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REPUBLICA DE COLOMBIA
CONCURSO PBLICO No. 001
16 DE JUNIO DE 2015
OBJETO SELECCIONAR LA(S) EMPRESA(S) DE TRANSPORTE PBLICO CON EL
FIN
DE OTORGAR PERMISO DE OPERACIN PARA LA PRESTACIN DEL SERVICIO,
DE TRANSPORTE PBLICO MIXTO EN MOTOCARROS EN EL
MUNICIPIO DE NECOCL
NECOCL - JUNIO DE 2015
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ANTECEDENTES El Municipio de Necocl presenta el presente
Concurso Pblico para satisfacer las necesidades de Inters General,
promover el desarrollo y garantizar los principios de
Transparencia, Publicidad y Seleccin Objetiva de Adjudicatarios. El
Municipio de Necocl, est interesado en otorgar el PERMISO DE
OPERACIN PARA LA PRESTACIN DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PBLICO MIXTO
EN MOTOCARROS EN EL MUNICIPIO DE NECOCL, en consecuencia adelantar
el proceso de seleccin del operador, para su ejecucin. El
desarrollo del proceso estar compuesto por el aviso de convocatoria
pblica y la publicacin del Concurso Pblico, el cierre y recepcin de
propuestas, verificacin de requisitos de habilitacin, evaluacin de
propuestas y adjudicacin segn lo sealado en los decretos 4125 de
2008 y 1079 de 2015. La informacin contenida en las
especificaciones tcnicas, sustituye totalmente cualquier otra
informacin que El Municipio de Necocl o sus representantes pudieran
haber suministrado, en forma preliminar a los proponentes
interesados en este Concurso Pblico Abierto. PUBLICIDAD Y FORMA DE
COMUNICACIN El Municipio de Necocl, de conformidad con las
prescripciones de los artculos 10, 11 y 12 del decreto 4125 de
2008, establece como medio de comunicacin interactivo entre los
proponentes e interesados y la Entidad, la pgina Web:
http://www.Necocl-antioquia.gov.co, a travs de la cual se
suministrar toda la informacin del procedimiento. De conformidad
con el artculo 10 del Decreto 4125 de 2015 el aviso de Concurso
Pblico, se publica dentro de los diez (10) das hbiles siguientes a
la fecha de apertura del presente proceso, por una sola vez en un
medio de amplia circulacin local o en el medio idneo para publicar
los actos del municipio. Durante este trmino, los posibles
oferentes y todas las dems personas interesadas en el proceso,
podrn formular observaciones a los mismos, las cuales debern
dirigirse por escrito al Municipio de Necocl - Secretara de
Gobierno, Carrera 50 numero 52 - 46 o al correo electrnico
[email protected], indicando con claridad que se
trata de observaciones a este proceso.
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CRONOGRAMA DEL CONCURSO PBLICO
ACTIVIDAD
FECHA Y HORA LUGAR
Publicacin Aviso de convocatoria y Especificaciones Tcnicas
Junio 16 de 2015 Secretaria de Gobierno y Pgina Web del
Municipio de Necocl
Entrega de propuestas (Cierre)
Junio 30 de 2015 a las 4:00 pm
Secretaria de Gobierno
Apertura de los sobres
Junio 30 de 2015 a las 4:00 pm
Secretaria de Gobierno
Publicacin del informe y observacin del informe de evaluacin
1 al 3 de julio de 2015 Secretaria de Gobierno y Pgina Web del
Municipio de Necocl
Respuesta a las observaciones de evaluacin
2 de julio de 2015
Secretaria de Gobierno y Pgina Web del Municipio de Necocl
Audiencia pblica de adjudicacin.
6 de julio de 2015 Secretaria de Gobierno y Pgina Web del
Municipio de Necocl
CAPITULO I
1. INFORMACIN GENERAL PARA LOS PROPONENTES 1.1 OBJETO El objeto
del presente proceso es seleccionar la(s) empresa(s) de transporte
pblico mixto en motocarros, con el fin de otorgar permiso de
operacin para la prestacin del servicio, con los horarios, nmeros
de vehculos y caractersticas de las rutas o servicios establecidos
a continuacin:
Zona de operacin: Municipio de Necocl
Clase de vehculos: Motocarros
Nmero de vehculos: Mximo 60, mnimo 50.
Rutas: 15 (Distribuidas segn necesidades identificadas en el
estudio de oferta y demanda realizado por la Administracin
Municipal), as:
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RUTA No.
RECORRIDO
1 NECOCL SAN SEBASTIAN EL RIO NECOCL EL HOYITO VICEVERSA
2 NECOCL EL VALE BOTIJUELA Y VICEVERSA 3 NECOCL EL CARLOS
ADENTRO Y VICEVERSA 4 NECOCL CAIMAN NUEVO Y VICEVERSA 5 NECOCL SAN
JOAQUIN Y VICEVERSA 6 NECOCL LA GRAN COLOMBIA Y VICEVERSA 7 NECOCL
SEVILLA LOMA DE PIEDRA Y VICEVERSA 8 NECOCL LA ESCOBA Y VICEVERSA 9
NECOCL LA CAA - EL BARRO Y VICEVERSA
10 NECOCL AGUAS CLARAS LA OLGA EL TIGRE LA JOBA YOKI CENIZOSA Y
VICEVERSA
11 NECOCL NUEVA LUZ EL INDIO Y VICEVERSA 12 NECOCL COMEJEN Y
VICEVERSA 13 NECOCL LOS NARANJOS Y VICEVERSA 14 NECOCL LA MAGDALENA
Y VICEVERSA 15 NECOCL CAIMAN MEDIO Y VICEVERSA
Nivel del servicio: Bsico
Forma de prestacin del servicio: Regulado 1.2. MODALIDAD (TIPO
DE PROPUESTA TCNICA) El presente proceso tiene como finalidad una
seleccin del adjudicatario del servicio de transporte pblico mixto
en motocarros, de conformidad con lo dispuesto en los decretos 4125
de 2008 y 1079 del 2015, del Ministerio de Transporte. El proceso
de seleccin, as como la habilitacin en la prestacin del servicio
pblico de motocarros, estn sujetos a lo establecido en la
Constitucin Poltica a las normas que lo reglamentan, modifican o
adicionan. El municipio de Necocl, considerar que la propuesta ms
favorable, ser aquella que cumpla con los requisitos habilitantes y
obtenga la ms alta calificacin, dada la especialidad, experiencia,
magnitud y dedicacin para el cumplimiento de las obligaciones dadas
frente a la operacin de servicio pblico de motocarros. 1.3.1.
ACTIVIDADES A DESARROLLAR:
Proveer los vehculos (motocarros) a que se obliga para la
atencin de los servicios que debe operar de conformidad con el
presente permiso.
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Asumir por cuenta propia o con cargo a los aportes de capital o
a la obtencin de crditos, la financiacin total de la inversin que
se requiera para la ejecucin del permiso.
Contratar y capacitar el personal de conduccin en el manejo de
los vehculos (motocarros) a su cargo, asegurando el conocimiento y
estricto cumplimiento de la reglamentacin aplicable en materia de
circulacin de vehculos (motocarros).
Obtener las licencias y permiso a que hubiere lugar para el
cumplimiento de todas las obligaciones que le corresponde en los
trminos del permiso.
Constituir las plizas civiles y extracontractuales requeridas en
el proceso.
Las dems que de acuerdo a la naturaleza del permiso se
requieran. Las condiciones para el cumplimiento de estas
obligaciones, son las siguientes:
Adoptar y mantener las caractersticas especficas del tipo del
vehculo (motocarros) requeridas para las rutas. (Cumplir con las
condiciones de homologacin de la resolucin 2181 de 2009).
Garantizar la prestacin del servicio en condiciones de libertad,
acceso, calidad, estndares del servicio y seguridad de los
usuarios, con la permanencia y continuidad que determine la
Administracin Municipal.
Obtener el certificado de vinculacin o contrato de servicio
entre empresa y propietario y propietario y/o conductor, para los
vehculos (motocarros) que se destinen al presente permiso de
operacin, previo a la entrada en operacin de cada motocarro.
Mantener en adecuadas condiciones de seguridad y circulacin los
vehculos (motocarros) que destine a atender las rutas de
alimentacin.
Responder, en los plazos y forma que la Administracin Municipal
establezca para cada caso, los requerimientos de informacin que ste
le formule.
Permitir la adecuada supervisin de la ejecucin del permiso por
parte de la Administracin Municipal.
Cumplir cabalmente con las condiciones y obligaciones previstas
en las normas que lo regulan, en los trminos de referencia, en la
propuesta y en el presente permiso para la ejecucin y desarrollo de
la operacin, encontrndose el operador obligado a actuar
razonablemente en el marco de sus obligaciones, y teniendo en
cuenta particularmente el carcter pblico esencial del servicio que
presta.
En el desarrollo de la operacin diaria de las rutas tendr las
siguientes obligaciones:
Cumplir con los servicios, frecuencias y horarios definidos por
la Administracin Municipal para la operacin de dicho servicio.
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Cumplir los estndares de operacin definidos o que defina la
Administracin Municipal.
Mantener en todo momento los vehculos (motocarros) en excelentes
condiciones mecnicas y de prestacin.
Mantener capacitado y actualizado al personal de conduccin.
Implementar las prcticas y medidas de seguridad industrial
necesarias para el desarrollo de la actividad de operacin de
material rodante y establecer los controles internos que permitan
verificar su adecuado cumplimiento.
Cumplir con las disposiciones fijadas por las autoridades
competentes en los referentes a la operacin de vehculos
(motocarros) de servicio pblico de transporte mixto.
