PROLOGO Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco “IEPC” (Tabasco, México)
Presentación
Antecedentes
Historia Político- Electoral de Tabasco
Conformación
Órgano central
Juntas Estatal Electorales
Órganos temporales
I. Juntas Electorales Distritales
II. Juntas Electorales Municipales
Consejo Electoral
Consejeros actuales
Representantes del poder legislativo
Representantes de los partidos políticos
Contraloría General
Presentación
El Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de
Tabasco (IEPC) es el organismo ciudadano, público, autónomo, de
carácter permanente, independiente en sus decisiones y
funcionamiento, tiene personalidad jurídica y patrimonio propio.
Según lo establece el artículo 9° -apartado C- 10° y 11° de la
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tabasco
Asimismo es la autoridad responsable de cumplir con la función
de organizar en forma periódica la celebración de las elecciones
locales de autoridades y representantes populares en el estado de
Tabasco. Inspirado en los principios de democracia y laicidad que el
Estado adopta para su régimen interior, como la forma de Gobierno
Republicano, Representativa y Popular, teniendo como base su
organización política y administrativa al Municipio Libre. Luego de
integrarse como parte de la república mexicana desde 1824.
Organizando para ello las elecciones de
• 1 Titular del Poder Ejecutivo.- Gobernador del Estado.
• 35 integrantes del Poder Legislativo.- Diputados del
Congreso del Estado.
• 17 Ayuntamientos - Presidente Municipal y Regidores
Historia Político - Electoral en el estado de Tabasco
La llegada de los españoles al mando del conquistador Hernán
Cortés, y tras la batalla de Centla celebrada en marzo de 1519 con la
consecuente derrota de los indígenas Mayas -pues aquellos traían
consigo un poderoso armamento y armaduras que los protegía de las
lanzas que estos acostumbraban a usar- se inició en Tabasco el
período colonizador que abarcaría alrededor de 300 años. Ello implicó
que los caciques presididos por “Taabscoob” juraran sumisión a la
monarquía hispana que desde entonces habría de significarse por ser
el régimen de gobierno que prevaleció hasta el período independiente.
El gobierno español se sustentaba entonces en el absolutismo; el
monarca reunía en su persona las facultades ejecutivas, legislativas
y judiciales, en consecuencia el régimen de organización política de
la Nueva España fue centralista. El rey designaba y podía mover a los
funcionarios de las colonias que integraban su imperio. La provincia
tabasqueña fue gobernada por 55 alcaldes mayores, de entre los que
destacó Lorenzo Santa María como el único criollo nativo que ocupó
tal cargo durante la colonia. En los tres siglos que México estuvo
bajo la dominación de los reyes españoles nunca hubo en ninguna de
sus provincias participación en la elección de sus gobernantes; por
el contrario, prevaleció una marcada diferencia entre los hispanos,
criollos, mestizos, indígenas y castas, en donde los privilegiados
eran los primeros. esta discriminación a final de cuentas fue motivo
para el movimiento independentista de la entonces Nueva España, que
se gestó la madrugada del 16 de septiembre de 1810, aprovechando la
invasión de Napoleón Bonaparte que desde dos años atrás, en 1808,
enfrentaba España, la que finalmente fue sometida, de tal modo que la
situación favoreció a la consumación de la liberación de México el
21 de septiembre de 1827, al igual que en otros territorios del
colonizado continente americano. Este hecho, se sustentó conforme al
Plan de Iguala y el Tratado de Córdoba, firmados el 24 de febrero y
de agosto, respectivamente, de ese mismo año por el último Virrey
Juan O´donojú, Agustín de Iturbide y Vicente Guerrero; ello con el
compromiso pactado de que se establecería un régimen monárquico
moderado como forma de gobierno –en donde el cetro lo ocuparía el
español Fernando VII, previo a su llegada se formó un gobierno
provisional -; asimismo se conservaría el predominio de la religión
católica como única, los privilegios del clero, las garantías de
propiedad, así como los cargos civiles militares y eclesiástico.
En tanto, los mandos políticos y militares en Tabasco fueron
asumidos por Juan Nepomuceno Fernández, quien declaró aquí la
liberación el ocho de septiembre de ese año (1821); antes concilió
con don Ángel del Toro, el último de los alcaldes representante de la
corona española, la entrega de los poderes- Cabe aquí resaltar que en
razón de la marginación geográfica en la que vivían los habitantes de
esta zona impidió la participación de la provincia en el movimiento
insurgente que en el centro del país inició el cura Miguel Hidalgo y
Costilla, continúo José María Morelos y Pavón y que cristalizó el
caudillo Vicente Guerrero.
Nepomuceno Fernández fungió como gobernador hasta el 23 de abril
de 1822, al ser acusado por varios delitos, enjuiciado y destituido.
Manuel María Leyton fue quien lo sustituyó.
Iniciada la vida independiente, en México, la organización de
las elecciones estaba a cargo de los alcaldes y los jefes políticos
locales y regionales, quienes imponían a discreción las prácticas y
las reglas propias para llevarlas a cabo. Con estas condiciones se
realizaron los comicios necesarios para la integración del primer
congreso de representantes, los cuales juraron defender la religión
católica, la independencia de México, formar la Constitución y
establecer la separación de poderes Ejecutivo, Legislativo y
Judicial. Una vez hecho esto, juraron crear el imperio mexicano. Para
asistir a este congreso en Tabasco se efectuaron elecciones, cuyos
diputados electos en definitiva decidieron no acudir, por lo cual la
entidad se quedó sin representante.
Sin embargo, el congreso que se formó el 24 de febrero de 1822
fue disuelto el 31 de octubre de ese año por el emperador don Agustín
I quien sustituyó la legislatura por otro organismo al que nombró
como “Junta Constituyente en la que Tabasco contó con una diputación
provincial en la persona de don Antonio de Serra y don Francisco
Puich así como Nicanor Hernández y Pedro López; la provincia era
gobernada entonces por José Antonio Rincón quien se mantuvo hasta
1824.
Al ser obligado Iturbide a dejar el gobierno de la corona
mediante el Plan de Casa Mata, el Congreso Nacional se reinstaló el
siete de marzo del año siguiente. A la renovación de este, en Tabasco
se celebraron nuevamente elecciones, de donde se nombró como diputado
al presbítero José María Ruiz de la Peña. En la sesión del 29 de
enero de 1824 se confirmó en la primera Constitución –en su artículo
segundo- a la provincia local entre los estados integrantes de
México, y en donde se adoptó el régimen del federalismo como forma de
gobierno, la división de poderes y en particular se consagró la
igualdad, ante la ley, de todos los ciudadanos, se protegió a la
libertad de imprenta, y se impidió la reelección del presidente y
vicepresidente de la República en períodos consecutivos; mismos que
para llegar a serlo debían contar con la mayoría absoluta de los
votos de las legislaturas estatales. En esos términos, se conoció el
28 de septiembre la nominación del general Guadalupe Victoria y de
Pablo de la Llave como primer presidente y vicepresidente,
respectivamente, del México independiente.
Previamente, la elección de los diputados estatales que
integrarían el primer Congreso Constituyente de Tabasco, se celebró
en mayo de 1824 resultaron nominados entre ellos don Fernando María
de los Toyos; el presbítero Manuel Ayala y Domínguez, don Juan
Dionisio Marcín, don Domingo Giorgana, entre otros los que en total
fueron 11 legisladores que el día ocho de ese mes, por decreto,
eligieron gobernador provisional a Agustín Ruiz de la Peña, y como
vicegobernador al capitán Manuel Gurría; y el mando militar fue
encargado al coronel José Antonio Rincón.
Hacia finales de ese año, Ruiz de la Peña fue aprehendido,
despojado del cargo de gobernador y posteriormente trasladado a la
ciudad de México para su enjuiciamiento ante el Gran Congreso; en su
lugar quedó Pedro Pérez Medina.
No fue sino hasta el cinco de febrero de 1825, cuando el
Congreso Constituyente de Tabasco sancionó el decreto que dio origen
a la primera Constitución Política del Estado, en cuyo capítulo
cuarto se estableció la forma de organización de los comicios
locales; mismos que en un primer apartado refería la celebración
mediante juntas municipales el primer domingo de junio, con la
participación de todos los ciudadanos en pleno ejercicio de sus
derechos, así como de los residentes en el territorio. En un segundo
apartado, estipulaba sobre la junta de estado que se formaría con
todos los sectores electorales municipales, reunidos en la capital,
su celebración era el cuarto domingo de junio. Así pues, conforme a
lo anterior el 28 de junio de 1825 se eligió gobernador
constitucional a Agustín Ruiz de la Peña, quien antes lo había sido
de manera provisional y en lo sucesivo contendió por el cargo en
otras tres ocasiones (1826, 1827, y 1829) las que ganó y asimismo se
retiró del cargo por motivos diversos; entre estas las marcadas
diferencias con el congreso legislativo.
El inicio de Tabasco como estado enfrentó múltiples problemas;
no sólo fueron los conflictos políticos derivados entre grupos como
una consecuencia lógica del movimiento independentista - en donde uno
y otro ambicionaba poseer el poder gubernamental- , sino también las
carencias económicas venidas desde la época colonial que inclusive
fue una limitante para combatir problemas diversos de carácter
social.
En la ciudad de México, el general Vicente Guerrero se proclamó
como presidente de la República el 30 de noviembre de 1828 tras la
sublevación de la” acordada” desconociendo el triunfo del general
Manuel Gómez Pedraza; sin embargo, reconocido como tal por el
Congreso, Guerreo asumió al poder a inicios de 1829; Anastacio
Bustamante lo hizo como vicepresidente.
Durante ese año, Vicente Guerrero combatió un intento de los
españoles, al mando del general Isidro Barrada, por reconquistar al
país. Posteriormente enfrentó la rebelión del vicepresidente
Bustamante quien asumió a la presidencia tras aprehenderle; y dio la
orden de su asesinarlo el 14 de febrero de 1832, en Cuilapan, Oaxaca.
Con este acontecimiento, las disputas políticas e ideológicas se
acentuaron entre las dos facciones –antecedente primero de los
partidos políticos- que desde 1824 se concibieron a sí mismas como
federalista y centralista, respectivamente, en disputa por el poder
gubernamental para imponer el sistema que desde su particular
interés debería regir al país.
En Tabasco, los federalistas eran encabezados por Agustín Ruiz
de la Peña y los centralistas estaban al mando de Marcelino Margalli;
en 1829, como consecuencia del dominio de estos últimos en el estado
se proclamó la República, por el capitán José María y la “Barra del
Grijalva”, desconociendo los poderes ejecutivo y legislativo.
