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proyecto Documento de trabajo concesionado en el sector agua y
saneamiento: Casos Huascacocha y Taboada
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Documento de Trabajo
EXPERIENCIA REGULATORIA EN LA DETERMINACIN DE TARIFAS PARA
PROYECTOS CONCESIONADOS
EN EL SECTOR DE AGUA Y SANEAMIENTO: CASOS HUASCACOCHA Y
TABOADA
Eco. Jos SALARDI RODRGUEZ Sub Gerente
Gerencia de Regulacin Tarifaria
Diciembre 2010
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INDICE
1. RESUMEN EJECUTIVO
........................................................................................
5
2. INTRODUCCIN
...................................................................................................
5
3. CONCESION DE PROYECTOS EN EL SECTOR DE AGUA Y SANEAMIENTO .
7
3.1 Proyecto de Derivacin Huascacocha Rmac
......................................................... 8
3.2 Planta de Tratamiento de Aguas Residuales Taboada
.......................................... 9
4. CONTRATO DE CONCESION Y TARIFICACION DE LOS PROYECTOS
CONCESIONADOS
....................................................................................................
11
4.1.Clusulas contractuales referidas al incremento tarifario
........................................ 11
4.2. Marco regulatorio para tarificar un proyecto concesionado
................................... 11
4.3. Aplicacin prctica del procedimiento de tarificacin en los
proyectos Huascacocha y Taboada
.....................................................................................................
17
5. RECURSO DE RECONSIDERACIN INTERPUESTO POR SEDAPAL A LAS
TARIFAS DETERMINADAS .26
6. RESPUESTA DE SUNASS AL RECURSO DE RECONSIDERACIN INTERPUESTO
POR SEDAPAL..28
7. PROYECTO DE ESTUDIO TARIFARIO Y NUEVA FORMULA TARIFARIA
...... 30
8. RESPUESTAS DE SUNASS A SEDAPAL, PROINVERSIN Y
CONCESIONARIOS31
9. UN NUEVO RECURSO DE RECONSIDERACIN DE SEDAPAL Y LA RESPUESTA
DE SUNASS
........................................................................................
38
10. ESTADO SITUACIONAL DE LOS DOS PROYECTOS Y DE LA EMPRESA
...... 41
11. LECCIONES APRENDIDAS
................................................................................
45
12. BIBLIOGRAFA
...................................................................................................
48
GRAFICOS
Grafico 1. Evolucin de la Participacin del Sector Privado en el
Per y hechos principales7
Grafico 2. Evolucin del IPM
2008-2009.....................................................................
19
Grafico 3. Evolucin del WACC de SEDAPAL
(2006-2009)........................................ 23
Grfico 4. Diferencial entre Tarifa Media y Costo Medio de
Mediano Plazo de
SEDAPAL..26
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Grafico 5. Lnea de tiempo de PTAP Huachipa Vs PTAR Taboada
........................... 45 Grafico 6. Evolucin de las Tasas de
Refrencia de la FED y el BCR .......................... 56
Grafico 7. Evolucin del Indice Dow Jones
................................................................ .
57
Grafico 8. Evolucin del PBI del Per
.........................................................................
57
Grafico 9. Evolucin del Indice General de la Bolsa de Valores de
Lima .................... 58
Grafico 10. Evolucin del Riesgo Pas del Per, EMBI+
Per..................................... 58
Grafico 11. Estructura de financiamiento de SEDAPAL 2009 II
trimestre.................... 60
CUADROS Cuadro 1. Caractersticas del Proyecto Derivacin
Huscacocha-Rmac..8
Cuadro 2. Caractersticas del Proyecto PTAR Taboada....10
Cuadro 3. Integracin de los proyectos Huascacocha y Taboada al
sistema de la
empresa SEDAPAL 11
Cuadro 4. Resumen de experiencias registradas en la Concesin de
Chilln y en la
PTAR Taboada. 14
Cuadro 5. Incrementos tarifarios de SEDAPAL (2006-2008)
....................................... 18
Cuadro 6. Frmula tarifaria de SEDAPAL
(2006-2011)............................................... 18
Cuadro 7. Estado de Ganancias y Prdidas de SEDAPAL 2006-2009 II
trimestre...... 20
Cuadro 8. Flujo de caja de
SEDAPAL.........................................................................
21
Cuadro 9. Ratios Financieros de SEDAPAL 2006-2009 II trimestre
............................ 22
Cuadro 10. Resumen del clculo del costo promedio ponderado del
capital para
SEDAPAL
...................................................................................................................
23
Cuadro 11. Clculo del Costo Medio de Mediano Plazo de SEDAPAL
....................... 25
Cuadro 12. Clculo del la Tarifa Media de SEDAPAL
................................................. 26
Cuadro 13.
......................................
Articulado de las Resoluciones de Consejo Directivo sobre las
decisiones
tomados para los proyectos Huascacocha y PTAR Taboada 27
Cuadro 14. Incrementos tarifarios
comparados...........................................................
31
Cuadro 15. Remuneraciones anuales establecidas en Contratos de
Concesin......32
Cuadro 16. Incrementos tarifarios aprobados para el quinquenio
2010-2015....40
Cuadro 17. Cronologa de actividades entre SUNASS-SEDAPAL,
vinculada a los
proyectos Huascaccoha y Taboada... .. ....41
Cuadro 18. Discrepancias de SUNASS en relacin al informe de
clasificacin de riesgo de SEDAPAL realizado por EQUILIBRIUM... 43
Cuadro 19. Fuentes generadores de ingresos de una empresa
regulada................... 52
Cuadro 20. Clculo del costo de la deuda de SEDAPAL
............................................ 59
Cuadro 21. Estado de Ganancias y Prdidas proyectado para
SEDAPAL................. 62
Cuadro 22. Flujo de Fondos proyectado para
SEDAPAL............................................ 62
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ANEXOS
ANEXO 1.
ANEXO 2 LAS FUENTES GENERADORAS DE INGRESOS PARA UNA EMPRESA
REGULADA52
ANEXO 3: IMPACTO DE LA CRISIS FINANCIERA EN LAS VARIABLES
INCLUIDAS
EN EL CALCULO DEL WACC..56
ANEXO 4: EL COSTO PROMEDIO PONDERADO DE CAPITAL (WACC)...59
ANEXO 5: ESTADOS FINANCIEROS PROYECTADOS PARA SEDAPAL..62
COMENTARIOS AL PROCEDIMIENTO PARA INCORPORAR EN EL
PERIODO REGULATORIO VIGENTE, PROYECTOS AUTOSOSTENIBLES A
EJECUTARSE COMO CONSECUENCIA DE UN PROCESO DE COMPETENC49
ANEXO 6: NOTICIAS QUE DEMUESTRAN EL INCIO DE OBRAS DE AMBOS
PROYECTOS63
ANEXO 7: SIMULACIONES DE EXTRA COSTOS DE LAS
IP...................................... .65
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1. RESUMEN EJECUTIVO El presente documento de trabajo presenta
la experiencia que se ha vivido en el sector de agua y saneamiento
durante la determinacin del incremento tarifario para los proyectos
concesionados Huascacocha y Taboada. Para poder exponer los
procesos afrontados por los dos proyectos, el documento se inicia
con una breve descripcin de las caractersticas de ambos y se
complementa con la descripcin de las dos concesiones que se
realizaron en el sector en la primera mitad de la dcada.
Posteriormente, se explican las clusulas contractuales vinculadas a
incrementos tarifarios y los pasos seguidos por el Organismo
Regulador para desarrollar el procedimiento que le permitira
determinar si SEDAPAL requera o no de un incremento tarifario para
hacer frente a las obligaciones contradas con los concesionarios.
Un aspecto importante es la evaluacin de la situacin de equilibrio
econmico financiero de la empresa y cules fueron los pasos dados
por el Regulador y los aspectos evaluados para restablecer la
situacin de equilibrio. La conclusin de que no se requera una
tarifa adicional para ambos proyectos y que la empresa podra
afrontar los pagos por Remuneracin Por Inversin (RPI) y Remuneracin
por Operacin y Mantenimiento (RPMO) con la estructura tarifaria que
tena vigente en ese entonces, gener una serie de reacciones de
todas las partes involucradas y de presentaciones de recursos de
reconsideracin de parte de SEDAPAL a las Resoluciones notificadas
por SUNASS. Todas las reconsideraciones, incluso las interpuestas
en el marco del nuevo PMO de la empresa, fueron resueltas por el
Regulador y en todas se reafirm que la situacin financiera de
SEDAPAL, permita que sta haga frente a los compromisos asumidos por
Huscacocha y Taboada, sin necesidad de determinar un incremento
tarifario adicional para el usuario. Hoy, los resultados
financieros de la empresa respaldan la decisin de SUNASS y de igual
forma, se ha comprobado que ambos proyectos siguieron su derrotero,
habindose en ambos casos iniciado la etapa de construccin y en el
caso de Huascacocha, culminado el cierre financiero sin la
percepcin de riesgo regulatorio alguno en los partcipes del mercado
de capitales peruano.
2. INTRODUCCIN En el ao 2006, la SUNASS realiz de oficio el
estudio tarifario de la empresa SEDAPAL para el quinquenio
2006-2011. Sin embargo, en ese entonces no exista el programa Agua
para Todos ni se tena en cartera darle un impulso al mecanismo de
Iniciativas Privadas en el Per. De esta forma, en muy poco tiempo,
factores exgenos hicieron que cambie la perspectiva del sector en
el Per y ante ello la SUNASS tuvo que tomar las medidas adecuadas
para afrontar el nuevo escenario que se estaba presentando. Bajo
este marco, a inicios del 2008 se dan las primeras seales de la
necesidad de un nuevo PMO para SEDAPAL, la cual tena en cartera
megaproyectos de infraestructura
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para la ciudad de Lima, los cuales iban a requerir de
incrementos tarifarios de respaldo para poder ser concretados. As,
se vuelven prioridad proyectos de fuentes de agua (como el de la
Derivacin Huascacocha-Rmac, que permitira mitigar el stress hdrico
de la ciudad capital) y de tratamiento de aguas residuales como el
de la PTAR Taboada, que tendran un gran impacto en la calidad de
vida de millones de habitantes de la ciudad de Lima. Considerando
la estrechez de recursos que siempre caracteriza al Estado y la
recuperacin financiera que poco a poco iba mostrando SEDAPAL, es
que se apuesta por las Iniciativas Pblicas y Privadas, como la gran
alternativa para poder dotar a la ciudad de un mejor servicio. En
esa lnea, se plantean las concesiones a plazos de 20 30 aos,
financiadas con capital privado y gestionadas con operadores de
alto estndar internacional Pero, para poder asegurar la viabilidad
de estos proyectos estaba claro que SEDAPAL debera dar las seales
concretas de que contaba con la suficiente viabilidad
econmico-financiera para poder hacer frente a las obligaciones
contractuales y econmicas que asumira el Estado con los operadores
que resultasen ganadores de los concursos pblicos que se
convocaran. En este esquema es que ingresa la posibilidad de que la
empresa requiera de incrementos tarifarios aprobados por la SUNASS,
la cual debera previamente evaluar si stos eran necesarios o no,
sobretodo considerando que una serie de factores haban convergido y
permitido que la situacin de SEDAPAL se encuentre en una mejor
posicin con respecto a la que presentaba aos atrs. Con el objetivo
de presentar cmo se desarroll la relacin regulador regulado en
estas primeras experiencias de tarificacin de proyectos
concesionados, bajo los mecanismos de Iniciativas Pblicas y
Privadas, en el sector de agua y saneamiento peruano, es que se
desarrolla este documento de trabajo. De esta forma, el documento
tiene como alcance la experiencia de tarificacin del proyecto de
Derivacin Huascacocha Rmac y de la Planta de Tratamiento de Aguas
Residuales PTAR- Taboada, la cual parte desde la concesin de ambos
proyectos y llega hasta la Resolucin que da por concluido el acto
administrativo de reconsideracin presentado por la empresa SEDAPAL.
