“Curso de Formación y Certificación de la Primera Generación de Facilitadores-Replicadores Responsables de la Armonización Contable” Página 1 de 61 EXTRACTO DEL COMPENDIO DE LA NORMATIVIDAD DE ARMONIZACIÓN CONTABLE
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LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL ...............................................................................................4
Artículo 1.‐ ............................................................................................................................................................4
Artículo 2.‐ ............................................................................................................................................................4
Artículo 3.‐ ............................................................................................................................................................4
Artículo 4.‐ ............................................................................................................................................................4
Artículo 5.‐ ............................................................................................................................................................6
Artículo 19.‐ ..........................................................................................................................................................7
Artículo 46.‐ ..........................................................................................................................................................7
Artículo 47.‐ ..........................................................................................................................................................8
Artículo 48.‐ ..........................................................................................................................................................8
Artículo 52.‐ ..........................................................................................................................................................8
TRANSITORIOS LGCG ................................................................................................................................................9
QUINTO.‐ ..............................................................................................................................................................9
SEXTO.‐ .................................................................................................................................................................9
SÉPTIMO.‐ .............................................................................................................................................................9
MARCO CONCEPTUAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL .............................................................................. 10
Párrafo 1: ........................................................................................................................................................... 10
Párrafo 69: ......................................................................................................................................................... 10
Párrafo 75 y 76: ................................................................................................................................................. 10
CLASIFICADOR POR RUBROS DE INGRESOS ........................................................................................................... 11
ESTRUCTURA DE CODIFICACION ....................................................................................................................... 11
RELACION DE RUBROS Y TIPOS .......................................................................................................................... 11
CLASIFICADOR POR OBJETO GASTO ...................................................................................................................... 14
CLASIFICACIÓN FUNCIONAL DEL GASTO ............................................................................................................... 24
Clasificación Funcional del Gasto (Finalidad, Función y Subfunción) ................................................................ 25
ACUERDO POR EL QUE SE EMITE LA CLASIFICACIÓN FUNCIONAL DEL GASTO .......................................................................... 25
1 GOBIERNO .......................................................................................................................................................... 25
ADECUACIONES DEL CLASIFICADOR POR OBJETO DEL GASTO ............................................................................. 29
MANUAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL .................................................................................................. 33
CUARTO.‐ ........................................................................................................................................................... 33
RELACIÓN CONTABLE/PRESUPUESTARIA .......................................................................................................... 33
ESTADO DE SITUACIÓN FINANCIERA ..................................................................................................................... 40
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ESTADO DE ACTIVIDADES ...................................................................................................................................... 41
ESTADO DE VARIACIONES EN LA HACIENDA PÚBLICA .......................................................................................... 42
ESTADO DE FLUJO DE EFECTIVO ............................................................................................................................ 43
ESTADO ANALÍTICO DE INGRESOS PRESUPUESTALES ........................................................................................... 44
ESTADO DEL EJERCICIO DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS POR CAPÍTULO DEL GASTO ......................................... 45
EJEMPLOS DE GUÍAS CONTABILIZADORAS ............................................................................................................ 46
EJEMPLO DE MATRIZ DEVENGADO DE GASTOS .................................................................................................... 49
EJEMPLO DE MATRIZ PAGADO DE GASTOS ........................................................................................................... 50
EJEMPLO DE MATRIZ INGRESOS DEVENGADOS .................................................................................................... 51
EJEMPLO DE MATRIZ INGRESOS RECAUDADO ...................................................................................................... 52
LINEAMIENTOS SOBRE LOS INDICADORES PARA MEDIR LOS AVANCES FÍSICOS Y FINANCIEROS RELACIONADOS
CON LOS RECURSOS PÚBLICOS FEDERALES .......................................................................................................... 53
PRINCIPALES REGLAS DE REGISTRO Y VALORACIÓN DEL PATRIMONIO ............................................................... 54
I. Introducción ................................................................................................................................................... 54
II. Entorno Jurídico ............................................................................................................................................. 55
V. Valor Inicial Y Posterior Del Activo, Pasivo Y Hacienda Pública / Patrimonio ............................................... 57
Reconocimientos de los efectos de la inflación ................................................................................................ 60
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LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL
Artículo 1.- La presente Ley es de orden público y tiene como objeto establecer los criterios generales que regirán la contabilidad gubernamental y la emisión de información financiera de los entes públicos, con el fin de lograr su adecuada armonización. La presente Ley es de observancia obligatoria para los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Federación, los estados y el Distrito Federal; los ayuntamientos de los municipios; los órganos político‐administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal; las entidades de la administración pública paraestatal, ya sean federales, estatales o municipales y los órganos autónomos federales y estatales. Los gobiernos estatales deberán coordinarse con los municipales para que éstos armonicen su contabilidad con base en las disposiciones de esta Ley. El Gobierno del Distrito Federal deberá coordinarse con los órganos político‐administrativos de sus demarcaciones territoriales. Las entidades federativas deberán respetar los derechos de los municipios con población indígena, entre los cuales se encuentran el derecho a decidir las formas internas de convivencia política y el derecho a elegir, conforme a sus normas y, en su caso, costumbres, a las autoridades o representantes para el ejercicio de sus propias formas de gobierno interno.
Artículo 2.- Los entes públicos aplicarán la contabilidad gubernamental para facilitar el registro y la fiscalización de los activos, pasivos, ingresos y gastos y, en general, contribuir a medir la eficacia, economía y eficiencia del gasto e ingresos públicos, la administración de la deuda pública, incluyendo las obligaciones contingentes y el patrimonio del Estado. Los entes públicos deberán seguir las mejores prácticas contables nacionales e internacionales en apoyo a las tareas de planeación financiera, control de recursos, análisis y fiscalización.
Artículo 3.- La contabilidad gubernamental determinará la valuación del patrimonio del Estado y su expresión en los estados financieros.
Artículo 4.- Para efectos de esta Ley se entenderá por: I. Armonización: la revisión, reestructuración y compatibilización de los modelos contables vigentes a nivel nacional, a partir de la adecuación y fortalecimiento de las disposiciones jurídicas que las rigen, de los procedimientos para el registro de las operaciones, de la información que deben generar los sistemas de contabilidad gubernamental, y de las características y contenido de los principales informes de rendición de cuentas; II. Catálogo de cuentas: el documento técnico integrado por la lista de cuentas, los instructivos de manejo de cuentas y las guías contabilizadoras; III. Comité: el comité consultivo; IV. Contabilidad gubernamental: la técnica que sustenta los sistemas de contabilidad gubernamental y que se utiliza para el registro de las transacciones que llevan a cabo los entes públicos, expresados en términos monetarios, captando los diversos eventos económicos identificables y cuantificables que afectan los bienes e inversiones, las obligaciones y pasivos, así como el propio patrimonio, con el fin
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de generar información financiera que facilite la toma de decisiones y un apoyo confiable en la administración de los recursos públicos; V. Consejo: el consejo nacional de armonización contable; VI. Costo financiero de la deuda: los intereses, comisiones u otros gastos, derivados del uso de créditos; VII. Cuentas contables: las cuentas necesarias para el registro contable de las operaciones presupuestarias y contables, clasificadas en activo, pasivo y hacienda pública o patrimonio, y de resultados de los entes públicos; VIII. Cuentas presupuestarias: las cuentas que conforman los clasificadores de ingresos y gastos públicos; IX. Cuenta pública: el documento a que se refiere el artículo 74, fracción VI de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como el informe que en términos del artículo 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos rinde el Distrito Federal y los informes correlativos que, conforme a las constituciones locales, rinden los estados y los municipios; X. Deuda pública: las obligaciones de pasivo, directas o contingentes, derivadas de financiamientos a cargo de los gobiernos federal, estatales, del Distrito Federal o municipales, en términos de las disposiciones legales aplicables, sin perjuicio de que dichas obligaciones tengan como propósito operaciones de canje o refinanciamiento; XI. Endeudamiento neto: la diferencia entre el uso del financiamiento y las amortizaciones efectuadas de las obligaciones constitutivas de deuda pública, durante el período que se informa; XII. Entes públicos: los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Federación y de las entidades federativas; los entes autónomos de la Federación y de las entidades federativas; los ayuntamientos de los municipios; los órganos político‐administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal; y las entidades de la administración pública paraestatal, ya sean federales, estatales o municipales; XIII. Entidades federativas: los estados de la Federación y el Distrito Federal; XIV. Gasto comprometido: el momento contable del gasto que refleja la aprobación por autoridad competente de un acto administrativo, u otro instrumento jurídico que formaliza una relación jurídica con terceros para la adquisición de bienes y servicios o ejecución de obras. En el caso de las obras a ejecutarse o de bienes y servicios a recibirse durante varios ejercicios, el compromiso será registrado por la parte que se ejecutará o recibirá, durante cada ejercicio; XV. Gasto devengado: el momento contable del gasto que refleja el reconocimiento de una obligación de pago a favor de terceros por la recepción de conformidad de bienes, servicios y obras oportunamente contratados; así como de las obligaciones que derivan de tratados, leyes, decretos, resoluciones y sentencias definitivas; XVI. Gasto ejercido: el momento contable del gasto que refleja la emisión de una cuenta por liquidar certificada debidamente aprobada por la autoridad competente; XVII. Gasto pagado: el momento contable del gasto que refleja la cancelación total o parcial de las obligaciones de pago, que se concreta mediante el desembolso de efectivo o cualquier otro medio de pago; XVIII. Información financiera: la información presupuestaria y contable expresada en unidades monetarias, sobre las transacciones que realiza un ente público y los eventos económicos identificables y cuantificables que lo afectan, la cual puede representarse por reportes, informes, estados y notas que expresan su situación financiera, los resultados de su operación y los cambios en su patrimonio;
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XIX. Ingreso devengado: el que se realiza cuando existe jurídicamente el derecho de cobro de impuestos, derechos, productos, aprovechamientos y otros ingresos por parte de los entes públicos; XX. Inventario: la relación o lista de bienes muebles e inmuebles y mercancías comprendidas en el activo, la cual debe mostrar la descripción de los mismos, códigos de identificación y sus montos por grupos y clasificaciones específicas; XXI. Lista de cuentas: la relación ordenada y detallada de las cuentas contables, mediante la cual se clasifican el activo, pasivo y hacienda pública o patrimonio, los ingresos y gastos públicos, y cuentas denominadas de orden o memoranda; XXII. Manuales de contabilidad: los documentos conceptuales, metodológicos y operativos que contienen, como mínimo, su finalidad, el marco jurídico, lineamientos técnicos y el catálogo de cuentas, y la estructura básica de los principales estados financieros a generarse en el sistema; XXIII. Normas contables: los lineamientos, metodologías y procedimientos técnicos, dirigidos a dotar a los entes públicos de las herramientas necesarias para registrar correctamente las operaciones que afecten su contabilidad, con el propósito de generar información veraz y oportuna para la toma de decisiones y la formulación de estados financieros institucionales y consolidados; XXIV. Órganos autónomos: las personas de derecho público con autonomía en el ejercicio de sus funciones y en su administración, creadas por disposición expresa de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a los que se asignen recursos del Presupuesto de Egresos de la Federación a través de los ramos autónomos, así como las creadas por las constituciones de los estados o el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; XXV. Plan de cuentas: el documento en el que se definirán los dos primeros agregados a los que deberán alinearse las listas de cuentas que formularán los entes públicos; XXVI. Planeación del desarrollo: el Plan Nacional de Desarrollo, así como los planes de desarrollo de las entidades federativas, de los municipios y de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, conforme resulte aplicable a cada orden de gobierno; XXVII. Postulados básicos: los elementos fundamentales de referencia general para uniformar los métodos, procedimientos y prácticas contables; XXVIII. Secretaría de Hacienda: la Secretaría de Hacienda y Crédito Público del Gobierno Federal; XXIX. Sistema: el sistema de contabilidad gubernamental que cada ente público utiliza como instrumento de la administración financiera gubernamental.
Artículo 5.- La interpretación de esta Ley, para efectos administrativos, corresponde a la Secretaría de Hacienda y a la Secretaría de la Función Pública, en el ámbito de sus respectivas atribuciones. A falta de disposición expresa en esta Ley, se aplicará supletoriamente la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
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Artículo 19.- Los entes públicos deberán asegurarse que el sistema: I. Refleje la aplicación de los principios, normas contables generales y específicas e instrumentos que establezca el consejo; II. Facilite el reconocimiento de las operaciones de ingresos, gastos, activos, pasivos y patrimoniales de los entes públicos; III. Integre en forma automática el ejercicio presupuestario con la operación contable, a partir de la utilización del gasto devengado; IV. Permita que los registros se efectúen considerando la base acumulativa para la integración de la información presupuestaria y contable; V. Refleje un registro congruente y ordenado de cada operación que genere derechos y obligaciones derivados de la gestión económico‐financiera de los entes públicos; VI. Genere, en tiempo real, estados financieros, de ejecución presupuestaria y otra información que coadyuve a la toma de decisiones, a la transparencia, a la programación con base en resultados, a la evaluación y a la rendición de cuentas, y VII. Facilite el registro y control de los inventarios de los bienes muebles e inmuebles de los entes públicos.
Artículo 46.- En lo relativo a la Federación, los sistemas contables de las dependencias del poder Ejecutivo; los poderes Legislativo y Judicial; las entidades y los órganos autónomos permitirán, en la medida que corresponda, la generación periódica de los estados y la información financiera que a continuación se señala: I. Información contable, con la desagregación siguiente:
a) Estado de situación financiera; b) Estado de variación en la hacienda pública; c) Estado de cambios en la situación financiera; d) Informes sobre pasivos contingentes; e) Notas a los estados financieros; f) Estado analítico del activo; g) Estado analítico de la deuda y otros pasivos, del cual se derivarán las siguientes clasificaciones:
i. Corto y largo plazo, así como por su origen en interna y externa; ii. Fuentes de financiamiento; iii. Por moneda de contratación, y iv. Por país acreedor;
II. Información presupuestaria, con la desagregación siguiente: a) Estado analítico de ingresos, del que se derivará la presentación en clasificación económica por fuente de financiamiento y concepto; b) Estado analítico del ejercicio del presupuesto de egresos del que se derivarán las siguientes clasificaciones:
i. Administrativa; ii. Económica y por objeto del gasto, y iii. Funcional‐programática;
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c) Endeudamiento neto, financiamiento menos amortización, del que derivará la clasificación por su origen en interno y externo; d) Intereses de la deuda; e) Un flujo de fondos que resuma todas las operaciones y los indicadores de la postura fiscal;
III. Información programática, con la desagregación siguiente:
a) Gasto por categoría programática; b) Programas y proyectos de inversión; c) Indicadores de resultados, y
IV. La información complementaria para generar las cuentas nacionales y atender otros requerimientos provenientes de organismos internacionales de los que México es miembro. Los estados analíticos sobre deuda pública y otros pasivos, y el de capital deberán considerar por concepto el saldo inicial del ejercicio, las entradas y salidas por transacciones, otros flujos económicos y el saldo final del ejercicio.
