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MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO La Misión del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (antes Mincomex) es apoyar la actividad empresarial, productora de bienes, servicios y tecnología, con el fin de mejorar su competitividad e incentivar el mayor valor agregado, lo cual permitirá consolidar su presencia en el mercado local y en los mercados internacionales, cuidando la adecuada competencia en el mercado local, en beneficio de los consumidores y contribuyendo a mejorar la calidad de vida de los colombianos.
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entidades de comercio exterior

Mar 30, 2016

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entidades colombianas que se encargan del comercio exterior y su documentacion
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Page 1: entidades de comercio exterior

MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO

La Misión del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (antes Mincomex) es

apoyar la actividad empresarial, productora de bienes, servicios y tecnología, con

el fin de mejorar su competitividad e incentivar el mayor valor agregado, lo cual

permitirá consolidar su presencia en el mercado local y en los mercados

internacionales, cuidando la adecuada competencia en el mercado local, en

beneficio de los consumidores y contribuyendo a mejorar la calidad de vida de los

colombianos.

Page 2: entidades de comercio exterior

PROEXPORT

Es la entidad encargada de la promoción comercial de las exportaciones no

tradicionales colombianas. Brinda apoyo y asesoría integral a los empresarios

nacionales, en sus actividades de mercadeo internacional, mediante servicios

dirigidos a facilitar el diseño y ejecución de su estrategia exportadora, buscando la

generación, desarrollo y cierre de oportunidades de negocios. Promueve la

inserción efectiva de las empresas colombianas en los mercados internacionales y

fomenta la realización de negocios internacionales a través de:

Identificación de oportunidades de mercado

Diseño de estrategias de penetración de mercados

Internacionalización de las empresas

Acompañamiento en el diseño de planes de acción

Contacto entre empresarios tanto en actividades de promoción comercial como

de inversión

Servicios especializados a empresarios extranjeros interesados en adquirir bienes

y servicios colombianos

Presidenta: María Elvira Pombo Teléfono: 5600100 Ext. 2001

www.proexport.com.co

Page 3: entidades de comercio exterior

BANCO DE LA REPUBLICA

El Banco de la República es el Banco Central de Colombia y está organizado

como una persona jurídica de derecho público con autonomía administrativa,

patrimonial y técnica, sujeto a un régimen legal propio, según lo expresado en la

Constitución Política de Colombia de 1991.

www.banrep.gov.co

Page 4: entidades de comercio exterior

BANCOLDEX

Sociedad anónima, de economía mixta, vinculada al Ministerio de Comercio

Industria y Turismo, que inició operaciones en 1992, siendo el Gobierno Nacional

su mayor accionista. Opera en Colombia como un Banco de Redescuento, que

ofrece productos y servicios financieros a las empresas que forman parte de la

cadena exportadora de bienes y servicios colombianos. En el exterior suministra,

por conducto de bancos previamente calificados, financiación para el importador

de bienes y servicios colombianos y sirve de instrumento financiero del estado

colombiano para respaldar el Plan Estratégico Exportador.

Presidente: Gustavo Ardila Latiff

Teléfono: 382 15 15 ext.2134

Correo electrónico:[email protected]

Page 5: entidades de comercio exterior

FIDUCOLDEX

Fiduciaria Colombiana de Comercio Exterior, S.A. Sociedad de servicios

financieros de economía mixta indirecta del orden nacional, adscrita al Ministerio

de Comercio Exterior y filial del Banco de Comercio Exterior BANCOLDEX;

constituida mediante escritura pública número 1.497 de octubre 31 de 1.992,

otorgada en la Notaría Cuarta de Cartagena (Bolívar), autorizada para funcionar

mediante resolución número 4.535 de noviembre 3 de 1.992 expedida por la

Superintendencia Bancaria.

Presidenta: Sonia Abisambra de Sanín

Teléfono: 327 54 80 / 327 55 00

Correo electrónico: [email protected]

Page 6: entidades de comercio exterior

ICONTEC

Organismo privado, sin ánimo de lucro, fundado en 1963. Cuenta con más de

1300 empresas afiliadas. Es el organismo Nacional de Normalización y

Certificación por decreto gubernamental.

Presta servicios de normalización, certificación, sistemas de información,

formación y laboratorios de metrología.

Más información: www.icontec.org.co

Page 7: entidades de comercio exterior

DIRECCIÓN GENERAL DE COMERCIO EXTERIOR

Llevar el registro de productores nacionales con el fin de recopilar toda la

información necesaria sobre la producción existente en el país y expedir los

conceptos sobre existencia de producción nacional y las demás certificaciones

requeridas.

Llevar el registro de comercio exterior de importadores y exportadores, de

producción nacional, de comercializadoras internacionales, usuarios de zonas

francas, gremios exportadores y de la producción nacional, contratos de

tecnología, y demás usuarios de comercio y expedir las certificaciones pertinentes.

https://www.mincomercio.gov.co

Page 8: entidades de comercio exterior

DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN

entre sus funciones esta Ejercer la Secretaría Técnica de la Comisión Rectora.

Proponer a la Comisión Rectora la metodología de evaluación y seguimiento de

los proyectos a financiarse con los Fondos de Desarrollo y Compensación

Regional.

Verificar de manera directa o a través de terceros, que los proyectos susceptibles

de ser financiados con recursos de los Fondos de Compensación Regional y de

Desarrollo Regional, definidos por los Órganos Colegiados de Administración y

Decisión (OCAD) de los mismos, cumplan con los requisitos establecidos por la

Comisión Rectora para la aprobación de los proyectos por los OCAD.

Administrar el Sistema de Monitoreo, Seguimiento, Control y Evaluación (SMSCE)

del Sistema General de Regalías.

Calcular e informar al Ministerio de Hacienda y Crédito Público la distribución de

los recursos del Sistema General de Regalías entre los fondos y los diferentes

beneficlarios.

Administrar el banco de proyectos del Sistema General de Regalías.

Continuará ejerciendo las funciones de control y vigilancia, sobre los proyectos de

inversión financiados con regalías directas y del Fondo Nacional de Regalías

(FNR) antes del 31 de diciembre del 2011, se encargará de la liquidación del

Fondo Nacional de Regalías y efectuará el cierre de actividades de la

Interventorías Administrativas y Financieras (IAF).

https://www.dnp.gov.co/

Page 9: entidades de comercio exterior

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Es la entidad encargada de dirigir y coordinar la política exterior y las relaciones

diplomáticas de Colombia; su titular es designado y puede ser libremente

removido por el Presidente de la República y hace parte del gabinete de ministros,

con el segundo lugar en el orden de precedencia, detrás del ministro del Interior y

de Justicia. El ministerio es conocido coloquialmente como Cancillería y funciona

en el Palacio de San Carlos, en Bogotá.

Misión

Promover los intereses nacionales mediante el fortalecimiento y diversificación

geográfica y temática de la política exterior y fomentar los vínculos con los

colombianos en el exterior.

Visión

En el 2014, Colombia habrá fortalecido su liderazgo político y de cooperación en la

región, transformando la agenda con los socios tradicionales, ampliando las

relaciones bilaterales hacia regiones como Asia y el Pacífico, y prestará un servicio

eficiente y efectivo al ciudadano.

Page 10: entidades de comercio exterior

Objetivo

El Ministerio de Relaciones Exteriores es el organismo rector del Sector

Administrativo de Relaciones Exteriores y le corresponde, bajo la dirección del

Presidente de la República, formular, planear, coordinar, ejecutar y evaluar la

política exterior de Colombia, las relaciones internacionales y administrar el

servicio exterior de la República.

Funciones

El Ministerio de Relaciones Exteriores tendrá, además de las funciones que

determina el Artículo 59 de la Ley 489 de 1998, las siguientes:

1. Formular y proponer al Presidente de la República la política exterior del Estado

colombiano.

2. Ejecutar, de manera directa o a través de las distintas entidades y organismos

del Estado, la política exterior del Estado colombiano.

3. Evaluar la política exterior del Estado colombiano y proponer los ajustes y

modificaciones que correspondan.