Para tal fin, el presente documento ha sido dividido en diferentes
captulos, que detallan paso a paso la experiencia vivida por el
Organismo Regulador en la determinacin del requerimiento o no de un
incremento tarifario para cada uno de los megaproyectos
desarrollados en el sector. As, se abordan primero las
caractersticas de cada uno de los proyectos, las cuales son
complementadas por los aspectos principales de ambos contratos de
concesin (sobretodo en lo referido a aspectos tarifarios) y el
procedimiento seguido para fines de tarificacin. Posteriormente se
detallan los aspectos ms relevantes del Recurso de Reconsideracin
interpuesto por SEDAPAL a la decisin de la SUNASS y se expone cul
fue la respuesta del regulador al citado Recurso. Acto seguido, se
presenta la experiencia en torno al nuevo proyecto de estudio
tarifario para el quinquenio 2010-2015, que trabaj la SUNASS
conjuntamente con SEDAPAL,
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la cual gener interrogantes de los diferentes actores
involucrados en los dos proyectos concesionados, las mismas que
fueron absueltas una a una por el l Regulador. Adems, SEDAPAL volvi
a presentar un nuevo Recurso de Reconsideracin el cual fue
respondido por la SUNASS y cuya respuesta, sumado a los
acontecimientos en el mercado de capitales, permite demostrar en el
poco tiempo transcurrido, que la decisin del Organismo Regulador
fue la adecuada desde su posicin de ubicarse al medio de los
intereses del usuario y de la empresa prestadora del servicio.
3. CONCESIN DE PROYECTOS EN EL SECTOR DE AGUA Y SANEAMIENTO
La incursin del sector privado en el sector de agua y
saneamiento del Per, empez recin en el ao 2000, lo cual demuestra
que fue un ingreso rezagado en relacin a otros sectores de la
economa, los cuales ya contaban con la presencia del capital
privado, e incluso extranjero, desde la primera mitad de la dcada
del 90. Incluso, en la dcada pasada se intent privatizar SEDAPAL,
pero este proceso tuvo que ser descartado, tal y como se aprecia en
el siguiente grfico.
Grafico 1. Evolucin de la Participacin del Sector Privado en el
Per y hechos principales
Fuente: Salazar, J. 2010. Estudio para relanzar las Iniciativas
Privadas en el mercado de Agua y Saneamiento del Per: Aportes del
Regulador
El primer hito de presencia privada se registr en el citado ao
2000 con la firma de un contrato BOT por 27 aos entre el Estado
peruano y el Consorcio Agua Azul (cuyos socios fundadores en ese
entonces fueron las empresas Acea S.p.A. (45%), Impregilo S.p.A.
(40%), Fisia Italimpianti S.p.A. (2.5%), Castalia Societa Italiana
per I Ambiente S.p.A. (2.5%) y Cosapi S.A. (10%), composicin
accionaria que vari con el transcurrir
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del tiempo). Esta concesin consista en la captacin de las aguas
superficiales y subterrneas de la cuenca del ro Chilln, tratamiento
y entrega onerosa a SEDAPAL. Posteriormente, en el 2005 se produjo
la segunda incursin de capital privado. Esta vez fue en la concesin
de la empresa Emfapatumbes, prestadora del servicio en la ciudad de
Tumbes. En este caso, el Contrato de Concesin firmado por 30 aos,
entre las Municipalidades Provinciales de Tumbes, Contralmirante
Villar y Zarumilla con la empresa Atusa (conformada por el
Consorcio Latin Aguas - Concyssa), buscaba la mejora, ampliacin,
mantenimiento, operacin y explotacin de la infraestructura y los
servicios de agua potable y alcantarillado sanitario en la
jurisdiccin de los municipios provinciales mencionados y de los
municipios distritales correspondientes. Como se puede apreciar,
ambas concesiones eran muy diferentes, puesto que la primera se
abocaba al formato conocido como take or pay, por el cual el
concesionario, en este caso Consorcio Agua Azul, le hara una venta
de agua en bloque a la empresa SEDAPAL, y en el segundo caso se
trataba de la concesin completa de un operador, aunque con
caractersticas muy similares a las de un contrato de gerencia.
Despus de estas dos experiencias previas, recin entre octubre del
2008 y febrero del 2009, se adjudicaron dos proyectos de importante
envergadura para la ciudad de Lima (Derivacin Huascacocha Rmac y
Planta de Tratamiento de Aguas Residuales Taboada), los cuales
tuvieron que afrontar un largo proceso antes de su adjudicacin
final. De ambos proyectos, slo la PTAR Taboada formaba parte del
estudio tarifario para la empresa SEDAPAL correspondiente al
quinquenio regulatorio 2006-2011, con el aadido de que contaba con
un incremento tarifario referencial del orden del 12.31 %, que sera
aplicado al momento de iniciar su operacin.
3.1 Proyecto de derivacin Huascacocha Rmac La concesin de este
proyecto era ms ambiciosa, en relacin al BOT firmado con el
Consorcio Agua Azul, y planteaba el diseo, construccin, operacin y
mantenimiento de un sistema de almacenamiento y conduccin del
proyecto Derivacin Huascacocha-Rmac, comprendiendo las obras mnimas
para asegurar el trasvase de una parte de los caudales de las
lagunas Sheque, Huaroconcha, Huadococha y Huascacocha (Sistema
Huascacocha), hasta la subcuenca Santa Eulalia, Cuenca del Ro Santa
Eulalia.
Cuadro 1. Caractersticas del Proyecto Derivacin
Huscacocha-Rmac
Fuente: PROINVERSION. Programa de inversiones en
infraestructura: Sector Saneamiento
DESCRIPCIN DEL PROYECTO:
Diseo, financiamiento, construccin, operacin y mantenimiento de
un sistema de captacin, regulacin y trasvase de nuevos recursos
hdricos.
- Caudal : 2.8 m3/s- Capacidad de Trasvase anual: 51.8 MM
m3.
MODALIDAD: Concesin por 20 aos
FACTOR DE COMPETENCIA: Remuneracin por m3de agua trasvasada.
FINANCIAMIENTO: Remuneraciones por Inversin y por Operacin y
Mantenimiento.
INVERSIN ESTIMADA: US$60 MM + IGV
CRONOGRAMA:Convocatoria, 11 de abril 2007 Buena Pro: Octubre
2008
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Para este fin, las obras mnimas a ser consideradas en el esquema
de concesin, incluan lo siguiente:
a) Construccin o elevacin de las presas de las lagunas del
Sistema Huascacocha, para una capacidad de almacenamiento de 60
MMC
b) Construccin del sistema de conduccin, desde la salida de la
presa hasta el punto de entrega de agua cruda al sistema existente
Marca III, que comprende canales, tneles, tomas de captacin y
sifones con capacidad de conduccin de 3.6 m3/s, incluyendo los
caminos de servicio para la operacin y mantenimiento del
sistema.
c) Sistema de bombeo de agua cruda, cuya capacidad ser
determinada por el Concesionario, mediante un rgimen de bombeo, de
manera tal que pueda cumplir con el Protocolo de Entrega de
Agua.
d) Construccin de una lnea de transmisin elctrica, desde el
Sistema Elctrico Interconectado Nacional (SIEN), hasta la planta de
bombeo.
e) Instalacin de estaciones de monitoreo hidromtricas,
climatolgicas y de medicin de caudales, con sistema de transmisin
de datos automatizados a SEDAPAL.
Este proyecto (localizado en los Andes, a 196 km de Lima, a una
altitud de 4,600 m.s.n.m.), fue adjudicado por un plazo de 20 aos,
el 24 de octubre del 2008 a la Constructora OAS de Brasil (que fue
el nico postor y que ofert un costo nueve por ciento menor, S/.
0.779 por m3 de agua que ser entregada a SEDAPAL, en relacin al
valor de referencia establecido, S/. 0.84 por m3,) y su contrato
fue firmado en enero del 2009. Adems, las expectativas en torno a
esta obra, que naci como Iniciativa Pblica, son bastante altas,
debido a que se estima que permitir reducir el dficit de agua
potable de la ciudad de Lima y Callao beneficiando a
aproximadamente 2.4 millones de habitantes de la capital y que
permitira incrementar las reservas de agua de Lima en 52 millones
de m3 al ao, proporcionando un caudal de 2.8 metros cbicos por
segundo al ro Rmac, durante los meses de ausencia de lluvia (mayo a
noviembre). Otro aspecto importante a considerar es que la obra
representar una inversin estimada de US$. 76.9 millones, de los
cuales la empresa EDEGEL, segn convenio firmado con SEDAPAL,
aportar US$. 22 millones ya que el caudal adicional en el ro Santa
Eulalia (cuenca del ro Rmac), incrementar la produccin de energa en
las centrales hidroelctricas en dicho ro, reduciendo el dficit de
energa a nivel nacional.
3.2 Planta de Tratamiento de Aguas Residuales Taboada Un mes
despus de la firma del contrato del proyecto Huascacocha, es decir
en febrero del 2009, se adjudic la Planta de Tratamiento de Aguas
Residuales Taboada, proyecto que haba sido incluido en el estudio
tarifario de SEDAPAL 2006-2011, presentado como una Iniciativa
Privada y que haba iniciado su recorrido de trmites en el ao 2006.
