ESTATUTOS FED Dr. José A. Silié Gatón 27 de Febrero 327, Santo Domingo, R.D. Abogado VIII Congreso “ Amin Abel Hasbún” de la Federación de Estudiantes Dominicanos 3 de Marzo de 1984 Ciudad Universitaria Sto. Dgo, R.D.
ESTATUTOS
FED
Dr. José A. Silié Gatón 27 de Febrero 327,
Santo Domingo, R.D.
Abogado
VIII Congreso “ Amin Abel Hasbún”
de la Federación de Estudiantes Dominicanos
3 de Marzo de 1984
Ciudad Universitaria
Sto. Dgo, R.D.
PRESENTACION
El presente documento es fruto de las discusiones realizadas por
los distintos organismos de nuestra Federación de Estudiantes
Dominicanos, durante el largo proceso que culminó el 3 de Marzo
de 1984 con el VIII Congreso Amín Abel Hasbún.
El actual estatuto representa, en gran medida, la experiencia
acumulada por el movimiento 3estudiantil durante el periodo
1977-1984. es una síntesis de la practica y de los planteamientos
que venimos realizando, muy principalmente desde el año 1979,
en que comenzamos a estimar la profunda necesidad de
democratizar aun mas nuestra querida y combativa Federación de
Estudiantes Dominicanos para que la misma pudiese responder a
las exigencias de los nuevos tiempos.
En ese sentido las resoluciones adoptadas por el VIII Congreso
Amín Abel Habún son de una importancia extraordinaria. Las
mismas le abren las puertas a la FED para desarrollar un trabajo
mas amplio entre las grandes masas estudiantiles. Pues a la vez
que las Asociaciones de Estudiantes se constituyen en la
verdadera fuente de poder de nuestra Federación, se podrá generar
una dinámica sumamente positiva para que entonces el poder de
cada asociación resida en la conciencia de cada estudiante.
El establecimiento de los comités de curso será un factor de gran
valía para que los verdaderos y naturales dirigentes de los
estudiantes comiencen a jugar el rol que les corresponde en su
aula. Lo cual se proyectara hacia la dirección de cada asociación
de carrera en particular para que la misma cuente cada vez con
mas lideres que puedan conducirla acertadamente. Esta a su vez
tendrá mayor cantidad y mejores recursos humanos para
aportarlos a los bloques, entre los mas sacrificados, entre los mas
lucidos y mas combativos compañeros deberán surgir los
verdaderos dirigentes del Comité Ejecutivo Central de nuestra
Federación.
Consideramos que la actual estructura orgánica que se ha dado la
FED, conjuntamente con las disposiciones disciplinarias y las
orientaciones que componen su línea política nacional, y su línea
internacional, su política cultural y su línea educativa nacional,
podrán colocarla en condiciones de movilizar a todos los
estudiantes, de representar sus aspiraciones, para de esa forma
contribuir mas dedicadamente en las luchas que libra el pueblo
dominicano a favor de la liberación nacional y la edificación de
una nueva patria dominicana, la cual será nuestro aporte a la
consolidación de las fuerzas que construyen y trabajan por la paz
y el progreso social a nivel mundial.
Nos queda a cada una de las fuerzas estudiantiles y a cada
estudiante en particular hacer honor, a la figura orientadora de
nuestro VIII congreso; Amín Abel Hasbún, quien con su
sacrificio y su ejemplo nos ha trazado el camino para triunfar.
Hacer honor a su memoria significa abandonar cualquier tipo de
secretismo, significa aumentar el trabajo para engrandecer nuestra
FED y con ello engrandecer a las fuerzas populares, significa
mucho sacrificio, mucho estudio y mucha lucha. Es la única
manera de derrotar el imperialismo norteamericano.
FEDERACION DE ESTUDIANTES DOMINICANOS
-FED-
ESTATUTOS
CAPITULO I
Art. 1.- DEL NOMBRE:
Los estudiantes de la educación Superior de la República
Dominicana están organizados en el Sindicato Estudiantil
denominado FEDERACION DE ESTUDIANTES
DOMINICANOS, cuyas siglas son: F. E. D.
