar
justificando nada, simplemente seguir los trmites requeridos y que adems hay
que recurrir a los servicios mdicos, ya que es la nica manera de que no se
complique en lo legal.
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P: Estn conformes con la Ley aprobada?
R: No, la Ley aprobada es mala () en varias cosas, primero porque mantiene el
delito de aborto con lo cual mantiene la sancin penal, () segundo el trmite u
hoja de ruta pone toda la responsabilidad en el equipo de salud cuando enrealidad quin me garantiza que el profesional que me asesora es ms
responsable que yo para tomar las decisiones? () poner el tutelaje en el
personal de salud es seguir diciendo que la mujer fuera eternamente menor. El
sistema no est adaptado para lo que propone la Ley, una Ley extremadamente
reglamentarista y muy desconocedora de la realidad. () Y adems qu no se le
permita a las extranjeras? () es de una deshumanidad no permitirle. () Por
qu es turismo abortivo? A ver, uno hace turismo por placer, uno no aborta porplacer, no se puede hablar del turismo abortivo. Es banalizar algo . () En otros
pases no est legalizado, y no brindarlo en un pas en el que est reglamentado
me parece terrible () Y tambin tiene problemas menores () Queda todo a
consideracin del profesional. () Tiene problemas la Ley, ahora, entre lo que
tenamos y la posibilidad, es un pasito. Entre lo que pasa en otros pases y lo que
pasa ac, es un pasito. Y este pasito hay que aprovecharlo. La posibilidad de
proveer servicios de aborto en condiciones de seguridad y esto no es menor.
Hace una diferencia. Cualquiera que tenga que pasar por esta situacin sin
ningn lugar a duda preferir ir a su mutualista que ir a pararse a una esquina
para que te pase a buscar una camioneta o que te vendan misoprostol. () En
este caso, hay que defender a la Ley. Porque adems no hay alternativa, o es
esto poco que se logr o es volver otra vez estos cinco aos atrs, otra vez a
partir de cero!() A ver, tarde o temprano a esta Ley, va a haber que mejorarla,
no se resuelve derogndola. Por eso no estamos de acuerdo con la consulta, ()
porque la consulta en realidad lo que est diciendo es volvemos al aborto
clandestino o tratamos de que los servicios de aborto sean seguros. () Derogar
la Ley es volver al aborto clandestino, no se mejora por consulta ciudadana ()
Lo que se nos dice es la deroga o la ratifica, yo esta Ley no quiero ni derogarla ni
ratificarla. No la quiero ratificar porque es una mala Ley y tampoco la quiero
derogar porque lo nico que avanza lo retrocede ()
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Por otra parte, entrevist a una mujer que se practic un aborto cuando
ste era penalizado; por esta razn, conservo el anonimato de mi entrevistada.
P: Cules fueron las razones que te llevaron a tomar la decisin de realizarte un
aborto?
R: En mi caso, una persona mayor de treinta aos y con ms hijos de distintas
edades, consider que, debido a la situacin socio-econmica y emocional que
estbamos viviendo, no estaba en condiciones ni fsicas ni emocionales ni
econmicas de enfrentar un nuevo embarazo y el acompaamiento en el
crecimiento de otro hijo. Adems, la situacin emocional y afectiva con mi pareja
estaba de crisis y realmente consideraba imposible seguir adelante con el
embarazo.
Por otra parte, me encontraba en una situacin laboral que no podra haber
continuado desempeando en las mejores condiciones.
Los hijos que tengo fueron todos hijos deseados (aunque no todos planificados)
pero es muy triste sentir la experiencia de llevar adelante un embarazo no
deseado.
La toma de decisin de interrumpir el embarazo implic para m y para mi pareja
una profunda reflexin racional, moral y emocional previa...
P: Si te hubieras encontrado en otras condiciones Lo hubieras hecho
igualmente?
R: Depende de cules hubieran sido las otras condiciones.
P: Te parece que disminuy la cantidad de abortos una vez que ste se
despenaliz?
R: Es un tema muy complicado acceder a cifras y datos, fundamentalmente
cuando era una prctica clandestina. Personalmente no creo que haya disminuido
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la cantidad sino que ha mejorado las condiciones mdicas, psicolgicas y
sociales.
P: Crees que se va a modificar la cantidad de abortos o las condiciones
mediante las cuales se realizan?
