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I C O N T E N I D O 1. QUINTA S ESIÓN ORDINARIA............................................... (2 de abril de 2002) 2. SEXTA SESIÓN ORDINARIA................................................ (8 de abril de 2002) 3. SÉPTIMA S ESIÓN ORDINARIA............................................. (25 de abril de 2002) 1 121 169
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H. Congreso del Estado de Veracruz - C O N T E N I D O · 2004-03-25 · IV 105 107 109 121 121 121 140 141 149 • De la Junta de Coordinación Política, proyecto de punto de acuerdo

Apr 24, 2020

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C O N T E N I D O

1. QUINTA SESIÓN ORDINARIA...............................................(2 de abril de 2002)

2. SEXTA SESIÓN ORDINARIA................................................(8 de abril de 2002)

3. SÉPTIMA SESIÓN ORDINARIA.............................................(25 de abril de 2002)

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Í N D I C E T E M Á T I C O

1. QUINTA SESIÓN ORDINARIA............................................(2 de abril de 2002)

• Lectura y en su caso, aprobación del ordendel día......................................................................

• Lectura y en su caso, aprobación del acta de lasesión anterior...........................................................

• Lectura de la correspondencia recibida........................• Iniciativa con proyecto de Código Hacendario

Municipal para el estado de Veracruz-Llave,presentada por diputados integrantes de lahonorable LIX Legislatura del Congreso delestado de Veracruz.....................................................

• De la Comisión Permanente de HaciendaMunicipal, dictamen con proyecto de acuerdorelativo a la solicitud de autorización del honorableayuntamiento de Nanchital, Veracruz, para poderenajenar dos vehículos de su propiedad........................

• De la Comisión Permanente de HaciendaMunicipal, dictamen con proyecto de acuerdorelativo a la solicitud de autorización del honorableayuntamiento de Zontecomatlán, Veracruz, parapoder enajenar dos camionetas de su propiedad............

• De las Comisiones Permanentes Unidas deGobernación y de Jus t ic ia y PuntosConstitucionales, acuerdo respecto de la solicitudde la Procuraduría General de Justicia del estadopara que se inicie el juicio de procedencia encontra del ciudadano diputado local JoaquínRosendo Guzmán Avilés, a efecto de estar encondiciones de ejercitar acción penal............................

• De la Junta de Coordinación Política, proyectode punto de acuerdo para designar a las personasque representarán a la honorable LIX Legislaturadel Congreso del estado ante la Comisión deAsesoría y Apoyo, para la realización del XIICongreso Mundial de Derecho Procesal arealizarse en la ciudad de Xalapa, Veracruz,durante el mes de septiembre de 2003..........................

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• De la Junta de Coordinación Política, proyecto depunto de acuerdo para realizar una revisión financieraal ayuntamiento de Vega de Alatorre, Veracruz, alos meses de enero y febrero del año 2002......................

• Pronunciamiento del ciudadano diputado AlonsoDomínguez Ferráez, del Partido Verde Ecologistade México, sobre la desaparición de laSubsecretaría del Medio Ambiente.................................

• Pronunciamiento del grupo legislativo del PartidoAcción Nacional sobre el recorte presupuestal y lafunción del Congreso del estado.....................................

2. SEXTA SESIÓN ORDINARIA.................................................(8 de abril de 2002)

• Lectura y en su caso, aprobación del ordendel día.......................................................................

• Lectura y en su caso, aprobación del acta de lasesión anterior............................................................

• Lectura de la correspondencia recibida........................• Iniciativa con proyecto de decreto que reforma los

artículos 13 en su fracción II, 175 en sus dospárrafos y 313; que deroga la fracción II delapartado “E” del artículo 143 y el artículo 336, yque adiciona con nueve párrafos el artículo 175 delCódigo Financiero para el estado de Veracruz-Llave, presentada por el ciudadano licenciadoMiguel Alemán Velazco, gobernador del estado...............

• De las Comisiones Permanentes Unidas deGobernación y de Jus t ic ia y PuntosConstitucionales, 12 dictámenes con proyecto deacuerdos relativos a las denuncias presentadas porla Comisión Permanente de Vigilancia en contra delos ciudadanos presidentes municipales y síndicosde los honorables ayuntamientos de Ayahualulco,Benito Juárez, Chocamán, Chumatlán, Hueyapande Ocampo, La Perla, Las Minas, Ozuluama, RíoBlanco, San Andrés Tenejapan, Tamalín yTexcatepec, Veracruz, por no haber presentado laCuenta Pública del ejercicio fiscal del año 2000...............

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• Propuesta de convocatoria al Primer Periodo deSesiones Extraordinarias correspondiente alSegundo Año de Ejercicio Constitucional de lahonorable LIX Legislatura del Congreso del EstadoLibre y Soberano de Veracruz-Llave.............................

3. SÉPTIMA SESIÓN ORDINARIA............................................(25 de abril de 2002)

• Lectura y en su caso, aprobación del ordendel día........................................................................

• Lectura y en su caso, aprobación del acta de lasesión anterior.............................................................

• Lectura de la correspondencia recibida.........................• Iniciativa con proyecto de decreto que reforma

las fracciones V a la XII del artículo 9; quederoga la fracción XXXVII del artículo 18 yque adiciona el subtítulo “Secretaría del Trabajoy Previsión Social” y los artículos 22 bis y 22 ter,todos de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivodel estado de Veracruz-Llave, presentada por elciudadano licenciado Miguel Alemán Velazco,gobernador del estado..................................................

• De la Comisión Permanente de Hacienda delEstado, dictamen con proyecto de acuerdo relativoa la solicitud de autorización del ciudadanogobernador del estado para poder enajenar atítulo oneroso, como área lotificada en favor decolonos que justifiquen tener derecho a ello, unasuperficie de terreno de 20 785.01 metroscuadrados, que se deducirá del predio adquiridopor el gobierno del estado, para regularizar elasentamiento humano conocido como coloniaLicenciado Carlos Salinas de Gortari, ubicado enla congregación Plan de la Vieja, del municipio deMisantla, Veracruz.......................................................

• De la Comisión Permanente de Hacienda delEstado, dictamen con proyecto de acuerdo relativoa la solicitud de autorización del ciudadanogobernador del estado para poder enajenar a

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título gratuito, en favor de la Arquidiócesis deXalapa, Asociación Religiosa, para la Construcciónde una capilla, una superficie de 856.68 metroscuadrados de terreno, ubicado entre las manzanas1 y 2 de la colonia Herón Proal, del predio Chiltoyac,en Xalapa, Veracruz, deducidas de la reservaterritorial del propio municipio, de propiedadestatal..........................................................................

• De la Comisión Permanente de Hacienda delEstado, dictamen con proyecto de acuerdo relativoa la solicitud de autorización del ciudadanogobernador del estado para poder enajenar a títulogratuito, en favor del Órgano de FiscalizaciónSuperior del estado, un terreno con superficie de31 377.81 metros cuadrados, superficie que sededuce de una mayor, de propiedad estatal, queconstituye la reserva territorial de la ciudad deXalapa, Veracruz, para la construcción de susinstalaciones.................................................................

• De la Comisión Permanente de Hacienda delEstado, dictamen con proyecto de acuerdo relativoa la solicitud de autorización del ciudadanogobernador del estado para poder enajenar a títulooneroso y gratuito, en favor de colonos quedemuestren tener derecho a ello, de ejidatariosafectados y del honorable ayuntamiento de Xalapa,Veracruz, diversas superficies de terreno, ubicadasen la reserva territorial de Xalapa, Veracruz, depropiedad estatal, por la construcción del eje vialArco Sur-Circuito Presidentes de la ciudad deXalapa.........................................................................

• De la Comisión Permanente de Hacienda delEstado, dictamen con proyecto de acuerdo relativoa la solicitud de autorización del ciudadanogobernador del estado para poder permutar unasuperficie de terreno de 817.08 metros cuadrados,de propiedad estatal, ubicada en la reservaterritorial de la ciudad de Xalapa, Veracruz, porotra con superficie de 495.00 metros cuadrados,ubicada en el lote 10 manzana 7 del fraccionamientoLa Herradura, de la ciudad de Xalapa, Veracruz,propiedad del señor Andrés Beceiro López.....................

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• De la Comisión Permanente de Desarrollo yFortalecimiento Municipal, dictamen con proyectode acuerdo relativo a la solicitud de autorizacióndel honorable ayuntamiento de Nanchital, Veracruz,para poder suscribir convenio de colaboracióncon Petróleos Mexicanos (PEMEX) y el gobiernodel estado, para llevar a cabo diversasacciones de desarrollo social y de mejoramientoambiental de ese municipio............................................

• De las Comisiones Permanentes Unidas deHacienda Munic ipa l y de Desarro l lo yFortalecimiento Municipal, dictamen conproyecto de acuerdo relativo a la solicitudde autorización del honorable ayuntamiento deCoatepec, Veracruz, para poder suscribirconvenio de concertación de acciones con el BancoNacional de Obras y Servicios Públicos, SNC, parala realización de estudios de preinversión que legarantice la viabilidad financiera, técnica, ecológicay social de sus proyectos.............................................

• De las Comisiones Permanentes Unidas deHacienda Municipal y de Salud y Asistencia,dictamen con proyecto de acuerdo relativo a lasol ic i tud de autor ización del honorableayuntamiento de Cosamaloapan, Veracruz, parapoder donar a favor del organismos Servicios deSalud de Veracruz, un predio propiedad municipal,para la construcción de un centro de salud.....................

• De la Comisión Permanente de HaciendaMunicipal, 29 dictámenes con proyectos de acuerdorelativos a diversas solicitudes de autorizaciónpara poder efectuar operaciones del fundo legalen municipios de la entidad...........................................

• De la Junta de Coordinación Política, proyecto depunto de acuerdo relacionado con las percepcionesque , por concepto de gra t i f icac ionesextraordinarias, recibe el personal de confianza yde contrato del honorable Congreso del estado..............

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AÑO 2 Primer Receso 2 de abril de 2002 Volumen II Tomo 3

DIARIO DE LOS DEBATESLIX LEGISLATURA DEL ESTADO

DE VERACRUZ-LLAVE

QUINTA SESIÓN ORDINARIAPRESIDENCIA DE LA DIP. ALICIA GONZÁLEZ

CERECEDO

- LA C. PRESIDENTA:En virtud de que el diputado Guadalupe VelázquezCasanova, secretario de esta Mesa Directiva, no podráestar presente en esta sesión que hoy nos ocupa porencontrarse desempeñando una comisión propia desu encargo, en términos de lo dispuesto por losartículos 41 fracción II de la Constitución Política delestado y 42 fracción IV de la Ley Orgánica del PoderLegislativo, el ciudadano diputado Ernesto AlarcónTrujillo, sustituto de esta diputación, será quien ocupesu lugar por esta única sesión con la finalidad deintegrar debidamente la Mesa Directiva.

Diputado secretario, le solicito se sirva pasar lista deasistencia.

- EL C. SECRETARIO, DIP. ERNESTO ALARCÓNTRUJILLO: (Leyó)Dipu tada p re s iden t a , a s i s t imos 9 c iudadanosdiputados.

- LA C. PRESIDENTA:Hay quórum. Se inicia la sesión ordinaria.

TIMBRE

Diputado secretario, tenga a bien dar lectura al ordendel día.

- EL C. SECRETARIO:Diputación Permanente de la honorable LIX Legislaturadel Congreso del Estado Libre y Soberano deVeracruz-Llave. 2000-2004. Quinta Sesión Ordinaria.Pr imer Receso . Segundo Año de Ejerc ic ioConstitucional. 2 de abril de 2002.

O R D E N DEL DÍA

I. Lista de asistencia.II. Lectura y en su caso, aprobación del orden del día.III. Lectura y en su caso, aprobación del acta de la

sesión anterior.IV. Lectura de la correspondencia recibida.V. Iniciativa con proyecto de Código Hacendario

Municipal para el estado de Veracruz-Llave,presentada por d iputados in tegrantes de lahonorable LIX Legislatura del Congreso del estadode Veracruz.

VI. De la Comisión Permanente de Hacienda Municipal,dictamen con proyecto de acuerdo relativo a laso l i c i tud de au to r i zac ión de l honorab leayuntamiento de Nanchital, Veracruz, para poderenajenar dos vehículos de su propiedad.

VII. De la Comisión Permanente de Hacienda Municipal,dictamen con proyecto de acuerdo relativo a laso l i c i tud de au to r i zac ión de l honorab leayuntamiento de Zontecomatlán, Veracruz, parapoder enajenar dos camionetas de su propiedad.

VIII. De las Comisiones Permanentes Unidas deGobernac ión y de Jus t i c i a y Pun tosConstitucionales, acuerdo respecto de la solicitudde la Procuraduría General de Justicia del estadopara que se inicie el juicio de procedencia en contradel ciudadano diputado local Joaquín RosendoGuzmán Avilés, a efecto de estar en condiciones deejercitar acción penal.

IX. De la Junta de Coordinación Política, proyecto depunto de acuerdo para designar a las personas querepresentarán a la honorable LIX Legislatura delCongreso del estado ante la Comisión de Asesoríay Apoyo, para la realización del XII CongresoMundial de Derecho Procesal a realizarse en laciudad de Xalapa, Veracruz, durante el mes deseptiembre de 2003.

X. De la Junta de Coordinación Política, proyecto depunto de acuerdo para realizar una revisiónfinanciera al ayuntamiento de Vega de Alatorre,

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Segundo Año de Ejercicio Constitucional

Veracruz, a los meses de enero y febrero del año2002.

XI. Pronunciamiento del ciudadano diputado AlonsoDomínguez Ferráez, del Partido Verde Ecologistade México, sobre la desaparición de laSubsecretaría del Medio Ambiente.

XII. Pronunciamiento del grupo legislativo del PartidoAcción Nacional sobre el recorte presupuestal y lafunción del Congreso del estado.

XIII. Se levanta la sesión y se cita a la próxima.

Es cuanto, diputada presidenta.

- LA C. PRESIDENTA:Se consulta a la asamblea si se aprueba el orden del díaen los términos en que nos acaba de dar a conocer elciudadano diputado secretario. Los que estén por laa f i rmat iva , s í rvanse mani fes ta r lo en vo tac ióneconómica, levantando la mano.

(La asamblea asiente)

Aprobado en sus términos el orden del día.

Toda vez que se han entregado copias del acta de lasesión anterior a todos los integrantes de estaDiputación Permanente, se propone a la asamblea ladispensa de la lectura de la misma. Los que estén porla afirmativa, sírvanse manifestarlo en votacióneconómica, levantando la mano.

(La asamblea asiente)

Aprobado.

(No obstante la dispensa de lectura, se incluye el actade la sesión anterior)

Acta de la Cuarta Sesión Ordinaria de la DiputaciónPermanente de la honorable LIX Legislatura delCongreso del Estado Libre y Soberano de Veracruz-Llave, correspondiente al Primer Receso del SegundoAño de Ejercicio Constitucional, celebrada el día 14 demarzo del año 2002. En la ciudad de Xalapa, Veracruz,siendo las 12:00 horas.

Siendo presidida la sesión por los diputados AliciaGonzález Cerecedo, presidenta; Leticia del CarmenGarcía Perea, vicepresidenta, y Guadalupe VelázquezCasanova, secretario.

En virtud de que el ciudadano diputado José AdánCórdoba Morales, integrante propietario de estaDiputación Permanente, no podrá estar presente enesta sesión de hoy, por encontrarse desempeñando

una comisión propia de su cargo, en términos de lodispuesto por los artículos 41 fracción II de laConstitución Política del estado y 42 fracción IV dela Ley Orgánica del Poder Legislativo, el ciudadanodiputado Ernesto Alarcón Trujillo, sustituto deesta diputación, será quien ocupe su lugar por estaúnica sesión, por lo que le solicito al diputadosecretario se sirva tomar las providencias del caso.

Se le solicitó al ciudadano diputado secretarioprocediera a pasar lista de asistencia. Registrándosela asistencia de 9 ciudadanos diputados.

Hay quórum. Se inicia la sesión ordinaria. Timbre.

Pido al diputado secretario tenga a bien dar lectura alorden del día: Orden del día. I. Lista de asistencia.II. Lectura y en su caso, aprobación del orden del día.III. Lectura y en su caso, aprobación del acta de lasesión anterior. IV. Lectura de la correspondenciarecibida. V. De la Comisión Permanente de Haciendadel Estado, dictamen con proyecto de acuerdo relativoa la solicitud de autorización del Ejecutivo estatal parapoder enajenar a título oneroso la participación delgobierno del estado en el capital social de la empresaPromotora Hotelera del Golfo, S.A. de C.V., queadministró el Hotel Continental Plaza, ubicado en elmunicipio de Boca del Río, Veracruz, representada porun total de 82 382 acciones. VI. De la ComisiónPermanente de Hacienda Municipal, dictamen conproyecto de acuerdo relat ivo a la sol ici tud deautorización del honorable ayuntamiento de Perote,Veracruz, para poder enajenar una camioneta de supropiedad. VII. De las Comisiones Permanentes Unidasde Desarrollo y Fortalecimiento Municipal y deDesarrollo Económico, dictamen con proyectode acuerdo relativo a la solicitud de autorización delhonorable ayuntamiento de Orizaba, Veracruz, parapoder suscribir acuerdo de vinculación para el fomentoeconómico, con el gobierno del estado, por conductode la Secretaría de Desarrollo Económico. VIII. De laComisión Permanente de Gobernación, dictamen conproyecto de acuerdo relativo a la denuncia presentadaen contra del ciudadano síndico propietario delhonorable ayuntamiento de Córdoba, Veracruz, porel supuesto delito de usurpación de profesión. IX. Dela Junta de Coordinación Política, proyecto de puntode acuerdo para que se comunique a los 210ayuntamientos de la entidad, el contenido de losd e c r e t o s p o r l o s q u e s e c o n d o n a n y e x i m e ncontribuciones y accesorios en materia de derechospor el uso, aprovechamiento o explotación de aguasnacionales y por el uso o aprovechamiento de bienesdel dominio público de la nación como cuerposreceptores de las descargas de aguas residuales, a

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Primer Receso

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cargo de los municipios, entidades federativas, DistritoFederal, organismos operadores, comisiones estatalesresponsables directos de la prestación del servicio deagua potable, alcantarillado y tratamiento de aguasresiduales. X. De la Junta de Coordinación Política,proyecto de punto de acuerdo para poder practicaruna revisión financiera al honorable ayuntamiento deZentla, Veracruz. XI. Se levanta la sesión y se cita a lapróxima.

Diputado secretario, le pido registrar la asistencia dela diputada Leticia del Carmen García Perea, quien yase encuentra en este recinto.

Queda registrada la asistencia de la compañeradiputada Leticia del Carmen García Perea.

Se consulta a la asamblea si se aprueba el orden del díaen los términos en que nos acaba de dar a conocer elciudadano diputado secretario. Los que estén por laa f i rmat iva , s í rvanse mani fes ta r lo en vo tac ióneconómica, levantando la mano. Aprobado en sustérminos el orden del día.

Toda vez que se han entregado copias del acta de lasesión anterior a los integrantes de esta DiputaciónPermanente, se propone a la asamblea la dispensa dela lectura de la misma. Los que estén por la afirmativa,s í rvanse mani fes ta r lo en votac ión económica ,levantando la mano. Aprobado.

Conforme al procedimiento aprobado, se preguntaa la asamblea si es de aprobarse el acta de lasesión anterior. Los que estén por la afirmativa,s í rvanse mani fes ta r lo en votac ión económica ,levantando la mano. Aprobado.

Con relación al siguiente punto del orden del día,solicito al diputado secretario tenga a bien dar inicioa la lectura de la correspondencia recibida en estaSoberanía.

Oficio número 106/2002, de fecha 25 de febrerodel año 2002, signado por los ciudadanos RicardoCastelo Castillo y Rosa Alemán Alegría, presidentemunicipal y secretaria del honorable ayuntamiento deNanchital de Lázaro Cárdenas, Veracruz, por medio delcual solicitan autorización a este honorable Congresolocal para suscribir convenio de colaboración con elorganismo público descentralizado P E M E X Refinaciónpara llevar a cabo acciones de desarrollo social ymejoramiento ambiental en el territorio del municipio.Se anexan acta de sesión de Cabildo y proyecto deconvenio.

Por su naturaleza, túrnese la presente solicitud a laComisión Permanente de Desarrollo y FortalecimientoMunicipal, para su estudio y dictamen correspondiente.

Diputado secretario, continúe con la lectura de lacorrespondencia.

Oficio número 0499, de fecha 5 de marzo de 2002,signado por el ciudadano ingeniero Miguel ÁngelCervan tes Sánchez , p res iden te munic ipa l de lhonorable ayuntamiento de Coatepec, Veracruz,mediante el cual solicita autorización para podersuscribir acuerdo de concertación de acciones para larealización de estudios de reinversión con el BancoNacional de Obras y Servicios Públicos, instituciónde banca de desarrollo. Se anexan acta de sesión deCabildo y proyecto de convenio.

Para su estudio y dictamen, túrnese la solicitud quenos ocupa a las Comisiones Permanentes Unidas deHacienda Municipal y de Desarrollo y FortalecimientoMunicipal.

Diputado secretario, prosiga con la lectura de lacorrespondencia.

Oficio número 012, de fecha 28 de enero de 2002,signado por el ciudadano Cesáreo Martín VázquezBandala , p res iden te munic ipa l de l honorab leayuntamiento de Tatatila, Veracruz, mediante el cualsolicita autorización para poder suscribir convenio decolaboración en materia de Servicio Civil de Carrera,en el ámbito de profesionalización de servidorespúblicos municipales, con el gobierno del estado, porconducto de la Subsecretaría de Gobierno y laCoordinación Estatal del Servicio de Carrera. Se anexanacta de sesión de Cabildo y proyecto de convenio.

Vista la naturaleza de la solicitud que nos dio a conocerel diputado secretario y toda vez que ésta resulta deobvia resolución, se propone a la asamblea que lamisma sea discutida de una vez, dispensando elturno a comisiones. Los que estén por la afirmativa,s í rvanse mani fes ta r lo en votac ión económica ,levantando la mano. Aprobado.

Conforme al procedimiento aprobado, se pone aconsideración de la asamblea la solicitud que nosocupa. Se abre el registro de oradores. En virtud deque ningún diputado ha solicitado hacer uso de la voz,se consulta a la asamblea si es de autorizarse alhonorable ayuntamiento de Tatatila, Veracruz, asuscribir convenio de colaboración en materiade Servicio Civil de Carrera, en el ámbito deprofesionalización de servicios públicos municipales,

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Segundo Año de Ejercicio Constitucional

con el gobierno del estado, por conducto de laSubsecretaría de Gobierno y la Coordinación Estataldel Servicio Civil de Carrera. Los que estén por laa f i rmat iva , s í rvanse mani fes ta r lo en vo tac ióneconómica, levantando la mano. Aprobado en sustérminos la solicitud que nos ocupa.

Diputado secretario, prosiga con la lectura de lacorrespondencia.

Oficio número 003, de fecha 17 de enero de 2002,signado por el ciudadano Mario Delfín Domínguez,presidente municipal del honorable ayuntamiento deAcula, Veracruz, por el que remite acta de sesiónde Cabildo en la que se aprobó por unanimidad elllevar la categoría de congregación a la comunidad deCerro de las Flores, por lo que solicita la intervenciónde este honorable Congreso local . Se anexa elexpediente respectivo y con esto doy por concluida lalectura de la correspondencia recibida en estaSecretaría.

Visto el asunto que nos dio a conocer el diputadosecretario, túrnese a las Comisiones PermanenteUnidas de Gobernación, de Límites TerritorialesIntermunicipales y de Desarrollo y FortalecimientoMunicipal, para su estudio y dictamen correspondiente.

Continuando con el siguiente punto del orden del día,concerniente al dictamen con proyecto de acuerdorelativo a la solicitud que autorización del Ejecutivoestatal para poder enajenar a t í tulo oneroso laparticipación del gobierno del estado en el capitalsocial de la empresa promotora Hotelera del Golfo,S.A. de C.V., que administra el Hotel Continental...administró el Hotel Continental Plaza, ubicado en elmunicipio de Boca del Río, Veracruz, representado porun total de 82 382 acciones, emitido por la ComisiónPermanente de Hacienda del Estado, y toda vez queéste ha sido publicado en la Gaceta Legislativa ,misma que ya obra en poder de todos los diputadosintegrantes de este Soberanía, se propone a la asambleala dispensa de la lectura del referido dictamen. Los queestén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo envotación económica, levantando la mano. Aprobado.

Conforme al procedimiento aprobado, se pone adiscusión el dictamen que nos ocupa. Se abre elregistro de oradores.

Se le concedió le uso de la voz, para hablar en contra,al diputado Julen Rementería del Puerto, quienmanifestó. Estamos a favor de que el gobierno delestado pueda deshacerse de aquellos bienes que noson productivos, como es el caso que nos ocupa. La

participación accionaria dentro de este hotel, hemosvisto que ha resultado un muy, muy mal negocio parael gobierno del estado. Esto es, en el dictamen que senos hizo llegar se habla de una donación o unaparticipación dentro de este negocio, por el equivalentede 24 447.50 metros cuadrados en el año 1992, con unvalor de $8 238 240.00. Diez años después, cuando esteterreno se otorgó, dice aquí el dictamen que el precioque se estimaba eran $336.97 por metro cuadrado. Diezaños después nos encontramos con que sólo tuvo unrendimiento de un 25.57% a lo largo de 10 años,cuando ahí el terreno, los que conocen esa zonapodrán constatarlo, que el terreno no vale a lo mejormenos de 3 500 o 4 mil pesos el metro cuadrado. Estonos prueba que fue un muy mal negocio el meterse deempresario ahí. Sin embargo, lo que nos llama muchola atención, porque como decía, sí estamos a favor deque se deshaga de estas participaciones que nada ledejan y que le han costado mucho dinero, pero lo queno nos parece es que para ello se pretenda adquirir,porque eso es, 1 112 metros cuadrados en los pisostres y cuatro de la torre financiera a un precio de$9 300.00 el metro cuadrado, o sea, por cada metro sevan a pagar $9 300.00. Alguien va a decir, no lo va apagar, lo va a permutar. A final de cuentas estamoshablando de lo mismo. Estamos diciendo que el dineroq u e e s d e l g o b i e r n o d e l e s t a d o , q u e e s t a b arepresentado en acciones en ese hotel, hoy se va ainvertir en metros cuadrados de oficina de a $9 300.00el metro, cada uno de ellos. Yo quisiera saber sirealmente vale la pena invertir esa cantidad de dineroen oficinas y, sobre todo, a ese precio. En conclusión,no estamos de acuerdo con este dictamen. En lo quetoca a las consideraciones se habla, por ejemplo, en lap a r t e t e r c e r a d e e s t a s c o n s i d e r a c i o n e s , q u etranscurrido un lapso considerable y dadas lascondiciones económicas de la empresa, es convenientela incorporación de esos activos del patrimonio estatala fin de proteger el interés de los veracruzanos mediantela correcta utilización de los recursos públicos. Meparece que no se protege el interés de los veracruzanoscuando el gobierno del estado va a adquirir oficinasque valen $9 300.00 cada metro cuadrado. Se hablatambién de que , bueno, se hacen erogacionesconsiderables, dice aquí y cito textualmente, en elpunto número cuatro que: “En vista que la autoridades ta ta l r ea l i za mensua lmente e rogac ionescons ide rab le s –as í l o d i ce– po r concep to dearrendamientos para sus oficinas ubicadas en esazona conurbada, se acepta este pago en especie”. Yodiría, primero me llama la atención cuando se habla deerogaciones considerables, ¿qué tan considerablescon las erogaciones que se hace por parte del gobiernodel estado? Qué bueno que se habla de un plan deaus t e r idad , anunc iado con bombo y p l a t i l l o

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últimamente y por el cual se pretenden ahorrar 100millones de pesos o algo parecido, anunció el señorgobernador. Ojalá también entrara dentro de ese plande austeridad el reducir los gastos considerables,erogaciones por concepto de alquiler de oficinas en laciudad de Veracruz. También se dice que estánjustificados los fines que se persiguen. A mí me pareceque sí es conveniente que se vendan las acciones.Lo que no me parece conveniente es que se adquieranoficinas a $9 300.00 el metro cuadrado. Por lo tanto,no creo que estén justificados los fines que sepersiguen. En todo caso, me parece que si se habla deeficiencia y de eficacia y de austeridad, se debíanconseguir oficinas en otras partes de esa mismazona conurbada, oficinas que seguramente les puedencostar mucho menos dinero que éstas, y sólo por citarun ejemplo, en la zona más cara de esa zona conurbadapodrían comprar terreno, construir oficinas y todavíales sobraría dinero con esos $9 300.00. ¿Dónde está laeficiencia y dónde está la austeridad que tanto sepregonan?

En uso de la voz, para hablar en contra, el diputadoAlejandro Salas Martínez manifestó. En el mismosentido que el diputado Julen, qué bueno que elgobierno del estado deje de hacerle al empresario,porque desgraciadamente se ha demostrado a travésde la historia, esas negociaciones de los años setentas,quedó demostrado que solamente llevaron a la quiebraal país. Sin embargo, sí es menester mencionar y, eneste sentido, es por eso mi oposición al presentedictamen, que si bien estoy de acuerdo que el gobiernodel estado venda estas acciones, no estoy de acuerdocon el uso que se le pretende dar a este, pues vamosa decir dinero, que aunque no va a pasar directamentepor las manos porque prácticamente viene siendouna... un pago en especie, como textualmente se diceen el párrafo segundo de este dictamen, donde vamosa... el gobierno del estado va a desincorporar estas82 382 acciones y que como dice ya el diputado Julen,una deficiencia muy mal, porque a pesar de la inflaciónque tuvimos, solamente va a obtener en beneficio el25.57% de 1992 y una cantidad total que hoy perteneceal gobierno del estado y hay que decirlo a losveracruzanos, de $10 344 786.00. Yo creo que con esacantidad podrían y ya lo dijo el diputado Julen, en lazona de Costa de Oro, para ponerle nombre y apellido,el metro cuadrado está cercano a $3 500.00. Yo creoque con otros 3 mil de construcción saldría mucho másbarato que los $9 300.00 que se van a pagar, porque dehecho en este pago en especie es lo que se va a pagarpor estos 1 112.34 metros cuadrados en los pisos tresy cuatro de la denominada torre financiera, ubicada enel complejo hotelero de Boca del Río y, en este sentido,yo pienso y además, porque conozco esta zona, es de

la más alta plusvalía. Yo creo que un gobierno que sedice honesto y que hoy se habla con bombo y platillo,ya lo decía el diputado Julen, y un plan de austeridad,yo creo que no puede o debe pagar oficinas en unazona tan exclusiva y tan cara, porque aparte hay quedecirlo, solamente va a pagar $9 300.00 el metrocuadrado con esa operación, pero al estar incluido enun edificio donde seguro han de tener una propiedaden condominio, van a tener que pagar un costo demantenimiento el gobierno del estado, porque es unedificio, no es una propiedad, no va a tener un terreno.En este sentido y hay que decirlo también y refiriéndoseal considerando IV, que a la letra dice que en vista deque la autor idad es ta ta l rea l iza mensualmenteerogaciones considerables, yo sí quisiera saber porqué no quedó con templado , s i l a comis ión ,lamentablemente no los veo por aquí, a ningúnintegrante de la comisión, no lo firmó el diputadoGalileo Apolo Flores, pero tanto el diputado Robinsono el diputado Alberto Arango de la Huerta, que fueronlos que sí firmaron este dictamen, me gustaría sabercuánto es esta erogación considerable, a cuántoascienden hoy las rentas que paga el gobierno delestado en esta zona conurbada Veracruz-Boca del Río,para ver qué costo-beneficio van a poder amortiguarlo que va a pagarse de mantenimiento en esas oficinasexclusivas que, reitero, no van ni con mucho con esteplan de austeridad que hoy tanto se maneja, porqueconsideramos que el gobierno del estado es unainstitución de servicios y que si bien debe tener unainstitución y unas oficinas dignas, yo creo que nodebe caer en lo suntuoso, sobre todo, ante la crisiseconómica y situación que hoy vive este país y, eneste sentido, yo me manifestaría porque no seaprobara este pago en especie y que en todo casose le pidiera al titular, el favor del ciudadano AlfredoChedrahui Obeso, que ofreciera en otra zona unacuestión que fuera más rentable y de mejor provechopara el gobierno del estado, que redituara en mejorescondiciones, en mejores oficinas y que le evitara en lofuturo al gobierno del estado hacer el pago que va atener que hacer en ese edificio del mantenimiento que,aunque desconozco la cantidad, no considero quevaya a ser en lo sumo menor. Entonces, en este sentido,yo manifiesto mi voto en contra, contra este dictamen,haciendo estas observaciones y pensando que sirealmente se quiere ser austero, no solamente hay quedecirlo, hay que demostrarlo con hechos y hoy en loshechos, yo con este dictamen no observo más quefuncionarios del gobierno del estado que quierentener las oficinas más exclusivas de la zona Veracruz-Boca del Río.

Se le concede el uso de la voz, para hablar a favor, aldiputado Marcelo Ramírez Ramírez, quien refirió.

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Bueno, hemos escuchado con atención, como siemprelo hacemos y con respeto, los argumentos de loscompañeros diputados del PAN , y también comosiempre, yo quiero señalar que en aquellos aspectosen que les asiste la razón se las concedemos. Hoysiento que sus argumentos están matizados conalgunos excesos verbales y yo quiero empezar pordeslindar dos cuestiones que aquí están, como siempre,mezcladas. Ellos sostienen y también concedo que lesasiste la razón que el estado es un mal administrador.Ésta es una tesis panista que parece estar avalada porla experiencia, sobre todo, en estados como los deLatinoamérica y por qué no reconocerlo, nuestropropio país, en donde ha faltado el compromiso socialy la seriedad para administrar los bienes del pueblo, dela sociedad. Sin embargo, el argumento es unargumento que sirva sólo para demostrar algo dehecho, no de derecho. Nosotros pensamos por elcontrario, que el estado si tiene la obligación departicipar directamente en los asuntos de la economíay que si bien no le tocó a él administrar directamentelas empresas, en algunos casos es su deber intervenirpara que ese bien común del que tanto se habla seaefectivo porque no vamos a adelgazar al estado y losdiputados de la fracción priísta estamos convencidosde que el adelgazamiento del estado debe servirpara hacerlo más deficiente y eficaz. Ése es el puntode coincidencia, pero no para renunciar al deber deequilibrar las desigualdades y los desequilibriosde nuestra sociedad, que cada día se agudizan más, yque a un año de gobierno panista de la Presidencia dela República, no vemos que en nuestro país estasdesigualdades, estas contradicciones de la sociedadmexicana vayan en camino de resolverse.

Nos preocupa esto porque yo siento, yo quiero creerque hay buena fe en los compañeros diputados y queabogan por un estado adelgazado y porque el estadoy en este caso el gobierno de Veracruz, no seapropietario, que se deshaga de acciones que no le hanredituado ningún beneficio. Ellos ven bien esa parte,lo que ven mal es la operación en concreto. Ya sobreeste particular, yo quiero señalar, bueno, desdeluego, las cosas siempre pueden hacerse mejor. Ellostienen la experiencia de los empresarios y saben quetambién los empresarios se la gastan y que hayluego problemas en el trato con ellos. Ellos nosponen alertas para que los tratos del gobierno conlos empresarios sean cuidadosos y se protejan losrecursos públicos que finalmente pertenecen al pueblode Veracruz. Estamos de acuerdo, creemos que siemprese pueden hacer mejor las cosas. Pero analizando laoperación de la que se está hablando, no vemos deninguna manera que sea desventajosa. Por eso, yodecía inicialmente que creo que ha habido ciertos

excesos al considerarla de esa manera. De acuerdo conel avalúo que realizó la Dirección de Catastro, de laSecretaría de Finanzas y Planeación, el monto de loslocales que se van a dar en... al gobierno del estadoasciende a $12 755 013.00, eso en precios de allá de lazona, que los compañeros diputados conocen muybien. Si se pueden conseguir o no más barato, puessiempre se puede decir que es posible mejorar lasofertas. Ése es un problema de la ley de mercado, peroaquí estamos ante una situación que, repito, no pareceen lo más mínimo desventajoso. El gobierno del estadotambién, de hecho, paga rentas. No se trata de que nose hizo en función de los deseos de los funcionarios,de ir a ocupar oficinas lujosas, eso ya será unaconsecuencia. Si son más o menos lujosas y dignas,yo no lo veo mal. Yo creo que los funcionarios tienenderecho a tener buenas oficinas si con su trabajojustifican el lugar que ocupan. El problema está en lacorrupción, el problema está en otros aspectos dela vida pública en los que estamos de acuerdo que sedeben ir cambiando. Pero aquí no estamos hablandode corrupción y muchos menos estamos hablando deunas oficinas. Yo en lo personal no las conozco, no séqué tan lujosas sean, pero ésas son las que se le danal gobierno del estado, pues qué bueno y el precio deellas, bueno, pues es mayor a lo que el gobierno delestado había invertido en las acciones. Eso va asignificar un ahorro en las rentas y eso es lo real, ésees el hecho. Entonces, por estas consideraciones enlas que ya no quiero abundar porque creo que son muyclaras, es por las que nosotros daremos nuestro votoaprobatorio a esta operación.

Para precisar hechos, tiene el uso de la voz el diputadoJulen Rementería del Puerto, quien manifestó. Meparece que, gracias, me perece que como siempre, nosha hecho una locución muy interesante el diputadoMarcelo Ramírez. Sin embargo, yo creo que hay queprecisar algunas cosas. Primero, hablaba del biencomún. A mí me parece que ese tema, tan llevado ytraído, como usted mismo lo mencionó, no se puedeperseguir pagando precios aunque lo valgan, porquelas oficinas puede ser que valgan los 12 millones depesos que se comentan y seguramente s i nosproponemos, habrá oficinas más caras en otra partedel país. Pero yo creo que aquí lo importante es ver quesi estamos hablando de que el gobierno del estadoestá recurriendo a una necesidad de eficientar el gastoy con ello estirarlo para poder atender las necesidades,que son muchas en nuestro estado y que es cierto, noes culpa toda de es ta adminis t ración, que sonnecesidades que ahí se hayan ido heredando y quehay necesidad de atender. Sin embargo, no podemoscoincidir en que se habla de austeridad cuandoestamos interviniendo, estamos aceptando oficinas

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de $9 300.00 el metro cuadrado. Se habla también deque siempre las cosas se pueden hacer mejor, lomencionó el diputado Marcelo Ramírez. Yo creo que sise reconoce que se pueden hace mejor, estamoshablando de que tácitamente en este asunto que nosocupa se podrían hace mejor las cosas. Nosotrosestamos aquí para eso, para proponer y tratar de quelas cosas se hagan mejor. No estamos, como ustedbien lo dijo, en contra de que se venda esa participaciónaccionaria. En lo que no coincidimos es que a cambiode esa participación accionaria se den oficinas que,bueno, estamos también de acuerdo en que losfuncionarios tengan oficinas dignas. Pero me pareceque hay oficinas verdaderamente dignas en muchasotras partes de esa zona, a lo mejor por la cuarta partede su precio que hoy se están pagando por eso y nopor ello los funcionarios van a dejar de ser más omenos. Yo creo que los funcionarios pueden teneroficinas dignas y trabajar bien, así como habrá algunosque no tengan esa oportunidad en otras áreas delpropio gobierno del estado, en otras latitudes denuestro estado y, sin embargo, desarrollan una laborque hay que resaltar. Yo creo que aquí, pues como sedice, el hábito no hace al monje, aquí lo que necesitamosrealmente es que los funcionarios trabajen y que sí,que tengan oficinas dignas, pero no a esos precios. Yocreo que si hablamos de austeridad y hablamos deeficiencia, lo que hay que buscar es que en eldictamen, esta persona que hoy le da al gobiernodel estado estas oficinas en pago por las acciones deque éste se va a desprender, pues que se lo retribuyaen dinero y con eso salvamos el problema y con esoel dictamen. Nosotros también estaríamos de acuerdoen que se lleve a cabo y que ese dinero ingrese a lasarcas del dinero y que podamos tener la oportunidadde que con ese mismo dinero pudieran adquirirse unasoficinas a un precio mucho más reducido y tal vez conel excedente, poder ayudar a las obras que tanto hacenfalta en nuestro estado. Ojalá esto se entienda. No setrata de matizar aquí ningunos comentarios. Lo queestamos haciendo realmente es señalar lo que creemosprudente. Creemos que en cualquier economía se debellevar a cabo eso, un factor importante de prudencia,para poder tener la oportunidad de estirar el dinero ymáxime cuando hay la necesidad tan grande como laque tenemos en nuestro estado, de solventar todavíaproblemas y rezagos que están pendientes desde hacemuchos años.

Para hechos, tiene el uso de la voz el diputado AlejandroSalas Martínez, quien refirió. Efectivamente, yo creoque aquí hay que, si verdaderamente buscamos el biencomún y yo coincido que es buena la locución delmaestro Marcelo, pero si realmente buscamos el biencomún, no nada más hay que buscarlo, sino ser

eficiente y eficaz, usted lo mencionó en su elocución,y un gobierno eficiente y eficaz tiene que serlo desdela puerta hasta la cocina, sí, valga la expresión. Y, eneste sentido, nosotros no consideramos que sea justoque por ejemplo y solamente pongo un ejemplo, en elmismo Boca del Río, yo lo invito para que vea lasoficinas del Ministerio Público de Boca del Río, dondeestán amontonados y donde llega toda la gente de unamanera muy mala que son las o f ic inas de laprocuradur ía , que per tenece también a l PoderEjecutivo, y yo quisiera que se compararan esasoficinas con las que hoy se pretende y si ustedes loaprueban, que por lo visto así va a ser, que se pretendeque sean las oficinas de este gobierno del estado. Eneste sentido y también lo que sí yo veo, ustedeshablan del... yo nunca veo en el cuerpo del dictamenlos 12 millones de pesos, también me gustaría que meprecisaran dónde está el dictamen de Catastro, de laSecretaría de Finanzas y Planeación, porque aquí sehabla que hubo un dictamen, pero obviamente habla,dice cantidad superior a considerar, el avalúo emitidopor la Secretaría de Finanzas y Planeación y a laseñalada, pero nunca habla de los 12 millones. Yoquisiera saber, nunca están en el cuerpo del dictamenlos 12 millones. También quisiera saber, porque a lomejor ustedes sí gozan de la información privilegiadaque nosotros no tenemos y que otra vez se tenga aquíel concepto de diputados de primera y diputados desegunda, donde los de la oposición no tengamos elacceso a toda la información. Entonces, quisiéramossaber dónde está el dictamen porque se habla de undictamen, pero nunca especifica la cantidad de 12millones. Quisiera saber de dónde la obtuvo usted,maestro, porque entonces para saber porque a lomejor ustedes tienen más información que nosotros ypor eso lamenté que no estuviera la comisión, para quenos pudiera argumentar por qué no está en el cuerpodel dictamen y, en este sentido, yo creo que como yalo dijo aquí Julen Rementería, el hábito no hace almonje, pero se puede ser digno y se puede ser eficaz,con oficinas adecuadas sin caer en los excesos ynosotros lo que estamos aquí cuestionando es lautilidad de estas oficinas en un lugar que va a serlujoso y que si bien es cierto tiene todo el derecho elgobierno del estado de tenerlas, yo creo que vamoscomparando con otras oficinas y en donde no debenhaber funcionarios de primera o de segunda. Y otrocuestionamiento que sigo, que lo lanzo al aire y a lomejor ustedes sí lo tienen porque por lo visto sí tienentoda la información, es que me dijeran cuánto es, queésa es la cantidad cuando en el considerando cuartose habla de que en vista de que la autoridad estatalrealiza mensualmente erogaciones considerables porconcepto de arrendamiento para sus oficinas ubicadasen esta zona conurbada, me gustaría saber si alguien

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sabe cuánto se paga hoy actualmente por estas rentasen la zona conurbada por parte del gobierno del estado,para poder realmente tener un juicio de valor suficientey en todo caso poderlo manifestar, como dicen por ahípopularmente, aunque la mona se vista de seda, monase queda. Yo lo que creo es que hay que tener oficinasdignas, eficientes, pero no caer en lujos y excesos queno van en un plan de austeridad y que hoy que tantose habla del tema de la austeridad y, en este sentido,sí solicitamos en éste, que por cierto también, diputadapresidenta, que se haga a votación nominal esteasunto para que obviamente se des l inden lasresponsabilidades del caso y nosotros volvemos ainsistir, queremos sí, un estado, ya entrando en elterreno ideológico, para que usted se fue mucho en sualocución, nosotros sí queremos, queremos un estadoeficiente y capaz, más allá de cualquier postura yobviamente, y consideramos que la experiencia así loha demostrado, que no ha sido el estado, el mejorinstrumentador de las políticas públicas. Debe ser elrector, pero no el actor principal de la economía,porque la economía la debe promover la sociedad yése es el principio de subsidiaridad que nosotrostenemos, los panistas, de que debe haber tantasubsidiaridad cuanto sea posible y sólo tanto gobiernocuanto sea necesario. Pero lo que sí buscamos, ya quetenemos aquí una cantidad y que se van a pagaraunque dice a 12 millones, aquí realmente se van apagar $10 344 786.00, queremos que esos 10 millonesque se van a pagar o que va a recibir el pago en especie,sean lo mejor utilizados y lo más eficientemente que sepueda y, por eso, solicitamos que se haga un estudioen esa zona y, en este sentido, buscamos la eficienciadel gobierno del estado, pero siempre pensando antesque las labores o las facil idades que tenga unfuncionario del gobierno del estado sean en elbeneficio del pueblo de Veracruz.

En uso de la palabra, el diputado Jorge AlbertoGonzález Azamar manifestó. Pues yo felicito a miscompañeros diputados de Acción Nacional. Han dichouna verdad que, por supuesto, no tan solo losveracruzanos, sino todos los mexicanos, conocemos.A nosotros como diputados, los priístas, nos constaque el gobierno de Miguel Alemán es eficiente yeficaz. Yo considero que no nos debe espantar,compañeros diputados, si estamos hablando de lujospues no debemos espantarnos. Ahí está el asunto delas cabañas, ahí está el asunto de las toallas, notenemos por qué espantarnos. Yo creo que miscompañeros diputados, que les asiste la razón a ellos,pues se informaron muy bien de a cómo está el metrocuadrado en Veracruz-Boca del Río. Eso es dereconocerse porque finalmente es una investigaciónde fondo que llevó tiempo y mucho esfuerzo. En un

principio yo hablaba de que reconocemos el esfuerzodel Ejecutivo del estado, de Miguel Alemán, por sereficaz y eficiente, y aplaudimos como ciudadanos yreconocemos como diputados priístas, el que el recortepresupuestal se haga con el objeto de que no se parela obra pública porque el recorte es en el aspectoadministrativo, no en el aspecto de obra pública, y esose hace en el sentido de que ante la falta de recursosfederales, el gobierno del estado tiene que eficientary hacer rendir y estirar el gasto. Como decía el diputadoMarcelo Ramírez, efectivamente, a un año y meses delgobierno federal, que se tenían grandes expectativas,no en lo político, sino en lo social, pues no hemosvisto avance alguno. Ahí está la carretera de la regiónde Los Tuxtlas, que parece pantalón de pobre, leremiendan un pedazo y se le rompe por otro. Ahí estála incongruencia de mis compañeros del PAN que estándesgarrándose las vestiduras en ver cuánto cuesta elmetro cuadrado y le dieron una puñalada trapera a loscañeros echando abajo el impuesto a la alta fructosa.Allí sí hay, por supuesto, hay doble lenguaje, y lasobras, pues las obras ahí están, ahí están las obras delgobierno del estado. Yo creo que más que andarnosdesgar rando las ves t iduras , pues debemos se rcongruentes entre lo que decimos y lo que hacemos.Por lo tanto, mi voto, mi voto será a favor y porsupuesto que reconocemos el esfuerzo que hacen loscompañeros de Acción Nacional, pero en esta ocasiónnuevamente no les asiste la razón.

En uso de la voz, para hechos, el diputado JulenRementería del Puerto indicó. A mí me parece que enla observación que nos acaba de hacer el diputadoGonzález Azamar, pues se percibe pues algún dejo deconformismo. Cuando se habla de que el gobiernofederal está mal, pues nosotros también debemosestar mal. Cuando se habla de que las toallas no sedebieron comprar a ese precio, bueno, pues si allá lascompraron a ese precio, pues nosotros vamos acomprar oficinas de $9 300.00. Total, ya lo estávalidando el gobierno federal. A mí me parece que loque hagan mal allá, no debe servir como ejemplo parahacerlo nosotros aquí. Yo creo que debería ser alrevés, nos debería servir de advertencia para, en todocaso, hacer las cosas bien aquí y no para copiar lo maloy, sobre todo, lo malo en lo que nos conviene. Yo creoque cuando dice, no hay de que espantarse por elprecio por metro cuadrado que, por cierto, no hicimosninguna investigación, lo invito a que abra cualquierperiódico de la zona conurbada y ahí le dice el preciopor metro cuadrado de varias zonas de Veracruz, entreellas la más cara y, desde luego, no llega ni por asomoa los $9 300.00. Entonces, cuando se dice, no hay porqué espantarse del precio que se va a pagar, pues no,si no lo vamos a pagar nosotros, lo va a pagar el

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gobierno del estado, a ninguno de nosotros, de losnueve que estamos en esta mesa, nos va a costar ni unsolo peso, o sea, así no nos vamos a espantar. Lo querealmente necesitamos es preocuparnos para ver dedónde sale ese dinero y que se utilice bien. A mí no esque me espante que se pague esa cantidad de dinero,lo que pasa es que sí me preocupa que se tenga undoble lenguaje cuando se habla de austeridad y, porotro lado, se destinan recursos a comprar oficinasde ese precio. Me parece que eso es lo que hay quecuidar y no tomar como ejemplo lo que en otro lado sehace mal para validar lo que aquí también estamoshaciendo mal.

En uso de la voz, el diputado Ernesto Alarcón Trujilloindicó. Creo que en esta sesión se han tocado puntosimportantes con relación al punto a tratar, sobre si esde aprobarse o no el dictamen que ha presentado laComisión Permanente de Hacienda del Estado, conrelación a la venta de las acciones de este grupohotelero. Yo creo que más allá de lo que pudieracomentarse, ya debemos darnos cuenta de que síex i s t en ven ta j a s a l hace r e s t a ena jenac ión ,independientemente de que si el gobierno debe ono admin i s t r a r negoc ios que co r r e spondenexclusivamente a los particulares, y en su participaciónel diputado Rementería lo comentaba, yo creo que eneste momento no se está incurriendo en ningunacuestión desventajosa de que a 10 años de distanciapodemos decir que la situación ha cambiado y hacambiado para mal, porque siempre hemos escuchadoa los empresarios quejarse continuamente en susmárgenes de u t i l i dad y de que e l gob ie rno ,efectivamente, es un mal administrador en los negocios,en este tipo de negocios. Eso es cierto. Es una situaciónventajosa porque estamos hablando de acciones, noestamos hablando de otra cosa. Las acciones se vendenfácilmente cuando concursan en la Bolsa de Valores,pero este grupo hotelero no participa en la Bolsa deValores, No hay mejor postor. Aquí tenemos que hacereste tipo de transacción para que pues, vale ser máscopropietario que ser este... adjudicatario de un grupode acciones. Es más fácil después vender el tercero ycuarto piso en determinado momento, pensando afuturo, y este... poder comprar o adquirir otros terrenosy otro tipo de oficinas. Yo creo que debemos ver eneste momento también las situaciones de ventaja quenos ponemos al hacer este tipo de transacción, ¿no?No irnos ni tampoco a la fatalidad de que todo está malhecho ni tampoco de decir que todo está perfectamentebien hecho. Yo creo que es encaminarnos a que estose debe hacer de una manera eficiente y debemos darese primer paso. También otra situación donde yopuedo decir que sí hay transparencia y lo veo desdeel punto de vista muy objetivo, de que esto era una

cuestión perdida por allá, que no se comentaba, queno se sabía y que hoy los veracruzanos se estánenterando que este grupo de acciones en lugar degenerar utilidades, estaba perdiéndose ahí el capital,no hay ninguna ut i l idad que pueda sustentarsecontablemente y que hoy verá con esta transacciónpues es el inicio que se rescata, verdad, es ser accionariominoritario ante un accionario mayoritario que es elseñor Chedraui Obeso, pues no representa ningúnbeneficio a los veracruzanos. Yo creo que el noaprobarlo sería seguirlo dejando, buscar un mejorpostor. ¿Quién va a comprar esas acciones? Sonminoritarias. A los empresarios no les conviene, a losaccionistas, entrar como socios minoritarios en uncomplejo hotelero y que todas las decisiones al interiorde ese grupo se deciden por mayoría y que puesobviamente pasarían por, los acuerdos, por encima deesta persona. Yo creo que ahí es donde sí debemosprecisar de qué es conveniente, ¿verdad? Yo sí, estem i v o t o v a a s e r a f a v o r c o n b a s e e n e s t o srazonamientos. Por otra parte, verdad, pues yo tomoy también va a ser a favor mi voto porque tomo comobase la propuesta de los compañeros que me hanantecedido en el uso de la palabra y estoy conscientede eso, de que se debe retirar la inversión de unaac t iv idad que no e s p rop ia de l a s func ionesgubernamentales. Yo creo que aquí estaríamossentando un precedente para que todo esto se vayacor r ig iendo , se vaya e l iminando y vayamosverdaderamente for ta leciendo el t rabajo de laadministración gubernamental y, por otro lado, sercongruentes, verdad, si queremos o no queremos o síquiero y por qué no quiero en algunas situaciones. Yocreo que éste es el primer paso a desincorporar estegrupo de acciones que tanto daño le hacen a laadmin i s t r ac ión y po r qué no dec i r lo ,independientemente, las oficinas que se vayan, yo notengo esa información, pero están las oficinas delInstituto Veracruzano del Deporte en Veracruz, está lacomercializadora, están las oficinas de Hacienda delEstado, yo creo que necesi tan un lugar dondeestablecerse y ahorrar en determinado momento loque puedan pagarse de rentas y poder ir eficientandoel servicio público. Yo sí le pido respetuosamente,señora presidenta, de no haber inconveniente, verdad,se sometiera a votación este punto, verdad, y que nosea nominal, como lo decía el compañero AlejandroSalas, sino que sea de manera económica.

Bien, en cuanto a la petición del diputado SalasMartínez para la votación de este dictamen, yo le voya pedir al secretario, diputado secretario, se sirvadarle lectura al artículo 145, fracciones I y III, delgobierno interno de la Legislatura.

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“Artículo 145. Las votaciones serán precisamentenominales: I. Cuando se pregunte si ha o no lugar,aprobar algún proyecto de ley o decreto en lo general;III. Cuando lo pida un miembro de la propia Legislaturay sea apoyado por otros tres”.

Bien, habiéndose d iscut ido suf ic ientemente e ldictamen que nos ocupa, se consulta a la asamblea sies de aprobarse. Los que estén por la afirmativa,s í rvanse mani fes ta r lo en votac ión económica ,levantando la mano. Aprobado en sus términos eldictamen de referencia.

Continuando con el siguiente punto del orden del día,concerniente al dictamen con proyecto de acuerdorelativo a la solicitud de autorización del honorableayuntamiento de Perote, Veracruz, para poder enajenaruna camioneta de su propiedad, emitido por la ComisiónPermanente de Hacienda Municipal, y toda vez queéste ha sido publicado en la Gaceta Legislativa ,misma que ya obra en poder de todos los diputadosintegrantes de esta Soberanía, se propone a la asambleala dispensa de la lectura del referido dictamen. Los queestén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo envotación económica, levantando la mano. Aprobado.

Conforme al procedimiento aprobado, se pone adiscusión el dictamen que nos ocupa. Se abre elregistro de oradores. En virtud de que ningún diputadoha solicitado hacer uso de la voz, se consulta a laasamblea si es de aprobarse el dictamen que nosocupa. Los que estén por la afirmativa, sírvansemanifestarlo en votación económica, levantandola mano. Aprobado en sus términos el dictamen dereferencia.

Continuando con el siguiente punto del orden del día,concerniente al dictamen con proyecto de acuerdorelativo a la solicitud de autorización del honorableayuntamiento de Orizaba, Veracruz, para podersuscribir acuerdo de vinculación para el fomentoeconómico con el gobierno del estado, por conductode la Secretaría de Desarrollo Económico, emitido porlas Comisiones Permanentes Unidas de Desarrollo yFortalecimiento Municipal y de Desarrollo Económico,y toda vez que éste ha sido publicado en la GacetaLegislativa , misma que ya obra en poder de todos losdiputados integrantes de esta Soberanía, se proponea la asamblea la dispensa de la lectura del referidodictamen. Los que estén por la afirmativa, sírvansemanifestarlo en votación económica, levantando lamano. Aprobado.

Conforme al procedimiento aprobado, se pone adiscusión el dictamen que nos ocupa. Se abre el

registro de oradores. En virtud de que ningún diputadoha solicitado hacer uso de la voz, se consulta a laasamblea si es de aprobarse el dictamen que nosocupa. Los que estén por la afirmativa, sírvansemanifestarlo en votación económica, levantando lamano. Aprobado en sus términos el dictamen dereferencia.

Continuando con el siguiente punto del orden del día,concerniente al dictamen con proyecto de acuerdorelativo a la denuncia presentada en contra delc iudadano s índ ico p rop ie t a r io de l honorab leayuntamiento de Córdoba, Veracruz, por el supuestodelito de usurpación de profesión, emitida por laComisión Permanente de Gobernación, y toda vez queeste ha sido publicado en la Gaceta Legislativa ,misma que ya obra en poder de todos los diputadosintegrantes de esta Soberanía, se propone a la asambleala dispensa de la lectura del referido dictamen. Los queestén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo envotación económica, levantando la mano. Aprobado.

Conforme al procedimiento aprobado, se pone adiscusión el dictamen que nos ocupa. Se abre elregistro de oradores. En virtud de que ningún diputadoha solicitado hacer uso de la voz, se consulta a laasamblea si es de aprobarse el dictamen que nosocupa. Los que estén por la afirmativa, sírvansemanifestarlo en votación económica, levantando lamano. Aprobado en sus términos el dictamen dereferencia.

Con relación al siguiente punto del orden del día, pidoal diputado secretario se sirva dar lectura al proyectode punto de acuerdo que suscriben los diputadosintegrantes de la Junta de Coordinación Política paraque se comunique a los 210 ayuntamientos de laentidad el contenido de los decretos por los que secondonan y eximen contribuciones y accesorios enmateria de derechos, por el uso, aprovechamiento oexplotación de aguas nacionales y por e l uso,aprovechamiento de bienes del dominio público de lanación como cuerpos receptores de las descargasresiduales a cargo de los municipios, entidadesfederativas, Distrito Federal, organismos operadores,comisiones estatales, responsables directos de laprestación de servicios de agua potable, alcantarilladoy tratamiento de aguas residuales.

Ciudadana diputada Alicia González Cerecedo.Presidenta de la Mesa Directiva de la DiputaciónPermanente de la honorable LIX Legislatura delCongreso de l es tado . Presente . Los suscr i tos ,diputados integrantes de la Junta de CoordinaciónPolítica de la LIX Legislatura del honorable Congreso

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del estado, en reunión de trabajo celebrada en estafecha, tuvimos conocimiento de que con fecha 21 dediciembre de 2001, se publicaron en el Diario Oficialde la Federación , dos decretos que fueron expedidospor el ciudadano presidente de la República. El primerode los dec re tos menc ionados se r e f i e re a l acondonación de contribuciones y accesorios enmateria de derechos por el uso, aprovechamiento oexplotación de aguas nacionales a cargo de losmunicipios, entidades federativas, Distrito Federal,organismos operadores , comisiones es ta ta les ocualquier otro órgano que tenga bajo su directaresponsabilidad la prestación del servicio de aguapotable, a lcantar i l lado y t ratamiento de aguasresiduales. Mediante este decreto se condonan loscréditos fiscales generados por los adeudos en elpago de los derechos citados, que establece el artículo222 de la Ley Federal de Derechos, incluyendolas actualizaciones, multas y recargos, a cargo de lasentidades públicas referidas, debiendo las que seencuentren en esta situación, presentar solicitud antela Comisión Nacional del Agua, en la que reconozcanlos créditos fiscales por este concepto y se obliguena cumplir los demás requisitos que la Comisión Nacionaldel Agua establezca a respecto. El segundo decretoexime del pago de contribuciones y accesorios enmateria de derechos por el uso, aprovechamiento debienes del dominio público de la nación como cuerposreceptores de las descargas de aguas residuales acargo de los municipios, entidades federativas, DistritoFederal, organismos operadores, comisiones estataleso responsables directos de la prestación de losservicios de agua potable, alcantarillado y tratamientode aguas residuales, que se hayan generado hasta lafecha de publicación del decreto. En este caso deberáanexarse a la solicitud un programa de acciones,individual o colectivo, para tratamiento de aguasresiduales, tratamiento y disposición de lodos y demásrequ i s i tos que aseguren que l a s desca rgas seencuentran dentro de los límites permitidos por la LeyFederal de Derechos y la norma oficial mexicanaNOM-001-ECOL-1996. En ambos casos deberápresentarse la solicitud con los requisitos antesmencionados ante la Comisión Nacional del Agua, amás tardar el 31 de mayo de 2002. Asimismo, paraasegurar el cumplimiento en el pago de los derechospor los conceptos señalados, como garantía seafectarán vía compensación, las participacionesfederales de quienes tengan derecho a ellas, en lostérminos establecidos por la Ley de CoordinaciónFiscal. Los decretos tienden a fomentar y apoyar eldesa r ro l lo de los s i s t emas de agua po tab le yalcantarillado; los de tratamiento, reuso e intercambiode aguas; los de riego o drenaje y los de control deavenidas y protección contra inundaciones, además

de generar los recursos necesarios para propiciar quese lleven a cabo las inversiones tendientes a mejorarla eficiencia hidráulica y, con ello, asegurar a laspersonas un medio ambiente adecuado para sudesarrollo y bienestar. La protección de los recursoshidráulicos en cuencas hidrológicas y mantos acuíferoses una responsabilidad conjunta de los tres órdenesde gobierno, por lo cual la decisión del Ejecutivofederal, al expedir los decretos mencionados, sejustifica en virtud de su propósito de contribuir en loshechos a la viabilidad financiera de las autoridadesresponsables de los servicios públicos relacionadoscon el vital líquido, para que sus programas y accionespuedan realizarse mediante la adecuada disponibilidadde recursos económicos . Por lo an ter ior , confundamento en lo dispuesto por el artículo 33 fracciónII de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, nospermitimos proponer a la honorable DiputaciónPermanente la aprobación del siguiente punto deacuerdo. Pr imero . Comuníquese a los 210ayuntamientos del estado, el contenido de los decretospor los que se condonan y eximen contribuciones yaccesor ios en mater ia de derechos por e l uso,aprovechamiento o explotación de aguas nacionales ypor el uso o aprovechamiento de bienes del dominiopúblico de la nación corno cuernos receptores de lasdescargas de aguas res iduales , a cargo de losmunicipios, entidades federativas, Distrito Federal,organismos operadores , comisiones es ta ta les oresponsables directos de la prestación del servicio deagua potable, alcantarillado y tratamiento de aguasresiduales, mismos que fueron publicados en el DiarioOficial de la Federación el 21 de diciembre de 2001.Segundo. Publíquese en la Gaceta Oficial. Órganodel Gobierno del Estado . Dado en la sala de juntasHeriberto Jara Corona del honorable Congreso delestado, en la ciudad de Xalapa-Enríquez, Veracruz, alos 13 días del mes de marzo del año 2002. Por la Juntade Coordinación Política. Diputado Ignacio GonzálezRebolledo, coordinador del grupo legislativo del PRI ypresidente. Rúbrica. Diputado Alfonso VázquezCuevas, coordinador del grupo legislativo del PAN .Rúbr ica . Dipu tado Víc tor Mol ina Doran tes ,coordinador del grupo legislativo del PRD . Rúbrica.Diputada Claudia Serapio Francisco, del Partido delTrabajo. Rúbrica. Diputado Alonso DomínguezFerráez, del Partido Verde Ecologista de México.Rúbrica. Diputado José Luis Lobato Campos, delPartido Convergencia por la Democracia. Sin rúbrica.

Habiéndose escuchado en voz del diputado secretarioel contenido del proyecto punto de acuerdo quepresenta la Junta de Coordinación Política, se consultaa la asamblea si es de aprobarse en sus términos. Losque estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo en

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votación económica, levantando la mano. Aprobadoen sus términos e l proyecto punto de acuerdopresentado por la Junta de Coordinación Política.

Con relación al siguiente punto del orden del día, pidoal diputado secretario se sirva dar lectura al proyectode punto de acuerdo que suscriben los diputadosintegrantes de la Junta de Coordinación Política parapoder practicar una revisión financiera al honorableayuntamiento de Zentla, Veracruz.

Ciudadana diputada Alicia González Cerecedo.Presidenta de la Mesa Directiva de la DiputaciónPermanente de la honorable LIX Legislatura delCongreso de l es tado . Presente . Los suscr i tos ,diputados integrantes de la Junta de CoordinaciónPolítica, en uso de la atribución que nos confiere elartículo 33 fracción II de la Ley Orgánica del PoderLegislativo, con la finalidad de verificar si la gestiónfinanciera del honorable ayuntamiento de Zentla,Veracruz, se ha efectuado conforme a las disposicionesaplicables en la materia, esto derivado de diversasdenuncias presentadas ante esta Soberanía, porsupuestas anomalías en el manejo de los recursospúblicos, nos permitimos someter al pleno el siguientepunto de acuerdo. Primero. Con base en lo dispuestopor el artículo 61 de la Ley Orgánica del PoderLegislat ivo, instrúyase al ciudadano l icenciadoFrancisco Javier Loyo Ramos, secretario general delCongreso, para que por conducto de la Secretaría deFiscalización, se lleve a cabo una revisión financieraa los meses de enero-febrero del año 2002 al honorableayuntamiento de Zentla, Veracruz, con la finalidad deverificar si su gestión financiera se ha realizadoconforme a las disposiciones aplicables en la materia.Segundo . Comuníquese es t a de te rminac ión a lciudadano licenciado Francisco Javier Loyo Ramos,secretario general del Congreso del estado, para suimplementación. Dado en la sala de juntas HeribertoJara Corona de la honorable LIX Legislatura delCongreso del estado, en la ciudad de Xalapa-Enríquez,Veracruz a los 13 días del mes de marzo del año 2002.Por la Junta de Coordinación Política. DiputadoIgnacio González Rebolledo, coordinador el grupolegislativo del PRI . Presidente. Rúbrica. DiputadoAlfonso Vázquez Cuevas, coordinador del grupolegislativo del PAN . Rúbrica. Diputado Víctor MolinaDorantes, coordinador del grupo legislativo del PRD .Sin rúbrica. Diputada Claudia Serapio Francisco, delPartido del Trabajo. Rúbrica. Diputado AlonsoDomínguez Ferráez, del Partido Verde Ecologistade México. Rúbrica. Diputado José Luis LobatoCampos, del Partido Convergencia por la Democracia.Sin rúbrica.

Habiéndose escuchado en voz del diputado secretarioel contenido del proyecto de punto de acuerdo quepresenta la Junta de Coordinación Política, se consultaa la asamblea si es de aprobarse en sus términos. Losque estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo envotación económica, levantando la mano. Aprobadoen sus términos el proyecto de punto de acuerdopresentado por la Junta de Coordinación Política.

Diputada presidenta, informo a usted que se hanagotado los asuntos listados en el orden del día.

Habiéndose agotado los asuntos listados en el ordendel día, se levanta la presente sesión, citándose parala Quinta Sesión Ordinaria a celebrarse el próximo díamartes 2 de abril del año en curso a las 12:00 horas enesta sala de sesiones Venustiano Carranza. Timbre.

Alicia González CerecedoDiputada Presidenta

(Rúbrica)

Ernesto Alarcón TrujilloDiputado Secretario

(Rúbrica)

Conforme al procedimiento aprobado, se preguntaa la asamblea si es de aprobarse el acta de lasesión anterior. Los que estén por la afirmativa,s í rvanse mani fes ta r lo en votac ión económica ,levantando la mano.

(La asamblea asiente)

Aprobado.

Con relación al siguiente punto del orden del día,solicito al diputado secretario tenga a bien dar inicioa la lectura de la correspondencia recibida en esteCongreso.

- EL C. SECRETARIO:Oficio número SGSAJPC-DGAJ0692/2002, de fecha28 de febrero del año 2002, signado por lalicenciada Nohemí Quirasco Hernández, secretaria deGobierno, mediante el cual remite el oficio númeroSGSAJPC-DGAJ0470/2002, de fecha 8 de febrero delpresente año, relativo a la solicitud de autorizaciónque hace el Ejecutivo del estado al honorable Congresolocal para poder permutar una superficie de 495 metroscuadrados, ubicados en e l f raccionamiento LaHerradura, de la ciudad de Xalapa, Veracruz, propiedaddel c iudadano Andrés Beceiro López, por unasuperficie de 817.08 metros cuadrados que se deducende la reserva territorial de la ciudad de Xalapa, Veracruz,

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propiedad del gobierno del estado. Lo anterior, con elobjeto de que se someta a la consideración de estehonorable Congreso.

Se anexa el expediente correspondiente.

Es cuanto, diputada presidenta.

- LA C. PRESIDENTA:Por su naturaleza, túrnese la presente solicitud a laComisión Permanente de Hacienda del Estado, para suestudio y dictamen correspondiente.

Diputado secretario, continúe con la lectura de lacorrespondencia.

- EL C. SECRETARIO:Oficio 0141/02

Ciudadana diputada Alicia González CerecedoPresidenta de la Diputación Permanente de lahonorable LIX Legislatura del estado de VeracruzPresente

Apreciable diputada González Cerecedo:

En virtud de que ha concluido el ejercicio fiscalcorrespondiente al año 2001 y en atención a lospreceptos de la Constitución Política del Estado Librey Soberano de Veracruz, particularmente en lo referidoa los artículos 1°, 3°, 5° y 6° y 21 y demás relativos ala Ley de Fiscalización Superior para el estado, encorrespondencia a las atribuciones conferidas en losartículos 1°, 20 fracción III y 35 de la Ley Orgánica dela propia institución y por así convenir a nuestrosintereses de nuestra casa de estudios, solicito a ustedse audite a la Universidad Veracruzana por el Órganode Fiscalización Superior del estado.

Agradeceré a usted presente esta atenta solicitudante el pleno de la honorable LIX Legislatura delCongreso del estado para los fines procedentes.

Aprovecho la ocasión para enviarle saludos cordiales.

AtentamenteLis de Veracruz. Arte, ciencia, luz.

Xalapa, Veracruz, 25 de marzo 2002

Dr. Víctor A. ArredondoRector

(Rúbrica)

En cuanto, diputada presidenta.

- LA C. PRESIDENTA:Túrnese el presente asunto a la Comisión Permanentede Vigilancia, para los efectos legales a que hayalugar.

¿Sí? Tiene la palabra el diputado Salas Martínez.

- EL C. DIP. ALEJANDRO SALAS MARTÍNEZ:Con su permiso, diputada presidenta.

Compañeros legisladores.

Qué bueno que hace esta solicitud el rector de laUniversidad Veracruzana y ojalá haya el criterio, sobretodo, de la mayoría que integra la Comisión deVigilancia, para que esto proceda.

Todos hemos sido testigos a través de los medios decomunicación y fue un tema debatido, ustedes no medejarán mentir , en el pasado año de ejercicioconsti tucional , porque nosotros fuimos los quesol ic i tamos que se audi ta ra a la Univers idadVeracruzana. Sin embargo, en ese momento seargumentaron motivos, a mi parecer legaloides, paraimpedir que esta auditoría se realizara. Decían quehabía que esperar al año siguiente y etcétera.

Yo creo que aquí lo importante es que qué bueno quese audite porque es la máxima casa de estudios delestado y debemos estar preocupados todos losveracruzanos porque el ejercicio del dinero públicoque ésta maneje, se maneje con transparencia y hemostenido serias dudas, sobre todo, los miembros deAcción Nacional, de cómo se manejan los recursospúblicos de la Universidad Veracruzana.

Y en ese sentido y en congruencia, nosotros queremosque se analicen los datos y que se den los resultadosy que ojalá el órgano de fiscalización emita dictámenescon la misma vara, valga la expresión, que lo hace conlos municipios, porque fue muy lamentable observarel dictamen que dio el ORFIS del ejercicio que siguiódurante el año 2000, en donde prácticamente le deja laoportunidad a la Universidad Veracruzana, que suórgano de control interno en su momento fiscalice yresuelva todas las observaciones que se dieron, deuna manera que yo creo que es muy congruente a miparecer y ojalá que haya la disposición de la Comisiónde Vigilancia, de realizar esta auditoría y de que setomen las medidas pertinentes a su tiempo y no aposteriori y que después simplemente se deje que elórgano de control interno, porque está en prestigio,con todo respeto, no la honorabilidad de un rector,sino la honorabilidad de la máxima casa de estudios deVeracruz, que no debe ser cuestionada por asuntos

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de esta naturaleza, sobre todo, cuando hay miles dejóvenes que lo vemos cada agosto, sobre todo, sequedan sin una oportunidad de ingresar a estauniversidad por no contar con los recursos necesarios,y sería muy lamentable, en el caso de que haya desvíosde recursos, que estos se utilizaran para otras cosasque no son su función educativa.

Es cuanto, diputada presidenta.

- LA C. PRESIDENTA:Gracias, diputado Salas Martínez.

Diputado secretario, prosiga con la lectura de lacorrespondencia.

- EL C. SECRETARIO:Escrito de fecha 20 de marzo del año 2002, signado porel ciudadano diputado Ángel Rafael DeschampsFalcón, mediante el cual remite a esta potestadlegislativa, la solicitud del presidente municipal delhonorable ayuntamiento de Actopan, Veracruz, por laque sol ici ta la intervención de este honorableCongreso local para que sean definidos los límitesterritoriales de Actopan y Alto Lucero, a la altura dela comunidad de Arroyo Agrio , ya que exis tecontroversia entre ambos municipios y poder así serconsideradas sus necesidades dentro del programade obras.

Es cuanto, diputada secretaria.

- LA C. PRESIDENTA:Para su estudio y dictamen, túrnese el asunto que nosocupa a las Comisiones Permanentes Unidas deGobernación, de Límites Territoriales Intermunicipalesy de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal.

Diputado secretario, prosiga con la lectura de lacorrespondencia.

- EL C. SECRETARIO:Oficio número 0248, de fecha 13 de marzo de 2002,signado por los ciudadanos presidente municipal ysecretario del honorable ayuntamiento de Poza Rica,Veracruz, mediante el cual solicitan autorización parapoder suscribir convenio de compra-venta con DICONSA,S.A. de C.V., sucursal regional Veracruz, para laadquisición de despensas destinadas a las programasde Es t ímulos a l a Educac ión Bás ica y o t rosrelacionados con la alimentación y nutrición familiar.

Se anexan acta sesión de Cabildo y proyecto deconvenio.

Es cuanto, diputada presidenta.

- LA C. PRESIDENTA:Vista la solicitud que nos dio a conocer el diputadosecretario, túrnese a la Comisión Permanente deDesarrollo y Fortalecimiento Municipal, para su estudioy dictamen.

Diputado secretario, continúe con la lectura de lacorrespondencia.

- EL C. SECRETARIO:Gracias, diputada presidenta.

Oficio número 0252, de fecha 14 de marzo de 2002,signado por los ciudadanos presidente municipal ysecretario del honorable ayuntamiento de Poza Rica,Veracruz, mediante el cual solicitan autorización parapoder suscribir convenio de colaboración en materiade Servicio Civi l de Carrera en el ámbito deprofesionalización de servidores públicos municipalescon el gobierno del estado, por conducto de laSecretaría de Gobierno y la Coordinación Estatal delServicio Civil de Carrera.

Se anexan acta de sesión de Cabildo y proyecto deconvenio.

Es cuanto, diputada presidenta.

- LA C. PRESIDENTA:Habiéndose escuchado la naturaleza de la solicitudque nos dio a conocer el diputado secretario y todavez que ésta resulta de obvia resolución, se proponea la asamblea que la misma sea discutida de una vez,dispensado el turno a comisiones. Los que estén porla afirmativa, sírvanse manifestarlo en votacióneconómica, levantando la mano.

(La asamblea asiente)

Aprobado.

Conforme al procedimiento aprobado, se pone aconsideración de la asamblea la solicitud que nosocupa. Se abre el registro de oradores.

En virtud de que ningún diputado ha solicitado haceruso de la voz, se consulta a la asamblea si es deautorizarse al honorable ayuntamiento de Poza Rica,Veracruz, a suscribir convenio de colaboración enmateria de Servicio Civil de Carrera en el ámbito deprofesionalización de servidores públicos municipalescon el gobierno del estado, por conducto de laSubsecretaría de Gobierno y la Coordinación Estatal

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de Servicio Civil de Carrera. Los que estén por laa f i rmat iva , s í rvanse mani fes ta r lo en vo tac ióneconómica, levantando la mano.

(La asamblea asiente)

Aprobado en sus términos la solicitud que nos ocupa.

Diputado secretario, prosiga con la lectura de lacorrespondencia.

- EL C. SECRETARIO:Gracias, diputada presidenta.

Oficio número 200302, de fecha 15 de marzo delaño 2002, signado por los ciudadanos presidentemunicipal y tesorero del honorable ayuntamiento deTepatlaxco, Veracruz, por el que solicitan autorizaciónpara comprar un camión de volteo con recursos delFondo de Aportaciones para el FortalecimientoMunicipal, adquisición que rebasa el 20% del techofinanciero respectivo, por lo que se solicita laanuencia de esta honorable Legislatura del Congresodel estado.

Se anexa el acta de sesión de Cabildo.

Es cuanto, diputada presidenta.

- LA C. PRESIDENTA:Gracias, diputado secretario.

Por su naturaleza, túrnese la solicitud que nos dio aconocer el diputado secretario a las ComisionesPermanentes Unidas de Hacienda Municipal y deDesarrollo y Fortalecimiento Municipal, para su estudioy dictamen.

Diputado secretario, puede continuar con la lectura dela correspondencia.

- EL C. SECRETARIO:Escrito de fecha 15 de marzo de 2002, suscrito por losciudadanos presidente municipal y secretario delhonorable ayuntamiento de Boca del Río, Veracruz,por medio del cual solicita autorización de estehonorable Congreso del estado para poder enajenardiversos vehículos como chatarra, ya que por suestado físico su reparación resultaría excesivamentecostosa.

Se anexan acta de Cabildo, avalúos y fotografías.

Es cuanto, diputada presidenta.

- LA C. PRESIDENTA:Túrnese la solicitud de referencia a la ComisiónPermanente de Hacienda Municipal, para su estudio ydictamen.

Diputado secretario, continúe con la lectura de lacorrespondencia.

- EL C. SECRETARIO:Gracias, diputada presidenta.

Oficio número 4802002, de fecha 28 de febrero de 2002,signado por el ciudadano presidente municipal delhonorable ayuntamiento de Mecatlán, Veracruz,mediante el cual solicita la autorización de estehonorable Congreso para poder suscribir convenio decolaboración administrativa en materia de catastrocon el gobierno del estado a través de la Secretaría deFinanzas y Planeación.

Se anexan acuerdo del acta de Cabildo y proyecto deconvenio.

En los mismos términos se encuentra la solicitud delhonorable ayuntamiento de Poza Rica, Veracruz.

Es cuanto, diputada presidenta.

- LA C. PRESIDENTA:Vista la naturaleza de las solicitudes que nos dio aconocer el diputado secretario y toda vez que éstasresultan de obvia resolución, se propone a la asambleaque l a s mi smas s ean d i scu t idas de una vez ,dispensando el turno a comisiones. Los que estén porla afirmativa, sírvanse manifestarlo en votacióneconómica, levantando la mano.

(La asamblea asiente)

Aprobado.

Conforme al procedimiento aprobado, se ponen aconsideración de la asamblea las solicitudes que nosocupan. Se abre el registro de oradores.

En virtud de que ningún diputado ha solicitadohacer uso de la voz, se consulta a la asamblea si sonde autorizarse a los honorables ayuntamientos deMecatlán y Poza Rica, Veracruz, a suscribir conveniosde colaboración administrativa en materia de Catastrocon el gobierno del estado, a través de la Secretaría deFinanzas y Planeación. Los que estén por la afirmativa,s í rvanse mani fes ta r lo en votac ión económica ,levantando la mano.

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(La asamblea asiente)

Aprobadas en sus términos las solicitudes que nosocupan.

Diputado secretario, continúe con la lectura de lacorrespondencia.

- EL C. SECRETARIO:Gracias, diputada presidenta.

Oficio número 169086/2002, de fecha 11 de marzo delaño 2002, signado por los ciudadanos presidentemunicipal y secretario del honorable ayuntamiento deIxmat lahuacan, Veracruz, por e l que sol ic i tanautorización para poder realizar obras públicas cuyovalor excede el 20% de la partida presupuestalrespectiva.

Se anexan acta de sesión de Cabildo y propuesta deinversión.

En los mismos términos se encuentra la solicitud delhonorable ayuntamiento de Oluta, Veracruz.

Es cuanto, diputada presidenta.

- LA C. PRESIDENTA:Para su estudio y dictamen, túrnense las solicitudesque nos dio a conocer el diputado secretario, a lasComis iones Permanentes Unidas de Hac iendaMunicipal y de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal.

Diputado secretario, prosiga con la lectura de lacorrespondencia.

- EL C. SECRETARIO:Oficio número 0107/002, de fecha 1 de febrero de 2002,suscrito por los ciudadanos presidente municipal ysecretario del honorable ayuntamiento de Naranjos-Amatlán, Veracruz, por medio del cual solicitanautorización de este honorable Congreso del estadopara poder suscribir convenio de colaboración yparticipación con el gobierno federal a través de laSecretaría de Salud, por conducto de la jurisdicciónsanitaria número 2, delegación Tuxpan, Veracruz.

Se anexan acta de Cabildo y copia del proyecto deconvenio.

Es cuanto, diputada presidenta.

- LA C. PRESIDENTA:Túrnese… por su naturaleza, túrnese la presentesolicitud a la Comisión Permanente de Salud y Asistencia.

Diputado secretario, continúe con la lectura de lacorrespondencia.

- EL C. SECRETARIO:Oficio número 521/2002, de fecha 4 de febrero de 2002,signado por el ciudadano presidente municipal delhonorable ayuntamiento de Coatzintla, Veracruz, pormedio del cual solicita autorización de este honorableCongreso local para contratar un crédito con BANOBRAS

con la finalidad de adquirir un terreno de 24 hectáreas,con un costo aproximado de 9 millones de pesos,mismo que será destinada una parte para crear lareserva territorial y la otra para asentamientos defamilias de escasos recursos.

Se anexa acta de sesión de Cabildo.

Es cuanto, diputada presidenta.

- LA C. PRESIDENTA:Gracias, diputado secretario.

Túrnese la presente solicitud a la Comisión Permanentede Hacienda Municipal, para su estudio y dictamencorrespondiente.

Informo a la asamblea que dentro del punto del ordendel día que nos ocupa, correspondiente a la lectura decor respondenc ia r ec ib ida , s e encuen t ran 199solicitudes de autorización para poder realizar diversasoperaciones del fundo legal en municipios de la entidady toda vez de que ya han sido distribuidas entre todoslo s d ipu t ados que i n t eg ramos l a D ipu t ac iónPermanente la tarjeta informativa que describe dichasolicitudes, se propone a la asamblea la dispensa dela lectura de las mismas. Los que estén por la afirmativa,s í rvanse mani fes ta r lo en votac ión económica ,levantando la mano.

(La asamblea asiente)

Aprobado.

Conforme al procedimiento aprobado, túrnense lassolicitudes de referencia a la Comisión Permanente deHacienda Municipal, para su estudio y dictamen.

Con esto se tiene por desahogado el punto del ordendel día referente a la lectura de la correspondenciarecibida.

Con relación al siguiente punto del orden del día,concerniente a la iniciativa con proyecto de CódigoHacendario Municipal para el estado de Veracruz-Llave, presentada por los diputados Ignacio González

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Rebolledo, Alfonso Vázquez Cuevas, Víctor MolinaDoran tes , C laud ia Serap io Franc i sco , AlonsoDomínguez Ferráez y José Luis Lobato Campos, y todavez que és ta ha s ido pub l i cada en l a GacetaLegislativa , misma que ya obra en poder de todos losdiputados que integramos la Diputación Permanente,se propone a la asamblea la dispensa de la lectura dedicha iniciativa. Los que estén por la afirmativa,s í rvanse mani fes ta r lo en votac ión económica ,levantando la mano.

(La asamblea asiente)

Aprobado.

(No obstante la dispensa de lectura, se incluye lainiciativa con proyecto de código)

Ciudadana diputada Alicia González CerecedoPresidenta de la Mesa Directiva de la DiputaciónPermanente de la LIX Legislatura del honorableCongreso del estadoPresente

Los suscritos, diputados a la LIX Legislatura delhonorable Congreso del estado, en ejercicio de laatribución conferida por los artículos 34 fracción I dela Constitución Política Local; 48 fracción I de la LeyOrgánica del Poder Legislativo; y 107 fracción I delReglamento para el Gobierno Interior del PoderLegislativo, nos permitimos someter a consideracióndel órgano legislativo, la presente iniciativa de CódigoHacendario Municipal para el estado de Veracruz-Llave, bajo la siguiente

EXPOSICIÓN D E MOTIVOS

El artículo 115 fracción IV de la Constitución Políticade los Estados Unidos Mexicanos dispone que “...Losmunicipios administrarán libremente su hacienda,la cual se formará de los rendimientos de los bienesque les pertenezcan, así como de las contribucionesy otros ingresos que las legislaturas establezcan a sufavor...”

Por su parte, el artículo 71 fracción I de la ConstituciónPolítica local establece que “...Los ayuntamientose s t a r á n i n v e s t i d o s d e p e r s o n a l i d a d j u r í d i c a .Recaudarán y administrarán en forma directa y librelos recursos que integren la hacienda municipal, lacual se formará de los impuestos, derechos, productos,aprovechamientos, participaciones, contribuciones,tasas adicionales que decrete el Estado sobre lapropiedad inmobiliaria, la de su fraccionamiento,división, consolidación, traslación y mejoras, las

que tengan por base el cambio de valor de losinmuebles y todos los demás ingresos fiscales que elCongreso del estado establezca a su favor...”

Las disposiciones transcritas reflejan la evoluciónque, en nuestro derecho positivo, ha tenido la figuradel Municipio Libre, misma que se ha venidotransformando a través de las distintas reformas yadiciones a la carta magna, entre las cuales destacanla de 1983, que concedió facultades fiscales yestableció los servicios públicos municipales, y la de1999, que reconoce la facultad de los ayuntamientosde gobernar, no sólo de administrar, y clarifica lasfacultades tributarias de los municipios, entre otrosaspectos.

Recientemente, se inició en el estado de Veracruz unproceso de reformas a los distintos ordenamientosque rigen la institución municipal, entre cuyasdisposiciones sobresale el tema de la haciendamunicipal, como lo son las adecuaciones en materia detablas de valores unitarios de suelo y construcciones,que sirven de base para el cobro de las contribucionesinmobiliarias.

El desarrollo de un nuevo federalismo hace resaltar laconveniencia de fortalecer la hacienda municipal, darseguridad jurídica a los contribuyentes, transparentarel ejercicio del gasto, controlar de mejor manera losactivos municipales y procurar el sano financiamientomunic ipal , para lo cual se requiere un nuevoordenamiento que, a diferencia de la vigente Ley deHacienda Municipal, distinga con precisión entre lasdisposiciones reguladoras de la relación f isco-contribuyente y las que establecen los elementos delas contribuciones.

Asimismo, la legislación debe prever que se actualicenlas tasas, cuotas y tarifas de las contribuciones,conforme a las variables macroeconómicas queimpactan en el costo de los servicios públicosmunicipales, tales como inflación, crecimiento delProducto Interno Bruto, tasas de interés promedio,precio del petróleo y déficit fiscal, considerandoademás los distintos grados de desarrollo de los 210municipios de la entidad.

Por su parte, la Ley de Deuda Pública Municipal tieneinconsistencias en cuanto a la programación, controly vigilancia de los emprést i tos y no establecemecanismos claros de coordinación con el estado.

En materia presupuestal, no existe legislación algunaque establezca la normatividad para el presupuesto, lacontabilidad y el gasto público municipales, salvo lo

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que establece la Ley de Fiscalización Superior yalgunas disposiciones administrativas.

Por lo que hace a los bienes municipales, no existeninguna ley que norme su dominio y administración,ya que la Ley de Bienes del estado no es aplicable paralos municipios.

Lo anterior hace necesaria una ley integral, quecomprenda un conjunto armónico de disposicionesreguladoras de los conceptos de ingreso, gasto, deuday patrimonio municipales.

La presente iniciativa de Código Hacendario Municipalpara el estado de Veracruz-Llave se ha elaborado conla finalidad de compendiar, en un solo ordenamiento,todas las disposiciones relativas a gasto público,administración financiera y tributaria, cargas fiscales,r e c u r s o s , c u e n t a y d e u d a p ú b l i c a s y b i e n e smunicipales.

Esta iniciativa regula las relaciones jurídicas entre lasautoridades fiscales y los sujetos pasivos de unarelación t r ibutar ia , así como los responsablessolidarios de éstos, con motivo del nacimiento,cumplimiento o incumplimiento de las obligacionesfiscales.

También, establece cuáles son las autoridades fiscalesmunicipales; los diferentes supuestos respecto aldomici l io f i sca l ; e l cómputo de té rminos; laresponsabilidad en la comisión de infracciones yaplicación de sanciones; una definición clara en cadacaso del objeto, sujeto, base y responsables solidarios;las formas en que se da la responsabilidad solidaria;el nacimiento y las formas de extinción de los créditosfiscales, incluyendo las diferentes modalidades depago de contribuciones y sus accesorios; las formasde prescripción y caducidad; las diferentes formas degarantizar los créditos f iscales; los derechos yo b l i g a c i o n e s d e l o s c o n t r i b u y e n t e s y d e l a sautoridades fiscales; las infracciones, sanciones ydelitos fiscales.

En materia de ingresos municipales, en el librotercero se precisa la diferencia entre los ingresosfinancieros y los ingresos fiscales, a la vez que seseñala como mecanismo de actualización de los valoresunitarios de suelo y construcción, que sirven de basepara el cobro de las contribuciones a la propiedadinmobiliaria, que el Congreso del estado revisará yaprobará cada año la actualización de dichas tablas,en congruencia con las recientemente expedidas Leyque Regula el Procedimiento para Fijar las Cuotas,Tar i fas y Tablas de Valores Uni tar ios de las

Contribuciones Sobre la Propiedad Inmobiliaria y Leyde Catastro del estado.

Asimismo, se precisa que el impuesto predial escausado por la posesión o propiedad de bienesinmuebles, en el territorio del municipio; que los prediosque sean divididos para fines de lotificación secons iderarán como urbanos ; se mant ienen lashipótesis de exención y reducción del impuesto predial,por tratarse, en unos casos, de disposiciones quetraducen imperativos constitucionales y, en otros, dedisposiciones que benefician a part iculares endesigualdad de condiciones.

Respecto al Impuesto sobre Traslación de Dominio deBienes Inmuebles, se adicionan nuevos conceptosde adquisición y se definen claramente los casos deexenciones y no causación.

En los Impuestos sobre Espectáculos Públicos; sobreLoterías, Rifas, Sorteos y Concursos; y sobre JuegosPermitidos, se enuncian diferentes precisiones quepermiten definir con mayor certeza sus hipótesis decausación, las obligaciones de las autoridades fiscales,la época, forma y lugar de pago, entre otros elementos.

En el impuesto adicional sobre arbitrios municipales,se establecen con claridad el objeto, los sujetos y losmomentos para su liquidación y pago.

De igual forma, a efecto de fortalecer la haciendapública municipal, se incorpora nuevamente al listadode contribuciones el Impuesto sobre Fraccionamientos.

En materia de derechos y en relación con la actual Leyde Hacienda Municipal, se establecen una serie deprecisiones que tienden a otorgar certeza respecto alos sujetos del pago de derechos, su objeto, base decálculo, lugar y época de pago, responsabilidadsolidaria, entre otros aspectos.

Se incluyen los derechos por registro y refrendo anualde toda actividad económica, precisando los casos deno causación. Se precisa el cobro en aquellos giroscon venta de bebidas alcohólicas, para regularizar uncobro que de hecho se viene dando en todo el estado,bajo los nombres de licencias y anuencias.

Se incluyen, por primera vez, los derechos por elservicio de recolección, transporte y disposición finalde desechos sólidos, así como por limpieza de prediosno edificados. Con esta disposición se da legalidad yfundamento jurídico a la cooperación que de hechovienen realizando los contribuyentes en distintosmunicipios de la entidad.

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Se adicionan los derechos por la supervisión técnicasobre la explotación de bancos de material, así comolos derechos por los servicios prestados por laTesorería, mismos que no estaban bien definidos y sevenían cobrando como servicios de certificaciones yconstancias.

En materia de administración financiera municipal, ellibro cuarto de la presente iniciativa establece lasdisposiciones generales para la operación de laTesorería; así como señala las disposiciones quepropicien la colaboración administrativa del municipiocon el estado, con otros municipios o con sus entidadesauxiliares, lo que sin duda propiciará que la asunciónde responsabilidades derivadas de esos conveniostenga a la ley como punto de partida y sustento.

En materia de presupuesto, contabilidad y gastopúblico municipal, se busca la congruencia conla política estatal al respecto; se obliga a que laprogramación del gasto público tienda haciala consecución de los objetivos de la planeaciónmunicipal, en aplicación de las directrices enmarcadasen los planes nacional y estatal de desarrollo; estasdirectrices orientan también las reglas, procedimientos,requis i tos y p lazos para la conformación de lPresupuesto de Egresos del municipio.

Igualmente, se norma el ejercicio del gasto públicomunicipal , c las i f icando el dest ino de recursosasignados por programas y partidas presupuestales,r e c u r s o s o b t e n i d o s e n e x c e s o , i n g r e s o sextraordinarios y subsidios, y se señalan los criteriospara la contabilidad municipal.

Por lo que se refiere a la deuda pública, se incorporand i spos i c iones gene ra l e s sob re su p l aneac ión ,contratación, ejercicio, control y vigilancia, tanto enlo que concierne a la deuda públ ica d i rec ta ycont ingente de l ayuntamiento como la de susentidades paramunicipales, que pueden contraerla através de la suscripción o emisión de títulos de créditoo cualquier otro documento pagadero a plazo.

Se puso especial cuidado en regular la adquisición debienes, así como la contratación de obras o servicioscuyo pago se pacte en plazos que excedan de unejercicio presupuestal; los pasivos contingentesre lac ionados con los ac tos mencionados , y lace lebrac ión de ac tos jur íd icos aná logos a losanteriores.

Se mantiene la salvedad de la regulación de la deudapública a través del Código Financiero del estado deVeracruz-Llave, por lo que hace a las operaciones

de financiamiento que se otorguen con garantía delestado.

Se dispone que no se contratarán operaciones definanciamiento, directas o contingentes, sino cuandose trate de inversiones públicas productivas.

Se clasifica la deuda en ordinaria y extraordinaria; laprimera se contratará y ejercerá con base en el programade financiamiento que anualmente apruebe el Congresodel estado, mientras que la deuda pública extraordinariase autorizará para la contratación de financiamientosque se destinen a la atención de necesidades deinversión, que no pudieran preverse en el programaanual de financiamiento.

Por lo que hace a la programación de la deuda pública,así como la forma y plazos en que se integrará elproyecto que será sometido al Cabildo y al Congresodel es tado, se pormenorizan las disposic ionesrelativas.

Se señalan las condiciones para el registro de deudaasí como para el control de la misma, con lasconsideraciones respecto de los registros de deudamunicipal y estatal y la previsión de las inscripcionesque deben realizarse en uno u otro caso.

Se señalan las formas de garantía, así como la afectaciónde participaciones federales, dejando abierta lapos ib i l i dad de de scuen to s d i r ec to s a l a sparticipaciones antes de que se pudiese caer en mora,a través de convenios administrativos.

En el libro sexto se incluye la administración de losbienes municipales, materia en la que por primera vezse legisla, a partir de los siguientes conceptos:

1. Atendiendo a los fines a que se encuentran afectos,se es tablece la c las i f icac ión de los b ienesmunicipales, a fin de regularlos de acuerdo a sunaturaleza y otorgarles la protección de la ley.

2. Se norma el uso, aprovechamiento, enajenación,registro y control de los bienes muebles e inmueblesque integran el patrimonio del municipio y de susorganismos auxiliares.

3. Se define cuáles son los bienes del dominio públicodel municipio y los que se equiparan a éstos, a lavez que se define la naturaleza jurídica de lasrelaciones que se establecen entre los particularesy el municipio respecto de los mismos, así como lasdisposiciones que les son aplicables.

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Segundo Año de Ejercicio Constitucional

4. Para la debida pro tecc ión a los inmueblesmunicipales y con fundamento en el artículo 27cons t i tuc iona l , se inc luye l a f igura de l arecuperación administrativa de los bienes deldominio público.

5. Se definen las atribuciones y responsabilidades delas au to r idades munic ipa les , r espec to a l aadminis t ración de los bienes propiedad delmunic ip io . En par t icu la r , se des tacan lasresponsabilidades que en esta materia otorga laLey Orgánica del Municipio Libre a la Sindicaturay a la Comisión de Hacienda y Patr imonioMunicipal.

6. Las adquisiciones de inmuebles por vías de derechopúblico se realizarán de acuerdo a las leyes que lessean aplicables, pero una vez que ingresen alpatrimonio municipal, quedarán sujetos a lasdisposiciones de este código.

7. Por lo que hace a las adquisiciones y arrendamientosde bienes inmuebles, se garantiza que, anualmente,las dependencias municipales cuenten con unprograma que refleje sus necesidades inmobiliarias,lo que permitirá una adecuada programación de lasadquisiciones y de los arrendamientos, como partede la política inmobiliaria del municipio.

8. Se crea el inventario de bienes municipales, queserá administrado por la Tesorería y se integrarácon los datos de identificación física, antecedentesjurídicos y administrativos de los muebles einmuebles municipales que por cualquier conceptousen, administren o tengan a su cuidado lasdependencias y entidades de la administraciónpública municipal o insti tuciones públicas yprivadas.

En vista de la naturaleza de las disposicionescontenidas en la iniciativa de Ley que Regula laEnajenación, Adquisición y Destino de los BienesInmuebles municipales, presentada recientementea esta Soberanía por un grupo de legisladores, y aefecto de que en un solo ordenamiento se establezcanlos p roced imien tos r e l a t ivos a lo s ac tos deadministración y dominio de los bienes inmuebles depropiedad municipal, particularmente en materiade enajenación de bienes de interés social, en el librosexto se incorporaron diversas disposiciones de laIniciativa de ley citada.

Por lo antes expuesto, se somete a la consideración deesa Soberanía la presente

INICIATIVA D E CÓDIGO HACENDARIO MU N I C I P A L PARA

E L ESTADO DE VERACRUZ-LLAVE

LI B R O PRIMERO

Disposiciones generales

Título Único

Capítulo único

Artículo 1. Las disposiciones de este código son deorden público e interés general, excepto para losmunicipios que cuenten con un código hacendariopropio, y tienen por objeto regular:

I. La planeación, programación y presupuestacióndel gasto público;

II. La administración financiera y tributaria de lahacienda municipal;

III. Las normas que determinan cargas fiscales, asícomo las que se refieren a los sujetos, objetoy base de las contr ibuciones municipales yaprovechamientos, incluidos sus accesorios, y lasque se refieren a los productos;

IV. La administración de los recursos humanos,financieros y materiales;

V. La integración de la cuenta pública municipal;

VI. La administración y contratación de la deudapública municipal, y

VII. El dominio y la administración de los bienesmunicipales.

Artículo 2. Para los efectos de este código seentenderá por:

I. Administración pública municipal: el conjuntoordenado y s i s t emat izado de ins t i tuc ionesgubernamentales que aplican políticas, normas,técnicas, sistemas y procedimientos, a través delos cuales se racionalizan los recursos para producirbienes y servicios que demanda la sociedad, encumpl imien to a l a s a t r ibuc iones que l a sConstituciones federal y estatal confieren alayuntamiento.

II. Autoridades fiscales: las autoridades fiscales delos municipios del estado de Veracruz-Llave enque tenga vigencia el presente código;

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III. Ayuntamiento: el ayuntamiento de cada uno de losmunicipios del estado de Veracruz-Llave en quetenga vigencia el presente código;

IV. Cabildo: el Cabildo del ayuntamiento de cada unode los municipios del estado de Veracruz-Llave enque tenga vigencia el presente código. Se entiendepor Cabildo la forma de reunión del ayuntamientodonde se resuelven, de manera colegiada, losasuntos relativos al ejercicio de sus atribucionesde gobierno, políticas y administrativas;

V. Congreso: el Congreso del estado de Veracruz-Llave;

VI. Contraloría: la contraloría municipal de cada unode los municipios del estado de Veracruz-Llave enque tenga vigencia el presente código;

VII. Contribuyente: persona física o moral que debeparticipar en el financiamiento de los gastospúblicos municipales por haber incurrido en elsupuesto previsto por las leyes fiscales;

VI I I . Dependenc ias : l a s dependenc ias de l aadministración pública centralizada del honorableayuntamiento de cada uno de los municipiosdel estado de Veracruz-Llave en que tenga vigenciael presente código y sus órganos desconcentrados;

IX. Destinataria: la dependencia o entidad beneficiariade un acuerdo de destino respecto de un bien deldominio público;

X. Entidades: los organismos, los fideicomisospúb l i cos munic ipa les y l a s empresas depar t ic ipación municipal mayori tar ia , de laadministración pública paramunicipal;

XI. Erario: conjunto de recursos monetarios y mediosde pago que tiene el municipio, para el cumplimientode sus fines;

XII. Fisco: La autoridad fiscal u organismo encargadode recaudar o realizar el cobro coactivo de losingresos del municipio;

XIII. Gaceta Oficial: el órgano informativo oficial delgobierno del estado de Veracruz-Llave;

XIV. Gobierno del estado: el gobierno del estado deVeracruz-Llave;

XV. Ley de Coordinación Fiscal: la Ley de CoordinaciónFiscal en el ámbito federal;

XVI. Municipio: cualquiera de los municipios delestado de Veracruz-Llave en que tenga vigenciael presente código;

XVII. Oficina ejecutora: la oficina de ejecución fiscalde la Tesorería Municipal o su equivalente,encargada del cobro coactivo de un crédito fiscal;

XVIII . Organismos: los organismos públ icosdescentralizados de la administración pública delmunicipio;

XIX. Órgano desconcentrado: el órgano dependientede la administración pública centralizada delmunicipio, en el que las dependencias deleganparte de su competencia;

XX. Otorgante: la persona moral de derecho públicoque emite un acuerdo de destino para el uso oaprovechamiento de un bien inmueble del dominiopúblico;

XXI. Presidente: el presidente municipal constitucionaldel ayuntamiento;

XXII. Síndico: el síndico del ayuntamiento;

XXIII. Tesorería: la Tesorería del ayuntamiento, y

XXIV. tesore ro : e l t i tu la r de Tesorer ía de layuntamiento;

Artículo 3. La hacienda pública municipal se formarápor los bienes del dominio público municipal y por losque le pertenezcan, de conformidad con la legislaciónaplicable; así como por las aportaciones voluntarias,los impuestos, derechos, productos, aprovechamientos,participaciones, tasas adicionales que decrete elestado sobre la propiedad inmobiliaria, la de sufraccionamiento, división, consolidación, traslacióny mejoras, las que tengan por base el cambio de valorde los inmuebles y todos los demás ingresos fiscalesque el Congreso establezca a su favor, en términos delas disposiciones legales aplicables.

Art í cu lo 4 . T o d o s l o s c a u d a l e s p ú b l i c o spertenecientes al municipio ingresarán a la Tesorería,con excepción de los casos expresamente señaladosen el presente ordenamiento. El tesorero, previoconvenio que al respecto celebre el ayuntamiento,podrá autorizar a instituciones bancarias a realizar elcobro de las contribuciones previstas en este código.

Artículo 5. La Tesorería ejercerá los recursos públicosde acuerdo con las disposiciones de este código y con

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Segundo Año de Ejercicio Constitucional

base en el presupuesto de egresos aprobado por elCabildo.

Artículo 6. Las finanzas públicas municipales estaránapegadas a criterios de racionalidad y de estrictadisciplina fiscal, de manera que para cada año el nivelde gasto que se establezca sea igual o inferior a losingresos previstos para el mismo ejercicio fiscal.

El incumplimiento de lo dispuesto en el párrafo anteriorserá sancionado por la autoridad competente, en lostérminos del capítulo VII del título sexto de la LeyOrgánica del Municipio Libre.

Art ícu lo 7 . El ayuntamiento podrá recurr i r a lendeudamiento directo como fuente de recursos, paracasos excepcionales, previa autorización del Congresoy en los términos establecidos en el presente código.

Artículo 8. Para los efectos de los libros cuarto yquinto de este código, los plazos fijados en días,meses o años se computarán como días naturales,salvo disposición en contrario y con excepción de lodispuesto en el libro segundo.

LI B R O S EGUNDO

De las relaciones jurídicas tributarias

Título PrimeroDisposiciones generales

Capítulo IDe las leyes y autoridades fiscales

Artículo 9. Las disposiciones de este libro regulan lasrelaciones jurídicas entre las autoridades fiscales ylos sujetos pasivos de la relación tributaria, y losresponsables solidarios de éstos, con motivo delnacimiento, cumplimiento o incumplimiento de lasobligaciones fiscales, así como los procedimientosadministrativos correspondientes.

Artículo 10. La aplicación de las disposiciones deeste libro corresponde al ayuntamiento, por conductode las autoridades fiscales municipales.

Artículo 11. Para los efectos de este código seconsideran leyes fiscales en el municipio:

I. El presente código;

II. La Ley de Ingresos del Municipio, y

I I I . Los demás o rdenamien tos que con tengandisposiciones de carácter fiscal, que aplique el

municipio, por prever disposiciones de naturalezafiscal de su competencia, o las que deba ejercercomo consecuencia de la suscripción de convenioso acuerdos.

La aplicación de los textos legales a que se refiere esteartículo corresponde a las autoridades fiscales.

Artículo 12. El presidente o el tesorero podrán dictardisposiciones de carácter general, para modificar oadicionar el control y forma de pago, siempre que novaríe en forma alguna el sujeto, objeto, base, cuota,tasa o tarifa de los gravámenes, infracciones ysanciones.

A través del presidente y del síndico, el municipiopodrá ce lebrar los convenios de co laborac iónadministrativa a que se refiere el artículo 296 de estecódigo.

Artículo 13. Cuando las leyes fiscales establezcanque las contribuciones se calcularán por ejercicios,éstos se entenderán del primero de enero al treinta yuno de diciembre del año de que se trate.

Artículo 14. En el municipio son autoridades fiscales:

I. El ayuntamiento;

II. El presidente;

III. El tesorero y, en su caso, el titular de la Oficina deEjecución Fiscal.

IV . Los t i tu l a res de o rgan i smos púb l i cosd e s c e n t r a l i z a d o s q u e t e n g a n b a j o s ure sponsab i l i dad l a p re s t ac ión de s e rv i c io spúb l i cos , cuando r ea l i cen func iones derecaudación en ingresos municipales;

V. Los demás servidores públicos a los que las leyesy convenios confieren facultades específicas enmateria de hacienda municipal o las reciban pordelegación expresa de las autoridades señaladasen este artículo, y

VI. Las autoridades fiscales a que se refiere el CódigoFinanciero del estado de Veracruz-Llave, seconsiderarán autoridades fiscales municipalescuando actúen en el ejercicio de las facultades aque se refieren los convenios que celebre elgobierno del estado y el municipio, en los términosdel último párrafo del inciso a) de la fracción IV delartículo 115 de la Constitución Política de losEstados Unidos Mexicanos y este código.

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Primer Receso

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Las autoridades fiscales ejercerán sus facultades en laforma y términos señalados en las disposicioneslegales y reglamentar ias , decre tos o acuerdosdelegatorios específicos.

Artículo 15. Las autoridades fiscales podrán aplicarel procedimiento administrativo de ejecución, con lafinalidad de recuperar créditos fiscales insolutos, deconformidad con el código de la materia.

Artículo 16. Las disposic iones t r ibutar ias queestablezcan cargas a los particulares y las que señalanexcepciones a las mismas, así como las que fijan lasinfracciones y sanciones, son de aplicación estricta.Se considera que establecen cargas a los particulareslas normas que se refieren al sujeto, objeto, base, tasa,cuota o tarifa.

A falta de norma fiscal expresa aplicable a casosconcretos, se aplicará supletoriamente la legislaciónde derecho común, cuando ésta no sea contraria a lanaturaleza propia del derecho fiscal.

Capítulo IIDe los ingresos

Artículo 17. Los ingresos del municipio son laspercepciones en dinero, especie, crédito, servicios, ocualquier otra forma que incremente el erario públicoy que se destine al gasto público.

Artículo 18. La hacienda municipal percibirá en cadaejercicio fiscal los ingresos provenientes de:

I. La recaudación de contribuciones municipales;

I I . Los ingresos p roven ien tes de p roduc tos yaprovechamientos;

III. Las transferencias de recursos federales porconcep to de pa r t i c i pac iones f ede ra l e s yaportaciones federales, y

IV. Los demás que establezca el presente código, lasleyes aplicables y los convenios celebrados con lafederación, el Estado, otras entidades federativas,municipios y los particulares.

La Ley de Ingresos estimará el monto global de losingresos que, por cada uno de estos conceptos,obtendrá durante el ejercicio fiscal.

Artículo 19. Los ingresos públicos del municipio sedividen en:

I. Ingresos financieros : son los que percibe el municipiopor actividades que, reguladas por el derechopúblico, realice para atender sus requerimientosde numerario, pero que no implican el ejercicio deatribuciones impositivas o el ejercicio de facultadeseconómico coactivas para su recaudación, comoes el caso de las operaciones de financiamiento, y

II. Ingresos fiscales: son los que se derivan de laaplicación de leyes de esta materia que imponen alos contribuyentes una obligación de pago porconcepto de contribuciones o aprovechamientos,o q u e p u e d e n s e r c o b r a d o s a t r a v é s d e lprocedimiento administrativo de ejecución, paraser destinados al gasto público, así como losingresos que obtiene el municipio derivados deaportaciones o participaciones.

Los i ng re sos púb l i cos s e r án o rd ina r io s yextraordinarios.

Los ingresos ordinarios son los que se encuentrancontenidos antes del inicio de cada ejercicio fiscal enel proyecto de Ley de Ingresos, al ser previsibles.

Los ingresos extraordinarios son los aprobados por elC o n g r e s o o l o s d e r i v a d o s d e d i s p o s i c i o n e sadministrativas, para atender erogaciones imprevistaso por derivarse de normas o actos posteriores al iniciode un ejercicio fiscal.

Artículo 20. Las contribuciones se clasifican en:

I. Impuestos: son las contribuciones establecidas enley que deben pagar las personas físicas y moralesque se encuentran en la situación jurídica o dehecho prevista por la misma;

II. Derechos: son las contribuciones establecidas enley po r r ec ib i r s e rv i c ios que p re s t an l a sdependencias y entidades de la administraciónpública municipal, en sus funciones de derechopúblico, así como por los concesionarios de losservicios públicos, y

III. Contribuciones por mejoras: son las establecidasen ley a cargo de las personas físicas y morales quese beneficien de manera directa por obras públicas.

Los recargos, las sanciones económicas, los gastosde e jecución y la indemnizac ión por chequespresentados en tiempo a institución de crédito y queno sean pagados cuando éstos se apliquen a cubrircontribuciones son accesorios de éstas y participande su naturaleza jurídica.

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En los demás artículos de este código en que se hagareferencia únicamente a las contribuciones no seentenderán incluidos los accesorios.

Artículo 21. Los aprovechamientos son ingresosque percibe el municipio en sus funciones dederecho público, distintos de las contribuciones;de los ingresos derivados de financiamientos; de laspar t ic ipaciones federales ; de las apor tacionesfederales e ingresos federales coordinados, así comolos que obtengan los organismos de la administraciónpública paramunicipal del municipio.

Los recargos, las sanciones económicas, los gastosde ejecución y la indemnización por el libramiento decheques presentados en tiempo a institución de créditoy que no sean pagados por causa imputable al librador,que se apliquen en relación con aprovechamientos,son accesorios de éstos y participan de su naturalezajurídica.

Artículo 22. Los productos son contraprestacionespor los servicios que preste el municipio en susfunciones de derecho privado, así como por el uso,aprovechamiento o enajenación de sus bienes propios.

Art í cu lo 23 . L a s p a r t i c i p a c i o n e s s o n f o n d o sconstituidos en beneficio del municipio, con cargo arecursos que la federación transfiere al Estado, comoconsecuencia de su adhesión al sistema nacional decoordinación fiscal, o en los términos previstos en elartículo 73 fracción XXIX de la Constitución Políticade los Estados Unidos Mexicanos.

