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INFORMATICA III SOFTWAR, PROGRAMAS, SISTEMAS Y RELACION CON LA CONTRATACION E INFORMACION PÚBLICA ADMINISTRATIVA SECOP SIG SIIT - SICE - DNP MELISSA ISABEL MEJIA SEPULVEDA ERNESTO FRANCISCO GARCES AGUIRRE DOCENTE: CARLOS ALBERTO GIRALDO CARDONA ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACION PÚBLICA TERRITORIAL ESAP FACULTAD DE PREGRADO. TERCER SEMESTRE PROGRAMA DE ADMINISTRACION PÚBLICA MEDELLIN 2013
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Esap informatica iii secop sap - sig - siif - sice - dnp

Jul 11, 2015

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INFORMATICA III

SOFTWAR, PROGRAMAS, SISTEMAS Y RELACION CON LA

CONTRATACION E INFORMACION PÚBLICA ADMINISTRATIVA

SECOP – SIG – SIIT - SICE - DNP

MELISSA ISABEL MEJIA SEPULVEDA

ERNESTO FRANCISCO GARCES AGUIRRE

DOCENTE: CARLOS ALBERTO GIRALDO CARDONA

ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACION PÚBLICA TERRITORIAL

ESAP

FACULTAD DE PREGRADO. TERCER SEMESTRE

PROGRAMA DE ADMINISTRACION PÚBLICA

MEDELLIN

2013

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1 - ¿QUE ES EL SECOP?

El Sistema Electrónico para la Contratación Pública Contratos en línea -

SECOP-, se establece como un instrumento de apoyo a la gestión contractual

de las entidades estatales y constituye el medio oficial a través del cual el

Estado Colombiano, publica sus llamados y efectúa sus procesos de

contratación y servicios necesarios para el cumplimiento de sus fines.

El SECOP, se compone de dos fases: la informativa y la transaccional.

A través de la fase informativa, las entidades publican sus procesos de

contratación desde la etapa precontractual hasta la finalización de la fase

contractual, lo cual constituye un mecanismo para centralizar la información

contractual, garantizando con ello la transparencia, eficiencia y uso de

tecnologías en la publicación por Internet de las adquisiciones públicas para el

beneficio de empresarios, organismos públicos y de la ciudadanía en general,

así como mejorar las formas de acceso a la información respecto de lo que

compra y contrata el Estado.

La fase transaccional, se concibe como un sistema de información de apoyo

que permite la gestión y gerencia integral de la contratación pública, ya que

facilita la interacción entre las entidades contratantes, los contratistas, la

comunidad y los entes de vigilancia y control, y a su vez se integra con los

sistemas de información del gobierno relacionados con la contratación pública,

incorporando las herramientas necesarias para hacer más eficiente la

realización de procesos de selección con el apoyo de medios electrónicos.

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¿Cuál es el marco normativo del SECOP?

El marco normativo del Sistema Electrónico para la Contratación Pública se

remonta al 28 de octubre de 1993, cuando se expide el Estatuto General de

Contratación de la Administración Pública, Ley 80 de 1993 y sus decretos

reglamentarios. A su vez, este marco normativo se debe interpretar de manera

concurrente con la Ley 527 del 18 de agosto de 1999, por medio de la cual "se

define y reglamenta el acceso y uso de los mensajes de datos, del comercio

electrónico y de las firmas digitales, se establecen las entidades de certificación

y se dictan otras disposiciones", con lo cual se da validez jurídica a los

mensajes de datos y se abre el camino al comercio electrónico en Colombia.

Con la expedición el 20 de octubre de 2003 del documento CONPES 3249, se

estableció la política de contratación para un Estado gerencial y se recomendó

la creación de un sistema electrónico que permitiera hacer seguimiento a todas

las etapas inherentes al proceso de contratación, desde la planeación, en la

que se crean los estudios previos, pasando por las etapas precontractual y

contractual, hasta la terminación y liquidación del contrato, lo que constituye la

etapa de liquidación.