Art. 2.- CARÁCTER, NATURALEZA Y OBJETIVOS:
La FED es el sindicato que representa los anhelos de
Superación de la juventud estudiosa del país, representa también
sus aspiraciones de libertad, justicia y liberación social, que son a
la vez de todos los oprimidos de nuestra patria y el mundo. En la
búsqueda de esa identificación la FED posee un carácter
democrático, amplio, de masas y una connotación anti-
imperialista y anticapitalista. Contra el sionismo, el racismo y el
apartheid.
Art. 3.- DEL LEMA Y LA BANDERA:
a) Del Lema: Los objetivos, carácter y naturaleza de la FED
se sintetizan en el lema: “ ESTUDIO, LUCHA Y
LIBERACION”, el cual representa los deseos de
superación permanente del estudiantado y su disposición al
sacrificio para alcanzar la liberación total de nuestro país.
b) De la Bandera: La bandera de la FED es rectangular, con
tres franjas con los colores siguientes:
1.- Franja Azul al lado de esta.
2.- Franja Blanca al centro.
3.- Franja Roja en el extremo distal.
Llevara las siglas FED de color negro en el centro de la franja
Blanca.
La bandera de la FED debe adornar las oficinas y locales de todos
sus organismos y ser símbolo en todos los actos internos y
públicos del sindicato.
CAPITULO II
Art. 4.- DE LOS MIEMBROS:
Son miembros de la FED las asociaciones de Carrera, d
Pueblos y Centros Regionales de la UASD y otros Centros
Universitarios que se acojan a los presentes reglamentos, al
programa y a los postulados filosóficos.
Art. 5.- SON DERECHOS DE LOS MIEMBROS:
a) Participar en la formulación de Líneas Políticas y
Programáticas del Sindicato.
b) Plantear en los organismos las diferencias con la
implementación incorrecta de las líneas y postulados.
c) Solicitar la defensa de sus derechos como miembros del
Sindicato y ser ayudados en sus problemas.
d) Participar en las actividades programadas de acuerdo a la
decisión de los organismos superiores.
e) Participar en las actividades programadas de acuerdo a la
decisión de los organismos superiores.
f) Todos los miembros tienen derecho a ser escuchados antes
de ser sancionados. En caso de no asistir a dos
convocatorias sin excusa será juzgado y sancionado en su
ausencia.
g) Todos los miembros tienen derecho a apelar cualquier
sanción en un plazo no mayor de 15 días a la toma de la
decisión, al mismo organismo o al inmediatamente superior.
Art. 6.- SON DEBERES DE LOS MIEMBROS:
a) Cumplir y hacer cumplir los principios, normas y
reglamentos de la FED.
b) Desarrollar la creatividad y cumplir con todas las
disposiciones que emanen de los organismos.
c) Aplicar la línea de la FED en todos los casos que se
presente.
d) Respetar los principios del centralismo democrático.
e) Desarrollar la solidaridad con todos los sectores oprimidos
de nuestro pueblo. Así como promover los vínculos con el
Movimiento Estudiantil progresista tanto a nivel nacional
como internacional.
f) Mantener frente a los demás una actitud sincera y honesta de
sensibilidad frente a los problemas sociales imperantes en
nuestro medio; elevando en todo momento la moral
revolucionaria.
g) Practicar el respeto y el compañerismo en toda la
organización, siendo firmes en todas las vicisitudes.
h) No ocultar la verdad, ni practicar la mentira, ni la
irresponsabilidad.
i) Ser fieles defensores de la liberación de los pueblos
oprimidos.
j) Ser críticos y autocrítico en la practica cotidiana.
k) Pagar cuota.
l) Todos los movimientos tienen el deber de asistir a las
reuniones ordinarias y extraordinarias de los organismos a
que pertenezcan.
