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NORMAS LEGALESwww.elperuano.com.pe
FUNDADOEN 1825 POR
EL LIBERTADORSIMÓN BOLÍVAR
Lima, martes 5 de octubre de 2010
426963Año XXVII - Nº 11147
AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN ECONÓMICA Y SOCIAL DEL PERÚ
PODER EJECUTIVO
DECRETOS DE URGENCIA
D.U. N° 067-2010.- Dictan medidas de carácter fi nanciero
complementarias al Decreto de Urgencia N° 013-2010 426964
PRESIDENCIA DEL CONSEJO
DE MINISTROS
R.S. N° 271-2010-PCM.- Modifi can denominación de la Comisión de
Alto Nivel a que se refi ere la Resolución Suprema N° 059-2009-PCM
y demás normas conexas y designan a su Presidente 426965
AGRICULTURA
RR.MM. Nºs. 0635 y 0639-2010-AG.- Aceptan renuncias de asesores
de la Alta Dirección del Ministerio 426966RR.MM. Nºs. 0636, 0645 y
0646-2010-AG.- Designan asesores de la Alta Dirección del
Ministerio 426966R.M. Nº 0637-2010-AG.- Aceptan renuncia de Asesor
del Despacho Viceministerial 426967R.M. Nº 0638-2010-AG.- Aceptan
renuncia de Asesor del Despacho Ministerial 426967R.M. Nº
0640-2010-AG.- Designan Jefe del Gabinete de Asesores de la Alta
Dirección del Ministerio 426967R.M. Nº 0641-2010-AG.- Aceptan
renuncia y designan Director General de la Ofi cina de
Administración del Ministerio 426967R.M. Nº 0642-2010-AG.- Aceptan
renuncia y designan Director de la Unidad de Logística de la Ofi
cina de Administración del Ministerio 426968R.M. Nº 0643-2010-AG.-
Aceptan renuncia y designan Directora de la Unidad de Imagen
Institucional del Ministerio 426968R.M. Nº 0644-2010-AG.- Aceptan
renuncia y designan Director General de la Ofi cina de Asesoría
Jurídica del Ministerio 426968
AMBIENTE
R.M. Nº 187-2010-MINAM.- Declaran la Zona Reservada Río Nieva,
ubicada en la provincia de Bongará, departamento de Amazonas
426968
ECONOMIA Y FINANZAS
D.S. N° 203-2010-EF.- Modifi can el Decreto Supremo N°
177-2010-EF, que autoriza transferencia de partidas en el
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010 a favor de
los pliegos Seguro Integral de Salud, Ministerio de Economía y
Finanzas y la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud
426972D.S. N° 204-2010-EF.- Modifi can el Anexo del Decreto Supremo
N° 185-2010-EF 426974R.M. Nº 501-2010-EF/10.- Designan
representante del Ministerio ante la Comisión Multisectorial creada
por la R.S. N° 338-2010-RE 426974
PRODUCE
R.M. Nº 254-2010-PRODUCE.- Aceptan renuncia y designan Directora
de Logística de la Ofi cina General de Administración del
Ministerio 426974Fe de Erratas R.D. Nº 547-2010-PRODUCE/DGEPP
426975
ORGANISMOS EJECUTORES
FONDO NACIONAL DE FINANCIAMIENTO DE
LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL DEL ESTADO
Acuerdo Nº 001-2010/014-FONAFE.- Aprueban Directiva de
Formulación del Plan Operativo y Presupuesto de las Empresas bajo
el ámbito de FONAFE 426975
ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS
INSTITUTO GEOLOGICO MINERO METALURGICO
Anexo - Res. Nº 122-2010-INGEMMET/PCD.- Montos recaudados por
concepto de pago del Derecho de Vigencia y Penalidad de derechos
mineros vigentes, así como por la formulación de petitorios mineros
correspondientes al mes de agosto de 2010 426979
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE
LOS REGISTROS PUBLICOS
Res. Nº 300-2010-SUNARP/SN.- Aceptan renuncia y encargan
funciones de Gerente de Presupuesto y Desarrollo de la SUNARP
426984Res. Nº 301-2010-SUNARP/SN.- Designan Gerente General de la
SUNARP 426985
Sumario
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NORMAS LEGALESEl Peruano
Lima, martes 5 de octubre de 2010426964
Res. Nº 302-2010-SUNARP/SN.- Designan Gerente Legal de la SUNARP
426985Res. Nº 304-2010-SUNARP/SN.- Modifican la Res. N°
218-2004-SUNARP/SN mediante la cual se aprobó el procedimiento para
la atención de solicitudes de acceso a la información en la SUNARP,
Sede Central y Órganos Desconcentrados 426985
PODER JUDICIAL
CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Res. Adm. Nº 331-2010-CE-PJ.- Dictan medidas complementarias
para la implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo en el
Distrito Judicial de Arequipa 426986Res. Adm. Nº 332-2010-CE-PJ.-
Aceptan renuncia de magistrada al cargo de Juez Titular
Especializado en lo Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima
426986
CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Res. Adm. Nº 782-2010-P-CSJLI/PJ.- Dictan disposiciones
referentes al envío de diversos expedientes judiciales al Juzgado
Mixto de Santa Anita que correspondan a dicha circunscripción
426987Res. Adm. Nº 786-2010-P-CSJLI/PJ.- Designan Juez Superior
Provisional de la Primera Sala de Familia de Lima 426988Res. Adm.
Nº 787-2010-P-CSJLI/PJ.- Designan Juez Supernumerario del Tercer
Juzgado Penal de Lima 426988Res. Adm. Nº 788-2010-P-CSJLI/PJ.-
Designan Juez Superior Provisional de la Primera Sala de Familia de
Lima y Juez Supernumerario del Décimo Sexto Juzgado de Familia de
Lima 426989
ORGANOS AUTONOMOS
CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA
Res. Nº 322-2010-CNM.- Nombran fi scales en los Distritos
Judiciales de Arequipa, Cajamarca, La Libertad, Cusco, Lambayeque y
Piura 426990
CONTRALORIA GENERAL
Res. Nº 258-2010-CG.- Modifi can el Reglamento de las Sociedades
de Auditoría conformantes del Sistema Nacional de Control
426990
JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Res. Nº 2529-2010-JNE.- Establecen el número de escaños
congresales correspondientes a los distritos electorales para las
Elecciones Generales 2011 426993
REGISTRO NACIONAL DE
IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
R.J. Nº 858-2010/JNAC/RENIEC.- Prorrogan el plazo establecido en
el Art. 1° de la R.J. N° 660-2010/JNAC/RENIEC, que dispuso que los
Jefes de las Ofi cinas de Registros del Estado Civil de las
municipalidades provinciales, distritales, centros poblados y
comunidades nativas, replieguen las Actas de Reserva en formato
RENIEC de Nacimiento, Matrimonio y Defunción, que se encuentren en
su poder desde el año 1997 426994
MINISTERIO PUBLICO
Res. Nº 070-2010-MP-FN-JFS.- Crean plazas fi scales con carácter
transitorio en el Distrito Judicial de Lima Norte 426994Res. Nº
071-2010-MP-FN-JFS.- Designan Jefe de la Ofi cina Desconcentrada de
Control Interno de Huánuco - Pasco 426995Res. Nº 1609-2010-MP-FN.-
Nombran fi scales adjuntos provinciales provisionales del Distrito
Judicial de Lima, designándolos en el Pool de Fiscales de Lima
426995Res. Nº 1610-2010-MP-FN.- Disponen que la Primera Fiscalía
Superior Penal de Ica conozca recursos de queja y apelaciones de
casos tramitados con el nuevo Código Procesal Penal en adición a
sus funciones 426996
SUPERINTENDENCIA DE BANCA,
SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS
DE FONDOS DE PENSIONES
Res. Nº 11560-2010.- Autorizan a Prima AFP el cambio de
dirección de agencia ubicada en la provincia de Lima 426996
UNIVERSIDADES
Res. Nº 1264.- Autorizan viaje a Brasil de profesional de la
Unidad Ejecutora 002 INICTEL - UNI, en comisión de servicios
426997
PODER EJECUTIVO
DECRETOS DE URGENCIA
DECRETO DE URGENCIANº 067-2010
DICTAN MEDIDAS DE CARÁCTER FINANCIERO COMPLEMENTARIAS AL DECRETO
DE URGENCIA Nº 013-2010
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:Que, mediante la Resolución Suprema Nº
059-2009-
PCM, modifi cada, entre otras, por la Resolución Suprema Nº
115-2009-PCM, se creó la Comisión de Alto Nivel con el objetivo de
coordinar y promover el diseño, organización, implementación y
gestión del “Lugar de la Memoria”;
Que, de acuerdo a lo establecido en la Resolución Suprema Nº
059-2009-PCM, el Gobierno de la República Federal de Alemania
manifestó su intención de fi nanciar la construcción y
sostenibilidad del “Lugar de la Memoria”, tal como consta en el
Acta Final de las Negociaciones sobre la Cooperación para el
desarrollo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno
de la República Federal de Alemania;
Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 013-2010 se autorizó al
Ministerio de Relaciones Exteriores a suscribir un convenio de
administración de recursos para la construcción e implementación
del “Lugar de la Memoria”;
Que, dicho Decreto de Urgencia dispuso la incorporación del
Ministerio de Relaciones Exteriores dentro de los alcances de la
Undécima Disposición Final de la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2010, a fi n de llevar a cabo
la construcción e implementación del referido Lugar;
Que, la ejecución del Proyecto Construcción e Implementación del
“Lugar de la Memoria” generará benefi cios en el proceso de
reconciliación del país, ya que tiene como fi n rendir homenaje a
las víctimas del terrorismo, y a la vez ser un centro de estudios
que
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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, martes 5 de octubre de 2010
426965
permita seguir investigando las secuelas de la violencia social,
pero también donde los peruanos de las nuevas generaciones puedan
aprender de manera vívida, gráfi ca, con ejemplos, las
consecuencias atroces que tiene para una sociedad recurrir al
terror y la violencia;
Que, asimismo, para la Construcción e Implementación del “Lugar
de la Memoria”, también es necesario que se autorice a la Comisión
de Alto Nivel a celebrar convenios de cooperación institucional con
entidades públicas y privadas, nacionales y extranjeras, para el
mejor cumplimiento de sus fi nalidades;
Que, asimismo, es urgente y necesario dictar medidas económicas
y fi nancieras de carácter extraordinario para la construcción e
implementación del “Lugar de la Memoria”, que de no aprobarse
podrían conllevar a que las donaciones que se reciban no cumplan la
fi nalidad para la cual serán otorgadas;
En uso de las facultades conferidas por el numeral 19) del
artículo 118 de la Constitución Política del Perú;
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y,Con cargo a
dar cuenta al Congreso de la República;
DECRETA:
Artículo 1º.- De la Modifi cación del Decreto de Urgencia Nº
013-2010
Modifi case el Artículo 2º del Decreto de Urgencia Nº 013-2010,
el cual quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 2º.- Del fi nanciamiento y ejecución
2.1 La aplicación de lo dispuesto en el Artículo precedente se
fi nanciará, entre otras, con cargo a las donaciones que reciba el
Gobierno Peruano y sus contrapartidas, a través del Ministerio de
Relaciones Exteriores, para la construcción e implementación del
“Lugar de la Memoria.”
