MUNICIPALIDAD VÁZQUEZ DE CORONADO Central telefónica: 2216 0718 Fax: 2229-4578 AUDITORÍA INTERNA Correo: [email protected]AI 003/2018 24 de mayo, 2018 noviembre…………… INFORME SOBRE LOS RESULTADOS DEL ESTUDIO EFECTUADO EN RELACIÓN CON LA LIQUIDACIÓN DE INGRESOS Y EGRESOS DE LA COMISIÓN DE FESTEJOS POPULARES 107 AÑOS DEL CANTÓN VÁZQUEZ DE CORONADO. 2018
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INFORME SOBRE LOS RESULTADOS DEL ESTUDIO EFECTUADO EN ...
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La información se entregó a esta Auditoría interna desorganizada y sin controles adecuados. No
se presentó un control de acuerdos ni de correspondencia, por lo que esta Auditoría debió trabajar
en organizar dicha información, previo a su revisión y análisis.
No se presentaron a esta Auditoría los informes necesarios para llevar a cabo la revisión y análisis correspondiente, por lo que se debió buscar en las actas de la Comisión el informe final y
en la documentación física la información necesaria, elaborar cédulas de trabajo y con base en
esta documentación, determinar la razonabilidad de los ingresos y gastos.
Algunas respuestas a consultas planteadas por esta Auditoría Interna fueron presentadas
tardíamente, lo que retrasó el proceso de revisión que se llevaba a cabo.
1.7. En vista de lo anterior, no fue posible para esta Unidad de Auditoría Interna, dar cumplimiento al
artículo 1 de la Ley 4286 el cual indica: “La auditoría o la contaduría municipal tendrán un plazo
de sesenta días, como máximo, para revisar la liquidación y trasladarla al concejo”.
2. RESULTADOS
2.1 De conformidad con el estudio realizado sobre los festejos populares por los 107 años del cantón
Vázquez de Coronado, se observaron algunas debilidades de control las cuales se mencionan a
continuación:
Reglamento para la Comisión de Festejos Populares del Cantón de Vázquez de
Coronado.
2.2 La Municipalidad no cuenta con normativa interna que regule los festejos en el Cantón. De
conformidad con la investigación efectuada por esta Auditoría, se observó que en la Gaceta 72
del 14 de abril del 2014 se publicó una propuesta de reglamento, el cual indica en artículo 24: “El
presente reglamento rige a partir de su publicación en el diario oficial La Gaceta, una vez
aprobado por el Concejo Municipal, previa consulta pública no vinculante, conforme lo
estipulado por el artículo 43 del Código Municipal”.
2.3 Manifiesta la abogada adjunta en oficio LE-202-017-2018 su desconocimiento con respecto a la
segunda publicación, la cual daría efecto jurídico para terceros.
2.4 Al respecto, indica la secretaria del Concejo Municipal en oficio CM-100-143-18 que su última
publicación se realizó en La Gaceta 72 del 14 de abril del 2014 y después de éste no se registra
ninguna otra. Cabe mencionar que el Concejo Municipal no aprobó ni llevó a cabo la publicación
del citado reglamento.
2.5 El artículo 15 de la Ley General de Control Interno manifiesta que serán deberes del jerarca y de
los titulares subordinados, entre otros, documentar, mantener actualizados y divulgar
internamente, las políticas, las normas y los procedimientos de control que garanticen el
cumplimiento del sistema de control interno institucional y la prevención de todo aspecto que
Actas de la Comisión de Festejos por la celebración del 107 aniversario del
Cantón Vázquez de Coronado.
2.11 De conformidad con la revisión efectuada a las actas de la Comisión de Festejos, se observaron
las siguientes debilidades de control:
Las actas no se encuentran empastadas en un libro. Las mismas fueron entregadas en un fólder a
esta Auditoría Interna para su revisión.
La Auditoría Interna llevó a cabo la apertura del libro el 19 de octubre del 2017, sin embargo, la primer acta impresa presenta fecha 4 de octubre del mismo año, lo que indica que se realizaron
actas antes de proceder con la legalización del libro.
