Con Profesionalismo y Tecnología en Salud Marcamos la Diferencia Carrera 5 No. 9-102 Conmutador: (7) 7243556 /7/8 Código Postal No. 684031 www.hregionalsangil.gov.co San Gil-Santander-Colombia REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL E.S.E. HOSPITAL REGIONAL DE SAN GIL Código HRSG-GAF-ECO ESTUDIOS DE CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD Versión: 02 21/07/2014 Página 1 de 27 ESTUDIO DE CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD PARA CONTRATAR EL SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE PARA LOS VEHICULOS Y UNA PLANTA ELECTRICA AL SERVICIO DE LA E.S.E. HOSPITAL REGIONAL DE SAN GIL San Gil, veintidós (22) de Enero de dos mil diecinueve (2019). 1. DESCRIPCION DE LA NECESIDAD QUE SE PRETENDE SATISFACER CON LA CONTRATACIÓN. La Empresa Social del Estado Hospital Regional de San Gil fue creado mediante el Decreto Departamental 014 del 25 de Enero del 2006, como una entidad descentralizada del orden departamental, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, adscrito a la Secretaría de Salud Departamental, con el objeto de prestar servicios de salud de primer y segundo nivel, entendido como un servicio público a cargo del Departamento y como parte del sistema de seguridad social en salud y para el desarrollo y cumplimiento de su objeto podrá celebrar contratos permitidos por la legislación laboral colombiana, que puedan ser ejecutados o desarrollados por personas naturales o jurídicas de derecho público y privado. La Empresa Social del Estado Hospital Regional de San Gil posee un total de 8 vehículos, los cuales son: cinco (5) ambulancias y se está a la espera de la adquisición de una nueva ambulancia, dos (02) vehículos asignados al área administrativa y una (01) moto, igualmente posee una planta eléctrica que para su funcionamiento requiere de ACPM por lo que se hace necesario contratar el servicio de suministro o abastecimiento de combustible, aceites y lubricantes para dichos automotores y para la planta eléctrica garantizando la prestación del servicio a la comunidad cuando se requiera. Por lo anteriormente expuesto la presente contratación es necesaria, teniendo en cuenta que los vehículos constituyen una valiosa herramienta de trabajo que se utiliza en las áreas operativa (traslado de usuarios en las ambulancias, funcionamiento de la planta eléctrica) y administrativa, se requiere que se brinden todas las garantías de desplazamiento a las personas que los utilizan regularmente. 2. FORMA DE SATISFACER LA NECESIDAD: Teniendo en cuenta las circunstancias anotadas, la mejor forma de satisfacer esta necesidad es con la celebración de un contrato con personas naturales o jurídicas interesadas y que dentro de su actividad se halle la prestación del servicio y/o suministro requerido. En ese sentido se logró establecer que la E.S.E. Hospital Regional de San Gil debe garantizar entre otras cosas la continuidad al suministro del servicio de salud, teniendo en cuenta también que se trata de uno de los servicios públicos esenciales y que la entidad requiere contratar el suministro de los combustibles y lubricantes que demanden los vehículos automotores y la planta eléctrica (gasolina corriente, extra, ACPM, aceites y lubricantes) al servicio de la E.S.E. Hospital Regional de San Gil, para su normal y buen funcionamiento, por lo que se requiere de una persona jurídica que dentro de su actividad comercial el suministro de los combustibles y lubricantes que demanden los vehículos automotores y la planta eléctrica (gasolina corriente, extra, ACPM, aceites y lubricantes) al servicio de la E.S.E. Hospital Regional de San Gil, para su normal y buen funcionamiento, con la debida calidad, oportunidad y eficiencia, que cumpla con las condiciones y requisitos que se relacionan a continuación: a) IDONEIDAD:
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ESTUDIO DE CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD PARA CONTRATAR EL SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE PARA LOS VEHICULOS Y UNA PLANTA ELECTRICA AL SERVICIO DE LA E.S.E. HOSPITAL REGIONAL DE SAN GIL San Gil, veintidós (22) de Enero de dos mil diecinueve (2019). 1. DESCRIPCION DE LA NECESIDAD QUE SE PRETENDE SATISFACER CON LA
CONTRATACIÓN. La Empresa Social del Estado Hospital Regional de San Gil fue creado mediante el Decreto Departamental 014 del 25 de Enero del 2006, como una entidad descentralizada del orden departamental, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, adscrito a la Secretaría de Salud Departamental, con el objeto de prestar servicios de salud de primer y segundo nivel, entendido como un servicio público a cargo del Departamento y como parte del sistema de seguridad social en salud y para el desarrollo y cumplimiento de su objeto podrá celebrar contratos permitidos por la legislación laboral colombiana, que puedan ser ejecutados o desarrollados por personas naturales o jurídicas de derecho público y privado. La Empresa Social del Estado Hospital Regional de San Gil posee un total de 8 vehículos, los cuales son: cinco (5) ambulancias y se está a la espera de la adquisición de una nueva ambulancia, dos (02) vehículos asignados al área administrativa y una (01) moto, igualmente posee una planta eléctrica que para su funcionamiento requiere de ACPM por lo que se hace necesario contratar el servicio de suministro o abastecimiento de combustible, aceites y lubricantes para dichos automotores y para la planta eléctrica garantizando la prestación del servicio a la comunidad cuando se requiera. Por lo anteriormente expuesto la presente contratación es necesaria, teniendo en cuenta que los vehículos constituyen una valiosa herramienta de trabajo que se utiliza en las áreas operativa (traslado de usuarios en las ambulancias, funcionamiento de la planta eléctrica) y administrativa, se requiere que se brinden todas las garantías de desplazamiento a las personas que los utilizan regularmente. 2. FORMA DE SATISFACER LA NECESIDAD: Teniendo en cuenta las circunstancias anotadas, la mejor forma de satisfacer esta necesidad es con la celebración de un contrato con personas naturales o jurídicas interesadas y que dentro de su actividad se halle la prestación del servicio y/o suministro requerido. En ese sentido se logró establecer que la E.S.E. Hospital Regional de San Gil debe garantizar entre otras cosas la continuidad al suministro del servicio de salud, teniendo en cuenta también que se trata de uno de los servicios públicos esenciales y que la entidad requiere contratar el suministro de los combustibles y lubricantes que demanden los vehículos automotores y la planta eléctrica (gasolina corriente, extra, ACPM, aceites y lubricantes) al servicio de la E.S.E. Hospital Regional de San Gil, para su normal y buen funcionamiento, por lo que se requiere de una persona jurídica que dentro de su actividad comercial el suministro de los combustibles y lubricantes que demanden los vehículos automotores y la planta eléctrica (gasolina corriente, extra, ACPM, aceites y lubricantes) al servicio de la E.S.E. Hospital Regional de San Gil, para su normal y buen funcionamiento, con la debida calidad, oportunidad y eficiencia, que cumpla con las condiciones y requisitos que se relacionan a continuación: a) IDONEIDAD:
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1. Persona jurídica o natural: debidamente constituida de conformidad con las leyes civiles y comerciales colombianas, debidamente registrada en la cámara de comercio de su sede principal o sucursal, y que tenga dentro de su objeto social la ejecución de actividades iguales o similares a las del objeto del presente proceso de contratación. b) EXPERIENCIA: EXPERIENCIA: El proponente deberá acreditar experiencia relacionada con el suministro objeto del contrato, esta experiencia debe ser demostrada con entidades públicas y/o privadas cuya cuantía en conjunto debe ser un mínimo del 100 % del presupuesto oficial. La persona que preste este servicio dadas las circunstancias y características especiales del suministro a adquirir, deberá acreditar su experiencia con actas de liquidación o certificaciones que den fe de los contratos suscritos con entidades públicas o privadas. 3. DESCRIPCIÓN DEL OBJETO A CONTRATAR.
“CONTRATAR EL SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE PARA LOS VEHICULOS Y UNA
PLANTA ELECTRICA AL SERVICIO DE LA E.S.E. HOSPITAL REGIONAL DE SAN
GIL”.
ALCANCE DEL OBJETO: Realizar el suministro de los combustibles y lubricantes que demande los vehículos automotores y la planta eléctrica al servicio de la E.S.E. Hospital Regional de San Gil, para su rodamiento y buen funcionamiento, teniendo en cuenta los Items unitarios relacionados a continuación:
DESCRIPCION UNIDAD DE
MEDIDA
GASOLINA CORRIENTE GL
GASOLINA EXTRA GL
ACPM GL
MOBIL DELVAC MX 15W40 CUARTO
MOBIL HD 50 CUARTO
MOVIL SUPER 2 TIEMPOS (MOTOS) CUARTO
MOVIL 4 T ( MOTOS) CUARTO
MOBIL SUPER 1000 20W50 CUARTO
MOBIL ATF HIDRAHUBLICO CUARTO
MOBIL ALTOKILOMETRAGE 25W50 CUARTO
AGUA DESMINERALIZADA CUARTO
LIQUIDO DE FRENOS TARRO DE 3 CUARTOS
Plazo de ejecución: Será para un periodo de once (11) meses contados a partir del acta
de inicio.
Valor: DOSCIENTOS SESENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($260.000.000). Sobre
el valor a pagar se aplicará todos los impuestos, tasas y contribuciones establecidos por
las diferentes autoridades nacionales, departamentales o municipales, y dentro de estos
mismos niveles territoriales, los impuestos, tasas y contribuciones establecidos por las
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diferentes autoridades ambientales, que afecten el contrato y las actividades que de él se
deriven, si a ello hubiere lugar, con excepción de los que estrictamente correspondan a la
ESE Hospital Regional de San Gil.