2.2 La viabilidad del Proyecto Construcción e Implementación del
“Lugar de la Memoria” será otorgada con la aprobación del estudio
de preinversión a nivel de Perfi l, cuyos contenidos específi cos,
serán aprobados por el Ministerio de Economía y Finanzas, a través
de la Dirección General de Programación Multianual del Sector
Público, en el plazo máximo de ocho (08) días hábiles contado desde
la entrada en vigencia de la presente norma, bajo responsabilidad
de la citada Dirección General.
2.3 Para el cumplimiento de las fi nalidades que le han sido
encomendadas, la Comisión de Alto Nivel, que en adelante se
denominará Comisión Presidencial de Alto Nivel, se encuentra
facultada para proponer la celebración de convenios de cooperación
con entidades públicas y privadas, nacionales y extranjeras.”
Artículo 2º.- RefrendoEl presente Decreto de Urgencia será
refrendado
por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de
Economía y Finanzas y el Ministro de Relaciones Exteriores.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes
de octubre del año dos mil diez.
ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República
JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDOPresidente del Consejo de Ministros y
Ministro de Educación
ISMAEL BENAVIDES FERREYROSMinistro de Economía y Finanzas
ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROAMinistra de
JusticiaEncargada del Despacho del Ministeriode Relaciones
Exteriores
551979-1
PRESIDENCIA DEL
CONSEJO DE MINISTROS
Modifican denominación de la Comisión de Alto Nivel a que se
refiere la Resolución Suprema Nº 059-2009-PCM y demás normas
conexas y designan a su Presidente
RESOLUCIÓN SUPREMANº 271-2010-PCM
Lima, 4 de octubre de 2010
CONSIDERANDO:
Que, resulta conveniente modifi car la denominación de la
Comisión de Alto Nivel creada por la Resolución Suprema Nº
059-2009-PCM y demás normas conexas, por “Comisión Presidencial de
Alto Nivel”; la misma que tiene por objeto coordinar y promover el
diseño, organización, implementación y gestión del “Lugar de la
Memoria”; velando por que represente, con objetividad y espíritu
amplio, la tragedia que vivió el Perú a raíz de las acciones
subversivas desarrolladas por Sendero Luminoso y el Movimiento
Revolucionario Túpac Amaru durante las dos últimas décadas del
siglo XX, con el propósito de mostrar a los peruanos las trágicas
consecuencias que resultan del fanatismo ideológico, la trasgresión
de la Ley y la violación de los derechos humanos, de suerte que
nuestro país no vuelva a revivir tan lamentables experiencias;
Que, asimismo, resulta necesario designar a la persona que
presidirá la citada Comisión Presidencial de Alto Nivel;
De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder
Ejecutivo;
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Modifi cación de denominación de la Comisión de
Alto Nivel
Modifícase la denominación de la Comisión de Alto Nivel creada
por la Resolución Suprema Nº 059-2009-PCM y demás normas conexas,
por “Comisión Presidencial de Alto Nivel”.
Artículo 2º.- Designación del nuevo Presidente de la Comisión
Presidencial de Alto Nivel
Desígnase al señor Fernando de Szyszlo Valdelomar como
Presidente de la Comisión Presidencial de Alto Nivel a que se refi
ere la Resolución Suprema Nº 059-2009-PCM y demás normas
conexas.
Artículo 3º.- RefrendoLa presente Resolución Suprema será
refrendada
por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de
Educación, el Ministro de Relaciones Exteriores y la Ministra de
Justicia.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República
JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDOPresidente del Consejo de Ministros
yMinistro de Educación
ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROAMinistra de Justicia
yEncargada del Despacho del Ministeriode Relaciones Exteriores
551979-4
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NORMAS LEGALESEl Peruano
Lima, martes 5 de octubre de 2010426966
AGRICULTURA
Aceptan renuncias de asesores de la Alta Dirección del
Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIALN° 0635-2010-AG
Lima, 4 de octubre de 2010
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0418-2010-AG se designó
al señor Carlos Ramón Noda Yamada como Asesor de Alta Dirección del
Ministerio de Agricultura;
Que, el citado funcionario ha presentado su renuncia irrevocable
al cargo que venía desempeñando;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 Ley Orgánica
del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 997 – Decreto
Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del
Ministerio de Agricultura y su Reglamento de Organización y
Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG.
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Aceptar a partir del 01 de octubre de 2010, la
renuncia formulada por el señor Carlos Ramón Noda Yamada al cargo
de Asesor de la Alta Dirección del Ministerio de Agricultura,
dándosele las gracias por los servicios prestados.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RAFAEL QUEVEDO FLORESMinistro de Agricultura
551978-1
RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 0639-2010-AG
Lima, 4 de octubre de 2010
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 420-2010-AG se designó
al señor Oscar Benjamín Ñañez Aizcorbe como Asesor de Alta
Dirección del Ministerio de Agricultura;
Que, se ha visto por conveniente aceptar la renuncia
presentada;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 – Ley
Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 997 –
Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones
del Ministerio de Agricultura y su Reglamento de Organización y
Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG.
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Aceptar a partir de la fecha la renuncia
presentada por el señor Oscar Benjamín Ñañez Aizcorbe al cargo de
Asesor de la Alta Dirección del Ministerio de Agricultura,
dándosele las gracias por los servicios prestados.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RAFAEL QUEVEDO FLORESMinistro de Agricultura
551978-5
Designan asesores de la Alta Dirección del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 0636-2010-AG
Lima, 4 de octubre de 2010
CONSIDERANDO:
Que, la Alta Dirección del Ministerio de Agricultura cuenta con
un Gabinete de Asesores, el cual está integrado por profesionales o
especialistas de reconocida capacidad y experiencia, encargados de
realizar y análisis y estudios relacionados con la política
agraria, así como emitir informes y dictámenes sobre las tareas que
se les encomiende;
Que, es necesario contar con un profesional de reconocida
capacidad y experiencia en materia de gestión pública, competencia,
simplifi cación administrativa y sanidad agraria, por lo que se ha
visto por conveniente designar a un Asesor Ad Honorem de la Alta
Dirección del Ministerio de Agricultura en las materias antes
referidas;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 – Ley
Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 997 –
Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones
del Ministerio de Agricultura y su Reglamento de Organización y
Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG.
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Designar, a partir del 01 de octubre de 2010,
al señor Carlos Ramón Noda Yamada, como Asesor Ad Honórem de la
Alta Dirección del Ministerio de Agricultura.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RAFAEL QUEVEDO FLORESMinistro de Agricultura
551978-2
RESOLUCIÓN MINISTERIALN° 0645-2010-AG
Lima, 4 de octubre de 2010
CONSIDERANDO:
Que, se ha visto por conveniente designar una Asesora de la Alta
Dirección del Ministerio de Agricultura;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 - Ley
Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 997 que
aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de
Agricultura y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado
por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG.
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Designar a partir del 01 de octubre de 2010 a
la señorita Ana Luisa Velarde Araujo como Asesora de la Alta
Dirección del Ministerio de Agricultura.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RAFAEL QUEVEDO FLORESMinistro de Agricultura
551978-11
RESOLUCIÓN MINISTERIALN° 0646-2010-AG
Lima, 4 de octubre de 2010
CONSIDERANDO:
Que, se ha visto por conveniente designar a un Asesor de la Alta
Dirección del Ministerio de Agricultura;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 - Ley
Orgánica del Poder Ejecutivo, en el Decreto Legislativo Nº 997 que
aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de
Agricultura y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado
por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG.
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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, martes 5 de octubre de 2010
426967
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Designar a partir de la fecha al señor Jubalt
Rafael Álvarez Salazar como Asesor de la Alta Dirección del
Ministerio de Agricultura.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RAFAEL QUEVEDO FLORESMinistro de Agricultura
551978-12
Aceptan renuncia de Asesor del Despacho Viceministerial
RESOLUCIÓN MINISTERIALN° 0637-2010-AG
Lima, 4 de octubre de 2010
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 562-2010-AG se designó
al señor Doctor Pedro García Córdova como Asesor del Despacho
Viceministerial del Ministerio de Agricultura;
Que, se ha visto por conveniente aceptar la renuncia
presentada;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 Ley Orgánica
del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 997 – Decreto
Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del
Ministerio de Agricultura y su Reglamento de Organización y
Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG.
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Aceptar a partir de la fecha la renuncia
presentada por el señor Doctor Pedro García Córdova al cargo de
Asesor del Despacho Viceministerial del Ministerio de Agricultura,
dándosele las gracias por los servicios prestados.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RAFAEL QUEVEDO FLORESMinistro de Agricultura
551978-3
Aceptan renuncia de Asesor del Despacho Ministerial
RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 0638-2010-AG
Lima, 4 de octubre de 2010
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0001-2009-AG se designó
al señor Eduardo Perochena Llerena como Asesor del Despacho
Ministerial del Ministerio de Agricultura;
Que, se ha visto por conveniente aceptar la renuncia
presentada;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 – Ley
Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 997 –
Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones
del Ministerio de Agricultura y su Reglamento de Organización y
Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG.