Fue la empresa ACS Servicios, Comunicaciones y Energa de Espaa, la
que obtuvo la buena pro del proyecto que permitir tratar 442
millones de metros cbicos de aguas servidas al ao (aproximadamente
el 60% de aguas residuales de Lima), lo cual reducir
significativamente la contaminacin y el impacto ambiental,
mejorando la calidad de vida y recuperando las playas de Lima y
Callao, restaurando de esta forma el ecosistema marino. Se calcula
que se beneficiar a alrededor de 4.5 millones de
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habitantes de 27 distritos de la capital, entre los que destacan
Ventanilla, La Perla, La Punta, Callao, Cercado de Lima, Magdalena,
Comas, San Juan de Lurigancho, Puente Piedra y Carmen de la Legua.
La empresa ganadora obtuvo la buena pro por 25 aos y segn se
estipula en el Contrato, que fue firmado en agosto del mismo ao,
tendr a su cargo el diseo, financiamiento, construccin, operacin y
mantenimiento de la planta de tratamiento que estar ubicada en el
ex fundo Taboada a 1.5 Km. del aeropuerto internacional Jorge
Chvez. El concurso de esta PTAR, consideraba como factor de
competencia, la menor tarifa cobraba por el tratamiento de aguas
residuales. El Consorcio ganador ofreci S/. 0.2277 por m3 de agua
tratada, es decir un valor que se situ un 33 % por debajo menos de
lo establecido en las bases. Es bueno precisar que la PTAR Taboada
contempla el tratamiento de las aguas residuales provenientes del
Interceptor Norte, del Colector Comas - Chilln y de la lnea de
impulsin Sarita Colonia y dar solucin a la problemtica sanitaria y
ambiental originada por el vertimiento de ocho colectores primarios
que actualmente descargan al mar y ro Rmac sin tratamiento.
Cuadro 2. Caractersticas del Proyecto PTAR Taboada
Fuente: PROINVERSION. Programa de inversiones en
infraestructura: Sector Saneamiento Para cumplir con este objetivo,
el Contrato de Concesin consideraba que los componentes mnimos del
Proyecto, que debern ser ejecutados por el Concesionario, sern los
siguientes:
a) Proceso de tratamiento preliminar o pretratamiento para el
caudal mximo horario de 20,3 m3
b) Garantizar que el Efluente a ser descargado en el cuerpo
receptor, mediante una Descarga Sumergida o emisario submarino, no
causar alteraciones o impactos negativos visuales en la Zona de
Mezcla y/o Exclusin, no debiendo observarse presencia de materia
flotante o residuos de aceites o grasas.
/s.
c) Manejo y disposicin de los residuos slidos, arenas, grasas,
lodos y dems subproductos resultantes del proceso de
tratamiento.
DESCRIPCIN DEL PROYECTO:
Diseo, financiamiento, construccin, operacin y mantenimiento de
una planta de tratamiento de aguas residuales previa al
vertimiento. Incluye:
-Planta en Tierra-Estructura de derivacin para futuro
reuso-Descarga sumergida/Emisario Submarino
MODALIDAD: Concesin por 25 aos
INVERSION ESTIMADA INICIAL: 873 MM de soles + IGV
CAPACIDAD DE LA PLANTA: Qmedio:14 m3/s y Qmaxh : 20.3 m3/s
TECNOLOGIA: Abierta a propuestas de los postores, siempre que
cumplan las leyes ambientales y de calidad de agua y las
disposiciones de DIGESA.
FACTOR DE COMPETENCIA: Menor remuneracin por Inversiones, OyM y
Financiamiento (RAS)
BUENA PRO: Febrero 2009
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d) Infraestructura de Lanzamiento Submarino para la Disposicin
Final del Efluente al mar para un caudal mximo horario de 20,3
m3
e) Sistema de control de olores para las unidades de los
procesos de tratamiento.
/s, con la finalidad de garantizar que la calidad en la zona
costera del cuerpo receptor.
Finalmente, tal y como se observa en el siguiente cuadro, los
proyectos Huascacocha y Taboada forman parte del sistema integral
de SEDAPAL, y en base a ello y en congruencia con la visin sistmica
del Organismo Regulador (que no contempla a los proyectos como
estancos aislados) es que se procedi a incorporarlos en el plan de
inversiones de la empresa.
Cuadro 3. Integracin de los proyectos Huascacocha y Taboada al
sistema de SEDAPAL
Sistema Abastecimiento Agua
Potable Sur
Taboada14 m3/s
Obras en el Callao y Otras
reas Lima Norte
Planta Huachipa(5 m3/s
La Chira
Ramal Norte Ramal Sur
Cuenca del Chilln
riluri
n
riCh
illn
riSu
rco
Ocano Pacifico
riRm
ac
Trasvase Huascacocha
Marca II
Marca I
Fuente: Plan de Mejora de Gestin de SEDAPAL. Presentacin de
Proyecto de Estudio Tarifario de SEDAPAL en Audiencia Pblica
4. CONTRATO DE CONCESIN Y TARIFICACIN DE LOS PROYECTOS
CONCESIONADOS
4.1. Clusulas contractuales referidas al incremento
tarifario
Una vez adjudicados los proyectos, se procedi a la firma de los
contratos de concesin. Ambas firmas fueron realizadas en el 2009 y
con ello empezaron a aplicarse la diversidad de clusulas
incorporadas. Previamente, entre el 2007 y hasta el cierre del
2008, inclusive, circularon diversas versiones de ambos Contratos
de Concesin, las cuales segn la normativa vigente (Decreto
Legislativo 1012 y su Reglamento DS N 146-2008-EF) deberan contar
con la opinin favorable del Organismo Regulador, sobretodo en
aquellas clusulas referidas a temas tarifarios, facilidades
esenciales y de calidad de servicio.
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En el caso del proyecto Huascacocha, fueron un total de 7
versiones preliminares de Contrato las que circularon a la cual se
aadi la versin final, mientras que el Contrato de la PTAR Taboada
recogi esta experiencia y sobre ella se ajust la que sera la versin
final. En ambos Contratos de Concesin, la referencia al incremento
tarifario se encontraba en la seccin I de Antecedentes y
Definiciones. Para el caso del proyecto Huascacocha, en esta se
seccin sealaba lo siguiente: Incremento Tarifario: Es el incremento
porcentual en la tarifa de servicios de saneamiento, que a
solicitud de SEDAPAL aprueba la SUNASS para el Proyecto derivacin
Huascacocha Rmac, conforme al marco legal vigente. Mientras que en
el Contrato de la PTAR Taboada, se inclua la definicin detallada a
continuacin: Incremento Tarifario: Es el incremento porcentual en
la tarifa de servicios de saneamiento, que a solicitud de SEDAPAL
aprueba la SUNASS, conforme a las Leyes y Disposiciones Aplicables,
y dentro del cual se encuentra el incremento correspondiente al
Proyecto Planta de Tratamiento de Aguas Residuales Taboada PTAR
Taboada. Adicionalmente, en ambos Contratos se sealaba el momento
en el cual el citado incremento debera de ser aplicado. De esta
forma, para el caso del Proyecto Huascacocha, se precisaba que:
Adicionalmente, a la Fecha de Vigencia de las Obligaciones1
Tal y como se desprende de la definicin del incremento tarifario
y de su oportunidad de aplicacin, se entiende que SEDAPAL debera
hacer la solicitud respectiva a la SUNASS, para que sta en base al
marco normativo vigente determine si la empresa
, SEDAPAL deber haber dado inicio a la aplicacin del Incremento
Tarifario. De no haberse dado inicio a la aplicacin del Incremento
Tarifario dentro del plazo mximo previsto, tendr lugar la suspensin
del plazo de la concesin. En caso la Suspensin a que se refiere el
prrafo anterior exceda de un plazo de cinco (5) meses contados a
partir de la Fecha de Vigencia de Obligaciones, operar la Caducidad
de la Concesin.
Esta oportunidad en la aplicacin del incremento tarifario,
tambin fue recogida casi en su totalidad en el contrato de la PTAR
Taboada: Hasta la Fecha de Vigencia de las Obligaciones, SEDAPAL
deber haber dado inicio a la aplicacin del Incremento Tarifario. En
caso no se verifique la condicin prevista en el prrafo precedente,
tendr lugar la Suspensin del plazo de la Concesin. En caso la
Suspensin a que se refiere el prrafo anterior supere el plazo de
tres (3) meses contados a partir de la Fecha de Vigencia de
Obligaciones, el Concesionario podr invocar la Caducidad de la
Concesin.
1 El Contrato de Concesin define la Fecha de Vigencia de las
Obligaciones como
la fecha a partir de la cual resultan exigibles las obligaciones
del CONCESIONARIO vinculadas al inicio de la Construccin de las
Obras, entre otras. La Fecha de Vigencia de las Obligaciones se
configurar a la fecha en que las condiciones establecidas hayan
sido totalmente satisfechas.
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proyecto Documento de trabajo concesionado en el sector agua y
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requera o no de un incremento tarifario para afrontar los
compromisos pactados en el Contrato de Concesin, los cuales se
cuantifican mediante Remuneracin por Inversin (RPI) y
Remuneraciones por Operacin y Mantenimiento (RPMO). Es decir, esta
determinacin inicial servira para garantizar que SEDAPAL podra
afrontar sin ninguna complicacin la anualidad comprometida con el
Concesionario (compuesta por la suma de RPI y RPMO) a lo largo del
periodo de vigencia de la concesin. El plazo que tena SUNASS para
calcular el requerimiento de SEDAPAL, s afrontaba un problema de
cruce entre lo sostenido en el Contrato y lo que rige en a Ley. As,
segn el Contrato, como mencionamos, se tendra hasta la Fecha de
Vigencia de Obligaciones, que es un hito definido en el Contrato y
para el cual el concesionario tena un plazo de 15 meses contados
desde la Fecha de Cierre2
2 La Fecha de Cierre es aquella en la que se firma el contrato
de concesin entre el Concedente y Concesionario
, con la posibilidad de establecer una prrroga de 3 meses. Es
decir, estos probables 18 meses que se daban de margen para que el
incremento tarifario haya sido aplicado por SEDAPAL, no coincida
con los 180 das hbiles que seala el Decreto Supremo N 013-2007-PCM
en su numeral 14.5, que modific el D.S. N 015-2004-PCM, Reglamento
de la Ley Marco de Promocin de la Inversin Descentralizada y que a
continuacin se detalla: 14.5 En el caso de iniciativas privadas que
involucren servicios pblicos, el titular de la iniciativa deber
indicar expresamente, con carcter de declaracin jurada, si las
tarifas incorporadas en la propuesta cubren ntegramente la
recuperacin de la inversin a comprometer, incluyendo los gastos de
operacin y mantenimiento, de ser el caso; si la propuesta supusiera
la aprobacin de incrementos tarifarios, o, si se requiriera de
cofinanciamiento o garanta firme del Estado. En caso que la
iniciativa propuesta contemple un nivel de ingresos por la
prestacin del servicio pblico que incorpore incrementos tarifarios,
estos incrementos sern considerados en el esquema financiero del
proyecto en tanto se encuentren previamente aprobados. De no contar
con la aprobacin a que se refiere el prrafo precedente, la
adjudicacin del proyecto de inversin, de ser el caso, estar sujeta
a que en un plazo de 180 das hbiles se aprueben los incrementos
tarifarios. Vencido el plazo anterior sin que se hubiesen aprobado
los incrementos tarifarios, la adjudicacin quedar sin efecto. Ante
esta dicotoma, el Organismo Regulador opt por hacer los clculos
tarifarios para cada uno de los proyectos concesionados en base al
plazo especificado en el Decreto Supremo N 013-2007-PCM, lo que
supona que esta determinacin permitira contar con la cifra exacta
que necesitara SEDAPAL para afrontar sus obligaciones con los
concesionarios dentro de los plazos albergados en las clusulas
contractuales. Es bueno precisar, que en este caso slo nos estamos
refiriendo a la fijacin de la tarifa requerida para afrontar las
anualidades resultantes del Concurso pblico. Hacemos esta precisin,
porque los Contratos contienen otras clusulas vinculadas a
incrementos de tarifas, que tiene que ver con ajustes a la RPI y
RPMO por otros conceptos como una posible ruptura del equilibrio
econmico-financiero acreditada por una empresa auditora (que de
requerir ajuste en las tarifas, tendr que ser solicitada a la
SUNASS), el ajustes por la calificacin de residuos slidos
peligrosos y la acumulacin de 3 % o ms del ndice de precios al por
mayor (IPM), el cual se constituye en un ajuste automtico de
tarifas.