Para el 15 de noviembre de 1831, el Congreso Estatal
expidió una segunda Constitución - que sustituyó a la de 1825-, entre
las reformas se estableció que el poder Ejecutivo lo integrarían un
gobernador, un vicegobernador y un subvicegobernador, además de que
el ejercicio en funciones tendría un período de dos años; por su
parte, el Congreso se formaría por nueve diputados propietarios y
tres suplentes, los que se renovarían por mitad cada año. El
gobernador entonces era José Rovirosa quien manifestó su adhesión al
régimen centralita que desde la presidencia de la República
representaba Anastasio Bustamante.
Antonio López de Santa Anna al asumió el mando presidencial en
1833 tras realizarse elecciones generales, con ello el predominio del
centralismo se mantenía hasta entrada la décadas de los 50´s, aun con
sus recurrentes ausencias –registradas en las 11 ocasiones en que se
reeligió- al inicio de su primer período de gobierno López de Santa
Anna se retiró del cargo por motivo de enfermedad, Valentín Gómez
Farías en su calidad de vicepresidente se ocupó de la administración
del país e hizo algunas leyes liberales con el objetivo de encauzar
al país por la senda del desarrollo económico e industrial aún
inexistente. Tales reformas afectaban intereses de grupos
conservadores, entre estos los de la Iglesia que concentraba grandes
extensiones de hectáreas de tierras, esto motivó a Santa Anna para
que reasumiera el mando de gobierno derogando todas las leyes
reformistas y validó el Plan de Cuernavaca (25 de mayo de 1834) que
incluía el retiro de Gómez Farías de su cargo.
En Tabasco, en junio de 1835 el sistema de gobierno federal pasó
a ser popular, representativo central, hecho oficial el 11 de julio
mediante decreto del Congreso estatal, con la aprobación de la
mayoría de los pueblos del estado. Enseguida, el nueve de septiembre
de ese mismo año, el Congreso General de la República emitió una ley
en la que se declaró investido por los votos de la nación y con
amplias facultades para variar la forma de gobierno y constituirla de
nuevo, según el régimen central, unificando las cámaras de Senadores
y de Diputados en una. El acta constitutiva del centralismo fue
expedida el 23 de octubre.
En dicho documento que, en el estado fue jurado el 15 de
noviembre, se establecía que los gobernadores de los departamentos
serían nombrados por el Supremo Poder Ejecutivo, a propuesta de
dichas juntas y estarían sujetas al Ejecutivo de la Nación. El
consejo del gobernador - integrado por juntas departamentales con
facultades económicas, municipales, electorales y legislativas-
también dependía del Congreso General de la Nación. Mientras tanto,
la guerra entre federalistas y centralistas lejos de cesar se
agudizaban por las distintas regiones del país.
A la promulgación, en 1836, de la Constitución centralista,
conocida como de “Las Siete Leyes”, hubo una insurrección de protesta
por parte de los liberales tabasqueños contra el sistema imperante,
sin embargo, al final fueron derrotados parcialmente. Antonio López
de Santa Anna volvió a tomar el mando presidencial en 1841, enseguida
declaró nulos el marco constitucional gobernando así hasta 1843
cuando se decretó como carta magna las Bases de Organización Política
de la República Mexicana que procuraron la adhesión del clero y del
ejército mediante fueros y privilegios y, en específico, se pretendía
otorgar el poder al Partido Conservador.
Con el ascenso de Juan Bautista Traconis al gobierno local en
agosto de 1846, en sustitución de José Víctor Gómez, fue reinstalada
la Constitución original de 1824, con la que nuevamente se efectuaron
elecciones para diputados al Congreso de la Unión el 27 de septiembre
de ese mismo año. No obstante, enseguida la nación enfrentó la guerra
con los Estados Unidos de Norteamérica, ésta con claras ambiciones
por posesionarse de parte del territorio norte para expenderse. Aquí,
la invasión norteamericana al mando del comodoro Mathew C. Perry
arribó por la Villa de Frontera y una vez internado en la capital
tabasqueña: San Juan Bautista, solicitó la rendición pacífica, que
fue negada y con resistencia por parte del gobernador Traconis que
los obligó a abandonar el sitio.
Por inconformidades y presiones con el gobierno federal, Juan
Bautista Traconis entregó la administración a Justo Santa Anna el
cinco de enero de 1847, seis meses después los invasores tomaron
posesión de Tabasco sin resistencia alguna; el comodoro Mathew C.
Perry reorganizó la reestructura de gobierno, se nombró como
gobernador provisional a Pedro Requena quien definitiva se negó a
estar bajo dominio extranjero, por lo cual en el cargo se asignó al
comandante Van Brut quien posteriormente fue sustituido por también
comandante A. Bigelow, ambos repelieron diversas manifestaciones de
insurgencia. Más tarde, ante la dificultad para sostener el dominio
de San Juan Bautista, los estadounidenses decidieron retirarse hacia
Frontera el 21 de julio de 1847. Justo Santa Anna reasumió el poder.
México y Estados Unidos celebraron el tratado de paz, en 1848,
con la consecuente anexión de más de .la mitad del territorio
nacional: un millón 528 mil 241 kilómetros cuadrados que
comprendieron los estados de Texas, Nuevo México, Arizona y
California, entre otros en donde la población era predominantemente
anglosajona. Tras este acontecimiento, lejos de haber una
pacificación el país continuaba con luchas internas.
En tanto, por la vía electoral en 1850 asumió a la presidencia
el general Almonte, de manera paralela se reeligió gobernador Julián
Dueñas quien renunció antes de tomar protesta ante el asalto a sus
oficinas; previamente se sancionó Constitución política, expedida por
el Congreso. Con la convocatoria a elecciones el 18 de septiembre de
ese mismo año se registraron dos partidos políticas que se
denominaron “La Piedra” que abanderó como candidato a Justo Santa
Anna quien resultó el ganador, y “El Cocoyol”, que postuló a Juan de
Dios Salazar.
Al hacerse cargo una vez más del gobierno de la República,
Antonio López de Santa Anna nombró como gobernador al comandante
Manuel María Escobar Llamas y Rivera quien tras haber asumido el 24
de junio de 1853 se impuso como autoritario y con ello regresó al
régimen de departamentos.
Mientras tanto, con la conciencia de fortalecer al estado y al
país, personajes de la época como Juan Álvarez e Ignacio Comonfort se
dieron a la tarea de reformar las estructuras económicas, sociales y
políticas de tal modo que el territorio no fuera más presa de las
ambiciones extranjeras; de tal modo que se proclamó el Plan de
Ayutla, el primero de marzo de 1854, mediante el cual se desconoció a
Antonio López de Santa Anna y se declaraba que la nación quedaba
constituida como República representativa y popular, regida por
instituciones liberales. En Tabasco se adhirió a estos postulados
Victoriano Dueñas quien se levantó en armas, empero, no encontró el
apoyo por la inmadurez de la ciudadanía para asimilar el cambio.
Tras la partida de López de Santa Anna, el nueve de agosto de
1855, para exiliarse en Francia, cuatro días después los
conservadores aún disminuidos dieron el golpe militar al Ayuntamiento
de la Ciudad de México, con la intención de apoderarse del país, y
el 20 del mismo mes nombraron como presidente a don Martín Carrera.
Por otra parte, en distintas regiones se sumaron los manifiestos
en apoyo al Plan de Ayutla, quienes coincidieron en nombrar a Juan
Álvarez como general único y el cuatro de octubre decidieron que
desde ese momento fuera presidente interino, él inmediatamente
convocaría a comicios para instalar al Congreso Constituyente. Juan
Álvarez meses después renunciaría, el cargo lo asumió Ignacio
Comonfort. En Tabasco, adherentes al movimiento liberal, como
Victoriano V. Dueñas, Eusebio Castillo Pedro Méndez y Felipe J.
Serra, se pronunciaron en contra del general Manuel Escobar con quien
lograron negociar que dejara el cargo y su lugar lo ocupó Benito de
Haro.
El cinco de Febrero de 1857 celebró la promulgación de una nueva
Constitución General a la que se le dio en llamar las Leyes de
Reforma, por los trascendentales cambios que esta realizó: en
particular, despojó a la Iglesia de todo el poder político, social y
económico que hasta entonces poseía pasando estos a manos del
gobierno federalista; además de perder los grandes latifundios;
también se dio una apertura total a la libertad de creencia
religiosa. Esas leyes fueron protestadas dos meses después en el
estado, y con apego a ellas se realizaron aquí elecciones para
gobernador participando como candidatos Justo Santa Anna y Victoriano
Dueñas, quien resultó el ganador, y fueron apoyados por los partidos
de la “tortuga” –agrupado por los federalistas- y el pejelagarto –
integrado por los conservadores”, respectivamente. El 15 de
septiembre de ese mismo año se expidió también la quinta Constitución
Política del Estado de Tabasco.
La inconformidad por parte de los conservadores hacia la nueva
Constitución liberal se no hizo esperar, pues habían perdido toda
clase de privilegios, proclamando el 17 de diciembre el Plan de
Tacubaya mediante el cual desconocía a la carta magna, conocida la
proclama en Tabasco se adhirió el gobernador Victoriano Dueñas.
Comonfort -quien hasta entonces había destinado su esfuerzo por
estabilizar la situación política y e impulsar la economía- ante el
fracasado intento por conciliar intereses entre las partes en
conflicto terminó por dejar el gobierno, En consecuencia, el 11 de
enero de 1858 el conservador Félix Zuloaga se proclamó como nuevo
presidente, con fundamento en el Plan de Tacubaya; en tanto que
Benito Juárez que entonces era el presidente del Tribunal Superior de
Justicia, con base en la Constitución asumió como el legítimo
presidente interino de los mexicanos. Justo Santa Anna hizo lo propio
en Tabasco, como gobernador desconociendo aquí al conservador
Victoriano Dueñas. Tres años duraría –de 1858 a 1860- la lucha armada
por el poder del país hasta que finalmente los liberales se
impusieron. Benito Juárez que había gobernado desde el interior
retornó a la capital del país para reorganizar su gabinete el 11 de
enero de 1861, desde ese momento enfrentó un casi inexistente erario,
situación que lo obligó a declarar la moratoria de pago de adeudos
con otros países. Esto favoreció a intenciones de los conservadores
por establecer en México imperio, así como a la presión de Francia,
España e Inglaterra porque se les liquidara las deudas que se tenían
con ellos.
Los conservadores en el exterior idearon la caravana militar de
esos tres países hacia las costas mexicanas con el objetivo concreto
de tomar por asalto el territorio nacional y así obligar a la
renuncia del gobierno juarista; tales embarcaciones militares
arribaron el siete de enero de 1862 por el puerto de Veracruz. Tres
meses después españoles e ingleses se retiraron del sitio luego de
conciliar con el gobierno de Benito Juárez un nuevo arreglo para el
pago de la deuda, mientras que los franceses rechazaron cualquier
arreglo dado que su interés era el de apoderarse del país e instalar
el sistema imperialista en dónde el soberano sería Maximiliano de
Hamburgo. Los galos con el apoyo de tropas de los conservadores
avanzaron hacia la capital y se enfrentaron al ejército nacional en
la gloriosa “Batalla de Puebla” del cinco de mayo de 1862, donde
estos –encabezados por el general Ignacio Zaragoza- salieron
victoriosos.
A Tabasco, el 17 de junio de 1863, llegaron tres embarcaciones
de los intervencionistas con 150 hombres al mando del general Eduardo
González Arévalo quien solicitó la rendición del gobierno que
entonces era administrado por Victoriano Dueñas, que de su lado fue
negada. Desde ese momento inició el combate que obligó a que los
tabasqueños abandonaran la capital ante la carencia de armamento para
encarar al enemigo, los que una vez posesionados del lugar permitió a
González Arévalo ocupar la plaza de San Juan Bautista y así erigirse
prefecto político y comandante general del departamento de Tabasco –
sistema de gobierno conservador- para después emprender una incesante
persecución contra los partidarios del régimen liberal y
simpatizantes de Benito Juárez. Días después, Victoriano Dueñas en su
huida dejó el poder al vicegobernador Felipe de Jesús Serra. El seis
de octubre de ese año se levantó en armas el coronel Andrés Sánchez
Magallanes; Gregorio Méndez lo secundó en Comalcalco, en un principio
cada quien por su lado y después en forma coordinada, aún con
limitaciones en armamentos pero con inteligencia, fueron ganando las
batallas a los invasores; a este movimiento se sumaron otros líderes
combatientes como Eusebio Castillo y Lino Merino, entre otros. El
primero de noviembre de 1863, en la llamada Batalla de Jahuactal –en
el municipio de Cunduacán-, se derrotó en definitiva a los franceses,
los que el 27 de febrero de 1864 fueron expulsados del estado.
En el sureste, como en el resto del país, paulatinamente se
recuperaba la soberanía, pues Napoleón III decidió retirar el
ejército del país y retornarlos a Francia, pues mantenerlos era muy
costoso, además de que les era necesario para enfrentar la guerra
franco-prusiana. Esto significó el debilitamiento total de los
conservadores y del emperador Maximiliano de Hamburgo que fue
sometido y posteriormente fusilado, en junio de 1867, por las tropas
liberales.
Terminado con el conflicto intervencionista y reinstalado el
orden constitucional, en Tabasco Felipe de Jesús Serra asumió
formalmente a la gubernatura el primero de enero de 1868, luego de
celebrarse los comicios en septiembre pasado, cuya votación le
favoreció. Benito Juárez hizo lo propio para la presidencia de la
República. 1870 se significó porque en ese año surgieron la
conformación de los partidos radical y progresista que desde entonces
tomaron parte importante de la lucha política de la época.
Las pretensiones de Felipe de Jesús Serra por reelegirse en el
cargo, en los comicios de julio de 1871, motivaron la sublevación de
la guarnición nacional al mando de Eusebio Castillo, acontecimiento
al que se le conoce como la guerra de los radicales o de los
“mulitos” (guajolote) contra los “pejelagartos”, ante esa oposición
Serra renunció; el mando gubernamental lo ocupó Victoriano Dueñas. El
presidente Juárez envió al estado al coronel Bonifacio Topete para
que restableciera el orden constitucional nombrándose a un gobernador
sustituto neutral Ignacio Vedo Ruiz ( (Nombrado por el Congreso del
Estado)quien convocó a nuevos comicios en septiembre de ese mismo año
Las distintas facciones políticas compitieron en la contienda
electoral , postulando el grupo de los radicales a Pedro Méndez
Magaña (hermano del héroe Gregorio Méndez) y los progresistas, a
Victorio Victorino Dueñas, quien fue el ganador electo, asumiendo
constitucionalmente el primero de enero de 1872. Empero, los
radicales inconformes atacaron por diferentes puntos del estado
enfrentándose con los progresista en una segunda guerra en
territorios de Frontera, Jalapa, Tacotalpa, Cárdenas y Huimanguillo,
misma que finalizó el 23 de marzo, con el asesinato del coronel
Cornelio Castillo.
El presidente Benito Juárez falleció repentinamente el 20 julio
de 1872, lo que motivó a que el Congreso nombrara interinamente a
Sebastián Lerdo de Tejada - quien entonces estaba al frente del
Tribunal Superior de Justicia -, hasta 1876 cuando intentó postularse
como candidato a la primera Magistratura y enfrenta la oposición del
candidato perdedor a la presidencia por el Partido Progresista en los
comicios del domingo 25 de agosto de 1867 y 27 de agosto de 1871 el
general Porfirio Díaz .
Porfirio Díaz .que se levantó una vez más en armas como la había
hecho años antes con la Revolución de La Noria (1871). apoyado con
simpatizantes en diversas regiones del país incluyendo Tabasco;
sustentó el movimiento en el Plan de Tuxtepec a través del cual
proclamó el principio de la “no reelección”.
A la renuncia de Lerdo de Tejada, Porfirio Díaz se quedó con el
poder político y posteriormente, una vez celebradas elecciones,
asumió la presidencia de la República el cinco de mayo de 1877, desde
entonces hasta 1911 –con excepción del período 1882-1886 en que
gobernó su compadre Manuel “el manco” González -, se perpetuó en el
cargo olvidando la proclama de la “no reelección”; durante poco más
de 30 años instauró una dictadura.
En Tabasco, mientras tanto durante estos 5 años de incertidumbre
política habían asumido el poder los siguientes gobernantes Simón
Sarlat Nova -Vicegobernador encargado del Poder Ejecutivo - (Dic.
1873 al 1 Abr. 1874); Nuevamente Victorio Victorino Dueñas (1 Abr.
1874 al 31 Dic. 1875); Santiago Cruces Zentella - Gobernador
Constitucional - (1 Ene. al 8 May. 1876); Pedro Carrillo -
Gobernador surgido de un movimiento armado - ( 8 al 17 May. 1876);
Jesús Oliver Beristain - Gobernador y Comandante Militar quien
estableció su gobierno desde la ciudad de Frontera , ello debido a la
inexistencia de garantías para que San Juan Bautista fuese nuevamente
la capital del estado - (17 May. al 8 Jun. 1876).
Mientras tanto las acciones militares emprendidas por los
partidarios de Gral. Porfirio Diaz adheridos al plan de Tuxtepec
obligarían a el presidente Sebastián Lerdo de Tejada, declarar estado
de sitio en Tabasco y nombró a Pedro Baranda Quijano- Gobernador y
Comandante Militar (17 Jun. al 21 Dic. 1876), quien atacó y tomó la
capital del estado para la causa.
Vencido y posteriormente exiliado el presidente Lerdo de Tejada
se consolida el poder de Gral Porfirio Diaz el cual retomara el poder
en la entidad a través de Carlos Borda (21 al 23 ó 24 de Dic. 1876);
Coronel del ejército, Gobernador y Comandante militar del estado de
Chiapas ; Juan Ramírez Calzada (23 ó 24 Dic. 1876 al 31 May. 1877);
Simón Sarlat Nova (1 Jun. 1877 al 30 Sep. 1879); José Francisco De
Lanz (30 Sep. al 30 Nov.1879); Simón Sarlat Nova (30 Nov. 1879 al 24
May. 1880); Manuel Foucher (24 May. al 6 Jul.1880); Simón Sarlat Nova
(6 Jul. al 31 Dic. 1880); José Francisco De Lanz (1 Ene. al 18 Mar.
1881); Manuel Foucher (18 Mar. 1881 al 2 Nov. 1882);Wenceslao
Briceño (2 Nov. al 10 Dic. 1882); Francisco De Paula Aguilar (11 al
25 Dic. 1882); Eusebio Castillo ( 25 Dic. 1882 al 4 Ene. 1883) es en
este año de 1883, que se emite, la quinta Constitución Estatal, en la
que se suprimió el cargo de vicegobernador.
Proseguirían al frente del gobierno estatal
: Francisco de Paula Aguilar ( 4 Ene. al 15 May. 1883); Manuel
Mestre Gorgoll (15 May. 10 Sep.1883); Lauro león (10 de Sep. al 1
Oct. 1883); Manuel Mestre Gorgoll (1 Oct. 1883 al 1 Feb. 1884);
Lauro león (1 feb. al 24 jul. 1884); Manuel Mestre Gorgoll ( 24
Jul.al 31 Dic. 1884); Eusebio Castillo Zamudio (1 Ene.1885 al 11
Mar.1886); Policarpo Valenzuela (11 Mar. al 5 Abr. 1886);Eusebio
Castillo Zamudio ( 5 Abr. 1886 al 21 Mar. 1887); Policarpo
Valenzuela ( 21 al 23 Mar. 1887),
Desde este instante será inminente el poder y la figura de Diaz
durante las siguientes 2 décadas a través de Abraham Bandala y sus
sucesivas reelecciones en el cargo como gobernador del estado de
Tabasco (23 Mar. al 30 Sep. 1887 ) así como de sus Secretarios de
Gobierno que indistintamente asumirán el cargo en forma interina
Simón Sarlat Nova (1 Oct. 1887 al 10 Oct. 1888); Calixto Merino
Jiménez (10 Oct. 1888 al 1 Ene. 1889); Simón Sarlat Nova (20 Ene.
1889 al 20 Mar. 1890); Calixto Merino Jiménez (20 Mar. al 13 Jun.
1890); Simón Sarlat Nova (13 Jun. al 31 Dic. 1890); Simón Sarlat Nova
(1 Ene. al 1 Mar. 1891); Calixto Merino Jiménez (1 Mar. al 11
Sep. 1891); Simón Sarlat Nova (11 Sep. 1891 al 17 Ago. 1892); Joaquín
Ceferino Kerlegand (17 Ago. al 1 Dic. 1892); Simón Sarlat Nova (1
Dic. 1892 al 12 Mar. 1894); Abraham Bandala (12 Mar. al 15 Ago.
1894);
Durante el porfiriato prevaleció en lo general una plena paz
social que en el devenir de México no se había logrado, además de
fomentar el crecimiento de la actividad económica e incorporó
diversos servicios como la energía eléctrica, el uso del ferrocarril
como medio de transporte, y demás. Empero, prevaleció la represión y
la pobreza en la que mantenía sumidas a las clases obrera y campesina
junto con sus familias, además de que eran explotados con largas
jornadas de trabajo. Sólo un reducido porcentaje de la población
integrada por los colaboradores del sistema así como extranjeros y
latifundistas, eran los privilegiados. Este abismo social alimentó a
las cada vez más frecuentes manifestaciones de protesta que derivaron
en el surgimiento de las huelgas de mineros de Cananea, Sonora y de
los textileros de Río Blanco, Veracruz, en 1906, en donde los obreros
exigían, entre sus demandas, una jornada laboral de ocho horas
diarias y salarios bien remunerados, como respuesta fueron combatidos
muriendo un significativo número de ellos. También, las
inconformidades surgieron por parte de la clase política opositoras
al régimen, encabezaron los hermanos Flores Magón y posteriormente
Francisco I. Madero quien luego de haber hecho campaña política,
abanderado por el Partido Nacional Antirreeleccionista, para renovar
al presidente de la República enfrentó una serie de obstáculos por
parte del dictador - quien nuevamente competía por el cargo-
mandándole a encarcelar días antes de los comicios, cuyas cifras
maquilló en su favor: 18 mil votos le correspondieron al dictador y
196, para Madero.