4. Mantener, en atención a las necesidades e intereses del país, relaciones de

todo orden con los demás Estados y Organismos Internacionales, directamente o

por medio de las Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares colombianas

acreditadas en el exterior.

5. Promover y salvaguardar los intereses del país y de sus nacionales ante los

demás Estados, organismos y mecanismos Internacionales y ante la Comunidad

Internacional.

6. Ejercer como interlocutor, coordinador y enlace para todas las gestiones

oficiales que se adelanten entre las entidades gubernamentales y los gobiernos de

otros países, así como con los organismos y mecanismos internacionales.

7. Participar en la formulación, orientación, integración y armonización de las

políticas y programas sectoriales que competen a las diferentes entidades del

Estado, cuando tengan relación con la política exterior.

8. Articular las acciones de las distintas entidades del Estado en todos sus niveles

y de los particulares cuando sea del caso, en lo que concierne a las relaciones

internacionales y la política exterior del país, en los ámbitos de la política, la

seguridad, la economía y el comercio, el desarrollo social, la cultura, el medio

Page 11: entidades de comercio exterior

ambiente, los derechos humanos, el derecho internacional humanitario, la ciencia

y la tecnología y la cooperación internacional, con fundamento en principios de

equidad, reciprocidad y conveniencia nacional.

9. Otorgar el concepto previo para la negociación y celebración de tratados,

acuerdos y convenios internacionales, sin perjuicio de las atribuciones

constitucionales del Jefe de Estado en la dirección de las relaciones

internacionales.

10. Participar en los procesos de negociación, con la cooperación de otras

entidades nacionales o territoriales, si es del caso, de instrumentos

internacionales, así como hacer su seguimiento, evaluar sus resultados y verificar

de manera permanente su cumplimiento.

11. Promover y fortalecer la capacidad negociadora de Colombia en relación con

los demás sujetos de Derecho Internacional.

12. Participar en la formulación y en la ejecución de la política de comercio exterior

y de integración comercial en todos sus aspectos.

13. Orientar y formular la política de cooperación internacional en sus diferentes

modalidades y evaluar su ejecución.

14. Conformar y definir, en consulta con las autoridades sectoriales

correspondientes, el nivel de las delegaciones que representen al país en las

reuniones internacionales de carácter bilateral y multilateral.

15. Presidir las delegaciones que representen al país, cuando así lo disponga el

Presidente de la República, en las reuniones de carácter bilateral y multilateral o

encomendar dicha función, cuando a ello hubiere lugar, a otras entidades.

16. Administrar el Servicio Exterior de la República y adoptar las medidas

necesarias para que opere de conformidad con los lineamientos y prioridades de

la política exterior.

17. Formular, orientar, ejecutar y evaluar la política migratoria de Colombia y

otorgar las autorizaciones de ingreso de extranjeros al país, en coordinación con el

Departamento Administrativo de Seguridad.

18. Formular, orientar, ejecutar y evaluar la política exterior en materia de

integración y desarrollo fronterizo, en coordinación con las autoridades sectoriales

del orden nacional y territorial, cuando sea del caso.

19. Impulsar, articular, financiar o cofinanciar la implementación de programas y

proyectos de desarrollo e integración fronteriza en coordinación con las

Page 12: entidades de comercio exterior

autoridades sectoriales del orden nacional, las entidades territoriales y los

organismos de cooperación internacional competentes para la ejecución de los

mismos, de acuerdo con lo que determine el Plan Nacional de Desarrollo.

20. Formular y ejecutar actividades de protección de los derechos de los

colombianos en el exterior y ejercer las acciones pertinentes ante las autoridades

del país donde se encuentren, de conformidad con los principios y normas del

Derecho Internacional.

21. Aplicar el régimen de privilegios e inmunidades a los cuales se ha

comprometido el Estado colombiano.

22. Tramitar la naturalización de extranjeros y aplicar el régimen legal de

nacionalidad en lo pertinente.

23. Expedir los pasaportes y autorizar mediante convenios con otras entidades

públicas, su expedición, cuando lo estime necesario.

24. Actuar como Secretaría Técnica de la Comisión Asesora de Relaciones

Exteriores.

25. Ejercer las demás atribuciones que le confiera la ley o le delegue el Presidente

de la República.

DOCUMENTOS Y TRÁMITES

ª Apostillas y legalización

ª Pasaportes

ª Visas

ª Nacionalidad

ª Cooperación judicial

Page 13: entidades de comercio exterior

DIRECCION NACIONAL DE ESTUPEFACIENTES

OFICINAS Calle 53 No. 13 - 27

TELEFONO 4 87 00 88

Creada mediante decreto de estado de sitio 494 de 1990, convertido en legislación

permanente mediante decreto 2272 de 1991 y fusionada con el Fondo Rotatorio

de Prevención, Represión y Rehabilitación del Consejo Nacional de

Estupefacientes mediante decreto 2159 de 1992, las leyes 30 de 1986 y 333 de

1996, decretos 306 de 1992, 1575 de 1997 y 1461 de 2000.

Su misión es asesorar y apoyar al Consejo Nacional de Estupefacientes y al

Gobierno Nacional, en la formulación de las políticas y programas en materia de

lucha contra la producción, tráfico y uso de drogas que producen dependencia, y

la administración de bienes objeto de extinción de dominio.

Coordina y ejecuta algunas de las políticas del Estado Colombiano en materia de

drogas y estupefacientes, especialmente en materia de extinción de dominio,

Page 14: entidades de comercio exterior

decomiso y administración de los bienes incautados por delitos de narcotráfico y

conexos.

DOCUMENTACIÓN

ª Certificado del manejo de sustancias químicas controladas

ª certificado de carencia de informes por tráfico de estupefacientes

Page 15: entidades de comercio exterior

MINISTERIO DE DEFENSA

Objetivo y Funciones

Dirigir las Fuerzas Militares y la Policía Nacional, de acuerdo con la Constitución y

la Ley.

Preparar los proyectos de Ley relacionados con el ramo de la Defensa Nacional.

Prepara los proyectos de Decretos y Resoluciones Ejecutivas que deben dictarse

en ejercicio de las atribuciones que le corresponden al Presidente de la República

como suprema autoridad administrativa, en los aspectos de la Defensa Nacional y

ejecutar las órdenes del Presidente que se relacionen con tales atribuciones.

Cumplir las funciones y atender los servicios que le están asignados y dictar, en el

desarrollo de la Ley y los Decretos respectivos, las normas necesarias para tal

efecto.

Preparar los programas de inversiones y otros desembolsos públicos

correspondientes al sector y a los planes de desarrollo del mismo.

Contribuir a la formulación de la política del Gobierno en el ramo de Defensa

Nacional y adelantar su ejecución.

Orientar, coordinar y controlar en la forma contemplada en las respectivas leyes,

estatutos y reglamentos, los establecimientos públicos, las empresas industriales y

comerciales del Estado y las sociedades de economía mixta que le estén adscritos

o vinculados.

Carrera 54 Nº 26 – 25 CAN

PBX 3150111

Horario de atención: de 08:00 a 17:00 horas de lunes a viernes.

Page 16: entidades de comercio exterior

SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES

La Superintendencia de Sociedades es un organismo técnico, adscrito al

Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, con personería jurídica, autonomía

administrativa y patrimonio propio, mediante el cual el Presidente de la República

ejerce la inspección, vigilancia y control de las sociedades mercantiles, así como

las facultades que le señala la Ley en relación con otras personas jurídicas o

naturales.

Trámites y documentos

Aprobación de colocación de Acciones Ordinarias

Aprobación de estudios actuariales por pensiones de jubilación, bonos y/o títulos

pensiónales

Aprobación del Avalúo de Aportes en Especie

Aprobación del Estado Financiero de Inventario del Patrimonio Social

Autorización de Posesión de Representantes Legales, Miembros de Juntas

Directivas y Revisores Fiscales de Sociedades Administradoras de Consorcios

Comerciales

Autorización de Solemnización de toda Reforma Estatutaria

Autorización Escisión de Sociedades Comerciales

Autorización Fusión de Sociedades Comerciales

Page 17: entidades de comercio exterior

Autorización para colocación de Acciones con Dividendo Preferencial y sin

Derecho a Voto y de Acciones Privilegiadas

Autorización para Constituir una Sociedad Administradora de Planes de

Autofinanciamiento Comercial

Autorización para disminución de Capital con efectivo reembolso de Aportes

Autorización para la emisión privada de Bonos

Autorización para la normalización del Pasivo Pensional.

