1 FEDERACION DE BALONCESTO DE PUERTO RICO LIGA DE MINI BALONCESTO MASCULINO TORNEO NACIONAL 2017 REGLAS DEL TORNEO Articulo I. Base Legal Las presentes reglas se aprueban bajo la autoridad conferida a la Liga de Mini Baloncesto, en el Capítulo VIII, Artículo 27 de la Constitución de la Federación de Baloncesto de Puerto Rico. Articulo II. Regla de Transferencias y Reserva Limitada de Jugadores A. Los Circuitos con franquicias podrán contratar jugadores sin importar el lugar de su residencia. Los jugadores que se inactiven durante un (1) año, pueden ser reclutados libremente por los Circuitos con Franquicias. B. Reserva Limitada de Jugadores Esta nueva reglamentación sobre reserva de jugadores tiene el propósito de asegurar el mejor interés del participante .Es por ello, que propiciaremos que el jugador pueda participar en el Torneo Nacional de la Liga de Mini Baloncesto .No concebimos que el privar a un jugador de su participación, sea en beneficio de ese menor de edad. Es por ello, que las diferencias entre adultos, no pueden resultar en detrimento del menor, ni debe utilizarse a éste como pieza de negociación o tranque, ni convertirlo en rehén de disputas de adultos. Esta reglamentación provee de un mecanismo de relevo condicionado que atenderá aquellos casos donde hay diferencias en la otorgación del relevo. 1. Habrá una reserva limitada de jugadores con aquel circuito/club con el que se participó en el Torneo Nacional del año previo. Para cambiar de circuito/club, se procederá con una transferencia del jugador y se requerirá de un relevo del circuito/club que posee la reserva. 2. Dicho relevo será otorgado de forma mandatario por el circuito/club que posee la reserva, una vez sea solicitado el mismo, siempre y cuando no se haya incurrido en atracción ilícita de jugadores. En ese caso, se aplicarán las disposiciones reglamentarias al respecto. Hay 2 tipos de relevos: • Condicionado- Conllevará el pago de $100.00 a la Liga Mini de la FBPR. Este pago lo hará el equipo que inscriba al jugador cuando pague su inscripción para el Torneo. El no cumplir con esta disposición, hará que ese jugador sea inelegible para participar. Cualquier juego en donde hubiese participado el mismo será confiscado. Ningún equipo recibirá compensación alguna por el relevo condicionado. De incurrir en dicha práctica, será expulsado del Torneo.
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FEDERACION DE BALONCESTO DE PUERTO RICO
LIGA DE MINI BALONCESTO MASCULINO TORNEO NACIONAL 2017
REGLAS DEL TORNEO
Articulo I. Base Legal
Las presentes reglas se aprueban bajo la autoridad conferida a la Liga de Mini Baloncesto, en el
Capítulo VIII, Artículo 27 de la Constitución de la Federación de Baloncesto de Puerto Rico.
Articulo II. Regla de Transferencias y Reserva Limitada de Jugadores
A. Los Circuitos con franquicias podrán contratar jugadores sin importar el lugar de su
residencia. Los jugadores que se inactiven durante un (1) año, pueden ser reclutados libremente
por los Circuitos con Franquicias.
B. Reserva Limitada de Jugadores
Esta nueva reglamentación sobre reserva de jugadores tiene el propósito de asegurar el mejor
interés del participante .Es por ello, que propiciaremos que el jugador pueda participar en el
Torneo Nacional de la Liga de Mini Baloncesto .No concebimos que el privar a un jugador de su
participación, sea en beneficio de ese menor de edad. Es por ello, que las diferencias entre
adultos, no pueden resultar en detrimento del menor, ni debe utilizarse a éste como pieza de
negociación o tranque, ni convertirlo en rehén de disputas de adultos. Esta reglamentación
provee de un mecanismo de relevo condicionado que atenderá aquellos casos donde hay
diferencias en la otorgación del relevo.
1. Habrá una reserva limitada de jugadores con aquel circuito/club con el que se participó en el
Torneo Nacional del año previo. Para cambiar de circuito/club, se procederá con una
transferencia del jugador y se requerirá de un relevo del circuito/club que posee la reserva.
