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Tipo Instrucción General
Asunto Normas de actuación de auditoría interna y
colaboración con los servicios de auditoría
interna de los organismos pagadores
Unidad Subdirección General de Auditoría Interna y
Evaluación
Número 2/2018
Vigencia
Sustituye o
modifica Instrucción general 01/17
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Págs.
1 EXPOSICION DE MOTIVOS
........................................................................
1
2 BASE LEGAL
..............................................................................................
1
3 FUNCIONES DE AUDITORIA INTERNA
..................................................... 2
3.1
Competencia............................................................................................
2
3.2 Objeto
.......................................................................................................
2
3.3 Planificación
............................................................................................
4
3.4 Desarrollo de los trabajos
......................................................................
5
4 AUDITORÍA
.................................................................................................
6
4.1 Informe provisional.
................................................................................
6
4.2. Reunión con la unidad gestora de la actividad auditada
................... 7
4.3. Informe definitivo
...................................................................................
7
4.4 Medición del grado de satisfacción/calidad percibida por las
unidades
gestoras.
........................................................................................................
7
4.5. Seguimiento.
...........................................................................................
7
4.6 Informes especiales de auditoría interna
.............................................. 8
5 SERVICIOS DE CONSULTORÍA
.................................................................
8
6 SEGUIMIENTO DE LAS FUNCIONES DELEGADAS
.................................. 9
7 COLABORACIÓN CON LOS ORGANISMOS PAGADORES DE LAS
COMUNIDADES AUTÓNOMAS
.........................................................................
9
7.1. Labores de apoyo y coordinación en ámbitos horizontales.
.............. 9
7.2 Cursos de formación
...............................................................................
9
7.3 Colaboración específica con los Servicios de Auditoría
Interna de los
OOPP
............................................................................................................
10
INDICE
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MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA,
ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE
FONDO ESPAÑOL DE
GARANTÍA AGRARIA O.A.
1 EXPOSICION DE MOTIVOS
El Reglamento (UE) nº 907/2014 de la Comisión, de 11 de marzo,
establece que
los organismos pagadores están obligados a llevar a cabo
“evaluaciones
individuales mediante un servicio de auditoria interna”.
En el caso del Fondo Español de Garantía Agraria O.A., en
adelante FEGA, el
artículo 3 de su Estatuto aprobado por el Real Decreto
1441/2001, de 21 de
diciembre, dispone que son funciones del FEGA la auditoría de
las actuaciones
competencia del organismo.
Además, el mencionado Estatuto contempla que esta unidad lleve a
cabo el
fomento de la colaboración con los servicios de auditoría
interna de los
organismos pagadores de las comunidades autónomas y la
evaluación de los
métodos de gestión y control de las actuaciones financiadas por
los fondos
europeos agrícolas.
La auditoría interna y la colaboración en esta materia con los
organismos
pagadores forman parte del grupo de actuaciones que permiten a
la Dirección
del organismo la evaluación del funcionamiento de los sistemas
de gestión y
control, que se encuentra regulada en la Instrucción General de
septiembre de
2016, dado que, por la especificidad de estas tareas, se ha
considerado
pertinente que su regulación se lleve a cabo en una instrucción
especifica.
2 BASE LEGAL
Reglamento (UE) nº 1306/2013 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 17 de
diciembre, sobre la financiación de la política agrícola
común.
Reglamento (UE) nº 907/2014 de la Comisión, de 11 de marzo, que
completa el
Reglamento (UE) nº 1306/2013 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 17 de
diciembre, en lo que se refiere a la autorización de los
organismos pagadores y
otros órganos y a la liquidación de cuentas del FEAGA y del
FEADER.
Real Decreto 1441/2001, de 21 de diciembre, del Ministerio de la
Presidencia,
por el que se aprueba el Estatuto del Fondo Español de Garantía
Agraria,
modificado por Real Decreto 1516/2006, de 7 de diciembre, Real
Decreto
805/2011, de 10 de junio, el Real Decreto 401/2012, de 17 de
febrero 2012, y el
Real Decreto 153/2016, de 15 de abril.
