Top Banner
tfi bl ,¿ -\o- N!." gM R.D. N" 263 -201r -CENFOTUR/DN Borronco, 24 de Agosto de 201 1 VISIOS: El Informe Finol No 013-2011-CENFOTUR/CEPAD y No 01/-2011- CENFOIUR/CEPAD, de fecho24 de Agosto de 20'l l, de lo Comisión Especiol de Procesos Adminisirotivos Disciplinorios, y; CONSIDERANDO: Que, el Centro de Formoción en Turismo - CENFOTUR es un Orgonismo Técnico Especiolizodo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, con outonomío ocodémico, económico, finonciero y odministrotivo de conformidod con el Decreio Ley No 22155i que tiene como finolidod plonificor y ejecutor lo polílico educotivo poro lo formoción profesionol en su primero y segundo especiolizoción. Que, o trovés de lo R:D. N' 334-201O-CENFOIUR/DN se oprobó el Reglomento lnterno del Régimen Disciplinorio y de Ético Público del CENFOTUR, con el objeiivo de estoblecer los normos y el procedimiento que regulen los procedimienfos odministrofivos disciplinorios que se instouren ol personol del CENFOTUR. Que, conforme ol ortÍculo 31o por el Reglomento Interno del Régimen Disciplinorio y de Ético Público del CENFOTUR, es objeto del Proceso Administrotivo Disciplinorio pronunciorse sobre lo existencio o no de infrocciones de noturolezo odministrotivo, disciplinorio o éiico y, de ser el coso, determinor lo grovedod de los mismos y su correspondiente sonción. Que, medionte el lnforme N' 007-20,10-2-0ó0 "Exomen Especiol o los Escuelos Superiores del Cenko de Formoción en Turismo - CENFOTUR y o lo Colidod Educotivo que 2007-2010, del Órgono de Conirol Institucionol, se determinó presunio responsobilidod odminislroiivo funcionol conlro el señor Henry Denison COOPER TENAUD y Miguel Ángel PEZZINI CHAVARRIA. Se determinó presunto responsobilidod odminlstrotivo funcionol contro el señor Henry Denison COOPER TENAUD, Director de lo Escuelo Superior de Hotelerío. 9gl¡r a, rOl ' Jirr ,d§
10

gM - CENFOTUR · 2016. 10. 19. · tfi,¿bl i§-\o-N!." gM R.D. N" 263 -201r -CENFOTUR/DN Borronco, 24 de Agosto de 201 1 VISIOS: El Informe Finol No 013-2011-CENFOTUR/CEPAD y No

Aug 30, 2021

Download

Documents

dariahiddleston
Welcome message from author
This document is posted to help you gain knowledge. Please leave a comment to let me know what you think about it! Share it to your friends and learn new things together.
Transcript
Page 1: gM - CENFOTUR · 2016. 10. 19. · tfi,¿bl i§-\o-N!." gM R.D. N" 263 -201r -CENFOTUR/DN Borronco, 24 de Agosto de 201 1 VISIOS: El Informe Finol No 013-2011-CENFOTUR/CEPAD y No

tfi

bl,¿i§

-\o-N!."

gMR.D. N" 263 -201r -CENFOTUR/DN

Borronco, 24 de Agosto de 201 1

VISIOS:

El Informe Finol No 013-2011-CENFOTUR/CEPAD y No 01/-2011-CENFOIUR/CEPAD, de fecho24 de Agosto de 20'l l, de lo Comisión Especiol deProcesos Adminisirotivos Disciplinorios, y;

CONSIDERANDO:

Que, el Centro de Formoción en Turismo - CENFOTUR es un OrgonismoTécnico Especiolizodo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR,con outonomío ocodémico, económico, finonciero y odministrotivo deconformidod con el Decreio Ley No 22155i que tiene como finolidod plonificor yejecutor lo polílico educotivo poro lo formoción profesionol en su primero ysegundo especiolizoción.

Que, o trovés de lo R:D. N' 334-201O-CENFOIUR/DN se oprobó elReglomento lnterno del Régimen Disciplinorio y de Ético Público del CENFOTUR,

con el objeiivo de estoblecer los normos y el procedimiento que regulen losprocedimienfos odministrofivos disciplinorios que se instouren ol personol delCENFOTUR.

