GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL Órgano del Gobierno del Distrito Federal DÉCIMA SÉPTIMA ÉPOCA 26 DE FEBRERO DE 2009 No. 535 Í N D I C E ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL JEFATURA DE GOBIERNO ♦ REGLAMENTO DE LA LEY DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA DEL DISTRITO FEDERAL 4 ♦ ACUERDO POR EL QUE SE DELEGA EN EL DIRECTOR GENERAL DE SERVICIOS LEGALES, DE LA CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES, LA FACULTAD DE OTORGAR EL VISTO BUENO PREVIO AL EJERCICIO DE LOS RECURSOS AUTORIZADOS PARA CUBRIR LOS GASTOS POR CONCILIACIONES DE JUICIOS EN TRÁMITE PROMOVIDOS EN CONTRA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL O POR LIQUIDACIONES DE LAUDOS EMITIDOS O SENTENCIAS DEFINITIVAS DICTADOS POR AUTORIDAD COMPETENTE FAVORABLES A LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL, Y POR EL QUE SE CONSTITUYE LA MESA DE ASUNTOS LABORALES DE LA COMISIÓN DE ESTUDIOS JURÍDICOS DEL DISTRITO FEDERAL 14 SISTEMA DE AGUAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO ♦ RELACIÓN DE COLONIAS GEOGRÁFICAS Y CATASTRALES CON PORCENTAJE DE MEDIDORES INSTALADOS MAYOR O IGUAL AL 70% 17 SECRETARÍA DE TRABAJO Y FOMENTO AL EMPLEO ♦ CONVOCATORIA DEL PROGRAMA DE CAPACITACIÓN PARA EL IMPULSO DE LA ECONOMÍA SOCIAL (CAPACITES) 87 ♦ CONVOCATORIA DEL PROGRAMA DE CAPACITACIÓN Y MODERNIZACIÓN 89 ♦ NOTA ACLARATORIA A LAS PUBLICACIÓN DE LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE CAPACITACIÓN Y MODERNIZACIÓN (CYMO) PUBLICADAS EN LA GACETA OFICIAL DÉCIMA SÉPTIMA ÉPOCA, EJEMPLAR NÚMERO 516 DEL 30 DE ENERO DE 2009 91 Continúa en la Pág. 2 “2008-2010. Bicentenario de la Independencia y Centenario de la Revolución, en la Ciudad de México”
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GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
Órgano del Gobierno del Distrito Federal
DÉCIMA SÉPTIMA ÉPOCA 26 DE FEBRERO DE 2009 No. 535
Í N D I C E
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL JEFATURA DE GOBIERNO
♦ REGLAMENTO DE LA LEY DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA DEL DISTRITO FEDERAL 4
♦ ACUERDO POR EL QUE SE DELEGA EN EL DIRECTOR GENERAL DE SERVICIOS LEGALES, DE LA CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES, LA FACULTAD DE OTORGAR EL VISTO BUENO PREVIO AL EJERCICIO DE LOS RECURSOS AUTORIZADOS PARA CUBRIR LOS GASTOS POR CONCILIACIONES DE JUICIOS EN TRÁMITE PROMOVIDOS EN CONTRA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL O POR LIQUIDACIONES DE LAUDOS EMITIDOS O SENTENCIAS DEFINITIVAS DICTADOS POR AUTORIDAD COMPETENTE FAVORABLES A LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL, Y POR EL QUE SE CONSTITUYE LA MESA DE ASUNTOS LABORALES DE LA COMISIÓN DE ESTUDIOS JURÍDICOS DEL DISTRITO FEDERAL 14
SISTEMA DE AGUAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
♦ RELACIÓN DE COLONIAS GEOGRÁFICAS Y CATASTRALES CON PORCENTAJE DE MEDIDORES INSTALADOS MAYOR O IGUAL AL 70% 17
SECRETARÍA DE TRABAJO Y FOMENTO AL EMPLEO
♦ CONVOCATORIA DEL PROGRAMA DE CAPACITACIÓN PARA EL IMPULSO DE LA ECONOMÍA SOCIAL (CAPACITES) 87
♦ CONVOCATORIA DEL PROGRAMA DE CAPACITACIÓN Y MODERNIZACIÓN 89
♦ NOTA ACLARATORIA A LAS PUBLICACIÓN DE LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE CAPACITACIÓN Y MODERNIZACIÓN (CYMO) PUBLICADAS EN LA GACETA OFICIAL DÉCIMA SÉPTIMA ÉPOCA, EJEMPLAR NÚMERO 516 DEL 30 DE ENERO DE 2009 91
Continúa en la Pág. 2
“2008-2010. Bicentenario de la Independencia y Centenario de la Revolución, en la Ciudad de México”
2 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Febrero de 2009
ÍNDICE
Viene de la Pág. 1 SECRETARÍA DE DESARROLLO RURAL Y EQUIDAD PARA LAS COMUNIDADES
♦ CONVOCATORIA PARA PARTICIPAR EN EL CONCURSO PÚBLICO DE SELECCIÓN DE PROYECTOS, PARA EL PROGRAMA DE APOYO A PUEBLOS ORIGINARIOS DEL DISTRITO FEDERAL 2009 92
♦ DIVERSAS NOTAS ACLARATORIAS A LAS REGLAS DE OPERACIÓN DE DIVERSOS PROGRAMAS DE DESARROLLO SOCIAL PUBLICADAS EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL DÉCIMA SÉPTIMA ÉPOCA CON NUMERO 516 EL DÍA 30 DE ENERO DE 2009 94
DELEGACIÓN LA MAGDALENA CONTRERAS
♦ ACTUALIZACIÓN DEL MANUAL ADMINISTRATIVO, EN SU PARTE DE PROCEDIMIENTOS DE LA DELEGACIÓN LA MAGDALENA CONTRERAS 100
♦ DELEGACIÓN MILPA ALTA
♦ CONVOCATORIA PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS PARA LA ENTREGA DE RECONOCIMIENTOS Y ESTÍMULOS A LA EFICIENCIA POLICIAL DURANTE EL AÑO 2009, A ELEMENTOS ADSCRITOS POR LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA A LAS UNIDADES DE POLICÍA SECTORIAL (SECTORES MIL-1 Y MIL-2) Y POR LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA A LA FISCALÍA DESCONCENTRADA DE INVESTIGACIÓN EN MILPA ALTA, RESPECTIVAMENTE, POR LA REALIZACIÓN, DENTRO DEL TERRITORIO DE LA DELEGACIÓN MILPA ALTA, DE ACTOS SOBRESALIENTES Y SIGNIFICATIVOS, QUE REPRESENTEN UN EJEMPLO DEL COMPROMISO QUE TIENEN DE BRINDAR UNA MEJOR PROTECCIÓN A LA CIUDADANÍA Y PARA ABATIR LA DELINCUENCIA 102
♦ CONVOCATORIA A LOS HABITANTES DE ESTA DEMARCACIÓN PARA PARTICIPAR EN EL “PROGRAMA DE INTERCAMBIO VOLUNTARIO DE ARMAS DE FUEGO POR DINERO” DURANTE EL 2009, CON LA FINALIDAD DE PREVENIR LA COMISIÓN DE DELITOS, VIOLENCIA Y ACCIDENTES 104
♦ NOTA ACLARATORIA DELEGACIÓN MILPA ALTA AL PROGRAMA DE APOYO PARA LA ADQUISICIÓN DE SEMILLAS Y PAGO DE SERVICIOS DE TRACTOR Y/O FERTILIZANTES 2009 106
INSTITUTO ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL
♦ PUNTOS RESOLUTIVOS DE LA SENTENCIA EMITIDA POR EL PLENO DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL, DE FECHA DIECINUEVE DE DICIEMBRE DE DOS MIL OCHO, RECAÍDA AL EXPEDIENTE IDENTIFICADO CON LA CLAVE ALFA-NUMÉRICA TEDF-JEL-017/2008, PROMOVIDO POR EL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL EN EL DISTRITO FEDERAL, MEDIANTE JUICIO ELECTORAL 108
♦ PUNTOS RESOLUTIVOS DE LA SENTENCIA EMITIDA POR EL PLENO DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL, DE FECHA DIECINUEVE DE DICIEMBRE DE DOS MIL OCHO, RECAÍDA AL EXPEDIENTE IDENTIFICADO CON LA CLAVE ALFA-NUMÉRICA TEDF-JEL-054/2008, PROMOVIDO POR LA AGRUPACIÓN POLÍTICA LOCAL “PATRIA NUEVA”, MEDIANTE JUICIO ELECTORAL 108
♦ PUNTOS RESOLUTIVOS DE LA SENTENCIA EMITIDA POR EL PLENO DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL, DE FECHA DIECINUEVE DE DICIEMBRE DE DOS MIL OCHO, RECAÍDA AL EXPEDIENTE IDENTIFICADO CON LA CLAVE ALFA-NUMÉRICA TEDF-JEL-055/2008, PROMOVIDO POR LA “ORGANIZACIÓN JUVENIL PARTICIPACIÓN SOCIAL ACTIVA”, AGRUPACIÓN POLÍTICA LOCAL, MEDIANTE JUICIO ELECTORAL 109
Continúa en la Pág. 3
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Viene de la Pág. 2
♦ PUNTOS RESOLUTIVOS DE LA SENTENCIA EMITIDA POR EL PLENO DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL, DE FECHA DIECINUEVE DE DICIEMBRE DE DOS MIL OCHO, RECAÍDA AL EXPEDIENTE IDENTIFICADO CON LA CLAVE ALFANUMÉRICA TEDF-JEL-056/2008, PROMOVIDO POR LA AGRUPACIÓN POLÍTICA LOCAL “CIUDADANOS UNIDOS POR MÉXICO”, MEDIANTE JUICIO ELECTORAL 110
♦ PUNTOS RESOLUTIVOS DE LA SENTENCIA EMITIDA POR EL PLENO DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL, DE FECHA TREINTA DE DICIEMBRE DE DOS MIL OCHO, RECAÍDA AL EXPEDIENTE IDENTIFICADO CON LA CLAVE ALFA-NUMÉRICA TEDF-JEL-058/2008, PROMOVIDO POR EL PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO, MEDIANTE JUICIO ELECTORAL 111
INSTITUTO DE VIVIENDA DEL DISTRITO FEDERAL
♦ ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE DA A CONOCER EL LISTADO DE LA INFORMACIÓN PÚBLICA QUE DETENTA EL INSTITUTO DE VIVIENDA DEL DISTRITO FEDERAL 112
CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS
♦ DELEGACIÓN BENITO JUÁREZ.- LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL.- CONVOCATORIA: 001 (LOCAL).- OBRA DE : MANTENIMIENTO DE BANQUETAS Y GUARNICIONES (PRIMERA ETAPA) EN LAS 56 COLONIAS DE LA DELEGACIÓN BENITO JUÁREZ
118
♦ DELEGACIÓN IZTAPALAPA.- CONVOCATORIA: 001.- ADQUISICIÓN DE DESPENSAS 120
♦ SERVICIOS DE SALUD PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL.- CONVOCATORIA: 001.- ADQUISICIÓN DE MEDICINAS Y PRODUCTOS FARMACÉUTICOS 121
SECCIÓN DE AVISOS
♦ PRESTADORA DE SERVICIOS DE RADIOCOMUNICACIÓN, S.A. DE C.V. 122
♦ SERVICIOS NII, S.A. DE C.V. 124
♦ RIO GRANDE SERVICES, S. DE R.L. DE C.V. 126
♦ MERCADOTECNIA EN DERMATOLOGÍA DARIER, S.C. 127
♦ ARRENDAMIENTO DE MAQUINARIA Y EQUIPO RODANTE, S.A. DE C.V. 128
♦ MANTENIMIENTO SEA, S.A. DE C.V. 128
♦ PROYECTO CONSTRUCCIÓN Y MANTENIMIENTO CIVIL S.A. DE C.V. 129
♦ ASESORES CORPORATIVOS FISCALISTAS Y ASOCIADOS S.C. 129
♦ SERVICIOS LANZ, S.A. DE CV. 130
♦ SERVICIOS PROJET, S.A. DE CV. 130
♦ CREACIONES BIRKS, SA DE CV 131
♦ LA VASCONIA (ESPAÑA), S.A. 132
♦ MUNDO UPA, S.A. DE C.V. 133
♦ EDICTOS 133
♦ AVISO 135
4 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Febrero de 2009
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDREAL
JEFATURA DE GOBIERNO
REGLAMENTO DE LA LEY DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA DEL DISTRITO FEDERAL (Al margen superior un escudo que dice: Ciudad de México.- Capital en Movimiento) MARCELO LUIS EBRARD CASAUBON, Jefe de Gobierno del Distrito Federal, con fundamento en los artículos 122, apartado C, Base Segunda, fracción II, inciso b), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 67, fracción II, y 90 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 5°, 12, 14 y 15, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; y Tercero Transitorio de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Distrito Federal; he tenido a bien expedir el siguiente:
REGLAMENTO DE LA LEY DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA DEL
DISTRITO FEDERAL
CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. El presente ordenamiento tiene por objeto reglamentar las disposiciones de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Distrito Federal. Artículo 2. Para efectos de este Reglamento se entenderá por: I. Coordinación: La Coordinación Interinstitucional referida en el Título Cuarto de la Ley; II. Comités: Los Comités de Trabajo señalados en el artículo 47 de la Ley; III. Declaratoria: La Declaratoria de Alerta por Violencia contra las Mujeres; IV. Delegaciones: Los Órganos Político Administrativos de la Administración Pública del Distrito Federal; V. DIF: El Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Distrito Federal; VI. Dirección de Igualdad: La Dirección General de Igualdad y Diversidad Social; VII. INMUJERESDF: El Instituto de las Mujeres del Distrito Federal; VIII. Entidades: Los organismos descentralizados, las empresas de participación estatal mayoritaria y los fideicomisos
públicos, de la Administración Pública del Distrito Federal; IX. Jefe de Gobierno: El Jefe de Gobierno del Distrito Federal; X. Ley: La Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Distrito Federal; XI. Lineamientos: El conjunto de disposiciones necesarias para explicar el funcionamiento de los comités de trabajo
contemplados en la Ley; y XII. Procuraduría: La Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal.
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CAPÍTULO II DECLARATORIA DE ALERTA POR VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES
Artículo 3. Para los efectos de la fracción I del artículo 8 de la Ley, se entenderá que existen delitos graves y sistemáticos contra las mujeres cuando: I. Exista recurrencia en la comisión de delitos que atenten contra la vida, la integridad física y la libertad de las
víctimas; y II. Se cometan en un área geográfica determinada. Artículo 4. El INMUJERESDF podrá solicitar a la Secretaría de Gobierno la emisión de la Declaratoria cuando en el ejercicio de sus funciones tenga conocimiento de hechos de violencia feminicida, enviando el expediente con las constancias que lo soporten, un proyecto de Declaratoria, y una opinión sobre la procedencia que al respecto emita. Artículo 5. Para los efectos de la fracción III del artículo 8 de la Ley, la solicitud de Declaratoria deberá presentarse por escrito ante la Dirección General del INMUJERESDF y contener la siguiente información y documentación: I. Nombre de la institución u organización civil solicitante: II. Acreditación de la personalidad del solicitante; III. Domicilio para oír y recibir notificaciones; IV. Delimitación del Área geográfica que comprende la zona en la que solicita la Declaratoria de Alerta por Violencia
contra las Mujeres; V. Descripción de los hechos; VI. Señalamiento del grupo de mujeres afectado; VII. Periodo en el que se han presentado los hechos que motivan la solicitud; VIII. Los elementos probatorios con los que se cuente; y IX. La documentación e información adicional que, en su caso, le solicite el INMUJERES. Artículo 6. Recibida una solicitud de Declaratoria, el INMUJERESDF tendrá un plazo de diez días hábiles para analizar su contenido e integrar el expediente. Si considera que no contiene los elementos suficientes, fijará un término de cinco días hábiles para que se proporcione la información necesaria señalada en el artículo anterior. Este término interrumpe el plazo establecido en el primer párrafo de este numeral. En caso de no recibir la información se tendrá por no presentada la solicitud. Artículo 7. El INMUJERESDF solicitará la información que considere necesaria a las entidades, órganos desconcentrados, dependencias y delegaciones del Gobierno del Distrito Federal, quienes contarán con un plazo no mayor a 10 días hábiles para proporcionar la información. Artículo 8. Una vez que el INMUJERESDF cuente con la información requerida tendrá un plazo de diez días hábiles para elaborar el proyecto de Declaratoria, emitir la opinión de procedencia y realizar la solicitud de Declaratoria a la Secretaría de Gobierno.
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Para dar cumplimiento a la fracción I del artículo 9 de la Ley, en el proyecto de declaratoria deberá precisarse que el grupo interinstitucional y multidisciplinario previsto en dicho precepto estará conformado por las organizaciones de la sociedad civil o personas especializadas en la materia relacionadas con la alerta en cuestión y la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, por invitación que se les formule. Artículo 9. La Secretaría de Gobierno procederá a través de su titular, previo análisis de las constancias del expediente y de ser el caso, a la suscripción de la Declaratoria, la cual enviará a la Consejería Jurídica y de Servicios Legales a fin de que sea publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. Artículo 10. Si considera procedente la Declaratoria, la Secretaría de Gobierno establecerá el grupo interinstitucional y multidisciplinario para iniciar la ejecución de las acciones. Artículo 11. El INMUJERESDF coadyuvará en las tareas del grupo interinstitucional y multidisciplinario a que se refiere el artículo anterior y al efecto gestionará periódicamente la publicación de los avances en las acciones de emergencia para garantizar el cese de la violencia feminicida.
CAPITULO III
DE LA COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL Artículo 12. La Coordinación será presidida por el Jefe de Gobierno del Distrito Federal y estará constituido por los titulares de las dependencia e instituciones públicas del Distrito Federal a que se refiere el artículo 11 de la Ley; podrá funcionar en pleno y a través de sus Comités. Los titulares de la Coordinación podrán nombrar como suplentes a personas con nivel inferior inmediato al suyo. En caso de ausencia del titular de la Coordinación, lo suplirá el titular de la Secretaría de Gobierno. Así mismo, contará con una Secretaría Ejecutiva a cargo de la titular del INMUJERES. Artículo 13. Las reuniones de la Coordinación se llevarán a cabo en forma ordinaria cuando menos cuatro veces al año y de manera extraordinaria cuando así se requiera para el cumplimiento de sus funciones y a petición de la persona que coordine cualquiera de los Comités. La primera sesión del año se celebrará en el mes de enero, en la misma se aprobará el calendario anual de sesiones. La carpeta con el orden del día y la información necesaria se entregará con cinco días hábiles de antelación. Las sesiones extraordinarias se notificarán con cuarenta y ocho horas de anticipación. Artículo 14. La Coordinación para sesionar válidamente deberá contar con la asistencia de la mitad más uno de sus integrantes. Las decisiones se tomarán por mayoría calificada y en caso de empate la persona que presida tendrá voto de calidad. Las demás reglas de funcionamiento de la Coordinación se establecerán en el manual de operación que al efecto emita. Artículo 15. El INMUJERESDF será la instancia de enlace entre la Coordinación y el Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres. Artículo 16. El Comité de Prevención estará integrado por: I. Secretaría de Desarrollo Social, a través de la Dirección de Igualdad; II. Secretaría de Salud; III. Secretaría de Educación;
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IV. Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo; V. Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda; VI. Secretaría de Cultura; VII. Secretaría de Seguridad Pública; VIII. Procuraduría; IX. Los Órganos Político Administrativos; X. El INMUJERESDF; XI. Sistema de Transporte Colectivo; XII. Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia; XIII. Instituto de Vivienda del Distrito Federal; y XIV. Las demás dependencias, delegaciones, entidades, instituciones o personas que se consideren necesarias y a
invitación de su Coordinador. Artículo 17. El Comité de Atención estará integrado por: I. Secretaría de Desarrollo Social, a través de la Dirección de Igualdad; II. Secretaría de Salud; III. Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo; IV. Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda; V. Secretaría de Educación; VI. La Consejería Jurídica y de Servicios Legales; VII. Procuraduría; VIII. Los Órganos Político Administrativos; IX. El INMUJERESDF; X. Sistema de Transporte Colectivo; XI. Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia Distrito Federal; XII. Instituto de Vivienda del Distrito Federal; XIII. Las demás dependencias, delegaciones, entidades, instituciones o personas que se consideren necesarias y a
invitación de su Coordinador;
Artículo 18. El Comité de Acceso a la Justicia, estará integrado por:
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I. Secretaría de Seguridad Pública; II. Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del DF; III. Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo; IV. La Consejería Jurídica y de Servicios Legales; V. Procuraduría; VI. El INMUJERESDF; VII. La Dirección de Igualdad, y VIII. Las demás dependencias, delegaciones, entidades, instituciones o personas que se consideren necesarias y a
invitación de su Coordinador; Artículo 19. En los casos que se considere necesario, se invitará a las sesiones de los Comités al Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, a organismos especializados u organismos de la sociedad civil así como representantes de otras instituciones públicas. Artículo 20. Los titulares de las dependencias, delegaciones, entidades y autoridades que integran los Comités podrán nombrar como representantes a una persona con nivel mínimo de Director de Área. Los Comités elaborarán los lineamientos de su funcionamiento para presentarlos a la Coordinación para su aprobación. Artículo 21. Cada Comité presentará anualmente, a la Coordinación, su programa de actividades, para prevenir, atender y garantizar el acceso a la justicia de las mujeres víctimas. El INMUJERESDF en calidad de Secretaría Ejecutiva evaluará y dará seguimiento a los trabajos elaborados por los Comités.
CAPITULO IV
DE LA PREVENCIÓN
Artículo 22. De conformidad con lo establecido en los artículos 13, primer párrafo, y 14 de la Ley, se entiende por acciones y medidas de prevención aquellas encaminadas a evitar que las mujeres sean víctimas de violencia, asegurar mecanismos de coordinación para su eliminación, de seguimiento y fincamiento de responsabilidades y todas aquellas que promuevan, garanticen y fomenten el respeto al derecho de las mujeres a una vida libre de violencia. Las acciones de prevención deberán tomar en cuenta, para su instrumentación, los siguientes factores de riesgo: I. Factor individual: la historia personal y biológica que influye en las mujeres; II. Factor social cercano: las relaciones mantenidas en la familia, amistades, pareja, reafirmando roles y eliminando
estereotipos; III. Factor comunidad: los que se desarrollan en las relaciones sociales, en la escuela, trabajo, o en cualquier otro entorno
que favorezca la violencia; o IV. Factores sociales: los que se refieren a inhibir la violencia basada en la desigualdad por razones de sexo, económicas,
legales, culturales, que toleran y legitiman la violencia contra las mujeres, que propagan los esquemas de subordinación de la mujer y refuerzan las relaciones de poder desiguales.
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Artículo 23. Para reducir los factores de riesgo de la violencia contra las mujeres, se procurará lo siguiente: I. Anticipar y evitar la generación de la violencia en todos sus tipos y modalidades previstas por la Ley;
II. Detectar en forma oportuna los posibles actos de violencia contra las mujeres; y III. Realizar acciones disuasivas que desalienten la violencia. Artículo 24. La Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal y la Procuraduría, entre sus acciones de prevención, impartirán cursos de capacitación y especialización entre su personal, a efecto de que se encuentre actualizado e incorpore, en forma permanente, en sus procedimientos, los derechos de las mujeres y la perspectiva de género. Se invitará al Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal para que realice la misma actividad entre su personal. Artículo 25. La capacitación a que se refiere la fracción I, del artículo 15 de la Ley, la recibirán los servidores públicos por lo menos dos veces al año. Artículo 26. El INMUJERESDF, de conformidad con el artículo 16 fracción I, de la Ley deberá dar seguimiento a la capacitación, especialización y educación que realice en las dependencias y órganos desconcentrados de la Administración pública del Distrito Federal así como en entidades y Delegaciones. Artículo 27. Las campañas informativas a que se refiere el artículo 15, fracción II de la Ley, contendrán como mínimo lo siguiente: I. Los derechos de las mujeres, especialmente el derecho a una vida libre de violencia; II. Rechazo a las actitudes individuales y culturales que fomenten, justifiquen o toleren la violencia contra las mujeres; III. Exhorto para pronunciarse enérgicamente contra la violencia contra la mujer y a dejar de proteger a los agresores o
tolerar sus actos de violencia; y IV. Los lugares y números telefónicos de atención a mujeres víctimas de violencia. Las campañas informativas deberán estar libres de imágenes que reafirmen los roles y estereotipos que fomenten la subordinación de la mujer, de lenguaje sexista y misógino, y fomentar la imagen de las mujeres ejerciendo plenamente sus derechos. Artículo 28. El INMUJERESDF y la Dirección General de Comunicación Social del Gobierno del Distrito Federal, emitirán los lineamientos de toda campaña publicitaria que se realice en el Distrito Federal, para cumplir con los objetivos de la ley. Artículo 29. Las dependencias, delegaciones, órganos administrativos desconcentrados y entidades de la Administración Pública del Distrito Federal, deberán enviar mensualmente al INMUJERES la información a que se refiere el artículo 15, fracción V, de la Ley, de conformidad con los requerimientos de éste, indicando los factores de vulnerabilidad a que se refiere el artículo 3, fracción IX, de la propia Ley y atendiendo las disposiciones que establece la normativa en la materia. Artículo 30. La Red de Información de Violencia contra las Mujeres tiene como objeto: I. Concentrar la información estadística que se genera en las dependencias, entidades y las dieciséis delegaciones, de
las víctimas de violencia; II. Medir la magnitud de la violencia contra las mujeres; III. Identificar los factores de riesgo; y IV. Evaluar el esfuerzo conjunto y coordinado de las dependencias, entidades y delegaciones que atiendan a mujeres
víctimas de violencia.
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Artículo 31. El INMUJERESDF determinará los procedimientos de seguridad para el acceso a la Red. Artículo 32. La cédula de registro único contendrá como mínimo la siguiente información: I. Datos generales de la víctima; II. Datos de la persona agresora; III. Instancia receptora; IV. Tipo y modalidad de violencia; V. Servicios brindados; VI. Instancias que intervienen y a la que se canaliza; VII. Descripción de los hechos; y VIII. Redes de apoyo de la víctima Artículo 33. El INMUJERESDF, como coordinadora del Comité de Prevención, presentará a la Coordinación la propuesta de los lineamientos de prevención para que sean aprobados y publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. Artículo 34. El INMUJERESDF, en los lineamientos de seguimiento y vigilancia de los objetivos de prevención que señala la ley, establecerá los mecanismos para evaluar y dar seguimiento al cumplimiento de las atribuciones de cada una de las instituciones, en materia de prevención que se prevén en el Capítulo II de la Ley. Artículo 35. Las instituciones integrantes de la Coordinación entregarán semestralmente al INMUJERESDF, en su calidad de Secretaria Ejecutiva, un informe sobre las acciones realizadas para prevenir la violencia contra las mujeres y los resultados obtenidos.
CAPITULO V
DE LA ATENCIÓN Artículo 36. El Comité de Atención, coordinado por la Dirección de Igualdad, presentará a la Coordinación Interinstitucional, para su aprobación, la propuesta de Modelo Único de Atención de cada uno de los tipos y modalidades de violencia contra las mujeres señaladas en los artículos 6 y 7 de la Ley. Artículo 37. Las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal, que atiendan a mujeres víctimas de violencia en materia familiar, deberán establecer un área específica con profesionales capacitados para la adecuada atención a que se refiere el artículo 57 de la Ley. Artículo 38. Solo se aplicarán los procedimientos de mediación o amigable composición cuando se garantice que la víctima se encuentra en igualdad de condiciones con relación al agresor. Existe igualdad de condiciones, cuando se determine a través de dictámenes psicológicos especializados que la víctima no se encuentra coaccionada y que está en posibilidad de tomar decisiones y cuando la víctima, sus bienes y dependientes no se encuentren en riesgo o peligro. Los lineamientos e instrumentos para los procedimientos de mediación o amigable composición serán definidos por el Comité de Atención y aprobados por la Coordinación.
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Artículo 39. La cédula de registro único, de la Red de Información de Violencia Contra las Mujeres prevista en la Ley, contendrá como mínimo la siguiente información: I. Datos de la víctima; II. Datos de la persona agresora; III. Instancia receptora; IV. Servicios brindados; V. Tipo y modalidad de violencia; y VI. Descripción de los hechos. Artículo 40. La institución pública del Distrito Federal competente que atienda por primera ocasión a la víctima de violencia llenará la Cédula de Registro Único y en las posteriores atenciones se complementará y actualizará cada vez que sea necesario. Artículo 41. Las instituciones públicas del Distrito Federal que tengan acceso a la Red de Información de Violencia contra las Mujeres están obligadas a: I. Ingresar la información mediante la Cedula de Registro Único; II. Revisar que no exista duplicidad de los registros; y III. Mantener la confidencialidad y reserva de los datos de la víctima. Artículo 42. Todas las instituciones que brinden atención a mujeres víctimas de violencia están obligadas a extender de forma gratuita copias de la actuación que se realice.
CAPÍTULO VI
DEL ACCESO A LA JUSTICIA Artículo 43. La Abogada Victimal, Abogada de las mujeres víctimas de la violencia, y la representación legal a que se refiere el artículo 57 de la Ley, deberán: I. Analizar el caso junto con la víctima para identificar la problemática, ofrecerle y explicarle de manera clara y
sencilla, las opciones de apoyo con que cuenta para su protección; II. Informar y orientar a las víctimas sobre las medidas u órdenes de protección, el procedimiento de solicitud y los
alcances de las mismas, y III. En caso de que la víctima requiera medidas u órdenes de protección tramitará, en el ámbito de sus atribuciones, la
solicitud ante el juez competente. En caso de considerar que existe riesgo en la integridad física y psíquica de las víctimas, deberá:
a) Acudir al juzgado competente en turno para solicitar las medidas;
b) Asesorar a las víctimas en su comparecencia ante el juez competente;
c) En su caso, hacer valer las circunstancias de vulnerabilidad de las víctimas que señala la ley en el artículo 3,
fracción IX;
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d) Recabar, en la medida de lo posible las pruebas que acrediten el riesgo en el que se encuentran las víctimas, a
efecto de ofrecerlas en la audiencia de pruebas y alegatos a que se refiere la ley;
e) Asistir a las víctimas para el ofrecimiento y desahogo de las pruebas con que se cuente en la fecha y hora señalada para la audiencia de pruebas y alegatos;
f) Informar al ministerio público, en su caso, que conoce de la averiguación previa o acta especial de la solicitud
de medidas. La autorización que realicen las víctimas, en la solicitud de medidas u órdenes de protección, a favor de las abogadas victimales y abogadas de las mujeres víctimas de violencia y la representación legal a que hace referencia el artículo 57 de la Ley, les otorgará la personalidad para conocer el expediente en los procedimientos ante los jueces correspondientes. Artículo 44. Quienes presten la representación legal que se otorgue a las víctimas en términos del artículo 57 de la Ley, tendrán las siguientes obligaciones: I. Realizar las acciones necesarias para salvaguardar los derechos de las mujeres víctimas; II. Proporcionar a las víctimas de forma clara y detallada la asesoría jurídica. III. Orientar a las víctimas sobre los servicios integrales que brindan las instituciones públicas y privadas; IV. Participar activamente durante cualquier etapa del procedimiento de que se trate, comparecer a las audiencias y
alegar lo que a los derechos de la víctima convenga en las mismas condiciones que los defensores, realizando todas las acciones legales que correspondan;
V. Interponer los recursos que procedan y demás acciones necesarias para hacer efectivo su derecho a la reparación del
daño; y VI. Asesorar a la víctima respecto al sentido y alcance de las medidas u órdenes de protección. Artículo 45. El Comité de Acceso a la Justicia elaborará los criterios de referencia para evaluar el grado de aplicación de la Ley y los mecanismos de seguimiento para el cumplimiento de sentencias, así como el impacto de la procuración y administración de justicia, en beneficio de las mujeres víctimas de violencia. Artículo 46. Las acciones y medidas de atención, así como cualquier otra atribución, que en materia de vivienda se encuentran asignadas en la Ley en sus artículos 21 y 40, a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, se ejecutarán primordialmente a través del Instituto de Vivienda del Distrito Federal o de las Unidades Administrativas que tengan asignada específicamente dicha atribución.
CAPÍTULO VII
MEDIDAS DE PROTECCION Artículo 47. Las mujeres víctimas de violencia podrán acudir directamente y actuar por sí mismas o a través de un abogado particular a solicitar medidas de protección; así también podrán ser representadas legalmente o cuando así lo requieran por la Abogada Victimal, agente del Ministerio Público, abogada de las Mujeres Víctimas de Violencia, abogados del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia o de la Defensoría de Oficio, quienes elaborarán la solicitud formal de las medidas de protección, según corresponda y que consideren necesarias para cada caso particular. Quienes desarrollen la representación legal, con la debida diligencia, asesorarán a la víctima y, con los medios de prueba que se puedan allegar, bajo protesta de decir verdad, manifestarán si existe ya alguna resolución jurisdiccional opuesta a la que se pretende o relacionada con las personas o los hechos, igualmente asentarán en ella las generales de la víctima o víctimas indirectas a nombre de quien solicitan la medida. De todo lo anterior se tomará nota en términos del artículo 26 fracción VI de la Ley.
26 de Febero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 13
Artículo 48. No obstante lo dispuesto en el artículo anterior, en caso de flagrancia, la autoridad policíaca estará obligada a intervenir de inmediato, adecuada y eficazmente, para hacer cesar el ejercicio de la violencia en contra de la víctima o víctimas indirectas, sin esperar a que éstas acudan ante los Jueces antes mencionados a solicitar la medida de protección. El incumplimiento de lo anterior por parte de la autoridad requerida será motivo de responsabilidad. El Ministerio Público deberá ordenar las siguientes medidas precautorias sin necesidad de tramitar las órdenes de protección ante la autoridad judicial y cuando se encuentre en riesgo la vida, integridad física o psicoemocional, bienes, propiedades o derechos de las víctimas directas o indirectas: I. Apercibir al probable responsable a fin de que se abstenga de ejercer cualquier tipo de violencia en contra de la
víctima directa o indirecta; II. Ordenar vigilancia permanente por parte de elementos de la Secretaria de Seguridad Pública o de Policía Judicial en
los lugares en que se encuentren las víctimas directas o indirectas; III. Ordenar la custodia permanente a las víctimas directa e indirectas, en los casos en que las circunstancias de riesgo lo
amerite; El incumplimiento de lo anterior por parte de la autoridad requerida será motivo de responsabilidad.
Artículo 49. Librada, en su caso, la orden de protección respectiva, la Secretaría de Seguridad Pública o la Procuraduría auxiliarán el cumplimiento de la medida, bajo su más estricta responsabilidad. Las dependencias a que se refiere el párrafo anterior, deberán proporcionar protección y vigilancia continua sobre personas y bienes cuando por la naturaleza de la medida, el juez lo considere necesario. Cumplida la temporalidad a que se refiere los artículos 64 y 70 de la Ley y que de los hechos se desprenda que persiste el riesgo a la seguridad, libertad, la integridad física o psicológica de las mujeres víctimas de violencia, se podrá solicitar ante el Juez la expedición de nuevas medidas de protección, las cuales se integrarán en un solo expediente. Artículo 50. Cuando en la solicitud de medidas de protección aparezcan victimas directas o indirectas que sean menores de edad, se deberá dar vista al Agente del Ministerio Público. Artículo 51. La Procuraduría y la Secretaría de Seguridad Pública deberán solicitar al Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, que de manera mensual les haga saber el listado de los juzgados que se encuentran de turno, para que éstas proporcionen a la autoridad judicial todos los elementos humanos y materiales necesarios, para su correcto funcionamiento en la emisión y ejecución de las medidas de protección.
CAPÍTULO VIII
CASAS DE EMERGENCIA Y CENTROS DE REFUGIO Artículo 52. El INMUJERESDF deberá supervisar el cumplimiento de los artículos 49, 50, 51 y 52 de la Ley, por parte de los establecimientos públicos y privados que operen como Casas de Emergencia y Centros de Refugio. Artículo 53. La Dirección de Igualdad para dar cumplimiento a la Ley en su artículo 17, fracción IV, incisos c y d, deberá: I. Crear lineamientos y mecanismos para la coordinación local de las casas de emergencia y centros de refugio para las
mujeres víctimas de violencia en el ámbito familiar; II. Realizar acciones para fomentar la coordinación local y nacional de las casas de emergencia y Centros de Refugio
para mujeres víctimas de violencia familiar; III. Llevar a cabo visitas periódicas para supervisar y verificar las condiciones en que operan las casas de emergencia y
centros de refugio para las mujeres víctimas de violencia en el ámbito familiar; y
14 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Febrero de 2009
IV. Asesorar a las Delegaciones en la apertura y funcionamiento de las Casas de Emergencia y Centros de Refugio en el ámbito familiar, y mantener una supervisión permanente.
Artículo 54. El INMUJERESDF deberá instalar Centros de Refugio especializados en violencia de género así como diseñar los lineamientos para su operación y financiamiento.
TRANSITORIOS PRIMERO. – Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. SEGUNDO. – El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación. Dado en la residencia oficial del Jefe de Gobierno, en el Distrito Federal, a los veinticuatro días del mes de febrero del año dos mil nueve.- EL JEFE DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, MARCELO LUIS EBRARD CASAUBON.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE GOBIERNO, JOSÉ ÁNGEL ÁVILA PÉREZ.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE SEGURIDAD PÚBLICA, MANUEL MONDRAGÓN Y KALB.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL, MARTÍ BATRES GUADARRAMA.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE SALUD, ARMANDO AHUED ORTEGA.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA, JESÚS ARTURO AISPURO CORONEL.- FIRMA.- LA SECRETARIA DE CULTURA, ELENA CEPEDA DE LEÓN.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE TRABAJO Y FOMENTO AL EMPLEO, BENITO MIRÓN LINCE.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE EDUCACIÓN, AXEL DIDRIKSSON TAKAYANAGUI.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE TRANSPORTES Y VIALIDAD, RAÚL ARMANDO QUINTERO MARTÍNEZ.- FIRMA.