2. Dicho relevo será otorgado de forma mandatario por el circuito/club que posee la reserva, una
vez sea solicitado el mismo, siempre y cuando no se haya incurrido en atracción ilícita de
jugadores. En ese caso, se aplicarán las disposiciones reglamentarias al respecto. Hay 2 tipos de
relevos:
• Condicionado- Conllevará el pago de $100.00 a la Liga Mini de la FBPR. Este pago lo hará el
equipo que inscriba al jugador cuando pague su inscripción para el Torneo. El no cumplir con
esta disposición, hará que ese jugador sea inelegible para participar. Cualquier juego en donde
hubiese participado el mismo será confiscado. Ningún equipo recibirá compensación alguna por
el relevo condicionado. De incurrir en dicha práctica, será expulsado del Torneo.
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El circuito/club que otorgue los relevos condicionados, deberá notificar dicha acción a la Liga
de Mini Baloncesto, no más tarde del 1 de marzo del año en que se realiza el torneo.
• No Condicionado - Podrá jugar con su nuevo equipo (Circuito/Club), sin ningún tipo de
restricción.
3. Si la transferencia es bajo las disposiciones reglamentarias de residencia, no se requerirá
ningún tipo de relevo.
4. No se permitirán movimientos de más de 2 jugadores de un mismo equipo hacia otro
equipo si los relevos son condicionados.
5. Ningún jugador podrá cambiar de circuito/club en más de 2 ocasiones, durante su
participación en la Liga de Mini Baloncesto, excepto si un tercer cambio fuese a uno de los
clubes/circuitos donde ya participó. Los cambios de residencia no se consideran en esta
disposición. Los hijos de los entrenadores activos en la Liga, estarán exentos de esta
disposición.
6. Cualquier aspecto no contemplado en esta reglamentación, será evaluado por el Director
General de la Liga de Mini Baloncesto y los Directores de Torneo, quienes tomarán la
determinación al respecto.
Articulo III. Disposiciones Sobre Atracción Ilícita de Jugadores
A. Reconociendo el trabajo incansable de los Circuitos de baloncesto y su personal para
lograr el desarrollo de jugadores, a través de años de labor continua, clínicas, torneos locales y
prácticas, se rechaza contundentemente todo intento o acto dirigido a privar a un Circuito del
fruto de dicho esfuerzo.Ante tal situación, la Liga de Mini Baloncesto hará todo lo necesario
para desalentar la práctica indeseable de la “piratería” de jugadores.
B. ACTOS CONSTITUTIVOS DE PIRATERIA
1. Constituirá atracción ilícita de jugadores cualquier acción dirigida a la atracción y/o
reclutamiento de jugadores pertenecientes a otro Circuito, que sean realizados directamente
con el jugador y/o con cualquiera de sus familiares y/o relacionados, mediante el ofrecimiento
de cualquier beneficio de cualquier índole y/o la manipulación del estado de ánimo del talento
deseado, para despertar su interés en el equipo y/o Circuito actor, llevados a cabo por
cualquier jugador, familiar o relacionado del jugador, técnico, dirigente, asistente de
dirigente, directivo y/o componente de ese equipo y/o Circuito.
2. La responsabilidad de los equipos y/o Circuitos por la violación de lo dispuesto en el
Párrafo anterior, por parte de cualquiera de sus componentes, será vicaria, por lo cual
responderán por tales infracciones de forma institucional, además de las personas
perpetradoras de las acciones prohibidas.
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3. También se crea, mediante el presente artículo, la obligación de orientación preventiva de
parte de los equipos y/o Circuitos, participantes en nuestra Liga, hacia todos sus componentes
de todo tipo, sobre la filosofía en contra de la “piratería” de jugadores contenida en el
presente.
C. PENALIDADES
1. Se impondrá a una persona infractora por primera vez, una suspensión de dos años para
participar en la Liga de Mini Baloncesto en cualquier capacidad, incluyendo la asistencia a
los partidos de nuestros torneos.
2. Se impondrá a una persona reincidente, expulsión de por vida para participar en la Liga de
Mini Baloncesto en cualquier capacidad, incluyendo la asistencia a los partidos de nuestros
torneos.
3. Se impondrá a un equipo y/o Circuito infractor por primera vez, una multa de
MIL DOLARES ($ 1,000.00) cuyo pago será condición indispensable para cualquier
participación en cualquiera de nuestros torneos que estén en proceso o por comenzar.