Artículo 24. Las aportaciones son ingresos quepercibe el municipio, der ivados de los fondosestablecidos en el capítulo V de la Ley de CoordinaciónFiscal.

Art í cu lo 25 . L o s i m p u e s t o s , d e r e c h o s yaprovechamientos se regirán por este código y,supletoriamente, por el derecho común; los demásingresos se regirán por las leyes y conveniosrespectivos.

Artículo 26. Sólo podrá afectarse un ingreso fiscal aun fin especial, cuando así lo dispongan expresamentee s t e cód igo , l a s demás l eyes ap l i c ab l e s , l o sreglamentos los convenios que, sobre el particular, secelebren.

Artículo 27. El cobro de las contribuciones, productoso aprovechamientos se realizará en días y horashábiles, en las oficinas de la Tesorería o en los lugaresque ésta designe.

La ampliación de horarios y autorización de díasinhábiles para el pago de dichos ingresos se publicaráen el periódico de mayor circulación en el municipio yen la tabla de avisos del ayuntamiento.

Si el último día del plazo o fecha determinada fuerainhábil se prorrogará para el hábil siguiente.

P a r a l o s e f e c t o s d e p a g o d e c o n t r i b u c i o n e s ,aprovechamientos, productos o cualquier ingreso enfavor del municipio se considerarán como díasinhábiles los sábados, domingos y días festivosseñalados por ley. En los plazos establecidos porperiodos y aquellos en que se señale una fechadeterminada para su extinción se computarán todossus días. Cuando las autoridades fiscales habilitendías inhábiles no se alterará el cálculo de los plazos.

Artículo 28. Las contribuciones se pagarán en lafecha o dentro del plazo señalado en las disposicionesrespectivas.

Tratándose de contribuciones que se deban pagarmediante retención, aun cuando quien deba efectuarlasno retenga o no haga pago de la contraprestaciónrelativa, el retenedor estará obligado a enterar unacantidad equivalente a la que debió retener.

Quien haga pago de créditos fiscales obtendrá, de laoficina recaudadora, la forma oficial, el recibo oficialo la forma valorada, expedidos y controlados por laautoridad fiscal o la documentación que en lasdisposiciones respectivas se establezca, en la queconste la impresión original de la máquina registradora,por toda cantidad que ingrese al erario, cualquiera quesea su naturaleza. Tratándose de los pagos efectuadosen las oficinas de las instituciones de crédito, obtendrála impresión de la máquina registradora, el sello, laconstancia o el acuse de recibo correspondiente.

Cuando las disposiciones tributarias establezcanopciones a los contribuyentes para el cumplimientode sus obligaciones fiscales o para determinar lascontribuciones a su cargo, la opción elegida por elcontribuyente no podrá variarla respecto al mismoejercicio.

Artículo 29. En los plazos no se computarán los díasen que tengan vacaciones generales las autoridadesfiscales. No son vacaciones generales las que seotorguen en forma escalonada.

Lo previsto en el párrafo anterior no será aplicablec u a n d o s e t r a t e d e p l a z o s p a r a e l p a g o d ec o n t r i b u c i o n e s , e n c u y o c a s o e s o s d í a s s e

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Primer Receso

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considerarán hábiles, por lo que deberá quedar enfuncionamiento una guardia de la oficina recaudadoraque para tal efecto se designe.

En los plazos establecidos por periodos se computarántodos los días. Cuando los plazos se fijen por mes opor año, sin especificar que sean de calendario, seentenderá que, en el primer caso, el plazo concluye elmismo día del mes del calendario posterior a aquél enque se inició y, en el segundo, el término vencerá elmismo día del siguiente año de calendario a aquél enque se inició. En los plazos que se fijen por mes o poraño, cuando no exista el mismo día en el mes decalendario correspondiente, el término será el primerdía hábil del siguiente mes de calendario.

No obstante lo anterior, si el último día del plazo o enla fecha determinada las oficinas ante las que se vayaa hacer el trámite permanecen cerradas durante elhorario normal de labores o se trate de un día inhábil,se prorrogará el plazo hasta el siguiente día hábil.

Artículo 30. Las autoridades fiscales municipalestendrán las atribuciones que establece el Códigode Procedimientos Administrativos para el estado deVeracruz-Llave en materia de:

I . Requ i s i t o s de l o s ac to s y p roced imien tosadministrativos;

II. Procedimiento administrativo ordinario;

III. Procedimientos administrativos especiales de:visitas de verificación, visitas domiciliarias, controlde obligaciones y determinación presuntiva;

IV. Procedimiento administrativo de ejecución, y

V. Recurso de revocación y demás medios de impugnación.

Título SegundoDe los créditos fiscales

Capítulo IDe los sujetos

Artículo 31. Sujeto pasivo es la persona física o moral,mexicana o extranjera que, de acuerdo con las leyesfiscales, está obligada al pago de un crédito fiscaldeterminado a favor del erario municipal.

Es tercero, en una relación jurídico tributaria, todapersona que no interviene directamente en ella, peroque por estar vinculado con el sujeto pasivo asume lasobligaciones que le impone la ley.

Artículo 32. Son responsables solidarios con lossujetos pasivos:

I . Quienes manif ies ten su voluntad de asumirresponsabilidad solidaria;

I I . L o s c o p r o p i e t a r i o s , c o p o s e e d o r e s o l o sp a r t i c i p a n t e s e n d e r e c h o s m a n c o m u n a d o s ,respecto de los créditos fiscales, derivados delbien o derecho en común y hasta por el montodel valor de éste.

Por el excedente de los créditos fiscales, cada unoquedará ob l igado en l a p roporc ión que l ecorresponda en el bien o derecho mancomunado;

III. Las personas a quienes se imponga la obligaciónde retener o recaudar créditos fiscales a cargo decontribuyentes, hasta por el monto totalde las contribuciones;

IV. Los legatarios, donatarios y herederos a títuloparticular, respecto de los créditos fiscales que sehubieran causado en relación con los bienes onegociaciones que se les hubieren transferido,hasta por el monto de éstos;

V. Los terceros que, para garantizar créditos fiscalesa cargo de los cont r ibuyentes , cons t i tuyandepósito, prenda o hipoteca o permitan el embargode bienes de su propiedad, hasta por el valor de losotorgados en garantía;

VI. Las personas físicas o morales que adquieranbienes o negociaciones que reporten créditosexigibles a favor del erario municipal y quecorrespondan a periodos anteriores a la fecha deadquisición, hasta por el valor de la negociación;

VII. Los servidores públicos, notarios y corredorespúblicos y demás fedatarios públicos que autoricenalgún acto jurídico, expidan testimonios o dent r ámi t e a a lgún documen to gene rador deobligaciones fiscales de pago, si no se cerciorande que se han cubierto los impuestos, derechos yproductos respectivos, o no den cumplimiento alas disposiciones correspondientes que regulan elpago de la contribución;

VIII. Las instituciones de crédito autorizadas parallevar a cabo operaciones fiduciarias, respecto delos créditos fiscales que se hubieran causado derivadosde la actividad objeto del contrato de fideicomiso,hasta donde alcance el patrimonio fideicomitido,así como por los avisos y declaraciones que deban

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presentar los contribuyentes con quienes operen,en relación con dicho patrimonio;

IX. Los representantes de los contribuyentes que,para cubrir créditos fiscales, hayan librado chequessin tener fondos disponibles o que, teniéndolos,dispongan de ellos antes de que venza el plazo desu presentación;

X. Los servidores públicos municipales que aceptencheques en pago de créditos fiscales que nocumplan los requisitos a que se refiere el artículo43 de este ordenamiento;

XI. La persona o personas que tengan conferidala Dirección General, la Gerencia General o laAdministración Única, o cualquiera que sea elnombre con que se le designe, de las personasmorales, por las contribuciones causadas o noretenidas por las mismas durante su gestión, asícomo por las que debieron pagarse o enterarsedurante esta, en la parte del interés fiscal que noalcance a ser garantizada con los bienes de lapersona moral que dirigen.

Los representantes de personas físicas seránresponsables solidarios en los mismos términos aque se refiere esta fracción;

XII . Los socios o accionistas , respecto de lascontribuciones que se hubieran causado en relacióncon las actividades realizadas por la persona moral,cuando tenían tal calidad, en la parte del interésfiscal que no alcance a ser garantizada con losbienes de la misma, sin que la responsabilidadexceda de la participación que tenían en el capitalo patrimonio de la persona moral durante el periodoo a la fecha de que se trate;

XI I I . Los l iqu idadores o s índ icos , por l a scontribuciones que debieron pagar a cargo de lasociedad en liquidación o quiebra, así como deaquellas que se causaron durante su gestión;

XIV. Los representantes, sea cual fuere el nombrecon el que se les designe, de personas no residentesen el país, con cuya intervención éstas efectúenactividades por las que deban pagarse contribuciones,hasta por el monto de dichas contribuciones;

XV. Quienes ejerzan la patria potestad o tutela, por lascontribuciones a cargo de su representado;

XVI. Las sociedades escindidas, por las contribucionescausadas en relación con la transmisión de los

activos, pasivos y de capital transmitido por laescindente, así como por las contribucionescausadas por esta última con anterioridad a laescisión, sin que la responsabilidad exceda delvalor de capital de cada una de ellas al momento dela escisión;

XVII . Las soc iedades fus ionadas , por l a scontribuciones causadas en relación con la fusiónde los activos pasivos y de capital fusionado porla fusionante, así como por las contribucionescausadas por esta última con anterioridad a lafusión, sin que la responsabilidad exceda del valorde capital de cada una de ellas al momento de lafusión;

XVIII. Los propietarios o poseedores de bienesinmuebles, por el importe de los créditos fiscales acargo del propietario o poseedor anteriores, asícomo los propietarios de bienes inmuebles quehubiesen prometido en venta o hubieren vendidocon reserva de dominio;

XIX. El personal de la Tesorería que dolosamenteformule certificados de no adeudo con datos falsos;

XX. Las personas o comunidades que estén enposesión de tierras comunales o ejidales, y

XXI. Las demás personas que señalen las leyesfiscales.

La responsabilidad solidaria comprenderá la totalidadde los créditos fiscales, con excepción de las multas,por tanto, el fisco puede exigir de cualquiera de ellos,simultánea o separadamente, el cumplimiento de lasobligaciones fiscales. Lo dispuesto en este párrafo noi m p i d e q u e l o s r e s p o n s a b l e s s o l i d a r i o s s e a nsancionados por actos u omisiones propios.

Artículo 33. Para efectos fiscales se consideradomicilio fiscal:

I. Tratándose de personas físicas:

a) El que declaren a la autoridad fiscal.

b ) El lugar en que habi tua lmente rea l icenactividades o tengan bienes que den lugar aobligaciones fiscales, en todo lo que conciernea és tas .

c) Cuando real icen act ividades comerciales,indus t r ia les , de p res tac ión de se rv ic ios ,agrícolas, ganaderas o silvícolas, el local en

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que se encuentre el principal asiento de susnegocios o aquél que hubiesen señalado en elpadrón municipal de contribuyentes que lescorresponda.

d ) C u a n d o p r e s t e n s e r v i c i o s p e r s o n a l e sindependientes, el local que utilicen como basefija para el desempeño de sus actividades.

e) A falta de domicilio en términos indicados enlos incisos anteriores, el lugar en que se hubiererealizado el hecho generador de la obligaciónfiscal o, en su defecto, la casa en que habitenl o s c o n t r i b u y e n t e s o s u s r e s p o n s a b l e ssolidarios.

II. Tratándose de personas morales:

a) El manifestado a la autoridad fiscal.

b) El lugar en que esté ubicado el negocio o dondese encuentre establecida la administración delmismo.

c) Si existen varios establecimientos, aquél endonde se encuentre la administración principaldel negocio.

d) A falta de los anteriores, el lugar en que sehubiere realizado el hecho generador de laobligación fiscal.

III. Tratándose de personas físicas y morales residentesfuera del territorio del municipio y que realicenactividades gravadas en el mismo, el de surepresentante, y a falta de éste, el lugar en que sehaya realizado el hecho generador de la obligaciónfiscal, y

IV. Tratándose de personas físicas o morales sujetasa l p a g o d e c o n t r i b u c i o n e s a l a p r o p i e d a dinmobiliaria y sólo en caso de que no señalen sudomicilio fiscal, se considerará como tal el dela ubicación del inmueble que dé origen a laobligación fiscal.

Las personas domiciliadas fuera del municipio, quegeneren créditos fiscales a favor del erario municipal,deberán cumplir con las obl igaciones f iscalesestablecidas en las leyes fiscales del municipio.

Se considerará que hay cambio de domicilio fiscal,cuando el contribuyente lo establezca en lugar distintoa l q u e s e t i e n e m a n i f e s t a d o o c u a n d o d e b aconsiderarse un nuevo domicilio en los términos de

este código; en todo caso, el contribuyente tendrá laobligación de comunicar a la autoridad fiscal su nuevodomicilio, de no ser así y con independencia de lassanciones a que se hiciere acreedor, la autoridad fiscalpodrá válidamente efectuar la notificación en eldomicilio en que tenga su negociación.

El aviso de cambio de domicilio fiscal deberápresentarse a la Tesorería dentro de los treinta díassiguientes al en que tenga lugar la situación jurídicao de hecho que corresponda.

En caso de cambio de nomenclatura o numeraciónoficial, la autoridad fiscal actualizará los datoscorrespondientes, sin que el contribuyente debapresentar el aviso de cambio de domicilio fiscal.

Capítulo IIDel nacimiento y extinción de los créditos fiscales

Artículo 34. La obligación fiscal nace cuando serealizan las situaciones jurídicas o de hecho, previstasen las leyes fiscales vigentes durante el lapso en queocurran.

Las contribuciones se determinarán y liquidaránconforme a las disposiciones vigentes en el momentode su causación, pero le serán aplicables las normassobre procedimiento que se expidan con posterioridad.

Cualquier disposición previa, relativa al pago de uncrédito fiscal, que se oponga a lo previsto por las leyesfiscales, se tendrá como inexistente jurídicamente y,por tanto, no producirá efecto legal alguno.

Artículo 35. La determinación de los créditos fiscalescorresponde a los sujetos pasivos, salvo disposiciónexpresa en contrario.

Cuando las leyes establezcan que la determinacióndeba ser hecha por la autoridad fiscal, los sujetospasivos informarán a ésta de la realización de loshechos que hubieren dado nacimiento a la obligaciónfiscal y los que sean pertinentes para la liquidación delcrédito en los términos que establezca éste código y,en su defecto, por escrito, dentro de los quince díassiguientes al nacimiento de la obligación fiscal.

Los responsables so l idar ios proporc ionarán , asolicitud de las autoridades, la información que tengana su disposición.

Artículo 36. El crédito fiscal es la obligación de lamisma naturaleza determinada en cantidad líquida o enespecie, a favor del municipio o de sus organismos,

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derivada de contribuciones, de aprovechamientos ode sus accesorios, incluidos los que se deriven deresponsabilidades que el municipio tenga derecho aexigir de sus servidores públicos o de particulares,misma que deberá pagarse en la fecha o dentro delplazo señalado en las disposiciones de éste código.

A falta de señalamiento expreso, el pago se hará:

I. Si es a los sujetos pasivos o responsables solidariosa quienes corresponde determinar en cantidadlíquida la prestación, dentro de los quince díassiguientes a la fecha del nacimiento de la obligaciónfiscal;

II. Si es a las autoridades a las que correspondeformular la liquidación, dentro de los quince díassiguientes a la fecha en que haya surtido efecto lanotificación de la misma;

III. Si se trata de obligaciones derivadas de contratoso concesiones que no señalen fecha de pago, éstedeberá hacerse dentro de los quince días siguientesa la fecha de su celebración u otorgamiento;

IV. Si el crédito se determina mediante un convenio, enla fecha que éste señale, y

V. Tratándose de actos de fiscalización, dentro de losquince días siguientes a la fecha en que surtae fec tos l a no t i f i cac ión de l a l iqu idac ióncorrespondiente.

Artículo 37. El pago de los créditos fiscales y cualquieringreso en favor del municipio deberá hacerse enefectivo con moneda de curso legal, salvo los casosque éste mismo código autorice que se efectúen enespecie.

Los giros postales, telegráficos o bancarios y loscheques de cuenta personal del contribuyente seadmitirán salvo buen cobro.

El pago también podrá efectuarse por medio de chequescertificados o cheques de caja; tratándose de chequesno certificados de cuentas personales, de pago contarjetas de crédito y de transferencias de fondos decuentas bancarias de los contribuyentes, únicamentese aceptarán cuando lo autorice la Tesorería, a travésde reglas de carácter general. Queda prohibido a laautoridad fiscal recibir en pago cheques postdatados.

La Tesorer ía podrá autor izar expresamente laaceptación de otros instrumentos de pago.

Artículo 38. Para determinar las contribuciones seconsiderarán las fracciones del peso; para efectuar supago, el monto se ajustará para que las que contengancantidades que incluyan de uno hasta cincuentacentavos se ajusten a la unidad del peso inmediatoinferior, y las que contengan cantidades de cincuentay uno a noventa y nueve centavos, se ajusten a launidad del peso inmediato superior.

Para los efectos de este código, se entenderá porsalario mínimo el establecido como tal para el municipioen las disposiciones legales respectivas del ordenfederal.

Cuando no se cubra la contribución, producto oaprovechamiento en la fecha o época establecidas eneste código, y los mismos se fijen en salarios mínimos,el cobro se realizará conforme al vigente al momentodel pago.

Artículo 39. La falta de pago de un crédito fiscal en laf echa o den t ro de l p l azo e s t ab l ec ido en l a sdisposiciones respectivas determina que el créditosea exigible.

Las contribuciones o aprovechamientos cuyo pago sehaya omitido y que las autoridades fiscales determinencomo consecuencia del ejercicio de sus facultades decomprobación, así como de los demás créditos fiscales,deberán pagarse o garant izarse , junto con susaccesorios, dentro de los quince días siguientes aaquél en que haya surtido efectos su notificación.

Art í cu lo 40 . E l t esore ro , a so l ic i tud de loscontribuyentes, podrá autorizar que los pagos serealicen a plazos, ya sea en una sola exhibición o enp a r c i a l i d a d e s , l o s a d e u d o s q u e t e n g a n p o rcontribuciones o accesorios, para lo cual deberátratarse de adeudos de ejercicios fiscales anteriores ala fecha de la solicitud y la petición deberá hacerse porescrito.

La autorización que otorgue la autoridad fiscal nopodrá ser mayor de un plazo de veinticuatro meses.

La primera parcialidad a pagar, será el resultado dedividir el saldo del adeudo inicial a la fecha de laautorización, entre el número de parcial idadessolicitadas.

El saldo del adeudo inicial a la fecha de autorizaciónse integrará por la suma de:

a) El monto de las contribuciones omitidas;

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Primer Receso

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b) Las multas, y

c) Los accesorios distintos de las multas que tengaa su cargo el contribuyente.

Durante los plazos concedidos se causarán recargospor prórroga sobre el saldo insoluto, incluyendolos accesorios a la tasa que fije anualmente elCongreso.

El tesorero, al autorizar el pago a plazos previamentesolicitado, ya sea en forma diferida o en parcialidades,exigirá que se garantice el interés fiscal dentro de lostreinta días siguientes a la fecha en que se hubierenotificado la autorización.

El tesorero sólo autorizará el pago a plazos, diferidoso en parcialidades, de aquellas contribuciones quedebieron pagarse en ejercicios fiscales anteriores alen que se hizo la solicitud.

Artículo 41. Cesará la prórroga o la autorización parapagar en parcial idades y el crédito f iscal seráinmediatamente exigible cuando el deudor:

I. No entregue en el plazo establecido en este código,desaparezca o resulte insuficiente la garantía delinterés fiscal;

II. Sea declarado en quiebra o solicite su liquidaciónjudicial;

III. Deje de cubrir tres parcialidades sucesivas, o

IV. El deudor cambie de domicilio sin dar aviso dedicho cambio a la autoridad fiscal, dentro del plazode quince días.

Los contribuyentes que se encuentren en cualesquierade los supuestos mencionados no podrán solicitarnuevamente autorización por los mismos conceptosque fueron objeto del cese de prórroga.

En los supuestos a que se refiere este artículo, el saldoserá exigible inmedia tamente , por lo que lasautoridades fiscales lo requerirán y lo harán exigiblemediante el procedimiento administrativo de ejecución.

Artículo 42. Cuando no se cubran las contribucioneso los aprovechamientos en la fecha o dentro del plazoseñalado en las disposiciones respectivas, se pagaránrecargos por mora en concepto de indemnización alfisco municipal por falta de pago oportuno a la tasaque anualmente autorice el Congreso.

Los recargos por mora se causarán por cada mes ofracción de éste que transcurra, a partir del día en quedebió hacerse el pago y hasta que el mismo se efectúe.Dichos recargos se calcularán aplicando al monto delas contribuciones o de los aprovechamientos por elperiodo a que se refiere el párrafo anterior, la tasa queresulte de sumar las aplicables en cada año para cadauno de los meses transcurridos en el periodo de lacontribución o aprovechamiento de que se trate.

Los recargos se causarán sobre el total del créditof i sca l , exc luyendo los p rop ios recargos , l aindemnización por cheque no pagado a que se refiereel artículo siguiente, los gastos de ejecución y lasmultas por infracción a disposiciones fiscales.

Los recargos se causarán hasta por cinco años, salvoen los casos en los que no se haya extinguido porprescripción la facultad de la autoridad fiscal para elcobro de las contribuciones o aprovechamientoso m i t i d o s y s u s a c c e s o r i o s , d e a c u e r d o a l a sdisposiciones de este código.

Al garantizarse las obligaciones fiscales por terceros,los recargos se causarán sobre el monto de lo requeridoy hasta el límite de lo garantizado, cuando no se paguedentro del plazo legal.

Si el pago hubiera sido menor al que corresponda, losrecargos se computarán sobre la diferencia.

Si los recargos determinados por el contribuyente soninferiores a los que calcule la autoridad fiscal, éstaaceptará el pago y procederá a exigir el remanente.

Obtenida la autorización para pagar a plazos, ya sea enforma diferida o en parcialidades, se causarán recargospor prórroga por la parte diferida.

En caso de aprovechamientos , los recargos secalcularán, de conformidad con lo dispuesto en esteartículo, sobre el total del crédito fiscal, excluyendolos recargos, los gastos de ejecución y la indemnizaciónpor cheque no pagado.

Las autoridades fiscales no liberarán ni condonarán,total o parcialmente, el pago de las contribuciones yde los recargos correspondientes, salvo en los casosque prevé este mismo código.

Artículo 43. El cheque recibido por las autoridadesfiscales que sea librado en tiempo y no sea pagado,dará lugar al cobro del monto del cheque y a unaindemnización del 20% del valor de éste, así como a lacomisión bancaria que resulte de su devolución, sin

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perjuicio de que se tenga por no cumplida la obligaciónfiscal y se cobren los créditos, recargos y sancionesprocedentes por el falso pago.

La autoridad fiscal correspondiente requerirá allibrador del cheque para que, dentro del plazo de tresdías, efectúe el pago junto con la indemnización del20%, la comisión bancaria por cheque devuelto y losdemás accesorios, o bien, acredite fehacientemente,con las pruebas documentales procedentes, que realizóel pago o que éste no se efectuó por causas imputablesa la librada.

Transcurrido el plazo anteriormente señalado sin queel contribuyente o librador del cheque efectúe el pagoo d e m u e s t r e c u a l e s q u i e r a d e l o s s u p u e s t o smencionados, la autoridad fiscal requerirá y cobrará elmonto del cheque, la indemnización del 20% del valorde éste, la comisión bancaria por cheque devuelto, losrecargos y la multa, mediante el procedimientoadministrativo de ejecución, sin perjuicio de laresponsabilidad penal que en su caso procediere.

Artículo 44. Los pagos que se hagan se aplicarán a loscréditos más antiguos, siempre que se trate de lamisma contribución y antes del adeudo principal a losaccesorios, en el siguiente orden:

I. Gastos de ejecución;

II. Recargos;

III. Multas, y

IV. La indemnización y la comisión bancaria, relativasa cheques recibidos por la autoridad fiscal, nopagados y devueltos por instituciones bancarias.

Cuando se trate de contribuciones que se causenperiódicamente y se adeuden las correspondientes adiversos periodos, los pagos que se hayan realizadose aplicarán a cuenta de los adeudos que correspondana los periodos más antiguos, siempre que se trate dela misma contribución, si dichos pagos no cubren latotalidad del adeudo.

Cuando el contribuyente interponga algún medio dedefensa que impugne a lguno de los conceptosprevistos en las fracciones anteriores, el ordenseñalado no será aplicable respecto del conceptoimpugnado y garantizado.

Artículo 45. Los contribuyentes tendrán derecho aque se les compensen las can t idades pagadasindebidamente o en cantidad mayor a la debida contra

las que estén obligados a pagar o, en su caso, gestionary obtener la devolución de las mismas, conforme a lassiguientes reglas:

I. Cuando el pago de lo indebido, total o parcialmente,se hubiere efectuado en cumplimiento de resoluciónde autoridad que determine la existencia de uncrédito fiscal, lo fije en cantidad líquida o dé lasbases para su liquidación, el derecho a la devoluciónnace cuando dicha resolución hubiere quedadoinsubsistente;

II. Cuando se hubiere pagado en exceso algunacontribución, producto o aprovechamiento, elparticular podrá solicitar la devolución a su favor;

III. Tratándose de créditos fiscales cuyo importehubiere sido efectivamente retenido a los sujetospas ivos , e l de recho a l a devo luc ión só locorresponderá a éstos;

IV. Cuando e l cont r ibuyente haya pagado lascontribuciones en forma anual, semestral o encualquier otra forma en que se hayan pagadocontribuciones por adelantado y la ley que originódicha contribución dejase de tener vigenciadurante el periodo pagado por adelantado, elcontribuyente tendrá derecho a la devolución de lap a r t e p r o p o r c i o n a l q u e f u e p a g a d aanticipadamente, desde la fecha en que dejó detener vigencia la ley;

V. No procederá la devolución de cantidades pagadasindebidamente, cuando el crédito fiscal haya sidorecaudado por tercero, o repercutido o trasladadopor e l con t r ibuyente que h izo e l en te rocorrespondiente. Sin embargo, si la repercusión serealizó en forma expresa, mediante la indicación enel documento respectivo del monto del créditofiscal cargado, el tercero que hubiere sufrido larepercusión tendrá el derecho a la devolución, y

VI. En los casos no previstos en las fraccionesanteriores, tendrán derecho a la devolución de lopagado i ndeb idamen te , qu i enes hub i e r enefectuado el entero respectivo.

Artículo 46. Para que se haga la devolución decantidades pagadas indebidamente o se efectúendevoluciones de saldos en favor del contribuyente,será necesario:

I. Que el sujeto pasivo solicite la devolución en formaescrita ante la Tesorería;

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II. Que el sujeto pasivo acompañe en forma completalos documentos que comprueben la procedenciade la devolución a satisfacción de la autoridadfiscal;

III. Que no haya créditos fiscales exigibles a su cargo,porque de haberlos, cualquier excedente se aplicaráen cuenta;

IV. Que se dicte acuerdo de la Tesorería o que existaresolución firme de autoridad competente que asílo ordene;

V. Que el derecho para reclamar la devolución no sehaya extinguido, y

VI. Que si se trata de ingresos correspondientes aejercicios fiscales anteriores, exista partida paraes te t ipo de erogaciones en e l presupues torespectivo y saldo disponible. Si no existiere dichapartida o fuere insuficiente, el tesorero municipalp romove rá que s e au to r i ce e l ga s to en e lpresupuesto.

Cuando se sol ic i te la devolución y s i és ta esprocedente, se efectuará dentro de un plazo de cuarentay cinco días hábiles, contado a partir de la fecha en quese presentó la solicitud por el interesado.

Si dentro de dicho plazo y siendo procedente ladevolución, ésta no se efectúa, el fisco municipalpagará intereses a la tasa de recargos por mora que fijeanualmente el Congreso, para créditos fiscales porfalta de pago puntual, por cada mes o fracción de mesque se retarde el pago, computados desde que seconstituya en mora hasta la fecha en que se devuelvala cantidad respectiva.

Artículo 47. La compensación entre particulares y elfisco municipal, podrá ser realizada respecto decualquier clase de contribuciones, aprovechamientos,créditos o deudas, si unos y otros son líquidos.

Artículo 48. Las contribuciones, aprovechamientos,créditos y deudas del fisco municipal, únicamentepodrán compensa r se cuando p rovengan de l aaplicación de las disposiciones de este código y sesatisfagan los requisitos que para esta forma deextinción señala el derecho común.

La compensación será autorizada por el tesoreroMunicipal, a petición del interesado.

La misma autoridad fiscal, al tener conocimiento deque se han sa t i s f echo lo s r equ i s i t o s pa ra l a

compensación, podrá autorizarla mediante resoluciónparticular.

Artículo 49. El derecho de los particulares a lacompensación o devolución de las cantidades pagadasindebidamente o en cantidad mayor a la debida,prescribe en los mismos términos que el crédito fiscal.

Artículo 50. La cancelación de créditos fiscales en lascuentas públicas, por incosteabilidad en el cobro opor insolvencia del sujeto pasivo o de los responsablessolidarios, no libera, mientras no prescriba el créditofiscal, a uno y a otros de su obligación. Procederá lacancelación de los créditos fiscales cuando:

I. Resulte imposible localizar al contribuyente oresponsables solidarios y ni uno, ni los otros,cuenten con bienes sobre los cuales se puedatrabar embargo;

II. Por insolvencia de los deudores, y

III. Por incosteabilidad en el cobro.

Las disposiciones reglamentarias que expida elAyuntamiento deberán indicar los requisitos que habráde observar la autoridad fiscal para la cancelación decréditos fiscales a que se refiere este artículo.

Artículo 51. Las facultades de las autoridades paradeterminar la existencia de obligaciones fiscales,señalar las bases de su liquidación o fijarlas en cantidadlíquida, para imponer sanciones por infracciones a lasdisposiciones fiscales, así como las facultades paraverificar el cumplimiento o incumplimiento de dichasdisposiciones, se extinguen por caducidad en el términode cinco años, no sujeta a interrupción ni suspensión.Dicho término empezará a correr a partir:

I. Del día siguiente a aquél en que hubiere vencidoel plazo establecido por las disposiciones fiscalespara presentar declaraciones, manifestaciones oavisos;

II. Del día siguiente a aquél en que se produjo el hechogenerador del crédito f iscal , s i no exist ieraob l igac ión de p re sen ta r dec l a rac iones ,manifestaciones o avisos, y

III. Del día siguiente a aquél en que se hubiere cometidola in f racc ión a l a s d i spos ic iones f i sca lesmunicipales, pero si la infracción fuere de caráctercontinuo, el término correrá a partir del día siguienteal en que hubiere cesado la continuidad.

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Segundo Año de Ejercicio Constitucional

Artículo 52. La facultad de las autoridades para cobrarun crédito fiscal se extingue por prescripción en eltérmino de cinco años.

El término de la prescripción se inicia a partir de lafecha en que el pago debió ser legalmente exigido y sepodrá opone r como excepc ión e l r ecu r soadministrativo.

El término para que opere la prescripción se interrumpecon cada gestión de cobro que la autoridad fiscalnotifique o haga saber al sujeto pasivo, o por elconocimiento expreso o tácito de éste, respecto de laexistencia del crédito. Se considera gestión de cobro,cualquier actuación de la autoridad fiscal dentro delprocedimiento administrativo de ejecución, siempreque se haga del conocimiento del sujeto pasivo.

Los particulares podrán solicitar a la autoridad fiscal,con las formalidades a que se refiere el Códigode Procedimientos Administrativos, la declaratoria deque ha operado la prescripción de los créditos fiscales.

Capítulo IIIDe la garantía de los créditos fiscales

Artículo 53. Los contribuyentes podrán garantizar elinterés fiscal mediante alguna de las siguientes formas:

I. Depósito en efectivo en la Tesorería;

II. Prenda o hipoteca debidamente liberada;

III. Fianza otorgada por institución afianzadoraautorizada, la que no gozará de los beneficios deorden y excusión;

IV. Obligación solidaria asumida por tercero quecompruebe su idoneidad y solvencia suficiente ajuicio de la autoridad fiscal, o

V. Embargo en la vía administrativa.

La garantía deberá comprender, además de lascontribuciones adeudadas, los accesorios causados,así como los que se causen en los doce mesessiguientes a su otorgamiento. Al terminar este periodoy en tanto no se cubra el crédito, deberá renovarse yampliarse la garantía que cubra el crédito garantizadoy el importe de los recargos correspondientes a lospróximos doce meses.

La Tesorería vigilará que sean garantizadas lasprestaciones a favor de la hacienda municipal ,conforme a las disposiciones legales en vigor. El

tesorero establecerá los requisitos que deberán reunirlas garantías, hará la calificación correspondientede las que se ofrezcan, vigilando periódicamente, ocuando lo estime oportuno, que tales garantíasconserven su eficacia y, en caso contrario, exigirá suampliación o procederá a tomar las medidas necesariaspara asegurar los intereses del fisco.

Se podrá dispensar el otorgamiento de la garantía delinterés fiscal, mediante acuerdo que emita la Comisiónde Hacienda y Patrimonio Municipal, cuando enrelación con el monto del crédito respectivo, seanotoria la insuficiencia de la capacidad económica deldeudor.

Las garantías para asegurar el interés fiscal a que serefieren las fracciones II, IV y V, se harán efectivas através del procedimiento administrativo de ejecución.

Artículo 54. Procede garantizar el interés fiscal,cuando:

I . Se sol ic i te la suspensión del procedimientoadministrativo de ejecución, en términos del códigode la materia;

II. Se solicite prórroga para el pago de los créditosfiscales o para que los mismos sean cubiertos enparcialidades, si dichas facilidades se concedenindividualmente, y

III. En los demás casos que señalen este ordenamiento.

No se otorgará garant ía respecto de gastos deejecución, salvo que el interés fiscal esté constituidoúnicamente por éstos.

Artículo 55. Las garantías constituidas para asegurarel interés fiscal a que se refiere el artículo anterior, seha rán e f ec t i va s a t r avés de l p roced imien toadministrativo de ejecución.

Artículo 56. Tratándose de fianza a favor de laTeso re r í a , e s t a dependenc ia e j e rce rá lo sprocedimientos establecidos en la legislación federalaplicable.

Artículo 57. Las pólizas de fianza que se otorguenante la Tesorería para garantizar obligaciones fiscalesa cargo de terceros establecerán, en su texto, losiguiente:

I. Deberá ser expedida por una institución nacionalautorizada para ello, a favor del municipio;

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Primer Receso

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II. La póliza de fianza contendrá el nombre completode la persona física o moral fiada, el importe de lapóliza y su vigencia, la mención expresa de que segarantiza el debido cumplimiento de las obligacionesfiscales que correspondan al fiado, así como todosy cada uno de sus accesorios legales;

III. De igual forma, la póliza tendrá que expresar laanuencia de la compañía afianzadora para pagarhasta el importe total de la suma afianzada, en casode que se actualice el incumplimiento de su fiado a lasobligaciones fiscales adquiridas ante la Tesorería, sinreservarse los beneficios de orden y excusión, y

IV. La afianzadora aceptará expresamente someterse alos procedimientos de ejecución reservados parafianzas que garantizan obligaciones fiscales, ycontendrá la aceptación de la afianzadora paraseguir garantizando las obligaciones adquiridaspor su fiado, aun cuando la Tesorería le otorgueprórrogas o esperas, sin necesidad de aviso porescrito.

La fianza solamente podrá cancelarse medianteautorización escrita de la Tesorería.

Artículo 58. Para que se conceda la suspensióndel procedimiento administrativo de ejecución, elcontribuyente o interesado deberá impugnar el créditofiscal mediante el recurso de revocación o el juiciocontencioso, garantizar el interés fiscal en cualquierade las formas previstas por este código y solicitar porescrito dicha suspensión ante la autoridad fiscal.

Cuando en e l r ecurso de revocac ión o ju ic iocontencioso se impugnen únicamente algunos de loscréditos determinados por el acto administrativo, cuyaejecución haya sido suspendida, se pagarán loscréditos fiscales no impugnados con los recargoscorrespondientes.

Si se controvierten sólo determinados conceptos de laresolución administrativa que determinó el créditofiscal, el particular pagará la parte consentida delcrédito y los recargos correspondientes, mediantedeclaración complementaria y garantizará la partecontrovertida y sus recargos.

En el supuesto del párrafo anterior, si el particular nopresenta declaración complementaria, la autoridadexigirá la cantidad que corresponda a la parteconsentida, sin necesidad de emitir otra resolución. Sise confirma en forma definitiva la validez de laresolución impugnada, la autoridad procederá a exigirla diferencia no cubierta, con los recargos causados.

Artículo 59. La autoridad fiscal no exigirá garantíaadicional si en el procedimiento administrativo deejecución ya se hubieran embargado bienes suficientespara garan t iza r e l in te rés f i sca l o cuando e lcontribuyente declare, bajo protesta de decir verdad,que son los únicos que posee. En caso de que laautoridad compruebe, por cualquier medio, que estadeclaración es falsa podrá exigir garantía adicional,sin perjuicio de las sanciones que correspondan.

Artículo 60. La cancelación de las garantías otorgadasa favor del fisco municipal en los términos de estecódigo, procederá en los siguientes casos:

I. Cuando se otorgue una nueva garantía que sustituyaa otra, previa su calificación por parte de lasautoridades fiscales;

II. Cuando se cubra la totalidad del crédito fiscalgarantizado, a satisfacción de la autoridadf i sca l y se emi ta e l comprobante de pagocorrespondiente, y

III. Cuando, en definitiva, quede sin efecto la resoluciónque dio origen al otorgamiento de la garantía.

Para que proceda la cancelación de la garantía, elinteresado presentará solicitud por escrito ante laTeso re r í a , a compañando l o s documen tos quedemuestren la procedencia de la cancelación, deconformidad con lo previsto en el presente código.

Procederá la cancelación, por parte de la autoridad,aun cuando no medie solicitud del particular, enaquellos casos en que, de las constancias que obrenen los archivos en su poder, se desprenda que se handado uno o varios de los supuestos señalados en elpresente artículo.

Cuando con motivo de la garantía otorgada se hayaprocedido a su inscripción en el Registro Público dela Propiedad y del Comercio, una vez hecha lacancelación de la misma se comunicará ese acto a laoficina registral.

Título TerceroDe los derechos y obligaciones de los

contribuyentes y de las atribuciones de lasautoridades fiscales municipales

Capítulo IDe los derechos y obligaciones de los contribuyentes

Artículo 61. Son obligaciones de los contribuyentes:

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Segundo Año de Ejercicio Constitucional

I . Inscr ib i rse en e l padrón municipal que lescorresponda, dentro de los quince días siguientesa aquél en que se realice la situación jurídica o dehecho de la cual se deriven obligaciones fiscalesmunicipales y durante el mes de enero de cadaejercicio para los refrendos ante la Tesorería;

II. Señalar domicilio fiscal en el municipio que lescorresponda y, en su caso, domicilio para recibirnotificaciones;

III. Pagar los créditos fiscales en los términos quedispongan las leyes fiscales municipales;

IV. Presentar los avisos, declaraciones y cualquierotro documento de naturaleza análoga que disponganlas leyes fiscales municipales, en las formasoficiales autorizadas por la Tesorería, o bien, previaautorización de la misma dependencia, con losrequisitos que señalan las leyes fiscales municipales;

V. Firmar todos los documentos dirigidos a lasautoridades fiscales municipales;

VI. Mantener actualizados los documentos de controly cumplimiento de las obligaciones fiscales, quedeberán ser proporcionados a la autoridad fiscalcuando sean requeridos;

VII. Conservar toda la documentación fiscal o larelacionada con ésta, así como los elementoscontables y comprobatorios del cumplimiento delas obligaciones en dicha materia, en el domiciliofiscal ubicado en el municipio, durante un términono menor de cinco años;

VIII. Proporcionar a las autoridades fiscales los datoso informes que les soliciten, dentro del plazo fijadopara ello;

IX. Mostrar, a solicitud de la autoridad municipal, lacédula de empadronamiento, las licencias, permisoso autor izaciones or iginales , as í como otrosdocumentos diversos de la misma naturaleza de losanteriores que les sean requeridos;

X. Devolver para su cancelación la cédula odocumento de empadronamiento en caso declausura, cambio de giro, de nombre o razón social,de domicilio o traspaso, en el momento en quedichas circunstancias sean comunicadas a laautoridad municipal;

XI. Dar aviso a la Tesorería, en el término de treintadías hábiles posteriores, respecto del cese de

actividades o de funcionamiento definitivo de sunegociación, para su anotación correspondienteen el padrón fiscal del municipio;

XII. Liquidar, retener y enterar ingresos municipales,en los casos previstos en las leyes fiscales, y

XIII. Las demás que dispongan las leyes, reglamentosy ordenamientos aplicables.

Artículo 62. Toda persona física o moral que, conformea las leyes, esté en el ejercicio de sus derechos civiles,puede comparecer ante las autoridades fiscales, yasea por sí o por quien legalmente la represente.

La autoridad fiscal recibirá las declaraciones, avisos,solicitudes, manifiestos y demás documentos tal ycomo se exhiban , s in hacer observac iones , n iobjeciones y devolverá copia sellada y comprobantede pago, en su caso, a quien lo presente.

Además de los casos que señalen las leyes fiscales yel Código de Procedimientos Administrativos para elestado de Veracruz-Llave, se podrá rechazar lapresentación cuando no contenga o se anote de maneraincorrecta el nombre del contribuyente; el número decuenta y de licencia, o cualquier otro que lo identifiqueen los registros municipales de la contribución de quese t ra te ; su domic i l io f i sca l ; o no aparezcandebidamente firmados; no se acompañen los anexos;o, tratándose de declaraciones, éstas contenganerrores aritméticos. En este último caso, la autoridadfiscal podrá cobrar las contribuciones que resulten decorregir los errores aritméticos y sus accesorios.

En los casos en que las formas para la presentación deavisos, declaraciones, manifestaciones y cualquierot ra de natura leza análoga que prevengan lasdisposiciones fiscales no se hubieren aprobado yp u b l i c a d o p o r l a T e s o r e r í a , l o s o b l i g a d o s apresentarlas, las formularán en escrito por triplicado,incluyendo los datos señalados en el artículo siguiente.En caso de que se trate de la obligación de pago, sedeberá señalar además el monto del mismo.

En los casos de aquellas personas que se encuentrenincapacitadas, las concursadas, las ausentes, y en elde las sucesiones, comparecerán sus representanteslegales.

Artículo 63. Las instancias o peticiones que seformulen a las autoridades fiscales se resolverán en eltérmino que la ley fija o, a falta de término establecido,en cuarenta y cinco días hábiles.

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Primer Receso

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Dicho plazo comenzará a partir del día siguiente aaquél en que el contribuyente haya presentado supromoción debidamente requisitada o haya dadocumplimiento al requerimiento al que se refiere elúltimo párrafo del artículo que antecede.

En materia fiscal, el silencio de las autoridadesfiscales no se considerará como afirmativa ficta delas solicitudes, y dará lugar a la interposición de losrecursos legales procedentes cuando no se dérespuesta en el término que corresponda.

Artículo 64. Las autoridades fiscales sólo estánobligadas a contestar, en los términos del código dela materia, las consultas que sobre situaciones realesy concretas le formulen por escrito e individualmentelos interesados.

Artículo 65. Los sujetos pasivos y los retenedoresdarán aviso a la Tesorería cuando ocurran lossiguientes cambios:

I. De domicilio;

I I . De razón o denominación socia l , a la queacompañarán copia de la escritura correspondiente;

III. De sus actividades, cuando aumenten o disminuyansus obligaciones fiscales;

IV. De traspaso de la negociación, clausura definitivao suspensión de operaciones, y

V. En los casos de fusión o escisión.

Los sujetos pasivos y los retenedores a que se refiereeste artículo citarán el número de registro que les seaasignado por la Tesorería en las declaraciones,manifestaciones, promociones, solicitudes o gestiónque realicen ante la autoridad fiscal competente.Cuando la autoridad fiscal ordene su verificación,exhibirán el documento que acredite su inscripción alcitado registro.

Capítulo IIDe las atribuciones de las autoridades

fiscales municipales

Artículo 66. Son facultades de las autoridades fiscales,entre otras:

I. Proporcionar orientación y asistencia gratuita a loscontribuyentes, con respecto a las disposicionesfiscales de su competencia;

II. Contestar las consultas que sobre situaciones realesy c o n c r e t a s l e h a g a n l o s i n t e r e s a d o sindividualmente. De su resolución favorable sederivarán derechos para el particular, en los casosen que la consulta se haya referido a circunstanciasreales y concretas y la resolución se haya emitidomediante escrito de la autoridad competente paraello;

III. Expedir circulares para dar a conocer a las diversasdependencias o unidades administrativas el criterioque deberán seguir en cuanto a la aplicación de lasnormas tributarias. De dichas circulares no naceránobligaciones ni derechos para los particulares.Únicamente se derivarán derechos de las mismascuando sean publicadas en la Gaceta Oficial ;

IV. Solicitar el auxilio de la fuerza pública cuando loscontribuyentes, responsables solidarios o terceroscon ellos relacionados, se opongan u obstaculicenel ejercicio de las facultades de las autoridadesfiscales, así como imponer sanciones que señaleneste código y los demás ordenamientos fiscales;

V. Expedir los oficios de designación, credenciales oconstancias de identificación del personal que seautorice para la práctica de notificaciones, visitasdomiciliarias, auditorías, inspecciones, vigilancia,verificaciones, requerimientos y demás actos ques e d e r i v e n d e l a s d i s p o s i c i o n e s f i s c a l e smunicipales;

VI. Reconocer la anulabilidad, declarar la nulidad orevocar de oficio los actos administrativos quesean emitidos en contravención a las disposicioneslegales aplicables;

VII. Contestar las demandas e intervenir como parte enlos juicios que se susciten con motivo del ejerciciode las facultades conferidas en este ordenamientoal ayuntamiento;

VIII. Designar a los abogados de su adscripción conel carácter de delegados o autorizados para oíry r e c i b i r n o t i f i c a c i o n e s e n s u n o m b r e yrepresentación en los juicios en que intervenga;

IX. Emitir o en su caso ordenar la publicación de losedic tos que procedan en los asuntos de sucompetencia;

X. Elaborar, integrar y mantener actualizados lospadrones de contribuyentes, así como los demásregistros que establezcan las leyes fiscales;

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Segundo Año de Ejercicio Constitucional

XI. Expedir los escritos de designación de losnotificadores ejecutores que estarán adscritos enla Tesorería y llevar el control de las plantillas denotificadotes, y

XII. Determinar mediante resolución la responsabilidadsolidaria.

Artículo 67. Las autoridades fiscales notificarán losactos administrativos, mismos que tendrán, por lomenos, los requisitos siguientes:

I. Constar por escrito;

II. Señalar la autoridad que lo emite;

III. Estar fundado y motivado y expresar la resolución,objeto o propósito de que se trate, y

IV. Ostentar la firma del funcionario competente y, ensu caso, el nombre o nombres de las personas a lasque vaya dirigido. Cuando se ignore el nombre dela persona a la que va dirigido se señalarán losdatos suficientes que permitan su identificación.

Si se trata de resoluciones administrativas quedeterminen la responsabilidad solidaria, se señalará,además, la causa legal de la responsabilidad.

Artículo 68. El ayuntamiento podrá condonar o reducirlos créditos fiscales municipales, cuando por causade algún siniestro se afecte la situación económica dealguna región del territorio municipal. Lo anterior,previa declaratoria de desastre por parte de la autoridadcompetente.

Para efectos del párrafo anterior, el ayuntamientodictará mediante disposiciones casuíst icas , lascont r ibuciones , productos o aprovechamientosmateria de la condonación o reducción, señalando lasregiones del municipio en las que se disfrutará de lamisma.

Artículo 69. Cuando la situación económica de loscontribuyentes sea insuficiente para cubrir en sutotalidad los créditos fiscales que adeuden, el tesoreropodrá conceder prórrogas para el pago de créditosfiscales que no podrán exceder de seis meses, pero sia juicio del propio tesorero se trata de créditos fiscalescuantiosos o situaciones excepcionales, podrá ampliarel plazo hasta por seis meses más; dicho plazo, enningún caso, podrá rebasar el periodo constitucionaldel ayuntamiento. El tesorero fijará el monto de lagarantía que deberá otorgar el deudor de la prestaciónfiscal, en su caso.

Artículo 70. Las autoridades fiscales, a f in dedeterminar la existencia del crédito fiscal, dar las basesde su l iquidación, f i jar lo en cant idad l íquida,cerciorarse del cumplimiento a las disposicionesfiscales y comprobar la comisión de infracciones adichas disposiciones, estarán facultadas para realizarconjunta o separadamente, los siguientes actos:

I. Revisar las bases de datos y los padrones fiscales;

II. Autorizar la verificación o comprobación delcumplimiento de las obligaciones fiscales de loscontribuyentes, responsables solidarios y tercerosre lac ionados con e l los , conforme a l a sdisposiciones fiscales;

III. Revisar las declaraciones de los contribuyentes,responsables solidarios y demás obligados, asícomo comprobar e l cumpl imien to de susobl igac iones , de conformidad con lasdisposiciones fiscales municipales;

IV. Determinar y ordenar el cobro a los contribuyentes,responsables solidarios y demás obligados, delas diferencias por errores aritméticos en lasdeclaraciones y por el pago en parcialidades delas contribuciones, tanto de las derivadas de laaplicación de disposiciones fiscales;

V. Calificar para su aceptación, las garantías del interésfiscal que deban ser otorgadas en favor delayuntamiento. hacerlas efectivas y resolver sobrela dispensa o el otorgamiento de las mismas; vigilarque sean suficientes y exigir su ampliación, asícomo ordenar el secuestro de otros bienes;

VI . Prac t icar v is i tas en e l domici l io f i sca l odependencias de los sujetos pasivos, de losresponsables solidarios o de los terceros relacionadoscon ellos; revisar sus bienes, mercancías y, engeneral, la documentación que tenga relación conlas obligaciones fiscales y, en su caso, asegurarlos,dejando en calidad de depositario al visitado, previoinventario que al efecto se formule;

VII . Pract icar v is i tas en e l domici l io f i scal onegociaciones de los sujetos pasivos, con el fin deverificar el cumplimiento de obligaciones fiscalesderivadas de diversas disposiciones legales yreglamentarias, así como de la presentación dedocumentos e informes re lacionados con elcumplimiento de las obligaciones fiscales, deconformidad con el procedimiento previsto enCódigo de Procedimientos Administrativos para elestado de Veracruz-Llave;

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VIII. Proceder a la inspección, verificación física,clasificación, valuación o comprobación detoda clase de bienes;

IX. Solicitar de los sujetos pasivos, responsablessolidarios o terceros con ellos relacionados, todaclase de datos, documentos e informes relacionadoscon el cumplimiento de las disposiciones fiscales;

X. Recabar de los servidores públicos y fedatarios losinformes y datos que posean con motivo de susfunciones;

XI. Hacer las inspecciones y verificaciones de loslugares, inmuebles, bienes o mercancías, en laforma que para el control de las obligacionesfiscales determine la Tesorería, de conformidadcon el Código de Procedimientos Administrativospara el estado de Veracruz-Llave;

XII. Ordenar la clausura provisional o definitiva deestablecimientos comerciales por incumplimientoo infracción a las disposiciones fiscales;

XIII. Practicar avalúos de bienes inmuebles, de acuerdoa la legislación aplicable;

XIV. Designar personal que supervise y verifique eln ú m e r o d e p e r s o n a s q u e i n g r e s e n a l a sespectáculos públicos, así como los ingresos queperciban;

XV. Autorizar y verificar el manejo de los boletos odocumentos que otorguen el derecho de admisióna una diversión o espectáculo público;

XVI. Designar personal para presenciar la celebraciónde loterías, rifas, sorteos, concursos, juegos conapuestas y apuestas permitidas de toda clase yverificar los ingresos que se perciban;

XVII. Ordenar la práctica de la notificación delos actos relacionados con el ejercicio de lasfacultades de comprobación, así como las resolucionesque determinen crédi tos f iscales , c i tatorios,requerimientos, solicitud de informes y los demásactos administrativos que se generen con motivode sus facultades de comprobación del cumplimientode las disposiciones fiscales municipales;

XVIII. Rectificar los errores aritméticos que aparezcanen las declaraciones, manifestaciones o avalúos;

XIX. Ordenar la práctica de embargo precautorio paraasegurar el interés fiscal cuando, a su juicio, hubiera

peligro de que el obligado se ausente o realice laenajenación de bienes o cualquier maniobratenden te a evad i r e l cumpl imien to de l a sobligaciones fiscales, así como levantarlo cuandoproceda;

XX. Allegarse de las pruebas necesarias para presentardenuncia ante el Ministerio Público, sobre laposible comisión de delitos fiscales o, en su caso,para formular la querella respectiva, y

XXI. Cuando los sujetos pasivos, los responsablessolidarios o terceros con ellos relacionados, seopongan u obstacul icen e l e jerc ic io de lasfacultades de comprobación de las autoridadesfiscales, éstas podrán indistintamente:

a) Imponer la multa que corresponda en lostérminos de este código;

b) Solicitar el auxilio de la fuerza pública, y

c) Solicitar a la autoridad correspondiente que seproceda por desobediencia a un mandatolegítimo de autoridad fiscal competente.

Las facultades señaladas en las fracciones VI, VIII, XI,XIV, XV y XVI de este artículo, se podrán llevar acabo en los lugares donde se encuentren losinmuebles, tratándose de contribuciones relacionadascon los mismos, o en el lugar donde se presenten lasdiversiones o espectáculos públicos o se celebrenloter ías , r i fas , sor teos , concursos , juegos conapuestas y apuestas permitidas de toda clase.

Artículo 71. Las visitas domiciliarias deberáncumplir con las formalidades que señala el Códigode Procedimientos Administrativos para el estado deVeracruz-Llave.

Art ícu lo 72 . Las au to r idades f i sca le s podrándeterminar presuntivamente la base gravable de lascontribuciones a cargo de los sujetos pasivos, cuando:

I. Se resistan u obstaculicen por cualquier medio, lainiciación o desarrollo de las visitas domiciliarias,o se nieguen a recibir la orden respectiva;

II. No proporcionen la documentación, informes odatos que les soliciten, o los presenten alterados,falsificados o existan vicios o irregularidades enlos mismos;

III. No tengan la documentación a que estén obligadoso no la conserven en su domicilio;

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IV. La información que se obtenga de terceros pongade manifiesto discrepancias con sus datos oinformes manifestados o declarados;

V. No manifiesten a la autoridad fiscal, en las formasy plazos establecidos, que se ha modificado elvalor de un inmueble, se transmitió la propiedad oposesión del mismo, variaron sus característicasfísicas, o se realizó cualquier otro hecho que seare levan te pa ra l a de te rminac ión de l a scontribuciones relacionadas con éstos;

VI. Nieguen u obstaculicen, por cualquier medio, elacceso a los lugares en donde se presenten losespectáculos públicos o se celebren loterías, rifas,so r t eo s , concu r sos , j uegos con apues t a s yapuestas permitidas de toda clase, al personaldesignado por las autor idades f iscales paraverificar el cumplimiento de las obligaciones delcontribuyente;

VII. Nieguen u obstaculicen el acceso a los predios,inmuebles e instalaciones al personal designadopor las autoridades fiscales para la práctica deavalúos de los mismos. Se considerará que haynegativa u obstaculización, cuando habiéndoseavisado al propietario o poseedor la fecha y horade la diligencia por medio de citatorio entregadopor lo menos con tres días de anticipación, ésta nopueda realizarse por causas imputables a dichopropietario o poseedor;

VIII. No obstante tener la obligación de contar conel permiso o autorización de la autoridadmunicipal competente, realicen u organicen actoso eventos con omisión de los requisitos legalesestablecidos, y

IX. Caigan en cualquier otro supuesto que señale elCódigo de Procedimientos Administrativos parael estado de Veracruz-Llave.

Artículo 73. Para los efectos de la determinaciónpresuntiva a que se refiere el artículo anterior, lasautoridades fiscales procederán de la manera siguiente:

I. Tratándose de diversiones o espectáculos públicos,el número total de localidades; y asientos, lugareso foro con que cuente el local en donde se desarrollóel espectáculo público, se multiplicará por el preciode la localidad más alta que para dicho espectáculose hubiere dado, y el resultado obtenido seráconsiderado como base gravable, la cual noserá objeto de deducción o reducción alguna;

II. Tratándose de loterías, rifas, sorteos, concursos,juegos con apuestas y apuestas permitidas de todaclase, el número total de boletos o billetes departicipación emitidos se multiplicará por el preciode venta de los mismos y el resultado obtenidoserá considerado como base gravable, la cualno será objeto de deducción o reducción alguna;si no se contare con los elementos suficientes parareal izar e l procedimiento antes descr i to , seconsiderará como base gravable el triple del valorque en la publicidad o boletos correspondientes sele haya asignado al o a los premios a otorgar, y

III. Tratándose de contribuciones relacionadas conbienes inmuebles, la autoridad fiscal procederá adeterminar el valor de dichos bienes, de acuerdocon lo previsto en la Ley de Catastro del estado deVeracruz-Llave, para el caso de oposición de lospropietarios, poseedores o detentadores de predios,a la práctica de las operaciones catastrales de valuación.

Todo es to s in per ju ic io de las formal idades yfacultades de las autoridades fiscales que señalael Código de Procedimientos Administrativos para elestado de Veracruz-Llave.

Artículo 74. Para la comprobación del pago y de labase gravable de las contribuciones, salvo prueba encontrario, se presumirán los supuestos a que se refiereel Código de Procedimientos Administrativos para elestado de Veracruz-Llave.

Artículo 75. Los servidores públicos que, en elejercicio de sus funciones, conozcan de acciones uomisiones que puedan entrañar infracción a lasdisposiciones fiscales, las comunicarán a la autoridadfiscal dentro de los cinco días siguientes a la fecha enque t engan conoc imien to de t a l e s acc iones uomisiones.

Artículo 76. Los servidores públicos que intervenganen los diversos trámites relativos a la aplicación de lasdisposiciones tributarias estarán obligados a guardarabsoluta reserva en lo concerniente a las declaracionesy datos suministrados por los contribuyentes o porterceros con ellos relacionados. Dicha reserva nocomprenderá los casos que señalen las disposicionesfiscales y aquellos en que deban suministrarse datosa los funcionarios encargados de la administración yde la defensa de los intereses fiscales o municipales,y a las autoridades judiciales cuando la ley impone talobligación.

Artículo 77. Los ac tos y reso luc iones de l asautoridades fiscales se presumirán legales. Sin

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embargo, dichas autoridades deberán probar loshechos que los motiven, cuando el afectado los nieguelisa y llanamente, a menos que la negativa implique laafirmación de otro hecho.

Título CuartoDe las infracciones y sanciones fiscales

Capítulo IDe las infracciones

Artículo 78. Corresponde a las autoridades fiscalesdeclarar que una acción o una omisión constituye unainfracción a las disposiciones fiscales.

Artículo 79. La aplicación de multas, por infracción alas disposiciones fiscales, se hará independientementede que se exi ja el pago de las contr ibucionesrespectivas y sus demás accesorios, así como de laspenas que impongan las autoridades judiciales cuandose incurra en responsabilidad penal.

Artículo 80. Son responsables en la comisión de lasinfracciones previstas en este código, las personasque se encuentren en las hipótesis normativas de estecapítulo. Se consideran como tales las que omitan elcumplimiento de obligaciones previstas por lasdisposiciones fiscales.

Artículo 81. Se libera de la obligación establecida enel artículo 75 a los siguientes servidores públicos:

I. Aquellos que, de conformidad con otras leyes,tengan obligación de guardar reserva acerca de losdatos o información que conozcan con motivo desus funciones, y

II. Los que participen en tareas de asistencia alcontribuyente previstas por las disposicionesfiscales.

Artículo 82. No se impondrán multas cuando secumplan en forma espontánea las obligaciones fiscalesfuera de los plazos señalados por las disposiciones deesa naturaleza o cuando se haya incurrido en infraccióna causa de fuerza mayor o de caso fortuito por hechosajenos a la voluntad del infractor, circunstancia queéste deberá probar a satisfacción de las autoridades.

Se considerará que el cumplimiento no es espontáneoen el caso de que:

I. La omisión sea descubierta por las autoridadesfiscales, y

II. La omisión haya sido corregida por el contribuyentedespués de que las autoridades fiscales hubierennotificado una orden de visita domiciliaria, o hayamediado requerimiento o cualquier otra gestiónnotificada por las mismas, tendientes a la comprobacióndel cumplimiento de disposiciones fiscales.

Artículo 83. Siempre que se omita el pago de unacontribución cuya determinación corresponda a losservidores públicos municipales, a los notarios ocorredores titulados, los accesorios serán a cargoexclusivamente de ellos, y los contribuyentes sóloquedarán obligados a pagar las contr ibucionesomitidas. Si la infracción se cometiere por inexactitudo falsedad de los datos proporcionados por loscontribuyentes a quien determinó las contribuciones,los accesorios serán a cargo de los contribuyentes.

Artículo 84. Las autoridades fiscales, al imponermultas por la comisión de infracciones señaladas ene s t e c ó d i g o y d e m á s d i s p o s i c i o n e s f i s c a l e s ,observarán las siguientes reglas:

I. Fundar y motivar debidamente su resolución;

II. Tomar en cuenta la importancia de la infracción, lascondiciones del contribuyente y la convenienciade combatir prácticas establecidas, tanto paraevadir la prestación fiscal, cuanto para infringir encualquier otra forma las disposiciones legales oreglamentarias;

III. Se considerará como agravante a la infracciónfiscal, el hecho de que el infractor sea reincidente.Se da la reincidencia:

a) Tratándose de infracciones que tengan comoconsecuencia la omis ión en e l pago decontribuciones, la segunda o posteriores vecesque se sancione al infractor por la comisión deuna infracción que tenga esa consecuencia.

b) Tratándose de infracciones que no impliquenomisión en el pago de contribuciones, la segundao posteriores veces que se sancione al infractorpor la comisión de una infracción establecidaen el mismo artículo y fracción de este código.

Para determinar la reincidencia, se consideraránúnicamente las infracciones cometidas dentro delos últimos cinco años.

IV. También se considera agravante en la comisión deuna infracción fiscal, cuando se dé cualquierade los siguientes supuestos:

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a) Que la comisión de la infracción sea en formacontinuada.

b) Cuando por un acto o una omisión se infrinjandiversas disposiciones f iscales a las quecorrespondan varias multas, sólo se aplicará laque corresponda a la infracción cuya multa seamayor.

V. Cuando los responsables de una infracción seanvarios, se les aplicará en forma individual la sanciónque le corresponda, independientemente de la quese imponga a los demás infractores.

Artículo 85. Tratándose de la presentación dedeclarac iones o avisos , cuando por d i ferentescontribuciones se deba presentar una misma formaoficial y se omita hacerlo por alguna de ellas, seaplicará una multa por cada contribución no declaradau obligación no cumplida.

Artículo 86. Cuando se incurra en agravantes en lacomisión de infracciones fiscales, éstas se aumentaránen una cantidad igual al importe de las contribucioneso ingresos retenidos o recaudados y no enterados.

Artículo 87. Tratándose de la omisión parcial decon t r ibuc iones por e r ro r a r i tmé t i co en l a sdeclaraciones, se impondrá una multa del 50% al 70%de las contribuciones omitidas. En caso de que dichascontribuciones se paguen junto con sus accesorios,dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fechaen que surta sus efectos la notificación de la diferenciarespectiva, la multa se reducirá a la mitad, sin que paraello se requiera resolución administrativa.

Artículo 88. Son infracciones cuya responsabilidadrecae sobre los sujetos pasivos de una prestaciónfiscal:

I. No inscribirse o registrarse en el padrón municipalo hacerlo fuera de los plazos legales, salvo cuandola solicitud se presente de manera espontánea;

II . No incluir , en las manifestaciones para suinscripción, las act ividades por las que seacontribuyente habitual;

III. Falsear datos e información a las autoridadesfiscales;

IV. No refrendar su inscripción o registro en el padrónmunicipal o hacerlo fuera de los plazos legalesestablecidos;

V. Obtener o usar más de una clave de registro quecor responda pa ra e l cumpl imien to de l a sobligaciones fiscales municipales;

VI. Manifestar negociaciones propias o realizaractividades gravables a través de terceros, sinpagar las contribuciones correspondientes;

VII. No tener los permisos, cédulas, boletas de registroo cualquier otro documento exigido por lasdisposiciones fiscales, en los lugares que para elefecto señalen; no citar su clave de registro ocuenta, según el caso, en las declaraciones,manifestaciones, solicitudes y gestiones que haganante cualquier dependencia;

VIII . Abrir una negociación o establecimientocomercial, industrial o de prestación de servicioss in so l ic i ta r previamente la cédula deempadronamiento y, en su caso, la l icenciacorrespondiente o sin llenar los requisitos exigidospor los ordenamientos fiscales;

IX. Tener en las negociaciones o establecimientoscomerciales, industriales o de prestación deservicios, instalaciones diversas de las aprobadaspor el ayuntamiento, cuando las disposicioneslegales exijan tal aprobación, o modificarlas sin elcorrespondiente aviso o permiso;

X. No entregar oportunamente a las autoridades fiscaleslos comprobantes de pago de las prestacionesfiscales, cuando lo exijan las disposicionesrelativas;

XI. Faltar a la obligación de extender comprobantes,facturas o cualesquiera otros documentos queseñalen las leyes fiscales; no exigirlos cuandotengan obligación de hacerlo; o no consignar porescrito los actos, convenios o contratos que, deacuerdo con las disposiciones fiscales, debenconstar en esa forma;

XII . No presentar , no proporc ionar o hacer loextemporáneamente los avisos, declaraciones,solicitudes, datos, informes, copias o documentosque ex i j an l a s d i spos ic iones f i sca le s ; nocomprobar los o no ac la ra r los , cuando l a sautoridades fiscales lo soliciten;

XIII. Presentar los avisos, declaraciones, solicitudes,datos, informes, copias o documentos a que serefiere la fracción anterior, incompletos, inexactoso con errores que traigan consigo la evasión deuna prestación fiscal;

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Primer Receso

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XIV. Presentar los avisos, declaraciones, solicitudes,datos, informes, copias y documentos a que serefieren las dos fracciones anteriores, alterados ofalsificados;

XV. No pagar , en forma total o parcial , lascontribuciones y productos dentro de los plazosseñalados por las leyes fiscales;

XVI. Eludir el pago de las prestaciones fiscales comoconsecuencia de inexactitudes, simulaciones,falsificaciones u otras maniobras similares;

XVII. Ostentar en forma no idónea o diversa de lo queseñalen las disposiciones fiscales la comprobacióndel pago de una prestación fiscal;

XVIII. Traficar con los documentos o comprobantesdel pago de prestaciones fiscales o hacer usoilegal de ellos;

XIX. Resistirse por cualquier medio al desarrollo decua lquier ac to re la t ivo a l p rocedimientoadministrativo de ejecución o de las visitasdomiciliarias practicadas por las autoridadesfiscales; no suministrar los datos e informes quelegalmente puedan exigir los visitadores; no mostrarlos documentos, registros o impedir el acceso a losalmacenes, depósitos, bodegas o cualquier otrainstalación y, en general, negarse a proporcionarlos elementos que se requieran para comprobar lasituación fiscal del visitado en relación con elobjeto de la visita;

XX. Resistirse por cualquier medio a las inspecciones,verificaciones físicas, clasificaciones, valuacioneso comprobaciones de toda clase de bienes; nosuministrar los datos e informes que legalmentepuedan exigir los inspectores; no mostrar losdocumentos o impedir el acceso a los almacenes,depósitos, bodegas o cualquier otra instalación y,en general, negarse a proporcionar los elementosque se requieran para el desahogo de la inspección,verificación o valuación;

XXI. No conservar la documentación comprobatoriadurante el plazo que establece la fracción VII delartículo 61 de este código. Asimismo, no conservarla documentación o bienes que les sean dejados endepósito en virtud de una visita domiciliaria o dela aplicación del procedimiento administrativode ejecución;

XXII. Omit ir total o parcialmente el pago decontribuciones o créditos fiscales de cualquier

tipo y que sea descubierta por las autoridadesfiscales mediante el ejercicio de sus facultades decomprobación;

XXIII . No dar aviso a la Tesorer ía o hacer loex temporáneamente r e spec to de l cese deactividades o de funcionamiento definitivo de sunegociación, y

XXIV. Incurrir en cualquier otro acto u omisión distintode los enumerados en las fracciones anterioresque, en alguna forma, infrinja las disposicionesfiscales.

Artículo 89. Son infracciones cuya responsabilidadcorresponde a los encargados del Registro Público dela Propiedad y del Comercio, notarios públicos,corredores públicos, autoridades judiciales y, engeneral, de los funcionarios que tengan fe pública:

I. No dar o proporcionar los avisos, datos, informeso documentos que establecen las disposicioneslegales o proporcionarlos con falsedad o error;

II. Autorizar actos o contratos, cualesquiera que sean,relacionados con fuentes de ingresos establecidosen la legis lación municipal , s in cerciorarsepreviamente de que los contratantes están alcorriente en el cumplimiento de sus obligacionesfiscales y en el pago de los impuestos o derechosa su cargo;

III. No dar ni proporcionar los avisos, informes odatos, o no exhibir los documentos en el plazo quefijen las disposiciones legales aplicables, o cuandolo pidan las autoridades competentes, presentarlosincompletos o inexactos y, en su caso, noaclararlos cuando las mismas autoridades lo soliciten;

IV. Proporcionar los informes o documentos a que serefiere la fracción anterior alterados o falsificados;

V. No declarar o enterar las contribuciones municipalesa la Tesorería en los términos que establecen lasleyes fiscales, cuando les corresponda hacerlo porcuenta de los sujetos pasivos, de obligacionesfiscales que requieran de sus servicios, y

VI. Coadyuvar con los infractores, en cualquier forma,en la evasión total o parcial del pago de lascontribuciones , mediante alteraciones, simulaciones,ocultación u otras acciones u omisiones.

Artículo 90. Son infracciones cuya responsabilidadcorresponde a los funcionarios y empleados públicos

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Segundo Año de Ejercicio Constitucional

municipales, así como a los encargados de serviciospúblicos y órganos oficiales, las siguientes:

I. Dar entrada o curso a documentos que carezcan,en todo o en parte, de los requisitos establecidosen las disposiciones fiscales y, en general, nocuidar el cumplimiento de las mismas;

Esta responsabilidad será exigible, aun cuando losfuncionarios o empleados no hayan intervenidodirectamente en el trámite o resolución respectiva,si les correspondía hacerlo por razón de su cargo;

II. Extender actas, expedir certificados, legalizar firmas,autorizar documentos, inscribirlos o registrarlos,sin que exista constancia de que se pagó lacontribución correspondiente;

III. Recibir el pago de una prestación fiscal y noenterar su importe en el plazo legal establecido;

IV. No exigir el pago total de las prestaciones fiscaleso recaudar, permitir u ordenar que se recaude algunaprestación fiscal, sin cumplir con los requisitosestablecidos por las disposiciones aplicables y enperjuicio del control e interés fiscal;

V. No presen ta r n i p roporc ionar o hacer loextemporáneamente, los informes, avisos, datos odocumentos que exijan las disposiciones fiscaleso presentarlos incompletos o inexactos; o no prestarauxi l io a las au tor idades f i sca les para lade te rminac ión y cobro de l as p res tac ionestributarias;

VI. Presentar los informes, avisos, datos o documentosa que se refiere la fracción anterior, alterados ofalsificados;

VII. Asentar falsamente que se ha dado cumplimientoa las disposiciones legales o que se practicaronvisitas domiciliarias o incluir datos falsos en lasactas relativas;

VIII. No practicar las inspecciones, verificaciones oavalúos cuando tengan obligación de hacerlo;

IX. Intervenir, durante el ejercicio de sus funciones,en la tramitación o resolución de algún asunto enel que el servidor público tenga interés y del quese derive algún beneficio personal o de terceroscon los que tenga relación familiar, laboral o denegocios, cuando estuviere impedido para hacerlode acuerdo a las disposiciones legales;

X. Faltar a la obligación de guardar absoluta reservarespecto de los asuntos que conozcan, revelar losd a t o s d e c l a r a d o s p o r l o s c o n t r i b u y e n t e s oaprovecharse de ellos. Para los efectos de estafracción, los representantes de los contribuyentesque intervengan en las juntas o reuniones quecal i f iquen, tabulen o aprueben, en su caso,determinaciones para efectos fiscales, se asimilana los servidores públicos;

XI. Facilitar o permitir la alteración de declaraciones,avisos o cualquier otro documento o coadyuvar encualquier forma para que se evadan las prestacionesfiscales;

XII. Traficar con los documentos o comprobantes depago de prestaciones fiscales o hacer uso indebidode ellos;

XIII . Exigi r cualquier pres tac ión que no es téexpresamente prevista en la ley, aun cuando seaplique a la realización de las funciones propias desu cargo, y

XIV. Infringir disposiciones fiscales en formadis t in ta de l as p rev i s tas en l as f racc ionesprecedentes.

Artículo 91. Son infracciones cuya responsabilidadrecae sobre terceros:

I. Consentir o tolerar que se inscriban a su nombreen e l pad rón mun ic ipa l negoc i ac iones oestablecimientos ajenos, así como realizar a nombrepropio actividades gravables que correspondan aotra persona, cuando esto último traiga comoconsecuenc i a l a omis ión en e l pago decontribuciones;

I I . No p roporc iona r av i sos , i n fo rmes , da tos ,documentos o no exhibirlos en el plazo fijado porlas disposiciones fiscales o cuando las autoridadeslo exijan con apoyo en sus facultades legales y, ensu caso , no ac la ra r los cuando l a s mismasautoridades lo soliciten;

III. Presentar los avisos, informes, datos o documentosa que se refiere la fracción anterior incompletos,inexactos, alterados o falsificados;

IV. Autorizar o hacer constar documentos, inventarios,balances , as ientos , valores o datos fa lsos oinexac tos cuando ac túen como contadores ,peritos, valuadores o testigos;

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V. Asesorar o aconsejar a los contribuyentes paraevadir el pago de una prestación fiscal opara infringir las disposiciones fiscales;

VI. Ser cómplice, en cualquier forma, en la comisión deinfracciones fiscales;

VII. No enterar total o parcialmente, dentro de losplazos que establezcan las disposiciones fiscales,el importe de las prestaciones fiscales retenidas,recaudadas o que debieron retener o recaudar;

VIII. Presentar los documentos relativos al pago de lasprestaciones retenidas, alterados, falsificados,incompletos o con errores que traigan consigo laevasión parcial o total de las mismas prestaciones;

IX. Adquirir, ocultar, retener o enajenar productos,mercancías, artículos y, en general, toda clase debienes, a sabiendas de que no se cubrieron lascontribuciones que en relación con aquellos sehubieran debido pagar;

X. Hacer pagos o aceptar documentos que loscomprueben, cuando derivándose de hechos quegeneren la contribución, no se haya cumplido conel pago de la prestación fiscal o no se acredite sucumplimiento de acuerdo con las disposicionesfiscales;

XI. No prestar a las autoridades fiscales el auxilionecesario para la determinación y cobro de unaprestación fiscal, en los casos en que tenganobl igac ión de hacer lo , de acuerdo con lasdisposiciones fiscales;

XII. Traficar con los documentos o comprobantes depago de prestaciones fiscales o hacer uso indebidode ellos;

XIII. No poner en conocimiento de las autoridadesfiscales, cuando se posean, documentos de losmencionados en la fracción X de este artículo, y

XIV. Infringir disposiciones fiscales en forma distintade las previstas en las fracciones precedentes.

Capítulo IIDe las sanciones

Artículo 92. Las autoridades fiscales impondránlas sanciones administrativas por infracción a lasdisposiciones de este capítulo, de acuerdo a losiguiente:

I. Las infracciones que establece el artículo 88 de estecódigo serán sancionadas con el pago de losmontos que a continuación se señalan:

c) De 5 a 15 días de salario mínimo, por infraccionesa las fracciones I, IV, VIII, X, XII, XV y XXIV.

d) De 15 a 30 días de salario mínimo, por infraccionesa las fracciones XVIII, XX, XXI, XXIX y XXX.

e) De 30 a 50 días de salario mínimo, por infraccionesa las fracciones II, III, V, VI, IX, XI, XIII, XIV,XVI, XVII, XIX, XXII, XXIII, XXV, XXVI yXXVIII;

II. La infracción que establece la fracción XVII delartículo 88 de este código, se sancionará conel equivalente al 100% del crédito omitido;

III. Las infracciones comprendidas en el artículo 89 deeste código, se sancionarán con 50 días de salariomínimo;

IV. Las infracciones comprendidas en el artículo 90 deeste código, se sancionarán con 75 días de salariomínimo;

V. Las infracciones comprendidas en el artículo 91 deeste código, se sancionarán con 45 días de salariomínimo, y

VI. Los ingresos que el municipio obtenga por laaplicación de multas y sanciones estipuladas endisposiciones reglamentarias, así como en otrosordenamientos de carácter hacendario, se pagaránde conformidad con los montos que establezcanlos ordenamientos que las contengan.

Artículo 93. La infracción en cualquier forma a lasdisposiciones fiscales, diversa a las previstas en estecapítulo, se sancionará con multa de 10 a 100 días desalario mínimo.

Título QuintoDe los delitos fiscales

Capítulo Único

Artículo 94. Los delitos fiscales sólo pueden ser decomisión intencional, con un fin o propósito, por partedel sujeto activo del delito.

Artículo 95. Los delitos fiscales requieren la presentaciónde querella o denuncia ante el Ministerio Público delfuero común , por el servidor público legitimado para ello.

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Segundo Año de Ejercicio Constitucional

El derecho para presentar la querella o denuncia pordelitos fiscales prescribirá en cinco años, a partir dela comisión del delito, si fuere de carácter instantáneo,o de la fecha de la última comisión, si fuere de caráctercontinuado.

Artículo 96. Quien tenga conocimiento de algún hechodelictuoso en materia fiscal deberá presentar porescrito a la autoridad fiscal los pormenores de loshechos presumibles del o los ilícitos. Lo anteriortendrá el carácter de estrictamente confidencial, y siun servidor público violare tal disposición incurriráen el delito de abuso de autoridad fiscal. Si se tratarede personas ajenas a la autoridad fiscal se le aplicaránlas sanciones que correspondan.

Artículo 97. Son responsables de la comisión dedelitos fiscales:

I. Quien realice la conducta o hecho, tipificado ylegalmente descrito por la ley;

II. Los que concierten, maquinen o asesoren en laejecución del delito;

III. Los que concreten la realización del delito;

IV. Los que efectúen conjuntamente el delito;

V. El que lleven a cabo el delito sirviéndose de otrapersona como instrumento para ejecutarlo;

VI. Quienes dolosamente presten ayuda para lacomisión del delito;

VII. Los que, con posterioridad a la ejecución deldelito, encubran o presten auxilio, cumpliendo unapromesa anterior, y

VIII. Cuando la comisión del delito fiscal se efectúepor medio de persona moral, el responsable será elrepresentante legal de ésta, independientementede la participación que los socios tengan en lacomisión del ilícito.

Artículo 98. Será responsable del encubrimiento delos delitos fiscales quien:

I. Con ánimo de dominio, lucro o uso, adquiera,traslade, reciba u oculte el producto u objeto deldelito, a sabiendas de que provenía de éste, o sintomar las debidas precauciones para cerciorarsede su legítima procedencia o que, de acuerdo a lascircunstancias, debía presumir su ilegitimidad oayude a otro para los mismos fines, o

II. Ayude en cualquier forma al inculpado a eludir lasinvestigaciones de la autoridad con el propósitode evadirse de la acción de la justicia, o bien oculte,altere, destruya o haga desaparecer las huellas,vestigios, pruebas o instrumentos del delito oasegure para el inculpado el objeto o provecho delmismo.

Artículo 99. En los procesos penales instaurados porla comisión de delitos fiscales, la acción penal seextinguirá cuando se reúnan los siguientes requisitos:

I. Se otorgue el perdón judicial, expresamente por laautoridad fiscal;

II. Que el perdón judicial se otorgue siempre y cuandoel inculpado haya pagado el crédito fiscal y todassus prestaciones, originadas por la comisión delilícito de que se trate o, en su caso, que a juicio dela autoridad fiscal quede debidamente garantizadoel interés del erario municipal;

III. Que el perdón judicial se otorgue, antes de que sedicte sentencia;

IV. No se podrá otorgar perdón, en ningún caso, alinculpado que en un lapso de cinco años anteriores,se le haya concedido tal beneficio por la comisiónde delitos fiscales, y

V. Cuando el inculpado pague el impuesto omitido, lasmultas, recargos, gastos de ejecución y honorariosde notificación a entera satisfacción de la autoridadfiscal; bastará presentar una promoción en la queanexe el comprobante de pago, el cual reunirá lascondiciones de llevar el sello de la oficina exactoray la firma o rúbrica del encargado de caja.

El perdón judicial que se otorgue por parte legítima auno de los inculpados procederá a favor de los demáscopartícipes o encubridores.

Artículo 100. La persona condenada por delitosfiscales gozará de los beneficios que establece elCódigo Penal para el estado, siempre y cuandoel sentenciado acredite que el interés fiscal ha quedadosatisfecho o garantizado plenamente.

Artículo 101. Cuando en la comisión de delitos delorden fiscal intervengan o participen: auditores,no t i f i c ado re s , t é cn i cos f i s ca l e s , con t ado re s ,economistas, abogados o peritos, o de alguna otraprofesión y que haya colaborado, o cualquierotra persona que tenga el carácter de autoridad fiscal;independientemente de las penas que les correspondan

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conforme al delito de que se trate en este código, seles inhabilitará de sus derechos o funciones paraejercer su profesión o actividad, hasta por tres añoso la privación definitiva de los mismos, a criterio delJuez, aplicando las reglas generales establecidas enel Código Penal para el estado de Veracruz.

Artículo 102. Los servidores públicos a quienes seles atribuya la comisión de un delito fiscal, les seránsuspendidos sus derechos laborales al momento enque se p re sen te l a que re l l a o denunc iacorrespondiente. Emitida la resolución del procesopenal y que haya causado estado, el superior jerárquicodel inculpado procederá a:

I. Si resultara o resultaren inocentes, ordenar larestitución de sus derechos, y

II. Si resultara culpable, ordenar el cese definitivo yturnar el expediente a la autoridad competente paraque determine su inhabilitación.

Artículo 103. Se considera que hay tentativa en losdelitos fiscales, cuando exista en el sujeto activodel deli to intención dirigida a cometerlos y seexteriorice en un principio de ejecución o en larealización de actos que debieran producirlos, sila conducta se interrumpe o el resultado no acaece porcausas ajenas a su voluntad.

Al responsable de tentativa se le sancionará conprisión de seis meses a seis años.

Si el autor del ilícito desistiere de la ejecución oimpidiere la consumación del mismo, no se le impondrásanción alguna, a no ser que los actos ejecutadosconstituyeran, por sí mismos, delito o hubierancausado un deter ioro al patr imonio del erar io,debiéndose cubrir los daños y perjuicios ocasionados,a entera satisfacción de la autoridad fiscal.

Artículo 104. Se considerará delito continuado,cuando se ejecute con pluralidad de conductas o hechoscon intención delictuosa, incluso de diversa gravedad,y la sanción podrá aumentarse hasta en una mitad másde la que resulte aplicable al delito de que se trate.

Artículo 105. Existe reincidencia cuando el sancionadopor sentencia ejecutoria dictada por cualquier tribunalde la República, cometa otro delito que indiquetendencia antisocial. La sanción privativa de libertadserá la sanción que debiera imponérsele por el últimodelito cometido, la cual podrá aumentarse hasta endiez años más atendiendo a la peligrosidad que revistael inculpado.

Artículo 106. Para la averiguación, persecución ysanción de los delitos fiscales, el Ministerio Públicoy l a s au to r idades j ud ic i a l e s obse rva rán l a sdisposiciones establecidas en el presente capítulo, asícomo las disposiciones del Código Penal y del Códigode Procedimientos Penales del estado de Veracruz.

Artículo 107. Las actas administrativas elaboradaspor las autoridades fiscales harán prueba plena,siempre y cuando no constituyan un acto unilateral deautoridad y reúnan los siguientes requisitos:

I. Sean elaboradas por autoridad fiscal competente;

II. Con intervención de por lo menos, dos testigos deasistencia;

III. Con la participación del interesado, aun cuando seniegue a firmar, debiéndose asentar el motivo o lacausa que origine tal negativa;

IV. Sin la participación del interesado, cuando resulteimposible su localización, debiéndose asentar lasrazones y c i rcunstancias que jus t i f iquen laausencia;

V. Cumplan con las disposiciones de carácter laboralaplicables en razón de la naturaleza de la relaciónde trabajo, y

VI. Cuando se lleve a cabo sin la intervención deldelegado sindical, porque no haya en el lugar, opor alguna razón no se encuentre presente y nopueda aplazarse dicha diligencia, se asentará talcircunstancia.

Artículo 108. Cuando por la comisión de un delitofiscal deban asegurarse o decomisarse bienes mueblesque, en el lapso de un año, no sean recogidos porquien tenga derecho a hacer lo , los mismos seadjudicarán en forma definitiva al fisco municipal,previa resolución judicial.

Artículo 109. Comete el delito de falsedad en materiafiscal, la persona física o moral que proporcione datosfalsos o utilice sellos, documentación u otro medio decontrol fiscal falsificados, causando con ello perjuicioal interés fiscal; en ese caso se impondrá pena:

I. De nueve meses a tres años de prisión, a quien losproporcione para su inscripción en el registro oregistros municipales de contribuyentes, o bienque consientan o toleren el uso de su nombre paramanifestar negociaciones ajenas, originando conello perjuicio al interés fiscal;

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Segundo Año de Ejercicio Constitucional

II. De seis meses a tres años de prisión, a quien asabiendas hiciere uso de un documento falso oalterado y pretenda sorprender a la autoridad fiscalcon objeto de realizar algún trámite, y

III. De dos a cuatro años de prisión, a quien a sabiendasde la falsedad de los impresos, grabados o sellos,los utilice para acreditar el cumplimiento de algunaprestación fiscal.

Se aumentará la sanción hasta con un año más y seimpondrá multa de 30 a 500 días salario mínimo, cuandoel particular dé u ofrezca dinero o dádivas a losfuncionarios o servidores públicos municipales; lamisma pena se aplicará a estos últimos cuando aceptenel dinero o dádiva citados.

Artículo 110. Comete el delito de falsificación fiscalla persona física que, con el fin de obtener un lucro oprovecho, o para causar daño o perjuicio al erariomunicipal, falsifique o altere documentación oficial,persona a la que se le impondrá pena:

I. De cuatro a doce años de prisión, a quien falsifiquesellos, contraseñas o marcas oficiales, firmas,rúbr icas en forma to ta l o parc ia l , g rabe omanufacture, sin autorización de la autoridad fiscal,matrices, punzones, dados, clichés o negativos,semejantes a los que la propia autoridad usa paraimprimir, grabar o troquelar comprobantes de pagode prestaciones fiscales u objetos que se utilicenoficialmente como medios de control fiscal;

II. De cuatro a doce años de prisión, al que imprima,grabe o troquele, sin autorización de la autoridadfiscal, cédulas, licencias o comprobantes de pagode prestaciones fiscales u objetos que se utilicencomo medios de control fiscal;

III. De dos a nueve años de prisión, al que altere en susca rac te r í s t i cas l a s cédu las , l i cenc ia s ocomprobantes de pago de prestaciones fiscales uobjetos que se utilicen oficialmente como medio decontrol fiscal, y

IV. De dos a ocho años de prisión y una multa de 30a 500 días de salario mínimo, a quien forme lascosas y objetos señalados en los incisos anteriorescon los fragmentos de otros recortados o mutilados.

Artículo 111. Comete el delito de defraudación fiscalquien haga uso del engaño o aproveche el error paraomitir total o parcialmente el pago de alguna prestaciónfiscal.

Se consideran conductas tendientes a la defraudaciónfiscal:

I. Realizar actos simulados que tengan por objetodefraudar a la hacienda pública municipal;

I I . Cons ignar en las dec la rac iones ingresos outilidades menores que los realmente obtenidos,o aplicar deducciones falsas;

III. Proporcionar con falsedad a las autoridadesfiscales, los datos que obren en su poder y quesean necesarios para determinar la producción, elingreso gravable o las prestaciones fiscales que cause;

IV. Ocul tar a las autor idades f iscales , to ta l oparcialmente, la producción sujeta a impuestos o elmonto de las ventas;

V. No expedir los documentos o comprobantes fiscalesc o n l o s r e q u i s i t o s e s t a b l e c i d o s p o r l a sdisposiciones aplicables para acreditar el pago deuna prestación de esa naturaleza;

VI. No enterar en tiempo y forma a las autoridadesfiscales, las cantidades que haya retenido orecaudado de los contribuyentes, por concepto deprestaciones fiscales;

VII. No llevar los registros de las operacionescontables, fiscales o sociales, conforme a lasdisposiciones fiscales aplicables;

VIII. Destruir, ordenar o permitir la destrucción totalo parcial de los registros contables que prevenganlas leyes aplicables, y

IX. Certificar hechos falsos o participar en cualquierforma en actos, manifestaciones o simulacionesque tengan por objeto engañar al fisco municipal.

El delito de defraudación fiscal se sancionará conpena de tres meses a seis años de prisión, si el montode la prestación fiscal defraudada o que se intentódefraudar no excede de 1000 días de salario mínimo, ycon prisión de dos a nueve años, si dicho montoexcede de esa cantidad; asimismo, se le impondrá unamulta de 30 a 500 días de salario mínimo.

Cuando no se pueda determinar la cuantía del impuestoque se defraudó o se intentó defraudar, la pena será detres meses a nueve años de prisión. No se impondránlas sanciones previstas en este artículo, si quienhubiere cometido el delito entera espontáneamente laprestación fiscal omitida.

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Primer Receso

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Para la aplicación de sanciones se tomará en cuenta elmonto de la prestación o prestaciones f iscalesdefraudadas o que se hayan intentado defraudar dentrode un mismo periodo fiscal, aun cuando se trate deprestaciones fiscales diferentes y de diversas accionesu omisiones.

Artículo 112. Comete el delito de ejercicio indebidode la función pública en materia fiscal, el servidorpúblico que ordene o realice cualquier acto ilegalo deje de cumplir con los deberes de su encargo ofunción, en perjuicio del erario municipal, de losderechos de alguien o en beneficio propio o ajeno.

I. Se impondrá prisión de seis meses a tres años ymulta de 50 a 500 días de salario mínimo, al servidorpúblico que:

a) Practique visitas domiciliarias o embargos sinmandamiento escr i to de autor idad f i sca lcompetente.

b) Al que proporcione información confidencial,o documentación que se encuentre bajo sucustodia o a la cual tenga acceso, o de la quetenga conocimiento en virtud de su empleo,cargo o comisión en perjuicio del erariomunicipal, con el propósito de obtener un lucroindebido en beneficio propio o ajeno.

I. Se impondrá prisión de cuatro a doce años, alservidor público que:

a) Acepte como legales, documentos que presentenevidentes indicios de falsificación, con elpropósito de realizar cualquier tipo de trámitedel orden fiscal, incluso el de ostentar el pagode alguna prestación de ese carácter, sin quesea cierto.

b) Reciba dádivas, exija gratificaciones, extorsionea los contribuyentes y obtenga otros lucrosindebidos, con objeto de realizar algún trámitede carácter fiscal, en razón de su encargo ocomisión.

c) Imprima formas de control fiscal u ordene laemisión de sellos o grabados, sin la debidaautorización; o bien posea, circule, utilice,venda o comercie con ellos.

d) Altere documentación oficial o expida una falsaen cualquier tipo de trámite del orden fiscal.

LI B R O TERCERO

De los ingresos municipales

Título PrimeroDe los impuestos

Capítulo IDel impuesto predial

Artículo 113. Es objeto del Impuesto Predial:

I. La propiedad de predios rurales o urbanos ubicadosen el municipio;

II. La posesión, en cualquier modalidad, de prediosrurales o urbanos ubicados en el municipio, y

III. La propiedad o posesión ejidal o comunal.

Artículo 114. Son sujetos del Impuesto Predial:

I. Los propietarios o poseedores de predios ruraleso urbanos, ejidales o comunales, ubicados en elmunicipio;

I I . Los coprop ie ta r ios , los coposeedores , losusufructuarios y los nudopropietarios de bienesinmuebles sujetos a régimen de copropiedad ocondominio y los titulares de los certificados departicipación inmobiliaria;

III. El fideicomitente y, en su caso, el fiduciario, entanto no le transmitan la propiedad del predio alfideicomisario o a otras personas, en cumplimientoal contrato de fideicomiso, y

IV. Las demás personas físicas o morales que señalenlas leyes fiscales.

Artículo 115. Son sujetos con responsabi l idadsolidaria los siguientes:

I. La persona o personas, cualquiera que sea elnombre con que se les designe, que tengan conferidala dirección general, la gerencia general, o laadministración única de una persona moral;

II. Los integrantes de los órganos de representaciónejidal o comunal;

III. Tratándose de copropietarios, coposeedores ynudopropietarios, cualquiera de ellos responderáal monto total del adeudo del crédito fiscal y susaccesorios, sin que la autoridad fiscal quedeobligada al cobro proporcional de dicho adeudo;

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Segundo Año de Ejercicio Constitucional

IV. Los representantes lega les de soc iedades ,asociaciones civiles y comunidades, respecto delos impuestos a cargo de sus representados,c u a n d o t e n g a n f a c u l t a d e s p a r a a c t o s d eadministración;

V. Los albaceas de la sucesión, hasta en tanto no seadjudiquen los bienes a los herederos;

VI. Las instituciones fiduciarias, en los casos de lafracción III del artículo anterior de este código, y

VII. Los demás sujetos que señalan las leyes fiscales.

Artículo 116. Son base del Impuesto Predial, losvalores catastrales o catastrales provisionales quese determinen conforme a la Ley de Catastro delestado de Veracruz-Llave, de acuerdo a los valoresunitarios de suelo y de construcción que autorice elCongreso, a propuesta del ayuntamiento para unejercicio específico.

Dichos valores variarán cuando se dé cualquiera delos supuestos que señala el artículo 37 de la Leyde Catastro del estado de Veracruz-Llave.

En todos los casos cuando se determine o modifiqueel monto de la base gravable en términos de la Ley deCatastro del estado de Veracruz-Llave, esta basesurtirá sus efectos para cálculo del impuesto a partirdel mes siguiente a aquel en que ocurran estos supuestosy estará vigente hasta el fin del ejercicio fiscal.

La Tesorería Municipal formulará las liquidaciones delas diferencias del impuesto que resulten del cambiode base, proporcionalmente a los meses que falten portranscurrir hasta el fin del ejercicio fiscal.

La valuación catastral de los predios será practicadaen términos de la Ley de Catastro del estado de Veracruz-Llave. Para los efectos de este impuesto se tomarán encuenta las definiciones que sobre las distintas clasesde predios y construcciones contiene dicha ley.

Para los efectos de la aplicación de tasas o tarifas seconsiderará que los valores que sirven de basegravable del impuesto se actualizarán para cadaejercicio fiscal, de acuerdo a la tabla de valores unitariosde suelo y de construcción que autorice el Congresodel estado, a propuesta del ayuntamiento.

Cuando se hubieren establecido bases provisionalespara determinar el monto del impuesto, al aplicar labase def ini t iva se cobrarán o re integrarán lasdiferencias que resulten.

En los casos de predios que no hubieren tenidomodificaciones físicas no procederá el cobro dediferencias, cuando éstas sean consecuencia de laactualización del valor catastral o provisional queresulte de la valuación masiva por la ejecución deprogramas de modernización del Catastro, donde seutilicen sistemas aerofotogramétricos digitales paraelaborar la cartografía catastral.

Los predios rurales que sean fraccionados para finesde lotificación, para efectos del pago de este impuesto,se considerarán como predios urbanos desde la fechaen que se lotifiquen.

Artículo 117. El Impuesto Predial se causaráanualmente y se liquidará y pagará conforme a lastasas o tarifas que autorice el Congreso para elmunicipio en el ejercicio fiscal de que se trate.

En ningún caso el cobro podrá ser inferior a la cuotamínima que para cada ejercicio señale el Congreso delestado.

Artículo 118. El pago del Impuesto Predial serásemestral y se realizará dentro de los meses de eneroy julio de cada año, en la Tesorería u oficinasautorizadas.

Los sujetos de este impuesto que opten por el pagoanual en el mes de enero, obtendrán el descuento del20%, plazo que podrá prorrogarse hasta el día últimodel mes de febrero, por acuerdo del Cabildo, que secomunicará al Congreso.

Artículo 119. Están exentos del pago del ImpuestoPredial , los bienes del dominio público de laFederación, de los estados y de los municipios, salvoque tales bienes sean ut i l izados por ent idadesparaestatales o por particulares, bajo cualquier título,para fines administrativos o propósitos distintos a losde su objeto público.

Artículo 120. Las exenciones se solicitarán por escritoa la Tesorería Municipal, con todas las pruebas quedemuestren la procedencia de la misma, las cualesserán calificadas por la propia Tesorería.

La vigencia de las exenciones en el pago del impuestopredial que se concedan de acuerdo con lo dispuestoen este capítulo, se iniciará a partir del semestresiguiente a la fecha en que se hubiere presentado lasolicitud correspondiente, o a partir del último pagodel Impuesto hecho con posterioridad a esa fecha, siaquella es aprobada.

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Los beneficiarios de las exenciones deberán manifestara la Tesorería Municipal, cualquier modificación delas circunstancias que hubieran fundado dichasexenciones. En este caso y cuando la TesoreríaMunicipal descubra tales modificaciones, dictaráresolución en la que se nulificará la exención a partirde l momento en que hub ie re desapa rec ido e lfundamento de la misma, y ordenará el cobro de losimpuestos cuyo pago se hubiese omitido, así como delos recargos, multas y accesorios que procedan.

Art ícu lo 121 . L o s p e n s i o n a d o s o j u b i l a d o scontribuyentes del impuesto predial o, en su caso,viudas o concubinas legalmente reconocidas deaquéllos, tendrán un descuento del 50% del importe apagar , s iempre y cuando reúnan los requisi tossiguientes:

a) Comprobar de manera fehaciente su calidad depensionado o jubilado o, en su caso, de viuda oconcubina de aquéllos;

b) Encontrarse al corriente en sus pagos;

c) Realizar el pago en forma anual en los meses deenero o febrero, y

d) Que se trate de la casa-habitación del beneficiario.

Por ningún motivo se extenderá este beneficio a másde un inmueble por pe rsona y , en todo caso ,corresponderá al ayuntamiento establecer con claridadlos medios de comprobación de los requisitos queseñala este artículo.

A este descuento no se podrá adicionar el de prontopago a que se refiere el artículo 118 de este código.

En ningún caso el impuesto a pagar será menor a dossalarios mínimos.

Artículo 122. En todos los casos, la declaración parael pago de este impuesto se considerará provisional.

Artículo 123. En los casos de predios no registradosen el padrón correspondiente en la Tesorería Municipalpor causa imputable al sujeto del impuesto, se fincaráliquidación presuntiva y se requerirá incluso a travésdel procedimiento administrativo de ejecución porcinco años anteriores a la fecha del conocimiento dela omisión y la tasa se aplicará de acuerdo con lodispuesto en la legislación fiscal vigente en cada unode los e j e rc i c ios omi t idos . T ra t ándose deconstrucciones no manifestadas, si no se pudiera fijarcon precisión la fecha desde la cual se omitió el aviso

correspondiente, se hará el cobro del impuesto por loscinco años anteriores a la fecha del descubrimiento dela ocultación, salvo que el interesado pruebe que laomisión data de fecha posterior.

Artículo 124. Las manifestaciones y avisos que losparticulares y notarios públicos, éstos por gestión,deban presentar para efectos de este impuesto,se harán en las formas oficiales autorizadas y sepresentarán acompañando los documentos o planosque en la misma se exijan ante la Tesorería Municipal.

Artículo 125. Cuando en las manifestaciones o avisosexigidos no se expresen los datos o no se acompañenlos documentos o planos, las autoridades fiscalesdarán un plazo de quince días para que se corrija laomisión, que se contará a partir de la fecha en quesurta efecto la notificación.

Si transcurre dicho plazo y no se expresan los datos ono se presentan los documentos o planos a que serefiere el párrafo anterior, dichas autoridades losexigirán, sin perjuicio de imponer al infractor lassanciones que procedan.

Artículo 126. Las manifestaciones a que alude estecapítulo y la legislación en materia de catastro,respecto de contratos de promesa de compraventa,de venta con reserva de dominio, así como dec o m p r a v e n t a y c u a l e s q u i e r a o t r o s c o n t r a t o s ,resoluciones administrativas o judiciales traslativasde dominio deberán presentarse dentro del plazo detreinta días, a las que se anexará el certificado de valorcatastral.

Los notarios públicos o autoridades judiciales queintervengan en la celebración de dichos actosjurídicos, tendrán la obligación de informar de talesactos a la Tesorería Municipal.

Artículo 127. Los sujetos del impuesto están obligadosa manifestar a la Tesorería Municipal los cambios dedomicilio, dentro de los quince días siguientes al quese efectúen. Si no lo hicieren se tendrá como domicilio,para todos los efectos legales, el que hubieren señaladoanteriormente o, en su defecto, el predio mismo.

Artículo 128. La Tesorería Municipal tendrá acciónreal para el cobro del impuesto predial y de lasprestaciones accesorias a éste.

En consecuencia, el procedimiento administrativo deejecución que establece el Código de ProcedimientosAdministrativos para el estado de Veracruz-Llave,afectará los predios directamente, de quien resulte ser

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Segundo Año de Ejercicio Constitucional

el propie tar io , nudopropie tar io , copropie tar io ,poseedor o coposeedor.

Artículo 129. Los notarios públicos, para autorizar laexpedición del título en forma definitiva, en que sehagan constar contratos, convenios y resolucionesjudiciales o administrativas, cuyo objeto sean prediosubicados en el municipio, exigirán la constancia deque sobre los mismos se está al corriente en el pago delimpuesto, para cuyo efecto se les deberá presentar laconstancia de no adeudo y la última boleta o recibo depago correspondiente.

Capítulo IIDel Impuesto sobre Traslación de Dominio de

Bienes Inmuebles

Artículo 130. Es objeto del Impuesto sobre Traslaciónde Dominio de Bienes Inmuebles, la adquisición debienes inmuebles que consistan en el suelo, o el sueloy las construcciones adheridas a él, ubicadas en elmunicipio, así como los derechos relacionados a losmismos.

Artículo 131. Para los efectos de este capítulo seentiende por adquisición de bienes inmuebles, la quese derive de:

I. Todo acto por el que se transmita la propiedad,incluyendo la donación, la que ocurra por causade fallecimiento y la aportación a toda clase deasociaciones o sociedades, a excepción de las quese realicen al constituir la copropiedad o la sociedadconyugal, así como al cambiar las capitulacionesmatrimoniales, siempre que sean inmuebles de loscónyuges;

II. La compraventa en la que el vendedor se reserveel dominio, aun cuando la transferencia de éstaopere con posterioridad;

III. La promesa de adquirir, cuando se pacte que elfuturo comprador entrará en posesión de los bienesen el acto de la celebración del contrato o que elfuturo vendedor recibirá el precio de la venta antesde que se celebre el contrato prometido;

IV. La cesión de derechos del comprador o del futurocomprador en los casos a que se refieren lasf r acc iones I , I I y I I I que an t eceden ,respectivamente;

V. La constitución, fusión y escisión de las sociedades,incluso en los casos siguientes:

a) En esc is ión aun cuando los acc ionis taspropietarios de las acciones con derecho avoto, de la sociedad escindente y de lasescindidas, sean los mismos.

b ) E n f u s i ó n a u n c u a n d o l o s a c c i o n i s t a spropietarios de las acciones con derecho a votode la sociedad que surge con motivo de lamisma, no las enajenen.

Para los efectos de esta fracción no se consideraráncomo acciones con derecho a voto, aquellas que lotengan limitado y las que en los términos de lalegislación mercantil se denominen como accionesde goce; tratándose de sociedades que no sean poracciones, se considerarán las partes sociales envez de las acciones con derecho a voto, siempreque lo tengan limitado;

VI. Las aportaciones en la constitución, aumento odisminución de capi ta l , pago en especie deremanentes , u t i l idades o d iv idendos y laadjudicación por liquidación de asociaciones osociedades civiles o mercantiles, en las que seincluyan bienes inmuebles;

VII. La constitución de usufructo, transmisión de ésteo de la nuda propiedad, así como la extinción delusufructo temporal;

VIII. La prescripción positiva en los términos queestablece el Código Civil;

IX. La adjudicación derivada de remate judicial oadministrativo;

X. La readquisición de la propiedad de bienesinmuebles, a consecuencia de la extinción o larescisión voluntaria del contrato que hubieregenerado la adquisición posterior;

XI. La cesión, aportación, o cualquiera otra transmisiónde derechos hereditarios sobre bienes inmuebles;

En estos casos, el impuesto correspondiente a latransmisión por causa de fallecimiento, se causaráen el momento en que se realice la cesión o seenajenen bienes por la sucesión, independientementedel que se cause por el cesionario o por eladquirente;

XII. La renuncia o repudiación de la herencia, quese entiende como cesión de derechos cuando seacrecienten las porciones de los coherederos olegatarios, la que surtirá efectos después del auto

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Primer Receso

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de dec larac ión de herederos y an tes de laadjudicación de bienes;

XIII. La compraventa de bienes inmuebles hecha conreserva de dominio o sujeta a condición;

XIV. La permuta de bienes inmuebles;

XV. La donación de bienes inmuebles;

XVI. La transmisión de la propiedad a través defideicomiso;

Para los efectos de este impuesto, se consideraque existe transmisión de la propiedad de bienesinmuebles a través de fideicomiso:

a) En el acto de la constitución del fideicomiso sis e des igna f i de i comisa r io d ive r so de lfideicomitente y siempre que éste no tengaderecho a readquirir del fiduciario los bienes;

b) En el acto en que el fideicomitente pierda elderecho a readquirir los bienes del fiduciario, sial constituirse el fideicomiso, se hubieraestablecido tal derecho, y

c) En el acto de designar fideicomisario, si éste nose designó al consti tuirse el f ideicomiso,siempre que dicha designación no recaiga en elpropio fideicomitente;

XVII. La cesión de derechos de fideicomitentes ofideicomisarios cuando se hayan afectado bienesinmuebles. Se considera que existe ésta cuandohaya substitución de un fideicomitente o de unfideicomisario, por cualquier motivo;

XVIII. La división de la copropiedad y la disolución dela sociedad conyugal, por la parte que se adquieraen demasía de la porción que correspondía alcopropietario o cónyuge, y

XIX. Cuando en la escritura pública se declare erecciónde construcción permanente, deberá hacerseconstar que el declarante obtuvo precisamente asu nombre, cuando menos con seis meses dean te r io r idad , l a l i cenc ia de cons t rucc ióncorrespondiente. En caso contrario, se presumiráque la construcción de que se trate no fueefectuada por el declarante, sino por un terceroy en consecuencia, será sujeto del pago delImpuesto sobre Traslación de Dominio de BienesInmuebles.

El Impuesto sobre Traslación de Dominio de BienesInmuebles, se causará en toda operación traslativa dedominio, aún cuando no sean inscritas en el RegistroPúblico de la Propiedad.

Artículo 132. Son sujetos del Impuesto sobreTraslación de Dominio de Bienes Inmuebles, laspersonas físicas o morales que adquieran inmueblesubicados dentro del territorio del municipio, así comolos derechos relacionados con los mismos, por algunade las causas señaladas en el artículo anterior.

Artículo 133. Será base gravable del Impuesto sobreTraslación de Dominio de Bienes Inmuebles, el valorque resulte más alto entre el de operación y el valor quese determine conforme a la Ley de Catastro del estadode Veracruz-Llave, de acuerdo a los valores unitariosde suelo y de construcción que autorice el Congresoa propuesta del municipio para un ejercicio específico.

Cuando con motivo de la adquisición, el adquirenteasuma la obligación de pagar una o más deudas o deperdonarlas, el importe de ellas se considerará comoparte del precio pactado.

Para los fines de este capítulo, se considera que elusufructo y la nuda propiedad tienen un valor cadauno de ellos, del cincuenta por ciento del valor de lapropiedad.

En los inmuebles adquiridos durante el periodo de tresaños anteriores, contado a partir de la fecha de laoperación actual, el impuesto se calculará sobre elvalor que resulte de disminuir del valor mayor, a quese refiere el párrafo primero, aquel valor que se tomócomo base para el cálculo del impuesto en la últimaadquisición.

En los casos de adquisición por prescripción positiva,la base del impuesto se determinará con valoresreferidos a la fecha en que cause ejecutoria laresolución judicial.

Artículo 134. Para determinar la base del impuesto loscontribuyentes o los fedatarios ante quiénes se haganconstar los actos objeto del mismo, deberán contarcon el certificado de valor catastral en términos de laLey de Catastro del estado de Veracruz-Llave, actualizadoen la forma oficial autorizada para tal efecto.

Artículo 135. Además de los documentos a que serefiere el artículo anterior, los contribuyentes delimpuesto deberán presentar la constancia de noadeudo ante quien se haga constar el acto objeto delimpuesto, exhibiendo las constancias expedidas por

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las autoridades municipales, en la forma oficialautorizada. El notario dará fe de haber tenido a la vistadichas constancias y las agregará al apéndice de laescritura correspondiente.

Las constancias de no adeudo que expidan lasautoridades municipales no tendrán efectos decertificado y serán vigentes durante 60 días naturalesa partir de la fecha de su expedición.

El término de la vigencia se computará hasta la fechade la firma de la escritura.

En el caso de que las constancias contengan adeudo,el notario podrá autorizar la escritura siempre y cuandotenga a la vista los comprobantes de pago de dichoscréditos.

S i apa rec i e re a lgún c réd i to po r concep to decontribuciones por mejoras al estado o al municipio,con fecha de vencimiento para el pago posterior a lafecha de la escritura, los notarios podrán autorizarlasiempre y cuando el adquirente acepte dicho créditoy se haga constar en el texto de la misma.

Artículo 136. El Impuesto sobre Traslación de Dominiode Bienes Inmuebles, se causará y pagará aplicando ala base gravable determinada, la tasa que autorice elCongreso para el municipio, en el ejercicio fiscalcorrespondiente.

Artículo 137. En las adquisiciones que se haganconstar en escritura pública, los notarios públicos,corredores públicos, y demás fedatarios que pordispos ic ión lega l tengan funciones notar ia les ,calcularán el impuesto bajo su responsabilidad, loharán constar en la escritura y lo enterarán, mediantedeclaración que presentarán a la Tesorería Municipalen la forma oficial autorizada. En los demás casos loscon t r ibuyen tes pagarán e l impues to median tedeclaración que también presentarán a dicha Tesorería.

Artículo 138. Los contr ibuyentes que celebrenoperaciones de constitución de usufructo, transmisiónde éste o de la nuda propiedad, podrán optar por pagarel impuesto, considerando el cien por ciento de la basedel impuesto.

En este caso, cuando se consolide la propiedad, no seefectuará pago alguno por este concepto, pero sepresentará declaración relacionándola con la anterior.

Se deberá presentar declaración por todas lasadquisiciones que se realicen, aun cuando no resulteimpuesto a pagar.

Con la forma of ic ia l de declarac ión deberánacompañarse:

a) Certificado de valor catastral elaborado por laautoridad fiscal correspondiente, y

b) Copia de las constancias con las que se hayarendido el informe de no adeudo.

Cuando la Tesorería Municipal lo estime necesario,podrá solicitar de los fedatarios o de los declarantes,que le proporcionen una copia autorizada de laescritura en que se hubiere hecho constar el acto ocontrato de que se trata.

Artículo 139. La Tesorería Municipal podrá solicitara la autoridad catastral, la práctica de avalúos de losbienes inmuebles, referidos a la fecha de la operaciónobjeto de impuesto y cuando el valor que resulte dedichos avalúos exceda del valor que sirvió de basepara el pago del impuesto, se formulará liquidación ycobro de las diferencias correspondientes.

Si en la declaración se oculta superficie de terrenoo de las construcciones consignadas en elantecedente de propiedad, independientemente dela diferencia de impuesto que resulte, se aplicará lasanción que corresponda en los términos que señalaeste código.

Artículo 140. El pago del Impuesto sobre Traslaciónde Dominio de Bienes Inmuebles, se realizará dentrode los treinta días siguientes al momento en queocurra cualquiera de los siguientes supuestos:

I. Cuando se constituya o adquiera el usufructo o lanuda propiedad. En el caso de usufructo temporal,cuando se extinga;

II. A la adjudicación de los bienes de la sucesión o alos tres años de la muerte del autor de la misma, sitranscurrido dicho plazo, no se hubiera llevado acabo la adjudicación, así como al cederse losderechos hereditarios o al enajenarse bienes de lasucesión. En estos dos últimos casos, el impuestocorrespondiente a la adquisición por causa efallecimiento se causará en el momento que serea l i ce l a ces ión o l a ena jenac ión ,independientemente del que se cause por elcesionario o el adquirente;

III. Tratándose de adquisiciones efectuadas a travésde fideicomiso, cuando se realicen los supuestosde enajenación en los términos de este capítulo;

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Primer Receso

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IV. Al causar ejecutoria la sentencia de prescripciónpositiva, protocolizarse o inscribirse el reconocimientojudicial de la prescripción positiva, o

V. En los casos no previstos en las fraccionesanteriores, cuando los actos de que se trate, seeleven a escritura pública, o se inscriban en elRegistro Público de la Propiedad y del Comercio,para que surta efectos ante terceros en términosdel derecho común; y si no están sujetos a estaformalidad, al adquirirse el dominio conforme a lalegislación aplicable.