Se observaron errores de impresión en el libro de actas de esta Comisión, según se detalla a continuación:
Folios Actas
1 Apertura del libro de actas, realizado por la Auditoría Interna el 19 de octubre del
2017.
2-29 Se imprimieron del acta ordinaria 01-2017 a la 12-2017.
30 Se encuentra en blanco.
31-38 Fueron anulados.
39-50 Fueron impresas el acta ordinaria 13-2017 y las actas extraordinarias 01-2017 y 02-
2017.
Las actas 06-2017 y 07-2017 presentan un error en el párrafo inicial con respecto al número de sesión, dado que se indica que inicia la sesión ordinaria 05 de la Comisión de Festejos 2017.
Existen diferencias entre los miembros presentes según consta en algunas de las actas y la lista de asistencia; así por ejemplo, en el siguiente cuadro se muestran esas diferencias:
No. de acta Presentes según acta Según lista de asistentes
02-2017 4 miembros presentes 3 miembros presentes, la secretaria se encuentra
ausente.
10-2017 Todos los miembros presentes 4 miembros presentes, el tesorero se encuentra
ausente.
12-2017 Todos los miembros presentes 4 miembros presentes, el tesorero se encuentra
ausente.
13-2017 Todos los miembros presentes 4 miembros presentes, el tesorero se encuentra
ausente.
No se encontró evidencia en actas de que existiera deliberación por parte de los miembros de la Comisión de diferentes temas y contrataciones referentes a la actividad que se planeaba. Así por
ejemplo, se acordó contratar a algunos grupos artísticos y musicales, no obstante, no se encontró
en actas la propuesta, ni los grupos que eventualmente se podían contratar. Se llevó a cabo la
solicitud de los permisos correspondientes, no obstante, no quedó evidencia en actas quién
llevaría a cabo el proceso, se contrataron diferentes proveedores, pero en muy pocas ocasiones se
delibera acerca de los posibles oferentes para realizar estas actividades. Las actas, en su mayoría
reflejan directamente el acuerdo de pago, no obstante se omite el proceso de negociación. Por
otro lado, no se documenta en actas las gestiones llevadas a cabo para contar con los permisos
necesarios para llevar a cabo el evento con las diferentes instancias que así lo requieren.
Se observaron acuerdos con alguna inconsistencia en su contenido, así por ejemplo, mediante acuerdo 2017-06-02 la Comisión acuerda contratar a la Cimarrona Costa Rica y con el acuerdo
2017-06-03 acuerda contratar la Marimba Los Domingueños para una presentación el 15 de
noviembre; en la sesión 07-2017 se toman dos acuerdos para contratar los mismos profesionales
en la misma fecha, pero con el patrocinio de Coopealianza, no obstante, no derogaron los
acuerdos tomados en la sesión anterior.
De acuerdo con el contenido de las actas, no se recibieron informes periódicos de Tesorería con
los movimientos de ingresos y egresos respectivos. Únicamente se observa un informe final
presentado en la sesión 13 del 9 de enero del 2018. Esta Auditoría considera que como una sana
práctica, el tesorero debería brindar informes periódicos a la Comisión, con el fin de llevar un
control y monitoreo de los gastos que se van realizando durante el desarrollo de los festejos y
tomar decisiones al respecto.
Las actas mencionan en los acuerdos tomados, las contrataciones que se iban a llevar a cabo para el desarrollo de las diferentes actividades, a saber, grupos musicales y artísticos, alimentación,
compra de camisetas, artículos varios, alquileres de sillas y mesas, tarimas, entre otros, sin
embargo, no consta en actas que se haya llevado a cabo procesos de contratación conforme lo
establece la normativa aplicable al sector público en materia de contratación administrativa.
No existe claridad con respecto al manejo que se debe dar tanto a los patrocinios como a las donaciones y regalías recibidas por la Comisión para el desarrollo de los festejos en el Cantón.
