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1 Instructivo para la Ejecución Planes de Mejora Institucional de Nivel Secundario 2012 1. Marco General El financiamiento de la etapa 2012 de los Planes de Mejora Institucional estará a cargo del Ministerio de Educación de la Nación, en articulación con las jurisdicciones. Cada institución recibirá recursos asignados para el financiamiento de horas institucionales y un monto para gastos operativos. Comunicación a la comunidad escolar: A fin de dar continuidad y profundizar los acuerdos establecidos en los “Lineamientos Políticos y Estratégicos para la Educación Secundaria Obligatoria”(Res.84/09),y con el objetivo de promover el fortalecimiento de la institución educativa, la renovación del vínculo con las familias, y con las organizaciones comunitarias, se establece la obligatoriedad para todas las escuelas beneficiarias del PMI de realizar una reunión anual convocando a los padres y madres de los estudiantes, organizaciones comunitarias y a otros actores de la comunidad escolar, a fin de poner en conocimiento el Plan de Mejora que la Institución llevará adelante durante el año 2012, sus objetivos y alcance general. En esta ocasión, las escuelas tomarán como una oportunidad la convocatoria a padres, madres y actores de la comunidad para compartir la información referida a la marcha de los Planes de Mejora Institucional y la importancia de garantizar trayectorias escolares continuas y completas. En dicha reunión circulará un documento que se presentará a la comunidad educativa: una breve síntesis del PMI; días y horarios en que los que estén interesados puedan asistir a las escuelas para recibir información sobre la efectiva implementación del PMI en la escuela. La reunión informativa será registrada en un Acta, cuyo Modelo se adjunta en el Apéndice 8, la que deberá ser refrendada por 3 padres. El original del Acta deberá ser conservada por la Escuela conjuntamente con la rendición de gastos y evaluación.
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Page 1: Instructivo Jurisdiccional 2012

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Instructivo para la Ejecución Planes de Mejora

Institucional de Nivel Secundario

2012

1. Marco General

El financiamiento de la etapa 2012 de los Planes de Mejora Institucional estará a cargo del

Ministerio de Educación de la Nación, en articulación con las jurisdicciones.

Cada institución recibirá recursos asignados para el financiamiento de horas institucionales y

un monto para gastos operativos.

Comunicación a la comunidad escolar:

A fin de dar continuidad y profundizar los acuerdos establecidos en los “Lineamientos

Políticos y Estratégicos para la Educación Secundaria Obligatoria”(Res.84/09),y con el

objetivo de promover el fortalecimiento de la institución educativa, la renovación del vínculo

con las familias, y con las organizaciones comunitarias, se establece la obligatoriedad para

todas las escuelas beneficiarias del PMI de realizar una reunión anual convocando a los

padres y madres de los estudiantes, organizaciones comunitarias y a otros actores de la

comunidad escolar, a fin de poner en conocimiento el Plan de Mejora que la Institución

llevará adelante durante el año 2012, sus objetivos y alcance general. En esta ocasión, las

escuelas tomarán como una oportunidad la convocatoria a padres, madres y actores de la

comunidad para compartir la información referida a la marcha de los Planes de Mejora

Institucional y la importancia de garantizar trayectorias escolares continuas y completas. En

dicha reunión circulará un documento que se presentará a la comunidad educativa: una

breve síntesis del PMI; días y horarios en que los que estén interesados puedan asistir a las

escuelas para recibir información sobre la efectiva implementación del PMI en la escuela.

La reunión informativa será registrada en un Acta, cuyo Modelo se adjunta en el

Apéndice 8, la que deberá ser refrendada por 3 padres. El original del Acta deberá

ser conservada por la Escuela conjuntamente con la rendición de gastos y

evaluación.

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2. Elegibilidad de los gastos

Los gastos elegibles para cada Plan de Mejora deben estar vinculados con los objetivos,

sentidos y finalidades de las acciones pedagógicas y socioeducativas previstas en su

formulación.

Los rubros de gastos financiables de los Planes de Mejora Institucional serán de dos tipos:

horas institucionales y recursos para gastos operativos.

2.1. Rubro de horas institucionales:

Los Planes de Mejora contarán con recursos para horas institucionales destinadas a aquellas

actividades que requieran de instancias de trabajo no contempladas en los tiempos de

espacios curriculares correspondientes a los planes de estudio.

