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1 I N S T I T U T O P O L I T E C N I C O N A C I O N A L E S C U E L A S U P E R I O R D E C O M E R C I O Y A D M I N S I T R A C I Ó N U N I D A D T E P E P A N S E M I N A R I O : “REGIMEN FISCAL A PLICABLE A LAS EMPRESAS INTEGRADORAS” TEMA “APLICACIÓN PRACTICA DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA EN UNA EMPRESA INTEGRADORA” INFORME FINAL PARA OBTENER EL TITULO DE CONTADOR PUBLICO PRESENTAN ANA LORENA RUIZ HERNÁNDEZ SILVESTRE CERVANTES LEÓN HUGO RAMÍREZ OLVERA EDER ROMÁN MOTA DAVID ANTONIO PRADO RODRÍGUEZ CONDUCTOR DEL SEMINARIO México, D.F. a 17 de Marzo de 2006
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informe final para entregar

Jul 31, 2022

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Page 1: informe final para entregar

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I N S T I T U T O P O L I T E C N I C O N A C I O N A L

E S C U E L A S U P E R I O R D E C O M E R C I O

Y

A D M I N S I T R A C I Ó N

U N I D A D T E P E P A N

S E M I N A R I O :

“REGIMEN FISCAL A PLICABLE A LAS EMPRESAS INTEGRADORAS”

TEMA

“APLICACIÓN PRACTICA DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

EN UNA EMPRESA INTEGRADORA”

INFORME FINAL PARA OBTENER EL TITULO DE CONTADOR PUBLICO

PRESENTAN

ANA LORENA RUIZ HERNÁNDEZ

SILVESTRE CERVANTES LEÓN

HUGO RAMÍREZ OLVERA

EDER ROMÁN MOTA

DAVID ANTONIO PRADO RODRÍGUEZ

CONDUCTOR DEL SEMINARIO

México, D.F. a 17 de Marzo de 2006

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Agradecimientos

Con gran orgullo y cariño al Instituto Politécnico Nacional, a la Escuela Superior de Comercio y

Administración que nos abrieron las puertas del conocimiento. No sabemos como, ni quienes seriamos de no

haber estudiado en esta escuela, pero sabemos que lo que somos ha tenido que ver nuestra escuela y ya nunca

volveremos a ser los mismos. Instituto Politécnico Nacional y Escuela Superior de Comercio y

Administración, siempre los llevaremos en nuestras mentes y en nuestros corazones con gran orgullo.

Con respeto y admiración a todos los profesores de las diferentes asignaturas por habernos dado los

conocimientos necesarios para enfrentarnos a los problemas de nuestra profesión en el mundo real y por

habernos apoyado a superar los momentos difíciles para poder llegar hasta aquí, en especial por haber

contribuido a superarnos, a todos aquellos que en la distancia sus nombres ya no nos acompañan pero sus

conocimientos siempre van con nosotros, por que su trabajo en equipo hace que otros se superen, con este

trabajo les queremos decir, han cumplido, sus conocimientos se han multiplicado, con cariño y admiración

gracias.

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3

INDICE

Agradecimientos………………………………………………………………..………………………………2

Introducción……..……………………………………………………………..…………………………….…5

Capítulo I

Antecedentes de las empresas integradoras en México……………………..………………………………….7

1.1 Aspectos generales………………………………………….………………………………………………8

1.2 Fundamentos legales…………………………………………….………………………………………….9

1.3 Etapas de constitución……………………………………………………………………………….…….14

1.3.1 Proyecto de Factibilidad……………………………………………………………………….………...17

1.3.2 Registro ante la Secretaria de Relaciones Exteriores……………………………………………....……40

1.3.3 Proyecto de acta constitutiva…………………………………………………………………………….49

1.3.4 Registro ante la Secretaria de Hacienda y Crédito Publico……………………………………….……..66

Capítulo II

Aspectos contables………………………………………………………………………………………..……70

2.1 Normas de Información Financiera (NIF)………………………………………………………………...71

2.2 Sistemas de Registros………………………………………………………………………………..……86

2.3 Guía Contabilizadota……………………………………………………………………………………...87

2.4 Formas de contabilizar…………………………………………………………………………………...106

Capítulo III

Aspectos Fiscales en las Empresas Integradoras………………………………………………………….…142

3.1 Régimen Simplificado……………………………………………………………………………………143

3.1.1 Fundamento Legal………………………………………………………………………………….......144

3.1.2 Procedimiento para el calculo de pagos provisionales e impuesto del ejercicio……………………….152

3.1.2.1 Ejemplos………………………………………………………………………………..…………….153

3.1.3 Presentación en medios electrónicos……………………………………………………..…………….160

3.2 Régimen Intermedio……………………………………………………………………………………...160

3.2.1 Fundamento Legal……………………………………………………………………………………...163

3.2.2 Procedimiento para el calculo de los pagos provisionales e impuesto del ejercicio……..………….…165

3.2.2.1 Ejemplo………………………………………………………………………………………….…..171

3.2.3 Presentación en medios electrónicos…………………………………………………………....….......176

3.3 Régimen General…………………………………………………………………………………….…...177

3.3.1 Fundamento legal……………………………………………………………………………….……...177

3.3.2 Procedimiento para el calculo de pagos provisionales e impuesto del ejercicio…………………….....182

3.3.2.1 Ejemplos……….………………………………………………………………………..……….…191

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4

3.3.3 Presentación en medio electrónicos……………………………………...………………………….....198

CAPÍTULO IV

Caso Práctico……………………………………………………………………………………….……..….201

4.1 Antecedentes de la empresa integradora………………………………………………….…………...….202

4.2 Creación de la empresa integradora…………………………………………………...……………….....203

4.3 Su contabilidad………………………………………………………………………………………...…263

4.4 Calculo del Impuesto Sobre la Renta…………………………………………………….…………...…290

4.4.1Pagos Provisionales……………………………………………………………………………………..290

4.4.2 Impuesto del ejercicio………………………………………………………………..…………………299

4.4.3 Presentación en medios electrónicos…………………………………………………..………….........300

Conclusiones y sugerencias………………………………………………………………………………..…303

Anexos………..………………………………………………………………………………………………304

Bibliografía………......……………………………………………………………………………………….305

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Introducción

A partir de la expedición del decreto que promueve la organización de Empresas Integradoras en 1993 el cual

presentaremos en el capítulo primero “ Antecedentes de las Empresas Integradoras en México”, la Secretaría

de Economía ha desarrollado en forma permanente instrumentos que permiten a la comunidad empresarial la

mejor aceptación y comprensión del esquema de las “Empresas Integradoras” , que adquiere día a día mayor

relevancia dadas las condiciones de un entorno mundial que requiere de mayor productividad y

competitividad de las empresas para asegurar su permanencia, la Secretaria de Hacienda y Crédito Publico no

a logrado difundir con éxito la información relacionada al tratamiento fiscal que deben de tener las Empresas

Integradoras.

Con base a esta hemos desarrollado este Informe sobre el tratamiento fiscal y contable de una Empresa

Integradora con el objeto de que las empresas micro, pequeñas y medianas, así como los productores

agroindustriales, cuenten con un apoyo para entender el esquema de una integradora y se vea como una

alternativa real que les permita fortalecerse para competir y la cual cuenta con grandes beneficios fiscales, el

cual es un tema que mas preocupa a los empresarios.

En este informe encontrara las distintas etapas que involucran un proceso de integración, presentando de

manera general los pasos a seguir, recalcando la importancia que se debe asignar a la elaboración de un

proyecto de factibilidad económica-financiera viable, que permita a los futuros socios de una integradora un

potencial de éxito en su proyecto.

En los siguientes capítulos encontraremos los antecedentes de las empresas integradoras como se originan en

México y su fundamento legal así como las etapas para la su formación, y los requisitos para su constitución

(Capítulo I), también encontrara una guía para poder entender mejor el manejo contable de estas empresas

(Capítulo II), y el aspecto fiscal desde el punto de los diferentes regímenes en los cuales puede tributar este

tipo de contribuyente, y ejemplos del calculo de sus obligaciones en materia de ISR ( Capítulo III), hemos

incluido un caso practico en el cual se incluyen todos los aspectos para la formación, constitución, el calculo

de sus pagos provisionales del ejercicio dos mil cinco, el calculo de su pago anual del Impuesto Sobre la

Renta, y su presentación en medio electrónicos.

Finalmente, el segundo objetivo que buscamos con la realización de este informe, es que los contadores

tengamos una visión más amplia del tratamiento contable y fiscal que se tiene que llevar en estas empresas ya

que en nuestra búsqueda de información nos dimos cuenta que no hay muchas obras que nos guíen y que

sean fáciles de entender para las personas que no cuentan con conocimiento de contabilidad e impuestos,

pero sobre todo que esta obra sirva para las personas que operen una empresa integradora, ya que cuando se

forma una empresa, siempre se recurre a expertos en la materia que se encargue de realizar todos los tramites

necesarios para tal efecto.

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6

Por eso nuestra preocupación de hacer un material el cual sea entendible y sirva para todas las personas que

deseen formar una empresa integradora, y puedan darse cuenta de las ventajas que le puede ofrecer una

empresa con estas características tanto fiscales, como para poder alcanzar una mayor competitividad en el

mercado, ya que en ocasiones en las pequeñas empresas por la falta de recursos, tanto económicos como

humanos no se tienen las áreas administrativas adecuadas., si se organizan y pueden crear un área

administrativa pagada entre cuatro o más empresarios, es económico y provechoso.

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7

CAPÍTULO I

ANTECEDENTES DE LAS EMPRESAS INTEGRADORAS

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1.1. ASPECTOS GENERALES

En México se ha mantenido una línea de promoción para la cooperación empresarial, en especial, de las

micros, pequeñas y medianas empresas. En el tiempo han existido diferentes opciones de agrupación, en

ocasiones diseñadas para sectores de actividades específicas y con objetivos concretos.

Tal es el caso de las sociedades cooperativas, cuya vigencia permitió sumar recursos y experiencias de

pequeños productores, apoyadas por un tratamiento especial en materia fiscal. A manera de ejemplo, también

destaca la figura de la unión de crédito, cuyo desempeño ha permitido el desarrollo de varios sectores de la

actividad económica, en virtud de que les facilitó el acceso a recursos frescos en condiciones favorables, así

como realizar actividades en común.

La experiencia muestra que la unión de esfuerzos y recursos representa una fórmula de superación para todos

y es precisamente, tomando en cuenta esta perspectiva destaca el esquema de empresas integradoras, cuya

normativa se encuentra prevista en el Decreto que promueve su organización, publicado en el Diario Oficial

de la Federación el 7 de mayo de 1993 y modificado posteriormente el 30 de mayo de 1995, resultado de un

análisis muy cuidadoso de la experiencia obtenida por los empresarios organizados bajo este régimen de

asociación.

Las empresas integradoras se definen como empresas de servicios especializados que asocian personas físicas

y morales de escala micro, pequeña y mediana, su objetivo fundamental es que se organicen para competir en

los diferentes mercados y no para competir entre sí. La integración de unidades productivas permite la

obtención de ventajas económicas que las empresas y/o productores en lo individual difícilmente pueden

lograr.

La idea central es inducir la especialización de las unidades productivas en alguna de las diferentes etapas del

ciclo de fabricación de un bien determinado; por ejemplo, investigación y desarrollo, diseño, ensamble,

subcontratación de productos y procesos industriales y servicios especializados, que den como resultado un

producto altamente diferenciado por calidad, precio y oportunidad de entrega.

La columna vertebral de estas empresas son precisamente los servicios especializados, los cuales son la piedra

de toque en la transformación de las economías en el mundo y en particular, en aquellas con elevado

desarrollo.

En consecuencia, mediante la fórmula de la empresa integradora se pretende formar un núcleo de personal

prestador de servicios altamente calificado que debe ocuparse de las actividades más críticas del proceso

productivo, mientras los empresarios y/o productores se dedican exclusivamente a producir, lo que sin lugar a

dudas tiene efectos importantes en la calidad y productividad de las empresas.

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Los resultados han sido positivos y las estadísticas nos muestran la penetración que las empresas integradoras

han tenido en el medio empresarial. Algunos de los beneficios de estas empresas, son:

El logro de óptimas condiciones en la compra de materias primas e insumos al realizarlas en forma conjunta a

través de la empresa integradora y directamente con los fabricantes.

Las empresas llevan a cabo promociones comerciales de manera conjunta, logrando ofrecer volúmenes en

forma consolidada. En algunos casos se ha mejorado la calidad de los productos, implantando controles de

calidad, así como su comercialización con una marca común. Las empresas integradoras han logrado

incrementar su participación en el mercado interno.

En actividades de compra y venta, también se están obteniendo economías en el transporte, almacenaje y

distribución.

Un factor productivo que está fluyendo es la contratación de servicios tecnológicos, así como de información

técnica especializada. Este hecho es relevante, pues a partir de esta información los pequeños empresarios

han encontrado que estos activos, considerados en el pasado fuera de su alcance, son realmente accesibles con

efectos directos en la productividad.

Igualmente, se puede mencionar la adquisición de activos de alto rendimiento, cuya utilización se justifica

cuando es de uso comunitario entre pequeñas empresas.

A manera de conclusión, se puede decir que el esquema de empresas integradoras que es la unión de esfuerzos

es un instrumento de fomento para promover el desarrollo regional, aprovechar los recursos locales,

incrementar las oportunidades de empleo y sobre todo, para que las empresas pequeñas no trabajen aisladas y

desaparezcan frente a las empresas grandes y la complejidad de los mercados.

1.2. FUNDAMENTOS LEGALES

Los fundamentos legales de las empresas integradoras se encuentran establecidos en distintos ordenamientos

y leyes que a continuación se analizan:

Programa de Política Industrial y Comercio Exterior de la Secretaria de Economía

En el Capítulo III, Apartado 3, propone el fomento de las empresas integradoras, considerando que el

agrupamiento de empresas contribuye a la integración de cadenas productivas para mejorar la competitividad.

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Decreto que da origen a las empresas integradoras en México

El decreto que promueve la organización de Empresas Integradoras, fue publicado en el Diario Oficial de la

Federación el 7 de mayo de 1993, en el sexenio de Presidente Carlos Salinas de Gortari, ha sido un

instrumento eficaz en la eliminación de obstáculos administrativos en favor de ese sector empresarial; Que el

esquema de integración de empresas persigue la eficiencia en el proceso de producción sobre la base de

pequeñas escalas productivas de integración horizontal, con el objeto de obtener bienes y servicios de calidad

y precio competitivo, lo que favorece la concurrencia al mercado de exportación; Que frente a la competencia

creciente es conveniente dar flexibilidad operativa a las empresas integradoras a efecto de que puedan

comprar y vender por cuenta de sus asociadas, con lo que lograrán una mejor posición negociadora en el

mercado; Que resulta importante obtener el rendimiento máximo de la capacidad productiva que aglutina la

sociedad por lo que es conveniente permitir que la empresa integradora comercialice una proporción de sus

bienes y servicios entre terceros, y que la empresa integradora enfrenta retos y oportunidades por lo que esta

figura requiere actualizarse en su operación y recibir facilidades administrativas, se ha tenido a bien expedir el

siguiente:

Contenido del decreto

DECRETO QUE MODIFICA AL QUE SE PUBLICO EL 7 DE MAYO DE 1993 QUE PROMUEVE LA

ORGANIZACION DE EMPRESAS INTEGRADORAS.

ARTICULO PRIMERO.- Se reforman los artículos 4o., fracciones I, II, V, VI, VII incisos b, f, y g; 5o.; 6o., y

7o. primer párrafo, y se adicionan el inciso h) a la fracción VII del artículo 4o., y un último párrafo del

artículo 7o., del Decreto que promueve la organización de empresas integradoras, publicado en el Diario

Oficial de la Federación del 7 de mayo de 1993, para quedar como sigue:

ARTICULO 1o.- El presente Decreto tiene por objeto promover la creación organización, operación y

desarrollo de empresas integradoras de unidades productivas de escala micro, pequeña y mediana, cuyo

propósito sea realizar gestiones y promociones orientadas a modernizar y ampliar la participación de las

empresas de estos estratos en todos los ámbitos de la vida económica nacional:

ARTICULO 2o.- El Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, en

coordinación con los gobiernos de los estados y la banca de desarrollo y, en concertación con los

organismos empresariales, fomentará la creación, organización, operación y desarrollo de empresas

integradoras:

ARTICULO 3o.- Las empresas que deseen hacerse acreedoras a los beneficios que otorga el presente

Decreto, deberán solicitar su inscripción en el Registro Nacional de Empresas Integradoras, el cual estará a

cargo de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial.

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ARTICULO 4o.- Para obtener su inscripción en el Registro Nacional de Empresas Integradoras, las

empresas integradoras deberán cumplir con los siguientes requisitos.

I.- Tener personalidad jurídica propia, que su objeto social preponderante consista en la prestación de

servicios especializados de apoyo a la micro, pequeña y mediana empresa integrada, y que su capital social

no sea inferior a cincuenta mil pesos.

II.- Constituirse, con las empresas integradas, mediante la adquisición, por parte de éstas, de acciones o

partes sociales. La participación de cada una de las empresas integradas no podrá exceder de 30 por ciento

del capital social de la empresa integradora. Las empresas integradas deberán, además, ser usuarias de los

servicios que preste la integradora con independencia de que estos servicios se brinden a terceras personas;

Podrán participar en el capital de las empresas integradoras las instituciones de la banca de desarrollo, el

Fondo Nacional de Empresas de Solidaridad y, en general, cualquier otro socio, siempre y cuando la

participación de las empresas integradas represente por lo menos un 75% del capital social de la

integradora;

III.- No participar en forma directa o indirecta en el capital social de las empresas integradas.

IV.- Tener una cobertura nacional, o bien, circunscribirse a una región, entidad federativa, municipio o

localidad, en función de sus propios requerimientos y los de sus socios.

V.- Percibir ingresos exclusivamente por concepto de cuotas, comisiones y prestación de servicios a sus

integradas. Podrán obtener ingresos por otros conceptos, siempre que éstos representen como máximo un 10

por ciento de sus ingresos totales.

VI.- Presentar proyecto de viabilidad económico-financiero en que se señale el programa específico que

desarrollará la empresa integradora, así como sus etapas.

VII.- Proporcionar a sus socios, algunos de los siguientes servicios especializados.

a) Tecnológicos, cuyo objetivo será facilitar el uso sistemático de información técnica especializada, de

equipo y maquinaria moderna, de laboratorios científicos y tecnológicos, así como de personal calificado,

entre otros, para elevar la productividad y la calidad de los productos de las empresas integradas.

b) Promoción y comercialización de los productos y servicios de las empresas integradas, con el propósito de

incrementar y de diversificar su participación en los mercados internos y de exportación, así como para

abatir los costos de distribución, mediante la consolidación de ofertas, elaboración conjunta de estudios de

mercado y catálogos promociónales y la participación en ferias y exposiciones.

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c) Diseño, que contribuya a la diferenciación de los productos de las empresas integradas, para mejorar su

competitividad. Igualmente, el desarrollo y aplicación de innovaciones y elementos de originalidad que

impriman a los productos características peculiares y propias.

d) Subcontratación de productos y procesos industriales, con el fin de complementar cadenas productivas y

apoyar la articulación de diversos tamaños de planta, promoviendo la especialización, así como la

homologación de la producción y, en consecuencia, una mayor competitividad.

e) Promover la obtención de financiamiento en condiciones de fomento a efecto de favorecer el cambio

tecnológico de productos y procesos, equipamiento y modernización de las empresas, con base en esquemas

especiales de carácter integral que incluyan aspectos de capacitación y asesoría técnica, medio ambiente,

calidad total de seguridad industrial, orientados a incrementar la competitividad.

f) Actividades en común, que eviten el intermediarismo y permitan a las empresas integradas la adquisición

de materias primas, insumos, activos y tecnología en común, en condiciones favorables de precio, calidad y

oportunidad de entrega.

g) Fomentar el aprovechamiento de residuos industriales, con el propósito de utilizar los materiales

susceptibles de reciclaje y contribuir a la preservación del medio ambiente, y

h) Otros servicios que se requieran para el óptimo desempeño de las empresas integradas, como son los de

tipo administrativo, fiscal, jurídico, informático, formación empresarial, capacitación de la mano de obra de

los mandos medios y gerenciales.

En el caso de las Uniones de Crédito, prestar por lo menos dos de los servicios señalados en la Fracción

anterior.

ARTICULO 5o.- Las empresas integradoras podrán acogerse, al Régimen Simplificado de las Personas

Morales que establece la Ley del Impuesto Sobre la Renta, por un período de 10 años, y a la Resolución que

otorga facilidades administrativas a los contribuyentes que en la misma se señala, a partir del inicio de sus

operaciones.

De acogerse a las facilidades fiscales antes citadas, podrán realizar operaciones a nombre y por cuenta de

sus integradas, cumpliendo con los requisitos que, mediante reglas de carácter general, emita la Secretaría

de Hacienda y Crédito Público.

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ARTICULO 6o.- La banca de desarrollo promoverá el esquema de integración, para lo cual deberá

establecer programas específicos de apoyo para las empresas integradoras, así como para sus asociadas,

mediante créditos, garantías o capital de riesgo. Asimismo, apoyará a los socios otorgándoles créditos a

través de los intermediarios financieros para que puedan realizar sus aportaciones al capital social de la

empresa integradora.

ARTICULO 7o.- Con el objeto de facilitar la creación y desarrollo de las empresas integradoras, se

adoptarán medidas que eliminen obstáculos administrativos, para lo cual:

I.- Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, deberán adoptar mecanismos de

apoyo en la esfera de sus competencias.

II.- El Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, promoverá

convenios y acuerdos con los gobiernos de las entidades federativas en los que se establezcan apoyos y

facilidades administrativas que fomenten y agilicen su establecimiento y desarrollo.

Las empresas integradoras que suscriban los programas de empresas altamente exportadoras, de empresas

maquiladoras de exportación, de importación temporal para producir artículos de exportación, o de

empresas de comercio exterior, recibirán las facilidades derivadas de dichos programas, siempre y cuando

cumplan con los requisitos que los mismos señalen.

ARTICULO 8o.- Las empresas integradoras podrán realizar los trámites y gestiones de sus socios a través

de la Ventanilla Única de Gestión y de los Centros NAFIN para el Desarrollo de la Micro, Pequeña y

Mediana Empresa.

I.- ARTICULOS TRANSITORIOS DEL DECRETO.

PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de

la Federación.

SEGUNDO.- Las empresas integradoras que se hayan constituido de conformidad con las disposiciones

establecidas en el Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación del 7 de mayo de 1993, y deseen

acogerse a los beneficios que otorga el presente Decreto, deberán cumplir con lo previsto en el artículo 4o.

del presente Decreto, a más tardar el 31 de diciembre de 1995; en tanto deberán continuar cumpliendo con

lo previsto por el Decreto del 7 de mayo de 1993.

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Ley General de Sociedades Mercantiles

Debemos tomar en cuenta que la empresas integradoras deben formalizarse cono un nombre y personalidad

jurídica distinta a la de sus asociados y con ello toman la figura de una sociedad mercantil con estatutos que

deben estar de acuerdo con la ley general de sociedades mercantiles, por lo que se recomienda que se adopte

una figura jurídica mercantil común, en especial Sociedad Anónima de Capital Variable por ser la más

reconocida tanto a nivel internacional como por la banca de desarrollo y para que pueda realizar a nombre y

cuenta de los asociados las operaciones conjuntas a las que haya lugar y para la admisión de nuevos socios.,

sin embargo la empresa integradora puede tomar cualquiera de las sociedades mercantiles existentes siempre

y cuando sea una sociedad mercantil de las consideradas de capitales, ya que no puede ser una sociedad de

personas, es decir no podrá constituirse como una cooperativa, Sociedad o Asociación Civil o cualquier otra

figura mercantil que sea sociedad de personas, toda vez que de acuerdo al decreto en la fracción I y II del

artículo cuatro su capital social no debe ser inferior a cincuenta mil pesos y que se constituya por personas

físicas o morales con las empresas integradas mediante la adquisición de que estas hagan de acciones o partes

sociales, en ambos casos esta mencionando que se trata de una sociedad mercantil de capitales, por otro lado

por los estatutos de algunas sociedades de personas para integrarlas solo admiten personas físicas.

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

El principal fundamento legal para la constitución de las empresas integradora lo encontramos en nuestra

carta magna la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que es la ley fundamental de nuestro

país, en ella se establecen los derechos y obligaciones esenciales de sus habitantes y de sus gobernantes. Se

trata de la norma jurídica suprema, y ninguna otra ley o disposición puede contrariarla. En su artículo nueve

se estipula que no podrá coartarse el derecho de asociarse o reunirse pacíficamente con cualquier objeto lícito.

Por lo que el derecho de asociación ya esta estipulado en nuestra constitución mucho antes que el decreto por

lo que el gobierno atinadamente en el decreto que da origen a las empresas integradora menciona en todo

momento que el decreto tiene por objeto promover la creación y desarrollo de empresas integradora, por lo

que podemos decir que el más importante fundamento legal para poder constituir una empresa integradora

emana de la constitución y no del decreto, por tal motivo si no existiera el decreto y las empresas quisieran

asociarse para trabajar bajo el esquema de empresas integradoras nadie podría quitarles ese derecho por que

se estaría violando un derecho constitucional.

1.3. ETAPAS DE CONSTITUCIÓN

Las personas físicas y morales que decidan crear una empresa integradora deberán pasar por las siguientes

etapas:

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ETAPA DE SENSIBILIZACIÓN

En esta etapa se trata de que los empresarios y/o productores que cuenten con potencial para asociarse, tenga

conocimiento de la importancia y los beneficios que podrían obtener al participar en un esquema de

cooperación empresarial y en especial, en el de empresas integradoras, así como la forma de operación de

estas empresas y los requisitos que deben cubrir para su formalización.

Esta información la proporciona la Secretaria de Economía

Para poder determinar la conveniencia de asociarse podemos tomar en cuenta la siguiente situación:

Se tienen problemáticas en común.

Es necesario elevar la competitividad de las empresas a través de proyectos conjuntos.

Se requiere de algún servicio especializado.

Se realizan compras en común.

Se realiza una comercialización en forma consolidada.

La necesidad de mejorar la imagen empresaria.

La necesidad de renovar o innovar los activos y la tecnología.

Si se desea hacer más eficiente la administración.

ETAPA DE PLANEACIÓN PRELIMINAR

En esta etapa se deberá elaborar un documento breve y sencillo el cual contenga el proyecto de factibilidad

económica-financiera el cual de deberá permitir una visualización, rápida si el proyecto que han iniciado,

contienen los elementos suficientes para garantizar el éxito en su ejecución tomando en cuenta los siguientes

elementos:

Determinar si existe la oportunidad de un negocio y este es rentable.

Conocer y reconocer los riesgos que tendrá que afrontar.

Estar conscientes y dispuestos a asociarse para poder lograr los objetivos.

Estar dispuestos a adoptar formalmente los compromisos que se deriven del proyecto así como tener la

capacidad para cumplirlos.

ETAPA DE PLANEACIÓN A DETALLE

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En esta etapa se tendrá que elaborar el proyecto de factibilidad económica-financiera, el cual deberá contener

la forma de aplicación de los recursos humanos, materiales y financieros de los asociados de manera que se

pueda obtener el resultado deseado.

El proyecto de factibilidad se visualiza como una guía indicativa y no limitativa en donde se señale qué es lo

que se debe hacer; de qué manera se debe hacer y cuando se debe hacer. También, se describirá qué se va a

necesitar y cuándo se va a utilizar.

En esta etapa se tendrán que determinar y analizar los puntos que a continuación se mencionan:

Definir los objetivos.

Evaluar los factores de éxito o de fracaso del proyecto de factibilidad, así como las debilidades y fortalezas de

los socios.

Demostrar la rentabilidad del proyecto.

Determinar si el proyecto de factibilidad económica-financiera cumple con las expectativas de los socios.

Esta etapa se tomara más a fondo en los siguientes apartados.

ETAPA DE FORMACIÓN Y CONSTITUCIÓN

Los requisitos para poder constituirse los da Secretaría de Economía y son los siguientes:

A. La sociedad deberá contar con personalidad jurídica propia y diferente a la de sus asociados y que le

permita realizar actividades mercantiles.

B. Deberá tener como mínimo un capital de $ 50,000.

C. La participación accionaría de cada socio, no debe exceder del 30% del capital social. Por lo tanto deberá

de contar con mínimo de 4 socios.

D. Contar con capital suficiente para la ejecución del proyecto.

E. Presentar ante la Secretaría de Economía la siguiente documentación:

• Proyecto de acta constitutiva conforme a la Ley General de Sociedades Mercantiles y al Artículo 4o.

del Decreto que promueve la organización de Empresas Integradoras publicado en el Diario Oficial

de la Federación el 7 de mayo de 1993 y sus modificaciones del 30 de mayo de 1995. (este inciso se

tocara mas a fondo)

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• Proyecto de factibilidad económica-financiera que sustente la integración.

• Obtener la cédula de inscripción en el Registro Nacional de Empresas Integradoras.

ETAPA DE EJECUCIÓN

En esta etapa se deberá considerar los siguientes puntos:

Se deberá poder contar con la capacidad de resolver imprevistos en la ejecución del proyecto de factibilidad

económica-financiera.

Definir si es conveniente el replantear o modificar el proyecto de factibilidad.

ETAPA DE SEGUIMIENTO

En esta etapa la empresa integradora ya se deberá encontrar funcionando y la Secretaría Economía estará

pendiente de su funcionamiento, y podrá apoyarla con acciones como las siguientes:

Con asesorías sobre otros programas de apoyo que otorguen el Gobierno Federal e Instituciones de apoyo

sobre áreas específicas como puede ser tecnología, productividad, capacitación, financiamiento y diseño,

entre otras.

Y también analizara las posibles causas por las que una empresa integradora deja de operar.

1.3.1 PROYECTO DE FACTIBILIDAD

Parte fundamental para que la empresa integradora tenga éxito y pueda lograr su constitución es la

elaboración de un proyecto de factibilidad en donde, los empresarios y/o productores indicarán la forma en la

cual van a aplicar sus recursos en forma organizada y eficaz, para poder lograr el cumplimiento de sus

metas. Este proyecto a su vez podrá funcionar como soporte en caso, de necesitar algún financiamiento para

la ejecución del proyecto.

A continuación señalaremos los aspectos mínimos con los que deberá contar el proyecto de factibilidad

económica-financiera, este tendrá que tomar en cuenta la actividad que desarrollan los socios, y deberá ser

adaptada a las necesidades de los mismos.

Se tendrá que definir los objetivos,

Será necesario la realizara un Estudio de:

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• Mercado.

• Técnico.

• Económico-financiero.

Después de esto se hará un resumen y así mismo llegar a las conclusiones.

Y por ultimo se aprobara y ejecutara el proyecto.

1. DEFINICIÓN DE OBJETIVOS

En esta etapa las personas interesadas en crear una empresa integradora deberán tener en claro la

conveniencia de invertir, y tomar en consideración los diversos riesgos enfrentar. Por tal motivo, cada uno de

los interesados tendrá que aclarar y planear metas las cuales deberán ser de común acuerdo, ya que solo si se

cuenta con la cooperación de todos los interesados podrán ser alcanzadas. La estructura que deberá llevar este

análisis es el siguiente:

• Definición de objetivos.

• Idea del proyecto.

• Análisis del entorno.

• Identificación de necesidades de los socios.

• Conocimiento de las debilidades y fortalezas de las empresas socias, así como de las amenazas y

oportunidades del entorno.

• Amenazas y oportunidades.

• Misión de la empresa.

IDEA DEL PROYECTO

El grupo de empresarios y/o productores tendrá que analizar el por que quieren iniciar un proceso de

integración, por lo tanto se deberá tomar en consideración algunos de los aspectos como:

Atender una demanda insatisfecha.

Contar con un producto y/o servicio de mejor calidad.

Dar mayor valor agregado a los productos y/o servicios.

Mejorar o innovar productos y/o servicios.

Aprovechar los recursos de una zona económica.

Diversificar la producción y/o el servicio.

Responder a cambios del mercado.

Sustituir importaciones.

Competir a nivel nacional e internacional, entre otros.

Page 19: informe final para entregar

19

Una vez que se ha determinado el motivo, se deben aplicar ciertos criterios más cuantitativos. Como por

ejemplo, que el producto o servicio:

Debe de disponer de un mercado presente adecuado.

Si se tiene un potencial de crecimiento rápido.

Si los costos de producción o de distribución permitirán que los márgenes sean aceptables con precios

competitivos.

Si se podrá obtener un riesgo moderado, entre otros.

ANALISIS DEL ENTORNO

Ya que el esquema de empresas integradoras es un instrumento con el objetivo de elevar la competitividad

de las micro, pequeñas y medianas empresas, antes de analizar el entorno se deberá estratificar a las empresas

de conformidad a lo establecido en la normatividad de la Secretaría, publicada en el Diario Oficial de la

Federación el 30 de marzo de 1999.

Criterios de estratificación

CLASIFICACION POR NUMERO DE EMPLEADOS

TAMAÑO SECTOR

INDUSTRIA COMERCIO SERVICIOS

Microempresa. 0-30 0-5 0-20

Pequeña empresa. 31-100 6-20 21-50

Mediana empresa. 101-500 21-100 51-100

Gran empresa. 501 en adelante 101 en adelante 101 en adelante

Fuente: DOF del 30 de marzo de 1999.

Se deberá presentar la estratificación de las empresas asociadas, así como la actividad a la que se dedican,

para que con esta base se especifique cuál es la situación real que rodea al proyecto que se va a desarrollar, es

decir, señalar de manera general cómo se desenvuelve la actividad económica de los socios tanto a nivel

nacional como internacional y cómo se van a insertar los productos o servicios en ese entorno.

Cuadro de presentación:

NOMBRE O

RAZON SOCIAL

ACTIVIDAD

ECONOMICA

NUMERO

EMPLEOS

ESTRATO

Empresa A

Empresa B

Page 20: informe final para entregar

20

Empresa C

Empresa D

Fuentes de la tabla anterior: www.economía.gob.mx

Se desarrollarán los siguientes aspectos:

Panorama económico nacional e internacional.

Panorama local o regional.

Panorama de la actividad económica.

IDENTIFICACIÓN DE NECESIDADES DE LOS SOCIOS

El propósito es determinar con base a sus necesidades, cuáles serán los proyectos conjuntos que realizarán los

socios a través de la empresa integradora y llevar a cabo un perfil de los servios que les proporcionará ésta

última para concretar los objetivos y metas que se planteen en el proyecto de factibilidad.

Conocimiento de las debilidades y fortalezas de las empresas socias, así como de las amenazas y

oportunidades del entorno.

CONOCIMIENTO DE LAS DEBILIDADES Y FORTALEZAS DE LAS EMPRESAS SOCIAS, ASÍ

COMO DE LAS AMENAZAS Y OPORTUNIDADES DEL ENTORNO

Mediante un diagnóstico a cada empresa socia, se identificarán las debilidades y fortalezas de cada una de

ellas, de tal forma que el grupo conozca lo que cada socio pueda aportar al proyecto conjunto y, a su vez, lo

que deberán corregir o mejorar para ser más competitivas.

AMENAZAS Y OPORTUNIDADES

Todo negocio tiene oportunidades que se generan por el entorno que pueden ayudar a que el proyecto se

desarrolle con mayor facilidad. Asimismo, existen amenazas que deben de ser identificadas desde un inicio, a

efecto de prevenirlas y hasta cierto punto dominarlas.

MISIÓN DE LA EMPRESA

Se definirá cuál es el objetivo de la empresa y estará encaminada a permitir que todos los socios compartan el

mismo punto de vista en cuanto a las metas y filosofía de la empresa.

La misión de la empresa regularmente explica de manera general:

La razón de ser de la empresa.

Page 21: informe final para entregar

21

Estudio de mercado

Los productos y/o servicios ofrecidos.

Los clientes a los que se les dará el producto y/o servicio.

La naturaleza y el territorio del mercado geográfico de la empresa, y

Las áreas de especialización.

Toda empresa requiere definir la misión y determinar de manera general los objetivos de cada una de las áreas

que conforman la empresa.

222... EEESSSTTTUUUDDDIIIOOO DDDEEE MMMEEERRRCCCAAADDDOOO

Una vez definida la misión de la empresa se procede a realizar el estudio de mercado de los productos y/o

servicios seleccionados por los socios para comercializar de manera conjunta.

El estudio de mercado tiene como objetivo general determinar si la empresa producirá un bien y/o prestará un

servicio adecuado en el volumen suficiente y a precio competitivo, para lo cual deberán considerarse los

siguientes aspectos:

Cuadro 1 Estudio de Mercado

.

Fuente: www.economia.gob.mx

Características del producto o servicio

El objetivo es analizar aspectos que son importantes desde el punto de vista del mercado:

Características del producto

o servicio

Análisis de la

oferta

Análisis de la

demanda

Análisis de

precios

Análisis de la

comercialización

Conclusiones y recomendaciones

Page 22: informe final para entregar

22

Segmentación del mercado que cubrirá el proyecto.

Mantener un concepto homogéneo del producto o servicio a lo largo del desarrollo del proyecto de

factibilidad, para que el usuario final pueda tener una idea clara y precisa del producto o servicio objeto del

proyecto. Tener una imagen amplia y sistemática de las interrelaciones que se establecen con la

caracterización del producto o servicio y otros capítulos del proyecto de factibilidad. Definir el producto o

servicio, garantizando que el consumidor mantenga cierta lealtad con la marca sin importar que los precios se

hayan incrementado.

A continuación se describe la definición de un producto o servicio y su clasificación:

Definición del producto

Es todo aquello que puede proveer una satisfacción física o psicológica al usuario. El producto representa un

conjunto de valores que son recibidos por el consumidor al pasar a su posesión o uso.

Definición del servicio

Es el trabajo que se realiza para incrementar la utilidad de un bien material o para beneficiar al consumidor.

Clasificación del servicio:

SERVICIO

CONCEPTO

De bienes materiales. Para seleccionar, adquirir o instalar una variedad de equipo. (Por ejemplo:

eléctrico, electrónico, mecánico o de cómputo.)

De beneficio al consumidor. En cuanto al desarrollo de habilidades o técnicas para el trabajo, se

incluyen capacitación y adiestramiento. (Por ejemplo: abogados, médicos,

turismo o contadores)

Fuente: www.economia.gob.mx

Análisis de la oferta

El propósito es determinar o medir las cantidades y las condiciones en que una empresa puede y quiere poner

a disposición del mercado un producto o servicio.

Para caracterizar a los productores u oferentes, se deben conocer los siguientes aspectos:

Page 23: informe final para entregar

23

Número de productores o prestadores de servicios.

Localización.

Capacidad instalada y utilizada.

Posición y participación en el mercado.

Calidad y precio de los productos o servicios.

Planes de expansión.

Nexos o filiación con otras empresas nacionales o extranjeras.

Necesariamente se deberá hacer una comparación con las potencialidades de las empresas a asociarse, para

determinar hasta que punto pueden y les conviene satisfacer un mercado específico.

Análisis de la demanda

El objetivo es identificar los patrones de conducta o de comportamiento de quienes conforman el mercado

objetivo del proyecto. Para caracterizar a los demandantes o usuarios, se deben considerar los siguientes

aspectos:

Número y dispersión geográfica.

Hábitos de consumo.

Gustos y preferencias.

Tasas de consumo y períodos en que se realizan.

Opinión sobre la proveeduría de los productos o servicios.

Esta información permitirá cuantificar la existencia de una demanda y será respaldada por las empresas

promotoras del proyecto.

Análisis de precio

En cualquier mercado, las políticas seguidas en la fijación de precios son una parte muy importante de la

producción y comercialización de productos y servicios. Siempre que exista un cambio de propiedad o se

suministren servicios, surge un precio (valor estimado de algo). La fijación de precios se analiza de tres

formas diferentes dependiendo de tres factores económicos:

Fijación de precios por costos: En este caso se deben considerar todos los costos, incluyendo los

administrativos que se hubieran calculado de acuerdo con los diferentes niveles esperados en la operación.

Fijación de precios por demanda: Este método se basa en las leyes de la oferta y la demanda, si esta última

es alta se fija un precio a niveles altos y si es baja se fija un precio bajo.

Page 24: informe final para entregar

24

Fijación de precios por competencia: Este método se utiliza debido a la dificultad de prever como

reaccionarán, tanto los compradores como la competencia, ante cambios o diferencias en precios. Así que se

fijan precios promedio de los que cobran los competidores.

Para estos tres últimos análisis se deberá hacer un estudio del comportamiento histórico nacional e

internacional (del producto o servicio de por lo menos 5 años atrás) y hacer proyecciones a 5 años, para

pronosticar el comportamiento del producto o servicio.

Análisis de la comercialización

La comercialización es la actividad que permite al empresario hacer llegar un bien o servicio al consumidor.

Una buena comercialización es la que coloca el producto o servicio en un sitio y momento adecuados para dar

satisfacción al consumidor, por lo que se hace necesario contar con los canales de distribución apropiados.

El canal de distribución es el camino que recorre un producto o servicio desde el fabricante hasta su

consumidor. Esto no necesariamente se refiere a un camino físico, sino al camino comercial, pues incluye

también las vinculaciones e interrelaciones que se establecen entre la empresa productora y los intermediarios

para hacer llegar el producto o servicio al consumidor. En este apartado se deberá destacar la manera en que

se pretende hacer llegar el producto o servicio al consumidor o usuario. De manera específica se deben

destacar las ventajas que se tienen sobre los canales usados por la competencia. También deberán señalarse

las políticas y estrategias de venta que se emplearán en la comercialización, a manera de ejemplo:

Los precios y sus condiciones (mayoreo, menudeo y precios diferenciales).

El otorgamiento de crédito comercial (plazos, tasas de interés y tasa de interés moratorio).

Descuentos y bonificaciones por pago oportuno o anticipado.

Acuerdos exclusivos con el canal de distribución.

Condiciones en el caso de otorgar concesiones, licencias y franquicias.

Programa de ventas: Una vez reunida la información del mercado y el análisis correspondiente, se procede a

desarrollar un programa de ventas conforme a los siguientes aspectos:

Pronóstico de ventas: Muestra las ventas esperadas en función del tiempo en unidades y pesos para cada

producto y/o servicio y para cada segmento de mercado a atender. Este pronóstico es importante, ya que los

requerimientos del producto y/o servicio, se convertirán en necesidades de manufactura tales como mano de

obra y materias primas e insumos.

Publicidad y promoción: Comprende la selección de los costos de promocionales, medios publicitarios que

den a conocer los productos y servicios sujetos del estudio y a generar el volumen de ventas esperadas.

Page 25: informe final para entregar

25

Presupuesto de gastos de ventas: Se refiere a todos los gastos incurridos al contactar a los clientes, hacerles

llegar el producto y/o servicio, así como cobrar lo vendido. Existen dos categorías de gastos de ventas:

Directos.- comisiones de venta y gastos de distribución.

Indirectos.- salarios del departamento de ventas, gastos de viajes y atención a clientes, entre otros.

Conclusiones y recomendaciones del estudio del mercado

Estas deben referirse a los aspectos positivos y negativos encontrados a lo largo de la investigación. Riesgos

y trabas que se encontrarán, así como toda la información que sea importante para decidir si continúan con el

proyecto o no.

3. ESTUDIO TÉCNICO

El propósito de este análisis es verificar la posibilidad técnica que tienen los socios para fabricar el bien y/o

prestar el servicio objeto del proyecto, para lo cual se deben considerar los siguientes aspectos:

ESTUDIO TÉCNICO

Tecnología.

Producto y/o servicios finales.

Requerimientos de producción.

Localización y distribución de las empresas socias.

Programa de producción.

Inversión.

Conclusiones y recomendación.

Tecnología

Se trata de determinar si la tecnología de la que disponen los asociados para el proceso de integración es la

adecuada para fabricar el producto y/o prestar el servicio en las cantidades y calidad requeridas en el

programa de ventas elaborado en el análisis de la comercialización.

Inventario de la maquinaria y equipo que los socios comprometerán en el proceso de integración, una vez que

se cuenta con esta información, se deberá analizar si es necesario actualizar o renovar el parque industrial

(maquinaria y equipo que los socios comprometerán en el proceso de integración) acorde a los objetivos del

Page 26: informe final para entregar

26

proyecto. En caso de ser positivo, se hará un análisis de la maquinaria o equipo que se requiera, así como de

los proveedores y costos.

Mantenimiento

El mantenimiento es un aspecto que debe de considerarse en un programa de producción, ya que la

maquinaria y equipo pueden fallar o deteriorarse por antigüedad o por efectos de uso, las causas pueden ser

inherentes al equipo o a factores externos. Esta situación representa un costo para las empresas, ya que deben

de proceder a su restauración para continuar con la producción de los bienes o prestación de servicios. Es

factible considerar medidas que disminuyan al mínimo la probabilidad de fallas y conservar así un

determinado nivel de mantenimiento.

Proceso de producción

El proceso de producción es la secuencia de operaciones, movimientos, almacenamientos e inspecciones, por

medio de la cual las materias primas se convierten en un producto terminado.

Productos y/o servicios finales

En esta parte se hará una descripción exacta del producto o servicio que los socios pretenden posicionar en el

mercado, tomando en cuenta la lista de características estándar que se describen a continuación y agregar

otras acordes a la actividad económica de los socios.

Apariencia, peso, color, tamaño, durabilidad, versatilidad, rendimiento, calidad, precio, velocidad y precisión,

facilidad de operación o uso, facilidad de mantenimiento o reparación, facilidad o costo de instalación, estilo

del diseño, y, empaque, entre otros.

Lo anterior permitirá tener una visión de las ventajas competitivas de cada uno de los productos a fabricar o

servicios a prestar.

Requerimientos de producción

Existen diversos tipos de requerimientos que se tendrán que tomar en cuenta con el objeto de conocer cuánto

dinero y en qué períodos se necesitarán para realizar el proceso productivo; esto formará parte de la demanda

del capital de trabajo para dotar de liquidez al proyecto de factibilidad.

A continuación se describen los requerimientos a considerar en el proceso de producción:

Page 27: informe final para entregar

27

Materias primas e insumos

Con base en el programa de producción que se realizó se determinarán cuáles serán los requerimientos de

materias primas e insumos, para lo cual se deberán listar a los proveedores y anotar los alcances de cada uno

para suministrar estos últimos. A efecto de prevenir cualquier problema de proveeduría que se pudiera

presentar, se recomienda tener proveedores prospectos que en un momento dado puedan surtir los faltantes de

materias primas e insumos con la calidad requerida.

Mano de obra

Se analizará si las empresas socias cuentan con personal suficiente para desarrollar el proceso productivo y/o

prestar el servicio objeto del proyecto, para lo cual se recomienda considerar lo siguiente:

Directa: El proceso del producto y/o servicio ayudará a determinar tanto la mano de obra requerida para

producción como para manejo de materiales.

Indirecta: Son todas aquellas personas que no están en el proceso de producción pero que influyen en éste,

como son: supervisión, empaque y embarque, mantenimiento, almacenes, inspección y control de producción,

entre otros.

Cabe señalar que si las empresas asociadas no tienen el personal adecuado o necesario, al momento de

realizar el proyecto de factibilidad económica-financiera deberán de programar la contratación del mismo y

presupuestarla de acuerdo al calendario de su proyecto.

Inventarios

Deberán ser suficientes para cubrir tanto la demanda de las operaciones como de las ventas tomando en

cuenta las fluctuaciones de las mismas. Por lo cual se determinarán los máximos y mínimos de inventarios de

acuerdo con las características de los productos. Cabe señalar los inventarios deberán ser solamente de

seguridad, a efecto de evitar costos adicionales en la producción.

Localización y distribución de las empresas socias

Los aspectos que se deben tomar en cuenta para llevar a cabo esta evaluación son:

Geográficos: Se refieren a las condiciones naturales de cada zona geográfica del país (clima y vías de

comunicación, entre otros).

Page 28: informe final para entregar

28

Institucionales: Relacionados con los programas y estrategias de desarrollo y descentralización industrial

(permisos y uso de suelo, entre otros).

Sociales: Adaptación del proyecto al ambiente y a la comunidad (escuelas y su nivel, capacitación de

empleados y aspectos culturales, entre otros).

Económicos: Costos de los suministros e insumos en una localidad determinada (mano de obra, materias

primas, agua y energía eléctrica entre otras).

Por lo general las empresas que se van a asociar son empresas que tienen tiempo laborando y que tienen una

localización establecida, en este caso, se especificará cual es la dirección de cada una de ellas. En caso de que

se requiera hacer el estudio para la localización o reubicación de alguna de las plantas productivas a

continuación se describe la metodología a seguir.

Con el objeto de lograr una posición de competencia basada en menores costos de transporte y en la rapidez

del servicio, la localización de la empresa por lo general podrá orientarse en dos sentidos: uno de ellos es el

mercado de consumo y, el otro, es hacia el mercado de insumos. En el caso de servicios la empresa deberá

orientarse hacia el mercado de los usuarios de los mismos.

Si la cobertura de las empresas es a nivel nacional, se realizará un estudio de los estados más propicios y las

ventajas para esta ubicación. Algunos de los aspectos que se deberán analizar para una mejor localización de

la empresa son:

Alternativas en función de los costos de transporte que involucran, tanto de los insumos como a la

distribución física de los productos y/o servicios.

Considerar cómo serán las reacciones comunitarias, qué efectos provocará la empresa y qué servicios tendrá

la comunidad, entre otras.

Indicar si la ubicación de alguna de las empresas socias influye en la ubicación de la nueva empresa, dado

que es a ella a quien se le entregará la materia prima o si ésta es quien tiene el producto final, se trasladará a

las bodegas de la empresa integradora, entre otras.

Destacar ventajas y desventajas de cada alternativa y seleccionar la mejor opción, indicando porque se eligió.

Una vez que se determine la localización de la empresa, se deberá especificar cual es la localización de cada

una de las plantas productivas de los socios, así como de la empresa integradora en función del mercado que

van a atender, a efecto de que la empresa integradora logre un mejor desempeño.

Distribución de las empresas socias

Page 29: informe final para entregar

29

Es la que proporciona condiciones de trabajo aceptables y permite la operación más económica, a la vez que

mantiene las condiciones óptimas de seguridad y bienestar para los trabajadores. Los objetivos y principios

básicos de una distribución de la planta son los siguientes:

Integrar de manera organizada a hombres, máquinas y equipo auxiliar, entre otros.

Minimizar movimientos entre las operaciones.

Arreglar las áreas de trabajo de manera secuencial y apropiada evitando demoras.

Tomar en cuenta las dimensiones del local tanto vertical como horizontal.

Lograr una mayor seguridad y satisfacción del trabajador.

Diseñar la distribución para ajustarse a un costo mínimo.

Se definirán en forma general las áreas que deben distribuirse posteriormente en detalle, donde se dirá la

ubicación de maquinaria y/o equipo específico, ya que cada maquinaria debe ser colocada en un sitio

determinado, para así poder contar con las interrelaciones y configuraciones de las áreas principales.

PROGRAMA DE PRODUCCIÓN

La función es coordinar la fabricación del producto y hacerla más eficiente, minimizando pérdidas en tiempo

de uso, de la maquinaria y el equipo, como de mano de obra. Con este programa se podrá visualizar cuales

son los meses en los que hay una mayor demanda del producto o servicio, y poder dar una solución para

satisfacer la demanda.

INVERSIÓN

A lo largo de este estudio se han realizado estimaciones de costos e inversiones del proceso productivo, por lo

que en este apartado se llevará a cabo una compilación de los mismos como se presenta a continuación.

Page 30: informe final para entregar

30

Cuadro de presentación:

Implantación Instalación Arranque Plena

capaci

dad

Crecimi

ento

ETAPAS

AÑO 1 AÑO 2 AÑO

3...

MESES MESES MESES

Periodo

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 1-3 4-6 7-9 10-12 1-12

% de capacidad

utilizada.

Maquinaria y Equipo.

Concepto.

Materias primas.

Producto A.

Producto B.

Producto C.

Mano de obra directa.

Mano de obra indirecta.

Administrativos.

Depreciación.

Total

Page 31: informe final para entregar

31

OOOrrrgggaaannniiizzzaaaccciiióóónnn dddeee lllaaa eeemmmppprrreeesssaaa iiinnnttteeegggrrraaadddooorrraaa

Esta es una parte esencial del proyecto de factibilidad en donde los socios le darán una estructura a la empresa

integradora, para la realización conjunta de sus objetivos y metas, definiendo los diferentes niveles de

responsabilidad, las áreas que existen y la jerarquía que tienen dentro de la organización.

Diagrama:

Fuente: www.economia.gob.mx

Funciones de la empresa integradora

Se deberán plantear los objetivos específicos de cada área funcional y las actividades que desarrollarán para

alcanzar sus objetivos y metas.

A manera de ejemplo y sin ser limitativos, a continuación se presentan algunas de las funciones que puede

desarrollar la empresa integradora, las cuales serán acordes a cada grupo en particular.

a) Tecnológicos.

b) Promoción y comercialización.

c) Diseño.

d) Subcontratación.

e) Financiamiento.

f) Actividades en común.

Organización de la Empresa Integradora

Funciones de la empresa integradora

Organigrama funcional

Perfil de los directivos

Proyección de gastos

Inversión

Personal operativo

Page 32: informe final para entregar

32

g) Aprovechamiento de residuos industriales.

h) Gestiones administrativas.

Asimismo, se deberán programar los ingresos que tendrá la empresa integradora por los servicios a sus socios.

Cuadro de presentación:

AÑO 1 AÑO 2 AÑO 3...

CONCEPTO MONTO MONTO MONTO

Servicios especializados a sus asociados.

Cuotas.

Comisiones.

Servicios a terceros (hasta 10% de sus ingresos totales).

TOTAL

Organigrama funcional

Este apartado se desarrollará de acuerdo a las áreas funcionales que se hayan determinado en el punto

anterior.

A partir de un organigrama base, la organización puede crecer agregando áreas funcionales según se requieran

en el proyecto.

La empresa deberá crear su organigrama funcional.

Perfil de los directivos

Se hará una descripción de cada puesto directivo lo más exacto posible, con el propósito de buscar a las

personas que más se ajusten a lo demandado en cada área; determinadas en el punto 9.4.1.

Personal operativo

La especialidad y cantidad de personal operativo requerido se determinará en función del alcance del proyecto

y la necesidad de reforzar las áreas en donde se hayan identificado debilidades a subsanar.

Tomando como base la información del punto 9.4.3 y de este apartado, se procederá a elaborar el cuadro de

sueldos y salarios como a continuación se describe:

Page 33: informe final para entregar

33

Proyección de gastos

Se deberá describir las erogaciones que tendrán que hacer los socios para formalizar la empresa integradora,

así como para ponerla en operación:

Gastos preoperativos.

Gastos de operación.

Inversión: Esta inversión se debe de incluir en el Estudio Económico- Financiero, en donde se desglosa la

inversión total del proyecto.

ESTUDIO ECONÓMICO-FINANCIERO

El objetivo es ordenar y sistematizar la información de carácter monetario que proporcionan los estudios

anteriores y elaborar los cuadros analíticos que sirven de base para la evaluación económica-financiera.

Diagrama:

Fuente:www.economia.gob.mx

Capital de trabajo

Indica los medios financieros requeridos para operar el proyecto de acuerdo con el programa de producción.

Programa de inversión

Estudio económico-financiero

Programa de inversión

Estado de resultados pro forma

Balance general

pro forma

Capital de

trabajo

Análisis de sensibilidad del proyecto

Estructura y características del

financiamiento

Rentabilidad del proyecto

Viabilidad del proyecto

Flujo de efectivo

pro forma

Page 34: informe final para entregar

34

Con la información contenida en los anteriores, se estructurará y resumirá la información financiera que

deriva de las operaciones de la integración. Esta información es la base que servirá para realizar diversos

análisis que permitan determinar la factibilidad del proyecto.

Estructura y características del financiamiento

La asignación de recursos financieros al proyecto constituye un elemento básico e indispensable, no sólo para

tomar la decisión de invertir, sino para la formulación del proyecto y su análisis de preinversión.

Los recursos financieros se pueden analizar desde dos aspectos diferentes: uno el capital social y el otro

préstamos de diversas fuentes. A continuación se presenta un posible desglose de los mismos.

Capital social

Se hará el desglose de la conformación del capital social mediante el cual se formalizará la empresa

integradora, con objeto de conocer con cuanto capital se cuenta para la ejecución del proyecto conjunto de los

socios y la operación de la misma.

Asimismo, se hará una proyección a cinco años de las nuevas aportaciones que tendrán los socios al capital

social, así como del ingreso de nuevos socios a la empresa integradora.

Financiamiento

Se tendrá que describir el tipo de financiamiento y ante cual institución se va a solicitar para la ejecución del

proyecto.

Asimismo, se tomarán en cuenta los recursos financieros que se requerirán de fuentes externas a los socios,

para complementar el capital que se necesita para la ejecución del proyecto.

Flujo de efectivo pro forma

Este análisis permitirá conocer la fecha en que se deben hacer los desembolsos de inversión, costos

producción y otros gastos, a efecto de sincronizarlos con las salidas de efectivo producto del financiamiento y

de los ingresos por ventas, para realizar con tiempo el proyecto.

Estado de resultados pro forma

Page 35: informe final para entregar

35

Muestra si un proyecto tendrá ingresos suficientes para su ejecución y si los márgenes de utilidad serán en la

cantidad requerida para pagar deudas, financiar expansiones futuras y dividendos a los socios.

Este análisis arrojará datos sobre la seguridad de recuperación de la inversión que el proyecto de factibilidad

tiene y será la base para negociar financiamiento y atraer inversionistas.

Balance general pro forma

A través de este análisis se tendrá una lista de todos los recursos de la empresa, junto con lo aportado por el

pasivo y el capital social, es decir, representa la situación financiera de la empresa.

Rentabilidad del proyecto

Esta evaluación económica del proyecto será la base para tomar la decisión de implantar o no el proyecto de

factibilidad y es consecuencia de todo lo realizado en este estudio. Los diferentes índices de rentabilidad

económica que pueden utilizarse son:

Concepto

Definición

Valor Presente Neto

(VPN).

Es el valor que se obtiene para cada período, los flujos de efectivos después de

impuestos del proyecto para un horizonte. Expresa la rentabilidad en términos

absolutos.

Período de

Recuperación de

Capital (PRC).

Se define como el período requerido para recuperar la inversión original. Se le

puede considerar como el valor del dinero a través del tiempo (flujos descontados

o no).

Punto de Equilibrio. Permite analizar cómo los cambios en costos fijos y variables, en el volumen de

producción y en el precio afectan a las utilidades, es decir, determina el punto en

el cual los ingresos por ventas igualan los costos de producción

Tasa Interna de

Retorno (TIR).

Es la tasa de descuento que hace que el VPN sea igual a cero.

Es la tasa que iguala la suma de los flujos descontados a la inversión inicial.

Expresa la rentabilidad en términos porcentuales.

Retorno Sobre la

Inversión (RSI).

Se define como la razón de las utilidades después de los impuestos de un año de

operaciones normales a plena capacidad, sobre el monto original de la inversión

total (activos fijos, preoperativos y capital de trabajo).

Tasa de Retorno

Mínima Atractiva.

Es el rendimiento que como mínimos están dispuestos a aceptar los inversionistas

para decidir llevar a cabo el proyecto.

Page 36: informe final para entregar

36

Relación Beneficio

Costo (B/C).

Incluye tanto los beneficios que serán recibidos en términos de los ahorros que

éstos conllevan, como el costo de la actividad propuesta. Expresa la rentabilidad

en términos relativos.

La rentabilidad de una inversión está en función de tres factores básicos: monto de la inversión, utilidades

generadas por la inversión y estructura financiera empleada, cabe señalar que cada una de estas tres variables

está en función de otros factores (materias primas e insumos, precios, productos y/o servicios y salarios e

inventarios, entre otros). Existe una relación entre cada uno de ellos con la rentabilidad.

Si se incrementa de forma porcentual alguno de estos factores (o varios de ellos a la vez), la rentabilidad

disminuirá en cierto grado. Si por el contrario al modificar alguno de los factores la rentabilidad de la

inversión se modifica en el mismo sentido (+ 10%), implica que la relación entre ambas es directa.

Análisis de la sensibilidad del proyecto

En el contexto del punto anterior, el análisis de la sensibilidad se refiere a la medición de las variaciones de la

rentabilidad, así como a la evaluación comparativa entre los resultados obtenidos, de manera tal, que pueda

determinarse un indicador que permita conocer cuál es el factor que más afecta o condiciona la rentabilidad de

la inversión.

El indicador de referencia se denomina: índice de sensibilidad (IS) y se construye de la siguiente manera:

IS= % de la variación en la rentabilidad .

% de la variación en el factor que se analice

Resumen y Conclusiones

El resumen ejecutivo es el primer documento que considerarán los inversionistas potenciales, por lo que debe

contener los aspectos más relevantes e importantes del proyecto de factibilidad económica-financiera de

manera clara y concisa que demuestre la factibilidad del proyecto.

Por lo general el resumen no debe extenderse en muchas hojas y se incluirán los siguientes elementos:

Resumen y conclusiones

Estudio de mercado ❏ Mercado ❏ Precios ❏ Costos de

comercialización ❏ Programa de

ventas

Estudio Técnico ❏ Capacidad ❏ Costos de

Producción ❏ Productos

finales ❏ Inversión

Organización de la Empresa Integradora

❏ Gastos de

operación ❏ Inversión

Estudio económico-

financiero

❏ Programa de inversión

❏ Financiamiento requerido

Page 37: informe final para entregar

37

Fuente:www.economia.gob.mx

Por último se concluirá mencionando si el proyecto de factibilidad económica-financiera es o no rentable de

acuerdo a lo expuesto anteriormente.

Aprobación y ejecución del proyecto.

Una vez que se ha determinado la viabilidad y rentabilidad del proyecto, se procederá a la aprobación del

proyecto por parte del Consejo de Administración y comenzar con la ejecución del mismo.

Formalización de una empresa integradora.

En resumen, se muestran los pasos a seguir desde la promoción del esquema hasta la obtención de la

inscripción en el Registro Nacional de Empresas Integradoras ante la Secretaría de Economía.

1. La promoción del esquema es a través de la delegación o subdelegación federal de la Secretaría de

Economía en el interior de la República o por la Dirección General de Desarrollo Empresarial y

Oportunidades de Negocio a nivel central.

2. Se entrega cuaderno promocional de empresas integradoras al empresario interesado, para que analice la

información.

3. El empresario revisa y analiza la información con los socios.

4. El grupo de empresarios genera dudas, requiriendo una plática de sensibilización.

5. El grupo de empresarios interesados solicita por escrito a la Dirección de Agrupamientos Empresariales,

delegación o subdelegación una plática de sensibilización.

6. Se establece la fecha para la realización de la plática de sensibilización.

7. Se notifica internamente quién atenderá la petición.

Page 38: informe final para entregar

38

8. Se realiza la plática de sensibilización.

9. Los empresarios aceptan que el esquema de organización se adapta a sus necesidades.

10. Se indica a los empresarios qué documentación deberán presentar para su inscripción.

11. La Secretaría de Economía apoya a los empresarios vinculándolos con la institución adecuada o con los

consultores acreditados, a efecto de que elaboren el proyecto de factibilidad económica-financiera.

12. Los empresarios y/o consultores elaboran el proyecto de factibilidad económica-financiera.

13. El empresario solicita por escrito a la Dirección General de Industrias, delegación o subdelegación

correspondiente, la inscripción al Registro Nacional de Empresas Integradoras.

14. El empresario entrega conjuntamente con la solicitud, una copia del proyecto de factibilidad económica-

financiera y el proyecto de Acta Constitutiva.

15. La Dirección General de Industrias, delegación o subdelegación federal, emite acuse de recibo y se lo

entregan al interesado.

16. El empresario espera la notificación oficial de su petición.

17. La Dirección General de Industrias, delegación o subdelegación federal, revisa y analiza la información.

18. Si la documentación está completa y correcta se procede al dictamen.

18.1. Si la documentación está incompleta y/o incorrecta se envía al empresario un oficio requiriéndole la

información adicional.

18.2. El empresario corrige y/o completa la información.

18.3. El empresario entrega la información en la Dirección General de Industrias, delegación o subdelegación.

19. Si el proyecto pertenece al autotransporte público federal, al sector agropecuario, al medio rural o de

empresas del sector social, la Institución correspondiente (SCT, FIRA o FONAES) dictaminará si procede o

no la autorización de inscripción en el registro.

20. Se emite el oficio solicitando la autorización a la dependencia correspondiente.

Page 39: informe final para entregar

39

21. La dependencia correspondiente revisa y analiza el proyecto.

22. Si el proyecto cumple con los requerimientos que exige la dependencia, ésta emite opinión favorable por

escrito a la Secretaría de Economía.

22.1. Si el proyecto no cumple con los requerimientos que exige la dependencia, regresa el proyecto

indicando en qué puntos tienen deficiencias o qué aspectos deberán cumplir con la normativa específica.

Proceso 15.

23. En caso de que no se necesite de la aprobación de ninguna dependencia o ya se cuente con ella, la

Dirección General de Industrias, delegación o subdelegación federal emite un oficio indicando al empresario

que proceda a protocolizar el Acta Constitutiva.

24. El empresario manda protocolizar el Acta Constitutiva ante notario.

25. El empresario presenta copia de Acta Constitutiva protocolizada a la Dirección General de Industrias,

delegación o subdelegación federal.

26. La Dirección General de Industrias, delegación o subdelegación federal coteja el Acta Constitutiva

protocolizada contra el borrador autorizado.

27. La Dirección General de Industrias, delegación o subdelegación federal elabora el oficio de Autorización

y la Cédula de inscripción en el Registro Nacional de Empresas Integradoras.

El empresario firma el acuse de recibo en copia.

29. La Dirección General de Industrias, delegación o subdelegación federal, entrega la Cédula de Registro y

oficio de autorización al interesado y copias a la Dirección General de Industrias, a la institución de apoyo

correspondiente y a la SHCP.

30. El empresario con su cédula de inscripción emitida por la Secretaría de Economía, acude a la SHCP para

dar de alta su empresa.

31. La Dirección General de Industrias, delegación o subdelegación federal, da de alta la empresa en el

Módulo de Empresas Integradoras (en INTERNET).

Se abre un expediente de la empresa y se archivan los acuses correspondientes.

Page 40: informe final para entregar

40

33. Etapa de seguimiento.

Conclusiones

Conviene aclarar que no todas las empresas pueden adoptar desde un inicio un régimen de empresa

integradora, ya que algunas veces son estructuras demasiado complejas para la organización en grupos de

empresarios de escalas muy pequeñas. Por tal motivo, deberán incursionar en alternativas más sencillas de

agrupación, de tal forma que vayan asimilando de manera paulatina una cultura de trabajo en equipo con otras

empresas y conozcan los beneficios intrínsecos que se obtienen a través de la cooperación empresarial.

Debido a que el éxito que puede tener una empresa integradora está ligada directamente a la cultura de

asociación que tengan los empresarios y al entendimiento de lo que la empresa integradora haría por ellos, a

continuación se sugieren los pasos a seguir antes de tomar la decisión de utilizar este esquema de cooperación

empresarial.

Este apartado detalla los pasos a seguir para formar una empresa integradora. Los objetivos que se buscan

son:

Para los empresarios y/o productores proporcionarles una Guía que les permita conocer a fondo el proceso de

integración y así garantizar el éxito de sus organizaciones y apoyarlos en la elaboración de los documentos

para que obtengan su inscripción en el Registro Nacional de Empresas Integradoras.

Para los funcionarios institucionales responsables de la promoción, asesoría y autorización de una empresa

integradora, dotarlos de una herramienta con los elementos necesarios para desarrollar un proceso de

integración.

Los empresarios y/o productores deberán cubrir en forma gradual y sistemática las diversas etapas que

demanda un proceso de integración, con el propósito de asegurar el desarrollo de sus empresas y cumplir con

éxito sus objetivos y expectativas comunes.

1.3.2 REGISTRO ANTE LA SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES

De conformidad con lo que establecen los artículos 15 de la Ley de Inversión Extranjera y 13 del Reglamento

de la Ley de Inversión Extranjera y del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras, se requiere permiso de

la Secretaría de Relaciones Exteriores para la constitución de sociedades. Para tal efecto, la Secretaría de

Page 41: informe final para entregar

41

Relaciones Exteriores, en términos de lo que establece el artículo 13 del Reglamento citado, otorgará los

permisos para constitución de sociedades, solamente cuando la denominación o razón social que se pretenda

utilizar no se encuentre reservada por una sociedad distinta. Asimismo, si en la denominación o razón social

solicitada, se incluyen palabras o vocablos cuyo uso se encuentre regulado específicamente por otras leyes, la

Secretaría de Relaciones Exteriores condicionará el uso de los permisos a la obtención de las autorizaciones

que establezcan dichas disposiciones legales.

Una vez que se obtiene el permiso para la constitución de sociedades, el interesado en términos del artículo 17

del Reglamento de la Ley de Inversión Extranjera y del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras, deberá

dentro de los noventa días hábiles siguientes a la fecha en que la Secretaría de Relaciones Exteriores otorgó

dicho permiso, acudir a otorgar ante fedatario público el instrumento correspondiente a la constitución de la

sociedad de que se trate. Transcurrido el término antes citado sin que se hubiere otorgado el instrumento

público correspondiente, el permiso quedará sin efectos. De ser el caso, se tendrá que solicitar la reexpedición

del permiso vencido.

Así mismo y de acuerdo a lo establecido por el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Inversión Extranjera

y del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras, dentro de los seis meses siguientes a la expedición de los

permisos para la constitución de sociedades a que se refiere el artículo 15 de Ley de Inversión Extranjera, el

interesado debe dar aviso del uso del mismo a la Secretaría de Relaciones Exteriores. En dicho aviso se debe

de especificar la inclusión en el instrumento correspondiente de la cláusula de exclusión de extranjeros o, en

su caso, del convenio previsto en el artículo 14 del Reglamento de la Ley de Inversión Extranjera y del

Registro Nacional de Inversiones Extranjeras (que los socios extranjeros, actuales o futuros de la sociedad se

obligan ante la Secretaría de Relaciones Exteriores a considerarse como nacionales respecto de las acciones,

partes sociales o derechos que adquieran de la sociedad, bienes, derechos, concesiones, participaciones o

intereses de que sean titulares las sociedades y los derechos y obligaciones que deriven de los contratos en

que sean parte las propias sociedades; asimismo deberán incluir la renuncia de no invocar la protección de sus

gobiernos bajo la pena, en caso contrario, de perder en beneficio de la Nación los derechos y bienes que

hubiesen adquirido).

A. Presentar la solicitud SA-1 publicada en el Diario Oficial de la Federación el 17 de mayo de 2002

debidamente requisitada o en su defecto escrito libre que contenga: el órgano a quien se dirige el trámite, el

lugar y fecha de emisión del escrito correspondiente, nombre de quien realice el trámite, domicilio para oír y

recibir notificaciones, nombre de la persona o personas autorizadas para recibir notificaciones, tres opciones

de denominación solicitada, especificar el régimen jurídico solicitado y firma autógrafa del solicitante.

B. Cubrir el pago de derechos por la cantidad que establece el articulo 25, fracción I del la ley de derechos

vigentes, en cualquier institución bancaria mediante la forma 5 del SAT

Page 42: informe final para entregar

42

Podrá cubrir el pago de los derechos por los trámites además de enterar el monto correspondiente mediante la

forma SAT-5, a través de una transferencia electrónica de fondos en las instituciones de crédito certificadas

con solo ingresar a sus portales de Internet o bien, en las ventanillas bancarias respectivas. Para realizar su

pago electrónico deberá, en caso de que se realice a través de Internet, seguir las indicaciones que se señalan

en los portales de la institución bancaria autorizadas por el Servicio de Administración Tributaria o en caso de

que se realice en la ventanilla del banco de su elección, es necesario que presente la “Hoja de ayuda para el

pago en ventanilla bancaria”. En ambos casos, se deberá realizar una operación bancaria por cada trámite,

debiendo la institución de crédito proporcionar un recibo bancario con sello digital, mismo que deberá

presentar ante la Secretaría de Relaciones Exteriores, junto con la documentación del trámite solicitado,

conservando el contribuyente fotocopia de dicho recibo.

Para solicitar permiso para registrar el nombre se deberá llenar el siguiente forma de la Secretaria de

Relaciones Exteriores

Consultas 5063-3000 Ext. 4068

Dirección de Internet www.sre.gob.mx/tramites/legales/

Dirección General de Asuntos Jurídicos

SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES

LUGAR Y FECHA: _______________________________________

(ARTICULO 15 DE LA LEY DE INVERSION EXTRANJERA)

NOMBRE DEL

PROMOVENTE____________________________________________________________

Continuación del formato

DOMICILIO PARA OIR

RECIBIR ____________________________________________________________

NOTIFICACIONES ____________________________________________________________

Para uso exclusivo de SRE

Folio:_____________________________

Page 43: informe final para entregar

43

PERSONAS AUTORIZADAS

PARA RECIBIR

LA RESOLUCION.

______________________________________________________________________

DENOMINACION ________________________________________________________

SOLICITADA EN ORDEN________________________________________________________

DE PREFERENCIA

_______________________________________________________________________

_______________________________________________________________________

REGIMEN JURIDICO DE LA

PERSONA MORAL

______________________________________________________

_____________________________________________________________

FIRMA AUTOGRAFA DEL PROMOVENTE

La resolución recaída a esta solicitud únicamente será entregada al promovente o a las personas

autorizadas.

Para cualquier aclaración, duda y/o comentario con respecto a este trámite, sírvase llamar al Sistema

de Atención Telefónica (SACTEL) a los teléfonos: 5480-2000 en el D.F. y área metropolitana; del

interior de la República sin costo para el usuario al 01800-0014800 o desde Estados Unidos y Canadá al

188-5943372.

Nota: este formato podrá ser

reproducido libremente, debiendo ser

dicha reproducción en hojas blancas de

papel bond.

Llenar: a máquina

Oficinas centrales: original y una copia

Delegaciones Estatales: Original y dos copias

Anexar: Original y copia de pago derechos

* Ultima fecha de autorización del formato

por parte de Oficialía Mayor: 6 de marzo de

2002

* Ultima fecha de autorización del formato por parte de la

Comisión Federal de Mejora Regulatoria: 15 de abril de

2002

SA-1

Page 44: informe final para entregar

44

Formato para realizar el pago de derechos por la constitución de una sociedad

Page 45: informe final para entregar

45

En la página de la Secretaria de Relaciones Exteriores se da a conocer la siguiente información para hacer el

registro de una sociedad.

Page 46: informe final para entregar

46

Esta Carta establece nuestro compromiso con usted para responder a sus demandas y satisfacer sus

expectativas.

¡Ayúdenos a mejorar el servicio que le ofrecemos!

Este trámite puede ser realizado por el público en general o los fedatarios públicos que estén interesados en

crear una persona moral conforme a la legislación mexicana.

El documento (permiso) que expide la Dirección de Permisos Art. 27 Constitucional mediante el cual se

autoriza el uso de la denominación que servirá para identificar la sociedad mexicana que usted pretende

crear, debe obtenerse previamente a su constitución.