Que, conforme ol ortÍculo 31o por el Reglomento Interno del RégimenDisciplinorio y de Ético Público del CENFOTUR, es objeto del Proceso AdministrotivoDisciplinorio pronunciorse sobre lo existencio o no de infrocciones de noturolezoodministrotivo, disciplinorio o éiico y, de ser el coso, determinor lo grovedod de losmismos y su correspondiente sonción.

Que, medionte el lnforme N' 007-20,10-2-0ó0 "Exomen Especiol o los EscuelosSuperiores del Cenko de Formoción en Turismo - CENFOTUR y o lo ColidodEducotivo que 2007-2010, del Órgono de Conirol Institucionol, se determinópresunio responsobilidod odminislroiivo funcionol conlro el señor Henry DenisonCOOPER TENAUD y Miguel Ángel PEZZINI CHAVARRIA.

Se determinó presunto responsobilidod odminlstrotivo funcionol contro elseñor Henry Denison COOPER TENAUD, Director de lo Escuelo Superior de Hotelerío.

9gl¡r a,rOl

' Jirr

,d§

Page 2: gM - CENFOTUR · 2016. 10. 19. · tfi,¿bl i§-\o-N!." gM R.D. N" 263 -201r -CENFOTUR/DN Borronco, 24 de Agosto de 201 1 VISIOS: El Informe Finol No 013-2011-CENFOTUR/CEPAD y No

"'*"f*,.§"9ño¡t+

ot*t

Del onólisis de observqción N" 0l se qdvierte contro el señor Henry DenisonCOOPER TENAUD los siguientes imputociones odminislrotivos funcionoles por foltogrqve:

En su colidod de Direclor de lo Escuelo Superior de Holelerío, omitió odveriirque el pogo de los seporotos eloborodos por los docentes no lescorrespondíon yo que los entregos de los mismos eron responsobilidod delos propios docentes infringiendo qsi su deber de conducir odecuodqmentelo oplicoción de los normos institucionoles en sus ospeclos odministrotivos,ocodémicos y de disciplino, ospecto incluido en el literol e) del ortículo 49odel Reglomento de Orgonizoción y Funciones (ROF).

Asimismo por reolizor inodecuodomente su función de dirigir lo formulociónde plones, progromos y procedimientos referidos o los octividodesdocentes de formoción profesionol en lo Escuelo ospeclo estoblecido en elguión sexto de los funciones especificos del Direcior de Io Escuelo Superiorde Hotelerío incluidos en el Monuol de Orgonizoción y Funciones (MOF) yno observó el numerol ó del ortículo lóo de lo Ley N" 27815 - Ley del EmpleoPúblico que estoblece como obligoción por porte de los empleodos delSector Público el solvoguordor los intereses del Estodo y empleorousteromente los recursos públicos, desiinóndolos sólo poro lo pres.iocióndel servicio público.

Del onólisis de observoción N.02 se odvierte contrq el Henry DenisonCOOPER TENAUD los siguientes imputociones odminisirolivos iuncionoles por foltogrove:

En su colidod de Director de lo Escuelo Superior de HotelerÍo, outorizócreoción del curso de "Proctico de Equipomiento de Cocino,' diclodo porel docente Miguel Angel PEZZINI CHAVARRIA. el cuol no se encontrobodentro de lo eslructuro cuniculor y outorizó el pogo del dictodo del cursopor el docente sin hober ningún sustento que ocredile su dictqdo, situociónque llevó o infringir lo lobor de conducir odecuodomente lo oplicoción delos normos institucionoles en sus ospectos odministrotivos, ocodémicos y dedisciplino , ospecto incluido en el lilerol e) del ortículo 49o del Reglomentode Orgonizoción y Funciones {ROF).

Asimismo reolizó incorrectomente su función de dirigir lo formuloción deplones, progromos y procedimientos referidos o los octividodes docentesde formoción y procedimientos referidos o los octividodes docentes deformoción profesionol en lo escuelo, ospecto esfoblecido en el guion sexto

0+

I e,.*§

Page 3: gM - CENFOTUR · 2016. 10. 19. · tfi,¿bl i§-\o-N!." gM R.D. N" 263 -201r -CENFOTUR/DN Borronco, 24 de Agosto de 201 1 VISIOS: El Informe Finol No 013-2011-CENFOTUR/CEPAD y No

IT

*,otüBLtcA DEt c6u,

gMde los funciones especificos del Director de lo Escuelo Superior de Hoteleríoincluidos en el Monuol de Orgonizoción y Funciones (MOF).