Será competencia de la jurisdicción determinar los aspectos prioritarios para la utilización de

dichas horas institucionales en función de lo estipulado en los Planes Jurisdiccionales y en

los lineamientos de política educativa del Ministerio de Educación de la Nación.

El Ministerio de Educación de la Provincia de Córdoba en el presente año lectivo, se

propone redireccionar las horas de tutorías en las siguientes líneas atendiendo a las

características propias de cada institución:

A) Se mantendrán las tutorías disciplinares en aquellas escuelas que han sido

evaluadas positivamente en función del desempeño en el aprendizaje de los

estudiantes.

B) Se propondrá en otras instituciones escolares la incorporación de los docentes

con función tutorial a un trabajo en equipo con el docente del espacio curricular

correspondiente para atender los distintos ritmos de aprendizajes del grupo de

estudiantes dentro del aula, incorporando las herramientas tecnológicas (TIC)

con el objetivo de instalar otras estrategias pedagógicas que faciliten la

apropiación del conocimiento por parte de los estudiantes.

C) En el marco de desarrollar propuestas organizativas y pedagógicas que

contribuyan al desarrollo de dinámicas institucionales efectivamente inclusoras;

la Jurisdicción crea la figura del Coordinador de Curso1, con el propósito de

coordinar, promover y desarrollar acciones que contribuyan a potenciar y

mejorar los procesos de aprendizaje y socialización de los estudiantes, de

manera articulada con el equipo directivo y docentes de la institución escolar. En

1 Resolución DGEM 1613/2009.

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este sentido y también en el marco del redireccionamiento de las horas de

tutorías, se dispondrá de horas institucionales para el trabajo conjunto

con los Coordinadores de Curso y preceptores a fin de fortalecer la

permanencia de los estudiantes en la escuela, atendiendo a las causas que

provocan reiteradas inasistencias y que interrumpen la trayectoria escolar de los

mismos, proponiendo estrategias pedagógicas que permitan a los estudiantes

recuperar los aprendizajes con menor grado de apropiación. Este trabajo estará

vinculado al Proyecto para la Prevención del Abandono Escolar que se

lleva a cabo de manera conjunta con algunos municipios de la Provincia.

D) La Jurisdicción sostiene que las transformaciones que se dan en nuestra

sociedad, hacen necesario repensar los sistemas normativos, recuperando al

interior de las instituciones el valor de la norma, en tanto abre un camino que

permita hacer del tránsito por la escuela una experiencia significativa para los

estudiantes. En este sentido, mediante la resolución 149/10 se dispuso que

cada uno de los centros educativos de educación secundaria, elabore Acuerdos

Escolares de Convivencia (AEC), que propicien “el desafío de generar

cambios en las formas de regular las relaciones interpersonales, tomando como

base de éstos la construcción de una convivencia democrática que permita la

resolución pacífica de los conflictos y el mejoramiento del clima institucional”2.

En este sentido se dispondrá de horas institucionales a fin de apoyar la

consolidación de los AEC, especialmente referidos a los aspectos que

hacen a la convivencia entre los estudiantes generando oportunidades

que permitan la instalación de los Consejos Escolares de Convivencia.

E) Atento a la necesidad de fortalecer en todas las escuelas secundarias la

Educación Sexual Integral como un derecho de los jóvenes y una obligación de

la escuela a propiciar estos aprendizajes, se dispondrá de horas

institucionales para apoyar al proyecto institucional que elabora la

escuela sobre esta temática atendiendo el carácter transversal de la

misma.

2 Resolución Ministerial 149/10.

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Cada institución considerará distribuir con el criterio de máxima optimización los recursos de

acuerdo con los dispositivos elaborados para implementar el Plan de Mejora Institucional.

Cada escuela tendrá asignado un presupuesto para el financiamiento de diez meses de

horas institucionales por año según el siguiente detalle:

Matrícula Horas

asignadas

Hasta 10 alumnos 6 hs

Hasta 50 alumnos 8 hs

51 a 100 alumnos 12 hs

101 a 200 alumnos 16 hs

201 a 300 alumnos 20 hs

301 a 400 alumnos 24 hs

401 a 500 alumnos 28 hs

501 a 600 alumnos 32 hs

601 y más alumnos 36 hs

La selección de los docentes que reciban horas institucionales deberá ser acordada entre

el equipo directivo, el/la Asistente Técnico Territorial a cargo del acompañamiento de dicha

escuela, el/la Coordinador/a del Servicio Rural en el caso que corresponda, el/la

Coordinador/a de anexo y sede de programas a distancia en el caso que corresponda y el/la

Supervisor/a cuando este/a lo considere necesario.