El contr ibuyente podrá pagar e l impuesto poranticipado.

Artículo 141. No se causará el Impuesto sobreTraslación de Dominio de Bienes Inmuebles, en lasadquisiciones de bienes inmuebles que hagan laFederación, los Estados y los municipios, para formarparte del dominio público.

No causarán este impuesto las adquisiciones deinmuebles que se realicen en los siguientes casos:

I. Los partidos políticos nacionales; siempre y cuandodichos inmuebles sean para su propio uso;

II. La constitución, disolución o liquidación de lasociedad conyugal;

III . La devolución de los bienes inmuebles delenajenante, por la revocación, rescisión o anulacióndel contrato respectivo que consten en resoluciónjudicial;

IV. La d iv is ión de la cosa común en t re loscopropietarios siempre que los valores de las partesadjudicadas a los partícipes no excedan de losvalores de sus respectivas porciones y que noexistan compensaciones en efectivo entre ellos;

V. Los actos constitutivos de fideicomiso de garantía,pero sí lo causa la transmisión de bienes inmueblesque haga la fiduciaria con motivo de la ejecución encumplimiento de los fines del fideicomiso;

VI. Los arrendatarios financieros al ejercer la opciónde compra en los términos del contra to dearrendamiento financiero, y

VII. Las asociaciones religiosas constituidas en lostérminos de la ley de la materia, siempre que en esteúltimo caso, la adquisición se realice dentro de losseis meses siguientes a su constitución.

Artículo 142. Los fedatar ios son responsablessolidarios con el contribuyente y además de lasobligaciones a que se refieren los artículos 129 y 137de este código, deberán proceder como sigue:

I. Comprobar que el inmueble, motivo de la operaciónse encuentre al corriente en el pago del ImpuestoPredial;

II. Harán constar en la declaración a que se refiere elartículo 137 los datos indispensables para laidentificación de los predios que con motivo dela operación se encuentren fuera de la acción fiscalque permitan su regularización;

III. Insertar en las escrituras o documentos queotorguen, copia del documento que acredite elpago de este impuesto, y copias de los documentosque acrediten el pago de las demás contribucionessobre la propiedad inmobiliaria;

IV. Presentar la documentación requerida por lasautoridades catastrales, en los términos queestablece la legislación en materia de Catastro, y

V. No podrán autorizar escritura pública alguna, en laque hagan constar operaciones de traslado dedominio de b ienes inmuebles , as í como laconstitución o transmisión de derechos realessobre los mismos, si no han obtenido la constanciade no adeudo, misma que expedirá la TesoreríaMunicipal, la que acreditará que el bien de que setrata, se encuentra al corriente del pago de lascontribuciones municipales que le sean afectas.

Los fedatarios no estarán obligados a enterar elImpuesto sobre Traslación de Dominio de BienesInmuebles, cuando consignen en escrituras públicasoperaciones por las que ya se hubiera pagado esteimpuesto y acompañen a su declaración copia deaquélla con la que se efectuó el pago.

En ningún caso se podrán inscribir en el RegistroPúblico de la Propiedad y del Comercio los testimoniosque no cuenten con las inserciones a que se refiere lafracción III de este artículo, bajo responsabilidad delos funcionarios de dicha oficina.

En los casos de escrituras otorgadas fuera del estado,los interesados presentarán al Registro Público de laPropiedad y del Comercio, los testimonios relativos afin de que el encargado de esa oficina dé a la TesoreríaMunicipal la información a que se refiere la fracción IIde este artículo.

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Segundo Año de Ejercicio Constitucional

En este último caso y cuando se trate de sentencias deprescripción positiva, el Registrador Público de laPropiedad y del Comercio deberá invariablementeformular el aviso proponiendo la liquidación de esteimpuesto ante la Tesorería Municipal.

Capítulo IIIDel Impuesto sobre Espectáculos Públicos

Art ícu lo 143 . E s o b j e t o d e l I m p u e s t o s o b r eEspectáculos Públicos, la explotación de cualquierdiversión o espectáculo público que se realice enforma eventual o habitual en el municipio.

Por diversión o espectáculo público debe entenderse,toda función de esparcimiento, sea teatral, deportivao de cualquier otra naturaleza semejante, excepto cines,que se verifique en salones, teatros, estadios, carpas,calles, plazas, locales abiertos o cerrados, en donde sereúna un grupo de personas, pagando el importe delboleto de entrada o de cualquier otro derecho deadmisión.

Quedan incluidas en el concepto de diversión oespectáculo público, las ferias, muestras, exposicionesy eventos similares, si para el acceso se paga algunacantidad.

Cuando los promotores que organicen espectáculospúbl icos , expidan pases u o torguen cor tes ías ,causarán el Impuesto sobre Espectáculos Públicoscorrespondiente, como si se hubiere cubierto el importedel boleto o cuota respectiva.

Artículo 144. Son sujetos del Impuesto sobreEspectáculos Públicos, las personas físicas o moralesque habitual o eventualmente promuevan, organiceno exploten las actividades señaladas en el artículoanterior.

Artículo 145. Es base gravable del Impuesto sobreEspectáculos Públicos, el monto total de los boletosde entrada o derechos de admisión a espectáculospúblicos vendidos y los pases o cortesías.

Cuando en un mismo local, se celebren diversosespectáculos explotados por una misma persona, quecausen el impuesto a que se refiere este capítulo contasas distintas, para determinar la base sobre la quedeba pagarse, se aplicará la más alta.

Artículo 146. El Impuesto sobre EspectáculosPúblicos, se causará y pagará conforme a la tasa queautorice el Congreso del estado, sobre la base aque se refiere el artículo anterior.

Artículo 147. El pago del Impuesto sobre EspectáculosPúblicos, se realizará en la forma siguiente:

I. Previo a la realización de la diversión o espectáculopúblico, en el caso de que se pueda determinaranticipadamente el monto del mismo. En este casoel pago es requisito para que se pueda celebrar elevento;

I I . Cuando e l mon to de l impues to no puedadeterminarse anticipadamente o cuando se causesobre el importe, de los boletos vendidos o cuotasde admisión recaudadas, diariamente, al finalizar elespectáculo, los interventores fiscales, designadospor la autoridad municipal para vigilar la entrada alos mismos, harán la liquidación correspondientey levantarán acta por duplicado, en la que se haráconstar dicha liquidación. Un ejemplar del acta loentregarán al causante y otro a la TesoreríaMunicipal. Con base en dicha liquidación y a mástardar al día siguiente hábil, el causante deberáhacer el pago del impuesto en la Tesorería Municipalque corresponda;

III. Si en la liquidación del impuesto hubiere error, laTesorería Municipal determinará el impuestocausado, procediendo al cobro de la diferencia o ala devolución. En caso de que se hubiese pagadode menos, el causante deberá cubrir la diferenciadentro de las veinticuatro horas siguientes a lanotificación de la liquidación respectiva;

IV. Si el impuesto se causa conforme a cuotascor respondien tes a pe r iodos de te rminados ,deberán pagarse:

a) Si es mensual, dentro de los primeros diez díasde cada mes.

b) Si es bimestral o por un periodo mayor, dentrode los quince primeros días del término;

V. Si el espectáculo se clausura antes de la conclusióndel término por el que se hubiere cubierto la cuotarespectiva, quien haya hecho el pago tendráderecho a que se le devuelva la parte proporcionalque de la cuota pagada corresponda al tiempocomprendido entre la fecha de terminación de susactividades gravables y la de la conclusión delplazo que haya cubierto con dicha cuota.

Artículo 148. Son solidariamente responsables delpago del Impuesto sobre Espectáculos Públicos, losp r o p i e t a r i o s o p o s e e d o r e s d e i n m u e b l e s oestablecimientos, en los que en forma permanente u

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Primer Receso

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ocasional, por cualquier acto o contrato se autorice apersonas sujetas al pago de este impuesto, para queexploten diversiones o espectáculos públicos, si elpropietario o poseedor no manifiesta a la Tesorería lacelebración del acto o contrato formulado, por lomenos un día hábil antes de la iniciación de dichoseventos.

Artículo 149. Los suje tos de l Impuesto sobreEspectáculos Públicos, al solicitar de la TesoreríaMunicipal, la autorización para llevar a cabo ladiversión o espectáculo público, deberán cumplir conlos requisitos que esta dependencia establezca.

I. Al solicitar la autorización los contribuyentesdeberán hacerlo cuando menos siete días antes dela celebración o iniciación del espectáculo, en lasformas aprobadas oficialmente, indicando:

a) El nombre y domicilio del causante;

b) El tipo de evento a celebrarse;

c) La ubicación del local en que vaya a celebrarse;

d) El día o días en que se celebrarán las funcionesy la fecha y hora en que deberán dar inicio;

e) El número de cada clase de localidades de queconste el local donde vaya a celebrarse elespectáculo;

II. Antes de otorgar la autorización las autoridadesfiscales deberán solicitar al contribuyente elrecibo de pago de los derechos por servicio delimpia, en caso de que éste sea necesario despuésdel evento, y

III. Los sujetos de este impuesto al serles concedidala au tor izac ión , t endrán l as ob l igac ionessiguientes:

a) Presentar a la Tesorería la emisión total delboletaje de entrada a la diversión o espectáculopúblico, cuando menos cuatro días hábilesanteriores a aquél en que dé comienzo la función,con el propósito de que sean autorizados con elsello correspondiente;

b ) Cada bo le to debe rá e s t a r numeradoprogresivamente y contener el nombre de laempresa o persona que realice la función, preciode entrada o admisión, la identificación de lalocalidad a que de derecho, lugar, fecha y horade la función;

c) Entregar a la Tesorería Municipal por duplicadoy dentro del término a que se refiere la fracciónan te r io r , e l p rograma de l a d ive r s ión oespectáculo público, los precios y horariosc o r r e s p o n d i e n t e s , l o s c u a l e s u n a v e zautorizados, no podrán ser modificados sin elconsentimiento de la propia Tesorería;

d ) Dar av i so de l cambio en los da tosproporcionados en la fracción I de este artículo;

e) Dar aviso de la terminación o clausura de losespectáculos, cuando éstos se celebren por unperiodo indefinido, por lo menos tres días antesde la terminación, que en su momento deberácomprobar a la Tesorería, y

f) Los sujetos al pago de este impuesto, deberáno to rga r t oda c l a se de f ac i l i dades a l o sinspectores o interventores comisionados porla Tesorería, para que desempeñen su cometidoproporcionándoles los documentos, datos einformes que se requieran para la determinaciónde este impuesto, la cual se efectuará al terminarcada función, elaborándose el acta respectivapor dupl icado, cuya copia conservará e lcontribuyente;

g) Otorgar garantía suficiente en términos delpresente código.

El pago de este impuesto no libera a las personasfísicas o morales que exploten o realicen diversioneso espectáculos públicos, de la obligación de tramitary obtener cuando otros ordenamientos jurídicos lodeterminen, las licencias o autorizaciones que serequieran para el desarrollo de las actividades a quese refiere este capítulo o para la prestación de serviciosde otra naturaleza dentro del mismo local.

Artículo 150. Los representantes de la Tesorería,nombrados como inspectores o interventores yfacultados para tal efecto, podrán intervenir la taquilla,s u s p e n d e r o c l a u s u r a r c u a l q u i e r d i v e r s i ó n oespectáculo público, cuando los sujetos de esteimpuesto se nieguen a permitir que éstos cumplancon su comisión o cuando no se cumplan o seviolen las disposiciones que establece el presentecapítulo.

El ayuntamiento o el presidente a través de la oficinacomisionada para el efecto, podrá establecer medianteconvenio una cantidad fija como impuesto, cuando nosea posible su recaudación y pago en la forma ytérminos establecidos en los artículos 147 y 148 de

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Segundo Año de Ejercicio Constitucional

este código o cuando no compensen el sostenimientode su interventor.

Artículo 151. Quedan preferentemente afectos al pagodel Impuesto sobre Espectáculos Públicos:

I. Los bienes inmuebles en los que se exploten orealicen diversiones o espectáculos públicos,cuando sean propiedad del sujeto obligado al pagode este impuesto, y

II. El equipo y las instalaciones que se utilicen en ladiversión o espectáculo público, cuando seanpropiedad del sujeto obligado al pago de esteimpuesto.

Capítulo IVDel Impuesto sobre Loterías, Rifas,

Sorteos y Concursos

Artículo 152. Es objeto de este impuesto, lapercepción de ingresos por la venta de boletos parala realización de loterías, rifas, sorteos y concursosdentro del municipio, así como la obtención de lospremios correspondientes.

Artículo 153. Son sujetos de este impuesto, laspersonas físicas, morales, que promuevan u organicenlos eventos, así como quienes obtengan los premiosa que se refiere el artículo anterior.

Artículo 154. Es base gravable de este impuesto:

I. El importe total de los boletos o billetes departicipación vendidos;

II. El importe total de los premios ofrecidos, en rifaso sorteos en que no se emitan billetes o que notengan valor nominal, y

III. El importe total del premio obtenido, si éste consisteen una cantidad determinada de dinero.

Si los premios consisten en bienes distintos al dinero,se tendrá como base del impuesto, el valor que señalena dichos bienes los organizadores.

Si la Tesorería considera que el valor a que se refiereel párrafo anterior, no es el que realmente lecorresponde, ordenará que se valúen los bienes encues t ión , por medio de per i tos y e l va lor as ídeterminado será la base gravable.

Quienes promuevan u organicen los eventos a que serefiere este capítulo serán responsables de retener el

impuesto que le corresponde pagar al ganador delpremio y enterarlo a la Tesorería Municipal.

Artículo 155. Este impuesto se causará y pagará,aplicando a la base gravable determinada, las tasasque anualmente apruebe el Congreso del estado.

Artículo 156. Este impuesto se deberá pagar en laTesorería, a más tardar el día hábil siguiente a aquél enque se efectúen los eventos a que se refiere el artículo154 de este código.

Artículo 157. Son responsables solidarios del pagode este impuesto, las personas físicas, morales, quepromuevan u organicen loterías, rifas y sorteos detoda clase, respecto de la obligación de retener yenterar el impuesto que corresponda a cargo de quienesobtienen premios derivados de dichos eventos.

Artículo 158. Las personas a quienes se concedaautorización para celebrar los eventos a que se refiereeste capítulo, tendrán las siguientes obligaciones:

I. Presentar a la Tesorería la emisión total del boletajeo billetes de participación, cuando menos quincedías hábiles anteriores a aquél en que se realizaráel evento de que se trate, con el propósito de quesean autorizados con el sello correspondiente;

II. Cada boleto o billete deberá estar numeradoprogresivamente, contener el nombre de la personao institución que organice el evento, el importe delboleto, la identificación del o los números clavesde participación, lugar y fecha de celebración delevento, así como la descripción de los premios a ganar;

III. Presentar a favor de la Tesorería dentro del plazoseñalado en la fracción anterior alguna de lassiguientes garantías: depósito en efectivo, fianzade institución afianzadora autorizada u obligaciónsolidaria asumida por tercero que compruebe susolvencia.

Dicha garantía deberá ser al menos, por un importeigual al total de la emisión de boletos o billetes departicipación;

IV. Dar aviso a la Tesorería por escrito a más tardar dosdías hábiles anteriores a aquél señalado paraefectuar los eventos de referencia, de cualquiermod i f i cac ión que s e haga a l o s t é rminosestablecidos para la realización de los mismos;

V. Otorgar toda clase de facilidades a los inspectoreso interventores comisionados por la Tesorería para

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Primer Receso

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que desempeñen adecuadamente su cometido,proporc ionándoles los documentos , da tos einformes que se requieran para la determinación deeste impuesto;

VI. Retener y enterar el impuesto que corresponda,conforme a los artículos 154 y 156 de este código,el día hábil siguiente al de la entrega de los premios,en t r e t an to no se cance l a r án l a s ga ran t í a sotorgadas, y

VII. Proporcionar constancia de retención de impuestosa la persona que obtenga el premio, cuando ésta losolicite.

Art ícu lo 159 . No causa rán e s t e impues to l aFederación, los estados, los municipios, los partidospolíticos en los términos de la legislación electoralc o r r e s p o n d i e n t e , y l o s o r g a n i s m o s p ú b l i c o sdescentralizados de la administración pública estataly federal, cuyo objeto social sea la obtención derecursos para destinarlos a la asistencia pública.Tampoco se causará este impuesto cuando los premiosen forma global no superen el valor equivalente a los400 salarios mínimos en el municipio.

Artículo 160. La Tesorería podrá establecer unacantidad fija como impuesto, cuando no sea posiblesu determinación y pago en la forma y términosestablecidos en los artículos 154, 155 y 156 de estecódigo o cuando no se compense el sostenimiento desu interventor.

Capítulo VDel Impuesto sobre Juegos Permitidos

Artículo 161. Es objeto de este impuesto, la prácticade los juegos siguientes: dominó, dados, ajedrez,damas y otros permitidos por la Ley Federal de Juegosy Sorteos.

Artículo 162. Son sujetos de este impuesto, lospropietarios de los establecimientos donde tengaacceso el público, en que se practiquen los juegos aque se refiere este capítulo.

Artículo 163. Este impuesto se causará mensualmentepor cada establecimiento en que se celebren juegospermitidos.

Artículo 164. Este impuesto se causará y pagará,aplicando a la base gravable determinada, la tasa queanualmente autorice el Congreso del estado para elmunicipio.

Artículo 165. Este impuesto se pagará en la TesoreríaMunicipal, los primeros cinco días de cada mes.

Artículo 166. Las personas a quienes se concedaautorización para celebrar los eventos a que se refiereeste capítulo, tendrán las siguientes obligaciones:

I. Solicitar previamente la licencia para celebrar losjuegos a la autoridad competente;

II. Dar aviso a la Tesorería Municipal de la iniciaciónde sus actividades, con cinco días de antelacióncuando menos, indicando el número y fecha deoficio en que conste la licencia que se le hayaconcedido y la autoridad que la haya otorgado;

III. Dar aviso a la Tesorería del traspaso o traslado delnegocio y de la terminación de las actividadesgravadas, antes de que estos hechos ocurran, y

IV. Otorgar toda clase de facilidades a los inspectoreso interventores comisionados por la Tesorería paraque desempeñen adecuadamente su cometido.

Artículo 167. La Tesorería podrá impedir la celebraciónde los juegos a que se refiere este capítulo cuando secarezca de la licencia respectiva, cuando no se pagueel impuesto en términos de ley o cuando se impida alas autoridades fiscales cumplir su cometido.

Art ícu lo 168 . La Tesore r í a podrá nombra rinterventores para vigilar el cumplimiento de lasobligaciones fiscales, a cargo de los sujetos delimpuesto.

Capítulo VIDel Impuesto Adicional sobre Arbitrios Municipales

Artículo 169. Es objeto de este impuesto, la realizaciónde pagos por concepto de impuestos, derechos yproductos que establece este código.

Artículo 170. Son sujetos de este impuesto, quienesrealicen los pagos a que se refiere el artículo anterior.

Artículo 171. Es base de este impuesto el importe delos pagos por concepto de los siguientes impuestos,derechos y productos municipales:

I. Impuestos Predial, sobre Espectáculos Públicos,sobre Juegos Permitidos, sobre Rifas, Loterías ySorteos;

I I . De rechos po r l o s s e rv i c io s de pan t eones ,alineamiento de predios y fijación de números

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Segundo Año de Ejercicio Constitucional

oficiales, por expedición de licencias, por deslindesde predios de particulares y por conexión al sistemade drenaje, y

III. Productos por ingresos obtenidos en la enajenaciónde bienes muebles e inmuebles municipales, porrentas de bienes municipales y por capitalesimpuestos .

Artículo 172. Este impuesto se causará y pagará deacuerdo a las tasas que para cada ejercicio apruebe elCongreso del estado para el municipio.

Artículo 173. Este impuesto se liquidará y pagarájunto con los impuestos, derechos o productos sobrelos que recae y su pago se hará en el momento en quese haga el entero de estos últimos.

Capítulo VIIDel Impuesto sobre Fraccionamientos

Artículo 174. Es objeto de este impuesto la percepciónde ingresos que obtengan los fraccionadores por laena j enac ión de l o t e s de t e r r eno , y de l a sconstrucciones edificadas en ellos.

Artículo 175. Son sujetos de este impuesto laspersonas físicas o morales que obtengan ingresos deacuerdo a lo establecido en el artículo anterior, siempreque el fraccionamiento se realice o surta sus efectosdentro del territorio del municipio.

Artículo 176. La base de este impuesto será el valorcatastral del inmueble o el valor de operaciónconsignado en escritura pública, si este último esmayor.

Artículo 177. Este impuesto se causará, liquidará ypagará aplicando la tasa aprobada por el Congresosobre el monto de la base que se señala en el artículoanterior.

Artículo 178. El pago de este impuesto deberáefectuarse en la Tesorería Municipal correspondienteal domicilio del bien a fraccionar, dentro de los veintedías siguientes a la fecha en que se hubiere causado.

Art ícu lo 179 . E s t a s d i s p o s i c i o n e s a f e c t a r á nexclus ivamente a aquel las operac iones que seencuentren comprendidas en las fracciones I y II delartículo 9 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

Artículo 180. Los sujetos de este impuesto deberánempadronarse, dentro del plazo de los diez díassiguientes a la fecha en que hayan iniciado sus

actividades, en la Tesorería Municipal, acompañandoplano autorizado del fraccionamiento, en el que seseñalará el área y número de lotes a enajenar.

Cuando un mismo contribuyente realice más de unfraccionamiento deberá registrarlos por separado, conobservancia de lo dispuesto en el párrafo anterior.

Artículo 181. Lo previsto en este capítulo se aplicarásin perjuicio de las obligaciones que se deriven de laLey de Catastro del estado y de la Ley de DesarrolloRegional y Urbano del estado de Veracruz-Llave.

Artículo 182. Para los efectos de este impuesto seentenderá por:

I. Fraccionador: la persona física o moral que realiceun fraccionamiento con fines de lucro;

II . Fraccionamiento: división, aprobada por laautoridad competente, de un terreno en lotes, conservicios de infraestructura y equipamiento;

III. Valor catastral: valor de un bien inmueble, que seobtiene al aplicar las técnicas de valuaciónestablecidas en el capítulo IV de la Ley de Catastrodel estado de Veracruz-Llave, y

IV. Enajenación: toda transmisión de propiedad, aunen la que el enajenante se reserve el dominio delbien enajenado.

Título SegundoDe los derechos por servicios prestados por las

dependencias y entidades municipales

Capítulo IDisposiciones generales

Artículo 183. Son sujetos al pago de derechos, laspersonas físicas o morales, ya sean de derecho públicoo privado, quienes reciben servicios que presta elmunicipio o sus entidades en funciones de derechopúblico.

Artículo 184. Es objeto de un derecho la recepción deservicios que presta el municipio en sus funcionesde derecho público, a través de sus dependencias oentidades.

Artículo 185. Los derechos por la prestación deservicios deberán ser congruentes con el costo totaldel servicio, incluso el financiero, excepto cuandodichos costos tengan un carácter de administracióndel servicio.

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Primer Receso

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Artículo 186. Los derechos por los serviciosprestados por la administración pública municipal secausarán y pagarán conforme a las tasas, cuotas ytarifas que autorice el Congreso para el ejercicio fiscalque corresponda.

Artículo 187. Los derechos que se recauden por laconcesión de bienes o servicios municipales, seingresarán con arreglo a lo previsto en cada título deconcesión.

Artículo 188. Cuando se concesione o autorice que laprestación de un servicio gravado por la ley, seproporcione por un particular en forma total o parcial,deberá revisarse por el ayuntamiento el cobro delderecho que se establece por el mismo en la proporciónque represente el servicio concesionado o prestadopor un particular respecto del servicio total.

Artículo 189. En el caso de servicios concesionados,el concesionario podrá convenir con las dependenciaso entidades de que se trate, el mecanismo de cobro quepermita la eficiente recaudación de la tarifa.

Artículo 190. Salvo disposición expresa en contrariolos derechos deberán ser pagados, según el caso, antela Tesorería Municipal o la entidad de que se trate, oen las oficinas que éstas autoricen para tal efecto.

Artículo 191. Salvo disposición expresa en contrario,e l p a g o d e d e r e c h o s d e b e r á h a c e r s e p o r e lcontribuyente antes de que le sean prestados losservicios que solicite, incluso aquellos que deban serpagados en forma mensual o anual.

Artículo 192. Los administradores de bienes ose rv ic ios conces ionados se rán so l ida r i amen teresponsables de que los concesionarios enteren conoportunidad y en los términos previstos en el título deconcesión, los derechos respectivos.

Artículo 193. Son facultades de las autoridadesfiscales, en materia de derechos:

I. Verificar el pago de los derechos, así como lao b t e n c i ó n o p o r t u n a p o r p a r t e d e l o scontribuyentes, de la cédula de empadronamientoy la autorización en su caso;

II. Suscribir acuerdos o convenios, con el objeto deauxiliar a los concesionarios de servicios en elcobro de tarifas, y

III. Las demás que prevé este ordenamiento, lalegislación aplicable y los reglamentos administrativos.

Artículo 194. Cuando de conformidad con la LeyOrgánica del Municipio Libre u otras disposiciones,los servicios que presta una dependencia o entidad,pasen a ser proporcionados por otra dependencia oentidad, se entenderá que las disposiciones señaladasen éste y los demás ordenamientos hacendarios, seaplicarán a dichos órganos.

Las cuotas señaladas en este título para certificadoso copias cer t i f icadas se en t ienden re fe r idas adocumentos que se expiden en hojas de papel que noexcedan de 35 centímetros de largo por 24 centímetrosde ancho y no deben contener más de 80 renglones,por ambos lados; los certificados o copias certificadasen hojas de mayor dimensión o mayor número derenglones, causarán doble cuota.

La dependencia, funcionario o empleado que preste elservicio por el cual se paguen los derechos, procederáa la prestación del mismo, al presentar el interesado elrecibo que acredi te su pago ante la Tesorer íaMunicipal, o bien en las instituciones bancariaspreviamente autorizadas en los términos de estecódigo; ningún otro comprobante justificará el pagocorrespondiente.

El funcionario o empleado público que preste algúnse rv ic io por e l que se cause un de recho , encontravención a lo dispuesto anteriormente, seráresponsable de su pago.

La recepción del pago de derechos por parte de lasautoridades fiscales, en el caso de solicitarse elotorgamiento de permisos, licencias o autorizaciones,sus ampliaciones o refrendos, no obliga a laautoridad a emitir una respuesta favorable, y en todocaso, los derechos que se hayan pagado serándevueltos, en su parte proporcional deduciendo losgastos efectuados.

La falta de pago, por sí misma justifica la no prestacióndel servicio o la no expedición de la licencia, permisoo autorización de que se trate.

Cuando la ley establezca la obligación de pago de unrefrendo de permisos, licencias o autorizaciones, sinespecificar el plazo dentro del que debe solicitarse, seestará a lo que mediante disposiciones generales dé aconocer la Tesorería.

Cuando e l munic ip io p res te un se rv ic io nocomprendido en ese título, por el que se deban pagarderechos, los cobrará de acuerdo a las cuotas tasas ytarifas que al efecto autorice el Congreso del estado.

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Segundo Año de Ejercicio Constitucional

Capítulo IIDe los derechos por registro y refrendo anual de

toda actividad económica

Artículo 195. Son objeto de este derecho:

I. El otorgamiento de la licencia de funcionamiento,permiso o autorización, registro o refrendo que elayuntamiento otorgue a negociaciones, giros oactividades económicas cuya reglamentación yvigilancia corresponda a la autoridad municipal, y

II. La expedición de la autorización de vigenciaanual o eventual correspondiente, así como laampliación o cambio de giro.

Artículo 196. Los propietarios de negociacionescomerciales, industriales, de prestación de servicios,de comisión y, en general, de toda actividad económicaen términos del artículo 36 fracción I de la ConstituciónPolítica de los Estados Unidos Mexicanos, deberánempadronarse en la Tesorería y obtener la cédularespectiva y, en su caso, la licencia o autorización defuncionamiento que corresponda, ya sea que susactividades las realicen en tiendas abiertas al público,en despachos, almacenes, bodegas, interior de casaso edificios o en cualquier otro lugar. Dicha cédula deempadronamiento se mantendrá vigente, hasta en tantono se realice baja, cambio de giro o de domicilio,excepto para los giros que implican la enajenación oexpendio de bebidas alcohólicas en cuyo caso lavigencia de la cédula de empadronamiento de la licenciaserá de un año.

Artículo 197. El inicio de actividades, ampliación ocambio de giro de los establecimientos o locales a losque se refiere el artículo anterior de este ordenamiento,requieren de la autorización de la Tesorería, deconformidad con los requisitos que expida dichadependencia, previa autorización del Cabildo.

Tratándose de los contribuyentes que enajenan oexpendan bebidas alcohólicas total o parcialmente alpúblico en general deberán, además, realizar el pagoque cada año autorice el Congreso.

Artículo 198. Son sujetos de este derecho, laspe r sonas f í s i cas o mora le s que so l i c i t en de layuntamiento la autorización de funcionamiento,registro o refrendo señalados en el artículo 196 o lalicencia correspondiente.

Artículo 199. En virtud de que el estado se encuentraadherido al Sistema Nacional de Coordinación Fiscaly en té rminos de l Convenio de Colaborac ión

Administrativa en Materia Fiscal Federal y susanexos suscritos con la Federación, el municipioejercerá facultades operativas de verificación almomento de expedir las licencias a que se refiere estaley y deberá solicitar de los contribuyentes quetramiten la citada expedición, la presentación de sucédula de inscr ipc ión a l Regis t ro Federa l deContribuyentes.

Mientras subsista el Convenio de Adhesión al SistemaNacional de Coordinación Fiscal, la licencia, permisoo autorización de funcionamiento, el registro o refrendoanual en su caso, no causará cuota alguna, perodeberán cumplir con los requisitos que para suotorgamiento señalen los reglamentos municipales,incluyendo el pago de formas valoradas.

Se exceptúan de la no causación, los giros comercialesque enajenen o expendan bebidas alcohólicas en formatotal o parcial, con el público en general, en cuyo casodeberán cubrir el monto que fije el Congreso delestado por el otorgamiento o refrendo de cada licencia,pero la omisión a dicha obligación se sancionará conmulta equivalente al monto establecido por el Congresopara el otorgamiento de la licencia y en caso de persistirla omisión dentro del término de quince días, darálugar a la clausura.

Sección IDe los establecimientos cuyo giro sea la

enajenación de bebidas alcohólicas realizada total oparcialmente al público en general

Artículo 200. Las licencias, permisos o autorizacionesson intransferibles y no podrán cambiar de domicilio,pues se otorgan para una persona física o moral y paraun lugar determinado.

Artículo 201. Los permisos o autorizaciones paragiros comerciales que enajenen o expendan bebidasalcohólicas, que para eventos esporádicos se expidancon el carácter de temporales, tendrán un costoproporcional al número de días en que se ejerza laventa de bebidas alcohólicas, en relación con la cuotaque corresponda de acuerdo a sus giros. En ningúncaso el costo será menor al que corresponda aquince días.

Artículo 202. La expedición de licencias, permisos oautor izac iones para e l func ionamiento deestablecimientos o locales con giros comerciales queenajenen o expendan bebidas alcohólicas, estará sujetaa los requisitos que establezca el reglamento municipalrespectivo.

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Primer Receso

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Sección IIDe los derechos por anuncios comerciales y publicidad

Artículo 203. Son objeto de estos derechos, laautorización que otorgue la autoridad municipal parala colocación de anuncios comerciales, en formatemporal o permanente, o para la realización depublicidad mediante altavoz móvil en la vía pública.

Para efectos de este derecho se entiende por anuncioscomerciales o publicidad todo medio que proporcioneinformación, orientación e identifique un servicioprofesional, marca o producto o establecimiento confines de venta de bienes o servicios, en tanto serealice, ubique o desarrolle en la vía pública delmunicipio o tenga efectos sobre ésta repercutiendo enla imagen urbana.

La expedición de licencias, permisos o autorizaciones,a que se refiere esta sección, podrá ser anual o decualquier otra temporalidad, incluso eventual.

La expedición de licencias, permisos o autorizaciones,a que se refiere esta sección, para años subsecuentesa aquél en el que fueron otorgadas por primera vez,deberá solicitarse al ayuntamiento dentro de los plazosque establezca la autoridad municipal.

Artículo 204. Son sujetos de este derecho, laspersonas físicas o morales que utilicen para anunciarsela vía pública del municipio, los propietarios o usuariosde un inmueble que utilicen para colocar anunciosajenos al mismo, así como los promotores de cualquierempresa que también soliciten anunciar y hacerpublicidad en las modalidades que señala el primerpárrafo del artículo anterior; debiendo solicitar entodos los casos, la autorización correspondiente.

Son responsables solidarios en el pago de los derechosa que se refiere esta sección, los propietarios oposeedores de predios, fincas o construcciones ylugares de espectáculos en los que se realicen losactos publicitarios, así como los promotores deeventos, propietarios o administradores de marcas onegocios anunciados. En el caso de la publicidadmóvil en altavoz, será responsable solidario aquél quepreste dicho servicio de publicidad.

Las autor idades munic ipa les regularán en susreglamentos respectivos o mediante disposiciones decarácter general, los requisitos para el otorgamientode licencias, permisos o autorizaciones en su caso,para colocar anuncios, el plazo de su vigencia, asícomo sus características, dimensiones y espacios enque se fijen o instalen, el procedimiento para su

colocación y los materiales, estructuras, soportes,sistemas de i luminación, que se uti l icen en suconstrucción. Asimismo, establecerán las condicionesen que se autorice la publicidad móvil por medio dealtavoz.

Artículo 205. Los derechos a que se refiere estasección, se cobrarán de acuerdo a las tarifas queestablezca el Congreso del estado, o en su defecto enlos términos y condiciones de los convenios y actosjurídicos que los reglamenten.

No causarán los derechos previstos en esta sección:

I. La colocación de anuncios, o cualquier actopublicitario, realizado con fines de asistencia obeneficencia pública;

II. La publicidad de partidos políticos;

III. La publicidad de la Federación, del estado o delmunicipio, y

IV. La publicidad que se realice con fines nominativospara la identificación de la negociación, siempre ycuando se realice en el propio establecimiento.

Capítulo IIIDe los derechos por obras materiales

Artículo 206. Son objeto de este derecho, los serviciosque el ayuntamiento preste, a solicitud o en rebeldíadel usuario por los siguientes conceptos:

I. Alineamiento de predios, en términos de la Ley deDesarrollo Regional y Urbano y sus reglamentos;

II. Por asignación de número oficial e inspección depredios;

III. Por placa oficial;

IV. Por licencias:

a) De construcción de bardas;

b) De construcción, ampliación o remodelación;

c) Para fusionar, subdividir o relotificar, entérminos de la Ley de Desarrollo Regional yUrbano y sus reglamentos;

d) Para fraccionamientos en términos de la Ley deDesa r ro l lo Reg iona l y Urbano y susreglamentos;

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Segundo Año de Ejercicio Constitucional

e) Por demoliciones;

f) Por la construcción de albercas y depósitos deagua;

g) Por la construcción de tanques subterráneospara almacenamiento de material peligroso, y

h) Para la conversión al régimen de propiedad encondominio;

V. Por deslinde de predios;

VI. Por registro, estudio y aprobación de planos yproyec tos de cons t rucc ión , remodelac ión oampliación;

VII. Por dictamen de uso de suelo, y

VIII. Por dictamen de cambio de uso del suelo.

Artículo 207. En el caso de la asignación de númerooficial, una vez asignado éste y pagados los derechos,no se estará obligado a pagar nuevos derechos cuandose hagan cambios ordenados por el ayuntamiento, enun plazo de cinco años contados a partir de suotorgamiento.

Artículo 208. Por lo que hace a las licencias deconstrucción, ampliación o remodelación, se tomarácomo base la superficie total de las sumas de lassuperficies parciales cubiertas por construccionescorrespondientes a cada uno de los pisos de queconste la construcción.

Artículo 209. Los derechos por la l icencia dedemolición tendrán como base la superficie horizontaltotal que resulte de sumar las superficies horizontalesparciales correspondientes a cada uno de los pisosque cubran las construcciones que han de demolerse.

Artículo 210. En el caso que el servicio se preste enrebeldía del usuario, se le notificará el costo del mismo,para que, en un término de cinco días hábiles, realiceel pago correspondiente.

Artículo 211. Los servicios de deslinde de prediostendrán como base la superficie del predio y serealizarán por peritos designados por el ayuntamiento.Si practicado el deslinde resulta una diferencia en lasuperficie del predio, superior o inferior, sobre la quese utilizó como base para el pago de los derechos, sehará el ajuste correspondiente, procediendo al cobroo devolución, según el caso.

Artículo 212. El refrendo de licencias y la modificaciónde proyectos, también causarán derechos tomando encuenta las consideraciones previstas en los artículosanteriores, de acuerdo a las autorizaciones del Congresodel estado para el cobro de derechos en cada ejercicio fiscal.

Capítulo IVDe los derechos por los servicios de agua potable y

drenaje del municipio

Artículo 213. Es objeto de los derechos a que serefiere este capítulo la prestación de los servicios dedistribución de agua potable, así como de conexión alos sistemas de drenaje y de distribución.

Artículo 214. Es su je to de es tos de rechos e lpropietario o poseedor del predio que solicite suconexión al sistema de distribución de agua potabley/o de drenaje, así como el que haga uso del serviciode agua potable, independientemente de si se trate delpropietario o del poseedor en cualquier modalidad.

Artículo 215. Por el servicio que preste el ayuntamientopara la conexión de predios al servicio de drenajeinstalado en la vía pública, se causarán los derechosconforme a las tarifas que al efecto autorice el Congresodel estado; en los términos que señale la ley especial,sin perjuicio del pago por la reparación del pavimentoque será equivalente al costo de los materialesempleados y de la mano de obra, debiendo pagarseambos conceptos antes de que se preste el servicio.

Art ícu lo 216 . L o s p r e d i o s r e s p o n d e r á npreferentemente del pago de los derechos por elservicio de agua. En consecuencia, la TesoreríaMunicipal tendrá acción real que podrá ejercer contracualquier propietario o poseedor del inmueble.

Quienes adquieran giros mercantiles o industriales,responderán solidariamente de los adeudos que, porconcepto de derechos por el servicio de agua, sehayan causado con anterioridad a la adquisición. Enconsecuencia, podrá exigirse el pago al propietario oposeedor del negocio.

Artículo 217. Estarán exentos de pago de los derechospor servicio de agua potable: El gobierno del estadoy del municipio, cuando dicho servicio se preste enlocales o edificios pertenecientes a los mismos, queestén destinados a servicios públicos.

Artículo 218. Las instituciones que tengan derecho agozar de exención de pago de la contribución por elservicio de agua la deberán solicitar a la TesoreríaMunicipal acreditando su derecho.

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Las mismas instituciones deberán dar aviso en unplazo de 10 días a la propia Tesorería Municipal cuandohayan dejado de concurrir las circunstancias quemotivaron la exención, para que a partir de esa fecha,se cobre la contribución correspondiente.

Artículo 219. Los notarios y demás funcionariosencargados de llevar la fe pública no podrán autorizarinstrumentos en los que se consigne la enajenación depredios o giros, si previamente no se les comprueba,con las constancias oficiales correspondientes, quese está al corriente en el pago de los derechos por elservicio de agua y drenaje.

Artículo 220. Las autor idades munic ipales noautorizarán el traspaso o traslado de un giro mercantilo industrial o el cambio de negocio, mientras no se lesacredite estar al corriente en el pago de derechos porservicios de agua y drenaje.

Artículo 221. Los derechos o conceptos de ingresode cualquier naturaleza, que se establezcan por losservicios de agua potable y drenaje del municipio, seregularán de acuerdo a legislación estatal o municipalaplicable en la materia y se pagarán conforme a lastasas, tarifas y cuotas que establezca el Congreso delestado.

Capítulo VDe los derechos por expedición de

certificados y constancias

Artículo 222. Son objeto de estos derechos:

I. La expedición de certificados, constancias y copiascertificadas de documentos que obren en losarchivos municipales, y

II. La evaluación de impacto ambiental.

Artículo 223. Son sujetos de este derecho, laspersonas físicas o morales que soliciten la expediciónde los servicios a que se refiere el artículo anterior.

Artículo 224. Los funcionarios facultados para prestarlos servicios a que se refiere este capítulo, verificaránque previamente se hayan cubierto los derechoscorrespondientes.

Capítulo VIDe los derechos por servicios de rastro

o lugares autorizados

Artículo 225. Son objeto de estos derechos losservicios que se presten en el Rastro Municipal o en

los lugares autorizados, relativos al sacrificio deanimales para el consumo humano, así como por el usode los espacios e instalaciones del Rastro Municipal.

Artículo 226. Son sujetos de este derecho, laspersonas físicas o morales que hagan uso de losservicios descritos en el artículo anterior, sin perjuiciodel cumplimiento de los requisitos sanitarios.

Artículo 227. Es base de este derecho, cada animal enpie considerado por cabeza y por tipo; en el caso deluso de instalaciones como frigoríficos y corrales, sepagará por el tiempo utilizado de acuerdo a las cuotasque el Congreso del estado.

Artículo 228. El pago de este derecho se efectuaráprevio a la prestación del servicio, en la TesoreríaMunicipal o ante la oficina de ésta en el Rastro. Losfuncionarios encargados del Rastro Municipal noprestarán servicio alguno, si previamente no sec o m p r u e b a q u e p a g a r o n l o s d e r e c h o scorrespondientes.

El Rastro Municipal, no será responsable por lasuspensión de los servicios que presta o retrasos delos mismos, cuando éstos sean causados por fallasmecánicas, falta de energía eléctrica, captación deagua o circunstancias fortuitas no imputables al Rastro,tampoco será responsable por mermas, utilidades opérdidas comerciales supuestas, ni por las accionesque ejerza autoridad diferente en demérito de laprestación del servicio.

Capítulo VIIDe los derechos por servicios de panteones

Artículo 229. Son objeto de estos derechos, losservicios de inhumación y exhumación de cadávereso restos humanos, apertura y cierre de gavetas,d e p ó s i t o d e r e s t o s e n o s a r i o , c o n s t r u c c i ó n ,reconstrucción y ampliación de monumentos criptas ofosas.

Artículo 230. Son sujetos de estos derechos, laspersonas físicas o morales que soliciten la prestaciónde los servicios que señala el artículo anterior, quienespagarán las cuotas y tarifas que establezca el Congresodel estado.

Capítulo VIIIDe los derechos por servicios de recolección,

transporte y disposición final de desechos sólidos

Artículo 231. Son objeto de estos derechos losservicios de recolección, transporte y disposición

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Segundo Año de Ejercicio Constitucional

f i na l de l o s r e s iduos só l i dos ; que p r e s t e e layuntamiento o el concesionario en su caso, a casahabitación, condominios, departamentos, unidadeshabitacionales o sus similares, comercios, industrias,prestadores de servicios, empresas de espectáculospúblicos.

Artículo 232. Son sujetos de estos derechos laspersonas físicas o morales que sean propietarias,poseedoras o usufructuarias de los predios en que sepresten los servicios a que se refiere este capítulo.

Artículo 233. La base gravable se determinará de lasiguiente manera:

I . Por e l servic io pres tado a los propietar ios ,poseedores o usufructuarios de inmuebles de casahabitación, condominios, departamentos, unidadeshabitacionales o sus similares, se aplicará unacuota mensual de acuerdo a la autorización delCongreso del estado para este servicio, y

II. Para el caso de establecimientos comerciales,industriales, prestadores de servicios, empresasde espec táculos públ icos , se rá a t ravés deconvenio, en razón de su peso en kilogramos o suvolumen en metros cúbicos.

Artículo 234. El ayuntamiento, o el concesionario ensu caso, podrán aceptar o rechazar el manejo dedesechos o residuos potencialmente peligrosos, entanto no se implementen las medidas necesarias parasu manejo.

Los derechos a que este capítulo se refiere, se pagaránde conformidad con las cuotas tasas o tarifas queanualmente establezca el Congreso del estado.

En caso de que se concesione el servicio, los derechosque se cobren a los concesionarios, se determinaránde conformidad con lo establecido en el título deconcesión respectivo.

El pago de derechos a que este capítulo se refiere,deberá efectuarse:

I. Tratándose de inmuebles destinados para casahabitación, condominios, departamentos, unidadeshabitacionales o sus similares, durante los primerosdiez días de cada mes, pudiéndose optar porefectuar el pago de manera anual, durante losprimeros dos meses del ejercicio fiscal;

II. Tratándose de establecimientos comerciales, industriales,prestadores de servicios así como empresas de

espectáculos públicos, el pago deberá de realizarsedentro de los primeros quince días del mes siguientea aquél en que se prestó el servicio, y

III. Tratándose de empresas de espectáculos, el pagose hará por adelantado, antes de que se realice elevento, debiendo exhibir dicho pago al solicitar laautorización para la celebración del mismo.

Artículo 235. Los servicios a que se refiere estecapítulo podrán ser concesionados cuando así lodetermine la autoridad municipal y se cubran losrequisitos legales para tal efecto.

Capítulo IXDe los derechos por limpieza de predios no edificados

Artículo 236. Son objeto de estos derechos, losservicios especiales que el ayuntamiento, por sí o através de sus concesionarios, efectúen en predios noedificados, a solicitud o en rebeldía de sus propietarioso poseedores.

Artículo 237. Son sujetos de estos derechos laspersonas físicas o morales que sean propietarias oposeedoras de predios, en los cuales el ayuntamientohaya prestado los servicios a que se refiere este capítulo.

Artículo 238. El pago de estos derechos se enteraráa la Tesorería Municipal, dentro del plazo de quincedías siguientes a aquél en que se haya efectuado lalimpieza.

Los derechos por limpieza de predios no edificados,así como por servicios especiales se causarán ypagarán de acuerdo al costo del arrendamiento de lamaquinaria y la mano de obra utilizada para llevar acabo el servicio, a solicitud del contribuyente o en rebeldía.

Los propietarios o poseedores de predios, seráninformados oportunamente a través de los medios decomunicación, de la obligación de conservarloslimpios, para mantener la buena imagen del municipioy evitar la proliferación de focos de infección, con elapercibimiento que de no hacerlo, el servicio seráprestado a costa del propietario o poseedor por elayuntamiento o el concesionario, en su caso.

Capítulo XDe los derechos por la prestación de servicios de

supervisión técnica sobre la explotación de bancosde material

Artículo 239. Son objeto de este derecho, la prestaciónde los servicios de supervisión técnica sobre la

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Primer Receso

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explotación de bancos de material ubicados en elmunicipio.

Artículo 240. Son sujetos de este derecho, laspersonas físicas o morales que sean propietarias,poseedoras, usufructuarias, concesionarias y engeneral quienes bajo cualquier título realicen laextracción del material a que se refiere este capítulo.

Artículo 241. Es base gravable el volumen de materialextraído cuantificado en metros cúbicos.

En los casos que no sea posible determinar el volumende extracción, este derecho se pagará mediante unacuota que establezca la Tesorería.

Capítulo XIDe los derechos por servicios prestados por la

Tesorería Municipal

Artículo 242. Son objeto de estos derechos losservicios de:

I. La asignación de número de cuenta predial ainmueb les sus t ra ídos de l a acc ión f i sca l ,condominios, identificaciones o relotificaciones;

II. La inspección ocular de verificación de datoscatastrales a solicitud del contribuyente o enrebeldía;

III. El aviso notarial de rectificación, modificación ocancelación en el ejercicio;

IV. La asignación o certificación de clave catastral, y

V. La expedición de certificación de datos o documentosque obren en el archivo de la tesorería municipal.

Los derechos se pagarán de acuerdo a las cuotas queautorice el Congreso del estado.

Artículo 243. Son sujetos de estos derechos, laspersonas físicas o morales que soliciten los serviciosa que se refiere este capítulo, así como los propietarioso poseedores de predios en que se realice la verificaciónde datos catastrales en rebeldía.

Capítulo XIIDe los derechos por los servicios del Registro Civil

Artículo 244. Son objeto de estos derechos losservicios de expedición de copias de actas de registro,certificados de vecindad, registros de nacimiento,reconocimiento de hijos, adopciones, inscripción de

sentencia, divorcios, los servicios extraordinarios adomicilio de celebración de matrimonio, así como losdemás que señale la legislación en la materia.

Artículo 245. Son sujetos de estos derechos, laspersonas físicas o morales que soliciten los serviciosa que se refiere el artículo anterior.

Artículo 246. Los derechos se pagarán en la TesoreríaMunicipal de acuerdo a las cuotas que establezca elCongreso del estado para cada ejercicio fiscal.

Capítulo XIIIDe los derechos por ocupación de inmuebles del

dominio público

Artículo 247. Las personas que utilicen espacios enmercados, así como en tianguis, deberán acreditarante el ayuntamiento, el permiso correspondiente alárea que ocupen, a efecto de conformarse un padrónpor cada mercado, debiendo el ayuntamiento expediruna cédula de registro, previo el pago de derechoscorrespondientes.

Artículo 248. Los derechos por la ocupación deespacios, se calcularán y pagarán de conformidad conlas cuotas, tasas o tarifas que autorice el Congreso delestado, para cada ejercicio fiscal, atendiendo a losiguiente:

I. La ocupación de espacios en mercados municipalesse pagará diariamente por metro cuadrado entérminos de la autorización del Congreso del estado,

En los casos de a l tas , t raspasos , cambios ,ampliaciones de giro y arreglo o modificaciones delocales o área que ocupen, deberán efectuarsede conformidad con la reglamentación aplicable yse deberá obtener la autorización de la oficinamunicipal competente;

II. La ocupación de espacios en vía pública o áreasmunicipales, exceptuando las áreas verdes, sepagará diariamente por metro cuadrado de superficie,previa la autorización correspondiente, y

III. Los vendedores ambulantes, pagarán diariamenteconsiderando los metros lineales de frente en elcaso de vía pública, o considerando los metroscuadrados en el caso de áreas municipales; previaautorización de la autoridad correspondiente;

Por uso u ocupación del subsuelo con construccionespermanentes, se pagará mensualmente, por metro linealo cuadrado, en su caso, o fracción de éstos.

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Título TerceroDe las contribuciones por mejoras

Capítulo Único

Artículo 249. Es objeto de estas contribuciones lamejora o beneficio particular que tengan los bienesinmuebles por la realización de obras públicas.

Para los efectos del párrafo anterior, se consideranobras públicas las siguientes:

I. En zonas urbanas:

a) Las de captación de agua;

b) Las de instalación de tuberías de distribuciónde agua;

c) Las de construcción o reconstrucción dealcantarillado, drenaje, desagüe, entubamientode aguas de ríos, arroyos y canales;

d) Las de pavimentación de calles y avenidas;

e) Las de apertura, ampliación y prolongación decalles y avenidas;

f) Las de construcción y reconstrucción debanquetas, y

g) Las de instalación de alumbrado público.

II. En zonas rústicas:

a) Las de construcción o reconstrucción de víasde comunicación, y

b) Las de construcción o reconstrucción de obrasde regadío.

Artículo 250. Son sujetos de las contribuciones pormejoras y están obligados a pagarlas, las personasfísicas o morales propietarias de los bienes inmueblesque tengan una mejora o beneficio particular por larealización de obras públicas.

Cuando no exista propietario, el obligado a pagar lascontribuciones por mejoras, será en términos delderecho común, el poseedor del bien inmueble mejoradoo beneficiado.

Artículo 251. Para los efectos de este capítulo seentiende por beneficios o mejoras general y particularque tengan los bienes inmuebles, el costo neto de la

realización de una obra pública, conforme al artículo254 de éste código.

El beneficio o mejora particular es el resultado deaplicar los porcentajes siguientes, a los costos netosde las obras realizadas:

I. Tratándose de las obras en zonas urbanas señaladasen el artículo 249 fracción I, del costo neto:

a) Las comprendidas en el inciso a) , 50%;

b) Las comprendidas en el inciso b) , 85%;

c) Las comprendidas en los incisos c) , d) , e) , f)y g) :

1. Si las obras son realizadas en avenidas ocalles de circulación intensa de vehículos opersonas 50%;

2. Si las obras son realizadas en avenidas ocalles de zonas residenciales de menorcirculación de vehículos o personas 75%;

3. Si las obras son realizadas en calles que seanutilizadas preponderantemente por quieneshabiten los predios 85%;

II. Tratándose de las obras en zonas rústicas señaladasen el artículo 249 fracción II:

a) Las comprendidas en el inciso a) , 50%;

b) Las comprendidas en el inciso b) , 100%.

Art ícu lo 252 . Para la de te rminac ión de lascontribuciones por mejoras que se hará a través delsistema de derrama del beneficio particular, se atenderáa las siguientes reglas:

I. Se obtendrá una cuota unitaria dividiendo elbeneficio o mejora particular entre la suma de losmetros cuadrados de superficie de los bienesinmuebles beneficiados;

II. Tratándose de los casos comprendidos en lafracción I del artículo 249 excepto los incisos a) ye) , serán bienes inmuebles beneficiados:

a) En materia de redes de distribución de agua,drenaje y alcantarillado, los de ambas aceras sise trata de una o más tuberías instaladas en lacalle, pero que presten servicio a las dos;

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Primer Receso

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b) Si la tubería queda instalada en uno de los ladosde la calle y sólo presta servicio a los de la aceramás cercana, son beneficiados los de ésta;

c) En los casos de banquetas, los adyacentes a lasbanquetas construidas en cada acera;

d) En los casos de alumbrado público los de ambasaceras , independien temente de donde secoloquen los postes y lámparas;

e) En los casos de pavimentación de calles yavenidas:

1. Los de ambas aceras cuando la pavimentacióncubra la totalidad del arroyo;

2. Los de la acera más cercana a la fajapavimentada partiendo del eje del arroyo, siésta cubre la mitad o menos de la mitad, y

3. Los de ambas aceras cuando la obra depavimentación cubra ambos lados del eje delarroyo en función al número de metroscuadrados de pavimento que cubra cadamitad del arroyo.

III. Tratándose de los casos comprendidos en losincisos a) y e) de la fracción I y en la fracción IIde l a r t ícu lo 249 serán b ienes inmueblesbeneficiados los que se señalen en la relación aque se refiere la fracción VI del artículo 254.

Artículo 253. Las contribuciones por mejoras secausarán al terminarse y ponerse en servicio las obras;y se liquidarán y pagarán de acuerdo a lo siguiente:

I. Se multiplicará la cuota unitaria por el número demetros cuadrados de superficie de cada inmueblebeneficiado y el resultado será el importe de lacontribución. Cuando se trate de inmuebles sujetosal régimen de propiedad en condominio divididosen pisos, de departamentos, viviendas o locales,se considerará que la totalidad del predio seb e n e f i c i a c o n l a o b r a d e c o n s t r u c c i ó n oreconstrucción. La parte de los derechos a cargo acada condominio se determinará dividiendo el montoque corresponda a todo el inmueble entre lasuperficie de construcción del mismo, exceptuandolas áreas de uso común y multiplicando ese cocientepor el número de metros que corresponda, al piso,departamento, vivienda o local de que se trate;

II. Se pagarán:

a) Cuando las obras se realicen con recursosprovenientes de créditos, en los plazos máximosde los créditos recibidos para tal fin, y

b) Cuando las obras se realicen con recursospropios en un plazo máximo de 3 años.

El importe de la contribución que resulte, se dividiráentre el número de bimestres que comprenda el plazoque corresponda, cubriéndose en los meses de febrero,abril, junio, agosto, octubre y diciembre, debiéndosehacer el primer pago en el bimestre siguiente al en quese haya notificado dicho importe.

En los casos de predios expropiados para la realizaciónde una obra, los propietarios tendrán derecho a que seles compense la contribución que adeuden hasta elmonto de la indemnización. Dicha compensación seconsiderará como pago anticipado.

Artículo 254. Los planes o proyectos, aprobados porel ayuntamiento, referentes a la realización decualquiera de las obras mencionadas en el artículo249, deberán notificarse a los particulares de acuerdoa la Ley Orgánica del Municipio Libre y ser publicadospor lo menos quince días antes de su inicio en laGaceta Oficial del estado y en un periódico decirculación local o en la tabla de avisos, para que loscontribuyentes hagan las observaciones pertinentes,conteniendo los siguientes datos:

I. Naturaleza de la obra, especificando si se trata deconstrucción o reconstrucción de la existente;

II. Determinación de la zona que se beneficia o mejoracon la obra, así como de las afectaciones en su caso;

III. Costo total de la obra que incluirá los siguientesconceptos:

a) Importe del anteproyecto y del proyecto;

b) Importe de materiales, mano de obra e indirectosa erogar con motivo de la ejecución material dela obra;

c) Gastos por financiamiento, en su caso;

d) Gastos por pago de indemnizaciones que debancubrirse, en su caso;

IV. Deducciones en su caso, por:

a) Aportaciones de los gobiernos federal, estataly municipal;

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Segundo Año de Ejercicio Constitucional

b) Donativos de los particulares;

c) Recuperaciones por venta de excedentes debienes inmuebles expropiados;

V. Costo neto;

VI . Relac ión de b ienes inmuebles afec tados obeneficiados, señalando su propietario o poseedor,así como la fuente de información;

VII. Relación de metros cuadrados de superficie porpredio y su fuente de información;

VIII. Cuota unitaria por metro cuadrado determinadaen términos del artículo 252 fracción I, y

IX. Plazo para el pago.

La documentación que sustenta la realización de losproyectos de obra estará a disposición de las personasobligadas a pagar las contribuciones durante losquince días siguientes a la fecha de la publicacióna que se refiere este artículo, pudiendo impugnar elac to duran te los t re in ta d ías pos te r io res a l amencionada publicación.

Las afectaciones de inmuebles se regirán por laLey Orgánica del Municipio Libre y por la ley dela materia. Una vez que hayan ingresado alpatrimonio municipal se regirán por lo que disponeeste código.

Artículo 255. Para los efectos del artículo 253 de estecódigo se entiende por terminada y puesta en serviciola obra, el día en que el ejecutor de la misma, laen t r egue med ian te ac t a c i r cuns t anc i ada a layuntamiento.

Artículo 256. La fa l ta de pago de dos cuotasbimestrales consecutivas hará exigible el total delcrédito fiscal, el cual podrá recuperarse medianteel procedimiento administrativo de ejecución.

La contribución a que se refiere este capítulo, afectad i rec tamente a los p red ios benef ic iados . Enconsecuencia, la Tesorería Municipal tendrá acciónreal, contra cualquier poseedor o propietario de losinmuebles beneficiados.

Artículo 257. Los notarios, corredores y funcionarioscon fe pública no autorizarán contrato alguno decompraventa, cesión o cualquier otro que tenga porobjeto la enajenación de bienes inmuebles, si no sedemuestra por medio de recibos o boletas y constancias

de no adeudo, que el bien inmueble de que se trata estáal corriente del pago de las contribuciones queestablece el capítulo. En caso de que existan créditosno vencidos a la fecha de la escrituración, losfedatarios señalados anteriormente podrán autorizarla,siempre y cuando acepte el adquirente dicho créditoy se haga constar en el texto de la misma.

Artículo 258. Sólo los bienes del dominio público dela Federación de los estados o de los municipiosestarán exentos del pago de las contribuciones pormejoras.

Título CuartoDe los productos

Artículo 259. Los productos del patrimonio público yprivado del municipio, se causarán y pagarán ante laTesorería Municipal, conforme a las tasas, cuotas ytarifas que autorice el Congreso del estado para elejercicio fiscal que corresponda.

Artículo 260. Quedan comprendidos comoproductos, los ingresos que obtiene el municipio porconcepto de:

I. Venta de bienes propios;

II. El importe del arrendamiento de bienes muebles oinmuebles, considerados como bienes propios, entérminos del Libro Sexto del presente código;

III . La explotación o enajenación de cualquiernaturaleza de los bienes de propiedad municipal nodestinados a servicio público;

IV. Los provenientes de la venta de impresos y papelespecial;

V. Los rendimientos financieros provenientes decapitales o valores a favor de los municipios;

VI. Los provenientes de empresas o establecimientosen los que participe el municipio;

VII. Almacenaje o guarda de bienes, y

VIII. Diversos.

Los productos por conceptos diversos se cobraránatendiendo al costo del producto o a los contratoscelebrados al respecto, en los términos de lasconcesiones respectivas y de conformidad conlas leyes o disposiciones aplicables.

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Capítulo ÚnicoPor ocupación de espacios y uso

de inmuebles municipales

Artículo 261. Por ocupación de los inmueblesconsiderados como bienes propios, se pagará porevento, de acuerdo a las cuotas que autorice elayuntamiento en forma que permi ta su mayorrendimiento comercial. Salvo los casos en que sepacte lo contrario, el pago de arrendamientos de bienesdel dominio privado del municipio, se realizará ante laTesorería, en los términos que se convengan en loscontratos respectivos.

Artículo 262. Para el aseguramiento de las obligacionesrespecto al uso o aprovechamiento de bienes propiosmunicipales, el usuario deberá otorgar garantía queasegure el interés fiscal.

Artículo 263. El almacenaje en inmuebles delayuntamiento, de bienes muebles adjudicados enremate o embargados, causará el pago que autorice elCongreso del estado, que deberá hacerse por periodosmensuales vencidos. No se permitirá la extracción debienes por parte de quien tenga derecho a hacerlomientras no se cubra íntegramente el crédito fiscal.

Título QuintoDe los aprovechamientos

Artículo 264. El ayuntamiento tendrá los siguientesaprovechamientos:

I. Multas administrativas: todas las que no seanconsideradas como multas fiscales en el presentecódigo;

II. Reintegros e indemnizaciones: para el pago dereintegros e indemnizaciones se estará al dictamende la autoridad correspondiente.

El municipio que sea cabecera de distrito judicialtendrá derecho a que se le indemnice de los gastosde manutención de los individuos detenidos en elCentro de Readaptación Social, por parte de losmunicipios comprendidos dentro de la jurisdiccióndel distrito judicial, y en la circunscripción de loscuales se hayan cometido los hechos u omisionesque hayan motivado la detención.

El ayuntamiento, como cabecera del distri tojudicial, llevará cuenta a cada uno de los demásmun ic ip io s de l d i s t r i t o , de l o s ga s to s demanutención de detenidos que procedan de dichosmunicipios a los que deberá hacer conocer el día

primero de cada mes, la liquidación de la cuentacorrespondiente al mes anterior, para el efecto deque, dentro de los diez días siguientes, cubran susrespectivos adeudos en la Tesorería Municipal.

En el caso de que se cause un daño imprudencialo intencional a los bienes municipales, la autoridaddeterminará e l monto de la indemnizaciónatendiendo al valor comercial de los bienesdañados o al de su reparación;

III. Gastos de ejecución: mismos que se calcularán conbase en el reglamento respectivo.

Los honorarios por intervención se causarán ypagarán aplicando la tasa del 5% sobre el total delcrédito fiscal, la cantidad que resulte de aplicar latasa a que se refiere este artículo no será menor auna vez el salario mínimo general diario vigente enel estado por diligencia;

IV. Legados y donaciones, y

V. Aprovechamientos diversos.

Artículo 265. Los aprovechamientos, se aplicarán ypagarán de conformidad con lo que establece esteordenamiento y las demás leyes fiscales que resultenaplicables.

Los aprovechamientos se harán efectivos, segúnproceda en cada caso, atendiendo a la naturaleza yorigen del crédito, en la vía judicial o por medio delprocedimiento económico coactivo.

Artículo 266. Las cantidades en efectivo o los bienesque el ayuntamiento por concepto de herencia, legado,donación o indemnización, se harán efectivos dea c u e r d o c o n l a s l e y e s r e s p e c t i v a s y c o n l a sdisposiciones de los testadores o donantes, o consujeción a las resoluciones en que se decreten lasindemnizaciones o a los convenios que respecto aellas se celebren.

Título SextoDe las participaciones

Artículo 267. Las participaciones que correspondanal municipio en materia de ingresos federales yestatales, se recibirán con arreglo a la Ley deCoordinación Fiscal, los convenios, acuerdos y losdecretos que se deriven de ellas, el Convenio deAdhesión al Sistema Nacional de Coordinación Fiscaly el de Colaboración Administrativa en MateriaFiscal Federal vigentes y sus anexos y declaratorias.

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Segundo Año de Ejercicio Constitucional

Las participaciones ingresarán a la hacienda públicamunicipal, en la forma y términos que prevea lalegis lación que les resul te apl icable , para serdestinadas a los fines que prevea el Presupuesto deEgresos del municipio y las demás disposiciones quelas establezcan.

Título SéptimoDe las aportaciones

Artículo 268. Las aportaciones ingresarán a lahacienda pública municipal, en la forma y términos queprevén los ordenamientos que resulten aplicables,para ser destinadas a los fines que para cada fondo seestablezcan en los mismos, los que se determinarán através de los procedimientos e instancias previstas enla legislación aplicable.

Título OctavoDe los ingresos extraordinarios

Artículo 269. Los ingresos extraordinarios , secausarán y recaudarán de conformidad con losordenamientos, decretos o acuerdos que los establezcan.

LI B R O CUARTO

De la administración financiera municipal

Título PrimeroDe los servicios de Tesorería

Capítulo IDisposiciones generales del servicio de Tesorería

Artículo 270. Son atribuciones de la Tesorería, enmateria de administración financiera, las siguientes:

I. Recaudar, administrar, concentrar, custodiar,vigilar y situar los fondos municipales, así comolos conceptos que deba percibir el ayuntamiento,de conformidad con las disposiciones legalesaplicables en materia de ingresos;

II. La recepción de fondos ajenos en calidad dedepósito;

III. La guarda, custodia y control de fondos y valoresde propiedad municipal;

IV. La emisión, guarda, custodia, control, distribucióny destrucción de formas valoradas;

V. La programación y realización de pagos a terceroscon cargo al presupuesto del municipio;

VI. La contratación de servicios bancarios o de segurosy fianzas que requiera el ayuntamiento;

VII. La constitución de garantías a favor o a cargo delmunicipio, así como su guarda y custodia;

VIII. Participar con voz en la formación y discusión delos presupuestos;

IX. Informar al ayuntamiento de los derechos quetenga a su favor el fisco municipal, para que seanejercitados o deducidos por el síndico;

X. Pagar las primas relativas a las fianzas suficientespara garantizar el pago de las responsabilidades enque pudiera incurrir en el desempeño de suencargo;

XI. Presenciar, el primer día de cada mes, el corte decaja del movimiento de caudales del mes anterior,con la intervención de la Comisión de Hacienda yPatrimonio Municipal. De este documento remitiránuna copia al Congreso del estado, así como a losediles que lo soliciten y, en su caso, contestar aéstos, por escrito y en el término de diez díashábiles, las dudas que tuvieren;

XII. Presentar al ayuntamiento, dentro de los primerosquince días de cada mes, la cuenta del anterior parasu glosa preventiva, debiendo aquél remitirla alCongreso del estado dentro de los diez díassiguientes;

XII I . Proporc ionar todos los in formes que e layuntamiento o alguno de los ediles le solicite;

XIV. Proponer al presidente el nombramiento oremoción de los servidores públicos y empleadosde la Tesorería;

XV. Proponer al ayuntamiento, para su aprobación, elreglamento interior de la Tesorería, y

XVI. Las demás que expresamente le otorguen estecódigo, la Ley Orgánica del Municipio Libre ydemás leyes del estado.

Artículo 271. La Tesorería emitirá los lineamientosbajo los cuales se brindarán los servicios que prestay dictará las reglas administrativas que establezcanlos sistemas e instrucciones en la materia.

Artículo 272. Son obligaciones de los servidorespúb l icos que recauden , mane jen , cus tod ien oadministren fondos o valores de la propiedad municipal

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o al cuidado del ayuntamiento que establece estecódigo, las siguientes:

I. Dar o presentar los avisos, datos informes, libros,registros, padrones y demás documentos que seles exijan;

II. Abstenerse de asentar hechos falsos o alterar loslibros y documentos a que se refiere la fracciónanterior; o coludirse con otras personas, aun cuandono estén sujetas a la vigilancia, con la mira deobtener algún beneficio para sí o para terceros, y

III. Abstenerse de faltar en cualquier otro caso alas obligaciones que le impongan este código y lasdisposiciones reglamentarias.

Art ícu lo 273 . E l s e r v i c i o d e r e c a u d a c i ó n yconcent rac ión de fondos podrá e fec tuarse porconducto de las instituciones bancarias o de tercerosque autorice la Tesorería.

Artículo 274. Las instituciones bancarias o tercerospagarán intereses, por concepto de indemnización, encaso de entrega o concentración extemporánea defondos, conforme a la tasa que al respecto determinela Tesorería, misma que se establecerá en los contratosque con ellos se celebren.

Artículo 275. Cuando la ley destine los fondos a unfin determinado, con objeto de aprovecharlos enactividades de la administración pública municipal,sólo podrá disponerse de ellos mediante asignaciónpresupuestal.

Capítulo IIDe los pagos y ministraciones

Artículo 276. La Tesorería y las entidades efectuaránlos pagos que l e s cor respondan con ca rgo a lpresupuesto del municipio.

La Tesorería ministrará los fondos en función de susd isponib i l idades f inanc ie ras y de l ca lendar iofinanciero autorizado.

Artículo 277. El pago por remuneraciones al personalde la administración pública municipal centralizada sellevará a cabo por conducto de la Tesorería, conobservancia de las disposiciones administrativasaplicables.

Artículo 278. La Tesorería y las entidades solamenteautorizarán el pago de anticipos que estén previstosen las disposiciones legales aplicables.

Todo pago o salida de valores se registrará en la contabilidadde la Tesorería y de las correspondientes entidades.

Capítulo IIIDe la prescripción de fondos y créditos

Artículo 279. Los depósitos al cuidado o a disposicióndel ayuntamiento, constituidos en dinero o en valores,prescribirán a favor del fisco municipal en dos años,contados a partir de la fecha en que legalmente pudoexigirse su devolución por el depositante.

En los asuntos sobre los cuales se hayan constituidod e p ó s i t o s , q u e n o s e h u b i e r e n e x i g i d o p o rdeterminación judicial a favor de beneficiario, laTesorería tendrá en cuenta el plazo fijado en el párrafoanterior y declarará de oficio la prescripción, así comola disposición de los depósitos respectivos a beneficiodel fisco municipal.

Cuando no sea posible determinar la fecha en quelegalmente pudo exigirse la devolución del depósito,se tomará como base la de la constitución del mismo,para efectos de la prescripción.

Los depósitos de los particulares en las cuentas delayuntamiento no generarán intereses a favor de quienlos haya constituido o de sus beneficiarios.

Capítulo IVDe las garantías a favor o a cargo del municipio

Artículo 280. La Tesorería establecerá los lineamientosgenerales para el otorgamiento de las garantías quedeban constituirse a favor del municipio en los actosy contratos que celebren las dependencias y entidades.

El municipio, a través de la Tesorería, será elbeneficiario de todas las garantías que se otorguen.

Lo anterior, sin perjuicio de las atribuciones delSíndico, en el caso de que el cobro de garantías genereprocedimientos formal o materialmente jurisdiccionales.

Corresponde a las dependencias y entidades integrary remitir a la Tesorería los expedientes de contratos enl o s q u e s e h u b i e r e n o t o r g a d o g a r a n t í a s d ecumplimiento a favor del municipio, para que éstaproceda a ejercitar los derechos que correspondan.

Artículo 281. El municipio está exento de otorgargarantías y depósitos para el cumplimiento de susobligaciones de pago con cargo a su presupuesto, conexcepción de las previstas para garantizar el pago dedeuda pública municipal directa o contingente.

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Artículo 282. La Tesorería calificará, aceptará,registrará, conservará en guarda y custodia, sustituirá,cancelará, devolverá y hará efectivas, según proceda,las garantías que se otorguen a favor del municipio.

Artículo 283. La garantía del interés f iscal seconstituirá en los casos y con las formalidades yrequisitos previstos en el libro segundo de estecódigo.

Artículo 284. Las garantías que reciba el ayuntamientopor contratos administrativos, en concursos de obrasy adquisiciones, anticipos, permisos, autorizaciones,concesiones y otras obligaciones de naturaleza nofiscal, se otorgarán a nombre del municipio de que setrate; y se constituirán conforme a las formalidadesque señalen las disposiciones legales aplicables.

Las garantías a que alude el párrafo anterior se podránhacer efectivas por la Tesorería o la Sindicatura, consujeción a los procedimientos que establezcan losordenamientos legales de la materia.

Capítulo VDe la custodia y vigilancia de fondos y valores

Artículo 285. La Tesorería ejercerá los derechospa t r imonia les de los va lores que represen teninversiones financieras del municipio.

Artículo 286. Tratándose de empresas de participaciónmunicipal y de aquellas en que el municipio tenga unaparticipación minoritaria, el Cabildo designará alrepresentante del ayuntamiento ante los órganos degobierno o las asambleas generales de accionistas ode socios de la entidad.

Artículo 287. La Tesorería concentrará, revisará,integrará y controlará la información contable delmovimiento de los fondos y valores de la propiedad oal cuidado del ayuntamiento y elaborará los estadoscontables para su integración en la cuenta públicamunicipal.

Artículo 288. La contabilidad de fondos municipalesa cargo de la Tesorería deberá:

I. Registrar diariamente la información del ingreso ydel egreso efectuados;

II. Vincular la contabilidad con la información quer e g i s t r e n l a s i n s t i t u c i o n e s b a n c a r i a s d e lmovimiento de fondos de las cuentas municipalesy la cuenta concentradora de la Tesorería;

III. Establecer y mantener los registros necesarios queprovean la información para el análisis económico,financiero y de toma de decisiones, y

IV. Aportar los elementos que permitan determinar laresponsabilidad de los servidores públicos enmateria de manejo de fondos y valores mediantecontroles contables y administrativos.

Artículo 289. Los ingresos resu l t an tes de l arecaudación se reflejarán de inmediato en los registrosde la of ic ina receptora , sa lvo que se t ra te deinstituciones bancarias o terceros autorizados, encuyo caso éstas efectuarán el registro en los plazosestablecidos en las autorizaciones relativas que emitala Tesorería.

Artículo 290. Los bienes que, excepcionalmente, serec iban pa ra e l pago de adeudos a f avor de layuntamiento, conforme a lo dispuesto en este código,se registrarán en las cuentas de ingresos de laTesorería.

Artículo 291. Los fondos que resulten del ejercicio delos derechos patrimoniales, inherentes a los valoresq u e r e p r e s e n t e n i n v e r s i o n e s f i n a n c i e r a s d e layuntamiento, deberán registrarse en el sistema decontabilidad de fondos municipales.

Artículo 292. Los créditos no fiscales a cargo delmunicipio se registrarán en la contabilidad de lasdependencias de la administración pública municipal.La Tesorer ía comunicará a las dependencias yentidades la forma y plazos en que deban rendir cuentadel manejo de fondos, bienes y valores municipales.

Artículo 293. En caso de que el ayuntamiento cuentecon varías cajas receptoras, la Tesorería vigilará ycomprobará el funcionamiento adecuado de las oficinasque recauden, manejen, administren o custodienfondos o valores de la propiedad o al cuidado delayuntamiento y el cumplimiento de las obligacionesque, a este respecto, incumben a los servidorespúblicos, a efecto de que se ajusten a las disposicioneslegales respectivas. Para ello, tendrá las facultadessiguientes:

I. Efectuar visitas, inspecciones y auditorías quetengan por objeto la revisión de operaciones de losingresos y los egresos, examinando los aspectoscontables y legales correspondientes;

II. Examinar si los remanentes presupuestarios,ingresos propios, disponibilidades financieras,contratación de servicios bancarios, cuentas

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bancarias y sus rendimientos, se ajustan a loestablecido en el presupuesto del municipio ydemás disposiciones que para el efecto expidan laTesorería y la contraloría en el ámbito de sucompetencia;

III. Comprobar la existencia de los fondos y valoresque obren en poder de las oficinas del municipio;

IV. Participar, con carácter obligatorio, en los actosrelacionados con la instalación, entrega y clausurade oficinas del Municipio que administren fondosy valores, en la destrucción de valores que realicenlas autoridades administrativas del municipioy los demás que fije la Tesorería;

V. Informar a las autoridades competentes acerca delas anomalías o deficiencias que se observen yrecomendar las medidas preventivas y correctivasnecesarias, y

VI. Las demás que de manera expresa determinen estecódigo u otras leyes.

Artículo 294. Los actos u omisiones de que tengaconoc imien to l a Tesore r ía , que impl iquenincumplimiento de este código y demás disposicioneslegales, se comunicarán a la Contraloría y a la Comisiónde Hacienda y Patrimonio Municipal, para que sepractiquen las investigaciones y auditorías necesarias.Si de ellas apareciere la probable responsabilidadadministrativa de los servidores públicos, se impondránlas sanciones disciplinarias correspondientes, conformeal procedimiento previsto en el código de la materia.

Artículo 295. Cuando con motivo del ejercicio de lafacultad de vigilancia, la Tesorería determine fondoso valores sobrantes o faltantes, procederá como sigue:

I. Si es sobrante, ordenará su registro en la contabilidad,haciéndolo del conocimiento de la dependenciapara que lo concentre de inmediato, y

II. Cuando sea faltante, requerirá al responsable paraque efectúe el reintegro en el acto; si el responsablejustifica satisfactoriamente la razón del mismo,únicamente dará cuenta pormenorizada a laTesorería. Si no lo justifica debidamente o no lorestituye, independientemente de cuidar que en elprimer supuesto se dé entrada a las cantidades ovalores faltantes, practicará las investigacionesnecesarias, y su resultado lo hará del conocimientode la autoridad competente, para los efectos queprocedan conforme a la ley.

Capítulo VIDe la colaboración administrativa

Artículo 296. El ayuntamiento, previa autorizacióndel Congreso, podrá suscribir con el estado, conmunic ip ios o con en t idades aux i l i a res de l aadministración pública de ambos niveles de gobierno,convenios de colaboración administrativa, que tenganpor objeto la ejecución de acciones en materiahacendaria.

Artículo 297. En el caso de que la colaboraciónadministrativa sea entre el municipio y el estado, enmateria de gasto o deuda, los procedimientos ydestinos del mismo serán los que se deriven de losconvenios de colaboración, en los que también podrádeterminarse la consti tución de fondos para laejecución de programas específicos.

Artículo 298. Los convenios de co laborac iónadministrativa que comprometan al municipio por unplazo mayor a la gestión del ayuntamiento de que setrate, deberán ser aprobados por los miembros de éstey por el Congreso del estado, en la forma y términosque señale la legislación aplicable.

Título SegundoDel Presupuesto de Egresos y gasto público

Capítulo IDel Presupuesto de Egresos

Sección IDe la integración y estructura del

Presupuesto de Egresos

Artículo 299. El presente capítulo tiene por objetonormar y regular el presupuesto de egresos.

Artículo 300. La aplicación de este capítulo será acargo de la Comisión de Hacienda y PatrimonioMunicipal y del presidente a través de la Tesorería.

Artículo 301. El Presupuesto de Egresos para elmunicipio será el que apruebe el Cabildo, a iniciativade la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal,para solventar, durante el periodo de un año a partirdel día primero de enero, las actividades, las obras ylos servicios públicos previstos en los programas acargo de las dependencias, así como los criteriosespeciales para su ejercicio y control.

El Presupuesto de Egresos del municipio será aprobadocon base en los ingresos disponibles para cadaejercicio fiscal, dentro de los que se considerarán los

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obtenidos como consecuencia de la realización de lasoperaciones de financiamiento reguladas por esteordenamiento.

Asimismo, contendrá las erogaciones previstas encada año, correspondientes a las entidades a cuyosprogramas se destinen recursos comprendidos en laLey de Ingresos del municipio.

Artículo 302. El gasto público municipal se basará enpresupuestos que se formularán con apoyo enprogramas que señalen objetivos, metas de lasdependenc ia s y en t idades r e sponsab les de suejecución. Los presupuestos se elaborarán para cadaaño calendario y se fundarán en costos.

Artículo 303. La Comisión de Hacienda y PatrimonioMunicipal, al examinar los presupuestos, cuidará quesimultáneamente se defina el tipo y fuente de recursospara su financiamiento.

Artículo 304. El Presupuesto de Egresos del municipiocomprenderá las previsiones de gasto público quehabrán de realizar las entidades por conducto de laTesorería.

Artículo 305. Para la formulación del proyecto dePresupuesto de Egresos del municipio, las entidadesque deban quedar comprendidas en e l mismo,elaborarán sus anteproyectos de presupuesto conbase en los programas respectivos.

Las entidades remitirán su respectivo anteproyectopresupuestal a la Tesorería, con sujeción a las normasque el presidente establezca por medio de la propiaTesorería.

Artículo 306. La Comisión de Hacienda y PatrimonioMunicipal autorizará los proyectos de presupuesto delas dependencias y de las entidades que tengan a sucargo programas que deban quedar comprendidos enla integración del proyecto de presupuesto delmunicipio.

La Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal, encoordinación con la Tesorería, queda facultada paraformular el proyecto de presupuesto de las entidades,en el caso de que no le sea presentado en los plazosque al efecto se le hubiere señalado, siempre y cuandola propia Tesorería cuente con elementos para talefecto; de no ser así, la entidad de que se trate no seráconsiderada en el proyecto de presupuesto que sesometa al Cabildo, sin perjuicio de la responsabilidada que se haga acreedor el titular de la entidad omisa.

Artículo 307. El proyecto de Presupuesto de Egresosdel municipio se integrará con los documentos que serefieran a:

I. Descripción clara de los programas que sean la basedel proyecto, en los que se señalen objetivos,metas y dependencias y entidades responsablesde su ejecución, así como su costo estimado porprograma;

II. Explicación y comentarios de los principalesprogramas y, en especial, de aquellos que abarquendos o más ejercicios fiscales;

III. Estimación de ingresos por cada concepto decontribuciones municipales, aprovechamientos,p roduc tos , pa r t i c ipac iones y apo r t ac ionesfederales, y demás ingresos; contenida en elpresupuesto respectivo y propuesta de gastosdel ejercicio fiscal para el que se propone;

IV. Ingresos y gastos reales del último ejercicio fiscal;

V. Tabulador de sueldos que corresponda a losempleos públicos;

VI. Estimación de los ingresos y gastos del ejerciciofiscal en curso, de acuerdo a su clasificacióneconómica, administrativa y funcional;

VII. Situación de la deuda pública al fin del últimoejercicio fiscal y estimación de la que se tendrá alfin de los ejercicios fiscales en curso e inmediatossiguientes;

VIII. La contratación de operaciones de financiamientoque se someterán a la consideración del Congreso;

IX. Situación de la Tesorería al fin del último ejerciciofiscal y estimación de la que se tendrá al fin de losejercicios fiscales en curso e inmediato siguiente;

X. Comentarios sobre las condiciones económicas,financieras y hacendarías actuales y las que seprevén para el futuro, y

XI. En general, toda la información que se considereútil para mostrar la proposición en forma clara ycompleta.

Artículo 308. Con obje to de logra r un mejoraprovechamiento y eficiencia en el ejercicio de losrecursos públ icos , la Comisión de Hacienda yPatrimonio Municipal, el presidente y el tesoreroanalizarán e integrarán, durante la segunda quincena

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de agosto, los proyectos de presupuestos de egresoselaborados por las comisiones, así como de lasdependencias y entidades.

Artículo 309. La Comisión de Hacienda y PatrimonioMunicipal presentará al Cabildo, para su discusión y,en su caso, aprobación, los proyectos presupuestalesde ingresos y de egresos del municipio, duranteel mes de septiembre de cada año del año anterior al desu vigencia, para su posterior remisión al Congreso.

Artículo 310. Una vez aprobado el presupuesto deegresos y por causas supervinientes, podrá ser objetode ampliación presupuestal o de creación de partidas,en cuyo caso, la Tesorería proveerá lo conducentepara que sea agregada la correspondiente justificacióndel ingreso, si con tal proposición se altera el equilibriopresupuestal.

La Ley de Ingresos del Municipio señalará losconceptos de ingresos ordinarios que se establecenen este código, indicando el monto estimado a obtenerpor cada uno de ellos en el ejercicio fiscal.

Artículo 311. La divis ión de los capí tulos enconceptos y partidas específicas se hará con baseen el instructivo que al efecto emita el Congreso.

El presupuesto se ejercerá con base en los calendariosfinancieros y de metas que se establezcan, conformea los criterios, manuales y lineamientos que determinela Tesorería.

Sección IIDe la iniciativa, aprobación y reformas del presupuesto

Artículo 312. En cumplimiento de lo dispuesto en elartículo 107 de la Ley Orgánica del Municipio Libre,el ayuntamiento presentará al Congreso, en el cursodel mes de octubre de cada año, el proyecto anual deLey de Ingresos y el Presupuesto de Egresos del añosiguiente.

Artículo 313. Cuando las asignaciones establecidasen el presupuesto resultaren insuficientes para cubrirel servicio a que se destinen, las dependencias yentidades solicitarán al presidente, a través de laTesorería, las modificaciones correspondientes a surespec t ivo presupues to . Dichas so l ic i tudes seacompañarán con los informes que las justifiquen.

Cuando se considere justificada la modificación, siexistieran recursos suficientes, la Tesorería prepararála modificación para someterla a consideración delpresidente y del Cabildo que, en su caso, la aprobará.

Artículo 314. Cuando, con pos ter ior idad a laaprobación del presupuesto, surjan si tuacionesextraordinarias o imprevisibles de la economía nacionalque repercutan en el municipio o cuando se trate de laaplicación de leyes, decretos o acuerdos para los quese requieran erogaciones adicionales no previstas, laTesorería solicitará la aprobación del Cabildo paramodificar el Presupuesto de Egresos, con el mismoprocedimiento aplicable de la aprobación del presupuestooriginal y la propuesta de ingresos para cubrirlas.

Artículo 315. La formulación de los programasinstitucionales se sujetará a la estructura programáticaaprobada por la Tesorería, de conformidad con loslineamientos que para tales fines expida.

Capítulo IIDel gasto público

Sección ÚnicaDel ejercicio del gasto público municipal

Artículo 316. El gasto público municipal comprendelas erogaciones por concepto de gasto corriente, gastode capital y servicio de la deuda pública que se realicencon recursos aprobados en la Ley de Ingresos delMunicipio para la ejecución de programas a cargo de:

I. Las dependencias;

II. Los organismos;

I I I . Las empresas de par t ic ipac ión munic ipa lmayoritaria, y

IV. Los fideicomisos en que el fideicomitente sea ela y u n t a m i e n t o o a l g u n a d e l a s e n t i d a d e smencionadas en las fracciones II y III.

Artículo 317. La Tesorería efectuará los cobros y lospagos correspondientes a las erogaciones a cargo delas dependencias.

Por lo que se refiere a las entidades, se estará a lost é r m i n o s q u e e n c a d a c a s o s e c o n v e n g a n ,considerando la naturaleza de los programas aejecutarse y las condiciones de pago que, en su caso,se pacten con contratistas, proveedores o cualquierotro tipo de acreedores.

La ministración de los fondos correspondientes seráautorizada en todos los casos por el presidente y laComisión de Hacienda y Patrimonio Municipal, deconformidad con el Presupuesto de Egresos delmunicipio.

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Artículo 318. Las entidades informarán a la Tesorería,dentro de los plazos y en la forma que ésta les dé aconocer oportunamente, los elementos que permitanconocer el destino del presupuesto municipal ejercido.

Artículo 319. Una vez concluida la vigencia de unPresupuesto de Egresos del municipio, sólo procederáhacer pagos con base en él , por los conceptosefectivamente devengados en el año que corresponday siempre que se hubieren contabilizado, debida yoportunamente, las operaciones correspondientes.

En el ejercicio del gasto público no podrán mezclarselos presupuestos de dos o más años.

En casos excepcionales, debidamente fundados, deberánexistir recursos provisionados para el efecto de pagosen ejercicios posteriores o, en su defecto, se registrarándichos pagos como deuda para el siguiente ejercicio.

Artículo 320. Quienes e fec túen gas to públ icomunicipal estarán obligados a proporcionar a laTesorería la información que se les solicite y a permitirleal personal de ésta la práctica de visitas para verificarel cumplimiento de las obligaciones derivadas de esteordenamiento y de la normatividad expedida con baseen ella.

Artículo 321. El ayuntamiento y el Órgano deFiscalización Superior del estado, en el ámbito de susr e s p e c t i v a s c o m p e t e n c i a s , b a s a d o s e n l a sdisposiciones de este código y en los lineamientosque expida el Congreso, emitirán los criterios ylineamientos para la administración del gasto públicomunicipal, los que serán de observancia obligatoriapara las dependencias y entidades.

Artículo 322. El ayuntamiento podrá asignar losrecursos que se obtengan en exceso de los previstosen la Ley de Ingresos del municipio, a los programasque considere convenientes y autorizará los traspasosde partidas cuando sea procedente, dándole, en sucaso, la participación que corresponda a entidadesinteresadas. Tratándose de ingresos extraordinariosderivados de empréstitos, el gasto deberá sujetarse alo dispuesto por este ordenamiento, los parámetrosestablecidos en el presupuesto de egresos y lasasignaciones que acuerde el Ayuntamiento porconducto de la Tesorería. En todo caso, la aplicaciónde esta disposición será informada al Congreso alrendir la cuenta pública.

Artículo 323. El gasto público municipal se sujetaráal monto autorizado por los programas y partidaspresupuestales, salvo que se trate de las partidas que

se señalen como de ampliación automática en lospresupuestos para aquellas erogaciones cuyo montono sea posible prever.

Artículo 324. El ayuntamiento determinará la forma enque deberán invertirse los subsidios que otorgue,cuyos beneficiarios proporcionarán a la Tesorería lainformación que se les solicite sobre la aplicación quehagan de los mismos, en la forma, plazos y términosque ésta determine.

Artículo 325. El ayuntamiento podrá autorizar laparticipación municipal en empresas, sociedades yasociaciones civiles y mercantiles, ya sea para sucreación o para la adquisición de todo o parte desu capital social o su patrimonio, previa autorizacióndel Congreso.

Capítulo IIIDe la administración de los recursos públicos

Sección IDisposiciones generales en materia deadministración de recursos públicos

Artículo 326. No se podrá hacer pago alguno que noesté comprendido en el presupuesto de egresosautorizado o modificado conforme a los lineamientosque señala este código.

Artículo 327. Las en t idades se abs tendrán deformalizar y modificar convenios, cuando dichamodificación genere una erogación mayor y no secuente con disponibilidad presupuestal en la partidacorrespondiente.

Artículo 328. Las entidades serán responsables de laadministración de los recursos municipales y federalesde que dispongan para la realización de los programasa su cargo.

Artículo 329. Tratándose de fondos estatales y, en sucaso, federales el ayuntamiento y las entidadesejercerán y controlarán los recursos que les seantransferidos para la realización de los programasconvenidos entre el estado o la Federación y elmunicipio, de manera que se aplique la normatividadestatal o, en su caso federal y las disposicionesespecíficas para su ejercicio.

Artículo 330. La Tesorería será responsable de llevarun padrón de servidores públicos autorizados pararealizar y tramitar pagos con cargo a fondos públicos;para tal efecto se establecerán los criterios y loslineamientos procedentes.

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Los servidores públicos que administren fondos yvalores del municipio caucionarán debidamente sumanejo.

Artículo 331. Tratándose de operaciones con cargo apartidas de dos o más ejercicios presupuestales, sedesglosarán los montos que correspondan a cada unode ellos.

En el caso de que el ayuntamiento y las entidadesrequieran efectuar erogaciones por concepto deadeudos provenientes de ejercicios anteriores, lospagos se harán conforme a los montos establecidoscon cargo a las partidas de gasto que correspondan yestén previstas en el presupuesto vigente, sin que supago implique la asignación de recursos adicionales.

La procedencia de los pagos señalados en los párrafosanteriores será verificada por los órganos de controlrespectivos.

Art ícu lo 332 . L a s e n t i d a d e s n o c o n t r a e r á nobligaciones que impliquen comprometer recursos delos subsecuentes ejercicios presupuestales, así comotampoco celebrarán contratos o ejecutarán proyectosde infraestructura de largo plazo, ni otorgaránconcesiones, permisos, licencias y autorizaciones ocualquier otro acto de naturaleza análoga, que impliquela posibilidad de algún gasto contingente o adquirirobligaciones futuras.

En casos excepcionales, debidamente justificados, elpresidente y el síndico, previo acuerdo de Cabildo yconforme a las disposiciones legales aplicables,pod rán ce l eb ra r con t r a to s de ob ra s púb l i c a s ,adquisiciones o de otra índole que rebasen lasasignaciones presupuestales aprobadas para el año.En estos casos, los compromisos excedentes seráncubiertos con la disponibilidad presupuestal de losaños subsecuentes, siempre y cuando sea dentro delperiodo constitucional.

Para los efectos del párrafo anterior, la Tesoreríarecabará los proyectos respectivos, mismos quecontendrán la estimación de la cantidad total a erogar,el monto total de la operación, la justificación delgasto, el periodo de ejecución, el calendario deministraciones e indicación de las áreas responsablesde su ejercicio.

Artículo 333. Las entidades se sujetarán a lasdisposiciones legales referentes a la aprobación desu presupues to y rendic ión de cuentas que sedeterminen en los ordenamientos que las crean, conobservancia, en lo que les sea aplicable, de las

disposiciones que sobre el ejercicio del gasto sedetallan en este título.

Artículo 334. Las entidades también reportarán entiempo y forma a la Tesorería la información presupuestaly contable que le solicite para la integración delpresupuesto y de la cuenta pública del municipio.

Sección IIDe la administración de los recursos financieros

Artículo 335. La Tesorer ía dará a conocer e lpresupuesto de egresos autorizado por el Cabildo yel calendario a las dependencias y entidades, durantelos primeros cinco días del mes de enero de cada año.

Artículo 336. Con base en el presupuesto de egresosautorizado, las dependencias y entidades harán lasadecuaciones que correspondan a sus programasoperativos y calendarios anuales y los presentarán ala Tesorería antes de que concluya el mes de enero decada año.

Se faculta a la Tesorería para elaborar los calendarios,cuando éstos no se le hubieran presentado en tiempoy forma por las dependencias y entidades.

Artículo 337. La Tesorería, con la supervisión de laComisión de Hacienda y Patrimonio Municipal,au tor iza rá l a suf ic ienc ia p resupues ta r ia a l asdependenc i a s y en t idades , con fo rme a l acalendarización respectiva y al monto global estimadopara atender los programas a ejecutar.

Artículo 338. En el ejercicio de sus presupuestos, lasdependencias y entidades se sujetarán estrictamentea los calendarios de gasto que establezca la Tesorería.

Las dependencias y entidades deberán respetar ladistribución presupuestal autorizada por la Tesorería.

Artículo 339. Los recursos presupuestales que no sehubieren destinado oportunamente a efectuar lospagos para los que fueron ministrados, se reintegraránde inmediato a la Tesorería.

Artículo 340. L o s m o n t o s p r e s u p u e s t a l e s n odevengados y las economías presupuestales, previaautorización del ayuntamiento, podrán aplicarse aprogramas prioritarios de las dependencias y entidadesque los originen, conforme a los l ineamientosadministrativos que al efecto expida la Tesorería.

Artículo 341. Corresponde a las dependencias yentidades operar y controlar los fondos revolventes,

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los cuales se ejercerán de acuerdo a los criterios ylineamientos que emita la Tesorería.

Las dependencias y entidades, durante los primeroscinco días hábiles del mes de enero, cancelarán losfondos revolventes del ejercicio del año anterior desus áreas administrativas o, en su defecto, solicitarána éstas la reintegración total de los recursos noejercidos.

Artículo 342. Todas las dependencias y entidadesinformarán a la Tesorería, dentro de los primeros cincodías del mes de enero de cada año, el monto, estructuray características de su pasivo circulante al fin del añoanterior.

Artículo 343. Las ministraciones de fondos a lasdependencias y entidades serán autorizadas por laTesorería, de acuerdo con los programas y metascorrespondientes.

Artículo 344. La Tesorería, previo acuerdo delPresidente y de la Comisión de Hacienda y PatrimonioMunicipal, autorizará las transferencias de un áreaadministrativa a otra o entre conceptos y partidas degasto, para lo cual verificará previamente:

I. Que se justifique la aplicación de los recursossolicitados, en función de la disponibilidad y elcumplimiento de las metas;

II. Que no se cuenten con recursos ociosos o aplicadosen operaciones que originen rendimientos decualquier clase;

III. El avance programático presupuestal de losprogramas, subprogramas y proyectos, con elpropósito de regular el ritmo de su ejecución conbase en lo programado, y

IV. Que la transferencia se efectúe de una partida noprioritaria a otra que sí lo sea.

Artículo 345. El presidente, por conducto de laTesorería, previo acuerdo del Cabildo, efectuará lasreducciones a los montos de los presupuestosaprobados a las dependencias y entidades, cuando sepresenten contingencias que repercutan en unadisminución de los ingresos presupuestales.

Para los efectos del párrafo anterior, se tomarán encuenta las circunstancias económicas y sociales quepriven en el municipio y, en su caso, la naturaleza ycaracterísticas particulares de operación de lasdependencias y entidades.

Los a jus tes y reducciones que se efec túen enobservancia de lo anterior, se realizarán en formaselectiva y sin afectar las metas sustantivas del gastosocial y de los principales proyectos de inversión,optando preferentemente por aquellos de menorimpacto social y económico.

Artículo 346. Los montos de ingresos excedentes alos previstos en La Ley de Ingresos del Municipiopodrán generarse a partir de:

I. Excedentes a las estimaciones en la recaudación decont r ibuc iones munic ipa les y rendimientosfinancieros;

II. Remanentes que tengan las entidades entre susingresos y gastos netos que se consignen comoe r o g a c i o n e s r e c u p e r a b l e s d e n t r o d e s u spresupuestos;

I I I . Ingresos que ob tenga e l munic ip io comoconsecuencia de la enajenación de bienes muebleso inmuebles no prioritarios; así como de losprovenientes de la recuperación de seguros yfianzas, y

IV. Ingresos provenientes de apoyos adicionales delgobierno federal y estatal.

El ayuntamiento podrá asignar los recursos excedentesa los programas que considere convenientes. LaTesorería queda facultada para la ministración de losmismos.

De los movimientos que se efectúen en los términos deeste artículo, el ayuntamiento informará al Congresoal rendir la Cuenta Pública municipal de dicho ejercicio.

L o s r e c u r s o s e x c e d e n t e s p r e f e r e n t e m e n t e s edestinarán a gastos contingentes no previstos y aproyectos de inversión adicionales a realizarse duranteel transcurso del ejercicio.

Sección IIIDe la administración de los recursos humanos

Artículo 347. En la administración de los recursoshumanos, el ayuntamiento se sujetará a lo dispuestopor este código, la Ley Estatal del Servicio Civil, lascond ic iones genera le s de t r aba jo y demásdisposiciones aplicables.

Artículo 348. La dependencia encargada de laadministración de los recursos humanos será la quedesigne el Cabildo.

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Artículo 349. Para la contratación de personal deberámediar opinión de la Tesorería, respecto de ladisponibilidad presupuestal para cubrir sus salarios yprestaciones.

Artículo 350. Los municipios y sus entidades, en elejercicio del presupuesto, en el capítulo de serviciospersonales deberán:

I. Apegarse estrictamente a los niveles establecidosen los tabuladores de sueldos aprobados por elCabildo;

I I . Reduci r e l pago de horas ext ras y decompensaciones, a fin de optimizar los resultadosdel personal en horas normales de trabajo;

III. Tratándose de remuneraciones adicionales porjornadas y horas extraordinarias, así como de otrasprestaciones del personal que labore en lasentidades con asignación presupuestal que se rijanpor contratos colectivos de trabajo, los pagos seefectuarán de acuerdo con las estipulacionescontractuales que se mantengan vigentes a esafecha;

IV. Vigilar permanentemente que no se realicen pagospor concepto de compensaciones de cualquiernaturaleza, a título de representación en juntasdirectivas, consejos, comités técnicos y otros;

V. Sujetarse a los lineamientos existentes para realizarlas erogaciones necesarias para el desempeño decomisiones oficiales;

VI. Vigilar que no se realicen pagos de serviciospersonales por medio de fondos revolventes, y

VII. Vigilar que los servidores públicos, en eldesempeño de su act ividad, no incurran enduplicidad de funciones.

Artículo 351. Las dependencias y entidades deberánanalizar las estructuras orgánicas y ocupacionales, aefecto de promover su racionalización, sin detrimentode su eficiencia y productividad para cumplir con lasprioridades que se establezcan el Plan Municipal deDesarrollo.

Artículo 352. Los servidores públicos adscritos a lasdependencias y entidades se abstendrán de interveniro de part icipar en la selección, nombramiento,designación, contratación, promoción, suspensión,remoción, cese o sanción de cualquier otro servidor,cuando tenga interés personal, familiar o de negocios

en el caso y pueda derivar alguna ventaja o beneficiopara ellos.

Artículo 353. El ayuntamiento y las entidades seabstendrán de contratar personas inhabilitadas en elservicio público municipal, estatal o federal, paradesempeñar un empleo, cargo o comisión.

Artículo 354. El ayuntamiento y ent idades nocomprometerán los recursos del capítulo de serviciospersonales para ejercicios posteriores; asimismo,cualquier modificación a las estructuras orgánicaso remuneraciones se deberán cubrir con recursospresupuestales del ejercicio fiscal en que se realicen,d e t a l f o r m a q u e n o g e n e r e n n e c e s i d a d e sp r e s u p u e s t a l e s a d i c i o n a l e s e n l o s a ñ o ssubsecuentes.

Artículo 355. Si existen contratos por honorarios, noincrementa rán sus pe rcepc iones n i ob tendránpercepciones adicionales a las establecidas en elcontrato respectivo.

Capítulo IVDe la contabilidad y cuenta pública

Sección IDe la contabilidad gubernamental

Artículo 356. La Tesorería y cada entidad, en el ámbitode su competencia, llevarán su propia contabilidad,la cual incluirá las cuentas para registrar tanto losactivos, pasivos, capital o patrimonio, ingresos, costosy gastos, como las asignaciones, compromisos yejercicios correspondientes a los programas y partidasde su propio presupuesto.

Artículo 357. La contabilidad del ayuntamiento y lacorrespondiente a las entidades se llevará con baseacumulativa para determinar costos y facilitar lafo rmulac ión , e je rc ic io y eva luac ión de lospresupuestos y sus programas con objetivos, metasy unidades responsables de su ejecución, a efecto deintegrar la información que coadyuve a la tomade decisiones; así como a la verificación yevaluación de las actividades realizadas.

Los sistemas de contabilidad que establezcan losmanuales e instructivos que el Congreso apruebe seoperarán en forma que faciliten la fiscalización de losactivos, pasivos, ingresos, costos, gastos, avancesen la ejecución de programas y, en general, de maneraque permitan medir la eficacia y eficiencia del gastopúblico municipal.

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Art ícu lo 358 . Las dependenc i a s y en t i dadessuministrarán a la Tesorería mensualmente, lainformación presupuestal, contable, financiera y deotra índole que requiera la propia Tesorería.

Será responsabilidad de cada entidad la confiabilidadde las cifras consignadas en su contabilidad, asícomo de la representatividad de los saldos de lascuentas de balance, en función de los activos y pasivosreales de la misma, adoptando para ello las medidas decontrol y depuración correspondientes.

A su vez, la Tesorería, consolidará la información quese remitirá al Congreso para efectos de controllegislativo del gasto.

Artículo 359. La Tesorería emitirá las instruccionessobre la forma y términos en que las entidadescomprendidas en el Presupuesto de Egresos delmunicipio, deban llevar sus registros auxiliares ycontabilidad y, en su caso, rendirle sus informesy cuentas para fines de contabilidad y consolidación.Asimismo, examinará periódicamente el funcionamientodel sistema y los procedimientos de contabilidad decada entidad y podrá autorizar su modificación osimplificación, únicamente por lo que se refiere algasto público contenido en el presupuesto.

Las entidades someterán a la consideración de laTesore r í a l a s modi f i cac iones que cons ide rennecesarias o convenientes a su sistema de contabilidad.

Artículo 360. Los estados financieros y demásinformación financiera, presupuestal y contable, seránconsolidados por la Tesorería, la que será responsable de:

I. Formular la cuenta anual de la hacienda públicamunicipal;

II. Proporcionar al Órgano de Fiscalización Superiordel estado, la información que éste le requiera parael ejercicio de sus funciones;

III. Coordinar la solventación de las observacionesdel Órgano de Fiscalización Superior del estado;

IV. Administrar y conservar la documentación quecontenga la información necesar ia para lacomprobación, origen y aplicación del gastopúblico, por el plazo que señale la ley de la materia;

V. Justificar ante las autoridades competentes, laaplicación de recursos transferidos al municipiode fondos estatales o federales, en los términos delos ordenamientos aplicables;

VI. Efectuar el registro contable del patrimonio debienes muebles e inmuebles del municipio;

VII. Participar en la depuración de cuentas debalance, y

VIII. Las demás que le indique el presidente y las quese deriven de otros ordenamientos.

Artículo 361. El registro de las operaciones y lap repa rac ión de in fo rmes f inanc ie ros de l a sdependencias y entidades, deberá llevarse a cabo dea c u e r d o c o n l o s p r i n c i p i o s d e c o n t a b i l i d a dgubernamental, así como de las normas políticas ylineamientos que dicte el Congreso.

Sección IIDe los catálogos de cuentas y del

registro de las operaciones

Artículo 362. El Congreso, para efectos de la revisiónde las cuentas públicas, emitirá los catálogos decuentas a que se suje tarán las dependencias yent idades para e l regis t ro de sus operac ionesfinancieras y presupuestales . Dichos catálogosestarán integrados por los siguientes grupos de cuentas:

I. Activo;

II. Pasivo;

III. Hacienda Pública;

IV. Ingresos;

V. Egresos,

VI. Cuentas de orden, y

VII. Presupuesto.

Artículo 363. El regis t ro presupues ta l de laserogaciones del ayuntamiento y sus entidades seefectuará en las cuentas que para tal efecto establezcael Congreso, des t inadas a captar los procesossiguientes:

I. Asignac ión p resupues t a l , que iden t i f i ca e lpresupuesto de la dependencia o entidad y, en sucaso modificada con autorización del Cabildo;

II. Compromiso presupuestal, referido al hechoconsistente en que un monto se destina a un findeterminado, a través de un documento formal queampara la operación, y

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III. Ejercicio presupuestal, determinado por el actode autorizar el pago correspondiente al avance deobra o a la adquisición de un bien o servicio.

Artículo 364. El ayuntamiento y sus entidadesregistrarán en cuentas específicas los movimientos desus fondos asignados.

Artículo 365. Será responsabilidad de las dependenciasy entidades la desagregación de las subcuentas,subsubcuentas y demás registros complementariosque permitan el suministro de información interna parala toma de decisiones administrativas, y para el controlen la ejecución de las acciones, de acuerdo con susnecesidades específicas.

Artículo 366. La contabilidad de las dependencias yentidades contendrá los registros auxiliares para losprogramas presupuestales que muestren de manerasistemática los avances financieros y de consecuciónde metas, con objeto de facilitar la evaluación en elejercicio del gasto público.

Artículo 367. El ayuntamiento y sus entidades llevaránregis t ros auxi l iares que permitan e l control yconocimiento individual de los distintos saldosintegrantes de cada cuenta de balance o resultados.

Artículo 368. El ayuntamiento y sus entidades estánobligadas a resguardar y conservar en su poder y adisposición de la Tesorería los libros, registrosauxiliares e información correspondiente, así como losdocumentos originales justificativos y comprobatoriosde sus operaciones financieras.

Artículo 369. La contralor ía , o en su caso ladependenc ia des ignada para ta l e fec to por e layuntamiento, en casos excepcionales o extraordinariosy debidamente justificados, podrá autorizar documentosque sustituyan a los comprobantes justificatorios deegresos con cargo al presupuesto, a efecto de que secontabilicen las operaciones que amparen.

Las solicitudes que con tal motivo formulen lasdependencias y entidades consignarán, entre otrosdatos: la causa de la falta de los comprobantesjust if icatorios, los importes, las fechas de lasoperaciones que amparen y la conformidad delfuncionario facultado para ello. En caso de pérdida odestrucción de los documentos, la dependencia oentidad amparará dicha situación con el documentopúblico respectivo.

Artículo 370. El ayuntamiento y sus entidadesregistrarán anualmente, como asiento de apertura en

los l ibros principales y registros auxil iares decontabilidad, los saldos de las cuentas de balance delejercicio inmediato anterior.

Artículo 371. Para el registro contable de lasoperaciones con base acumulativa, se observará losiguiente:

I. En lo relativo a obras públicas, el presupuesto seconsiderará comprometido al momento de aprobarsela estimación del avance físico de las mismas, porlas personas autorizadas para tal efecto;

II. Cuando se trate de gastos que se eroguen en formacontinua, como son los servicios personales, losalquileres y la energía eléctrica, entre otros, elpresupuesto se considerará ejercido al momentode efectuarse el pago;

III. El registro contable de los pagos correspondientesal pasivo flotante o circulante, por operaciones deejerc ic ios anter iores de las dependencias yentidades, se efectuará con base en las instruccionesque sobre el particular gire el Congreso.

Sección IIIDe los estados financieros

Artículo 372. La Tesorería consolidará mensualmentela información que a continuación se detalla:

I. Estados financieros, que comprenderán balancegeneral, estado de resultados y estado de origen yaplicación de recursos;

II. Estados contables, que incluirán balanzas decomprobación, auxiliares de cuentas colectivasde balance y resultado y conciliaciones bancarias;

III. Estados presupuestarios, que consistirán en estadocondensado de ingresos, estado condensado deegresos, estado analítico de ingresos, estadoa n a l í t i c o d e e g r e s o s , e s t a d o d e a v a n c epresupuestal y estados programáticos ;

IV. Estado de deuda pública, y

V. Estados económicos, que contendrán la descripciónde información general que permita el análisis delos resultados económicos en un periodo y laevolución de las finanzas públicas.

Artículo 373. Las entidades enviarán a la Tesorería,dentro de los primeros diez días de cada mes, la mismainformación a que se refiere el artículo anterior.

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Artículo 374. Los beneficiar ios de subsidios ytransferencias con cargo al presupuesto del municipio,rendirán trimestralmente, dentro de los primeros cincodías del mes siguiente, cuenta detallada de la aplicaciónde los fondos a las dependencias y entidades por elcual se les hubiere canalizado, así como la informacióny justificación correspondiente; las dependencias yentidades informarán con el mismo detalle a laTesorería del ejercicio de estos recursos, dentro delos primeros quince días del mes siguiente.

Artículo 375. La Tesorería hará del conocimiento delas dependencias y entidades sus requerimientosde información adicional, para lo cual dictará las normasy lineamientos necesarios.

Sección IVDe la integración de la cuenta pública

Artículo 376. La Tesorería emitirá y dará a conocer alas dependencias y entidades, los lineamientos paraobtener de és tas los da tos necesar ios para laelaboración de la cuenta pública del municipio, a mástardar el día 30 de noviembre de cada año.

Artículo 377. Para efectos de la formulación de lacuenta pública, la información que proporcionen lasdependenc ias y en t idades es ta rá deb idamenteclasificada, de conformidad con los lineamientos quepara tal fin emita el Congreso.

Artículo 378. Para la integración de la cuenta públicaanual del municipio, las entidades, previa aprobaciónde su titular, proporcionarán oportunamente a laTesorería, la información a que se refiere elartículo 373.

Artículo 379. Corresponde a las entidades consolidarla información contable, financiera, presupuestal,programática y económica de la dependencia o entidad,de acuerdo con sus necesidades y para cumplir losrequerimientos de la Tesorería. Las entidades cuidaránque la información consolidada que proporcionen a laTesorería cumpla con las normas y lineamientosestablecidos.

Sección VDe la presentación de la cuenta pública al

Congreso del estado

Artículo 380. La Tesorería será responsable de integrarla cuenta pública del municipio, la cual será elaboradacon la información que le remitan las dependencias yentidades.

Artículo 381. La Tesorería determinará la forma enque se presentarán los informes para la integración dela cuenta pública, para lo cual podrá solicitar a lasdependenc ia s y en t idades l a i n fo rmac ióncomplementar ia y ac la rac iones que cons idereconvenientes.

Artículo 382. La Comisión de Hacienda y PatrimonioMunicipal, en coordinación con la Tesorería, someteráa la consideración del Cabildo la cuenta públicamunicipal del ejercicio inmediato anterior, a más tardarel 30 de abril de cada año.

Artículo 383. El ayuntamiento presentará al Congreso,para su estudio y dictamen, la cuenta pública delejercicio presupuestal inmediato anterior, en los plazosestablecidos en la ley de la materia.

Capítulo VDel control y evaluación del gasto público

Sección IDel control y evaluación

Artículo 384. El control y la evaluación del gastopúblico municipal comprende:

I. La supervisión permanente de los activos, pasivos,ingresos, costos y gastos;

II. El seguimiento a las acciones durante el desarrollode la ejecución de los programas aprobados, y

III. La medición de la eficiencia y eficacia en laconsecución de los objetivos y metas de losprogramas.

Artículo 385. El control y la evaluación del gastopúblico municipal se basarán en la informaciónsiguiente:

I. La contabilidad de las dependencias y entidades;

II. Los análisis de las evaluaciones que en materia depresupuesto y gasto público se realicen a lasdependencias y entidades conforme a los criteriosque fije la Tesorería para tal efecto;

III. Las conclusiones y recomendaciones y, en general,los informes y resultados de las auditorías y visitaspracticadas, y

IV. Las demás fuentes y medios que se juzguenconvenientes.

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Primer Receso

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Artículo 386. El seguimiento y medición del ejerciciodel gasto público se realizará en la forma siguiente:

I. En reuniones entre la Tesorería y las dependencias yentidades en plazos que no sean mayores a un bimestre;

II. Mediante visitas y auditorías, y

III. Por medio de los sistemas de seguimiento derealizaciones financieras y de metas que determinenla Tesorería y la contraloría en su caso.

Artículo 387. Con base en las conclusiones, informesy d ic támenes que se de r iven de l a s acc ionescomprendidas en el artículo anterior, la Tesorería, lacontraloría en su caso, y las dependencias y entidades,de conformidad con el presente código efectuarán,según el caso, las siguientes actividades:

I. Aplicación de medidas correctivas a las normas,lineamientos, sistemas y demás instrumentosutilizados en el manejo del gasto público municipal;

II. Adecuaciones presupuestarias;

III. Fincamiento de las responsabilidades que procedan, y

IV. Determinación de las previsiones que constituyanuna de l a s ba se s pa ra l a p rog ramac ión -presupuestación del ejercicio siguiente.

Sección IIDe la contraloría

Artículo 388. El ayuntamiento, de conformidad con lodispuesto por el artículo 35, fracción XXI, de la LeyOrgánica del Municipio Libre, establecerá un órganode control interno autónomo, el cual, para losefectos de este código, se denominará contraloría,que desarrollará funciones de control y evaluación.

Artículo 389. Corresponde a la contraloría coordinarlos sistemas de auditoría interna, así como de controly evaluación del origen y aplicación de recursos.

Los sistemas de auditoría interna permitirán:

I. Verificar el cumplimiento de normas, objetivos,políticas y lineamientos;

II. Promover la eficiencia y eficacia operativa, y

III. La protección de los activos y la comprobación dela exactitud y confiabilidad de la informaciónfinanciera y presupuestal.

Artículo 390. La contraloría se coordinará con lasdependencias y entidades para verificar el cumplimientode la normatividad en el ejercicio del gasto.

Las dependencias y entidades facilitarán el trabajo dela contraloría, a la que proporcionarán toda lainformación que les solicite.

Artículo 391. La contraloría, en caso de determinar lafalta de aplicación de la normatividad en el ejerciciodel gasto por parte de las dependencias y entidades,reportará tal situación al titular de la dependencia, yacordará las medidas correctivas.

Artículo 392. Las auditorías al gasto público municipalpodrán ser de tipo financiero, operacional, de resultadode programas y de legalidad, las cuales serán realizadaspor la contraloría y, en su caso por auditores externos.

Artículo 393. Para la realización de las auditorías algasto público municipal, la contraloría se sujetará a losiguiente:

I. Los hechos, conclusiones, recomendaciones y, engeneral, los informes y resultados de lasauditorías practicadas, facilitarán la medición dela eficiencia en la administración de los recursos yel cumplimiento de metas , para apoyar lasactividades de evaluación del gasto público, ladeterminación de las medidas correctivas que seanconducentes y, en su caso, las responsabilidadesque procedan, y

II . Las act ividades propias de la audi tor ía noobstaculizarán las labores operativas y trámitesadministrativos que directamente realicen lasdependencias y entidades.

Artículo 394. La contralor ía , con base en susprogramas anuales de auditoría y sin perjuicio de loestablecido en el artículo anterior, realizará lasactividades siguientes:

I. Evaluar los sistemas y procedimientos de lasdependencias y entidades;

II. Revisar las operaciones, transacciones, registros,informes y estados financieros;

III. Comprobar el cumplimiento de las normas,disposiciones legales y políticas aplicables a laentidad, en el desarrollo de sus actividades;

IV. Examinar la asignación y utilización de los recursosfinancieros, humanos y materiales;

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Segundo Año de Ejercicio Constitucional

V. Revisar el cumplimiento de los objetivos y metasfijados en los programas a cargo de la dependenciao entidad;

VI. Participar en la determinación de indicadores parala realización de auditorías operacionales y deresultados de los programas;

VII. Analizar y opinar sobre la información queproduzca la dependencia o entidad para efectos deevaluación;

VIII. Promover la capacitación del personal deauditoría, y

IX. Las demás que determine el ayuntamiento.

Artículo 395. La contraloría elaborará un programaanual de auditoría, el cual contendrá:

I. Los tipos de auditoría a practicar;

II . Las dependencias y ent idades, programas yactividades a examinar;

III. Los periodos estimados de realización, y

IV. Los días-hombre a utilizar.

Artículo 396. La contraloría mantendrá actualizadosl o s m a n u a l e s d e n o r m a s , p o l í t i c a s , g u í a s yprocedimientos de auditoría y los manuales y guías derevisión para la práctica de auditorías especiales.

Artículo 397. La contraloría, por cada una de lasauditorías que se practiquen, recibirá un informe sobreel resultado de las mismas; estos informes se darán aconocer a los titulares de las dependencias y entidadesauditadas para que, en su caso, ejecuten medidastendientes a mejorar su gestión y el control interno,así como a corregir las desviaciones y deficienciasque se hubieren encontrado.

Si, como resultado de las auditorías, se advirtierenirregularidades que afecten a la hacienda públicamunicipal, o contravengan el presente código, seprocederá en los términos de la Ley Orgánica delMunicipio Libre , de la Ley de FiscalizaciónSuperior para el estado de Veracruz-Llave, del Códigode Procedimientos Administrativos para el estado deVeracruz-Llave, y las disposiciones civiles o penalesaplicables, según sea el caso.

Artículo 398. La contraloría tendrá a su cargo uncontrol de las observaciones y recomendaciones

derivadas de la auditoría, y harán el seguimiento sobreel cumplimiento de las medidas correctivas que sehubieren acordado.

Artículo 399. Las dependencias y entidades enviarána la contraloría, en la forma y términos que ésta indique,los siguientes documentos:

I. Informe sobre el avance del cumplimiento de losp r o g r a m a s a n u a l e s d e l a s d e p e n d e n c i a s yentidades;

II. Informes de las observaciones derivadas de lasauditorías, y

III. Informes sobre el seguimiento de las medidascor rec t ivas ap robadas po r e l t i t u l a r de l adependencia o entidad.

Art ícu lo 400 . Las dependenc i a s y en t i dadesproporcionarán los informes, documentos y, engeneral , todos aquel los datos que permitan larealización de las visitas y auditorías que determineefectuar la contraloría.

LI B R O QUINTO

De la deuda pública

Título Único

Capítulo IDisposiciones preliminares

Artículo 401. El presente libro tiene por objeto regularla planeación, contratación, ejercicio, control yvigilancia de la deuda pública del municipio y de susentidades.

Las operaciones de financiamiento serán pagaderasen moneda y territorio nacionales, en cumplimiento delos requisitos que en materia federal y estatal existansobre el particular.

Las operaciones de financiamiento que se otorguencon garantía del estado, se regirán por el CódigoFinanciero para el estado de Veracruz-Llave.

Artículo 402. La deuda pública municipal, para efectos deeste ordenamiento, está constituida por las obligacionesde pasivo, directas o contingentes derivadas definanciamientos y a cargo del patrimonio de:

I. El municipio;

II. Los organismos descentralizados;

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Primer Receso

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I I I . Las empresas de par t ic ipac ión munic ipa lmayoritaria;

IV. Los fideicomisos en los que el fideicomitente seael Municipio o alguna de las entidades mencionadasen las fracciones II y III de este artículo.

Artículo 403. Para los efectos de este ordenamiento,se entiende por financiamiento la contratación decréditos, empréstitos o préstamos derivados de:

I. La suscripción o emisión de títulos de crédito ocualquier otro documento pagadero a plazo;

II. La adquisición de bienes, así como la contrataciónde obras o servicios cuyo pago se pacte en plazosque excedan de un ejercicio presupuestal;

III. Los pasivos contingentes relacionados con losactos mencionados, y

IV. La celebración de actos jurídicos análogos a losanteriores.

El Congreso sólo autorizará la contratación deope rac iones de f inanc iamien to , d i r ec t a s ocontingentes, cuando se trate de inversiones públicasproductivas.

Artículo 404. Las operaciones de endeudamiento que,previo cumplimiento de los requisitos detallados poreste código, asuma el municipio, por si o por susent idades , se des t inarán a l es tablecimiento deinversiones públicas productivas, entendiéndosecomo tales, aquellas creadas para la ejecución deobras , adquis ic ión o manufac tura de b ienes yprestación de servicios, que produzcan directa oindirectamente un incremento en los ingresos delmunicipio, o tengan una clara repercusión en beneficiode la sociedad y de la economía local.

Artículo 405. Cuando las condiciones financieras delMunicipio así lo hagan necesario, previo acuerdo deCabildo, y cumpliendo con las disposiciones de la ley,se podrán contraer nuevas obligaciones, para lareestructuración de los créditos ya adquiridos.

Artículo 406. La Tesorería es la dependencia delayuntamiento encargada de la aplicación de las normasen mater ia de deuda pública y de expedir lasdisposiciones necesarias para su debido cumplimiento.

L o s s u j e t o s d e e s t e c a p í t u l o q u e c o n t r a t e nfinanciamientos, serán responsables del estrictocumpl imien to de e s t e o rdenamien to , de su s

disposiciones reglamentarias y de las demás leyesaplicables, así como de las directrices de contrataciónque expida la Tesorería.

Artículo 407. La deuda pública que contrate elmunicipio será ordinaria y extraordinaria.

La deuda pública ordinaria se contratará y ejercerácon base en el programa anual de financiamiento queanualmente apruebe el Congreso, mientras que la deudapúbl ica ext raordinar ia , se autor izará para lacontratación de financiamientos que se destinena la atención de necesidades urgentes de liquidez, aenfrentar situaciones imprevisibles de la economíanacional , es tatal y municipal y a sufragar laserogaciones que debieran efectuarse en virtud dealgún acontecimiento futuro o incierto que altere laplaneación financiera del municipio y que no pudierapreverse en el programa anual de financiamiento.

Las entidades públicas a que se refieren las fraccionesII a IV del artículo 402, contratarán su deuda pública,con base en las autorizaciones específicas del Congreso.

Capítulo IIDe las facultades de las autoridades

en materia de deuda

Artículo 408. Corresponde al ayuntamiento, porconducto de la Tesorería.

I. Elaborar el programa anual de financiamiento conbase en el cual se contratará y manejará la deudapública;

II. Emitir opinión sobre la procedencia delotorgamiento de garantía municipal, para lacontratación de financiamientos a cargo de lasentidades a que se refieren las fracciones II a IV delartículo 402 de este ordenamiento;

I I I . Cu ida r que l o s r ecu r sos p roceden te s definanciamientos constitutivos de la deuda públicase dest inen a los f ines para los que fueroncontratados;

IV. Contratar y manejar la deuda pública del municipioy otorgar la garantía del mismo para la realizaciónde operaciones crediticias;

V. Vigilar que la capacidad de pago del municipio seasuf ic i en te pa ra cubr i r pun tua lmente loscompromisos que contraigan. Para tal efecto,deberá supervisar en forma permanente el desarrollodel programa de financiamiento aprobado, así como

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la adecuada estructura financiera del propiomunicipio;

VI. Vigilar que se hagan oportunamente los pagos decapital e intereses de los créditos contratados porel municipio, y que las partidas destinadas a suamortización sean fijadas en el presupuesto deegresos respectivo;

VII. Participar en las negociaciones y suscribir, juntocon el presidente y el secretario, los convenios quetengan por objeto, la reestructuración, conversióno consolidación de la deuda pública, a fin de reducirlas cargas financieras del municipio;

VIII. Llevar el registro de la deuda del sector públicomunicipal, conforme a la normatividad respectivae inscribirse y proporcionar la información que lesea requerida para efectos del Registro de DeudaMunicipal que administra el Congreso, o en sucaso, para efectos del Registro de Deuda Estatalque adminis t ra la Secre tar ía de Finanzas yPlaneación del gobierno del estado;

IX. Sustituir su calidad de deudor directo al transferirtotal o parcialmente su obligación, cuando suso rgan i smos descen t r a l i zados , empresas depar t ic ipac ión munic ipa l y f ide icomisos sesubroguen en los compromisos f inanc ie roscontraídos originalmente por el ayuntamiento.pudiendo también asumir la calidad de avalista;

X. Informar trimestralmente al Congreso sobre elestado que guarda la deuda pública, así comoproporcionar la información que éste y el Ejecutivodel estado le requieran, y

XI. Las demás que le atribuya este ordenamiento, lasque le sean delegadas conforme a la ley, y las queestablezcan las normas aplicables.

Los titulares de las entidades a que se refieren lasfracciones II a IV del artículo 402 de este código,ejercerán en el ámbito de su competencia y en loc o n d u c e n t e , l a s a t r i b u c i o n e s e n u m e r a d a s y ,adicionalmente, se encontrarán obligados a informara la Tesorería, del estado que guarda la deuda quecontraten, para los efectos de la fracción VIII de esteartículo.

Artículo 409. Corresponde al Congreso:

I. Aprobar anualmente en la Ley de Ingresos losp rogramas anua les de f inanc iamien to de layuntamiento para cada ejercicio fiscal;

II. A sol ici tud del ayuntamiento, autorizar lacontratación de deuda pública extraordinaria,cuando a su juicio las circunstancias lo ameriten;

III. Autorizar de manera expresa la contratación deendeudamiento por los Ayuntamientos, cuandolos plazos de amortización de los créditos rebasenel término del periodo constitucional para el quefueron electos;

IV. Autorizar la afectación en garantía de lasparticipaciones federales que le correspondan almunicipio, informando al Ejecutivo del estado;

V. Verificar que todas las operaciones de deuda querealicen el ayuntamiento y sus entidades, seapeguen a las disposiciones legales;

VI. Informar al Ejecutivo del estado, con propósitos deregistro, así como al ayuntamiento, de cualquierobservación que surja de la verificación a que serefiere la fracción anterior, sin perjuicio de lasresponsabilidades que originen, y

VII. Operar el Registro de Deuda Pública Municipal.

Artículo 410. Corresponde al Ejecutivo del estado:

I. A solicitud expresa del ayuntamiento, proporcionarlos informes, datos y cooperación técnica que requierapara la elaboración de programas financieros;

II. Asesorar técnicamente y apoyar al municipio y alas entidades a que se refiere el artículo 402 en lagest ión, concertación y contratación de susoperaciones de deuda pública;

III. Promover y apoyar la operación de instrumentosy modalidades de financiamiento municipal ,incluyendo adquisiciones consolidadas de bienes,pagaderas a plazo, constitución de fondos y otrosque autoricen las leyes respectivas;

IV. Expedir los certificados de afectación a los ingresosmunicipales en participaciones federales, cuandoel Ayuntamiento los otorgue como garantía definanciamiento, y

V. Cuando sea aval del municipio, solicitar alAyun tamien to l a i n fo rmac ión sob re susoperaciones de financiamiento y sobre los saldosy circunstancias de su deuda pública.

Artículo 411. A fin de que las entidades a que refierenlas fracciones II a IV del artículo 402, puedan obtener

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autorización del ayuntamiento para la contratación definanciamientos en el caso previsto en la fracción IIdel artículo 408, deberán proporcionar a la Tesoreríasus programas financieros y demás información quearroje su capacidad de pago, así como la demásinformación que se le solicite, a fin de determinar susnecesidades de crédito y la viabilidad de su pago.

Para la contratación de financiamientos, sin garantíamunicipal, a cargo de las entidades a que se refierenlas fracciones II a IV del artículo 402 de esteordenamien to , bas ta rá l a au to r i zac ión de susrespectivos órganos de gobierno.

Capítulo IIIDe la programación de la deuda pública

Artículo 412. El ayuntamiento podrá solicitar losmontos que sean necesarios para el financiamientodel municipio y de sus entidades, en cuya solicitudsometerá al Congreso, los siguientes aspectos:

I. El monto de la deuda que se autoriza a contratar;

II. Las tasas de interés que se pactarán;

III . Las inst i tuciones que podrán fungir comoacreditantes;

IV. Los plazos de amortización;

V. La denominación en que podrá contratarse;

VI. El destino de los recursos;

VII. Las condiciones suspensivas o resolutorias querijan la vigencia de las obligaciones;

VIII. La forma y tiempos de disposición de los recursos;

IX. Los periodos de inversión;

X. En su caso, las normas que resulten aplicables parala contratación de obras o servicios;

XI. Las garantías que podrán otorgarse, y

XII. Las demás que en cada caso autorice el Congreso.

Artículo 413. El ayuntamiento, al someter al Congresola Ley de Ingresos, deberá proponer los montos delendeudamiento neto necesar io y acompañar suprograma de financiamiento, mismo que contendrá loselementos de juicio suficientes para fundamentar supropuesta, entre los que se encontrará la indicación

clara de los recursos que se utilizarán para el pago delos financiamientos.

Capítulo IVDe la contratación de los financiamientos

Artículo 414. Para la obtención y contratación decréditos y empréstitos, el municipio y las entidadespúblicas municipales señaladas en el artículo 402 deeste ordenamiento podrán ocurrir a institucionesde banca de desarrollo, de banca nacional o cualquierinstitución de crédito o auxiliar de crédito que funcioneconforme a la legislación sobre la materia. En todocaso se deberá buscar la existencia de diversasalternativas que permitan comparar y elegir laobtención de recursos más favorables.

Art ícu lo 415 . L o s p r o y e c t o s a c a r g o d e l a sdependenc ias de l ayuntamien to que requ ie ranfinanciamiento para su realización, deberán producirlos recursos suficientes para su amortización y lasobligaciones que se asuman, en razón de que dichosfinanciamientos, no deberán ser superiores a lacapacidad de pago del ayuntamiento.

Artículo 416. Las entidades mencionadas en lasfracciones II a IV del artículo 402 de este ordenamiento,sólo requerirán autorización previa y expresa delayuntamiento, cuando el municipio sea garante de suscréditos.

La Tesorería, previo el análisis de la información quele remita la entidad pública solicitante, emitirá unaopinión al presidente, misma que será sometida porconducto de éste al Cabildo. La resolución que seemita se comunicará por escrito, a las entidadessolicitantes, precisando en su caso, las característicasy condic iones en que los c rédi tos puedan serconcertados.

En los demás casos, bastará que el órgano internode cada entidad pública, autorice la contratación definanciamiento, misma que deberá ser aprobada por elCongreso, en los términos de este código.

Artículo 417. El Congreso vigilará que en la garantíaque se otorgue para el pago de operaciones def inanc iamien to , no se a fec te l a con t inu idad ,permanencia y generalidad de los servicios públicos,o que en general, no se cause un perjuicio al interéspúblico.

Artículo 418. El municipio, previa autorización delCabildo, podrá realizar operaciones en virtud de lascuales, los particulares, las entidades públicas,

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concesionarios o usuarios del sector privado o socialse subroguen en los adeudos suscritos originalmentepor el ayuntamiento.

Artículo 419. El municipio, por conducto delayuntamiento podrá suscribir los contratos, pagarés,letras de cambio o cualquier otro título de crédito, queformalicen las operaciones a que se refiere este libro.

Los contratos y convenios serán firmados por elpresidente, síndico, secretario y tesorero municipales.Los títulos de crédito que se emitan serán firmados porel presidente, síndico y tesorero municipales.

De la misma forma se documentarán las operacionespor las que se substituya como acreditado, cambie sucalidad de deudor directo o avalista o subroguensu deuda a terceros.

Artículo 420. Los montos derivados de la contrataciónde obligaciones directas a corto plazo no seráncomputables para deuda pública municipal; siempre ycuando reúnan las siguientes características:

I. Que el saldo total acumulado de estos créditos noexceda a l c inco por c iento de los ingresosordinarios del ejercicio fiscal correspondiente;

II. Que el plazo de su vencimiento no rebase loscuarenta y cinco días;

III. Que su pago se realice al término del vencimientoy no rebase el periodo constitucional, y

IV. Que la operación no se contrate en el últimotrimestre de la gestión municipal para la que fueronelectos

El municipio podrá contratar montos adicionalesde financiamiento siempre y cuando se trate deobligaciones directas a corto plazo, cuando a juiciodel propio ayuntamiento, se presenten circunstanciaseconómicas extraordinarias que así lo exijan. Cuandose haga uso de esta facultad, informará de inmediatoal Congreso a través de la Tesorería.

Artículo 421. En la contratación de deuda se deberábuscar que se mantenga un correcto equilibriof inanciero y que se cuente con los e lementoseconómicos suficientes para hacer frente a lasobligaciones contraídas.

Artículo 422. Las entidades mencionadas en lasfracciones II a IV del artículo 402 de este código, sólopodrán contratar empréstitos o créditos si tienen la

au to r i zac ión de l ó rgano de gob ie rno in t e rnocorrespondiente.

Artículo 423. Cuando el municipio se coordine oasocie a otro o al estado para la prestación de serviciosmunicipales, se podrán contratar en forma consolidadal a s ope rac iones a que se r e f i e r e e l p r e sen teordenamiento, pero se establecerán por separado lasobligaciones a cargo de cada participante y de estaforma se inscribirán en el Registro de Deuda Públicamunicipal o estatal, en su caso.

Capítulo VDe las garantías

Artículo 424. Se podrá otorgar en garantía cualquierbien, derecho o ingreso que se encuentre dentro delpa t r imon io de qu ien con t r a t e ope rac iones definanciamiento directas o contingentes, siempre ycuando conforme a la ley no exista impedimento paraque los mismos sean gravados.

El ayuntamiento podrá comprometer hasta el treintapor ciento de los ingresos municipales y de lasparticipaciones federales, siempre y cuando no seafecten los programas de gasto corriente ni deinversión prioritaria.

El municipio y las entidades públicas previstas en elartículo 402 de este capítulo, podrán otorgar en garantíaingresos hacendarios presentes y futuros.

Artículo 425. En los casos en que se requiera el avaldel gobierno del estado respecto de obligaciones delmunicipio y de las entidades a que se refiere el artículo402, la solicitud se formulará por conducto delayuntamiento respectivo y contendrá además laautorización del Cabildo o del órgano de gobiernointerno de las citadas entidades y la justificación de lasolicitud.

Artículo 426. Cuando los municipios soliciten el avaldel gobierno del estado, deberán cumplir con lossiguientes requisitos:

I. Que el importe a contratar se encuentre dentro delprograma anual de financiamiento que haya sidoaprobado por el Congreso en la Ley de Ingresospara el ejercicio correspondiente;

II. Que medie autorización del Congreso;

III. Que cuando se trate de operaciones a corto plazono reúnan las características establecidas en elartículo 420 del presente ordenamiento;

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IV. Que el monto acumulado de los avales otorgadospor e l gobierno de l es tado no excedan de lporcentaje a que se refiere el artículo 424 de esteordenamiento y la previsión contemplada en la Leyde Ingresos del estado, del ejercicio presupuestalco r re spond ien te , en l a pa r t ida expresa deasignación fiscal al ayuntamiento;

V. Que el ayuntamiento haya acreditado que cuentacon elementos económicos suficientes para hacerfrente a la obligación en los montos y plazos,conforme a su programación financiera, y

VI. Que el ayuntamiento esté al corriente en elcumplimiento de sus obligaciones de informaciónal Registro de Deuda Pública Municipal y, en sucaso, estatal.

Todo esto sin perjuicio de los requisitos que para talefecto señale el Código Financiero para el estado.

En todos los casos se requerirá previamente de laautorización del Congreso.

Capítulo VIDe la vigilancia y registro de las operaciones

de financiamiento

Artículo 427. Es responsabilidad de la TesoreríaMunicipal la vigilancia del cumplimiento de lasobligaciones asumidas por el municipio al contrataroperaciones de financiamiento, y de las entidades aque se refieren las fracciones II a IV del artículo 402 deeste código, en el caso de que el municipio actúe comosu garante.

Para tal efecto las dependencias del ayuntamiento yen su caso, las entidades a que se refieren las fraccionesII a IV del artículo 402 del presente ordenamiento,deberán proporcionar información a la Tesorería en laforma y términos que le sean requeridos.

En todos los casos el titular de la dependencia oentidad de que se trate, será responsable de vigilar elcumplimiento de las obligaciones que se contraten.

Artículo 428. La Tesorería vigilará que se incluyan enel presupuesto de egresos del municipio, los montosn e c e s a r i o s p a r a s a t i s f a c e r p u n t u a l m e n t e l o scompromisos der ivados de la cont ra tac ión definanciamientos.

Cada titular de las entidades a que se refieren lasfracciones II a IV del artículo 402 del presenteordenamiento, será responsable que se incluyan en su

presupuesto de egresos, los montos necesarios parasatisfacer puntualmente los compromisos derivadosde la contratación de financiamientos.

Artículo 429. Las dependencias del ayuntamiento yentidades referidas en las fracciones II a IV del artículo402 de este ordenamiento, llevarán un registro internode su deuda púb l i ca , pe ro debe rán i n fo rmarperiódicamente a la Tesorería Municipal del estadoque guarda la misma, para su registro.

En todo caso, la Tesorería o los titulares de lasdependencias o entidades, rendirán los informes queles sean requeridos por las autoridades estatalescompetentes, para los efectos propios del Registro deDeuda Municipal y en su caso, estatal.

Artículo 430. El ayuntamiento al solicitar la inscripciónen el Registro de la Deuda Estatal anexará a su peticiónlo siguiente:

I. El instrumento jurídico en que se haga constar laobligación cuyo registro solicita;

II. El acta de Cabildo en la que se autorice contratary afectar en garantía de pago de las obligacionescontraídas, los Ingresos municipales propios yparticipaciones federales;

III. El acta de Cabildo en la que se autorice a afectarotras garantías distintas a las señaladas en lafracción anterior;

IV. La autorización del Congreso del estado, y

V. Información sobre el destino del crédito.

Artículo 431. Todas las obligaciones que contraiganel municipio y las entidades públicas enumeradas ene l a r t í cu lo 402 de l p resen te o rdenamien to ,invariablemente se inscribirán en el Registro de DeudaPública Municipal.

Artículo 432. En el Registro de Deuda PúblicaMunicipal se anotarán los datos siguientes:

I. El número progresivo y fecha de inscripción;

II. Las características del acto, con identificación delas obligaciones contraídas, su objeto, plazo ymonto;

III. La fecha del acta de Cabildo donde se autoriza alayuntamiento a asumir obligaciones y en su casoa afectar garantías;

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IV. Las garantías afectadas;

V. Las cancelaciones de las inscripciones cuando seacredite el cumplimiento de las obligaciones quelas generaron, y

VI. En forma subsecuente se tomará razón delcumplimiento o incumplimiento de las obligacionescontraídas.

Artículo 433. El número progresivo y fecha deinscripción en el Registro de Deuda Pública Municipaldarán preferencia a los acreditantes para los efectosde exigibilidad en el pago de las obligaciones.

Artículo 434. El Congreso, por conducto de ladependencia encargada del registro, expedirá a todosaquel los que acredi ten su interés jur ídico, lascertificaciones que soliciten respecto de las obligacionesinscritas en el Registro de Deuda Pública Municipaldel estado de Veracruz-Llave.

Artículo 435. El municipio y las entidades públicas aque se refiere el artículo 402 de este código tendrán lassiguientes obligaciones:

I. Llevar registro de las operaciones a que se refiereeste libro;

II. Comunicar al Ejecutivo del estado, cuando ésteactúe como aval, todos los datos relacionados conla contratación y reestructuración de créditos, asícomo los derivados de obligaciones contingentes,en un plazo no mayor de diez días hábiles, contadosa partir de la celebración del acto, y

III . Al efectuar el pago parcial o total de lasobligaciones, las entidades públicas referidas enel artículo 402 de este código deberán comunicarloal Congreso del estado, para que se proceda a lacancelación parcial o total de las inscripcionescorrespondientes en el Registro de Deuda PúblicaMunicipal.

Artículo 436. La inscripción en el Registro de DeudaPública Municipal de las obligaciones a cargo de losmunicipios, confiere a los acreedores el derecho a quesus créditos, en caso de incumplimiento de pago porlos municipios, se cubran con cargo a los ingresosmunic ipa les en g ravámenes y pa r t i c ipac ionesfederales, que deba entregarles el estado.

Artículo 437. Las operaciones de crédito autorizadas,sólo podrán modificarse con los mismos requisitos yformalidades relativos a su autorización.

Capítulo VIIDe la afectación de participaciones federales

Artículo 438. Las participaciones que correspondenal municipio son inembargables, no pueden afectarsepara fines específicos, ni estar sujetas a retención,salvo para el pago de obligaciones contraídas conapego a lo dispuesto en este código, así como alCódigo Financiero para el estado de Veracruz-Llave yla Ley de Coordinación Fiscal, en favor del municipioo de sus entidades, que hayan requerido de afectaciónen garantía de dichas participaciones.

Las operaciones deberán estar debidamente inscritasen el registro de la Secretaría de Hacienda y CréditoPúblico, en el Registro Público de Deuda Municipal yen e l Reg i s t ro de Deuda Púb l i ca Es t a t a lcorrespondiente, tratándose en este último de adeudosavalados por el estado.

Artículo 439. En todos los casos en que se afectenparticipaciones el ayuntamiento, previa autorizacióndel Congreso, podrá solicitar a la Secretaría de Finanzasy Planeación del gobierno del estado, que en sunombre y representación realice los pagos de lasamortizaciones de operaciones de endeudamientoconvenidas, descontando dichos montos de laspa r t i c ipac iones que en ing resos f ede ra l e s l ecorrespondan al municipio.

Para todo lo no previsto en este libro se estará a loque señale el Código Financiero para el estado deVeracruz-Llave.

LI B R O S EXTO

De los bienes municipales

Título PrimeroDe los bienes en general

Capítulo IDisposiciones preliminares

Artículo 440. Los bienes del dominio públicomunicipal son:

I. Bienes de uso común;

II. Bienes destinados a un servicio público, y

III. Bienes propios.

Artículo 441. Los bienes de uso común son:

I. La vía pública;

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II. Las plazas, paseos, áreas verdes y parques públicos;

III. Los monumentos artísticos e históricos;

IV. Los puentes vehiculares o peatonales, y

V. Los demás bienes de naturaleza análoga y losconsiderados de uso común por otras leyes.

Cualquier persona puede usar los bienes de uso común,sin más restricciones que las establecidas por lasleyes y reglamentos administrativos aplicables.

Para aprovechamientos especiales sobre los bienesde uso común, se requiere permiso o autorización,otorgados con las condiciones y requisitos queapruebe el Cabildo.

Artículo 442. Los bienes destinados a un serviciopúblico son:

I. Los muebles e inmuebles utilizados por losayuntamientos y entidades para su funcionamientoy el cumplimiento de sus atribuciones;

II. Los muebles e inmuebles cuyo uso otorgue elmunicipio al gobierno federal, estatal o a otrosmunicipales, o a organismos descentralizados,entidades parestatales o cualquier otra entidadpública, para el cumplimiento de los fines de éstoso en ejecución de convenios o acuerdos decoordinación o colaboración, y

II I . Las áreas de donación, de servic ios o deequipamiento urbano, que los lot i f icadores ,fraccionadores y constructores enajenen en favordel municipio, en cumplimiento a las disposicioneslegales aplicables.

Artículo 443. Los bienes propios son:

I. Los inmuebles que formen parte de su fundo legalno enajenados a los particulares;

II. Los inmuebles cuya propiedad sea transmitida a losmunicipios mediante expropiación para el desarrollode zonas habitacionales populares;

III. Los inmuebles que reserve el municipio, en previsióndel crecimiento de los centros poblacionales opara destinarse a la prestación de un servicio público;

IV. La totalidad o la parcialidad del bien destinado a uns e r v i c i o p ú b l i c o , q u e s e a d e s a f e c t a d o odesincorporado del mismo;

V. Los inmuebles que el municipio adquiera porcompraventa, donación, permuta o adjudicación,que no sean de uso común o destinados a unservicio público, y

VI. Los demás que por cualquier concepto adquiera elmunicipio y no sean los que se señalan en lasfracciones I y II del artículo 440 de este código.

Artículo 444. Los b ienes de uso común y losdestinados a un servicio público podrán convertirseen bienes propios, si así lo acuerda el ayuntamiento,para lo cual deberá fundar y motivar su decisión y éstaser aprobada por las dos terceras partes de susintegrantes.

El ayuntamiento podrá utilizar los bienes propios parafines de uso común o destinarlos a un servicio público.

Artículo 445. Los b ienes de uso común y losdestinados a un servicio público son inembargables,imprescriptibles e inalienables, no estarán sujetos,mientras no varíe su situación jurídica, a acciónreivindicatoria o de posesión definitiva o provisional.Los particulares y las instituciones públicas sólopodrán adquirir sobre el uso, aprovechamiento yexplotación de estos bienes, los derechos reguladosen este código y en las demás disposiciones legalesaplicables.

No obstante lo anterior, se regirán por el derechoc o m ú n l o s a p r o v e c h a m i e n t o s a c c i d e n t a l e s oaccesorios compatibles con la naturaleza de estosbienes , como la venta de f ru tos , mater ia les odesperdicios, o la autorización de derechos de uso,previamente aprobados por el ayuntamiento.

Ninguna servidumbre pasiva puede imponerse en lostérminos del derecho privado sobre los bienes de usocomún y los destinados a un servicio público. Losderechos de tránsito, de vista, de luz, de derrames yotros semejantes sobre dichos bienes se r igenexc lus ivamente por l a s l eyes y reg lamentosadministrativos.

Artículo 446. Quedan sujetos a las disposiciones deeste código los actos de adquisición, administración,uso, aprovechamiento, explotación y enajenación deinmuebles municipales; así como la ejecución de obrasde construcción, reconstrucción, modif icación,adap tac ión , conse rvac ión , man ten imien to ydemolición que sobre ellos se realicen, sin perjuicio delo dispuesto en las leyes y reglamentos aplicables enmate r i a de cons t rucc ión , de obras púb l i cas yadquisiciones.

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Segundo Año de Ejercicio Constitucional

Artículo 447. Los actos, negocios jurídicos, conveniosy contratos que realicen el ayuntamiento o lasentidades en contravención a lo dispuesto en estelibro, serán nulos de pleno derecho.

En todos los casos en que se afecte el patrimonioinmobiliario del municipio, se requerirá el acuerdo delayuntamiento en la forma y términos que estableceneste código, la Ley Orgánica del Municipio Libre ydemás legislación aplicable.

Tratándose de inmuebles municipales o del dominiopúblico de las entidades, que sean objeto de algunode los actos o contratos que resulten nulos conformea este artículo, la sindicatura o el representante legalde la entidad, según el caso, podrá recuperarlosadministrativamente para determinar su aprovechamiento.

Capitulo IIDe las atribuciones del ayuntamiento

Artículo 448. Son atribuciones del ayuntamiento,respecto de los bienes del dominio público municipal,las siguientes:

I. Vigilar la estricta observancia del presente código;

II. Poseer, adquirir, conservar, administrar, arrendar,permutar y enajenar los bienes que formen partedel patrimonio municipal;

III. Aprobar los planes y programas tendientes a laconservación del patrimonio municipal y su óptimoaprovechamiento, y

IV. Las demás que le señalen este código y otrosordenamientos aplicables.

Artículo 449. El presidente, previo acuerdo del Cabildoy en forma conjunta con el síndico, de conformidadcon las disposiciones legales aplicables, suscribirálos actos de adquisición y transmisión de dominio deinmuebles municipales y se encargará, por sí o a travésde la Tesorería, de la función administrativa de control,administración, inspección y vigilancia de inmueblesmunicipales.

Para tal efecto, el presidente se auxiliará de la Comisiónde Hacienda y Patrimonio Municipal, a la que lasdemás dependencias de la administración públicamunicipal, así como las demás personas de derechopúblico o privado que usen o tengan a su cuidadoinmuebles municipales, deberán proporcionar losinformes, datos, documentos y demás facilidades quese requieran.

Artículo 450. Corresponde a la Sindicatura:

I. Ejercitar las acciones tendientes a la protección delos bienes municipales;

II. Ejercitar la facultad o derecho de reversión, respectode la propiedad inmobiliaria municipal, salvodisposición legal en contrario;

III. Participar en la integración y administración delinven ta r io de b i enes mueb les e inmueb lesmunicipales;

IV. Asesorar a las entidades y dependencias de laadministración pública municipal que lo soliciten,en la materia inmobiliaria propia de sucompetencia, y

V. Las demás que le sean delegadas o le confieran éstey otros ordenamientos.

Artículo 451. Corresponde a la Tesorer ía , encoord inac ión con l a Comis ión de Hac ienda yPatrimonio Municipal:

I. Proponer al Cabildo la política inmobiliaria delmunicipio, así como la emisión de normas técnicas,autorización y, en su caso, realización de laconstrucción, reconstrucción y conservaciónde los edificios públicos, monumentos, obras deornato y las demás que realice el municipio por sío en colaboración con el estado o con otrosmunicipios, con organismos públicos o con lospar t i cu la res , excep to l a s encomendadasexpresamente por la ley a otras dependencias oentidades;

II. Integrar y administrar el inventario de bienesmuebles e inmuebles municipales;

III. Asesorar a las entidades y dependencias de laadministración pública municipal que lo soliciten,en la materia inmobiliaria propia de su competencia;

IV. Auxiliar al presidente a efectos de proponer alCab i ldo e l o to rgamien to o r evocac ión deau to r i zac iones o pe rmisos pa ra e l uso ,aprovechamiento o explotación de los bienesinmuebles de dominio público municipal;

V. Asesorar al presidente y al síndico para queintervengan, en representación del municipio, enlas operac iones de compraventa , donac ión ,gravamen, afectación u otras por las que elmunicipio adquiera o enajene la propiedad,

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el dominio o cualquier derecho real sobre inmuebles,así como participe en la adquisición, control,administración, enajenación, permuta, inspeccióny vigilancia de los referidos inmuebles municipales, yen su caso celebre los contratos relativos para suuso, aprovechamiento y explotación, en los mismostérminos;

VI. Proponer al Cabildo la participación municipal enempresas o asociaciones, o la constitución defideicomisos dentro de cuyo objeto social o finesse encuent re la rea l izac ión de operac ionesinmobiliarias, debiendo previamente conformar unexpediente que considere la intervención de lasdependencias competentes;

VII. Proponer al Cabildo la política del gobiernomunicipal en materia de arrendamientos;

VIII. Vigilar que se mantengan al corriente los valoresde los bienes inmuebles municipales y reunir,revisar y determinar las normas y procedimientospara realizarlo;

IX. Vigilar que sean cubiertas las contribuciones ygastos necesarios para la preservación de los bienespropiedad del municipio.

X. Proponer al Cabildo la celebración de acuerdos oconvenios de coordinación o concertación con losg o b i e r n o s f e d e r a l o d e l e s t a d o , c o n o t r o smunicipios y con las personas físicas o morales delos sectores privado y social, para conjuntarrecursos y esfuerzos para la eficaz realización delas acciones que en materia mobiliaria o inmobiliariaestán a cargo del ayuntamiento, y

XI. Las demás que le sean delegadas o le confieranéste y otros ordenamientos.

Capítulo IIIDel inventario de bienes municipales

Artículo 452. Se crea el inventario de bienesmunicipales, mismo que será administrado por laTesorería y tendrá por objeto la integración de losdatos de identificación física, antecedentes jurídicosy administrat ivos de los muebles e inmueblesmunic ipales que por cualquier concepto usen,administren o tengan a su cuidado las dependenciasy entidades de la administración pública municipal ylas demás instituciones públicas y privadas.

Artículo 453. Las dependencias y entidades de laadminis t ración públ ica municipal y las demás

instituciones públicas y privadas que, por cualquierconcepto, usen, administren o tengan a su cuidadobienes y recursos propiedad del municipio o de lasentidades, tendrán la obligación de proporcionarinformación para la elaboración y actualización delinventario de bienes municipales.

Lo anter ior , s in per ju ic io de la in tegración yactualización de los propios catálogos e inventariosde las dependencias y entidades.

Artículo 454. La Sindicatura determinará las normasy procedimientos para la integración y recepción de lainformación para el funcionamiento y actualizacióndel inventario de bienes municipales.

Título SegundoDel dominio y la administración de los bienes

Capítulo IDe los bienes muebles

Artículo 455. El ayuntamiento, con apoyo en laComisión de Hacienda y Patrimonio Municipal,expedirá las normas relat ivas al dominio y laadministración de los bienes muebles del municipio,de conformidad con las d ispos ic iones legalesaplicables.

Artículo 456. Las adquisiciones, arrendamientos yservicios re lacionados con bienes muebles delmunicipio se regirán por lo dispuesto en la ley de lamateria.

Artículo 457. Los bienes muebles municipales soninembargables e imprescriptibles. Su enajenación atítulo oneroso o gratuito se sujetará a las disposicionesde la ley de la materia y a criterios establecidospreviamente por el ayuntamiento, con propósitos desatisfacer necesidades de la administración públicamunicipal o de fomentar las actividades que realicenpersonas físicas o morales, publicas o privadas, enbeneficio de la colectividad.

Artículo 458. Las enajenaciones a que se refiere elartículo anterior no podrán realizarse en favor de losservidores públicos municipales que, en cualquierforma, intervengan en los actos relativos, ni de suscónyuges o parientes consanguíneos y por afinidadhasta el cuarto grado, o de terceros con los que dichosservidores tengan vínculos privados o de negocios.Las enajenaciones que se realicen en contravención aello serán causa de responsabilidad y serán de plenoderecho.

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Segundo Año de Ejercicio Constitucional

Capítulo IIDe los bienes inmuebles

Artículo 459. Los inmuebles considerados, entérminos de este código, como bienes propios deberándestinarse prioritariamente al uso común o al serviciode las distintas dependencias y entidades de laadministración pública municipal.

Artículo 460. Los inmuebles que no sean adecuadospara destinarlos a los fines a que se refiere el artículoanterior podrán ser objeto de los siguientes actos dedominio y administración, sin perjuicio de lo dispuestopor la Ley Orgánica del Municipio Libre:

I. Enajenación a título oneroso, para adquirir opermutar otros inmuebles que se requieran para lapres tac ión de los se rv ic ios a cargo de lasdependenc ias de l a admin i s t rac ión púb l icamunicipal; para el pago de indemnizaciones oadeudos en los que el municipio tenga el carácterde deudor; para la ins ta lación de empresasparticulares que contribuyan, a través de lageneración de empleos, a elevar el nivel económicode la localidad; a particulares para la construcciónde viviendas de interés social; y, en general, parapromover el bienestar colectivo;

II. Enajenación a título gratuito, en favor delos gobiernos federal, de los estados o de losmunicipios , para la pres tación de servic iospúblicos; de personas físicas o morales de carácterprivado, que realicen actividades de interés socialy no persigan fines de lucro y, en general, para todoaquello que redunde en beneficio del municipio, y

III. Arrendamiento o comodato, según convenga alinterés público, en favor de personas físicas omorales, públicas o privadas, de conformidad conlos c r i t e r ios que a l e fec to e s t ab lezca e layuntamiento.

Artículo 461. El ayuntamiento, previa autorizacióndel Congreso o, en su caso, de la DiputaciónPermanente, podrá conceder el uso o el usufructo deinmuebles considerados como bienes propios.

Artículo 462. La transmisión de dominio, a títulogratuito u oneroso, de los bienes inmuebles propiedaddel ayuntamiento sólo podrá realizarse medianteacuerdo del ayuntamiento, emitido en términos de lalegislación aplicable.

Artículo 463. En los casos de enajenación a títulogratuito, el acuerdo del ayuntamiento fijará el plazo

máximo dentro del cual deberá iniciarse la utilizacióndel bien para el objeto solicitado; en su defecto, seentenderá que el plazo será de un año.

Si el beneficiario no hiciere uso del bien dentro delplazo previsto o destinare el inmueble a un uso distintoal autorizado, tanto el inmueble como sus mejoras, silas hubiere, revertirán en favor del municipio.

Cuando la beneficiaria sea una persona física o moralde carácter privado y deje de cumplir con su objeto ose extinga, también procederá la reversión del bien ysus mejoras, si las hubiere, en favor del municipio.

Artículo 464. E n l a e n a j e n a c i ó n d e b i e n e s aparticulares el precio de venta no será menor al valorcatastral actualizado, excepto cuando dicha enajenaciónsea resultado de la aplicación de planes o programasde interés público, debidamente fundados, en cuyocaso se estará a los procedimientos que acuerde el Cabildo.

Art ícu lo 465 . E n l a s d i s t i n t a s o p e r a c i o n e sinmobiliarias en las que la administración públicamunicipal sea parte, en materia de avalúos se estará alo dispuesto por la Ley de Catastro para el estado deVeracruz-Llave.

Artículo 466. Toda enajenación onerosa de inmueblesque realice el municipio deberá ser de contado, aexcepción de las enajenaciones que se efectúen enbeneficio de organismos, asociaciones de beneficenciao personas de escasos recursos y que tengan comofinalidad resolver necesidades de vivienda de interéssocial, las que se verifiquen para la realización deactividades sociales y culturales, o las que se realicencomo parte de programas que tengan por objeto eldesarrollo de programas de interés social o popular, laincorporac ión de asentamientos i r regulares a ldesarrollo urbano, el mejoramiento y la conservaciónd e b i e n e s p ú b l i c o s o c o n v a l o r h i s t ó r i c o oarqueológico, así como la integración económica deuna zona o región.

El ayuntamiento se reservará el dominio de bieneshasta el pago total del precio, de los intereses pactadosy de los moratorios, en su caso.

Artículo 467. Mientras no esté totalmente pagado elprecio, los compradores de inmuebles municipales nopodrán hipotecarlos ni constituir sobre ellos derechosreales a favor de terceros, ni estarán facultados paraderribar o modificar las construcciones sin acuerdoexpreso del ayuntamiento, mismo que se expediráconsiderando el destino final de los bienes y lanecesidad de su afectación.

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Primer Receso

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En los contratos respectivos deberá estipularse que lafalta de pago de tres mensualidades por concepto delos abonos a cuenta del precio y de sus interesesen los términos convenidos, así como la violación delas prohibiciones que contiene este artículo, daráorigen a la rescisión del contrato, salvo que se trate deviviendas, en cuyo evento se estará a lo que disponeel Código Civil del estado de Veracruz-Llave.

Lo dispuesto en este artículo y en el anterior, no seráaplicable en el caso en el que los bienes inmuebles seafecten en fideicomiso público, en cuyo evento, seráel comité técnico del mismo el que apruebe lasenajenaciones considerando los fines del propiofideicomiso y sus reglas de comercialización.

Artículo 468. No se requerirá la intervención de notariopúblico en los casos siguientes:

I. Donaciones que efectúe el municipio a favor delgobierno federal, estatal o municipales, y

II. Donaciones que realicen los gobiernos federal,estatal o de los municipios a favor del municipio,para la prestación de servicios públicos a su cargo.

En los casos a que se refiere este artículo, el documentoque consigne el contrato respectivo tendrá el carácterde escritura pública.

Sección IDe la adquisición y arrendamiento

de bienes inmuebles

Artículo 469. Las disposiciones de esta secciónregulan la adquisición de bienes inmuebles, por víasde derecho privado, para incorporarse al patrimoniomunicipal, así como el arrendamiento de inmueblesp a r a s a t i s f a c c i ó n d e l a s n e c e s i d a d e s d e l aadministración pública municipal.

Las adquisiciones que realice el municipio por vías dederecho público se regirán por las normas que leresulten aplicables.

Artículo 470. Las dependencias de la administraciónpública municipal presentarán a la Tesorería unp rog rama anua l , que p r evea su s neces idadesinmobiliarias y contenga la información necesaria parafundar las políticas y decisiones en la materia.

Las adquis ic iones de bienes inmuebles que seprogramen se orientarán al cumplimiento de los finesde la planeación municipal, previstos en el Plan deDesarrollo Municipal.

En todos los casos, la Tesorería verificará que el usopara el que se requieran los inmuebles sea compatiblecon las disposiciones vigentes en materia de desarrollourbano y verificará la disponibilidad presupuestalpara la adquisición de los mismos. Al momento de laadqu i s i c ión debe rá con ta r se con l a pa r t i dapresupuestal autorizada.

Artículo 471. Para satisfacer los requerimientos deinmuebles que planteen las dependencias, la Tesorería,con base en la información que arroje el inventario debienes inmuebles municipales, aplicará los criteriosde asignación de los mismos o los procedimientos deadjudicación que se prevean en las disposiciones queregulen las adquisiciones del municipio.

En todos los casos, será el Cabildo quien apruebe laadquisición de bienes inmuebles que se incorporen alpatrimonio municipal.

Artículo 472. Cuando el municipio adquiera, en lostérminos del derecho privado, un inmueble, paracumplir con finalidades de orden público, podráconvenir con los poseedores, derivados o precarios,la forma y términos conforme a los cuales se daránpor terminados los contratos de arrendamiento,comodato o cualquier otro tipo de relación jurídicaque les otorgue la posesión del bien, con laposibilidad de cubrir, en cada caso, la compensaciónque se considere procedente. El término para ladesocupación y entrega del inmueble no deberáexceder de un año.

Artículo 473. Las dependencias sólo podrán arrendarbienes inmuebles para su servicio, cuando no seaposible o conveniente su adquisición a juicio delayuntamiento, quien acreditará tales supuestos, previoinforme que le rinda la dependencia solicitante.

Tanto el arrendamiento de inmuebles para oficinaspúblicas, como la construcción, reconstrucción,adaptación, conservación y mantenimiento de lasmismas, se realizará previa validación de los estudios,proyectos o programas, por parte de la Tesorería conla asesoría de la dependencia responsable de obraspúblicas.

El presidente, previa propuesta de la Tesorería y conla asesoría de la dependencia responsable de obraspúblicas, propondrá al Cabildo las normas y criteriostécnicos para la cons t rucción, reconst rucción,adap tac ión , conse rvac ión , man ten imien to yaprovechamiento de los inmuebles destinados aoficinas públicas municipales.

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Segundo Año de Ejercicio Constitucional

Sección IIDe la enajenación de inmuebles de interés social

Artículo 474. El ayuntamiento, en coordinación conlas autoridades competentes, promoverá la realizaciónde acciones tendientes a resolver las necesidades devivienda de los habitantes de escasos recursos delmunicipio, para lo cual podrá disponer, en estrictocumplimiento a las disposiciones legales aplicables,de sus bienes propios.

Artículo 475. Los bienes inmuebles que enajene elayuntamiento conforme a esta sección se constituiráncomo patrimonio familiar, y sólo podrán gravarse paraconstruir viviendas en ellos, previa autorización delCongreso o, en su caso, de la Diputación Permanente.

Dichos bienes serán inembargables, hasta en tanto seformalice su desincorporación del patrimonio municipal.

Artículo 476. Nadie podrá adquirir, por sí o porinterpósita persona, dos o más de estos inmuebles,considerados de interés social , cuya extensiónsuperf ic ia l máxima será de doscientos metrosc u a d r a d o s , s a l v o c a s o s e x c e p c i o n a l e s q u e ,debidamente fundados por el ayuntamiento, autoriceel Congreso del estado o la Diputación Permanente.

Artículo 477. Los adquirentes de los inmuebles a queesta sección se refiere deberán construir y habitar suvivienda en un plazo no mayor a dos años, contado apartir de la fecha de escrituración.

Artículo 478. Los adquirentes de estos bienes nopodrán enajenarlos ni arrendarlos durante los dosaños posteriores a la fecha de escrituración.

Transcurrido dicho plazo y previa construcción de lavivienda, dispondrán libremente del inmueble.

Artículo 479. Serán requisitos para adquirir uninmueble de interés social, en términos de lo dispuestopor esta sección, los siguientes:

I. Presentar ante el ayuntamiento solicitud porescrito, en la que se proporcionen los datosrequeridos por el mismo;

II. Ser mayor de edad y vecino del municipio;

III. Tener un modo honesto de vivir y, preferentemente,ser jefe de familia;

IV. Acreditar no ser propietario de inmuebles, mediantecertificado expedido por el Registro Público de la

Propiedad y del Comercio y, si el ayuntamiento loe s t ima necesa r i o , con o t r a s cons t anc i a sfehacientes, y

V. De encontrarse en posesión del predio cuya comprapretende o de haber construido en el mismo,acompañar constancia expedida por fedatariopúblico, a la que se anexará el plano del predio, conla ind icac ión de sus l inderos , super f ic ie yubicación.

Artículo 480. Satisfechos los requisitos señalados enel artículo anterior, el ayuntamiento, en sesión deCabildo y en los términos dispuestos por la legislaciónaplicable, emitirá el acuerdo correspondiente, en elcual, de ser favorable al solicitante, deberán asentarselos datos del beneficiario y del bien a enajenar, asícomo el precio de venta y la forma de pago.

Artículo 481. Si la solicitud de enajenación fuereacordada favorablemente, el ayuntamiento remitirá elexpediente relativo al Congreso, a efecto de que ésteo la Diputación Permanente en su caso, emita el acuerdorespectivo, mismo que deberá publicarse en la GacetaOficial y comunicarse al ayuntamiento y al interesado.

Artículo 482. Autorizada por el Congreso o laDiputación Permanente la enajenación respectiva, seprocederá, excepto en los casos previstos en el artículosiguiente, a la elaboración del instrumento notarial, enel cual se estipularán las restricciones a que, deconformidad con lo dispuesto en esta sección, estarásujeto el inmueble.

Artículo 483. Cuando el precio del inmueble no excedade diez mil pesos, no se requerirá el otorgamiento deescritura ante notario público. El contrato relativotendrá el carácter de título de propiedad.

Artículo 484. Son causas de rescisión administrativa:

I. La falsedad de los datos asentados por el adquirenteen su solicitud;

II. El incumplimiento de las disposiciones de estecódigo, de otros ordenamientos aplicables o dealguna de las cláusulas del contrato, y

III. La no elaboración de la escritura por causasimputables al adquirente, en un plazo que noexcederá de dos años, contado a partir de laexpedición del acuerdo respectivo.

Artículo 485. El ayuntamiento, para acordar larescisión de los contratos, se sujetará a lo dispuesto

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Primer Receso

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por el Código de Procedimientos Administrativos parael estado de Veracruz-Llave. Contra sus resoluciones,podrán interponerse los recursos previstos por elpropio ordenamiento.

TRANSITORIOS

Primero. El presente código entrará en vigor al díasiguiente de su publicación en la Gaceta Oficial.Órgano del Gobierno del Estado .

Segundo. Se abroga la Ley de Deuda Pública Municipaldel estado de Veracruz-Llave, y se derogan la Ley deHacienda Municipal del estado de Veracruz-Llave ytodas las disposiciones que se opongan al presentecódigo.

Tercero. Los ordenamientos que aludan a las leyesque se señalan en el artículo anterior se entenderánreferidos al presente código.

Cuarto. Las contribuciones, los créditos fiscales y losprocedimientos administrativos generados bajo lavigencia de la Ley de Hacienda Municipal que sederoga, se cobrarán, tramitarán y resolverán conformea dicho ordenamiento legal hasta su conclusión.

Xalapa-Enríquez, Ver., a 25 de marzo de 2002

Dip. Ignacio González Rebolledo(Rúbrica)

Dip. Alfonso Vázquez Cuevas(Rúbrica)

Dip. Víctor Molina Dorantes(Rúbrica)

Dip. Claudia Serapio Francisco(Rúbrica)

Dip. Alonso Domínguez Ferráez(Rúbrica)

Dip. José Luis Lobato Campos(Rúbrica)

Con base en lo dispuesto por el artículo 110 delReglamento para el Gobierno Interior del PoderLegislativo, túrnese la presente iniciativa a la ComisiónPermanente de Hacienda Municipal, para su estudio ydictamen.

Continuando con el siguiente punto del orden del día,concerniente al dictamen con proyecto de acuerdo

relativo a la solicitud de autorización del honorableayuntamiento de Nanchital, Veracruz, para poderenajenar dos vehículos de su propiedad, emitido porla Comisión Permanente de Hacienda Municipal ytoda vez que éste ha sido publicado en la GacetaLegislativa , misma que ya obra en poder de todoslos diputados integrantes de esta Soberanía, sepropone a la asamblea la dispensa de la lectura delreferido dictamen. Los que estén por la afirmativa,s í rvanse mani fes ta r lo en votac ión económica ,levantando la mano.

(La asamblea asiente)

Aprobado.

(No obstante la dispensa de lectura, se incluye eldictamen con proyecto de acuerdo)

COMISIÓN PERMANENTE D E HACIENDA MU N I C I P A L

Honorable asamblea:

A los suscritos, diputados integrantes de la ComisiónPermanente de Hacienda Municipal, nos fue turnadopor la honorable LIX Legislatura del Congreso delestado, en sesión celebrada el día 22 de noviembre de2001, el oficio número SG-SO/ler/2°/030/2001, medianteel cual se remite a esta comisión permanente el escritonúmero 402/01, de fecha 18 de septiembre de 2001, parasu estudio y dictamen, signado por los ciudadanosRicardo Castelo Castillo y licenciada Rosa AlemánAlegr ía , pres idente municipal y secre tar ia delhonorable ayuntamiento de Nanchital, Veracruz,mediante el cual solicitan autorización para dar de bajad o s u n i d a d e s a u t o m o t r i c e s p r o p i e d a d d e e s ehonorable ayuntamiento.

Esta Comisión Permanente de Hacienda Municipal, deconformidad con lo establecido por los artículos 41fracción VI de la Constitución Política local; 112 y 113de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 38 y 39 fracciónXIV de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; 44fracción VIII, 48 y 53 del Reglamento para el GobiernoInterior del Poder Legislativo, procedió a analizar ydictaminar la solicitud de referencia, con el fin deresolver si es procedente o improcedente dichapetición, lo anterior, bajo los siguientes

ANTECEDENTES

1. La honorable LIX Legislatura del Congreso delestado de Veracruz, en sesión celebrada el día 22 denoviembre de 2001, acordó turnar a la ComisiónPermanente de Hacienda Municipal, mediante oficio

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Segundo Año de Ejercicio Constitucional

SG-SO/ler/2°/030/2001, el escrito número 402/01,de fecha 18 de septiembre de 2001, signado por losciudadanos presidente municipal y secretaria delhonorable ayuntamiento de Nanchital, Veracruz,mediante el cual solicitan autorización para poderdar de baja dos unidades automotrices propiedadde ese honorable ayuntamiento.

2. Que mediante acta de sesión extraordinaria deCabildo, celebrada el día 8 de agosto del año 2001,el honorable ayuntamiento de referencia, acordódar de baja una camioneta Ford, modelo 1988, tipoF-200 Pick Up, color negro, con número de motor52430 y número de serie AC2LEP-52430 y u nVolkswagen sedán, modelo 1992, color azul, connúmero de motor AF1224012, número de serie11N0053389, para remitirlos a un lugar donde noobstruyan la vialidad.

3. Mediante oficio número 071/2002, de fecha 1 defeb re ro de l año en cu r so , s ignado po r l o sciudadanos presidente municipal y secretaria delhonorable ayuntamiento de referencia, comunicana e s t a Soberan ía que l a s un idades a r r ibamencionadas, que se pretenden dar de baja delinventario, requieren ponerlas a la venta, en virtudde que éstas han sido consideradas como chatarra,para lo cual remiten el acta de sesión extraordinariade Cabildo, de fecha 15 de enero del año en curso.

4. Que anexos a la solicitud de autorización, sepresentan dos avalúos y fo tograf ías de losvehículos que se pretenden enajenar, uno expedidopor el ciudadano Víctor Manuel Nazariego Ortiz,gerente de ventas de La Casa del Hojalatero, condomicilio en Constitución número 115, coloniaLázaro Cárdenas, de Coatzacoalcos, Veracruz,determinándole un valor de $4 000.00 (cuatro milpesos 00/100 M.N.), para la camioneta marcaFord, modelo 1998, tipo F-200 Pick-up, color negro,con número de motor 52430, número de serieAC2LEP-52430; el otro avalúo expedido por elciudadano José Roberto Peralta Blanco, condomicilio en Matamoros esquina Aquiles Serdán,colonia M. Ávila Camacho, de Coatzacoalcos,determinándole un valor de $3 000.00 (tres milpesos 00/100 M.N.), para el automóvil marcaVolkswagen, modelo 1992, tipo sedán, número demotor AF-1224012, número de serie 11N0053389,color azul marino.

En tal virtud y sobre la base de estos antecedentes, ajuicio de la comisión permanente que suscribe, seformulan las siguientes

CONSIDERACIONES

I. Estudiada y analizada la solicitud de referencia ytomando en consideración la documentación quese anexa a la presente petición, se concluye que elhonorable ayuntamiento de Nanchital, Veracruz,cumple con lo dispuesto en la Ley Orgánica delMunicipio Libre para poder enajenar los vehículosantes descritos.

II. Toda vez que en la solicitud de referencia, elhonorable ayuntamiento manif ies ta que losvehículos se encuentran en mal estado y sureparación resultaría costosa, han acordado dar debaja de su inventario y poner a la venta las citadasunidades, s ignif icando que el monto que serecaude, lo destinarán para adquirir otro vehículo,por lo que esta Comisión Permanente de HaciendaMunicipal considera viable otorgar la autorizaciónal honorable ayuntamiento de Nanchital, Veracruz,para enajenar los vehículos de referencia.

En virtud de lo anterior, esta comisión permanentesomete a vuestra consideración el siguiente

DICTAMEN CON PROYECTO D E ACUERDO

Primero. Se autoriza al honorable ayuntamiento deNanchital, Veracruz, a dar de baja de su inventarioy a enajenar como chatarra, por las condicionesfísicas en que se encuentran, una camioneta marcaFord, modelo 1988, tipo F-200 Pick Up, color negro,con número de motor 52430, número de serieAC2LEP-52430, amparada con la factura número 19595,de fecha 15 de abril de 1988, y un automóvil marcaVolkswagen, tipo sedán, modelo 1992, color azul, connúmero de motor AF1224012, número de serie11N0053389, amparado con la factura número 1721, defecha 27 de junio de 1994.

Segundo. El acto deberá llevarse a cabo en subastapública al mejor postor y una vez cumplida la licitaciónrespectiva, tal y como lo establece el artículo 113 de laLey Orgánica del Municipio Libre y los artículos 27,29, 30 y demás relativos y aplicables de la Ley deAdquisiciones, Arrendamientos y Administraciónde los Bienes Muebles del Poder Ejecutivo del estado,aplicada supletoriamente y por analogía.

Tercero. La subasta pública iniciará con un valor de$4 000.00 (cuatro mil pesos 00/100 M.N.) para lacamioneta marca Ford, modelo 1988, tipo F-200 PickUp, color negro, con número de motor 52430, númerode serie AC2LEP-52430; $3 000.00 (tres mil pesos00/100 M.N.) para el automóvil marca Volkswagen,

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tipo sedán, modelo 1992, color azul, con número demotor AF1224012, número de serie 11N0053389,cantidad que se cubrirá en efectivo y una vez realizadala operación, el honorable ayuntamiento de Nanchital,Veracruz, deberá especificar el destino del montorecaudado en forma fehaciente a esta honorableLegislatura del Congreso del estado de Veracruz.

Cuarto. Comuníquese el presente acuerdo al honorableayuntamiento de Nanchital, Veracruz, para los efectoslegales a que haya lugar.

Quinto. Publíquese el presente acuerdo en la GacetaOficial. Órgano del Gobierno del Estado .

Dado en la sala de comisiones de la honorable LIXLegislatura del Congreso del estado, en la ciudad deXalapa-Enríquez, Veracruz, a los 8 días del mesde marzo del año 2002.

Comisión Permanente de Hacienda Municipal

Dip. Guillermina Esquivel KuriPresidenta(Rúbrica)

Dip. Rolando Eugenio Andrade MoraSecretario(Rúbrica)

Dip. Alfredo Marié PeceroVocal

(Rúbrica)

Conforme al procedimiento aprobado, se pone adiscusión el dictamen que nos ocupa. Se abre elregistro de oradores.

En virtud de que ningún diputado ha solicitado haceruso de la voz, se consulta a la asamblea si es deaprobarse el dictamen que nos ocupa. Los que esténpor la afirmativa, sírvanse manifestarlo en votacióneconómica, levantando la mano.

(La asamblea asiente)

Aprobado en sus términos el dictamen de referencia.

Continuando con el siguiente punto del orden del día,concerniente al dictamen con proyecto de acuerdorelativo a la solicitud de autorización del honorableayuntamiento de Zontecomatlán, Veracruz, para poderenajenar dos camionetas de su propiedad, emitido porla Comisión Permanente de Hacienda Municipal ytoda vez que éste ha sido publicado en la Gaceta

Legislativa , misma que ya obra en poder de todoslos diputados integrantes de esta Soberanía, sepropone a la asamblea la dispensa de la lectura delreferido dictamen. Los que estén por la afirmativa,s í rvanse mani fes ta r lo en votac ión económica ,levantando la mano.

(La asamblea asiente)

Aprobado.

(No obstante la dispensa de lectura, se incluye eldictamen con proyecto de acuerdo)

COMISIÓN PERMANENTE D E HACIENDA MU N I C I P A L

Honorable asamblea:

A los suscritos, diputados integrantes de la ComisiónPermanente de Hacienda Municipal, nos fue turnadopor la honorable LIX Legislatura del Congreso delestado, en sesión celebrada el día 24 de enero de 2002,el oficio número SG-SO/ler/2°/119/2002, mediante elcual se remite para su estudio y dictamen a estacomisión permanente, el escrito número 002/2002, defecha 3 de enero de 2002, signado por los ciudadanosDionisio Martínez Cándida, Pedro N. Moreno Franciscay Teodulo Pérez, presidente municipal, síndico yreg idor ún ico de l honorable ayuntamiento deZontecomatlán, Veracruz, mediante el cual solicitanautorización para dar de baja y poner a la venta dosunidades automotrices propiedad de ese honorableayuntamiento.

Esta Comisión Permanente de Hacienda Municipal, deconformidad con lo establecido por los artículos 41fracción VI de la Constitución Política local; 112 y 113de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 38 y 39 fracciónXIV de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; 44fracción VIII 48 y 53 del Reglamento para el GobiernoInterior del Poder Legislativo, procedió a analizar ydictaminar la solicitud de referencia, con el fin deresolver si es procedente o improcedente dichapetición, lo anterior, bajo los siguientes

ANTECEDENTES

1. La honorable LIX Legislatura del Congreso delestado de Veracruz, en sesión celebrada el día 24 deenero de 2002, acordó turnar a la ComisiónPermanente de Hacienda Municipal, mediante oficioSG-SO/1er/2°/119/2002, el escrito número 002/2002,de fecha 3 de enero de 2002, signado por losciudadanos presidente municipal, síndico y regidordel honorable ayuntamiento de Zontecomatlán,

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Segundo Año de Ejercicio Constitucional

Veracruz, mediante el cual solicitan autorizaciónpara poder dar de baja y enajenar dos unidadesau tomot r i ce s p rop i edad de e se honorab l eayuntamiento.

2. Que mediante acta de sesión ordinaria de Cabildo,celebrada el día 16 de diciembre del año 2001, elhonorable ayuntamiento de referencia, acordósolicitar al honorable Congreso del estado, laautorización para dar de baja y poner a la venta lossiguientes vehículos: camioneta marca Chevrolet,modelo 1992, tipo Suburban, color azul oscuro,dirección hidráulica, con número de motorNM-135280 y número de chasis 3GCEC26X1NM135280,amparada con la factura número 46480, de fecha 12de septiembre de 1997, y una camioneta marcaChevrolet, modelo 1998, color blanco, doble rodadacon capacidad de cinco toneladas, con número deserie 1GBKC34JOWJ104841, amparada con lafactura sin número, de fecha 15 de mayo de 1998.

3. Que anexos a la solicitud de autorización, sepresentan avalúos y fotografías de los vehículosque se pretenden enajenar, expedidos por elciudadano José Martín Islas Pérez, propietariodel taller mecánico Automotriz Islas, con domicilioen bulevar Emiliano Zapata, kilometro 142, carreteraMéxico-Tuxpan , de Tulanc ingo , Hida lgo ,determinándole un valor de $40 000.00 (cuarentamil pesos 00/100 M.N.), para la camioneta marcaChevrolet, modelo 1992, tipo Suburban, color azuloscuro, con número de motor NM-135280 y númerode chasis 3GCEC26X1NM135280, y para l acamioneta marca Chevrolet, modelo 1998, númerode serie 1GBKC34JOWJ104841, doble rodada, concapacidad de cinco toneladas, color blanco, se ledeterminó un valor de $100 000.00 (cien mil pesos00/100 M.N.).

En tal virtud y sobre la base de estos antecedentes, ajuicio de la comisión permanente que suscribe, seformulan las siguientes

CONSIDERACIONES

I. Estudiada y analizada la solicitud de referencia ytomando en consideración la documentación quese anexa a la presente petición, se concluye que elhonorable ayuntamiento de Zontecomat lán ,Veracruz, cumple con lo dispuesto en la LeyOrgánica del Municipio Libre, para poder enajenarlos vehículos antes descritos.

II. Toda vez que en la solicitud de referencia, elhonorable ayuntamiento manif ies ta que los

vehículos se encuentran en mal estado y sureparación resultaría costosa, han acordado dar debaja de su inventario y poner a la venta las citadasunidades, significando que el monto de lo que serecaude se destinará para adquirir otros vehículosnuevos, por lo que esta Comisión Permanente deHacienda Municipal, considera viable otorgar laautor izac ión a l honorable ayuntamiento deZontecomatlán, Veracruz, para enajenar losvehículos de referencia.

En virtud de lo anterior, esta comisión permanentesomete a vuestra consideración el siguiente

DICTAMEN CON PROYECTO D E ACUERDO

Primero. Se autoriza al honorable ayuntamiento deZontecomatlán, Veracruz, a dar de baja de su inventarioy a enajenar una camioneta marca Chevrolet, modelo1992, tipo Suburban, color azul oscuro, con número demotor NM-135280, número de chasis3GCEC26X1NM135280, con dirección hidráulica,amparada con la factura número 46480, de fecha 12 deseptiembre de 1997, y una camioneta marca Chevrolet,modelo 1998, color blanco, con número de serie1BGKC34JOWJ104841, doble rodada, con capacidadpara cinco toneladas, amparada con la factura sinnúmero, de fecha 15 de mayo de 1998.

Segundo. El acto deberá llevarse a cabo ensubasta pública al mejor postor y una vez cumplida lalicitación respectiva, tal y como lo establece el artículo113 de la Ley Orgánica del Municipio Libre y losartículos 27, 29, 30 y demás relativos y aplicablesde la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos yAdministración de los Bienes Muebles del PoderEjecutivo del estado, aplicada supletoriamente y poranalogía.

Tercero. La subasta pública iniciará con un valor de$40 000.00 (cuarenta mil pesos 00/100 M.N.) para lacamioneta marca Chevrolet, tipo Suburban, modelo1992, color azul oscuro, con número de motorNM-135280, número de chasis 3GCEC26X1NM135280,con dirección hidráulica; $100 000.00 (cien mil pesos00/100 M.N.) para la camioneta marca Chevrolet,modelo 1998, co lor b lanco, número de ser ie1GBKC34JOWJ104841, doble rodada, con capacidadpara cinco toneladas, cantidad que se cubrirá enefectivo y una vez realizada la operación, el honorableayuntamiento de Zontecomatlán, Veracruz, deberáespecificar el destino del monto recaudado en formafehaciente a esta honorable Legislatura del Congresodel estado de Veracruz.

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Cuarto. Comuníquese el presente acuerdo al honorableayuntamiento de Zontecomatlán, Veracruz, para losefectos legales a que haya lugar.

Quinto. Publíquese el presente acuerdo en la GacetaOficial. Órgano del Gobierno del Estado .

Dado en la sala de comisiones de la honorable LIXLegislatura del Congreso del estado, en la ciudad deXalapa-Enríquez, Veracruz, a los 13 días del mesde marzo del año 2002.

Comisión Permanente de Hacienda Municipal

Dip. Guillermina Esquivel KuriPresidenta(Rúbrica)

Dip. Rolando Eugenio Andrade MoraSecretario(Rúbrica)

Dip. Alfredo Marié PeceroVocal

(Rúbrica)

Conforme al procedimiento aprobado, se pone adiscusión el dictamen que nos ocupa. Se abre elregistro de oradores.

En virtud de que ningún diputado ha solicitado haceruso de la voz, se consulta a la asamblea si es deaprobarse el dictamen que nos ocupa. Los que esténpor la afirmativa, sírvanse manifestarlo en votacióneconómica, levantando la mano.

(La asamblea asiente)

Aprobado en sus términos el dictamen de referencia.

Continuando con el siguiente punto del orden del día,concerniente al acuerdo emitido por las ComisionesPermanentes Unidas de Gobernación y de Justicia yPuntos Constitucionales, respecto de la solicitud dela Procuraduría General de Justicia del estado para quese inicie el juicio de procedencia en contra delciudadano diputado local Joaquín Rosendo GuzmánAvilés, a efecto de estar en condiciones de ejercitaracción penal y toda vez de que ésta ha sido publicadaen la Gaceta Legislativa , misma que ya obra enpoder de todos los diputados integrantes de estaSoberanía, se propone a la asamblea la dispensa de lalectura del acuerdo. Los que estén por la afirmativa,s í rvanse mani fes ta r lo en votac ión económica ,levantando la mano.

(La asamblea asiente)

Aprobado.

(No obstante la dispensa de lectura, se incluye elacuerdo)

COMISIONES PERMANENTES UN I D A S D E GOBERNACIÓN Y D E

JUSTICIA Y PUNTOS CONSTITUCIONALES

Honorable Diputación Permanente:

A los suscri tos, integrantes de las ComisionesPermanentes Unidas de Gobernación y de Justicia yPun tos Cons t i t uc iona le s , fue tu rnado po r l aDiputación Permanente, mediante oficio númeroSG-DP/ler/2°/034/2002, de fecha 7 de marzo delpresente año, para su estudio y dictamen, el expedienterelativo a la solicitud del ciudadano procuradorgeneral de Justicia del estado, licenciado PeríclesNamorado Urrutia, formulada a través de oficio número1091/2002, del 15 de febrero de 2002, recibido el día28 del mismo mes y año, a la que anexó copia certificadade la indagatoria de mérito, para que esta Soberaníainicie juicio de procedencia en contra del ciudadanoJoaquín Rosendo Guzmán Avilés , actual diputado a laLIX Legislatura del honorable Congreso del estado, aefecto de estar en condiciones de ejercitar acciónpenal por la comisión de los delitos de peculado y deabuso de autoridad o incumplimiento del deber legal,durante el desempeño del cargo de presidente municipaldel honorable ayuntamiento de Tantoyuca, Veracruz,en el periodo 1998-2000.

Por lo anterior, de conformidad con lo dispuesto porlos artículos 108 y 109 de la Constitución General dela República; 76 y 78 de la Constitución Política delEstado Libre y Soberano de Veracruz-Llave; 12 y 25 dela Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicospara el Estado Libre y Soberano de Veracruz-Llave; 38y 39 fracciones XII y XVI de la Ley Orgánica del PoderLegislativo; 42, 44 fracciones II y III, del Reglamentopara el Gobierno Interior del Poder Legislativo, ydemás disposiciones relativas y aplicables, estascomisiones permanentes unidas, de manera fundada yprevio análisis del asunto turnado, emiten su dictamencon base en las siguientes

CONSIDERACIONES

Primera. En su escri to, presentado y ratificadoformalmente ante esta representación popular, confecha 28 de febrero del presente año, el titular de laProcuraduría General de Justicia del estado exponeque, en razón del estudio de las actuaciones practicadas

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en la indagatoria de mérito, cuenta con elementossuficientes para demostrar tanto el cuerpo de losdel i tos de peculado y de abuso de autoridad oincumpl imien to de l deber l ega l , p rev i s tos ysancionados por los artículos 257 párrafo primeroy 254 párrafos primero y segundo, fracción V,respectivamente, del Código Penal vigente en elestado, así como la probable responsabilidad penal enque incurriera el actual diputado Joaquín RosendoGuzmán Avilés en la comisión de dichos ilícitos, dentrode la administración municipal de Tantoyuca, Veracruz,en el periodo 1998-2000, en su carácter de presidentemunicipal.

Segunda. De igual manera, el titular de la ProcuraduríaGeneral de Justicia del estado solicita en su escritocitado en el párrafo primero del presente dictamenque, de aprobarse el juicio de procedencia en contradel ciudadano Joaquín Rosendo Guzmán Avilés, seremita a esa institución dicho resultado, para losefectos legales correspondientes, toda vez que seencuentran reunidos los particulares de los artículos16 y 21 de la Constitución General de la República y135 del Código de Procedimientos Penales en vigor.

Tercera. El artículo 25 de la Ley de Responsabilidadesde los Servidores Públicos para el Estado Libre ySoberano de Veracruz-Llave, establece que paraproceder penalmente en contra de alguno de losservidores públicos a que se refiere el artículo 124párrafo primero de la Constitución Política del estado(actual artículo 78), “Se actuará en lo pertinente, deacuerdo con el procedimiento previsto en el capítuloanterior en materia de juicio político ante la Legislaturadel estado”; en tanto que el artículo 12 del mismoordenamiento establece que presentada la denuncia yra t i f icada , “Se turnará de inmedia to con ladocumentación que la acompañe a las Comisiones deGobernación y de Justicia y Puntos Constitucionales,para que dictaminen si el inculpado está comprendidoentre los servidores públicos a que se refiere el artículo2°, y si la conducta atribuida corresponde a alguna delas enumeradas en el artículo 6°, así como si la denunciaes procedente y por lo tanto amerita la incoación delprocedimiento”. En consecuencia, estas comisionespermanentes unidas son competentes para emitir elpresente dictamen.

Cuarta. En atención a las disposiciones citadas en laconsiderac ión que antecede , se anal izaron lossupuestos descritos en los artículos de referencia, yen vista de que el ciudadano Joaquín Rosendo GuzmánAvilés actualmente se desempeña como diputado a laLIX Legislatura del honorable Congreso del estado,según consta en la Gaceta Oficial número 221, de

fecha 6 de noviembre de 2000, se concluye que sí seencuentra comprendido entre los servidores públicosa que hace referencia el artículo 2° de la Ley deResponsabilidades de los Servidores Públicos para elEs t ado L ib re y Soberano de Veracruz- Llave,específicamente en su fracción I; por otra parte, seconcluye que las conductas que se le imputan aldiputado mencionado corresponden a los supuestosque establece el artículo 6° de ese mismo ordenamiento.

Quinta. Asimismo, a juicio de los integrantes de lascomisiones permanentes unidas que dictaminan, seestima que la solicitud del titular de la ProcuraduríaGeneral de Justicia del estado es procedente y, portanto , amer i ta la incoación de l procedimientorespectivo, razón por la cual, de conformidad con lodispuesto por el párrafo segundo del artículo 12 de laLey de Responsabilidades de los Servidores Públicospara el Estado Libre y Soberano de Veracruz-Llave, ladenuncia habrá de turnarse a la Comisión PermanenteInstructora de este honorable Congreso del estado, aefecto de que ésta practique las diligencias necesarias,en estricto apego al procedimiento respectivo, en elcual el ciudadano diputado Joaquín Rosendo GuzmánAvilés podrá imponerse de las actuaciones, exponersus argumentos, ofrecer las pruebas de descargo aq u e h u b i e r e l u g a r y p r e s e n t a r l o s a l e g a t o scorrespondientes.

En virtud de lo anterior, estas Comisiones PermanentesUnidas de Gobernación y de Just ic ia y PuntosConstitucionales, emiten el siguiente

ACUERDO

Primero. En atención a la solicitud formulada por elciudadano procurador general de Justicia del estado,y en vista de la procedencia de la denuncia y estandoacreditados los supuestos que establecen los artículos2 y 6 de la Ley de Responsabilidades de los ServidoresPúblicos para el Estado Libre y Soberano de Veracruz-Llave, estas Comisiones Permanentes Unidas deGobernación y de Justicia y Puntos Constitucionales,resuelven incoar el procedimiento para la declaraciónde procedencia en contra del ciudadano diputadoJoaquín Rosendo Guzmán Avilés, por las conductasque le imputa la Procuraduría General de Justicia delestado, a través de su titular, durante el desempeñodel cargo de presidente municipal del honorableayuntamiento de Tantoyuca, Veracruz, en el periodo1998-2000.

Segundo. Túrnese el presente asunto a la ComisiónPermanente Instructora de este honorable Congresodel estado, para los efectos legales correspondientes.

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Tercero. Publíquese el presente acuerdo en la GacetaOficial. Órgano del Gobierno del Estado .

Dado en la sala de comisiones de la LIX Legislatura delhonorable Congreso del estado, en la ciudad deXalapa-Enríquez, Veracruz, a los 20 días del mesde marzo del año 2002.

Por la Comisión Permanente de Gobernación

Dip. Miguel Ángel Díaz PedrozaPresidente(Rúbrica)

Dip. Leticia del Carmen García PereaSecretaria(Rúbrica)

Dip. Alejandro Salas MartínezVocal

(Sin rúbrica)

Por la Comisión Permanente de Justiciay Puntos Constitucionales

Dip. Francisco Montes de Oca LópezPresidente(Rúbrica)

Dip. Sergio Penagos GarcíaSecretario

(Sin rúbrica)

Dip. Ernesto Alarcón TrujilloVocal

(Rúbrica)

Túrnese el expediente del asunto que nos ocupa a laComisión Permanente Instructora, para los efectoslegales correspondientes.

Con relación al siguiente punto del orden del...

(Un diputado hace moción)

Para hechos, tiene el uso de la voz el diputado SalasMartínez.

- EL C. DIP. ALEJANDRO SALAS MARTÍNEZ:Con su permiso, diputada presidenta.

Simplemente es para dejar establecido el compromisodel grupo legislativo del Partido Acción Nacional,de que nosotros pedimos el respeto del estado deDerecho, que estamos en la disposición de que la

justicia actúe, caiga quien caiga, independientementede la procedencia del partido al cual provenga elfuncionario público cuestionado.

Sin embargo, en lo único que sí lamentamos es quehaya habido la disposición en este sentido, de esascomisiones y sobre todo, de la Procuraduría Generalde Justicia, de oír, como es un derecho constitucional,legítimo derecho de oír al involucrado y, en estesen t ido , hacemos vo tos po rque l a Comis iónInstructora así lo haga, se le dé el derecho de audiencia,ya que lamentamos mucho que la Procuraduría Generalde Justicia haya turnado este expediente a esteCongreso sin que haya sido oída esta persona y,obviamente, que el diputado tenga todas las opcionespara defenderse, ya que él no anda huyendo y,obviamente, el más interesado de que este asunto seesclarezca y, en este sentido, por eso fue la no firmade los integrantes del grupo legislativo del PAN .

Pero nosotros seguimos insistiendo en que estamosporque se respete la ley, que se cumpla con todos losordenamientos legales, sea del partido que sea, y quese actúe conforme a derecho, y no que pase como leestá sucediendo al gobierno del estado, en dondehasta se confisca una residencia y no hay ni siquierauna acción legal como sucede con las personas quetrabajaban en la Coordinación de la ComunicaciónSocial. Que se proceda conforme a derecho y, en estesentido, los panistas estaremos de acuerdo.

Es cuanto, diputada presidenta.

- LA C. PRESIDENTA:Gracias, diputado Salas Martínez.

Con relación al siguiente punto del orden del día, pidoal diputado secretario se sirva dar lectura al proyectode punto de acuerdo que suscriben los diputadosintegrantes de la Junta de Coordinación Política paradesignar a las personas que representarán a la honorableLIX Legislatura del Congreso del estado ante lacomisión organizadora del XII Congreso Mundial deDerecho Procesal, a realizarse en la ciudad de Xalapa,Veracruz, durante el mes de septiembre del año 2003.

- EL C. SECRETARIO:Ciudadana diputada Alicia González CerecedoPresidenta de la Mesa Directiva de la DiputaciónPermanente de la LIX Legislatura del honorableCongreso del estadoPresente

Los suscritos, diputados integrantes de la Junta deCoordinación Política de la LIX Legislatura del

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honorable Congreso del estado, en reunión de trabajocelebrada en esta fecha, tuvimos conocimiento de lacarta que con fecha 19 de marzo del año en curso,remitió a la ciudadana presidenta de este órgano delhonorable Congreso del estado, el doctor CiprianoGómez Lara, en su calidad de coordinador del XIICongreso Mundial de Derecho Procesal por parte delInstituto Mexicano de Derecho Procesal, A.C.

En el documento mencionado, el firmante comunicaque del 22 al 26 de septiembre de 2003, se efectuará enesta ciudad de Xalapa, Veracruz, el XII CongresoMundial de Derecho Procesal, patrocinado por elgobierno de esta entidad, por lo cual solicita ladesignación de un representante de esta Junta deCoordinación Política ante la comisión de asesoría yapoyo para la realización de ese Congreso, respectode lo cual consideramos lo siguiente:

La realización de dicho Congreso en esta ciudad deXalapa, Veracruz, constituye una elevada distinciónpara la capital de nuestra entidad, acorde con nuestratradición cultural y particularmente con el movimientode renovación jurídica legislativa, iniciado por lapresente administración con la reforma integral dela Constitución Política del Estado y continuandocon la expedición de importantes ordenamientos, comola nueva Ley Orgánica del Municipio Libre y losCódigos de Procedimientos Adminis t ra t ivos yFinancieros del estado entre otros.

El estado de Veracruz se ha destacado siempre comoposeedor de un sólido orden normativo que ha realizadoimportantes aportaciones a la cultura jurídica nacionalen diversas materias, lo que da a la entidad yespecialmente a la ciudad de Xalapa, como asiento delos tres poderes del gobierno y escenario, por tanto,de los procesos legislativos que han culminado enordenamientos de vanguardia, un merecido prestigio.

La elección de nuestra capital como sede del XIICongreso Mundial de Derecho Procesal, ofrece laoportunidad de mostrar a los distinguidos visitantesuna visión del trabajo legislativo que realizamos y desus implicaciones en el marco del proceso detransformaciones que vive México, cuya dinámicaimpone una nueva relación entre los distintos sectoressociales, muchos de los cuales seguramente tendránuna decidida participación en dicho Congreso.

Durantes las últimas dos décadas, el derecho procesalen nuestro país ha registrado avances muy notorios,lo mismo en materia civil que en materia penal, laboral,administrativa y electoral, por citar sólo algunas, demanera que la celebración del congreso citado en

territorio mexicano puede tomarse también como unreconocimiento al desarrollo de nuestro orden jurídico,lo que se traduce en el fortalecimiento del estado deDerecho.

Por lo anterior, con fundamento en lo dispuesto por elartículo 33 fracción II de la Ley Orgánica del PoderLegislativo, nos permitimos proponer a la honorableDiputación Permanente la aprobación del siguiente

PUNTO D E ACUERDO

Único. Desígnese como representante del honorableCongreso del estado ante la Comisión de Asesoría yApoyo para la realización del XII Congreso Mundialde Derecho Procesal, a celebrarse en esta ciudad deXalapa, Veracruz, del 22 al 26 de septiembre de 2003,una comisión de enlace integrada por los siguientesservidores públicos: Francisco Javier Loyo Ramos,secretario general, como presidente; Andrés VázquezGonzález, director de Servicios Jurídicos, comosecretario, e Ignacio Vargas Andrade, coordinador deInvestigaciones Legislativas, como vocal.

Dado en la sala de juntas Heriberto Jara Corona delhonorable Congreso del estado, en la ciudad deXalapa-Enríquez, Veracruz, el día 1° de abril delaño 2002.

Por la Junta de coordinación Política

Dip. Ignacio González RebolledoCoordinador del Grupo Legislativo

del Partido Revolucionario InstitucionalPresidente(Rúbrica)

Dip. Alfonso Vázquez CuevasCoordinador del Grupo Legislativo

del Partido Acción Nacional(Rúbrica)

Dip. Víctor Molina DorantesCoordinador del Grupo Legislativo

del Partido de la Revolución Democrática(Rúbrica)

Dip. Claudia Serapio FranciscoDel Partido del Trabajo

(Rúbrica)

Dip. Alonso Domínguez FerráezDel Partido Verde Ecologista de México

(Rúbrica)

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Dip. José Luis Lobato CamposDel Partido Convergencia por la Democracia

(Rúbrica)

Es cuanto, diputada presidenta.

- LA C. PRESIDENTA:Gracias, diputado secretario.

Habiéndose escuchado en voz del diputado secretarioel contenido del proyecto de punto de acuerdo quepresenta la Junta de Coordinación Política, se consultaa la asamblea si es de aprobarse en sus términos. Losque estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo envotación económica, levantando la mano.

(La asamblea asiente)

Aprobado en sus términos el proyecto punto deacuerdo presentado por la Junta de CoordinaciónPolítica.

Con relación al siguiente punto del orden del día, pidoal diputado secretario se sirva dar lectura al proyectode punto de acuerdo que suscriben los diputadosintegrantes de la Junta de Coordinación Política pararea l izar una rev is ión f inanciera a l honorableayuntamiento de Vega de Alatorre, Veracruz, a losmeses de enero y febrero del año 2002.

- EL C. SECRETARIO:Ciudadana diputada Alicia González CerecedoPresidenta de la Mesa Directiva de laDiputación Permanente de la honorableLIX Legislatura del Congreso del estadoPresente

Los suscritos, diputados integrantes de la Junta deCoordinación Política, en uso de la atribución que nosconfiere el artículo 33 fracción II de la Ley Orgánica delPoder Legislativo, con la finalidad de verificar si lagestión financiera del honorable ayuntamiento deVega de Alatorre, Veracruz, se ha efectuado conformea las disposiciones aplicables en la materia, estoderivado de diversas denuncias presentadas ante estaSoberanía por supuestas anomalías en el manejo delos recursos públicos, nos permitimos someter al plenoel siguiente

PUNTO D E ACUERDO

Primero. Con base en lo dispuesto por el artículo 61de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, instrúyaseal ciudadano licenciado Francisco Javier Loyo Ramos,secretario general del Congreso, para que por conducto

de la Secretaría de Fiscalización, se lleve a cabo unarevisión financiera a los meses de enero, febrero delaño 2002, al honorable ayuntamiento de Vega deAlatorre, Veracruz, con la finalidad de verificar si sugestión financiera se ha realizado conforme a lasdisposiciones aplicables en la materia.

Segundo. Comuníquese e s t a de te rminac ión a lciudadano licenciado Francisco Javier Loyo Ramos,secretario general del Congreso del estado, para suimplementación.

Dado en la sala de juntas Heriberto Jara Corona de lahonorable LIX Legislatura del Congreso del estado,en la ciudad de Xalapa-Enríquez, Veracruz, el día 1° delmes de abril del año 2002.

Por la Junta de coordinación Política

Dip. Ignacio González RebolledoCoordinador del Grupo Legislativo

del Partido Revolucionario InstitucionalPresidente(Rúbrica)

Dip. Alfonso Vázquez CuevasCoordinador del Grupo Legislativo

del Partido Acción Nacional(Rúbrica)

Dip. Víctor Molina DorantesCoordinador del Grupo Legislativo

del Partido de la Revolución Democrática(Rúbrica)

Dip. Claudia Serapio FranciscoDel Partido del Trabajo

(Rúbrica)

Dip. Alonso Domínguez FerráezDel Partido Verde Ecologista de México

(Rúbrica)

Dip. José Luis Lobato CamposDel Partido Convergencia por la Democracia

(Rúbrica)

Es cuanto, diputada presidenta.

- LA C. PRESIDENTA:Gracias, diputado secretario.

Habiéndose escuchado en voz del diputado secretarioel contenido del proyecto de punto de acuerdo quepresenta la Junta de Coordinación Política, se consulta

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a la asamblea si es de aprobarse en sus términos. Losque estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo envotación económica, levantando la mano.

(La asamblea asiente)

Aprobado en sus términos el proyecto de punto deacuerdo presentado por la Junta de CoordinaciónPolítica.

(El diputado Marcelo Ramírez Ramírez hace moción)

¿Sí? Tiene el uso de la voz el diputado Marcelo Ramírez,para proponer un punto de acuerdo.

- EL C. DIP. MARCELO RAMÍREZ RAMÍREZ:Con el permiso de la Presidencia de esta DiputaciónPermanente.

Compañeros diputados.

Dis t inguidos representan tes de los medios decomunicación social.

Señoras y señores.

Me voy a r e fe r i r a l t ema de l desp ido deaproximadamente 1 000 empleados al servicio delgobierno del estado, el cual ha generado justapreocupación en los diversos estratos de nuestrasociedad. Procuraré utilizar un lenguaje lo más neutroposible para no convertir en bandera de políticapartidista lo que es un problema doloroso para muchasfamilias veracruzanas.

El empleo sectario de problemas como el que nosocupa pone de manifiesto una conducta poco ética alprevalecer otros intereses distintos al de la solidaridady compromiso a que nos obliga la situación queactualmente viven las familias que se verán privadasde los ingresos indispensables para atender susnecesidades de alimentación, pago de servicios yeducación de sus hijos, para mencionar únicamente lofundamental.

Estamos en una hora de compromiso efectivo, no desimples exhortos al gobierno o incluso de condenasteñidas de protagonismo político para incidir en elánimo del electorado. Estamos conscientes que losproblemas económicos de Veracruz y de México sones t ruc tu ra l e s . Hay in ju s t i c i a y des igua ldadobjetivadas en las estructuras creadas por el sistemaeconómico establecido, pero esto no basa a laconc ienc ia mora l pa ra desen tendernos de losproblemas reales, de los problemas concretos y decir,

cuando se reactive la economía habrá empleos y cadaquien tendrá su trabajo.

Mientras alguien debe pagar el costo de la crisis, estaposición es esencialmente inmoral, lo es aun máscuando sabemos que en la economía globalizada losderechos laborales pierden terreno drásticamente.

Por todo lo anterior, la fracción parlamentaria delPartido Revolucionario Institucional del honorableCongreso del estado, por mi conducto propone elsiguiente

PUNTO D E ACUERDO

Primero. Compañeras y compañeros diputados, quierohacer a ustedes una invitación a ser parte activa ypositiva en el problema, adoptando a un desempleadoo desempleada hasta en tanto no se resuelva susituación laboral. Si varios diputados aceptaran estapropuesta, podría crearse en el Congreso un fondopara el desempleo que tendría vigencia hasta concluirel periodo de funciones de la LIX Legislatura delestado. Es una invitación y como tal, supone la decisiónlibre de cada uno para aceptar o no. Quienes lo haganrealizaran un acto de solidaridad que nos permitiráalentar la esperanza de ser verdaderamente socios,miembros de una sociedad, de la cual todos nossentimos personalmente responsables de los demás.

2. Estoy totalmente de acuerdo con que no se puedenmantener ingresos de excepción cuando la crisisdeja inermes a muchas cabezas de familias hombresy mujeres que necesitan sacar a sus hijos adelante.Sin duda, la cuestión no es si se está o no dentrode la ley, sino si hacemos lo que es justo, si somoscapaces de actuar asumiendo un deber moral cuandoes imperativo hacerlo.

3. Por lo demás, nos adherimos a la posición de quelos retiros voluntarios deben hacerse conforme ala legislación laboral. Asimismo, que deberáestudiarse caso por caso para considerar lasposibilidades de reubicación a las personas queh a n d e m o s t r a d o s e r s e r v i d o r e s l e a l e s ycompetentes.

4. Una vez aprobado el punto de acuerdo, si así es elcaso, solicito sea turnado a la presidencia de lacoordinación de la junta política de la honorableLIX Legislatura del Congreso del estado, para losefectos a que haya lugar.

Muchas gracias.

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- LA C. PRESIDENTA:Gracias, diputado Marcelo.

En cuanto lleguemos al punto XVIII del orden del día,daremos entrada al documento propuesto por usted.Mientras tanto, continuamos con el orden del día.

Continuando con el siguiente punto del orden del día,se le concede el uso de la voz al ciudadano diputadoAlonso Domínguez Ferráez, del Par t ido VerdeEcologista de México, con la finalidad de que se sirvadar a conocer su p ronunc iamien to sobre l adesaparición de la Subsecretaría del Medio Ambiente.

- EL C. DIP. ALONSO DOMÍNGUEZ FERRÁEZ:Con su venia, señora presidenta.

Compañeras y compañeros diputados.

Representantes de los medios de comunicación.

Público en general.

Ninguno de los presentes tenemos una deuda saldadacon el medio ambiente. Todos tenemos que sumarvoluntades. Nosotros, como legisladores ecologistas,en completo apego a la responsabilidad que tenemoscomo representantes populares, hemos estado abiertosa las propuestas de la sociedad. El hombre no es elcentro del universo, sino un miembro más de un sistemacomplejo en el que interactúa con iguales, por lo quees necesario respetar la fauna y la flora, partesfundamentales del medio ambiente.

Hemos trabajado presentando iniciativas en beneficiode todos para que nuestra convivencia con el medioambiente sea mejor, iniciativas tales como reformas alCódigo Penal en la materia de delitos ambientales y laLey de Protección a los Animales, entre otras, para locual siempre hemos encontrado el apoyo del gobiernopara la protección del medio ambiente.

Durante las anteriores administraciones se avanzó,aunque con paso lento, en esta materia. Tal es el casode la creación de la Dirección General de AsuntosEcológicos. Sin embargo, todos los que estamospreocupados por el medio ambiente vimos con agradocuando el actual gobierno que encabeza el licenciadoMiguel Alemán Velazco, elevara al rango de direccióna Subsecretaría del Medio Ambiente, sobre todo, enun estado como el de Veracruz, con grandes retos yproblemas ambientales, donde se ocupa un tercerlugar en generar los recursos naturales de todas lasentidades federativas.

La Subsecre ta r ía de l Medio Ambien te ,independientemente del trabajo de los subsecretariosque han pasado po r e l l a , e l cua l no e s t amoscuestionando en este momento, es indispensable paracontinuar la lucha de la preservación de nuestroentorno ecológico en Veracruz.

Hay tareas prioritarias en materia ambiental que elgobierno debe atender, como el próximo traspaso deáreas de competencia federal a Veracruz, lo cual esincongruente debido a los recortes presupuestalesque el gobierno federal hace a los gobiernos de losestados.

Sin embargo y pese a no contar con presupuestos, laSEMARNAT pasará al estado de Veracruz las siguientesáreas de responsabilidad: el registro de especiesendémicas , l a cus todia de las á reas na tura lesprotegidas, las atribuciones relativas al área de impactoambiental, entre otras.

Pese a lo anterior, existe incertidumbre en lasdependencias federales, como SEMARNAT, PROFEPA yCNA , a través de sus delegaciones en el estado, debidoal anuncio de la desaparición de la multicitadasubsecretaría.

Así también, en las direcciones municipales, las cualesen su gran mayoría están trabajando incipientemente,ya que aún no existe una verdadera cultura ecológicaarraigada en todos los ayuntamientos de Veracruz.

El presupuesto de 10 millones de pesos que tieneasignada la subsecretaría es mínimo para afrontartodos los problemas que en materia ambiental existen.

¿Qué pasará con los proyectos de creación de losrellenos sanitarios, con la descontaminación delos ríos, con las gestiones de decreto de las áreasnaturales protegidas?

¿Será acaso que al pasar de subsecretaría a dirección,éstos quedarán en olvido?

Hay que hacer notar que al formarse la subsecretaríafueron muchos los grupos y las organizaciones que seacercaron a ella para plantear sus problemas: losg rupos ambien ta l e s , l a s o rgan izac iones nogubernamentales, inclusive los partidos políticosencontraron eco en esta subsecretaría, que el pasado24 de marzo por decreto del Ejecutivo estatal hadesaparecido, por lo cual, el PVEM en Veracruz sepronuncia no a favor de la desaparición de laSubsecretaría del Medio Ambiente, sino por elcontrario, se pronuncia a favor de elevar a rango de

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secretaría la antes mencionada, ya que con la creaciónde esta secretaría todos estaríamos seguros de que secontinuarán los proyectos ambientales y la proteccióndel medio ambiente será una realidad, como bien lotutela nuestra carta magna en su artículo 8° al estableceren la parte que nos ocupa que: “Los habitantes delestado tienen derecho a vivir y crecer en un ambientesaludable y equilibrado y que las autoridades deberándesarrollar planes y programas destinados a lap rese rvac ión , ap rovechamien to r ac iona l ymejoramiento de los recursos naturales, de la floray la fauna existentes en su territorio, así como para laprevención y combate a la contaminación ambiental”.

De igual forma, el artículo 10° inciso g) de la citadacarta magna local, señala que una de las bases sobrelas que se deberá impartir la educación en nuestroestado, será promoviendo los valores familiares ysociales que tiendan a la solidaridad humana, lapreservación de la naturaleza y los centros urbanos yel respeto a la ley.

Es por dinero que desaparece una subsecretaría paraconvertirse en dirección de asuntos ecológicos, espor presupuesto y ajustes económicos que podemosdejar al medio ambiente desamparado.

Yo e s toy segu ro , compañe ras y compañe rosdiputados, que en cada uno de nuestros distritos, denuestros municipios y de nuestras congregaciones,existen problemas relacionados con el medio ambiente.¿Cómo los resolveremos? ¿Una dirección podrá atendertodos y cada uno de ellos?

Yo los invito a reflexionar sobre este grave problemaque se ha presentado. Es importante para todosnosotros que el medio ambiente tenga la debidaprotección que merece. Vamos a solicitarle al Ejecutivodel estado que reflexione a cerca de esta decisión quese ha tomado.

Debemos cuidar el mundo que dejaremos a nuestroshijos. Está en nuestras manos el poder hacer algo paramañana. Todos y cada uno de nosotros sabemos yconocemos la importancia de esta subsecretaría.Nuestro papel y nuestra labor es proteger a nuestropueblo y una manera de cuidarlo y protegerlo esofreciendo un medio ambiente del cual nosotrosgozamos y que poco a poco hemos ido perdiendo.

Vamos a reflexionar, pero en verdad esto no es unacuestión de partido, es cuestión de principios.

Por todo lo anteriormente expuesto y fundado, desdeesta máxima tribuna veracruzana invito a todos ustedes

para que solicitemos respetuosa y responsablementeal Ejecutivo del estado, a fin de que el citado decretoen la parte que nos ocupa, sea abrogado de plano y seemita uno nuevo en el que se cree la secretaría delmedio ambiente, y esta invitación la hago sabedor deque el licenciado Miguel Alemán Velazco es un hombrepreocupado por el mejoramiento de nuestro entornoecológico y del medio ambiente, lo cual ha demostradocon hechos.

Para finalizar, me permito dar lectura al siguientedocumento, el cual estoy seguro a todos nos haráreflexionar lo propuesto.

“El planeta no es patrimonio de nuestra generación, esun préstamo de las generaciones futuras, es patrimoniode nuestros hijos y de los hijos de nuestros hijos.Debemos abandonar la visión que nos proponenconquistadores del planeta para asumirnos como parteintegral de la naturaleza, donde conservarla significaasegurar nuestra supervivencia.

“Nuestros antepasados prehispánicos concebían a laTierra como un lugar lleno de vida, riqueza y dones.Nos corresponde ser respetuosos con su legadohistórico y ser coherentes con nuestro presente,porque de ello depende el futuro.

“Conociendo a mi país, aprendí a amar a la naturaleza.Desde pequeño he tenido una gran curiosidad porconocer y estudiar nuestro entorno. Más tarde, de esacuriosidad surgió un gran respeto que se ha convertidoen preocupación, pues en México y en Veracruz sehan perdido y deteriorado muchas áreas cuya bellezanunca olvidaré.

“Es por ello que en mi gobierno nos esforzaremos porpromover la cultura del medio ambiente, para quedent ro de ese marco los veracruzanos seamosrespetuosos con nuestra pródiga naturaleza; para quetomemos conciencia y se generalice en la población laimportancia de hacer un uso sustentable de nuestrosrecursos naturales y de la fragilidad que presentannuestros ecosistemas y la vida silvestre que en elloshabita.

“El objetivo del presente libro es precisamente dar aconocer la enorme diversidad biológica del estado yla belleza de sus paisajes, con lo cual los veracruzanosnos comprometemos con México en la conservación yrestauración del medio ambiente, como un legado paralas actuales y futuras generaciones”.

Firma Miguel Alemán Velazco.

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Este pensamiento proviene de este libro de áreasnaturales protegidas y es una presentación que elmismo gobernador hace a los veracruzanos.

Es cuanto, diputada presidenta.

- LA C. PRESIDENTA:Gracias, diputado Alonso Domínguez Ferráez.

Continuando con el siguiente punto del orden del día,se le concede el uso de la voz al ciudadano diputadoAlejandro Salas Martínez, del grupo legislativo delPartido Acción Nacional, con la finalidad de que sesirva dar a conocer a esta asamblea su pronunciamientosobre el recorte presupuestal y la función del Congresodel estado.

- EL C. DIP. ALEJANDRO SALAS MARTÍNEZ:Gracias, diputada presidenta.

Integrantes de la Diputación Permanente.

Medios masivos de comunicación.

Veracruzanas y veracruzanos.

Para los diputados integrantes del grupo legislativodel PAN resulta preocupante y sin lugar a dudas,contradictorio, el hecho de que se hable de austeridady recorte presupuestal, ante el exagerado aumento enel gasto corr iente durante el presente sexeniogubernamental, ya que según los informes de gobierno,en 1998, el gasto corriente que tenía el Poder Ejecutivo,cuando ingresó esta actual administración, queconsiste este gasto corriente, en servicios personales,adquisición de materiales, suministros y serviciosgenerales, era de 11 368 millones de pesos.

En tres años, para el 2001, ascendió presupuestalmentey en cantidad presupuestada, a 18 056 millones depesos, es decir, tuvo un crecimiento de casi el 100 porciento en solamente tres años. El rubro de gasto corriente.

El presupuesto de egresos que se aprobó para 2002 esde 22 327 millones de pesos. Si a esta cifra ledescontamos los 1 063 que pretenden ahorrar coneste cacareado plan de austeridad, quedaría el gastocorriente en 21 263 millones de pesos. Este montorepresen ta e l 17 .7% de inc remento sobre e lpresupuestado el año anterior, 2001.

En este sentido y ya que se tiene, de acuerdo a losdocumentos , los pocos documentos y la pocainformación que nos proporcionan a los diputados enel presupuesto, que un cierre previsto en el 2001, de

22 338.6 millones, y un proyecto en 2002, de 22 327millones, las incongruencias de lo presupuestado porel Poder Ejecutivo en 2002, donde se establecieron,sin que existiera la voluntad de cambiarle un punto yuna coma en es te Congreso , que s iempre loremarcaremos, debió haber habido la disposición decambiar ese presupuesto. No la hubo. Notamos, sinembargo, que hay varias incongruencias y que antesde pensar en despedir a personal, antes de pensaren dejar a la gente sin su fuente de empleo, se debióhaber pensado mejor en recomponer un gobierno delestado que podemos calificar de fatuo y frívolo, másinteresado en festejos pasajeros, que en resolver losproblemas de fondo de Veracruz.

Como podía ser la Oficina de Programa de Gobierno,cuya titular aparece en todo y para todo, y ni siquieratiene el carácter de secretaría, ni está contemplada enla Ley Orgán ica de l Poder E jecu t ivo y queprácticamente funcionas como una secretaría, sin serlo,y ni siquiera tiene el titular de dicha dependencia laobligación de comparecer ante este Congreso.

En este sentido y ya que tiene un presupuesto de 50millones de pesos, pensaríamos que sería positivo ladesaparición de esta dependencia, de este ciudadanoque la encabeza y que, además, por cierto, creo que niveracruzano es de origen.

La partida presupuestal 4403, de apoyo a institucionesde la Secretaría General de Gobierno, que no quisieronenmendar en este Congreso, situación que hubieras ido muy pos i t iva , hoy vemos con agrado, loreconocemos, que anuncian su eliminación de dichapartida. Es justo que ya el Congreso y no el Congreso,no apruebe, sino los ciudadanos no tengan quesubsidiar ni a los diputados federales del PRI ni lasvisitas del senador Fidel Herrera Beltrán.

En este sentido, nosotros propondríamos, sin embargo,y ya que se anunció la eliminación de dicha partida,que para evitar discrecionalidades y que solamente sequede en el anuncio, se legitime enviando a esteCongreso , una in ic ia t iva de modi f icac ión a lpresupuesto de egresos para que se elimine de manerapermanente esta partida 4403.

Y en este sentido, ya que las decisiones que se dan yestos anuncios se dan sin tomar en cuenta y al parecer,a este Poder Legislativo, se caen en incongruencias yaque, por ejemplo, el hecho de haber suprimido elConsejo Estatal de Niños y Niñas, que despuéscorrigieron, pero sin haber enviado previamente nisiquiera la solicitud al artículo 47 de la Ley deAsistencia Social y Protección de Niños y Niñas del

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estado, a esta LIX Legislatura habla también de unafalta total de respeto del Poder Ejecutivo ante esteCongreso.

Y ante la gran incongruencia de un gobierno delestado que antes de echarle la culpa a otros órganosde gobierno, debería replantearse una auténticareorganización y austeridad, vemos con tristeza que,además de no tomar en cuenta este Congreso ydesaparecer dependencias, como ya lo dijo nuestrocompañero Alonso, una subsecretar ía donde elsecretario declara que él no estaba informado, yobviamente, este Congreso tampoco, y la desaparecenotros integrantes de este gabinete y una secretaríaimportante, coincidimos con el diputado Alonso, quees la subsecretaría del Medio Ambiente.

Sin embargo, este anuncio se hace en plena SemanaSanta. Después de que se gastaron millones de pesosdel pueblo de Veracruz en la Cumbre Tajín. Ahí nohubo austeridad, ahí no hubo recorte presupuestal.Pero después de ésta, sí se lleva a cabo, la SemanaSanta, para prácticamente y de acuerdo a los términos,crucificar a un millar de empleados estatales sin que sele informara en cuánto sería la reducción, en caso dehaberla, de las prestaciones y sueldos de los altosfuncionarios del gobierno del estado, de los cualessiempre se la ha negado a este Congreso, por lo menosa los panistas, la información de sus ingresos y decuánto realmente tienen en prestaciones y en sueldos.

En este sentido, vemos también que siguen ocupandocargos distinguidos, personas ajenas al estado y queno tienen arraigo en el mismo.

La situación de la Coordinación de ComunicaciónSocial, exigimos que se cumpla con la ley y si hayresponsabilidades, que se proceda porque no se vale,sin haber una averiguación previa, obtener unaresidencia que se dice que se obtuvo con desvíos derecursos, y no haber una averiguación previa integrada,y que simplemente se vaya el titular y nada pasó. Yocreo que se le deben rendir cuentas al pueblo deVeracruz antes de pensar en despedir a veracruzanosy dejarlos sin sus fuentes de empleos.

Para mí, en este sentido, y los panistas notamos conpreocupación, no con agrado, porque ya lo dijeraCarlos Castillo Peraza, no tenemos vocación dearqueólogos. Aspiramos a gobernar Veracruz, pero nolo queremos hacer en ruinas y nos preocupa mucho lassituaciones que se están dando en este gobierno, queparece que no tiene timón ni mando, y parece que vade un lado para otro y cae en incongruencias que,obviamente, lamentamos como veracruzanos porque

antes que panistas, somos veracruzanos y nos duelelo que le pase a Veracruz.

En este sentido, también nos parece positiva lapropuesta que hoy ha hecho a esta DiputaciónPermanente, el maestro Marcelo Ramírez, de adoptarfuncionarios. Qué bueno que tenga esa disposición,compañero diputado, pero en este sentido, tambiénhabría que ver por qué no le pedimos eso a JuanAmieva, cuyo salario no conocemos; por qué no lepedimos eso a Lazo Margáin, al señor Gastón Melo,que se dice el organizador de la Cumbre Tajín, y a todoun montón de coordinadores, que no sabemos, esteCongreso, por lo menos yo como diputado, no conozcocuáles son los ingresos de estos señores.

Y, en este sentido, yo creo que habría de empezar porcuestionar, y ésa es la solicitud y la propuestapropositiva que hacemos, que vengan los funcionariosde Finanzas y Planeación a explicar a este Congresocuáles fueron los motivos reales del recorte y por quéel despido a estos veracruzanos, y por qué no, tambiénabriéndose, que es una de las cosas que no ha queridodar este gobierno, información porque, coincidimoscon aquél slogan de la Secretaría de DesarrolloEconómico, de que Veracruz es el estado que lo tienetodo, sí, pero menos un gobierno transparente. No lotiene porque no quieren abrir las cuentas.

Que nos abran las cuentas a los diputados y nosexpliquen por qué el recorte presupuestal, que nosexplique por qué si era realmente necesario dejar unmillar de familiar sin empleo y que no se podía hacerotro tipo de recortes en otras situaciones. Simplementeen estas dos partidas presupuestales, en el FestivalAgustín Lara, en la Cumbre Tajín y en todos estosfestejos que se hacen a capricho, creo que podríamosobtener recursos.