Conciliación.

Bogotá Colombia av. El dorado n° 51-80.

Page 18: entidades de comercio exterior

FONDO NACIONAL DE GARANTIAS

El Fondo Nacional de Garantías S.A. es la entidad a través de la cual el Gobierno

Nacional busca facilitar el acceso al crédito para las micro, pequeñas y medianas

empresas, mediante el otorgamiento de garantías.

Adicionalmente, el FNG respalda préstamos destinados a financiar la adquisición

de viviendas de interés social. El FNG no garantiza créditos destinados al sector

agropecuario, por cuanto para éstos existe el respaldo del Fondo Agropecuario de

Garantías, administrado por Finagro.

Para acceder a la garantía del FNG, la empresa o persona interesada debe acudir

al intermediario financiero ante el cual vaya a solicitar el crédito, donde se le

brindará la información requerida y se atenderán todos los trámites relacionados

con la garantía. Para información adicional, puede acudir al FNG o a los Fondos

Regionales de Garantías.

Garantías Empresariales

Son los productos de garantía que respaldan las obligaciones contraídas por el

segmento económico de las micros, pequeñas y medianas empresas.

A través de ésta línea se garantizan operaciones de crédito y leasing, cuyo destino

sea exclusivamente financiar Capital de Trabajo; Inversión Fija; Capitalización

Page 19: entidades de comercio exterior

Empresarial; Investigación; Desarrollo Tecnológico o Creación de Empresas que

soliciten Mipymes domiciliadas en Colombia, no calificadas en categoría de riesgo

"D" o "E" y que pertenezcan a cualquier sector de la economía, excepto el

agropecuario primario.

Garantías VIS

Son los productos que garantizan los créditos para adquisición de vivienda nueva

o usada, mejoramiento de vivienda y construcción en terreno propio. Clasificada

como Vivienda de Interés Social de conformidad con la normatividad vigente.

Garantías Institucionales

Son los productos que garantizan los créditos a deudores institucionales cuyo

destino es a su vez, otorgar créditos a micro, pequeñas o medianas empresas, o a

personas naturales que soliciten créditos destinados a la adquisición,

mejoramiento o construcción en sitio propio de soluciones de Vivienda de Interés

Social (VIS).

Se entiende por deudores Institucionales aquellos establecimientos de crédito,

Cooperativas, Cajas de compensación familiar, Fondos de empleados,

Asociaciones, Corporaciones y Fundaciones, cuyo objeto social contemple otorgar

créditos a Mipymes, o a personas naturales que soliciten créditos destinados a la

adquisición, mejoramiento o construcción en sitio propio de soluciones de VIS.

Calle 26 A N° 13 - 97 Piso 25

Bogotá, Bogotá D.C

Page 20: entidades de comercio exterior

AERO CIVIL

Misión de la Aeronáutica Civil Colombiana

En la Aeronáutica Civil trabajamos para garantizar el desarrollo ordenado de la

aviación civil, de la industria aérea y la utilización segura del espacio aéreo

colombiano, facilitando el transporte intermodal y contribuyendo al mejoramiento

de la competitividad del país.

Visión de la Aeronáutica Civil Colombiana

La Aeronáutica Civil en el año 2019 será una institución líder a nivel internacional,

con altos estándares de seguridad operacional, infraestructura aeroportuaria y

aeronáutica moderna y ambientalmente responsable.

Coordinar con el Ministerio de Transporte la definición de políticas y planesgenerales de aeronáutica civil y transporte aéreo, dentro del plan global del transporte, propendiendo por el desarrollo aeronáutico y aeroportuario del país.

Formular propuestas al Ministerio de Transporte para la definición de las políticas y planes generales de aeronáutica civil y transporte aéreo, dentro del plan global del transporte, propendiendo por el desarrolloaeronáutico y aeroportuario del país.

Page 21: entidades de comercio exterior

Garantizar el cumplimiento del Convenio de Aviación Civil Internacional y sus anexos.

Armonizar las disposiciones que promulgue la Organización de Aviación Civil Internacional con los Reglamentos Aeronáuticos Colombianos.

Dirigir, organizar, coordinar, regular técnicamente el transporte aéreo.

Controlar, supervisar y asistir la operación y navegación aérea que se realice en el espacio aéreo sometido a la soberanía nacional.

Promover e implementar estrategias de mercadeo y comercialización que propendan por el desarrollo, crecimiento y fortalecimiento de los servicios del sector aéreo y aeroportuario.

Desarrollar, interpretar y aplicar en todos sus aspectos las normas sobre aviación civil y transporte aéreo y ejercer vigilancia sobre su cumplimiento.

Ejecutar las actividades necesarias para conformar, mantener, administrar, operar y vigilar la infraestructura aeronáutica y aeroportuaria que sea de su competencia.

Expedir, modificar y mantener los reglamentos aeronáuticos, conforme al desarrollo de la aviación civil.

Vigilar, evaluar y controlar el cumplimiento de las normas aeronáuticas y aeroportuarias en los aeropuertos propios, concesionados, descentralizados o privados.

Propiciar la participación regional y los esquemas mixtos en la administración aeroportuaria.

Intervenir y sancionar en caso de violación a los reglamentos aeronáuticos o a la seguridad aeroportuaria.

Page 22: entidades de comercio exterior

Fijar y desarrollar la política tarifaria, en materia de transporte aéreo nacional e internacional y sancionar su violación.

Desarrollar la política tarifaria, en materia de transporte aéreo y sancionar su violación.

Establecer las tarifas, tasas y derechos en materia de transporte aéreo.

Fijar, recaudar y cobrar las tasas, tarifas y derechos por la prestación de los servicios aeronáuticos y aeroportuarios o los que se generen por las concesiones, autorizaciones, licencias o cualquier otro tipo de ingreso o bien patrimonial.

Dirigir, organizar, operar y controlar con exclusividad y en lo de su competencia, las telecomunicaciones aeronáuticas.

Conducir en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores las relaciones con autoridades aeronáuticas de otros países y con organismos internacionales de aviación civil.

Coordinar los lineamientos con las demás entidades u organismos que tengan a su cargo funciones complementarias con la aviación y el transporte aéreo.

Propender por el perfeccionamiento, actualización y capacitación técnica del personal aeronáutico, conforme a los desarrollos tecnológicos.

Realizar todas las operaciones administrativas y comerciales para el cabal cumplimiento de su objetivo.

Fomentar y estimular las investigaciones en ciencia y en tecnología aeronáutica y aeroespacial.

Page 23: entidades de comercio exterior

Facilitar la prestación de la asistencia técnica a las entidades de derecho público internacionales o de otros países que la soliciten, bajo acuerdos de cooperación bilateral o multilateral.

Las demás que señale la ley de acuerdo con la naturaleza del modo de transporte.

Trámites

El cambio organizacional de las entidades el Estado Colombiano, enfocado en las

necesidades de los clientes a quien hay que prestarles un buen servicio, impulsa

una visión de Estado Único con el que puedan relacionarse fácilmente. En

concordancia con las estrategias del Gobierno Nacional, los objetivos del Sector

Transporte y el Plan Estratégico Institucional, la Aeronáutica Civil ha orientado sus

esfuerzos a la satisfacción de nuestros clientes, mejorando continuamente. Los

diferentes trámites atendidos están dirigidos hacia la ciudadanía, los empresarios,

las empresas aeronáuticas, el personal aeronáutico y las mismas entidades

estatales. Dentro de este contexto los interesados podrán encontrar la información

necesaria para realizar sus trámites en esta sección. Los mismos tienen enlace

con el Portal del Estado Colombiano, donde encontrarán la información detallada

de los pasos a seguir, requisitos, documentos y pagos requeridos, así como la

ubicación de los puntos disponibles. Adicionalmente y pensando en el

desplazamiento de los interesados y en ofrecer mayores facilidades para

interactuar con la Entidad Aeronáutica, actualmente ofrecemos servicios en línea,

gracias a la construcción de una nueva herramienta denominada “Sistema de

Información SETA”, que le permite actualmente a las empresas del sector

aeronáutico elevar solicitudes en línea a través del mismo, minimizando costos de

desplazamiento, tiempo, ofreciendo la posibilidad de dar respuesta en línea a los

requerimientos de la entidad y hacer seguimiento del trámite.