4. Se impondrá a un equipo y/o Circuito infractor por segunda vez, una multa de
TRES MIL DOLARES ($3,000.00) Y UNA SUSPENSION DE UN AÑO cuyo pago y
cumplimiento será condición indispensable para cualquier participación en cualquiera de
nuestros torneos que estén en proceso o por comenzar.
5. Se impondrá a un equipo y/o Circuito infractor por tercera vez, la expulsión de por vida al
organismo y a sus directivos de toda participación en la Liga.
D. PROCEDIMIENTO
1. Los procedimientos que se utilizaran para la investigación y adjudicación de casos bajo este
Artículo se regirán por los procedimientos contemplados en el Código de Disciplina, Reglas
de Procedimiento y Revisión de la Federación de Baloncesto de Puerto Rico.
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Artículo IV. Reglas Generales
A. Se jugará con todas las reglas de la FIBA, vigentes a octubre de 2014 en adelante, excepto
aquellas que se excluyan o modifiquen por la Liga de Mini Baloncesto.
B. La Liga de Mini Baloncesto (Masculina) no permitirá la participación de jugadoras
femeninas. No se permite a ningún jugador participar en más de una categoría.
C. Los Circuitos que presenten más de un equipo en una misma categoría, deberán identificar
como “A“, él de mayor desarrollo y nivel competitivo y como “B“, él de menor desarrollo y
nivel competitivo. El incumplimiento con esta disposición conllevará sanciones severas,
desde multas hasta la expulsión del equipo, según la discreción del Director de Torneo. De
tener más de 2 equipos se utilizarán letras para identificarlos siguiendo el principio anterior.
D. Un dirigente podrá dirigir hasta un máximo de 2 equipos, los cuales deberán pertenecer a
la misma División y no podrán ser de la misma edad (categoría). No habrá sanción para los
Circuitos y/o dirigentes que no cumplan esta directriz. Pero no se considerarán peticiones
de acomodo relacionadas con arreglos de horario para que los dirigentes puedan
cumplir con sus equipos.
E. La participación de los Circuitos en la actividad de inauguración con todos sus equipos es
compulsoria. Se multará a los Circuitos en ciento cincuenta dólares ($150.00) por cada equipo
que NO ASISTA a la inauguración.
F. Los equipos estarán compuestos por el siguiente personal:
1. Un mínimo de doce (12) o un máximo de trece (13) jugadores.
2. Un dirigente, que solo podrá dirigir en un mismo club y de tener un segundo equipo deberá
ser en una misma división. Un dirigente no puede dirigir dos (2) equipos de su mismo club en
una misma categoría.
3. Un asistente, (le aplicarán las mismas disposiciones que al coach).
4. Un anotador, que deberá estar realizando dicha función para poder permanecer en el
banco). No se permitirá a nadie más en el banco de los jugadores.
5. Todo equipo que se retire del torneo luego del congresillo técnico tendrá que pagar el costo
total de inscripción.
BALON OFICIAL
F. Bola Oficial – El balón oficial de la Liga de Mini Baloncesto será la marca Molten.
1. Para la categoría Pre-Infantil (7 años) e Infantil (8 años): Se utilizará el modelo
GR5-01-27.5, de Goma.
2. Para las categorías Pre-Futuras (9 años) y Futuras (10 años), se usará el modelo GR6-01
28.5 Mini de Goma.
3. En las categorías Pre-Mini (11 años) y Mini (12 años) se utilizará la GM6X-28.5 de
Cuero Sintético.
4. Para las categorías Sub 13 y Sub 14 se usará la GM7X-29.5 de Cuero Sintético
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Artículo V. Reglas de Juego:
A. Cuadros Iniciales:
Los equipos presentaran, frente a la mesa, a los jugadores que iniciarán en cada periodo,
comenzando con el equipo local. Luego de registrado en la hoja de anotaciones, NO podrán
hacer cambios.
LOS INCISOS V. B Y V. C APLICARAN SOLAMENTE EN LAS
CATEGORIAS PREINFANTIL (7) AÑOS, INFANTIL(8) AÑOS, PREFUTURAS
(9) AÑOS Y FUTURAS (10) AÑOS.
B. La cantidad de tiempo permitido para pasar el balón de la zona de defensa a la zona de
ataque será de diez (10) segundos. No habrá nuevo conteo en caso de que él balón salga
fuera de las líneas.
C. El equipo ofensivo tendrá treinta (30) segundos para intentar tiro al canasto desde el
momento en que obtenga la posesión del balón. Los árbitros indicarán a viva voz cuando
resten diez (10) segundos del ciclo de treinta (30) segundos.
