1 I N D I C E I. INTRODUCCION II. MARCO TEORICO III. DEFINICION IV. CARACTERISTICAS V. CONTENIDO 1.Antecedentes 2.Comentarios Observaciones De carácter financiero – contable. De carácter administrativo. De gestión. 3.Conclusiones. 4.Recomendaciones. VI. ANEXOS VII. REDACCION DE LAS OBSERVACIONES VIII. CARACTERISTICAS Y ELEMENTOS DE LAS OBSERVACIONES Elementos o factores de las observaciones. Ejemplos de observaciones. IX. CASO MODELO DE INFORME LARGO X. FUENTES CONSULTADAS
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I N D I C E
I. INTRODUCCION
II. MARCO TEORICO
III. DEFINICION
IV. CARACTERISTICAS
V. CONTENIDO
1. Antecedentes
2. Comentarios
Observaciones
De carácter financiero – contable.
De carácter administrativo.
De gestión.
3. Conclusiones.
4. Recomendaciones.
VI. ANEXOS
VII. REDACCION DE LAS OBSERVACIONES
VIII. CARACTERISTICAS Y ELEMENTOS DE LAS OBSERVACIONES
Elementos o factores de las observaciones.
Ejemplos de observaciones.
IX. CASO MODELO DE INFORME LARGO
X. FUENTES CONSULTADAS
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I. INTRODUCCION
Sin lugar a dudas, una de las fases más difíciles y determinantes en el trabajo de
auditoría es la relativa a la elaboración del informe. Son muchos los factores que
inciden en esta actividad y que el auditor debe tener en cuenta para concluir
con su revisión, que un informe mal elaborado perjudicaría el mejor trabajo de
auditoría; y recomendaciones positivas para la entidad auditada podrían no ser
tomadas en cuenta, en menoscabo de la calidad profesional del auditor.
En el contexto general del trabajo y actuación del contador – auditor; el
Informe, constituye el final del proceso de una Auditoría, cuya preparación está
regulada por las Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas (NAGAs) y
Normas Internacionales de Auditoría (NIAs) relativas a la preparación del
Informe y Legislación local de cada país vinculada a la normas internacionales.
En este documento el profesional, muestra el resultado de todo el trabajo
realizado desde la más elemental y básica originada en la primera visita
realizada a la entidad sobre cuyos estados financieros ha orientado toda su
competencia, preparación y experiencia profesional, con la única finalidad
emitir una opinión en relación a la razonabilidad de la información que
contienen los elementos que conforman aquellos; opinión que se logra y
sustenta con una debida planificación y ejecución del proceso de la Auditoría;
generalmente en el sector privado los auditores emiten Informe Corto o
Dictamen, pero también se emite Informe Largo cuando así queda establecido
en el contrato con el cliente, y cuando se trata especialmente de auditorías a
entidades del Estado; en el contenido de trabajo que sigue, nos enfocaremos en
el Informe Largo de Auditoría, que es uno de los varios tipos de informe que
resulta de una auditoría
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II. MARCO TEORICO
1. El marco teórico de la última fase del proceso de una Auditoría, está
determinado por las NAGA, relativas a la PREPARACION DEL INFORME.
NAGA - Aplicación de los Principios de Contabilidad Generalmente
Aceptados
Norma de Información No.1
El informe deberá especificar si los estados financieros están presentados
de acuerdo a los principios contables generalmente aceptados. [Bailey,
1998]
La primera norma relativa a la rendición de informes exige que el auditor
indique en su informe su informe si los estados financieros fueron
elaborados conforme a los principios de contabilidad generalmente
aceptados PCGA. El término "principios de contabilidad" que se utiliza en la
primera norma de información se entenderá que cubre no solamente los
principios y las prácticas contables sino también los métodos de su
aplicación en un momento particular. No existe una lista comprensiva de
PCGA pues en la contabilidad son aceptados tanto principios escritos como
orales.
Esta norma requiere no de una aseveración del auditor, sino de su opinión,
sobre si los estados financieros están presentados de acuerdo con tales
principios; cuando se presenten limitaciones en el alcance del trabajo del
auditor que lo imposibilita para formarse una opinión sobre la aplicación de
los principios, se requiere la correspondiente salvedad en su informe. La
alusión a la presentación de los estados financieros conforme a normas
contables establecidas por Ley se deberá hacer en los casos del examen de
entidades reguladas por las mismas, expresándose por ejemplo como:
"principios y normas contables vigentes en Perú" u otra por el estilo.
