El Magisterio Español, Madrid 15 de Mayo de 1867. Número 2 Año 1 La Instrucción Primaria En el Parlamento, en la prensa, en todas partes y desde mucho tiempo atrás, se oyen sin cesar las quejas de los profesores de instrucción primaria, que reclaman por una parte sus mezquinos haberes, devengados con tanto trabajo, y por otra, el material indispensable para sus lecciones. Ora es en Madrid, donde los maestros no han percibido sus pagas desde el mes de Febrero, y donde los dueños de los edificios ocupan las escuelas, van a desahuciar al Ayuntamiento porque no satisface los alquileres; ya es en la mayor parte de las capitales de provincia y en casi todos los pueblos, donde las municipalidades desconocen sus obligaciones respecto de la primera enseñanza. El mal toma proporciones considerables, y bien merece fijar la atención de los que estimen en algo la cultura de su patria. Y si no hay que atribuirle a determinadas circunstancias económicas; no, otro debe ser su origen, porque este mal no es de ahora; se ha presentado en todas las épocas, aunque con menor escala. Siempre el maestro ha necesitado sostener una verdadera lucha para conseguir su pedazo de pan y el menaje de su escuela, porque los ayuntamientos miran con prevención, esta clase de gastos y los posponen a otros, sin no los desatienden por completo. No podemos llegar a las causas primeras de este hecho; quizá las señalaremos con exactitud; pero habremos de limitarnos a consignar el efecto, ya que nadie puede ponerlo en duda, porque pasa diariamente a la vista de todo el mundo. Las municipalidades no cumplen satisfactoriamente el deber que se les impone de costear la instrucción primaria: se hace, pues, accesorio, el encomendar a otras manos su cuidado. Cuáles deben ser estas, se determinan con suma facilidad.
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El Magisterio Español, Madrid 15 de Mayo de 1867. Número2 Año 1
La Instrucción PrimariaEn el Parlamento, en la prensa, en todas partes y desde mucho tiempo atrás, se
oyen sin cesar las quejas de los profesores de instrucción primaria, que reclaman por
una parte sus mezquinos haberes, devengados con tanto trabajo, y por otra, el material
indispensable para sus lecciones.
Ora es en Madrid, donde los maestros no han percibido sus pagas desde el mes
de Febrero, y donde los dueños de los edificios ocupan las escuelas, van a desahuciar alAyuntamiento porque no satisface los alquileres; ya es en la mayor parte de las
capitales de provincia y en casi todos los pueblos, donde las municipalidades
desconocen sus obligaciones respecto de la primera enseñanza. El mal toma
proporciones considerables, y bien merece fijar la atención de los que estimen en algo la
cultura de su patria.
Y si no hay que atribuirle a determinadas circunstancias económicas; no, otrodebe ser su origen, porque este mal no es de ahora; se ha presentado en todas las épocas,
aunque con menor escala. Siempre el maestro ha necesitado sostener una verdadera
lucha para conseguir su pedazo de pan y el menaje de su escuela, porque los
ayuntamientos miran con prevención, esta clase de gastos y los posponen a otros, sin no
los desatienden por completo.
No podemos llegar a las causas primeras de este hecho; quizá las señalaremos
con exactitud; pero habremos de limitarnos a consignar el efecto, ya que nadie puede
ponerlo en duda, porque pasa diariamente a la vista de todo el mundo.
Las municipalidades no cumplen satisfactoriamente el deber que se les impone
de costear la instrucción primaria: se hace, pues, accesorio, el encomendar a otras
manos su cuidado. Cuáles deben ser estas, se determinan con suma facilidad.
Dentro del sistema que actualmente rige la instrucción pública, hallamos una
solución tan eficaz como sencilla al problema de lo que se trata. Si la enseñanza ha de
ser oficial, si el Estado debe darla porque se la considera como una carga de la sociedad,
no vemos razón para que se desentienda de la instrucción primaria, que es la que tiene
más carácter de generalidad, y por lo tanto la más social, dejándola a merced de los
ayuntamientos, pues a esto equivale encomendarles el pago.
Entre nosotros se admite el principio de que la administración local no debe
tener a su cargo más que los servicios del municipio y de la provincia, mientras que los
servicios generales son privativos del Estado, y sin embargo en la enseñanza se practica
precisamente lo contrario. El Estado se reconoce obligado a dar la instrucción primaria,
y confía al mismo tiempo su sostenimiento a los municipios. ¿No es posible una
verdadera anomalía?