Dicha Comisión tendrá en cuenta para la selección de los/as docentes, los siguientes criterios:

-Diagnóstico y propuesta definida en el Plan de Mejora de la Institución correspondiente. -El/la postulante deberá reunir la mayor cantidad de aptitudes profesionales que permitan

desarrollar dicho Plan de Mejora propuesto por la escuela, atendiendo a las funciones

enunciadas como propias de la tarea tutorial y de facilitador/a pedagógico teniendo en

cuenta las líneas de acción propuestas por la Provincia en el punto 2.1.

-En la selección se pondrá particular énfasis en la capacidad del postulante para promover

trabajo en equipo; comprensión de los distintos factores que influyen en el proceso de

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aprendizaje; conocimiento de las significaciones que los jóvenes otorgan a la escuela y las

principales problemáticas por las que atraviesan; compromiso con la inclusión y

permanencia de los estudiantes en el sistema educativo; apertura para pensar y promover

nuevos enfoques y estrategias de enseñanza y aprendizaje. En este marco el Ministerio

Provincial sugiere se otorgue una importancia relevante al clima institucional el cual está

relacionado con el agrado y tranquilidad que sienten estudiantes y docentes cuando se

encuentran en la escuela, el grado de pertenencia a la institución y la relación con sus

compañeros y compañeras y la dedicación y atención que siente el estudiante le prestan los

docentes.

-Tener en cuenta la mayor dedicación horaria en la escuela y que los compromisos horarios

de la función tutorial o de facilitador/a pedagógico/a no generen superposición con las

tareas habituales que viene cumpliendo.

-Priorizar a los docentes de la institución y en última instancia, recurrir a una convocatoria

abierta de docentes que se desempeñen en los niveles secundario y superior a los fines de

efectivizar el pago correspondiente.

En la propuesta que la escuela formule se podrán asignar horas institucionales en función de

las acciones diseñadas, pudiendo agruparlas en diferentes cantidades según los

diversos momentos previstos del Plan (por ejemplo: una mayor concentración sobre el

final del año para apoyar a los estudiantes que deben rendir exámenes, mayor cantidad de

horas destinadas a encuentros de equipos docentes al inicio de la implementación del Plan

para involucrar a la mayor cantidad de docentes, etc.).

Asimismo es importante destacar que no se espera una asignación permanente de horas a

determinadas personas por todo el año, sino asignaciones acotadas en el tiempo a diversos

perfiles. Se puede dar de baja y reasignar horas a distintos docentes de acuerdo

con las tareas que se haya previsto realizar en el marco del Plan de Mejora de la

institución.

El valor de la hora se establecerá en función de la hora de bolsillo con 10 años de

antigüedad vigente en cada jurisdicción al momento de la realización de la transferencia de

fondos.

Page 6: Instructivo Jurisdiccional 2012

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2.2. Rubro recursos para gastos operativos:

Junto con los recursos para el financiamiento de las horas, el Ministerio de Educación de la

Nación transferirá directamente a cada escuela una suma para gastos operativos que la

institución destinará para la adquisición de los insumos necesarios para el desarrollo del Plan

de Mejora.

Para los recursos correspondientes al año 2012 se deberá presentar una

rendición final dentro del plazo de los 180 días de efectivizada la transferencia.

Con los recursos transferidos en concepto de gastos operativos podrá adquirirse:

Materiales necesarios para uso de los alumnos en el marco de la implementación del

Plan: herramientas pequeñas e insumos para talleres y laboratorios, fotocopias o

impresiones para guías de ejercitación o cuadernillos. Las calculadoras, pen drives,

diccionarios de idioma son elegibles siempre que sean entregados en propiedad a

los alumnos y que el gasto no supere el 10 % del total del monto transferido.

Organización de viajes y visitas vinculadas a prácticas educativas y sociales que incluyen

gastos de transporte y alimentación para alumnos y docentes acompañantes.