Así por ejemplo en el acta 7 de la Comisión se menciona el patrocinio de Coopealianza por
¢400.000 para el pago de algunos grupos artísticos, la cual canceló directamente a los grupos
contratados; otro caso refiere a la adquisición de un potro en ¢300.000 para la premiación del
tope el cual fue cancelado directamente por Depósito de Materiales Irazú como patrocinador de
los festejos (acta 8). De igual manera, el Banco Nacional llevó a cabo un patrocinio por
¢5.000.000 entregados a la Comisión mediante recibo 015 y mencionado en el acta 10-2017 y el
Camposanto La Piedad aportó ¢300.000 mediante recibo 014, no obstante, no se indica en actas,
ni existe expediente en el cuál se indique en qué consiste el patrocinio y el costo beneficio. Por
otro lado en el acta 8 se menciona un ofrecimiento de la señora Sunny Calderón por ¢500.000,
sin embargo, este dinero no fue entregado a la Comisión y no quedó constancia de que este
aporte no se efectuó. De igual manera, la comisión recibió algunas donaciones y regalías para el
desarrollo de las actividades de los festejos, las cuales no constan en las actas, tal es el caso de
donaciones efectuadas por La Curacao, Gollo y Dos Pinos.
La mayoría de acuerdos de pago reflejados en actas, no registran el número de cheque o vale de
caja chica con el que se va a cancelar la erogación. A continuación se detallan algunos de estos
casos:
Sesión Acuerdo Detalle pago No. cheque Monto
07-2017 2017-07-11 Contratación y pago por transferencia de
comida y atención de desayuno para
compartir con la Comunidad.
No registra ¢600.000
09-2017 2017-09-02 Compra de silla que se quebró en
actividad del 15 de noviembre 2017.
No registra No
registra
09-2017 2017-09-03 Pago del 50% a los grupos musicales
(pago transferencia)
No registra 250.000
10-2017 2017-10-02 Alquiler de 37 mesas y 300 sillas
recepción Tope ( pago vale)
No registra 107.000
10-2017 2017-10-03 Alquiler de 1 toldo con paredes para el
desfile del Boyero.
No registra No
registra
10-2017 2017-10-06 Alquiler de 2 toldos sin paredes para
recepción del tope.
No registra No
registra
10-2017 2017-10-07 Gacillas para prensar los números de los
caballistas y boyeros.
No registra No
registra
10-2017 2017-10-09 Pago al señor Errol Arroyo confección de
cintas, afiches y banderines del tope.
No registra No
registra
10-2017 2017-10-10 Compra de 30 camisetas para
colaboradores del Banco Nacional por
participación como patrocinador.
No registra No
registra
10-2017 2017-10-12 Compra de comida para recepción de
Boyeros a Soda Lyss (Vale).
No registra ¢175.000
11-2017 2017-11-03 Compra de 17 kg. De carne para comida
de recepción del Tope.
No registra No
registra
11-2017 2017-11-12 Contratación de veterinario Fernando
Zúñiga para revisión de caballos de tope
solicitada por SENASA.
No registra ¢60.000
11-2017 2017-11-11 Cancelación de presentación de grupo
Son Mayor (transferencia)
No registra ¢250.000
No se encontró evidencia en actas de la firma de contratos con los diferentes participantes en las actividades llevadas a cabo en el evento. Solamente consta en el acta extraordinaria 01-2017
mediante acuerdo EXT 2017-01-02 de la firma de contrato con la persona a quien se adjudicó la
venta de chinamos en ¢19.000.000.
2.12 El artículo 56 de la Ley General de Administración Pública indica que de cada sesión se levantará
una (sic) acta, que contendrá la indicación de las personas asistentes, así como las circunstancias
de lugar y tiempo en que se ha celebrado, los puntos principales de la deliberación, la forma y
resultado de la votación y el contenido de los acuerdos.
2.13 Los errores anteriormente mencionados, podrían generar invalidez en los acuerdos tomados por la Comisión, por no cumplir con los requisitos establecidos en la normativa vigente.
