CAPITULO V IMPACTO AMBIENTAL DE LOS RESIDUOS 5.1- RESUMEN EJECUTIVO La Empresa Minera MINSUR y el proceso de globalización de la economía a nivel mundial ha incrementado en los últimos años la aparición de nuevas tecnologías y actividades económicas diversas que han acrecentado, tanto en los países desarrollados como en países en vías de desarrollo la preocupación para identificar plenamente las interacciones entre las fuerzas económicas y el medio ambiente para preservar a este último de los efectos perjudiciales de las actividades humanas no controladas. El presente estudio se enmarca dentro de los dispositivos legales vigentes como la ley del sistema nacional de evaluación ambiental promulgada en abril del 2 001, código del medio ambiente y de los recursos naturales, aprobado por el decreto legislativo Nº 613, concordante con el decreto legislativo Nº 756, ley marco para el crecimiento de la inversión privada, que establece la obligación de realizar los estudios de impacto ambiental previamente a la certificación ambiental de la autoridad sectorial competente para el caso de actividades que impliquen riesgos ambientales potenciales, al
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CAPITULO V
IMPACTO AMBIENTAL DE LOS RESIDUOS
5.1- RESUMEN EJECUTIVO
La Empresa Minera MINSUR y el proceso de globalización de la
economía a nivel mundial ha incrementado en los últimos años la aparición de
nuevas tecnologías y actividades económicas diversas que han acrecentado,
tanto en los países desarrollados como en países en vías de desarrollo la
preocupación para identificar plenamente las interacciones entre las fuerzas
económicas y el medio ambiente para preservar a este último de los efectos
perjudiciales de las actividades humanas no controladas.
El presente estudio se enmarca dentro de los dispositivos legales vigentes
como la ley del sistema nacional de evaluación ambiental promulgada en abril
del 2 001, código del medio ambiente y de los recursos naturales, aprobado
por el decreto legislativo Nº 613, concordante con el decreto legislativo Nº 756,
ley marco para el crecimiento de la inversión privada, que establece la
obligación de realizar los estudios de impacto ambiental previamente a la
certificación ambiental de la autoridad sectorial competente para el caso de
actividades que impliquen riesgos ambientales potenciales, al reglamento de
protección ambiental en la actividad minero metalúrgica (D.S. Nº 029-94
EM/VM) que establece en forma clara las previsiones que se deben adoptar
para el cuidado del medio ambiente en la implementación de proyectos de
desarrollo minero.
5.2.- OBJETIVOS Y ALCANCES DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL
El presente estudio de impacto ambiental tiene como objetivo
primordial realizar el análisis ambiental del proyecto para lo cual se busca
evaluar e identificar los impactos.
Para tal fin fueron identificados y evaluados, de posible ocurrencia en
el medio geográfico proponiéndose a continuación las medidas de mitigación
y monitoreo para disminuir los efectos de los impactos de tipo negativo, de
modo que en la fase de operación se disponga de una operación eficiente y
confiable sin alteraciones ambientales.
5.3.- RESPONSABILIDAD AMBIENTAL
La actividad minera actual es totalmente distinta a la que se llevaba a
cabo hasta mediados del siglo pasado.
A fines de los 90 aparecen las corrientes empresariales - llamadas
corrientes o filosofías corporativas de responsabilidad ambiental social,
tecnologías limpias – menos contaminantes en relación con el ambiente,
esta toma de decisiones se debió a tres razones:
Se generalizó a nivel mundial la importancia del respeto de estándares
socio ambiéntales a fin de preservar el ambiente para futura
generaciones.
La sociedad comenzó a exigir de todos sus miembros (empresas, estado,
comunidad, etc) respeto y un mejor cuidado del ambiente.
Las empresas mineras se dieron cuenta que si cumplían con estándares
ambientales exigidos a nivel internacional, serían reconocidas por el
público en general como empresas ambientalmente responsables.
5.4.- MARCO LEGAL
El marco legal del presente estudio es el código del medio ambiente y
los recursos naturales establecidos y la ley general de aguas.
5.5.- DESCRIPCION DEL MEDIO AMBIENTE
Evaluar los impactos ambientales con el propósito de identificar las
medidas de mitigación a los impactos adversos.
5.5.1.- AMBIENTE FISICO
El ambiente físico esta desarrollado por la evaluación de la capacidad
de uso de tierras, calidad del aire, nivel de ruido. etc.
5.5.2.- CALIDAD DE SUELOS
En la unidad minera se presentan predominantemente las
denominadas tierras de protección dentro de las cuales incluye las tierras
para pastos.
En vista de la fisiografía abrupta de la zona, la composición del terreno
y su ubicación entre 4 200 y 5 200 m.s.n.m. la formación de los suelos es
pobre y su composición restringida a suelos terrosos, líticos, peñascosos o
rocosos.
5.5.3.- CALIDAD DEL AGUA
Los efluentes de la unidad minera San Rafael discurren hacia un
cuerpo receptor, el cual es el rio Antauta.
El programa de monitoreo llevado a cabo incluyó la calidad del agua
tanto de los puntos de abastecimiento y efluentes como de los cuerpos
receptores aguas abajo de las instalaciones mineras.