Viandas o refrigerios: para los alumnos que se quedan en jornadas extendidas

Gastos administrativos necesarios para el desarrollo del Plan de Mejora: tarjetas

telefónicas o cargas virtuales para llamar a la casa de los alumnos; internet

(exclusivamente para aquellas escuelas que no posean conectividad y que necesiten

conectarse al Sistema de Transferencias de Recursos Educativos), cartuchos o tonner

para impresoras.

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NOTA IMPORTANTE

En todos los casos se trata de elementos de corta vida útil, considerados como

bienes no inventariables.3 Los gastos deben guardar congruencia con los

objetivos del Plan.

No podrá adquirirse con los fondos transferidos gastos de combustible ni ningún tipo de

equipamiento: televisores, videocaseteras, reproductor de DVD, filmadoras,

retroproyectores, episcopios, cámaras fotográficas, equipamiento informático y de

laboratorio, fotocopiadoras, software, videos, CD y DVD grabados, libros para la biblioteca,

suscripciones a publicaciones coleccionables, mobiliario y todo otro tipo de bienes de capital

(inventariables). Tampoco podrán adquirirse textiles (camisetas, telas, sábanas, por

ejemplo). Todo gasto previsto que no figure en este instructivo deberá contar previamente

con autorización del MEN.

Cuando el monto de la adquisición supere los PESOS TRES MIL ($ 3.000) se deberán

solicitar, al menos, tres presupuestos que incluyan los mismos productos o servicios en

iguales características y cantidad, sin especificar marca de los artículos. Los presupuestos

deberán estar emitidos a nombre del Ministerio de Educación de la Nación, seguido del

nombre de la Escuela, sin enmiendas ni tachaduras. Deben contener todas las

especificaciones de los elementos cotizados y deben estar firmados por las empresas. Se

elaborará un cuadro comparativo con los tres presupuestos y se identificará el nombre del

proveedor, monto de los bienes o servicios a comprar o contratar. Dicho cuadro deberá

estar firmado por el Director de la Escuela quién realizará la compra al proveedor que oferte

el precio total más bajo.

Los originales de los presupuestos solicitados y el cuadro comparativo junto con los

comprobantes de la compra o contratación formarán parte de la documentación quedará

archivada en el legajo de escuela. Las copias fieles de dichos originales serán adjuntadas a

la rendición respectiva.

3 Se entiende por bien inventariable aquellos bienes de capital que aumentan el activo del

Sector Público en un período dado, siendo éstos los bienes físicos, construcciones y/o equipos que sirven para producir otros bienes o servicios que no se agotan en el primer uso que de ellos se hace, tienen una duración superior a un año y están sujetos a depreciación. Incluye, asimismo, los activos intangibles (por ejemplo programas de computación).

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En el caso de escuelas que se encuentren en zonas alejadas de centros urbanos, para las

que no resulte posible obtener tres proveedores para un determinado servicio o bien, se

presentará una justificación por escrito firmada por el Director, la que se incorporará a la

documentación que se presente con la rendición de cuentas.

3. Procedimientos para la ejecución

3.1. Pagos

Comunicación de los pagos: Además de los canales habituales para la información semanal

a las jurisdicciones de pagos, vigentes en el Ministerio de Educación, las transferencias de

fondos serán comunicadas a las Direcciones de Educación Secundaria o equivalente y a las

respectivas unidades ejecutoras jurisdiccionales, que se encargarán, a través de los

asistentes territoriales, de dar aviso a las escuelas.

Momentos de pago: Todas las escuelas seleccionadas recibirán en una sola cuota los

recursos para gastos operativos de cada año. Los fondos serán remitidos directamente a

las escuelas conforme el procedimiento que se detalla más adelante.

En el caso de los recursos para el financiamiento de las horas institucionales, se enviarán

en cuotas, que se transferirá al área provincial correspondiente y ésta efectuará el pago.

Cada escuela completará la planilla que figura en el Apéndice 2 – Planilla de pago para

Horas Institucionales (a completar por cada escuela). La Dirección General de Educación

Secundaria de la Provincia envía a las Supervisiones esta planilla, a través de las

Supervisiones se las envía a las escuelas, las escuelas la completan, la envían a las

Supervisiones y las Supervisiones las envían a la Dirección General de Educación

Secundaria.