Después que el Balón toque él aro del canasto, si el mismo equipo que lanzó, recupera el
balón, tiene 14 segundos para intentar al canasto.
LOS INCISOS V. D y V. E APLICARAN SOLAMENTE EN LAS CATEGORIAS
PRE-MINI (11), MINI (12), SUB 13 (13 AÑOS) Y SUB 14 (14 AÑOS):
D. La cantidad de tiempo permitido para pasar el balón de la zona de defensa a la zona de
ataque, será de ocho (8) segundos. No habrá un nuevo conteo en caso de que la bola salga
fuera de las líneas.
E. El equipo ofensivo tendrá veinticuatro (24) segundos para intentar tiro al canasto desde el
momento que obtenga la posesión del balón. Los árbitros indicaran a viva voz cuando resten
diez10 segundos del ciclo de los veinticuatro (24) segundos. Después que el Balón toque el
aro del canasto, si el mismo equipo que lanzó recupera el balón, tiene14 segundos para
intentar al canasto.
F. Bonificación:
1. La bonificación por faltas personales será desde la falta número seis (6) por periodo. Esto
aplica en todas las categorías.
G. Tiempo permitido a la ofensiva en la zona restringida:
Categoría Pre-Infantil e Infantil, Pre-Futuras y Futuras: Cinco (5) segundos en la zona
restringida.
Pre-Mini, Mini, Sub 13 y Sub 14 será de tres (3) segundos en la zona restringida.
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H. Canasto de tres puntos:
No será válido el canasto de tres (3) puntos en las categorías, Pre-Infantil e Infantil.
Será válido en las categorías de Pre-Futuras en adelante.
I. Tiempos muertos
Se pueden conceder dos (2) tiempos muertos a cada equipo en cualquier momento de la
primera mitad (primero y segundo periodo) y tres (3) tiempos muertos en la segunda mitad
(tercero y cuarto periodo), con un máximo de dos (2) tiempos muertos durante los dos (2)
últimos minutos del cuarto periodo y un (1) tiempo muerto durante cada periodo extra.
Los tiempos muertos no utilizados, no podrán trasladarse a la segunda mitad o periodo extra.
Durante los últimos dos (2) minutos del cuarto (4) periodo o periodo suplementario, si se
concede un tiempo muerto al equipo que tiene posesión del balón en su lado defensivo, el
saque será administrado al lado opuesto de la mesa de control, en el punto donde llega una
línea imaginaria perpendicular desde la línea que marca los intentos de tres (3) puntos en su
lugar más cercano a la línea de saque. El equipo en ofensiva no podrá atrasar el balón,
“pasarlo a su zona defensiva”.
Artículo VI. Comienzo, Desarrollo y Culminación del Partido
A. Los partidos comenzarán a la hora señalada en el itinerario. Antes de cada juego, los
árbitros se reunirán con los entrenadores de ambos equipos y capitanes, para presentarse
aclarar dudas o discutir situaciones especiales, con el propósito de facilitar el desarrollo
adecuado del partido.
B. Con el propósito de proteger la identidad y privacidad de los menores que participan del
torneo de la Liga de Mini Baloncesto Masculino de la Federación de Baloncesto de Puerto
Rico no se usarán los libros de carnets, ni planillas con fotos de los jugadores menores de
edad.
1. La Liga de Mini Baloncesto proveerá una planilla con el logo oficial de la liga y de la
Federación de baloncesto de Puerto Rico en la cual los equipos brindarán toda la
información solicitada.
2. Los equipos deberán presentar esta planilla en la mesa de anotaciones antes de comenzar
el partido.
3. Los oficiales de mesa recibirán y serán los custodios de estas planillas hasta que termine
el partido.
4. En caso de que alguno de los equipos no presente la planilla a tiempo (antes de la hora
señalada en el itinerario para comenzar el partido) o falle en presentar la misma, será
sancionado con una falta técnica administrativa, la cual se cobrará al iniciar el partido y en
sustitución del salto inicial. Serán dos (2) tiros y la posesión del balón.
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5. Si ambos equipos fallan en cumplir con esta disposición se cancelan las faltas técnicas y
se inicia el partido de la manera tradicional.