Otra pregunta es que no se quiso responder en esteCongreso qué le van a hacer a los más de 900 millonesque de acuerdo a la reforma fiscal, fue aprobado enexceso para este estado de Veracruz y que no estabaaprobada porque el presupuesto nosotros, en esteCongreso, lo aprobamos antes, qué le van a hacer aeste exceso de recurso que va a llegar de la federacióny que , en es te sen t ido , no vemos cuá l e s l atransparencia y cuál es la situación.

En este sentido, lamentamos esta situación y, en estesentido, nosotros no queremos hacer lucro políticocon este asunto, pero sí lamentamos mucho y lo quepedimos es que haya el respeto al estado de Derechoy que obviamente, se oiga a las personas que, porcierto, me está diciendo mi coordinador del grupo

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legislativo, el diputado Alfonso Vázquez, que se lesacusa de que ganan mucho y que prácticamente consu despido se va a recortar el presupuesto.

Quiero decirle que tengo aquí en mis manos copiasfotostáticas de los ingresos que estas personas tieneny que se depositó, de acuerdo a sus instrucciones, elimporte de su pago de nómina en la cuenta 31210542601correspondiente a la quincena 6 de 2002.

El importe de fecha 27 de marzo es de $1 055.49, de lapersona Maura Morales Cruz. Del señor JaimeFernández Zermeño, que también se deposita, ytenemos copia fotostática, de fecha 27 de febrero de2002, se hace un depósito de $2 067.21. De la SeñoraCristina Miranda tenemos un depósito del 27 de marzode 2002, de $950.87. De Fernando Rodríguez Antonio,el 27 de marzo de 2002, un deposito de $1 227.13.

N o s p r e g u n t a m o s s i p a g a n d o e s t o s s u e l d o s ,eliminando estas personas, realmente vamos a recortarel presupuesto de Veracruz. ¿Por qué no vamos a lospeces gordos? Por qué no vemos cuánto realmente lecuesta al estado esta Oficina del Programa de Gobiernoy todas estas dependencias, que podría ser muycuestionable y cuánto ganan estos funcionarios.

Yo creo que hay que ir a fondo en este asunto ydemandamos que venga la Secretaría de Finanzas, sutitular Juan Amieva, a explicarle a este Congreso enqué consiste el recorte presupuestal y por qué eldestino de estas situaciones que, además, hay quedecirlo, en este gobierno que un día dice una cosa yal otro día dice otra, vemos que se dan declaracionesy queremos que se informe a esta potestad, que es elPoder Legislativo, que además es el órgano que seencarga de vigilar los recursos de Veracruz, que se leexplique en qué consisten estos recortes, por qué sehicieron y por qué no se entra a fondo a esasdependencias cuyo carácter suntuario creo que todospodríamos coincidir.

Es grave la situación de Veracruz, pero es más graveque no haya la voluntad del Poder Ejecutivo, de por lomenos tomar en cuenta al Poder Legislativo antes dehacer estos anuncios de austeridad y de recortepresupuestal que van a repercutir en miles de familiasy que, obviamente, como veracruzano, nos preocupa.

E s p e r e m o s q u e h a y a u n a r e c t i f i c a c i ó n y u n aexplicación del Poder Ejecutivo de Veracruz, porquehay mucho que hacer en Veracruz para que tengamosque enterarnos, los propios diputados solamente, porlos medios de comunicación, de lo que se le ocurrió alsecretario de Finanzas o a este contralor, que le cuesta

más de 150 millones de pesos al pueblo de Veracruz suof ic ina y que lamentablemente vemos que suactuación, se pone siempre a defender a priori a losfuncionarios cuando ni siquiera se ha llegado al fondodel asunto.

Habría que pensar también, si no vale la pena, ya quetenemos un órgano independiente como es el ORFIS , enla desaparición de la contraloría, porque yo creo quecon esos 150 millones de pesos podríamos hacermucho, por citar sólo un ejemplo, con las carreteras deVeracruz.

Es cuanto, diputada presidenta.

- LA C. PRESIDENTA:Gracias, diputado Salas Martínez.

Sí, diputada Claudia, ¿en qué sentido?

Adelante, Claudia Serapio.

- LA C. DIP. CLAUDIA SERAPIO FRANCISCO:Bueno, yo quisiera opinar sobre el punto.

En el caso de los trabajadores que han visto afectadasu fuente laboral y que han estado presentes, como yalo vimos, creo que pues hablaron con diferentesdiputados. En el caso mío se habló y, bueno, yo creoque cada uno de nosotros está en función de decirlo que pasa en Veracruz.

Es cierto, el diputado Salas Martínez ya enumeró demanera muy puntual todas las irregularidades quehemos venido manifestando y yo creo que el secretariode Finanzas en su comparecencia tendrá que abundarsobre las cues t iones de la t rasparenc ia en laadministración pública.

Xalapa es una ciudad que cuenta con burocracia y cone l comerc io so lamente , pa ra r e spa lda r a lostrabajadores. Creo que todo trabajador merece unarespuesta, merece ser escuchado y desde ese puntode vista nosotros creemos que no es la medidacorrespondiente la que tiene que establecer el estado.Hemos noso t ros a sumido en l a s d i f e ren tesconferencias de prensa del partido y hoy aquí en estacámara queremos aprovechar este espacio parainconformarnos.

Nosotros pensamos que se tiene que definir la políticadel estado. El gobernador Alemán había expresadoque el recorte presupuestal que definía la federaciónen términos de aplicación para las entidades, no leafectaba y hoy estamos escuchando prácticamente

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que varios empleados de este estado se quedan sinfuente laboral.

Yo creo que coincidimos con el profesor MarceloRamírez en términos de ver este asunto porque elCongreso del estado part icularmente t iene estaresponsabilidad y nosotros somos los que debemospuntualizar prácticamente el gasto de todas lasdependencias o la revisión por lo menos de esto.

Creo que yo coincido y me uno con la petición quehace Acción Nacional, en términos de que se clarifiquemuy puntualmente el gasto de esta situación.

Por otro lado, yo creo que también es importantee scucha r a l o s demás t r aba j ado re s . Hemospuntualizado también la situación de que en laspasadas comparecencias se dijo que había dinerosque no habían sido ubicados. Yo creo que nosotrosestamos puntualizando en cada una de nuestraspropuestas y en cada una de nuestras respuestas, elhecho de que ex i s t e co r rupc ión en a lgunasdependencias, no se ha clarificado.

Pensamos que hay una buena oportunidad en juniopara que nos den respuesta puntual a esta situación.Por lo tanto, el Partido del Trabajo se inconforma entorno a la medida que esta planteando el gobernadorAlemán en términos de despedir a trabajadores sinninguna respuesta.

Es cuanto, diputada presidenta.

- LA C. PRESIDENTA:¿Diputado Jorge González Azamar?

Sobre el tema, tiene el uso de la voz el diputado JorgeGonzález Azamar.

- EL C. DIP. JORGE ALBERTO GONZÁLEZ AZAMAR:Gracias.

Con su permiso, ciudadana presidenta.

Solamente para hacer algunas precisiones con relacióna lo que comentó muy vehemente el señor diputado deAcción Nacional, Alejandro Salas Martínez. Enalgunas cosas por supuesto que coincidimos.

Con relación al despido anunciado por el gobierno delestado, si bien debemos reconocer que se trata de unamedida drástica que afecta a un buen número defamilias veracruzanas, también yo creo que es necesarioreconocer que el Ejecutivo del estado, don MiguelAlemán Velazco, está enfrentando con decisión los

señalamientos que en alguna ocasión también hicieronla fracción de Acción Nacional, en el sentido de queel aparato burocrático había crecido de maneraconsiderable.

Al respecto, es oportuno señalar que la creación dedependencias por parte del gobierno de Alemánobedeció en un principio al propósito de mejorar losservicios que presta la administración pública estataly, sobre todo, en función de los programas a través delos cuales se proyectó enfrentar la problemática estatal.Si bien es cierto, hay que recordar y cabe señalarlo quede manera similar el presidente Fox al inicio de lagestión federal creó infinidad de coordinacioness e c t o r i a l e s q u e h a n v e n i d o d e s a p a r e c i e n d opau la t inamente , en t re o t ras r azones , por l a sdificultades económicas que enfrenta el gobiernofederal generadas por la disminución de su ingresos,la decisión de recortar el aparato burocrático, desdeluego, tiene un costo político que se debe aceptar.

Sin embargo, el gobernador decidió ser congruenteante la situación económica que vive el estado,derivada de múltiples factores, entre ellos, de manerasignificativa, que los ingresos de la federaciónresultaron menores a los proyectados y, por otraparte, las expectativas nada favorables que hacenprever un próximo recorte al gasto público en elpresupuesto federal, en función de la caída en un17.53% de la recaudación federal participable a losestados.

Señalaron también de manera vehemente que se hanutilizado recursos públicos en festivales como El Tajín,pues yo creo que no debíamos nosotros estar viendola paja en el ojo ajeno. Si bien es cierto que se llevó acabo no por primera ocasión el festival Cumbre Tajín,acaba de señalarse también y acaba de darse una granreseña con una gran proyección en todos los mediosnacionales e in ternacionales de la cumbre definanciamiento para el desarrollo para los países máspobres del planeta y hasta donde sabemos nosotros,ahorita no sabemos en qué benefició a México. ¿Cuántose gasto el gobierno federal en este show internacional,que no haya sido el escándalo que se suscitó con elpresidente Fidel Castro?

Pero, bueno, no venimos a discutir eso, simplementeque el país no puede estar ni puede ser ajeno, insertocomo está en este proceso de globalización, unadesaceleración que se ha convert ido en francarecesión, confl ictos bél icos internacionales, ladisminución de los ingresos por tur ismo, queconstituyen verdaderas calamidades para un país enproceso de desarrollo como es el nuestro.

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Por ello, se considera que la determinación delEjecutivo, dolorosa, pero con una gran sentido deresponsabilidad, procurando que el impacto socialsea el menor posible y sin afectar el gasto destinadoa la creación de infraestructura y a la atención denecesidades básicas de la población, es cierto,reiteramos, cerca de mil personas en una época decrisis y de falta de oportunidades, que queden sinempleo , r e su l t a l amentab le . No obs tan te l a scircunstancias, deben tomar otro camino.

Ahora más que nunca , en nues t ro carác ter derepresentantes populares, debemos vigilar que losprogramas de racionalidad anunciados se traduzcan,efectivamente, en ahorros sustanciales, que se hagamás eficiente la función pública; que se combatan,como decía el diputado Alejandro Salas, en formaenérgica, los actos de corrupción y de derroche derecursos en los que llegaran a incurrir diversosfuncionarios públicos estatales.

Somos un estado agobiado por la extraordinariadependencia que tenemos en materia de ingresos dela federación. Encarar es reto de todos. No esmomento de oportunismos ni de lanzar adjetivos, sontiempos de responsabilidad. La disyuntiva es lasiguiente: o más gasto corriente y menos gasto social,o más gasto social y menos gasto corriente. No tenemosninguna duda, optamos por más gasto social.

Es cuanto, ciudadana presidenta.

- LA C. PRESIDENTA:Gracias, diputado.

Diputado Julen Rementería, ¿en qué sentido?

Tiene el uso de la voz el diputado Julen Rementería delPuerto, para hechos.

- EL C. DIP. JULEN REMENTERÍA DEL PUERTO:Bueno, me parece que se ha hablado mucho sobre eltema, pero se han dejado de decir cosas que a nuestrojuicio son importantes. Por ejemplo, ya lo decía eldiputado González Azamar de que un recorte al aparatoburocrático ha sido una petición de Acción Nacional.Eso es cierto, siempre hemos apostado a la austeridady a la eficiencia.

Lamentablemente, el recorte burocrático que se estáplanteando en este momento en el gobierno del estado,pareciera que obedece más a una ocurrencia que a unaacción planeada. Y digo esto cuando de repente nosenteramos que un secretario de despacho no tieneinformación de que va a ser desaparecida una

subsecretaría a su cargo, pues nos parece que hablade una total desorganización y ya cuando hablamos dedesorganización, nos va llevando al tema del controlde los recursos, también de manera desorganizada.

Y digo esto porque resulta y sólo para citar un ejemplo,antes de pasar a mi otro cometario, quiero decirle aldiputado González Azamar que la inmensa mayoría delos aproximadamente mil trabajadores que van a serdesped idos , fue ron con t ra t ados an tes de e s t aadministración, y le digo esto porque sucede que noson ellos el motivo de que esta administración hayacrecido en la forma desproporcionada en que creció enel gasto corriente.

Yo quiero decirles que en el periodo entre 98, diciembrede 98 y diciembre de 2001, sufrió el país una inflacióndel 27.7% y el gasto corriente en ese mismo periodosufrió un incremento del 97.98 %, de 27 a 98. Ya esostrabajadores que hoy están corriendo, ya estaban enaquel entonces en la nómina.

Lo que pasa es que este incremento en el gastocorriente no obedece a estos trabajadores que hoyestán corriendo, obedece a otras circunstancias como,por ejemplo, lo que se ha dado en llamar serviciospersonales, con algunas de sus, pues subdivisiones,que son cons ide radas como r emune rac ionescomplementarias y sueldos ordinarios y compensaciones.

En servicios personales tenemos un crecimientotambién, para el periodo de 99 a 2002, y el 2002 comoestimado, de 79%, 6 713 millones de pesos, lo queaumentaría en este periodo, cuando la inflación fuesolamente del 27.

E n t o n c e s , n o e s t a m o s h a b l a n d o d e q u e e s o strabajadores que hoy se van a correr o que ya fueroncorridos y que ni siquiera tienen la certidumbre de quéva a pasar con ellos, porque ahí se les puede ir apreguntar s i han s ido not if icados oficialmentesiquiera, de que están despedidos, no lo han sido enla inmensa mayoría de los casos.

En tonces , s e v io l a t ambién un p r inc ip io decertidumbre, de lo que debe pasar con el trabajador, osea, aquí quien predica una cosa, quien ve la paja enel ojo ajeno y no la viga en el propio, es el gobierno delestado y no nosotros.

En el asunto de los incrementos tenemos, por ejemplo,u n a p a r t i d a , s e l l a m a a y u d a s , s u b s i d i o s ytransferencias, que en el 99 implicaba un presupuestode 1 952 millones de pesos, para el 2000, sólo en unaño, subió un 60.29%, subió de 1 952 a 5 081 millones

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de pesos. Ahí no está ningún trabajador reflejado.Tenemos que en periodo completo se incrementó estapartida 94.15 %, 3 790 millones de pesos.

Curiosamente, vemos que el año 2000, donde se hablade ayuda, subsidio y transferencias, pues obedece aun año electoral. Ojalá no nos encontremos con laauditoría que viene en camino, precisamente para eseaño, con que esas ayudas, subsidios y transferenciashayan sido a campañas políticas. Ojalá no tengamosesas sorpresas.

Entonces, cuando hablamos realmente de recortar elaparato burocrático, no nos referimos exclusivamentea correr gente. De lo que estamos hablando es deeficientar el gasto, de que los funcionarios, algunosde ellos ganen lo justo y no por encima de lo que debenganar, como ya vimos los ejemplos en las cantidadestan abismalmente dispares que existen entre lo quegana un trabajador y lo que gana un funcionario.

Entonces, lo que reponemos y ponemos nuevamentea consideración de esta Diputación Permanente, esque se acuerde de manera favorable, de que puedavenir la Secretaría de Finanzas y nos dé primero lainformación que merecemos.

Yo quiero decirle que este reporte que es... segúnellos, le llaman el estado financiero del año 2000, fueentregado hace algunos meses. Estamos ya en abrildel año 2002 y es la fecha en que no entregan a losdiputados el estado financiero del año 2001. No esposible que en la época de las computadoras, en quea cuatro meses de distancia no tengamos la informaciónde lo que sucedió en el 2001 de manera condensada,como debe ser, en un estado de resultados, porque nome venga a decir alguien ahora, de la cuenta públicaque entregó el gobernador Alemán, que es un libroasí de gordo y que la verdad, es mucho más letraque número. Lo que necesitamos son reportes quefuncionen.

Aquí de lo que se trata es de que se respete al Congreso,de que se hagan las cosas, de que no se maneje elgobierno del estado con ocurrencias, en dondedespide trabajadores porque fue el... seguramente laidea brillante de algún secretario por ahí y se la vendióal gobernador, por cierto muy mal vendida, y lo queestá ocurriendo ahora es que sí hay un costo políticoporque los trabajadores despedidos, como los que noestán despedidos, saben perfectamente cuál es elproblema del gobierno del estado y que no lo sonellos, que si hubiera alguno que sobrara, que sereajustara, pero no es el caso.

Aquí de lo que estamos hablando es de un gastoexcesivo en muchas otras áreas, como está quedandoplenamente comprobado. Son números que no nosestamos inventando los diputados de Acción Nacional,son números que están en Internet, y lo único quetenemos que hacer es acudir a buscarlos y compararlos,que fue lo que hicimos.

Ojalá se acuerde y podamos tener en este Congresola presencia del secretario de Finanzas y tener laexplicación pertinente de por qué se hizo este recortey cuáles van a ser las implicaciones, y si es necesariotambién, poder llegar a tomar un acuerdo nuevamentedel pleno en donde se reasigne el gasto para esteaño 2002.

Es cuanto, diputada presidenta.

- EL C. SECRETARIO:¿Me permite, diputada presidenta?

- LA C. PRESIDENTA:Claro que sí.

¿En qué sentido, diputado?

- EL C. SECRETARIO:Sobre el tema.

- LA C. PRESIDENTA:Sobre el mismo tema, tiene el uso de la voz el diputadoErnesto Alarcón Trujillo.

- EL C. DIP. ERNESTO ALARCÓN TRUJILLO:Gracias, diputada presidenta.

Compañeros diputados.

Público aquí reunido.

Efectivamente, como lo maneja el diputado que meantecede en el uso de la palabra, se han hecho muchasconsideraciones. Yo creo que lo más importante quetenemos que rescatar de lo que aquí se ha planteado,pues es ver la solidaridad que pudiera tener estapotestad legislativa, el Congreso del estado, con laclase trabajadora.

Verdaderamente es lamentable que pudiera darse undespido de esa manera, pero también recordemos quepara eso el estado necesita tener liquidez y yo creoque todos mis compañeros diputados, sin excepciónde siglas partidistas, estamos consientes de quecuando vimos la Ley de Ingresos y el presupuesto deegresos y más que nada, los diputados estamos

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enterados de la dependencia que tiene el gobierno delestado, para su funcionamiento, de los recursos quese captan dentro de la federación. Ahí es donde se handisminuido las participaciones federales y que ahí sedebe también en parte al incumplimiento que se hatenido con esas partidas presupuestales.

Claro que hay argumentos para decir la disminuciónen la captación, lo que hablaba el diputado GonzálezAzamar, también en el uso de la palabra, es cierto. Sinembargo también debemos rescatar que se necesitanese tipo de activos.

Por otro lado, también no es desconocido por nadie ytenemos que recalcarlo también en este momento, deque a la Secretaría de Educación y Cultura le existe unadeudo de la federación por el orden de los 3 800millones de pesos y que eso se debe principalmente aque la federación no ha cumplido con los compromisoshechos desde la federalización, en donde no se hanentregado recursos tendientes principalmente al pagode las prestaciones de seguridad social de lostrabajadores.

Yo creo que aquí debe haber una pol í t ica decongruencia en cuanto a lo que nosotros hemosmanifestado en nuestras alocuciones. Yo creo que enestos términos debemos no partidizar, no aprovecharesta coyuntura. Yo creo que el Congreso del estado esuna entidad fuerte dentro de cualquier estructuragubernamental y que podemos perfectamente bien sersolidarios en cuanto al personal que haya sidodespedido.

Por eso, la participación del compañero Marcelo, en elsentido de ser solidarios, por encima de cualquier otrasituación, aquí podemos pasarnos horas analizando ydiscutiendo esto asuntos, pero la realidad es ésa y noexclusivamente Veracruz depende en estos porcentajesde la recaudación fiscal que tenga este país. Así estála política recaudatoria, así se ha establecido. No se hafederal izado, no se ha querido federal izar losimpuestos. No se ha cumplido con el famoso pacto deMazatlán, donde 20 gobernadores firman un convenioy donde le piden al Ejecutivo federal un margen demaniobra en cuanto a la recaudación fiscal, cosas queno se han hecho.

Hay muchas cosas de fondo. No podemos únicamentesacar a la exclusividad al estado de Veracruz, es unproblema nacional, apegado o aunado todo estotambién, a los problemas de corte internacional, laba j a que s e hab í a dado en e l pe t ró l eo .Desa fo r tunadamente o a fo r tunadamente pa ranosotros, al inicio de los conflictos en el Medio

Oriente, el día de ayer sube el costo del barril delpetróleo, pero a costa de la intranquilidad o de lazozobra de la guerra en otras partes del mundo. Nuestraeconomía depende de eso.

Compañeros, señores diputados. Yo creo que debemosconsiderarlo, lograr de estos debates los mejorespuntos de encuentro que pudiéramos tener, comosuele decirse comúnmente, para poder enfrentar juntosesta responsabilidad que no es exclusiva de losdiputados del PRI , del PAN o del PRD , sino de todoslos diputados que formamos este Congreso del estado.

Es cuanto, diputada presidenta.

- LA C. PRESIDENTA:Gracias, diputado Ernesto Alarcón Trujillo.

¿Para hechos?

Para hechos, tiene el uso de la voz el diputado JulenRementería y después el diputado Salas Martínez.

- EL C. DIP. JULEN REMENTERÍA DEL PUERTO:Bueno, yo, primero que nada, quisiera felicitar alsecretario porque es el primer secretario de estaLegislatura que toma el uso de la voz para debatir. Québueno, desde luego que sí, porque pareciera que no sepudiera, por los que estuvieron antecediéndolo.

También quisiera comentar que no todo lo que se dicees cierto. Lo que acaba de mencionar no todo es cierto.El propio subsecretario de Ingresos del gobierno delestado reconoció, aquí están las declaraciones hechaspor él, un 2.5% de aumento de lo que debía recibir elestado a lo que recibió. Esto es, de acuerdo alpresupuesto que tenía, recibió un 2.5% más de lo quedebía recibir por cuestión de aportaciones de lafederación al estado para el ejercicio 2001.

Dice que el Congreso del estado es un poder fuerte. Yocreo más bien que debía afirmarse que debiera ser unpoder fuerte. No es un poder fuerte, es un poder enVeracruz que depende del Ejecutivo. Pruebas de ello,las hay muchas, lamentablemente.

El pacto de Mazatlán fue un pacto entre algunosgobernadores. De ahí nació una propuesta que sehizo, que pretendieron manejar como una reformahacendaria, que bueno, no era ni por mucho eso y porsupuesto que hay problemas externos que afectan alpaís como la baja del dólar o la alza de maneralamentable. Por sucesos que no deseamos se da esaalza en el dólar... en el petróleo. Pero tenemos tambiénque reconocer que el gobierno del estado y aquí es

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donde vienen la parte fundamental, el gobierno delestado, más allá de lo que está pasando en estos tresmeses o de lo que haya pasado en los últimos seismeses y de los recortes presupuestales que, además,no fueron tales en el gobierno federal, ha tenido uncrecimiento en su gasto corriente, excesivo, ya lodijimos, ha crecido en estos tres años, entre lo queadministraba el último gobernador Patricio Chirinos ylo que está administrando en este momento MiguelAlemán, en gasto corriente, 11 139 millones de pesos.

Entonces, ¿ha habido o no habido incremento? Estosignifica, ya lo decíamos hace un rato, en el gastocorriente, un 97.98% de crecimiento. Que no se digapues que tenemos una situación de emergencia cuandolo que hemos t en ido p royec tando en nues t rocrecimiento de manera preferencial es el gasto corrientey no el gasto social. Ahí sí concuerdo con el diputadoGonzález Azamar.

Ojalá en todos estos años se hubiera privilegiado elgasto social y no el gasto corriente, como se vinoprivilegiando, donde hay un crecimiento exageradodel gasto corriente y el gasto social, el gasto de obrapública, el gasto de capital, como se llama, no fueprivilegiado en la misma cantidad. Entonces, novenimos aquí a sacarle raja política a ninguna desgraciadel gobierno del estado. Lo que venimos es a señalarlos puntos que hemos señalado con anterioridad enmuchas ocasiones, en donde no estamos de acuerdoen la forma en que se ejecuta el gasto en el estado, enel que no hay una planeación y, en consecuencia, antela falta de la misma, lo que genera es el desorden y laanarquía en muchas áreas y lo que tenemos comoconsecuencia en la mayoría de los casos, despilfarrode los recursos.

Ojalá, reitero, pues se pueda traer a esta Soberanía altitular y nos dé la información correspondiente ypodamos tener, no a través de la Comisión de Vigilancia,que pareciera el filtro mediante el cual no podemosenterarnos los demás diputados, ni siquiera todos losde la Comisión de Vigilancia, de lo que sucede conlos números en el estado y en el municipio, sino quenos pudieran dar la información a todos los diputadosdel Congreso para saber qué es lo que está pasando.

Se dice que el que nada debe, nada teme. Pues que lomuestren y que digan de qué se trata pues el gasto ypor qué el motivo del recorte y si hubo alguna precisiónincorrecta de nuestra parte, pues lo aclararemos en sumomento con todo gusto.

Es cuanto, diputada presidenta.

- LA C. PRESIDENTA:Gracias, diputado Julen Rementería.

Tiene el uso de la voz el diputado Salas Martínez.

- EL C. DIP. ALEJANDRO SALAS MARTÍNEZ:Con su permiso, diputada presidenta.

Estimados compañeros.

Simplemente para reafirmar algunos puntos que creoque no se tratan y yo creo que aquí debemos tener cuáles nuestra posición constitucional y qué bueno quese hablaba de que éste es el Congreso, pero hace faltauna auténtica separación de poderes en Veracruz.

Yo creo que no tienen y yo creo que pues hastaresultaría incómodo no, pues yo lo entiendo, a losdiputados del PRI , tener que hacerla de abogados deJuan Amieva en esta sala. Yo creo que eso es muylamentable.

Entonces, yo entiendo que ésa no es la postura. Poreso, yo diría, vamos invitando y que a él se le atiendasolito. Yo creo que él tiene la capacidad técnica parapoder hacer y si hay alguna precisión, como dice eldiputado Julen, que nos explique.

Lo que sí no se vale es que tengamos que estarsuponiendo y enterarnos de publicaciones en gacetasoficiales donde dicen, donde quitan, donde ponenacuerdos que inclusive van en contra de leyes, dondevan en contra del propio presupuesto y yo creo que siqueremos una autentica separación de poderes, ahíestá el tema, ahí está la discusión, que nos exponga yno solamente a la Comisión de Vigilancia, a los 45diputados, bueno, a los que les interese, yo creo quenos debe interesar a todos ante este Congreso, nosexplique en una reunión informal, no hace falta haceruna sesión formal, cuáles son los motivos reales delrecorte y aquí la pregunta, porque si tienen gente quesupuestamente viene tan preparada, viene del altiplanomexicano, viene de la gran Tenochtitlán a explicarnoscómo se hacen las cosas, por qué no puede explicarnos alCongreso cuáles son los motivos y por qué prefirierondespedir a mil trabajadores que ganan 2 mil pesos o milpesos, como ya se dieron estos ejemplos y por qué nole entran a la alta burocracia.

Por qué estos grandes sapientes o estos grandescerebros no tuvieron la visión con una auténticaplaneación estratégica, que me supongo que conocenestos señores, de decir, señores, porque ya se preveíalo del 11 de septiembre, hace meses que sucedió, ya sepreveía la recesión, entonces por qué no tener una

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auténtica visión de estado y ahí sí, vigilar y preveresto, y nosotros vemos y aquí están las cifras, ya lodijo el diputado Julen, en solamente cuatro años elgobierno del estado ha incrementado el 100% suvolumen de gasto corriente, 11 000 millones, y esto nose creó con los empleos que ya estaban, se creo conuna nueva burocracia.

Entonces, vamos, si tienen realmente motivos, puesque nos den información y que se aclaren y si haymotivos reales, con mucho gusto los entenderemos,pero yo creo que en esto es importante exhortar alPoder Ejecutivo a que se ajuste y respete la Ley dePresupuesto de Egresos que se expidió en esta cámaray que , po r l o t an to , s i de sapa recen pa r t i daspresupuestales, que haga la iniciativa y que se apruebelo conducente en este Congreso y que se respeten, eneste sentido, los derechos laborales de los trabajadores.

Yo creo que ése es el exhorto que debe hacer esteCongreso y que venga el secretario de Finanzas y nosexplique cuál es la realidad de este recorte, cuál es larealidad que vive este estado y por qué no había otrasopciones, por qué se tuvo que recurrir en todo caso aesto para llegar a esta opción y yo creo que si realmentequeremos hacer que este Poder Legislativo restauresu va lo r como au tén t i co r ep resen tan te de l aciudadanía, pues vamos oyendo los argumentos y yadependerá de nosotros si estamos de acuerdo o no,pero tendremos información, que ése es otro de losproblemas de este gobierno, en donde tenemos queandar recaudando información, porque hay totalcerrazón de darnos toda la información, sobre todo, enel aspecto financiero en este gobierno.

Es cuanto, diputada presidenta.

- LA C. PRESIDENTA:Diputado González Azamar.

- EL C. DIP. JORGE ALBERTO GONZÁLEZ AZAMAR:Sobre, es muy breve, es que insiste mucho, es sobreel tema, insiste mucho el diputado que me antecede enla palabra, nada más para hacerle una aclaración deque el gobierno del estado un día dice una cosa, sedesdice y al otro día dice otra. Yo creo que todo viene,hasta en eso dependemos de la federación porque elgobierno de Fox se ha caracterizado por decir una cosay al rato hacen otra.

Es cuanto.

- LA C. PRESIDENTA:Claro que sí. Discúlpeme. Tenía el uso de la voz eldiputado Adán Córdoba Morales.

- EL C. DIP. JOSÉ ADÁN CÓRDOBA MORALES:Pues solamente hacer unas precisiones.

Ojalá no sea pues muy reiterativo en el asunto, pero sívaldría la pena en un momento recalcar que lainformación con respecto al funcionamiento, ala situación económica de los ayuntamientos deVeracruz, se nos ha proporcionado por conducto delORFIS un compacto a cada uno de los diputados, estánlos datos en Internet y podemos en un momentoacceder, en el momento que nosotros queramos, acada una de las situaciones financieras de los 210ayuntamientos de Veracruz.

También en un momento valdría la pena no defendera nadie porque se tendrán que defender solos, peroaquí se hace una frase que me parece con poco sentido.El gobierno de Veracruz no es de ocurrencias. Creoque hemos dado, ha dado muestras el gobierno delestado de estar realmente preocupado por los tresproblemas que afronta la población veracruzana y noqueremos aquí, no voy a numerar, pero en cada uno denuestros distritos, si no se han hecho la totalidadde las obras que nosotros estamos solicitando, creoque sí somos testigos y por lo menos del mío lo veo,de que hay construcción de hospitales, de escuelas, decarreteras, de libramientos, o sea, no podemos en unmomento decir que las decisiones se toman porconducto, o sea, que el factor fundamental sea laocurrencia.

Por lo demás, en dos asuntos que nos están ocupando,vamos haciendo nuestra la propuesta que nos hacenuestro amigo el diputado Marcelo Ramírez ybusquemos de qué manera podemos resarcir, de quémanera podemos encontrar una solución, aunque seaun paliativo a la situación que viven nuestros amigoslos despedidos, que también la reconocemos, si éstefue un mal necesario, fue una medida dolorosaafrontada y así lo tenemos que reconocer con decisióny con valentía.

Y finalmente a los… perdón, sobre el mismo tema, a losconciudadanos nuestros que han sido despedidos,también tendremos en un momento que remarcar quese tendrán que respetar sus derechos laborales,que no en un momento podrán ser despedidos acapricho, o sea, la situación, la medida es dolorosa,pero al fin y al cabo tenemos que apegarla a derecho.

Y finalmente, yo quiero hacer algunas consideracionescon respecto a la desaparición de nuestra Subsecretaríade l Medio Ambiente . De n inguna manera lasactividades sustantivas de la dependencia van aquedar al garete y se van a dejar de realizar en Veracruz.

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Este día negar la historia de nuestro estado, yo creoque precisamente será la propia Secretar ía deDesarrollo Regional que tiene bajo su encomiendaesos compromisos, esas obligaciones que las tendráen un momento que replantear y se tendrán que seguirdesarrollando, ya el diputado de la fracción del VerdeEcologista lo mencionaba, fue Veracruz en donde secrea en primera instancia una Dirección General deAsuntos Ecológicos, hay historia, y los asuntos delmedio ambiente en Veracruz por esta reestructuraciónde las dependencias, de ninguna manera van a quedaral garete y de ninguna manera van a dejar de realizarse.De eso debe tener, debemos tener la plena seguridad.

Entonces, finalmente yo sí quisiera que todos losdiputados que integramos esta LIX Legislatura delestado, insisto, hagamos nuestro el punto de acuerdodel diputado Marcelo Ramírez y ojalá podamos ayudaraunque sea en mínima parte a resolver este problema.

Muchas gracias.

Perdón, maestro. Un asunto que no quisiera que se mequedara en el quintero. Aquí lo ha comentado eldiputado Alarcón y creo que vale la pena retomarlo, deuna deuda que se habla del orden de los 3 800 millonesde pesos del gobierno federal al gobierno de Veracruz,que creo que bien vale la pena que nosotros nossolidaricemos con la administración gubernamentaldel estado y busquemos por los caminos legales,obviamente, que el gobierno federal restituya aVeracruz lo que en legítimo derecho le corresponde.

Es todo, muchas gracias.

- LA C. PRESIDENTA:Gracias, diputado Adán Córdoba Morales.

Tiene el uso de la voz el diputado Marcelo RamírezRamírez.

- EL C. DIP. MARCELO RAMÍREZ RAMÍREZ:Después de todo lo que se ha dicho aquí, compañerosdiputados, siento la necesidad de clarificar el sentidode mi propuesta. No quiero, en primer lugar, que seentienda ésa como un sucedáneo para afrontar unproblema que, como lo dije en mi primera participación,es un problema estructural.

Con esto se pueden y se implican muchas cosas, perovoy a tratar de precisar en lo que considero que esfundamental. En primer término, desde luego, creo queaquí hay una coincidencia entre todos los diputados,de que estamos frente a un problema que requiere unasolución dentro de la ley.

Los despedidos, que son personas, la mayoría deellas, que viven una vida de limitaciones económicas,se ven doblemente afectados porque pierden untrabajo, unos ingresos que apenas les permitensubsistir. No tienen esa defensa, ese colchón quepueden tener los funcionarios, otro tipo de empleadosde alto nivel, que pueden vivir varios meses sin teneringresos, de manera que el problema, repito, es muygrave para estas personas.

Pero decía yo que se trata de un problema estructuralporque el problema de la carencia de empleo no essólo, permítanme recordar lo obvio de los que ahoravan a quedar fuera de la planta laboral del gobierno delestado. El problema del desempleo se vive a lo largoy ancho de todo el país, y creemos y pues aquí se hahablado de políticas de aliento a largo plazo en lo quetambién siempre estaremos de acuerdo con loscompañeros del PAN , se trata de que se vaya viendocuáles son esas políticas que en México van a revertirel desempleo y van a revertir las tendencias a lainjusticia y a las desigualdades que hemos padecidopor muchos años y que ahora era el momento en quedebería empezar a verse que tienen otro tipo desoluciones.

Esto nos lleva a un terreno que, queramos o no,tenemos que tocar: el de un sistema económico injustoque parece diseñado sólo para beneficio de losempresarios y no del pueblo trabajador, de la genteque produce y que es el verdadero motor del desarrollode los pueblos.

La reunión que se celebró en Monterrey puso enevidencia esta espantosa dicotomía que estamosviviendo en el mundo actual, de un modelo económicoque prevalece por la fuerza de los cuantiosos recursose ins t rumentos que posee , pero que no lograjustificarse y menos legitimarse ante la conciencia delos pueblos del mundo y por esto hay inconformidad.

No se trata de caer en filias o en fobias, no se trata decondenar una tendencia que es dominante por razonesestrictamente ideológicas o por un ismo que podríaentenderse como un fanatismo. No creemos en laigualdad absoluta, no creemos en ese igualatorismoutópico, pero sí creemos en la justicia y en elcompromiso social con los débiles y, entonces, todoesto es para deci r a us tedes que es necesar iopreocuparnos no sólo por los dispendios reales osupuestos .

Lamentablemente, creo que a veces son reales.Lamentab lemen te , c reo que t enemos ma losfuncionarios en el gobierno del estado, como los hay

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en todo gobierno y como los vemos que los hay en elgobierno federal, gente que sin compromiso emocional,s in ideología, ya no digo de part ido, s ino sinconvicciones básicas, traicionan la confianza de losjefes políticos.

Pero no se trata finalmente de eso, sino, insisto, de loque se trata es de que nos preocupemos y hagamostodo lo que sea posible en el reducido ámbito denuestra actuación, porque estas políticas del estadose reencaucen, se reorienten y busquemos mayorjusticia para los que ahora han sido despedidos y paratodos los que no gozan ni han gozado de una plaza enninguna parte.

El estado ya no puede seguir siendo el gran empleador.Esto sería una falacia sostenerlo. Tenemos que buscarfuentes alternativas para el empleo. Tenemos quepensar en una clase, compañeros diputados, una claseempresarial más sensible , que esté dispuesta asacrificar también parte de sus ganancias, que muchasde ellas son cuantiosas, son ofensivas en un pueblopobre. Tenemos que diseñar políticas ya que aquíhablamos desde este Congreso del estado, de losdemás congresos estatales y del Congreso de la nación,políticas que permitan que los empresarios mexicanosactúen con un mínimo de sentido nacionalista y queno sean los primeros en huir, en escapar cuando ya notienen el apoyo del estado para hacer negocios pingüescon todo a su favor.

Cuando se habla y se ha sacrificado muchas veces, noen esta Diputación Permanente, sino a lo largo de másde un año que llevamos de trabajo legislativo, de loserrores del PRI , se está dando una visión cierta peroparcial y como toda verdad parcial, nos impide ver losotros aspectos que debemos tener en cuanta paracorregirlos.

La parte de verdad que asiste a los compañerosdiputados del PAN la asumimos porque moralmente esirrefutable, pero les pedimos también ver el otro aspectoy que luchemos aquí y que se haga un exhorto a loscompañeros diputados federales para que las políticasdel Estado mexicano, que ahora son diseñadas por unpartido que por vez primera llegó a la Presidencia dela República por el PAN , que esas políticas tengantambién un sentido humano concreto y que susd ipu tados y senadores , cuando se mande unainiciativa como la que mandó el presidente Fox para lasolución del problema indígena, no las desvirtúen nilas recorten, sino que sean capaces de darle a losindígenas y de reconocerles ese estatuto de personas,de seres humanos que tenemos todos. No debe habermexicanos de primera categoría ni de segunda y menos

de tercera o cuarta, como lo son los indígenas y lo sontoda la gente que vive en las colonias populares.

Creo que todo esto, repensar la misión del Estadomexicano, no va sólo en el sentido de ser una críticaverdadera, pero repito, finalmente, parcial y limitada,a lo que haga o deje de hacer un gobierno, aunquedeba hacerse, sino que debemos tener la mirada puestaen lo alto para ir rectificando desde nuestra trinchera,esas políticas que van a cambiar el modo de pensar, lasactitudes de los propios mexicanos ante nuestrosconciudadanos, porque hablamos de problemas enotras latitudes, pero aquí también, señores, y losabemos pe r f ec t amen te , hay r ac i smo , haydiscriminación, hay maneras de vivir de primeraclase, hay modos de contemplar y de disfrutar la vidade primera, de segunda, de tercera y como decía, decuarta o de menos. Hay personas que no conocen lasciudades ni lo que es una playa. Hay personas que nonos pueden hablar ni siquiera hacer una crítica porqueno tienen los elementos conceptuales ya que no hanido a la escuela y no han conocido, no han llegado adominar las herramientas de la cultura, los instrumentosde la cultura para ser conscientes del mundo en queviven y de la manera en que pueden cambiarlo.

En fin, podrían decirse muchas cosas y a estasdiscusiones l leva precisamente el plantear lascuestiones en forma amplia. Reitero, mi posición esademás de buscar esta justicia plena, plenaria,cambiando estructuras, lo cual lleva mucho tiempo ycambiando la mentalidad de funcionarios, muchos deellos corruptos que fallan a la confianza de sus jefes,como lo dije, y que traicionan la confianza del pueblo,aparte de esto hagámonos solidarios en un actoconcreto para ir cambiando los modos de hacer y dever las cosas en nuestro país.

Seamos solidarios, metiéndonos la mano en el bolsilloy demostrando que se puede sacrificar parte de, losdiputados, aquello que ganamos, que también soncifras elevadas, y si otros funcionarios no nos dicencuánto ganan, nosotros sí sabemos muy bien cuántoganamos y cuando tenemos extras por las plazas quetengamos como maestros, los que somos maestros y,además, de desarrollar, los que quieran, un programasocial, digamos cuánto estamos dispuestos a ponerpara este fondo común y dar un ejemplo concreto decompromisos concretos. Es lo que requiere este país.

Gracias, diputada.

- LA C. PRESIDENTA:En cuanto hace al proyecto de punto de acuerdopropuesto por el diputado Marcelo Ramírez Ramírez,

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éste se turna a la Junta de Coordinación Política, parasu análisis correspondiente.

- EL C. SECRETARIO:Diputada presidenta, informo a usted que se hanagotado los asuntos listados en el orden del día.

- LA C. PRESIDENTA:Habiéndose agotado los asuntos listados en el ordendel día, se levanta la presente sesión, citándose parala Sexta Sesión Ordinaria a celebrarse el próximo díalunes 8 de abril del año en curso a las 13:00 horas enesta sala de sesiones Venustiano Carranza.

TIMBRE

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AÑO 2 Primer Receso 8 de abril de 2002 Volumen II Tomo 3

DIARIO DE LOS DEBATESLIX LEGISLATURA DEL ESTADO

DE VERACRUZ-LLAVE

SEXTA SESIÓN ORDINARIAPRESIDENCIA DE LA DIP. ALICIA GONZÁLEZ

CERECEDO

- LA C. PRESIDENTA:Diputado secretario, le solicito se sirva pasar lista deasistencia.

- EL C. SECRETARIO, DIP. GUADALUPE VELÁZQUEZCASANOVA: (Leyó)Diputada presidenta, asistimos 9 ciudadanos diputados.

- LA C. PRESIDENTA:Hay quórum. Se inicia la sesión ordinaria.

TIMBRE

Diputado secretario, tenga a bien dar lectura al ordendel día.

- EL C. SECRETARIO:Diputación Permanente de la honorable LIX Legislaturadel Congreso del Estado Libre y Soberano deVeracruz-Llave. 2000-2004. Sexta Sesión Ordinaria.Pr imer Receso . Segundo Año de Ejerc ic ioConstitucional. 8 de abril de 2002.

O R D E N DEL DÍA

I. Lista de asistencia.II. Lectura y en su caso, aprobación del orden del día.III. Lectura y en su caso, aprobación del acta de la

sesión anterior.IV. Lectura de la correspondencia recibida.V. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma los

artículos 13 en su fracción II, 175 en sus dospárrafos y 313; que deroga la fracción II del apartado“E” del artículo 143 y el artículo 336, y que adicionacon nueve párrafos el artículo 175 del CódigoFinanciero para el estado de Veracruz-Llave,presentada por el ciudadano licenciado MiguelAlemán Velazco, gobernador del estado.

VI. De las Comisiones Permanentes Unidas deGobernac ión y de Jus t i c i a y Pun tosConstitucionales, 12 dictámenes con proyecto deacuerdos relativos a las denuncias presentadaspor la Comisión Permanente de Vigilancia en contrade los ciudadanos presidentes municipales ysíndicos de los honorables ayuntamientos deAyahualulco, Benito Juárez, Chocamán, Chumatlán,Hueyapan de Ocampo, La Perla, Las Minas,Ozuluama, Río Blanco, San Andrés Tenejapan,Tamalín y Texcatepec, Veracruz, por no haberpresentado la cuenta pública del ejercicio fiscal delaño 2000.

VII. Propuesta de convocatoria al Primer Periodo deSesiones Extraordinar ias correspondiente a lSegundo Año de Ejercicio Constitucional de lahonorable LIX Legislatura del Congreso del EstadoLibre y Soberano de Veracruz-Llave.

VIII. Se levanta la sesión y se cita a la próxima.

Es cuanto, diputada presidenta.

- LA C. PRESIDENTA:Gracias, diputado secretario.

Se consulta a la asamblea si se aprueba el orden del díaen los términos en que nos acaba de dar a conocer elciudadano diputado secretario. Los que estén por laa f i rmat iva , s í rvanse mani fes ta r lo en vo tac ióneconómica, levantando la mano.

(La asamblea asiente)

Aprobado en sus términos el orden del día.

Toda vez que se han entregado copias del acta de lasesión anterior a los integrantes de esta DiputaciónPermanente, se propone a la asamblea la dispensa dela lectura de la misma. Los que estén por la afirmativa,s í rvanse mani fes ta r lo en votac ión económica ,levantando la mano.

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Segundo Año de Ejercicio Constitucional

(La asamblea asiente)

Aprobado.

(No obstante la dispensa de lectura, se incluye el actade la sesión anterior)

Acta de la Quinta Sesión Ordinaria de la DiputaciónPermanente de la honorable LIX Legislatura delCongreso del Estado Libre y Soberano de Veracruz-Llave, correspondiente al Primer Receso del SegundoAño de Ejercicio Constitucional, celebrada el día 2 deabril del año 2002. En la ciudad de Xalapa, Veracruz,siendo las 12:00 horas.

Siendo presidida la sesión por los diputados AliciaGonzález Cerecedo, presidenta; Leticia del CarmenGarcía Perea, vicepresidenta, y Ernesto AlarcónTrujillo, secretario.

En virtud de que el diputado Guadalupe VelázquezCasanova, secretario de esta Mesa Directiva, no podráestar presente en esta sesión que hoy nos ocupa porencontrarse desempeñando una comisión propia desu encargo, en términos de lo dispuesto por losartículos 41 fracción II de la Constitución Política delestado y 42 fracción IV de la Ley Orgánica del PoderLegislativo, el ciudadano diputado Ernesto AlarcónTrujillo, sustituto de esta diputación, será quien ocupesu lugar por esta única sesión con la finalidad deintegrar debidamente la Mesa Directiva.

Se le solicitó al ciudadano diputado secretarioprocediera a pasar lista de asistencia. Registrándosela asistencia de 9 ciudadanos diputados.

Hay quórum. Se inicia la sesión ordinaria. Timbre.

Pido al diputado secretario tenga a bien dar lectura alorden del día: Orden del día. I. I. Lista de asistencia.II. Lectura y en su caso, aprobación del orden del día.III. Lectura y en su caso, aprobación del acta de lasesión anterior. IV. Lectura de la correspondenciarecibida. V. Iniciativa con proyecto de CódigoHacendario Municipal para el estado de Veracruz-Llave, presentada por diputados integrantes de lahonorable LIX Legislatura del Congreso del estado deVeracruz. VI. De la Comisión Permanente de HaciendaMunicipal, dictamen con proyecto de acuerdo relativoa l a so l i c i tud de au to r izac ión de l honorab leayuntamiento de Nanchital, Veracruz, para poderenajenar dos vehículos de su propiedad. VII. De laComisión Permanente de Hacienda Municipal ,dictamen con proyecto de acuerdo relativo a lasolicitud de autorización del honorable ayuntamiento

de Zontecomatlán, Veracruz, para poder enajenar doscamionetas de su propiedad. VIII. De las ComisionesPermanentes Unidas de Gobernación y de Justicia yPuntos Constitucionales, acuerdo respecto de lasolicitud de la Procuraduría General de Justicia delestado para que se inicie el juicio de procedencia encontra del ciudadano diputado local Joaquín RosendoGuzmán Avilés, a efecto de estar en condiciones deejercitar acción penal. IX. De la Junta de CoordinaciónPolítica, proyecto de punto de acuerdo para designara las personas que representarán a la honorable LIXLegislatura del Congreso del estado ante la Comisiónde Asesoría y Apoyo, para la realización del XIICongreso Mundial de Derecho Procesal a realizarse enla ciudad de Xalapa, Veracruz, durante el mes deseptiembre de 2003. X. De la Junta de CoordinaciónPolítica, proyecto de punto de acuerdo para realizaruna revisión financiera al ayuntamiento de Vega deAlatorre, Veracruz, a los meses de enero y febrero delaño 2002. XI. Pronunciamiento del ciudadano diputadoAlonso Domínguez Ferráez, del Par t ido VerdeEcologista de México, sobre la desaparición de laSubsecre ta r ía de l Medio Ambiente . XII .Pronunciamiento del grupo legislativo del PartidoAcción Nacional sobre el recorte presupuestal y lafunción del Congreso del estado. XIII. Se levanta lasesión y se cita a la próxima.

Se consulta a la asamblea si se aprueba el orden del díaen los términos en que nos acaba de dar a conocer elciudadano diputado secretario. Los que estén por laa f i rmat iva , s í rvanse mani fes ta r lo en vo tac ióneconómica, levantando la mano. Aprobado en sustérminos el orden del día.

Toda vez que se han entregado copias del acta de lasesión anterior a todos los integrantes de estaDiputación Permanente, se propone a la asamblea ladispensa de la lectura de la misma. Los que estén porla afirmativa, sírvanse manifestarlo en votacióneconómica, levantando la mano. Aprobado.

Conforme al procedimiento aprobado, se pregunta a laasamblea si es de aprobarse el acta de la sesiónanterior. Los que estén por la afirmativa, sírvansemanifestarlo en votación económica, levantandola mano. Aprobado.

Con relación al siguiente punto del orden del día,solicito al diputado secretario tenga a bien dar inicioa la lectura de la correspondencia recibida en esteCongreso.

Oficio número SGSAJPC-DGAJ0692/2002, de fecha28 de febrero del año 2002, signado por la

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Primer Receso

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licenciada Nohemí Quirasco Hernández, secretaria deGobierno, mediante el cual remite el oficio númeroSGSAJPC-DGAJ0470/2002, de fecha 8 de febrero delpresente año, relativo a la solicitud de autorizaciónque hace el Ejecutivo del estado al honorable Congresolocal para poder permutar una superficie de 495 metroscuadrados, ubicados en e l f raccionamiento LaHerradura, de la ciudad de Xalapa, Veracruz, propiedaddel c iudadano Andrés Beceiro López, por unasuperficie de 817.08 metros cuadrados que se deducende la reserva territorial de la ciudad de Xalapa, Veracruz,propiedad del gobierno del estado. Lo anterior, con elobjeto de que se someta a la consideración de estehonorab le Congreso . Se anexa e l exped ien tecorrespondiente.

Por su naturaleza, túrnese la presente solicitud a laComisión Permanente de Hacienda del Estado, para suestudio y dictamen correspondiente.

Diputado secretario, continúe con la lectura de lacorrespondencia.

Oficio 0141/02. Ciudadana diputada Alicia GonzálezCerecedo. Presidenta de la Diputación Permanente dela honorable LIX Legislatura del estado de Veracruz.Presente. Apreciable diputada González Cerecedo: envir tud de que ha concluido e l e jerc ic io f iscalcorrespondiente al año 2001 y en atención a lospreceptos de la Constitución Política del Estado Librey Soberano de Veracruz, particularmente en lo referidoa los artículos 1°, 3°, 5° y 6° y 21 y demás relativos ala Ley de Fiscalización Superior para el estado, encorrespondencia a las atribuciones conferidas en losartículos 1°, 20 fracción III y 35 de la Ley Orgánica dela propia institución y por así convenir a nuestrosintereses de nuestra casa de estudios, solicito a ustedse audite a la Universidad Veracruzana por el Órganode Fiscalización Superior del estado. Agradeceré austed presente esta atenta solicitud ante el pleno dela honorable LIX Legislatura del Congreso del estadopara los fines procedentes. Aprovecho la ocasiónpara enviarle saludos cordiales. Atentamente. Lis deVeracruz. Arte, ciencia, luz. Xalapa, Veracruz, 25 demarzo 2002. Dr. Víctor A. Arredondo. Rector. Rúbrica.

Túrnese el presente asunto a la Comisión Permanentede Vigilancia para los efectos legales a que haya lugar.

Se le concedió el uso de la palabra al diputado AlejandroSalas Martínez, quien manifestó a la asamblea.Compañeros legisladores. Qué bueno que hace estasolicitud el rector de la Universidad Veracruzana yojalá haya el criterio, sobre todo, de la mayoría queintegra la Comisión de Vigilancia, para que esto

proceda. Todos hemos sido testigos a través de losmedios de comunicación y fue un tema debatido,ustedes no me dejarán mentir, en el pasado año deejercicio constitucional, porque nosotros fuimos losque solicitamos que se auditara a la UniversidadVeracruzana. Sin embargo, en ese momento seargumentaron motivos, a mi parecer legaloides, paraimpedir que esta auditoría se realizara. Decían quehabía que esperar al año siguiente y etcétera. Yo creoque aquí lo importante es que qué bueno que se auditeporque es la máxima casa de estudios del estado ydebemos estar preocupados todos los veracruzanosporque el ejercicio del dinero público que ésta maneje,se maneje con transparencia y hemos tenido seriasdudas, sobre todo, los miembros de Acción Nacional,de cómo se manejan los recursos públicos de laUniversidad Veracruzana. Y en ese sentido y encongruencia, nosotros queremos que se analicen losdatos y que se den los resultados y que ojalá el órganode fiscalización emita dictámenes con la misma vara,valga la expresión, que lo hace con los municipios,porque fue muy lamentable observar el dictamen quedio el ORFIS del ejercicio que siguió durante el año2000, en donde prácticamente le deja la oportunidad ala Universidad Veracruzana, que su órgano de controlinterno en su momento fiscalice y resuelva todas lasobservaciones que se dieron, de una manera que yocreo que es muy congruente a mi parecer y ojalá quehaya la disposición de la Comisión de Vigilancia derealizar esta auditoría y de que se tomen las medidaspertinentes a su tiempo y no a posteriori y que despuéssimplemente se deje que el órgano de control interno,porque está en prestigio, con todo respeto, no lahonorabilidad de un rector, sino la honorabilidad dela máxima casa de estudios de Veracruz, que no debeser cuestionada por asuntos de esta naturaleza, sobretodo, cuando hay miles de jóvenes que lo vemos cadaagosto, sobre todo, se quedan sin una oportunidad deingresar a esta universidad por no contar con losrecursos necesarios, y sería muy lamentable, en elcaso de que haya desvíos de recursos, que éstos seutilizaran para otras cosas que no son su funcióneducativa.

Diputado secretario, prosiga con la lectura de lacorrespondencia.

Escrito de fecha 20 de marzo del año 2002, signado porel ciudadano diputado Ángel Rafael DeschampsFalcón, mediante el cual remite a esta potestadlegislativa, la solicitud del presidente municipal delhonorable ayuntamiento de Actopan, Veracruz, por laque sol ici ta la intervención de este honorableCongreso local para que sean definidos los límitesterritoriales de Actopan y Alto Lucero, a la altura de

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Segundo Año de Ejercicio Constitucional

la comunidad de Arroyo Agrio , ya que exis tecontroversia entre ambos municipios y poder así serconsideradas sus necesidades dentro del programade obras.

Para su estudio y dictamen, túrnese el asunto que nosocupa a las Comisiones Permanentes Unidas deGobernación, de Límites Territoriales Intermunicipalesy de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal.

Diputado secretario, prosiga con la lectura de lacorrespondencia.

Oficio número 0248, de fecha 13 de marzo de 2002,signado por los ciudadanos presidente municipal ysecretario del honorable ayuntamiento de Poza Rica,Veracruz, mediante el cual solicitan autorización parapoder suscribir convenio de compra-venta con DICONSA,S.A. de C.V., sucursal regional Veracruz, para laadquisición de despensas destinadas a las programasde Es t ímulos a l a Educac ión Bás ica y o t rosrelacionados con la alimentación y nutrición familiar.Se anexan acta sesión de Cabildo y proyecto de convenio.

Vista la solicitud que nos dio a conocer el diputadosecretario, túrnese a la Comisión Permanente deDesarrollo y Fortalecimiento Municipal, para su estudioy dictamen.

Diputado secretario, continúe con la lectura de lacorrespondencia.

Oficio número 0252, de fecha 14 de marzo de 2002,signado por los ciudadanos presidente municipal ysecretario del honorable ayuntamiento de Poza Rica,Veracruz, mediante el cual solicitan autorización parapoder suscribir convenio de colaboración en materiade Servicio Civi l de Carrera en el ámbito deprofesionalización de servidores públicos municipalescon el gobierno del estado, por conducto de laSecretaría de Gobierno y la Coordinación Estataldel Servicio Civil de Carrera. Se anexan acta desesión de Cabildo y proyecto de convenio.

Habiéndose escuchado la naturaleza de la solicitudque nos dio a conocer el diputado secretario y todavez de que ésta resulta de obvia resolución, se proponea la asamblea que la misma sea discutida de una vez,dispensado el turno a comisiones. Los que estén porla afirmativa, sírvanse manifestarlo en votacióneconómica, levantando la mano. Aprobado.

Conforme al procedimiento aprobado, se pone aconsideración de la asamblea la solicitud que nosocupa. Se abre el registro de oradores. En virtud de

que ningún diputado ha solicitado hacer uso de la voz,se consulta a la asamblea si es de autorizarse alhonorable ayuntamiento de Poza Rica, Veracruz, asuscribir convenio de colaboración en materiade Servicio Civil de Carrera, en el ámbito deprofesionalización de servidores públicos municipales,con el gobierno del estado, por conducto de laSubsecretaría de Gobierno y la Coordinación Estatalde Servicio Civil de Carrera. Los que estén por laa f i rmat iva , s í rvanse mani fes ta r lo en vo tac ióneconómica, levantando la mano. Aprobado en sustérminos la solicitud que nos ocupa.

Diputado secretario, prosiga con la lectura de lacorrespondencia.

Oficio número 200302, de fecha 15 de marzo del año2002, signado por los ciudadanos presidente municipaly tesorero del honorable ayuntamiento de Tepatlaxco,Veracruz, por el que solicitan autorización paracomprar un camión de volteo con recursos del Fondode Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal,adquisición que rebasa el 20% del techo financierorespectivo, por lo que se solicita la anuencia de estahonorable Legislatura del Congreso del estado. Seanexa el acta de sesión de Cabildo.

Por su naturaleza, túrnese la solicitud que nos dio aconocer el diputado secretario a las ComisionesPermanentes Unidas de Hacienda Municipal y deDesarrollo y Fortalecimiento Municipal, para su estudioy dictamen.

Diputado secretario, puede continuar con la lectura dela correspondencia.

Escrito de fecha 15 de marzo de 2002, suscrito por losciudadanos presidente municipales y secretario delhonorable ayuntamiento de Boca del Río, Veracruz,por medio del cual solicitan autorización de estehonorable Congreso del estado para poder enajenardiversos vehículos como chatarra, ya que por suestado físico, su reparación resultaría excesivamentecostosa. Se anexan acta de Cabildo, avalúos yfotografías.

Túrnese la solicitud de referencia a la ComisiónPermanente de Hacienda Municipal, para su estudio ydictamen.

Diputado secretario, continúe con la lectura de lacorrespondencia.

Oficio número 4802002, de fecha 28 de febrero de 2002,signado por el ciudadano presidente municipal del

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Primer Receso

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honorable ayuntamiento de Mecatlán, Veracruz,mediante el cual solicita la autorización de estehonorable Congreso para poder suscribir convenio decolaboración administrativa en materia de catastrocon el gobierno del estado, a través de la Secretaría deFinanzas y Planeación. Se anexan acuerdo del actade Cabildo y proyecto de convenio. En los mismostérminos se encuentra la solicitud del honorableayuntamiento de Poza Rica, Veracruz.

Vista la naturaleza de las solicitudes que nos dio aconocer el diputado secretario y toda vez que éstasresultan de obvia resolución, se propone a la asambleaque l a s mi smas s ean d i scu t idas de una vez ,dispensando el turno a comisiones. Los que estén porla afirmativa, sírvanse manifestarlo en votacióneconómica, levantando la mano. Aprobado.

Conforme al procedimiento aprobado, se ponen aconsideración de la asamblea las solicitudes que nosocupan. Se abre el registro de oradores. En virtud deque ningún diputado ha solicitado hacer uso de la voz,se consulta a la asamblea si son de autorizarse a loshonorables ayuntamientos de Mecatlán y Poza Rica,Veracruz, a suscribir convenios de colaboraciónadministrativa en materia de catastro con el gobiernodel estado, a través de la Secretaría de Finanzas yPlaneación. Los que estén por la afirmativa, sírvansemanifestarlo en votación económica, levantando lamano. Aprobadas en sus términos las solicitudes quenos ocupan.

Diputado secretario, continúe con la lectura de lacorrespondencia.

Oficio número 169086/2002, de fecha 11 de marzo delaño 2002. Signado por los ciudadanos presidentemunicipal y secretario del honorable ayuntamiento deIxmat lahuacan, Veracruz, por e l que sol ic i tanautorización para poder realizar obras públicas cuyovalor excede el 20% de la partida presupuestalrespectiva. Se anexan acta de sesión de Cabildo ypropuesta de inversión. En los mismos términos seencuentra la solicitud del honorable ayuntamiento deOluta, Veracruz.

Para su estudio y dictamen, túrnense las solicitudesque nos dio a conocer el diputado secretario, a lasComis iones Permanentes Unidas de Hac iendaMunic ipa l y de Desar ro l lo y For ta lec imientoMunicipal.

Diputado secretario, prosiga con la lectura de lacorrespondencia.

Oficio número 0107/002, de fecha 1 de febrero de 2002,suscrito por los ciudadanos presidente municipal ysecretario del honorable ayuntamiento de Naranjos-Amatlán, Veracruz, por medio del cual solicitanautorización de este honorable Congreso del estadopara poder suscribir convenio de colaboración yparticipación con el gobierno federal, a través de laSecretaría de Salud, por conducto de la jurisdicciónsanitaria número 2, delegación Tuxpan, Veracruz. Seanexan acta de Cabildo y copia del proyecto deconvenio. Túrnese la presente solicitud a la ComisiónPermanente de Salud y Asistencia.

Diputado secretario, continúe con la lectura de lacorrespondencia.

Oficio número 521/2002, de fecha 4 de febrero de 2002,signado por el ciudadano presidente municipal delhonorable ayuntamiento de Coatzintla, Veracruz, pormedio del cual solicita autorización de este honorableCongreso local para contratar un crédito con BANOBRAS

con la finalidad de adquirir un terreno de 24 hectáreas,con un costo aproximado de 9 millones de pesos,mismo que será destinado una parte para crear lareserva territorial y la otra, para asentamientos defamilias de escasos recursos. Se anexa acta de sesiónde Cabildo. Túrnese la presente solicitud a la ComisiónPermanente de Hacienda Municipal, para su estudio ydictamen correspondiente.

Informo a la asamblea que dentro del punto del ordendel día que nos ocupa, correspondiente a la lectura decor respondenc ia r ec ib ida , s e encuen t ran 199solicitudes de autorización para poder realizar diversasoperaciones del fundo legal en municipios de la entidady toda vez de que ya ha sido distribuida entre todoslo s d ipu t ados que i n t eg ramos l a D ipu t ac iónPermanente, la tarjeta informativa que describe dichasolicitudes, se propone a la asamblea la dispensa dela lectura de las mismas. Los que estén por la afirmativa,s í rvanse mani fes ta r lo en votac ión económica ,levantando la mano. Aprobado.

Conforme al procedimiento aprobado, túrnense lassolicitudes de referencia a la Comisión Permanente deHacienda Municipal, para su estudio y dictamen. Conesto se tiene por desahogado el punto del orden deldía referente a la lectura de la correspondencia recibida.

Con relación al siguiente punto del orden del día,concerniente a la iniciativa con proyecto de CódigoHacendario Municipal para el estado de Veracruz-Llave, presentada por los diputados Ignacio GonzálezRebolledo, Alfonso Vázquez Cuevas, Víctor MolinaDoran tes , C laud ia Serap io Franc i sco , Alonso

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Domínguez Ferráez y José Luis Lobato Campos, y todavez de que ésta ha sido publicada en la GacetaLegislativa , misma que ya obra en poder de todos losdiputados que integramos la Diputación Permanente,se propone a la asamblea la dispensa de la lectura dedicha iniciativa. Los que estén por la afirmativa,s í rvanse mani fes ta r lo en votac ión económica ,levantando la mano. Aprobado.

Con base en lo dispuesto por el artículo 110 delReglamento para el Gobierno Interior del PoderLegislativo, túrnese la presente iniciativa a la ComisiónPermanente de Hacienda Municipal, para su estudio ydictamen.

Continuando con el siguiente punto del orden del día,concerniente al dictamen con proyecto de acuerdorelativo a la solicitud de autorización del honorableayuntamiento de Nanchital, Veracruz, para poderenajenar dos vehículos de su propiedad, emitido porla Comisión Permanente de Hacienda Municipal ytoda vez que éste ha sido publicado en la GacetaLegislativa , misma que ya obra en poder de todos losdiputados integrantes de esta Soberanía, se proponea la asamblea la dispensa de la lectura del referidodictamen. Los que estén por la afirmativa, sírvansemanifestarlo en votación económica, levantandola mano. Aprobado.

Conforme al procedimiento aprobado, se pone adiscusión el dictamen que nos ocupa. Se abre elregistro de oradores. En virtud de que ningún diputadoha solicitado hacer uso de la voz, se consulta a laasamblea si es de aprobarse el dictamen que nosocupa. Los que estén por la afirmativa, sírvansemanifestarlo en votación económica, levantando lamano. Aprobado en sus términos el dictamen dereferencia.

Continuando con el siguiente punto del orden del día,concerniente al dictamen con proyecto de acuerdorelativo a la solicitud de autorización del honorableayuntamiento de Zontecomatlán, Veracruz, para poderenajenar dos camionetas de su propiedad, emitido porla Comisión Permanente de Hacienda Municipal, ytoda vez que éste ha sido publicado en la GacetaLegislativa , misma que ya obra en poder de todos losdiputados integrantes de esta Soberanía, se proponea la asamblea la dispensa de la lectura del referidodictamen. Los que estén por la afirmativa, sírvansemanifestarlo en votación económica, levantando lamano. Aprobado.

Conforme al procedimiento aprobado, se pone adiscusión el dictamen que nos ocupa. Se abre el

registro de oradores. En virtud de que ningún diputadoha solicitado hacer uso de la voz, se consulta a laasamblea si es de aprobarse el dictamen que nosocupa. Los que estén por la afirmativa, sírvansemanifestarlo en votación económica, levantando lamano. Aprobado en sus términos el dictamen de referencia.

Continuando con el siguiente punto del orden del día,concerniente al acuerdo emitido por las ComisionesPermanentes Unidas de Gobernación y de Justicia yPuntos Constitucionales, respecto de la solicitud dela Procuraduría General de Justicia del estado para quese inicie el juicio de procedencia en contra delciudadano diputado local, Joaquín Rosendo GuzmánAvilés, a efecto de estar en condiciones de ejercitaracción penal y toda vez de que ésta ha sido publicadaen la Gaceta Legislativa , misma que ya obra en poderde todos los diputados integrantes de esta Soberanía,se propone a la asamblea la dispensa de la lectura delacuerdo. Los que estén por la afirmativa, sírvansemanifestarlo en votación económica, levantandola mano. Aprobado.

Túrnese el expediente del asunto que nos ocupa a laComisión Permanente Instructora, para los efectoslegales correspondientes.

Un diputado hace moción.

Para hechos, se le concedió el uso de la palabra aldiputado Alejandro Salas Martínez, quien manifestó,Simplemente es para dejar establecido el compromisodel grupo legislativo del Partido Acción Nacional, deque nosotros pedimos el respeto del estado deDerecho, que estamos en la disposición de que lajusticia actúe, caiga quien caiga, independientementede la procedencia del partido al cual provenga elfuncionario público cuestionado. Sin embargo, en loúnico que sí lamentamos es que haya habido ladisposición en este sentido, de esas comisiones ysobre todo, de la Procuraduría General de Justicia, deoír, como es un derecho constitucional, legítimoderecho de oír al involucrado y, en este sentido,hacemos votos porque la Comisión Instructora así lohaga, se le dé el derecho de audiencia, ya quelamentamos mucho que la Procuraduría General deJusticia haya turnado este expediente a este Congresosin que haya sido oída esta persona y, obviamente,que el diputado tenga todas las opciones paradefenderse, ya que él no anda huyendo y, obviamente,el más interesado de que este asunto se esclarezca y,en este sentido, por eso fue la no firma de losintegrantes del grupo Legislativo del P A N . Peronosotros seguimos insistiendo en que estamos porquese respete la ley, que se cumpla con todos los

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ordenamientos legales, sea del partido que sea, y quese actúe conforme a derecho, y no que pase como estásucediendo al gobierno del estado, en donde hasta seconfisca una residencia y no hay ni siquiera unaacción legal, como sucede con las personas quetrabajaban en la Coordinación de la ComunicaciónSocial. Que se proceda conforme a derecho y, en estesentido, los panistas estaremos de acuerdo.

Con relación al siguiente punto del orden del día, pidoal diputado secretario se sirva dar lectura al proyectode punto de acuerdo que suscriben los diputadosintegrantes de la Junta de Coordinación Política paradesignar a las personas que representarán a lahonorable LIX Legislatura del Congreso del estadoante la comisión organizadora del XII CongresoMundial de Derecho Procesal, a realizarse en la ciudadde Xalapa, Veracruz, durante el mes de septiembre delaño 2003.

Ciudadana diputada Alicia González Cerecedo.Presidenta de la Mesa Directiva de la DiputaciónPermanente de la LIX Legislatura del honorableCongreso de l es tado . Presente . Los suscr i tos ,diputados integrantes de la Junta de CoordinaciónPolítica de la LIX Legislatura del honorable Congresodel estado, en reunión de trabajo celebrada en estafecha, tuvimos conocimiento de la carta que con fecha19 de marzo del año en curso, remitió a la ciudadanapresidenta de este órgano del honorable Congreso delestado, el doctor Cipriano Gómez Lara, en su calidadde coordinador del XII Congreso Mundial de DerechoProcesal por parte del Instituto Mexicano deDerecho Procesal, A.C. En el documento mencionado,el firmante comunica que del 22 al 26 de septiembre de2003, se efectuará en esta ciudad de Xalapa, Veracruz,el XII Congreso Mundial de Derecho Procesal,patrocinado por el gobierno de esta entidad, por locual solicita la designación de un representante deesta Junta de Coordinación Política ante la comisiónde asesoría y apoyo para la realización de ese Congreso,respecto de lo cual consideramos lo siguiente. Larealización de dicho Congreso en esta ciudad deXalapa, Veracruz, constituye una elevada distinciónpara la capital de nuestra entidad, acorde con nuestratradición cultural y particularmente con el movimientode renovación jurídica legislativa, iniciado por lapresente administración con la reforma integral dela Constitución Política del estado y continuandocon la expedición de importantes ordenamientos, comola nueva Ley Orgánica del Municipio Libre y losCódigos de Procedimientos Adminis t ra t ivos yFinancieros del estado entre otros. El estado deVeracruz se ha destacado siempre como poseedor deun só l ido o rden normat ivo que ha r ea l i zado

importantes aportaciones a la cultura jurídica nacionalen diversas materias, lo que da a la entidad yespecialmente a la ciudad de Xalapa, como asiento delos tres poderes del gobierno y escenario, por tanto,de los procesos legislativos que han culminado enordenamientos de vanguardia, un merecido prestigio.La elección de nuestra capital como sede del XIICongreso Mundial de Derecho Procesal, ofrece laoportunidad de mostrar a los distinguidos visitantesuna visión del trabajo legislativo que realizamos yde sus implicaciones en el marco del proceso detransformaciones que vive México, cuya dinámicaimpone una nueva relación entre los distintos sectoressociales, muchos de los cuales seguramente tendránuna decidida part ic ipación en dicho Congreso.Durantes las últimas dos décadas, el derecho procesalen nuestro país ha registrado avances muy notorios,lo mismo en materia civil que en materia penal, laboral,administrativa y electoral, por citar sólo algunas, demanera que la celebración del congreso citado enterritorio mexicano puede tomarse también como unreconocimiento al desarrollo de nuestro orden jurídico,lo que se traduce en el fortalecimiento del estado deDerecho. Por lo anterior, con fundamento en lodispuesto por el artículo 33 fracción II de la LeyOrgánica del Poder Legislativo, nos permitimosproponer a la honorable Diputación Permanente laaprobación del siguiente punto de acuerdo. Único.Des ígnese como rep resen tan te de l honorab leCongreso del estado ante la Comisión de Asesoría yApoyo para la realización del XII Congreso Mundialde Derecho Procesal, a celebrarse en esta ciudad deXalapa, Veracruz, del 22 al 26 de septiembre de 2003,una comisión de enlace integrada por los siguientesservidores públicos: Francisco Javier Loyo Ramos,secretario general, como presidente; Andrés VázquezGonzález, director de Servicios Jurídicos, comosecretario, e Ignacio Vargas Andrade, coordinador deInvestigaciones Legislativas, como vocal. Dado en lasala de juntas Heriberto Jara Corona del honorableCongreso del estado, en la ciudad de Xalapa-Enríquez,Veracruz, el día 1° de abril del año 2002. Por la Junta decoordinación Política. Diputado Ignacio GonzálezRebolledo, coordinador del grupo legislativo delPartido Revolucionario Institucional. Presidente.Rúbr ica . Dipu tado Al fonso Vázquez Cuevas ,coordinador del grupo legislativo del Partido AcciónNacional. Rúbrica. Diputado Víctor Molina Dorantes,coordinador del grupo legislativo del Partido de laRevolución Democrática. Rúbrica. Diputada ClaudiaSerapio Francisco, del Partido del Trabajo. Rúbrica.Diputado Alonso Domínguez Ferráez, del Partido VerdeEcologista de México. Rúbrica. Diputado José LuisLobato Campos, del Partido Convergencia por laDemocracia. Rúbrica.

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Habiéndose escuchado en voz del diputado secretarioel contenido del proyecto de punto de acuerdo quepresenta la Junta de Coordinación Política, se consultaa la asamblea si es de aprobarse en sus términos. Losque estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo envotación económica, levantando la mano. Aprobadoen sus términos e l proyecto punto de acuerdopresentado por la Junta de Coordinación Política.

Con relación al siguiente punto del orden del día, pidoal diputado secretario se sirva dar lectura al proyectode punto de acuerdo que suscriben los diputadosintegrantes de la Junta de Coordinación Política pararea l izar una rev is ión f inanciera a l honorableayuntamiento de Vega de Alatorre, Veracruz, a losmeses de enero y febrero del año 2002.

Ciudadana diputada Alicia González Cerecedo.Presidenta de la Mesa Directiva de la DiputaciónPermanente de la honorable LIX Legislatura delCongreso de l es tado . Presente . Los suscr i tos ,diputados integrantes de la Junta de CoordinaciónPolítica, en uso de la atribución que nos confiere elartículo 33 fracción II de la Ley Orgánica del PoderLegislativo, con la finalidad de verificar si la gestiónfinanciera del honorable ayuntamiento de Vega deAlatorre, Veracruz, se ha efectuado conforme a lasdisposiciones aplicables en la materia, esto derivadod e d i v e r s a s d e n u n c i a s p r e s e n t a d a s a n t e e s t aSoberanía por supuestas anomalías en el manejo delos recursos públicos, nos permitimos someter al plenoel siguiente punto de acuerdo. Primero. Con base enlo dispuesto por el artículo 61 de la Ley Orgánica delPoder Legislativo, instrúyase al ciudadano licenciadoFrancisco Javier Loyo Ramos, secretario general delCongreso, para que por conducto de la Secretaría deFiscalización, se lleve a cabo una revisión financieraa los meses de enero, febrero del año 2002, al honorableayuntamiento de Vega de Alatorre, Veracruz, con lafinalidad de verificar si su gestión financiera se harealizado conforme a las disposiciones aplicables enla materia. Segundo. Comuníquese esta determinaciónal ciudadano licenciado Francisco Javier Loyo Ramos,secretario general del Congreso del estado, para suimplementación. Dado en la sala de juntas HeribertoJara Corona de la honorable LIX Legislatura delCongreso del estado, en la ciudad de Xalapa-Enríquez,Veracruz, el día 1° del mes de abril del año 2002. Por laJunta de Coordinación Política. Diputado IgnacioGonzález Rebolledo, coordinador del grupo legislativodel Partido Revolucionario Institucional. Presidente.Rúbr ica . Diputad Alfonso Vázquez Cuevas ,coordinador del grupo legislativo del Partido AcciónNacional. Rúbrica. Diputado Víctor Molina Dorantes,coordinador del grupo legislativo del Partido de la

Revolución Democrática. Rúbrica. Diputada ClaudiaSerapio Francisco, del Partido del Trabajo. Rúbrica.Diputado Alonso Domínguez Ferráez, del Partido VerdeEcologista de México. Rúbrica. Diputado José LuisLobato Campos, del Partido Convergencia por laDemocracia. Rúbrica.

Habiéndose escuchado en voz del diputado secretarioel contenido del proyecto de punto de acuerdo quepresenta la Junta de Coordinación Política, se consultaa la asamblea si es de aprobarse en sus términos. Losque estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo envotación económica, levantando la mano. Aprobadoen sus términos el proyecto de punto de acuerdopresentado por la Junta de Coordinación Política.

El diputado Marcelo Ramírez Ramírez hace moción.

Se le concedió el uso de la palabra al diputado MarceloRamírez Ramírez para proponer un punto de acuerdo.Compañeros diputados. Distinguidos representantesde los medios de comunicación social. Señoras yseñores. Me voy a referir al tema del despido deaproximadamente 1 000 empleados al servicio delgobierno del estado, el cual ha generado justapreocupación en los diversos estratos de nuestrasociedad. Procuraré utilizar un lenguaje lo más neutroposible para no convertir en bandera de políticapartidista lo que es un problema doloroso para muchasfamilias veracruzanas. El empleo sectario de problemascomo el que nos ocupa pone de manifiesto unaconducta poco ética al prevalecer otros interesesdistintos al de la solidaridad y compromiso a que nosobliga la situación que actualmente viven las familiasque se verán privadas de los ingresos indispensablespara atender sus necesidades de alimentación, pagode servicios y educación de sus hijos, para mencionarúnicamente lo fundamental. Estamos en una hora decompromiso efectivo, no de simples exhortos alg o b i e r n o o i n c l u s o d e c o n d e n a s t e ñ i d a s d eprotagonismo político para incidir en el ánimo delelectorado. Estamos conscientes que los problemaseconómicos de Veracruz y de México son estructurales.Hay injusticia y desigualdad objetivadas en lases t ruc turas c readas por e l s i s tema económicoestablecido, pero esto no basta a la conciencia moralpara desentendernos de los problemas reales, de losproblemas concretos y decir, cuando se reactive laeconomía habrá empleos y cada quien tendrá su trabajo.Mientras alguien debe pagar el costo de la crisis, estaposición es esencialmente inmoral, lo es aun máscuando sabemos que en la economía globalizada losderechos laborales pierden terreno drásticamente. Portodo lo anterior, la fracción parlamentaria del PartidoRevolucionario Institucional del honorable Congreso

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del estado, por mi conducto propone el siguientepunto de acuerdo. Primero. Compañeras y compañerosdiputados, quiero hacer a ustedes una invitación a serparte activa y positiva en el problema, adoptando a undesempleado o desempleada hasta en tanto no seresuelva su situación laboral. Si varios diputadosaceptaran es ta propuesta , podr ía crearse en e lCongreso un fondo para el desempleo que tendríavigencia hasta concluir el periodo de funciones de laLIX Legislatura del estado. Es una invitación y comotal, supone la decisión libre de cada uno para aceptaro no. Quienes lo hagan realizaran un acto de solidaridadque nos permit i rá a lentar la esperanza de serverdaderamente socios, miembros de una sociedad,de la cua l todos nos sen t imos persona lmenteresponsables de los demás. 2. Estoy totalmente deacuerdo con que no se pueden mantener ingresosde excepción cuando la crisis deja inermes a muchascabezas de familias hombres y mujeres que necesitansacar a sus hijos adelante. Sin duda, la cuestión no essi se está o no dentro de la ley, sino si hacemos lo quees justo, si somos capaces de actuar asumiendo undeber moral cuando es imperativo hacerlo. 3. Porlo demás, nos adherimos a la posición de que losretiros voluntarios deben hacerse conforme a lalegislación laboral. Asimismo, que deberá estudiarsecaso por caso para considerar las posibilidades dereubicación a las personas que han demostrado serservidores leales y competentes. 4. Una vez aprobadoel punto de acuerdo, si así es el caso, solicito seaturnado a la presidencia de la coordinación de la juntapolítica de la honorable LIX Legislatura del Congresodel estado, para los efectos a que haya lugar. Encuanto lleguemos al punto XVIII del orden del día,daremos entrada al documento propuesto por usted.Mientras tanto, continuamos con el orden del día.

Continuando con el siguiente punto del orden del día,se le concede el uso de la voz al ciudadano diputadoAlonso Domínguez Ferráez, del Par t ido VerdeEcologista de México, con la finalidad de que se sirvadar a conocer su p ronunc iamien to sobre l adesaparición de la Subsecretaría del Medio Ambiente.

En uso de la voz, el diputado Alonso DomínguezFerráez manifes tó . Compañeras y compañerosd i p u t a d o s . R e p r e s e n t a n t e s d e l o s m e d i o s d ecomunicación. Público en general. Ninguno de lospresentes tenemos una deuda saldada con el medioambiente. Todos tenemos que sumar voluntades.Nosotros, como legisladores ecologistas, en completoapego a la responsabil idad que tenemos comorepresentantes populares, hemos estado abiertos alas propuestas de la sociedad. El hombre no es elcentro del universo, sino un miembro más de un sistema

complejo en el que interactúa con iguales, por lo quees necesario respetar la fauna y la flora, partesfundamentales del medio ambiente. Hemos trabajadopresentando iniciativas en beneficio de todos paraque nuestra convivencia con el medio ambiente seamejor, iniciativas tales como reformas al Código Penalen la materia de delitos ambientales y la Ley deProtección a los Animales, entre otras, para lo cualsiempre hemos encontrado el apoyo del gobierno parala protección del medio ambiente. Durante lasanteriores administraciones se avanzó, aunque conpaso lento, en esta materia. Tal es el caso de la creaciónde la Dirección General de Asuntos Ecológicos. Sinembargo, todos los que estamos preocupados por elmedio ambiente vimos con agrado cuando el actualgobierno que encabeza el licenciado Miguel AlemánVelazco, elevara al rango de dirección a Subsecretaríadel Medio Ambiente, sobre todo, en un estado comoel de Veracruz, con grandes retos y problemasambientales, donde se ocupa un tercer lugar en generarlos recursos na tura les de todas l as en t idadesfederativas. La Subsecretaría del Medio Ambiente,independientemente del trabajo de los subsecretariosque han pasado po r e l l a , e l cua l no e s t amoscuestionando en este momento, es indispensable paracontinuar la lucha de la preservación de nuestroentorno ecológico en Veracruz. Hay tareas prioritariasen materia ambiental que el gobierno debe atender,como el próximo traspaso de áreas de competenciafederal a Veracruz, lo cual es incongruente debido alos recortes presupuéstales que el gobierno federalhace a los gobiernos de los estados. Sin embargo ypese a no contar con presupuestos, la SEMARNAT pasaráal es tado de Veracruz las s iguientes áreas deresponsabilidad: el registro de especies endémicas, lacustodia de las áreas naturales protegidas, lasatribuciones relativas al área de impacto ambiental,entre otras. Pese a lo anterior, existe incertidumbre enlas dependencias federales, como SEMARNAT, P R O F E P A

y CNA , a través de sus delegaciones en el estado,debido al anuncio de la desaparición de la multicitadasubsecretar ía . Así también, en las direccionesmunicipales, las cuales en su gran mayoría estántrabajando incipientemente, ya que aún no existe unaverdadera cultura ecológica arraigada en todos losayuntamientos de Veracruz. El presupuesto de 10millones de pesos que tiene asignada la subsecretaríaes mínimo para afrontar todos los problemas que enmateria ambiental existen. ¿Qué pasará con losproyectos de creación de los rellenos sanitarios, conla descontaminación de los ríos, con las gestionesde decreto de las áreas naturales protegidas? ¿Seráacaso que al pasar de subsecretaría a dirección, éstosquedarán en olvido? Hay que hacer notar que alformarse la subsecretaría fueron muchos los grupos y

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las organizaciones que se acercaron a ella para plantearsus p rob lemas : l o s g rupos ambien ta l e s , l a sorganizaciones no gubernamentales, inclusive lospa r t i dos po l í t i cos encon t r a ron eco en e s t asubsecretaría, que el pasado 24 de marzo por decretodel Ejecutivo estatal ha desaparecido, por lo cual, elP V E M en Veracruz se pronuncia no a favor de ladesaparición de la Subsecretaría del Medio Ambiente,sino por el contrario, se pronuncia a favor de elevar arango de secretaría la antes mencionada, ya que conla creación de esta secretaría todos estaríamos segurosde que se continuarán los proyectos ambientales y laprotección del medio ambiente será una realidad, comobien lo tutela nuestra carta magna en su artículo 8° alestablecer en la parte que nos ocupa que: “Loshabitantes del estado tienen derecho a vivir y creceren un ambiente saludable y equilibrado y que lasautoridades deberán desarrollar planes y programasdest inados a la preservación, aprovechamientoracional y mejoramiento de los recursos naturales, dela flora y la fauna existentes en su territorio, así comopara la prevención y combate a la contaminaciónambiental”. De igual forma, el artículo 10 inciso g) dela citada carta magna local, señala que una de lasbases sobre las que se deberá impartir la educación ennues t ro es tado , se rá promoviendo los va loresfamiliares y sociales que tiendan a la solidaridadhumana, la preservación de la naturaleza y los centrosurbanos y el respeto a la ley. Es por dinero quedesaparece una subsecretaría para convertirse endirección de asuntos ecológicos, es por presupuestoy ajustes económicos que podemos dejar al medioambiente desamparado. Yo estoy seguro, compañerasy compañeros diputados, que en cada uno de nuestrosdistri tos, de nuestros municipios y de nuestrascongregaciones, existen problemas relacionados conel medio ambiente. ¿Cómo los resolveremos? ¿Unadirección podrá atender todos y cada uno de ellos? Yolos invito a reflexionar sobre este grave problema quese ha presentado. Es importante para todos nosotrosque el medio ambiente tenga la debida protección quemerece. Vamos a solicitarle al Ejecutivo del estadoque reflexione a cerca de esta decisión que se hatomado. Debemos cuidar el mundo que dejaremos anuestros hijos. Está en nuestras manos el poder haceralgo para mañana. Todos y cada uno de nosotrossabemos y conocemos la impor tanc ia de es tasubsecretaría. Nuestro papel y nuestra labor esproteger a nuestro pueblo y una manera de cuidarloy protegerlo es ofreciendo un medio ambiente del cualnosotros gozamos y que poco a poco hemos idoperdiendo. Vamos a reflexionar, pero en verdad estono es una cuest ión de par t ido, es cuest ión deprincipios. Por todo lo anteriormente expuesto yfundado, desde esta máxima tribuna veracruzana invito

a todos ustedes para que solicitemos respetuosa yresponsablemente al Ejecutivo del estado, a fin de queel citado decreto en la parte que nos ocupa, seaabrogado de plano y se emita uno nuevo en el que secree la secretaría del medio ambiente, y esta invitaciónla hago sabedor de que el licenciado Miguel AlemánVelazco es un hombre preocupado por el mejoramientode nuestro entorno ecológico y del medio ambiente, locual ha demostrado con hechos. Para finalizar, mepermito dar lectura al siguiente documento, el cualestoy seguro a todos nos hará reflexionar lo propuesto.“El planeta no es patrimonio de nuestra generación, esun préstamo de las generaciones futuras, es patrimoniode nuestros hijos y de los hijos de nuestros hijos.Debemos abandonar la visión que nos proponenconquistadores del planeta para asumirnos comoparte integral de la naturaleza, donde conservarlasignifica asegurar nuestra supervivencia. Nuestrosantepasados prehispánicos concebían a la Tierra comoun lugar l leno de vida , r iqueza y dones . Noscorresponde ser respetuosos con su legado históricoy ser coherentes con nuestro presente, porque de ellodepende el futuro. Conociendo a mi país, aprendí aamar a la naturaleza. Desde pequeño he tenido unagran curiosidad por conocer y estudiar nuestroentorno. Más tarde, de esa curiosidad surgió un granrespeto que se ha convertido en preocupación, puesen México y en Veracruz se han perdido y deterioradomuchas áreas cuya belleza nunca olvidaré. Es por elloque en mi gobierno nos esforzaremos por promover lacultura del medio ambiente, para que dentro de esemarco los veracruzanos seamos respetuosos connuestra pródiga naturaleza; para que tomemosconciencia y se general ice en la población laimportancia de hacer un uso sustentable de nuestrosrecursos naturales y de la fragilidad que presentannuestros ecosistemas y la vida silvestre que en elloshabita. El objetivo del presente libro es precisamentedar a conocer la enorme diversidad biológica del estadoy la belleza de sus paisajes, con lo cual los veracruzanosnos comprometemos con México en la conservación yrestauración del medio ambiente, como un legado paralas actuales y futuras generaciones”. Firma MiguelAlemán Velazco. Este pensamiento proviene de estel i b ro de á r ea s na tu ra l e s p ro t eg idas y e s unapresentación que el mismo gobernador hace a losveracruzanos.

Continuando con el siguiente punto del orden del día,se le concede el uso de la voz al ciudadano diputadoAlejandro Salas Martínez, del grupo legislativo delPartido Acción Nacional, con la finalidad de que sesirva dar a conocer a esta asamblea su pronunciamientosobre el recorte presupuestal y la función del Congresodel estado.

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En uso de la palabra, el diputado Alejandro SalasMart ínez ref i r ió . In tegrantes de la DiputaciónPermanente. Medios masivos de comunicación.Veracruzanas y veracruzanos. Para los diputadosintegrantes del grupo legislativo del P A N resultapreocupante y, sin lugar a dudas, contradictorio, elhecho de que se hable de austeridad y recortepresupuestal, ante el exagerado aumento en el gastocorriente durante el presente sexenio gubernamental,ya que según los informes de gobierno, en 1998, elgasto corriente que tenía el Poder Ejecutivo, cuandoingresó esta actual administración, que consiste estegasto corriente en servicios personales, adquisiciónde materiales, suministros y servicios generales, erade 11 368 millones de pesos. En tres años, para el 2001,a s c e n d i ó p r e s u p u e s t a l m e n t e y e n c a n t i d a dpresupuestada, a 18 056 millones de pesos, es decir,tuvo un crecimiento de casi el 100 por ciento ensolamente tres años. El rubro de gasto corriente. Elpresupuesto de egresos que se aprobó para 2002 es de22 327 millones de pesos. Si a esta cifra le descontamoslos 1 063 que pretenden ahorrar con este cacareadoplan de austeridad, quedaría el gasto corriente en 21263 millones de pesos. Este monto representa el 17.7%de incremento sobre el presupuestado el año anterior,2001. En este sentido y ya que se tiene, de acuerdo alos documentos, los pocos documentos y la pocainformación que nos proporcionan a los diputados enel presupuesto, que un cierre previsto en el 2001, de22 338.6 millones, y un proyecto en 2002, de 22 327millones, las incongruencias de lo presupuestado porel Poder Ejecutivo en 2002, donde se establecieron,sin que existiera la voluntad de cambiarle un punto yuna coma en es te Congreso , que s iempre loremarcaremos, debió haber habido la disposición decambiar ese presupuesto. No la hubo. Notamos, sinembargo, que hay varias incongruencias y que antesde pensar en despedir a personal, antes de pensar endejar a la gente sin su fuente de empleo, se debió haberpensado mejor en recomponer un gobierno del estadoque podemos calificar de fatuo y frívolo, más interesadoen festejos pasajeros, que en resolver los problemasde fondo de Veracruz. Como podía ser la Oficina dePrograma de Gobierno, cuya titular aparece en todo ypara todo, y ni siquiera tiene el carácter de secretaría,ni está contemplada en la Ley Orgánica del PoderEjecutivo y que prácticamente funciona como unasecretaría, sin serlo, y ni siquiera tiene el titular dedicha dependencia la obligación de comparecer anteeste Congreso. En este sentido y ya que tiene unpresupuesto de 50 millones de pesos, pensaríamosque sería positivo la desaparición de esta dependencia,de este ciudadano que la encabeza y que, además, porcierto, creo que ni veracruzano es de origen. La partidapresupuestal 4403, de apoyo a instituciones de la

Secretaría General de Gobierno, que no quisieronenmendar en este Congreso, situación que hubieras ido muy pos i t iva , hoy vemos con agrado, loreconocemos, que anuncian su eliminación de dichapartida. Es justo que ya el Congreso y no el Congreso,no apruebe, sino los ciudadanos no tengan quesubsidiar ni a los diputados federales del PRI ni lasvisitas del senador Fidel Herrera Beltrán. En estesentido, nosotros propondríamos, sin embargo, y yaque se anunció la eliminación de dicha partida, quepara evitar discrecionalidades y que solamente sequede en el anuncio, se legitime enviando a esteCongreso , una in ic ia t iva de modi f icac ión a lpresupuesto de egresos para que se elimine de manerapermanente esta partida 4403. Y, en este sentido, yaque las decisiones que se dan y estos anuncios se dansin tomar en cuenta y al parecer, a este PoderLegislativo, se caen en incongruencias ya que, porejemplo, el hecho de haber suprimido el Consejo Estatalde Niños y Niñas, que después corrigieron, pero sinhaber enviado previamente ni siquiera la solicitud alartículo 47 de la Ley de Asistencia Social y Protecciónde Niños y Niñas del estado, a esta LIX Legislaturahabla también de una falta total de respeto del PoderEjecut ivo ante es te Congreso. Y ante la granincongruencia de un gobierno del estado que antes deecharle la culpa a otros órganos de gobierno, deberíar e p l a n t e a r s e u n a a u t é n t i c a r e o r g a n i z a c i ó n yausteridad, vemos con tristeza que, además de notomar en cuenta es te Congreso y desaparecerdependencias, como ya lo dijo nuestro compañeroAlonso, una subsecretaría donde el secretario declaraque él no estaba informado, y obviamente, esteCongreso tampoco, y la desaparecen otros integrantesde es te gabine te y una secre tar ía impor tante ,coincidimos con el diputado Alonso que es laSubsecretaría del Medio Ambiente. Sin embargo,este anuncio se hace en plena Semana Santa. Despuésde que se gastaron millones de pesos del pueblo deVeracruz en la Cumbre Tajín. Ahí no hubo austeridad,ahí no hubo recorte presupuestal. Pero después deésta, sí se lleva a cabo, la Semana Santa, paraprácticamente y de acuerdo a los términos, crucificara un millar de empleados estatales sin que se le informaraen cuánto sería la reducción, en caso de haberla, de lasprestaciones y sueldos de los altos funcionarios delgobierno del estado, de los cuales siempre se la hanegado a este Congreso, por lo menos a los panistas,la información de sus ingresos y de cuánto realmentetienen en prestaciones y en sueldos. En este sentido,v e m o s t a m b i é n q u e s i g u e n o c u p a n d o c a r g o sdistinguidos, personas ajenas al estado y que notienen arraigo en el mismo. La situación de laCoordinación de Comunicación Social, exigimos quese cumpla con la ley y si hay responsabilidades,

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que se proceda porque no se vale, sin haber unaaveriguación previa, obtener una residencia que sedice que se obtuvo con desvíos de recursos, y nohaber una averiguación previa integrada, y quesimplemente se vaya el titular y nada pasó. Yo creoque se le deben rendir cuentas al pueblo de Veracruzantes de pensar en despedir a veracruzanos y dejarlossin sus fuentes de empleos. Para mí, en este sentido,y los panistas notamos con preocupación, no conagrado, porque ya lo dijera Carlos Castillo Peraza, notenemos vocación de arqueólogos. Aspiramos agobernar Veracruz, pero no lo queremos hacer enruinas y nos preocupa mucho las situaciones que seestán dando en este gobierno, que parece que no tienetimón ni mando, y parece que va de un lado para otroy cae en incongruencias que, obviamente, lamentamoscomo veracruzanos porque antes que panistas, somosveracruzanos y nos duele lo que le pase a Veracruz. Eneste sentido, también nos parece positiva la propuestaque hoy ha hecho a esta Diputación Permanente, elmaestro Marcelo Ramírez, de adoptar funcionarios.Qué bueno que tenga esa disposición, compañerodiputado, pero en este sentido, también habría que verpor qué no le pedimos eso a Juan Amieva, cuyo salariono conocemos; por qué no le pedimos eso a LazoMargáin, al señor Gastón Melo, que se dice elorganizador de la Cumbre Tajín, y a todo un montón decoordinadores, que no sabemos, este Congreso, porlo menos yo como diputado, no conozco cuálesson los ingresos de estos señores. Y en este sentido,yo creo que habría de empezar por cuestionar, y ésa esla solicitud y la propuesta prepositiva que hacemos,que vengan los funcionarios de Finanzas y Planeación,a explicar a este Congreso cuáles fueron los motivosreales del recorte y por qué el despido a estosveracruzanos, y por qué no, también abriéndose, quees una de las cosas que no ha querido dar estegobierno, información, porque coincidimos con aquélslogan de la Secretaría de Desarrollo Económico, deque Veracruz es el estado que lo tiene todo, sí, peromenos un gobierno transparente. No lo tiene porqueno quieren abrir las cuentas. Que nos abran las cuentasa los diputados y nos expliquen por qué el recortepresupuestal, que nos explique por qué si era realmentenecesario dejar un millar de familiar sin empleo y queno se podía hacer otro tipo de recortes en otrassituaciones. Simplemente en estas dos partidaspresupuestales, en el Festival Agustín Lara, en laCumbre Tajín y en todos estos festejos que se hacena capricho, creo que podríamos obtener recursos. Otrapregunta es que no se quiso responder en esteCongreso, qué le van a hacer a los más de 900 millonesque de acuerdo a la reforma fiscal, fue aprobado enexceso para este estado de Veracruz y que no estabaaprobada porque el presupuesto nosotros, en este

Congreso, lo aprobamos antes; qué le van a hacer aeste exceso de recurso que van a llegar de la federacióny que , en es te sen t ido , no vemos cuá l e s l atransparencia y cuál es la situación. En este sentido,lamentamos esta situación y, en este sentido, nosotrosno queremos hacer lucro político con este asunto,pero sí lamentamos mucho y lo que pedimos es quehaya el respeto al estado de Derecho y que obviamente,se oiga a las personas que, por cierto, me está diciendomi coordinador del grupo legislativo, el diputadoAlfonso Vázquez, que se les acusa de que gananmucho y que prácticamente con su despido se va arecortar el presupuesto. Quiero decirle que tengo aquíen mis manos copias fotostáticas de los ingresos queestas personas tienen y que se depositó, de acuerdoa sus instrucciones, el importe de su pago de nóminaen la cuenta 31210542601 correspondiente a laquincena 6 de 2002. El importe de fecha 27 de marzo esde $1 055.49, de la persona Maura Morales Cruz. Delseñor Jaime Fernández Zermeño, que también sedeposita, y tenemos copia fotostática, de fecha 27 defebrero de 2002, se hace un depósito de $2 067.21.De la Señora Cristina Miranda tenemos un depósitodel 27 de marzo de 2002, de $950.87. De FernandoRodríguez Antonio, el 27 de marzo de 2002, un depositode $1 227.13. Nos preguntamos si pagando estossueldos, eliminando estas personas, realmente vamosa recortar el presupuesto de Veracruz. ¿Por qué novamos a los peces gordos? Por qué no vemos cuántorealmente le cuesta al estado esta Oficina del Programade Gobierno y todas estas dependencias, que podrías e r m u y c u e s t i o n a b l e y c u á n t o g a n a n e s t o sfuncionarios. Yo creo que hay que ir a fondo en esteasunto y demandamos que venga la Secretaría deFinanzas, su titular Juan Amieva, a explicarle a esteCongreso en qué consiste el recorte presupuestal ypor qué el destino de estas situaciones que, además,hay que decirlo, en este gobierno que un día dice unacosa y al otro día dice otra, vemos que se dandeclaraciones y queremos que se informe a estapotestad, que es el Poder Legislativo, que además esel órgano que se encarga de vigilar los recursos deVeracruz, que se le explique en qué consisten estosrecortes, por qué se hicieron y por qué no se entra afondo a esas dependencias cuyo carácter suntuariocreo que todos podríamos coincidir. Es grave lasituación de Veracruz, pero es más grave que no hayala voluntad del Poder Ejecutivo, de por lo menos tomaren cuenta al Poder Legislativo antes de hacer estosanuncios de austeridad y de recorte presupuestal quevan a repercutir en miles de familias y que, obviamente,como veracruzano, nos preocupa. Esperemos que hayauna rectificación y una explicación del Poder Ejecutivode Veracruz, porque hay mucho que hacer en Veracruzpara que tengamos que enterarnos, los propios

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diputados solamente, por los medios de comunicación,de lo que se le ocurrió al secretario de Finanzas o a estecontralor, que le cuesta más de 150 millones de pesosal pueblo de Veracruz su oficina y que lamentablementevemos que su actuación, se pone siempre a defendera priori a los funcionarios cuando ni siquiera se hallegado al fondo del asunto. Habría que pensar también,si no vale la pena, ya que tenemos un órganoindependiente como es el ORFIS , en la desaparición dela contraloría, porque yo creo que con esos 150 millonesde pesos podríamos hacer mucho, por citar sólo unejemplo, con las carreteras de Veracruz.

Sí, diputada Claudia, ¿En qué sentido?

En uso de la voz, la diputada Claudia Serapio Franciscomanifestó. Bueno, yo quisiera opinar sobre el punto.En el caso de los trabajadores que han visto afectadasu fuente laboral y que han estado presentes, como yalo vimos, creo que pues hablaron con diferentesdiputados. En el caso mío se habló y, bueno, yo creoque cada uno de nosotros está en función de decirlo que pasa en Veracruz.

Es cierto, el diputado Salas Martínez ya enumeró demanera muy puntual todas las irregularidades quehemos venido manifestando y yo creo que el secretariode Finanzas en su comparecencia tendrá que abundarsobre las cuest iones de la t ransparencia en laadministración pública. Xalapa es una ciudad quecuenta con burocracia y con el comercio solamente,para respaldar a los trabajadores. Creo que todotrabajador merece una respuesta, merece ser escuchadoy desde ese punto de vista nosotros creemos que noes la medida correspondiente la que t iene queestablecer el estado. Hemos nosotros asumido en lasdiferentes conferencias de prensa del partido y hoyaquí en esta cámara queremos aprovechar este espaciopara inconformarnos. Nosotros pensamos que se tieneque definir la política del estado. El gobernadorAlemán había expresado que el recorte presupuestalque definía la federación en términos de aplicaciónpara las entidades, no le afectaba y hoy estamosescuchando prácticamente que varios empleadosde este estado se quedan sin fuente laboral. Yo creoque coincidimos con el profesor Marcelo Ramírez entérminos de ver este asunto porque el Congreso delestado particularmente tiene esta responsabilidad ynoso t ros somos los que debemos pun tua l i za rprácticamente el gasto de todas las dependencias o larevisión por lo menos de esto. Creo que yo coincidoy me uno con la petición que hace Acción Nacional, entérminos de que se clarifique muy puntualmente elgasto de esta situación. Por otro lado, yo creo quetambién es impor tan te e scuchar a lo s demás

trabajadores. Hemos puntualizado también la situaciónde que en las pasadas comparecencias se dijo quehabía dineros que no habían sido ubicados. Yo creoque nosotros estamos puntualizando en cada una denuestras propuestas y en cada una de nuestrasrespuestas, el hecho de que existe corrupción enalgunas dependencias, no se ha clarificado. Pensamosque hay una buena oportunidad en junio para que nosden respuesta puntual a esta situación. Por lo tanto,el Partido del Trabajo se inconforma en torno a lamedida que esta planteando el gobernador Alemánen términos de despedir a trabajadores sin ningunarespuesta.

¿Diputado Jorge González Azamar?

Sobre el mismo tema, se le concedió el uso de la voz aldiputado Jorge González Azamar. Solamente para haceralgunas precisiones con relación a lo que comentómuy vehemente el señor diputado de Acción Nacional,Alejandro Salas Martínez. En algunas cosas porsupuesto que coincidimos. Con relación al despidoanunciado por el gobierno del estado, si bien debemosreconocer que se trata de una medida drástica queafecta a un buen número de familias veracruzanas,también yo creo que es necesario reconocer que elEjecutivo del estado, don Miguel Alemán Velazco,está enfrentando con decisión los señalamientos queen aluna ocasión también hicieron la fracción deAcción Nacional, en el sentido de que el aparatoburocrático había crecido de manera considerable. Alrespecto, es oportuno señalar que la creación dedependencias por parte del gobierno de Alemánobedeció en un principio al propósito de mejorar losservicios que presta la administración pública estataly, sobre todo, en función de los programas a través delos cuales se proyectó enfrentar la problemática estatal.Si bien es cierto, hay que recordar y cabe señalarlo quede manera similar el presidente Fox al inicio de lagestión federal creó infinidad de coordinacioness e c t o r i a l e s q u e h a n v e n i d o d e s a p a r e c i e n d opau la t inamente , en t re o t ras r azones , por l a sdificultades económicas que enfrenta el gobiernofederal generadas por la disminución de su ingresos.La decisión de recortar el aparato burocrático, desdeluego, tiene un costo político que se debe aceptar. Sinembargo, el gobernador decidió ser congruente antela situación económica que vive el estado, derivada demúltiples factores, entre ellos, de manera significativa,que los ingresos de la federación resultaron menoresa los proyectados y, por otra parte, las expectativasnada favorables que hacen prever un próximo recorteal gasto público en el presupuesto federal, en funciónde la caída en un 17.53% de la recaudación federalparticipable a los estados. Señalaron también de manera

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vehemente que se han utilizado recursos públicos enfestivales como El Tajín, pues yo creo que no debíamosnosotros estar viendo la paja en el ojo ajeno. Si bienes cierto que se llevó a cabo no por primera ocasión elfestival Cumbre Tajín, acaba de señalarse también yacaba de darse una gran reseña con una granproyecc ión en todos lo s med ios nac iona le s einternacionales de la cumbre de financiamiento para eldesarrollo para los países más pobres del planeta yhasta donde sabemos nosotros, ahorita no sabemosen qué benefició a México. ¿Cuánto se gastó elgobierno federal en este show internacional, que nohaya sido el escándalo que se suscitó con el presidenteFidel Castro? Pero, bueno, no venimos a discutir eso,simplemente que el país no puede estar ni puede sera j eno , i n se r to como e s t á en e s t e p roceso deglobalización, una desaceleración que se ha convertidoen franca recesión, conflictos bélicos internacionales,la disminución de los ingresos por turismo, queconstituyen verdaderas calamidades para un país enproceso de desarrollo como es el nuestro. Por ello, seconsidera que la determinación del Ejecut ivo,d o l o r o s a , p e r o c o n u n a g r a n s e n t i d o d eresponsabilidad, procurando que el impacto socialsea el menor posible y sin afectar el gasto destinadoa la creación de infraestructura y a la atención denecesidades básicas de la población, es cierto,reiteramos, cerca de mil personas en una época decrisis y de falta de oportunidades, que queden sinempleo , r e su l t a l amentab le . No obs tan te l a scircunstancias, deben tomar otro camino. Ahora másque nunca, en nuestro carácter de representantespopulares, debemos vigilar que los programas deracionalidad anunciados se traduzcan, efectivamente,en ahorros sustanciales, que se haga más eficiente lafunción pública, que se combata, como decía eldiputado Alejandro Salas, en forma enérgica, los actosde corrupción y de derroche de recursos en los quellegaran a incurrir diversos funcionarios públicose s t a t a l e s . S o m o s u n e s t a d o a g o b i a d o p o r l aextraordinaria dependencia que tenemos en materia deingresos de la federación. Encarar es reto de todos. Noes momento de oportunismos ni de lanzar adjetivos,son tiempos de responsabilidad. La disyuntiva es lasiguiente: o más gasto corriente y menos gasto social,o más gasto social y menos gasto corriente. No tenemosninguna duda, optamos por más gasto social.

Diputado Julen Rementería, ¿en qué sentido?

Tiene el uso de la voz el diputado Julen Rementería delPuerto, para hechos. Bueno, me parece que se hahablado mucho sobre el tema, pero se han dejado dedecir cosas que a nuestro juicio son importantes. Porejemplo, ya lo decía el diputado González Azamar de

que un recorte al aparato burocrático ha sido unapetición de Acción Nacional. Eso es cierto, siemprehemos apostado a la austeridad y a la eficiencia.Lamentablemente, el recorte burocrático que se estáplanteando en este momento en el gobierno del estado,pareciera que obedece más a una ocurrencia que a unaacción planeada. Y digo esto cuando de repente nosenteramos que un secretario de despacho no tieneinformación de que va a ser desaparecida unasubsecretaría a su cargo, pues nos parece que habla deuna total desorganización y ya cuando hablamosde desorganización, nos va llevando al tema delcon t ro l de lo s r ecu r sos , t ambién de maneradesorganizada. Y digo esto porque resulta y sólo paracitar un ejemplo, antes de pasar a mi otro cometario,quiero decirle al diputado González Azamar que lainmensa mayor ía de los aproximadamente mi lt rabajadores que van a ser despedidos, fueroncontratados antes de esta administración, y le digoesto porque sucede que no son ellos el motivo deque esta administración haya crecido en la formadesproporcionada en que creció en el gasto corriente.Yo quiero decirles que en el periodo entre 98, diciembrede 98 y diciembre de 2001, sufrió el país una inflacióndel 27.7% y el gasto corriente en ese mismo periodosufrió un incremento del 97.98 %, de 27 a 98. Ya esostrabajadores que hoy están corriendo, ya estaban enaquel entonces en la nómina. Lo que pasa es que esteincremento en el gasto corriente no obedece a estostrabajadores que hoy están corriendo, obedece a otrascircunstancias como, por ejemplo, lo que se ha dadoen llamar servicios personales, con algunas de sus,pues subdivisiones, que son consideradas comoremuneraciones complementarias y sueldos ordinariosy compensaciones. En servicios personales tenemosun crecimiento también, para el periodo de 99 a 2002,y el 2002 como estimado, de 79%, 6 713 millones depesos, lo que aumentaría en este periodo, cuando lainflación fue solamente del 27. Entonces, no estamoshablando de que esos trabajadores que hoy se van acorrer o que ya fueron corridos, y que ni siquieratienen la certidumbre de qué va a pasar con ellos,porque ahí se les puede ir a preguntar si han sidonotificados oficialmente, siquiera, de que estándespedidos, no lo han sido en la inmensa mayoría delos casos. Entonces, se viola también un principiode certidumbre, de lo que debe pasar con el trabajador,o sea, aquí quien predica una cosa, quien ve la paja enel ojo ajeno y no la viga en el propio, es el gobierno delestado y no nosotros. En el asunto de los incrementostenemos, por ejemplo, una partida, se llama ayudas,subsidios y transferencias, que en el 99 implicaba unpresupuesto de 1 952 millones de pesos; para el 2000,sólo en un año, subió un 60.29%, subió de 1 952 a 5 081millones de pesos. Ahí no está ningún trabajador

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reflejado. Tenemos que en periodo completo seincrementó esta partida 94.15%, 3 790 millones depesos. Curiosamente, vemos que el año 2000, dondese habla de ayuda, subsidio y transferencias, puesobedece a un año electoral. Ojalá no nos encontremoscon la auditoría que viene en camino, precisamentepara ese año, con que esas ayudas, subsidios ytransferencias hayan sido a campañas políticas. Ojaláno tengamos esas sorpresas . Entonces, cuandohablamos realmente de recortar el aparato burocrático,no nos referimos exclusivamente a correr gente. De loque estamos hablando es de eficientar el gasto, de quelos funcionarios, algunos de ellos ganen lo justo y nopor encima de lo que deben ganar, como ya vimos losejemplos en las cantidades tan abismalmente disparesque existen entre lo que gana un trabajador y lo quegana un funcionario. Entonces, lo que reponemos yponemos nuevamente a cons iderac ión de es taDiputación Permanente, es que se acuerde de manerafavorable, de que pueda venir la Secretaría de Finanzasy nos dé primero la información que merecemos. Yoquiero decirle que este reporte que según ellos, lellaman el estado financiero del año 2000, fue entregadohace algunos meses. Estamos ya en abril del año 2002y es la fecha en que no entregan a los diputados elestado financiero del año 2001. No es posible que enla época de las computadoras, en que a cuatro mesesde distancia no tengamos la información de lo quesucedió en el 2001 de manera condensada, como debeser, en un estado de resultados, porque no me vengaa decir alguien ahora, de la cuenta pública que entregóel gobernador Alemán, que es un libro así de gordo yque la verdad, es mucho más letra que número. Lo quenecesitamos son reportes que funcionen. Aquí de loque se trata es de que se respete al Congreso, de quese hagan las cosas, de que no se maneje el gobiernodel es tado con ocurrencias , en donde despidetrabajadores porque fue seguramente la idea brillantede algún secretario por ahí y se la vendió al gobernador,por cierto muy mal vendida, y lo que está ocurriendoahora es que sí hay un costo político porque lostrabajadores despedidos, como los que no estándespedidos, saben perfectamente cuál es el problemadel gobierno del estado y que no lo son ellos, que sihubiera alguno que sobrara, que se reajustara, pero noes el caso. Aquí de lo que estamos hablando es de ungasto excesivo en muchas otras áreas, como estáquedando plenamente comprobado. Son números queno nos estamos inventando los diputados de AcciónNacional, son números que están en Internet, y loúnico que tenemos que hacer es acudir a buscarlos ycompararlos, que fue lo que hicimos. Ojalá se acuerdey podamos tener en este Congreso la presencia delsecretario de Finanzas y tener la explicación pertinentede por qué se hizo este recorte y cuáles van a ser las

implicaciones, y si es necesario también, poder llegara tomar un acuerdo nuevamente del pleno en donde sereasigne el gasto para este año 2002.