Orden APA/3147/2006, de 6 de octubre, por la que se autoriza al
Fondo Español
de Garantía Agraria como organismo pagador y organismo de
coordinación para
los nuevos fondos europeos agrícolas.
Marco Internacional para la Práctica Profesional de la Auditoría
Interna (en
adelante, MIPPAI) del Instituto de Auditores Internos de España
2016.
Instrucción General 02/2015 de julio de 2015, “Actuaciones para
la detección y
prevención del fraude”.
Instrucción General 3/17 de junio 2017,”Comisión de Seguimiento
de los Sistemas de Gestión y Control Interno del FEGA Organismo
Pagador”.
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MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA,
ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE
FONDO ESPAÑOL DE
GARANTÍA AGRARIA O.A.
Instrucción General 4/17 de septiembre de 2017, “Evaluación del
Funcionamiento de los Sistemas de Gestión y Control del FEGA
Organismo Pagador”.
3 FUNCIONES DE AUDITORIA INTERNA
3.1 Competencia
La auditoría interna tiene la misión de mejorar y proteger el
valor de las
organizaciones proporcionando aseguramiento objetivo, asesoría
y
conocimiento basado en riesgos.
Ayuda a una organización a cumplir sus objetivos aportando un
enfoque
sistemático y disciplinado para evaluar y mejorar la eficacia de
los procesos de
gestión de riesgos, control y gobierno.
La función de auditoría interna es una actividad independiente y
objetiva que
comprende la auditoría y/o la consultoría, concebidas para
agregar valor y
mejorar las operaciones de una organización.
Respecto a las actuaciones competencia del FEGA, la función de
auditoría
interna será ejercida por la Subdirección General de Auditoría
Interna y
Evaluación, en adelante SGAIE, según disponen los artículos 3.10
y 4.3.b) del
Estatuto del organismo.
No obstante, previa autorización por la Presidencia del
organismo, se podrá
encargar la realización de trabajos de auditoría y consultoría a
empresas
externas al FEGA, siempre que la dirección y supervisión de la
misma se efectúe
por personal perteneciente a esta Subdirección General.
Con la conformidad de la Presidencia, se podrán realizar
trabajos de auditoría y
consultoría en colaboración con otros órganos que tengan
atribuidas
competencias de control y que así lo requieran, y prestar estos
servicios a
unidades de la administración pública que no pertenezcan a la
estructura
orgánica del FEGA.
3.2 Objeto
La función de auditoría interna se realizará sobre las
actuaciones del FEGA,
incluyendo aquellas que se deleguen en otros órganos en virtud
del artículo 7 del
Reglamento (UE) nº 1306/2013 del Parlamento y del Consejo.
La función de auditoría interna tiene por objeto comprobar que
el funcionamiento
del organismo se ajusta a la normativa en vigor y a los
principios generales de
buena gestión.
La actividad de auditoría interna debe evaluar y hacer las
recomendaciones
apropiadas, aportando un enfoque sistemático y disciplinado,
para mejorar los
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procesos de gobierno, gestión de riesgos y de control.
- Para mejorar el proceso de gobierno:
Promoverá la ética y los valores apropiados dentro de la
organización.
Asegurará la gestión y responsabilidad eficaces en el desempeño
de la organización
Comunicará la información de riesgo a las áreas adecuadas de la
organización.
Coordinará las actividades y la comunicación entre la dirección
y los auditores internos
- Para mejorar la gestión de riesgos, evaluará la eficacia y
contribuirá a la mejora de los procesos de gestión de riesgos.
La actividad de auditoría interna debe evaluar las exposiciones
al riesgo referidas a gobierno, operaciones y sistemas de la
información de la organización, con relación a lo siguiente:
- Logro de los objetivos estratégicos de la organización, -
Fiabilidad de integridad de la información financiera y operativa,
- Eficacia y eficiencia de las operaciones y programas, -
Protección de activos, y - Cumplimiento de las leyes, regulaciones,
políticas
procedimientos y contratos.