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NAGA Consistencia
Norma de Información No.2
El informe deberá identificar aquellas circunstancias en las cuales tales
principios no se han observado uniformemente en el período actual con
relación al período precedente. [Bailey, 1998]
El término "período corriente" o "período precedente", significa el año o
período menor a un año, más reciente sobre el cual el auditor está
emitiendo una opinión; es implícito en la norma que los principios, han
debido ser aplicados con uniformidad durante cada período mismo. Como se
indicó anteriormente, el término "principio de contabilidad" que se utiliza en
estas normas se entiende que cubre no sólo los principios y las prácticas
contables sino también los métodos de su aplicación.
El objetivo de la norma sobre uniformidad es asegurar que la comparabilidad
de los estados financieros entre períodos no ha sido afectada
substancialmente por cambios en los principios contables empleados o en el
método de su aplicación, o si la comparabilidad ha sido afectada
substancialmente por tales cambios, requerir una indicación acerca de la
naturaleza de los cambios y sus efectos sobre los estados financieros.
La norma sobre uniformidad está dirigida a la comparabilidad entre los
estados financieros que se presenten en forma comparativa, cuando la
opinión del auditor cubre dos o más ejercicios, generalmente el auditor
expresará: "aplicados uniformemente en el período" o "aplicados sobre una
base uniforme".
Cuando ha habido un cambio en los principios contables empleados durante
un año o años cubiertos por la opinión del auditor, y tal cambio tiene un
efecto importante sobre la sobre la posición financiera o el resultado de
operaciones, el auditor debe hacer referencia en su opinión a una nota o a
los estados financieros que describa con claridad el cambio y su efecto o
describir dentro de la opinión la naturaleza del cambio y su efecto. Cuando
el cambio afecta la ganancia neta, debe indicarse cuantitativamente el
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efecto en la ganancia neta después de tomar en cuenta el impuesto a la
renta correspondiente.
NAGA Revelación suficiente
Norma de Información No.3
Las revelaciones informativas en los estados financieros deben
considerarse razonablemente adecuadas a menos que se especifique de
otro modo en el informe. [Bailey, 1998]
La tercera norma relativa a la información del auditor a diferencia de las
nueve restantes es una norma de excepción, pues no es obligatoria su
inclusión en el informe del auditor. Se hace referencia a ella solamente en el
caso de que los estados financieros no presenten revelaciones
razonablemente adecuadas sobre hechos que tengan materialidad o
importancia relativa a juicio del auditor.
NAGA Opinión Del Auditor
Norma de Información No.4
El informe deberá expresar una opinión con respecto a los estados
financieros tomados como un todo o una aseveración a los efectos de que
no puede expresarse una opinión. Cuando no puede expresar una opinión
total, deben declararse las razones de ello. En todos los casos que el
nombre del contador es asociado con estados financieros, el informe debe
contener una indicación clara de la naturaleza del trabajo del auditor, si lo
hubo, y el grado de responsabilidad que el auditor asume. [Bailey, 1998]
Recordemos que el propósito principal de la auditoría a estados financieros
es la de emitir una opinión sobre si éstos presentan o no razonablemente la
situación financiera y resultados de operaciones, pero puede presentarse el
caso de que a pesar de todos los esfuerzos realizados por el auditor, se ha
visto imposibilitado de formarse una opinión, entonces se verá obligado a
abstenerse de opinar.
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Por consiguiente el auditor tiene las siguientes alternativas de opinión para
su dictamen:
Opinión limpia o sin salvedades.
Opinión con salvedades o calificada.
Opinión adversa o negativa.
Abstención de opinión.
2. Concordancias con las NIA - Normas Internacionales de Auditoría (ISA –
International Estandards on Auditing) desarrolladas por la IFAC y el IASB.
NIA 700. El informe del auditor sobre los estados contables.
La norma trata sobre la forma y contenido del informe del auditor sobre
los estados contables auditados para lo cual debe revisar y evaluar las
conclusiones derivadas de los elementos de juicio obtenidos que
sustentan su opinión. La opinión debe ser escrita y referirse a los estados
en su conjunto.
La norma trata cada uno de los elementos básicos del informe: título
adecuado; destinatario; párrafo de introducción que incluye la
identificación de los estados auditados y de la responsabilidad de la
dirección sobre su preparación; párrafo de alcance que describe la
naturaleza de una auditoría y la referencia a las NIA aplicadas en la
auditoría; párrafo de opinión que refiere a las normas contables vigentes;
fecha del informe; dirección del auditor y firma del auditor.