Artículo 47.- En lo relativo a las entidades federativas, los sistemas contables de las dependencias del poder Ejecutivo; los poderes Legislativo y Judicial; las entidades y los órganos autónomos deberán producir, en la medida que corresponda, la información referida en el artículo anterior, con excepción de la fracción I, inciso g) de dicho artículo, cuyo contenido se desagregará como sigue: I. Estado analítico de la deuda, del cual se derivarán las siguientes clasificaciones:
a) Corto y largo plazo; b) Fuentes de financiamiento;
II. Endeudamiento neto, financiamiento menos amortización, y III. Intereses de la deuda.
Artículo 48.- En lo relativo a los ayuntamientos de los municipios y los órganos político‐administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, los sistemas deberán producir, como mínimo, la información contable y presupuestaria a que se refiere el artículo 46, fracción I, incisos a), b), c), e) y f); y fracción II, incisos a) y b)
Artículo 52.- Los estados financieros y demás información presupuestaria, programática y contable que emanen de los registros de los entes públicos, serán la base para la emisión de informes periódicos y para la formulación de la cuenta pública anual. Los entes públicos deberán elaborar los estados de conformidad con las disposiciones normativas y técnicas que emanen de esta Ley o que emita el consejo. Los estados correspondientes a los ingresos y gastos públicos presupuestarios se elaborarán sobre la base de devengado y, adicionalmente, se presentarán en flujo de efectivo.
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TRANSITORIOS LGCG QUINTO.- Los ayuntamientos de los municipios emitirán información periódica y elaborarán sus cuentas públicas conforme a lo dispuesto en el artículo 55 de esta Ley, a más tardar, el 31 de diciembre de 2012. Los órganos político‐administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal emitirán información periódica e integrarán la cuenta pública conforme a lo dispuesto en el artículo 55 de esta Ley, a más tardar, el 31 de diciembre de 2012.
SEXTO.- En lo relativo a la Federación, los sistemas contables de las dependencias del poder Ejecutivo; los poderes Legislativo y Judicial; las entidades y los órganos autónomos deberán estar operando en tiempo real, a más tardar, el 31 de diciembre de 2011. En el caso de las entidades paraestatales del Gobierno Federal, dicho sistema deberá estar operando en las mismas condiciones a más tardar el 31 de diciembre de 2012. Los sistemas de contabilidad gubernamental de las dependencias del poder Ejecutivo; los poderes Legislativo y Judicial; las entidades y los órganos autónomos de las entidades federativas; los ayuntamientos de los municipios y los órganos político‐administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal deberán estar operando y generando en tiempo real estados financieros, sobre el ejercicio de los ingresos y gastos y sobre las finanzas públicas, a más tardar, el 31 de diciembre de 2012.
SÉPTIMO.- El inventario de bienes muebles e inmuebles a que se refiere esta Ley deberá estar integrado, a más tardar el 31 de diciembre de 2011, por las dependencias del poder Ejecutivo; los poderes Legislativo y Judicial; las entidades y los órganos autónomos de la Federación; y el 31 de diciembre de 2012, por las dependencias del poder Ejecutivo; los poderes Legislativo y Judicial; las entidades y los órganos autónomos de las entidades federativas; los ayuntamientos de los municipios y los órganos político‐administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal.
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MARCO CONCEPTUAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL
Párrafo 1: El Marco Conceptual de Contabilidad Gubernamental (MCCG), es la base del Sistema de Contabilidad
Gubernamental (SCG) para los entes públicos, constituyéndose en el referente teórico que define,
delimita, interrelaciona e integra de forma lógico‐deductiva sus objetivos y fundamentos. Además,
establece los criterios necesarios para el desarrollo de normas, valuación, contabilización, obtención y
presentación de información contable y presupuestaria, en forma clara, oportuna, confiable y
comparable, para satisfacer las necesidades de los usuarios.
Párrafo 69: El sistema contable permitirá la generación periódica de los estados y la información financiera que a continuación se detalla:
a) Información contable;
b) Información presupuestaria;
c) Información programática;
d) Información complementaria para generar las cuentas nacionales y atender otros requerimientos provenientes de organismos internacionales de los que México forma parte.
Párrafo 75 y 76: V. Notas a los Estados Financieros
Revelan información complementaria de los rubros y saldos presentados en los estados financieros siendo de utilidad para que los usuarios de la información financiera tomen decisiones con una base objetiva. Esto implica que éstas no sean en sí mismas un estado financiero, sino que formen parte integral de ellos, siendo obligatoria su presentación.
Los elementos mínimos que deben mostrar son: las bases de preparación de los estados financieros, las principales políticas de carácter normativo contable, y la explicación de las variaciones más significativas o representativas.
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CLASIFICADOR POR RUBROS DE INGRESOS ESTRUCTURA DE CODIFICACION
El CRI ordena, agrupa y presenta a los ingresos públicos en función de su diferente naturaleza y el carácter de las transacciones que le dan origen.
Así, en el CRI se distinguen los que provienen de fuentes tradicionales como los impuestos, los aprovechamientos, derechos y productos, las transferencias; los que proceden del patrimonio público como la venta de activos, de títulos, de acciones y las rentas de la propiedad; los que provienen de la disminución de activos y financiamientos.
Además, identifica los ingresos públicos corrientes que se refieren a aquellos recursos que significan un aumento del efectivo del sector público, como resultado de sus operaciones normales, sin que provengan de la enajenación de sus activos; también en los casos de productos y aprovechamientos, principalmente, se presentan ingresos de capital, que son aquellos recursos provenientes de la venta de activos fijos (tales como inmuebles, muebles y equipo).
El CRI permitirá el registro analítico de las transacciones de ingresos, siendo el instrumento que permite vincular los aspectos presupuestarios y contables de los recursos. Además, tiene una codificación de dos dígitos:
Rubro: El mayor nivel de agregación del CRI que presenta y ordena los grupos principales de los ingresos
públicos en función de su diferente naturaleza y el carácter de las transacciones que le dan origen. Tipo: Determina el conjunto de ingresos públicos que integran cada rubro, cuyo nivel de agregación es
intermedio. Las unidades administrativas o instancias competentes en materia de Contabilidad Gubernamental
y de Ingresos de cada orden de gobierno, podrán desagregar de acuerdo a sus necesidades este clasificador, en clase (tercer nivel) y concepto (cuarto nivel), a partir de la estructura básica que se está presentando (2 dígitos), conservando la armonización con el Plan de Cuentas.
RELACION DE RUBROS Y TIPOS 1 Impuestos
Son las contribuciones establecidas en ley que deben pagar las personas físicas
y morales que se encuentran en la situación jurídica o de hecho prevista por la
misma y que sean distintas de las aportaciones de seguridad social,
contribuciones de mejoras y derechos.
11 Impuestos sobre los ingresos
12 Impuestos sobre el patrimonio
13 Impuestos sobre la producción, el consumo y las transacciones
14 Impuestos al comercio exterior
15 Impuestos sobre Nóminas y Asimilables
16 Impuestos Ecológicos
17 Accesorios
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18 Otros Impuestos
19 Impuestos no comprendidos en las fracciones de la Ley de Ingresos causadas en
ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago
2 Cuotas y Aportaciones de seguridad social
Son las contribuciones establecidas en ley a cargo de personas que son
sustituidas por el Estado en el cumplimiento de obligaciones fijadas por la ley
en materia de seguridad social o a las personas que se beneficien en forma
especial por servicios de seguridad social proporcionados por el mismo Estado.
21 Aportaciones para Fondos de Vivienda
22 Cuotas para el Seguro Social
23 Cuotas de Ahorro para el Retiro
24 Otras Cuotas y Aportaciones para la seguridad social
25 Accesorios
3 Contribuciones de mejoras
Son las establecidas en Ley a cargo de las personas físicas y morales que se
beneficien de manera directa por obras públicas.
31 Contribución de mejoras por obras públicas
39 Contribuciones de Mejoras no comprendidas en las fracciones de la Ley de
Ingresos causadas en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o
pago
4 Derechos
Son las contribuciones establecidas en Ley por el uso o aprovechamiento de los
bienes del dominio público, así como por recibir servicios que presta el Estado
en sus funciones de derecho público, excepto cuando se presten por
organismos descentralizados u órganos desconcentrados cuando en este
último caso, se trate de contraprestaciones que no se encuentren previstas en
las Leyes Fiscales respectivas. También son derechos las contribuciones a cargo
de los organismos públicos descentralizados por prestar servicios exclusivos
del Estado.
41 Derechos por el uso, goce, aprovechamiento o explotación de bienes de dominio
público
42 Derechos a los hidrocarburos
43 Derechos por prestación de servicios
44 Otros Derechos
45 Accesorios
49 Derechos no comprendidos en las fracciones de la Ley de Ingresos causadas en
ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago
5 Productos
Son contraprestaciones por los servicios que preste el Estado en sus funciones
de derecho privado, así como por el uso, aprovechamiento o enajenación de
bienes del dominio privado.
51 Productos de tipo corriente
52 Productos de capital
59 Productos no comprendidos en las fracciones de la Ley de Ingresos causadas en
ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago
6 Aprovechamientos
Son los ingresos que percibe el Estado por funciones de derecho público
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distintos de las contribuciones, de los ingresos derivados de financiamientos y
de los que obtengan los organismos descentralizados y las empresas de
participación estatal.
61 Aprovechamientos de tipo corriente
62 Aprovechamientos de capital
69 Aprovechamientos no comprendidos en las fracciones de la Ley de Ingresos
causadas en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago
7 Ingresos por ventas de bienes y servicios
Son recursos propios que obtienen las diversas entidades que conforman el
sector paraestatal y gobierno central por sus actividades de producción y/o
comercialización.
71 Ingresos por ventas de bienes y servicios de organismos descentralizados
72 Ingresos de operación de entidades paraestatales empresariales
73 Ingresos por ventas de bienes y servicios producidos en establecimientos del
Gobierno Central
8 Participaciones y Aportaciones
Recursos destinados a cubrir las participaciones y aportaciones para las
entidades federativas y los municipios. Incluye los recursos destinados a la
ejecución de programas federales a través de las entidades federativas
mediante la reasignación de responsabilidades y recursos presupuestarios, en
los términos de los convenios que celebre el Gobierno Federal con éstas.
81 Participaciones
82 Aportaciones
83 Convenios
9 Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas
Recursos destinados en forma directa o indirecta a los sectores público,
privado y externo, organismos y empresas paraestatales y apoyos como parte
de su política económica y social, de acuerdo a las estrategias y prioridades de
desarrollo para el sostenimiento y desempeño de sus actividades.
91 Transferencias Internas y Asignaciones al Sector Público
92 Transferencias al Resto del Sector Público
93 Subsidios y Subvenciones
94 Ayudas sociales
95 Pensiones y Jubilaciones
96 Transferencias a Fideicomisos, mandatos y análogos
0 Ingresos derivados de Financiamientos
Son los ingresos obtenidos por la celebración de empréstitos internos y
externos, autorizados o ratificados por el H. Congreso de la Unión y Congresos
de los Estados y Asamblea Legislativa del Distrito Federal. Siendo
principalmente los créditos por instrumento de emisiones en los mercados
nacionales e internacionales de capital, organismos financieros
internacionales, créditos bilaterales y otras fuentes. Asimismo, incluye los
financiamientos derivados del rescate y/o aplicación de activos financieros.