Implementar las medidas que resulten necesarias para adecuar su
actividad a las normas ambientales que regulen los factores de
contaminacin asociados a la operacin del material rodante y adoptar
medidas y ejecutar los planes que se hayan requerido o que se
lleguen a requerir para mitigar el impacto ambiental derivado de la
operacin, si a ello hubiere lugar, de acuerdo con las autoridades
ambientales competentes.
Permitir y facilitar la adecuada supervisin de la ejecucin del
permiso por parte de la Administracin Municipal, admitiendo el
acceso a las instalaciones del personal autorizado por ste.
1.4. LUGAR DE EJECUCION: 1.5. PLAZO PARA LA EJECUCIN DE LOS
TRABAJOS: El plazo de ejecucin operacin de servicio de trasporte
pblico de motocarros, se fija en TRES (3) AOS contado a partir del
acto administrativo que adjudica la operacin del servicio. 1.9.
INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES Antes de presentar su oferta, el
interesado deber verificar que no se encuentre incurso dentro de
las causales de inhabilidad e incompatibilidad, para contratar con
El Municipio de Necocl, establecidas en la Constitucin y la ley.
1.11. INTERPRETACIN Y ACEPTACIN DE LAS CONDICIONES En el presente
proceso de seleccin primar lo sustancial sobre lo formal,
garantizando la vigencia de los principios que rigen la Funcin
Pblica (Art 209 de la C.N) y en especial la Transparencia, Economa,
Responsabilidad y Seleccin Objetiva. Con la presentacin de la
oferta, el proponente manifiesta que estudi todos los documentos
del Concurso Pblico Abierto, que obtuvo las aclaraciones sobre las
estipulaciones que haya considerado inciertas o dudosas, que conoce
la
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naturaleza de los trabajos, su costo y su tiempo de ejecucin,
que formul su oferta de manera libre, seria, precisa y coherente.
Todos los documentos del Concurso Pblico se complementan
mutuamente, de tal manera que lo indicado en cada uno de ellos se
entender como indicado en todos. Las interpretaciones o deducciones
que el proponente haga de lo establecido en este Especificaciones
Tcnicas, sern de su exclusiva responsabilidad, por lo tanto, El
Municipio de Necocl no ser responsable por descuidos, errores,
omisiones, conjeturas, suposiciones, mala interpretacin u otros
hechos en que incurra el proponente que le sean desfavorables y que
puedan incidir en la elaboracin de su oferta. El hecho de que el
proponente no se informe y documente debidamente sobre los detalles
y condiciones, bajo los cuales sern ejecutados los trabajos objeto
del presente Concurso Pblico, no se considerarn como fundamento
vlido de futuras reclamaciones. El oferente deber elaborar la
propuesta, de acuerdo con lo establecido en este documento y anexar
la documentacin exigida. Igualmente debern tener en cuenta el
permiso a otorgar, los plazos, especificaciones tcnicas, econmicas
y/o financieras, condiciones de ejecucin del servicio y dems
elementos que influyan directa e indirectamente durante la ejecucin
sobre el valor de su oferta. 1.12. VEEDURAS CIUDADANAS Las veeduras
ciudadanas establecidas de conformidad con la Ley, los grupos
organizados y ciudadana en general, podrn desarrollar su actividad
durante las etapas precontractual, contractual y post contractual
en el presente proceso de seleccin. El costo de las copias y las
peticiones presentadas seguirn las reglas previstas en el Cdigo
Contencioso Administrativo. 1.17. AMPLIACIN DEL PLAZO DEL CONCURSO
Por solicitud debidamente justificada o cuando lo estime
conveniente El Municipio de Necocl, podr ampliar mediante Adenda el
plazo establecido para el cierre del presente Concurso y se regir
por lo establecido en la 1.18. CIERRE DEL CONCURSO El cierre del
Concurso Pblico y la apertura de las propuestas se realizarn en
Audiencia Pblica, el da, hora y direccin indicados y en el
cronograma de actividades del proceso.
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De dicha diligencia se levantar un acta suscrita por el
Secretario de Gobierno o su delegado, y por los dems funcionarios y
proponentes que asistan a la misma. El Municipio no ser responsable
por no abrir, o abrir prematuramente los sobres incorrectamente
dirigidos o sin la identificacin adecuada. A partir de la fecha y
hora de cierre del presente Concurso, los proponentes no podrn
retirar, adicionar o corregir sus propuestas. Las propuestas
presentadas en forma extempornea no sern evaluadas y sern devueltas
a los interesados. El Municipio de Necocl a travs de la secretaria
de Gobierno o su delegado, dejar constancia escrita de la fecha y
hora exacta de la presentacin de la propuesta, indicando de manera
clara y precisa el nombre o razn social del proponente y el de la
persona que en nombre o por cuenta de ste, ha efectuado
materialmente el acto de presentacin, el nmero de la pliza de
seriedad de la oferta y numero de folios. En caso de que un
oferente requiera copia de los documentos de las ofertas
presentadas por lo dems oferentes que no estn sometidos a reserva
de acuerdo con el Cdigo Contencioso Administrativo, podrn
solicitarlos por escrito a la entidad. Una vez radicada la
solicitud la administracin municipal contar con un trmino de un da
hbil para disponer la informacin solicitada, en caso de requerir
copia de documentos corrern por cuenta del solicitante. 1.19.
VERIFICACION Y EVALUACION DE LAS PROPUESTAS TECNICAS. La
verificacin de los requisitos habilitantes y calificacin de las
propuestas se har segn el cronograma del proceso y dentro de las
condiciones establecidas. Los factores de calificacin destinados a
valorar los aspectos tcnicos de la oferta o proyecto son aquellos
criterios de seleccin que permiten escoger la oferta o proyecto ms
favorable para la entidad, por brindar las mejores condiciones para
la prestacin servicio. Lo anterior, sin perjuicio del cumplimiento
de los requisitos mnimos establecidos en el presente Concurso
Pblico. Dentro de dicho plazo, y con el fin de facilitar el anlisis
y comparacin de las mismas, El Municipio de Necocl podr solicitar a
los proponentes, las aclaraciones y explicaciones que estime
necesarias. 1.22. DECLARATORIA DE DESIERTA DEL CONCURSO PBLICO El
Municipio de Necocl declarar desierto el Concurso Pblico mediante
acto motivado, en el que se sealarn expresa y detalladamente las
razones que han conducido a tomar tal decisin, en los siguientes
eventos: i) Cuando no se presente ningn proponente; ii) Ninguna
oferta se ajuste a las condiciones; iii)
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Cuando existan motivos que impidan la seleccin objetiva y se
realizara mediante acto administrativo motivado. Si la entidad
declara desierto el concurso, la entidad podr iniciarlo de nuevo.
De ser necesario se modificarn los elementos de la futura
convocatoria que hayan sido determinantes en la declaratoria de
desierta, sin que en ningn caso se cambie el objeto del Concurso,
sin perjuicio de ajustes en las cantidades y condiciones de
operacin.
CAPTULO II
PREPARACIN Y ENTREGA DE LA PROPUESTA 2.1. COSTOS Y ELABORACIN DE
LA PROPUESTA Sern a cargo del proponente todos los costos asociados
a la preparacin y presentacin de su propuesta y El Municipio de
Necocl, en ningn caso ser responsable de los mismos. 2.2.
PRESENTACIN DE LA PROPUESTA La propuesta deber ser presentada en
idioma espaol, junto con todos los documentos inherentes a ella, en
original y copia, rotulada respectivamente como original y copia, a
su vez deber presentar la propuesta en formato digital, para
efectos del proceso de archivo y evaluacin del proceso contractual.
La propuesta, deber ser presentada en formato escrito y en formato
digital, debidamente marcado y anexo a la propuesta presentada por
el adjudicatario y entregado dentro del plazo del Concurso Pblico,
en la direccin correspondiente, en la oficina dispuesta por El
Municipio de Necocl. Los documentos, tanto originales como copias
fsicas y digitales, sern entregados con todas sus pginas
consecutivamente numeradas, desde el primer folio, incluidas las
hojas en blanco, visadas por el proponente o representante legal,
totalmente legibles y legajadas en el mismo orden en que se
solicitan. Si se presentare alguna diferencia entre el original de
la propuesta y la copia, prevalecer el texto del original.
Cualquier enmendadura en la propuesta o en los documentos que la
acompaan deber ser confirmada o validada con la firma del
proponente. El archivo digital de la oferta tcnica deber ser en
formato PDF, archivo que se encuentre con las firmas digitalizadas
del oferente. La propuesta econmica deber ser presentada en
original, copia y archivo digital, en un sobre aparte de la
propuesta tcnica, el archivo digital de la oferta econmica en la
cual se detallen todos los factores tenidos en cuenta por el
oferente debern ser en archivo Excel. No se aceptan propuestas
enviadas por correo fsico, ni electrnico,
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fax o cualquier otro medio telemtico. Cada uno de los sobres de
la propuesta deber indicar la siguiente informacin: SOBRE NRO 01
PROPUESTA TECNICA: MUNICIPIO DE NECOCL CONCURSO PBLICO No. 001 DE
2015 OBJETO DEL CONCURSO PBLICO
_________________________________________________________________
_________________________________________________________________
PROPONENTE: ____________________________________________________
ORIGINAL _________ COPIA _____________ COPIA DIGITAL ___________
FECHA __________________ RADICADO NRO. __________ NOMBRE
FUNCIONARIO QUE RECIBE LA OFERTA FIRMA FUNCIONARIO QUE RECIBE LA
OFERTA: ___________________________________ 2.3. RESERVA EN
DOCUMENTOS El artculo 74 de la Constitucin Nacional, dispone que
toda persona tiene derecho a acceder a los documentos pblicos,
salvo los casos que establece la ley. De conformidad con la
preceptiva constitucional, todas las personas interesadas pueden
conocer y controvertir los conceptos y las decisiones que tomen las
entidades pblicas, y para ello pueden examinar los expedientes. Por
lo tanto, en caso que el Proponente considere que algn documento de
su oferta goza de reserva legal, deber manifestarlo por escrito y
soportarlo conforme a las normas que le brindan tal carcter. 2.4.