Modo de pago: Los fondos asignados para gastos operativos a cada escuela se

acreditarán en una tarjeta prepaga del Banco de la Nación Argentina que el Ministerio

emitirá para cada institución. Se emitirá una tarjeta que estará asociada al CUE de la

institución y estará a nombre del director de la escuela. Cualquier cambio deberá ser

inmediatamente informado por escrito a efectos de la emisión de otra tarjeta a nombre de

las nuevas autoridades.

Uso de la tarjeta: Las tarjetas sirven para operar a través de los cajeros de la Red LINK o

BANELCO con un límite diario de extracción de $ 6.000,00 y con un máximo físico por

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extracción de 30 billetes, por lo que se podrán realizar tantas extracciones como sean

necesarias hasta alcanzar el límite diario, según la disponibilidad de billetes del cajero.

Adicionalmente se podrán realizar compras utilizándola como tarjeta de débito en un solo

pago en cualquier comercio adherido a la red MasterCard / Líder. El límite de compra es de

$10.000 y es independiente de las extracciones que se realicen por cajero4.

Las tarjetas serán entregadas en las escuelas a través del Correo Argentino al titular, y

estarán operativas desde el momento de su recepción. En casos excepcionales podrán

retiradas en la sucursal bancaria que haya sido informada como más conveniente por su

accesibilidad.

Las solicitudes de reimpresión de la tarjeta (ya sea por perdida, robo, retención por el

cajero), reimpresión del PIN y consultas de saldo se deberán realizar llamando al 0810-666-

4803.

Cambio de titular de la tarjeta: Cuando se produzcan cambios de autoridades en las

escuelas la Dirección de Nivel Secundario o equivalente de la Jurisdicción será la

responsable de comunicar a la Dirección Nacional de Gestión Educativa, a través del

referente provincial de Plan de Mejora, los cambios de titulares de las tarjetas emitidas,

debiendo quedar documentada la destrucción de la tarjeta anterior y un estado del uso de

los fondos. Esta documentación será indispensable para la solicitud de emisión de una

nueva tarjeta.

Mesa de ayuda: El Ministerio de Educación ha creado una mesa de ayuda para la gestión y

utilización de las tarjetas y los pagos. Las escuelas y las jurisdicciones podrán comunicarse a

través de los siguientes teléfonos: (011) 4129-1800 internos

6051/6089/6097/6099/6257. También podrán realizarse consultas a través del correo

electrónico a [email protected].

3.2. Rendición financiera

3.2.1. Rendición financiera de la Escuela

Cada escuela realizará una rendición de los aportes recibidos que serán entregados a los

Asistentes Técnicos Territoriales quienes lo entregan al Equipo de Asistentes Contables a

4 Estos montos han sido acordados con el Banco de la Nación Argentina para la operatoria general de tarjetas de débito. En el caso de los Planes de Mejora, los montos indicados estarán acotados a los montos reales correspondientes de la escuela en cada rubro de financiamiento.

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Escuelas, que realizan el control de las mismas para luego ser elevadas por los Asistentes

Técnicos Territoriales a las respectivas Supervisiones.

Dicha rendición estará constituida por:

Planilla de rendición de los aportes para gastos operativos (por triplicado). Ver

Apéndice I.

Los comprobantes correspondientes a los gastos operativos realizados, así como la

boleta de depósito bancario o nota de solicitud de retiro de fondos (Apéndice VII) en

el caso de corresponder la restitución de fondos sobrantes.

Planilla de pago para horas institucionales (por triplicado) Apéndice II.

Los originales de los comprobantes deben estar conformados por la autoridad escolar, así

como la planilla de rendición de aportes para gastos operativos y la planilla de pago de

horas institucionales.

Cada escuela deberá conservar un legajo que contenga:

Original de las planillas de rendición, ordenadas cronológicamente por fecha y

por Nº de Resolución.

Originales de los comprobantes de los gastos realizados.

Planillas de entrega de materiales o libros a los alumnos Copia de notas presentadas por la escuela y notas que hubiese recibido de la

Dirección de Secundaria o la UEJ a la gestión del PMI.

Copia del Informe Institucional Anual. Originales de los presupuestos, en gastos invertidos en compras cuyo monto

supere los pesos tres mil ($3.000 ) y comparativo de precios.

Acta Reunión Informativa con la Comunidad Escolar. Otros informes de la escuela que considere oportuno.

