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PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y DERECHOS HUMANOS Guía metodológica que oriente el diseño, la ejecución, análisis y evaluación de los planes de acción y el nivel de desarrollo institucional en cada uno de los municipios. Esta guía presenta algunas herramientas necesarias para la construcción de estrategias de participación ciudadana, con un enfoque basado en la garantía de los derechos humanos, transversal a toda la gestión pública. SERIE GUÍA Prestar servicios técnicos, administrativos, financieros, y operativos tendientes al fortalecimiento institucional para la paz de los municipios en zonas de conflicto y su área de influencia, beneficiarios del proyecto y de los municipios que requieren mejorar sus capacidades de gobernanza a través de asistencia técnica, capacitación y acompañamiento para la consolidación y evaluación de los contenidos y temáticas relacionadas al fortalecimiento institucional y la gobernanza para la paz.
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Apr 26, 2020

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PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y DERECHOS HUMANOS

Guía metodológica que oriente el diseño, la ejecución, análisis y evaluación de los planes de acción y el nivel de desarrollo institucional en cada uno de los municipios.

Esta guía presenta algunas herramientas necesarias para la construcción de estrategias de participación ciudadana, con un enfoque basado en la garantía de los derechos humanos, transversal a toda la gestión pública.

SERIE

GUÍA

Prestar servicios técnicos, administrativos, financieros, y operativos tendientes al fortalecimiento institucional para la paz de los municipios en zonas de conflicto y su área de influencia, beneficiarios del proyecto y de los municipios que requieren mejorar sus capacidades de gobernanza a través de asistencia técnica, capacitación y acompañamiento para la consolidación y evaluación de los contenidos y temáticas relacionadas al

fortalecimiento institucional y la gobernanza para la paz.

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El desarrollo de los territorios tiene el reto de generar capacidades institucionales, buenas prácticas de gobierno y marcos de referencia que hagan posible una paz viable y duradera, en el escenario del postconflicto.

Fortalecer los indicadores de medición institucional es una manera de hacer frente a los retos planteados. El Estado debe acompañar la gestión pública en los territorios, realizando un acompañamiento focalizado, puntual y que busque resultados a corto plazo.

Consolidar y evaluar los resultados del proyecto en los territorios.

Línea base

1. Fortalecimiento Institucional.

2. Asistir técnicamente en temas de medición institucional y buenas prácticas de gobierno, con relación a: •Planeación y gestión por resultados.•Desarrollo de sistemas gerenciales y organizacionales.•Rendición de cuentas.•Plan de Ordenamiento Territorial (POT).•Gestión de proyectos de inversión por Sistema General de Regalías (SGR).•Gestión de proyectos de inversión MGA y Marco Lógico. •Estadísticas oficiales y sistemas de información•Fortalecimiento de la gestión de las finanzas públicas.•Contratación estatal.•Participación ciudadana y Derechos Humanos (DDHH).•Gestión documental.•Modelo Integrado de planeación y gestión (MIPG).

3. Establecer un paso a paso para el fortalecimiento de los municipios en las prácticas de gobierno, mediante acciones sencillas que contribuyan al desarrollo y mejoramiento de la gestión pública.

Objetivos generales

Objetivos1

“Los municipios fortalecidos serán territorios con esperanza, futuro y horizonte de sentido. Asentados sobre bases sólidas para ejercer una administración pública de calidad (transparente, eficiente, inclusiva e

integrada con sus comunidades), serán conscientes de los retos que implica modernizar el Estado. Hoy, los 400 municipios beneficiarios de este proyecto, podrán estar más cerca de una paz estable y duradera."

Proyecto Municipios en Zonas de Conflicto Fortalecidos en su Institucionalidad para la Paz/Gobernanza para la Paz. ESAP, 2015- 2018

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6 regiones, 30 departamentos y 400 municipios

Región Caribe52 municipios

Región Eje Cafetero29 municipios

Región Centro Oriente92 municipios

Región Centro Sur57 municipios

Región Llanos48 municipios

Región Pacífico122 municipios

ConvencionesFortalecimiento institucional para la paz

Regiones según PND

¿Dónde se hará el fortalecimiento institucional para la paz?2

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La guía que se presenta constituye un ejercicio de recopilación y simplificación de normatividad y

documentación existente sobre Participación ciudadana y Derechos humanos. Por tal motivo, y con la intención de

presentar un texto claro y didáctico, se omiten las citaciones de las transcripciones textuales para conservar

explicaciones prácticas. No obstante, en el material de apoyo encontrarás todos los documentos de donde se

extrajo la información aquí registrada.