Forma de Pago: El valor del suministro se cancelará según los suministros efectivamente entregados y recibidos a conformidad de la supervisión del contrato con el trámite de cuentas cuyo corte será el último día hábil del mes respectivo, pagaderos dentro de los noventa (90) días siguientes a la radicación de la cuenta de cobro, previa presentación de la correspondiente factura, junto con la constancia y/o certificación del cumplimiento. Será requisito indispensable para la certificación de cumplimiento, la presentación por parte del contratista de la respectiva certificación del pago de aportes al sistema de seguridad social integral (suscrita por el representante legal o el revisor fiscal si a ello hubiere lugar), realizados en el mes inmediatamente anterior y deberá presentar recibos por pago de impuestos que le sean aplicables. El pago que las sumas de dinero que la E.S.E. Hospital Regional de San Gil queda obligado en virtud del contrato que celebre, se subordinara a las obligaciones a las apropiaciones que de las mismas se hagan en el respectivo presupuesto y el programa anual mensualizado de la caja PAC. NOTA: Considerando el régimen de libertad regulada que cobija el suministro de combustibles, el contratista únicamente podrá modificar los costos de los mismos con la expedición de los actos Administrativos por parte del Ministerio de Minas o Autoridad competente. Para tal efecto deberá hacer llegar este Acto Administrativo dentro de la respectiva cuenta. 4. ASPECTOS ECONÓMICOS
Existe en el Presupuesto de la Empresa Social del Estado Hospital Regional de San Gil, recursos disponibles presupuestados en el CDP No.19-00057 Código presupuestal Código presupuestal 0321060201, Bajo el rubro Materiales y Suministros Operativos, por el valor de 208.000.000 y el código 0321060101, Bajo el rubro Materiales y Suministros administrativos por el valor de $52.000.000, provenientes del sistema general de Seguridad Social en Salud. 5. FUNDAMENTO JURÍDICO DE LA MODALIDAD DE SELECCIÓN.
Según el numeral 6 del artículo 195 de la Ley 100 de 1993, en materia contractual las
Empresas Sociales del Estado se rigen por el derecho privado, pero pueden
discrecionalmente utilizar las cláusulas exorbitantes previstas en el estatuto general de
contratación de la administración pública, sin desconocer que debe siempre aplicarse los
principios de la función administrativa y de la gestión fiscal de que tratan los artículos 209
y 267 de la Constitución Política y someterse al régimen de inhabilidades e
incompatibilidades previsto legalmente para la contratación estatal.
La presente contratación se llevará a cabo a través del proceso de selección INVITACION
PUBLICA de acuerdo a los principios del debido proceso, imparcialidad, igualdad,
moralidad, transparencia y eficacia, según lo establecido en el Acuerdo No. 009 de 2014
“Estatuto de Contratación” expedido por la Junta Directiva de la E.S.E. Hospital Regional
de San Gil, y lo dispuesto en la Resolución No 172 expedida el 12 de diciembre de 2014,
por medio de la cual se adecua el Manual de Contratación de la entidad, por cuanto el
objeto a contratar y el presupuesto oficial se encuadran en la tercera cuantía, para que
mediante este sistema se tenga la opción de hacer una selección de acuerdo a los
principios de la contratación y hacer la escogencia de la oferta más favorable a la entidad
cuyo fin esencial será el de contar con una persona jurídica capaz de llevar a cabo “EL
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conforme a las exigencias de la entidad de acuerdo a la normatividad vigente.
Una Vez se agote todo el procedimiento se realizara la contratación conforme a lo
dispuesto en el artículo 6 de la ley 100 de 1993, el Manual de contratación de la ESE-
Hospital Regional de San Gil ( Acuerdo No 009 de Diciembre 12 de 2014 de la Junta
Directiva de la ESE- Hospital Regional de San Gil) y las disposiciones pertinentes que
rigen el derecho privado, en lo que no se encuentre allí regulado se aplicara las normas
de derecho comercial y civiles vigentes y le son aplicables los principios de contratación
de la ley 80 de 1993.
5.1 DOCUMENTOS DE ORDEN JURIDICO: EL PROPONENTE DEBE APORTAR
Carta de presentación (ver formato No 1)
Presentar garantía de seriedad de la oferta. La propuesta deberá acompañarse del original de una garantía de seriedad a favor de la Empresa Social del Estado Regional de San Gil, otorgada por una compañía de seguros o por una entidad bancaria, legalmente establecidas en Colombia, por un valor equivalente al diez (10%) del presupuesto oficial estimado para el proceso con una vigencia de noventa (90) días calendario, contados a partir de la fecha y hora de cierre de la licitación. La Oficina Asesora Jurídica del Hospital podrá solicitar al proponente la ampliación de la vigencia de la garantía cuando se prorrogue el plazo establecido para la adjudicación. La póliza debe estar debidamente firmada por la persona natural (representante legal) o jurídica; si se omite la firma se asume como no presentada y será causal de rechazo de la oferta. De igual forma debe ir acompañada del respectivo recibo de pago de la prima.