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Aceptar a partir de la fecha la renuncia
presentada por el señor Eduardo Perochena Llerena al cargo de
Asesor del Despacho Ministerial del
Ministerio de Agricultura, dándosele las gracias por los
servicios prestados.
Regístrese, comuníquese y publíquese.RAFAEL QUEVEDO
FLORESMinistro de Agricultura
551978-4
Designan Jefe del Gabinete de Asesores de la Alta Dirección del
Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 0640-2010-AG
Lima, 4 de octubre de 2010
CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº
435-2010-AG
se designó al señor Dow Seiner Kertman como Asesor de la Alta
Dirección del Ministerio de Agricultura;
Que, se ha visto por conveniente designar al Jefe del Gabinete
de Asesores de la Alta Dirección;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 Ley Orgánica
del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 997 – Decreto
Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del
Ministerio de Agricultura y su Reglamento de Organización y
Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG.
SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a partir de la fecha
al
señor Dow Hers Seiner Kertman en el cargo de Jefe del Gabinete
de Asesores de la Alta Dirección del Ministerio de Agricultura.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RAFAEL QUEVEDO FLORESMinistro de Agricultura
551978-6
Aceptan renuncia y designan Director General de la Oficina de
Administración del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 0641-2010-AG
Lima, 4 de octubre de 2010
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 152-2010-AG se designó
al señor Ismael García Tineo en el cargo de Director General de la
Ofi cina de Administración del Ministerio de Agricultura;
Que, se ha visto por conveniente aceptar la renuncia presentada
y efectuar la designación correspondiente;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 – Ley
Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 997 –
Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones
del Ministerio de Agricultura y su Reglamento de Organización y
Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG.
SE RESUELVE:Artículo 1°.- Aceptar a partir de la fecha la
renuncia
presentada por el señor Ismael García Tineo al cargo de Director
General de la Ofi cina de Administración del Ministerio de
Agricultura, dándosele las gracias por los servicios prestados.
Artículo 2°.- Designar a partir de la fecha al señor Julio
Antonio Sandoval Vitteri en el cargo de Director
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NORMAS LEGALESEl Peruano
Lima, martes 5 de octubre de 2010426968
General de la Ofi cina de Administración del Ministerio de
Agricultura.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RAFAEL QUEVEDO FLORESMinistro de Agricultura
551978-7
Aceptan renuncia y designan Director de la Unidad de Logística
de la Oficina de Administración del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 0642-2010-AG
Lima, 4 de octubre de 2010
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 151-2010-AG se designó
al señor Eco. Víctor Alberto Galindo Cabrera en el cargo de
Director de la Unidad de Logística de la Ofi cina de Administración
del Ministerio de Agricultura;
Que, se ha visto por conveniente aceptar la renuncia presentada
y efectuar la designación correspondiente;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 – Ley
Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 997 –
Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones
del Ministerio de Agricultura y su Reglamento de Organización y
Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG.
SE RESUELVE:Artículo 1°.- Aceptar a partir de la fecha la
renuncia
presentada por el señor Eco. Víctor Alberto Galindo Cabrera al
cargo de Director de la Unidad de Logística de la Ofi cina de
Administración del Ministerio de Agricultura, dándosele las gracias
por los servicios prestados.
Artículo 2°.- Designar a partir de la fecha al señor Rafael
Alfonso Morel Gutiérrez en el cargo de Director de la Unidad de
Logística de la Ofi cina de Administración del Ministerio de
Agricultura.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RAFAEL QUEVEDO FLORESMinistro de Agricultura
551978-8
Aceptan renuncia y designan Directora de la Unidad de Imagen
Institucional del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 0643-2010-AG
Lima, 4 de octubre de 2010
CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº
543-2009-AG
se encargó a la señorita Mónica Patricia Moreno Martínez las
funciones de Directora de la Unidad de Imagen Institucional del
Ministerio de Agricultura;
Que, se ha visto por conveniente aceptar la renuncia al encargo
presentada y efectuar la designación correspondiente;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 Ley Orgánica
del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 997 que aprueba la
Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y su
Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo
Nº 031-2008-AG.
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Aceptar a partir de la fecha la renuncia
presentada por la señorita Mónica Patricia Moreno Martínez al
encargo conferido por Resolución Ministerial Nº 543-2009-AG para
desempeñar las funciones de Directora de la Unidad de Imagen
Institucional del Ministerio de Agricultura, dándosele las gracias
por los servicios prestados.
Artículo 2°.- Designar a partir de la fecha a la señorita Yvonne
Vásquez Chávez en el cargo de Directora de la Unidad de Imagen
Institucional del Ministerio de Agricultura.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RAFAEL QUEVEDO FLORESMinistro de Agricultura
551978-9
Aceptan renuncia y designan Director General de la Oficina de
Asesoría Jurídica del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 0644-2010-AG
Lima, 4 de octubre de 2010
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 549-2010-AG se designó
al señor Doctor Guido César Rodríguez Pinto como Director General
de la Ofi cina de Asesoría Jurídica del Ministerio de
Agricultura;
Que, se ha visto por conveniente aceptar la renuncia presentada
y efectuar la designación correspondiente;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 Ley Orgánica
del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 997 que aprueba la
Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y su
Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo
Nº 031-2008-AG.
SE RESUELVE:Artículo 1°.- Aceptar a partir de la fecha la
renuncia
presentada por el señor Doctor Guido César Rodríguez Pinto al
cargo de Director General de la Ofi cina de Asesoría Jurídica del
Ministerio de Agricultura, dándosele las gracias por los servicios
prestados.
Artículo 2°.- Designar a partir de la fecha al señor Pedro
García Córdova en el cargo de Director General de la Ofi cina de
Asesoría Jurídica del Ministerio de Agricultura.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RAFAEL QUEVEDO FLORESMinistro de Agricultura
551978-10
AMBIENTE
Declaran la Zona Reservada Río Nieva, ubicada en la provincia de
Bongará, departamento de Amazonas
RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 187-2010-MINAM
Lima, 1 de octubre de 2010
Visto, el Ofi cio Nº 373-2010-SERNANP-J del Servicio Nacional de
Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SERNANP;
-
NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, martes 5 de octubre de 2010
426969
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 68º de la Constitución Política del Perú
establece que es obligación del Estado promover la conservación de
la diversidad biológica y de las Áreas Naturales Protegidas;
Que, la Ley Nº 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas y su
Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2001-AG, establecen
que las Áreas Naturales Protegidas son los espacios continentales
y/o marinos del territorio nacional, expresamente reconocidos y
declarados como tales, incluyendo sus categorías y zonifi caciones,
para conservar la diversidad biológica y demás valores asociados de
interés cultural, paisajístico y científi co, así como por su
contribución al desarrollo sostenible del país; asimismo, refi eren
que las Áreas Naturales Protegidas conforman en su conjunto el
Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado -
SINANPE, a cuya gestión se integran las instituciones públicas del
Gobierno Central, Gobiernos Descentralizados de nivel Regional y
Municipalidades, instituciones privadas y las poblaciones locales
que actúan, intervienen o participan, directa o indirectamente en
la gestión y desarrollo de estas áreas;
Que, el Ministerio del Ambiente tiene como función específi ca
dirigir el Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el
Estado – SINANPE, de conformidad con lo establecido en el literal
h) del artículo 7º del Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de
Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente;
función que ejecuta a través del Servicio Nacional de Áreas
Naturales Protegidas por el Estado – SERNANP, organismo público
técnico especializado adscrito al Ministerio del Ambiente y que
absorbiera la funciones de la Intendencia de Áreas Naturales
Protegidas del ex Instituto Nacional de Recursos Naturales -
INRENA;
Que, de conformidad con los artículos 7º y 13º de la Ley Nº
26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas, y los artículos 42º y 59º
de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2001-AG, se
indica que mediante Resolución Ministerial de Agricultura (hoy del
Ministerio del Ambiente), previa opinión técnica favorable del
INRENA (hoy del SERNANP), podrá establecerse de forma transitoria
zonas reservadas en aquellas áreas que reuniendo las condiciones
para ser consideradas como Áreas Naturales Protegidas, requieren la
realización de estudios complementarios para determinar, entre
otros, la extensión y categoría que les corresponderá como
tales;
Que, mediante documento de visto, y sobre la base del Informe Nº
173-2010-SERNANP-DDE-OAJ del 13 de septiembre de 2010 de la
Dirección de Desarrollo Estratégico y de la Ofi cina de Asesoría
Jurídica del SERNANP, y el Expediente Técnico adjunto al mismo; se
solicita el establecimiento de la Zona Reservada Río Nieva sobre la
superfi cie de treinta y seis mil trescientos cuarenta y ocho
hectáreas y tres mil metros cuadrados (36 348.30 ha), ubicada en el
distrito de Yambrasbamba, provincia de Bongará, departamento de
Amazonas;
Que, según el Plan Director de las Áreas Naturales Protegidas,
cuya actualización fue aprobada mediante Decreto Supremo Nº
016-2009-MINAM, señala como Zona prioritaria para la Conservación
denominada Río Nieva – Río Imaza, constituyendo un área de
conectividad entre la Cordillera de Colán y la cuenca Alta del Río
Mayo;
Que, el área propuesta como Zona Reservada Río Nieva tiene
características de gran importancia para la conservación de la
biodiversidad, por la cantidad de especies endémicas que existen y
por su importancia en la formación de un corredor de conservación
que benefi ciaría además a las especies de las Áreas Naturales
Protegidas circundantes que formarían parte de este corredor, su
protección evitaría el riesgo de pérdida, por degradación y
fraccionamiento de estos ecosistemas y de sus componentes, como son
la fl ora, fauna y los servicios que brinda la cuenca para las
poblaciones, asimismo, el área propuesta permitiría ampliar la
conectividad entre las Áreas Naturales Protegidas presentes en la
zona, como son: el Bosque de Protección Alto Mayo, el Santuario
Nacional Cordillera de Colán y el Área de Conservación Abra
Patricia-Alto Nieva, como un corredor de conservación que