Dirección Regional Antioquia:

Rionegro

Apto. José María Cordova

Director Regional:

Luis Carlos Guerra Vélez

e-mail: [email protected]

Page 24: entidades de comercio exterior

Tel (57-4)5622821 - 5360093

Fax (57-4)5360039.

Page 25: entidades de comercio exterior

ARTESANÍAS DE COLOMBIA

Una empresa de economía mixta, vinculada al Ministerio de Comercio Industria y

Turismo. Contribuye al progreso del sector artesanal mediante el mejoramiento

tecnológico, la investigación, el desarrollo de productos y la capacitación del

recurso humano, impulsando la comercialización de artesanías colombianas.

Misión

Liderar y contribuir al mejoramiento integral del sector artesanal mediante el

rescate de la tradición y la cultura, mejorando su competitividad a través de la

investigación, el mejoramiento tecnológico, la calidad y el desarrollo de productos,

el mercadeo y la comercialización de artesanías, nacional e internacionalmente,

asegurando así la sostenibilidad del sector.

Visión

Artesanías de Colombia en el 2014, será la entidad que mediante el rescate de la

tradición, la innovación, el mercadeo y la comercialización, habrá posicionado el

sector artesanal nacional e internacionalmente, bajo criterios de sostenibilidad,

competitividad, mejoramiento continuo y respeto a la identidad cultural del país.

Objetivos

Consolidar la actividad artesanal como generadora de mejores empleos y mayores

ingresos, incrementando su participación en la economía nacional.

Page 26: entidades de comercio exterior

Facilitar la comercialización de las artesanías a nivel nacional e internacional,

acompañando a los productores y comercializadores para aumentar sus niveles de

competitividad y su participación en el mercado.

Garantizar el intercambio de técnicas conocimientos y experiencias, que faciliten el

desarrollo artesanal de manera conjunta con entidades nacionales y extranjeras.

Mejorar los procesos tecnológicos, ampliando la fuente de conocimiento,

generación y adecuación de nuevas tecnologías, preservando y mejorando las

tecnologías propias, dentro de un marco de rescate, preservación y desarrollo de

la artesanía como parte del patrimonio cultural.

Institucionalizar las políticas de desarrollo para el sector artesanal a nivel

departamental y municipal.

Funciones

Comercializar a nivel nacional y primordialmente en el exterior productos

artesanales y otros como parte de las actividades de fomento y desarrollo.

Prestar asistencia integral al artesano.

Ayudar al artesano en su organización, promoviendo la creación y formación de

asociaciones, cooperativas, empresas y demás unidades comunitarias.

Obtener recursos nacionales o extranjeros a través de créditos y/o donaciones de

personas, instituciones o gobiernos nacionales, extranjeros, para promover las

acciones propias de la Entidad.

Conforme a la Ley constituir o hacer parte de sociedades, cooperativas,

asociaciones y demás personas jurídicas con participación de personas privadas o

públicas, nacionales y/o extranjeras destinadas a la promoción y/o mercadeo de

productos artesanales y demás actividades mercantiles que puedan contribuir al

desarrollo de la Empresa y del sector artesanal.

Unificar y coordinar esfuerzos y recursos de los sectores público y privado que se

interesen por los artesanos y la artesanía para cumplir los fines de la Sociedad.

Construir y administrar en los territorios del país que se considere conveniente,

centros establecimientos de comercio, sedes de formación, destinados a la

promoción, comercialización, educación y mejoramiento de la industria artesanal.

Participar con la colaboración de organismos nacionales o internacionales, en la

estructuración de políticas de desarrollo artesanal.

Page 27: entidades de comercio exterior

Brindar formación continuada directamente o en colaboración con entidades afines

para buscar el desarrollo del sector artesanal.

En desarrollo de su objeto, la Sociedad podrá celebrar toda clase de contratos,

adquirir, conservar, gravar y enajenar toda clase de bienes que sean necesarios

para el logro de sus fines principales: girar, aceptar, negociar, descontar toda clase

de títulos, valores y demás documentos civiles y comerciales.

Ejecutar toda clase de actividades mercantiles con el fin de obtener ingresos para

la Sociedad y a su vez permitir la promoción y desarrollo de los productos

artesanales y cumplir con su objetivo social.

Programar y ejecutar políticas de crédito que favorezcan principalmente al sector

artesanal.

Realizar actividades de fomento y educación con cargo a los recursos que le

transfiera el Gobierno Nacional, o a donaciones de diversa índole, de modo que su

presupuesto anual sea equilibrado en cada vigencia.

Cumplir con su objetivo social y con las obligaciones que las leyes le establezcan

en beneficio del artesano.

Dirección: Carrera 2 No. 18A - 58

Encargada: Claudia Chacón

Teléfono: (+571) 2843095 Ext. 203

Correo electrónico: [email protected]

Page 28: entidades de comercio exterior

DIAN

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) se constituyó como

Unidad Administrativa Especial, mediante Decreto 2117 de 1992, cuando el 1º de

junio del año 1993 se fusionó la Dirección de Impuestos Nacionales (DIN) con la

Dirección de Aduanas Nacionales (DAN).

Mediante el Decreto 1071 de 1999 se da una nueva reestructuración y se organiza

la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

(DIAN).

¿Para qué existe la DIAN?

Para coadyuvar a garantizar la seguridad fiscal del Estado colombiano y la

protección del orden público económico nacional, mediante la administración y

control al debido cumplimiento de las obligaciones tributarias, aduaneras y

cambiarias, y la facilitación de las operaciones de comercio exterior en

condiciones de equidad, transparencia y legalidad.

Más Información: www.dian.gov.

Page 29: entidades de comercio exterior

DANE

El Departamento Administrativo Nacional de Estadística -DANE- es la entidad

responsable de la planeación, levantamiento, procesamiento, análisis y difusión de

las estadísticas oficiales de Colombia. Perteneciente a la Rama Ejecutiva del

Estado Colombiano, con más de 50 años de experiencia. Cumple con los más

altos estándares de calidad.

www.dane.gov.co

Page 30: entidades de comercio exterior

SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO La Superintendencia de Industria y Comercio es un organismo de carácter técnico, cuya actividad está orientada a fortalecer los procesos de desarrollo empresarial y los niveles de satisfacción del consumidor colombiano. Superintendente: Gustavo Valbuena Quiñonez Teléfono: 334 20 35 Correo electrónico: [email protected]

Más información: www.sic.gov.co

Page 31: entidades de comercio exterior

INVIMA

Instituto nacional de vigilancia de medicamentos y alimentos

INVIMA. Es una entidad pública del orden nacional, de carácter científico y tecnológico, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente, perteneciente al Sistema de Salud, adscrito al Ministerio de la Protección Social y con sujeción a las disposiciones generales que regulan su funcionamiento. Ejecuta las políticas formuladas por el Ministerio de la Protección Social en materia de vigilancia sanitaria y de control de calidad de: medicamentos, productos biológicos, alimentos, bebidas alcohólicas, cosméticos, dispositivos, elementos médico quirúrgicos, odontológicos, productos naturales, homeopáticos y los generados por biotecnología, reactivos de diagnóstico y otros que puedan tener impacto en la salud individual y colectiva Proteger y promover la salud de la población, mediante la gestión del riesgo asociada al consumo y uso de alimentos, medicamentos, dispositivos médicos y otros productos objeto de vigilancia sanitaria. www.invima.gov.co

