GUIA PRACTICA DE ACCESO Y USO DEL SISTEMA DE DEVOLUCIONES DE IVA
POR INTERNET (SDII)
Devolucin de IVA por Internet a los Exportadores de Bienes
Gua Prctica de Acceso y Uso del Sistema de Devoluciones de IVA
por Internet
Qu es? Quines pueden solicitarla? Cmo se utiliza?
Por favor lea esta Gua previo ingreso al Sistema de Devoluciones
de IVA por Internet a Exportadores de bienes
Septiembre 2014
CONTENIDO
1. Objetivo de la Gua2. Qu es la devolucin de IVA por
Internet?3. Quines pueden solicitar la devolucin de IVA por
Internet?4. Qu pasos debe seguir previo al ingreso al Sistema?5. Qu
aspectos legales debe tener en cuenta?6. Quines no pueden acceder
al Sistema de Devoluciones de IVA por Internet?7. Cules son las
formas de pago?8. Cunto tarda la devolucin de IVA por Internet?9.
Cules son los horarios y fechas de atencin?10. Cmo se utiliza el
Sistema?11. Esquema del Sistema de Devoluciones de IVA por Internet
para Exportadores de Bienes
1. Objetivo de la Gua
Al seguir las recomendaciones indicadas en esta Gua, el usuario
podr navegar en el Sistema de Devoluciones de IVA por Internet, de
una manera comprensible. Adems este documento guiar al
contribuyente sobre la funcionalidad y las opciones a las que tiene
acceso.
2. Qu es la devolucin de IVA por Internet?
Es un sistema que permite solicitar electrnicamente la devolucin
de IVA y obtener la liquidacin del valor a ser reintegrado.
3. Quines pueden solicitar la devolucin de IVA por Internet?
Este servicio es ofrecido exclusivamente a los Exportadores de
Bienes.
4. Qu pasos debe seguir previo al ingreso al Sistema?
Los exportadores de bienes debern tener en cuenta lo
siguiente:
1. Para poder acceder a los servicios electrnicos prestados por
el Servicio de Rentas Internas, los exportadores de bienes deben
acercarse a las oficinas de Servicios Tributarios del Servicio de
Rentas Internas con el propsito de suscribir el Acuerdo de
Responsabilidad y Uso de Medios Electrnicos y obtener su clave de
acceso para la presentacin y pago de Declaraciones y Anexos de las
Obligaciones Tributarias por Internet.
Si el contribuyente cuenta con dicha clave, no ser necesario
volver a solicitarla, ya que con la misma se puede acceder a todos
los servicios electrnicos con los que cuenta el Servicio de Rentas
Internas en su pgina web, www.sri.gob.ec - opcin Servicios en
Lnea.
2. Una vez que cuente con la clave, deber acudir a las oficinas
del Servicio de Rentas Internas, para solicitar el registro en el
Catastro de Exportadores previo a su acceso al Sistema de
Devoluciones de IVA por Internet, para lo cual deber presentar la
siguiente documentacin en las Secretaras Regionales o Provinciales
que a continuacin se detalla:
Formulario de Registro en el Catastro de Exportadores (Anexo 1),
que debe estar firmado por el sujeto pasivo, el representante legal
o un apoderado de ser el caso y debe contener los siguientes datos:
Direccin para notificacin y nmeros telefnicos de contacto. Direccin
de correo electrnico donde ser remitida toda la informacin
referente a su solicitud de devolucin de IVA por Internet. Forma de
pago: La devolucin de IVA ser efectuada a travs de Nota de Crdito
desmaterializada o Acreditacin en Cuenta. De requerir como forma de
pago la Acreditacin en Cuenta, deber presentar un certificado
bancario en el cual se detalle informacin de la cuenta en la que
desea se acrediten los valores a ser devueltos. La referida cuenta
bancaria deber estar a nombre del beneficiario de la devolucin del
IVA.
Acuerdo sobre Liquidacin Automtica Provisional Previa a la
Resolucin de Devolucin de Impuesto al Valor Agregado (IVA) a
Exportadores de Bienes (Anexo 2), suscrito por el sujeto pasivo,
representante legal o un apoderado de ser el caso, adjuntando copia
de cdula de identidad del firmante, copia de papeleta de votacin
del firmante si es persona natural y copia del documento
habilitante del Representante Legal o el firmante.
3. Si el contribuyente ya cuenta con el registro en el catastro,
no ser necesario volver a presentarlo en ventanillas. La suscripcin
del Acuerdo sobre Liquidacin Automtica Provisional Previa a la
Resolucin de Devolucin de Impuesto al Valor Agregado (IVA) a
Exportadores de Bienes deber efectuarla electrnicamente por una
sola vez, cuando ingrese al Sistema de Devoluciones de IVA por
Internet a travs de la pgina Web del Servicio de Rentas Internas,
www.sri.gob.ec; opcin Servicios en Lnea, Men Devoluciones, Submen
Devoluciones de IVA.
Nota:
El registro en el catastro deber ser realizado por una sola vez
y la informacin consignada en este podr ser actualizada siempre que
el sujeto pasivo realice alguna modificacin en los datos incluidos
en el catastro. Para el efecto se deber presentar en las oficinas
del Servicio de Rentas Internas un nuevo formulario de registro
donde se especifiquen los campos o datos a ser actualizados.
4. Al momento en el que el contribuyente haya sido registrado en
el catastro de exportadores con estado activo, lo cual se notificar
mediante un oficio, podr acceder al Sistema de Devoluciones de IVA
por Internet, a travs de la pgina Web del Servicio de Rentas
Internas, www.sri.gob.ec, opcin Servicios en Lnea, Men
Devoluciones, Submen Devoluciones de IVA.
Recuerde
1Usted como contribuyente al momento de acceder a la pgina Web
del Servicio de Rentas Internas y al aceptar el Acuerdo sobre
Liquidacin Automtica Provisional Previa a la Resolucin de Devolucin
de Impuesto al Valor Agregado (IVA) a Exportadores de Bienes, asume
la responsabilidad total del uso de la clave de usuario y de la
veracidad de la informacin presentada a fin de solicitar el
reintegro del IVA pagado, segn lo dispuesto en los artculos 57 y 72
de la Ley de Rgimen Tributario Interno; as como la aceptacin de
todas y cada una de las disposiciones establecidas en la Resolucin
No. NAC-DGERCGC14-00156, publicada en Suplemento del Registro
Oficial No. 212 de 26 de marzo de 2014, respecto de las normas y
procedimientos para la devolucin de IVA por Internet a los
exportadores de bienes.
2De detectarse falsedad en la informacin, el Responsable ser
sancionado con una multa equivalente al doble del valor con el que
se pretendi perjudicar al fisco, conforme lo prev el artculo 72 de
la Ley de Rgimen Tributario Interno.