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Adems, estas clusulas del Contrato tambin colisionaban con la
metodologa de SUNASS de fijar una tarifa que recupere una inversin
y que recin se activa cuando una obra de infraestructura entre en
funcionamiento. En este caso, se evidenciaba que el incremento
tarifario que experimentaran los usuarios, se dara antes del inicio
de construccin de la obra y si bien, estos recursos no iran a parar
directamente al Concesionario, s se destinaran a un fideicomiso de
recaudacin que se constituira para tal fin, pese a que los
beneficios del proyecto an no se haban hecho tangibles.
4.2. Marco regulatorio para tarificar un proyecto concesionado
En febrero del ao 2007, la SUNASS mediante Resolucin de su Consejo
Directivo N 009-2007-SUNASS-CD aprob el nuevo Reglamento General de
Regulacin Tarifaria. Sin embargo, en este reglamento, no se inclua
el procedimiento que se seguira en caso una EPS realice una
solicitud de incremento tarifario como consecuencia de los
compromisos asumidos en un proyecto concesionado al sector privado.
Como habamos mencionado, slo se haban registrado hasta antes del
2007, dos experiencias de incursin de inversin privada, la de la
planta de Chilln y la concesin de ATUSA. Sin embargo, ninguno de
estos dos procesos, dadas sus caractersticas, haban requerido de un
incremento tarifario una vez culminado el concurso. Las clusulas
contractuales de ambos procesos no consideraban esta va y por el
contrario, en el caso de Chilln, la compra de agua en bloque por
SEDAPAL, era asumida dentro de la estructura de costos totales de
la empresa, mientras que en el caso de ATUSA, se aprob un estudio
tarifario para un quinquenio regulatorio, el cual contena un plan
de inversiones y los incrementos tarifarios que permitiran
recuperar esas inversiones, adems de las metas de gestin que tendra
que cumplirse para poder acceder a los incrementos tarifarios
determinados. Cuadro 4. Resumen de experiencias registradas en la
Concesin de Chilln y en la PTAR Taboada
ITEMS PTAP Chilln Consorcio Agua Azul PTAR Taboada, ACS de
Espaa
Ao 2000 2009
Tarifas
No est basada en costos sino en una licitacin en la cual se
desconoca la estructura de costos. Segn clculos de SUNASS, el
operador estara recibiendo una renta monoplica que ante una
eventual renegociacin del Contrato, deberan de descontarse de las
cuotas futuras. Inclusive, el costo por m3 del agua proveniente de
esta fuente es ms de 3 veces mayor al costo promedio de las fuentes
de agua potable de SEDAPAL.
Estn mas cercanas al costo real. El concurso pblico permiti una
reduccin importante del precio base e inclusive, la situacin
econmico-financiera de SEDAPAL permiti que la estructura tarifaria
absorba la anualidad resultante del concurso, sin la necesidad de
un incremento tarifario adicional para los usuarios
Factores de ajustes tarifario
Las valorizaciones mensuales se reajustan por la inflacin
interna (IPM) y externa (CPI de los Estados Unidos). Hbrido no
usual en el mercado peruano.
Por IPM, ndice de precios al por mayor
Acceso a las instalaciones
No es posible para el regulador, ni para Sedapal hacer visitas
inopinadas de inspeccin.
No es posible para el regulador ni para Sedapal.
Distribucin de riesgos
Todo es asumido por el Estado, va MEF, pues cuenta con aval
soberano. El privado no asume riesgos.
Slo la garanta contractual de ltimo lugar y la garanta
regulatoria
Financiamiento del operador
Va emisin de bonos en el mercado de capitales peruano. AFP
fueron demandantes del papel.
Se encuentra en proceso de estructuracin. AFP son potenciales
demandantes.
Garantas del MEF
Si brinda garanta total, como si fuese deuda soberana emitida
por el MEF.
No existe garanta ilimitada, solo contractual como garante de
ltimo recurso.
Riesgo tecnolgico
Mnimo por ser una planta que cuenta con otros referentes en el
pas
Elevado, considerando el nivel de tratamiento pero es asumido
por el privado
Retribucin por el servicio
Se tuvo que hacer desde un inicio y en su totalidad, pese a que
SEDAPAL no contaba con la infraestructura adecuada para recibir el
agua producida por la PTAP
Se retribuye una vez que la obra entra en operacin y brinda el
servicio en la cantidad y la calidad determinada en el Contrato
Fuente: SUNASS. Informes de opinin a las Iniciativas Privadas
realizadas por el Equipo Tcnico de la Gerencia de Regulacin
Tarifaria
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De otro lado, considerando que el Decreto Legislativo 1012 y su
reglamento, recin fueron promulgados en el ao 2008 para promover
las Asociaciones Pblico Privadas e Iniciativas Privadas, y teniendo
en cuenta que recin a fines de ese ao e inicios del 2009, se
llevaron a cabo las dos primeras concesiones bajo el esquema de
Iniciativa Pblica e Iniciativa Privada en el sector saneamiento, es
que SUNASS desarrolla el marco legal complementario que contena el
procedimiento que debera aplicar una vez que una EPS, en este caso
SEDAPAL, le solicite un incremento tarifario para hacer frente a
las obligaciones asumidas con un concesionario. En esa lnea, en
agosto del 2009, el Consejo Directivo del Organismo Regulador
aprueba a travs de la Resolucin N 035-2009-SUNASS-CD el
procedimiento para incorporar en el periodo regulatorio vigente,
proyectos autosostenibles a ejecutarse como consecuencia de un
proceso de competencia. Previa a esta aprobacin, se difundi el
proyecto de este procedimiento, el cual recibi comentarios de las
EPS, algunos de los cuales fueron incorporados en la versin final
del procedimiento (ver Anexo 1). Previa a la descripcin del
procedimiento es conveniente destacar que el modelo regulatorio del
sector saneamiento prev la inclusin de los costos de explotacin
eficientes en las tarifas de las EPS, entendiendo por stos, los
costos unitarios de operacin y mantenimiento en que incurren las
empresas para la adecuada prestacin de los servicios de
saneamiento, considerando las caractersticas propias de cada
infraestructura administrada. En este sentido, en el caso de
concursos pblicos para otorgar en concesin una obra o la prestacin
total o parcial de servicios de saneamiento, donde alguna de las
variables de competencia est relacionada con ofertas de menor
costo, la SUNASS asume que el resultado del Concurso es eficiente,
y por lo tanto, la oferta ganadora representa los costos eficientes
de prestar los servicios. En cumplimiento de sus funciones, resulta
importante definir los estudios y requisitos que, desde el punto de
vista tcnico, sustenten el proyecto adjudicado por el Organismo
Promotor de la Inversin Privada que se presente a la SUNASS, de tal
modo que sea posible la determinacin de las modificaciones
requeridas en la frmula tarifaria, la estructura tarifaria y las
metas de gestin, cumpliendo con el modelo regulatorio del sector
saneamiento. En ese orden de ideas, se buscaba que el procedimiento
permita que la SUNASS pueda solicitar informacin actualizada y
adicional al PMO vigente, con el propsito de evaluar las nuevas
metas de gestin para calcular el nuevo incremento tarifario que
resulte necesario para que la EPS pueda cumplir con las
obligaciones financieras correspondientes al proyecto concesionado.
De esta forma, el procedimiento contempl etapas bien marcadas con
sus respectivos requisitos y operatividad, las cuales se exponen a
continuacin:
1) Inicio: A partir de la fecha de adjudicacin de un proyecto
autosostenible, la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento
(EPS) presentar a la SUNASS, la solicitud para la incorporacin de
dicho proyecto en su Plan Maestro Optimizado (PMO) y el incremento
tarifario, de considerarlo necesario para el pago de sus
obligaciones financieras correspondientes al proyecto. El
procedimiento se inicia a instancia de parte, cuando la EPS
presenta a la Gerencia General de la SUNASS su solicitud,
cumpliendo con los requisitos de admisibilidad y procedencia
previstos en el numeral siguiente.
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La EPS tendr un plazo mximo de sesenta (60) das hbiles para
presentar su solicitud, contados desde la fecha de adjudicacin del
proyecto.
2) Admisibilidad y procedencia: La Gerencia de Regulacin
Tarifaria admitir a
trmite la solicitud cuando la EPS solicitante cumpla con
adjuntar los siguientes documentos:
a) Documento de proyecto, que fue presentado al organismo
encargado de la promocin de la inversin privada competente, con el
que se logr la adjudicacin, as como la Propuesta Tcnica y Econmica
presentadas al proceso. b) Estado de Ganancias y Prdidas y Flujo de
Caja Libre proyectados: tratndose de la EPS para 10 aos y tratndose
del proyecto a ser incorporado, para el plazo de la concesin. c)
Documento justificando las Metas de Gestin de la EPS, destacando el
aporte del proyecto adjudicado.