En uso de la palabra, el diputado Ernesto AlarcónTrujillo manifestó sobre el mismo tema, lo siguiente.Efectivamente, como lo maneja el diputado que meantecede en el uso de la palabra, se han hecho muchasconsideraciones. Yo creo que lo más importante quetenemos que rescatar de lo que aquí se ha planteado,pues es ver la solidaridad que pudiera tener estapotestad legislativa, el Congreso del estado, con laclase trabajadora. Verdaderamente es lamentable quepudiera darse un despido de esa manera, pero tambiénrecordemos que para eso el estado necesita tenerl iquidez y yo creo que todos mis compañerosdiputados, sin excepción de siglas partidistas, estamosconscientes de que cuando vimos la Ley de Ingresosy el presupuesto de egresos y más que nada, losdiputados estamos enterados de la dependencia quetiene el gobierno del estado, para su funcionamiento,de los recursos que se captan dentro de la federación.Ahí es donde se han disminuido las participacionesfederales y que ahí se debe también en parte alincumplimiento que se ha tenido con esas partidaspresupuéstales. Claro que hay argumentos para decirla disminución en la captación, lo que hablaba eldiputado González Azamar, también en el uso de lapalabra, es cierto. Sin embargo, también debemosrescatar que se necesitan ese tipo de activos. Por otrolado, también no es desconocido por nadie y tenemosque recalcarlo también en este momento, de que a laSecretaría de Educación y Cultura le existe un adeudode la federación por el orden de los 3 800 millones depesos y que eso se debe principalmente a que lafederación no ha cumplido con los compromisoshechos desde la federalización, en donde no se hanentregado recursos tendientes principalmente al pagode las prestaciones de seguridad social de lostrabajadores. Yo creo que aquí debe haber una políticade congruencia en cuanto a lo que nosotros hemosmanifestado en nuestras alocuciones. Yo creo queen e s tos t é rminos debemos no pa r t id i za r , noaprovechar esta coyuntura. Yo creo que el Congresodel estado es una entidad fuerte dentro de cualquiere s t r u c t u r a g u b e r n a m e n t a l y q u e p o d e m o sperfectamente bien ser solidarios en cuanto al personalque haya sido despedido. Por eso, la participación delcompañero Marcelo, en el sentido de ser solidarios,por encima de cualquier otra situación, aquí podemospasarnos horas analizando y discutiendo esto asuntos,pero la realidad es ésa y no exclusivamente Veracruzdepende en estos porcentajes de la recaudación fiscalque tenga este país. Así está la política recaudatoria,así se ha establecido. No se ha federalizado, no se ha

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querido federalizar los impuestos. No se ha cumplidocon e l f amoso pac to de Maza t l án , donde 20gobernadores firman un convenio y donde le piden alEjecutivo federal un margen de maniobra en cuanto ala recaudación fiscal, cosas que no se han hecho. Haymuchas cosas de fondo. No podemos únicamentesacar a la exclusividad al estado de Veracruz, es unproblema nacional, apegado o aunado todo estotambién, a los problemas de corte internacional, laba j a que s e hab í a dado en e l pe t ró l eo .Desa fo r tunadamente o a fo r tunadamente pa ranosotros, al inicio de los conflictos en el MedioOriente, el día de ayer sube el costo del barril delpetróleo, pero a costa de la intranquilidad o de lazozobra de la guerra en otras partes del mundo. Nuestraeconomía depende de eso. Compañeros, señoresdiputados. Yo creo que debemos considerarlo, lograrde estos debates los mejores puntos de encuentro quepudiéramos tener, como suele decirse comúnmente,para poder enfrentar juntos esta responsabilidad queno es exclusiva de los diputados del PRI , del PAN o de lPRD , sino de todos los diputados que formamos esteCongreso del estado.

Para hechos, tiene el uso de la voz el diputado JulenRementería. Bueno, yo, primero que nada, quisierafelicitar al secretario porque es el primer secretario deesta Legislatura que toma el uso de la voz para debatir.Qué bueno, desde luego que sí, porque pareciera queno se pudiera, por los que estuvieron antecediéndolo.También quisiera comentar que no todo lo que se dicees cierto. Lo que acaba de mencionar no todo es cierto.El propio subsecretario de Ingresos del gobierno delestado reconoció, aquí están las declaraciones hechaspor él, un 2.5% de aumento de lo que debía recibir elestado a lo que recibió. Esto es, de acuerdo alpresupuesto que tenía, recibió un 2.5% más de lo quedebía recibir por cuestión de aportaciones de lafederación al estado para el ejercicio 2001. Dice que elCongreso del estado es un poder fuerte. Yo creo másbien que debía afirmarse que debiera ser un poderfuerte. No es un poder fuerte, es un poder en Veracruzque depende del Ejecutivo. Pruebas de ello, las haymuchas, lamentablemente. El pacto de Mazatlánfue un pacto entre algunos gobernadores. De ahínació una propuesta que se hizo, que pretendieronmanejar como una reforma hacendaria, que bueno, noera ni por mucho eso y por supuesto que hay problemasexternos que afectan al país como la baja del dólar ola alza de manera lamentable. Por sucesos que nodeseamos se da esa alza en el dólar... en el petróleo.Pero tenemos también que reconocer que el gobiernodel estado y aquí es donde vienen la parte fundamental,el gobierno del estado, más allá de lo que está pasandoen estos tres meses o de lo que haya pasado en los

últimos seis meses y de los recortes presupuestalesque, además, no fueron tales en el gobierno federal, hatenido un crecimiento en su gasto corriente, excesivo,ya lo dijimos, ha crecido en estos tres años, entre loque administraba el último gobernador PatricioChirinos y lo que está administrando en este momentoMiguel Alemán, en gasto corriente, 11 139 millones depesos. Entonces, ¿ha habido o no habido incremento?Esto significa, ya lo decíamos hace un rato, en el gastocorriente un 97.98% de crecimiento. Que no se digapues que tenemos una situación de emergencia cuandolo que hemos t en ido p royec tando en nues t rocrecimiento de manera preferencial es el gasto corrientey no el gasto social. Ahí sí concuerdo con el diputadoGonzález Azamar. Ojalá en todos estos años se hubieraprivilegiado el gasto social y no el gasto corriente,como se vino privilegiando, donde hay un crecimientoexagerado del gasto corriente y el gasto social, elgasto de obra pública, el gasto de capital, como sellama, no fue privilegiado en la misma cantidad.Entonces, no venimos aquí a sacarle raja política aninguna desgracia del gobierno del estado. Lo quevenimos es a señalar los puntos que hemos señaladocon anterioridad en muchas ocasiones, en donde noestamos de acuerdo en la forma en que se ejecuta elgasto en el estado, en el que no hay una planeación y,en consecuencia, ante la falta de la misma, lo quegenera es el desorden y la anarquía en muchas áreasy lo que tenemos como consecuencia en la mayoría delos casos, despilfarro de los recursos. Ojalá, reitero,pues se pueda traer a esta Soberanía al titular y nos déla información correspondiente y podamos tener, noa través de la Comisión de Vigilancia, que pareciera elfiltro mediante el cual no podemos enterarnos losdemás diputados, ni siquiera todos los de la Comisiónde Vigilancia, de lo que sucede con los números en elestado y en el municipio, sino que nos pudieran dar lainformación a todos los diputados del Congresopara saber qué es lo que está pasando. Se dice que elque nada debe, nada teme. Pues que lo muestren y quedigan de qué se trata pues el gasto y por qué el motivodel recorte y si hubo alguna precisión incorrecta denuestra parte, pues lo aclararemos en su momento contodo gusto .

Tiene el uso de la voz el diputado Alejandro SalasMartínez. Simplemente para reafirmar algunos puntosque creo que no se tratan y yo creo que aquí debemostener cuál es nuestra posición constitucional y québueno que se hablaba de que éste es el Congreso, perohace falta una auténtica separación de poderes enVeracruz. Yo creo que no tienen y yo creo que pueshasta resultaría incómodo no, pues yo lo entiendo, alos diputados del PRI , tener que hacerla de abogadosde Juan Amieva en esta sala. Yo creo que eso es muy

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lamentable. Entonces, yo entiendo que ésa no es lapostura. Por eso, yo diría, vamos invitando y que a élse le atienda solito. Yo creo que él tiene la capacidadtécnica para poder hacer y si hay alguna precisión,como dice el diputado Julen, que nos explique. Lo quesí no se vale es que tengamos que estar suponiendoy enterarnos de publicaciones en gacetas oficialesdonde dicen, donde quitan, donde ponen acuerdosque inclusive van en contra de leyes, donde van encontra del propio presupuesto y yo creo que siqueremos una auténtica separación de poderes, ahíestá el tema, ahí está la discusión, que nos exponga yno solamente a la Comisión de Vigilancia, a los 45diputados, bueno, a los que les interese, yo creo quenos debe interesar a todos ante este Congreso, nosexplique en una reunión informal, no hace falta haceruna sesión formal, cuáles son los motivos reales delrecorte y aquí la pregunta, porque si tienen gente quesupuestamente viene tan preparada, viene del altiplanomexicano, viene de la gran Tenochtitlán a explicarnoscómo se hacen las cosas, por qué no puede explicarnosal Congreso cuáles son los motivos y por quéprefirieron despedir a mil trabajadores que ganan 2 milpesos o mil pesos, como ya se dieron estos ejemplosy por qué no le entran a la alta burocracia. Por quéestos grandes sapientes o estos grandes cerebros notuvieron la visión con una auténtica planeaciónestratégica, que me supongo que conocen estosseñores, de decir, señores, porque ya se preveía lo del11 de septiembre, hace meses que sucedió, ya sepreveía la recesión, entonces por qué no tener unaauténtica visión de estado y ahí sí, vigilar y preveresto, y nosotros vemos y aquí están las cifras, ya lodijo el diputado Julen, en solamente cuatro años elgobierno del estado ha incrementado el 100% suvolumen de gasto corriente, 11 000 millones, y esto nose creó con los empleos que ya estaban, se creó conuna nueva burocracia. Entonces, vamos, si tienenrealmente motivos, pues que nos den información yque se aclaren y si hay motivos reales, con muchogusto los entenderemos, pero yo creo que en esto esimportante exhortar al Poder Ejecutivo a que se ajustey respete la Ley de Presupuesto de Egresos que seexpidió en esta cámara y que, por lo tanto, s idesaparecen partidas presupuéstales, que haga lainiciativa y que se apruebe lo conducente en esteCongreso y que se respeten, en este sentido, losderechos laborales de los trabajadores. Yo creo queése es el exhorto que debe hacer este Congreso yque venga el secretario de Finanzas y nos expliquecuál es la realidad de este recorte, cuál es la realidadque vive este estado y por qué no había otras opciones,por qué se tuvo que recurrir en todo caso a esto parallegar a esta opción y yo creo que si realmente queremoshacer que este Poder Legislativo restaure su valor

como auténtico representante de la ciudadanía, puesvamos oyendo los argumentos y ya dependerá denosotros si estamos de acuerdo o no, pero tendremosinformación, que ése es otro de los problemas de estegobierno, en donde tenemos que andar recaudandoinformación, porque hay total cerrazón de darnos todala información, sobre todo, en el aspecto financiero eneste gobierno.

En uso de la palabra, el diputado Jorge AlbertoGonzález Azamar manifestó. Sobre, es muy breve, esque insiste mucho, es sobre el tema, insiste mucho eldiputado que me antecede en la palabra, nada más parahacerle una aclaración de que el gobierno del estadoun día dice una cosa, se desdice y al otro día dice otra.Yo creo que todo viene, hasta en eso dependemos dela federación porque el gobierno de Fox se hacaracterizado por decir una cosa y al rato hacen otra.

En uso de la voz, el diputado Adán Córdoba Moralesrefirió. Ojalá no sea pues muy reiterativo en el asunto,pero sí valdría la pena en un momento, recalcar quela información con respecto al funcionamiento, a las i tuac ión económica de los ayuntamien tos deVeracruz, se nos ha proporcionado por conducto delORFIS un compacto a cada uno de los diputados, estánlos datos en Internet y podemos en un momentoacceder, en el momento que nosotros queramos, acada una de las situaciones financieras de los 210ayuntamientos de Veracruz. También en un momentovaldría la pena no defender a nadie porque se tendránque defender solos, pero aquí se hace una frase queme parece con poco sentido. El gobierno de Veracruzno es de ocurrencias. Creo que hemos dado, ha dadomuestras el gobierno del estado de estar realmentepreocupado por los tres problemas que afronta lapoblación veracruzana y no queremos aquí, no voy anumerar, pero en cada uno de nuestros distritos, si nose han hecho la totalidad de las obras que nosotrosestamos solicitando, creo que sí somos testigos y porlo menos del mío lo veo, de que hay construcción dehospitales, de escuelas, de carreteras, de libramientos,o sea, no podemos en un momento decir que lasdecisiones se toman por conducto, o sea, que el factorfundamental sea la ocurrencia. Por lo demás, en dosasuntos que nos están ocupando, vamos haciendonuestra la propuesta que nos hace nuestro amigo eldiputado Marcelo Ramírez y busquemos de qué manerapodemos resarcir, de qué manera podemos encontraruna solución, aunque sea un paliativo a la situaciónque viven nuestros amigos los despedidos, quetambién la reconocemos, si éste fue un mal necesario,fue una medida dolorosa afrontada y así lo tenemosque reconocer con decisión y con valentía. Y finalmentea los… perdón , sobre e l mismo tema, a los

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conciudadanos nuestros que han sido despedidos,también tendremos en un momento que remarcar quese tendrán que respetar sus derechos laborales,que no en un momento podrán ser despedidos acapricho, o sea, la situación, la medida es dolorosa,pero al fin y al cabo tenemos que apegarla a derecho.Y finalmente, yo quiero hacer algunas consideracionescon respecto a la desaparición de nuestra Subsecretaríade l Medio Ambiente . De n inguna manera lasactividades sustantivas de la dependencia van aquedar al garete y se van a dejar de realizar en Veracruz.Este día negar la historia de nuestro estado, yo creoque precisamente será la propia Secretar ía deDesarrollo Regional que tiene bajo su encomiendaesos compromisos, esas obligaciones que las tendráen un momento que replantear y se tendrán que seguirdesarrollando, ya el diputado de la fracción del VerdeEcologista lo mencionaba, fue Veracruz en donde secrea en primera instancia una Dirección General deAsuntos Ecológicos, hay historia, y los asuntos delmedio ambiente en Veracruz por esta reestructuraciónde las dependencias, de ninguna manera van a quedaral garete y de ninguna manera van a dejar de realizarse.De eso debe tener, debemos tener la plena seguridad.Entonces, finalmente yo sí quisiera que todos losdiputados que integramos esta LIX Legislatura delestado, insisto, hagamos nuestro el punto de acuerdodel diputado Marcelo Ramírez y ojalá podamos ayudaraunque sea en mínima parte a resolver este problema.Perdón, maestro. Un asunto que no quisiera que se mequedara en el quintero, aquí lo ha comentado eldiputado Alarcón y creo que vale la pena retomarlo, deuna deuda que se habla del orden de los 3 800 millonesde pesos del gobierno federal al gobierno de Veracruz,que creo que bien vale la pena que nosotros nossolidaricemos con la administración gubernamentaldel estado y busquemos por los caminos legales,obviamente, que el gobierno federal restituya aVeracruz lo que en legítimo derecho le corresponde.

Tiene el uso de la voz el diputado Marcelo RamírezRamírez. Después de todo lo que se ha dicho aquí,compañeros diputados, siento la necesidad de clarificarel sentido de mi propuesta. No quiero, en primer lugar,que se entienda ésa como un sucedáneo para afrontarun problema que, como lo dije en mi primeraparticipación, es un problema estructural. Con esto sepueden y se implican muchas cosas, pero voy a tratarde precisar en lo que considero que es fundamental.En primer término, desde luego, creo que aquí hay unacoincidencia entre todos los diputados, de que estamosfrente a un problema que requiere una solucióndentro de la ley. Los despedidos, que son personas,la mayoría de ellas, que viven una vida de limitacioneseconómicas, se ven doblemente afectados porque

pierden un trabajo, unos ingresos que apenas lespermiten subsistir. No tienen esa defensa, ese colchónque pueden tener los funcionarios, otro tipo deempleados de alto nivel, que pueden vivir variosmeses sin tener ingresos, de manera que el problema,repito, es muy grave para estas personas. Pero decíayo que se trata de un problema estructural porque elproblema de la carencia de empleo no es sólo,permítanme recordar lo obvio de los que ahora van aquedar fuera de la planta laboral del gobierno delestado, el problema del desempleo se vive a lo largo yancho de todo el país, y creemos y pues aquí se hahablado de políticas de aliento a largo plazo en lo quetambién siempre estaremos de acuerdo con loscompañeros del PAN , se trata de que se vaya viendocuáles son esas políticas que en México van a revertirel desempleo y van a revertir las tendencias a lainjusticia y a las desigualdades que hemos padecidopor muchos años y que ahora era el momento en quedebería empezar a verse que tienen otro tipo desoluciones. Esto nos lleva a un terreno que, queramoso no, tenemos que tocar: el de un sistema económicoinjusto que parece diseñado sólo para beneficio de losempresarios y no del pueblo trabajador, de la genteque produce y que es el verdadero motor del desarrollode los pueblos. La reunión que se celebró en Monterreypuso en evidencia esta espantosa dicotomía queestamos viviendo en el mundo actual, de un modeloeconómico que prevalece por la fuerza de loscuantiosos recursos e instrumentos que posee, peroque no logra justificarse y menos legitimarse ante laconciencia de los pueblos del mundo y por esto hayinconformidad. No se trata de caer en filias o en fobias,no se trata de condenar una tendencia que es dominantepor razones estrictamente ideológicas o por un ismoque podría entenderse como un fanatismo. No creemose n l a i g u a l d a d a b s o l u t a , n o c r e e m o s e n e s eigualatorismo utópico, pero sí creemos en la justicia yen el compromiso social con los débiles y, entonces,todo esto es para decir a ustedes que es necesariopreocuparnos no sólo por los dispendios reales osupuestos. Lamentablemente, creo que a veces sonreales. Lamentablemente, creo que tenemos malosfuncionarios en el gobierno del estado, como los hayen todo gobierno y como los vemos que los hay en elgobierno federal, gente que sin compromiso emocional,s in ideología, ya no digo de part ido, s ino sinconvicciones básicas, traicionan la confianza de losjefes políticos. Pero no se trata finalmente de eso,sino, insisto, de lo que se trata es de que nospreocupemos y hagamos todo lo que sea posible en elreducido ámbito de nuestra actuación, porque estaspolíticas del estado se reencaucen, se reorienten ybusquemos mayor justicia para los que ahora han sidodespedidos y para todos los que no gozan ni han

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gozado de una plaza en ninguna parte. El estado ya nopuede seguir siendo el gran empleador. Esto sería unafalacia, sostenerlo. Tenemos que buscar fuentesalternativas para el empleo. Tenemos que pensar enu n a c l a s e , c o m p a ñ e r o s d i p u t a d o s , u n a c l a s eempresarial más sensible , que esté dispuesta asacrificar también parte de sus ganancias, que muchasde ellas son cuantiosas, son ofensivas en un pueblopobre. Tenemos que diseñar políticas ya que aquíhablamos desde este Congreso del estado, de losdemás congresos estatales y del Congreso de la nación,políticas que permitan que los empresarios mexicanosactúen con un mínimo de sentido nacionalista y queno sean los primeros en huir, en escapar cuando ya notienen el apoyo del estado para hacer negocios pingüescon todo a su favor. Cuando se habla y se ha sacrificadomuchas veces, no en esta Diputación Permanente,sino a lo largo de más de un año que llevamos detrabajo legislativo, de los errores del PRI , se estádando una visión cierta pero parcial y como todaverdad parcial, nos impide ver los otros aspectos quedebemos tener en cuanta para corregirlos. La parte deverdad que asiste a los compañeros diputados del PAN

la asumimos porque moralmente es irrefutable, peroles pedimos también ver el otro aspecto y que luchemosaquí y que se haga un exhorto a los compañerosdiputados federales para que las políticas del Estadomexicano, que ahora son diseñadas por un partidoque por vez primera llegó a la Presidencia de laRepública por el PAN , que esas políticas tengan tambiénun sentido humano concreto y que sus diputados ysenadores, cuando se mande una iniciativa como laque mandó el presidente Fox para la solución delproblema indígena, no las desvirtúen ni las recorten,sino que sean capaces de darle a los indígenas y dereconocerles ese estatuto de personas, de sereshumanos que tenemos todos. No debe haber mexicanosde primera categoría ni de segunda y menos de tercerao cuarta, como lo son los indígenas y lo son toda lagente que vive en las colonias populares. Creo quetodo esto, repensar la misión del Estado mexicano, nova sólo en el sentido de ser una crítica verdadera, perorepito, finalmente, parcial y limitada, a lo que haga odeje de hacer un gobierno, aunque deba hacerse, sinoque debemos tener la mirada puesta en lo alto para irrectificando desde nuestra trinchera, esas políticasque van a cambiar el modo de pensar, las actitudes delos propios mexicanos ante nuestros conciudadanos,porque hablamos de problemas en otras latitudes,pe ro aqu í t ambién , señores , y lo sabemosperfectamente, hay racismo, hay discriminación,hay maneras de vivir de primera clase, hay modosde contemplar y de disfrutar la vida de primera, desegunda, de tercera y como decía, de cuarta ode menos. Hay personas que no conocen las ciudades

ni lo que es una playa. Hay personas que no nospueden hablar ni siquiera hacer una crítica porque notienen los elementos conceptuales ya que no han idoa la escuela y no han conocido, no han llegado adominar las herramientas de la cultura, los instrumentosde la cultura para ser conscientes del mundo en queviven y de la manera en que pueden cambiarlo. En fin,podrían decirse muchas cosas y a estas discusioneslleva precisamente el plantear las cuestiones en formaamplia. Reitero, mi posición es, además de buscar estajusticia plena, plenaria, cambiando estructuras, locual lleva mucho tiempo y cambiando la mentalidad defuncionarios, muchos de ellos corruptos que fallana la confianza de sus jefes, como lo dije, y que traicionanla confianza del pueblo. Aparte de esto, hagámonossolidarios en un acto concreto para ir cambiando losmodos de hacer y de ver las cosas en nuestro país.Seamos solidarios, metiéndonos la mano en el bolsilloy demostrando que se puede sacrificar parte de losdiputados, aquello que ganamos, que también soncifras elevadas, y si otros funcionarios no nos dicencuánto ganan, nosotros sí sabemos muy bien cuántoganamos y cuando tenemos extra por las plazas quetengamos como maestros, los que somos maestros y,además, de desarrollar, los que quieran, un programasocial, digamos cuánto estamos dispuestos a ponerpara este fondo común y dar un ejemplo concreto decompromisos concretos. Es lo que requiere este país.

En cuanto hace al proyecto de punto de acuerdopropuesto por el diputado Marcelo Ramírez Ramírez,éste se turna a la Junta de Coordinación Política, parasu análisis correspondiente.

Diputada presidenta, informo a usted que se hanagotado los asuntos listados en el orden del día.

Habiéndose agotado los asuntos listados en el ordendel día, se levanta la presente sesión, citándose parala Sexta Sesión Ordinaria a celebrarse el próximo díalunes 8 de abril del año en curso a las 13:00 horas enesta sala de sesiones Venustiano Carranza. Timbre.

Alicia González CerecedoDiputada Presidenta

(Rúbrica)

Guadalupe Velázquez CasanovaDiputado Secretario

(Rúbrica)

Conforme al procedimiento aprobado, se pregunta a laasamblea si es de aprobarse el acta de la sesión anterior.Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarloen votación económica, levantando la mano.

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Segundo Año de Ejercicio Constitucional

(La asamblea asiente)

Aprobado.

Con relación al siguiente punto del orden del día,solicito al diputado secretario tenga a bien dar inicioa la lectura de la correspondencia recibida en esteCongreso.

- EL C. SECRETARIO:Oficio número SG-SAJPC-DGAJ-1078/2002, defecha 27 de marzo del año 2002, signado por lalicenciada Nohemí Quirasco Hernández, secretaria deGobierno, mediante el cual remite los oficios númerosSG-SAJPC-DGAJ-0690/2002, de fecha 28 de febreroy SG-SAJPC-DGAJ-0691/2002, de fecha 27 de marzodel presente año, relativos a las solicitudes deautorización que hace el Ejecutivo del estado alhonorable Congreso local para poder regularizar 45hectáreas de la reserva territorial de Xalapa, Veracruz,distribuidas de la siguiente manera:

A título oneroso se enajenarán 13 hectáreas paracolonos; a título gratuito se transmitirán 12 hectáreaspara cubrir compromisos contraídos por administraciónestatal; a t í tulo gratuito a favor del honorableayuntamiento de Xalapa, Veracruz, 5 hectáreasdestinadas a vialidad, 2 hectáreas para áreas verdes,reservándose el gobierno del estado para área verdey equipamiento urbano 2 hectáreas; a título gratuito lasuperficie de 856 metros cuadrados ubicada entre lasmanzanas 1 y 2 de la colonia Herón Proal del predioChil toyac, de Xalapa, Veracruz, a favor de laArquidiócesis de Xalapa, que se designará parala construcción de una capilla.

Lo anterior, para los efectos de que se pongan aconsideración de este honorable Congreso.

Se anexa el expediente correspondiente.

Es cuanto, diputada presidenta.

- LA C. PRESIDENTA:Por su naturaleza, túrnese la presente solicitud a laComisión Permanente de Hacienda del Estado, para suestudio y dictamen correspondiente.

Diputado secretario, prosiga con la lectura de lacorrespondencia.

- EL C. SECRETARIO:Ciudadanos secretarios del honorableCongreso del estadoPresente

Por instrucciones del señor gobernador del estado,Miguel Alemán Velazco, con fundamento en lo previstoen la fracción XVII del artículo 18 de la Ley número 58Orgánica del Poder Ejecutivo del estado de Veracruz-Llave, remito a usted con el objeto de se someta a laconsideración de ese honorable Congreso, el siguientedocumento:

· Oficio SG-SAJPC-DGAJ-0471/2002, de 8 de abril de2002, relativo a la solicitud de autorización que pideel Ejecutivo estatal al honorable Congreso del estadopara enajenar a título gratuito 31 metros cuadradosal órgano de..., 31 mil metros cuadrados al Órgano deFiscalización Superior del estado, ORFIS , deducidosde una superficie mayor de 205 mil hectáreas queconstituyen la reserva territorial que el gobierno delestado tiene para el futuro crecimiento de la ciudadde Xalapa, Veracruz.

Sufragio efectivo. No reelecciónXalapa, Veracruz, abril 8 de 2002

Nohemí Quirasco HernándezSecretaria de Gobierno

(Rúbrica)

Es cuanto, diputada presidenta.

- LA C. PRESIDENTA:Túrnese la solicitud que nos ocupa a la ComisiónPermanente de Hacienda del Estado, para su estudioy dictamen correspondiente.

Diputado secretario, prosiga con la lectura de lacorrespondencia.

- EL C. SECRETARIO:Licenciado Francisco Javier Loyo RamosSecretario General del honorable Congreso del estadoPresente

Mediante copia del escrito y anexos enviados por laciudadana María Dolores Benavides Andrade a estaSoberanía, misma que nos fue entregada en la secretaríamunicipal el día 18 de febrero del año en curso, noshemos enterado de que al ciudadano Rafael BelloArias, regidor cuarto del honorable ayuntamiento quetengo el honor de presidir, mediante una resolucióndictada por la Quinta Sala en Materia Penal del PoderJudicial del estado, le fue revocado el auto de libertadcon las reservas de ley, pronunciado con fecha 10 deseptiembre del año 2002, por el ciudadano juez deljuzgado mixto de Primera Instancia del distrito judicialde Jalacingo, Veracruz, en los autos de la causa penalnúmero 289/01.

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Primer Receso

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Por lo anterior y con fundamento en lo dispuesto delartículo 127 de la Ley Orgánica del Municipio Libredel estado, le solicito se le suspenda el mandato alciudadano Rafael Bello Arias, regidor cuarto de estehonorable ayuntamiento municipal de Tlapacoyan,Veracruz, y en su momento y de acuerdo a lo dictadoen su proceso, se le revoque el mandato. A mayorabundamiento debo manifestarle que el multicitadoregidor está sujeto a la traba de la formal prisión y eljuzgado mixto de Primera Instancia del distrito judicialde Jalacingo ya giró la respectiva orden de reaprehensión.

Seguro de su atención, le anticipo mi agradecimiento.

AtentamenteHonorable Tlapacoyan, Veracruz,

a 11 de marzo del año 2002Sufragio efectivo. No reelección

El Presidente Municipal ConstitucionalDr. Juvencio Romano Cortés

(Rúbrica)

Roberto Valdivieso SalinasSecretario(Rúbrica)

Es cuanto, diputada presidenta.

- LA C. PRESIDENTA:En términos de lo dispuesto por la Ley Orgánica delMunicipio Libre, túrnese el asunto que nos dio aconocer e l d ipu tado secre ta r io a l a Comis iónPermanente de Gobernación, para su estudio y dictamen.

Diputado secretario, continúe con la lectura de lacorrespondencia.

- EL C. SECRETARIO:Oficio 097/2002, de fecha 27 de marzo de 2002, signadopor el ciudadano presidente municipal del honorableayuntamiento de Cosautlán de Carvajal, Veracruz, porel que solicita autorización a este honorable Congresolocal a fin de poder realizar la venta de una camionetaJeep Waggoner modelo 82, color gris, seis cilindros,que por encontrarse en mal estado genera muchosgastos y constantes reparaciones.

Se anexan acta de sesión de Cabildo, fotografías y avalúos.

Es cuanto, diputada presidenta.

- LA C. PRESIDENTA:Para su estudio y dictamen, túrnese la solicitud que nosocupa a la Comisión Permanente de Hacienda Municipal.

Diputado secretario, prosiga con la lectura de lacorrespondencia.

- EL C. SECRETARIO:Oficio número 51/2002, de fecha 3 de abril de 2002,signado por la ciudadana presidenta municipal delhonorable ayuntamiento de Rafael Lucio, Veracruz,mediante el cual solicita la autorización para realizarobras que exceden el 20% de la partida presupuestalrespectiva, para lo cual anexa acta de sesión de Cabildoy presupuesto de inversión.

En los mismos términos se encuentran las solicitudesde los honorables ayuntamientos de Chocamán yMiahuatlán, Veracruz.

Con esto doy por concluida la lectura.

- LA C. PRESIDENTA:Túrnense l a so l i c i tudes que nos ocupan a l aComisiones Permanentes Unidas de Hacienda Municipaly de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal, para suestudio y dictamen correspondiente.

Con relación al siguiente punto del orden del día,concerniente a la iniciativa con proyecto de decretoque reforma los artículos 13 en su fracción II, 175 ensus dos párrafos y 330 y que deroga la fracción II delapartado “E” del artículo 143, y el artículo 336 y queadiciona con nueve párrafos el artículo 175 del CódigoFinanc ie ro para e l es tado de Veracruz-Llave ,presentado por el licenciado Miguel Alemán Velazco,gobernador del estado, y toda vez que ésta ha sidopublicada en la Gaceta Legislativa , misma que yaobra en poder de todos los diputados que integramosla Diputación Permanente, se propone a la asamblea ladispensa de la lectura de dicha iniciativa. Los queestén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo envotación económica, levantando la mano.

(La asamblea asiente)

Aprobado.

(No obstante la dispensa de lectura, se incluye lainiciativa con proyecto de decreto)

Ciudadano diputado presidente de laDiputación Permanente de la honorableLIX Legislatura del Congreso del Estado Libre ySoberano de Veracruz-LlavePresente

Miguel Alemán Velazco, gobernador del Estado Librey Soberano de Veracruz-Llave, en ejercicio de las

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facultades que me confieren los artículos 34 fracciónIII y 49 fracción XXIII de la Constitución Política delestado, ocurro ante esa Soberanía con el propósito desometer a su consideración la presente iniciativa conproyecto de decreto que reforma, deroga y adicionadiversos ar t ículos y d ispos ic iones del CódigoFinanciero para el estado de Veracruz-Llave, mismaque se sustenta y motiva en los razonamientos que acontinuación se exponen:

EXPOSICIÓN D E MOTIVOS

Uno de los criterios emanados del impulso al nuevofederalismo, consiste en que los estados de laRepública propicien mecanismos jurídico-financierosaptos para optimizar y eficientar la captación de losrecursos propios, de manera que la dependenciade recursos ministrados por el gobierno federal sereduzca paulatinamente.

En congruencia con esta directriz, la propuesta demodificaciones y adiciones al Código Financiero parael estado pretende, fundamentalmente, posibilitar labursatilización de activos propiedad del estado, paraque sean la fuente exclusiva de pago de una colocaciónen el mercado de valores.

En razón del objetivo antes descrito, la presenteinic ia t iva puede s in te t izarse en los s iguientestérminos: la modificación del concepto de “derechos”,a fin de precisar su sentido y alcance, además delestablecimiento de un conjunto de reglas especialesque permitan al estado allegarse recursos mediante labursatilización de activos.

Sobre este apartado, cabe apuntar que en México lascontribuciones tradicionalmente se han clasificado,conforme al modelo de la legislación fiscal federal, enimpues tos , apo r t ac iones de segur idad soc i a l ,contribuciones de mejoras y derechos.

Los derechos, según lo ordenado en la legislaciónfedera l , se de f inen como “ las con t r ibuc ionesestablecidas en ley por el uso o aprovechamiento delos bienes del dominio público de la nación, así comopor recibir servicios que presta el estado en susfunciones de derechos público, excepto cuando sepresten por organismos descentralizados u órganosdesconcentrados cuando, en este último caso, se tratede contraprestaciones que no se encuentren previstasen la Ley Federal de Derechos. También son derechoslas contribuciones a cargo de los organismos públicosdescentralizados, por prestar servicios exclusivos delestado” (artículo 2° fracción IV del Código Fiscal dela Federación).

Conforme a lo dispuesto por el artículo 13 fracción IIdel Código Financiero para el estado, los derechos sedefinen actualmente como “las contr ibucionesestablecidas en ley por recibir servicios que prestanlas dependencias y entidades del gobierno del estadoen sus funciones de derecho público, así como por eluso o aprovechamiento de los bienes del dominio públicodel estado o de la federación concesionados a aquél”.

La reforma que se propone al citado artículo 13 en sufracción II, precisaría la definición de “derechos” enlos siguientes términos: “Son las contribucionesestablecidas en ley por recibir servicios que prestanlas dependencias y entidades del gobierno del estadoen sus funciones de derecho público, así como losingresos percibidos directamente por el estado, por eluso y aprovechamiento de los bienes de dominio públicodel estado o de la federación concesionados a aquél”.

Como puede apreciarse, la modificación que se planteaúnicamente pretende delimitar el concepto legal de“derechos”, de modo que sólo revistan tal naturalezalos ingresos percibidos directamente por el estado,por el uso y aprovechamiento de los bienes de dominiopúblico del estado o de la federación concesionadosa aqué l , e l iminado de e s t e concep to l a scontraprestaciones que se cobren cuando un terceropreste el servicio público, ya que en estos supuestos,dichas contraprestaciones revestirían el carácter detarifas. La modificación propuesta se basa en laevo luc ión que e l concep to de “de rechos” haexperimentado tanto en la legislación federal actual,como en los criterios jurisprudenciales de la SupremaCorte de Justicia de la Nación.

En lo que concierne particularmente a la bursatilizaciónde activos estatales, resulta innegables que, hoy endía, frente a las crecientes demandas de la ciudadanía,es severamente complicado que el estado financieexclusivamente desde su presupuesto la construcciónde todas las obras públicas o la realización de lasinversiones necesarias para la prestación de losservicios a cargo de las empresas públicas. De ahí queuno de los métodos modernos más recurridos paraque el estado pueda proveerse de recursos, consistaen el financiamiento de la obra o servicios públicospor parte del usuario, como sucede en el caso de lasconcesiones carreteras.

En ocasiones, empero, el financiamiento de la obra oservicio por parte del usuario es insuficiente parabrindar el soporte económico adecuado a proyectosde largo plazo. En estos casos, resulta convenienteque el estado se allegue recursos mediante las ventajasque ofrece el mercado de valores. Entre las opciones

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Primer Receso

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favorables que ofrece dicha opción, destaca la llamadabursatilización de activos, por virtud de la cual unactivo es separado temporalmente del patrimonio delemisor, con objeto de que éste, junto con los recursosque genere, sirva como fuente de pago de los títuloscolocados en el mercado de valores. En otras palabras,cuando un estado bursatiliza un activo, dicho activosale del patrimonio y control del estado por el tiemponecesario para el pago de la emisión. A cambio de loanterior, el estado cuenta con recursos para elcumplimento de sus funciones públicas, sin comprometersu patrimonio, toda vez que su responsabilidad seencuentra limitada al monto del activo afectado y delos recursos generados por és te , s in que es taoperación implique la asunción de deuda pública.

Para que los títulos emitidos por el estado con base enla bursatilización de un activo puedan ser colocadosen el mercado, es menester que el emisor garantice alpúblico inversionista los siguientes aspectos mínimos:

a) Eliminar la posibilidad de que, por una decisióngubernamental, el activo afecto al servicio y pagode la emisión se destine a otros fines;

b) Que los tenedores de los títulos tengan el controlsobre la aplicación de recursos para la conservacióndel activo bursatilizado, durante el plazo que durela emisión;

c) Que la aplicación de los recursos al pago de laemisión se encuentre sujeta a los requisitos ytérminos previstos en el contrato, excluyendoautorizaciones gubernamentales posteriores, o dela ex i s t enc ia o ap robac ión de pa r t idaspresupuestales para tales fines, y

d) Que los tenedores cuenten con la facultad dedecidir sobre la aplicación de los recursos en todosaquellos aspectos no previstos en el contrato,toda vez que éstos constituyen su fuente exclusivade pago.

A efecto de satisfacer estas condiciones, se proponemodificar los artículos 175 y 313 del CódigoFinanciero para el estado, con miras a dotar al estadode potestades para afectar sus bienes, derechos oingresos a fideicomisos privados que coloquen títulosen el mercado de valores. Bajo esta tesitura, los bienes,derechos o ingresos fideicomitidos deberán salirtemporalmente del patrimonio del estado, de modoque los recursos generados por los mismos se apliquenexclusivamente a la conservación del bien o derecho,al pago de la emisión y a los demás fines previstos enel fideicomiso, siendo conveniente destacar que, bajo

los presupuestos anotados, el estado no asume pasivocontingente o directo alguno, toda vez que el riesgode que los bienes derechos o ingresos fideicomitidossean suficientes para el pago de la emisión queda acargo de los tenedores de los valores emitidos. Unavez concluido el plazo de la emisión, los bienes,derechos o ingresos que la sustentaron, reingresan alestado, libres de toda afectación.

Al mismo tiempo, la reforma que se plantea permitirámantener controles administrativos adecuados sobrelas colocaciones de emisiones que el estado realice enel mercado de valores, garantizando al inversionista elservicio y pago de la emisión, en condiciones decompetitividad.

Con miras a dotar de congruencia las modificacionesa los artículos 13 fracción II, 175 y 313 que se proponen,se plantea una derogación concomitante al numeral143 del propio Código Financiero para el estado. Eneste supuesto se plantea derogar del catálogo dederechos los generados por el uso del puente “LaAntigua”, para que éste modifique su concepto dederechos a tarifas, exclusivamente durante el plazo enque estos ingresos resultaran afectos a la emisión decertificados bursátiles, si tuación que abriría laposibilidad de que el estado pueda incorporar losingresos derivados de la explotación de la concesiónde e s t a v í a de comun icac ión a l e squema debursatilización que se construye en esta iniciativade reforma, de manera que exista un marco jurídicointegral que sustente la emisión de títulos bajo losparámetros descritos en esta exposición.

Finalmente, se estima que para el efecto de sercongruente con las modificaciones plasmadas en lapresente iniciativa, es menester lograr la derogacióndel artículo 336 del Código Financiero para eles tado de Veracruz-Llave , con e l p ropós i tofundamental de eliminar de su texto normativo laposibilidad de que el estado puede emitir certificadosde participación que constituyan deuda pública, envirtud de que, tal y como se ha detallado en estedocumento, la reforma pretende abrir la posibilidadde que el estado bursatilice alguno de sus activos,para que sean la fuente exclusiva de pago de unacolocación en el mercado de valores. En consecuencia,de obtenerse el beneplácito de esa Soberanía paraacceder a la reforma al Código Financiero para ele s t a d o , q u e e s t a t u y a l a v i a l i d a d d e e f e c t u a roperaciones de bursatilización sobre activos estatalesen el mercado de valores, sería innecesario conservarel contenido del numeral 336, que actualmenteposibilita emitir certificados de participación que setraducen en un endeudamiento directo para el estado.

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En suma, con fundamento en lo anter iormenteexpuesto, cabe formular las siguientes conclusiones:

a) Por virtud de la bursatilización de activos públicos,el estado adquiere mayor eficiencia en la captaciónde recursos propios, conforme a las exigenciaseconómicas actuales;

b) La bursatilización de activos públicos noimplica la pérdida de sus bienes, derechos oingresos, toda vez que al término del plazoconsignado en la emisión y en el fideicomisobursátil, éstos retornan al patrimonio del estado;

c) En congruencia con lo anterior, la bursatilizaciónde activos públicos no implica el menoscabo delpatrimonio estatal, en la medida en que el estado noadquiere pasivo directo ni contingente;

d) La reforma propuesta no plantea eliminar loscontroles propios de derecho público sobre laactividad del Ejecutivo del estado, toda vez queninguna decisión que se tome sobre este particularescapa a los controles legales pertinentes;

e) El estado utiliza una potestad latente que el propiogobierno federal impulsa en la actualidad, a fin dereactivar la captación de ingresos estatales propios,que aminoren la excesiva dependencia de losrecursos emanados de la federación;

f) Con la reforma propuesta, el Código Financieropara el estado regularía una situación específica( f ide icomisos cons t i tu idos con miras a labursatilización de un activo), de modo que operaríael principio hermenéutico de especialidad (lexspecialis derogat legis generalis ), significado quedichos fideicomisos carecerían de la estructuraorgánica propia de los fideicomisos públicos.

En mérito de las consideraciones aquí expuestas ysustentado en lo establecido por el artículo 49 fracciónIX de la Constitución Política del estado, solicito seconvoque a l Congreso de l e s t ado a s e s ionesextraordinarias, con el objeto de que ese órganolegislativo tenga a bien conocer sobre la presente

INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO Q U E REFORMA ,DEROGA Y ADICIONA DIVERSOS ARTÍCULOS Y

DISPOSICIONES DEL CÓDIGO FINANCIERO PARA E L

ESTADO DE VERACRUZ-LLAVE

Artículo único. Se reforman los artículos 13 en sufracción II, 175 en sus dos párrafos y 313; sederogan la fracción II del apartado E del artículo 143

y el artículo 336, y se adiciona con nueve párrafos elartículo 175, todos del Código número 18 Financieropara el estado de Veracruz-Llave, para quedar comosigue:

Artículo 13. Las contr ibuciones estatales seclasifican en:

I. ...

II. Derechos: son las contribuciones establecidasen la ley por recibir servicios que prestan lasdependencias y entidades del gobierno delestado en sus funciones de derecho público,así como los ingresos percibidos directamentepor el estado por el uso y aprovechamiento delos bienes de dominio público de estado o de lafederación concesionados a aquél.

Artículo 143. Por los servicios prestados por lasecretaría, se causarán y pagarán los derechossiguientes:

A. al D. ...

E. Por el uso de puentes o carreteras de cuotaestatales o concesionados por la federación.

I. ...

II. Se deroga.

Artículo 175. Cuando los fideicomisos públicostengan por objeto crear entidades paraestatales,éstos sólo se podrán constituir previo decretodel gobernador o del Congreso. El incremento en elpatrimonio de los fideicomisos públicos se harácon autorización del gobernador del estado,emitida por conducto de la secretaría; y cuando asíconvenga al interés público, la misma propondrá alEjecutivo estatal la modificación o extinción deéstos .

El Ejecutivo del estado o las entidades podránafectar en fideicomiso bursátil sus bienes, derechoso ingresos para emitir y colocar títulos en el mercadode valores.

Los f ide icomisos bursá t i l e s cons t i tu idosespecialmente para emitir y colocar títulos en elmercado de valores tendrán la categoría de no

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Primer Receso

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paraestatales; su operación interna será ajena a lanormatividad aplicable a la administración públicaestatal y se sujetarán a lo previsto en el propiocontrato de fideicomiso y en las disposicionesmercantiles, financieras y bursátiles correspondientes .

L o s b i e n e s , d e r e c h o s e i n g r e s o s a f e c t o s af i de i comisos bu r sá t i l e s s e cons ide r a r ándesincorporados temporalmente del patrimonio delestado o de sus entidades, aplicándose los recursosque produzcan a la conservación de bien o derecho,al pago de la emisión y a los demás fines previstosen el fideicomiso que resulten conexos a losanteriores.

En los fideicomisos bursátiles cuyas emisiones nogeneren obligaciones directas o contingentes parael estado o sus entidades, el riesgo de que dichosbienes , derechos o ingresos y los recursosgenerados sean suficientes para el pago de laemisión, correrá exclusivamente a cargo de lostenedores de los títulos colocados en el mercadode valores, por lo que la emisión y su pago seregirán por las normas aplicables de derechomercantil y bursátil.

Cuando los fideicomisos bursátiles o las emisionesa cargo de sus patrimonios impongan obligacionesdirectas o contingentes al estado o a sus entidades,les serán aplicables a dichas obligaciones lasdisposiciones en materia de deuda pública.

Las decisiones fundamentales sobre la disposiciónde los recursos derivados del patrimonio delfideicomiso se regirán por el contrato constitutivoy, en lo no previsto, por las decisiones del comitétécnico o de los tenedores de los valores emitidos,según corresponda, incluyendo la posibilidad deque los tenedores de los valores puedan fijar lastarifas o contraprestaciones aplicables a losservicios que se presten al público con los bieneso derechos afectados temporalmente en esteesquema.

La constitución de fideicomisos bursátiles requeriráde la aprobación previa del Congreso.

Los recursos que reciba el estado o sus entidadescomo consecuencia de la emisión de los títulos odel fideicomiso bursátil, respecto de los cualestenga facultades preponderantes para decidir sobresu aplicación o destino, distinto al pago de lapropia emisión, estarán sujetos a las disposicionesprevistas en este Código y en las demás leyesaplicables.

Los recursos que el estado o sus entidades captenbajo el esquema de colocación de títulos en elmercado de valores, se destinarán a financiarel gasto público.

Los títulos que se emitan para el mercado de valoresconforme a lo dispuesto en este artículo, sólopodrán co loca r se con inve r s ion i s t a s denacionalidad mexicana, siendo pagaderos enterritorio mexicano y en moneda nacional.

Artículo 313. La deuda pública, en su conjunto,está constituida por las obligaciones directas oindirectas a cargo del estado, por sí o por susentidades paraestatales, derivadas de la celebraciónde f i nanc i amien to s , r e e s t ruc tu r ac iones ,adquisición de bienes o contratación de obras oservicios cuyo pago se pacte a plazos, emisión debonos , ob l igac iones de deuda , paga ré sconstituidos en términos de lo dispuesto por estecódigo y la celebración de actos jurídicos análogosque, previa autorización del Congreso, se obtengana favor del estado, por sí o sus entidades, mismosque podrán tener como garantía la afectación departicipaciones federales.

Artículo 336. Se deroga.

TRANSITORIOS

Primero. El presente decreto entrará en vigor al díasiguiente de su publicación en la Gaceta Oficial delgobierno del estado, con excepción de la derogaciónde la fracción II del apartado E del artículo 143, queentrará en vigor al día 1° de junio de 2002.

Segundo. Se derogan todas las disposiciones que seopongan al presente ordenamiento.

Dado en la residencia del titular del Poder Ejecutivodel Estado Libre y Soberano de Veracruz-Llave, en laciudad de Xalapa, Veracruz, el 1° de abril de 2002.

Miguel Alemán VelazcoGobernador del Estado

(Rúbrica)

Con base en lo dispuesto por el artículo 109 delReglamento para el Gobierno Interior del PoderLegislativo, túrnese la presente iniciativa a la ComisiónPermanente de Hacienda del Estado, para su estudioy dictamen.

Sí, ¿en qué sentido, diputado?

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Tiene el uso de la voz el diputado Salas Martínez.

- EL C. DIP. ALEJANDRO SALAS MARTÍNEZ:Muchas gracias, diputada presidenta.

Sin lugar a dudas es de llamar la atención a estareforma, al cobro financiero que se hace y que hay querecordar que fue aprobado en esta Legislatura.

Sin embargo y obviamente, aunque me digan, va a serturnado a la comisión respectiva, pero nos preocupade antemano el observar que en el siguiente punto, enel siguiente punto del orden del día se va a convocara un periodo extraordinario de sesiones, el cual elpróximo día, o sea, que se supone que la comisión yava a tener el dictamen y todo eso, va a cumplir con las48 horas, o sea, que prácticamente el dictamen sesacará a más tardar el miércoles, para que sea... yaque es el primer punto de este periodo extraordinarioel próximo viernes, nos preocupa particularmente elobservar la premura con que se quiere dar esta reforma,porque al observar el cuerpo de este dictamen que,efectivamente, no se leyó, ya vienen en la gacetaparlamentaria, pero que sí nos gustaría... GacetaLegislativa , pero que sí nos gustaría que se conocierapúblicamente porque nos preocupa particularmenteen la exposición de motivos, que si bien establece,dice que se van a dar y aquí leo textualmente:

“En ocasiones, el financiamiento de la obra o serviciopor parte del usuario es insuficiente para brindar elsoporte económico adecuado a proyectos de largoplazo. En estos casos resulta conveniente que elEstado se allegue recursos mediante las ventajas queofrece el mercado de valores. Entre las opcionesfavorables que ofrece dicha opción destaca la llamadabursatilización de activos, por virtud de la cual unactivo es separado temporalmente del patrimonio delemisor, con objeto de que éste, junto con los recursosque genere, sirva como fuente de pago de los títuloscolocados en el mercado de valores. En otras palabras,cuando un Estado bursatiliza un activo, dicho activosale del patrimonio y control del Estado por el tiemponecesario para el pago de la emisión. A cambio de loanterior, el Estado cuenta con recursos para elcumplimiento de sus funciones públicas –y aquí es loque me preocupa , d ice– s in comprometer supatrimonio, toda vez que su responsabilidad seencuentra limitada al mundo del activo afectado y delos recursos generados por és te , s in que es taoperación implique la función de deuda pública”.

Es a lo que voy. Me preocupa particularmente que siestamos viendo ya en el texto de la exposición demotivos, o sea, en el articulado correspondiente se

está estableciendo, concretamente en el artículo 175:“El Ejecutivo del estado, las entidades podrán afectaren f ideicomiso bursáti l , sus bienes, derechos eingresos, para emitir y colocar títulos en el mercado devalores”.

En otro párrafo dice: “Los bienes, derechos e ingresos,afectos a fideicomisos bursátiles se considerarándesincorporados temporalmente del patrimonio delestado o de sus entidades…”.

En otro párrafo dice que: “En los fideicomisosbursátiles, si las emisiones no generan obligacionesdirectas o contingentes para el estado o sus entidades,el riesgo de que dichos bienes, derechos o ingresos ylos recursos generados, sean suficientes para el pagode la emisión, correrá exclusivamente a cargo de lostenedores de los títulos colocados en el mercado devalores, por lo que la emisión y su pago se regirá porlas normas aplicables de derecho mercantil y bursátil”.

“Los fideicomisos bursátiles o las emisiones a cargode sus patrimonios que impongan obligacionesdirectas o contingentes al estado o a sus entidades,les serán apl icables a dichas obl igaciones lasdisposiciones en materia de deuda pública”.

Y otro párrafo dice: “La constitución de fideicomisosbursátiles requerirá de la aprobación previa delCongreso”.

Que con todo respeto, discúlpenme, pero vistas comose aprueban aquí las cuestiones financieras, que todopasa por mayoría, se me hace que es garante de evitaresta situación.

Y el artículo 313 dice: “La deuda pública, en su conjunto,está constituida por las obligaciones directas oindirectas a cargo del Estado, por sí o por sus entidadesparaes ta ta les , de r ivadas de l a ce lebrac ión definanciamientos, reestructuraciones, adquisiciónde bienes o contratación de obras o servicios cuyopago se pacte a plazos, emisión de bonos, obligacionesde deuda, pagarés constituidos en términos de lodispuesto por este código y la celebración de actosjurídicos análogos que, previa autorización delCongreso, se obtengan a favor del Estado, por sí o susentidades, mismos que podrán tener como garantía laafectación de participaciones federales”.

En conclusión. ¿Qué quiero decir con esto que heleído? Me preocupa mucho que esta reforma al CódigoFinanciero que parece urgente, sea una situación,por no llamarle maniobra, para bursatilizar deudas porparte del gobierno del estado y que se incremente la

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ya de por sí peligrosa, llamaría yo, deuda que tenemosde 2 000 millones de pesos y por lo cuales va a terminareste año la deuda pública del gobierno del estado yque ésta sea una maniobra para llevar a la bolsa devalores una deuda del gobierno del estado y ante lassituaciones que se presentan y el manejo no muy clarode los recursos, nosotros sí presentamos nuestrainquietud y sí nos preocupa particularmente que estose quiera ya ventilar y prácticamente discutir y ante lasituación que se da de que no hemos visto voluntaddel grupo mayoritario de cambiar un punto, una coma,a las situaciones financieras del gobierno del estado,si nos gustaría que viniera alguien de la Secretaría deFinanzas y Planeación a explicarle a los integrantesde este Congreso, no solamente a la Comisión deHacienda del estado, en qué consiste esta reforma ycómo vamos a evitar que se bursatilice la deuda públicao que sea una maniobra para evitar esconder de algunamanera el hecho de que se va hacer infraestructura condeuda pública, nada más que a través de bonos en labolsa de valores.

Entonces, yo sí pediría que ya que esto se va a discutirel viernes, pues que antes del viernes viniera algúnfuncionario de Finanzas, de preferencia Juan Amieva,pero si no, algún subsecretario, para explicarle a esteCongreso y que no nos quede la duda de que esto esuna maniobra para evitar decir que hay más deudapública en el estado de Veracruz.

Es cuanto, diputada presidenta.

- LA C. PRESIDENTA:Gracias, diputado.

¿En qué sentido?

Adelante, diputado Jorge González Azamar.

- EL C. DIP. JORGE ALBERTO GONZÁLEZ AZAMAR:Con su permiso, ciudadana presidenta.

Solamente para abordar con relación al tema del cualhizo uso de la palabra el diputado que me antecede,diputado Salas Martínez. Solamente para reiterarleque desde la semana pasada, se les y se nos entregóa todos los diputados un disquete con la informaciónrelativa al tema de discusión.

Entonces, solamente quisiera reiterarles de que noserá reformado totalmente el código, solamentealgunos artículos que ya todo mundo sabemos y deque se esté solicitando para que se abra el periodode sesiones extraordinarias para el próximo viernes.No se está diciendo que será el único día para discutirlo,

puede quedar abierta la posibilidad de que seanalgunas otras sesiones más y pues reiterar que esocioso y reiterativo de que insistan en que el gobiernode Miguel Alemán es un gobierno donde el manejo noha sido claro y transparente. Yo creo que tan ha sidoclaro y transparente que finalmente ha sido, ademásde claro y transparente, ha sido previsor.

En cuanto a lo que había comentado del disquete,pues se le entregó a los coordinadores de las distintasfracciones que están integradas en este Congreso.Por lo tanto, ciudadana presidenta, pido se someta avotación.

Es cuanto.

- LA C. PRESIDENTA:Julen Rementería, ¿en qué sentido, diputado?

Adelante.

- EL C. DIP. JULEN REMENTERÍA DEL PUERTO:Yo sólo quisiera abundar en las consideraciones quese vienen haciendo en este momento respecto a estetema, porque yo sí tengo que sumarme, a fuerza de serresponsable con lo que sucede en las finanzas delestado, a la preocupación que externa Alejandro Salas.

Me parece que estamos ante una reforma que si bien,como dice el diputado González Azamar, no significala modificación de todo un código, faltaba más, sísignifica la modificación a cuatro artículos o a tresartículos y en algunos casos se derogan algunospárrafos muy importantes de la ley, del CódigoFinanciero para el estado, en donde con la modificaciónúnica de estos artículos, aunque sean muy poquitoso le parezcan al diputado muy poquitos artículos, sonsuficientes como para poder permitir lo que ya semanifestaba hace un momento por el diputado Salas:el hecho de que al poder bursatilizar algunos activosdel estado, el estado se va a hacer de recursos con losque ahora no cuenta.

Pero qué nos garantiza, porque no se establece aquíde manera explicita, el que no vaya a ser utilizado esterecurso para precisamente poder contrarrestar la deudapública que hoy tenemos y que al final de cuentas, novayamos a estar ante la posibilidad de que vayamos acumplir los compromisos de deuda pública que hoys e t i e n e n c o n r e c u r s o s p r o v e n i e n t e s d e e s t abursatilización de activos y digo esto porque aunqueal diputado Jorge González Azamar se le hace muyc la ra y t r anspa ren te l a admin i s t r ac ión ,lamentablemente esa posición no es compartida porlos diputados, cuando menos los de Acción Nacional,

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porque no se ha tenido la apertura para poder haceres te . . .pues l a s p rec i s iones cor respondien tes yaclararnos las dudas que han surgido durante estaLegislatura y que no hemos tenido la atención debidapor parte ni de la Secretaría de Finanzas ni de lacontraloría ni del órgano de f iscal ización. Enconsecuencia, ni clara ni transparente, al menos nopara los de Acción Nacional.

En todo caso, a mí me parece que este tema esimportante, que supone la posibilidad de tener mayoresrecursos para el estado, pero que habría que revisarlocon mucho cuidado y que habría que ponerle algunoscandados para que los recursos fueran realmenteutilizados para provecho del estado y a lo mejor nopara cubrir ineficiencias que pudieran haber por ahí.

Resulta que en unos de los párrafos dice que losrecursos que el estado o sus entidades capten bajo elesquema de colocación de títulos en el mercado devalores, se destinarán a financiar el gasto público, asítal cual lo dice, y cuando hablamos de financiar elgasto público estamos hablando de financiar cualquiercosa dentro de la cuenta del gobierno del estadoporque estamos hablando del gasto público en suconjunto.

Aquí, entre otras propuestas que podría haber, es queesto fuera más preciso, qué es lo que se puede financiarcon estos recursos o a qué debería dirigirse, porque sínos preocupa eso que se mencionaba hace rato, el quepuedan ser utilizados estos recursos para a lo mejortapar ineficiencias generadas en otras áreas, y elhecho de que hoy se esté lanzando apenas la iniciativa,yo conozco, como todos ustedes, a uno de losdiputados, que me supongo que esto va a ir a laComisión de Hacienda del Estado, será seguramenteallá adonde se va a turnar y casualmente uno de losdiputados en esa comisión de hacienda es de AcciónNacional y les puedo asegurar que no está enterado deesta iniciativa en los términos que está quedando y,entonces, pretender llevar esta iniciativa de aquí alviernes, convocando a un periodo extraordinario, pueshace suponer que lo que se piensa hacer es a fuerza dela mayoría, echar para adelante un proyecto sin evaluarrealmente las consideraciones que pudieran venir deotros partidos, lo cual habla de que en el mejor de loscasos, pues de oídos sordos hacia la oposición.

Es cuanto, diputada presidenta.

- LA C. PRESIDENTA:Sí, ¿en qué sentido?

Adelante, diputado Jorge González Azamar.

- EL C. DIP. JORGE ALBERTO GONZÁLEZ AZAMAR:Con su permiso, diputada presidenta.

Solamente para abundar con relación a lo quemanifiestan los señores diputados de Acción Nacionalen el sentido de lo que están argumentando respectoa la iniciativa de reformas al Código Financiero.

Simplemente manifestarles que este debate está fuerade lugar porque el fondo de materia de conocimiento,en primer término, de la comisión dictaminadora y, ensegundo, del pleno, pero no es facultad de estaDiputación Permanente.

Es cuanto.

- LA C. PRESIDENTA:Continuando... perdón.

Discúlpeme, diputado.

Tiene el uso de la voz, para hechos, el diputado JoséLuis Salas Martínez.

- EL C. DIP. ALEJANDRO SALAS MARTÍNEZ:Alejandro. José Luis es su compañero, el diputadosecretario que lo mandaron a la congeladora.

- LA C. PRESIDENTA:Perdón, Alejandro Salas Martínez.

- EL C. DIP. ALEJANDRO SALAS MARTÍNEZ:Bueno, entrando al tema, bueno, nada más contestarleal diputado Jorge González Azamar, que me antecedió,ya sé que tienen órdenes de que esto no se debata.

Yo pienso que el Congreso, éste es el lugar dondese deben debatir las leyes, aquí es donde en teoría sedeben hacer, no nada más recibir del Ejecutivo yturnar. Yo creo que desde ahí empiezan los problemasde conceptos de qué entendemos por Congreso, másallá de que pueda o no la Diputación Permanente, ycreo que esto no me entendió el diputado GonzálezAzamar precisamente porque veía que tienen unapremura acelerada por bursatilizar, en esta vorágineque tienen los funcionarios de Alemán, de conseguirrecursos y pedir prestado y ahora de bursatilizaractivos.

Es que queremos que esto se medite y se haga deacuerdo a la ley y, sobre todo, con la opinión de todoslos grupos y yo, al ver que el viernes están citandopara que esto se discuta como el primer punto de esteperiodo extraordinario, yo lo que veo más sensato espedirle que no nada más la comisión, sino que también

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se les explique a los diputados para que podamos dar,porque tenemos que dar un voto razonado.

Yo, por lo menos siempre que voy a votar algo, leo yescucho cuáles son las opiniones y decido, no porquealguien me diga, hay que votar a favor, voy a votar afavor, o no sé si ésa sea la situación. Yo creo que hayque analizarlo y si estamos cerrados en suponer quees deuda pública, que nos lo digan los funcionarios deFinanzas, pero a todas luces a nosotros nos estápreocupando y por eso leí el cuerpo del dictamenporque me preocupa esto y ante la premura del tiempoq u e v i e n e e l v i e r n e s , s e ñ o r e s , p u e s v a m o sdiscutiéndolo.

Si quieren lo dejamos para el pleno y otra vez, otrodebate de horas y vamos a estar, pero yo creo, en unafán propositivo, es que hice esta propuesta de que senos explique, se nos quiten estas dudas. Si estamosequivocados, con mucho gusto lo aceptaremos, perosi no, sí nos preocupa porque, cuidado, no estemosbuscando situaciones para llamarle a la deuda públicade otra manera.

Entonces, yo creo que sí sería bueno, además de queme parece correcta la precisión del diputado Julen, dehacer precisiones a estas reformas, a estos artículos,para que exclusivamente en todo caso, si esto procede,solamente obras de infraestructura vial y de beneficiocomo lo es la obra pública, pudieran ser bursatilizadas,no sea que al rato las cumbres Tajín, los festivalesAgustín Lara o las ocurrencias que tenga Lazo Márgainy compañía, también las quieran bursatilizar.

Es cuanto, diputada presidenta.

- LA C. PRESIDENTA:La iniciativa ya fue turnada a comisiones. El dictamenfue entregado el día 3 a los coordinadores en la Juntade Coordinación Política.

Continuando con el siguiente punto del orden del día,concerniente a los doce dictámenes con proyecto deacuerdos relativos a las denuncias presentadas por laComisión Permanente de Vigilancia en contra de losciudadanos presidentes municipales y síndicos, delos honorables ayuntamientos de Ayahualulco, BenitoJuárez, Chocamán, Chumatlán, Hueyapan de Ocampo,La Perla, Las Minas, Ozuluama, Río Blanco, San AndrésTenejapan, Tamalín y Texcatepec, Veracruz, por nohaber presentado la cuenta pública del ejercicio fiscaldel año 2000, emitida por las Comisiones PermanentesUnidas de Gobernación y de Just icia y PuntosConstitucionales, y toda vez que éstos ya han sidopublicados en la Gaceta Legislativa , misma que ya

obra en poder de los diputados que integramos estaDiputación Permanente, se propone a la asamblea ladispensa de la lectura de dichos dictámenes. Los queestén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo envotación económica, levantando la mano.

(La asamblea asiente)

Aprobado.

(No obstante la dispensa de lectura, se incluyen losdictámenes con proyecto de acuerdos)

COMISIONES PERMANENTES UN I D A S D E GOBERNACIÓN Y D E

JUSTICIA Y PUNTOS CONSTITUCIONALES

Honorable Diputación Permanente:

A los suscri tos, integrantes de las ComisionesPermanentes Unidas de Gobernación y de Justicia yPuntos Constitucionales, fue turnado, para los efectoslegales procedentes, por acuerdo del pleno de la LIXLegislatura del honorable Congreso del estado, elexpediente relativo a la denuncia y ratificación de lamisma, formuladas por la Comisión Permanente deVigilancia en contra de los ciudadanos SilvanoCaballero Hernández y Alfonso Torres Cortés,presidente y síndico del honorable ayuntamiento deAyahualulco, Veracruz , mediante las cuales se solicitala suspensión en sus cargos de los ediles citados, porhaber omitido enviar la Cuenta Pública municipalcorrespondiente al ejercicio fiscal del año 2000.

En atención a lo anterior, de conformidad con lodispuesto por los artículos 33 fracción IX inciso c) , 38de la Constitución Política del estado; 18 fracción IXinciso c) , 38, 39 fracciones XII y XVI, 47 de la LeyOrgánica del Poder Legislativo; 131, 132, 133 de laLey Orgánica del Municipio Libre; 21 de la Ley deFiscalización Superior para el estado; 42, 44 fraccionesII y III, 48 y 59 del Reglamento para el GobiernoInterior del Poder Legislativo, estas ComisionesPermanentes Unidas emiten su dictamen, basado enlos siguientes

ANTECEDENTES

1. Mediante escrito fechado el 29 de enero del año encurso, los integrantes de la Comisión Permanentede Vigilancia de esta honorable Legislaturaformularon denuncia ante la ciudadana presidentadel honorable Congreso del estado en contra delos ciudadanos Silvano Caballero Hernández yAlfonso Torres Cortés, presidente y síndico,respectivamente, del ayuntamiento de Ayahualulco,

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Veracruz, solicitando la suspensión del cargo a loscitados ediles, debido a la omisión de lo dispuestopor los artículos 35 fracciones VI y VII, 36 fraccionesIV y XI, y 37 fracción IV de la Ley Orgánica delMunicipio Libre; y 21 de la Ley de FiscalizaciónSuperior para el estado, relativos a la presentaciónante el Congreso, de las cuentas públicas duranteel mes de mayo del año siguiente al del ejerciciofiscal sujeto a revisión.

2. A través de escrito, de fecha 31 de enero del añoen curso, con fundamento en lo establecido en elartículo 131 de la Ley Orgánica del MunicipioLibre, los ciudadanos integrantes de la ComisiónPermanente de Vigilancia ratificaron en todos sustérminos la denuncia a que se refiere el antecedentenúmero 1 y la solicitud de suspender en sus cargosa los ciudadanos Silvano Caballero Hernández yAlfonso Torres Cortés, presidente y síndicomunicipales, respectivamente, del ayuntamientode referencia.

3. El pleno de la LIX Legislatura del honorableCongreso del estado, en sesión celebrada el 31 deenero de 2002, conoció de la denuncia de referenciay acordó turnarla a estas comisiones permanentesunidas, junto con el expediente respectivo, aefecto de dictaminar sobre la procedencia oimprocedencia de la misma.

Con base en los antecedentes expuestos, estascomis iones pe rmanen tes un idas fo rmulan l a ssiguientes

CONSIDERACIONES

I. Que, en términos de la normatividad invocada enel párrafo segundo del presente dictamen, estascomisiones permanentes unidas son competentespara emitir esta resolución.

II. Que, a fin de subsanar las omisiones y conceder alos denunciados la garantía de audiencia previstapor la Constitución Política de los Estados UnidosMexicanos, estas comisiones permanentes unidasresolvieron convocar a los ediles mencionados, auna reunión en la que expusieran a lo que susintereses conviniera, misma que permitió aclarardudas y , a l a vez , apoyar los en e l deb idocumpl imien to de l a s d i spos ic iones l ega lesaplicables.

III. Que, en el caso al que el presente dictamen serefiere y en vista de que se actualizaron las hipótesisque prevé la legislación aplicable, ha quedado sin

materia el procedimiento iniciado con base en ladenuncia aludida.

Por los antecedentes y consideraciones expuestos,es tas Comis iones Permanentes Unidas deGobernación y de Justicia y Puntos Constitucionales,someten a consideración de ese órgano legislativo elpresente

DICTAMEN CON PROYECTO D E ACUERDO

Primero. No ha lugar a proceder en contra de losciudadanos Silvano Caballero Hernández y AlfonsoTorres Cortés, presidente y síndico del ayuntamientode Ayahualulco, Veracruz, para suspenderlos en suscargos, como lo solicitó en su denuncia la ComisiónPermanente de Vig i lanc ia , deb ido a que , conposterioridad, se aclararon los motivos del retraso enla entrega de la documentación correspondiente a laCuenta Pública del ejercicio fiscal del año 2000 y setomaron l a s p rov idenc i a s p r ev i s t a s en l a sdisposiciones legales aplicables.

Segundo. Conmínese a los ediles mencionados en elresolutivo anterior a conducirse, en lo sucesivo, conest r ic to apego a la normat ividad que r ige susfunciones, particularmente en todo lo relativo al manejode recursos públicos y al rendimiento oportuno de lascuentas e informes correspondientes.

Tercero. Notifíquese el presente acuerdo a los edilesde referencia, para su conocimiento.

Cuarto. Publíquese en la Gaceta Oficial. Órgano delGobierno del Estado .

Dado en la sala de comisiones de la LIX Legislatura delhonorable Congreso del estado, en la ciudad deXalapa-Enríquez, Veracruz, a los 4 días del mes de abrildel año 2002.

Comisión Permanente de Gobernación

Dip. Miguel Ángel Díaz PedrozaPresidente(Rúbrica)

Dip. Leticia del Carmen García PereaSecretaria(Rúbrica)

Dip. Alejandro Salas MartínezVocal

(Rúbrica)

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Comisión Permanente de Justiciay Puntos Constitucionales

Dip. Francisco Montes de Oca LópezPresidente(Rúbrica)

Dip. Sergio Penagos GarcíaSecretario(Rúbrica)

Dip. Ernesto Alarcón TrujilloVocal

(Rúbrica)

COMISIONES PERMANENTES UN I D A S D E GOBERNACIÓN Y D E

JUSTICIA Y PUNTOS CONSTITUCIONALES

Honorable Diputación Permanente:

A los suscri tos, integrantes de las ComisionesPermanentes Unidas de Gobernación y de Justicia yPuntos Constitucionales, fue turnado, para los efectoslegales procedentes, por acuerdo del pleno de la LIXLegislatura del honorable Congreso del estado, elexpediente relativo a la denuncia y ratificación de lamisma, formuladas por la Comisión Permanente deVigilancia en contra de los ciudadanos Franciscode la Cruz Hernández y Germán Hernández Juana,presidente y síndico del honorable ayuntamiento deBenito Juárez, Veracruz, mediante las cuales sesolicita la suspensión en sus cargos de los edilescitados, por haber omitido enviar la Cuenta Públicamunicipal correspondiente al ejercicio fiscal delaño 2000.

En atención a lo anterior, de conformidad con lodispuesto por los artículos 33 fracción IX inciso c) , 38de la Constitución Política del estado; 18 fracción IXinciso c) , 38, 39 fracciones XII y XVI, 47 de la LeyOrgánica del Poder Legislativo; 131, 132, 133 de laLey Orgánica del Municipio Libre; 21 de la Ley deFiscalización Superior para el estado; 42, 44 fraccionesII y III, 48 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interiordel Poder Legislativo, estas comisiones permanentesunidas emiten su dictamen, basado en los siguientes

ANTECEDENTES

1. Mediante escrito fechado el 29 de enero del año encurso, los integrantes de la Comisión Permanentede Vigilancia de esta honorable Legislaturaformularon denuncia ante la ciudadana presidentadel honorable Congreso del estado en contra delos ciudadanos Francisco de la Cruz Hernández y

Germán Hernández Juana, presidente y síndico,respectivamente, del ayuntamiento de BenitoJuárez, Veracruz, solicitando la suspensión delcargo a los citados ediles, debido a la omisión delo dispuesto por los artículos 35 fracciones VI yVII, 36 fracciones IV y XI, y 37 fracción IV de laLey Orgánica del Municipio Libre; y 21 de la Leyde Fiscalización Superior para el estado, relativosa la presentación ante el Congreso de las cuentaspúblicas durante el mes de mayo del año siguienteal del ejercicio fiscal sujeto a revisión.

2. A través de escrito, de fecha 31 de enero del añoen curso, con fundamento en lo establecido en elartículo 131 de la Ley Orgánica del MunicipioLibre, los ciudadanos integrantes de la ComisiónPermanente de Vigilancia ratificaron en todos sustérminos la denuncia a que se refiere el antecedentenúmero 1 y la solicitud de suspender en sus cargosa los ciudadanos Francisco de la Cruz Hernándezy Germán Hernández Juana, presidente y síndicomunicipales, respectivamente, del ayuntamientode referencia.

3. El pleno de la LIX Legislatura del honorableCongreso del estado, en sesión celebrada el 31 deenero de 2002, conoció de la denuncia de referenciay acordó turnarla a estas comisiones permanentesunidas, junto con el expediente respectivo, aefecto de dictaminar sobre la procedencia oimprocedencia de la misma.

Con base en los antecedentes expuestos, estascomis iones pe rmanen tes un idas fo rmulan l a ssiguientes

CONSIDERACIONES

I. Que, en términos de la normatividad invocada enel párrafo segundo del presente dictamen, estascomisiones permanentes unidas son competentespara emitir esta resolución.

II. Que, a fin de subsanar las omisiones y conceder alos denunciados la garantía de audiencia previstapor la Constitución Política de los Estados UnidosMexicanos, estas comisiones permanentes unidasresolvieron convocar a los ediles mencionados, auna reunión en la que expusieran a lo que susintereses conviniera, misma que permitió aclarardudas y , a l a vez , apoyar los en e l deb idocumplimiento de las disposiciones legales aplicables.

III. Que, en el caso al que el presente dictamen serefiere y en vista de que se actualizaron las

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hipótesis que prevé la legislación aplicable, haquedado sin materia el procedimiento iniciado conbase en la denuncia aludida.

Por los antecedentes y consideraciones expuestos,estas Comisiones Permanentes Unidas de Gobernacióny de Justicia y Puntos Constitucionales, someten aconsideración de ese órgano legislativo el presente

DICTAMEN CON PROYECTO D E ACUERDO

Primero. No ha lugar a proceder en contra de losciudadanos Francisco de la Cruz Hernández y GermánHernández Juana , p r e s iden t e y s í nd i co de layuntamiento de Benito Juárez, Veracruz, parasuspenderlos en sus cargos, como lo solicitó en sudenuncia la Comisión Permanente de Vigilancia, debidoa que, con posterioridad, se aclararon los motivos delr e t r a so en l a en t r ega de l a documen tac ióncorrespondiente a la Cuenta Pública del ejercicio fiscaldel año 2000 y se tomaron las providencias previstasen las disposiciones legales aplicables.

Segundo. Conmínese a los ediles mencionados en elresolutivo anterior a conducirse, en lo sucesivo, conest r ic to apego a la normat ividad que r ige susfunciones, particularmente en todo lo relativo al manejode recursos públicos y al rendimiento oportuno de lascuentas e informes correspondientes.

Tercero. Notifíquese el presente acuerdo a los edilesde referencia, para su conocimiento.

Cuarto. Publíquese en la Gaceta Oficial. Órgano delGobierno del Estado .

Dado en la sala de comisiones de la LIX Legislatura delhonorable Congreso del estado, en la ciudad deXalapa-Enríquez, Veracruz, a los 4 días del mes de abrildel año 2002.

Comisión Permanente de Gobernación

Dip. Miguel Ángel Díaz PedrozaPresidente(Rúbrica)

Dip. Leticia del Carmen García PereaSecretaria(Rúbrica)

Dip. Alejandro Salas MartínezVocal

(Rúbrica)

Comisión Permanente de Justiciay Puntos Constitucionales

Dip. Francisco Montes de Oca LópezPresidente(Rúbrica)

Dip. Sergio Penagos GarcíaSecretario(Rúbrica)

Dip. Ernesto Alarcón TrujilloVocal

(Rúbrica)

COMISIONES PERMANENTES UN I D A S D E GOBERNACIÓN Y D E

JUSTICIA Y PUNTOS CONSTITUCIONALES

Honorable Diputación Permanente:

A los suscri tos, integrantes de las ComisionesPermanentes Unidas de Gobernación y de Justicia yPuntos Constitucionales, fue turnado, para los efectoslegales procedentes, por acuerdo del pleno de la LIXLegislatura del honorable Congreso del estado, elexpediente relativo a la denuncia y ratificación de lamisma, formuladas por la Comisión Permanente deVigilancia en contra de los ciudadanos Joel OjedaMartínez y Emigdia Ochoa Ortiz, presidente y síndicadel ayuntamiento de Chocamán, Veracruz , mediantelas cuales se solicita la suspensión en sus cargosde los ediles citados, por haber omitido enviar laCuenta Pública municipal correspondiente al ejerciciofiscal del año 2000.

En atención a lo anterior, de conformidad con lodispuesto por los artículos 33 fracción IX inciso c) , 38de la Constitución Política del estado; 18 fracción IXinciso c) , 38, 39 fracciones XII y XVI, 47 de la LeyOrgánica del Poder Legislativo; 131, 132, 133 de laLey Orgánica del Municipio Libre; 21 de la Ley deFiscalización Superior para el estado; 42, 44 fraccionesII y III, 48 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interiordel Poder Legislativo, estas comisiones permanentesunidas emiten su dictamen, basado en los siguientes

ANTECEDENTES

1. Mediante escrito fechado el 29 de enero del año encurso, los integrantes de la Comisión Permanentede Vigilancia de esta honorable Legislaturaformularon denuncia ante la ciudadana presidentadel honorable Congreso del estado en contra delos ciudadanos Joel Ojeda Martínez y EmigdiaOchoa Ortiz, presidente y síndica del ayuntamiento

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de Chocamán, Veracruz, solicitando la suspensióndel cargo a los citados ediles, debido a la omisiónde lo dispuesto por los artículos 35 fracciones VIy VII, 36 fracciones IV y XI, y 37 fracción IV de laLey Orgánica del Municipio Libre; y 21 de la Ley deFiscalización Superior para el estado, relativos a lapresentación ante el Congreso de las cuentaspúblicas durante el mes de mayo del año siguienteal del ejercicio fiscal sujeto a revisión.

2. A través de escrito, de fecha 31 de enero del añoen curso, con fundamento en lo establecido en elartículo 131 de la Ley Orgánica del MunicipioLibre, los ciudadanos integrantes de la ComisiónPermanente de Vigilancia ratificaron en todossus términos la denuncia a que se refiere elantecedente número 1 y la solicitud de suspenderen sus cargos a los ciudadanos Joel Ojeda Martínezy Emigdia Ochoa Ortiz, presidente y síndicamunicipales, respectivamente, del ayuntamientode referencia.

3. El pleno de la LIX Legislatura del honorableCongreso del estado, en sesión celebrada el 31 deenero de 2002, conoció de la denuncia de referenciay acordó turnarla a estas comisiones permanentesunidas, junto con el expediente respectivo, a efectode dictaminar sobre la procedencia o improcedenciade la misma.

Con base en los antecedentes expuestos, estascomis iones pe rmanen tes un idas fo rmulan l a ssiguientes

CONSIDERACIONES

I. Que, en términos de la normatividad invocada enel párrafo segundo del presente dictamen, estascomisiones permanentes unidas son competentespara emitir esta resolución.

II. Que, a fin de subsanar las omisiones y conceder alos denunciados la garantía de audiencia previstapor la Constitución Política de los Estados UnidosMexicanos, estas comisiones permanentes unidasresolvieron convocar a los ediles mencionados, auna reunión en la que expusieran a lo que susintereses conviniera, misma que permitió aclarardudas y , a l a vez , apoyar los en e l deb idocumpl imien to de l a s d i spos ic iones l ega lesaplicables.

III. Que, en el caso al que el presente dictamen serefiere y en vista de que se actualizaron las hipótesisque prevé la legislación aplicable, ha quedado sin

materia el procedimiento iniciado con base en ladenuncia aludida.

Por los antecedentes y consideraciones expuestos,estas Comisiones Permanentes Unidas de Gobernacióny de Justicia y Puntos Constitucionales, sometena consideración de ese órgano legislativo elpresente

DICTAMEN CON PROYECTO D E ACUERDO

Primero. No ha lugar a proceder en contra de losciudadanos Joel Ojeda Martínez y Emigdia OchoaOrtiz, presidente y síndica del ayuntamiento deChocamán, Veracruz, para suspenderlos en sus cargos,como lo so l ic i tó en su denuncia la Comis iónPermanente de Vig i lanc ia , deb ido a que , conposterioridad, se aclararon los motivos del retraso enla entrega de la documentación correspondiente a laCuenta Pública del ejercicio fiscal del año 2000 y setomaron l a s p rov idenc i a s p r ev i s t a s en l a sdisposiciones legales aplicables.

Segundo. Conmínese a los ediles mencionados en elresolutivo anterior a conducirse, en lo sucesivo, conest r ic to apego a la normat ividad que r ige susfunciones, particularmente en todo lo relativo al manejode recursos públicos y al rendimiento oportuno de lascuentas e informes correspondientes.

Tercero. Notifíquese el presente acuerdo a los edilesde referencia, para su conocimiento.

Cuarto. Publíquese en la Gaceta Oficial. Órgano delGobierno del Estado .

Dado en la sala de comisiones de la LIX Legislatura delhonorable Congreso del estado, en la ciudad deXalapa-Enríquez, Veracruz, a los 4 días del mes de abrildel año 2002.

Comisión Permanente de Gobernación

Dip. Miguel Ángel Díaz PedrozaPresidente(Rúbrica)

Dip. Leticia del Carmen García PereaSecretaria(Rúbrica)

Dip. Alejandro Salas MartínezVocal

(Rúbrica)

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Segundo Año de Ejercicio Constitucional

Comisión Permanente de Justiciay Puntos Constitucionales

Dip. Francisco Montes de Oca LópezPresidente(Rúbrica)

Dip. Sergio Penagos GarcíaSecretario(Rúbrica)

Dip. Ernesto Alarcón TrujilloVocal

(Rúbrica)

COMISIONES PERMANENTES UN I D A S D E GOBERNACIÓN Y D E

JUSTICIA Y PUNTOS CONSTITUCIONALES

Honorable Diputación Permanente:

A los suscri tos, integrantes de las ComisionesPermanentes Unidas de Gobernación y de Justicia yPuntos Constitucionales, fue turnado, para los efectoslegales procedentes, por acuerdo del pleno de la LIXLegislatura del honorable Congreso del estado, elexpediente relativo a la denuncia y ratificación de lamisma, formuladas por la Comisión Permanente deVigilancia en contra de los ciudadanos Marcos SánchezLuna y Leonardo Sánchez Zepeda, presidente y síndicodel ayuntamiento de Chumatlán, Veracruz , mediantelas cuales se solicita la suspensión en sus cargos delos ediles citados, por haber omitido enviar la CuentaPública municipal correspondiente al ejercicio fiscaldel año 2000.

En atención a lo anterior, de conformidad con lodispuesto por los artículos 33 fracción IX inciso c) , 38de la Constitución Política del estado; 18 fracción IXinciso c) , 38, 39 fracciones XII y XVI, 47 de la LeyOrgánica del Poder Legislativo; 131, 132, 133 de laLey Orgánica del Municipio Libre; 21 de la Ley deFiscalización Superior para el estado; 42, 44 fraccionesII y III, 48 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interiordel Poder Legislativo, estas comisiones permanentesunidas emiten su dictamen, basado en los siguientes

ANTECEDENTES

1. Mediante escrito fechado el 29 de enero del año encurso, los integrantes de la Comisión Permanentede Vigilancia de esta honorable Legislaturaformularon denuncia ante la ciudadana presidentadel honorable Congreso del estado en contra delos ciudadanos Marcos Sánchez Luna y LeonardoS á n c h e z Z e p e d a , p r e s i d e n t e y s í n d i c o d e l

ayuntamiento de Chumatlán, Veracruz, solicitandola suspensión del cargo a los citados ediles, debidoa la omisión de lo dispuesto por los artículos35 fracciones VI y VII, 36 fracciones IV y XI, y 37fracción IV de la Ley Orgánica del Municipio Libre;y 21 de la Ley de Fiscalización Superior para elestado, relativos a la presentación ante el Congresode las cuentas públicas durante el mes de mayo delaño siguiente al del ejercicio fiscal sujeto a revisión.

2. A través de escrito de fecha 31 de enero del año encurso, con fundamento en lo establecido en elartículo 131 de la Ley Orgánica del MunicipioLibre, los ciudadanos integrantes de la ComisiónPermanente de Vigilancia ratificaron en todos sustérminos la denuncia a que se refiere el antecedentenúmero 1 y la solicitud de suspender en sus cargosa los ciudadanos Marcos Sánchez Luna y LeonardoSánchez Zepeda, presidente y síndico municipales,respectivamente, del ayuntamiento de referencia.

3. El pleno de la LIX Legislatura del honorableCongreso del estado, en sesión celebrada el 31 deenero de 2002, conoció de la denuncia de referenciay acordó turnarla a estas comisiones permanentesunidas, junto con el expediente respectivo, aefecto de dictaminar sobre la procedencia oimprocedencia de la misma.

Con base en los antecedentes expuestos, estascomis iones pe rmanen tes un idas fo rmulan l a ssiguientes

CONSIDERACIONES

I. Que, en términos de la normatividad invocada enel párrafo segundo del presente dictamen, estascomisiones permanentes unidas son competentespara emitir esta resolución.

II. Que, a fin de subsanar las omisiones y conceder alos denunciados la garantía de audiencia previstapor la Constitución Política de los Estados UnidosMexicanos, estas comisiones permanentes unidasresolvieron convocar a los ediles mencionados, auna reunión en la que expusieran a lo que susintereses conviniera, misma que permitió aclarardudas y , a l a vez , apoyar los en e l deb idocumplimiento de las disposiciones legales aplicables.

III. Que, en el caso al que el presente dictamen serefiere y en vista de que se actualizaron las hipótesisque prevé la legislación aplicable, ha quedado sinmateria el procedimiento iniciado con base en ladenuncia aludida.

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Primer Receso

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Por los antecedentes y consideraciones expuestos,estas Comisiones Permanentes Unidas de Gobernacióny de Justicia y Puntos Constitucionales, someten aconsideración de ese órgano legislativo el presente

DICTAMEN CON PROYECTO D E ACUERDO

Primero. No ha lugar a proceder en contra de losciudadanos Marcos Sánchez Luna y Leonardo SánchezZepeda, presidente y síndico del ayuntamiento deChumatlán, Veracruz, para suspenderlos en sus cargos,como lo solicitó en su denuncia la Comisión Permanentede Vigilancia, debido a que, con posterioridad, se aclararonlos motivos del retraso en la entrega de la documentacióncorrespondiente a la Cuenta Pública del ejercicio fiscaldel año 2000 y se tomaron las providencias previstasen las disposiciones legales aplicables.

Segundo. Conmínese a los ediles mencionados en elresolutivo anterior a conducirse, en lo sucesivo, conest r ic to apego a la normat ividad que r ige susfunciones, particularmente en todo lo relativo al manejode recursos públicos y al rendimiento oportuno de lascuentas e informes correspondientes.

Tercero. Notifíquese el presente acuerdo a los edilesde referencia, para su conocimiento.

Cuarto. Publíquese en la Gaceta Oficial. Órgano delGobierno del Estado .

Dado en la sala de comisiones de la LIX Legislatura delhonorable Congreso del estado, en la ciudad deXalapa-Enríquez, Veracruz, a los 4 días del mes de abrildel año 2002.

Comisión Permanente de Gobernación

Dip. Miguel Ángel Díaz PedrozaPresidente(Rúbrica)

Dip. Leticia del Carmen García PereaSecretaria(Rúbrica)

Dip. Alejandro Salas MartínezVocal

(Rúbrica)

Comisión Permanente de Justiciay Puntos Constitucionales

Dip. Francisco Montes de Oca LópezPresidente(Rúbrica)

Dip. Sergio Penagos GarcíaSecretario(Rúbrica)

Dip. Ernesto Alarcón TrujilloVocal

(Rúbrica)

COMISIONES PERMANENTES UN I D A S D E GOBERNACIÓN Y D E

JUSTICIA Y PUNTOS CONSTITUCIONALES

Honorable Diputación Permanente:

A los suscri tos, integrantes de las ComisionesPermanentes Unidas de Gobernación y de Justicia yPuntos Constitucionales, fue turnado, para los efectoslegales procedentes, por acuerdo del pleno de la LIXLegislatura del honorable Congreso del estado, elexpediente relativo a la denuncia y ratificación de lamisma, formuladas por la Comisión Permanente deVigilancia en contra de los ciudadanos Gaspar GómezJiménez y Juan Peña Sánchez, presidente y síndico delayuntamiento de Hueyapan de Ocampo , Veracruz,mediante las cuales se solicita la suspensión en suscargos de los ediles citados, por haber omitido enviarla Cuenta Pública municipal correspondiente alejercicio fiscal del año 2000.

En atención a lo anterior, de conformidad con lodispuesto por los artículos 33 fracción IX inciso c) , 38de la Constitución Política del estado; 18 fracción IXinciso c) , 38, 39 fracciones XII y XVI, 47 de la LeyOrgánica del Poder Legislativo; 131, 132, 133 de laLey Orgánica del Municipio Libre; 21 de la Ley deFiscalización Superior para el estado; 42, 44 fraccionesII y III, 48 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interiordel Poder Legislativo, estas comisiones permanentesunidas emiten su dictamen, basado en los siguientes

ANTECEDENTES

1. Mediante escrito fechado el 29 de enero del añoen cu r so , l o s i n t eg ran t e s de l a Comis iónPermanente de Vigilancia de esta honorableLegislatura formularon denuncia ante la ciudadanapresidenta del honorable Congreso del estado encontra de los ciudadanos Gaspar Gómez Jiménez yJuan Peña Sánchez, presidente y síndico delayuntamiento de Hueyapan de Ocampo, Veracruz,solicitando la suspensión del cargo a los citadosediles, debido a la omisión de lo dispuesto por losartículos 35 fracciones VI y VII, 36 fracciones IV yXI, y 37 fracción IV de la Ley Orgánica delMunicipio Libre; y 21 de la Ley de FiscalizaciónSuperior para el estado, relativos a la presentación

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Segundo Año de Ejercicio Constitucional

ante el Congreso de las cuentas públicas duranteel mes de mayo del año siguiente al del ejerciciofiscal sujeto a revisión.

2. A través de escrito, de fecha 31 de enero del añoen curso, con fundamento en lo establecido en elartículo 131 de la Ley Orgánica del MunicipioLibre, los ciudadanos integrantes de la ComisiónPermanente de Vigilancia ratificaron en todos sustérminos la denuncia a que se refiere el antecedentenúmero 1 y la solicitud de suspender en sus cargosa los ciudadanos Gaspar Gómez Jiménez y JuanPeña Sánchez, presidente y síndico municipales,respectivamente, del ayuntamiento de referencia.

3. El pleno de la LIX Legislatura del honorableCongreso del estado, en sesión celebrada el 31 deenero de 2002, conoció de la denuncia de referenciay acordó turnarla a estas comisiones permanentesunidas, junto con el expediente respectivo, a efectode d i c t amina r sob re l a p rocedenc ia oimprocedencia de la misma.

Con base en los antecedentes expuestos, estascomis iones pe rmanen tes un idas fo rmulan l a ssiguientes

CONSIDERACIONES

I. Que, en términos de la normatividad invocada enel párrafo segundo del presente dictamen, estascomisiones permanentes unidas son competentespara emitir esta resolución.

II. Que, a fin de subsanar las omisiones y concedera los denunciados la garantía de audiencia previstapor la Constitución Política de los Estados UnidosMexicanos, estas comisiones permanentes unidasresolvieron convocar a los ediles mencionados, auna reunión en la que expusieran a lo que susintereses conviniera, misma que permitió aclarardudas y , a la vez , apoyar los en e l debidocumpl imiento de las d ispos ic iones lega lesaplicables.

III. Que, en el caso al que el presente dictamen serefiere y en vista de que se actualizaron lashipótesis que prevé la legislación aplicable, haquedado sin materia el procedimiento iniciado conbase en la denuncia aludida.

Por los antecedentes y consideraciones expuestos,estas Comisiones Permanentes Unidas de Gobernacióny de Justicia y Puntos Constitucionales, someten aconsideración de ese órgano legislativo el presente

DICTAMEN CON PROYECTO D E ACUERDO

Primero. No ha lugar a proceder en contra de losciudadanos Gaspar Gómez Jiménez y Juan PeñaSánchez, presidente y síndico del ayuntamiento deHueyapan de Ocampo, Veracruz, para suspenderlosen sus cargos, como lo solicitó en su denuncia la ComisiónPermanente de Vigilancia, debido a que, con posterioridad,se aclararon los motivos del retraso en la entrega de ladocumentación correspondiente a la Cuenta Pública delejercicio fiscal del año 2000 y se tomaron las providenciasprevistas en las disposiciones legales aplicables.

Segundo. Conmínese a los ediles mencionados en elresolutivo anterior a conducirse, en lo sucesivo, conest r ic to apego a la normat ividad que r ige susfunciones, particularmente en todo lo relativo al manejode recursos públicos y al rendimiento oportuno de lascuentas e informes correspondientes.

Tercero. Notifíquese el presente acuerdo a los edilesde referencia, para su conocimiento.

Cuarto. Publíquese en la Gaceta Oficial. Órgano delGobierno del Estado .

Dado en la sala de comisiones de la LIX Legislatura delhonorable Congreso del estado, en la ciudad deXalapa-Enríquez, Veracruz, a los 4 días del mes de abrildel año 2002.

Comisión Permanente de Gobernación

Dip. Miguel Ángel Díaz PedrozaPresidente(Rúbrica)

Dip. Leticia del Carmen García PereaSecretaria(Rúbrica)

Dip. Alejandro Salas MartínezVocal

(Rúbrica)

Comisión Permanente de Justiciay Puntos Constitucionales

Dip. Francisco Montes de Oca LópezPresidente(Rúbrica)

Dip. Sergio Penagos GarcíaSecretario(Rúbrica)

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Primer Receso

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Dip. Ernesto Alarcón TrujilloVocal

(Rúbrica)

COMISIONES PERMANENTES UN I D A S D E GOBERNACIÓN Y D E

JUSTICIA Y PUNTOS CONSTITUCIONALES

Honorable Diputación Permanente:

A los suscri tos, integrantes de las ComisionesPermanentes Unidas de Gobernación y de Justicia yPuntos Constitucionales, fue turnado, para los efectoslegales procedentes, por acuerdo del pleno de la LIXLegislatura del honorable Congreso del estado, elexpediente relativo a la denuncia y ratificación de lamisma, formuladas por la Comisión Permanente deVigilancia en contra de los ciudadanos Ángel RomeroFabián e Irma Cervantes Jiménez, presidente y síndicadel ayuntamiento de La Perla, Veracruz, mediante lascuales se solicita la suspensión en sus cargos de losediles citados, por haber omitido enviar la CuentaPública municipal correspondiente al ejercicio fiscaldel año 2000.

En atención a lo anterior, de conformidad con lodispuesto por los artículos 33 fracción IX inciso c) , 38de la Constitución Política del estado; 18 fracción IXinciso c) , 38, 39 fracciones XII y XVI, 47 de la LeyOrgánica del Poder Legislativo; 131, 132, 133 de laLey Orgánica del Municipio Libre; 21 de la Ley deFiscalización Superior para el estado; 42, 44 fraccionesII y III, 48 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interiordel Poder Legislativo, estas comisiones permanentesunidas emiten su dictamen, basado en los siguientes

ANTECEDENTES

1. Mediante escrito fechado el 29 de enero del año encurso, los integrantes de la Comisión Permanentede Vigilancia de esta honorable Legislaturaformularon denuncia ante la ciudadana presidentadel honorable Congreso del estado en contra delos ciudadanos Ángel Romero Fabián e IrmaCervantes Jiménez, presidente y síndica delayuntamiento de La Perla, Veracruz, solicitando lasuspensión del cargo a los citados ediles, debidoa la omisión de lo dispuesto por los artículos 35fracciones VI y VII, 36 fracciones IV y XI, y 37fracción IV de la Ley Orgánica del Municipio Libre;y 21 de la Ley de Fiscalización Superior para elestado, relativos a la presentación ante el Congresode las cuentas públicas durante el mes de mayodel año siguiente al del ejercicio fiscal sujeto arevisión.

2. A través de escrito de fecha 31 de enero del año encurso, con fundamento en lo establecido en elartículo 131 de la Ley Orgánica del MunicipioLibre, los ciudadanos integrantes de la ComisiónPermanente de Vigilancia ratificaron en todos sustérminos la denuncia a que se refiere el antecedentenúmero 1 y la solicitud de suspender en sus cargosa los ciudadanos Ángel Romero Fabián e IrmaCervan tes J iménez , p re s iden te y s índ icamunicipales, respectivamente, del ayuntamientode referencia.

3. El pleno de la LIX Legislatura del honorableCongreso del estado, en sesión celebrada el 31 deenero de 2002, conoció de la denuncia de referenciay acordó turnarla a estas comisiones permanentesunidas, junto con el expediente respectivo, aefecto de dictaminar sobre la procedencia oimprocedencia de la misma.

Con base en los antecedentes expuestos, estascomis iones pe rmanen tes un idas fo rmulan l a ssiguientes

CONSIDERACIONES

I. Que, en términos de la normatividad invocada enel párrafo segundo del presente dictamen, estascomisiones permanentes unidas son competentespara emitir esta resolución.

II. Que, a fin de subsanar las omisiones y conceder alos denunciados la garantía de audiencia previstapor la Constitución Política de los Estados UnidosMexicanos, estas comisiones permanentes unidasresolvieron convocar a los ediles mencionados, auna reunión en la que expusieran a lo que susintereses conviniera, misma que permitió aclarardudas y , a l a vez , apoyar los en e l deb idocumpl imien to de l a s d i spos ic iones l ega lesaplicables.

III. Que, en el caso al que el presente dictamen serefiere y en vista de que se actualizaron lashipótesis que prevé la legislación aplicable, haquedado sin materia el procedimiento iniciado conbase en la denuncia aludida.

Por los antecedentes y consideraciones expuestos,es tas Comis iones Permanentes Unidas deGobernación y de Justicia y Puntos Constitucionales,someten a consideración de ese órgano legislativo elpresente

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Segundo Año de Ejercicio Constitucional

DICTAMEN CON PROYECTO D E ACUERDO

Primero. No ha lugar a proceder en contra de losciudadanos Ángel Romero Fabián e Irma CervantesJiménez, presidente y síndica del ayuntamiento de LaPerla, Veracruz, para suspenderlos en sus cargos, comolo solicitó en su denuncia la Comisión Permanente deVigilancia, debido a que, con posterioridad, se aclararonlos motivos del retraso en la entrega de la documentacióncorrespondiente a la Cuenta Pública del ejercicio fiscaldel año 2000 y se tomaron las providencias previstasen las disposiciones legales aplicables.

Segundo. Conmínese a los ediles mencionados en elresolutivo anterior a conducirse, en lo sucesivo, conest r ic to apego a la normat ividad que r ige susfunciones, particularmente en todo lo relativo al manejode recursos públicos y al rendimiento oportuno de lascuentas e informes correspondientes.

Tercero. Notifíquese el presente acuerdo a los edilesde referencia, para su conocimiento.

Cuarto. Publíquese en la Gaceta Oficial. Órgano delGobierno del Estado .

Dado en la sala de comisiones de la LIX Legislatura delhonorable Congreso del estado, en la ciudad deXalapa-Enríquez, Veracruz, a los 4 días del mes de abrildel año 2002.

Comisión Permanente de Gobernación

Dip. Miguel Ángel Díaz PedrozaPresidente(Rúbrica)

Dip. Leticia del Carmen García PereaSecretaria(Rúbrica)

Dip. Alejandro Salas MartínezVocal

(Rúbrica)

Comisión Permanente de Justiciay Puntos Constitucionales

Dip. Francisco Montes de Oca LópezPresidente(Rúbrica)

Dip. Sergio Penagos GarcíaSecretario(Rúbrica)

Dip. Ernesto Alarcón TrujilloVocal

(Rúbrica)

COMISIONES PERMANENTES UN I D A S D E GOBERNACIÓN Y D E

JUSTICIA Y PUNTOS CONSTITUCIONALES

Honorable Diputación Permanente:

A los suscri tos, integrantes de las ComisionesPermanentes Unidas de Gobernación y de Justicia yPuntos Constitucionales, fue turnado, para los efectoslegales procedentes, por acuerdo del pleno de la LIXLegislatura del honorable Congreso del estado, elexpediente relativo a la denuncia y ratificación de lamisma, formuladas por la Comisión Permanente deVigilancia en contra de los ciudadanos Quintín BadilloPérez y Braulio Rangel Lucido, presidente y síndicodel ayuntamiento de Las Minas, Veracruz , mediantelas cuales se solicita la suspensión en sus cargos delos ediles citados, por haber omitido enviar la CuentaPública municipal correspondiente al ejercicio fiscaldel año 2000.

En atención a lo anterior, de conformidad con lodispuesto por los artículos 33 fracción IX inciso c) , 38de la Constitución Política del estado; 18 fracción IXinciso c) , 38, 39 fracciones XII y XVI, 47 de la LeyOrgánica del Poder Legislativo; 131, 132, 133 de laLey Orgánica del Municipio Libre; 21 de la Ley deFiscalización Superior para el estado; 42, 44 fraccionesII y III, 48 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interiordel Poder Legislativo, estas comisiones permanentesunidas emiten su dictamen, basado en los siguientes

ANTECEDENTES

1. Mediante escrito fechado el 29 de enero del año encurso, los integrantes de la Comisión Permanentede Vigilancia de esta honorable Legislaturaformularon denuncia ante la ciudadana presidentadel honorable Congreso del estado en contra delos ciudadanos Quintín Badillo Pérez y BraulioRange l Luc ido , p r e s iden t e y s í nd i co de layuntamiento de Las Minas, Veracruz, solicitandola suspensión del cargo a los citados ediles, debidoa la omisión de lo dispuesto por los artículos35 fracciones VI y VII, 36 fracciones IV y XI, y 37fracción IV de la Ley Orgánica del Municipio Libre;y 21 de la Ley de Fiscalización Superior parael estado, relativos a la presentación ante elCongreso de las cuentas públicas durante el mesde mayo del año siguiente al del ejercicio fiscalsujeto a revisión.

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Primer Receso

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2. A través de escrito, de fecha 31 de enero del añoen curso, con fundamento en lo establecido en elartículo 131 de la Ley Orgánica del MunicipioLibre, los ciudadanos integrantes de la ComisiónPermanente de Vigilancia ratificaron en todos sustérminos la denuncia a que se refiere el antecedentenúmero 1 y la solicitud de suspender en sus cargosa los ciudadanos Quintín Badillo Pérez y BraulioRangel Lucido, presidente y síndico municipales,respectivamente, del ayuntamiento de referencia.

3. El pleno de la LIX Legislatura del honorableCongreso del estado, en sesión celebrada el 31 deenero de 2002, conoció de la denuncia de referenciay acordó turnarla a estas comisiones permanentesunidas, junto con el expediente respectivo, aefecto de dictaminar sobre la procedencia oimprocedencia de la misma.

Con base en los antecedentes expuestos, estascomis iones pe rmanen tes un idas fo rmulan l a ssiguientes

CONSIDERACIONES

I. Que, en términos de la normatividad invocada enel párrafo segundo del presente dictamen, estascomisiones permanentes unidas son competentespara emitir esta resolución.

II. Que, a fin de subsanar las omisiones y conceder alos denunciados la garantía de audiencia previstapor la Constitución Política de los Estados UnidosMexicanos, estas comisiones permanentes unidasresolvieron convocar a los ediles mencionados, auna reunión en la que expusieran a lo que susintereses conviniera, misma que permitió aclarardudas y , a l a vez , apoyar los en e l deb idocumplimiento de las disposiciones legales aplicables.

III. Que, en el caso al que el presente dictamen serefiere y en vista de que se actualizaron las hipótesisque prevé la legislación aplicable, ha quedado sinmateria el procedimiento iniciado con base en ladenuncia aludida.

Por los antecedentes y consideraciones expuestos,estas Comisiones Permanentes Unidas de Gobernacióny de Justicia y Puntos Constitucionales, someten aconsideración de ese órgano legislativo el presente

DICTAMEN CON PROYECTO D E ACUERDO

Primero. No ha lugar a proceder en contra de losciudadanos Quintín Badillo Pérez y Braulio Rangel

Lucido, presidente y síndico del ayuntamiento de LasMinas, Veracruz, para suspenderlos en sus cargos, comolo solicitó en su denuncia la Comisión Permanente deVigilancia, debido a que, con posterioridad, se aclararonlos motivos del retraso en la entrega de la documentacióncorrespondiente a la Cuenta Pública del ejercicio fiscaldel año 2000 y se tomaron las providencias previstasen las disposiciones legales aplicables.

Segundo. Conmínese a los ediles mencionados en elresolutivo anterior a conducirse, en lo sucesivo, conest r ic to apego a la normat ividad que r ige susfunciones, particularmente en todo lo relativo al manejode recursos públicos y al rendimiento oportuno de lascuentas e informes correspondientes.

Tercero. Notifíquese el presente acuerdo a los edilesde referencia, para su conocimiento.

Cuarto. Publíquese en la Gaceta Oficial. Órgano delGobierno del Estado .

Dado en la sala de comisiones de la LIX Legislatura delhonorable Congreso del estado, en la ciudad deXalapa-Enríquez, Veracruz, a los 4 días del mes de abrildel año 2002.

Comisión Permanente de Gobernación

Dip. Miguel Ángel Díaz PedrozaPresidente(Rúbrica)

Dip. Leticia del Carmen García PereaSecretaria(Rúbrica)

Dip. Alejandro Salas MartínezVocal

(Rúbrica)

Comisión Permanente de Justiciay Puntos Constitucionales

Dip. Francisco Montes de Oca LópezPresidente(Rúbrica)

Dip. Sergio Penagos GarcíaSecretario(Rúbrica)

Dip. Ernesto Alarcón TrujilloVocal

(Rúbrica)

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Segundo Año de Ejercicio Constitucional

COMISIONES PERMANENTES UN I D A S D E GOBERNACIÓN Y D E

JUSTICIA Y PUNTOS CONSTITUCIONALES

Honorable Diputación Permanente:

A los suscri tos, integrantes de las ComisionesPermanentes Unidas de Gobernación y de Justicia yPuntos Constitucionales, fue turnado, para los efectoslegales procedentes, por acuerdo del pleno de la LIXLegislatura del honorable Congreso del estado, elexpediente relativo a la denuncia y ratificación de lamisma, formuladas por la Comisión Permanente deVigilancia en contra de los ciudadanos Óscar PulidoRamírez y Jesús Enedino Careaga Hernández,presidente y síndico del ayuntamiento de Ozuluama,Veracruz , mediante las cuales se solicita la suspensiónen sus cargos de los ediles citados, por haber omitidoenviar la Cuenta Pública municipal correspondiente alejercicio fiscal del año 2000.

En atención a lo anterior, de conformidad con lodispuesto por los artículos 33 fracción IX inciso c) , 38de la Constitución Política del estado; 18 fracción IXinciso c) , 38, 39 fracciones XII y XVI, 47 de la LeyOrgánica del Poder Legislativo; 131, 132, 133 de laLey Orgánica del Municipio Libre; 21 de la Ley deFiscalización Superior para el estado; 42, 44 fraccionesII y III, 48 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interiordel Poder Legislativo, estas comisiones permanentesunidas emiten su dictamen, basado en los siguientes

ANTECEDENTES

1. Mediante escrito fechado el 29 de enero del año encurso, los integrantes de la Comisión Permanentede Vigilancia de esta honorable Legislaturaformularon denuncia ante la ciudadana presidentadel honorable Congreso del estado en contra delos ciudadanos Óscar Pulido Ramírez y JesúsEnedino Careaga Hernández, presidente y síndicodel ayuntamiento de Ozuluama, Veracruz ,solicitando la suspensión del cargo a los citadosediles, debido a la omisión de lo dispuesto por losartículos 35 fracciones VI y VII, 36 fracciones IV yXI, y 37 fracción IV de la Ley Orgánica del MunicipioLibre; y 21 de la Ley de Fiscalización Superior parael estado, relativos a la presentación ante elCongreso de las cuentas públicas durante el mesde mayo del año siguiente al del ejercicio fiscalsujeto a revisión.

2. A través de escrito, de fecha 31 de enero del año encurso, con fundamento en lo establecido en elartículo 131 de la Ley Orgánica del MunicipioLibre, los ciudadanos integrantes de la Comisión

Permanente de Vigilancia ratificaron en todos sustérminos la denuncia a que se refiere el antecedentenúmero 1 y la solicitud de suspender en sus cargosa los ciudadanos Óscar Pulido Ramírez y JesúsEnedino Careaga Hernández, presidente y síndicomunicipales, respectivamente, del ayuntamientode referencia.

3. El pleno de la LIX Legislatura del honorableCongreso del estado, en sesión celebrada el 31 deenero de 2002, conoció de la denuncia de referenciay acordó turnarla a estas comisiones permanentesunidas, junto con el expediente respectivo, aefecto de dictaminar sobre la procedencia oimprocedencia de la misma.

Con base en los antecedentes expuestos, estascomis iones pe rmanen tes un idas fo rmulan l a ssiguientes

CONSIDERACIONES

I. Que, en términos de la normatividad invocada enel párrafo segundo del presente dictamen, estascomisiones permanentes unidas son competentespara emitir esta resolución.

II. Que, a fin de subsanar las omisiones y conceder alos denunciados la garantía de audiencia previstapor la Constitución Política de los Estados UnidosMexicanos, estas comisiones permanentes unidasresolvieron convocar a los ediles mencionados, auna reunión en la que expusieran a lo que susintereses conviniera, misma que permitió aclarardudas y , a l a vez , apoyar los en e l deb idocumpl imien to de l a s d i spos ic iones l ega lesaplicables.

III. Que, en el caso al que el presente dictamen serefiere y en vista de que se actualizaron las hipótesisque prevé la legislación aplicable, ha quedado sinmateria el procedimiento iniciado con base en ladenuncia aludida.

Por los antecedentes y consideraciones expuestos,estas Comisiones Permanentes Unidas de Gobernacióny de Justicia y Puntos Constitucionales, someten aconsideración de ese órgano legislativo el presente

DICTAMEN CON PROYECTO D E ACUERDO

Primero. No ha lugar a proceder en contra de losciudadanos Óscar Pulido Ramírez y Jesús EnedinoCareaga Hernández , p r e s iden t e y s índ i co de layuntamiento de Ozuluama, Veracruz , para

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Primer Receso

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suspenderlos en sus cargos, como lo solicitó en sudenuncia la Comisión Permanente de Vigilancia, debidoa que, con posterioridad, se aclararon los motivos delr e t r a so en l a en t r ega de l a documen tac ióncorrespondiente a la Cuenta Pública del ejercicio fiscaldel año 2000 y se tomaron las providencias previstasen las disposiciones legales aplicables.

Segundo. Conmínese a los ediles mencionados en elresolutivo anterior a conducirse, en lo sucesivo, conest r ic to apego a la normat ividad que r ige susfunciones, particularmente en todo lo relativo al manejode recursos públicos y al rendimiento oportuno de lascuentas e informes correspondientes.

Tercero. Notifíquese el presente acuerdo a los edilesde referencia, para su conocimiento.

Cuarto. Publíquese en la Gaceta Oficial. Órgano delGobierno del Estado .