ACUERDO POR EL QUE SE DELEGA EN EL DIRECTOR GENERAL DE SERVICIOS LEGALES, DE LA CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES, LA FACULTAD DE OTORGAR EL VISTO BUENO PREVIO AL EJERCICIO DE LOS RECURSOS AUTORIZADOS PARA CUBRIR LOS GASTOS POR CONCILIACIONES DE JUICIOS EN TRÁMITE PROMOVIDOS EN CONTRA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL O POR LIQUIDACIONES DE LAUDOS EMITIDOS O SENTENCIAS DEFINITIVAS DICTADOS POR AUTORIDAD COMPETENTE FAVORABLES A LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL, Y POR EL QUE SE CONSTITUYE LA MESA DE ASUNTOS LABORALES DE LA COMISIÓN DE ESTUDIOS JURÍDICOS DEL DISTRITO FEDERAL (Al margen superior un escudo que dice: Ciudad de México.- Capital en Movimiento) MARCELO LUIS EBRARD CASAUBON, Jefe de Gobierno del Distrito Federal, con fundamento en los artículos 122, apartado C, Base Segunda, fracción II, inciso b), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 8°, fracción II, 12, fracciones I, II, IV y VI, 52, 67, fracción II, y 90 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 5°, 7°, 14, párrafo tercero, y 19 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 41 del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el ejercicio fiscal 2009; y 15, 114, fracción VIII, 115 y 116 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; y
C O N S I D E R A N D O Que la organización administrativa del Distrito Federal en los procedimientos y actos administrativos en general debe atender a los principios de simplificación, agilidad, economía, información, precisión, legalidad, transparencia e imparcialidad. Que de conformidad con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y con la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, el Jefe de Gobierno promulgará, publicará y ejecutará las leyes y decretos que expida la Asamblea Legislativa, proveyendo en la esfera administrativa a su exacta observancia, mediante la expedición de reglamentos, decretos y acuerdos.
26 de Febero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 15
Que el Jefe de Gobierno es el titular de la Administración Pública local, correspondiéndole originalmente todas las facultades establecidas en los ordenamientos jurídicos relativos al Distrito Federal, pudiendo delegarlas a los servidores públicos subalternos, excepto aquellas que por disposición jurídica no sean delegables. Que los titulares de las Dependencias, de las Unidades Administrativas, de los órganos político – administrativos y de los órganos desconcentrados pueden encomendar el ejercicio de sus funciones a servidores públicos de nivel jerárquico inferior adscritos a ellos, mediante acuerdo del Jefe de Gobierno, que se publique en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, sin que pierdan por ello la facultad de su ejercicio directo cuando lo juzguen necesario. Que de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 41 del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2009, las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades previo al ejercicio de los recursos autorizados para cubrir los gastos por conciliaciones de juicios en trámite promovidos en contra de la Administración Pública del Distrito Federal o por liquidaciones de laudos emitidos o sentencias definitivas dictados por autoridad competente favorables a los trabajadores al servicio de la Administración Pública del Distrito Federal, deberán contar con el visto bueno de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales. Que la Comisión de Estudios Jurídicos es un órgano colegiado de la Administración Pública centralizada del Distrito Federal, debidamente establecido en el artículo 115 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, presidida y coordinada por la Consejería Jurídica y de Servicios Legales, con atribuciones para preparar y en su caso expedir las interpretaciones y homologación de criterios jurídicos que permitan la adecuada protección de los intereses generales y del patrimonio de la Ciudad de México, he tenido a bien expedir el siguiente. ACUERDO POR EL QUE SE DELEGA EN EL DIRECTOR GENERAL DE SERVICIOS LEGALES, DE LA CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES, LA FACULTAD DE OTORGAR EL VISTO BUENO PREVIO AL EJERCICIO DE LOS RECURSOS AUTORIZADOS PARA CUBRIR LOS GASTOS POR CONCILIACIONES DE JUICIOS EN TRÁMITE PROMOVIDOS EN CONTRA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL O POR LIQUIDACIONES DE LAUDOS EMITIDOS O SENTENCIAS DEFINITIVAS DICTADOS POR AUTORIDAD COMPETENTE FAVORABLES A LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL, Y POR EL QUE SE CONSTITUYE LA MESA DE ASUNTOS LABORALES DE LA COMISIÓN DE ESTUDIOS JURÍDICOS DEL DISTRITO FEDERAL. PRIMERO. – Se delega en el Director General de Servicios Legales la facultad de otorgar a las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades el Visto Bueno previo al ejercicio de los recursos autorizados para cubrir los gastos por conciliaciones de juicios en trámite promovidos en contra de la Administración Pública del Distrito Federal o por liquidaciones de laudos emitidos o sentencias definitivas dictados por autoridad competente favorables a los trabajadores al servicio de la Administración Pública del Distrito Federal. SEGUNDO. – Se constituye la Mesa de Asuntos Laborales de la Comisión de Estudios Jurídicos del Distrito Federal, con el objeto de que se homologuen los criterios jurídicos en materia de conciliaciones y laudos laborales para una adecuada protección de los intereses generales y del patrimonio de la Ciudad de México. TERCERO. – La Mesa de Asuntos Laborales se integra de la siguiente forma: I. Un representante de la Secretaría de Gobierno; II. Un representante de la Secretaría de Finanzas; III. Un representante de la Oficialía Mayor, y IV. Un representante de la Contraloría General.
16 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Febrero de 2009
La Mesa de Asuntos Laborales será presidida por el Director General de Servicios Legales. CUARTO. – El Director General de Servicios Legales se auxiliará en la Mesa de Asuntos Laborales para la revisión de la documentación presentada por las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal. QUINTO. – Los titulares de las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal, a través de sus áreas competentes, serán los responsables directos de dar cumplimiento a los laudos y sentencias definitivas dictados por autoridad competente favorable a los trabajadores al servicio de la Administración Pública del Distrito Federal. Así también, serán los responsables directos de negociar, cuando así lo consideren necesario en beneficio de los intereses de la Dependencia, Órgano Desconcentrado, Delegación o Entidad a la que se encuentren adscrito, para lograr la conciliación con los actores por los juicios en trámite promovidos en contra de la Administración Pública del Distrito Federal. Al solicitar el visto bueno, en ambos casos, deberán demostrar que cuentan con la suficiencia presupuestal para cumplir con el compromiso económico y cumplir irrestrictamente con los lineamientos, procedimientos y requisitos que se dicten en la materia, en caso contrario se dará vista al órgano de control interno correspondiente. SEXTO. – La Mesa de Asuntos Laborales reportará trimestralmente a los Secretarios de Gobierno y Finanzas, Oficial Mayor, Contralor General y Consejera Jurídica y de Servicios Legales, el avance en el cumplimiento de las acciones a que se refiere el presente Acuerdo.
T R A N S I T O R I O S
PRIMERO. Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. SEGUNDO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. TERCERO. Se dejan sin efectos todas aquellas disposiciones administrativas que se opongan a lo establecido en el presente Acuerdo. CUARTO. El presente Acuerdo estará vigente durante el ejercicio fiscal de 2009. Dado en la Residencia del Jefe de Gobierno del Distrito Federal, en la Ciudad de México, a los diez días del mes de febrero del año dos mil nueve.- EL JEFE DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, MARCELO LUIS EBRARD CASAUBON.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE GOBIERNO, JOSÉ ÁNGEL ÁVILA PÉREZ.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE FINANZAS, MARIO MARTÍN DELGADO CARRILLO.- FIRMA.
26 de Febero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 17
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDREAL
SISTEMA DE AGUAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO RELACIÓN DE COLONIAS GEOGRÁFICAS Y CATASTRALES
CON PORCENTAJE DE MEDIDORES INSTALADOS MAYOR O IGUAL AL 70%
Ing. Ramón Aguirre Díaz, Director General del Sistema de Aguas de la Ciudad de México, Órgano Desconcentrado adscrito a la Secretaría del Medio Ambiente del Distrito Federal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 194 fracción II, inciso a) último párrafo del Código Financiero del Distrito Federal, tengo a bien dar a conocer lo siguiente: LISTA DE COLONIAS GEOGRÁFICAS Y CATASTRALES CON PORCENTAJE DE MEDIDORES INSTALADOS MAYOR O IGUAL AL 70%. Delegación: Azcapotzalco
Nombre de la Colonia
Clave de Colonia Catastral
% Medidores Instalados
LOTERIA NACIONAL
A020223 95.70%
SECTOR NAVAL
A020223 97.62%
SAN SALVADOR XOCHIMANCA
A020343 95.00%
OBRERO POPULAR
A020223 98.15%
UN HOGAR PARA CADA TRABAJADOR
A020083 98.50%
UN HOGAR PARA CADA TRABAJADOR
A020223 98.50%
JARDIN AZPEITIA
A020223 98.67%
JARDIN AZPEITIA
A020392 98.67%
SAN BERNABE
A020223 87.54%
HOGAR Y SEGURIDAD
A020183 95.11%
NUEVA SANTA MARIA
A020207 96.63%
NUEVA SANTA MARIA
A020273 96.63%
INDUSTRIAL VALLEJO
A020198 95.22%
INDUSTRIAL VALLEJO
A020207 95.22%
INDUSTRIAL VALLEJO
A020423 95.22%
ARENAL
A020072 93.12%
LA RAZA
A020242 97.87%
PATRIMONIO FAMILIAR
A020072 95.62%
SAN FRANCISCO XOCOTITLA
A020242 94.87%
PORVENIR
A020022 99.13%
ALDANA
A020022 95.42%
ALDANA
A020022 95.42%
PRO HOGAR
A020303 97.86%
TRABAJADORES DEL HIERRO
A020112 97.96%
MONTE ALTO
A020112 98.68%
TLATILCO A020032 89.66%
18 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Febrero de 2009
VICTORIA DE LAS DEMOCRACIAS
A020032 96.72%
AMPL. COSMOPOLITA
A020042 94.67%
TLATILCO U. HAB. TLATILCO
A020273 98.71%
POTRERO DEL LLANO
A020112 98.55%
NEXTENGO
A020018 97.02%
EL RECREO
A020132 98.21%
CLAVERIA
A020093 97.09%
EUZKADI
A020112 97.67%
AGUILERA
A020022 95.51%
DEL GAS
A020032 95.66%
AMPL. DEL GAS
A020032 97.53%
COSMOPOLITA
A020112 99.79%
LIBERACION
A020022 96.84%
SANTA APOLONIA
A020058 82.92%
PLENITUD
A020292 97.34%
SANTA LUCIA
A020292 97.44%
INDUSTRIAL SAN ANTONIO
A020058 95.24%
AMPLIACION PETROLERA
A020058 97.08%
SAN FRANCISCO TETECALA
A020058 92.32%
SANTA CRUZ ACAYUCAN
A020292 96.76%
ELECTRICISTAS
A020143 98.18%
SAN SEBASTIAN
A020237 96.93%
LIBERTAD
A020252 91.76%
SANTA MARIA MANINALCO
A020363 94.47%
U. HAB. CUITLAHUAC SECC I
A020392 99.71%
SAN ALVARO
A020322 97.27%
ANGEL ZIMBRON
A020018 95.87%
AMPLIACION SAN PEDRO XALPA
A020062 94.96%
SAN MARCOS
A020237 97.40%
LA PRECIOSA
A020237 88.84%
LA PRECIOSA
A020382 88.84%
JAGUEY
A020212 90.51%
JAGUEY
A020442 90.51%
SANTA CATARINA
A020237 90.60%
26 de Febero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 19
DEL MAESTRO
A020123 98.97%
BARRIO SAN ANDRES
A020237 93.72%
PUEBLO SAN ANDRES
A020237 96.38%
LOS REYES
A020262 97.74%
SANTO TOMAS
A020237 91.98%
U. HAB. HOGARES FERR.
A020392 100.00%
PRADOS DEL ROSARIO
A020173 98.52%
HACIENDA DEL ROSARIO
A020173 85.30%
PROVIDENCIA
A020312 94.22%
SAN JUAN TLIHUACA
A020152 91.30%
PETROLERA
A020282 96.36%
TEZOZOMOC
A020237 94.54%
U. HAB. CUITLAHUAC SECC II
A020392 99.27%
U. HAB. CUITLAHUAC S. III Y IV
A020392 99.83%
VILLA AZCAPOTZALCO
A020262 96.68%
VILLA AZCAPOTZALCO
A020413 96.68%
BENITO JUAREZ
A020083 95.44%
REYNOSA TAMAULIPAS
A020237 87.84%
SANTA INES
A020352 95.32%
SANTO DOMINGO
A020237 96.58%
SANTO DOMINGO
A020382 96.58%
TIERRA NUEVA
A020152 94.83%
TIERRA NUEVA
A020173 94.83%
TIERRA NUEVA
A020237 94.83%
PASTEROS
A020237 94.74%
FERRERIA
A020162 95.41%
LAS SALINAS
A020198 81.37%
COLTONGO
A020108 77.65%
SANTA CRUZ DE LAS SALINAS
A020198 98.85%
SAN ANTONIO
A020282 93.42%
FCO. VILLA U. HAB. FRANCISCO VILL
A020152 98.72%
PRESIDENTE MADERO U. HAB. FCO. I.
A020152 97.46%
MIGUEL HIDALGO U. HAB. MIGUEL
A020152 94.88%
SAN MIGUEL AMANTLA
A020292 88.07%
20 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Febrero de 2009
NUEVA UNIDAD CUITLAHUAC
A020392 100.00%
SANTIAGO AHUIZOTLA
A020152 87.56%
SANTIAGO AHUIZOTLA
A020372 87.56%
SAN PEDRO XALPA
A020152 71.99%
FCO. VILLA U. HAB. FRANCISCO
A020152 97.24%
SAN ANDRES AZCAPOTZALCO
A020237 96.10%
U. HAB. EL ROSARIO
A020032 94.97%
U. HAB. EL ROSARIO
A020402 94.97%
SANTA BARBARA
A020207 95.98%
SANTA BARBARA
A020237 95.98%
SANTA BARBARA
A020437 95.98%
NUEVA ESPAÑA
A020237 94.85%
SAN MARTIN XOCHINAHUAC
A020237 98.95%
NUEVA EL ROSARIO
A020237 99.93%
SAN RAFAEL
A020233 95.55%
Delegación: Cuauhtémoc Nombre de la Colonia
Clave de Colonia Catastral
% Medidores Instalados
SAN RAFAEL
A060194 94.65%
HIPODROMO
A060055 93.93%
HIPODROMO CONDESA
A060055 90.27%
CONDESA
A060055 89.74%
ROMA NORTE
A060075 90.70%
JUAREZ
A060075 92.27%
JUAREZ
A060155 92.27%
JUAREZ
A060287 92.27%
CUAUHTEMOC
A060096 93.97%
TABACALERA
A060175 93.48%
ROMA SUR
A060075 90.37%
ROMA SUR
A060185 90.37%
SANTA MARIA LA RIBERA
A060214 94.08%
BUENOS AIRES
A060084 75.49%
DOCTORES
A060104 92.30%
TRANSITO
A060114 93.36%
ATLAMPA
A060038 90.88%
SANTA MARIA INSURGENTES
A060038 83.22%
26 de Febero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 21
GUERRERO
A060143 95.71%
MORELOS
A060164 88.88%
MARGARITA MAZA
A060133 95.23%
FELIPE PESCADOR
A060133 97.94%
VALLE GOMEZ
A060133 97.07%
CENTRO
A060067 90.47%
CENTRO
A060235 90.47%
CENTRO
A060247 90.47%
CENTRO
A060255 90.47%
CENTRO
A060266 90.47%
CENTRO
A060277 90.47%
OBRERA
A060114 97.72%
SAN SIMON TOLNAHUAC
A060123 96.26%
SAN SIMON TOLNAHUAC
A060204 96.26%
PERALVILLO
A060038 94.41%
BUENAVISTA
A060047 96.66%
ESPERANZA
A060114 92.02%
PAULINO NAVARRO
A060024 94.34%
AMPLIACION ASTURIAS
A060024 96.04%
VISTA ALEGRE
A060024 95.70%
ALGARIN
A060014 94.82%
ASTURIAS
A060024 95.69%
EX-HIPODROMO DE PERALVILLO A060123 92.62% Delegación: G. A. Madero
Nombre de la Colonia
Clave de Colonia Catastral
% Medidores Instalados
GUADALUPE INSURGENTES
A070394 96.81%
ATZACOALCO
A070212 93.19%
TEPEYAC INSURGENTES
A070394 89.68%
TEPEYAC INSURGENTES
A070524 89.68%
LINDAVISTA
A070524 92.33%
NUEVA ATZACOALCO
A070042 97.43%
VALLE DEL TEPEYAC
A070024 96.64%
VALLE DEL TEPEYAC
A070558 96.64%
MAGDALENA DE LAS SALINAS
A070168 96.55%
22 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Febrero de 2009
CUCHILLA DEL TESORO
A070142 95.11%
ARAGON U. HAB. NARCISO BASSOLS
A070142 96.08%
SAN JUAN DE ARAGON SECTOR 32
A070662 93.89%
FOVISSSTE ARAGON
A070252 86.36%
FOVISSSTE ARAGON
A070257 86.36%
AMP. C.T.M. ARAGON
A070142 71.11%
U. HAB. SAN JUAN DE ARAGON 3A.
A070633 93.60%
ARAGON U. HAB. C. T. M. 2
A070142 94.80%
U. HAB. SAN JUAN DE ARAGON 1A.
A070723 95.17%
U. HAB. SAN JUAN DE ARAGON 2A.
A070723 97.68%
U. HAB. SAN JUAN DE ARAGON 4A.
A070257 94.31%
U. HAB. SAN JUAN DE ARAGON 4A.
A070642 94.31%
U. HAB. SAN JUAN DE ARAGON 4A.
A070751 94.31%
U. HAB. SAN JUAN DE ARAGON 6A.
A070732 95.04%
U. HAB. SAN JUAN DE ARAGON 7A.
A070732 98.07%
NIVEL DE LA PRADERA
A070542 91.11%
AMPLIACION PROVIDENCIA
A070122 94.52%
VILLA DE ARAGON
A070772 82.44%
LA PRADERA
A070122 92.52%
EMILIANO ZAPATA
A070063 96.04%
FERNANDO CASAS ALEMAN
A070063 88.75%
EX-ESCUELA DE TIRO
A070063 87.37%
CAMPESTRE ARAGON
A070262 94.43%
EJIDO SAN JUAN DE ARAGON
A070322 98.07%
AMPLIACION CASAS ALEMAN
A070112 93.14%
HEROES DE CHAPULTEPEC
A070322 89.23%
EL OLIVO
A070342 84.94%
EL OLIVO
A070723 84.94%
BELISARIO DOMINGUEZ
A070063 75.60%
PUEBLO SAN JUAN DE ARAGON
A070322 72.63%
SAN PEDRO EL CHICO
A070063 91.69%
D. M. NACIONAL
A070198 71.97%
UNIDAD HAB. EL COYOL
A070332 93.85%
U. HAB. JOSE MA. MORELOS 1A. S
A070723 99.68%
26 de Febero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 23
U. HAB. JOSE MA. MORELOS 2A. S
A070332 100.00%
U. HAB. EDUARDO MOLINA 1A. SEC
A070332 99.51%
U. HAB. EDUARDO MOLINA 2A. SEC
A070332 100.00%
U. HAB. 51 LEGISLATURA
A070052 91.00%
SAN FELIPE DE JESUS
A070622 94.83%
ESMERALDA
A070332 83.30%
25 DE JULIO
A070042 86.07%
PUEBLO S. J. DE ARAGON U. HAB. F
A070322 98.28%
P. S. J. DE ARAGON U. HAB. S. M. DE L
A070322 94.68%
PUEBLO S. J. DE ARAGON U. HAB. F
A070322 98.97%
U. HAB. EL MILAGRO
A070332 100.00%
LA MALINCHE
A070493 96.13%
NUEVA TENOCHTITLAN
A070063 95.50%
U. HAB. LA ESMERALDA
A070332 89.88%
RESIDENCIAL PLAZA ORIENTE
A070332 99.69%
GUADALUPE TEPEYAC
A070364 93.25%
JUAN GONZALEZ ROMERO
A070042 95.91%
JUAN GONZALEZ ROMERO
A070422 95.91%
ESTRELLA
A070364 93.62%
DEL OBRERO
A070212 95.72%
VILLA HERMOSA
A070422 94.09%
VASCO DE QUIROGA
A070032 92.58%
VASCO DE QUIROGA
A070212 92.58%
SALVADOR DIAZ MIRON
A070032 92.51%
CONSTITUCION DE LA REPUBLICA
A070032 77.32%
ARAGON
A070203 92.66%
LA VILLA
A070517 73.39%
MARTIN CARRERA
A070032 86.09%
MARTIN CARRERA
A070603 86.09%
ESTANZUELA
A070352 70.22%
GUSTAVO A. MADERO
A070372 80.10%
15 DE AGOSTO
A070032 85.02%
15 DE AGOSTO
A070037 85.02%
GRANJAS MODERNAS
A070198 88.00%
24 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Febrero de 2009
AMPL. SAN JUAN DE ARAGON
A070198 95.61%
TRES ESTRELLAS
A070063 94.02%
ARAGON INGUARAN
A070063 95.98%
7 DE NOVIEMBRE
A070063 87.80%
GABRIEL HERNANDEZ
A070011 80.22%
GABRIEL HERNANDEZ
A070032 80.22%
LA CRUZ
A070011 73.47%
LA CRUZ
A070462 73.47%
EL CARMEN
A070221 83.07%
EL CARMEN
A070241 83.07%
EL CARMEN
A070271 83.07%
EL CARMEN
A070451 83.07%
BONDOJITO
A070063 95.10%
TABLAS DE SAN AGUSTIN
A070063 94.07%
FAJA DE ORO
A070063 94.69%
AMPL. PROGRESO NACIONAL
A070182 95.50%
CUAUTEPEC BARRIO ALTO
A070241 81.26%
CUAUTEPEC BARRIO ALTO
A070301 81.26%
LA PROVIDENCIA
A070122 93.44%
INDUSTRIAL
A070394 95.30%
VALLEJO
A070793 95.40%
CAPULTITLAN
A070168 92.55%
PANAMERICANA
A070168 93.81%
PLANETARIO LINDAVISTA
A070577 72.40%
GUADALUPE VICTORIA
A070168 90.55%
LA PURISIMA TICOMAN
A070502 87.46%
SANTA MARIA TICOMAN
A070682 81.86%
SANTA ROSA
A070562 95.35%
RESIDENCIAL ZACATENCO
A070593 90.27%
CUAUTEPEC BARRIO BAJO
A070221 80.41%
CUAUTEPEC BARRIO BAJO
A070231 80.41%
CUAUTEPEC BARRIO BAJO
A070531 80.41%
CUAUTEPEC BARRIO BAJO
A070671 80.41%
CUAUTEPEC BARRIO BAJO
A070789 80.41%
26 de Febero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 25
TLACAMACA
A070168 83.17%
LA LAGUNA TICOMAN
A070482 86.03%
SANTA ISABEL TOLA
A070603 80.09%
GUADALUPE PROLETARIA
A070402 89.19%
GUADALUPE PROLETARIA
A070562 89.19%
LA ESCALERA
A070473 95.43%
7 MARAVILLAS
A070502 91.48%
NUEVA INDUSTRIAL VALLEJO
A070024 86.27%
NUEVA INDUSTRIAL VALLEJO
A070558 86.27%
SAN BARTOLO ATEPEHUACAN
A070614 89.87%
SAN JOSE DE LA ESCALERA
A070562 89.80%
DEFENSORES DE LA REPUBLICA
A070168 95.55%
PROGRESO NACIONAL
A070182 93.99%
VALLEJO PONIENTE
A070168 77.38%
U. HAB. CTM EL ARBOLILLO
A070431 92.91%
AMPL. GABRIEL HERNANDEZ
A070011 82.53%
AMPL. GABRIEL HERNANDEZ
A070372 82.53%
U. HAB. ATZACOALCO CTM
A070011 91.13%
U. HAB. ATZACOALCO CTM
A070517 91.13%
U. HAB. ATZACOALCO CTM
A070751 91.13%
U. HAB. EL RISCO CTM
A070751 95.72%
NUEVA VALLEJO
A070168 89.19%
NUEVA VALLEJO
A070558 89.19%
NUEVA VALLEJO
A070803 89.19%
LA JOYA
A070063 94.94%
CUAUTEPEC DE MADERO
A070231 82.10%
CUAUTEPEC DE MADERO
A070301 82.10%
ROSAS DEL TEPEYAC
A070603 81.70%
JORGE NEGRETE
A070431 96.11%
JORGE NEGRETE
A070741 96.11%
ZONA ESCOLAR
A070082 93.00%
ZONA ESCOLAR
A070231 93.00%
AMPL. MAGDALENA DE LAS SALINAS
A070168 88.89%
MARTIRES DE RIO BLANCO
A070063 96.69%
26 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Febrero de 2009
AMPL. EMILIANO ZAPATA
A070063 94.26%
LA JOYITA
A070063 94.80%
AMPL. LA JOYITA
A070063 90.44%
AMPL. MARTIRES DE RIO BLANCO
A070063 92.51%
GERTRUDIS SANCHEZ 1A. SECC.
A070063 90.41%
CUCHILLA DE LA JOYA
A070063 94.78%
TICOMAN
A070692 85.18%
GRAL. FELIPE BERRIOZABAL
A070221 79.21%
GRAL. FELIPE BERRIOZABAL
A070301 79.21%
GRAL. FELIPE BERRIOZABAL
A070701 79.21%
LINDAVISTA VALLEJO
A070558 99.27%
GERTRUDIS SANCHEZ 2A. SECC.
A070063 93.41%
BARRIO DE GUADALUPE TICOMAN
A070241 73.89%
SAN RAFAEL TICOMAN
A070382 82.00%
SAN RAFAEL TICOMAN
A070652 82.00%
HEROES DE NACOZARI
A070413 93.21%
CHURUBUSCO TEPEYAC
A070024 92.51%
MAXIMINO AVILA CAMACHO
A070168 90.89%
LA PATERA VALLEJO
A070558 99.46%
SAN JOSE TICOMAN
A070442 87.66%
U. H. JUAN DE DIOS BATIZ
A070442 99.85%
SAN PEDRO ZACATENCO
A070442 86.96%
SAN PEDRO ZACATENCO
A070652 86.96%
LOMA DE LA PALMA
A070311 91.58%
COMPOSITORES MEXICANOS
A070221 86.31%
COMPOSITORES MEXICANOS
A070241 86.31%
COMPOSITORES MEXICANOS
A070271 86.31%
COMPOSITORES MEXICANOS
A070311 86.31%
SOLIDARIDAD NACIONAL
A070071 76.78%
SOLIDARIDAD NACIONAL
A070311 76.78%
SOLIDARIDAD NACIONAL
A070671 76.78%
SAN MIGUEL
A070311 88.54%
RESIDENCIAL ACUEDUCTO
A070583 85.32%
U. H. CROC 2 EL ARBOLILLO
A070741 99.59%
26 de Febero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 27
AMPL. BENITO JUAREZ
A070131 78.16%
CASTILLO GRANDE
A070101 83.16%
CASTILLO GRANDE
A070281 83.16%
SANTIAGO ATEPETLAC
A070168 87.69%
SANTIAGO ATEPETLAC
A070168 87.69%
SANTIAGO ATEPETLAC
A070168 87.69%
LA CASILDA
A070301 85.49%
LA CASILDA
A070311 85.49%
EL ARBOLILLO
A070131 85.45%
EL ARBOLILLO
A070221 85.45%
EL ARBOLILLO
A070231 85.45%
U. H. CROC 2 EL ARBOLILLO U. MAT
A070741 97.75%
U. HAB. ACUEDUCTO DE GUADALUPE
A070082 100.00%
U. H. CROC 2 EL ARBOLILLO U. AR
A070741 97.26%
CASTILLO CHICO
A070271 89.25%
GUADALUPE VICTORIA II
A070231 74.89%
COCOYOTES
A070241 84.90%
COCOYOTES
A070301 84.90%
COCOYOTES
A070431 84.90%
U. PROF. ZACATENCO
A070168 100.00%
U. PROF. ZACATENCO
A070652 100.00%
GPE. TICOMAN
A070382 90.91%
BENITO JUAREZ
A070221 80.43%
BENITO JUAREZ
A070231 80.43%
BENITO JUAREZ
A070431 80.43%
SAN ANTONIO A070311 90.21% Delegación: Benito Juárez
Nombre de la Colonia
Clave de Colonia Catastral
% Medidores Instalados
8 DE AGOSTO
A030013 91.74%
ACACIAS
A030025 91.45%
ACTIPAN
A030036 93.14%
ACTIPAN
A030136 84.18%
ALAMOS
A030044 89.46%
ALBERT
A030053 92.04%
28 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Febrero de 2009
ALBERT
A030214 95.08%
AMERICAS UNIDAS
A030064 96.17%
AMPLIACION NAPOLES
A030246 95.39%
ATENOR SALAS
A030075 81.57%
CIUDAD DE LOS DEPORTES
A030086 95.29%
CREDITO CONSTRUCTOR
A030095 92.13%
DEL CARMEN
A030053 92.75%
DEL LAGO
A030064 98.54%
DEL VALLE CENTRO
A030116 92.89%
DEL VALLE NORTE
A030125 96.25%
DEL VALLE SUR
A030105 100.00%
DEL VALLE SUR
A030136 93.40%
ERMITA
A030154 78.37%
EXTREMADURA INSURGENTES
A030165 98.03%
GENERAL PEDRO MA. ANAYA
A030265 92.50%
INDEPENDENCIA
A030064 88.61%
INSURGENTES MIXCOAC
A030165 92.28%
INSURGENTES SAN BORJA
A030176 95.89%
IZTACCIHUATL
A030183 95.10%
JOSEFA ORTIZ DE DOMINGUEZ
A030064 92.84%
LETRAN VALLE
A030195 95.22%
MIGUEL ALEMAN
A030064 97.18%
MERCED GOMEZ
A030204 86.31%
MIRAVALLE
A030214 87.46%
MIXCOAC
A030225 91.02%
MODERNA
A030234 86.65%
NAPOLES
A030246 95.53%
NARVARTE ORIENTE
A030075 85.89%
NARVARTE PONIENTE
A030195 92.18%
NATIVITAS
A030253 92.40%
NIÑOS HEROES
A030064 82.37%
NOCHE BUENA
A030086 90.80%
PERIODISTA
A030064 95.33%
PIEDAD NARVARTE
A030075 74.88%
26 de Febero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 29
PORTALES NORTE
A030214 91.93%
PORTALES ORIENTE
A030214 92.26%
PORTALES SUR
A030274 86.89%
POSTAL
A030284 86.09%
SAN JOSE INSURGENTES
A030295 92.52%
SAN JUAN
A030305 93.55%
SAN PEDRO DE LOS PINOS
A030314 96.72%
SAN SIMON TICUMAC
A030323 91.22%
SANTA CRUZ ATOYAC
A030195 94.98%
SANTA MARIA NONOALCO
A030335 90.37%
TLACOQUEMECATL
A030346 94.12%
VERTIZ NARVARTE
A030195 92.14%
VILLA DE CORTES
A030353 92.17%
XOCO
A030367 95.63%
ZACAHUITZCO A030053 92.67% Delegación: Coyoacán
Nombre de la Colonia
Clave de Colonia Catastral
% Medidores Instalados
AJUSCO
A040422 73.44%
AJUSCO
A040742 79.17%
ALIANZA POPULAR REVOLUCIONARIA
A040033 79.74%
ATLANTIDA
A040084 80.54%
AVANTE
A040094 79.23%
AVANTE
A040293 83.33%
BARRIO DEL NIÑO JESUS
A040103 80.00%
BARRIO DEL NIÑO JESUS
A040153 83.01%
BARRIO LA CONCEPCION
A040116 85.03%
BARRIO OXTOPULCO UNIVERSIDAD
A040125 92.52%
BARRIO OXTOPULCO UNIVERSIDAD
A040243 97.29%
BARRIO OXTOPULCO UNIVERSIDAD
A040393 77.20%
BARRIO SAN LUCAS
A040135 86.65%
BARRIO SANTA CATARINA
A040147 90.24%
BOSQUES DE TETLAMEYA
A040595 85.63%
CAFETALES
A040554 73.93%
CAFETALES
A040694 82.05%
30 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Febrero de 2009
CAMPESTRE CHURUBUSCO
A040167 94.75%
CAMPESTRE CHURUBUSCO
A040633 95.92%
CAMPESTRE COYOACAN
A040184 76.06%
CANTIL DEL PEDREGAL
A040194 79.88%
CARMEN SERDAN
A040202 94.20%
CHURUBUSCO COUNTRY CLUB
A040167 93.80%
CHURUBUSCO COUNTRY CLUB
A040225 96.75%
CIUDAD JARDIN
A040213 91.23%
COPILCO EL ALTO
A040237 74.58%
COPILCO EL BAJO
A040173 93.84%
COPILCO EL BAJO
A040283 88.51%
COPILCO UNIVERSIDAD
A040283 89.22%
CUADRANTE DE SAN FRANCISCO
A040103 83.95%
CUADRANTE DE SAN FRANCISCO
A040153 86.81%
CULHUACAN CTM CANAL NACIONAL
A040202 92.16%
CULHUACAN CTM CANAL NACIONAL
A040372 97.12%
CULHUACAN CTM CROC
A040202 93.18%
CULHUACAN CTM SECCION I
A040202 84.97%
CULHUACAN CTM SECCION II
A040202 86.20%
CULHUACAN CTM SECCION III
A040202 80.30%
CULHUACAN CTM SECCION IX A
A040202 89.04%
CULHUACAN CTM SECCION IX A
A040642 76.05%
CULHUACAN CTM SECCION IX B
A040642 93.07%
CULHUACAN CTM SECCION PILOTO
A040202 83.94%
CULHUACAN CTM SECCION V
A040202 82.94%
CULHUACAN CTM SECCION VI
A040202 74.81%
CULHUACAN CTM SECCION VII
A040202 90.73%
CULHUACAN CTM SECCION VIII
A040202 91.21%
CULHUACAN CTM SECCION X
A040184 88.01%
CULHUACAN CTM SECCION X
A040653 88.97%
CULHUACAN CTM SECCION X A
A040202 86.32%
DEL CARMEN
A040066 89.58%
DEL CARMEN
A040116 94.29%
DEL CARMEN
A040147 93.32%
26 de Febero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 31
EDUCACION
A040094 73.55%
EL CARACOL
A040194 74.39%
EL CENTINELA
A040313 71.71%
EL MIRADOR
A040324 72.94%
EL PARQUE DE COYOACAN
A040334 70.57%
EL PARQUE DE COYOACAN
A040404 91.48%
EL RELOJ
A040583 71.88%