IMPUESTOS Y DEDUCCIONES Al formular la oferta, el proponente acepta
que estarn a su cargo todos los impuestos, tasas y contribuciones
establecidos por las diferentes autoridades nacionales,
departamentales o municipales. Dentro de aquellos mismos niveles
territoriales, los impuestos, tasas y contribuciones establecidos
por las diferentes autoridades ambientales, que afecten el servicio
y las actividades que de l se deriven. 2.5. IDIOMA DE LA PROPUESTA
La propuesta, correspondencia y todos los documentos intercambiados
entre los proponentes y El Municipio de Necocl, debern estar
escritos en idioma
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castellano. Los documentos de apoyo y el material impreso
proporcionado por el proponente adjunto a la propuesta pueden estar
en otro idioma, siempre y cuando se acompaen de una traduccin
apropiada al castellano. Para efectos de interpretacin de la
propuesta, prevalecer el texto en castellano. 2.6. DOCUMENTOS
OTORGADOS EN EL EXTERIOR Los documentos otorgados en el exterior,
que no estn en idioma castellano debern presentarse acompaados de
una traduccin oficial a dicho idioma. Los documentos otorgados en
el exterior debern presentarse legalizados o apostillados en la
forma prevista en las normas vigentes sobre la materia, en especial
en los artculos 65 y 259 del Cdigo de Procedimiento Civil, artculo
480 del Cdigo de Comercio y en la Resolucin 2201 del 22 de julio de
1997 proferida por el Ministerio de Relaciones Exteriores de
Colombia. 2.7. CONSULARIZACIN De conformidad con lo previsto por el
artculo 480 del Cdigo de Comercio, los documentos otorgados en el
exterior se autenticarn por los funcionarios competentes en el
respectivo pas, y la firma de tales funcionarios lo ser a su vez
por el Cnsul colombiano o, a falta de ste, por el de una nacin
amiga, sin perjuicio de lo establecido en convenios internacionales
sobre el rgimen de los poderes. Tratndose de sociedades, expresa
adems el citado artculo del Cdigo de Comercio que Al autenticar los
documentos a que se refiere este artculo los cnsules harn constar
que existe la sociedad y ejerce su objeto conforme a las leyes del
respectivo pas. (C.P.C. artculo 65). Surtido el trmite sealado,
estos documentos deben ser presentados ante el Ministerio de
Relaciones Exteriores de Colombia (Oficina de Legalizaciones
Transversal 17 nmero 98-55 Bogot D.C.) para la correspondiente
legalizacin de la firma del cnsul y dems trmites pertinentes. 2.8.
APOSTILLE De conformidad con lo previsto en la Ley 455 de 1998,
cuando se trate de documentos de naturaleza pblica otorgados en el
exterior, no se requerir del trmite de consularizacin, siempre que
provengan de uno de los pases signatarios de la Convencin de La
Haya del 5 de octubre de 1961, sobre abolicin del requisito de
legalizacin para documentos pblicos extranjeros, aprobada por la
citada Ley 455 de 1998. En este caso slo ser exigible la apostille,
trmite que consiste en el certificado mediante el cual se avala la
autenticidad de la firma y el ttulo a que ha actuado la persona
firmante del documento y que se surte ante la autoridad competente
en el pas de origen. Si el apostille est en idioma distinto del
castellano, deber presentarse acompaada
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de una traduccin oficial a dicho idioma y la firma del traductor
legalizada de conformidad con las normas vigentes. 2.9.
CORRECCIONES, ACLARACIONES, MODIFICACIONES Y RETIRO DE LA PROPUESTA
Los proponentes podrn solicitar a la Secretara de Gobierno del
Municipio de Necocl la adicin, modificacin o retiro de la
propuesta, antes de la fecha y hora previstas para el cierre del
Concurso Pblico y apertura de las propuestas. La propuesta ser
devuelta sin abrir, al Proponente o a la persona autorizada al
efecto por el Proponente. Una vez se haya realizado la audiencia de
cierre no podrn modificarse las ofertas a menos que se trate de
documentos subsanables que sean requeridos por la entidad
contratante. 2.10. PROPUESTAS PARCIALES No se aceptarn propuestas
parciales para este Concurso Pblico. 2.11. DISTRIBUCIN DE RIESGOS
ESTIMACIN, TIPIFICACIN Y ASIGNACIN DE RIESGOS PREVISIBLES Para los
efectos del presente proceso de seleccin, se entendern las
siguientes categoras de riesgo:
Riesgo Previsible: Son los posibles hechos o circunstancias que
por la
naturaleza del servicio y de la actividad a ejecutar es factible
su ocurrencia.
Riesgo Imprevisible: Son aquellos hechos o circunstancias donde
no es
factible su previsin, es decir el acontecimiento de su
ocurrencia, tales
como desastres naturales, actos terroristas, guerra o eventos
que alteren el
orden pblico.
Tipificacin del Riesgo: Es la enunciacin que se hace de
aquellos
hechos previsibles constitutivos de riesgo que, en criterio de
la
Administracin, pueden presentarse durante y con ocasin de la
ejecucin
del servicio.
Asignacin del Riesgo: Es el sealamiento que hace la Secretara de
la
Administracin, de la parte contractual que deber soportar total
o
parcialmente la ocurrencia de la circunstancia tipificada,
asumiendo su
costo.
2.11.1. RIESGOS PREVISIBLES Para los efectos del presente
proceso de seleccin, son riesgos previsibles: a) Modificacin de
estudios, diseos y especificaciones tcnicas. b) Falta de idoneidad
del equipo de trabajo. c) Incumplimiento de obligaciones
laborales.
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d) Financiero. e) Cambios normativos o de legislacin tributaria.
g) Falta de coordinacin interinstitucional. De acuerdo con la
distribucin anterior, no procedern reclamaciones del Adjudicatario,
basadas en la ocurrencia de alguno de los riesgos asumidos por l,
y, en consecuencia, la Administracin no har ningn reconocimiento,
ni ofrecer garanta alguna, que permita eliminar o mitigar los
efectos causados por la ocurrencia de alguno de estos riesgos,
salvo que dicho reconocimiento o garanta se encuentren expresamente
pactados en el Servicio. 2.11.2. RIESGOS IMPREVISIBLES Se
consideran riesgos no previsibles, por la incertidumbre de su
ocurrencia, los de fuerza mayor, caso fortuito o hechos de
terceros, tales como desastres naturales, actos terroristas,
guerras, asonadas o eventos que alteren el orden pblico.
CAPITULO III
REQUISITOS HABILITANTES Y DE PARTICIPACION En el presente
proceso podrn participar todas las personas naturales o jurdicas,
nacionales o extranjeras, individualmente o en Consorcio o Unin
Temporal, consideradas legalmente capaces en las disposiciones
vigentes, que no se encuentren incursas en ninguna causal de
inhabilidad e incompatibilidad consagradas en el Estatuto General
de Contratacin de la Administracin Pblica, sus decretos
reglamentarios y dems normas concordantes. El municipio de Necocl
se reserva el derecho de corroborar la autenticidad de los datos
suministrados en la propuesta, y el proponente autoriza a todas las
entidades, personas o empresas que de una u otra forma se mencionen
en los documentos presentados, a suministrar la informacin que se
requiera, a visitar sus instalaciones o a solicitar informacin de
cualquiera de sus empleados, en caso de considerarlo necesario. El
Municipio de Necocl verificar los requisitos habilitantes de cada
propuesta presentada, con el fin de determinar, de acuerdo con la
Ley y las exigencias de este Especificaciones Tcnicas, con el fin
de establecer las propuestas que posteriormente sern objeto de
calificacin. 3.1. MODALIDADES DE PRESENTACION Los proponentes se
deben presentar bajo alguna de las siguientes modalidades, siempre
y cuando cumplan las condiciones exigidas en el Especificaciones
Tcnicas: 3.1.1. Individualmente
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a. Como persona jurdica nacional o extranjera, que se encuentren
debidamente constituida, previamente a la fecha de apertura del
Concurso Pblico. b. Como persona natural nacional o extranjera.
3.1.2. Conjuntamente En cualquiera de las formas de asociacin
previstas en la Ley, tales como Consorcios y Uniones Temporales. En
cualquiera de las modalidades de presentacin, los proponentes
debern dar cumplimiento a los siguientes requisitos:
a. Tener capacidad jurdica para la presentacin de la
Propuesta.
b. Tener capacidad jurdica para la celebracin y ejecucin del
permiso.
c. No estar incursos en ninguna de las causales de inhabilidad o
incompatibilidad
previstas en las leyes de Colombia, en especial las previstas en
la Leyes 80 de
1993 y 1150 de 2007.
d. No estar reportado en el ltimo Boletn de Responsables
Fiscales expedido por la
Contralora General de la Repblica; este requisito deber
acreditarse adems
para la suscripcin del permiso.