Debilidades observadas en el control de la correspondencia enviada por la
Comisión.
2.14 De conformidad con la revisión efectuada a la correspondencia enviada por la Comisión de
Festejos a las distintas instancias en la organización de este evento se observó lo siguiente:
La correspondencia archivada en el expediente de “Correspondencia enviada” no se encuentra en
orden cronológico.
La correspondencia no se encuentra centralizada en dicho expediente; algunos oficios se encuentran en un expediente denominado “Documentos importantes” y otros están archivados en
un expediente denominado “Permiso de Ministerio de Salud”.
La Comisión no lleva un control de la correspondencia, por lo que se determinó la ausencia de oficios según su numeración.
El expediente de “Correspondencia Recibida” no refleja un seguimiento de la correspondencia
enviada. Al respecto, solo se observaron algunas respuestas emitidas por el Club Sport Uruguay y
la directora del Liceo Hernán Zamora Elizondo a oficios de la Comisión.
2.15 La norma 5.4 de las Normas de Control Interno para el Sector Público establece que el jerarca y
los titulares subordinados, según sus competencias, deben asegurar razonablemente que los
sistemas de información propicien una debida gestión documental institucional, mediante la que
se ejerza control, se almacene y se recupere la información en la organización, de manera
oportuna y eficiente, y de conformidad con las necesidades institucionales.
2.16 Las debilidades observadas en el manejo y custodia de la correspondencia generada por la
Comisión de Fiestas en la organización de los festejos populares podría originar que no se le
hubiera dado el trámite correspondiente a algunos de los oficios presentados.
Gestión de compras y contrataciones para el desarrollo de los Festejos.
2.17 Conforme a la evaluación de los procesos de contratación llevados a cabo por la Comisión de
Festejos en la organización de los festejos, se observó lo siguiente:
No se llevaron a cabo procesos de contratación conforme a lo establecido en la Ley de
No existen expedientes de contratación con la documentación que respalde cada una de estas
contrataciones.
En actas queda constancia de la aprobación de las contrataciones, no obstante, no se encontró evidencia de la deliberación o análisis por parte de los miembros de la Comisión, de las opciones
de proveedores para contratar.
No se encontró evidencia de la existencia de carteles de invitación a los diferentes proveedores. Se observaron algunos correos electrónicos enviados a diferentes proveedores los cuales se
mencionan a continuación:
Fecha Proveedor Bien o servicio solicitado Solicitante 12/11/2017 Entretenimiento
Universal Presentación Los Tenores Secretaria Comisión de
Festejos 20/11/2017 Alquileres de menaje
Olguita S.A Toldos y tarimas Secretaria Comisión de
Festejos
20/11/2017 GM Eventos Especiales Toldos y tarimas Secretaria Comisión de Festejos
6/12/2017 Protección Vital Seguridad Secretaria Comisión de Festejos
6/12/2017 Seguridad ISASECA S.A Seguridad Secretaria Comisión de Festejos
La mayoría de las contrataciones se llevaron a cabo de manera verbal, por lo que no es posible
observar documentación que respalde el proceso de contratación, de igual manera se observaron
algunas cotizaciones de contrataciones llevadas a cabo en las cuales la Comisión contó solamente
con una o dos alternativas para decidir por la mejor opción, las cuales se mencionan a
continuación.
Fecha Nombre del
proveedor
Bien o servicio cotizado Monto
cotización
Validez
oferta
13/12/17 La Kuarta Presentación grupo musical
La Kuarta
¢1.430.000 30 días
20/11/2017 Tekila Band Presentación grupo musical
Tekila Band
400.000 No indica
06/11/2017 Cimarrona y
mascaradas Costa Rica
Presentación cimarrona para
el 15 de noviembre 2017
90.000 No indica
30/01/2017 Seguridad Protección
Vital
Servicios de seguridad 700.000 No indica
06/12/2017 Seguridad ISASECA
S.A
Servicios de seguridad 725.000 No indica
20/11/2017 Alquileres de menaje Tarima, toldos y alas 2.120.000 No indica
21/11/2017 GM Eventos especiales Tarima y toldo 1.500.000 6-18 dic.