La actividad de auditoría interna debe evaluar la posibilidad de
ocurrencia de fraude y cómo la organización gestiona el mismo
- Para mejorar el proceso de control, evaluará la adecuación y
eficacia de los controles respecto de lo siguiente:
Logro de los objetivos estratégicos de la organización.
Fiabilidad de la integridad de la información operativa.
Protección de activos.
Eficacia y eficiencia de las operaciones y programas.
Cumplimiento de la normativa.
Según el tipo de auditoría y/o consultoría de que se trate se
verificará:
a) Que los actos, operaciones y procedimientos de gestión se han
desarrollado de conformidad con las normas, disposiciones y
directrices de aplicación y que se adecuan a los principios de
eficacia, eficiencia y economía.
b) El efectivo funcionamiento de los sistemas de control interno
del organismo.
c) Que los procedimientos aplicados garantizan la adecuada
concesión y justificación de los fondos percibidos por los
beneficiarios, así como el cumplimiento de las demás condiciones y
obligaciones que les impongan las normas reguladoras de las
subvenciones o ayudas.
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d) Que la contabilidad expresa el resultado de su gestión y de
la realidad patrimonial, de acuerdo con las normas y principios
contables que le son de aplicación.
e) Que la información suministrada por los sistemas informáticos
responde a los principios de fiabilidad, integridad, precisión y
disponibilidad.
La SGAIE informará a la Presidencia del FEGA sobre el
cumplimiento de estos
objetivos y formulará recomendaciones dirigidas a corregir las
deficiencias que,
en su caso, lo requieran.
3.3 Planificación
3.3.1 Planes Quinquenales
La SGAIE elaborará Planes Quinquenales, de acuerdo al Anexo I
4.B ii, del
Reglamento (UE) nº 907/2014, que establece que el programa de
auditoría
garantice que todos los ámbitos significativos se incluyan en un
período que no
exceda de cinco años. Estos planes se elaborarán en base a un
análisis de
riesgos para los entes auditables que configuren el universo de
auditoría.
La Presidencia del FEGA, a propuesta de la SGAIE, aprobará
dichos planes.
Los Planes Quinquenales podrán modificarse de forma motivada en
función de
las necesidades del organismo. Para ello, la SGAIE solicitará a
la Presidencia la
aprobación de estas modificaciones, que irán configurando un
Plan Quinquenal
actualizado.
3.3.2 Planes Anuales de Actuación de Auditoría Interna
La SGAIE elaborará Planes Anuales de Actuación de Auditoría
Interna que
recogerán:
- Las auditorías seleccionadas, en base a un análisis de riesgo,
donde se concretarán las directrices del Plan Quinquenal.
- Las consultorías que se van a realizar, en base a un análisis
de riesgo, de entre las solicitadas a la unidad.
- Todas aquellas actuaciones cuya realización sea competencia de
la SGAIE.
Los criterios de riesgos son los parámetros a los que se
asignará una puntuación determinada para priorizar la selección de
auditorías y consultorías a realizar.
a) Para las auditorías, el análisis de riesgos se realizará en
dos fases: - primero se realizará por ámbitos significativos y,
- una vez seleccionados estos, se realizará el análisis de los
criterios de
riesgo de las actividades englobadas en cada uno de dichos
ámbitos, al objeto de seleccionar las actividades a auditar dentro
de los mismos.
b) Para las consultorías, se seleccionarán por criterios de
riesgos. En caso de que varias consultorías obtengan igual
puntuación, será la Presidencia la encargada de decidir cuál de
ellas debe recogerse en el Plan.
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A propuesta de la SGAIE y, atendiendo a las observaciones
efectuadas en el
Comité de Dirección, se presentará el borrador del Plan Anual a
la aprobación
del Presidente. Una vez obtenida la aprobación del Plan Anual,
éste se distribuirá
a los miembros del Comité de Dirección para su conocimiento.