El permiso mediante el cual se autoriza el uso de una denominación o razón social para constituir una

persona moral mexicana, tiene una vigencia de 90 días hábiles contados a partir de la fecha de su

otorgamiento. Es importante que dentro de la vigencia, usted acuda ante el fedatario público de su elección,

a fin de que obtenga la escritura pública correspondiente a la constitución de la sociedad de que se trate. El

permiso queda sin efectos, si no se constituye la sociedad dentro de su vigencia, de ser el caso, se tendrá

que solicitar la reexpedición del permiso vencido.

Para iniciar este trámite, ponemos a su disposición las siguientes oficinas:

1. Dirección de Permisos Art. 27 Constitucional: Ricardo Flores Magón No. 1 Anexo II Planta Alta, Col.

Guerrero, Deleg. Cuauhtémoc, C.P. 06995 México, D.F.

2. Delegación de esta Secretaría en Álvaro Obregón: Batallón San Patricio S/N, Esquina 10 y Canarios,

Col. Toltecas, Deleg. Álvaro Obregón, C.P. 01150 México, D.F.

3. Delegación de esta Secretaría en Iztacalco: Av. Río Churubusco y Calle The S/N, Col. Gabriel Ramos

Millán, Deleg. Iztacalco, C.P. 08000 México, D.F.

4. A través de medios electrónicos, enviando su solicitud vía Internet y posteriormente acudir a la oficina

elegida a recoger la respuesta a su trámite, presentando su solicitud y pago de derechos. Este servicio puede

ser consultado en la página de Internet de la Secretaría de Relaciones Exteriores www.sre.gob.mx

NOTA: Este servicio se presta en las Delegaciones de la Secretaría de Relaciones Exteriores en el interior

de la República, cuyos domicilios pueden ser consultado en la página www.sre.gob.mx. La responsabilidad

Page 47: informe final para entregar

47

de este servicio, es del Titular de la Delegación correspondiente.

Usted tiene la responsabilidad de:

Cumplir con todos los requisitos.

Realizar el pago de derechos.

Denunciar a quien le pida gratificación o condicione el servicio.

Evaluar el servicio recibido.

¡ Ayudanos a mejorar nuestro servicio, necesitamos de tu participación !

Presentar la siguiente documentación:

1. Formato SA-1, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de mayo de 2002, o bien elaborar un

escrito libre que contenga:

Destinatario (Dirección General de Asuntos Jurídicos, Dirección de Permisos Art. 27 Constitucional).

Lugar y fecha de su emisión.

Nombre y domicilio de quien solicita el trámite.

Nombre de las personas autorizadas para oír y recibir notificaciones.

Tres opciones de denominaciones solicitadas en orden de preferencia.

Tipo de régimen jurídico (SA, SA de CV, AC, etc.).

Firma autógrafa del promovente.

2. Al formato o escrito libre, deberá acompañar el pago de derechos correspondiente.

3. El formato SA-1 o el escrito libre, deberá presentarse en original y una copia.

NOTA: La denominación o razón social que proponga, se autorizará cuando no se encuentre reservada por

una sociedad distinta. Si la denominación que se pretende incluye palabras o vocablos cuyo uso se

encuentre regulado específicamente por otras leyes, la S.R.E. condicionará el uso del permiso a la

obtención de las autorizaciones que establezcan dichas disposiciones legales.

El costo por cada solicitud de permiso para la constitución de una sociedad es de $565.00 pesos que

corresponden a la "recepción, examen y resolución de cada solicitud de constitución de sociedades y

asociaciones", mismos que debe pagar en cualquier institución bancaria en la forma SAT 5 o bien,

mediante una transferencia electrónica de fondos en las instituciones de crédito certificadas con sólo

ingresar a sus portales de Internet o en las ventanillas bancarias respectivas presentando la "hoja de ayuda

para el pago de derechos en vetanilla". El costo por este servicio se actualiza en el mes de enero de cada

año conforme a lo que establezca la Ley Federal de Derechos.

Page 48: informe final para entregar

48

Estos son los estándares de servicio que nos comprometemos a cumplir:

Confiabilidad: Que la respuesta a su trámite, sea entregada sin errores en cuanto a los datos que se han

proporcionado.

Amabilidad: El personal brindará un trato con respeto, igualdad, dignidad, humildad y sencillez y prestará

un servicio de apoyo, ayuda y orientación profesional.

Honestidad: El personal encargado de este trámite no le exigirá pago adicional al establecido en la Ley

Federal de Derechos.

Oportunidad: Sí la solicitud es presentada antes de las 11:00 de la mañana, la respuesta a su trámite es el

mismo día, sí es presentada después de este horario, al día hábil siguiente.

En caso de que la Institución no cumpla con el objetivo de este trámite, Usted cuenta con los siguientes

medios para informarlo:

Atención inmediata del Director de Permisos Art. 27 Constitucional o Subdirector de Sociedades.

Presentación de quejas y sugerencias.

Denunciar al servidor público ante el Órgano Interno de Control en la Secretaría de Relaciones Exteriores

con respuesta en un plazo no mayor de 14 días hábiles, sobre el trámite que se le de a la misma. Para tal

efecto, usted cuenta con los siguientes medios:

Vía electrónica: [email protected]

Vía telefónica: 9157-4242, 5063-3000 Ext. 4242, SACTEL 3003-2000 Y SRETEL 5063-3000 Exts. 4028 y

4257.

Directamente en el Órgano Interno de Control: Av. Paseo de la Reforma No. 255, Centro Bursatíl, Piso 14,

Col. Cuauhtémoc, Deleg. Cuauhtémoc, C.P. 06500 México, D.F. Responsable: Lic. Angelica Giles

Cervantes. Horario de atención de 9:00 a 18:00 horas de lunes a viernes.

Por cuanto hace al compromiso de aceptar el pago de derechos a través de medios electrónicos, se

informa que el mismo ya es aceptado en este trámite, desde el mes de noviembre de 2004,

Por otra parte y conforme a la evaluación ciudadana, ofrecemos a los usuarios para agosto del 2006,

Page 49: informe final para entregar

49

mejorar las instalaciones en las que se presta este servicio.

Saludos cordiales,

_______________________________

Lic. Sandra Elisa Hernández Ortiz

Directora General de Asuntos Jurídicos

Tlatelolco D. F., a 15 de diciembre de 2005.

Próxima Revisión:

Marzo de 2006

Page 50: informe final para entregar

50

1.3.3 PROYECTO DE ACTA CONSTITUTIVA

A continuación presentaremos un proyecto de acta constitutiva para las empresas integradoras esta contiene

los requisitos con los que debe contar la redacción de la acta constitutiva la cual deberá ser aprobada por la

Secretaria de Relaciones Exteriores

==========ESCRITURA==============================================NUMERO

==========VOLUMEN=============================================== NUMERO

En la CIUDAD DE =========, estado de ======== siendo las === horas, del día ====== de =====

de=======.==================================================================

==================, Notario O Corredor Público en Ejercicio, Titular de la Notaría ======== de éste

Distrito Judicial , hago constar:

==========================================================================

=====La Constitución formal de la sociedad mercantil denominada: “===========", SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE.================================================

================

=====Con apego a lo establecido en la Ley General de Sociedades Mercantiles y las disposiciones que por

Decreto Presidencial se publicaron en el Diario Oficial de la Federación, el día siete de mayo de mil

novecientos noventa y tres para la Constitución de Empresas Integradoras, así como el Decreto que modifica

al diverso que promueve la organización de empresas integradoras, publicado el día treinta de mayo de mil

novecientos noventa y cinco en el Diario Oficial de la Federación.===================

=====En el que comparecen

como:================================================================ S O C I O S

F U N D A D O R E S ===================Los nombrados comparecientes:

=================================, en sus respectivos caracteres de Presidente y Secretario del

Consejo de Administración de la Sociedad Mercantil Denominada =========================,

SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, dijeron: Que habiendo determinado constituir la

Sociedad Mercantil que en esta escritura se formaliza, se gestionó y obtuvo de la Secretaría de Relaciones

Exteriores el permiso correspondiente que a continuación se transcribe: ============= =============

PERMISO DE LA SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES

----- Al margen superior izquierdo un sello impreso con el Escudo Nacional que a la letra dice:

SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES.- Al margen superior derecho: Permiso ========

Expediente ========= Folio ========= En atención a la solicitud presentada por el (la) C.

==================== esta Secretaría concede el permiso para constituir una SA DE CV, bajo la

denominación ======================= SA DE CV. Este permiso, quedará condicionado a que en los

estatutos de la sociedad que se constituya, se inserte la cláusula de exclusión de extranjeros o el convenio

Page 51: informe final para entregar

51

previsto en la fracción I del Artículo 27 Constitucional, de conformidad con lo que establecen los artículos 15

de la Ley de Inversión Extranjera y 14 del Reglamento de la Ley de Inversión Extranjera y del Registro

Nacional de Inversiones Extranjeras. El interesado, deberá dar aviso del uso de este permiso a la Secretaría

de Relaciones Exteriores dentro de los seis meses siguientes a la expedición del mismo, de conformidad con

lo que establece el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Inversión Extranjera y del Registro Nacional de

Inversiones Extranjeras. Este permiso quedará sin efectos si dentro de los noventa días hábiles siguientes a la

fecha de otorgamiento del mismo, los interesados no acuden a otorgar ante fedatario público el instrumento

correspondiente a la constitución de que se trata, de conformidad con lo que establece el artículo 17 del

Reglamento de la Ley de Inversión Extranjera y del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras; así mismo

se otorga sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo 91 de la Ley de la Propiedad Industrial. Lo anterior se

comunica con fundamento en los artículos: 27 fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos; 28, fracción V de la Ley Orgánica de la Administración Publica Federal; 15 de la Ley de

Inversión Extranjera y el 13, 14 y 18 del Reglamento de la Ley de Inversión Extranjera y del Registro

Nacional de Inversiones Extranjeras. PUEBLA, PUE., a 02 de Abril de 2003, EL DELEGADO

=================.- Una firma ilegible.- Al margen superior izquierdo un sello que dice:

SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES, DELEGACIÓN PUEBLA ARTICULO

27.======================= ====

IDENTIFICACION Y PREVENCIONES DE LEY ==================== === ===========

YO EL NOTARIO O CORREDOR PUBLICO, HAGO CONSTAR: Que los socios fundadores cuyas

generales serán especificadas más adelante se identificaron ante mí, y los previne sobre las penas en que

incurre quiénes declaran falsamente bajo protesta de decir verdad, manifestaron que tanto ellos como sus

respectivas representadas, tener capacidad legal, para contratar y obligarse de lo que Doy Fe, así como de

conocerlos personalmente e interrogados con respecto del Impuesto Federal sobre la Renta, declararon que

ellos como sus respectivas representadas, están al corriente en el pago del Impuesto Federal Sobre la Renta.

=========================================== ==============

=====Acto seguido manifestaron que la sociedad que hoy constituyen se regirá por los estatutos sociales

siguientes: ====================================================== ============

=============================== E S T A T U T O S =========================

=============================== DENOMINACIÓN ============================

====PRIMERO.- La sociedad se denominará: ========= que irá seguida de las palabras SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE ó de sus abreviaturas S. A. DE C. V. =========== =======

======================= DOMICILIO =========================================

====SEGUNDO.- El domicilio de la sociedad será , en la calle ========= No. ======== Col.

========== C.P. =====,de esta Ciudad de ========, sin perjuicio de su derecho a establecer agencias o

sucursales en otros lugares de la República Mexicana o del extranjero y de pactar domicilio convencionales

para actos determinados, sin que se entienda cambiando su domicilio social. =========

Page 52: informe final para entregar

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============================== DURACIÓN ==================================

=====TERCERO.- La duración del pacto social será de ==========, contados a partir de la fecha de la

escritura, por lo que concluirá legalmente en el año ==.=====================================

============================== OBJETO SOCIAL =============================

=====CUARTO.- La sociedad tendrá por objeto social preponderante la prestación de servicios

especializados de apoyo a la micro, pequeña y mediana empresa asociada. ======================

A.- Por cuenta y orden de sus socios: ============================================

Conjuntar a los socios para que puedan obtener un mejoramiento económico y social, optimizando en su

beneficio las condiciones para comprar, distribuir, transportar y vender todo tipo de mercancías lícitas. ==

Proporcionar a sus socios algunos de los siguientes servicios: tecnología, promoción y comercialización,

diseño, subcontratación de productos y procesos industriales, promover la obtención del financiamiento,

adquisición de materias primas, insumos, activos y tecnología en común; en condiciones favorables de precio,

calidad y oportunidad de entrega, así como de otros servicios que se requieran para el óptimo desempeño de

las empresas asociadas. ================ ===============================

Organizar a los grupos interesados, para promover la creatividad para alcanzar la calidad del servicio.

====================================================== ====================

Desarrollar, de manera permanente, el asesoramiento y la capacitación a favor de los socios, que les permita

mejorar su competitividad en los mercados internos y de exportación.

==================================================== ======================

Gestionar y concertar los financiamientos a efecto de favorecer el equipamiento y modernización de las

empresas asociadas. ==================================== ========================

Realizar las gestiones necesarias favorables a sus socios, para obtener de las autoridades federales, estatales y

municipales los apoyos y beneficios que de acuerdo a sus facultades puedan otorgar.

====================================== ====================================

Proporcionar a lo socios servicios de tipo administrativo, contable, fiscal, jurídico, informático, de formación

y capacitación empresarial. =============== ================================

Promover ante la Banca de Fomento y Desarrollo el diseño de programas, con intereses y condiciones

preferenciales que den apoyo a los socios. ======== ====================================

Otorgar a todos los socios los servicios e información que se requieran para el logro de los objetivos de la

sociedad. ======================================== ===========================

La elaboración de estudios y proyectos técnicos y económicos necesarios para la realización de su objeto

social. ============================================== =======================

Celebrar actos y contratos a nombre y por cuenta de los socios, relacionados con el objeto de la misma.

==================================================== ======================

A nombre y por cuenta de los socios adquirir, enajenar, dar y recibir, en arrendamiento toda clase de bienes

muebles e inmuebles necesarios para el logro de los fines sociales. ========================== ==

Page 53: informe final para entregar

53

B.- Propios de su actividad: ==================================================

No participar de manera directa o indirecta en el capital social de sus asociadas.

==================================================================== =====

Otorgar toda clase de garantías reales o personales, constituir hipotecas y otorgar fianzas y avales.

====================================================== ===================

Emitir, aceptar, suscribir, endosar y en cualquier forma comerciar con documentos, títulos de crédito o

instrumentos negociables. ==================== ==================================

La obtención de permisos, concesiones, franquicias, nombres y avisos comerciales que sean necesarios para la

consecución de los fines sociales. ==== =========================================

La celebración de toda clase de actos y contratos de naturaleza civil o mercantil necesarios para el desarrollo

de los objetos sociales. ============== ====================================

La adquisición, enajenación y en general la negociación con todo tipo de acciones, partes sociales, y de

cualquier título permitido por la Ley. ======== ========================================

Establecer agencias o sucursales en cualquier lugar de la República o del Extranjero.

=================================================================== ======

El desempeño de toda clase de comisiones y representaciones y la celebración de toda clase de actos y

contratos que permitan una ganancia lícita. ============= ===============================

La defensa de los intereses y derechos de los miembros de la sociedad personas físicas o morales.

============================================================ ==============

La celebración de convenios, contratos o de cualquier acto jurídico, con particulares o personas morales

privadas u oficiales, e instituciones de Gobierno Federal, Estatal o Municipal, centralizadas o

descentralizadas, tendientes a las realizaciones de sus fines. ================================== =

La adquisición de bienes muebles o inmuebles, indispensables para la realización de sus fines.

===================================================== =====================

Organizar todo tipo de eventos que redunden en la elevación del nivel socio cultural de sus miembros de la

sociedad. ================================ =================================

=====QUINT0.- Las empresas asociadas deberán, además, ser usuarias de los servicios que preste la

integradora con independencia de que estos servicios se brinden a terceras personas hasta por un 10% del total

de los ingresos de la empresa integradora. ==========================================

=================== EXTRANJERIA =====================SEXTO.- Conforme a lo

estipulado en la Ley de Inversiones Extranjeras. =========

============================================================================

=========================== CAPITAL SOCIAL Y ACCIONES ====================

=====SEPTIMO.- La sociedad tendrá un capital social ========== mexicano y estará representado por

acciones de la Seria “A” por los socios fundadores y de la Serie “B” por personas físicas o morales

mexicanas. =========================================== =======================

=====OCTAVO.- El capital de la sociedad es variable, representado por acciones nominativas, ordinarias,

con valor de $====== (===========, MONEDA NACIONAL), cada una, amparadas, por títulos de la

Page 54: informe final para entregar

54

Serie "A" o Mexicana, relativas al capital que representa la inversión mexicana y títulos de la Serie "B" o

suscripción libre, correspondientes al capital que representa la libre suscripción. ====================

=====El capital mínimo fijo sin derecho a retiro es la cantidad de $========== (========== PESOS,

CERO CENTAVOS, MONEDA NACIONAL)representado por ==== ACCIONES de las cuales todas se

encuentran íntegramente suscritas y pagadas, y el restante pagaderas dentro del término de cinco años

contados a partir de la suscripción de las mismas, amparadas por títulos de la Serie "A" o Mexicana, y en su

caso, la Serie "B" o de Libre

Suscripción.==================================================================

El capital autorizado será por cantidad limitada. El capital será susceptible de aumentar por aportaciones

posteriores de los accionistas, admisión de nuevos socios, capitalización de reservas o utilidades de la

sociedad. El capital podrá disminuir por retiro parcial o total de las aportaciones. Los aumentos y las

disminuciones se realizaran de acuerdo a lo estipulado en este Capítulo y con las disposiciones aplicables del

Capítulo octavo de la Ley General de Sociedades Mercantiles. ==============Todo aumento o

disminución del capital social requiere de una resolución tomada por la Asamblea General Extraordinaria de

Accionistas y el aumento o disminución deberá inscribirse en el Libro de Registro de Variaciones de Capital

que la sociedad deberá llevar conforme a lo dispuesto por el articulo Doscientos diecinueve de la Ley de

Sociedades Mercantiles. ==========================================================

=====NOVENO.- Las acciones en que se divide el capital social estarán representadas por títulos emitidos

en colores diferentes para distinguir y amparar a las acciones de la Serie “A” o Mexicana y Serie “B” o de

Libre Suscripción; en tanto se emitan o entregan a los accionistas los títulos definitivos, la sociedad podrá

expedir certificados provisionales que amparen las acciones en que éste dividido el capital social que servirán

para acreditar y transmitir la calidad y los derechos de socio, que serán siempre nominativos y que deberán

canjearse por los títulos nominativos dentro de los trescientos sesenta y cinco días siguientes contados a partir

de la constitución de la sociedad o de cualquier cambio que sufra el capital social. ======

========================Los certificados provisionales y los títulos definitivos podrán amparar

cualquier número de acciones, satisfarán los requisitos establecidos en el artículo Ciento veinticinco de la Ley

General de Sociedades Mercantiles, contendrán el texto integro del artículo quinto de estos estatutos sociales

y llevarán la firma de cualesquiera dos miembros del Consejo de Administración, pero siempre consignando

las firmas de un consejero de la Serie “A” o Mexicana y otro de la Serie “B” o de Libre Suscripción, para el

caso de que se encuentren suscritas acciones de la Serie “B”. La firma de los consejeros podrá ser un facsímil,

si así lo autorizare el Consejo de Administración, y siempre que en su caso los originales de las firmas

respectivas se depositen en el Registro Público de Comercio del domicilio de la sociedad. ==========

=====En caso de que algún accionista desee transmitir sus acciones, se requerirá la autorización previa del

Consejo de Administración, anexando a su petición las condiciones para la transmisión de sus acciones,

gozando en todo caso del derecho de preferencia, los accionistas de la Serie correspondiente, el Consejo de

Administración, notificará sus decisiones dentro de los diez días hábiles siguientes a la recepción de la

solicitud. ================================================

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55

=====DECIMO.- La sociedad contará con un Libro de Registro de Acciones que podrá ser llevado por la

propia sociedad o por una Institución de Crédito como agente de registrador por cuenta y a nombre de la

sociedad, libro en el que se inscribirán todas las operaciones de suscripción, adquisición o transmisión de que

sean objeto las acciones representativas del capital social, dentro de los noventa días siguientes a la fecha en

que se efectúen dichas transmisiones, con expresión del suscriptor o poseedor anterior y del cesionario o

adquirente.====================================================DECIMO PRIMERO.-

La sociedad considerará como la dueña de las acciones representativas del capital social la persona registrada

como tal en el Libro de Registro de Acciones a que se refiere el Artículo Noveno. Todas las acciones tendrán

valor nominal, y conferirán a sus poseedores iguales derechos y obligaciones. =======

======================================DECIMO SEGUNDO.- En caso de aumento de capital

social mediante nuevas aportaciones, los tenedores de acciones tendrán derecho preferente para suscribir las

nuevas acciones de su serie que se emitan, en proporción, al número de acciones de que sean tenedores al

momento de ejercer su derecho. Los accionistas deberán de ejercer su derecho de preferencia dentro del

término y bajo las condiciones que fije para tal objeto la asamblea general extraordinaria que acordase el

aumento del capital, pero el término no podrá ser menor de quince días, los cuales se computarán a partir de la

fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación o en el periódico de mayor circulación; en caso de

que después de la expiración del plazo durante el cual los accionistas debieran ejercer los derechos de

preferencia que se les otorgan en este capítulo aún quedaran sin suscribir algunas acciones, el Consejo de

Administración, en su caso colocará, tales acciones para su suscripción y pago, a condición de que, en todo

caso, las personas físicas o las morales estén capacitadas para suscribirlas y adquirirlas de acuerdo con lo

dispuesto por los artículos sexto y séptimo de estos estatutos y siempre y cuando las acciones de que se trate

sean ofrecidas para su suscripción y pago en términos y condiciones que no sean favorables de aquellos en

que hubieren sido ofrecidas a los accionistas de la sociedad. ========

======================================En caso de que el Consejo de Administración, no

colocase las acciones que no hubieren sido suscritas conforme al primer párrafo de este artículo, serán

canceladas y se reducirá el capital social proporcionalmente, en la parte que corresponda a dichas acciones no

suscritas.=======================================================

=====DECIMO TERCERO.- REDUCCIÓN DE CAPITAL.- La reducción del capital social se efectuará

por amortización de acciones integras, mediante reembolso a los accionistas. La designación de las acciones

afectadas a la reducción se hará por acuerdo unánime de los accionistas o en su defecto por sorteo ante

Notario o Corredor Público. ================================================

=====En este caso, hecha la designación de las acciones se publicara un aviso en el Diario Oficial de la

Federación, y el importe del reembolso quedará desde esa fecha a disposición de los accionistas en las

oficinas de la sociedad sin devengar interés alguno.========================================

No obstante lo anterior, en caso de reducción del capital social, para amortizar pérdidas de la sociedad,

bastará la resolución de una Asamblea Extraordinaria de Accionistas debidamente convocada para este

propósito. ============================== ======================================

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=====DECIMO CUARTO.- La sociedad podrá amortizar acciones con utilidades, en cuyo caso se llenarán

los requisitos que fija el artículo Ciento treinta y seis y demás relativas de la Ley General de Sociedades

Mercantiles. Los títulos de las acciones amortizadas quedarán anuladas y en lugar podrán emitirse acciones de

goce. ========== =======================================DECIMO QUINTO.- La

participación de cada una de las empresas asociadas no podrá exceder de 30 por ciento del capital social de la

empresas integradora. ============DECIMO SEXTO.- Podrán participar en el capital de las empresas

integradoras las instituciones de la banca de desarrollo, el Fondo Nacional de Empresas de Solidaridad y, en

general, cualquier otro socios, siempre y cuando la participación de las empresas integradas represente por lo

menos un 75% del capital social de la integradora.

=================================================== DE LOS SOCIOS FUNDADORES

=====DECIMO SEPTIMO.- Los socios que ingresen a la sociedad al momento de su constitución, así

como aquellos que ingresen en un período de tres meses contados a partir de la firma del acta constitutiva de

la sociedad, serán considerados FUNDADORES y pagarán por cada acción la cantidad de $==== ===== mil

pesos 00/100, MONEDA NACIONAL. =======================================

ASAMBLEA DE ACCIONISTAS ===============================DECIMO OCTAVO.- La

asamblea general de accionistas es el órgano supremo de la sociedad. Las asambleas generales de accionistas

son ordinarias o extraordinarias, todas se celebrarán en el domicilio social, salvo caso fortuito o causa de

fuerza mayor. Las que se reúnan para tratar cualesquiera de los asuntos a que se refiere el artículo Ciento

ochenta y dos de la Ley General de Sociedades Mercantiles, serán asambleas generales extraordinarias de

accionistas, todas las demás serán asambleas generales ordinarias de accionistas.

================================================ ============================

=====DECIMO NOVENO.- La asamblea general ordinaria de accionistas se reunirá por lo menos una vez

al año dentro de los cuatro meses siguientes a la clausura del ejercicio social. Además de los asuntos incluidos

en el Orden del Día y los asuntos mencionados en el artículo Ciento ochenta y uno de la Ley General de

Sociedades Mercantiles, la asamblea general ordinaria anual tendrá por objeto informar a los accionistas sobre

los Estados Financieros y el correspondiente Estado de Resultados, del ejercicio social inmediato anterior, de

la sociedad o sociedades en que la sociedad sea titular de la mayoría de las acciones o partes sociales, cuando

el valor de adquisición total de las acciones o partes sociales de cada una de las sociedades que se trate haya

excedido del veinte por ciento del capital social de la sociedad al cierre de su ejercicio social; las asambleas

generales ordinarias y extraordinarias serán convocadas por el Administrador Único, Consejo de

Administración, por su Presidente o por el Secretario de la sociedad; también a solicitud de accionistas que

representen por lo menos el treinta y tres por ciento del capital social o de un accionista, en los términos de

los artículos Ciento ochenta y cuatro y Ciento ochenta y cinco de la Ley General de Sociedades Mercantiles,

respectivamente, o por los comisarios, de acuerdo con la fracción sexta del artículo sesenta y seis de dicha

Ley. ========================================================

VIGESIMO.- Las convocatorias para Asambleas de Accionistas serán publicadas en el periódico oficial de la

entidad en el domicilio social y en cada uno de los periódicos de mayor circulación en el domicilio social,

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cuando menos quince días naturales antes de la fecha fijada para la Asamblea. Las convocatorias señalaran el

lugar, día y hora en que la Asamblea deba tener verificativo, contendrán la Orden del Día e irán firmadas por

quien las haga: No será necesaria la convocatoria cuando el momento de la votación este representada la

totalidad de las acciones. ============== ================================

VIGESIMO PRIMERO.- Los accionistas podrán estar representados en las Asambleas por un apoderado

con Poder General o Poder Especial, o por un apoderado designado por escrito. Para ser admitidos en las

Asambleas, los Accionistas deberán encontrarse debidamente inscritos en el Libro de Registros de acciones

que la sociedad deberá llevar conforme a lo establecido en el artículo noveno de estos estatutos. Todos los

Accionistas que vayan a concurrir a la correspondiente Asamblea, deberá solicitar al Secretario del Consejo

de Administración o al Secretario de la sociedad durante el último día hábil que proceda al de la Asamblea, la

tarjeta de admisión de la misma. = ===========================Sin embargo podrá acudir con la sola

presentación de sus acciones o de los títulos representativos; los accionistas no podrán hacerse representar por

los consejeros o los comisarios de la sociedad. ================================

=====VIGESIMO SEGUNDO.- Las Asambleas Ordinarias y Extraordinarias de Accionistas serán

presididas por el Administrador Único o el Presidente del Consejo de Administración; en ausencia de este

último, por cualquiera otro de los Consejeros que designe la Asamblea pero siempre este nombramiento

recaerá en un Accionista o Consejero designado de la Serie “A”.==============================

=====El Secretario de la sociedad actuará como Secretario de las Asambleas de Accionistas; en su ausencia,

lo hará la persona designada por la Asamblea. El Presidente nombrará dos escrutadores, entre los accionistas,

uno, representativo de las Acciones de la Serie “A” y el otro representativo de las Acciones de la Serie “B”,

para que determinen si existe o no el quórum legal y para que cuenten los votos emitidos, si esto último fuere

solicitado en la Asamblea. =========================== =================

=====VIGÉSIMO TERCERO.- Las Asambleas Ordinarias de Accionistas se considerarán legalmente

instaladas en primer convocatoria, si se encuentra representado cuando menos el cincuenta por ciento del

capital social; en caso de segunda o ulterior convocatoria, las Asambleas Extraordinarias se considerarán

legalmente instalada, en primera convocatoria, si está representado cuando menos el setenta y cinco por ciento

del capital social; en caso de segunda o ulterior convocatoria, las Asambleas Extraordinarias se considerarán

legalmente instaladas cualquiera que sea el número de acciones representadas.

============================================================= ==============

=====VIGÉSIMO CUARTO.- Las resoluciones de las Asambleas Ordinarias de Accionistas serán válidas

si se aprueban por el voto de la mayoría de las acciones que represente el capital social, presentes en la

Asamblea. ==================================================================

=====Las resoluciones de las Asambleas Extraordinarias serán válidas si se aprueban por el voto de acciones

que representen cuando menos el cincuenta por ciento del capital. Las votaciones, por regla general, serán

económicas, pero serán nominales cuando se exija responsabilidad a funcionarios o lo pidan los Accionistas

que representen por lo menos diez por ciento del capital social. Salvo el caso de Asambleas totalitarias o

universales a que se refiere el Artículo ciento ochenta y ocho de la Ley General de Sociedades Mercantiles,

para que sean válidas las resoluciones tomadas en las Asambleas de Accionistas deberán referirse solamente a

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los asuntos contenidos en el Orden del Día que aparezcan en la convocatoria correspondiente.

================================================================

=====VIGÉSIMO QUINTO.- De cada Asamblea de Accionistas se levantará un acta que deberá contener

las resoluciones adoptadas, y dicha acta deberá transcribirse en el libro correspondiente. Asimismo, de cada

Asamblea se formará un expediente en el que se conservará, cuando existan como documentos relacionados

con el acta; la lista de asistencia a la asamblea firmada por los escrutadores, las tarjetas de ingresos a la

asamblea, las cartas poder, copia de las publicaciones en las que haya aparecido la convocatoria para la

asamblea, copia de los informes del Consejo o del Administrador Único y de los Comisarios y cualesquiera

otros documentos que hubieran sido sometidos a la consideración de la asamblea. ==================

=====Si el acta de alguna asamblea no puede ser levantada en el libro autorizado correspondiente, la misma

deberá ser protocolizada ante notario o corredor público. Las actas de las Asambleas Extraordinarias, con

excepción de las referentes a aumentos o disminuciones de la parte variable del capital social, se protocolizará

ante notario o corredor público. Todas las actas de Asambleas de Accionistas, así como las constancias

respecto de las que no se hubieran podido celebrar por falta de quórum, serán firmadas por el Presidente y el

Secretario que haya fungido en la asamblea, y por los Comisariados que hubiesen asistido.

============================================================== =

=========================== A D M I N I S T R A C I O N ========================

=====VIGESIMO SEXTO.- La administración de la Sociedad estará a cargo de un Consejo de

Administración o un Administrador Único, formado por el número impar de miembros propietarios que

determine la Asamblea Ordinaria de Accionistas, respetándose en todo momento lo dispuesto por el artículo

sexto de estos estatutos. La asamblea podrá designar consejeros suplentes y determinar el numero de estos y

la manera de llevar a cabo suplencia. La minoría que represente un diez por ciento del capital social tendrá

derecho a nombrar un Consejero Propietario y un suplente. ==================== ====

=====Los consejeros Propietarios y los Suplentes podrán o no ser Accionistas, durarán en su puesto un año y

podrán o no ser reelectos. Estos continuarán en funciones hasta que las personas designadas para substituirlos

tomen posesión de sus cargos. == ===========================================

=====En todo caso los miembros que integren la administración de la sociedad y la prestación de los

servicios de la empresa integradora estará a cargo de personal especializado ajeno a las empresas asociadas.

====================================== ======================================

=====VIGÉSIMO SEPTIMO.- Los miembros propietarios y los suplentes del Consejo de Administración

de la Sociedad, serán designados por la mayoría de votos de las acciones representada en la Asamblea

Ordinaria de Accionistas. Cada accionista o grupo de accionistas que sea titular por lo menos del veinte por

ciento del capital social tendrá derecho a nombrar un consejero propietario y, en su caso, el respectivo

suplente. ==============================================================

=====VIGÉSIMO OCTAVO.- Los miembros suplentes del Consejo de Administración actuarán

únicamente en ausencia de los Consejeros Propietarios. ============================== ======

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59

=====VIGÉSIMO NOVENO.- La Asamblea, al designar a los Consejeros determinará los cargos de cada

uno, y si no lo hiciere, lo hará el Consejo en su primera reunión. En todo momento el cargo de Presidente

recaerá en el Administrador Único o en un Consejo que represente y que sea designado por los Accionistas de

la serie “A”. El Consejo de Administración preparará anualmente el informe a que se refiere el artículo

trigésimo sexto de estos estatutos, el cual quedará depositado en la Tesorería o Secretaría de la Sociedad,

quince días naturales antes de la celebración de la Asamblea General Ordinaria anual que hará de conocerlo y

en su caso aprobarlo. El Presidente del Consejo representará a la Sociedad ante toda clase de autoridades y

vigilará que se cumplan con las resoluciones de las Asambleas de Accionistas del Consejo de Administración,

en su caso. El Consejo de Administración, cada año designará al Secretario que lo será del Consejo o de la

Sociedad, según lo determine la Asamblea General Ordinaria anual correspondiente. El Secretario certificará

con su firma las copias o extractos de las actas o sesiones del Consejo, de Asambleas de Accionistas y los

demás documentos de la Sociedad. Además deberá llevar el archivo y la correspondencia del Consejo y lo

relacionado con las Asambleas de los Accionistas. == =============

=====TRIGESIMO.- El consejo de Administración se reunirá por lo menos una vez al mes, convocado

para tal efecto por su Presidente, el Secretario o por cualquiera dos miembros del propio Consejo,

mediante aviso dado por escrito, enviado por lo menos con tres días hábiles de anticipación a la fecha

de la sesión, en el último domicilio que al efecto hayan señalado los Consejeros Propietarios y/o

Suplentes, de forma tal que asegure que su destinatario lo reciba. No será necesario el aviso cuando

todos los Consejeros Propietarios o sus respectivos estuvieren reunido. =============

=====================================================TRIGÉSIMO PRIMERO.- Para

que las sesiones del Consejo de Administración se consideren legalmente constituidas, en primera

convocatoria se requerirá la asistencia de la mitad más uno de sus miembros. Pero en todo caso asistirán por

lo menos dos consejeros designados por los Accionistas de la Serie “A” y por dos Consejeros designados por

los Accionistas de la Serie “B”; en su caso de segunda o ulterior convocatoria se considerará legalmente

instalada la Sesión cualquiera que sea el número de sus asistentes.

========================================================El Consejo de Administración

tomará sus resoluciones por mayoría de votos de los Consejeros presentes. El Presidente tendrá voto de

calidad en caso de que la votación este empatada. ====================TRIGÉSIMO SEGUNDO.- El

Consejo de Administración en su caso, tendrá todas las facultades comprendidas en los Poderes Generales

para Pleitos y Cobranzas, para Administrar Bienes y ejercer Actos de Dominio; con todas las facultades

generales y especiales que requieran cláusulas especiales conforme a la Ley, en los términos del artículo Dos

mil cuatrocientos cuarenta del Código Civil vigente en el Estado de Puebla y Dos mil quinientos cincuenta y

cuatro del Código Civil para el Distrito Federal y de las disposiciones correlativas de los Códigos Civiles de

los Estados de la República Mexicana. ============= Podrán representar a la Sociedad ante toda clase de

autoridades Administrativas y Judiciales, Federales, Estatales y Municipales ante la Junta de Conciliación y

Arbitraje y demás Autoridades del Trabajo, ante árbitros y arbitradores. =======================Los

anteriores poderes incluyen facultades para: Interponer toda clase de juicios y recursos, aún en el amparo y

desistirse de ellos; para transigir, comprometer en árbitros, articular y absolver posesiones, hacer cesión de

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bienes, recusar y recibir pagos; para discutir, celebrar y revisar Contratos Colectivos de Trabajo; representar a

la Sociedad ante Autoridades del Trabajo asuntos laborales en la que empresa sea parte o tercera interesada en

la audiencia inicial, así como cualquiera de las etapas del proceso del derecho del

trabajo.========================================================================

Llevar a cabo todas las operaciones y celebrar, modificar o rescindir contratos y actos jurídicos relacionados

con los fines y objeto de la sociedad. ========== ==============================

Suscribir toda clase de títulos de crédito en los términos del artículo Noveno de la Ley General de Títulos y

Operaciones de Crédito, con facultades para girar, aceptar, endosar, avalar, protestar, emitir y suscribir.

================ ===========================================================

Contratar a favor o a cargo de la sociedad toda clase de préstamos con o sin garantía prendaría, hipotecaria o

fiduciaria o de cualquier naturaleza, así como expedir, emitir, suscribir, otorgar, instrumentos negociables y

comprobantes de adeudo y garantizar el pago de los mismos y de sus intereses mediante hipoteca, prenda o

fideicomiso.==================================================================

Nombrar y renovar al Director General y a los Gerentes, Subgerentes, factores, agentes y empleados de la

sociedad; determinar sus facultades, obligaciones y remuneraciones. ===========================

Otorgar poderes generales y especiales. ======================================== =======

Establecer sucursales, agencias o dependencias y oficinas de negocios. ========= ================

Ejecutar las resoluciones de las Asambleas de Accionistas. ===================== ============

Representar a la sociedad cuando forme parte de otras sociedades, comprando o suscribiendo acciones o

participaciones, o bien invirtiendo como parte para su constitución. ============================

Presentar quejas y querellas de carácter penal, otorgar perdón y constituir en coadyuvante del Ministerio

Público. ============================================ =========================

Todas las facultades que las Leyes otorgan a los de su clase sin limitación alguna, por la que podrán dirigir el

negocio, representar a la sociedad y llevar la firma social ante toda clase de personas y autoridades.

===================== =======================================================

=====TRIGÉSIMO TERCERO.- Cada Consejero Propietario o suplente caucionará su manejo en la forma

que la Asamblea de Accionistas que lo designe determine, o en su defecto, mediante la cantidad de

$======== ======mil pesos, Moneda Nacional o fianza de compañía autorizadas. La caución

correspondiente deberá subsistir durante el tiempo que dure su gestión y hasta que la Asamblea de

Accionistas apruebe las cuentas de los ejercicios en que hubiere fungido. =======================

=====TRIGÉSIMO CUARTO.- El Director General y el o los Directores en su caso, tendrán las facultades

que se les confieran al ser designados, mismas que en todo caso podrán ser amplias o restringidas, por

acuerdo expreso de la Asamblea de Accionistas, del Administrador Único, del Consejo de Administración, o

de algún apoderado con facultades para ello. ============================

============================= V I G I L A N C I A ===============================

=====TRIGESIMO QUINTO.- La vigilancia de las operaciones de la sociedad estará a cargo de uno o mas

Comisarios, designados por la Asamblea de Accionistas, Un Comisario será designado por la Asamblea de

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Accionistas. Un Comisario será designado por los Accionistas de la Serie “A” y el otro por los Accionistas de

la Serie “B” y en todo momento actuarán como Órgano Colegiado. La asamblea podrá designar, en su caso,

suplentes. Los Comisarios Propietarios y sus Suplentes, podrán ser o no ser Accionistas, durarán en su puesto

un año y podrán ser reelectos. Continuarán en el desempeño de sus funciones hasta que las personas

designadas para sustituirlos tomen posesión de sus

cargos.======================================================================

=====TRIGÉSIMO SEXTO.- El o los Comisarios tendrán facultades y obligaciones señaladas en el

artículo Ciento sesenta y seis y demás relativos de la Ley General de Sociedades Mercantiles.=========

=====TRIGÉSIMO SEPTIMO.- Los Comisarios garantizarán el desempeño de sus cargos en la forma y

monto que la Asamblea de Accionistas determinen, o en su defecto la cantidad de $====== ===== mil pesos,

Moneda Nacional, o fianza de compañía autorizada. La garantía que otorgaren no será cancelada sino después

de que la Asamblea de Accionistas haya aprobado sus gestiones durante el periodo en que estuvieron en

funciones.==========================================================

======================= EJERCICIOS SOCIALES ==============================

=====TRIGÉSIMO OCTAVO.- EL Ejercicio Social coincidirá con el año de calendario, con excepción del

primer ejercicio que se iniciara en la fecha de constitución y concluirá el 31 de diciembre del mismo año.

============================ INFORMACIÓN FINANCIERA ==================

=====TRIGÉSIMO NOVENO.- Al fin de cada ejercicio social el Consejo de Administración preparara un

informe que deberá incluir la documentación financiera que se señala en el artículo ciento sesenta y dos de la

Ley General de Sociedades Mercantiles, y dentro de los cuatro meses siguientes a la clausura del ejercicio

social deberá someterse a la aprobación de la asamblea Ordinaria anual de los Accionistas de la sociedad.

Dicho informe, incluido el informe de los Comisarios deberá quedar terminado y ponerse a disposición de los

Accionistas por lo menos quince días naturales antes de la fecha de celebración de la asamblea que haya de

discutirlo.====================================================

=====CUDRAGÉSIMO.- Anualmente se separará de las utilidades netas el porcentaje que la Asamblea de

Accionistas señale para formar el fondo de reserva legal, que no podrá ser menor del cinco por ciento de las

utilidades, hasta que dicho fondo alcance la quinta parte del capital social.

============================================================================

=====Este fondo deberá ser reconstruido de la misma manera cuando disminuya por cualquier causa. La

aplicación del resto de las utilidades quedará a discreción de la Asamblea de Accionistas. La asamblea

deberá cumplir con las disposiciones legales sobre el reparto de utilidades a los trabajadores.

========================= R E S T R I C C I O N E S ==============================

=====CUADRAGÉSIMO PRIMERO.- La sociedad integradora no podrá en forma directa e indirecta

participar en el capital social de las empresas integradas. ==================================

=====CUADRAGÉSIMO SEGUNDO.- La sociedad integradora únicamente percibirá ingresos por

concepto de cuotas, comisiones y prestaciones de servicios a sus integradas. Podrán obtener ingresos por otros

conceptos, siempre que éstos representen como máximo un 10 por ciento de sus ingresos totales. ==

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=====CUADRAGÉSIMO TERCERO.- La empresa integradora no puede realizar la importación de

mercancías, ya que esta es una empresa de servicios y el Padrón de Importadores es sólo para aquellas

empresas que realicen alguna transformación al producto. ========= ========================

=====CUADRAGÉSIMO CUARTO.- La empresa integradora no podrá realizar ninguna parte del proceso

productivo, ya que es una empresa de servicios especializados. ========== ==============

====================== DISOLUCIÓN Y LIQUIDACION =========================

=====CUADRAGÉSIMO QUINTO.- La sociedad se disolverá en cualquiera de los casos previstos en las

fracciones del artículo doscientos veintinueve de la Ley General de Sociedades

Mercantiles.==================================================================

=====CUADRAGÉSIMO SEXTO.- Declarada la disolución de la sociedad, ésta se pondrá en liquidación,

la cual estará a cargo de uno o mas liquidadores que deberán obrar como determine la Asamblea de

Accionistas. Dicha Asamblea nombrará uno o más liquidadores, les fijará plazo para el ejercicio de sus

cargos, y la retribución que en su caso, les corresponda. El o los liquidadores procederán a la liquidación de

la sociedad y a la distribución del producto de la misma entre los Accionistas, en proporción al número de sus

acciones, de acuerdo con el artículo doscientos cuarenta y uno y demás disposiciones de la Ley General de

Sociedades Mercantiles. ========================== ======

================== DISPOSICIONES GENERALES ==============================

=====CUADRAGÉSIMO SEPTIMO.- En todo lo no previsto en estos estatutos, se aplicarán las

disposiciones correspondientes de la Ley General de Sociedades Mercantiles y las disposiciones que por

Decreto Presidencial se publicaron en el Diario Oficial de la Federación, el día siete de mayo de mil

novecientos noventa y tres para la Constitución de Empresas Integradoras, así como el Decreto que modifica

al diverso que promueve la organización de empresas integradoras, publicado el día treinta de mayo de mil

novecientos noventa y cinco en el Diario Oficial de la Federación , decreto y modificación que en copia

certificada se lleva al apéndice de ésta escritura con el número que le corresponda. ==========

============================= ARTICULOS TRANSITORIOS ======================

=====PRIMERO.- El capital mínimo fijo de la sociedad es la cantidad de $====== (====== MIL

PESOS, CERO CENTAVOS, MONEDA NACIONAL), mismo que se encuentra suscrito y pagado y

representado por ======== ACCIONES ordinarias, nominativas, con valor nominal de $ ====== (=====

MIL PESOS, CERO CENTAVOS, MONEDA NACIONAL), correspondiente a la serie “A” de la

siguiente manera: ==========================================================

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ACCIONISTAS ACCIONES

SERIE “A”

VALOR

TOTALES

=====SEGUNDO.- La reunión celebrada por los otorgantes al firmarse esta escritura, constituye además la

primera Asamblea Ordinaria de Accionistas y en la misma, por unanimidad de votos se tomaron las siguientes

resoluciones: ==========================================================

=====A.- Se acordó que la sociedad sea dirigida y administrada por un CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN,

compuesto por un Presidente, Secretario, Tesorero y dos vocales, habiendo quedado integrado de la siguiente

manera: ========================================================================

=====PRESIDENTE:....============================.===================

=====SECRETARIO:....=================.=======================================

=====TESORERO:....===========================.==============================

=====VOCALES:... ===================.=======================================

==============================.============================================

=====B.- Se acordó designar como COMISARIOS, a los señores =============== y al señor

=================.=========================================================

=====Las personas antes designadas, aceptaron sus cargos caucionando su manejo en los términos de los

Estatutos Sociales. ================================================= ============

=====C.- Los ejercicios sociales correrán del Primero de Enero al Treinta y uno de Diciembre de cada año,

con excepción del primer ejercicio que correrá de la fecha de firma de la presente escritura al treinta y uno de

diciembre del año en curso. ====== ==========================================

=====EL SUSCRITO LICENCIADO ==================, TITULAR DE LA NOTARIA PUBLICA o

CORREDOR PUBLICO NUMERO =======, DE ======= ESTADO DE =======, DA FE DE LA

CONSTITUCION DE LA SOCIEDAD MERCANTIL DENOMINADA: ==============

=====“========================”, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE.====

=====QUE SE REGIRA POR LOS ESTATUTOS QUE ANTECEDEN Y EN LO PREVISTO, POR LA

LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES EN VIGOR.==========================

================= GENERALES DE LOS COMPARECIENTES =====================

=====A.- El señor ============== -, mexicano por nacimiento y ascendencia, mayor de edad legal,

habiendo nacido el día ===== de ====== de ===========, casado, , con domicilio en ============

No. ===== col. ======, con Registro Federal de Contribuyentes ============================

quien se identifica con Credencial para Votar, con Clave de Elector ===========================

Page 64: informe final para entregar

64

=====B.- El señor ============== -, mexicano por nacimiento y ascendencia, mayor de edad legal,

habiendo nacido el día ===== de ====== de ===========, casado, , con domicilio en ============

No. ===== col. ======, con Registro Federal de Contribuyentes ==============, quien se identifica con

Credencial para Votar, con Clave de Elector =============.===========================

=====C.- El señor ============== -, mexicano por nacimiento y ascendencia, mayor de edad legal,

habiendo nacido el día ===== de ====== de ===========, casado, , con domicilio en ====== No. =====

col. ======, con Registro Federal de Contribuyentes ================, quien se identifica con

Credencial para Votar, con Clave de Elector

=============.===============================================================

=====D.- El señor ============== -, mexicano por nacimiento y ascendencia, mayor de edad legal,

habiendo nacido el día ===== de ====== de ===========, casado, , con domicilio en ====

============ No. ===== col. ======, con Registro Federal de Contribuyentes ===============,

quien se identifica con Credencial para Votar, con Clave de Elector

=============.===============================================================

=====E.- El señor ============== -, mexicano por nacimiento y ascendencia, mayor de edad legal,

habiendo nacido el día ===== de ====== de ===========, casado, , con domicilio en ============

No. ===== col. ======, con Registro Federal de Contribuyentes

==================================== quien se identifica con Credencial para Votar, con Clave

de Elector =============.==================================================

=====F.- El señor ============== -, mexicano por nacimiento y ascendencia, mayor de edad legal,

habiendo nacido el día ===== de ====== de ===========, casado, , con domicilio en ============

No. ===== col. ======, con Registro Federal de Contribuyentes ===============, quien se identifica

con Credencial para Votar, con Clave de Elector =============.===========================

================= REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES ====================

=====Que los señores ======, ====== , ======, ======== Y =========, representada por su

Presidente del Consejo de Administración, señor ============, en este acto me exhiben sus Cédulas de

Identificación Fiscal, mismas que en copia fotostática agrego al apéndice de éste instrumento con el número

que le corresponda, por lo que me cercioré que el Registro Federal de Contribuyentes que en sus generales

han declarado, concuerdan fiel y exactamente con las Cédulas de Identificación Fiscal, las cuales a

continuación menciono: =========================================================

ACCIONISTAS R. F. C.

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65

=================LECTURA DEL ACTA, APROBACION Y FIRMA:=================

YO, EL NOTARIO O CORREDOR PUBLICO, HAGO CONSTAR: Que me cerciore plenamente de la

identidad de los comparecientes a quienes conceptuó con capacidad legal. =========================

Que redactada la presente acta, procedí a leer a los comparecientes explicándoles su valor y fuerza legal y

respondiendo a todas las preguntas que sobre su contenido me hicieran; que me manifestaron haber quedado

enterados y conformes por lo que les pedí firmaran cada uno de ellos el día que se indica sobre su respectiva

firma.- DOY FE.=================================================================

=====Los comparecientes firman el ==== de ===== del año de =========.================ =====

===============.- Firma.- =============.-Firma.- =========.-Firma.- =========.-Firma.-

===============.- Firma.- =================================================== ==

=====ANTE MI .- =========.-Firma.- SELLO DE AUTORIZAR. ==========================

=====AL MARGEN.- Un sello de AUTORIZACIÓN.- Con esta fecha y después de haber cumplido con

los requisitos legales, autorizo esta escritura. DOY FE.- =====, ===., a los ===== días del mes de ======

del Año ========.-Firma.- El sello de autorizar. ==========================================

=====DEL APENDICE:.- Con fundamento en el artículo noventa y dos de la Ley del Notariado en vigor;

no se transcriben en éste testimonio los documentos relacionados del apéndice, pero se agregan al mismo

copias de dichos documentos que llena los mismos requisitos que sus originales y se enumeran

progresivamente. ================ =================================================

DEL APENDICE.- ==================== 1.-DOCUMENTO Y FOLIO NUMERO: UNO

PERMISO DE LA SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES PARA CONSTITUIR LA

SOCIEDAD.- Reproducido en el cuerpo de la presente escritura. ================================

2.- DOCUMENTO Y FOLIO NUMERO: DOS. DECRETO PRESIDENCIAL QUE SE PUBLICO EN EL

DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, EL DÍA SIETE DE MAYO DE MIL NOVECIENTOS

NOVENTA Y TRES PARA LA CONSTITUCIÓN DE EMPRESAS INTEGRADORAS.

===================================================== =======================

3.- DOCUMENTO Y FOLIO NUMERO: TRES. DECRETO QUE MODIFICA AL DIVERSO QUE

PROMUEVE LA ORGANIZACIÓN DE EMPRESAS INTEGRADORAS, PUBLICADO EL DÍA

TREINTA DE MAYO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA

FEDERACIÓN, DECRETO Y MODIFICACIÓN QUE EN COPIA CERTIFICADA SE LLEVA AL

APÉNDICE DE ÉSTA ESCRITURA CON EL NÚMERO QUE LE CORRESPONDA. ========4.

DOCUMENTO Y FOLIO NUMERO: CUATRO.- REGISTRO ANTE LA SECRETARIA DE

HACIENDA Y CREDITO PUBLICO. ==================================================

=====5.-DOCUMENTO Y FOLIO NUMERO: CINCO.-REGISTRO FEDERAL DE

CONTRIBUYENTES DE LOS SOCIOS. ================================================

=========TEXTO INTEGRO DEL ARTICULO =======================================

DEL CODIGO CIVIL DEL ESTADO DE ==========Las facultades del mandatario se rigen por las

siguientes disposiciones:==================================================ARTICULO

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======DEL CODIGO CIVIL DEL ESTADO DE ===========================TESTIMONIOS

=============================================================================

ES PRIMER TESTIMONIO DE ESTA ESCRITURA, QUE CONSTA DE ==================

FOJAS UTILES, QUE EXPIDO A SOLICITUD DE LA SOCIEDAD MERCANTIL

DENOMINADA”======================”. SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE,

PARA QUE LE SIRVA DE TITULO JUSTIFICATIVO DE CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD. DOY FE.

EN LA CIUDAD DE ==============================, ESTADO DE ==========., ESTADOS

UNIDOS MEXICANOS A LOS ==== DIAS DEL MES DE ===== DEL AÑO ========.===========

Notario Publico o Corredor Público No. ==== LIC. =================================

1.3.4 REGISTRO ANTE LA SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO

En la pagina de internet www.sat.gob.mx, la Secretaria de Hacienda y Crédito Público ha publicado las

obligaciones que tiene las empresas integradora ante esta dependencia de la siguiente manera:

RFC

Puede darse de alta y obtener su Cédula de Identificación Fiscal (CIF) a través de dos modalidades: ante

fedatario público inscrito en el "Sistema de inscripción a través de fedatario público por medios

remotos" quien le entregará una CIF provisional al momento de constituirse. Con esta cédula podrá iniciar

inmediatamente sus actividades. La segunda modalidad es acudir a la Administración Local de Asistencia al

Contribuyente que te corresponda con la documentación necesaria.

Cabe señalar que este tramite no lo realiza el fedatario publico aunque esta obligado a hacerlo si la sociedad

no se registra de acuerdo con el código fiscal de la federación de articulo 27, este tramite lo tiene que realizar

la sociedad en la administración local de SAT que le corresponda a su domicilio.

Fundamento legal: CFF 27; RCFF 14, 15,16 y 18; RMF 2.3.4

Formato R-1 "SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN AL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES"

(duplicado)

El Anexo que corresponda de acuerdo a lo siguiente (duplicado):

Anexo 2. "REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES PERSONAS MORALES DEL RÉGIMEN

SIMPLIFICADO Y SUS INTEGRANTES PERSONAS MORALES".

Original y fotocopia de la Identificación oficial del representante legal. (original para cotejo)

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En su caso, copia fotostática del poder notarial con el que acredite la personalidad del representante legal.

(copia certificada para cotejo)

En su caso, original y fotocopia simple de cualquier identificación oficial vigente con fotografía y firma

expedida por el gobierno federal, estatal o municipal del representante legal, sin que sea necesariamente

alguna de las señaladas en el rubro “DEFINICIONES” al principio de esta Guía. (Original para cotejo).

A fin de dar cumplimiento al articulo 27 del código fiscal de la Federación en el que nos dice que la personas

físicas y la morales que deba presentar declaraciones periódicas o que estén obligadas a expedir comprobantes

fiscales por las actividades que realizan, deben solicitar su inscripción al registro federal de contribuyentes

ante el Servicio de administración tributaria, en donde conste la identidad, el domicilio y en general su

situación fiscal así también en el mismo articulo nos obliga a solicitar la inscripción en registro federal de

contribuyentes de los socios y accionista de la sociedad. , estos aviso se presenta mediante el llenado de la

forma R-1 debidamente lleno y requisitado, esta forma deberá ser la forma oficial autorizada por el SAT, el

SAT en su pagina www.sat.gob.mx/nuevo.html, proporciona una ayuda electrónica para la captura e

impresión de esta forma. Esta forma se presentara en la oficina del SAT que le corresponda de acuerdo con el

domicilio fiscal del contribuyente, dentro de un plazo aproximado de veinte días el SAT proporcionara el

RFC de la empresa y dentro de otros quince días el representante legal tendrá que recoger en la

administración en la que se presento el aviso la cédula de identificación fiscal en donde consta que la

empresa esta inscrita en registro federal de contribuyentes para ello el representante legal deber de presentar

identificación oficial y copia del acta constitutiva o el documento notariado que lo acredite como

representante legal de la sociedad. Estar inscrito en el registro federal de contribuyentes es muy importante

para cumplir con las obligaciones fiscales, además sirve también para realizar la mayoría de los tramites que

necesita una empresa para poder operar, ya que casi en todos estos tramites solicitan el alta presentada ante la

Secretaria de Hacienda, por ejemplo para solicitar al impresor autorizado las facturas, requiere la cédula

fiscal y el RFC, de no contar con ellos no podrá mandar a hacer sus facturas, para abrir una cuenta bancaria en

cualquier institución bancaria solicitara por lo menos la inscripción ante el registro federal de contribuyentes,

para solicitar los documentos fiscales por la compra o prestación de cualquier servicio y que estos sean

deducibles para la empresa integradora esta deberá proporcionar el registro federal de contribuyentes al

proveedor de los bienes y servicios, de tal manera que si una sociedad no realiza su registro ante la Secretaría

de Hacienda no podrá operar por cuenta propia.

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Junto con la forma R1, se presenta con una copia del testimonio de acta constitutiva emitido por el notario

publico, este testimonio no es necesario que contenga el sello del registro publico de comercio, debido a que

el tramite de para el registro del primer testimonio del acta constitutiva ante el registro publico de comercio

se tiene un tiempo aproximado de tres meses, por lo que, con una copia de este testimonio emitido por el

notario publico es suficiente para acompañar la forma R-1, como comentarios decimos que el tramite ante el

registro publico de comercio lo realiza el mismo notario publico, también es importante señalar que es el

representante legal el que tiene que presentar este aviso el cual tiene que acreditar su personalidad con

documento notariado en el que conste tal cargo, este cargo siempre se otorga en la propia acta constitutiva.

Como sugerencia es conveniente que al momento de constituirse en la misma acta constitutiva se nombren

como apoderados especiales a una o varias personas para que realicen los tramites de inscripción de la

sociedad ante la Secretaria de Hacienda y Crédito Público y para que le sea entregada la cedula de

identificación fiscal a esta o estas mismas personas, ya que por lo regular para realizar este tramite lo realiza

siempre una persona que no es el representante legal, el representante legal en la mayoría de los casos se

nombra uno de los directivos de más alto nivel, el cual no tiene tiempo ni es correcto que se encargue de

hacer este tipo de tramites, por ello es importante que al momento de constituir a la sociedad se den este tipo

de poderes y así evitar molestar a los dueños para realizar tramites administrativos.

Otros documentos que se debe presentar para presentar el aviso de alta son:

Copia de identificación oficial del representante legal, (Credencial del IFE, Cedula profesional, Pasaporte,

cartilla de servicio militar)

Comprobante de domicilio de la sociedad el cual puede ser recibo telefónico, boleta predial, recibo de luz o

agua o recibo de renta.

De todos estos documentos deberán presentarse original para su cotejo.

Carta poder firmada por dos testigos o poder notariado de la persona que realiza el tramite con identificación

oficial (puede ser las que se mencionan en el primer punto para el representante legal.

En la pagina del SAT, www.sat.gob.mx, en el menú de opciones, operaciones, se puede capturar la forma R1

e imprimirla, esto es más práctico que llenarlo en maquina de escribir, en esta forma se puede revisar antes de

imprimir, además que si falta algún dato el sistema indica que dato es el que falta.

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También las empresas integradas deberán presentar cambios en el RFC a través del formato R2, junto con

anexo 2 del mismo formato para dar aviso que son integrantes de una empresa integradora.

Los formatos R1 y R2, al igual que sus anexos se encuentra dentro de los anexos

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CAPÍTULO II

ASPECTOS CONTABLES

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2.1 NORMAS DE INFORMACIÓN FINANCIERA (NIF)

Este concepto sustituye a los principios de contabilidad generalmente aceptados, de modo que en la actualidad

los PCGA, se sustituyen por las NIF, los principios de contabilidad generalmente aceptados eran emitidos por

el colegio de contadores públicos, las NIF, son emitidas por el Centro de Investigación y Desarrollo (CID) del

Consejo Mexicano para la Investigación y Desarrollo de normas de información financiera, A.C. (CINIF), y

tiene como finalidad emitir criterios y adecuar al entorno actual internacional en que se rige la normatividad

para una comparabilidad y convergencia con las normas de información financiera a nivel internacional.

2005 es un año histórico, cuando menos en términos contables. Es el año en que muchos países de todo el

mundo adoptarán las normas IFRS (por sus siglas en inglés; NIIF, por sus siglas en español, Normas

Internacionales de Información Financiera), las cuales serán tan cercanas que quedarán muy pocas diferencias

importantes.

De hecho, la convergencia tiene dos vertientes. Los 25 países de la Unión Europea están comprometidos hacia

la convergencia este año, al igual que países del Pacífico Asiático como Australia y Hong Kong. Al mismo

tiempo, se están dando pasos importantes hacia la convergencia de las IFRS y las normas de contabilidad de

EE.UU., al realizar cambios importantes tanto el Consejo Internacional de Normas de Contabilidad (IASB,

por sus siglas en inglés) como el Consejo de Normas de Contabilidad Financiera de Estados Unidos (FASB,

por sus siglas en inglés). Las normas recientes emitidas por el IASB y el FASB han hecho convergir la

contabilización en las áreas de combinaciones de negocios, opciones en acciones y operaciones

discontinuadas. La agenda actual de las IFRS incluye borradores públicos sobre impuestos diferidos y

pensiones que se proponen eliminar las diferencias con sus equivalentes de EE.UU. De modo simultáneo,

esperamos que el FASB haga algunas modificaciones sutiles a sus normas equivalentes de modo que las

versiones de estas normas de EE.UU., y las de las IFRS terminen por ser totalmente consistentes. Imperativos

nacionales El problema para los países que no apliquen ya las IFRS o los PCGA de EE.UU., es ¿cómo no

quedar atrás? Esperamos ver una agenda agresiva a un nivel más conceptual en los próximos años que cubra

ingresos, arrendamientos y presentación del desempeño, por mencionar sólo algunos temas. Lo que parece

claro es que la brecha entre la contabilidad actual y la práctica mundial cambiará dramáticamente para

cualquier país que no se decida a implementar rápidamente, ya sea las normas IFRS o las de EE.UU., en su

propio territorio. Un efecto desafortunado de esta creciente disparidad sería una reducción en el nivel de

confianza que desarrollen los inversionistas. Lo que no entiendan o reconozcan como lo mismo que en su país

de origen, los llevará a la incertidumbre y a una menor disposición a prestar dinero, invertir en valores o

negociar con socios locales.

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Normas Internacionales de Contabilidad (NIC)

Las Normas Internacionales de Contabilidad han sido producto de grandes estudios y esfuerzos de diferentes

entidades educativas, financieras y profesionales del área contable a nivel mundial, para estandarizar la

información financiera presentada en los estados financieros.

Las NIC, como se le conoce popularmente, son un conjunto de normas o leyes que establecen la información

que deben presentarse en los estados financieros y la forma en que esa información debe aparecer, en dichos

estados. Las NIC no son leyes físicas o naturales que esperaban su descubrimiento, sino más bien normas que

el hombre, de acuerdo sus experiencias comerciales, ha considerado de importancias en la presentación de la

información financiera.

Son normas de alta calidad, orientadas al inversor, cuyo objetivo es reflejar la esencia económica de las

operaciones del negocio, y presentar una imagen fiel de la situación financiera de una empresa. Las NIC son

emitidas por el International Accounting Standards Board IASB anterior (International Accounting Standards

Committee) IASC. Hasta la fecha, se han emitido 41 normas, de las que 34 están en vigor en la actualidad,

junto con 30 interpretaciones.

Los Objetivos de la Fundación son:

Desarrollar buscando el interés publico, un único conjunto de normas contables de carácter mundial que sean

de alta calidad, comprensibles y de obligado cumplimiento, en las que se exija información comparable,

transparente y de alta calidad en los estados financieros y en otros tipos de información financiera, con el fin

de ayudar a los participantes en los mercados de capitales de todo el mundo, y a otros usuarios a tomar

decisiones económicas.

Promover el uso y la aplicación rigurosa de tales normas, y;

Producir la convergencia de las normas contables y de las Normas Internacionales de Información Financiera,

hacia soluciones de alta calidad.

El Comité:

Interpretara la aplicación de las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC) y de las Normas

Internacionales de Información Financiera (NIIF), y suministrara las guías oportunas en los temas de

información financiera que no estén contemplados específicamente en las NIC y las NIIF, siempre dentro del

contexto del Marco Conceptual; y además realizara otras tareas que le sean encomendadas por el IASB;

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Al llevar acabo su trabajo según se especifica, deberá tener en cuenta el objetivo del IASB de trabajar

activamente junto con los emisores nacionales de normas para conseguir la convergencia de las normas

contables nacionales y las NIC y NIIF, hacia soluciones de alta calidad;

Publicara, tras obtener la autorización del IASB, los proyectos de interpretación para comentario publico, y

considerara los comentarios recibidos en un periodo de tiempo razonable, antes de finalizar la elaboración de

la interpretación; y

Informara al IASB y obtendrá del mismo la aprobación de las interpretaciones finales.

Estructura del Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad

Consejo Mexicano para la Investigación y Desarrollo de Normas de Información Financiera (CINIF).

Antecedentes

En 1968 es integrada por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) la Comisión de Principios de

Contabilidad (CPC), a la cual se le asigna la labor de emitir boletines y circulares que regulen la presentación

de la información financiera y durante 36 años esta desarrolló una importantísima labor de investigación y

promulgación de normas las cuales han servido como marco para la presentación de la información financiera

a todas las entidades de negocios en México, su trabajo se ha concentrado y resumido en el libro de

“Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados” el cual tiene varias ediciones, cabe destacar que estos

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principios, no solo fueron aceptados en entidades financieras, sino que también obtuvieron la aprobación de

organismos que regulan a empresas que operan en ciertos sectores, como es la Comisión Nacional Bancaria y

de Valores y, en el caso del gobierno, por la Secretaría de la Función Pública.

La riqueza de estos documentos se puede ejemplificar, mencionando a los boletines de la Serie A que

representan el marco conceptual de los principios de contabilidad básicos y el sustento para el resto de los

boletines, que pocos países en el mundo tienen.

En los últimos años, la Comisión de Principios de Contabilidad (CPC) se avocó a la tarea de eliminar

diferencias entre nuestros principios y la normatividad contable internacional, particularmente la emitida por

el International Accounting Standards Board (IASB) y, en ciertas circunstancias, tomando lo que pudiera ser

relevante de las normas emitidas por el Financial Accounting Standards Board (FASB) de los Estados Unidos

de América.

La CPC, para cumplir con sus objetivos, recibió la colaboración de distinguidos profesionales de la contaduría

pública que, sin intereses económicos y con alto sentido de servicio a la comunidad, dieron su tiempo, talento

y esfuerzo para dejar plasmada en los documentos emitidos, la normatividad contable.

Pero como respuesta a los cambios originados en instituciones internacionales en el ámbito contable y con el

objetivo adjunto de dar respuesta a la globalización que se ha vivido a nivel mundial México se ha visto

obligado a establecer, un organismo encargado de la emisión y desarrollo de normas contables que unifiquen

la presentación de la información financiera, por lo que la función de la CPC como encargada de la emisión

de principios contables, es concluida por la creación del Consejo Mexicano para la Investigación y Desarrollo

de Normas de Información Financiera (CINIF), el cual es un organismo independiente en su operación y

patrimonio, constituido en 2002 por instituciones lideres de los sectores público y privado, el cual recibe en

mayo de 2004, oficialmente la responsabilidad de emitir normas contables de alta calidad,

independientemente que en Abril de 2003 la Comisión Nacional Bancaria y de Valores determina que las

empresas registradas en la Bolsa Mexicana de Valores, preparen su información financiera conforme a las

normas que establece el CINIF.

Constitución

El Instituto Mexicano de Contadores Publico, A.C. (IMCP) tiene como uno de sus propósitos fundamentales

promover la superación constante de la calidad profesional a través de la investigación y la difusión de

conocimientos, para el desarrollo a nivel nacional de una profesión sólida y una contabilidad transparente,

objetiva y confiable que sea competitiva ante los nuevos cambios de la economía global pues este organismo

se encuentra consciente de que el desarrollo económico de un país depende en buena medida de la adecuada

toma de decisiones las cuales se efectúan principalmente con información contable, por lo que esta debe ser

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elaborada bajo los mas altos estándares de calidad cuyas reglas aseguren que se refleje la situación real de las

entidades, teniendo como base lo anterior y reconociendo que el proceso de emisión de normas contables se

encontraba circunscrito a la profesión contable, originando así la poca o nula participación de otros sectores,

el IMCP acepta que es fundamental la modificación al proceso de emisión de criterios contables, en

especifico, la integración al proceso de una estructura que refleja la pluralidad y representatividad de los

diversos sectores afectados por las decisiones en materia de criterios contables y que tengan un legitimo

interés en cuestiones relacionadas con la contabilidad financiera y su información; es así como el Instituto

presenta la propuesta de crear el Consejo Mexicano para la Investigación y Desarrollo de Normas de

Información Financiera (CINIF) con el propósito de modernizar y hacer más acorde a las tendencias

internacionales, el proceso de emisión de contabilidad seguido durante años, contemplando la conformación

de un órgano que permitiera demostrar que la participación de diversos sectores y usuarios de la información

financiera, no únicamente promueve la credibilidad y aceptación publica de las normas en materia contable,

sino que también será un mecanismo útil para constatar y asegurarse de que el no regulador, el no especialista

e inclusive el no contador, sean capaces de entender y analizar lo que se intenta mostrar en la generación de

información financiera.

Es entonces de esta manera y después de muchas reuniones que en abril del 2001, entidades representativas de

los sectores publico y privado deciden fundar un organismo del sector privado, autónomo que sea

independiente en su patrimonio y operación, suscribiendo un protocolo que gesta dicha idea y que es

atestiguado en junio de ese mismo año por el presidente Vicente Fox como testigo de honor.

En mayo del 2002 el CINIF queda constituido legalmente pretendiendo mantenerse como un organismo líder

en el desarrollo y mejoramiento de normas contables. Con su creación, la facultad de emitir normas se

transfiere, por primera vez en mas de 30 años, de la profesión contable a un organismo en el cual participan

conjuntamente diversos sectores interesados, sin que ninguno mantenga el control absoluto y sin que la

independencia u objetividad del CINIF se vea comprometida.

Después de realizar todas las actividades pertinentes para el inicio de sus actividades, el CINIF empieza a

operar formalmente en agosto de 2003 y el 31 de mayo de 2004 recibe oficialmente del IMCP, la función y

responsabilidad de la emisión de normas de información financiera en México.

La acta de entrega de este importante evento fue publicada en el Boletín Informativo No. 3 del CINIF (junio

2004), misma que se presenta para su conocimiento en este trabajo de investigación.

A lo largo de este Capítulo veremos los objetivos, estructura y funciones que realiza el CINIF.

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Misión y Visión.

Misión

“Una contabilidad adecuada en las empresas y entidades de todos los sectores del país es la clave para

mantener la confianza o bien, reconstruirla para el futuro. Información financiera transparente, dentro de una

robusta estructura de control, y una administración ordenada, son una poderosa palanca para establecer o

incrementar el valor crediticio”.

Al cumplir su misión el CINIF estará respondiendo de manera correcta a las exigencias que se tienen al vivir

dentro de economías estrechamente conectadas entre si, en donde son necesarios medios de comunicación

efectivas, códigos comunes que faciliten el intercambio de ideas y datos y un idioma que trascienda fronteras

y facilite la comprensión mutua para el logro de objetivos comunes.

Al investigar, desarrollar y difundir principios y normas que regulen la información financiera se facilitará la

comunicación entre los distintos actores del medio financiero y se hará más eficiente y productiva la inserción

de México en la economía global.

Visión.

“Para lograr que la información financiera sea transparente, objetiva y confiable se requiere del conocimiento

de las normas de calidad contable y de auditoria, por parte de los preparadores de la información financiera y

usuarios de la misma”.

La visión está basada en lograr información financiera transparente, objetiva y confiable sobre el desempeño

de las entidades económicas, que sirva a los objetivos de los emisores y usuarios de la información. No se

trata solamente de una cuestión de normas de contabilidad y de información sino también de un conjunto de

prácticas corporativas para las empresas que deben estar especialmente dirigidas a las directores, comités de

auditoria y auditores, conforme a los requerimientos de los usuarios y emisores de la información.

Desde un punto de vista global, puede decirse que los inversionistas irán ampliando sus horizontes más allá de

sus límites nacionales, al mismo tiempo que hay requerimientos nuevos de capital que deben satisfacerse a

escala internacional.

La adopción de normas de ética de alto nivel y especialmente en lo relativo a la independencia requerida en la

profesión, se logrará mediante la implementación de normas aceptadas globalmente.

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Para alcanzar la Visión se requiere del conocimiento de las normas de calidad contable y de auditoria, por

parte de los preparadores de la información financiera y usuarios de la misma, del gobierno, contadores,

auditores y organismos reguladores.

Objetivos

Los principales objetivos del CINIF, son los siguientes:

Desarrollar normas de información financiera, transparentes, objetivas y confiables relacionadas con el

desempeño de las entidades económicas y gubernamentales, que sean útiles a los emisores y usuarios de la

información financiera.

Llevar a cabo los procesos de investigación, auscultación, emisión y difusión de las normas de información

financiera, que den como resultado información financiera comparable y transparente a nivel nacional e

internacional.

Lograr la convergencia de las normas locales de contabilidad con normas de información financiera aceptadas

globalmente.

En resumen el CINIF busca desarrollar y/o adoptar normas contables obligatorias que permitan emitir

información financiera clara y útil para todos los usuarios de la misma.

Decidiendo profundizar un poco mas en el objetivo tres acerca de “Lograr la convergencia...”, hay que

enfatizar que él término “convergencia” junto con el de “armonización”, son dos palabras que cada vez son

más comunes en las agendas de trabajo de los organismos emisores de normas contables. La primera, para

denotar que las normas de contabilidad financiera tienden a concurrir hacia el mismo fin; la segunda, para

evidenciar que la finalidad del proceso de convergencia es alcanzar un estado de armonía en donde todos los

emisores de normas se pronuncien, a favor de soluciones contables similares.

El proyecto de convergencia de las normas contables nacionales con las normas internacionales de

contabilidad es muy importante, en virtud de que este año se convirtió en el limite (Acuerdo Norwalk) para

que muchos países de todo el mundo adoptarán las IFRS-NIIF (International Financial Reporting Standards

“IFRS” – Normas Internacionales de Información Financiera “NIIF), por lo que mientras en México no se

tenga un conjunto de principios de contabilidad aceptados globalmente, el proceso para obtener recursos de

los mercados mundiales de capital será muy difícil.