11/10/2017 Grupo Nación Espacio publicitario
(4.97x7.37 cm)
54.489 No indica
11/10/2017 Grupo Nación Espacio publicitario
(10.37x7.37 cm)
124.594.20 No indica
11/10/2017 Grupo Nación Espacio publicitario
(4.97x3.49 cm)
29.629 No indica
S/Fecha Diario Extra Afiche de precios varios Precios
varios
No indica
2.18 La Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento establecen los lineamientos que deben
llevar a cabo las instituciones públicas en los procesos de contratación de bienes y servicios. Al
ser la Comisión de Festejos una instancia nombrada por el Concejo Municipal para llevar a cabo
actividades propias del quehacer municipal, deberá desarrollar sus funciones en estricto apego a
esta normativa vigente.
2.19 La anterior situación podría generar que se hayan contratado proveedores que no califican dentro
de la gestión pública por su falta de apego a la normativa vigente, así como pérdidas monetarias
por llevar a cabo contrataciones al margen de la legislación.
Ingresos percibidos de los Festejos Populares.
2.20 De conformidad con la revisión efectuada a los ingresos percibidos por la Comisión durante la
ejecución de los Festejos Populares 2017, se determinaron algunas debilidades de control, las
cuales se mencionan a continuación:
Se observaron algunas inconsistencias en las fechas establecidas para el pago de la suma adjudicada por el remate de chinamos. De acuerdo con el acta extraordinaria 01-2017 del 9 de
noviembre del 2017, en la cual se llevó a cabo el remate de chinamos, se establece en el
documento del remate que: “El monto de la oferta adjudicada es por la suma de ¢19.000.000
(diecinueve millones de colones exactos) pagaderos en dos tractos. El primer tracto el día del
remate y la cancelación del saldo pendiente al 30 de noviembre de 2017, como fecha máxima”.
Asimismo, la cláusula segunda del contrato de adjudicación CF-CON-001-2017 indica: “ […] El
primer tracto el día del remate y la cancelación del saldo pendiente al 04 de diciembre de 2017,
como fecha máxima. No obstante, los pagos se efectuaron en las siguientes fechas:
De acuerdo con la información presentada en el Estado de Resultados de la Comisión de Festejos,
el ingreso percibido por la actividad del Tope fue de ¢2.939.000, sin embargo, en revisión
efectuada por esta Auditoría, algunos recibos no especifican que correspondan a ingresos
propios de esta actividad, los cuales se detallan a continuación:
Fecha No.
recibo
Monto Detalle según recibo
17/12/2017 101 ¢15.000 Patente ambulante
17/12/2017 102 15.000 Comida
17/12/2017 120 400.000 Donación Sr. Edgar Méndez
17/12/2017 229 155.000 Entradas recepción
Total ¢585.000
Según aclaran los miembros de la Comisión en la Comunicación de Resultados de este informe,
estos ingresos sí corresponden a la actividad del tope, por lo que sí deben tomarse en cuenta
como parte de los ingresos generados por este evento, sin embargo es importante que en cada uno
se indique para que el proceso de rendición de cuentas sea más claro para el ciudadano.
Algunas donaciones y patrocinios efectuados por establecimientos comerciales de la Comunidad durante la ejecución de los Festejos, no se reflejan en el informe final, entre ellos:
Comercio Destino del aporte Monto
Coopealianza Cancelación grupos artísticos ¢400.000
Depósito de materiales Irazú Cancelación de potro para premiación Tope 300.000
La Curacao Premiación (artefacto eléctrico) No indica
Gollo Premiación (artefacto eléctrico) No indica
Cabe mencionar que es de suma importancia que, aunque el dinero no haya ingresado
directamente a los recursos de los festejos porque estos comercios efectuaron directamente el
pago respectivo, deben quedar reflejados en el informe final de la Comisión, de tal forma que
queden revelados dichos aportes.