3Cabe sealar que de conformidad con el artculo 344 del Cdigo
Orgnico Tributario, constituye un caso de defraudacin el
reconocimiento o la obtencin indebida y dolosa de una devolucin de
tributos, intereses o multas, establecida as por acto firme o
ejecutoriado de la Administracin Tributaria.
5. Qu aspectos legales debe tener en cuenta para solicitar la
devolucin de IVA?
El IVA deber ser reintegrado a los exportadores de bienes,
siempre que no haya sido utilizado como crdito tributario o que no
haya sido reembolsado de cualquier otra forma, de acuerdo a lo que
establece la Ley de Rgimen Tributario Interno en su artculo 72.
El plazo de prescripcin para solicitar la devolucin de IVA es de
5 aos a partir de la fecha de declaracin original. De haber dos o
ms declaraciones originales, se considerar la primera fecha de
presentacin.
Es obligacin del sujeto pasivo de IVA presentar una sola
declaracin consolidada por todas las operaciones. De existir dos o
ms declaraciones se considerar la de ltima fecha de
presentacin.
La devolucin del IVA a exportadores en un perodo no podr exceder
del 12% del valor en Aduana de las exportaciones realizadas en
dicho perodo; y, el saldo pendiente que no haya sido objeto de la
devolucin, podr ser recuperado en base a exportaciones futuras.
La devolucin del IVA pagado en la adquisicin de activos fijos se
realizar de acuerdo al factor de proporcionalidad de exportaciones
que se calcular del total de exportaciones frente al total de las
ventas declaradas, de la suma de los valores registrados en las
declaraciones de IVA de los seis meses precedentes al mes
solicitado. Este factor se aplicar al valor de IVA detallado en los
respectivos comprobantes de venta o declaraciones aduaneras
nicas.
En el caso de que una de estas declaraciones no se encuentre
presentada, el sistema arrojar un error y en ese momento no se podr
procesar la devolucin de IVA correspondiente a la adquisicin de
activos fijos.
El valor que la Administracin Tributaria considerar para las
solicitudes presentadas a travs de Internet, es hasta el 90% del
valor liquidado por cada periodo. Seguidamente, la Administracin
Tributaria efectuar el anlisis correspondiente en relacin al perodo
solicitado, a efectos de resolver dicho trmite dentro del plazo
establecido en el Art. 72 de la Ley de Rgimen Tributario Interno,
no siendo necesario para estos casos que el exportador presente una
solicitud de devolucin adicional, sobre el mismo periodo.
El procedimiento de devolucin de IVA por Internet a los
exportadores de bienes, nicamente podr aplicarse para periodos
fiscales a partir de enero del 2008. Las solicitudes de devolucin
de IVA de exportadores de bienes que correspondan a periodos
fiscales anteriores al ao 2008, debern ser presentadas en las
ventanillas de las oficinas del Servicio de Rentas Internas a nivel
nacional.
Para las solicitudes de perodos a partir de enero de 2008, los
comprobantes deben corresponder a compras locales e importaciones
de bienes que se exporten as como bienes, materias primas, insumos,
servicios y activos fijos empleados en la fabricacin y
comercializacin de bienes que se exporten (Art. 72 de la Ley de
Rgimen Tributario Interno, reformado por el Art. 127 de la Ley
Reformatoria para la Equidad Tributaria del Ecuador R.O. 242-3S,
29-XII-2007).
La devolucin de IVA para exportadores proceder siempre y cuando,
los valores por IVA pagado y retenido para perodos desde el ao 2008
hayan sido declarados por el Contribuyente y existan comprobantes
de venta y documentos de importacin vlidos que sustenten crdito
tributario, costos de produccin y de comercializacin del exportador
debidamente informados en el Anexo Transaccional.
Actualmente la devolucin del IVA pagado en importaciones es
para:
a) Las utilizadas en el pas en un proceso de transformacin;
b) Las incorporadas a la mercanca; y,
c) Los envases o acondicionamientos.
Y, se efectan con la delegacin que el Servicio Nacional de
Aduana del Ecuador (SENAE) proporcion al Servicio de Rentas
Internas mediante Acuerdo No. 080-2011, publicado en el Registro
Oficial No. 431 del 20 de abril del 2011. En el mismo delega sus
competencias para conocer y resolver, solicitudes de Devolucin
Condicionada del Impuesto al Valor
Agregado (casos previstos en el Art. 157 del Cdigo Orgnico de la
Produccin, Comercio e Inversiones); reclamos administrativos;
recursos de revisin y ejercicio del patrocinio judicial en las
causas provenientes de aquellas resoluciones, mientras se encuentre
pendiente de implementacin y desarrollo el sistema que permita
efectuar una devolucin automtica.
Se deroga expresamente las resoluciones Nos. NAC-DGER2008-1040,
publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 400 de 11 de
agosto de 2008; NAC-DGER2008-1511 y NAC-DGER2008-1512, publicadas
en el Suplemento del Registro Oficial NO 497 de 30 de diciembre de
2008; NAC-DGER2009-00672, publicada en el Suplemento del Registro
Oficial No. 37 de 30 de septiembre de 2009; NAC-DGERCGC12-00033,
publicada en el Suplemento del Registro Oficial 636, de 8 de
febrero del 2012; y, NAC-DGERCGC12-00240, publicada en el Registro
Oficial No. 699, de 9 de mayo del 2012.
Recuerde
1A partir de perodos del ao 2008, las actividades que involucren
a recursos no renovables (petrleo, minerales: oro, etc.), no son
objeto de devolucin de IVA.
2Los valores de IVA devueltos, los valores de comprobantes
rechazados por no considerarse como vlidos y los valores por
retenciones que no fueron efectuadas, debern ser descontados del
crdito tributario acumulado en el mes que recibe la notificacin de
dicha Resolucin, en el casillero de la declaracin de IVA
respectivo.
6. Quines no podrn acceder al Sistema de devolucin de IVA por
Internet?
La solicitud de devolucin del IVA deber ser presentada en las
ventanillas de las oficinas del Servicio de Rentas Internas a nivel
nacional cuando:
a) Presente la solicitud de devolucin del IVA por primera
vez;
b) Realice exportaciones por produccin cclica;
c) Se encuentre en conclusin del rgimen aduanero de admisin
temporal para perfeccionamiento activo en la modalidad del programa
de maquila;
d) Realice un alcance a la solicitud de devolucin del IVA;
e) Solicite saldos de activos fijos por depreciacin que se
encuentren pendientes de devolucin;
f) Haya realizado exportaciones por periodos anteriores a enero
de 2008; y,
g) Se encuentre en estado pasivo o con suspensin definitiva en
el Registro nico de Contribuyentes.
7. Cules son las formas de pago?
La devolucin de IVA podr solicitarse de dos formas:
1. Emisin de una nota de crdito desmaterializada
2. Acreditacin en cuenta, la misma que deber estar a nombre del
beneficiario y deber haber sido registrada al momento de solicitar
el registro en el catastro de exportadores.