Con la expedición del Decreto 2178 del 29 de junio de 2006, se definió el

Sistema Electrónico para la Contratación Pública como un sistema de

información de apoyo que permitiera la gestión y gerencia integral de la

contratación pública. Hacer más eficiente la realización de procesos de

selección con el apoyo de medios electrónicos.

Posteriormente se expidió el Decreto 2434 de 2006, el cual consolidaba la fase

informativa del SECOP haciendo obligatoria la utilización del Portal Único de

Contratación como herramienta de publicidad de los documentos y actos

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referidos en su artículo 3º, por parte de aquellas entidades a las que se aplica

el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública.

Esta norma fue derogada por el Decreto 066 de 2008, por lo cual la

responsabilidad de las entidades contratantes de garantizar la publicidad de los

procedimientos y actos del proceso de contratación a través del Portal Único de

Contratación (PUC) quedó establecida en el Art 8 del Decreto 2474 del 2008 en

el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1150 de 2007.

El 26 de julio de 2007, con la promulgación de la Ley 1150, se introducen

modificaciones a la Ley 80 de 1993 en varios aspectos, el más relevante es la

reformulación del principio de selección objetiva, al igual que se crean nuevas

modalidades de selección, como la selección abreviada con sus debidos

procedimientos, los procesos de precalificación y el concurso de méritos;

además se realizan algunas reformas a las modalidades ya existentes, que

responden al tipo de objeto a contratar y no a su cuantía.

En igual sentido, la Ley 1150 de 2007 faculta al gobierno, para que conforme a

lo dispuesto en la Ley 527 de 1999, los actos derivados de la actividad

precontractual y contractual puedan tener lugar por medios electrónicos a

través del Sistema Electrónico para la Contratación Pública, el cual debe servir

como punto único de ingreso de información y de generación de reportes para

las entidades estatales y la ciudadanía, y contar con la información oficial de la

contratación realizada con dineros públicos.

En cumplimiento de los anteriores preceptos, el Gobierno Nacional expidió el

Decreto 2474 del 7 de julio de 2008, el cual dispuso, entre otros aspectos, las

reglas para la publicidad de los procesos de selección en el SECOP.

http://pro.contratos.gov.co/Portal/imagenes/cabecera.jpg

SECOP: PAGINA DE INICIO DEL SISTEMA ELECTRONICO PARA LA

CONTRATACION PUBLICA – CONTRATACION EN LINEA, AQUÍ SE PUEDE

DETALLAR PASOS NECESARIOS PARA LA BUSQUEDA DE

INFORMACION.

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¿Cuál es el alcance de SECOP?

En su fase informativa el SECOP tiene como uno de sus alcances, el que

cualquier persona, empresa u organismo, dentro o fuera del territorio nacional,

pueda acceder a la información sobre la demanda de bienes y servicios por

parte del Estado y obtener los documentos básicos de estos procesos de

contratación, de las etapas precontractual, contractual y pos contractual para

las modalidades de selección de Licitación Pública, Selección Abreviada,

Concurso de Méritos, Contratación Directa, Mínima Cuantía y Regímenes

Especiales de Contratación.

Adicionalmente, mediante esta fase las entidades tienen acceso a la

información y capacitación necesaria para publicar la información relacionada

con su contratación.

En cuanto a la fase transaccional, siendo un recurso de apoyo a la gestión de

la contratación de las entidades públicas, permite la interacción entre éstas, los

proponentes, los entes de vigilancia y control y la ciudadanía en general,

identificándose como un servicio transversal, dado que estimula y favorece la

cooperación y participación activa de diferentes instituciones públicas y

privadas, a través de la consulta, registro y conservación en el sistema de

datos relevantes para los procesos de contratación de las entidades.

Para los anteriores efectos, el SECOP cuenta con las medidas de

seguridad requeridos para la protección de datos, descritas en la Ley 527

de 1999, tales como la firma digital y el estampado cronológico, además

cuenta con otros elementos como la firma electrónica y el Sistema de

Administración de Firmas Digitales -SAFD-.