En acta de la Comisión se indicó que el monto a cobrar por la participación en el tope sería de ¢12.000, sin embargo, no se tomó ningún acuerdo al respecto. De la revisión efectuada se
observaron recibos por ¢12.000, ¢25.000, ¢40.000 y en algunos casos se indica que se omitió el
cobro por tratarse de invitados especiales.
2.21 La norma 4.5.5 de las Normas de Control Interno para el Sector Público establecen que El jerarca
y los titulares subordinados, según sus competencias, deben establecer, mantener, perfeccionar y
evaluar las actividades de control necesarias en relación con los bienes y servicios provenientes
de donantes externos, sean estos obtenidos bajo la modalidad de donación, cooperación técnica o
cooperación financiera no reembolsable. Lo anterior, de manera que sobre esos bienes o servicios
se ejerzan los controles de legalidad, contables, financieros y de eficiencia que determina el
bloque de legalidad. Como parte del control ejercido, deben velar porque tales bienes y servicios
cumplan con la condición de satisfacer fines públicos y estén conformes con los principios de
transparencia, rendición de cuentas, utilidad, razonabilidad y buena gestión administrativa.
2.22 La falta de revelación de información en los ingresos de la Comisión de Festejos podría generar
pérdida de confianza o falta de transparencia en la información que se divulga, así como error en
el monto de las utilidades estimadas por la Comisión.
Egresos generados en el desarrollo de los festejos en el Cantón.
2.23 La revisión efectuada a los egresos generados en el desarrollo de los festejos en el Cantón,
muestra las siguientes debilidades de control:
En la ejecución de los festejos populares, también la Municipalidad llevó a cabo otras actividades con recursos municipales. Según el detalle de egresos de la Comisión de Festejos, los gastos
llevados a cabo durante los festejos ascienden a ¢6.599.804, y los gastos de las actividades
llevadas a cabo por la Municipalidad son ¢8.107.107.75 según el siguiente detalle:
Cabe mencionar que en el Plan Anual Operativo (PAO) no queda claramente definido que estos
recursos iban a ser destinados para la ejecución de los festejos cantonales, o si se direccionaban a
otro tipo de eventos a realizar conforme a la meta establecida, por lo que se considera
conveniente definir en este documento el monto y actividad que se pretende realizar.
La Comisión no consideró entre los gastos generados durante el desarrollo de los festejos, el pago
de tiempo ordinario y extraordinario de los funcionarios municipales que participaron directa e
indirectamente en estos eventos. Así por ejemplo, la Unidad de Recursos Humanos suministró a
esta Auditoría un reporte de horas extra de funcionarios de la Policía Municipal, Estacionamiento
con boleta y Edificios que desarrollaron labores durante estas actividades. De igual manera, la Unidad de Obras y Servicios tuvo participación activa en este evento mediante el servicio de
recolección de desechos sólidos, no obstante, este tiempo laborado por estos funcionarios, no se
consideró dentro de los gastos generados.
Se observó que otros funcionarios municipales además de los de las áreas mencionadas llevaron a
cabo labores durante los festejos populares, no obstante, no se les cancelaron tiempos
extraordinarios. No queda claro ni existe documento que indique cuáles funcionarios iban a
laborar para los festejos para efectos que los cubrieran las respectivas pólizas y porqué a algunos
sí se les pagó y otros no este tiempo laborado.
Por otro lado, se omitió dentro de los gastos propios del evento realizado el pago extraordinario que debió llevar a cabo la Municipalidad por el incremento de desechos sólidos en el Cantón.
Según manifiesta el Coordinador de Servicios Públicos en oficio SP-251-014-2018 “No se llevó a
cabo un control o medición de desechos sólidos producidos durante dichas celebraciones, ni una
estadística del gasto generado por estos desechos ni el monto a que ascendió este servicio.
Manifiesta además que se cuenta con una estadística diaria, mensual y anual por el traslado y la
disposición final de los desechos sólidos, aunque no está seguro que pueda reflejar un incremento
ocasionado de los desechos sólidos durante los días festivos. Es por ello que esta Auditoría no
cuenta con elementos suficientes para determinar el costo de este servicio originado por los
eventos realizados durante los festejos.
Durante los festejos populares de noviembre y diciembre 2017, se adquirió una póliza de Responsabilidad Civil General por un monto de ¢2.347.840 la cual tenía una vigencia del
07/12/2017 al 17/12/2017. El documento expedido por el Instituto Nacional de Seguros indica
que la Municipalidad tendría 20 días hábiles para concretar el pago respectivo a partir de la fecha
de expedido este documento, sin embargo, a la fecha de este estudio dicha póliza no ha sido
cancelada. Cabe mencionar que esta erogación también afecta el monto de las utilidades
generadas de las actividades realizadas por esta Comisión.
Mediante cheque 14-1 se cancela la compra de 120 caballos de palo, gamarrón caballo, cordón
nylon grueso y Bozal caballo por un monto de ¢236.694 para la actividad para niños; no obstante,
este evento solamente generó ¢25.000 de ganancia. Es conveniente valorar qué tipo de
actividades podrían generar una utilidad que sea beneficiosa para el objetivo que se persigue
Algunos vales emitidos por la Comisión no se encuentran justificados, así por ejemplo se
observan facturas de compra de cebollinos, grapas 3/8, mortadela, queso, pollo, artículos de
oficina, guantes para limpieza, entre otras, que no justifican la razón por la cual se llevan a cabo.
2.24 El artículo 5 de la Ley 4286 “Nombramiento Comisiones de Festejos Populares” manifiesta que
“Todos los egresos deberán ser autorizados por la comisión, excepto en los casos que la comisión
sea integrada por funcionarios municipales, en cuyo caso los egresos serán autorizados por el
concejo municipal, según corresponda”.
2.25 En el oficio DAGJ-0885-2009, la Contraloría General de la República menciona: “[…] el servicio de recolección de desechos y otros que se citan, corresponden a un gasto, que si bien, ya
la Municipalidad tiene dentro de sus funciones esta labor, lo hace para la recolección de desechos
domésticos de la población que reside en el lugar. Mientras que cuando se lleva a cabo la
actividad económica de los Festejos Populares, esa actividad como tal, genera una demanda de
este servicio propia, que no puede compararse con la labor que ordinariamente ejecuta la
Municipalidad; por lo tanto, este gasto de recolección de desechos en las zonas en donde se
realizan los Festejos Populares y sus alrededores, es propio de esta actividad lucrativa. En
consecuencia, para poder determinar la utilidad o pérdida real que han generado los Festejos
Populares, este gasto debe ser tomado en cuenta al momento de hacer la liquidación y por ende,
disminuirlo de los ingresos generados en esa actividad.
Aprobación de egresos efectuados en la organización de los Festejos Populares.
2.26 El Concejo Municipal mediante acuerdo 2017-76-24 aprobó la conformación de la Comisión de
Festejos Populares para llevar a cabo la organización de los Festejos Populares del 107
Aniversario del Cantón de Vázquez de Coronado, la cual se encuentra constituida por cuatro
funcionarios municipales y un miembro externo.
2.27 Esta Comisión aprobó todos los egresos llevados a cabo durante las gestiones realizadas para la
organización de este evento, no obstante, manifiesta la Ley 4286 Nombramiento Comisiones de
Festejos Populares en su artículo 5 que, cuando los miembros de la Comisión son funcionarios
municipales, los egresos deberán ser aprobados por el Concejo Municipal.
2.28 El desconocimiento de la normativa aplicable podría generar que se tomen decisiones fuera del
alcance de la ley que podrían traer consecuencias al municipio.
Rubros que podrían afectar la utilidad obtenida de las actividades realizadas
en los Festejos Populares
2.29 De conformidad con el estudio realizado por esta Auditoría Interna, se determina que existen
algunos rubros que pueden disminuir la utilidad obtenida de las actividades que se llevaron a
cabo durante los festejos populares del 107 Aniversario del Cantón.