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-ffi"ffiffiffiffi
De
Asunto
Relerencia
Fecha
de CoordinaclnUnive.rsharia-
'Ao de la Prnodn de IE hdstriE Resposable y del Cornprnlso
Oimco""Oeconlo de las P8rsonas con Okcapacidad an sl Penl 2Oa7 -
2016'
fFgDEE
FLAVIO FIGALLO- RIVADEN EYRAMeministro de Gestin Pedaggica
JUAN AHTOHIO TRELLE CASTILLODirector (e) de Coordinacin
Universitaria
obre la situacin de la Llriverddad Naconal lntercultural de
laAmazonia y la Universidad Nacionaf tvtc+!.qffip$$$:|ffiffiApurmac
"""'-$r.t;ia raralstNAD N'0140522-2014Ofcio N'00+201 4-20 1 5-CEJ
D/CR
Lima, 13 [0t,. 201{
A
Tengo el agrado de dirigirme a ustd, sn atencin al asunto del
rubro y el docurnentode la referencia, para informarle lo
suiente:
I^ ANTEGEDENTES1.1' A travs de la Ley N"27250, de fecha 05 de
enero del 20o0, se cre la
Universidad Nacional lntercultural de la Amazenia - UNIA" con
sede en eldistrto ds Yarinacocha, prwlncia de Coronel Portillo,
departamento de Ucanali.
1.2 Mediante la Resolucin N"228-2003-CONAFU, de fecha 15 de
rliciembre del2003, el Consejo Nacional de Autorizacin de
Funcionarniento deUnversidades otorg a la UNIA la autorizacin
provisional de fundonarnienlo-
1.3 Mediante la Resolucin N'253-2005-COMFU, de fecha 72 dL
dlciembre del2005, el Consejo Nacional de Autorizacin de
Funcionamiento deUniversidades aprob elPlan de Desarroll
lnstitucional - PDlde la UNIA.
Mediante !a Resolucin N'570-2013-CONAFU, de fecha 23 de octubre
de2013, el Consejo Naeional de Autoriadn de Funcionarnlento
deUnversidadas design al Sr, Francisoo Mario PiscoYa HermaT:a en el
cargoPresidente de la Comisin de Gobiemo, al Sr. Jess Evaristo Tumi
Quispe enel cargo de Mcepresiderte Acadmico y al r. Alberto
Valenzuela Muoz en el
""rgo?" Mcepresidenle Administrativo ie la UNIA.
El 9 de jullo del z}lii.,se promulg la Ley N"302?0 - Ley
Universitaria, ta cualJurog,'n ", Disposicin dmplernntaria
Derogaioria nica, 'la LeYN,23i03, Ley Unlveriilaria, y sus
modifictorias:la Ley 26439, Ley que Crea elConsejo Nae;ional de
Autorizacin de Funcionamiento de Universidades(CONAFU), y sus
rnodificatonas...'.
A travs de la Resolucin N"501-2014-CONAFU, el Consejo Nacional
deAutorizacin de Funclonamlento de Universidades removi a tos
miembros dela Comisn da Gobiemo de la lJNlA, y desn al Sr- Guilermo
Burga
1-4
1.5
1.6
-
0lreccin; de Coordinacin9f:Y: oe Loorurnar:.fi.
UniversitarlaE*rrr EE3EEElt[{It[ ]E;i.ilj,!ti j.:5,i:l6.ix.!-:.r:tr
vr r f G(Ao dc la Prornodn d ta fndrsbie Responxbla y dI
Comgforniso irf,co'.'O.crio d lss Personas cor Ob.pacidad en el
pori iOOl -ZOrc-
2.2 AI respecto, segn el lnforne N"2606-20'14-iflNEDU/sG-oAJ. la
oficina deAsesoia Jurdica conctuy que'la Resolucin N"501-201+coNAFU
carece de-'legaldad, al haber sido emilida por el co|{AFu sin tener
la facultad deconstituir Comisiones Organizadors; ?l ser una f.ncin
exclusiva del MINEDU,a partir de la vigencia de la Ley N"30220,.
