b:J)~, Gobierno Regional ~~CU5C~ Caminemos iunUls GOBIERNO REGIONAL CUSCO RESOLUCiÓN EJECUTIVA REGIONAL " N° 932 -2016-GR CUSCO/GR Cusca, 21 NOV. 2018 EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL CUSCO VISTO: El Informe N° 024-2018-GR CUSCO/ORAD-AFGE e Informe Escalafonario W 199-2018-GR CUSCO-ORAD/ORAD-ORH-AFGE-AE del Área Funcional de Gestión dél Empleo de la Oficina de Recursos Humanos del Gobierno Regional Cusca. CONSIDERANDO: Que, el inciso c) del Artículo 34°, del Decreto Legislativo 276 "Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público", establece que: "l:« Carrera Administrativa termina por: (.,.) c) Cese definitivo (. ..)", asimismo el inciso a), del Artículo 35° del mismo cuerpo normativo establece que: "Son causas justificadas para el cese definitivo de un servidor: a) Limite de setenta años de edad; (. ..)", concordante con el Artículo 186 0 del Reglamento de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM, que señala: "El cese definitivo de un servidor se produce' 'dé acuerdo a la Ley por las causas justificadas siguientes : a) Limite de setenta años de edad; (. ..)"; o Re ~~~.•.~,. G~ t 'I'~:"~O-t: Que, el Artículo 183 0 del Decreto Supremo N° 005-90-PCM, establece que: "El o ~, ~ oIérmino de la Carrera Administrativa se expresa por resolución del titular de la entidad o e GO RE - A: de quien esté fa culta do para ello, con clara mención de la causal que se invoca Y los <s. s ° documentos que acreditan la misma", asimismo el Artículo 184 0 del referido Decreto Supremo, establece que: "En los casos de fallecimiento, renuncia o cese definitivo,--Ia ~~i~GIÓ~ resolución respectiva expresará además todos los aspectos referentes a la situación 'ltt 0 ~~b¡ :.tt(()~ laboral del ex servidor a fin de facilitar el inmediato ejercicio de los derechos económicos (~ ~\ que le corresponde"; ~~~'¡,iJ Que, la servidora SARA SANCHEZ ESCALANTE, ingreso a la Administración ~-' Pública como contratada en el cargo de Secretaria en el ORDESO Organismo de Desarrollo Sur Oriente, a partir del 16 de noviembre del 1981 según Resolución Jefatural W 1177 -81-J-ORDESO, y luego como personal nombrada a partir del 01 de diciembre de 1987, cargo de Técnico en Secretariado 1, Plaza N° 0067 en la Corporación Departamental de Desarrollo Cusca, mediante Resolución Presidencial W 286-87 -P- CDDC, y actualmente labora en el cargo de Secretaria V, Nivel Remunerativa STA 'en ·ta Vice Presidencia del Gobierno Regional Cusco; Que, evaluado el Legajo Personal de la servidora Sara Sanchez Escalante, se verifica el DNI N° 23887108, donde figura como fecha de nacimiento el 23 de abril de 1948, estableciéndose que al23 de abril del 2018 ha cumplido 70 años de edad; ,_ Que, conforme al Informe Escalafonario la servidora Sara Sanchez Escalante, acredita 37 años, 11 meses de servicios oficiales prestados al estado, al 30 de noviembre del 2018; Con las visaciones de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, Oficina Regional de Administración y Gerencia General Regional del Gobierno Regional Cusco; En uso de las atribuciones y facultades conferidas por la Ley W 27783 "Ley de Bases de la Descentralización", el inciso d) del Artículo 21 0 e inciso a) del artículo 41 0 de la Ley N° 27867 "Ley Orgánica de Gobiernos Regionales", modificada por Ley W 27902, el Articulo único de la Ley N° 30305, Ley de Reforma de los artículos 19r, 194 0 Jf 203- 0 de la Constitución Política del Perú sobre denominación y no reelección inmediata de autoridades de los Gobiernos Regionales y de los Alcaldes;