EL ROSARIO
A040353 94.32%
EL ROSEDAL
A040084 90.10%
EMILIANO ZAPATA
A040293 93.43%
EMILIANO ZAPATA FRACCIONAMIENTO POPULAR
A040662 92.26%
ESPARTACO
A040307 88.98%
ESPARTACO
A040363 95.73%
EX EJIDO DE SAN FRANCISCO CULHUACAN
A040094 75.45%
EX HACIENDA COAPA
A040307 94.03%
HACIENDAS DE COYOACAN
A040184 84.42%
HACIENDAS DE COYOACAN
A040324 80.65%
HERMOSILLO
A040167 97.30%
HERMOSILLO
A040413 95.45%
HUAYAMILPAS
A040072 85.00%
HUAYAMILPAS
A040752 89.82%
INSURGENTES CUICUILCO
A040045 74.15%
INSURGENTES CUICUILCO
A040435 74.12%
INSURGENTES CUICUILCO
A040604 71.80%
JARDINES DE COYOACAN
A040334 85.29%
JARDINES DE COYOACAN
A040404 88.37%
JARDINES DEL PEDREGAL DE SAN ANGEL
A040055 76.29%
JOYAS DEL PEDREGAL
A040444 98.85%
LOS CEDROS
A040184 78.77%
LOS CIPRESES
A040094 89.81%
LOS GIRASOLES
A040404 96.41%
LOS OLIVOS
A040334 93.55%
LOS OLIVOS
A040363 94.44%
LOS OLIVOS
A040404 92.86%
32 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Febrero de 2009
LOS SAUCES
A040184 71.24%
OLIMPICA
A040464 70.69%
PARQUE SAN ANDRES
A040116 75.00%
PARQUE SAN ANDRES
A040225 95.28%
PASEOS DE TAXQUEÑA
A040485 87.59%
PASEOS DE TAXQUEÑA
A040543 100.00%
PEDREGAL DE CARRASCO
A040464 91.53%
PEDREGAL DE CARRASCO
A040514 99.85%
PEDREGAL DE SAN FRANCISCO
A040103 92.31%
PEDREGAL DE SAN FRANCISCO
A040153 71.43%
PEDREGAL DE SAN FRANCISCO
A040384 100.00%
PEDREGAL DE SAN FRANCISCO
A040495 84.34%
PEDREGAL DE SAN FRANCISCO
A040565 86.96%
PEDREGAL DE SANTA URSULA
A040103 89.47%
PEDREGAL DE SANTA URSULA
A040023 86.71%
PETROLERA TAXQUEÑA
A040094 77.16%
PRADO CHURUBUSCO
A040524 96.01%
PRADOS DE COYOACAN
A040094 90.48%
PRADOS DE COYOACAN
A040363 86.90%
PRESIDENTES EJIDALES 1A SECCION
A040094 75.66%
PUEBLO DE LOS REYES
A040103 77.46%
PUEBLO DE LOS REYES
A040733 78.17%
PUEBLO DE SAN PABLO TEPETLAPA
A040583 72.42%
PUEBLO DE SANTA URSULA COAPA
A040023 88.46%
PUEBLO DE SANTA URSULA COAPA
A040533 85.24%
PUEBLO LA CANDELARIA
A040072 88.24%
PUEBLO LA CANDELARIA
A040733 85.29%
PUEBLO LA CANDELARIA
A040742 82.26%
ROMERO DE TERREROS
A040263 98.25%
ROMERO DE TERREROS
A040283 95.98%
ROMERO DE TERREROS
A040384 92.09%
ROMERO DE TERREROS
A040565 92.97%
ROMERO DE TERREROS
A040624 91.25%
SAN DIEGO CHURUBUSCO
A040225 91.11%
26 de Febero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 33
SAN MATEO
A040225 98.02%
SAN FCO. CULHUACAN BARRIO DE SAN JUAN
A040573 86.74%
SAN FCO. CULHUACAN BARRIO DE STA ANA
A040573 86.83%
SAN FCO. CULHUACAN BO. DE LA MAGDALENA
A040453 82.05%
SAN FCO. CULHUACAN BO. DE SAN FRANCISCO
A040573 83.20%
SANTA CECILIA
A040184 83.67%
VIEJO EJIDO SANTA URSULA COAPA
A040613 97.59%
VIEJO EJIDO SANTA URSULA COAPA
A040683 93.90%
VILLA COYOACAN
A040116 89.80%
VILLA QUIETUD
A040324 82.05%
VILLA QUIETUD
A040554 74.35%
VILLA QUIETUD
A040694 73.64%
XOTEPINGO A040213 94.28% Delegación: Iztacalco
Nombre de la Colonia
Clave de Colonia Catastral
% Medidores Instalados
AGRICOLA ORIENTAL
A080013 91.21%
AGRICOLA ORIENTAL
A080213 100.00%
AGRICOLA PANTITLAN
A080023 84.46%
AMPLIACION GABRIEL RAMOS MILLAN
A080032 95.38%
AMPLIACION GABRIEL RAMOS MILLAN
A080122 99.42%
BARRIO LA ASUNCION
A080062 92.87%
BARRIO LOS REYES
A080242 87.32%
BARRIO SAN FRANCISCO XICALTONGO
A080062 76.79%
BARRIO SAN MIGUEL
A080142 94.90%
BARRIO SAN MIGUEL
A080193 95.44%
BARRIO SAN PEDRO
A080053 90.72%
BARRIO SAN PEDRO
A080062 94.91%
BARRIO SANTA CRUZ
A080062 87.38%
BARRIO SANTIAGO SUR
A080062 82.72%
BARRIO ZAPOTLA
A080062 96.07%
BARRIO ZAPOTLA
A080152 71.43%
BARRIO ZAPOTLA
A080193 89.57%
CAMPAMENTO DOS DE OCTUBRE
A080042 82.33%
CAMPAMENTO DOS DE OCTUBRE
A080062 95.83%
34 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Febrero de 2009
CARLOS ZAPATA VELA
A080232 95.44%
FRACCIONAMIENTO COYUYA
A080083 83.08%
CUCHILLA AGRICOLA ORIENTAL
A080252 97.20%
EL RODEO
A080032 95.60%
EX EJIDO LA MAGDALENA MIXHUCA
A080032 91.53%
GABRIEL RAMOS MILLAN
A080092 96.71%
GABRIEL RAMOS MILLAN
A080102 94.19%
GABRIEL RAMOS MILLAN SECCION BRAMADERO
A080032 97.35%
GABRIEL RAMOS MILLAN SECCION BRAMADERO
A080172 96.76%
GABRIEL RAMOS MILLAN SECCION CUCHILLA
A080032 95.19%
GABRIEL RAMOS MILLAN SECCION CUCHILLA
A080172 88.46%
GABRIEL RAMOS MILLAN SECCION TLACOTAL
A080102 97.34%
GRANJAS MEXICO
A080118 91.89%
INFONAVIT IZTACALCO
A080122 89.11%
INPI PICOS
A080122 73.84%
JARDINES TECMA
A080042 92.42%
JUVENTINO ROSAS
A080102 95.75%
LA CRUZ
A080138 90.54%
LOS PICOS DE IZTACALCO SECCION 1ª
A080102 97.10%
LOS PICOS DE IZTACALCO SECCION 1ª
A080142 75.74%
LOS PICOS DE IZTACALCO SECCION 2ª
A080102 75.05%
MILITAR MARTE
A080164 85.26%
NUEVA SANTA ANITA
A080083 89.98%
REFORMA IZTACCIHUATL NORTE
A080184 90.53%
REFORMA IZTACCIHUATL SUR
A080164 83.39%
SANTA ANITA
A080083 83.54%
TLAZINTLA
A080102 86.10%
VIADUCTO PIEDAD
A080083 93.87%
VIADUCTO PIEDAD
A080224 82.10%
Delegación: Venustiano Carranza Nombre de la Colonia
Clave de Colonia Catastral
% Medidores Instalados
10 DE MAYO
A150013 84.02%
1RO DE MAYO
A150013 92.41%
20 DE NOVIEMBRE
A150013 88.11%
24 DE ABRIL
A150033 94.39%
26 de Febero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 35
5TO TRAMO 20 DE NOVIEMBRE
A150013 77.32%
AARON SAENZ
A150033 92.24%
ADOLFO LOPEZ MATEOS
A150052 94.96%
ADOLFO LOPEZ MATEOS
A150073 100.00%
AERONAUTICA MILITAR
A150033 81.66%
AEROPUERTO INTERNACIONAL DE LA CD. DE MEX
A150047 83.18%
ALVARO OBREGON
A150033 88.41%
AMPLIACION MICHOACANA
A150013 81.87%
AMPLIACION SIMON BOLIVAR
A150013 77.46%
AMPLIACION VENUSTIANO CARRANZA
A150013 85.80%
AMPLIACION AVIACION CIVIL
A150073 94.68%
AMPLIACION CARACOL
A150022 95.70%
AMPLIACION PENITENCIARIA
A150013 75.79%
AQUILES SERDAN
A150013 85.56%
ARENAL 1A SECCION
A150022 87.44%
ARENAL 2A SECCION
A150022 92.62%
ARENAL 3A SECCION
A150022 94.61%
ARENAL 4A SECCION
A150022 88.95%
ARTES GRAFICAS
A150033 97.70%
ARTES GRAFICAS
A150064 94.88%
AVIACION CIVIL
A150073 89.55%
AZTECA
A150013 74.93%
CARACOL
A150022 95.09%
CUATRO ÁRBOLES
A150073 87.86%
CUCHILLA PANTITLAN
A150092 75.18%
CUCHILLA PANTITLAN
A150052 100.00%
DAMIAN CARMONA
A150013 98.96%
DEL PARQUE
A150033 83.87%
DEL PARQUE
A150103 79.65%
EMILIO CARRANZA
A150013 71.91%
FEDERAL
A150113 87.44%
FEDERAL
A150137 86.36%
FELIPE ANGELES
A150013 92.47%
GENERAL IGNACIO ZARAGOZA
A150113 87.97%
36 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Febrero de 2009
INDUSTRIAL PUERTO AEREO
A150137 85.51%
JAMAICA
A150147 76.96%
JANITZIO
A150013 74.12%
JARDIN BALBUENA
A150033 86.15%
LORENZO BOTURINI
A150064 89.66%
MAGDALENA MIXHUCA
A150033 83.52%
MERCED BALBUENA
A150064 79.73%
MICHOACANA
A150013 79.77%
MIGUEL HIDALGO
A150013 91.49%
MOCTEZUMA 1A SECCION
A150113 77.68%
MOCTEZUMA 2A SECCION
A150163 80.39%
NICOLAS BRAVO
A150013 70.52%
PEÑON DE LOS BAÑOS
A150013 92.37%
PENITENCIARIA
A150013 89.19%
PENSADOR MEXICANO
A150013 92.50%
POPULAR RASTRO
A150013 79.98%
PROGRESISTA
A150013 90.14%
PUEBLA
A150113 91.91%
REVOLUCION
A150013 72.81%
ROMERO RUBIO
A150013 74.02%
SANTA CRUZ AVIACION
A150137 73.19%
SEVILLA
A150033 83.95%
SEVILLA
A150064 93.61%
SEVILLA
A150173 74.76%
SIMON BOLIVAR
A150013 92.05%
TRES MOSQUETEROS
A150013 93.02%
VALENTIN GOMEZ FARIAS
A150113 86.42%
VALLE GOMEZ
A150013 80.18%
VENUSTIANO CARRANZA
A150013 74.51%
VENUSTIANO CARRANZA
A150163 71.88%
ZONA CENTRO A150084 70.74% Delegación: Iztapalapa
Nombre de la Colonia
Clave de Colonia Catastral
% Medidores Instalados
12 DE DICIEMBRE
A090013 87.42%
26 de Febero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 37
AÑO DE JUAREZ
A090062 79.57%
ALBARRADA
A090032 93.79%
ALLAPETLALLI
A090212 96.37%
ALVARO OBREGON
A090042 92.38%
AMPLIACION BELLAVISTA
A090062 86.53%
AMPLIACION EL SANTUARIO
A090072 82.94%
AMPLIACION EL SANTUARIO
A090353 70.59%
AMPLIACION EL SANTUARIO
A090013 95.06%
AMPLIACION EL TRIUNFO
A090113 88.29%
AMPLIACION LOS REYES
A090072 92.33%
AMPLIACION PARAJE SAN JUAN
A090092 92.43%
AMPLIACION RICARDO FLORES MAGON
A090072 90.23%
AMPLIACION RICARDO FLORES MAGON
A090123 92.11%
AMPLIACION SAN MIGUEL
A090032 88.71%
AMPLIACION SANTA MARIA AZTAHUACAN
A090312 89.37%
AMPLIACION SINATEL
A090104 89.06%
AMPLIACION VERACRUZANA
A090013 78.84%
APATLACO
A090113 87.60%
BANJIDAL
A090104 95.87%
BARRIO LA ASUNCION
A090123 87.78%
BARRIO GUADALUPE
A090062 84.57%
BARRIO SAN ANTONIO
A090062 90.71%
BARRIO SAN ANTONIO CULHUACAN
A090013 75.78%
BARRIO SAN IGNACIO
A090123 84.71%
BARRIO SAN JOSE
A090123 78.06%
BARRIO SAN LORENZO
A090062 89.17%
BARRIO SAN LUCAS
A090123 83.54%
BARRIO SAN LUCAS
A090353 82.43%
BARRIO SAN MIGUEL
A090032 86.96%
BARRIO SAN MIGUEL
A090132 89.58%
BARRIO SAN PABLO
A090123 85.36%
BARRIO SAN PABLO
A090353 93.04%
BARRIO SAN PEDRO
A090132 73.92%
BARRIO SAN SIMON CULHUACAN
A090013 81.43%
38 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Febrero de 2009
BARRIO SANTA BARBARA
A090123 80.18%
BARRIO SANTA BARBARA
A090373 84.05%
BARRIO TULA
A090013 84.62%
BELLAVISTA
A090062 98.51%
BENITO JUAREZ
A090062 95.92%
CACAMA
A090104 73.55%
CANANEA
A090162 93.20%
CARLOS HANK GONZALEZ
A090172 86.07%
CARLOS JONGUITUD BARRIOS
A090062 82.77%
CASA BLANCA
A090062 76.43%
CENTRAL DE ABASTO
A090187 79.55%
CERRO DE LA ESTRELLA
A090062 84.89%
CHINAMPAC DE JUAREZ
A090402 79.10%
CHINAMPAC DE JUAREZ
A090682 76.87%
CHINAMPAC DE JUAREZ
A090847 90.84%
COLONIAL IZTAPALAPA
A090203 91.23%
CONSEJO AGRARISTA MEXICANO
A090221 88.70%
CONSTITUCION DE 1917
A090233 92.08%
CONSTITUCION DE 1917
A090032 82.35%
CUCHILLA DEL MORAL
A090243 72.85%
CUCHILLA DEL MORAL
A090883 100.00%
DEGOLLADO
A090251 81.88%
DESARROLLO URBANO QUETZALCOATL
A090082 86.08%
DESARROLLO URBANO QUETZALCOATL
A090172 90.74%
DESARROLLO URBANO QUETZALCOATL
A090261 81.56%
DR. ALFONSO ORTIZ TIRADO
A090187 75.00%
DR. ALFONSO ORTIZ TIRADO
A090273 92.03%
EJERCITO DE ORIENTE
A090682 85.44%
EL EDEN
A090312 87.37%
EL MANTO
A090322 75.54%
EL MANTO
A090013 86.13%
EL MOLINO
A090332 91.41%
EL MOLINO TEZONCO
A090212 86.33%
EL PRADO
A090104 95.63%
26 de Febero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 39
EL RETOÑO
A090343 88.76%
EL RETOÑO
A090693 97.67%
EL RODEO
A090062 96.08%
EL ROSARIO
A090062 90.05%
EL ROSARIO
A090212 84.21%
EL SANTUARIO
A090353 77.16%
EL SIFON
A090363 93.64%
EL TRIANGULO
A090221 86.59%
EL TRIUNFO
A090113 88.80%
EL VERGEL
A090062 79.34%
ERMITA ZARAGOZA
A090632 92.32%
ESCUADRON 201
A090373 97.00%
ESTADO DE VERACRUZ
A090013 78.16%
ESTRELLA CULHUACAN
A090013 89.71%
ESTRELLA DEL SUR
A090072 90.20%
ESTRELLA DEL SUR
A090748 95.54%
ESTRELLA DEL SUR
A090013 82.56%
FRANCISCO VILLA
A090092 87.54%
FRANCISCO VILLA
A090411 92.31%
FUEGO NUEVO
A090013 88.71%
GRANJAS DE SAN ANTONIO
A090373 89.60%
GRANJAS ESMERALDA
A090393 94.39%
GRANJAS ESTRELLA
A090062 92.69%
GUADALUPE DEL MORAL
A090132 90.70%
GUADALUPE DEL MORAL
A090562 99.73%
HEROES DE CHURUBUSCO
A090373 93.19%
INSURGENTES
A090261 92.51%
INSURGENTES
A090462 86.75%
JACARANDAS
A090432 93.42%
JARDINES DE CHURUBUSCO
A090022 92.31%
JARDINES DE CHURUBUSCO
A090442 94.90%
JARDINES DE SAN LORENZO TEZONCO
A090212 89.32%
JOSE LOPEZ PORTILLO
A090062 97.76%
JUAN ESCUTIA
A090453 93.24%
40 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Febrero de 2009
JUAN ESCUTIA
A090732 88.46%
JUSTO SIERRA
A090104 96.40%
LA ESPERANZA
A090062 99.33%
LA HERA
A090432 90.01%
LA PLANTA
A090212 76.15%
LA POLVORILLA
A090621 91.86%
LA PURISIMA ATLAZOLPA
A090442 93.65%
LA REGADERA
A090032 88.89%
LA REGADERA
A090233 91.36%
LAS PEÑAS
A090082 78.14%
LAS PEÑAS
A090472 89.08%
LAS PEÑAS
A090462 73.68%
LEYES DE REFORMA 1A SECCION
A090912 80.62%
LEYES DE REFORMA 2A SECCION
A090922 82.80%
LEYES DE REFORMA 2A SECCION
A090562 100.00%
LEYES DE REFORMA 3A SECCION
A090187 100.00%
LEYES DE REFORMA 3A SECCION
A090283 87.32%
LOMAS DE SAN LORENZO
A090221 91.57%
LOMAS DE SAN LORENZO
A090062 78.82%
LOMAS EL MANTO
A090013 93.76%
LOMAS ESTRELLA
A090062 99.24%
LOMAS ESTRELLA
A090153 90.93%
LOS ANGELES
A090532 90.06%
LOS ANGELES APANOAYA
A090542 88.95%
LOS CIPRESES
A090393 94.57%
MINERVA
A090393 96.73%
MIXCOATL
A090481 92.79%
MONTE ALBAN
A090312 83.74%
NUEVA ROSITA
A090442 96.47%
PARAJE SAN JUAN
A090592 83.15%
PARAJE SAN JUAN CERRO
A090592 88.83%
PASEOS DE CHURUBUSCO
A090614 83.68%
PRESIDENTES DE MEXICO
A090462 90.77%
PRESIDENTES DE MEXICO
A090642 88.54%
26 de Febero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 41
PRESIDENTES DE MEXICO
A090062 99.34%
PROGRESISTA
A090032 95.43%
PROGRESO DEL SUR
A090393 96.61%
PUEBLO ACULCO
A090022 93.97%
PUEBLO CULHUACAN
A090013 87.73%
PUEBLO LOS REYES CULHUACAN
A090572 85.88%
PUEBLO MAGDALENA ATLAZOLPA
A090113 83.21%
PUEBLO MAGDALENA ATLAZOLPA
A090442 93.33%
PUEBLO MEXICALTZINGO
A090373 95.25%
PUEBLO SAN JUANICO NEXTIPAC
A090722 86.45%
PUEBLO SAN LORENZO TEZONCO
A090062 87.45%
PUEBLO SAN LORENZO XICOTENCATL
A090292 91.44%
PUEBLO SAN SEBASTIAN TECOLOXTITLA
A090312 81.43%
PUEBLO SANTA CRUZ MEYEHUALCO
A090432 97.06%
PUEBLO SANTA CRUZ MEYEHUALCO
A090472 82.55%
PUEBLO SANTA CRUZ MEYEHUALCO
A090662 75.50%
PUEBLO SANTA MARIA AZTAHUACAN
A090312 77.30%
PUEBLO SANTA MARIA TOMATLAN
A090013 85.94%
PUEBLO SANTA MARTHA ACATITLA
A090752 76.90%
PUENTE BLANCO
A090062 93.85%
REAL DEL MORAL
A090273 82.91%
REAL DEL MORAL
A090614 86.27%
RENOVACION
A090682 83.91%
RENOVACION
A090847 79.42%
RICARDO FLORES MAGON
A090353 87.85%
RICARDO FLORES MAGON
A090382 78.43%
SAN ANDRES TETEPILCO
A090693 93.00%
SAN ANDRES TOMATLAN
A090013 90.85%
SAN ANTONIO CULHUACAN
A090013 86.14%
SAN JOSE ACULCO
A090022 79.64%
SAN JUAN ESTRELLA
A090062 76.33%
SAN JUAN JOYA
A090092 90.76%
SAN JUAN JOYA
A090642 86.26%
SAN JUAN XALPA
A090712 87.20%
42 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Febrero de 2009
SAN JUAN XALPA
A090792 97.10%
SAN MIGUEL 8VA AMPLIACION
A090322 92.05%
SAN MIGUEL 8VA AMPLIACION
A090602 84.86%
SAN NICOLAS TOLENTINO
A090062 92.65%
SANTA CRUZ MEYEHUALCO
A090312 86.06%
SANTA ISABEL INDUSTRIAL
A090748 92.98%
SANTA MARIA AZTAHUACAN
A090302 84.19%
SANTA MARTHA ACATITLA NORTE
A090292 94.29%
SANTA MARTHA ACATITLA SUR
A090292 84.03%
SANTA MARTHA ACATITLA SUR
A090752 86.53%
SECTOR POPULAR
A090373 96.77%
SIDERAL
A090492 92.87%
SINATEL
A090104 96.34%
TEPALCATES
A090672 82.35%
TEPALCATES
A090782 90.18%
UNIDAD MODELO
A090803 73.51%
USCOVI
A090212 88.62%
VALLE DE LUCES
A090013 83.49%
VALLE DE SAN LORENZO
A090212 92.89%
VALLE DEL SUR
A090013 92.79%
ZACAHUITZCO
A090693 95.95%
Delegación: Milpa Alta Nombre de la Colonia
Clave de Colonia Catastral
% Medidores Instalados
JAIME TORRES BODET
A120129 86.11%
JAIME TORRES BODET
A120030 77.64%
SAN ANTONIO TECOMITL
A120129 86.67%
XALTIPAC A120030 72.48% Delegación: Tlahuac
Nombre de la Colonia
Clave de Colonia Catastral
% Medidores Instalados
AGRICOLA METROPOLITANA
A130061 79.61%
AMPLIACION JOSE LOPEZ PORTILLO
A130161 71.88%
AMPLIACION LOS OLIVOS
A130171 100.00%
AMPLIACION SANTA CATARINA
A130020 75.00%
AMPLIACION SANTA CATARINA
A130219 83.72%
AMPLIACION SELENE
A130041 78.36%
26 de Febero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 43
BARRIO GUADALUPE
A130269 97.99%
BARRIO LOS REYES MIXQUIC
A130050 90.21%
BARRIO SAN AGUSTIN MIXQUIC
A130050 77.52%
BARRIO SAN BARTOLO MIXQUIC
A130050 82.63%
BARRIO SAN MIGUEL MIXQUIC
A130050 83.70%
BARRIO SAN MIGUEL MIXQUIC
A130219 72.73%
BARRIO STA. CRUZ MIXQUIC
A130050 74.20%
BO. GUADALUPE YECAHUIZOTL
A130240 83.15%
CONCEPCION
A130020 73.97%
DEL CARMEN
A130240 85.71%
EL ROSARIO EL BAJO
A130220 79.07%
EL ROSARIO EL BAJO
A130340 74.31%
EL VADO
A130050 72.00%
EL VADO
A130080 78.13%
EMILIANO ZAPATA
A130110 88.22%
EMILIANO ZAPATA
A130220 81.82%
EMILIANO ZAPATA SEGUNDA SECCION
A130110 82.08%
FRANCISCO VILLA
A130110 71.43%
GRANJAS CABRERA
A130101 74.19%
GRANJAS CABRERA
A130121 74.91%
GRANJAS SAN JERONIMO
A130101 84.81%
GUADALUPE TLALTENCO
A130041 74.75%
JAIME TORRES BODET
A130110 73.39%
JARDINES DEL LLANO
A130070 83.33%
JARDINES DEL LLANO
A130110 79.28%
JOSE LOPEZ PORTILLO
A130161 76.17%
LA ASUNCION IXTAYOPAN
A130110 87.95%
LA ASUNCION TLAHUAC
A130041 71.59%
LA CONCEPCION DE TLAHUAC
A130110 90.00%
LA CONCHITA TETELCO
A130050 71.50%
LA CONCHITA ZAPOTITLAN
A130061 76.52%
LA CONCHITA ZAPOTITLAN
A130171 70.59%
LA DRAGA
A130269 85.44%
LA ESTACION
A130131 87.69%
44 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Febrero de 2009
LA HABANA
A130041 75.64%
LA LOMA
A130110 83.05%
LA LUPITA
A130110 81.41%
LA MAGDALENA
A130041 78.17%
LA NOPALERA
A130061 71.55%
LA NOPALERA
A130269 78.57%
LA TURBA
A130141 82.28%
LAS PUERTAS
A130151 84.66%
MIGUEL HIDALGO
A130061 75.17%
OJO DE AGUA
A130041 70.92%
PEÑA ALTA
A130110 70.09%
PEDREGAL TEZOMPA
A130070 76.32%
POTRERO DEL LLANO
A130110 70.31%
QUIAHUATLA
A130041 80.34%
SAN ANDRES
A130041 70.47%
SAN FRANCISCO TLALTENCO
A130041 70.97%
SAN FRANCISCO TLALTENCO
A130161 78.23%
SAN JOSE
A130041 85.92%
SAN JUAN
A130041 75.00%
SAN JUAN IXTAYOPAN
A130110 86.31%
SAN JUAN IXTAYOPAN
A130219 100.00%
SAN MIGUEL TLAHUAC
A130041 73.50%
SAN MIGUEL YECAHUIZOTL
A130020 71.23%
SAN MIGUEL YECAHUIZOTL
A130219 100.00%
SAN NICOLAS TETELCO
A130080 75.92%
SANTA ANA ZAPOTITLAN
A130131 75.73%
SANTA CATARINA DE YECAHUIZOTL
A130020 77.78%
SANTA CECILIA
A130041 74.13%
SANTIAGO ZAPOTITLAN
A130161 73.54%
SELENE
A130041 78.21%
SOLEDAD DE LLANO
A130190 89.02%
TEPANTITLAMILCO
A130219 87.50%
TRES DE MAYO
A130131 81.82%
UNIDAD HABITACIONAL VILLA TLATEMPA
A130110 100.00%
26 de Febero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 45
UNIDAD HABITACIONAL ZAPOTITLAN
A130061 99.22%
VILLA CENTROAMERICANA Y DEL CARIBE
A130061 88.93%
ZAPOTITLA
A130131 93.95%
Delegación: Xochimilco Nombre de la Colonia
Clave de Colonia Catastral
% Medidores Instalados
AÑO DE JUAREZ
A160031 72.22%
AMPLIACION TEPEPAN
A160022 85.42%
AMPLIACION TEPEPAN
A160242 70.31%
AMPLIACION TEPEPAN
A160419 75.00%
BARRIO EL ROSARIO
A160072 83.00%
BARRIO LA CONCEPCION TLACOAPA
A160072 77.69%
BARRIO LA CONCEPCION TLACOAPA
A160092 80.00%
BARRIO LA CONCEPCION TLACOAPA
A160133 100.00%
BARRIO SAN ANTONIO
A160072 87.32%
BARRIO SAN JUAN
A160022 100.00%
BARRIO SAN JUAN
A160092 86.98%
BARRIO SAN MARCOS
A160052 86.94%
BARRIO SAN MARCOS
A160072 77.50%
BARRIO SAN PEDRO
A160052 85.71%
BARRIO SAN PEDRO
A160072 84.21%
BARRIO SAN PEDRO
A160102 83.21%
BELEN
A160072 87.92%
BOSQUES DEL SUR
A160133 90.80%
BOSQUES RESIDENCIAL DEL SUR
A160133 96.77%
BOSQUES RESIDENCIAL DEL SUR
A160184 90.36%
CALYEQUITA
A160141 83.58%
CHAPULTEPEC
A160080 81.00%
CHAPULTEPEC
A160419 83.33%
CRISTO REY
A160151 73.18%
EL MIRADOR
A160172 88.29%
FRACCIONAMIENTO CLUB MONTE SUR
A160419 100.00%
HUICHAPAN
A160192 92.61%
HUICHAPAN
A160323 82.12%
HUICHAPAN
A160493 82.72%
INFONAVIT NATIVITAS
A160382 99.65%
46 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Febrero de 2009
JARDINES DEL SUR
A160203 87.46%
LA ASUNCION
A160072 84.06%
LA ASUNCION
A160459 82.88%
LA CAÑADA
A160459 78.05%
LA CEBADA EJIDOS DE TEPEPAN
A160133 79.39%
LA CEBADA SAN LORENZO TEPEPAN
A160052 84.62%
LA CEBADA SAN LORENZO TEPEPAN
A160422 77.87%
LA CEBADA SAN LORENZO TEPEPAN
A160184 77.42%
LA GUADALUPITA CENTRO
A160072 86.02%
LA GUADALUPITA TULYEHUALCO
A160141 83.13%
LA NORIA
A160052 89.85%
LA NORIA
A160392 74.13%
LA SANTISIMA
A160072 83.21%
LAS PERITAS
A160052 89.83%
LOMAS DE TONALCO
A160231 72.49%
LOS CERRILLOS PRIMERA SECCION
A160011 76.78%
LOS CERRILLOS SEGUNDA SECCION
A160011 75.68%
LOS CERRILLOS SEGUNDA SECCION
A160151 84.00%
LOS CERRILLOS SEGUNDA SECCION
A160419 100.00%
MISIONES DE LA NORIA
A160052 100.00%
NATIVITAS PUEBLO
A160122 70.77%
PASEOS DEL SUR
A160133 79.15%
POTRERO SAN BERNARDINO
A160052 90.43%
POTRERO SAN BERNARDINO
A160072 81.25%
POTRERO SAN BERNARDINO
A160459 87.10%
PROGRESO
A160211 81.08%
PUEBLO SAN ANDRES AHUAYUCAN
A160080 77.28%
PUEBLO SAN MATEO XALPA
A160291 73.42%
PUEBLO TEPEPAN
A160242 75.64%
RINCONADA DEL SUR FOVISSTE
A160203 96.36%
RINCONADA DEL SUR FOVISSTE
A160323 97.53%
SAN BARTOLO EL CHICO
A160184 82.26%
SAN DIEGO
A160072 87.25%
SAN ESTEBAN
A160072 81.07%
26 de Febero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 47
SAN ISIDRO
A160141 76.10%
SAN JERONIMO
A160331 70.83%
SAN JUAN TEPEPAN
A160052 82.49%
SAN JUAN TEPEPAN
A160072 100.00%
SAN JUAN TEPEPAN
A160463 81.25%
SAN JUAN TEPEPAN
A160474 91.34%
SAN JUAN TEPEPAN
A160483 100.00%
SAN LORENZO ATEMOAYA
A160231 76.69%
SAN LUCAS XOCHIMANCA
A160341 72.70%
SAN LUCAS XOCHIMANCA
A160382 87.61%
SAN MARCOS NORTE
A160052 85.73%
SAN SEBASTIAN
A160031 82.15%
SANTA CECILIA TEPETLAPA
A160080 78.13%
SANTA CECILIA TEPETLAPA
A160300 78.23%
SANTA CRUCITA
A160072 79.67%
SANTA CRUZ CHAVARRIETA
A160361 75.10%
SANTA CRUZ XOCHITEPEC
A160052 77.55%
SANTIAGO TEPALCATLALPAN
A160312 81.17%
TABLAS DE SAN LORENZO
A160382 78.79%
TESMIL
A160231 100.00%
TIERRA NUEVA
A160052 73.36%
U. HAB. LORETO Y PEÑA POBRE
A160382 98.40%
U. HAB. VILLA XOCHIMILCO
A160392 91.93%
XALTOCAN
A160122 87.12%
XALTOCAN
A160231 100.00%
XOCHIPILLI
A160031 78.74%
Delegación: Álvaro Obregón Nombre de la Colonia
Clave de Colonia Catastral
% Medidores Instalados
ABRAHAM GONZALEZ
A010012 93.06%
ACUEDUCTO
A010073 88.36%
ACUEDUCTO
A010922 88.36%
ACUHILOTLA
A010081 91.60%
ACUHILOTLA
A010231 91.60%
ALCANTARILLA
A010093 86.08%
ALFALFAR
A010103 98.30%
48 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Febrero de 2009
ALFALFAR
A010952 98.30%
ALFONSO XIII
A010103 97.70%
ALFONSO XIII
A010972 97.70%
ALFONSO XIII
A011213 97.70%
ALPES
A010113 95.34%
ALPES
A010425 95.34%
ALTAVISTA
A010125 95.92%
AMPL. ALPES
A010223 95.59%
AMPL. AVE REAL
A010141 85.05%
AMPL. BOSQUES 2A. SECC.
A010022 94.87%
AMPL. CORPUS CHRISTI XOCOMECATLA
A010601 99.24%
AMPL. DOS RIOS
A010161 95.16%
AMPL. LA CEBADA
A010151 72.62%
AMPL. LA MEXICANA 2A. SECC.
A010151 82.93%
AMPL. LA MEXICANA 2A. SECC.
A010781 82.93%
AMPL. LAS AGUILAS
A010132 90.08%
AMPL. LAS AGUILAS
A010223 90.08%
AMPL. LOMAS DE STO. DOMINGO
A010922 88.89%
AMPL. OLIVAR DEL CONDE
A011032 82.76%
AMPL. PILOTO ADOLFO LOPEZ MATEOS
A010202 92.24%
AMPL. PILOTO ADOLFO LOPEZ MATEOS
A010272 92.24%
AMPL. PILOTO ADOLFO LOPEZ MATEOS
A011531 92.24%
AMPL. TEPEACA
A010141 85.71%
AMPL. TEPEACA
A011561 85.71%
AMPL. TLACUITLAPA
A010932 94.19%
ARCOS DE CENTENARIO
A010302 76.92%
ARTURO GAMIZ
A010601 84.48%
ARTURO MARTINEZ
A010012 88.52%
ARTURO MARTINEZ
A010852 88.52%
ARVIDE
A010012 98.21%
ARVIDE
A010342 98.21%
ATLAMAYA
A010314 93.81%
AVE REAL
A010141 81.48%
AVE REAL
A011561 81.48%
26 de Febero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 49
AXOTLA PUEBLO
A010324 96.72%
AXOTLA PUEBLO
A010635 96.72%
AMPL. PIRULES XOCOMECATLA
A010601 94.29%
AMPL. PIRULES XOCOMECATLA
A011531 94.29%
ATLAMAXAC
A010997 100.00%
BALCONES DE CEGUAYO
A010041 84.00%
BARRIO NORTE
A010012 91.61%
BARRIO NORTE
A010342 91.61%
BARRIO NORTE
A010852 91.61%
BEJERO
A010362 94.71%
BELEN DE LAS FLORES
A010372 88.99%
BELEN DE LAS FLORES
A010562 88.99%
BELEN DE LAS FLORES
A010932 88.99%
BELLAVISTA
A010383 96.72%
BELLAVISTA
A011192 96.72%
BONANZA
A010012 83.11%
BOSQUES DE TARANGO
A010292 95.42%
BOSQUES DE TARANGO
A010392 95.42%
BOSQUES DE TARANGO
A010932 95.42%
BOSQUES SECC. TORRES
A010022 94.29%
BOSQUES 1A. SECC.
A010022 99.16%
CALZADA JALALPA
A010401 92.23%
CAMPESTRE
A010132 94.44%
CAMPESTRE
A010425 94.44%
CAMPO DEPORTIVO REVOLUCION
A010922 91.07%
CANUTILLO
A010052 70.91%
CANUTILLO
A011250 70.91%
CANUTILLO 3A. SECC.
A010052 96.63%
CARLOS A. MADRAZO
A010362 90.00%
CAROLA
A010022 97.68%
CAROLA
A010103 97.68%
CAROLA
A011192 97.68%
CAÑADA DEL OLIVAR
A010962 99.03%
CEDRO CHICO
A010501 91.30%
50 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Febrero de 2009
CEGUAYO
A010081 90.12%
CEGUAYO
A010141 90.12%
CHIMALISTAC
A010456 93.55%
CHIMALISTAC
A010595 93.55%
CHIMALISTAC
A011246 93.55%
COLINAS DE TARANGO
A010463 74.77%
COLINAS DE TARANGO
A011153 74.77%
COLINAS DEL SUR
A010052 93.41%
COLINAS DEL SUR
A010202 93.41%
COLINAS DEL SUR
A010272 93.41%
COLINAS DEL SUR
A010472 93.41%
CONJUNTO RESIDENCIAL AGUILA REAL
A010223 100.00%
CONJUNTO RESIDENCIAL LA JOYA
A010932 100.00%
COOP. CEGUAYO
A010041 85.42%
COOP. CEGUAYO
A010081 85.42%
COOP. MIGUEL GAONA ARMENTA
A010501 88.33%
COOP. UNION OLIVOS
A010601 89.43%
CORPUS CHRISTI
A010272 90.56%
CORPUS CHRISTI
A010501 90.56%
CORPUS CHRISTI
A011271 90.56%
CORPUS CHRISTI 1ER. REACOMODO
A010501 82.52%
COVE
A010513 95.19%
CRISTO REY
A010022 99.30%
CRISTO REY
A010532 99.30%
CRISTO REY
A011332 99.30%
CONJUNTO RESIDENCIAL LAS HACIENDAS
A010093 80.57%
CONCIENCIA PROLETARIA
A010772 100.00%
DEL MORAL SEGUNDA
A011282 82.97%
DOS RIOS
A010161 89.66%
EDO. DE HIDALGO
A010601 92.16%
EDO. DE HIDALGO
A011531 92.16%
EL ARBOL
A010262 92.86%
EL ARBOL
A010551 92.86%
EL CAPULIN
A010562 86.73%
26 de Febero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 51
EL CAPULIN
A010752 86.73%
EL CAPULIN AMPL.
A010073 94.64%
EL CAPULIN AMPL.
A010372 94.64%
EL CAPULIN AMPL.
A010562 94.64%
EL ENCINO
A010572 100.00%
EL MIRADOR
A010572 87.50%
EL PARAISO
A010012 95.22%
EL PARAISO
A010712 95.22%
EL PARAISO
A010982 95.22%
EL PIRUL
A010552 92.77%
EL PIRUL
A011052 92.77%
EL PIRUL
A011301 92.77%
EL PIRUL AMPL.
A010551 89.23%
EL POCITO
A010342 82.61%
EL POCITO
A010582 82.61%
EL POCITO
A010812 82.61%
EL POCITO
A010852 82.61%
EL RINCON
A010081 77.59%
EL RINCON
A011541 77.59%
EL RODEO
A010041 96.55%
EL RODEO
A010342 96.55%
EL TEJOCOTE
A011171 82.69%
EMANCIPACION DEL PUEBLO
A011561 97.96%
ERMITA TIZAPAN
A011013 98.96%
ERMITA TIZAPAN
A011294 98.96%
EL BATAN. SANTA LUCIA
A010456 87.30%
EL BATAN. SANTA LUCIA
A010501 87.30%
FLOR DE MARIA
A010623 94.88%
FRACC. LOMAS DE SANTA FE
A010913 91.38%
FRANCISCO VILLA
A010012 97.09%
GALEANA
A010272 88.00%
GALEANA
A010472 88.00%
GALEANA
A010501 88.00%
GALEANA
A010962 88.00%
52 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Febrero de 2009
GAMITOS
A010551 93.23%
GAMITOS
A011052 93.23%
GAMITOS CAMPO DE TIRO
A010171 100.00%
GARCIMARRERO
A010661 92.23%
GARCIMARRERO
A011531 92.23%
GRAL. ANTONIO ROSALES
A011301 78.67%
GUADALUPE INN
A010675 97.98%
HERON PROAL
A010302 88.89%
HERON PROAL
A010902 88.89%
HERON PROAL
A011091 88.89%
HIDALGO
A010682 94.20%
HOGAR Y REDENCION
A010691 96.69%
HUEYTLALE
A010052 90.40%
HACIENDA DE GUADALUPE CHIMALISTAC
A010456 96.83%
ISIDRO FABELA
A010012 94.87%
JALALPA
A010181 92.29%
JALALPA
A010601 92.29%
JALALPA AMPL.