Respecto de la opinión, la norma establece que la opinión no es calificada
cuando el auditor concluye en que los estados contables presentan
razonablemente la información de acuerdo con las normas contables en
vigor. En cambio, se considera que un informe es modificado cuando
contiene una o más de las siguientes cuestiones: a) un párrafo de énfasis
(utilizado básicamente en casos de incertidumbres incluidas las
cuestiones de “empresa en marcha”) y que no modifica la opinión
principal; b) cuando contiene asuntos que afectan la opinión y que
pueden resultar en una salvedad originada en una discrepancia en la
aplicación de las normas contables vigentes que afectan ciertas
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afirmaciones de los estados contables o en limitaciones al alcance,
abstención de opinión (usualmente por limitaciones significativas al
alcance), u opinión adversa (por discrepancias significativas que afectan a
los estados contables en su conjunto).
Los asuntos que provocan modificaciones al informe del auditor, deben
ser adecuadamente explicados por éste y, en su caso, cuantificados sus
efectos.
NIA 710 Comparativos
La norma establece las responsabilidades del auditor cuando se
presentan estados contables comparativos. En tal sentido expresa que el
auditor debe determinar, sobre la base de elementos de juicio válidos y
suficientes recopilados, si la información comparativa cumple en todos
sus aspectos significativos con las normas contables vigentes.
La norma trata de modo diferente las siguientes situaciones:
Si las cifras de los estados contables del ejercicio anterior se incluyen
como parte integrante de los estados del corriente año y, usualmente, no
se presentan completas, el informe de auditoría sólo se refiere a los
estados contables del corriente ejercicio del cual forman parte los datos
comparativos.
Si la información de períodos precedentes se incluye a efectos
meramente comparativos en los estados contables corrientes, en
ocasiones completos, pero sin formar parte integrante de ellos, el
informe de auditoría se refiere a cada uno de los estados contables,
pudiendo expresar opiniones diferentes para cada uno de ellos.
3. Fases de la Auditoría:
Tres fases:
Planeamiento, donde se determina el alcance, naturaleza y oportunidad
de la auditoría, es decir la estrategia, basada en los procedimientos a
llevar a efecto, para el logro de los objetivos y alcance del examen
subsecuente, basado en un conocimiento de las actividades básicas de la
empresa, su organización y procedimientos de control; ésta fase de
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planeamiento, termina con la elaboración del Programa de Auditoría,
donde queda establecido los procedimientos de auditoría que se van a
aplicar.
Ejecución, en la cual el auditor, procede a la aplicación de lo establecido
por el Programa de Auditoría, con el objetivo de obtener elementos de
juicio que apoye la opinión sobre los estados financieros examinados; en
otras palabras en esta fase, se obtiene la evidencia suficiente y relevante
sobre las afirmaciones contenidas en los componentes de los estados
financieros, esta evidencia, se obtiene mediante la aplicación de
procedimientos de auditoría que no es otra cosa que conjuntos de
técnicas de auditoría, cuyos resultados se plasman en los papeles de
trabajo.
Elaboración del Informe, en esta fase, la opinión profesional del auditor
es lo más importante, opinión emitida acerca de los estados financieros
examinados en su conjunto. Existe varios tipos de informes de auditoría:
Dictamen (Informe corto), Informe Largo y la Carta de Control Interno.
III. DEFINICION
El informe como producto final del trabajo del auditor es uno de los
documentos más importantes de todo el proceso y por lo tanto su estilo de
información y presentación revela la calidad profesional del auditor.
El informe contiene el mensaje del auditor sobre lo que ha hecho y como lo ha
realizado, así como los resultados obtenidos; sin embargo cabe señalar, que al
hablar del informe de auditoría a estados financieros nos estamos refiriendo
básicamente al dictamen, que contiene la opinión sobe la confiabilidad de los
estados financieros; aunque en la práctica además se acostumbra a presentar
otro informe complementario llamado carta de control interno y/o informe
largo.
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INFORME LARGO.
Este documento, constituye otro tipo de informe donde el auditor revela
en forma más extensa o detallada los resultados de su trabajo de auditoría.
En el sector privado los auditores emiten este tipo de informe cuando así
queda establecido contractualmente con el cliente; sin embargo, para los
casos de la auditoría gubernamental, generalmente se emite informe largo
sobre los aspectos de auditoría operativa y de gestión, así como para el
examen especial de la información presupuestal. Generalmente el informe
largo se presenta separado del dictamen o informe corto. Esto permite que
la información sea mejor utilizada por el cliente.
Cabe precisar que en el caso de auditoría gubernamental, esta es regulada
por las Normas de Auditoría Gubernamental aprobadas por Resolución de
Contraloría No 162-95-CG de fecha 22SET1995.
Por la importancia que tiene el informe, se requiere un adecuado control
de calidad, respecto a sus cualidades y sustento de los hechos revelados.
Por tal motivo, la profesión contable, ha emitido una serie de
pronunciamientos y normas que tratan de regular su estructura y
contenido, para garantizar una apropiada comunicación y establecer con
claridad la responsabilidad que asume el auditor, frente al cliente y demás