Page 32: entidades de comercio exterior

ICA

INSTITUTO COLOMBIANO AGROPECUARIO Es la entidad que se encarga de trabajar por la sanidad agropecuaria y al inocuidad en la producción primaria para proyectar los negocios del agro colombiano al mundo ICA tiene por objeto contribuir al desarrollo sostenido del sector agropecuario, pesquero y agrícola, mediante la prevención, vigilancia y control de los riesgos sanitarios, biológicos y químicos para las especies animales y vegetales, la investigación aplicada y la administración, investigación y ordenamiento de los recursos pesqueros y acuícolas, con el fin de proteger la salud de las personas, los animales y las plantas y asegurar las condiciones del comercio. Las actividades de investigación y de transferencia de tecnología contempladas desde su creación, serán ejecutadas por el instituto mediante la asociación con personas naturales o jurídicas www.ica.gov.co

Page 33: entidades de comercio exterior

Consejo superior de comercio exterior

El Consejo Superior de Comercio Exterior es el organismo gubernamental que,

siguiendo los lineamientos del Conpes, traza la política comercial a seguir. Este

Consejo está presidido por el Presidente de la República o por el Ministro de

Comercio Exterior, y entró a reemplazar en sus funciones al Consejo Directivo de

Comercio Exterior y al Consejo Nacional de Política Aduanera. El Consejo dicta la

política comercial en cuanto a aranceles, Cert, control de las prácticas desleales

de comercio, convenios comerciales y estrategias para las negociaciones

internacionales y frente a los organismos internacionales. Por su parte, la política

de tasa de cambio es formulada por el Banco de la República.

el Consejo Superior de Comercio Exterior y el sector privado, tiene como objetivo

canalizar las propuestas y lineamientos planteados por el sector privado y

ponerlos en consideración para el diseño y aplicación de las acciones

gubernamentales en los temas de comercio exterior e integración económica.

Page 34: entidades de comercio exterior

INDUMIL

La Industria Militar tiene su origen en el año 1908, cuando se organizó el "Taller

Nacional de Artes Mecánicas" dependiendo del Ministerio de Guerra. En el año

1954 dadas las exigencias de nuevas estructuras y objetivos de mayor alcance, se

crea la INDUSTRIA MILITAR como entidad autónoma; después como Empresa

Industrial y Comercial del Estado, iniciando con su primera unidad de negocios

denominada Fábrica General "José María Córdova", para la fabricación de

armamento y de munición de pequeño calibre para uso militar prioritariamente. La

Fábrica "Santa Bárbara", nace en el año 1955, como la segunda Unidad de

negocios con maquinaria y equipos destinados a la fabricación de municiones

pesadas de artillería para las Fuerzas Militares, iniciando operaciones en el año

1964. Finalmente la Fábrica de Explosivos "Antonio Ricaurte", se creó en el año

de 1963 con el carácter de Sociedad Comercial Anónima y en 1968 pasa a

convertirse en la tercera unidad de negocios de la Industria Militar.

FUNCIONES:

Colaborar con el Ministerio de Defensa Nacional en la formulación de la

política y en la elaboración de los planes que le corresponda desarrollar

conforme a los programas sectoriales respectivos.

Producir, importar y abastecer de armas, municiones, explosivos, equipos y

elementos complementarios a las Fuerzas Militares, a la Policía Nacional y

a otros organismos estatales.

Fabricar, importar y comercializar armas deportivas, de defensa personal,

municiones, explosivos y materias primas para estos.

Producir, importar y comercializar materias primas para utilización industrial

con las cuales puedan formarse mezclas explosivas.

Prestar asesoría y servicios relacionados con la producción que conforme a

la ley le corresponde.

Las demás que le señale la Ley. www.indumil.gov.co

Page 35: entidades de comercio exterior

INGEOMINAS

Productos y Servicios

El SERVICIO GEOLOGICO COLOMBIANO en el ejercicio de las funciones

delegadas como Autoridad Minera (Resolución No. 18 0074 del 27 de enero de

2004 emanada del Ministerio de Minas y Energía) debe expedir, a través del

Servicio Minero, entre otros, certificados y reportes de consulta del Registro

Minero Nacional, reportes gráficos, certificados de área libre, fotocopias y, por

tanto, establece los siguientes servicios, con los precios correspondientes,

relacionados con la administración y gestión de los recursos mineros.

El Servicio Minero del SERVICIO GEOLOGICO COLOMBIANO, suministrará

gratuitamente las copias solicitadas siempre que no superen de diez (10) folios;

por cada copia adicional, el solicitante deberá cancelar previamente el valor de

cien ($100) pesos, más lo que corresponda por concepto del IVA.

Objetivos y Funciones

1) Realizar investigación científica básica para generar conocimiento

geocientífico integral del territorio nacional.

2) Realizar investigación de recursos del subsuelo para evaluar su potencial.

3) Realizar investigación, seguimiento y monitoreo de las amenazas geológicas

que sirva de base para la gestión integral del riesgo, ordenamiento territorial y

planificación de desarrollo.

4) Gestionar integralmente el conocimiento geocientífico del territorio nacional

para garantizar su disponibilidad.

Page 36: entidades de comercio exterior

5) Fomentar la investigación y aplicación de tecnologías nucleares con fines

pacíficos.

6) Garantizar el control en el uso y disposición segura de los materiales

nucleares y radiactivos del país.

7) Promover la formación de capital humano altamente especializado, para dar

continuidad y vincular nuevas generaciones al desarrollo de la gestión de

conocimiento geocientífico y nuclear.

Page 37: entidades de comercio exterior

MINISTERIO DE CULTURA

El Ministerio de Cultura de la República de Colombia es la entidad

gubernamental encargada de coordinar, regular y emitir las disposiciones

referentes a la preservación y promoción de las diferentes expresiones de la

Cultura de Colombia. Desde el 7 de agosto de 2010 la abogada caleña Mariana

Garcés es la Ministra de Cultura.

La cultura en sus diversas manifestaciones es fundamento de la nacionalidad”,

dice la Constitución Política de Colombia de 1991. Este postulado muestra el

significado de la cultura en el proyecto de construcción de la nación y convoca a

mirar la historia de la cultura en Colombia en sus diversos procesos para

comprender que en la perspectiva de una “larga duración”, y a responder a las

demandas en este campo desde el Estado, desde la sociedad civil y desde la

academia.

Antes de ocupar el Palacio Echeverry en 2004, el Ministerio de Cultura funcionó

desde su creación en 1997 en la antigua sede de Colcultura, la Casa

Republicana que se encuentra en la Carrera 7ª con Calle 8ª en donde era el

Hotel Imperial, propiedad que actualmente es sede del Departamento

Administrativo de la Presidencia de la República.

Page 38: entidades de comercio exterior

Normatividad:

El Ministerio de Cultura fue creado mediante la ley 397 de 1997 "Ley General

de Cultura"; las siguientes leyes contemplan la organización institucional de la

acción cultural.5

Ley 397 del 7 de octubre de 1997 6

Desarrollo normativo de artículos constitucionales, normas sobre patrimonio

cultural, fomentos y estímulos a la cultura y creación del Ministerio de Cultura.

Decreto 3117 de diciembre de 1997

Por el cual se establece la planta del Ministerio de Cultura

Decreto 1493 de agosto 3 de 1998

Por el cual se reglamenta la participación del Ministerio de Cultura en la

creación de Fondos Mixtos para la Promoción de las artes y la cultura,

realización de aportes y suscripción de convenios

Decreto 1494 de agosto 3 de 1998 8

Por el cual se reglamentan los Consejos Nacionales de las Artes y la

Cultura y se dictan otras disposiciones

Decreto 1589 de agosto de 1998 9

Por el cual se reglamenta el Sistema Nacional de Cultura

Decreto 1126 de junio 29 de 1999 10

Por el cual se reestructura el Ministerio de Cultura

Decreto 1746 de 2003 11 Por el cual se determinan los objetivos y

estructura orgánica del Ministerio de Cultura y se dictan otras disposiciones.

Decreto 4827 de 2008 12 Modificase la estructura del Ministerio de Cultura

artículo 5° del Decreto 1746 de 2003.