A010181 94.81%
JALALPA AMPL.
A010601 94.81%
JALALPA EL GRANDE
A010601 91.88%
JALALPA TEPITO 2A. AMPL.
A010181 92.55%
JALALPA TEPITO 2A. AMPL.
A010601 92.55%
JARDINES DEL PEDREGAL
A010705 95.39%
JOSE MARIA PINO SUAREZ
A010383 95.88%
JOSE MARIA PINO SUAREZ
A010513 95.88%
JOSE MARIA PINO SUAREZ
A010712 95.88%
JOSE MARIA PINO SUAREZ
A010922 95.88%
JOSE MARIA PINO SUAREZ REACOMODO
A010982 96.51%
JOSE MARIA PINO SUAREZ REACOMODO
A011132 96.51%
JURISTAS
A010601 84.07%
JURISTAS
A010902 84.07%
LA ARAÑA
A011531 93.22%
LA CASCADA
A010732 93.66%
LA CAÑADA
A010032 93.53%
26 de Febero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 53
LA CAÑADA
A010262 93.53%
LA CAÑADA
A010401 93.53%
LA CAÑADA
A011361 93.53%
LA CAÑADA 1A. SECC.
A010032 93.28%
LA CAÑADA 1A. SECC.
A010262 93.28%
LA CAÑADA 2A. SECC.
A010262 84.78%
LA CAÑADA 2A. SECC.
A011361 84.78%
LA CAÑADA AMPL.
A010181 96.88%
LA CAÑADA AMPL.
A010262 96.88%
LA CAÑADA AMPL.
A011439 96.88%
LA CONCHITA
A010012 90.58%
LA CONCHITA
A010752 90.58%
LA FLORIDA
A010324 96.48%
LA FLORIDA
A010456 96.48%
LA FLORIDA
A010635 96.48%
LA HERRADURA
A010623 80.52%
LA HERRADURA
A010762 80.52%
LA JOYA
A010012 92.54%
LA JOYA
A010022 92.54%
LA JOYITA
A011072 93.33%
LA MARTINICA
A010302 92.64%
LA MARTINICA
A010772 92.64%
LA MARTINICA
A011112 92.64%
LA MEXICANA
A010151 89.15%
LA MEXICANA
A010741 89.15%
LA MEXICANA
A010781 89.15%
LA MEXICANA AMPL.
A010032 94.92%
LA MEXICANA AMPL.
A010262 94.92%
LA MEXICANA AMPL.
A010781 94.92%
LA MILAGROSA
A010041 85.56%
LA MILAGROSA
A010052 85.56%
LA MILAGROSA
A010302 85.56%
LA MILAGROSA
A010791 85.56%
LA MILAGROSA
A011250 85.56%
54 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Febrero de 2009
LA OTRA BANDA
A010805 92.77%
LA PALMITA
A010262 92.34%
LA PALMITA
A011361 92.34%
LA PEÑITA
A010572 87.30%
LA PEÑITA
A011072 87.30%
LA POLVORA
A010712 97.36%
LA POLVORA
A010752 97.36%
LA PRESA
A010812 96.90%
LADERA CHICA
A010501 90.91%
LADERA CHICA
A010601 90.91%
LADERA GRANDE
A010171 88.89%
LADERA GRANDE
A010262 88.89%
LAS AGUILAS
A010223 92.35%
LAS AGUILAS 2DO. PARQUE
A010223 84.86%
LAS AGUILAS 3ER. PARQUE
A010132 96.69%
LAS AGUILAS 3ER. PARQUE
A010223 96.69%
LAS AGUILAS 3ER. PARQUE
A010822 96.69%
LAS AGUILAS 3ER. PARQUE
A011082 96.69%
LAS AGUILAS PILARES
A010223 96.08%
LAS AMERICAS
A010832 100.00%
LAS GOLONDRINAS
A010192 97.51%
LAS GOLONDRINAS
A010241 97.51%
LAS GOLONDRINAS
A011531 97.51%
LAS GOLONDRINAS 1A. SECC.
A010192 95.52%
LAS GOLONDRINAS 1A. SECC.
A010812 95.52%
LAS GOLONDRINAS 2A. SECC.
A010192 94.81%
LAS GOLONDRINAS 2A. SECC.
A010241 94.81%
LAS GOLONDRINAS 2A. SECC.
A010601 94.81%
LAS PALMAS
A010372 95.38%
LAS PALMAS
A010682 95.38%
LIBERACION PROLETARIA
A010781 95.65%
LIBERALES DE 1857
A010842 95.55%
LLANO REDONDO
A010081 77.40%
LLANO REDONDO
A011359 77.40%
26 de Febero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 55
LOMAS DE AXOMIATLA
A010093 91.76%
LOMAS DE AXOMIATLA
A011513 91.76%
LOMAS DE BECERRA
A010012 90.47%
LOMAS DE BECERRA
A010852 90.47%
LOMAS DE CAPULA
A010192 94.20%
LOMAS DE CAPULA
A010202 94.20%
LOMAS DE CAPULA
A010272 94.20%
LOMAS DE CAPULA
A010601 94.20%
LOMAS DE CAPULA
A011531 94.20%
LOMAS DE GUADALUPE
A010093 84.26%
LOMAS DE LAS AGUILAS
A010093 84.87%
LOMAS DE LAS AGUILAS
A010803 84.87%
LOMAS DE LAS AGUILAS
A010873 84.87%
LOMAS DE NUEVO MEXICO
A010781 88.89%
LOMAS DE PUERTA GRANDE
A010302 87.82%
LOMAS DE PUERTA GRANDE
A010902 87.82%
LOMAS DE PUERTA GRANDE
A011321 87.82%
LOMAS DE PUERTA GRANDE REACOMODO
A010302 83.50%
LOMAS DE PUERTA GRANDE REACOMODO
A011321 83.50%
LOMAS DE SAN ANGEL INN
A010314 92.51%
LOMAS DE SAN ANGEL INN
A011013 92.51%
LOMAS DE STO. DOMINGO
A010922 97.67%
LOMAS DE TARANGO
A010463 96.93%
LOMAS DE TARANGO
A010772 96.93%
LOMAS DE TARANGO
A011153 96.93%
LOMAS DE TARANGO
A011383 96.93%
LOMAS DE TARANGO
A011443 96.93%
LORETO Y CAMPAMENTO
A010337 96.05%
LORETO Y CAMPAMENTO
A011294 96.05%
LOS CEDROS
A011531 84.09%
LOMAS DE TETELPAN
A010093 85.71%
MARGARITA MAZA DE JUAREZ
A010171 95.80%
MARGARITA MAZA DE JUAREZ
A010781 95.80%
MARGARITA MAZA DE JUAREZ
A011052 95.80%
56 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Febrero de 2009
MARGARITA MAZA DE JUAREZ
A011062 95.80%
MARIA G. DE GARCIA RUIZ
A010012 98.93%
MARTIRES DE TACUBAYA
A010012 97.58%
MERCED GOMEZ
A010952 89.43%
MERCED GOMEZ
A011383 89.43%
MERCED GOMEZ U. HAB. CENTENARIO
A010952 97.59%
MERCED GOMEZ U. HAB. CENTENARIO ORO
A010952 100.00%
MERCED GOMEZ U. HAB. NEW ORLEANS
A010952 100.00%
MERCED GOMEZ U. HAB. OASIS
A010952 100.00%
MIGUEL HIDALGO
A010942 92.31%
MILPA DEL CEDRO
A010501 82.93%
MINAS DE CRISTO
A010103 96.54%
MINAS DE CRISTO
A010962 96.54%
MOLINO DE ROSAS
A010103 96.99%
MOLINO DE ROSAS
A010792 96.99%
MOLINO DE ROSAS
A010972 96.99%
MOLINO DE ROSAS
A010975 96.99%
MOLINO DE ROSAS AMPL.
A010972 91.52%
MOLINO DE STO. DOMINGO
A010922 92.25%
MOLINO DE STO. DOMINGO
A010982 92.25%
OCOTILLOS
A010282 92.44%
OCOTILLOS
A011072 92.44%
OLIVAR DE LOS PADRES
A010442 92.64%
OLIVAR DE LOS PADRES
A010522 92.64%
OLIVAR DE LOS PADRES
A011013 92.64%
OLIVAR DE LOS PADRES
A011103 92.64%
OLIVAR DE LOS PADRES
A011513 92.64%
OLIVAR DEL CONDE
A010012 95.14%
OLIVAR DEL CONDE
A010342 95.14%
OLIVAR DEL CONDE
A010852 95.14%
OLIVAR DEL CONDE
A010962 95.14%
OLIVAR DEL CONDE
A010972 95.14%
OLIVAR DEL CONDE
A011032 95.14%
OLIVAR DEL CONDE
A011392 95.14%
26 de Febero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 57
OLIVAR DEL CONDE 1A. SECC.
A010012 94.92%
OLIVAR DEL CONDE 1A. SECC.
A010342 94.92%
OLIVAR DEL CONDE 1A. SECC.
A010852 94.92%
OLIVAR DEL CONDE 1A. SECC.
A010962 94.92%
OLIVAR DEL CONDE 1A. SECC.
A010972 94.92%
OLIVAR DEL CONDE 1A. SECC. (PRECONCRETO)
A010962 90.00%
OLIVAR DEL CONDE 1A. SECC. REACOMODO
A010962 93.57%
OLIVAR DEL CONDE 2A. SECC.
A010962 94.38%
OLIVAR DEL CONDE 3A. SECC.
A010962 97.25%
PALMAS
A010962 90.38%
PALMAS
A011392 90.38%
PALMAS AXOTITLA
A010041 93.57%
PALMAS AXOTITLA
A010791 93.57%
PASEO DE LAS LOMAS
A010362 86.91%
PASEO DE LAS LOMAS
A010646 86.91%
PASEO DE LAS LOMAS
A011526 86.91%
PILOTO ADOLFO LOPEZ MATEOS
A010202 92.24%
PILOTO ADOLFO LOPEZ MATEOS
A010272 92.24%
PILOTO ADOLFO LOPEZ MATEOS
A010661 92.24%
PILOTO ADOLFO LOPEZ MATEOS
A011531 92.24%
PIRU SANTA LUCIA
A010241 87.72%
PIRU SANTA LUCIA
A010601 87.72%
PIRU SANTA LUCIA
A011531 87.72%
PODER POPULAR COOP.
A010482 91.73%
PONCIANO ARRIAGA
A010302 81.06%
PONCIANO ARRIAGA
A011112 81.06%
PRECONCRETO
A011032 79.22%
PRESA SECC. HORNOS
A011171 89.92%
PRESIDENTES
A010192 96.67%
PRESIDENTES
A010272 96.67%
PRIV. CENTENARIO
A011112 98.48%
PRIV. EL RINCON
A010392 92.11%
PROGRESO
A010113 96.88%
PROGRESO
A010314 96.88%
58 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Febrero de 2009
PROGRESO
A010354 96.88%
PROGRESO
A011013 96.88%
PROGRESO
A011294 96.88%
PROGRESO TIZAPAN
A011013 98.18%
PROGRESO TIZAPAN
A011294 98.18%
PROLETARIA KM. 8 1/2
A010362 85.71%
PUEBLO NUEVO
A011052 88.68%
PUENTE COLORADO
A010282 89.10%
PUENTE COLORADO
A010873 89.10%
PUENTE COLORADO
A011082 89.10%
PUENTE COLORADO AMPL.
A010282 96.09%
PUERTA GRANDE
A010302 87.70%
PUERTA GRANDE
A011091 87.70%
PUNTA DE CEGUAYO
A010141 93.51%
PUNTA DE CEGUAYO
A011013 93.51%
PARQ. CORP. PEÑA BLANCA
A011526 100.00%
RANCHO SAN FRANCISCO
A011103 72.29%
REACOMODO EL CUERNITO
A010012 95.01%
REACOMODO EL CUERNITO
A010342 95.01%
REACOMODO EL CUERNITO
A010852 95.01%
REAL DEL MONTE
A011802 98.55%
SACRAMENTO
A010133 74.19%
SAN ANGEL
A010125 96.55%
SAN ANGEL
A010155 96.55%
SAN ANGEL
A010354 96.55%
SAN ANGEL
A010464 96.55%
SAN ANGEL
A010675 96.55%
SAN ANGEL
A011246 96.55%
SAN ANGEL
A011876 96.55%
SAN ANGEL
A011966 96.55%
SAN ANGEL
A012045 96.55%
SAN ANGEL INN
A011166 95.77%
SAN ANGEL INN
A011246 95.77%
SAN ANGEL INN
A011876 95.77%
26 de Febero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 59
SAN ANGEL INN
A011966 95.77%
SAN ANGEL INN
A012045 95.77%
SAN CLEMENTE
A010132 96.55%
SAN CLEMENTE
A010282 96.55%
SAN CLEMENTE
A010342 96.55%
SAN CLEMENTE
A011082 96.55%
SAN CLEMENTE
A011702 96.55%
SAN CLEMENTE
A011892 96.55%
SAN JOSE DEL OLIVAR
A011182 96.95%
SAN JOSE DEL OLIVAR
A011902 96.95%
SAN PEDRO DE LOS PINOS
A010493 88.95%
SAN PEDRO DE LOS PINOS
A011190 88.95%
SAN PEDRO DE LOS PINOS
A011192 88.95%
SAN PEDRO DE LOS PINOS
A011912 88.95%
SAN PEDRO DE LOS PINOS
A011918 88.95%
SANTA FE
A010362 97.39%
SANTA FE
A010372 97.39%
SANTA FE
A010541 97.39%
SANTA FE
A011682 97.39%
SANTA FE PUEBLO
A011062 95.54%
SANTA FE PUEBLO
A011682 95.54%
SANTA LUCIA
A010501 83.41%
SANTA LUCIA
A011201 83.41%
SANTA LUCIA
A011751 83.41%
SANTA LUCIA
A011921 83.41%
SANTA LUCIA REACOMODO
A011921 88.75%
SANTA MARIA NONOALCO
A010133 97.22%
SANTA MARIA NONOALCO
A011213 97.22%
SANTA MARIA NONOALCO
A011933 97.22%
TECALCAPA
A010572 82.35%
TECOLALCO
A010551 95.07%
TECOLALCO
A011672 95.07%
TECOLALCO
A011981 95.07%
TEPEACA
A011561 91.95%
60 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Febrero de 2009
TEPEACA
A012001 91.95%
TEPOPOTLA
A011271 92.55%
TEPOPOTLA
A012011 92.55%
TETELPAN
A010093 87.16%
TETELPAN
A010572 87.16%
TETELPAN
A010582 87.16%
TETELPAN
A010752 87.16%
TETELPAN
A011013 87.16%
TETELPAN
A011072 87.16%
TETELPAN
A011232 87.16%
TETELPAN
A011692 87.16%
TETELPAN
A011952 87.16%
TETELPAN CAMINO REAL
A010412 89.74%
TETELPAN CAMINO REAL
A010532 89.74%
TETELPAN PUEBLO
A010412 88.89%
TETELPAN PUEBLO
A010572 88.89%
TETELPAN PUEBLO
A010752 88.89%
TETELPAN PUEBLO
A011072 88.89%
TETELPAN PUEBLO
A011102 88.89%
TETELPAN PUEBLO
A011152 88.89%
TETELPAN PUEBLO
A011692 88.89%
TETLALPAN
A010501 85.88%
TETLALPAN
A011921 85.88%
TEZONTLA
A010101 94.44%
TIZAMPANPANO
A011282 82.76%
TIZAMPANPANO
A012022 82.76%
TIZAPAN
A010805 88.37%
TIZAPAN
A011013 88.37%
TIZAPAN
A011294 88.37%
TIZAPAN PUEBLO
A010805 97.05%
TIZAPAN PUEBLO
A011294 97.05%
TLACOPAC
A010404 93.95%
TLACOPAC
A010425 93.95%
TLACOPAC
A010545 93.95%
26 de Febero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 61
TLACOPAC
A012045 93.95%
TLACUITLAPA
A010041 93.32%
TLACUITLAPA
A010791 93.32%
TLACUITLAPA
A012061 93.32%
TLACUITLAPA 2DO. REACOMODO
A010041 91.88%
TLACUITLAPA 2DO. REACOMODO
A010791 91.88%
TLACUITLAPA 2DO. REACOMODO
A011571 91.88%
TLACUITLAPA 2DO. REACOMODO
A012121 91.88%
TLAPECHICO 1A. SECC.
A010472 90.96%
TLAPECHICO 1A. SECC.
A011062 90.96%
TLAPECHICO 1A. SECC.
A012071 90.96%
TLAPECHICO 2A. SECC. LA PLATAFORMA
A012071 97.53%
TLAPECHICO 3A. SECC.
A011301 93.55%
TLAPECHICO 3A. SECC.
A012071 93.55%
TLAPECHICO 4A. SECC. LA ESPERANZA
A012071 97.65%
TOLTECA
A010022 92.59%
TOLTECA
A012092 92.59%
TORRES DE MIXCOAC
A010892 99.48%
TORRES DE MIXCOAC
A012102 99.48%
TORRES DE POTRERO
A010292 73.99%
TORRES DE POTRERO
A010352 73.99%
TORRES DE POTRERO
A010831 73.99%
TORRES DE POTRERO
A010862 73.99%
TORRES DE POTRERO
A011142 73.99%
TORRES DE POTRERO
A011302 73.99%
TORRES DE POTRERO
A011842 73.99%
TORRES DE POTRERO
A012112 73.99%
TORRES DE POTRERO
B010011 73.99%
U. HAB. ANTONIO CARRILLO FLORES
A011271 90.45%
U. HAB. ANTONIO CARRILLO FLORES
A012161 90.45%
U. HAB. BATALLON DE SAN PATRICIO
A011482 100.00%
U. HAB. BELEN DE LAS FLORES
A011321 96.03%
U. HAB. BOSQUES DEL SUR
A010821 100.00%
U. HAB. C. T. M. TAMAULIPAS
A010821 100.00%
62 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Febrero de 2009
U. HAB. LOMAS DE BECERRA
A012132 94.24%
U. HAB. LOMAS DE CENTENARIO
A012121 100.00%
U. HAB. LOMAS DE PLATEROS
A011342 96.87%
U. HAB. LOMAS DE PLATEROS
A011462 96.87%
U. HAB. LOMAS DE PLATEROS
A012102 96.87%
U. HAB. MOLINO DE STO. DOMINGO
A010752 93.93%
U. HAB. MOLINO DE STO. DOMINGO
A011012 93.93%
U. HAB. MOLINO DE STO. DOMINGO
A012152 93.93%
U. HAB. MOLINO DE STO. DOMINGO
A012362 93.93%
U. HAB. RESIDENCIAL TARANGO
A011022 98.41%
U. HAB. RESIDENCIAL TARANGO
A011822 98.41%
U. HAB. SANTA FE INFONAVIT
A012182 100.00%
U. HAB. SANTA FE INFONAVIT
A012261 100.00%
U. HAB. SANTA FE INFONAVIT
A012262 100.00%
U. HAB. SEARS ROEBUCK
A010513 100.00%
U. HAB. SEARS ROEBUCK
A010693 100.00%
U. HAB. UNIVERSAL INFONAVIT
A010821 98.65%
UNIDAD POPULAR TEPEACA
A010041 91.62%
UNIDAD POPULAR TEPEACA
A010431 91.62%
UNIDAD PROGRESISTA VILLA OBREGON
A010081 74.27%
UNIDAD PROGRESISTA VILLA OBREGON
A010141 74.27%
UNIDAD PROGRESISTA VILLA OBREGON
A010432 74.27%
UNIDAD PROGRESISTA VILLA OBREGON
A010601 74.27%
UNIDAD PROGRESISTA VILLA OBREGON
A010611 74.27%
UNIDAD PROGRESISTA VILLA OBREGON
A010641 74.27%
UNIDAD PROGRESISTA VILLA OBREGON
A010651 74.27%
UNIDAD PROGRESISTA VILLA OBREGON
A010671 74.27%
UNIDAD PROGRESISTA VILLA OBREGON
A012240 74.27%
U. HAB. SEARS ROEBUCK 2A. SECC.
A010693 100.00%
VALENTIN GOMEZ FARIAS
A010922 73.91%
VALENTIN GOMEZ FARIAS
A011742 73.91%
VALENTIN GOMEZ FARIAS REACOMODO
A011112 92.36%
VALENTIN GOMEZ FARIAS REACOMODO
A011742 92.36%
VERGEL DEL SUR
A010052 72.73%
26 de Febero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 63
VILLA VERDUM
A010093 83.45%
VILLA VERDUM
A011513 83.45%
VILLA VERDUM
A012213 83.45%
ZENON DELGADO
A010012 94.98%
ZENON DELGADO
A010712 94.98%
ZENON DELGADO
A012232 94.98%
1A. AMPL. PRESIDENTES
A010272 89.87%
1A. VICTORIA
A010012 96.95%
1A. VICTORIA
A011332 96.95%
1A. VICTORIA SECC. BOSQUES
A010022 97.30%
2A. AMPL. PRESIDENTES
A010202 91.89%
2A. AMPL. PRESIDENTES
A010272 91.89%
8 DE AGOSTO
A010383 99.16%
8 DE AGOSTO
A011192 99.16%
19 DE MAYO
A011201 97.69%
2A. AMPL. EL PIRUL
A011052 96.05%
Delegación: Cuajimalpa Nombre de la Colonia
Clave de Colonia Catastral
% Medidores Instalados
ABDIAS GARCIA SOTO
A050022 80.86%
ABDIAS GARCIA SOTO
A050362 80.86%
ADOLFO LOPEZ MATEOS
A050012 71.98%
ADOLFO LOPEZ MATEOS
A050082 71.98%
ADOLFO LOPEZ MATEOS
A050432 71.98%
AHUATENCO
A050032 75.53%
AMADO NERVO
A050082 86.83%
AMPL. MEMETLA
A050022 85.17%
AMPL. MEMETLA
A050042 85.17%
AMPL. MEMETLA
A050362 85.17%
BOSQUES DE LAS LOMAS
A050065 84.65%
BOSQUES DE LAS LOMAS
A050072 84.65%
BOSQUES DE LAS LOMAS
A050085 84.65%
BOSQUES DE LAS LOMAS
A050234 84.65%
BOSQUES DE LAS LOMAS
A050242 84.65%
CAMPESTRE PALO ALTO
A050242 86.96%
COOPERATIVA PALO ALTO
A050091 95.15%
64 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Febrero de 2009
COOPERATIVA PALO ALTO
A050242 95.15%
CUAJIMALPA
A050012 85.21%
CUAJIMALPA
A050022 85.21%
CUAJIMALPA
A050082 85.21%
CUAJIMALPA
A050092 85.21%
CUAJIMALPA
A050133 85.21%
CUAJIMALPA
A050152 85.21%
CUAJIMALPA
A050162 85.21%
CUAJIMALPA
A050173 85.21%
CUAJIMALPA
A050192 85.21%
CUAJIMALPA
A050212 85.21%
CUAJIMALPA
A050222 85.21%
CUAJIMALPA
A050227 85.21%
CUAJIMALPA
A050253 85.21%
CUAJIMALPA
A050263 85.21%
CUAJIMALPA
A050273 85.21%
CUAJIMALPA
A050312 85.21%
CUAJIMALPA
A050322 85.21%
CUAJIMALPA
A050353 85.21%
CUAJIMALPA
A050432 85.21%
CUAJIMALPA
A050523 85.21%
EL CONTADERO
A050082 78.11%
EL CONTADERO
A050122 78.11%
EL CONTADERO
A050162 78.11%
EL CONTADERO
A050342 78.11%
EL EBANO
A050152 98.17%
EL MOLINITO
A050022 85.54%
EL MOLINITO
A050052 85.54%
EL MOLINO
A050053 81.31%
EL MOLINO
A050063 81.31%
EL OCOTE
A050122 79.31%
EL YAQUI
A050182 86.89%
EL YAQUI
A050292 86.89%
EL YAQUI
A050457 86.89%
26 de Febero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 65
EL YAQUI
A050467 86.89%
EL YAQUI
A050537 86.89%
GRANJAS NAVIDAD
A050063 90.98%
GRANJAS NAVIDAD
A050152 90.98%
GRANJAS NAVIDAD
A050172 90.98%
GRANJAS NAVIDAD
A050192 90.98%
GRANJAS NAVIDAD
A050222 90.98%
GRANJAS NAVIDAD
A050314 90.98%
GRANJAS NAVIDAD
A050392 90.98%
JESUS DEL MONTE
A050012 91.29%
JESUS DEL MONTE
A050082 91.29%
JESUS DEL MONTE
A050152 91.29%
JESUS DEL MONTE
A050192 91.29%
LAS TINAJAS
A050042 89.35%
LAS TINAJAS
A050162 89.35%
LAS TINAJAS
A050201 89.35%
LAS TINAJAS
A050271 89.35%
LOCAXCO
A050022 85.71%
LOCAXCO
A050362 85.71%
LOMA DEL OCOTE
A050162 94.29%
LOMAS DE MEMETLA
A050022 75.08%
LOMAS DE MEMETLA
A050042 75.08%
LOMAS DE MEMETLA
A050045 75.08%
LOMAS DE MEMETLA
A050362 75.08%
LOMAS DE SAN PEDRO
A050222 71.07%
LOMAS DE SAN PEDRO
A050271 71.07%
LOMAS DE SAN PEDRO
A050302 71.07%
LOMAS DE SAN PEDRO
A050362 71.07%
LOMAS DE VISTA HERMOSA
A050065 86.16%
LOMAS DE VISTA HERMOSA
A050072 86.16%
LOMAS DE VISTA HERMOSA
A050172 86.16%
LOMAS DE VISTA HERMOSA
A050192 86.16%
LOMAS DE VISTA HERMOSA
A050234 86.16%
LOMAS DE VISTA HERMOSA
A050263 86.16%
66 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Febrero de 2009
LOMAS DE VISTA HERMOSA
A050314 86.16%
LOMAS DE VISTA HERMOSA
A050316 86.16%
LOMAS DE VISTA HERMOSA
A050373 86.16%
LOMAS DE VISTA HERMOSA
A050514 86.16%
MEMETLA
A050022 87.14%
MEMETLA
A050292 87.14%
PASEO DE LAS LOMAS
A050467 72.76%
PASEO DE LAS LOMAS
A050507 72.76%
PASEO DE LAS LOMAS
A050537 72.76%
PALO ALTO
A050242 87.74%
SAN JOSE DE LOS CEDROS
A050053 80.11%
SAN JOSE DE LOS CEDROS
A050063 80.11%
SAN JOSE DE LOS CEDROS
A050152 80.11%
SAN JOSE DE LOS CEDROS
A050192 80.11%
SAN JOSE DE LOS CEDROS
A050222 80.11%
SAN JOSE DE LOS CEDROS
A050272 80.11%
SAN JOSE DE LOS CEDROS
A050392 80.11%
SAN JOSE DE LOS CEDROS
A050393 80.11%
SAN JOSE DE LOS CEDROS
A050472 80.11%
U. HAB. NUEVA ROSITA
A050192 98.79%
Delegación:Magdalena Contreras Nombre de la Colonia
Clave de Colonia Catastral
% Medidores Instalados
AMPL. PLAZUELA DEL PEDREGAL
A100292 82.09%
BARRANCA SECA
A100022 87.02%
BARRANCA SECA
A100182 87.02%
BARRANCA SECA
A100292 87.02%
BARRIO LAS CALLES
A100152 91.43%
BARRIO LAS CALLES
A100312 91.43%
BARROS SIERRA
A100032 78.62%
BARROS SIERRA
A100282 78.62%
CONJUNTO RESIDENCIAL SANTA TERESA
A100124 99.49%
CUAUHTEMOC
A100072 84.00%
CUAUHTEMOC
A100172 84.00%
EL MAESTRO
A100043 86.58%
EL MAESTRO
A100393 86.58%
26 de Febero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 67
EL TORO
A100032 74.28%
EL TORO
A100082 74.28%
EL TORO
A100102 74.28%
HEROES DE PADIERNA
A100094 85.14%
HEROES DE PADIERNA
A100124 85.14%
LA CRUZ
A100162 92.66%
LA CRUZ
A100292 92.66%
LA CRUZ
A100302 92.66%
LA CRUZ
A100343 92.66%
LA CRUZ
A100365 92.66%
LA GUADALUPE
A100112 94.22%
LA GUADALUPE
A100152 94.22%
LA GUADALUPE
A100302 94.22%
LA MALINCHE
A100182 87.30%
LOMAS QUEBRADAS
A100032 86.18%
LOMAS QUEBRADAS
A100072 86.18%
LOMAS QUEBRADAS
A100102 86.18%
LOMAS QUEBRADAS
A100163 86.18%
LOMAS QUEBRADAS
A100223 86.18%
LOMAS QUEBRADAS
A100343 86.18%
PLAZUELA DEL PEDREGAL
A100152 95.00%
PLAZUELA DEL PEDREGAL
A100292 95.00%
PUEBLO NUEVO BAJO
A100182 80.00%
PUEBLO NUEVO BAJO
A100322 80.00%
PUENTE SIERRA
A100245 87.50%
SAN BARTOLO AMEYALCO
A100182 89.91%
SAN BARTOLO AMEYALCO
A100302 89.91%
SAN FRANCISCO
A100043 83.00%
SAN FRANCISCO
A100162 83.00%
SAN FRANCISCO
A100223 83.00%
SAN FRANCISCO
A100322 83.00%
SAN FRANCISCO
A100343 83.00%
SAN FRANCISCO
A100346 83.00%
SAN FRANCISCO
A100393 83.00%
68 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Febrero de 2009
SAN JERONIMO ACULCO
A100124 89.80%
SAN JERONIMO ACULCO
A100233 89.80%
SAN JERONIMO ACULCO
A100353 89.80%
SAN JERONIMO LIDICE
A100043 92.91%
SAN JERONIMO LIDICE
A100182 92.91%
SAN JERONIMO LIDICE
A100233 92.91%
SAN JERONIMO LIDICE
A100245 92.91%
SAN JERONIMO LIDICE
A100273 92.91%
SAN JERONIMO LIDICE
A102453 92.91%
SAN JERONIMO LIDICE
A106245 92.91%
SANTA TERESA
A100112 92.86%
SANTA TERESA
A100124 92.86%
SANTA TERESA
A100223 92.86%
SANTA TERESA
A100302 92.86%
SANTA TERESA
A100343 92.86%
U. HAB. PEDREGAL II
A100112 76.69%
Delegación: Miguel Hidalgo Nombre de la Colonia
Clave de Colonia Catastral
% Medidores Instalados
AGRICULTURA
A110063 93.66%
AHUEHUETES ANAHUAC
A110072 96.71%
AHUEHUETES ANAHUAC
A110453 96.71%
AMERICA
A110023 91.23%
AMPL. DANIEL GARZA
A110023 84.63%
AMPL. DANIEL GARZA
A110103 84.63%
AMPL. DANIEL GARZA
A110553 84.63%
AMPL. POPO
A110052 96.46%
AMPL. TORRE BLANCA
A110052 98.24%
AMPL. TORRE BLANCA
A110483 98.24%
ANAHUAC
A110113 97.97%
ANAHUAC
A110153 97.97%
ANAHUAC
A110194 97.97%
ANAHUAC
A110496 97.97%
ANAHUAC I
A110052 93.28%
ANAHUAC I
A110113 93.28%
ANAHUAC I
A110153 93.28%
26 de Febero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 69
ANAHUAC I
A110194 93.28%
ANAHUAC I
A110496 93.28%
ANAHUAC I
A110523 93.28%
ANAHUAC II
A110113 89.57%
ANAHUAC II
A110143 89.57%
ANZURES
A110096 97.20%
ANZURES
A110146 97.20%
ANZURES
A110153 97.20%
ANZURES
A110166 97.20%
ANZURES
A110216 97.20%
ANZURES
A110496 97.20%
ANZURES
A110814 97.20%
ARGENTINA ANTIGUA
A110052 91.96%
ARGENTINA ANTIGUA
A110357 91.96%
ARGENTINA ANTIGUA
A110412 91.96%
ARGENTINA ANTIGUA
A110483 91.96%
ARGENTINA ANTIGUA
A110517 91.96%
ARGENTINA ANTIGUA
A110957 91.96%
ARGENTINA PONIENTE
A110052 98.48%
ARGENTINA PONIENTE
A110182 98.48%
ARGENTINA PONIENTE
A110412 98.48%
BOSQUE DE CHAPULTEPEC
A110126 94.96%
BOSQUE DE CHAPULTEPEC
A110156 94.96%
BOSQUE DE CHAPULTEPEC
A110527 94.96%
BOSQUES DE LAS LOMAS
A110136 92.30%
BOSQUES DE LAS LOMAS
A110206 92.30%
BOSQUES DE LAS LOMAS
A110245 92.30%
BOSQUES DE LAS LOMAS
A110256 92.30%
BOSQUES DE LAS LOMAS
A110276 92.30%
BOSQUES DE LAS LOMAS
A110385 92.30%
BOSQUES DE LAS LOMAS
A110547 92.30%
CHAPULTEPEC MORALES
A110126 95.98%
CHAPULTEPEC MORALES
A110156 95.98%
CHAPULTEPEC MORALES
A110226 95.98%
70 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Febrero de 2009
CHAPULTEPEC MORALES
A110336 95.98%
CHAPULTEPEC MORALES
A110496 95.98%
CUAUHTEMOC PENSIL
A110052 96.18%
CUAUHTEMOC PENSIL
A110242 96.18%
DANIEL GARZA
A110023 90.46%
DEPORTIVA PENSIL
A110052 98.54%
DEPORTIVA PENSIL
A110357 98.54%
DEPORTIVA PENSIL
A110922 98.54%
DOS LAGOS
A110052 99.67%
DOS LAGOS
A110072 99.67%
ESCANDON 1ª. SECC.
A110184 95.18%
ESCANDON 1ª. SECC.
A110424 95.18%
ESCANDON 2ª. SECC.
A110184 95.74%
ESCANDON 2ª. SECC.
A110304 95.74%
ESCANDON 2ª. SECC.
A110424 95.74%
FRANCISCO I. MADERO
A110052 98.34%
GRAL. MANUEL AVILA CAMACHO
A110303 86.11%
GRANADA
A110194 96.38%
HIPODROMO DE LAS AMERICAS
A110303 85.71%
HUICHAPAN
A110082 99.39%
HUICHAPAN
A110213 99.39%
IGNACIO MANUEL ALTAMIRANO
A110082 96.79%
IGNACIO MANUEL ALTAMIRANO
A110113 96.79%
IRRIGACION
A110013 97.55%
IRRIGACION
A110224 97.55%
IRRIGACION
A110364 97.55%
LAGO NORTE
A110072 97.02%
LAGO SUR
A110052 98.66%
LAGO SUR
A110072 98.66%
LEGARIA
A110052 97.97%
LOMAS ALTAS
A110047 92.20%
LOMAS ALTAS
A110245 92.20%
LOMAS ALTAS
A110256 92.20%
LOMAS ALTAS
A110276 92.20%
26 de Febero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 71
LOMAS DE BEZARES
A110265 90.27%
LOMAS DE BEZARES
A110385 90.27%
LOMAS DE CHAPULTEPEC
A110256 94.67%
LOMAS DE CHAPULTEPEC
A110276 94.67%
LOMAS DE CHAPULTEPEC
A110296 94.67%
LOMAS DE CHAPULTEPEC
A110315 94.67%
LOMAS DE CHAPULTEPEC
A110385 94.67%
LOMAS DE CHAPULTEPEC
A110393 94.67%
LOMAS DE CHAPULTEPEC
A110537 94.67%
LOMAS DE CHAPULTEPEC SECC. I
A110256 96.93%
LOMAS DE CHAPULTEPEC SECC. I
A110276 96.93%
LOMAS DE CHAPULTEPEC SECC. II
A110256 97.48%
LOMAS DE CHAPULTEPEC SECC. II
A110276 97.48%
LOMAS DE CHAPULTEPEC SECC. III
A110256 84.28%
LOMAS DE CHAPULTEPEC SECC. III
A110276 84.28%
LOMAS DE CHAPULTEPEC SECC. III
A110537 84.28%
LOMAS DE CHAPULTEPEC SECC. IV
A110276 97.20%
LOMAS DE CHAPULTEPEC SECC. IV
A110296 97.20%
LOMAS DE CHAPULTEPEC SECC. IV
A110537 97.20%
LOMAS DE CHAPULTEPEC SECC. V
A110276 98.46%
LOMAS DE CHAPULTEPEC SECC. V
A110296 98.46%
LOMAS DE CHAPULTEPEC SECC. VI
A110276 98.20%
LOMAS DE CHAPULTEPEC SECC. VI
A110296 98.20%
LOMAS DE CHAPULTEPEC SECC. VII
A110256 93.86%
LOMAS DE CHAPULTEPEC SECC. VII
A110276 93.86%
LOMAS DE CHAPULTEPEC SECC. VII
A110296 93.86%
LOMAS DE CHAPULTEPEC SECC. VIII
A110256 97.69%
LOMAS DE CHAPULTEPEC SECC. VIII
A110276 97.69%
LOMAS DE VIRREYES
A110296 96.70%
LOMAS DE VIRREYES
A110466 96.70%
LOMAS REFORMA
A110276 94.69%
LOMAS REFORMA
A110385 94.69%
LOS MORALES
A110176 98.49%
LOS MORALES
A110194 98.49%
72 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Febrero de 2009
LOS MORALES
A110266 98.49%
LOS MORALES
A110326 98.49%
LOS MORALES
A110566 98.49%
LOS MORALES SECC. ALAMEDAS
A110326 98.09%
LOS MORALES SECC. PALMAS
A110326 94.44%
LOS MORALES SECC. PALMAS
A110336 94.44%
MEXICO NUEVO
A110052 97.94%
MEXICO NUEVO
A110357 97.94%
MODELO PENSIL
A110052 94.23%
MODELO PENSIL
A110072 94.23%
MODELO PENSIL
A110542 94.23%
MOLINO DEL REY
A110296 96.23%
MOLINO DEL REY
A110315 96.23%
MOLINO DEL REY
A110537 96.23%
NEXTITLA
A110063 97.57%
NEXTITLA
A110583 97.57%
NUEVA ANZURES
A110096 97.51%
OBSERVATORIO
A110023 95.29%
OBSERVATORIO
A110103 95.29%
OBSERVATORIO
A110343 95.29%
OBSERVATORIO
A110553 95.29%
PALMITAS
A110366 99.32%
PALMITAS
A110537 99.32%
PENSIL NORTE
A110052 79.86%
PENSIL SUR
A110052 92.55%
PERALITOS
A110072 87.67%
PERIODISTAS
A110207 89.34%
PERIODISTAS
A110233 89.34%
PLUTARCO ELIAS CALLES
A110063 97.19%
PLUTARCO ELIAS CALLES
A110542 97.19%
PLUTARCO ELIAS CALLES
A110703 97.19%
PLUTARCO ELIAS CALLES
A110847 97.19%
POLANCO CHAPULTEPEC
A110156 98.93%
POLANCO CHAPULTEPEC
A110166 98.93%
26 de Febero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 73
POLANCO CHAPULTEPEC
A110296 98.93%
POLANCO REFORMA
A110336 97.82%
POLANCO REFORMA
A110756 97.82%
POPO
A110052 84.53%
POPOTLA
A110374 90.09%
POPOTLA
A110453 90.09%
REAL DE LAS LOMAS
A110265 75.27%
REAL DE LAS LOMAS
A110385 75.27%
REFORMA PENSIL
A110052 96.99%
REFORMA SOCIAL
A110393 94.23%
RINCON DEL BOSQUE
A110096 93.49%
RINCON DEL BOSQUE
A110126 93.49%
SAN DIEGO OCOYOACAC
A110082 85.84%
SAN DIEGO OCOYOACAC
A110213 85.84%
SAN DIEGO OCOYOACAC
A110453 85.84%
SAN DIEGO OCOYOACAC
A110483 85.84%
SAN DIEGO OCOYOACAC
A110517 85.84%
SAN DIEGO OCOYOACAC
A110893 85.84%
SAN JOAQUIN
A110412 86.40%
SAN JOAQUIN
A110532 86.40%
SAN JUANICO
A110052 99.24%
SAN JUANICO
A110113 99.24%
SAN LORENZO TLALTENANGO
A110472 79.79%
SAN LORENZO TLALTENANGO
A110483 79.79%
SAN MIGUEL CHAPULTEPEC
A110424 93.29%
SAN MIGUEL CHAPULTEPEC
A110527 93.29%
SAN MIGUEL CHAPULTEPEC
A110814 93.29%
SAN MIGUEL CHAPULTEPEC
A110967 93.29%
STO. TOMAS
A110063 98.11%
STO. TOMAS
A110447 98.11%
STO. TOMAS
A110703 98.11%
STO. TOMAS
A110847 98.11%
TACUBA
A110374 95.82%
TACUBA
A110453 95.82%
74 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Febrero de 2009
TACUBAYA
A110184 95.81%
TACUBAYA
A110463 95.81%
TACUBAYA
A110863 95.81%
TLAXPANA
A110063 92.73%
TLAXPANA
A110113 92.73%
TORRE BLANCA
A110453 85.32%
TORRE BLANCA
A110483 85.32%
U. HAB. LEGARIA
A110052 97.36%
U. HAB. LOMA HERMOSA
A110013 99.36%
U. HAB. LOMA HERMOSA
A110233 99.36%
U. HAB. LOMA HERMOSA
A110403 99.36%
U. HAB. LOMAS DE SOTELO
A110052 98.29%
U. HAB. LOMAS DE SOTELO
A110233 98.29%
U. HAB. LOMAS DE SOTELO
A110296 98.29%
U. HAB. LOMAS DE SOTELO
A110357 98.29%
U. HAB. LOMAS DE SOTELO
A110385 98.29%
U. HAB. LOMAS DE SOTELO
A110403 98.29%
U. HAB. LOMAS DE SOTELO SECC. I
A110172 75.00%
U. HAB. LOMAS DE SOTELO SECC. I
A110233 75.00%
U. HAB. LOMAS DE SOTELO SECC. II
A110013 100.00%
UN HOGAR PARA NOSOTROS
A110063 97.10%
UN HOGAR PARA NOSOTROS
A110447 97.10%
VENTURA PEREZ DE ALBA
A110052 96.50%
VERONICA ANZURES
A110496 95.71%
VERONICA ANZURES
A110936 95.71%
5 DE MAYO
A110052 95.54%
10 DE ABRIL
A110013 92.94%
16 DE SEPTIEMBRE
A110023 92.71%
Delegación: Tlalpan
Nombre de la Colonia
Clave de Colonia Catastral
% Medidores Instalados
MPL. ISIDRO FABELA
A140032 92.41%
AMPL. ISIDRO FABELA
A140064 92.41%
AMPL. ISIDRO FABELA
A140612 92.41%
AMSA
A140053 97.36%
26 de Febero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 75
ARBOLEDAS DEL SUR
A140064 91.14%
ARBOLEDAS DEL SUR
A140174 91.14%
ARBOLEDAS DEL SUR
A140934 91.14%
ARBOLEDAS DEL SUR
A141324 91.14%
ARENAL DE GUADALUPE
A140053 77.12%
ARENAL DE GUADALUPE
A140073 77.12%
ARENAL TEPEPAN
A140073 95.50%
ARENAL TEPEPAN
A140083 95.50%
ARENAL TEPEPAN
A141407 95.50%
ACTOPA
A140961 78.70%
ACTOPA
A141521 78.70%
AMPL. LOMAS DE TEXCALATLACO
A140290 100.00%
BARRIO DE LA LONJA
A140272 87.87%
BARRIO DE LA LONJA
A140632 87.87%
BARRIO DEL NIÑO JESUS
A140053 82.63%
BARRIO DEL NIÑO JESUS
A140533 82.63%
BARRIO DEL NIÑO JESUS
A140953 82.63%
BARRIO SAN FERNANDO
A140107 86.36%
BELISARIO DOMINGUEZ SECCION XVI
A140533 90.67%
BELISARIO DOMINGUEZ SECCION XVI
A141453 90.67%
CANTERA PUENTE DE PIEDRA
A140032 89.81%
CANTERA PUENTE DE PIEDRA
A140173 89.81%
CANTERA PUENTE DE PIEDRA
A140242 89.81%
CANTERA PUENTE DE PIEDRA
A141163 89.81%
CANTERA PUENTE DE PIEDRA
A141553 89.81%
CHIMALCOYOTL
A140192 81.35%
CHIMALCOYOTL
A141202 81.35%
CHIMALCOYOTL
A141512 81.35%
CHIMALCOYOTL
A141514 81.35%
CHIMALCOYOTL
A141762 81.35%
CLUB DE GOLF LAS TORTOLAS
A140794 100.00%
CLUB DE GOLF MEXICO
A140197 90.31%
CLUB DE GOLF MEXICO
A140227 90.31%
CLUB DE GOLF MEXICO
A140341 90.31%
76 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Febrero de 2009
CLUB DE GOLF MEXICO
A140853 90.31%
CLUB DE GOLF MEXICO
A141333 90.31%
CONDOMINIO SAN FERNANDO
A141087 100.00%
CONDOMINIO SAN FERNANDO
A141534 100.00%
CULTURA MAYA
A140582 85.34%
CULTURA MAYA
A140592 85.34%
CULTURA MAYA
A140832 85.34%
CONJUNTO RESIDENCIAL PEDREGAL PICACHO
A141004 99.48%
CONJUNTO RESIDENCIAL VILLAS PRADO COAPA
A140064 100.00%
CONJUNTO RESIDENCIAL VILLAS PRADO COAPA
A140384 100.00%
CONJUNTO RESIDENCIAL VILLAS PRADO COAPA
A140474 100.00%
CONJUNTO RESIDENCIAL VILLAS PRADO COAPA
A140934 100.00%
CONJUNTO RESIDENCIAL GUADALUPE
A140094 100.00%
CONJUNTO RESIDENCIAL GUADALUPE
A140644 100.00%
DOLORES TLALI
A141159 100.00%
EJIDOS DE SAN PEDRO MARTIR
A140192 74.58%
EJIDOS DE SAN PEDRO MARTIR
A140281 74.58%
EJIDOS DE SAN PEDRO MARTIR
A140341 74.58%
EJIDOS DE SAN PEDRO MARTIR
A140402 74.58%
EJIDOS DE SAN PEDRO MARTIR
A140512 74.58%
EJIDOS DE SAN PEDRO MARTIR
A140542 74.58%
EJIDOS DE SAN PEDRO MARTIR
A140732 74.58%
EJIDOS DE SAN PEDRO MARTIR
A140892 74.58%
EJIDOS DE SAN PEDRO MARTIR
A140912 74.58%
EJIDOS DE SAN PEDRO MARTIR
A141022 74.58%
EJIDOS DE SAN PEDRO MARTIR
A141202 74.58%
EL DIAMANTE
A141159 100.00%
EL VERANO
A141151 93.89%
EX HACIENDA COAPA
A140504 92.90%
EX HACIENDA COAPA
A140564 92.90%
EX HACIENDA COAPA
A141493 92.90%
EX HACIENDA SAN JUAN DE DIOS
A140381 90.67%
EX HACIENDA SAN JUAN DE DIOS
A140384 90.67%
EX HACIENDA SAN JUAN DE DIOS
A140474 90.67%
26 de Febero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 77
FLORESTA COYOACAN
A140084 89.70%
FLORESTA COYOACAN
A140094 89.70%
FLORESTA COYOACAN
A140484 89.70%
FLORESTA COYOACAN
A141124 89.70%
FRACC. CHIMALI
A140174 89.58%
FRACC. CHIMALI
A140204 89.58%
FRACC. HDA. SAN JUAN 2A. SECC.
A140174 86.81%
FRACC. HDA. SAN JUAN 2A. SECC.
A140204 86.81%
FRACC. PRADO COAPA 1A. SECC.
A140664 90.55%
FRACC. PRADO COAPA 1A. SECC.
A141124 90.55%
FRACC. PRADO COAPA 1A. SECC.
A141214 90.55%
FRACC. PRADO COAPA 2A. SECC.
A140084 86.26%
FRACC. PRADO COAPA 2A. SECC.
A141134 86.26%
FRACC. PRADO COAPA 3A. SECC.
A140064 91.70%
FRACC. PRADO COAPA 3A. SECC.
A140384 91.70%
FRACC. PRADO COAPA 3A. SECC.
A141134 91.70%
FRACC. RANCHO LOS COLORINES
A140064 93.53%
FRACC. RANCHO LOS COLORINES
A141174 93.53%
FRACC. REAL Y VILLA DEL SUR
A141194 100.00%
FRACC. REAL Y VILLA DEL SUR
A141574 100.00%
FRACC. RESIDENCIAL VILLA COAPA
A140394 89.51%
FRACC. RESIDENCIAL VILLA COAPA
A140774 89.51%
FRACC. RESIDENCIAL VILLA COAPA
A141224 89.51%
FRACC. RINCON DE LAS HADAS
A140394 95.45%
FRACC. RINCON DE LAS HADAS
A140774 95.45%
FRACC. RINCON DE LAS HADAS
A141224 95.45%
FRACC. RINCON DE LAS HADAS
A141754 95.45%
FRACC. VILLA CUEMANCO
A140624 88.44%
FRACC. VILLA CUEMANCO
A141284 88.44%
FRACC. VILLA CUEMANCO
A141714 88.44%
FUENTES BROTANTES
A140122 86.21%
FUENTES DE TEPEPAN
A140402 72.03%
FUENTES DE TEPEPAN
A140512 72.03%
FUENTES DE TEPEPAN
A140542 72.03%
78 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Febrero de 2009
FUENTES DE TEPEPAN
A141664 72.03%
FUENTES DEL PEDREGAL
A140234 91.36%
FUENTES DEL PEDREGAL
A140274 91.36%
FUENTES DEL PEDREGAL
A140415 91.36%
FUENTES DEL PEDREGAL
A140525 91.36%
FUENTES DEL PEDREGAL
A140824 91.36%
FUENTES DEL PEDREGAL
A141254 91.36%
FUENTES DEL PEDREGAL
A141274 91.36%
FUENTES DEL PEDREGAL
A141374 91.36%
FUENTES DEL PEDREGAL
A141787 91.36%
GRANJAS COAPA
A140534 95.94%
GRANJAS COAPA
A141104 95.94%
GRANJAS COAPA
A141353 95.94%
GRANJAS COAPA
A141814 95.94%
GUADALUPE TLALPAN
A140053 98.83%
GUADALUPE TLALPAN
A140374 98.83%
GUADALUPE TLALPAN
A140433 98.83%
GUADALUPE TLALPAN
A140464 98.83%
GUADALUPE TLALPAN
A140543 98.83%
GUADALUPANA
A141809 94.62%
GABRIEL RAMOS MILLAN
A140394 92.82%
GABRIEL RAMOS MILLAN
A140504 92.82%
HACIENDA DE SAN JUAN
A140464 89.00%
HACIENDA DE SAN JUAN
A140574 89.00%
HEROES DE PADIERNA
A140482 88.12%
HEROES DE PADIERNA
A140592 88.12%
HEROES DE PADIERNA
A140842 88.12%
HEROES DE PADIERNA
A140482 78.28%
HEROES DE PADIERNA
A140842 78.28%
INSURGENTES CUICUILCO
A140495 96.07%
INSURGENTES CUICUILCO
A140515 96.07%
ISIDRO FABELA
A140032 93.87%
ISIDRO FABELA
A140173 93.87%
ISIDRO FABELA
A140612 93.87%
26 de Febero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 79
ISIDRO FABELA
A140613 93.87%
ISIDRO FABELA
A140703 93.87%
ISIDRO FABELA
A141182 93.87%
ISIDRO FABELA
A142062 93.87%
JARDINES EN LA MONTAÑA
A140515 91.80%
JARDINES EN LA MONTAÑA
A140797 91.80%
JARDINES VILLA COAPA
A140094 99.27%
JARDINES VILLA COAPA
A140644 99.27%
LA FAMA
A140122 92.89%
LA FAMA
A140632 92.89%
LA JOYA
A140154 93.90%
LA JOYA
A140184 93.90%
LA JOYA
A140533 93.90%
LA JOYA
A140703 93.90%
LA JOYA
A140782 93.90%
LA JOYA
A141182 93.90%
LA PRIMAVERA
A140021 91.13%
LA PRIMAVERA
A141139 91.13%
LA PRIMAVERA
A141151 91.13%
LAS FLORES
A140670 84.24%
LAS FLORES
A141370 84.24%
LAS FLORES
A141809 84.24%
LIBERTADOR MIGUEL HGO. VILLA OLIMPICA
A140495 99.56%
LIBERTADOR MIGUEL HGO. VILLA OLIMPICA
A141114 99.56%
LOMAS DE PADIERNA
A140572 82.91%
LOMAS DE PADIERNA
A140812 82.91%
LOMAS DE PADIERNA
A140824 82.91%
LOMAS DE PADIERNA
A141004 82.91%
LOMAS DE PADIERNA
A141077 82.91%
LOMAS DE PADIERNA
A141161 82.91%
LOMAS DE PADIERNA
A141274 82.91%
LOMAS DE PADIERNA
A141787 82.91%
LOMAS HIDALGO
A140021 75.00%
LOMAS HIDALGO
A140821 75.00%
80 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Febrero de 2009
LOS ENCINOS
A140582 73.00%
LOS ENCINOS
A140832 73.00%
LOS ENCINOS
A140842 73.00%
LOS ENCINOS
A141312 73.00%
LOS VOLCANES
A140862 96.88%
LOS VOLCANES
A141012 96.88%
LOS VOLCANES
A141412 96.88%
LOS VOLCANES
A141762 96.88%
LA MAGUEYERA
A141159 100.00%
MAGISTERIAL
A140884 79.42%
MAGISTERIAL
A141224 79.42%
MARIA ESTHER ZUNO DE ECHEVERRIA
A140961 84.40%
MARIA ESTHER ZUNO DE ECHEVERRIA
A141521 84.40%
MESA LOS HORNOS
A140131 72.05%
MESA LOS HORNOS
A141461 72.05%
MESA LOS HORNOS
A141501 72.05%
MIGUEL HIDALGO 1A. SECC.
A140122 89.23%
MIGUEL HIDALGO 1A. SECC.
A140272 89.23%
MIGUEL HIDALGO 1A. SECC.
A140302 89.23%
MIGUEL HIDALGO 1A. SECC.
A140632 89.23%
MIGUEL HIDALGO 2A. SECC.
A140302 79.09%
MIGUEL HIDALGO 2A. SECC.
A140372 79.09%
MIGUEL HIDALGO 2A. SECC.
A140412 79.09%
MIGUEL HIDALGO 2A. SECC.
A140642 79.09%
MIGUEL HIDALGO 2A. SECC.
A140902 79.09%
MIGUEL HIDALGO 2A. SECC.
A140912 79.09%
MIGUEL HIDALGO 2A. SECC.
A141553 79.09%
MIGUEL HIDALGO AMPL. 3A. SECC.
A140042 74.79%
MIGUEL HIDALGO AMPL. 3A. SECC.
A140623 74.79%
MIGUEL HIDALGO AMPL. 3A. SECC.
A140642 74.79%
MIGUEL HIDALGO AMPL. 3A. SECC.
A140801 74.79%
MIGUEL HIDALGO AMPL. 3A. SECC.
A140912 74.79%
MIGUEL HIDALGO AMPL. 3A. SECC.
A140914 74.79%
MIGUEL HIDALGO AMPL. 3A. SECC.
A141151 74.79%
26 de Febero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 81
MIRADOR 1A. SECC.
A140332 88.21%
MIRADOR 1A. SECC.
A140422 88.21%
MIRADOR 1A. SECC.
A140431 88.21%
MIRADOR 1A. SECC.
A140602 88.21%
MIRADOR 1A. SECC.
A140892 88.21%
MIRADOR 1A. SECC.
A142009 88.21%
MIRADOR 2A. SECC.
A140341 78.39%
MIRADOR 2A. SECC.
A140431 78.39%
MIRADOR 2A. SECC.
A141139 78.39%
MIRADOR 2A. SECC.
A141461 78.39%
MIRADOR DEL VALLE
A140961 84.76%
MIRADOR DEL VALLE
A141521 84.76%
MISIONES TLALPAN I Y II
A140064 100.00%
NUEVA ORIENTAL COAPA
A140664 94.94%
NUEVA ORIENTAL COAPA
A140964 94.94%
NUEVA ORIENTAL COAPA
A141214 94.94%
PARQUES DEL PEDREGAL
A140495 87.84%
PEDREGAL DE LAS AGUILAS
A140692 79.73%
PEDREGAL DE LAS AGUILAS
A141012 79.73%
PEDREGAL DE SAN NICOLAS 1A. SECC.
A140525 83.13%
PEDREGAL DE SAN NICOLAS 1A. SECC.
A140701 83.13%
PEDREGAL DE SAN NICOLAS 1A. SECC.
A140901 83.13%
PEDREGAL DE SAN NICOLAS 1A. SECC.
A141021 83.13%
PEDREGAL DE SAN NICOLAS 1A. SECC.
A141391 83.13%
PEDREGAL DE SAN NICOLAS 2A. SECC.
A140701 85.98%
PEDREGAL DE SAN NICOLAS 2A. SECC.
A140901 85.98%
PEDREGAL DE SAN NICOLAS 2A. SECC.
A141031 85.98%
PEDREGAL DE SAN NICOLAS 2A. SECC.
A141041 85.98%
PEDREGAL DE SAN NICOLAS 2A. SECC.
A141391 85.98%
PEDREGAL DE SAN NICOLAS 3A. SECC.
A140701 87.52%
PEDREGAL DE SAN NICOLAS 3A. SECC.
A141041 87.52%
PEDREGAL DE SAN NICOLAS 4A. SECC.
A140681 83.22%
PEDREGAL DE SAN NICOLAS 4A. SECC.
A140711 83.22%
PEDREGAL DE SAN NICOLAS 4A. SECC.
A141001 83.22%
82 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Febrero de 2009
PEDREGAL DE SAN NICOLAS 4A. SECC.
A141051 83.22%
PEDREGAL DE SAN NICOLAS 4A. SECC.
A141641 83.22%
PEDREGAL DEL LAGO
A140814 100.00%
PEÑA POBRE
A140154 88.06%
PEÑA POBRE
A140737 88.06%
POPULAR SANTA TERESA
A140572 93.00%
POPULAR SANTA TERESA
A140752 93.00%
POPULAR SANTA TERESA
A140812 93.00%
POPULAR SANTA TERESA
A141102 93.00%
PUEBLO QUIETO
A140173 92.65%
PUEBLO QUIETO
A141163 92.65%
PUEBLO QUIETO
A141292 92.65%
RESIDENCIAL ACOXPA
A140784 93.77%
RESIDENCIAL ACOXPA
A141194 93.77%
RESIDENCIAL ACOXPA
A141214 93.77%
RESIDENCIAL ACOXPA
A141244 93.77%
RESIDENCIAL ACOXPA
A141734 93.77%
RESIDENCIAL VILLA COAPA
A140394 89.33%
RINCON DEL PEDREGAL
A141004 75.76%
RINCONADA COAPA
A140534 94.10%
RINCONADA COAPA
A141264 94.10%
RINCONADA COAPA 1A. SECC.
A140424 91.31%
RINCONADA COAPA 1A. SECC.
A140534 91.31%
RINCONADA COAPA 1A. SECC.
A140624 91.31%
RINCONADA COAPA 1A. SECC.
A141284 91.31%
RINCONADA COAPA 1A. SECC.
A141714 91.31%
RINCONADA COAPA 2A. SECC.
A140504 98.73%
RINCONADA COAPA 2A. SECC.
A140534 98.73%
RINCONADA COAPA 2A. SECC.
A140564 98.73%
ROMULO SANCHEZ MIRELES
A140032 90.91%
ROMULO SANCHEZ MIRELES
A140107 90.91%
RESIDENCIAL HACIENDA COAPA
A140454 94.67%
RESIDENCIAL HACIENDA COAPA
A140564 94.67%
SAN BARTOLO EL CHICO
A140844 81.28%
26 de Febero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 83
SAN BARTOLO EL CHICO
A141324 81.28%
SAN JUAN TEPEXIMILPA
A141149 88.17%
SAN JUAN TEPEXIMILPA
A142029 88.17%
SAN JUAN TEPEXIMILPA
A142039 88.17%
SAN LORENZO HUIPULCO
A140721 89.81%
SAN LORENZO HUIPULCO
A140863 89.81%
SAN LORENZO HUIPULCO
A141353 89.81%
SAN LORENZO HUIPULCO
A141453 89.81%
SAN PEDRO APOSTOL
A140064 93.38%
SAN PEDRO APOSTOL
A141407 93.38%
SAN PEDRO MARTIR
A140192 86.42%
SAN PEDRO MARTIR
A140341 86.42%
SAN PEDRO MARTIR
A140441 86.42%
SAN PEDRO MARTIR
A140912 86.42%
SAN PEDRO MARTIR
A141231 86.42%
SAN PEDRO MARTIR
A141412 86.42%
SANTA URSULA XITLA
A140131 88.94%
SANTA URSULA XITLA
A140391 88.94%
SANTA URSULA XITLA
A140394 88.94%
SANTA URSULA XITLA
A140923 88.94%
SANTA URSULA XITLA
A141012 88.94%
SANTA URSULA XITLA
A141423 88.94%
SANTA URSULA XITLA
A141831 88.94%
SANTA URSULA XITLA
A141882 88.94%
SANTISIMA TRINIDAD
A140131 87.98%
SANTISIMA TRINIDAD
A141461 87.98%
SAN BUENAVENTURA
A140961 100.00%
SAN BUENAVENTURA
A141541 100.00%
TECORRAL
A140321 91.28%
TECORRAL
A140832 91.28%
TECORRAL
A140912 91.28%
TECORRAL
A141412 91.28%
TENORIOS I
A140943 99.71%
TEPETONGO
A141301 76.42%
84 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Febrero de 2009
TEPETONGO
A141461 76.42%
TEPEZINTLA PUEBLO SAN MIGUEL TOPILEJO
A140880 82.42%
TEPEZINTLA PUEBLO SAN MIGUEL TOPILEJO
A141370 82.42%
TEXCALTENCO
A140131 90.54%
TEXCALTENCO
A141501 90.54%
TLALCOLIGIA
A140162 92.14%
TLALCOLIGIA
A140952 92.14%
TLALCOLIGIA
A141072 92.14%
TLALCOLIGIA
A141412 92.14%
TLALCOLIGIA
A141423 92.14%
TLALCOLIGIA
A141512 92.14%
TLALPAN
A140154 92.36%
TLALPAN
A140155 92.36%
TLALPAN
A140184 92.36%
TLALPAN
A141534 92.36%
TLALPUENTE
A140961 99.25%
TLALPUENTE
A140971 99.25%
TLALPUENTE
A141521 99.25%
TLALPUENTE
A141541 99.25%
TLAXCALTENCO LA MESA
A140131 82.67%
TLAXCALTENCO LA MESA
A141501 82.67%
TORIELLO GUERRA
A140064 95.92%
TORIELLO GUERRA
A140097 95.92%
TORIELLO GUERRA
A140173 95.92%
TORIELLO GUERRA
A140184 95.92%
TORIELLO GUERRA
A140474 95.92%
TORIELLO GUERRA
A140983 95.92%
TORIELLO GUERRA
A141194 95.92%
TORIELLO GUERRA
A141353 95.92%
TORIELLO GUERRA
A141407 95.92%
TORIELLO GUERRA
A141423 95.92%
TORIELLO GUERRA
A141453 95.92%
TORIELLO GUERRA
A141534 95.92%
TORIELLO GUERRA
A141553 95.92%
26 de Febero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 85
TORIELLO GUERRA
A141744 95.92%
TORRES DE PADIERNA
A140592 93.31%
TORRES DE PADIERNA
A140842 93.31%
TORRES DE PADIERNA
A140992 93.31%
TORRES DE PADIERNA
A141562 93.31%
TRES FUENTES
A141574 100.00%
TENORIOS II
A140943 100.00%
U. HAB. CAMINO ANTIGUO A SAN PEDRO
A141762 100.00%
U. HAB. CONJUNTO URBANO CUEMANCO
A141723 100.00%
U. HAB. CUEMANCO ISSSFAM
A141853 100.00%
U. HAB. EMILIO PORTES GIL PEMEX PICACHO
A141004 99.27%
U. HAB. FUENTES BROTANTES I
A141423 86.56%
U. HAB. FUENTES BROTANTES I
A141882 86.56%
U. HAB. FUENTES BROTANTES I
A142029 86.56%
U. HAB. FUENTES BROTANTES II
A142029 99.07%
U. HAB. HUESO PERIFERICO
A140223 99.84%
U. HAB. IGNACIO CHAVEZ
A140263 100.00%
U. HAB. JARDINES TLALPAN
A141012 100.00%
U. HAB. LOTERIA NACIONAL
A140943 100.00%
U. HAB. NARCISO MENDOZA
A140374 93.41%
U. HAB. NARCISO MENDOZA
A140943 93.41%
U. HAB. RESIDENCIAL INSURGENTES SUR I
A141423 100.00%
U. HAB. RESIDENCIAL INSURGENTES SUR II
A141423 99.05%
U. HAB. RINCONADAS
A140384 99.60%
U. HAB. SAN PEDRO MARTIR FOVISSSTE
A141622 97.41%
U. HAB. SAN PEDRO MARTIR FOVISSSTE
A141762 97.41%
U. HAB. SAUZALES CEBADALES
A140844 100.00%
U. HAB. COAPA TENORIOS FOVISSSTE
A140943 99.59%
U. HAB. TLALPAN HUEPANCO
A141012 100.00%
U. HAB. VILLA DEL PUENTE FOVISSSTE
A140223 100.00%
U. HAB. VILLA ROYALE Y PLAZA DEL ORO
A141754 100.00%
U. HAB. VILLA TLALPAN
A141762 76.60%
UNIDAD BELISARIO DOMINGUEZ
A140094 88.32%
UNIDAD BELISARIO DOMINGUEZ
A141864 88.32%
86 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Febrero de 2009
U. HAB. LUIS DONALDO COLOSIO
A140737 100.00%
U. HAB. TENORIOS FOVISSSTE
A140943 100.00%
VALLE ESCONDIDO
A140204 88.34%
VALLE ESCONDIDO
A140234 88.34%
VALLE ESCONDIDO
A140512 88.34%
VALLE ESCONDIDO
A141664 88.34%
VERGEL DE COAPA
A140484 84.87%
VERGEL DE COAPA
A140664 84.87%
VERGEL DE COAPA
A140784 84.87%
VERGEL DE COAPA
A141124 84.87%
VERGEL DE COAPA
A141214 84.87%
VERGEL DE COAPA
A141674 84.87%
VERGEL DE COYOACAN
A141034 89.87%
VERGEL DE COYOACAN
A141684 89.87%
VERGEL DE COYOACAN
A141864 89.87%
VERGEL DEL SUR
A140774 93.29%
VERGEL DEL SUR
A140884 93.29%
VERGEL DEL SUR
A141044 93.29%
VILLA CHARRA DEL PEDREGAL
A140495 81.36%
VILLA COAPA
A140653 93.39%
VILLA COAPA
A141707 93.39%
VILLA DEL PUENTE
A140223 91.82%
VILLA DEL PUENTE
A140493 91.82%
VILLA DEL PUENTE
A141723 91.82%
VILLA DEL PUENTE
A141814 91.82%
VILLA LAZARO CARDENAS
A140721 88.57%
VILLA LAZARO CARDENAS
A140863 88.57%
VILLA LAZARO CARDENAS
A141064 88.57%
VILLA LAZARO CARDENAS
A141353 88.57%
VILLA LAZARO CARDENAS
A141744 88.57%
VALLE VERDE
A140290 100.00%
VALLE VERDE
A141159 100.00%
3 DE MAYO
A140890 100.00%
3 DE MAYO
A141380 100.00%
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección El Director General
(Firma) Ing. Ramón Aguirre Díaz
26 de Febero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 87
SECRETARÍA DE TRABAJO Y FOMENTO AL EMPLEO CONVOCATORIA DEL PROGRAMA DE CAPACITACIÓN PARA EL IMPULSO DE LA
ECONOMÍA SOCIAL (CAPACITES)
La Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo (STyFE), a través de la Dirección General de Empleo, Capacitación y Fomento Cooperativo (DGECyFC), con fundamento en los artículos 44 del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el ejercicio fiscal 2009 y 33 penúltimo párrafo de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal y las Reglas de Operación del Programa de Capacitación para el Impulso de la Economía Social (CAPACITES) 2009, convocan a la población desempleada y subempleada del Distrito Federal, que requiera capacitación para el trabajo de corto plazo para fortalecer y facilitar su incorporación al mercado de trabajo y/o desarrollar actividades productivas por cuenta propia.
OBJETIVO
Apoyar a la población desempleada y subempleada (hombres y mujeres) habitante del Distrito Federal, a fin de dotarles de herramientas técnicas y administrativas para fortalecer y/o desarrollar sus conocimientos, habilidades y aptitudes laborales y facilitarles su inserción al mercado laboral, la generación de autoempleo, o estableciendo procesos productivos que a corto o mediano plazo coadyuven en la creación de empleos directos con una perspectiva de equidad de género, inserción de grupos vulnerables y discriminados a través de acciones encaminadas a fortalecer la economía social y solidaria.
BENEFICIOS
Capacitación para el trabajo de corto plazo gratuita. Material de apoyo y didáctico para las prácticas establecidas en el programa de capacitación. Otorgamiento de un apoyo económico y ayuda de transporte durante el tiempo que dure la capacitación. Seguro contra accidentes, según la Modalidad. Información sobre las características del curso. Credencial que lo identifique como beneficiario del Programa CAPACITES. Constancia de participación en el curso. Orientación para trabajar por su cuenta o integrar un grupo de trabajo. Orientación de los apoyos económicos para proyectos productivos que otorgan las diversas instancias del Gobierno del Distrito Federal. Apoyo en especie para la creación o consolidación de Iniciativas de Empleo. Apoyo económico para la consolidación de las Iniciativas de Empleo.
META FÍSICA Y PROGRAMACIÓN PRESUPUESTAL
Para el presente ejercicio se tiene programado atender a 5,029 personas y el presupuesto previsto para el CAPACITES en el ejercicio fiscal 2009 es de $24, 074,726.44, susceptibles de modificación.
REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN
Ser de nacionalidad mexicana. Estar desempleado o subempleado. Residir en el Distrito Federal. Tener 16 años de edad o más. Cubrir con el perfil establecido en el programa de capacitación para el trabajo a desarrollar. Para la modalidad de Fomento al Autoempleo: Tener experiencia en las actividades o proceso de producción de la iniciativa propuesta, que sea viable, autosustentable, que establezca su domicilio fiscal en el Distrito Federal y que tenga impacto en la generación de empleos e ingresos dignos. Realizar su solicitud en cualquiera de las Unidades Operativas de la DGECyFC y requisitar el formato “Registro Personal”.
DOCUMENTACIÓN REQUERIDA
2 fotografías tamaño infantil –recientes-. Original y copia de: Acta de Nacimiento (legible), CURP (Clave Única de Registro de Población), identificación oficial vigente, último comprobante de estudios, comprobante de domicilio reciente, en el caso de las personas que hayan estado recluidas en un Centro de Readaptación Social, deberán presentar copia simple legible del documento que demuestre la liberación o preliberación. Para la modalidad de Fomento al Autoempleo, adicionalmente deberán presentar: comprobantes de experiencia laboral, capacitación o formación académica relacionada con el giro de la iniciativa.
DEL ACCESO AL PROGRAMA
Acudir personalmente a las oficinas de la Unidad Operativa más cercana a su domicilio.
88 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Febrero de 2009
PROCEDIMIENTO DE QUEJA O INCONFORMIDAD CIUDADANA
En cualquier momento del proceso, los beneficiarios del Programa podrán hacer uso de su recurso de queja o inconformidad por discriminación, exclusión injustificada o cualquier otra conducta lesiva por parte de servidores públicos del Gobierno del Distrito Federal, ante la Contraloría Interna de la STyFE, la Contraloría General del Gobierno del Distrito Federal, Locatel, la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, y cuando haya actos presumiblemente constitutivos del delito ante la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal.
MECANISMO DE EVALUACIÓN Y FORMAS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL
Para el seguimiento y evaluación permanente del Programa, la DGECyFC a través de las Unidades Operativas llevará a cabo visitas periódicas a los cursos para verificar que su desarrollo se ajuste al programa de capacitación autorizado. Con diez días hábiles de anticipación al término de los cursos, la Unidad Operativa aplicará a los beneficiarios los siguientes instrumentos: -Encuesta de satisfacción en la que manifiesten el impacto de la derrama social, y en su caso cualquier opinión, sugerencia e inconformidad. -Cuestionario de evaluación del desempeño del Oferente de Capacitación.
ARTICULACIÓN CON OTROS PROGRAMAS SOCIALES
El programa se articulará con el resto de programas de la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo.
DIRECTORIO DE UNIDADES DELEGACIONALES DE SERVICIO DEL EMPLEO Unidad
Operativa Dirección Unidad Operativa Dirección
Álvaro Obregón Calle 10 Esq. Canario, Col. Tolteca. Azcapotzalco Calzada Camarones núm. 494, Esq. Norte 87 B, Col. El recreo.
Benito Juárez Prolongación Uxmal, casi Esq. Municipio Libre Col. Sta. Cruz Atoyac.
Coyoacán Diagonal Av. Sta. Úrsula s/n, Esq. San Ricardo, Col. Pedregal de Sta. Úrsula.
Cuajimalpa Av. Veracruz Esq. Av. Juarez s/n, Col. Cuajimalpa, Centro. Cuauhtémoc Zarco Esq. Violeta, Col. Guerrero.
Gustavo A. Madero
5 De Febrero Esq. Vicente Villada, Col. Villa Gustavo A. Madero. Iztacalco Añil Esq. Rio Churubusco, Col.
Granjas México.
Iztapalapa Ayuntamiento Esq. Aldama, Barrio San Lucas.
Magdalena Contreras
Av. Luis Cabrera núm. 1, Casa Popular, Col. San Jerónimo Lídice.
Miguel Hidalgo Edificio Estación Metro Tacuba 4° Piso, Col. Pueblo de Tacuba. Milpa Alta Av. Yucatán Esq. Jalisco s/n, Col.
Villa Milpa Alta
Tláhuac Nicolás Bravo Esq. Cuitláhuac, Barrio de la Asunción. Tlalpan Periférico Sur Esq. Insurgentes. Villa
Olímpica. Venustiano Carranza
Av. Francisco del Paso y Troncoso Núm. 219, Col. Jardín Balbuena. Xochimilco Durazno Esq. Ejido, Col. San José de
las Peritas. DIRECTORIO DEL PROGRAMA DE ATENCIÓN INTEGRAL A JÓVENES DESEMPLEADOS
(LA COMUNA) Unidad
Operativa Dirección Unidad Operativa Dirección
Comuna Álvaro Obregón
Ricardo Flores Magón S/N, Barrio el Tecolote, Olivar del Conde
Comuna Coyoacán
Calle San Raúl S/N Esq. San León (Deportivo Emiliano Zapata), Colonia Pedregal de Santa Úrsula Coapa
Comuna Gustavo A. Madero
Cda. Emiliano Zapata S/N, Colonia Escolar Oriente, Cuautepec Bo. Bajo
Comuna Iztacalco
Puerta 6 Cd. Deportiva, Colonia Magdalena Mixuca
Comuna Magdalena Contreras
Cerrada del Bosque S/N, Colonia Tierra Unida
Comuna Miguel Hidalgo
Rafael Rebollar 129, Colonia San Miguel Chapultepec
Comuna Tlalpan Cedros esquina Jazmín, Colonia 2 de octubre Ajusco Medio
26 de Febero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 89
“Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa en el Distrito Federal, será sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente”
El Gobierno de la Ciudad de México, cada día trabaja para ti.
México, D. F. a 19 de febrero de 2009
(Firma)
LIC. BENITO MIRÓN LINCE. SECRETARIO DE TRABAJO Y FOMENTO AL EMPLEO
SECRETARÍA DE TRABAJO Y FOMENTO AL EMPLEO CONVOCATORIA DEL PROGRAMA DE CAPACITACIÓN Y MODERNIZACIÓN
La Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo, a través de la Dirección General de Empleo, Capacitación y Fomento Cooperativo, con fundamento en los artículos 44 del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el ejercicio fiscal 2009, 33 penúltimo párrafo de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal y las Reglas de Operación del Programa de Capacitación y Modernización (CyMO) 2009:
CONVOCA A los empresarios de micro, pequeñas, medianas empresas, grupos productivos y cooperativas que requieran de apoyo económico para capacitación, consultoría, formación de formadores y/o apoyo técnico de sus trabajadores a participar en el
PROGRAMA DE CAPACITACIÓN Y MODERNIZACIÓN Objetivo Realizar de manera conjunta con las empresas y sus trabajadores, acciones de capacitación, consultoría, formación de formadores y/o apoyo técnico, que permitan contribuir al sostenimiento del empleo, a la mejora de las condiciones de seguridad e higiene, así como salariales de los trabajadores de las micro, pequeñas, medianas empresas, grupos productivos y cooperativas en el Distrito Federal. En el ejercicio 2009 se atenderá a un total de 84 micro, pequeñas, medianas empresas, grupos productivos y cooperativas con una inversión de 1.0 miles de pesos. Beneficios El Programa CyMO otorgará un apoyo económico a la empresa para que ésta obtenga, de un Oferente de Capacitación externo, capacitación, consultoría, formación de formadores y/o apoyo técnico conforme a un Diagnóstico y Programa de Intervención previamente autorizado. El monto del apoyo económico se determina en función del número de horas autorizado, conforme a lo siguiente:
Tipo de Empresa
Porcentaje % CyMO % Empresa
Micro 80 % 20% Pequeña 70 % 30% Mediana 60 % 60%
Requisitos de participación De las Empresas:
• Micro, pequeñas, medianas empresas, grupos productivos y cooperativas legalmente constituidas conforme a la Legislación vigente en el Distrito Federal.
90 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Febrero de 2009
• Elaborar y presentar un Diagnóstico y un Programa de Intervención en el que se justifique la necesidad del apoyo. Documentación requerida Original y copia de:
• Acta Constitutiva, • Registro Federal de Contribuyentes (RFC), • Identificación oficial vigente con fotografía del representante o apoderado legal, • Clave Única de Registro de Población (CURP) (persona física) y comprobante de domicilio reciente.
Procedimiento de Queja o Inconformidad Ciudadana En cualquier momento del proceso las empresas, grupos productivos o cooperativas solicitantes podrán hacer uso del recurso de queja o inconformidad por discriminación, exclusión injustificada o cualquier otra conducta lesiva por parte de servidores públicos del Distrito Federal. La queja podrá presentarse ante la Contraloría Interna de la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo, la Contraloría General de Gobierno del Distrito Federal, la Procuraduría Social, Locatel, la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal y, cuando haya actos presumiblemente constitutivos de delito ante la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal. Mecanismo de Evaluación e Indicadores Para el seguimiento y evaluación permanente del Programa de Capacitación y Modernización, la DGECyFC elaborará un Programa de Supervisión a las empresas, grupos productivos o cooperativas para verificar el cumplimiento del Programa de Intervención autorizado. Una vez concluido el Programa de Intervención, la DGECyFC, considerando el diagnóstico inicial, llevará a cabo el seguimiento por empresa, para cuantificar y evaluar el impacto de la inversión social, el alcance y cumplimiento de los objetivos del Programa CyMO con una periodicidad semestral y hasta por un año. Con el propósito de transparentar las acciones del Programa, la DGECyFC podrá solicitar a la empresa, grupo productivo o cooperativa, evidencias documentales y gráficas sobre los cambios que se hayan dado en la empresa, grupo productivo o cooperativa a partir de la intervención desarrollada y el apoyo del Programa. Formas de Participación Social Las empresas, grupos productivos o cooperativas beneficiadas, al término del Programa de Intervención requisitaran una Carta de Satisfacción en la que manifiesten el impacto de la derrama social y, en su caso cualquier opinión, sugerencia e inconformidad. Articulación con otros Programas Sociales El programa se articulará con el resto de programas de la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo, la de Desarrollo Económico y la de Desarrollo Social, principalmente. Interesados presentarse en: La Dirección General de Empleo, Capacitación y Fomento Cooperativo, ubicada en Av. José María Izazaga No. 89, 4° Piso, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc de Lunes a viernes de 9:00 a 16:00 horas. Informes a los teléfonos: 5709-7742 y 5709-7594. "Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Esta prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa en el Distrito Federal, será sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente"
Ciudad de México a los diecisiete días del mes de febrero de 2009
(Firma) LIC. BENITO MIRÓN LINCE
SECRETARIO DE TRABAJO Y FOMENTO AL EMPLEO
26 de Febero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 91
NOTA ACLARATORIA A LAS PUBLICACIÓN DE LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE CAPACITACIÓN Y MODERNIZACIÓN (CYMO) PUBLICADAS EN LA GACETA OFICIAL DÉCIMA SÉPTIMA ÉPOCA, EJEMPLAR NÚMERO 516 DEL 30 DE ENERO DE 2009. LA PÁGINA 119, RENGLORES 9 AL 12 DICE: Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1º, 8 y 16 numeral 29 del Decreto del Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el ejercicio fiscal 2008, la Dirección General de Empleo, Capacitación y Fomento Cooperativo cuenta con suficiencia presupuestal para la operación del Programa de Capacitación y Modernización (CyMO), el cual se ejecutará con recursos fiscales, autorizados por la Secretaría de Finanzas. DEBE DECIR: Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1, 4 y 12 numeral 28 del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2009, la Dirección General de Empleo, Capacitación y Fomento Cooperativo cuenta con suficiencia presupuestal para la operación del Programa de Capacitación y Modernización (CyMO), el cual se ejecutará con recursos fiscales, autorizados por la Secretaría de Finanzas. PÁGINA 127, RENGLONES 5 Y 6 DICE: PRIMERO.- Las presentes Reglas de Operación serán aplicables en el ejercicio fiscal 2008. Dentro del Programa, queda prohibida toda práctica discriminatoria. DEBE DECIR: PRIMERO.- Las presentes Reglas de Operación serán aplicables en el ejercicio fiscal 2009. Dentro del Programa, queda prohibida toda práctica discriminatoria. PÁGINA 127, RENGLORES 13 Y 14 DICE: En la Ciudad de México, Distrito Federal, el 1° de Agosto de dos mil ocho.- El Secretario de Trabajo y Fomento al Empleo, Benito Mirón Lince. DEBE DECIR: En la Ciudad de México, Distrito Federal, el 30 de enero de dos mil nueve.- El Secretario de Trabajo y Fomento al Empleo, Benito Mirón Lince. SECRETARIO DE TRABAJO Y FOMENTO AL EMPLEO (Firma) LIC. BENITO MIRÓN LINCE
92 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Febrero de 2009
SECRETARÍA DE DESARROLLO RURAL Y EQUIDAD PARA LAS COMUNIDADES CONVOCATORIA PARA PARTICIPAR EN EL CONCURSO PÚBLICO DE SELECCIÓN DE PROYECTOS, PARA EL PROGRAMA DE APOYO A PUEBLOS ORIGINARIOS DEL DISTRITO FEDERAL 2009
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL
LA SECRETARÍA DE DESARROLLO RURAL Y EQUIDAD PARA LAS COMUNIDADES DEL DISTRITO FEDERAL, En base en los artículos 87, 89, y 115 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 15 fracción XX, 16 fracciones III y IV, y 23 quintus de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; y el numeral F. Selección de los proyectos comunitario, de las Reglas de Operación del Programa de Apoyo a Pueblos Originarios del Distrito Federal 2009, publicadas en la Gaceta Oficial el día 30 de enero de 2009, emite la siguiente:
CONVOCATORIA
PARA PARTICIPAR EN EL CONCURSO PÚBLICO DE SELECCIÓN DE PROYECTOS, PARA EL PROGRAMA DE APOYO A PUEBLOS ORIGINARIOS DEL DISTRITO FEDERAL 2009
Con fundamento en la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal y la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, con el apoyo operativo de la Dirección General de Equidad para los Pueblos Indígenas y Comunidades Étnicas, convoca a participar en el “PROGRAMA DE APOYO A PUEBLOS ORIGINARIOS DEL DISTRITO FEDERAL 2009”, con el objetivo de impulsar actividades de desarrollo social y comunitario que promuevan la equidad, el bienestar social, el respeto a la diversidad y el fomento a la participación ciudadana. Con sustento en lo anterior se invita a los habitantes de los pueblos originarios de las 16 Delegaciones, de la Ciudad de México, a presentar proyectos de desarrollo social en beneficio de sus comunidades, con fundamento en las siguientes:
B A S E S Los proyectos comunitarios deberán promover actividades de desarrollo social que fortalezcan la identidad de los pueblos originarios, e incluir por lo menos:
• Descripción sociodemográfica del pueblo o comunidad; • Temática a tratar en el desarrollo del proyecto; • Objetivos generales y específicos; • Metas; • Productos; • Calendarización de actividades; • Monto presupuestal solicitado no mayor a $50,000.00 (cincuenta mil pesos 00/100 M.N.); • Mecanismos de evaluación y seguimiento del proyecto.
2. El proyecto y las actividades en las cuales se ejercerá el presupuesto deberán estar avaladas por acuerdo y acta de asamblea comunitaria. La comunidad participante deberá difundir, con siete días de anticipación, la convocatoria a dicha asamblea e informar a la Dirección General de Equidad para los Pueblos Indígenas y Comunidades Étnicas la fecha de realización de la misma, a fin de garantizar su asistencia en calidad de fedataria, para darle debida validez a la asamblea y a los acuerdos que en ella se tomen. Las asambleas deberán realizarse del 2 de marzo al 17 de abril de 2009, en un lugar público y representativo de la comunidad, de conformidad con el calendario que se publicará en la página oficial de la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades.
26 de Febero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 93
Podrán participar libremente en las mismas todos los habitantes del pueblo respectivo que lo deseen, aunque en el caso de los menores de edad solamente tendrán derecho a voz. 3. La asamblea comunitaria, que en ningún caso se constituirá con menos de quince ciudadanos, deberá elegir a un Comité de Administración y un Comité de Supervisión, integrado cada uno por al menos tres miembros mayores de edad, que vivan en la comunidad participante. El Coordinador de Enlace Territorial podrá formar parte del Comité de Supervisión. 4. Los proyectos comunitarios deberán realizar actividades que correspondan a alguno de los siguientes campos de trabajo:
• Promoción del uso y rescate de la lengua náhuatl; • Promoción de actividades culturales, artísticas y recreativas que fortalezcan la identidad cultural, como pueden ser:
pintura, danza, teatro, narrativa, producción radiofónica, producción de videos, producción de vestuario y arte textil, encuentros culturales, instrumentación de museos comunitarios;
• Fomento del pleno ejercicio de los derechos humanos y colectivos de los pueblos; • Recuperación de la historia gráfica, documental y/o de la tradición oral de la comunidad y de los pueblos
originarios: edición y publicación de documentos, acervos fotográficos, cuentos, leyendas, crónicas; • Promoción y fomento de las artesanías; • Promoción y fomento de la gastronomía tradicional de los pueblos originarios; • Promoción de deportes indígenas y de juegos tradicionales de los pueblos originarios; • Elaboración de juguetes tradicionales; • Promoción de la educación y comunicación popular a través de traducciones en lengua náhuatl u otras,
publicaciones periódicas, gacetas, talleres de capacitación; • Promoción y fortalecimiento de tradiciones, festividades y costumbres; • Promoción de la música tradicional mediante la capacitación formal; • Promoción y fortalecimiento de la medicina tradicional, herbolaria y conocimientos etnobotánicos; • Fomento de la vestimenta original de los Pueblos Originarios;
5. Los proyectos deberán ejecutarse en su totalidad dentro de los límites del Distrito Federal, en apego a las disposiciones legales vigentes. Sólo se financiará un proyecto por comunidad. 6. El tiempo de ejecución de los proyectos será del 6 de mayo al 30 de noviembre de 2009. 7. La evaluación y dictaminación de los proyectos estará a cargo de un Comité Técnico integrado por miembros de pueblos originarios de reconocido prestigio y calidad moral, y/o por investigadores y académicos con experiencia en temas de desarrollo social y comunitario de los pueblos originarios, así como por los representantes que nombre la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades y representantes de la Contraloría Interna y la Contraloría Ciudadana. 8. Las comunidades participantes deberán ajustar sus actividades a las Reglas de Operación del Programa de Apoyo a Pueblos Originarios y a las Guías de Presentación de Proyectos y de Operación de Proyectos emitidas por la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades. Las Reglas de Operación, el Calendario de Asambleas y las Guías estarán disponibles en la página web de la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades: http://www.sederec.df.gob.mx. 9. Los proyectos se recibirán de lunes a viernes de 9:00 a 18:00 horas, en la Dirección General de Equidad para los Pueblos Indígenas y Comunidades Étnicas, ubicada en la calle Jalapa número 15, primer piso, colonia Roma Norte, C.P. 06700, Delegación Cuauhtémoc, cerca del Metro Insurgentes, Tel. 55 14 01 68. Deberán presentarse en original y dos copias impresas más un respaldo magnético. 10. La fecha límite para la presentación de los proyectos será el día 24 de abril de 2009, a las 18:00 hrs. Los resultados se publicarán en la página electrónica www.sederec.df.gob.mx. No se recibirán proyectos de las comunidades que adeuden informes, productos o comprobación financiera de este programa en ejercicios presupuestales anteriores. 11. Los aspectos no previstos en la presente Convocatoria serán resueltos por el Comité Técnico, conforme a lo establecido en las Reglas de Operación del Programa de Apoyo a Pueblos Originarios del Distrito Federal 2009.
94 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Febrero de 2009
TRANSITORIO
ÚNICO. Publíquese la presente Convocatoria en la Gaceta Oficial del Distrito Federal y en la página de Internet de la
Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades.
Ciudad de México, a 16 de febrero de 2009 (Firma)
MARÍA ROSA MÁRQUEZ CABRERA Secretaria de Desarrollo Rural y Equidad
para las Comunidades “Este Programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este Programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este Programa en el Distrito Federal, será sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente”.
DIVERSAS NOTAS ACLARATORIAS A LAS REGLAS DE OPERACIÓN DE DIVERSOS PROGRAMAS DE DESARROLLO SOCIAL PUBLICADAS EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL DECIMO SÉPTIMA ÉPOCA CON NUMERO 516 EL DÍA 30 DE ENERO DE 2009
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL
LA SECRETARÍA DE DESARROLLO RURAL Y EQUIDAD PARA LAS COMUNIDADES DEL DISTRITO FEDERAL, en base en los artículos 87, 89, y 115 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 15 fracción XX, 16 fracciones III y IV, y 23 quintus de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal No. 516, del 30 de enero de 2009, las reglas de operación de sus programas sociales, en las cuales es menester hacer las siguientes:
NOTA ACLARATORIA
EN LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE PROMOCIÓN Y VISIBILIZACIÓN DE LAS
COMUNIDADES ÉTNICAS DE DISTINTAS NACIONALIDADES EN LA CIUDAD DE MÉXICO PARA EL
EJERCICIO FISCAL 2009:
Página 150, renglón 25 y siguiente, dice: Para la realización de este programa la SEDEREC destinará un monto presupuestal de $400,000.00 (cuatrocientos mil pesos 00/100 M. N.). Debe decir: Para el presente ejercicio presupuestal se destinarán recursos de acuerdo a los lineamientos del techo presupuestal determinado por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal IV Legislatura, correspondientes al Capítulo 4000 “Apoyos, trasferencias y subsidios”. Página 151, renglón 27 y siguientes, dice: Los responsables de los proyectos propuestos deben ser mayores de edad y no laborar en alguna representación diplomática o dependencia del gobierno del Distrito Federal. Esta disposición no descarta la participación de menores de edad en los proyectos propuestos.
26 de Febero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 95
Debe decir: Los responsables de los proyectos propuestos deben ser mayores de edad y no deberán desempeñar cargo o comisión alguna en ningún nivel del gobierno local o federal. El personal de la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, así como sus familiares hasta el cuarto grado, no podrán ser miembros de ninguno de los proyectos. Esta disposición no descarta la participación de menores de edad en los proyectos propuestos.
NOTA ACLARATORIA
EN LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE ACCESO A LA JUSTICIA Y DERECHOS
HUMANOS PARA LOS PUEBLOS Y COMUNIDADES INDÍGENAS DEL DISTRITO FEDERAL PARA EL
EJERCICIO FISCAL 2009:
Página 154, renglón 33 y siguientes, dice: 4. METAS FISICAS a) Financiamiento a hasta 30 proyectos en materia de acceso de justicia indígena y derechos humanos. d) Liberación de hasta 20 indígenas privados de su libertad. c) Desarrollar conjuntamente con el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, un diplomado para la profesionalización de los traductores en lenguas indígenas. e) Un taller de capacitación a personal del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal. f) Un taller de capacitación a personal de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal. G) Un taller de capacitación a los Defensores de Oficio del Distrito Federal. Debe decir: 4. METAS FISICAS a) Financiamiento a hasta 30 proyectos en materia de acceso de justicia indígena y derechos humanos. b) Liberación de hasta 20 indígenas privados de su libertad. Página 154, renglón 42, dice: El presupuesto programado para el presente año es de $ 1, 300,000 00 (un millón trescientos mil pesos / 00 M.N Debe decir: Para el presente ejercicio presupuestal se destinarán recursos de acuerdo a los lineamientos del techo presupuestal determinado por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal IV Legislatura, correspondientes al Capítulo 4000 “Apoyos, trasferencias y subsidios”. Página 156, después del renglón 32 se agrega el siguiente inciso: Los representantes de los proyectos no deberán desempeñar cargo o comisión alguna en ningún nivel del gobierno local o federal. El personal de la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, así como sus familiares hasta el cuarto grado, no podrán ser miembros de ninguno de los proyectos. Los proyectos deberán ejecutarse en su totalidad dentro de los límites del Distrito Federal, en apego a las disposiciones legales vigentes. Página 157, renglones 1 a 10, dice: d. Indicadores de la eficiencia de los proyectos:
96 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Febrero de 2009
Indicador Descripción 1 De gestión Realización de cursos, talleres, foros, formación de gestores
sociales, asesorías jurídicas, etcétera. 2 De impacto Fortalecimiento de las identidades comunitarias con
perspectiva de género, así como los derechos, las instituciones e iniciativas de los pueblos y comunidades indígenas. Establecimiento de las bases para la construcción de una ciudadanía multicultural, reducción del margen de pobreza entre indígenas y no indígenas, entre otros.
3 De producto Edición y publicación de libros, folletos, revistas, documentales, etc.
Se dejan sin efectos la letra d.
NOTA ACLARATORIA
EN LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE LAS ACTIVIDADES EN LOS PUEBLOS
ORIGINARIOS CON MOTIVO DEL BICENTENARIO DE LA INDEPENDENCIA Y DEL
CENTENARIO DE LA REVOLUCIÓN EN LA CIUDAD DE MÉXICO PARA EL EJERCICIO FISCAL
2009:
Página 159, renglones 13 y siguiente, dice: Para la realización de estas actividades se destinará un monto presupuestal de $1,500.000.00 (Un millón quinientos mil de pesos 00/100 M. N.) para el apoyo a las actividades conmemorativas que se aprueben en función de la Convocatoria que al efecto se emita. Debe decir: Para el presente ejercicio presupuestal se destinarán recursos de acuerdo a los lineamientos del techo presupuestal determinado por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal IV Legislatura, correspondientes al Capítulo 4000 “Apoyos, trasferencias y subsidios”. Página 160, renglón 15 y siguientes, dice: Los integrantes de los Comités no deberán desempeñar cargo o comisión alguna en ningún nivel del gobierno local o federal. El personal de la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, así como sus familiares hasta el segundo grado, no podrán ser miembros de ninguno de los Comités. Debe decir: Los integrantes de los Comités no deberán desempeñar cargo o comisión alguna en ningún nivel del gobierno local o federal. El personal de la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, así como sus familiares hasta el cuarto grado, no podrán ser miembros de ninguno de los Comités. Página 162, renglones 8 y siguiente dice: Los aspectos no previstos en los presentes lineamientos y mecanismos de operación, la guía de operación y los convenios de colaboración, serán resueltos por el Comité Técnico. Debe decir:
26 de Febero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 97
Los aspectos no previstos en las presentes reglas de operación, la guía de operación y los convenios de colaboración, serán resueltos por el Comité Técnico. Página 162, renglones 10 y siguiente, dice: ÚNICO. Los presentes lineamientos y mecanismos de operación entrarán en vigor a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial del Gobierno del Distrito Federal. Debe decir: ÚNICO. Las presentes reglas de operación entrarán en vigor a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial del Gobierno del Distrito Federal.
NOTA ACLARATORIA
EN LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE LAS LENGUAS INDÍGENAS Y CONVIVENCIA
PLURICULTURAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2009:
Página 174, después del renglón 5 se agrega: Los integrantes de los proyectos no deberán desempeñar cargo o comisión alguna en ningún nivel del gobierno local o federal. El personal de la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, así como sus familiares hasta el cuarto grado, no podrán ser miembros de ninguno de los proyectos. Página 175, renglones 22 y siguientes, dice:
NOTA ACLARATORIA
EN LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE LA MUJER RURAL E INDÍGENA PARA
EL EJERCICIO FISCAL 2009:
Página 176, renglones 8 y siguientes, dice: REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE LA MUJER INDÍGENA Y RURAL PARA EL EJERCICIO FISCAL 2009 Debe decir: REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE LA MUJER RURAL E INDÍGENA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2009 Página 176, renglones 11 y siguientes, dice: La Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades (SEDEREC), pone en marcha el “Programa de la Mujer Indígena y Rural para el Ejercicio Fiscal 2009”, con el propósito de cerrar las brechas de inequidad social, de ampliar las políticas públicas dirigidas a las mujeres indígenas y rurales, así como promover su incorporación a la vida productiva mediante el otorgamiento de apoyos, que se sujetarán a lo establecido en las presentes reglas de operación, y; Debe decir: La Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades (SEDEREC), pone en marcha el “Programa de la Mujer Rural e Indígena para el Ejercicio Fiscal 2009”, con el propósito de cerrar las brechas de inequidad social,
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de ampliar las políticas públicas dirigidas a las mujeres indígenas y rurales, así como promover su incorporación a la vida productiva mediante el otorgamiento de apoyos, que se sujetarán a lo establecido en las presentes reglas de operación, y; Página 177, renglones 14 y siguientes, dice: Para la ejecución de este Programa, la SEDEREC destinará un monto presupuestal de $2’500,000.00 (Dos millones quinientos mil pesos 00/100 m.n). Estos recursos se aplicarán, hasta un máximo de $ 150,000.00 (ciento cincuenta mil pesos 00/100 m.n.) por proyecto productivo, en una sola ministración, que se entregará a partir de la firma del convenio de colaboración respectivo. Debe decir: Para el presente ejercicio presupuestal se destinarán recursos de acuerdo a los lineamientos del techo presupuestal determinado por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal IV Legislatura, correspondientes al Capítulo 4000 “Apoyos, trasferencias y subsidios”. Página 179, después del renglón 10 se agrega: Los integrantes de los proyectos no deberán desempeñar cargo o comisión alguna en ningún nivel del gobierno local o federal. El personal de la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, así como sus familiares hasta el cuarto grado, no podrán ser miembros de ninguno de los proyectos.
NOTA ACLARATORIA
EN LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE APOYO A PUEBLOS ORIGINARIOS DEL
DISTRITO FEDERAL PARA EL EJERCICIO FISCAL 2009:
Página 181, renglones 30 y siguiente, dice: El personal de la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, así como sus familiares hasta el segundo grado, no podrán ser miembros de ninguno de los Comités. Debe decir: El personal de la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, así como sus familiares hasta el cuarto grado, no podrán ser miembros de ninguno de los Comités. Página 186, renglones 4 y siguiente dice: Los aspectos no previstos en los presentes lineamientos y mecanismos de operación, la guía de operación y los convenios de colaboración, serán resueltos por el Comité Técnico. Debe decir: Los aspectos no previstos en las presentes reglas de operación, la guía de operación y los convenios de colaboración, serán resueltos por el Comité Técnico. Página 186, renglones 7 y siguiente, dice: ÚNICO. Los presentes lineamientos y mecanismos de operación entrarán en vigor a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial del Gobierno del Distrito Federal.
26 de Febero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 99
Debe decir: ÚNICO. Las presentes reglas de operación entrarán en vigor a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial del Gobierno del Distrito Federal.
NOTA ACLARATORIA
EN LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE DIFUSIÓN Y FOMENTO DE COMUNICACIÓN
COMUNITARIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2009:
Página 189, renglones 1 y siguiente, dice: Las resoluciones del Comité Dictaminador, se en la página electrónica de la Secretaria de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, se publicaran los resultados según los tiempos estimados en la convocatoria. Debe decir: Las resoluciones del Comité Dictaminador, se darán a conocer en la página electrónica de la Secretaria de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, se publicarán los resultados según los tiempos estimados en la convocatoria. Los integrantes de los proyectos no deberán desempeñar cargo o comisión alguna en ningún nivel del gobierno local o federal. El personal de la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, así como sus familiares hasta el cuarto grado, no podrán ser miembros de ninguno de los proyectos.
TRANSITORIO ÚNICO. Publíquese las presentes “NOTAS ACLARATORIAS” en la Gaceta Oficial del Distrito Federal y en la página
de Internet de la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades.
México Distrito Federal, a 16 de febrero de 2009.
(Firma) ______________________________________
MARÍA ROSA MÁRQUEZ CABRERA Secretaria de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades
100 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Febrero de 2009
DELEGACION LA MAGDALENA CONTRERAS ACTUALIZACION DEL MANUAL ADMINISTRATIVO, EN SU PARTE DE PROCEDIMIENTOS DE LA DELEGACION LA MAGDALENA CONTRERAS
ADMINISTRACION PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL
DELEGACION LA MAGDALENA CONTRERAS
Lic. Igor Mendoza Ruíz, con fundamento en lo dispuesto por el Articulo 22, 25 fracción I, en relación con el 122 fracción I, del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, por ausencia del Jefe Delegacional del Distrito Federal en La Magdalena Contreras, suscribe el Director General Jurídico y de Gobierno. Con fundamento en los artículos 37 y 39 fracciones VIII, XLV y LXXXIII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, artículos 18, 25 fracción I, 121, 122, 122 BIS fracción X y 9º transitorio 2001 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, en el numeral 4.4.14 de la Circular Uno Bis 2007 y en el oficio CGMA/DDO/3330/2008 de fecha 15 de diciembre de 2008, por medio del cual la Coordinación General de Modernización Administrativa del Gobierno del Distrito Federal comunica que determino registrar e integrar los Procedimientos a sus Archivos, correspondientes al Manual Administrativo de este Órgano Político-Administrativo que la misma le otorgo el número de Registro MA-02D10-16/06 por lo que hago del conocimiento a los Servidores Públicos de esta Delegación el siguiente:
Listado de Procedimientos Delegación La Magdalena Contreras
Registro MA-02D10-16/06 Coordinación de Planeación y Modernización Administrativa Número de Procedimiento Nombre del Procedimiento 001 Control y registro de documentos ante la Coordinación General de Modernización
Administrativa Coordinación de Ventanilla Única Número de Procedimiento Nombre del Procedimiento 002 Recepción, control y seguimiento de trámites 003 Control y registro de documentos ante la Coordinación General de Modernización
Administrativa 004 Registro de manifestación de construcción tipo A, B O C 005 Recepción de avisos y trámites inmediatos Dirección General de Desarrollo Sustentable Número de Procedimiento Nombre del Procedimiento 006 Constitución de sociedades cooperativas 007 Apoyo con personal de campo para labores de cultivo, elaboración de composta y
reparación de invernaderos 008 Apoyo con insumos agropecuarios 009 Atención a denuncias sobre anomalías en suelo de conservación Dirección General de Administración Número de Procedimiento Nombre del Procedimiento 010 Análisis, diseño y desarrollo de un sistema de información 011 Servicios de telecomunicaciones 012 Mantenimiento (lógico), correctivo de los equipos de cómputo 013 Mantenimiento (físico), preventivo de los equipos de cómputo 014 Mantenimiento a sistemas de información
26 de Febero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 101
Dirección General de Ecología y Medio Ambiente Número de Procedimiento Nombre del Procedimiento 015 Atención a las demandas ciudadanas para el servicio de áreas verdes urbanas públicas 016 Mantenimiento de arbolado urbano en vía pública 017 Limpieza de barrancas 018 Autorizar poda o derribo de árboles en propiedad privada 019 Atención a solicitudes de acciones de educación ambiental 020 Encausar las denuncias de aquellos hechos que constituyan ilícitos, sancionados por la
normatividad ambiental vigente 021 Asistencia a reuniones de coordinación con dependencias del sector público para definir
criterios de preservación, conservación y restauración del medio ambiente Dirección General de Desarrollo Social Número de Procedimiento Nombre del Procedimiento 022 Impulsar y dirigir programas para preservar las tradiciones y costumbres de nuestro país 023 Proponer planes para la celebración de las fiestas patrias 024 Impulsar los programas oficiales de educación abierta a nivel bachillerato en
coordinación con otras instituciones federales y gubernamentales del Distrito Federal 025 Coordinar el programa de becas para los alumnos de educación primaria en las escuelas
públicas, ubicadas en unidades territoriales de alta y muy alta marginación en La Magdalena Contreras
026 Entrega de suéter escolar gratuito a preescolares, primarias y secundarias 027 Atención prehospitalaría 028 Consulta médica y odontológica 029 Campañas de salud 030 Operación de los Centros de Desarrollo Infantil en La Magdalena Contreras
TRANSITORIO ÚNICO.- Publíquese la presente actualización del Manual Administrativo en su parte de Procedimientos de la Delegación La Magdalena Contreras, en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, para su debida observancia.
Con fundamento en lo dispuesto por el Articulo 22, 25 fracción I, en relación con el 122 fracción 1, del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito federal, por ausencia del Jefe Delegacional del Distrito Federal en La Magdalena Contreras, suscribe el Director General Jurídico y de Gobierno.
EL LIC. IGOR MENDOZA RUÍZ DIRECTOR GENERAL JURÍDICO
Y DE GOBIERNO
(Firma)
(Firma)
EL LIC. HECTOR GUIJOSA MORA JEFE DELEGACIONAL
EN LA MAGDALENA CONTRERAS
(Firma)
102 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Febrero de 2009
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL
DELEGACIÓN MILPA ALTA
CONVOCATORIA PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS PARA LA ENTREGA DE RECONOCIMIENTOS Y ESTÍMULOS A LA EFICIENCIA POLICIAL DURANTE EL AÑO 2009, A ELEMENTOS ADSCRITOS POR LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA A LAS UNIDADES DE POLICÍA SECTORIAL (SECTORES MIL-1 Y MIL-2) Y POR LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA A LA FISCALÍA DESCONCENTRADA DE INVESTIGACIÓN EN MILPA ALTA, RESPECTIVAMENTE, POR LA REALIZACIÓN, DENTRO DEL TERRITORIO DE LA DELEGACIÓN MILPA ALTA, DE ACTOS SOBRESALIENTES Y SIGNIFICATIVOS, QUE REPRESENTEN UN EJEMPLO DEL COMPROMISO QUE TIENEN DE BRINDAR UNA MEJOR PROTECCIÓN A LA CIUDADANÍA Y PARA ABATIR LA DELINCUENCIA JOSÉ LUÍS CABRERA PADILLA, Jefe Delegacional del Gobierno del Distrito Federal en Milpa Alta, con fundamento en los artículos 117 fracción XI del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 37, 38, 39 Fracción VIII, XIV y XVI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1º, 120, 121 y 122 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, así como en lo dispuesto en los artículos 3º Fracciones VI y VII, 5º Fracción I, 9º Párrafo Primero y Tercero y 40 Fracción VII de la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal, emito la siguiente:
CONVOCATORIA PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS PARA LA ENTREGA DE RECONOCIMIENTOS Y ESTÍMULOS A LA EFICIENCIA POLICIAL DURANTE EL AÑO 2009, A ELEMENTOS ADSCRITOS POR LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA A LAS UNIDADES DE POLICÍA SECTORIAL (SECTORES MIL-1 Y MIL-2) Y POR LA PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA A LA FISCALIA DESCONCENTRADA DE INVESTIGACION EN MILPA ALTA, RESPECTIVAMENTE, POR LA REALIZACIÓN, DENTRO DEL TERRITORIO DE LA DELEGACIÓN MILPA ALTA, DE ACTOS SOBRESALIENTES Y SIGNIFICATIVOS, QUE REPRESENTEN UN EJEMPLO DEL COMPROMISO QUE TIENEN DE BRINDAR UNA MEJOR PROTECCIÓN A LA CIUDADANÍA Y PARA ABATIR LA DELINCUENCIA; Considerando que las Delegaciones tienen competencia en sus respectivas Jurisdicciones en materia de Seguridad Pública, y que esta Delegación, tiene entre su objetivos: contar con un mejor y mas efectivo servicio de Seguridad Pública y Disminuir los Índices de Delincuencia así como mejorar los Servicios de Seguridad, aplicando una política de acercamiento y solidaridad entre los cuerpos policíacos de la Secretaría de Seguridad Pública y de la Procuraduría General de Justicia con la comunidad; que la Delegación Milpa Alta estableció el compromiso de otorgar Reconocimientos económicos y/o en especie por la realización de acciones relevantes y que es importante reconocer y/o estimular a los policías cuya conducta y desempeño así lo ameriten, se convoca a la ciudadanía en general para que presenten propuestas, en el ejercicio presupuestal 2009, para la entrega de reconocimientos y/o estímulos por eficiencia policial para lo cual se estará a lo dispuesto en las siguientes
BASES
1.- “La Delegación” destinará del presupuesto del año 2009 la cantidad de $600,000.00 (SEISCIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.) para otorgar durante el año en curso, estímulos económicos a elementos de la Policía Preventiva así como a Policías Judiciales adscritos en esta Demarcación, por la realización en su territorio de actos sobresalientes y significativos que representen un claro ejemplo del compromiso para brindar una mejor protección a la ciudadanía y abatir la delincuencia. 2.- La cantidad arriba señalada se entregará de la siguiente manera:
26 de Febero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 103
MES RECONOCIMIENTOS
ECONÓMICOS MONTO
INDIVIDUAL TOTAL
MAYO 22 $5,000.00 $110,000.00 AGOSTO 22 $5,000.00 $110,000.00 NOVIEMBRE 22 $5,000.00 $110,000.00 SUBTOTAL
60 POLICÍAS PREVENTIVOS Y 6 POLICIAS JUDICIALES
$330,000.00
3.- En el mes de diciembre de 2009, se otorgará como estímulo económico, con motivo de la celebración del “Día del policía” establecido por la Secretaría de Seguridad Pública, la cantidad de $270,000.00 (DOSCIENTOS SETENTA MIL PESOS 00/100 M. N.) para ser distribuidos proporcionalmente entre el total de Policías adscritos a “Los Sectores”. 4.- La ciudadanía en general, los interesados, y en su caso, los Directores de las Unidades de Policía Sectorial o quien ocupe la titularidad de la Fiscalia Desconcentrada de Investigación, ubicados en esta Demarcación territorial, podrán proponer a los elementos, que por su conducta y desempeño consideren que así lo ameriten, para recibir los reconocimientos y estímulos señalados en la Base 2, cubriendo los siguientes requisitos:
• Presentar propuesta por escrito con nombre del elementos y Área de adscripción, ante la Dirección de Seguridad Pública Delegacional durante los 5 primeros días naturales de los meses de mayo, agosto y noviembre del año en curso,
• Resumen de Acciones realizadas en el trimestre anterior a cada uno de los meses señalados, adjuntando, en su caso, la documentación correspondiente.
• Los elementos propuestos deberán ser policías preventivos y judiciales adscritos en Milpa Alta, y que se encuentren en el supuesto establecido en el párrafo Primero del artículo 9º de la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal.
5.- La determinación de los elementos a los cuales se les entregará estímulo económico, se realizará por los integrantes del Comité Delegacional de Seguridad Pública, en sesión que se citará de manera específica para ello. 6.- La entrega de Reconocimientos y Estímulos se efectuará en eventos públicos que se realizarán en la Explanada Delegacional de Villa Milpa Alta, durante los meses de mayo, agosto y noviembre del año en curso.
TRANSITORIO PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
México, D. F., 12 de febrero de 2009
A T E N T A M E N T E
JOSÉ LUÍS CABRERA PADILLA JEFE DELEGACIONAL EN MILPA ALTA
104 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Febrero de 2009
FIRMA LA PRESENTE EN AUSENCIA DEL C. JEFE DELEGACIONAL DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL EN MILPA ALTA, EL LIC. MARCO AURELIO MORALES PÉREZ, DIRECTOR GENERAL JURÍDICO Y DE GOBIERNO EN MILPA ALTA, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 38 Y 39 DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINSTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL, 25, FRACCIÓN I, 121 Y 122 DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL..
