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Guía pensionistas

Mar 02, 2018

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LAB sindikatua
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    ice Gua de recursos sociales para personas

    mayores y pensionistas

    PRESENTACIN DE LA GUA ......................................................................................... 3

    1. PENSIONES ................................................................................................................. 5

    1. 1 Pensin de carcter contributivo.

    1. 2 Pensin de viudedad1.3 Pensin por incapacidad

    1.4 Pensin no contributiva

    1.5 Convenio especial con la Seguridad Social

    2. PRESTACIONES ECONMICAS................................................................................... 9

    2.1 Rentas de garantas de ingresos

    2.2 Ayudas de emergencia social

    3. AUTONOMA PERSONAL Y DEPENDENCIA............................................................. 11

    3.1 Valoracin y reconocimiento de la Dependencia y Plan Individualizado de Atencin (PAI)

    3.2 Teleasistencia

    3.3 Servicios

    3.3.1 Servicio de Ayuda a Domicilio

    3.3.2 Centro de Da

    3.3.3 Atencin residencial

    3.4 Prestaciones econmicas para atender a la Dependencia3.4.1 Prestacin econmica vinculada al servicio

    3.4.2 Prestacin econmica para cuidados en el entorno familiar

    3.4.3 Prestacin econmica de asistencia personal

    3.4.4 Ayudas econmicas para facilitar la autonoma personal

    4. SALUD ....................................................................................................................... 14

    4.1 Sillas de ruedas

    4.2 Copago

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    5. SUMINISTROS BASICOS............................................................................................ 16

    5.1 Gas y Electricidad. Bono social energtico.

    5.2 Abono social telefnico

    2 Gua de recursos sociales para personas mayores y pensionistas

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    Los ltimos aos estn suponiendo un gran retroceso social. Los gobiernos del PSOEy del PP, con la complicidad de los Gobiernos de Gasteiz e Iruea, nos han trado unreguero de recortes sin fin: reformas laborales, el ataque a los subsidios de las per-sonas mayores de 52 aos, las congelaciones de las pensiones, la imposicin delcopago sanitario, los recortes en dependencia y rentas bsicas. Esto ha supuesto uncastigo aadido al deficitario sistema al que estamos sujetas o sujetos las personas

    Pensionistas de Hego Euskal Herria. Ello nos obliga a hacer reflexiones sobre cmopaliar los efectos negativos que este sistema nos impone.

    Desde la accin sindical del rea de Pensionistas del Sindicato LAB, y por medio dela presente Gua de Recurso Sociales, pretendemos orientar a todas las personasMayores y Pensionistas que lo deseen, sobre los recursos disponibles en los diferen-tes mbitos y materias. Decimos recursos disponibles en la actualidad, pero absolu-tamente insuficientes para garantizar unos mnimos dignos y decentes para un impor-

    tante nmero de personas mayores y pensionistas. Por tanto, con esta gua preten-demos informar, pero tambin concienciar sobre la necesidad de seguir reivindican-do ante las instituciones derechos sociales y econmicos para todas las personasmayores.

    1. La gestin del sistema de pensiones debe estar en manos de la ciudadana deEuskal Herria. Exigimos que los Gobiernos de Gasteiz e Iruea reclamen la gestin

    propia de la seguridad Social para que podamos disponer y controlar los recursos yriqueza que aqu se generan.

    2. Reparto del trabajo y la riqueza. Reconocimiento de la jubilacin a partir de los 60aos.

    3. Exigimos una pensin mnima de 1.000 euros mensuales para que las personasmayores y pensionistas puedan atender las necesidades bsicas o de dignidad, ali-mentacin, salud, vivienda, vestido, El estado espaol incumple una y otra vez loscriterios de la Carta Social Europea sobre ingresos mnimos.

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    PRESENTACIN DE LA GUA DE RECURSOS SOCIALES PARAPERSONAS MAYORES Y PENSIONISTAS

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    4. El Sindicato LAB considera que es necesario y posible disponer de un SistemaPropio de Salud, Proteccin y Seguridad Social universal, pblico, gratuito, de calidady euskaldun.

    5. Toda Persona tiene derecho a un envejecimiento de calidad, que promueva la auto-noma personal y social en los entornos habituales y que compense los niveles dedependencia que se vayan generando a lo largo de la vida, a cargo de laAdministracin Pblica y con atencin profesionalizada.