CAPITULO III
Art. 7.- ESTRUCTURA ORGANICA:
La fuente de poder de todos los organismos de la FED reside
en sus bases y su voluntad expresada a través de cada una de las
estructuras e instancias establecidas.
Art. 8.-
La FED contara con organismos de dirección máxima,
organismos de dirección intermedia y organismos de base.
a) Los organismos de Dirección máxima en orden jerárquico son
los siguientes:
1.- Congreso.
2.- Pleno de Dirigentes.
3.- Dirección Nacional.
4.- Comité Ejecutivo Central –CEC-
5.- Comité Político.
b) Los organismos de Dirección Intermedia son:
1.- Pleno de Dirigentes de Asociaciones del Bloque.
2.- Dirección de los Bloques de Asociaciones.
c) Los organismos de Base son:
1.- En las Facultades.
1.1.- Asamblea de Asociaciones.
1.2.- Directiva de Asociación.
1.3.- Comité de Curso.
2. Para Asociaciones de Interior.
2.1.- Asamblea de Asociaciones.
2.2.- Directiva de Asociaciones.
2.3.- Núcleo de Estudiantes por Facultad.
Art. 9.- DEL CONGRESO:
Es el máximo organismo de dirección de la FED.
a) El mismo esta facultado para tomar las medidas necesarias
para poner correctivos a las situación del gremio estudiantil.
Tendrá competencia para elaborar y aprobar los postulados
filosóficos, el programa y los Estatutos del Sindicato y
modificarlos cuando lo considere necesario.
b) Será convocado cada dos (2) años ordinariamente para
elegir todos los miembros del Comité Ejecutivo Central, y
extraordinariamente cuando sea necesario.
c) Podrá ser convocado por el pleno de dirigentes, por la
Dirección Nacional y por el Comité Ejecutivo Central. Un
25% de los miembros del Congreso tendrán derecho a
solicitar su convocatoria, lo cual deberá ser implementado
por los organismos competentes en un plazo no mayor de 20
días.
d) Estará compuesto por la Dirección Nacional, la Dirección de
los Bloques en pleno, Cinco (5) delegados por Asociaciones
Generales de los Centros Regionales, un Delegado por cada
Asociación de Carrera de los Centros Regional4s y dos (2)
delegados por Asociaciones de Carreras y de pueblos.
e) El quórum del Congreso se establecerá en base a la mitad
mas uno del número de delegados.
f) El congreso será dirigido por un Presidium electo en el
mismo Congreso.
g) Serán invitados con derecho a voz en el congreso, delegados
de otros gremios progresistas tanto nacionales como
internaciones y los ex - dirigentes del CEC.
Art. 10.- DEL PLENO DE DIRIGENTES:
a) Es el máximo organismo entre Congreso y Congreso. Estará
compuesto por la Dirección Nacional, Tres (3) delegados
por Bloques de Carreras y del Interior y un (1) delegado
por Asociaciones de Base (Su Secretario General o en su
defecto uno escogido por la Directiva)
PARRAFO: Se reunirá semestralmente y extraordinariamente
cuando sea necesario.
b) Será convocado por el Presidente de la FED, el Comité
Político, el CEC o la
D. N. podrá ser solicitado su convocatoria por las 2/3 partes
de la suma de los bloques de Carrera y del Interior y de
Asociación General de Centros existentes. La convocatoria
debe ser hecha por los organismos competentes a mas tardar
cinco (5) días después de la solicitud.
c) Sus funciones son:
1.- Fiscalizar el cumplimiento de las resoluciones del Congreso.
2.- Conocer y aprobar los planes de Trabajo de la FED para cada
semestre y evaluar el plan del semestre anterior.
3.- Sustituir una vacante que se produzca en el CEC.
4.- Convocar Congreso.
5.-Tiene Atribuciones para sustituir miembros del CEC en caso de
renuncia, invalidez o cualquier otra causa que le impida ser
miembro del comité Ejecutivo.