Luego de obtener la libertad bajo caución, Francisco I Madero
proclamó el Plan de Sal Luis, en la ciudad del mismo nombre, bajo el
principio del “Sufragio efectivo, no reelección” y posteriormente se
escapó hacia los Estados Unidos, desde donde realizó todos los
preparativos para emprender el 20 de noviembre la Revolución Mexicana
que aglutinó entre otros simpatizantes el agrarista Emiliano Zapata,
Francisco Villa y a Venustiano Carranza, que de manera paralela en
todo el país se levantaron en armas sometiendo al ejército hasta que
Porfirio Díaz renunció el 25 de mayo de 1911 y enseguida se exilió en
Francia. Así, el movimiento revolucionario triunfo. Madero y José
María Pino Suárez asumieron a la presidencia y vicepresidencia de la
República en noviembre de ese año tras una nueva elección apegada a
los principios democráticos.
Paralelamente con los sucesos que se registraban en el país, en
Tabasco en 1902 se fundó en la Villa de Huimanguillo, en la
Chontalpa, el club antirreeleccionista Melchor Ocampo, sustentado en
los principios liberales propuestos por los hermanos Flores Magón;
ésta fue la primera organización política que se gestó contra el
porfiriato, mismo que al poco tiempo fue disuelto por el régimen; sin
embargo, los sentimientos de protesta cada vez eran más frecuentes en
el ciudadano; hacia mediados de 1909 se consolidó el “Partido
Gutierrista”, cuyo dirigente era Ignacio Gutiérrez Gómez y apoyado
por notables tabasqueños de la época; por otro lado, en la región de
la Chontalpa emergió un nuevo “Club Antirreeleccionista” que en su
caso abanderó los postulados del maderismo. El creciente descontento
obligó al dictador estatal Abraham Bandala a abandonar el gobierno,
en su lugar fue nombrado Policarpo Valenzuela (1 Ene. al 3 Jun.
1911) quien fue avasallado por el movimiento revolucionario y
renunció –como otros gobernadores de estados- poco después de que lo
hiciera Porfirio Díaz en la presidencia. Al triunfar el maderismo en
la entidad tabasqueña fue elegido gobernador Manuel Mestre Ghigliazza
(9 Jun. al 3 Jul. 1911) quien solicito una breve licencia
constituyéndose en gobernador interino Domingo Borrego Moreno (Del 3
de Jul. al 31 de Ago. de 1911) , Retornando Mestre Ghigliazza al
poder (Del 1 de Sep. de 1911 al 28 de Abr. de 1913)
La repentina renuncia , en 1913, de Francisco I Madero y José
María Pino Suárez, presidente y vicepresidente, respectivamente,
obligados por el usurpador Victoriano Huerta que los aprehendió y
después ordenó su asesinato, dio paso al levantamiento armados de los
revolucionarios de todo el país en defensa de sus principios,
coordinados por Venustiano Carranza.
En la entidad Manuel Mestre Ghigliazza fue llamado a la capital
y bajo so pena de muerte le fue negado el permiso de retornar a la
gubernatura; Para llevar a cabo la administración y dominio del
territorio tabasqueño fueron impuestos Agustín A. Valdez ( 28 abr.
al 20 ago. 1913) y Alberto Yarza Gutiérrez (20 ago. 1913 al 1 sep.
1914 ) quien tendría que afrontar a los revolucionarios de la
Chontalpa
El movimiento de la Chontalapa lo encabezaron Aureo Lino.
Calles, Fernando y Carlos Colorado, y Alejandro Greene, Pedro
Torruco, Pedro Colorado y Domingo Borrego, los que centraron su lucha
particularmente en la zona de la Cárdenas, Comalcalco y Cunduacan
combatiendo y venciendo a los huertistas de forma definitiva en
agosto de 1914, tras la renuncia del usurpador.
Con Carranza como presidente, el cinco de febrero de 1917 fue
promulgada aquí una tercera Constitución federal, aun vigente con sus
innumerables reformas sobre todo en materia electoral.
Los años posteriores a la decena trágica trajeron de nueva
cuenta la imposición de comandantes militares y gobiernos
provisionales revolucionarios a la entidad principiando por Luis
Felipe Domínguez Suárez (1 Sep. al 31 Oct. 1914); Carlos Greene
Ramírez (1 Nov. 1914 al 1 Feb. 1915); Aquileo Juárez ( 2 Feb. al 28
Ago. 1915); Pedro C. Colorado ( 5:00 Hrs a 23:00 Hrs del 28 de ago.
de 1915); José Gil Morales (29 de Ago. al 2 sep. 1915); Aquileo
Juárez (2 al 8 de sep. 1915); Francisco J. Mújica (18 Sep. 1915
al 10 Ene. 1916) ;Aureliano Colorado (11 Ene. al 24 Feb. 1916);
Francisco j. Mújica (24 Feb. al 15 Sep. 1916); Luis Felipe Domínguez
(16 Sep. 1916 al 10 May 1917) ; Joaquín Ruiz (10 May. 1917 al 4 Jul.
1918; Luis M. Hernández ( 5 Jul. al 1 de Nov. 1918); Heriberto Jara
(1 Nov.1918 al 6 Ene. 1919); Carlos A. Vidal (6 Ene. al 9 Mar. 1919)
Las diferencias entre los revolucionarios de la zona de la
Chontalpa con los de la región de los Ríos, se hicieron evidentes
otra vez en julio de 1918 con motivo de las elecciones para
gobernador y del Congreso Estatal; la rivalidad condujo a la
formación de dos partidos: el Radical, apoyado por la Chontalpa, y el
Liberal Constitucionalista que de su lado contó con el respaldo de la
región de los Ríos. Carlos Greene y Luis Felipe Domínguez fueron
postulados como sus candidatos, respectivamente. La contienda entre
ellos no fue de adversarios sino de enemigos, se significó por una
lucha a muerte; los actos de proselitismo fueron mutuamente atacados
con agresiones físicas y el uso de armas.
El resultado de la elección favoreció a Carlos Greene sin
embargo, su triunfo no fue reconocido por Luis Felipe Domínguez que
se declaró en rebeldía. El seis de agosto de 1919 Greene dejó la
administración de gobierno en manos de Tomás Garrido para salir en
busca del respaldo del presidente Venustiano Carranza, lo que
finalmente logró; sin embargo, a su regreso el orden público había
sido restablecido por Garrido Canabal. La Cámara de Diputados expidió
el cinco de abril de 1919 una nueva Constitución local, la sexta,
congruente en su contenido con la federal promulgada en 1917.
Cercano el proceso electoral local para renovar la gubernatura,
a mediados de septiembre de 1822 Tomás Garrido Canabal aceptó que el
partido Liberal Independiente lo postulara como su candidato
triunfando sobre el general José Domingo Ramírez Garrido, abanderado
por el Partido Liberal Constitucionalista –quien posteriormente se
retiró al ser retirada su licencia por lo que asimismo fue requerido
en la Ciudad de México-, y sobre el general Ernesto Aguirre, como
aspirante del Partido Blanco.
La toma de posesión al frente del gobierno por parte de Tomás
Garrido Canabal marcó el final del período revolucionario y el inicio
de una nueva época conocida precisamente como la “garridista” durante
la cual se registró una serie de cambios sociales, políticos y
económicos en el estado. No obstante, transcurrido poco menos de un
año tuvo que enfrentar la rebelión de una facción identificada con el
ex presidente Adolfo de la Huerta que nombró como gobernante al
general Manuel Ferrer Vega (18 al 20 de Ene. 1924 )quien a final de
cuentas renunció y fue sustituido por Manuel Antonio Romero; (21 Ene.
al 7 Jun. 1924) con ese motivo Garrido Canabal abandonó el estado y
fue hasta después de que fuerzas del entonces presidente Álvaro
Obregón combatió a los rebeldes, cuando regresó a la entidad; Ya
hacia la segunda mitad de ese año , emprendió la aplicación de su
plan de trabajo –aparejado con el programa económico del resto del
país -, asimismo también creó las ligas de resistencia y sus cuerpos
selectos. Al año siguiente inició una intensa campaña de persecución
y extinción de las manifestaciones religiosas que implicó la
destrucción de los templos, incineración de imágenes y la expulsión
de sacerdotes y hasta cambio los nombres religiosos con que fueron
conocidos algunos municipios, villas y poblados, sustituyéndolos por
nombres relacionados con la región o bien de héroes conocidos. En
contraste, destinó especial atención al impulso de la educación
racionalista, diversificó la economía y otorgó –el nueve de febrero-
el voto a la mujer en materia electoral, 28 años antes que el resto
del país.
Con la elección de Tomás Garrido Canabal como gobernador para el
período 1923-1926, siendo presidente Alvaro Obregón, inició el
período pos revolucionario, conocido precisamente como el garridismo
que se prolongó con la manipulación de su sucesor Ausencio Cruz y en
un segundo período: 1930-1934, en el que volvió a estar al frente de
la administración estatal. Durante su gobierno, Garrido Canabal se
diversificó la actividad económica en agrícola y ganadera, se impulsó
la educación racionalista y se combatió el fanatismo religioso –
destruyó iglesias y expulsó a sacerdotes -, y en particular otorgó el
voto a la mujer el nueve de febrero de 1925, unos 28 años antes que
en el resto del país.
Tras haberse celebrado comicios para elegir gobernador para el
siguiente período, el primero de enero de 1927 Tomás Garrido Canabal
cedió el cargo a Ausencio Cruz (1 ene. 1927 al 23 de abr. 1928) ,
sin embargo, en los hechos continuó ejerciendo el poder y el destino
de Tabasco hasta que nuevamente asumió constitucionalmente para el
período 1931-1934, y aún mantuvo injerencia en su sucesor Manuel
Lastra Ortiz desde la capital del país, hacia donde tuvo que emigrar
para desempeñarse como secretario de Agricultura en el gobierno del
presidente Lázaro Cárdenas (1934-1940)
En el transcurso del garridismo, el Partido Nacional
Revolucionario (PNR), a instancias del entonces Ejecutivo Federal
Plutarco Elías Calles, fue fundado el cuatro de marzo de 1929 en la
ciudad de Querétaro, bajo los postulados de la Revolución Mexicana,
en cuyo alrededor se conjuntaron a los grupos representativos de los
sectores, obrero, campesino y popular. Desde entonces, de esta
organización política -que posteriormente en 1938 y 1946 se
transformó en Partido de la Revolución Mexicana (PRM) y
Revolucionario Institucional (PRI), respectivamente -, habrían de
surgir todos los presidentes que han gobernado al país y a los
estados, sin que hubiera una competencia electoral real durante mucho
tiempo más que hacia el interior en donde los grupos políticos se
peleaban el poder. En 1939 se fundó el Partido Acción Nacional (PAN).
Mientras tanto, Rodolfo Brito Fouucher formó en México a un
grupo al que se le conoció como los “bayardos” o “britista” con el
objetivo de luchar porque se respetaran los principios democráticos
en las elecciones del 18 de agosto de 1935 para renovar al congreso
estatal; por su lado, con ese antecedente, Tomás Garrido ordenó a su
liga de resistencia los “camisas rojas” con el objetivo de que los
liquidaran y así poder argumentar ante el presidente Cárdenas de que
habrían actuado en defensa del pueblo. Ambos grupos se enfrentaron el
15 de julio de ese año en las cercanías al Instituto Juárez, en la
riña provocada por los “camisas rojas” se utilizaron armas de fuego
muriendo varios de los combatientes y otros tanto resultaron heridos.
Enterado de ello, el presidente de la República nombró una
comisión permanente mediante la cual declaró desaparecidos los
poderes estatales, y en su lugar se nombró como gobernador interino a
Aureo Lino Calles. Enseguida Tomás Garrido Canabal –quien dejó la
secretaría de Agricultura tras la expulsión de Plutarco Elías
Calles- fue convencido para que abandonara el país, exiliándose en
Costa Rica.
Así se acabó con el período garridista. Desde entonces y por las
siguientes cuatro décadas el devenir político de Tabasco continuó
prácticamente en plena paz pública, en los casos en que hubo
manifestaciones de inconformidad fueron controlados por los
gobernantes; con excepción del período de Manuel Bartlett Bautista
(1952-1958) quién el 23 de marzo de 1955, se vio obligado a solicitar
licencia al cargo luego de un brote de disturbios generalizado sobre
todo por la reacción violenta derivada de la impopular medida de
autorizar el aumento en el costo del transporte. El general Miguel
Orrico de los Llanos asumirá primeramente el cargo como gobernador
interino (del 23 de Mar. de 1955 al 31 de Dic. de 1958) y como
gobernador sustituto. ( El 1 Ene. 1959 al 3 Dic. 1964) para el
termino el período constitucional
Antecedentes Históricos Político Electorales anteriores a la creación
del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco
De 1935 a 1952, las Elecciones en el Estado de Tabasco, se
regían por la Ley Electoral del Poder Legislativo.
Las Elecciones de Gobernador se efectuaron el segundo domingo de
mayo de los años terminados en cero o en cifras par (1938),(1942),
(1946) -posteriormente la fecha fue cambiada para el segundo domingo
de octubre-. Aquí es importante hacer notar que la preparación,
desarrollo y celebración de las elecciones locales eran manejados y
dirigidos por el Gobierno del Estado, incluyendo a los Ayuntamientos
que también participaban,
Fue hasta el 3 de junio de 1953, cuando se promulga la Ley
Electoral del Estado de Tabasco y se establecen los organismos
electorales de la manera siguiente:
Comisión General Electoral
Comités Distritales Electorales
Comisiones Municipales Electorales
Mesas Directivas de Casillas Electorales, y
Registro General de Ciudadanos
Los avances democráticos durante la década de los años 60s tuvieron
un significativo avance cuando en 1973 se creó la Comisión Federal
Electoral en cuya conformación participaban, con voz y voto, todos
los partidos registrados. Ese mismo año el Registro Nacional de
Electores se volvió una entidad autónoma.
El 28 de noviembre de 1975, se reformó dicha Ley, cuya publicación
fue hecha en el Periódico Oficial del 3 de abril de 1976.
En estas reformas se reglamenta la participación de los Partidos
Políticos, la organización de los organismos electorales quedó de la
manera siguiente:
Comisionado del Poder Ejecutivo quien era el Secretario General
de Gobierno;
Uno del Poder Legislativo, y
Dos representantes de los Partidos Políticos, que tuvieron mayor
número de asociados.
El 24 de marzo de 1979, se publicó la Ley de Organizaciones
Políticas y Procesos Electorales del Estado de Tabasco. En esta Ley
la estructura de los organismos electorales era la siguiente:
Comisión Estatal Electoral
Comités Distritales y Municipales
Mesas Directivas de Casillas
Luego del proceso federal electoral de 1976 donde tan solo
participo un candidato para la elección de Presidente de la República
el Lic. José López Portillo fue indispensablemente necesaria una
evolución legal en materia de política electoral fue por ello que en
1977, se expidió la Ley de Organizaciones Políticas y Procesos
Electorales (LOPPE), cuya principal aportación fue la de permitir el
ingreso a la vida institucional de fuerzas políticas antes
“proscritas” y propició su representación en los órganos
legislativos. La LOPPE modificó la integración de la Comisión Federal
Electoral y permitió la participación de los partidos políticos
registrados –ya fuere bajo la figura de registro condicionado o
definitivo- en igualdad de condiciones; de este modo la Comisión
quedó conformada por el Secretario de Gobernación, un representante
por cada una de las cámaras legislativas, un representante de cada
partido político con registro y un notario público .
Durante la década de los años 80s y específicamente en el
periodo presidencial de Miguel de la Madrid luego de trágicos sucesos
acaecidos por los sismos en septiembre de 1985 , los partidos y
organizaciones políticas se verán rebasados por la llamada sociedad
civil; finalizando con ello el periodo de partido hegemónico el
partido del gobierno.
Ante tal presión popular y política, el gobierno emprendió,
ajustes en el código y los organismos electorales, con la esperanza
de una transición pacífica a la democracia y así hacer cumplir las
promesad de campaña que ofrecían no sólo mejorar las leyes
electorales sino fomentar la democracia de una forma integral.
Hacia el 15 de diciembre de 1986 el H. Congreso de la Unión
publico varias reformas constitucionales que integraron la denominada
“Renovación Política Electoral”, cuyas características más relevantes
fueron la conservación de la protestad del gobierno federal para
continuar con la preparación, desarrollo, vigilancia y calificación
de los procesos electorales”; una nueva con formación en el número de
integrantes de la Cámara de Diputados ascendiendo a 500 diputados (
300 de mayoría relativa y 200 de representación proporcional)
incrementándose en 100 el número de diputados de representación
proporcional); también se fijó en 5 el número de circunscripciones
electorales plurinominales en el país y la renovación parcial de la
Cámara de Senadores (por mitad cada tres años) dichas innovaciones
iniciaran la construcción de nuevos espacios de representación
popular a las distintas fuerza políticas.
Esta evolución política motivaría ajustes a las leyes Locales
por lo que el 2 de septiembre de 1987, se publica en el Periódico
Oficial del Estado, el Código Electoral del Estado de Tabasco, el
cual ratifica la existencia de los mismos órganos electorales que en
la ley anterior, pero incorpora la figura del Tribunal Estatal de lo
Contencioso Electoral.
El 27 de marzo de 1991, se publicó en el Periódico Oficial del
Estado, el Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del
Estado de Tabasco. Este nuevo ordenamiento trata de perfeccionar las
técnicas electorales, ofreciendo una participación más activa de los
Partidos Políticos y de la Ciudadanía al haberse creado la figura de
los Consejeros Magistrados.
La problemática post-electoral de los comicios de 1988,
determinara que para la siguiente década una serie de reformas
electorales que en lo general han ampliado el ejercicio de los
derechos de los ciudadanos y de los partidos políticos. Además de
ampliar el universo de electores, incorporar una cuota de género en
las candidaturas a los cargos de elección popular y reconocer el voto
de los mexicanos residentes en el extranjero, el sistema de partidos
se ha venido fortaleciendo a través del financiamiento público, y el
acceso a otras prerrogativas, entre las que destaca, el acceso a la
radio y a la televisión.
De esta manera, resultaba causa obligada que la organización de
las elecciones dejarán de ser una tarea gubernamental para
convertirse en una responsabilidad ciudadana, la calificación
política de la elección presidencial se transformó en una declaración
de carácter jurisdiccional y el litigio electoral se resolverá en los
sucesivo a través de tribunales especializados en la materia.
La Reforma Electoral a aplicarse para el Proceso Electoral
intermedio de 1991 consideró la creación en primer término de leyes
más audaces y ambiciosas para posibilitar el juego democrático en
orden y es así que se logrará la expedición del Código Federal de
Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe) y plasmado en sus
páginas una nueva figura que permitiera mayor credibilidad de los
trabajos efectuados y de los resultados obtenidos, además de ser la
responsable de la organización comicial.
Nace así en agosto de 1989 la concepción del IFE como un
organismo con personalidad jurídica y patrimonio propios, depositario
de la autoridad electoral, misma que, sin embargo, estaba supeditada
a los poderes Ejecutivo y Legislativo ya que el texto constitucional
de 1989 establecía que la organización de las elecciones era una
función estatal a cargo de dichos poderes con la participación y
corresponsabilidad de los partidos políticos y de los ciudadanos.
A este nuevo órgano electoral se le confirió igualmente la
responsabilidad de contribuir al desarrollo de la vida democrática;
preservar el fortalecimiento del régimen de partidos políticos;
asegurar a los ciudadanos el ejercicio de sus derechos político
electorales y vigilar el cumplimiento de sus obligaciones; velar por
la autenticidad y efectividad del sufragio, y coadyuvar en la
promoción y difusión de la cultura cívica democrática. Además, a
diferencia de los organismos electorales que le precedieron, cuyas
actividades eran temporales, se determinó que el IFE tuviese un
carácter permanente.
En el Instituto Federal Electoral se concentraron por primera
vez funciones que antes estaban aisladas y dispersas o que ni
siquiera estaban consideradas, tales como: la actualización
permanente del padrón electoral (el Registro Federal de Electores
quedó integrado a la estructura del IFE); el registro de partidos
políticos, sus plataformas y candidatos; asegurar a los partidos el
disfrute de sus prerrogativas; la organización de la jornada
electoral; el cómputo de las votaciones y la entrega de constancias
de mayoría; la capacitación electoral y la educación cívica, así como
la implantación y desarrollo del servicio profesional electoral.
La trascendencia del las reformas federales, su carácter
invariable de la ciudadanización y el desligue de tareas que
antiguamente correspondían a gobierno federal irremediablemente
convergerían en una profunda modificaciones de las reglas de
competencia en todos y cada uno de los estados de la república así en
Tabasco el 27 de marzo de 1991, se publicó en el Periódico Oficial
del Estado, el Código de Instituciones y Procedimientos Electorales
del Estado de Tabasco (Coipet). Este nuevo ordenamiento trata de
perfeccionar las técnicas electorales, ofreciendo una participación
más activa de los Partidos Políticos y de la Ciudadanía al haberse
creado la figura de los Consejeros Magistrados.