Funciones:

Según el Artículo 2 del decreto 1746 de 2003 [7], las Funciones del

Ministerio de Cultura Son:

Proteger, conservar, rehabilitar y divulgar el Patrimonio Cultural de la Nación

como testimonio de la identidad cultural nacional, tanto en el presente como en el

futuro.

Fomentar y preservar la pluralidad y diversidad cultural de la Nación.

Promover el desarrollo cultural y el acceso de la comunidad a los bienes y

servicios culturales según los principios de descentralización, participación y

autonomía.

Page 39: entidades de comercio exterior

FONDO NACIONAL DE ESTUPEFACIENTES

Funciones Generales

El Fondo Nacional de Estupefacientes tiene como objetivo la vigilancia y control

sobre la importación, la exportación, la distribución y venta de drogas,

medicamentos, materias primas o precursores de control especial, a que se

refiere la Ley 30 de 1986 y las demás disposiciones que expida el Ministerio de la

Protección Social, así como apoyar a los programas contra la

farmacodependencia que adelanta el Gobierno Nacional.

En desarrollo de lo anterior, el Fondo tendrá las siguientes funciones:

1. Ejercer un control estricto sobre la importación de medicamentos, materias

primas, precursores y reactivos de control especial.

2. Fiscalizar la transformación de materias primas de control especial para la

elaboración de medicamentos.

3. Contratar la fabricación de medicamentos de control especial y aquellos que

el Gobierno determine.

4. Llevar las estadísticas sobre importación, producción, distribución y consumo

de medicamentos, materias primas, precursores y reactivos de control a nivel

nacional.

5. Controlar la distribución, venta y consumo de medicamentos de control

especial.

Page 40: entidades de comercio exterior

SUPER INTENDENCIA NACIONAL DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD

La Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada es un organismo del

orden nacional, de carácter técnico, adscrito al Ministerio de Defensa Nacional,

con autonomía administrativa y financiera.

Le corresponde ejercer el control, inspección y vigilancia sobre la industria y los

servicios de vigilancia y seguridad privada.

Página WEB: www.supervigilancia.gov.co

Funciones de reglamentación y autorización

1. Expedir la reglamentación relacionada con la utilización de equipos, medios y

elementos utilizados por los vigilados para el desarrollo de sus labores.

2. Expedir las licencias de funcionamiento, credenciales y permisos a los

prestadores de servicios.

3. Desarrollar y aplicar mecanismos para evitar que personas no autorizadas

presten servicios de vigilancia y seguridad privada.

Page 41: entidades de comercio exterior

4. Autorizar, llevar un registro y ejercer control sobre los equipos armados que

se emplean en la prestación de servicios de vigilancia y seguridad privada.

Funciones de información

1. Desarrollar y administrar un sistema de información detallado respecto de los

riesgos que genera la prestación de los servicios de vigilancia y seguridad

privada.

2. Llevar el registro de las organizaciones prestadoras de servicios.

3. Mantener informada a la ciudadanía sobre los alcances de las actividades o

servicios del sector y sobre las obligaciones de personas naturales y jurídicas.

4. Establecer una red de comunicación permanente con los organismos de

seguridad del Estado, con la finalidad de intercambiar información para agilizar

los trámites.

5. Establecer sistemas de evaluación del desempeño de los entes vigilados.

Page 42: entidades de comercio exterior

MINISTERIO DE TRANSPORTE

El Ministerio de Transporte, es un ministerio de la República de Colombia

encargado de definir, formular y regular las políticas de transporte, tránsito y su

infraestructura mediante la articulación de las entidades que integran el sector.1

Tiene su sede el el Centro Administrativo Nacional (CAN), en la localidad de

Teusaquillo en Bogotá.

Ministerio de Transporte, lleva procesos muy de la mano con la autoridad

ambiental (Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable), la Unidad de

Planeación Minero energética, la empresa Colombiana de Petróleos (Ecopetrol),

el Ministerio de Minas y Energía y otras entidades de índole estatal.

MISIÓN

Garantizar el desarrollo y mejoramiento del transporte, tránsito y su

infraestructura, de manera integral, sostenible y segura.

Page 43: entidades de comercio exterior

VISIÓN

El Ministerio de Transporte garantizará a la sociedad colombiana, un sistema de

transporte que permita la integración de las regiones, el crecimiento económico y

el desarrollo social del país.3

FUNCIONES

Según el artículo 3 del Decreto 101 de 2000, las Funciones del Ministerio de

Transporte son: [2]

Formular las políticas del Gobierno Nacional en materia de tránsito,

transporte y su infraestructura.

Elaborar el proyecto del Plan Sectorial de Transporte e Infraestructura,

en coordinación con el Departamento Nacional de Planeación, DNP, y las

entidades del sector transporte.

Elaborar los planes modales de transporte y su infraestructura, en

colaboración con las entidades ejecutoras de cada modo de transporte y

las entidades territoriales y la DIMAR.

Coordinar, promover, vigilar y evaluar la ejecución de las políticas del

Gobierno Nacional en materia de tránsito, transporte y su infraestructura.

Expedir las normas de carácter general y de carácter técnico que regulen

los temas de tránsito, transporte y su infraestructura, siempre y cuando

esta competencia no esté atribuida a otra autoridad.

Diseñar, coordinar y participar en programas de investigación científica,

tecnológica y administrativa en las áreas de su competencia.

Impulsar bajo la dirección del Presidente de la República, en

coordinación con los Ministerios de Relaciones Exteriores y Comercio

Exterior, las negociaciones internacionales relacionadas con las áreas de

su competencia.

Apoyar y prestar cooperación técnica a las entidades territoriales en las

áreas de su competencia.

Page 44: entidades de comercio exterior

MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA

El Ministerio de Minas y Energía de Colombia es la oficina estatal que se

encarga de dirigir la política nacional en cuanto a minería, hidrocarburos

e infraestructura energética. Su titular es designado por el Presidente de

Colombia.

Visión

Entidad pública Rectora del Sector minero – energético, caracterizada

por ser eficiente, descentralizada y transparente, con personal altamente

calificado, que brinda servicios de calidad al usuario.

Misión

Promover el desarrollo sostenible de las actividades energéticas y

mineras, impulsando la inversión privada en un marco global competitivo,

preservando el medio ambiente y facilitando las relaciones armoniosas

del sector.

Objetivos Generales

Promover el desarrollo sostenible y competitivo del sector energético,

priorizando la inversión privada y la diversificación de la matriz

energética; a fin de asegurar el abastecimiento de los requerimientos de

energía en forma eficiente y eficaz para posibilitar el desarrollo de las

actividades productivas y la mejora de las condiciones de vida de la

población con inclusión social.

Promover con eficiencia y eficacia el nuevo concepto de minería a fin de

contribuir al desarrollo sostenible del país con inclusión social.

Promover la preservación y conservación del medio ambiente por parte

de las empresas del sector energía y minas, en el desarrollo de las

diferentes actividades sectoriales fomentando la inclusión social y las

Page 45: entidades de comercio exterior

relaciones armoniosas de las empresas del sector minero energético y la

sociedad civil.

Contar con una organización transparente, eficiente, eficaz y

descentralizada, que permita el cumplimiento de su misión a través de

procesos sistematizados e informatizados, con personal motivado y

altamente calificado y con una cultura de planeamiento y orientación a un

servicio de calidad al usuario.

Funciones del ministerio de minas y energía

Además de las funciones definidas en la Constitución Política, en el

artículo 59 de la Ley 489 de 1998 y en las demás disposiciones legales

vigentes, son funciones del Ministerio de Minas y Energía, las siguientes:

Articular la formulación, adopción e implementación de la política pública

del sector administrativo de minas y energía.

Formular, adoptar, dirigir y coordinar la política nacional en materia de

exploración, explotación, transporte, refinación, procesamiento, beneficio,

transformación y distribución de minerales, hidrocarburos y

biocombustibles.

Formular, adoptar, dirigir y coordinar la política en materia de generación,

transmisión, distribución y comercialización de energía eléctrica.

Formular, adoptar, dirigir y coordinar la política en materia de uso racional

de energía y el desarrollo de fuentes alternas de energía y promover,

organizar y asegurar el desarrollo de los programas de uso racional y

eficiente de energía.

Formular, adoptar, dirigir y coordinar la política sobre las actividades

relacionadas con el aprovechamiento integral de los recursos naturales

no renovables y de la totalidad de las fuentes energéticas del país.

Formular políticas orientadas a que las actividades que desarrollen las

empresas del sector minero-energético garanticen el desarrollo

sostenible de los recursos naturales no renovables.

Adoptar los planes de desarrollo del sector minero-energético del país en

concordancia con los planes nacionales de desarrollo y con la política del

Gobierno Nacional.

Expedir los reglamentos del sector para la exploración, explotación,

transporte, refinación, distribución, procesamiento, beneficio,

Page 46: entidades de comercio exterior

comercialización y exportación de recursos naturales no renovables y

biocombustibles.

Expedir los reglamentos técnicos sobre producción, transporte,

distribución y comercialización de energía eléctrica y gas combustible,

sus usos y aplicaciones.

Expedir la regulación para el transporte de crudos por oleoductos.

Adoptar los planes generales de expansión de generación de energía y

de la red de interconexión y establecer los criterios para el planeamiento

de la transmisión y distribución.

Formular la política nacional en materia de energía nuclear y de

materiales radiactivos.

Page 47: entidades de comercio exterior

MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL:

El Ministerio de Salud y Protección Social es uno de los dieciséis

ministerios del poder ejecutivo de Colombia en 2013. Es un ente

regulador que determina normas y directrices en materia de temas de

salud pública, asistencia social, población en riesgo y pobreza.

Funciones

El MSPS es el organismo rector sobre asistencia social y salud pública, y

se encarga de determinar las directrices en cuanto al aseguramiento de

la población a través de los regímenes obligatorios de pensión y de

salud. Es el ente encargado de llevar a cabo las políticas públicas de

salud, salud pública, y promoción social en salud, en todas sus fases

(formulación, ejecución y evaluación), además de contribuir a la

formulación de políticas pensionales, beneficios económicos y riesgos

profesionales.3 Como todos los Ministerios, el MSPS debe preparar los

proyectos de ley relacionados con su ramo, impulsar y poner en

ejecución planes de desconcentración y delegación de las actividades y

funciones en el respectivo sector y velar por la conformación del Sistema

Sectorial de Información respectivo y hacer su supervisión y seguimiento,

entre otras funciones.4

Page 48: entidades de comercio exterior

Así mismo debe dirigir y orientar el sistema de vigilancia en salud

pública, impulsar directrices con el fin de fortalecer la investigación, en

avances tanto nacionales como internacionales, en desarrollo de la

salud,la calidad de vida y prevención de las enfermedades,crear

mecanismos para las negociaciones de precios de medicamentos y

dispositivos médicos,regular la oferta pública y privada de servicios de

salud, establecer las normas para la prestación de servicios y para la

garantía de la calidad de los mismos, hacer estudios sobre la viabilidad y

equilibrio financiero de los recursos asignados a la salud y promoción

social,constituir con otras personas jurídicas de derecho público o

privado, asociaciones, fundaciones o entidades que apoyen el

cumplimiento de sus funciones, promover el reconocimiento y goce de

los derechos de las personas en materia de salud,y promoción social,

fomentar la participación de las organizaciones comunitarias y demás

participantes en el desarrollo de las acciones de salud, promover el

estudio, firma, y aprobación, de tratados o convenios internacionales

sobre salud, y promoción social y administrar los fondos y recursos de

administración especial de protección social.

Page 49: entidades de comercio exterior

Documentación y trámites de las entidades de comercio exterior

Documentación y trámites

1. Inscripción en el Ministerio de Comercio Exterior – Mincomex:

En el Ministerio de Comercio Exterior se realiza la inscripción en el Registro Nacional de

Exportadores de Bienes y Servicios, así como el Registro de Productor Nacional, Oferta Exportable

y Solicitud de Determinación de Origen, siguiendo los pasos que se describen a continuación:

Inscripción en el Registro Nacional de Exportadores de Bienes y Servicios. El Registro Nacional de

Exportadores de Bienes y Servicios es un instrumento que permite mantener actualizada la

información sobre composición, perfil y localización de las empresas exportadoras. La inscripción

en el Registro Nacional de Exportadores de Bienes y Servicios es gratuita, pero obligatoria, y tiene

una vigencia de un año, por lo tanto, debe renovarse anualmente.

2. Registro de Productor Nacional, Oferta Exportable y Solicitud de Determinación de Origen

El registro de "Productor Nacional, Oferta Exportable y Solicitud de Determinación de Origen" es el

documento que le permite al Ministerio de Comercio Exterior determinar el origen de las

mercancías objeto de la exportación y registrarla como producción nacional. Este documento sirve

al Ministerio de consulta y soporte para la investigación de prácticas desleales de comercio, tales

como dumping o subvenciones, para las negociaciones internacionales de comercio exterior, para

los procesos de licitación del sector oficial y para la cuantificación de la producción nacional para

aquellos bienes que se benefician de las exenciones. Igualmente el registro permite identificar los

productos con capacidad competitiva o con especial sensibilidad en los mercados internacionales y

es objeto de consulta para las modificaciones arancelarias y los regímenes de importaciones y

exportaciones.

3. Registro en el Instituto Colombiano Agropecuario - ICA

Para conseguir este certificado, se debe radicar una carta en el Instituto Colombiano Agropecuario

-ICA- División de Sanidad Vegetal del municipio donde se encuentre ubicada la zona de producción

de las frutas u hortalizas a exportar, solicitando la inscripción de los predios y especificando la

siguiente información:

• Lugar y fecha de presentación de la solicitud

• Nombre de la empresa y/o exportador

• Número de Identificación Tributaria –NIT- (Persona Jurídica) y/o Cédula de Ciudadanía

(Persona Natural) del exportador

• Dirección del solicitante

Page 50: entidades de comercio exterior

• Extensión en hectáreas de los predios

• Especies y variedades de frutas producidas con destino a la exportación

• Nombre del asistente técnico

• Firma del exportador o representante legal.

Adicionalmente se deben anexar los siguientes documentos:

o Concepto técnico del ingeniero agrónomo

o Copia del contrato del Ingeniero Agrónomo, Asistente Técnico o Unidad de Asistencia

Técnica Municipal responsable del cultivo

o Matrícula profesional del Ingeniero Agrónomo, Asistente Técnico o Unidad de Asistencia

Técnica responsable del manejo del cultivo

o Croquis de la ubicación de los predios y su jurisdicción

o Fotocopia autenticada del Número de Identificación Tributaria –NIT- (Persona Jurídica) ó

Cédula de Ciudadanía (Persona Natural) del Exportador

o Original del Certificado de Existencia y Representación Legal o Registro Mercantil con fecha

de expedición no mayor a tres meses a la fecha en que se presente la solicitud expedido por la

Cámara de Comercio

o Recibo de pago expedido por la Tesorería del ICA. El monto depende del número de

hectáreas a inscribir.