Art. 11.- DE LA DIRECCION NACIONAL:
Es el organismo máximo de la Dirección Permanente de la
FED. Estará compuesto por el Comité Ejecutivo Central- CEC-,
los Presidentes de Bloques y los Secretarios Generales de las
Asociaciones Generales de Centros Regionales.
PARRAFO: La D. N., se reunirá mensualmente en forma
ordinaria y extraordinaria cuando se considere necesario. Podrá
ser convocada por el presidente de la FED, el Comité Político o el
CEC.
Art. 12.-
Las funciones de la Dirección Nacional son:
1.- Fiscalizar los trabajos del Comité Ejecutivo Central de la
FED.
2.- Velar por el cumplimiento de las ejecutorias del Comité
Ejecutivo de las resoluciones del Pleno de Dirigentes y del
Congreso.
3.- Revisar la aplicación de las Direcciones del pleno en lo
referente al plan de trabajo y trazar las pautas necesarias.
4.-Adoptar resoluciones sobre líneas concretas y sobre los
trabajos en cada Secretaría del Comité Ejecutivo y los
Departamentos de Trabajo que existan.
Art. 13.- DEL COMITÉ EJECUTIVO CENTRAL:
El CEC es el máximo organismo ejecutivo de la FED. Es el
máximo ejecutor de la política del Sindicato a nivel de dirección,
el cual garantizara la aplicación de las decisiones de la D.N.
Art. 14.-
El CEC estará compuesto por 13 miembros, los cuales serán
electos y juramentados por el Congreso durante un periodo de
funcionamiento de dos (2) años.
Art. 15.-
El Comité Ejecutivo Central esta constituido en la forma
siguiente:
1.- Presidente.
2.- Secretario de Organización.
3.- Secretario de Prensa y Programación.
4.- Secretario de Asuntos Docentes y Cogobierno.
5.- Secretario de Asuntos Administrativos.
6.- Secretario de Asuntos Educativos Nacionales.
7.- Secretario de Formación.
8.- Secretario de Bienestar Estudiantil.
9.- Secretario de Asuntos Internacionales.
10.- Secretario de Actas, Correspondencias y Archivos.
11.- Secretario de Asuntos Obreros y Campesinos.
12.- Secretario de Cultura y Deporte.
13.- Secretario de Extensión y Coordinación de los Centros
Regionales.
Art. 16.-
Para ser electo miembro del CEC de la DEF se requiere:
Ser miembro de Pleno derecho de una Asociación, de la Dirección
Nacional y no estar afectado por sanción que suspenda sus
derechos a miembro de la FED ni pertenecer a ningún aparato
represivo del sistema.
Art. 17.-
Son deberes y funciones del Presiente de la FED;
a) Ser el vocero oficial de la FED.
b) Presidir las reuniones del Comité Ejecutivo Central, de la
Dirección Nacional y el Pleno de Dirigentes.
c) Dirigir y coordinar con la colaboración del secretariado las
actividades del CEC.
d) Fiscalizar la marcha de los trabajos de la FED y las
responsabilidades individuales de los miembros del CEC y
el Secretariado.
e) Sancionar con su firma y del Secretario respectivo la
correspondencia, las declaraciones de prensa y los acuerdos.
( FALTA LA PAG. 18)
d) Editar todos los trabajos que decidan los organismos de
dirección.
e) Rendir informes ordinarios, cada mes a la D.N. sobre el
cumplimiento de sus funciones, u otros informes que de
manera extraordinaria solicitaren los organismos de
dirección.
f) Velar por la constante presencia de la FED en la Prensa
radial, escrita y televisada.
g) Ser responsable de las ediciones de la FED.