    6. Las personas mayores podrn disponer de Centros de Asistencia Social, incluidoslas Residencias de Estancia Permanente, en el marco del domicilio habitual, para evi-tar la desubicacin y mantener la relacin familiar y social.

    7. Las Diputaciones Forales y los Grandes Ayuntamientos debern de disponer deObservatorios de las personas mayores, en el se realizarn los diagnsticos nece-sarios para la fijacin de polticas especficas de carcter local, debern estar integra-dos por las y los responsables Polticos de esa Administracin, por las y los Tcnicosespecialistas en la materia y por la representacin de las organizaciones de personas

    mayores y pensionistas. Se plantear con especial inters la eliminacin de las discri-minaciones que sufren las mujeres mayores.

    8. Los ayuntamientos han de implicarse en la mejora de las condiciones de vida de laspersonas mayores: eliminacin de barreras, promocin de la vida cultural y social,ofrecer cauces de participacin, medidas para atender a quienes peor se encuentreneconmicamente (exencin y tarifas sociales en agua, basuras, transporte Pblico,asistencia a actos culturales,...).

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    TODAS ESTAS PENSIONES SE TRAMITAN EN LOS CENTROS DE ATENCIN

    E INFORMACIN DE LA SEGURIDAD SOCIAL

    1. 1 PENSIN DE CARCTER CONTRIBUTIVO.Tienen derecho a solicitar una Pensin en el INSS todas las personas que renan lossiguientes requisitos: Tener 67 aos de edad o 65 aos si han cotizado 38 aos y medio. Tener cotizados al menos 15 aos, los dos ltimos en la fecha anterior a la edadreglamentaria de jubilacin.

    La Pensin mnima viene determinada por la Base Reguladora de cotizacin, quepara los prximos aos se establece en:

    Ao N de meses cotizados / divisor Aos cotizados2013 192 / 224 162014 204 / 238 172015 216 / 252 182016 228 / 266 192017 240 / 280 20

    2018 252 / 294 212019 264 / 308 222020 276 / 322 232021 288 / 336 242022 300 / 350 25

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    1. PENSIONES

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    Para una Pensin del 100 % se deber de disponer de los siguientes aos de cotizacin:

    Ao de partida Aos cotizados %

    2013-2019 35,5 1002020-2022 36 1002023-2026 36,5 100

    A partir 2027 37 100

    1.2 PENSIN DE VIUDEDAD

    Prestacin econmica que se concede a quienes hayan tenido vinculacin matrimo-nial (incluye personas separadas y divorciadas) o fueran pareja de hecho con la per-sona fallecida.

    La cuanta se calcula aplicando el porcentaje del 52% a la correspondiente base regu-ladora de la persona fallecida.

    1.3 PENSIN POR INCAPACIDADExisten diferentes grados de incapacidad: Parcial (Incapacidad no inferior al 33% queno impide la realizacin de las tareas fundamentales de la profesin habitual), Total(la que inhabilita para la realizacin de todas o de las fundamentales tareas de la pro-fesin siempre que pueda dedicarse a otra distinta), Absoluta (inhabilita por comple-to para toda profesin u oficio), Gran Invalidez (la incapacidad permanente exige laasistencia de otra persona para llevar a cabo los actos ms esenciales de la vida).

    En cuanto a las cuantas, Parcial (tanto alzado segn incapacidad), Total (55% de labase reguladora, y del 75% a partir de los 55 aos), Absoluta (100 % de la base regu-ladora), Gran Invalidez (100% de la base reguladora ms un complemento).

    1.4 PENSIN NO CONTRIBUTIVAPrestacin econmica para aquellas personas que se encuentren en situacin de jubi-lacin o invalidez y en estado de necesidad, que no hayan cotizado o lo hayan hechode forma insuficiente para tener derecho a una Pensin Contributiva.

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    Para acceder a esta pensin, las rentas o ingresos de que se dispongan, en cmputoanual, deben ser inferiores a 5.136,60 euros anuales. En caso de vivir con familiares,las rentas deben ser inferiores a las siguientes cuantas y condiciones:

    N convivientes Euros / aoConvivencia slo con su 8.732,22cnyuge o parientes 2de segundo grado3 12.327,844 15.923,46

    ... ...Si entre los parientesconsanguneos con losque se convive se encuentra 2alguno de sus padresy madres o hijos e hijas3 30.819,604 39.808,65

    . ...