01 Endeudamiento interno
02 Endeudamiento externo
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CLASIFICADOR POR OBJETO GASTO ACUERDO POR EL QUE SE EMITE EL CLASIFICADOR POR OBJETO DEL GASTO
1000 SERVICIOS PERSONALES
1100 REMUNERACIONES AL PERSONAL DE CARACTER PERMANENTE
111 Dietas 112 Haberes 113 Sueldos base al personal permanente 114 Remuneraciones por adscripción laboral en el extranjero
1200 REMUNERACIONES AL PERSONAL DE CARACTER TRANSITORIO
121 Honorarios asimilables a salarios 122 Sueldos base al personal eventual 123 Retribuciones por servicios de carácter social 124 Retribución a los representantes de los trabajadores y de los patrones en la Junta de
Conciliación y Arbitraje
1300 REMUNERACIONES ADICIONALES Y ESPECIALES
131 Primas por años de servicios efectivos prestados 132 Primas de vacaciones, dominical y gratificación de fin de año 133 Horas extraordinarias 134 Compensaciones 135 Sobrehaberes 136 Asignaciones de técnico, de mando, por comisión, de vuelo y de técnico especial 137 Honorarios especiales 138 Participaciones por vigilancia en el cumplimiento de las leyes y custodia de valores
1400 SEGURIDAD SOCIAL
141 Aportaciones de seguridad social 142 Aportaciones a fondos de vivienda 143 Aportaciones al sistema para el retiro 144 Aportaciones para seguros
1500 OTRAS PRESTACIONES SOCIALES Y ECONOMICAS
151 Cuotas para el fondo de ahorro y fondo de trabajo 152 Indemnizaciones 153 Prestaciones y haberes de retiro 154 Prestaciones contractuales 155 Apoyos a la capacitación de los servidores públicos 156 Otras prestaciones sociales y económicas
1600 PREVISIONES
161 Previsiones de carácter laboral, económica y de seguridad social
1700 PAGO DE ESTIMULOS A SERVIDORES PUBLICOS
171 Estímulos 172 Recompensas
1800 IMPUESTO SOBRE NOMINAS Y OTROS QUE SE DERIVEN DE UNA RELACION LABORAL
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181 Impuesto sobre nóminas 182 Otros impuestos derivados de una relación laboral
2000 MATERIALES Y SUMINISTROS
2100 MATERIALES DE ADMINISTRACION, EMISION DE DOCUMENTOS Y ARTICULOS OFICIALES
211 Materiales, útiles y equipos menores de oficina 212 Materiales y útiles de impresión y reproducción 213 Material estadístico y geográfico 214 Materiales, útiles y equipos menores de tecnologías de la información y comunicaciones 215 Material impreso e información digital 216 Material de limpieza 217 Materiales y útiles de enseñanza 218 Materiales para el registro e identificación de bienes y personas
2200 ALIMENTOS Y UTENSILIOS
221 Productos alimenticios para personas 222 Productos alimenticios para animales 223 Utensilios para el servicio de alimentación
2300 MATERIAS PRIMAS Y MATERIALES DE PRODUCCION Y COMERCIALIZACION
231 Productos alimenticios, agropecuarios y forestales adquiridos como materia prima 232 Insumos textiles adquiridos como materia prima 233 Productos de papel, cartón e impresos adquiridos como materia prima 234 Combustibles, lubricantes, aditivos, carbón y sus derivados adquiridos como materia prima 235 Productos químicos, farmacéuticos y de laboratorio adquiridos como materia prima 236 Productos metálicos y a base de minerales no metálicos adquiridos como materia prima 237 Productos de cuero, piel, plástico y hule adquiridos como materia prima 238 Mercancías adquiridas para su comercialización 239 Otros productos adquiridos como materia prima
2400 MATERIALES Y ARTICULOS DE CONSTRUCCION Y DE REPARACION
241 Productos minerales no metálicos 242 Cemento y productos de concreto 243 Cal, yeso y productos de yeso 244 Madera y productos de madera 245 Vidrio y productos de vidrio 246 Material eléctrico y electrónico 247 Artículos metálicos para la construcción 248 Materiales complementarios 249 Otros materiales y artículos de construcción y reparación
2500 PRODUCTOS QUIMICOS, FARMACEUTICOS Y DE LABORATORIO
251 Productos químicos básicos 252 Fertilizantes, pesticidas y otros agroquímicos 253 Medicinas y productos farmacéuticos 254 Materiales, accesorios y suministros médicos 255 Materiales, accesorios y suministros de laboratorio
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256 Fibras sintéticas, hules, plásticos y derivados 259 Otros productos químicos
2600 COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS
261 Combustibles, lubricantes y aditivos 262 Carbón y sus derivados
2700 VESTUARIO, BLANCOS, PRENDAS DE PROTECCION Y ARTICULOS DEPORTIVOS
271 Vestuario y uniformes 272 Prendas de seguridad y protección personal 273 Artículos deportivos 274 Productos textiles 275 Blancos y otros productos textiles, excepto prendas de vestir
2800 MATERIALES Y SUMINISTROS PARA SEGURIDAD
281 Sustancias y materiales explosivos 282 Materiales de seguridad pública 283 Prendas de protección para seguridad pública y nacional
2900 HERRAMIENTAS, REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES
291 Herramientas menores 292 Refacciones y accesorios menores de edificios 293 Refacciones y accesorios menores de mobiliario y equipo de administración, educacional y
recreativo 294 Refacciones y accesorios menores de equipo de cómputo y tecnologías de la información 295 Refacciones y accesorios menores de equipo e instrumental médico y de laboratorio 296 Refacciones y accesorios menores de equipo de transporte 297 Refacciones y accesorios menores de equipo de defensa y seguridad 298 Refacciones y accesorios menores de maquinaria y otros equipos 299 Refacciones y accesorios menores otros bienes muebles
3000 SERVICIOS GENERALES
3100 SERVICIOS BASICOS
311 Energía eléctrica 312 Gas 313 Agua 314 Telefonía tradicional 315 Telefonía celular 316 Servicios de telecomunicaciones y satélites 317 Servicios de acceso de Internet, redes y procesamiento de información 318 Servicios postales y telegráficos 319 Servicios integrales y otros servicios
3200 SERVICIOS DE ARRENDAMIENTO
321 Arrendamiento de terrenos 322 Arrendamiento de edificios 323 Arrendamiento de mobiliario y equipo de administración, educacional y recreativo 324 Arrendamiento de equipo e instrumental médico y de laboratorio 325 Arrendamiento de equipo de transporte 326 Arrendamiento de maquinaria, otros equipos y herramientas 327 Arrendamiento de activos intangibles 328 Arrendamiento financiero 329 Otros arrendamientos
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3300 SERVICIOS PROFESIONALES, CIENTIFICOS, TECNICOS Y OTROS SERVICIOS
331 Servicios legales, de contabilidad, auditoría y relacionados 332 Servicios de diseño, arquitectura, ingeniería y actividades relacionadas 333 Servicios de consultoría administrativa, procesos, técnica y en tecnologías de la información 334 Servicios de capacitación 335 Servicios de investigación científica y desarrollo 336 Servicios de apoyo administrativo, traducción, fotocopiado e impresión 337 Servicios de protección y seguridad 338 Servicios de vigilancia 339 Servicios profesionales, científicos y técnicos integrales
3400 SERVICIOS FINANCIEROS, BANCARIOS Y COMERCIALES
341 Servicios financieros y bancarios 342 Servicios de cobranza, investigación crediticia y similar 343 Servicios de recaudación, traslado y custodia de valores 344 Seguros de responsabilidad patrimonial y fianzas 345 Seguro de bienes patrimoniales 346 Almacenaje, envase y embalaje 347 Fletes y maniobras 348 Comisiones por ventas 349 Servicios financieros, bancarios y comerciales integrales
3500 SERVICIOS DE INSTALACION, REPARACION, MANTENIMIENTO Y CONSERVACION
351 Conservación y mantenimiento menor de inmuebles 352 Instalación, reparación y mantenimiento de mobiliario y equipo de administración,
educacional y recreativo 353 Instalación, reparación y mantenimiento de equipo de cómputo y tecnología de la
información 354 Instalación, reparación y mantenimiento de equipo e instrumental médico y de laboratorio 355 Reparación y mantenimiento de equipo de transporte 356 Reparación y mantenimiento de equipo de defensa y seguridad 357 Instalación, reparación y mantenimiento de maquinaria, otros equipos y herramienta 358 Servicios de limpieza y manejo de desechos 359 Servicios de jardinería y fumigación
3600 SERVICIOS DE COMUNICACION SOCIAL Y PUBLICIDAD
361 Difusión por radio, televisión y otros medios de mensajes sobre programas y actividades gubernamentales
362 Difusión por radio, televisión y otros medios de mensajes comerciales para promover la venta de bienes o servicios
363 Servicios de creatividad, preproducción y producción de publicidad, excepto Internet 364 Servicios de revelado de fotografías 365 Servicios de la industria fílmica, del sonido y del video 366 Servicio de creación y difusión de contenido exclusivamente a través de Internet 369 Otros servicios de información
3700 SERVICIOS DE TRASLADO Y VIATICOS
371 Pasajes aéreos 372 Pasajes terrestres 373 Pasajes marítimos, lacustres y fluviales 374 Autotransporte 375 Viáticos en el país
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376 Viáticos en el extranjero 377 Gastos de instalación y traslado de menaje 378 Servicios integrales de traslado y viáticos 379 Otros servicios de traslado y hospedaje
3800 SERVICIOS OFICIALES
381 Gastos de ceremonial 382 Gastos de orden social y cultural 383 Congresos y convenciones 384 Exposiciones 385 Gastos de representación
3900 OTROS SERVICIOS GENERALES
391 Servicios funerarios y de cementerios 392 Impuestos y derechos 393 Impuestos y derechos de importación 394 Sentencias y resoluciones judiciales 395 Penas, multas, accesorios y actualizaciones 396 Otros gastos por responsabilidades 399 Otros servicios generales
4000 TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS
4100 TRANSFERENCIAS INTERNAS Y ASIGNACIONES AL SECTOR PUBLICO
411 Asignaciones presupuestarias al Poder Ejecutivo 412 Asignaciones presupuestarias al Poder Legislativo 413 Asignaciones presupuestarias al Poder Judicial 414 Asignaciones presupuestarias a Organos Autónomos 415 Transferencias internas otorgadas a entidades paraestatales no empresariales y no
financieras 416 Transferencias internas otorgadas a entidades paraestatales empresariales y no financieras 417 Transferencias internas otorgadas a fideicomisos públicos empresariales y no financieros 418 Transferencias internas otorgadas a instituciones paraestatales públicas financieras 419 Transferencias internas otorgadas a fideicomisos públicos financieros
4200 TRANSFERENCIAS AL RESTO DEL SECTOR PUBLICO
421 Transferencias otorgadas a entidades paraestatales no empresariales y no financieras 422 Transferencias otorgadas para entidades paraestatales empresariales y no financieras 423 Transferencias otorgadas para instituciones paraestatales públicas financieras 424 Transferencias otorgadas a entidades federativas y municipios 425 Transferencias a fideicomisos de entidades federativas y municipios
4300 SUBSIDIOS Y SUBVENCIONES
431 Subsidios a la producción 432 Subsidios a la distribución 433 Subsidios a la inversión 434 Subsidios a la prestación de servicios públicos 435 Subsidios para cubrir diferenciales de tasas de interés 436 Subsidios a la vivienda 437 Subvenciones al consumo
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4400 AYUDAS SOCIALES
441 Ayudas sociales a personas 442 Becas y otras ayudas para programas de capacitación 443 Ayudas sociales a instituciones de enseñanza 444 Ayudas sociales a actividades científicas o académicas 445 Ayudas sociales a instituciones sin fines de lucro 446 Ayudas sociales a cooperativas 447 Ayudas sociales a entidades de interés público 448 Ayudas por desastres naturales y otros siniestros
4500 PENSIONES Y JUBILACIONES
451 Pensiones 452 Jubilaciones
4600 TRANSFERENCIAS A FIDEICOMISOS, MANDATOS Y OTROS ANALOGOS
461 Transferencias a fideicomisos del Poder Ejecutivo 462 Transferencias a fideicomisos del Poder Legislativo 463 Transferencias a fideicomisos del Poder Judicial 464 Transferencias a fideicomisos públicos de entidades paraestatales no empresariales y no
financieras 465 Transferencias a fideicomisos públicos de entidades paraestatales empresariales y no
financieras 466 Transferencias a fideicomisos de instituciones públicas financieras
4900 TRANSFERENCIAS AL EXTERIOR
491 Transferencias para gobiernos extranjeros 492 Transferencias para organismos internacionales 493 Transferencias para el sector privado externo
5000 BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES
5100 MOBILIARIO Y EQUIPO DE ADMINISTRACION
511 Muebles de oficina y estantería 512 Muebles, excepto de oficina y estantería 513 Bienes artísticos, culturales y científicos 514 Objetos de valor 515 Equipo de cómputo y de tecnologías de la información 519 Otros mobiliarios y equipos de administración
5200 MOBILIARIO Y EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO
521 Equipos y aparatos audiovisuales 522 Aparatos deportivos 523 Cámaras fotográficas y de video 529 Otro mobiliario y equipo educacional y recreativo
5300 EQUIPO E INSTRUMENTAL MEDICO Y DE LABORATORIO
531 Equipo médico y de laboratorio 532 Instrumental médico y de laboratorio
5400 VEHICULOS Y EQUIPO DE TRANSPORTE
541 Automóviles y camiones 542 Carrocerías y remolques 543 Equipo aeroespacial 544 Equipo ferroviario
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545 Embarcaciones 549 Otros equipos de transporte
5500 EQUIPO DE DEFENSA Y SEGURIDAD
551 Equipo de defensa y seguridad
5600 MAQUINARIA, OTROS EQUIPOS Y HERRAMIENTAS
561 Maquinaria y equipo agropecuario 562 Maquinaria y equipo industrial 563 Maquinaria y equipo de construcción 564 Sistemas de aire acondicionado, calefacción y de refrigeración industrial y comercial 565 Equipo de comunicación y telecomunicación 566 Equipos de generación eléctrica, aparatos y accesorios eléctricos 567 Herramientas y máquinas‐herramienta 569 Otros equipos
5700 ACTIVOS BIOLOGICOS
571 Bovinos 572 Porcinos 573 Aves 574 Ovinos y caprinos 575 Peces y acuicultura 576 Equinos 577 Especies menores y de zoológico 578 Arboles y plantas 579 Otros activos biológicos
5800 BIENES INMUEBLES
581 Terrenos 582 Viviendas 583 Edificios no residenciales 589 Otros bienes inmuebles
5900 ACTIVOS INTANGIBLES
591 Software 592 Patentes 593 Marcas 594 Derechos 595 Concesiones 596 Franquicias 597 Licencias informáticas e intelectuales 598 Licencias industriales, comerciales y otras 599 Otros activos intangibles
6000 INVERSION PUBLICA
6100 OBRA PUBLICA EN BIENES DE DOMINIO PUBLICO
611 Edificación habitacional 612 Edificación no habitacional 613 Construcción de obras para el abastecimiento de agua, petróleo, gas, electricidad y
telecomunicaciones 614 División de terrenos y construcción de obras de urbanización 615 Construcción de vías de comunicación 616 Otras construcciones de ingeniería civil u obra pesada