El Municipio se reserva el derecho de corroborar la autenticidad
de los datos suministrados en la propuesta, y el proponente
autoriza a todas las entidades, personas o empresas que de una u
otra forma se mencionen en los documentos presentados, a
suministrar la informacin que se requiera, a visitar sus
instalaciones o a solicitar informacin de cualquiera de sus
empleados, en caso de considerarlo necesario. El Municipio admitir
la oferta que sea presentada por dos (2) o ms personas jurdicas,
que acrediten si su participacin es a ttulo de Consorcio o Unin
Temporal, sealando las reglas bsicas que regularn las relaciones
entre ellos, con el cumplimiento de los requisitos establecidos por
la Ley al respecto. Dichas formas asociativas debern estar
conformadas a la fecha de cierre del concurso, mediante documento
suscrito por cada uno de sus miembros, segn el modelo suministrado
en este Especificaciones Tcnicas, en el cual se establezca el
porcentaje de participacin de cada uno de los integrantes y se
indique la persona que para todos los efectos los representar. En
todo caso, al menos uno de los integrantes de un consorcio o unin
temporal deber tener una participacin mnima del setenta por ciento
(70%). Si la oferta es presentada en Consorcio, los integrantes del
mismo se obligan en forma solidaria, tanto en el concurso de mritos
como en la ejecucin del permiso que se llegue a celebrar. En
consecuencia, El Municipio podr exigir el cumplimiento de las
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obligaciones que se deriven del concurso de mritos o del
servicio, a cualquiera de los integrantes del consorcio, o a todos.
Si la oferta es presentada en Unin Temporal, los integrantes de la
misma se obligan en forma conjunta, tanto en el concurso de mritos
como en la ejecucin del servicio que se llegue a celebrar; sin
embargo, las sanciones derivadas del incumplimiento de las
obligaciones derivadas de la propuesta y del servicio se impondrn
de acuerdo con la participacin en la ejecucin que se haya definido
para cada uno. En consecuencia, se debern indicar los trminos y
extensin de la participacin de cada uno de los miembros de la Unin
Temporal en la oferta y en la ejecucin del servicio, los cuales no
podrn ser modificados sin el consentimiento previo del Municipio.
Si los oferentes asociados se les adjudican el presente Concurso de
mritos, deber constituir el Registro nico Tributario RUT- del
Consorcio o Unin Temporal segn el caso, para efectos de la
celebracin del permiso y el respectivo pago.
3.2. REQUISITOS QUE DEBEN LLENAR LOS PROPONENTES
3.2.1. CAPACIDAD JURIDICA Ser responsabilidad de los proponentes
conocer el proyecto y realizar todas las evaluaciones que sean
necesarias, para presentar su propuesta sobre la base de un examen
cuidadoso de las caractersticas del servicio. Este examen deber
incluir entre otras cosas, la revisin de todos los asuntos e
informaciones relacionados con la situacin, funcionalidad y estado
de la infraestructura que se utilizar para la prestacin del
servicio que se otorgar, las implicaciones legales, tributarias,
fiscales y financieras que representan las condiciones jurdicas en
el permiso correspondiente y en general todos los aspectos que
puedan incidir en la presentacin de su propuesta. Por la sola
presentacin de la propuesta se considera que los proponentes han
realizado el examen completo de todos los aspectos que inciden y
determinan la presentacin de su propuesta, que han investigado
plenamente las condiciones y funcionalidad de la infraestructura
que se destinar al desarrollo de la actividad objeto del concurso,
y que considera que podr ser utilizada conforme a su naturaleza,
funcin y tecnologa, asumiendo en caso de adjudicacin la totalidad
de las inversiones necesarias para su operacin. Los proponentes
debern presentar con la oferta cada uno de los documentos que a
continuacin se relacionan, con el fin cumplir con los requisitos
habilitantes y ser admitidos en el proceso de calificacin.
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Carta de Presentacin de la Propuesta
La carta de presentacin de la propuesta, deber estar debidamente
diligenciada segn el formulario N 1 y firmada por el proponente. En
esta carta el proponente deber manifestar bajo la gravedad del
juramento, que no se encuentra incurso en las inhabilidades o
incompatibilidades establecidas en la Constitucin Poltica y dems
normas pertinentes. Igualmente deber manifestar que se encuentra a
paz y salvo por todo concepto de impuestos municipales.
Existencia y Representacin Legal
Las personas jurdicas deben acreditar su existencia legal
mediante los siguientes documentos: Certificado de Existencia y
Representacin Legal expedido en los 30 das anteriores a la
presentacin de la oferta, por la autoridad respectiva. En el cual
conste que la sociedad o empresa est registrada o tiene sucursal
domiciliada en Colombia y que el trmino de la duracin de sta no sea
inferior a un (1) ao. As mismo, su objeto social debe corresponder
al objeto del concurso (transporte pblico). En caso de existir un
limitante del representante legal, se debe presentar copia del acta
de la junta de socios, en la cual se le faculte para presentar la
propuesta y prestar el servicio, en caso de ser favorecida la
propuesta, o en su defecto certificacin del Secretario de la Junta,
donde conste la autorizacin. Si el proponente concurre por
intermedio de un representante o apoderado, deber anexar el
documento que confiere aquella, en el que consten expresamente los
trminos y el alcance de dicha representacin. Si el proponente es
una persona jurdica nacional, deber comprobar su existencia y
representacin legal, mediante certificado expedido por la Cmara de
Comercio, con fecha no superior a un mes respecto a la fecha de
cierre del presente Concurso Pblico. Cuando se trate de personas
jurdicas extranjeras, que no tengan establecida sucursal en
Colombia, debern comprobar su existencia y representacin legal de
conformidad con las normas de su pas de origen y debern acreditar
un apoderado domiciliado en Colombia, debidamente facultado, para
presentar propuesta en este Concurso Pblico y celebrar el permiso,
incluida la facultad para representarla judicial y
extrajudicialmente. Cuando el representante legal de la persona
jurdica tenga restricciones para contraer obligaciones en nombre de
la misma, deber adjuntar el documento de
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autorizacin expresa del rgano social competente, en el cual
conste que est facultado para presentar la oferta y firmar el
permiso ulterior. El certificado deber contener la siguiente
informacin: Fecha de expedicin no mayor a un mes anterior a la
fecha de cierre del plazo del
presente Concurso Pblico.
El objeto social de la persona jurdica deber incluir las
actividades principales objeto
del presente Concurso Pblico.
Si el representante legal de la persona jurdica tiene
restricciones para presentar la
propuesta o contraer obligaciones en nombre de la misma, deber
adjuntar el
documento de autorizacin expresa del rgano competente.
Para el caso de Consorcios y Uniones Temporales, cada uno de los
integrantes de los
mismos, deber comprobar su existencia, representacin y
capacidad, en la forma
prevista en el presente numeral, incluidas las facultades y
capacidad para constituir el
Consorcio o la Unin Temporal, as como, para la celebracin y
ejecucin del servicio
a travs de la forma de asociacin escogida.
Pliza de seriedad de la propuesta
La empresa interesada en participar en el concurso, deber
presentar con la propuesta una pliza de seriedad expedida por una
compaa de seguros legalmente autorizada para funcionar en Colombia,
que garantice las obligaciones surgidas de la propuesta hasta su
adjudicacin, con una vigencia como mnimo igual al trmino del
concurso y Cuatro (04) meses ms y por un valor asegurado mnimo de
cien (100) salarios mnimos legales mensuales vigentes.
Boletn de Responsables Fiscales
El proponente no deber encontrarse inscrito en el Boletn de
Responsables Fiscales (Artculo 60, Ley 610 de 2000); situacin que
ser verificada por Municipio de Necocl o podr ser acreditada por el
oferente en su propuesta. Igual requisito deber cumplir el
representante legal de las personas jurdicas, y el representante de
los consorcios, uniones temporales.
Certificado de Antecedentes Disciplinarios
El proponente no deber presentar antecedentes disciplinarios, de
conformidad con lo consagrado en el Artculo 174 de la Ley 734 de
2002; situacin que ser verificada por el Municipio de Necocl, o
podr ser acreditada por el oferente en su propuesta. Igual
requisito deber acreditar el representante legal de las personas
jurdicas, o el representante de los consorcios o uniones
temporales.
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En caso de que en el certificado conste que el proponente o el
representante legal de las personas jurdicas, o el representante de
los consorcios, uniones temporales, presenta antecedentes
disciplinarios vigentes, que impliquen inhabilidad para contratar
con el Estado, no se tendr en cuenta su propuesta para la evaluacin
y posterior adjudicacin.
Registro nico Tributario (Rut)
Este certificado es expedido por la Direccin General de
Impuestos Nacionales. En l ha de consignarse claramente el NIT del
proponente y su inscripcin en el Rgimen Comn o Rgimen Simplificado.
En caso de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de los
integrantes deber aportar este documento.
Carta de constitucin de consorcios o uniones temporales.
Si a ello hubiere lugar, segn modelo suministrado en estas
Especificaciones Tcnicas. 3.3. VERIFICACIN DE REQUISITOS
HABILITANTES Se considerarn HBILES aquellas propuestas que obtengan
la calificacin ADMISIBLE en todos los requisitos habilitantes
establecidos en estas Especificaciones Tcnicas. El proponente que
no cumpla estos requisitos, no continuar en el proceso de seleccin.
3.4. REGLAS DE SUBSANABILIDAD El Municipio de Necocl no rechazar
propuestas por la ausencia de requisitos o la falta de documentos
referentes a la futura adjudicacin o al proponente, no necesarios
para la comparacin de las propuestas. En cualquier momento y hasta
antes de la adjudicacin, se requerir en condiciones de igualdad los
documentos o requisitos a los proponentes, que no sean necesarios
para la calificacin y asignacin de puntaje de las propuestas. En
todo caso, no sern subsanables asuntos relacionados con la falta de
capacidad para presentar la oferta, ni se podrn acreditar
circunstancias ocurridas con posterioridad al cierre del proceso.
Las propuestas que no cumplan con los requisitos habilitantes
descritos en el presente Captulo, no sern objeto de calificacin y
se considerarn inadmisibles para el procedimiento de calificacin y
asignacin de puntaje, lo que se expondr en el Informe de
Evaluacin.
CAPTULO IV
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CALIFICACION DE LAS PROPUESTAS (EVALUACION) 4.1. DOCUMENTOS PARA
LA EVALUACIN
Declaracin de la Edad promedio ponderada del parque automotor
ofrecido.