La solicitud deber estar foliada y contar en cada una de sus
pginas con la firma y sello del representante legal de la EPS,
acreditado en el oficio o carta de envo. Los documentos debern ser
presentados por duplicado en formato impreso y en medio
magntico.
3) Requerimiento de informacin adicional: Conjuntamente con la
solicitud de incorporacin del proyecto al PMO y de incremento
tarifario, la EPS debe presentar informacin adicional al PMO
vigente segn lo establezca la SUNASS para cada caso. Los
requerimientos de informacin se efectuarn con los siguientes
objetivos:
- Evaluacin del equilibrio econmico financiero de la EPS, -
Definicin de la frmula y estructura tarifaria correcta para el
caso, y - Determinacin de las metas de gestin aplicables al
proyecto.
4) Determinacin de la nueva frmula tarifaria: Para la
determinacin de la
nueva frmula tarifaria de la EPS, se seguirn las siguientes
etapas:
1. Evaluacin de la situacin del equilibrio econmico financiero
existente de la EPS, y ajuste de la tarifa media al costo medio de
mediano plazo, para lo que resta del periodo regulatorio vigente de
la EPS.
2. Sobre la base del equilibrio econmico financiero derivado del
numeral anterior, se determinar el incremento tarifario
correspondiente al proyecto, considerando el monto resultante del
proceso de competencia de postores.
3. Establecimiento de las nuevas tarifa media, frmula tarifaria,
estructura tarifaria y metas de gestin de la EPS.
El desarrollo de estas etapas tiene como propsitos garantizar la
capacidad econmico-financiera de la EPS para afrontar sus
obligaciones anteriores a la adjudicacin y con el concesionario del
proyecto, y resguardar la capacidad de pago del usuario.
5) Audiencia Pblica: Se realizar una audiencia pblica de
conformidad con lo
dispuesto en la Ley N 27838. En esta audiencia, la EPS expondr a
los
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proyecto Documento de trabajo concesionado en el sector agua y
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usuarios acerca del proyecto adjudicado, los beneficios que
traer y los incrementos propuestos para financiarlo.
Una mirada a las etapas del procedimiento de tarificacin nos
lleva a concluir que el eje principal se encuentra en el punto 4,
en el cual se detallan los tres pasos que seguir la SUNASS para
determinar si la EPS requiere o no de un incremento tarifario para
afrontar los pagos por RPI y RPMO fijados en un proyecto de
concesin.
4.3. Aplicacin prctica del procedimiento en la tarificacin de
los proyectos Huscacocha y Taboada Una vez recibida, de parte de
SEDAPAL, la solicitud de incremento tarifario, para los proyectos
Huascacocha y Taboada, la SUNASS procedi a aplicar el procedimiento
de la Resolucin N 035-2009-SUNASS-CD. Considerando que ambos
proyectos seran incorporados al quinquenio regulatorio 2006-2011
(del cual ya haba transcurrido ms de la mitad del periodo) y que la
ltima actualizacin formal de informacin se haba realizado en el
marco de la elaboracin del citado estudio, entonces era pertinente
que se realice una actualizacin de la informacin de la empresa, ms
an cuando se haban presentado una serie de eventos que haban
reconfigurado la realidad econmico financiera de la empresa, tal y
como explicaremos posteriormente. Precisamente, estos nuevos
eventos (donde el principal haba sido el impacto del Programa Agua
para Todos y al cual se le sumaron los nuevos megaproyectos que
tena en cartera la empresa para la ciudad de Lima, entre otros),
haban llevado a que SEDAPAL y SUNASS estuviesen trabajando
conjuntamente en la elaboracin de un nuevo PMO, lo cual haba
permitido actualizar la informacin de manera informal y de paso
dimensionar cul haba sido la evolucin reciente de la compaa. Fue
as, que una vez evaluada la situacin de la empresa, el Organismo
Regulador, pudo determinar que la Estructura Tarifaria de SEDAPAL
que estaba vigente en ese momento, le permita incorporar los
proyectos Huascacocha y PTAR Taboada al perodo regulatorio vigente
2006-2011, sin generarle una ruptura en el equilibrio
econmico-financiero a su Estudio Tarifario, con lo cual no se haca
necesaria la determinacin de un incremento tarifario adicional.
Como era de esperar, esta decisin de SUNASS gener la reaccin de
SEDAPAL y de todas las partes involucradas en el proceso de
concesin, las cuales detallaremos posteriormente, debido a que
todos los actores esperaban era un incremento tarifario por cada
proyecto, segn lo defina el Contrato. Sin embargo, una vez
realizada la evaluacin de la situacin de la empresa, enmarcada en
el procedimiento que haba aprobado SUNASS, se determin que exista
un fuerte desequilibrio entre la tarifa media y el costo medio de
mediano plazo de la empresa, el cual, siguiendo el citado
procedimiento, deba dimensionarse, para sobre esa base determinar
si se requera o no de un incremento tarifario para afrontar los
compromisos que demandaban los proyectos concesionados. El
Regulador, entenda que aplicar el Contrato a rajatabla y optar por
un incremento tarifario, sera afectar los intereses del usuario, ms
an cuando el desbalance entre tarifa media y costo medio de mediano
plazo, era de una magnitud importante, considerando que sta llegaba
al 19 %.
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proyecto Documento de trabajo concesionado en el sector agua y
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4.3.1 El diagnstico inicial de la empresa Un punto de partida
para poder comprender el desequilibrio entre tarifa media y costo
medio de mediano plazo (que se puede entender tal y como se
puntualiza en relacin siguiente), es dimensionar la evolucin de las
tarifas de SEDAPAL desde que fue aprobado el estudio tarifario de
la empresa en el 2006.
Tme>Cme As, en el cuadro siguiente se puede apreciar que
desde que fue aprobado el Estudio Tarifario de SEDAPAL en agosto
del 2006 y hasta el cierre del 2008, la tarifa haba experimentado
una subida acumulada del orden del 43.8 %.
Cuadro 5. Incrementos tarifarios de SEDAPAL (2006-2008)
Fuente: Estudio Tarifario de SEDAPAL2006-2011 e Instituto
Nacional de Estadstica e Informtica. Informe Tcnico. Variacin de
los Indicadores de Precios de la Economa Este fuerte incremento
haba tenido dos componentes principales, los cuales eran los
incrementos aprobados en el Estudio Tarifario, que eran dos y
correspondan al primer y tercer ao regulatorio3
Ao
(tal y como se observa en el cuadro 2) y los ajustes por ndice
de precios al por mayor (IPM) a los cuales tuvo derecho la empresa
y que fueron un total de cuatro durante el periodo en
evaluacin.
Cuadro 6. Frmula tarifaria de SEDAPAL (2006-2011)
Incremento
tarifario 1 16.42% 2 0.00% 3 7.00% 4 0.00% 5 0.00%
Fuente: Estudio Tarifario de SEDAPAL 2006-2011
3 Si bien la frmula tarifaria final de SEDAPAL consideraba un
incremento de 7 % para el tercer ao regulatorio, es bueno precisar
que por el nivel de cumplimiento de las metas de gestin, la empresa
slo tuvo derecho a aplicar un 6.8 % de incremento
AprobacinFrmula Tarifaria
16.42%
Julio 2007
Reajuste x IPM
3.22%
Marzo 2008
Reajuste x IPM
3.80%
Julio 2008
Reajuste x IPM
4.04%
Octubre 2008
Reajuste Inicio de 3er
Ao Regulatorio
6.80%
Noviembre 2008
Reajuste x IPM
3.77%
Acumulado Julio 2006 Diciembre 2008:
43.8%
Julio 2006
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Estos cuatro ajustes por IPM (a los que las EPS tienen derecho
automtico por Ley, una vez que el IPM acumule una variacin del 3 %
o ms en relacin a un periodo base), significaron una subida de la
tarifa del orden del 15.67 % entre julio del 2007 y noviembre del
2008. Los factores que permitieron esta inusual subida de precios
mayoristas, se encontraron tanto en el flanco interno como externo,
y hallaron su explicacin en el ciclo econmico expansivo que viva el
Per y el resto del mundo, el cual se fren a fines del 2008 con el
estallido de la crisis financiera internacional, que trajo como
consecuencia un ajuste de los precios, sobretodo de las materias
primas, y con ello una menor inflacin. Sin embargo, la Ley estipula
el ajuste ante la subida de precios, pero no el efecto contrario en
un esquema deflacionario como fue el que vivi el IPM durante el
2009, tal y como se observa en el siguiente grfico.
Grfico 2. Evolucin del IPM 2008-2009 (Var. % mensual)
Fuente: Instituto Nacional de Estadstica e Informtica. Informe
Tcnico. Variacin de los Indicadores de Precios de la Economa Es
decir, esta evolucin de los precios, permita que SEDAPAL pudiese
capitalizar el impacto en su situacin econmica financiera, con el
aadido de que el 43.8 % de subida en las tarifas no significa que
los ingresos de la empresa suban en la misma magnitud durante el
periodo evaluado, considerando que existen otros gatilladores de
los ingresos que percibe una empresa regulada en el sector de agua
y saneamiento (para ms detalle ver Anexo 2). Toda esta situacin
presentada con las tarifas y los beneficios adicionales generados
por los gatilladores de ingresos, deberan tener un impacto en la
situacin financiera de la empresa, el cual se pudo corroborar al
evaluar sus estados financieros y apreciar su evolucin en el
periodo 2006-primer semestre del 2009, los cuales revelaban una
mayor fortaleza en las finanzas de la empresa. Esta mejor situacin
se poda evidenciar con mayor claridad en el Estado de Ganancias y
Prdidas (ver Cuadro 7), donde se observaba que los ingresos
producto de la facturacin por los servicios de saneamiento y la
venta de servicios colaterales se incrementaron significativamente
hasta el cierre del ao 2008 y cuya tendencia hasta el primer
semestre del 2009, tambin permita estimar que el comportamiento en
el consolidado de ese ao sera el mismo4
.
4 Posteriormente los resultados del ejercicio 2009, corroboraron
que los ingresos de SEDAPAL continuaron creciendo, al totalizar los
S/. 1,109 millones
0,82
-2,00
-1,50
-1,00
-0,50
0,00
0,50
1,00
1,50
2,00
Ene.
2008
Mar Jun
Set
Dic
Mar
.09
Jun
Set
Dic
-
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proyecto Documento de trabajo concesionado en el sector agua y
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Cuadro 7. Estado de Ganancias y Prdidas de SEDAPAL 2006-2009 II
trimestre (en miles de nuevos soles)
Fuente: Estados Financieros SEDAPAL S.A. 20062009-II
trimestre
Incluso, la utilidad de operacin tambin reportaba una senda de
crecimiento importante, la misma que le permiti pasar de los S/.