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El Sistema Electrónico para la Contratación Pública se articula con otros

sistemas de información en cuanto a la difusión de la información necesaria

para el soporte y desarrollo de los procesos de contratación. Los puntos de

interacción entre el sistema electrónico y otros sistemas de información son:

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- El Sistema de Información para la Vigilancia de la Contratación Estatal (SICE)

en lo referente al uso del Catálogo Único de Bienes y Servicios (CUBS) y a la

consulta de precios indicativos y precios de referencia.

- El Sistema Integrado de Información Financiera (SIIF), en el que se consulta

la información de tipo presupuestal que respalda los procesos de contratación y

los contratos.

- El Registro Único Empresarial (RUE), en el que se consulta el registro único

mercantil, durante la verificación de los requisitos habilitantes de los

proponentes

¿Cuáles son las etapas de implementación de la Fase transaccional y

cuáles los beneficios?

El Sistema Electrónico para la Contratación Pública, SECOP en su fase

transaccional será implementado en dos etapas:

La primera etapa apoya a las entidades contratantes en las actividades

concernientes a la ejecución de los procesos de contratación, relacionados con

licitación pública y selección abreviada de menor cuantía, desde su etapa de

planeación hasta la firma y legalización del contrato.

En el caso de los proponentes, les permite identificar oportunidades de

contratación con el Estado, participar en las convocatorias a través de

funcionalidades diseñadas para manifestar interés y/u ofertar, según

corresponda, y firmar contratos con las entidades en caso de convertirse en

adjudicatarios.

La segunda etapa abordará las demás modalidades de selección que deban

publicarse en el Sistema de acuerdo con lo establecido en la Ley 1150 de

2007 y sus decretos reglamentarios y finalizará el ciclo de los procesos de

contratación con funcionalidades dispuestas para la ejecución y administración

de los contratos hasta su terminación y liquidación.

El SECOP en su fase transaccional ofrece los siguientes beneficios:

Desde el punto de vista de la prestación de servicios a los ciudadanos:

- La generación de una nueva forma de comunicarse entre los proponentes, los

ciudadanos y las entidades públicas, más oportuna, transparente y eficiente, a

través del uso de medios electrónicos.

- La posibilidad de un acceso remoto a este servicio del Estado las 24 horas,

los 365 días del año.

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- La disponibilidad permanente de la información. Control ciudadano, la

transparencia y la participación.

- La eliminación de barreras de tiempo y espacio para los proponentes en

cuanto a la participación en los procesos de contratación del Estado.

- La reducción de los costos de participación para los proponentes en los

procesos de selección adelantados por las entidades.

- La posibilidad de disponer de un sitio web en el cual las entidades y los

proponentes pueden efectuar el trámite completo y en línea de los procesos de

contratación.

- La reducción de costos de transacción en la economía nacional.

Desde la perspectiva de la gestión al interior de las entidades públicas:

- La estandarización de los procesos de contratación reduce los tiempos que en

la actualidad se requieren para adelantar las actividades relacionadas con los

mismos.

- La reducción de la carga de trabajo administrativo para la gestión de la

contratación pública y para la celebración de contratos.

- La disponibilidad de información confiable y oportuna.

- La generación de ahorros en la gestión pública dada la aplicación por parte de

las entidades de las modalidades de selección establecidas por la ley

- La disminución de la ocurrencia de prácticas corruptas y por lo tanto el

aumento de la confianza de los proponentes y la ciudadanía en la gestión

contractual de las entidades.

- La modernización en el proceso de contratación pública.

¿Cómo opera el SECOP?

La operación y administración de la aplicación y de sus componentes de

soporte e infraestructura, es realizada a través de la Intranet Gubernamental

del Estado Colombiano, bajo la dirección del Programa Agenda de

Conectividad Estrategia Gobierno en línea del Ministerio de Tecnologías de la

Información y las Comunicaciones.