El Plan Anual podrá modificarse justificadamente, ya sea para
incluir nuevas
actuaciones o para suprimir las planificadas inicialmente. Estas
modificaciones
se someterán a la aprobación de la Presidencia del FEGA.
3.4 Desarrollo de los trabajos
Los trabajos de auditoría interna se efectuarán de conformidad
con las Normas
Internacionales para el Ejercicio Profesional de la Auditoría
Interna, las Normas
de Auditoría del Sector Público1 y las instrucciones dictadas
por la Presidencia
del FEGA, así como al Código de ética de la SGAIE.
En concreto serán de obligado cumplimiento la definición de
Auditoría Interna, recogida en esta Instrucción General, el Código
de Ética y las Normas del Instituto de Auditores Internos, y el
Director de Auditoría Interna ratificará al menos anualmente, ante
los órganos competentes que corresponda, el grado de independencia
que tiene la actividad auditora en el desarrollo de su función. Las
tareas a ejecutar en la realización de los trabajos de auditoría
interna se
concretarán en el “Manual de Procedimiento de Auditoría
Interna”, que elabore
y apruebe la SGAIE.
Con carácter general, el Subdirector General de Auditoría
Interna y Evaluación
dirigirá el trabajo y designará al supervisor y a los
funcionarios de su unidad que
formarán parte de cada equipo. La asignación de los trabajos
entre el personal
auditor y los plazos para su realización se establecerán en
“Documentos de
planificación”, que serán aprobados por el Subdirector General
de Auditoría
Interna y Evaluación.
El Subdirector General de Auditoría Interna y Evaluación
comunicará el inicio de
los trabajos de auditoría a la Presidencia del FEGA y a la
unidad (o unidades)
gestora de la actividad, solicitando a ésta la designación de un
interlocutor con
el equipo auditor. En el caso de la consultoría dicha
comunicación solo se enviará
a la unidad solicitante de esos trabajos.
Cuando la auditoría y/o consultoría afecten a unidades que no
pertenezcan a la
estructura orgánica del FEGA la comunicación de inicio se
realizará directamente
por la Presidencia.
La SGAIE podrá solicitar todos los documentos y antecedentes que
considere
necesarios para el ejercicio de sus funciones. Los Subdirectores
Generales
responsables de las actividades velarán por que estos documentos
se faciliten
con la debida celeridad.
Las pruebas previstas en la auditoría y/o consultoría se podrán
realizar tanto en
1 Resolución de la Intervención General de la Administración del
Estado, por la que se aprueban las normas de auditoría del sector
público (BOE nº 234 de 30/09/1998).
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las dependencias de la unidad gestora, como en las dependencias
de la SGAIE.
Los responsables de las actividades quedarán obligados a prestar
la debida
colaboración y apoyo a los funcionarios encargados de la
auditoría, poniendo los
medios materiales y humanos necesarios para que el equipo
auditor ejerza
adecuadamente las funciones encomendadas.
4 AUDITORÍA
El resultado de la auditoría se recogerá en informes, que serán
provisionales y
definitivos.
Los informes provisionales contendrán, de manera clara y
concisa, los hechos,
consecuencias, conclusiones y recomendaciones que, con carácter
provisional,
se consideren relevantes como resultado de la auditoría.
Los informes definitivos se emitirán sobre la base del informe
provisional,
teniendo en cuenta:
- Las observaciones que se realicen en el caso de que la unidad
responsable no esté de acuerdo con alguna de las
recomendaciones.
- El plan de acción que aporte la unidad responsable con las
medidas correctoras pertinentes para aquellas recomendaciones a las
que no se formulen observaciones.
4.1 Informe provisional.
Una vez elaborados los informes provisionales de auditoría, la
SGAIE los remitirá
a la unidad objeto de la auditoría.
Se informará a la unidad gestora de que dispone del plazo de 15
días hábiles
desde su recepción para presentar las observaciones y/o el plan
de acción que
considere oportuno para las recomendaciones para las que la
unidad no haya
manifestado expresamente su desacuerdo en las observaciones. A
propuesta
razonada de la unidad, se podrá considerar la ampliación de
dicho plazo.