Al respecto, dentro del presenfe Proceso Adminisfrotivo Disciplinorio, y encumplimiento ol respeto irrestricto del debido proceso, don Henry DenisonCOOPER TENAUD presento sus descorgos en los siguientes exlremos:

úÑ"%

df-i

Respecto o lo Observoción N" 0l preciso que no incurrió en supuestoresponsobilidod odministrotivo funcionol ni folio grove en rozón o los siguieniesf undomenf os:

En Junio del 2OO7,los Directores de Escuelos Superiores, coordinomos con loDirección Nocionol y el supervisor Pedogógico lo emisión de uno Direclivopor medio de lo cuol se solicitobo o los docenles lo preporoción deseporotos que sirvieron de referencio o complemenio ol diclodo de sus

closes, indicondo el formoto en el cuol deberíon presentorlo uno vezierminodo.

o Lo Dirección Nocionol deierminó o su vez que dicho moteriol educotivofuero de propiedod intelectuol del CENFOTUR con miros o fomentor ydesorrollor el óreo de invesligoción poro lo cuol los docenies que loeloborobon deberío ser reconocidos medionte un pogo de ocuerdo ol tipode moleriol producido , encorgondo dicho lobor ol supervisor Pedogógico,señor Jesús Pizorro neyro, quien fue el que determinó los escolos de pogorespectivos {lnforme No41-JPN/SP-O7 de fecho 4 de diciembre de 2007),cobe oñodir que en dicho informe no figuro dondo conformidod debido oque se encontrobo hociendo uso de su periodo vococionol.

o En iodo momento, eslo Dirección cumplió con los indicociones emitidos porlo Dirección Nocionol, verificondo que el moteriol presentondo hobio sidopreviomenle revisodo y outorizodo por los óreos pertinentes.

Respecio o lo observoción N'02 preciso que no incurrió en supuestoresponsobilidod odministrotivo en rozón o los siguienies fundomentos:

o El señor Miguel Ángel PEZZINI CHAVARRIA, es docente de lo Correro Técnicode Cocino Peruono desde el oño 2009.

. Esto Dirección Superior solicito o lo Dirección Nocionol medionteMemoróndum N'034-201O-ESH del l0 de febrero de 2010, que se le osigneol señor Miguel Ángel PEZZINI CHAVARRIA los funciones propios de lo

Page 4: gM - CENFOTUR · 2016. 10. 19. · tfi,¿bl i§-\o-N!." gM R.D. N" 263 -201r -CENFOTUR/DN Borronco, 24 de Agosto de 201 1 VISIOS: El Informe Finol No 013-2011-CENFOTUR/CEPAD y No

"-.,ffiS"u*to%

o?*t alol

"..S

Coordinoción de lo Correro Técnico de Cocino peruono, o fin de que sirvode opoyo o esto Dirección poro el monejo diro o dío de dicho óreo.

Dicho memoróndum fue elevodo o opinión de lo Oficino de AsesoríoJurídico, el cuol medionle Memoróndum N. 019-2OlO-IAAiOAJ, emite unoopinión fovoroble dodo o que eslos funciones no inogon gosto o lolnstitución.

De esto octividod no remunerodo, se puede concluir gue no es ilegol,dodo que o lo fecho se cuento con muchos corgos no coniemplodosdentro del Reglomenlo de Orgonizoción y Funciones, pero ocorde con loreolidod octuol de lo siluoción orgonizoción, sin que por ello lo situociónseo ilegol, mós bien es uno situoción corente de uno cloro herromienio degestión.

sobre lo situoción de ser pensionisio de lo cojo Milifor policiol por porie deldocente Miguel Ángel PEZZINI CHAVARRIA y docenie del curso proctico deEquipomiento de Cocino, no existirío doble remuneroción por porte delEstodo, ol hober desorrollodo dichos lobores sin percibir remunerociónolguno.

Los remunerociones que el señor PEZZINI percibió como docente hon sidoequivolenles o los horos diclodos en los cursos de los Alimentos y métodosde Cocino del Primer ciclo de lo Correro Técnico de Cocino peruono cuyosregislros de conirol de osistencio y osistencio o closes obron en poder deesto dirección.

EI curso próctico de equipomienlo de cocino fue uno octividoddesonollodo fuero de hororio de closes y donde de monero voluntorio losolumnos podrion porticipor en ello, lo cuol por su noturolezo, no obligobo oun estricto control de osistencio y evoluociones.