Avances en fortalecimiento institucional3 ¿Qué contiene esta guía?4

Los sistemas de información facilitan la gestión pública en tanto permiten consolidar datos sobre el uso y destinación de los recursos públicos. Las entidades oficiales se encuentran obligadas a reportar a los sistemas sus actuaciones administrativas. Esto posibilita un ejercicio transparente del acto administrativo, previniendo la corrupción y permitiendo el diálogo y el trabajo coordinado entre las entidades de orden nacional y territorial.

PresentaciónEl Índice de Gobierno Abierto (IGA) es un indicador conformado por tres componentes: Organización de la información, Exposición de la información y Diálogo de la información. La presente guía de trabajo sobre los sistemas de información se concentra en el segundo componente del IGA, Exposición de la Información, cuya función es disponer, difundir, presentar y reportar la información de las instituciones, relativa a la gestión pública.

Cada etapa de esta guía orienta sobre la implementación de los sistemas de información concernientes a la contratación, las competencias básicas territoriales y la gestión administrativa y financiera de las entidades territoriales. Anexo a esta guía encontrará una breve presentación de los sistemas de información que integran este componente del IGA.

ObjetivosReconocer la importancia de exponer la información de manera proactiva en los sistemas de información del Estado o herramientas que los sustituyan. La publicación de la información debe facilitar su uso y comprensión, a la vez que permita asegurar su calidad, veracidad, oportunidad y confiabilidad.

Implementar los sistemas de información contemplados en el IGA para la construcción de un escenario en el que la gestión pública se base en principios de transparencia y anticorrupción.

GUÍAESTADÍSTICAS OFICIALES Y SISTEMAS DE INFORMACIÓN

Marco normativo generalLey 1712 de 2014, que crea la Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional.

Decreto 103 de 2015, que reglamenta parcialmente la Ley 1712 de 2014.

Ley 1474 de 2011, que dicta normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública.

Resolución 490 de 2008 de la Procuraduría General de la Nación, la cual creó el Sistema Integral de Prevención que incorpora los sistemas de información.

Diálogo de la información (30%)

Organización deinformación (20%)

Exposición de la información (50%)

Mostrar la gestión pública

Organismos de controlCiudadanía

ContrataciónCompetencias

básicas territoriales Gestión administrativa y financiera

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Objetivo

Fortalecer las capacidades institucionales de las entidades territoriales para garantizar el derecho a la participación ciudadana. Para esto se usarán herramientas como el diagnóstico territorial, la planificación estratégica de políticas públicas, el enfoque de derechos humanos y la concertación con los actores sociales.

GUÍAPARTICIPACIÓN CIUDADANA Y DERECHOS HUMANOS

Las autoridades garantizarán la adecuada y efectiva participación de la mujer en los niveles decisorios de la Administración Pública. (Ley 581 de 2000)

Actores Clave ó grupos de interés en el fortalecimiento institucional.

• Alcaldía, secretarías y oficinas adscritas• Concejo Municipal• Personería Municipal• Ciudadanía en general• Organizaciones sociales• Entidades prestadoras de servicios públicos• Entidades estatales• Sector privado

Marco Normativo

Constitución Política de Colombia: Título II: de los Derechos, las Garantías y los Deberes. Capítulo 1 de los Derechos Fundamentales. artículo 40. Título IV: de la Participación Democrática y de los Partidos Políticos. Capítulo 1: de lasformas dve Participación Democrática (Arts. 103-106)

Ley 1757 de 2015 “Por la cual se dictan disposiciones en materia de promoción y protección del derecho a la participación democrática”

Ley 1712 de 2014 “Por medio de la cual se crea la Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional y se dictan otras disposiciones”

¿Qué es la participación ciudadana?

De acuerdo con el artículo 40 de la Constitución Política de Colombia, la participación ciudadana es el derecho que tiene toda persona de “participar en la conformación, ejercicio y control del poder político”.

En el ejercicio de este derecho, los ciudadanos pueden:

1. Elegir y ser elegidos.

2. Tomar parte en elecciones, plebiscitos, referendos, consultas populares y otras formas de participación democrática.

3. Constituir partidos, movimientos y agrupaciones políticas sin limitación alguna; formar parte de ellos libremente, y difundir sus ideas y programas.

4. Tener iniciativa en las corporaciones públicas.

5. Interponer acciones públicas en defensa de la Constitución y de la ley.

6. Acceder al desempeño de funciones y cargos públicos.

¿Qué contiene esta guía?4

Los sistemas de información facilitan la gestión pública en tanto permiten consolidar datos sobre el uso y destinación de los recursos públicos. Las entidades oficiales se encuentran obligadas a reportar a los sistemas sus actuaciones administrativas. Esto posibilita un ejercicio transparente del acto administrativo, previniendo la corrupción y permitiendo el diálogo y el trabajo coordinado entre las entidades de orden nacional y territorial.

PresentaciónEl Índice de Gobierno Abierto (IGA) es un indicador conformado por tres componentes: Organización de la información, Exposición de la información y Diálogo de la información. La presente guía de trabajo sobre los sistemas de información se concentra en el segundo componente del IGA, Exposición de la Información, cuya función es disponer, difundir, presentar y reportar la información de las instituciones, relativa a la gestión pública.

Cada etapa de esta guía orienta sobre la implementación de los sistemas de información concernientes a la contratación, las competencias básicas territoriales y la gestión administrativa y financiera de las entidades territoriales. Anexo a esta guía encontrará una breve presentación de los sistemas de información que integran este componente del IGA.

ObjetivosReconocer la importancia de exponer la información de manera proactiva en los sistemas de información del Estado o herramientas que los sustituyan. La publicación de la información debe facilitar su uso y comprensión, a la vez que permita asegurar su calidad, veracidad, oportunidad y confiabilidad.

Implementar los sistemas de información contemplados en el IGA para la construcción de un escenario en el que la gestión pública se base en principios de transparencia y anticorrupción.

GUÍAESTADÍSTICAS OFICIALES Y SISTEMAS DE INFORMACIÓN

Marco normativo generalLey 1712 de 2014, que crea la Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional.

Decreto 103 de 2015, que reglamenta parcialmente la Ley 1712 de 2014.

Ley 1474 de 2011, que dicta normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública.

Resolución 490 de 2008 de la Procuraduría General de la Nación, la cual creó el Sistema Integral de Prevención que incorpora los sistemas de información.

Diálogo de la información (30%)

Organización deinformación (20%)

Exposición de la información (50%)

Mostrar la gestión pública

Organismos de controlCiudadanía

ContrataciónCompetencias

básicas territoriales Gestión administrativa y financiera

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MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN

Referendo

Plebiscito

Cabildo abierto

Consulta popular

Revocatoria del mandato

Veedurías ciudadanas

Consejos de participación comunitaria

Consejos Municipales de Desarrollo Rural

Juntas de acción comunal

Juntas administradoras locales

MECANISMOS DE CONTROL SOCIAL

Por su parte, los mecanismos de control social tienen por objeto el seguimiento y evaluación de las políticas públicas y la gestión desarrollada por las autoridades y particulares que ejercen funciones en lo público.

Mecanismos de Participación Ciudadana y de Control Social

Los mecanismos de participación permiten la intervención de los ciudadanos en la conformación, ejercicio y control del poder político. Estos pueden ser promovidos por los ciudadanos o presentados por las autoridades públicas.

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3. Incorporar las recomendaciones hechas por los actores sociales en sus planes y programas.

4. Promover, diseñar y gestionar estrategias didácticas que permitan socializar las políticas con la ciudadanía.

5. Crear, impulsar y regular procesos asociativos de participación ciudadana entre grupos poblacionales.

6. Realizar una rendición de cuentas ante la ciudadanía y crear espacios de participación que garanticen una constante retroalimentación e interlocución con los actores sociales.

Paso 3 Diagnóstico de la población y la organización social

Esta etapa permite caracterizar la población dentro del territorio en función de las variables que inciden en el ejercicio de la participación ciudadana, así como identificar las organizaciones sociales y su estructura organizativa.

Paso 2 Asignación de funciones:

La oficina de participación ciudadana o la secretaría encargada para tal fin, deberá cumplir, principalmente, las siguientes funciones:

1. Diseñar políticas que incentiven y promuevan la participación ciudadana.

2. Hacer seguimiento y cumplimiento de las diferentes políticas de participación ciudadana.

Paso 1 Crear o designar una dependencia que se encargue de articular los procesos relacionados con la participación ciudadana en la entidad territorial.

Etapa 1 - Formulación de la estrategia de Participación Ciudadana

De acuerdo con la Ley 1757 de 2015, en sus artículos 87 y 88, las entidades territoriales de nivel departamental, municipal y distrital deberán

asignar o crear una oficina que se encargue de promover el derecho a la participación ciudadana.

DIAGNÓSTICO DE LA POBLACIÓN

ORGANIZACIONES SOCIALES TIPO DE POBLACIÓN

Género

Comunidades Étnicas

Población urbana y rural

Población económicamente activa

Sector productivo

Nivel de ingresos

Estatutos

Tipo de organización

Marco normativo

Misión, visión, objetivo (general, específico)

Organigrama

Población asociada

Sede

Problemáticas y propuestas

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Paso 4 Construcción del Plan Anual de Participación Ciudadana.

Todas las administraciones territoriales (nacional, departamental y municipal) deberán diseñar un Plan Anual de Participación Ciudadana que fomente, promueva y fortalezca la contribución de los sectores sociales en cada una de las fases de la gestión pública (implementación, seguimiento y evaluación).

Las entidades deben impulsar espacios o mecanismos institucionales para facilitar la participación en los siguientes aspectos: Información

y consulta; control social a la gestión institucional; ejecución por colaboración ciudadana; y planeación participativa.

Este plan se incluirá dentro del Plan de Acción Institucional, y deberá estar publicado al 31 de enero del año en curso.

Estos pasos son los recomendados en el nuevo Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG) para la formulación de una estrategia de

participación ciudadana.

Tenga en cuenta las necesidades de la ciudadanía y de las organizaciones sociales presentes en el territorio, con el fin de orientar la formulación de las

políticas, planes y proyectos de participación ciudadana.

Pasos para elaborar el plan anual de participación

ciudadana

Diagnosticar las características de la ciudadanía y la organización social

Identificar las dependencias que requieren llevar a cabo procesos participativos

Formular e identificar metas e indicadores

Definir canales y recursos para interactuar con la ciudadanía

Planificar actividades para integrar al ciudadano en la gestión pública

Implementar acciones de capacitación y sensibilización con la comunidad y los

funcionarios de la entidad territorial

Consolidar, sistematizar y evaluar

Entre las iniciativas de planeación participativa que pueden implementarse se encuentran los Presupuestos Participativos y las Alianzas para la Prosperidad.

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La Consulta Previa es un derecho fundamental que tienen los grupos étnicos de proteger su integridad cultural, social y económica; garantizando así

su participación frente a iniciativas, obras o actividades extractivas que se quieran realizar dentro de sus territorios.

Recuerde que el ciudadano no sólo ejerce control a la gestión, también tiene el derecho constitucional de incidir en todo el ciclo de la gestión pública. Por

tanto, deberán definirse actividades para incluirlos en cada etapa de la planeación.

Con el propósito de incentivar la participación de la ciudadanía, se recomienda identificar los temas que pueden ser de su mayor interés, así como los

escenarios en los que se pueden involucrar.

Es recomendable mantener en la página web de la entidad territorial un listado actualizado con las diferentes instancias de participación ciudadana

presentes en el territorio.

Paso 1 Socialización y sensibilización de los Mecanismos y del Plan de Participación Ciudadana, con la población y funcionarios de la entidad territorial. Se deberán crear espacios donde se informe a la ciudadanía sobre los diferentes mecanismos de participación con los que cuentan para el ejercicio de sus derechos. De igual manera, se deberán socializar las estrategias planteadas en el Plan Anual de Participación Ciudadana. Será necesario sensibilizar a la planta de la entidad territorial sobre la importancia de involucrar a la ciudadanía en la toma de decisiones.

Etapa 2 - Implementación de la estrategia de Participación Ciudadana

Paso 2 Articulación de la participación ciudadana en la gestión pública territorial.

Es deber de las administraciones municipales incluir a la ciudadanía en los procesos de planificación del territorio y gestión de lo público.

FormulaciónPlan de desarrollo municipal: Ejercicios de planeación participativa en la etapa de diagnóstico

Plan de ordenamiento territorial: Ejercicios de planeación participativa en la etapa de diagnóstico y socialización con la comunidad, una vez sea aprobado por el Concejo.

Ejecución

Contratación estatal: Veedurías ciudadanas como mecanismo de control y vigilancia a la ejecución de los contratos llevados a cabo por la entidad territorial.

Elaboración de proyectos de inversión por el SGR: Los Comités Consultivos analizan la conveniencia, oportunidad o solidez técnica de los proyectos de inversión presentados en los OCAD.

EvaluaciónRendición de cuentas: Responsabilidad y deber de todo funcionario público de informar a la ciudadanía sobre sus acciones y omisiones durante un período de tiempo determinado. Deberá hacerse en un acto público que incluya un espacio de retroalimentación.

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Paso 3 Gestión de recursos para la participación ciudadana

La Ley 1757 de 2015 garantizó una serie de recursos para la promoción y ejercicio de la participación ciudadana. Estos recursos deberán ser destinados a la financiación de actividades y proyectos para la promoción, protección y garantía de este derecho. A partir de estos, la ciudadanía y las organizaciones civiles podrán incidir de manera efectiva en la elaboración, ejecución y seguimiento de las decisiones que afecten su calidad de vida o que sean de su interés.

Los proyectos a financiar o cofinanciar por el FPFD, deberán estar enmarcados dentro los Planes de Desarrollo Nacional, Sectorial, Departamental y

Municipal. De igual manera deberán, estar de acuerdo con el Plan de Inversión del Fondo y con lo estipulado en el artículo 98 de la Ley 1757 de 2015, referente a las inversiones asociadas a la participación ciudadana. Estos recursos no podrán destinarse a otro fin.

Créditos.Alianzas público-privadas.Responsabilidad social empresarial.

Bienes, recursos y derechos concedidos por la ley. Banco de Iniciativas para la Democracia Participativa.

Acceso a programas de cooperación que promuevan la participación de la ciudadanía en lo público. Banco de Iniciativas para la Democracia Participativa.

Recursos estipulados en los planes de desarrollo.Donaciones de dinero y en especie legalmente aceptadas.

Recursos asignados en el presupuesto nacional (Decreto 695 de 2003)

Recursos del orden nacional

Recursos del sector privado

Cooperación internacional

Recursos de los entes territoriales

Fondo para la participación ciudadana y el fortalecimiento de la democracia (FPFD)

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Paso 3 Rendición de Cuentas

Es necesario informar al conjunto de la ciudadanía y a las organizaciones sociales sobre la gestión realizada en materia de participación ciudadana durante la vigencia. Igualmente, el mismo proceso de rendición de cuentas deberá contar con una activa participación de los ciudadanos en el acto público, con el fin de obtener una retroalimentación a la gestión realizada por la administración territorial.

Paso 1 Medición de impacto

Es pertinente la creación de instrumentos que permitan evaluar el impacto que tuvieron las medidas tomadas por la entidad territorial en el ejercicio de la participación ciudadana. Se recomienda el diseño de una encuesta que mida la percepción de la comunidad sobre las iniciativas consolidadas en el Plan Anual de Participación Ciudadana.

Paso 2 Incorporación de los aportes de la ciudadanía en la gestión pública

Los diferentes aportes realizados por la ciudadanía en dinámicas como los Presupuestos Participativos o las Alianzas para la Prosperidad, deberán incluirse en los programas y proyectos de las instancias correspondientes.

Etapa 3 - Evaluación de la estrategia de Participación Ciudadana

Es importante establecer metas e indicadores cuantificables a partir de los cuales se pueda realizar el seguimiento a cada una de las actividades

propuestas en el Plan.

Es importante recalcar que la normatividad establece que las decisiones tomadas en estos espacios no son vinculantes. Sin embargo, es importante

establecer una relación de confianza con la ciudadanía, por lo que es recomendable que las disposiciones provenientes de estos espacios sean realmente tenidas en cuenta.

El Manual Único de Rendición de Cuentas (Ley 1757 de 2015) establece que deberá realizarse, mínimo una audiencia pública al año. Así mismo, la ley

estipula que las entidades territoriales deberán contar con espacios permanentes de rendición de cuentas.

Sistematizar los resultados de las actividades realizadas en el marco del Plan Anual de Participación Ciudadana, permitirá que los aportes

realizados por la ciudadanía contribuyan y retroalimenten la gestión pública.

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¿Qué son?

Los Derechos Humanos (DD.HH.) son principios inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de raza, sexo, nacionalidad, origen étnico, lengua, religión o cualquier otra condición.

Derechos Humanos

Mecanismos constitucionales para la garantía y protección de los Derechos Humanos

Derecho de petición

Quejas Reclamos

Manifestaciones

Habeas Corpus

Habeas Data

Acción de Tutela

Acción de Cumplimiento

Acciones Populares y de Grupo

Derechos civiles y políticos

Igualdad

Libertad de pensamiento

Libertad de movimiento

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Medio ambiente sano

Paz Protección a los datos

personales

Autodeterminación de los pueblos

Trabajo en condiciones

justas

Protección social

Educación

Derechos económicos,

sociales y culturales2 Derechos

colectivos y del ambiente

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¿Qué es el Derecho Internacional Humanitario?

De acuerdo a las Naciones Unidas, “El Derecho Internacional Humanitario (DIH) establece la obligación de los Gobiernos a actuar de una manera determinada o abstenerse de emprender ciertas acciones, para promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales de los individuos o de los grupos”.

¿Cómo se aplican los DD.HH. y el DIH en Colombia?

La Constitución Política de Colombia establece que los derechos humanos son la base fundamental de nuestro sistema normativo. En nuestro país existe un ordenamiento jurídico que contempla conductas punibles y faltas disciplinarias en contra de acciones que vulneren los DD.HH. y el DIH.

El marco normativo vigente para la protección y garantía de los Derechos Humanos otorga a las entidades territoriales una serie de responsabilidades administrativas y fiscales para atender las necesidades de la población en esta materia.

Actores clave a nivel territorial:

Alcalde MunicipalDependencia de Derechos Humanos (o quién haga sus veces)Defensoría del PuebloProcuraduría delegadaPersonería Municipal Organizaciones socialesFuerzas Armadas y PolicíaCiudadanía Organizaciones no gubernamentales (ONG)

Marco Normativo a tener en cuenta:

Constitución Política de Colombia. Títulos I y II.

Decreto 4100 de 2011 “Por el cual se crea y organiza el Sistema Nacional de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario”.

Decreto 1216 de 2016 “Por medio del cual se modifica el Decreto 1081 de 2015 – Decreto Reglamentario Único del Sector de la Presidencia de la República, en lo que hace referencia al Sistema Nacional de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario y la Comisión Intersectorial de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario.

Directiva Presidencial 07 de 1999 “Respaldo, interlocución y colaboración del Estado con las Organizaciones de Derechos Humanos”.

Solo aplica en caso de conflictos armados entre países e internos.

Los Convenios de Ginebra y sus Protocolos adicionales son tratados internacionales que tienen como finalidad limitar los actos de guerra. Estos protegen a los civiles, personal sanitario, miembros

de organizaciones humanitarias, prisioneros de guerra, entre otros. Colombia ha ratificado todos los Convenios de Ginebra y sus Protocolos adicionales.

El derecho internacional de los derechos humanos establece las obligaciones que los Estados deben respetar. A través de la ratificación de los tratados internacionales de derechos humanos, los gobiernos se

comprometen a adoptar medidas y leyes internas compatibles con las obligaciones y deberes pactados en estos.

Entre los Tratados ratificados por Colombia se encuentran: La Declaración Universal de Derechos Humanos (1948) y la Convención Americana sobre

Derechos Humanos (1969).

La hoja de ruta en materia de política pública en DD.HH. y DIH en Colombia, se encuentra establecida en el documento “Estrategia nacional para la garantía

de los Derechos Humanos 2014- 2034” de la Consejería Presidencial para los Derechos Humanos.

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Instancias territoriales de DD.HH. y DIH

El Decreto 4100 de 2011 establece que cada gobernador y alcalde, en el ámbito de sus competencias y autonomía, deberá delegar una instancia de la entidad territorial como responsable del diseño, implementación, seguimiento y evaluación de la Política Integral de DD.HH. y DIH. Esto deberá hacerse a través de una concertación que incluya la participación de la sociedad civil.

Plan de Desarrollo con Enfoque Basado en Derechos Humanos (EBDH)

Las estrategias, metas y objetivos consignados en los planes de desarrollo deben construirse con un Enfoque Basado en Derechos Humanos (EBDH) que brinde protección y garantía para estos. Igualmente, deben articularse con las políticas nacionales y departamentales al respecto, además de contar con una partida presupuestal específica en el Plan Plurianual de Inversiones.

¿Qué debe hacer como entidad para velar por la protección y garantía de los DD.HH. y el DIH en su territorio?

Los Derechos Humanos son responsabilidad de todos los niveles del Estado, por lo tanto, el gobierno nacional y los gobiernos departamentales y municipales deberán trabajar articuladamente. Por lo anterior, cada uno tiene unas responsabilidades definidas en su rol como garante de derechos.

En su entidad territorial usted deberá contar con: (Marca con una X)

Plan de Prevención y Protección

Es una herramienta de planeación que permite a las entidades territoriales analizar y gestionar el riesgo de violación a los DD.HH. y DIH, a partir de estrategias de prevención y protección a las personas y comunidades en condiciones de vulnerabilidad. Se construye en común acuerdo con otras instancias implicadas en el territorio y la ciudadanía.

El Ministerio del Interior, a través del Mecanismo de Coordinación Nación- Territorio, asesorará y apoyará el diseño y organización de las instancias territoriales de

DD.HH. y DIH.

Otras instancias de derechos humanos en los municipios:

Comités de Justicia Transicional (Ley 1448 de 2011 “De Víctimas y Restitución de Tierras”)

Consejos Municipales de Política Social-COMPOS (Ley 1098 de 2006)

Mesa de Garantías (Decreto Ley 154 de 2017)

El Ministerio del Interior asesora a las administraciones territoriales en la formulación de políticas de DD.HH. y DIH.

¡No Olvidar!: Los parámetros a tener en cuenta al momento de incluir el EBDH en los diferentes objetivos, metas, programas y proyectos de los planes de desarrollo son:

1. Universalidad y equidad;

2. Participación y empoderamiento;

3. Rendición de Cuentas y exigibilidad;

4. Integralidad y progresividad.

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¿En dónde se encuentran?:

Las oficinas regionales se encuentran en las capitales departamentales. A nivel municipal, las funciones son ejercidas por las Personerías.

¿En qué casos se debe redireccionar a esta entidad al ciudadano?

Hoja de Ruta para atender una vulneración a los Derechos Humanos de la ciudadanía

Si en la entidad territorial de su competencia se recibe una denuncia sobre alguna violación a un derecho humano, es responsabilidad de los funcionarios, redireccionar estas hacia la entidad correspondiente, con el propósito de que la persona reciba una atención integral.

¿En dónde se encuentran?:

En cada municipio de Colombia

¿En qué casos se debe redireccionar a esta entidad al ciudadano?

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¿En dónde se encuentran?:

Distritos o municipios ubicados en la categoría especial: deberán tener, como mínimo, una Comisaría por cada 250.000 habitantes o fracción superior a 100.000 habitantes.

Municipios de primera categoría: deberán, como mínimo, tener una Comisaría por cada 150.000 habitantes o fracción superior a 100.000 habitantes.

Los municipios de mediana y menor densidad de población contarán al menos con una Comisaría de Familia (podrán asociarse con otros municipios).

¿En qué casos se debe redireccionar a estas entidades al ciudadano?

Demanda acciones preventivas por parte de las autoridades del Estado frente a alguna amenaza proveniente del conflicto armado interno.

Desea presentar reclamaciones por derechos colectivos o del medio ambiente.

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Otras dependencias que velan por los derechos fundamentales de los ciudadanos en el territorio:

Casas de Justicia

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