permitiría el desplazamiento de las especies y el consecuente fl
ujo de genes;
Que, el Perú conjuntamente con Ecuador y Colombia, a través de
sus respectivos Ministerios de Ambiente, así como, direcciones u
organismos especializados en Áreas
Naturales Protegidas, vienen coordinando y trabajando una
iniciativa tri-nacional de Adaptación al Cambio Climático en Áreas
Protegidas en la Amazonía Andina, con la fi nalidad de establecer
y/o apoyar Áreas Naturales Protegidas, que ayuden a cubrir los
vacíos de conservación y representatividad, contribuyan a generar
benefi cios en la población local; así como, tener espacios
naturales que apoyen al proceso de mitigación y adaptación al
cambio climático; encontrándose el establecimiento de la Zona
Reservada Río Nieva estrechamente vinculado al Programa Nacional de
Conservación de Bosques;
Que, es necesario realizar estudios complementarios de índole
legal de las propiedades involucradas, estudios técnicos más
especializados y llevar a cabo los procesos de consulta requeridos
para defi nir los límites y estatus defi nitivo, considerando
además la categoría de manejo más apropiada, para lo cual se
requiere encargar al SERNANP que realice dichos estudios; así como
para que conduzca el procedimiento de consulta al que se refi ere
el artículo 43º del Reglamento de la Ley de Áreas Naturales
Protegidas;
Que, establecimiento de la Zona Reservada Río Nieva se ampara en
la aplicación del principio precautorio orientado a la conservación
de la diversidad biológica del área y no constituye una opinión
respecto a los derechos que terceros pudieran tener al interior del
mismo; los cuales de existir, serán respetados;
Que, las áreas naturales protegidas hoy en día juegan un rol
fundamental para el proceso de mitigación a los efectos del cambio
climático y contribuyen signifi cativamente a reducir sus impactos;
la biodiversidad que éstas conservan constituyen un componente
necesario para una estrategia de adaptación al cambio climático y
sirven como amortiguadores naturales contra los efectos del clima y
otros desastres, proporcionando un espacio para que las aguas de
inundaciones se dispersen, estabilizando el suelo frente a
deslizamientos de tierra, servicios como regulación del clima, y
absorción de los gases de efecto invernadero, entre otros; y
mantienen los recursos naturales sanos y productivos para que
puedan resistir los impactos del cambio climático y seguir
proporcionando comida, agua limpia, vivienda e ingresos a las
comunidades de bajos ingresos que dependen de ellos para su
supervivencia;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de
Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, la
Ley Nº 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas y su Reglamento
aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2001-AG;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Establecimiento de la Zona Reservada “Río
Nieva”
Declárese Zona Reservada Río Nieva a la superfi cie de Treinta y
seis mil trescientos cuarenta y ocho hectáreas y tres mil metros
cuadrados (36 348.30 ha), ubicada en el distrito de Yambrasbamba,
provincia de Bongará, departamento de Amazonas; delimitada de
acuerdo con el Mapa y Memoria Descriptiva, que en anexo forma parte
de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2º.- Objetivo del establecimiento de la Zona Reservada
“Río Nieva”
El reconocimiento de la Zona Reservada Río Nieva tiene como
objetivos:
2.1 Protección de la cuenca del río Nieva para asegurar los
servicios ambientales que se derivan a favor de las poblaciones
cercanas.
2.2 Fortalecer la conectividad entre las Áreas Naturales
Protegidas de la región para la creación de un corredor de
conservación en las yungas peruanas.
2.3 Protección de la biodiversidad y de los ecosistemas de las
Yungas Peruanas, principalmente de las especies de fl ora y fauna
endémica y amenazada.
Artículo 3º.- Derechos adquiridosEl Estado reconoce los derechos
adquiridos con
anterioridad al establecimiento de la Zona Reservada Río Nieva y
regula su ejercicio en armonía con los objetivos y fi nes de la
referida área; y, lo normado en la Ley General del Ambiente, Ley de
Áreas Naturales Protegidas y su
-
NORMAS LEGALESEl Peruano
Lima, martes 5 de octubre de 2010426970
Reglamento, y el Plan Director Actualizado de las Áreas
Naturales Protegidas, en lo que sea aplicable.
Artículo 4º.- Estudios complementarios y del proceso de
categorización de la Zona Reservada “Río Nieva”
El Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado
– SERNANP en coordinación con las autoridades nacionales,
regionales y locales competentes, tendrá a su cargo la
implementación del proceso de categorización defi nitiva de la Zona
Reservada Río Nieva, en base al estudio técnico y la propuesta de
categorización correspondiente, a través de la Comisión
encargada.
Artículo 5º.- Comisión encargada de la categorización de la Zona
Reservada “Río Nieva”
Constituir una Comisión encargada de la formulación de la
propuesta de ordenación territorial para la categorización defi
nitiva de la Zona Reservada Río Nieva, la misma que tendrá un plazo
máximo de seis (06) meses contados a partir de su instalación, para
presentar el estudio técnico de dicha propuesta.
La Comisión estará integrada por:
- Un representante del Servicio Nacional de Áreas Naturales
Protegidas por el Estado – SERNANP, quien la presidirá;
- Tres representantes de las Comunidades Nativas y/o Comunidades
Campesinas del ámbito de la Zona Reservada Río Nieva.
- Un representante de la Municipalidad Distrital de
Yambrasbamba.
- Un representante de la Municipalidad Provincial de
Bongará.
- Un representante del Gobierno Regional de Amazonas.
- Dos representantes de las organizaciones privadas de
conservación que hayan desarrollado estudios de conservación en el
ámbito de la Zona Reservada Río Nieva.
De ser necesario, la Comisión podrá convocar a otros actores
sean entidades públicas o privadas o miembros de la sociedad civil
involucrados en el proceso de categorización del Área.
Artículo 6º.- Procedimiento de ConsultaLa Comisión a que se refi
ere el artículo precedente,
realizará el proceso de categorización de la Zona Reservada Río
Nieva observando el procedimiento de consulta a que se refi ere el
artículo 43º del Reglamento de la Ley de Áreas Naturales
Protegidas, aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2001-AG.
Artículo 7º.- Proceso de categorizaciónLa Comisión constituida
en el artículo 5º de la presente
Resolución, se instalará dentro de los quince (15) días
siguientes a la publicación de la presente Resolución Ministerial,
y tendrá a su cargo la implementación del proceso de categorización
defi nitiva de la Zona Reservada Río Nieva.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ANTONIO JOSÉ BRACK EGGMinistro del Ambiente
REQUISITOS PARA PUBLICACIŁN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo,
Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales
autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos
Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en
general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos,
resoluciones administrativas, actos de administración, actos
administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en
cuenta lo siguiente:
1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección
del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m.
a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los
documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de
su fi rma ante el Diario Ofi cial.
2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más
de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su
contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico
[email protected]
3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades
deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del
Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS.
4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas,
deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y
sin justifi car; si incluyen gráfi cos, su presentación será en
extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando
corresponda.
5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total
excediera de 6 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o
correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para
efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia
evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá.
6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico:
[email protected]; en caso de tener más de 3 páginas o de
incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones
tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de
la empresa.
LA DIRECCIÓN
DIARIO OFICIAL
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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, martes 5 de octubre de 2010
426971
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NORMAS LEGALESEl Peruano
Lima, martes 5 de octubre de 2010426972
MEMORIA DESCRIPTIVA
Nombre : Zona Reservada Río Nieva
Superfi cie : 36 348,30 ha.
Límites : La demarcación de los límites se realizó en base a la
Carta Nacional de escala 1/100,000, elaborada y publicada por el
Instituto Geográfi co Nacional - IGN, utilizando la información
siguiente:
Código Nombre Datum
11 - h Cachiyacu WGS 84 12 - h Villa de Jumbillas WGS 84
Ubicación política : Se realizó en base a la información
elaborada por el Instituto Nacional de Estadística e
Informática-INEI.
Distrito Provincia Departamento Yambrasbamba Bongará
Amazonas
NORTE
Partiendo del extremo noreste, ubicado en la intersección de la
comunidad campesina Yambrasbamba y el área propuesta se prosigue en
dirección noreste pasando por la cima de un grupo de cerros sin
nombre hasta llegar al límite del extremo suroeste de la comunidad
nativa Ugkum, se continúa por su límite sur hasta llegar a la
intersección con límite de la comunidad nativa Agkais, luego se
prosigue en dirección sureste y noreste hasta llegar a la
intersección con el bosque de protección Alto Mayo, donde se ubica
el punto 1.
ESTE
Desde el punto 1 se continúa en dirección sur por el límite del
Bosque de Protección Alto Mayo hasta llegar al punto 2,
intersección con la concesión forestal no maderable para la
conservación “AREA 02” otorgada a la Asociación de Ecosistemas
Andinos ECOAN. Se continúa en dirección suroeste por el límite de
la misma concesión hasta llegar al punto 3, ubicado en la naciente
de una quebrada sin nombre para continuar por esta misma hasta
llegar al punto 4, el que continúa en dirección oeste y sur por el
límite de la concesión “AREA 02” hasta llegar al punto 5,en el Río
Nieva, prosiguiendo por este mismo río aguas arriba hasta llegar al
punto 6, intersección con la concesión forestal no maderable para
la conservación “AREA 02” de la Asociación de Ecosistemas Andinos
ECOAN, el que continúa por esta misma concesión en dirección hasta
llegar al punto 7.
SUR
Prosiguiendo desde el último punto mencionado, el límite
continúa mediante línea recta en dirección suroeste hasta llegar al
punto 8, en el límite de la concesión minera VM 177, para continuar
en dirección oeste pasando por los límites de la concesiones
mineras VM 177, ANGIE KAROLL DIECISEIS, VM 175, hasta llegar al
punto N 9, el que continúa en dirección noroeste ascendiendo hacia
un cerro sin nombre y descendiendo hasta llegar al punto 10
intersección en una quebrada sin nombre con el límite de la
comunidad campesina Yambrasbamba.
OESTE
Desde el último punto mencionado, el límite continúa en
dirección norte por el mismo límite de la comunidad campesina hasta
llegar al límite extremo en su noreste de la comunidad campesina
Yambrasbamba, inicio de la presente memoria descriptiva.