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617 Instalaciones y equipamiento en construcciones 619 Trabajos de acabados en edificaciones y otros trabajos especializados
6200 OBRA PÚBLICA EN BIENES PROPIOS
621 Edificación habitacional 622 Edificación no habitacional 623 Construcción de obras para el abastecimiento de agua, petróleo, gas, electricidad y
telecomunicaciones 624 División de terrenos y construcción de obras de urbanización 625 Construcción de vías de comunicación 626 Otras construcciones de ingeniería civil u obra pesada 627 Instalaciones y equipamiento en construcciones 629 Trabajos de acabados en edificaciones y otros trabajos especializados
6300 PROYECTOS PRODUCTIVOS Y ACCIONES DE FOMENTO
631 Estudios, formulación y evaluación de proyectos productivos no incluidos en conceptos anteriores de este capítulo
632 Ejecución de proyectos productivos no incluidos en conceptos anteriores de este capítulo
7000 INVERSIONES FINANCIERAS Y OTRAS PROVISIONES
7100 INVERSIONES PARA EL FOMENTO DE ACTIVIDADES PRODUCTIVAS
711 Créditos otorgados por entidades federativas y municipios al sector social y privado para el fomento de actividades productivas
712 Créditos otorgados por las entidades federativas a municipios para el fomento de actividades productivas
7200 ACCIONES Y PARTICIPACIONES DE CAPITAL
721 Acciones y participaciones de capital en entidades paraestatales no empresariales y no financieras con fines de política económica
722 Acciones y participaciones de capital en entidades paraestatales empresariales y no financieras con fines de política económica
723 Acciones y participaciones de capital en instituciones paraestatales públicas financieras con fines de política económica
724 Acciones y participaciones de capital en el sector privado con fines de política económica 725 Acciones y participaciones de capital en organismos internacionales con fines de política
económica 726 Acciones y participaciones de capital en el sector externo con fines de política económica 727 Acciones y participaciones de capital en el sector público con fines de gestión de liquidez 728 Acciones y participaciones de capital en el sector privado con fines de gestión de liquidez 729 Acciones y participaciones de capital en el sector externo con fines de gestión de liquidez
7300 COMPRA DE TITULOS Y VALORES
731 Bonos 732 Valores representativos de deuda adquiridos con fines de política económica 733 Valores representativos de deuda adquiridos con fines de gestión de liquidez 734 Obligaciones negociables adquiridas con fines de política económica 735 Obligaciones negociables adquiridas con fines de gestión de liquidez 739 Otros valores
7400 CONCESION DE PRÉSTAMOS
741 Concesión de préstamos a entidades paraestatales no empresariales y no financieras con fines de política económica
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742 Concesión de préstamos a entidades paraestatales empresariales y no financieras con fines de política económica
743 Concesión de préstamos a instituciones paraestatales públicas financieras con fines de política económica
744 Concesión de préstamos a entidades federativas y municipios con fines de política económica 745 Concesión de préstamos al sector privado con fines de política económica 746 Concesión de préstamos al sector externo con fines de política económica 747 Concesión de préstamos al sector público con fines de gestión de liquidez 748 Concesión de préstamos al sector privado con fines de gestión de liquidez 749 Concesión de préstamos al sector externo con fines de gestión de liquidez
7500 INVERSIONES EN FIDEICOMISOS, MANDATOS Y OTROS ANALOGOS
751 Inversiones en fideicomisos del Poder Ejecutivo 752 Inversiones en fideicomisos del Poder Legislativo 753 Inversiones en fideicomisos del Poder Judicial 754 Inversiones en fideicomisos públicos no empresariales y no financieros 755 Inversiones en fideicomisos públicos empresariales y no financieros 756 Inversiones en fideicomisos públicos financieros 757 Inversiones en fideicomisos de entidades federativas 758 Inversiones en fideicomisos de municipios 759 Fideicomisos de empresas privadas y particulares
7600 OTRAS INVERSIONES FINANCIERAS
761 Depósitos a largo plazo en moneda nacional 762 Depósitos a largo plazo en moneda extranjera
7900 PROVISIONES PARA CONTINGENCIAS Y OTRAS EROGACIONES ESPECIALES
791 Contingencias por fenómenos naturales 792 Contingencias socioeconómicas 799 Otras erogaciones especiales
8000 PARTICIPACIONES Y APORTACIONES
8100 PARTICIPACIONES
811 Fondo general de participaciones 812 Fondo de fomento municipal 813 Participaciones de las entidades federativas a los municipios 814 Otros conceptos participables de la Federación a entidades federativas 815 Otros conceptos participables de la Federación a municipios 816 Convenios de colaboración administrativa
8300 APORTACIONES
831 Aportaciones de la Federación a las entidades federativas 832 Aportaciones de la Federación a municipios 833 Aportaciones de las entidades federativas a los municipios 834 Aportaciones previstas en leyes y decretos al sistema de protección social 835 Aportaciones previstas en leyes y decretos compensatorias a entidades federativas y
municipios
8500 CONVENIOS
851 Convenios de reasignación 852 Convenios de descentralización 853 Otros convenios
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9000 DEUDA PÚBLICA
9100 AMORTIZACION DE LA DEUDA PÚBLICA
911 Amortización de la deuda interna con instituciones de crédito 912 Amortización de la deuda interna por emisión de títulos y valores 913 Amortización de arrendamientos financieros nacionales 914 Amortización de la deuda externa con instituciones de crédito 915 Amortización de deuda externa con organismos financieros internacionales 916 Amortización de la deuda bilateral 917 Amortización de la deuda externa por emisión de títulos y valores 918 Amortización de arrendamientos financieros internacionales
9200 INTERESES DE LA DEUDA PÚBLICA
921 Intereses de la deuda interna con instituciones de crédito 922 Intereses derivados de la colocación de títulos y valores 923 Intereses por arrendamientos financieros nacionales 924 Intereses de la deuda externa con instituciones de crédito 925 Intereses de la deuda con organismos financieros Internacionales 926 Intereses de la deuda bilateral 927 Intereses derivados de la colocación de títulos y valores en el exterior 928 Intereses por arrendamientos financieros internacionales
9300 COMISIONES DE LA DEUDA PÚBLICA
931 Comisiones de la deuda pública interna 932 Comisiones de la deuda pública externa
9400 GASTOS DE LA DEUDA PÚBLICA
941 Gastos de la deuda pública interna 942 Gastos de la deuda pública externa
9500 COSTO POR COBERTURAS
951 Costos por cobertura de la deuda pública interna 952 Costos por cobertura de la deuda pública externa
9600 APOYOS FINANCIEROS
961 Apoyos a intermediarios financieros 962 Apoyos a ahorradores y deudores del Sistema Financiero Nacional
9900 ADEUDOS DE EJERCICIOS FISCALES ANTERIORES (ADEFAS)
991 ADEFAS
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CLASIFICACIÓN FUNCIONAL DEL GASTO ACUERDO POR EL QUE SE EMITE LA CLASIFICACIÓN FUNCIONAL DEL GASTO
1 GOBIERNO
1.1. LEGISLACION
1.2. JUSTICIA
1.3. COORDINACION DE LA POLITICA DE GOBIERNO
1.4. RELACIONES EXTERIORES
1.5. ASUNTOS FINANCIEROS Y HACENDARIOS
1.6. DEFENSA
1.7. ASUNTOS DE ORDEN PUBLICO Y DE SEGURIDAD
1.8. INVESTIGACION FUNDAMENTAL (BASICA)
1.9. OTROS SERVICIOS GENERALES
2 DESARROLLO SOCIAL
2.1. PROTECCION AMBIENTAL
2.2. VIVIENDA Y SERVICIOS A LA COMUNIDAD
2.3. SALUD
2.4. RECREACION, CULTURA Y OTRAS MANIFESTACIONES SOCIALES
2.5. EDUCACION
2.6. PROTECCION SOCIAL
2.7. OTROS ASUNTOS SOCIALES
3 DESARROLLO ECONOMICO
3.1. ASUNTOS ECONOMICOS, COMERCIALES Y LABORALES EN GENERAL
3.2. AGROPECUARIA, SILVICULTURA, PESCA Y CAZA
3.3. COMBUSTIBLES Y ENERGIA
3.4. MINERIA, MANUFACTURAS Y CONSTRUCCION
3.5. TRANSPORTE
3.6. COMUNICACIONES
3.7. TURISMO
3.8. INVESTIGACION Y DESARROLLO RELACIONADOS CON ASUNTOS ECONOMICOS
3.9. OTRAS INDUSTRIAS Y OTROS ASUNTOS ECONOMICOS
4 OTRAS
4.1. TRANSACCIONES DE LA DEUDA PUBLICA / COSTO FINANCIERO DE LA DEUDA
4.2. TRANSFERENCIAS, PARTICIPACIONES Y APORTACIONES ENTRE DIFERENTES NIVELES Y ORDENES DE GOBIERNO
4.3. SANEAMIENTO DEL SISTEMA FINANCIERO
4.4. ADEUDOS DE EJERCICIOS FISCALES ANTERIORES
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Clasificación Funcional del Gasto (Finalidad, Función y Subfunción) ACUERDO POR EL QUE SE EMITE LA CLASIFICACIÓN FUNCIONAL DEL GASTO
1 GOBIERNO 1.1. LEGISLACION 1.1.1 Legislación 1.1.2 Fiscalización
1.2. JUSTICIA 1.2.1 Impartición de Justicia 1.2.2 Procuración de Justicia 1.2.3 Reclusión y Readaptación Social 1.2.4 Derechos Humanos
1.3. COORDINACION DE LA POLITICA DE GOBIERNO 1.3.1 Presidencia / Gubernatura 1.3.2 Política Interior 1.3.3 Preservación y Cuidado del Patrimonio Público 1.3.4 Función Pública 1.3.5 Asuntos Jurídicos 1.3.6 Organización de Procesos Electorales 1.3.7 Población 1.3.8 Territorio 1.3.9 Otros
1.4. RELACIONES EXTERIORES
1.4.1 Relaciones Exteriores
1.5. ASUNTOS FINANCIEROS Y HACENDARIOS
1.5.1 Asuntos Financieros
1.5.2 Asuntos Hacendarios
1.6. SEGURIDAD NACIONAL
1.6.1 Defensa
1.6.2 Marina
1.6.3 Inteligencia para la Preservación de la Seguridad Nacional
1.7. ASUNTOS DE ORDEN PUBLICO Y DE SEGURIDAD INTERIOR
1.7.1 Policía
1.7.2 Protección Civil
1.7.3 Otros Asuntos de Orden Público y Seguridad
1.7.4 Sistema Nacional de Seguridad Pública
1.8. OTROS SERVICIOS GENERALES
1.8.1 Servicios Registrales, Administrativos y Patrimoniales
1.8.2 Servicios Estadísticos
1.8.3 Servicios de Comunicación y Medios
1.8.4 Acceso a la Información Pública Gubernamental
1.8.5 Otros
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2 DESARROLLO SOCIAL
2.1. PROTECCION AMBIENTAL
2.1.1 Ordenación de Desechos
2.1.2 Administración del Agua
2.1.3 Ordenación de Aguas Residuales, Drenaje y Alcantarillado
2.1.4 Reducción de la Contaminación
2.1.5 Protección de la Diversidad Biológica y del Paisaje
2.1.6 Otros de Protección Ambiental
2.2. VIVIENDA Y SERVICIOS A LA COMUNIDAD
2.2.1 Urbanización
2.2.2 Desarrollo Comunitario
2.2.3 Abastecimiento de Agua
2.2.4 Alumbrado Público
2.2.5 Vivienda
2.2.6 Servicios Comunales
2.2.7 Desarrollo Regional
2.3. SALUD
2.3.1 Prestación de Servicios de Salud a la Comunidad
2.3.2 Prestación de Servicios de Salud a la Persona
2.3.3 Generación de Recursos para la Salud
2.3.4 Rectoría del Sistema de Salud
2.3.5 Protección Social en Salud
2.4. RECREACION, CULTURA Y OTRAS MANIFESTACIONES SOCIALES
2.4.1 Deporte y Recreación
2.4.2 Cultura
2.4.3 Radio, Televisión y Editoriales
2.4.4 Asuntos Religiosos y Otras Manifestaciones Sociales
2.5. EDUCACION
2.5.1 Educación Básica
2.5.2 Educación Media Superior
2.5.3 Educación Superior
2.5.4 Posgrado
2.5.5 Educación para Adultos
2.5.6 Otros Servicios Educativos y Actividades Inherentes
2.6. PROTECCION SOCIAL
2.6.1 Enfermedad e Incapacidad
2.6.2 Edad Avanzada
2.6.3 Familia e Hijos
2.6.4 Desempleo
2.6.5 Alimentación y Nutrición
2.6.6 Apoyo Social para la Vivienda
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2.6.7 Indígenas
2.6.8 Otros Grupos Vulnerables
2.6.9 Otros de Seguridad Social y Asistencia Social
2.7. OTROS ASUNTOS SOCIALES
2.7.1 Otros Asuntos Sociales
3 DESARROLLO ECONOMICO
3.1. ASUNTOS ECONOMICOS, COMERCIALES Y LABORALES EN GENERAL
3.1.1 Asuntos Económicos y Comerciales en General
3.1.2 Asuntos Laborales Generales
3.2. AGROPECUARIA, SILVICULTURA, PESCA Y CAZA
3.2.1 Agropecuaria
3.2.2 Silvicultura
3.2.3 Acuacultura, Pesca y Caza
3.2.4 Agroindustrial
3.2.5 Hidroagrícola
3.2.6 Apoyo Financiero a la Banca y Seguro Agropecuario
3.3. COMBUSTIBLES Y ENERGIA
3.3.1 Carbón y Otros Combustibles Minerales Sólidos
3.3.2 Petróleo y Gas Natural (Hidrocarburos)
3.3.3 Combustibles Nucleares
3.3.4 Otros Combustibles
3.3.5 Electricidad
3.3.6 Energía no Eléctrica
3.4. MINERIA, MANUFACTURAS Y CONSTRUCCION
3.4.1 Extracción de Recursos Minerales excepto los Combustibles Minerales
3.4.2 Manufacturas
3.4.3 Construcción
3.5. TRANSPORTE
3.5.1 Transporte por Carretera
3.5.2 Transporte por Agua y Puertos
3.5.3 Transporte por Ferrocarril
3.5.4 Transporte Aéreo
3.5.5 Transporte por Oleoductos y Gasoductos y Otros Sistemas de Transporte
3.5.6 Otros Relacionados con Transporte
3.6. COMUNICACIONES
3.6.1 Comunicaciones
3.7. TURISMO
3.7.1 Turismo
3.7.2 Hoteles y Restaurantes
3.8. CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION
3.8.1 Investigación Científica
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3.8.2 Desarrollo Tecnológico
3.8.3 Servicios Científicos y Tecnológicos
3.8.4 Innovación
3.9. OTRAS INDUSTRIAS Y OTROS ASUNTOS ECONOMICOS
3.9.1 Comercio, Distribución, Almacenamiento y Depósito
3.9.2 Otras Industrias
3.9.3 Otros Asuntos Económicos
4 OTRAS NO CLASIFICADAS EN FUNCIONES ANTERIORES
4.1. TRANSACCIONES DE LA DEUDA PUBLICA / COSTO FINANCIERO DE LA DEUDA
4.1.1 Deuda Pública Interna
4.1.2 Deuda Pública Externa
4.2. TRANSFERENCIAS, PARTICIPACIONES Y APORTACIONES ENTRE DIFERENTES NIVELES Y ORDENES DE GOBIERNO
4.2.1 Transferencias entre Diferentes Niveles y Ordenes de Gobierno
4.2.2 Participaciones entre Diferentes Niveles y Ordenes de Gobierno
4.2.3 Aportaciones entre Diferentes Niveles y Ordenes de Gobierno
4.3. SANEAMIENTO DEL SISTEMA FINANCIERO
4.3.1 Saneamiento del Sistema Financiero
4.3.2 Apoyos IPAB
4.3.3 Banca de Desarrollo
4.3.4 Apoyo a los programas de reestructura en unidades de inversión (UDIS)
4.4. ADEUDOS DE EJERCICIOS FISCALES ANTERIORES
4.4.1 Adeudos de Ejercicios Fiscales Anteriores
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ADECUACIONES DEL CLASIFICADOR POR OBJETO DEL GASTO
PRIMERO.‐ Se emiten las Adecuaciones al documento “Clasificador por Objeto del Gasto”, de conformidad con el artículo noveno, fracción IX de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.
Dice: Debe decir: Definiciones:
397 Utilidades
Asignaciones destinadas por las empresas de participación estatal al pago de utilidades, en los términos de las disposiciones aplicables.
438 Subsidios a entidades federativas y municipios
Asignaciones destinadas a favor de entidades federativas y municipios con la finalidad de apoyarlos en su fortalecimiento financiero y, en caso de desastres naturales o contingencias económicas, así como para dar cumplimiento a convenios suscritos.
439 Otros subsidios Asignaciones otorgadas para el desarrollo de actividades prioritarias de interés general a través de los entes públicos a los diferentes sectores de la sociedad, cuyo objeto no haya sido considerado en las partidas anteriores de este concepto.