Admitido un sistema, hay que admitir todas sus consecuencias, so pena de
incurrir en la contradicción. Una vez establecido que la enseñanza es una atribución del
Estado y que la instrucción primaria la es más que ninguna otra, no procede que se
descargue este peso en los ayuntamientos; al contrario, es lógico y conveniente que el
poder central se obligue a soportarle.
Así como las Universidades y algunas escuela especiales se sostienen de fondos
generales, así como el Estado ha cuidado por algún tiempo de recoger las sumas con
que las Diputaciones provinciales contribuyen al sostenimiento de ciertos institutos, de
la misma manera podrían, en nuestro concepto, cubrirse las atenciones de la primera
enseñanza. Este servicio debería figurar al lado de los demás que desempeña la
administración pública, gravando como ellos el presupuesto del Estado, y si esto no
fuese posible aun habría otro medio para conseguir el mismo resultado. Sin alterar la
organización administrativa, sin apartarse del sistema vigente, podría reclamarse de los
pueblos, a la vez que sus respectivos cupos de contribución, las cantidades destinadas al
pago de los haberes de los maestros y del material de la enseñanza. Para mayor
seguridad, debieran estos fondos separarse cuidadosamente, confiándolos a las
corporaciones encargadas de intervenir en la instrucción pública, a fin de evitar que
fuesen distraídos de tan sagrado objeto; pero lo esencial, lo urgente es hacer que lafuerza del Estado venga en apoyo de la debilidad de los maestros, que el gobierno
El Magisterio Español, Madrid 30 de Mayo de 1867. Número4 Año 1
Según dice nuestro apreciable colega La Reforma, continua el ayuntamiento de
Madrid debiendo meses y meses a los caseros, alas maestras, a los maestros, a los
pasantes y pasantes, a los contratistas de papel, pluma y tinta, y a todos, en una palabra,
cuantos concurren de un modo u otro a suministrar la instrucción primaria.
Después de tanto como llevan todos esperando, ahora resulta que se ha librado a
cuenta para atender a estos gastos una cantidad insignificante, y como no hasta para
cubrir lo que se debe, y los prorateos son imposibles, nada se ha pagado, continuando en
pie las deudas existentes, y con esto aumentando más y más los perjuicios que todos los
interesados sufren.
Si se hiciera cargo el corregidor de Madrid y la comisión regia de lo que es
depender de un sueldo de 10 12 reales y ver que pasa un mes y otro sin percibir un
cuarto, ciertamente que emplearían para evitar estos males más actividad, que es cuanto
se necesita, porque la deuda es, su último resultado, pequeña, y grandes los recursos del
municipio.
Por otra parte, necesario es que se acuda cuanto antes al cumplimiento de esta
obligación, porque según nos dice, algún interesado, a quien no le es posible esperar más, está dispuesto a llevar dentro de muy poco la cuestión a los tribunales.
Ahora que esta anunciada la oposición a una escuela de niñas podría también proveerse
aquella.
El Magisterio Español, Madrid 5 de Agosto de 1875. Número
479 Año 9
AYUNTAMIENTO DE MADRID
Resultando que la creación de la Escuela de niñas del barrio de Salamanca se verificó en
igual forma y condiciones que las demás de su clase por obedecer a las necesidades de
aquella parte de la población y que el anuncio de convocatoria publicado en la Gaceta
de 24 de Abrir último puede interpretarse en el sentido de que las oposiciones seanverificadas única y exclusivamente para la Escuela de dicho barrio, la Comisión de
Instrucción pública se ha servido acordar se haga entender a las señoras opositoras que
los ejercicios deberán tomar lugar para la provisión de una escuela pública de esta
capita, conforme a la práctica establecida para tales casos, y en su consecuencia, que la
agraciada con el nombramiento podrá ser destinada a cualquiera de dichas escuelas
según las necesidades del servicio.
Al propio tiempo, y como los ejercicios no podrán tener lugar hasta el mes de
septiembre próximo, la Comisión ha acordado ampliar el plazo para recibir solicitudes a
las aspirantes que lo deseen hasta 15 de Agosto próximo, con objeto de que las
interesadas que se hubieran abstenido por la interpretación que podía darse al
mencionado anuncio lo puedan verificar en el expresado término.
Madrid 21 de Julio de 1875. El Secretario, José Dicenta y Blanco
El Magisterio Español, Madrid 10 de Septiembre de 1875.
Número 486 Año 9
JUNTA PROVINCIAL DE INSTRUCCIÓN PÚBLICA DE MADRID
Circular;
La Excma., Junta provisional, en sesión del día 18 de los corrientes, acordó
publicar en el Boletín Oficial el estado de los pagos a maestros y maestras de primera
enseñanza de esta provincia, el cual comprende desde 1 de Abril de 1874 en que seestableció en nuevo sistema hasta el 32 de junio último, a fin de que sirva de justa
responsabilidad a las Autoridades y demás personas a que por sus cargos han
intervenido e intervienen en la gestión de tan importantísimo servicio, de honrosa
satisfacción a los Ayuntamientos que han secundado los deseos de aquellas, a pesar de
la penuria de sus presupuestos por los muchos sacrificios que por otros conceptos han
tenido que hacer a causa de la angustiosa situación por que atraviesa el país, y de vivo
estímulo a aquellos otros municipios que aún aparecen con descubiertos, para que losrealicen en un breve termino; lo cual no les será difícil haciendo un pequeño esfuerzo de
buena voluntad, como lo exige la educación de la niñez, base firmísima del progreso
moral, intelectual y material de sus ciudadanos.
La Junta creo, que, atendiendo a los entorpecimientos e inconvenientes que
siempre trae consigo toda innovación, y por otro lado a la situación generalmente
aflictiva de los pueblos, el estado que se publica a continuación ofrece resultados muy
satisfactorios, y por ello la misma Corporación se congratula al hacerlo público para
conocimiento de todos.
El Magisterio Español, Madrid 10 de Noviembre de 1875.
Número 498 Año 9
ACUERDOS
La Comisión de Instrucción Pública del Ayuntamiento de Madrid en sesión del
día 6 adjuntó entre otros acuerdos los siguientes:
Determinar que los profesores de instrucción pública dependientes de este
municipio acudan a cobrar sus mensualidades cuando se abra el pago, en día y hora prefijados, en justa deferencia a su categoría y aprobar la compra de algunas obras de
reconocida utilidad.
El Magisterio Español, Madrid 20 de Diciembre de 1875.
Número 506 Año 9
El Sr. D. Rafael Monroy ha sido nombrado Secretario de la Junta provincial de
primera enseñanza de Madrid, cargo que anteriormente había desempeñado por largo
tiempo. Reciba nuestra enhorabuena.
El Magisterio Español, Madrid 25 de Enero de 1876. Número
La situación de las escuelas de Madrid y los derecho de sus maestros, materia en
que de antiguo había un régimen excepcional, han sido objeto de un decreto importante.
Al Ayuntamiento se dan facultades amplias, y los maestros de provincia podrán aspirar
a una parte de dichas escuelas `por concurso, proveyéndose la mayor parte por
oposición.
El Sr Conde de Toreno ha dado cima a un trabajo pendiente hace años, y llenando una
laguna que urgía llenar. En el número próximo publicaremos ese decreto.
El Magisterio Español, Madrid 25 de Febrero de 1876.
Número 519 Año 10
LAS ESCUELAS DEL HOSPICIO DE MADRID
En los mismos momentos que elogia grandemente La Política la organización
del Hospicio de Madrid que considera como el modelo de todos los de España, dictando
que hay en el una escuela de párvulos donde se da una educación brillantísima, y pide
en su consecuencia que la declare Escuela modelo, leemos en la crónica.“se dice, aunque la Diputación no ha puesto a discusión el asunto que se trata de
suprimir la plaza de maestro vacante en el Hospicio, creándose en su defecto una o dos
más de auxiliares, quedando al frente de las escuelas, como jefe, el que lo, es hoy, y
maestro de la primera, D. Bernardo Álvarez Marina”
Casi no nos atrevemos a creer lo que indica nuestro colega, pues dudamos a
causa del celo e ilustración de la Diputación de esta provincia, que pienso dar tal paso,mas si por ventura el proyecto de supresión fuese exacto, rogamos muy
encarecidamente a dicha corporación que no lleve a efecto tal medida, en virtud de
consideraciones que es inútil hagamos a los mismos diputados pues tan bien las conocen
El Magisterio Español, Madrid 30 de Abril de 1876. Número
532 Año 10
LAS ESCUELAS DEL HOSPICIO
La Diputación Provincial de Madrid celebró sesión el 21 del actual, y en ella se
trató de la reforma de las escuelas del Hospicio de y de la provisión de las plazas de
ayudante de las mismas.
El Sr. Gómez Parreño sostuvo que estos nombramientos deben hacerse conarreglo a las disposiciones que sobre instrucción pública regían el año 1857 y que han
sido establecidas por una reciente real orden dada por el ministerio de fomento.
El señor marqués de de Retortillo, de la comisión, sostuvo el dictamen de esta,
contrario con lo a lo propuesto por el Sr. Gómez Parreño, fundándose en que la ley de
1870 reconoce como viente mientras otra ley, y no una real orden no la derogue, anuló
las disposiciones a que dicho Sr Parreño alude.
El Sr Gómez rectificó y retiró su enmienda.
También dio lugar a larga discusión la designación de persona para ocupar aquellas
plazas, aprobándose en definitiva la propuesta hecha por esta comisión.
El Magisterio Español, Madrid 5 de Febrero de 1877. Número
587 Año 11
El día 23 del pasado se ha verificado en Santorcaz, provincia de Madrid, la
inauguración de las nuevas escuelas de niños y niñas.
Después de de celebrada una función religiosa y colocados los niños en sus respectivas
escuelas a presencia de un numeroso público el presidente de la corporación municipal
dio a los maestros la posesión de sus escuelas.
El profesor D. Juan Manuel de Orche leyó un breve discurso, haciendo la historia de lasvicisitudes por que han pasado los locales de escuela en los cuarenta y cinco años que
cuenta de enseñanza.
El municipio obsequió a los niños con dulces y a los asistentes con un espléndido
refresco, terminando las fiestas con un baile en la plaza de la Constitución.
El local reune las condiciones necesarias de capacidad, ventilación y buenas luces.
Con orgullo puedes decir el pueblo de Santorcaz que cuenta con excelentes escuelas.
El Magisterio Español, Madrid 15 de Febrero de 1877.
Número 589 Año 11
Según leemos en un colega, el Ayuntamiento de Cenicientos, pueblo de esta provincia,
para puntualmente a todos sus empleados menos a los maestros de Instrucción
primaria, a los cuales no se les ha dado ni un céntimo en todo el año anterior.
Parece que habiendo acudió en queja al señor Gobernador y al Jefe Económico, se
mandó al pueblo un comisionado de apremios para obligar al Ayuntamiento el pago;
pero al siguiente día le dieron cien pesetas a dicho comisionado, y se marchó sin, que
posteriormente ni entonces se haya abonado nada a los infelices maestros.
El tema escogido fue el Concepto metafísico de la belleza, punto que ha dado motivo
para empeñadas controversias.
El Sr Echegaray, con su elocuente discurso llevó al ánimo de su lúcido auditorio el
convencimiento que resulta de la sólida argumentación nacida en el conocimiento
perfecto del asunto discutido, y demostró que la belleza tiene valor y realidad propia,
sin que para producirse la emoción estética sea condición indispensable al auxilio d
otros principios que le son completamente ajenos.
El público salió altamente complacido de esta conferencia.
El Magisterio Español, Madrid 16 de Mayo de 1877. Número
606 Año 11
El domingo último tuvo lugar en la Institución Libre de Enseñanza una conferencia dad
por el Sr D. Luis Simarro. Versó sobre las llamas sensibles y cantares, cuya teoría
expuso el joven catedrático con notable lucidez y claridad, demostrando prácticamente
con repetidos experimentos físicos los curiosos efectos del arte y ciertos sonidos sobrelas luces preparadas convenientemente. Hecha su explicación dedujo ingeniosas
consecuencias que interesaron vivamente al público que asistió al acto, y que salió muy
complacido de él.
El Magisterio Español, Madrid 15 de Febrero de 1878.
Número 661 Año 12
Ya es conocido el resumen del censo de población de esta capital. A la galantería del
vicepresidente de la comisión provincia, Sr Galdo, debemos los datos que arrojan el
Según él existen 15 juntas parroquiales en Madrid, correspondientes a las 17 parroquias,
pues Santa María y San Nicolás están unidas para este objeto y algunas de ellas dividas
en dos y más secciones. También existe junta en San Lorenzo del Escorial.