Es importante aclarar que el proceso de convergencia no implica una adopción "ciega" de normas

internacionales pues muchas de ellas no son suficientes para resolver situaciones y transacciones únicas del

contexto mexicano, por lo que necesariamente tendrán que adaptarse, no adoptarse. Pero esto no es un

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camino fácil, ya que se requiere de un largo proceso de investigación, difusión, auscultación, debate y

consenso de las normas previamente a su emisión. Por ende, es que la interpretación y adecuación de estas

normas será una de las principales misiones del Centro de Investigación y Desarrollo (CID).

Estructura y Funciones

El funcionamiento y operación del CINIF, se rige por la siguiente estructura organizacional:

* * *

* Universidades, instituciones públicas y privadas, profesión contable.

Informa a.

Enlace, comunicación y recomendaciones.

Asigna prioridades y proyectos.

NIF A-1 Estructura de las Normas de Información Financiera

Objetivo

Esta Norma tiene por objeto definir la estructura de las Normas de Información Financiera (NIF) y establecer

la base general sobre la que se desarrollan las NIF particulares (“normas particulares”).

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Alcance

Las disposiciones de esta Norma de Información Financiera son aplicables para todas las entidades que

emitan estados financieros, en los términos establecidos por la NIF A-3, Necesidades de los usuarios y

objetivos de la información financiera.

NIF A–2 Postulados Básicos

Objetivo

El objetivo de esta Norma de Información Financiera es definir los postulados básicos bajo los cuales debe

operar el sistema de información contable. 1

Alcance

Las disposiciones de esta Norma de Información Financiera son aplicables para todas las entidades que

emitan estados financieros, en los términos establecidos por la NIF A-3, Necesidades de los usuarios y

objetivos de la información financiera. Los criterios generales contenidos en esta Norma deben observarse

para configurar cada una de las fases que comprende el sistema de información contable, el cual abarca la

identificación, análisis, interpretación, captación, procesamiento y reconocimiento contable de las

transacciones y transformaciones internas que lleva cabo una entidad económica, así como de otros eventos

que la afectan económicamente.

NIF A-3 Necesidades de los usuarios y Objetivos de la Información Financiera.

Objetivo

Esta Norma tiene como finalidad identificar las necesidades de los usuarios y establecer con base en las

mismas, los objetivos de la información financiera; así como, las características y limitaciones de los estados

financieros de las entidades

Alcance

Las disposiciones de esta Norma de Información Financiera son aplicables para todo tipo de entidades.

Si bien la norma pareciera estar dirigida a entidades lucrativas, en su esencia la normatividad también es

aplicable a entidades con propósitos no lucrativos. Dado que ambas tienen ciertas diferencias en sus

características particulares, al final de la presente NIF, se describen algunas necesidades y limitaciones que

son específicas para las entidades que no persiguen fines de lucro.

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Por otro lado, aun cuando no existe evidencia de que los objetivos de la información financiera previstos en

esta NIF, sean inadecuados para la emisión de información financiera de carácter externo por parte de

entidades del sector gubernamental, es necesario un estudio para definir las características propias de dichas

entidades y, con base en ello, definir normatividad contable apropiada. En tanto se establece dicho marco

normativo, cualquier entidad que deba acogerse a esta normatividad debe cumplir con todo lo dispuesto en la

misma.

NIF A-4 Características cualitativas de la información financiera

Objetivo

Esta Norma tiene por objeto establecer las características cualitativas que debe reunir la información

financiera para satisfacer apropiadamente las necesidades comunes de los usuarios generales de la misma y

con ello asegurar el cumplimiento de los objetivos de la información financiera.

Alcance

Las disposiciones de esta Norma de Información Financiera son aplicables para todas las entidades que

emitan estados financieros, en los términos establecidos por la NIF A-3, Necesidades de los usuarios y

objetivos de la información financiera.

NIF A-5 Elementos básicos de los estados financieros

Objetivo

Definir los elementos básicos que conforman los estados financieros, para lograr uniformidad de criterios en

su elaboración, análisis e interpretación, por parte de los usuarios generales de la información financiera.

Alcance

Las disposiciones de esta Norma de Información Financiera son aplicables para todas las entidades que

emitan estados financieros en los términos establecidos por la NIF A-3, Necesidades de los usuarios y

objetivos de la información financiera.

NIF A-6 Conceptos de valuación

Objetivos

Los objetivos de esta Norma son: Definir y estandarizar los conceptos básicos de valuación que forman parte

de las normas particulares aplicables a los distintos elementos integrantes de la información financiera; así

como, Establecer los criterios generales, que deben utilizarse en la valuación, tanto en el reconocimiento

inicial como en el posterior, de transacciones, transformaciones internas y otros eventos que afectan

económicamente a una entidad.

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Alcance

Las disposiciones sobre el reconocimiento y la valuación de los distintos elementos integrantes de la

información financiera establecidos en esta Norma de Información Financiera son aplicables para todas las

entidades que emitan estados financieros, en los términos establecidos por la NIF A-3, Necesidades de los

usuarios y objetivos de la información financiera.

NIF A-7 Conceptos de Presentación y Revelación

Objetivo

Esta NIF tiene por objeto establecer las normas generales aplicables a la presentación y revelación de la

información financiera contenida en los estados financieros y sus notas.

Alcance

Las disposiciones de esta norma de información financiera son aplicables por todas la entidades que emiten

estados financieros en los términos establecidos por la NIF A-3, Necesidades los Usuarios y Objetivos de la

Información Financiera.

Esta NIF trata de los conceptos de presentación y revelación de los estados financieros de entidades

económicas en operación continua; por lo tanto, no se cubren aspectos específicos relacionados con el tipo de

información que se prepara cuando una entidad económica esta en estado de quiebra, suspensión de pagos o

liquidación. Sin embargo, se requieren ciertas revelaciones que deben efectuarse por entidades que se

encuentren en esas situaciones.

Algunas entidades tienen obligación de presentar información financiera y no financiera adicional a los

estados financieros y sus notas, la cual esta fuera del alcance de esta NIF.

Como ejemplos de lo anterior pueden citarse los comentarios y análisis que presentan las administraciones de

las entidades en informes anuales para bolsas y comisiones de valores mexicanas y extranjeras; en industrias

en las que los factores ambientales son significativos, normalmente se presentan informes referentes a asuntos

tales como el medio ambiente y volúmenes de producción, venta y adquisición.

NIF A-8 Supletoriedad.

Objetivo

Establecer las bases para aplicar el concepto de Supletoriedad a las normas de información financiera de

México (NIF) considerando que al hacerlo se prepara información financiera con base en ellas.

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Alcance

Las disposiciones de esta norma de información financiera son aplicables para todas la entidades que emiten

estados financieros en los términos establecidos por la NIF A-3, Necesidades de los Usuarios y Objetivos de

la Información Financiera.

NIF B-1 Cambios Contables.

Objetivo

El objetivo de esta NIF B-1 es establecer normas particulares para el tratamiento y revelación de cambios

contables.

Alcance

Esta norma es aplicable a los estados financieros de todas las entidades.

Principales cambios entre Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados (PCGA) y Normas de

Información Financiera (NIF).

El presente capítulo tiene como finalidad el conocer las diferencias que se presentan entre los Principios de

Contabilidad Generalmente Aceptados mencionados en el capítulo anterior, y las Normas de Información

Financiera emitidas por el CINIF hasta el momento de la elaboración del presente trabajo.

Cabe mencionar que estas Normas de Información Financiera entraran en vigor a partir del 1 de Enero de

2006, y que las diferencias indicadas están basadas en los proyectos propuestos por el CID para auscultación

o comentarios finales.

El término de “Normas de Información Financiera” se refiere al conjunto de pronunciamientos normativos,

conceptuales y particulares, emitidos o adoptados por el CID, que regulan la información contenida en los

estados financieros y sus notas, en un lugar y fecha determinados, que son aceptados de manera amplia y

generalizada por la comunidad financiera y de negocios.

Las NIF por lo tanto se conforman de:

a) Las NIF y las Interpretaciones a las NIF (INIF), emitidas por el CID del CINIF; y

b) Los Boletines emitidos por la CPC del IMCP y adoptados por el CID, que no hayan sido modificados,

sustituidos o derogados por las nuevas NIF.

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Cuando se haga referencia genérica a las Normas de Información Financiera, debe entenderse que éstas

abarcan las normas emitidas por el CID, así como los Boletines emitidos por la CPC del IMCP que el CID ha

adoptado.

En los casos en los que se haga referencia específica a alguno de los documentos que integran las NIF, éstos

se identificarán por su nombre original; esto es, “Norma de Información Financiera”, “Interpretación a NIF” o

“Boletín”, según sea el caso.

Las NIF se dividen en dos grandes apartados:

a) Normas de Información Financiera Conceptuales o “marco conceptual”, y

b) Normas de Información Financiera Particulares o “normas particulares”

El marco conceptual establece conceptos básicos que operan como los principios fundamentales que sirven de

sustento para la elaboración de normas particulares. Las normas particulares establecen las bases específicas

de valuación, presentación y revelación de las operaciones y eventos que afectan económicamente a la entidad

y que son sujetas de reconocimiento en la información financiera. 12 Las Circulares emitidas por el IMCP

hasta el 31 de mayo del 2004, no son obligatorias, dado que no fueron sometidas a un proceso formal de

auscultación; sin embargo, se mantendrán vigentes como orientaciones al usuario general hasta en tanto no se

deroguen por una NIF o INIF emitida por el CID.

Cuadro comparativo de Normas que integran la serie NIF-A y su equivalencia con Boletines anteriores

y la normatividad

internacional

Page 85: informe final para entregar

85

Page 86: informe final para entregar

86

2.2 SISTEMAS DE REGISTROS CONTABLES

El sistema de registro contable responde a una de las principales preocupaciones de la administración de las

empresas, en el sentido de sentar las bases organizativas que le permitan un manejo mas claro y eficaz de sus

recursos. Los responsables de la administración encontraran en el sistema contable un valioso apoyo en el

registro de sus operaciones, lo que nos permitirá contar con una información confiable y oportuna tanto a las

áreas donde se ejerce el presupuesto, como a la instancia encargada de su fiscalización y control.

Corresponde al conjunto de administrativos su implantación y a la contraloría su seguimiento, para que con

las observaciones, se pueda enriquecer el sistema; por lo que las criticas y sugerencias deberán tomarse en

cuenta para el buen funcionamiento del sistema.

Las Empresas Integradoras están obligadas a llevar un registro de los ingresos, gastos e inversiones, de las

operaciones que realicen de cada uno de sus integrantes, así como de los propios, emitir y recabar la

documentación comprobatoria con lo establecido en la Ley de I.S.R. y C.F.F.

Así mismo tienen la obligación llevan sistemas y registros contables de acuerdo al C.F.F Art. 28 mediante los

instrumentos, recursos y sistemas registro y procesamientos que mejor convengan a las características de su

actividad, pero satisfaciendo los requisitos mínimos que permitan identificar cada operación, acto o actividad

y sus características, relacionándolas con la documentación comprobatoria, de tal manera que pueden

identificarse con las distintas contribuciones.

Se podrá llevar indistintamente en las siguientes formas:

En forma manual.

En forma mecánica.

En forma electrónica.

FORMA MANUAL

Deberá llevar sus libros de diario, mayor y los que este obligado a llevar por otras disposiciones fiscales,

debidamente encuadernados, empastados y foliados.

EN FORMA MECANICA O ELECTRÓNICA

Las fojas que se destinen a formar el libro diario y/o mayor deberán foliarse consecutivamente para ser

encuadernados o empastados.

Page 87: informe final para entregar

87

2.3 GUÍA CONTABILIZADORA

El presente documento tiene como propósito fundamental el de unificar los registros e información de los

distintos departamentos que conforman la empresa, pretendiendo además que esta sirva de guía en cuanto a la

comunicación y coordinación de todas las actividades que se realicen dentro de la misma.

Por otro lado, se puede decir que esta trata de que la información sea más ágil, veraz y oportuna para la

presentación de sus resultados en las actividades encomendadas en cada uno de los departamentos. En el

presente documento se señala el catálogo de cuentas, así como también del instructivo para el manejo de cada

una de ellas (se presentan a nuestro criterio las que pueden ser más usuales).

A continuación se detalla dos tipo de guías contabilizadotas:

Guía contabilizadota por cuentas.

Guía contabilizadota por operación.

El presente documento tiene como propósito fundamental el de unificar los registros e información de los

distintos departamentos que conforman la empresa, pretendiendo además que esta sirva de guía en cuanto a la

comunicación y coordinación de todas las actividades que se realicen dentro de la misma.

Por otro lado, se puede decir que esta trata de que la información sea más ágil, veraz y oportuna para la

presentación de sus resultados en las actividades encomendadas en cada uno de los departamentos. En el

presente documento se señala el catálogo de cuentas, así como también del instructivo para el manejo de cada

una de ellas (se presentan a nuestro criterio las que pueden ser más usuales).

A continuación se detalla dos tipo de guías contabilizadotas:

Guía contabilizadora por cuentas.

Guia contabilizadora por operación.

Page 88: informe final para entregar

88

GUÍA CONTABILIZADORA POR CUENTAS

NUMERO NOMBRE DE SE CARGA SE ABONA

SU SALDO

REPRESENTA

CUENTA

101 Bancos

Por el dinero que se

reciba, ya sean billetes,

cheques, moneda

extranjera etc., sin

importar el motivo.

Cada vez que se

entregue, pague o

compre de contado, ya

sea con dinero o

cheque, sin importar el

motivo.

La cantidad de

dinero que tiene le

empresa, en efectivo

y en cuentas

bancarias.

105 Inversiones

Cuando se adquieren

acciones o bonos por

un periodo no mayor a

un año y con la

finalidad de obtener un

rendimiento.

Cuando se venden les

acciones o los bonos,

siempre a su costo de

adquisición.

El costo de las

inversiones que

tiene la empresa.

107 Clientes

Cuando se vende a

crédito mercancías. Por

gastos hechos por

cuenta del cliente. Por

los intereses

moratorios

Por el importe de los

pagos recibidos, ya

sean parciales o

totales. Por

devolución de la

mercancía comprada a

crédito. Por

bonificaciones y

descuentos concedidos

a nuestros clientes.

El monto pendiente

de cobrar por ventas

a crédito, por gastos

hechos por cuenta

del diente y por

intereses moratorios.

108

Estimación de

cuentas

incobrables

Cuando se utiliza la

estimación para cubrir

adeudos de clientes

que según los estudios

realizados será

imposible cobrarles.

Por los aumentos a la

estimación para

cuentas de cobro

dudoso.

La cantidad que

razonablemente se

estima que no será

recuperada por

cobro de ventas a

crédito.

Page 89: informe final para entregar

89

110 Documentos por

cobrar

Cuando se firman

pagarés o letras de

cambio a favor de la

empresa.

Por el valor nominal

de los documentos o

letras de cambio o

cancelados.

El total de los

documentos a favor

de le empresa

pendientes de cobro.

115 Deudores diversos

Por préstamos al

personal. Por ventas a

crédito distintas a las

mercancías.

Por pagos recibidos

parciales o totales. Por

descuentos o

bonificaciones

concedidos a

deudores.

Las cantidades

pendientes de cobrar

por motivo distinto a

la venta de

mercancías.

120 Inventario de

mercancías

Por el costo de les

compras de mercancías

del giro principal del

negocio. Por el costo

de mercancías que los

clientes devuelven.

Por el costo de las

mercancías vendidas

en el ejercicio. Por el

costo de las

devoluciones de

mercancías que

hacemos a nuestros

proveedores.

El costo de las

mercancías del giro

principal del

negocio que

pertenecen a la

empresa.

125 Rentas pagadas

por anticipado

Por el importe de las

rentas pagadas de

manera anticipada, por

un tiempo mayor al

periodo contable.

Por el importe de las

rentas que se hayan

devengado durante el

periodo contable.

El importe de las

rentas pagadas

correspondientes a

meses pendientes de

transcurrir.

130 Seguros paga por

anticipado

Por el importe de

seguros pagados, para

cubrir nuestros bienes

contra accidentes,

robos, incendios, etc.,

el cual cubre un plazo

mayor al periodo

contable.

Por el importe de los

seguros,

correspondiente al

periodo contable

actual,

El importe de los

seguros pagados que

cubren primas de

meses futuros.

140 Terrenos

Por el costo de los

terrenos que adquiera

la empresa,

Cuando se vende un

terreno, de acuerdo

con el costo de

adquisición.

El costo de los

terrenos que

pertenecen a la

empresa.

145 Edificios Por el costo de

adquisición o de

Cuando se vende

edificio por costo de

El costo de los

edificios propiedad

Page 90: informe final para entregar

90

construcción de los

edilicios.

construcción o

compra.

de la empresa.

146

Depreciación

acumulada de

edificios

Al vender los edificios,

por el monto de la

depreciación

acumulada para

saldarla.

Por el monto de la

depreciación del

periodo de los

edificios.

La parte del valor de

los edificios que se

ha depreciado y

llevado a resultados.

150 Equipo de oficina

Por el precio de costo

de los escritorios,

sillas, sillones,

máquinas

registradoras, etcétera.

Por el costo de los

muebles que se

venden o se dan de

baja.

El costo de los

muebles que son

propiedad de la

empresa y están en

uso.

151

Depreciación

acumulada de

equipo de oficina

Al vender el equipo de

oficina, por el monto

de la depreciación

acumulada para

saldarla.

Por el monto de la

depreciación del

periodo del equipo de

oficina,

La parte del valor

del equipo de

oficina que se ha

depreciado y llevado

a resultados.

155 Equipo de reparto

Por el precio de costo

de camionetas,

camiones, coches, etc.

Adquiridos por la

empresa.

Por el precio de costo

de los vehículos que

se venden o se dan de

baja.

El costo de los

vehículos propiedad

de la empresa.

156

Depreciación

acumulada de

equipo de reparto

Al vender el equipo de

reparto, por el monto

de la depreciación

acumulada para

saldarla.

Por el monto de la

depreciación del

periodo del equipo de

reparto,

La parte del valor

del equipo de

reparto que se ha

depreciado y llevado

a resultados.

160 Equipo computo

Por el costo de los

equipos de cómputo

adquiridos por la

empresa.

Por el costo de los

equipos que se venden

o se dan de baja.

El costo de los

equipos de cómputo

que son propiedad

de la empresa.

161

Depreciación

acumulada de

equipo de

cómputo

Al vender el equipo de

cómputo, por el monto

de la depreciación

acumulada para

saldarla.

Por el monto de la

depreciación del

periodo del equipo de

cómputo.

La parte del valor

del equipo de

cómputo que se ha

depreciado y llevado

a resultados.

Page 91: informe final para entregar

91

170 Gastos de

instalación

Cantidades que se

pagan por adaptaciones

y acondicionamiento

del local, por ejemplo,

instalación de

alfombras,

adaptaciones eléctricas,

etcétera.

Por el monto total para

cancelarlo, ya sea

porque se cambio de

domicilio o bien por

hacer nuevas

modificaciones sobre

las anteriores.

También porque se

haya terminado de

amortizar o porque se

cambió de domicilio.

Representa el

importe por

acondicionar el

local.

171

Amortización

acumulada de

gastos de

instalación

Por el importe de su

saldo al hacer el cierre

de libros,

Por el importe de la

amortización del

periodo de gastos de

instalación,

La parte de los

gastos de instalación

que se han

amortizado y

llevado a resultados.

175 Gastos de

organización

Por los desembolsos

necesarios para iniciar

el negocio, como el

acta constitutiva,

estudios de mercado,

etcétera.

Por el monto total para

cancelar el gasto, una

vez que haya sido

totalmente

amortizado.

Es el costo de los

gastos efectuados

para iniciar o

reorganizar la

empresa.

176

Amortización

acumulada de

gastos de

organización

Por el importe de su

saldo al hacer el cierre

de libros,

Por el importe de la

amortización del

periodo de gastos de

organización.

La parte de los

gastos de

organización que se

han amortizado y

llevado a resultados.

205 Proveedores

Por pagos parciales o

totales. Por

devoluciones de

mercancías que

compramos a crédito,

Por bonificaciones o

descuentos que nos

otorgan.

Por compras que

hacemos de

mercancías del giro

principal a crédito, Por

los gastos que el

proveedor efectúa por

cuenta nuestra.

El importe que la

empresa adeuda por

motivo de compra

de mercancías del

giro principal del

negocio.

Page 92: informe final para entregar

92

210 Documentos por

pagar

Por el valor de los

documentos que la

empresa liquida o

cancela.

Documentos a cargo,

sin importar el motivo,

y que vencen en un

plazo no mayor a un

año.

El importe de los

documentos

pendientes de pago

(pagarés o letras de

cambio), que vencen

en un plazo no

mayor a 1 año.

215 Impuestos por

pagar

Por el pago que la

empresa haga de

impuestos registrados

en esta cuenta,

Por el importe de

impuestos

ocasionados por

operaciones realizadas

en el ejercicio.

El importe de los

impuestos

pendientes de pagar

que tiene la

empresa.

220 Acreedores

Diversos

Pagos parciales o

totales. Por devolución

de la compra que

efectuamos. Por

bonificaciones o

descuentos que nos

otorguen.

Por compras a crédito

de artículos distintos a

las mercancías del

giro principal del

negocio (muebles,

prestamos de dinero,

compra de equipo,

etc.).

Por gastos hechos

por un tercero y a

cargo de la empresa.

230 Rentas cobradas

por anticipado

Por la amortización del

importe de las rentas

que corresponden al

periodo contable

actual.

Cantidades que por

concepto de renta, la

empresa cobra, por

periodos futuros.

El importe de las

rentas cobradas de

meses anticipados

pendientes de

transcurrir.

250 Préstamos

hipotecarios

Por los pagos parciales

a cuenta del préstamo

recibido. Por

bonificaciones o quitas

que disminuir el monto

del préstamo.

Cuando recibimos un

préstamo y se entrega

como garantía el

gravamen de un bien

inmueble,

El monto pendiente

de pagar de

préstamos que

recibió la empresa y

dio como garantía

gravámenes de

bienes inmuebles.

Page 93: informe final para entregar

93

260

Préstamos

bancarios a largo

plazo

Por pagos parciales a

cuenta de préstamos

recibidos, Por

liquidación total de un

préstamo. Por el monto

que se traspasa al

pasivo a corto plazo.

Por el valor de

préstamos que

recibimos de,

instituciones

bancarias. a plazo

mayor de un año.

El importe

pendiente de pagar a

instituciones

bancarias a plazo

mayor a un ano.

310 Capital social Por importe de los

reembolsos de capital.

Por el importe de las

aportaciones

efectuadas por los

dueños o accionistas

al constituir la

empresa, a sea en

efectivo o especie. Por

nuevas aportaciones

que efectúen los

propietarios. Por

capitalización de

utilidades retenidas o

prima en venta de

acciones.

El importe de las

aportaciones que

han entregado los

dueños o accionistas

o que están

pendientes de

rembolsar.

320 Prima en venta de

acciones

Por el importe de las

cantidades que se

hayan capitalizado de

la prima en venta de

acciones como

incremento al capital

social.

Por el importe de las

cantidades cobradas a

los accionistas en

exceso sobre el valor

nominal de las

acciones.

El excedente

cobrado a los socios

sobre el valor

nomina de las

acciones.

350 Utilidades

retenidas

Cuando se decretan

dividendos (reparto de

utilidades), importe de

la capitalización de

utilidades, Por las

pérdidas de ejercicios

Por el monto de

utilidades que se han

obtenido en otros

ejercicios y no han

sido distribuidas entre

los accionistas.

Monto de utilidades

obtenidas en

ejercicios pasados,

que no han sido

repartidas entre los

accionistas.

Page 94: informe final para entregar

94

pasados que no son

reembolsadas por los

accionistas.

360 Utilidad del

ejercicio anterior

Importe de utilidades

que no se reparten y se

acumulan al terminar

el ejercicio a la cuenta

de utilidades retenidas.

Por el importe de las

utilidades que se

obtuvieron durante el

ejercicio inmediato

anterior.

Importe de las

utilidades

pendientes de

transferir a la cuenta

de utilidades

retenidas.

370 Pérdida del

anterior

Por el importe de las

pérdidas del ejercicio

inmediato anterior.

Por el importe de las

pérdidas del ejercicio

anterior,

El importe de la

pérdida que se

obtiene en el

ejercicio que se

informa.

401 Ventas

Cuando concluye el

periodo por el importe

de las ventas

efectuadas, para

determinar la utilidad o

pérdida del ejercicio.

Cuando se realizan

ventas de mercancías

del giro principal del

negocio, no importa si

es a crédito o de

contado,

Importe de las

ventas del giro

principal del

negocio,

acumuladas durante

el periodo contable

que transcurre.

415 Devoluciones

sobre ventas

Por el importe de las

devoluciones de

mercancías que hacen

nuestros clientes, sin

importar el motivo,

Cuando concluye el

periodo contable, por

el importe total de las

devoluciones a fin de

obtener las ventas

netas.

El importe de las

devoluciones de

mercancías que los

clientes han

efectuado en el

transcurso del

periodo contable sin

importar el motivo.

417 Descuentos sobre

vetas

Por el importe de los

descuentos que

otorgamos a nuestros

clientes por pronto

pago, o bien por

Cuando concluye el

periodo contable, por

el importe total de los

descuentos que

concedimos, para

El monto total

acumulado de los

descuentos

otorgados a nuestros

clientes en lo que va

Page 95: informe final para entregar

95

comprar volúmenes

considerados en

nuestras politices de

descuento.

obtener las ventas

netas.

del periodo contable

actual.

440 Productos

financieros

Por el importe total de

los ingresos al terminar

el periodo contable,

para determinar el

resultado del ejercicio,

Por el importe de los

ingresos que obtiene

la empresa por

intereses de depósitos

a plazo, por ganancias

al vender inversiones

en instrumentos

financieros, ganancia

al vender monedas

extranjeras, intereses

moratorios cobrados a

nuestros clientes,

etcétera.

El monto total

acumulado de los

ingresos por

motivos financieros,

obtenidos en lo que

ha transcurrido del

periodo contable

actual.

450 Otros productos

Por el saldo de la

cuenta cuando termina

un periodo contable,

para determinar el

resultado del ejercicio,

Importe de los

ingresos por motivo

distinto al giro

principal del negocio

y/o motivos

financieros, por

ejemplo: utilidad en la

venta de un coche

usado, o de un activo

fijo.

El monto total

acumulado de los

ingresos por

motivos distintos al

giro principal y/o

financiero, que se ha

obtenido durante el

transcurso del

periodo contable

actual.

501 Costo de ventas Por el costo de las

mercancías vendidas,

Por costo de las

mercancías devueltas

por los clientes, Por el

saldo de la cuenta al

final del periodo

contable, para

determinar el

resultado del ejercicio.

Importe acumulado

del costo de las

mercancías vendidas

en el transcurso del

periodo

Page 96: informe final para entregar

96

520 Gastos de

administración

Por el importe de

gastos relacionados

con la administración

del negocio, como son

sueldos a empleados

administrativos;

importe del servicio de

luz agua, teléfono,

limpieza, etc., de las

oficinas

administrativas;

papelería utilizada;

gastos de

mantenimiento de

computadoras o de

otros activos fijos

utilizados en las

oficinas

administrativas.

Por el importe total de

los gastos efectuados

durante el periodo

contable, para

determinar el

resultado del ejercicio.

El importe de los

gastos efectuados

durante el periodo

contable

relacionados con la

administración del

negocio.

530 Gastos de venta

Por el importe de los

gastos relacionados

con la venta de

mercancías como son

sueldo y comisiones de

vendedores, sueldo del

gerente de ventas, de

repartidores, y de todo

el personal de

embarques y bodega,

gastos de gasolina y

mantenimiento de los

vehículos utilizados en

el reparto de la

mercancía, servicios de

luz, teléfono, agua,

limpieza, etc., de las

oficinas de ventas y

Por el importe total de

los gastos efectuados

en el periodo contable

para determinar el

resultado del ejercicio.

El importe de los

gastos efectuados

durante el periodo

contable

relacionados con la

venta.

Page 97: informe final para entregar

97

bodegas, etcétera.

540 Gastos financieros

Por el importe de los

intereses a cargo de la

empresa durante el

periodo contable, Por

el importe de las

pérdidas ocasionadas

por cambio de moneda

extra Por pérdida en

venta de instrumentos

financieros. Por

intereses moratorios, al

no pagar a tiempo

alguna cuenta a cargo

de la empresa.

Por el importe total

cuando termina el

periodo contable, para

determinar el

resultado del ejercicio.

El monto total de los

gastos por motivos

financieros,

efectuados en el

periodo contable.

550 Otros gastos

Importe de los gastos

por motivo distinto al

giro principal del

negocio y/o motivos

financieros; por

ejemplo; pérdida en la

venta de un coche

usado, o cualquier otro

activo fijo.

Por el importe total de

los gastos al terminar

un periodo contable,

para determinar el

resultado del ejercicio.

El monto total de los

gastos por motivos

distintos al giro

principal y/o

financieros, que se

han efectuado en el

periodo contable.

Page 98: informe final para entregar

98

Guía contabilizadora por operación

Operación Cargo Abono

Compra de activos fijos

Dependiendo de lo que se

adquiere:

- terrenos

- edificios

- equipos de oficina

- equipo de reparto

Etc

- Caja:

Cuando el pago se realizo en efectivo

el pago.

- Proveedores ó Acreedores:

Si la compra no se realiza en efectivo

y se realiza a crédito.

- Doctos. por pagar.

Si la compra se realizo por medio de

documentos como podrían ser los

pagares

Compra de mercancía Inventario de mercancía

- Proveedores :

Si la compra se realiza a crédito

- Doctos. por pagar:

Si la operación se realiza por medio

de documentos como son los pagares

Venta de mercancías.

- Caja ó Bancos:

Si la operación se realizo de

contado

- Clientes.

Si la operación se realizo a

crédito.

- Documentos por cobrar:

Si los clientes firman pagares.

- Costo de ventas:

Por el costo de la mercancía

vendida.

- ventas.

- Inventario de mercancía por la salida

Descuentos por pronto

pago a clientes

-Bancos y descuentos sobre

ventas.

Devoluciones sobre ventas.

- Clientes.

- Efectivo. si se entrega efectivo.

Devoluciones de los

Clientes

En las unidades siguientes se

verán adicionalmente otros

cargos.

- Gastos de administración.

- Clientes. si se disminuye su adeudo.

- Documentos por cobrar. si se

cancela un pagare.

- Efectivo. si se realiza el pago.

Page 99: informe final para entregar

99

Gastos: sueldos, luz, agua,

teléfono, renta, papelería,

seguros, etc., que

corresponda al periodo.

- gastos de venta. - acreedores diversos. si queda a

deber.

Gastos por renta. - gastos de venta o

administración según sea el caso. - efectivo.

Obtención de prestamos Efectivo.

- prestamos bancarios. se recibe de

una institución bancaria.

- acreedores diversos. se recibe de un

accionista o persona física.

- documentos por pagar. al recibir el

préstamo se firman pagares

- prestamos hipotecarios. se garantiza

el préstamo

Realización de pagos de

pasivos.

A quien se paga:

- proveedores

- acreedores diversos.

- documentos por pagar.

- prestamos bancarios a largo

plazo.

- prestamos hipotecarios

- efectivo

Otorgar prestamos.

- deudores diversos. si se entrega,

sin firmar ningún papel.

- documentos por cobrar. si se

firman pagares.

- efectivo.

Recibir pagos de cuentas

por cobrar.

Efectivo.

De quien se recibe.

- clientes.

- deudores diversos.

- documentos por cobrar.

Pérdidas o gastos por

operaciones gastos por

operaciones no propias de

su actividad principal.

Otros gastos.

- efectivo. si se pagan.

- acreedores diversos. si quedan

pendientes de liquidar.

- documentos por pagar. si se firman

Page 100: informe final para entregar

100

pagares.

Ganancias por operaciones - efectivo. si se recibe el dinero.

No propias por la actividad

principal.

- deudores diversos. si quedan

pendientes de cobrar.

- otros productos.

Las empresas integradoras tendrán que celebrar contrato de consignación y mandato con la empresas

integradora para que estas puedan hacer deducibles tanto las compras como las ventas que la integrada pueda

realizar a nombre d e las integradas

Contrato de Consignación

Es aquel que las empresas integradas deberán celebrar con la integradora el cual le otorga la facultad de poder

vender en nombre de las integradas el cual incluirá quiere que la empresa integradora adquiera en su nombre

así como se pacta también la comisión que la integradora deberá cobrarle a la integrada por prestarle el

servicio como ya se había mencionado el objeto principal de las empresa integradoras es el de prestar

servicios especializados.

A continuación presentaremos un machote de un contrato de consignación:

CONTRATO DE CONSIGNACION

En ______________________ del día ____________ de ____________ de __________ acuerdan las

empresas ______________________ el primero con domicilio en ________________ manifestando estar al

corriente del pago del impuesto sobre la renta; y el segundo con domicilio en ________________

manifestando ambos con tratantes estar al corriente en la manifestación y pago del impuesto sobre la renta, y

tener un contrato de mandato general, no representativo, que sujetan al tenor de las siguientes declaraciones y

cláusulas:

DECLARACIONES

I.- La empresa._____________________ declara ser _____________ y tener su domicilio ____________

II.- La integradora.__________________________ declara ser y tener su domicilio

Page 101: informe final para entregar

101

CLÁUSULAS

Primera: La empresa. __________________________ le otorga en consignación la venta

___________________ estando este último de acuerdo en aceptar dicha operación.

Segunda: Todos los actos jurídicos celebrados en virtud de este los realizará el consignatario a su nombre.

Tercera: El consígnate, la empresa _____________________ faculta al consignatario, integrada

________________________________ para que el contrato de que celebre sobre la venta de materiales e

insumos, por una plazo no mayor de un año.

Cuarta: Del contrato de venta de materiales e insumos que celebra el consignatario, en su calidad de tal,

deberá entregar una copia al consígnate para su conocimiento.

Quinta: De conformidad con __________________ se faculta al consignatario para hacer la sustitución del

consígnate cuando así lo desee. En caso de que haga la expresada sustitución, ésta deberá recaer en la

integradora.__________________ con domicilio en __________________________.

Sexta: El consignatario deberá exigir fiador a la persona con la que celebre el contrato. Dicho fiador deberá

ser persona solvente y de reconocida honorabilidad; y pactar, en dicho contrato, que dicho fiador renuncia a

los beneficios de orden y excusión.

Séptima: El consignatario recibirá como retribución un ________% (___________________) del valor total

de la operación, que deducirá cada mes, y el resto lo enviará al consígnate a su domicilio ya citado.

Octava: En lo que no se le hubieren dado instrucciones al consignatario, éste deberá consultar al consígnate,

siempre que lo permita la naturaleza del negocio, Si no fuere posible la consulta, hará lo que la prudencia le

dicta, cuidando el negocio como propio.

Para constancia de lo estipulado se firma el presente contrato en original y copia, ante los testigos Sr.

__________________ de ________ años, originario de ____________________ y con domicilio en

____________________ y el Sr. __________________ de _______ años, originario y vecino de

_______________ y con domicilio en ___________________________ declarando ambos estar al corriente

en el pago del impuesto sobre la renta, así como conocer personalmente a las partes contratantes, constándoles

que ambos son perfectamente capaces para constatar, y firmándose el original y la copia por todas las

personas que en el mismo aparecen bajo diferentes caracteres. Damos Fe.

_______________________________________ ____________________________________

CONSIGNANTE CONSIGNATARIO

(representante legal) (representante legal)

Page 102: informe final para entregar

102

_______________________________________ ____________________________________

TESTIGO TESTIGO

Así mismo tendrá que celebrarse uno en el cual las integradas le otorguen la facultad a la integradora de

comprar materia prima e insumos en nombre de ellas igual que en el de consignación en este se tendrá que

pactar el porcentaje de comisión que la integradora cobrara a las integradas por este servicio

CONTRATO DE MANDATO

En ______________________ del día ____________ de ____________ de __________ acuerdan las

empresas ___________________________________________________________y con domicilio en

________________ manifestando estar al corriente del pago del impuesto sobre la renta; manifestando ambos

con tratantes estar al corriente en la manifestación y pago del impuesto sobre la renta, y tener un contrato de

mandato general, no representativo, que sujetan al tenor de las siguientes declaraciones y cláusulas:

DECLARACIONES

I.- La empresas.______________________ declara tener su domicilio __________________________.

II.- La Integradora.______________________________ declara ser y tener su domicilio

CLÁUSULAS

Primera: La empresa__________________________ le otorga la operación de compra de

___________________ estando este último de acuerdo en aceptar dicha operación.

Segunda: Todos los actos jurídicos celebrados en virtud de este mandante los realizará el mandatario a su

nombre.

Tercera: El mandante, ____________________ faculta al mandatario, empresa

________________________________ para que el contrato de que celebre sobre la compra de materiales e

insumos, por una plaza no mayor de un año.(este plazo depende del acuerdo al que tengan las empresas)

Cuarta: Del contrato de compra de materiales e insumos que celebra el mandatario, en su calidad de tal,

deberá entregar una copia al mandante para su conocimiento.

Page 103: informe final para entregar

103

Quinta: De conformidad con __________________ se faculta al mandatario para hacer la sustitución del

mándate cuando así lo desee. En caso de que haga la expresada sustitución, ésta deberá recaer en el la

empresa.__________________ con domicilio en __________________________.

Sexta: El mandatario deberá exigir fiador a la persona con la que celebre el contrato. Dicho fiador deberá ser

persona solvente y de reconocida honorabilidad; y pactar, en dicho contrato, que dicho fiador renuncia a los

beneficios de orden y exclusión.

Séptima: El mandatario recibirá como retribución un ________% (___________________) del valor total de

la operación, que deducirá cada mes, y el resto lo enviará al mandante a su domicilio ya citado.

Octava: En lo que no se le hubieren dado instrucciones al mandatario, éste deberá consultar al mandante,

siempre que lo permita la naturaleza del negocio, Si no fuere posible la consulta, hará lo que la prudencia le

dicta, cuidando el negocio como propio.

Para constancia de lo estipulado se firma el presente contrato en original y copia, ante los testigos Sr.

__________________ de ________ años, originario de ____________________ y con domicilio en

____________________ y el Sr. __________________ de _______ años, originario y vecino de

_______________ y con domicilio en ___________________________ declarando ambos estar al corriente

en el pago del impuesto sobre la renta, así como conocer personalmente a las partes contratantes, constándoles

que ambos son perfectamente capaces para constatar, y firmándose el original y la copia por todas las

personas que en el mismo aparecen bajo diferentes caracteres. Damos Fe.

____________________________________ _____________________________________

MANDANTE MANDATARIO

(representante legal) (representante legal)

____________________________________ _______________________________________

TESTIGO TESTIGO

Las empresas integradoras deberán de seguir el siguiente modelo para realizar sus operaciones

Page 104: informe final para entregar

104

FACTURACION EN OPERACIONES DE VENTA

Socios Cliente

Empresa Integradora

1. Solicitan a la Empresa Integradorala venta consolidada de sus productos.

2. Consigue a los clientes. 3. Realiza un Convenio de Consignación con sus

socios, para la operación de comercialización. 4. Emite al cliente, factura a nombre y cuenta de

sus asociados.

5. Recibe factura y mercancía de la empresa integradora.

6. Paga a la empresa integradora.

7.Recibe el importe de la venta. 8. Proporciona a cada socio un listado de las operaciones que llevó a cabo

a su cuenta y orden y le da copia de la factura que expidió al cliente.9. Liquida a cada socio la parte proporcional que le corresponde de la venta.

10. La empresa integradora, puede cobrar sus honorarios restándolos del importe de venta, o bien, cada socio le paga por separado su comisión.

11. La empresa integradora paga sus impuestos de acuerdo a su objeto social (prestación de servicios especializados), bajo el Régimen

Simplificado de Tributación.

12. Reciben de la empresa integradora el importe de las ventas de sus productos y servicios, así como los comprobantes correspondientes.

13. Pagan a la empresa integradora la comisión* por las ventas realizadas a su nombre.

14. Cada socio paga sus impuestos conforme a su régimen tributario (General de Ley, Pequeños Contribuyentes, Intermedio,

Simplificado para Agropecuario y Transporte, entre otros).

*Los socios determinan la comisión que le van a pagar a la empresa integradora.

Socios

Empresa Integradora

EMPRESAS INTEGRADORAS

Page 105: informe final para entregar

105

FACTURACION EN OPERACIONES DE COMPRA

Socios Cliente

Empresa Integradora

1. Solicitan a la Empresa Integradorala compra conjunta de sus productos.

2. Consigue a los proveedores. 3. Realiza un Convenio de Mandato con sus

socios, para la operación de compra de materias primas e insumos.

4. Solicita las aportaciones de los socios para la compra de manera proporcional a cada uno.

5. Recibe factura a nombre y cuenta de sus asociados.

6. Entrega a la integradora los productos.7. La empresa integradora paga al

proveedor.8. Da factura de compra de la mercancía

a la integradora.

9. Recibe la mercancía y la distribuye de manera proporcional a los socios. 10. Proporciona a cada socio un listado de las operaciones que llevó a cabo

a su cuenta y orden y le da copia de la factura que recibió del proveedor.11. Cobra sus comisión por la compra.12. Paga sus impuestos de acuerdo a su objeto social (prestación de servicios

especializados.

13. Reciben mercancía y sus comprobantes.14. Pagan a la empresa integradora su comisión.15. Cada quien paga sus impuestos conforme a lo que compró.

Socios

Empresa Integradora

EMPRESAS INTEGRADORAS

Page 106: informe final para entregar

106

2.4. FORMAS DE CONTABILIZAR

Dentro de la pagina de internet www.sat.gob.mx la Secretaria de Hacienda y Crédito Publico, se encuentra

publicada la siguiente información referente a la contabilidad de las empresas integradoras.

Llevar contabilidad conforme al Código Fiscal de la Federación. Las empresas integradoras que tributen en

el Régimen Intermedio podrán llevar contabilidad simplificada.

Expedir y conservar comprobantes de sus ventas de acuerdo con el Código Fiscal de la Federación y su

Reglamento.

Solicitar y conservar comprobantes de sus compras.

Si bien en el Capítulo VII referente a la obligaciones del régimen simplificado en el articulo 82 del impuesto

sobre la renta no menciona la contabilidad, únicamente señala que se deberá llevar un registro por separado de

los ingresos, gastos e inversiones de la operaciones que realice por cuenta de cada uno de sus integrantes y

menciona que deberá cumplirse con lo establecido en la ley y en el congio fiscal de la federación se entiende

que también en materia de contabilidad deberá de cumplirse con lo dispuesto en el código fiscal de la

federación. En el Capítulo VIII queda más claro lo que estamos mencionando toda vez que en el articulo 86

Textualmente dice los contribuyentes que obtengan ingresos de los señalados en este titulo, además de las

obligaciones establecidas en otros artículos de esta ley tendrán las siguientes.

I. Llevar la contabilidad de conformidad con el Código Fiscal de la Federación, su reglamento y el reglamento

de esta ley.

Cuando la ley menciona que los contribuyentes que obtengan ingresos de los señalados en este titulo ( I ) se

esta refiriendo también a las integradoras que esta en el Capítulo VII del titulo ( I )

De acuerdo a lo anterior se puede contabilizar de cualquier manera siempre que se cumpla las reglas

establecidas en código fiscal de la federación articulo 28 y 32 del reglamento del código:

Reglas para el registro contable de acuerdo a código

Llevar los sistemas de registros contables que señale el reglamento de este código, los que deberán reunir los

requisitos que establezca dicho reglamento.

Los asientos en la contabilidad serán analíticos y deberán efectuarse dentro de los dos meses

siguientes a la fecha en que se realicen las actividades respectivas

Page 107: informe final para entregar

107

Llevar la contabilidad en su domicilio. Dicha contabilidad podrá llevarse en lugar distinto cuando se cumplan

los requisitos que señala el reglamento

Llevar el control de sus inventarios de mercancías, materias primas, productos en proceso y productos

terminados

Tratándose de que enajenen gasolina, diesel, gas natural para combustión automotriz, en establecimientos

abiertos al publico en general deberán de contar con controles volumétricos y mantenerlos en todo momento

en operación.

La contabilidad es la base para facilitar la determinar del pago de los impuestos, en el caso de las empresas

integradoras deberán de registrar sus operaciones y las de sus integrantes de manera detallada, de tal forma

que permita identificar sus operaciones y las de cada uno de sus integrantes, para poder entregar las relaciones

de las operaciones de cada integrante y hacer el calculo de los impuestos que le corresponde a cada uno, esto

se puede logra con un catalogo de cuentas con diferentes niveles que permitan identificar cada cuenta a que

integrante corresponde o mediante el registro de cuentas de orden. Nosotros proponemos que se haga

mediante un catalogo a un cuarto nivel del las cuentas que se desean controlar por integrante. A continuación

mencionamos las cuentas por las que a nuestro criterio se deberá de llevar un registro detallado:

Clientes y cuentas por cuentas por cobrar

Es importante que se lleve un registro en donde se pueda identificar la empresas a la que corresponde la

cuenta por cobrar.

Activos Fijos

Se tendrá que llevar de manera detallada para identificar de que integrante se realizo la compra o venta

Gastos y cargos diferidos

Se tendrá que llevar de manera detallada para identificar de que integrante se realizo la operación

Pasivos de proveedores y cuentas por pagar

Se llevara un registro en donde se pueda identificar la empresas a la que corresponde la cuenta por pagar

Impuestos y contribuciones por pagar

Registro detallado por cada integrante

Capital:

Page 108: informe final para entregar

108

Se llevara un registro en donde se pueda identificar las aportaciones de cada empresa empresas incluyendo

utilidades y perdida

Ingresos por ventas o servicios

Registro detallado por cada integrante

Costo de Ventas y sus cuentas que interviene

Registro detallado por cada integrante

Gastos de operación

Registro detallado por cada integrante

Costo integral de financiamiento

Registro detallado por cada integrante

Otros Gastos y otros productos

Registro detallado por cada integrante

A continuación presentamos el ejemplo de un catalogo de cuentas de una empresa integradora que tiene

cuatro integrantes, en este ejemplo podemos identificar a las integrantes y a la integradora por el numero que

se les da en el segundo nivel de la cuenta de la siguiente manera:

-01 Empresa Integradora

-02 Industrias especializadas, S.A. de C.V.

-03 Incorporaciones, S.A. de C.V.

-04 Administración, S.A. de C.V.

-05 Armando Martínez Martínez

Aunque se podrán manejar un catalogo con los niveles y numeraciones alfanumérico o con más o menos

niveles que permitan llevar una contabilidad detallada de cada operación realizada.

Ejemplo: Para registrar una venta que la empresa integradora hace de su integrada Industrias especializadas,

S.A. de C.V. de su clientes Across W, por la cantidad de $10,000.00 a crédito treinta días de su , la

registraremos de la siguiente manera:

Tomando en cuenta el segundo para identificar a la empresa por la que se esta realizando la venta.

Page 109: informe final para entregar

109

No. de cuenta Descripción de la cuenta Cargo Abono

1200 Clientes

-02 Industrias Especializadas

-01 Moneda Nacional(puede ser otro)

-01 Across W. 10,000.00

4001 Ingresos Facturados

-02 Industrias Especializadas

-01 Ingresos al 15% 8,695.65

2410 IVA Por pagar por Realizar

-02 Industrias Especializadas

-01 IVA Trasladado

-01 IVA al 15% 1,304.35

Cuando se realiza la cobraza

No. de cuenta Descripción de la cuenta Cargo Abono

1100 Bancos

-01 Banamex 10,000.00

1200 Clientes

-02 Industrias Especializadas

-01 Moneda Nacional(puede ser otro)

-01 Across W. 10,000.00

2410 IVA Por pagar por realizar

-02 Industrias Especializadas

-01 IVA Trasladado

-01 IVA al 15% 1,304.35

2400 IVA por pagar Cobrado

-02 Industrias Especializadas

-01 IVA Trasladado

-01 IVA al 15% 1,304.35

4001 Ingresos Facturados

-02 Industrias Especializadas

-01 Ingresos al 15% 8,695.65

4000 Ingresos Cobrados

-02 Industrias Especializadas

Page 110: informe final para entregar

110

-01 Ingresos al 15% 8,695.65

Entrega de la cobranza realizada por cuenta de la integradora

Cuando la empresa integradora le entrega el importe de la cobranza se lo entrega sin incluir el IVA el cual

tendrá que pagar después de hacer el acreditamiento correspondiente y devolver la cantidad sobrante a la

empresa integradora.

No. de cuenta Descripción de la cuenta Cargo Abono

4000 Ingresos Cobrados

-02 Industrias Especializadas

-01 Ingresos al 15% 8,695.65

1100 Bancos

-01 Banamex 8,695.65

Registro por la compra de Materias Primas

Supongamos que realiza una compra a crédito por cuenta de la integrada Industrias Especializadas a el

proveedor Tecnoplastic, S.A. de C.V. por $10,000.00

No. de cuenta Descripción de la cuenta Cargo Abono

1400 Almacén

-02 Industrias Especializadas

-01 Materias Primas

-01 Plásticos 8,695.65

2410 IVA por pagar por realizar

-02 Industrias Especializadas

-02 IVA Acreditable

-01 Al 15% 1,304.35

2100 Proveedores

-02 Industrias Especializadas

-01 Moneda Nacionales puede ser otra clasificación

-01 Tecnoplastic 10,000.00

Cuando la empresa integradora le entrega los materiales adquiridos a su integrada

Page 111: informe final para entregar

111

No. de cuenta Descripción de la cuenta Cargo Abono

1310 Deudores Diversos

-01 Empresas integradoras

-01 Industrias Especializadas 10,000.00

1400 Almacén

-02 Industrias Especializadas

-01 Materias Primas

-01 Plásticos 8,695.65

2200 Acreedores

-01 Cuentas por pagar cuentas propias

-01 Industrias Especializadas 1,304.35

El importe del IVA $1.304.35, se manda a acreedores debido a que se tendrá que devolver a la empresa

integradora que realizo el pago, este efecto se debe a que por un lado cuando se realiza la cobranza se cobra

IVA de las integradas y no se les entregan estas cantidades por que se tendrá que realizar el pago de este

impuesto y cuando se tiene que pagar IVA a proveedores lo paga la integrada.

Primero la empresa integradora le tiene que cobrar a la empresa integrada para poder pagar por su cuentas.

No. de cuenta Descripción de la cuenta Cargo Abono

1100 Bancos

-01 Banamex 10,000.00

1310 Deudores Diversos

-01 Empresas integradoras

-01 Industrias Especializadas 10,000.00

Cuando la empresa integradora paga al proveedor.

No. de cuenta Descripción de la cuenta Cargo Abono

2100 Proveedores

-02 Industrias Especializadas

-01 Moneda Nacionales (puede ser otra

clasificación) Industrias Especializadas

-01 Tecnoplastic 10,000.00

2400 IVA por pagar

-02 Industrias Especializadas

Page 112: informe final para entregar

112

-02 IVA Acreditable

-01 IVA al 15% 1,304.35

2410 IVA por pagar por realizar

-02 Industrias Especializadas

-02 IVA Acreditable

-01 Al 15% 1,304.35

1100 Bancos

-01 Banamex 10,000.00

Registro contable por cualquier otro gasto ejemplo gastos de publicidad, por $15,000.00. Hay que tener en

cuenta que cualquier pago que la empresa integradora haga por cuenta de sus integrantes primero estos deben

hacer el pago necesario para que esta pueda cumplir con su mandato, pero si la integradora realiza el pago

con recursos propios se deberá registrar a la empresa integrada como un deudor hasta que haga el reembolso

de los recursos.

Registro cuando se reciben los recursos

No. de cuenta Descripción de la cuenta Cargo Abono

1100 Bancos

-01 Banamex 15,000.00

2200 Acreedores

-01

Cuentas por pagar Propias

-01

Industrias Especializadas 15,000.00

Cuando se realiza el gasto, supongamos que el pago de la publicidad se hace de contado

No. de cuenta Descripción de la cuenta Cargo Abono

5100 Gastos de Venta

-02 Industrias Especializadas

-15 Publicidad 13,043.48

2400 IVA por pagar

-02 Industrias Especializadas

-02 IVA Acreditable

-01 IVA al 15% 1,956.52

Page 113: informe final para entregar

113

1100 Bancos

-01 Banamex 15,000.00

Para descargar el registro de los gastos de las integradora se utiliza la relación entregada a cada integrante y la

integradora se queda con una copia en la póliza del registro siguiente:

No. de cuenta Descripción de la cuenta Cargo Abono

2200 Acreedores

-01 Cuentas por pagar Propias

-01 Industrias Especializadas 13,043.48

5100 Gastos de Venta

-02 Industrias Especializadas

-15 Publicidad 13,043.48

Se cancelan los gastos hechos por cuenta de las integrantes.

Facturación de los servicios de la integradora a la integrada por $2,000.00

No. de cuenta Descripción de la cuenta Cargo Abono

1200 Clientes

-01 Clientes por cuenta propia

-01 Empresas Integrantes

-01 Industrias Especializadas 2,000.00

4001 Ingresos Facturados

-01 Ingresos Propios

-01 Ingresos al 15% 1,739.13

2410 IVA Por pagar por Realizar

-01 IVA por Cobrar Propio

-01 IVA Trasladado

-01 IVA al 15% 260.87

Cobro de la de la factura a la empresa integrada

1100 Bancos

-01 Banamex 2,000.00

2410 IVA Por pagar por Realizar

Page 114: informe final para entregar

114

-01 IVA por Cobrar Propio

-01 IVA Trasladado

-01 IVA al 15% 260.87

4001 Ingresos Facturados

-01 Ingresos Propios

-01 Ingresos al 15% 1,739.13

1200 Clientes

-01 Clientes por cuenta propia

-01 Empresas Integrantes

-01 Industrias Especializadas 2,000.00

4000 Ingresos Cobrados

-01 Ingresos Propios

-01 Ingresos al 15% 1,739.13

2400 IVA Por pagar Cobrado

-01 IVA por pagar propio

-01 IVA Trasladado

-01 IVA al 15% 260.87

Determinación de IVA por pagar de la empresa integrada

No. de cuenta Descripción de la cuenta Cargo Abono

2400 IVA por pagar Cobrado

-02 Industrias Especializadas

-01 IVA Trasladado

-01 IVA al 15% 1,304.35

2400 IVA por pagar Cobrado

-02 Industrias Especializadas

-02 IVA Acreditable 3,260.87

1500 Impuestos a favor

-02 Industrias Especializadas

-02 IVA 1,956.52

Page 115: informe final para entregar

115

Registro en esquemas de mayo

1200-02-01-01 Clientes de Integrada 4001-02-01 Ingresos por realizar Integradora

1) 10,000.00 10,000.00 (2 2) 8,695.65 8,695.65 (1

S) 0.00 0.00 (S S) 0.00 0.00 (S

2410-02-01-01 IVA por pagar por realizar Trasladado

Empresa Integradora

1100-01 Bancos

2) 1,304.35 1,304.35 (1 2) 10,000.00 8,695.65 (3

S) 0.00 0.00 (S 6) 10,000.00 10,000.00 (7

8) 15,000.00 15,000.00 (9

12) 2,000.00 1,304.35 (14

S) 2,000.00

2400-02-01-01 IVA por pagar Trasladado Empresa

Integrada

4000-02-01 Ingresos Cobrados Empresas integrada

13) 1,304.35 1,304.35 (2 3) 8,695.65 8,695.65 (2

S) 0.00 0.00 (S S) 0.00 0.00 (S

2200-01-01 Acreedores Cuentas por pagar propias 1400-02-01-01 Almacén Empresa Integrada

10) 13,043.48 1,304.35 (5 4) 8,695.65 8,695.65 (5

14) 1,304.35 15,000.00 (8 S) 0.00 0.00 (S

1,956.52 (S

2410-02-02-01 IVA por Pagar por realizar Empresa

integrada

2100-02-01-01 Proveedores Empresa Integrada

4) 1,304.35 1,304.35 (7 7) 10,000.00 10,000.00 (4

S) 0.00 0.00 (S S) 0.00 0.00 (S

1310-01-01 Deudores Diversos Empresa Integrada 2400-02-02-01- IVA por pagar Acreditable Empresa

integrada

5) 10,000.00 10,000.00 (6 7) 1,304.35 3,260.87 (13

S) 0.00 0.00 (S 9) 1,956.52

S) 0.00 0.00 (S

Page 116: informe final para entregar

116

5100-02-15 Gastos de Venta Empresa Integradora 1200-01-01-01 Clientes por cuenta propia

9) 13,043.48 13,043.48 (10 11) 2,000.00 2,000.00 (12

S) 0.00 0.00 (S S) 0.00 0.00 (S

4001-01-01 Ingresos Facturados Ingresos Propios 2410-01-01-01 IVA por pagar por realizar propio

12) 1,739.13 1,739.13 (11 12) 260.87 260.87 (11

S) 0.00 0.00 (S S) 0.00 0.00 (S

4000-01-01 Ingresos Cobrados Ingresos Propios 2400-01-01-01 IVA por pagar Cobrado

1,739.13 (12 260.87 (12

1500-02-02 Impuestos a favor IVA empresa

integrada

2400-01-01-01 IVA por pagar Cobrado

1,956.52 (13 260.87 (12

Una vez que se hace el acreditamiento del IVA se saldan los importes de las cantidades de IVA que la

empresas integradora tiene por cuenta de sus integrantes y se manda a IVA por pagar o a IVA a Favor de la

empresa integradora, si hay cantidad, si después de hacer el pago de IVA hay cantidad a favor, se le devuelve

a la empresas integrada o se toma para a cuenta de otros pagos.

Una ves determinado el IVA por pagar de la empresa integrada se determina que la empresa integrada tiene

un IVA a favor de $1,956.52, por los que la empresa integradora tendrá que pedir la devolución de ese IVA

por cuenta de su integrada o hacer el acreditamiento contra el IVA por pagar de la integradora o de otra

integrada, en ambos casos se le tendría que pagar el importe de este impuesto a la integrada que genero este

impuesto a favor. Por otro lado una parte de IVA acreditable que la empresa integradora cobro para pagar a

proveedores y acreedores no se acredito por lo que tendría que regresarlo a su integrada.

Para esto se tendría el siguiente registro:

No. de cuenta Descripción de la cuenta Cargo Abono

2200 Acreedores

-01 Cuentas por pagar cuentas propias

Page 117: informe final para entregar

117

-01 Industrias Especializadas 1,304.35

1100 Bancos

-01 Banamex 1,304.35

Con este registro los saldos de las cuentas de la empresa integradora que se refieren a su integrante quedarían

saldadas solo su cuenta de IVA a favor quedaría pendiente la cual se corresponde con el mismo saldo que

tiene en la cuenta de acreedores diversos de sus cuentas propias hasta que se acredite o se pida la devolución.

Propuesta de catalogo de cuentas para una empresa integradora

Catalogo de cuentas

Número de

Cuenta

Tipo de

Cuenta Descripción

1000-00-00-00 A CAJA

1000-01-00-00 D FONDO FIJO ADMINISTRACION

1100-00-00-00 A BANCOS

1100-01-01-00 D BANAMEX

1100-01-02-00 D HSBC

1100-01-03-00 D BANAMEX CTA.9001379 DLS.

1100-01-03-01 A DOLARES

1100-01-03-02 D COMPLEMENTO M.N.

1100-01-04-00 D SANTANDER SERFIN (PYME)

1200-00-00-00 A CLIENTES

1200-01-00-00 A CLIENTES

1200-01-01-00 A EMPRESAS INTEGRANTES

1200-01-01-01 D INDUSTRIAS ESPECIALIZADAS, S.A. DE C.V.

1200-01-01-02 D INCORPORACIONES, S.A. DE C.V.

1200-01-01-03 D ADMINISTRACIÓN, S.A. DE C.V.

1200-01-01-04 D ARMANDO MARTINEZ MARTINEZ

1200-01-02-99 D DIVERSOS

1200-02-00-00 A INDUSTRIAS ESPECIALIZADAS, S.A. DE C.V.

1200-02-01-00 A MONEDA NACIONAL

Page 118: informe final para entregar

118

1200-02-01-01 D APARATOS ELEC. VON HAUCKE

1200-02-01-02 D PRODUCTOS METALICOS STEELE S.A

1200-02-01-99 D DIVERSOS

1200-02-02-00 A DOLARES

1200-02-02-01 D MCM TECHNOLOGIES & SERVICES DLS

1200-02-02-02 D MCM TECHNOLOGIES & SERVICES

1200-03-00-00 A INCORPORACIONES, S.A. DE C.V.

1200-03-01-00 A NACIONALES

1200-03-01-01 D REFRIGERACION OJEDA, S. A. DE

1200-03-01-02 D DISPOSITIVOS ESPECIALIZADOS

1200-03-01-99 D DIVERSOS

1200-04-00-00 A ADMINISTRACIÓN, S.A. DE C.V.

1200-04-01-00 A NACIONALES

1200-04-01-01 D EDUARDO CAMPA CABRERA

1200-04-01-02 D ADMINISTRACIÓN, S.A. DE C.V.

1200-04-01-99 D DIVERSOS

1200-05-00-00 A ARMANDO MARTINEZ MARTINEZ

1200-05-01-00 A NACIONALES

1200-05-01-01 D QUITXCEN, S.A. DE C.V.

1200-05-01-02 D JULIA ASKENAZI DE ATTIE

1200-05-01-99 D DIVERSOS

1300-00-00-00 A FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS

1300-01-01-00 D ARTURO AVILES ORTUÑO

1300-01-04-00 D ARMANDO DIAZ GODINEZ

1300-01-05-00 D FRANCISCO GOMEZ AYALA

1300-01-99-00 D DIVERSOS

1310-00-00-00 A DEUDORES DIVERSOS

1310-01-00-00 A EMPRESAS INTEGRANTES

1310-01-01-00 D INDUSTRIAS ESPECIALIZADAS, S.A. DE C.V.

1310-01-02-00 D INCORPORACIONES, S.A. DE C.V.

1310-01-03-00 D ADMINISTRACIÓN, S.A. DE C.V.

1310-01-04-00 D ARMANDO MARTINEZ MARTINEZ

1310-01-99-00 D DIVERSOS

1320-00-00-00 A GASTOS POR COMPROBAR

Page 119: informe final para entregar

119

1320-01-00-00 A EMPRESAS INTEGRANTES

1320-01-01-00 D INDUSTRIAS ESPECIALIZADAS, S.A. DE C.V.

1320-01-02-00 D INCORPORACIONES, S.A. DE C.V.

1320-01-03-00 D ADMINISTRACIÓN, S.A. DE C.V.

1320-01-04-00 D ARMANDO MARTINEZ MARTINEZ

1320-01-05-00 D MANUEL GOMEZ MIRALRIO

1320-02-99-00 D DIVERSOS

1400-00-00-00 A ALMACEN

1400-02-00-00 A INDUSTRIAS ESPECIALIZADAS, S.A. DE C.V.

1400-02-01-00 A ALMACEN DE PLASTICOS

1400-02-01-01 D MATERIAS PRIMAS PLASTICOS

1400-02-01-02 D MATERIAS PRODUCCION EN PROCESO PLASTICO

1400-02-01-03 D ALMACEN DE PRODUCTOS TERMINADOS PLASTICO

1400-02-02-00 A ALMACEN DE ENSAMBLES

1400-02-02-01 D MATERIAS PRIMAS ENSAMBLE

1400-02-02-02 D MATERIAS PRODUCCION EN PROCESO ENSAMBLE

1400-02-02-03 D ALMACEN PRODUCTOS TERMINADOS ENSAMBLE

1400-03-00-00 A INCORPORACIONES, S.A. DE C.V.

1400-03-01-00 D ALMACEN DE REFACCIONES

1400-03-02-00 D ALMACEN DE MAQUINARIA

1410-00-00-00 A ANTICIPO A PROVEEDORES

1410-01-00-00 A ANTICIPOS A PROVEEDORES

1410-01-01-00 D P.I.E.S.A.S

1410-01-02-00 D ARRENDOMOVIL, S.A. DE C.V.

1410-02-00-00 A INDUSTRIAS ESPECIALIZADAS, S.A. DE C.V.

1410-02-01-00 A MONEDA NACIONAL

1410-02-01-01 D ACEROS Y ACANALADOS MONTERREY

1410-02-01-02 D INDUSTRIAL DE RUEDAS Y RODAJAS

1410-02-01-99 D DIVERSOS

1410-03-00-00 A INCORPORACIONES, S.A. DE C.V.

1410-03-01-00 A MONEDA NACIONAL

1410-03-01-01 D ROBERTS ELECTRIC (Co)

1410-03-01-02 D HONG DA

1410-04-00-00 A ADMINISTRACIÓN, S.A. DE C.V.

1410-04-01-00 A MONEDA NACIONAL

Page 120: informe final para entregar

120

1410-04-01-01 D GONZALO OLIVERA REYES

1410-04-01-02 D MARIA ELENA PARAMO MENCHACA

1500-00-00-00 A CONTRIBUCIONES A FAVOR

1500-01-00-00 A IMPUESTOS A FAVOR

1500-01-01-00 D I.S.R.

1500-01-02-00 D I.V.A.

1500-01-03-00 D IMPAC

1500-02-00-00 A INDUSTRIAS ESPECIALIZADAS, S.A. DE C.V.

1500-02-01-00 D I.S.R.

1500-02-02-00 D I.V.A.

1500-02-03-00 D IMPAC

1500-03-00-00 A INCORPORACIONES, S.A. DE C.V.

1500-03-01-00 D I.S.R.

1500-03-02-00 D I.V.A.

1500-03-03-00 D IMPAC

1500-04-00-00 A ADMINISTRACIÓN, S.A. DE C.V.

1500-04-01-00 D I.S.R.

1500-04-02-00 D I.V.A.

1500-04-03-00 D IMPAC

1500-05-00-00 A ARMANDO MARTINEZ MARTINEZ

1500-05-01-00 D I.S.R.

1500-05-02-00 D I.V.A.

1500-05-03-00 D IMPAC

1510-00-00-00 A IMPUETOS ANTICIPADOS

1510-01-00-00 A IMPUESTOS PAGADOS A CUENTA DEL EJERCICIO

1510-01-01-00 D I.S.R.

1510-01-02-00 D I.V.A.

1510-01-03-00 D IMPAC

1510-01-04-00 D CREDITO AL SALARIO

1510-01-05-00 D RETENSIONES DE ISR BANCARIO

1510-02-00-00 A INDUSTRIAS ESPECIALIZADAS, S.A. DE C.V.

1510-02-01-01 D I.S.R.

1510-02-01-02 D I.V.A.

1510-02-01-03 D IMPAC

1510-02-01-04 D CREDITO AL SALARIO

Page 121: informe final para entregar

121

1510-02-01-05 D RETENSIONES DE ISR BANCARIO

1510-03-00-00 A INCORPORACIONES, S.A. DE C.V.

1510-03-01-01 D I.S.R.

1510-03-01-02 D I.V.A.

1510-03-01-03 D IMPAC

1510-03-01-04 D CREDITO AL SALARIO

1510-03-01-05 D RETENSIONES DE ISR BANCARIO

1510-04-00-00 A ADMINISTRACIÓN, S.A. DE C.V.

1510-04-01-01 D I.S.R.

1510-04-01-02 D I.V.A.

1510-04-01-03 D IMPAC

1510-04-01-04 D CREDITO AL SALARIO

1510-04-01-05 D RETENSIONES DE ISR BANCARIO

1510-05-00-00 A ARMANDO MARTINEZ MARTINEZ

1510-05-01-01 D I.S.R.

1510-05-01-02 D I.V.A.

1510-05-01-03 D IMPAC

1510-05-01-04 D CREDITO AL SALARIO

1510-05-01-05 D RETENSIONES DE ISR BANCARIO

1510-05-01-06 D OTRAS RETENSIONES DE ISR

1510-05-01-07 D RETENSIONES DE IVA

1600-00-00-00 A ACTIVO FIJO

1600-01-00-00 A PROPIEDAD DE LA EMPRESA

1600-01-01-00 D MOBILIARIO Y EQUIPO DE OFICINA

1600-01-02-00 D EQUIPO DE TRANSPORTE

1600-01-03-00 D EQUIPO DE COMPUTO

1600-02-00-00 A INDUSTRIAS ESPECIALIZADAS, S.A. DE C.V.

1600-02-01-00 D EDIFICIOS

1600-02-02-00 D TERRENOS

1600-02-03-00 D MOBILIARIO Y EQUIPO DE OFICINA

1600-02-04-00 D MAQUINARIA PARTES Y ACCESORIOS

1600-02-05-00 D EQUIPO DE TRANSPORTE

1600-02-06-00 D EQUIPO DE COMPUTO

1600-02-07-00 D MOLDES

1600-02-08-00 D HERRAMIENTAS

1600-03-00-00 A INCORPORACIONES, S.A. DE C.V.

Page 122: informe final para entregar

122

1600-03-01-00 D MOBILIARIO Y EQUIPO DE OFICINA

1600-03-02-00 A MAQUINARIA, PARTES Y ACCESORIO

1600-03-03-00 D EQUIPO DE TRANSPORTE

1600-03-04-00 D EQUIPO DE COMPUTO

1600-04-00-00 A ADMINISTRACIÓN, S.A. DE C.V.

1600-04-01-00 D MOBILIARIO Y EQUIPO DE OFICINA

1600-04-02-00 D MAQUINARIA, PARTES Y ACCESORIO

1600-04-03-00 D EQUIPO DE TRANSPORTE

1600-04-04-00 D EQUIPO DE COMPUTO

1600-05-00-00 A ARMANDO MARTINEZ MARTINEZ

1600-05-01-00 D MOBILIARIO Y EQUIPO DE OFICINA

1600-05-02-00 D EQUIPO DE TRANSPORTE

1600-05-03-00 D EQUIPO DE COMPUTO

1610-00-00-00 A DEPRECIACION ACUMULADA

1610-01-00-00 A DEP. DE ACTIVO PROPIEDAD DE LA EMPRESA

1610-01-01-00 D MOBILIARIO Y EQUIPO DE OFICINA

1610-01-02-00 D EQUIPO DE TRANSPORTE

1610-01-03-00 D EQUIPO DE COMPUTO

1610-02-00-00 A INDUSTRIAS ESPECIALIZADAS, S.A. DE C.V.

1610-02-01-00 D EDIFICIOS

1610-02-02-00 D MOBILIARIO Y EQUIPO DE OFICINA

1610-02-03-00 D MAQUINARIA PARTES Y ACCESORIOS

1610-02-03-00 D EQUIPO DE TRANSPORTE

1610-02-03-05 D EQUIPO DE COMPUTO

1610-02-04-00 D MOLDES

1610-02-05-00 D HERRAMIENTAS

1610-03-01-00 A INCORPORACIONES, S.A. DE C.V.

1610-03-02-00 D MOBILIARIO Y EQUIPO DE OFICINA

1610-03-03-00 D MAQUINARIA, PARTES Y ACCESORIO

1610-03-04-00 D EQUIPO DE TRANSPORTE

1610-03-05-00 D EQUIPO DE COMPUTO

1610-04-00-00 A ADMINISTRACIÓN, S.A. DE C.V.

1610-04-01-00 D MOBILIARIO Y EQUIPO DE OFICINA

1610-04-02-00 D MAQUINARIA, PARTES Y REFACCION

1610-04-03-00 D EQUIPO DE TRANSPORTE

1610-04-04-00 D EQUIPO DE COMPUTO

Page 123: informe final para entregar

123

1610-05-00-00 D ARMANDO MARTINEZ MARTINEZ

1610-05-01-00 D MOBILIARIO Y EQUIPO DE OFICINA

1610-05-02-00 D EQUIPO DE TRANSPORTE

1610-05-03-00 D EQUIPO DE COMPUTO

1900-00-00-00 A DEPOSITOS EN GARANTIA

1900-01-01-00 D CIA. DE LUZ Y FUERZA DEL CENTR

1900-01-02-00 D INFRA S.A. DE C.V.

1900-01-03-00 D ARRENDAMIENTO

1900-01-04-00 D ARRENDAMIENTO AUTOMOVIL

1910-00-00-00 A ADAPTACIONES Y MEJORAS LOCALES

1910-02-00-00 A ADAPTACIONES Y MEJORAS LOCALES

1910-02-01-00 D INDUSTRIAS ESPECIALIZADAS, S.A. DE C.V.

1911-00-00-00 A AMORTIZACION ACUMULADA DE ADAPTACIONES

1911-02-00-00 A AMORT. ACUMULADA ADAPTACIONES

1911-02-01-00 D AMORT. INDUSTRIAS ESPECIALIZADAS

1912-00-00-00 A GASTOS PAGADOS POR ANTICIPADO

1912-01-01-00 D SEGUROS Y FIANZAS

1912-01-02-00 D SEGURO VIDA AMATO

1912-01-03-00 D RENTAS PAGADAS POR ANTICIPADO

1913-00-00-00 A INTERESES POR DEVENGAR

1913-02-00-00 A INDUSTRIAS ESPECIALIZADAS, S.A. DE C.V.

1913-02-01-00 A CNC

1913-02-01-01 D CNC DOLARES

1913-02-01-02 D CNC COMPLEMENTARIA

1913-02-02-00 A ARBURG

1913-02-02-01 D ARBURG EUROS

1913-02-02-02 D ARBURG COMPLEMENTARIA

2000-00-00-00 A ANTICIPO DE CLIENTES

2000-01-00-00 A ANTICIPO DE CLIENTES

2000-01-01-00 A EMPRESAS INTEGRANTES

2000-01-02-00 D INDUSTRIAS ESPECIALIZADAS, S.A. DE C.V.

Page 124: informe final para entregar

124

2000-01-02-00 D INCORPORACIONES, S.A. DE C.V.

2000-01-04-00 D ADMINISTRACIÓN, S.A. DE C.V.

2000-01-05-00 D ARMANDO MARTINEZ MARTINEZ

2000-02-00-00 A INDUSTRIAS ESPECIALIZADAS, S.A. DE C.V.

2000-02-01-00 A NACIONALES

2000-02-01-01 D APARATOS ELEC. VON HAUCKE

2000-02-01-02 D PRODUCTOS METALICOS STEELE S.A

2000-02-01-03 D DIESPOL S.A. DE C.V.

2000-02-01-99 D DIVERSOS

2000-03-00-00 A INCORPORACIONES, S.A. DE C.V.

2000-03-01-00 A NACIONALES

2000-03-01-01 D REFRIGERACION OJEDA, S. A. DE

2000-03-01-02 D DISPOSITIVOS ESPECIALIZADOS

2000-03-01-03 D NIHON PLAST MEXICANA S.A. DE C

2000-03-01-99 D DIVERSOS

2000-04-00-00 A ADMINISTRACIÓN, S.A. DE C.V.

2000-04-01-00 A NACIONALES

2000-04-01-01 D EDUARDO CAMPA CABRERA

2000-04-01-02 D ADMINISTRACIÓN, S.A. DE C.V.

2000-04-01-03 D INDUSTRIAS ESPECIALIZADAS, S.A. DE C.V.

2000-04-01-99 D DIVERSOS

2000-05-00-00 A ARMANDO MARTINEZ MARTINEZ

2000-05-01-00 A NACIONALES

2000-05-01-01 D QUITXCEN, S.A. DE C.V.

2000-05-01-02 D JULIA ASKENAZI DE ATTIE

2000-05-01-03 D DESARROLLO ARGO INDUSTRIAL DEL BAJIO SA DE CV

2000-05-01-99 D DIVERSOS

2100-00-00-00 A PROVEEDORES

2100-02-00-00 A INDUSTRIAS ESPECIALIZADAS, S.A. DE C.V.