Art. 20.- FUNCIONES SECRETARIO ASUNTOS
DOCENTES Y COGOBIERNO:
a) Presidir la Comisión de Asuntos Docentes y Cogobierno.
b) Ejecutar la Línea de la FED sobre política Docente.
c) Estudiar y recomendar al Comité Ejecutivo en tal sentido.
d) Supervisar la marcha de los trabajos de los miembros de la
FED en los organismos del gobierno universitario, y
coordinar con ellos la ejecución de la política de la FED al
respecto.
e) Rendir informes ordinarios cada mes sobre el
cumplimiento de sus funciones a la D.N. o cualquier
informe que soliciten los organismos de dirección de
manera extraordinaria.
f) Colaborar con el Secretario de Formación en la
organización de cursos de capacitación para miembros de
la FED.
Art. 21.- FUNCIONES SECRETARIO ASUNTOS
ADMINISTRATIVOS:
a) Presidir la Comisión de Asuntos Administrativos.
b) Llevar contabilizados y cuidar todos los asuntos y bienes
materiales de la FED.
c) Estudiar y recomendar a la D.N. sobre la forma de
garantizar la estabilidad económica de la FED.
d) Rendir informes ordinarios cada mes a la D.N. sobre el
estado de los bienes de la FED en cualquier momento que
los mecanismos de dirección se lo soliciten.
e) Firmar junto al presidente todas las ordenes de base y
tramitarlos a la D.N. para su aprobación.
Art. 22.- FUNCIONES SECRETARIO ASUNTOS
EDUCATIVOS NACIONALES:
a) Presidir la Comisión de Asuntos Educativos Nacionales.
b) Ejecutar la política de la FED sobre los problemas
educativos nacionales.
c) Estudiar y recomendar a la D.N. sobre los problemas
nacionales de la educación.
d) Coordinar con la FENES y entidades progresistas del país,
eventos y actividades siempre en concordancia con la
naturaleza y pupositos de la FED.
Art. 23.- FUNCIONES SECRETARIO DE FORMACION:
a) Presidir la Comisión de Formación.
b) Garantizar la formación sindical y el elevamiento del nivel
de conciencia política de los dirigentes y miembros e la
FED en concordancia con la naturaleza y propósitos de esta.
c) Estudiar y recomendar a la D.N. en tal sentido.
d) Rendir informaciones ordinarias cada mes a la D.N. sobre el
cumplimiento de sus funciones u otro informes de manera
extraordinaria que solicitaran los organismos de dirección.
Art. 24.- FUNCIONES DEL SECRETARIO DE
BIENESTAR ESTUDIANTIL:
a) Presidir la Comisión de Asuntos de Bienestar Estudiantil.
b) Ejecutar la política de la FED relativa a bienestar y
seguridad de los estudiantes.
Art. 25.- FUNCIONES DEL SECRETARIO DE ASUNTOS
INTERNACIONALES:
a) Presidir la Comisión de Asuntos Internacionales.
b) Ejecutar la política internacional de la FED y darla a
conocer a los estudiantes y al país, así como a las
organizaciones democráticas y pueblos del mundo.
c) Dirigir el boletín Internacional y sancionarla conjuntamente
con el presiente.
d) Disponer de la atención de los dirigentes estudiantiles,
delegaciones y personas extranjeras que visiten la FED.
e) Rendir informes ordinarios cada mes a la D.N. sobre el
cumplimiento de sus funciones, u otros informes que de
manera extraordinaria solicitaran los organismos de
dirección.
Art. 26.- FUNCIONES SECRETARIO DE ACTAS,
CORRESPONDENCIA Y ARCHIVOS:
a) Tomar en actas las incidencias de las reuniones de la D.N.,
Pleno de Dirigentes, del CEC y del Congreso
reproduciéndolas a través del Secretario General de Prensa y
Propaganda, haciéndola llegar va los miembros de todos los
organismos dirección, superior y medio de la FED, y
ordenarlas cronológicamente. Las Actas deben ser
sancionadas junto al Presidente.
b) Archivar todos los materiales relativos a la FED, producidos
por ella y enviados a ella.
c) Rendir informe ordinario cada mes sobre las actas, las
correspondencias enviadas y recibidas y el estado de los
archivos.
d) Recibir y enviar toda correspondencia. Distribuir las
recibidas entre los organismos y miembros respectivos y
mantenerlas ordenadas y archivadas.