Dado en la sala de comisiones de la LIX Legislatura delhonorable Congreso del estado, en la ciudad deXalapa-Enríquez, Veracruz, a los 4 días del mes de abrildel año 2002.

Comisión Permanente de Gobernación

Dip. Miguel Ángel Díaz PedrozaPresidente(Rúbrica)

Dip. Leticia del Carmen García PereaSecretaria(Rúbrica)

Dip. Alejandro Salas MartínezVocal

(Rúbrica)

Comisión Permanente de Justiciay Puntos Constitucionales

Dip. Francisco Montes de Oca LópezPresidente(Rúbrica)

Dip. Sergio Penagos GarcíaSecretario(Rúbrica)

Dip. Ernesto Alarcón TrujilloVocal

(Rúbrica)

COMISIONES PERMANENTES UN I D A S D E GOBERNACIÓN Y D E

JUSTICIA Y PUNTOS CONSTITUCIONALES

Honorable Diputación Permanente:

A los suscri tos, integrantes de las ComisionesPermanentes Unidas de Gobernación y de Justicia yPuntos Constitucionales, fue turnado, para los efectoslegales procedentes, por acuerdo del pleno de la LIXLegislatura del honorable Congreso del estado, elexpediente relativo a la denuncia y ratificación de lamisma, formuladas por la Comisión Permanente deVigilancia en contra de los ciudadanos José de JesúsBetanzos Olguín y José Joel Rodríguez Díaz, presidentey síndico del ayuntamiento de Río Blanco, Veracruz ,mediante las cuales se solicita la suspensión en suscargos de los ediles citados, por haber omitido enviarla Cuenta Pública municipal correspondiente alejercicio fiscal del año 2000.

En atención a lo anterior, de conformidad con lodispuesto por los artículos 33 fracción IX inciso c) , 38de la Constitución Política del estado; 18 fracción IXinciso c) , 38, 39 fracciones XII y XVI, 47 de la LeyOrgánica del Poder Legislativo; 131, 132, 133 de laLey Orgánica del Municipio Libre; 21 de la Ley deFiscalización Superior para el estado; 42, 44 fraccionesII y III, 48 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interiordel Poder Legislativo, estas comisiones permanentesunidas emiten su dictamen, basado en los siguientes

ANTECEDENTES

1. Mediante escrito fechado el 29 de enero del año encurso, los integrantes de la Comisión Permanentede Vigilancia de esta honorable Legislaturaformularon denuncia ante la ciudadana presidentadel honorable Congreso del estado en contra delos ciudadanos José de Jesús Betanzos Olguín YJosé Joel Rodríguez Díaz, presidente y síndico delayuntamiento de Río Blanco, Veracruz, solicitandola suspensión del cargo a los citados ediles, debidoa la omisión de lo dispuesto por los artículos35 fracciones VI y VII, 36 fracciones IV y XI, y 37fracción IV de la Ley Orgánica del Municipio Libre;y 21 de la Ley de Fiscalización Superior para elestado, relativos a la presentación ante el Congresode las cuentas públicas durante el mes de mayo delaño siguiente al del ejercicio fiscal sujeto a revisión.

2. A través de escrito, de fecha 31 de enero del año encurso, con fundamento en lo establecido en elartículo 131 de la Ley Orgánica del MunicipioLibre, los ciudadanos integrantes de la ComisiónPermanente de Vigilancia ratificaron en todos sus

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Segundo Año de Ejercicio Constitucional

términos la denuncia a que se refiere el antecedentenúmero 1 y la solicitud de suspender en sus cargosa los ciudadanos José de Jesús Betanzos Olguín yJosé Joel Rodríguez Díaz, presidente y síndicomunicipales, respectivamente, del ayuntamientode referencia.

3. El pleno de la LIX Legislatura del honorableCongreso del estado, en sesión celebrada el 31 deenero de 2002, conoció de la denuncia de referenciay acordó turnarla a estas comisiones permanentesunidas, junto con el expediente respectivo, aefecto de dictaminar sobre la procedencia oimprocedencia de la misma.

Con base en los antecedentes expuestos, estascomis iones pe rmanen tes un idas fo rmulan l a ssiguientes

CONSIDERACIONES

I. Que, en términos de la normatividad invocada enel párrafo segundo del presente dictamen, estascomisiones permanentes unidas son competentespara emitir esta resolución.

II. Que, a fin de subsanar las omisiones y conceder alos denunciados la garantía de audiencia previstapor la Constitución Política de los Estados UnidosMexicanos, estas comisiones permanentes unidasresolvieron convocar a los ediles mencionados, auna reunión en la que expusieran a lo que susintereses conviniera, misma que permitió aclarardudas y , a l a vez , apoyar los en e l deb idocumpl imien to de l a s d i spos ic iones l ega lesaplicables.

III. Que, en el caso al que el presente dictamen serefiere y en vista de que se actualizaron las hipótesisque prevé la legislación aplicable, ha quedado sinmateria el procedimiento iniciado con base en ladenuncia aludida.

Por los antecedentes y consideraciones expuestos,estas Comisiones Permanentes Unidas de Gobernacióny de Justicia y Puntos Constitucionales, someten aconsideración de ese órgano legislativo el presente

DICTAMEN CON PROYECTO D E ACUERDO

Primero. No ha lugar a proceder en contra de losciudadanos José se Jesús Betanzos Olguín y José JoelRodríguez Díaz, presidente y síndico del ayuntamientode Río Blanco, Veracruz, para suspenderlos en suscargos, como lo solicitó en su denuncia la Comisión

Permanente de Vig i lanc ia , deb ido a que , conposterioridad, se aclararon los motivos del retraso enla entrega de la documentación correspondiente a laCuenta Pública del ejercicio fiscal del año 2000 y setomaron l a s p rov idenc i a s p r ev i s t a s en l a sdisposiciones legales aplicables.

Segundo. Conmínese a los ediles mencionados en elresolutivo anterior a conducirse, en lo sucesivo, conest r ic to apego a la normat ividad que r ige susfunciones, particularmente en todo lo relativo al manejode recursos públicos y al rendimiento oportuno de lascuentas e informes correspondientes.

Tercero. Notifíquese el presente acuerdo a los edilesde referencia, para su conocimiento.

Cuarto. Publíquese en la Gaceta Oficial. Órgano delGobierno del Estado .

Dado en la sala de comisiones de la LIX Legislatura delhonorable Congreso del estado, en la ciudad deXalapa-Enríquez, Veracruz, a los 4 días del mes de abrildel año 2002.

Comisión Permanente de Gobernación

Dip. Miguel Ángel Díaz PedrozaPresidente(Rúbrica)

Dip. Leticia del Carmen García PereaSecretaria(Rúbrica)

Dip. Alejandro Salas MartínezVocal

(Rúbrica)

Comisión Permanente de Justiciay Puntos Constitucionales

Dip. Francisco Montes de Oca LópezPresidente(Rúbrica)

Dip. Sergio Penagos GarcíaSecretario(Rúbrica)

Dip. Ernesto Alarcón TrujilloVocal

(Rúbrica)

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Primer Receso

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COMISIONES PERMANENTES UN I D A S D E GOBERNACIÓN Y D E

JUSTICIA Y PUNTOS CONSTITUCIONALES

Honorable Diputación Permanente:

A los suscri tos, integrantes de las ComisionesPermanentes Unidas de Gobernación y de Justicia yPuntos Constitucionales, fue turnado, para los efectoslegales procedentes, por acuerdo del pleno de la LIXLegislatura del honorable Congreso del estado, elexpediente relativo a la denuncia y ratificación de lamisma, formuladas por la Comisión Permanente deVigilancia en contra de los ciudadanos Manuel LópezFlores y Gilberto Jacinto Sastré, presidente y síndicode l ayun tamien to de San Andrés Tenejapan,Veracruz , mediante las cuales se solicita la suspensiónen sus cargos de los ediles citados, por haber omitidoenviar la Cuenta Pública municipal correspondiente alejercicio fiscal del año 2000.

En atención a lo anterior, de conformidad con lodispuesto por los artículos 33 fracción IX inciso c) , 38de la Constitución Política del estado; 18 fracción IXinciso c) , 38, 39 fracciones XII y XVI, 47 de la LeyOrgánica del Poder Legislativo; 131, 132, 133 de laLey Orgánica del Municipio Libre; 21 de la Ley deFiscalización Superior para el estado; 42, 44 fraccionesII y III, 48 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interiordel Poder Legislativo, estas comisiones permanentesunidas emiten su dictamen, basado en los siguientes

ANTECEDENTES

1. Mediante escrito fechado el 29 de enero del año encurso, los integrantes de la Comisión Permanentede Vigilancia de esta honorable Legislaturaformularon denuncia ante la ciudadana presidentadel honorable Congreso del estado en contra delos ciudadanos ciudadanos Manuel López Floresy Gilberto Jacinto Sastré, presidente y síndico delayuntamiento de San Andrés Tenejapan, Veracruz,solicitando la suspensión del cargo a los citadosediles, debido a la omisión de lo dispuesto por losartículos 35 fracciones VI y VII, 36 fracciones IV yXI, y 37 fracción IV de la Ley Orgánica del MunicipioLibre; y 21 de la Ley de Fiscalización Superior parael estado, relativos a la presentación ante elCongreso de las cuentas públicas durante el mesde mayo del año siguiente al del ejercicio fiscalsujeto a revisión.

2. A través de escrito, de fecha 31 de enero del año encurso, con fundamento en lo establecido en elartículo 131 de la Ley Orgánica del MunicipioLibre, los ciudadanos integrantes de la Comisión

Permanente de Vigilancia ratificaron en todos sustérminos la denuncia a que se refiere el antecedentenúmero 1 y la solicitud de suspender en sus cargosa los ciudadanos Manuel López Flores y GilbertoJacinto Sastré, presidente y síndico municipales,respectivamente, del ayuntamiento de referencia.

3. El pleno de la LIX Legislatura del honorableCongreso del estado, en sesión celebrada el 31 deenero de 2002, conoció de la denuncia de referenciay acordó turnarla a estas comisiones permanentesunidas, junto con el expediente respectivo, aefecto de dictaminar sobre la procedencia oimprocedencia de la misma.

Con base en los antecedentes expuestos, estascomis iones pe rmanen tes un idas fo rmulan l a ssiguientes

CONSIDERACIONES

I. Que, en términos de la normatividad invocada enel párrafo segundo del presente dictamen, estascomisiones permanentes unidas son competentespara emitir esta resolución.

II. Que, a fin de subsanar las omisiones y conceder alos denunciados la garantía de audiencia previstapor la Constitución Política de los Estados UnidosMexicanos, estas comisiones permanentes unidasresolvieron convocar a los ediles mencionados, auna reunión en la que expusieran a lo que susintereses conviniera, misma que permitió aclarardudas y , a l a vez , apoyar los en e l deb idocumpl imien to de l a s d i spos ic iones l ega lesaplicables.

III. Que, en el caso al que el presente dictamen serefiere y en vista de que se actualizaron las hipótesisque prevé la legislación aplicable, ha quedado sinmateria el procedimiento iniciado con base en ladenuncia aludida.

Por los antecedentes y consideraciones expuestos,estas Comisiones Permanentes Unidas de Gobernacióny de Justicia y Puntos Constitucionales, someten aconsideración de ese órgano legislativo el presente

DICTAMEN CON PROYECTO D E ACUERDO

Primero. No ha lugar a proceder en contra de losciudadanos Manuel López Flores y Gilberto JacintoSastré, presidente y síndico del ayuntamiento de SanAndrés Tenejapan, Veracruz, para suspenderlos ensus cargos, como lo solicitó en su denuncia la

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Segundo Año de Ejercicio Constitucional

Comisión Permanente de Vigilancia, debido a que, conposterioridad, se aclararon los motivos del retraso enla entrega de la documentación correspondiente a laCuenta Pública del ejercicio fiscal del año 2000 y setomaron l a s p rov idenc i a s p r ev i s t a s en l a sdisposiciones legales aplicables.

Segundo. Conmínese a los ediles mencionados en elresolutivo anterior a conducirse, en lo sucesivo, conest r ic to apego a la normat ividad que r ige susfunciones, particularmente en todo lo relativo al manejode recursos públicos y al rendimiento oportuno de lascuentas e informes correspondientes.

Tercero. Notifíquese el presente acuerdo a los edilesde referencia, para su conocimiento.

Cuarto. Publíquese en la Gaceta Oficial. Órgano delGobierno del Estado .

Dado en la sala de comisiones de la LIX Legislatura delhonorable Congreso del estado, en la ciudad deXalapa-Enríquez, Veracruz, a los 4 días del mes de abrildel año 2002.

Comisión Permanente de Gobernación

Dip. Miguel Ángel Díaz PedrozaPresidente(Rúbrica)

Dip. Leticia del Carmen García PereaSecretaria(Rúbrica)

Dip. Alejandro Salas MartínezVocal

(Rúbrica)

Comisión Permanente de Justiciay Puntos Constitucionales

Dip. Francisco Montes de Oca LópezPresidente(Rúbrica)

Dip. Sergio Penagos GarcíaSecretario(Rúbrica)

Dip. Ernesto Alarcón TrujilloVocal

(Rúbrica)

COMISIONES PERMANENTES UN I D A S D E GOBERNACIÓN Y D E

JUSTICIA Y PUNTOS CONSTITUCIONALES

Honorable Diputación Permanente:

A los suscri tos, integrantes de las ComisionesPermanentes Unidas de Gobernación y de Justicia yPuntos Constitucionales, fue turnado, para los efectoslegales procedentes, por acuerdo del pleno de la LIXLegislatura del honorable Congreso del estado, elexpediente relativo a la denuncia y ratificación de lamisma, formuladas por la Comisión Permanente deVigilancia en contra de los ciudadanos Pedro GarcésMarcial y Carlos Alberto Torres Damián, presidente ysíndico del ayuntamiento de Tamalín, Veracruz,mediante las cuales se solicita la suspensión en suscargos de los ediles citados, por haber omitido enviarla Cuenta Pública municipal correspondiente alejercicio fiscal del año 2000.

En atención a lo anterior, de conformidad con lodispuesto por los artículos 33 fracción IX inciso c) , 38de la Constitución Política del estado; 18 fracción IXinciso c) , 38, 39 fracciones XII y XVI, 47 de la LeyOrgánica del Poder Legislativo; 131, 132, 133 de laLey Orgánica del Municipio Libre; 21 de la Ley deFiscalización Superior para el estado; 42, 44 fraccionesII y III, 48 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interiordel Poder Legislativo, estas comisiones permanentesunidas emiten su dictamen, basado en los siguientes

ANTECEDENTES

1. Mediante escrito fechado el 29 de enero del año encurso, los integrantes de la Comisión Permanentede Vigilancia de esta honorable Legislaturaformularon denuncia ante la ciudadana presidentadel honorable Congreso del estado en contra delos ciudadanos ciudadanos Pedro Garcés Marcialy Carlos Alberto Torres Damián, presidente ysíndico del ayuntamiento de Tamalín, Veracruz,solicitando la suspensión del cargo a los citadosediles, debido a la omisión de lo dispuesto por losartículos 35 fracciones VI y VII, 36 fracciones IV yXI, y 37 fracción IV de la Ley Orgánica del MunicipioLibre; y 21 de la Ley de Fiscalización Superior parael estado, relativos a la presentación ante elCongreso de las cuentas públicas durante el mesde mayo del año siguiente al del ejercicio fiscalsujeto a revisión.

2. A través de escrito, de fecha 31 de enero del año encurso, con fundamento en lo establecido en elartículo 131 de la Ley Orgánica del MunicipioLibre, los ciudadanos integrantes de la Comisión

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Primer Receso

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Permanente de Vigilancia ratificaron en todos sustérminos la denuncia a que se refiere el antecedentenúmero 1 y la solicitud de suspender en sus cargosa los ciudadanos Pedro Garcés Marcial y CarlosAlberto Torres Damián, presidente y síndicomunicipales, respectivamente, del ayuntamientode referencia.

3. El pleno de la LIX Legislatura del honorableCongreso del estado, en sesión celebrada el 31 deenero de 2002, conoció de la denuncia de referenciay acordó turnarla a estas comisiones permanentesunidas, junto con el expediente respectivo, aefecto de dictaminar sobre la procedencia oimprocedencia de la misma.

Con base en los antecedentes expuestos, estascomis iones pe rmanen tes un idas fo rmulan l a ssiguientes

CONSIDERACIONES

I. Que, en términos de la normatividad invocada enel párrafo segundo del presente dictamen, estascomisiones permanentes unidas son competentespara emitir esta resolución.

II. Que, a fin de subsanar las omisiones y conceder alos denunciados la garantía de audiencia previstapor la Constitución Política de los Estados UnidosMexicanos, estas comisiones permanentes unidasresolvieron convocar a los ediles mencionados, auna reunión en la que expusieran a lo que susintereses conviniera, misma que permitió aclarardudas y , a l a vez , apoyar los en e l deb idocumpl imien to de l a s d i spos ic iones l ega lesaplicables.

III. Que, en el caso al que el presente dictamen serefiere y en vista de que se actualizaron las hipótesisque prevé la legislación aplicable, ha quedado sinmateria el procedimiento iniciado con base en ladenuncia aludida.

Por los antecedentes y consideraciones expuestos,estas Comisiones Permanentes Unidas de Gobernacióny de Justicia y Puntos Constitucionales, someten aconsideración de ese órgano legislativo el presente

DICTAMEN CON PROYECTO D E ACUERDO

Primero. No ha lugar a proceder en contra de losciudadanos Pedro Garcés Marcial y Carlos AlbertoTorres Damián, presidente y síndico del ayuntamientode Tamalín, Veracruz, para suspenderlos en sus cargos,

como lo so l ic i tó en su denuncia la Comis iónPermanente de Vig i lanc ia , deb ido a que , conposterioridad, se aclararon los motivos del retraso enla entrega de la documentación correspondiente a laCuenta Pública del ejercicio fiscal del año 2000 y setomaron l a s p rov idenc i a s p r ev i s t a s en l a sdisposiciones legales aplicables.

Segundo. Conmínese a los ediles mencionados en elresolutivo anterior a conducirse, en lo sucesivo, conest r ic to apego a la normat ividad que r ige susfunciones, particularmente en todo lo relativo al manejode recursos públicos y al rendimiento oportuno de lascuentas e informes correspondientes.

Tercero. Notifíquese el presente acuerdo a los edilesde referencia, para su conocimiento.

Cuarto. Publíquese en la Gaceta Oficial. Órgano delGobierno del Estado .

Dado en la sala de comisiones de la LIX Legislatura delhonorable Congreso del estado, en la ciudad deXalapa-Enríquez, Veracruz, a los 4 días del mes de abrildel año 2002.

Comisión Permanente de Gobernación

Dip. Miguel Ángel Díaz PedrozaPresidente(Rúbrica)

Dip. Leticia del Carmen García PereaSecretaria(Rúbrica)

Dip. Alejandro Salas MartínezVocal

(Rúbrica)

Comisión Permanente de Justiciay Puntos Constitucionales

Dip. Francisco Montes de Oca LópezPresidente(Rúbrica)

Dip. Sergio Penagos GarcíaSecretario(Rúbrica)

Dip. Ernesto Alarcón TrujilloVocal

(Rúbrica)

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Segundo Año de Ejercicio Constitucional

COMISIONES PERMANENTES UN I D A S D E GOBERNACIÓN Y D E

JUSTICIA Y PUNTOS CONSTITUCIONALES

Honorable Diputación Permanente:

A los suscri tos, integrantes de las ComisionesPermanentes Unidas de Gobernación y de Justicia yPuntos Constitucionales, fue turnado, para los efectoslegales procedentes, por acuerdo del pleno de la LIXLegislatura del honorable Congreso del estado, elexpediente relativo a la denuncia y ratificación de lamisma, formuladas por la Comisión Permanente deVigilancia en contra de los ciudadanos Rey ValentínTiburcio y Lucio Pérez Sánchez, presidente y síndicodel ayuntamiento de Texcatepec, Veracruz , mediantelas cuales se solicita la suspensión en sus cargos delos ediles citados, por haber omitido enviar la CuentaPública municipal correspondiente al ejercicio fiscaldel año 2000.

En atención a lo anterior, de conformidad con lodispuesto por los artículos 33 fracción IX inciso c) , 38de la Constitución Política del estado; 18 fracción IXinciso c) , 38, 39 fracciones XII y XVI, 47 de la LeyOrgánica del Poder Legislativo; 131, 132, 133 de laLey Orgánica del Municipio Libre; 21 de la Ley deFiscalización Superior para el estado; 42, 44 fraccionesII y III, 48 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interiordel Poder Legislativo, estas comisiones permanentesunidas emiten su dictamen, basado en los siguientes

ANTECEDENTES

1. Mediante escrito fechado el 29 de enero del año encurso, los integrantes de la Comisión Permanentede Vigilancia de esta honorable Legislaturaformularon denuncia ante la ciudadana presidentadel honorable Congreso del estado en contra delos ciudadanos ciudadanos Rey Valentín Tiburcioy Lucio Pérez Sánchez, presidente y síndico delayuntamiento de Texcatepec, Veracruz, solicitandola suspensión del cargo a los citados ediles, debidoa la omisión de lo dispuesto por los artículos35 fracciones VI y VII, 36 fracciones IV y XI, y 37fracción IV de la Ley Orgánica del Municipio Libre;y 21 de la Ley de Fiscalización Superior para elestado, relativos a la presentación ante el Congresode las cuentas públicas durante el mes de mayo delaño siguiente al del ejercicio fiscal sujeto a revisión.

2. A través de escrito, de fecha 31 de enero del año encurso, con fundamento en lo establecido en elartículo 131 de la Ley Orgánica del MunicipioLibre, los ciudadanos integrantes de la ComisiónPermanente de Vigilancia ratificaron en todos sus

términos la denuncia a que se refiere el antecedentenúmero 1 y la solicitud de suspender en sus cargosa los ciudadanos Rey Valentín Tiburcio y LucioPérez Sánchez, presidente y síndico municipales,respectivamente, del ayuntamiento de referencia.

3. El pleno de la LIX Legislatura del honorableCongreso del estado, en sesión celebrada el 31 deenero de 2002, conoció de la denuncia de referenciay acordó turnarla a estas comisiones permanentesunidas, junto con el expediente respectivo, aefecto de dictaminar sobre la procedencia oimprocedencia de la misma.

Con base en los antecedentes expuestos, estascomis iones pe rmanen tes un idas fo rmulan l a ssiguientes

CONSIDERACIONES

I. Que, en términos de la normatividad invocada enel párrafo segundo del presente dictamen, estascomisiones permanentes unidas son competentespara emitir esta resolución.

II. Que, a fin de subsanar las omisiones y conceder alos denunciados la garantía de audiencia previstapor la Constitución Política de los Estados UnidosMexicanos, estas comisiones permanentes unidasresolvieron convocar a los ediles mencionados, auna reunión en la que expusieran a lo que susintereses conviniera, misma que permitió aclarardudas y , a l a vez , apoyar los en e l deb idocumplimiento de las disposiciones legales aplicables.

III. Que, en el caso al que el presente dictamen serefiere y en vista de que se actualizaron las hipótesisque prevé la legislación aplicable, ha quedado sinmateria el procedimiento iniciado con base en ladenuncia aludida.

Por los antecedentes y consideraciones expuestos,estas Comisiones Permanentes Unidas de Gobernacióny de Justicia y Puntos Constitucionales, someten aconsideración de ese órgano legislativo el presente

DICTAMEN CON PROYECTO D E ACUERDO

Primero. No ha lugar a proceder en contra de losciudadanos Rey Valentín Tiburcio y Lucio PérezSánchez, presidente y síndico del ayuntamiento deTexcatepec, Veracruz, para suspenderlos en suscargos, como lo solicitó en su denuncia la ComisiónPermanente de Vig i lanc ia , deb ido a que , conposterioridad, se aclararon los motivos del retraso en

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Primer Receso

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la entrega de la documentación correspondiente a laCuenta Pública del ejercicio fiscal del año 2000 y setomaron l a s p rov idenc i a s p r ev i s t a s en l a sdisposiciones legales aplicables.

Segundo. Conmínese a los ediles mencionados en elresolutivo anterior a conducirse, en lo sucesivo, conest r ic to apego a la normat ividad que r ige susfunciones, particularmente en todo lo relativo al manejode recursos públicos y al rendimiento oportuno de lascuentas e informes correspondientes.

Tercero. Notifíquese el presente acuerdo a los edilesde referencia, para su conocimiento.

Cuarto. Publíquese en la Gaceta Oficial. Órgano delGobierno del Estado .

Dado en la sala de comisiones de la LIX Legislatura delhonorable Congreso del estado, en la ciudad deXalapa-Enríquez, Veracruz, a los 4 días del mes de abrildel año 2002.

Comisión Permanente de Gobernación

Dip. Miguel Ángel Díaz PedrozaPresidente(Rúbrica)

Dip. Leticia del Carmen García PereaSecretaria(Rúbrica)

Dip. Alejandro Salas MartínezVocal

(Rúbrica)

Comisión Permanente de Justiciay Puntos Constitucionales

Dip. Francisco Montes de Oca LópezPresidente(Rúbrica)

Dip. Sergio Penagos GarcíaSecretario(Rúbrica)

Dip. Ernesto Alarcón TrujilloVocal

(Rúbrica)

Conforme el procedimiento aprobado, se ponen adiscusión de la asamblea los dictámenes que nosocupan. Se abre el registro de oradores.

En virtud de que ningún diputado ha hecho uso de lavoz, se consulta a la asamblea si son de aprobarse. Losque estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo envotación económica, levantado la mano.

(La asamblea asiente)

Aprobado, en sus términos los dictámenes.

Con relación al siguiente punto del orden del día,solicito al diputado secretario tenga a bien dar lecturaa la propuesta de convocatoria al Primer Periodo deSesiones Extraordinarias correspondiente al SegundoAño de Ejercicio Constitucional de la honorable LIXLegislatura del Congreso del estado.

- EL C. SECRETARIO:La Diputación Permanente de la honorable LIXLegislatura del Congreso del Estado Libre y Soberanode Veracruz-Llave, en uso de la facultad que le confierenlos artículo 29 fracción I y 41 fracción I de laConstitución Política del estado; 9 fracción I y 42fracción II de la Ley Orgánica del Poder Legislativo;81 fracción II y 84 del Reglamento para el GobiernoInterior del Poder Legislativo y en nombre del puebloexpide la siguiente

CONVOCATORIA

Primero. Se convoca a la LIX Legislatura del Congresodel Estado Libre y Soberano de Veracruz-Llave, alPr imer Per iodo de Ses iones Ext raordinar iascor respondiente a l Segundo Año de Ejerc ic ioConstitucional, cuya apertura tendrá lugar el próximodía viernes 12 de abril del año 2002, a las 11:00 horas.

Segundo. La LIX Legislatura del Congreso del estadoen e s t e pe r iodo de s e s iones ex t r ao rd ina r i a sexclusivamente se ocupará de los siguientes asuntos:

1. De la Comisión Permanente de Hacienda del Estado,dictamen con proyecto de decreto que reforma losartículos 13 en su fracción II, 175 en sus dospárrafos y 313; que deroga la fracción II del apartadoE del artículo 143 y el artículo 336; y que adicionacon nueve párrafos el artículo 175 del CódigoFinanciero para el estado de Veracruz-Llave.

2. De la Comisión Permanente de Gobernación,dictamen con proyecto de decreto relativo a lasolicitud del ciudadano presidente municipal delhonorable ayuntamiento de Tlapacoyan, Veracruz,porque se suspenda de sus funciones al ciudadanoRafael Bello Arias, regidor cuarto propietario deese lugar.

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Segundo Año de Ejercicio Constitucional

3. De las Comisiones Permanentes Unidas deHacienda Municipal y de Desarrollo y FortalecimientoMunicipal, dictamen con proyecto de acuerdorelativo a la solicitud de autorización del honorableayuntamiento de Ayahualulco, Veracruz, parapoder real izar obras públicas cuyos montosexceden el 20% de las partidas presupuestalesrespectivas.

4. De las Comisiones Permanentes Unidas deHacienda Municipal y de Desarrollo y FortalecimientoMunicipal, dictamen con proyecto de acuerdorelativo a la solicitud de autorización del honorableayuntamiento de Landero y Coss, Veracruz, parapoder realizar obra pública cuyo monto excede el20% de la partida presupuestal respectiva.

5. De las Comisiones Permanentes Unidas deHacienda Municipal y de Desarrollo y FortalecimientoMunicipal, dictamen con proyecto de acuerdorelativo a la solicitud de autorización del honorableayuntamiento de Tenochtitlán, Veracruz, para poderrealizar obra pública cuyo monto excede el 20% dela partida presupuestal respectiva.

Tercero. Notifíquese esta convocatoria al ciudadanoMiguel Alemán Velazco, gobernador del estado, parasu conocimiento y efectos legales a que haya lugar.

Cuarto. Publíquese la presente convocatoria en laGaceta Oficial. Órgano del Gobierno del Estado.

Dada en la sala de sesiones Venustiano Carranza de laDiputación Permanente de la honorable LIX Legislaturadel Congreso del estado, en la ciudad de Xalapa-Enríquez, Veracruz, a los 8 días del mes de abrildel año 2002.

Alicia González CerecedoDiputada Presidenta

(Rúbrica)

Guadalupe Velázquez CasanovaDiputado Secretario

(Rúbrica)

Es cuanto, diputada presidenta.

- LA C. PRESIDENTA:Habiéndose escuchado en voz del diputado secretariola propuesta de convocatoria para la celebración delPr imer Per iodo de Ses iones Ext raordinar iascor respondien te a l Segundo Año de Ejerc ic ioConstitucional de la honorable LIX Legislatura delCongreso del estado, se consulta a la asamblea si es

de aprobarse en sus términos. Los que estén por laa f i rmat iva , s í rvanse mani fes ta r lo en vo tac ióneconómica, levantando la mano.

(La asamblea asiente)

Aprobada en su s t é rminos l a p ropues t a deconvocatoria.

Antes de concluir esta sesión de la permanente, quieropedirle a los compañeros diputados y a los asistentes,a los medios de comunicación, si son tan amables deponerse de pie para guardar un minuto de silencio porel fallecimiento de nuestro compañero diputadoAlfonso Gutiérrez de Velasco, quien falleció la semanapasada.

(Se guarda un minuto de silencio)

Muchas gracias, pueden sentarse.

- EL C. SECRETARIO:Diputada presidenta, informo a usted que se hanagotado los asuntos listados en el orden del día.

- LA C. PRESIDENTA:Habiéndose agotado los asuntos listados en el ordendel día, se levanta la presente sesión.

TIMBRE

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AÑO 2 Primer Receso 25 de abril de 2002 Volumen II Tomo 3

DIARIO DE LOS DEBATESLIX LEGISLATURA DEL ESTADO

DE VERACRUZ-LLAVE

SÉPTIMA SESIÓN ORDINARIAPRESIDENCIA DE LA DIP. ALICIA GONZÁLEZ

CERECEDO

- LA C. PRESIDENTA:En virtud de que la ciudadana diputada Leticia delCarmen García Perea, vicepresidenta de esta MesaDirectiva, no asiste a esta sesión que hoy no ocupapor encontrarse desempeñando una comisión propiade su cargo, en términos de los dispuesto por losartículos 41 fracción II de la Constitución Política delestado y 42 fracción IV de la Ley Orgánica del PoderLegislativo, el ciudadano diputado Víctor MolinaDorantes, sustituto de la Diputación Permanente, seráquien ocupe el lugar de la citada legisladora con lafinalidad de integrar debidamente la Mesa Directiva.

Asimismo, el ciudadano diputado Raúl Zarrabal Garcíasustituye por esta única sesión al ciudadano diputadoMarcelo Ramírez Ramírez, quien también se encuentradesempeñando una comisión propia de su cargo,motivo por el cual no estará presente en ésta sesión.

Por lo que solicito al diputado secretario, tome lasmedidas pertinentes.

TIMBRE

Diputado secretario, le solicito se sirva pasar lista deasistencia.

- EL C. SECRETARIO, DIP. GUADALUPE VELÁZQUEZCASANOVA: (Leyó)Diputada presidenta, informo a usted que asistimoslos 9 diputados que conformamos la DiputaciónPermanente.

- LA C. PRESIDENTA:Hay quórum. Se inicia la sesión ordinaria.

TIMBRE

Diputado secretario, proceda a dar lectura al ordendel día.

- EL C. SECRETARIO:Diputación Permanente de la honorable LIX Legislaturadel Congreso del Estado Libre y Soberano deVeracruz-Llave. 2000-2004. Séptima Sesión Ordinaria.Pr imer Receso . Segundo Año de Ejerc ic ioConstitucional. 25 de abril de 2002.

O R D E N DEL DÍA

I. Lista de asistencia.II. Lectura y en su caso, aprobación del orden del día.III. Lectura y en su caso, aprobación del acta de la

sesión anterior.IV. Lectura de la correspondencia recibida.V. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma las

fracciones V a la XII del artículo 9; que deroga lafracción XXXVII del artículo 18 y que adiciona elsubtítulo “Secretaría del Trabajo y PrevisiónSocial” y los artículos 22 bis y 22 ter, todos de laLey Orgánica del Poder Ejecutivo del estado deVeracruz-Llave, presentada por el ciudadanolicenciado Miguel Alemán Velazco, gobernadordel estado.

VI. De la Comisión Permanente de Hacienda del Estado,dictamen con proyecto de acuerdo relativo a lasolicitud de autorización del ciudadano gobernadordel estado para poder enajenar a título oneroso,como área lotificada en favor de colonos quejustifiquen tener derecho a ello, una superficie deterreno de 20 785.01 metros cuadrados, que sededucirá del predio adquirido por el gobierno delestado, para regularizar el asentamiento humanoconocido como colonia Licenciado Carlos Salinasde Gortari, ubicado en la congregación Plan de laVieja, del municipio de Misantla, Veracruz.

VII. De la Comisión Permanente de Hacienda del Estado,dictamen con proyecto de acuerdo relativo a lasolicitud de autorización del ciudadano gobernador

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Segundo Año de Ejercicio Constitucional

del estado para poder enajenar a título gratuito, enfavor de la Arquidiócesis de Xalapa, AsociaciónReligiosa, para la Construcción de una capilla, unasuperficie de 856.68 metros cuadrados de terreno,ubicado entre las manzanas 1 y 2 de la coloniaHerón Proal, del predio Chiltoyac, en Xalapa,Veracruz, deducidas de la reserva territorial delpropio municipio, de propiedad estatal.

VIII. De la Comisión Permanente de Hacienda delEstado, dictamen con proyecto de acuerdo relativoa la solicitud de autorización del ciudadanogobernador del estado para poder enajenar a títulogratuito, en favor del Órgano de FiscalizaciónSuperior del estado, un terreno con superficie de31 377.81 metros cuadrados, superficie que sededuce de una mayor, de propiedad estatal, queconstituye la reserva territorial de la ciudad deXalapa, Veracruz, para la construcción de susinstalaciones.

IX. De la Comisión Permanente de Hacienda del Estado,dictamen con proyecto de acuerdo relativo a lasolicitud de autorización del ciudadano gobernadordel estado para poder enajenar a título oneroso ygratuito, en favor de colonos que demuestren tenerderecho a ello, de ejidatarios afectados y delhonorable ayuntamiento de Xalapa, Veracruz,diversas superficies de terreno, ubicadas en lareserva territorial de Xalapa, Veracruz, de propiedadestatal, por la construcción del eje vial Arco SurCircuito Presidentes de la ciudad de Xalapa.

X. De la Comisión Permanente de Hacienda del Estado,dictamen con proyecto de acuerdo relativo a lasolicitud de autorización del ciudadano gobernadordel estado para poder permutar una superficie deterreno de 817.08 metros cuadrados, de propiedadestatal, ubicada en la reserva territorial de la ciudadde Xalapa, Veracruz, por otra con superficie de495.00 metros cuadrados, ubicada en el lote 10manzana 7 del fraccionamiento La Herradura, de laciudad de Xalapa, Veracruz, propiedad del señorAndrés Beceiro López.

XI. De la Comisión Permanente de Desarrollo yFortalecimiento Municipal, dictamen con proyecto deacuerdo relativo a la solicitud de autorización delhonorable ayuntamiento de Nanchital, Veracruz,para poder suscribir convenio de colaboración conPetróleos Mexicanos (PEMEX) y el gobierno delestado, para llevar a cabo diversas acciones dedesarrollo social y de mejoramiento ambientalde ese municipio.

XII. De las Comisiones Permanentes Unidas deHacienda Munic ipa l y de Desar ro l lo yFortalecimiento Municipal, dictamen con proyecto deacuerdo relativo a la solicitud de autorización delhonorable ayuntamiento de Coatepec, Veracruz,

para poder suscribir convenio de concertación deacciones con el Banco Nacional de Obras yServicios Públicos, S N C, para la realización deestudios de preinversión que le garantice laviabilidad financiera, técnica, ecológica y socialde sus proyectos.

XIII. De las Comisiones Permanentes Unidas deHacienda Municipal y de Salud y Asistencia,dictamen con proyecto de acuerdo relativo a laso l i c i tud de au to r i zac ión de l honorab leayuntamiento de Cosamaloapan, Veracruz, parapoder donar a favor del organismos Servicios deSalud de Veracruz, un predio propiedad municipal,para la construcción de un centro de salud.

XIV. De la Comisión Permanente de HaciendaMunicipal, 29 dictámenes con proyectos de acuerdorelativos a diversas solicitudes de autorizaciónpara poder efectuar operaciones del fundo legal enmunicipios de la entidad.

XV. De la Junta de Coordinación Política, proyecto depunto de acuerdo relacionado con las percepcionesque, por concepto de gratificaciones extraordinarias,recibe el personal de confianza y de contrato delhonorable Congreso del estado.

XVI. Se levanta la sesión.

Es cuanto, diputada presidenta.

- LA C. PRESIDENTA:Gracias, diputado secretario.

Se consulta a la asamblea si se aprueba el orden del díaen los términos que nos acaba de dar a conocer elciudadano diputado secretario. Los que estén por laa f i rmat iva , s í rvanse mani fes ta r lo en vo tac ióneconómica, levantando la mano.

(La asamblea asiente)

Aprobado en sus términos el orden del día.

Toda vez que se han entregado copias del acta de lasesión anterior a los integrantes de esta DiputaciónPermanente, se propone a la asamblea la dispensa dela lectura de la misma. Los que estén por la afirmativa,s í rvanse mani fes ta r lo en votac ión económica ,levantando la mano.

(La asamblea asiente)

Aprobado.

(No obstante la dispensa de lectura, se incluye el actade la sesión anterior)

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Primer Receso

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Acta de la Sexta Sesión Ordinaria de la DiputaciónPermanente de la honorable LIX Legislatura delCongreso del Estado Libre y Soberano de Veracruz-Llave, correspondiente al Primer Receso del SegundoAño de Ejercicio Constitucional, celebrada el día 8 deabril del año 2002. En la ciudad de Xalapa, Veracruz,siendo las 13:00 horas.

Siendo presidida la sesión por los diputados AliciaGonzález Cerecedo, presidenta; Leticia del CarmenGarcía Perea, vicepresidenta, y Guadalupe VelásquezCasanova, secretario.

Se le solicitó al ciudadano diputado secretarioprocediera a pasar lista de asistencia. Registrándosela asistencia de 9 ciudadanos diputados.

Hay quórum. Se inicia la sesión ordinaria. Timbre.

Pido al diputado secretario tenga a bien dar lectura alorden del día: Orden del día: I. Lista de asistencia.II. Lectura y en su caso, aprobación del orden del día.III. Lectura y en su caso, aprobación del acta de lasesión anterior. IV. Lectura de la correspondenciarecibida. V. Iniciativa con proyecto de decreto quereforma los artículos 13 en su fracción II, 175 en susdos párrafos y 313; que deroga la fracción II delapartado “E” del artículo 143 y el artículo 336, y queadiciona con nueve párrafos el artículo 175 del CódigoFinanc ie ro para e l es tado de Veracruz-Llave ,presentada por el ciudadano licenciado Miguel AlemánVelazco, gobernador del estado. VI. De las ComisionesPermanentes Unidas de Gobernación y de Justicia yPuntos Constitucionales, 12 dictámenes con proyectode acuerdos relativos a las denuncias presentadas porla Comisión Permanente de Vigilancia en contra de losciudadanos presidentes municipales y síndicos delos honorables ayuntamientos de Ayahualulco, BenitoJuárez, Chocamán, Chumatlán, Hueyapan de Ocampo,La Perla, Las Minas, Ozuluama, Río Blanco, San AndrésTenejapan, Tamalín y Texcatepec, Veracruz, por nohaber presentado la cuenta pública del ejercicio fiscaldel año 2000. VII. Propuesta de convocatoria al PrimerPeriodo de Sesiones Extraordinarias correspondienteal Segundo Año de Ejercicio Constitucional de lahonorable LIX Legislatura del Congreso del EstadoLibre y Soberano de Veracruz-Llave. VIII. Se levantala sesión y se cita a la próxima.

Se consulta a la asamblea si se aprueba el orden del díaen los términos que nos acaba de dar a conocer elciudadano diputado secretario. Los que estén por laa f i rmat iva , s í rvanse mani fes ta r lo en vo tac ióneconómica, levantando la mano. Aprobado en sustérminos el orden del día.

Toda vez que se han entregado copias del acta de lasesión anterior a los integrantes de esta DiputaciónPermanente, se propone a la asamblea la dispensa dela lectura de la misma. Los que estén por la afirmativa,s í rvanse mani fes ta r lo en votac ión económica ,levantando la mano. Aprobado.

Conforme al procedimiento aprobado, se pregunta a laasamblea si es de aprobarse el acta de la sesiónanterior. Los que estén por la afirmativa, sírvansemanifestarlo en votación económica, levantandola mano. Aprobado.

Con relación al siguiente punto del orden del día,solicito al diputado secretario tenga a bien dar inicioa la lectura de la correspondencia recibida en esteCongreso.

Oficio número SG-SAJPC-DGAJ-1078/2002, defecha 27 de marzo del año 2002, signado por lalicenciada Nohemí Quirasco Hernández, secretaria deGobierno, mediante el cual remite los oficios númeroSG-SAJPC-DGAJ-0690/2002, de fecha 28 de febrero,y SG-SAJPC-DGAJ-0691/2002, de fecha 27 de marzodel presente año, relativos a las solicitudes deautorización que hace el Ejecutivo del estado alhonorable Congreso local para poder regularizar 45hectáreas de la reserva territorial de Xalapa, Veracruz,distribuidas de la siguiente manera: a título onerosose enajenarán 13 hectáreas para colonos; a títulogratuito se transmitirán 12 hectáreas para cubrircompromisos contraídos por administración estatal; atítulo gratuito a favor del honorable ayuntamiento deXalapa, Veracruz, 5 hectáreas destinadas a vialidad,2 hectáreas para áreas verdes, reservándose elgobierno del estado para área verde y equipamientourbano 2 hectáreas; a título gratuito la superficie de856 metros cuadrados ubicada entre las manzanas 1 y2 de la colonia Herón Proal del predio Chiltoyac, deXalapa, Veracruz, a favor de la Arquidiócesis de Xalapa,que se designará para la construcción de una capilla.Lo anterior, para los efectos de que se pongan aconsideración de este honorable Congreso. Se anexael expediente correspondiente.

Por su naturaleza, túrnese la presente solicitud a laComisión Permanente de Hacienda del Estado, para suestudio y dictamen correspondiente.

Diputado secretario, prosiga con la lectura de lacorrespondencia.

Ciudadanos secretarios del honorable Congreso deles t ado . P resen te . Por ins t rucc iones de l señorgobernador del estado, Miguel Alemán Velazco, con

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Segundo Año de Ejercicio Constitucional

fundamento en lo previsto en la fracción XVII delartículo 18 de la Ley número 58 Orgánica del PoderEjecutivo del estado de Veracruz-Llave, remito a ustedcon el objeto de se someta a la consideración de esehonorable Congreso, el siguiente documento: OficioSG-SAJPC-DGAJ-0471/2002, de 8 de abril de 2002,relativo a la solicitud de autorización que pide elEjecutivo estatal al honorable Congreso del estadopara enajenar a título gratuito 31 metros cuadrados alórgano de... 31 mil metros cuadrados al Órgano deFiscalización Superior del estado, ORFIS , deducidosde una superficie mayor de 205 mil hectáreas queconstituyen la reserva territorial que el gobierno delestado tiene para el futuro crecimiento de la ciudadde Xalapa, Veracruz. Sufragio efectivo. No reelección.Xalapa, Veracruz, abril 8 de 2002. Nohemí QuirascoHernández. Secretaria de Gobierno. Rúbrica.

Túrnese la solicitud que nos ocupa a la ComisiónPermanente de Hacienda del Estado, para su estudioy dictamen correspondiente.

Diputado secretario, prosiga con la lectura de lacorrespondencia.

Licenciado Francisco Javier Loyo Ramos. SecretarioGeneral del honorable Congreso del estado. Presente.Mediante copia del escrito y anexos enviados por laciudadana María Dolores Benavides Andrade a estaSoberanía, misma que nos fue entregada en la secretaríamunicipal el día 18 de febrero del año en curso, noshemos enterado de que el ciudadano Rafael BelloArias, regidor cuarto del honorable ayuntamiento quetengo el honor de presidir, mediante una resolucióndictada por la Quinta Sala en Materia Penal del PoderJudicial del estado, le fue revocado el auto de libertadcon las reservas de ley, pronunciado con fecha 10 deseptiembre del año 2002, por el ciudadano juez deljuzgado mixto de Primera Instancia del distrito judicialde Jalacingo, Veracruz, en los autos de la causa penalnúmero 289/01. Por lo anterior y con fundamento en lodispuesto del artículo 127 de la Ley Orgánica delMunicipio Libre del estado, le solicito se le suspendael mandato al ciudadano Rafael Bello Arias, regidorcuarto de este honorable ayuntamiento municipal deTlapacoyan, Veracruz, y en su momento y de acuerdoa lo dictado en su proceso, se le revoque el mandato.A mayor abundamiento debo manifestarle que elmulticitado regidor está sujeto a la traba de la formalprisión y el juzgado mixto de Primera Instancia deldistrito judicial de Jalacingo ya giró la respectivaorden de reaprehensión. Seguro de su atención, leanticipo mi agradecimiento. Atentamente. HonorableTlapacoyan, Veracruz, a 11 de marzo del año 2002.Sufragio efectivo. No reelección. El presidente

municipal constitucional. Doctor Juvencio RomanoCor tés . Rúbr ica . Rober to Vald iv ieso Sa l inas ,secretario. Rúbrica.

En términos de lo dispuesto por la Ley Orgánica delMunicipio Libre, túrnese el asunto que nos dio aconocer e l d ipu tado secre ta r io a l a Comis iónPermanente de Gobernación, para su estudio ydictamen.

Diputado secretario, continúe con la lectura de lacorrespondencia.

Oficio 097/2002, de fecha 27 de marzo de 2002, signadopor el ciudadano presidente municipal del honorableayuntamiento de Cosautlán de Carvajal, Veracruz, porel que solicita autorización a este honorable Congresolocal a fin de poder realizar la venta de una camionetaJeep Wagoner modelo 82, color gris, seis cilindros,que por encontrarse en mal estado genera muchosgastos y constantes reparaciones. Se anexan acta desesión de Cabildo, fotografías y avalúos.

Para su estudio y dictamen, túrnese la solicitud quenos ocupa a la Comisión Permanente de HaciendaMunicipal.

Diputado secretario, prosiga con la lectura de lacorrespondencia.

Oficio número 51/2002, de fecha 3 de abril de 2002,signado por la ciudadana presidenta municipal delhonorable ayuntamiento de Rafael Lucio, Veracruz,mediante el cual solicita la autorización para realizarobras que exceden el 20% de la partida presupuestalrespectiva, para lo cual anexa acta de sesión de Cabildoy presupuesto de inversión. En los mismos términosse encuentran las solicitudes de los honorablesayuntamientos de Chocamán y Miahuatlán, Veracruz.

Con esto doy por concluida la lectura.

Túrnense las so l ic i tudes que nos ocupan a laComis iones Permanentes Unidas de Hac iendaMunic ipa l y de Desar ro l lo y For ta lec imientoMunicipal, para su estudio y dictamen correspondiente.

Con relación al siguiente punto del orden del día,concerniente a la iniciativa con proyecto de decretoque reforma los artículos 13 en su fracción II, 175 ensus dos párrafos y 330; y que deroga la fracción II delapartado “E” del artículo 143, y el artículo 336 y queadiciona con nueve párrafos el artículo 175 del CódigoFinanc ie ro para e l es tado de Veracruz-Llave ,presentado por el licenciado Miguel Alemán Velazco,

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Primer Receso

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gobernador del estado, y toda vez que ésta ha sidopublicada en la Gaceta Legislativa , misma que yaobra en poder de todos los diputados que integramosla Diputación Permanente, se propone a la asamblea ladispensa de la lectura de dicha iniciativa. Los queestén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo envotación económica, levantando la mano. Aprobado.

Con base en lo dispuesto por el artículo 109 delReglamento para el Gobierno Interior del PoderLegislativo, túrnese la presente iniciativa a la ComisiónPermanente de Hacienda del Estado, para su estudioy dictamen.

Sí, ¿en qué sentido, diputado?

En uso de la palabra, el diputado Alejandro SalasMartínez manifestó. Sin lugar a dudas es de llamar laatención a esta reforma, al cobro financiero que sehace y que hay que recordar que fue aprobado en estaLegislatura. Sin embargo y obviamente, aunque medigan, va a ser turnado a la comisión respectiva, peronos preocupa de antemano el observar que en elsiguiente punto, en el siguiente punto del ordendel día se va a convocar a un periodo extraordinario desesiones, el cual el próximo día, o sea, que se suponeque la comisión ya va a tener el dictamen y todo eso,va a cumplir con las 48 horas, o sea, que prácticamenteel dictamen se sacará a más tardar el miércoles, paraque sea... ya que es el primer punto de este periodoextraordinario el próximo viernes, nos preocupaparticularmente el observar la premura con que sequiere dar esta reforma, porque al observar el cuerpode este dictamen que, efectivamente, no se leyó, yavienen en la gaceta parlamentaria, pero que sí nosgustaría... Gaceta Legislativa , pero que sí nos gustaríaque se conociera públicamente porque nos preocupaparticularmente en la exposición de motivos, que sibien establece, dice que se van a dar y aquí leotextualmente: “En ocasiones, el financiamiento de laobra o servicio por parte del usuario es insuficientepara br indar e l sopor te económico adecuado aproyectos de largo plazo. En estos casos resultaconveniente que el Estado se al legue recursosmediante las ventajas que ofrece el mercado de valores.Entre las opciones favorables que ofrece dicha opcióndestaca la llamada bursatilización de activos, porvirtud de la cual un activo es separado temporalmentedel patrimonio del emisor, con objeto de que éste,junto con los recursos que genere, sirva como fuentede pago de los títulos colocados en el mercado devalores. En otras palabras, cuando un Estado bursatilizaun activo, dicho activo sale del patrimonio y controldel Estado por el tiempo necesario para el pago de laemisión. A cambio de lo anterior, el Estado cuenta con

recursos para el cumplimiento de sus funcionespúblicas –y aquí es lo que me preocupa, dice– sincompromete r su pa t r imonio , toda vez que suresponsabilidad se encuentra limitada al mundo delactivo afectado y de los recursos generados por éste,sin que esta operación implique la función de deudapública”. Es a lo que voy. Me preocupa particularmenteque si estamos viendo ya en el texto de la exposiciónde motivos, o sea, en el articulado correspondiente seestá estableciendo, concretamente en el artículo 175:“El Ejecutivo del estado, las entidades podrán afectaren f ideicomiso bursáti l , sus bienes, derechos eingresos, para emitir y colocar títulos en el mercado devalores”. En otro párrafo dice: “Los bienes, derechose ingresos, afectos a fideicomisos bursátiles seconsiderarán desincorporados temporalmente delpatrimonio del estado o de sus entidades…”. En otropárrafo dice que: “En los fideicomisos bursátiles, silas emisiones no generan obligaciones directas ocontingentes para el estado o sus entidades, el riesgode que dichos bienes, derechos o ingresos y losrecursos generados, sean suficientes para el pago dela emisión, correrá exclusivamente a cargo de lostenedores de los títulos colocados en el mercado devalores, por lo que la emisión y su pago se regirá porlas normas aplicables de derecho mercantil y bursátil”.“Los fideicomisos bursátiles o las emisiones a cargode sus patrimonios que impongan obligacionesdirectas o contingentes al estado o a sus entidades,les serán apl icables a dichas obl igaciones lasdisposiciones en materia de deuda pública”. Y otropárrafo dice: “La consti tución de f ideicomisosbursátiles requerirá de la aprobación previa delCongreso”. Que con todo respeto, discúlpenme, perov i s t a s como se ap rueban aqu í l a s cues t i onesfinancieras, que todo pasa por mayoría, se me haceque es garante de evitar esta situación. Y el artículo313 dice: “La deuda pública, en su conjunto, estáconstituida por las obligaciones directas o indirectasa cargo del Estado, por sí o por sus entidadesparaes ta ta les , de r ivadas de l a ce lebrac ión definanciamientos, reestructuraciones, adquisiciónde bienes o contratación de obras o servicios cuyopago se pacte a plazos, emisión de bonos, obligacionesde deuda, pagarés constituidos en términos de lodispuesto por este código y la celebración de actosjurídicos análogos que, previa autorización delCongreso, se obtengan a favor del Estado, por sí o susentidades, mismos que podrán tener como garantía laa fec tac ión de par t ic ipac iones federa les” . Enconclusión. ¿Qué quiero decir con esto que he leído?Me preocupa mucho que esta reforma al CódigoFinanciero que parece urgente, sea una situación,por no llamarle maniobra, para bursatilizar deudas porparte del gobierno del estado y que se incremente la

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ya de por sí peligrosa, llamaría yo, deuda que tenemosde 2 000 millones de pesos y por lo cuales va a terminareste año la deuda pública del gobierno del estado yque ésta sea una maniobra para llevar a la bolsa devalores una deuda del gobierno del estado y ante lassituaciones que se presentan y el manejo no muy clarode los recursos, nosotros sí presentamos nuestrainquietud y sí nos preocupa particularmente que estose quiera ya ventilar y prácticamente discutir y ante lasituación que se da de que no hemos visto voluntaddel grupo mayoritario de cambiar un punto, una coma,a las situaciones financieras de gobierno del estado,si nos gustaría que viniera alguien de la Secretaría deFinanzas y Planeación a explicarle a los integrantesde este Congreso, no solamente a la Comisión deHacienda del estado, en qué consiste esta reforma ycómo vamos a evitar que se bursatilice la deuda públicao que sea una maniobra para evitar esconder de algunamanera el hecho de que se va hacer infraestructura condeuda pública, nada más que a través de bonos en labolsa de valores. Entonces, yo sí pediría que ya queesto se va a discutir el viernes, pues que antes delviernes viniera algún funcionario de Finanzas, dep re fe renc ia Juan Amieva , pe ro s i no , a lgúnsubsecretario, para explicarle a este Congreso y queno nos quede la duda de que esto es una maniobra paraevitar decir que hay más deuda pública en el estado deVeracruz. Es cuanto, diputada presidenta.

En uso de la palabra, el diputado Jorge AlbertoGonzález Azamar manifestó. Solamente para abordarcon relación al tema del cual hizo uso de la palabra eldiputado que me antecede, diputado Salas Martínez.Solamente para reiterarle que desde la semana pasada,se les y se nos entregó a todos los diputados, undisquete con la información relativa al tema dediscusión. Entonces, solamente quisiera reiterarlesde que no será reformado totalmente el Código,solamente algunos artículos que ya todo mundosabemos y que de que se esté solicitando para que seabra el periodo de sesiones extraordinarias para elpróximo viernes. No se está diciendo que será el únicodía para discutirlo, puede quedar abierta la posibilidadde que sean algunas otras sesiones más y pues reiterarque es ocioso y reiterativo de que insistan en que elgobierno de Miguel Alemán es un gobierno dondeel manejo no ha sido claro y transparente. Yo creo quetan ha sido claro y transparente que finalmente hasido, además de claro y transparente, ha sido previsor.En cuanto a lo que había comentado del disquete,pues se le entregó a los coordinadores de las distintasfracciones que están integradas en este Congreso.Por lo tanto, ciudadana presidenta, pido se someta avotación.

A continuación, se le concedió el uso de la palabra aldiputado Julen Rementería del Puerto, quien refirió.Yo sólo quisiera abundar en las consideraciones quese vienen haciendo en este momento respecto a estetema, porque yo sí tengo que sumarme, a fuerza de serresponsable con lo que sucede en las finanzas delestado, a la preocupación que externa Alejandro Salas.Me parece que estamos ante una reforma que si bien,como dice el diputado González Azamar, no significala modificación de todo un código, faltaba más, sísignifica la modificación a cuatro artículos o a tresartículos y en algunos casos se derogan algunospárrafos muy importantes de la ley, del CódigoFinanciero para el estado, en donde con la modificaciónúnica de estos artículos, aunque sean muy poquitoso le parezcan al diputado muy poquitos artículos, sonsuficientes como para poder permitir lo que ya semanifestaba hace un momento por el diputado Salas:el hecho de que al poder bursatilizar algunos activosdel estado, el estado se va hacer de recursos con losque ahora no cuenta. Pero qué nos garantiza, porqueno se establece aquí de manera explicita, el que novaya a ser utilizado este recurso para precisamentepoder contrarrestar la deuda pública que hoy tenemosy que al final de cuentas, no vayamos a estar ante laposibilidad de que vayamos a cumplir los compromisosde deuda pública que hoy se tienen con recursosprovenientes de esta bursatilización de activos y digoesto porque aunque al diputado Jorge González Azamarse le hace muy clara y transparente la administración,lamentablemente esa posición no es compartida porlos diputados, cuando menos los de Acción Nacional,porque no se ha tenido la apertura para poder haceres te . . .pues l a s p rec i s iones cor respondien tes yaclararnos las dudas que han surgido durante estaLegislatura y que no hemos tenido la atención debidapor parte ni de la Secretaría de Finanzas ni de lacontraloría ni del órgano de f iscal ización. Enconsecuencia, ni clara ni transparente, al menos nopara los de Acción Nacional. En todo caso, a mí meparece que este tema es importante, que supone laposibilidad de tener mayores recursos para el estado,pero que habría que revisarlo con mucho cuidado yque habría que ponerle algunos candados para que losrecursos fueran realmente utilizados para provechodel estado y a lo mejor no para cubrir ineficiencias quepudieran haber por ahí. Resulta que en unos de lospárrafos dice que los recursos que el estado o susentidades capten bajo el esquema de colocación detítulos en el mercado de valores, se destinarán afinanciar el gasto público, así tal cual lo dice, ycuando hablamos de financiar el gasto público, estamoshablando de financiar cualquier cosa dentro de lacuenta del gobierno del estado porque estamoshablando del gasto público en su conjunto. Aquí,

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Primer Receso

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entre otras propuestas que podría haber, es que estofuera más preciso, qué es lo que se puede financiar conestos recursos o a qué debería dirigirse, porque sí nospreocupa eso que se mencionaba hace rato, el quepuedan ser utilizados estos recursos para a lo mejortapar ineficiencias generadas en otras áreas, y elhecho de que hoy se esté lanzando apenas la iniciativa,yo conozco, como todos ustedes, a uno de losdiputados, que me supongo que esto va a ir a laComisión de Hacienda del Estado, será seguramenteallá adonde se va a turnar y casualmente uno de losdiputados en esa comisión de hacienda es de AcciónNacional y les puedo asegurar que no está enterado deesta iniciativa en los términos que está quedando y,entonces, pretender llevar esta iniciativa de aquí alviernes, convocando a un periodo extraordinario, pueshace suponer que lo que se piensa hacer es a fuerza dela mayoría, echar para adelante un proyecto sin evaluarrealmente las consideraciones que pudieran venir deotros partidos, lo cual habla de que en el mejor de loscasos, pues de oídos sordos hacia la oposición.

En uso de la palabra, el diputado Jorge GonzálezAzamar manifestó a la asamblea. Solamente paraabundar con relación a lo que manifiestan los señoresdiputados de Acción Nacional en el sentido de lo queestán argumentando respecto a la iniciat iva dereformas a l Código Financiero. Simplementemanifestarles que este debate está fuera de lugarporque el fondo de materia de conocimiento, en primertérmino, de la comisión dictaminadora y, en segundo,del pleno, pero no es facultad de esta DiputaciónPermanente.

Tiene el uso de la voz, para hechos, el diputado JoséLuis Salas Martínez. Bueno, entrando al tema, bueno,nada más contestarle al diputado Jorge GonzálezAzamar, que me antecedió, ya sé que tienen órdenesde que esto no se debata. Yo pienso que el Congreso,éste es el lugar donde se deben debatir las leyes, aquíes donde en teoría se deben hacer, no nada más recibirdel Ejecutivo y turnar. Yo creo que desde ahí empiezanlos problemas de conceptos de qué entendemos porCongreso, más allá de que pueda o no la DiputaciónPermanente, y creo que esto no me entendió el diputadoGonzález Azamar precisamente porque veía que tienenuna premura acelerada por bursatilizar, en estavorágine que tienen los funcionarios de Alemán,de conseguir recursos y pedir prestado y ahora debursatilizar activos. Es que queremos que esto semedite y se haga de acuerdo a la ley y, sobre todo, conla opinión de todos los grupos y yo, al ver que elviernes están citando para que esto se discuta comoel primer punto de este periodo extraordinario, yo loque veo más sensato es pedirle que no nada más la

comisión, sino que también se les explique a losdiputados para que podamos dar, porque tenemos quedar un voto razonado. Yo, por lo menos siempreque voy a votar algo, leo y escucho cuáles son lasopiniones y decido, no porque alguien me diga, hayque votar a favor, voy a votar a favor, o no sé si ésasea la situación. Yo creo que hay que analizarlo y siestamos cerrados en suponer que es deuda pública,que nos lo digan los funcionarios de Finanzas, pero atodas luces a nosotros nos está preocupando y poreso leí el cuerpo del dictamen porque me preocupaesto y ante la premura del tiempo que viene el viernes,señores, pues vamos discutiéndolo. Si quieren lodejamos para el pleno y otra vez, otro debate de horasy vamos a estar, pero yo creo, en un afán propositivo,es que hice esta propuesta de que se nos explique, senos quiten estas dudas. Si estamos equivocados, conmucho gusto lo aceptaremos, pero si no, sí nospreocupa porque, cuidado, no estemos buscandosituaciones para llamarle a la deuda pública de otramanera. Entonces, yo creo que sí sería bueno, ademásde que me parece correcta la precisión del diputadoJulen, de hacer precisiones a estas reformas, a estosartículos, para que exclusivamente en todo caso, siesto procede, solamente obras de infraestructura vialy de beneficio como lo es la obra pública, pudieran serbursatilizadas, no sea que al rato las cumbres Tajín,los festivales Agustín Lara o las ocurrencias quetenga Lazo Márgain y compañía, también las quieranbursatilizar.

La iniciativa ya fue turnada a comisiones. El dictamenfue entregado el día 3 a los coordinadores en la Juntade Coordinación Política.

Continuando con el siguiente punto del orden del día,concerniente a los doce dictámenes con proyecto deacuerdos relativos a las denuncias presentadas por laComisión Permanente de Vigilancia en contra de losciudadanos presidentes municipales y síndicos, delos honorables ayuntamientos de Ayahualulco, BenitoJuárez, Chocamán, Chumatlán, Hueyapan de Ocampo,La Perla, Las Minas, Ozuluama, Río Blanco, San AndrésTenejapan, Tamalín y Texcatepec, Veracruz, por nohaber presentado la cuenta pública del ejercicio fiscaldel año 2000, emitida por las Comisiones PermanentesUnidas de Gobernación y de Just icia y PuntosConstitucionales, y toda vez que éstos ya han sidopublicados en la Gaceta Legislativa , misma que yaobra en poder de los diputados que integramos estaDiputación Permanente, se propone a la asamblea ladispensa de la lectura de dichos dictámenes. Los queestén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo envotación económica, levantando la mano. Aprobado.

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Segundo Año de Ejercicio Constitucional

Conforme el procedimiento aprobado, se ponen adiscusión de la asamblea los dictámenes que nosocupan. Se abre el registro de oradores. En virtud deque ningún diputado ha hecho uso de la voz, seconsulta a la asamblea si son de aprobarse. Los queestén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo envotación económica, levantado la mano. Aprobadosen sus términos los dictámenes.

Con relación al siguiente punto del orden del día,solicito al diputado secretario tenga a bien dar lecturaa la propuesta de convocatoria al Primer Periodo deSesiones Extraordinarias correspondiente al SegundoAño de Ejercicio Constitucional de la honorableLIX Legislatura del Congreso del estado.

La Diputación Permanente de la honorable LIXLegislatura del Congreso del Estado Libre y Soberanode Veracruz-Llave, en uso de la facultad que le confierenlos artículo 29 fracción I y 41 fracción I de laConstitución Política del estado; 9 fracción I y 42fracción II de la Ley Orgánica del Poder Legislativo;81 fracción II y 84 del Reglamento para el GobiernoInterior del Poder Legislativo y en nombre del puebloexpide la siguiente convocatoria. Primero. Se convocaa la LIX Legislatura del Congreso del Estado Libre ySoberano de Veracruz-Llave, al Primer Periodo deSesiones Extraordinarias correspondiente al SegundoAño de Ejercicio Constitucional, cuya apertura tendrálugar el próximo día viernes 12 de abril del año 2002 alas 11:00 horas. Segundo. La LIX Legislatura delCongreso del estado en este periodo de sesionesextraordinarias exclusivamente se ocupará de lossiguientes asuntos: 1. De la Comisión Permanentede Hacienda del Estado, dictamen con proyecto dedecreto que reforma los artículos 13 en su fracción II,175 en sus dos párrafos y 313; que deroga la fracciónII del apartado E del artículo 143 y el artículo 336; y queadiciona con nueve párrafos el artículo 175 del CódigoFinanciero para el estado de Veracruz-Llave. 2. De laComisión Permanente de Gobernación, dictamen conproyecto de decreto relat ivo a la sol ici tud delc iudadano pres idente municipal del honorableayuntamiento de Tlapacoyan, Veracruz, porque sesuspenda de sus funciones al ciudadano Rafael BelloArias, regidor cuarto propietario de ese lugar. 3. De lasComis iones Permanentes Unidas de Hac iendaMunic ipa l y de Desar ro l lo y For ta lec imientoMunicipal, dictamen con proyecto de acuerdo relativoa l a so l i c i tud de au to r izac ión de l honorab leayuntamiento de Ayahualulco, Veracruz, para poderrealizar obras públicas cuyos montos exceden el 20%de las partidas presupuestales respectivas. 4. De lasComis iones Permanentes Unidas de Hac iendaMunic ipa l y de Desar ro l lo y For ta lec imiento

Municipal, dictamen con proyecto de acuerdo relativoa l a so l i c i tud de au to r izac ión de l honorab leayuntamiento de Landero y Coss, Veracruz, para poderrealizar obra pública cuyo monto excede el 20% de lapartida presupuestal respectiva. 5. De las ComisionesPermanentes Unidas de Hacienda Municipal y deDesarrollo y Fortalecimiento Municipal, dictamencon proyecto de acuerdo relativo a la solicitudde autorización del honorable ayuntamiento deTenochtitlán, Veracruz, para poder realizar obrapública cuyo monto excede el 20% de la partidapresupuestal respectiva. Tercero. Notifíquese estaconvocatoria al ciudadano Miguel Alemán Velazco,gobernador del estado, para su conocimiento y efectoslegales a que haya lugar. Cuarto. Publíquese la presenteconvocatoria en la Gaceta Oficial . Órgano delGobierno del Estado. Dada en la sala de sesionesVenustiano Carranza de la Diputación Permanente dela honorable LIX Legislatura del Congreso del estado,en la ciudad de Xalapa-Enríquez, Veracruz, a los 8 díasdel mes de abril del año 2002. Alicia González Cerecedo.Diputada presidenta. Rúbrica. Guadalupe VelázquezCasanova. Diputado secretario. Rúbrica.

Habiéndose escuchado en voz del diputado secretariola propuesta de convocatoria para la celebración delPr imer Per iodo de Ses iones Ext raordinar iascor respondiente a l Segundo Año de Ejerc ic ioConstitucional de la honorable LIX Legislatura delCongreso del estado, se consulta a la asamblea si esde aprobarse en sus términos. Los que estén por laa f i rmat iva , s í rvanse mani fes ta r lo en vo tac ióneconómica, levantando la mano. Aprobado en sustérminos la propuesta de convocatoria.

Antes de concluir esta sesión de la permanente, quieropedirle a los compañeros diputados y a los asistentes,a los medios de comunicación, si son tan amables deponerse de pie para guardar un minuto de silencio porel fallecimiento de nuestro compañero diputadoAlfonso Gutiérrez de Velasco, quien falleció la semanapasada.

Se guarda un minuto de silencio.

Diputado presidenta, informo a usted que se hanagotado los asuntos listados en el orden del día.

Habiéndose agotado los asuntos listados en el ordendel día, se levanta la presente sesión. Timbre.

Alicia González CerecedoDiputada Presidenta

(Rúbrica)

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Primer Receso

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Guadalupe Velázquez CasanovaDiputado Secretario

(Rúbrica)

Conforme al procedimiento aprobado, se pregunta a laasamblea si es de aprobarse el acta de la sesiónanterior. Los que estén por la afirmativa, sírvansemanifestarlo en votación económica...

Sí, perdón.

(El diputado Alejandro Salas Martínez hace moción)

Adelante, diputado Alejandro.

- EL C. DIP. ALEJANDRO SALAS MARTÍNEZ:Bueno, con el permiso de la Presidencia.

Ya lo hice notar al cuerpo técnico, pero hago uso dela voz porque sí ya es reiterativa la confusión que seda y en vista de que además parece que los Salas nosomos queridos aquí por el dueño de la Legislatura, auno no lo dejaban ser secretario de la DiputaciónPermanente, y a un servidor, pues no soy fan del quedispone y hace todo en este, en esta LIX Legislatura.Entonces, sí hago la observación porque se me pusoen la hoja cuatro el nombre de, textualmente dice,“Tiene el uso de la voz, para hechos, el diputado JoséLuis Salas Martínez”, independientemente de que noexiste este diputado, porque ya van varias veces quehacen la confusión. Y si bien a los dos nos quierenmandar a Siberia al congelador, pues somos diferentes,yo soy Alejandro y él es José Luis, ¿no? Entonces, sí,para que se tome en cuenta esto porque no es laprimera vez que ocurre en esta Legislatura.

Es cuanto, diputada presidenta.

- LA C. PRESIDENTA:Sí, señor diputado, se tomará en cuenta.

Ruego al diputado secretario se sirva tomar nota yhacer las correcciones respectivas.

- EL C. SECRETARIO:Diputada presidenta, informo a usted que ya se hizola corrección.

- LA C. PRESIDENTA:Con esta salvedad, los que estén por que se apruebeel acta de la sesión anterior, sírvanse manifestarlo envotación económica, levantando la mano.

(La asamblea asiente)

Aprobado.

Con relación al siguiente punto del orden del día,solicito al diputado secretario tenga a bien dar inicioa la lectura de la correspondencia recibida en esteCongreso.

- EL C. SECRETARIO:Oficio número ST/253/02, de fecha 26 de marzo del añodel 2002, signado por el presidente municipal delhonorable ayuntamiento de Papantla, Veracruz, pormedio del cual solicita autorización para podersuscribir convenio de coordinación con el gobiernodel estado, a través de la Secretaría de DesarrolloRegional, para sentar las bases a que se sujetarán laspartes para llevar a cabo la construcción del mercadoBenito Juárez García en ese municipio.

Se anexan acta de sesión de Cabildo y proyecto deconvenio.

Es cuanto, diputada presidenta.

- LA C. PRESIDENTA:Por su naturaleza, túrnese la presente solicitud a lasComisiones Permanentes Unidas de Hacienda Municipaly de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal, para suestudio y dictamen correspondiente.

Diputado secretario, continúe con la lectura de lacorrespondencia.

- EL C. SECRETARIO:Coatepec, Veracruz, a 6 de abril de 2002

Licenciada Alicia González CerecedoPresidenta de la LIX Legislatura

Por medio de la presente me dirijo a usted, en sucalidad de presidenta de la LIX Legislatura delhonorable Congreso del estado, para solicitarlelicencia para retirarme temporalmente, del 30 de abrilal 31 de diciembre del presente, de la representacióncon la que los ciudadanos del municipio de Coatepecme honraron, a través de asignarme la responsabilidadde la Regiduría Cuarta en el honorable ayuntamientode Coatepec.

Esta solicitud se debe a que han surgido asuntospersonales que requieren mi atención de tiempocompleto.

Aprovecho la presente para re i terar le mi másd is t ingu ida cons iderac ión y env ia r le miagradecimiento pleno por la atención a mi solicitud.

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Segundo Año de Ejercicio Constitucional

Atentamente

Regidor Cuarto del Honorable Ayuntamiento de CoatepecLic. Hugo Rafael Fernández Campos

(Rúbrica)

Es cuanto, diputada presidenta.

- LA C. PRESIDENTA:Gracias, diputado secretario.

Vista la naturaleza de la solicitud que nos dio a conocerel diputado secretario y toda vez que ésta resulta deobvia resolución, se prepone a la asamblea que lamisma sea discutida de una vez, dispensando el turnoa comisiones. Los que estén por la afirmativa, sírvansemanifestarlo en votación económica, levantandola mano.

(La asamblea asiente)

Aprobado.

Conforme a procedimiento aprobado, se pone aconsideración de la asamblea la solicitud que nosocupa. Se abre el registro de oradores.

En virtud de que ningún diputado ha solicitado haceruso de la voz, se consulta a la asamblea si es deautorizarse la solicitud de licencia para separarsede su cargo del ciudadano Hugo Rafael HernándezCampos, regidor cuarto propietario del honorableayuntamiento de Coatepec, Veracruz, por el periodocomprendido del 30 de abril al 31 de diciembre del año2002 y, en consecuencia, sea llamado el ciudadanoJuan Arellano Rivera, regidor cuarto suplente, paraque ocupe la titularidad de dicho cargo durante eltiempo que dure la licencia de referencia. Los queestén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo envotación económica, levantando la mano.

(La asamblea asiente)

Aprobada en sus términos la solicitud que nos ocupa.

Diputado secretario, prosiga con la lectura de lacorrespondencia.

- EL C. SECRETARIO:Oficio número 616/01, de fecha 15 de junio de 2001,signado por el ciudadano presidente municipal ysec re ta r io de l honorab le ayun tamien to deCoscomatepec, Veracruz, mediante el cual solicitanautor ización para poder suscr ib i r convenio decolaboración con el Instituto Veracruzano de Educación

para los Adultos, para el desarrollo de los programasde educación para adultos en la entidad.

En los mismos términos se encuentran las solicitudesde los honorables ayuntamientos de Moloacán,Pajapan, Puente Nacional y Zacualpan.

Es cuanto, diputada presidenta.

- LA C. PRESIDENTA:Vista la naturaleza de las solicitudes que nos dio aconocer el diputado secretario y toda vez que éstasresultan de obvia resolución, se propone a la asambleaque l a s mi smas s ean d i scu t idas de una vez ,dispensando el turno a comisiones. Los que estén porla afirmativa, sírvanse manifestarlo en votacióneconómica, levantando la mano.

(La asamblea asiente)

Aprobado.

Conforme al procedimiento aprobado, se ponen aconsideración de la asamblea las solicitudes que nosocupan. Se abre el registro de oradores.

En virtud de que ningún diputado ha solicitadohacer uso de la voz, se consulta a la asamblea si esde autorizarse a los honorables ayuntamientos deCoscomatepec, Moloacán, Pajapan, Puente Nacionaly Zacualpan, Veracruz, a suscribir convenios decolaboración con el Instituto Veracruz de Educaciónpara los Adultos, para el desarrollo de los programasde educación para adultos en la entidad. Los que esténpor la afirmativa, sírvanse manifestarlo en votacióneconómica, levantando la mano.

(La asamblea asiente)

Aprobadas en sus términos las solicitudes que nos ocupan.

Diputado secretario, continúe con la lectura de lacorrespondencia recibida.

- EL C. SECRETARIO:Oficio número PM/060/2002, de fecha 22 de abril delaño en curso, signado por el ciudadano presidentemunic ipa l de l honorab le ayun tamien to deCoatzacoalcos, Veracruz, mediante el cual solicitaautorización para poder celebrar contrato de prestaciónde servicios profesionales con el despacho Asociadosy Abogados Internacional, S.A., con la finalidad deefectuar el cobro del 2% por concepto de traslaciónde dominio a diversas empresas que no han pagado ala Tesorería Municipal.

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Se anexan el acta de sesión de Cabildo y proyecto delcontrato.

Es cuanto, diputada presidenta.

- LA C. PRESIDENTA:Vista la naturaleza de la solicitud que nos dio a conocerel diputado secretario y toda vez que ésta resulta deobvia resolución, se propone a la asamblea que lamisma sea discutida de una vez, dispensando el turnoa comisiones. Los que estén por la afirmativa, sírvansemanifestarlo en votación económica, levantandola mano.

(La asamblea asiente)

Aprobado.

Conforme al procedimiento aprobado, se pone aconsideración de la asamblea la solicitud que nosocupa. Se abre el registro de oradores.

¿En qué sentido, diputado?

Tiene el uso de la voz el diputado Julen Rementería.

¿Algún otro diputado va a hacer uso de la voz?

Adelante, diputado Julen.

- EL C. DIP. JULEN REMENTERÍA DEL PUERTO:Con el permiso de la mesa.

En primer lugar, yo quisiera manifestar que, de entrada,que no estamos en contra de que se pueda convenircon una empresa para que, bueno, la hacienda públicade cualquier municipio pueda ser más expedita y máseficiente. Lo que sí quisiéramos tener la informacióncompleta, porque resulta que no sabemos con quéempresa sé está contratando, y sí quisiéramos que nospudieran hacer llegar esta información.

Sé que nuestro coordinador, el diputado AlfonsoVázquez, ayer hizo esta petición. Lamentablemente nofue atendida. Yo quisiera en la Junta de CoordinaciónPolítica, yo quisiera que nos pudieran hacer llegar a labrevedad, que hubiera aquí o a lo mejor un compromisode parte de la Presidencia, de la información completa, dequiénes la… qué es la empresa, a qué se dedica y,bueno, el historial de la empresa, porque en todo caso,si esta empresa, bueno, resulta en Coatzacoalcosinclusive pudiera ser, podría caber la posibilidad deque en otros municipios se pudiera recomendar éstecomo un medio de mecanismo para poder sanear lasfinanzas de los municipios en nuestra entidad.

Ojalá esto pueda ser resuelto de manera favorable y nocomo a veces ocurre, no, que no se atienden estaspeticiones.

Gracias.

- LA C. PRESIDENTA:Sí, diputado Julen. Le daremos instrucciones alsecretario del Congreso para que le haga llegar lainformación correspondiente.

Se consu l t a a l a a samblea s i se encuen t rasuficientemente discutida la solicitud que nos ocupa.Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarloen votación económica, levantando la mano.

(La asamblea asiente)

Aprobado.

Habiéndose discutido suficientemente la solicitudde autorización del honorable ayuntamiento deCoatzacoalcos, Veracruz, para poder suscr ibircontratos de prestación de servicios profesionalesc o n e l d e s p a c h o A s o c i a d o s y A b o g a d o sInternacional, S.A., con la finalidad de efectuar elcobro del 2% por concepto de traslación de dominioa diferentes empresas que no pagaron a la Tesoreríade ese ayuntamiento, se consulta a la asamblea si esde autorizarse. Los que estén por la afirmativa,s í rvanse manifes tar lo en votac ión económica ,levantando la mano.

(La asamblea asiente)

Aprobada en sus términos la solicitud que nos ocupa.

Diputado secretario, prosiga con la lectura de lacorrespondencia.

- EL C. SECRETARIO:Escrito de fecha 25 de marzo del año en curso, signadopor el ciudadano presidente municipal del honorableayuntamiento de Actopan, Veracruz, mediante el cualsolicita autorización para poder suscribir convenio decolaboración administrativa en materia de Catastrocon el gobierno del estado, a través de la Secretaría deFinanzas y Planeación.

Se anexan acta de sesión de Cabildo y proyectos deconvenios.

En los mismos términos se encuentran las solicitudesde los honorables ayuntamientos de Cazones deHerrera, Cosamaloapan, Filomeno Mata, Platón

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Sánchez, Santiago Tuxtla, Temapache, Villa Aldama,Xico, Atzalan, Chalma, Puente Nacional ,Tlalnelhuayocan, Zaragoza, Atlahuilco, MarianoEscobedo, Mecayapan, Boca del Río, Las Vigas deRamírez, Úrsulo Galván, Coatzintla, Naranjal ,Ci t la l tépet l , Coatepec, Cosaut lán de Carvajal ,Cosoleacaque, Emiliano Zapata, Huatusco, Huilopande Cuauhtémoc, Sayula, Tihuatlán, Tlilapan, SanAndrés Tuxtla, Moloacán, Acajete, Ixhuatlancillo,Tonayán, Banderi l la , Tlal te te la , Tequi la , JuanRodríguez Clara y Astacinga.

Es cuanto, diputada presidenta.

- LA C. PRESIDENTA:Vista la naturaleza de las solicitudes que nos dio aconocer el diputado secretario y toda vez que éstasresultan de obvia resolución, se propone a la asambleaque l a s mi smas s ean d i scu t idas de una vez ,dispensando el turno a comisiones. Los que estén porla afirmativa, sírvanse manifestarlo en votacióneconómica, levantando la mano.

(La asamblea asiente)

Aprobado.

Conforme a procedimiento aprobado, se ponen aconsideración de la asamblea las solicitudes que nosocupan. Se abre el registro de oradores.

En virtud de que ningún diputado ha solicitado haceruso de la voz, se consulta a la asamblea si es deautorizarse a los honorables ayuntamientos de Acajete,Actopan, Astacinga, Atlahuilco, Atzalan, Banderilla,Boca de Río, Cazones de Herrera, Chalma, Citlaltépetl,Coatzintla, Cosamaloapan, Cosautlán de Carvajal,Cosoleacaque, Emiliano Zapata, Filomeno Mata,Huatusco, Huilopan de Cuauhtémoc, Ixhuatlancillo,Juan Rodríguez Clara, Mariano Escobedo, Mecayapan,Moloacán, Naranjal, Platón Sánchez, Puente Nacional,San Andrés Tuxtla, Santiago Tuxtla, Sayula de Alemán,Temapache, Tequila, Tihuatlán, Tlalnelhuayocan,Tlaltetela, Tlilapan, Tonayan, Úrsulo Galván, Las Vigasde Ramírez, Villa Aldama, Xico y Zaragoza, Veracruz,a suscribir convenios de colaboración administrativaen materia de Catastro con el gobierno del estado, através de la Secretaría de Finanzas y Planeación. Losque estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo envotación económica, levantando la mano.

(La asamblea asiente)

Aprobadas en sus términos las solicitudes que nosocupan.

Diputado secretario, continúe con la lectura de lacorrespondencia.

- EL C. SECRETARIO:Oficio número 068/2002, de fecha 27 de marzo del año2002, signado por el ciudadano presidente municipaldel honorable ayuntamiento de Camarón de Tejeda,Veracruz, mediante el cual solicita autorización parapoder realizar obras públicas cuyos montos excedenel 20% de las partidas presupuestales del Fondo deAportaciones para el Fortalecimiento Municipal y delFondo de Infraestructura Social Municipal.

Se anexa acta de sesión de Cabildo.

En los mismos términos se encuentran los honorablesayuntamientos de Nautla, Sochiapa e Isla.

Es cuanto, diputada presidenta.

- LA C. PRESIDENTA:Túrnense las presentes solicitudes a las ComisionesPermanentes Unidas de Hacienda Municipal y deDesarrollo y Fortalecimiento Municipal, para su estudioy dictamen correspondiente.

Diputado secretario, prosiga con la lectura de lacorrespondencia.

- EL C. SECRETARIO:Oficio número R-33-762/2002, de fecha 9 de abril delaño 2002, signado por el ciudadano presidente municipaldel honorable ayuntamiento de Santiago Tuxtla, Veracruz,mediante el cual solicita autorización para podersuscribir convenio para la ejecución del programa dedesarrollo institucional municipal con el gobiernofederal, a través de la delegación estatal de la Secretaríade Desarrollo Social, con el gobierno del estado, porconducto de la Secretaría de Finanzas y Planeación,así como con la Contraloría General del Estado.

Se anexan acta de sesión de Cabildo y proyecto deconvenio.

En el mismo sentido se encuentra la solicitud delhonorable ayuntamiento de Minatitlán.

Es cuanto, diputada presidenta.

- LA C. PRESIDENTA:Vista la naturaleza de las solicitudes que nos dio aconocer el diputado secretario y toda vez que éstasresultan de obvia resolución, se propone a la asambleaque l a s mi smas s ean d i scu t idas de una vez ,dispensando el turno a comisiones. Los que estén por

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la afirmativa, sírvanse manifestarlo en votacióneconómica, levantando la mano.

(La asamblea asiente)

Aprobado.

Conforme al procedimiento aprobado, se ponen aconsideración de la asamblea las solicitudes que nosocupan. Se abre el registro de oradores.

En virtud de que ningún diputado ha solicitadohacer uso de la voz, se consulta a la asamblea si esde autorizarse a los honorables ayuntamientos deMinatitlán y Santiago Tuxtla, a suscribir conveniospara la e jecución del programa de desarrol loinstitucional municipal con el gobierno federal, a travésde la delegación estatal de la Secretaría de DesarrolloSocial, y con el gobierno del estado, por conducto dela Secretaría de Finanzas y Planeación, así como conla Contraloría General del Estado. Los que estén por laa f i rmat iva , s í rvanse mani fes ta r lo en vo tac ióneconómica, levantando la mano.

(La asamblea asiente)

Aprobadas en sus términos las solicitudes que nosocupan.

Diputado secretario, continúe con la lectura de lacorrespondencia recibida.

- EL C. SECRETARIO:Oficio número 1043, de fecha 28 de marzo del año 2002,signado por los ciudadanos presidente municipal ysecretario del honorable ayuntamiento de Atzalan,Veracruz, mediante el cual solicitan autorización parapoder suscribir convenio de compra-venta de despensas,destinadas a los programas Estímulos a la EducaciónBásica y otros relacionados con la alimentación ynutrición familiar con DICONSA , S.A. de C.V.

Se anexan el acta de sesión de Cabildo y proyecto deconvenio.

Es cuanto, diputada presidenta, y con esto doy porconcluida la lectura de la correspondencia recibida enesta Secretaría.

- LA C. PRESIDENTA:Gracias, diputado secretario.

Vista la naturaleza de la solicitud que nos dio a conocerel diputado secretario, y toda vez que ésta resulta deobvia resolución, se propone a la asamblea que la

misma sea discutida de una vez, dispensando el turnoa comisiones. Los que estén por la afirmativa, sírvansemanifestarlo en votación económica, levantandola mano.

(La asamblea asiente)

Aprobado.

Conforme al procedimiento aprobado, se pone aconsideración de la asamblea la solicitud que nosocupa. Se abre el registro de oradores.

En virtud de que ningún diputado ha solicitado haceruso de la voz, se consulta a la asamblea si es deautorizarse al honorable ayuntamiento de Atzalan,Veracruz, a suscribir convenio de compra-venta dedespensas destinadas a los programas de Estímulos ala Educación Básica y otros relacionados con laalimentación y nutrición familiar con DICONSA , S.A. deC.V. Los que estén por la afirmativa, sírvansemanifestarlo en votación económica, levantandola mano.

(La asamblea asiente)

Aprobada en sus términos la solicitud que nos ocupa.

Con relación al siguiente punto del orden del día,concerniente a la iniciativa con proyecto de decretoque reforma las fracciones V a la XII del artículo9°; que deroga la fracción XXXVII del artículo 18 y queadiciona el subtítulo “Secretaría del Trabajo y PrevisiónSocial”, y los artículos 22 bis y 22 ter, todos de la LeyOrgánica del Poder Ejecutivo del estado de Veracruz-Llave, presentada por el ciudadano licenciado MiguelAlemán Velazco, gobernador del estado, y toda vezque ésta ha sido publicada en la Gaceta Legislativa ,misma que ya obra en poder de todos los diputadosque integramos la Diputación Permanente, se proponea la asamblea la dispensa de la lectura de dichainiciativa. Los que estén por la afirmativa, sírvansemanifestarlo en votación económica, levantandola mano.

(La asamblea asiente)

Aprobado.

(No obstante la dispensa de lectura, se incluye lainiciativa con proyecto de decreto)

Año de la Seguridad, la Cultura y el EcoturismoXalapa, Enríquez, Veracruz, abril 16 de 2002SG/2002/01992

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Segundo Año de Ejercicio Constitucional

Diputada Alicia González CerecedoPresidenta de la LIX Legislatura delCongreso del estadoPresente

Por instrucciones del señor gobernador del estado,licenciado Miguel Alemán Velazco, con fundamentoen lo previsto en el artículo 18 fracción XVII dela Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del estadode Veracruz y el artículo 12 fracción XXXV delReglamento Interior de la Secretaría de Gobierno,remito a usted, con el objeto de que se someta a laconsideración de esa honorable Legislatura, e lsiguiente documento:

· Iniciativa que reforma, deroga y adiciona diversosartículos de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo delestado de Veracruz-Llave.

Sin otro particular, reitero a usted la seguridad de miconsideración atenta y distinguida.

AtentamenteSufragio efectivo. No reelección

La Secretaria de GobiernoLic. Nohemí Quirasco Hernández

(Rúbrica)

Miguel Alemán Velazco, gobernador del Estado Librey Soberano de Veracruz-Llave, con fundamento en lodispuesto por los artículos 34 fracción III y 49 fracciónV de la Constitución Política del estado, y con base enla siguiente

EXPOSICIÓN D E MOTIVOS

En Veracruz se emprende una reforma del estado através del cambio de instituciones y del marco jurídico,con el fin de conducir a la sociedad hacia unaconvivencia pacífica y armoniosa, reconociendo eincorporando las nuevas realidades que la sociedadreclama.

Esta transformación y legitimación del marcojurídico del estado, así como la política económica ysocial implementada en la presente administraciónpública, han permitido avances significativos al erigirseen la única vía por la que se pueden optimizar losrecursos públicos y avanzar en la generación deempleos.

Respecto de los procesos para la transparencia yoptimización de recursos que se realizan en Veracruz,es prioritaria una reorganización equilibrada de la

es t ruc tura adminis t ra t iva , que d i s t r ibuya másequitat ivamente los asuntos públ icos entre losresponsables de los diversos ramos y que permita queel poder público fortalezca su papel de rector de losprocesos sociales, para que éste sea cada vez máseficiente y eficaz en su objetivo de satisfacer lasnuevas demandas de una sociedad en evolución ycrecimiento.

Por cuanto hace a la generación de empleos, estaadmin i s t r ac ión e s t ima ind i spensab le s egu i rimpu l sando e l po tenc ia l de ac t iv idad de lo strabajadores veracruzanos y continuar desarrollandouna política laboral que responda a los reclamos de losdiversos factores de la producción.

Para hacer coincidir las aspiraciones de la sociedadveracruzana por encontrar un Veracruz de igualesoportunidades para todos y de esta administraciónpor acercar a la sociedad veracruzana a mejorescondiciones de vida, es indispensable disponer lacreación de un área específica cuya función consistaen ser el órgano de ejecución de las atribucionesque en materia laboral y social corresponden alEjecutivo del estado.

Las medidas que ahora se plantean, se inscriben dentrode las acciones de reestructuración administrativa delestado, mismas que no representan erogacionesextraordinarias para la administración pública, lo quepermite continuar impulsando el desarrollo sostenidoen la entidad.

En este contexto, es necesario reformar la Ley Orgánicadel Poder Ejecutivo, con la finalidad de crear laSecretaría del Trabajo y Previsión Social, comola dependencia responsable de conducir y coordinar lapolítica laboral en el estado, con las funciones yatribuciones que al efecto se señalarán, que de manerageneral expresan la preocupación del Ejecutivo estatal,porque exista un área de primer nivel encargada depromover y procurar el equilibrio de los factores dela producción, aplicar los programas y normas quedeterminen la estrategia para la capacitación yadiestramiento y la seguridad e higiene en el trabajo,así como promover programas en materia de previsiónsocial, y todas las demás actividades tendientes aimpulsar, apoyar y elevar el desarrollo social, culturaly recreativo de los trabajadores veracruzanos y susfamilias.

Por lo anteriormente expuesto, me permito someter ala consideración de ese honorable Congreso delestado, la siguiente

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Primer Receso

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INICIATIVA QUE REFORMA, DEROGA Y ADICIONA DIVERSOS

ARTÍCULOS DE LA LE Y ORGÁNICA DEL PO D E R EJECUTIVO

DEL ESTADO D E VERACRUZ-LLAVE

Artículo único. Se reforman las fracciones V a XII delartículo 9; se deroga la fracción XXXVII del artículo18; y se adiciona el subtítulo “Secretaría del Trabajoy Previsión Social” y los artículos 22 bis y 22 ter; paraquedar como sigue:

Artículo 9. ...

I a IV. ...

V. Secretaría del Trabajo y Previsión Social;

VI. Secretaría de Desarrollo Económico;

VII. Secretaría de Comunicaciones;

VIII. Secretaría de Desarrollo Regional;

IX. Secretaría de Desarrollo Agropecuario, Rural,Forestal, Pesca y Alimentación;

X. Secretaría de Salud y Asistencia;

XI. Contraloría General;

XII. Procuraduría General de Justicia;

XIII. Coordinación General de Comunicación Social;

...

Artículo 18. ...

I a XXXVI. ...

XXXVII. Se deroga.

De la Secretaría del Trabajo y Previsión Social

Artículo 22 bis. La Secretaría del Trabajo yPrevisión Social es la dependencia responsable deconducir y coordinar la política laboral en el estado,y tendrá la competencia que en la materia le otorguela Constitución Política de los Estados UnidosMexicanos, la Ley Federal del Trabajo y demásdisposiciones aplicables.

Artículo 22 ter. Son atribuciones del Secretariodel Trabajo y Previsión Social, conforme a ladistribución de competencias que establezca sureglamento interior, las siguientes:

I. Vigilar, en el ámbito estatal, la exacta aplicaciónde las disposiciones contenidas en el artículo123 de la Constitución Política de los EstadosUnidos Mexicanos, la Ley Federal del Trabajoy los reglamentos estatales vigentes en materialaboral, así como las relaciones del gobierno delestado con sus trabajadores;

II. Formular y ejecutar el programa estatal deempleo;

III. Promover y procurar el equilibrio de los factoresde la producción, de conformidad con lasdisposiciones legales aplicables;

IV. Organizar y operar el Servicio Estatal de Empleo,previo diagnóstico de la oferta y la demanda detrabajo en la entidad;

V. Aplicar los programas y normas que determinenla es t ra teg ia pa ra l a capac i t ac ión yadiestramiento y la seguridad e higiene en eltrabajo, en coordinación con la autoridad federaldel trabajo y con la participación de los sectorespatronal de los trabajadores, académicos yprofesionales de la sociedad que inciden eneste ámbito;

VI. Vigilar, mediante visitas e inspecciones, quelos cen t ros de t r aba jo cumplan con l a sdisposiciones legales en materia laboral; realizarlas recomendaciones necesarias cuando así loamer i t en e imponer l a s sanc ionesadministrativas procedentes;

VII. Presidir la Junta Local de Conciliación yArbitraje y las juntas especiales de la misma,cuando se trate de conflictos colectivos;

VIII. Presidir el oleno de la Junta Local deConciliación y Arbitraje;

IX. Ejecutar los convenios y acuerdos que enmateria de trabajo firme el Ejecutivo estatal conla Federación, coadyuvando con la dependenciafederal correspondiente en la formulación ypromulgación de contratos-ley, tratándose deempresas de jurisdicción local;

X. Dirigir y coordinar la Procuraduría para laDefensa del Trabajo;

XI. Promover programas en materia de previsiónsoc ia l , a s í como organ izar y pa t roc inarconferencias, exposiciones, reuniones, cursos

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Segundo Año de Ejercicio Constitucional

y demás actividades tendientes a elevar el nivelde vida de los trabajadores y sus familias;

XII. Estudiar y proponer al Ejecutivo del estado,una política laboral con visión regional y local,impulsando líneas estratégicas y de accióntendientes a la mejoría de la productividad, laocupación y el empleo, la capacitación yadiestramiento, la salud e higiene, y todasaquellas medidas institucionales que tengancomo objetivo el fortalecimiento de la plantaproductiva del estado y la mejoría de quieneslaboran en ella;

XIII. Auxiliar en sus funciones a la ComisiónRegional de los Salarios Mínimos;

XIV. Poner a disposición de las autoridadesfederales del trabajo, la información quesoliciten para el cumplimiento de sus funciones;

XV. Participar en la integración y funcionamientode los organismos estatales encargados de lacapacitación y adiestramiento y de la seguridade higiene en el trabajo;

XVI. Desahogar consultas sobre la interpretaciónde las normas de la Ley Federal del Trabajo o delos contratos colectivos de trabajo;

XVII. Intervenir, a petición de parte, en la revisiónde los contratos colectivos de trabajo;

XVIII. Mediar y conciliar, a petición de parte ocuando la situación lo amerite, en los conflictosque surjan de presuntas violaciones a la LeyFederal del Trabajo o a lo contratos colectivosde trabajo;

XIX. Formular y ejecutar programas de difusión delos cambios que se den en las normas laborales;

XX. Promover y apoyar el incremento de la calidady la productividad;

XXI. Fomentar y apoyar la organización social parael trabajo y el autoempleo, e

XXII. Impulsar y apoyar el desarrollo social, culturaly recreativo de los trabajadores y sus familias.

TRANSITORIOS

Primero. Esta reforma entrará en vigor al día siguientede su publicación en la Gaceta Oficial del estado.

Segundo. Se derogan todas aquellas disposicionesque se opongan a la presente reforma.

Tercero. El personal, así como los recursos materialesy financieros destinados a las funciones de trabajo yprevisión social con que actualmente cuenta laSecretaría de Gobierno, pasarán a la Secretaría delTrabajo y Previsión Social.

Cuarto. Las dependencias del Poder Ejecutivo delestado a que hace referencia esta reforma, adecuaránsu organización y normatividad interiores, en un plazono mayor de 60 días hábiles, contados a partir de laentrada en vigor de la misma.

Quinto . En t an to no se exp idan l a s no rmasreglamentarias correspondientes, seguirá siendoaplicable la normatividad vigente en lo que no seoponga a la presente iniciativa.

Dado en la residencia del Poder Ejecutivo del estado,en la ciudad de Xalapa-Enríquez, Veracruz, a los 16días del mes de abril del año 2002.

Lic. Miguel Alemán VelazcoGobernador del Estado

(Rúbrica)

Con base en lo dispuesto por el artículo 109 delReglamento para el Gobierno Interior del PoderLegislativo, túrnese la presente iniciativa a la ComisiónPermanente de Justicia y Puntos Constitucionales,para su estudio y dictamen.

Continuando con el siguiente punto del orden deldía, concerniente al dictamen con proyecto deacuerdo relativo a la solicitud de autorización delciudadano gobernador del estado para poder enajenara título oneroso, como área lotificada a favor decolonos que justifican tener derecho a ello, unasuperficie de terreno de 20 785 metros cuadrados quese deducirá del predio adquirido por el gobierno delestado, para regularizar el asentamiento humanoconocido como colonia Licenciado Carlos Salinas deGortari, ubicado en la congregación Plan de la Vieja,del municipio de Misantla, Veracruz, emitido por laComisión Permanente de Hacienda del Estado y todavez que és te ha s ido publ icado en la GacetaLegislativa , misma que ya obra en poder de todos losdiputados integrantes de esta Soberanía, se proponea la asamblea la dispensa de la lectura del referidodictamen. Los que estén por la afirmativa, sírvansemanifestarlo en votación económica, levantandola mano.

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Primer Receso

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(La asamblea asiente)

Aprobado.

(No obstante la dispensa de lectura, se incluye eldictamen con proyecto de acuerdo)

COMISIÓN PERMANENTE D E HACIENDA DEL ESTADO

Honorable Diputación Permanente:

A los suscritos, diputados integrantes de la ComisiónPermanente de Hacienda del Estado, nos fue turnado,para su estudio y dictamen, por la DiputaciónPermanente de la honorable LIX Legislatura delCongreso del estado, el expediente formado por lasolicitud de autorización del Ejecutivo estatal paraenajenar a título oneroso, una superficie de 20 785.01metros cuadrados de terreno, como área lotificada, enfavor de colonos que acrediten tener derecho a ello;y a t í tu lo g ra tu i to , en favor de l honorab leayuntamiento de Misantla, Veracruz, 1-02-13.83hectáreas para destinarlas a vialidad, a fin de regularizarel asentamiento humano conocido como colonia CarlosSalinas de Gortari, ubicado en la congregación Plan dela Vieja, del propio municipio.

En cumplimiento a lo establecido por los artículos 41fracción VI de la Constitución Política local; 18 fracciónXXXI, 38, 39 fracción XIII y 42 fracción VIII de la LeyOrgánica del Poder Legislativo; 42, 44 fracción VII, 48,53, 54 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior delPoder Legislativo, se analizó la solicitud de referencia,a fin de estar en posibilidad de resolver, en su caso,sobre su procedencia o improcedencia, de acuerdocon los siguientes

ANTECEDENTES

1. Mediante oficio número SG-SAJPC-DGAJ-0526/2002,fechado el 15 de febrero del año en curso, lalicenciada Nohemí Quirasco Hernández, secretariade Gobierno, remitió a esta Soberanía el oficionúmero SGG-SAJPC-DGAJ-0386/2002, por el cualel ciudadano gobernador del estado, MiguelAlemán Velazco, solicita a este honorable Congresoautorización para enajenar a título oneroso, unasuperficie de propiedad estatal con extensión de20 785.01 metros cuadrados, como área lotificada,a los colonos que justifiquen tener derecho a quese les brinde la seguridad de un patrimonio familiarcon esos lotes, a fin de regularizar el asentamientohumano conocido como colonia Licenciado CarlosSalinas de Gortari, ubicado en la congregaciónPlan de la Vieja, del municipio de Misantla, Veracruz.

2. Con la misma finalidad señalada en el antecedente 1 ,el gobernador del estado solicita autorización paraenajenar a título gratuito, en favor del honorableayuntamiento constitucional de Misantla, Veracruz,1-02-13.83 hectáreas del predio a que el presentedictamen se refiere para destinarlas a vialidad.

3. El Ejecutivo estatal expresa en su solicitud que, afin de regularizar el asentamiento humano conocidocomo colonia Licenciado Carlos Salinas de Gortari,ubicado en la congregación Plan de la Vieja, delmunicipio de Misantla, Veracruz, el gobiernodel estado adquirió, por causa de utilidad pública,una superficie de 3-09-98.84 hectáreas de terreno,con medidas y colindancias que se describen endocumentos anexos.

4. El gobierno del estado acredita su propiedad sobreel inmueble mencionado en el antecedente 3con el decreto de expropiación relativo al acuerdonúmero P/E-695/994, expedido por el gobernadordel estado el 20 de diciembre de 1994, publicado enla Gaceta Oficial del estado número 35, el 23 demarzo de 1995 e inscrito el 12 de abril del mismo año,bajo el número 920, sección primera, en el RegistroPúblico de la Propiedad de Misantla, Veracruz.

5. En atención a dicha solicitud, la DiputaciónPermanente de esta honorable LIX Legislatura delCongreso del estado acordó, en sesión celebradael 7 de marzo del año en curso, turnar a estacomisión permanente la solicitud de referencia conel expediente respectivo, que se hicieron llegarmediante oficio número SG-DP/ler/2°/032/2002, dela misma fecha.

En tal virtud, previo estudio de la petición presentadapor el Ejecutivo local y de sus antecedentes, seformulan las siguientes

CONSIDERACIONES

I. Que, con fundamento en la normatividad invocadaen el párrafo segundo del presente dictamen, laComisión Permanente de Hacienda del Estado,como órgano const i tu ido por e l p leno, quecon t r i buye a que e l Congre so cumpla susatribuciones a través del estudio y dictamen de losasuntos que le son turnados, es competente paraemitir la presente resolución.

II. Que, en el asunto a que el presente dictamen serefiere, es manifiesta la finalidad que persigue elEjecutivo del estado, de beneficiar a numerosasfamilias que habitan en la colonia Licenciado Carlos

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Segundo Año de Ejercicio Constitucional

Salinas de Gortari, del municipio de Misantla,Veracruz, mediante la regularización jurídica desus terrenos, con lo que igualmente se promueveel crecimiento ordenado de ese asentamiento y seprocuran vialidades idóneas para las necesidadesde la población.

III. Que, además de procurar la solución a un problemasocial, el Ejecutivo del estado es cuidadoso delpatrimonio confiado a su responsabilidad, pueslos bienes de propiedad estatal se enajenarán atítulo oneroso en favor de los colonos, en tantoque la superficie con destino a vialidades seenajenará gratuitamente en favor del municipio.

IV. Que, satisfechos los requisitos previstos por lanormatividad aplicable y justificado el fin que sepersigue, se estima procedente someter este asuntoa la consideración de la Diputación Permanenteque corresponde, para la continuación del trámite.

En razón de lo anterior, los integrantes de la ComisiónPermanente de Hacienda del Estado presentan elsiguiente

DICTAMEN CON PROYECTO D E ACUERDO

Primero. Se autoriza al titular del poder Ejecutivo delestado a enajenar a título oneroso, como área lotificadaen favor de los colonos que justifiquen tener derechoa que se les brinde la seguridad de un patrimoniofamiliar con esos lotes, una superficie de 20,785.01metros cuadrados de terreno, que se deducirá delpredio adquirido por el gobierno del estado deVeracruz-Llave, para regularizar el asentamientohumano conocido como colonia Licenciado CarlosSalinas de Gortari, ubicado en la congregación Plan dela Vieja del municipio de Misantla, Veracruz, mediantedecreto de expropiación relativo al acuerdo númeroP/E-695/994, expedido por el gobernador del estado el20 de diciembre de 1994, publicado en la Gaceta Oficialdel estado número 35, el 23 de marzo de 1995 e inscritoel 12 de abril del mismo año, bajo el número 920,sección primera, en el Registro Público de la Propiedadde Misantla, Veracruz. Las medidas y colindancias dedicho predio se describen en el propio decretoexpropiatorio.

Segundo. Se autoriza igualmente al titular del PoderEjecutivo del estado a enajenar a título gratuito, enfavor del municipio de Misantla, Veracruz, porconducto del honorable ayuntamiento constitucionalde ese lugar, 1-02-13.83 hectáreas para destinarlas avialidad, que se deducirán también del predio a que serefiere el resolutivo anterior.

Tercero. Comuníquese e s t a de t e rminac ión a lc iudadano gobe rnado r de l e s t ado , pa ra suconocimiento y efectos legales a que haya lugar.

Cuarto. Publíquese el presente acuerdo en la GacetaOficial. Órgano del Gobierno del Estado .

Dado en la sala de comisiones de la LIX Legislatura delhonorable Congreso del estado, en la ciudad deXalapa-Enríquez, Veracruz, a los 18 días del mesde abril del año 2002.

Comisión Permanente de Hacienda del Estado

Dip. Robinson Uscanga CruzPresidente(Rúbrica)

Dip. Galileo Apolo Flores CruzSecretario(Rúbrica)

Dip. Alberto Raúl Arango de la HuertaVocal

(Rúbrica)

Conforme a procedimiento aprobado, se pone adiscusión el dictamen que nos ocupa. Se abre elregistro de oradores.

Diputado Salas, ¿en qué sentido?

¿Algún otro diputado va a hacer uso de la voz?

Adelante, diputado Salas Martínez.

- EL C. DIP. ALEJANDRO SALAS MARTÍNEZ:Bueno, nada más, en este sentido, con el permiso dela Presidencia. Lo comenté en su momento cuandollegó su iniciativa, mucho se han comentado sobre losnombres de las colonias.

Concretamente la ley orgánica especificaba que sedebe procurar no poner nombres de personas que aúnvivan y, sobre todo, por el personaje que textualmentedice, conocido como colonia Licenciado Carlos Salinasde Gortari, independientemente de cómo va a pasareste personaje a la vida política, a la historia deMéxico, yo no estoy de acuerdo que en la Legislaturale demos esa validez y que siga poniendo nombres deex presidentes de la República, por cierto de no muygrata memoria y, sobre todo, este personaje queinclusive temblaba cuando regresaba al país,además de toda su desastrosa actuación y hay quedecirlo también, de su llegada a la Presidencia de

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Primer Receso

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la elección más cuestionada en la historia deeste país.

Entonces, yo no estoy de acuerdo en que la Legislaturalegitime y se le otorgue, independientemente quetenga razón el dictamen y se reconozca una coloniacomo Carlos Salinas de Gortari, por los antecedentestan nefastos para el país que dejó este personaje y,además , porque se supone que se debe ponerpersonajes que ya no vivan. Yo creo que en lah i s to r i a de l pa í s hay muchos pe r sona jes queindependientemente que puedan tener sus ladosblancos o negros porque la historia no es maniqueísta,yo creo que ya fallecieron y que contribuyeronrealmente a ser lo que hoy somos como país.

En este sentido, yo me manifiesto en contra no deldictamen en sí, sino de que la Legislatura legitimeel que si bien es cierto, dice conocido, como se estálegitimando para que en las escrituras quede registradocomo colonia Carlos Salinas de Gortari y es cuanto,diputada presidenta.

- LA C. PRESIDENTA:Se consu l t a a l a a samblea s i se encuen t rasuficientemente discutido el dictamen que nos ocupa.Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo,en votación económica, levantando la mano.

(La asamblea asiente)

Aprobado.

Habiéndose discutido suficientemente el dictamenque nos ocupa, se consulta a la asamblea si es deaprobarse. Los que estén por la afirmativa, sírvansemanifestarlo en votación económica, levantandola mano.

(La asamblea asiente)

Aprobado en sus términos el dictamen de referencia.

Continuando con el siguiente punto del orden del díaconcerniente al dictamen con proyecto de acuerdorelativo a la solicitud de autorización del ciudadanogobernador del estado para poder enajenar a títulogratuito a favor de la Arquidiócesis de Xalapa,Asociación Religiosa, para la construcción de unacapilla, una superficie de 856.68 metros cuadrados deterreno, ubicada entre las manzanas 1 y 2 de la coloniaHerón Proal del predio Chiltoyac, en Xalapa, Veracruz,deducidos de la reserva territorial del propio municipiode propiedad estatal , emit ido por la ComisiónPermanente de Hacienda del Estado, y toda vez de que

éste ha sido publicado en la Gaceta Legislativa ,misma que ya obra en poder de todos los diputadosintegrantes de esta Soberanía, se propone a la asambleala dispensa de la lectura del referido dictamen. Los queestén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo, envotación económica, levantando la mano.

(La asamblea asiente)

Aprobado.

(No obstante la dispensa de lectura, se incluye eldictamen con proyecto de acuerdo)

COMISIÓN PERMANENTE D E HACIENDA DEL ESTADO

Honorable Diputación Permanente:

A los suscritos, diputados integrantes de la ComisiónPermanente de Hacienda del Estado, nos fue turnado,para su estudio y dictamen, por la DiputaciónPermanente de la honorable LIX Legislatura delCongreso del estado, el expediente formado por lasolicitud de autorización del Ejecutivo estatal paraenajenar a título gratuito, una superficie de 856.68metros cuadrados deducida de una mayor, queforma parte de la reserva territorial del municipiode Xalapa, Veracruz, en favor de la arquidiócesis deXalapa, Asociación Religiosa.

En cumplimiento a lo establecido por los artículos 41fracción VI de la Constitución Política local; 18 fracciónXXXI, 38, 39 fracción XIII y 42 fracción VIII de la LeyOrgánica del Poder Legislativo; 42, 44 fracción VII, 48,53, 54 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior delPoder Legislativo, se analizó la solicitud de referencia,a fin de estar en posibilidad de resolver, en su caso,sobre su procedencia o improcedencia, de acuerdocon los siguientes

ANTECEDENTES

1. Mediante oficio número SG-SAJPC-DGAJ-1078/2002,fechado el 27 de marzo del año en curso, la licenciadaNohemí Quirasco Hernández, secre tar ia deGobierno, remitió a esta Soberanía el oficio númeroSG-SAJPC-DGAJ-0691/2002, por el cual elciudadano gobernador del estado, Miguel AlemánVelazco, solicita a este honorable Congresoautorización para enajenar a título gratuito, unasuperficie de propiedad estatal con extensión de856.68 metros cuadrados, deducida de la unidadterritorial que forman los predios Chiltoyac,Sacrificios o Rancho Sacrificios, Casa Blanca yLoma del Zapote, con superficie de 67 465.00 metros

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Segundo Año de Ejercicio Constitucional

cuadrados, adquiridos por el gobierno del estadopor causa de utilidad pública para la reservaterritorial del municipio de Xalapa, Veracruz, a finde destinarlos a la ampliación del fundo legal dedicho municipio.

