Top Banner

of 74

Instituciones del Estado de Derecho Contemporáneo: Derecho Constitucional I - Ángela Vivanco/Jaime Jaña

Apr 07, 2018

Download

Documents

Gabriela Galaz
Welcome message from author
This document is posted to help you gain knowledge. Please leave a comment to let me know what you think about it! Share it to your friends and learn new things together.
Transcript
  • 8/4/2019 Instituciones del Estado de Derecho Contemporneo: Derecho Constitucional I - ngela Vivanco/Jaime Jaa

    1/74

    INSTITUCIONES DEL ESTADO DE DERECHO CONTEMPORNEO

    Pruebas: 29/abril 10%; 3/Junio 15%; 14/Junio 15%; 5/Julio EXAMEN

    MARZO 8 DE 2011

    TEORA DE LA INSTITUCIN

    Institucin: Agrupacin humana que busca cumplir el objetivo institucional. 1 Perfecciona a losindividuos. Es la base de las organizaciones modernas -> es el fundamento de la sociedad. Tieneexistencia propia, pervive. Requiere de personas pero no de una determinada, es decir, no cohorta a lossujetos ->canaliza intereses. Se manifiesta en toda la variedad de comportamientos humanos. Existe paracumplirobjetivos.

    Para que existan instituciones formales, debe existir una estructura y un elemento intelectual. Dentro dela

    estructura deben haber roles determinados de los sujetos, y dentro del elemento intelectual, debe haberuna idea u objetivo de la institucin.

    Requisitos de existencia: > Colectividad. Si es de una sola persona, la institucin se agota en sta.

    > Organicidad. Para cumplir su objetivo, se busca dividir las tareas,diferenciarlas.

    > Normativa. Escrita o no.> Pervivencia. Es decir, permanencia en el tiempo.

    *Ley: presuncin de conocimiento es la base de la obligatoriedad.

    Las instituciones pueden ser materiales o inmateriales.

    Materiales: Tangibles, visibles, radicadas en un lugar.

    Inmateriales: Por ejemplo la buena fe (cheque a fecha).

    LAS INSTITUCIONES PERSIGUEN FINES TICOS

    Instituciones Materiales Jurdicas:

    Aquellas reconocidas por el derecho y en consecuencia son objeto de su regulacin, en su constitucin,

    funcionamiento y trmino.

    Dentro de stas se reconocen las instituciones polticas. Reguladas por que el poder debe regularse enfuncin del derecho-> el ejercicio del poder. Toda clase de INJP es regulada por el derecho y en particularaquellas que se relacionan con el ejercicio del poder. Por ejemplo el estado, los partidos polticos, etc.

    Teora de la institucin de Maurice Hauriou

    1Institutio: fundamento

  • 8/4/2019 Instituciones del Estado de Derecho Contemporneo: Derecho Constitucional I - ngela Vivanco/Jaime Jaa

    2/74

    Institucin es todo elemento existente en la sociedad cuya existencia no dependa de la voluntad subjetivade quienes la conforman.2

    Reclutamiento de adhesiones

    Sujecin de las voluntades al cumplimiento del objetivo institucional.

    MARZO 9 DE 2011

    VARIABLES DE LA INSTITUCIONALIZACIN

    S. Huntington-> uno de los Cientistas Polticos ms connotados.

    El ser humano tiende a organizarse y a crear instituciones. Huntington: las instituciones maduran acordea las variables de institucionalizacin. Estn formadas por binomios.

    - ADAPTABILIDADRIGIDEZ: La institucin que mejor se adapta a los cambios pervive. La rgidaperecer

    - COMPLEJIDAD-SIMPLICIDAD: Una institucin mientras ms compleja, es ms avanzada,superior, institucional. La complejidad no quita adaptabilidad.

    - AUTONOMA-SUBORDINACIN: Mientras ms autnoma, es ms institucin. Esto porque sevalen por s mismas, y deben trascender a las personas.

    Las instituciones son evolutivas. Institucin Cercana perfeccin en los lazos estrechos Cohesin->Comunidad de ideas.

    TEORA DE LA SOCIEDAD

    La base de la teora de la sociedad es el reconocer a otro como mi igual, y por ende relacionarme conste. Por lo menos hace 50.000 aos los humanos conviven en grupos intermedios ->entre institucionesy personas.

    El hombre vive en sociedad por sus caractersticas inherentes (Mundanidad; Sociabilidad; Politicidad).

    CUL ES LA DIFERENCIA ENTRE INSTITUCIN Y SOCIEDAD? La institucin puede representar unapluralidad de objetivos en cuanto a la pluralidad de instituciones, sin embargo, la sociedad es una sola.(Pregunta prueba).

    Nos relacionamos para sobrevivir, intercambiar conocimientos, etc. -> satisfacer necesidades, bienes yservicios -> sociabilidad.

    Esto significa que el hombre se vuelve gregario. Y aqu aparece la politicidad, que responde a lanecesidad de organizar su convivencia y sus relaciones de forma compleja, distinguindose de otrasorganizaciones animales por la conciencia y conocimiento del objetivo de su organizacin.

    La familia no siempre se relaciona al parentesco, ms si a la afinidad. Desaparece con la desaparicin desus miembros. Eventualmente se aliarn a otras familias en vistas a solventar las distintas necesidades.

    2 La diferencia entre Creador y fundador es que creador inventa y fundador lleva a la prctica, y en unainstitucin no son necesariamente siempre el mismo sujeto.

  • 8/4/2019 Instituciones del Estado de Derecho Contemporneo: Derecho Constitucional I - ngela Vivanco/Jaime Jaa

    3/74

    Estas alianzas terminaran por asentarse en determinados lugares por diferentes motivos, y as se da elpaso a los comienzos de las tribus o las aldeas.

    Ideario mgico religioso -> Idea de divinidad, prohibicin, orden y la de mando y obediencia. Existe unorden superior al terrenal, el que se encontrara supeditado al primero. Tiene relacin con un elemento de

    proteccin, por medio de la cual, la divinidad protege a la comunidad en cuestin.Prohibicin -> se establecen lmites para regular la vida en sociedad. Todo lo malo es que ha estado hacemucho tiempo regulado -> tabes. Por ejemplo el incesto, es un tab por sanidad (fallas genticas) y porotro lado para evitar disrupciones en la familia, para que no haya competencia por el poder tampoco; aslas prohibiciones sirven para sostener la paz. LA PROHIBICIN ES LA BASE SEMINAL DE LAS LEYES.

    El mando y la obediencia se relacionan tambin con la paz- Es fundamental para la vida en sociedad.

    Ttem-> representaciones de lo mstico religioso, de los espritus antepasados y la proteccin que estosmismos entregan. Identificacin con la historia familiar, o de aquellos que defendieron a las tribus

    actuando as como elemento cohesionador, unificador de los habitantes de la aldea.MARZO 10 DE 2011

    EL MANDO Y LA OBEDIENCIA:

    Se corresponde con la imposibilidad de ejecutar una tarea grupal por parte de todos los integrantes deste al mismo tiempo.

    He aqu un motivo de la necesidad de elegir un gobernante, es la necesidad de tomar decisioneseficientemente. Idealmente las decisiones se someten a un grupo; sin embargo al existir decisiones porejemplo, de emergencia, donde no es eficiente convocar a todo el grupo; para esto existen cargos

    designados, que podrn ejecutar ciertas decisiones > la necesidad de elegir a un sujeto para que elija.

    Se tiende a obedecer a quienes tienen ciertas caractersticas personales distintas a las dems; fortaleza,sabidura, carisma, etc. Se obedece porque por ejemplo el presidente est instituido en virtud delderecho. Es un pacto, se cambia libertad por proteccin.

    Esto sirve sobre todo para el poder poltico, porque se toman decisiones vinculantes (obligatorias) para elresto de la comunidad. El poder es otorgado por diferentes vas de legitimacin, Carisma-Historia-Derecho.

    Por qu obedecemos?

    Una razn, es porque compartimos los objetivos (en algunos casos). Otro modo puede ser obedecer porla fuerza. Lo que la autoridad manda debe ser racional, es decir cumplible. Relacin entre cumplimiento yracionalidad de la orden.

    Las convenciones sociales son elsticas.

    Es la sociedad una autoridad?

    Slo en cuanto la misma sociedad coincida con la racionalidad de sus problemas y decisiones.

    Compartir objetivos // Miedo a uso/ejercicio de la fuerza.

  • 8/4/2019 Instituciones del Estado de Derecho Contemporneo: Derecho Constitucional I - ngela Vivanco/Jaime Jaa

    4/74

    La ley es una normal general (mandato) que tiene carcter de obligatoriedad. Su idea clave es ordenar,dar orden a la sociedad.

    La ley se fundamente en el PODER. No contiene todo, sino aquello que la comunidad consensua en quese admita. Tiene adosada la coercin, pero no se basa en sta, se basa en el CONSENSO. No hay

    sistema alguno que no se desgaste en el uso de la fuerza.COERCIN -> ULTIMA RATIO

    MARZO 15 DE 2011

    TEORA DEL SISTEMA POLTICO DE DAVID EASTON

    Diagrama del flujo de interaccin entre el pueblo y quien gobierna.

    Existen dos grandes entes: - El sistema social nacional- El sistema poltico

    Estado Gobierno-> institucin poltica o estatal. rganos estatales

    Estado Nacin-> son todos los habitantes de un territorio en particular.

    *La sociedad demanda determinadas actuaciones por parte del Estado [INPUTS] y el estado responde alas demandas sociales [OUTPUTS]

    Se pueden generar demandas poco prudentes.

    El estado hace un proceso de concusin, traduce infinitas demandas en una nica respuesta. Tambin lepermite seleccionar las dems que corresponden o le son pertinentes al estado.

  • 8/4/2019 Instituciones del Estado de Derecho Contemporneo: Derecho Constitucional I - ngela Vivanco/Jaime Jaa

    5/74

    1) El estado gobierno hipertrofiado, el estado grande que se mete en reas y tareas propias de lasociedad y el sector privado. Se mete e influye en decisiones de privados. Coarta las libertades de laspersonas.