Art. 27.- FUNCIONES SECRETARIO DE ASUNTOS
OBREROS Y CAMPESINOS:
a) Presidir la Comisión de Asuntos Obreros y Campesinos.
b) Ejecutar la política de la FED relativa a la clase obrera y al
campesinato.
c) Garantizar la incorporación de la FED a todas las luchas de
la clase y los campesinos por sus reivindicaciones.
d) Garantizar la unidad permanente entre las organizaciones
democráticas del estudiantado con las similares de los
obreros campesinos.
e) Rendir informes ordinarios cada mes a la D.N. sobre el
cumplimiento de sus funciones y otros informes que de
manera extraordinaria le solicitaran los organismos de
dirección.
Art. 28.- FUNCIONES SECRETARIO DE CULTURA Y
DEPORTE:
a) Presidir la Comisión de Cultura y Deporte.
b) Difundir los valores culturales y progresistas de nuestro
pueblo y los demás pueblos del mundo, acorde con la lucha
democrática y anti- imperialista de la FED.
c) Promover la formación de agrupamientos deportivos y
culturales entre los estudiantes y hacerlos vehiculo de
intercambio con los demás sectores del pueblo.
Art. 29.- FUNCIONES SECRETARIO DE EXTENSION Y
COORD. CENTROS REGIONALES:
a) Estar en contacto permanente con las directivas de las
Asociaciones de los Centros. Transmitir sus inquietudes y
propuestas.
b) Informar a estos mecanismos de todos los planes y
resoluciones de la D.N. lo antes posible.
c) Coordinar y dirigir el desarrollo orgánico de la Federación
hacia la educación superior privada o semiestatal en general.
d) Promover toda iniciativa de líneas positivas para este sector
educativo.
e) Informar a la D.N. todo lo relacionado con la educación
privada.
f) Representar a la FED en el consejo de Extensión de la
UASD.
Art. 30.- DEL COMITÉ POLITICO:
El comité Político es un organismo simplificado del CEC y
su inferior inmediato, que tiene por función coadyuvar al CEC
en la dirección de la FEC, velando por el cumplimiento de las
resoluciones que por su importancia no precisan ser elaboradas
por el CEC para su solución satisfactoria.
Art. 31.-
El Comité Político esta integrado por el Presidente de la
FED, quien lo presidirá, y el Secretario de Organización, el
Secretario de Prensa y Propaganda, el Secretario de Asuntos
Docentes y Cogobierno y el Secretario de Asuntos
Administrativos.
Art. 32.-
El Comité Político se reunirá ordinariamente en la fecha
correspondiente a la mitad del lapso de tiempo comprendido entre
dos reuniones ordinarias del CEC. Podrá reunirse
extraordinariamente cuantas veces sea necesario.
Art. 33.-
El Comité Político puede ser convocado:
a) Por el Presidente.
b) Por tres cualesquiera de sus miembros.
DE LOS BLOQUES DE ASOCIACIONES:
Art. 34.-
Son mecanismos de Dirección Intermedia de la FED.
Están conformados por todas las Asociaciones de una misma
Facultad o Región.
Los Bloques que componen la FED son:
a) En las Facultades:
1.- Bloque de Asociaciones de la Facultad de Ciencias de la
Salud.
2.- Bloque de Asociaciones de la Facultad de Ciencias
Jurídicas y Políticas.
3.- Bloque de Asociaciones de la Facultad de de Humanidades.
4.- Bloque de Asociaciones de la Facultad de Ingeniería y
Arquitectura.
5.- Bloque de Asociaciones de la Facultad de Ciencias
Económicas y Sociales.
6.- Bloque de Asociaciones de la Facultad de Agronomía y
Veterinaria.