111.3 millones en el 2006 a S/. 218.16 millones en el 2008,
mientras que la utilidad neta despus de superar los S/. 125
millones en el 2007, tuvo un magro comportamiento el 2008 con
apenas S/. 4 millones en positivo -, pero que fue consecuencia
directa del efecto que tuvo las prdida por diferencia de cambio
dentro del rubro gastos financieros, las cuales, si bien son
netamente contables, ocasionaron el importante descenso en el nivel
de utilidades. Pasado este ejercicio, en el 2009 ya no se atraves
este problema y al primer trimestre la utilidad ya reportaba un
saldo favorable en S/. 163 millones5
5 La tendencia positiva de las utilidades continu a lo largo del
2009, culminando la empresa el ao con u acumulado de S/. 225
millones
. Adems del Estado de Ganancias y Prdidas, el Flujo de Efectivo
fue otro estado financiero que tambin permiti contrastar la
favorable posicin financiera de SEDAPAL (ver Cuadro 8), al punto
que a lo largo del periodo comprendido entre el 2006 y el primer
trimestre del 2009, la compaa report un importante y creciente
saldo final de efectivo, que lleg a los S/. 283.4 millones al
culminar la primera mitad del 2009.
Partida (miles de soles) 2006 2007 2008 2009-2
Total Ingresos 779.787 866.823 1.003.083 565.771
Ventas netas 748.095 827.374 959.087 533.241
Otros ingresos operacionales 31.692 39.448 43.996 32.530
Costo de Ventas (497.811) (509.492) (584.494) (296.630)
Costo de ventas a terceros (497.811) (509.492) (584.494)
(296.630)
Utilidad Bruta 281.976 357.330 418.589 269.141
Gastos de Ventas (93.900) (101.435) (110.741) (56.143)
Gastos de Administracin (76.772) (81.034) (89.685) (40.069)
Utilidad Operativa 111.304 174.861 218.162 172.929
Ingresos Financieros 129.675 122.462 147.655 159.378
Ingresos Diversos 14.909 19.161 10.419 5.828
Gastos Financieros (97.032) (114.611) (356.865) (83.789)
Otros Egresos (16.242) (16.346) (24.033) (18.189)
Resultado antes de Part. y de IR 142.615 185.527 (4.661)
236.157
Participacin de los trabajadores (7.382) (8.913) 1.307
(10.911)
Impuesto a la Renta (42.075) (50.807) 7.448 (62.191) UTILIDAD
(PERDIDA) DEL EJERCICIO 93.158 125.807 4.094 163.055
-
Experiencia regulatoria en la determinacin de una tarifa para un
proyecto Documento de trabajo concesionado en el sector agua y
saneamiento: Casos Huascacocha y Taboada
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Cuadro 8. Flujo de Caja de SEDAPAL (en miles de nuevos
soles)
Fuente: Estados Financieros SEDAPAL S.A. 20062009- II
trimestre
Una primera conclusin de los resultados obtenidos por concepto
de utilidad operativa y del saldo de caja disponible al cierre del
primer semestre del 2009, es que la empresa podra afrontar, sin
necesidad de un incremento tarifario adicional, los pagos por RPI y
RPMO de los proyectos Huascacocha y Taboada, las cuales ascendan a
S/. 37.9 millones y S/. 101.6 millones, respectivamente,
totalizando S/. 140 millones anuales, los cuales podan ser
fcilmente absorbidos por los resultados financieros que vena
reportando la empresa, que dada la tendencia se proyectaban como
sostenibles y con grandes posibilidades de seguir mejorando.
Inclusive, en la eventualidad de tener proyectos adicionales desde
el 2010 en adelante, la empresa no tendra problemas de afrontar sus
inversiones, puesto que en ese entonces vena realizando el PMO que
servira como base para la elaboracin del Estudio Tarifario
correspondiente al quinquenio 2010-2015, que fue finalmente
aprobado por SUNASS en abril del 2010. Finalmente, los principales
ratios financieros de la empresa (liquidez, solvencia y
rentabilidad), que se presentan en el cuadro 5, tambin
fundamentaban la situacin de la empresa con un bajo nivel de
endeudamiento, un adecuado margen operativo y una liquidez que an
no se encontraba en niveles ptimos.
FLUJO DE EFECTIVO (miles de soles) 2006 2007 2008
2009-2ACTIVIDADES DE OPERACINCobranza a los clientes 874.765
1.007.187 1.071.318 650.455 Cobranza de recurso tributario 28.501
35.788 35.294 - Cobranza de intereses y otros 15.419 12.393 21.644
12.524 Otros cobros de efectivo relativos a la actividad 16.413
19.298 6.882 29.303 Menos: - - - - Pagos a proveedores (382.255)
(414.275) (511.942) (193.447) Pago de remuneraciones y beneficios
sociales (149.225) (157.041) (173.897) (104.805) Pago de tributos
(91.969) (97.701) (128.366) (75.870) Otros pagos de efectivo
relativos a la actividad (1.685) (23.830) (28.385) - Pago de
intereses y otros (6.650) (13.171) (19) (126) Efectivo y
equivalente provisto de actividades de operacin 303.314 368.646
292.528 318.034
ACTIVIDADES DE INVERSIN - - - - Pagos por adiciones de activos
fijos (228.736) (378.020) (452.933) (308.789) Bajas de activos
fijos - (551) - - Efectivo y equivalente provisto de actividades de
inversin (228.736) (378.570) (452.933) (308.789)
ACTIVIDADES DE FINANCIAMIENTO - - - - Prstamos de corto y largo
plazo, neto de amort. (19.055) 32.610 86.870 91.741 Intereses de
prstamos (52.705) (47.415) (38.364) (15.240) Ingresos por aporte de
capital y capital adicional 88.989 90.301 264.527 67.485 Pago de
utilidades (6.638) (1.500) (196.191) - Efectivo y equivalente
provisto de actividades de financiamiento 10.591 73.996 116.842
143.986
VARIACIN DE EFECTIVO O EQUIVALENTE 85.169 64.072 (43.563)
153.231 SALDO INICIAL DE EFECTIVO 24.514 109.683 173.756 130.193
SALDO FINAL DE EFECTIVO 109.683 173.756 130.193 283.424
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proyecto Documento de trabajo concesionado en el sector agua y
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Cuadro 9. Ratios Financieros de SEDAPAL (2006-2009 II
Trimestre)
Fuente: Estados Financieros SEDAPAL S.A. 20062009 II
trimestre
4.3.2 Procedimiento regulatorio Para determinar la necesidad o
no de un incremento tarifario para los proyectos Huascacocha y
Taboada, la aplicacin del procedimiento aprobado por RCD N
035-2009-SUNASS-CD, conllevaba a realizar una revisin del Estudio
Tarifario, que inclua la evaluacin de los costos y de los ingresos
para lo que restaba del periodo regulatorio que culminaba en julio
del ao 2011. Hasta el momento, hemos demostrado que la evolucin de
los ingresos de SEDAPAL mantuvo una senda creciente (explicada por
las mayores tarifas por frmula tarifaria, ajuste por IPM y el
crecimiento del nmero de conexiones). En contraparte, los costos de
la empresa reportaban una senda muy similar y estable respecto a la
que fue proyectada en el estudio tarifario de la EPS. Sin embargo,
exista otra variable importante que debera ser revisada y que sin
duda, impactara en la evaluacin, la cual es el costo promedio
ponderado del capital (conocida como WACC). Al momento de realizar
el estudio tarifario para el quinquenio regulatorio 2006-2011 el
WACC calculado para SEDAPAL fue de 6.12 %. Sin embargo, una
actualizacin de los parmetros que forman parte del clculo, demostr
que la tendencia, salvo la pequea subida del 2007 (que se aprecia
en el grfico 2), fue marcadamente a la baja, llegando a un valor
mnimo de 2.92 % en agosto del 2009. Este ciclo de reducciones del
WACC haba tenido un impacto favorable en la situacin financiera de
la empresa, considerando que desde el 2008, el WACC determinado en
el 2006 ya se encontraba al menos 2 puntos porcentuales por encima
del valor de ese momento, lo que significaba mayores posibilidades
de ingresos para la empresa, lo cual se comprob en la situacin
financiera descrita previamente.
INDICADORES FINANCIEROS 2006 2007 2008 2009-2
Liquidez Liquidez Corriente 0,91 0,87 0,98 1,10 Prueba cida 0,89
0,86 0,97 1,09
Solvencia Endeudamiento financiero 33,39% 31,16% 31,25% 32,69%
Apalancamiento patrimonial 50,12% 45,27% 45,45% 48,56% Cobertura de
gastos financieros 1,15 1,53 0,61 2,06
Rentabilidad Margen Operativo 14,27% 20,17% 21,75% 30,57% Margen
Neto 11,95% 14,51% 0,41% 28,82% ROA 1,89% 2,44% 0,07% 2,77% ROE
0,28% 2,74% 3,54% 0,11%
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Grfico 3. Evolucin del WACC de SEDAPAL (2006-2009)
Fuente: Gerencia de Regulacin Tarifaria, SUNASS Para entender
esta evolucin, es importante sealar que el costo de capital es una
variable altamente sensible a la fluctuacin de indicadores
macroeconmicos y financieros. En ese sentido, es necesario
considerar que la coyuntura vivida en el ltimo tramo del 2009 (para
mayor detalle ver el Anexo 3), coincida con el proceso de
recuperacin de los mercados financieros globales, despus del
estallido de la crisis sub prime experimentada en el ao 2008 y que
desencaden la mayor cada de los mercados de valores desde la
depresin de 1929. En ese orden de ideas, fue que se procedi a
realizar, en noviembre del 2009, un reclculo del WACC para SEDAPAL
(ver en el Anexo 4 los detalles de la metodologa de clculo
utilizado en el sector de agua y saneamiento), el cual arroj los
siguientes resultados: Cuadro 10. Resumen del clculo del costo
promedio ponderado de capital para SEDAPAL Parmetros Definidos por
SUNASS Datos Actualizados
Beta del Sector () 0,82 Prima por Riesgo Pas (RP) 2,13%
Prima de Riesgo del Mercado (PRM) 6,57% Tasa Libre de Riesgo
(Rf) 3,21%
Impuesto efectivo (fe) 33,5% Costo Promedio Ponderado del
Capital (CPPC)
Relacin Deuda Capital 33 / 67 WACC=re*(P/P + D) + rd*(1-te)*(D/P
+ D)
Devaluacin -1,73% WACCnme 7,74%
Inflacin 2,10% WACCnrmn 3,70%
6.12% 6.21%
4.12%
2.92%
0.00%
1.00%
2.00%
3.00%
4.00%
5.00%
6.00%
7.00%
Ago. 2006 Ago. 2007 Ago. 2008 Ago. 2009
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Costo del Capital Propio (re) Costo de la Deuda (rd)
re= Rf + B*(PRM) + RP rd= 2,62%
re= 10,73%
Fuente: Gerencia de Regulacin Tarifaria, SUNASS
En tal sentido, la situacin de ingresos mucho mayores a los
proyectados, costos estables en relacin a lo establecido en el
Estudio Tarifario y un costo promedio ponderado del capital cuyos
parmetros de clculo han cambiado, nos llevaba a un escenario de
desequilibrio, con tarifa media mayor al costo medio, el cual deba
subsanarse para fines de la incorporacin de los proyectos
Huascacocha y Taboada dentro del quinquenio regulatorio
vigente.