    2) Estado gobierno incapaz de responder a las demandas sociales. (Hait).

    3) Estado gobierno eficaz, genera respuestas pertinentes, adecuadas y oportunas.

    Autocracias: - > Totalitarias

    > AutoritariasAcceden al poder al margen del derecho. Aspiran al control de las esferas privadas de la participacinpara mantenerse en el poder.

    Totalitaria: vida de las personas al servicio del estado Autoritaria: escasa demanda, sociedades construidas desde un sistema poltico.

    MARZO 16 DE 2011

    TEORA DEL ESTADO

    Qu es?

    Requiere un grupo humano, que puede como no incluir una nacin. Tiene un componente territorial. Debe

    tener normativa, es decir, derecho (general y obligatorio).

    Se ejerce poder dentro del estado, que tiene como propsito el bien comn, es un objetivo.

    Grupo humano / territorio /poder/ derecho/ objetivo institucional

    El estado es una institucin muy compleja, es un gran organigrama funcional que implica una ciertajerarqua.

    El bien comn se trata de alcanzar respetando los derechos de las personas. El estado acta comocorrector, ah donde alguien no puede alcanzar algn derecho, el estado corrige.

    Los derechos fundamentales se originan en el consenso popular.

  • 8/4/2019 Instituciones del Estado de Derecho Contemporneo: Derecho Constitucional I - ngela Vivanco/Jaime Jaa

    6/74

    El estado no crea los derechos, sino ms bien crea las instancias de proteccin (garantas legales dederecho) de los mismos. Se ha llegado al consenso de que los derechos fundamentales son intrnsecos alser humanos; tesis de que la evolucin ha llevado a los derechos fundamentales.

    Todos los sistemas que no respetan los derechos fundamentales estn in- modernos y se estn

    lentamente deteriorando. Respetar derechos fundamentales va acorde la modernidad y la evolucinhumana.

    Los estados combinan el bien comn con el respeto a los derechos fundamentales. El gnero alude a laorientacin sexual. El estado ha tenido un desarrollo a travs de la historia, tiene que esforzarse muchopara cuestionar bien.

    ELEMENTO HUMANO

    Sustrato de hombres que forman parte del estado y que en consecuencia se reconocen como miembrosdel mismo. Hombres que a su vez, pueden ser clasificados en diferentes grupos (nacionales, extranjeros,

    mujeres, hombres, mayores/menores de edad, etc.) El grupo humano no es ni ser homogneo.PUEBLO:

    - Hombre con derecho a sufragio. Pueblo electoral

    - Sector ms desposedo o menos ingresos en el estado. Segmentacin Social.- Poblacin estadsticamente medida por cientficos.

    POBLACIN: Personas que conforman el estado, se refiere a l estadsticamente, como cuantitativo ocualitativo.

    NACIN: los que han nacido en un determinado lugar.Pensamiento Alemn: se asocia con una determinada raza, historia y pensamiento comn, nacin comoelemento biolgico insoslayable.

    Escuela Francesa: Lo que realmente es representativo de la nacin es que se sienten vinculados entre s,que acceden a un proyecto social en clases.

    Los extranjeros deberan votar en chile porque comparten nuestra vida en el sentido del ciudadano delda a da.

    JUEVES 17 DE MARZO DE 2011

    ELEMENTO TERRITORIO

    A) Concepto:El grupo humano requiere de un suelo donde desplazarse. El territorio es para la nacin lo que el hogar ala familia. El elemento territorio es el segundo elemento esencial y definitivo del estado. El conceptoterritorio del estado no incluye solo territorio firme, sino que se extiende a otros componentes denaturaleza fsica.

    a) Territorio real o propiamente tal: este territorio comprende

  • 8/4/2019 Instituciones del Estado de Derecho Contemporneo: Derecho Constitucional I - ngela Vivanco/Jaime Jaa

    7/74

    a.1) La tierra y el subsuelo (dominio terrestre)a.2) Las aguas interiores y su lecho y el subsuelo.a.3) El mar territorial y su lecho y subsuelo (dominio martimo).a.4) El espacio areo que cubre la tierra firme, las aguas interiores y el mar territorial (dominioareo).

    El estado tambin ejerce soberana para fines especficos sobre algunos espacios martimos (zonaeconmica exclusiva y plataforma continental) que estrictamente no son parte de su territorio.

    Los dominios martimos y areos del Estado constituyen una dependencia de su dominio terrestre. Es latierra la que confiere al Estado ribereo un derecho sobre las aguas que baan sus costas.3

    b) Territorio ficto o ficticio: corresponde a presunciones de territorialidad de espacios que no sonpropiamente territorios del estado. Como por ejemplo los buques y areo naves de guerracuando sobrevuelan aguas internacionales.Autores de otras pocas consideraban tambin territorio de un estado la sede de sus misiones

    diplomticas en el extranjero. Pero actualmente esta teora se ha abandonado, la sede de lasmisiones diplomticas del estado, no son territorio del mismo, sino que cuentan con lainviolabilidad del representante del Estado que habita en ellas.

    B) Delimitacin del territorio del Estado. El territorio de un estado se encuentra delimitado por unalnea llamada frontera. La delimitacin consiste en fijar dicha lnea. La corte internacional dejusticia ha sealado que no existe una regla segn la cual las fronteras terrestres de un Estadodeben estar completamente delimitadas y definidas, y es frecuente que no lo estn en ciertoslugares y durante largos perodos.4

    B.1) Convencional: Es la que hacen dos estados por medio de un tratado. Todo depende de lavoluntad de los estados.B.2) Judicial o Arbitral: Es aquella realizada por una sentencia de un tribunal arbitral o judicial, alcual las partes han encomendado esta tarea.

    C) Demarcacin: consiste en establecer en el terreno, mediante signos visibles, el curso de la lneade la frontera.

    D) Soberana Territorial: todo estado tiene sobre su territorio un derecho muy amplio denominadosoberana territorial. La soberana territorial es el derecho de disposicin del Estado sobre un determinadoterritorio, fundado en el derecho internacional. La competencia o supremaca territorial es el ejercicio de

    la autoridad o poder pblico del Estado sobre todas las personas presentes en el territorio, los bienes enl situados y los hechos que aqu ocurren. La competencia o supremaca territorial se caracteriza por suplenitud y exclusividad. Esta competencia puede ser:

    D.1) Plena: Comprende todos los actos jurdicos y materiales inherentes al poder pblico delEstado.

    D.2) Exclusiva: en principio dentro del territorio que pertenece a un estado slo ste puedeejercer su autoridad o poder pblico, con exclusin de los dems estados.

    3

    Sentencia de la corte internacional de justicia. Curso de derecho constitucional, segunda edicin,ngela Vivanco, Ediciones UC, Captulo V, Teora del estado, pp. 219.4

    Supra.

  • 8/4/2019 Instituciones del Estado de Derecho Contemporneo: Derecho Constitucional I - ngela Vivanco/Jaime Jaa

    8/74

    D.3) Limitaciones a la soberana territorial: Un estado ejerce su soberana dentro de su territoriocon exclusin de toda potencia extranjera. Sin embargo existen categoras de excepciones, seanconsuetudinarias o convencionales.

    (a) Limitaciones de simple obtencin: son aquellas limitaciones en virtud de las cuales el

    Estado debe abstenerse de realizar ciertos actos de soberana dentro de su propio territorio. A estacategora pertenecen las inmunidades de jurisdiccin que eximen de la jurisdiccin local a ciertaspersonas, como los jefes de Estado. Este tipo de limitaciones pueden derivar tambin de un tratado,como por ejemplo:

    a.1) Desmilitarizacin: sucede cuando un Estado contrae la obligacin de no introducirfuerzas militares en determinadas partes de su territorio.

    a.2) Neutralizacin: es el compromiso de no efectuar actos de guerra en determinada regin.

    (b) Limitaciones con substitucin de soberana: Dentro del territorio de un Estado, otro estado

    extranjero est autorizado para ejercer ciertos actos de soberana. En este caso la limitacin tiene unaspecto positivo: la soberana del estado local cede a favor de otro estado que sustituye al primero en suejercicio. Estas son:

    b.1) Arrendamiento en virtud de tratados en que un pas ha dado en arriendo a otro por unlargo perodo de tiempo, cierta rea de su territorio.

    b.2) Cesiones de administracin: por medio de esta, conservando el dominio sobre un territorioel estado concede a otro la supremaca territorial (perpetua o temporalmente).

    b.3) Servidumbre: cualquier gravamen relativo al territorio de un Estado a favor de otro estadoo de sus nacionales como el de permitir la pesca en sus aguas territoriales.

    (c) Limitaciones en virtud de entrega de competencias a organismos internacionales: EL estadollega a acuerdos con otras potencias respecto de dejar en manos de organismos internacionales lajurisdiccin sobre ciertos territorios, en conflicto.

    En general podemos decir que el suelo, como primer elemento del territorio comprende la tierra firme delEstado y est delimitado por las lneas que llamamos lmites o fronteras, y tambin comprende elsubsuelo, que abarca una figura cnica que va desde el suelo hasta el centro de la tierra; en razn deesto se entiende la explotacin minera y las aguas interiores. (Art. 593 inciso 2 del Cdigo Civil)

    E) Dominio Martimo: es mar territorial y de dominio el mar adyacente hasta la distancia de doce millas

    marinas medidas desde las respectivas lneas de base.

    E.1) Aguas interiores: son aquellas que se encuentran entre la costa y el lmite interior del mar territorial.Comprende los puertos las bahas y los canales martimos.

    (a) Puertos de mar: Un estado puede reglamentar el acceso extranjero a sus puertos. Sin esta accin seconsidera abierto el puerto. Los buques mercantes en puertos extranjeros se encuentran sometidos alegislacin y jurisdiccin del estado en cuestin. Los buques de guerra que se encuentren en puertos deotro Estado estn inmunes a la jurisdiccin local.

    (b) Bahas: bordeadas por un solo estado, cuya entrada no exceda las 24 millas, pueden ser encerradas

    por una lnea trazada entre los puertos naturales de entrada, es lo que se denomina lnea de cierre. Loque queda dentro de la lnea se convierte en aguas interiores.

  • 8/4/2019 Instituciones del Estado de Derecho Contemporneo: Derecho Constitucional I - ngela Vivanco/Jaime Jaa

    9/74

    (c) Canales Martimos: son vas de aguas superficiales construidas a travs del territorio de un estado yque comunican los mares u ocanos. En principio son aguas interiores, y estn sometidas a la jurisdiccindel estado ribereo.

    E.2) Mar Territorial: es una franja adyacente a las costas de un estado y sujeta a su soberana. Esta

    soberana se extiende al espacio areo supra yacente y al subsuelo de dicho mar. Es dependiente deldominio terrestre.

    (a)Lmite interior: se mide desde una lnea base que constituye su lmite interior. La lnea base normalpara medir el mar territorial es la lnea de bajamar a lo largo de la costa. La lnea base puede ser otra enlas bahas y en las costas muy desmembradas.

    (b)Anchura del mar territorial: No puede exceder las 12 millas marinas medidas a partir de lascorrespondientes lneas de base.

    (c) Jurisdiccin sobre buques:

    c.1) Buques mercantes:

    - Jurisdiccin Civil: el estado ribereo no debe detener ni desviar aquellos buques que pasen por elmar territorial para ejercer su jurisdiccin sobre personas a bordo.

    - Jurisdiccin Penal: No debe aplicarse a bordo de un buque mercante extranjero. Excepto cuando eldelito sea de tal magnitud que tenga efectos en el pas ribereo.

    c.2) Buques de guerra: El estado ribereo tiene la obligacin de abstenerse de ejercer jurisdiccin sobreun buque de guerra extranjero que pase por su mar territorial. Sin embargo el buque de guerra debecumplir con las disposiciones establecidas por el estado ribereo para el paso por el mar territorial.

    (d) El paso inocente: El estado debe permitir el paso inocente de los buques extranjeros a travs de sumar. Es decir navegar continuamente sin detenerse, sin hacer nada perjudicial para la paz, orden oseguridad del estado ribereo. No inocente, militar, pesca, estudios. El estado puede tomar las medidasque considere necesarias para evitar todo paso que no sea inocente.

    E.3) La zona contigua: No podr extenderse ms all de 24 millas desde la lnea de base desde donde semide la anchura del mar territorial. No se tiene soberana. Slo dispone de competencia limitada paraadoptar medidas de fiscalizacin y control sobre buques extranjeros a fin de prevenir y sancionarinfracciones de ciertas categoras de leyes y reglamentos.

    E.4) Los estrechos internacionales: son un paso martimo angosto que pone en comunicacin dosespacios ms extensos de agua. Los buques mercantes y de guerra tienen derecho a paso inocente ( detodas las naciones) por los estrechos martimos, y derecho de libre navegacin no controlado o sujeto ajurisdiccin del estado ribereo.

    E.5) Zona econmica Exclusiva: Est situada entre el mar territorial y alta mar. No puede extenderse msde 200 millas marinas desde las lneas de base a partir de las cuales se mide el mar territorial. Slo setienen derechos de soberana para los fines de exploracin, explotacin, conservacin, administracin derecursos naturales, vivos no vivos, lecho y subsuelo del mar y de las aguas subyacentes.

    E.6) Plataforma continental: es la zona submarina situada entre la costa y el marcado aumento de la

    pendiente. El estado ejerce soberana para los efectos para los efectos de exploracin y la explotacin de

  • 8/4/2019 Instituciones del Estado de Derecho Contemporneo: Derecho Constitucional I - ngela Vivanco/Jaime Jaa

    10/74

    sus recursos naturales. Estos derechos son exclusivos, es decir, si el estado no los ocupa, nadie puedehacerlo sin el consentimiento expreso del estado.

    E.7) Altamar: comprende las extensiones de mar no incluidas en las aguas interiores, mar territorial, ozona econmica exclusiva de un estado. No puede ser apropiada. Est abierta a todos los estados, sean

    ribereos o no. Libertad de navegacin, sobrevuelo, tender cables y tuberas submarinas, pesca einvestigacin cientfica.

    F) Espacio Areo: Los estados tienen pleno derecho de soberana sobre el espacio areo que seextiende sobre sus dominios terrestres. As es como la aeronavegacin civil ha sido posible slo poracuerdos internacionales mediante las llamadas libertades del aire: Sobrevolar sin escalas, hacer escalaspara fines no comerciales, llevar pasajeros carga y correo desde el propio pas o del ajeno de laaeronave, o bien entre dos pases que no pertenecen al estado.

    G) Espacio exterior o ultraterrestre: la soberana del estado subyacente no se extiende al espacio exteriory no puede ser objeto de apropiacin nacional por reivindicacin de soberana uso u ocupacin ni de

    ninguna otra manera. Se concluyen los siguientes principios: exploracin y utilizacin del espacioultraterrestre en inters y provecho de todos los pases; exclusin de soberana; libertad de exploracin yutilizacin; desmilitarizacin en lo relativo a armas nucleares y destruccin masiva.

    MARTES 22 DE MARZO

    ELEMENTO PODER

    Concepto:

    -Acepciones:

    (a) Amplia: Facultad de hacer, aptitud para ejecutar algo, asociado a la idea de pujanza, fuerzaenergtica.

    (b)Restringida: Elemento o condicin de existencia del estado, aptitud, capacidad, energa, fuerza, ocompetencia de que l dispone para cumplir su fin. Fuerza nacida de la voluntad social, preponderantedestinada a conducir al grupo hacia un orden social que estima benfico y capaz de imponer a losmiembros los comportamientos que esta bsqueda impone. El poder estatal representa el factorpermanente de cohesin de la sociedad poltica. Instrumento de administracin de la comunidad.

    Diferencia entre Poder, Potestad y Autoridad.

    (a) Poder: disposicin personal de los medios necesarios para organizar efectivamente laconvivencia de un grupo social.

    (b) Potestad: poder reconocido socialmente, aceptado por el grupo por el organizado.(c) Autoridad: saber personal socialmente reconocido por un grupo ms o menos amplio de

    personas dedicadas a una especialidad.

    ->RECONOCIMIENTO SOCIAL DEL PODER.

    Para el recto desarrollo de la libertad personal de todo el grupo es necesario que la potestad se

    apoye siempre en la autoridad, pero que no se confunda con ella. Es un exceso de parte del estadomoderno confundir la autoridad con la potestad superior o la tenida por legtima.

  • 8/4/2019 Instituciones del Estado de Derecho Contemporneo: Derecho Constitucional I - ngela Vivanco/Jaime Jaa

    11/74

    La prudencia de la potestad consiste en elegir bien y realizar bien los consejos de la autoridad. Saberaconsejar bien a la potestad, el bien total del grupo que se puede oponer a la utilidad singular peronunca oponer al bien personal. Las decisiones puntuales de la potestad prevalecen sobre el consejode la autoridad, de la misma manera que la voluntad puede, en un determinado momento, prevalecersobre el entendimiento.

    B) Origen del poder supremo y nacimiento del concepto de soberana

    b.1) Origen del poder in abstracto e in concreto. Se distingue el origen del poder en abstracto,inherente a toda la sociedad poltica, del que en concreto reside en el hecho, en ciertas personas,dentro de un determinado estado, y en un preciso momento histrico de su existencia. La autoridado poder del Estado existe as slo por razn del bien comn: para imponer ste, debe respetar lo queexige su objetivo y puede y debe actuar exclusivamente dentro de sus lmites.

    En cuanto al poder concreto, en un estado particular existente, organizado el poder, constituye elproblema que los hombres tratan de resolver, con mayor o menor xito, a travs de los siglos, y

    derivando de que la naturaleza no ha establecido ella misma quin debe detentar el poder ni cmoste ha de actuar.

    MIRCOLES 23 DE MARZO

    b.2) Evolucin del poder in Abstracto.

    (a) Etapas en general: Burdeau distingue dos etapas anteriores al poder institucionalizado opropiamente estatal que preceden en orden cronolgico:

    a.1) Poder annimo: El anonimato del poder caracteriza a las sociedades completamente primitivas;se encuentra por as decirlo difundido entre todos los individuos. El poder emana del conjunto decreencias, imponen una actitud, sin que sea necesaria la intervencin personal del jefe. Laobediencia toma la forma de conformismo, que es el verdadero fundamento de la vida comn. Lacomunidad primitiva era dirigida como una extensin de la autoridad familiar o religiosa Hay unpoder, pero ste se realiza o se ejercita ms bien en un verdadero anonimato.

    a.2) Poder individualizado: corresponde a una segunda fase del poder, donde el ejercicio de ste poruna persona determinada se llama jefe. No se modifica la esencia fundamental del poder, peo a partirde ese momento, toma forma humana, y recae en un individuo denominado jefe.

    Entre los elementos que motivan el cambio, se mencionan la mayor complejidad alcanzada por tribusprimitivas, lo que las transforma en comunidades, y la diferenciacin entre sus miembros(caracterizando a las personas) permite otorgar rasgos de distincin al detentador del poder.Entonces el poder deja de ser annimo y difuso y se encarna en un jefe, el poder tiene rostro, yquien ejerce el poder slo deber su superioridad caracterstica a la cualidades individuales, es decir,quien detente el poder y lo ejerza, ser nica y exclusivamente el mejor capacitado para dicha tarea.

    Adems el nuevo jefe necesitar por supuesto, de la legitimacin5, que le ser dada por la propiacomunidad con la que trabajase, y este requisito viene normalmente dado en la consagracin deljefe, en un acto solemne, sacramental, mediando juramento de servicio a la comunidad.