4.1.1 Observaciones
Con el fin de evitar trámites que retrasen la finalización de la
auditoría, las
observaciones deberán estar debidamente documentadas y deben
referirse de
forma concreta a una o a varias recomendaciones o conclusiones
del informe
que además deben quedar claramente identificadas en el escrito.
Las
observaciones constarán en el informe definitivo, así como el
análisis que de las
mismas lleve a cabo la SGAIE.
4.1.2 Plan de Acción
El plan de acción se referirá a las recomendaciones del informe
que la unidad
gestora haya aceptado. Este plan de acción constará en el
informe definitivo, así
como el análisis que del mismo lleve a cabo la SGAIE.
En el citado plan figurarán tanto las medidas concretas a
adoptar, como el
calendario previsto para su implantación.
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La SGAIE realizará el análisis del plan de acción, valorando su
adecuación, y
oportunidad.
4.2. Reunión con la unidad gestora de la actividad auditada
Una vez realizado por parte de la SGAIE el análisis tanto de las
observaciones
como del plan de acción, éste será remitido a la unidad gestora.
En el escrito de
remisión se convocará a la unidad a una reunión, en la que se
debatirá acerca
de las diferencias encontradas entre esa unidad y el equipo de
auditoría, en base
al análisis realizado.
4.3. Informe definitivo
El informe definitivo contendrá, de manera clara y concisa, los
hechos,
conclusiones y recomendaciones que se consideren relevantes como
resultado
de la auditoría, además de las observaciones presentadas y su
análisis, el plan
de acción y su análisis y el documento que recoja el resultado
de la reunión
citada en el apartado anterior, así como todas aquellas
modificaciones del
informe provisional que sean consecuencia de estas
actuaciones.
Si no se hubiesen presentado observaciones o plan de acción en
el plazo
señalado, el informe provisional se dará por definitivo,
indicando expresamente
esta circunstancia en el mismo.
Una vez elevado el informe a definitivo la SGAIE lo remitirá a
la Presidencia, y a
la unidad objeto de la auditoría, en concreto a los responsables
de las
actividades.
Se informará a la unidad gestora de que dispone del plazo de 10
días hábiles
desde su recepción para presentar un plan de acción, tanto en el
caso de que
no se haya presentado dicho plan de acción de forma previa, como
para el caso
de que se mantengan recomendaciones que no han quedado
resueltas.
Pasado el plazo dado desde la remisión del informe definitivo
sin que la unidad
gestora haya presentado el plan de acción, la SGAIE informará a
la Presidencia
de este hecho, para que tome las medidas que considere
pertinentes.
4.4 Medición del grado de satisfacción/calidad percibida por las
unidades
gestoras.
En todos los casos se distribuirá, para su cumplimentación por
parte de las
unidades gestoras de las actividades auditadas, una encuesta de
satisfacción
“Evaluación de la calidad de las auditorías” con independencia
de que la SGAIE
pueda contactar directamente con el responsable de los procesos
auditados al
finalizar la auditoría, en los supuestos que considere
conveniente.
4.5. Seguimiento.
La SGAIE, una vez finalizado el Plan Anual, presentará los
resultados del mismo
en la Comisión de Seguimiento de los Sistemas de Gestión y
Control Interno del
Organismo2.
2 Apartado 4.3, Instrucción General sobre la Comisión de
Seguimiento de los Sistemas de Gestión y
Control Interno del Organismo pagador
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ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE
FONDO ESPAÑOL DE
GARANTÍA AGRARIA O.A.
Trimestralmente como punto fijo del orden del día, de acuerdo a
la “Instrucción
General de la Comisión de Seguimiento de los Sistemas de Gestión
y Control
Interno del FEGA Organismo Pagador”, la SGAIE presentará a dicha
Comisión
el estado de todas las recomendaciones agrupadas por auditoría
realizada.