Los lobores del señor PEZZINI en el curso próctico de Equipomienfo deCocino, no solo se ho circunscrito ol oulo de closes, sino que ho servidoporo que por su experiencio en el compo culinorio, se preocupe por elmontenimiento prevenlivo de todos los tolleres de cocino, eloborondoinformes sobre el esfodo de conservoción de los diferentes equipos de loscocinos, permitiendo su pronto refocción y ohorrondo recursos o lolnslilución si es que dichos equipos iuvieron que ser reemplozodos pornuevos,

Page 5: gM - CENFOTUR · 2016. 10. 19. · tfi,¿bl i§-\o-N!." gM R.D. N" 263 -201r -CENFOTUR/DN Borronco, 24 de Agosto de 201 1 VISIOS: El Informe Finol No 013-2011-CENFOTUR/CEPAD y No

tL

""Ño%

hm"s

,.ttüBL\cA DEI ncr,

gMEn lo referente o sus descorgos, conforme o los principios de cousolidod,

legolidod y rozonobilidod del ortículo 230 de lo Ley N" 27444 - Ley delProcedimiento Administrotivo Generol, ol momento de emitir uno resolución sedebe consideror los circunstoncios en que se comenien los follos y el periuicioocosionodo o lo lnstitución por lo conducto del funcionorio.

Conforme o lo Observoción No 0l del onólisis efectuodo sobre Io primeroobservoción y los descorgos correspondientes, se determino que don HenryDenison COOPER TENAUD incurrió en responsobilidod odministrotivo funcionol leve,por cuonto en su colidod de Director de lo Escuelo Superior de Hotelerío soliciio yovolo con su firmo lo Directivo N" 02ó-2007-EESS de fecho 18 de junio del 2007,solicitondo lo eloboroción de los seporotos de monero que sirvon de opoyoreferenciol y complementorio de los iemos trotodos en los closes teóricos y/oprocticos de los cursos, mos no lo close desorrollodo debiendo ser entregodos olos respectivos escuelos o mos tordor el viernes 03 de ogosto de 2OO7 en diskelles oCD o enviodo por correo.

Por lo tonlo, no desonolló con cobolidod sus funciones y se procedió o unperjuicio innecesorio con lo cdnceloción por porte del CENFOTUR poro loconstitución de seporotos que se encueniron en los CD de Io Escuelo Superior deEstudios Generoles y iurismo, Escuelo Superior de Hotelerío, por lo cuol sedemueslro que no cumplió diligentemenie con el trobojo encomendodo o su

corgo debido o que como Director tenio pleno conocimiento que los profesoresdebíon entregor estos seporotos en virtud de sus lobores y no se debío proceder oninguno remuneroción en perjuicio de CENFOTUR, omitiendo osí cumplir con su

deber de ejecutor los occiones necesqrios poro el buen desorrollo de losoctividodes ocodémicos progromodos y plonteor los estrofegios metodológicos ymoterioles educotivos odecuodos.

Precisondo que ero porte de su conducto funcionol empleor ousteromentelos recursos de CENFOTUR poro que se puedo ulilizor los recursos económicos enplones y progromos de occiones necesorios poro lo insiitución, conslituyeobligoción cumplir con dinomismo todos los octividodes propios de su Direcciónpor lo tonto ho infringido numerol ó del oriículo 7'de lo Ley N" 27Bl5 "Ley delCódigo de Ético de lo Función Público" conforme o los hechos contemplodos.

Respeclo o lo Observoción No 02 del onólisis efeciuodo en cuonto o loshechos expuestos se determino que el Dlrector de Escuelo Superior de Hofelerío,don Henry Denison COOPER TENAUD, conforme o los objetivos que busco lolnstitución, propuso que se dictoro el curso de "Próctico Equipomiento de Cocino"

,r9tt t

'o*o¡

Page 6: gM - CENFOTUR · 2016. 10. 19. · tfi,¿bl i§-\o-N!." gM R.D. N" 263 -201r -CENFOTUR/DN Borronco, 24 de Agosto de 201 1 VISIOS: El Informe Finol No 013-2011-CENFOTUR/CEPAD y No

uu*to'%

por el señor Pezini, con el fin de mejoror Io colidod educotivo en el sectorhotelero, conforme lo contemplo el ortículo 4 del Reglomento de orgonizoción yFunciones del GENFoTUR, que indico que "GENFoTUR, es uno entidod educotivodel sector lurismo que tiene como competencio plonificor y ejecutor en el poís lopolítico de formoción, copocitoción y perfeccionomiento de los recursos humonosque requiero el desonollo de lo octividod turístico y otros conexos, de ocuerdo o lopolítico sectoriol y los necesidodes del poÍs".