    El ejercicio del poder y propiedad de l se confunden en el jefe personal. Existe una desproporcin

    entre la obra que postula la realizacin del orden deseado y la duracin de la potestad del jefe.5

    Consentimiento al ejercicio del poder por parte de los gobernados

  • 8/4/2019 Instituciones del Estado de Derecho Contemporneo: Derecho Constitucional I - ngela Vivanco/Jaime Jaa

    12/74

  • 8/4/2019 Instituciones del Estado de Derecho Contemporneo: Derecho Constitucional I - ngela Vivanco/Jaime Jaa

    13/74

    b.3.1) Thomas Hobbes: el estado de naturaleza del hombre tiene la necesidad de preservar la vida,es muy blico y salvaje. Entonces se forma el pacto, en orden al instinto de supervivencia. Luego enel estado se realiza una transferencia de carcter perpetuo de libertad a seguridad.

    b.3.2) John Locke: Estado de la naturaleza. Sostiene que la sociedad civilmente organizada se

    origina en el pacto social. Para Locke en el estado de naturaleza los individuos viven de acuerdo alas leyes naturales, considera que estos individuos participan en la ley eterna por medio de la leynatural. Su estado de naturaleza se caracteriza por la impresin de la ley natural. Cada hombre escapaz de conocer la ley natural y sta los obliga a todos adems. Adems dice que el estado denaturaleza no es un estado de guerra. Lo que si tiene es una tendencia al conflicto debido a losmisunderstandings relativos a la ley natural. Cree que los humanos no postulan su propiedad sobretodo sino el cuidado de la especie, es decir que son esencialmente buenos. en estado de naturalezala propiedad era comn en el sentido de que todo el mundo tena derecho a sacar sus medios desubsistencia de todo lo que ofrece la naturaleza *El trabajo necesario para conseguir un bienlegitima la apropiacin de ste, retirndolo de su estado de comunidad. O sea dice que el derecho apropiedad surge ya que al gastar un hombre energa interna en producir objetos, los convierte enparte de s mismo.

    b.3.3) Jean Jacques Rousseau: El distingue tres estados, la vida a social siguiendo las leyesnaturales; el conato de vida social o sociedad rudimentaria; estado de sociedad propiamenteorganizada producto del pacto social. El hombre ha nacido libre y sin embargo vive en todas partesencadenado. En el estado de naturaleza nadie se impone a otro por la fuerza, inteligencia o moral.No es asimilable este estado en absoluto al de guerra, porque este es, durable en el tiempo;descansa sobre relaciones constantes entre las entidades que se traducen en personas pblicas y noen individuos particulares; y la guerra no es una simple venganza sino que busca una reparacincolectiva. Y como no existe dao colectivo ni individual ya que depende de las relaciones sociales, no

    puede haber Estado de guerra en el Estado de naturaleza. Existe sociabilidad en el estado denaturaleza rusoniano? No en forma actual, tan solo virtual o potencial. Adems Rousseau habla dedos modalidades de ley natural, Estado de naturaleza, donde las leyes naturales existen segn elmovimiento de los sentidos, o Estado de Sociedad, donde existen leyes razonables.

    Jueves 24 de Marzo

    D) Limitaciones al poder polticod.1) Territorio: deber de respetar el poder concurrente e los dems Estados en sus mutuas relacionesy en la comunidad internacional. El estado solo ejerce su plena soberana en el territorio.

    d.2) Materias Temporales: demarcacin entre el dominio espiritual que es el gobierno de las almas, yel dominio temporal, que es el de los intereses civiles, cuya direccin se asegura con la ayuda desanciones materiales. Poder temporal equivale a poder poltico, es decir del Estado. El poderespiritual se ocupa de los asuntos que conciernen a la vida humana en su dimensin espiritual yreligiosa como en relacin con el fin ltimo del hombre, ms all del tiempo y del mundo en la vida.

    d.3) Derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana (irrenunciables): y tambin de lasfamilias y grupos intermedios que conviven en la sociedad poltica, puesto que sta se organizaprecisamente para asegurarlos y favorecerlos.

    El ejercicio de la soberana reconoce como limitacin el respeto de los derechos esenciales queemanan de la naturaleza humana. Es deber de los rganos del Estado respetar y promover tales

  • 8/4/2019 Instituciones del Estado de Derecho Contemporneo: Derecho Constitucional I - ngela Vivanco/Jaime Jaa

    14/74

  • 8/4/2019 Instituciones del Estado de Derecho Contemporneo: Derecho Constitucional I - ngela Vivanco/Jaime Jaa

    15/74

    entrega, al efecto, de competencias jurisdiccionales propias del Estado en organismosinternacionales

    -Normativa de incorporacin inmediata de tratados internacionales sobre Derechos humanos alderecho interno del Estado, incluso con caractersticas de supra-constitucionalidad, y creciente

    resolucin de materias relacionadas con los derechos humanos conocidas en instancias posteriorespor la jurisdiccin internacional con facultades de enmienda de lo resuelto por tribunales locales.

    CLASE DEL MARTES 29 DE MARZO DE 2011

    Estado Unitario:

    Aquel que no posee ms que un centro de impulsin poltica y gubernamental. aqul en el cual laorganizacin constitucional responde a la triple unidad del soberano, del poder estatal y de losgobernantes, siendo adems, el poder estatal uno en su fundamento, en su estructura y en suejercicio.8 El poder conserva la unidad por su estructura, elemento humano y territorio en el cual

    recae. Adems es servido por un nico titular. Un solo aparato gubernamental cumple todas lasfunciones estatales. Los individuos obedecen a una sola y misma autoridad, viven bajo un solorgimen constitucional y son regidos por una legislacin comn.

    A) Centralizacin: se produce cuando el poder pblico se convierte en el centro unificador de todaslas funciones y las ejerce en una acumulacin de la autoridad pblica. Constituye unaorganizacin piramidal.

    B) Desconcentracin: se caracteriza porque los agentes del poder central no slo se limitan aejecutar las decisiones, sino que disponen de competencia en determinadas materias, quedandorespecto de stas, al margen de la jerarqua central. El rgano transfiere en forma de radicacinfacultades y atribuciones a otro rgano, que carece de personalidad jurdica, pero ste queda

    sujeto a la dependencia jerrquica de aqul.C) Descentralizacin: existe cuanto, en distinta medida, se admite que el poder pblico y/o las

    funciones pblicas estn distribuidos y sean ejercidos con mayor o menor independencia porciertos grupos estructurados en el seno del estado (comunas, provincias), o por rganos creadosespecficamente para tales propsitos, los que gozan de personalidad jurdica y patrimoniopropio y se relacionan con el poder central mediante la sper vigilancia y la tutela de ste.Implica una distribucin de la actividad del Estado que se manifiesta como distribucin del poder(poltica) o como distribucin de funciones (administrativa).

    C.1) El estado descentraliza la ejecucin de la norma, es decir, realiza una administracin indirectade los asuntos, ya que no administra un rgano central sino un apersona jurdica creada por l, querecibe sus atribuciones directamente de la ley que lo crea.

    C.2) Descentralizacin poltica: cuando las instituciones ejercen funciones del poder pblico, estandofacultadas para dar rdenes obligatorias como las del Estado, dotadas de los mismos valores imperativosy operantes en una jurisdiccin territorial delimitada.

    D) Regionalizacin: forma de descentralizacin con asiento territorial, puede ser de carcter poltico oadministrativo. Por regin toda divisin del territorio que goce de una plena autonoma de autogestin ysolucin de sus problemas. Lo anterior involucra reordenamiento y redistribucin en donde va a sernecesario contar con procedimientos, normas y rganos que posibiliten el proceso, tiene dos fases:

    8 Burdeau, Georges. En Justo Lpez, Mario Manual de derecho poltico (Buenos Aires, Kapelusz, 1972),p.305.

  • 8/4/2019 Instituciones del Estado de Derecho Contemporneo: Derecho Constitucional I - ngela Vivanco/Jaime Jaa

    16/74

    -Adoptar una desconcentracin y descentralizacin funcional y territorial.

    -Llegar a una descentralizacin poltico-territorial, donde nos encontraremos con el estado regional.

    Estado Federal:

    A pesar de la reconocida necesidad de unidad nacional, las tradiciones regionales operan contra la fusinde Estados individuales en una organizacin estatal unitaria, siendo necesario que las diferenciasculturales de las diversas entidades se mantengan por medio de un orden federal. Su actividad es objetono slo de descentralizacin administrativa sino que tambin de la poltica, es decir reconocen diversasfuentes originarias de poder poltico, una que corresponde al gobierno central y la otra a los regionales.

    a) Caracteres fundamentales:a.1) Existencia de poder central y poderes locales

    a.2) Constitucin federal: ley suprema vlida para todo el territorio. De tipo rgido.

    a.3) Distribucin de competencias: la constitucin federal debe fijar las atribuciones de la federacin yde los estados miembros, procurando una coordinacin de intereses.

    a.4) La soberana es indivisible: todas las atribuciones de soberana corresponden al estado federal,de ah que se deduce el principio general que el derecho de los estados miembros en ningn casopuede infringir el de la federacin.

    a.5) Sistema bicameral: el pueblo queda representado por dos modalidades: una cmara elegida enproporcin al nmero de habitantes y otra elegida en forma igualitaria por cada uno de los Estadosmiembros.

    b) Principios que rigen al Estado federal:

    -Principio de la autonoma

    -Principio de la participacin

    CLASE DEL MIRCOLES 30 DE MARZO

    Pp110-119

    La edad Media

    Cada del imperio romano, se pierde la unidad, se dispersa el imperio, y todas las instituciones quehaban se pierden y dividen. Aparecen algunas instituciones nuevas -> caballera

    Los caballeros tienen algunas ideas matrices:

    - El principio unificador de esta nueva etapa es la iglesia. Hay que luchar por llegar a una mejorvida.

    - El caballero tiene a su servicio el vasallaje, (vnculo jurdico de subordinacin).Pacto de Vasallaje: El seor debe proteger e impartir justicia entre los vasallos, y el vasallo debe lealtadal seor, servicios agrcolas, y servicios de guerra.

  • 8/4/2019 Instituciones del Estado de Derecho Contemporneo: Derecho Constitucional I - ngela Vivanco/Jaime Jaa

    17/74

    En sa poca todo el poder estaba en la tierra, quien ms tierras tena, ms plata tena y ms poder, y assucesivamente. Los siervos de la gleba estn sujetos a la tierra ms no a la persona. Los siervos de lagleba tambin deben servicios de guerra al seor.