7.- Bloque de Asociaciones de la Facultad de Ciencias.
b) En el Territorio Nacional:
1.- Bloque de Asociaciones del Distrito Nacional y la Periferia
2.- Bloque de Asociaciones del Nordeste.
3.- Bloque de Asociaciones del Norte Central.
4.- Bloque de Asociaciones del Nor- Oeste.
5.- Bloque de Asociaciones del Este.
6.- Bloque de Asociaciones del Sur-Central.
7.- Bloque de Asociaciones del Sur-Oeste.
PARRAFO: La asociación General de Estudiantes del Colegio
Universitario y las Asociaciones Generales de los Centros
Regionales tendrán categoría de Bloques de Asociaciones.
Art. 35.-
Los organismos de los Bloques de Asociaciones son en
orden descendiente los siguientes:
1.- Asamblea de Asociaciones de Bloques.
2.- Comité Ejecutivo de Bloque – CEB-.
3.- Dirección Permanente de Bloque – DPB-.
Art. 36.-
a) La Asamblea de Asociaciones del Bloque estará
compuesta por la totalidad de los miembros de las
Directivas de cada una de las Asociaciones de Carreras o
del Interior del País que formen parte de dicho Bloque y
del CEB.
b) El Comité Ejecutivo del Bloque estará compuesto por los
Secretarios Generales de cada una de las Asociaciones
miembros de bloque. En caso de que el Secretario
General este imposibilitado de participar en el CEB la
Asociación de estudiantes designara uno de sus directivos
como representante ante el CEB.
c) La Dirección Permanente del Bloque (CPB) será electa
por la Asamblea de Asociaciones del Bloque y estará
compuesta por:
1.- Secretario General
2.- Secretario de Organización.
3.- Secretario de Propaganda.
4.- Secretario de Asuntos Docentes y Cogobierno.
5.- Secretario de Finanzas.
6.- Secretario de Bienestar Estudiantil.
7.- Secretario de Educación y Cultura.
Las funciones de estos organismos serán las mimas del CEC
circunscriptas al era correspondiente.
PARRAFO: Para ser miembro del CEB y de la CPB es
requisito indispensable ser directivo de una Asociación al
momento de ser electo.
Art. 37.- DE LAS ASOCIACIONES DE ESTUDIANTES:
Son organismos de base miembros de la FED y estarán
compuestas por los estudiantes de una determinada carrera y por
los estudiantes de las provincias o municipios en que esta dividido
el territorio nacional.
a) La Directiva de las Asociaciones de Carrera estará compuesta
por siete (7) miembros:
1.- Secretario General
2.- Secretario de Organización.
3.- Secretario de Prensa y Propaganda.
4.- Secretario de Finanzas.
5.- Secretario de Bienestar Estudiantil.
6.- Secretario de Actas, y Correspondencia
7.- Secretario de Cultura y Deporte.
b) La Directiva de las Asociaciones del Interior están compuesta
por Nueve (9) miembros:
1.- Secretario General
2.- Secretario de Organización.
3.- Secretario de Prensa y Propaganda.
4.- Secretario de Finanzas.
5.-Secretario de Formación.
6.- Secretario de Bienestar Estudiantil.
7.- Secretario de Actas, y Correspondencia
8.- Secretario de Asuntos Obreros y Campesinos.
7.- Secretario de Cultura y Deporte.
Estas realizan elecciones cada año y desarrollaran sus
funciones de acuerdo a las líneas establecidas en el presente
estatuto, realizando un trabajo especifico en el estudiantado
bajo su jurisdicción.
Art. 38.-
Por encima de la Directiva de la Asociación funcionara la
Asamblea General de Estudiantes de la Carrera,, Provincia o
Municipio que tendrá facultades resolutivas.
DE SUS ELECCIONES:
Art. 39.-
Un mes antes de cumplirse su gestión, la Directiva de la
Asociación formara una Comisión Electoral integrada por los
dirigentes del Bloque y por Tres (3) miembros de la
Asociación, la cual se encargara de preparar y fiscalizar el
certamen.
