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RESOLUCION EJECUTIVA REGIONALN° 6~7 -2018-GR CUSCO/GR
Cusco, 1 7 AGO. 2018EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL
DEL CUSCO.
VISTO: Los Informes W 120 y 197-2018-GR CUSCO/GRPPAT/SGDI-OFI
delResponsable de la Oficina Funcional de Informática, Informes W
127, 156 Y 218-2018 GRCUSCO/GRPPAT-SGDI de la Sub Gerencia de
Desarrollo Institucional, Informes N° 210 Y 242-2018 GR
CUSCO/GRPPAT de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto
yAcondicionamiento Territorial, Oficio Múltiple
WD000025-2018-PCM-SEGDI de la Secretaría deGobiemo Digital de la
Secretaría General de la Presidencia del Consejo de
Ministros,Memorándum W 1015 y 1098-2018-GR-CUSCO/ORAJ de la Oficina
Regional de AsesoríaJurídica del Gobiemo Regional del Cusco;
CONSIDERANDO:Que, la Ley N° 27658 - Ley Marco de Modernización
de la Gestión del Estado, declara
al Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes
instancias, dependencias,entidades, organizaciones y
procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública
ycontribuir en el fortalecimiento de un Estado moderno,
descentralizado y con mayorparticipación de la ciudadanía;
Que, el Artículo 11 del Título Preliminar de la Ley N° 29158 -
Ley Orgánica del PoderEjecutivo, reconoce el Principio de servicio
al ciudadano, por el cual se dispone que lasentidades del Poder
Ejecutivo están al servicio de las personas y de la sociedad,
actúan enfunción de sus necesidades, así como del interés general
de la Nación, asegurando que susactividades se realicen con
eficacia, eficiencia, simplicidad de la gestión; de inclusión
yequidad; así como, el de participación y transparencia, de manera
que los ciudadanos tenganacceso a la información, siendo un aspecto
clave para ello la planificación estratégica en elámbito de las
tecnologías de información;
Que, por Decreto Supremo W 066-2011-PCM, se aprueba el Plan de
Desarrollo de laSociedad de la Información en el Perú - La Agenda
Digital Peruana 2.0, que tiene como unode sus objetivos "Promover
una administración pública de calidad orientada a la población"
ypara ello define como estrategia "Adecuar la normatividad
necesaria para el desplieguedel gobierno electrónico", que permita
asegurar una adecuada gestión de las tecnologíasdigitales; siendo
un instrumento para tal fin, la formulación de planes de gobierno
digital;
Que, mediante el Decreto Supremo N° 081-2013-PCM se aprueba la
Política Nacionalde Gobierno Electrónico 2013-2017, principal
instrumento que ha permitido propiciar eldesarrollo y despliegue
del Gobierno Electrónico en el Perú, siendo de alcance y
cumplimientoobligatorio por parte de todos los entes y niveles de
las entidades de la AdministraciónPública, la cual prevé
determinados lineamientos estratégicos para la adopción del
GobiernoElectrónico en el país;
Que, a través de la Resolución Ministerial N° 004-2016-PCM, se
aprobó el usoobligatorio de la Norma Técnica Peruana "NTP-ISO/IEC
27001:2014 Tecnología de laInformación. Técnicas de Seguridad.
Sistemas de Gestión de Seguridad de la Información.Requisitos. 2°
Edición", en todas las entidades integrantes del Sistema Nacional
deInformática;
Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 47° del
Reglamento de Organización yFunciones de la Presidencia del Consejo
de Ministros aprobado mediante el Decreto SupremoN° 022-2017-PCM,
la Secretaría de Gobierno Digital es el órgano de línea, con
autoridadtécnico normativa a nivel nacional, responsable de
formular y proponer políticas nacionales y
O ~EG/O~ sectoriales, planes nacionales, normas, lineamientos y
estrategias en materia de Informática y~~~\Y'1~de Gobierno
Electrónico; asimismo, es el órgano rector del Sistema Nacional de
Informática;i ~~ Que, el artículo 5° de la Resolución Ministerial
N° 004-2016-PCM modificado por'~::= ó! Resolución Ministerial N°
166-2017-PCM, establece que cada entidad designará un Comité
K.UI. , de Gestión de Seguridad de la Información, conformado
como mínimo por: - EII/a titular dela entidad o su representante; -
El/la responsable de administración o quien haga sus veces; -El/la
responsable de planificación o quien haga sus veces; - El/la
responsable del área deinformática o quien haga sus veces; - El/la
responsable de área legal o quien haga sus vecesy - EII/a oficial
de seguridad de la información. Estableciéndose en el artículo 5°-A
queincorporó, las funciones del referido Comité;
GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO ~iJGobiemo Regional~CU5C"
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GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO
Que, el artículo 4° de la Resolución Ministerial W 166-2017-PCM,