    La institucin monrquica, tiene las caractersticas de ser elprimus interparis, o sea el seor feudal ms

    importante, existe una relacin de dependencia de este gran seor feudal con el resto. No es que fuerams poderoso en cuanto a dinero si no a un tema meramente jerrquico era ms caballero. Luego en labaja edad media el rey tiene otras caractersticas, donde deja de tener una posicin igualitaria respectode los otros seores feudales, sino que toma una posicin superior, con la finalidad de ganarse el apoyode los nuevos seores burgueses. Los primeros caballeros van viajando, y ven como se hacen las cosasen medio oriente, y deciden tomar algunas cosas parecidas.

    Respecto de la iglesia

    Respecto de los bancos, se pueden mencionar las cartas de crdito, como los cheques. Qu interstena el crdito? En una monarqua autrquica no se justifica el crdito, por ende la existencia de las

    cartas de crdito abre una puerta al capitalismo, dado que se tiene mayor acceso a viene puesto que secomprometen bienes futuros. Junto con esto el sistema feudal va perdiendo el poder, y los seoresfeudales ms que perder poder dejan de ser el centro de la sociedad. A su vez la iglesia va criticandoesta facilidad para lucrar. El hombre va tomando una posicin ms central en las ideas artsticas yfilosficas, y esto tambin es criticado por aquellos que queran el rgimen ms antiguo.

    RECORDAR QUE EL DERECHO A REBELION ES UN DERECHO DE LEGITIMA DEFENSA

    COLECTIVA

    LAS NACIONES UNIDAS

    Organizacin internacional:Para comprenderlo, debemos situarnos en el desarrollo histrico. Cuando se produce la segunda guerramundial son varias las cosas que quedan en evidencia. En primer lugar queda en evidencia que hastaese momento los acuerdos que se haban tomado, como la liga de las naciones, haban sido bastanteineficientes, haban operado sobre las cosas los intereses particulares.

    En segundo lugar qued en evidencia el hecho que los ordenamientos locales no eran capaces deresolver los problemas, por distintos motivos. Y en tercer lugar se lleg a una conclusin muy poderosaen lo material, que es el hecho de que cada guerra mundial implica el uso de un armamento mucho msexpansivo, con efectos mucho ms graves, y con una capacidad de destruccin mucho ms masiva. Es

    decir que las guerras ya no eran un tema entre pases sino ms bien algo que afectaba a todo el mundo.Como por ejemplo todo el tema nuclear.

    Se acua el concepto de naciones unidas por franklin Roosevelt, donde los representantes de 26pases buscan en plena guerra mundial hacerle frente a Japn Italia y Alemania, as el ao 1942 es unao clave, porque es coincidente con el ingreso de USA a la 2da guerra.

    Se da la conferencia de san francisco, donde 50 pases se renen a redactar la carta de las nacionesunidas, en 1945. Los que proponen esto el ao 44, son los vencedores de la segunda guerra mundial,que estn asociados entre ellos, que van a perfilar el eje o las claves del mundo de ah en adelante.

    A partir de eso el 26 de junio de 1945 se firma la carta de las naciones unidas, y Polonia que no estabapresenta firma un poco ms tarde, lo que deja a cincuenta y un estados fundadores de la sociedad de

  • 8/4/2019 Instituciones del Estado de Derecho Contemporneo: Derecho Constitucional I - ngela Vivanco/Jaime Jaa

    18/74

    las naciones unidas. Las naciones unidas empezaron a existir oficialmente el 24 de octubre de 1945despus de que la carta fuera ratificada por China, Francia, URSS, UK, USA y la mayora de los demsestados signatarios.

    En las naciones unidas no han existido conos de exclusin como cuba de la organizacin de estados

    americanos. Se llega a la conclusin de que tenerlos a todos dentro, permite controlar con mayor certezalas cosas que pasan. Ms bien se privilegia el dialogo antes que la exclusin. Chile se integr a laorganizacin de las naciones unidas el ao 45 como pas fundador (entre los cincuenta y un estadosfundadores). Depende todo en general de hasta qu punto un estado puede vivir escindido del resto delos estados o vive en sociedad. Muchas veces los bloqueos econmicos son ms potentes que losbloqueos militares.

    Aunque las ONU no lleva tantos aos funcionando, ya es una entidad, ya est institucionalizada, y cadavez existen menos pases que escapan al podero de la ONU. La ONU no solamente nace para asociar alos estados, sino para evitar la guerra, porque se reconoce que stas significan un gran sufrimiento. Sereafirman la fe, la dignidad, el respeto entre personas y naciones. La ONU establece tambin que los

    tratados son ley para las partes, y que estos deben respetarse y cumplirse incluso aunque dejasen de serconvenientes para las partes mismas. Ya que durante los ltimos aos qued la sensacin de que losestados respetaban los tratados en cuanto les parecan entretenidos, y los dejaban al dejar deconvenirles.

    Adems plantean el tema de los derechos humanos/fundamentales, y el concepto de calidad de vida,quieren elevar la educacin la alimentacin y el espritu de las generaciones venideras.

    El banco mundial tiene una existencia vinculada a la ONU pero no es parte de la orgnica de la ONU, nimucho menos pertenece a ella.

    Propsitos de la ONU:

    1.- Mantener la paz y la seguridad internacionales. O sea no solo no tener guerra, sino prevenir probablessituaciones de guerra (intervencionismo.)

    2.- Fomentar entre las naciones relaciones de amistad basadas en el respeto al principio de la igualdadde derechos y al de la libre determinacin de los pueblos, y tomar otras medidas adecuadas parafortalecer la paz mundial. DERECHO A LA PAZ COLECTIVA.

    3.- Realizar la cooperacin internacional en la solucin de problemas internacionales de carctereconmico social cultural o humanitario, y en el desarrollo y estmulo del respeto a los derechos humanos

    y a las libertades fundamentales de todos. LA GRAN APLICACIN DE LAS NACIONES UNIDAS SECORRESPONDE CON LOS DERECHOS FUNDAMENTALES, CONTROL Y GARANTA.

    4.- Servir de centro que armonice los esfuerzos de las naciones por alcanzar estos propsitos comunes.

    ORGNICA DE LA ONU

    Una asamblea general (todos aquellos que son miembros y participan) Y que en definitiva pueden tomar

    directamente accin en esta. En la asamblea cada uno de los estados miembros puede tener 5representantes, pero se vota como pas.

  • 8/4/2019 Instituciones del Estado de Derecho Contemporneo: Derecho Constitucional I - ngela Vivanco/Jaime Jaa

    19/74

    Luego viene el consejo de seguridad, que tiene 5 miembros permanentes (China, Francia, Rusia, UK yUSA) y 10 estados no permanentes elegidos cada dos aos (hoy estn: Alemania, bosnia y Herzegovina,Colombia india, Portugal, Sudfrica, Lbano, Nigeria, Gabn y Brasil.

    Luego est el consejo econmico y social, integrado por 54 miembros elegidos por la asamblea general

    cada 3 aos. Luego el consejo de administracin fiduciaria, relativo a territorios as declarados. Una corteinternacional de justicia, son 15 miembros pertenecientes a distintos estados. Y por ltimo una secretara,el secretario general ser nombrado por la asamblea general a recomendacin del consejo de seguridad.

    CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA:

    La famosa corte de la haya. Es importante tener claro que en esta corte solo los estados son parte. Laspersonas naturales o instituciones no pueden concurrir a la corte de la a quejarse de un estado u otro.Est abierta a los conflictos que las partes les sometan y a los de la carta. Luego su capacidad deresolucin es mucho amplia.

    Materias de especial competencia acorde la carta fundamental, interpretacin de los tratados. Lostratados son escritos, pero debe existir alguien que le otorgue el sentido, y diga cmo se aplican en laprctica. Hay que interpretar qu significa el tratado, y cmo se aplica. Es decir el alcance del tratado, aqu caso puede aplicarse. Luego tambin debe tratar cualquier cuestin de derecho internacional, comotemas limtrofes, de comercio internacional, de derechos fundamentales aplicados a como juzgar, comoaplicar y como contemplar el tema. La existencia de todo hecho que si fuera cometido cometerincumplimiento de la normativa internacional. Luego el que ir a la corte ser aquel que pertenezca a laspartes del tratado. No puede quejarse de incumplimiento un estado no parte del tratado. Y la naturaleza oextensin de la reparacin del cumplimiento de la obligacin pasada a llevar acorde la normativainternacional. El perjuicio causado debe indemnizarse y compensarse. El modo ms comn es el dinero,pero tambin se dice que puede compensarse con dinero y luego cumplir lo pendiente. Cada estado

    nombra agentes, y cada agente nombra a tales especialistas en derecho internacional para asistir a lacorte internacional de la haya. Por lo que se dir que el agente es el que a efectos prcticos, representaral pas en la corte.

    NORMATIVA QUE APLICA LA CORTE:

    1- Las convenciones internacionales, sean generales (como un pacto de derechos humanos) oparticulares, que establecen reglas expresamente reconocidas por los estados litigantes. Loprimero que se aplica es el tratado sobre el cual versa la materia o el problema. Que puede serbilateral o multilateral.

    2- La costumbre internacional como prueba de una prctica generalmente aceptada como derecho.La costumbre es lo que solemos hacer, y tan solemos que lo consideramos prcticamente unaregla, que todos respetamos, no hay sanciones, pero se hace. Los estados suelen hacer lascosas de tal modo y no de otro.

    3- Los principios generales de derecho reconocidos por las naciones civilizadas. Es decir lossupuestos y premisas del derecho, como por ejemplo el que yo entienda que todos actan debuena fe al igual que yo; otro sera la presuncin de inocencia.

    4- Las decisiones judiciales y las doctrinas de los publicistas de mayor competencia de las distintasnaciones, como medio auxiliar para la determinacin de las reglas de derecho sin perjuicio de lo

    dispuesto en el artculo 59.

  • 8/4/2019 Instituciones del Estado de Derecho Contemporneo: Derecho Constitucional I - ngela Vivanco/Jaime Jaa

    20/74

    5- La presente disposicin no restringe la facultad de la corte para decidir un litigio ex aequo etbono si las partes as lo convinieren. Esto significa en equidad y justicia. No aplique normativainternacional, sino aplique aquello que es ms conveniente para cada tema. Resuelva enequidad, de acuerdo a su criterio, y no precisamente respecto de acuerdos normativos.