No obslonte, cobe determinor que si bien el señor Henry Denison COOpERTENAUD propuso el dictodo de curso o fin de mejoror lo colidod educotivo, sinemborgo, debió justificor lo necesidod de su dictodo.

Por último, se oprecio que el señor Henry Denison COOPER TENAUD en sucorgo de Director de lo Escuelo de Hotelerío, no puso diligencio en coutelor que loosislencio de los olumnos y del docente pezzini, seon completos, y no porcioles, tolcomo lo exige el guión dos de lo "Nolurolezo de lo close" de lo Escuelo superiorde Hotelerío del "Monuol de orgonizoción y Funciones (MoF)" que señolo comofunción lo de "supervisión de los lobores ocodémicos del personol docente ytécnico Adminiskotivo".

En esto líneo, y conforme o lo indicodo, se delermino que el señor HenryDenison cooPER TENAUD no octuó con lo intención de perjudicor o lo institución,yo que el dictodo del curso de "próctico de Equipomiento de cocino,, solo tienecomo fin mejoror lo colidod educotivo en el sector hotelero, sin emborgo, sedenoto que si octuó en formo negligente, puesio que omitió justificor lo creoción ydictodo del curso, y osimismo, no couteló en lo supewisión de lo osistencio de losolumnos y del docen.te, lo que llevo o concluir que su conducto solo es colificoblecomo leve.

En consecuencio, se determino que er señor Henry Den¡son coopERTENAUD, incurió en responsobilidod odministrotivo funcionol por folto leve, porcuonto en su colidod de Director de lo Escuelo superior de Hotelerío, outorizó eldictodo del curso de "Próclico de Equipomiento de cocino" diclodo por eldocente Miguel Ángel Pezzini chovorríq, sin hober justificodo lo necesidod de sudiciodo y osimismo outorizó el pogo del dicfodo del curso por el docente sinhober ningún sustento que ocredite su dictodo, situoción que llevó o infringir lolobor de conducir odecuodomente lo oplicoción de los normos inslitucionoles ensus ospectos odministrotivos, ocodémicos y de disciplino, ospecto incluido en elliterol o) del ortículo 49 del Reglomento de orgonizoción y Éunciones (RoF), queprescribe "Eloboror y proponer o lo instoncio superior, lo progromoción curriculorporo lo formoción y perfeccionomiento y octuolizoción de los olumnos del

I

s*ɧ^

Page 7: gM - CENFOTUR · 2016. 10. 19. · tfi,¿bl i§-\o-N!." gM R.D. N" 263 -201r -CENFOTUR/DN Borronco, 24 de Agosto de 201 1 VISIOS: El Informe Finol No 013-2011-CENFOTUR/CEPAD y No

tf

,f*t3u,' #":"-"-/

gMprogromo de los olumnos del progromo qcodémico de Administroción Hotelero".Asimismo, el guión dos de lo "Noturolezo de lo Close" de lo Escuelo Superior deHotelerío del "Monuol de Orgonizoción y Funciones (MOF)" que dice "Supervisiónde los lobores ocodémicos del personol docente y técnico Administrotivo" por lotonto ho infringido el numerol ó del orlículo 7 de lo Ley N'27815 "Ley del Códigode Ético de lo Función Público" que prescribe como deber de lo función pÚblicoque "Todo servidor público debe desorrollor sus func'lones o cobolidod y en formointegrol, osumiendo con pleno respeto su función público", por cuonto, no hobiooctuodo o cobolidod ol oulorizor lo creoción del curso de "Próclico deEquipomiento de Cocino'' dictodo por el docente Miguel Ángel Pezzini Chovonío,sin justificor su necesidod de dictodo y osí como outorizor su pogo por el dictododel curso sin tener los osisiencios de los olumnos y del docenle en forme completopor lo cuol se recomiendo soncionor con omonestoción escrilo.