Para el Proceso Electoral Estatal de 1991, a raíz de la reforma
Electoral local y según lo dispuesto por el “Coipet“ nace el
Instituto Estatal Electoral (IEE) que se encargaría de la
organización, vigilancia y desarrollo del referido proceso electoral,
en el que se habrían de elegir Diputados al Congreso Local y
Presidentes Municipales y Regidores, el cual quedaría integrado por:
Director General: Lic. Manuel Colorado León
Director de Funcionamiento Electoral: Lic. Sergio R. Chávez S.
Director de Capacitación: Lic. Francisco Armengol Hernández
Director del Registro Estatal de Electores: Lic. José del
Rosario Pérez Morales
Director de Administración: Lic. Víctor Manuel Cabrera G.
La Comisión Estatal Electoral estaba integrada de la siguiente
manera:
Presidida por el entonces Secretario de Gobierno Lic. Fernando
Sánchez de la Cruz, una Secretaría Técnica cargo que recaía en la
Lic. Felipa Nery Marcial Bello, dos comisionados del poder
legislativo (Dos Diputados designados por Congreso del Estado). Y los
representantes de los Partidos Políticos que hayan alcanzado el 1.5 %
de la votación estatal emitida en el proceso inmediato anterior, y el
Director del Registro Federal de Electores.
Aún con las reformas electorales realizadas para este proceso
electoral, la problemática electoral fue mayúscula, pues las
inconformidades de los partidos políticos que participaron en el
mismo, sobre todo el recién fundado Partido de La Revolución
Democrática que en protesta a los resultados electorales realizo una
marcha a la ciudad de México a la que denomino “Éxodo por la
democracia” primeramente la anulación de los resultados electorales
para elegir el H. Ayuntamiento de Cárdenas, y que para los casos de
Macuspana y Nacajuca, fueran destituidos los presidentes municipales
electos y se crearan Consejos Municipales para la administración y
gobierno de los mismos.
El día 5 de enero de 1994 es publicado en el suplemento del
Periódico Oficial del Estado número 5356 el decreto número 0585 donde
se aprueba el código de instituciones y procedimientos electorales
del estado de Tabasco
Cuatro meses más tarde 5 de mayo de 1994 entraron en vigor las
reformas hechas al Código de Instituciones y Procedimientos
Electorales del Estado de Tabasco. Los Órganos Centrales del
Instituto eran:
Consejo Estatal Electoral
Junta Estatal Ejecutiva y
Dirección General del Instituto
El Consejo Estatal Electoral constituía el Órgano Superior de
Dirección. Así también hay que mencionar que aparece por primera vez
la figura del Observador Electoral.
Con esta reforma se implementa la ciudadanización del máximo órgano
electoral en el estado, designándose a ciudadanos tabasqueños que
contaran con residencia en el estado, con un modo honesto de vivir y
con cierta experiencia en la materia electoral como Consejeros
Magistrados que sería la nueva figura encargada de ser los árbitros
vigilantes del desarrollo del proceso electoral de 1994, y estos
fueron los ciudadanos:
Consejeros Magistrados
CP. Gonzalo Quintana Giordano (Presidente)
Lic. Rodolfo Campos Montejo suplente Lic. Sergio
Pulido Fuentes
Lic. Leandro Hernández Sánchez suplente Lic. Antonio
L.Calderón Valencia
Lic. Ramiro López Díaz suplente Lic.
Jorge Guzmán Colorado
Lic. Carlos León Tosca suplente Lic.
Germán Espinola Latourneire
Lic. Cesar A. Pérez Priego Cobián suplente Lic. Candido
López Barradas
Lic. José de los Santos Avalos Colome suplente Lic. Lorenzo A.
Jesús Mendoza
El articulo 99 determina la creación de la figura de la Junta
Estatal Ejecutiva que se encargaría del área operativa y
administrativa del propio instituto, la cual estaba presidida por el
Director General , y se integraría con el Secretario General del
instituto y los Directores del Registro Estatal de Electores, de
Prerrogativas y Partidos Políticos; Organización Electoral; de
Servicio Profesional, de Capacitación Electoral y Educación Cívica; y
de Administración así como de aquellas que en su momento determine
el Consejo Estatal.
Junta Estatal Ejecutiva
Lic. Bonifacio López Cruz (Presidente)
Lic. Cesar Manuel López Tosca (Secretario)
Ing. Bulmaro Reyes Godoy (Director Ejecutivo del Registro
Estatal de Electores)
Lic. Agenor González Valencia (Director Ejecutivo de
Prerrogativas y Partidos Políticos y de Organización Electoral)
Lic. Jesús Maldonado Torruco (Director Ejecutivo de Servicio
Profesional, Capacitación Electoral y Educación Cívica)
CP. Alberto Vidal Castillo (Director Ejecutivo de
Administración)
A su vez el Consejo Estatal Electoral (CEE) se constituiría
con :
1 Presidente
1 Secretario
6 Consejeros Magistrados
Consejeros del poder Legislativos (4) .-1 por cada fuerza
política con representación en el H. Congreso del Estado-.
Representantes de los partidos políticos(14)* pertenecientes a 9
Partidos políticos contendientes en la elección (1) PAN; (4)
PRI*; (1) PPS; (3) PRD*;(1) PFCRN; (1) PARM; (1)PDM;(1) PT;(1)
PVEM.
* La legislación vigente establecía además una sobre representación de 1
representante por cada 20% de la votación obtenida en la elección anterior
De igual forma en el artículo 85 de la referida ley se asienta que
el Instituto Estatal Electoral tendrá su domicilio en la capital del
Estado y ejercerá sus funciones en todo el territorio de la entidad
mediante la estructura de 17 Delegaciones Distritales y 17
Delegaciones Municipales, además de la posibilidad de contar con
Sin duda alguna la reforma electoral federal emprendida en el año
de 1996, posibilitó las condiciones de mayor equidad en la
competencia política y abrió los cauces para la alternancia política
en todos los niveles de gobierno. Entre las adiciones y enmiendas
sustantivas al COFIPE destacan las siguientes:
La nueva ley electoral modificó la estructura del Instituto Federal
Electoral nuevamente, y estableció su completa autonomía respecto al
Poder Ejecutivo y Legislativo, retirando al Secretario de Gobernación
de la presidencia del organismo y con ello su facultad del voto en el
Consejo General a los legisladores representantes del Congreso de la
Unión.
De esta manera la ciudadanización posibilitarían que el IFE fuese
presidido por uno de los ocho Consejeros Electorales, elegidos con la
aprobación de dos terceras partes de la Cámara de Diputados a
propuesta de los partidos políticos. Esta ley electoral se colocó
bajo la jurisdicción de la Suprema Corte de Justicia y el Tribunal
Federal Electoral, ahora Tribunal Electoral del Poder Judicial de la
Federación (TEPJF) quien a su vez se reestructuró, estableciendo que
la designación de los magistrados correría a a cargo de la Suprema
Corte de Justicia..
En el estado de Tabasco las nuevas reglas electorales a nivel
federal implicarían de ajustes precisos y fue así que el 21 de
diciembre de 1996, la Quincuagésima Quinta Legislatura en la última
sesión extraordinaria de ese año acordó abrogar el Código de
Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Tabasco, así
como las reformas, adiciones y derogaciones aprobadas por los
decretos números 0739 y 012, las reformas y adiciones hechas al
Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de
Tabasco, habiéndose creado el Instituto Electoral de Tabasco, siendo
sus órganos electorales los siguientes:
Órganos Centrales
o Consejo Estatal Electoral
o Junta Estatal Ejecutiva, y
o Secretaría Ejecutiva
Órganos Temporales
o Junta Electoral Distrital
o Consejo Electoral Distrital
o Junta Electoral Municipal, y
o Consejo Electoral Municipal
La Reforma Electoral de 1996 pretendió hacer fortalecer la
presencia y figura de la imparcialidad ciudadana para el proceso
electoral estatal de 1997, ello contrajo consigo una serie de
cambios que permitieron entre otras cosas, una reestructuración del
organismo electoral al concentrar el trabajo inicialmente propuesto
en 5 direcciones ejecutivas en tan solo 2.
De igual forma se realiza un cambio de nomenclatura
institucional al crearse formalmente el Instituto Estatal Electoral
“IEE ”dotándose a su vez de un logotipo propio , integración, órganos
centrales, así como la necesaria modificación de la cartografía
electoral toda vez que a el estado de Tabasco se incorporaba 1
distrito electoral federal adicional y bajo ese mismo esquema el
congreso local aplicaría igual criterio a esta norma mediante la
creación de una redistritación del territorio en función a la
proporcionalidad por densidad de habitantes.
Por ello al municipio de centro fue conveniente que se le dotase
con un legislador local adicional con su consabida modificación entre
los integrantes de la LVII legislatura que vieron así incrementada el
numero de sus integrante a 31 ( 18 distritos electorales uninominales
y la respectiva elección de 18 diputados de mayoría relativa 13
diputados distribuidos en dos circunscripciones por el principio de
Representación Proporcional)
De igual forma para la integración del Consejo Electoral se
realizaría la designación de 9 Consejeros Electorales y no siete como
lo rezaba la legislación anterior.
Los Órganos Centrales de Instituto Electoral de Tabasco son:
I. Consejo Estatal Electoral
II. Junta Estatal Ejecutiva
III. La Secretaría Ejecutiva
El Consejo Estatal Electoral (CEE) se constituiría con :
1 Presidente
1 Secretario
8 Consejeros Electorales
Consejeros del poder Legislativos (3) .-1 por cada fuerza
política con representación en el H. Congreso del Estado-.
Representantes de los partidos políticos(8)*
pertenecientes a igual número de partidos políticos
participantes en la elección (1) PAN; (1) PRI*; (1) PRD*;
(1) PC; (1) PT; (1)PVEM;(1) PPS;(1) PDM.
Los Ciudadanos que fueron designados por el Congreso de Estado,
para formar parte del Consejo Estatal por un periodo de siete años,
como Consejeros Electorales fueron los ciudadanos:
Presidente del Consejo Estatal Electoral
Lic. Leonardo Sala Poisot
Consejeros Electorales
Lic. Joaquín Díaz Esnaurrizar
Dr. Romeo Manuel Valencia Glory
C. Rosa María Guzmán Domínguez
C. Vicente Gómez Montero
Lic. Ciprián Cabrera Jasso
Lic. Luz León Estrada
Lic. Estalin Velázquez León
Lic. Lenin Ruiz Hernández
La Junta Estatal Ejecutiva quedo integrada de la manera
siguiente:
Lic. Leonardo Sala Poisot Presidente
Lic. Carole Vázquez Pérez Secretaria Ejecutiva
Profr. Magín Fuster Romero Director de Organización y
Capacitación Electoral
Lic. Rodrigo Oropesa Arguello Director de Administración
Para el Proceso Electoral del año 2000, el Código de
Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Tabasco, no
sufrió ninguna modificación por lo que el proceso Electoral, dio
inicio el 15 de marzo, con todos sus integrantes, con la salvedad de
la renuncia al cargo que por motivos personales presentara la Lic.