Documento de conformación del proponente plural (si aplica)
Formato único de hoja de vida persona jurídica, formato DAFP.
Fotocopia de la Cédula de Ciudadanía del representante legal y libreta militar (si aplica)
Verificación de antecedentes Disciplinarios de la Entidad y del Representante Legal Actualizado expedido por la Procuraduría General de la Nación
Verificación de antecedentes de responsabilidad fiscal de la Contraloría General de la Entidad y del - Representante Legal, según boletín vigente.
Verificación de Antecedentes judiciales y contravencionales
RUT
Documento que Acredite la existencia y representación legal con antelación no mayor a cuarenta (40) días calendario, anteriores a la fecha de cierre, Cuando el representante legal de la persona jurídica tenga restricciones para contraer obligaciones en nombre de la misma, deberá adjuntar el documento de autorización expresa del órgano social competente, en el cual conste que está plenamente facultado para presentar la propuesta y firmar el contrato hasta el valor de la propuesta. Dicho documento debe contener el objeto social acorde al objeto solicitado en los presentes términos.
Certificación del Revisor fiscal (si lo posee por exigencia legal) o del Representante Legal de estar a paz y salvo en los aportes al sistema de Seguridad Social Integral (Salud, Pensión y Riesgos Profesionales), al igual que de aportes parafiscales.
5.2 INDICADORES FINANCIEROS
Se hace necesario contar con un proponente que garantice suficiencia financiera para la óptima ejecución del contrato, en este sentido, para realizar el análisis de la oferta se tomó como referencia la información suministrada por la supersociedades para evaluar los índices financieros que se estudiarán y así definir según el sector los índices que se requerirán para esta contratación buscando la mayor pluralidad posible, de esta manera, los índices que se estudiarán son: INDICE DE LIQUIDEZ: (≥ 1.6) Es el resultado de dividir el activo corriente en el pasivo corriente; el indicador de liquidez se utiliza para determinar la capacidad que tiene una empresa para enfrentar las obligaciones contraídas a corto plazo. Cuanto más elevado es el indicador de liquidez, mayor es la posibilidad de que la empresa consiga cancelar las deudas a corto plazo.
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INDICE DE ENDEUDAMIENTO: (≤ 0.5) Es el resultado de dividir el pasivo total sobre el activo total; el indicador de endeudamiento se utiliza para determinar el grado y la modalidad de participación de los acreedores de una empresa en su provisión pecuniaria. Permite observar los riesgos en los que incurren los acreedores y los propietarios de la empresa así como la conveniencia o la inconveniencia de cierto nivel deudor de la empresa, cuanto más elevado es el indicador de endeudamiento, menor es la posibilidad que el proponente cumpla con las obligaciones adquiridas.
RAZON SOCIAL SECTOR TOTAL
ACTIVO
CORRIE
NTE
TOTAL
ACTIVO
TOTAL
PASIVO
CORRIENT
E
TOTAL
PASIVO
LIQUIDE
Z
ENDEUDA
MIENTO
HERMANOS
FERNANDEZ LOPEZ
Y CIA.LTDA.
COMERCIO AL POR MENOR (INCLUSO EL
COMERCIO AL POR MENOR DE C
22181 948262 696116 696116 0,03186
3942
0,73409669
5
GALON SAS COMERCIO AL POR MENOR (INCLUSO EL
COMERCIO AL POR MENOR DE C
135140 3582822 2589050 2589050 0,05219
6752
0,72262869
9
GAS NATURAL
ANDINO S.A.
COMERCIO AL POR MENOR (INCLUSO EL
COMERCIO AL POR MENOR DE C
174127 6712643 2738540 3357082 0,06358
388
0,50011329
4
SOIEDAD
BOGOTANA DE
COMBUSTIBLE S.A
COMERCIO AL POR MENOR (INCLUSO EL
COMERCIO AL POR MENOR DE C
33848 1386554 307813 307813 0,10996
2867
0,22199856
6
ENERGY AGROPEC
SAS
COMERCIO AL POR MENOR (INCLUSO EL
COMERCIO AL POR MENOR DE C
277625 3651742 2320299 2337702 0,11965
0528
0,64016077
8
ESTACION DE
SERVICIO ZONA
FRANCA S A S
COMERCIO AL POR MENOR (INCLUSO EL
COMERCIO AL POR MENOR DE C
46905 7287577 387844 3855390 0,12093
78
0,52903592
DIALOGAR S.A. COMERCIO AL POR MENOR (INCLUSO EL
COMERCIO AL POR MENOR DE C
77059 3102981 574924 574924 0,13403
3368
0,18528118
6
RUNCAR SAS COMERCIO AL POR MENOR (INCLUSO EL
COMERCIO AL POR MENOR DE C
635504 5043072 4500624 4500624 0,14120
3531
0,89243699
1
ALBERTO
CASTILLO Y CIA
LTDA
COMERCIO AL POR MENOR (INCLUSO EL
COMERCIO AL POR MENOR DE C
190110 1501208 1242224 1242224 0,15304
0031
0,82748293
4
INVERSIONES
GUDAG SAS
COMERCIO AL POR MENOR (INCLUSO EL
COMERCIO AL POR MENOR DE C
190431 5018362 1000274 4305950 0,19037
8836
0,85803893
8
A.L. INVESTMENTS
S.A.