Medionte el lnforme N" 007-2010-2-0ó0 "Exomen Especiol o los EscuelosSuperiores del Centro de Formoción en Turismo - CENFOTUR y o lo ColidodEducotivo que lmporten (periodo 2OO7-2010)", del Órgono de Conlrol lnstitucionol,se determinó presunto responsobilidod odministrotivo f uncionol coniro el señorMiguel Ángel PEZZINI CHAVARRIA, Coordinodor de lo Correro Técnico de CocinoPeruono sobre los hechos contemplodos en lo observoción 2.

Del onólisis de observoción 2 se odvierte contro el señor Pezzini los siguientesimputociones:

. Hober cobrodo como docente, siendo que reolmente se le pogo porCoordinodor de lo Conero Técnico de Cocino Peruono.

ogsF \ol..?*stt

. Hober percibido el pogoCocino", sin presentor eldictodo.

del curso de "Próctico de Equipomienlo desustento que ocredite que el curso se hobío

Por último, por hober dictodo el curso de "Próctico de Equipomiento deCocino" sin enconlrose dentro de lo Estructuro Curriculor.

Al respecto, el señor PezÁni, orgumento conforme o su derecho el siguienledetolle:

o Los hechos imputodos no son ciertos, por cuonto el recurrente es reolmenteencorgodo del dictodo del curso de "Prócticos de Equipomiento deCocino" tol como lo demueslro el controio de troboio suscrito el 05 deoctubre del 2009. Asimismo, es encorgodo como Coordinodor de lo

otlrlBL\cA DEI Rcr,

Page 8: gM - CENFOTUR · 2016. 10. 19. · tfi,¿bl i§-\o-N!." gM R.D. N" 263 -201r -CENFOTUR/DN Borronco, 24 de Agosto de 201 1 VISIOS: El Informe Finol No 013-2011-CENFOTUR/CEPAD y No

Correro Técnico de Cocino peruono, y Ad Honoren de lo Escuelo deCocino, y que son horos odicionoles o lo lobor docente, tol como lodemuestro el Memoróndum N" 034-201O-ESH, de fecho lo de febrero del20,l0, por lo que, quedo totolmente desvirtuodo que se hoyo creodo uncurso denominodo "Proctico de Cocino peruqno,' poro justificor el pogo deCoordinodor de lo Correro Técnico de Cocino peruono.

o Los loborores de docente se reolizoron o trovés de los prócticos reolizodosen los equipos de cocino que seon ido recuperondo de los depósilos en losque estobon guordodos desde mucho tiempo por estor en desuso ymologrodos tol como se demueslro los fotogrofíos, y los declorociones deIos olumnos que se odjunton.

o Lo implemenloción del curso en lo Esfrucluro curriculor no estó dentro desus funciones o competencio.

En este orden de ideos, en referencio o que reormente es encorgodo derdictodo del curso de "Prócticos de Equipomiento de cocino". resulto ciJto, iodovez, que existen controfos suscritos entre cENFoTUR y el recurrente, quedemueslron que reolmenle se le conirotó poro diclor el curso de ,,próctico deEquipomiento de Cocino".

En lo indicodo que er corgo de coordinodor de lo corero Técnico decocino Peruono, lo reolizó Ad Honoren, y que son horos odicionoles o Io lobordocenfe, resulto iombién cierto, por cuonlo, no existe documento que oerediteque cobró por el corgo de coordinodor de lo correro Técnico de cocinoPeruono.

En cuonto, lo señolodo que los loborores como docenteque los lobores del dictodo de este curso son onteriores o locoordinodor Ad Honorem.

debe recordorsedesignoción de

Por último, en referencio o que no es competente poro incorporor el cursodenlro de lo Estructuro curriculor, tombién resulto cierto, dodo que esto función lecorresponde ol Direcior de lo Escuelo superior de Hotelerío del GENFoTUR, tolcomo lo conlemplo el liierol o) del orticulo 49 que prescribe ,,Lo Escuelo superiorde Hotelerio tiene como función: Eloboror y proponer o lo instoncio superior, loprogromoción curriculor poro lo formoción, perfeccionomiento y ocfuolizoción delos olumnos del progromo ocodémico de Administroción Hotelero,,.

En consecuencio, conforme o ro indicodo, se desprende que er señorPEZzlNl, se le controió como docente poro el dictodo del curso de ,,prócticos deEquipomiento de cocino", percibiendo uno remuneroción por dicho conceplo,

",.ffi§¡o

§i

Page 9: gM - CENFOTUR · 2016. 10. 19. · tfi,¿bl i§-\o-N!." gM R.D. N" 263 -201r -CENFOTUR/DN Borronco, 24 de Agosto de 201 1 VISIOS: El Informe Finol No 013-2011-CENFOTUR/CEPAD y No

t4,(

df,"s""Ñ"%

ou*to oo

I

'lt-.'