    REVISAR CONVENCIN DE GINEBRANo se puede apelar a la corte de la haya, pero si le puede pedir reconsideracin del fallo, o revisin deciertos puntos. Sin embargo apelar implica ir a una instancia superior, y NO EXISTE una instanciasuperior a la corte de la haya, que e (No alcanc a escribir)

    Uniones de Estados:

    A) Unin Personal: se produce cuando las coronas de dos reinos coinciden en la persona de unmismo titular, pero conservndose ambas comunidades estatales independientes y distintas.

    B) Unin Real: comunidad de monarca para dos coronas que permanecen distintas eindependientes. Se diferencian en que esta ltima no corresponde a un hecho casual sino quedescansa sobre un fundamento jurdico que es el pacto o tratado de ndole internacional.

    C) Confederacin: vinculacin entre estados, creada por un pacto internacional con intencin deperpetuidad que da lugar a un poder que se ejerce sobre los estados miembros y no, de modoinmediato, sobre los individuos. Es la unin permanente de estados independientes, basada enun pacto, con el fin de proteccin exteriormente, y de paz, interiormente, sin perjuicio de quepuedan agregarse otros fines.

    CLASE DEL JUEVES 31 DE MARZO

    Injerencia del Derecho internacional en el derecho constitucional y poltico

    La injerencia del derecho internacional implica volver el derecho interno del estado hacia las siguientespremisas:

    a) Reconocimiento de acuerdos entre pases: comunidad internacional.b) Compromiso de proteccin de la persona humana ms all del nivel local.c) Necesidad de transversalizar grandes objetivos, como la defensa del medio ambiente, la

    sustentabilidad de los modelos democrticos, etc.

    Algunas premisas de la relacin Derecho Interno y Derecho Internacional en torno a los DDHH:

    - Irrenunciabilidad e indemnidad de los derechos humanos: son inadmisibles las disposiciones deamnista, las disposiciones de prescripcin y el establecimiento de excluyentes deresponsabilidad que pretendan impedir la investigacin y sancin de los responsables de lasviolaciones graves de los derechos humanos tales como la tortura, las ejecuciones sumarias,extralegales o arbitrarias y las desapariciones forzadas, rodas ellas prohibidas por contravenirderechos inderogables reconocidos por el derecho internacional de los Derechos Humanos.

    - Los derechos esenciales son lmite a la soberana del Estado, incluso a sus potestadeslegislativas y constituyentes: Siempre que un convenio internacional se refiera a leyes internassin calificar en forma alguna esa expresin o sin que de su contexto resulte un sentido msrestringido, la referencia es para toda la legislacin nacional y para todas las normas jurdicas decualquier naturaleza, incluyendo disposiciones constitucionales

    - EL sentido de la existencia del derecho internacional de los DDHH es transversalizar y hacertarea comn de la humanidad su proteccin: Privar de manera ilegtima de la libertad a

  • 8/4/2019 Instituciones del Estado de Derecho Contemporneo: Derecho Constitucional I - ngela Vivanco/Jaime Jaa

    21/74

    cualquier ser humano y someterlo a penosas condiciones fsicas de detencin esmanifiestamente incompatible con la Carta de las Naciones Unidas y con los derechosfundamentales enunciados en la Declaracin Universal de derechos humanos.

    - La aplicabilidad de estos tratados y de las interpretaciones efectuadas sobre ellos en instanciasinternacionales, por los tribunales internos de los estados, supera las limitaciones del derecho

    local para otorgar proteccin a los DDHH: como fuente de derecho, los informes y las opinionesde la Comisin Interamericana constituyen criterios jurdicos de ordenacin valorativa para losestados miembros que deben tomar en cuenta razonadamente para adoptar decisiones en elderecho interno con miras a armonizarlas en todo lo posible con aquellos criterios establecidospor la Comisin:

    Chile no tiene una norma de incorporacin automtica de los tratados y por eso se ha generado unconcepto sui generis de bloque de constitucionalidad

    El artculo 5 de la carta fundamenta reconoce el valor de los tratados sobre derechos humanos perono resuelve por s su adecuacin jerrquico normativa.

    Ello ha dado lugar a la jurisprudencia dismil y a la existencia de fallos que consideran unos derechosms importantes que otros. Las reformas constitucionales de 2005 sobre tratados internacionalesmantuvieron la situacin precedente: qurum de ley y examen de constitucionalidad asociado conello. La reforma de la constitucin para aprobar el Estatuto de Roma evidencia la mantencin delcriterio de superioridad constitucional formal.

    Bloque de Constitucionalidad

    conjunto normativo que contiene disposiciones, principios o valores materialmente constitucionales,fuera del texto de la Constitucin documental y que se adosa a l en un concepto de constitucin

    material. Est integrado por: Los tratados internacionales que consagran derechos fundamentales;normas con rango de ley que representan parmetros de validez para analizar los preceptossometidos a control de constitucionalidad; hay quienes incluyen adems la jurisprudenciainterpretativa de los tratados referidos en el primer punto.

    Importancia del Bloque de Constitucionalidad

    El bloque de constitucionalidad es pues uno de los elementos bsicos para realizar un juicio deconstitucionalidad ya que irradia un criterio interpretativo y aplicativo que ningn operador jurdicodebe dejar de considerar. Favorece adems la adaptacin histrica de las constituciones a nuevasrealidades sociales y polticas, mantiene el dinamismo de los textos constitucionales, que se

    convierten por tanto en documentos vivientes.

    Efecto del Bloque de Constitucionalidad

    1 Constitucin y normas incorporadas al bloque, particularmente tratados internacionales sobreDDHH

    CLASE DEL MARTES 5 DE ABRIL

    El cuarto elemento del Estado:

    EL DERECHO.-el elemento normativo.

    Ya vimos elemento poder, territorio, y humano. Ya slo queda el fin del estado.

  • 8/4/2019 Instituciones del Estado de Derecho Contemporneo: Derecho Constitucional I - ngela Vivanco/Jaime Jaa

    22/74

    Este elemento del estado, tiene que ver con la funcionalidad de crear determinadas instituciones, el findel estado, es el bien comn, y cmo se alcanza? Con el orden. Estas reglas ordenadoras nos permitenorganizar la sociedad. Las normas son de variadas clases, de conducta, de costumbre, y hay otras quepor su particular relevancia para el estado, implican que este tome participacin en su ejercicio. Ciertasleyes, no estn descritas por la naturaleza, y deben ser hechas acatar por alguien, y este alguien es el

    estado. Estas normas jurdicas constituyen el Derecho.

    Cuando hablamos de derecho hablamos desde el derecho subjetivo (del sujeto) que constituyen underecho real. Hasta cmo podemos apreciar el fenmeno del derecho. Derecho es el ordenamientojurdico.

    Podemos apreciar el concepto del derecho desde varias perspectivas, el derecho es un hecho social,constatable de las ms diversas formas. El derecho ordena las relaciones sociales.

    Derecho como realidad jurdica puede ser visto desde tres perspectivas.

    Primero como una norma en particular, o sea cuando yo aplico una norma en especfico, por ejemplo, seaplican las normas del contrato compraventa del cdigo civil, cuando paso el pase escolar por elvalidador. Adquiero un derecho por la aplicacin de una norma. Se dice que es un bien mueble, y que elacto es consensual. La norma jurdica es justamente esta regla de comportamiento, a la cual el estadodota de obligatoriedad con/por el ejercicio de la soberana.

    Quienes pueden dictar aquella norma, son aquellos organismos facultados para tales acciones. Qudeterminada conducta genere determinado efecto jurdico, porque as lo determina la constitucin.

    1.- El derecho como norma Jurdica

    2.- El derecho como ordenamiento jurdico

    3.- El derecho tambin implica un valor.

    3 Es decir el derecho visto desde la perspectiva de alcanzar la justicia. Este sistema, debe ser unconjunto de normas que armnicamente aplicadas conduzcan a un ideal de justicia. Y la norma debe seraplicada de un modo que tambin conduzca a la justicia. En consecuencia, la aplicacin del derecho debeestar inspirada en atender a un fin justo, es decir, lo suyo de cada uno. EL diseo del ordenamientojurdico y su aplicacin prctica deben tender a la justicia. No se debe obedecer la regla injusta.

    El estado es la institucin y el rgano en quien se deposita el ejercicio de la soberana, y es quien debedictar las normas de carcter general y obligatorio.

    El estado se comporta de dos modos frente al fenmeno del derecho, por un lado es el creador de lanorma, y en segundo lugar es el primero en ser llamado a someterse al derecho por el creado.

    El estado como creador de la norma, es, el creador de la norma positiva.

    La presuncin de conocimiento es porque as se hace obligatoria.

    El estado es activo al crear la norma, y pasivo al ser sbdito de la misma.

    Por lo tanto el que el estado (figura moderna del soberano) se someta a la norma ha sido una victoria quefinalmente se logra tras aos y siglos de lucha.

  • 8/4/2019 Instituciones del Estado de Derecho Contemporneo: Derecho Constitucional I - ngela Vivanco/Jaime Jaa

    23/74

    As finalmente, el derecho es igual al Estado de Derecho: situacin en la que se encuentra un estado,donde el derecho (la norma jurdica) se aplica tanto al gobernante como al gobernado. As se concibe alelemento jurdico como un elemento del estado, en cuanto el derecho es garanta para el gobernado y unlmite al ejercicio del poder.