4.3.2.1 El Costo Medio y la Tarifa Media Con este clculo del
WACC y con toda la informacin de la empresa necesaria para el
clculo tarifario, se procedi a realizar una evaluacin de la relacin
existente entre el costo medio de mediano plazo y la tarifa media
as como su efecto sobre el Valor Actual Neto (VAN). El modelo
regulatorio seala que en situacin de equilibrio econmico, la
empresa debera obtener un VAN igual a cero, de acuerdo a la
siguiente ecuacin: Donde:
K0 = Base de capital al inicio del perodo; Pt = Precio de
equilibrio en el periodo t; It = Inversiones en el perodo t;
tWK = Variacin del capital de trabajo en el periodo t, K5 =
Capital residual al final del quinto ao; Ct = Costos de operacin y
mantenimiento en el perodo t; Ipt = Impuesto en el perodo t; r =
Tasa de descuento, determinada por la Superintendencia; t = Perodo
(ao); Qt = Volumen facturado en el perodo t;
Ello implica que para que la empresa cubra las inversiones, los
costos de operacin y mantenimiento, los cargos impositivos, las
variaciones del capital de trabajo y una rentabilidad razonable
sobre el capital invertido; la tarifa media (TM) debe ser igual al
costo medio de mediano plazo (CMP). De esta forma, la empresa
estara alcanzando el objetivo de sostenibilidad econmica. Bajo este
esquema, se precedi primero a determinar la situacin de la tarifa
media y costo medio de mediano plazo de la empresa previa a la
incorporacin del proyecto Huascacocha.
)1()1(
-Q*0 55
5
1
t0 r
Kr
IpWKICPKt
tt tttt
++
+
+= =
-
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Al respecto, la informacin operacional y financiera actualizada,
permiti determinar un desequilibrio del orden del -19.12%. De este
modo, como resultado del cierre econmico-financiero del modelo de
clculo tarifario que incluye el proyecto Derivacin- Huascacocha
Rmac, se obtuvo que el incremento asociado a la inclusin del
mencionado proyecto ascenda a 2,3%, con lo cual poda ser
ntegramente absorbido por la estructura tarifaria de SEDAPAL que se
encontraba vigente.
Incluso, tal era la diferencia entre la Tarifa Media y el Costo
Medio de Mediano Plazo, que al incorporar las anualidades por RPI y
RPMO correspondientes al proyecto Derivacin- Huascacocha Rmac para
lo que restaba del quinquenio regulatorio, la Tarifa Media de
SEDAPAL tendra que ajustarse a la baja en aproximadamente 16.82 %
para lograr un VAN=0. Posteriormente, al evaluar el proyecto
Taboada, se determin que para lo que restaba del perodo
regulatorio, se estableca que el costo medio de mediano plazo
ascenda a S/. 2.294, tal y como se presenta a continuacin:
Cuadro 11. Clculo del Costo Medio de Mediano Plazo de
SEDAPAL
Variables Ao 3 Ao 4 Ao 5
Costos Operativos 480,701,144 470,123,505
Inversiones 573,126,238 811,177,269
Variacin de capital-trabajo 36,975,217 30,087,041
Impuestos 85,116,196 69,141,914
Base Capital -3,963,282,173 0 4,654,096,429
Flujo de Costos descontados 3,963,282,173 1,175,918,796
3,273,566,700
Valor presente de Costos 1,865,634,268
Variable Ao 3
V.P. Volumen Facturado 813,081,506
CMP 2.294
Asimismo, para el referido perodo se obtuvo que la tarifa media
era de S/. 2.390, tal y como se presenta en el siguiente
cuadro:
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Cuadro 12. Clculo de la Tarifa Media de SEDAPAL
Variables Ao 3 Ao 4 Ao 5
Ingresos por Ventas 989,496,102 954,165,150
Valor Presente de Ingresos 1,943,661,251
Variable Ao 3
V.P. Volumen Facturado 813,081,506
CMP 2,390
Esta situacin significaba que el ajuste de la Tarifa Media para
igualarse al Costo Medio de Mediano Plazo deba ser de -16.82%, con
lo cual se evidenciaba una clara situacin de desequilibrio. En
pocas palabras, la Estructura Tarifaria de SEDAPAL vigente en ese
entonces, poda absorber sin mayor inconveniente los incrementos
tarifarios requeridos para Huascacocha y Taboada, los cuales eran
del orden del 2.3 % y 7.84 %, respectivamente, e incluso la empresa
quedara an con un pequeo saldo tarifario a su favor, el cual sera
corregido meses despus, al momento de desarrollarse el Estudio
Tarifario correspondiente al quinquenio 2010-2015. 5 RESOLUCIONES
DE SUNASS Y RECURSO DE RECONSIDERACIN
INTERPUESTO POR SEDAPAL
Una vez realizados los clculos y al haberse determinado que la
estructura tarifaria vigente de SEDAPAL permita que la empresa
pueda hacer frente a sus obligaciones contractuales, sin la
necesidad de un incremento tarifario adicional, el Consejo
Directivo de SUNASS procedi a notificar las resoluciones
respectivas.
Grfico 4. Diferencial entre Tarifa Media y Costo Medio de
Mediano Plazo de SEDAPAL (Junio 2009)
Fuente: Gerencia de Regulacin Tarifaria, SUNASS
19%
CMETME
Absorbe Huascacocha
y Taboada
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La primera fue la RCD N 026-2009-SUNASS-CD referida al proyecto
Huascacocha y posteriormente se emiti la RCD N 053-2009-SUNASS-CD
en la cual se detall la decisin tomada con respecto al proyecto
PTAR Taboada. En el Cuadro 9 se detalla el articulado de ambas
resoluciones: Cuadro 13. Articulado de las Resoluciones de Consejo
Directivo sobre las decisiones tomados para los proyectos
Huascacocha y PTAR Taboada
RCD N 026-2009-SUNASS-CD: Proyecto Huascacocha RCD N
053-2009-SUNASS-CD: PTAR Taboada Artculo 1.- Establecer que la
Estructura Tarifaria vigente de la empresa SEDAPAL S.A. permite
incorporar el Proyecto Derivacin Huascacocha Rmac al periodo
regulatorio vigente, iniciado el 23 de julio del ao 2006 y culminar
el 24 de julio del ao 2011, sin generar ruptura en el equilibrio
econmico-financiero.
Artculo 1.- Establecer que la Estructura Tarifaria vigente de la
empresa SEDAPAL S.A. permite incorporar el Proyecto Planta de
Tratamiento de Aguas Residuales Taboada PTAR Taboada al perodo
regulatorio vigente, sin generar ruptura en el equilibrio
econmico-financiero. La indicada Estructura Tarifaria garantiza que
SEDAPAL cumpla con las obligaciones para los conceptos de
Remuneracin por Inversin (RPI) y la Remuneracin anual por
Mantenimiento y Operacin (RPMO), expuestos en la parte
considerativa de la presente resolucin, durante el plazo estipulado
en el Contrato de Concesin.
Artculo 2.- La empresa SEDAPAL S.A. mantendr vigente su actual
Frmula Tarifaria, Estructuras Tarifarias y Metas de Gestin,
conforme a lo dispuesto por la RCD N 034-2006-SUNASS-CD, las mismas
que permitirn cubrir los pagos del Proyecto Derivacin Huascacocha
Rmac, de acuerdo a lo estipulado en el contrato de Concesin.
Artculo 2.- Disponer que en caso la empresa SEDAPAL S.A.
presente una solicitud de reajuste tarifario sustentado en la
evaluacin de la Empresa Auditora referida en el Contrato de
Concesin, la SUNASS considerar dicha evaluacin como referencial y
utilizar su propia metodologa basada en la determinacin de costos
eficientes. La SUNASS evaluar las solicitudes de incremento
tarifario correspondiente a los ajustes de la Remuneracin por
Inversin (RPI), Remuneracin por Mantenimiento y Operacin (RPMO),
extensiones de plazo, entre otros, que presente la empresa SEDAPAL
S.A. Lo anterior es extensible tambin a las solicitudes de
restablecimiento del equilibrio econmico y financiero
Artculo 3.- Disponer que en caso la empresa SEDAPAL S.A.
presente una solicitud de reajuste tarifario sustentado en la
evaluacin de la Empresa Auditora referida en el Contrato de
Concesin, la SUNASS considerar dicha evaluacin como referencial y
utilizar su propia metodologa basada en la determinacin de costos
eficientes. La SUNASS evaluar las solicitudes de incremento
tarifario correspondiente a los ajustes de la Remuneracin por
Inversin (RPI), Remuneracin por Mantenimiento y Operacin (RPMO),
extensiones de plazo, entre otros, que presente la empresa SEDAPAL.
Lo anterior es extensible tambin a las solicitudes de
restablecimiento del equilibrio econmico-financiero.
Artculo 3.- En ejercicio de las atribuciones conferidas
legalmente, la SUNASS est facultada para solicitar informacin a la
empresa SEDAPAL S.A., respecto a la ejecucin del proyecto Planta de
Tratamiento de Aguas Residuales Taboada PTAR Taboada, as como
respecto a los pagos al concesionario a travs del Contrato de
Fideicomiso a constituirse.
Artculo 4.- En ejercicio de las atribuciones conferidas
legalmente, la SUNASS est facultada para solicitar informacin a la
empresa SEDAPAL, respecto a la ejecucin del proyecto Derivacin
Huascacocha-Rmac, as como respecto a los pagos al concesionario a
travs del Contrato de Fideicomiso a constituirse.
Artculo 4.- En caso la empresa SEDAPAL S.A. inicie el
procedimiento sealado en el artculo 102-A del Texto nico Ordenado
del Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento,
aprobado por Decreto Supremo N 023-2005-VIVIENDA, podr evaluarse lo
dispuesto en la presente resolucin.