Garanta de que se vincular a los propietarios de los vehculos
clase motocarro que vienen prestando el servicio pblico de
transporte terrestre automotor mixto, precisando cuntos de esos
vehculos sern vinculados y qu porcentaje representan del total que
viene prestando el servicio.
Declaracin acerca del nmero de accidentes con muertos ocurridos
durante los ltimos tres (3) aos inmediatamente anteriores a la
fecha de apertura del concurso, en que se hayan visto involucrados
los vehculos de la empresa.
Certificaciones sobre programas para la seleccin, evaluacin y
capacitacin de conductores.
Certificacin sobre la naturaleza precisa de la empresa,
indicando si es Empresa asociativa del sector solidario,
Cooperativa de transporte terrestre automotor mixto en motocarros u
otro tipo de empresa.
Descripcin detallada de las personas que componen la empresa y
certificaciones de vecindad o residencia en el municipio.
Propuesta complementaria de calidad del servicio y polticas de
responsabilidad social empresarial de la empresa en la prestacin
del servicio ofrecido.
Certificacin firmada por Representante Legal donde especifique
el tipo de afiliacin al sistema de seguridad social para cada uno
de los conductores del parque automotor ofrecido.
4.2 CRITERIOS DE CALIFICACION Para evaluar las propuestas
presentadas en el trmite del presente proceso de seleccin se
aplicarn los siguientes factores:
A. Edad promedio del parque automotor ofrecido
La edad promedio del parque automotor ofrecido deber ser menor o
igual que la edad base (EB) mxima, que en este caso se fija en VIDA
UTIL, (Resolucin 2181 mayo 29 de 2009 vida til de 7 aos).
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Para determinar el cumplimiento de este requisito se tendr en
cuenta el promedio ponderado por clase de vehculo de la edad de los
equipos ofrecidos por el proponente de acuerdo con la siguiente
frmula:
Donde:
EPPO= Edad promedio ponderada del parque automotor ofrecido
Nn= Nmero de vehculos de edad En.
En= Edad del grupo Nn de vehculos ofrecidos. Resultado de restar
del Ao base en el que se realiza el concurso el ao modelo del
vehculo.
Para calificar este factor se les otorgar el puntaje de acuerdo
con la siguiente tabla:
Edad Promedio Ponderada del Parque Automotor Transporte Pblico
Mixto En Motocarros Ofrecido (EPPO).
Entre 0% y 25% de EB 150 puntos 100
Entre 25.01% y 50% de EB 110 puntos 75
Entre 50.01% y 75% de EB 80 puntos 50
Entre 75.01 % y 100% de EB 50 puntos 25
Mayor a EB 25 puntos No se estima la propuesta
B. Participacin del parque automotor registrado en el servicio
pblico mixto en motocarros
El proponente que garantice la vinculacin de un mayor nmero de
propietarios de vehculos tipo motocarros entre el total de su
parque automotor registrado, se calificar de la siguiente
manera:
Mayor al 80% del Parque Automotor 100 puntos 100
Entre 60.01% y 80% del P. Automotor 80 puntos 80
Entre 40.01% y el 60% del P. Automotor 60 puntos 60
Entre 20.01% y el 40% del P. Automotor 40 puntos 40
Menor o igual al 20% del P. Automotor 20 puntos 20
C. Seguridad
Este factor se evaluar teniendo en cuenta dos aspectos: el nmero
de accidentes con muertos o heridos ocurridos durante los tres (3)
aos inmediatamente anteriores contado a partir de la fecha de
apertura del concurso y las condiciones de seguridad social del
personal adscrito a la empresa en calidad de conductores, segn las
siguientes tablas:
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NUMERO DE ACCIDENTES CON MUERTOS O HERIDOS DURANTE LOS ULTIMOS
TRES (3) AOS
PUNTOS A ASIGNAR
0 100 puntos 100
1 70 puntos 60
2 50 puntos 30
Ms de 2 0 puntos 0
PORCENTAJE DE VINCULACIN DE CONDUCTORES AL SISTEMA DE SEGURIDAD
SOCIAL:
PUNTOS A ASIGNAR
Mayor al 80% de los conductores 100 puntos 100
Entre 60.01% y 80% de los conductores 80 puntos 60
Entre 40.01% y el 60% de los conductores 60 puntos 30
Entre 20.01% y el 40% de los conductores 40 puntos 0
Menor o igual al 20% de los conductores 20 puntos
D. Participacin de personas residentes en el municipio en la
composicin accionaria de la empresa
La participacin de personas residentes en el municipio se
acreditar a travs de Actas de Vecindad o Certificados emitidos por
Juntas de Accin Comunal o Inspeccin de Polica. Los puntos a asignar
se harn conforme a la siguiente tabla:
Participacin en la empresa de personas residentes en el
municipio: PUNTOS A ASIGNAR
Mayor al 80% de los socios o accionistas 100 puntos 100
Entre 60.01% y 80% de los socios o accionistas 80 puntos 80
Entre 40.01% y el 60% de los socios o accionistas 60 puntos
60
Entre 20.01% y el 40% de los socios o accionistas 40 puntos
40
Menor o igual al 20% de los socios o accionistas 20 puntos
20
E. Programas para la seleccin, evaluacin y capacitacin de
conductores en la modalidad de mixto en motocarros:
Este factor se acreditar mediante certificaciones donde se
demuestre que:
1. La empresa proponente aplicar para la seleccin de conductores
el manual
de perfiles y requisitos, que para el efecto establezca,
incluyendo criterios de calificacin de idoneidad y exmenes
psicotcnicos: 30 puntos.
2. La empresa proponente aplicar un sistema de control y
seguimiento a las
condiciones psicotcnicas y de salud ocupacional del personal de
conductores: 30 puntos.
3. La empresa proponente capacitar, dentro del ao calendario del
concurso,
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al personal de conductores con una intensidad mnima de 40 horas:
40 puntos.
Quien no acredite los anteriores requisitos se asignarn cero (0)
puntos, para cada uno de los numerales de este literal.
F. Naturaleza de la empresa
Este factor se califica as:
Cooperativas y empresas asociativas: 50 puntos
Empresas cuya composicin accionaria no constituya monopolio
o
relaciones de dominancia entre sus socios o accionistas: 25
puntos.
Otro tipo de empresa: 0 puntos.
G. Infraestructura, servicios complementarios y polticos de
responsabilidad empresarial ofrecida.
Este factor se calificar teniendo en cuenta los siguientes
aspectos:
La empresa proponente que ofrezca una infraestructura
complementaria que aporte significativamente al control del espacio
pblico y permita garantizar altos niveles de calidad en el
servicio, tales como Punto de Acopio, Informacin Turstica y Lnea
Telefnica: 50 puntos.
La empresa proponente que ofrezca tarifas preferenciales y/o
descuentos especiales para poblacin vulnerable y grupos escolares
del municipio obtendr: 50 puntos.
Quien no acredite los anteriores requisitos se asignarn cero (0)
puntos para cada uno de los numerales de este literal.
4.3. CRITERIOS DE DESEMPATE De existir empate entre dos o ms
proponentes, se dar aplicacin a las siguientes reglas: 1. Se
preferir la propuesta que haya obtenido mayor puntaje en el
criterio de
condiciones de seguridad.
2. En caso de persistir el empate, se dar prelacin a la
propuesta que presente la mayor
vinculacin de propietarios de vehculos tipo motocarros que
actualmente operan de
manera informal en el municipio.
4.4. RECHAZO Y ELIMINACIN DE PROPUESTAS
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El Municipio de Necocl rechazar una o varias propuestas, en
cualquiera de los siguientes casos: 1) Cuando el proponente se
halle incurso en alguna de las causales de inhabilidad o
incompatibilidad para contratar, establecidas en la Constitucin y
en la Ley. 2) Cuando el proponente no aporte dentro del plazo
establecido para el efecto, los documentos requeridos por el
Municipio de Necocl. 3) Cuando con la propuesta no se aporte alguno
de los documentos necesarios para la evaluacin. 4) Por no
considerar las modificaciones de las Especificaciones Tcnicas, que
mediante adendas haya adoptado El Municipio de Necocl. 5) Cuando
existan varias propuestas presentadas por el mismo proponente, bajo
el mismo nombre o con nombres diferentes, para la misma
convocatoria. 6) Cuando la oferta sea incompleta o parcial, esto
es, cuando no cumpla lo especificado o no incluya algn documento
que, de acuerdo con estas Especificaciones Tcnicas, se requiera
adjuntar y dicha deficiencia impida la comparacin objetiva con
otras ofertas. 7) Si durante el anlisis de las propuestas se
encuentra que en sta se incluyen condiciones diferentes a las
establecidas en las Especificaciones Tcnicas. 8) Cuando, se
compruebe que la informacin suministrada por los oferentes sea
contradictoria o no corresponda en algn aspecto a la verdad o sea
artificiosamente incompleta. 9) En los dems casos expresamente
establecidos en estas Especificaciones Tcnicas. En todo caso,
primar lo sustancial sobre lo formal y en consecuencia no podr
rechazarse una propuesta por la ausencia de requisitos o la falta
de documentos que verifiquen las condiciones del proponente o
soporten el contenido de la oferta, y que no constituyan los
factores de escogencia establecidos por la entidad en las
Especificaciones Tcnicas. 4.5. PLAZO PARA EVALUACIN DE LAS
PROPUESTAS TCNICAS Y PERODO DE OBSERVACIONES La evaluacin de las
propuestas tcnicas se realizar dentro del plazo estimado en el
cronograma del proceso y que hace parte integral del presente
Especificaciones Tcnicas. El informe de evaluacin de las propuestas
permanecer durante dos (2) das hbiles, contados a partir de la
fecha, que para el efecto determine en la Secretara de Gobierno del
municipio de Necocl, adems, ser publicado en el sitio
www.Necocl-antioquia.gov.co con el fin de que los proponentes
presenten las observaciones que estimen pertinentes, o podrn ser
enviadas por correo electrnico
[email protected].