Listado de PuntosPUNTO Nº COORDENADAS UTM
ESTE(X) NORTE(Y)1 195 651,1438 9 401 590,25062 193 713,2813 9
387 577,56943 192 938,4326 9 387 315,09204 192 077,0642 9 386
141,00115 189 526,0061 9 382 763,00036 189 887,0061 9 379 447,00037
189 598,0000 9 377 940,00008 186 778,2062 9 377 623,48249 180
778,2505 9 377 623,4643
10 178 647,0067 9 378 578,0004
Las coordenadas están expresadas en proyección UTM.
El Datum de referencia es el WGS 84, la zona de proyección es
18S
La versión ofi cial impresa y digital de los límites se
encuentra en el expediente de creación de la Zona Reservada que
sustenta la presente Resolución Ministerial, la cual se ubica en el
acervo documentario del SERNANP; dicho expediente en lo sucesivo
constituye el principal documento al que se deberá recurrir en
materia de ordenamiento territorial a todo nivel.
551576-1
ECONOMIA Y FINANZAS
Modifican el Decreto Supremo N° 177-2010-EF, que autoriza
transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para
el Año Fiscal 2010 a favor de los pliegos Seguro Integral de Salud,
Ministerio de Economía y Finanzas y la Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud
DECRETO SUPREMON° 203-2010-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 7° del Decreto
de Urgencia N° 048-2010, el fi nanciamiento de las actividades a
desarrollar, en el marco de los componentes señalados en el
artículo 3° del precitado Decreto de Urgencia, se efectiviza con
cargo a los presupuestos institucionales del Ministerio de Salud,
Seguro Integral de Salud, Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, los Gobiernos Regionales de los
departamentos de Huancavelica, Ayacucho, Apurímac, San Martín, La
Libertad, Loreto, Amazonas, Lambayeque, Piura, Junín y Cusco, y el
Gobierno Regional de la Provincia Constitucional del Callao; así
como, con cargo a la Reserva de Contingencia previo requerimiento
del Ministerio de Salud, hasta por la suma de SETENTA Y OCHO
MILLONES DOSCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 78 200 000,00),
para lo cual se aplicará el procedimiento establecido en el
artículo 45° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional
de Presupuesto;
Que, en cumplimiento de lo señalado en el considerando
precedente, se autorizó mediante Decreto Supremo N° 177-2010-EF una
transferencia de partidas en el presupuesto del Sector Público para
el Año Fiscal 2010, a favor de los Pliegos Seguro Integral de
Salud, Ministerio de Economía y Finanzas y la Superintendencia
-
NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, martes 5 de octubre de 2010
426973
Nacional de Aseguramiento en Salud, hasta por el monto de
CINCUENTA MILLONES SEISCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 50
600 000,00);
Que, la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, ha
señalado la existencia de un error en el Anexo que forma parte del
Decreto Supremo N° 177-2010-EF, debido a que en la genérica de
gasto 2.3 Bienes y Servicios se ha considerado un gasto que
corresponde a la genérica de gasto 2.6 Adquisición de Activos no
Financieros, como es el caso de la adquisición de software y
licencias, hasta por el monto de OCHOCIENTOS SETENTA Y UN MIL
DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 871 279,00),
lo cual no altera el monto total asignado a dicha entidad;
Que, de otro lado, el Seguro Integral de Salud ha fundamentado
la necesidad de modifi car la distribución de los recursos
asignados para mejorar los niveles de cobertura de afi liación de
la población pobre en el marco de la implementación del
Aseguramiento Universal en Salud, recursos que se consignan en el
Anexo que forma parte del precitado Decreto Supremo, en el
Subprograma Funcional Atención Médica Básica hasta por el monto de
CUARENTA MILLONES CIEN MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 40 100
000,00); teniendo en cuenta que, de acuerdo a la valorización de la
producción de prestaciones de salud que paga el Seguro Integral de
Salud, en los últimos años y en las zonas comprendidas en el
Aseguramiento Universal, existe una mayor demanda de atenciones
especializadas, toda vez que en estas zonas se encuentran los
establecimientos de salud de Lima Metropolitana y el Callao, que
concentran la oferta de salud de más alta complejidad, como son los
hospitales nacionales e institutos especializados;
Que, por tanto, es necesario modifi car la distribución de la
asignación de los recursos al Seguro Integral de Salud, señalada en
el Anexo que forma parte del Decreto Supremo N° 177-2010-EF,
destinando TRECE MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL
CUATROCIENTOS VEINTITRÉS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 13 283 423,00)
al Subprograma Funcional Atención Médica Básica y VEINTISÉIS
MILLONES OCHOCIENTOS DIECISÉIS MIL QUINIENTOS SETENTA Y SIETE Y
00/100 NUEVOS SOLES (S/. 26 816 577,00) al Subprograma Funcional
Atención Médica Especializada, sin afectar la cobertura de las
atenciones de menor complejidad ni alterar el monto total asignado
ascendente a CUARENTA MILLONES CIEN MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.
40 100 000,00);
Que, el Ministerio de Salud, mediante los Ofi cios N°s.
1142-2010-OGPP-OP/MINSA y 1168-2010-OGPP-OP/MINSA, ha solicitado la
modifi cación del Decreto Supremo N° 177-2010-EF, a fi n de
redistribuir los recursos asignados al Pliego 135 Seguro Integral
de Salud y, en el caso del Pliego 134 Superintendencia Nacional de
Aseguramiento en Salud, corregir los montos asignados en las
genéricas de gasto 2.3 Bienes y Servicios y 2.6 Adquisición de
Activos no Financieros;
Que, a fi n de continuar con el proceso de implementación de
mecanismos para el incremento de la cobertura del Aseguramiento en
Salud, dispuesto en el Decreto de Urgencia N° 048-2010, es
necesario modifi car el Decreto Supremo N° 177-2010-EF conforme a
lo señalado en los considerandos precedentes;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley
Orgánica del Poder Ejecutivo;
DECRETA:
Artículo 1°.- Modifi cación del artículo 1 del Decreto Supremo
N° 177-2010-EF
Modifi car el artículo 1° del Decreto Supremo N° 177-2010-EF, el
cual quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 1.- ObjetoAutorízase una Transferencia de Partidas en
el
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, hasta
por la suma de CINCUENTA MILLONES SEISCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS
SOLES (S/. 50 600 000,00), destinados al fi nanciamiento del diseño
e implementación de mecanismos que permitan el incremento de la
cobertura del aseguramiento en salud
a que se refi ere el Decreto de Urgencia Nº 048-2010, de acuerdo
al siguiente detalle:
DE LA: En Nuevos Soles
SECCION PRIMERA : Gobierno CentralPLIEGO 009 : Ministerio de
Economía y FinanzasUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración
GeneralFUNCION 03 : Planeamiento, Gestión y Reserva de
ContingenciaPROGRAMA FUNCIONAL 008 : Reserva de
ContingenciaSUBPROGRAMA FUNCIONAL 014 : Reserva de
ContingenciaACTIVIDAD 1.000010 : Administración del Proceso
Presupuestario del Sector PúblicoFUENTE DEFINANCIAMIENTO 1 :
Recursos Ordinarios
2.0 Reserva de Contingencia 50 600 000,00 -------------------
TOTAL EGRESOS 50 600 000,00 ===========
A LA: En Nuevos Soles
SECCION PRIMERA : Gobierno CentralFUENTE DEFINANCIAMIENTO 1 :
Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES2.3. Bienes y Servicios 8 362 238,002.4.
Donaciones y Transferencias 40 100 000,00
GASTOS DE CAPITAL2.6 Adquisición de Activos no Financieros 2 137
762,00 --------------------- TOTAL SECCION PRIMERA
50 600 000,00 ============
El detalle de los recursos asociados a la transferencia de
partidas con cargo a la Reserva de Contingencia a favor del
Ministerio de Economía y Finanzas, del Seguro Integral de Salud y
de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, se
encuentra en el anexo que forma parte integrante del presente
Decreto Supremo, el cual se publica en el portal institucional del
Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma
fecha de publicación de la presente norma en el Diario Ofi cial El
Peruano.”
Artículo 2°.- Modifi cación del Anexo del Decreto Supremo N°
177-2010-EF
Modifi car el anexo a que se refi ere el último párrafo del
artículo 1° del Decreto Supremo N° 177-2010-EF, conforme a los
términos del Anexo que forma parte integrante del presente Decreto
Supremo, el cual se publica en el portal institucional del
Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma
fecha de publicación de la presente norma en el Diario Ofi cial El
Peruano.
Artículo 3°.- Procedimiento para la aprobación institucional
3.1 Los Titulares de los Pliegos habilitados en el marco de la
modifi cación de la Transferencia de Partidas a que se refi ere el
artículo 1° del presente Decreto Supremo, aprueban, mediante
Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el
citado artículo, a nivel funcional programático, dentro de los
cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo
legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5)
días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del
artículo 23° de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional
de Presupuesto.
3.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los
Pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General del
Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como
consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos,
Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida.
3.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los
Pliegos involucrados instruirán a las Unidades Ejecutoras para que
elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación
Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto
en el artículo 1° de la presente norma.
-
NORMAS LEGALESEl Peruano
Lima, martes 5 de octubre de 2010426974
Artículo 4°.- Limitación al uso de los recursosLos recursos de
la transferencia de partidas modifi cada
conforme al artículo 1° del presente Decreto Supremo, no podrán
ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los
cuales son transferidos.
Artículo 5°.- RefrendoEl presente Decreto Supremo será
refrendado por el
Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes
de octubre del año dos mil diez.
ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República
ISMAEL BENAVIDES FERREYROSMinistro de Economía y Finanzas
551979-2
Modifican el Anexo del Decreto Supremo Nº 185-2010-EF
DECRETO SUPREMONº 204-2010-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, en el marco de lo establecido en el artículo 4º del Decreto
de Urgencia Nº 060-2010, mediante el Decreto Supremo Nº 185-2010-EF
se aprobó el incremento de los límites de gastos en bienes y
servicios y proyectos de inversión hasta por la suma de CIENTO
VEINTIUN MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS
VEINTICINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 121 999 225,00) en las
entidades comprendidas en el Anexo “Implementación del Artículo 4º
del Decreto de Urgencia Nº 060-2010”, publicado en el portal
institucional del Ministerio de Economía y Finanzas;
Que, es necesario efectuar la modifi cación del Anexo del
Decreto Supremo Nº 185-2010-EF, teniendo en cuenta que en el rubro
A – Incremento del Límite en Bienes y Servicios, se indica un
importe de QUINIENTOS SETENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 570
000,00) para el proyecto “Facilidad Sectorial para el apoyo al
Programa para la Mejora de la Productividad y Competitividad”,
correspondiendo su registro en el rubro B – Incremento del Límite
para Gastos de Capital, acción que no altera la cifra total del
incremento del límite de gasto de CIENTO VEINTIUN MILLONES
NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS VEINTICINCO Y 00/100
NUEVOS SOLES (S/. 121 999 225,00) señalada en el artículo 1º del
Decreto Supremo Nº 185-2010-EF, antes citado;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley
Orgánica del Poder Ejecutivo;
DECRETA:
Artículo 1º .- ObjetoModifícase el Anexo “Implementación del
Artículo
4º del Decreto de Urgencia Nº 060-2010” del Decreto Supremo Nº
185-2010-EF, conforme al Anexo que forma parte del presente Decreto
Supremo.
Artículo 2º.- Publicación del AnexoPublíquese la modifi cación
del Anexo “Implementación
del Artículo 4º del Decreto de Urgencia Nº 060-2010” en el
portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas
(www.mef.gob.pe), en la misma fecha de la publicación ofi cial del
presente Decreto Supremo.
Artículo 3º.- RefrendoEl presente Decreto Supremo será
refrendado por el
Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes
de octubre del año dos mil diez.
ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República
ISMAEL BENAVIDES FERREYROSMinistro de Economía y Finanzas
551979-3
Designan representante del Ministerio ante la Comisión
Multisectorial creada por la R.S. Nº 338-2010-RE
RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 501-2010-EF/10
Lima, 4 de octubre de 2010
CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Suprema Nº 338-2010-RE
del 18 de agosto de 2010, se crea con carácter temporal, la
Comisión Multisectorial encargada de las coordinaciones para la
organización de la III Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno del
Foro América del Sur - Países Árabes (ASPA), a realizarse en Lima
el 16 de febrero de 2011, la misma que estará conformada, entre
otros, por un representante del Ministerio de Economía y Finanzas,
el que será designado mediante resolución de su titular;
Que, en consecuencia, es necesario designar al representante del
Ministerio de Economía y Finanzas, ante la citada Comisión
Multisectorial;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica
del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27594, Ley que regula la
participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación
de funcionarios públicos y la Resolución Suprema Nº
338-2010-RE;
SE RESUELVE:Artículo 1º.- Designar a la señorita Leda María
Basombrío Muro como representante del Ministerio de Economía y
Finanzas, ante la Comisión Multisectorial creada por la Resolución
Suprema Nº 338-2010-RE.
Artículo 2º.- Notifi car la presente Resolución Ministerial al
Ministerio de Relaciones Exteriores y a la interesada para los fi
nes pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.ISMAEL BENAVIDES
FERREYROSMinistro de Economía y Finanzas
551938-1
PRODUCE
Aceptan renuncia y designan Directora de Logística de la Oficina
General de Administración del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIALN° 254-2010-PRODUCE
Lima, 4 de octubre de 2010
CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº
064-2010-
PRODUCE, de fecha 12 de marzo de 2010 se designó al señor Henry
Arturo Díaz Del Olmo Díaz, en el cargo de Director de Logística de
la Ofi cina General de Administración del Ministerio de la
Producción;
Que, el referido funcionario ha presentado renuncia al cargo que
venía desempeñando, por lo que corresponde dictar el acto de
administración por el cual se acepte dicha renuncia y se designe a
la persona que desempeñará el cargo de Director de Logística de la
Ofi cina General de Administración del Ministerio de la
Producción;
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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, martes 5 de octubre de 2010
426975
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 - Ley
Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594 - Ley que regula la
participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación
de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1047 - Ley de
Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; y, el
Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de
Organización y Funciones del Ministerio de la Producción;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por el señor HENRY
ARTURO DÍAZ DEL OLMO DÍAZ, al cargo de Director de Logística de la
Ofi cina General de Administración del Ministerio de la Producción,
dándosele las gracias por los servicios prestados.
Artículo 2º.- Designar a la señora NERY GUADALUPE PRADO HORNA,
en el cargo de Directora de Logística de la Ofi cina General de
Administración del Ministerio de la Producción.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE ELISBAN VILLASANTE ARANÍBARMinistro de la Producción
551630-1
FE DE ERRATAS
RESOLUCIÓN DIRECTORALNº 547-2010-PRODUCE/DGEPP
Mediante Ofi cio Nº 1287-2010-PRODUCE/SG el Ministerio de la
Producción solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución
Directoral Nº 547-2010-PRODUCE/DGEPP, publicada en la edición del
24 de setiembre de 2010.
DICE:
Artículo 4º.- El incumplimiento de lo señalado en el Artículo 4°
será causal de caducidad del derecho otorgado o de las sanciones
que resulten aplicables conforme a la normatividad vigente, según
corresponda.
DEBE DECIR:
Artículo 4º.- El incumplimiento de lo señalado en el Artículo 3°
será causal de caducidad del derecho otorgado o de las sanciones
que resulten aplicables conforme a la normatividad vigente, según
corresponda.
551624-1
ORGANISMOS EJECUTORES
FONDO NACIONAL DE
FINANCIAMIENTO DE LA
ACTIVIDAD EMPRESARIAL
DEL ESTADO
Aprueban Directiva de Formulación del Plan Operativo y
Presupuesto de las Empresas bajo el ámbito de FONAFE
ACUERDO DE DIRECTORIONº 001-2010/014-FONAFE
SESION : 014-2010 01 de octubre de 2010
ASUNTO : Directiva de Programación, Formulación y Aprobación del
Plan Operativo y Presupuesto de las Empresas bajo el ámbito de
FONAFE
1. Aprobar la Directiva de Programación, Formulación y
Aprobación del Plan Operativo, y Presupuesto de las Empresas bajo
el ámbito de FONAFE, la misma que en Anexo forma parte integrante
del presente acuerdo.
2. Aprobar los Lineamientos y Políticas a los que se hace
referencia en el Anexo 1 de la presente Directiva, los mismos que
serán aprobados cada año.
3. Delegar en la Dirección Ejecutiva y/o la Gerencia de
Operaciones la facultad de aprobar las precisiones y/o modifi
caciones que se requieran para mejorar la aplicación de la
Directiva de Programación, Formulación y Aprobación del Plan
Operativo y Presupuesto de las Empresas bajo el ámbito de
FONAFE.
4. Delegar en la Dirección Ejecutiva y/o la Gerencia de
Operaciones la facultad de aprobar:
4.1. El Glosario de Términos del proceso presupuestario (Anexo
2)
4.2. La estructura de Informe de Formulación del Plan Operativo
y Presupuesto (Anexo 3)
4.3. El modelo de Acuerdo de Directorio para aprobación del Plan
Operativo y Presupuesto de las Empresas (Anexo 4)
4.4. El cronograma de presentación y sustentación de los
proyectos de Plan Operativo y Presupuesto de las Empresas (Anexo
5)
4.5. El cronograma de aprobación del Plan Operativo y
Presupuesto de las Empresas (Anexo 5)
5. Encargar a la Dirección Ejecutiva y/o la Gerencia de
Operaciones de FONAFE la realización de las acciones necesarias
para la implementación del presente acuerdo.
6. Dispensar el presente acuerdo del trámite de lectura y
aprobación previa del Acta.
MARIO GONZALES DEL CARPIOGerente de OperacionesFONAFE
DIRECTIVA DE FORMULACIONDEL PLAN OPERATIVO Y PRESUPUESTO
DE LAS EMPRESAS BAJO EL AMBITO DE FONAFE
Acuerdo de Directorio Nº 001-2010/014-FONAFE
1. GENERALIDADES
1.1. Objetivo
Normar la Programación, Formulación y Aprobación del Plan
Operativo y Presupuesto de las Empresas del Estado bajo el ámbito
del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial
del Estado - FONAFE, con la fi nalidad de lograr la integración y
complementariedad necesarias para contribuir al cumplimiento de los
objetivos de las Empresas, en armonía con los intereses del Estado
y la ciudadanía.
1.2. Base Legal
Ley Nº 27170 - Ley del Fondo Nacional de Financiamiento de la
Actividad Empresarial del Estado - FONAFE, su Reglamento, y modifi
catorias.
Decreto Legislativo Nº 1031 - Decreto Legislativo que Promueve
la Efi ciencia de la Actividad Empresarial del Estado y su
Reglamento.
Ley Nº 27245 - Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal, su
reglamento y normas modifi catorias y complementarias.
Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de
Presupuesto.
Ley Nº 27293 - Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, su
Reglamento y normas modifi catorias y complementarias.
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NORMAS LEGALESEl Peruano
Lima, martes 5 de octubre de 2010426976
Decreto Legislativo Nº 1017 - Ley de Contrataciones del Estado,
su Reglamento y normas modifi catorias y complementarias.
Ley Nº 27319, que aprueba la transferencia de acciones de la
empresa ELECTROPERÚ S.A. al Fondo Nacional de Ahorro Público -
FONAHPU y que encarga a FONAFE la administración de las mismas.
Decreto de Urgencia Nº 007-2008, que modifi ca la Ley Nº 29064,
Ley de relanzamiento del Banco Agropecuario - Agrobanco,
incorporando la disposición de que su presupuesto sea aprobado por
FONAFE, en base a las directivas que se aplican a las empresas bajo
su ámbito.
Directiva aplicable a los Directores de las Empresas en las que
FONAFE participa como accionista, aprobada por Acuerdo de
Directorio Nº 002-2004/008-FONAFE, y normas modifi catorias.
Código del Buen Gobierno Corporativo, aprobado por Acuerdo de
Directorio Nº 001-2006/004-FONAFE, y modifi catorias.