459 Otras pensiones y jubilaciones
Asignaciones destinadas a cubrir erogaciones que no estén consideradas en las partidas anteriores de este concepto como son: el pago de sumas aseguradas y prestaciones económicas no consideradas en los conceptos anteriores.
4700 TRANSFERENCIAS A LA SEGURIDAD SOCIAL
Asignaciones destinadas a cubrir las aportaciones de seguridad social que por obligación de ley los entes públicos deben transferir a los organismos de seguridad social en su carácter de responsable solidario, distintas a las consideradas en el capítulo 1000 "Servicios Personales" o en el concepto 4500 "Pensiones y Jubilaciones".
471 Transferencias por obligación de ley
Asignaciones destinadas a cuotas y aportaciones de seguridad social que aporta el Estado de carácter estatutario y para seguros de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez distintas a las consideradas en el capítulo 1000 "Servicios Personales".
4800 DONATIVOS
Asignaciones que los entes públicos destinan por causa de utilidad social para otorgar donativos a instituciones no lucrativas destinadas a actividades educativas, culturales, de salud, de investigación científica, de aplicación de nuevas tecnologías o de beneficencia, en términos de las disposiciones aplicables.
481 Donativos a Asignaciones destinadas a instituciones privadas
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Dice: Debe decir: Definiciones:
instituciones sin fines de lucro
que desarrollen actividades sociales, culturales, de beneficencia o sanitarias sin fines de lucro, para la continuación de su labor social. Incluye las asignaciones en dinero o en especie destinadas a instituciones, tales como: escuelas, institutos, universidades, centros de investigación, hospitales, museos, fundaciones, entre otros.
482 Donativos a entidades federativas
Asignaciones que los entes públicos otorgan, en los términos del Presupuesto de Egresos y las demás disposiciones aplicables, por concepto de donativos en dinero y donaciones en especie a favor de las entidades federativas o sus municipios para contribuir a la consecución de objetivos de beneficio social y cultural.
483 Donativos a fideicomisos privados
Asignaciones que los entes públicos otorgan, en los términos del Presupuesto de Egresos y las demás disposiciones aplicables, por concepto de donativos en dinero y donaciones en especie a favor de fideicomisos privados, que desarrollen actividades administrativas, sociales, culturales, de beneficencia o sanitarias, para la continuación de su labor social.
484 Donativos a fideicomisos estatales
Asignaciones que los entes públicos otorgan en los términos del Presupuesto de Egresos y las demás disposiciones aplicables, por concepto de donativos en dinero y donaciones en especie a favor de fideicomisos constituidos por las entidades federativas, que desarrollen actividades administrativas, sociales, culturales, de beneficencia o sanitarias, para la continuación de su labor social.
485 Donativos internacionales
Asignaciones que los entes públicos otorgan, en los términos del Presupuesto de Egresos y las demás disposiciones aplicables, por concepto de donativos en dinero y donaciones en especie a favor de instituciones internacionales gubernamentales o privadas sin fines de lucro que contribuyan a la consecución de objetivos de beneficio social y cultural.
1800 IMPUESTO SOBRE NOMINAS Y OTROS QUE SE DERIVEN DE UNA RELACION LABORAL
181 Impuesto sobre nóminas
182 Otros impuestos
398 Impuesto sobre nóminas y otros que se deriven de una relación laboral
Asignaciones destinadas a cubrir los pagos del impuesto sobre nóminas y otros que se deriven de una relación laboral a cargo de los entes públicos en los términos de las leyes correspondientes.
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Dice: Debe decir: Definiciones:
derivados de una relación laboral.
394 Sentencias y resoluciones judiciales
394 Sentencias y resoluciones por autoridad competente
541 Automóviles y camiones
541 Vehículos y equipo terrestre
9500 COSTO POR COBERTURAS
951 Costos por cobertura de la deuda pública interna
952 Costos por cobertura de la deuda pública externa
951 Costos por coberturas
Asignaciones destinadas al pago de los importes derivados por las variaciones en las tasas de interés, en el tipo de cambio de divisas, programa de cobertura petrolera, agropecuaria y otras coberturas mediante instrumentos financieros derivados; así como las erogaciones que, en su caso, resulten de la cancelación anticipada de los propios contratos de cobertura.
3600 SERVICIOS DE COMUNICACION SOCIAL Y PUBLICIDAD
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de realización y difusión de mensajes y campañas para informar a la población sobre los programas, servicios públicos y el quehacer gubernamental en general; así como la publicidad comercial de los productos y servicios que generan ingresos para los entes públicos. Incluye la contratación de servicios de impresión y publicación de información; así como al montaje de espectáculos culturales y celebraciones que demanden los entes públicos.
3600 SERVICIOS DE COMUNICACION SOCIAL Y PUBLICIDAD
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de realización y difusión de mensajes y campañas para informar a la población sobre los programas, servicios públicos y el quehacer gubernamental en general; así como la publicidad comercial de los productos y servicios que generan ingresos para los entes públicos. Incluye la contratación de servicios de impresión y publicación de información.
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Dice: Debe decir: Definiciones:
En el inciso D. RELACION DE CAPITULOS, CONCEPTOS Y PARTIDAS
GENERICAS del Clasificador por Objeto del Gasto aprobado el 10 de junio de 2010:
156 Otras prestaciones sociales y económicas
En el inciso D. RELACION DE CAPITULOS, CONCEPTOS Y PARTIDAS GENERICAS del Clasificador del Gasto aprobado el 10 de junio0:
159 Otras prestaciones sociales y económicas
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MANUAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL
CUARTO.- En cumplimiento con los artículos 7 y cuarto transitorio, fracción II, de la Ley de Contabilidad, los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Federación y entidades federativas; las entidades y los órganos autónomos deberán realizar los registros contables y presupuestarios con base en el Manual de Contabilidad Gubernamental, a más tardar el 31 de diciembre de 2011.
RELACIÓN CONTABLE/PRESUPUESTARIA
Para dar cumplimiento al artículo 40 el cual señala que las , “…transacciones presupuestarias y contables generarán el registro automático y por única vez de las mismas en los momentos contables correspondientes,” así como el artículo 41 “Para el registro único de las operaciones presupuestarias y contables, los entes públicos dispondrán de clasificadores presupuestarios, listas de cuentas y catálogos de bienes o instrumentos similares que permitan su interrelación automática”, ambos de la Ley de Contabilidad, la desagregación de las siguientes cuentas es obligatoria para todos los entes públicos.
CUENTAS QUE DEBIDO A LA NECESIDAD DE INTERRELACIÓN CON LOS CLASIFICADORES PRESUPUESTARIOS DEBERÁN DESAGREGARSE DE MANERA OBLIGATORIA A 5° NIVEL, ASÍ COMO SU RELACIÓN CON EL CLASIFICADOR POR OBJETO DEL
GASTO. SUBCUENTAS ARMONIZADAS PARA DAR CUMPLIMIENTO
CON LA LEY DE CONTABILIDAD CLASIFICADOR POR OBJETO DE GASTO
1.1.4.4 Inventario de Materias Primas, Materiales y Suministros para Producción
2300 MATERIAS PRIMAS Y MATERIALES DE PRODUCCION Y COMERCIALIZACION
1.1.4.4.1 Productos Alimenticios, Agropecuarios y Forestales Adquiridos como Materia Prima
231 Productos Alimenticios, Agropecuarios y Forestales Adquiridos como Materia Prima
1.1.4.4.2 Insumos Textiles Adquiridos como Materia Prima
232 Insumos Textiles Adquiridos como Materia Prima
1.1.4.4.3 Productos de Papel, Cartón e Impresos Adquiridos como Materia Prima
233 Productos de Papel, Cartón e Impresos Adquiridos como Materia prima
1.1.4.4.4 Combustibles, Lubricantes y Aditivos Adquiridos, Carbón y sus Derivados Adquiridos como Materia Prima
234 Combustibles, Lubricantes, Aditivos, Carbón y sus Derivados Adquiridos como Materia Prima
1.1.4.4.5 Productos Químicos, Farmacéuticos y de Laboratorio Adquiridos como Materia Prima
235 Productos Químicos, Farmacéuticos y de Laboratorio Adquiridos como Materia Prima
1.1.4.4.6 Productos Metálicos y a Base de Minerales no Metálicos Adquiridos como Materia Prima
236 Productos Metálicos y a Base de Minerales no Metálicos Adquiridos como Materia Prima
1.1.4.4.7 Productos de Cuero, Piel, Plástico y Hule Adquiridos como Materia Prima
237 Productos de Cuero, Piel, Plástico y Hule Adquiridos como Materia Prima
1.1.4.4.9 Otros Productos y Mercancías Adquiridas como Materia Prima
239 Otros Productos Adquiridos como Materia Prima
1.1.5.1 Almacén de Materiales y Suministros 2000 Materiales y Suministros
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SUBCUENTAS ARMONIZADAS PARA DAR CUMPLIMIENTO CON LA LEY DE CONTABILIDAD CLASIFICADOR POR OBJETO DE GASTO
de Consumo
1.1.5.1.1 Materiales de Administración, Emisión de Documentos y Artículos Oficiales
2100 Materiales de Administración, Emisión de Documentos y Artículos Oficiales
1.1.5.1.2 Alimentos y Utensilios 2200 Alimentos y Utensilios
1.1.5.1.3 Materiales y Artículos de Construcción y de Reparación
2400 Materiales y Artículos de Construcción y de Reparación
1.1.5.1.4 Productos Químicos, Farmacéuticos y de Laboratorio
2500 Productos Químicos, Farmacéuticos y de Laboratorio
1.1.5.1.5 Combustibles, Lubricantes y Aditivos 2600 Combustibles, Lubricantes y Aditivos
1.1.5.1.6 Vestuario, Blancos, Prendas de Protección y Artículos Deportivos
2700 Vestuario, Blancos, Prendas de Protección y Artículos Deportivos
1.1.5.1.7 Materiales y Suministros de Seguridad 2800 Materiales y Suministros para Seguridad
1.1.5.1.8 Herramientas, Refacciones y Accesorios Menores para Consumo
2900 Herramientas, Refacciones y Accesorios Menores
1.2.1.1 Inversiones a Largo Plazo 7600 OTRAS INVERSIONES FINANCIERAS
1.2.1.1.1 Depósitos a LP en Moneda Nacional 761 Depósitos a Largo Plazo en Moneda Nacional
1.2.1.1.2 Depósitos a LP en Moneda Extranjera 762 Depósitos a Largo Plazo en Moneda Extranjera
1.2.1.2 Títulos y Valores a Largo Plazo 7300 COMPRA DE TITULOS Y VALORES
1.2.1.2.1 Bonos a LP 731 Bonos
1.2.1.2.2 Valores Representativos de Deuda a LP 732 Valores Representativos de Deuda Adquiridos con Fines de Política Económica
733 Valores Representativos de Deuda Adquiridos con Fines de Gestión de Liquidez
1.2.1.2.3 Obligaciones Negociables a LP 734 Obligaciones Negociables Adquiridas con Fines de Política Económica
735 Obligaciones Negociables Adquiridas con Fines de Gestión de Liquidez
1.2.1.2.9 Otros Valores a LP 739 Otros Valores
1.2.1.3 Fideicomisos, Mandatos y Contratos Análogos
7500 INVERSIONES EN FIDEICOMISOS, MANDATOS Y OTROS ANALOGOS
1.2.1.3.1 Fideicomisos, Mandatos y Contratos Análogos del Poder Ejecutivo
751 Inversiones en Fideicomisos del Poder Ejecutivo
1.2.1.3.2 Fideicomisos, Mandatos y Contratos Análogos del Poder Legislativo
752 Inversiones en Fideicomisos del Poder Legislativo
1.2.1.3.3 Fideicomisos, Mandatos y Contratos Análogos del Poder Judicial
753 Inversiones en Fideicomisos del Poder Judicial
1.2.1.3.4 Fideicomisos, Mandatos y Contratos Análogos Públicos no Empresariales y no Financieros
754 Inversiones en Fideicomisos Públicos no Empresariales y no Financieros
1.2.1.3.5 Fideicomisos, Mandatos y Contratos Análogos Públicos Empresariales y no Financieros
755 Inversiones en Fideicomisos Públicos Empresariales y no Financieros
1.2.1.3.6 Fideicomisos, Mandatos y Contratos Análogos Públicos Financieros
756 Inversiones en Fideicomisos Públicos Financieros
1.2.1.3.7 Fideicomisos, Mandatos y Contratos 757 Inversiones en Fideicomisos de Entidades
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SUBCUENTAS ARMONIZADAS PARA DAR CUMPLIMIENTO CON LA LEY DE CONTABILIDAD CLASIFICADOR POR OBJETO DE GASTO
Análogos de Entidades Federativas Federativas
1.2.1.3.8 Fideicomisos, Mandatos y Contratos Análogos de Municipios 758 Inversiones en Fideicomisos de Municipios
1.2.1.3.9 Fideicomisos, Mandatos y Contratos Análogos de Empresas Privadas y Particulares
759 Fideicomisos de Empresas Privadas y Particulares
1.2.1.4 Participaciones y Aportaciones de Capital 7200 ACCIONES Y PARTICIPACIONES DE CAPITAL
1.2.1.4.1 Participaciones y Aportaciones de Capital a LP en el Sector Público
721 Acciones y Participaciones de Capital en Entidades Paraestatales no Empresariales y no Financieras con Fines de Política Económica
722 Acciones y Participaciones de Capital en Entidades Paraestatales Empresariales y no Financieras con Fines de Política Económica
723 Acciones y Participaciones de Capital en Instituciones Paraestatales Públicas Financieras con Fines de Política Económica
1.2.1.4.2 Participaciones y Aportaciones de Capital a LP en el Sector Privado
727 Acciones y Participaciones de Capital en el Sector Público con Fines de Gestión de Liquidez
724 Acciones y Participaciones de Capital en el Sector Privado con Fines de Política Económica
728 Acciones y Participaciones de Capital en el Sector Privado con Fines de Gestión de Liquidez
725 Acciones y Participaciones de Capital en Organismos Internacionales con Fines de Política Económica
1.2.1.4.3 Participaciones y Aportaciones de Capital a LP en el Sector Externo
726 Acciones y Participaciones de Capital en el Sector Externo con Fines de Política Económica
729 Acciones y Participaciones de Capital en el Sector Externo con Fines de Gestión de Liquidez
1.2.2.4 Préstamos Otorgados a Largo Plazo 7400 CONCESION DE PRESTAMOS
1.2.2.4.1 Préstamos Otorgados a LP al Sector Público
741 Concesión de Préstamos a Entidades Paraestatales no Empresariales y no Financieras con Fines de Política Económica
742 Concesión de Préstamos a Entidades Paraestatales Empresariales y no Financieras con Fines de Política Económica
743 Concesión de Préstamos a Instituciones Paraestatales Públicas Financieras con Fines de Política Económica
744 Concesión de Préstamos a Entidades Federativas y Municipios con Fines de Política Económica
1.2.2.4.2 Préstamos Otorgados a LP al Sector Privado
747 Concesión de Préstamos al Sector Público con Fines de Gestión de Liquidez
745 Concesión de Préstamos al Sector Privado con Fines de Política Económica