    1.5 CONVENIO ESPECIAL CON LA SEGURIDAD SOCIALCuando a una trabajadora o trabajador se le ha dado de baja en la Seguridad Socialy le quedan unos pocos aos por cotizar para tener derecho a una pensin, puedefirmar un convenio especial con la Seguridad Social.

    Es un acuerdo suscrito voluntariamente con la Seguridad Social para poder generar,mantener o ampliar el derecho a prestaciones de invalidez permanente, muerte ysupervivencia, derivadas de enfermedad comn y accidente no laboral, jubilacin yservicios sociales. La trabajadora o trabajador tiene en estos casos la obligacin depagar las cuotas a la Seguridad Social, de forma que cuando llegue su jubilacin, lecuente como aos trabajados.

    En general, los convenios especiales los suscriben quienes causen baja en laSeguridad Social, quienes sean contratados con remuneraciones inferiores a las

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    cobraban en el ltimo ao, y quienes dejan de cobrar el paro. Tambin pueden sus-cribir estos convenios las personas pensionistas que hayan sido declaradas invlidasparciales y a las que se les haya denegado la pensin.

    Para todas y todos ellos, es requisito imprescindible tener cubierto un periodo mni-mo de cotizacin de 1.080 das en los doce aos anteriores a su baja en la SeguridadSocial.

    Al suscribir el convenio, la persona interesada puede elegir entre las siguientes basesde cotizacin:

    - La base mxima del grupo de cotizacin correspondiente a la categora profe-sional en la que estuviera dado de alta, siempre que hubiera cotizado por ella almenos 24 meses en los ltimos 5 aos.- La base por la que se hubiera venido cotizando en los ltimos 12 meses.- La base mnima de cotizacin vigente.

    A la base de cotizacin se le aplicar un coeficiente del 0,94.

    El convenio especial quedar suspendido en los periodos de actividad. Se extinguesi la persona interesada entra en el mismo rgimen de Seguridad Social en el quehaya suscrito el convenio. Tambin se extingue si adquiere la condicin de jubilado o

    jubilada o pensiones por incapacidad permanente.

    Al margen de la regulacin general, hay una serie de convenios especiales diseadospara supuestos especiales como el convenio especial de trabajadores y trabajadorasque reduzcan la jornada por cuidado de menores, personas CON DISCAPACIDAD o

    familiares, el de trabajadores y trabajadoras contratados y contratadas a tiempo par-cial, el de trabajadores y trabajadoras perceptoras del subsidio de desempleo paramayores de 52 aos, ...

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    2. PRESTACIONES ECONMICAS

    2.1 RENTAS DE GARANTA DE INGRESOS- En Hego Euskal Herria existen 2 tipos de Renta Bsica: La Renta de Garanta deIngresos (RGI) en Araba, Bizkaia y Gipuzkoa y la Renta de Inclusin Social (RIS) enNafarroa.

    a) LA RENTA DE GARANTA DE INGRESOS EN ARABA, BIZKAIA Y GIPUZKOA

    Esta ayuda la pueden cobrar las personas que no disponen de recursos suficientespara cubrir sus necesidades bsicas.

    Para acceder a esta renta, la renta o ingresos de la unidad de convivencia deben serinferiores a las siguientes cuantas:

    Nmero de personas General Pensionistas

    de la unidad de convivencia mximo /mes mximo /mes1 662,51 752,85 2 850,72 941,06 3 o ms 941,06 1.016,35

    PARA SOLICITARLAS HAY QUE ACUDIR A LAS OFICINAS DE LANBIDE

    b) LA RENTA DE INCLUSIN SOCIAL EN NAFARROA

    Esta ayuda la pueden cobrar las personas mayores de 65 aos, con cargas familia-res, cuyos ingresos econmicos de la unidad familiar en el ltimo semestre sean, encmputo mensual, inferiores a la cuanta de la RIS (Renta de Inclusin Social) que lecorrespondera a la misma.

    Actualmente, stas son las cantidades que se cobran en los 12 primeros meses.

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    Unidad de convivencia Mximo euros mes1 85% del SMI = 5512 769,68 euros

    3 833,82 euros

    PARA SOLICITARLAS HAY QUE ACUDIR A LOS SERVICIOS SOCIALES DEBASE DE LOS AYUNTAMIENTOS DE NAFARROA

    2.2 AYUDAS DE EMERGENCIA SOCIALSe puede acceder a esta ayuda cuando no se dispone de dinero suficiente para hacerfrente a gastos bsicos como alquiler de vivienda, equipamiento bsico, gastos ordi-narios y extraordinarios de la comunidad de vecinos, de energa y otros suministros yalgunos gastos personales como gafas, audfonos y dentista.