    CLASES DE ESTADOS DE DERECHO.-

    1 El estado de derecho liberal.-

    El derecho como herramienta para asegurar el respecto de los derechos y libertades que tienen laspersonas. Y se exige que esto sea garantizado por el Derecho a la vida, libertad de expresin, derecho amovimiento, libertad de expresin. Libertad, igualdad, fraternidad. Fundamentalmente en el siglo 19cuando se consolida el estado de derecho liberal, lo que se produce en Alemania, y que persigueprincipalmente la limitacin del poder del monarca. Busca entonces que las funciones del estado se

    separen. Por lo que se busca que esas funciones que estaban concentradas en un solo individuo sedesconcentren, y sean radicadas en rganos distintos del mismo estado. En segundo lugar se busca quela norma jurdica (fundamental) o sea que la ley sea un acto propio de la soberana popular. Que lasleyes fuesen dictadas por asambleas nacionales que fuesen representativas de los distintos sectores.Que se creasen congresos nacionales que detentaran la facultad de dictar normas legales. En tercerlugar, que el lmite para el legislador, fuese el respeto de los derechos y las libertades fundamentales delas personas. Un estado de derecho que se concentra en proteger al particular, es un estadoabstencionista que no se mete en lo que hacen los privados. Y en consecuencia materializa el conceptode estado de derecho liberal dndole plena libertad a la gente, para que le vaya muy bien o muy mal. Sialguien se arruina la vida es porque no pudo hacer ejercicio de su libertad de forma correcta.

    Entonces se produce una evolucin, del estado de derecho liberal a uno social de derecho.

    2 Estado Social de Derecho.-

    Se define no en contraposicin al liberal, sino como una correccin al mismo. No cambia la direccin delderecho. No niega nada de lo mencionado. Sin embargo dice que constituye un DEBER del estadoproteger a sus habitantes. *Ley de la silla.- Determinadas relaciones de orden privado, pasan a ser deorden pblico. *Relacin de subordinacin, sin contrato, prestaciones sociales, y con sueldo subjetivo.Multa estado, AFP, ms pagar todas prestaciones sociales de una. JORGE*

    As este estado se traduce en el reconocimiento de derechos sociales, y no slo los civiles y polticos,

    adems los econmicos.

    Pgina 230 del libro!

    *Relaciones entre Estado y Derecho

    // El estado define al derecho

    // La sancin del Derecho

    // Estado de derecho: Liberal, Social

    // Estado de derecho Justo (requisitos)Taller de recepcin del derecho internacional en Chile.

  • 8/4/2019 Instituciones del Estado de Derecho Contemporneo: Derecho Constitucional I - ngela Vivanco/Jaime Jaa

    24/74

    Debemos partir por considerar tal vez, que los derechos humanos no son tan universales como todospensamos. El orden internacional es una idea, incluso la ONU no tiene la capacidad de imponerse sobrelos estados. La universalizacin de los derechos humanos va en aumento, y por esto existen estos

    rganos supranacionales para cuando el estado no tiene capacidad de ejercer jurisdiccin respecto de lassituaciones que pasen a llevar a los derechos humanos.

    Algunos casos

    Caso 1. Informacin pblica.

    1998: ONGs reclaman ante Comisin Interamericana de Derechos Humanos por omisin de informacindel Comit de Inversin Extranjera respecto del proyecto de reforestacin Ro Cndor de la empresaTrillium por considerar que era confidencial.

    En la medida en que los ciudadanos se vuelven capaces de fiscalizar las acciones del estado (mediante

    estos aparatos supranacionales) es ms fcil aumentar la calidad de las cosas.

    La Comisin de Inversin Extranjera, es la contra parte del estado cuando una empresa internacionalquiere invertir en el pas, busca dar ciertas garantas y seguridades a la empresa en cuestin.

    En la corte interamericana se dijo que se habra vulnerado el art. 13.1 de la Convencin AmericanaDDHH de libertad de pensamiento y expresin. Es decir que Chile al haber permitido la situacin encuestin, habra vulnerado un tratado internacional vigente.

    La comisin consider que el Estado Chileno infringi su obligacin respecto del tratado, es decir, pas allevar la clusula de derecho a la informacin y expresin.

    As el ao 2005 se produjo una reforma constitucional, que introdujo el principio de la Transparencia yProbidad en el artculo octavo de la constitucin, es decir en las bases de la institucionalidad del estado,por lo que el artculo permea a todo el mbito jurdico del pas.

    Y el ao 2008 la ley n 20.285 de Transparencia en la Funcin Pblica y de Acceso a la informacinPblica, que tena por finalidad aumentar la transparencia respecto del gasto y accin fiscal. Porque lagran finalidad de mayor transparencia es que todos podamos ser rganos fiscalizadores, y por ende queexistan menos instancias posiblemente injustas o antidemocrticas. La ley crea el Consejo Para latransparencia, rgano que decide qu debe ser publicado y que puede elegir no.

    Caso 2. Libertad de Expresin

    1997: Corte Suprema prohbe la exhibicin pblica de la pelcula la ltima Pasin de Cristoconfirmando decisin del Comit de Calificacin Cinematogrfica.

    Se considera dicha pelcula daa la honra de Jesucristo y sus seguidores, como persona natural.

    2001: contra sentencia de Corte Suprema se recurre ante Corte Interamericana DDHH, por que Chilehabra violado el Art. 13.1 de garanta de libertad de expresin y derecho a la informacin.

    Dicha corte considera que el estado Chileno vulner la libertad de conciencia y expresin

  • 8/4/2019 Instituciones del Estado de Derecho Contemporneo: Derecho Constitucional I - ngela Vivanco/Jaime Jaa

    25/74

    El ao 2001: reforma constitucional elimina sistema de censura previa, cambindolo por un sistema decalificacin. Se recomienda entonces a los padres qu pelculas son todo espectador, mayor de 18, +14,+12, +16 etc.

    INVESTIGAR CNTV Y SUS SITUACIONES ACTUALES. Respecto del club de la comedia se puede

    decir que la situacin ya no es de censura previa, sin embargo, con el CNTV se pueden realizar quejasrespecto del contenido de los programas.

    Para poder ser calificado de Censura debe ser un rgano estatal el que acte.

    Caso 3. Estatuto de Roma.

    1998: gobierno chileno suscribe al Estatuto de Roma. Chile delega poder en la Corte Criminalinternacional, que juzga delitos de lesa humanidad.

    2002: Tribunal Constitucional falla a favor de requerimiento de inconstitucionalidad presentado por grupode diputados contra el estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional. Sealan que la Constitucin no

    puede modificarse de otra forma que la establecida en ella.

    Para aprobar Estatuto, haba que modificar la constitucin primero. En mayo 2009, Reformaconstitucional agrega artculo transitorio que permite reconocerle jurisdiccin al tratado.

    Luego en Julio de 2009, el decreto n 194 Ministerio de RREE promulga estatuto de Roma.DISPOSICIN VIGSIMO CUARTA TRANSITORIA.

    El tratado tiene dos efectos, zanja el tema de si los tratados internacionales estn por sobre o no de laconstitucin. O sea que el tratado debe agregarse y modificarse en relacin a la constitucin en cuestinpara poder ser partcipe y aplicarse en el pas. Lo que nos lleva a decir que la constitucin est por sobre

    el tratado internacional.

    Y por otro lado lleva a zanjar la discusin respecto del tema de los derechos fundamentales y los delitosde lesa humanidad. Estos tratados jurdicos sealan que ciertos delitos son imprescriptibles, que la accinpara percibirlos nunca muere, lo que est en contradiccin con lo dispuesto en la constitucin, puesto queesta dice que ciertos delitos despus de un tiempo prescriben.

    QU ASPECTOS DE LOS TRATADOS PUEDEN GENERAR PROBLEMAS RESPECTO DE LODISPUESTO EN LA CONSTITUCIN? Leer documento jurdico vigente entregado

    CLASE DEL MIRCOLES 6 DE ABRIL

    El elemento normativo

    Es el cuarto elemento del estado

    Fin del estado: Bien comn, lo que se traduce a la larga en orden.

    La sociedad se organiza a travs de normas que pueden ser, conductuales, consuetudinarias, etc.Adems se caracteriza con la funcionalidad de crear una institucin, ya que el elemento normativo ayudaal estado a alcanzar su fin (bien comn, orden).

    Las normas jurdicas constituyen el derecho.

  • 8/4/2019 Instituciones del Estado de Derecho Contemporneo: Derecho Constitucional I - ngela Vivanco/Jaime Jaa

    26/74

    Derecho subjetivo (derecho de propiedad): es el que yo tengo de exigir que se me pague lodebido. Si el derecho es lo suyo de cada uno, el derecho subjetivo es que se me d lo modebido.

    Derecho: es un hecho socia. Ordena las relaciones sociales. Como realidad jurdica: Regla de comportamiento al cual el estado dota de obligatoriedad.

    1) Norma en particular (positiva) se dicta a travs de un procedimiento y se encuentra dentrode los mrgenes de la constitucin.

    2) Ordenamiento Jurdico (lo macro) Conjunto de normas dictadas por el estado.3) Derecho como prerrogativa personal: derecho y regla establecida entre las partes: contrato.

    Derecho como valor: ideal: alcanzar justicia.1) Conjunto de normas que armnicamente deben conducir al sentido de la justicia.

    Derecho de rebelin: *El derecho de rebelin, derecho de revolucin o derecho a la resistencia esun derecho reconocido a los pueblos frente a gobernantes de origen ilegtimo (no democrtico) o que

    teniendo origen legtimo (democrtico) han devenido en ilegtimos durante su ejercicio, que autorizala desobediencia civil y el uso de la fuerza con el fin de derrocarlos y reemplazarlos por gobiernos queposean legitimidad. 9

    Escuela naturalista vs. Escuela Positivista

    Positivistas: si las leyes son del Estado, no importa su valoracin, lo importante es su cumplimiento yobligatoriedad.

    El estado es el rgano en donde se deposita la soberana y por lo tanto es este el que debe dictar lasnormas generales y obligatorias.

    Normas dictadas por el estado: Creador de la norma; Primer llamado a someterse al derecho.

    - Sujeto activo: creando norma- Sujeto pasivo: sometindose al derecho

    Figura moderna de soberano que se somete a normas es una lucha que ha existido desde que existe elhombre, aunque hoy parezca muy natural.

    Estado de derecho: Situacin en la que se encuentra el estado, en la cual la norma jurdica es aplicadapor igual tanto a gobernante como gobernado. Esto es da garantas para los derechos de las personas, yadems limita los aspectos en los que se puede mover el poder.

