UNIVERSIDAD TÉCNICA DE AMBATO Gordillo Mayra Marcial Lorena Ortiz Carolina Proaño Priscila Villarreal Andrea Zambrano Tania SEMESTRE: Octavo “B” MANEJO DE INSTRUMENTOS JURÍDICOS LABORALES
UNIVERSIDAD TÉCNICA DE AMBATO
Gordillo MayraMarcial LorenaOrtiz CarolinaProaño PriscilaVillarreal AndreaZambrano Tania
SEMESTRE:Octavo “B”
MANEJO DE INSTRUMENTOS JURÍDICOS LABORALES
ART. 326.- EL DERECHO AL TRABAJO SE SUSTENTAN EN LOS SIGUIENTES PRINCIPIOS:
1. EL ESTADO IMPULSARA EL
PLENO EMPLEO Y LA
ELIMINACIÓN DEL SUBEMPLEO
Y DEL DESEMPLEO
VADEMECUM LABORAL CODIGO DE TRABAJO
TITULO PRIMERO
REGIMEN LABORAL
LIBRO UNO
CONTRATO DE TRABAJO
CAPITULO UNO
RELACION CONTRACTU
AL
ART. 2.- OBLIGATORIEDAD DEL TRABAJO
El trabajo es un derecho y un deber social. El trabajo es obligatorio, en la
forma y con las limitaciones prescritas en la constitución y en las
leyes.
ART. 244.- DENTRO DEL SISTEMA DE LA ECONOMIA SOCIAL DE MERCADO AL ESTADO LE CORRESPONDERA:
2.- Incentivar el pleno empleo y el mejoramiento
de los salarios reales, teniendo en cuenta el
aumento de la productividad, y otorgar subsidios específicos a quienes los necesiten
ART. 243.- SERAN OBJETIVOS PERMANENTES DE LA ECONOMIA
4. La eliminación de la indigencia, la superación de la pobreza, la
reducción del desempleo y subempleo, el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes, y la distribución equitativa de la
riqueza
DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS
ART. 23
Toda persona tiene derecho al trabajo, a
la ejecución de su trabajo, a
condiciones equivalentes y
satisfactorias de trabajo y a la
protección contra el desempleo
EJEMPLO:
MI PRIMER EMPLEO
Mi Primer Empleo es un programa con el que se pretende fortalecer los mecanismos de facilitación laboral en instalaciones dignas para acoger a los trabajadores, así como proporcionarles asesoría y capacitación para su desarrollo, además de fomentar la asociatividad para la creación de emprendimientos.
Objetivos
Vincular los conocimientos teóricos adquiridos en la formación superior con la práctica en las entidades públicas mediante las pasantías.
Mejorar la inserción de las y los jóvenes en el mundo laboral.
Concientizar a los sectores productivos sobre la importancia de contar con la población juvenil en sus procesos
Metas Ubicar 1900 jóvenes en pasantías en el Sector Público. Trabajar con 80 entidades del Sector Público. Realizar eventos de capacitación en Derechos
Fundamentales del Trabajo a 1900 jóvenes pasantes. Atender a 21 Provincias Del País.
Actividades RealizadasAl mes de febrero se realizaron las siguientes actividades:
Ingreso de 1162 jóvenes a pasantías al sector público. Difundir el programa a usuario interno y externo Establecer alianzas estratégicas con entidades públicas Inscribir a las y los jóvenes interesados, mediante el
sistema Web.
Capacitar al equipo humano que se encuentra a cargo de la ejecución del programa en cada provincia
Implementar la pasantía, ubicación de pasantes, seguimiento y realización de los pagos de aportes económicos en forma mensual
Presupuesto anual
1.917000 dólares
NUMERAL 2
LOS DERECHOS
LABORALES SON
IRRENUNCIABLES E
INTANGIBLES. SERA NULA
TODA ESTIPULACION AL
CONTRARIO.
CODIGODE TRABAJOTITULO PRELIMINAR-DISPOSICIONES FUNDAMENTALES
Art. 4.- IRRENUNCIABILIDAD DE DERECHOS:
Los derechos del trabajador son irrenunciables. Será nula toda estipulación al contrario.
VADEMECUM LABORAL
Art. 72.- VACACIONES ANUALES IRRENUNCIABLES.- Las vacaciones anuales constituyen un derecho irrenunciable que no puede ser compensado con su valor en dinero. Ningún contrato podrá terminar sin que el trabajador con derecho a vacaciones las haya ganado, salvo lo dispuesto en el Art. 74.
SECCION SEGUNDADERECHO AL TRABAJADOR
Art. 35.-Los derechos del trabajador son irrenunciables. Sera nula toda estipulación que implique su renuncia, disminución o alteración. Las acciones para reclamarlos prescribirá en el tiempo señalado por la ley, contando desde la terminación de la relación laboral.
DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS
Art. 24.- Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.
ART. 23
Núm. 2.-Toda persona tiene derecho sin discriminación alguna a igual salario por trabajo igual.
Núm. 3.-Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria.
CODIGO DE TRABAJOCAPITULO CUARTO
Art. 42.- Núm. 13.-Tratar a los trabajadores con la debida consideración, no infiriéndoles maltratos de palabra o de obra.
EJEMPLO No puede aceptar un salario menor
al mínimo establecido
No debe trabajar mas de 12 horas como máximo
diarias.
Cuando el trabajador pide sus vacaciones
en dinero no será aceptado
EN CASO DE DUDA SOBRE EL ALCANCE DE LAS DISPOSICIONES LEGALES, REGLAMENTARIAS O CONTRACTUALES EN MATERIA LABORAL, ESTAS SE APLICARÁN EN EL SENTIDO MÁS FAVORABLE A LAS PERSONAS TRABAJADORAS.
NUMERAL 3
CÓDIGO DE TRABAJO
TÍTULO PRELIMINARDISPOSICIONES FUNDAMENTALES
Art. 7. Aplicación favorable al trabajador.- En caso de duda sobre el alcance de las disposiciones legales, reglamentarias o contractuales en materia laboral, los funcionarios judiciales y administrativos las aplicarán en el sentido más favorable a los trabajadores.
VADEMECUM LABORAL
TITULO PRIMERO: REGIMEN LABORALLIBRO I: CONTRATO DE TRABAJO
CAPÍTULO 1: RELACIÓN CONTRACTUALMARCO JURÍDICO
Art. 5. Protección judicial y administrativa.- Los funcionarios judiciales y administrativos están obligados a prestar a los trabajadores oportuna y debida protección para la garantía y eficacia de sus derechos.
IN DUBIO PRO OPERARIO
Principio del Derecho Laboral
Dudas razonables:
discusión entre el empleado y su empleador
Reclamos efectuados o
las imputaciones
alegadas
Jueces
Favorecer a la parte más débil de la relación
Trabajador
Interpretación no contraria a la voluntad del trabajador.
Duda verdadera en cuanto al sentido o alcance de la norma legal.
CONDICIONES
CASOS
NUMERAL 3 DEL ART. 326 DE LA CONSTITUCIÓN
despido intempestivo
contrato (1 año)
subsistencia del contrato de trabajo
CASO 2
CONTRATO A PRUEBA
NINGUNA INTERVENCIÓ
N JUDICIAL
MINIMO 1 AÑO
CONCLUYE LA RELACIÓN POR
DESAHUCIO
LA NOTIFICACIÓN NO CUMPLE CON
LAS FORMALIDADES
“TERMINACIÓN DE LA RELACION POR VOLUNTAD
DEL EMPLEADOR”
DESPIDO INTEMPESTIV
O
SEGÚN LO DISPUESTO EN EL LITERAL a) DEL ART. 31
DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA
Y EL 7 DEL CÓDIGO DEL TRABAJO
INTERPRETAR EN EL SENTIDO MÁS FAVORABLE PARA EL TRABAJADOR
*GRACIAS*