Adcionalrnente, dicho informe:gs.tuvo que "el Procurador Pbtico del
MINEDU se encuertra facuftado ainiciar y hamitar las.acciones
judiciales pertinenles. ante la usurpacin defunciones qor parte de
cualquiei enlidad, rospecto de aquellas conipetencisyue.ha sido
expresamente assnadas al Ministerio, rno por ejmplo, tafacultad de
conslituir las ComiJiones de Gobierno de las' univrsiades,conforme
a lo dispuesto en elerticulo 2g de la Ley N.30220,,.
E-n esa linea, el Presidonte det Grupo.de TrabaJo encargndo de
realfear el?r-erP pr:1qw!!al, patrimoniar, administrativo, de
pur.on y financiero de lafllit y glcolnru, Viceminisrro Fravio,
Figa[o Rtuaeneyra, ravs det oficioN'056-GT LEYUN|VERSITARIA- LEy
so22o/Pnes-oii, ta inciado ettraslado de dicho informe a la
Procrraduria Pblica, a fin oe iue esta nlcie lasacciones judiciales
pertinentes-
Paralelamente, la Direccin de coordinacin universtaria - DCU
vienellevandp a cabo et proceso de seleccin de los memoios de ta
comisinOrganzadora de la Universidad Nacional lntercrltural de la
Amazonia, a fin denornbrar, en las pm:imas sernanas, a una nueve
cornlsin orgl; "dicha esa de estudios
-s
2.4
2.5 En relacin a la universidad Nacional Micaela Basdas de
Apunimac -UNAMBA' e n99iso seahr que, segn el Reglamentr oe
organzac,k vFuncircnes det Ministerio de Educaci y Ia Le No30zz0,
ta ireccn oCoordinacn [lniversifara no es compelente para resolyer
de oficlo y en riltiminstancia, los conflictos que se prouzcan n
las unlversddes -pr:olicas yprivadas dol pas, relalivos a la
legimdad y reconoclnlento de sus autordassde gobiemo
po
2.6 Por-otro lado, segn el artlculo 13 da Ia Ley N"30220, la
superintendenciaNacional de Educacin Universitaria - SUNEOU serra
{a encargada de verificarIas condiciones bscas de calidad del
servicio educativo universitar'ro yautorizar su funcionamiento; de
supervisar constaffe'lente la calidad delservlcio; as como de
fiscalizar si los rergos pblicos y los beneficiosotorgados por'el
rnarco legal a las universidades, han sido destinados a
neseducatitos y alnrejoramtento de la calidad.
En ese sentido. segn el marco legal vigente, oi el Ministero de
Educacin, afavs de la Direccion de Coordinacln Universitaria. ni fa
SuperintendenciaNacional de Educacitln Universitaria tienen la
ftnci{rn para delerminar elconflicto de gobernabilidad en las
unlvarskJedes priblicas y privadas del pas yproceder a su
ineruencin.
Pese a efio, odas las uriversidades ptiblicas y privadas gozan
de autonomauniversitaria, amparada en el artculo 18 de la
Gonstitucln Polca del Penl yrecogido por la Ley Universitaria
vigente. Dicha aulonoma unversitaricornprende, entre otras, la
autonornfa de gobierno. lo cual faculta a lasunivorsiJades a suplir
Ias deficiencias ) vacos normativos existentes, a travs
{
u'12.7
2.8
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lv.
4.1
RECOME9-DACIONES
Elevar el presente informe al Oespacho del Mceministro de
GesnPedaggica, a fin de cursar respuesta af Oespacho del Presidente
de laComisin de Educacin, Juventud y Deporte, Congresista Daniel
MoraZevallos.
Es todo cuanto
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lo^ANTqMo TRELLES cASTTLLo
Director (e) de Coordinacin Uniyersitaria
JATiDCUFaE,pU9/s.