748 Concesión de Préstamos al Sector Privado con Fines de Gestión de Liquidez
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SUBCUENTAS ARMONIZADAS PARA DAR CUMPLIMIENTO CON LA LEY DE CONTABILIDAD CLASIFICADOR POR OBJETO DE GASTO
1.2.2.4.3 Préstamos Otorgados a LP al Sector Externo
746 Concesión de Préstamos al Sector Externo con Fines de Política Económica
749 Concesión de Préstamos al Sector Externo con Fines de Gestión de Liquidez
1.2.3.4 Infraestructura
1.2.3.4.1 Infraestructura de Carreteras
1.2.3.4.2 Infraestructura Ferroviaria y Multimodal
1.2.3.4.3 Infraestructura Portuaria
1.2.3.4.4 Infraestructura Aeroportuaria
1.2.3.4.5 Infraestructura de Telecomunicaciones
1.2.3.4.6 Infraestructura de Agua Potable, Saneamiento, Hidroagrícola y Control de Inundaciones
1.2.3.4.7 Infraestructura Eléctrica
1.2.3.4.8 Infraestructura de Producción de Hidrocarburos
1.2.3.4.9 Infraestructura de Refinación, Gas y Petroquímica
1.2.3.5 Construcciones en Proceso en Bienes de Dominio Público
6100 OBRA PUBLICA EN BIENES DE DOMINIO PUBLICO
1.2.3.5.1 Edificación Habitacional en Proceso 611 Edificación Habitacional
1.2.3.5.2 Edificación no Habitacional en Proceso 612 Edificación no Habitacional
1.2.3.5.3
Construcción de Obras para el Abastecimiento de Agua, Petróleo, Gas, Electricidad y Telecomunicaciones en Proceso
613 Construcción de Obras para el Abastecimiento de Agua, Petróleo, Gas, Electricidad y Telecomunicaciones
1.2.3.5.4 División de Terrenos y Construcción de Obras de Urbanización en Proceso
614 División de Terrenos y Construcción de Obras de Urbanización
1.2.3.5.5 Construcción de Vías de Comunicación en Proceso 615 Construcción de Vías de Comunicación
1.2.3.5.6 Otras Construcciones de Ingeniería Civil u Obra Pesada en Proceso
616 Otras Construcciones de Ingeniería Civil u Obra Pesada
1.2.3.5.7 Instalaciones y Equipamiento en Construcciones en Proceso
617 Instalaciones y Equipamiento en Construcciones
1.2.3.5.9 Trabajos de Acabados en Edificaciones y Otros Trabajos Especializados en Proceso
619 Trabajos de Acabados en Edificaciones y Otros Trabajos Especializados
1.2.3.6 Construcciones en Proceso en Bienes Propios
6200 OBRA PUBLICA EN BIENES PROPIOS
1.2.3.6.1 Edificación Habitacional en Proceso 621 Edificación Habitacional
1.2.3.6.2 Edificación no Habitacional en Proceso 622 Edificación no Habitacional
1.2.3.6.3
Construcción de Obras para el Abastecimiento de Agua, Petróleo, Gas, Electricidad y Telecomunicaciones en Proceso
623 Construcción de Obras para el Abastecimiento de Agua, Petróleo, Gas, Electricidad y Telecomunicaciones
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SUBCUENTAS ARMONIZADAS PARA DAR CUMPLIMIENTO CON LA LEY DE CONTABILIDAD CLASIFICADOR POR OBJETO DE GASTO
1.2.3.6.4 División de Terrenos y Construcción de Obras de Urbanización en Proceso
624 División de Terrenos y Construcción de Obras de Urbanización
1.2.3.6.5 Construcción de Vías de Comunicación en Proceso 625 Construcción de Vías de Comunicación
1.2.3.6.6 Otras Construcciones de Ingeniería Civil u Obra Pesada en Proceso
626 Otras Construcciones de Ingeniería Civil u Obra Pesada
1.2.3.6.7 Instalaciones y Equipamiento en Construcciones en Proceso
627 Instalaciones y Equipamiento en Construcciones
1.2.3.6.9 Trabajos de Acabados en Edificaciones y Otros Trabajos Especializados en Proceso
629 Trabajos de Acabados en Edificaciones y Otros Trabajos Especializados
1.2.4.1 Mobiliario y Equipo de Administración 5100 MOBILIARIO Y EQUIPO DE ADMINISTRACION
1.2.4.1.1 Muebles de Oficina y Estantería 511 Muebles de Oficina y Estantería
1.2.4.1.2 Muebles, Excepto de Oficina y Estantería 512 Muebles, Excepto de Oficina y Estantería
1.2.4.1.3 Equipo de Cómputo y de Tecnologías de la Información
515 Equipo de Cómputo y de Tecnologías de la Información
1.2.4.1.9 Otros Mobiliarios y Equipos de Administración
519 Otros Mobiliarios y Equipos de Administración
1.2.4.2 Mobiliario y Equipo Educacional y Recreativo
5200 MOBILIARIO Y EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO
1.2.4.2.1 Equipos y Aparatos Audiovisuales 521 Equipos y Aparatos Audiovisuales
1.2.4.2.2 Aparatos Deportivos 522 Aparatos Deportivos
1.2.4.2.3 Cámaras Fotográficas y de Video 523 Cámaras Fotográficas y de Video
1.2.4.2.9 Otro Mobiliario y Equipo Educacional y Recreativo
529 Otro Mobiliario y Equipo Educacional y Recreativo
1.2.4.3 Equipo e Instrumental Médico y de Laboratorio
5300 EQUIPO E INSTRUMENTAL MEDICO Y DE LABORATORIO
1.2.4.3.1 Equipo Médico y de Laboratorio 531 Equipo Médico y de Laboratorio
1.2.4.3.2 Instrumental Médico y de Laboratorio 532 Instrumental Médico y de Laboratorio
1.2.4.4 Equipo de Transporte 5400 VEHICULOS Y EQUIPO DE TRANSPORTE
1.2.4.4.1 Automóviles y Equipo Terrestre 541 Automóviles y Equipo Terrestre
1.2.4.4.2 Carrocerías y Remolques 542 Carrocerías y Remolques
1.2.4.4.3 Equipo Aeroespacial 543 Equipo Aeroespacial
1.2.4.4.4 Equipo Ferroviario 544 Equipo Ferroviario
1.2.4.4.5 Embarcaciones 545 Embarcaciones
1.2.4.4.9 Otros Equipos de Transporte 549 Otros Equipos de Transporte
1.2.4.6 Maquinaria, Otros Equipos y Herramientas
5600 MAQUINARIA, OTROS EQUIPOS Y HERRAMIENTAS
1.2.4.6.1 Maquinaria y Equipo Agropecuario 561 Maquinaria y Equipo Agropecuario
1.2.4.6.2 Maquinaria y Equipo Industrial 562 Maquinaria y Equipo Industrial
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SUBCUENTAS ARMONIZADAS PARA DAR CUMPLIMIENTO CON LA LEY DE CONTABILIDAD CLASIFICADOR POR OBJETO DE GASTO
1.2.4.6.3 Maquinaria y Equipo de Construcción 563 Maquinaria y Equipo de Construcción
1.2.4.6.4 Sistemas de Aire Acondicionado, Calefacción y de Refrigeración Industrial y Comercial
564 Sistemas de Aire Acondicionado, Calefacción y de Refrigeración Industrial y Comercial
1.2.4.6.5 Equipo de Comunicación y Telecomunicación
565 Equipo de Comunicación y Telecomunicación
1.2.4.6.6 Equipos de Generación Eléctrica, Aparatos y Accesorios Eléctricos
566 Equipos de Generación Eléctrica, Aparatos y Accesorios Eléctricos
1.2.4.6.7 Herramientas y Máquinas‐Herramienta 567 Herramientas y Máquinas‐Herramienta
1.2.4.6.9 Otros Equipos 569 Otros Equipos
1.2.4.7 Colecciones, Obras de Arte y Objetos Valiosos
1.2.4.7.1 Bienes Artísticos, Culturales y Científicos
513 Bienes Artísticos, Culturales y Científicos
1.2.4.7.2 Objetos de Valor 514 Objetos de Valor
1.2.4.8 Activos Biológicos 5700 ACTIVOS BIOLOGICOS
1.2.4.8.1 Bovinos 571 Bovinos
1.2.4.8.2 Porcinos 572 Porcinos
1.2.4.8.3 Aves 573 Aves
1.2.4.8.4 Ovinos y Caprinos 574 Ovinos y Caprinos
1.2.4.8.5 Peces y Acuicultura 575 Peces y Acuicultura
1.2.4.8.6 Equinos 576 Equinos
1.2.4.8.7 Especies Menores y de Zoológico 577 Especies Menores y de Zoológico
1.2.4.8.8 Arboles y Plantas 578 Arboles y plantas
1.2.4.8.9 Otros Activos Biológicos 579 Otros Activos Biológicos
1.2.5.2 Patentes, Marcas y Derechos
1.2.5.2.1 Patentes 592 Patentes
1.2.5.2.2 Marcas 593 Marcas
1.2.5.2.3 Derechos 594 Derechos
1.2.5.3 Concesiones y Franquicias
1.2.5.3.1 Concesiones 595 Concesiones
1.2.5.3.2 Franquicias 596 Franquicias
1.2.5.4 Licencias
1.2.5.4.1 Licencias Informáticas e Intelectuales 597 Licencias Informáticas e Intelectuales
1.2.5.4.2 Licencias Industriales, Comerciales y Otras
598 Licencias Industriales, Comerciales y Otras
2.1.3.1 Porción a Corto Plazo de la Deuda Pública Interna
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SUBCUENTAS ARMONIZADAS PARA DAR CUMPLIMIENTO CON LA LEY DE CONTABILIDAD CLASIFICADOR POR OBJETO DE GASTO
2.1.3.1.1 Porción a CP de Títulos y Valores de Deuda Pública Interna
912 Amortización de la Deuda Interna por Emisión de Títulos y Valores
2.1.3.1.2 Porción a CP de los Préstamos de la Deuda Pública Interna
911 Amortización de la Deuda Interna con Instituciones de Crédito
2.1.3.2 Porción a Corto Plazo de la Deuda Pública Externa
2.1.3.2.1 Porción a CP de Títulos y Valores de Deuda Pública Externa
917 Amortización de la Deuda Externa por Emisión de Títulos y Valores
2.1.3.2.2 Porción a CP de los Préstamos de la Deuda Pública Externa
914 Amortización de la Deuda Externa con Instituciones de Crédito
915 Amortización de Deuda Externa con Organismos Financieros Internacionales
916 Amortización de la Deuda Bilateral
2.1.3.3 Porción a Corto Plazo de Arrendamiento Financiero
2.1.3.3.1 Porción a CP de Arrendamiento Financiero Nacional
913 Amortización de Arrendamientos Financieros Nacionales
2.1.3.3.2 Porción a CP de Arrendamiento Financiero Internacional
918 Amortización de Arrendamientos Financieros Internacionales
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ESTADO DE SITUACIÓN FINANCIERA
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ESTADO DE ACTIVIDADES
20XN 20XN‐1
INGRESOS Y OTROS BENEFICIOS
Ingresos de la Gestión:
Impuestos
Impuestos sobre los Ingresos
Impuestos sobre el Patrimonio
Impuesto sobre la Producción, el Consumo y las Transacciones
Impuestos al Comercio Exterior
Impuestos sobre Nóminas y Asimilables
Impuestos Ecológicos
Accesorios de Impuestos
Otros Impuestos
Contribuciones de Mejoras
Derechos
Productos de Tipo Corriente1
Aprovechamientos de Tipo Corriente
Ingresos por Venta de Bienes y Servicios Producidos
en Establecimientos del Gobierno
Participaciones y Aportaciones
Participaciones
Aportaciones
Convenios
Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras ayudas
Transferencias Internas y Asignaciones al Sector Público
Transeferencias al Resto del Sector Público
Subsidios y Subvenciones
Ayudas Sociales
Pensiones y Jubilaciones
Otros Ingresos y Beneficios
Ingresos Financieros
Intereses Ganados de Valores, Créditos, Bonos y Otros
Otros Ingresos Financieros
Incremento por Variación de Inventarios
Disminución del Exceso de Estimaciones por Pérdida o Deterioro u Obsolescencia y Provisiones
Otros Ingresos y Beneficios Varios
Total de Ingresos
GASTOS Y OTRAS PÉRDIDAS
Gastos de funcionamiento
Servicios Personales
Materiales y Suministros
Servicios Generales
Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas
Transferencias Internas y Asignaciones al Sector Público
Transferencias al Resto del Sector Público
Subsidios y Subvenciones
Ayudas Sociales
Pensiones y Jubilaciones
Transferencias a Fideicomisos, Mandatos y Contratos Análogos
Transferencias a la Seguridad Social
Donativos
Transferencias al Exterior
Participaciones y Aportaciones
Participaciones
Aportaciones
Convenios
Intereses, Comisiones y Otros Gastos de la Deuda Pública
Otros Gastos y Pérdidas Extraordinarias
Estimaciones, Depreciaciones, Deterioros, Obsolescencias, Amortizaciones y Provisiones
Disminución de Inventarios
Aumento por Insuficiencia de Estimaciones por Pérdida, Deterioro u Obsolescencia, y Provisiones
Otros Gastos
Resultado Integral de Financiamiento (RIF)
Total de Gastos y Otras Pérdidas
Ahorro/Desahorro Neto del Ejercicio
1) No incluyen: Utilidades e Intereses. Por regla de presentación se revelan como Ingresos Financieros
Estado de Actividades
Nombre del Ente Público
Del XXXX al XXXX
(en miles de pesos)
Otras Contribuciones Causadas en Ejercicios Anteriores
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ESTADO DE VARIACIONES EN LA HACIENDA PÚBLICA
Concepto
Hacienda Pública/
Patrimonio
Contribuido
Hacienda Pública/
Patrimonio Generado
de Ejercicios Anteriores
Hacienda Pública/
Patrimonio Generado del
Ejercicio
Ajustes por
Cambios de ValorTOTAL
Hacienda Pública/ Patrimonio Neto al Final del
Ejercicio Anterior 20X0
Rectificaciones de Resultados de Ejercicios Anteriores
Cambios en Políticas Contables y Cambios por Errores
Contables
Patrimonio Neto Inicial Ajustado del Ejercicio
Actualizaciones y Donaciones de Capital
Actualizaciones de la Hacienda Pública/ Patrimonio
Variaciones de la Hacienda Pública/ Patrimonio Neto del
Ejercicio
Ganancia/Pérdida por Revaluos
Reservas
Resultados del Ejercicio: Ahorro/Desahorro
Otras Variaciones de la Hacienda Pública/ Patrimonio
Neto
Hacienda Pública/ Patrimonio Neto al Final del
Ejercicio 20X1
Cambios en la Hacienda Pública/Patrimonio 20XN1
Actualizaciones y Donaciones de Capital
Actualizaciones de la Hacienda Pública/ Patrimonio
Variaciones de la Hacienda Pública/ Patrimonio Neto del
Ejercicio
Ganancia/Pérdida por Revalúos
Reservas
Resultados del Ejercicio: Ahorro/Desahorro
Otras Variaciones del Patrimonio Neto
Saldo Neto en la Hacienda Pública/Patrimonio 20X2
Nombre del Ente Público
Del XXXX al XXXX
(en miles de pesos)
Estado de Variaciones en la Hacienda Pública/Patrimonio
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ESTADO DE FLUJO DE EFECTIVO
20XN 20XN‐1
Flujos de Efectivo de las Actividades de Gestión
Origen
Impuestos
Contribuciones de mejoras
Derechos
Productos de Tipo Corriente
Aprovechamientos de Tipo Corriente
Ingresos por Ventas de Bienes y Servicios Producidos
en Establecimientos del Gobierno
Participaciones y Aportaciones
Participaciones
Aportaciones
Convenios
Transferencias, Asignaciones y Subsidios y Otras ayudas
Transferencias internas y Asignaciones al Sector Público
Transeferencias al Resto del Sector Público
Subsidios y Subvenciones
Ayudas Sociales
Pensiones y Jubilaciones
Otros Ingresos y Beneficios
Aplicación
Servicios Personales
Materiales y Suministros
Servicios Generales
Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas
Transferencias Internas y Asignaciones al Sector Público
Transferencias al resto del Sector Público
Subsidios y Subvenciones
Ayudas Sociales
Pensiones y Jubilaciones
Transferencias a Fideicomisos, Mandatos y Contratos Análogos
Transferencias a la Seguridad Social
Donativos
Transferencias al Exterior
Participaciones y Aportaciones
Participaciones
Aportaciones
Convenios
Flujos netos de Efectivo por Actividades de Operación
Flujos de Efectivo de las Actividades de Inversión
OrigenContribuciones de Capital
Venta de Activos Físicos
Otros
AplicaciónBienes Inmuebles y Muebles
Construcciones en Proceso (Obra Pública)
Otros
Flujos netos de Efectivo por Actividades de Inversión
Flujo de Efectivo de las Actividades de Financiamiento
Origen
Endeudamiento Neto
Interno
Externo
Incremento de Otros Pasivos
Disminución de Activos Financieros
AplicaciónIncremento de Activos Financieros
Servicios de la Deuda
Interno
Externo
Dismunición de Otros Pasivos
Flujos netos de Efectivo por Actividades de Financiamiento
Incremento/Dismunición Neta en el Efectivo y Equivalentes al Efectivo
Efectivo y Equivalentes al Efectivo al Inicio del Ejercicio1
Efectivo y Equivalentes al Efectivo al Final del Ejercicio1
1) El saldo de estas cuentas se tomará de la nota 1 de este mismo estado.