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En ejercicio de esta facultad, el proponente no podr completar,
adicionar, modificar o mejorar su propuesta luego de ser levantada
el acta de cierre. El Municipio de Necocl publicar las
observaciones que hayan presentado los oferentes respecto al
informe de evaluacin, de modo que cada uno de ellos pueda ejercer
el derecho de defensa y contradiccin si acaso su oferta hubiere
sido objetada por otro u otros proponentes, sobre lo cual podr
pronunciarse en el mismo perodo de puesta en conocimiento del
informe, o durante su intervencin en la audiencia pblica de
adjudicacin. Las respuestas a las observaciones formuladas, as como
los descargos o aclaraciones presentadas por los proponentes
objetados, sern publicados en el sitio
http://www.Necocl-antioquia.gov.co.
CAPTULO V
CONDICIONES DE ADJUDICACIN Y OPERACIN DEL SERVICIO
5.1. ADJUDICACION:
Tendr lugar en audiencia pblica y la decisin quedar notificada
en estrados. Contra el acto administrativo que otorga el permiso de
operacin, procede el recurso de reposicin ante el Alcalde.
El plazo para la adjudicacin del presente proceso de seleccin
ser hasta el da hbil, contados a partir del da siguiente del
vencimiento del plazo previsto para que los proponentes presenten
observaciones a los informes de evaluacin. 5.2. REVOCATORIA DEL
ACTO ADMINISTRATIVO DE ADJUDICACIN El acto de adjudicacin es
irrevocable y obliga a la entidad y al adjudicatario. No obstante,
si dentro del plazo comprendido entre la adjudicacin del permiso y
la suscripcin del mismo, sobreviene una inhabilidad o
incompatibilidad o si se demuestra que el acto se obtuvo por medios
ilegales, ste podr ser revocado, caso en el cual, la entidad podr
adjudicar el permiso, dentro de los quince (15) das siguientes, al
proponente calificado en segundo lugar, siempre y cuando su
propuesta sea igualmente favorable para la entidad. 5.3.
DECLARATORIA DE DESIERTO DEL CONCURSO El proceso de seleccin podr
declararse desierto, mediante acto administrativo motivado, en los
siguientes casos:
a) Cuando ninguna de las propuestas se ajuste al presente
documento. b) Cuando se encuentren y prueben fehacientemente
acuerdos o maniobras
fraudulentas por parte de los proponentes durante el proceso de
seleccin
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que impidan o no garanticen la seleccin objetiva del proponente.
Esto sin menoscabo de la denuncia ante las autoridades
competentes.
c) Proceder por motivos o causas que impidan la escogencia
objetiva. d) Cuando no se presente propuesta alguna.
5.4. TERMINO PARA COMENZAR A PRESTAR EL SERVICIO:
Iniciacin de prestacin del servicio. Dentro de un plazo no
superior a seis (6)
meses calendario, contados a partir de la fecha de expedicin del
permiso, la empresa adjudicataria tiene la obligacin de servir la
zona de operacin con las caractersticas del servicio ofrecido, por
el trmino de Tres (3) aos, previa acreditacin ante la autoridad
competente de la existencia de los vehculos ofrecidos en la
cantidad y condiciones tcnicas sealadas en la propuesta.
Si el adjudicatario no entra a prestar el servicio ni tiene el
parque automotor ofrecido dentro del plazo sealado en el presente
artculo y en las condiciones indicadas en el acto administrativo
que otorga el permiso, se har efectivo el valor de la garanta
constituida para responder por la seriedad de la propuesta.
En este evento la entidad, mediante acto administrativo
debidamente motivado, podr otorgar el permiso dentro de los seis
(6) meses siguientes al proponente calificado en segundo lugar,
siempre y cuando su propuesta sea igualmente favorable para la
prestacin del servicio.
5.5. TARIFAS
El valor de la tarifa base para la prestacin del servicio pblico
automotor de pasajeros, ser fijado por la Alcalda. Este valor se
somete a las reglas establecidas en las condiciones de operacin y
en el permiso. 5.6. OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO El permiso se
regir en general por las normas establecidas en el Decreto 4125 de
2008, el Decreto 198 de 2013 y las dems disposiciones
complementarias. 6 RGIMEN LEG A travs del presente permiso de
operacin, el operador de las rutas, adquieren las siguientes
obligaciones:
Proveer los vehculos (motocarros) a que se obliga para la
atencin de los servicios que debe operar de conformidad con el
presente permiso.
Asumir por cuenta propia o con cargo a los aportes de capital o
a la obtencin de crditos, la financiacin total de la inversin que
se requiera para la ejecucin del permiso.
Contratar y capacitar el personal de conduccin en el manejo de
los vehculos (motocarros) a su cargo, asegurando el conocimiento y
estricto
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cumplimiento de la reglamentacin aplicable en materia de
circulacin de vehculos (motocarros).
Obtener las licencias y permiso a que hubiere lugar para el
cumplimiento de todas las obligaciones que le corresponde en los
trminos del permiso.
Constituir las plizas civiles y extracontractuales requeridas en
el proceso.
Las dems que de acuerdo a la naturaleza del permiso se
requieran. Las condiciones para el cumplimiento de estas
obligaciones, son las siguientes:
Adoptar y mantener las caractersticas especficas del tipo del
vehculo (motocarros) requeridas para las rutas. (Cumplir con las
condiciones de homologacin de la resolucin 2181 de 2009).
Garantizar la prestacin del servicio en condiciones de libertad,
acceso, calidad, estndares del servicio y seguridad de los
usuarios, con la permanencia y continuidad que determine la
Administracin Municipal.
Obtener el certificado de vinculacin o contrato de servicio
entre empresa y propietario y propietario y/o conductor, para los
vehculos (motocarros) que se destinen al presente permiso de
operacin, previo a la entrada en operacin de cada motocarro.
Mantener en adecuadas condiciones de seguridad y circulacin los
vehculos (motocarros) que destine a atender las rutas de
alimentacin.
Responder, en los plazos y forma que la Administracin Municipal
establezca para cada caso, los requerimientos de informacin que ste
le formule.
Permitir la adecuada supervisin de la ejecucin del permiso por
parte de la Administracin Municipal.
Cumplir cabalmente con las condiciones y obligaciones previstas
en las normas que lo regulan, en los trminos de referencia, en la
propuesta y en el presente permiso para la ejecucin y desarrollo de
la operacin, encontrndose el operador obligado a actuar
razonablemente en el marco de sus obligaciones, y teniendo en
cuenta particularmente el carcter pblico esencial del servicio que
presta.
En el desarrollo de la operacin diaria de las rutas tendr las
siguientes obligaciones:
Cumplir con los servicios, frecuencias y horarios definidos por
la Administracin Municipal para la operacin de dicho servicio.
Cumplir los estndares de operacin definidos o que defina la
Administracin Municipal.
Mantener en todo momento los vehculos (motocarros) en excelentes
condiciones mecnicas y de prestacin.
Mantener capacitado y actualizado al personal de conduccin.
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Implementar las prcticas y medidas de seguridad industrial
necesarias para el desarrollo de la actividad de operacin de
material rodante y establecer los controles internos que permitan
verificar su adecuado cumplimiento.
Cumplir con las disposiciones fijadas por las autoridades
competentes en los referentes a la operacin de vehculos
(motocarros) de servicio pblico de transporte mixto.
Implementar las medidas que resulten necesarias para adecuar su
actividad a las normas ambientales que regulen los factores de
contaminacin asociados a la operacin del material rodante y adoptar
medidas y ejecutar los planes que se hayan requerido o que se
lleguen a requerir para mitigar el impacto ambiental derivado de la
operacin, si a ello hubiere lugar, de acuerdo con las autoridades
ambientales competentes.
Permitir y facilitar la adecuada supervisin de la ejecucin del
permiso por parte de la Administracin Municipal, admitiendo el
acceso a las instalaciones del personal autorizado por ste.
5.7. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LA ADMINISTRACIN MUNICIPAL La
operacin que se otorga por medio del presente permiso implica para
la Administracin Municipal, adems de los derivados de las
disposiciones legales, los siguientes derechos:
El derecho a determinar los servicios, frecuencias e itinerarios
de la actividad transportadora que desempear el operador, as como
las necesidades de operacin de las rutas, en trminos de
frecuencias, itinerarios, servicios y tamao de las rutas requerida
para el servicio del mismo.
El derecho a realizar el control de la operacin y a impartir al
operador y a sus empleados, agentes o dependientes, las
instrucciones operativas que considere necesarias para garantizar
la operatividad, seguridad, calidad y funcionalidad del
sistema.
El derecho con autoridad municipal en los temas de transporte y
trnsito, a ser reconocida y respetada como tal por el operador.
El derecho a supervisar el desarrollo y ejecucin del presente
permiso, y acceder a los documentos e informacin que dan cuenta de
la actividad del operador.
El derecho a determinar conforme a la conveniencia del servicio
pblico de transporte mixto en motocarro, los futuros desarrollos y
reestructuraciones generales y especficas de la infraestructura del
servicio de transporte pblico mixto en motocarros.
Las dems que consagra las disposiciones que reglamentan la
materia. 5.8. ASPECTOS OPERATIVOS DE LAS RUTAS
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Caractersticas de dotacin, tipologa y apariencia de los
vehculos. Ser responsabilidad del operador de las rutas, proveer
los vehculos que se requieran para la atencin de los servicios
autorizados, con las caractersticas de diseo, dotacin, tipologa,
apariencia, seguridades y controles ambientales exigidas por la
Administracin Municipal, segn las condiciones establecidas en los
trminos de referencia y de conformidad con la propuesta que hacen
parte integral del presente permiso y de acuerdo con las normas
legales vigentes y aplicables. Desempeo Administrativo del operador
de las rutas El operador ejercer la Administracin de su actividad
bajo su responsabilidad y con la autonoma, teniendo en consideracin
que su desempeo administrativo y financiero afecta la prestacin de
un servicio pblico. En todo caso, en virtud del presente permiso,
el operador asume con la Administracin Municipal los siguientes
compromisos mnimos de gestin y desempeo administrativo:
Implementar las prcticas y medidas de seguridad industrial
necesarias para el adecuado desarrollo de la operacin, establecer
los controles internos que permitan verificar su cumplimiento, y
asumir los riesgos de salud y profesiones que se deriven de su
inobservancia para las personas que se vinculen al desarrollo de la
operacin.
Proveer a la Administracin Municipal, toda la informacin que sta
le solicite y que sea necesaria para la adecuada planeacin,
coordinacin y control del servicio.
Llevar permanentemente y de forma actualizada, en medio fsico y
magntico, un inventario vehicular con una hoja de vida de cada uno
de los vehculos, donde se deje constancia del detalle de las
intervenciones por mantenimiento que se le hagan, los kilmetros
recorridos, fallas presentadas y accidentes, la cual deber
permanecer en la sede de operacin del operador y a disposicin de la
Administracin Municipal, durante toda la vigencia del permiso.
Capacitar a los conductores entre otros, en las siguientes reas:
relaciones humanas, primeros auxilios y seguridad.
Las dems consagradas en las disposiciones aplicables y que rigen
en materia de transporte y trnsito.
Supervisin y Control La Administracin Municipal tendr derecho de
supervisar tcnica y administrativamente el desarrollo y ejecucin
del permiso, lo que permitir acceder en cualquier momento a las
instalaciones fsicas y a los documentos e informacin que soportan
la labor del operador, ante lo cual se impondr a cargo de la
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Administracin Municipal, un compromiso de confidencialidad sobre
la informacin a la que tenga acceso, la que se entiende asumida por
la Administracin Municipal, con la notificacin dentro de las
limitaciones que para el efecto establezca la ley. 5.9. ASPECTOS
ECONMICOS DE LA OPERACIN Tarifa y Aspectos Econmicos. Los aspectos
econmicos, la tarifa definida para la prestacin del servicio,
ajustes de la misma y en general todos los aspectos econmicos de la
operacin, se sujetan a lo establecido en los trminos de referencia
que para todos los efectos son parte integral del presente permiso.
Asignacin de Riesgos del permiso. Para todos los efectos legales,
se entendern incluidos dentro de los riesgos propios del negocio
del operador todos aquellos que se deriven de la operacin. Riesgos
del Permiso Atribuidos al Operador. El operador asumir en su
totalidad los riesgos que se deriven del incumplimiento de las
obligaciones derivadas del permiso de operacin, y ser responsable
frente a la Administracin Municipal, como obligacin de resultado,
por la regularidad y el cumplimiento de las condiciones mnimas
requeridas para la operacin del servicio de alimentacin a las
rutas, asumiendo, por lo tanto, los costos, gastos y medios de que
requieran a dicho efecto. Responsabilidad Frente a Terceros. La
responsabilidad frente a terceros, es la que surja de la legislacin
aplicable encada caso. El operador es el responsable de los daos y
perjuicios que se produjeren por su causa, la de sus dependientes,
las de sus bienes muebles e inmuebles, por el personal por l
empleado o contratado bajo cualquier modalidad y para cualquier
fin, o por sus subcontratistas. La Administracin municipal no ser
responsable frente a terceros por las obligaciones que asumiere o
debiere asumir el operador con aquellos, ni por daos que cause este
ltimo, directa o indirectamente en el desarrollo de su gestin, ni
sus empleados, agentes, representantes u operadores, y bienes.
Garanta nica y Seguros. En materia de seguros el operador estar
obligado a tomar con una Compaa de Seguros autorizada para operar
en Colombia, las Plizas de responsabilidad civil, contractual y
extracontractual, que los ampare de los riesgos inherentes a la
actividad de la transportadora, conforme al Decreto 4190 de 2007.
La vigencia de dicho seguro ser condicin para la operacin de los
vehculos vinculados a las empresas autorizadas para la prestacin de
las rutas. 5.6. DESISTIMIENTO DE SERVICIOS
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Cuando el operador considere que no est en capacidad de servir
total o parcialmente los servicios autorizados, as lo manifestar a
la Administracin Municipal, solicitando que se decrete la vacancia
de los mismos. 5.7. DOCUMENTOS DEL PERMISO Formarn parte de este
permiso los siguientes documentos:
Las especificaciones tcnicas, sus anexos, las respuestas a las
observaciones efectuadas a los trminos de referencia en el plazo de
presentacin de ofertas y los adendas.
La propuesta del operador aceptada por la Administracin
Municipal.
Las actas de los acuerdos complementarios que firmen las
partes.
Las garantas del permiso con sus plizas, debidamente
constituidas.
Las certificaciones, autorizaciones y dems documentos que
acrediten la existencia y representacin legal de las partes.
ORIGINAL FIRMADO ADALBERTO BAENA OYOLA Alcalde Municipal JIMMY
RIVAS PALACIOS Secretario de Gobierno Revisado y Aprobado
ANEXO 1
FORMULARIO No. 01
_____________, ___de __________ de 2015
Seores MUNICIPIO DE ________________ E.S.D
REFERENCIA: Concurso pblico No. ____ de 201_
__________________, identificado con cdula ______________ de
_____________, Representante Legal de LA EMPRESA
________________,de acuerdo con la invitacin pblica, presento, la
siguiente propuesta para acceder a la prestacin del servicio de
transporte pblico mixto en vehculos tipo motocarros y, en caso de
que nos sea aceptada por el Municipio de ____________, me
comprometo a cumplir con todos los requerimientos de los trminos de
la operacin del servicio en las rutas y radio de operacin
asignado.
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Necocl Antioquia
Que he estudiado los mismos y sus anexos aceptando integralmente
los requisitos y condiciones en ellos contenidos.
Que la informacin dada en los documentos incluidos en esta
oferta me compromete y garantiza la veracidad de las informaciones
y datos de la misma.
Declaro no hallarme incurso en alguna de las inhabilidades e
incompatibilidades sealadas por la Constitucin Poltica y sus normas
reglamentarias y complementarias y no me encuentro inscrito en el
boletn de responsables fiscales de acuerdo con lo previsto en el
numeral 4 del artculo 38 de la Ley 734 de 2002, en concordancia con
el artculo 60 de la Ley 610 de 2000 que me impidan participar en la
presente convocatoria pblica y operar el servicio de transporte
pblico automotor mixto en motocarros.
Atentamente;
__________________________________ Cdula No ___________ de
____________ NIT: __________________________ Direccin:
__________________________ Telfono: ___________________________
Ciudad: ___________________________
ANEXO No. 2
FORMULARIO CONSTITUCION CONSORCIOS Necocl, ___ de __________ de
2015 Seores MINUCIPIO DE NECOCL. Carrera XXXXXXXXX XXXXXXXXXXXX Los
abajo firmantes manifestamos, a travs de este documento, que hemos
convenido asociarnos en Consorcio para participar en el presente
Concurso Pblico, cuyo objeto es XXX. Por lo anterior expresamos lo
siguiente: El presente acuerdo consorcial se suscribe entre las
siguientes partes: __________________, identificado como aparece al
pie de su firma, actuando en nombre de ________________ y
________________, identificado como aparece al pie de su firma,
actuando en nombre y representacin de ___________________. Las
personas arriba mencionadas que se denominarn colectivamente como
LAS PARTES y,
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CONSIDERANDO: 1. Que El Municipio de NECOCL, abri el Concurso
Pblico 001 de 2013. 2. Que para responder a esta convocatoria LAS
PARTES manifiestan mediante este documento su intencin firme de
participar en la mencionada Concurso Pblico Pblica, para lo cual
han decidido conformar el consorcio___________ que se formaliza por
medio del presente documento, de conformidad con lo preceptuado en
el numeral 2 del Artculo 7 de la Ley 80 de 1993 y en el
Especificaciones Tcnicas. 3. Que de conformidad con los estatutos
de las sociedades integrantes del presente acuerdo y las
correspondientes autoridades de juntas directivas, los
representantes legales de las mismas se encuentran plenamente
facultados para: a. Celebrar el presente acuerdo Consorcial,
comprometindose en forma conjunta y solidaria, incluyendo la
facultad para asignar un representante legal del Consorcio, con las
ms amplias facultades, en, los trminos que se establecen en el
presente documento. b. Presentar por intermedio del consorcio, la
Propuesta en respuesta a la Concurso Pblico pblica mencionada, para
____________________. c. Comprometer a los integrantes que
representan en forma conjunta y solidariamente ante El Municipio de
Necocl. 4. Que en virtud de lo anterior LAS PARTES ACUERDAN
PRIMERO: Objeto. Por el presente documento las Partes que en el
actan, formalizan la celebracin de un acuerdo consorcial en un todo
de conformidad con el numeral segundo del Artculo 7 de la Ley 80 de
1993 y dems normas concordantes, as como con los trminos de
referencia del Concurso Pblico, presentar por intermedio del
consorcio_____________________, la propuesta en respuesta al
Concurso Pblico pblica mencionada para el _____________________.
SEGUNDO: Alcance. El alcance del presente acuerdo consorcial
comprende la elaboracin y presentacin de las Propuestas, as como la
celebracin del Servicio y la ejecucin de ________________. TERCERO:
Nombre y domicilio. El Consorcio que por este documento se
conforma, llevar el nombre de ____________________,
Direccin:_____________________________.