*.ttüBLlcA DE( Prr,

gMtol se estipuló en los conlrotos de trobojo suscritos por su persono.r Asimismo, en elcorgo de Coordinodor de lo Correro Técnico de Cocino Peruono no percibióremuneroción olguno todo vez que no existe documento que ocredite dichoofirmoción.

Del mismo modo, se determino que si bien el señor Pezzini, no cumpliósustenfor los closes dictodos con los colificociones y osistencio de los olumnos o loEscuelo Superior de Hotelerío, conforme lo estoblece lo clóusulo Tercero delControto de Trobojo suscrito por el recurrente, sin emborgo, por ser esto foltocometido en su colidod de docente, no es colificoble por esio Comisión Especiol,por no estor dentro de sus focultodes soncionor o docentes.

Por último, se odvierte que el señor Pezzini no le competío observor que elcurso que dictobo se enconlrobo o no denlro de Io Estructuro Curriculor, o queexistiero un sustenf o poro su creoción, todo vez que no estó dentro de susfocultodes.

Por lo expueslo resulto improcedente imponer sonción ol respecto, por loque se recomiendo orchivor el proceso.

Que, en mérito ol ortículo 45" del Reglomento lnlerno del RégimenDisciplinorio y de Ético del Cenlro del Cenfro de Formoción en Turismo -CENFOIUR, y conforme o los criterios desorrollodos en el ortículo 10" del DecretoSupremo N' 033-2005-PCM "Reglomento de lo Ley del Código de Éiico de loFunción Público", lo Dirección Nocionol procede o oplicor lo sonción respectivo;

Con el visto de lo Oficino de Asesorío Jurídico y en uso de los focultodesconferidos o lo Directoro Nocionol, medionte el Decreto Ley N" 22155 - LeyOrgónico del CENFOTUR, osÍ como con los focultodes conferidos el Artículo I óo delReglomento de Orgonizoción y Funciones del CENFOTUR. oprobodo medionle D.S.N" O1ó-2OI 1-MINCETUR;

SE RESUELVE:

Arlículo Primero.- IMPONER ol señor HENRY DENISON COOPER TENAUD, en sucolidod de Direcior de lo Escuelo Superior de Hotelerío, sobre lo observoción No 0lincunió en responsobilidod odminisfrotivo funcionol leve y lo observoción N" 02responsobilidod odministrotivo funcionol leve suspendiéndolo por cinco (05) díos

I Los Contratos de Trabajo suscrito entre Miguel Ángel Pezzini Chavarría y CENFOTUR para el dictadodel curso de "Práctica de Equipamiento de Cocina" son del 05 de Octubre del 2009, 08 de Marzo del2010 y 02 de Agosto del 2010.

Page 10: gM - CENFOTUR · 2016. 10. 19. · tfi,¿bl i§-\o-N!." gM R.D. N" 263 -201r -CENFOTUR/DN Borronco, 24 de Agosto de 201 1 VISIOS: El Informe Finol No 013-2011-CENFOTUR/CEPAD y No

f

0o

sin goce de remuneroción por lo observoción No 0l y omonestoción escrito por loobservoción No 02 y sobre el señor MIGUEL ANGEL PEZZINI CHAVARRIA, en su

colidod de Coordinodor de Correro lécnico de Cocino Peruono, no incuniÓ enresponsobilidod odministrolivo funcionol, sobre lo observoción 2 orchivondo elproceso según el lnforme N' 007-2010-2-060 "üomen Especiol o los EscuelosSuperiores del Centro de Formoción en Turismo - CENFOTUR y o lo ColidodEducotivo que lmporten (periodo 2OO7-201OI".

Artículo Sequndo.- DISPONER lo inscripción de lo sonción conespondienlecontenido en lo presenle Resolución en los registros pertinentes de ocuerdo o Ley.

Arlículo Tercero.- NOTIFICAR lo presente Resolución, conforme o lonormotivo de lo moterio.

Arlículo Cuorto.- REMITIR lo presente Resolución o lo Oficino Generol deAdminisiroción y Finonzos y ol Deportomenlo de Recursos Humonos o fin queoclué conforme o sus otribuciones.

,"d'

f'e

,t

"brr.

IRO OSHIRO