8. Cunto tarda la atencin de solicitudes de devolucin de IVA por
Internet?
La liquidacin previa a la resolucin de devolucin de IVA por el
porcentaje establecido tarda tres das hbiles, contados a partir de
la presentacin de los documentos de sustento en las ventanillas del
Servicio de Rentas Internas a nivel nacional y luego de la
aceptacin del valor liquidado por el Sistema de Devoluciones de IVA
por Internet. Los documentos a presentar en calidad de anexo son
los detallados a continuacin:
documento resumen de la liquidacin impreso.
copias certificadas de los comprobantes de venta de
adquisiciones locales e importaciones (declaraciones aduaneras
nicas, declaraciones aduaneras de importacin y/o declaraciones
aduaneras simplificadas de importacin), que sustenten la peticin y
que correspondan al listado de adquisiciones e importaciones
generado previamente (documento en formato XML).
copias certificadas de los medios de pago (giros, transferencias
de fondos, tarjetas de crdito y dbito y cheques) que justifiquen la
utilizacin de cualquier institucin del sistema financiero, para
realizar el pago de cada caso entendido, superior a los cinco mil
dlares de los Estados Unidos de Amrica (USD 5.000,00).
listado impreso y en medio magntico de los comprobantes de venta
que soportan la transaccin comercial de los bienes objeto de
exportacin, de acuerdo al formato publicado en la pgina web del
Servicio de Rentas Internas www.sri.gob.ec el cual deber estar
firmado por el exportador (persona natural, representante legal o
apoderado) y por el contador.
Reporte de prevalidacin correspondiente.
Nota: Despus de que el Sistema de Devoluciones de IVA por
Internet le haya generado un nmero de trmite en forma posterior a
su aceptacin del valor liquidado, tiene dos das hbiles para
presentar la documentacin indicada en el numeral previo. Si no lo
hace en los dos das hbiles, el trmite se finalizar automticamente y
podr volver a ingresar el periodo al sistema y comenzar el proceso
nuevamente. Posteriormente, se efectuar un anlisis de la
documentacin presentada, para establecer la resolucin de devolucin
del IVA segn el plazo previsto en el Art. 72 de la LRTI.
Recuerde
1 El requisito de bancarizacin no ser considerado en los
contratos en los que se establezcan formas de pago, que no
impliquen la utilizacin de los medios antes descritos (giros,
transferencias de fondos, tarjetas de crdito y dbito y cheques);
sin embargo, se verificar el cumplimiento de las dems condiciones
establecidas en la Ley de Rgimen Tributario Interno, para
considerar el crdito tributario de IVA. No obstante, en cada caso
entendido, en el que la forma de pago incluya, una parte que
permita la utilizacin del sistema financiero y, otra no, y que en
conjunto supere el valor de cinco mil dlares de los Estados Unidos
de Amrica, se verificar que la parte que permita la utilizacin del
sistema financiero, independientemente del valor, se haya pagado a
travs del mismo.
9. Cules son los horarios y fechas de atencin?
El contribuyente puede procesar sus solicitudes en el Sistema de
Devoluciones de IVA por Internet los 365 das del ao, incluyendo
fines de semana y feriados. Pero una vez que el contribuyente
acepte el valor liquidado en el sistema y se haya generado un nmero
de trmite tiene dos das hbiles para presentar la documentacin de
sustento en las ventanillas del Servicio de Rentas Internas a nivel
nacional en das y horas hbiles.
Si, debido a casos fortuitos o de fuerza mayor, se suspendiere
el sistema, el Servicio de Rentas Internas, no se responsabiliza
por los daos o perjuicios que se pudieran ocasionar tanto al
contribuyente como a terceros.
10. Esquema del Sistema de Devoluciones de IVA por Internet para
Exportadores de Bienes
A continuacin se detalla el esquema y las opciones a las que
puede acceder en el Sistema de Devoluciones de IVA por Internet con
una breve explicacin de las mismas:
11. Cmo se utiliza el sistema?
Ingrese a la pgina Web del SRI: www.sri.gob.ec, opcin SERVICIOS
EN LNEA.
Acceda al sistema utilizando el nmero de RUC y clave del
representante legal (la obtenida en el Acuerdo de responsabilidad y
uso de medios electrnicos). En el caso de utilizar un RUC y
contrasea diferente a lo indicado, no podr acceder al sistema.
Una vez que ha ingresado sus datos de identificacin, se
desplegar en el MEN GENERAL el MEN DEVOLUCIONES, y ah aparecer para
aquellos contribuyentes que han presentado el Formulario de
Registro en el Catastro de Exportadores y han sido notificados por
la Administracin Tributaria con Estado Activo el MEN DEVOLUCIONES
DE IVA
Seleccionando la herramienta MEN DEVOLUCIONES DE IVA aparecer
automticamente el ACUERDO VIGENTE, el cual deber ser descargado
como muestra la siguiente pantalla:
Seleccionando la opcin S, se desplegar una pantalla donde podr
Abrir, Guardar, o, Cancelar el archivo que contiene el Acuerdo.
Al seleccionar Abrir se descargar el Acuerdo, que debe ser
aceptado una sola vez, luego de haber ledo a detalle cada una de
las clusulas del acuerdo. Con la aceptacin del acuerdo, se podr
acceder al Sistema de Devoluciones de IVA por Internet.
En el caso que seleccione la opcin Guardar, se desplegar el
destino dnde usted desee guardar el archivo y finalmente si
selecciona la opcin Cancelar no se descargar el archivo.
Al ingresar al Sistema de Devoluciones de IVA por Internet una
vez aceptado el acuerdo vigente se desplegar el men principal que
contiene las siguientes opciones:
Nota: En caso de mantenimientos o problemas con el sistema, el
SRI le informar de la falta de servicio.
A. VALIDACION PREVIA
La primera opcin que deber cumplir es la VALIDACION PREVIA.
Al ingresar a esta opcin se desplegar automticamente una
pantalla que le permitir elegir el perodo solicitado (mes y
ao):
1. Escoja el ao que va a ser solicitado para la devolucin. Las
opciones disponibles son a partir del ao 2008:
2. Escoja el perodo que va a ser solicitado para la devolucin.
Las opciones disponibles son de Enero a Diciembre.
3. Presione el botn CANCELAR en el caso que no quiera realizar
la VALIDACIN PREVIA y regresar al MEN DEVOLUCIONES.
4. Presione el botn VALIDAR que se encuentra habilitado en la
parte inferior para que el sistema comience la VALIDACIN PREVIA
solicitada.
5. Aparecer un mensaje confirmando que el sistema se encuentra
realizando la VALIDACIN PREVIA. Por favor espere.
6. Cuando el proceso de validacin previa haya finalizado, el
contribuyente recibir un correo electrnico de parte de la
Administracin Tributaria informando si la validacin previa ha sido
aceptada o rechazada.
7. Las validaciones que el Sistema de Devoluciones de IVA por
Internet realizar estarn en funcin de algunos parmetros, a
continuacin se precisa cules son los factores que considera el
sistema y detalla brevemente cada uno de ellos:
Nota: Si presenta mensajes de error es porque no est cumpliendo
con una o varias de estas validaciones.
8. El resultado y detalle de la VALIDACIN PREVIA que el
solicitante haya ejecutado estarn disponibles en CONSULTA DE
VALIDACION PREVIA.
B. CONSULTA DE VALIDACIN PREVIA
En esta segunda opcin el contribuyente visualizar el Listado de
Solicitudes de Validaciones Previas, en el cual se detallar:
1. Cdigo de Solicitud: Secuencia generada automticamente por el
sistema.
2. Mes: El perodo que el contribuyente seleccion en la primera
opcin VALIDACION PREVIA.
3. Ao: El ao que el contribuyente seleccion en la primera opcin
VALIDACION PREVIA.
4. Estado:a. Ingresado, aquel periodo cuya VALIDACIN PREVIA an
se encuentra ejecutando el sistema.b. Rechazado, aquel periodo cuya
VALIDACIN PREVIA ha incumplido por lo menos una de las validaciones
detalladas anteriormente.c. Aceptado generado, aquel periodo que ha
cumplido con las validaciones detalladas anteriormente y sobre el
cual el sistema se encuentra generando un archivo en formato XML
con el detalle de adquisiciones segn lo reportado en ATS (Listado
de Comprobantes de Venta sujetos a Devolucin de IVA )d. Aceptado,
aquel periodo que ha cumplido con las validaciones antes precisadas
y del cual el sistema tiene generado el respectivo archivo XML.Como
ayuda visual, el contribuyente podr identificar todos los campos
con colores segn el estado de la VALIDACIN PREVIA:
COLORESTADO
NegroIngresado
VerdeAceptado
RojoRechazado
5. Accin:
a. En proceso, cuando el sistema est realizando validaciones con
las bases del Servicio de Rentas Internas (Sistema Nacional de
Trmites, Consulta de Declaraciones, Anexos RIG).
b. Ver errores, despliega una pantalla en el que se detallan las
validaciones incumplidas sin necesidad de ejecutar el reporte de
VALIDACIN PREVIA.
c. En carga, cuando el sistema est generando el Listado de
Comprobantes de Venta sujetos a Devolucin de IVA archivo XML.
d. Descarga de archivo, cuando el sistema tiene generado el
Listado de Comprobantes de Venta sujetos a Devolucin de IVA archivo
XML; la descarga tambin se la puede realizar desde la tercera opcin
del Submen VALIDACIN PREVIA.
6. Reporte: En este campo el contribuyente al dar click en VER,
ejecutar la opcin para abrir o guardar en archivo PDF los
resultados de la VALIDACIN PREVIA, esto no podr ejecutarse cuando
la VALIDACIN PREVIA se encuentre en estado Ingresado con accin En
Proceso.
El reporte que usted visualizar es el siguiente:
7. Salir: Al dar click en este botn de accin regresar al MEN
DEVOLUCIONES.
C. DESCARGA DE ARCHIVO
En esta tercera opcin del SUBMEN VALIDACIN PREVIA le permitir al
contribuyente descargar el archivo ZIP que contiene un archivo XML
con los registros identificados en el Anexo Transaccional con
identificacin de Crdito Tributario para declaracin de IVA
(Servicios y bienes distintos de inventarios y activos fijos,
Activo Fijo Crdito Tributario para declaracin de IVA e Inventario
Crdito Tributario para declaracin de IVA, que corresponden a los
Cdigos 01, 03 y 06 en el Anexo Transaccional, respectivamente), el
valor correspondiente a importaciones de bienes y activos fijos,
sern registrados de forma manual directamente por el
contribuyente.
1. Al dar click en DESCARGAR ARCHIVO, el sistema descargar el
Listado de Comprobantes de Venta sujetos a Devolucin de IVA archivo
XML, abriendo un cuadro de dilogo para que el contribuyente abra o
guarde el archivo ZIP. Cabe recalcar, que es importante guardar el
archivo XML para poder importarlo en el DIMM Anexos Programa
Devoluciones IVA, mismo que permitir elaborar el listado en formato
XML de los comprobantes de Venta sujetos a Devolucin de IVA.
2. Para importar el Listado de Comprobantes de Venta sujeto a
Devolucin de IVA en el DIMM Anexos es necesario que el
contribuyente descargue de la pgina Web del SRI www.sri.gob.ec el
programa LISTADO PARA DEVOLUCIN DE IVA (Programa DevIVA) y
actualice el DIMM Anexos.
3. A travs de esa opcin se puede verificar que el archivo XML
del Listado de Comprobantes de Venta sujetos a Devolucin de IVA
proporcionado por el SRI, en base a la informacin del ltimo anexo
cargado exitosamente de un perodo fiscal y a las importaciones al
momento de efectuar la VALIDACIN PREVIA, se ajusta al esquema
requerido para la devolucin del Impuesto al Valor Agregado IVA.
Para ello se deben seguir los siguientes pasos:
a. Se procede a escoger la opcin Archivo > Importar
b. Aparecer una pantalla con las opciones que tenga instaladas
el DIMM. Aqu podr escoger la opcin Devoluciones IVA y hacer click
en Siguiente.
c. En la siguiente pantalla deber escoger el archivo XML que
contiene el Listado de Comprobantes de Venta sujetos a Devolucin de
IVA obtenido desde la pgina Web del SRI, haciendo click en el botn
Buscar. Recuerde que previo a la carga deber descomprimir el
archivo .zip descargado inicialmente.
d. Una vez seleccionado el archivo para avanzar haga click en el
botn Finalizar.
e. Si el archivo importado no cumple con las especificaciones
tcnicas proporcionadas por el SRI, aparecer un detalle de los
errores encontrados.
Se reportarn dos tipos de errores:
ERROR, cuando se detecten este tipo de errores el contribuyente
no podr editar en el DIMM Anexos el Listado de Comprobantes que
sustenta la Devolucin de IVA y proceder a corregir el Anexo
Transaccional. ADVERTENCIA, son errores de baja severidad que se
presentan en el Listado de Comprobantes que sustenta la Devolucin
de IVA y podr editarlo en el DIMM Anexos.
f. Si el archivo cumple con las condiciones necesarias para su
carga, aparecer en la pantalla la informacin de Compras Locales e
Importaciones (siempre y cuando esta informacin exista en el
archivo XML que haya importado).
g. Una vez editado el archivo XML proporcionado por el SRI para
la devolucin del Impuesto al Valor Agregado IVA, el contribuyente
deber seleccionar los comprobantes de venta y los montos sobre los
que va solicitar la devolucin de IVA que sustentan costos de
produccin y/o gastos de comercializacin. En el caso de
importaciones, deber verificar y de ser el caso, actualizar el
cdigo de sustento de crdito tributario.
h. La funcionalidad de la seleccin de registros para Devolucin
de IVA permite determinar las transacciones y montos del IVA que
van a ser solicitados para devolucin. Por medio de esta opcin se
puede seleccionar los registros del Listado de Comprobantes de
Venta sujetos a Devolucin de IVA definitivo que conformarn el
archivo XML a ser cargado en la pgina Web del SRI para su
devolucin. Para ello se deben seguir los siguientes pasos:
1. En Compras Locales, podr seleccionar marcando con un visto
los registros que van a conformar el archivo XML para solicitar la
devolucin del IVA.
2. A travs de la opcin Seleccionar Todo se marcarn todos los
registros que se encuentran en pantalla, y de manera similar con la
opcin Borrar Seleccin se desmarcarn todos los registros.Nota: Para
efectos de seleccionar los registros que conformarn el listado de
sujetos a devolucin se deber tomar en cuenta que: Los comprobantes
deben corresponder a compras locales e importaciones de bienes que
se exporten as como bienes, materias primas, insumos, servicios y
activos fijos empleados en la fabricacin y comercializacin de
bienes que se exporten. Para importaciones de bienes y activos
fijos, se deber registrar los valores tanto para Base Imponible y
Monto de Iva de forma manual, segn conste en su declaracin de
IVA.
i. Para editar informacin en el mdulo Compras debe marcar con el
cursor el registro que se va a modificar, y al hacer click en el
botn Editar se desplegarn los datos del registro para ser
modificados.
En Compras Locales se podr modificar solamente el valor del IVA
Solicitado para Devoluciones (menor valor).j. A continuacin, una
vez seleccionados y modificados los registros de Compras Locales y
registrado los valores de Importaciones (de poseerlos) deber hacer
click en el botn Guardar XML para generar el archivo XML que servir
para solicitar la devolucin del IVA. Recuerde que para cargar este
archivo en el ingreso de solicitud, deber comprimirlo.
Al no haber seleccionado ningn registro, el archivo XML se
generar nicamente con los datos de identificacin de contribuyente y
no ser vlido a efectos de la devolucin de IVA.
k. Para verificar la cantidad de registros seleccionados y el
monto de IVA a ser solicitado para devolucin, deber hacer click en
el botn Resumen y aparecer una nueva pantalla con los resultados
del conteo de registros seleccionados y las sumatoria de la Base
Imponible e IVA Solicitado de estos, por cada tipo de sustento.
4. Para salir de la opcin DESCARGA DE ARCHIVO uso el botn de
accin SALIR
D. INGRESO DE SOLICITUD O ANULACIN
Luego de tener su VALIDACIN PREVIA en estado Aceptada, haber
descargado el archivo XML y haber guardado como archivo ZIP el
Listado de Comprobantes de Venta sujetos a Devolucin de IVA
definitivo, el contribuyente ingresar al segundo submen INGRESO DE
SOLICITUD O ANULACIN. En esta opcin el contribuyente podr escoger
entre ingresar la solicitud o anularla, dependiendo de su
necesidad.
Nota: Solo habr una solicitud por cada perodo para una devolucin
de IVA, no podr ingresar ms de una solicitud de devolucin por un
mismo perodo.1. Al escoger INGRESAR se desplegar automticamente la
informacin de: RUC y Razn Social (corresponde a la clave de usuario
ingresada); Perodo Solicitado y Ao Solicitado (corresponde al nmero
de solicitud de VALIDACIN PREVIA seleccionado); y, Telfono, Fax,
Extensin, y Correo Electrnico (corresponde a la informacin que
consta en el Formulario de Registro en el Catastro de
Exportadores).
2. Por lo tanto, el solicitante deber ingresar o seleccionar los
campos:
Valor IVA Solicitado.- Ingrese el valor slo en nmeros que sean
positivos distintos de cero y con punto decimal. No puede dejar
este campo en blanco.
El valor solicitado ser el IVA de documentos que sustentan
costos de produccin y comercializacin, que consta en el archivo XML
definitivo (resumen de listado de transacciones), es decir:
adquisiciones locales o importaciones de bienes que se exporten. As
como aquellos bienes, materias primas, insumos, servicios y activos
fijos empleados en la fabricacin y comercializacin de bienes que se
exporten. Valor FOB Exportaciones.- Corresponde al valor de Aduana
de las exportaciones, en este campo ingrese el valor slo en nmeros
y que sean positivos, el separador decimal es el punto (.), no
puede dejar este campo en blanco.
Bien Exportado.- Corresponde a la descripcin del bien exportado
(por ejemplo: pescado, banano, ropa) En ningn caso, se configura el
derecho a Devolucin de IVA por valores relacionados con la
actividad petrolera en lo referente a la extraccin, transporte y
comercializacin de petrleo crudo, ni a ninguna otra actividad
relacionada con recursos no renovables.
Tipo de Acreditacin.- Este campo no puede dejar en blanco. Puede
escoger entre las opciones:
Acreditacin, campo que se muestra cuando en el catastro del
aplicativo se ha solicitado el registro de una cuenta bancaria.
Nota de Crdito Desmaterializada.Si escogi acreditacin en cuenta, se
desplegar la informacin ingresada en el Formulario de Registro en
el Catastro de Exportadores (esta informacin no puede
modificarla).
Institucin Financiera, nombre de la Institucin Financiera. Tipo
de cuenta, cuenta de ahorros o corriente. Nmero de cuenta, nmero de
la cuenta.
Si escogi nota de crdito desmaterializada, el sistema no le
solicitar ms informacin.
Lugar de Notificacin.- Este campo no se puede dejar en blanco.
Escoja el lugar, tiene las opciones:
Oficinas SRI Domicilio
Si escogi Oficinas SRI, el sistema desplegar en el campo
DireccinOficina la direccin del rea de Devoluciones de IVA a quien
le corresponde de acuerdo a la jurisdiccin atender la solicitud de
Devolucin de IVA.
Archivo.- Cargue su archivo XML comprimido (Listado de
Comprobantes de Venta sujetos a Devolucin de IVA definitivo) a
travs del botn examinar.
Deber tener su listado de comprobantes en formato XML generado
con la herramienta que le provey la Administracin, debidamente
comprimido; este archivo va a sustentar su solicitud de
devolucin.
3. Presione el botn Guardar. El sistema validar que el archivo
ZIP contenga un archivo XML que pertenezca al ltimo Anexo
Transaccional presentado a la Administracin, al RUC solicitante y
al perodo solicitado (mes y ao).
a. El sistema verificar, en primer lugar, que el listado sea del
ltimo anexo transaccional presentado por usted, si detecta que es
diferente al ltimo Anexo Transaccional no continuar con las
validaciones y le informar que debe ir al principio del proceso que
es la Validacin Previa a generar nuevamente el listado. Caso
contrario, contina el proceso.
b. Si el archivo cumple con las validaciones especificadas, se
mostrar un mensaje en el que se le indicar al contribuyente que su
solicitud ha sido ingresada y que recibir un correo notificando
dicha situacin. Adems, puede seleccionar el botn SALIR para
regresar al MEN DEVOLUCIONES.
Nota: En esta etapa el sistema realizar las validaciones lgicas
y aritmticas o cruces de forma automtica tomando en cuenta los
datos ingresados por usted en el listado de comprobantes y su
declaracin de IVA.c. Si el archivo no cumple por lo menos una de
las otras validaciones, se desplegar mensajes indicando el error,
como por ejemplo:
Por lo que el contribuyente, tendr que usar el botn VOLVER A
INTENTAR para regresar a la pantalla INGRESO DE SOLICITUD O
ANULACIN y adjuntar el archivo correcto para que proceda el Ingreso
de la Solicitud.
d. Concluidas las validaciones lgicas y aritmticas, el sistema
enviar a la direccin del correo electrnico del contribuyente, un
mensaje informando que la liquidacin previa generada a travs del
Sistema de Devoluciones de IVA por Internet puede ser consultada
con el detalle del valor de IVA a devolver, (porcentaje calculado
por el sistema), adems de sus respectivos clculos y valores
rechazados, de ser el caso, en el submen CONSULTA DE
LIQUIDACIN.
4. El contribuyente puede seleccionar en INGRESO DE SOLICITUD O
ANULACIN el botn ANULAR en el caso de que el contribuyente decida
eliminar un perodo especfico ingresado en VALIDACIN PREVIA.
Si se escoge esta opcin se desplegar la siguiente pantalla, con
los datos del contribuyente y el perodo que va a anular.
Si escoge ANULAR el perodo desaparecer de la bandeja de INGRESO
DE SOLICITUD O ANULACIN, luego de lo cual podr volver a ingresar
desde la opcin VALIDACIN PREVIA del Sistema de Devoluciones de IVA
por Internet.
E. CONSULTA DE LIQUIDACIN
El tercer submen permitir al contribuyente visualizar el LISTADO
DE LIQUIDACIONES efectuadas por el sistema que se encuentran
pendientes de aceptacin o rechazo.
1. Al hacer click en ESCOGER se podr visualizar la Liquidacin,
con el detalle del valor de IVA a devolver, (porcentaje calculado
por el sistema) para la solicitud de Devolucin de IVA del perodo
seleccionado con los datos ingresados durante todo el proceso:
2. Desplegando las opciones Comprobantes Rechazados y Valores
rechazados por retenciones no efectuadas, en forma previa a la
aceptacin o rechazo del valor de IVA a devolver calculado por el
Sistema, el contribuyente podr verificar el detalle de comprobantes
rechazados por faltas reglamentarias as como los valores rechazados
por no haber efectuado la retencin de IVA o haberla efectuado
parcialmente, en los casos correspondientes.
3. En la opcin VER DETALLE, se visualizarn los conceptos y
valores que se consideraron para la Liquidacin con respecto al
Listado y comprobantes, a la Declaracin de IVA y a las
exportaciones:
4. Si usted no est de acuerdo con el valor de IVA a devolver,
deber usar el botn RECHAZAR; en este caso la solicitud quedar como
finalizada rechazada en el sistema pero podr reiniciar el proceso
de VALIDACIN PREVIA para el perodo rechazado, o podr acceder al
procedimiento manual establecido.
5. Haciendo click en el botn CONTINUAR podr regresar al MEN
DEVOLUCIONES.
6. Si ejecuta la opcin SALIR podr regresar al MEN
DEVOLUCIONES.
7. Si elige ACEPTAR se desplegar un mensaje que detalla dnde
podr imprimir el taln de liquidacin sealndole adems que tiene dos
das hbiles contados desde el da siguiente para ingresar todos los
documentos de sustento en las ventanillas del Servicio de Rentas
Internas.
F. IMPRESIN DE LIQUIDACIN
En el cuarto submen se encontrar el Listado de Impresiones de
Liquidacin, en el cual estarn disponibles todas aquellas
liquidaciones que hayan sido aceptadas por el Contribuyente.
Las solicitudes En Proceso corresponden a aquellas solicitudes
de las que se est generando un nmero de trmite en interfaz con el
Sistema Nacional de Trmites. Las solicitudes listas son aquellas
que tienen la accin Escoger.
1. Haciendo clic en la accin ESCOGER, se desplegar la informacin
de su Liquidacin Aceptada.
2. A continuacin, podr usar el botn IMPRIMIR para generar el PDF
que contiene el taln de liquidacin, el cual podr guardarlo o
abrirlo.
Importante: El valor que la Administracin Tributaria considerar
para las solicitudes presentadas a travs de Internet, es de hasta
el 90% del valor liquidado por el Sistema de Devoluciones de IVA
por Internet, por cada periodo.
Una vez que imprima el taln de liquidacin en el cual ya se le ha
asignado un nmero de trmite adjuntar todos los dems documentos que
respalden la Devolucin de IVA:
3. Tambin podr dar click en REGRESAR lo que le permitir volver a
la pantalla de IMPRESIN DE LIQUIDACIN.
4. Para regresar al MEN DEVOLUCIONES desde la pantalla de
IMPRESIN DE LIQUIDACIN estar disponible el botn de accin SALIR.
G. INFORMACIN CONTACTO CONSULTAS
Este es el ltimo submen que tiene el Sistema de Devoluciones de
IVA por Internet.
Mediante esta opcin el contribuyente tiene la alternativa de
enviar un correo electrnico al Administrador del Sistema, con todas
sus consultas, inquietudes, sugerencias o quejas con respecto al
Sistema de Devoluciones de IVA por Internet, las cuales sern
atendidas de manera oportuna.
En la pantalla podr ingresar su E-Mail, al cual le llegar la
contestacin por parte del Administrador del Sistema, en Asunto podr
registrar de manera concisa de qu se trata el correo electrnico,
posteriormente se despliega una pantalla en la cual puede escribir
su consulta, inquietud, sugerencia, o queja y finalmente decidir si
la Enva o regresa con el botn Salir al men DEVOLUCIONES.
Este instructivo se encuentra disponible en la pgina web
www.sri.gob.ec
ANEXO 1
ANEXO 2Acuerdo sobre Liquidacin Automtica Provisional Previa a
la Resolucin de Devolucin de Impuesto al Valor Agregado (IVA) a
Exportadores de Bienes
El compareciente legalmente capaz para contratar y obligarse a
quien en adelante y para efectos del presente acuerdo se le
denominar el sujeto pasivo, declara su voluntad de someterse al
presente acuerdo, conforme las siguientes clusulas: PRIMERA.-
ANTECEDENTES.- 1. El Servicio de Rentas Internas (SRI) aprob las
Condiciones Generales de Responsabilidad y Uso de Medios
Electrnicos; y, una vez que el sujeto pasivo suscribi el Acuerdo
Electrnico de Responsabilidad y Uso de Medios Electrnicos acept
todas y cada una de las disposiciones establecidas en la Resolucin
No. 0010, publicada en el Registro Oficial No. 9 de 28 de enero de
2003 reformada por la Resolucin No. NAC-DGERCGC10-00494 (Registro
Oficial 276 de 10-09-2010), de Condiciones Generales de
Responsabilidad y Uso de Medios Electrnicos. Adems acept la validez
de la Clave de Usuario y Tecnologa que se le proporcion para el
cumplimiento de sus obligaciones tributarias, otros deberes
formales y acceso a los servicios que el SRI ponga a su disposicin
por Internet. 2. El da 12 de marzo de 2014, el Servicio de Rentas
Internas, emiti la Resolucin No. NAC-DGERCGC14-00156 relativa a las
normas que regulan el Procedimiento para la Devolucin del Impuesto
al Valor Agregado (IVA), a travs de internet, a los exportadores de
bienes, misma que se public en el Suplemento del Registro Oficial
No. 212 del 26 de marzo de 2014. 3. Luego del trmite
correspondiente, el sujeto pasivo se inscribi en el catastro de
exportadores. 4. El Servicio de Rentas Internas, en cumplimiento de
los principios de la poltica tributaria y econmica establecidos en
los Arts. 283, 284 y 300 de la Constitucin de la Repblica del
Ecuador y en el Art. 6 del Cdigo Tributario, y con miras a
propender una relacin dinmica entre los sujetos pasivos de
impuestos y la Administracin Tributaria Central ha establecido un
procedimiento que permite a los exportadores de bienes acceder a un
sistema de liquidacin automtica provisional previa a la emisin y
notificacin de la respectiva Resolucin de Devolucin de IVA.
SEGUNDA: DOCUMENTOS DEL ACUERDO.- Forman parte integrante del
presente acuerdo los documentos que han sido entregados al Servicio
de Rentas Internas al momento de la suscripcin del Acuerdo de
Responsabilidad y Uso de Medios Electrnicos, as como aquellos
entregados al momento de efectuar la respectiva inscripcin o
actualizacin en el Registro nico de Contribuyentes (RUC), mismos
que acreditan la calidad de los comparecientes y su capacidad para
contratar TERCERA.- OBJETO.- El presente acuerdo tiene por objeto
permitir al sujeto pasivo ingresar a un mecanismo por medio del
cual podr obtener una liquidacin automtica provisional, previa a la
emisin y notificacin de la respectiva resolucin de devolucin de
impuesto al valor agregado (IVA) a exportadores de bienes. sta
liquidacin automtica provisional estar condicionada al resultado
que se obtuviere en la correspondiente resolucin de devolucin de
IVA. Por lo tanto este acuerdo no introduce exigencias o requisitos
adicionales a los establecidos en las respectivas leyes y
reglamentos que de una u otra manera afecten al derecho de
solicitar y obtener la devolucin de IVA pagado en la adquisicin de
bienes que se exporten, ni restringe aspectos esenciales ya
regulados.
CUARTA.- ACCESO AL SISTEMA DE DEVOLUCIONES DE IVA POR INTERNET.-
El sujeto pasivo podr acceder al Sistema de Devoluciones de IVA por
Internet, sujetndose a lo establecido en las normas relativas a la
utilizacin de la Clave de Usuario y Tecnologa. Los trminos y
condiciones estn sujetos a las disposiciones contenidas en la Ley
de Comercio Electrnico, Firmas Electrnicas y Mensajes de Datos y en
las normas tributarias vigentes en el Ecuador. El nombre de usuario
y contrasea surtirn los mismos efectos que una firma electrnica y
se entender como una completa equivalencia funcional, tcnica y
jurdica. Por lo tanto todas las transacciones que realice el sujeto
pasivo en el portal del Servicio de Rentas Internas (SRI) se
legalizarn con el nombre de usuario y contrasea. QUINTA.-
REQUISITOS.- Para acceder a la liquidacin automtica provisional,
previa a la emisin y notificacin de la respectiva resolucin de
devolucin de IVA, el sujeto pasivo deber haber cumplido con los
siguientes requisitos: 1. Suscribir el respectivo acuerdo de
responsabilidad y uso de medios electrnicos, en el que se acepte
todas las condiciones relacionadas a la utilizacin de "Claves de
Usuario" y Tecnologa a utilizarse para la presentacin y pago de
declaraciones y anexos de las obligaciones tributarias a travs de
Internet y obtener su respectiva clave de autorizacin. 2.
Registrarse en el catastro de exportadores que mantiene el SRI. 3.
Presentar la declaracin de impuesto al valor agregado y el
respectivo anexo, correspondientes al perodo cuya devolucin de IVA
se vaya a solicitar. 4. Finalizar el proceso de pre-validacin a
travs de Internet. 5. Presentar la solicitud de devolucin de IVA
con el reporte del aplicativo de pre-validacin, listado impreso y
en medio magntico de los comprobantes de venta, y dems documentos
respectivos.
SEXTA.- ESTIPULACIONES GENERALES.- La liquidacin automtica
provisional previa a la emisin y notificacin de la resolucin de
devolucin de IVA, se emitir nicamente dentro del proceso de
devolucin de IVA tramitado a travs de Internet, segn el
procedimiento especificado en la Resolucin No. NAC-DGERCGC14-00156
mencionada en el segundo numeral de la clusula primera del presente
documento. A travs de la liquidacin provisional, la Administracin
Tributaria acreditar de manera automtica un valor de hasta el
noventa por ciento (80%) del valor liquidado por el Sistema de
Devoluciones de IVA por Internet, por cada periodo, con lo cual el
sujeto pasivo se constituye en nico responsable de la informacin
registrada, as como de los datos proporcionados. Seguidamente, la
Administracin Tributaria efectuar el anlisis correspondiente del
periodo solicitado, a efectos de resolver dicho trmite dentro de
los plazos legales. Se entender como fecha de ingreso de la
solicitud de devolucin de IVA aquella en la cual el Sistema de
Devoluciones de IVA por Internet asigne un nmero de trmite a la
misma. En el caso de que el da o la hora de asignacin del nmero de
trmite sean no laborables para el Servicio de Rentas Internas, el
ingreso de la solicitud se entender prorrogado al primer da hbil
siguiente. SPTIMA.- LIQUIDACIN AUTOMTICA PROVISIONAL.- Luego de dos
(3) das hbiles contados desde la presentacin de los documentos
correspondientes segn lo indicado en esta acuerdo y en la Resolucin
No. NAC-DGERCGC14-00156, el sistema generar automticamente la
liquidacin previa en la que se indicar el valor a ser acreditado
provisionalmente y sujeto de convalidacin por medio del ejercicio
de la facultad resolutiva de la Administracin Tributaria. La
pre-validacin efectuada por el Sistema de Devolucin de IVA
constituye un acto preparatorio y la liquidacin automtica previa un
acto de trmite, por lo tanto no causan la imposibilidad de
continuar con el procedimiento, ni se podr considerar que los
mismos han reconocido directamente o indirectamente el derecho a
devolucin de IVA y el importe del mismo. La notificacin del oficio
de liquidacin provisional y la respectiva acreditacin se efectuarn
de forma paralela. OCTAVA.- RESOLUCIN DE DEVOLUCIN DE IVA.-
Transcurrido el plazo de noventa (90) das desde la recepcin de la
solicitud, la Administracin Tributaria efectuar el anlisis
correspondiente con relacin al periodo solicitado, a efectos de
emitir la respectiva resolucin de devolucin de IVA, y acreditara,
de ser el caso, el respectivo valor faltante. En el caso de que en
la resolucin de devolucin de IVA se establezca que el valor sobre
el que efectivamente tiene derecho el sujeto pasivo es menor al
monto acreditado en la etapa de la liquidacin automtica
provisional, solicitar al sujeto pasivo el reembolso del valor
acreditado en demasa ms los respectivos intereses. La resolucin
antes mencionada finaliza la tramitacin de la solicitud de
devolucin de IVA y constituye un acto administrativo susceptible de
impugnacin. NOVENA.- OBLIGACIN DE REEMBOLSO E INTERESES.- La
liquidacin provisional automtica tendr efectos definitivos a partir
del da de notificacin de la respectiva resolucin de devolucin de
IVA, por lo que en caso de que en la fase de liquidacin previa se
haya producido una acreditacin en demasa a la que efectivamente
tena derecho el sujeto pasivo, los intereses se calcularan desde la
fecha de depsito en cuenta o emisin de la nota de crdito
desmaterializada hasta la fecha de pago, de conformidad con lo
dispuesto en el artculo 21 del Cdigo Tributario. El documento
suficiente para exigir este reembolso ser la respectiva resolucin
de devolucin de IVA; y las obligaciones monetarias debern ser
pagadas dentro del plazo de veinte (20) das hbiles, mediante un
formulario 106 en cualquier entidad de recaudacin autorizada o por
medio de Internet. Caso contrario, la Administracin Tributaria
iniciar el procedimiento de ejecucin coactiva con las
correspondientes costas judiciales, de conformidad con lo sealado
en los artculos 157 y siguientes del Cdigo Tributario y dems normas
aplicables. DCIMA.- OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDAD.- 1. El sujeto
pasivo asume la responsabilidad total del uso de la clave de
usuario. No podr ceder o comunicar bajo ninguna circunstancia su
clave y nombre de usuario y evitar establecer claves evidentes y
simples, por lo tanto ser el responsable de mantener en secreto los
nmeros de sus cuentas, sus contraseas personales, sus claves de
acceso y los nmeros confidenciales con los cuales tenga acceso a
los servicios y contenidos del Sistema Automtico de Devoluciones de
IVA por Internet.
2. El sujeto pasivo es legal y econmicamente responsable de la
veracidad, exactitud y consistencia de los datos presentados a fin
de solicitar el reintegro del IVA pagado.
3. El sujeto pasivo asume la responsabilidad relacionada con lo
establecido en los artculos 344 y 345 del Cdigo Tributario.
4. El sujeto pasivo acepta que al tramitar su solicitud de
devolucin de IVA por Internet hace uso del derecho a la devolucin
de impuesto al valor agregado establecido en los artculos 57 y 72
de la Ley de Rgimen Tributario Interno.
5. El sujeto pasivo acepta la validez de este acuerdo as como de
la informacin que enve a la Administracin haciendo uso de los
sistemas o medios electrnicos que el Servicio de Rentas Internas
ponga a su disposicin.
DCIMA PRIMERA.- OTRAS OBLIGACIONES DEL SUJETO PASIVO.- A ms de
las obligaciones establecidas en el presente acuerdo, el sujeto
pasivo est obligado a cumplir con cualquier otra que se derive del
objeto del acuerdo y pueda ser exigible por constar en cualquier
norma legal aplicable. DCIMA SEGUNDA.- CONDICIONES
COMPLEMENTARIAS.- El Servicio de Rentas Internas tendr el derecho a
negar, restringir o condicionar el acceso al Sistema Automtico de
Devoluciones de IVA por Internet, total o parcialmente. DCIMA
TERCERA.- PROCEDIMIENTO EXCEPCIONAL A TRAVS DE VENTANILLA.- No se
procesar por este medio electrnico aquellos casos que se encuentran
establecidos en el artculo 8, relativo al procedimiento excepcional
para la devolucin de IVA a exportadores de bienes a travs de
ventanilla, de la Resolucin No. NAC-DGERCGC14-00156. Por lo tanto,
en estos casos, la devolucin deber ser solicitada en ventanillas
del Servicio de Rentas Internas conforme el procedimiento manual
establecido para el efecto. DCIMA CUARTA.- TERMINACIN DEL ACUERDO.-
El presente acuerdo podr ser rescindido unilateralmente por
cualquiera de las partes y sin expresin de causa, debiendo
comunicar tal circunstancia de forma fehaciente a la otra parte. La
rescisin del acuerdo no originar derecho a indemnizacin ni
resarcimiento alguno de ningn concepto. DCIMA QUINTA.- ACEPTACIN.-
Dadas las presentes condiciones, con pleno conocimiento de las
responsabilidades en que podra incurrir por falsedad o engao, en
seal de conformidad y para su fiel y estricto cumplimiento, el
sujeto pasivo suscribe libre y voluntariamente el presente acuerdo,
quedando as el sujeto pasivo sometido al rgimen establecido en las
clusulas del presente acuerdo y a las normas jurdicas aplicables.
Dadas las condiciones establecidas en ste acuerdo como en el
Acuerdo de Responsabilidad y Uso de Medios Electrnicos y dems
normativa jurdica aplicable, el presente podr ser suscrito
electrnicamente, manteniendo la misma validez y eficacia jurdica
que el uso de una firma manuscrita; y de conformidad a lo
establecido en los artculos 59 y siguientes del Cdigo Tributario,
en el literal c) del artculo 11 y en el artculo 46 de la Ley de
Comercio Electrnico, Firmas Electrnicas y Mensajes de Datos y dems
normativa vigente, se considerar como lugar de perfeccionamiento
del presente el domicilio legal del sujeto pasivo.
Septiembre, 2014 Direccin Nacional de Gestin Tributaria Pg. 52
de 52rea de Sistemas de Informacin