Telfonos:_____________________________.
Fax:__________________________________.
E-Mail:________________________________. CUARTO: Representacin: LAS
PARTES en el presente acuerdo nombran como representante legal del
Consorcio a _______________________, mayor de edad, capaz e
identificado como aparece al pie de su firma, como principal y como
suplente, a ____________________, tambin mayor de edad,
identificado como aparece al pie de su firma, cada uno de los
cuales por separado podr representar al Consorcio (NOMBRE
CONSORCIO) para todos los efectos, con las ms amplias facultades
para desempear su funcin, por medio del presente
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documento, y sin que deba mediar para el efecto ninguna otra
autorizacin o Poder, los representantes quedan autorizados y
facultados de manera amplia y suficiente para presentar la
Propuesta y suscribir el Servicio correspondiente a la Concurso
Pblico pblica Nro. 001 de 2013, as como, suscribir todos los
documentos relacionados con el mismo, incluyendo todas las plizas,
garantas, certificaciones, aclaraciones y dems documentos
necesarios para el desarrollo del servicio sin limitacin alguna, as
como para representar al Consorcio judicial o extrajudicialmente,
ante cualquier autoridad pblica o privada de conformidad con lo
preceptuado por la Ley 80 de 1993 y normas concordantes. PARGRAFO:
_____________________ de las calidades mencionadas en esta Clusula,
ha aceptado la designacin que LAS PARTES integrantes del Consorcio
le han conferido por medio del presente documento, en aprobacin de
lo cual, as como del contenido del mismo lo firman. QUINTO:
Participacin. La participacin, funciones y responsabilidad de LAS
PARTES en el presente acuerdo Consorcial, ser la siguiente: De
conformidad con lo preceptuado por el numeral 2 del Artculo 7 de la
Ley 80 de 1993, la totalidad de los miembros de (NOMBRE CONSORCIO)
respondern solidariamente por el cumplimiento total de la Propuesta
y del objeto del Permiso, pero las sanciones que se llegaren a
imponer por incumplimiento de las obligaciones derivadas de la
Propuesta y del Permiso se impondrn de acuerdo con la participacin
en la ejecucin de cada uno de los miembros. En general, los
miembros de (NOMBRE CONSORCIO) proveern cada uno, en su campo, la
informacin, documentos y el KnowHow que el mismo requiera para
desarrollar el Servicio resultante del concurso a que se refiere
este acuerdo y todas las dems actividades necesarias o conducentes
al pleno desarrollo y cumplimiento de dicho Servicio de conformidad
con los trminos de referencia y las normas jurdicas aplicables.
SEXTO: Ley aplicable. Este acuerdo, as como las reformas o
adiciones que aprueben LAS PARTES, se regirn por las leyes de la
Repblica de Colombia. SPTIMO: Vigencia. El presente acuerdo de Unin
Temporal rige a partir de su firma por LAS PARTES y tendr validez
durante el trmino de duracin del Servicio y un (1) ao ms. OCTAVO:
Confidencialidad. LAS PARTES acuerdan y se comprometen frente a El
Municipio de NECOCL a no utilizar informacin relacionada con el
objeto para propsitos distintos de la ejecucin del servicio. Para
constancia se firma por quienes intervienen a los ______ das del
mes de _________ de 2015. _________________________
____________________________ Integrante __________________________
Representante
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ANEXO No. 3 FORMULARIO CONSTITUCION UNIONES TEMPORALES Necocl,
___ de __________ de 2015 Seores MUNICIPIO DE NECOCL Carrera
XXXXXXXXXX XXXXXXXXXXX Los abajo firmantes manifestamos a travs de
este documento que hemos convenido asociarnos en Unin Temporal para
participar en el presente Concurso Pblico, cuyo objeto es XXXXX Por
lo anterior expresamos lo siguiente: El presente acuerdo de Unin
Temporal se suscribe entre las siguientes partes:
__________________, identificado como aparece al pie de su firma,
actuando en nombre de ________________ y ________________,
identificado como aparece al pie de su firma, actuando en nombre y
representacin de ___________________. Las personas arriba
mencionadas que se denominarn colectivamente como LAS PARTES y,
CONSIDERANDO:
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1. Que El Municipio de Necocl, convoc el Concurso Pblico Pblica
001 de 2013. 2. Que para responder a esta convocatoria LAS PARTES
manifiestan mediante este documento su intencin firme de participar
en el mencionado Concurso Pblico pblica, para lo cual han decidido
conformar la Unin Temporal ___________ que se formaliza por medio
del presente documento, de conformidad con lo preceptuado en el
numeral 2 del artculo 7 de la Ley 80 de 1993 y en el
Especificaciones Tcnicas. 3. Que de conformidad con los estatutos
de las sociedades integrantes del presente acuerdo y las
correspondientes autoridades de juntas directivas, los
representantes legales de las mismas se encuentran plenamente
facultados para: Celebrar el presente acuerdo de Unin Temporal,
comprometindose en forma conjunta y solidaria, incluyendo la
facultad para asignar un representante legal de Unin Temporal, con
las ms amplias facultades, en los trminos que se establecen en el
presente documento. Presentar por intermedio de la Unin Temporal,
la Propuesta en respuesta al Concurso de Mritos mencionado, para
____________________. Comprometer a las sociedades que representan
en forma conjunta y solidariamente ante El Municipio de Necocl. 4.
Que en virtud de lo anterior LAS PARTES ACUERDAN PRIMERO: Objeto.
Por el presente documento las Partes que en el actan, formalizan la
celebracin de un acuerdo de Unin Temporal en un todo de conformidad
con el numeral segundo del Artculo 7 de la Ley 80 de 1993 y dems
normas concordantes, as como con los trminos de referencia del
Concurso Pblico, presentar por intermedio de la Unin Temporal _
_____________________, la propuesta en respuesta al Concurso de
Mritos mencionado para el _____________________. SEGUNDO: Alcance.
El alcance del presente acuerdo de Unin Temporal comprende la
elaboracin y presentacin de las Propuestas, as como la celebracin
del Permiso y la ejecucin ________________. TERCERO: Nombre y
domicilio. La Unin Temporal que por este documento se conforma,
llevar el nombre de ____________________,
Direccin:_____________________________.
Telfonos:_____________________________.
Fax:__________________________________.
E-Mail:________________________________. CUARTO: Representacin: LAS
PARTES en el presente acuerdo nombran como representante legal de
la Unin Temporal a _______________________, mayor de edad, capaz e
identificado como aparece al pie de su firma, como principal y como
suplente, a ____________________, tambin mayor de edad,
identificado como aparece al pie de su firma, cada uno de los
cuales por separado podr representar a la Unin Temporal (NOMBRE UT)
para todos los efectos, con las ms amplias facultades para
desempear su funcin, por medio del presente
-
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documento, y sin que deba mediar para el efecto ninguna otra
autorizacin o Poder, los representantes quedan autorizados y
facultados de manera amplia y suficiente para presentar la
Propuesta y suscribir el Permiso correspondiente al Concurso de
Mritos de 2013, as como, suscribir todos los documentos
relacionados con el mismo, incluyendo todas las plizas, garantas,
certificaciones, aclaraciones y dems documentos necesarios para el
desarrollo del permiso sin limitacin alguna, as como para
representar a la Unin Temporal judicial o extrajudicialmente, ante
cualquier autoridad pblica o privada de conformidad con lo
preceptuado por la Ley 80 de 1993 y normas concordantes. PARGRAFO:
____________________, de las calidades mencionadas en esta Clusula,
ha aceptado la designacin que LAS PARTES integrantes de la Unin
Temporal le han conferido por medio del presente documento, en
aprobacin de lo cual, as como del contenido del mismo lo firman.
QUINTO: Participacin, funciones y responsabilidad. La participacin,
funciones y responsabilidad de LAS PARTES en el presente acuerdo de
Unin Temporal, ser la siguiente: 5.1 PARTICIPACIN: PARTES
PORCENTAJE _____% _____% 5.2 FUNCIONES: As mismo, las partes
conformantes del presente acuerdo asumirn las siguientes funciones
en la ejecucin del Servicio: _____________________ le corresponde:
___________, ____________, ___________ _____________________ le
corresponde: ___________, ____________, ___________ 5.3
RESPONSABILIDAD: De conformidad con lo preceptuado por el numeral 2
del Artculo 7 de la Ley 80 de 1993, la totalidad de los miembros de
(NOMBRE UNIN TEMPORAL) respondern solidariamente por el
cumplimiento total de la Propuesta y del objeto del Servicio, pero
las sanciones que se llegaren a imponer por incumplimiento de las
obligaciones derivadas de la Propuesta y del Servicio Se impondrn
de acuerdo con la participacin en la ejecucin de cada uno de los
miembros. En general, los miembros de (NOMBRE UNIN TEMPORAL)
proveern cada uno, en su campo, la informacin, documentos y el
KnowHow que el mismo requiera para desarrollar el Servicio
resultante del concurso a que se refiere este acuerdo y todas las
dems actividades necesarias o conducentes al pleno desarrollo y
cumplimiento de dicho Servicio de conformidad con los trminos de
referencia y las normas jurdicas aplicables. SEXTO: Ley aplicable.
Este acuerdo, as como las reformas o adiciones que aprueben LAS
PARTES, se regirn por las leyes de la Republica de Colombia.
SPTIMO: Vigencia. El presente acuerdo de Unin Temporal rige a
partir de su firma por LAS PARTES y tendr validez durante el trmino
de duracin del Servicio y un (1) ao ms.
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OCTAVO: Confidencialidad. LAS PARTES acuerdan y se
comprometen