2100-02-01-00 A NACIONALES

2100-02-01-01 D POLYMERLAND DE MEXICO S.A. DE

2100-02-01-02 D LEONARDO SANCHEZ

2100-02-01-03 D FUERZA Y CONTROL S.A. DE C.V.

2100-02-01-99 D VARIOS

2100-02-02-00 A DOLARES

2100-02-02-01 D GORS Y CIA.DE PERFILES Y ACERO DOLARES

Page 125: informe final para entregar

125

2100-02-02-02 D GORS Y CIA.DE PERFILES Y ACERO COMPLEMENTARIA

2100-03-00-00 A INCORPORACIONES, S.A. DE C.V.

2100-03-01-00 A NACIONALES

2100-03-01-01 D D.I.E.S.A.

2100-03-01-02 D MARTELL Y TORRES AGENCIA ADUAN

2100-03-01-03 D GRUPO NACIONAL PROVINCIAL

2100-03-01-99 D DIVERSOS

2100-04-00-00 A ADMINISTRACIÓN, S.A. DE C.V.

2100-04-01-00 A NACIONALES

2100-04-01-01 D P.I.E.S.A.

2100-04-01-02 D ARRENDOMOVIL, S.A. DE C.V.

2100-04-01-03 D CANNON U.S.A.

2200-00-00-00 A ACREEDORES DIVERSOS

2200-01-00-00 A CUENTAS POR PAGAR PROPIAS

2200-01-01-00 D INDUSTRIAS ESPECIALIZADAS, S.A. DE C.V.

2200-01-02-00 D INCORPORACIONES, S.A. DE C.V.

2200-01-03-00 D ADMINISTRACIÓN, S.A. DE C.V.

2200-01-04-00 D ARMANDO MARTINEZ MARTINEZ

2200-01-99-00 D DIVERSOS

2200-02-00-00 A INDUSTRIAS ESPECIALIZADAS, S.A. DE C.V.

2200-02-01-00 A NACIONALES

2200-02-01-01 D ARMANDO MARTINEZ MARTINEZ

2200-02-01-02 D INCORPORACIONES, S.A. DE C.V.

2200-02-01-03 D INFONAVIT

2200-02-01-99 D VARIOS

2200-02-02-00 A DOLARES

2200-02-02-01 D CNC ASSOCIATES DOLARES

2200-02-02-02 D CNC ASSOCIATES COMPLEMENTARIA

2200-02-03-00 A EUROS

2200-02-03-01 D ARBURG GMBH EUROS

2200-02-03-02 D ARBURG GMBH COMPLEMENTARIA

2200-03-00-00 A INCORPORACIONES, S.A. DE C.V.

2200-03-01-00 A NACIONALES

2200-03-01-01 D ARMANDO MARTINEZ MARTINEZ

2200-03-01-02 D CONAUTO, S.A. DE C.V.

2200-03-01-03 D D.I.E.S.A.

Page 126: informe final para entregar

126

2200-04-00-00 A ADMINISTRACIÓN, S.A. DE C.V.

2200-04-01-00 A NACIONALES

2200-04-01-01 D ARMANDO MARTINEZ MARTINEZ

2200-04-01-02 D SEBASTIAN ROSAS HERNANDEZ

2200-04-01-03 D MARITZA BECERRA WINTERS

2200-04-01-99 D DIVERSOS

2300-00-00-00 A IMPUESTOS POR PAGAR

2300-01-00-00 A IMPUESTOS POR PAGAR PROPIOS

2300-01-01-00 D I.S.P.T.

2300-01-02-00 D I.M.S.S.

2300-01-03-00 D CUOTA DE CESANTIA EN EDAD AVANZADA

2300-01-04-00 D SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO

2300-01-05-00 D INFONAVIT

2300-01-06-00 D 2% SOBRE NOMINAS

2300-01-07-00 A RETENCIONES 10% I.S.R.

2300-01-07-01 D SOBRE HONORARIOS

2300-01-07-02 D SOBRE ARRENDAMIENTO

2300-01-08-00 D CREDITO AL SALARIO

2300-01-09-00 D RETENCION I.V.A.

2300-01-10-00 D I.V.A. POR PAGAR

2300-01-11-00 D IVA RETENIDO 4%

2300-01-12-00 D RETENCION ASIMILABLES

2300-01-13-00 D I.S.R.

2300-02-00-00 A INDUSTRIAS ESPECIALIZADAS, S.A. DE C.V.

2300-02-01-01 D I.S.P.T.

2300-02-01-02 D I.M.S.S.

2300-02-01-03 D CUOTA DE CESANTIA EN EDAD AVANZADA

2300-02-01-04 D SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO

2300-02-01-05 D INFONAVIT

2300-02-01-06 D 2% SOBRE NOMINAS

2300-02-01-07 D RETENCIONES SOBRE HONORARIOS

2300-02-01-08 D RETENCIONES SOBRE ARRENDAMIENTO

2300-02-01-09 D CREDITO AL SALARIO

2300-02-01-10 D RETENCION I.V.A.

2300-02-01-11 D I.V.A. POR PAGAR

2300-02-01-12 D IVA RETENIDO 4%

Page 127: informe final para entregar

127

2300-02-01-13 D RETENCION ASIMILABLES

2300-02-01-14 D I.S.R.

2300-02-00-00 A INCORPORACIONES, S.A. DE C.V.

2300-03-01-01 D I.S.P.T.

2300-03-01-02 D I.M.S.S.

2300-03-01-03 D CUOTA DE CESANTIA EN EDAD AVANZADA

2300-03-01-04 D SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO

2300-03-01-05 D INFONAVIT

2300-03-01-06 D 2% SOBRE NOMINAS

2300-03-01-07 D RETENCIONES SOBRE HONORARIOS

2300-03-01-08 D RETENCIONES SOBRE ARRENDAMIENTO

2300-03-01-09 D CREDITO AL SALARIO

2300-03-01-10 D RETENCION I.V.A.

2300-03-01-11 D I.V.A. POR PAGAR

2300-03-01-12 D IVA RETENIDO 4%

2300-03-01-13 D RETENCION ASIMILABLES

2300-03-01-14 D I.S.R.

2300-04-00-00 A ADMINISTRACIÓN, S.A. DE C.V.

2300-04-01-01 D I.S.P.T.

2300-04-01-02 D I.M.S.S.

2300-04-01-03 D CUOTA DE CESANTIA EN EDAD AVANZADA

2300-04-01-04 D SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO

2300-04-01-05 D INFONAVIT

2300-04-01-06 D 2% SOBRE NOMINAS

2300-04-01-07 D RETENCIONES SOBRE HONORARIOS

2300-04-01-08 D RETENCIONES SOBRE ARRENDAMIENTO

2300-04-01-09 D CREDITO AL SALARIO

2300-04-01-10 D RETENCION I.V.A.

2300-04-01-11 D I.V.A. POR PAGAR

2300-04-01-12 D IVA RETENIDO 4%

2300-04-01-13 D RETENCION ASIMILABLES

2300-04-01-14 D I.S.R.

2300-05-00-00 A ARMANDO MARTINEZ MARTINEZ

2300-05-01-01 D I.V.A. POR PAGAR

2300-05-01-02 D I.S.R.

2400-00-00-00 A I.V.A. POR PAGAR COBRADO

Page 128: informe final para entregar

128

2400-01-00-00 A IVA POR PÁGAR

2400-01-01-00 A I.V.A. TRASLADADO

2400-01-01-01 D I.V.A. 15%

2400-01-01-02 D I.V.A. 10%

2400-01-02-00 A I.V.A. ACREDITABLE

2400-01-02-01 D I.V.A. 15%

2400-01-02-02 D I.V.A. 10%

2400-02-00-00 A IVA POR PÁGAR INDUSTRIAS ESPECIALIZADAS

2400-02-01-00 A I.V.A. TRASLADADO

2400-02-01-01 D I.V.A. 15%

2400-02-01-02 D I.V.A. 10%

2400-02-02-00 A I.V.A. ACREDITABLE

2400-02-02-01 D I.V.A. 15%

2400-02-02-02 D I.V.A. 10%

2400-02-03-00 D I.V.A. PAGADO EN ADUANA

2400-03-00-00 A IVA POR PÁGAR INCORPORACIONES

2400-03-01-00 A I.V.A. TRASLADADO

2400-03-01-01 D I.V.A. 15%

2400-03-01-02 D I.V.A. 10%

2400-03-02-00 A I.V.A. ACREDITABLE

2400-03-02-01 D I.V.A. 15%

2400-03-02-02 D I.V.A. 10%

2400-03-03-00 D I.V.A. PAGADO EN ADUANA

2400-04-00-00 A IVA POR PÁGAR ADMINISTRACIÓN

2400-04-01-00 A I.V.A. TRASLADADO

2400-04-01-01 D I.V.A. 15%

2400-04-01-02 D I.V.A. 10%

2400-04-02-00 A I.V.A. ACREDITABLE

2400-04-02-01 D I.V.A. 15%

2400-04-02-02 D I.V.A. 10%

2400-04-03-00 D I.V.A. PAGADO EN ADUANA

2400-05-00-00 A IVA POR PÁGAR ARMANDO MARTINEZ MARTINEZ

2400-05-01-00 A I.V.A. TRASLADADO

2400-05-01-01 D I.V.A. 15%

2400-05-01-02 D I.V.A. 10%

2400-05-02-00 A I.V.A. ACREDITABLE

2400-05-02-01 D I.V.A. 15%

Page 129: informe final para entregar

129

2400-05-02-02 D I.V.A. 10%

2410-00-00-00 A I.V.A. POR PAGAR POR REALIZAR

2410-01-00-00 A IVA POR COBRAR PROPIO

2410-01-01-00 A I.V.A. TRASLADADO

2410-01-01-01 D I.V.A. 15%

2410-01-01-02 D I.V.A. 10%

2410-01-02-00 A I.V.A. ACREDITABLE

2410-01-02-01 D I.V.A. 15%

2410-01-02-02 D I.V.A. 10%

2410-02-00-00 A IVA POR COBRAR INDUSTRIAS ESPECIALIZADAS

2410-02-01-00 A I.V.A. TRASLADADO

2410-02-01-01 D I.V.A. 15%

2410-02-01-02 D I.V.A. 10%

2410-02-02-00 A I.V.A. ACREDITABLE

2410-02-02-01 D I.V.A. 15%

2410-02-02-02 D I.V.A. 10%

2410-03-00-00 A IVA POR COBRAR INCORPOACIONES

2410-03-01-00 A I.V.A. TRASLADADO

2410-03-01-01 D I.V.A. 15%

2410-03-01-02 D I.V.A. 10%

2410-03-02-00 A I.V.A. ACREDITABLE

2410-03-02-01 D I.V.A. 15%

2410-03-02-02 D I.V.A. 10%

2410-04-00-00 A IVA POR COBRAR ADMINISTRACIÓN

2410-04-01-00 A I.V.A. TRASLADADO

2410-04-01-01 D I.V.A. 15%

2410-04-01-02 D I.V.A. 10%

2410-04-02-00 A I.V.A. ACREDITABLE

2410-04-02-01 D I.V.A. 15%

2410-04-02-02 D I.V.A. 10%

2410-05-00-00 A IVA POR COBRAR ARMANDO MARTINEZ MARTINEZ

2410-05-01-00 A I.V.A. TRASLADADO

2410-05-01-01 D I.V.A. 15%

2410-05-01-02 D I.V.A. 10%

2410-05-02-00 A I.V.A. ACREDITABLE

2410-05-02-01 D I.V.A. 15%

Page 130: informe final para entregar

130

2410-05-02-02 D I.V.A. 10%

2500-00-00-00 A SUELDOS Y SALARIOS POR PAGAR

2500-01-00-00 A SUELDOS POR PAGAR PROPIO

2500-01-01-00 D NOMINAS

2500-01-02-00 D AGUINALDOO

2500-01-03-00 D P.T.U. POR PAGAR

2500-02-00-00 A SUELDO INDUSTRIAS ESPECIALIZADAS

2500-02-01-00 D NOMINAS

2500-02-02-00 D AGUINALDOO

2500-02-03-00 D P.T.U. POR PAGAR

2500-03-00-00 A SUELDO INCORPORACIONES

2500-03-01-00 D NOMINAS

2500-03-02-00 D AGUINALDOO

2500-03-03-00 D P.T.U. POR PAGAR

2500-04-00-00 A SUELDO ADMINISTRACION

2500-04-01-00 D NOMINAS

2500-04-02-00 D AGUINALDOO

2500-04-03-00 D P.T.U. POR PAGAR

3000-00-00-00 A CAPITAL

3000-01-01-00 D CAPITAL SOCIAL

3000-01-02-00 D CAPITAL VARIABLE

3010-00-00-00 A RESERVA LEGAL

3010-01-01-00 D RESERVA LEGAL

3030-00-00-00 A ACTUALIZACION CAPITAL SOCIAL

3030-01-01-00 D ACTUALIZACION CAPITAL SOCIAL

3040-00-00-00 A ACTUALIZACION RESERVA LEGAL

3040-01-01-00 D ACTUALIZACION RESERVA LEGAL

3050-00-00-00 A RESULTADO ACUMULADO POR ACTUAL

3050-01-01-00 D RESULTADO ACUMULADO POR ACTUAL

3100-00-00-00 A RESULTADOS DE EJERCICIOS ANTERERIORES

Page 131: informe final para entregar

131

3100-01-00-00 A RESULTADO EJERCICIOS ANTERIORES INTEGRADORA

3100-01-01-00 D RESULTADO DEL EJERCICIO 2000

3100-01-02-00 D RESULTADO DEL EJERCICIO 2001

3100-01-03-00 D RESULTADO DEL EJERCICIO 2002

3100-01-04-00 D RESULTADO DEL EJERCICIO 2003

3100-01-05-00 D RESULTADO DEL EJERCICIO 2004

3110-00-00-00 A RESULTADOS DE OPERACIONES DE INTEGRANTES

3110-02-01-00 A INDUSTRIAS ESPECIALIZADAS

3110-02-01-01 D RESULTADO DEL EJERCICIO 2000

3110-02-01-02 D RESULTADO DEL EJERCICIO 2001

3110-02-01-03 D RESULTADO DEL EJERCICIO 2002

3110-02-01-04 D RESULTADO DEL EJERCICIO 2003

3110-02-01-05 D RESULTADO DEL EJERCICIO 2004

3110-03-00-00 A INCORPORACIONES

3110-03-01-01 D RESULTADO DEL EJERCICIO 2000

3110-03-01-02 D RESULTADO DEL EJERCICIO 2001

3110-03-01-03 D RESULTADO DEL EJERCICIO 2002

3110-03-01-04 D RESULTADO DEL EJERCICIO 2003

3110-03-01-05 D RESULTADO DEL EJERCICIO 2004

3110-04-00-00 A ADMINISTRACION

3110-04-01-01 D RESULTADO DEL EJERCICIO 2000

3110-04-01-02 D RESULTADO DEL EJERCICIO 2001

3110-04-01-03 D RESULTADO DEL EJERCICIO 2002

3110-04-01-04 D RESULTADO DEL EJERCICIO 2003

3110-04-01-05 D RESULTADO DEL EJERCICIO 2004

3110-05-01-00 A ARMANDO MARTINEZ MARTINEZ

3110-05-01-01 D RESULTADO DEL EJERCICIO 2000

3110-05-01-02 D RESULTADO DEL EJERCICIO 2001

3110-05-01-03 D RESULTADO DEL EJERCICIO 2002

3110-05-01-04 D RESULTADO DEL EJERCICIO 2003

3110-05-01-05 D RESULTADO DEL EJERCICIO 2004

3200-00-00-00 A RESULTADO DEL EJERCICIO

3200-01-00-00 D RESULTADO POR OPERACIONES PROPIAS

3210-00-00-00 A RESULTADO DEL EJERCICIO POR INTEGRANTES

Page 132: informe final para entregar

132

3210-02-00-00 D INDUSTRIAS ESPECIALIZADAS

3210-03-00-00 D INCORPORACIONES

3210-04-00-00 D ADMINISTRACION

3210-05-00-00 D ARMANDO MARTINEZ MARTINEZ

3120-00-00-00 A ACTUALIZACION DE RESULTADO

3120-01-00-00 D ACTUALIZACION DE RESULTADO EJERCICIO

4000-00-00-00 A INGRESOS COBRADOS

4000-01-00-00 A INGRESOS PROPIOS

4000-01-01-00 A AL 15%

4000-01-01-01 D CUOTAS DE INTEGRANTES

4000-01-01-02 D COMISIONES POR SERVICIOS

4000-01-01-03 D PRESTACION DE SERVICIOS

4000-02-00-00 A INDUSTRIAS ESPECIALIZADAS, S.A. DE C.V.

4000-02-01-00 D INGRESOS AL 0%

4000-02-02-00 D INGRESOS AL 15%

4000-03-00-00 A INCORPORACIONES, S.A. DE C.V.

4000-03-01-00 D INGRESOS AL 0%

4000-03-02-00 D INGRESOS AL 15%

4000-04-00-00 A ADMINISTRACIÓN, S.A. DE C.V.

4000-04-01-00 D INGRESOS AL 0%

4000-04-02-00 D INGRESOS AL 15%

4000-05-00-00 A ARMANDO MARTINEZ MARTINEZ

4000-05-01-00 D INGRESOS POR SERVICIOS

4000-05-02-00 D INGRESOS POR ARREDAMIENTO 15%

4000-05-03-00 D INGRESOS POR ARREDAMIENTO EXENTOS

4000-05-04-00 D INGRESOS POR COMISIONES

4001-00-00-00 A INGRESOS FACTURADOS

4001-01-00-00 A INGRESOS FACTURADOS PROPIOS

4001-01-01-00 A AL 15%

4001-01-01-01 D CUOTAS DE INTEGRANTES

4001-01-01-02 D COMISIONES POR SERVICIOS

4001-01-01-03 D PRESTACION DE SERVICIOS

4001-02-00-00 A INDUSTRIAS ESPECIALIZADAS, S.A. DE C.V.

4001-02-01-00 D INGRESOS AL 0%

Page 133: informe final para entregar

133

4001-02-02-00 D INGRESOS AL 15%

4001-03-00-00 A INCORPORACIONES, S.A. DE C.V.

4001-03-01-00 D INGRESOS AL 0%

4001-03-02-00 D INGRESOS AL 15%

4001-04-00-00 A ADMINISTRACIÓN, S.A. DE C.V.

4001-04-01-00 D INGRESOS AL 0%

4001-04-02-00 D INGRESOS AL 15%

4001-05-00-00 A ARMANDO MARTINEZ MARTINEZ

4001-05-01-00 D INGRESOS POR SERVICIOS

4001-05-02-00 D INGRESOS POR ARREDAMIENTO EXENTOS

4001-05-03-00 D INGRESOS POR ARREDAMIENTO 15%

4001-05-04-00 D INGRESOS POR COMISIONES

4100-00-00-00 A REBAJAS, BONIF. Y DEV. SOBRE VENTAS

4100-01-00-00 D REB., BONIF. Y DEV. INGRESOS/PROPIOS

4100-02-00-00 A INDUSTRIAS ESPECIALIZADAS, S.A. DE C.V.

4100-02-01-01 D DEV., BONIF. Y DEV. INGRESOS AL 0%

4100-02-01-02 D DEV., BONIF. Y DEV. INGRESOS AL 15%

4100-03-00-00 A INCORPORACIONES, S.A. DE C.V.

4100-03-01-01 D DEV., BONIF. Y DEV. INGRESOS AL 0%

4100-03-01-02 D DEV., BONIF. Y DEV. INGRESOS AL 15%

4100-04-00-00 A ADMINISTRACIÓN, S.A. DE C.V.

4100-04-01-01 D DEV., BONIF. Y DEV. INGRESOS AL 0%

4100-04-01-02 D DEV., BONIF. Y DEV. INGRESOS AL 15%

4100-05-00-00 A ARMANDO MARTINEZ MARTINEZ

4100-05-01-01 D DEV., BONIF. Y DEV. INGRESOS EXENTOS

4100-05-01-02 D DEV., BONIF. Y DEV. INGRESOS AL 15%

5000-00-00-00 A COSTO DE FABRICACION Y VENTAS DE INTEGRANTES

5000-02-01-00 A INDUSTRIAS ESPECIALIZADAS, S.A. DE C.V.

5000-03-01-00 D INCORPORACIONES, S.A. DE C.V.

5050-02-00-00 A GASTOS DE FABRICACION INDUSTRIAS ESPECILIZADAS

5050-02-01-00 A NOMINAS

5050-02-01-01 D SUELDOS Y SALARIOS

5050-02-01-02 D I.M.S.S.

5050-02-01-03 D CESANTIA EN EDAD AVANZADA

Page 134: informe final para entregar

134

5050-02-01-04 D SISITEMA DE AHORRO PARA EL RET

5050-02-01-05 D CUOTA DE FONDO DE AHORRO A LA

5050-02-01-06 D 2% SOBRE NOMINAS

5050-02-01-07 D PRIMA VACACIONAL

5050-02-01-08 D AGUINALDO

5050-02-99-00 D DIVERSOS

5100-00-00-00 A GASTOS DE VENTA

5100-01-00-00 A GASTOS POR CUENTA PROPIA

5100-01-01-00 A NOMINAS

5100-01-01-01 D SUELDOS Y SALARIOS

5100-01-01-02 D I.M.S.S.

5100-01-01-03 D CESANTIA EN EDAD AVANZADA

5100-01-01-04 D SISITEMA DE AHORRO PARA EL RET

5100-01-01-05 D CUOTA DE FONDO DE AHORRO A LA

5100-01-01-06 D 2% SOBRE NOMINAS

5100-01-01-07 D PRIMA VACACIONAL

5100-01-01-08 D AGUINALDO

5100-01-01-09 D GRATIFICACIÓN

5100-01-01-10 D TIEMPO EXTRA

5100-01-02-00 D RENTA

5100-01-03-00 D GASTOS DE VIAJE

5100-01-98-00 D NO DEDUCIBLES

5100-01-99-00 D DIVERSOS

5100-02-00-00 A INUSTRIAS ESPECIALIZADAS

5100-02-01-00 A NOMINAS

5100-02-01-01 D SUELDOS Y SALARIOS

5100-02-01-02 D I.M.S.S.

5100-02-01-03 D CESANTIA EN EDAD AVANZADA

5100-02-01-04 D SISITEMA DE AHORRO PARA EL RET

5100-02-01-05 D CUOTA DE FONDO DE AHORRO A LA

5100-02-01-06 D 2% SOBRE NOMINAS

5100-02-01-07 D PRIMA VACACIONAL

5100-02-01-08 D AGUINALDO

5100-02-01-09 D GRATIFICACIÓN

5100-02-01-10 D TIEMPO EXTRA

5100-02-02-00 D RENTA

Page 135: informe final para entregar

135

5100-02-03-00 D GASTOS DE VIAJE

5100-02-04-00 D CORREO, TELEGRAFOS Y PAQUETERI

5100-02-05-00 D PAPELERIA

5100-02-06-00 D GASOLINA

5100-02-98-00 D NO DEDUCIBLES

5100-02-99-00 D DIVERSOS

5100-03-00-00 A INCORPORACIONES

5100-03-01-00 A NOMINAS

5100-03-01-01 D SUELDOS Y SALARIOS

5100-03-01-02 D I.M.S.S.

5100-03-01-03 D CESANTIA EN EDAD AVANZADA

5100-03-01-04 D SISITEMA DE AHORRO PARA EL RET

5100-03-01-05 D CUOTA DE FONDO DE AHORRO A LA

5100-03-01-06 D 2% SOBRE NOMINAS

5100-03-01-07 D PRIMA VACACIONAL

5100-03-01-08 D AGUINALDO

5100-03-01-09 D GRATIFICACIÓN

5100-03-98-00 D NO DEDUCIBLES

5100-03-99-00 D DIVERSOS

5100-04-00-00 A ADMINISTRACION

5100-04-01-00 A NOMINAS

5100-04-01-01 D SUELDOS Y SALARIOS

5100-04-01-02 D I.M.S.S.

5100-04-01-03 D CESANTIA EN EDAD AVANZADA

5100-04-01-04 D SISITEMA DE AHORRO PARA EL RET

5100-04-01-05 D CUOTA DE FONDO DE AHORRO A LA

5100-04-01-06 D 2% SOBRE NOMINAS

5100-04-01-07 D PRIMA VACACIONAL

5100-04-01-08 D AGUINALDO

5100-04-01-09 D GRATIFICACIÓN

5100-04-01-10 D TIEMPO EXTRA

5100-04-02-00 D RENTA

5100-04-04-00 D CORREO, TELEGRAFOS Y PAQUETERI

5100-04-05-00 D PAPELERIA

5100-04-98-00 D NO DEDUCIBLES

5100-04-99-00 D DIVERSOS

5100-05-00-00 A ARMANDO MARTINEZ MARTINEZ

Page 136: informe final para entregar

136

5100-05-01-00 A NOMINAS

5100-05-01-01 D SUELDOS Y SALARIOS

5100-05-01-02 D I.M.S.S.

5100-05-01-03 D CESANTIA EN EDAD AVANZADA

5100-05-01-04 D SISITEMA DE AHORRO PARA EL RET

5100-05-01-05 D CUOTA DE FONDO DE AHORRO A LA

5100-05-01-06 D 2% SOBRE NOMINAS

5100-05-01-07 D PRIMA VACACIONAL

5100-05-01-08 D AGUINALDO

5100-05-01-09 D GRATIFICACIÓN

5100-05-01-10 D TIEMPO EXTRA

5100-05-02-00 D RENTA

5100-05-03-00 D GASTOS DE VIAJE

5100-05-04-00 D CORREO, TELEGRAFOS Y PAQUETERI

5100-05-05-00 D PAPELERIA

5100-05-06-00 D GASOLINA

5100-05-98-00 D NO DEDUCIBLES

5100-05-99-00 D DIVERSOS

5200-00-00-00 A GASTOS DE ADMINISTRACION

5200-01-00-00 A GASTOS DE ADMINISTRACION POR CUENTA PROPIA

5200-01-01-00 A NOMINAS

5200-01-01-01 D SUELDOS Y SALARIOS

5200-01-01-02 D I.M.S.S.

5200-01-01-03 D CESANTIA EN EDAD AVANZADA

5200-01-01-04 D SISITEMA DE AHORRO PARA EL RET

5200-01-01-05 D CUOTA DE FONDO DE AHORRO A LA

5200-01-01-06 D 2% SOBRE NOMINAS

5200-01-01-07 D PRIMA VACACIONAL

5200-01-01-08 D AGUINALDO

5200-01-01-09 D GRATIFICACIÓN

5200-01-01-10 D TIEMPO EXTRA

5200-01-02-00 D RENTA

5200-01-98-00 D NO DEDUCIBLES

5200-01-99-00 D DIVERSOS

5200-02-00-00 A INUSTRIAS ESPECIALIZADAS

5200-02-01-00 A NOMINAS

Page 137: informe final para entregar

137

5200-02-01-01 D SUELDOS Y SALARIOS

5200-02-01-02 D I.M.S.S.

5200-02-01-03 D CESANTIA EN EDAD AVANZADA

5200-02-01-04 D SISITEMA DE AHORRO PARA EL RET

5200-02-01-05 D CUOTA DE FONDO DE AHORRO A LA

5200-02-01-06 D 2% SOBRE NOMINAS

5200-02-01-07 D PRIMA VACACIONAL

5200-02-01-08 D AGUINALDO

5200-02-01-09 D GRATIFICACIÓN

5200-02-01-10 D TIEMPO EXTRA

5200-02-02-00 D RENTA

5200-02-03-00 D GASTOS DE VIAJE

5200-02-04-00 D CORREO, TELEGRAFOS Y PAQUETERI

5200-02-05-00 D PAPELERIA

5200-02-06-00 D GASOLINA

5200-02-98-00 D NO DEDUCIBLES

5200-02-99-00 D DIVERSOS

5200-03-00-00 A INCORPORACIONES

5200-03-01-00 A NOMINAS

5200-03-01-01 D SUELDOS Y SALARIOS

5200-03-01-02 D I.M.S.S.

5200-03-01-03 D CESANTIA EN EDAD AVANZADA

5200-03-01-04 D SISITEMA DE AHORRO PARA EL RET

5200-03-01-05 D CUOTA DE FONDO DE AHORRO A LA

5200-03-01-06 D 2% SOBRE NOMINAS

5200-03-01-07 D PRIMA VACACIONAL

5200-03-01-08 D AGUINALDO

5200-03-01-09 D GRATIFICACIÓN

5200-03-01-10 D TIEMPO EXTRA

5200-03-02-00 D RENTA

5200-03-03-00 D GASTOS DE VIAJE

5200-03-04-00 D CORREO, TELEGRAFOS Y PAQUETERI

5200-03-05-00 D PAPELERIA

5200-03-06-00 D GASOLINA

5200-03-07-00 D PASAJES

5200-03-98-00 D NO DEDUCIBLES

5200-03-99-00 D DIVERSOS

Page 138: informe final para entregar

138

5200-04-00-00 A ADMINISTRACION

5200-04-01-00 A NOMINAS

5200-04-01-01 D SUELDOS Y SALARIOS

5200-04-01-02 D I.M.S.S.

5200-04-01-03 D CESANTIA EN EDAD AVANZADA

5200-04-01-04 D SISITEMA DE AHORRO PARA EL RET

5200-04-01-05 D CUOTA DE FONDO DE AHORRO A LA

5200-04-01-06 D 2% SOBRE NOMINAS

5200-04-01-07 D PRIMA VACACIONAL

5200-04-01-08 D AGUINALDO

5200-04-01-09 D GRATIFICACIÓN

5200-04-01-10 D TIEMPO EXTRA

5200-04-02-00 D RENTA

5200-04-04-00 D CORREO, TELEGRAFOS Y PAQUETERI

5200-04-05-00 D PAPELERIA

5200-04-06-00 D GASOLINA

5200-04-07-00 D PASAJES

5200-04-08-00 D SERVICIO TELEFONICO

5200-04-09-00 D ENERGIA ELECTRICA

5200-04-10-00 D SEGUROS Y FIANZAS

5200-04-11-00 D PUBLICIDAD Y ANUNCIOS

5200-04-12-00 D OTROS IMPUESTOS Y DERECHOS

5200-04-12-00 D SERVICIO DE AGUA

5200-04-14-00 D SERVICIO DE DRENAJE

5200-04-98-00 D NO DEDUCIBLES

5200-04-99-00 D DIVERSOS

5200-05-00-00 A ARMANDO MARTINEZ MARTINEZ

5200-05-01-00 A NOMINAS

5200-05-01-01 D SUELDOS Y SALARIOS

5200-05-01-02 D I.M.S.S.

5200-05-01-03 D CESANTIA EN EDAD AVANZADA

5200-05-01-04 D SISITEMA DE AHORRO PARA EL RET

5200-05-01-05 D CUOTA DE FONDO DE AHORRO A LA

5200-05-01-06 D 2% SOBRE NOMINAS

5200-05-01-07 D PRIMA VACACIONAL

5200-05-01-08 D AGUINALDO

5200-05-01-09 D GRATIFICACIÓN

Page 139: informe final para entregar

139

5200-05-01-10 D TIEMPO EXTRA

5200-05-02-00 D RENTA

5200-05-04-00 D CORREO, TELEGRAFOS Y PAQUETERI

5200-05-05-00 D PAPELERIA

5200-05-06-00 D GASOLINA

5200-05-07-00 D PASAJES

5200-05-08-00 D SERVICIO TELEFONICO

5200-05-98-00 D NO DEDUCIBLES

5200-05-99-00 D DIVERSOS

5120-00-00-00 A GASTOS FINANCIEROS

5120-01-01-00 D COMISIONES BANCARIAS

5120-01-02-00 D PERDIDA CAMBIARIA

5120-01-03-00 D INTERESES POR PRESTAMOS BANCARIOS

5120-01-04-00 D OTROS GASTOS FINANCIEROS

5120-02-00-00 D INDUSTRIAS ESPECIALIZADAS

5120-02-01-00 D COMISIONES BANCARIAS

5120-02-02-00 D PERDIDA CAMBIARIA

5120-02-03-00 D INTERESES POR PRESTAMOS BANCARIOS

5120-02-04-00 D INTERESES PAGADOS A RESIDENTES EXTRANJERO

5120-02-05-00 D OTROS GASTOS FINANCIEROS

5120-03-00-00 A INCORPORACIONES

5120-03-01-00 D COMISIONES BANCARIAS

5120-03-02-00 D PERDIDA CAMBIARIA

5120-03-03-00 D INTERESES POR PRESTAMOS BANCARIOS

5120-03-05-00 D OTROS GASTOS FINANCIEROS

5120-04-00-00 A ADMINISTRACION, S.A. DE C.V.

5120-04-01-00 D COMISIONES BANCARIAS

5120-04-02-00 D PERDIDA CAMBIARIA

5120-04-03-00 D INTERESES POR PRESTAMOS BANCARIOS

5120-04-05-00 D OTROS GASTOS FINANCIEROS

5120-05-00-00 A ARMANDO MARTINEZ MARTINEZ

5120-05-01-00 D COMISIONES BANCARIAS

5120-05-02-00 D PERDIDA CAMBIARIA

5120-05-03-00 D INTERESES POR PRESTAMOS BANCARIOS

5120-05-05-00 D OTROS GASTOS FINANCIEROS

Page 140: informe final para entregar

140

5200-00-00-00 A PRODUCTOS FINANCIEROS

5200-01-01-00 D RENDIMIENTOS BANCARIOS

5200-01-02-00 D UTILIDAD CAMBIARIA

5200-02-00-00 D INDUSTRIAS ESPECIALIZADAS

5200-02-01-00 D RENDIMIENTOS BANCARIOS

5200-02-02-00 D UTILIDAD CAMBIARIA

5200-03-00-00 D INCORPORACIONES, S.A. DE C.V.

5200-03-01-00 D RENDIMIENTOS BANCARIOS

5200-03-02-00 D UTILIDAD CAMBIARIA

5200-04-00-00 D ADMINISTRACION, S.A. DE C.V.

5200-04-01-00 D RENDIMIENTOS BANCARIOS

5200-04-02-00 D UTILIDAD CAMBIARIA

5200-05-00-00 D ARMANDO MARTINEZ MARTINES

5200-05-01-00 D RENDIMIENTOS BANCARIOS

5200-05-02-00 D UTILIDAD CAMBIARIA

5300-00-00-00 A OTROS GASTOS

5300-01-99-00 D DIVERSOS

5300-02-00-00 A INDUSTRIAS ESPECILIZADAS

5300-02-99-00 D DIVERSOS

5300-02-00-00 A INCORPORACIONES, S.A. DE C.V.

5300-02-99-00 D DIVERSOS

5300-03-00-00 A INCORPORACIONES, S.A. DE C.V.

5300-03-99-00 D DIVERSOS

5300-04-00-00 A ADMINISTRACION, S.A. DE C.V.

5300-04-99-00 D DIVERSOS

5300-05-00-00 A ARMANDO MARTINEZ MARTINES

5300-05-99-00 D DIVERSOS

5400-00-00-00 A OTROS PRODUCTOS

5400-01-00-00 A OTROS PRODUCTOS POR OPERACIONES PROPIAS

5400-01-01-00 D NO ACUMULABLES

5400-01-99-00 D DIVERSOS

5400-02-00-00 A INDUSTRIAS ESPECILIZADAS

5400-02-01-00 D NO ACUMULABLES

5400-02-99-00 D DIVERSOS

5400-03-00-00 A INCORPORACIONES, S.A. DE C.V.

Page 141: informe final para entregar

141

5400-03-01-00 D NO ACUMULABLES

5400-03-99-00 D DIVERSOS

5400-04-00-00 A ADMINISTRACION, S.A. DE C.V.

5400-04-01-00 D NO ACUMULABLES

5400-04-99.00 D DIVERSOS

5400-05-00-00 A ARMANDO MARTINEZ MARTINEZ

5400-05-01-00 D NO ACUMULABLES

5400-05-99-00 D DIVERSOS

Page 142: informe final para entregar

142

CAPÍTULO III

ASPECTOS FISCALES DE LAS EMPRESAS INTEGRADORAS

Page 143: informe final para entregar

143

3.1 REGIMEN SIMPLIFICADO

Cabe hacer mención que el régimen simplificado hasta antes de la entrada en vigor de la nueva ley de

impuesto sobre la renta en el 2002 existía un régimen simplificado para personas físicas y uno para personas

morales el régimen para las personas físicas desapareció en el 2002.

OBLIGACIONES POR EL CAMBIO DE REGIMEN

Escoger un nuevo régimen (las que no escogieron un nuevo régimen, de acuerdo al formato que declararon en

2002 en ese régimen los registraron).

Calcular el impuesto por el cambio régimen simplificado en 2001:

• Presentar declaración anual del 2001 del IA, IVA, ISR conforme a la ley vigente 2001

• Primeros pago de 2002 trimestrales conforme 2002

• Emitir facturas y demás comprobantes de 2001 hasta terminarlas o hasta que terminar su vigencia

• Dar aviso de cambio de régimen

Con motivo de este cambio los contribuyentes que salieron de este régimen tuvieron que haber hecho el

calculo del impuesto sobre la renta del ejercicio dos mil uno de la siguiente manera:

CALCULO DEL IMPUESTO POR EL CAMBIO DE REGIMEN SIMPLIFICADO

La ley del impuesto sobre la renta del dos mil dos menciona que las personas físicas que antes de entrada en

vigor del la ley de dos mil dos tributaban en régimen simplificado estarán a lo siguiente:

Comprobaran los montos "a" y "b" y determinaran si hay "C"

Utilidad y su impuesto respectivo o si hay "D" Perdida

Saldo capital de Aportación actualizado al 31/12/2001 100,000.00

Mas: Pasivos que no sean de reservas Act. al 31/12/2001 80,000.00

Mas: Saldo cuenta Utilidad Fiscal Neta act. al 31/12/2001 0.00

Igual: A monto "a" 180,000.00

“b” Es el monto de los Activos Financieros

Monto “b es Mayor que monto “a”

Si el monto “b” es mayor que el monto “a”, la diferencia será utilidad

Page 144: informe final para entregar

144

Ejemplo:

Monto “b” 220,000.00

Menos: Monto “a” 180,000.00

Igual: a “c” utilidad 40,000.00

Determinación de impuesto “c” X .35

“ISR C” 14,000.00

Opción de No pagar este ISR

Podrán no pagar este ISR, si invierte en activos Fijos un monto equivalente a la utilidad “C”, para esto

tendrán un plazo de 30 meses mismos que se podrán prorrogar por otro plazo igual, previa autorización de

SHCP.

Si no se efectúa la mencionada Inversión dentro de dicho plazo, deberá pagarse el ISR con actualizaciones y

recargos.

Cabe señalar que con este cambio las empresas Integradora siguen estando en el régimen simplificado, ya que

en el mismo decreto se encuentra estipulado que podrán acogerse a este régimen por un periodo de diez años,

y a la resolución que otorga facilidades administrativas.

De acogerse a las facilidades fiscales antes citadas, podrán realizar operaciones a nombre y por cuenta de sus

integradas, cumpliendo con los requisitos que, mediante reglas de carácter general, emita la Secretaria de

Hacienda y Crédito Público.

En el caso de las personas morales se sigue manejando el régimen intermedio obligatorio para algunos

contribuyentes, dentro de este régimen se contempla a las empresas integradora.

3.1.1 FUNDMENTO LEGAL

Como ya se menciono el primer fundamento legal para que las empresas integradoras tributen en el régimen

simplificado es el decreto publicado el día siete de mayo de mil novecientos noventa y tres y modificado el

treinta de mayo de mil novecientos noventa y cinco que promueve la creación de empresas integradoras en

México.

Dentro de la propia ley del impuesto sobre en el Titulo, Capítulo VII referente al régimen intermedio, se

encuentran varios artículos en particular que se refieren las empresas integradora y algunos en general que

nos ayudan a entender la manera en como deben cumplir con sus obligaciones en materia del impuesto sobre

la renta las empresas integradora.

Page 145: informe final para entregar

145

El artículo 79 Fracción IV de la ley del impuesto sobre la renta no dice que las empresas integradoras deberán

cumplir con sus obligaciones fiscales en materia del impuesto sobre la renta conforme al régimen simplificado

establecido en el presente Capítulo.

Cabe señalar que en el párrafo siguiente dentro del mismo articulo 79, nos menciona que si una empresa de

las que menciona este artículo consolida sus estados financieros no podrá tributar como régimen simplificado.

Aunque las empresas integradora en una situación normal no tendrían por que caer en el supuesto, de tener

esta situación no podrían tributar como régimen simplificado.

A manera de dejar mas aclarar el concepto de empresas integradora él articulo 80 de la ley del impuesto sobre

la renta, en su fracción II define a quiénes se es esta refiriendo cuando menciona a las empresas integradora,

con esta aclaración quedamos por entendidos que se refiere al mismo tipo de empresas integradoras a que se

refieren el decreto publicado el 7 de mayo de 1993, modificado el 30 de mayo de 1995.

El articulo 81de la ley de impuesto sobre la renta, nos dice como deberán cumplir con sus obligaciones

fiscales establecidas en esta ley las personas que tributen en régimen simplificado. Este articulo nos hace

mención a lo dispuesto en la sección I del Capítulo II del Titulo IV de esta ley es decir cumplirán con sus

obligaciones aplicando las disposiciones de las personas físicas con actividades empresariales y profesionales.

En cuanto a las operaciones que realicen por cuenta de sus integrantes deberán cumplir de la misma manera

como cumplían sus integrantes antes de ser pertenecer a la empresa integradora o en el que les corresponda de

acuerdo a la actividad que realicen y si se trata de persona física o moral, aunque en la fracción I de este

artículo a texto de ley señala que cumplirán con las obligaciones de sus integrantes aplicando lo dispuesto en

este Capítulo cabe señalar la buena intención del legislador para que el cálculo de sus pagos provisionales y

del ejercicio lo puedan hacer en base a lo dispuesto en dicho precepto, sin embargo el criterio de la SHCP es

que únicamente lo puedan hacer las personas inscritas en el régimen simplificado o las que por el propio

régimen en el que están deban aplicar dicha disposición, ya que si una persona moral le dieron su alta en la

SHCP en el régimen general y viene cumpliendo con sus obligaciones con esas disposiciones cuando pasa a

formar parte de una empresa integradora aunque sea la empresa integradora la que declare por cuenta de la

integrada esta deberá seguir cumpliendo con sus obligaciones de sus integradas en los mismos términos en

que lo venían realizando, ya que éste articulo por si solo no les da los fundamentos sólidos para cambiarse de

régimen y aplicar lo dispuesto en este articulo. Lo que debería hacer en todo caso es solicitar primero su

cambio de régimen general a simplificado argumentando que ha pasado a formar parte de una empresa

integradora fundamentando su solicitud en el articulo 81 lo que se considera muy difícil de lograr tomando en

cuenta que el articulo solo es una buena intención del legislador y no esta muy claro, pero de ser autorizado

el cambio de las integradas a este régimen si podrían aplicar esta disposición.

Page 146: informe final para entregar

146

De acuerdo con la fracción I de articulo 81 del ley de impuesto sobre la renta deberán calcular y enterar por

cada uno de sus integrantes los pago provisionales en los términos del articulo 127 de esta ley es decir:

Total de Ingresos acumulables desde el 1 de enero hasta el ultimo día del mes que se declara

Menos:

Deducciones autorizadas por el mismo periodo

Menos:

PTU a pagada a partir de 2006 mayo

Menos: Perdidas ocurridas en ejercicios anteriores que no se hubieran disminuido

Igual a Base del impuesto al que se le aplicara la tasa del articulo 10 del LISR o bien tratándose de personas

físicas se aplicaran las tarifas de periodo

Igual a impuesto del periodo al que se le restaran los pagos provisionales. El impuesto a cargo se pagara a más

tardar el día 17 del mes siguiente al que corresponde el pago

Para los efectos del párrafo anterior, los contribuyentes que se dediquen a actividades agrícolas, ganaderas,

pesqueras o silvícola, podrán realizar pagos provisionales semestrales aplicando en lo conducente el artículo

127 de esta Ley, respecto del impuesto que corresponda a dichas actividades.

Para que las operaciones que realicen la empresas integradora no se consideren como ingresos de estas

deberán de celebrar un convenio con sus integradas y entregar una relación por las operaciones que realicen

por cuenta de sus integradas como lo menciona el articulo 84

De acuerdo con el articulo 84 de la LISR para que las operaciones que se realizan por cuenta de sus

integrantes no se computen como operaciones de la integradora esta deberá cumplir con los siguientes

requisitos:

I. Celebren un convenio con sus empresas integradas a través del cual estas últimas acepten que sea la

empresa integradora la que facture las operaciones que realicen a través de la misma, comprometiéndose a no

expedir algún otro comprobante por dichas operaciones.

II. Expidan a cada empresa integrada una relación de las operaciones que por su cuenta facture,

debiendo conservar copia de la misma y de los comprobantes con requisitos fiscales que expidan, los que

deben coincidir con dicha relación.

III. Proporcionen, a más tardar el día 15 de febrero de cada año, a las autoridades fiscales que

corresponda a su domicilio fiscal, la información de las operaciones realizadas en el ejercicio inmediato

anterior por cuenta de sus integradas.

Page 147: informe final para entregar

147

Las compras de materias primas, los gastos e inversiones, que efectúen las empresas integradas a través de la

empresa integradora podrán ser deducibles para las mismas, en el por ciento que les corresponda, aun cuando

los comprobantes correspondientes no se encuentren a nombre de las primeras, siempre que la empresa

integradora le entregue a cada integrada una relación de las erogaciones que por su cuenta realice, debiendo

conservar los comprobantes que reúnan requisitos fiscales y copias de dicha relación.

Para los efectos de la obligación a que se refiere el párrafo anterior y la fracción II de este artículo, la relación

que elabore la empresa integradora en la que se considere en su conjunto tanto las operaciones realizadas por

cuenta de las empresas integradas, así como el ingreso que por concepto de cuotas, comisiones y prestación de

servicios que por dichas operaciones perciba la integradora, deberá cumplir con los requisitos que para efectos

de los comprobantes se establecen en el Código Fiscal de la Federación y estar impresa en los

establecimientos autorizados por la Secretaría. La relación a que se refiere este párrafo deberá proporcionarse

a las empresas integradas dentro de los 10 días siguientes al mes al que correspondan dichas operaciones.

En el caso de que en la relación que al efecto elabore la empresa integradora no se consideren los ingresos a

cargo de ésta por concepto de cuotas, comisiones y prestación de servicios, la misma podrá no estar impresa

en los citados establecimientos.

Ingresos Acumulables

Ingresos acumulables de las personas del régimen simplificado

Artículo 121. Para los efectos de esta Sección, se consideran ingresos acumulables por la realización de

actividades empresariales o por la prestación de servicios profesionales, además de los señalados en el

artículo anterior y en otros artículos de esta Ley, los siguientes:

I. Tratándose de condonaciones, quitas o remisiones, de deudas relacionadas con la actividad

empresarial o con el servicio profesional, así como de las deudas antes citadas que se dejen de pagar por

prescripción de la acción del acreedor, la diferencia que resulte de restar del principal actualizado por

inflación, el monto de la quita, condonación o remisión, al momento de su liquidación o reestructuración,

siempre y cuando la liquidación total sea menor al principal actualizado y se trate de quitas, condonaciones o

remisiones otorgadas por instituciones del sistema financiero.

II. Los provenientes de la enajenación de cuentas y documentos por cobrar y de títulos de crédito

distintos de las acciones, relacionados con las actividades a que se refiere este Capítulo.

III. Las cantidades que se recuperen por seguros, fianzas o responsabilidades a cargo de terceros,

tratándose de pérdidas de bienes del contribuyente afectos a la actividad empresarial o al servicio profesional.

Page 148: informe final para entregar

148

IV. Las cantidades que se perciban para efectuar gastos por cuenta de terceros, salvo que dichos gastos

sean respaldados con documentación comprobatoria a nombre de aquél por cuenta de quien se efectúa el

gasto.

V. Los derivados de la enajenación de obras de arte hechas por el contribuyente.

VI. Los obtenidos por agentes de instituciones de crédito, de seguros, de fianzas o de valores, por

promotores de valores o de administradoras de fondos para el retiro, por los servicios profesionales prestados

a dichas instituciones.

VII. Los obtenidos mediante la explotación de una patente aduanal.

VIII. Los obtenidos por la explotación de obras escritas, fotografías o dibujos, en libros, periódicos,

revistas o en las páginas electrónicas vía Internet, o bien, la reproducción en serie de grabaciones de obras

musicales y en general cualquier otro que derive de la explotación de derechos de autor.

IX. Los intereses cobrados derivados de la actividad empresarial o de la prestación de servicios

profesionales, sin ajuste alguno.

X. Las devoluciones que se efectúen o los descuentos o bonificaciones que se reciban, siempre que se

hubiese efectuado la deducción correspondiente.

XI. La ganancia derivada de la enajenación de activos afectos a la actividad, salvo tratándose de los

contribuyentes a que se refiere el artículo 134 de esta Ley; en este último caso, se considerará como ganancia

el total del ingreso obtenido en la enajenación.

Los ingresos determinados presuntivamente por las autoridades fiscales.

De acuerdo a lo anterior las personas que tributan en el régimen simplificado no determinan el ajuste anual

por inflación y acumularan los ingresos en el momento en que sean percibidos (Cobrados)

Artículo 122. Para los efectos de esta Sección, los ingresos se consideran acumulables en el momento en que

sean efectivamente percibidos.

Los ingresos se consideran efectivamente percibidos cuando se reciban en efectivo, en bienes o en servicios,

aun cuando aquéllos correspondan a anticipos, a depósitos o a cualquier otro concepto, sin importar el nombre

con el que se les designe.

Page 149: informe final para entregar

149

Cuando se perciban en cheque, se considerará percibido el ingreso en la fecha de cobro del mismo o cuando

los contribuyentes transmitan los cheques a un tercero, excepto cuando dicha transmisión sea en procuración.

También se entiende que es efectivamente percibido cuando el interés del acreedor queda satisfecho mediante

cualquier forma de extinción de las obligaciones.

Deducciones Autorizadas

Las personas que tributen en el régimen simplificado podrán hacer las siguientes deducciones

De acuerdo al artículo 123, que le es aplicable a las empresas integradora, podrán efectuar las deducciones

siguientes:

I. Las devoluciones que se reciban o los descuentos o bonificaciones que se hagan, siempre que se

hubiese acumulado el ingreso correspondiente.

II. Las adquisiciones de mercancías, así como de materias primas, productos semiterminados o

terminados, que utilicen para prestar servicios, para fabricar bienes o para enajenarlos.

III. Los gastos.

IV. Las inversiones.

V. Los intereses pagados derivados de la actividad empresarial o servicio profesional, sin ajuste alguno,

así como los que se generen por capitales tomados en préstamo siempre y cuando dichos capitales hayan sido

invertidos en los fines de las actividades a que se refiere esta Sección.

VI. Las cuotas pagadas por los patrones al Instituto Mexicano del Seguro Social, incluso cuando éstas

sean a cargo de sus trabajadores.

(Ad) VII. Los pagos efectuados por el impuesto local sobre los ingresos por actividades empresariales o

servicios profesionales.

Artículo 124. Los contribuyentes a que se refiere esta Sección determinarán la deducción por inversiones

aplicando lo dispuesto en la Sección II del Capítulo II del Título II de esta Ley. Para estos efectos, se

consideran inversiones las señaladas en el artículo 38 de esta Ley.

Para los efectos de este artículo, los por cientos de deducción se aplicarán sobre el monto original de la

inversión, aun cuando ésta no se haya pagado en su totalidad en el ejercicio en que proceda su deducción.

Page 150: informe final para entregar

150

Cuando no se pueda separar el monto original de la inversión de los intereses que en su caso se paguen por el

financiamiento, el por ciento que corresponda se aplicará sobre el monto total, en cuyo caso, los intereses no

podrán deducirse en los términos de la fracción V del artículo 123 de esta Ley.

Artículo 125. Las deducciones autorizadas en esta Sección, además de cumplir con los requisitos establecidos

en otras disposiciones fiscales, deberán reunir los siguientes:

I. Que hayan sido efectivamente erogadas en el ejercicio de que se trate. Se consideran efectivamente

erogadas cuando el pago haya sido realizado en efectivo, mediante traspasos de cuentas en instituciones de

crédito o casas de bolsa, en servicios o en otros bienes que no sean títulos de crédito. Tratándose de pagos con

cheque, se considerará efectivamente erogado en la fecha en la que el mismo haya sido cobrado o cuando los

contribuyentes transmitan los cheques a un tercero, excepto cuando dicha transmisión sea en procuración.

Igualmente, se consideran efectivamente erogadas cuando el contribuyente entregue títulos de crédito

suscritos por una persona distinta. También se entiende que es efectivamente erogado cuando el interés del

acreedor queda satisfecho mediante cualquier forma de extinción de las obligaciones.

Cuando los pagos a que se refiere el párrafo anterior se efectúen con cheque, la deducción se efectuará en el

ejercicio en que éste se cobre, siempre que entre la fecha consignada en la documentación comprobatoria que

se haya expedido y la fecha en que efectivamente se cobre dicho cheque no hayan transcurrido más de cuatro

meses.

Se presume que la suscripción de títulos de crédito, por el contribuyente, diversos al cheque, constituye

garantía del pago del precio o de la contraprestación pactada por la actividad empresarial o por el servicio

profesional. En estos casos, se entenderá recibido el pago cuando efectivamente se realice, o cuando los

contribuyentes transmitan a un tercero los títulos de crédito, excepto cuando dicha transmisión sea en

procuración.

Tratándose de inversiones, éstas deberán deducirse en el ejercicio en el que se inicie su utilización o en el

ejercicio siguiente, aun cuando en dicho ejercicio no se haya erogado en su totalidad el monto original de la

inversión.

II. Que sean estrictamente indispensables para la obtención de los ingresos por los que se está obligado

al pago de este impuesto en los términos de esta Sección.

III. Que cuando esta Ley permita la deducción de inversiones se proceda en los términos del artículo 124

de esta Ley. Tratándose de contratos de arrendamiento financiero, además deberán cumplirse los requisitos

del artículo 45 de esta Ley.

Page 151: informe final para entregar

151

IV. Que se resten una sola vez, aun cuando estén relacionadas con la obtención de diversos ingresos.

V. Que los pagos de primas por seguros o fianzas se hagan conforme a las leyes de la materia y

correspondan a conceptos que esta Ley señala como deducibles o que en otras leyes se establezca la

obligación de contratarlos y siempre que, tratándose de seguros, durante la vigencia de la póliza no se

otorguen préstamos por parte de la aseguradora, a persona alguna, con garantía de las sumas aseguradas, de

las primas pagadas o de las reservas matemáticas.

VI. Cuando el pago se realice a plazos, la deducción procederá por el monto de las parcialidades

efectivamente pagadas en el mes o en el ejercicio que corresponda, excepto tratándose de las deducciones a

que se refiere el artículo 124 de esta Ley.

VII. Que tratándose de las inversiones no se les dé efectos fiscales a su reevaluación.

VIII. Que al realizar las operaciones correspondientes o a más tardar el último día del ejercicio, se reúnan

los requisitos que para cada deducción en particular establece esta Ley. Tratándose únicamente de la

documentación comprobatoria a que se refiere el primer párrafo de la fracción III del artículo 31 de esta Ley,

ésta se obtenga a más tardar el día en que el contribuyente deba presentar su declaración. Además, la fecha de

expedición de la documentación comprobatoria de un gasto deducible deberá corresponder al ejercicio por el

que se efectúa la deducción.

Obligaciones de las empresas integradoras para tributar en este régimen

Page 152: informe final para entregar

152

3.1.2 PROCEDIMIENTO PARA EL CALCULO DE LOS PAGOS PROVISIONALES E IMPUESTO

DEL EJERCICIO

En el siguiente esquema se señala el procedimiento para el calculo de los pagos provisionales de la empresa

integradora de acuerdo con el articulo 81 LISR

(+) Ingresos Acumulables del periodo por el que se realiza el Pago

(-) Deducciones Autorizadas

(-) PTU pagada en el periodo (vigente para ejercicio fiscal 2006 ya que la PTU del 2005 se paga hasta 2006)

(-) Perdidas de Ejercicio Anteriores pendientes de Amortizar

(=) Base del Impuesto

X Tasa Articulo 10 LISR 30%

= ISR Causado del periodo

(-) Pagos Provisionales Efectuados con anterioridad

(=) ISR a Pagar a más tardar el día 17 del mes siguiente

Conforme al artículo 127. De la ley de ISR, los contribuyentes a que se refiere esta Sección, efectuarán pagos

provisionales mensuales a cuenta del impuesto del ejercicio, a más tardar el día 17 del mes inmediato

posterior a aquél al que corresponda el pago. El pago provisional se determinará restando de la totalidad de

los ingresos a que se refiere esta Sección obtenidos en el periodo comprendido desde el inicio del ejercicio y

hasta el último día del mes al que corresponde el pago, las deducciones autorizadas en esta Sección

correspondientes al mismo periodo y, en su caso, las pérdidas fiscales ocurridas en ejercicios anteriores que

no se hubieran disminuido.

Impuesto del Ejercicio

Para calcular y enterar el impuesto sobre la renta que les corresponde se aplica el siguiente procedimiento

(+) Ingresos Acumulables del Ejercicio

(-) Deducciones Autorizadas

(-) PTU pagada en el periodo (vigente para ejercicio fiscal 2006 ya que la PTU del 2005 se paga hasta 2006)

(-) Perdidas de Ejercicios Anteriores pendientes de Amortizar

(=) Base del Impuesto

X Tasa Articulo 10 LISR 30%

= ISR Causado

(-) Pagos Provisionales Efectuados

(=) ISR a Pagar, que se tendrá que declarar dentro de los tres meses siguientes al ejercicio fiscal (Marzo)

Page 153: informe final para entregar

153

3.1.2.1. EJEMPLOS

A fin de dar un ejemplo supongamos que una empresas integradora tuvo los siguientes ingresos y deducciones

en ejercicio de 2005, con estos datos determinamos los pagos provisionales en cada uno de los meses y con

esos mismos datos realizamos su calculo anual.

Empresa Integradora “X”, S.A. de C.V.

CONCEPTO ENERO FEBRERO MARZO

INGRESOS POR CUOTAS Y COMISIONES 130,961.00 65,480.50 98,220.75

INGRESOS POR DIFERENCIA CAMBIARIA 401.00 65.22 10.78

INTERESES BANCARIOS 6.05 7.23 10.78

COMPRAS Y GASTOS DEDUCIBLES 109,692.32 54,736.71 82,032.33

COMISIONES BANCARIAS 39.41 19.67 50.00

CONCEPTO ABRIL MAYO JUNIO

INGRESOS POR CUOTAS Y COMISIONES 100,331.13 150,496.45 225,744.01

INGRESOS POR DIFERENCIA CAMBIARIA 45.25 117.65 1,125.40

INTERESES BANCARIOS 5.62 4.25 2.25

COMPRAS Y GASTOS DEDUCIBLES 83,818.97 125,766.32

189,437.84

COMISIONES BANCARIAS 30.11 35.00 68.06

CONCEPTO JULIO AGOSTO SEPTIEM

INGRESOS POR CUOTAS Y COMISIONES 338,616.03 745,863.82 225,496.89

INGRESOS POR DIFERENCIA CAMBIARIA 4,556.00 455.03 4,552.89

INTERESES BANCARIOS 10.50 6.25 4.25

COMPRAS Y F¨GASTOS DEDUCIBLES 286,557.41 623,181.46 192,095.12

COMISIONES BANCARIAS 102.95 223.90 69.00

CONCEPTO OCTUBRE NOVIEMBRE DICIEM

INGRESOS POR CUOTAS Y COMISIONES 338,245.32 129,789.19 122,368.93

INGRESOS POR DIFERENCIA CAMBIARIA 123.04 175.23 45.25

INTERESES BANCARIOS 7.02 0.00 0.00

COMPRAS Y GASTOS DEDUCIBLES 282,543.44 108,520.29 102,215.84

COMISIONES BANCARIAS 100.00 150.00 150.00

Page 154: informe final para entregar

154

Datos adicionales

Perdidas fiscales pendientes de disminuir actualizada a Junio de 2004 75,126.45

Las inversiones que tiene la empresas son las siguiente

CONCEPTO Fecha

Adquisición M.O.I.

INPC MES DE

ADQUISICION

IMPRESORA 15-Abr-02 2,995.00 89.3417

COMPUTADORA 04-May-02 17,042.61 99.2310

COMPUTADORA 03-Jun-02 6,098.00 99.4320

COMPUTADORA 23-Jul-02 26,249.17 99.9170

100.2040

CONCEPTO Fecha

Adquisición MAY.

INPC MES DE

ADQUISICION

REMOLQUE 30-Mar-03 5,500.00 104.261

MOTOCICLETA CRF450 R3 03-Jun-03 57,606.89 104.188

MOTONETA VENTON 2003 15-Jul-03 16,520.87 104.339

Para la actualización de la las perdidas por aplicar y la deducción de inversiones se utilizan los siguientes

índices del año 2005

MES AÑO 2005 FECHA DE

PUBLICACIÓN EN DOF

Enero 112.554 10 de Febrero de 2005.

Febrero 112.929 10 de Marzo de 2005.

Marzo 113.438 08 de Abril de 2005.

Abril 113.842 10 de Mayo de 2005.

Mayo 113.556 10 de Junio de 2005.

Junio 113.447 08 de Julio de 2005.

Julio 113.891 10 de agosto de 2005.

Agosto 114.027 09 de septiembre de 2005.

Septiembre 114.484 10 de octubre de 2005.

Octubre 114.765 10 de noviembre de 2005.

Noviembre 115.591 09 de diciembre de 2005.

Diciembre 116.301 10 de enero de 2006.

Page 155: informe final para entregar

155

Para los pagos provisionales las perdidas por disminuir de enero a mayo se aplican por el monto por deducir

de 75,126.15 es decir actualizada hasta el mes de junio de 2004, a partir del pago provisional del mes de junio

que ya conocemos el índice de junio 2005 se aplican actualizadas hasta el ultimo mes de la primera mitad del

ejercicio por el que se aplica es decir junio 2005.

En el caso de la deducción de inversiones esta se aplica actualizada hasta el mes en que se esta calculando el

pago provisional toda vez que si sabemos que al final que el activo fijo no se enajenara durante el año esta la

podemos ir actualizando en cada uno de los pagos provisionales el ejercicio hasta el ultimo mes de la primera

mitad del periodo en que se utilizo en el ejercicio

Cédula del calculo de los pagos provisionales

Concepto Enero Febrero Marzo Abril

Ingresos Propios 130,961.00 65,480.50 98,220.75 100,331.13

Otros Productos 401.00 65.22 10.78 45.25

Intereses Ganados 6.05 7.23 10.78 5.62

Total de Ingresos del Mes 131,368.05 65,552.95 98,242.31 100,382.00

Ingresos del Periodo 131,368.05 196,921.00 295,163.31 395,545.31

Deducciones Autorizadas

Gastos de Operación del Mes 109,692.32 54,736.71 82,032.33 83,818.97 Gastos Financieros 39.41 19.67 50.00 30.11 Deducciones del Mes 109,731.73 54,756.38 82,082.33 83,849.08 Deducciones Acumuladas del Periodo 109,731.73 164,488.11 246,570.44 330,419.52

Deducción de Inversiones del Periodo 3,267.34 6,556.45 9,879.10 13,219.25

Total deducciones del Periodo 112,999.07 171,044.56 256,449.54 343,638.77 Base del Impuesto 18,369 25,876 38,714 51,907

Perdidas Fiscales Aplicadas en el

Periodo 18,369 25,876 38,714 51,907

Resultado Fiscal -0 0 -0 -0

Tasa del Art. 10 LISR 30% 30% 30% 30%

Impuesto Determinado -0 0 -0 -0

Pagos Provisionales Anteriores 0 0 0

Pago Provisional de ISR -0 0 0 -0

Concepto Mayo Junio Julio Agosto

Ingresos Propios 150,496.45 225,744.01 338,616.03 745,863.82 Otros Productos 117.65 1,125.40 4,556.00 455.03

Intereses Ganados 4.25 2.25 10.50 6.25

Total de Ingresos del Mes 150,618.35 226,871.66 343,182.53 746,325.10

Ingresos del Periodo 546,163.66 773,035.32 116,217.85 1,862,542.95 Deducciones Autorizadas

Page 156: informe final para entregar

156

Gastos de Operación del Mes 125,766.32 189,437.84 286,557.41 623,181.46 Gastos Financieros 35.00 68.06 102.95 223.90 Deducciones del Mes 125,801.32 189,505.90 286,660.37 623,405.36 Deducciones Acumuladas del Periodo 456,220.85 645,726.74 932,387.11 1,555,792.47

Deducción de Inversiones del Periodo 16,490.01 19,777.14 23,073.32 26,368.37

Total Deducciones del Periodo 472,710.86 665,503.88 955,460.44 1,582,160.83

Base del Impuesto 73,453 107,531 160,757 280,382

Perdidas Fiscales Aplicadas de el

Periodo 73,453 78,379 78,379 78,379

Resultado Fiscal -0 29,152 82,378 202,003

Tasa del Art. 10 LISR. 30% 30% 30% 30%

Impuesto Determinado -0 8,746 24,713 60,601

Pagos Provisionales Anteriores -0 -0 8,746 24,713

Pago Provisional de ISR 0 8,746 15,968 35,887

Concepto Septiembre Octubre Noviembre Diciembre

Ingresos Propios 225,496.89 338,245.32 129,789.19 122,368.93

Otros Productos 4,552.89 123.04 175.23 45.25

Intereses Ganados 4.25 7.02 0.00 0.00

Total de Ingresos del Mes 230,054.03 338,375.38 129,964.42 122,414.18

Ingresos del Periodo 2,092,597 2,430,972 2,560,937 2,683,351

Deducciones Autorizadas

Gastos de Operación del Mes 192,095.12 282,543.44 108,520.29 102,215.84

Gastos Financieros 69.00 100.00 150.00 150.00

Deducciones del Mes 192,164.12 282,643.44 108,670.29 102,365.84

Deducciones Acumuladas del Periodo 1,747,956.58 2,030,600.03 2,139,270.32 2,241,636.16

Deducción de Inversiones Del Periodo 29,577.51 32,298.87 34,846.97 36,652.56

Total Deducciones del Periodo 1,777,534.10 2,062,898.89 2,174,117.28 2,278,288.71

Base del Impuesto 315,063 368,073 386,819 405,062

Perdidas Fiscales Aplicadas en el

Periodo 78,379 78,379 78,379 78,379

Resultado Fiscal 236,683 289,694 308,440 326,683

Tasa Del Art. 10 LISR 30% 30% 30% 30%

Impuesto Determinado 71,005 86,908 92,532 98,005

Pagos Provisionales Anteriores 60,601 71,005 86,908 92,532

Pago Provisional de ISR 10,404 15,903 5,624 5,473

Page 157: informe final para entregar

157

actualización de las perdidas pendientes de disminuir

Perdida de Ejercicios Anteriores pendiente de deducir

actualizada al 30 de Junio de 2004

Perdida Ultima Actualización 75,126.45

Actualizada a junio 2004

FAA. 1.0433

Perdida Actualizada 78,379.42

INPC JUNIO 2004 108.737

INPC JUNIO 2005 113.447

La deducción de inversiones se actualiza en cada uno de los meses como sigue

30% Deducción según LISR

CONCEPTO Fecha

Adquisición

Meses de uso

al Inicio Mayo

Depreciación

Acumulada

Computadora (depreciada

100%) 22-Oct-00 40 5,259.00 5,258.00

Impresora 15-Abr-02 32 2,995.00 2,396.00

Computadora 04-May-02 31 17,042.61 13,208.02

Computadora 03-Jun-02 30 6,098.00 4,573.50

Computadora 23-Jul-02 29 26,249.17 19,030.65

Sumas 57,643.78 44,466.17

Equipo de Transporte 25%

Remolque 30-Mar-03 21 5,500.00 2,406.25

Motocicleta 2003 Crf450 R3 03-Jun-03 18 57,606.89 21,602.58

Motoneta Venton 2003 15-Jul-03 17 16,520.87 5,851.14

Sumas 79,627.76 29,859.98

Depreciación Total 74,326.15

Page 158: informe final para entregar

158

Continuación de la tabla

CONCEPTO Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio Julio

Impresora 74.88 74.88 74.88 74.88 74.88 74.88 74.88

Computadora 426.07 426.07 426.07 426.07 426.07 426.07 426.07

Computadora 152.45 152.45 152.45 152.45 152.45 152.45 152.45

Computadora 656.23 656.23 656.23 656.23 656.23 656.23 656.23

Total Equipo

de computo 1,309.62 1,309.62 1,309.62 1,309.62 1,309.62 1,309.62 1,309.62

Remolque 114.58 114.58 114.58 114.58 114.58 114.58 114.58

Motocicleta

2003 Crf450

R3 1,200.14 1,200.14 1,200.14 1,200.14 1,200.14 1,200.14 1,200.14

Motoneta

Venton 2003 344.18 344.18 344.18 344.18 344.18 344.18 344.18

Total Equipo

de Transporte 1,658.91 1,658.91 1,658.91 1,658.91 1,658.91 1,658.91 1,658.91

Depreciación

Total 2,968.53 2,968.53 2,968.53 2,968.53 2,968.53 2,968.53 2,968.53

CONCEPTO Agosto Septiembre Octubre Noviembre Diciembre

Impresora 73.88 - - - -

Computadora 426.07 425.07 - - -

Computadora 152.45 152.45 151.45 - -

Computadora 656.23 656.23 656.23 655.23 -

Total Equipo de

computo 1,308.62 1,233.74 807.68 655.23 -

Remolque 114.58 114.58 114.58 114.58 114.58

Motocicleta 2003

Crf450 R3 1,200.14 1,200.14 1,200.14 1,200.14 1,200.14

Motoneta Venton 2003 344.18 344.18 344.18 344.18 344.18

Page 159: informe final para entregar

159

Total Equipo de

Transporte 1,658.91 1,658.91 1,658.91 1,658.91 1,658.91

Depreciación Total 2,967.53 2,892.66 2,466.59 2,314.14 1,658.91

Depreciación

Ejercicio

Depreciación

Acumulada

MOI Pendiente De

Deducir

Deducción

ISR

Computadora

(depreciada 100%) - 5,258.00 1.00 -

Impresora 598.00 2,994.00 1.00 686.03

Computadora 3,833.59 17,041.61 1.00 4,389.07

Computadora 1,523.50 6,097.00 1.00 1,731.46

Computadora 7,217.52 26,248.17 1.00 8,178.90

Total Equipo de

computo 13,172.61 57,638.78 5.00 14,985.45

Remolque 1,375.00 3,781.25 1,718.75 1,496.14

Motocicleta 2003

Crf450 R3 14,401.72 36,004.31 21,602.58 15,680.60

Motoneta Venton

2003 4,130.22 9,981.36 6,539.51 4,490.37

Total Equipo de

Transporte 19,906.94 49,766.92 29,860.84 21,667.11

Depreciación Total 33,079.55 107,405.70 29,865.84 36,652.56

Page 160: informe final para entregar

160

3.1.3 PRESENTACIÒN EN MEDIOS ELECTRONICOS

Para realizar los pagos Provisionales se deberá contar con un servicio bancario para realizar pago de

impuestos por medio de Internet con cargo a la cuenta bancaria de la empresa, en este servicio se podrá

realizar el pago de ISR propio y de sus integrantes conjuntamente

Para la presentación de ISR del ejercicio se presentara en el Programa DIM por medio de Internet

3.2. REGIMEN INTERMEDIO

El Régimen Intermedio de las actividades empresariales de las Personas Físicas es atractivo en sí por las

pocas disposiciones de carácter administrativo que se tienen que cumplir, en comparación con el llamado

Régimen General de Ley; una de esas situaciones administrativas es que se les permite a los contribuyentes

que decidieron tributar conforme al Título IV, Capítulo II, Sección II, que no lleven contabilidad de

conformidad con el Código Fiscal de la Federación y su reglamento.

Page 161: informe final para entregar

161

Normalmente entendemos “el no llevar contabilidad conforme al Código”, como que no debemos llevar una

contabilidad completa o con todos los requisitos o lineamientos a que nos obliga la técnica contable que nos

señala nuestra profesión, y nos limitamos únicamente a realizar las actividades que nos permite la Ley; sin

embargo, ¿debemos hacerlo, o no?

En este breve apartado se tratará de establecer los alcances de los beneficios de no llevar contabilidad,

conforme a lo establecido en el Artículo 134 de la Ley del Impuesto Sobre Renta y los efectos mercantiles y

fiscales que esto conlleva.

¿Están obligados a llevar contabilidad?

Las Personas Físicas que tributan en el Régimen Intermedio conforme al Artículo 134 fracción I de la Ley del

Impuesto Sobre la Renta, llevarán un solo libro de ingresos, egresos y de registro de inversiones y

deducciones, en lugar de llevar la contabilidad conforme al Código Fiscal de la Federación y su reglamento

(Artículo 133, fracción II de la Ley del Impuesto Sobre Renta).

Conforme a la lectura del párrafo anterior, pareciere que las Personas Físicas que tributan en la Sección II del

Capítulo II del Título IV de la Ley del Impuesto Sobre Renta no están obligadas a llevar contabilidad; sin

embargo, no es del todo cierto, ya que sólo se refiere a suplir ciertos procedimientos de registro y medios para

hacerlo, ya que en los términos del Artículo 28 del Código Fiscal de la Federación, la contabilidad se integra

por:

a) Sistemas y registros contables.

b) Papeles de trabajo, registros, cuentas especiales, libros y, en su caso, registros sociales.

c) Equipos y sistemas electrónicos de registro fiscal y sus registros.

d) Máquinas registradoras de comprobación fiscal y sus registros.

e) Documentación comprobatoria de los asientos respectivos y comprobantes de haber cumplido con

disposiciones fiscales. Los contribuyentes del Régimen Intermedio, a pesar de que se les permite llevar sólo

un libro de ingresos, egresos, inversiones y deducciones, sí cuentan con papeles de trabajo, equipos y sistemas

electrónicos en su caso; en algunos otros, deben contar con máquinas registradoras de comprobación fiscal y

documentación comprobatoria de haber cumplido con las disposiciones fiscales, por lo que no es del todo

cierto que no deban llevar contabilidad, ya que como vemos sí lo hacen en los términos del Código Fiscal de

la Federación; sin embargo a lo que no están obligados es a:

Page 162: informe final para entregar

162

* Realizar registros contables.

* No hacer asientos analíticos.

No llevar control de sus inventarios.

No debemos olvidar que las Personas Físicas que tributan en este régimen también pueden ser

contribuyentes del Impuesto al Valor Agregado, y en el Artículo 32, fracción I de la Ley del Impuesto al

Valor Agregado se ordena que los contribuyentes de este impuesto deberán llevar contabilidad de

conformidad con el Código Fiscal de la Federación y su reglamento; por lo que por ser una Ley distinta a la

Ley del Impuesto Sobre Renta parece que contraviene el beneficio que se señala en el Artículo 134, fracción

I de la Ley del Impuesto Sobre Renta.