C. En caso de que alguno de los equipos cuestione la elegibilidad de algunos de los
jugadores y desee protestar el partido, se seguirá el siguiente procedimiento:
1. El dirigente del equipo que desee protestar se comunicara con los oficiales de mesa y
notificara su intención de protestar el partido y deberá entregar a los oficiales de mesa un
deposito por la cantidad de cien dólares ($100.00) en efectivo. NO SE ACEPTARAN
PROTESTAS SI NO SE PAGA EL DINERO. SOLO EL DIRIGENTE PODRA
PROTESTAR.
2. Luego de que el equipo cumpla con el pago y mientras el dirigente del equipo escribe el
nombre del jugador o jugadores que protesta, el oficial de mesa se comunicara con algunos
de los oficiales de la liga, entiéndase; Supervisores, Directores de torneo o el Director
General y notificará la situación.
3. Tan pronto el dirigente termine de redactar la protesta, se comenzara el partido y se
jugará BAJO PROTESTA.
4. Los oficiales de la Liga comenzarán el proceso de confirmar la elegibilidad del jugador o
jugadores protestados y tan pronto tengan la información disponible se procederá a
comunicar la misma a los oficiales de mesa y árbitros del partido.
5. Cuando el desarrollo del partido lo permita, se detendrá el partido y los oficiales de mesa
y árbitros verificaran la información e informarán a los dirigentes de ambos equipos.
6. De confirmarse que el jugador es ELEGIBLE, el equipo que protesta pierde el dinero que
deposito.
7. De confirmarse que el jugador es INELEGIBLE, se aplicaran las siguientes sanciones:
El partido será confiscado inmediatamente. Todo el equipo incluyendo el cuerpo técnico
queda expulsado del torneo y el Circuito deberá pagar una multa de mil (1,000.00) dólares y
estará en probatoria por un año.
8. Si no puede confirmarse la elegibilidad del jugador protestado por el método de
confirmación a través de los oficiales de la Liga, el oficial de mesa procederá a notificar al
oficial de la liga e informar al dirigente del jugador protestado y a sus padres que serán
citados oportunamente a una vista administrativa para confirmarla elegibilidad del jugador.
9. A la vista administrativa será compulsorio la asistencia de las personas citadas así como
también de los oficiales de mesa y los árbitros.
D. Si a la hora de comenzar, un equipo se presenta con un mínimo de cinco (5) jugadores, se
procede a comenzar el primer periodo. Si al comenzar el segundo periodo, dicho equipo no
puede presentar al menos 4 jugadores que no hayan participado en el primer periodo se
procederá a confiscar el partido. Todos los jugadores que participen deberán estar hábiles
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para hacerlo. Jugadores lesionados o con alguna condición que le incapacite para jugar no se
podrán contar como parte de los doce jugadores reglamentarios.
1. Esta confiscación conlleva una multa de cincuenta dólares ($50.00) y el Circuito infractor
tiene que pagar la misma antes de su próximo juego. De no cumplir con esta disposición el
equipo no podrá continuar participando en el torneo.
E. Si un equipo no está en la cancha o no tiene los cinco (5) jugadores para comenzar el
partido, se le concederán quince (15) minutos antes de confiscar el mismo, contados desde la
hora de juego señalada en el itinerario. Si el tiempo en atraso es mayor de 15 minutos, se
empezará el partido tan pronto termine el tiempo establecido por el árbitro para comenzar el
partido.
F. Al terminar el tiempo de espera reglamentario, si uno de los equipos tiene el mínimo de
cinco (5) jugadores y el otro equipo no tiene el mínimo de cinco (5) jugadores el juego se
confiscará a favor del equipo que está habilitado para jugar.
G. Si un equipo se retira de la cancha en forma de protesta y/o antes de que los árbitros
confisquen el partido, el Director de Torneo podrá aplicar sanciones que van desde la
confiscación del partido, multas y hasta la expulsión del equipo del Torneo.
H. Todo equipo que se le confisquen dos partidos consecutivos por no presentarse en la
cancha en la serie regular y que no presente una razón convincente a la Liga,
automáticamente será dado de baja del torneo y pagará una multa de cien dólares ($100.00).
I. La confiscación de un (1) partido durante la postemporada conlleva una multa de cien
dólares ($100.00) al Circuito.
J. Lesiones de Impacto: Si un jugador sufre una caída en la cual tenga un impacto
contundente, el árbitro podrá detener el partido inmediatamente.