Se incluirán las recomendaciones con medidas correctoras no
adecuadas o sin
respuesta, hasta que las mismas estén cerradas, a los efectos de
que la
Presidencia pueda decidir las medidas pertinentes para
resolverlas.
4.6 Informes especiales de auditoría interna
Cuando en el curso de una auditoría el Subdirector General de
Auditoría Interna
y Evaluación entienda que los hechos detectados puedan tener una
importancia
relevante para el Organismo o exista una sospecha de fraude, se
emitirá un
informe especial.
En el informe especial se deberá indicar:
a) Descripción de los hechos constatados.
b) Posibles consecuencias para el Organismo.
c) Cuantificación de los perjuicios causados, cuando sea
posible.
El informe especial se remitirá a la Presidencia del FEGA tan
pronto se tenga
noticia del posible alcance, daño, perjuicio o indicio de
fraude. La Presidencia,
en su caso, lo remitirá a la autoridad administrativa o judicial
que proceda.
5 SERVICIOS DE CONSULTORÍA
Según la definición dada en el MIPPAI los servicios de
consultoría se definen
como: “Actividades de asesoramiento y servicios relacionados,
proporcionadas
a los clientes, cuya naturaleza y alcance estén acordados con
los mismos…sin
que el auditor interno asuma responsabilidades de gestión.”
Las unidades gestoras podrán solicitar consultorías dirigiéndose
a la SGAIE, que
serán tenidas en cuenta para la elaboración del Plan Anual de
Actuación de
Auditoría Interna del ejercicio siguiente.
El Subdirector de Auditoría Interna y Evaluación deberá valorar,
antes de
aceptar un servicio de consultoría:
- que los auditores internos poseen los conocimientos, las
aptitudes y otras competencias necesarias para desempeñar la
totalidad o parte del trabajo;
- las necesidades y expectativas de la unidad gestora que lo
solicita, incluyendo la naturaleza, oportunidad y plazo de
obtención de los resultados del trabajo;
- la complejidad relativa y la extensión de la tarea necesaria
para cumplir los objetivos del trabajo; y
- el coste del trabajo de consultoría en relación con los
beneficios potenciales.
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ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE
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GARANTÍA AGRARIA O.A.
Durante el desarrollo de estos trabajos se establecerá un
acuerdo con la unidad
gestora que los haya solicitado, en lo referido a objetivos,
alcance,
responsabilidades respectivas y demás expectativas, que será
recogido por
escrito.
El resultado de la consultoría se recogerá en un informe, que
contendrá, de
manera clara y concisa, los hechos, consecuencias, conclusiones
y
recomendaciones que se consideren relevantes como resultado de
la misma.
Una vez elaborado el informe de la consultoría, la SGAIE lo
remitirá a la unidad
objeto de la misma y en concreto a los responsables de las
actividades a la vez
que a la Presidencia del FEGA, para su conocimiento.
6 SEGUIMIENTO DE LAS FUNCIONES DELEGADAS
En relación con los órganos con funciones delegadas, el punto 1
del Anexo I del
Reglamento (CE) nº 907/2014 sobre “Delegación” dispone, que el
organismo
pagador deberá cerciorarse de que éstos cuentan con sistemas
eficaces para
garantizar el cumplimiento de sus funciones de forma
satisfactoria y realizar
exámenes periódicos para confirmar el correcto desarrollo de los
trabajos y su
conformidad con la normativa comunitaria.
A tal fin, la SGAIE podrá llevar a cabo auditorías y/o
consultorías de las funciones
delegadas, en el marco de los planes quinquenales y anuales de
actuación de
auditoria interna correspondientes, para lo cual los acuerdos de
delegación
deberán prever esta posibilidad.
7 COLABORACIÓN CON LOS ORGANISMOS PAGADORES DE LAS COMUNIDADES
AUTÓNOMAS
7.1. Labores de apoyo y coordinación en ámbitos
horizontales.