Por lo que para contestar a la pregunta de si están obligados a llevar contabilidad, la respuesta es sí,

dado que la Ley del Impuesto al Valor Agregado así los obliga. Aunque podríamos interpretar dicha

disposición en el sentido de cumplimiento del Código en los términos que acorde a sus obligaciones tiene que

cumplir, es decir, como ya vimos, las Personas Físicas sí tienen que cumplir con llevar contabilidad, excepto

por lo correspondiente a realizar registros, efectuar asientos analíticos y no llevar control de inventarios.

Conforme al Artículo 168 del Reglamento de la Ley del Impuesto Sobre Renta, los contribuyentes que

obtengan ingresos en dos o más Entidades Federativa, deberán registrar por separado los ingresos, egresos,

inversiones y deducciones, en la proporción que corresponda a la actividad realizada en cada entidad

federativa.

OBLIGACIONES MERCANTILES

Cabe señalar que las Personas Físicas que tributan en este régimen, por realizar actividades empresariales, se

rigen mercantilmente también por el Código de Comercio, que establece en su Artículo 33 que el comerciante

está obligado a llevar y mantener un sistema de contabilidad adecuado. Este sistema podrá llevarse mediante

los instrumentos, recursos y sistemas de registro y procesamiento que mejor se acomoden a las características

particulares del negocio, pero en todo caso deberá satisfacer los requisitos siguientes:

a) Permitirá identificar las operaciones individuales y sus características, así como conectar dichas

operaciones individuales con los documentos comprobatorios originales de las mismas;

b) permitirá seguir la huella desde las operaciones individuales a las acumulaciones que den como resultado

las cifras finales de las cuentas y viceversa;

c) permitirá la preparación de los estados que se incluyan en la información financiera del negocio;

Page 163: informe final para entregar

163

d) permitirá conectar y seguir la huella entre las cifras de dichos estados, las acumulaciones de las cuentas y

las operaciones individuales;

e) incluirá los sistemas de control y verificación internos necesarios para impedir la omisión del registro de

operaciones, asegurar la corrección del registro contable y asegurar la corrección de las cifras resultantes.

Asimismo, los Artículos 34, 35 y 38 del Código de comercio, señalan entre otras cosas, que se llevarán

debidamente encuadernados, empastados y foliados el libro mayor y, en su caso, el de actas. En el libro mayor

se deberá anotar, por lo menos una vez al mes, los nombres o designaciones de las cuentas de la contabilidad,

su saldo al final de periodo de registro anterior, el total de movimientos de cargo o crédito a cada cuenta en el

periodo y su saldo final. El comerciante conservará, debidamente archivados, los comprobantes originales por

un plazo mínimo de 10 años.

Por lo anterior, a pesar de que para efectos fiscales se les permita a las Personas Físicas que tributan en este

régimen no llevar una contabilidad completa, para efectos mercantiles sí tienen la obligación de llevarla y

obtener así la información financiera necesaria para la toma de decisiones de la negociación.

3.2.1 FUNDAMENTO LEGAL

Conforme al Título IV, Capítulo II, Sección II. Uno de los principales beneficios del Régimen Intermedio de

las Personas Físicas, seria lo mencionados en Artículo 136. Los contribuyentes a que se refiere el artículo

134 de esta Ley, en lugar de aplicar lo dispuesto en el artículo 124 de la misma, deducirán las erogaciones

efectivamente realizadas en el ejercicio para la adquisición de activos fijos, gastos o cargos diferidos,

excepto tratándose de automóviles, autobuses, camiones de carga, tractocamiones y remolques, los que

deberán deducirse en los términos de la Sección II del Capítulo II del Título II de esta Ley.

Asimismo, los contribuyentes que se dediquen exclusivamente a actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras

o silvícolas, podrán aplicar las facilidades que se emitan en los términos del artículo 85 segundo párrafo de

esta Ley.

¿Quiénes pueden estar dentro del Régimen Intermedio de Actividades Empresariales?

Antes que nada, es importante comentar cuáles son las actividades que incluye la función empresarial, y son:

las comerciales, las industriales, las agrícolas, las ganaderas, las pesqueras y las silvícola. En ellas, salvo en la

comercial y la industrial, se comprende tanto a la propia actividad como a la primera enajenación de sus

productos sin haber estado sujetos a transformación industrial —Artículo 16 de Código Fiscal de la

Federación—, pudiendo además, si se dedican exclusivamente a estas actividades, aplicar las facilidades

Page 164: informe final para entregar

164

administrativas que para este año fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación el día 29 de abril

de 2005.

Pueden estar dentro del Régimen Intermedio de Actividades Empresariales, las Personas Físicas que:

1. Realicen exclusivamente actividades empresariales.

2. Tengan ingresos del ejercicio anterior que no hubieran excedido de 4’000,000.00, o en caso de iniciar

operaciones estimen no rebasar dicha cantidad.

En el caso de las Personas Físicas que inicien actividades podrán optar por este régimen si estiman no exceder

el límite de ingresos de 4’000,000.00; para determinar si no rebasan esta suma se dividirán los ingresos

obtenidos desde el día en que iniciaron actividades hasta el día 31 de diciembre del año que corresponda,

entre el número de días en que realizaron estas actividades, y el resultado se multiplicará por 365; esta

operación indica los ingresos obtenidos elevados al ejercicio.

Si el total de ingresos determinado no rebasa el límite de ingresos señalado podrán continuar en este régimen;

en caso contrario tendrán que pasar al régimen general de Actividades Empresariales. Se considera que

realizan exclusivamente Actividades Empresariales cuando en el ejercicio anterior sus ingresos acumulables

por este concepto representan por lo menos el 90% del total sin considerar, en su caso, los que hayan obtenido

por sueldos, salarios o asimilables a salarios.

Ahora bien, si estando dentro del Régimen Intermedio se aumentan actividades —por ejemplo, se van a

obtener ingresos por rentar un bien inmueble—, independientemente de que el cálculo de los impuestos a

pagar se realizan por separado y en cada uno de los capítulos de ingresos de las Personas Físicas se tienen

tanto disposiciones específicas para su cálculo, como obligaciones diferentes, se deberá tomar muy en cuenta

lo del aspecto exclusividad (90% de ingresos acumulables) para poder continuar dentro del Régimen

Intermedio de las Actividades Empresariales. Si se deja de cumplir con ese requisito pasará al Régimen

General de Actividades Empresariales y profesionales.

En el caso de que la Persona Física que se encuentra dentro del Régimen Intermedio de

Actividades Empresariales sea designada albacea de una sucesión de una Persona Física que percibía ingresos

por rentas, las obligaciones fiscales que adquiere son la de representar a los herederos o legatarios para el

pago de impuestos de manera conjunta, y lo será hasta en tanto se liquide la sucesión y los herederos tomen

posesión de los bienes. Como se podrá ver, son obligaciones fiscales diferentes, una por cuenta propia y la

otra por cuenta de la sucesión.

Page 165: informe final para entregar

165

Las Personas Físicas que se encuentren dentro del Régimen Intermedio de las Actividades Empresariales son

sujetos de los siguientes impuestos:

Impuesto Sobre la Renta.

Impuesto al Valor Agregado, en su caso.

3.2.2 PROCEDIMIENTO PARA EL CALCULO DE LOS PAGOS PROVISIONALES E IMPUESTO

DEL EJERCICIO

Para el cálculo de los pagos provisionales del Impuesto Sobre la Renta se sigue el siguiente procedimiento:

Ingresos, desde el inicio del ejercicio hasta el mes al que corresponde el pago, efectivamente cobrados

(excepto deudas perdonadas y ventas de exportación).

Menos:

Deducciones autorizadas, desde el inicio del ejercicio hasta el último día del mes al que

Corresponde al pago, efectivamente erogadas.

Menos:

Participación de los Trabajadores en las Utilidades pagada (para 2005, 40% de (Participación de los

Trabajadores en las Utilidades) ingresos por salarios por los que no se pagó Impuesto Sobre la Renta), en su

caso.

Utilidad Fiscal del periodo.

Menos:

Amortización de pérdidas de ejercicios anteriores pendiente de disminuir.

= Utilidad Gravable del periodo sujeta al pago de Impuesto Sobre la Renta.

Por: 5% = Cantidad a enterar a la Entidad Federativa.

Menos:

Page 166: informe final para entregar

166

Pagos provisionales anteriores.

= Impuesto a pagar en la Entidad Federativa (siempre y cuando no exceda al impuesto determinado mediante

tarifa).

Tarifa de Impuesto Sobre la Renta acumulada del inicio del ejercicio al último día del mes del pago

provisional a aplicar sobre la Utilidad Gravable del periodo.

Menos:

Subsidio acumulado del inicio de ejercicio al mes de pago (si no se tienen ingresos por salarios).

Impuesto Sobre la Renta del periodo.

Menos:

Pagos Provisionales anteriores (a la Entidad Federativa y Federación).

= Pago provisional del mes.

Determinar el pago provisional del mes de abril de 2005 de una Persona Física que percibe ingresos

únicamente por Actividades Empresariales del Régimen Intermedio y que ha efectuado pagos provisionales

anteriores de:

5% a Entidad Federativa 650.00

Diferencia a la Federación 100.00

Total $ 750.00

Ingresos del 01 de enero al 30 de abril de 2005 $ 70,000.00

Menos:

Deducciones autorizadas del mismo periodo 30,000.00

Diferencia 40,000.00

Participación de los Trabajadores en las Utilidades pagada de 2004 al 40% 0.00

Utilidad fiscal del periodo 40,000.00

Menos:

Pérdidas de ejercicios anteriores pendiente de disminuir 18,000.00 * actualizadas

Page 167: informe final para entregar

167

Utilidad fiscal gravable 22,000.00

Pago a la Entidad Federativa :

$ 22,000.00 X 5% = $ 1,100.00

Menos:

Pagos anteriores 650.00

Pago abril de 2005 450.00

Tarifa Artículo 113 acumulada de enero a abril 2005. 2,422.16

Subsidio Artículo 114 acumulado enero-abril - 1,211.14

Impuesto Sobre la Renta del periodo 1,211.02

Menos:

Pagos provisionales a la Entidad Federativa 1,100.00

Pago anterior a la federación 100.00

Diferencia a pagar 11.00

Por lo tanto el pago a la Entidad Federativa es por: $ 450.00

Pago a la Federación = 11.00

Si los pagos provisionales fueran de:

5% a Entidad Federativa 200.00

Diferencia a la Federación 0.00

Total $ 200.00

En el caso de que se obtengan ingresos por Actividades Empresariales del Régimen Intermedio en dos o más

entidades federativa s, por tener establecimientos, sucursales o agencias, deberán efectuar los pagos

provisionales en la proporción que corresponda a los ingresos de cada Entidad Federativa, con relación al total

de ingresos obtenidos.

Los pagos provisionales se realizan a más tardar el día 17 del mes siguiente al que correspondan, mediante

mediante una transferencia bancaria cuando hay impuesto a cargo , cuando hay cantidad a favor o no existe

cantidad a pagar mediante la pagina de internet del SAT www.sat.gob.mx, en la opción de operaciones,

razones por las cuales no se tiene cantidad a pagar (avisos en cero)

Page 168: informe final para entregar

168

¿En qué formato se presentan los pagos provisionales de Impuesto Sobre la Renta, Impuesto al Valor

Agregado e Impuesto al Activo (en su caso)?

En el caso del Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas del Régimen Intermedio en el Distrito Federal

y de todas aquellas entidades que hayan celebrado convenio de Colaboración administrativa en materia fiscal

federal, presentarán el pago provisional tanto en los formatos por ellas autorizados, así como en las oficinas

que autoricen; en el caso del Distrito Federal

conforme al convenio de colaboración administrativa en materia fiscal federal, entre la Secretaría de Hacienda

y Crédito Público y el Gobierno del Distrito Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 5 de

agosto de 2003 y en la Gaceta Oficial del Gobierno del Distrito Federal de fecha 14 de agosto de 2003; los

pagos se efectuarán en las Administraciones

Tributarias del Distrito Federal, presentando por duplicado su declaración en el formato “Declaración para el

pago del Impuesto Sobre la Renta al Distrito Federal en el Régimen Intermedio”.

Page 169: informe final para entregar

169

En el estado de Chiapas, el formato autorizado para el pago del Impuesto Sobre la Renta de las Personas

Físicas que realizan Actividades Empresariales del Régimen Intermedio es el formato 15-A, el cual se

presenta por duplicado; en este mismo formato, al igual que en el del Distrito Federal, se contempla tanto el

pago normal como el complementario.

En el estado de Chihuahua, el formato autorizado para el pago del Impuesto Sobre la Renta de las Personas

Físicas que realizan Actividades Empresariales del Régimen Intermedio es el formato 15-A (denominados

igual, pero con características diferentes) el cual se presenta por duplicado; en este mismo formato se

contempla tanto el pago normal como el complementario.

En los casos en los que no se tenga formato autorizado por la Entidad Federativa, se presentarán con la hoja

de ayuda:

EF. Para el pago de impuestos coordinados con Entidades Federativas en ventanilla bancaria

Régimen Intermedio acompañados de la tarjeta tributaria. Sólo es para el pago del Impuesto Sobre la Renta.

EF. Hoja de ayuda general para el pago de impuestos coordinados con Entidades Federativas en ventanilla

bancaria, en el caso de algunos impuestos o conceptos que no se encuentren incluidos en la forma EF-1, o

bien en el caso de complementarias o de corrección fiscal. Sólo para pago del Impuesto Sobre la Renta para

estos contribuyentes.

B-EF. Hoja de ayuda para declaración informativa de razones por las cuales no se realiza el pago (avisos en

cero), Régimen Intermedio para Entidades Federativas. Esta hoja de ayuda deberá presentarse ante la

Administración Local de Asistencia al contribuyente. Sólo para el Impuesto Sobre la Renta.

2. Hoja de ayuda para el pago de contribuciones federales en ventanilla bancaria Régimen Intermedio para la

federación. Para el pago del Impuesto Sobre la Renta y del Impuesto al Valor Agregado. En el caso de

complementarias se utilizará la hoja de ayuda general.

De manera opcional se tiene en algunas Entidades Federativas, como lo son el estado de Colima y el estado de

Aguascalientes, en que el pago se puede realizar a través de la página de Internet. En el estado de Jalisco, se

presenta la declaración en ceros para Personas Físicas del Régimen de Intermedios, a través de la página de

Internet.

En lo correspondiente al caso de Empresas Integradoras, el pago del 5% que efectúan el Régimen Intermedio

de Personas Físicas, no aplicara a las Personas Morales que se pueden aplicar este Régimen.

Por que aunque se aplique el Régimen Intermedio, no deja de ser una Persona Moral y no pagara este

impuesto local del 5%.

¿Cuáles son las diferencias que se tienen entre el Régimen General de Actividades Empresariales de Personas

Físicas y el Régimen Intermedio?

Page 170: informe final para entregar

170

A continuación se señalan las diferencias que se tienen entre el Régimen General y el Régimen Intermedio de

Actividades Empresariales de las Personas Físicas:

Diferencias entre el Régimen General de Actividades Empresariales y el Régimen Intermedio

Régimen Intermedio de Actividades

Empresariales de Impuesto Sobre la Renta

Régimen General de Actividades

Empresariales de Impuesto Sobre la Renta

Llevan contabilidad simplificada, es decir,

Libro de Ingresos, egresos y de registro de

inversiones y deducciones. (Se recomienda llevar

contabilidad de acuerdo a Código Fiscal de la

Federación)

Deben llevar contabilidad de acuerdo a

Código Fiscal de la Federación.

En el caso de cobro en parcialidades podrán

anotar el importe de las parcialidades

que se paguen en el reverso del comprobante.

En el cobro en parcialidades se deberá

expedir un comprobante por cada

Parcialidad indicando: la parcialidad, la

forma de pago y el número y fecha del

comprobante que se expidió por el total.

No les aplica. Formular estado de posición financiera y

levantar inventario al 31 de diciembre.

No les aplica. Información a través de medios electrónicos

de declaraciones, préstamos del extranjero,

comprobantes con partes relacionadas del

extranjero, clientes y proveedores,

retenciones de ISR y pagos al extranjero,

donativos otorgados.

Deducción efectivamente realizada en

adquisición de activos fijos, gastos o cargos

diferidos excepto automóviles, camiones de

carga, tractocamiones y remolques.

Deducción de inversiones con base en

porcentajes máximos.

Deberán contar con máquinas de

comprobación fiscal si sus ingresos son

superiores a $ 1’750,000.00 sin que excedan

de $ 4’000,000.00. Si no realizan operaciones

con público en general, podrán no tenerlas

—Regla 3.29.2 de la Resolución Miscelánea

de 2004.

No les aplica.

Page 171: informe final para entregar

171

Sus pagos provisionales de Impuesto Sobre

la Renta se efectuarán tanto a la Entidad

Federativa como a la Federación.

Sus pagos provisionales de Impuesto Sobre

la Renta se realizan únicamente a la

Federación.

Deberán realizar exclusivamente

Actividades Empresariales (90% de sus

Ingresos).

No les limitan la realización de actividades

Empresariales de manera exclusiva.

3.2.2.1 EJEMPLOS

INTEGRADORA TECNICA ADMINISTRATIVA Y COMERCIAL, SA DE CV

Balance General al 31/DIC/2005

A C T I V O

CIRCULANTE

BANCOS $78,664.02

CLIENTES $535,829.84

DEUDORES DIVERSOS $3,000.00

IMPUESTOS POR RECUPERAR $9,024.46

TOTAL CIRCULANTE $626,518.32

FIJO

TOTAL FIJO $0.00

DIFERIDO

TOTAL DIFERIDO $0.00

TOTAL ACTIVO $626,518.32

P A S I V O

CORTO PLAZO

PROVEEDORES $46.15

Page 172: informe final para entregar

172

ACREEDORES DIVERSOS $130,000.00

IMPUESTOS POR PAGAR $73,142.65

TOTAL CORTO PLAZO $203,188.80

LARGO PLAZO

TOTAL LARGO PLAZO $0.00

DIFERIDO

TOTAL DIFERIDO $0.00

TOTAL PASIVO $203,188.80

C A P I T A L

INVERSION DE LOS ACCIONISTAS

TOTAL INVERSION DE LOS ACCIONISTAS $0.00

Utilidad o (perdida) del Ejercicio $423,329.52

TOTAL CAPITAL $423,329.52

TOTAL PASIVO Y CAPITAL $626,518.32

INTEGRADORA TECNICA ADMINISTRATIVA Y COMERCIAL, SA DE CV

Estado de Resultados del 01/ENE/2005 al 31/DIC2005

I N G R E S O S

VENTAS

VENTAS GENERALES $1,223,088.49

TOTAL VENTAS $1,223,088.49

TOTAL SUMA DE INGRESOS $1,223,088.49

E G R E S O S

Page 173: informe final para entregar

173

COSTO DE VENTAS/SERVICIOS

COSTO DE PARTES Y SERVICIOS $778,496.90

TOTAL COSTO DE VENTAS/SERVICIOS $778,496.90

GASTOS DE OPERACION

GASTOS DE OPERACION 15% $15,938.64

GASTOS DE OPERACION 0%/EXENT. $120.77

GASTOS NO DEDUCIBLES $4,002.66

TOTAL GASTOS DE OPERACION $20,062.07

COSTO INTEGRAL DE FINANCIAM.

COMISIONES BANCARIAS $1,200.00

UTILIDAD O PERDIDA EN CAMBIOS

TOTAL UTILIDAD O PERDIDA EN CAMBIOS

TOTAL COSTO INTEGRAL DE FINANCIAM. $1,200.00

OTROS PRODUCTOS O GASTOS

TOTAL OTROS PRODUCTOS O GASTOS

TOTAL SUMA DE EGRESOS $799,758.97

TOTAL UTILIDAD o (PERDIDA) $423,329.52

INTEGRADORA TECNICA ADMINISTRATIVA Y COMERCIAL, S A DE CV

ACT. EMPRESARIAL REGIMEN INTERMEDIO 2005

INGRESOS ACUMULABLES

INGRESOS ACUMULABLES ENE A DIC 05 1,223,088.49

TOTAL DE INGRESOS 1,223,088.49

DEDUCCIONES AUTORIZADAS

DEDUCCIONES AUTORIZADAS ENE A DIC-05 795,756.31

TOTAL DE DEDUCCIONES 795,756.31

Page 174: informe final para entregar

174

BASE DEL PAGO PROVISIONAL 427,332.18

CALCULO PARA LA PTU

BASE GRAVABLE PARA LA PTU 427,332.18

(X) LA TASA DEL 10% 10.00%

PTU A REPARTIR 42,733.22

IMPUESTO FEDERAL

ART. 113 IMPUESTO

Base del Pago Provisional 427,332.18

(-) Límite inferior 103,218.01

(=) Excedente sobre límite inferior 324,114.17

(x) Porcentaje aplicable sobre límite inferior 30%

(=) Impuesto marginal 97,234.25

(+) Cuota Fija 14,747.76

(=) Impuesto antes del subsidio 111,982.01

ART. 114 SUBSIDIO ACREDITABLE

Base del Pago Provisional 427,332.18

(-) Límite inferior 103,218.01

(=) Excedente sobre límite inferior 324,114.17

(x) Porcentaje aplicable sobre límite inferior 30%

(=) Impuesto marginal 97,234.25

(x) Porcentaje aplicable al Impuesto marginal 0%

(=) Subsidio parcial 0.00

(+) Cuota Fija de subsidio 38,431.56

(=) Subsidio total 38,431.56

DETERMINACION DEL IMPUESTO ANUAL

Impuesto del Art. 113 111,982.01

Page 175: informe final para entregar

175

(-) Subsidio del Art. 114 38,431.56

(=) Pago del ejercicio 73,550.45

(-) Pagos Prov. enterados 73,142.65

(=) ISR a cargo (a favor) 407.80

MESES ACUMUL. 12 Dic-05

ARTICULO 113 ( IMPUESTO )

LIMITE LIMITE CUOTA EXCED. LIM INF

INFERIOR SUPERIOR FIJA %

0.01 5,952.84 0.00 3%

5,952.85 50,524.92 178.56 10%

50,524.93 88,793.04 4,635.72 17%

88,793.05 103,218.00 11,141.52 25%

103,218.01 119,999,988.00 14,747.76 30%

ARTICULO 114 ( SUBSIDIO )

LIMITE LIMITE CUOTA EXCED. LIM INF

INFERIOR SUPERIOR FIJA %

0.01 5,952.84 0 50%

5,952.85 50,524.92 89.28 50%

50,524.93 88,793.04 2,318.04 50%

88,793.05 103,218.00 5,573.88 50%

103,218.01 123,580.20 7,373.88 50%

123,580.21 249,243.48 10,428.12 40%

249,243.49 392,841.96 25,507.68 30%

392,841.97 9,999,999.00 38,431.56 0%

Page 176: informe final para entregar

176

3.2.3 PRESENTACIÓN EN MEDIOS ELECTRÓNICOS

¿En qué formato se presentan los pagos provisionales de Impuesto Sobre la Renta, Impuesto al Valor

Agregado e Impuesto al Activo (en su caso)?

En el caso del Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas del Régimen Intermedio en el Distrito Federal

y de todas aquellas entidades que hayan celebrado convenio de Colaboración administrativa en materia fiscal

federal, presentarán el pago provisional tanto en los formatos por ellas autorizados, así como en las oficinas

que autoricen; en el caso del Distrito Federal conforme al convenio de colaboración administrativa en materia

fiscal federal, entre la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Gobierno del Distrito Federal, publicado

en el Diario Oficial de la Federación del 5 de agosto de 2003 y en la Gaceta Oficial del Gobierno del Distrito

Federal de fecha 14 de agosto de 2003; los pagos se efectuarán en las Administraciones

Tributarias del Distrito Federal, presentando por duplicado su declaración en el formato “Declaración para el

pago del Impuesto Sobre la Renta al Distrito Federal en el Régimen Intermedio”.

En el estado de Chiapas, el formato autorizado para el pago del Impuesto Sobre la Renta de las Personas

Físicas que realizan Actividades Empresariales del Régimen Intermedio es el formato 15-A, el cual se

presenta por duplicado; en este mismo formato, al igual que en el del Distrito Federal, se contempla tanto el

pago normal como el complementario.

En el estado de Chihuahua, el formato autorizado para el pago del Impuesto Sobre la Renta de las Personas

Físicas que realizan Actividades Empresariales del Régimen Intermedio es el formato 15-A (denominados

igual, pero con características diferentes) el cual se presenta por duplicado; en este mismo formato se

contempla tanto el pago normal como el complementario.

En los casos en los que no se tenga formato autorizado por la Entidad Federativa, se presentarán con la hoja

de ayuda:

EF. Para el pago de impuestos coordinados con Entidades Federativas en ventanilla bancaria

Régimen Intermedio acompañados de la tarjeta tributaria. Sólo es para el pago del Impuesto Sobre la Renta.

EF. Hoja de ayuda general para el pago de impuestos coordinados con Entidades Federativas en ventanilla

bancaria, en el caso de algunos impuestos o conceptos que no se encuentren incluidos en la forma EF-1, o

bien en el caso de complementarias o de corrección fiscal. Sólo para pago del Impuesto Sobre la Renta para

estos contribuyentes.

Page 177: informe final para entregar

177

B-EF. Hoja de ayuda para declaración informativa de razones por las cuales no se realiza el pago (avisos en

cero), Régimen Intermedio para Entidades Federativas. Esta hoja de ayuda deberá presentarse ante la

Administración Local de Asistencia al contribuyente. Sólo para el Impuesto Sobre la Renta.

2. Hoja de ayuda para el pago de contribuciones federales en ventanilla bancaria Régimen Intermedio para la

federación. Para el pago del Impuesto Sobre la Renta y del Impuesto al Valor Agregado. En el caso de

complementarias se utilizará la hoja de ayuda general.

De manera opcional se tiene en algunas Entidades Federativas, como lo son el estado de Colima y el estado de

Aguascalientes, en que el pago se puede realizar a través de la página de Internet. En el estado de Jalisco, se

presenta la declaración en ceros para Personas Físicas del Régimen de Intermedios, a través de la página de

Internet.

En lo correspondiente al caso de Empresas Integradoras, el pago del 5% que efectúan el Régimen Intermedio

de Personas Físicas, no aplicara a las Personas Morales que se pueden aplicar este Régimen.

Por que aunque se aplique el Régimen Intermedio, no deja de ser una Persona Moral y no pagara este

impuesto local del 5%.

3.3 REGIMEN GENERAL

3.3.1 FUNDAMENTO

Después de casi 8 años de haber publicado el Decreto que Promueve la Organización de Empresas

Integradoras, en el cual otorgaba a estas empresas un plazo inicial de cinco años para tributar de conformidad

con las disposiciones fiscales correspondientes al Título II-A de la ley del impuesto Sobre la Renta vigente

hasta el ejercicio 2001, mismo plazo que a través del decreto modificatorio fue ampliado a diez años, la

autoridad decide incorporar al texto de la nueva Ley del Impuesto Sobre la Renta publicada el 1º. De enero de

2002 a las Empresas Integradoras como parte de los sujetos que deben obligatoriamente cumplir con las

disposiciones fiscales contenidas en el nuevo Régimen Simplificado vigente a partir de dicho año.

En este contexto, aquellas Empresas Integradoras que se hayan constituido con anterioridad al 1º. De enero de

2002, deben a partir de este año tributar conforme al nuevo Régimen Simplificado y seguir las indicaciones

expuestas en la presente obra sin importar el régimen bajo al cual tributaban con anterioridad; ya que si bien

recordaremos hasta el 31 de diciembre de 2001, era una opción para este tipo de contribuyentes aplicar las

disposiciones fiscales del antiguo Régimen Simplificado.

Page 178: informe final para entregar

178

Del mismo modo, las Empresas Integradoras que se constituyan a partir del ejercicio 2002 también deben

tributar conforme al nuevo Régimen Simplificado.

Como comentaremos a lo largo de esta obra, los cambios existentes en el régimen fiscal de estos

contribuyentes fueron significativos a partir de 2002, razón por lo cual resulta importante analizar la situación

de cada una de ellos para estar en posibilidades de tomar las medidas jurídicas y fiscales pertinentes para

minimizar el impacto fiscal negativo que las reformas pudieran ocasionarles.

En cada uno de los apartados de esta obra se exponen de manera detallada las modificaciones fiscales

existentes a partir del ejercicio 2002, y al mismo tiempo se emiten comentarios sobre situaciones de

controversia.

En virtud de lo anterior, se recomienda al lector analizar determinadamente su caso particular antes de adoptar

alguna de las medidas o criterios expuestos en la presente obra, ya que dependiendo de las características de

su empresa, éstas pudieran ser aplicables o no.

Sin mayor preámbulo, comencemos el análisis de las modificaciones fiscales aplicables a las empresas

Integradoras a partir del año 2002.

Complementario a lo anterior, el artículo 80 de mismo ordenamiento define lo que se entiende por el concepto

de Empresas Integradoras como sigue:

Empresas Integradoras, toda persona moral constituida conforme al Decreto que promueve la

organización de Empresas Integradoras, publicado en el diario oficial de la Federación el 7 de mayo de

1993, así como en el decreto que modifica al diverso que promueve su organización, publicado en el

citado órgano oficial el 30 de mayo de 1995.

Con estas disposiciones se otorga una mayor certidumbre a las integradoras, ya que con anterioridad

únicamente el decreto que les dio origen les permitía tributar en el antiguo Régimen Simplificado, y en el

Capítulo correspondiente de las Facilidades Administrativas, ya que de no ser por esta opción, tributaban en el

Régimen General de las Personas Morales.

Tomando en consideración lo antes expuesto podemos inferir que las Integradoras tienen la obligación de

tributar en el nuevo Régimen Simplificado, sin que exista la posibilidad hasta ahora de optar por otro régimen

de tributación. Con esto debe entenderse que todas las obligaciones fiscales establecidas en la Ley del

Impuesto Sobre la Renta deben cumplirse atendiendo a lo establecido exclusivamente en este capítulo, sin que

exista, hasta este momento, la posibilidad de aplicar las disposiciones contenidas en otros Capítulos o Títulos

de dicha Ley, a menos que el Capítulo VII expresamente señale.

Page 179: informe final para entregar

179

Las personas morales que no realicen las actividades empresariales por cuenta de sus integrantes, deberán

cumplir con las obligaciones de este Título y con los artículos 122 y 125 de esta Ley.

Las personas morales a que se refiere este Capítulo no tendrán la obligación de determinar al cierre del

ejercicio el ajuste anual por inflación a que se refiere el Capítulo III del Título de esta Ley.

Ingresos acumulables desde el inicio del ejercicio hasta el mes que corresponda el pago

Menos:

Deducciones autorizadas desde el inicio del ejercicio hasta el mes que corresponda el pago

PTU pagada al ejercicio.

Excusión general.

Utilidad fiscal para el pago provisional.

Menos:

Pérdidas fiscales de ejercicios anteriores pendientes de disminuir

Base de pago provisional.

Si el integrante por el que se calcule el pago provisional es una persona moral, entonces debe aplicarse la tasa

del 30% a la base determinada con anterioridad. Bajo este contexto podríamos inferir que la exclusión

general también aplicaría para las integradas personas morales, ya que en ningún momento se aclara esta

situación.

Pudiera entenderse que se trata de una omisión o error en la Ley, ya que no existe alguna razón lógica para

que las personas morales integradas deban aplicar la citada exclusión general, máxime si consideramos que

este procedimiento debería entrar en vigor hasta el ejercicio 2006. No obstante lo anterior, textualmente la

Ley nos estaría permitiendo aplicarla, por lo que se recomienda analizar en forma integral el caso particular

para definir si debe o no aplicarse dependiendo de los argumentos fiscales y jurídicos con que se cuente, y

atendiendo también a las demás disposiciones que se publiquen en 2005 relativas a este particular.

Ahora bien, a partir del ejercicio 2003 la autoridad precisa que en el caso de que la Integradora no realice

actividades empresariales por cuenta de sus integradas, entonces debe tributar conforme al Régimen General

de las Personas Morales; sin embargo, no señala como debe tributar si en caso de realizar dichas actividades,

obtiene ingresos propios, por lo que habrá que estar atentos de las disposiciones que se publiquen con

posterioridad.

Page 180: informe final para entregar

180

Después de haber analizado el contenido del artículo 81 y retornado nuestra premisa original de que la

redacción del mismo es confusa, si se decide tomar como criterio el de aplicar las disposiciones de la Sección

I del Capítulo II del Título IV únicamente por lo establecido en las cinco fracciones de dicho artículo, por las

demás obligaciones fiscales no se tendrá lineamientos claros para cumplirlas, a menos que no se realicen

actividades empresariales por cuenta de los integrantes, caso en el cual se tributaría conforme al Régimen

General de las personas Morales. En los demás casos, al no permitir que las Integradoras apliquen las

disposiciones de otros capítulos de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, lo no contemplado en el Capítulo

VII al que se hace referencia en esta obra, no tendría por que cumplirse. Como ejemplo de esto

podemos indicar el procedimiento que debe seguirse para que las empresas Integradoras determinen y enteren

el ISR correspondiente a sus operaciones.

Aunque parezca absurdo, esta situación no se encuentra bien definida en la Ley, ya que en estricto sentido, si

la Integradora no realiza operaciones (ventas, servicios, gastos, inversiones, etc.) por cuenta de sus integradas,

entonces no tendría elementos para determinar una utilidad o pérdida fiscal por cada una de ellas, y por

consiguiente no podría efectuar pagos del ISR por estos conceptos.

“La persona moral que cumpla las obligaciones fiscales por cuenta de sus integrantes en los términos del

régimen simplificado establecido en esta Capítulo, además de las obligaciones a que se refiere el artículo

anterior, tendrá las siguientes:

Efectuar por cuenta de sus integrantes las retenciones y el entero de las mismas y, en su caso, expedir las

constancias de dichas retenciones, cuando esta Ley o las demás disposiciones fiscales obliguen a ello.

Llevar un registro por separado de los ingresos, gastos e inversiones, de las operaciones que realicen por

cuenta de cada uno de sus integrantes, cumpliendo al efecto con lo establecido en las disposiciones de esta

Ley y en las del Código Fiscal de la Federación. En el caso de las liquidaciones que se emitan en los

términos del penúltimo párrafo del artículo 83 de esta Ley, el registro mencionado se hará en forma global.

Emitir y recabar la documentación comprobatoria de los ingresos y de las erogaciones, respectivamente, de

las operaciones que realicen por cuenta de cada uno de sus integrantes, cumpliendo al efecto con lo

establecido en esta Ley y en las demás disposiciones fiscales.

La documentación comprobatoria que expidan por las actividades que realicen sus integrantes, además de los

requisitos establecidos en el Código Fiscal de la Federación, deberá contener la leyenda “Contribuyente del

Régimen de Transparencia”.”

Page 181: informe final para entregar

181

Como podrá observarse, estas obligaciones únicamente deben cumplirse cuando la empresa Integradora

cumpla con las obligaciones fiscales por cuenta de los integrados, por lo que podría interpretarse que en caso

de que cada uno de ellos se encargue de cumplir con sus propias obligaciones, la Integradora se encargue

únicamente de prestarles servicios, las obligaciones contenidas en el artículo 82 no se tendrían que cumplir.

En este contexto, la interrogante planteada con anterioridad respecto de si las obligaciones que deben

cumplirse por cuenta de los integrantes, únicamente proceden cuando se realizan operaciones por cuenta de

ellos, o en todos los casos cobra mayor importancia, ya que dentro de las obligaciones señaladas en el artículo

82 se encuentra la de llevar un control individual de las operaciones realizadas por cada integrante, la cual no

tendría sentido si no se buscara identificar las utilidades o pérdidas que corresponden a cada uno de ellos.

Asimismo, no tendría por qué precisarse al inicio del artículo 82 que las obligaciones establecidas en el

mismo, únicamente proceden cuando se esté cumpliendo por cuenta de los integrantes, con las obligaciones

fiscales en los términos del nuevo régimen simplificado, si no existiera otra opción para ello.

Por otra parte, si no fueran las operaciones realizadas por cuenta de cada integrante lo que debe considerar

para cumplir con las obligaciones fiscales originadas por las mismas, ¿de qué manera se haría la repartición

de las utilidades o pérdidas fiscales generadas?, ¿debería entonces considerarse la participación accionaría en

la sociedad? Al igual que los puntos antes comentados, esta situación nos se encuentra claramente redactada

en la Ley; sin embargo, tomando en consideración el análisis previamente realizado, pudiéramos inferir lo

siguiente:

En caso de que la Empresa Integradora efectué operaciones a nombre y por cuenta de sus integradas, tiene la

obligación de calcular y enterar los pagos provisionales de ISR y el impuesto del ejercicio por cuenta de las

mismas, asimismo, debe retener y enterar los impuestos que correspondan a las operaciones realizadas por

cuenta de sus integradas. Para estar en posibilidades de cumplir con estas obligaciones, debe además

identificar contablemente las operaciones que realizó por cuenta de cada integrada, y emitir y recabar los

comprobantes correspondientes.

Si por el contrario, la Integradora no realiza operaciones a nombre y por cuenta de sus integradas, entonces

estaría imposibilitada para cumplir con las obligaciones expuestas en los artículos 81 y 82 antes analizados, y

como vimos con anterioridad, debe tributar en el Régimen General de las Personas Morales.

Page 182: informe final para entregar

182

3.3.2 PROCEDIMIENTO PARA EL CALCULO

CALCULO DEL EFECTO FISCAL ORIGINADO POR LA SALIDA DEL REGIMEN

SIMPLIFICADO ANTERIOR.

Para llevar a cabo un adecuado cambio de la Ley del Impuesto Sobre la Renta vigente hasta el 31 de

diciembre de 2001 a la nueva Ley del Impuesto Sobre la Renta aplicable a partir de 2002, los contribuyentes

que hasta antes de la entrada en vigor de esta ultima tributaban en el Régimen Simplificado anterior, deben

como primer paso calcular los efectos fiscales generados por el abandono de dicho régimen,

independientemente de que a partir de enero de 2002 tributen en un nuevo régimen denominado también

“Régimen Simplificado”, pero ahora bajo los lineamientos de la nueva ley del Impuesto Sobre la Renta,

mismos que han sido expuestos en los apartados anteriores.

Para calcular dichos efectos fiscales, la fracción XVI del Articulo Segundo Transitorio del ejercicio 2002

señala:

XVI. Los contribuyentes que antes de la entrada en vigor de la Ley del Impuesto Sobre la Renta tributaron de

conformidad con los Títulos II-A y IV, Capítulo VI, Sección II de la Ley del Impuesto Sobre la Renta que se

abroga, estarán en lo siguiente:

Al saldo actualizado de la cuenta de capital de aportación se le sumara el saldo de los pasivos que no sean

reservas y, en su caso, el saldo actualizado de la cuenta de utilidad fiscal neta, que se tengan al día inmediato

anterior a la fecha en que entre en vigor esta Ley. La actualización de cada una de las cuentas, se efectuara

desde el mes en que se actualizaron por ultima vez y hasta el mes inmediato anterior a aquel en que entre en

vigor esta Ley.

Se considerara el saldo de los activos financieros que se tengan al último día del mes inmediato anterior a

aquel en que entre en vigor esta Ley.

Si el monto a que se refiere el inciso a) es menor que el monto a que se refiere el inciso b), de esta fracción, la

diferencia se considerara utilidad sujeta al pago del impuesto sobre la renta y aplicaran a dicha utilidad la tasa

del 35%. Los contribuyentes adicionaran, en su caso, a la cuenta de utilidad fiscal neta, la utilidad

mencionada, disminuida del impuesto sobre la renta pagado por la misma.

Tratándose de contribuyentes que se dediquen a la agricultura, ganadería, pesca o silvicultura, el impuesto que

se determine conforme a este inciso se reducirá en los términos establecidos en los artículos 13 y 143 de la

Ley del Impuesto Sobre la Renta que se abroga.

Page 183: informe final para entregar

183

El impuesto determinado conforme a este inciso se enterara ante las oficinas autorizadas, en el mes siguiente a

aquel en que entre en vigor el presente articulo.

No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, los contribuyentes podrán no pagar el impuesto

correspondiente, siempre que inviertan un monto equivalente a la utilidad sujeta al pago del impuesto,

determinada conforme al primer párrafo de este inciso, en la adquisición de activos fijos que utilicen en su

actividad, para lo cual tendrán un plazo inicial de 30 meses, mismo que se podrá prorrogar por otro plazo

igual, previa autorización de las autoridades fiscales.

En el caso de que los contribuyentes no efectúen la inversión dentro del plazo señalado en el párrafo anterior,

deberán pagar el impuesto correspondiente, actualizado y con los recargos respectivos.

Si el monto a que se refiere el inciso a) es mayor que el monto a que se refiere el inciso b) que anteceden, la

diferencia se considerará como pérdida disminuirse de la utilidad fiscal o adicionarse de la utilidad fiscal o

adicionarse a la pérdida fiscal en los términos del capítulo VII del Título de esta Ley.”

Como podrá observarse, mediante esta disposición transitoria, se establece el procedimiento que deben aplicar

las personas físicas y morales, incluyendo las empresas Integradoras, que hasta 2001 tributaron en régimen

simplificado. Este procedimiento consiste en comparar la suma del capital de aportación actualizado, los

pasivos que no sean reservas y el saldo de la CUFIN, que se tienen al 31 de diciembre de 2001, contra el saldo

de los activos financieros a la misma fecha.

A continuación se muestran dos ejemplos:

Caso A Caso B

a) CUCA 150 100

Más:

Pasivos-sin reservas 20 10

Más:

CUFIN 10 20

TOTAL 180 130

b) Activos financieros 250 50

1) Diferencia a) menor que b) 70

2) Diferencia b) menor que a) 80

Page 184: informe final para entregar

184

En este caso, la diferencia se considera utilidad sujeta al pago del Impuesto Sobre la Renta, debiendo pagarlo,

las personas morales, a la tasa general y en el caso de las personas físicas aplicando la tarifa correspondiente.

Los contribuyentes dedicados a la ganadería, agricultura, pesca y silvicultura, podrán aplicar reducción del

impuesto.

Para efectuar dicho pago, las regla 3.8.2 de la resolución Miscelánea que estuvo vigente para este caso en

particular expresaba lo siguiente:

“3.8.2. Para los efectos de la fracción XVI del Artículo Segundo de las Disposiciones Transitorias de la ley

del ISR, publicadas en el D.O.F. el 1º. De enero de 2002, los contribuyentes que tributaron en el régimen

simplificado de conformidad con el Título II-A de la Ley del ISR vigente hasta el 31 de diciembre de 2001,

enterarán el ISR que en su caso resulte a su cargo en los términos de dicha disposición transitoria, en la forma

oficial 1-D contenida en el anexo 1 de la presente Resolución. El entero del impuesto se manifestará en la

carátula del formato en el renglón “a. IMPUESTO SOBRE LA RENTA clave 110002” y se deberá anotar

como período, en los recuadros correspondientes, el ejercicio de 2001, como sigue: 01 2001 12 2001.”

Sin embargo, podrán no pagar el impuesto correspondiente siempre que inviertan un monto equivalente a la

utilidad sujeta al pago del impuesto, en la adquisición de activos fijos que se utilicen en la actividad dentro de

un plazo de 30 meses, mismo que se podrá prorrogar por otro plazo igual, previa autorización de las

autoridades.

Esta diferencia se considerará como pérdida fiscal, la cual podrá disminuirse, en su caso, de la utilidad

fiscal hasta agotarse, dentro de los diez años siguientes al 2001. La redacción de esta disposición sólo

contempla esta amortización para las personas morales, y no así a las personas físicas, sin embargo, este

precepto fue aclarado por parte de las autoridades a través de las facilidades administrativas, aunque para las

integradoras no resulta aplicable esta disyuntiva por tratarse de personas morales.

Otro punto importante de esta disposición en que no se define lo que debe entenderse como “activos

financieros”, lo cual genera incertidumbre para los contribuyentes, ya que pudieran interpretar esta

disposición de una manera distinta a la apreciación de la autoridad, lo cual podría generar discrepancias en los

resultados obtenidos por ambas partes, en caso de una revisión, y que por consiguiente dichas discrepancias

requieran ser solventadas a través de un medio de defensa.

La única referencia fiscal que existe de este término se encuentra en la Ley del Impuesto Activo, sin embargo,

en estricto sentido dicha definición no sería aplicable para el caso en cuestión, aunque si nos da una referencia

de lo que se pudiera interpretar por el mismo.

Page 185: informe final para entregar

185

Ahora bien, con fecha 30 de diciembre de 2002 se publicó en el diario oficial de la Federación la DECIMA

Segunda Resolución de Modificadores a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2002, en la cual mediante la

regla 2.10.20 se establece lo siguiente:

“Para efectos de la fracción XVI del Artículo Segundo de las Disposiciones Transitorias de la Ley del ISR,

vigente a partir del 1º. de enero de 2002, se da a conocer el concepto de los términos, utilizados en dicha

fracción para la determinación de la utilidad o pérdida a que se refiere la misma.

Por lo que respecta a la información para determinar el saldo de los activos financieros, se deberán incluir,

entre otros, aquellos que se establecen en el artículo 40 de la Ley del IMPAC, inclusive las acciones emitidas

por personas morales resientes en el país, al 31 de diciembre de 2001.

La cuenta de capital de aportación, en donde se encuentran registradas las aportaciones de capital, debe de

estar constituida por el capital inicial a la fecha en la que el contribuyente comenzó a tributar en el régimen

Simplificado, adicionada con las aportaciones de capital realizadas y disminuida con las reducciones de

capital efectuadas. El saldo de la cuenta de capital de aportación debe estar actualizado por el período

comprendido desde el mes en el que se efectuó la última actualización hasta el mes de cierre del ejercicio

fiscal de que se trate. Si se realizaron aportaciones o reducciones posteriores a la actualización señalada, el

saldo que se tuviera a la fecha debe estar actualizado por el período comprendido desde el mes en el que se

realizó la última actualización hasta el mes en el que se efectuó la aportación o se dio la reducción, según

corresponda.

Los pasivos deben comprender a todas aquellas deudas y obligaciones a cargo de los contribuyentes que

tengan al 31 de diciembre de 2001, a excepción de las correspondientes a contribuciones.

En las reservas de pasivos, se deben considerar a todas aquellas cuentas que se crearon para considerar las

estimaciones, que no se hubieran definido en cuanto a beneficiarlo y monto.

Dichos conceptos también serán aplicables en el llenado de la información contenida en el anexo 19

“Determinación de la utilidad o pérdida fiscal según fracción XVI del Artículo Segundo transitorio” de la Ley

del ISR vigente a partir del 1º. De enero de 2002, del Formato Guía para la presentación del dictamen fiscal

de estados financieros, aplicable a los contribuyentes del régimen Simplificado por el ejercicio fiscal 2002,

que forma parte del SIPRED’2002.

Tratándose de los contribuyentes a que se refiere la multicitada fracción XVI, que hagan dictaminar sus

estados financieros por contador público autorizado, deberán informar, mediante NOTAS A LOS ESTADOS

FINANCIEROS, si optaron por invertir la utilidad sujeta al pago del impuesto, a que hace mención el inciso

c) de dicha fracción y, en su caso, sobre la adquisición en activos fijos que utilicen en su actividad, indicando

Page 186: informe final para entregar

186

la fecha de su adquisición, el monto, así como el tipo de bien en que se invirtió. Lo anterior, en el ejercicio en

el que se lleve a cabo dicha inversión, de acuerdo con la misma fracción. Asimismo, deberán adicionar una

nota después del índice 191100 del anexo citado en el párrafo anterior, en la que se indicará que el

contribuyente optó por invertir la utilidad sujeta al pago del impuesto, determinada conforme a la fracción

XVI del Artículo segundo Transitorio de la Ley del ISR de 2002.

Cuando los contribuyentes a que se refiere la fracción XVI, no opten por invertir la utilidad sujeta al pago del

ISR, el contador público autorizado en el informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente,

indicará la fecha y monto del entero del impuesto correspondiente y, en su caso, la actualización y los

recargos pagados”.

Como podrá observarse, esta disposición va más allá de lo establecido en la Ley del Impuesto Sobre la Renta,

imponiendo obligaciones adicionales, cuando la resolución Miscelánea no debe imponer obligaciones. Ante

todo esto, es importante evaluar los efectos fiscales que originaría aplicarlas y en su caso decidir acerca de la

postura que se tomará al respecto.

No obstante lo anterior, pudiéramos inferir el siguiente razonamiento respecto del procedimiento establecido

en la disposición transitoria antes citada:

Al comparar el saldo de la CUCA, los pasivos sin reservas y el saldo de CUFIN con el saldo de activos

financieros, se pretende cuantificar el monto de utilidades que no han pagado Impuesto Sobre la Renta y que

se generaron durante el tiempo en que se tributó en el Régimen Simplificado vigente hasta el 31 de diciembre

de 2001; y al mismo tiempo verificar si dichas utilidades se encuentran invertidas en activos duraderos

(activos fijos, gastos y cargos diferidos, gastos en períodos preoperativos, acciones, etc.) o se encuentran

disponibles de manera inmediata para los accionistas (efectivo, cuentas por cobrar, inversiones bancarias,

etc.). en la medida en que dichas utilidades se encuentren invertidas en el negocio de bienes de tipo

duradero, que en estricto sentido deben ser productivos para el contribuyente, entonces se genera un efecto

fiscal favorable, pudiendo inclusive resultar una pérdida (es decir, equivale a deducir de manera inmediata

dichas inversiones).

Por el contrario, si las utilidades generadas se encuentran en activos de disponibilidad inmediata para los

accionistas, entonces se tiene la obligación de pagar el Impuesto Sobre la Renta que se haya diferido,

pudiendo evitar dicho pago si se reinvierten estas utilidades en activos fijos durante los siguientes treinta

meses. Con esto se confirma el objetivo que persigue la autoridad, y la interpretación antes expuesta.

Page 187: informe final para entregar

187

Cabe señalar, que si por naturaleza propia, el contribuyente generó pérdidas en lugar de utilidades, es muy

probable que el resultado obtenido del cálculo objeto de análisis también sea una pérdida.

Ante todo esto, es importante que se analice cada caso en particular para evaluar los resultados obtenidos del

citado cálculo de salida del régimen Simplificado vigente hasta el 31 de diciembre de 2001, ya que

dependiendo de la situación financiera de cada contribuyente, serán los resultados que se obtengan, y en su

caso las medidas que puedan adoptarse para minimizar el efecto fiscal negativo originado por dicho cálculo.

No debemos también perder de vista que el procedimiento establecido en las disposiciones transitorias de la

nueva Ley del Impuesto Sobre la Renta, es distinto al que contenía la Ley del mismo impuesto vigente hasta

el 31 de diciembre de 2001, y aunque en esencia se busca obtener el mismo objetivo expuesto en los párrafos

precedentes, los resultados pueden ser totalmente distintos aplicando un procedimiento u otro, por lo que vale

la pena evaluar ambos resultados para definir cuál conviene al contribuyente, y con ello evaluar si se está

todavía en posibilidades de decir cuál aplicar.

A manera de referencia se cita el artículo 67-G de la Ley del Impuesto sobre la Renta vigente al 31 de

diciembre de 2001, el cual contenía el procedimiento anterior:

“cuando los contribuyentes dejen de cumplir con los requisitos para tributar conforme a este Título, entren en

liquidación o se fusionen, estarán a lo siguiente:

Considerarán el capital contable actualizado que expresen en el estado de posición financiera formulado a la

fecha en que dejen de pagar el impuesto conforme al régimen simplificado adicionándole cualquier provisión

no deducible conforme a esta Ley, pendiente de pago a dicha fecha y cuyo desembolso no corresponda al

ejercicio a partir del cual dejen de tributar conforme al régimen simplificado, a excepción de las provisiones

creadas para el pago del propio impuesto del ejercicio.

Para los efectos de esta fracción, los contribuyentes pod4án no considerar en su capital contable el efecto de la

aplicación del método de participación a que se refieren los principios de contabilidad generalmente

aceptados por sus inversiones realizadas en sus sociedades subsidiarias y asociadas en las que participen

directa o indirectamente, siempre que en el saldo de la cuanta de capital de aportación que determinen en los

términos de la fracción II de este artículo no se incluya dicho efecto contable.

La cuenta de capital de aportación se constituirá con el capital inicial a la fecha en que inicie el ejercicio en

que se comience a pagar el impuesto conforme a este Título, adicionada con las aportaciones de capital

realizadas por los socios o accionistas y disminuida con las reducciones de capital que se efectúen.

Page 188: informe final para entregar

188

El saldo de la cuenta prevista en el párrafo anterior que se tenga al día del cierre de cada ejercicio se

actualizará por el período comprendido desde el mes en que se efectuó la última actualización hasta el mes de

cierre del ejercicio de que se trate. Cuando se efectúen aportaciones o reducciones de capital con

posterioridad a la actualización prevista en este párrafo, el saldo de la cuenta que se tenga a esa fecha se

actualizará por el período comprendido desde el mes en que se efectuó la última actualización hasta el mes en

que se pague la aportación o el reembolso, según corresponda. Asimismo, en el momento en que se deje de

tributar conforme a este Título, el saldo de la cuenta que se tenga a esa fecha se actualizará por el período

comprendido desde el mes en que se efectuó la última actualización hasta el mes en que se dejó de tributar

conforme a dicho Título.

Al saldo de la cuenta de capital de aportación que tengan a la fecha en que se dejen de pagar el impuesto

conforme a este Título, se fusionen o entren en liquidación, se adicionarán las cantidades siguientes:

El saldo contable pendiente de depreciar y de amortizar de las inversiones que el contribuyente hubiera tenido

a la referida fecha. En ningún caso el contribuyente podrá deducir, conforme a lo previsto por la Sección III

del Capítulo II del Título II de esta Ley, este saldo.

El incremento, que en su caso, hubieran tenido sus inventarios en el periodo comprendido entre la fecha de su

incorporación al régimen simplificado y la fecha en que dejen de pagar el impuesto conforme a dicho

régimen.

Cuando el monto obtenido conforme a la fracción I de este artículo sea mayor al monto obtenido conforme a

la fracción II del mismo, los contribuyentes considerarán la diferencia entre ambos conceptos como saldo

inicial de la cuenta de utilidad pendiente de gravamen. Dicho saldo podrá ser disminuido, en su caso, con la

totalidad de las pérdidas fiscales actualizadas pendientes de disminuir de ejercicios anteriores al de

incorporación al régimen simplificado que el contribuyente hubiera tenido derecho a disminuir de sus

utilidades fiscales a la fecha de incorporación a dicho régimen.

Las pérdidas fiscales de ejercicios anteriores que se disminuyan del saldo inicial de la cuenta de utilidad

pendiente de gravamen no podrán ser disminuidas de las utilidades fiscales en los términos del artículo 55 de

esta Ley.

El saldo de la cuenta de utilidad pendiente de gravamen que resulte después de disminuir conforme al primer

párrafo de está fracción las pérdidas fiscales actualizadas pendientes de disminuir de ejercicios anteriores al

de incorporación al régimen simplificado, deberá actualizarse al día del cierre de cada ejercicio, por el período

comprendido desde el mes en que se efectuó la última actualización hasta el mes de cierre del ejercicio de que

se trate. Cuando se efectúen retiros por distribución de utilidades con posterioridad a la actualización

prevista en este párrafo, el saldo de la cuenta que se tenga a esta fecha se actualizará por el período

Page 189: informe final para entregar

189

comprendido desde el mes en que se efectuó la última actualización hasta el mes en que se realice la citada

distribución.

La utilidad se entenderá percibida cuando con posterioridad a la fecha en que dejaron de tributar en el

régimen simplificado se efectúen retiros de utilidades, debiendo pagar el impuesto que resulte de aplicar a

dichas utilidades la tasa contenida en el primer párrafo del artículo 10 de esta ley. Los dividendos, utilidades

o rendimientos que se distribuyan deberán hacerse con cargo al saldo de la referida cuanta hasta agotarla.

Los contribuyentes que tengan derecho a la reducción del impuesto a su cargo conforme a lo establecido en el

artículo 13 de esta Ley, podrán aplicar la reducción correspondiente al impuesto que deban pagar en los

términos de este párrafo, para lo cual considerarán que los dividendos, utilidades o rendimientos que se

distribuyan con cargo al saldo de la cuenta de utilidad pendiente de gravamen provienen de la actividad por la

que se puede efectuar la reducción, en la misma proporción que los ingresos obtenidos por el contribuyente

por esa actividad en el ejercicio inmediato anterior a aquél en que los distribuya representen respecto del total

de los ingresos obtenidos en el mismo ejercicio.

Los rendimientos, utilidades o dividendos que distribuyan los contribuyentes en los términos del párrafo

anterior no estarán sujetos al pago del impuesto previsto en el artículo 10-A de esta Ley, siempre que respecto

de los mismos enteren el impuesto que corresponda conforme a dicho párrafo, el cual tendrá el carácter de

pago definitivo.

Cuando el monto obtenido conforme a la fracción I de este artículo sea menor al monto obtenido conforme a

la fracción II, los contribuyentes consideran la diferencia entre ambos conceptos como una pérdida fiscal, la

cual podrá disminuirse de la utilidad fiscal o adicionarse a la pérdida fiscal que se determine a partir del

ejercicio en que se comience a tributar conforme al Título II de esta Ley. Para estos efectos deberán

observarse las disposiciones establecidas en el Capítulo III del Título II.

Las pérdidas fiscales actualizadas a que se refiere el artículo 55 de esta Ley, que en los términos de la fracción

III de este artículo no pudieron disminuirse del saldo inicial de la cuenta de utilidad pendiente de gravamen

por exceder de dicho saldo, se podrán disminuir de las utilidades fiscales que obtengan a partir del ejercicio en

que se comience a pagar el impuesto conforme al título II de esta Ley. Para efectos del cómputo del plazo de

disminución de pérdidas fiscales a que se refiere el citado artículo 55, los contribuyentes no deberán

considerar los ejercicios durante los cuales tributaron conforme al régimen que establece este Título.

Los contribuyentes que dejen de tributar en los términos de este Título para hacerlo de conformidad con el

Título II esta Ley no estarán obligados a efectuar pagos provisionales en el ejercicio en que esto suceda, sin

embargo, aquellos que lo hagan antes del séptimo mes del ejercicio estarán obligados a calcular y enterar el

ajuste en los términos del artículo 12-A de la propia Ley, por los meses a partir de los cuales empezaron a

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190

tributar conforme el Título II, debiendo considerar como último mes de la primera mitad del ejercicio el mes

de junio.

La parte del saldo de la cuenta de utilidad fiscal neta actualizada que hubieran llevado antes de tributar

conforme al régimen simplificado y que no haya sido distribuida durante el período en que tributaron

conforme al citado régimen se podrá adicionar por una sola vez a la cuenta de utilidad fiscal neta en los

ejercicios siguientes. El período de actualización a que se refiere esta fracción será desde el mes en que se

efectuó la última actualización hasta el mes en que se adicione a la cuenta de utilidad fiscal neta la parte del

saldo antes mencionado.

Para los efectos de este artículo la información a que el mismo se refiere deberá provenir de los estados

financieros que se elaboren conforme a los principios de contabilidad generalmente aceptados.”

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191

3.3.2.1 EJEMPLO

LA MEJOR DE TODAS S.A DE C.V.

Se realiza convenio de mandato para la compra de materia prima llevándose acabo la cotización por la

cantidad de $130,521.74 más IVA.

Se envía deposito a la cuenta de la integradora la aportación cada socio por $37,525.00 cada uno.

Se elabora cheque a nombre del proveedor por $150,100.00.

Se elabora relación de M.P. comprada a cuenta de los socios y se manda copia por el importe de $32,630.44 al

socio “A” y “B” de $32,630.43 a los otros.

.Se realiza facturas por los socios especializados por $3,752.50 cada uno más IVA.

Se cobran los servicios especializados.

Se recibe mercancía en consignación de artículos terminados por un total de $255,000.00.

Se realiza la venta de productos terminados por un total de $255,000.00.

Se cobra la venta y se liquida a cada socio lo vendido a cuenta de cada socio.

Se realiza facturas por los servicios especializados como sigue (no incluye IVA):

Socio A 12,000.00

Socio B 9,000.00

Socio C 8,250.00

Socio D 9,000.00

Se cobran los servicios especializados.

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192

Se registran intereses bancarios por $100.00 una retención de ISR de $5.00 y comisiones de $20.00 más IVA.

Se facturan servicios especializados al socio “A” por $5,000.00 más IVA.

Se lleva acabo gastos de la integradora como siguen:

IMPORTE IVA TOTAL

Honorarios 10,000.00 1,500.00 11,500.00

Sueldos 5,000.00 5,000.00

IMSS 1,418.34 1,418.34

R. y Cesantía 446.82 446.82

INFONAVIT 522.60 522.60

2% sobre nomina 200.00 200.00

17,587.76 1,500.00 19,087.76

Se realiza compra de papelería por $345.00 más IVA los cuales se pagan al siguiente mes.

LA MEJOR DE TODAS S.A DE C.V.

PÓLIZAS ENERO 2005

CONCEPTO PARCIAL DEBE HABER

1

ALMACÉN 130,521.74

Materia prima

IVA ACREDITABLE 19,578.26

IVA de asociados

PROVEEDORES 150,100.00

Convenio de compra de Materias primas

2

BANCOS 150,100.00

Bancomer

ASOCIADOS 150,100.00

Socio A 37,525.00

Socio B 37,525.00

Socio C 37,525.00

Socio D 37,525.00

Page 193: informe final para entregar

193

Aportaciones de los socios para compra de Materia prima

3

PROVEEDORES 150,100.00

BANCOS 150,100.00

Bancomer

Pago de proveedores

4

ASOCIADOS 150,100.00

Socio A 37,525.00

Socio B 37,525.00

Socio C 37,525.00

Socio D 37,525.00

ALMACÉN 130,521.74

Materia prima

IVA ACREDITABLE 19,578.26

IVA de asociados

Distribución de mercancía proporcional a

los asociados

CONCEPTO PARCIAL DEBE HABER

5

CLIENTES 15,010.00

Socio A 3,752.50

Socio B 3,752.50

Socio C 3,752.50

Socio D 3,752.50

Page 194: informe final para entregar

194

IVA POR PAGAR 1,957.83

IVA pendiente de cobro

INGRESOS 13,052.17

Servicios

Facturación de servicios especializados

6

BANCOS 15,010.00

Bancomer

CLIENTES 15,010.00

Socio A 3,752.50

Socio B 3,752.50

Socio C 3,752.50

Socio D 3,752.50

IVA POR PAGAR 1,957.83

IVA pendiente de cobro

IVA POR PAGAR 1,957.83

IVA por pagar cobrado

Cobro de servicios especializados

7

ALMACÉN 255,000.00

Artículos terminados

ASOCIADOS 255,000.00

Socio A 80,000.00

Socio B 60,000.00

Socio C 55,000.00

Socio D 60,000.00

Se realiza convenio de Consignación de

mercancía para venta

Page 195: informe final para entregar

195

CONCEPTO PARCIAL DEBE HABER

CLIENTES 439,875.00

El surtidor 439,875.00

IVA POR PAGAR ASOCIADOS 57,375.00

IVA Asociados

INGRESOS 382,500.00

Ventas asociados

COSTO DE VENTAS DE ASOCIADOS 255,000.00

ALMACÉN 255,000.00

Artículos terminados

Facturación de productos en consignación

de asociados y salida de Almacén

9

BANCOS 439,875.00

Bancomer

CLIENTES 439,875.00

El surtidor

Se cobro el importe de la venta total

10

IVA POR PAGAR ASOCIADOS 57,375.00

IVA Asociados

INGRESOS 382,500.00

Ventas asociados

BANCOS 439,875.00

Page 196: informe final para entregar

196

Bancomer

Liquidación de los ingresos

correspondientes a la venta de los asociados

11

ASOCIADOS 255,000.00

Socio A 80,000.00

Socio B 60,000.00

Socio C 55,000.00

Socio D 60,000.00

COSTO DE VENTAS DE ASOCIADOS 255,000.00

CONCEPTO

PARCIAL

DEBE

HABER

CLIENTES 38,250.00

Socio A 12,000.00

Socio B 9,000.00

Socio C 8,250.00

Socio D 9,000.00

IVA POR PAGAR 4,989.13

IVA pendiente de cobro

INGRESOS 33,260.87

Servicios

Facturación de servicios especializados

13

BANCOS 38,250.00

Bancomer

CLIENTES 38,250.00

Socio A 12,000.00

Socio B 9,000.00

Socio C 8,250.00

Socio D 9,000.00

IVA POR PAGAR 4,989.13

Page 197: informe final para entregar

197

IVA pendiente de cobro

IVA POR PAGAR 4,989.13

IVA por pagar cobrado

Cobro de servicios especializados

14

BANCOS 100.00

Bancomer

IMPUESTOS A FAVOR 5.00

ISR Retenido

PRODUCTOS FINANCIEROS 105.00

Intereses banco

GASTOS FINANCIEROS

Comisiones bancarias 200.00

IMPUESTOS A FAVOR 30.00

IVA acreditable pagado

BANCOS 230.00

Bancomer

CONCEPTO

PARCIAL

DEBE

HABER

15

CLIENTES 5,000.00

Socio A 5,000.00

IVA POR PAGAR 652.17

IVA pendiente de cobro

INGRESOS 4,347.83

Servicios

Facturación de servicios especializados de

Page 198: informe final para entregar

198

asesoria

16

GASTOS ADMINISTRACION 17,587.76

Sueldos 10,000.00

Honorarios 5,000.00

IMSS 1,418.34

R. Y CESANTIA 446.82

INFONAVIT 522.60

2 % sobre nomina 200.00

IMPUESTOS A FAVOR 1,500.00

IVA acreditable pagado 1,500.00

IMPUESTOS POR PAGAR 4,887.76

2 % sobre nomina 200.00

ISPT 300.00

IMSS 1,418.34

R. Y CESANTIA 446.82

INFONAVIT 522.60

Retención ISR 1,000.00

Retención IVA 1,000.00

BANCOS

Bancomer 14,200.00

Gastos del mes de noviembre por

remuneraciones

17

GASTOS ADMINISTRACION 345.00

Papelería

IMPUESTOS A FAVOR 51.75

IVA acreditable pendiente de pago

PROVEEDORES 396.75

Todo en papelería

Provisión de gastos administrativos

Page 199: informe final para entregar

199

LA MEJOR DE TODAS S.A DE C.V.

PAGOS PROVISIONALES DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA

CONCEPTO May-05

INGRESOS 50,660.87

INTERESES 105.00

INGRESOS ACUM.NOMINALES 50,765.87

COEFIC. DE UTILIDAD 0.0395

UTILIDAD FISCAL PREVIA 2,005.25

PERDIDAS ACTUALIZ. 732.12

BASE DEL PAGO PROV. 1,273.13

TASA DE I.S.R. 0.30

ISR CAUSADO DEL PERIODO 381.94

PAGOS PROV. ANTERIORES 0.00

RETENCIONES DE BANCOS 5.00

PP. DE ISR 376.94

PP . DE IMPAC 231.15

MAYOR ENTRE LOS 2: ISR

PP EL MAYOR 377

Page 200: informe final para entregar

200

LA MEJOR DE TODAS S.A DE C.V.

CALCULO ANUAL DE ISR

CONCEPTO TOTALES

INGRESOS 151,982.61

INTERESES 315.00

AJUSTE ANUAL 751.70

INGRESOS ACUMULABLES 153,049.31

GASTOS DE ADMINISTRACION 53,798.28

GASTOS FINANCIEROS 600.00

DEDUCCIONES AUTORIZADAS 54,398.28

UTILIDAD FISCAL 98,651.03

PERDIDA FISCAL 732.12

RESULTADO FISCAL 97,918.91

TASA ISR 30%

IMPUESTO DEL EJERCICIO 29,375.67

PAGOS PROVISIONALES 1,570.00

RETENCIONES ISR 15.00

IMPUESTO A CARGO DEL EJERCICIO 27,790.67

Page 201: informe final para entregar

201

CAPÍTULO IV

CASO PRACTICO

Page 202: informe final para entregar

202

4.1 ANTECEDENTES DE LA EMPRESA INTEGRADORA

La Empresa Integradora, se denomina Integradora Administrativa y Comercial, S, A. de C.V., con domicilio

en Tlalnepantla, estado de México, se constituye en el mes de octubre de año 2000, y esta conformada por

cuatro integrantes, tres personas morales y una persona física, el objeto social de la empresa integradora es

promover la integración organizada de empresas preferentemente micros, pequeñas y medianas, cuyo

principal objeto, sea la fabricación, diseño asesoría, comercialización e instalación de maquinaria, equipo

refacciones y sus partes, para la producción de todo tipo de piezas y partes de plásticos y demás servicios

relacionados con la industria del plástico y el poliuretano, según consta en su acta constitutiva.

Este grupo de empresas que de alguna manera ya tenían relación directa entre sí, antes de decidir formar una

empresa integradora, formaban parte de un grupo empresarial y tendiendo como socio mayoritario a un

mismo socio, la persona física que también se integra a la empresa integradora, la idea de formar una empresa

integradora surge de un grupo de asesores fiscales que manejaban los aspectos contables y fiscales de los

cuatro integrantes, y manejan una estrategia para el grupo que era que si las operaciones del cada integrante se

llevaban acabo en una sola empresas especializada en servicios administrativos habría un mejor control y se

lograría complementar cada una de las empresas, también se aprovechará los beneficios fiscales que la

empresa integradora tendría.

Una vez que se crea la empresa integradora, esto es en Octubre de 2000, empieza a tener una serie de

complicaciones para ponerse de acuerdo como y cuando empezarían a gozar de los beneficios de la nueva

forma de trabajar, unos de los problemas fue la distancia que había entre el domicilio de cada integrante, pues

dos de las empresas tenían sus oficinas en la condesa, una en Tlalnepantla y la persona física casi todo el

tiempo se la pasa viajando en plan de negocios.

Han pasado cuatro años desde que se formo un plan de trabajo, una estrategia de negocio que no ha podido

arrancar. Actualmente la empresa integradora se mantiene con cuotas esporádicas que dan sus integrantes para

que no tenga sus cuentas bancarias sin saldo, por otro lado sus integrantes siguen operando por cuenta propia,

y hacen sus propias declaraciones.

La empresa integradora se encuentra registrada ante la Secretaria de Economía y ante la Secretaria de

Hacienda, como empresa integradora, presenta sus declaraciones como régimen simplificado, por las

operaciones que tiene.

Page 203: informe final para entregar

203

Por lo que respecta a sus integrantes, una se dedica a fabricar piezas de plástico que se integran a mubles

oficina, y ventanas de plástico y en general cualquier pieza de plástico que comercializa con empresas bien

establecidas, aunque el área de plásticos solo es para mantener los flujos de efectivo necesarios para los gastos

fijos, ya que su principal negocio es la fabricación de dispositivos industriales principalmente herramentales

para la las empresas que se dedican a la industria de la refrigeración e inyección de poliuretano, esta empresa

ha fabricado por citar algún ejemplo desde un dispositivo para evitar la emisión de humo a la atmósfera hasta

un dispositivo para que una mover cosas muy pesadas dentro de una fabrica o un molde para fabricar las

suelas de Zapatos por mencionar algunos, las otras dos empresas que en un inicio tenían sus operaciones y

clientes propios, por las necesidades de la fabrica han tenido que ceder a su personal, tanto administrativo

como operativo, de tal manera que dependen en un cien por ciento de los que produce la fabrica, la persona

física, sigue siendo ocupa el cargo de directos general de la fabrica y se encarga de conseguir de hacer los

negocios con los clientes, no tiene honorarios fijos por los servicios que presta, y recibe ingresos por

arrendamiento, tanto de personas distintas al grupo como de la renta del terreno de la fabrica.

Como la empresa integradora no tiene movimientos por cuenta de sus integrantes, por que estos llevan acabo

sus operaciones por cuenta propia, la empresa integradora presente información de sus integrantes en cero y

por las cuotas que de vez en cuando cobra presenta sus declaraciones únicamente por estas operaciones. Con

la finalidad de conocer algunos aspectos interesantes que para este caso hemos analizado este caso a fin de

hacer una propuesta que puede servir a este grupo de empresas y a la empresa integradora

4.2. CREACIÓN DE LA EMPRESA INTEGRADORA

Para la constitución de esta empresa integradora se llevan acabo una serie tramites y procedimientos que

hemos tratado de dar a conocer en nuestro caso practico. El primer paso fue juntar a los socios que en este

caso ya, de alguna manera trabajaban en grupo, el segundo paso fue convencerlos de formar una empresa

integradora, trabajo que tuvieron que hacer los asesores mediante el siguiente trabajo que realizaron y que

sirvió también para presentar a la Secretaria de Comercio y Fomento Industrial, hoy Secretaria de Economía.

PROYECTO DE BIABILIDAD

Proyecto de viabilidad presentado por el grupo de empresas que conforman a la empresa integradora en el

mes de Octubre de año 2000 y que fue aprobado por la entonces Secretaria de Comercio y Secretaria de

Economía en el proyecto se encuentra definido el contexto empresarial en el que se desenvuelve cada socio

así como el plan de negocios que se pretende desarrollar al formar una empresa integradora.

1. Socios Potenciales

a) Personas Físicas y morales.

Page 204: informe final para entregar

204

En este proyecto de integración, participan 3 personas morales y una persona física, que serán los socios

fundadores de la empresa "Integradora Administrativa y Comercial, S. A. de C. V.". En el corto plazo, este

grupo empresarial tiene programado incorporar nuevos socios dedicados a la fabricación de maquinaria y

equipo para la inyección de poliuretano y plástico.

B) Empresas de nueva creación en operación

La información contenida en el siguiente cuadro, señala que se trata de un grupo de empresas que están

participando en el mercado de la maquinaria y equipo para inyección de plásticos y poliuretano.

Razón Social o Persona Física

Fecha de Inicio de Actividad

Años Operando

1.- Industrias Especializadas, S.A. de C.V. 28 -Enero- 1991 15

2.- Incorporaciones, S.A. de C.V. 11 -Septiembre- 1992 13

3. Administración, S.A. de C.V. 22 -Marzo- 2000 5 4. Ingeniero Armando Martínez Martínez 28 -Enero- 1991 15

C) Empresas con un proyecto conjunto de negocios

El proyecto de integración del Grupo, como se podrá observar en el Plan de Negocios que se presenta, tiene

entre sus objetivos incrementar y mejorar la participación actual en el mercado de la fabricación, diseño,

asesoría, comercialización e instalación de maquinaria, equipo, refacciones y sus partes, para la producción de

todo tipo de piezas y partes de plástico, poliuretano y demás materiales susceptibles de transformación en la

zona Centro del país, principalmente en los estados de México, Querétaro y el Distrito Federal.

D) Aparición de Nuevos Consumidores

Paralelamente al gran reto que significa manejar el avance de la tecnología, los empresarios de Industrias

Especializadas, S. A. de C. V., Incorporaciones, S. A. de C. V., Administración, S. A. de C. V., y la persona

física Ingeniero Armando Martínez Martínez, se enfrentan a grandes oportunidades, la posibilidad de

incrementar su participación en el mercado de la maquinaria, equipo, refacciones y sus partes, para la

producción de todo tipo de piezas y partes de plástico, poliuretano y demás materiales susceptibles de

transformación. Asimismo, se cuenta con la posibilidad de entrar en diferentes áreas con el objetivo de

desarrollar mercados nuevos. Esto puede realizarse evaluando y satisfaciendo las necesidades de una demanda

latente que emana de los nuevos núcleos de población.

Page 205: informe final para entregar

205

Se crea una nueva demanda a medida que la población progresa de la mera subsistencia, al nivel

relativamente holgado del empleo en los centros industriales, comerciales y de servicios del país. Aunque el

proceso es gradual, en esta década se ha visto acelerar rápidamente en muchos campos, lo cual ha traído como

resultado que surjan nuevos consumidores en el mercado. Para estos empresarios de la fabricación, diseño,

asesoría comercialización e instalación de maquinaria, equipo, refacciones y sus partes, para la producción de

todo tipo de piezas y partes de plástico, poliuretano y demás materiales susceptibles de transformación, que se

preparan para capitalizar la tecnología y la utilización de la gama total de factores de comercialización para

hacer frente a estos nuevos mercados, estas oportunidades son interesantes y representan ganancias

potenciales.

Es obvio que no es suficiente mejorar un nuevo producto o percatarse de la necesidad de un consumidor o de

un mercado; lo que se requiere es un Plan de Negocios que en su estrategia de comercialización, contenga los

mecanismos necesarios para presentar los productos (muchos de los cuales son nuevos) a los mercados, de tal

forma que las ventas, tanto como inmediatas como a largo plazo, sean un éxito.

Por lo tanto los empresarios de este proyecto de inversión desarrollarán un método o sistema suficientemente

detallado que se ajuste a las características del mercado, coherente en él todo y en la combinación de sus

partes esta estrategia debe responder adecuadamente al reto de la tecnología moderna, a las presiones

competitivas intensivas y a los nuevos mercados que surjan.

2. Condiciones del ámbito empresarial

Actualmente la rama de la fabricación, diseño, asesoría, comercialización e instalación de maquinaria, equipo,

refacciones y sus partes, para la producción de todo tipo de piezas y partes de plástico, poliuretano y demás

materiales susceptibles de transformación, enfrentan una intensa competencia internacional, por lo que las

empresas nacionales deben competir con todos los instrumentos a su alcance y sobretodo con los que el

Gobierno Federal proporciona. Este grupo de empresas:

Industrias Especializadas, S. A. de C. V., Incorporaciones, S. A. de C. V., Administración, S.A. de C.V. y la

persona física Ingeniero Armando Martínez Martínez, han decidido, sumarse a los esfuerzos que se realizan

para competir exitosamente en el mercado nacional, para ello ha decidido invertir capital y esfuerzos para

formar una empresa integradora, contemplando los puntos siguientes:

El esquema de integración de cadenas productivas persigue la eficiencia en el proceso productivo, en este

caso en la rama de la fabricación, diseño, asesoría, comercialización e instalación de maquinaria, equipo

refacciones y sus partes, para la producción de todo tipo de piezas y partes de plástico, poliuretano y demás

materiales susceptibles de transformación, sobre la base de pequeñas escalas productivas de integración, con

Page 206: informe final para entregar

206

el objeto de obtener bienes y servicios de calidad y precio competitivo, lo que les favorece la concurrencia al

mercado.

Debido a la creciente competencia, es conveniente dar flexibilidad operativa a las empresas integradoras, a

efecto de que puedan comprar y vender por cuenta de sus asociadas, con lo que lograrán una mejor posición

negociadora en el mercado.

Como consecuencia de la globalización, resulta importante obtener el rendimiento máximo de la capacidad

productiva que aglutina la sociedad, por lo que es conveniente permitir que la empresa integradora

comercialice una proporción de sus bienes y servicios entre terceros.

Presencia de un líder

En este caso, el líder del grupo de empresas a integrar formalmente es el Ingeniero Armando Martínez

Martínez, el cual tiene una vasta experiencia en el medio en que se desenvuelven las empresas Industrias

Especializadas, S. A. de C. V.C. Incorporaciones, S. A. de C. V., Administración, S. A. de C. V. Además de

que se trata de un grupo de empresarios de reconocido prestigio y que en todos los proyectos de inversión que

han emprendido, registran resultados exitosos. Por lo que ahora emprenden este proyecto de inversión para la

integración de cadenas productivas en el ámbito de la fabricación, diseño asesoría comercialización e

instalación de maquinaria equipo refacciones y sus partes, para la producción de todo tipo de piezas y partes

de plástico, poliuretano y demás materiales susceptibles de transformación.

Cohesión de Grupo

Como se puede observar en el Plan de Negocios que se presenta, se trata de un grupo de empresas

correlacionadas entre sí, para abastecer el mercado de las industrias dedicadas a la producción de artículos de

línea blanca de uso en el hogar, comercio y servicios, así como de partes de plástico y poliuretano para las

industrias automotriz y la de muebles, por lo que para mantenerse en dichos mercados, desde el inicio de

operaciones han respondido a una cohesión planeada, condición para su éxito actual.

Plan de Negocios que sustente la integración

Adjunto al presente, se presenta a consideración de la Secretaria de Economía el Plan de Negocios de la

Integradora Administrativa y Comercial, S. A. de C. V., mismo que contiene la planeación necesaria para

evaluar la viabilidad económica y financiera del proyecto, así como el contrato social con estatutos, que será

la base jurídica, por medio de la cual se dota de patrimonio y personalidad propios a la integradora.

Page 207: informe final para entregar

207

Compromiso explícito del representante de los socios para cumplir con los objetivos del plan de negocios

C.P. Ricardo Javier Moreno Y Gómez Delegado federal de la Secretaria de Comercio y fomento Industrial en

el Distrito Federal

Presente

En representación del grupo de empresas: Industrias Especializadas, S. A. de C. V., Incorporaciones, S. A. de

C. V., Administración, S. A. de C. V., y la persona física Ingeniero Armando Martínez Martínez, que

pretenden constituir y operar una empresa integradora que se denominará Integradora Administrativa y

Comercial, S.A. de C.V., conscientes del alcance y responsabilidad que representa este proyecto, por medio

del cual se puede tener acceso a apoyos institucionales que permiten participar competitivamente en el

mercado nacional de la fabricación, diseño, asesoría, comercialización e instalación de maquinaria, equipo,

refacciones y sus partes, para la producción de todo tipo de piezas y partes de plástico, poliuretano y demás

materiales susceptibles de transformación, manifestó por medio de la suscripción de este documento, el

compromiso explícito por parte de las empresas mencionadas, de apoyar y seguir solidariamente las líneas de

acción del Plan de Negocios de la integradora, así como cumplir con las cláusulas y estatutos que la regirán y

que se señalan en el proyecto de contrato social que le otorgará personalidad jurídica propia.

Sin otro particular, agradecemos a usted la atención que se sirva prestar a nuestra solicitud.

Atentamente

Ingeniero Armando Martínez Martínez

Representante Legal del grupo Integradora Administrativa y Comercial

Las expectativas de la rentabilidad de este plan

La Integradora Administrativa y Comercial, percibirá ingresos exclusivamente por concepto de cuotas

comisiones y prestación de servicios a sus integradas.

Por otra parte, con base en lo que se señala en el Artículo 5o. del Decreto que modifica al diverso que

promueve la organización de Empresas Integradoras, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 30

de mayo de 1995 esta empresa, Integradora Técnica, Administrativa y Comercial, S. A. de C. V., tiene la

opción de acogerse al Régimen Simplificado de las Personas Morales que establece la Ley del Impuesto

Sobre la Renta, por un período de diez años, y a la Resolución que otorga facilidades administrativas a los

contribuyentes que en la misma se señalan, a partir del inicio de sus operaciones.

Page 208: informe final para entregar

208

AI acogerse a las facilidades antes mencionadas, la Integradora estará en la posibilidad de realizar

operaciones comerciales a nombre y por cuenta de: Industrias Especializadas, S. A. de C. V., Incorporaciones,

S. A. de C. V. Administración, S. A. de C. V., y la persona física Ingeniero Armando Martínez Martínez

cumpliendo con los requisitos que, mediante reglas de carácter general, emite la Secretaría de Hacienda y

Crédito Público.

Asimismo, como se puede observar que en las proyecciones financieras por un periodo de tres años, se tiene

programado obtener ingresos por otros conceptos, teniendo especial cuidado para que representen como

máximo el 10% de los ingresos totales por año, de la Empresa Integradora, como se señala en la fracción V

del artículo 4° del Decreto de Empresas Integradoras.

G) EL grupo de empresas cuenta con una estructura orgánica y operativa para atender sus negocios

Las empresas Industrias Especializadas, S. A. de C. V., Incorporaciones, S. A. de C. V., Administración, S. A.

de C. V., y la persona física Ingeniero Armando Martínez Martínez, que mediante este acto se integran, se

enfrentan y desarrollan dentro de un mercado altamente competido, tanto a nivel nacional como internacional

por lo tanto requieren necesariamente una estructura orgánica y operativa que responda a las necesidades del

mercado.

Cabe mencionar que las estructuras de las empresas Industrias Especializadas, S. A. de C. V.,

Incorporaciones, S. A. de C. V., Administración, S. A. de C.V., cuentan cada una con una plantilla de mano

de obra, mandos medios y superiores, de acuerdo con su nivel de operaciones, esto es, cuentan con Director

General, Gerentes supervisores analistas, un grupo de fuerzas de ventas con alta capacidad vendedora, así

como un grupo importante de auxiliares de oficina que respaldan todas las operaciones mercantiles del Grupo.

Capital Humano

Integradas No. de Empleados

1. Industrias Especializadas, S. A. de C. V. 100 (mediana industria)

2. Incorporaciones, S. A. de C. V. 35 (pequeña empresa de servicios)

3. Administración, S. A. de C. V. 20 (pequeña empresa de comercio)

4. Ing. Armando Martínez Martínez 2 (micro empresa de comercio)

1. Detección de las necesidades de las empresas asociadas

Page 209: informe final para entregar

209

Mediante una investigación directa y la evaluación de las operaciones mercantiles de cada una de las

empresas del grupo, se detectaron las siguientes necesidades:

- Requieren de un organismo coordinador que concentre y distribuya los pedidos o requerimientos de los

clientes para racionalizar la producción, comercialización y distribución de materias primas, insumos y

producto terminado (maquinaria y equipo).

- Necesitan de una coordinadora para evitar la duplicación de inversiones, principalmente en bienes de capital.

- Supervisar las operaciones de Industrias Especializadas, S. A. de C. V., Incorporaciones, S. A. de C. V.

Administración, S. A. de C. V., y la persona física Ingeniero Armando Martínez Martínez y la aplicación de

recursos financieros, así como el buen desempeño de cada una de las empresas integradas.

- Una constante mejora en el diseño de sus productos e innovación, para mantenerse o participar en nuevos

nichos del mercado.

2. Identificación de las debilidades y fortalezas de las empresas asociadas

Debilidades

Requieren adquirir moderno equipo de diseño, así como maquinaria y equipo nuevos para el proceso de

fabricación e instalación de maquinaria, equipo, refacciones y sus partes, para la producción de piezas y de

plástico, poliuretano y demás materiales susceptibles de transformación, que representa una inversión alta.

Las empresas del grupo operan de manera independiente, situación que representa una limitación en el

crecimiento de cada una de ellas, ya que la sinergia del grupo que se puede desarrollar al asociarse, no se

concreta.

Constantemente se requieren cargadores frontales y grúas pequeñas y grandes para el manejo y traslado de

materias primas, químicos e insumos, así como para la distribución de la maquinaria, equipo, refacciones y

sus partes, para la producción de todo tipo de piezas y partes de plástico, poliuretano.

No cuenta con suficientes inventarios para satisfacer los requerimientos de sus clientes, ya que son sobre

diseño y pedidos específicos.

Page 210: informe final para entregar

210

Fortalezas

Industrias Especializadas, S. A. de C. V., Incorporaciones, S. A. de C. V., Administración, S. A. de C. V., son

empresas especializadas y con vasta experiencia en el mercado de la fabricación, diseño, asesoría

comercialización e instalación de maquinaria, equipo, refacciones y sus partes, para la producción de todo

tipo de piezas y partes de plástico, poliuretano.

Cuentan con un mercado con poca competencia, ganado con base en la experiencia y buena oportunidad, alta

calidad y precios competitivos a nivel internacional. Se trata de un grupo solidario de empresas y que tienen

objetivos comunes.

3. Perfiles de los Directivos y Mandos Medios

Los directivos tendrán la función de asegurarse de que las actividades que se lleven a cabo sean realizadas

competentemente, para lo cual deberán emitir órdenes, ofrecer instrucciones, establecer reglas y

procedimientos con el objetivo de coordinar en forma eficiente los trabajos individuales ejecutados por los

empleados desde sus respectivas posiciones. La toma de decisiones se basará en:

1 Datos concretos.

1 Experiencias anteriores.

La dirección de la empresa Integradora Administrativa y Comercial, deberá obtener una buena comunicación

con base en:

Ser en las ideas o datos que se quieren comunicar.

Utilizar en la comunicación términos completos, claros y concisos.

La comunicación se debe dar en el momento oportuno.

Utilizar los medios adecuados en la comunicación

Determinar exactamente a quien se debe enviar la comunicación.

Comprobar sí fue bien recibida o no.

Respecto al control del Grupo, con el fin de que los socios se aseguren que el control estará siendo ejercido

correctamente, se sistematizará esta función alrededor de tres factores básicos: primero, determinación de

ciertos estándares, los cuales serán plasmados en cuotas de producción o de ventas, costos de producción

tiempo que es permisible para llevar a cabo la cuota de distribución, presupuestos en general, etc. Los

estándares representarán el criterio que será aplicado a los resultados reales de la Integradora, Administrativa

Page 211: informe final para entregar

211

y Comercial, S. A. de C.V., y venta de las asociadas, por lo tanto deberán ser tangibles y detallados por parte

de la integradora.

El segundo aspecto, de la función de control, tendrá que ver con la constante supervisión y evaluación de los

resultados por obtener. Esta evaluación o supervisión deberá ser hecha, ya sea por medio de la observación

directa o a través de reportes periódicos preparados por la empresa integradora.

El tercer factor será el de la acción correctiva de que cualquier desviación detectada deberá ser de carácter

temporal. Esta acción deberá ser llevada a cabo, por medio de entrenamiento adicional de los empleados de

las asociadas, mejoría de métodos de trabajo usados, y abriendo canales de comunicación adicionales.

Descripción del puesto de director general para la empresa integradora y su responsabilidad básica

Mantener la buena marcha de las empresas: Industrias Especializadas, S. A. de C. V., Incorporaciones, S. A.

de C. V., Administración, S. A. de C. V., mediante una eficaz administración, a través de los gerentes de área.

Responsabilidades especificas

1Planeación.

1 Previsión financiera.

1 Previsión económica.

Perfiles de los directores

Los mandos superiores que dirigirán la empresa integradora deben reunir las características siguientes:

1 Experiencia en la dirección de grupos corporativos.

1 Haber laborado con grupos empresariales.

1 Se hayan dedicado a la administración y control de empresas, comerciales, industriales y de servicios.

1 Cuenten con experiencia en la constitución de grupos asociados en diferentes actividades económicas.

1 Saber coordinar la propiedad de las empresas del grupo, con base en la posesión mayoritaria de las

acciones

1Apoyar las actividades que desarrolla la Integradora Administrativa y Comercial, S. A. de C. V., desde la

teneduría de acciones, sin intervenir en el manejo de patrimonio de las empresas integradas, el control

directivo y organización de las empresas o el ejercicio del control operativo y patrimonial de las empresas

socias.

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212

La estructura organizacional de la Integradora Administrativa y Comercial se compone de: un Director

General, 4 Gerentes y 11 auxiliares. En total serán 16 empleados.

La estructura de los mandos medios se integrará de: un Gerente de Administración y Compras, un Gerente de

Capacitación, un Gerente de Tráfico y un Gerente de Ventas.

Asimismo, se contará con once auxiliares, como son analistas, secretarias y mensajero.

Organigrama Básico de la empresa Integradora y recursos humanos.

Para el primer año, la Integradora contará con 16 empleados. Durante el periodo 2001-2002, se tiene

programado que la empresa integradora cuente con una plantilla básica de 35 empleados.

GERENTE DE VENTAS

GERENTE DE TRAFICA

AUXILIAR AUXLIAR AUXLIAR AUXILIAR

GERENTE DE CONTABILIDAD

GERENTE DE ADMINISTRACION CAPACITACIÓN

AUXLIAR AUXILIAR AUXILIAR AUXILIAR

C.P. MARIBEL CAMACHO SALAS DIRECTOR GENERAL

2 AUXILIAR

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213

4. Análisis de Mercado

Principales Bienes y/o Servicios que Producen las asociadas

RAZON SOCIAL PRODUCTOS Y/O SERVICIOS

Industrias Especializadas, S.A. de C.V.

Ingeniero Armando Martínez Martínez

1a. Fabricación de moldes industriales o dispositivos especializados

dentro de los cuales se considera la fabricación de equipo de apoyo o

complementarios para maquinas de inyección de poliuretano como

son: fixtures o carros prensas, pedestales (brazos para mover cabezas

de inyección), dicha fabricación es anejada por proyectos específicos

es decir no es una producción constante, por lo mismo el ingreso puede

ser considerable pero no periódico.

2a. Piezas plásticas para la industria de refrigeración, que permite

aportar ingresos constantes, el objetivo a alcanzar es tener una

producción continúa de piezas plásticas que permitan que los ingresos

superen los gastos fijos.

Para poder producir las piezas plásticas es necesario mandar hacer

moldes de acero especiales y específicos para cada pieza, para estos

moldes es necesaria la intervención del Ingeniero Armando Martínez

Martínez, en el diseño e ingeniería.

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214

RAZON SOCIAL PRODUCTOS Y/O SERVICIOS

Incorporaciones, S.A. de C.V.

Ingeniero Armando Martínez Martínez

Administradora, S.A. de C.V.

Por conducto del Ingeniero Martínez Martínez, Incorporaciones vende

maquinaria de inyección de poliuretano equipos complementarios para

la inyección de poliuretano como son, prensas, fixtures, carros, así como

también refacciones para las maquinas de poliuretano y finalmente

factura los servicios técnicos por arranque, mantenimiento o reparación

de equipos de inyección.

Es importante mencionar que las maquinas de inyección siempre son

facturadas por Canon USA INC. Sin embargo, Incorporaciones en

ocasiones las importa como servicio al cliente y factura el servicio de

importación, sin embargo el equipo complementario si lo factura

Incorporaciones, dichos equipos los mandan a fabricar a la integrada

que es Industrias Especializadas, en donde se fabrican totalmente.

Su actividad preponderante es la comercialización de maquinas de

Inyección de poliuretano con Canon USA, Inc., de esta actividad es de

donde recibe sus principales ingresos.

Otras actividades que desarrolla es la de comercializar la producción de

Incorporaciones, S.A. de C.V. y de Industrias Especializadas, ya que es

quien tiene todos los contactos y relaciones necesarias para combinar las

ventas que involucran ambas compañías y con Canon USA, Inc.

Clientes con los que cuenta el grupo

Nombre de los Clientes Nombre de los Clientes

Grupo Mabe Cima Lear Industrias Whirpool Carpol, S. A. Supermatic Interauto, S. A. Vidrio Plano de México, S. A. Fadsa Industrias Ideal, S. A. Hi-Lex Carrrier de México Hussman Refrigeración Nieto Industrias McQuay

Competidores

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215

Razón Social Localización

Cannon USA, Inc.

Estados Unidos de Norteamérica. No es un competidor

d e manera directa, compiten sus vendedores que

tiene en México, ya que de manera directa se tiene

una alianza estratégica de distribución en México.

Riesgos

En virtud de que este grupo de empresas no es nuevo en el mercado, ya que empezó a operar hace 15 años, el

nivel de precios se ha ido adecuando para competir en el mercado regional; sin embargo, se busca consolidar

la

posición en el mercado con base en el Plan de Negocios de la integradora.

Por otra parte, el volumen de las ventas de las empresas Industrias Especializadas, S. A. de C. V.

Incorporaciones, S. A. de C. V., Administración, S. A. de C. V., y la persona física Ingeniero Armando

Martínez Martínez depende en gran medida de sus precios y del contenido de la maquinaria y equipo para la

inyección de poliuretano y plásticos. De esto, la importancia que tiene en el desarrollo de las empresas

integradas, la adecuada fijación del precio de venta al usuario final, que puede constituirse en uno de los

elementos más importantes de la estrategia de mercadotecnia que aplique la empresa Integradora

Administrativa y Comercial, S. A. de C. V.

Por lo anterior, el primer paso del director general de la integradora, será fijar los precios adecuados, por lo

que debe realizar un estudio de mercado con el objeto de investigar los precios más aceptables, esto es, el

precio a que se venderán la maquinaria y equipo de inyección de poliuretano y plástico. Este estudio

empezará

con una investigación de precios de productos de la misma categoría o características.

Cabe mencionar, que la relación del mercado con las empresas: Industrias Especializadas, S. A. de C. V.

Incorporaciones, S. A. de C. V., Administradora, S. A. de C. V., y la persona física Ingeniero Armando

Martínez Martínez, es directa con los aspectos financieros tales como los descuentos, provisiones de venta,

costos de operación, costo del programa de mercadotecnia y el beneficio esperado.

Nivel de Precios contra Competencia

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Lista de Precios

No aplica, debido a que la Maquinaria y equipo se fabrica sobre diseño, por lo que el precio está en función de

lo que pida el cliente

Expectativas de demanda

El auge en la demanda de maquinaria, equipo, refacciones y partes para la inyección de poliuretano y plástico

permitirá que las industrias de línea blanca, automotriz y la de muebles, entre otras, en nuestro país presente,

al cierre del año, un incremento del 25%, dinámica que mantiene desde 1999.

Las exportaciones de los sectores, de acuerdo con el INEGI, aumentarán 10%; sin embargo, los empresarios

de este grupo estiman que la recuperación del crédito por parte de la banca comercial, permitirá mejorar el

panorama para la venta y producción de artículos de línea blanca, aparatos electrónicos, automotriz y de

muebles.

El representante del grupo de integradas, indicó que la rama de maquinas y equipo para inyección puede

aspirar a incrementar su monto y volumen en línea con la estabilidad de la industria electrónica y automotriz.

No obstante, resaltó el incremento en más de 100% del precio de los productos derivados del petróleo, como

son el plástico y el poliuretano, así como del acero, entre los factores coyunturales que impactan de manera

negativa en los márgenes de las empresas que producen bienes de capital, como es este caso, pues este insumo

constituye uno de sus principales elementos.

Seguramente nuestro país tiene la capacidad y los recursos naturales para que junto con Brasil, India y China

constituya los mercados de mayores dimensiones a nivel mundial. La situación política, económica y social

actual esta aumentando las presiones para permitir el acceso de las inversiones extranjeras dirigidas a cubrir

las necesidades internas en el ramo energético, lo mismo que para incrementar las exportaciones del resto del

mundo hacia México. Aún cuando se presentara una infortunada depresión en los niveles de ingreso de la

población, las magnitudes de ésta seguirían siendo suficientemente atractivas como para desarrollar proyectos

de gran magnitud. No se trata exclusivamente de advertir que el mercado que habrá será para productos de

consumo final, también habrá una fuerte demanda de maquinaria, equipo, infraestructura y bienes de capital

de todo tipo.

Es importante destacar las magnitudes de la población que tienen un efecto multiplicador en la demanda de un

género muy diverso y amplio de alimentos y bebidas, vestido, calzado, vivienda, de salud, de esparcimiento

culturales que necesariamente requieren de bienes y productos manufacturados.

En la actualidad, el mercado mexicano ofrece dimensiones considerables que permiten, con amplia viabilidad,

el establecimiento de empresas que sustituyen importaciones de bienes de consumo y de capital que

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217

garantizan el mercado para las actividades económicas, con sus consecuentes repercusiones positivas en la

generación de empleos, demanda agregada y mercado tecnológico.

Es importante destacar que para el primer decenio del próximo siglo se multiplicarán las compras de todo tipo

de bienes y servicios. El mercado crecerá. La incógnita que aún persiste es el origen de la oferta. Las

oportunidades están planteadas; el empleo y la demanda agregada se generarán. El grupo de empresas:

Industrias Especializadas, S. A. de C. V., Incorporaciones, S. A. de C. V., Administración, S. A. de C. V., y la

persona física Ingeniero Armando Martínez Martínez, involucradas en este proyecto, aspiran a que la mayor

parte de los niveles adicionales de empleo y desarrollo tecnológico se radiquen en nuestro país, evitando, al

máximo posible, que el mercado mexicano sea cubierto por importaciones.

Proveedores

Con base en los preceptos de la mecánica y objetivos del sistema de adquisiciones en común, para garantizar

el abasto total en tiempo y volúmenes requeridos por las asociadas, se tiene programado elaborar un directorio

y celebrar convenios con las empresas proveedoras locales, nacionales e internacionales, que cumplen con los

requisitos y estándares de calidad que la empresa integradora fije como son: el precio, calidad, oportunidad de

entrega, capacidad de producción en relación con la demanda, entre otros.

Este listado de proveedores, se podrá iniciar con las empresas proveedoras que las empresas Industrias

Especializadas, S. A. de C. V., Incorporaciones, S. A. de C. V., Administración, S. A. de C. V., y la persona

física Ingeniero Armando Martínez, recomienden por sus antecedentes y experiencias que hayan tenido con

ellos.

Asimismo, se concertarán acuerdos con los proveedores internos y externos para que los bienes y servicios

que se adquieran por cuenta y orden de las empresas integradas, puedan ser almacenadas en sus instalaciones,

mientras se comercializan o consumen.

5.- Principales servicios especializados que demandan por área

Comercialización

Este servicio estará orientado hacia:

El análisis y en su caso modificación a los sistemas de compras por proveedor, valorización del equipo de

transporte que se utiliza en este proceso y en caso de ser necesario concretar precios preferentes con los

diferentes proveedores del ramo.

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218

Evaluación y propuestas a sus sistemas de cómputo que permitan mantener un mayor control sobre las

operaciones realizadas y optimización de recursos en las compras como en las ventas, así como una mejor

atención a sus clientes.

Investigación sobre la modernización de equipo y el mejor aprovechamiento de las instalaciones con que se

cuenta actualmente.

La promoción y la publicidad de la maquinaria, equipo, refacciones y partes para la inyección de poliuretano

y plásticos, se hará utilizando sistemas complejos, dirigidos por profesionales adiestrados en una variedad de

campos que van desde diseñadores a ingenieros.

El problema que encaran los empresarios del Grupo, sería relativamente simple sí el procedimiento de

comercialización fuese el único factor que cambiara. Pero hay otros elementos que han cambiado, que están

cambiando, y que pueden representar en su conjunto la tarea que ofrece el mayor desafío.

Finalmente, apoyará la promoción, comercialización de los bienes de las empresas Industrias Especializadas,

S. A. de C. V., Incorporaciones, S. A. de C. V., Administración, S. A. de C. V., y. la persona física Ingeniero

Armando Martínez, con el propósito de incrementar y diversificar su participación en el mercado, así como

para abatir los costos de distribución, mediante la consolidación de ofertas, elaboración conjunta de estudios

de mercado y catálogos promocionales, así como su participación en ferias y exposiciones en donde se

vislumbre una participación destacada de las empresas socias del Grupo.

Investigación de la Comercialización

La Integradora Administrativa y Comercial, S. A. de C. V., tiene entre sus funciones la investigación de la

comercialización, que es el proceso de indagación de los diversos elementos del mercado, clientes, productos,

etc. con el fin de desarrollar la información primaria que permita tomar decisiones de comercialización más

efectivas a las empresas del grupo.

Este proceso contempla, antes que nada, lo que deberá decidirse al proceder a la investigación de los

mercados de la maquinaria, equipo, refacciones y partes para la inyección de poliuretano y plásticos, será el

objeto del estudio. El programa de investigación se encaminará a la resolución de una amplia gama y variedad

de problemas a que se enfrentan las asociadas.

Aunque en una época pasada, los estudios de mercado y de la comercialización se consideraban de suma

importancia para la determinación de la preferencia del consumidor o demandante, ahora deberán abarcar

materias tales como reconocimiento del efecto publicitario, las marcas y su preferencia, evaluación de los

vendedores (territorios y cuotas), estructuras del mercado, y la motivación básica que mueve en el fondo a

compradores y no compradores de mercancías específicas.

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El procedimiento que se seguirá en la elaboración de los estudios dependerá del propósito del mismo, de la

zona geográfica que se cubrirá, que en este caso será principalmente la región Centro del país, del producto,

compañía o servicio involucrados y de restricciones financieras y de tiempo que se hayan impuesto.

Los directivos de la Integradora Administrativa y Comercial podrán obtener una buena cantidad de datos de

los abastecedores, clientes y bancos y ocasionalmente de sus mismos competidores.

Si se han de tomar decisiones importantes sobre la base de una información limitada o íntegramente

secundaria será conveniente que se proceda con suma cautela, porque estos datos son engañosos.

Cuando la empresa integradora haya compilado la mejor información disponible y que los directivos hayan

decidido cuáles son los problemas que afronta Integradora Administrativa y Comercial o sus integradas:

Industrias Especializadas, S. A. de C. V., Incorporaciones, S. A. de C. V., Administración, S. A. de C. V., y la

persona física Ingeniero Armando Martínez Martínez, la mayoría de las veces éstos llegan a la conclusión de

que la actitud de sus clientes, puede juzgarse como carente de información o de interés o aún como antagónica

a su producto. Esto puede ocurrir por muchas razones, pero cualquiera que sea el caso, la tarea es clara: hay

que conformar una nueva actitud del público; hay que informarle mejor.

Ventas

Otra de las actividades básicas que desarrollará la Integradora Administrativa y Comercial, será la función de

vender, tanto los bienes y servicios de sus asociados como los servicios especializados de ella, lo cual

realizará de acuerdo con sus posibilidades, capacidades y enfoque, así como con su organización estratégica

de los recursos corporativos.

Mercadotecnia

La empresa Integradora Administrativa y Comercial, S. A. de C. V., desarrollará esta función a través de

estudios e investigaciones, dará a conocer a los diseñadores y a su sector productivo, qué es lo que los clientes

desean de Industrias Especializadas, S. A. de C. V., Incorporaciones, S. A de C. V., Administración, S. A. de

C. V., y la persona física Ingeniero Armando Martínez Martínez, a que precios están dispuestos a pagar por

ellos y cuando las necesitarán.

Captación de Clientes

Entre las funciones básicas de la Integradora Administrativa y Comercial, está la de captar clientes para la

maquinaria, equipo, refacciones y partes para la inyección de poliuretano y plásticos que ofrecen sus socios,

esto lo realizará con el apoyo de la publicidad, folletos, mercadotecnia, etc., en eventos como exposiciones

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especializadas, ferias, así como directamente a las empresas fabricantes de artículos de línea blanca, partes

automotrices, muebles de todo tipo, etc.

Canales de Distribución

En este caso existen varios canales que la empresa integradora deberá seleccionar para lograr que los bienes y

servicios desemboquen en el mercado correspondiente.

Sin embargo, si algún canal de los identificados no resulta útil o presenta grandes dificultades lo más

conveniente será establecer su propio canal, es decir, la integradora desempeñará las funciones o tareas que en

otra situación serían encomendadas a cualquiera de los intermediarios.

Servicios administrativos, Gestión administrativa, contable y jurídica

Servicios administrativos

En virtud de que la empresa Integradora Administrativa y Comercial, S.A. de C. V., será el "cerebro" que

coordine las operaciones mercantiles de las empresas Industrias Especializadas, S. A. de C. V.,

Incorporaciones, S. A. de C. V., Administración, S. A. de C. V., y la persona física Ingeniero Armando

Martínez Martínez, buscará en su operación la correcta y uniforme aplicación de los principios de

administración, para:

Evitar conflictos entre las empresas asociadas debido a problemas de jurisdicción.

Evitar la duplicación del trabajo.

Facilitar la adecuada y justa evaluación del trabajo realizado.

Facilitar la adecuada expansión de las empresas en una forma controlada.

Clarificar el usó adecuado de los canales de comunicación dentro de las empresas asociadas.

Establecer una clara designación de autoridad y responsabilidad en cada puesto de mando.

Estimular la cooperación y facilitar la comunicación dentro de las asociadas.

Hacer la dirección más fácil y que permita la flexibilidad en la toma de decisiones.

Por otra parte, en la actualidad la empresa es un organismo social, económico y una fuente de trabajo, su

naturaleza dinámica y su importancia vital requiere de especialistas, como son administradores, contadores,

financieros, ingenieros químicos, mecánicos y civiles, así como sicólogos, diseñadores industriales abogados

economistas, etc., que diagnostiquen y enmienden sus males.

Lo anterior se confirma si tomamos en cuenta que el mayor porcentaje de negocios que fracasan se debe a una

mala administración. Por medio de los servicios administrativos, la empresa Integradora Administrativa y

Comercial, buscará solucionar los problemas a los que continuamente se enfrentan las empresas Industrias

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Especializadas, S. A. de C. V., Incorporaciones, S. A. de C. V., Administración S. A. de C. V., y la persona

física Ingeniero Armando Martínez Martínez.

Por otra parte, el proceso administrativo que la integradora apoyará consta de los siguientes elementos:

a Planeación, ¿ qué es lo que se va a hacer ?

b Organización, que indica, ¿ cómo hacerlo ?

b Dirección, y control, ver que se realice correctamente.

Para las empresas Industrias Especializadas, S. A. de C. V., Incorporaciones, S. A. de C. V., Administración,

S. A. de C. V., y la persona física Ingeniero Armando Martínez Martínez, es de fundamental importancia el

proceso organizativo en todas sus empresas, el análisis detallado de cada posición dentro de ellas, así como

también una descripción detallada de los requisitos de los puestos. Estas descripciones serán de gran ayuda

para la empresa integradora y sus asociadas, cuando llegue el momento de seleccionar a los hombres idóneos

para dichas posiciones. Los puntos que la integradora estudiará en una descripción adecuada están los

siguientes:

La definición de la autoridad y responsabilidad en una forma clara y precisa.

El dejar aclarado a quién debe reportar y obedecer la persona que ocupe el puesto.

El tipo de educación o habilidad requerida para el puesto.

Gestión Administrativa

La Integradora Administrativa y Comercial, S. A. de C. V., gestionará y obtendrá las licencias y permisos

para la producción, comercialización y distribución de maquinaria, equipo, refacciones y partes para la

inyección de poliuretano y plástico, ante las Secretarías de Gobernación, de Hacienda y Crédito Público,

Comunicaciones y Transportes, Comercio y Fomento Industrial, Procuraduría del Consumidor, entre otras, de

acuerdo al catálogo de trámites del Gobierno Federal, y ante los gobiernos estatales y municipales.

Facilitará el uso sistemático de información técnica especializada, de equipo y maquinaria moderna, de

laboratorios, así como de personal calificado, entre otros, para elevar la productividad y la calidad de los

bienes y servicios de las integradas.

Para que una empresa de este tipo o en el caso asociadas que ya están operando, otorgará constante atención a

que cumplan con determinadas reglamentaciones y aspectos legales.

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Servicios contables y gestión financiera

La integradora otorgará los servicios de contabilidad, con el objeto de registrar todas las operaciones que

realicen las empresas socias y que en alguna u otra forma aumenten, disminuyan o modifiquen el patrimonio

de las mismas. Asimismo, la contabilidad será la fuente de información a los verdaderamente interesados en

los negocios del grupo, que son los administradores, propietarios, proveedores, bancos y el gobierno.

Gestionará la obtención de financiamiento en condiciones de fomento, a fin de favorecer el cambio

tecnológico en las empresas socias, el equipamiento y modernización de las mismas, con base en esquemas

especiales de carácter integral que incluyan capacitación y asesoría técnica, calidad total, orientados a

incrementar la competitividad.

Servicios Jurídicos y Fiscales

Deberá estar al pendiente sobre la frecuencia de las declaraciones fiscales requeridas por los tres niveles de

gobierno a las empresas Industrias Especializadas, S. A. de C. V., Incorporaciones, S. A. de C. V.,

Administración, S. A. de C. V., y la persona física Ingeniero Armando Martínez Martínez, ya que de acuerdo

a la legislación fiscal, las empresas en general y las personas físicas tienen que pagar impuestos en función de

su actividad o giro, se supervisará que se cumpla con el ISR, IVA e ISPT.

Capacitación

Los programas de capacitación para el trabajo, así como para la generación de empleos que la empresa

Integradora Administrativa y Comercial, S. A. de C. V., implementada entre los empresas Integrantes, estará

orientada a conocer la importancia de tener al personal indicado en cada uno de los puestos, tanto en la

integradora como en las empresas asociadas aplicando un sistema adecuado en el reclutamiento e

introducción del mismo, apegándose a las necesidades y políticas de cada una de las asociadas.

Pugnará por que cada uno de los socios conozca y asimile la importancia de un plan de incentivos, de

promoción y capacitación de personal, para lograr el buen funcionamiento de cada empresa.

Se desarrollarán programas de capacitación enfocados a disminuir errores en los procesos, a mantener

actualizado al personal en los cambios que se implanten en las empresas, y en general se procurará mantener

un sistema de capacitación continuo en la parte operativa.

Al personal administrativo de las empresas integradas se le proporcionarán acceso a cursos relativos a los

principales cambios fiscales, financieros o cualquier otra área que las empresas consideren necesarios,

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mediante la contratación de personal especializado. A continuación se menciona una lista no limitativa de

cursos que se impartirán:

Nombre de los cursos Nivel

Estrategias de crédito y cobranzas Mandos superiores y medios Contabilidad para no contadores Mandos medios Evaluación de proyectos de inversión Mandos superiores y medios Análisis financiero Mandos superiores y medios Impuestos diferidos Mandos medios Precios de transferencia Mandos superiores y medios Taller de administración de efectivo Mandos medios Mercadotecnia internacional Mandos medios Recursos en la era del Internet Mandos superiores y medios Marketing y ventas Mandos medios Compras y desarrollo de proveedores Mandos medios Excelencia de servicios al cliente Mandos superiores y medios Estrategia para incrementar las ventas Mandos medios Planeación multifuncional de las organizaciones

Mandos superiores y medios

Financiamiento de micro, pequeñas y medianas empresas

Mandos superiores y medios

Comercio electrónico y mercadotecnia directa Mandos medios Informática aplicada a la economía y a finanzas

Mandos superiores y medios

Diseño industrial Mandos medios y operativos Diseño de maquinas de inyección Mandos medios y operativos Mantenimiento de maquinaria y equipo industrial

Mandos medios y operativos

Procesos industriales de plástico y poliuretano Mandos medios y operativos Procesos de calidad continua Mandos medios y operativos

Adquisiciones y actividades en común

Definición

Las adquisiciones en común que realizará la Integradora Administrativa y Comercial, S. A. de C. V., es la

respuesta a las necesidades de abastecimiento de Industrias Especializadas, S. A. de C. V-, Incorporaciones

S. A. de C. V., Administración, S. A. de C. V., y la persona física Ingeniero Armando Martínez Martínez, que

se agrupan para el diseño y fabricación, comercialización y distribución de maquinaria, equipo, refacciones y

partes para la inyección de poliuretano y plástico.

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Este mecanismo permitirá a la integradora, llevar a cabo acciones concretas en el área de compras, atendiendo

de manera prioritaria los requerimientos de adquisición de materias primas e insumos para diferentes usos, así

como artículos diversos.

Esta actividad se llevará a cabo de manera conjunta, lo cual da a las integradas la oportunidad de presentar un

sólo frente. El objetivo primordial de las compras en común es obtener mayor poder de negociación, así como

ventajas en los precios, oportunidad, volumen, almacenaje, administración y calidad en sus suministros.

Además, este mecanismo permitirá planificar el monto, utilización y organización de los bienes requeridos, lo

que a su vez permitirá al Grupo ofrecer una mejor estrategia de desarrollo en los negocios.

Objetivos

Lograr una mayor capacidad de negociación de las integradas frente a los proveedores, para adquirir los

bienes y servicios necesarios en su operación productiva, a menores costos, mayor volumen y calidad.

Aprovechar las oportunidades y condiciones de compra para abatir los costos de operación

Funciones

El mecanismo para las compras en común operará en las siguientes áreas:

Gestión de compras

Investigación del mercado oferente.

S Elección y contacto con proveedores.

Negociación de las condiciones de compra.

E Elaboración de programas de adquisición.

Manejo de los inventarios.

Finanzas

Elaboración del programa financiero con base en condiciones de compra definidas previamente.

Racionalización de los recursos financieros de la Integradora

Elaboración de estados financieros confiables.

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Tramitación de créditos ante las instituciones financieras privadas.

Asesoría financiera a las integradas.

Transporte y organización

Administración del equipo de transporte propio o rentado

Cumplimiento del calendario de abastecimiento de las requisiciones de los socios

Obtención de condiciones favorables en la compra o alquiler de vehículos para el transporte de materias

primas, insumos y producto terminado y su almacenaje

Dirección y supervisión

Se supervisará que los socios consuman efectivamente el volumen de bienes que solicitaron.

Se asesorará a los socios sobre la correcta utilización de los créditos para compras.

Sugerirá o asesorará a los socios sobre la calidad de los insumos y su mejor aprovechamiento.

Ventajas para Industrias Especializadas, S.A. de C.V., 1ncorporaciones, S.A. de C.V., Administración, S.A.

de C.V.. y la persona física Armando Martínez Martínez, al realizar adquisiciones en común.

Facilitar el acceso a los insumos, bienes muebles e inmuebles, de capital, así como artículos diversos.

Adquisición de insumos, muebles e inmuebles, en mayores volúmenes, a mejores precios y con la calidad

adecuada.

Disposición de especialistas en abastecimiento.

Lograr un mayor acceso al financiamiento, para obtener mayores niveles de abastecimiento.

Obtener mayor información sobre los mercados de las industrias usuarias de sus maquinas y equipo, que

permita las mejores condiciones de negociación.

Eliminación de problemas de transporte, almacenaje y administración, ya que el equipo necesario para ello

será utilizado conjuntamente.

En general, operar con mayores ahorros al reducir los costos de operación.

Bolsa de Negocios

La conexión entre las empresas: Industrias Especializadas, S. A. de C. V., Incorporaciones, S. A. de C. V.,

Administración, S. A. de C. V., y la persona física Ingeniero Armando Martínez Martínez, se llevará a cabo

mediante la publicación de un Boletín, en forma bimestral, en donde se capten las diferentes ofertas y

demandas de bienes y servicios, tanto internas como externas.

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Enlace de Negocios

La Integradora Administrativa y Comercial ofrecerán a sus integradas un espacio por medio del cual podrán

intercambiar proyectos de inversión, ideas y experiencias.

6. Estrategias de mercado

Respecto a este punto, se puede señalar que el grupo de empresas: Industrias Especializadas, S. A. de C. V.,

Incorporaciones, S. A. de C. V., Administración, S. A. de C. V., y la persona física Ingeniero Armando

Martínez Martínez, en lo individual, no cuentan con un estudio de mercado, ya que actualmente la planeación

se realiza con series históricas de la producción contra ventas.

Sin embargo, para subsanar esta deficiencia, la empresa Integradora, Técnica, Administrativa y Comercial, S.

A. de C. V., tendrá entre sus funciones prioritarias la de elaborar y mantener actualizado el estudio del

mercado, ya que esto permitirá al grupo conocer a los consumidores de sus productos, inclusive los

potenciales, situación de la competencia, tamaño del mercado, mercado relativo, investigación respecto a los

productos, ventas, organización de recursos, productos, precios, distribución física y canales de distribución,

todo ello para consolidar su posición en el mercado regional y nacional.

Diversificación o especialización de productos y servicios

Este grupo de empresas tiene entre sus objetivos, consolidarse en el diseño, fabricación, comercialización e

instalación de maquinaria, equipo, refacciones y partes para la inyección de plásticos y poliuretano.

Ampliación y diversificación de mercados

La producción que permitirá la ampliación del mercado de maquinaria y equipo para inyección, deberá ser de

cuando menos del 35 al 50%.

La empresa integradora, en forma paralela, iniciará sus operaciones especializadas en las oficinas ubicadas en

la Ciudad de México, en la calle de Fernando Montes de Oca, No. 44, Colonia Condesa, C. P. 06140,

Delegación Cuauhtemoc, teléfono 5211-5807, fax 5211-5807. Y en Av. Río de los Remedios No. 85, Col. S.

J. Ixhuatepec Tlalnepantla, Edo. de México, C. P. 54180. En ambos domicilios se cuenta con espacios

adecuados y con las instalaciones necesarias y lujosas, para que se realicen las operaciones de la empresa

integradora, además cuenta con espacios necesarios para que los directivos de la Integradora Administrativa y

Comercial, S. A. de C. V., y las empresas: Industrias Especializadas, S. A. de C. V., Incorporaciones, S. A. de

C. V., Administración, S. A. de C. V., y la persona física Ingeniero Armando Martínez Martínez, sus clientes

y proveedores, puedan tratar sus negocios sin problema alguno.

Page 227: informe final para entregar

227

Los domicilios en donde operará la Integradora, son lugares con las suficientes vías de comunicación y, sobre

todo están en zonas céntricas que facilita la realización de negocios. Cabe mencionar que a efecto de cumplir

con el objeto social de la Integradora, el ámbito geográfico será a nivel nacional.

Identificación de nuevos canales de distribución

En este caso, si algún canal de los identificados no resulta útil o presenta grandes dificultades lo más

conveniente será establecer los propios canales de distribución, es decir, la empresa Integradora

Administrativa y Comercial, S. A. de C. V., desempeñará las funciones o tareas que en otra situación, serían

encomendadas a cualquiera de los intermediarios.

Publicidad

Por medio de la publicidad, se estimularán las ventas de maquinaria, equipo, refacciones y partes para la

inyección de poliuretano y plásticos de las empresas:

Industrias Especializadas, S. A. de C. V., Incorporaciones, S. A. de C. V., Administración, S. A. de C. V., y la

persona física Ingeniero Armando Martínez Martínez, en sus diversas presentaciones y necesidades de los

usuarios o de la presentación elogiosa de los mismos. Esta publicidad será realizada por medios masivos

como son:

Comerciales en la televisión y la radio.

Películas y diapositivas cinematográficas.

Publicidad al aire libre (carteles).

Correspondencia directa.

Anuncios en hojas volantes.

Novedades (calendarios, agendas, etc.).

Las metas de Publicidad serán

Informar a los clientes potenciales sobre las ventajas de las maquinas y equipo para inyección de poliuretano

y plásticos, diseñados, fabricados e instalados por el grupo.

Introducir nuevas presentaciones al mercado.

Page 228: informe final para entregar

228

Superar o eliminar a la competencia en el mercado de las asociadas.

La estrategia de la empresa integradora para apoyar las ventas estará enfocada a las metas siguientes:

Incrementar las ventas de Industrias Especializadas, S.A. de C. V., Incorporaciones, S. A. de C. V.,

Administración, S. A. de C. V. y la persona física Ingeniero Armando Martínez Martínez en un doce por

ciento aproximadamente.

Incrementar las ventas a través de un medio determinado (directo, por teléfono o por correo).

Incrementar las ventas en un mercado determinado (Cuentas comerciales y/o individuales).

Captar ventas en todo tipo de eventos.

Relaciones Públicas/Fuerza de Ventas

Relaciones Públicas

Las relaciones públicas que desarrollará la empresa Integradora, Administrativa y Comercial, S. A. de C. V.,

serán la función administrativa para investigar la opinión de los usuarios de la maquinaría y equipo, así como

de los proveedores de las empresas socias. Creará una buena imagen de los socios para atraer la comprensión

y la buena voluntad de esas empresas.

El objetivo general es

Mejorar las condiciones de vida, tanto materiales como espirituales del sector humano que tenga relaciones

con ellos. Esta función tiene como meta principal, desarrollar en la Dirección de la empresa integradora y sus

socios una responsabilidad social encaminada a identificar los intereses del público con los de sus empresas;

toda vez que sus actos van a afectar a sus clientes, tiende a desarrollar y establecer una línea de afinidad y

ajuste mutuo.

Fuerza de Ventas

La empresa Integradora Administrativa y Comercial, S. A. de C. V., elaborará estrategias enfocadas a

satisfacer plenamente los mercados de las empresas: Industrias Especializadas, S. A. de C. V.,

Incorporaciones, S. A. de C. V., Administración, S. A. de C. V., y la persona física Ingeniero Armando

Martínez Martínez, en el del mercado de maquinaria y equipo de inyección de poliuretano y plásticos del país,

o bien para introducir un producto específico, combinando los recursos de las socias, con las posibilidades de

lograr los objetivos de dicha estrategia.

Page 229: informe final para entregar

229

Puntualizará los logros y los fines que se pretenden alcanzar, con base en las medidas definidas en la

estrategia. Asimismo, reglamentará las acciones mediante las cuales las integradas deban cumplir con las

metas de la estrategia como son: La publicidad, ventas y promoción. Dentro de esta estrategia, la Empresa

Integradora apoyará la planeación presupuestal para las ventas.

Para promocionar las ventas de sus integradas, implementará mecanismos por medio de:

Ofertas.

Descuentos, y Créditos.

7. Producción

Actividades cotidianas

Industrias Especializadas, S. A. de C. V. e Ingeniero Armando Martínez Martínez:

1a. Fabricación de moldes industriales o dispositivos especializados, dentro de los cuales se considera la

fabricación de equipo de apoyo o complementarios para maquinas de inyección de poliuretano como son:

Fixtures o carros prensas, pedestales (brazos para mover cabezas de inyección), etc., dicha fabricación es

manejada por proyectos específicos, es decir no es una producción constante y por lo mismo el ingreso puede

ser considerable pero no periódico.

2a. Fabricación de diferentes piezas plásticas para la industria de refrigeración, lo cual es la única producción

en proceso, que permite aportar ingresos constantes, el objetivo a alcanzar es tener una producción continúa

de piezas plásticas en niveles que permitan que los ingresos superen los gastos fijos.

Para poder producir las piezas plásticas es necesario mandar hacer moldes de acero muy especiales y

específicos para cada pieza, por lo que para dichos moldes es necesaria la intervención del Ing. Martínez

Garza, en el diseño e ingeniería.

Incorporaciones, S. A. de C. V. e Ingeniero Armando Martínez Garza: Por conducto del Ing. Martínez Garza

vende maquinaria de inyección de poliuretano, equipos complementarios para la inyección de poliuretano

como son prensas, fixtures, carros, así como también refacciones para las maquinas de poliuretano y

finalmente factura los servicios técnicos por arranque, mantenimiento o reparación a los equipos de inyección.

Es importante mencionar que las maquinas de inyección siempre son facturadas por Cannon USA, INC., sin

embargo Incorporaciones ocasionalmente las importa como servicio al cliente y le factura el servicio de

importación, sin embargo el equipo complementario si lo factura Incorporaciones, dichos equipos los manda a

fabricar al integrado que es Industrias Especializadas, en donde se fabrican totalmente.

Page 230: informe final para entregar

230

Administración, S. A. de C. V.: Su actividad preponderante es la comercialización de maquinas de inyección

de poliuretano con Cannon USA, Inc., de esta actividad es de donde recibe el grueso de sus ingresos.

Otras actividades que desarrolla es la de comercializar la producción de Incorporaciones

en México y de su socia Industrias Especializadas, ya que es quien tiene todos los contactos y relaciones

necesarias para combinar las ventas que involucran ambas compañías y a la vez a Cannon USA, Inc.

Maquinaria principal (grado de obsolescencia o modernidad)

Las maquinas y el equipo para la fabricación de maquinas y equipo, refacciones y partes para inyección de

poliuretano y plásticos es seminuevo y, tiene una vida útil de cuando menos de otros quince años.

Controles de calidad (materias primas, procesos y producto terminado)

Materia prima: Es adquirida en el mercado nacional a empresas del sector privado, las que aplican estrictos

controles de calidad a efecto de evitar desperdicios, reclamos y devoluciones.

Procesos: El Grupo, para el proceso de fabricación de maquinaria y equipo para inyección de poliuretano y

plásticos, aplica las más estrictas normas de calidad, bajo la pena de que al no cumplir con ellas, el producto

será devuelto, ocasionándonos cuantiosas pérdidas económicas y el prestigio en el mercado.

Producto terminado: Una vez terminado el proceso de fabricación de maquinaria y equipo para inyección de

poliuretano y plásticos, el grupo de empresas:

Industrias Especializadas, S. A. de C. V., C. M. Incorporaciones, S. A. de C. V., Administración, S. A. de C.

V., y la persona física Ingeniero Armando Martínez Martínez cuenta con un equipo de personas expertas, que

revisan y analizan los lotes del producto terminado, antes de enviarlo a su destino final.

8. Bases de evaluación económica del proyecto de integración

Financiamiento

En esta primera etapa no se considera el financiamiento externo, ya que se cuenta con el apoyo de los ingresos

por compras y ventas que realice la Integradora.

Page 231: informe final para entregar

231

Ingresos

Los ingresos de la empresa integradora serán por concepto de cuotas y servicios principalmente, los

ingresos garantizarán por lo menos el pago de los sueldos y salarios para la operación de la integradora.

De acuerdo con las proyecciones financieras los ingresos apoyarán la adquisición de bienes de capital para

garantizar su operación.

Ventas

Las ventas de los servicios de la integradora consideran un margen de utilidad bruta, equivalente al 10% a

socios y 15% a no socios (terceros); el proyecto considera a ambos.

Compras

Se consideran compras efectuadas en territorio nacional.

Depreciación

La depreciación del activo fijo se realiza con base en la Ley del ISR y su reglamento, utilizando el método de

línea recta.

Beneficios fiscales

Para la evaluación no se consideraron los beneficios fiscales a que tienen derecho las empresas integradoras.

Sin embargo, se pretende aplicar el esquema de tributación simplificada.

Utilidades

Se consideró la reinversión de las utilidades con la finalidad de capitalizar a la Empresa Integradora.

9. Financiamiento

En la etapa del arranque, se proyecta la empresa Integradora Administrativa y Comercial, S. A. de C. V:, con

Cuatro socios: Industrias Especializados, S. A. de C. V., Incorporaciones, S. A. de C. V., Administración, S.

A. de C. V., y la persona física Ingeniero Armando Martínez Martínez. Sin embargo, se tiene proyectado la

integración gradual de más socios por año, de la siguiente manera:

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232

AÑO INTEGRACIÓN DE SOCIOS

2000 4

2001 2

2002 2

Se asume que los servicios especializados que brindará la Integradora se ofrecerán a otras empresas de la

misma actividad económica similar y conexas.

Por la misma naturaleza de los servicios especializados, será conveniente que esas empresas se conviertan de

usuarios ocasionales a asociadas, lo que aumentará la posibilidad de que la integradora tenga una

infraestructura más sólida, que permita aumentar los servicios, conservando la calidad de los mismos,

aprovechando las economías de escala en favor de los asociados.

Valor de las acciones de la nueva sociedad

Se emitirán cien acciones de la serie "A", por un valor unitario de $ 500.00 (Quinientos pesos), que se

constituye como el Capital Social Inicial de la empresa Integradora Administrativa y Comercial, S. A de C.

V., con las aportaciones sociales de las empresas Industrias Especializadas, S.A. de C.V., Incorporaciones, S.

A. de C. V., Administración, S. A. de C. V., y la persona física Ingeniero Armando Martínez Martínez, y que

se describen en el proyecto de Acta Constitutiva que se anexa.

Cabe mencionar que en ningún caso, ninguna de las empresas socias y la persona física, podrán adquirir por

cualquier medio más del 30% del valor social, a efecto de que los servicios y el control de la sociedad sea

lo

más democráticamente posible y para cumplir con la fracción II del artículo 4° del Decreto que promueve el

esquema de Empresas Integradoras.

Asimismo, por disposición de la fracción III del mismo artículo 4°, la Empresa Integradora no podrá

participar en forma directa o indirecta en el capital social de las empresas integradas que mantendrán su

autonomía de operación.

El grupo de empresas socias, asesoradas por la empresa Integradora Administrativa y Comercial, invertirán en

el periodo inicial del año 2000 un monto de $ 2.7 millones de pesos, y que se desglosan en las proyecciones

financieras de esta evaluación económico financiera. Por el momento se tiene planeado adquirir maquinaria y

equipo de alta tecnología para la fabricación de maquinaria, equipo, refacciones y partes para la inyección de

Page 233: informe final para entregar

233

poliuretano, equipo de software para diseño industrial, equipo de transporte e inventarios, entre otros. En el

periodo del 2000 al 2002, será un total de inversión de 6.8 millones de pesos.

El promotor del proyecto de integración indica que las inversiones permitirán aumentar en un 45% adicional

la participación en el mercado.

_______miles de pesos______

AÑO CONCEPTO

2000 2001 2002 1

Maquinaria y equipo 1,000.00 1,000.00 441.00 Equipo de cómputo 100.00 100.00 55.00 Construcciones 50.00 66.00 50.00 Edificio 57.70 Terrenos 50.00 50.00 15.00 Muebles 107.50 Equipo de transporte 350.00 350.00 165.30 Equipo de comunicación 4.50 Inventarios 1,000.00 1,000.00 829.10 Inversión 2,719.70 2,566.00 1,555.40

Análisis de fuentes y destinos de los recursos

Los recursos que se utilizan para la concreción del proyecto de integración serán propios, ya que el grupo de

empresas cuenta con suficiente respaldo económico y financiero, tanto de sus accionistas como de los bancos

comerciales que operan en el país, así como en Estados Unidos.

Se cobrarán servicios tecnológicos, diseño de publicidad, diseño de nuevos productos, servicios de impresión

de material promocional, servicios de dirección, asesoría informática, servicios de administración, fiscal

y

legal e imagen corporativa, al 10% sobre los ingresos de las integradas que se devengarán y pagarán

mensualmente.

Proyección financiera a tres años

pro forma de Balance

Integradora administrativa y comercial, S.A. de C.V.

Page 234: informe final para entregar

234

CONCEPTO AÑO

2000 200 2002

Ingresos 5,189.70 5,666.00 5,635.40 Menos Egresos Gasto corriente 1,192.90 2,521.40 2,765.30 Inversión física 2,719.70 2,566.00 1,555.40 Superávit primario 1,277.10 578.60 1,314.70 Disponibilidad inicial 0.00 1,277.10 3,170.40 Disponibilidad final 1,277.10 3,170.40 4,485.10

Flujo de aportaciones de capital, por año (Miles de pesos).

Número de Empresas Integradas

Anual

Acumulado 2000

2001

2002

4 4 50.00 2 6 80.00 2 8 100.00 Capital Social Acumulado 50.00 130.00 230.00

Total de Ingresos, por año (Miles de Pesos)

Concepto Año

2000 2001 2002

Cuotas 800.00 900.00 1,000.00 Servicios 500.00 800.00 1,000.00 Comisiones 900.00 1,000.00 1,500.00 Servicios a terceros 220.00 270.00 350.00

Ingresos Totales 2,420.00 2,970.00 3,850.00

Total de remuneraciones proyectadas por año (Miles de pesos)

Page 235: informe final para entregar

235

Concepto Número de

Empleados

Sueldo

Mensual

2000

2001

2002

Director General 1 20.00 60.00 312.00 337.00

Gerentes 3 42.00 126.00 137.00 148.00

Subgerentes 6 60.00 180.00 196.00 212.00

Asistentes 20 60.00 180.00 196.00 212.00

Total 30 182.00 546.00 841.00 909.00 Previsión Social 27.30 81.90 126.10 136.30

Totales 209.30 627.90 967.10 1,045.30

Presupuesto de gastos de operación, por año (Miles de pesos)

Año Concepto

2000 2001 2002

Remuneraciones 546.00 841.00 909.00

P Revisión social 81.90 126.10 136.30

Teléfono y fax 30.00 32.70 35.30 Electricidad 21.00 22.90 24.70 Renta 9.00 36.00 39.00 Mantenimiento 3.00 12.00 12.00 Publicidad 30.00 60.00 70.00 Viáticos 15.00 30.00 32.00 Capacitación a integrados 45.00 150.00 150.00 Papelería y enseres 4.00 4.00 4.00 Fotocopias (renta) 3.00 12.00 12.00 Correo y paquetería 3.00 10.00 10.00 Limpieza y aseo 1.50 6.00 6.00 Gasolina 3.60 18.00 19.00 Suma Parcial 796.00 1,360.70 1,459.30

Depreciación acumulada 369.90 1,133.70 1,279.00

Amortización acumulada 27.00 27.00 27.00

Total de gastos 1,192.90 2,521.40 2,765.30

Estado de resultados pro forma, por año (Miles de pesos)

Page 236: informe final para entregar

236

Año Concepto

2000 2001 2002

Ingresos

Ingresos Totales 5,189.70 5,666.00 5,635.40

Egresos

Gastos de operación 1,192.90 2,521.40 2,765.30

Inversiones 2,719.70 2,566.00 1,555.40

Total de gastos 3,912.60 5,087.40 4,320.70

Utilidad de Operación 1,277.10 578.60 1,314.70

Ptu 191.60 87.00 197.20

Utilidad Neta 1,085.50 491.60 1,117.50

Estado de Posición financiera pro forma, por año (Miles de pesos)

AÑO Concepto

2000 2001 2002

Activo:

Circulante

Caja y Bancos 100.00 125.00 150.00

Cuentas por cobrar

Otros Activos

Fijo:

Equipo de oficina y enseres 1,000.00 2,000.00 2,500.00

Equipo de Computo 100.00 100.00 55.00

Equipo de Transporte 350.00 350.00 165.30

Menos:

Depreciación acumulada

Diferido

Gastos de Organización 120.00 120.00 120.00

Gastos de instalación 100.00 0.00 0.00

Menos:

Amortización acumulada

Suma de Activo 1,770.00 2,695.00 2,990.30

Page 237: informe final para entregar

237

Pasivo:

Proveedores

Cuentas por Pagar 634.50 987.90 65.70

Reserva PTU y Otras

Suma Pasivo 634.50 987.90 65.70

Capital contable

Capital Social 50.00 130.00 230.00

Utilidades de ejercicios anteriores 1,085.50 1,577.10

Utilidad del Ejercicio 1,085.50 491.60 1,117.50

Suma de Capital 1,135.50 1,707.10 2,924.60

Suma de Pasivo y Capital 1,770.00 2,695.00 2,990.30

Cédula de inversiones fijas en el 2000, (Miles de pesos)

Concepto Desglose Totales

Equipo de Computo 100.00

20 Computadoras 75.00

5 Impresoras 25.00

Equipo de Oficina: 452.60

8 Archiveros 9.60

10 Calculadoras Eléctricas 10.00

20 Sillas 10.00

Sistema de Ventilación 5.00

4 Fax 12.00

7 Teléfonos 28.00

10 Escritorios 15.00

10 Sillones 13.00

2 Camionetas Equipo de Transporte 350.00

Suma Total 552.60

Page 238: informe final para entregar

238

10. Conclusiones

En la rama de la industria de maquinaria para la inyección de plásticos y poliuretano, la vinculación de las

empresas industriales con los productores de materias primas e insumos es deficiente e irregular.

La problemática de la cadena productiva es resultado de las restricciones financieras presentes.

La deficiente capitalización de la actividad productiva se ha traducido en una producción reducida, precios

elevados, baja calidad y gran inestabilidad en el aprovisionamiento de refacciones y partes para maquinaria de

inyección, etc., para los sectores usuarios y, por ende, en una evolución negativa.

En un entornó de apertura comercial, la competencia externa en las industrias de manufactura proviene con

frecuencia de empresas transnacionales con gran capacidad de diseño y comercialización, que subcontratan

los servicios de empresas pequeñas y medianas, en ocasiones de otros países en desarrollo.

Para fortalecer la capacidad competitiva de las empresas Industrias Especializadas, S. A. de C. V., C. M.

Incorporaciones, S.A. de C.V., Administración, S.A. de C.V., y la persona física Ingeniero Armando Martínez

Martínez, deben reducirse los costos fijos de inversiones en calidad, diseño y comercialización.

El Programa de Empresas Integradoras, creada en mayo de 1993, permite incrementar la eficiencia y

especialización de las micro, pequeñas y medianas empresas, de la industria manufacturera, del comercio y de

los servicios, con apoyo del personal calificado en las diversas operaciones:

Comercialización, compras en común, adquisición de tecnología, renovación e innovación de equipo, diseño,

gestión de calidad, capacitación continua, gestión de financiamiento, etc.

Los principales obstáculos para la adecuada operación de esta figura son de orden cultural y de orden

regulatorio. Los pequeños empresarios son renuentes a organizarse con nuevas fórmulas y a generar

proyectos conjuntos de negocios, y es poco frecuente el liderazgo necesario para asegurar la cohesión

requerida.

El mercado potencial de la Integradora Administrativa y Comercial, S. A. de C. V., principalmente es la

región Centro del país, con posibilidades de participar en el mercado nacional, que de acuerdo con su

tendencia histórica y futura, en el corto plazo, muestra tasas de crecimiento relevantes.

El proyecto integrador del grupo empresarial, tiene como objetivo principal el de tener acceso a los servicios

especializados necesarios para la exitosa operación de las empresas Industrias Especializadas, S. A. de C. V.

Page 239: informe final para entregar

239

Incorporaciones, S. A. de C. V., Administración, S. A. de C. V., y la persona física Ingeniero Armando

Martínez Martínez.

El proyecto, muestra técnicamente que es viable económicamente y financieramente.

11. Recomendaciones

Se debe recordar constantemente al grupo de empresas Industrias Especializadas, S. A. de C. V.,

Incorporaciones, S.A. de C.V., Administración, S. A. de C. V., y la persona física Ingeniero Armando

Martínez Martínez, que al asociarse se debe buscar ser eficientes independientemente de la empresa

Integradora que constituyan, y al mismo tiempo, considerara la empresa Integradora como una estrategia para

elevar su nivel de competitividad y nunca como un esquema para resolverles todos sus problemas.

En este sentido, el esfuerzo por lograr un alto nivel competitivo se debe centrar siempre en la actividad de las

empresas que crean a la empresa integradora y considerar esta última como un complemento importante

para fortalecer su actividad primordial y no para suplir su falta de eficiencia.

Consecuentemente, los empresarios que entran a esta empresa Integradora, deben descubrir y comprender

cabalmente el significado de términos que tradicionalmente les han sido ajenos como cooperación

confianza, colaboración, participación, integración y apertura. Tales términos implican una nueva filosofía en

el que hacer empresarial, pero exigen antes que nada una nueva actitud hacia el trabajo, que puede permitir a

los empresarios de Industrias Especializadas, S.A. de C.V., Incorporaciones, S. A. de C. V., Administración

S.A. de C.V., y la persona física Ingeniero Armando Martínez Martínez, alcanzar un nivel de competitividad

internacional a través de su empresa Integradora.

Definición de objetivos

Respecto a los objetivos, se trata de crear las bases en las cuales los asociados reciban servicios especializados

como pueden ser: promoción y comercialización de sus bienes y servicios; la obtención de créditos para

capital de trabajo y modernización de su maquinaria y equipos e instalaciones, realizar actividades en común

que optimen la operación de sus establecimientos, así como los de tipo administrativo, informático y de

formación empresarial.

Por medio de la instrumentación de acciones estratégicas para la integración, se persigue que cada uno de los

asociados, tenga acceso a servicios de alta calidad, que en forma individual no podrían pagar por el alto costo

que estos representan.

Page 240: informe final para entregar

240

De acuerdo a las necesidades de cada una de las empresas asociadas, la misión de la empresa Integradora

Administrativa y Comercial, S.A. de C.V., será apoyar el desarrollo empresarial de Industrias Especializadas,

S. A. de C. V., C. M. Incorporaciones, S.A. de C.V., Administración, S.A. de C.V., y la persona física

Ingeniero Armando Martínez Martínez. La integradora contempla acciones que induzcan a una conducta

gerencial más eficiente y competitiva, en un marco de asociación e intercambio de ideas, que les permita a sus

empresas incorporar nuevas formas de gestión y con estas asegurar su permanencia en el mercado.

Parte fundamental es que la empresa integradora, tendrá la posibilidad de contratar a nombre de las asociadas,

los servicios de asesores, consultores y publicistas, ingenieros, etc., de prestigio internacional necesarios para

ofrecer sus servicios a los integrados, la sistematización de sus procedimientos contables y administrativos,

así como la búsqueda de nuevos mercados con base en los estudios mercadológicos a las necesidades

específicas de las asociadas.

Además, la Integradora deberá impulsar aspectos fundamentales en sus asociadas, como son:

Mantener la calidad de los bienes y servicios que comercializan y distribuyen las empresas asociadas.

Otorgar créditos, descuentos, ofertas y premios a los mejores contactos de las integradas.

Respetar las comisiones otorgadas a los agentes que operan con las integradas y a sus contactos comerciales.

Efectuar el seguimiento de los tramites y entrega de documentos a los clientes.

Proporcionar un servicio de alto nivel a las integradas y clientes.

Operaciones a nombre y por cuenta de industrias Especializadas, S.A. de C.V., Incorporaciones, S.A. de C.V.,

Administración, S.A. de C.V. y la persona física Armando Martínez Martínez.

La Integradora está facultada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para realizar operaciones a

nombre y por cuenta de sus integradas, siempre que cumpla con los requisitos que emite esa dependencia y se

acoja a las facilidades fiscales siguientes:

Podrá tributar en el Régimen Simplificado de las Personas Morales que establece la Ley del Impuesto sobre la

Renta por un periodo de 10 años, y a la resolución que otorga facilidades administrativas, a partir del inicio de

sus operaciones.

Para gozar de esta promoción, la Integradora deberá seguir el procedimiento siguiente:

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Convenio

Celebrar un convenio con Industrias Especializadas, S.A. de C.V., Incorporaciones, S.A. de C.V.,

Administración, S.A. de C.V. y la persona física Armando Martínez Martínez, aceptando estas ultimas que

sea la integradora la que facture las operaciones que se realicen a través de la misma. Las asociadas están

obligadas a no expedir ningún otro comprobante por estas operaciones.

Relación de operaciones

La empresa Integradora deberá emitir y entregarles a las integradas una relación de las operaciones que por su

cuenta realice y facture con cada asociada, conservando copia de la misma y de los comprobantes con

requisitos fiscales que expida, debiendo coincidir los mismos.

Declaración informativa

La Integradora estará obligada a presentar en el segundo mes de cada año en disco magnético ante la

administración local de recaudación, conteniendo la información de las operaciones realizadas por cuenta de

Industrias Especializadas, S.A. de C.V., Incorporaciones, S.A. de C.V., Administración, S.A. de C.V. y la

persona física Armando Martínez Martínez

Compras deducibles

Las integradas podrán hacer deducibles en el porcentaje que corresponda, las compras de materias primas

(insumos) que efectúen a través de la Integradora, siempre que ésta emita a cada asociada una relación de

erogaciones que por su cuenta realice, debiendo conservar copia de las mismas y de los comprobantes que

reúnan requisitos fiscales.

Metas

El grupo de empresas por integrarse, tienen como metas:

Lograr en el corto plazo una mayor capacidad de negociación en el mercado nacional e materias primas

insumos, tecnología, productos terminados y financieros en las ramas de la industria metal-mecánica.

Elevar la competitividad de las socias, inducirlas a la especialización en las etapas de los procesos

productivos.

Page 242: informe final para entregar

242

La integración busca consolidar la presencia del Grupo, en e! mercado nacional.

Las funciones de la empresa integradora están orientadas a fomentar la especialización en la producción

comercialización y distribución de todo tipo de maquinaria, equipo, refacciones y partes para maquinaria de

inyección de poliuretano, en los que cuente con ventajas competitivas.

Generar economías de escala que permitan al grupo elevar su competitividad.

Plazos para la integración

1ª. Etapa

Octubre del 2000

La organización de la empresa integradora y la prestación de los servicios Especializados antes mencionados

estará orientada a elaborar estudios que permitan conocer la situación de las empresas: Industrias

Especializadas, S. A. de C. V., Incorporaciones, S. A. de C. V., Administración, S. A. de C. V., y la persona

física Ingeniero Armando Martínez Martínez, para que a su vez, elabore los planes de acción general para la

integradora, en el mercado.

2ª. Etapa

Noviembre a Diciembre del 2000.

Con base en las directrices del Plan de Negocios de la empresa Integradora Administrativa y Comercial, S.A

de C. V., se realizarán las actividades encomendadas por las empresas asociadas, que les permitan

incrementar su participación en el mercado nacional metal-mecánico, ya sea vía la consolidación de ofertas o

la participación en nuevos mercados. Por otra parte, se pretende dar a conocer los servicios especializados

proporcionados por la Empresa Integradora en otras localidades de los estados con vocación industrial en el

país, con el fin de aprovechar las ventajas creadas por la Integradora y, que los empresarios de la misma

actividad, similares o conexas puedan volverse socios de la integradora.

3ª. Etapa

Enero del año 2001 en adelante

Consolidar la presencia de la empresa Integradora, así como proporcionar servicios que hagan eficiente el

diseño, fabricación, comercialización, distribución de maquinaria de inyección de poliuretano.

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12. Resumen Ejecutivo

Personas físicas y/o morales.- En este proyecto de integración, participan tres personas morales y una persona

física, que serán los socios fundadores de la empresa Integradora administrativa y comercial.

Empresas de nueva creación o en operación.- la información contenida en el siguiente cuadro, señala que se

trata de un grupo de empresas que están participando en el mercado de la maquinaria y equipo para inyección

de plásticos y poliuretano.

Razón social o persona física

Fecha de inicio de

actividades

Edad

1,- Industrias especializados, S.A. de C.V. 26-Enero-1991 10 Años

2.- Incorporaciones, S.A. de C.V. 11 -Septiembre- 1992 6 Años 3. Administración, S.A. de C.V. 22 -Marzo- 2000 6 Meses 4. Ingeniero Armando Martínez Martínez 26 -Enero- 1991 10 Años

Empresas con un proyecto conjunto de negocios.- el proyecto de integración del grupo de México, como se

podrá observar en el plan de negocios que se presenta, tiene entre sus objetivos incrementar y mejorar la

participación actual en el mercado de la fabricación, diseño, asesoría, comercialización e instalación de

maquinaria, equipo, refacciones y sus partes, para la producción de todo tipo de piezas y partes de plástico,

poliuretano y demás materiales susceptibles de transformación en la zona centro del país, principalmente en

los estados de México, Querétaro y el Distrito Federal.

Este proyecto de asociación surge del grupo empresarial.- actualmente la rama de la fabricación, diseño,

asesoría comercialización e instalación de maquinaria, equipo, refacciones y sus partes, para la producción de

todo tipo de piezas y partes de plástico, poliuretano y demás materiales susceptibles de transformación,

enfrentan una intensa competencia internacional, por lo que las empresas nacionales deben competir con

todos los instrumentos a su alcance y sobre todo con los que el gobierno federal proporciona. este grupo de

empresas:

Industrias Especializadas, S. A. de C. V., Incorporaciones, S. A. de C. V., Administración, S. A. de C. V., y la

persona física ingeniero Armando Martínez Martínez, han decidido, sumarse a los esfuerzos que se realizan

para competir exitosamente en el mercado nacional, para ello ha decidido invertir capital y esfuerzos para

formar una empresa Integradora, contemplando los puntos siguientes:

El esquema de integración de cadenas productivas pers1que la eficiencia en el proceso productivo, en este

caso en la rama de la fabricación, diseño, asesoría, comercialización e instalación de maquinaria, equipo,

refacciones sus partes, para la producción de todo tipo de piezas y partes de plástico poliuretano y demás

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materiales susceptibles de transformación, sobre la base de pequeñas escalas productivas de integración

horizontal, con el objeto de obtener bienes y servicios de calidad y precio competitivo, lo que les favorece la

concurrencia al mercado.