Código Marco de Control Interno de las Empresas del Estado,
aprobado por Acuerdo de Directorio Nº 001-2006/028-FONAFE y modifi
catorias.
1.3. Ámbito
La presente Directiva es aplicable a las empresas bajo el ámbito
de FONAFE, a aquellas empresas cuyos títulos representativos de
capital social se encuentren bajo la administración de FONAFE, y a
las empresas en las que la representación en las Juntas de
Accionistas haya sido delegada a favor de FONAFE.
Se encuentran exceptuadas de la aplicación de la presente
Directiva, las Empresas que se encuentran no operativas y las que
se encuentren en proceso de disolución y liquidación o concesión,
así como las que se encuentran sometidas a procedimiento concursal
en trámite ante el INDECOPI.
1.4. Defi niciones
Para efecto de la aplicación de la presente Directiva, debe
entenderse por:
a) CAP: Cuadro de Asignación de Personal.
b) Devengado: Obligación de pago que se asume como consecuencia
de un compromiso contraído. Comprende la liquidación, identifi
cación del acreedor y la determinación del monto a través del
documento ofi cial. En el caso de bienes y servicios, se confi gura
a partir de la verifi cación de conformidad del bien recibido, del
servicio prestado o por haberse cumplido con los requisitos
administrativos y legales para los gastos sin contraprestación
inmediata o directa.
Por excepción, tratándose de Gastos de Capital que prevean el
otorgamiento de adelantos, estos se deberán considerar en el
periodo en que corresponda efectivizar su desembolso.
c) Directorio: Directorio u órgano social equivalente en la
Empresa.
d) Empresa(s): Todas aquellas a que se refi ere el numeral 1.3
de la presente Directiva.
e) FONAFE: Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad
Empresarial del Estado.
f) GIP: Gasto Integrado de Personal, instrumento de gestión que
permite administrar los gastos de personal en aplicación de los
principios de racionalidad, efi ciencia y fl exibilidad, dentro del
marco de austeridad del Estado. Está conformado por el conjunto de
partidas y rubros presupuestarios relacionados con gastos de
personal, derivados de los servicios brindados exclusivamente por
el personal, sea en forma directa o indirecta.
g) Instrumentos de Gestión: Herramientas que miden resultados y
que están orientadas a contribuir de manera efectiva a una mejor
gestión de las Empresas, así como a la generación de benefi cios
para el Estado
y la ciudadanía. Entre las principales herramientas de gestión
se encuentran el Presupuesto, los Códigos de Buen Gobierno
Corporativo, el GIP, el TIMA, y el Código Marco de Control
Interno.
h) OPI-FONAFE: Ofi cina de Programación e Inversiones de
FONAFE.
i) Pagado: Situación en la que se efectiviza el pago por la
transacción de bienes y/o servicios u otros conceptos.
j) Partida(s): Descripción genérica de los ingresos o egresos,
comprendiendo: Ingresos Operativos, Egresos Operativos, Compra de
Bienes, Gastos de Personal, Servicios Prestados por Terceros,
Tributos, Gastos Diversos de Gestión, Gastos Financieros, Egresos
Extraordinarios, Gastos de Capital, Ingresos de Capital,
Transferencias, Resultado Económico, Financiamiento Neto, Resultado
de Ejercicios Anteriores, Saldo Final, GIP y Participación de
Trabajadores.
k) Percibido: Situación en la que se obtiene o capta ingresos
por la transacción de bienes y/o servicios u otros conceptos.
l) Presupuesto: Instrumento de gestión que determina, orienta y
asigna los recursos fi nancieros para que las Empresas cumplan con
los objetivos y metas trazadas en sus planes operativos en el
ejercicio presupuestario, enmarcados en sus correspondientes Planes
Estratégicos.
m) Resultado Económico: Superávit, défi cit o equilibrio
económico, determinado sobre la base del presupuesto de ingresos y
egresos.
n) Resultado Primario: Superávit, défi cit o equilibrio
primario, determinado sobre la base del Flujo de Caja.
o) Rubro(s): Descripción específi ca del tipo de ingreso o
egreso, los cuales no comprenden a los señalados en las
partidas.
p) SIED: Sistema de Intercambio Electrónico de Documentos.
q) SISFONAFE: Sistema de información fi nanciera y presupuestal
de FONAFE.
r) TIMA: Tope de Ingreso Máximo Anual, que puede recibir un
trabajador de la empresa por todo concepto, con excepción de bonos
por convenios de gestión aprobados por FONAFE y participación de
trabajadores.
1.5. Principios Presupuestarios
a) Equilibrio PresupuestarioEl presupuesto de las empresas debe
presentar un
equilibrio entre la previsible evolución de la totalidad de
ingresos y egresos, por toda fuente y destino.
b) Especialidad CuantitativaToda disposición o acto que implique
la realización de
egresos debe cuantifi car su efecto en el presupuesto.
c) Especialidad CualitativaLos recursos de las empresas se
destinan a la fi nalidad
para la que han sido autorizados en su correspondiente
presupuesto.
d) IntegridadLos ingresos y los egresos se registran en los
presupuestos por su importe integro.
e) Especifi cidadEl presupuesto y modifi caciones deben
contener
información sufi cientemente sustentada y adecuada para efectuar
la evaluación y seguimiento de los objetivos y metas que se
propongan.
f) AnualidadEl presupuesto tiene vigencia anual y coincide con
el
año calendario.
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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, martes 5 de octubre de 2010
426977
g) Efi ciencia en la ejecución de los recursosLas políticas de
egresos vinculadas a los fi nes de
la actividad empresarial del Estado deben establecerse teniendo
en cuenta la situación económica y fi nanciera de las empresas y al
cumplimiento de las metas fi scales establecidas en el Marco
Macroeconómico Multianual y la Ley de Responsabilidad y
Transparencia Fiscal, siendo ejecutadas mediante una gestión
orientada al uso efi ciente y efi caz de los recursos.
h) Transparencia, legalidad y presunción de veracidad.
La transparencia, legalidad y presunción de veracidad,
constituyen principios que enmarcan la gestión presupuestaria de
las empresas.
1.6. Lineamientos Generales
En la elaboración de sus presupuestos, las empresas deberán
observar los siguientes lineamientos:
La programación y formulación de los presupuestos deben estar
alineadas a los objetivos y metas de los Planes Operativos y
Estratégicos de las empresas, y éstos a su vez deben observar los
principios presupuestarios, bajo un esquema de fl exibilidad y en
armonía con el Código del Buen Gobierno Corporativo.
La gestión de las empresas debe estar orientada a garantizar: el
uso efi ciente de su capacidad productiva, la racionalización del
gasto en personal, la efi ciencia en las contrataciones, el respeto
a la legislación nacional vigente y el logro de los objetivos
trazados en sus Planes Operativos. Se debe considerar que dicha
gestión será realizada en condiciones de competencia, sin
privilegios ni restricciones.
Se debe dar prioridad al gasto productivo respecto del
administrativo.
Se debe buscar la normalización de los procesos de la empresa,
de manera que el producto o servicio fi nal sea de calidad.
1.7. Formatos de Plan Operativo y Presupuesto
La carga de la información de la formulación de los presupuestos
y plan operativo en el SISFONAFE, deberá realizarse en los formatos
que se indican a continuación:
Nro. FORMATO1P Plan Operativo. 2P Balance General.3P Estado de
Ganancias y Pérdidas.4P Presupuesto de Ingresos y Egresos.5P Flujo
de Caja.6P Endeudamiento.7P Gastos de Capital.8P Presupuesto
Analítico de Personal.9P Ficha de Proyectos de Inversión.
Las empresas deberán realizar los cierres electrónicos de todos
los formatos.
2. PROCESO PARA LA APROBACION DEL PLAN OPERATIVO Y
PRESUPUESTO
El proceso consta de las siguientes etapas:
2.1. PROGRAMACION Y FORMULACION
2.1.1 Consideraciones generales
El Proyecto del Plan Operativo y Presupuesto deberá ser
formulado y presentado de acuerdo a lo establecido en los Anexos 1,
2 y 3.
Para la elaboración de los Proyectos de Plan Operativo y de
Presupuesto, las Empresas deberán tener en cuenta lo siguiente:
Formularán su Plan Operativo y Presupuesto teniendo en
consideración los Formatos del numeral 1.7, y el Glosario de
Términos aplicables al Presupuesto de Ingresos y Egresos, y del
Flujo de Caja de la presente Directiva.
Los Formatos serán aprobados por Resolución de la Dirección
Ejecutiva de FONAFE y publicados en la página web de FONAFE a los
dos (2) días útiles de la publicación de la presente Directiva en
el boletín de normas legales del Diario El Peruano.
Participación de la meta de Resultado Primario establecido por
el Ministerio de Economía y Finanzas.
2.1.2 De la Programación y Formulación del Proyecto de Plan
Operativo
El Plan Operativo por estar alineado al Plan Estratégico deberá
contener los mismos indicadores para el período que
corresponda.
El Presupuesto por ser la expresión cuantitativa del Plan
Operativo deberá refl ejar fi nancieramente los indicadores y metas
del mismo.
2.1.3 De la Programación y Formulación del Proyecto de
Presupuesto
Para la elaboración del Proyecto de Presupuesto, las empresas
deberán tener en cuenta lo siguiente:
Participarán en el Resultado del Sector Público y cumplirán con
observar los supuestos contenidos en el Marco Macroeconómico
Multianual vigente, y que a consideración de la Dirección Ejecutiva
de FONAFE le serán aplicables, los que serán publicados en la
página web de FONAFE.
Programarán y Formularán el Presupuesto de Ingresos y Egresos
(Formato 4P del Numeral 1.7) en el Marco de la Ley de
Responsabilidad y Transparencia Fiscal, bajo los principios de
Percibido para los Ingresos, y Devengado para los Egresos.
Por el carácter fi nanciero del Presupuesto, sólo se
considerarán recursos monetarios.
El Proyecto de presupuesto se elaborará en Nuevos Soles,
redondeando los decimales a la unidad más cercana.
Los rubros “Otros” del formato del “Presupuesto de Ingresos y
Egresos” (Formato 4P del numeral 1.7) consignará únicamente aquello
distinto de lo previsto en las demás partidas y rubros. El
contenido de los rubros “Otros” deberá ser detallado por la Empresa
en un anexo adicional, con el correspondiente sustento.
2.1.4 Lineamientos Específi cos
Los lineamientos y políticas defi nidas por FONAFE para las
empresas bajo su ámbito se encuentran contenidos en el Anexo 1 de
la presente Directiva y adicionalmente lo consignado líneas
abajo.
En el caso que algún rubro o partida exceda lo establecido en el
Anexo 1, se deberá sustentar de manera detallada en la parte que
corresponda.
El Directorio de FONAFE podrá aprobar montos distintos a los
defi nidos en el Anexo 1.
A. Compra de Bienes
El presupuesto por consumo de combustible para vehículos
asignados a personal gerencial no vinculados al proceso productivo,
no deberá superar el equivalente a 40 galones al mes por vehículo.
En este caso, los Gerentes Generales o equivalentes se considerarán
vinculados al proceso productivo.
Compras Corporativas
FONAFE promueve la obtención de economías de escala en la
adquisición de bienes y contratación de servicios, a través de la
realización de compras consolidadas.
Las adquisiciones de vehículos, equipos de cómputo y materiales
eléctricos (interruptores, medidores, lámparas y luminarias, cables
y conductores, equipos de protección, puestas a tierra,
transformadores, aisladores y precintos de seguridad) se realizarán
por compra corporativa.
FONAFE, a través de su Dirección Ejecutiva podrá ampliar la
lista de bienes y servicios que se adquirirán mediante compras
corporativas, así como autorizar, excepcionalmente, previo sustento
la adquisición de
-
NORMAS LEGALESEl Peruano
Lima, martes 5 de octubre de 2010426978
bienes y/o servicios fuera de los programas de compras
corporativas.
B. Gastos de Personal
El Proyecto de presupuesto de personal se elaborará sobre i) la
base de las plazas del CAP aprobadas distinguiendo entre las
ocupadas y las que se encuentren por ocupar y, ii) aquellos
contratos sujetos a modalidad aprobados por el Directorio de FONAFE
y sólo por la vigencia de dichos contratos. Cualquier ampliación de
plazo o cambio de modalidad deberá ser aprobado expresamente por el
Directorio de FONAFE bajo responsabilidad.
Se podrán presupuestar horas extras únicamente para el personal
que realiza labores vinculadas estricta y directamente al proceso
productivo de la Empresa.
La empresa podrá formular gastos para eventos y celebraciones
institucionales, de acuerdo a políticas que apruebe su Directorio,
en un marco de racionalidad y austeridad.
El rubro Dietas del Directorio deberá considerar el número de
Directores según Estatuto, así como el monto de dietas vigente. De
corresponder, se registrará el pago variable al que hace referencia
el artículo 18 del Reglamento del Decreto Legislativo 1031, siempre
y cuando se cumplan los supuestos allí citados.
El Presupuesto Analítico de Personal – PAP deberá contener como
número máximo de trabajadores el mismo que considere el CAP.
C. Servicios de Terceros
c.1 Servicio de TelefoníaLos presupuestos para servicios de
telefonía móvil
asignados al Presidente de Directorio y trabajadores de la
Empresa, no deberán exceder de los dos mil cuatrocientos y 00/100
nuevos soles (S/. 2 400.00) anuales por equipo incluyendo el
alquiler de los mismos. No se podrá asignar más de un equipo por
persona.
El Directorio de la Empresa dictará las políticas internas para
el uso de equipos móviles.
c.2 AlquileresNo se podrá considerar presupuesto para el
alquiler de
nuevos locales, de sedes administrativas o comerciales, salvo
que éstos sean para reemplazar el alquiler de un local ya existente
o que se cuente con autorización previa de la Dirección Ejecutiva
de FONAFE.
D. Gastos de Capital
Las Empresas presentarán el total de su portafolio de Proyectos
de Inversión observando lo dispuesto en la Ley Nº 27293 y su
Reglamento en lo que sea aplicable.
Las Empresas priorizarán sus inversiones a nivel de Proyectos de
Inversión y Gastos de Capital no ligados a Proyectos de Inversión,
considerando los siguientes criterios:
1. Inversiones en ejecución que provengan de años
anteriores.
2. Inversiones a iniciarse en el año para el cual se formula el
presupuesto y que cuenten con viabilidad otorgada por el Sistema
Nacional de Inversión Pública - SNIP.
El portafolio de inversiones deberá estar debidamente fi
nanciado y deberá ser presentado a nivel de detalle, considerando
para tal efecto el cuadro Nº 6 del Anexo 3 de la presente
Directiva.
Los Gastos de Capital deberán detallarse en el Formato 7P,
ordenados de acuerdo a la priorización indicada en el segundo
párrafo del presente numeral.
Las inversiones registradas como Gastos de Capital No Ligados a
Proyectos de Inversión, deberán ser detalladas para su
correspondiente califi cación por la OPI FONAFE conforme al cuadro
Nº 7 del Anexo 3 de la presente Directiva.
En caso que el período de ejecución de un proyecto de inversión
sea mayor a un año, se deberán prever los recursos para los años
siguientes hasta su culminación.
Los importes considerados en Formatos 4P deberán ser iguales al
nivel de los totales considerados en cada uno de los rubros del
Formato 7P.
E. Endeudamiento
Para el proceso presupuestario, se deberá tener en cuenta lo
siguiente:
a) Los nuevos fi nanciamientos que se registren, deberán
adjuntar un informe que justifi que la necesidad de dicho(s)
préstamo(s), así como la capacidad de pago de la empresa.
b) Para nuevos préstamos de corto plazo, se deberá contar con la
aprobación fi nanciera que indique las condiciones del
préstamo.
c) Para nuevos préstamos de largo plazo, se deberá sustentar las
gestiones realizadas ante las instituciones involucradas (MEF,
Contraloría de la República, Bancos, entre otros), las cuales deben
aprobar la operación.
F. Recursos de Ejercicios Anteriores
En el caso de que la empresa requiera de recursos de ejercicios
anteriores, éstos no podrán ser mayores al saldo de libre
disponibilidad correspondiente al fl ujo de caja del año
anterior.
G. Saldo Final
En concordancia al principio de equilibrio presupuestario, el
Saldo Final, siempre deberá ser igual o mayor a cero, en caso
contrario se procederá con el recorte de los Rubros Otros, de las
Partidas necesarias, de manera que se logre el mencionado
equilibrio.
H. Programas Especiales
Las empresas podrán consignar en el presupuesto, recursos para
los siguientes casos:
- Programa de Responsabilidad Social (carácter obligatorio)
- Programa de Incentivos por retiro voluntario- Diagnóstico y/o
implementación del Sistema de
Control Interno- Diagnóstico y/o implementación del Código de
Buen
Gobierno Corporativo- Implementación del nuevo Plan Contable
Cada programa deberá ser presentado a través de un informe que
contenga por lo menos los siguientes aspectos: objeto, descripción,
recursos necesarios, análisis costo benefi cio, cobertura, benefi
ciarios y otros que se consideren relevantes para la evaluación del
mismo.
El referido informe deberá contener un desagregado de las
Partidas que serán afectadas, en periodos mensuales y de ser
necesario anuales si se trata de un programa de más de un año.
2.2. PRESENTACION
Los Proyectos de Plan Operativo y de Presupuesto serán
presentados en los plazos que apruebe la Dirección Ejecutiva de
FONAFE, y deberán:
- Contar con la aprobación del Directorio de la Empresa1.
- Estar suscritos por el Gerente General y contar con el visto
del responsable de presupuesto en la empresa.
2.3. SUSTENTACION
Las Empresas deberán sustentar sus proyectos de plan operativo y
presupuesto de acuerdo a lo siguiente:
1 En el caso de no contar con el quórum necesario en el
Directorio, el Gerente General podrá aprobarlos, con cargo a dar
cuenta a su Directorio en la siguiente sesión.
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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, martes 5 de octubre de 2010
426979
• Fecha de sustentaciónDe acuerdo a los plazos que apruebe la
Dirección
Ejecutiva de FONAFE.
• Lugar de sustentaciónLa sede institucional de la empresa salvo
que la
Dirección Ejecutiva de FONAFE disponga lo contrario.• Esquema y
tiempos de sustentación
Nº Esquema de presentación Tiempo estimado (Minutos)
1 Información general de la Empresa 202 Proyecto de Plan
Operativo 303 Proyecto de Presupuesto 504 Información Adicional 205
Rueda de consultas 90
2.4. APROBACIÓN
El proceso de aprobación de los Planes Operativos y Presupuestos
de las empresas bajo el ámbito de FONAFE contemplará las siguientes
actividades:
Nº Actividad Ente encargado
1 Aprobación del Presupuesto Consolidado de las
Empresas.Directorio de
FONAFE
2Publicación del Presupuesto Consolidado y por Empresas, en el
Diario Ofi cial El Peruano
Dirección Ejecutiva de
FONAFE
3Ratifi cación de los Presupuestos de las empresas a nivel de
Junta General de Accionistas
Junta General de Accionistas
4Remisión del Presupuesto Consolidado y por Empresas al Congreso
de la República, La Contraloría y DNPP – MEF.
Dirección Ejecutiva de
FONAFE
5
Aprobación del Plan Operativo y Presupuesto a nivel desagregado
de cada empresa, sobre la base de lo aprobado por FONAFE y lo
ratifi cado por la Junta General de Accionistas.
Directorio de empresa
6
Remisión a FONAFE de los Formatos del Plan Operativo y
Presupuesto desagregado aprobados de cada empresa a través del
SISFONAFE.
Gerencia General o
equivalente de la empresa
7Remisión a FONAFE del Informe de Plan Operativo y el
Presupuesto desagregado aprobados, a través del SIED.
Gerencia General o
equivalente de la empresa
A los documentos descritos en el numeral 7 del cuadro
precedente, se les deberá adjuntar lo siguiente:
a) Ofi cio de remisión dirigido al Director Ejecutivo de
FONAFE.
b) Copia del Acuerdo de Directorio, que aprueba el Plan
Operativo y el Presupuesto desagregado de la Empre