3.2.1.1. Plazos para la rendición

Como se señalara en el apartado 2.2, los recursos para gastos operativos correspondientes

al aporte 2012 deberán ser rendidos totalmente dentro del plazo de los 180 días de

efectivizada la transferencia.

Los fondos transferidos para el financiamiento de las horas institucionales en cada año

deberán utilizarse en su totalidad antes de los 180 días de efectivizada la transferencia

(hasta el 31 de marzo del año siguiente como plazo máximo).

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Cabe aclarar que el total del aporte debe ser rendido por las escuelas a más tardar una

semana después de haber finalizado el ciclo lectivo del año en que ha sido cobrado, ya que

deberá ser ejecutado únicamente durante dicho año.

Se asume que el ciclo lectivo incluye el período estival posterior a la finalización de la

cursada en el que tiene lugar las escuelas de verano y/o evaluaciones finales.

Planilla de Rendición de los aportes para gastos operativos

La Planilla de Rendición de los aportes para gastos operativos (Apéndice I) se debe

completar con el registro de cada uno de los comprobantes de gastos y la suma total

rendida.

Requisitos de los comprobantes

Que los conceptos obrantes en cada uno de los comprobantes sean elegibles

Que los comprobantes estén a nombre del MEN.

En el caso de facturas sólo se aceptarán tipo “B” o “C”.

En el caso de tickets, deben cumplir con las normas dictadas al respecto por la AFIP-DGI.

No se aceptarán comprobantes incompletos, tachados, enmendados, o que dificulten

la correcta lectura e interpretación.

Conformados por la autoridad escolar

Que las fechas de los comprobantes sean posteriores a la fecha de transferencia de

los recursos.

3.2.1.2. Control gastos operativos

En la totalidad de las planillas de gastos operativos recibidas desde la escuela, en carácter

de rendición, es necesario que el Equipo de Asistentes Contables a Escuelas controlen:

Que contengan completos y sean correctos todos los datos de la escuela.

Que contengan completos y sean correctos todos los datos formales (Nº de Resolución,

fecha de cobro/depósito, etc.).

Que sean correctos los cálculos numéricos.

Que se encuentren totalizados los gastos.

Que la sumatoria de los comprobantes adjuntos sea coincidente con la cifra volcada en

la planilla de rendición.

La razonabilidad de los conceptos obrantes en cada uno de los comprobantes en relación

a precios y cantidades.

Que los comprobantes que conforman la rendición se presenten:

Page 12: Instructivo Jurisdiccional 2012

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pegados con goma de pegar, en hojas foliadas correlativamente, todas

encarpetadas,

numerados en forma correlativa,

autorizados mediante firma del Director de la escuela,

en el caso de las facturas, sólo se deben aceptar facturas B o C,

en el caso de los tickets deberán cumplir con las normas dictadas al respecto por la

AFIP-DGI; serán pegados en una hoja igual que el resto de los comprobantes. Si

se adhiere más de un ticket en una misma hoja se continuará la correlatividad

numérica de los comprobantes, con independencia de la correlatividad de foliatura

de las hojas.

No se admitirán comprobantes incompletos, tachados, enmendados o que

dificulten la correcta lectura e interpretación de los mismos.

El cumplimiento de las normas fiscales vigentes.

3.2.1.3. Circuito de la documentación

a. La escuela deberá enviar la Planilla de Rendición por triplicado junto con los

comprobantes originales al Equipo de Asistentes Contables a Escuelas

Dicha remisión implica que previamente el Asistente Técnico Territorial ha intervenido la

rendición avalando los gastos operativos ejecutados en relación a lo establecido en el punto

2.2 de este instructivo y a los objetivos y alcances del PMI.

Se conservará en la Unidad Ejecutora de PROMEDU el duplicado de la planilla de rendición

de la escuela y copia fiel de todos los comprobantes y presupuestos presentados para su

archivo.

La Unidad Ejecutora Jurisdiccional de PROMEDU o equivalente devolverá a la escuela la

Planilla junto con los comprobantes originales de rendición de la escuela debidamente

conformada por el Director de Nivel Secundario o equivalente para su archivo.

3.2.1.4. Control de las rendiciones

El control de las rendiciones por parte de las jurisdicciones se realizará teniendo en cuenta

lo siguiente:

Que contengan completos los datos formales.

Que se encuentren totalizados los gastos.