ATENTAMENTE
(Firma)
LIC. MARCO AURELIO MORALES PEREZ DIRECTOR GENERAL JURIDICO Y DE GOBIERNO.
MÉXICO, D. F. A 12 DE FEBRERO DE 2009
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL
DELEGACIÓN MILPA ALTA
CONVOCATORIA A LOS HABITANTES DE ESTA DEMARCACIÓN PARA PARTICIPAR EN EL “PROGRAMA DE INTERCAMBIO VOLUNTARIO DE ARMAS DE FUEGO POR DINERO” DURANTE EL 2009, CON LA FINALIDAD DE PREVENIR LA COMISIÓN DE DELITOS, VIOLENCIA Y ACCIDENTES
JOSÉ LUÍS CABRERA PADILLA, Jefe Delegacional del Gobierno del Distrito Federal en Milpa Alta, con fundamento en los artículos 117 fracción XI del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, 37, 38, 39 Fracción VIII, XIV, XVI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, 1º, 120, 121 y 122 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, 40 Fracción VII de la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal; emito la siguiente:
CONVOCATORIA
A LOS HABITANTES DE ESTA DEMARCACIÓN PARA PARTICIPAR EN EL “PROGRAMA DE INTERCAMBIO VOLUNTARIO DE ARMAS DE FUEGO POR DINERO” DURANTE EL 2009, CON LA FINALIDAD DE PREVENIR LA COMISIÓN DE DELITOS, VIOLENCIA Y ACCIDENTES
Considerando que las Delegaciones tienen competencia, en sus respectivas jurisdicciones, en materia de seguridad pública; y que esta Delegación, tiene entre sus objetivos Coadyuvar en el combate eficaz al crimen organizado con la participación de la ciudadanía. Que la Delegación Milpa Alta, en coordinación con la Secretaría de Seguridad Pública y con la participación de la Secretaria de la Defensa Nacional tienen previsto llevar a cabo durante el año 2009 el Programa de “Intercambio Voluntario de Armas de Fuego por dinero”, como una acción para la prevención de delitos, violencia y accidentes, que tiene como finalidad invitar a los habitantes de la Delegación Milpa Alta que tengan en su poder un arma de fuego, para que acudan al modulo de canje voluntario que será instalado en la Explanada Delegacional los días miércoles y viernes de 10:00 a 14:00 horas .
26 de Febero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 105
Que es importante incentivar la participación ciudadana para conseguir una disminución en la cantidad de armas que exista en esta Demarcación, se ha determinado entregar a cambio de las armas que sean entregadas de un estimulo económico a los ciudadanos que participen en este programa, para lo cual se estará a lo dispuesto en las siguientes:
BASES
1.- “La Delegación” destinará del presupuesto del año 2009 la cantidad de $250,000.00 (DOSCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS 00/100 M. N.) para el “PROGRAMA DE INTERCAMBIO VOLUNTARIO DE ARMAS DE FUEGO POR DINERO” 2.- La cantidad arriba señalada se entregará durante los meses de Abril-Agosto de 2009, erogándose en cada uno de los meses señalados recursos hasta la cantidad de $50,000.00 (CINCUENTA MIL PESOS 00/100 M. N.) 3.- Se instalará un módulo en la Explanada Delegacional ubicada en Avenida México y Avenida Constitución, los días miércoles y viernes de 10:00 a 14:00 horas en el que se encontrará el equipo técnico que designe la Secretaria de la Defensa Nacional junto con personal de la Dirección de Seguridad Pública de Milpa Alta y de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal 4.- Este programa es exclusivo para los habitantes de la Delegación Milpa Alta, tomando en consideración que en cada Demarcación se llevará a cabo el mismo. 5.- Los interesados podrán acudir de manera voluntaria a canjear las armas de fuego que tengan en su poder para su intercambio por dinero, para lo cual se presentarán en el módulo para que personal técnico de la Secretaría de la Defensa Nacional revise, evalúe y dictamine el estado físico de las armas. 6.- Se entregará a los interesados la cantidad que resulte, de conformidad con el tabulador que acuerden tanto la Delegación Milpa Alta, la Secretaria de Seguridad Pública del Distrito Federal y la Secretaría de la Defensa Nacional. 7- El programa voluntario de intercambio de armas de fuego por dinero, no implica responsabilidad alguna para las personas que se presenten a entregar armas, por lo que no se realizarán investigaciones ni se fincarán responsabilidades legales, procediendo la Secretaría de la Defensa Nacional, una vez que concluya el canje, a la destrucción total del armamento.
TRANSITORIO PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
México, D. F., a 12 de febrero de 2009
A T E N T A M E N T E
JEFE DELEGACIONAL DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL EN MILPA ALTA
106 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Febrero de 2009
FIRMA LA PRESENTE EN AUSENCIA DEL C. JEFE DELEGACIONAL DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL EN MILPA ALTA, EL LIC. MARCO AURELIO MORALES PÉREZ, DIRECTOR GENERAL JURÍDICO Y DE GOBIERNO EN MILPA ALTA, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 38 Y 39 DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINSTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL, 25, FRACCIÓN I, 121 Y 122 DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL..
ATENTAMENTE
(Firma) LIC. MARCO AURELIO MORALES PEREZ
DIRECTOR GENERAL JURIDICO Y DE GOBIERNO. MÉXICO, D. F. A 12 DE FEBRERO DE 2009
NOTA ACLARATORIA DELEGACIÓN MILPA ALTA De la página 42, renglón vigésimo, del apartado III Metas, de las Reglas de Operación Específicas del “Programa de Apoyo para la Adquisición de Semillas y Pago de Servicios de Tractor y/o Fertilizantes 2009”, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, Décima Séptima Época, número 523, de fecha 10 de febrero de 2009. “PROGRAMA DE APOYO PARA LA ADQUISICIÓN DE SEMILLAS Y PAGO DE SERVICIOS DE TRACTOR
Y/O FERTILIZANTES 2009” De la página 42, renglón vigésimo, del apartado III Metas, de las Reglas de Operación Específicas del “Programa de Apoyo para la Adquisición de Semillas y Pago de Servicios de Tractor y/o Fertilizantes 2009”, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, Décima Séptima Época, número 523, de fecha 10 de febrero de 2009. En la parte conducente, a la página 42 relativo al apartado III Metas, en el renglón vigésimo, se asentó lo siguiente: Dice: “Beneficiar con el otorgamiento de apoyos económicos a 800 (ochocientos) productores de avena y 450 (cuatrocientos cincuenta) productores de maíz de las doce comunidades de esta Demarcación” Debe decir: “Beneficiar con el otorgamiento de apoyos económicos a 830 (ochocientos treinta) productores de avena y 500 (quinientos) productores de maíz de las doce comunidades de esta Demarcación”
TRANSITORIO: ÚNICO: Publíquese la presente nota aclaratoria en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. “ESTE PROGRAMA ES DE CARÁCTER PÚBLICO, NO ES PATROCINADO NI PROMOVIDO POR PARTIDO POLÍTICO ALGUNO Y SUS RECURSOS PROVIENEN DE LOS IMPUESTOS QUE PAGAN TODOS LOS CONTRIBUYENTES. ESTÁ PROHIBIDO EL USO DE ESTE PROGRAMA CON FINES POLÍTICOS, ELECTORALES, DE LUCRO Y OTROS DISTINTOS A LOS ESTABLECIDOS.
26 de Febero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 107
ART.38 DE LA LEY DE DESARROLLO SOCIAL PARA EL DISTRITO FEDERAL Y 60 DE SU REGLAMENTO, ESTABLECEN LA OBLIGACIÓN DE LLEVAR IMPRESA EN LOS SUBSIDIOS Y BENEFICIOS DE TIPO MATERIAL Y ECONÓMICO QUE SE OTORGUEN, CON OBJETO DE LOS PROGRAMAS SOCIALES ESPECÍFICOS IMPLEMENTADOS POR EL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL Y LAS DELEGACIONES, LA LEYENDA QUE A CONTINUACION SE INDICA: “QUIEN HAGA USO INDEBIDO DE LOS RECURSOS DE ESTE PROGRAMA EN EL DISTRITO FEDERAL, SERÁ SANCIONADO DE ACUERDO CON LA LEY APLICABLE Y ANTE LA AUTORIDAD COMPETENTE”. Dado en el Distrito Federal, Ciudad de México a los dieciocho días del mes de febrero del año dos mil nueve.
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JOSÉ LUÍS CABRERA PADILLA JEFE DELEGACIONAL EN MILPA ALTA
FIRMA LA PRESENTE EN AUSENCIA DEL C. JEFE DELEGACIONAL DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL EN MILPA ALTA, EL LIC. MARCO AURELIO MORALES PÉREZ, DIRECTOR GENERAL JURÍDICO Y DE GOBIERNO EN MILPA ALTA, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 38 Y 39 DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL, 25, FRACCIÓN I, 121 Y 122 DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL.
ATENTAMENTE
(Firma)
LIC. MARCO AURELIO MORALES PÉREZ DIRECTOR GENERAL JURÍDICO Y DE GOBIERNO
MÉXICO, D. F., A 18 DE FEBRERO DE 2009.
108 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Febrero de 2009
INSTITUTO ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL
PUNTOS RESOLUTIVOS DE LA SENTENCIA EMITIDA POR EL PLENO DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL, DE FECHA DIECINUEVE DE DICIEMBRE DE DOS MIL OCHO, RECAÍDA AL EXPEDIENTE IDENTIFICADO CON LA CLAVE ALFA-NUMÉRICA TEDF-JEL-017/2008, PROMOVIDO POR EL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL EN EL DISTRITO FEDERAL, MEDIANTE JUICIO ELECTORAL. En cumplimiento a lo ordenado por el Pleno del Tribunal Electoral del Distrito Federal, en sesión pública de fecha diecinueve de diciembre de dos mil ocho, se procede a dar publicidad a lo dispuesto por el punto resolutivo TERCERO de la citada Sentencia y para los efectos que establece el artículo 2° del Código Electoral del Distrito Federal vigente. (Al margen superior izquierdo el escudo nacional que dice: “Estados Unidos Mexicanos.- TRIBUNAL ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL”). Foja número 65, párrafo cuarto, 66 y 67, que dicen:
R E S U E L V E PRIMERO.- Se revoca en la parte que fue materia de impugnación la resolución identificada con la clave RS-004-08 aprobada en sesión extraordinaria el veintiséis de marzo de dos mil ocho, por el Consejo General del Instituto Electoral del Distrito Federal, respecto de las irregularidades detectadas en la revisión de los informes anuales de ingresos y egresos, así como de los informes de precampaña presentados por los partidos políticos en el Distrito Federal correspondientes al año dos mil seis, para el efecto de que el Consejo General la deje insubsistente y, en ejercicio de sus atribuciones, emita una nueva resolución en la que se deje intocado lo que no se combatió, o no tuvo razón el impugnante, atendiendo a lo expuesto en el considerando SÉPTIMO, en un plazo de treinta días hábiles, a partir de la notificación del presente fallo, debiendo informar a este tribunal sobre el cumplimiento, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes. SEGUNDO.- En consecuencia, se revoca la sanción señalada en el resolutivo SEGUNDO inciso h), derivada de la irregularidad identificada como quinta en el apartado A) del Considerando DÉCIMO TERCERO, así como el Considerando OCTAGÉSIMO NOVENO de la resolución RS-004-08. TERCERO.- Se ordena al Consejo General del Instituto Electoral del Distrito Federal, publicar los puntos resolutivos del presente fallo en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, en los estrados del propio Instituto y en su página de Internet. NOTIFÍQUESE personalmente a la actora en el domicilio precisado en autos; por oficio a la autoridad responsable, y por estrados a los demás interesados. Hecho lo anterior, devuélvanse los documentos atinentes y archívese el expediente como asunto definitivamente concluido. Publíquese en el sitio de intenet de este Tribunal, una vez que la presente resolución haya causado estado. ASÍ por unanimidad de votos, lo resolvieron y firman los Magistrados integrantes del Pleno del Tribunal Electoral del Distrito Federal, ante el Secretario General, quien autoriza y da fe.- Magistrado Presidente, Adolfo Riva Palacio Neri.-Magistrado, Miguel Covián Andrade.- Magistrado, Alejandro Delint García.- Magistrado, Armando I. Maitret Hernández.- Magistrado, Darío Velasco Gutiérrez.- Secretario General, Gregorio Galván Rivera. (Firmas). PUNTOS RESOLUTIVOS DE LA SENTENCIA EMITIDA POR EL PLENO DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL, DE FECHA DIECINUEVE DE DICIEMBRE DE DOS MIL OCHO, RECAÍDA AL EXPEDIENTE IDENTIFICADO CON LA CLAVE ALFA-NUMÉRICA TEDF-JEL-054/2008, PROMOVIDO POR LA AGRUPACIÓN POLÍTICA LOCAL “PATRIA NUEVA”, MEDIANTE JUICIO ELECTORAL. En cumplimiento a lo ordenado por el Pleno del Tribunal Electoral del Distrito Federal, en sesión pública de fecha diecinueve de diciembre de dos mil ocho, se procede a dar publicidad a lo dispuesto por el punto resolutivo SEGUNDO de la citada Sentencia y para los efectos que establece el artículo 2° del Código Electoral del Distrito Federal vigente.
26 de Febero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 109
(Al margen superior izquierdo el escudo nacional que dice: “Estados Unidos Mexicanos.- TRIBUNAL ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL”). Foja número 52, párrafo tercero, 53 y 71 párrafo cuarto, que dicen:
R E S U E L V E PRIMERO.- Se REVOCA la resolución RS-024-08 emitida el dieciocho de septiembre del presente año, por el Consejo General del Instituto Electoral del Distrito Federal, respecto al procedimiento dispuesto en el artículo 80 del Código Electoral del Distrito Federal, instaurado en contra de la Agrupación Política local “Patria Nueva”, en términos de lo expresado en el considerando QUINTO de la presente resolución. SEGUNDO.- Se ORDENA al Consejo General del Instituto Electoral del Distrito Federal publicar los puntos resolutivos del presente fallo en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, en los estrados del propio Instituto y en su página de Internet, y una vez hecho lo anterior, informe a este Tribunal sobre su cumplimiento. NOTIFÍQUESE personalmente a la actora en el domicilio precisado en autos; por oficio a la autoridad responsable, y por estrados a los demás interesados. Hecho lo anterior, devuélvanse los documentos atinentes y archívese el expediente como asunto definitivamente concluido. Publíquese en el sitio de intenet de este Tribunal, una vez que la presente resolución haya causado estado. ASÍ por unanimidad de votos en lo general lo resolvieron y firman los Magistrados integrantes del Pleno del Tribunal Electoral del Distrito Federal, con el voto en contra en lo particular, del Magistrado Darío Velasco Gutiérrez, por disentir respecto de las consideraciones expuestas en el cuerpo de la presente sentencia, quien formula Voto Concurrente el cual corre agregado a la presente resolución como parte integrante de ésta; lo anterior ante el Secretario General, quien autoriza y da fe.- Magistrado Presidente, Adolfo Riva Palacio Neri.-Magistrado, Miguel Covián Andrade.- Magistrado, Alejandro Delint García.- Magistrado, Armando I. Maitret Hernández.- Magistrado, Darío Velasco Gutiérrez.- Secretario General, Gregorio Galván Rivera. (Firmas). PUNTOS RESOLUTIVOS DE LA SENTENCIA EMITIDA POR EL PLENO DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL, DE FECHA DIECINUEVE DE DICIEMBRE DE DOS MIL OCHO, RECAÍDA AL EXPEDIENTE IDENTIFICADO CON LA CLAVE ALFA-NUMÉRICA TEDF-JEL-055/2008, PROMOVIDO POR LA “ORGANIZACIÓN JUVENIL PARTICIPACIÓN SOCIAL ACTIVA”, AGRUPACIÓN POLÍTICA LOCAL, MEDIANTE JUICIO ELECTORAL. En cumplimiento a lo ordenado por el Pleno del Tribunal Electoral del Distrito Federal, en sesión pública de fecha diecinueve de diciembre de dos mil ocho, se procede a dar publicidad a lo dispuesto por el punto resolutivo SEGUNDO de la citada Sentencia y para los efectos que establece el artículo 2° del Código Electoral del Distrito Federal vigente. (Al margen superior izquierdo el escudo nacional que dice: “Estados Unidos Mexicanos.- TRIBUNAL ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL”). Foja número 48, párrafo tercero, 49 y 69 párrafo segundo, que dicen:
R E S U E L V E PRIMERO.- Se REVOCA la resolución RS-025-08 emitida el dieciocho de septiembre del presente año, por el Consejo General del Instituto Electoral del Distrito Federal, respecto al procedimiento dispuesto en el artículo 80 del Código Electoral del Distrito Federal, instaurado en contra de la Agrupación Política Local “Organización Juvenil Participación Social Activa”, en términos de lo expresado en el considerando TERCERO de la presente resolución.
110 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Febrero de 2009
SEGUNDO.- Se ORDENA al Consejo General del Instituto Electoral del Distrito Federal publicar los puntos resolutivos del presente fallo en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, en los estrados del propio Instituto y en su página de Internet, y una vez hecho lo anterior, informe a este Tribunal sobre su cumplimiento. NOTIFÍQUESE personalmente a la actora en el domicilio precisado en autos; por oficio a la autoridad responsable, y por estrados a los demás interesados. Hecho lo anterior, devuélvanse los documentos atinentes y archívese el expediente como asunto definitivamente concluido. Publíquese en el sitio de intenet de este Tribunal, una vez que la presente resolución haya causado estado. ASÍ por unanimidad de votos en lo general lo resolvieron y firman los Magistrados integrantes del Pleno del Tribunal Electoral del Distrito Federal, con el voto en contra en lo particular, del Magistrado Darío Velasco Gutiérrez, por disentir respecto de las consideraciones expuestas en el cuerpo de la presente sentencia, quien formula Voto Concurrente el cual corre agregado a la presente resolución como parte integrante de ésta; lo anterior ante el Secretario General, quien autoriza y da fe.- Magistrado Presidente, Adolfo Riva Palacio Neri.-Magistrado, Miguel Covián Andrade.- Magistrado, Alejandro Delint García.- Magistrado, Armando I. Maitret Hernández.- Magistrado, Darío Velasco Gutiérrez.- Secretario General, Gregorio Galván Rivera. (Firmas). PUNTOS RESOLUTIVOS DE LA SENTENCIA EMITIDA POR EL PLENO DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL, DE FECHA DIECINUEVE DE DICIEMBRE DE DOS MIL OCHO, RECAÍDA AL EXPEDIENTE IDENTIFICADO CON LA CLAVE ALFA-NUMÉRICA TEDF-JEL-056/2008, PROMOVIDO POR LA AGRUPACIÓN POLÍTICA LOCAL “CIUDADANOS UNIDOS POR MÉXICO”, MEDIANTE JUICIO ELECTORAL. En cumplimiento a lo ordenado por el Pleno del Tribunal Electoral del Distrito Federal, en sesión pública de fecha diecinueve de diciembre de dos mil ocho, se procede a dar publicidad a lo dispuesto por el punto resolutivo SEGUNDO de la citada Sentencia y para los efectos que establece el artículo 2° del Código Electoral del Distrito Federal vigente. (Al margen superior izquierdo el escudo nacional que dice: “Estados Unidos Mexicanos.- TRIBUNAL ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL”). Foja número 69, 70 y 152, que dicen:
R E S U E L V E PRIMERO.- Se REVOCA la resolución RS-027-08 emitida el dieciocho de septiembre del presente año, por el Consejo General del Instituto Electoral del Distrito Federal, respecto al procedimiento dispuesto en el artículo 80 del Código Electoral del Distrito Federal, instaurado en contra de la Agrupación Política local “Ciudadanos Unidos por México”, en términos de lo expresado en el considerando TERCERO de la presente resolución. SEGUNDO.- Se ORDENA al Consejo General del Instituto Electoral del Distrito Federal publicar los puntos resolutivos del presente fallo en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, en los estrados del propio Instituto y en su página de Internet, y una vez hecho lo anterior, informe a este Tribunal sobre su cumplimento. NOTIFÍQUESE personalmente a la actora en el domicilio precisado en autos; por oficio a la autoridad responsable y por estrados a los demás interesados. Hecho lo anterior, devuélvanse los documentos atinentes y archívese el expediente como asunto definitivamente concluido. Publíquese en el sitio de internet de este Tribunal, una vez que la presente resolución haya causado estado. ASÍ por unanimidad de votos en lo general lo resolvieron y firman los Magistrados integrantes del Pleno del Tribunal Electoral del Distrito Federal, con el voto particular del Magistrado Darío Velasco Gutiérrez, por disentir respecto de las consideraciones expuestas en el cuerpo de la presente sentencia, quien formula Voto Concurrente el cual corre agregado a la presente resolución como parte integrante de ésta, lo anterior ante el Secretario General, quien autoriza y da fe.- Magistrado Presidente, Adolfo Riva Palacio Neri.-Magistrado, Miguel Covián Andrade.- Magistrado, Alejandro Delint García.- Magistrado, Armando I. Maitret Hernández.- Magistrado, Darío Velasco Gutiérrez.- Secretario General, Gregorio Galván Rivera. (firmas).
26 de Febero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 111
PUNTOS RESOLUTIVOS DE LA SENTENCIA EMITIDA POR EL PLENO DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL, DE FECHA TREINTA DE DICIEMBRE DE DOS MIL OCHO, RECAÍDA AL EXPEDIENTE IDENTIFICADO CON LA CLAVE ALFA-NUMÉRICA TEDF-JEL-058/2008, PROMOVIDO POR EL PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO, MEDIANTE JUICIO ELECTORAL. En cumplimiento a lo ordenado por el Pleno del Tribunal Electoral del Distrito Federal, en sesión pública de fecha treinta de diciembre de dos mil ocho, se procede a dar publicidad a lo dispuesto por el punto resolutivo SEGUNDO de la citada Sentencia y para los efectos que establece el artículo 2° del Código Electoral del Distrito Federal vigente. (Al margen superior izquierdo el escudo nacional que dice: “Estados Unidos Mexicanos.- TRIBUNAL ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL”). Foja número 30, párrafo segundo, 31 y 32, que dicen:
R E S U E L V E PRIMERO.- Se MODIFICA la resolución RS-030-08, emitida el catorce de octubre de dos mil ocho, por el Consejo General del Instituto Electoral del Distrito Federal, respecto de la multa impuesta al Partido Verde Ecologista de México, con motivo de la revisión realizada a los informes anuales de ingresos y egresos así como de precampaña correspondiente al ejercicio dos mil seis. SEGUNDO.- Se deja insubsistente la multa impuesta al Partido Verde Ecologista de México con motivo de los supuestos actos anticipados de campaña, prevista en el resolutivo NOVENO de la resolución impugnada. TERCERO.- Se deja intocada la resolución RS-030-08 de catorce de octubre de dos mil ocho en todo aquello que no fue materia de la presente impugnación. CUARTO.- Se ORDENA al Consejo General del Instituto Electoral del Distrito Federal publicar los puntos resolutivos del presente fallo en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, en los estrados del propio Instituto y en su página de Internet. QUINTO.- Se instruye al Encargado de la Dirección Ejecutiva de Asociaciones Políticas para que una vez que cause estado la presente resolución, haga las anotaciones conducentes en el Libro del Registro de Agrupaciones Políticas Locales. NOTIFÍQUESE personalmente al actor en el domicilio precisado en autos; por oficio a la autoridad responsable, y por estrados a los demás interesados. Hecho lo anterior, devuélvanse los documentos atinentes y, en su oportunidad, archívese el expediente como asunto definitivamente concluido. Publíquese en el portal de intenet de este Tribunal una vez que la sentencia haya causado estado. ASÍ por unanimidad de votos lo resolvieron y firman los Magistrados integrantes del Pleno del Tribunal Electoral del Distrito Federal, ante el Secretario General, quien autoriza y da fe.- Magistrado Presidente, Adolfo Riva Palacio Neri.-Magistrado, Miguel Covián Andrade.- Magistrado, Alejandro Delint García.- Magistrado, Armando I. Maitret Hernández.- Magistrado, Darío Velasco Gutiérrez.- Secretario General, Gregorio Galván Rivera. (Firmas).
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL INSTITUTO DE VIVIENDA DEL DISTRITO FEDERAL
ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE DA A CONOCER EL LISTADO DE LA INFORMACIÓN PÚBLICA QUE DETENTA EL INSTITUTO DE VIVIENDA DEL DISTRITO FEDERAL
Lic. José Antonio Revah Lacouture, Director General del Instituto de Vivienda del Distrito Federal, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 40 y 54 fracción I de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, artículos 1, 3, 4, fracciones III y IX, y 13 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, y
Considerando Que dentro del compromiso de la actual Administración Pública del Distrito Federal, en materia de transparencia y acceso a la información, está el garantizar el efectivo acceso de toda persona a la información pública que posee como un bien de dominio público, atendiendo a los principios de información, celeridad, veracidad, publicidad y transparencia de los actos de la función pública de Gobierno en los términos y condiciones que establece la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal. De conformidad con lo señalado en el artículo 13 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, para su debida observancia, tengo a bien emitir el siguiente: Acuerdo por el cual se da a conocer el Listado de la Información Pública que detenta el Instituto de Vivienda del Distrito Federal, correspondiente al ejercicio fiscal 2009. Primero.-Se considera Información Pública la relativa a los rubros siguientes:
INSTITUTO DE VIVIENDA DEL DISTRITO FEDERAL
COORDINACIÓN DE PLANEACIÓN, INFORMACIÓN Y EVALUACIÓN
N° Rubro general Descripción del contenido Ejercicio (s) (año (s)) Medio de difusión Lugar de ubicación del expediente
1
Documentos relativos a los Órganos de Gobierno.
Contenido de los Acuerdos del Consejo Directivo. 2001 – 2008 Impreso Coordinación de Planeación,
Información y Evaluación
2
Instrumentos de coordinación, operativos y
reglamentarios.
Reglas de Operación y Políticas de Administración Crediticia y Financiera. 2001 – 2008 Electrónico e impreso Coordinación de Planeación,
Información y Evaluación
3 Instrumentos de evaluación.
Indicadores de gestión (estadísticas sobre características de los beneficiarios, financiamientos y de las acciones de vivienda, avance en el cumplimiento de metas, recuperación de créditos, escrituración, entre otros).
2007-2008 Electrónico e impreso Coordinación de Planeación, Información y Evaluación
4
Instrumentos de coordinación,
operativos y de evaluación.
Estadísticas respecto de las solicitudes de información pública y de acceso o rectificación de datos personales.
2004 – 2008 Electrónico e impreso Coordinación de Planeación, Información y Evaluación
DIRECCIÓN EJECUTIVA DE CIERRE DE FONDOS
N° Rubro general Descripción del contenido Ejercicio (s) (año (s)) Medio de difusión Lugar de ubicación del expediente
5
Instrumentos de información,
operativos y de evaluación.
Relación de predios INVI con obra terminada. 2001 - 2006 Impreso Dirección Ejecutiva de Cierre de
Fondos
6
Instrumentos de información,
operativos y de evaluación.
Relación de predios INVI con obra terminada que cuentan con Constitución de Régimen de Propiedad en Condominio.
2001 - 2006 Impreso Dirección Ejecutiva de Cierre de Fondos
DIRECCIÓN EJECUTIVA DE OPERACIÓN
DIRECCIÓN DE VIVIENDA EN CONJUNTO
N° Rubro general Descripción del contenido Ejercicio (s) (año (s)) Medio de difusión Lugar de ubicación del expediente
7 Información de tipo técnico.
Relación de predios con obra terminada financiados con crédito del Instituto, incluyendo empresa constructora asignada por los beneficiarios de crédito INVI.
2007 - 2008 Impreso Dirección de Vivienda en Conjunto
8 Información de tipo técnico.
Estadística general del porcentaje de avance de las obras que se encuentran en proceso. 2007 - 2008 Impreso Dirección de Vivienda en Conjunto
DIRECCIÓN EJECUTIVA DE OPERACIÓN
DIRECCIÓN DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDA
N° Rubro general Descripción del contenido Ejercicio (s) (año (s)) Medio de difusión Lugar de ubicación del expediente
9 Documento de tipo social.
Padrón de beneficiarios del Programa de Mejoramiento de Vivienda. 2000 - 2008 Electrónico e impreso Dirección de Mejoramiento de
Vivienda
10 Documento de tipo
programático presupuestal.
Meta física anual programada y Meta física alcanzada. 2008 Electrónico e impreso Dirección de Mejoramiento de
Vivienda
DIRECCIÓN EJECUTIVA DE OPERACIÓN
DIRECCIÓN DE ASISTENCIA TÉCNICA
N° Rubro general Descripción del contenido Ejercicio (s) (año (s)) Medio de difusión Lugar de ubicación del expediente
11 Documentos de tipo técnico.
Relación de empresas contratadas por los beneficiarios de créditos INVI (Constituyen empresas que se encuentran en el Padrón de Empresas registradas, que ya fueron elegidas por los beneficiarios de crédito para el desarrollo de algún proyecto de vivienda financiado por el Instituto).
2002 – 2008 Impreso Dirección de Asistencia Técnica Subdirección de Supervisión Técnica
12 Documentos de tipo técnico. Padrón de asesores técnicos. 2008 Impreso Dirección de Asistencia Técnica
Subdirección de Supervisión Técnica
13 Documentos de tipo técnico.
Costos de producción de vivienda financiada por el INVI (promedio por metro cuadrado).
2008 Impreso Dirección de Asistencia Técnica
14 Documentos de tipo
técnico y de evaluación.
Estadísticas sobre estudios de mercado de los materiales de construcción (de los más representativos para los proyectos del INVI).
2008 Impreso Dirección de Asistencia Técnica
15 Documentos de tipo
técnico y de evaluación.
Resultados de la evaluación de las empresas constructoras y supervisoras contratadas con crédito INVI.
2007 - 2008 Impreso Dirección de Asistencia Técnica Subdirección de Supervisión Técnica
16
Documentos relativos a los Órganos de Gobierno.
Listado de acuerdos del Comité de Evaluación Técnica del INVI (número, fecha, sesión y asunto).
2004 - 2008 Impreso Dirección de Asistencia Técnica Subdirección de Supervisión Técnica
17 Documentos de tipo técnico.
Padrón vigente de empresas constructoras, de diseño, supervisoras, de laboratorio, de control de calidad de materiales y de especialistas que participen en los Programas del Instituto.
2008 Impreso Dirección de Asistencia Técnica Subdirección de Supervisión Técnica
18 Documentos de tipo técnico.
Nombre o Razón Social de las empresas a las que le ha sido retirado el registro ante este Instituto (Son aquellas personas físicas o morales prestadoras de servicios en todas las especialidades relacionadas con la edificación de vivienda que ya no forman parte del padrón de empresas registradas ante el Instituto).
2004 – 2007 (Histórico)
2008 (Vigente)
Impreso Dirección de Asistencia Técnica
19 Documentos de tipo técnico.
Listado de proyectos que se registraron ante la Subdirección de Proyectos y que fueron turnados para evaluar costo y/o proceso de obra.
2008 Impreso Dirección de Asistencia Técnica Subdirección de Supervisión Técnica
DIRECCIÓN EJECUTIVA DE PROMOCIÓN Y FOMENTO A LOS PROGRAMAS DE VIVIENDA
DIRECCIÓN DE INTEGRACIÓN Y SEGUIMIENTO A LA DEMANDA
N° Rubro general Descripción del contenido Ejercicio (s) (año (s)) Medio de difusión Lugar de ubicación del expediente
20
Instrumentos de coordinación,
operativos y de evaluación.
Número de solicitantes registrados en la Bolsa de Vivienda. 2001-2008 Impreso Dirección de Integración y
Seguimiento a la Demanda
21 Documentos de tipo social.
Padrón de Beneficiarios del Programa de Vivienda en Conjunto (se consideran beneficiarios de crédito INVI, únicamente aquellos cuyo padrón ha sido aprobado por el Comité de Financiamiento).
2001 – 2008 Impreso Dirección de Integración y Seguimiento a la Demanda
22 Documento de tipo social.
Nombre o razón social o representante registrado que, representa alguna gestión de crédito ante el INVI.
2001 - 2008 Impreso Dirección de Integración y Seguimiento a la Demanda
DIRECCIÓN EJECUTIVA DE ASUNTOS JURÍDICOS E INMOBILIARIA DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS
N° Rubro general Descripción del contenido Ejercicio (s) (año (s)) Medio de difusión Lugar de ubicación del expediente
23 Documento de tipo jurídico.
Nombre o razón social de las organizaciones sociales sancionadas por el Consejo Directivo del Instituto de Vivienda del Distrito Federal (INVI).
2001 – 2007 (Histórico)
2008 (Vigente)
Impreso Dirección de Asuntos Jurídicos
24 Documento de tipo jurídico. Listado de Predios Expropiados. 2006 - 2008 Impreso Dirección de Asuntos Jurídicos
DIRECCIÓN EJECUTIVA DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN
DIRECCIÓN DE FINANZAS
N° Rubro general Descripción del contenido Ejercicio (s) (año (s)) Medio de difusión Lugar de ubicación del expediente
25 Documentos de tipo financiero. Programas Operativos Anuales. 2001 – 2008 Impreso Dirección de Finanzas
26
Documentos relativos a los Órganos de Gobierno.
Contenido de los Acuerdos del Comité de Financiamiento. 2001 - 2008 Impreso Dirección de Finanzas
27 Documentos de tipo financiero.
Presupuesto asignado y su distribución por programas. 2001 – 2008 Impreso Dirección de Finanzas
28 Documentos de tipo financiero.
Registro de Ingresos propios del Instituto a nivel global. 2001 – 2008 Impreso Dirección de Finanzas
29 Documentos de tipo financiero.
Ejercicio global de los distintos programas del Instituto. 2007 – 2008 Impreso Dirección de Finanzas
30 Documentos de tipo financiero. Cumplimiento de metas. 2007 – 2008 Impreso Dirección de Finanzas
31 Documentos de tipo financiero. Estados financieros globales consolidados. 2001 – 2008 Electrónico e impreso Dirección de Finanzas
32 Documentos de tipo financiero.
Avance global de la recuperación de los créditos. 2001 – 2008 Electrónico e impreso Dirección de Finanzas
33 Documentos de tipo financiero. Información general de la Cuenta Pública. 2001 – 2008 Electrónico e impreso Dirección de Finanzas
34 Documentos de tipo financiero.
Resultado de todo tipo de auditorias concluidas. 2001 – 2008 Electrónico e impreso Dirección de Finanzas
DIRECCIÓN EJECUTIVA DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS
N° Rubro general Descripción del contenido Ejercicio (s) (año (s)) Medio de difusión Lugar de ubicación del expediente
35 Documentos de tipo administrativo.
Directorio de Servidores Públicos, desde el nivel de Director General, hasta Jefe de Unidad Departamental, (con nombre, cargo, ubicación, teléfono y extensión y en su caso correo electrónico).
2008 Electrónico e impreso Dirección de Administración
36 Documentos de tipo administrativo. Estructura orgánica. 2008
(vigente) Impreso Dirección de Administración
37 Documentos de tipo administrativo.
Descripción de los cargos y funciones de los Servidores Públicos, desde el nivel de Director General, hasta Jefe de Unidad Departamental, que laboran en el Instituto.
2008 Electrónico e impreso Dirección de Administración
38 Documentos de tipo administrativo.
Tabulador de sueldos para el personal de estructura, mandos medios y superiores y personal técnico operativo.
2008 Impreso Dirección de Administración
39 Documentos de tipo administrativo. Condiciones generales de trabajo. 2008
(vigente) Impreso Dirección de Administración
40 Documentos de tipo administrativo.
Manual Administrativo del Instituto en su fase de organización, procedimiento y Manuales Específicos de Operación.
2008 (vigente) Electrónico e impreso Dirección de Administración
41 Documentos de tipo administrativo.
Relación de bienes de la entidad, monto al que ascienden los mismos (siempre que su valor sea superior a trescientas cincuenta veces el salario mínimo vigente en el Distrito Federal).
2008 Electrónico e impreso Dirección de Administración
42 Documentos de tipo administrativo.
Relación de actos y contratos suscritos en materia de adquisiciones o arrendamientos de bienes y servicios.
2001 – 2008 Electrónico e impreso Dirección de Administración
43 Documentos de tipo administrativo.
Erogaciones realizadas en materia de adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios.
2001 – 2008 Electrónico e impreso Dirección de Administración
Segundo.- De conformidad con el artículo 4 fracción IX de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, la lista anterior considerada información pública, comprende todo archivo, registro o dato contenido en cualquier medio, documento o registro impreso, óptico, electrónico, magnético, químico, físico o biológico que se encuentre en poder del Instituto y que no haya sido previamente clasificado como de acceso restringido. Tercero.- El acceso a la información pública será a solicitud expresa del interesado, en términos de los artículos 11, 32, 45, 47, 48 y demás aplicables de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, a través de la Oficina de Información Pública del Instituto de Vivienda del Distrito Federal, ubicada en Avenida Morelos No. 98, planta baja, colonia Juárez, delegación Cuauhtémoc, C.P. 06600, México Distrito Federal, de Lunes a Viernes, dentro del horario comprendido de las 09:00 a las 15:00 horas. Cabe mencionar que la información correspondiente al artículo 14 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal podrá consultarse de manera directa en la página de Internet www.invi.df.gob.mx.
Cuarto.- El acceso a la información contenida en el listado anterior, se encuentra disponible a partir de la fecha de entrada en vigor del presente acuerdo.
Transitorio Único.- El presente acuerdo entra en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
México, Distrito Federal, a 30 de enero del dos mil nueve.