Luz León Estrada.
Presidente del Consejo Estatal Electoral
Lic. Leonardo Sala Poisot
Consejeros Electorales
Lic. Joaquín Díaz Esnaurrizar
Dr. Romeo Manuel Valencia Glory
C. Rosa María Guzmán Domínguez
C. Vicente Gómez Montero
Lic. Ciprián Cabrera Jasso
Lic. Estalin Velázquez León
Lic. Lenin Ruiz Hernández
La Junta Estatal Ejecutiva quedo integrada de la manera
siguiente:
Lic. Leonardo Sala Poisot Presidente
Lic. Carole Vázquez Pérez Secretaria Ejecutiva
Cap. Carlos Manuel Merino Campos Director de Organización y
Capacitación Electoral
Lic. Rodrigo Oropesa Arguello Director de Administración
En este Proceso Electoral se llevaron a cabo elecciones de
Gobernador, Diputados al Congreso Local y 17 Ayuntamientos
(Presidentes Municipales y Regidores), en las que participaron los
Partidos Políticos: Acción Nacional, Revolucionario Institucional, de
la Revolución Democrática, del Trabajo, Verde Ecologista de México,
Convergencia por la Democracia, Centro Democrático, de la Sociedad
Nacionalista, Autentico de la Revolución Mexicana, Alianza Social y
Democracia social.
Los resultados Electorales cuestionados por los partidos
Acción Nacional y de la Revolución Democrática determinaron
interponer el recurso de inconformidad contra el cómputo estatal de
la elección de gobernador, así como contra el acuerdo del Consejo
Estatal Electoral del Instituto Electoral de Tabasco, referente a la
declaración de validez de la elección y a la expedición de la
constancia de mayoría al candidato triunfador. Por su parte el
Tribunal Electoral de Tabasco emitió las resoluciones
correspondientes, en virtud de las cuales declaró la nulidad en
diversas casillas, situación que aunque modificó el cómputo estatal
de la elección de gobernador confirmaba la validez de la elección,
así como la expedición de la constancia de mayoría al candidato
ganador.
Contra esas resoluciones es que el PAN y el PRD promovieron el
juicio de revisión constitucional electoral, cada uno por separado,
el 14 de noviembre de 2000. El día 29 de diciembre de 2000 8 a tan
solo 72 horas del cambio de poder del ejecutivo Estatal , la Sala
Superior del Tribunal Electoral del PJF emitió resolución a los
expedientes SUP-JRC-487/2000 y su acumulado SUP-JRC-489/2000 donde
resolvió declarar nula la elección de gobernador efectuada el 15 de
octubre de 2000, -hecho hasta entonces insólito en la historia
reciente de México- y efectuar los trabajos jurídicos pertinentes
previstos en la legislación local para convocar a Elecciones
extraordinarias de Gobernador del Estado. Así mismo la asignación de
la Diputación del Partido del Trabajo, que habiendo sido asignada por
el Consejo Estatal Electoral al primero de la lista de la primera
circunscripción hubo que asignársela al primero de la lista de la
segunda circunscripción plurinominal, quedando con esto finalizado el
Proceso Electoral Ordinario.
La intempestiva y sorpresiva anulación de las elecciones de
Gobernador tomó por sorpresa al Gobierno en funciones a tan solo 3
días de la nueva toma de poder, lo que obligó al congreso a sesionar
de manera extraordinaria para nombrar a un Gobernador Interino ante
la inminente salida de la administración vigente, quien terminaba su
encargo el 31 de diciembre de 2000.
Por ello el H. Congreso del Estado aplicaría lo previsto en el
artículo 47 de la constitución del estado en el caso de falta
absoluta del Gobernador, para que este se erigiere inmediatamente en
Colegio Electoral y concurriendo cuando menos las dos terceras partes
del número total de sus miembros, nombrará, en escrutinio secreto y
por mayoría absoluta de votos, a un Gobernador interino.
Tomando como base el artículo, el 31 de diciembre de 2000, la 56
legislatura (horas antes de que finalizase su periodo en ese mismo
día) designó al diputado federal sin licencia, Enrique Priego
Oropeza, como Gobernador Interino.
El 29 de marzo del año 2001, la Quincuagésima Séptima
Legislatura al H. Congreso del Estado emitió el Decreto Número 003,
el cual ordenó convocar en su artículo Único , “A Partidos Políticos
y Ciudadanos en general, para elegir Gobernador del Estado Libre y
Soberano de Tabasco, que será titular del Poder Ejecutivo durante el
periodo comprendido del 01 de enero del año 2002 al 31 de diciembre
del año 2006” y se llevó a efecto la notificación respectiva al
órgano electoral estatal para la organización de los comicios
extraordinarios conducentes a la elección de Gobernador del Estado de
Tabasco.
Para la elección extraordinaria de 2001, que por resolución del
Tribunal del Poder Judicial de la Federación, se realizaron en
nuestro estado, hubo algunos cambios en cuanto a la integración del
Consejo Estatal Electoral derivados de las renuncias de los
Consejeros: Leonardo Sala Poisot, Luz León Estrada y Lenin Ruiz
Hernández y, quedado integrado de la siguiente manera:
Presidente del Consejo Estatal Electoral
Lic. Estalin Velázquez León
Consejeros Electorales
Lic. Joaquín Díaz Esnaurrizar
Dr. Romeo Manuel Valencia Glory
C. Rosa María Guzmán Domínguez
C. Vicente Gómez Montero
C. José Rubén Ferrer Galguera
Lic. Ciprián Cabrera Jasso
Ing. Alejandro de la Fuente Godínez
Lic. Adalberto Tito Manzur Castellanos
La Junta Estatal Ejecutiva
Lic. Estalin Velázquez León Presidente
Lic. Martín Cruz Larios Secretario Ejecutivo
Lic. Citlallin de Dios Calles Director de Organización y
Capacitación Electoral
Lic. Rodrigo Oropesa Arguello Director de Administración
El día 2 de abril del año 2001 los integrantes del Instituto
Electoral de Tabasco dieron inicio a los trabajos relativos al
Proceso Electoral Extraordinario con la celebración de la Sesión
de instalación respectiva que llevó a efecto el Consejo Estatal
Electoral, cumpliendo con lo establecido en el Código de
Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de
Tabasco.
El 27 de Noviembre del 2002, se publicó en el Periódico Oficial
del Estado, el Decreto 192, el cuál contiene las reformas hechas a la
Constitución Política Local en materia electoral, entre las cuales se
encuentran el cambio de nombre denominado Instituto Electoral por el
Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco, así como
el reconocimiento a los medios de participación ciudadana; al
plebiscito, al referéndum y a la iniciativa popular.
La redistritacion de los municipios de Cárdenas y Centro ampliando
de 18 a 21 los distritos electorales y de 13 a 14 los diputados de
representación proporcional, estableciendo en 2% el umbral para
acceder a estos; el derecho a 2 síndicos para municipios con más de
cien mil habitantes; facultades para organizar mecanismos de
participación ciudadana como plebiscito, referéndum e iniciativa
popular al órgano electoral, que cambió su denominación a Instituto
Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco; reducción de 9 a 7
Consejeros Electorales en el Consejo Estatal, facultados para elegir
de entre ellos a su Presidente;
De igual forma la ajustada elección daría inicio a la creación de
un órgano de control interno y obligación de presentar su cuenta
pública ante el Congreso; en materia jurisdiccional, se instituyó la
permanencia del Tribunal Electoral de Tabasco, reduciendo de cinco a
tres sus Magistrados; como órgano especializado, además de resolver
los medios de impugnación en materia electoral, deberá atender los
que se presenten con motivo de los resultados de plebiscitos,
referéndum y de la participación ciudadana, igualmente decide los
conflictos laborales de los servidores públicos del Instituto y los
del propio Tribunal.
La conducción de los trabajos electorales hizo necesaria la
sustitución de los árbitros electorales los 7 nuevos integrantes del
nuevo Consejo Estatal, como garante de la democracia en Tabasco.
Fueron:
Presidente del Consejo Estatal Electoral
C.P. Martin Rueda de León
Consejeros Electorales
Lic. Enrique Galland Marqués
Lic. Jesús Manuel Argáez de los Santos
Lic. Javier Minaya Velueta
Lic. Babe Segura Córdova
Lic. Carlos Aguilar Ruiz
Dra. Rossana Aranda Roche
La Junta Estatal Ejecutiva
C.P. Martin Rueda de León Presidente
Lic. David Cuba Herrera Secretario Ejecutivo
Lic. Rigoberto de la O Gallegos Director de Organización
y Capacitación Electoral
C.p. Guadalupe Estrada Sánchez Director de Administración
El 19 de octubre de 2003, se realizaron las Elecciones
Constitucionales en el Estado de Tabasco, para renovar los
Ayuntamientos de sus 17 municipios, así como a los integrantes del
Congreso Local, por primera vez conformado de 35 Diputados, 4 más que
el periodo anterior. La afluencia en las urnas alcanzó 692,102
ciudadanos, equivalentes al 57% de la lista nominal
Los datos registrados dan cuenta de un proceso electoral
competido, 7 partidos políticos, más dos en coalición, postularon a
2,648 candidatos a los diversos cargos de elección; 286 compitieron
por las 21 diputaciones de mayoría, 172 buscaron alguno de los 14
curules de representación proporcional, 1848 contendieron en 17
municipios por 175 regidurías de mayoría, y 340 aspiraron a las 39
regidurías de representación proporcional.
Sin excepción, las constancias de mayoría y validez expedidas a
las fórmulas y planillas triunfadoras, como las asignaciones de
representación proporcional, fueron ratificadas por los tribunales
electorales.
El año 2006 resulta para el Estado de Tabasco ser un año de
intensa actividad política primeramente en las elecciones federales
organizadas por el Instituto Federal Electoral y programadas a
efectuarse el primer domingo de julio y en donde por vez primera
participarán por la primera magistratura del país 2 candidatos
tabasqueños el Lic. Roberto Madrazo Pintado por el Partido
Revolucionario Institucional y el Lic. Andrés Manuel López Obrador
del Partido de la Revolución Democrática por tal motivo se considero
una amplia capacitación y profesionalización al personal técnico y
operativo perteneciente al servicio electoral del IEPC.