Page 13: Instructivo Jurisdiccional 2012

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Que los comprobantes respeten los requisitos establecidos en la página 8 de este documento.

Que la sumatoria de los comprobantes adjuntos sea coincidente con las cifras volcadas en las planillas de rendición.

Que los montos rendidos para cada rubro (horas y gastos operativos) no excedan los

topes de cada uno de ellos.

Que se presenten los presupuestos correctamente confeccionados en las compras de más de $ 3.000

Que se cumplan las normas fiscales vigentes.

Que exista coherencia interna entre las acciones previstas en el Plan de Mejora Institucional, los gastos previstos y los rendidos.

Si existiera devolución de fondos, deberá presentarse copia de la boleta de depósito bancario o nota de solicitud de retiro de fondos.

3.2.1.5. Restitución de fondos no utilizados

Los fondos no utilizados por las escuelas deberán ser restituidos vencido el plazo límite

establecido para la presentación de rendiciones.

Para las escuelas que reciben los fondos por el sistema Tarjeta Ticket Nación: en el caso

de que los fondos correspondientes no fueron extraídos de la cuenta, la restitución se

realizará a través de una nota formal que autoriza a la Unidad Ejecutora Central de

PROMEDU o a la DNGE, según corresponda, a proceder al retiro de fondos. En el

Apéndice VII se incluye un modelo de nota que la conducción de la escuela deberá

presentar JUNTO a la Dirección de Secundaria de la Jurisdicción. Si al momento de

realizar la UEC el recupero de fondos, estos no están disponibles la rendición no será

válida hasta tanto no presenten copia de depósito de los fondos en la cuenta del

PROMEDU o DNGE según corresponda.

Para las escuelas que reciben los fondos por depósito en su caja de ahorro o que

hubieran extraído los fondos de la Tarjeta Ticket Nación y deban reintegrarlos:

a) Si cuenta con los fondos en efectivo, podrá restituirlos a través de un depósito del

dinero en la cuenta de la UEC Promedu o DNGE según corresponda.

b) de contar con los fondos depositados en la cuenta del establecimiento, podrá

restituirlos a través de una transferencia interbancaria.

En los casos a) y b), el depósito bancario o transferencia cuenta a cuenta debe ser

realizado a la siguiente cuenta:

Escuelas cuyos gastos operativos son financiados por PROMEDU

Page 14: Instructivo Jurisdiccional 2012

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Cuenta Corriente del Banco Nación, MEDUC-7000/330-BID2424-PROMEDU

II - 53667/35

Sucursal Plaza de Mayo

Escuelas cuyos gastos operativos son financiados por Tesoro Nacional

Cuenta Corriente N° 4982/45 “Partidas No Asignadas a Programas” del

Banco de la Nación Argentina

Sucursal 85 Plaza de Mayo

CBU: 01105995 2000000 4982458

CUIT: 30 50001091 2

El comprobante de depósito/transferencia deberá ser adjuntado a la rendición.

Las transferencias realizadas a través del sistema de cuenta a cuenta están exentas

de gastos bancarios.

En todos los casos y para todas las fuentes, la ausencia de rendición de los aportes del

período anterior y de la carga de datos en el módulo de monitoreo del Sistema de

Transferencias de Recursos Educativos, inhabilitará la percepción de nuevos fondos.

4. Informes técnico-pedagógicos

Informe Institucional Anual: Cada escuela completará anualmente antes del 31 de marzo de

cada año el Informe Técnico de avance sobre el Plan de Mejora Institucional

presente en el Apéndice IV avalado por la firma del Director del establecimiento y lo remitirá

a través de los Asistentes Técnicos Territoriales al Equipo de Asistentes Contables a

Escuelas. Este informe deberá acompañar la rendición financiera que la escuela presenta y

quedará debidamente archivado para posibles auditorías.

Las acciones de los Planes de Mejora Institucional deberán respetar los lineamientos

establecidos en los documentos acordados en el Consejo Federal de Educación.