Se destaca la labor de coordinación y apoyo en el ámbito de la
prevención,
detección y lucha contra el fraude, al que la normativa otorga
especial
importancia en relación con la protección de intereses
financieros [Art 58.1 del
Reglamento (UE) nº 1306/2013] y con los criterios de
autorización [Anexo I del
Reglamento (UE) nº 907/2014].
Las actuaciones en este ámbito se encuentran reguladas en la
Instrucción
General 02/2015, de julio de 2015, dado que por la especificidad
de estas tareas
se ha considerado pertinente que su regulación se lleve a cabo
en una
instrucción especifica.
7.2 Cursos de formación
En el marco de la oferta formativa del FEGA, la SGAIE organizará
cursos de
formación dirigidos al personal de los organismos pagadores en
materias que
contribuyan a mejorar el ejercicio de la función que tienen
asignada.
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MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA,
ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE
FONDO ESPAÑOL DE
GARANTÍA AGRARIA O.A.
El contenido de dichos cursos podrá ser orientado tanto a la
generalidad del
personal de los organismos pagadores, como, de forma específica,
al personal
de los servicios de auditoría interna, ya que normas
internacionales de auditoría
recogen la necesidad del desarrollo profesional continuado de
los auditores y
disponen el deber de perfeccionar sus conocimientos, aptitudes y
otras
competencias.
7.3 Colaboración específica con los Servicios de Auditoría
Interna de los
OOPP
La SGAIE promoverá la organización de actividades con los
servicios de
auditoría interna de los organismos pagadores de las comunidades
autónomas
con el fin de fomentar el intercambio de experiencias y puntos
de vista. Estas
actividades consistirán principalmente en la celebración de
Mesas Redondas,
Jornadas Técnicas y cursos de formación (ver apartado 7.2).
También difundirá y promoverá la participación de los servicios
de auditoría
interna de los organismos pagadores en los distintos foros de
auditoría tanto de
la Unión Europea: IAS (Internal Audit Service), AMADEUS (Annual
Meeting of
Audit Directors of European Union Services) como de otros
organismos
internacionales: IAI (Instituto de Auditores Internos).
Asimismo, gestionará el grupo de trabajo “Auditoría Interna” en
la página web del
FEGA para el intercambio de información y opinión sobre temas de
interés
común de los servicios de auditoría interna.
7.3.1 Mesas Redondas
Las Mesas Redondas reunirán a los responsables de los servicios
de auditoría
de los organismos pagadores para debatir asuntos de interés y
actualidad en
relación con el desarrollo de sus funciones. Por razón de la
materia a tratar,
podrán participar en las reuniones otros colaboradores, de la
Administración o
no, con objeto de ser consultados sobre asuntos de su
competencia. Con
carácter ordinario se celebrará una Mesa Redonda cada semestre
del año.
La SGAIE elaborará el orden del día, en colaboración con los
servicios de
auditoría de los organismos pagadores y con el acuerdo de la
Presidencia, y
distribuirá la convocatoria de la Presidencia a los Directores y
responsables de
auditoría de los organismos pagadores, a través del grupo de
trabajo on line.
Asimismo, elaborará un acta que recogerá los asuntos tratados y
acuerdos
alcanzados que se remitirá a los asistentes de la reunión.
7.3.2 Jornadas Técnicas de Auditoría Interna
La SGAIE promoverá la celebración de jornadas técnicas en base a
un programa
de ponencias sobre temas de interés y actualidad en los ámbitos
de auditoría y
control, impartidas tanto por los auditores de los servicios de
auditoría interna de
los organismos pagadores como en su caso por profesionales con
experiencia
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ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE
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en estos ámbitos tanto del sector público como privado.
Las jornadas se celebrarán, de forma general, con carácter
anual. En su organización colaboraran los servicios de auditoría
interna de los organismos pagadores y se celebraran en la comunidad
autónoma proponente.
El Presidente, Firmado electrónicamente por Miguel Ángel Riesgo
Pablo.
DESTINO:
Secretaría General y Subdirectores Generales del FEGA, Abogacía
del Estado
e Intervención Delegada.
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Tel: 91 347 65 00
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