Asimismo se realizaron ajustes hacia el interior del órgano
electoral iniciando el proceso electoral ordinario el 15 de marzo de
2006 con los siguientes integrantes del Consejo Estatal Electoral
Presidente del Consejo Estatal Electoral
Lic. Jesús Manuel Argáez de los Santos
Consejeros Electorales
Lic. Enrique Galland Marqués
Lic. Javier Minaya Velueta
Lic. Babe Segura Córdova
C.P. Martin Rueda de León
Lic. Carlos Aguilar Ruiz
Dra. Rossana Aranda Roche
La Junta
Estatal Ejecutiva
Lic. Jesús Manuel Argáez de los Santos Presidente
Lic. Armando Xavier Maldonado Acosta Secretario Ejecutivo
Lic. Rigoberto de la O Gallegos Director de Organización y
Capacitación Electoral
C.p. Elia Magdalena de la Cruz León Director de Administración
Y es así como el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana
de Tabasco, fue estructurando paso a paso cada una de las etapas del
Proceso Electoral, a través de todos los mecanismos organizativos
implementados, para llevar a su término la jornada electoral,
culminando el 15 de octubre de 2006 al elegir al titular del
Ejecutivo, a los Diputados integrantes de la LIX Legislatura y a los
integrantes de los 17 Ayuntamientos de la entidad.
La exigencia de la sociedad mexicana luego de los controversiales
resultados obtenidos por el Instituto Federal Electoral (IFE) en los
comicios presidenciales del año 2006 obligaría una reforma electoral
federal que garantizaran la libertad del voto, y los principios
rectores que rigen la materia de certeza, objetividad e independencia
de la función electoral
Con la reforma de 2007, disminuye el costo de las campañas y se
transparenta la utilización de recursos que utilizan los partidos
políticos y el propio Instituto Federal Electoral (IFE)
De este modo, la reforma, entre otros aspectos, prohibió la
afiliación gremial a los partidos políticos; redujo el financiamiento
público y los plazos para las campañas electorales; reguló las
precampañas electorales; estableció un nuevo régimen para el acceso a
radio y televisión; y reestructuró administrativamente al IFE.
Por lo que respecta al financiamiento público, la fórmula de cálculo
cambió radicalmente, ahora el monto destinado a las actividades
ordinarias se calcula multiplicando el número total de ciudadanos
inscritos en el padrón electoral, por el 65% del salario mínimo
vigente en la Ciudad de
México. Sin embargo, se mantuvo la distribución del financiamiento
que venía operando con anterioridad, es decir:
• 30% de manera igualitaria
• 70% a partir del porcentaje de votos que obtengan los partidos
políticos en la elección de diputados anterior
Asimismo, ahora el monto de financiamiento destinado a la obtención
del voto durante los procesos electorales corresponde al 50% del
financiamiento de actividades ordinarias durante las elecciones
presidenciales, así como del 30% en el caso de elecciones
intermedias.
Cabe destacar también que las campañas para Presidente de la
República y para diputados federales duran solamente 90 y 60 días,
respectivamente.
Además de los partidos políticos, la reforma también precisó que los
aspirantes, candidatos y precandidatos, no pueden recibir
aportaciones o donativos por parte de los poderes públicos,
dependencias y entidades públicas, asociaciones religiosas y empresas
de carácter mercantil.
Con esta medida, se cierra la puerta a la opacidad en el manejo de
los recursos públicos durante las precampañas y campañas electorales.
Finalmente, una reforma no menor incluida en el nuevo COFIPE, fue
aquella que dispuso en su artículo 78, que las cuentas, fondos o
fideicomisos abiertos por los partidos políticos para la inversión de
sus recursos líquidos, no están protegidas por los secretos bancario
y fiduciario.
Otro aspecto de mayor trascendencia fue la inclusión del capítulo V
del COFIPE, que establece que toda persona tiene el derecho a acceder
a la información de los partidos políticos,
a través del IFE en cuanto a dirección, reglamentos y acuerdos de
carácter general, tabulador de remuneraciones, e informes de ingresos
y gastos..
Por otra parte, la reforma estableció un nuevo modelo de comunicación
política que tiene como propósito generar mayor equidad en la
competencia política. A diferencia de disposiciones anteriores, ahora
se prohíbe la compra de tiempos de radio y televisión por parte de
los partidos políticos y de aquellas personas físicas y morales que
tengan como propósito influir en las preferencias electorales de los
ciudadanos. Y se establece el Sistema Integral para la Administración
del Tiempo del Estado (SIATE),
.Los alcances de la reforma política de la cual fue objeto la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Harían
necesaria un ajuste en su contraparte tabasqueña dos años más tarde
con la creación de una nueva Ley Electoral del Estado de Tabasco, la
cual registra un avance importante evolutivo e incluye a la
denominada Ley de Medios de Impugnación en Materia Electoral del
Estado de Tabasco.
Para el organismo electoral estatal, se establecerían grandes
retos y desafíos para la organización de los comicios del año 2009,
en primer lugar se sufriría casi una paralización total de los
trabajos del Consejo Electoral esto como producto la expiración del
nombramiento de 4 Consejeros Electorales propietarios a partir del
último día del mes de febrero de 2007 entre los cuales se hallaba el
Lic. Argáez de los Santos.- presidente en funciones -. Luego de la
designación del L.R.I. Enrique Galland Marqués como nuevo
presidente de un incompleto Consejo que se agravaría más aun cuando
unos meses después se sumaría la aflicción de enfermedad grave de un
consejero en función situación que el H congreso del estado debería
de resolver con el nombramiento del suplente y la designación de los
faltantes
Quedando el consejo electoral integrado de la siguiente forma ( A
PARTIR DEL 28 DE FEBRERO DE 2007)
Consejeros Electorales
Lic. Enrique Galland Marqués Presidente
Lic. Javier Minaya Velueta
Lic. Carlos Aguilar Ruiz
La Junta
Estatal Ejecutiva
Lic. Enrique Galland Marqués Presidente
Lic. Armando Xavier Maldonado Acosta Secretario Ejecutivo
Lic. Rigoberto de la O Gallegos Director de Organización y
Capacitación Electoral
C.p. Elia Magdalena de la Cruz León Director de Administración
Además las graves afectaciones que sufriera la ciudad de
Villahermosa en los meses de octubre y noviembre de 2007 vería
irremediablemente la pérdida de la infraestructura contenida en
planta baja de su inmueble ubicado en el centro de la ciudad capital.
Esto adicionalmente de la irreparable pérdida de documentos,
archivos y equipo técnico y de oficina se vería materialmente
paralizadas sus actividades y programas de carácter cívico electoral
dirigidos a la población escolar y ciudadana.
El panorama en sí, representaba un gran reto profesional, el
IEPC el 15 de marzo de 2009, dio inicio formal al proceso electoral
ordinario con.
El 8 de noviembre de 2008, se publicó en el suplemento
69053 del Periódico Oficial del Estado el Decreto 096 mediante el
cual se dan a conocer las últimas reformas a la Constitución Política
local en materia electoral, destacándose la creación de la Ley
Electoral del Estado de Tabasco, se modifica la fórmula de asignación
para el financiamiento público a los partidos políticos, se acortan
las campañas electorales y se definen las reglas básicas para las
precampañas una nueva ley que involucraba entre sus innovaciones que
la administración de los tiempos de radio y televisión que como única
autoridad administradora fue otorgada al Instituto Federal, la
regulación y definición de actos y plazos considerados como de
”precampañas” , que favorecía un entorno de enrarecimiento y
especulación electoral de ciudadanos y militantes que entrañaban un
adelanto inequitativo de las contiendas internas de los partidos
políticos, para posteriormente ser registrados como precandidatos,
pero que sobretodo salvaguardaba el interés colectivo al incluir
figuras jurídicas y herramientas que vigilasen topes de gastos y la
apertura del secreto fiduciario y bancario
Para el Proceso Electoral ordinario del año 2009 a
celebrarse en el Estado Libre y Soberano de Tabasco, el pueblo de
Tabasco realizó un gran esfuerzo organizando, construyendo la
elección y participando en todo momento en medio de una ardua y
lastimera tarea de reconstrucción
Así la segunda semana del mes de marzo el Consejo Electoral
queda integrado de la forma siguiente:
Presidente del Consejo Estatal Electoral
Lic. Enrique Galland Marqués
Consejeros Electorales
Lic. Carlos Aguilar Ruiz
Lic. Juan Correa López
Lic. Antonio Ponce López
Lic. Elide Moreno Cáliz
Lic. Gustavo Rodríguez Castro
Lic. Rosendo Gómez Piedra
La Junta
Estatal Ejecutiva
Lic. Enrique Galland Marqués Presidente
Lic. Armando Xavier Maldonado Acosta Secretario Ejecutivo
Lic. Rigoberto de la O Gallegos Director de Organización y
Capacitación Electoral
C.p. Elia Magdalena de la Cruz León Director de Administración
El 18 de octubre de 2009 día de la jornada electoral 9321
funcionarios de mesas directiva de casilla recibieron los sufragios
del 59% de los ciudadanos tabasqueños que acudieron a elegir
responsablemente a 35 Diputados electos, 21 por el principio de
mayoría relativa y 14 por el principio de representación
proporcional, así como 17 Presidentes Municipales y Regidores, mismos
que iniciarían sus periodos de trabajos legislativos y
administrativos respectivamente a partir del primero de enero de 2010
y hasta al 31 de diciembre de 2012.
El Consejo Estatal del Instituto Electoral y de Participación
Ciudadana de Tabasco, en sesión ordinaria efectuada el día veinte de
noviembre del año dos mil nueve. Emite el acuerdo ce/2009/091
mediante el cual aprueba la estructura orgánica y funciones de las
unidades administrativas que integran la contraloría general del
propio instituto. en base a lo dispuesto al artículo 358 de la Ley
Electoral del Estado de Tabasco, establece que la Contraloría General
es el órgano de control interno del Instituto Estatal y que tiene a
su cargo la fiscalización de los ingresos y egresos del Instituto
Estatal
Ley Electoral del Estado de Tabasco.
El 26 de febrero de 2010, la sexagésima Legislatura del Congreso
del Estado de Tabasco acuerda nombrar a 3 consejeros faltantes
necesarios para la correcta integración del Consejo Estatal del
Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco así como
designar a su Presidente
Consejo Estatal
Lic. Alfonso Castillo Suárez (Presidente)
Lic. Héctor Aguilar Alvarado
Lic. Jorge Montaño Ventura
Mtro. Antonio Ponce López
Mtra. Elidé Moreno Cáliz
Lic. Gustavo Rodríguez Castro
Dr. Rosendo Gómez Piedra
La Junta
Estatal Ejecutiva
Lic. Alfonso Castillo Suárez Presidente
Mtro. Armando Xavier Maldonado Acosta Secretario Ejecutivo
Lic. Rigoberto de la O Gallegos Director de
Organización y Capacitación Electoral
Lic. Carlos Enrique Íñiguez Rosique Director de
Administración