Page 15: Instructivo Jurisdiccional 2012

Ministerio de Educación

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“2012 – Año de Homenaje al doctor D. Manuel Belgrano”

Apéndice 1 - Planilla de Rendición de los Aportes para Gastos Operativos (a completar por cada escuela)

Provincia: Localidad:

CUE: Anexo: Nombre de la Escuela:

Item N° Comprobante N° Fecha CUIT Razón Social Detalle de Compra Importe Total

$

$

$

$

$

$

$

$

Total $

Total Recibido $ Total Rendido $ Saldo a Restituir $

Firma y Sello Director del Establecimiento Firma y sello autoridad jurisdiccional

Page 16: Instructivo Jurisdiccional 2012

Ministerio de Educación

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“2012 – Año de Homenaje al doctor D. Manuel Belgrano”

Apéndice 2 - Planilla de pago para Horas Institucionales (a completar por cada escuela)

Provincia: Localidad:

CUE: Anexo: Nombre de la Escuela:

Apellido y Nombre del docente DNI CUIL Cantidad

de Horas

Período Importe Recibí Conforme

Total

Firma y Sello Director del Establecimiento Firma y sello autoridad jurisdiccional

Page 17: Instructivo Jurisdiccional 2012

Ministerio de Educación

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“2012 – Año de Homenaje al doctor D. Manuel Belgrano”

Apéndice 3 - Planilla de Rendición Provincial

Jurisdicción Año Hoja N° de

Resolución N° Monto Total $ Fecha de depósito

N° de

Orden CUE

N° de

Escuela

Nombre de

la Escuela

Fecha de

rendición

Importe cobrado Importe rendido Saldo

Observaciones

(*) Hs

Instituc.

G.

Operat.

Hs

Instituc.

G.

Operat.

Hs

Instituc.

G.

Operat.

Devolución

de fondos

Fecha Total

(*) En el caso de gastos operativos consignar la existencia de depósito bancario si corresponde restitución de fondos.

Firma y Sello Director de Educación Secundaria Firma y Sello autoridad jurisdiccional

Page 18: Instructivo Jurisdiccional 2012

Ministerio de Educación

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“2012 – Año de Homenaje al doctor D. Manuel Belgrano”

Apéndice 4

Informe técnico de avance sobre el Plan de Mejora Institucional

Jurisdicción/Provincia:

_________________________________________________________

Institución:

____________________________________________________________________

N° CUE / Anexo:

_________________________________________________________________

Responsable/s del PMI:

____________________________________________________________________

____________________________________________________________________

ETAPA 2012

1. Objetivos del Plan de Mejora Institucional

…….

……..

…….

2. Acciones realizadas (aclarar modificaciones a lo previsto) :

Page 19: Instructivo Jurisdiccional 2012

Ministerio de Educación

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“2012 – Año de Homenaje al doctor D. Manuel Belgrano”

Difusión / información sobre el PMI a la comunidad educativa

Acompañamiento de la entrada a la escuela secundaria:

- Articulación primaria secundaria

- Estrategias de recibimiento

- Integración a la dinámica escolar de la escuela secundaria

Acompañamiento del recorrido escolar

- Mejoras de las propuestas de enseñanza

- Modificaciones al régimen de evaluación y acreditación

- Iniciativas para la recuperación de los aprendizajes (ciclo lectivo y

períodos de recuperación)

- Acciones intersectoriales

- Actividades formativas/educativas extraclase

- Gestión de la convivencia

- Gestión y administración de recursos materiales para los estudiantes

Acompañamiento del egreso

- Articulación con centros de estudios superiores

- Anticipación y exploración de escenarios laborales

Articulaciones con otros programas / proyectos intra o extra institucionales

3. Agentes involucrados:

Intrainstitucionales

Extrainstitucionales

Recepción del PMI:

Niveles de apropiación / participación en las acciones:

4. Dispositivos de seguimiento de las acciones:

Recursos humanos

Estrategias de relevamiento de información

Estrategias de registro de información

Page 20: Instructivo Jurisdiccional 2012

Ministerio de Educación

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“2012 – Año de Homenaje al doctor D. Manuel Belgrano”

Estrategias de procesamiento de información

Modificaciones realizadas a partir de las conclusiones extraídas

5. Modificaciones operadas en la dinámica institucional:

Actores / equipos de la institución

Espacios

Recursos

Tiempos

Otros

7. Identificación de logros:

Grado de cumplimiento de las metas planteadas

8. Identificación de obstáculos:

9. Acciones desarrolladas para superar los obstáculos:

ETAPA 2013

1. Reformulación y/o elaboración de nuevas acciones

OBSERVACIONES / REFLEXIONES:

Firma y Sello Director del Establecimiento