COMERCIO AL POR MENOR (INCLUSO EL
COMERCIO AL POR MENOR DE C
487787 6060535 2383720 3866837 0,20463
2675
0,63803558
6
INVERSIONES
SILVERADO SAS
COMERCIO AL POR MENOR (INCLUSO EL
COMERCIO AL POR MENOR DE C
334560 5552902 1505631 4801023 0,22220
5839
0,86459710
6
GRUPO LOMA S A S COMERCIO AL POR MENOR (INCLUSO EL
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minorista de combustibles líquidos derivados del petróleo. Si se trata de una agencia o
sucursal debe presentar el respectivo permiso para funcionar como tal.
ACREDITACION SITIO DE DISTRIBUCION
El proponente deberá acreditar mediante oficio que cuenta con la propiedad o posesión del inmueble donde realizará el almacenamiento y distribución del combustible, el cual debe contar con instalaciones adecuadas para dichos procesos y estar ubicado en el Municipio de San Gil. Este establecimiento debe estar registrado en el certificado de existencia y representación legal del proponente.
EXPERIENCIA HABILITANTE (CUMPLE / NO CUMPLE)
El proponente deberá acreditar experiencia comprobada en el sector público y/o privado con la ejecución de un (1) contrato cuyo valor final sea igual o superior al CIEN POR CIENTO (100%) del valor total del presupuesto oficial, debiendo esta experiencia estar relacionada con el suministro de combustibles y lubricantes a entidades públicas o privadas.
6. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA:
Obligaciones generales:
Cumplir con los deberes establecidos en el artículo 5 de la ley 80 de 1.993., en consecuencia deberán: a) Colaborar con la Entidad en lo que sea necesario para que el objeto contratado se cumpla y que éste sea de la mejor calidad; b) Acatar las órdenes que durante el desarrollo del contrato le imparta la Entidad; c) Obrar con lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales; d) Garantizar la calidad de los amparos contratados y responder por ellos; e) No acceder a peticiones o amenazas de quienes actúen por fuera de la ley con el fin de obligarlos a hacer u omitir algún acto o hecho.
Suscribir el contrato y cumplir con los requisitos de legalización, en la oportunidad establecida para el efecto.
Cumplir con las normas sobre seguridad social integral (salud, pensiones, riesgos profesionales) de conformidad con el Art. 50 de la ley 789 de 2002, así como los aportes a parafiscales (ICBF, SENA, CAJAS DE COMPENSACIÓN), respecto del personal utilizado en el cumplimiento del objeto contractual.
Cumplir con las normas tributarias, pagando los impuestos y retenciones a que haya lugar de conformidad con el estatuto tributario
Cumplir con normas laborales establecidas en el código sustantivo del trabajo respecto del personal utilizado en el cumplimiento del objeto contractual. Cumplir con las obligaciones ante el sistema de seguridad social,
Pagar los costos directos e indirectos que impliquen el cumplimiento del objeto contractual, tales como impuestos, retenciones, tasas, gastos de legalización, transporte, etc. En consecuencia, el precio ofertado se entiende que incluye dichos costos.
Garantizar el contrato, en los riesgos y vigencias establecidas en el contrato y efectuar las modificaciones necesarias dentro de la etapa de ejecución o liquidación.
Obligaciones Específicas
a) Garantizar que el suministro de combustibles y lubricantes cumpla con las calidades y
características propias del producto. b) Mantener una existencia permanente de los
productos a fin de garantizar el suministro continúo e ininterrumpido de los mismos. c)
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calidad, oportunidad y eficiencia, teniendo en cuenta el alto volumen de usuarios que a
diario se atienden en las diferentes áreas de la E.S.E. Hospital Regional de San Gil
requiriéndose contar con el suministro de combustibles y lubricantes para los vehículos y
la planta eléctrica de la entidad hospitalaria, toda vez que la E.S.E. necesita garantizar la
movilidad de sus vehículos, así como el servicio de ambulancia derivado de los servicios
que ofrece la institución en su portafolio de servicios para el normal desarrollo de los
procesos administrativos y misionales que a diario se ejecutan en la entidad.