Artculo 5.- En caso la empresa SEDAPAL S.A. inicie el
procedimiento sealado en el artculo 102-A del Texto nico Ordenado
del Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento,
aprobado por Decreto Supremo N 023-2005-VIVIENDA, podr evaluarse lo
dispuesto en la presente resolucin.
Fuente: RCD N 026-2009-SUNASS-CD y RCD N 053-2009-SUNASS-CD Una
conclusin inicial que se puede obtener de la lectura del articulado
de ambas resoluciones es que el regulador determin, para ambos
casos y en base al clculo realizado, que la estructura tarifaria
vigente de la empresa le permita incorporar ambos proyectos sin
generar una ruptura del equilibrio econmico financiero.
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Esto significaba que SEDAPAL mantendra vigente su Frmula
Tarifaria, Estructuras Tarifarias y Metas de Gestin hasta el cierre
del quinquenio regulatorio, el cual como se coment, terminara antes
de lo previsto debido al nuevo PMO que estaba elaborando la empresa
bajo el marco del artculo 102-A del Texto nico Ordenado del
Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento, aprobado
por Decreto Supremo N 023-2005-VIVIENDA, que sealaba que ante la
existencia de causas sobrevinientes, una EPS poda sustituir su PMO
vigente por uno nuevo. Adicionalmente, ambas resoluciones
expresaban el accionar del regulador en caso la empresa solicitase
ajustes a la RPI y RPMO por diversos motivos. En todos los casos,
la SUNASS implementara su normativa vigente y su metodologa basada
en la determinacin de costos eficientes. Asimismo, para ambos
proyectos se precis que las atribuciones conferidas legalmente al
regulador, le permitan solicitar informacin a la empresa SEDAPAL,
respecto a la ejecucin de ambos proyectos, as como respecto a los
pagos al concesionario a travs del Contrato de Fideicomiso a
constituirse. Finalmente, ambas resoluciones precisaban en su ltimo
artculo que en caso SEDAPAL iniciara el procedimiento sealado en el
artculo 102-A del Texto nico Ordenado del Reglamento de la Ley
General de Servicios de Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo N
023-2005-VIVIENDA, podr evaluarse lo dispuesto en cada resolucin.
La reconsideracin de SEDAPAL Al recibir las notificaciones de ambas
Resoluciones, SEDAPAL slo opt, a inicios de diciembre del 2009, por
presentar un recurso de reconsideracin a la decisin del Consejo
Directivo de SUNASS con respecto al proyecto PTAR Taboada. Los
argumentos expuestos concluan que al no haberse determinado un
incremento tarifario para cubrir las obligaciones de la PTAR
Taboada, se producira una ruptura del equilibrio econmico -
financiero de la empresa y del Contrato de Concesin. Adems, se
sealaba que al no cumplir con el numeral 6.28 del Contrato de
Concesin, es decir no aplicarse el incremento tarifario hasta la
Fecha de Vigencia de Obligaciones se dara una suspensin del plazo
de la concesin y en caso esta suspensin superase los 3 meses
contados a partir de la Fecha de Vigencia de Obligaciones, el
Concesionario podr invocar la Caducidad de la Concesin, generando
con ello un perjuicio econmico irreparable para el Estado peruano.
6. RESPUESTA DE SUNASS AL RECURSO DE RECONSIDERACIN INTERPUESTO POR
SEDAPAL Ante el recurso interpuesto por SEDAPAL a la Resolucin de
Consejo Directivo N 053-2009-SUNASS-CD, vinculada a la PTAR
Taboada, el Organismo Regulador emiti la resolucin
N015-2010-SUNASS-CD del 2 de marzo del 2010, en la cual resolva el
recurso presentado por la empresa. Un aspecto importante a tomar en
cuenta, es que mientras este proceso se llevaba a cabo, la Gerencia
de Regulacin Tarifaria de SUNASS, mediante resolucin N 001-2010-
SUNASS-GRT del 11 de enero de 2010, haba admitido a trmite la
solicitud presentada por SEDAPAL, en el marco del artculo 102-A del
Texto nico Ordenado del Reglamento de la Ley General de Servicios
de Saneamiento, lo cual significaba
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proyecto Documento de trabajo concesionado en el sector agua y
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reemplazar su PMO vigente correspondiente al quinquenio
2006-2011, por uno nuevo para el periodo 2010-2015. Este aspecto
fue contemplado en los considerandos de la resolucin N 015, la cual
en su articulado concluy lo siguiente: Artculo 1.- DECLARAR fundado
en parte el recurso de reconsideracin interpuesto por SEDAPAL S.A.
contra la Resolucin de Consejo Directivo N 053-2009-SUNASS-CD y en
consecuencia:
a) FIJAR en 7.81% el incremento tarifario requerido por SEDAPAL
S.A. para atender las obligaciones derivadas de la Remuneracin por
Inversin (RPI) y Remuneracin Anual por Mantenimiento y Operacin
(RPMO) contemplados en el Contrato de Concesin del Proyecto Planta
de Tratamiento de Aguas Residuales Taboada PTAR Taboada, el mismo
que se calcula sobre la Estructura Tarifaria de Equilibrio de la
empresa.
b) DISPONER que, en tanto este Organismo Regulador no apruebe un
nuevo Estudio Tarifario correspondiente a un quinquenio regulatorio
distinto, SEDAPAL S.A. contine aplicando la Frmula Tarifaria y
Estructura Tarifaria aprobadas por Resolucin de Consejo Directivo N
034-2006-SUNASS-CD. Artculo 2.- PRECISAR que con excepcin del
artculo 1 las dems disposiciones contenidas en la Resolucin de
Consejo Directivo N 053-2009-SUNASS-CD mantienen su eficacia, en
atencin a lo expuesto en los considerandos 3.8 y 3.9 de la presente
Resolucin6
Que, asimismo, a travs del artculo 5 de la Resolucin de Consejo
Directivo N 026-2009-SUNASS-CD del 06 de julio de 2009, el Consejo
Directivo de la SUNASS precis que [e]n caso la empresa SEDAPAL S.A.
inicie el procedimiento sealado en el
. Es decir, a diferencia de lo detallada en la RCD N 053-2009,
en esta resolucin se precisaba que el incremento tarifario
requerido por SEDAPAL, para atender los pagos por RPI y RPMO
estipulados en el Contrato de la PTAR Taboada, ascenda a 7.81 %.
Adems de ello, el regulador se reafirmaba en mantener la estructura
tarifaria de la empresa en los niveles en los que se encontraba en
ese entonces, concluyendo que el anlisis de la situacin
econmica-financiera de la empresa determinaba un desequilibrio
entre la tarifa media y el costo medio de mediano plazo. De otro
lado, pese a que la empresa no haba presentado un recurso de
reconsideracin por RCD N 026, referida al proyecto Huascacocha, la
SUNASS decidi emitir la Resolucin N 014-2010-SUNASS-CD en simultneo
con la resolucin que resolva el citado recurso. Esta nueva
resolucin haca referencia dentro de sus considerandos a lo
siguiente:
6 Los considerandos sealaban los siguiente: 3.8 El artculo 217.1
de la Ley del Procedimiento Administrativo General establece que
[l]a resolucin del recurso estimar en todo o en parte o desestimar
las pretensiones formuladas en el mismo o declarar su inadmisin.
Por lo tanto, estando a las consideraciones expuestas en la
presente Resolucin corresponde declarar fundado en parte el recurso
de reconsideracin interpuesto por la SEDAPAL S.A. contra la
Resolucin de Consejo Directivo N 053-2009-SUNASS-CD. 3.9 Sin
embargo, para los fines de circunscribir los alcances de la
presente Resolucin, es relevante mencionar que de una revisin
integral del recurso administrativo se advierte que SEDAPAL S.A. ha
orientado su impugnacin nicamente a lo resuelto en el Artculo 1 de
la Resolucin de Consejo Directivo 053-2009-SUNASS-CD y, por lo
tanto, considerando que el resto de disposiciones contenidas en la
parte resolutiva de dicho acto administrativo resultan
independientes unas de otras, este pronunciamiento no las
comprende, con arreglo a lo dispuesto en los artculos 11.1 y 13.2
de la Ley del Procedimiento Administrativo General.
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Experiencia regulatoria en la determinacin de una tarifa para un
proyecto Documento de trabajo concesionado en el sector agua y
saneamiento: Casos Huascacocha y Taboada
SUNASS, Lima, Per Jos SALARDI RODRIGUEZ. Pgina 30 de 67
artculo 102-A del Texto nico Ordenado del Reglamento de la Ley
General de Servicios de Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo N
023-2005-VIVIENDA, podr evaluarse lo dispuesto en la presente
Resolucin; Es decir, la SUNASS entenda que en el marco del cambio
de PMO vigente, por el que estaba optando la empresa, era oportuno
detallar cul sera el marco del pago de las obligaciones asumidas
con el Concesionario de Huascacocha. Para ello, la RCD N 014,
defini el siguiente articulado: Artculo 1.- FIJAR en 2.3% el
incremento tarifario requerido por SEDAPAL S.A. para atender las
obligaciones derivadas de la Remuneracin por Inversin (RPI) y
Remuneracin Anual por Mantenimiento y Operacin (RPMO) contemplados
en el Contrato de Concesin del Proyecto Derivacin Huascacocha -
Rmac, el mismo que se calcula sobre la Estructura Tarifaria de
Equilibrio. Artculo 2.- DISPONER que, en tanto este Organismo
Regulador no apruebe un nuevo Estudio Tarifario correspondiente a
un quinquenio regulatorio distinto, SEDAPAL S.A. contine aplicando
la Frmula Tarifaria y Estructura Tarifaria aprobadas por Resolucin
de Consejo Directivo N 034-2006-SUNASS-CD. Artculo 3.- PRECISAR que
con excepcin del artculo 1 las dems disposiciones contenidas en la
Resolucin de Consejo Directivo N 026-2009-SUNASS-CD mantienen su
eficacia. Al igual que en el caso de la PTAR Taboada, el regulador
decidi especificar cul era el nivel de incremento tarifario (en
este caso, 2.3 %) que le permitira a SEDAPAL afrontar sus
compromisos con OAS, el Concesionario de Huascacocha. Tambin se
precis que la estructura tarifario no experimentara modificacin
alguna. 7. PROYECTO DE ESTUDIO TARIFARIO Y NUEVA FORMULA
TARIFARIA
A fines de marzo del 2010, mes en el que se notificaron las
Resoluciones N 014 y 015, se llev a cabo la audiencia pblica en la
que se expuso el proyecto de Estudio Tarifario para el quinquenio
regulatorio 2010-2015 de SEDAPAL. La empresa en su Plan Maestro
Optimizado, haba propuesto una frmula tarifaria que inclua 3
incrementos tarifarios, de 10.26 % cada uno