Estas juntas están constituidas por 64 socios de honor, y 141 activos, contando con 1250
suscriptores, habiendo socorrido en 1877 a más de 161 pobres, educado en sus escuelas
a 1549, repartido más de 10.857 libros buenos, y e recogidos 87 malos.
A las escuelas concurren 597 adultos y 952 alumnos, habiendo gastado en ellas 87.493
rs.
Por último, advierte la Avocación que ni la provincia ni las parroquiales tienen parte
alguna en las rifas que se hacen para las escuelas católicas.
El Magisterio Español, Madrid 25 de Octubre de 1878.
Número 711 Año 12
ESCUELA DE PÁRVULOS
En la sesión celebrada por la Diputación provincial de Madrid el día 4 leída una
comunicación del señor presidente, dando cuenta de una visita hecha por el a la inclusa
y del estado, en que había hallado y los hijos de las cigarreras que allí se recogen
durante el tiempo que sus maestras están en el trabajo, de conformidad con la propuesta
por el señor presidente, se acordó la creación de una escuela de párvulos en elmencionado asilo, y que se encargue y autorice el profesor de la escuela de igual clase
del Hospicio, Sr. Macías y Juliá, para la organización y planteamiento con la mayor
urgencia de misma, sin perjuicio de que oportunamente se provea por oposición o,
satisfaciéndose los gastos de instalación y demás necesarios, con el cargo al capítulo 11
“Gastos generales del establecimiento” y considerándolos hoy como imprevistos hasta
que se incluyan en el próximo presupuesto adicional al ordinario vigente.
El Magisterio Español, 25 de Febrero de 1880, Número 807
Año XIV
Hemos recibido el ejemplar de cada uno de los programas de Doctrina cristiana,
Historia Sagrada, Aritmética, Gramática e Historia de España, que don Miguel María
Guillén de la Torre, profesor de la Escuela del Hospicio de Madrid, acaba de publicar
con destino a las escuelas y colegio s de primera enseñanza de uno y otro sexo.
Son estos, como dice el autor, unos trabajos en que se subdivide cada asignatura en
secciones y estas en pequeñas lecciones, puestas en forma interrogativa, para metodizar
y facilitar la enseñanza. Y concretar en términos precisos el año de un examen, dando
esplendor, tanto al discípulo como al maestro. Por lo que los recomendamos a nuestros
escritores.
Se venden en las principales librerías de Madrid y en casa del autor, Fuencarral 84, al
precio de 2 reales el ejemplar de cada programa.
EXÁMENES EN LAS ESCUELAS DE MADRID
Presididas por el Sr. Galdo, individuo de la junta local, han dado principio los exámenes
de los niños concurrentes a las escuelas públicas de Madrid.
El 20 se verificaron los de la escuela dirigida por D. López Alonso Barahona (Tetuán
3), el 23 los de la de D. José María Galeote (Leganitos 11), y mañana 26 tendrán lugar en la dirigida por Don Sabino Álvarez de la Escosura (Tres Cruces, 3)
El Magisterio Español, 5 de Marzo de 1880, Número 809 Año
El Magisterio Español, 10 de Enero de 1881, Número 870 Año
XV
ACADEMIA DE MAESTROS DE MADRID
En la sesión celebrada el 30 de último Diciembre, leyó su digno presidente, nuestro
amigo D. Cayetano Collado, la Memoria anual de reglamento, dando cuenta del estado
y trabajos de la Sociedad.
Entre otros varios acuerdos, se tomó a propuesta de los Sres Zapatero y Comendado, elque la Academia suplicase a la Junta de primera enseñanza permitiera la asistencia de
todos los maestros y maestras de Madrid, cuando a alguno de ellos se le administrase el
Santo Viático o cuando se verifica su entierro.
El Magisterio Español, 15 de Enero de 1881, Número 871 Año
XV
DOÑA DOLORES CEREZO DE HURTADO (Pediré fotocopia)
El Magisterio Español, 20 de Febrero de 1881, Número 878
Año XV
LIGA MADRILEÑA CONTRA LA IGNORANCIA (Pediré fotocopia)
El Magisterio Español, 20 de Marzo de 1881, Número 884
Año XV
El proyecto de presupuestos municipales del Ayuntamiento de Madrid para el año 1991
a 1882 consigna 4.884.994 pesetas 33 céntimos para instrucción primaria.