Debido a la creciente competencia, es conveniente dar flexibilidad operativa a las empresas integradoras, a

efecto de que puedan comprar y vender por cuenta de sus asociadas, con lo que lograran una mejor posición

ne60ciadora en el mercado.

Como consecuencia de la globalización, resulta importante obtener el rendimiento máximo de la capacidad

productiva que aglutina la sociedad, por lo que es conveniente permitir que la empresa integradora

comercialice una proporción de sus bienes y servicios entre terceros.

Presencia de un líder.- en este caso, el líder del grupo de empresas a integrar formalmente es el ingeniero

Armando Martínez Martínez, el cual posee una vasta experiencia en el medio en que se desenvuelvan las

empresas Industrias Especializadas, S.A. de C.V., Incorporaciones, S.A. de C.V, Administración, S.A. de C.

V.

Las expectativas de la rentabilidad de este plan, no sólo son de corto plazo.- La Integradora Administrativa y

Comercial, percibirá ingresos exclusivamente por concepto de cuotas, comisiones y prestación de servicios a

sus integradas.

Por otra parte, con base en lo que se señala en el artículo 5o del decreto que modifica al diverso que promueve

la organización de empresas integradoras, publicado en el diario oficial de la federación el día 30 de mayo de

1995, esta empresa, Integradora, Administrativa y Comercial, S.A. de C.V., tiene la opción de acogerse al

régimen simplificado de las personas morales que establece la ley del impuesto sobre la renta, por un período

de diez años y a la resolución que otorga facilidades administrativas a los contribuyentes que en la misma se

señalan, a partir del inicio de sus operaciones.

INTEGRADAS No. de Empleados

Industrias Especializadas, S.A. de C.V. 100 (Mediana Industria)

Incorporaciones, S.A. de C.V. 35 (Pequeña Empresa de servicios)

Administración, S.A. de C.V. 20 (Pequeña Empresa de Comercio)

Armando Martínez Martínez 2 (Micro Empresa de Comercio)

Totales (4) Empleos 157

Detección de necesidades de las empresas asociadas.- Mediante una investigación directa y la evaluación de

las operaciones mercantiles de cada una de las empresas del grupo, se detectaron las siguientes necesidades:

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Requieren de un organismo coordinador que concentre y distribuya los pedidos o requerimientos de los

clientes para racionalizar la producción, comercialización y distribución de materias primas insumos y

producto terminado (Maquinaria y Equipo).

Necesitan de una coordinadora para evitar la duplicación de inversiones, principalmente en bienes de capital.

Supervisar las operaciones de Industrias Especializadas. S.A. de C.V., Incorporaciones, SA de C.V.

Administración, S.A. de C.V., y la persona física ingeniero Armando Martínez Martínez y la

aplicación de recursos financieros. Así como el buen desempeño de cada una de las empresas integradas.

Una constante mejora en el diseño de sus productos e innovación. Para mantenerse o participar en nuevos

mercados.

Identificación de las debilidades y fortalezas de las empresas asociadas

Debilidades:

Requieren adquirir moderno equipo de diseño, así como maquinaria y equipo nuevos para el proceso de

fabricación e instalación de maquinaria, equipo, refacciones y sus partes, para la producción de todo tipo de

piezas y partes de plástico, poliuretano y demás materiales susceptibles de transformación, que representa una

inversión alta.

Las empresas del grupo operan de manera independiente, situación que representa una limitación en el

crecimiento de cada una de ellas, ya que la sinergia del grupo que se puede desarrollar al asociarse, no

se concreta.

Constantemente se requieren cargadores frontales y grúas pequeñas y grandes para el manejo y traslado de

materias primas, químicos e insumos, así como para la distribución de la maquinaria, equipo, refacciones y

sus partes, para la producción de todo tipo de piezas y partes de plástico, poliuretano.

No cuenta con suficientes inventarios para satisfacer los requerimientos de sus cuentes, ya que son sobre

diseño y pedidos específicos.

Fortalezas

Industrias Especializadas, S.A. de C.V., Incorporaciones, S.A. de C.V., Administración, S.A. de C.V., son

empresas especializadas y con vasta experiencia en el mercado de la fabricación, diseño, asesoría

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comercialización e instalación de maquinaria, equipo, refacciones y sus partes. para la producción de

todo tipo de piezas y partes de plástico, poliuretano.

Cuentan con mercados, ganados con base en la experiencia y buena oportunidad, alta calidad y precios

competitivos a nivel Internacional.

Se trata de un grupo solidario de empresas que tienen objetivos comunes.

Expectativas de demanda,- el auge en la demanda de maquinaria, equipo, refacciones y partes para la

inyección de poliuretano y plástico permitirá que las industrias de línea blanca, automotriz y la de muebles,

entre otras, en nuestro país presente, al cierre del ano, un incremento del 85%, dinámica que mantiene desde

1999.

Las exportaciones de los sectores, de acuerdo con el INEGI, aumentarán 10%; sin embargo, los empresarios

de este grupo estiman que la recuperación del crédito por parte de la banca comercial, permitirá mejorar el

panorama para la venta y producción de artículos de línea blanca, aparatos electrónicos, automotriz y de

muebles.

El representante del grupo de integradas, indicó que la rama de maquinas y equipo para inyección puede

aspirar a incrementar su monto y volumen en línea con la estabilidad de la industria electrónica y automotriz.

no obstante resaltó el incremento en más de 100% del precio de los productos derivados del petróleo, como

son el plástico y el poliuretano, así como del acero, entre los factores coyunturales que impactan de manera

negativa en los márgenes de las empresas que producen bienes de capital, como es este caso, pues este insumo

constituye uno de sus principales elementos.

Proveedores.- con base en los preceptos de la mecánica y objetivos del sistema de adquisiciones en común,

para garantizar el abasto total en tiempo y volúmenes requeridos por las asociadas, se tiene programado

elaborar un directorio y celebrar convenios con las empresas proveedoras locales, nacionales e

internacionales, que cumplen con los requisitos y estándares de calidad que la empresa integradora fije como

son: el precio, calidad, oportunidad de entrega, capacidad de producción en relación con la demanda, entre

otros.

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Principales servicios especializados que demandan por área

Comercialización

Investigación de la comercialización

Ventas

Mercadotecnia

Captación de clientes

Canales de distribución

Servicios administrativos, gestión administrativa, contable y jurídicos

Servicios administrativos

Gestión administrativa

Servicios contables y de gestión financiera

Capacitación

Adquisiciones y actividades en común

Bolsa de negocios

Enlace de negocios

Financiamiento

Supuestos básicos.- En la etapa del arranque, se proyecta la empresa integradora administrativa y comercial,

S.A. de C.V., cuenta con 4 socios: Industrias Especializadas, S.A. de C.V., Incorporaciones, S.A. de

C.V., Administración S.A. de C.V., y la persona física ingeniero Armando Martínez Martínez. Sin

embargo, se tiene proyectada la integración gradual de más socios por año, de la siguiente manera:

Año Integración de Socios

2000 4 2001 2 2002 2

Se asume que los servicios especializados que brindará la integradora se ofrecerán a otras empresas de la

misma actividad económica, similar y conexas.

Por la misma naturaleza de los servicios especializados, será conveniente que esas empresas se conviertan de

usuarios ocasionales a asociadas, lo que aumentará la posibilidad de que la integradora tensa una

infraestructura más sólida, que permita aumentar los servicios, conservando la calidad de los mismos,

aprovechando las economías de escala en favor de los asociados.

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Valor de las acciones de la nueva sociedad.- Se emitirán 100 acciones de la serie "A", por un valor unitario de

$500.00 (Quinientos pesos), que se constituye como el capital social inicial de la empresa integradora

Administrativa y Comercial, S.A. de C.V., Con las aportaciones sociales de las empresas

industrias Especializadas, S.A. de C.V., Incorporaciones, S.A. de C.V., administración, S.A.

de C.V., y la persona física ingeniero Armando Martínez Martínez y que se describen en el proyecto de acta

constitutiva que se anexa.

Nuevas inversiones.- El grupo de empresas socias, asesoradas por la empresa Integradora, Administrativa y

Comercial, invertirán en el periodo inicial del año 2000 un monto de $ 2.7 millones de pesos, y que se

desglosan en las proyecciones financieras de esta evaluación económico-financiera. Por el momento se tiene

planeado adquirir maquinaria y equipo de alta tecnología para la fabricación de maquinaria, equipo,

refacciones y partes para la inyección de poliuretano, equipo de software para diseño industrial, equipo de

transporte e inventarios entre otros. En el periodo del 2000 al 2002, será un total de inversión de 6.8 millones

de pesos.

Concepto 2000 2001 2002 Maquinaria y equipo 1,000.00 1.000.00 441.00 Equipo de cómputo 100.00 100.00 55.00 Construcciones 50.00 66.00 50.00 Edificio 57.70 Terrenos 50.00 50.00 15.00 Muebles 107.50 Equipo de transporte 350.00 350.00 165.30 Equipo de comunicación 4.50 Inventarios 1,000.00 1,000.00 629.10 Inversión 2,719.70 2,566.00 1,555.40

Análisis de fuente y destino de los recursos.- Los recursos que se utilizan para la concreción del proyecto de

integración serán propios. ya que el grupo de empresas cuenta con suficiente respaldo económico y financiero

tanto de sus accionistas como de los bancos comerciales que operan en el país, así como en estados unidos.

Se cobrarán servicios tecnológicos, diseño de publicidad, diseño de nuevos productos, servicios de impresión

de material promocional, servicios de dirección, asesoría informática, servicios de administración, fiscal y

legal e imagen corporativa, al 10% sobre los ingresos de las integradas que se devengarán y pagarán

mensualmente.

13. Razón Social de la proyectada empresa integradora

Integradora Administrativa y Comercial, S.A. de C.V.

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Este es el nombre que llevara la empresa integradora y que será autorizado por la secretaria de relaciones

exteriores.

Directorio

Promotor del proyecto

Ingeniero Armando Martínez Martínez

Representante legal del grupo Integradora Administrativa y Comercial

Responsable del proyecto

Lic. Alma Delia Cedillo González

Domicilio para recibir y escuchar notificaciones del proyecto:

Gelati No. 10, Colonia San Miguel Chapultepec

C.P. 11850 México, D.F.

Teléfono 5272-66-72

Contrato Social de la empresa

En la Ciudad de México a los días del mes de del año dos mil Yo el Licenciado, Notario Número, hago

constar que comparece el señor, por su propio derecho, para constituir-—EL CONTRATO DE SOCIEDAD

MERCANTIL, bajo la forma de Sociedad Anónima de Capital Variable, a efecto de constituir una Empresa

Integradora de Unidades de Servicios y Productivas, de conformidad con el Decreto que Promueve la

Organización de Empresas Integradora de Unidades de Servicio y Productivas, de conformidad con el Decreto

que Promueve la Organización de Empresas Integradoras, expedido el seis de mayo de mil novecientos

noventa y tres y publicado en el Diario Oficial de la Federación, al día siguiente y reformado el día treinta de

mayo de mil novecientos noventa y cinco, y que formalizan las siguientes personas morales: 1.- El señor,

representante legal de la empresa Industrias Especializadas, S. A. de C. V., 2.- El señor, representante legal de

la empresa Incorporaciones, S. A. de C.V., 3.- El señor, representante legal de la empresa Administrativa, S.

A. de C. V. 4.- El señor ingeniero Armando Martínez Martínez, persona física que realiza actividades

empresariales, todas personas morales constituidas legalmente conforme a las Leyes Mexicanas, comparecen

al tenor de las siguientes:

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CLAUSULAS

CAPÍTULO PRIMERO DENOMINACIÓN, NACIONALIDAD, DOMICILIO, DURACIÓN Y OBJETIVO

PRIMERA. —DENOMINACIÓN.- La Sociedad se denominará: Integradora Administrativa y Comercial

seguida de las palabras Sociedad Anónima de Capital Variable o de sus abreviaturas S. A. de C. V. —

SEGUNDA. —NACIONALIDAD.— La Sociedad será mexicana y ninguna persona extranjera física o

moral, podrá tener participación social o a ser propietaria de acciones de la Sociedad. Si por algún motivo,

alguna de las personas mencionadas anteriormente, por cualquier evento llegare a adquirir una participación

social o a ser propietario de una o más acciones, contraviniendo así lo establecido en este párrafo, se conviene

desde ahora, en que dicha adquisición será nula y, por tanto, “cancelada sin ningún valor la participación

social de que se trate y los títulos que representa, teniéndose por reducido el capital social en una cantidad

igual al valor de la participación cancelada.—-TERCERA.——DOMICILIO.——El domicilio de la Sociedad

será en la ciudad de México, sin perjuicio de las agencias, sucursales corresponsalías, oficinas,

representaciones, dependencias, etcétera, que establezca o pudiera establecer en cualquier parte de la

República Mexicana o en el Extranjero, o bien circunscribirse a una región, entidad federativa, municipio o

localidad, a efecto de que la Sociedad pueda tener una cobertura nacional e internacional, en función de sus

propios requerimientos y los de sus socios. Así como señalar domicilios convencionales para el cumplimiento

de ciertas y determinadas obligaciones, si así lo acuerda la Asamblea General.— CUARTA.- —-

DURACIÓN.—-La duración de la Sociedad será de noventa y nueve años, contados a partir de la fecha de

firma de esta Escritura Constitutiva.—-QUINTA. —-OBJETO SOCIAL.-—El objeto de la Sociedad es: 1.

Promover la integración organizada de unidades preferentemente de escala micro, pequeña y mediana cuyo

principal objeto sea la fabricación, diseño, asesoría comercialización e instalación de maquinaria, equipo,

refacciones y sus partes, para la producción de todo tipo de piezas y partes de plástico, poliuretano y demás

materiales susceptibles de transformación; 2. Consultoría y tramitación de documentos oficiales para la

importación, exportación, comercialización y distribución de bienes muebles, materiales y accesorios para las

industrias metal-mecánica y la de bienes de capital; 3. Conjuntar a las personas físicas y morales integradas

para que puedan obtener un mejoramiento económico y administrativo optimizado en su beneficio las

condiciones para producir, comercializar y distribuir, tanto en el mercado nacional como en el internacional;

4. Efectuar operaciones a nombre y por cuenta de las integradas y promover la organización de éstas, a fin de

que superen su creatividad en la fabricación, diseño, asesoría, comercialización e

instalación de maquinaria, equipo, refacciones y sus partes, para la producción de todo tipo de piezas y partes

de plástico, poliuretano y demás materiales susceptibles de transformación, para lograr la calidad total; 5.

Percibir ingresos exclusivamente por concepto de cuotas, comisiones y prestación de servicios a sus

integradas. Podrá obtener ingresos por otros conceptos, siempre que éstos representen como máximo un diez

por ciento de sus ingresos totales; 6. Proporcionar a las empresas integradas los servicios especializados en las

áreas de tecnología, mercadotecnia, administración, ingeniería, calidad, diseño, entre otros; 7. Proporcionar el

servicio de enlace de empresarios de diversas actividades económicas, propiciando una convivencia que

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les permita hacer negocios iniciar relaciones que estimulen alianzas entre sus integrados; 8. Fomentar el

desarrollo empresarial que induzca a una conducta gerencial más eficiente y competitiva, así como llevar a

cabo la capacitación de los directivos, mandos medios, técnicos y operativos y, de la mano de obra en su caso;

9. Organizar convenciones eventos, conferencias, pláticas informativas; 10. Realizar las gestiones necesarias

en favor de las integradas, para obtener de las autoridades Federales, Estatales y/o Municipales, todo tipo de

apoyos, facilidades, autorizaciones permisos y/o licencias que de acuerdo a sus facultades puedan otorgar,

para la mejor realización tanto del objeto de las integradas como de la propia Integradora; 11. Promover,

gestionar y concertar toda clase de financiamientos en favor de las integradas e integradora en condiciones

preferenciales; 12. Desarrollar los sistemas de informática y de comunicación para prestar los servicios de

asistencia empresarial, por medio de equipos informáticos vía teléfono fax, satélite, correo electrónico, fax

módem, etcétera. Así como a través de redes nacionales e internacionales de comunicación; 13.Proporcionar

los servicios de promoción, publicidad y comercialización, para incrementar y diversificar la participación de

las empresas integradas en los nichos del mercado, así como abatir los costos de operación, mediante la

consolidación de ofertas, elaboración conjunta de estudios de mercado y catálogos promocionales; 14.

Realizar y promover el desarrollo de la investigación científica y tecnológica, así como toda clase de

actividades culturales y educativas a fin de proporcionar un conocimiento actualizado sobre las tendencias del

desarrollo social y económico en el país y en el extranjero; 15. Establecer contacto con organismos públicos y

privados, nacionales e internacionales, a fin de intercambiar conocimientos, experiencias, creatividad

innovaciones y en general instrumentos que fomenten el desarrollo profesional, cultural, científico y

tecnológico 16. La enajenación de todo tipo de bienes muebles o inmuebles, así como la construcción,

constitución en condominio y arrendamiento de los mismos, siempre relacionados con su objeto social; 17.

Adquirir, enajenar y en general negociar todo tipo de acciones, derechos, partes sociales, cualquier título o

valor permitido por la Ley, de cualquier clase de persona moral a excepción de las empresas integradas por lo

que queda prohibido participar directa o indirectamente en el capital social de las mismas; 18. La emisión,

suscripción, aceptación, aval, endoso de cualquier título de crédito y/o valores mobiliarios que la Ley permita;

19. Obtener o conceder préstamos, otorgando y recibiendo garantías específicas, emitir obligaciones, aceptar,

girar, endosar o avalar toda clase de títulos de crédito y otorgar fianzas o garantías de cualquier clase respecto

de las obligaciones contraídas o de los títulos emitidos o aceptados por terceros; 20. La prestación y

contratación de servicios técnicos, consultivos, de asesoría y administrativos, así como la celebración de

contratos o convenios para la realización de estos fines; 21 Girar en el ramo de comisiones, medicaciones y

aceptar el desempeño de representación de negocios de toda especie; 22. La importación, exportación,

fabricación distribución, transportación y enajenación, de todos los bienes y productos necesarios para la

consecución de los fines sociales; 23. Representación y comisionistas; 24. Integrar a las diferentes empresas

socias, servicios que incluyan los aspectos de capacitación y asesoría técnica, medio ambiente, calidad total y

de seguridad industrial orientados a incrementar la competitividad; 25. Contratar toda clase de servicios

comerciales, así como registrar, adquirir, utilizar o disponer por cualquier título legal, todo tipo de patentes,

marcas, nombres comerciales, opciones y preferencias, así como derechos de propiedad industrial y de autor,

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tanto en la República Mexicana como en el extranjero; 26. La ejecución de toda clase de actos y celebración

de toda clase de contratos civiles y/o mercantiles relacionados con los objetos anteriores.

CAPÍTULO SEGUNDO CAPITAL Y ACCIONES

SEXTA.——I. DEL CAPITAL.——El capital social es variable, el mínimo y por tanto, sin derecho a retiro

es de $50,000.00 (CINCUENTA MIL PESOS 00/100 MN..), siendo éste mismo el capital suscrito y

pagado. El capital social máximo será ilimitado.——II. DE LA APORTACIÓN—-Tendrá calidad de

accionista y por lo tanto de integrada, las empresas o personas físicas que adquieran acciones de la empresa

integradora, siempre y cuando sean usuarios de los servicios que presta esta última. El capital de la Sociedad

deberá ser aportado por las sociedades y personas físicas que la integran; la participación de cada una de las

integradas no podrá exceder del treinta por ciento del Capital Social de la Empresa Integradora. Las

sociedades y personas físicas integradas deberán además ser usuarias de los servicios que se brinden a terceras

personas. Podrán participar en el capital social de las sociedades integradas y la Empresa Integradora, las

instituciones de la banca de desarrollo, el Fondo Nacional de Empresas de Solidaridad y en general, cualquier

otro socio, siempre y cuando la participación de las sociedades integradas representen por lo menos un setenta

y cinco por ciento del capital social de la Integradora SÉPTIMA.—"DE LAS ACCIONES.——El capital

suscrito y pagado, citado en la cláusula anterior, está representado por acciones nominativas y liberadas y su

distribución es de acuerdo con la aportación de los Accionistas que consta en la cláusula primera transitoria.

El capital mínimo, está representado por cien acciones con valor nominal de $ 500.00 (QUINENTOS PESOS

00/100 MN.), cada una y serán de la serie "A", el capital variable estará representado por acciones de la serie

"B". ——OCTAVA.-—-DERECHOS DE LAS ACCIONES.—-—Las acciones serán iguales y conferirán los

mismos derechos, no reservándose los fundadores ninguna prerrogativa especial. La adquisición de una

acción implica la sumisión expresa del adquirente a los estatutos de la Sociedad y a las decisiones de la

Asamblea General de Accionistas, así como su conformidad con cuantos negocios y operaciones lleve a cabo

la Sociedad, sin perjuicio del derecho que a los accionistas que constituyen minoría concede el artículo

doscientos uno de la Ley General de Sociedades Mercantiles. Cada acción suscrita da derecho a su legítimo

tenedor a un voto en las asambleas de accionistas. —NOVENA.—TÍTULOS DE LAS ACCIONES.-— -Los

títulos de las acciones y certificados provisionales, deberán ser emitidos y firmados autógrafamente por el

Presidente del Consejo de Administración o el Administrador Único, en un plazo que no podrá exceder de un

año contado a partir de la fecha del presente contrato social o del aumento o modificación del capital en su

caso, y deberán llenar los requisitos establecidos por los artículos ciento veintidós, ciento veinticuatro, ciento

veinticinco, ciento veintiséis, y demás relativos de la Ley General de Sociedades Mercantiles y los demás que

conforme a las Leyes aplicables deban cumplirse.-—DÉCIMA.—-LIBRO DE REGISTRO DE

ACCIONES.——La Sociedad llevará un libro de registro de acciones y en el se anotarán los nombres,

nacionalidad y domicilio de los accionistas, expresando las características y demás particularidades de las

acciones, los cambios y transmisiones de las mismas y del Capital Social de la empresa.—-DECIMA

RIMERA.——AUMENTO Y DISMINUCIÓN DEL CAPITAL SOCIAL FIJO Y VARIABLE.—-Los

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aumentos o disminuciones del Capital Social, serán acordados por la Asamblea General Extraordinaria de

Accionistas, la que señalará los términos y condiciones en que deban hacerse las suscripciones y el pago de

dichas acciones. El Consejo de Administración o e! Administrador Único en su caso, fijará la forma y

términos en que harán las emisiones de las correspondientes acciones. Todo aumento o disminución del

capital social deberá inscribirse en el libro de registro que al efecto llevará la Sociedad; la Asamblea podrá

acordar los aumentos o disminuciones del capital variable o sujeto a retiro, y podrá ser ejercitado por los

socios de acuerdo con las siguientes prevenciones: El retiro parcial o total deberá notificarlo el Accionista a la

Sociedad por escrito y surtirá efectos hasta el final del ejercicio social que esté en curso, si la notificación se

hiciere antes del último trimestre de dicho ejercicio y hasta el final del ejercicio siguiente si se hicieron

después de dicho plazo. En caso de aumento de capital, los Accionistas tendrán derecho a suscribir las

acciones que representen dichos aumentos en proporción al número de acciones de que sean tenedores,

conforme al artículo ciento treinta y dos de la Ley General de Sociedades Mercantiles. Los Accionistas

deberán ejercitar dicho derecho preferente dentro del término de quince días siguientes a la fecha de

publicación en el periódico oficial del domicilio de la Sociedad o en uno de los diarios de mayor circulación

de dicho domicilio, el acuerdo de la Asamblea que haya decretado el aumento. Sin embargo, si en la

Asamblea hubiese estado representada la totalidad del capital social, el citado plazo de quince días se contará

a partir de la fecha de la celebración de la Asamblea y los accionistas se considerarán notificados del acuerdo,

desde ese momento, por lo que no será necesaria su publicación. Las variaciones del capital se regirán por las

siguientes disposiciones: —a) La misma Asamblea que acuerde el aumentó de capital, resolverá sobre la

forma y términos en que dicho aumento debe ser suscrito y pagado, pero ningún nuevo aumento podrá

decretarse antes de que sea pagado íntegramente el aumento anterior. La Asamblea podrá fijar un capital

autorizado y podrá asimismo, autorizar al Administrado Único o al Consejo de Administración, según sea el

caso, a colocarlo en el mercado, respetando el derecho preferente de los Accionistas, las acciones

representativas de dicho capital; inclusive podrá autorizarlo a colocarlas a su discreción, en cuanto el plazo y

montos, dentro del aumento autorizado; b) El capital social no podrá reducirse a menos del mínimo

establecido en estos Estatutos Sociales; —c) La Asamblea que acuerde la disminución del capital variable,

fijará las condiciones en que éste se llevará a cabo, aparte de las que se establezcan en el siguiente inciso;—

d) Todas las reducciones se harán por acciones íntegras y de acuerdo con lo establecido en los siguientes

párrafos.—-1.- Tan pronto como se decrete una reducción, la resolución deberá notificarse a cada uno de los

accionistas concediéndole el derecho para amortizar sus acciones, en proporción a la disminución del capital

decretado; tal derecho deberá ejercitarse dentro de los quince días siguientes al recibo de la notificación.—-2.

Dentro del término establecido, si hubiere peticiones de reembolso por un número de acciones que

correspondan al capital que va a reducirse a los Accionistas que lo soliciten, en la fecha que se hubiere

determinado.—-3. Si las solicitudes de reembolso excedieran del capital amortizable, el monto de la

reducción se distribuirá para su amortización entre los solicitantes, en proporción al número de acciones que

cada uno haya ofrecido para su amortización y se procederá al reembolso en la fecha que se hubiere

determinado.—4.- Si las solicitudes hechas no completaran el número de acciones que deberán ser

amortizadas, se reembolsarán las acciones de los accionistas que así lo solicitaren y se designará por sorteo

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ante Notario o Corredor Público, el resto de las acciones que deban amortizarse, hasta completar el monto en

que se haya acordado, la disminución del capital. En este último caso, las amortizaciones no surtirán efecto

sino hasta el fin del ejercicio que esté corriendo, si el sorteo se hubiere efectuado antes del último trimestre de

dicho ejercicio y hasta el fin del ejercicio siguiente, si se hiciere en el curso del último trimestre;"— e) Las

variaciones del capital deberán ser anotadas en el Libro de Registro, que para el efecto lleve la Sociedad.-—

—DÉCIMA SEGUNDA.—— TRANSMISIÓN DE ACCIONES.—-La Sociedad sólo reconocerá como

Accionista a quien aparezca inscrito como tal en el libro de registro de acciones. La transmisión de las

acciones del capital social, que cualquier socio pretenda realizar, sólo podrá hacerse con la autorización previa

del Consejo de Administración o del Administrador Único en su caso, quedará al cumplimiento previo de las

siguientes reglas:—1. El Accionista interesado en vender o enajenar sus acciones, notificará por escrito su

deseo, al Consejo de Administración o al Administrador Único, según el caso, el que a su vez, lo notificará de

inmediato a los demás accionistas para que éstos, en ejercicio del derecho de preferencia que aquí se les

otorga, puedan adquirir las acciones en venta, en proporción al número de acciones de que sean propietarios.

Este derecho deberá ser ejercido dentro de un plazo de treinta días naturales, contados a partir de la fecha en

que reciban la notificación antes indicada. Los Accionistas manifestarán por escrito al Consejo de

Administración o al Administrador Único, según el caso, el número de acciones que deseen adquirir de las

ofrecidas en venta. Si alguno de los Accionistas no ejercita, total o parcialmente, dentro del plazo señalado, su

derecho de preferencia, ese derecho acrecerá proporcionalmente a los Accionistas restantes; 2. Para la venta

o traspaso de acciones a que esta cláusula se refiere, el precio de cada acción será el que resulte de dividir

entre la totalidad de las acciones suscritas, el capital contable, de acuerdo con el balance general dictaminado

al cierre del ejercicio inmediato anterior, en la inteligencia, sin embargo, que los bienes inmuebles del activo

fijo se computarán al precio de mercado que determine un avalúo que, a cargo del Accionista vendedor, lleve

a cabo una institución bancaria que elija el Consejo de Administración o el Administrador Único, según el

caso;—3. Las disposiciones de esta cláusula no se aplicarán, y por consiguiente, no se requerirá la previa

aprobación del Consejo de Administración o Administrador Único, según el caso, a la transmisión o venta que

cualquiera de éstos haga de sus acciones, a su cónyuge o a sus descendientes en primer grado, en línea

recta.——DÉCIMA TERCERA.—-DE LOS ACCIONISTAS.—Podrán ser Accionistas de la Empresa

Integradora, las personas físicas o morales que estén constituidas preferentemente en el ramo de la

fabricación, diseño, asesoría, comercialización e instalación de maquinaria, equipo, refacciones y sus partes,

para la producción de todo tipo de piezas y partes de plástico, poliuretano y demás materiales susceptibles de

transformación e industrias complementarias o conexas.-—DECIMA CUARTA.—-El ingreso de los

Accionistas a la Empresa Integradora, se hará mediante adquisiciones nominativas, determinando el valor de

dichas acciones por la Asamblea General Ordinaria de Accionistas.——DECIMA QUINTA.——Son

derechos y obligaciones de los Accionistas:—-a) Pagar el valor de las acciones que suscriban dentro de los

plazos que les señale la Asamblea General Ordinaria de Accionistas;—b) Concurrir a las Asambleas

Generales;—-c) Hacer uso de los servicios que proporciona la Empresa Integradora;-—d) Pagar a la Empresa

Integradora, las cuotas y el valor de los servicios proporcionados, según lo establezca la administración de la

Sociedad;—-e) Percibir las utilidades en los términos que arroje el balance anual;-—f) Cumplir en tiempo y

Page 255: informe final para entregar

255

condiciones los compromisos contraídos con la Empresa Integradora;—-g) Solicitar y obtener de la

administración y de las comisiones, toda clase de informes respecto a las actividades y operaciones de la

Sociedad;—-h) Ejercitar los cargos, puestos y comisiones que le encomiende la Asamblea General de

Accionistas o la Administración de la Sociedad;——i) Las demás que los confieren los presentes estatutos.-—

-DECIMA SEXTA.——La calidad de Accionista se pierde:—-a) Por la enajenación de las acciones;—-b) Por

separación voluntaria;— -c) Por exclusión; y -—d) Por resolución judicial.——DECIMA SÉPTIMA.—Son

causas de exclusión:—a) El incumplimiento del contrato social;—-b). Negarse sin causa justificada, a hacer

uso de los servicios que proporciona la Empresa Integradora.-- ——DECIMA OCTAVA.——La exclusión a

que se refiere el artículo anterior procederá por acuerdo de la Asamblea General Ordinaria de Accionistas o de

la Administración de la Sociedad. El accionista excluido será liquidado en atención a su participación en el

haber social de la Sociedad, en la forma y términos que determine la Administración, sin que esto ponga en

peligro la subsistencia de la empresa.

CAPÍTULO TERCERO

DEL GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD

DECIMA NOVENA.—-CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN O ADMINISTRADOR ÚNICO.——La

administración de la Sociedad, estará a cargo de un Consejo de Administración o de un Administrador Único,

de acuerdo con lo que al respecto decida la Asamblea General Ordinaria de Accionistas. En caso de que se

rija por Consejo de Administración, éste se integrará y funcionará de la forma siguiente:— a) Los miembros

del Consejo de Administración serán electos por la Asamblea General Ordinaria de Accionistas, pudiendo

recaer el nombramiento en personas ajenas a la Sociedad, desempeñarán su cargo indefinidamente, serán

nombrados y removidos libremente por la propia Asamblea General Ordinaria de Accionistas y continuarán

en el desempeño de sus cargos hasta que entren en funciones los que fueren nombrados para sustitutos;—-b)

Los accionistas minoritarios que representen cuando menos el veinticinco por ciento de las acciones, tendrán

derecho a designar un Consejero;—c) El Consejo de Administración tendrá el número de miembros que

decida en cada caso la Asamblea y el mismo Consejo, si la Asamblea no lo hizo podrá elegir de entre sus

integrantes al Presidente Secretario y Tesorero, si es el caso;—-d) Los Consejeros deberán garantizar su

manejo, mediante el depósito de dos acciones o la suma de $ 1,000.00 (MIL PESOS 00/100 M. N.), en la Caja

de la Tesorería. Tratándose de personas que no sean Accionistas, deberán garantizar su manejo, mediante el

depósito de numerario por el monto indicado o mediante fianza por la misma cantidad;—e) El Consejo de

Administración se reunirá todas las veces que sea necesario, convocado por el Presidente del propio Consejo,

con una anticipación de ocho días, por carta certificada enviada al domicilio que hayan señalado los

consejeros, de las sesiones que se celebre, se levantará un acta en el libro correspondiente, las cuales serán

firmadas por el Presidente y Secretario del Consejo. No se requerirá citación, si están presentes quienes sean

la totalidad del Consejo y anuentes individuales, sin considerar el capital que representen los Accionistas que

sean consejeros;—-f) El Consejo de Administración podrá asignar como Consejero Delegado a uno o varios

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256

de sus miembros, quienes tendrán las más amplias facultades para representar a la Sociedad como si fuera el

propio Consejo. En los casos en que el Consejo de Administración lo estime conveniente o necesario, podrá

limitar las facultades de los Consejeros Delegados a ciertos y determinados actos o contratos. En caso de que

haya Administrador Único, podrá ser extraño a la Sociedad, pero siempre será Mexicano, Garantizará su

manejo con el depósito de la suma de $ 1,000.00 (MIL PESOS 00/100 M. N.), o fianza por igual cantidad, si

es extraño. Si es Accionista, podrá hacerlo también con el depósito de dos acciones en la Tesorería de la

Sociedad, por la suma equivalente a $ 1,000.00 (MIL PESOS 00/100 M. N.).—-VIGÉSIMA.—-DE LA

REMUNERACIÓN DE LOS CONSEJEROS Y DEL COMISARIO.—-Se determina que los consejeros,

comisario y el Administrador Único, recibirán emolumento alguno por el desempeño de sus cargos. —

VIGÉSIMA PRIMERA.-—FACULTADES DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN O DEL

ADMINISTRADOR ÚNICO.——El Consejo de Administración o el Administrador Único, en su caso, estará

investido de las más amplias facultades que le otorga la Ley y para mayor claridad disfrutará de todas las

correspondientes a un apoderado con Poder General para Pleitos y Cobranzas, Actos de Administración y de

Dominio con todas las facultades generales y las especiales que de acuerdo con la Ley requieran cláusula

especial, sin limitación y con la amplitud que establece el artículo dos mil quinientos cincuenta y cuatro del

Código Civil para el Distrito Federal en todos sus párrafos, así como en lo que se refiere a pleitos y cobranzas

el dos mil quinientos ochenta y siete del mismo ordenamiento en todas sus fracciones y sus correlativos de

cualquier lugar donde se ejercite, que se tienen aquí por reproducidos. Por ello el Consejo de Administración

o el Administrador Único, según el caso, gozará de las facultades, que en forma enunciativa pero no

limitativa, se expresan a continuación:—-I).- PODER GENERAL PARA PLEITOS Y COBRANZAS. Para

que lo ejercite y comparezca ante toda clase de personas y autoridades judiciales y administrativas, civiles,

penales y del trabajo federales y locales, especialmente para articular y absorber posiciones, en juicio y fuera

de él y con la mayor amplitud posible, autorizándolo expresamente para presentar quejas, querellas, denuncias

y constituirse en tercero coadyuvante del Ministerio Público, otorgar perdón y en general para que inicie,

prosiga y determine como le parezca, desistiéndose incluso de toda clase de juicios, recursos o arbitrajes y

procedimientos en general de cualquier orden e inclusive para desistirse del juicios de amparo;—-II).

PODER GENERAL PARA ACTOS DE ADMINISTRACIÓN. Para otorgar y suscribirse toda clase de

documentos públicos y privados, manifestaciones, renuncias, protestas, etcétera, de naturaleza civil mercantil

o cualquier otras, que se requieran para el desempeño de sus funciones administrativas, para nombrar y

remover gerentes, subgerentes, factores, empleados y dependientes, fijándoles sus emolumentos y las

facultades y forma en que deben ejercitar el poder que les confiere;—-III). PODER GENERAL PARA

ACTOS DE DOMINIO. Queda autorizado para ejercitar toda clase de actos de dominio, tales como comprar,

vender, gravar, etcétera, en relación con los bienes muebles e inmuebles, pero exclusivamente para cumplir

con los fines de la Sociedad —IV).- ACEPTAR, OTORGAR, GIRAR, SUSCRIBIR, EMITIR AVALAR Y

ENDOSAR TÍTULOS DE CRÉDITO Y CONTRAER OBLIGACIONES A CARGO DE LA SOCIEDAD.

Podrá hacerlo en la forma y términos previstos por el artículo noveno de la Ley General de Títulos y

Operaciones de Crédito;—V) PODER EN MATERIA LABORAL. Para representar a la Sociedad ante las

autoridades del trabajo, Junta de Conciliación y Arbitraje, en juicios de carácter laboral, en los términos de los

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257

artículos once, cuarenta y seis cuarenta y siete, seiscientos noventa y dos, setecientos ochenta y seis,

ochocientos setenta y seis y ochocientos setenta y ocho de la Ley Federal del Trabajo, pudiendo comparecer

en audiencias, juntas y en la etapa conciliatoria de estos juicios laborales, contentando demandas y oponiendo

excepciones y defensas;—-VI).- SUSTITUIR EN PARTE O TOTALMENTE ESTE PODER Y OTORGAR

PODERES GENERALES Y ESPECIALES. Podrá sustituir en parte o totalmente el poder que se le confiere,

con reserva de su propio ejercicio, otorgar poderes generales y especiales y revocar sustituciones y

mandatos.—-—Vil).- CELEBRAR CONVENIOS. Con el Gobierno Federal y los Gobiernos estatales y

Municipales, en los términos de las fracciones I y IV del artículo veintisiete Constitucional, su Ley Orgánica y

los respectivos Reglamentos, hacer y recibir pagos, ejecutar los acuerdos que tome la Asamblea de

Accionistas, determinar los asuntos que hay necesidad de tratar en las mismas y hacer que se incluyan los

puntos que considere pertinentes, en la Orden del Día de las Asambleas que no fueren convocadas por su

iniciativa; convocar a Asambleas de Accionistas y en general las demás facultades que le corresponden de

conformidad con lo establecido en esta Escritura y la Ley y que no estuvieren reservadas a la Asamblea

General de Accionistas;-—VIII).- La representación y la firma social;——IX).- El Consejo de

Administración o el Administrador Único, tendrá la obligación de presentar proyectos de viabilidad

económico financiero en que se señale el programa específico que desarrollará la Sociedad integradora, así

como sus etapas.

—CAPÍTULO CUARTO—

VIGILANCIA

VIGÉSIMA SEGUNDA. —DE LOS COMISARIOS.— Las Asambleas Ordinarias de Accionistas nombrará

a uno o varios comisarios, que podrán ser o no accionistas y tendrán a su cargo, la vigilancia de la Sociedad.

El o los Accionistas que representen el veinticinco por ciento del capital social, tendrán derecho a designar

otro. Los Comisarios garantizarán su manejo si son accionistas, mediante el depósito en las cajas de la

Sociedad, de una acción que equivalga a la suma de $ 500.00 (QUINIENTOS PESOS 00/100 M. N.) o el

otorgamiento de una fianza por igual cantidad siendo extraños garantizarán su manejo, mediante la entrega de

$ 500.00 (QUINIENTOS PESOS 00/100 M. N.) o fianza por igual cantidad. El o los Comisarios nombrados

durarán en su cargo hasta que la Asamblea no nombre a un sustituto o sustitutos, según sea el caso. El o los

Comisarios gozarán de las facultades y obligaciones que señala el artículo ciento sesenta y seis y demás

relativos de la Ley General de Sociedades Mercantiles, para la designación de personas que funjan en la

Sociedad con el carácter de comisarios, deberán tenerse en cuenta las prohibiciones a que se refiere el artículo

ciento sesenta y cinco de la Ley que se acaba de mencionar. La Asamblea General Ordinaria de Accionistas,

determinará si el Comisario recibirá algún emolumento por el desempeño de su cargo y la cantidad que

constituya el mismo.

Page 258: informe final para entregar

258

CAPÍTULO QUINTO

DE LOS EJERCICIO SOCIALES, DE LA INFORMACIÓN FINANCIERA Y DE LAS UTILIDADES

PERDIDAS

VIGÉSIMA TERCERA.—-Los ejercicios sociales serán de un año y se computarán del primero de enero al

treinta y uno de diciembre, a excepción del primer ejercicio social que se contará a partir del día de la

constitución de la Sociedad y hasta el treinta y uno de diciembre del mismo año.——VIGÉSIMA CUARTA.-

—Al final de cada ejercicio social se presentará a la Asamblea por parte del Consejo de Administración o del

Administrador Único en los términos del artículo ciento setenta y dos de la Ley General de Sociedades

Mercantiles, el informe que detalla la información sobre la marcha de la Sociedad en el ejercicio concluido,

sobre las políticas seguidas en la administración, con los principales criterios contables para la elaboración de

la información financiera, un estado que muestre los resultados, los cambios en la situación financiera de la

Sociedad, los cambios en las partidas que integran el patrimonio social, las notas necesarias para aclarar lo

anterior y el informe del Comisario, mencionado en los Estatutos de la Sociedad.—-VIGÉSIMA QUINTA.—

El informe con sus anexos y el dictamen del Comisario, deberán quedar a disposición de los Accionistas por

lo menos con quince días de anticipación a la fecha de la Asamblea, deberán enviarse a los Accionistas una

copia de los estados financieros, así como los comentarios conjuntamente con la convocatoria de la

Asamblea.-—VIGÉSIMA SEXTA.— Aprobado el informe anual de la Sociedad, las utilidades que de él

puedan resultar, previa deducción de las cantidades necesarias para el pago de los impuestos respectivos, se

aplicarán de la siguiente forma:—a) Se pagará la participación de las utilidades en los términos de la ley a los

trabajadores y empleados;——b) Un diez por ciento para integrar o reconstituir el fondo de reserva legal,

hasta que llegue a presentar una suma igual a la quinta parte del capital social;——c) El remanente si lo

hubiera, se aplicará en la forma que lo determine la Asamblea.——VIGÉSIMA SÉPTIMA.—-Las Asamblea

General Ordinaria de Accionistas, determinará la forma y términos en que se pagarán los dividendos, pero

sólo podrá hacerlo cuando hayan sido debidamente aprobados por la propia Asamblea, los estados financieros

presentados. —VIGÉSIMA OCTAVA.— Las pérdidas si las hubiere, serán absorbidas por los fondos de

reserva y a la falta de estos, por el capital social, sin que los Accionistas sean responsables de ellas por una

suma mayor al importe de sus aportaciones. — CAPÍTULO SEXTO DE LAS ASAMBLEAS VIGÉSIMA

NOVENA.—DE LAS ASAMBLEAS DE ACCIONISTAS.—El órgano supremo de la Sociedad es la

Asamblea de Accionistas y sus decisiones obligarán a los Accionistas, inclusive a los ausentes, disidentes o

incapacitados. Las características funcionamiento y organización de las Asambleas, se regirá por las

disposiciones siguientes: CLASIFICACIÓN DE LAS ASAMBLEAS.- Las Asambleas de Accionistas serán

ordinarias y extraordinarias, de acuerdo con la índole de los asuntos que sean de su incumbencia, las

Asambleas Extraordinarias tratarán de los asuntos enumerados en el artículo ciento ochenta y dos de la Ley

General de Sociedades Mercantiles. Las Asambleas Ordinarias, tratarán los asuntos que no sean de la

competencia de las extraordinarias. Ambas asambleas se celebrarán en el domicilio social de la Sociedad y sin

este requisito serán nulas salvo caso fortuito o de fuerza mayor;—-II).- ASAMBLEAS ORDINARIAS Y

EXTRAORDINARIAS ANUALES.- Las Asambleas Ordinarias se celebrarán cuando menos una vez al año

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259

dentro de los primeros cuatro meses después de concluido el ejercicio social y se les conocerá como

Asamblea Ordinaria Anual, se celebrarán para aprobar o modificar la información que deberán presentar el

Administrador Único o el Consejo de Administración, así como el dictamen del Comisario; las demás se

denominarán Asambleas Extraordinarias y se podrán celebrar en cualquier tiempo, para nombrar el Consejo

de Administración o Administrador Único, al Comisario, a Gerentes Generales, Subgerentes etcétera y en

general para tratar los asuntos a que se refiere el artículo ciento ochenta y uno de la Ley General de

Sociedades Mercantiles;—III).- CONVOCATORIA PARA LAS ASAMBLEAS.- Las Asambleas serán

convocadas por el presidente del Consejo de Administración o por el Administrador Único o por el

Comisario. Las Asambleas también podrán ser convocadas por la Unidad Judicial, en los casos y forma

previstos por los artículos ciento sesenta y ocho, ciento ochenta y cuatro y ciento ochenta y cinco de la Ley

General de Sociedades Mercantiles. Las Asambleas Ordinarias se tendrán por legalmente instaladas en virtud

de primera convocatoria cuando concurra a la celebración el número de Accionistas que representen cuando

menos el cincuenta por ciento del capital social suscrito. En caso de segunda o ulteriores convocatorias, se

instalarán legítimamente con el número de accionistas presentes. Las resoluciones en las Asambleas

Ordinarias se tomarán por mayoría de votos de los Accionistas presentes. Las Asambleas Extraordinarias se

tendrán por legalmente instaladas cuando concurran a su celebración un número de Accionistas que

represente, cuando menos un cincuenta por ciento del capital social suscrito. Las resoluciones en las

Asambleas Extraordinarias se tomarán siempre por el voto mayoritario de los Accionistas que representen,

por lo menos el setenta y cinco por ciento del capital social suscrito. Salvo en caso de que en el momento de

la votación de los respectivos asuntos integrantes de la Orden del Día de una Asamblea, se encuentre

representada la totalidad del capital social suscrito, la convocatoria deberá hacerse por medio de una

publicación en el Diario oficial del domicilio de la Sociedad o en uno de los diarios de mayor circulación en

el mismo, con cuando menos diez días hábiles de anticipación a la fecha de la celebración de la Asamblea; la

convocatoria expresará la fecha, el lugar y la hora en que se celebrará la Asamblea y contendrá la Orden del

Día e irá firmada por quien la haga. Durante los plazos anteriormente señalados, los libros y documentos de

la Sociedad que hayan de presentarse en la Asamblea, deberán estar en las oficinas principales de la misma, a

disposición de los Accionistas. —"TRIGÉSIMA— REPRESENTACIÓN DE LOS ACCIONISTAS”—

Los accionistas tendrán derecho de asistir a las Asambleas personalmente o por medio de apoderado general o

especial bastando carta poder simple. No podrán ser apoderados el Administrador Único o el Consejo de

Administración, el Comisario, el Director General, Gerentes o Subgerentes de la Sociedad —TRIGÉSIMA

PRIMERA— FUNCIONAMIENTO DE LAS ASAMBLEAS —Las Asambleas serán presididas por el

Presidente del propio Consejo de Administración o Administrador Único, según el caso, actuando como

Secretario el que desempeñe tal cargo en el Consejo de Administración o quien designe la Asamblea, según el

caso; a falta de ellos los propios Accionistas designarán por mayoría de votos de los presentes, quién presidirá

y quién será el secretario en la Asamblea. Quien presida la Asamblea nombrará entre los Accionistas, uno o

más escrutadores que certificarán la asistencia y serán los encargados de recoger y hacer el cómputo de las

votaciones. —TRIGÉSIMA SEGUNDA— CERTIFICACIONES Y ACTAS DE ASAMBLEA —La persona

que actúe como Secretario, levantará las actas de las Asambleas, en el libro especial que para el efecto lleve la

Page 260: informe final para entregar

260

Sociedad, glosando al apéndice de estas actas, los documentos que se relacionen en las mismas. El Secretario

del Consejo de Administración o el Administrado Único según el caso, queda facultado para expedir

constancias y certificaciones de dichas actas y documentos.

CAPÍTULO SÉPTIMO

DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN

TRIGÉSIMA TERCERA. —CASOS DE DISOLUCIÓN— La Sociedad podrá disolverse y liquidarse por

cualesquiera de las causas que se señalan en el artículo doscientos veintinueve y demás relativos de la Ley

General de Sociedades Mercantiles y para el caso previsto en la fracción tercera del ordenamiento antes

indicado, se requerirá una votación de las dos terceras partes del capital social, así mismo se podrá disolver

por acuerdo tomado en Asamblea General Extraordinaria de Accionistas. —TRIGÉSIMA CUARTA—

LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD —Disuelta la Sociedad, se pondrán en liquidación y al efecto se

observarán las siguientes disposiciones: ). La Asamblea de Accionistas que acuerde la disolución de la

Sociedad, nombrará uno o más liquidadores; —II).- Una vez nombrados los liquidadores, se inscribirá su

nombramiento en el Registro Público de Comercio y hasta en tanto no se registre, continuará en funciones el

Consejo de Administración o el Administrado Único en su caso; —III).- La Asamblea que acuerde la

disolución y nombre los liquidadores, fijarán las normas a que debe sujetarse el procedimiento de liquidación,

observándose el artículo doscientos cuarenta y siete de la Ley General de Sociedades Mercantiles; --IV).- El

Consejo de Administración o Administrador Único en su caso, entregará al o a los liquidadores nombrados,

los bienes, libros y demás documentos de la Sociedad, levantándose un acta donde se detalla su activo y

pasivo. —TRIGÉSIMA QUINTA— Durante el proceso de liquidación, los liquidadores serán los

representantes legales de la Sociedad. —TRIGÉSIMA SEXTA— Una vez realizada la liquidación de la

Sociedad y aprobada la cuenta de los liquidadores por la Asamblea General de Accionistas, quedará

consumada la liquidación. La Asamblea General de Accionistas fijará en su caso, la retribución que

corresponda a los liquidadores. —TRIGÉSIMA SÉPTIMA— El Comisario desempeñará durante la

liquidación y respecto de los liquidadores, las mismas funciones que normalmente desempeñaba durante la

vida de la Sociedad en relación con el Consejo de Administración o Administrador Único. —TRIGÉSIMA

OCTAVA— Las convocatorias para la celebración de Asambleas Generales de Accionistas durante la

liquidación, serán hechas por el o los liquidadores o por el Comisario.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Page 261: informe final para entregar

261

PRIMERA. —El Capital Social queda íntegramente suscrito y pagado en la siguiente forma:

Accionistas

Número

de

Acciones

Importe

(pesos)

1. Industrias Especializadas, S. A. de C.V.

20

20,000

2. Incorporaciones, S. A. de C. V. 30 30,000 3. Administración, S. A. de C. V. 30 30,000 4. Armando Martínez Martínez 20 20,000 Total Integrados: 4 100 50,000

Cien acciones nominativas, con valor de $ 500.00 (QUINIENTOS PESOS 00/100 M. N.) cada una. Los

accionistas manifiestan, que han depositado en la caja de la Sociedad el importe de sus acciones para ser

destinado a los fines sociales, el cual se encuentra a disposición del Consejo de Administración o el

Administrador Único, que más delante de designa. —SEGUNDA— La reunión celebrada por los Accionistas

al firmar esta escritura, constituye la primera Asamblea General Ordinaria y en la misma se toman los

siguientes acuerdos:—A.- Las acciones suscritas en este acto formarán la serie "A" del Capital Social; —B.-

Se acordó designar como (Presidente del Consejo de Administración y/o Administrador Único de la

Sociedad) al señor C. Armando Martínez Martínez. Se acordó designar como apoderado de la Sociedad al

señor Armando Martínez Martínez, con todas las facultades de la cláusula vigésimo primera de los Estatutos

Sociales: D.- Se acordó designar como apoderado de la Sociedad, al señor Armando Martínez Martínez, con

todas las facultades de la cláusula vigésima primera de los Estatutos Sociales: "E.- Se acordó designar como

comisario de la sociedad, al señor Luis Portilla Lizarraga, quien en éste instrumento comparece y acepta el

cargo y protesta su fiel desempeño; F.- Se acordó que los funcionarios nombrados, depositarán cada uno la

cantidad de $500.00 (QUINIENTOS PESOS 00/100 M. N.) en la caja de la Sociedad, para garantizar su

manejo y ejecución en el desempeño de sus cargos. TERCERA. PERMISO DE LA SECRETARIA DE

RELACIONES EXTERIORES. Los comparecientes declaran que para la constitución de la Sociedad que en

este acto formalizan, se solicitó y obtuvo de la Secretaría de Relaciones Exteriores el permiso

correspondiente, el cual se transcribe a continuación: "Al margen superior izquierdo sello con el Escudo

Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Relaciones Exteriores.- México.- Dirección

General de Asuntos Jurídicos.- Dirección de Permisos Artículo 27 Constitucional.- Permiso No . Expediente

No , Folio No, Tlatelolco, D.F. a de del 2000. El anterior permiso queda agregado al legajo del apéndice de

esta escritura con la letra "A"

Oficio presentado a la secretaria de Economía para la entrega del proyecto de viabilidad

C. P. RICARDO JAVIER MORENO Y GÓMEZ

DELEGADO FEDERAL DE SECOFI EN EL ÁREA METROPOLITANA DEL DISTRITO FEDERAL

Page 262: informe final para entregar

262

P R E S E N TE

Por medio del presente, me permito comunicar a usted, que el grupo de empresas: Industrias Especializadas,

S. A. de C. V., Incorporaciones, S. A. de C. V., Administración, S. A. de C. V., y la persona física Ingeniero

Armando Martínez Martínez, que represento en este acto, han decidido respaldar los esfuerzos que lleva a

cabo el Gobierno Federal, por medio de la Dependencia que usted dignamente representa, para convertir al

conglomerado de empresas mexicanas, en altamente competitivas, para que participen tanto en el mercado

nacional como el internacional.

Por lo expuesto, con base en el Decreto que modifica al diverso que promueve la organización de empresas

integradoras, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 30 de mayo de 1995, presento a usted el Plan

de Negocios, por medio del cual se demuestra la viabilidad económico-financiera del proyecto para constituir

y operar la empresa integradora denominada "integradora TÉCNICA, administrativa Y comercial, S. A. de C.

V., acompañado con el proyecto de Acta Constitutiva, con estatutos, que le dará personalidad jurídica propia,

como una Sociedad Anónima de Capital Variable.

Dichos documentos, son presentados a su consideración, para que en el caso de que cumplan con los

preceptos legales, tenga a bien emitir su autorización para protocolizar el acta constitutiva ante Notario

Público y, así inscribir a esta nueva sociedad en el Registro Nacional de Empresas Integradoras, a cargo de la

Secretaría de Economía.

Cabe mencionar que para realizar el seguimiento y los trámites necesarios, así como para recibir y escuchar

todo tipo de notificaciones que se generen por este proyecto de integración, he tenido a bien nombrar a las

Licenciadas Alma Delia Cedillo G. Y Luz María Pineda, con domicilio en Gelati No. 10, Col. San Miguel

Chapultepec, C. P. 11850 México, D. F., teléfonos y fax 5271 -13-27 y 5273-13-06.

Sin otro particular y en espera de vernos favorecidos con su amable atención, me es grato quedar de usted.

ATENTAMENTE

Ingeniero Armando Martínez Martínez

Representante Legal del Grupo

Oficio Presentado para la entrega de una copia del acta constitutiva en la secretaria de Economía

C. P. RICARDO JAVIER MORENO Y GÓMEZ

DELEGADO FEDERAL DE SECRETARIA DE ECONOMIA

ÁREA METROPOLITANA DEL DISTRITO FEDERAL

P R E S E N TE

Page 263: informe final para entregar

263

Me refiero a su oficio 720/9/4.1.18/2000/, de fecha de del presente año, por medio del cual comunica que en

virtud de que la documentación referente a nuestro proyecto para crear la empresa integradora "Integradora

Administrativa y Comercial, S.A. de C.V.", cumple con los requisitos legales establecidos en el artículo 4° del

decreto que modifica al diverso que promueve la organización de empresas integradoras, publicado en el

Diario Oficial de la Federación el 30 de mayo de 1995, nos recomienda proceder a la protocolización del Acta

Constitutiva de dicha empresa ante notario público y a su inscripción en el Registro Público de Comercio.

Al respecto, con el fin de cumplir con la normatividad sobre empresas integradoras y con base en su amable

recomendación, adjunto al presente, me permito presentar a usted una copia del acta constitutiva de la nueva

sociedad, protocolizada ante Notario Público, cuyo contenido es idéntico al proyecto de acta y estatutos que

obra en el expediente de esa Dependencia Federal.

Es importante mencionar que derivado de los trámites realizados ante la Secretaría de Relaciones Exteriores,

la razón social de la nueva empresa integradora queda definitivamente como " , S. A. de C. V."

Con el propósito de realizar a la brevedad los trámites administrativos y fiscales correspondientes para iniciar

operaciones como integradora, solicito de la manera más atenta, tenga a bien emitir la documentación oficial,

mediante la cual la nueva sociedad "Integradora Administrativa, S. A. de C. V., ha sido inscrita en el Registro

Nacional de Empresas integradoras, a cargo de la Secretaria de Economía.

Sin otro particular, aprovecho la oportunidad para expresar a usted, mi más amplio reconocimiento por la

atención recibida a nuestro proyecto de inversión.

ATENTAMENTE

Armando Martínez Martínez

Representante del Grupo

Anexos: Oficio No. 720/9/4.1.18/2000/ y Acta Constitutiva

4.3 SU CONTABILIDAD

Debido a que la empresa integradora no ha tendido operaciones por cuenta de sus integrantes, solo registra las

operaciones propias, las cuales son muy pocas, sus registros los hace mediante el sistema de pólizas de tipo

ingresos, Cheque y diario soportadas con la documentación comprobatoria, las cuales las registra en el

sistema electrónico COI.

Page 264: informe final para entregar

264

A fin de conocer de una manera general la contabilidad de la empresa integradora se presentan las balanzas

por mes.

INTEGRADORA ADMINISTRATIVA Y COMERCIAL SA DE CV

ITA001019CJ5NTES DE OCA No. 44

Balanzas de comprobación de Enero/05 a

Diciembre de 2005

Tipo de moneda :

Enero

Núm. Cuenta Descripción Saldo anterior Debe Haber Saldo actual

1100-00-00-00 BANCOS 4,715.15 11,506.05 4,487.91 11,733.29

1100-01-00-00 BANAMEX CTA: 2785463 4,715.15 10,700.00 4,082.50 11,332.65

1100-02-00-00 BANAMEX DOLLS CTA:

9001727

0 806.05 405.41 400.64

1100-02-01-00 DOLARES 0 70 36 34

1100-02-02-00 COMPLEMENTARIA M.N. 0 736.05 369.41 366.64

1310-00-00-00 DEUDORES DIVERSOS 19,634.55 0 0 19,634.55

1310-01-00-00 ALEJANDRO AMATO

MARTINEZ

2,300.00 0 0 2,300.00

1310-03-00-00 D.I.E.S.A. 17,334.55 0 0 17,334.55

1320-00-00-00 GASTOS POR COMPROBAR 1,500.00 0 0 1,500.00

1320-01-00-00 GUSTAVO HERNANDEZ 1,500.00 0 0 1,500.00

1500-00-00-00 CONTRIBUCIONES A FAVOR 7,851.56 0 132.66 7,718.90

1500-01-00-00 ISR 0 0 0 0

1500-02-00-00 I.V.A. 7,851.56 0 132.66 7,718.90

1510-00-00-00 IMPUESTOS ANTICIPADOS 1,320.00 0 0 1,320.00

1510-01-00-00 I.S.R. 1,320.00 0 0 1,320.00

Page 265: informe final para entregar

265

1600-00-00-00 ACTIVO FIJO 109,774.44 0 0 109,774.44

1600-03-00-00 MAQUINARIA Y EQUIPO 89,865.20 0 0 89,865.20

1600-03-01-00 1 TORNO MOD GH1440/1000 41,000.00 0 0 41,000.00

1600-03-02-00 1 FRESADORA MOD XUJ6325 48,865.20 0 0 48,865.20

1600-04-00-00 CONSTRUCCCION EN

PROCESO

19,909.24 0 0 19,909.24

1600-04-01-00 MATERIALES 19,909.24 0 0 19,909.24

1610-00-00-00 DEPRECIACION

ACUMULADA

-27,208.43 0 0 -27,208.43

1610-03-00-00 MAQUINARIA Y EQUIPO -26,959.56 0 0 -26,959.56

1610-04-00-00 CONSTRUCCIONES -248.87 0 0 -248.87

2200-00-00-00 ACREEDORES -9,718.55 0 0 -9,718.55

2200-01-00-00 NACIONALES -9,718.55 0 0 -9,718.55

2200-01-01-00 CM INCORPORATED SA -9,718.55 0 0 -9,718.55

2300-00-00-00 IMPUESTOS POR PAGAR 0 132.66 132.66 0

2300-02-00-00 I.V.A. POR PAGAR 0 132.66 132.66 0

2400-00-00-00 IVA POR PAGAR 0 762.72 1,564.57 -801.85

2400-01-00-00 TRASLADADO 0 196.44 1,500.79 -1,304.35

2400-01-01-00 AL 15% 0 196.44 1,500.79 -1,304.35

2400-02-00-00 ACREDITABLE 0 566.28 63.78 502.5

2400-02-01-00 AL 15% 0 566.28 63.78 502.5

3000-00-00-00 CAPITAL SOCIAL -114,119.47 0 0 -114,119.47

3000-01-00-00 CAPITAL SOCIAL -50,000.00 0 0 -50,000.00

3000-02-00-00 UTILIDAD EJERCICIOS

ANTERIO

-88,197.36 0 0 -88,197.36

3000-02-01-00 EJERCICIO 2000 -55,082.60 0 0 -55,082.60

3000-02-02-00 EJERCICIO 2003 -33,114.76 0 0 -33,114.76

3000-03-00-00 PERIDIDA DE EJERCICIOS

ANTERIO

24,077.89 0 0 24,077.89

3000-03-01-00 EJERCICIO 2001 10,446.52 0 0 10,446.52

3000-03-02-00 EJERCICIO 2002 13,631.37 0 0 13,631.37

Page 266: informe final para entregar

266

3110-00-00-00 RESULTADO DEL EJERCICIO 6,250.76 0 0 6,250.76

3110-01-00-00 RESULTADO DEL EJERCICIO 16,697.28 0 0 16,697.28

3110-02-00-00 RESULTADO DEL EJERCICIO

2001

-10,446.52 0 0 -10,446.52

4000-00-00-00 INGRESOS -0.01 0 10,005.26 -10,005.27

4000-05-00-00 POR CUOTAS -0.01 0 10,005.26 -10,005.27

4000-05-01-00 C.M. INCORPORATED S.A. 0 0 8,695.65 -8,695.65

4000-05-02-00 ALEJANDRO AMATO 0 0 0 0

4000-05-03-00 D.I.E.S.A. 0 0 1,309.61 -1,309.61

4000-05-04-00 AMATO S.A. DE C.V. 0 0 0 0

5120-00-00-00 GASTOS FINANCIEROS 0 3,921.63 0 3,921.63

5120-01-00-00 COMISIONES BANCARIAS 0 3,921.63 0 3,921.63

Totales: 0 16,323.06 16,323.06 0

Febrero

Núm. Cuenta Descripción Saldo anterior Debe Haber Saldo actual

1100-00-00-00 BANCOS 11,733.29 0 768.5 10,964.79

1100-01-00-00 BANAMEX CTA: 2785463 11,332.65 0 513 10,819.65

1100-02-00-00 BANAMEX DOLLS CTA: 9001727 400.64 0 255.5 145.14

1100-02-01-00 DOLARES 34 0 23 11

1100-02-02-00 COMPLEMENTARIA M.N. 366.64 0 232.5 134.14

1310-00-00-00 DEUDORES DIVERSOS 19,634.55 0 0 19,634.55

1310-01-00-00 ALEJANDRO AMATO MARTINEZ 2,300.00 0 0 2,300.00

1310-03-00-00 D.I.E.S.A. 17,334.55 0 0 17,334.55

1320-00-00-00 GASTOS POR COMPROBAR 1,500.00 0 0 1,500.00

1320-01-00-00 GUSTAVO HERNANDEZ 1,500.00 0 0 1,500.00

1500-00-00-00 CONTRIBUCIONES A FAVOR 7,718.90 63.33 0 7,782.23

1500-01-00-00 ISR 0 0 0 0

Page 267: informe final para entregar

267

1500-02-00-00 I.V.A. 7,718.90 63.33 0 7,782.23

1510-00-00-00 IMPUESTOS ANTICIPADOS 1,320.00 283 0 1,603.00

1510-01-00-00 I.S.R. 1,320.00 283 0 1,603.00

1600-00-00-00 ACTIVO FIJO 109,774.44 0 0 109,774.44

1600-03-00-00 MAQUINARIA Y EQUIPO 89,865.20 0 0 89,865.20

1600-03-01-00 1 TORNO MOD GH1440/1000 41,000.00 0 0 41,000.00

1600-03-02-00 1 FRESADORA MOD XUJ6325 48,865.20 0 0 48,865.20

1600-04-00-00 CONSTRUCCCION EN PROCESO 19,909.24 0 0 19,909.24

1600-04-01-00 MATERIALES 19,909.24 0 0 19,909.24

1610-00-00-00 DEPRECIACION ACUMULADA -27,208.43 0 0 -27,208.43

1610-03-00-00 MAQUINARIA Y EQUIPO -26,959.56 0 0 -26,959.56

1610-04-00-00 CONSTRUCCIONES -248.87 0 0 -248.87

2200-00-00-00 ACREEDORES -9,718.55 0 0 -9,718.55

2200-01-00-00 NACIONALES -9,718.55 0 0 -9,718.55

2200-01-01-00 CM INCORPORATED SA DE CV -9,718.55 0 0 -9,718.55

2400-00-00-00 IVA POR PAGAR -801.85 63.33 63.33 -801.85

2400-01-00-00 TRASLADADO -1,304.35 0 0 -1,304.35

2400-01-01-00 AL 15% -1,304.35 0 0 -1,304.35

2400-02-00-00 ACREDITABLE 502.5 63.33 63.33 502.5

2400-02-01-00 AL 15% 502.5 63.33 63.33 502.5

3000-00-00-00 CAPITAL SOCIAL -114,119.47 0 0 -114,119.47

3000-01-00-00 CAPITAL SOCIAL -50,000.00 0 0 -50,000.00

3000-02-00-00

UTILIDAD DE EJERCICIOS

ANTERIO -88,197.36 0 0 -88,197.36

3000-02-01-00 EJERCICIO 2000 -55,082.60 0 0 -55,082.60

3000-02-02-00 EJERCICIO 2003 -33,114.76 0 0 -33,114.76

3000-03-00-00

PERIDIDA DE EJERCICIOS

ANTERIO 24,077.89 0 0 24,077.89

3000-03-01-00 EJERCICIO 2001 10,446.52 0 0 10,446.52

3000-03-02-00 EJERCICIO 2002 13,631.37 0 0 13,631.37

Page 268: informe final para entregar

268

3110-00-00-00 RESULTADO DEL EJERCICIO 6,250.76 0 0 6,250.76

3110-01-00-00 RESULTADO DEL EJERCICIO 16,697.28 0 0 16,697.28

3110-02-00-00 RESULTADO DEL EJERCICIO -10,446.52 0 0 -10,446.52

4000-00-00-00 INGRESOS -10,005.27 0 0 -10,005.27

4000-05-00-00 POR CUOTAS -10,005.27 0 0 -10,005.27

4000-05-01-00 C.M. INCORPORATED S.A. -8,695.65 0 0 -8,695.65

4000-05-02-00 ALEJANDRO AMATO 0 0 0 0

4000-05-03-00 D.I.E.S.A. -1,309.61 0 0 -1,309.61

4000-05-04-00 AMATO S.A. DE C.V. 0 0 0 0

5120-00-00-00 GASTOS FINANCIEROS 3,921.63 422.17 0 4,343.80

5120-01-00-00 COMISIONES BANCARIAS 3,921.63 422.17 0 4,343.80

Totales: 0 831.83 831.83 0

Marzo

Núm. cuenta Descripción Saldo anterior Debe Haber Saldo actual

1100-00-00-00 BANCOS 10,964.79 0 416.52 10,548.27

1100-01-00-00 BANAMEX CTA: 2785463 10,819.65 0 293 10,526.65

1100-02-00-00

BANAMEX DOLLS CTA:

9001727 145.14 0 123.52 21.62

1100-02-01-00 DOLARES 11 0 11 0

1100-02-02-00 COMPLEMENTARIA M.N. 134.14 0 112.52 21.62

1310-00-00-00 DEUDORES DIVERSOS 19,634.55 0 0 19,634.55

1310-01-00-00

ALEJANDRO AMATO

MARTINEZ 2,300.00 0 0 2,300.00

1310-03-00-00 D.I.E.S.A. 17,334.55 0 0 17,334.55

1320-00-00-00

GASTOS POR

COMPROBAR 1,500.00 0 0 1,500.00

1320-01-00-00 GUSTAVO HERNANDEZ 1,500.00 0 0 1,500.00

1500-00-00-00 CONTRIBUCIONES A 7,782.23 46.06 0 7,828.29

Page 269: informe final para entregar

269

FAVOR

1500-02-00-00 I.V.A. 7,782.23 46.06 0 7,828.29

1510-00-00-00 IMPUESTOS ANTICIPADOS 1,603.00 0 0 1,603.00

1510-01-00-00 I.S.R. 1,603.00 0 0 1,603.00

1600-00-00-00 ACTIVO FIJO 109,774.44 0 0 109,774.44

1600-03-00-00 MAQUINARIA Y EQUIPO 89,865.20 0 0 89,865.20

1600-03-01-00

1 TORNO MOD

GH1440/1000 41,000.00 0 0 41,000.00

1600-03-02-00

1 FRESADORA MOD

XUJ6325 48,865.20 0 0 48,865.20

1600-04-00-00

CONSTRUCCCION EN

PROCESO 19,909.24 0 0 19,909.24

1600-04-01-00 MATERIALES 19,909.24 0 0 19,909.24

1610-00-00-00

DEPRECIACION

ACUMULADA -27,208.43 0 0 -27,208.43

1610-03-00-00 MAQUINARIA Y EQUIPO -26,959.56 0 0 -26,959.56

1610-04-00-00 CONSTRUCCIONES -248.87 0 0 -248.87

2200-00-00-00 ACREEDORES -9,718.55 0 0 -9,718.55

2200-01-00-00 NACIONALES -9,718.55 0 0 -9,718.55

2200-01-01-00

CM INCORPORATED SA

DE CV -9,718.55 0 0 -9,718.55

2300-00-00-00 IMPUESTOS POR PAGAR 0 63 0 63

2300-02-00-00 I.V.A. POR PAGAR 0 63 0 63

2400-00-00-00 IVA POR PAGAR -801.85 46.06 46.06 -801.85

2400-01-00-00 TRASLADADO -1,304.35 0 0 -1,304.35

2400-01-01-00 AL 15% -1,304.35 0 0 -1,304.35

2400-02-00-00 ACREDITABLE 502.5 46.06 46.06 502.5

2400-02-01-00 AL 15% 502.5 46.06 46.06 502.5

3000-00-00-00 CAPITAL SOCIAL -114,119.47 0 0 -114,119.47

3000-01-00-00 CAPITAL SOCIAL -50,000.00 0 0 -50,000.00

Page 270: informe final para entregar

270

3000-02-00-00

UTILIDAD DE EJERCICIOS

ANTERIO -88,197.36 0 0 -88,197.36

3000-02-01-00 EJERCICIO 2000 -55,082.60 0 0 -55,082.60

3000-02-02-00 EJERCICIO 2003 -33,114.76 0 0 -33,114.76

3000-03-00-00

PERIDIDA DE EJERCICIOS

ANTERIO 24,077.89 0 0 24,077.89

3000-03-01-00 EJERCICIO 2001 10,446.52 0 0 10,446.52

3000-03-02-00 EJERCICIO 2002 13,631.37 0 0 13,631.37

3110-00-00-00

RESULTADO DEL

EJERCICIO 6,250.76 0 0 6,250.76

3110-01-00-00

RESULTADO DEL

EJERCICIO 16,697.28 0 0 16,697.28

3110-02-00-00

RESULTADO DEL

EJERCICIO -10,446.52 0 0 -10,446.52

4000-00-00-00 INGRESOS -10,005.27 0 0 -10,005.27

4000-05-00-00 POR CUOTAS -10,005.27 0 0 -10,005.27

4000-05-01-00 C.M. INCORPORATED S.A. -8,695.65 0 0 -8,695.65

4000-05-02-00 ALEJANDRO AMATO 0 0 0 0

4000-05-03-00 D.I.E.S.A. -1,309.61 0 0 -1,309.61

4000-05-04-00 AMATO S.A. DE C.V. 0 0 0 0

5120-00-00-00 GASTOS FINANCIEROS 4,343.80 307.46 0 4,651.26

5120-01-00-00 COMISIONES BANCARIAS 4,343.80 307.46 0 4,651.26

Totales: 0 462.58 462.58 0

Abril

Núm. cuenta Descripción Saldo anterior Debe Haber Saldo actual

1100-00-00-00 BANCOS 10,548.27 7,000.00 665.28 16,882.99

1100-01-00-00 BANAMEX CTA: 2785463 10,526.65 0 276 10,250.65

1100-02-00-00 BANAMEX DOLLS CTA: 9001727 21.62 7,000.00 389.28 6,632.34

1100-02-01-00 DOLARES 0 626.68 34.99 591.69

1100-02-02-00 COMPLEMENTARIA M.N. 21.62 6,373.32 354.29 6,040.65

Page 271: informe final para entregar

271

1310-00-00-00 DEUDORES DIVERSOS 19,634.55 0 0 19,634.55

1310-01-00-00 ALEJANDRO AMATO MARTINEZ 2,300.00 0 0 2,300.00

1310-03-00-00 D.I.E.S.A. 17,334.55 0 0 17,334.55

1320-00-00-00 GASTOS POR COMPROBAR 1,500.00 0 0 1,500.00

1320-01-00-00 GUSTAVO HERNANDEZ 1,500.00 0 0 1,500.00

1500-00-00-00 CONTRIBUCIONES A FAVOR 7,828.29 0 832.02 6,996.27

1500-01-00-00 ISR 0 0 0 0

1500-02-00-00 I.V.A. 7,828.29 0 832.02 6,996.27

1510-00-00-00 IMPUESTOS ANTICIPADOS 1,603.00 0 0 1,603.00

1510-01-00-00 I.S.R. 1,603.00 0 0 1,603.00

1600-00-00-00 ACTIVO FIJO 109,774.44 0 0 109,774.44

1600-03-00-00 MAQUINARIA Y EQUIPO 89,865.20 0 0 89,865.20

1600-03-01-00 1 TORNO MOD GH1440/1000 41,000.00 0 0 41,000.00

1600-03-02-00 1 FRESADORA MOD XUJ6325 48,865.20 0 0 48,865.20

1600-04-00-00 CONSTRUCCCION EN PROCESO 19,909.24 0 0 19,909.24

1600-04-01-00 MATERIALES 19,909.24 0 0 19,909.24

1610-00-00-00 DEPRECIACION ACUMULADA -27,208.43 0 0 -27,208.43

1610-03-00-00 MAQUINARIA Y EQUIPO -26,959.56 0 0 -26,959.56

1610-04-00-00 CONSTRUCCIONES -248.87 0 0 -248.87

2200-00-00-00 ACREEDORES -9,718.55 0 0 -9,718.55

2200-01-00-00 NACIONALES -9,718.55 0 0 -9,718.55

2200-01-01-00 CM INCORPORATED SA DE CV -9,718.55 0 0 -9,718.55

2300-00-00-00 IMPUESTOS POR PAGAR 63 878.02 832.02 109

2300-02-00-00 I.V.A. POR PAGAR 63 878.02 832.02 109

2400-00-00-00 IVA POR PAGAR -801.85 994.06 994.06 -801.85

2400-01-00-00 TRASLADADO -1,304.35 913.04 913.04 -1,304.35

2400-01-01-00 AL 15% -1,304.35 913.04 913.04 -1,304.35

2400-02-00-00 ACREDITABLE 502.5 81.02 81.02 502.5

2400-02-01-00 AL 15% 502.5 81.02 81.02 502.5

Page 272: informe final para entregar

272

3000-00-00-00 CAPITAL SOCIAL -114,119.47 0 0 -114,119.47

3000-01-00-00 CAPITAL SOCIAL -50,000.00 0 0 -50,000.00

3000-02-00-00

UTILIDAD DE EJERCICIOS

ANTERIO -88,197.36 0 0 -88,197.36

3000-02-01-00 EJERCICIO 2000 -55,082.60 0 0 -55,082.60

3000-02-02-00 EJERCICIO 2003 -33,114.76 0 0 -33,114.76

3000-03-00-00 PERIDIDA EJERCICIOS ANTERIO 24,077.89 0 0 24,077.89

3000-03-01-00 EJERCICIO 2001 10,446.52 0 0 10,446.52

3000-03-02-00 EJERCICIO 2002 13,631.37 0 0 13,631.37

3110-00-00-00 RESULTADO DEL EJERCICIO 6,250.76 0 0 6,250.76

3110-01-00-00 RESULTADO DEL EJERCICIO 16,697.28 0 0 16,697.28

3110-02-00-00 RESULTADO DEL EJERCICIO -10,446.52 0 0 -10,446.52

4000-00-00-00 INGRESOS -10,005.27 0 6,086.96 -16,092.23

4000-05-00-00 POR CUOTAS -10,005.27 0 6,086.96 -16,092.23

4000-05-01-00 C.M. INCORPORATED S.A. -8,695.65 0 0 -8,695.65

4000-05-02-00 ALEJANDRO AMATO 0 0 0 0

4000-05-03-00 D.I.E.S.A. -1,309.61 0 6,086.96 -7,396.57

4000-05-04-00 AMATO S.A. DE C.V. 0 0 0 0

5120-00-00-00 GASTOS FINANCIEROS 4,651.26 538.26 0 5,189.52

5120-01-00-00 COMISIONES BANCARIAS 4,651.26 538.26 0 5,189.52

Totales: 0 9,410.34 9,410.34 0

Mayo

Núm. cuenta Descripción Saldo anterior Debe Haber Saldo actual

1100-00-00-00 BANCOS 16,882.99 0 1,772.00 15,110.99

1100-01-00-00 BANAMEX CTA: 2785463 10,250.65 0 1,772.00 8,478.65

1100-02-00-00 BANAMEX DOLLS CTA: 9001727 6,632.34 0 0 6,632.34

1100-02-01-00 DOLARES 591.69 0 0 591.69

1100-02-02-00 COMPLEMENTARIA M.N. 6,040.65 0 0 6,040.65

Page 273: informe final para entregar

273

1310-00-00-00 DEUDORES DIVERSOS 19,634.55 0 0 19,634.55

1310-01-00-00 ALEJANDRO AMATO MARTINEZ 2,300.00 0 0 2,300.00

1310-03-00-00 D.I.E.S.A. 17,334.55 0 0 17,334.55

1320-00-00-00 GASTOS POR COMPROBAR 1,500.00 0 0 1,500.00

1320-01-00-00 GUSTAVO HERNANDEZ 1,500.00 0 0 1,500.00

1500-00-00-00 CONTRIBUCIONES A FAVOR 6,996.27 30 0 7,026.27

1500-01-00-00 ISR 0 0 0 0

1500-02-00-00 I.V.A. 6,996.27 30 0 7,026.27

1510-00-00-00 IMPUESTOS ANTICIPADOS 1,603.00 1,542.00 0 3,145.00

1510-01-00-00 I.S.R. 1,603.00 1,542.00 0 3,145.00

1600-00-00-00 ACTIVO FIJO 109,774.44 0 0 109,774.44

1600-03-00-00 MAQUINARIA Y EQUIPO 89,865.20 0 0 89,865.20

1600-03-01-00 1 TORNO MOD GH1440/1000 41,000.00 0 0 41,000.00

1600-03-02-00 1 FRESADORA MOD XUJ6325 48,865.20 0 0 48,865.20

1600-04-00-00 CONSTRUCCCION EN PROCESO 19,909.24 0 0 19,909.24

1600-04-01-00 MATERIALES 19,909.24 0 0 19,909.24

1610-00-00-00 DEPRECIACION ACUMULADA -27,208.43 0 0 -27,208.43

1610-03-00-00 MAQUINARIA Y EQUIPO -26,959.56 0 0 -26,959.56

1610-04-00-00 CONSTRUCCIONES -248.87 0 0 -248.87

2200-00-00-00 ACREEDORES -9,718.55 0 0 -9,718.55

2200-01-00-00 NACIONALES -9,718.55 0 0 -9,718.55

2200-01-01-00 CM INCORPORATED SA DE CV -9,718.55 0 0 -9,718.55

2300-00-00-00 IMPUESTOS POR PAGAR 109 0 0 109

2300-01-00-00 I.V.A. POR PAGAR 0 0 0 0

2300-02-00-00 I.V.A. POR PAGAR 109 0 0 109

2400-00-00-00 IVA POR PAGAR -801.85 30 30 -801.85

2400-01-00-00 TRASLADADO -1,304.35 0 0 -1,304.35

2400-01-01-00 AL 15% -1,304.35 0 0 -1,304.35

Page 274: informe final para entregar

274

2400-02-00-00 ACREDITABLE 502.5 30 30 502.5

2400-02-01-00 AL 15% 502.5 30 30 502.5

3000-00-00-00 CAPITAL SOCIAL -114,119.47 0 0 -114,119.47

3000-01-00-00 CAPITAL SOCIAL -50,000.00 0 0 -50,000.00

3000-02-00-00 UTILIDAD EJER ANTERIO -88,197.36 0 0 -88,197.36

3000-02-01-00 EJERCICIO 2000 -55,082.60 0 0 -55,082.60

3000-02-02-00 EJERCICIO 2003 -33,114.76 0 0 -33,114.76

3000-03-00-00 PERIDIDA EJERCICIOS ANTERIO 24,077.89 0 0 24,077.89

3000-03-01-00 EJERCICIO 2001 10,446.52 0 0 10,446.52

3000-03-02-00 EJERCICIO 2002 13,631.37 0 0 13,631.37

3110-01-00-00 RESULTADO DEL EJERCICIO 16,697.28 0 0 16,697.28

3110-02-00-00 RESULTADO DEL EJERCICIO -10,446.52 0 0 -10,446.52

4000-00-00-00 INGRESOS -16,092.23 0 0 -16,092.23

4000-05-00-00 POR CUOTAS -16,092.23 0 0 -16,092.23

4000-05-01-00 C.M. INCORPORATED S.A. -8,695.65 0 0 -8,695.65

4000-05-02-00 ALEJANDRO AMATO 0 0 0 0

4000-05-03-00 D.I.E.S.A. -7,396.57 0 0 -7,396.57

4000-05-04-00 AMATO S.A. DE C.V. 0 0 0 0

5120-00-00-00 GASTOS FINANCIEROS 5,189.52 200 0 5,389.52

5120-01-00-00 COMISIONES BANCARIAS 5,189.52 200 0 5,389.52

Totales: 0 1,802.00 1,802.00 0

Junio

Núm. cuenta Descripción

Saldo

anterior Debe Haber Saldo actual

1100-00-00-00 BANCOS 15,110.99 0 230 14,880.99

1100-01-00-00 BANAMEX CTA: 2785463 8,478.65 0 230 8,248.65

1100-02-00-00 BANAMEX DOLLS CTA: 9001727 6,632.34 0 0 6,632.34

1100-02-01-00 DOLARES 591.69 0 0 591.69

Page 275: informe final para entregar

275

1100-02-02-00 COMPLEMENTARIA M.N. 6,040.65 0 0 6,040.65

1310-00-00-00 DEUDORES DIVERSOS 19,634.55 0 0 19,634.55

1310-01-00-00 ALEJANDRO AMATO MARTINEZ 2,300.00 0 0 2,300.00

1310-03-00-00 D.I.E.S.A. 17,334.55 0 0 17,334.55

1320-00-00-00 GASTOS POR COMPROBAR 1,500.00 0 0 1,500.00

1320-01-00-00 GUSTAVO HERNANDEZ 1,500.00 0 0 1,500.00

1500-00-00-00 CONTRIBUCIONES A FAVOR 7,026.27 30 0 7,056.27

1500-01-00-00 ISR 0 0 0 0

1500-02-00-00 I.V.A. 7,026.27 30 0 7,056.27

1510-00-00-00 IMPUESTOS ANTICIPADOS 3,145.00 283 0 3,428.00

1510-01-00-00 I.S.R. 3,145.00 283 0 3,428.00

1600-00-00-00 ACTIVO FIJO 109,774.44 0 0 109,774.44

1600-03-00-00 MAQUINARIA Y EQUIPO 89,865.20 0 0 89,865.20

1600-03-01-00 1 TORNO MOD GH1440/1000 41,000.00 0 0 41,000.00

1600-03-02-00 1 FRESADORA MOD XUJ6325 48,865.20 0 0 48,865.20

1600-04-00-00 CONSTRUCCCION EN PROCESO 19,909.24 0 0 19,909.24

1600-04-01-00 MATERIALES 19,909.24 0 0 19,909.24

1610-00-00-00 DEPRECIACION ACUMULADA -27,208.43 0 0 -27,208.43

1610-03-00-00 MAQUINARIA Y EQUIPO -26,959.56 0 0 -26,959.56

1610-04-00-00 CONSTRUCCIONES -248.87 0 0 -248.87

2200-00-00-00 ACREEDORES -9,718.55 0 302 -10,020.55

2200-01-00-00 NACIONALES -9,718.55 0 302 -10,020.55

2200-01-01-00 CM INCORPORATED SA DE CV -9,718.55 0 0 -9,718.55

2200-01-02-00 D.I.E.S.A./ Dispos.Industrial. 0 0 302 -302

2300-00-00-00 IMPUESTOS POR PAGAR 109 0 0 109

2300-02-00-00 I.V.A. POR PAGAR 109 0 0 109

2400-00-00-00 IVA POR PAGAR -801.85 30 30 -801.85

2400-01-00-00 TRASLADADO -1,304.35 0 0 -1,304.35

Page 276: informe final para entregar

276

2400-01-01-00 AL 15% -1,304.35 0 0 -1,304.35

2400-02-00-00 ACREDITABLE 502.5 30 30 502.5

2400-02-01-00 AL 15% 502.5 30 30 502.5

3000-00-00-00 CAPITAL SOCIAL -114,119.47 0 0 -114,119.47

3000-01-00-00 CAPITAL SOCIAL -50,000.00 0 0 -50,000.00

3000-02-00-00

UTILIDAD DE EJERCICIOS

ANTERIO -88,197.36 0 0 -88,197.36

3000-02-01-00 EJERCICIO 2000 -55,082.60 0 0 -55,082.60

3000-02-02-00 EJERCICIO 2003 -33,114.76 0 0 -33,114.76

3000-03-00-00

PERIDIDA DE EJERCICIOS

ANTERIO 24,077.89 0 0 24,077.89

3000-03-01-00 EJERCICIO 2001 10,446.52 0 0 10,446.52

3000-03-02-00 EJERCICIO 2002 13,631.37 0 0 13,631.37

3110-00-00-00 RESULTADO DEL EJERCICIO 6,250.76 0 0 6,250.76

3110-01-00-00 RESULTADO DEL EJERCICIO 16,697.28 0 0 16,697.28

3110-02-00-00

RESULTADO DEL EJERCICIO

2001 -10,446.52 0 0 -10,446.52

4000-00-00-00 INGRESOS -16,092.23 0 0 -16,092.23

4000-05-00-00 POR CUOTAS -16,092.23 0 0 -16,092.23

4000-05-01-00 C.M. INCORPORATED S.A. -8,695.65 0 0 -8,695.65

4000-05-02-00 ALEJANDRO AMATO 0 0 0 0

4000-05-03-00 D.I.E.S.A. -7,396.57 0 0 -7,396.57

4000-05-04-00 AMATO S.A. DE C.V. 0 0 0 0

5000-00-00-00 GASTOS 0 19 0 19

5000-15-00-00 MULTAS Y ACTUALIZACIONES 0 3 0 3

5000-16-00-00 RECARGOS 0 16 0 16

5120-00-00-00 GASTOS FINANCIEROS 5,389.52 200 0 5,589.52

5120-01-00-00 COMISIONES BANCARIAS 5,389.52 200 0 5,589.52

Totales: 0 562 562 0

Page 277: informe final para entregar

277

Julio

Núm. cuenta Descripción Saldo anterior Debe Haber Saldo actual

1100-00-00-00 BANCOS 14,880.99 0 0 14,880.99

1100-01-00-00 BANAMEX CTA: 2785463 8,248.65 0 0 8,248.65

1100-02-00-00 BANAMEX DOLLS CTA: 9001727 6,632.34 0 0 6,632.34

1100-02-01-00 DOLARES 591.69 0 0 591.69

1100-02-02-00 COMPLEMENTARIA M.N. 6,040.65 0 0 6,040.65

1310-00-00-00 DEUDORES DIVERSOS 19,634.55 0 0 19,634.55

1310-01-00-00 ALEJANDRO AMATO MARTINEZ 2,300.00 0 0 2,300.00

1310-03-00-00 D.I.E.S.A. 17,334.55 0 0 17,334.55

1320-00-00-00 GASTOS POR COMPROBAR 1,500.00 0 0 1,500.00

1320-01-00-00 GUSTAVO HERNANDEZ 1,500.00 0 0 1,500.00

1500-00-00-00 CONTRIBUCIONES A FAVOR 7,056.27 0 0 7,056.27

1500-01-00-00 ISR 0 0 0 0

1500-02-00-00 I.V.A. 7,056.27 0 0 7,056.27

1510-00-00-00 IMPUESTOS ANTICIPADOS 3,428.00 0 0 3,428.00

1510-01-00-00 I.S.R. 3,428.00 0 0 3,428.00

1600-00-00-00 ACTIVO FIJO 109,774.44 0 0 109,774.44

1600-03-00-00 MAQUINARIA Y EQUIPO 89,865.20 0 0 89,865.20

1600-03-01-00 1 TORNO MOD GH1440/1000 41,000.00 0 0 41,000.00

1600-03-02-00 1 FRESADORA MOD XUJ6325 48,865.20 0 0 48,865.20

1600-04-00-00 CONSTRUCCCION EN PROCESO 19,909.24 0 0 19,909.24

1600-04-01-00 MATERIALES 19,909.24 0 0 19,909.24

1610-00-00-00 DEPRECIACION ACUMULADA -27,208.43 0 0 -27,208.43

1610-03-00-00 MAQUINARIA Y EQUIPO -26,959.56 0 0 -26,959.56

1610-04-00-00 CONSTRUCCIONES -248.87 0 0 -248.87

2200-00-00-00 ACREEDORES -10,020.55 0 0 -10,020.55

2200-01-00-00 NACIONALES -10,020.55 0 0 -10,020.55

Page 278: informe final para entregar

278

2200-01-01-00 CM INCORPORATED SA DE CV -9,718.55 0 0 -9,718.55

2200-01-02-00 D.I.E.S.A./ Dispos.Industrial. -302 0 0 -302

2300-00-00-00 IMPUESTOS POR PAGAR 109 0 0 109

2300-02-00-00 I.V.A. POR PAGAR 109 0 0 109

2400-00-00-00 IVA POR PAGAR -801.85 0 0 -801.85

2400-01-00-00 TRASLADADO -1,304.35 0 0 -1,304.35

2400-01-01-00 AL 15% -1,304.35 0 0 -1,304.35

2400-02-00-00 ACREDITABLE 502.5 0 0 502.5

2400-02-01-00 AL 15% 502.5 0 0 502.5

3000-00-00-00 CAPITAL SOCIAL -114,119.47 0 0 -114,119.47

3000-01-00-00 CAPITAL SOCIAL -50,000.00 0 0 -50,000.00

3000-02-00-00

UTILIDAD DE EJERCICIOS

ANTERIO -88,197.36 0 0 -88,197.36

3000-02-01-00 EJERCICIO 2000 -55,082.60 0 0 -55,082.60

3000-02-02-00 EJERCICIO 2003 -33,114.76 0 0 -33,114.76

3000-03-00-00

PERIDIDA DE EJERCICIOS

ANTERIO 24,077.89 0 0 24,077.89

3000-03-01-00 EJERCICIO 2001 10,446.52 0 0 10,446.52

3000-03-02-00 EJERCICIO 2002 13,631.37 0 0 13,631.37

3110-00-00-00 RESULTADO DEL EJERCICIO 6,250.76 0 0 6,250.76

3110-01-00-00 RESULTADO DEL EJERCICIO 16,697.28 0 0 16,697.28

3110-02-00-00 RESULTADO DEL EJERCICIO 2001 -10,446.52 0 0 -10,446.52

4000-00-00-00 INGRESOS -16,092.23 0 0 -16,092.23

4000-05-00-00 POR CUOTAS -16,092.23 0 0 -16,092.23

4000-05-01-00 C.M. INCORPORATED S.A. -8,695.65 0 0 -8,695.65

4000-05-02-00 ALEJANDRO AMATO 0 0 0 0

4000-05-03-00 D.I.E.S.A. -7,396.57 0 0 -7,396.57

4000-05-04-00 AMATO S.A. DE C.V. 0 0 0 0

5000-00-00-00 GASTOS 19 0 0 19

5000-15-00-00 MULTAS Y ACTUALIZACIONES 3 0 0 3

5000-16-00-00 RECARGOS 16 0 0 16

Page 279: informe final para entregar

279

5120-00-00-00 GASTOS FINANCIEROS 5,589.52 0 0 5,589.52

5120-01-00-00 COMISIONES BANCARIAS 5,589.52 0 0 5,589.52

Totales: 0 0 0 0

Agosto

Núm. cuenta Descripción

Saldo

anterior Debe Haber Saldo actual

1100-00-00-00 BANCOS 14,880.99 10,000.00 182.65 24,698.34

1100-01-00-00 BANAMEX CTA: 2785463 8,248.65 10,000.00 182.65 18,066.00

1100-02-00-00 BANAMEX DOLLS CTA: 90017 6,632.34 0 0 6,632.34

1100-02-01-00 DOLARES 591.69 0 0 591.69

1100-02-02-00 COMPLEMENTARIA M.N. 6,040.65 0 0 6,040.65

1310-00-00-00 DEUDORES DIVERSOS 19,634.55 0 0 19,634.55

1310-01-00-00

ALEJANDRO AMATO

MARTINEZ 2,300.00 0 0 2,300.00

1310-03-00-00 D.I.E.S.A. 17,334.55 0 0 17,334.55

1320-00-00-00 GASTOS POR COMPROBAR 1,500.00 0 0 1,500.00

1320-01-00-00 GUSTAVO HERNANDEZ 1,500.00 0 0 1,500.00

1500-00-00-00 CONTRIBUCIONES A FAVOR 7,056.27 0 0 7,056.27

1500-01-00-00 ISR 0 0 0 0

1500-02-00-00 I.V.A. 7,056.27 0 0 7,056.27

1510-00-00-00 IMPUESTOS ANTICIPADOS 3,428.00 0 0 3,428.00

1510-01-00-00 I.S.R. 3,428.00 0 0 3,428.00

1600-00-00-00 ACTIVO FIJO 109,774.44 0 0 109,774.44

1600-03-00-00 MAQUINARIA Y EQUIPO 89,865.20 0 0 89,865.20

1600-03-01-00 1 TORNO MOD GH1440/1000 41,000.00 0 0 41,000.00

1600-03-02-00 1 FRESADORA MOD XUJ6325 48,865.20 0 0 48,865.20

1600-04-00-00 CONSTRUCCCION EN 19,909.24 0 0 19,909.24

Page 280: informe final para entregar

280

PROCESO

1600-04-01-00 MATERIALES 19,909.24 0 0 19,909.24

1610-00-00-00 DEPRECIACION ACUMULADA -27,208.43 0 0 -27,208.43

1610-03-00-00 MAQUINARIA Y EQUIPO -26,959.56 0 0 -26,959.56

1610-04-00-00 CONSTRUCCIONES -248.87 0 0 -248.87

2200-00-00-00 ACREEDORES -10,020.55 0 0 -10,020.55

2200-01-00-00 NACIONALES -10,020.55 0 0 -10,020.55

2200-01-01-00 CM INCORPORATED SA DE CV -9,718.55 0 0 -9,718.55

2200-01-02-00 D.I.E.S.A./ Dispos.Industrial. -302 0 0 -302

2300-00-00-00 IMPUESTOS POR PAGAR 109 0 0 109

2300-02-00-00 I.V.A. POR PAGAR 109 0 0 109

2400-00-00-00 IVA POR PAGAR -801.85 23.82 1,304.35 -2,082.38

2400-01-00-00 TRASLADADO -1,304.35 0 1,304.35 -2,608.70

2400-01-01-00 AL 15% -1,304.35 0 1,304.35 -2,608.70

2400-02-00-00 ACREDITABLE 502.5 23.82 0 526.32

2400-02-01-00 AL 15% 502.5 23.82 0 526.32

3000-00-00-00 CAPITAL SOCIAL -114,119.47 0 0 -114,119.47

3000-01-00-00 CAPITAL SOCIAL -50,000.00 0 0 -50,000.00

3000-02-00-00

UTILIDAD DE EJERCICIOS

ANTERIO -88,197.36 0 0 -88,197.36

3000-02-01-00 EJERCICIO 2000 -55,082.60 0 0 -55,082.60

3000-02-02-00 EJERCICIO 2003 -33,114.76 0 0 -33,114.76

3000-03-00-00

PERIDIDA DE EJERCICIOS

ANTERIO 24,077.89 0 0 24,077.89

3000-03-01-00 EJERCICIO 2001 10,446.52 0 0 10,446.52

3000-03-02-00 EJERCICIO 2002 13,631.37 0 0 13,631.37

3110-00-00-00 RESULTADO DEL EJERCICIO 6,250.76 0 0 6,250.76

3110-01-00-00 RESULTADO DEL EJERCICIO 16,697.28 0 0 16,697.28

3110-02-00-00

RESULTADO DEL EJERCICIO

2001 -10,446.52 0 0 -10,446.52

Page 281: informe final para entregar

281

4000-00-00-00 INGRESOS -16,092.23 0 8,695.65 -24,787.88

4000-05-00-00 POR CUOTAS -16,092.23 0 8,695.65 -24,787.88

4000-05-01-00 C.M. INCORPORATED S.A. -8,695.65 0 0 -8,695.65

4000-05-02-00 ALEJANDRO AMATO 0 0 0 0

4000-05-03-00 D.I.E.S.A. -7,396.57 0 8,695.65 -16,092.22

4000-05-04-00 AMATO S.A. DE C.V. 0 0 0 0

5000-00-00-00 GASTOS 19 0 0 19

5000-15-00-00

MULTAS Y

ACTUALIZACIONES 3 0 0 3

5000-16-00-00 RECARGOS 16 0 0 16

5120-00-00-00 GASTOS FINANCIEROS 5,589.52 158.83 0 5,748.35

5120-01-00-00 COMISIONES BANCARIAS 5,589.52 158.83 0 5,748.35

Totales: 0 10,182.65 10,182.65 0

Septiembre

Núm. cuenta Descripción

Saldo

anterior Debe Haber

Saldo

actual

1100-00-00-00 BANCOS 24,698.34 0 0 24,698.34

1100-01-00-00 BANAMEX CTA: 2785463 18,066.00 0 0 18,066.00

1100-02-00-00 BANAMEX DOLLS CTA: 9001727 6,632.34 0 0 6,632.34

1100-02-01-00 DOLARES 591.69 0 0 591.69

1100-02-02-00 COMPLEMENTARIA M.N. 6,040.65 0 0 6,040.65

1310-00-00-00 DEUDORES DIVERSOS 19,634.55 0 0 19,634.55

1310-01-00-00 ALEJANDRO AMATO MARTINEZ 2,300.00 0 0 2,300.00

1310-03-00-00 D.I.E.S.A. 17,334.55 0 0 17,334.55

1320-00-00-00 GASTOS POR COMPROBAR 1,500.00 0 0 1,500.00

1320-01-00-00 GUSTAVO HERNANDEZ 1,500.00 0 0 1,500.00

1500-00-00-00 CONTRIBUCIONES A FAVOR 7,056.27 0 0 7,056.27

1500-01-00-00 ISR 0 0 0 0

Page 282: informe final para entregar

282

1500-02-00-00 I.V.A. 7,056.27 0 0 7,056.27

1510-00-00-00 IMPUESTOS ANTICIPADOS 3,428.00 0 0 3,428.00

1510-01-00-00 I.S.R. 3,428.00 0 0 3,428.00

1600-00-00-00 ACTIVO FIJO 109,774.44 0 0 109,774.44

1600-03-00-00 MAQUINARIA Y EQUIPO 89,865.20 0 0 89,865.20

1600-03-01-00 1 TORNO MOD GH1440/1000 41,000.00 0 0 41,000.00

1600-03-02-00 1 FRESADORA MOD XUJ6325 48,865.20 0 0 48,865.20

1600-04-00-00 CONSTRUCCCION EN PROCESO 19,909.24 0 0 19,909.24

1600-04-01-00 MATERIALES 19,909.24 0 0 19,909.24

1610-00-00-00 DEPRECIACION ACUMULADA -27,208.43 0 0 -27,208.43

1610-03-00-00 MAQUINARIA Y EQUIPO -26,959.56 0 0 -26,959.56

1610-04-00-00 CONSTRUCCIONES -248.87 0 0 -248.87

2200-00-00-00 ACREEDORES -10,020.55 0 0 -10,020.55

2200-01-00-00 NACIONALES -10,020.55 0 0 -10,020.55

2200-01-01-00 CM INCORPORATED SA DE CV -9,718.55 0 0 -9,718.55

2200-01-02-00 D.I.E.S.A./ Dispos.Industrial. -302 0 0 -302

2300-00-00-00 IMPUESTOS POR PAGAR 109 0 0 109

2300-02-00-00 I.V.A. POR PAGAR 109 0 0 109

2400-00-00-00 IVA POR PAGAR -2,082.38 0 0 -2,082.38

2400-01-00-00 TRASLADADO -2,608.70 0 0 -2,608.70

2400-01-01-00 AL 15% -2,608.70 0 0 -2,608.70

2400-02-00-00 ACREDITABLE 526.32 0 0 526.32

2400-02-01-00 AL 15% 526.32 0 0 526.32

3000-00-00-00 CAPITAL SOCIAL -114,119.47 0 0

-

114,119.47

3000-01-00-00 CAPITAL SOCIAL -50,000.00 0 0 -50,000.00

3000-02-00-00 UTILIDAD DE EJERCICIOS ANT -88,197.36 0 0 -88,197.36

3000-02-01-00 EJERCICIO 2000 -55,082.60 0 0 -55,082.60

3000-02-02-00 EJERCICIO 2003 -33,114.76 0 0 -33,114.76

3000-03-00-00 PERIDIDA DE EJERCICIOS ANT 24,077.89 0 0 24,077.89

Page 283: informe final para entregar

283

3000-03-01-00 EJERCICIO 2001 10,446.52 0 0 10,446.52

3000-03-02-00 EJERCICIO 2002 13,631.37 0 0 13,631.37

3110-00-00-00 RESULTADO DEL EJERCICIO 6,250.76 0 0 6,250.76

3110-01-00-00 RESULTADO DEL EJERCICIO 16,697.28 0 0 16,697.28

3110-02-00-00 RESULTADO DEL EJERCICIO -10,446.52 0 0 -10,446.52

4000-00-00-00 INGRESOS -24,787.88 0 0 -24,787.88

4000-05-00-00 POR CUOTAS -24,787.88 0 0 -24,787.88

4000-05-01-00 C.M. INCORPORATED S.A. -8,695.65 0 0 -8,695.65

4000-05-02-00 ALEJANDRO AMATO 0 0 0 0

4000-05-03-00 D.I.E.S.A. -16,092.22 0 0 -16,092.22

4000-05-04-00 AMATO S.A. DE C.V. 0 0 0 0

5000-00-00-00 GASTOS 19 0 0 19

5000-15-00-00 MULTAS Y ACTUALIZACIONES 3 0 0 3

5000-16-00-00 RECARGOS 16 0 0 16

5120-00-00-00 GASTOS FINANCIEROS 5,748.35 0 0 5,748.35

5120-01-00-00 COMISIONES BANCARIAS 5,748.35 0 0 5,748.35

Totales: 0 0 0 0

Octubre

Núm. cuenta Descripción Saldo anterior Debe Haber

Saldo

actual

1100-00-00-00 BANCOS 24,698.34 0 0 24,698.34

1100-01-00-00 BANAMEX CTA: 2785463 18,066.00 0 0 18,066.00

1100-02-00-00 BANAMEX DOLLS CTA: 9001727 6,632.34 0 0 6,632.34

1100-02-01-00 DOLARES 591.69 0 0 591.69

1100-02-02-00 COMPLEMENTARIA M.N. 6,040.65 0 0 6,040.65

1310-00-00-00 DEUDORES DIVERSOS 19,634.55 0 0 19,634.55

Page 284: informe final para entregar

284

1310-01-00-00 ALEJANDRO AMATO MARTINEZ 2,300.00 0 0 2,300.00

1310-03-00-00 D.I.E.S.A. 17,334.55 0 0 17,334.55

1320-00-00-00 GASTOS POR COMPROBAR 1,500.00 0 0 1,500.00

1320-01-00-00 GUSTAVO HERNANDEZ 1,500.00 0 0 1,500.00

1500-00-00-00 CONTRIBUCIONES A FAVOR 7,056.27 0 0 7,056.27

1500-01-00-00 ISR 0 0 0 0

1500-02-00-00 I.V.A. 7,056.27 0 0 7,056.27

1510-00-00-00 IMPUESTOS ANTICIPADOS 3,428.00 0 0 3,428.00

1510-01-00-00 I.S.R. 3,428.00 0 0 3,428.00

1600-00-00-00 ACTIVO FIJO 109,774.44 0 0 109,774.44

1600-03-00-00 MAQUINARIA Y EQUIPO 89,865.20 0 0 89,865.20

1600-03-01-00 1 TORNO MOD GH1440/1000 41,000.00 0 0 41,000.00

1600-03-02-00 1 FRESADORA MOD XUJ6325 48,865.20 0 0 48,865.20

1600-04-00-00 CONSTRUCCCION EN PROCESO 19,909.24 0 0 19,909.24

1600-04-01-00 MATERIALES 19,909.24 0 0 19,909.24

1610-00-00-00 DEPRECIACION ACUMULADA -27,208.43 0 0 -27,208.43

1610-03-00-00 MAQUINARIA Y EQUIPO -26,959.56 0 0 -26,959.56

1610-04-00-00 CONSTRUCCIONES -248.87 0 0 -248.87

2200-00-00-00 ACREEDORES -10,020.55 0 0 -10,020.55

2200-01-00-00 NACIONALES -10,020.55 0 0 -10,020.55

2200-01-01-00 CM INCORPORATED SA DE CV -9,718.55 0 0 -9,718.55

2200-01-02-00 D.I.E.S.A./ Dispos.Industrial. -302 0 0 -302

2300-00-00-00 IMPUESTOS POR PAGAR 109 0 0 109

2300-02-00-00 I.V.A. POR PAGAR 109 0 0 109

2400-00-00-00 IVA POR PAGAR -2,082.38 0 0 -2,082.38

2400-01-00-00 TRASLADADO -2,608.70 0 0 -2,608.70

2400-01-01-00 AL 15% -2,608.70 0 0 -2,608.70

2400-02-00-00 ACREDITABLE 526.32 0 0 526.32

2400-02-01-00 AL 15% 526.32 0 0 526.32

Page 285: informe final para entregar

285

3000-00-00-00 CAPITAL SOCIAL -114,119.47 0 0

-

114,119.47

3000-01-00-00 CAPITAL SOCIAL -50,000.00 0 0 -50,000.00

3000-02-00-00 UTILIDAD DE EJERCICIOS ANTERIO -88,197.36 0 0 -88,197.36

3000-02-01-00 EJERCICIO 2000 -55,082.60 0 0 -55,082.60

3000-02-02-00 EJERCICIO 2003 -33,114.76 0 0 -33,114.76

3000-03-00-00 PERIDIDA DE EJERCICIOS ANTERIO 24,077.89 0 0 24,077.89

3000-03-01-00 EJERCICIO 2001 10,446.52 0 0 10,446.52

3000-03-02-00 EJERCICIO 2002 13,631.37 0 0 13,631.37

3110-00-00-00 RESULTADO DEL EJERCICIO 6,250.76 0 0 6,250.76

3110-01-00-00 RESULTADO DEL EJERCICIO 16,697.28 0 0 16,697.28

3110-02-00-00 RESULTADO DEL EJERCICIO 2001 -10,446.52 0 0 -10,446.52

4000-00-00-00 INGRESOS -24,787.88 0 0 -24,787.88

4000-05-00-00 POR CUOTAS -24,787.88 0 0 -24,787.88

4000-05-01-00 C.M. INCORPORATED S.A. -8,695.65 0 0 -8,695.65

4000-05-02-00 ALEJANDRO AMATO 0 0 0 0

4000-05-03-00 D.I.E.S.A. -16,092.22 0 0 -16,092.22

4000-05-04-00 AMATO S.A. DE C.V. 0 0 0 0

5000-00-00-00 GASTOS 19 0 0 19

5000-15-00-00 MULTAS Y ACTUALIZACIONES 3 0 0 3

5000-16-00-00 RECARGOS 16 0 0 16

5120-00-00-00 GASTOS FINANCIEROS 5,748.35 0 0 5,748.35

5120-01-00-00 COMISIONES BANCARIAS 5,748.35 0 0 5,748.35

Totales: 0 0 0 0

Noviembre Saldo anterior Debe Haber Saldo actual

1100-00-00-00 BANCOS 24,698.34 0 0 24,698.34

1100-01-00-00 BANAMEX CTA: 2785463 18,066.00 0 0 18,066.00

1100-02-00-00 BANAMEX DOLLS CTA: 6,632.34 0 0 6,632.34

Page 286: informe final para entregar

286

9001727

1100-02-01-00 DOLARES 591.69 0 0 591.69

1100-02-02-00 COMPLEMENTARIA M.N. 6,040.65 0 0 6,040.65

1310-00-00-00 DEUDORES DIVERSOS 19,634.55 0 0 19,634.55

1310-01-00-00

ALEJANDRO AMATO

MARTINEZ 2,300.00 0 0 2,300.00

1310-03-00-00 D.I.E.S.A. 17,334.55 0 0 17,334.55

1320-00-00-00 GASTOS POR COMPROBAR 1,500.00 0 0 1,500.00

1320-01-00-00 GUSTAVO HERNANDEZ 1,500.00 0 0 1,500.00

1500-00-00-00 CONTRIBUCIONES A FAVOR 7,056.27 0 0 7,056.27

1500-01-00-00 ISR 0 0 0 0

1500-02-00-00 I.V.A. 7,056.27 0 0 7,056.27

1510-00-00-00 IMPUESTOS ANTICIPADOS 3,428.00 0 0 3,428.00

1510-01-00-00 I.S.R. 3,428.00 0 0 3,428.00

1600-00-00-00 ACTIVO FIJO 109,774.44 0 0 109,774.44

1600-03-00-00 MAQUINARIA Y EQUIPO 89,865.20 0 0 89,865.20

1600-03-01-00 1 TORNO MOD GH1440/1000 41,000.00 0 0 41,000.00

1600-03-02-00 1 FRESADORA MOD XUJ6325 48,865.20 0 0 48,865.20

1600-04-00-00

CONSTRUCCCION EN

PROCESO 19,909.24 0 0 19,909.24

1600-04-01-00 MATERIALES 19,909.24 0 0 19,909.24

1610-00-00-00 DEPRECIACION ACUMULADA -27,208.43 0 0 -27,208.43

1610-03-00-00 MAQUINARIA Y EQUIPO -26,959.56 0 0 -26,959.56

1610-04-00-00 CONSTRUCCIONES -248.87 0 0 -248.87

2200-00-00-00 ACREEDORES -10,020.55 0 0 -10,020.55

2200-01-00-00 NACIONALES -10,020.55 0 0 -10,020.55

2200-01-01-00 CM INCORPORATED SA DE CV -9,718.55 0 0 -9,718.55

2200-01-02-00 D.I.E.S.A./ Dispos.Industrial. -302 0 0 -302

2300-00-00-00 IMPUESTOS POR PAGAR 109 0 0 109

Page 287: informe final para entregar

287

2300-02-00-00 I.V.A. POR PAGAR 109 0 0 109

2400-00-00-00 IVA POR PAGAR -2,082.38 0 0 -2,082.38

2400-01-00-00 TRASLADADO -2,608.70 0 0 -2,608.70

2400-01-01-00 AL 15% -2,608.70 0 0 -2,608.70

2400-02-00-00 ACREDITABLE 526.32 0 0 526.32

2400-02-01-00 AL 15% 526.32 0 0 526.32

3000-00-00-00 CAPITAL SOCIAL -114,119.47 0 0 -114,119.47

3000-01-00-00 CAPITAL SOCIAL -50,000.00 0 0 -50,000.00

3000-02-00-00

UTILIDAD DE EJERCICIOS

ANTERIO -88,197.36 0 0 -88,197.36

3000-02-01-00 EJERCICIO 2000 -55,082.60 0 0 -55,082.60

3000-02-02-00 EJERCICIO 2003 -33,114.76 0 0 -33,114.76

3000-03-00-00

PERIDIDA DE EJERCICIOS

ANTERIO 24,077.89 0 0 24,077.89

3000-03-01-00 EJERCICIO 2001 10,446.52 0 0 10,446.52

3000-03-02-00 EJERCICIO 2002 13,631.37 0 0 13,631.37

3110-00-00-00 RESULTADO DEL EJERCICIO 6,250.76 0 0 6,250.76

3110-01-00-00 RESULTADO DEL EJERCICIO 16,697.28 0 0 16,697.28

3110-02-00-00

RESULTADO DEL EJERCICIO

2001 -10,446.52 0 0 -10,446.52

4000-00-00-00 INGRESOS -24,787.88 0 0 -24,787.88

4000-05-00-00 POR CUOTAS -24,787.88 0 0 -24,787.88

4000-05-01-00 C.M. INCORPORATED S.A. -8,695.65 0 0 -8,695.65

4000-05-02-00 ALEJANDRO AMATO 0 0 0 0

4000-05-03-00 D.I.E.S.A. -16,092.22 0 0 -16,092.22

4000-05-04-00 AMATO S.A. DE C.V. 0 0 0 0

5000-00-00-00 GASTOS 19 0 0 19

5000-15-00-00 MULTAS Y ACTUALIZACIONES 3 0 0 3

5000-16-00-00 RECARGOS 16 0 0 16

5120-00-00-00 GASTOS FINANCIEROS 5,748.35 0 0 5,748.35

5120-01-00-00 COMISIONES BANCARIAS 5,748.35 0 0 5,748.35

Page 288: informe final para entregar

288

Totales: 0 0 0 0

Diciembre Saldo anterior Debe Haber Saldo actual

1100-00-00-00 BANCOS 24,698.34 0 145 24,553.34

1100-01-00-00 BANAMEX CTA: 2785463 18,066.00 0 145 17,921.00

1100-02-00-00 BANAMEX DOLLS CTA: 9001727 6,632.34 0 0 6,632.34

1100-02-01-00 DOLARES 591.69 0 0 591.69

1100-02-02-00 COMPLEMENTARIA M.N. 6,040.65 0 0 6,040.65

1310-00-00-00 DEUDORES DIVERSOS 19,634.55 0 0 19,634.55

1310-01-00-00 ALEJANDRO AMATO MARTINEZ 2,300.00 0 0 2,300.00

1310-03-00-00 D.I.E.S.A. 17,334.55 0 0 17,334.55

1320-00-00-00 GASTOS POR COMPROBAR 1,500.00 0 0 1,500.00

1320-01-00-00 GUSTAVO HERNANDEZ 1,500.00 0 0 1,500.00

1500-00-00-00 CONTRIBUCIONES A FAVOR 7,056.27 0 0 7,056.27

1500-01-00-00 ISR 0 0 0 0

1500-02-00-00 I.V.A. 7,056.27 0 0 7,056.27

1510-00-00-00 IMPUESTOS ANTICIPADOS 3,428.00 145 0 3,573.00

1510-01-00-00 I.S.R. 3,428.00 145 0 3,573.00

1600-00-00-00 ACTIVO FIJO 109,774.44 0 0 109,774.44

1600-03-00-00 MAQUINARIA Y EQUIPO 89,865.20 0 0 89,865.20

1600-03-01-00 1 TORNO MOD GH1440/1000 41,000.00 0 0 41,000.00

1600-03-02-00 1 FRESADORA MOD XUJ6325 48,865.20 0 0 48,865.20

1600-04-00-00 CONSTRUCCCION EN PROCESO 19,909.24 0 0 19,909.24

1600-04-01-00 MATERIALES 19,909.24 0 0 19,909.24

1610-00-00-00 DEPRECIACION ACUMULADA -27,208.43 0 995.46 -28,203.89

1610-03-00-00 MAQUINARIA Y EQUIPO -26,959.56 0 0 -26,959.56

Page 289: informe final para entregar

289

1610-04-00-00 CONSTRUCCIONES -248.87 0 995.46 -1,244.33

2200-00-00-00 ACREEDORES -10,020.55 0 0 -10,020.55

2200-01-00-00 NACIONALES -10,020.55 0 0 -10,020.55

2200-01-01-00 CM INCORPORATED SA DE CV -9,718.55 0 0 -9,718.55

2200-01-02-00 D.I.E.S.A./ Dispos.Industrial. -302 0 0 -302

2300-00-00-00 IMPUESTOS POR PAGAR 109 0 0 109

2300-02-00-00 I.V.A. POR PAGAR 109 0 0 109

2400-00-00-00 IVA POR PAGAR -2,082.38 0 0 -2,082.38

2400-01-00-00 TRASLADADO -2,608.70 0 0 -2,608.70

2400-01-01-00 AL 15% -2,608.70 0 0 -2,608.70

2400-02-00-00 ACREDITABLE 526.32 0 0 526.32

2400-02-01-00 AL 15% 526.32 0 0 526.32

3000-00-00-00 CAPITAL SOCIAL -114,119.47 0 0 -114,119.47

3000-01-00-00 CAPITAL SOCIAL -50,000.00 0 0 -50,000.00

3000-02-00-00 UTILIDAD DE EJERCICIOS ANT -88,197.36 0 0 -88,197.36

3000-02-01-00 EJERCICIO 2000 -55,082.60 0 0 -55,082.60

3000-02-02-00 EJERCICIO 2003 -33,114.76 0 0 -33,114.76

3000-03-00-00 PERIDIDA DE EJERCICIOS ANT 24,077.89 0 0 24,077.89

3000-03-01-00 EJERCICIO 2001 10,446.52 0 0 10,446.52

3000-03-02-00 EJERCICIO 2002 13,631.37 0 0 13,631.37

3110-00-00-00 RESULTADO DEL EJERCICIO 6,250.76 0 0 6,250.76

3110-01-00-00 RESULTADO DEL EJERCICIO 16,697.28 0 0 16,697.28

3110-02-00-00 RESULTADO DEL EJERCICIO -10,446.52 0 0 -10,446.52

4000-00-00-00 INGRESOS -24,787.88 0 0 -24,787.88

4000-05-00-00 POR CUOTAS -24,787.88 0 0 -24,787.88

4000-05-01-00 C.M. INCORPORATED S.A. -8,695.65 0 0 -8,695.65

4000-05-02-00 ALEJANDRO AMATO 0 0 0 0

4000-05-03-00 D.I.E.S.A. -16,092.22 0 0 -16,092.22

4000-05-04-00 AMATO S.A. DE C.V. 0 0 0 0

5000-00-00-00 GASTOS 19 995.46 0 1,014.46

Page 290: informe final para entregar

290

5000-14-00-00 DEPRECIACIONES 0 995.46 0 995.46

5000-15-00-00 MULTAS Y ACTUALIZACIONES 3 0 0 3

5000-16-00-00 RECARGOS 16 0 0 16

5120-00-00-00 GASTOS FINANCIEROS 5,748.35 0 0 5,748.35

5120-01-00-00 COMISIONES BANCARIAS 5,748.35 0 0 5,748.35

Totales: 0 1,140.46 1,140.46 0

4 4 CALCULO DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA

4.4.1 PAGOS PROVISIONALES

Con los datos de las balanzas se realiza la siguiente tabla de los pagos provisionales correspondientes

Con los datos de las balanzas se realiza la siguiente tabla de los pagos provisionales correspondientes

DEDULA DE LA DETERMINACION DELOS PAGOS PROVISIONALES 2005

CONCEPTO Enero Febrero Marzo Abril

INGRESOS NOMINALES

INGRESOS PROPIOS 15 % 10,005.26 0.00 0.00 6,086.96

TOTAL DE INGRESOS DEL MES 10,005.26 0.00 0.00 6,086.96

INGRESOS DEL PERIODO 10,005.26 10,005.26 10,005.26 16,092.22

DEDUCCIONES AUTORIZADAS

GASTOS GENERALES 0.00 0.00 0.00 0.00

GASTOS FINANCIEROS 3,921.63 422.17 307.46 538.26

DEDUCCION INVERSIONES DEL PERIODO 88.30 88.59 89.00 89.31

GASTOS DE OPERACIÓN DEL MES 4,009.93 510.76 396.46 627.57

TOTAL DEDUCCIONES DEL PERIODO 4,009.93 4,520.70 4,917.16 5,544.73

BASE 5,995 5,485 5,088 10,547

PERD. FIS. APLICADAS EN EL PERIODO 5,995 5,485 5,088 10,547

RESULTADO FISCAL 0 0 0 0

Page 291: informe final para entregar

291

TASA DEL ART. 10 LISR. 30% 30% 30% 30%

IMPUESTO DETERMINADO 0 0 0 0

PAGOS PROVISIONALES ANTERIORES 0 0 0 0

PAGO PROVISIONAL DE ISR 0 0 0 0

ISR EFECTIVAMENTE PAGADO 283 1542

DIFERENCIA A FAVOR ( A CARGO) 283 0 0 1,542

CONCEPTO Mayo Junio Julio Agosto

INGRESOS NOMINALES

INGRESOS PROPIOS 15 % 0.00 0.00 0.00 8,695.65

TOTAL DE INGRESOS DEL MES 0.00 0.00 0.00 8,695.65

CONTINUACIÓN DE LA TABLA

CONTINUACION DE LA TABLA

INGRESOS DEL PERIODO 16,092.22 16,092.22 16,092.22 24,787.87

DEDUCCIONES AUTORIZADAS

GASTOS GENERALES 0.00 19.00 0.00 0.00

GASTOS FINANCIEROS 200.00 200.00 0.00 158.83

DEDUCCION DE INVERSIONES DEL

PERIODO 89.09 89.00 89.00 89.00

GASTOS DE OPERACIÓN DEL MES 289.09 308.00 89.00 247.83

TOTAL DEDUCCIONES DEL PERIODO 5,833.82 6,141.82 6,230.82 6,478.65

BASE 10,258 9,950 9,861 18,309

PERD. FIS. APLICADAS EN EL

PERIODO 10,258 9,950 9,861 18,309

RESULTADO FISCAL 0 0 0 0

TASA DEL ART. 10 LISR. 30% 30% 30% 30%

IMPUESTO DETERMINADO 0 0 0 0

PAGOS PROVISIONALES ANTERIORES 0 0 0 0

PAGO PROVISIONAL DE ISR 0 0 0 0

ISR EFECTIVAMENTE PAGADO

DIFERENCIA A FAVOR ( A CARGO) 0 0 0 0

Page 292: informe final para entregar

292

CONCEPTO Septiembre Octubre Noviembre Diciembre Total

INGRESOS NOMINALES

INGRESOS PROPIOS 15 % 0.00 0.00 0.00 0.00 24,788

TOTAL DE INGRESOS DEL MES 0.00 0.00 0.00 0.00 24,788

INGRESOS DEL PERIODO 24,788 24,788 24,788 24,788 24,788

DEDUCCIONES AUTORIZADAS

GASTOS GENERALES 0.00 0.00 0.00 0.00 19

GASTOS FINANCIEROS 0.00 0.00 0.00 0.00 5,748

DEDUCCION DE INVERSION 89.00 89.00 89.00 89.00 1,067

GASTOS DE OPERACIÓN DEL MES 89.00 89.00 89.00 89 6835

TOTAL DEDUCCIONES PERIODO 6,567.65 6,656.65 6,745.65 6834.65 6835

BASE 18,220 18,131 18,042 17953 17953

PERD. FIS. APLICADAS EN

PERIODO 18,220 18,131 18,042 17953 17953

RESULTADO FISCAL 0 0 0 0 0

TASA DEL ART. 10 LISR. 30% 30% 30% 30% 30%

IMPUESTO DETERMINADO 0 0 0 0 0

PAGOS PROVISIONALES

ANTERIORES 0 0 0 0 0

PAGO PROVISIONAL DE ISR 0 0 0 0 0

ISR EFECTIVAMENTE PAGADO 145 1,970

DIFERENCIA A FAVOR ( A CARGO) 0 0 145 0 1,970

Para la deducción de inversiones no se toma en cuenta da depreciación de la maquinaria, debido a que esta

fue adquirida para una de las empresas integrantes

Para este calculo se fueron realizando las actualizaciones en cada mes dividiendo el INP del mes de que se

trata el pago provisional hasta el mes de junio, entre el INP de mes de adquisición, esto a fin de aprovechar la

actualización de la inversión que al final del ejercicio se hace. De alguna manera si se evita hacer pagos

provisionales en exceso,

Page 293: informe final para entregar

293

DETERMINACION DE LA DEPRECIACION DE ACTIVOS FIJO DEL 2005

CONCEPTO Año

Mes de

adquisición

Meses de uso

al inicio

May. Y tasa

de deducción

EDIFICIO 5%

Construcción en proceso 2003 Octubre 14 18,255.33

Factor de actualización mensual

Depreciación actualizada al mes de aplicación

Construcción en proceso 2003 Noviembre 13 1,653.91

Factor de actualización mensual

Depreciación actualizada al mes de aplicación

TOTAL 19,909.24

DEPRECIACION ACTUALIZADA DEL ACTIVO 19,909.24

ACTIVOS ADQUIRIDOS POR CUENTA DE SUS INTEGRANTES 89,865.20

TOTAL REGISTRADO EN LIBROS 109,774.44

DEPRECIACIÓN FISCAL POR CADA UNO DE LOS MESES

Concepto Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio

Construcción en proceso 76.06 76.06 76.06 76.06 76.06 76.06

Factor de actualización

mensual 1.0652 1.0687 1.0736 1.0774 1.0747 1.0736

Depreciación actualizada

al mes de aplicación 81.02 81.29 81.66 81.95 81.75 81.66

Construcción en proceso 6.89 6.89 6.89 6.89 6.89 6.89

Factor de actualización

mensual 1.0564 1.0599 1.0647 1.0685 1.0658 1.0648

Depreciación actualizada

al mes de aplicación 7.28 7.30 7.34 7.36 7.34 7.34

TOTAL 88.30 76.06 76.06 76.06 76.06 76.06

Page 294: informe final para entregar

294

Depreciación

actualizada del activo 88.30 88.59 89.00 89.31 89.09 89.00

Continuación de la tabla

Concepto Julio Agosto Septiembre Octubre Noviembre Diciembre

Construcción en proceso 76.06 76.06 76.06 76.06 76.06 76.06

Factor de actualización

mensual 1.0736 1.0736 1.0736 1.0736 1.0736 1.0736

Depreciación

actualizada al mes de

aplicación 81.66 81.66 81.66 81.66 81.66 81.66

Construcción en proceso 6.89 6.89 6.89 6.89 6.89 6.89

Factor de actualización

mensual 1.0648 1.0648 1.0648 1.0648 1.0648 1.0648

Depreciación

actualizada al mes de

aplicación 7.34 7.34 7.34 7.34 7.34 7.34

TOTAL 76.06 76.06 76.06 76.06 76.06 76.06

Depreciación

actualizada del activo 89.00 89.00 89.00 89.00 89.00 89.00

CONTINUACION DE LA TABLA

Depreciación FA ISR

Page 295: informe final para entregar

295

Concepto INP Ultimo

mes del

periodo

utilizado

INP Mes de

Adquisición

Construcción en proceso 912.77 113.447 105.661 1.0736

Factor de actualización mensual

Depreciación actualizada del

Ejercicio 979.31

Construcción en proceso 82.70 113.447 106.538 1.0648

Factor de actualización mensual

Depreciación actualizada del

ejercicio 87.99

DEPRECIACIÓN HISTORICA 995.46

DEPRECIACION

ACTUALIZADA 1,067.30

A continuación del la tabla de deducción de inversiones para información del calculo del impuesto al activo,

en la depreciación aplicada para ISR hay una diferencia por los decimales ya que la actualización de la

depreciación la actualizamos por cada mes y la depreciación de ISR para efectos del impuesto al activo se

realiza al fin de año.

Continuación de la tabla de depreciación

MOI por

deducir

F.A.

P/IA

MOI

actualizado Promedio de

Meses de

uso

Promedio

activo

Concepto

Deducción

de

inversiones

ISR AL INICIO

(IAE)

Por

deducir Activo

Construcción en

proceso 979.95 17,190.44 1.0736 18,455.65 17,965.68 12 17,965.68

Construcción en

proceso 88.05 1,564.32 1.0648 1,665.69 1,621.66 12 1,621.66

17,190.44 1.07 18,455.65 17,965.68 12.00 17,965.68

1,068.00 18,754.76 20,121.34 19,587.34 19,587.34

Page 296: informe final para entregar

296

Las perdidas de ejercicios anteriores por disminuir se actualizan hasta el ultimo mes de la primera mitad del

periodo en el que se aplican por tal motivo bien pudieran aplicarse actualizadas a los pagos provisionales a

partir del mes de junio.

Por tal razón presentamos la siguiente tabla con la actualización de la perdidas por aplicar al inicio del

ejercicio 2005

ACTUALIZACION DE PERDIDAS FISCALES

RESULTADOS DECLARADOS EN EJERCICIOS ANTERIORES

Con el fin de conocer los años en los que se obtuvieron las pérdidas presentamos el cuadro siguiente:

CONCEPTO EJERCICIO EJERCICIO EJERCICIO EJERCICIO EJERCICIO

2000 2001 2002 2003 2004

ENTRADAS 113,345 26,733 0 52,906 6,192

SALIDAS 233,345 24,433 0 15,201 11,637

UTILIDAD FISCAL 2,300 37,705

PERDIDA FISCAL 120,000 5,445

ACTUALIZACION Y APLICACIÓN DE LAS PERDIDAS

PERDIDA POR APLICAR 124,752.00

AL EJERCICIO 2000

INPC JUNIO 2001 95.2150

INPC ULTIMA ACTUALIZACION DICIEMBRE 2000 93.2480

FACTOR DE ACTUALIZACION 1.021

PERDIDA ACTUALIZADA A JUNIO 2001 127,371.79

PERDIDA APLICADA EN EL EJERCICIO 2001 2,300

SALDO DE LA PERDIDA POR APLICAR 125,071.79

Page 297: informe final para entregar

297

INPC DICIEMBRE 2001 97.354

INPC ULTIMA ACTUALIZACION JUNIO 2001 95.215

FACTOR DE ACTUALIZACION 1.0224

PERDIDA ACTUALIZADA A DICIEMBRE 2001 127,873.40

LA SIGUIENE ACTUALIZACION PARA EFECTOS PRACTICOS SE REALIZA HASTA EL

EJERCICIO 2003

TODA VEZ QUE EN EL EJERCICIO 2002 SE DECLARA SIN OPERACIONES

PERDIDA ACTUALIZADA A DICIEMBRE 2001 127,873.40

AL EJERCICIO

INPC JUNIO 2003 104.188

INPC ULTIMA ACTUALIZACION 97.354

FACTOR DE ACTUALIZACION 1.0701

PERDIDA ACTUALIZADA JUNIO 2003 136,837.33

PERDIDA APLICADA EN EJERCICIO 2003 37,909.00

PERDIDA PENDIENTE DE APLICAR 98,928.33

INPC DICIEMBRE 2003 106.996

INPC ULTIMA ACTUALIZACION JUNIO 2003 104.188

FACTOR DE ACTUALIZACION 1.0269

PERDIDA ACTUALIZADA A DICIEMBRE 2003 101,589.50

PERDIDA DE 2004 5,445

Page 298: informe final para entregar

298

INPC DICIEMBRE AÑO DE LA PERDIDA (DIC 04) 112.5500

INPC JULIO AÑO DE LA PERDIDA (2004) 109.022

FACTOR DE ACTUALIZACION 1.0323

PERDIDA ACTUALIZADA A DICIEMBRE 2004 5,620.87

PERDIDA PENDIENTE DE PLICAR DE 2003 101,589.50

ACTUALIZACION

INPC DICIEMBRE 2004 112.5500

INPC ULTIMA ACTUALIZACION DICIEMBRE 2003 106.996

FACTOR DE ACTUALIZACION 1.0519

PERDIDA ACTUALIZADA A DICIEMBRE 2004 106,861.99

PERDIDAS PENDIENTES DE APLICAR 112,482.87

ACTUALIZACION DE PERDIDAS PARA APLICARSE EN EL JERCICIO 2005

PERDIDAS PENDIENTES DE APLICAR 112,482.87

ACTUALIZACION

INPC ULTIMO MES DE EJERCICIO DE APLICACIÓN (JUNIO 2005) 113.447

INPC ULTIMA ACTUALIZACION (DICIEMBRE 2004) 112.5500

FACTOR DE ACTUALIZACION 1.0079

PERDIDA ACTUALIZADA A JUNIO 2005 113,371.48

APLICACIÓN DEL EJERCICIO 2005 17,952.53

SALDO DE LA PERDIDAS POR AMORTIZAR 95,418.95

4.4.2 IMPUESTO DEL EJERCICIO

Page 299: informe final para entregar

299

Para la determinación del impuesto del ejercicio al total de ingresos acumulables se le restan las deducciones

autorizadas, esto nos debe de bar el mismo impuesto calculado en los pagos provisionales, tomando en cuenta

que los contribuyentes del régimen simplificado no calculan el ajuste anual por inflación. Sin embargo a fin

de corroborar esto hacemos una conciliación contable fiscal, aunque para régimen simplificado no se solicite.

INTEGRADORA ADMINISTRATIVA Y COMERCIAL, S.A. DE C.V.

Ejercicio 2005

Determinación del ISR Anual

Ingresos Acumulables 24,788 (+)

Deducciones Autorizadas 6,835 (-)

Utilidad Fiscal Neta 17,953 (=)

Perdidas Fiscales de Ejercicios Ant. 17,953 (-)

Resultado Fiscal 0 (=)

Tasa del articulo 10 de ISR 30% (x)

Impuesto Determinado 0 (=)

Pagos Provisionales 1,970 (-)

ISR Bancario Retenido 0 (-)

Neto a Cargo (A FAVOR) (1,970 ) (=)

INTEGRADORA ADMINISTRATIVA Y COMERCIAL, S.A. DE C.V.

Conciliación Contable Fiscal

Ejercicio 2005

Resultado Contable 18,025

Ingresos Fiscales No Contables 0 ( + )

Ajuste Anual por Inflación Acumulable

Anticipos de Clientes

Ganancia en Enajenación de Activo Fijo

Otros Ingresos Fiscales no contables

Deducciones Contables ( antes de ISR y PTU ) 995 ( + )

Depreciación y Amortización Contable 995.46

Gastos No Deducibles Art 25 IX y X

Page 300: informe final para entregar

300

Otros Gastos No Deducibles

Provisionales de ISR, I.A. Y PTU

Deducciones Fiscales no Contables 1,068 ( - )

Ajuste Anual por Inflación Deducible

Adquisiciones

deducción Fiscal de Inversiones 1,068

Perdida Fiscal en Venta de Activo Fijo

Ingresos Contables No Fiscales 0 ( - )

Anticipos de Clientes del Ejercicio ant.

Ganancia en Enajenación de Activo Fijo

Otros Ingresos

Utilidad o Perdida Fiscal Neta 17,953 ( = )

Ingresos Acumulables 24,788

Deducciones Autorizadas 6,835 ( - )

Utilidad o Perdida Fiscal Neta 17,953 ( = )

4.4.3 PRESENTACIÓN DE MEDIOS ELECTRONICOS

Pago provisionales:

Cuando en un pago provisional se determina cantidad a pagar, para poder realizar este pago es necesario

contar con un servicio bancario en internet que tenga contratado el servicios de pago de impuestos mediante

de la pagina del banco, al ingresar a este servicio se selecciona la opción pago de impuestos o pago de

contribuciones federales, aquí se deberá seleccionar pagos provisionales y la cuenta de donde se ha de hacer

la disposición de los fondos, en esta pagina aparecen los recuadros que se tienen que llenar, como son el RFC

de la empresa, en este caso la empresa integradora, seleccionan los conceptos o el tipo de impuestos que se

pagan, el mes al que corresponde el pago, el tipo de declaración si es normal o completaría, en el casos de

ISR, se tiene que Seleccionar dos veces el mismo concepto una es por el concepto ISR, personas morales,

régimen simplificado. Impuesto propio., ISR personas morales, régimen simplificado impuesto de sus

integrantes.

Estos conceptos aparecen de esa manera, selecciona agregar concepto y luego aceptar, con lo que se hace el

cargo a la cuenta, después de este proceso se emite el recibo bancario por pago de contribuciones federales y

el detalle de los conceptos pagados.

Page 301: informe final para entregar

301

Cuando no se tiene cantidad a pagar en el mes, la declaración se debe presentar mediante la página de internet

del SAT www.sat.gob.mx., en la el árbol de opciones de la izquierda en la opción operaciones, seleccionar el

punto declaraciones informativas razones por las que no se realiza pago (avisos en cero), aplicación de envío

de declaración informativa estadística (avisos en cero) en donde se deberá de ingresar el RFC y la clave

CIEC o firma electrónica avanzada, al ingresar se despliega una pantalla con el RFC, la razón social, el

impuesto en caso del ISR, también deberá ser cualquiera de las opciones o ambas si ambas se presentan en

ceros por ISR, personas morales, régimen simplificado. Impuesto propio., ISR personas morales, régimen

simplificado impuesto de sus integrantes y seleccionar de las lista las razones por las que no se tiene impuesto

a pagar, o especificar una causa, se agrega el concepto al recuadro derecho y se acepta, por este movimiento

la pagina emite un cuse el cual se debe imprimir.

Impuesto del ejercicio:

La presentación de la declaración del ejercicio se hace mediante el programa DEM, el cual se graba de la

pagina de internet del SAT, el cual va cambiando la versión en cada año, una vez que se graba en el equipo de

computo se ingresan al programa y se registra al contribuyente dando clic derecho en la opción de

contribuyente nuevo contribuyente, se ingresan los datos del contribuyente y se agrega el formulario que

contiene los anexos que se deberán de llenar en este caso para las personas morales del régimen simplificado

es el formulario 20, el cual se debe llenar cada uno de los anexos que correspondan deacuerdo con las

operaciones realizadas en el año y de las integrantes, su se pide RFC, Utilidad gravable, Perdidas fiscal, ISR a

cargo o a favor, PTU por distribuir, valor del activo base y el IMPAC a cargo o a favor.

Una vez que se termina de llenar todos los anexos de la declaración, seleccionando la declaración y dando clic

con el mause en la palomita de color verde, si no ha errores emite un mensaje de proceso concluido

satisfactoriamente y se puede ge generar paquete de envío seleccionando el icono con el que se genera el

paquete con el archivo que será enviado a mediante internet ingresando a la página del SAT, seleccionando

del árbol de opciones del lado izquierdo la opción operaciones, envío de la declaración anual, para poder

ingresar a la siguiente opción se deberá de contar con la firma electrónica avanzada o con la clave CIEC,

mientras sigue existiendo esta ultima, se deberá ingresar a la aplicación de envío de personas físicas o morales

en este caso de personas morales, posteriormente aparece un recuadro con para poner el nombre del archivo

que genero el programa DEM, el cual se podrá seleccionar dando un clic, con el mause en la opción examinar,

una vez seleccionado se le da un clic con el mause en la opción enviar, con este proceso se genera un reporte

el cual dice el estado de su declaración es el siguiente, el usuario el archivo recibido por el SAT, tamaño de

archivo en bytes la fecha de recepción que es la del el día y hora de envío, y un folio de recepción.

Si en la declaración del ejercicio no hay impuesto a cargo o este es a favor, con esto se cumple con la

presentación de la declaración en forma, cuando existe impuesto a cargo se deberá de ingresar a portal de

Page 302: informe final para entregar

302

internet bancario para realizar el pago, este procedimiento es el mismo que explicamos para hacer un pago

provisional, solo que se selecciona pago del ejercicio y se selecciona el tipo de impuesto y el ejercicio al que

corresponde, en el caso de ISR puede ser impuesto propio o de sus integrantes o de ambos, se ingresa el

numero de folio de recepción del SAT. Y se acepta el pago.

En los anexos se presentan las declaraciones de nuestro caso practico

CONCLUSIONES

Page 303: informe final para entregar

303

Con todo lo que hemos visto en este trabajo, nos damos cuenta de las ventajas en todos los sentidos que tiene

un empresa integradora en México y que sin embargo la mayoría desconoce no solo estas ventajas si no

también la existencia de las empresas integradoras en México, no cabe duda que todavía hace falta un

programa más eficaz de promoción. La parte fiscal de estas este tipo de empresas es la más estudiada y es la

las ha mantenido en la mira de los contadores y asesores finalistas, sobre todo para aplicar estrategias fiscales

por las ventajas que ofrece el régimen simplificado. Creemos que las empresas Integradoras en México, lejos

de tender a desaparecer van fortalecerse y a desarrollarse mucho más, por todas las ventajas que ofrecen y

que hemos estudiado., es posible que en los próximos años este concepto este mas vigente que nunca, sobre

todo ahora que con la reforma del impuesto sobre la renta en lo que se refiere al costo de ventas, no dudamos

que a las empresas integradora se vean como una ventana para evitar el impacto que tiene el solo hecho de

deducir el costo de ventas en lugar de las compras que es como estábamos acostumbrados a manejarlo y que

las empresas integradoras todavía lo pueden hacer. Esta será una de las principales ventajas desde el punto de

vista fiscal..

En el caso practico vemos como las empresas integrantes han estado realizando operaciones cada una por su

cuenta y no mediante la empresas integradora y como has estado presentando sus declaraciones por cuenta

propia y no por parte de sus integrantes, en el primer caso esto no representa ningún problema debido a que

las empresas integradora se crean como apoyo a sus integrantes y si sus integrantes deciden no aprovechar

este beneficio o esta opción lo pueden hacer, con respecto a la forma de presentar sus impuestos es de donde,

se debe de cambiar la forma en que lo están haciendo, ya que en el articulo ochenta y uno de la ley del

impuesto sobre la renta, referente a las obligaciones del régimen simplificado dicen que las personas morales

cumplirán con sus propias obligaciones y lo harán en forma conjunta con sus integrantes, en el caso de que así

proceda , en el caso del impuesto que se determine por cada uno de sus integrantes se enterara de manera

conjunta en una sola declaración. También menciona que las personas morales que no realicen las actividades

empresariales por cuenta de sus integrantes deberán cumplir con las obligaciones de este titulo y con las del

articulo 122 y 125 de esta ley.

Por otro lado en lo que respecta al caso práctico el grupo de empresas que hasta ahora no ha querido y no han

sabido trabajar bajo el esquema de la empresa integradora, ahora tendrán un estimula más para hacerlos y

este es el costo de ventas, creemos que esto es factible hacerlo aun cuando no han venido operando bajo ese

esquema, recordemos que este tipo de empresas fue creado para promover la organización de empresas, solo

que este grupo no ha querido trabajar por medio de la empresa integradora, pero la empresa integradora no

pierde su figura por ese hecho, ya que incluso podría admitir a otros socios que si quisieran trabajar en este

esquema o empezar a operar por cuenta de los que ya tiene.

Para poder llevar acabo lo antes mencionado la empresa integradora tendría primero que modificar su acta

constitutiva cambiando su objeto social ya que dentro de este no contempla la fabricación de piezas de

plástico ni de dispositivos industriales, este cambio seria mediante asamblea general de accionistas y

Page 304: informe final para entregar

304

protocolizarla ante notario publico, es este cambio se mencionaría que integra o cambia a su objeto social la

fabricación de piezas de plástico y dispositivos industriales y otros materiales susceptibles de transforma y

comercializar para cubrir una gran gama de posibilidades, luego los socios o integrantes tendrían que dar

aviso a la Secretaria de Hacienda ya que hasta el momento no lo han hecho, mediante Aviso R2, Anexo 2, paa

informarle que pertenecen a la empresa integradora, posteriormente, las empresas integrantes no tendrían que

hacer los contratos de mandato es decir que la empresa integradora no realizara operaciones por cuenta de sus

socios, si no lo hará por cuenta de la propia integradora para todas las operaciones que realice sean propias,

únicamente tendrían que celebrar un convenio con los integrantes que de las utilidades que genere la empresa

integradora al final de año tendrán derecho a ellas en la proporción en que contribuyeron para su obtención de

esas utilidades que la empresa llevara un análisis de las operaciones en las que intervenga cada integrantes

para determina su utilidad, así esta empresa integradora no será de servicios si no de producción, lo mejor de

todo es que actualmente este servicios se da por que todas las empresas están participando en la fabricación

administración y venta del los mismos productos solo que los están haciendo bajo un esquema equivocado,

nuestra conclusión, en este trabajo es que las empresas integradoras tienen grandes beneficios en todos los

sentidos pero se tiene que definir lo que se pretende alcanzar trabajando bajo ese esquema y encontrar los

mecanismos para que den los resultados que se esperan.

BIBLIOGRAFIA

SECRETARIA DE ECONOMIA

Page 305: informe final para entregar

305

SUBSECRETARIA PARA LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

DIRECCION GENERAL DE DESARROLLO EMPRESARIAL Y OPORTUNIDADES DE NEGOCIO

BIBLIOGRAFIA

Institucional

Programa de Política Industrial y Comercio Exterior, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de

mayo de 1996.

Decreto que promueve la organización de Empresas Integradoras, publicado en el Diario Oficial de la

Federación el 7 de mayo de 1993 y sus modificaciones del 30 de mayo de 1995.

Ley General de Sociedades Cooperativas, modificación publicada en el Diario Oficial de la Federación el 3 de

agosto de 1994. Editorial Porrúa.

Ley General de Sociedades Mercantiles, modificación publicada en el Diario Oficial de la Federación el 24 de

diciembre de 1996. Editorial Porrúa.

Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, modificación publicada en el Diario

Oficial de la Federación el 30 de abril de 1996. Editorial Porrúa.

Ley Agraria, modificación publicada en el Diario Oficial de la Federación el 9 de julio de 1993. Editores

Delma.

Ley de Sociedades de Solidaridad Social, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de mayo de

1976.

Ley Federal para el Fomento de la Microindustria y la Actividad Artesanal, publicada en el Diario Oficial de

la Federación el 26 de enero de 1988 y sus modificaciones y adiciones del 22 de julio de 1991.

Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada de Interés Público, publicada en el Diario Oficial de la

Federación el 31 de agosto de 1934.

Criterios de estratificación de las empresas, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 30 de marzo de

1999.

Diagnóstico de Empresas Integradoras, junio de 1996. Secretaría de Comercio y Fomento Industrial.

Page 306: informe final para entregar

306

Académica

Baca Urbina Gabriel, Evaluación de Proyectos, McGraw-Hill, México, D.F, 1995.

Fundación Friedrich Ebert (Representación en México), Desarrollo y Fomento de la Subcontratación

Industrial en México, 1998.

G. Meredith, E. Nelson y A. Neck, Lo que todo pequeño empresario debe saber, Oficina Internacional del

Trabajo, 1988.

Gallardo Cervantes J., Formulación y Evaluación de Proyectos de Inversión, McGraw-Hill, México, D.F,

1998.

Howard Poteet G., Cómo empezar su propio Negocio, McGraw-Hill, México, D.F, 1991.

Istituto Regionale di Ricerca della Lombardia, Sviluppo e Innovazione nella Piccola e Media Impresa, Franco

Angeli Editore, Italia 1983.

Mitsuru Yamazaki, Japan´s Community-Based Industries: A Case Study of Small Industry, Asian

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Oficina Internacional del Trabajo (OIT), Manual: Mejore su Negocio, Alfaomega Grupo Editor, Colombia,

1995.

Reyes Mora Oswaldo G. y Sánchez Vázquez Gustavo, Estudio Jurídico-Fiscal de las Empresas Integradoras,

Sistemas de Información Contable y Administrativa Computarizados, S.A. de C.V.

Rueda Peiro Isabel, Las Empresas Integradoras en México, Siglo XXI Editores, 1997.

Samitier Jorge Alberto, Algo sobre Pequeña y Mediana Empresa, Centro de Investigaciones de Métodos y

Técnicas para Pequeñas y Medianas Empresas, Instituto Nacional de Tecnología Industrial, Argentina 1979.

Sánchez Lozano y Cantú Delgado, El Plan de Negocios del Emprendedor, McGraw-Hill, México, D.F, 1993.

Sistema Económico Latinoamericano (SELA), PYME´s, Escenario de Oportunidades en el Siglo XXI,

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Page 307: informe final para entregar

307

Como apoyo a la difusión de este esquema de cooperación empresarial, se cuenta con un Módulo de

Empresas Integradoras en INTERNET en la siguiente dirección:

http://www.contactopyme.gob.mx.

Cadenas productivas

Empresas Integradoras

www.sat.gob.mx

www.sre.gob.mx

Ley del Impuesto Sobre la Renta

Ley del Impuesto al Activo

Ley General de Sociedades Mercantiles

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos