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DOCENTE: CPA. CHRISTIAN RUGEL ZUÑIGA INTEGRANTES: ACUÑA SOLIS MARIA DE LOS ANGELES AVILA TELLO DIANA MENDOZA CIRINO FATIMA MIREYA ORDOÑEZ TELLO ZOILA ROLDAN URIÑA MARY CRUZ VILLA ORTEGA DANNY UNIVERSIDAD LAICA VICENTE ROCAFUERTE DE GUAYAQUIL ESCUELA DE CIENCIAS CONTABLES QUINTO “C” NOCTURNO
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EMISION DE OBLIGACIONES

May 01, 2023

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Page 1: EMISION DE OBLIGACIONES

DOCENTE:CPA. CHRISTIAN RUGEL ZUÑIGA

INTEGRANTES: ACUÑA SOLIS MARIA DE LOS ANGELES

AVILA TELLO DIANA MENDOZA CIRINO FATIMA MIREYA

ORDOÑEZ TELLO ZOILA ROLDAN URIÑA MARY CRUZ

VILLA ORTEGA DANNY

UNIVERSIDAD LAICA VICENTE ROCAFUERTE DE GUAYAQUIL

ESCUELA DE CIENCIAS CONTABLESQUINTO “C” NOCTURNO

Page 2: EMISION DE OBLIGACIONES

EMISIÓN DE OBLIGACIONES EN EL MERCADO DE VALORES

ECUATORIANO

Page 3: EMISION DE OBLIGACIONES

RESUMENEn Ecuador, el tema del mercado de valores ha sido poco desarrollado y muy poco explotado por las empresas y/o posibles usuarios.

El objetivo general de este trabajo es Estudiar la Emisión de Obligaciones como mecanismo idóneo de financiamiento de las empresas en Ecuador a través del Mercado de Valores.

Una de las herramientas más utilizadas en el proceso de financiamiento de una empresa es la emisión de obligaciones.

Con la finalidad de negociar los títulos valores emitidos por una empresa se crea el mercado de valores, el cual es un segmento del mercado de capitales; es decir, por medio de este mercado, las empresas negocian sus títulos valores.

Page 4: EMISION DE OBLIGACIONES

ANTECEDENTES Los Títulos Valores en la Historia

Los títulos valores, se

presentan cuando una empresa adquiere una obligación a favor de un

prestatario por un período de

tiempo determinado.

Los Títulos valores que dan derecho a su

tenedor a recibir una cosa

estipulada: Por ejemplo los warrants

(garantía), el cual consiste en un recibo de una

mercadería depositada en los almacenes y son negociables.

Tanto los títulos como los

Certificados de las cuentas tendrán las

características de ejecutivos y su contenido se sujetará a las

disposiciones que para el efecto

dictará el C.N.V. (Consejo Nacional

de Valores).

Page 5: EMISION DE OBLIGACIONES

Experiencia Latinoamericana en la emisión de Obligaciones

La emisión de obligaciones ha sido sin duda alguna una herramienta utilizada con éxito en varios países de

Latinoamérica.De acuerdo al concepto general de “Obligación”, es un

título que puede ser emitido por una empresa u organismo seccional que reconoce o crea una deuda a cargo del

emisor.

La búsqueda de oxigenación de estados financieros, nuevas formas de apalancamiento y vías hacia la expansión de

empresas, entre otros, constituyeron motivos suficientes para la creación de una nueva forma de financiamiento,

Como una opción con perspectiva interesante y una nueva opción de inversión, la emisión de Bonos Corporativos u

Obligaciones ha sido el sendero a seguir por muchas de las mayores empresas en Latinoamérica, las compañías no

suspenden los pagos de su deuda aunque sus necesidades de financiación sean muy elevadas, y, que lo único que mira un

tenedor de bonos es la capacidad de la compañía para afrontar el pago del principal y los cupones antes del

vencimiento.

Page 6: EMISION DE OBLIGACIONES

EMISION DE OBLIGACIONESDEFINICION:

Obligaciones son valores de contenido crediticio

representativos de deuda a cargo del emisor que podrán ser

emitidos por personas jurídicas de derecho público o privado

La emisión de obligaciones se instrumentará a través de un contrato que deberá elevarse a escritura pública

y ser otorgado por el emisor y el representante de los tenedores de

obligaciones

La emisión de valores consistentes en obligaciones

podrá ser de largo o corto plazo. En este último caso se tratará de

papeles comerciales.

Page 7: EMISION DE OBLIGACIONES

Requisito de calificación de riesgoToda emisión de obligaciones requerirá de calificación de riesgo, efectuada por compañías calificadoras de riesgo inscritas en el Registro del Mercado de Valores

Page 8: EMISION DE OBLIGACIONES

• Toda emisión estará amparada por garantía general y además podrá contar con garantía específica.

De la garantí

a• La totalidad de los activos no gravados del emisor que no estén afectados por una garantía específica de conformidad con las normas que para el efecto determine el C.N.V.

Garantía

general • Aquella de carácter real o personal, que garantiza obligaciones para asegurar el pago del capital, de los intereses o de ambos.

Garantía

específica

Page 9: EMISION DE OBLIGACIONES

• Se requerirá de garantía general y específica que respalden la emisión. Las garantías específicas de todos los emisores que forman parte del proceso de sindicación, serán solidarias.

• Quedan prohibidas las emisiones de obligaciones sindicadas convertibles en acciones

Garantía de las

obligaciones

sindicadas.

Page 10: EMISION DE OBLIGACIONES

Proceso de emisióna)Nombre y domicilio del emisor, fecha de la escritura de constitución de la compañía emisora y fecha de inscripción en el Registro Mercantil, donde se inscribió;b)Términos y condiciones de la emisión, monto, unidad monetaria en que ésta se exprese, rendimiento, plazo, garantías, sistemas de amortización, sistemas de sorteos y rescates, lugar y fecha de pago, series de los títulos, destino detallado y descriptivo de los fondos a captar;c) Indicación de la garantía específica de la obligación y su constitución, si la hubiere;d) En caso de estar representada en títulos, la indicación de ser a la orden o al portador;e) Procedimientos de rescates anticipados, los que sólo podrán efectuarse por sorteos u otros mecanismos que garanticen un tratamiento equitativo para todos los tenedores de obligaciones;

Page 11: EMISION DE OBLIGACIONES

Proceso de emisióna)Nombre y domicilio del emisor, fecha de la escritura de constitución de la compañía emisora y fecha de inscripción en el Registro Mercantil, donde se inscribió;

b)Términos y condiciones de la emisión, monto, unidad monetaria en que ésta se exprese, rendimiento, plazo, garantías, sistemas de amortización, sistemas de sorteos y rescates, lugar y fecha de pago, series de los títulos, destino detallado y descriptivo de los fondos a captar;

c) Indicación de la garantía específica de la obligación y su constitución, si la hubiere;

d) En caso de estar representada en títulos, la indicación de ser a la orden o al portador;

e) Procedimientos de rescates anticipados, los que sólo podrán efectuarse por sorteos u otros mecanismos que garanticen un tratamiento equitativo para todos los tenedores de obligaciones;

Page 12: EMISION DE OBLIGACIONES

f)Limitaciones del endeudamiento a que se sujetará la compañía emisora;

g)Obligaciones adicionales, limitaciones y prohibiciones a que se sujetará el emisor mientras esté vigente la emisión, en defensa de los intereses de los tenedores de obligaciones, particularmente respecto a las informaciones que deben proporcionarles en este período; al establecimiento de otros resguardos en favor de los obligacionistas; al mantenimiento, sustitución o renovación de activos o garantías; facultades de fiscalización otorgadas a estos acreedores y a sus representantes;

Page 13: EMISION DE OBLIGACIONES

DEL PROCESO DE EMISIÓNh) Objeto de la emisión de obligaciones;i) Procedimiento de elección, reemplazo, remoción, derechos, deberes y, responsabilidades de los representantes de los tenedores de obligaciones y normas relativas al funcionamiento de las asambleas de los obligacionistas;j) Indicación del representante de obligacionistas y determinación de su remuneración;k) Indicación del agente pagador y del lugar de pago de la obligación y, determinación de su remuneración;l) El trámite de solución de controversias que, en caso de ser judicial será en la vía verbal sumaria.Si, por el contrario, se ha estipulado la solución arbitral, deberá constar la correspondiente cláusula compromisoria conforme a la Ley de Arbitraje y Mediación; y,m) Contrato de underwriting, si lo hubiere.

Page 14: EMISION DE OBLIGACIONES

DEL PROCESO DE EMISIÓN1. Estas emisiones de obligaciones podrán estar amparadas únicamente con garantía específica para asegurar el pago del capital e intereses;

2. El plazo de redención de la emisión no debe exceder al de domiciliación de la sucursal emisora;

3. La información que debe difundirse en el prospecto para la oferta pública debe incluir además de aquella solicitada a las compañías nacionales en lo que fuera aplicable, aquella que tenga relación con la casa matriz y su apoderado en el Ecuador;

4. El apoderado de la sucursal deberá estar domiciliado en el Ecuador, con la finalidad de atender cualquier requerimiento o notificación que deba ser dirigido a la matriz;

5. El apoderado debe responder solidariamente por el incumplimiento de lo dispuesto en las disposiciones de esta Ley y sus normas complementarias; y,

Page 15: EMISION DE OBLIGACIONES

DEL CONVENIO DE REPRESENTACIÓN

La emisora, como parte de

las características de la emisión, deberá celebrar con una persona

jurídica, especializada en tal objeto

Un convenio de representación

A fin de que ésta tome a su

cargo la defensa de los

derechos e intereses que colectivamente corresponda a

los obligacionistas

durante la vigencia de la emisión y hasta su cancelación

total

Dicho representante quedará sujeto

a la supervisión y control de la Superintendencia de Compañías, en cuanto a su

calidad de representante.

Page 16: EMISION DE OBLIGACIONES

DE LA INFORMACIÓN QUE DEBE REQUERIR EL REPRESENTANTE DE OBLIGACIONISTAS El representante de los obligacionistas podrá solicitar del emisor los informes que sean necesarios

El emisor estará obligado a entregar a dicha representante la información pública que proporciona a la Superintendencia de Compañías, en la misma forma y periodicidad

También la compañía emisora deberá informarle de toda situación que implique el incumplimiento de las condiciones del contrato de emisión, tan pronto como ello ocurra.

Page 17: EMISION DE OBLIGACIONES

DE LAS OBLIGACIONES DEL REPRESENTANTE DE OBLIGACIONISTASa) Verificar el cumplimiento por

parte del emisor, de las cláusulas,

términos y demás obligaciones

contraídas en el contrato de emisión;

b) Informar respecto del

cumplimiento de cláusulas y

obligaciones por parte del emisor a

los obligacionistas y a la Superintendencia

de Compañías

c) Verificar periódicamente el uso

de los fondos declarados por el

emisor, en la forma y conforme a lo

establecido en el contrato de emisión;

d) Velar por el pago equitativo y

oportuno a todos los

e) Acordar con el emisor las reformas

específicas al contrato de emisión

que hubiera autorizado la junta de obligacionistas;

f) Elaborar el informe de gestión

para ponerlo a consideración de la

asamblea de obligacionistas; y,

g) Ejercer las demás funciones y atribuciones que establezca el

contrato de emisión.

Page 18: EMISION DE OBLIGACIONES

DE LAS ASAMBLEAS DE OBLIGACIONISTAS Y SU CONSTITUCIÓN

a) Aprobar el informe de gestión del

representante de los

obligacionistas, sobre el

cumplimiento de sus

obligaciones;

b) Designar nuevo

representante de los

obligacionistas;

c) Confirmar al representante de

los obligacionistas designado por el emisor en la escritura del contrato de emisión; y,

d) Autorizar modificaciones al contrato de

emisión propuestas por el emisor, con los dos tercios de los votos

pertenecientes a los instrumentos de la emisión correspondiente

Page 19: EMISION DE OBLIGACIONES

 DE LAS CONVOCATORIAS A ASAMBLEA DE OBLIGACIONISTAS

Se podrá convocar a las asambleas de

los obligacionista

s, en los siguientes

casos:

Cuando así lo justifique el interés de los tenedores a juicio del

representante;

Cuando así lo solicite el

emisor;

Cuando lo soliciten

obligacionistas que reúnan, a lo menos, el veinte por ciento del valor nominal de las obligaciones en circulación de

la respectiva clase o emisión;

y,

Cuando lo requiera la

Superintendencia de Compañías, con respecto a los

emisores sometidos a su control, sin perjuicio de convocarla

directamente en cualquier tiempo.

Page 20: EMISION DE OBLIGACIONES

La convocatoria a asamblea de obligacionistas se hará mediante un aviso publicado con ocho días de anticipación en la página web de la Superintendencia de Compañías y Valores.

La asamblea podrá deliberar válidamente, en primera convocatoria, con la presencia de obligacionistas que representen al menos el 50% de las obligaciones en circulación y en este caso sus decisiones se tomarán por mayoría simple.Si no hubiere quórum en la primera convocatoria, se deberá realizar una nueva convocatoria, siguiendo las mismas formalidades de la primera. En segunda convocatoria, las decisiones se tomarán con el voto favorable de las dos terceras partes de las obligaciones en circulación constitutivas del quórum.

Page 21: EMISION DE OBLIGACIONES

Los acuerdos y deliberaciones de la asamblea deberán constar en un libro de actas especial que llevará el representante de los obligacionistas.Nota: Inciso primero sustituido por Ley No. 0, publicada en Registro Oficial Suplemento 249 de 20 de Mayo del 2014.

Page 22: EMISION DE OBLIGACIONES

DE LAS OBLIGACIONES CONVERTIBLES

La resolución sobre la emisión de obligaciones convertibles

implica simultáneamente la

resolución de aumentar el capital

de la compañía emisora por lo menos hasta el monto necesario para atender las

posibles conversiones.

La conversión puede efectuarse en época o fechas determinadas o en cualquier tiempo a

partir de la suscripción, o

desde cierta fecha o plazo.

Las compañías anónimas, podrán

emitir obligaciones

convertibles en acciones, que

darán derecho a su titular o tenedor

para exigir alternativamente o que el emisor le pague el valor de

dichas obligaciones,

Page 23: EMISION DE OBLIGACIONES

De la conversión • Será considerado accionista desde que comunique por escrito su decisión a la sociedad. La sociedad deberá, de inmediato, disminuir su respectivo pasivo y aumentar su capital suscrito y pagado, asegurando el registro del obligacionista en el libro de acciones y accionistas, conforme a la Ley de Compañías.Del factor de conversión

• El número de acciones que se otorgue por cada obligación de una misma clase, denominado factor de conversión, deberá constar en la escritura de la emisión y, únicamente podrá ser modificado por aceptación unánime de los obligacionistas de la clase afectada y del emisor.

Page 24: EMISION DE OBLIGACIONES

DE LAS OBLIGACIONES DE CORTO PLAZO O PAPEL COMERCIAL

Las compañías emisoras inscritas en el Registro del Mercado de Valores podrán emitir obligaciones de corto plazo con garantía general, también denominado papel comercial con plazo inferior a

trescientos sesenta días. La inscripción deberá efectuarse con

sujeción a las disposiciones de esta Ley y a las que establezca el C.N.V., mediante normas de aplicación general.

Para la colocación de estos valores se deberá contar con una calificación de

riesgo, realizada por compañías calificadoras de riesgo inscritas en el

Registro del Mercado de Valores.

Page 25: EMISION DE OBLIGACIONES

DEL REEMBOLSO

La emisora deberá cubrir el importe de las

obligaciones en el plazo, lugar y condiciones que

consten en la escritura de emisión.

Demostrado ante la Superintendencia de

Compañías el pago de la totalidad de obligaciones de una emisión, aquella

autorizará el levantamiento de la

garantía real que las respalde, si la hubiere.

Page 26: EMISION DE OBLIGACIONES

EJEMPLO 1 La empresa ABC se dedica a la fabricación de aceite. La demanda del mercado local así como una interesante oportunidad de expandirse al mercado internacional le genera la necesidad de ampliar su capacidad instalada. Las primeras cifras arrojan que la inversión que tiene que realizar es de aproximadamente US$5 millones de dólares.

Analizando las fuentes de recursos, el interés al cual podría obtener un crédito bancario es del 14.5% anual y esto significa un enorme gasto para la empresa.

La Junta General de ABC solicita información al departamento financiero sobre la conveniencia de buscar ese dinero a través del mercado de valores y pide que se prepare un informe.

Page 27: EMISION DE OBLIGACIONES

El Gerente financiero explica a la Junta General que el mercado de valores cuenta con mecanismos de financiamiento no tradicional y en condiciones competitivas a través de la emisión de pasivos sin utilizar el capital de los accionistas. Esto representa una ventaja en lugar de pedir un préstamo bancario.