    PARA SOLICITARLAS HAY QUE ACUDIR A LOS SERVICIOS SOCIALES DEBASE DE LOS AYUNTAMIENTOS

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    3. AUTONOMA PERSONAL Y DEPENDENCIA

    3.1 VALORACIN Y RECONOCIMIENTO DE LA DEPENDENCIA Y PLANINDIVIDUALIZADO DE ATENCIN (PAI)Para acceder a muchos de los servicios y prestaciones econmicas es necesario con-tar con la valoracin de dependencia.

    La valoracin clasifica a las personas en grado 0 (no dependiente o en riesgo de depen-

    dencia) o en grados 1, 2 y 3 (a mayor grado, significa que hay mayor dependencia).

    LA VALORACIN DE DEPENDENCIA SE SOLICITA EN LOS SERVICIOSSOCIALES DE BASE DE LOS AYUNTAMIENTOS Y LA REALIZA CADADIPUTACIN/GOBIERNO EN EL PROPIO DOMICILIO.

    3.2 TELEASISTENCIASe trata de un sencillo dispositivo conectado al telfono que permite disponer deatencin permanente las 24 horas del da. Muy til para situaciones de emergencia,urgencias, soledad, falta de compaa,...

    Est dirigido a personas mayores de 65 aos en situacin o riesgo de dependencia ypersonas mayores de 75 aos que vivan solas.

    SE SOLICITA EN LOS SERVICIOS SOCIALES DE BASE DE LOS AYUNTAMIENTOS

    3.3 SERVICIOS3.3.1 Servicio de ayuda a domicilioPermite recibir asistencia profesional en actividades cotidianas de higiene y cuidado per-sonal, para acostarse y levantarse, tareas del hogar, etc., a personas que no pueden rea-lizarlas por s mismas y necesitan de la ayuda de otra persona. De esta forma se mejorala calidad de vida de las personas que encuentran dificultades para desenvolverse en lavida diaria, sin necesidad de abandonar el domicilio habitual en el que residen.

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    SE SOLICITA EN LOS SERVICIOS SOCIALES DE BASE DE LOS AYUNTAMIENTOS

    3.3.2 Centro de daPermite acudir a un establecimiento especfico que ofrece durante el da atencin a lasnecesidades personales bsicas, teraputicas, de rehabilitacin y socioculturales, facili-tando la permanencia en el entorno habitual y apoyando a las personas cuidadoras.

    SE SOLICITA EN LOS SERVICIOS SOCIALES DE BASE DE LOS AYUNTAMIENTOS

    3.3.3 Atencin residencial

    Es un servicio que se presta en establecimiento residencial para ofrecer atencin inte-gral a las necesidades bsicas, teraputicas, de rehabilitacin y socioculturales.

    Existe asmismo la posibilidad de solicitar ingresos temporales en centros residencia-les, con el objeto de ofrecer un respiro a las personas cuidadoras.

    SE SOLICITA EN LOS SERVICIOS SOCIALES DE BASE DE LOS AYUNTAMIENTOS

    3.4 PRESTACIONES ECONMICAS PARA ATENDER A LA DEPENDENCIA3.4.1 Prestacin econmica vinculada al servicioLa prestacin econmica vinculada al servicio, que tiene carcter peridico, se reco-nocer cuando no sea posible el acceso a un servicio pblico o concertado de aten-cin y cuidado, en funcin del grado y nivel de dependencia y de la capacidad eco-

    nmica de la persona beneficiaria.

    SE SOLICITA EN LOS SERVICIOS SOCIALES DE BASE DE LOS AYUNTAMIENTOS

    3.4.2 Prestacin econmica para cuidados en el entorno familiarLa prestacin econmica para cuidados en el entorno familiar se reconocer, cuandola persona beneficiaria est siendo atendida por su entorno familiar en su propiodomicilio, y siempre que la vivienda rena las condiciones adecuadas de convivenciay habitabilidad, y as lo establezca su Plan Individual de Atencin.

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    SE SOLICITA EN LOS SERVICIOS SOCIALES DE BASE DE LOS AYUNTAMIENTOS

    3.4.3 Prestacin econmica de asistencia personalTiene como finalidad la promocin de la autonoma de las personas con gran depen-dencia. Su objetivo es contribuir a la contratacin de una asistencia personal, duran-te un nmero de horas, que facilite a la persona beneficiaria el acceso a la educaciny al trabajo, as como una vida ms autnoma en el ejercicio de las actividades bsi-cas de la vida diaria.

    SE SOLICITA EN LOS SERVICIOS SOCIALES DE BASE DE LOS AYUNTAMIENTOS

    3.4.4 Ayudas econmicas para facilitar la autonoma personalExisten ayudas para conseguir accesorios que puedan facilitar el aseo, bao y ducha(sillas de bao, con orinal, asientos para inodoros, cabinas de ducha,...)

    SE SOLICITA EN LOS SERVICIOS SOCIALES DE BASE DE LOS AYUNTAMIENTOS

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    4. SALUD

    4.1 SILLAS DE RUEDASLa solicitud de sillas de ruedas, tanto elctricas como no-elctricas habr de hacerseen los Centros de Salud de OSAKIDETZA o de OSASUNBIDEA.

    4.2 COPAGO

    El copago, o mejor dicho el repago es una medida injusta que los Gobiernos deGasteiz e Iruea nos han impuesto. Estn exentas del repago quienes reciban rentasbsicas, pensiones no contributivas, personas paradas sin subsidio de desempleo otratamientos derivados de accidente profesional y enfermedad profesional.

    EN NAFARROA:

    - Pensionistas con rentas inferiores a 18.000 euros al ao, repagarn el 10% de los

    medicamentos, con un tope mximo de 8,26 euros al mes.

    - Pensionistas con rentas entre 18.000 y 100.000 euros al ao, repagarn el 10%, conun tope mximo de 18,59 euros al mes.

    - Pensionistas con rentas superiores a 100.000 euros al ao, pagarn el 60%, con untope mximo de 62 euros al mes

    La liquidacin de las cuantas aportadas por los pacientes que superen en la presta-cin farmacutica ambulatoria los lmites mensuales de 8, 18 60 euros, segn el nivelde renta aplicable a cada persona asegurada y sus beneficiarias, se har efectiva unavez transcurridos los tres meses, es decir, en el mes siguiente al trimestre.

    Cuando la cuanta que se deba reintegrar sea igual o inferior a siete euros, esta can-tidad se acumular a la que se devolver en el siguiente periodo de reintegro. Elingreso se realizar en la cuenta bancaria en la que est domiciliada la pensin del ode la titular pensionista o en la que determine el usuario.

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    Es importante guardar el ticket de la farmacia y el volante de instrucciones de la rece-ta (o fotocopia de la misma) en el que aparecen los datos del o de la paciente, en casode que haya que reclamar.

    EN ARABA, BIZKAIA Y GIPUZKOA

    El repago se abona en la farmacia en el mismo momento de recoger el medicamen-to. Segn las rentas, se repagar hasta 8,26 euros (menos de 18.000 euros al ao),18,59 euros (entre 18.000 y 100.000 euros al ao) o 62 euros mensuales (ms de100.000 euros anuales).

    Quienes cuenten con ingresos inferiores a los 18.000 euros pueden solicitar ayudaspara compensar el repago farmacutico en los centros de salud.

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    5. SUMINISTROS BSICOS

    El derecho a poder disponer de suministros bsicos absolutamente necesarios parapoder desarrollar una vida digna no est garantizado. Suministros como la electrici-dad, el gas,... estn en manos de grandes multinacionales, absolutamente ajenas atodo aquello que no sea hacer negocio, aunque sea a costa de la pobreza y el malvivir de las personas.

    5.1 GAS Y ELECTRICIDAD. BONO SOCIAL ENERGTICO.Podrn solicitarlo a sus compaas quienes cumplan las siguientes condiciones. Tener una potencia contratada inferior a 3 kW en su vivienda habitual. Tener 60 o ms aos de edad y ser pensionista del Sistema de la Seguridad Socialpor jubilacin, incapacidad permanente y viudedad, percibiendo por ello la cuantamnima vigente en cada momento. Tener 60 o ms aos de edad y ser beneficiario o beneficiaria de pensiones del

    extinguido Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez y de pensiones no contributivasde jubilacin e invalidez.

    5.2 ABONO SOCIAL TELEFNICOLas distintas compaas telefnicas tienen abonos sociales para reducir las cuotas dealta y cuotas mensuales de los recibos en funcin de la renta. Ms informacin sobreel Telfono en esta direccin de internet:http://www.portabilidadmovilyfijo.com/2013/01/ayudas-personas-con-rentas-bajas.html