    Clasificacin:

    Estado de Derecho LiberalPersigue que el estado garantice los derechos y libertades de las personas.Siglo XIX -> consolidacin del estado de derecho liberal (Alemania)1) Separacin de poderes2) Ley como acto propio de la sociedad (congresos)3) Lmites al legislador -> derechos y respetos del individuo (defecto: no se meten en temas

    sociales) Estado social de derecho

    9Wikipedia, al 23 de mayo del 2011, 19:49, http://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3n

    http://es.wikipedia.org/wiki/Derechos_humanoshttp://es.wikipedia.org/wiki/Pueblohttp://es.wikipedia.org/wiki/Desobediencia_civilhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Desobediencia_civilhttp://es.wikipedia.org/wiki/Pueblohttp://es.wikipedia.org/wiki/Derechos_humanos
  • 8/4/2019 Instituciones del Estado de Derecho Contemporneo: Derecho Constitucional I - ngela Vivanco/Jaime Jaa

    27/74

    - No est en contraposicin, es una correccin de los defectos sociales del mencionadoanteriormente.

    - Considera deber del estado proteger a los habitantes.- Se traduce en reconocimiento: de los derechos econmicos y sociales (Derecho a la educacin,

    salud, previsin social, etc.)

    - El estado reconfigura el Derecho para crear normas de orden pblico (ejemplo: cdigo deltrabajo).

    Estado de Derecho Justo- Sistema jurdico que logra contener el uso del poder y contener el abuso de la libertad

    consiguiendo espritu de justicia.

    CLASE DEL JUEVES 7 DE ABRIL

    Lmites al poder

    Teora de separacin del poder:

    Derecho limita al poder que se ejerce conforme a las normas jurdicas.

    El derecho busca generar parmetros. Cmo una persona puede llegar a gozar de poder? Cmo segeneran las autoridades?

    En el Estado moderno, las autoridades se designan por votacin popular y por designacin directa.

    Cules son los rganos en que el poder se ejerce?

    Facultades de los rganos: Slo pueden hacer aquello que se les est permitido hacer (pblico) -> se

    superpone al mbito de lo privado.

    Privado -> libertad/ Principio de autonoma de la libertad (a excepcin de aquello que la ley prohbelegalmente).

    Pblico: principio de legalidad.

    Contralora general de la repblica -> se le puede consultar sobre la interpretacin de las leyes para nocometer ilegalidades.

    Relacin de rganos entre s (Ejemplo: presidente no puede decirle a la corte suprema que dicte tal fallo

    porque le favorece).Mtodos de accin recproca

    En EEUU frenos y contrapesos. Por ejemplo, interpelar al ministro de estado.

    Como se hacen valer las responsabilidades de los rganos del estado. Estado -> obligaciones deservicio (a raz de la desventaja en que se encuentran los particulares frente al estado.)

    Principio de separacin de poderes

    1) Como ser ms eficiente actuar para el estado

    http://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3n
  • 8/4/2019 Instituciones del Estado de Derecho Contemporneo: Derecho Constitucional I - ngela Vivanco/Jaime Jaa

    28/74

    2) Como asegurar que el poder no sea absolutoDistintas funciones que el estado debe desarrollar (Poderes del estado)1) Ejecutiva: Mandan los polticos o gobierno, tiene que ver con la administracin de los

    recursos de las personas. Gobierno y administracin. Por ejemplo, presidente de larepblica.

    2) Legislativa: dictacin de la ley, entendindolo como toda norma judicial y obligatoria queestatuye las bases del ordenamiento jurdico. CoLegisladores, congresistas y presidente.

    3) Judicial: orden de justicia, conocer las causas, lmites elementales, juzgar y hacer ejecutar lojuzgado.

    No se le dice poderes del Estado, porque el poder es slo uno, (la soberana es indivisible, el poder esindivisible). El estado responde por todo aquello que suceda bajo sus lmites. Realmente son funciones, yes que lo que hacen es cumplir funciones.

    Evolucin Histrica

    John Locke> Pacto social; hombre en estado natural debe pasar al estado social, a travs de un pacto. Elprimer que tiene un concepto parecido al actual. Es un precursor. Cree que el ejecutivo y el judicial debenestar juntos en la monarqua. Debe haber concepto de juez, ligado al rey, pero distinto de este, puestoque si quien te juzga y gobierna es el mismo, se vuelve al estado natural. Separa la funcin legislativa,plantea la idea de que se suponga la ley conocida por todos.

    Montesquieu> Es evidente que el poder corrompe, pero es generalmente claro que el poder absolutocorrompe absolutamente Conviene que las funciones del estado estn separadas, ya que as son mseficientes. Las funciones deben ser ejercidas por distintos rganos, y debe haber pesos y contrapesosentre los mismos.

    Funcin contralora -> rgano especficamente encargado de hacer controles. Es referente al mbitopatrimonial y normativo. En chile esos son la contralora general de la repblica y el tribunal constitucional(que controla que todo est acorde a la constitucin y que las leyes, tratados y otros, no se contradiganentre s.)

    Funcin Constituyente-> Facultad de dictar nueva constitucin, de modificar o reformar lo ya existente, loque es hecho en chile por los mismos rganos colegisladores. (Presidente + Congreso).

    Entonces en chile ahora existen 5 funciones del Estado.

    CLASE DEL MARTES 12 DE ABRIL

    Derechos Humanos

    Son una limitacin al poder poltico.

    1) Territorio: estado solo puede ejercer poder en su soberana.2) Derecho (lmite por antonomasia): se basa en el reconocimiento de derechos a las personas, lo

    que consecuencia la idea de que el ser humano es un ser racional y con voluntad por lo que eslibre. La nocin del bien ms la posibilidad de perseguirlo libremente nos dota de dignidad. Elestado ve limitado el ejercicio del poder respecto de estos derechos. Por otro lado no sloconsigue un ejercicio legtimo de poder, sino tambin la promocin y cumplimiento de estos

    derechos.Evolucin Histrica de los DDHH

    http://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3n
  • 8/4/2019 Instituciones del Estado de Derecho Contemporneo: Derecho Constitucional I - ngela Vivanco/Jaime Jaa

    29/74

    Edadmedia

    Edadmoderna

    Declaracinfrancesa

    Declaracinuniversalde losderechoshumanos.

    Actualidad

    - Derechos fundamentales: invocacin a los derechos que son ms propios a la humanidad,importancia en un sentido filosfico, necesidad de reconocer un mnimo de derechos a loshumanos, por el solo hecho de serlo.

    - Derechos del hombre: derechos econmicos, sociales y culturales; declaracin francesa DDHH.El hombre como titular de derechos.

    - Derechos naturales: Derechos que le son debidos al hombre en razn de su propia naturalezahumana

    - Derechos innatos: de inspiracin iusnaturalista; se refieren a derechos inherentes o adheridos alhombre, que nacen con l; y que por lo mismo, existen a antes de que el Estado los reconozca,El Estado no otorga estos derechos, slo le compete confirmarlos o reconocerlos.

    - Derechos de la persona humana: tiene un matiz filosfico en cuanto al titular de los derechos, elhombre es, ontolgicamente una persona. En cuanto contenido, equivale a derechos del hombreo derechos humanos.

    Definicin: derechos fundamentales que el hombre posee por el hecho de ser hombre, porsu propianaturaleza y dignidad, derechos que le son inherentes y que, lejos de nacer de una concesin de lasociedad poltica, han de ser por sta consagrados y garantizados.10

    En su evolucin recin se estudian a partir de la Edad Media (quizs Grecia y Roma, aunque muylimitado).

    Carta Magna-> 1215, pacto entre el Rey Juan, y sus nobles donde se establecan clusulas entre elmonarca y sus individuos, se escriba el derecho consuetudinario. Slo posee un contra (nobleza y clero).

    En la escuela moderna, la burguesa se hace muy poderosa, Locke y Coke hacen interpretacin de lacarta magna para inducir a personas que no eran nobles o del clero.

    -Habeas Corpus (1679) -> se extiende a nmero indeterminado de personas, no a todas, el derecho a unjuicio justo y un arresto con fundamento plausible.

    -Bill of Rights (1689) -> carta magna plenamente aplicada a todos los sbditos.

    En 1776 en la independencia de USA aparece la constitucin ms antigua del mundo. En 1789 en larevolucin francesa aparecen los derechos del hombre. Son los fundamentos del estado de derecholiberal. Era un estado neutro, que no se meta ni ayudaba a las personas, lo que provoc numerosasdesigualdades.

    CLASE DEL MIRCOLES 13 DE ABRIL

    Leer pgina 122 a 133

    10 Truyol y Serra, Antonio: Los derechos humanos: Declaraciones y convenios internacionales. (Madrid,Editorial Tecnos, 1984) p.11.

    http://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3n
  • 8/4/2019 Instituciones del Estado de Derecho Contemporneo: Derecho Constitucional I - ngela Vivanco/Jaime Jaa

    30/74

    Los conflictos de derechos.-

    Los derechos humanos estn en permanente evolucin. *existen generaciones de derechos (?)Presumir que las generaciones de derechos tienen que ver con la importancia, eso es un ERROR.Cuando se habla de generaciones de derecho, se habla de una temtica de surgimientos paulatinos de

    bloques de derechos, de acuerdo a los contextos, temporales, intencionales, etc.Por ejemplo, los derechos de primera generacin, son los relacionados con el ideario liberal, por lo queaqu se encuentran, los relativos a la expresin, libertad, derecho a propiedad, etc. Se identifican con elconcepto liberal, que el sujeto ms que sbdito sea un ciudadano, con libertades, derechos y deberes.Sin embargo estos resultaban no ser suficientes debido a los problemas sociales, porque si yo no tengorecursos para ejercer mi libertad de expresin, necesito que alguien me los garantice. En definitiva sellega a la conclusin de que la libertad no basta para satisfacer al ser humano, y es por esto que segeneran los derechos de segunda generacin, que corrigen la idea de moverse en el mbito de la puralibertad (derecho a la educacin, etc.). Sin embargo, eventualmente se llegaba a la conclusin de que noslo existan derechos personales, si no que existen derechos colec