La Junta General decide esta opción le permitirá captar a través del mercado de valores los US$5 millones de dólares que necesita.

Una vez tomada la decisión la empresa prepara toda la información económica, financiera, comercial y de interés de la misma para entregarla a un estructurador que puede ser una Casa de Valores, quien estructura la emisión de obligaciones.

Page 28: EMISION DE OBLIGACIONES

El estructurador luego del análisis de la empresa establece el monto de la emisión, cuyo máximo valor corresponde al 80% de los activos libres de todo gravamen.

La tasa de interés que ABC puede pagar al inversionista es del 7,5%.

El capital de los US$ 5 millones de dólares se los dividirá en 50 títulos de US$10.000 cada uno.

El plazo en el cual se redimirá (pagará) la emisión es 3 años y medio, con pagos de interés semestrales y amortizaciones de capital anuales.

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EJEMPLO 2Una sociedad emite un empréstito para financiar la adquisición de una nueva máquina. Las características de dicho empréstito son las siguientes:  Fecha de emisión: 1 de enero de 20X1. Número de títulos emitidos: 500.000 de 10 u.m. de valor nominal.

Valor de emisión: 90%. Amortización en 5 años, a la par, mediante el reembolso del mismo número de títulos cada año.

Cupones del 5% pagaderos cada 31 de diciembre. Gastos de emisión: 18.834,09 u.m.

Contabilizar la emisión del empréstito y el pago del primer cupón así como la primera amortización de títulos.

Page 30: EMISION DE OBLIGACIONES

Emisión del empréstito: a) Cálculo de las anualidades:a1 = 1.250.000 + (500.000 x 10 x 5%) = 1.500.000a2 = 1.250.000 + [(500.000 – 125.000) x 10 x 5%] = 1.437.500a3 = 1.250.000 + [(500.000 – 250.000) x 10 x 5%] = 1.375.000a4 = 1.250.000 + [(500.000 – 375.000) x 10 x 5%] = 1.312.500  b) Cálculo del tipo de interés efectivo: 4.500.000 – 18.834,09 = 1.500.000/(1+i) + 1.437.500/(1+i)2 + 1.375.000/(1+i)3 + 1.312.500/(1+i)4 i = 10%

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c) Cuadro de amortización del empréstito:

Page 32: EMISION DE OBLIGACIONES

d) Contabilidad de la emisión del empréstito:

Page 33: EMISION DE OBLIGACIONES

DEL CONVENIO DE REPRESENTACION

La emisora, como parte de las características de la emisión, deberá celebrar con una persona

jurídica, especializada en tal objeto, un convenio de representación a fin de que ésta tome a su

cargo la defensa de los derechos e intereses que colectivamente corresponda a los obligacionistas durante la vigencia de la emisión y hasta su cancelación total, dicho representante quedará

sujeto a la supervisión y control de la Superintendencia de Compañías El representante legal de la

persona jurídica, ea representante de los obligacionistas

Page 34: EMISION DE OBLIGACIONES

El representante de obligacionistas no podrá mantener ningún tipo de vínculo con

la emisora Este representante contará con todas las

facultades y deberes que le otorga esta Ley y sus normas

Las relaciones entre los obligacionistas y su representante se regirán por las

normas de esta Ley

Page 35: EMISION DE OBLIGACIONES

El representante de los obligacionistas podrá

solicitar del emisor los informes que sean necesarios para una adecuada protección

de los intereses de sus representados.

El emisor estará obligado a entregar a dicha representante la información pública que proporciona

a la Superintendencia de Compañías

Page 36: EMISION DE OBLIGACIONES

Para el sector empresarial es de suma importancia contar con

diversas formas de financiamiento. El mecanismo de emisión de obligaciones fue creado para

incentivar la inversión productiva del sector societario

Un economía saneada, un mercado de valores organizado, integrado,

eficaz y transparente

CONCLUSIONES

Page 37: EMISION DE OBLIGACIONES

PROCESO DE EMISION DE PAPEL COMERCIAL ( OBLIGACIONES DE CORTO PLAZO )

Page 38: EMISION DE OBLIGACIONES
Page 39: EMISION DE OBLIGACIONES

PROCESO DE EMISION DE OBLIGACIONES DE LARGO PLAZO

Page 40: EMISION DE OBLIGACIONES

GRACIAS