Durante el Periodo eleccionario la directiva no podrá
programar actividad alguna no contemplada en su programa,
sino que deberá dedicarse a preparar el informe que
obligatoriamente habrá de rendir a los nuevos directivos
electos.
CAPITULO IV
DEL CENTRALISMO DEMOCRATICO Y LA
DISCIPLINA:
Art. 40.-
Para que la FED cumpla con los objetivos que le dan razón
de ser precisa, que sus organismos y sus miembros se acojan a los
supremos intereses del estudiantado progresista y del pueblo. La
FED en consecuencia velara porque sus organismos y miembros
se aferren conscientemente a la disciplina del Sindicato.
La disciplina se considera como expresión de conciencia y
conocimiento pleno de la justeza de los ideales de la FED.
Mantener la disciplina debe ser un principio de todos los
integrantes de la FED.
Art. 41.-
La vida de la FED de desenvolverá conforme al centralismo
democrático, el cual implica, el cual implica subordinación de los
organismos inferiores a los superiores, de la minoría a la mayoría.
Significa en los hechos de la participación democrática de los
estudiantes a través de sus organismos en la toma de las
decisiones fundamentales, al mismo tiempo que el CEC y los
demás organismos de dirección intermedia y de base deberán
garantizar su aplicación. Las decisiones se tomaran por mayoría y
después de adoptadas son obligatorias para todos.
Art. 42.-
Las violaciones a las normas disciplinarias, a este estatuto
orgánico y a los principios de la FED serán sancionados de
acuerdo a su gravedad. En tal sentido se aplicaran las siguientes
sanciones en grado de importancia.
1.- Critica Interna.
2.- Critica Pública.
3.- Perdida de Derecho a voto.
4.- Supresión temporal de derecho a voz y voto.
5.- Supresión temporal de las atribuciones que se ostenten en un
periodo determinado.
6.- Supresión definitiva de las atribuciones que se ostenten en un
periodo determinado.
7.- Supresión temporal de la FED.
8.- Expulsión definitiva de la FED.
Art. 43.-
Las sanciones a los miembros serán tomadas en los
organismos a que pertenezcan y deberán ser ratificadas por el
organismo inmediatamente superior. Ningún organismo
inferior podrá sancionar a un miembro de organismos
superiores.
Art. 44.-
Estos Estatutos y su contenido solo podrán ser
modificados por el Congreso de la FED.
DISPOSICIONES GENERALES:
1.- La FED contara con un órgano informativo y
propagandístico que se denominara EN MARCHA y su salida
será periódica. Al mismo tiempo la FED dispondrá de una
Revista Teórica que contribuya a la elevación del nivel de sus
miembros.
2.- Se realizaran elecciones en las Asociaciones de Estudiantes
de carreras y del Interior en base al criterio de la
proporcionalidad, lo cual estará contemplado en unos
reglamentos anexos a los presentes estatutos.
3.- La FED tendrá una serie de mecanismos especializados
(Asociación de BET, Cuerpo de Orden del Comedor) que
funcionaran bajo la orientación de la FED y participaran en los
diversos mecanismos que se consideren con derecho a voz.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS:
1.- Los presentes estatutos entran en funcionamiento a partir
del momento mismo que se elija el nuevo Comité Ejecutivo
Central de la FED en las elecciones de Abril de 1984. En caso
de no hacerlo en un periodo de tres meses la Dirección
Nacional establecerá las medidas de lugar.
2.- Se declara como tarea importante y de primer orden la
construcción del local de la Federación de Estudiantes
Dominicanos (FED)
3.- Se declara concursos tanto para el himno de la FED, como
para el símbolo.
Resoluciones adoptadas por
VIII CONGRESO DE LA FED “ AMIN ABEL HASBUN”
3 de Marzo de 1984, Ciudad Universitaria, Sto. Dgo., R.D.