4. Registro de Exportación del ICA

Después de haber inscrito los predios de producción, el productor y/o comercializador debe

registrarse como exportador ante el ICA, para lo cual debe solicitar el Registro de Exportación por

medio de una carta dirigida a la División de Sanidad Vegetal del Instituto Colombiano Agropecuario

–ICA- ubicado en el municipio donde se encuentra la planta de procesamiento, especificando la

siguiente información:

• Lugar y fecha de presentación de la solicitud

• Nombre de la empresa y/o exportador,

• Número de Identificación Tributaria –NIT- (Persona Jurídica) y/o Cédula de Ciudadanía

(Persona Natural) del exportador

• Dirección y teléfono de la planta de producción

• Especies de frutas que va a exportar

Page 51: entidades de comercio exterior

• Nombre de la marca distintiva de la fruta u hortaliza con la que va a realizar la exportación

• Firma del solicitante o Representante Legal

• Adicionalmente anexar los siguientes documentos:

• Original del Certificado de Existencia y Representación Legal o Registro Mercantil, con

fecha de expedición no mayor a tres meses a la fecha en que se presente la solicitud, expedido por

la Cámara de Comercio

• Recibo de pago de Tesorería del ICA

5 Factura comercial.

Este documento es el resultado final de la factura proforma. Se exige para el despacho de

importación en la Aduana, a la vez que puede exigirlo el banco o la cámara de comercio. La factura

comercial es expedida por el exportador y en ella se detallan todas las características de la

mercancía así como las condiciones definitivas de la venta

La factura comercial debe cumplir con los siguientes requisitos:

• Debe ir de forma impresa la denominación "Factura de venta"

• Nombre o razón social, NIT y dirección del exportador o del embarcador

• Numeración consecutiva autorizada por la DIAN y fecha de elaboración

• Nombre o razón social del comprador en el país de destino, dirección, teléfono, ciudad y

país

• Número de Identificación Tributaria –NIT- o el número que le permita identificar alguna

referencia fiscal u otro tipo de información al comprador

• Descripción detallada de la mercancía (nombre con el que se conoce la mercancía, el grado

o la calidad, la marca, los números y los símbolos que utiliza el fabricante, relacionando cada

renglón con los bultos o la lista de empaque; no debe contener descripciones numéricas, ambiguas

o confusas)

• Lugar y fecha de expedición. Si la factura se compone de dos o más hojas, éstas deben

numerarse consecutivamente.

• Cantidades, peso bruto, neto y medidas del embarque

• Precio de cada mercancía enviada, especificando el tipo de moneda ( el valor de la

operación debe expresarse en moneda inmediata convertibilidad, como dólares estadounidense,

euros, libras, etc., y señalar su equivalente en moneda nacional, sin incluir IVA)

• Tipo de moneda (divisa utilizada)

Page 52: entidades de comercio exterior

• Condiciones de venta (DAF, FAS, FOB, CPT, CIP, CFR, CIF o DPP), según Incorterm acordado.

• Monto por concepto de fletes, prima de seguro, comisiones y costos de embalaje para el

transporte: estos ítems deben desglosarse en caso de que el cliente lo solicite o según las

condiciones de venta. En el país destino, estos conceptos pueden ser parte d la base gravable para

calcular los impuestos de la importación.

• Condiciones de negociación (forma y plazo de pago)

• Firma y sello del vendedor o representante legal.

• Junto con esta factura se incluirá la lista de contenido o packing list, en el que se especifica

el contenido de cada bulto de la expedición.

6 Documento de Exportación- DEX

• El documento de exportación o Declaración de Exportación, DEX, lo expende la Dirección

de Impuestos y Aduanas Nacionales –DIAN- en sus oficinas de las distintas ciudades, en algunas

ciudades, también son vendidos por los almacenes de cadena.

• El DEX consta de un original y cinco (5) copias y la DIAN ofrece la posibilidad de que el

Documento de Exportación –DEX- sea utilizado de dos (2) formas, como Autorización de Embarque

y como Declaración Definitiva.

(La DIAN envía una copia del DEX al Mincomex con el objeto de registrar de manera definitiva la

exportación)

7 CERTIFICADO DE ORIGEN.

Es el documento que permite que nuestro cliente se beneficie de las preferencias arancelarias

otorgadas a los productos colombianos por determinados países. Para que un producto pueda

acogerse a las ventajas de un determinado esquema o acuerdo comercial, deberá estar

acompañado, en el momento de la importación, de un Certificado de Origen emitido en Colombia,

donde se indiquen las normas o criterios de origen, debidamente firmado y sellado por el

funcionario habilitado por el Ministerio de Comercio Exterior en Colombia para el efecto.

8. Factura consular

La factura consular informa del precio y origen de la mercancía y la emite el consulado del país del

comprador en el país vendedor.

9. Documentos de embarque.

Una vez entregada la mercancía, la compañía transportadora emite un documento, llamado

“Documento de Embarque”, en el que la compañía se compromete a transportar la mercancía

desde un puerto o aeropuerto de origen a uno de destino. Este servicio es pagado según los

términos de negociación o INCOTERM Aplica para CFR, CIF, CPT, CIP, DAF (se paga por partes

Page 53: entidades de comercio exterior

iguales entre el comprador y el vendedor), DES, DEQ, DDU, DDP. El documento de embarque

dependerá del modo de transporte a utilizar: Bill of Lading (B/L) para transporte marítimo; guía

aérea o Air Way bill (AWB) para transporte aéreo o Carta de Porte terrestre. En el caso de

transporte multimodal, el operador OTM emitirá un DTM, o Documento de transporte multimodal;

para contratos charter o de fletamento aéreo o marítimo, el documento a expedir se denomina

póliza de fletamento.

10. Lista de empaque

Con la lista de empaque el exportador le garantiza al importador y a la Aduana que durante el

tránsito de sus mercancías se dispondrá de un documento claro que identifique el embarque

completo ya que, en caso de percance, podrá hacerse, sin mayores dificultades, los reclamos

correspondientes a la compañía de seguros.

En la lista se indica la cantidad exacta de artículos que contiene cada caja, bulto, envase, y

embalaje general. En cada uno se debe anotar en forma clara y legible, los números y las marcas

que lo identifiquen, los mismos que deben relacionarse en la factura, escribiéndose al lado de la

descripción de cada una de las mercancías que contienen. Se debe procurar empacar junta la

mercancía del mismo tipo, ya que esto simplifica la revisión de la Aduana y se evita que esta sea

más profunda.

11. Póliza de seguro.

Este documento recoge las condiciones en que se aseguran las mercancías. La póliza de seguros

cubre al asegurado importador por las pérdidas, averías a los daños materiales que sufran las

mercancías en el tránsito del transporte nacional e internacional por cualquier medio o

combinación de medios. Cuando se vende CIP, CIF, DES, DAF, DDU, DDP dicha póliza la contrata el

exportador durante el transporte al destino final.

Durante el tránsito de la carga se cubren los riesgos por pérdida total o parcial y por daños

materiales sufridos a causa de siniestros como incendio, explosión, hundimiento, colisión, caída de

aviones, volcaduras y descarrilamiento. En caso de querer cubrir riesgos especiales, las empresas

aseguradoras realizan un análisis previo y lo efectúan por convenio expreso. Tales riesgos son:

huelga y protestas populares, guerra, robo con violencia o asalto a mano armada, desviación o

cambio de ruta, trasbordo y otra variación en la ruta, así como almacenaje en exceso durante su

tránsito.

Los seguros tienen vigencia desde el momento en que los bienes quedan a cargo del porteador

para su transporte; continúa durante el curso normal de su viaje y termina con la descarga de los

bienes en su destino final, en cuyo caso la protección es por el viaje completo. Cuando se solicita

sólo por el recorrido desde el puerto marítimo o aduana terrestre de entrada en el país hasta el

punto de su destino final, se considera como seguro intermedio o parcial.

Page 54: entidades de comercio exterior

12 CERTIFICADOS:

a. De análisis: Documento que certifica que la naturaleza, composición, grado, etc., de la mercancía

corresponden a la calidad contratada.

b. De depósito: Se exige en los casos en que la existencia de depósito previo obligue a realizarlo

antes de despachar la mercancía.

c. De inspección: Indica que las mercancías han sido examinadas y encontradas conformes con la

mencionada en un contrato o una proforma. Lo realizan compañías especializada como SGS,

Bureau Veritas, Lloysd’s, etc. Generalmente se inspecciona el 10% del total dela mercancía.

d. De origen: Documento que identifica las mercancías expedidas y declara expresamente dónde

se fabricó la mercancía.

e. De origen del SPG (Sistema de Preferencias Generalizadas): Documento de importación que

muestra el trato preferencial otorgado a los países en desarrollo.

f. De peso: Este documento hace constar el peso de la mercancía (neto y bruto), bulto por bulto.

g. Certificado fitosanitario: El Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, otorga un visto bueno para

la exportación de animales y plantas vivas y productos de origen animal o vegetal sin procesar.

Para la expedición del certificado fitosanitario de exportación se debe presentar una solicitud en

papel común o con membrete de la firma exportadora.