R: Sin dudas se modificarn y a mi parecer para mejor las condiciones en las que
se realizan. No creo que se pueda comparar el antes con el despus de la
presente legislacin.
P: A favoro en contraCrees que es correcto clasificarlo as? Una persona afavordel aborto No puede estaren contra de realizarse uno?
R: Creo que no es correcta esa clasificacin. No s de ninguna mujer que haya
llegado a esta instancia por querer. Pienso, sin embargo, que una persona
puede estar de acuerdo con la Ley que despenaliza la prctica, en tanto busca
mejorar las condiciones de acceso y promueve el ejercicio de derechos sexuales
y no querer pasar personalmente por esa experiencia.
P: Opinas que el haber interrumpido tu embarazo es un hecho que debas
ocultar (por un posible rechazo social)?
R: Ms all del aspecto delictivo que implicaba realizarlo y que por lo tanto era
ms seguro ocultarlo, como se trata de un tema ntimo que me afectaba en
primera medida a m y a mi entorno ms prximo slo lo compart con algunas
personas muy allegadas a mi corazn
P: Hoy en da se dice que el aborto es inmoralSentiste en algn momento que
estabas realizando un acto inmoral?
R: Para nada.
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P: Al momento de realizar el aborto, Estabas totalmente segura? Sents que
podras haber tomado otra decisin si hubieras tenido un poco ms de tiempo
para decidirlo?
R: Estaba totalmente segura y siento que no habra tomado otra decisin. Esms, a la distancia siento que tom la decisin correcta
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9. Conclusin.
A lo largo de esta monografa logr poner en tela de juicio mis
conocimientos acerca del tema y pude tambin, afianzar mis saberes respecto al
mismo.
Se me hace muy difcil pensar el tema del aborto dividindolo en aquellos
que estn a favor o aquellos en contra, ya que efectivamente, y como he
planteado durante la investigacin, no es posible estara favoro en contradel
aborto. Es por esta razn que hay quienes -y me incluyo- estn totalmente a favor
de que las mujeres (y quienes las instruyen) salgan claramente impunes de una
prctica que debera ser despenalizada y an as, no se le pasara por la cabeza
la idea de realizarse un aborto.
No creo, bajo ningn concepto que este problemaacabe al despenalizar
la interrupcin voluntaria del embarazo, mas s creo que es un derecho de todas
las mujeres el poder decidir realizarse un aborto por razones equis, y poder
hacerlo en condiciones que no atenten contra su vida. Porque si, si centramos el
problemaen la cantidad de abortos que se realizarn o se dejarn de realizar,
ste no va a desaparecer con su despenalizacin, pero si por el contrario, lo
centramos en la cantidad de vidas que se salvarn gracias a las condiciones que
se brindarn a esas mujeres que deseen practicarse un aborto, entonces s,
puede que la sociedad, en conjunto, contribuya en la solucin del problema.
Otro punto al que no se llega a consenso es si es un problema de una
minora o un problema social. Claramente, en el mundo en el que vivimos hoy,
deja de ser una responsabilidad de unos pocos y pasa a ser la responsabilidad de
todos. Si como sociedad, se instruyera y se tuviera acceso a educacin sexual, a
mtodos anticonceptivos e informacin acerca de la planificacin familiar que
puedan evitar un posible embarazo no deseado (as como ITS15) no se tendra
que llegar al punto de la interrupcin voluntaria del embarazo.
15 Infecciones de Transmisin Sexual.
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En mi opinin no debera promoverse el referendum impulsado (entre
otros) por el Partido Nacional; ya que aunque siempre se puede mejorar esta Ley
es la que ha hecho posible este gran cambio en la vida de muchas mujeres y a
la larga un cambio social.
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10. Bibliografa.
> BANFI Vique, Anala y otros. El veto del ejecutivo uruguayo a la
despenalizacin del aborto: Deconstruyendo sus fundamentos
Taller grfico LTDA. 2010. Montevideo, Uruguay.
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> https://www.gire.org.mx/index.php?option=com_content&view=article&id=35
5&item...las
> Ley N 18.426 (defensa del derecho a la salud sexual y reproductiva)
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> LUNA, Florencia; SALLES, Arleen. Decisiones de vida y muerte
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> WARREN, Mary Anne. Compendio de tica.
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