Por su parte, el Departamento Nacional de Planeación quien ejerce la

Secretaría Técnica de la CINCO brinda apoyo en los aspectos legales y

normativos necesarios para la conceptualización y desarrollo del SECOP, y en

resolver inquietudes presentadas por los usuarios en materia de procesos de

contratación.

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El Decreto 3620 de 2004, conformó la Comisión Intersectorial de Contratación

Pública CINCO, integrada por: un delegado del Presidente de la República, el

Ministerio de Hacienda y Crédito Público, y el Departamento Nacional de

Planeación, quien lo preside. A esta Comisión se le atribuyó la responsabilidad

de definir los lineamientos funcionales que debe considerar la Agenda de

Conectividad para la operación del Sistema Electrónico para la Contratación

Pública - SECOP, incluyendo el Portal Único de Contratación.

¿Cómo funciona el SECOP?

Las entidades del Estado que requieran utilizar el Sistema Electrónico para la

Contratación Pública, deberán cursar una etapa de capacitación en línea para

que posteriormente puedan ser vinculadas como entidades usuarias. Una vez

hayan sido incorporadas al sistema, las entidades deberán publicar toda la

información de los procesos contractuales que lleven a cabo.

Las entidades que publican información en el Secop, las personas, empresas u

organismos, y en general cualquier persona, podrán consultar la información de

los procesos contractuales que el sistema aloja.

Así mismo, toda persona interesada en participar en los procesos de

contratación publicados en el SECOP, deben capacitarse en el mismo, y para

ello, tanto el proceso de registro como la consulta son gratuitos.

¿Es obligatorio el proceso de registro de los posibles proponentes en el

SECOP para poder participar en la fase transaccional?

Si. Teniendo en cuenta que gestionar un proceso contractual mediante el

Sistema Electrónico para la Contratación Pública significa desmaterializar la

actuación administrativa en aquellas actividades que se desarrollan de forma

manual en un proceso contractual y que por definición son reemplazadas por

un proceso electrónico, con los beneficios de hacerlas más eficientes,

transparentes y oportunas.

¿Quiénes estarán obligados a usar SECOP transaccional?

Concebido desde la perspectiva de la contratación pública, vinculando las

entidades contratantes, los proponentes, los entes de vigilancia y control y la

ciudadanía en general, en todas las etapas requeridas para el desarrollo de un

proceso contractual

Dentro del ámbito de las entidades, todas aquellas entidades sujetas al

Estatuto de Contratación de la Administración Pública, descritas en el artículo

2º de la Ley 80 de 1993, salvo las excepciones que contemple la misma ley.

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2 - ¿QUE ES EL SIG?

Un Sistema de Información Geográfico (SIG) permite relacionar cualquier tipo

de dato con una localización geográfica. Esto quiere decir que en un solo mapa

el sistema muestra la distribución de recursos, edificios, poblaciones, entre

otros datos de los municipios, departamentos, regiones o todo un país. Este es

un conjunto que mezcla hardware, software y datos geográficos, y los muestra

en una representación gráfica. Los SIG están diseñados para capturar,

almacenar, manipular, analizar y desplegar la información de todas las formas

posibles de manera lógica y coordinada.

Pantallazo de la página de INICIO principal del SIG:

Los usuarios pueden editar los mapas, trabajar por capas y manipular la información que almacena el sistema para obtener resultados específicos o generales de una consulta. Encuentran respuestas como qué hay en un lugar, dónde sucedió un hecho, qué cambios ha habido, qué camino tomar o qué construcciones cercanas se encuentran. Por ejemplo en SI-GEO, el Sistema de Información Geográfica del Sector Educativo, una persona puede revisar las escuelas de su municipio y además ver los hospitales que están cerca, las montañas, las explotaciones mineras, los ríos, entre otros datos. Este tipo de sistemas sirve especialmente para dar solución a problemas o preguntas sobre planificación, gestión y distribución territorial o de recursos. Son utilizados en investigaciones científicas, en arqueología, estudios ambientales, cartografía, sociología, historia, marketing y logística, entre otros campos.