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL. DELEGACIÓN BENITO JUÁREZ
DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS Y DESARROLLO URBANO LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
Convocatoria: 001 (Local) El Ingeniero Arquitecto Rigoberto J. Carmona Roano, Director General de Obras y Desarrollo Urbano del Órgano Político Administrativo Delegación Benito Juárez, en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de los Artículos 3° apartado A fracción I, 23 párrafo primero, 24 apartado A , 25 apartado A fracción I y 44 fracción I inciso a de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, convoca a las personas físicas y morales que tengan la capacidad técnica y financiera de llevar a cabo los trabajos descritos a continuación, para participar en la Licitación Pública Nacional para la adjudicación del contrato a base de precios unitarios por unidad de concepto de trabajo terminado, con cargo al presupuesto de la Delegación, según Oficio de Autorización de la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal No. SE/0239/2009 de fecha 05 de Enero del 2009.
No. de licitación Costo de las bases Fecha límite para adquirir las bases
Acto de visita al lugar de los trabajos
Acto de Junta de aclaraciones
Acto de Presentación y Apertura del sobre único Acto de Fallo
30001118-001-09 $ 2,500.00
Costo en CompraNet: $2,250.00
02/03/09 16:00 hrs.
03/03/09 11:00 hrs.
09/03/09 11:00 hrs.
13/03/09 11:00 hrs.
19/03/09 11:00 hrs.
Clave FSC (CCAOP)
Descripción general de la obra
Fecha posible de inicio
Plazo de ejecución
Capital contable requerido
1020504 OBRA DE : MANTENIMIENTO DE BANQUETAS Y GUARNICIONES (PRIMERA ETAPA).EN LAS 56 COLONIAS DE LA DELEGACIÓN BENITO JUÁREZ. 23/03/08 284
DÍAS $ 3’727,000.00
1. La ubicación de las obras es dentro del perímetro Delegacional. 2. La reunión para realizar el Acto relativo a la visita al sitio de la ejecución de la obra pública será en la Unidad Departamental de Concursos y Precios Unitarios de
la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano, ubicada en la planta baja del edificio sede Delegacional, en Av. División del Norte No. 1611, Colonia Santa Cruz Atoyac.
3. La celebración del Acto de Junta de Aclaraciones se llevará a cabo en la sala de juntas de la Unidad Departamental de Concursos y Precios Unitarios de la
Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano, ubicada en la planta baja del edificio sede Delegacional, en Av. División del Norte No. 1611, Colonia Santa Cruz Atoyac. Es obligatoria la asistencia de personal calificado, el cual se acreditará con cédula profesional, certificado técnico o carta de pasante (original y copia), así mismo documento membretado para la presentación del asistente, avalado por el apoderado legal de la persona física o moral.
4. Para el desarrollo de esta obra no se otorgarán anticipos.
5. Los interesados en comprar las bases de las licitaciones deberán acreditar la especialidad para los trabajos a realizar, presentando original y copia de la constancia
del Registro de Concursante expedida por la Secretaría de Obras y Servicios del Distrito Federal, actualizada conforme al artículo 25 del Reglamento de la Ley de Obras Publicas del Distrito Federal.
6. Las proposiciones deberán presentarse en idioma español, así como la moneda en que deberán cotizarse dichas proposiciones será Peso Mexicano. 7. Los Actos de presentación y apertura de sobre único y el Fallo se llevarán a cabo en la sala de juntas de la Unidad Departamental de Concursos y Precios
Unitarios de la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano, ubicada en la planta baja del edificio sede Delegacional, en Av. División del Norte No. 1611, Colonia Santa Cruz Atoyac.
8. Los interesados podrán adquirir las bases por el Sistema de CompraNet http://compranet.gob.mx o de forma directa en la Unidad Departamental de Concursos y
Precios Unitarios de la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano, ubicada en la planta baja del edificio sede Delegacional en Av. División del Norte No. 1611, Colonia Santa Cruz Atoyac, a partir de la fecha de publicación de esta convocatoria y hasta el día 02 de Marzo del presente año, de 10:00 a 16:00 horas.
9. El costo de las bases para el concurso será de $2,500.00 si se adquiere directamente en la Delegación, mediante cheque de caja o certificado expedido por
institución bancaria autorizada para operar en el Distrito Federal a nombre de la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal y $ 2,250.00 por el Sistema de CompraNet mediante los recibos que genera el sistema.
10. Se adjudicará el contrato a la empresa que, de entre los licitantes, reúna las condiciones Legales, Técnicas, Económicas, Financieras y Administrativas requeridas
por la convocante, y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas.
11. Si resultare que dos o más proposiciones son solventes porque satisfacen la totalidad de los requerimientos solicitados, el contrato se adjudicará a quien presente la proposición cuyo precio sea el más bajo.
MÉXICO, D. F. A 26 DE FEBRERO DEL 2009
ATENTAMENTE
DIRECTOR GENERAL DE OBRAS Y DESARROLLO URBANO EN LA DELEGACIÓN BENITO JUÁREZ
(Firma)
Ing. Arq. Rigoberto J. Carmona Roano
GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL DELEGACIÓN IZTAPALAPA
Convocatoria: 001 El Gobierno del Distrito Federal, por conducto de la C.P. Hilda Marina Concha Viloria, Directora General de Administración en Iztapalapa, en observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134, y de conformidad con los artículos 26, 27 inciso A), 28 y 30 fracción I de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, se convoca a los interesados en participar en la Licitación Pública de carácter Nacional, para la Adquisición de Despensas de conformidad con lo siguiente:
No. de licitación Costo de las bases Fecha límite para Adquirir bases
Junta de aclaraciones
Presentación de proposiciones y apertura de documentos
legales, técnica y económica
Fallo
30001024-001-09 En convocante $ 1,000.00 En compranet: $950.00
• Las bases de la licitación se encuentran disponibles para consulta y venta en Internet: http://www.compranet.gob.mx o bien en la Coordinación de Adquisiciones, ubicada en: Aldama Número 63, Colonia barrio de San Lucas, C.P. 09000, Iztapalapa, Distrito Federal, teléfono: 5445-1092, los días 26 y 27 de febrero y 02 de marzo de 2008; con el siguiente horario: 9:00 a 14:00 horas. La forma de pago es: Mediante Cheque certificado o de caja de banco local a nombre de la Secretaria de Finanzas del Distrito Federal y en compranet mediante los recibos que genera el sistema.
• La junta de aclaraciones los actos de presentación de proposiciones y apertura de las propuestas técnicas, así como la apertura de propuestas económicas y fallo, se llevarán a cabo en la sala de juntas de la Dirección General de Administración ubicada en: Comonfort s/n esquina Ayuntamiento, Colonia Barrio San Lucas, C.P. 09000, Iztapalapa, Distrito Federal.
• El (los) idioma (s) en que deberá(n) presentar (se) la (s) proposición (es) será (n): Español. • La (s) moneda (s) en que deberá (n) cotizar (se) la (s) proposición (es) será (n): Peso mexicano. • Lugar de entrega: Según bases, los días: Según bases, en el horario de entrega. Según bases. • Plazo de entrega: Según bases. • El pago se realizará: 20 días hábiles posteriores a la fecha de aceptación de facturas. No se otorgará anticipo. • Responsables del procedimiento: C.P. Pedro Montaño Romero, Coordinador de Adquisiciones y/o C. Silvia Irene Jiménez Gaitán, J.U.D. de Concursos. • Responsable de la evaluación cuantitativa y cualitativa de las proposiciones técnicas; Juana Inés Galván Mendoza, Directora General de Desarrollo Social. • Ninguna de las condiciones establecidas en las bases de la licitación, así como las proposiciones presentadas por los licitantes, podrán ser negociadas. • No podrán participar las personas físicas o morales que se encuentren en cualquiera de los supuestos del artículo 39 de la Ley de Adquisiciones para el
Distrito Federal. MÉXICO, D.F., A 26 DE FEBRERO DE 2009.
(Firma) C.P. HILDA MARINA CONCHA VILORIA
DIRECTORA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL SERVICIOS DE SALUD PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL
Licitación Pública Internacional Convocatoria: 001
El Lic. Fernando Gerardo Padilla Lezama, Director de Administración y Finanzas de los Servicios de Salud Pública del Distrito Federal, en observancia a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su Artículo 134 y de conformidad a los Artículos 26, 27 inciso A, 28, 30 Fracción II, 32, 33, 37 Frac. I y II, 39 y 43 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, convoca a los interesados en participar en la Licitación Pública Internacional para la Adquisición de “Medicinas y Productos Farmacéuticos”, de conformidad con lo siguiente:
No. De licitación Costo de las bases Fecha límite para adquirir bases
Junta de aclaraciones Presentación y Apertura de Sobre
Fallo
30105002-001-09 $2,000.00 Costo CompraNet:
$1,800.00
02-03-09 03-03-09 10:00 horas
06-03-09 10:00 horas
11-03-09 13:00 horas
Partida N°
Clave Descripción Unidad de Medida Presentación Cantidad
1 574 Captopril Tabletas Envase con 30 tabletas 147484 2 1042 Glibenclamida Tabletas Envase con 50 tabletas 147793 3 1050 Insulina humana acción intermedia NPH Suspensión Inyectable Un frasco ámpula con 10 ml 12958 4 2501 Enalapril Tabletas Envase con 30 tabletas 60767 5 5165 Metformina Tabletas Envase con 30 tabletas 212347
• La junta de aclaraciones se llevará a cabo el día 03 de marzo a las 10:00 horas. • El Acto de presentación de la documentación legal y administrativa, propuesta técnica y económica, será el día: 06 de marzo de 2009 a las 10:00 horas. • Fecha de fallo: 11 de marzo de 2009 a las 13:00 horas. • Nombre del Servidor Público responsable de la licitación: C. P. José Manuel Ramírez Camacho, Subdirector de Adquisiciones. • Los eventos de esta licitación se efectuarán en la Sala de Juntas de la Coordinación de Recursos Materiales y Servicios Generales de los Servicios de
Salud Pública del Distrito Federal, ubicada en el 3er. piso del domicilio de la Convocante. • Los plazos señalados en la Convocatoria se computarán a partir de su publicación en la Gaceta Oficial del Gobierno del Distrito Federal. • La forma de pago de las bases es con cheque certificado o de caja a favor de Servicios de Salud Pública del Distrito Federal, el cual deberá ser entregado en la
Caja General, ubicada en el 3er. piso de la dirección indicada, en horario de 9:00 a 15:00 Horas. • Las bases de la licitación se encuentran disponibles para consulta y venta en la Subdirección de Adquisiciones, ubicada en Xocongo No. 225, tercer piso,
Colonia Tránsito C.P. 06820, Cuauhtémoc, D. F.; en el siguiente horario: De 9:00 a 15:00 horas de lunes a viernes, y en Internet: http:web//compranet.gob.mx. • Esta licitación no se realiza bajo la cobertura de ningún tratado. • Plazo de Entrega de los Bienes: de conformidad a lo establecido en las Bases. • Idioma en que deberán presentarse las proposiciones: Español. La(s) moneda(s) en que deberá(n) cotizarse la(s) proposición(es) será(n): Peso Mexicano. • Condiciones de pago: Dentro de los 20 días hábiles posteriores a la entrega de la factura correspondiente; no se otorgarán anticipos.
México, Distrito Federal a 26 de febrero de 2008. (Firma)
LIC. FERNANDO GERARDO PADILLA LEZAMA Director de Administración y Finanzas
122 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Febrero de 2009
SECCIÓN DE AVISOS
PRESTADORA DE SERVICIOS DE RADIOCOMUNICACIÓN, S.A. DE C.V.
AVISO DE TRANSFORMACIÓN
Con la finalidad de dar cumplimiento a lo establecido por el artículo 223 de la Ley General de Sociedades Mercantiles se hace constar que mediante la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de Prestadora de Servicios de Radiocomunicación, S.A. de C.V. celebrada el día 19 de febrero de 2009, se tomaron los siguientes acuerdos:
PRIMERO. Se aprobó la transformación de Prestadora de Servicios de Radiocomunicación, S.A. de C.V. en una Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable. La transformación surtirá efectos frente a terceros tres meses después de haberse efectuado la inscripción del acuerdo de transformación correspondiente en el Registro Público de Comercio del Distrito Federal. La transformación quedará sin efectos sin necesidad de declaración judicial, en caso de que cualquier acreedor se oponga a la transformación dentro del término que establece el artículo 224 de la Ley General de Sociedades Mercantiles y dicha oposición interpuesta no quede resuelta judicialmente dentro de un plazo de 6 meses contados a partir de la fecha en que el acreedor de que se trate se hubiere opuesto a la transformación.
SEGUNDO. Se aprobó el Balance General de Prestadora de Servicios de Radiocomunicación, S.A. de C.V. al 31 de diciembre de 2008, en la forma y términos en que fue presentado a consideración de la Asamblea y que se toma como base para la transformación de la misma. TERCERO. Se aprobaron los estatutos sociales que regirán a la misma, una vez que surta efectos el acuerdo de transformación.
Se comunica a socios y acreedores que el texto completo de las resoluciones adoptadas por la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de Prestadora de Servicios de Radiocomunicación, S.A. de C.V. se encuentra a su disposición en el domicilio social de Prestadora de Servicios de Radiocomunicación, S.A. de C.V., ubicado en Paseo de los Tamarindos número 90 Piso 29, Colonia Bosques de las Lomas, Delegación Cuajimalpa, C.P. 05120, México, Distrito Federal .
México D.F., a 19 de febrero de 2009
(Firma) _____________________________________
Antonio Garza Cánovas Delegado Especial
26 de Febero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 123
PRESTADORA DE SERVICIOS DE RADIOCOMUNICACIÓN, S.A. de C.V.
BALANCE GENERAL
Cifras expresadas en miles de pesos
31 de diciembre de 2008 31 de diciembre de 2007 Activo ACTIVO CIRCULANTE Efectivo e inversiones temporales $67,000 $22,803 Cuentas por cobrar: Impuestos por recuperar $12´483,319 $7´102,462 Deudores diversos $14,392 14,392 Partes relacionadas 3´595,989 254´323,554 Total activo 16´160,700 261´463,211 Pasivo y Capital Contable PASIVO A CORTO PLAZO Impuestos y gastos acumulados 17´897,674 73´480,432 Partes relacionadas 1,117´709,274 1,243´756,596 Suma el pasivo total 1,135´606,948 1,317´237,028 CAPITAL CONTABLE Capital social 51´887,049 51´887,049 Déficit (1,167´791,529) (1,104´119,097) Insuficiencia en la actualización del capital contable (3’541,768) (3’541,768) Total capital contable (1,119´446,248) (1,055´773,817) Total pasivo y capital contable 16´160,700 261´463,211 (firma) (Firma) Esteban Naranjo Director de Contraloria
124 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Febrero de 2009
SERVICIOS NII, S.A. DE C.V.
AVISO DE TRANSFORMACIÓN
Con la finalidad de dar cumplimiento a lo establecido por el artículo 223 de la Ley General de Sociedades Mercantiles se hace constar que mediante la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de Servicios NII, S.A. de C.V. celebrada el día 19 de febrero de 2009, se tomaron los siguientes acuerdos: PRIMERO. Se aprobó la transformación de Servicios NII, S.A. de C.V. en una Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable. La transformación surtirá efectos frente a terceros tres meses después de haberse efectuado la inscripción del acuerdo de transformación correspondiente en el Registro Público de Comercio del Distrito Federal. La transformación quedará sin efectos sin necesidad de declaración judicial, en caso de que cualquier acreedor se oponga a la transformación dentro del término que establece el artículo 224 de la Ley General de Sociedades Mercantiles y dicha oposición interpuesta no quede resuelta judicialmente dentro de un plazo de 6 meses contados a partir de la fecha en que el acreedor de que se trate se hubiere opuesto a la transformación.
SEGUNDO. Se aprobó el Balance General de Servicios NII, S.A. de C.V. al 31 de diciembre de 2008, en la forma y términos en que fue presentado a consideración de la Asamblea y que se toma como base para la transformación de la misma. TERCERO. Se aprobaron los estatutos sociales que regirán a la misma, una vez que surta efectos el acuerdo de transformación.
Se comunica a socios y acreedores que el texto completo de las resoluciones adoptadas por la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de Servicios NII, S.A. de C.V. se encuentra a su disposición en el domicilio social de Servicios NII, S.A. de C.V., ubicado en Paseo de los Tamarindos número 90 Piso 29, Colonia Bosques de las Lomas, Delegación Cuajimalpa, C.P. 05120, México, Distrito Federal .
México D.F., a 19 de febrero de 2009
(Firma) _____________________________________
Antonio Garza Cánovas Delegado Especial
26 de Febero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 125
SERVICIOS NII, S.A. de C.V.
BALANCE GENERAL
Cifras expresadas en miles de pesos
31 de diciembre de 2008 31 de diciembre de 2007 Activo ACTIVO CIRCULANTE Efectivo e inversiones temporales $65,009 $3,850 Cuentas por cobrar: Impuestos por recuperar $342,974 $317,114 Deudores diversos $1,741 $1 Partes relacionadas $6,424 $1´557,403 Total activo $416,148 $1´878,367 Pasivo y Capital Contable PASIVO A CORTO PLAZO Impuestos y gastos acumulados $2,533 $28,751 Partes relacionadas $2´618,592 $3´897,339 Inversión en subsidiarias $403,402 $403,402 Suma el pasivo total $3´024,527 $4´329,492 CAPITAL CONTABLE Capital social $35,784 $35,784 Deficit ($2´644,163) ($2´486,908) Total capital contable $(2´608,379) ($2´451,125) Total pasivo y capital contable $416,148 $1´878,367 (firma) (Firma) Esteban Naranjo Director de Contraloria
126 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Febrero de 2009
RIO GRANDE SERVICES, S. DE R.L. DE C.V.
ACUERDO SOBRE LA DISTRIBUCIÓN PARCIAL DEL HABER SOCIAL DE RÍO GRANDE SERVICES S. DE
R.L. DE C.V. Y BALANCE FINAL DE LIQUIDACIÓN Mediante Asamblea de Socios de la Sociedad de fecha 15 de enero de 2009, se aprobó el balance final de liquidación de la Sociedad y su publicación junto con el acuerdo de distribución parcial del haber social. Con fundamento en el artículo 243 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, a continuación se publica el balance final de liquidación y las resoluciones Tercera y Cuarta de la Asamblea: “TERCERA.- La parte que a cada socio corresponda en el haber social se distribuirá en proporción a la participación que cada uno de los socios tenga en el mismo. CUARTA.- En cumplimiento de lo establecido en el artículo 243 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, el acuerdo sobre distribución parcial del haber social se deberá publicar junto con el último balance de la Sociedad en el periódico oficial del domicilio de la Sociedad o en el Diario Oficial de la Federación.”
RIO GRANDE SERVICES, S. DE R.L. DE C.V. (EN LIQUIDACIÓN)
BALANCE FINAL DE LIQUIDACIÓN AL 15 DE ENERO DE 2009
Activo Otros activos 50,000.00 Total del Activo 50,000.00 Pasivo Otros pasivos 0.00 Total del Pasivo 0.00 Capital Contable Capital Social 50,000.00 Total del Capital Contable 50,000.00 Suma Pasivo y Capital Contable 50,000.00
(Firma) ___________________________
Lic. Ernesto Flores Vizcarra El liquidador
26 de Febero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 127
MERCADOTECNIA EN DERMATOLOGÍA DARIER, S.C. AVISO DE TRANSFORMACIÓN TRANSFORMACIÓN DE MERCADOTECNIA EN DERMATOLOGÍA DARIER S.C., A UNA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE. De conformidad con el artículo 223 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se informa que en virtud de las resoluciones Unánimes de los socios de Mercadotecnia en Dermatología Darier, S.C., de fecha 1º de diciembre de 2008, se resolvió aprobar los puntos que a continuación se indican: I.1. “Se acuerda transformar la empresa "MERCADOTECNIA EN DERMATOLOGIA DARIER", SOCIEDAD CIVIL a "MERCADOTECNIA EN DERMATOLOGIA DARIER", "SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA" DE CAPITAL VARIABLE reformando al efecto la totalidad de los estatutos sociales de la sociedad, como más adelante se indica.” I.2. “Derivado de la transformación aprobada en el inciso I.1 anterior, se acuerda que las personas que sean designadas como Delegados Especiales de la presente Asamblea, deberán llevar a cabo las publicaciones en la Gaceta del Distrito Federal o Diario Oficial de la Federación, tanto del acuerdo de transformación como del último Balance de la Sociedad, de conformidad con lo establecido en los artículos 223 y 228 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, así como la protocolización y todas aquellas formalidades y requisitos establecidos por las leyes aplicables.” México, D.F., a 1° de diciembre de 2008. Director General Ricardo Jesús Spínola Sevilla (Firma) MERCADOTECNIA EN DERMATOLOGÍA DARIER, S.C. ESTADO DE POSICIÓN FINANCIERA AL 01 DE DICIEMBRE DE 2008 (Pesos Corrientes del 01 de Diciembre 08)
Activo Diciembre 2008 Activo Circulante Efectivo 950.362 Clientes - Neto 15.047.077 Otras Cuentas por Cobrar 308.231 Impuestos a Favor 565.542 Suma Circulante 16.871.212 Otros Activos - Neto 2.419 Suma el Activo 16.873.631
Pasivo Corto Plazo Proveedores 24.660 Acreedores Diversos 1.539.931 IVA por Pagar 2.402.566 ISR por Pagar 850.844 ISR por Pagar Diferido 2.020.762 PTU por pagar 336.204 Impuestos por pagar 901.397 Suma Pasivo 8.076.364
Capital Contable Capital Social 7.591 Resultados Acumulados 6.971.041 Resultado del Ejercicio 1.817.267 Exceso / Insuficiencia por Actualización 1.368 Suma el Capital Contable 8.797.267
Suma Pasivo y Capital 16.873.631
(0)
128 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Febrero de 2009
“ARRENDAMIENTO DE MAQUINARIA Y EQUIPO RODANTE”, S.A. DE C.V.
DISMINUCION DE CAPITAL
Con fundamento en el artículo 9 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se notifica el acuerdo tomado en Asamblea General Extraordinaria de Accionistas, celebrada el día 3 de diciembre de 2008.
ACUERDO: Disminuir el capital social fijo de la sociedad en la cantidad de DOCE MIL QUINIENTOS PESOS,
MONEDA NACIONAL, mediante la amortización de 12,500 (DOCE MIL QUINIENTAS) acciones con valor nominal de $1.00 M.N. (UN PESO, MONEDA NACIONAL) cada una.
Se notifica lo anterior para todos los efectos legales a que haya lugar.
MÉXICO, D.F., A 3 DE DICIEMBRE DE 2008.
“ARRENDAMIENTO DE MAQUINARIA Y EQUIPO RODANTE”, S.A. DE C.V.
(Firma) _______________________________
ING. JAIME ALBERTO QUINTANA CAYÓN
ADMINISTRADOR UNICO
“MANTENIMIENTO SEA”, S.A. DE C.V.
DISMINUCION DE CAPITAL
Con fundamento en el artículo 9 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se notifica el acuerdo tomado en
Asamblea General Extraordinaria de Accionistas, celebrada el día 3 de diciembre de 2008.
ACUERDO: Disminuir el capital social fijo de la sociedad en la cantidad de $5,000.00 M.N. (CINCO MIL PESOS, MONEDA NACIONAL), mediante la amortización de 5,000 acciones con valor nominal de $1.00 M.N. (UN PESO, MONEDA NACIONAL) cada una.
Se notifica lo anterior para todos los efectos legales a que haya lugar.
MÉXICO, D.F., A 3 DE DICIEMBRE DE 2008.
“MANTENIMIENTO SEA”, S.A. DE C.V.
(Firma) _______________________________
ING. JAIME ALBERTO QUINTANA CAYÓN ADMINISTRADOR UNICO
26 de Febero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 129
PROYECTO CONSTRUCCION Y MANTENIMIENTO CIVIL S.A. DE C.V. BALANCE FINAL DE LIQUIDACIÓN AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2008
ACTIVO PASIVO
EFECTIVO EN CAJA Y BANCOS $0.00 CUENTAS Y DOCUM POR PAGAR $0.00 CUENTAS Y DOCUM POR COBRAR $0.00 CONTRIBUCIONES POR PAGAR $0.00 CONTRIBUCIONES A FAVOR $0.00 SUMA ACTIVO $0.00 SUMA PASIVO $0.00 CAPITAL SOCIAL $0.00 APORT. PARA FUT. AUMENTOS DE CAPITAL $0.00 PERDIDAS ACUMULADAS $0.00 TOTAL DE CAPITAL CONTABLE $0.00 TOTAL ACTIVO $0.00 TOTAL PASIVO $0.00
(Firma)
JOSE LUIS ZARATE GALLEGOS LIQUIDADOR
ASESORES CORPORATIVOS FISCALISTAS Y ASOCIADOS S.C. ( EN LIQUIDACION)
BALANCE FINAL DE LIQUIDACION AL 31 DE DICIEMBRE DE 2007
ACTIVOS CAJA 10,800 CUENTAS POR COBRAR 272,895 TOTAL ACTIVO 283,695 PASIVOS CUENTAS POR PAGAR 200,614 TOTAL PASIVO 200,614 CAPITAL CAPITAL SOCIAL 50,000 UTILIDADES ACUMULADAS 33,081 TOTAL CAPITAL CONTABLE 83,081 TOTAL PASIVO Y CAPITAL 283,695
La publicación se hace en cumplimiento a lo dispuesto en el articulo 247 de la Ley General de Sociedades Mercantiles
México, D.F. a 3 DE FEBRERO DEL 2009
Liquid.: C. JOSE LUIS SERDIO CALDERON (Firma)
130 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Febrero de 2009
SERVICIOS LANZ, S.A. DE CV. BALANCE FINAL DE LIQUIDACION AL 31 DE DICIEMBRE DE 2008
ACTIVO 50.000.00 TOTAL DE ACTIVO 50.000.00 TOTAL DE PASIVO 0 CAPITAL CAPITAL SOCIAL 50.000.00 UTILIDAD DE EJERCICIOS ANTERIORES 0 UTIÑLIDAD DEL EJERCICIO 0 TOTAL DE CAPITAL SOCIAL 50.000.00 TOTAL DE CAPITAL Y PASIVO 50.000.00
(Firma)
México, D.F. a 31 de diciembre del 2008 Liquid.: C. Lazaro Osorio y Escalona
SERVICIOS PROJET, S.A. DE CV. BALANCE FINAL DE LIQUIDACION AL 31 DE DICIEMBRE DE 2008
ACTIVO 50.000.00 TOTAL DE ACTIVO 50.000.00 TOTAL DE PASIVO 0 CAPITAL CAPITAL SOCIAL 50.000.00 UTILIDAD DE EJERCICIOS ANTERIORES 0 UTIÑLIDAD DEL EJERCICIO 0 TOTAL DE CAPITAL SOCIAL 50.000.00 TOTAL DE CAPITAL Y PASIVO 50.000.00
(Firma)
México, D.F. a 31 de diciembre del 2008 Liquid.: C. Lazaro Osorio y Escalona
CREACIONES BIRKS, SA DE CV
BALANCE FINAL DE LIQUIDACION AL 30 DE SEPTIEMBRE DEL 2008
( EN PESOS )
ACTIVO PASIVO
CIRCULANTE EXIGIBLE
CAJA 0 PROVEEDORES 0 BANCOS 0 IMPUESTOS POR PAGAR 0 CLIENTES 0 IVA POR TRASLADAR 0
INVENTARIOS 0 PART. DE UTLS. POR REPARTIR 0
ANTC. A PROV. P. MORALES 0 CREDITO BANCARIOS 0 IMPUESTOS POR COMPENSAR 308,138 SUELDOS POR PAGAR 0 IMPUESTOS ANTICIPADOS 0 ACREEDORES DIVERSOS 0 IVA POR ACREDITAR 0 ANTICIPO DE CLIENTES 0
SUMA CIRCULANTE: 308,138 SUMA PASIVO: 0
FIJO CAPITAL CONTABLE EQUIPO DE TRANSPORTE 0 CAPITAL SOCIAL FIJO 15,000 DEP.ACUM.EQUIP.TRANSPORTE 0 CAPITAL SOCIAL VARIABLE 170,000 MAQ. Y EQ. DE TALLER 0 RESERVA LEGAL 109,001
DEP.DE MAQ. Y EQ. DE TALLER 0 RESULTADO DE EJERCICIOS ANT. 771,217
PERDIDAS Y GANANCIAS -757,080
SUMA FIJO: 0 SUMA CAPITAL: 308,138 SUMA ACTIVO TOTAL $ 308,138 SUMA PASIVO Y CAPITAL: $ 308,138
(Firma)
_______________________________________ SR. ISAAC DICHI BETECH
LIQUIDADOR
132 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Febrero de 2009
LA VASCONIA (ESPAÑA), S.A.
FE DE ERRATAS
AL AVISO DE DISMINUCIÓN DEL CAPITAL SOCIAL
Que fue publicado el dia 12 de febrero de 2009 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal Décima Séptima Época número 525 en la página 35, debiendo ser publicado la Gaceta Oficial del Distrito Federal del dia 17 de febrero de 2009.
AVISO DE DISMINUCIÓN DEL CAPITAL SOCIAL De conformidad con las resoluciones adoptadas en la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de La Vasconia (España), S.A., celebrada el 15 de diciembre de 2008, y en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 9 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se informa lo siguiente: La citada Asamblea de Accionistas aprobó la disminución del capital social de la sociedad en comento, mediante el reembolso de capital a la sociedad denominada Grupo Vasconia, S.A.B., en la cantidad de $14´950,000.00 M.N. (Catorce Millones Novecientos Cincuenta Mil Pesos 00/100 Moneda Nacional), con lo cual el C.P. José Ramón Elizondo Anaya, que es el otro accionista de la Sociedad, manifestó su conformidad de manera expresa. Como consecuencia de lo anterior, el capital social de La Vasconia (España), S.A., queda en la suma de $50,000.00 M.N. (Cincuenta Mil Pesos 00/100 Moneda Nacional), y está representado por 50 acciones ordinarias, nominativas, sin expresión de valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas, lo que se hace del conocimiento de los acreedores de la sociedad, para que, en su caso, acudan a la autoridad judicial a ejercer el derecho de oposición que les confiere el referido artículo 9 de la Ley General de Sociedades Mercantiles.
México, D.F. a 6 de enero de 2009 (Firma)
Emmanuel Reveles Ramírez Administrador Único y Delegado de la Asamblea
EL JEFE DE LA UNIDAD DEPARTAMENTAL DE PUBLICACIONES Y TRAMITES FUNERARIOS
(Firma)
LIC. MARCOS MANUEL CASTRO RUIZ
26 de Febero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 133
MUNDO UPA, S.A. DE C.V.
AVISO
Mediante Asamblea General Anual Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de Mundo UPA, S.A. de C.V. (la “Sociedad”) celebrada el día 13 de enero de 2009, se acordó, entre otros asuntos, la disminución del capital mínimo fijo de la Sociedad en la cantidad de $79,180.00 M.N. (setenta y nueve mil ciento ochenta pesos 00/100 Moneda Nacional), mediante la cancelación de 79,180 (setenta y nueve mil ciento ochenta) acciones representativas del capital mínimo fijo de la sociedad pendientes de pago por sus titulares, liberando a los accionistas titulares de dichas acciones de la obligación de pagar el precio de suscripción y las primas sobre las mismas. El presente aviso se publicará por tres veces con intervalos de diez días, de conformidad con lo dispuesto por el artículo noveno de la Ley General de Sociedades Mercantiles.
México, Distrito Federal a 13 de enero de 2009.
Delegado de la Asamblea
(Firma)
_____________________________________ Francisco José Pérez Ortega
E D I C T O S
E D I C T O
Compareció ante este Juzgado la C. MARIO ANTONIO VIGUERAS PALACIOS sobrino del autor de la presente sucesión (pariente colateral en tercer grado), denunciando la Sucesión Intestamentaria a bienes de PÉREZ MENDOZA ANDRÉS, expediente 0959/2006, mismo en el que se ordeno llamar a los que se crean con igual o mejor derecho para que comparezca ante este Juzgado, dentro del término de CUARENTA DÍAS, contados a partir de la ultima publicación que se haga del presente, para los efectos legales haya lugar. México, Distrito Federal a 03 de septiembre de 2008. LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS “A”. (Firma) LIC. ADRIANA GARCÍA HERNÁNDEZ (Al margen inferior izquierdo un sello legible) Para su publicación por dos veces de diez en diez días.
134 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Febrero de 2009
(Al margen superior izquierdo el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL.- MEXICO)
EDICTO En los autos del juicio ORDINARIO MERCANTIL promovido por INMOBILIARIA LETMER, S.A., en contra de FINANCIERA AGRICULTURA Y TRANSPORTES, S.A. INSTITUCIÓN FINANCIERA Y FIDUCIARIA, EXP. NUM.1325/2008, La C. Juez dicto un auto que a la letra dice: ---México, Distrito Federal, a veintiséis de enero de dos mil nueve. A sus autos el escrito de cuenta del autorizado de la actora, visto lo manifestado como se solicita mediante publicación de edictos que se haga por TRES VECES CONSECUTIVAS, en el Periódico el SOL DE MÉXICO y en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, emplácese a FINANCIERA AGRICULTURA Y TRANSPORTES, S.A. INSTITUCION FINANCIERA Y FIDUCIARIA, para que dentro del término de CUARENTA DÍAS posteriores a la publicación de edictos comparezca a dar contestación a la demanda instaurada en su contra por INMOBILIARIA LETMER, S.A. haciéndole saber que en la secretaria del juzgado se encuentren a su disposición las correspondientes copias de traslado, apercibido que de no hacerlo se tendrá por contestada la demanda en sentido afirmativo. Notifíquese.- Lo proveyó y firma la C. JUEZ TRIGÉSIMO DE LO CIVIL LICENCIADA MAGDALENA MENDOZA GUERRERO.- doy fe. México, D.F., a 26 de enero de 2009 EL C. SECRETARIO DE ACUERDOS. (Firma) LIC. ARMANDO VAZQUEZ NAVA. Para su publicación que se haga por TRES VECES CONSECUTIVAS, en el Periódico el SOL DE MEXICO y en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
26 de Febero de 2009 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 135
AVISO PRIMERO. Se da a conocer a la Administración Pública del Distrito Federal; Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal y Asamblea Legislativa del Distrito Federal; Órganos Autónomos del Distrito Federal; Dependencias y Órganos Federales; así como al público en general, que la Gaceta Oficial del Distrito Federal será publicada de lunes a viernes y los demás días que se requieran a consideración de la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos. No se efectuarán publicaciones en días de descanso obligatorio. SEGUNDO. Las solicitudes de publicación y/o inserción en la Gaceta Oficial del Distrito Federal se sujetarán al siguiente procedimiento:
I. El documento a publicar deberá presentarse ante la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos, en la
Unidad Departamental de Publicaciones y Trámites Funerarios para su revisión, autorización y, en su caso, cotización con un mínimo de 4 días hábiles de anticipación a la fecha en que se requiera que aparezca la publicación, en el horario de 9:00 a 13:30 horas;
II. El documento a publicar deberá ser acompañado de la solicitud de inserción dirigida a la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos, y en su caso, el comprobante de pago expedido por la Tesorería del Distrito Federal.
III. El documento a publicar se presentará en original legible y debidamente firmado (nombre y cargo) por quien lo emita.
TERCERO. La cancelación de publicaciones en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, procederá cuando se solicite por escrito a más tardar, el día siguiente a aquél en que se hubiera presentado la solicitud, en el horario de 9:00 a 13:30 horas. CUARTO. Tratándose de documentos que requieran publicación consecutiva, se anexarán tantos originales o copias certificadas como publicaciones se requieran. QUINTO. La información a publicar deberá ser grabada en disco flexible 3.5 o Disco Compacto, en procesador de texto Microsoft Word en cualquiera de sus versiones, con las siguientes especificaciones:
I. Página tamaño carta; II. Márgenes en página vertical: Superior 3, inferior 2, izquierdo 2 y derecho 2;
III. Márgenes en página horizontal: Superior 2, inferior 2, izquierdo 2 y derecho 3; IV. Tipo de letra CG Times, tamaño 10; V. Dejar un renglón como espacio entre párrafos;
VI. No incluir ningún elemento en el encabezado o pie de página del documento; VII. Presentar los Estados Financieros o las Tablas Numéricas en tablas de Word ocultas; y
VIII. Etiquetar el disco con el título que llevará el documento.
SEXTO. La ortografía y contenido de los documentos publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal son de estricta responsabilidad de los solicitantes.
AVISO IMPORTANTE
Las publicaciones que aparecen en la presente edición son tomadas de las fuentes (documentos originales), proporcionadas por los interesados, por lo que la ortografía y contenido de los mismos son de estricta responsabilidad de los solicitantes.
136 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 26 de Febrero de 2009
DIRECTORIO
Jefe de Gobierno del Distrito Federal
MARCELO LUIS EBRARD CASAUBON
Consejera Jurídica y de Servicios Legales
LETICIA BONIFAZ ALFONZO
Directora General Jurídica y de Estudios Legislativos DRA. FRANCISCA ERÉNDIRA SALGADO LEDESMA
INSERCIONES
Plana entera ........................................................................... $ 1,330.00 Media plana ................................................................................ 715.00 Un cuarto de plana ...................................................................... 445.00
Para adquirir ejemplares, acudir a la Unidad de Publicaciones, sita en la Calle Candelaria de los Patos s/n, Col. 10 de Mayo, C.P. 15290, Delegación Venustiano Carranza.
Consulta en Internet
http://www.consejeria.df.gob.mx/gaceta/index.
GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL, IMPRESA POR “CORPORACIÓN MEXICANA DE IMPRESIÓN”, S.A. DE C.V.,
CALLE GENERAL VICTORIANO ZEPEDA No. 22, COL. OBSERVATORIO C.P. 11860. TELS. 55-16-85-86 y 55-16-81-80