Otras Contribuciones Causadas en Ejercicios Anteriores
Estado de Flujos de Efectivo
Nombre del Ente Público
Del XXXX al XXXX
(en miles de pesos)
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ESTADO ANALÍTICO DE INGRESOS PRESUPUESTALES
Fuente del Ingreso Ley de Ingresos Estimada Modificado Devengado Recaudado Avance de Recaudación
Recaudación/Estimación
I IMPUESTOS
II CONTRIBUCIONES DE MEJORA
III DERECHOS
IV CONTRIBUCIONES NO COMPRENDIDAS EN LAS FRACCIONES
ANTERIORES, CAUSADAS EN EJERCICIOS FISCALES ANTERIORES
V PRODUCTOS
VI APROVECHAMIENTOS
VIII PARTICIPACIONES Y APORTACIONES
IX TRANSFERENCIAS, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS
X INGRESOS DERIVADOS DE FINANCIAMIENTO
ESTADO DE ANALÍTICO DE INGRESOS
POR FUENTE DE CONTRIBUCIÒN
TRIBUTARIOS Estimación Anual Modificado Devengado Recaudado Avance de Recaudación
Impuestos sobre los ingresos
Impuestos sobre el patrimonio
Impuesto sobre la producción, el consumo y las transacciones
Impuestos al comercio exterior
Impuestos Sobre Nóminas y Asimilables
Impuestos Ecológicos
Accesorios
Otros Impuestos
SUB TOTAL TRIBUTARIOS
NO TRIBUTARIOS
I DERECHOS
II PRODUCTOS
III APROVECHAMIENTOS
IV CONTRIBUCIONES DE MEJORAS
SUB TOTAL NO TRIBUTARIOS
TOTALES
ESTADO ANALÍTICO DE INGRESOS PRESUPUESTALES
NOMBRE DEL ENTE PÚBLICO
(en miles de pesos)
Al XXXX
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ESTADO DEL EJERCICIO DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS POR CAPÍTULO DEL GASTO
Presupuesto
de Egresos
Aprobado
Ampliaciones/
(Reducciones)
Presupuesto
VigenteComprometido
Presupuesto
Disponible
para
comprometer
Devengado
Comprometid
o no
devengado
Presupuesto
sin devengarEjercido Pagado
Cuentas por
Pagar (Deuda)
1 2 3 4 5 = (3 ‐ 4) 6 7 = ( 4‐6) 8 = (3‐6) 9 10 11 = ( 6 ‐ 10)
1000 Servicios Personales
2000 Materiales y Suministros
3000 Servicios Generales
4000 Transf., Asignac., Subs. y Otras Ayudas
5000 Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles
6000 Inversión Pública
7000 Inv. Financieras y Otras Provisiones
8000 Participaciones y Aportaciones
9000 Deuda Pública
TOTAL
Nombre
NOMBRE DEL ENTE PÚBLICO
Estado del Ejercicio del Presupuesto de Egresos por Capítulo del Gasto
Al XXXX
Ejercicio del Presupuesto
Capítulo del Gasto
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EJEMPLOS DE GUÍAS CONTABILIZADORAS
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Modelos de Asientos para el Registro Contable Documentos 11, “Manual de Contabilidad Gubernamental Capítulo V, Pág 79‐112 Sexta Sección, Pág. 1 ‐76 Séptima Sección, Pág. 1‐101
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EJEMPLO DE MATRIZ DEVENGADO DE GASTOS
Documentos 11, “Manual de Contabilidad Gubernamental Octava Sección, Pág. 26 ‐ 51
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EJEMPLO DE MATRIZ PAGADO DE GASTOS
Documentos 11, “Manual de Contabilidad Gubernamental Octava Sección, Pág. 52 ‐ 103
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EJEMPLO DE MATRIZ INGRESOS DEVENGADOS
Documentos 11, “Manual de Contabilidad Gubernamental Octava Sección, Pág. 104 ‐ 112
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EJEMPLO DE MATRIZ INGRESOS RECAUDADO
Documentos 11, “Manual de Contabilidad Gubernamental Octava Sección, Pág. 113 ‐ 128
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LINEAMIENTOS SOBRE LOS INDICADORES PARA MEDIR LOS AVANCES FÍSICOS Y FINANCIEROS RELACIONADOS CON LOS RECURSOS PÚBLICOS FEDERALES Registro en el Sistema PIPP: PBR/SED de los enfoques transversales
6. El registro en sistema PIPP: PBR/SED de los distintos enfoques transversales de la MIR de cada Pp, se realizará bajo un enfoque de gradualidad y selectividad que permita el desarrollo de los sistemas electrónicos necesarios para estos efectos, así como en apego a lo dispuesto en el Artículo 4 de la Ley de Presupuesto.
7. Tratándose de Pp que incorporen la perspectiva de género o estén orientados a mujeres y a la equidad de género, las dependencias y entidades responsables éstos deberán registrar en el sistema PIPP: PBR/SED la información correspondiente para el PPEF 2009. Lo anterior a efecto de dar continuidad a los registros administrativos con que cuenta la Secretaría y que han servido de base para informar, en términos de las disposiciones aplicables, al Congreso y a la ciudadanía.
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PRINCIPALES REGLAS DE REGISTRO Y VALORACIÓN DEL PATRIMONIO
PRIMERO.‐ Se emiten las Principales Reglas de Registro y Valoración del Patrimonio (Elementos
Generales) al que hace referencia el artículo tercero transitorio, fracción IV de la Ley de Contabilidad, el cual se integra de la siguiente manera:
INDICE I. INTRODUCCIÓN II. ENTORNO JURÍDICO III. DEFINICIONES Y ELEMENTOS DEL ACTIVO, PASIVO Y HACIENDA PÚBLICA / PATRIMONIO IV. VALORES DE ACTIVOS Y PASIVOS V. VALOR INICIAL Y POSTERIOR DEL ACTIVO, PASIVO Y HACIENDA PÚBLICA / PATRIMONIO
I. Introducción Las presentes Reglas tienen como objetivo establecer las características y el alcance de los
elementos de la hacienda pública/patrimonio, los cuales para su conceptualización se dividen en jurídicos y contables.
Únicamente contemplan su aplicación en los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Federación y de las Entidades Federativas; los Entes Autónomos de la Federación y de las Entidades Federativas; los Ayuntamientos de los Municipios; los órganos político‐administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal; exceptuando a las Entidades de la Administración Pública Paraestatal, ya sean Federales, Estatales o Municipales, siendo las autoridades en materia de contabilidad gubernamental las que establecerán la forma en que éstas, se ajustarán al mismo atendiendo a su naturaleza. Lo anterior, en tanto el CONAC emite lo conducente.
Las Principales Reglas de Registro y Valoración del Patrimonio (Elementos Generales) se desarrollaron de acuerdo a los criterios técnicos utilizados en las mejores prácticas nacionales e internacionales, entre las que destacan: las Normas de Información Financiera NIF A‐5 Elementos básicos de los estados financieros, NIF A‐6 Reconocimiento y valuación; y las Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Público (IPSAS, por sus siglas en inglés), entre las que destacan IPSAS 1‐Presentación de estados financieros e IPSAS 17‐Propiedades, planta y equipo.
Es importante mencionar que en el Sector Privado las empresas tienen un fin eminentemente lucrativo; por ello, el enfoque que la información financiera ha tenido en ese sector es el de dar a conocer al usuario de la información financiera el valor de sus activos y de sus deudas a la fecha de sus estados financieros, por lo que en algunos casos los valores originales se modifican, reconociendo en la hacienda pública / patrimonio sus efectos.
La tendencia en el Sector Privado está orientada a la incorporación generalizada del valor razonable, por lo que en lo general la base de elaboración de información financiera en este sector es el valor razonable; sin embargo, por diversas razones en muchas ocasiones son reconocidos otros valores.
En el Sector Público el interés del usuario de la información no puede tener el mismo enfoque, ya que los entes públicos que conforman este sector no pretenden ni la participación de inversionistas externos, ni la colocación de instrumentos de capital y mucho menos la venta de los entes públicos que lo conforman; por lo que se considera que, en una primera fase, el enfoque para determinación
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de sus activos y pasivos, es el que permita conocer los recursos que ha invertido el ente público y las deudas que ha asumido con los recursos provenientes de su ejercicio presupuestal.
El presupuesto gubernamental a diferencia del presupuesto que manejan las empresas del Sector Privado, no es una simple herramienta de medición y control de resultados; en el Sector Público se convierte en un mandato obligatorio. Por ello, en el Sector Público el presupuesto es el motor funcional de sus actividades, por lo que se considera que el importe del ejercicio presupuestal registrado en la contabilidad presupuestaria, debe ser el mismo reconocido en la contabilidad patrimonial.
II. Entorno Jurídico En la Ley de Contabilidad, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de Diciembre de
2008, en su artículo tercero transitorio, fracción IV, establece que durante 2010 el CONAC deberá de emitir, entre otros, las principales reglas de registro y valoración del patrimonio.
En tal sentido, el artículo cuarto transitorio fracción III de dicha Ley de Contabilidad, establece que los entes públicos deberán, entre otras obligaciones, efectuar los registros contables del patrimonio y su valuación, a más tardar el 31 de diciembre de 2012.
La Ley de Contabilidad en su Título III, Capítulo II, artículo 23 establece los bienes muebles e inmuebles que los entes públicos registrarán en su contabilidad:
I. “Los inmuebles destinados a un servicio público conforme a la normativa aplicable; excepto los considerados como monumentos arqueológicos, artísticos o históricos conforme a la Ley de la materia;
II. Mobiliario y equipo, incluido el de cómputo, vehículos y demás bienes muebles al servicio de los entes públicos, y
III. Cualesquiera otros bienes muebles e inmuebles que el consejo determine que deban registrarse.”
Los registros contables de los bienes a que se refiere el artículo 23 enunciado anteriormente se realizarán en cuentas específicas del activo y deberán ser inventariados. Dicho inventario deberá estar debidamente conciliado con el registro contable. En el caso de los bienes inmuebles, no podrá establecerse un valor inferior al catastral que le corresponda. Los registros contables reflejarán, en la cuenta específica del activo que corresponda, la baja de los bienes muebles e inmuebles.
Sin embargo, existen bienes que difieren, en cuanto a su naturaleza, de los anteriores y que son considerados como monumentos arqueológicos, artísticos o históricos y que se exceptúan en la fracción I del artículo 23 enunciado anteriormente. Para estos bienes la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, así como la Ley General de Bienes Nacionales establecen lo siguiente:
“Son monumentos arqueológicos los bienes inmuebles, producto de culturas anteriores al establecimiento de la hispánica en el territorio nacional, así como los restos humanos, de la flora y de la fauna, relacionados con esas culturas.” 1 “Los inmuebles construidos en los siglos XVI al XIX, destinados a templos y sus anexos; arzobispados, obispados y casas curales; seminarios, conventos o cualesquiera otros dedicados a la administración, divulgación, enseñanza o práctica de un culto religioso; así como a la educación y a la enseñanza, a fines asistenciales o benéficos; al servicio y
1 Artículo 28 de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos.
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ornato públicos y al uso de las autoridades civiles y militares…” 2 son considerados monumentos históricos. “Los Institutos respectivos harán el registro de los monumentos pertenecientes a la Federación, Estados y Municipios y los organismos descentralizados, empresas de participación estatal y las personas físicas o morales privadas, deberán inscribir ante el Registro que corresponda, los monumentos de su propiedad”.3 “…Los inmuebles federales considerados como monumentos históricos o artísticos conforme a la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos o la declaratoria correspondiente, no podrán ser objeto de desincorporación del régimen de dominio público de la Federación…” 4
Estos bienes que por su naturaleza, son inalienables e imprescriptibles y que, por lo tanto, no se contempla la asignación de un valor cuantificado en términos monetarios y, por consiguiente, tampoco un registro contable. En este sentido los entes públicos elaborarán un registro auxiliar sujeto a inventario de los bienes muebles o inmuebles bajo su custodia que cumplan con estas características.