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Todos los sistemas de información geográfica y los resultados de las búsquedas en estos dependen de la calidad y cantidad de información suministrada en su base de datos.

SISTEMA DE INFORMACION GEOGRAFICA PARA LA PLANEACION Y EL

ORDENAMINETO TERRITORIAL:

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3 - ¿QUE ES EL SIIF?

El Sistema Integrado de Información Financiera SIIF Nación es una

herramienta modular automatizada que integra y estandariza el registro de la

gestión financiera pública, con el fin de propiciar una mayor eficiencia en el uso

de los recursos de la Nación y de sus entidades descentralizadas, y de brindar

información oportuna y confiable.

http://www.minhacienda.gov.co/HomeMinhacienda/SIIF

Sistema Integrado de Información Financiera - SIIF Nación

INFORMACION QUE REFLEJA

El detalle de todas las transacciones con efectos económico financieros que se

deriven de la gestión de los órganos conectados en línea con el SIIF Nación.

Esta información se reflejará en tiempo real y concomitante con la operación

realizada. La gestión financiera pública agregada de los órganos que operan

fuera de línea al SIIF Nación.

La ejecución presupuestal y la gestión contable de las entidades públicas, de

manera actualizada, integral y simultánea.

Los clasificadores presupuestales y contables utilizados para registrar la

gestión en el sistema con una estructura escalonada por niveles.

El programa anual de caja PAC, su distribución, modificaciones, cupos

utilizados y cupos disponibles.

Los pagos realizados a través de la Cuenta Única Nacional.

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CARÁCTER DE LA INFORMACION:

Expedir certificados de disponibilidad presupuestal, asumir compromisos,

registrar obligaciones y efectuar pagos con cargo a las apropiaciones

autorizadas por el Congreso.

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SEGURIDAD DEL SIIF:

OBJETIVOS:

El Sistema Integrado de Información Financiera - SIIF Nación constituye una

iniciativa del Ministerio de Hacienda y Crédito Público que permite a la Nación

consolidar la información financiera de las Entidades que conforman el

Presupuesto General de la Nación y ejercer el control de la ejecución

presupuestal y financiera de las Entidades pertenecientes a la Administración

Central Nacional y sus subunidades descentralizada, con el fin de propiciar una

mayor eficiencia en el uso de los recursos de la Nación y de brindar

información oportuna y confiable.

SIIF Nación permite la creación de una infraestructura de información para las

decisiones del manejo de los recursos públicos, mejorar el funcionamiento de

los subsistemas estratégicos del ciclo financiero y, apoyar a las entidades del

Estado para que cumplan sus responsabilidades constitucionales

SIIF Nación se extiende más allá del dominio financiero y cubre aspectos

relacionados con la gestión administrativa y comercial de las entidades

ejecutoras, tales como: transacciones y flujos de trabajo derivados de comprar

o contratar bienes o servicios, de la gestión comercial, de almacenamiento y

producción con sus flujos de bienes y servicios (registro, entradas y salidas,

administración de su inventario, traslados y daciones de baja de activos fijos).

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Nos informan la deuda que se le debe al Estado:

www.contaduria.gov.co/wps/portal/internetes/home/.../contaduria-siif

http://www.contaduria.gov.co/wps/portal/internetes/home/accesos/contaduria-siif

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4 - ¿QUE ES EL SISTEMA ORIENTADO A LA

ADMINISTRACION DURANTE SU GESTION?

Que hacemos, como lo hacemos....

Es una decisión importante, todo lo que hacemos es prioridad....

Hay una metodología para tomar decisiones...

ES EL METODO CIENTIFICO y consta de cinco pasos:

1. Paso: IDENTIFICAR EL PROBLEMA.

2. Paso: FORMULAR UNA HIPOTESIS O CONSTRUIR UN MODELO.

3. Paso: OBTENCION DE LA INFORMACION Y LOS DATOS

PERTINENTES PARA OBTENER RESULTADOS.