2. El Ejecutivo estatal expresa en su solicitud que,mediante escrito de 8 de febrero de 2002, el arzobispode Xalapa, Sergio Obeso, pidió al gobierno delestado la donación de un terreno ubicado en lacolonia Herón Proal, del predio Chiltoyac de estaciudad capital, a favor de la arquidiócesis deXalapa, Asociación Religiosa, para la construcciónde un templo católico, razón por la cual, enaplicación de su política de desarrollo regional yurbano, que se propone regularizar la tenencia dela tierra a favor de sus poseedores y facilitar a loshabitantes de la entidad, cuando sea el caso, lonecesario para que dispongan de instalacionespara realizar sus actos culturales o de culto, elc i u d a d a n o g o b e r n a d o r e s t i m a c o n v e n i e n t eenajenar, a título gratuito, la superficie de 856.68metros cuadrados, deducida de la superficie mayormencionada en el antecedente I, cuyas medidas ycolindancias se describen en anexo, ubicada entrelas manzanas 1 y 2 de la colonia citada, a favorde la asociación religiosa que lo solicita, para laconstrucción de una capilla, por lo que, si se cambiael destino, se revertirá el terreno al patrimonioestatal sin necesidad de declaración judicial.

3. El gobierno del estado acredita su propiedad sobreel inmueble mencionado como unidad territorialen el antecedente I, con el decreto de expropiaciónemitido por el titular del Ejecutivo estatal el 7 denoviembre de 1988, relativo al acuerdo P/E-0450,publicado en la Gaceta Oficial del estado número140, el 22 de noviembre e inscrito el 23 de noviembredel mismo año, en la oficina del Registro Público dela Propiedad de Xalapa, Veracruz, con el número5390 sección primera.

4. En atención a dicha solicitud, la DiputaciónPermanente de esta honorable LIX Legislatura delCongreso del estado acordó, en sesión celebradael 8 de abril del año en curso, turnar a esta comisiónpermanente la solicitud de referencia con elexpediente respectivo, que se hicieron llegarmediante oficio número SG-DP/1er/2°/070/2002, dela misma fecha.

En tal virtud, previo estudio de la petición presentadapor el Ejecutivo local y de sus antecedentes, seformulan las siguientes

CONSIDERACIONES

I. Que, con fundamento en la normatividad invocadaen el párrafo segundo del presente dictamen, laComisión Permanente de Hacienda del Estado,como órgano const i tu ido por e l p leno, quecon t r i buye a que e l Congre so cumpla susatribuciones a través del estudio y dictamen de losasuntos que le son turnados, es competente paraemitir la presente resolución.

II. Que, en el asunto a que el presente dictamen serefiere, se justifica la finalidad que persigue elEjecutivo estatal de atender también a las necesidadesde la población de realizar actos de culto religioso,pues si bien el estado mexicano es laico, de acuerdocon e l p r inc ip io h i s tó r i co que es tab lececonstitucionalmente la separación entre las iglesiasy el Estado, esa misma condición le impone elrespeto a todas las creencias y la obligación deotorgar apoyos a quienes lo requieran para larealización de actividades que, como las de ordenespiritual, constituyen también una aportaciónimportante para el bienestar de la colectividad.

III. Que, además, el Ejecutivo del estado es cuidadosodel patrimonio confiado a su responsabilidad, puescondiciona la enajenación del bien materia delpresente dictamen, a título gratuito en este caso, ala conservación del inmueble en el servicio para elque se dona, pues de cambiarse el destino delmismo se operará la reversión al patrimoniodel estado, sin necesidad de declaración judicial.

IV. Que, satisfechos los requisitos previstos por lanormatividad aplicable y justificado el fin que sepersigue, se estima procedente someter este asuntoa la consideración de la Diputación Permanente,para la continuación del trámite que corresponde.

En razón de lo anterior, los integrantes de la ComisiónPermanente de Hacienda del Estado presentan elsiguiente

DICTAMEN CON PROYECTO D E ACUERDO

Primero. Se autoriza al Ejecutivo del estado a enajenara título gratuito, en favor de la Arquidiócesis deXalapa, Asociación Religiosa, para la construcciónde una capilla, una superficie de 856.68 metroscuadrados de terreno, ubicada entre las manzanas 1 y2 de la colonia Herón Proal del predio Chiltoyac, enXalapa, Veracruz, que se deducirá de la reservaterritorial del propio municipio, constituida por lospredios Chiltoyac, Sacrificios o Rancho Sacrificios,

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Casa Blanca y Loma del Zapote, cuya propiedadacredita el gobierno del estado mediante decreto deexpropiación emitido por el titular del Ejecutivoestatal el 7 de noviembre de 1988, relativo al acuerdoP/E-0450, publicado en la Gaceta Oficial del estadonúmero 140, el 22 de noviembre del mismo año einscrito con el número 5390 sección primera, el 23 denoviembre siguiente, en la oficina del Registro Públicode la Propiedad de Xalapa, Veracruz. La superficie aenajenar se revertirá al patrimonio estatal, sin necesidadde declaración judicial, si se cambia el destino indicadoen el presente resolutivo.

Segundo. Comuníquese es ta de te rminac ión a lc iudadano gobe rnado r de l e s t ado , pa ra suconocimiento y efectos legales a que haya lugar.

Tercero. Publíquese el presente acuerdo en la GacetaOficial. Órgano del Gobierno del Estado .

Dado en la sala de comisiones de la LIX Legislatura delhonorable Congreso del estado, en la ciudad deXalapa-Enríquez, Veracruz, a los 18 días del mesde abril del año 2002.

Comisión Permanente de Hacienda del Estado

Dip. Robinson Uscanga CruzPresidente(Rúbrica)

Dip. Galileo Apolo Flores CruzSecretario(Rúbrica)

Dip. Alberto Raúl Arango de la HuertaVocal

(Rúbrica)

Conforme al procedimiento aprobado, se pone adiscusión el dictamen que nos ocupa. Se abre elregistro de oradores.

En virtud de que ningún diputado ha solicitado haceruso de la voz, se consulta a la asamblea si es deaprobarse el dictamen que nos ocupa. Los que esténpor la afirmativa, sírvanse manifestarlo, en votacióneconómica, levantando la mano.

(La asamblea asiente)

Aprobado en su términos el dictamen de referencia.

Continuando con el siguiente punto del orden del día,concerniente al dictamen con proyecto de acuerdo

relativo a la solicitud de autorización del ciudadanogobernador del estado para poder enajenar a títulogratuito a favor del Órgano de Fiscalización Superiordel estado, un terreno con superficie de 31 377.81metros cuadrados, superficie que se deduce de unamayor de propiedad estatal que constituye la reservaterritorial de la ciudad de Xalapa, Veracruz, parala construcción de sus instalaciones, emitido por laComisión Permanente de Hacienda del Estado, y todavez de que éste ha sido publicado en la GacetaLegislativa , misma que ya obra en poder de todos losdiputados integrantes de esta Soberanía, se proponea la asamblea la dispensa de la lectura del referidodictamen. Los que estén por la afirmativa, sírvansemanifestarlo en votación económica, levantandola mano.

(La asamblea asiente)

Aprobado.

(No obstante la dispensa de lectura, se incluye eldictamen con proyecto de acuerdo)

COMISIÓN PERMANENTE D E HACIENDA DEL ESTADO

Honorable Diputación Permanente:

A los suscritos, integrantes de la Comisión Permanentede Hacienda del Estado, fue turnada por acuerdo de laDiputación Permanente, la solicitud de autorizacióndel ciudadano gobernador del estado, licenciadoMiguel Alemán Velazco, para enajenar a título gratuito,en favor del Órgano de Fiscalización Superior delestado, un terreno de 31 377.81 metros cuadrados, quese deduce de una superficie mayor de propiedadestatal, que constituye la reserva territorial de laciudad de Xalapa, Veracruz .

En atención a lo anterior, con base en lo dispuesto porlos artículos 33 fracción XXXI, 38, 41 fracción VI de laConstitución Política del estado; 18 fracción XXXI,38, 39 fracción XIII, 42 fracción VIII, 47 de la LeyOrgánica del Poder Legislativo; 42, 44 fracción VII, 48,54 y 103 del Reglamento para el Gobierno Interior delPoder Legislativo, esta comisión permanente emite sudictamen, para lo cual se exponen los siguientes

ANTECEDENTES

1. El gobierno federal, mediante decreto de fecha 3 demayo de 1996, publicado en el Diario Oficial de laFederación el día 8 del mismo mes y año, expropió,por causa de utilidad pública, una superficie de205-50-71.68 (doscientas cinco hectáreas, cincuenta

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áreas, setenta y un centiáreas, sesenta y ochocentímetros cuadrados) de temporal de uso común,de terrenos ejidales del poblado La Estanzuela delmunicipio de Emiliano Zapata en esta entidad, enfavor del gobierno del estado de Veracruz, paradestinarse a la constitución de reservas territorialesy, en su oportunidad, para el futuro crecimiento yconservación de la ciudad de Xalapa, Veracruz.

2. En fecha 4 de septiembre de 1996, se levantó el actade posesión, deslinde y amojonamiento total de laexpropiac ión decre tada a que se re f ie re e lantecedente número 1 , misma que se inscribió bajoel número 6,283, tomo CXXVI, sección primera, el11 de septiembre del mismo año, en el RegistroPúblico de la Propiedad de la ciudad de Xalapa,Veracruz.

3. A través de oficio número OFS/AG/362/01/2002,fechado el 31 de enero de 2002, el ciudadano auditorgeneral del Órgano de Fiscalización Superior delestado, contador público René Mariani Ochoa,solicitó al Ejecutivo, por conducto del titular de laSecretaría de Desarrollo Regional, la asignación deuna fracción de terreno para la construcción de lasinstalaciones del citado organismo autónomo.

4. Mediante oficio sin número, de fecha 8 de abril delaño en curso, la ciudadana secretaria de Gobierno,licenciada Nohemí Quirasco Hernández, remitióa esta representación popular el oficio númeroSG-SAJPC-DGAJ-0471/2002, de la misma fecha,signado por el Ejecutivo del estado, a través delcual solicita autorización para enajenar a títulogratuito, 31 377.81 metros cuadrados, deducidosde la superficie expropiada, a favor del Órgano deFiscalización Superior del estado.

5. La Diputación Permanente, en sesión celebradael 8 de abril del año en curso, conoció la solicitudde referencia y acordó turnarla, junto con elexpediente relativo, a través de oficio númeroSG-DP/ler/2°/075/2002, de esa misma fecha, a laComisión Permanente de Hacienda del Estado, parasu estudio y elaboración del dictamen correspondiente.

Con base en los antecedentes señalados, esta comisiónpermanente dictaminadora formula las siguientes

CONSIDERACIONES

I. Que, en términos de la normatividad invocada enel párrafo segundo del presente dictamen, estaComisión Permanente de Hacienda del Estado escompetente para emitir esta resolución.

II. Que, asimismo, de conformidad con lo que estableceel artículo 67 de la Constitución Política local, losorganismos autónomos de estado, entre los cualesse encuentra el Órgano de Fiscalización Superior,contarán con personalidad jurídica y patrimoniopropios.

III. Que, por otra parte, en el contexto de una sociedadcada vez más demandante de que los servidorespúblicos se conduzcan en sus funciones conestricto apego al marco jurídico que regula suactuación y, particularmente, con honestidad en elmanejo del erario público, resul ta de sumaimportancia toda acción que tienda a fortalecer alas instituciones responsables de la fiscalizaciónde los recursos.

IV. Que, en consecuencia, se estima positiva laintención del Ejecutivo estatal de dotar al Órganode Fiscalización Superior de un espacio adecuadopara el desarrollo de sus actividades.

V. Que, acreditada la propiedad del inmueble quese pretende enajenar y satisfechos los requisitosprevistos por la legislación aplicable, a juicio delos integrantes de esta comisión dictaminadora esprocedente la solicitud formulada por el Ejecutivodel estado.

Por lo antes expuesto, esta Comisión Permanente deHacienda del Estado somete a la consideración de eseórgano legislativo el presente

DICTAMEN CON PROYECTO D E ACUERDO

Primero. Se autoriza al Ejecutivo del estado a enajenara título gratuito, en favor del Órgano de FiscalizaciónSuperior del estado, un terreno con superficie de31 377.81 metros cuadrados, con las siguientesmedidas y colindancias: al norte, en 188.74 metros, conpropiedad particular; al oeste, en 192.10 metros,con propiedad del gobierno del estado; al sur, en241.945 metros, con el bulevar Culturas Veracruzanas;y al este, en 144.368 metros, con el bulevar LázaroCárdenas; superficie se deduce de una mayor, depropiedad estatal, de 205-50-71.68 hectáreas, queconstituye la reserva territorial de la ciudad de Xalapa,Veracruz. La propiedad de este bien se acredita condecreto del Ejecutivo federal, de fecha 3 de mayo de1996, publicado en el Diario Oficial de la Federación ,el día 8 del mismo mes y año, y con el acta de posesión,deslinde y amojonamiento, de fecha 4 de septiembrede 1996, inscrita bajo el número 6283, sección primera,el 11 de septiembre de mismo año, en el RegistroPúblico de la Propiedad de la ciudad de Xalapa,

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Veracruz. En el inmueble cuya propiedad se transmiteen este acto, el Órgano de Fiscalización Superior delestado, de acuerdo con su autonomía, construirá, conrecursos propios, sus instalaciones.

Segundo. C o m u n í q u e s e e s t a r e s o l u c i ó n a l o sciudadanos, gobernador del estado y auditor generaldel Órgano de Fiscal ización Superior , para suconocimiento y los efectos legales a que haya lugar.

Tercero. Publíquese el presente acuerdo en la GacetaOficial. Órgano del Gobierno del Estado .

Dado en la sala de comisiones de la LIX Legislatura delhonorable Congreso del estado, en la ciudad deXalapa-Enríquez, Veracruz, a los 18 días del mesde abril del año 2002.

Comisión Permanente de Hacienda del Estado

Dip. Robinson Uscanga CruzPresidente(Rúbrica)

Dip. Galileo Apolo Flores CruzSecretario(Rúbrica)

Dip. Alberto Raúl Arango de la HuertaVocal

(Rúbrica)

Conforme al procedimiento aprobado, se pone adiscusión el dictamen que nos ocupa. Se abre elregistro de oradores.

¿En qué sentido, diputado Julen? Para hechos.

¿Algún otro diputado va a hacer uso de la voz?

Se cierra el registro de oradores y se le concedeel uso de la voz, para hechos, al diputado JulenRementería del Puerto.

- EL C. DIP. JULEN REMENTERÍA DEL PUERTO:Con el permiso de la mesa.

Reconocemos en primer término la importancia quetiene el que instituciones que debieran ser muyimportantes y verdaderamente autónomas en nuestroestado, tengan edificios dignos y que, bueno, puedantener áreas propias.

Sin embargo, en este dictamen que francamente nosparece que se exagera en cuanto a las proporciones

que se le pretenden dar de espacio para que seconstruyan las oficinas del ORFIS , que finalmente espara lo que van a estar destinados los 31 377 metros.

Y aquí nada más cabe hacer algunas precisiones.Resulta que el ORFIS es un organismo que se forma apartir de lo que antes era parte de este Congreso endonde se fiscalizaba la Contaduría Mayor de Hacienda,en donde se fiscalizaban las cuentas del estado y losmunicipios y cabía dentro de este mismo edificio, enel que hoy estamos sesionando. Vemos ahora que,bueno, este organismo se crea y se le atribuyen algunasotras funciones y resulta que adquiere dimensionespresupuestales y de tamaño pues verdaderamenteinexplicables porque en ocasiones ha l legado asolicitarse más presupuesto para este organismo quepara el propio Congreso.

Ya ahora pues se le va autorizar, al menos así parece,el dictamen salió favorable para que construya en unterreno mayor al que ocupa el Congreso del estado, lasoficinas.

Nos parece verdaderamente exagerada la porción deterreno que se le va a dar al ORFIS y máxime que estamosante una política de austeridad que él debía ser de losprimeros en vigilar, el organismo, y que no se estállevando a cabo.

Y por último, el mencionar en el que, bueno, esteorganismo que ha sido tan severamente cuestionadopues no ha desarrollado una labor imparcial y quetuviéramos la posibilidad pues de alguna forma premiarlocon toda esta cantidad de terreno que va a disponer.

Francamente no estamos de acuerdo en que se le déesta cantidad de terreno, que se destine tal cantidadde terreno, repito, es mayor que la que actualmenteocupa todo el Congreso incluyendo los jardines y,bueno, es algo que yo creo que debería llamarnos a lareflexión y ver qué es lo que estamos construyendo,no vaya a ser que en el futuro vayamos a tener unorganismo que depende, que necesite demasiadosrecursos y que el estado no pueda soportar.

Es justo que se den los recursos necesarios para quese fiscalicen en el estado los dineros públicos, pero yocreo que todo tiene un límite. Aquí me parece que serebasaron todos los límites.

Es cuanto, diputada presidenta.

- LA C. PRESIDENTA:Tiene el uso de la voz, para hechos, el diputadoAlejandro Salas Martínez.

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- EL C. DIP. ALEJANDRO SALAS MARTÍNEZ:Gracias, diputada presidenta.

En e l mismo sen t ido que mi compañero ,independientemente y que nosotros somos unosconvencidos de que hay que fiscalizar los recursos,que hay que señalar a quien haga mal uso de ellosy que necesitamos organismos autónomos, por larealidad vivida en este Congreso, por las situacionesque se han presentado con el gobierno del estado, elcaso Keila Franco, el caso Sabás Huesca, dondeel ORFIS en los dictámenes solamente decía, en el caso,recordando en el caso Keila Franco, que había unadenuncia de la contraloría y que pues ellos ya nointervenían; que en e l caso Sabás Huesca , deComunicación Social, de hecho no quedó nada,de hecho aquí se aprobó un dictamen donde todo estámuy bien, donde todo, no pasa nada y ahora resultaque el señor se fue y que hay una casa de 3 millonesy que luego la ordenan comprar por un millón 50mil, y en donde vemos un desaseo en el manejo de losrecursos y no hemos visto que el ORFIS en su momento,que para eso está y para eso yo creo que se le haautorizado un presupuesto que, como ya decía elcompañero Julen, ellos, el contador René Mariani, quees el titular de este organismo, pidió más presupuestoque el que tiene asignado hoy este Congreso. Despuésno se lo dieron, pero obviamente que s í lo había solicitado.

Qué bueno que sea autónomo, pero deja mucho quédesear y, en este sentido, sí nos llama mucho laatención que quieren 31 377.81 metros cuadrados, quecomo ya decía el compañero Julen, creo que es mayora la superficie que ocupa hoy este Congreso.

Yo me pregunto. ¿Acaso ya no es suficiente la torreHakim para el ORFIS ? ¿Acaso ya no es suficiente, tieneque estar más a la altura o qué? ¿Queremos fiscalizarlos recursos en un palacio lujoso, donde cuandotengan que ir los presidentes municipales, ora sí quesientan el lujo y nos les vaya a dar o llamar la atención,o querer hacer lo mismo en sus respectivos municipios?Y eso es lamentable porque se supone que la labor delORFIS es la austeridad, la mesura, el manejo escrupulosode los recursos públicos.

Entonces, sí me preocupa porque parece que hayafanes de grandeza. Ya se decía, la Contaduría Mayorde Hacienda sesionaba en este Congreso donde creoque el titular estaba donde hoy ocupa la presidencia,su oficina. Entonces, yo creo que si cabía aquí, ahorano me explico para qué quiere más de 30 mil metroscuadrados, que si bien es cierto que hay que tenerinstituciones respetables y dignas, yo creo que aquíse llega a un exceso.

Y si sobre todo y a mí me gustaría en su caso estar afavor de que el ORFIS sea mejor y más eficiente, pero larealidad hoy es que para mí y lo hemos dicho en suoportunidad, ni la contraloría ni el ORFIS , debido a losescándalos que se han propiciado por el mismogobierno del estado, porque por el ORFIS no hubiéramossabido nada, por la contraloría apenas se ha sabido,debido a todos estos escándalos hemos sabido queno se manejan escrupulosamente los recursos.

Entonces, nos preguntamos, para qué gastar más de300 millones de pesos que hoy le cuestan al pueblod e V e r a c r u z , n o a n o s o t r o s p o r q u e n o s o t r o ssimplemente autorizamos, al pueblo de Veracruz que lecuesta la fiscalización de los recursos en Veracruz, ycomo ya se dijo aquí, lo de menos es hoy aprobar esteterreno, pero la construcción va a costar, cuánto va acostar construir 30 mil metros cuadrados, aunque seapara jardines, el mantenimiento, cuánto va a costaroperar el órgano de fiscalización en Veracruz.

Yo creo que hay que verlo porque, sobre todo, yo creo,el ORFIS debe ser el ejemplo de la austeridad que hoytanto hemos dicho. El gobierno del estado se harasgado las vestiduras hablando de austeridad, hancorrido a mil trabajadores. Sin embargo, hoy quierencrear una Secretaría del Trabajo. Yo creo que no haymucha congruencia en es to y en es ta fa l ta decongruencia hoy vemos este dictamen, sí, que haya unÓrgano de Fiscalización Superior, sí, pero con realautonomía y que realmente desempeñe su trabajo y noque construyan palacios.

Yo creo que si ya no le es suficiente la torre Hakim,habrá que mandarlo a otro lado, pero obviamente queyo creo que, sobre todo, por el papel tan lamentableque a nuestro parecer particular ha hecho el órgano defiscalización, yo creo que al titular yo creo que habíaque mandarlo a su casa, no a un terreno de 30 milmetros cuadrados.

Es cuanto, diputada presidenta.

- LA C. PRESIDENTA:¿En qué sentido, diputado Adán Córdoba?

Para hechos, tiene el uso de la voz el diputado AdánCórdoba Morales.

- EL C. DIP. ADÁN CÓRDOBA MORALES:Bueno, yo en más de una ocasión… primero le pidopermiso, con su permiso, señora presidenta, pero enmás de una ocasión yo he emitido mi punto de vistacon relación al ORFIS y en esta ocasión no quierodefenderlo porque siempre he dicho que se tendrá que

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defender solo. De lo que sí debemos estar segurosporque todo mundo tiene derecho a presumir que se eshonrado hasta en tanto no se demuestre lo contrario,el Órgano de Fiscalización Superior, en alguna ocasiónyo lo llegué a considerar como un mal necesario, esaexpresión causó risa en algunos compañeros, pero esla verdad. El día que todos cumplamos con nuestraobligación no habría necesidad de que nos fiscalizaran.

También quiero hacer referencia a que el trabajo de unórgano de esta naturaleza es justamente imparcial y deeso debemos estar seguros, que no puede el Órganode Fiscalización Superior adelantar resultados niadecuarlos a los antojos o a los caprichos o a loscolores partidistas de quien sea.

Aquí en los resu l tados que hemos observado,l amen tab l emen te hay au to r i dades que e s t ánincurriendo en algunos errores de todos los colores yde todos los partidos.

Entonces, eso debe quedar claro, de otra maneraestaríamos jugando a algo que no tendría ningúnsentido, de veras y lo digo con toda la seriedad de laque pueda yo ser capaz, su autonomía debe estar fuerade toda duda; que no va, insisto, que no va a resultar,que no va en un momento a obtener o no va dar aconocer , o no va a obtener los resul tados quedeseamos, bueno, pues por elemental lógica, losresultados tendrán que ser el resultado de las diferentesrevisiones, de los estudios que se hagan y además.

Por lo demás, yo quiero decirle que eso es en cuantoa la función del Órgano de Fiscalización Superior, osea, nos debe quedar pues la idea y yo, ojalá, los invitoa todos a que hagamos un ejercicio y decir, bueno,cuando hemos conocido de los resultados quearrojan alguna culpabil idad a algún presidentemunicipal, algún diputado, muy lamentable por cierto,bueno, ¿tiene o no tiene razón?

No adelantemos hechos, o sea, no vengamos aquí amanifestar cuestiones que realmente ponen en entredichohasta nuestra propia seriedad como legisladores.

Segundo, quiero adelantarme que no soy ingeniero,no soy un experto en la materia, pero yo estuve muypendiente de algunas cuestiones en relación con esteedificio, a este terreno y tengo entendido porqueincluso yo me hice de una copia del plano del terrenoy por las curvas de nivel, los señores ingenieros, aquíen esta comisión permanente hay alguno que sabe deesas cuestiones, pero nos dicen que se reduce por loaccidentado del terreno hasta en un 60%, o se reducea un 60% la parte del terreno utilizable.

Vamos a pedirle a los ingenieros, a los que saben deestas cuestiones, que nos expliquen al detalle porqueincluso también aquí adelanto un poco, el asunto esteno se va a concluir en adquirir un terreno, sino enconstruir un edificio que, efectivamente, debe serdecoroso, debe ser modesto, debe ser funcional.

Cuando aquí se explica que si ya no le es suficiente latorre Hakim, yo creo que todos hemos ido a las oficinasde ORFIS y de ninguna manera es la torre Hakim, es unpiso de la torre Hakim y solamente ahí funciona, perotambién tiene otras oficinas, tengo entendido que enla avenida Ávila Camacho, de tal suerte que todosestos conceptos que por ahora se erogan por conceptode renta pues se puedan ir en un momento dadoacumulando precisamente para la construcción deesos edificios.

Por otro lado, habrá que estar muy pendientes y,bueno, seremos los diputados los que en un momentoaquí se acuerde, seguramente que la Comisión deVigilancia, en fin, los que en un momento se llegue adeterminar, los que estemos pendientes hasta dondenuestras posibi l idades nos permitan y nuestrosconocimientos técnicos, pudiéramos ocuparnos deesto, de la construcción del edificio, o sea, no se tratade propiciar un despilfarro de recursos, es en lo quemenos nos identificamos y afortunadamente de verasnosotros lo hemos manifestado en más de una ocasión,queremos que cada quien cumpla con su obligación,ya lo dijeron aquí.

Queremos un edificio funcional, no ostentoso. Eso noayuda a nadie ni sirve para nada, serían solamenteoropeles, que al fin y al cabo de nada servirían si lafunción que se está cumpliendo, como aquí se quieredar a entender, es una función totalmente parcial.¿Para qué nos serviría? Pero, insisto, la fracción denuestro partido, yo estoy convencido y creo que todoslo estamos, de que la función del ORFIS es justamentevigilar, no debiera ser, pero al fin y al cabo, vigilar.

En alguna ocasión aquí también lo he dicho, ojalá lafunción de ORFIS fuera preventiva, que no tuviéramosque andar cazando brujas ni andar atrás de nadie nipretender amarrarle las manos a nadie, porque al fin yal cabo, las autoridades municipales y los funcionarios,ése es su compromiso, para eso fuimos electos,para eso se eligieron… la población eligió a los mejorespresidentes municipales, fueron producto de unacontienda, nadie se las ofreció. Ellos dijeron sus ofertasy creo que la ciudadanía las aceptó. tan es así quetenemos unos ayuntamientos de los 210, un mosaico,hay de todos los colores y afortunadamente, bueno,ésas son las ventajas pues de la democracia, pero en

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concreto, no quiero perderme porque que quede muyclaro, no es mi función defender a ninguna institución,menos al ORFIS, pero sería muy irresponsable de nuestraparte adelantar que no se está haciendo ningún trabajos e r i o y q u e q u i s i é r a m o s q u e l o s r e s u l t a d o sfavorecieran al que a mí me convenga, o sea, a lo mejordiríamos que ningún priísta pudiera ser, estuvierahaciendo mal uso de los recursos.

Desafortunadamente, los resultados no han dichoque todos, o sea, hay pues funcionarios de todos losniveles, perdón, de todos los… sí, de los niveles y delos partidos.

Pero volviendo al terreno, que es el punto que nos estáocupando de la superficie total, insisto, habrá quedescontar lo accidentado del terreno de tal maneraque lo aprovechable, bueno, pues nos permita tenerun edificio realmente funcional. También aquí en esteplano que yo tengo y que está a la disposición detodos los que lo quieran observar, por las condicionesde las oficinas que van a hacer, no se trata de hacer unaentrada a la casa de cualquiera de nosotros, se trata debuscar un desarrollo que le permita a los vehículospues, ora sí, pasar, transitar sin mayor problema y paraesto necesita pues un desarrollo.

En concreto, yo invito a todos los compañeros a quepodamos en un momento determinado aprobar esteasunto que nos ocupa y que nos convirtamos todosen los vigilantes, no nada más del terreno que nosocupa, sino de la construcción de su edificio.

Muchas gracias.

- LA C. PRESIDENTA:¿En qué sentido, diputado?

Diputado Julen ¿en qué sentido?

¿En qué sentido, diputado Molina?

¿Algún otro diputado va a hacer uso de la voz?

¿En qué sentido, diputado Molina?

Tiene el uso de la voz, para hechos, el diputado JulenRementería del Puerto.

- EL C. DIP. JULEN REMENTERÍA DEL PUERTO:Bueno, yo sólo quisiera comentar que después de,bueno, esta intervención, abundante por cierto, deld ipu tado Adán Córdoba , e s t e . . . s e desp rendeconcretamente lo que veníamos diciendo, que estamosde acuerdo en que haya un organismo que realmente

sea autónomo, que realmente fiscalice los recursos enla entidad y que, bueno, y que tenga un edificio dignoen donde pueda hacer su trabajo, si, como él lo dijo,utilizamos su término, sin caer en oropel.

Yo lo que veo aquí también es que él mismo mencionabala posibilidad de invitar a que algunos ingenieros deaquí o algunos otros pudieran hacer las explicacionescorrespondientes antes de aprobarlo. Eso sería locorrecto porque si como parece se va aprobar, pues yano tendría ningún sentido que nos vinieran a dar lasexplicaciones del porqué esa cantidad de terreno sobreun hecho ya consumado.

En cuanto a que el terreno es accidentado y que va atener un desperdicio de un 60%, bueno, eso, como élmismo lo reconoció, habría que verlo con los expertosen primer lugar, pero suponiendo sin conceder, queasí fuera, el 60% de 31 377 metros es un poco más de18 mil metros, estaríamos hablando todavía de 12 milmetros cuadrados, que es un poquito menos que elterreno que tiene este Congreso.

Entonces, yo creo que de haber estado formando partedel edificio, dentro de este edificio, dentro de estosmuros, pues crece de una manera verdaderamenteexagerada. Insistimos, aunque sólo fuera el 40% deese terreno, que por lo accidentado de la geografía delterreno no se pudiera utilizar el 100% y que sólo fuerautilizable el 40%, insistimos, es demasiado terreno elque se está dando.

Y hay que r eco rda r que e s t e t e r r eno se e s t ádesprendiendo de una reserva que fue destinada entodo caso en su creación a la ciudad de Xalapa y nopara crear precisamente pues gentes que tengan quever con la burocracia o con entidades gubernamentales,sino para la posibilidad de desarrollar otro tipo de,pues de asuntos que tengan que ver con la urbanizaciónde la ciudad.

Entonces, yo creo que estamos hablando de lo mismo,diputado. Queremos, sí, un organismo que haga lascosas bien, que efectivamente, sea autónomo, queojalá en el futuro así lo deseamos, sea imparcial, peroque tenga la posibilidad de tener oficinas dignasdentro de un marco de austeridad y de prudencia y nocomo parece ser, porque con esa cantidad de terrenose puede construir un edificio que francamente yocreo que lastimaría a todas aquellas políticas que sehablan hoy de austeridad y que no se ve de una maneracongruente que así se esté llevando.

Ojalá podamos hacer esa revis ión previa a laaprobación del dictamen. No pasa nada, no creo que

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vayan a empezar mañana la construcción y estedictamen se volviera a comisiones y nos diéramos unmes para poderlo revisar, incluso si hiciera falta,que expertos nos llevaran a una visita al lugar paraexplicarnos las condiciones, bueno, podríamos estarloaprobando y no sería cuestionada ni la forma en quese hace ni a lo mejor el tamaño del terreno.

Yo creo que bien prudente sería que pudiéramostomarnos ese tiempo para poder tener la oportunidadde que si es, como se nos dice, necesaria esacantidad de terreno y que a lo mejor también nosplatique el proyecto el titular del ORFIS de lo que sepiensa hacer ahí, pues a lo mejor podría caber laposibilidad de que esta Legislatura aprobara inclusopor consenso este proyecto, que yo creo que esimportante buscar eso, el consenso y que se deje dejugar únicamente a aplicar la mayoría, que sí podemosestar de acuerdo siempre y cuando se tomen las cosascon seriedad y se nos dé la oportunidad de conocer loque se está haciendo, de cómo se están resolviendolas cosas y no simplemente confiando en una mayoría,pues el ansia en los proyectos y, bueno, y se evite labúsqueda de consensos, que al final de cuentas queme parece que es la base fundamental de la políticaque debe imperar en este estado y en el país.

Es cuanto, diputada presidenta.

- LA C. PRESIDENTA:Tiene el uso de la voz, para hablar sobre el tema, eldiputado Víctor Molina Dorantes.

- EL C. DIP. VÍCTOR MOLINA DORANTES:Bueno, hay algunos legisladores que han hecho usode la palabra, que manifiestan que su función no esdefender al ORFIS , al órgano fiscalizador del estado,pero, sin embargo, votan a favor. Yo no entiendo dequé se trata, si es una congruencia o una incongruenciade lo que se dice o de lo que se hace. Eso es porun lado.

Lo reprochable aquí no es si existe el estado denecesidad. Yo creo que esa función no está a discusión,lo reprochable aquí es el costo de la fiscalización y quehasta ahora el órgano fiscalizador del estado no hasido capaz de ser congruente y consecuente con losactos y la función que le ha encomendado la ley y,obviamente, aprobada por este Congreso del estado.

Yo creo que no está a discusión si se necesita unedificio o no, el problema es que hasta ahora el órganofiscalizador del estado ha sido incapaz, ha sido másbien complaciente con los resultados de la cuentapúbl ica de l gobierno de l es tado y ha s ido un

instrumento de rigidez contra los municipios, queprácticamente a todos los trae con planes de rigidez,con requer imien tos , con aperc ib imien tos , consanciones y algunos hasta con amenaza de destitución.

Yo creo que si vamos a hablar de los costos de lo queha sido la fiscalización en el estado de Veracruz,tenemos que ver primero el instrumento regulador queha sido como organismo, que no ha sido ahorita eneste momento capaz de regular la actividad de lafiscalización y, sobre todo, ser congruente con todoslos organismos, incluyendo el gobierno del estado.

Que yo sepa hasta ahora en los medios y en todoslados, los resultados que se hayan entregado aquí enel Congreso del estado han sido más bien una actitudpoco sería, poco sustentable y poco fundada ymotivada de los actos, de los resultados que esteorganismo debe presentar y dar cuenta de que en estemomento en que hace la repetición pues no solamenteno es inopor tuno, s ino además inconsecuente ,incongruente y contradice al plan de austeridad quesegún el gobierno, manifiesta de no hacer más gastopúblico.

Dónde está entonces esa austeridad de que se habla,yo no dir ía republicana, es una austeridad delgobernante que manifiesta que no va a haber másgastos, que no se va a reducir más en este caso elpersonal de toda la administración pública estatal,i nc luyendo l o s o rgan i smos de scen t r a l i z ados ,empresas de participaciones estatal y vemos que, porotro lado, se plantea aquí la presentación del programapara construir un edificio del ORFIS . Pero también vemosque, por otro lado, se presenta la iniciativa de crear laSecretaría del Trabajo y Previsión Social, y obviamentet o d o e s t o e s b u r o c r a c i a y e s t á g e n e r a n d oprácticamente más gasto público.

¿Dónde res ide entonces esa consecuencia , esacong ruenc i a que e l gob i e rno de l e s t ado e s t áplanteando para participar en esa reducción del gastopúblico? Yo no la veo. Por eso, cuando hablamos deque no es con la defensa de la función pública delórgano fiscalizador, no es con el asunto de que sinecesitan un edificio o no, el problema del debate paraautorizar la petición. Yo no le veo por ahí el argumentode posición del estado, de necesidad, más bien aquí loque hay que congestionar es la contradicción quegenera el propio órgano fiscalizador, hacer unapetición en un momento inoportuno, el momento decoyuntura difícil, donde el gobierno del estado estácreando condiciones de desaparecer fuentes o áreasde trabajo de la administración pública estatal.

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Segundo Año de Ejercicio Constitucional

Eso es lo más grave, no el estado de necesidad en sí.

- LA C. PRESIDENTA:Tiene el uso de la voz, para hablar sobre el mismo, eldiputado Alejandro Salas Martínez.

- EL C. DIP. ALEJANDRO SALAS MARTÍNEZ:Con su permiso, diputada presidenta.

Creo que no era así el orden, pero parece que quierencerrar siempre los... y en la mayoría.

Bueno, entrando al tema, en este sentido, y nada másquisiera precisar hechos de que aquí se dijo y québueno que se castigue. Yo coincido, diputado Adán,de que se castigue del partido que sea, pero noto enusted que, además, es integrante de la Comisión deVigilancia, la doble vara que tiene el ORFIS .

Usted habló solamente de los ayuntamientos, en esteestado cerca del 90% de los recursos que se manejanpúblicos, los maneja el gobierno del estado y talparece que el ORFIS solamente fue creado para cuestionara los ayuntamientos y hoy sabemos, dicho por elmismo gobernador del estado, que ha habido desfalcosy mal uso de los recursos por parte de los funcionariosdel gobierno del estado y yo pregunto, ¿dónde estabael ORFIS, dónde están los reportes y qué hizo la comisiónde vigilancia en ese aspecto?

Y eso es lo que yo pregunto, porque cuando vamos aexplicarle al pueblo de Veracruz que se va a construiren un terreno de 31 mil metros cuadrados el órgano defiscalización, habría que decirle por qué es bueno queexista el órgano de fiscalización y discúlpeme, peroante los hechos, donde se mide con dos varas, sí, a lospresidentes municipales los persiguen y los siguen yqué bueno que también, si alguien cometió undelito, que lo pague.

Lo que no se vale es que se tengan dos varas y que semida a los ayuntamientos, que en el mejor de los casosmanejan 500 millones de pesos el que más tiene, y noun gobierno del estado que maneja 30 mil millones yen donde todo es pulcro, donde todo está bien y nadamás salen los escándalos, y nada más salen las casasque se construyen los funcionarios y nos tenemosque enterar de rebote en este Congreso porque resultaque el ORFIS , su dictamen que ustedes aprobaron en laComisión de Vigilancia y después fue pasado al pleno,de la cuenta pública 2000, donde inclusive se reflejabaun desfalco de 4 mil lones y medio en la hoydesaparecida Subsecretaría del Medio Ambiente, ahíno había nada.

Entonces, en este sentido, yo sí, qué bueno que hayun órgano de fiscalización, pero que mida con la mismavara, que se mida igual al gobierno del estado, quelos ayuntamientos, el ORFIS no es solamente para losayuntamientos, es una parte y deben hacer su labor enlos municipios, pero también debe existir un PoderEjecutivo al que todo parece que, lamentablemente,tanto en este Congreso como con el ORFIS , todo se lepasa, todo se le dice y en donde no hay ni siquiera unaobservación al manejo de los recursos públicos.

Yo creo que, en este sentido, si el ORFIS cambia sufunción y demuestra que ese terreno realmente nadamás va a usar lo necesario, pero yo aquí sí haría unapregunta, ya que se habla y se tienen planos delproyecto, cuál va a ser, porque hoy lo de menos esesto que, además, yo sí quiero hacer notar que deacuerdo al mismo dictamen, el gobierno federalmediante decreto de fecha 3 de mayo de 1996, publicadoen el Diario Oficial de la Federación , el día 8 delmismo mes y año, expropió por causa de utilidadpública esta superficie de temporal de uso común deterrenos ejidales del poblado la Estancuela, municipiode Emiliano Zapata de esta entidad, a favor del gobiernode l es tado de Veracruz , para des t inarse a l aconst i tuc ión de reservas ter r i tor ia les y , en suoportunidad, para el futuro crecimiento y conservaciónde la ciudad de Xalapa, y hoy no se va a destinar areserva territorial, no se van a construir viviendas,vamos hacer ahí el palacio o la oficina o el lugar delórgano de fiscalización.

Entonces, tenemos que justificar porque en lugar deconstruir viviendas, vamos a destinarle ahí al órganode fiscalización y yo creo que ésa es la explicación quele debemos dar al pueblo de Veracruz y ya que se tieneel plano y que se dice que las curvas de nivel, bueno,independientemente que yo concuerdo con el diputadoJulen, que ojalá se haga una explicación de qué terrenose va a usar. Pero más allá de eso, yo pregunto, si yase conoce el plano, ¿cuánto va a costar la construccióndel edificio? Porque ya debe haber un proyecto, si hayun terreno y ¿cuánto va a costar el mantenimientodespués, desde los jardines hasta el mantenimiento delpropio edificio? Por que no vaya a ser como se dice porahí, que cueste más el caldo que las albóndigas y quenos vaya a costar más mantener a los fiscalizadores,el edificio y el terreno, que realmente fiscalizar losrecursos, que es lo que le debe interesar al pueblo deVeracruz.

Es cuanto, diputada presidenta.

-LA C. PRESIDENTA:Gracias, diputado Alejandro Salas Martínez.

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Primer Receso

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Tienen el uso de la voz, para hablar sobre el tema, eldiputado Raúl Zarrabal García.

- EL C. DIP. RAÚL ZARRABAL GARCÍA:Sí. Gracias, diputada presidenta.

Compañeros diputados, a mí me gusta apreciar algunoshechos, porque si no, nos vamos a confundir todos.

En primer lugar, los controles. No hay una empresaprivada, un gobierno en todo el mundo que no sigatrabajando con creatividad, es lo que se ve al niveluniversal, por cómo controlar. No hay una escuela deninguna universidad donde saquen del l ibro enadministración, controles. Éste es un tema que hayque seguir.

Entonces, número uno, yo creo que no haya undiputado en este Congreso que no queramos que seperfeccionen los sistemas y que se cuiden y, desdeluego, que no se politice, por un lado.

Por otro lado, no nos debemos asustar, es mi invitación.Veracruz y aquí están dando las cifras, es un estadoque ya se mueve con un presupuesto de 32 800 millonesde pesos. No nos debemos confundir nosotros ymenos a la población. Estamos hablando que encontroles por este sector, estamos hablando de unapartida menor del medio por ciento, los números asíson de fríos, estamos hablando de cerca del 0.4% delo que se maneja en esta partida, por un lado.

Por el otro lado, hay que ser congruente con laspolíticas de urbanización. En todo México vienen así.Xalapa, a través de su presidente municipal, hay unanecesidad de que ya se trabaje urbanísticamentesuperficies de construcción pequeñas, por el ordendel 10%, 15%, 20% y mucha área verde, este Congresoes un ejemplo y para que traigamos la proporción elmetro cuadrado, estamos hablando aquí de unasuperficie aproximada de seis hectáreas y ahoraestamos viendo algo que tiene derecho el Ejecutivo yahí está la Constitución, que es el punto que estamosviendo y que nos estamos desviando, que es enajenaralgo que está en la Constitución y es cumplir, y lasuperficie de la que ahora estamos hablando es de treshectáreas.

Pero no podemos hablar del proyecto. Desde luego,estoy seguro que cuando se haga ese proyecto, va avenir cumpliendo el 15% al 22% de superficie, porquees una política urbana que ya está y que ya estáreglamentada aparte por la Secretaría de DesarrolloRegional.

Desde luego, sí estoy de acuerdo con mis compañerosdiputados, que la carga, la cultura, lo que tiene queabarcar el legislador cada vez es mayor responsabilidadpara nosotros, pero para eso estamos aquí, por esosomos representantes de Veracruz y debemos teneresas características y, sobre todo, esa visión. Ésa nola podemos perder porque en este momento sí debemosestar tranquilos por que le estamos sirviendo aVeracruz, a toda nuestra capacidad y con muchacongruencia, en lo político, en lo urbano, en loecológico, en los controles, en la administración y sídebemos concretar, no politizar y esperamos, nuestrovoto es que este órgano perfeccione al máximo susinstrumentos de control para que salga ganando elpueblo de Veracruz.

Es todo por el momento, presidenta.

- LA C. PRESIDENTA:¿En qué sentido, diputado Julen?

Tiene el uso de la voz, para hechos, el diputado JulenRementería del Puerto.

- EL C. DIP. JULEN REMENTERÍA DEL PUERTO:Yo sólo quiero precisar una cosa aquí al diputadoZarrabal y para demostrar que sí se mide con diferentes.Mire usted, acaba de mencionar que el presupuesto deVeracruz anda por el orden de los 32 800 millones yque esta cantidad, que no nos debe asustar, quees la que maneja el órgano de fiscalización, llegaaproximadamente al medio por ciento, que es unacantidad que no asusta a nadie.

Yo quiero decirle que esa misma cantidad, la que nodebe asustar, la que no nos debe preocupar, esjustamente en el neto la que supuso el recorte de lafederación al estado.

Es cuanto, diputada presidenta.

- LA C. PRESIDENTA:Se consu l t a a l a a samblea s i se encuen t rasuficientemente discutido el dictamen que nos ocupa.Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarloen votación económica, levantando la mano.

(La asamblea asiente)

Aprobado.

Habiéndose discutido suficientemente el dictamen quenos ocupa, se consulta a la asamblea si es de aprobarse.Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarloen votación económica, levantando la mano.

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Segundo Año de Ejercicio Constitucional

(La asamblea asiente)

Aprobado en sus términos el dictamen de referencia.

Continuando con el siguiente punto del orden del día,concerniente al dictamen con proyecto de acuerdorelativo a la solicitud de autorización del ciudadanogobernador del estado para poder enajenar a títulooneroso y gratuito, a favor de colonos que demuestrentener derecho a ello, de ejidatarios afectados, delhonorable ayuntamiento de Xalapa, Veracruz, diversassuperficies de terreno ubicadas en la reserva territorialde Xalapa, Veracruz, de propiedad estatal, por laconstrucción del eje vial Arco Sur-Circuito Presidentesde la ciudad de Xalapa, emitido por la ComisiónPermanente de Hacienda del estado, y toda vez queéste ha sido publicado en la Gaceta Legislativa ,misma que ya obra en poder de todos los diputadosintegrantes de esta soberanía, se propone a la asambleala dispensa de la lectura del referido dictamen. Los queestén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo envotación económica, levantando la mano.

(La asamblea asiente)

Aprobado.

(No obstante la dispensa de lectura, se incluye eldictamen con protecto de acuerdo)

COMISIÓN PERMANENTE D E HACIENDA DEL ESTADO

Honorable Diputación Permanente:

A los suscritos, integrantes de la Comisión Permanentede Hacienda del Estado fue turnada, por acuerdo de laDiputación Permanente, la solicitud de autorizacióndel ciudadano gobernador del estado, licenciadoMiguel Alemán Velazco, para regularizar 45-85-55.98hectáreas de la reserva territorial de Xalapa, Veracruz.

En atención a lo anterior, con base en lo dispuesto porlos artículos 33 fracción XXXI, 38, 41 fracción VI de laConstitución Política del estado; 18 fracción XXXI,38, 39 fracción XIII, 42 fracción VIII, 47 de la LeyOrgánica del Poder Legislativo; 42, 44 fracción VII, 48,54 y 103 del Reglamento para el Gobierno Interior delPoder Legislativo, esta comisión permanente emite sudictamen, para lo cual se exponen los siguientes

ANTECEDENTES

1. El Ejecutivo federal, mediante decreto de fecha 3de mayo de 1996, publicado en el Diario Oficial dela Federación , el día 8 del mismo mes y año,

expropió, por causa de utilidad pública, unasuperficie de 205-50-71.68 hectáreas (doscientascinco hectáreas, cincuenta áreas, setenta y uncentiáreas, sesenta y ocho centímetros cuadrados)de temporal de uso común, de terrenos ejidales delpoblado La Estanzuela, del municipio de EmilianoZapata, en esta entidad, en favor del gobierno deles tado de Veracruz , para des t inarse a laconstitución de reservas territoriales y, en suo p o r t u n i d a d , p a r a e l f u t u r o c r e c i m i e n t o yconservación de la ciudad de Xalapa, Veracruz.

2. La ejecución del decreto expropiatorio mencionadoen el antecedente número 1 , se llevó a cabo el 4 deseptiembre de 1996, levantándose la correspondienteacta de posesión, deslinde y amojonamiento totalde esa superficie, documento que, junto con eldecreto presidencial, se inscribió bajo el número6283, tomo CXXVI, sección primera, el 11 deseptiembre del mismo año, en el Registro Públicode la Propiedad de la ciudad de Xalapa, Veracruz.

3. Mediante oficio número SG-SAJPC-DGAJ-1078/2002,de fecha 27 de marzo del año en curso, la ciudadanasecretaria de Gobierno, licenciada Nohemí QuirascoHernández, remitió a esta representación popularel oficio número SG-SAJPC-DGAJ-690/2002, del28 de febrero de 2002, signado por el Ejecutivodel estado, a través del cual se solicita autorizaciónpara regularizar 45-85-55.98 hectáreas de la reservaterritorial de Xalapa, Veracruz, de la siguiente manera:enajenación a título oneroso, de 13-27-32.96hectáreas, en favor de colonos; transmisión a títulogratuito, de 12-32-87.29 hectáreas, para cumplircompromisos contraídos por la administraciónestatal; enajenación a título gratuito, en favor delhonorable ayuntamiento de Xalapa, Veracruz, de15-79-95.21 hectáreas destinadas a vialidad yde 2-37-39.40 hectáreas para área verde; y 2-08-01.12hectáreas que se reserva el gobierno del estadopara área verde y equipamiento urbano de servicioseducativos.

4. La Diputación Permanente, en sesión celebrada el8 de abril del año en curso, conoció la solicitudde referencia y acordó turnarla, junto con elexpediente respectivo, a través de oficio númeroSG-DP/1er/2°/070/2002, de esa misma fecha, a laComisión Permanente de Hacienda del Estado, paras u e s t u d i o y e laborac ión de l d i c t amencorrespondiente.

Con base en los antecedentes señalados, esta comisiónpermanente dictaminadora formula las siguientes

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Primer Receso

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CONSIDERACIONES

I. Que, en términos de la normatividad invocada enel párrafo segundo del presente dictamen, estaComisión Permanente de Hacienda del Estado,como órgano const i tu ido por e l p leno, quecon t r i buye a que e l Congre so cumpla susa t r ibuc iones a t ravés de la e laborac ión ded i c t á m e n e s s o b r e l o s a s u n t o s q u e l e s o nencomendados, es competente para emitir estaresolución.

II. Que, de conformidad con los lineamientos de supolítica de desarrollo urbano y regional, es funciónprioritaria de la administración estatal brindaratención a los veracruzanos que requieren de unlote para construir su vivienda, así como otorgarseguridad jurídica en su patrimonio familiar aquienes se encuentren en posesión legal de terrenosde propiedad estatal.

III . Que, asimismo, del estudio del expedienterespectivo, se advierte que el gobierno del estado,med ian te l a ce l eb rac ión de lo s conven iosrespectivos, adquirió el compromiso con ejidatariosa fec tados por l a exprop iac ión de l t e r renomencionado en el antecedente número 1 de estedictamen, en el sentido de transmitirles a títulogratuito la propiedad de terrenos lotificados dedicha superficie expropiada; y que, de igual forma,existen compromisos similares con asociaciones,agrupaciones, familias asentadas en zonas de altoriesgo y con los afectados por la construcción devialidades en la ciudad capital del estado.

IV. Que, por otra parte, a fin de dar cumplimiento a lasdisposiciones de la reglamentación estatal en lamateria, el Ejecutivo pretende enajenar a títulogratuito, dos superficies de terreno al ayuntamientode Xalapa, Veracruz, con objeto de que las mismasse destinen a vialidades y áreas verdes.

V. Que, igualmente, a efecto de garantizar áreas parael equipamiento urbano de servicios educativos, elgobierno de l es tado requiere reservarse lapropiedad de una superf ic ie de l te r reno dereferencia.

VI. Que, a juicio de los integrantes de esta comisióndictaminadora, los objetivos que se persiguen conla regularización de las superficies de terrenomenc ionadas con an te r io r idad , r e su l t ancongruentes con la política estatal de planeacióny desarrollo urbano del gobierno estatal, por loque, satisfechos también los requisitos previstos

por la legislación aplicable y acreditada plenamentela propiedad del bien inmueble al que se refiere estedictamen, se estima procedente la solicitud delEjecutivo del estado.

Por lo antes expuesto, esta Comisión Permanente deHacienda del Estado somete a la consideración de eseórgano legislativo el presente

DICTAMEN CON PROYECTO D E ACUERDO

Primero. Se autoriza al Ejecutivo del estado a enajenara título oneroso, en favor de colonos que demuestrentener derecho a ello, una superficie de terreno de13-27-32.96 (trece hectáreas, veintisiete áreas, treintay dos cen t i á reas , noven ta y se i s cen t íme t roscuadrados); a transmitir la propiedad, a título gratuito,de 12-32-87.29 hevtáreas (doce hectáreas, treinta ydos áreas, ochenta y siete centiáreas, veintinuevecentímetros cuadrados), de terreno lotificado, en favorde ejidatarios afectados por la expropiación de lasuperficie de la que se deduce esta fracción, deasociaciones, de agrupaciones, de familias asentadasen zonas de al to r iesgo y de afectados por laconstrucción del eje vial Arco Sur-Circuito Presidentesde la ciudad de Xalapa, Veracruz, que demuestrentener derecho a ello; a enajenar, a título gratuito, enfavor del honorable ayuntamiento de Xalapa, Veracruz,una superficie de terreno de 15-79-95.21 hectáreas(quince hectáreas, setenta y nueve áreas, noventa ycinco centiáreas, veintiún centímetros cuadrados) paradestinarla a vialidad, así como una superficie de terrenode 2-37-39.40 hectáreas (dos hectáreas, treinta y sieteáreas, treinta y nueve centiáreas, cuarenta centímetroscuadrados) destinada para área verde; y para que elgobierno del estado se reserve para área verde yequipamiento urbano de servicios educativos, unasuperficie de terreno de 2-08-01.12 hectáreas (doshectáreas, ocho áreas, una centiárea, doce centímetroscuadrados). Los terrenos a que hace referencia esteresolutivo se encuentran ubicados en la reservaterritorial de Xalapa, Veracruz, cuya propiedad seacredita con decreto del Ejecutivo federal, de fecha 3de mayo de 1996, publicado en el Diario Oficial de laFederación , el día 8 de mayo de 1996, y con el acta deposesión, deslinde y amojonamiento de fecha 4 deseptiembre de 1996, inscritos bajo el número 6283sección primera, el 11 de septiembre del mismo año, enel Registro Público de la Propiedad de la ciudad deXalapa, Veracruz.

Segundo. Comuníquese esta resolución al ciudadanogobernador del estado y al honorable ayuntamientode Xalapa, Veracruz, para los efectos legales a quehaya lugar.

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Segundo Año de Ejercicio Constitucional

Tercero. Publíquese el presente acuerdo en la GacetaOficial. Órgano del Gobierno del Estado .

Dado en la sala de comisiones de la LIX Legislatura delhonorable Congreso del estado, en la ciudad deXalapa-Enríquez, Veracruz, a los 18 días del mesde abril del año 2002.

Comisión Permanente de Hacienda del Estado

Dip. Robinson Uscanga CruzPresidente(Rúbrica)

Dip. Galileo Apolo FloresSecretario(Rúbrica)

Dip. Alberto Raúl Arango de la HuertaVocal

(Rúbrica)

Conforme al procedimiento aprobado, se pone adiscusión el dictamen que nos ocupa. Se abre elregistro de oradores.

En virtud de que ningún diputado ha solicitado haceruso de la voz, se consulta a la asamblea si es deaprobarse el dictamen que nos ocupa. Los que esténpor la afirmativa, sírvanse manifestarlo en votacióneconómica, levantando la mano.

(La asamblea asiente)

Aprobado en sus términos el dictamen de referencia.

Continuando con el siguiente punto del orden del día,concerniente al dictamen con proyecto de acuerdorelativo a la solicitud de autorización del ciudadanogobernador del estado para poder permutar unasuperficie de terreno de 817.08 metros cuadrados depropiedad estatal, ubicado en la reserva territorialde la ciudad de Xalapa, Veracruz, por otra consuperficie de 495 metros cuadrados, ubicado en el lote10, manzana 7 del fraccionamiento La Herradura, de laciudad de Xalapa, Veracruz, propiedad del ciudadanoAndrés Beceiro López, emitido por la ComisiónPermanente de Hacienda del Estado, y toda vez de queéste ha sido publicado en la Gaceta Legislativa ,misma que ya obra en poder de todos los diputadosintegrantes de esta Soberanía, se propone a la asambleala dispensa de la lectura del referido dictamen. Los queestén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo envotación económica, levantando la mano.

(La asamblea asiente)

Aprobado.

(No obstante la dispensa de lectura, se incluye eldictamen con proyecto de acuerdo)

COMISIÓN PERMANENTE D E HACIENDA DEL ESTADO

Honorable Diputación Permanente:

A los suscritos, integrantes de la Comisión Permanentede Hacienda del Estado fue turnada, por acuerdo de laDiputación Permanente, la solicitud del ciudadanogobernador del estado, licenciado Miguel AlemánVelazco, para que se le autorice realizar una permuta,consistente en intercambiar un predio con superficiede 495 .00 me t ros cuadrados , ub icado en e lfraccionamiento La Herradura de la ciudad de Xalapa,Veracruz, propiedad del ciudadano Andrés BeceiroLópez, por un lote de terreno con superficie de 817.08metros cuadrados, que se deduce de la reserva territorialde la misma ciudad, propiedad del gobierno del estado.

En atención a lo anterior, con base en lo dispuesto porlos artículos 33 fracción XXXI, 38, 41 fracción VI de laConstitución Política del estado; 18 fracción XXXI,38, 39 fracción XIII, 42 fracción VIII, 47 de la LeyOrgánica del Poder Legislativo; 42, 44 fracción VII, 48,54 y 103 del Reglamento para el Gobierno Interior delPoder Legislativo, esta comisión permanente emite sudictamen, para lo cual se exponen los siguientes

ANTECEDENTES

1 . El gob ie rno de l e s t ado , med ian te dec re toexpropiatorio relativo al acuerdo N° P/E 0194, defecha 14 de agosto de 1989, adquirió por causade utilidad pública 266-26-13.46 hectáreas deterreno localizadas dentro del municipio de Xalapa,Veracruz, a fin de crear la reserva territorial dela ciudad capital del estado, efectuándose lainscripción correspondiente en el Registro Públicode la Propiedad de la ciudad de Xalapa, Veracruz,con el número 2866 sección primera, el 15 de juniode 1990.

2. A su vez, el ciudadano Andrés Beceiro López espropietario de un terreno urbano con superficie de495 .00 met ros cuadrados , con medidas ycolindancias descritos en los anexos respectivos,identificado como lote número 10, manzana 7 delfraccionamiento La Herradura de la ciudad deXalapa, Veracruz, según consta en escritura públicanúmero 15662, del 22 de noviembre de 1991, de la

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Primer Receso

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Notaría Pública número 4 de esta ciudad capital,inscrita el 20 de abril de 1992 en el Registro Públicode la Propiedad de Xalapa, Veracruz, con el número1721, sección primera.

3 . De conformidad con el programa de ordenamientourbano de la zona conurbada de los municipios deXalapa, Banderilla, Coatepec, Tlalnelhuayocan,Rafael Lucio, Emiliano Zapata, Teocelo y Xico, ellugar en el que se encuentra el bien inmueble quese describe en el antecedente número 2 del presentedictamen, está considerado como área de reservaecológica, razón por la cual no se permite laconstrucción con fines habitacionales.

4 . El gobierno del estado, a efecto de preservar elequilibrio ecológico y de no lesionar intereses departiculares, convino con el propietario del predioal que se refiere el antecedente número 2 de estedictamen, realizar una permuta, consistente enintercambiar el predio de referencia por uno depropiedad estatal, deducido de la superficie deterreno que se señala en el antecedente número 1de la presente resolución.

5 . Mediante oficio número SG-SAJPC-DGAJ-0692/2002, de fecha 28 de febrero del año en curso, laciudadana secretaria de Gobierno, licenciadaNohemí Quirasco Hernández, remitió a estarepresentación popular el oficio número SG-SAJPC-DGAJ-0470/2002, del 8 de febrero delpresente año, signado por el Ejecutivo del estado,a través del cual se solicita la autorizacióncorrespondiente para efectuar la permuta antesmencionada.

6 . La Diputación Permanente, en sesión celebrada el2 de abril del año en curso, conoció la solicitud dereferencia y acordó turnar la , junto con e lexpediente relativo, a través de oficio número SG-DP/1er/2°/054/2002, de esa misma fecha, a laComisión Permanente de Hacienda del Estado,para su estudio y elaboración del dictamencorrespondiente.

Con base en los antecedentes señalados esta comisiónpermanente dictaminadora formula las siguientes

CONSIDERACIONES

I. Que, en términos de la normatividad invocada enel párrafo segundo del presente dictamen, estaComisión Permanente de Hacienda del Estado escompetente para emitir esta resolución.

II. Que, en efecto, el otorgar seguridad jurídica en latenencia de la tierra a quienes tengan derecho aella es un propósito acorde con los fines de laadministración pública, que, además, constituyeun programa específico del gobierno del estado.

III. Que, asimismo, la preservación del medio ambienteresulta prioritaria para la sociedad, por lo que todogobierno debe tomar las medidas necesarias, a finde garantizar a las generaciones venideras mejorescondiciones de vida.

IV. Que, por otra parte, a partir del estudio delexpediente relativo a la solicitud objeto del presentedictamen, se advierte que los predios a permutarposeen un valor similar, de acuerdo a los avalúosemitidos por la autoridad catastral estatal, por loque se estima que no existe lesión civil para ningunade las partes.

V. Que, actualizadas las hipótesis previstas por la leyy acreditada la propiedad de los inmuebles que sepretende intercambiar, se estima procedente lasolicitud formulada por el Ejecutivo del estado.

Por lo antes expuesto, esta Comisión Permanente deHacienda del Estado somete a la consideración de eseórgano legislativo el presente

DICTAMEN CON PROYECTO D E ACUERDO

Primero. Se autoriza al Ejecutivo del estado a enajenara título oneroso, un lote de terreno con superficie de817.08 metros cuadrados, con medidas y colindanciasdescritas en anexo de la solicitud correspondiente,que se deduce de una superficie mayor en la que seubica la reserva territorial de la ciudad de Xalapa-Enríquez, Veracruz, de propiedad estatal, que seacredita con el decreto expropiatorio relativo al acuerdoN° P/E 0194, de fecha 14 de agosto de 1989, inscrito el15 de junio de 1990, con el número 2866, secciónprimera, en el Registro Público de la Propiedad de laciudad de Xalapa, Veracruz.

Segundo. En términos de la autorización concedida enel resolutivo anterior, el Ejecutivo del estado otorgaráen permuta la propiedad del inmueble descrito en elmismo al ciudadano Andrés Beceiro López quien, porsu parte, transmitirá al gobierno del estado la propiedadde un predio urbano con superficie de 495.00 metroscuadrados, con medidas y colindancias descritos enlos anexos respectivos, identificado como lote número10, manzana 7, del fraccionamiento La Herradura de laciudad de Xalapa, Veracruz, cuya propiedad se acreditacon la escritura pública número 15 662, de fecha 22 de

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Segundo Año de Ejercicio Constitucional

noviembre de 1991, de la Notaría Pública número 4 deXalapa, Veracruz, inscrita el 20 de abril de 1992 en elRegistro Público de la Propiedad de Xalapa, Veracruz,con el número 1721, sección primera.

Tercero. El predio urbano cuya propiedad se transmiteal patrimonio estatal como consecuencia de la permutaa que se refiere el resolutivo anterior, se destinará aárea de reserva ecológica, de conformidad con loprevisto por el programa de ordenamiento urbano dela zona conurbada de los municipios de Xalapa,Banderilla, Coatepec, Tlalnelhuayocan, Rafael Lucio,Emiliano Zapata, Teocelo y Xico, del estado deVeracruz.

Cuarto. Comuníquese esta resolución al ciudadanogobernador del estado, para su conocimiento y losefectos legales a que haya lugar.

Quinto. Publíquese el presente acuerdo en la GacetaOficial. Órgano del Gobierno del Estado .

Dado en la sala de comisiones de la LIX Legislatura delhonorable Congreso del estado, en la ciudad deXalapa-Enríquez, Veracruz, a los 18 días del mesde abril del año 2002.

Comisión Permanente de Hacienda del Estado

Dip. Robinson Uscanga CruzPresidente(Rúbrica)

Dip. Galileo Apolo Flores CruzSecretario(Rúbrica)

Dip. Alberto Raúl Arango de la HuertaVocal

(Rúbrica)

Conforme al procedimiento aprobado se pone adiscusión el dictamen que nos ocupa. Se abre elregistro de oradores.

En virtud de que ningún diputado ha solicitado haceruso de la voz, se consulta a la asamblea si es deaprobarse el dictamen que nos ocupa. Los que esténpor la afirmativa, sírvanse manifestarlo en votacióneconómica, levantando la mano.

(La asamblea asiente)

Aprobado en sus términos el dictamen de referencia.

Continuando con el siguiente punto del orden del día,concerniente al dictamen con proyecto de acuerdorelativo a la solicitud de autorización del honorableayuntamiento de Nanchital, Veracruz, para podersuscribir convenio de colaboración con PetróleosMexicanos, PEMEX, y el gobierno del estado, parallevar a cabo diversas acciones de desarrollo social yde mejoramiento ambiental en este municipio, emitidopor l a Comis ión Permanente de Desar ro l lo yFortalecimiento Municipal, y toda vez de que éste hasido publicado en la Gaceta Legislativa , misma queya obra en poder de todos los diputados integrantesde esta Soberanía, se propone a la asamblea la dispensade la lectura del referido dictamen. Los que estén porla afirmativa, sírvanse manifestarlo en votacióneconómica, levantando la mano.

(La asamblea asiente)

Aprobado.

(No obstante la dispensa de lectura, se incluye eldictamen con proyecto de acuerdo)

CO M I S I Ó N PE R M A N E N T E D E D E S A R R O L L O Y

FORTALECIMIENTO MU N I C I P A L

Honorable asamblea:

Por acuerdo de la Diputación Permanente de lahonorable LIX Legislatura del Congreso del estado,en sesión celebrada el 14 de marzo del año en curso,se turnó a la comisión cuyos miembros suscriben, parasu es tudio y dictamen correspondiente, el oficionúmero SG-DP/1er/2°/051/2002, mediante el cual seremite el oficio número 106/02, de fecha 25 de febrerodel año que cursa, signado por el ciudadano RicardoCastelo Castillo, presidente municipal del honorableayuntamiento de Nanchital de Lázaro Cárdenas delRío, Veracruz, en donde solicita autorización parapoder suscribir convenio con PEMEX y e l gobierno delestado, para llevar a cabo acciones de desarrollosocial y mejoramiento ambiental dentro del municipiocitado.

Esta comisión permanente, de conformidad con loestablecido por los artículos 33 fracción XVI incisog) de la Constitución Política del Estado Libre ySoberano de Veracruz-Llave; 38 y 39 fracción VIII dela Ley Orgánica del Poder Legislativo; 48 y 53 delReglamento para el Gobierno Interior del mismo y103 primer párrafo de la Ley Orgánica del MunicipioLibre, presenta su dictamen con base en lossiguientes

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Primer Receso

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ANTECEDENTES

1. La Diputación Permanente de la honorable LIXLegislatura del Congreso del estado, en sesiónordinaria celebrada el día 14 de marzo del año encurso, acordó turnar a esta Comisión Permanentede Desarrollo y Fortalecimiento Municipal, el oficionúmero SG-DP/1er./2°/051/2002, mediante el cualse remite el oficio número 106/02, de fecha 25 defeb re ro de l p r e sen t e año , donde so l i c i t aautor izac ión e l honorable ayuntamiento deNanchital de Lázaro Cárdenas del Río, Veracruz,para poder suscribir convenio con PetróleosMexicanos ( PEMEX) y el gobierno del estado, parallevar a cabo acciones de desarrollo social ymejoramiento ambiental en ese municipio.

2. Que adjunto al presente, se anexa copia del acta dela sesión extraordinaria de Cabildo, celebrada eldía 15 de noviembre del año 2001, en donde susintegrantes, aprobaron suscribir por unanimidadel citado convenio, solicitando la autorización dela honorable Legislatura del Congreso del estado.

3. Que anexo a la solicitud de referencia se adjuntacopia del convenio de colaboración, que pretendensuscribir el honorable ayuntamiento de Nanchitalde Lázaro Cárdenas del Río, Veracruz, representadopor los ciudadanos Ricardo Castelo Castillo e IsidroCastro Pestaña, presidente municipal y síndicorespectivamente, y por parte del Organismo PúblicoDescentralizado PEMEX-REFINACIÓN , subsidiario dePetróleos Mexicanos, representado por el ingenieroCutberto Azuara Pavón y el ingeniero RómuloAguiñaga Enciso y el ingeniero Daniel GomesBilbao, en sus caracteres de subdirector deAlmacenamiento y Distribución y subdirectorde Proyectos, Mantenimiento Capitalizable ysubdirector de Auditoría de Seguridad Industrialy Protección Ambiental, respectivamente, con laasistencia del ciudadano Saúl López de la Torre,gerente corporativo de Desarrollo Social, y comotestigo de asistencia el ciudadano licenciadoPorfir io Serrano Amador, en su carácter desecretario de Desarrollo Regional.

En tal virtud y sobre la base de estos antecedentes ya juicio de esta comisión permanente cuyos miembrossuscriben, se formulan las siguientes

CONSIDERACIONES

I. Que el presente convenio que pretenden suscribirel honorable ayuntamiento de Nanchital de LázaroCárdenas del Río , Veracruz , con Pet ró leos

Mexicanos y el gobierno del estado, tiene comoobjetivo fundamental, la conjunción de accionesde desarrollo social y mejoramiento ambiental en elterritorio del municipio.

II. Que, Petróleos Mexicanos se compromete a realizarlos t rabajos de restauración y mejoramientoambiental por el derrame ocurrido el 17 de abril delaño 2001, en el arroyo Tepeyac.

III. Que, Petróleos Mexicanos se compromete aacondicionar el camino de acceso al ejido LázaroCárdenas, con una longitud de mil doscientosmetros y ancho de 10 metros revestido con gravay arena.

IV. Que, Petróleos Mexicanos se compromete a realizarlas obras para la terminación del campo deportivoSan Ernesto, consistentes en dos núcleos de gradascon baños en su parte inferior, acondicionamientodel camino de acceso y estacionamiento, así comola nivelación y empastado de la cancha.

V. Que Petróleos Mexicanos se compromete acolaborar con las acciones de Desarrollo Social enel municipio, al destinarle 4 millones de pesosen donación , para la construcción de diversasobras de infraestructura y equipamiento urbano;1200 toneladas de asfalto para apoyar los programasde conservación, rehabilitación y pavimentación dediversas vialidades municipales, además 80 000litros de gasolina magna, 20 000 litros de gasolinapremium y 75 000 litros de diesel para apoyar a losservidores públicos municipales y la realización deobras de infraestructura; todo ello, con un valoraproximado de $6 274 300.00 (seis millonesdoscientos setenta y cuatro mil trescientos pesos00/100 M.N.).

VI. Que, Petróleos Mexicanos cubrirá al municipio lacantidad de $600 356.50 (seiscientos mil trescientoscincuenta y seis pesos 50/100 M.N.), que aplicó enobras de protección con motivo del derrameocurrido el 17 de abril en el arroyo Tepeyac.

VII. Que, Petróleos Mexicanos incluirá dentrodel Programa de Apoyo Social, la solicitud delmunicipio, de un donativo por $1 500 000.00 (unmillón quinientos mil pesos 00/100 M.N.), para laejecución de diversas obras de beneficio social,la que se encontrará sujeta a la aprobación ycons ide rac ión de l honorab l e Conse jo deAdministración de Petróleos Mexicanos en supróxima sesión.

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Segundo Año de Ejercicio Constitucional

VIII. Que, Petróleos Mexicanos se compromete aelaborar durante el año que cursa, en coordinacióncon e l municipio, el Programa Municipal deProtección Civil para la población de la cabeceramunicipal y su entorno.

IX. Que, el ayuntamiento continuará apoyando aP e t r ó l e o s M e x i c a n o s y s u s o r g a n i s m o ssubsidiar ios , a f in de que cumplan con susp rog ramas de expans ión , ope rac ión ymanten imien to en l as ins ta lac iones de esemunicipio, permitiendo a la firma del convenioen es tudio , la cont inuación de los t rabajoscorrespondientes a la construcción del oleoductode 24” de diámetro Nuevo Teapa-Cadereyta.

X. Por lo tanto, después de haber estudiado y analizadola solicitud de referencia y el convenio quepretenden celebrar ambas partes; y tomando enconsideración la documentación que se anexa a lapresente petición, se concluye que el ayuntamientode Nanchital de Lázaro Cárdenas del Río, Veracruz,cumple con lo dispuesto en la Ley Orgánica delMunicipio Libre, para poder suscribir el presenteconvenio.

Es ta Comis ión Permanente de Desar ro l lo yFortalecimiento Municipal, se permite someter aconsideración de esta Soberanía, el presente

DICTAMEN CON PROYECTO D E ACUERDO

Primero. Se autoriza al honorable ayuntamientode Nanchital de Lázaro Cárdenas del Río,Veracruz, a suscribir convenio de colaboración conPetróleos Mexicanos (PEMEX) y el gobierno delestado, para llevar a cabo diversas acciones dedesarrollo social y de mejoramiento ambiental en esemunicipio.

Segundo. El convenio entrará en vigor a partir de lafecha de la firma del mismo, conforme a las cláusulasprevistas en el referido documento.

Tercero. Comuníquese e l p resen te acuerdo a lpresidente municipal del honorable ayuntamiento deNanchital de Lázaro Cárdenas del Río, Veracruz, altitular de la Gerencia Corporativa de Desarrollo Socialde Petróleos Mexicanos y al titular de la Secretaría deDesarrollo Regional, para su conocimiento y efectoslegales a que haya lugar.

Cuarto. Publíquese el presente acuerdo en la GacetaOficial. Órgano del Gobierno del Estado .

Dado en la sala de comisiones de la honorable LIXLegislatura del Congreso del estado, en la ciudad deXalapa-Enríquez, Veracruz, a 1° de abril del año 2002.

Comisión Permanente de Desarrolloy Fortalecimiento Municipal

Dip. Carlos Francisco Mora DomínguezPresidente(Rúbrica)

Dip. Ángel Rafael Deschamps FalcónSecretario(Rúbrica)

Dip. Cuauhtémoc Cadena PérezVocal

(Rúbrica)

Conforme al procedimiento aprobado, se pone adiscusión el dictamen que nos ocupa. Se abre elregistro de oradores.

En virtud de que ningún diputado ha solicitado haceruso de la voz, se consulta a la asamblea si es deaprobarse el dictamen que nos ocupa. Los que esténpor la afirmativa, sírvanse manifestarlo en votacióneconómica, levantando la mano.

(La asamblea asiente)

Aprobado en sus términos el dictamen de referencia.

Continuando con el siguiente punto del orden del díaconcerniente al dictamen con proyecto de acuerdorelativo a la solicitud de autorización del honorableayuntamiento de Coatepec, Veracruz, para podersuscribir convenio de concertación de acciones con elBanco Nacional de Obras y Servicios Públicos, SNC,para la realización de estudios de preinversión que legaranticen la viabilidad financiera técnica, ecológicay social de sus proyectos, emitido por las ComisionesPermanentes Unidas de Hacienda Municipal y deDesarrollo y Fortalecimiento Municipal, y toda vezque éste ha sido publicado en la Gaceta Legislativa ,misma que ya obra en poder de todos los diputadosintegrantes de esta Soberanía, se propone a la asambleala dispensa de la lectura del referido dictamen. Los queestén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo envotación económica, levantando la mano.

(La asamblea asiente)

Aprobado.

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Primer Receso

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(No obstante la dispensa de lectura, se incluye eldictamen con proyecto de acuerdo)

COMISIONES PERMANENTES DE HACIENDA M UNICIPAL Y D E

DESARROLLO Y FORTALECIMIENTO MU N I C I P A L

Honorable asamblea:

La Diputación Permanente de la honorable LIXLegislatura del Congreso del estado, en sesiónordinaria celebrada el 14 de marzo del año en curso,acordó turnar a estas comisiones que suscriben, eloficio número 0499, de fecha 5 de marzo de estemismo año, signado por los ciudadanos presidentemunicipal y secretario del honorable ayuntamiento deCoatepec, Veracruz, mediante el cual solicitanautorización para celebrar acuerdo de concertaciónde acciones para la realización de estudios depreinversión con el Banco Nacional de Obras yServicios Públicos, S N C; para que previo estudioy análisis de la documentación que se anexa, se emitael dictamen correspondiente.

Con fundamento en los artículos 33 fracción XVIinciso g) , 71 fracción III de la Constitución Política delestado de Veracruz; 103 fracción II de la Ley Orgánicadel Municipio Libre; 38 y 39, fracciones VIII y XIV, dela Ley Orgánica del Poder Legislativo; en relación conlos artículos 44 fracción VIII, 48 y 53 de su reglamento,esta comisión que suscribe procede al análisis de lasolicitud y documentación respectiva, en la formasiguiente

ANTECEDENTES

1. Mediante oficio número 0499, a que se hacereferencia en el proemio, el presidente municipal ysecretario del ayuntamiento de Coatepec, Veracruz,anexan la certificación del acuerdo de Cabildo quese tomó en el acta correspondiente a la sesiónordinaria efectuada el día 1 de marzo del año encurso, mismo que se tiene a la vista, y en donde seautoriza al presidente municipal para que en unióndel síndico, suscriban el acuerdo a que se hacemención y sometido a que fue el acuerdo, éste fueaprobado por unanimidad.

2. Como complemento a la solicitud, se anexa elformato del acuerdo de concertación de accionespara la realización de estudios de preinversión,que se pretende celebrar con el Banco Nacional deObras y Servicios Públicos, SNC, representado porel delegado estatal en Veracruz, licenciado FélixCisneros Gutiérrez.

En el mismo se establecen las bases y obligaciones delas partes que integran dicho acuerdo, así como sualcance y limitaciones para el desarrollo del programa.

En tal virtud y sobre la base de estos antecedentes ya juicio de las comisiones permanentes que suscriben,se formulan las siguientes

CONSIDERACIONES

I. Que el presente acuerdo tiene como objetivofundamental que BANOBRAS apoye al municipio deCoatepec, Veracruz, en la formulación de estudiosde preinversión, que garanticen la viabilidadfinanciera, técnica y, en su caso, ecológica y social,as í como br indar e l apoyo necesar io en lacontratación de empresas calificadoras de calidadcrediticia, que le permitan solicitar a BANOBRAS e lfinanciamiento necesario para llevar a cabo lasacciones básicas para fomentar el desarrolloregional, elevando los niveles de bienestar ycalidad de vida de la población, buscando disminuiren gran medida el grado de marginación, el deterioroecológico y estimulando la infraestructura básicapara el mejoramiento y aplicación de la coberturade los servicios que se proporcionan a sushabitantes.

II. Estudiada y analizada la solicitud de referencia ytomando en consideración la documentación quese anexa a la presente petición, se concluye que elhonorable ayuntamiento de Coatepec, Veracruz,cumple con lo dispuesto en la Ley Orgánica delMunicipio Libre, para suscribir el referido acuerdo.

Por lo antes expuesto y fundado, estas comisionespermanentes someten a vuestra consideración elsiguiente

DICTAMEN CON PROYECTO D E ACUERDO

Primero. Se autoriza al honorable ayuntamiento deCoatepec, Veracruz, a celebrar acuerdo de concertaciónde acciones para la realización de estudios depreinversión con el Banco Nacional de Obras yServicios Públicos, SNC, que le garanticen la viabilidadfinanciera, técnica, ecológica y social de sus proyectos.

Segundo. Comuníquese esta determinación al titulardel Banco Nacional de Obras y Servicios, SNC y alhonorable ayuntamiento de Coatepec, Veracruz, parasu conocimiento y efectos legales a que haya lugar.

Tercero. Publíquese el presente acuerdo en la GacetaOficial. Órgano del Gobierno del Estado .

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Segundo Año de Ejercicio Constitucional

Dado en la sala de comisiones de la honorable LIXLegislatura del honorable Congreso del estado, en laciudad de Xalapa-Enríquez, a los 27 días del mes demarzo del año 2002.

Comisión Permanente de Hacienda Municipal

Dip. Guillermina Esquivel KuriPresidenta(Rúbrica)

Dip. Rolando Eugenio Andrade MoraSecretario(Rúbrica)

Dip. Alfredo Marié PeceroVocal

(Rúbrica)

Comisión Permanente de Desarrollo yFortalecimiento Municipal

Dip. Carlos Francisco Mora DomínguezPresidente(Rúbrica)

Dip. Ángel Rafael Deschamps FalcónSecretario(Rúbrica)

Dip. Cuauhtémoc Cadena PérezVocal

(Rúbrica)

Conforme al procedimiento aprobado, se pone adiscusión el dictamen que nos ocupa. Se abre elregistro de oradores.

En virtud de que ningún diputado ha solicitado haceruso de la voz, se consulta a la asamblea si es deaprobarse el dictamen que nos ocupa. Los que esténpor la afirmativa, sírvanse manifestarlo en votacióneconómica, levantando la mano.

(La asamblea asiente)

Aprobado en sus términos el dictamen de referencia.

Continuando con el siguiente punto del orden del día,concerniente al dictamen con proyecto de acuerdorelativo a la solicitud de autorización del honorableayuntamiento de Cosamaloapan, Veracruz, para poderdonar a favor del organismo Servicios de Salud deVeracruz, un predio, propiedad municipal, para laconstrucción de un centro de salud, emitido por las

Comis iones Permanentes Unidas de Hac iendaMunicipal y de Salud y Asistencia, y toda vez que ésteha sido publicado en la Gaceta Legislativa , mismaque ya obra en poder de todos los d ipu tadosintegrantes de esta Soberanía, se propone a la asambleala dispensa de la lectura del referido dictamen. Los queestén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo envotación económica, levantando la mano.

(La asamblea asiente)

Aprobado.

(No obstante la dispensa de lectura, se incluye eldictamen con proyecto de acuerdo)

CO M I S I O N E S PE R M A N E N T E S U N I D A S D E HA C I E N D A

M UNICIPAL D E SA L U D Y A SISTENCIA

Honorable asamblea:

A los suscr i tos , d ipu tados in tegran tes de l asComis iones Permanentes Unidas de Hac iendaMunicipal y Salud y Asistencia, nos fue turnado porla honorable LIX Legislatura del Congreso del estado,en sesión ordinaria celebrada el día 17 de mayo delaño 2001, los oficios números SG-SO/2°/038/2001 ySG-SO/2°/039/2001, mediante los cuales se remite aestas comisiones permanentes unidas el escritonúmero 439, de fecha 14 de mayo de 2001, signado porlos ciudadanos ingeniero Juan René Chiunti Hernándezy Abelardo Alfonsín Palma, presidente municipal ysec re ta r io de l honorab le ayun tamien to deCosamaloapan, Veracruz, por e l que sol ic i tanautorización para donar un terreno en favor delorganismo público descentral izado denominadoServicios de Salud de Veracruz, para la construcciónde un centro de salud.

Estas Comisiones Permanentes Unidas de HaciendaMunicipal y de Salud y Asistencia, de conformidadcon lo establecido por los artículos 40 y 41 fracciónVI de la Constitución Política local; 112 de la LeyOrgánica del Municipio Libre; 38 y 39, fracciones XIVy XXI, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; 44fracción VIII, 48 y 53 del Reglamento para el GobiernoInterior del Poder Legislativo, procedimos a analizar ydictaminar la solicitud de referencia, a fin de resolversobre su procedencia o improcedencia, bajo lossiguientes

ANTECEDENTES

1. Que la honorable LIX Legislatura del Congreso delestado de Veracruz, en sesión ordinaria celebrada

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Primer Receso

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el día 17 de mayo de 2001, acordó turnar a lasComisiones Permanentes Unidas de HaciendaMunicipal y de Salud y Asistencia, los oficiosnúmeros SG-SO/2°/038/2001 y SG-SO/2°/039/2001,mediante los cuales se remite a estas comisionespermanentes unidas el escrito número 439, de fecha14 de mayo de 2001, signado por los ciudadanospresidente municipal y secretario del honorableayuntamiento de Cosamaloapan, Veracruz, por elque solicitan autorización para donar un terreno enfavor del organismo público descentralizadodenominado Servicios de Salud de Veracruz, parala construcción de un centro de salud.

2. Que en sesión ordinaria de Cabildo, de fecha 11 demayo de 2001, el honorable ayuntamiento emitiópor unanimidad el acuerdo para efectuar la donaciónen favor de los Servicios de Salud de Veracruz, parala construcción de un centro de salud con un áreade terreno de 1 495.78 metros cuadrados, con lassiguientes medidas y colindancias: al norte, en21.40 metros con la calle Porfirio Díaz Mori; al sur,en 28.40 metros con propiedad de Fernando Vera;al este, en 62.20 metros con propiedad del ciudadanoFrancisco Pérez, y al oeste, en línea quebrada entres partes que miden 54.45 metros, 3.00 metros y8.20 metros, con propiedad de los ciudadanos JuanFlores y Donaciano Domínguez, solicitando a estehonorab le Congreso loca l , l a au to r izac ióncorrespondiente.

3. Que adjunto a la documentación que presenta elhonorab le ayun tamien to de Cosamaloapan ,Veracruz, envían copia de la escritura públicanúmero 12892, de fecha 14 de mayo de 2001, de laNotaría Pública número 2 de esta demarcación.

En tal virtud, sobre la base de estos antecedentes y ajuicio de las comisiones permanentes unidas quesuscriben, se formulan las siguientes

CONSIDERACIONES

I. Que al efectuarse el análisis de la documentación,estas comisiones permanentes unidas concluyenque se acredita el cumplimiento de los requisitosque, para el efecto nos ocupa y que establece laLey Orgánica del Municipio Libre.

II. Que, mediante la donación del inmuebledescri to que sat isface una necesidad social ,cumpliendo su naturaleza de institución al serviciode los in te reses co lec t ivos , y en es te casoespecífico, con la salud pública.

III. Asimismo, se contribuye a mejorar la cobertura ycalidad de los servicios asistenciales que, en materiade sa lud , p roporc ionan l a s i n s t i t uc ionescorrespondientes, lo que representa mejorar lacalidad de vida de la población.

IV. En razón de lo anterior y una vez analizada lasolicitud de referencia y tomando en consideraciónla documentación que se anexa a la presentepe t i c ión , s e conc luye que e l honorab leayuntamiento de Cosamaloapan, Veracruz,cumple con lo dispuesto en la Ley Orgánica delMunicipio Libre y demás leyes relativas sobre lamateria.

En virtud de lo anterior, estas comisiones permanentesunidas someten a vuestra consideración el siguiente

DICTAMEN CON PROYECTO D E ACUERDO

Primero. Se autoriza al honorable ayuntamiento deCosamaloapan, Veracruz, a donar en favor de losServicios de Salud de Veracruz, un predio propiedadmunicipal para la construcción de un centro de salud,con una superficie de 1 495.78 metros cuadrados,ubicado en la cabecera municipal, cuya propiedad seacredita con la escritura pública número 12892, defecha 14 de mayo de 2001, pasada ante la fe del notariopúblico numero 2 de la demarcación notarial deCosamaloapan, Veracruz.

Segundo. Comuníquese e s t a de te rminac ión a lciudadano titular de la Dirección General de losServicios de Salud de Veracruz y al presidentemunic ipa l de l honorab le ayun tamien to deCosamaloapan, Veracruz.

Tercero. Publíquese el presente acuerdo en la GacetaOficial. Órgano del Gobierno del Estado .

Dado en la sala de comisiones de la honorable LIXLegislatura del Congreso del estado, en la ciudad deXalapa-Enríquez, Veracruz, a los 19 días del mesde marzo del año 2002.

Comisión Permanente de Hacienda Municipal

Dip. Guillermina Esquivel KuriPresidenta(Rúbrica)

Dip. Rolando Eugenio Andrade MoraSecretario(Rúbrica)

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2 0 8

Segundo Año de Ejercicio Constitucional

Dip. Alfredo Marié PeceroVocal

(Rúbrica)

Comisión Permanente de Salud y Asistencia

Dip. Joaquín Juárez del ÁngelPresidente(Rúbrica)

Dip. Joaquín Rosendo Guzmán AvilésSecretario(Rúbrica)

Dip. Raúl Zarrabal GarcíaVocal

(Rúbrica)

Conforme al procedimiento aprobado, se pone adiscusión el dictamen que nos ocupa. Se abre elregistro de oradores.

En virtud de que ningún diputado ha solicitado haceruso de la voz, se consulta a la asamblea si es deaprobarse el dictamen que nos ocupa. Los que esténpor la afirmativa, sírvanse manifestarlo en votacióneconómica, levantando la mano.

(La asamblea asiente)

Aprobado en sus términos el dictamen de referencia.

Continuando con el siguiente punto del orden deldía, concerniente a los 29 dictámenes con proyectosde acuerdo re la t ivos a diversas sol ic i tudes deautorización para poder efectuar operaciones del fundolegal en municipios de la entidad, emitidos por laComisión Permanente de Hacienda Municipal, y todavez que éstos han sido publicados en la GacetaLegislativa , misma que ya obra en poder de losd ipu tados que in t eg ramos e s t a D ipu tac iónPermanente, se propone a la asamblea la dispensa dela lectura de dichos dictámenes. Los que estén por laa f i rmat iva , s í rvanse mani fes ta r lo en vo tac ióneconómica, levantando la mano.

(La asamblea asiente)

Aprobado.

(No obstante la dispensa de lectura, se incluye latarjeta informativa con los dictámenes de referencia)

6 DICTÁMENES D E COMPRA-VENTA D E LOTES D E L F U N D O

L E G A L D E L O S SIGUIENTES MUNICIPIOS:

OLUTA

1. Teresa Cruz Valencia2. Elpidia Ramírez Mendoza3. Juan García Ruiz4. Eleuteria Mateo Reyes Vda. de Fidencio5. Santana Herrera Domínguez6. Domingo Herrera Domínguez7. José Mendoza Santos8. Hidalia Lara Mendez9. María de la Luz Pío Gómez10. Cuauhtémoc Lara Hernández11. Lucila Roman García12. Isabel Ledesma Ramón13. Francisca González Martínez y Francisca Elvia14. Esteban González15. Hesiquia Candelario Felipe y Antolín Ramírez Pérez16. Clementina López Ramírez17. Saúl Alarcón Velázquez18. Humberto Fernández Cándido19. Irma Ramos Climaco20. María de Lourdes de Dios de García y Ana Gloria

García de Dios21. Tomasa Domínguez Valencia22. Maximino Andrade Cinta23. Yolanda García Cabrera24. Jacinta Morales Ledesma, Miguel y Lucía Cruz

Morales25. Francisca Melchor Nazario26. Juan Modesto Ixtepan Vargas

JÁLTIPAN

27. Martina de la Cruz García28. María de la Cruz García29. Rosalba Garduza Martínez30. Elsa Cabrera Morales31. Eladio Santos Mayo32. Agustín Pechi Pineda33. Arnolda Santiago Arias34. Laurentina Zeferino Reyes35. Juliana Espinoza Hernández36. Ariel García Morales37. Andrea Morales Villegas38. Daniela Santiago Alor39. Jorge Manuel Hernández Torres40. Amalia Martínez Calderón41. Justina Calderón Hernández42. Ángela de los Santos Ordoñez43. Genaro Martínez Roque44. Silvia Alor Antonio45. Sergio Morales Regalado46. Matías Romero Ramírez47. Virginia Casas Milagro y Mario Francisco

Rodríguez Casas

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Primer Receso

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48. María del Carmen Hernández Bautista49. Víctor Hugo Sánchez Jiménez50. Ricardo Concepción Guzmán51. Rubén Cruz Casique52. Vanessa López Castellanos53. Nohemí Flores Salinas54. Moisés Járquin Ortiz55. Maximino Cruz Pérez56. Lorenza Santos Carbajal57. Sergio Nepomuceno Montalvo58. Pedro Cágal Isidoro59. Juana Rojas Santiago60. Héctor Manuel Jiménez Martínez61. Aníbal Morales Morales

PA P A N T L A

62. Juana Reyes Tiburcio63. Celia Vázquez García64. Isaías Guerrero García65. Yolanda Acosta Cruz66. Estela Patiño Martínez67. Isabel Vázquez Hernández68. Martha Alicia Pulido Cortina69. Martha Hernández70. Pilar Adriana Pulido Cortina71. Gabino Castillo Pérez72. Bulmaro Castillo González73. Alma Rosa Córdoba Romero74. Pedro Romero Cortez75. Cecilio Velasco Martínez76. Pablo Santos Castillo77. Vicenta Pérez Santés78. Hugo Vázquez Ramírez79. Yolanda García Pérez80. Nieves García Pérez81. María Mercedes Roque Pérez82. Norberta Vicencio Márquez83. Perfecto Wladimir López Rechy84. Victoria Rámirez Gómez85. María Pérez Pérez86. Silvia López Olmedo87. Beatriz Lucinam y Saúl Arroyo Romero, María

Cecilia y César Arroyo88. Marisol Hernández Pérez89. Nabor Santés Basilio90. Miguel Sosa Lobato91. Sara Bustos Ortiz92. Hipólito Zapata Hernández93. Rosario Zapata Hernández94. Eutiquio Peralta Salazar95. Felipe García García96. Pomposa García Vázquez97. Martha Elizabeth García García98. Celina Gaspar Santés

99. Maurilia Gaspar Santés100. Angelina Vázquez Jiménez101. Mariano Hernández Rodríguez102. Elsa Rosas Salas103. Francisco Olmedo de León104. Simón Parra García105. Enriqueta Morales Ramírez106. Agustín Saldaña Hernández107. Margarita Pérez Cortez108. Leopoldo Bautista Villa Nueva109. Elizabeth Olmedo Santiago110. Fidela García de Luna111. Andrés Santiago Luna112. Nahum Trinidad López113. Ana Noemí García Ordoñez114. José Olmedo Isleño

COATZINTLA

115. Abel Domínguez Torres116. Araceli Hernández Mendoza117. Álvaro Ugalde Nava118. Agripina Sosa Cruz119. Andrés de la Cruz García120. Cirilo Gómez Reyes121. Eugenia Raga Silva122. Eusebio de la Cruz García123. Francisco Silva Cabrera124. Heleodoro Vera Solís125. Hipólita Aparicio Méndez126. Herminio Lorenzana Arellano127. Jesús Corona López128. Jorge Vargas Guerrero129. Jaime García González130. Leobardo Soto García131. Miguel Vázquez Pérez132. Margarita Olivares Vera133. Noé Ortega Frías134. Procoro Ramírez Maldonado135. Salvador Vera Villegas136. Marco Antonio Colunga Morales137. Elpidio Hernández Márquez138. Manuela Solís Santiago139. Romualdo González Martínez140. Roberto Ramírez Pérez141. María Elena Rámirez Pérez142. José Eduardo García Martínez143. Sixto Hernández Cisneros144. Reynaldo Guzmán Cruz145. Consuelo Casados Acosta146. José Bautista García147. Ángela Juárez Hernández148. Hortencia González Juárez149. Antonio Morales Morales150. Orlando Tejeda Vargas

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Segundo Año de Ejercicio Constitucional

151. Emma Caballero Chávez152. Mario Bautista García153. Leonardo Prior Blanco154. Emilio Limón Pérez155. Isidoro Hernández Cruz156. Joaquín Cruz Jiménez157. Cosme Mora Aguilar158. Silvestre Hernández Cisneros159. Alfonso Sánchez Betancourt160. Adela Villanueva Vizárraga161. Lauro González Juárez

TECOLUTLA

162. Juan Fernando Saldaña Saqui163. Juan Carlos Luna Plaza164. Laura García Pérez165. Antonio Garrido Aguilar166. José Martagón González167. Hugo Santés García168. Rufina López Vázquez169. Homero Gómez Hernández170. Cirila Ramírez Gómez171. Jesús Pérez García172. Ausencio Ramírez González173. Vianey Bastián López

A P A Z A P A N

174. María Pineda Limón175. Hermenegildo Rosas Rosas

6 DICTÁMENES D E D O N A C I O N E S A INSTITUCIONES DE L O S

SIGUIENTES MUNICIPIOS:

M UNICIPIO INSTITUCIÓN

1 Catemaco Secretaría de Educación y Cultura2 Acayucan Secretaría de Educación y Cultura3 Huatusco Secretaría de Educación y Cultura4 Ixcatepec Secretaría de Educación y Cultura5 Carrillo Puerto Agua Potable del Palmar, A.C.6 Chinameca Sindicato de empleados

17 DICTÁMENES D E CESIONES D E DERECHOS DE L O S

SIGUIENTES MUNICIPIOS:

CAZONES D E HERRERA

CEDENTE CESIONARIO

1 Hipólito Fernández Elio EspinozaReyes Hernández

2 Inocencia Jiménez Ángel FernándezSánchez Barrón

3 Martín Morales Lorenzo MoralesHernández Vargas

CEDENTE CESIONARIO

4 Adalberto Calderón Luis TrejoDelgado Resendiz

5 Concepción Cruz Francisco GarcíaDomínguez Cruz

A CAYUCAN

CEDENTE CESIONARIO

6 Natalia Ríos Herrera Teodora AndradeHernández

7 Juana María Ramos Domingo RamosMonkles Hernández

8 Sandra Jop Jiménez Gerardo ReyesRamírez

OLUTA

CEDENTE CESIONARIO

9 Carlos Manuel David MedinaCruz Rojas Ocampo

10 María del Carmen Óscar VirginioLópez Rodríguez Carmona

11 Eduardo Gutiérrez Aquilino ZetinaJiménez Comezaña

JÁLTIPAN

CEDENTE CESIONARIO

12 Adán Galmich Joachín Hugo HumbertoCamaño Cáliz

13 Rigoberto Gallegos Verónica RoaCoronel Granados

JOSÉ A ZUETA

CEDENTE CESIONARIO

14 Graciela Pérez Jáuregui Martina PérezJáuregui

15 Asunción Aguilar Juárez Manuel AguilarQuirino

COSAMALOAPAN

CEDENTE CESIONARIO

16 Artemio Torres Texón Gloria TorresAnaya

SAN JUAN EVANGELISTA

CEDENTE CESIONARIO

17 Luz María Jerónimo Hortencia RamosLópez Domínguez

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Primer Receso

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Conforme al procedimiento aprobado, se ponen aconsideración de la asamblea los dictámenes que nosocupan. Se abre el registro de oradores.

En virtud de que ningún diputado ha solicitado haceruso de la voz, se consulta a la asamblea si son deaprobarse los dictámenes que nos ocupan. Los queestén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo envotación económica, levantando la mano.

(La asamblea asiente)

Aprobados en sus términos los d ic támenes dereferencia.

Con relación al siguiente punto del orden del día, pidoal diputado secretario se sirva dar lectura al proyectode punto de acuerdo que presentan a esta asamblealos diputados integrantes a la Junta de CoordinaciónPolítica, relacionado con las percepciones que porconcepto de gratificación extraordinaria, recibe elpersonal de confianza y de contrato del honorableCongreso del estado.

- EL C. SECRETARIO:Ciudadana diputada Alicia González CerecedoPresidenta de la Mesa Directiva de laDiputación Permanente de laLIX Legislatura del honorable Congreso del estadoPresente

Los suscritos, integrantes de la Junta de CoordinaciónPolítica de este órgano legislativo, en reunión detrabajo celebrada en esta fecha, analizamos losiguiente:

En materia de ingresos, la generalidad de los estadosde la República depende en forma extraordinaria delos recursos provenientes de la federación, por lo que,al adoptar el gobierno federal medidas orientadas ae fec tua r r ea jus t e s en e l p re supues to , comoconsecuencia de factores diversos, entre ellos unarecaudación tributaria menor a la proyectada, segeneran efectos negativos en las finanzas públicasestatales, como actualmente ocurre en Veracruz.

La menor percepción de ingresos obliga a los diferentesentes gubernamentales del orden estatal, incluido elórgano legislativo, a asumir con responsabilidad estacontingencia económica, a través de medidas quepermitan la eficiencia y racionalidad en el gasto, sinque ello afecte el desarrollo de sus funciones sustantivas.

El Poder Legislativo, ante la imposibilidad de disponeren su totalidad de los recursos presupuestados para

el presente ejercicio fiscal, necesita realizar unareducción en su gasto, a fin de no registrar un déficiten sus finanzas, que impida el puntual cumplimientode sus obligaciones.

No obstante lo anterior, estimamos que la reducciónpresupuestal requerida no debe implicar, en modoalguno, la afectación del programa que en materia demodernización en infraestructura ha iniciado esta LIXLegislatura, dada la importancia que dicho programarepresenta para el funcionamiento de esta potestadlegislativa.

As imismo, en razón de l as condic ionessocioeconómicas imperantes, consideramos necesarioenfatizar que las medidas que para los efectos dereducción presupuestal se implementen, tampocodeben significar el despido de personal al servicio deeste Congreso.

En vista de lo anterior, los suscritos, después de unaná l i s i s exhaus t i vo de l a s d ive r sa s opc ionespresentadas para enfrentar la situación económica dereferencia, concluimos que la más viable consiste enefectuar una reducción, en forma proporcional,exclusivamente a las percepciones que, por conceptode gratificaciones extraordinarias, recibe el personalde confianza y por contrato de esta Soberanía, hastapor un monto de $1 500 000.00 (un millón quinientosmil pesos 00/100 M.N.).

Por lo antes señalado, en términos de lo dispuesto porel artículo 33 fracción II de la Ley Orgánica del PoderLegis la t ivo , nos permi t imos proponer a laconsideración de la honorable Diputación Permanenteel siguiente

PROYECTO D E PUNTO D E ACUERDO

Único. Se autoriza a la Secretaría General del Congreso,con e l apoyo de l a Secre ta r ía de Serv ic iosAdministrativos y Financieros y de las áreas afinesdependientes de ésta, a ejercer las acciones necesariaspara que, en forma proporcional, se reduzcan laspercepciones que, por concepto de gratificacionesextraordinarias, recibe el personal de confianza y porcontrato de este honorable Congreso, a efecto deobtener un ajuste presupuestal, en el capítulo 1000de Servicios Personales, hasta por un monto de$1 500 000.00 (un millón quinientos mil pesos00/100 M.N.).

Dado en la sala de juntas Heriberto Jara Corona delpalacio legislativo, en la ciudad de Xalapa-Enríquez,Veracruz, a los 23 días del mes de abril del año 2002.

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Segundo Año de Ejercicio Constitucional

Por la Junta de Coordinación Política

Diputado Ignacio González RebolledoCoordinador del Grupo Legislativo

del Partido Revolucionario InstitucionalPresidente(Rúbrica)

Diputado Alfonso Vázquez CuevasCoordinador del Grupo Legislativo

del Partido Acción Nacional(Rúbrica)

Diputado Víctor Molina DorantesCoordinador del Grupo Legislativo

del Partido de la Revolución Democrática(Rúbrica)

Diputada Claudia Serapio FranciscoDel Partido del Trabajo

(Rúbrica)

Diputado Alonso Domínguez FerráezDel Partido Verde Ecologista de México

(Rúbrica)

Diputado José Luis Lobato CamposDel Partido Convergencia por la Democracia

(Rúbrica)

Es cuanto, diputada presidenta.

- LA C. PRESIDENTA:¿En qué sentido, diputado Salas?

¿Algún otro diputado desea hacer uso de la voz?

Tiene el uso de la voz, para precisar hechos, el diputadoSalas Martínez.

- EL C. DIP. ALEJANDRO SALAS MARTÍNEZ:Gracias, diputada presidenta.

Independientemente de que ya viene firmado por loscoordinadores de los grupos legislativos, lo que sí mequeda un poco al aire, no me queda claro, yo pensé quevenía el texto, lamentablemente no venía el texto deeste punto de acuerdo en la gaceta, ya se hablóallí de 1 millón 500 mil pesos. Yo lo que quería saber,¿cuánto es la reducción? Si ésta es la reducción totalo, ¿cuál fue la previsión para suponer que el recorteque según lo que acaban de leer, va a impactar en elpresupuesto del Congreso? 1 millón 500 mil pesos,parece que es todo y, en este sentido, saber si ése estodo el recorte que se va a llevar a cabo.

Yo sí quisiera saber, en este sentido, porque debido aque la información ha sido uno de los problemasdebido a que la Comisión de Administración yPresupuesto no nos informa, ni siquiera a los propiosdiputados, cómo se manejan los recursos en esteCongreso y todo se hace de manera secreta. Entonces,quisiéramos saber cuál es el recorte que se va a llevara cabo, por rangos. Cuál es el número o el total enpercepciones. Se habla del capítulo 1000, pero ahí sehabla de funcionarios, de empleados. Yo quisierasaber cuál es el número total de empleados quetrabajan en esta Legislatura, incluyéndonos a losdiputados, obviamente. También saber cuál es el nivel,los rangos de sueldo, y en el presupuesto de egresosy aunque no estamos muy de acuerdo con él y noqueremos que eso ganen los funcionarios, se suponeque eso es lo que ganan en el gobierno del estado,donde supuestamente el gobernador gana 66 mil pesos,supuestamente.

Entonces, quisiera saber cuál es el rango de sueldosque hay en esta Legislatura, para saber cuánto es elrecorte y obviamente, yo sí me hubiera gustado quelos coordinadores hubieran contemplado en este puntode acuerdo el evitar eso de dar créditos a los diputadospara vehículos y otras s i tuaciones que no vanprecisamente con nuestro trabajo legislativo y que yocreo que eso sí se debe ahorrar y, en este sentido,saber cuánto se gas ta opera t ivamente en es teCongreso y eso es, yo creo, una de las cifras parapoder obviamente en su caso votar a favor, pues sitenemos que tener toda la información, me parece muypositivo.

Pero sí quisiera, sobre todo, que se nos dijera cuálesson las percepciones totales, empezando obviamenteno solamente por los diputados, sino por el secretariogeneral del Congreso. A mí me gustaría saber cuántogana el secretario del Congreso, licenciado FranciscoLoyo Ramos, cuánto ganan a su vez los secretarios dedistintas áreas y, obviamente, en esta perspectivatambién saber cuál va a ser el impacto que van a recibiren sus ingresos y cuál va a ser, en su caso, tambiénhay que decirlo, si hay que ajustarse el cinturón, puestambién los diputados.

Entonces, en este sentido, quisiera que hubiera másinformación y que se abriera de una vez por todas algoque nosotros hemos peleado y que hoy, sobre todoayer, a raíz de que se aprobó a nivel federal la Ley deTransparencia, yo espero que se haga ya en Veracruz,en donde todo mundo tenga acceso a saber cuáles sonlos sueldos de los funcionarios y si hay que recortarse,cuál es el porcentaje y, obviamente, en cuánto va aquedar.

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Primer Receso

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Yo creo que hablando claro y ya ven que dicen,cuentas claras, amistades largas, yo es lo que pediría.Obviamente, estoy a favor de este punto de acuerdo,pero sí quisiera que hubiera más información, sobretodo, ante la negativa de la Comisión de Administracióny Presupuesto, reiterada en este Congreso, de noproporcionarnos datos sobre los emolumentos ,sueldos y el número de personas que trabajan en esteCongreso.

Es cuanto, diputada presidenta.

- LA C. PRESIDENTA:Sí, diputado Salas Martínez, este estudio será realizadopor los servicios administrativos y financieros, encoordinación con la Dirección de Recursos Humanos.Daremos las instrucciones para que le sea enviada lainformación de inmediato.

Tiene el uso de la voz, para precisar hechos, el diputadoVíctor Molina Dorantes.

- EL C. DIP. VÍCTOR MOLINA DORANTES:Gracias.

Lo que estoy en este momento cuestionando es que secambia el concepto. Aquí aparece en el punto deacuerdo la reducción de las gratif icaciones delpersonal de confianza y de contrato y no fue ése elacuerdo. El acuerdo que propuso, que se propuso porparte del grupo legislativo del PRI , es que se iban areducir las percepciones a los funcionarios, pero noincluye al personal de confianza ni al personal decontrato.

Yo creo que ahí hay una indebida… indebido contenidoque le hacen al documento porque no es el sentido,incluso por eso se les explicó que pusieran el renglón1000, que se refiere a compensaciones extraordinariasde los funcionarios, para que no hubiera ningúndespido ni de personal de contrato ni de confianza,obviamente mucho menos de base. Es la aclaraciónnada más que hago para que se precise ese punto deacuerdo.

- LA C. PRESIDENTA:Diputado, sólo que tiene su firma este documento endonde dice usted que hay una redacción diferente.Fue firmado por usted.

- EL C. VÍCTOR MOLINA DORANTES:Toda la redacción que se está haciendo es diferente,pero la última hoja esa... está contemplada con esaredacción...

- LA C. PRESIDENTA:Por eso, pero fue firmada por usted.

- EL C. DIP. VÍCTOR MOLINA DORANTES:Yo no comparto, que estuvieron ahí modificando elcontenido del documento.

- LA C. PRESIDENTA:Bueno, yo creo que lo debió haber leído bien antes defirmarlo para poder hacer la anotación correspondiente,este documento esta firmado por usted.

- EL C. DIP. VÍCTOR MOLINA DORANTES:Quiero aclarar que no es un asunto de leer, los dosprimeros documentos no tienen firma. Ahí es dondeestá la modificación del punto de acuerdo.

- LA C. PRESIDENTA:El acuerdo es éste y éste es un acuerdo único y es elque es t á f i rmado por todas l a s f r acc ionesparlamentarias.

- EL C. DIP. VÍCTOR MOLINA DORANTES:No, no se me pasó, no fue así el acuerdo. Mi voto seráen contra.

- LA C. PRESIDENTA:Habiéndose escuchado en voz del diputado secretarioel contenido del proyecto de punto de acuerdo quepresenta la Junta de Coordinación Política, se consultaa la asamblea si es de aprobarse el sus términos. Losque estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo, envotación económica, levantando la mano.

(La asamblea asiente)

Aprobado en sus términos el proyecto punto deacuerdo presentado por la Junta de CoordinaciónPolítica.

- EL C. SECRETARIO:Diputada presidenta, informo a usted que se hanagotado los asuntos listados en el orden del día.

- LA C. PRESIDENTA:Habiéndose agotado los asuntos listados en el ordendel día, se levanta la presente sesión ordinaria.

TIMBRE

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El Diario de los Debates , correspondienteal Pr imer Receso de la DiputaciónPermanente del Segundo Año de EjercicioConst i tucional , fue edi tado por elDepartamento del Diario de los Debatesde la honorable LIX Legislatura delCongreso del Estado Libre y Soberano deVeracruz-Llave. Avenida Encanto esquinaLázaro Cárdenas, C.P. 91070, Col. ElMirador, Xalapa-Enríquez, Veracruz,abril del año 2002. El tiraje consta de

100 ejemplares

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H. LIX LEGISLATURA DEL CONGRESO DEL ESTADO LIBREY SOBERANO DE VERACRUZ-LLAVE

DIPUTACIÓN PERMANENTE

Dip. Alicia González CerecedoPresidenta

Dip. Leticia del Carmen García PereaVicepresidenta

Dip. Guadalupe Velázquez CasanovaSecretario

Dip. Marcelo Ramírez RamírezDip. Jorge Alberto González Azamar

Dip. Cuauhtémoc Cadena PérezDip. José Adán Córdoba Morales

Dip. Alejandro Salas MartínezDip. Julen Rementería del Puerto

Vocales

JUNTA DE COORDINACIÓN POLÍTICA

Dip. Constantino Aguilar AguilarDip. Ernesto Alarcón TrujilloDip. Rolando Eugenio Andrade MoraDip. Cirina Apodaca QuiñonesDip. Alberto Raúl Arango de la HuertaDip. Natalio Alejandro Arrieta CastilloDip. Francisco Luis Briseño CortésDip. Yazmín de los Ángeles Copete ZapotDip. Francisco Javier del Ángel TrejoDip. Ángel Rafael Deschamps FalcónDip. Miguel Ángel Díaz PedrozaDip. Guillermina Esquivel KuriDip. José Maurilio Fernández OvandoDip. Galileo Apolo Flores CruzDip. Felipe Amadeo Flores Espinosa

Dip. Ignacio González RebolledoCoordinador del Grupo Legislativo del PRI

Presidente

Dip. Alfonso Vázquez CuevasCoordinador del Grupo Legislativo del PA N

Dip. Víctor Molina DorantesCoordinador del Grupo Legislativo del PRD

Dip. Ignacia García LópezDip. Balfrén González MontalvoDip. Joaquín Rosendo Guzmán AvilésDip. Joaquín Juárez del ÁngelDip. Alfredo Marié PeceroDip. Francisco Montes de Oca LópezDip. Carlos Francisco Mora DomínguezDip. Sergio Penagos GarcíaDip. Servando Aníbal Quiroz DíazDip. Armando José Raúl Ramos VicarteDip. José Luis Salas TorresDip. Robinson Uscanga CruzDip. Fernando Vásquez MaldonadoDip. José Joaquín Vivas EnríquezDip. Raúl Zarrabal García

Dip. Claudia Serapio FranciscoDel Partido del Trabajo

Dip. Alonso Domínguez FerráezDel Partido Verde Ecologista de México

Dip. José Luis Lobato CamposDel Partido Convergencia por la Democracia