8.2. ¿Cuál es la experiencia que requiere quien suministra el bien? Para el caso en particular se requiere de una persona natural o jurídica debidamente constituida de conformidad con las leyes civiles y comerciales colombianas, debidamente registrada en la cámara de comercio de su sede principal o sucursal, y que tenga dentro de su objeto social la ejecución de actividades iguales o similares a las del objeto del presente proceso de contratación. El proponente deberá acreditar experiencia relacionada con el suministro objeto del contrato, esta experiencia debe ser demostrada con entidades públicas y/o privadas cuya cuantía en conjunto debe ser un mínimo del 100 % del presupuesto oficial. La persona que preste este servicio dadas las circunstancias y características especiales del suministro a adquirir, deberá acreditar su experiencia con actas de liquidación o certificaciones que den fe de los contratos suscritos con entidades públicas o privadas. 8.3. ¿La Entidad Estatal ha contratado recientemente el suministro requerido?
En las vigencias anteriores, la entidad siempre contó con el suministro de los
combustibles y lubricantes que demanden los vehículos automotores y la planta eléctrica
(gasolina corriente, extra, ACPM, aceites y lubricantes), destacando que se han cumplido
las expectativas esperadas.
8.4. ¿Cuál fue la estructura de los contratos anteriores?
En los anteriores procesos de Contratación, El contrato que se celebró como resultado del proceso fue el contrato de Suministro.
8.5. ¿Cómo adquieren las Entidades Estatales, específicamente las Empresas
Sociales del Estado este suministro?
En el estudio de demanda Colombia Compra Eficiente sugiere identificar y analizar los
Procesos de Contratación de Entidades Estatales que han adquirido en el pasado el bien,
obra o servicio para extraer las mejores prácticas e información pertinente para el Proceso
de Contratación. Para el efecto la Entidad Estatal puede observar entre otros aspectos, en
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CONTRATANTE CONTRATISTA No. DE
CONTRATO OBJETO VALOR PLAZO
SANTANDER -
E.S.E.
HOSPITAL
REGIONAL DE
SAN GIL
COTRASANGIL
LTDA.
CONTRATO
074-17
REALIZAR EL
SUMINISTRO DE
LOS
COMBUSTIBLES Y
LUBRICANTES QUE
DEMANDEN LOS
VEHÍCULOS
AUTOMOTORES Y
LA PLANTA
ELÉCTRICA
(GASOLINA
CORRIENTE,
EXTRA, ACPM,
ACEITES Y
LUBRICANTES) AL
SERVICIO DE LA
E.S.E. HOSPITAL
REGIONAL DE SAN
GIL, PARA SU
NORMAL Y BUEN
FUNCIONAMIENTO
$ 150.567.0008 MESES Y
15 DIAS
SANTANDER - E.S.E.
HOSPITAL REGIONAL DE SAN GIL
COOPERATIVA DE
TRANSPORTADORES DE SAN
GIL LTDA “COTRASANGIL”
CONTRATO No 182-
2017
REALIZAR EL SUMINISTRO DE LOS COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES QUE DEMANDEN LOS VEHÍCULOS AUTOMOTORES Y LA PLANTA ELÉCTRICA (GASOLINA CORRIENTE, EXTRA, ACPM, ACEITES Y LUBRICANTES) AL SERVICIO DE LA E.S.E. HOSPITAL REGIONAL DE SAN GIL, PARA SU NORMAL Y BUEN FUNCIONAMIENTO
24.000.000 11 DIAS
SANTANDER - E.S.E.
HOSPITAL REGIONAL DE SAN GIL
MANTILLA Y ROJAS
CONTRATO 54 DE
2018
“CONTRATAR EL SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE PARA LOS VEHICULOS Y UNA PLANTA ELECTRICA AL SERVICIO DE LA E.S.E. HOSPITAL REGIONAL DE SAN GIL”.
180.000.000 10 MESES
En el pasado la E.S.E. contrato el suministro de Combustibles, objeto del presente proceso contractual, del estudio económico realizado fue posible determinar que la E.S.E. pagó por este tipo de contratación en la vigencia 2018, una mensualidad aproximada de $18.000.000.
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Considerando lo anterior, la entidad estima conveniente asignar al presente proceso un presupuesto oficial de DOSCIENTOS SESENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($260.000.000), el cual ha sido determinado para garantizar el funcionamiento de los vehículos automotores de la E.S.E, por un plazo de 11 meses teniendo en cuenta los consumos históricos de estos insumos. 8.6. ¿La necesidad de la Entidad Estatal fue satisfecha con los Procesos de
Contratación anteriores?