4. Paso: ANALISIS DE LOS DATOS.

5. Paso: VERIFICACION Y CONCLUSIONES.

Henry Fayol:

http://www.altonivel.com.mx/19059-los-14-principios-de-henry-fayol-para-una-

administracion-eficiente.html

PRINCIPIOS DE LA ADMINISTRACION:

El ingeniero y teórico de la administración fue el primero en sistematizar el comportamiento gerencial, definiendo que la función administrativa sólo tiene incidencia sobre el personal de la empresa. Sus más grandes contribuciones al área las plasmó en el libro Administration industrielle et générale, publicado en París en 1916. Las investigaciones de Henry Fayol en el área, se basaron en un enfoque sintético, global y universal de la empresa, con una concepción anatómica y estructural de la organización. Uno de sus resultados fue la creación de una serie de 14 principios que toda empresa debería aplicar para lograr altos índices de eficiencia, donde destacan la disciplina, autoridad y correcta delimitación de funciones. 1) UNIDAD DE MANDO: Cada empleado debe recibir órdenes de un sólo superior. De esta forma, se evitan cruces de indicaciones a modo de fuego cruzado. 2) AUTORIDAD: A pesar de que el cargo otorga la autoridad formal, no siempre se tendrá obediencia si no existe la capacidad de liderazgo. Por ello, es necesario tener la capacidad de dar órdenes y que ellas se cumplan. La autoridad conlleva responsabilidad por las decisiones tomadas.

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3) UNIDAD DE DIRECCIÓN: Se debe generar un programa para cada actividad. Todo objetivo de tener una secuencia de procesos y plan determinado para ser logrado. Además, de contar con un administrador para cada caso. 4) CENTRALIZACIÓN: Toda actividad debe ser manejada por una sola persona. Aunque gerentes conservan la responsabilidad final, se necesita delegar a subalternos la capacidad de supervisión de cada actividad. 5) SUBORDINACIÓN DEL INTERÉS PARTICULAR AL GENERAL: Deben prevalecer los intereses de la empresa por sobre las individualidades. Siempre se debe buscar el beneficio sobre la mayoría. 6) DISCIPLINA: Cada miembro de la organización debe respetar las reglas de la empresa, como también los acuerdo de convivencia de ella. Un buen liderazgo es fundamental para lograr acuerdos justos en disputas y la correcta aplicación de sanciones. 7) DIVISIÓN DEL TRABAJO: La correcta delimitación y división de funciones es primordial para el buen funcionamiento de la empresa. Se debe explicar claramente el trabajo que cada colaborador debe desempañar. Además, se debe aprovechar la especialización del personal para aumentar la eficiencia. 8) ORDEN: Cada empleado debe ocupar el cargo más adecuado para él. Todo material debe estar en el lugar adecuado en el momento que corresponde. 9) JERARQUÍA: El organigrama y jerarquía de cargos debe estar claramente definidos y expuestos. Desde gerentes a jefes de sección, todos deben conocer a su superior directo y se debe respetar la autoridad de cada nivel. 10) JUSTA REMUNERACIÓN: Todo empleado debe tener clara noción de su remuneración y debe ser asignada de acuerdo al trabajo realizado. Los beneficios de la empresa deben ser compartidos por todos los trabajadores. 11) EQUIDAD: Todo líder debe contar con la capacidad de aplicar decisiones justas en el momento adecuado. A su vez, deben tener un trato amistoso con sus subalternos. 12) ESTABILIDAD: Una alta tasa de rotación de personal no es conveniente para un funcionamiento eficiente de la empresa. Debe existir una razonable permanencia de una persona en su cargo, así los empleados sentirán seguridad en su puesto. 13) INICIATIVA: Se debe permitir la iniciativa para crear y llevar a cabo planes, dando libertad a los subalternos para que determinen cómo realizar ciertos procedimientos. Junto con esto, se debe tener en cuenta que en ocasiones se cometerán errores. 14) ESPIRITU DE CUERPO: El trabajo en equipo siempre es indispensable. Se debe promover el trabajo colaborativo, que también ayuda a generar un mejor ambiente laboral.

Page 18: Esap informatica iii secop  sap - sig - siif - sice - dnp

Tomado de GOOGLE, Universidad Autonoma de Colombia.

Planeación.

No se puede hacer nada sin antes planearlo. Hasta ir al cine los fines de semana requiere ser

planeado, puesto que se tiene que tener en cuenta variables como el tiempo y el dinero.

Inclusive se tiene que medir el costo de oportunidad, puesto que el hecho de ir al cine impide

que se desarrollen otras actividades que pueden ser más o menos importantes.

Organización.

En la vida personal se requiere ser organizado. Aunque seamos uno solo, dependemos e

influimos en más personas, y nuestras decisiones necesitan y tendrán efectos sobre diferentes

recursos, los que en su conjunto deben estar debidamente organizados, de lo contrario será

más difícil, como por ejemplo planear y ejecutar lo planeado.

Dirección.

Tan importante como los anteriores. Debemos dirigir muy bien nuestras acciones, actitudes,

etc., para poder conseguir el objetivo elegido. Sin dirección no es posible avanzar. Como lo

dice el adagio popular: un barco sin timón es un barco sin dirección, sin rumbo y sin destino.

Control.

Es absolutamente necesario de vez en cuando (sino siempre) revisar nuestros planes,

acciones, actitudes, para determinar que tan bien estamos haciendo el trabajo. Si no nos

cuestionamos nosotros mismos, difícilmente veremos nuestros propios errores, y en

consecuencia los seguiremos repitiendo con su inexorable efecto negativo en el desarrollo de

nuestros planes.

Page 19: Esap informatica iii secop  sap - sig - siif - sice - dnp

5 - ¿QUE ES EL SICE?

Sistema de Información Para la Vigilancia de la Contratación

estatal SICE, es un sistema de información que integra todos los datos

relevantes de proceso de contratación estatal, permitiendo su autorregulación,

control institucional y publicidad de las operaciones.

El Sistema de Información para la Vigilancia de la Contratación Estatal, SICE,

es una herramienta de información, ordenación y control que incorpora las

cifras relevantes del proceso de contratación estatal, con el fin de confrontarlas

en línea y en tiempo real, con los precios de referencia incorporados en el

Registro Único de Precios de Referencia, RUPR, de acuerdo con los

parámetros de codificación del Catálogo Único de Bienes y Servicios, CUBS,

garantizando una contratación sin detrimento de los recursos públicos.

PARA QUE SIRVE

Requisito para contratar con las entidades que se rigen por el estatuto de

contratación pública, el conjunto de bienes y servicios de uso común o de uso

en contratos de obra.

SUSTENTO LEGAL

Constitución Política

Ley 598

Decreto 3512 de 2003

Acuerdos

Complementarios:

Registro Único de Precios de Referencia, RUPR.

Catálogo Único de Bienes y Servicios, CUBS. Decisiones judiciales

Registro de un Proveedor

Precio de Referencia

Precio Indicativo

QUIENES PARTICIPAN EN EL SISTEMA?

CONTRALORIA GENERAL DE LA NACION

ENTIDADES PÚBLICAS

PARTICULARES

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COMO FUNCIONA?

Subsistema De La Demanda

Subsistema De La Oferta

Subsistema De Control Básico

Subsistema De Control Inteligente

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EXCEPCIONES APLICABLES AL SICE.

La adquisición de servicios y obra pública que no estén codificados en el

CUBS.

Defensa y Seguridad Nacional. (Numeral 1 literal i) del artículo 24 de la Ley 80

de 1993).

Bienes inmuebles.

Adquisición de animales vivos.

Todos los procesos contractuales en cuantía inferior a 50 smmlv; Mediante

Auto de Fecha 2 de febrero de2005, el Consejo de Estado suspendió

provisionalmente este literal.

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6 - ¿QUE ES EL DEPARTAMENTO

NACIONAL DE PLANEACION, DNP?