Por otra parte, la Ley de Contabilidad en su artículo 26 establece que no se registrarán los bienes señalados en los artículos 27, párrafos cuarto, quinto y octavo; y artículo 42, fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM); ni los de uso común en términos del artículo 7, de la Ley General de Bienes Nacionales con excepción de los mencionados en las fracciones VII, X, XI y XIII.
En este sentido, el artículo 42, fracción IV, de la CPEUM establece que el territorio nacional comprende la plataforma continental y los zócalos submarinos de las islas, cayos y arrecifes, y el artículo 7 de la Ley General de Bienes Nacionales establece lo siguiente:
Son bienes de uso común: I. El espacio aéreo situado sobre el territorio nacional, con la extensión y modalidades que
establezca el derecho internacional; II. Las aguas marinas interiores, conforme a la Ley Federal del Mar; III. El mar territorial en la anchura que fije la Ley Federal del Mar; IV. Las playas marítimas, entendiéndose por tales las partes de tierra que por virtud de la marea
cubre y descubre el agua, desde los límites de mayor reflujo hasta los límites de mayor flujo anuales;
V. La zona federal marítimo terrestre; VI. Los puertos, bahías, radas y ensenadas; VII. Los diques, muelles, escolleras, malecones y demás obras de los puertos, cuando sean de uso
público; VIII. Los cauces de las corrientes y los vasos de los lagos, lagunas y esteros de propiedad nacional; IX. Las riberas y zonas federales de las corrientes; X. Las presas, diques y sus vasos, canales, bordos y zanjas, construidos para la irrigación,
navegación y otros usos de utilidad pública, con sus zonas de protección y derechos de vía, o riberas en la extensión que, en cada caso, fije la dependencia competente en la materia, de acuerdo con las disposiciones legales aplicables;
2 Artículo 36, fracción I de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos. 3 Artículo 22 de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos. 4 Artículo 84 de la Ley General de Bienes Nacionales.
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XI. Los caminos, carreteras, puentes y vías férreas que constituyen vías generales de comunicación, con sus servicios auxiliares y demás partes integrantes establecidas en la ley federal de la materia;
XII. Los inmuebles considerados como monumentos arqueológicos conforme a la ley de la materia;
XIII. Las plazas, paseos y parques públicos cuya construcción o conservación esté a cargo del Gobierno Federal y las construcciones levantadas por el Gobierno Federal en lugares públicos para ornato o comodidad de quienes los visiten, y
XIV. Los demás bienes considerados de uso común por otras leyes que regulen bienes nacionales. Con relación a la inversión realizada por los entes públicos en los bienes señalados en las
fracciones VII, X, XI y XIII del artículo 7 enunciado anteriormente, el registro contable se efectuará de conformidad con las reglas específicas que emita el CONAC.
Por último, en los siguientes incisos, se presentan aspectos específicos en cuanto a la publicación de información relacionada con los bienes, así como el registro de las obras en proceso, y bienes en transición cuando haya un cambio de administración.
a. Los entes públicos contarán con un plazo de 30 días hábiles para incluir en el inventario físico los bienes que adquieran. Los entes públicos publicarán el inventario de sus bienes a través de internet, el cual deberán actualizar, por lo menos, cada seis meses. Los municipios podrán recurrir a otros medios de publicación, distintos al internet, cuando este servicio no esté disponible, siempre y cuando sean de acceso público.
b. Las obras en proceso deberán registrarse, invariablemente, en una cuenta contable específica del activo, la cual reflejará su grado de avance en forma objetiva y comprobable.
c. Cuando se realice la transición de una administración a otra, los bienes que no se encuentren inventariados o estén en proceso de registro y hubieren sido recibidos o adquiridos durante el encargo de su administración, deberán ser entregados oficialmente a la administración entrante a través de un acta de entrega y recepción. La administración entrante realizará el registro e inventario.
V. Valor Inicial Y Posterior Del Activo, Pasivo Y Hacienda Pública / Patrimonio
El siguiente apartado está relacionado con los Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental (PBCG). En particular el postulado de “Valuación” que menciona lo siguiente:
“Todos los eventos que afecten económicamente al ente público deben ser cuantificados en términos monetarios y se registrarán al costo histórico o al valor económico más objetivo registrándose en moneda nacional.
Explicación del Postulado Básico a) El costo histórico de las operaciones corresponde al monto erogado para su adquisición
conforme a la documentación contable original justificativa y comprobatoria, o bien a su valor estimado o de avalúo en caso de ser producto de una donación, expropiación, adjudicación o dación en pago;
b) La información reflejada en los estados financieros deberá ser revaluada aplicando los métodos y lineamientos que para tal efecto emita el CONAC.”
Como se puede apreciar la base fundamental en la valuación debe ser el enfoque del costo histórico, que refleja más objetivamente la información financiera de los gobiernos, para conocer el
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“valor para el ente público” que, a su vez, tiene diferencias importantes con el concepto de “valor del ente público” que es el que se utiliza en el sector privado. Existen diversos tipos de operaciones en las que se pudieran aplicar métodos de valuación diferentes al costo histórico; por ejemplo: donaciones o desincorporaciones.
En este sentido, se presentan las reglas de reconocimiento inicial y posterior de los activos, pasivos y hacienda pública / patrimonio:
ACTIVO a) Reconocimiento inicial El valor inicial que deben tener los activos en todas sus categorías es su costo de adquisición; es
decir, el valor que se pagó por ellos o un equivalente en el momento de su adquisición o reconocimiento según la norma específica.
El equivalente de referencia debe ser un valor en el que el ente público lo hubiera adquirido en una transacción libre y puede determinarse confiablemente; de lo contrario, no es aceptable su reconocimiento en el estado de situación financiera. Los valores que pueden utilizarse en estos casos son: valor razonable, valor de remplazo o su equivalente en concordancia con el postulado básico de valuación.
b) Reconocimiento posterior Se considera que el reconocimiento posterior de los activos, debe ser de acuerdo a las mejores
prácticas nacionales e internacionales que tienden al reconocimiento del valor razonable, sin embargo, por diversas razones no siempre es aplicable (costos, tiempo, tipos de activos, etc.) a continuación se presentan elementos de valuación por grupos de activos.
CIRCULANTE Disponibles: estos activos representan la inversión que en efectivo o equivalentes de efectivo se
mantiene en el ente público, así como otras inversiones en instrumentos financieros. Como el Gobierno no pretende ser especulativo en ninguna inversión, no tiene lógica el permitir que estos bienes se valúen a un precio superior al que se invirtió en su origen. Desde luego, esto no implica que el Gobierno no deba buscar obtener los mejores rendimientos de sus inversiones.
El efectivo debe reconocerse a su valor nominal. Los instrumentos financieros de renta fija, deben reconocerse a su valor nominal más los
rendimientos devengados pero no cobrados a la fecha de los estados financieros. Los equivalentes de efectivo deben reconocerse a su costo de adquisición, sus ganancias hasta que
se realicen y las pérdidas en el momento de conocerse. Derechos a recibir: son los descritos como cuentas por cobrar en general e inicialmente deberán
reconocerse por el derecho que tenga el ente público de recibir efectivo o equivalentes, al valor que tengan éstos en el momento de la transacción o el valor razonable de éstos si son diferentes.
En un momento posterior éstos derechos deben valuarse a la mejor estimación posible del valor de realización que de ellos pueda determinarse a la fecha del estado de situación financiera, sin reconocer beneficio alguno por incremento en su valor, a menos que éste provenga de rendimientos claramente establecidos y hayan sido devengados y estén pendientes de cobro. Por el contrario, si el valor ha bajado, éste hecho debe reconocerse en el momento en el que ocurra.
Bienes y mercancías de consumo: estos bienes deben reconocerse inicialmente al monto pagado o por pagar por ellos en la fecha de la transacción, o a su valor razonable en el caso de que no sean producto de una transacción en efectivo o equivalentes de efectivo o a su valor de realización.
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En un momento posterior los valores de estos bienes deberán ser modificados sólo en el caso de que no se puedan realizar al precio previamente reconocido, o se pierda su utilidad, por lo que se deberá reconocer su deterioro hasta el valor que pueda ser realizable en el futuro o se puedan usar en las mismas condiciones de su adquisición.
NO CIRCULANTE Activos varios: dentro del no circulante se han mencionado los activos varios, que se refieren a las
mismas clases de activos que se han mencionado en corto plazo, pero que su realización se hará en un plazo mayor a un año, por lo que los valores de referencia son los mismos mencionados anteriormente.
Inmuebles y muebles: en su reconocimiento inicial estos activos deben valuarse a su costo de adquisición, valor razonable o su equivalente en concordancia con el postulado básico de valuación.
En momentos posteriores su valor será el mismo valor original menos la depreciación acumulada y/o las pérdidas por deterioro acumuladas.
La depreciación es el importe del costo de adquisición del activo depreciable, menos su valor de deshecho, entre los años correspondientes a su vida útil o su vida económica; con ello, se tiene un costo que se deberá registrar en resultados o en el estado de actividades (hacienda pública / patrimonio), con el objetivo de conocer el gasto patrimonial, por el servicio que está dando el activo, lo cual redundará en una estimación adecuada de la utilidad en un ente público lucrativo o del costo de operación en un ente público con fines exclusivamente gubernamentales o sin fines de lucro.
Ahora bien, lejos de tratar de valuar un activo a través de la depreciación, ésta tiene por objeto el reconocimiento del gasto mencionado; por lo tanto, dicho gasto debe estimarse con los siguientes factores: valor original registrado, valor de desecho y vida útil o económica estimada.
Valor de desecho, es la mejor estimación del valor que tendrá el activo en la fecha en la que dejará de ser útil para el ente público. Esta fecha es la del fin de su vida útil, o la del fin de su vida económica; la primera es la fecha en la que el bien ya no sirve, pero puede tener un valor de rescate en esas condiciones, en muchas ocasiones es igual a cero; la segunda, vida económica, es la fecha en la que al ente público ya no le es útil pero puede llegar a tener una vida útil que le origine un valor comercial aún al activo.
Por lo anterior, las inversiones en inmuebles y muebles representan, en el transcurso del tiempo, un gasto por aquellas cantidades que no son susceptibles de recuperación. Tanto estos activos como los intangibles tienen como objetivo el generar beneficios, económicos o sociales, por lo que es necesario se reconozcan en resultados en el mismo período en el que generan dichos beneficios. Independientemente de que un ente público tenga fines exclusivamente gubernamentales, no tenga fines de lucro o sea lucrativa, genera algún beneficio. La depreciación tiene por objeto el reconocimiento del gasto correspondiente por su uso, que es el que provoca el beneficio.
Activos intangibles: estos activos deben valuarse igual que los activos fijos, e igualmente su reconocimiento sólo puede darse por operaciones y transacciones con terceros.
Al igual que la depreciación, éstos activos están sujetos a amortización, siempre y cuando tengan una vida útil determinable y, para su determinación, deben considerarse los mismos elementos que en la depreciación.
En el caso de que los activos intangibles no tengan una vida útil o económica determinable, deben quedar sujetos a la evaluación del deterioro del valor, lo cual debe hacerse regularmente.
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PASIVO a) Reconocimiento inicial El valor inicial que deben tener los pasivos es el “recurso histórico”; es decir, el monto recibido de
recursos en efectivo o equivalentes, o la estimación del monto incurrido en el momento de su reconocimiento.
El monto incurrido en el momento de su reconocimiento, puede ser el valor razonable de la contraprestación recibida.
b) Reconocimiento posterior Extinción de pasivos El ente público dejará de reconocer un pasivo sólo si éste ha sido extinguido. Se considera que un
pasivo ha sido extinguido si reúne cualquiera de las siguientes condiciones: a) El deudor paga al acreedor y es liberado de su obligación con respecto a la deuda. El pago
puede consistir en la entrega de efectivo, de otros activos financieros, de bienes, servicios o la adquisición de obligaciones en circulación emitidas por el mismo ente público,
b) Se libera legalmente al ente público de ser el deudor principal, ya sea por medios judiciales o directamente por el acreedor.
Cambios en el valor de las provisiones: Las provisiones deben de ser objeto de revisión en cada fecha del estado de situación financiera y
ajustada, en su caso, para reflejar la mejor estimación existente en ese momento. La provisión debe ser revertida si ya no es probable que se requiera la salida de recursos
económicos para liquidar la obligación. HACIENDA PUBLICA / PATRIMONIO a) Reconocimiento inicial El reconocimiento inicial estará directamente relacionado con la valuación y registro que hagan los
entes públicos de sus activos y pasivos comentados con anterioridad en esta norma. b) Reconocimiento posterior El reconocimiento posterior estará directamente relacionado con la valuación y registro que hagan
los entes públicos de sus activos y pasivos comentados con anterioridad en esta norma.
Reconocimientos de los efectos de la inflación Todos los activos, monetarios y no monetarios estarán sujetos a los reconocimientos de los efectos
de la inflación según la norma particular relativa al entorno inflacionario que emitirá el CONAC. Dentro del enfoque de valor histórico es necesario el reconocimiento de los efectos de la inflación
cuando exista un entorno inflacionario, de tal forma que las cifras que sirven de base para el reconocimiento inicial de los activos y pasivos, no pierdan objetividad, por lo que en su caso, se recomienda su actualización mediante el uso del Indice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) o las Unidades de Inversión (UDIS), por considerarse en la actualidad los más adecuados.
Los activos y pasivos monetarios reconocerán, apegándose a la norma particular, los efectos de la inflación en resultados en el renglón que defina la norma mencionada.
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Los activos y pasivos no monetarios incorporarán los efectos de la inflación en el valor del mismo activo o pasivo, actualizando con ello sólo las cantidades afectadas originalmente, no el valor de los activos o pasivos en particular, logrando con ello el mantenimiento del valor por los efectos de la inflación, no los valores revaluados, que el ente público no ha realizado en transacciones.
Una vez definidos y aprobados los elementos generales en la presente norma, los conceptos específicos serán desarrollados y precisados en fases posteriores.