Si fue satisfecha, ya que cumplió con las actividades del objeto contractual. Pero dicha necesidad por su naturaleza subsistirá, toda vez que este suministro es primordial para el desarrollo del funcionamiento misional de la E.S.E. Hospital Regional de San Gil. 8.7. El tipo de remuneración recomendada para la prestación de servicios objeto del proceso de Contratación y el motivo por el cual se escoge ese tipo de remuneración desde la economía, la eficiencia y la eficacia del Proceso de Contratación. La remuneración se pacta de acuerdo con los suministros efectivamente recibidos, en todo caso al monto de pagar mensualmente se realizara con base a la contabilidad respectiva tomando en consideración lo efectivamente facturado; previa presentación de la constancia y/o certificación del cumplimiento del servicio y del recibido a satisfacción por la E.S.E contratante, suscrito con el supervisor, al igual que la certificación de pago correspondiente a seguridad integral: salud, pensión, riesgos profesionales y el pago de impuestos que le sean aplicables. Lo anterior dado que las actividades desempeñadas pueden variar a pesar de requerir de la misma calidad intelectual y cantidad de personal idóneo disponible; por tal motivo el pago por evento facilita el cumplimiento de las actividades por parte del contratista y le da la certeza a la entidad estatal al momento de certificar el cumplimiento de las actividades contratadas que se está pagando por lo efectivamente ejecutando, dando cumplimiento a los principios de la economía y equilibrio contractual. 8.8. PRESUPUESTO OFICIAL: El presupuesto oficial estimado es de DOSCIENTOS SESENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($260.000.000). Este valor incluye todos los impuestos, tasas y contribuciones establecidos por las diferentes autoridades nacionales, departamentales o municipales, y dentro de estos mismos niveles territoriales, los impuestos, tasas y contribuciones establecidos por las diferentes autoridades ambientales, que afecten el contrato y las actividades que de él se deriven, si a ello hubiere lugar, que deberán ser cancelados por el contratista, con excepción de los que estrictamente correspondan a la ESE Hospital Regional de San Gil. El valor del presupuesto oficial será el valor del contrato, considerando que la oferta económica únicamente va encaminada a la determinación de cuál es la más beneficiosa y económica, conforme a la sumatoria de los precios unitarios que el proponente deberá señalar en el formato establecido. NOTA: En lo relativo al pago de estampillas departamentales, el contratista las reflejara de manera independiente como gastos administrativos inherentes al contrato. 9. RIESGOS Y GARANTÍAS Se pretende contribuir a la reducción de controversias judiciales y extrajudiciales en contra del estado, y lograr, que las partes del contrato estatal puedan hacer las previsiones necesarias para mitigar los riesgos, por ello se hace necesarios, estimar, tipificar y cuantificar los riesgos previsibles involucrados en la contratación estatal. LA ESTIMACIÓN consiste en valorar la probabilidad de ocurrencia y el nivel de impacto de los riesgos que han sido tipificados y que teniendo en cuenta su materialización, requieren una valoración.
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ESTIMACIÓN CUALITATIVA: Es aquella que se realiza cuando se trabaja los riesgos para una estimación cualitativa mediante rangos que permitan al servidor público calificar los riesgos en una matriz, en diferentes niveles de probabilidad e impacto. LA PROBABILIDAD es entendida como una medida de la creencia o conocimiento que se tienen acerca de la ocurrencia futura o pasada de un evento y generalmente se puede estimar como la frecuencia con la que se obtiene un resultado en un experimento aleatorio. IMPACTO O SEVERIDAD: Es la medida de la magnitud de las consecuencias monetarias de un evento generador de riesgo sobre el objeto del contrato. ESTIMACIÓN CUANTITATIVA: Una vez realizada la evaluación cualitativa, incorporando los criterios evaluados en la etapa cualitativa y realizando una aproximación numérica de dichos criterios. Teniendo en cuenta las modificaciones en la Ley 80 de 1993, se dictaron otras disposiciones generales aplicables a toda contratación con recursos públicos. Con la Ley 1150 de 16 de Julio de 2007 se introdujeron medidas para la eficiencia y la transparencia; en el Artículo 4 de la Ley 1150 de 2007 se contempla La Distribución del Riesgo en los Contratos Estatales. ANÁLISIS CUALITATIVO DE RIESGOS CON SU PROBABILIDAD E IMPACTO.