El Departamento Nacional de Planeación - DNP es un Departamento Administrativo que pertenece a la Rama Ejecutiva del poder público y depende directamente de la Presidencia de la República. Los departamentos administrativos son entidades de carácter técnico encargadas de dirigir, coordinar un servicio y otorgar al Gobierno la información adecuada para la toma de decisiones. Tienen la misma categoría de los Ministerios, pero no tienen iniciativa legislativa. El DNP es una entidad eminentemente técnica que impulsa la implantación de una visión estratégica del país en los campos social, económico y ambiental, a través del diseño, la orientación y evaluación de las políticas públicas colombianas, el manejo y asignación de la inversión pública y la concreción de las mismas en planes, programas y proyectos del Gobierno. En esta sección encontrará información sobre la misión, visión, origen, objetivos, horarios de atención, funciones, código de ética, organigrama, normas que regulan el DNP, sistema de gestión de calidad, trámites o servicios, presupuesto, planes y proyectos y mecanismos de rendición de cuentas.

Es el documento que sirve de base y provee los lineamientos estratégicos de las políticas públicas formuladas por el Presidente de la República a través de su equipo de Gobierno. Su elaboración, socialización, evaluación y

seguimiento es Responsabilidad directa del DNP.

El PND es el instrumento formal y legal por medio del cual se trazan los objetivos del Gobierno permitiendo la subsecuente

evaluación de su gestión. De acuerdo con la Constitución

Page 23: Esap informatica iii secop  sap - sig - siif - sice - dnp

política de Colombia de 1991 en su artículo 339 del Título XII: "Del Régimen Económico y de la Hacienda Pública", Capítulo II: "De los planes de desarrollo", el PND se compone por una

parte general y un plan de inversiones de las entidades públicas del orden nacional.

El marco legal que rige el PND está consignado dentro de la Ley 152 de 1994, por la cual se estableció la Ley Orgánica del Plan de Desarrollo. Ésta incluye, entre otros, los principios

generales de planeación, la definición de las autoridades e instancias nacionales de planeación y el procedimiento para la

elaboración, aprobación, ejecución y evaluación del Plan Nacional de Desarrollo.

Funciones del DNP relacionadas con el PND El Departamento Nacional de Planeación se constituye como la unidad rectora de planificación en el país, razón por la cual debe dirigir el proceso de formulación del Plan Nacional de Desarrollo, y coordinar la inclusión de los comentarios pertinentes por parte del Consejo Nacional de Planeación, el Consejo Nacional de Política Económica y Social -Conpes- y demás actores de la sociedad civil. Así mismo, el DNP debe desarrollar las orientaciones de planeación impartidas por el Presidente de la República y coordinar el trabajo de formulación del Plan Nacional de Desarrollo con los ministerios, departamentos administrativos y entidades territoriales. Una vez presentado el Plan Nacional de Desarrollo al Congreso de la República a través del Ministerio de Hacienda y Crédito Público; el DNP coordina la ejecución, el seguimiento y la evaluación de gestión y resultados del Plan. Para tal efecto, el DNP, debe aprobar las metodologías para el diseño, el seguimiento y la evaluación de las políticas, los programas y los proyectos contenidos en el Plan Nacional de Desarrollo y las metodologías para la identificación, formulación y evaluación de los proyectos financiados con recursos nacionales. De manera similar, el DNP, coordina a todas las entidades y organismos públicos para garantizar el debido cumplimiento y ejecución de las políticas, los programas y los proyectos contenidos en el Plan Nacional de Desarrollo.

Page 24: Esap informatica iii secop  sap - sig - siif - sice - dnp

SUBDIRECTORA TERRITORIAL DEL DNP.

El Departamento Nacional de Planeación - DNP es un Departamento

Administrativo que pertenece a la Rama Ejecutiva del poder público y depende

directamente de la Presidencia de la República.

En esta página se puede observar la función del Departamento Nacional de

Planeación como Ciudades Sostenibles....