En el proceso de generación de efluentes líquidos hacia el medio
ambiente es buena que enmarca dentro de los límites permisibles teniendo
un grado de acidez del pH que es ligeramente alcalino, la conductividad es
alta.
5.5.4.- HIDROLOGIA
En lo referente a la protección de los recursos hídricos, la Ley General
de Aguas. D:L: 17752, y sus modificaciones a los títulos I, II Y III según D.S.
Nº 7 – 83 – SA, establecen los valores limites para efectos de protección de
las superficiales según una clasificación de usos, los cuales se muestran en
el siguiente cuadro.
Clase Usos
I: Aguas de Abastecimiento doméstico con simple desinfección.
II: Aguas de Abastecimiento doméstico con tratamiento equivalente
a procesos combinados de mezcla y coagulación, sedimentación
filtración y clorinación aprobados por el Ministerio de Salud.
III: Aguas para riego de vegetales de consumo crudo y bebida de
animales.
IV: Aguas de zonas Recreativas de contacto primario.
V: Aguas de zonas de Pesca de mariscos Bivalvos.
VI: Aguas de zonas de Preservación de fauna y pesca recreativa o
doméstica.
Tabla N° 5.1 Limites de calidad de agua vigente en el Perú, según la ley
General de Aguas
PARÁMETRO Unida
d
USO DE CURSO DE AGUA
I II III IV V VI
Aluminio mg/l - - - 1,00 +1 -
Arsénico mg/l 0,1 0,10 0,20 1,00 0,01 0,05
Bario mg/l 0,1 0,10 - 0,50 +0,50 -
Cadmio mg/l 0,01 0,01 0,05 - 0,0002 0,004
Cianuro mg/l 0,2 0,20 0,005 - ,005 0,005
Cobalto mg/l - - - 0,20 +0,2 -
Cobre mg/l 1,00 1,00 0,50 3,00 +0,01 -
Color mg/l 0 10,0 20 30 +30 -
Cromo hexa mg/l 0,05 0,05 1,00 5,00 0,05 0,05
Coliformes
totales
NMP/
100 ml
8,8 20,00
0
5,000 5,00
0
1,000 20,000
Coliformes
fecales
0,0 4,000 1,000 1,00
0
200 4,000
O2 disuelto mg/l 3 3 3 3 5 4
D.B.O mg/l 5 5 15 10 10 10
Fenoles mg/l 0,000
5
0,001 +0,00
1
- 0,002 0,002
Hierro mg/l 0,30 0,30 1,00 - - -
Floruros mg/l 1,50 1,50 2,00 5,00 - -
Litio mg/l - - - - +5,00 -
Magnesio mg/l - - 1,50 - - -
Manganeso mg/l 0,10 0,10 0,50 - - -
Mat. Ext. En
exano
mg/l 1,50 1,50 0,50 0,00 No
Perc.
-
Mercurio mg/l 0,002 0,002 0,01 - 0,0001 0,0002
Nitrato mg/l 0,01 0,01 - - - -
Níquel mg/l 0,002 0,002 0,50 0,5 0,002 -
Ph mg/l 5 - 9 5 – 9 5 – 9 5 – 9 5 – 9 -
Plata mg/l 0,05 0,05 0,05 - - -
Plomo mg/l 0,05 0,05 0,10 - 0,01 0,03
P.C.B mg/l 0,001 0,001 +0,00
1
- 0,002 0,002
Selenio mg/l 0,01 0,01 0,05 0,05 0,005 0,01
Sulfuros mg/l 0,001 0,002 +0,00
5
- 0,002 0,002
Zinc mg/l 5 5 25 - 0,020 -
5.5.5.- CALIDAD DE AIRE.
La región presenta una calidad de aire relativamente limpio por cuanto
los vientos alisios del sur y sur – este, permiten una polución ligera y eventual
cuando el polvo de carretera es levantado por el tránsito vehicular.
Del resultado de los monitoreos efectuados, se tiene que los
parámetros contaminantes han tenido el siguiente comportamiento:
Monóxido de Carbono.- La presencia de este contaminante fue
menor en relación al limite permisible de15 y 35 mg/m3.
Dióxido De Nitrógeno.- Se ha monitoreado este gas y su variedad
habiéndose registrado que ninguna oportunidad se ha superado el límite
permisible.
Ácido Sulfhídrico.- Los monitoreos efectuados indican que este gas
contaminante solo ha presentado trazas y de manera general valores
menores a la unida d no habiendo superado ningún caso de limite permisible
(30 micras/m3).
TABLA N° 5.2 MONITOREO DE CALIDAD DE AIRE EN LA MINA SAN RAFAEL
Límites
permisibles
CO CO2 NO NO2 H2S
15 mg/m3 % 200 g/m3 - 30 /m3
Mina 2 - 10 0,01 – 0,1 0,5 - 2 0,0 – 0,1 0,0
Lixiviación 0,8 0,1 0,2 0,0 0,0
Normas de Calidad de aire y emisiones aplicables para el estudio
Concentración Máxima Aceptable de Contaminantes en el Aire según
el Articulo 43 D.S Nº 046 – 96 – EM Reglamento para protección Ambiental