Riesgo y etapa Clase Categoría e
impacto Fuente Asignación Calificación final
Fluctuación de precios (etapa contractual)
General Probable/Mayor Externo LA ENTIDAD Riesgo Alto
Desabastecimiento de producto (etapa contractual)
General Posible / Mayor Externo El contratista Riesgo Alto
Riesgos sociales o políticos (contractual y pos contractual)
General Posible /Moderado Externo LA ENTIDAD Riesgo bajo
Riesgos operacionales (contractual)
General Probable/ Moderado
Interno El contratista Riesgo medio
Riesgos financieros (etapa contractual)
General Probable / Moderado
Interno El contratista Riesgo medio
Riesgos Regulatorios (contractuales y post contractuales)
General Probable / Moderado
Externo El contratista Riesgo medio
Riesgos de la Naturaleza (contractual)
General Probable / Mayor Externo El contratista Riesgo alto
Riesgo tecnológico (contractual)
General Posible /Moderado Interno El contratista Riesgo medio
TIPIFICACIÓN ESTIMACIÓN TIPO DE
RIESGOS Y FUENTE
CATEGORIA E IMPACTO ASIGNACIÓN
Calificación Definitiva
RIESGO EN PLANIFICACIÓN Y EJECUCIÓN DEL SERVICIO
Información errónea o desactualizada suministrada por la entidad (pre contractual y contractual)
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Uso o recolección de información errada (pre contractual y contractual)
15%
General e interno
Posible /Moderado
Contratista, salvo que la información errada provenga de la misma entidad
Riesgo medio
Estimación inadecuada de los costos ( pre contractual)
5% General e interno
Posible /Moderado
Contratista Riesgo medio
Negligencia, imprudencia o temeridad en los mandatos (contractual)
20% General e interno
Posible / Mayor Contratista
Riesgo alto
Uso indebido de información (Contractual)
10% General e interno
Posible /Moderado
Contratista Riesgo medio
Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales (contractual)
5%
General e interno
Probable /Moderado
Contratista, quien debe cubrir el riesgo conforme a las normas que regulan el sistema ARP
Riesgo medio
Falta de calidad en el servicio prestado (post contractual y contractual)
10%
General e interno
Posible / Moderado
El Supervisor del contrato debe vigilar su ejecución, so pena de no certificarla
Riesgo medio
EVENTOS DERIVADOS DE CIRCUNSTANCIAS ECONÓMICAS O LEGALES
Financiamiento del contrato (contractual)
100% General e interno
Posible /Moderado
Contratista Riesgo medio
Incremento en impuestos que afectan a todos los contribuyentes y a todas las actividades (contractual)
5%
General e interno
Posible /Moderado
Contratista, a quien la entidad podrá llevar a un punto de no pérdida, siempre y cuando acredite que el incremento es de tal magnitud que le ha conducido a pérdida.
Riesgo medio
Incremento en impuestos que afectan la actividad del contratante, siendo tal actividad objeto del contrato (contractual)
5%
General y externo
Posible /Moderado
Contratista, a quien la entidad podrá llevar a un punto de no pérdida, siempre y cuando acredite que el incremento es de tal magnitud que le ha conducido a pérdida.
Riesgo medio
ESTIMACIÓN DE RIESGOS IMPUTABLES AL CONTRATANTE:
Que la E.S.E. HOSPITAL REGIONAL DE SAN GIL – Santander-, incumpla con las obligaciones de pago en las fechas pactadas en el contrato, lo cual puede dar lugar a actualización de precios.
Que la E.S.E. HOSPITAL REGIONAL DE SAN GIL, no le dé el alcance real a las obligaciones a cargo del contratista, lo cual puede generar actividades adicionales a cargo del contratista, no previstas en el objeto inicial, que dan lugar a reconocimiento de valores adicionales.
TIPIFICACIÓN. Los riesgos previstos, se tipifican como incumplimiento del contratante, que es una de las causas que da lugar al desequilibrio económico en las prestaciones del
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contrato, en este caso concreto son situaciones de orden económico que dan lugar a reconocimiento de valores adicionales.
ESTIMACIÓN DE RIESGOS IMPUTABLES AL CONTRATISTA:
Incumplimiento de sus obligaciones contractuales en el plazo previsto para la ejecución del objeto.
MECANISMOS DE COBERTURA QUE GARANTIZAN LAS OBLIGACIONES SURGIDAS CON OCASIÓN DEL CONTRATO.
AMPARO CUANTIA VIGENCIA
CUMPLIMIENTO 10% Plazo del Contrato y 4 meses más
CALIDAD DEL BIEN 10% Plazo del Contrato y 4 meses más
RESPONSABLIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL
200 SMLMV
Plazo del Contrato
Nota. En el evento que la vigencia del contrato se prorrogue, el contratista se obliga a ampliar y prorrogar antes de su vencimiento la vigencia de la garantía única, de acuerdo con lo que se establezca en la modificación respectiva. El valor correspondiente a las modificaciones será por cuenta del contratista
10. CONCLUSIÓN:
Con la presentación de este estudio, queda evidenciada la existencia de un requerimiento,
para satisfacer la necesidad de contratación de suministro de combustible y que resulta
imprescindible adelantar el correspondiente proceso de contratación tendiente a cumplir
con los propósitos establecidos para la buena marcha y efectivo cumplimiento de los
cometidos de la E.S.E. HOSPITAL REGIONAL DE SAN GIL, por consiguiente se
aconseja adelantar el proceso contractual respectivo y su perfeccionamiento.
ORIGINAL FIRMADO YOLANDA AMADO GONZALEZ Subdirectora Administrativa y Financiera