señala que el Titularde la entidad debe designar al Oficial de
Seguridad de la Información, quien será responsablede coordinar la
implementación del Sistema de Gestión de Seguridad de la
Información en laentidad;
Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional W 2222-2014-GR
CUSCO/PR seaprueba la Agenda Digital de la Región Cusco, cuyo
Objetivo W 4 indica: Utilizar las TICcomo plataforma tecnológica
para modemizar la gestión pública y orientar los procesosestatales
hacia la persona;
Que, a través de los Informes W 210 y 242-2018 GR CUSCO/GRPPAT
de 15 de mayo y12 de junio del 2018, la Gerencia Regional de
Planeamiento, Presupuesto y AcondicionamientoTerritorial, remite
los Informes W 127, 156 y 218-2018 GR CUSCO/GRPPAT-SGDI de 08
demayo, 11 de junio y 08 de agosto del 2018 respectivamente, de la
Sub Gerencia de DesarrolloInstitucional y los Informes W 120 y
197-2018-GR CUSCO/GRPPAT/SGDI-OFI del Responsablede la Oficina
Funcional de Informática, por los cuales se propone y solicita la
designación delComité de Gestión de Seguridad de la Información del
Gobiemo Regional del Cusco, así como ladesignación del Oficial de
Seguridad de la Información, conforme a lo establecido por
laResolución Ministerial N° 004-2016-PCM y la Resolución
Ministerial N° 166-2017-PCM;
Con las visaciones de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica,
Gerencia Regional dePlaneamiento, Presupuesto y Acondicionamiento
Territorial y la Gerencia General Regionaldel Gobiemo Regional del
Cusco;
En uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 27783 Ley de
Bases de laDescentralización, el inciso d) del artículo 21° y el
inciso a) del artículo 41° de la Ley N° 27867Ley Orgánica de
Gobiemos Regionales modificado por Ley N° 27922 Y el Artículo Único
de laLey N° 30305 "Ley de Reforma de los artículos 191°, 194° Y
203° de la Constitución Política delPerú sobre denominación y no
reelección inmediata de autoridades de los Gobiemos Regionalesy
Alcaldes";
RESUELVE:
ARTíCULO PRIMERO.- DESIGNAR al Ing. Alex Irmel Oviedo Solis como
Oficial deSeguridad de la Información, responsable de coordinar la
implementación del Sistema deiEestión de Seguridad de la
Información del Gobiemo Regional del Cusco.
ARTíCULO SEGUNDO.- CONFORMAR el Comité de Gestión de Seguridad
de laInformación del Gobiemo Regional del Cusco, el que estará
integrado de la siguiente manera:
PRESIDENTE:- Ing. Edwin Licona Licona
Gobernador Regional del Cusco o su representante.
INTEGRANTES:- CPC. Gloria Zanabria QuillcaDirectora Regional de
Administración.
- Econ. Owen Eddie Salas BéjarGerente Regional de Plan eamien
to, Presupuesto y AcondicionamientoTerritorial.
-Ing. Darío Segovia SollerResponsable de la Oficina Funcional de
Informática.
- Abog. Katia Coronado WagnerDirectora Regional de Asesoría
Jurídica.
-Ing. Alex Irmel Oviedo SolísOficial de Seguridad de la
Información.
ARTíCULO TERCERO.- ESTABLECER que el Comité de Gestión de
Seguridad de laInformación del Gobiemo Regional del Cusco, deberá
de cumplir como mínimo las siguientesfunciones:
a) Proponer la política y objetivos de seguridad de la
información alineados con elPlan Estratégico Institucional, con la
Política Nacional de Gobiemo Electrónico yregulación en el ámbito
de seguridad de la información;
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GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO
b) Promover y gestionar la implementación del Sistema de Gestión
de Seguridad de laInformación;
c) Promover la gestión de seguridad de la información en los
procesos y culturaorganizacional;
d) Gestionar la asignación del personal y recursos necesarios
para la implementacióndel Sistema de Gestión de Seguridad de la
Información;
e) Difundir la importancia de una efectiva gestión de seguridad
de la información a laspartes interesadas, en conformidad con los
requisitos del Sistema de Gestión deSeguridad de la
Información;
f) Evaluar el desempeño del Sistema de Gestión de Seguridad de
la Información;g) Otras funciones que se le asigne en el ámbito de
su competencia y aquellas
concordantes con la materia.
ARTíCULO CUARTO.- TRANSCRIBIR la presente Resolución Ejecutiva
Regional a losintegrantes del Comité de Gestión de Seguridad de la
Información del Gobiemo Regional delCusco, Secretaría de Gobierno
Digital de la Secretaría General de la Presidencia del Consejo
deMinistros y a las instancias técnico administrativas de la Sede
del Gobierno Regional Cusco, parasu conocimiento y fines de
Ley.
ARTíCULO QUlNTO.- PUBL/CAR la presente Resolución Ejecutiva
Regional en el PortalInstitucional del Gobiemo Regional del
Cusco.
WIN L/CONA L/CONABERNADOR REGIONAL
GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO