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327Edición 50.820Viernes, 28 de diciembre de 2018 DIARIO
OFICIAL
la Información NAI y de las Normas de Información Financiera
para entidades que no cumplen la hipótesis de negocio en marcha,
contenidos en los Anexos 3, 4 y 5 del Decreto 2420 de 2015,
respectivamente, no compilados en este decreto, mantendrán su
vigencia;
Que con fundamento en el numeral 2 del artículo 4° del Decreto
2897 de 2010, no se hace necesario informar a la Superintendencia
de Industria y Comercio sobre el presente proyecto, en razón a que,
de acuerdo con lo indicado en las recomendaciones del Consejo
Técnico de la Contaduría Pública, no se trata de un proyecto
regulatorio, sino compilatorio, de actualización y aclaraciones
editoriales de los anexos técnicos ya expedidos sobre
informaciónfinancieraNIIFydeNIIFparalasPymes;
Que conforme a lo establecido en el numeral 8 del artículo 8° de
la Ley 1437 de 2011 y el Decreto 270 de 2017, el Ministerio de
Comercio, Industria y Turismo publicó el presente decreto con el
objeto de recibir opiniones, sugerencias o propuestas
alternativas;
Que en mérito de lo expuesto,DECRETA:
Artículo 1°. Compilación y actualización del marco técnico de
Información Financiera NIIF para el Grupo 1. Compílese el marco
técnico de las Normas de Información Financiera NIIF para el Grupo
1, dispuestas en los Anexos 1.1. 1.2 y 1.3., incorporados en
elDecreto2420de2015,modificadoporlosDecretos2496de2015,2131de2016y2170de
2017, respectivamente, en el anexo denominado “Anexo Técnico
Compilatorio número 1, de las Normas de Información Financiera
NIIF, GRUPO 1”, que hace parte integral del presente decreto, el
cual incorpora dentro del mismo, tanto las enmiendas emitidas por
el IASB durante el segundo semestre de 2017, a saber: “(a)
participaciones de largo plazo en asociadas y negocios conjuntos
(modificaciones a la NIC 28, publicada en octubre de 2017); (b)
características de cancelación anticipada con compensación negativa
(Modificaciones a la NIIF 9, publicada en octubre de 2017; y, (c)
mejoras anuales a las Normas NIIF ciclo 2015-2017, publicada en
diciembre de 2017), como las “Correcciones de Redacción”, emitidas
por el IASB en diciembre de 2017 para estos estándares y la CINIIF
22.
Artículo 2°. Incorporación del Anexo Técnico de Información
Financiera NIIF para el Grupo 1. Incorpórese en la Sección de
Anexos del Decreto 2420 de 2015, el anexo técnico denominado “ANEXO
TÉCNICO COMPILATORIO NÚMERO 1, DE LAS NORMAS DE INFORMACIÓN
FINANCIERA NIIF, GRUPO 1”, que hace parte integral del presente
decreto.
Artículo 3°. Compilación y actualización del marco técnico de
Información Financiera NIIF para las Pymes, Grupo 2. Compílese el
marco técnico normativo de las Normas de Información Financiera,
NIIF para las Pymes, Grupo 2, dispuesto en los Anexos 2 y 2.1.,
incorporadosenelDecreto2420de2015,modificadoporelDecreto2496de2015,conel
anexo denominado “ANEXO TÉCNICO COMPILATORIO No. 2, DE LAS NORMAS
DE INFORMACIÓN FINANCIERA NIIF PARA LAS PYMES GRUPO 2” que hace
parte integral del presente decreto, el cual incorpora, las
“Correcciones de Redacción”, emitidas por el IASB en diciembre de
2017 para estos estándares.
Artículo 4°. Incorporación del Anexo Técnico de Información
Financiera NIIF para las Pymes, Grupo 2. Incorpórese en la Sección
de Anexos del Decreto 2420 de 2015, el anexo técnico denominado
“ANEXO TÉCNICO COMPILATORIO No. 2, DE LAS NORMAS DE INFORMACIÓN
FINANCIERA NIIF PARA LAS PYMES GRUPO 2”, que hace parte integral
del presente decreto, con el cual se compila y actualiza el marco
técnico de las Normas de Información Financiera, NIIF para las
Pymes, Grupo 2, dispuestas en
losAnexos2y2.1.delDecreto2420de2015,modificadoporelDecreto2496de2015.
Artículo 5°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de su
publicación en el Diario Oficial; observando lo siguiente:
1. El anexo técnico señalado en el artículo 1° precedente y que
hace parte integral del presente decreto, será aplicable para los
estados financieros de
propósitogeneraldelasentidadesclasificadasenelGrupo1,quesepreparenapartirdelaño
2019.
2. El anexo técnico señalado en el artículo 3° precedente y que
hace parte integral delpresenteDecreto, será aplicablepara los
estadosfinancierosdepropósitogeneraldelasentidadesclasificadasenelGrupo2,quesepreparenapartirdelaño
2019.
3. Los marcos técnicos de las Normas de Información Financiera
NIIF para el Gru-po 1 y Normas de Información Financiera, NIIF para
las Pymes, Grupo 2, dis-puestas en los Anexos 1.1. 1.2 y 1.3., 2 y
2.1, incorporados en el Decreto 2420 de
2015,modificadoporlosDecretos2496de2015,2131de2016y2170de2017,aquí
compilados, mantendrán su vigencia.
4. Las fechas de vigencia incorporadas en el texto original de
las citadas enmiendas y mejoras, no se tendrán en cuenta como
fechas de vigencia de las mismas en Colombia. Publíquese y
cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 28 de diciembre de 2018.IVÁN DUQUE
MÁRQUEZ
ElMinistrodeHaciendayCréditoPúblico,Alberto Carrasquilla
Barrera.
El Ministro de Comercio, Industria y Turismo,José Manuel
Restrepo Abondano.
DECRETO NÚMERO _________________ de __________ Hoja N°. 1 “"Por
medio del cual se compilan y actualizan los marcos técnicos de las
Normas Información
Financiera NIIF para el Grupo 1 y de las Normas de Información
Financiera, NIIF para las Pymes, Grupo 2, anexos al Decreto 2420 de
2015, modificado por los Decretos 2496 de 2015,
2131 de 2016 y 2170 de 2017, respectivamente, y se dictan otras
disposiciones”
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GD-FM-017 V3
ANEXO TÉCNICO COMPILATORIO No. 1, DE LAS NORMAS DE INFORMACIÓN
FINANCIERA NIIF, GRUPO 1
DECRETO NÚMERO _________________ de __________ Hoja N°. 2 “"Por
medio del cual se compilan y actualizan los marcos técnicos de las
Normas Información
Financiera NIIF para el Grupo 1 y de las Normas de Información
Financiera, NIIF para las Pymes, Grupo 2, anexos al Decreto 2420 de
2015, modificado por los Decretos 2496 de 2015,
2131 de 2016 y 2170 de 2017, respectivamente, y se dictan otras
disposiciones”
________________________________________________________________________________
GD-FM-017 V3
El Marco Conceptual para la Información Financiera
El Marco Conceptual para la Información Financiera (el Marco
Conceptual) fue emitido por el Consejo de Normas Internacionales de
Contabilidad en septiembre de 2010. Derogó el Marco Conceptual para
la Preparación y Presentación de Estados Financieros.
DECRETO NÚMERO _________________ de __________ Hoja N°. 3 “"Por
medio del cual se compilan y actualizan los marcos técnicos de las
Normas Información
Financiera NIIF para el Grupo 1 y de las Normas de Información
Financiera, NIIF para las Pymes, Grupo 2, anexos al Decreto 2420 de
2015, modificado por los Decretos 2496 de 2015,
2131 de 2016 y 2170 de 2017, respectivamente, y se dictan otras
disposiciones”
________________________________________________________________________________
GD-FM-017 V3
Índice desde el párrafo
PRÓLOGO
EL MARCO CONCEPTUAL PARA LA INFORMACIÓN FINANCIERA
INTRODUCCIÓN
Propósito y valor normativo
Alcance
CAPÍTULOS
1 El objetivo de la Información financiera con propósito general
OB1
2 La entidad que informa pendiente de añadir
3 Características cualitativas de la información financiera útil
CC1
4 El Marco Conceptual (1989): el texto restante 4.1
CON RESPECTO A LOS DOCUMENTOS COMPLEMENTARIOS ENUMERADOS A
CONTINUACIÓN, VÉASE LA PARTE B DE ESTA EDICIÓN
APROBACIÓN POR EL CONSEJO DEL MARCO CONCEPTUAL DE 2010
FUNDAMENTOS DE LAS CONCLUSIONES DE LOS CAPÍTULOS 1 Y 3
TABLA DE CONCORDANCIAS
DECRETO NÚMERO _________________ de __________ Hoja N°. 4 “"Por
medio del cual se compilan y actualizan los marcos técnicos de las
Normas Información
Financiera NIIF para el Grupo 1 y de las Normas de Información
Financiera, NIIF para las Pymes, Grupo 2, anexos al Decreto 2420 de
2015, modificado por los Decretos 2496 de 2015,
2131 de 2016 y 2170 de 2017, respectivamente, y se dictan otras
disposiciones”
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GD-FM-017 V3
Prólogo El Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad se
encuentra en este momento en proceso de actualizar su marco
conceptual. Este proyecto de marco conceptual se está llevando a
cabo en fases.
A medida que se finalice un capítulo, se sustituirán los
párrafos correspondientes en el Marco Conceptual para la
Preparación y Presentación de los Estados Financieros publicado en
1989. Cuando el proyecto de marco conceptual esté terminado, el
Consejo dispondrá de un documento único, completo e integral
denominado Marco Conceptual para la Información Financiera.
Esta versión del Marco Conceptual incluye los dos primeros
capítulos que publicó el Consejo como resultado de la primera fase
de su proyecto de marco conceptual—Capítulo 1 El objetivo de la
información financiera con propósito general y el Capítulo 3
Características cualitativas de la información financiera útil. El
capítulo 2 tratará del concepto de entidad que informa. El Consejo
publicó un proyecto de norma sobre este tema en marzo de 2010 con
un periodo para recibir comentarios que finalizó el 16 de julio de
2010. El Capítulo 4 contiene el texto restante del Marco Conceptual
(1989). La tabla de concordancias, al final de esta publicación,
muestra la forma en que se corresponden los contenidos del Marco
Conceptual (1989) y el Marco Conceptual (2010).
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1 A lo largo de este Marco Conceptual, los términos informes
financieros e información financiera hacen referencia a informes
financieros con propósito general e información financiera con
propósito general a menos que se
indique específicamente otra cosa.
2 A lo largo de este Marco Conceptual, el término gerencia hace
referencia a la gerencia y al órgano de gobierno de una entidad a
menos que se indique específicamente otra cosa.
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OFICIAL
3 A lo largo de este Marco Conceptual, los términos
características cualitativas y restricciones se refieren a las
características cualitativas y restricciones de la información
financiera útil.
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4 La información es fiable cuando es completa, neutral y libre
de error.
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1 Definición de las NIIF modificada después de los cambios de
nombre introducidos mediante la Constitución revisada de la
Fundación IFRS en 2010.
2 En septiembre de 2010 el IASB sustituyó el Marco Conceptual
por el Marco Conceptual para la Información Financiera. El párrafo
25 fue derogado por el Capítulo 3 del Marco Conceptual.
3 Los párrafos 15 a 24 contienen referencias sobre el objetivo
de los estados financieros contenidos en el Marco Conceptual [para
la Preparación y Presentación de los Estados Financieros]. En
septiembre de 2010 el IASB sustituyó
el Marco Conceptual por el Marco Conceptual para la Información
Financiera, que reemplazó el objetivo de los estados financieros
por el objetivo de la información financiera con propósito general:
véase el Capítulo 1 del
Marco Conceptual.
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4 sustituido por el Marco Conceptual en septiembre de 2010.
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OFICIAL
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5 En septiembre de 2010 el IASB sustituyó el Marco Conceptual
por el Marco Conceptual para la Información Financiera.
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OFICIAL
1 En septiembre de 2007 el IASB modificó el título de la NIC 7
de Estados de Flujo de Efectivo a Estado de Flujos de Efectivo como
consecuencia de la revisión de la NIC 1 Presentación de Estados
Financieros en 2007.
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OFICIAL
1 Definición de las NIIF modificada después de los cambios de
nombre introducidos mediante la Constitución revisada de la
Fundación IFRS en 2010.
2 El Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de los
Estados Financieros del IASC fue adoptado por el IASB en 2001. En
septiembre de 2010 el IASB sustituyó el Marco Conceptual por el
Marco Conceptual para la
Información Financiera. El párrafo 25 fue derogado por el
Capítulo 3 del Marco Conceptual.
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3 En septiembre de 2010 el IASB sustituyó el Marco Conceptual
por el Marco Conceptual para la Información Financiera.
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1 El párrafo 91 hace referencia a los “estados financieros
anuales” para aclarar más explícitamente la expresión de las fechas
de vigencia adoptadas en 1998. El párrafo 89 hace referencia a
“estados financieros”.
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2 Una póliza de seguro apta no es necesariamente un contrato de
seguro, según se define en la NIIF 4 Contratos de Seguro.
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1 Como parte de Mejoras a las NIIF emitido en mayo de 2008 el
Consejo modificó la terminología utilizada en esta Norma para ser
congruente con las otras NIIF de la forma siguiente: (a) “ingreso
imponible” se modificó por
“ganancia imponible o pérdida fiscal”, (b) “reconocido como
ingreso/gasto” se modificó como “reconocido en el resultado”, (c)
“acreditado directamente a participaciones/patrimonio” se modificó
por “reconocido fuera del
resultado del periodo” y (d) “revisión de una estimación
contable” se modificó por “cambio en una estimación contable”.
2 Véase también la Interpretación SIC-10 Ayudas
Gubernamentales—Sin Relación Específica con Actividades de
Operación.
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1 Véase también la SIC-7 Introducción al Euro
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1 La NIC 37 Provisiones, Pasivos Contingentes y Activos
Contingentes define los contratos por ejecutar como aquellos en los
que las partes no han cumplido ninguna de sus obligaciones, o en
los que ambas partes han ejecutado
parcialmente sus obligaciones en igual medida.
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1 Como parte del documento Mejoras a las NIIF emitido en mayo de
2008, el Consejo cambió los términos utilizados en la NIC 29 para
que fueran congruentes con otras NIIF de la forma siguiente: (a)
“valor de mercado” se
modificó como “valor razonable”, y (b) “resultados de operación”
y “resultado neto” se modificaron como “resultado del periodo”.
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1 En esta Norma, los importes monetarios se expresan en
“unidades monetarias (u.m.)”.
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2 En agosto de 2005 el IASB trasladó toda la información a
revelar relativa a instrumentos financieros a la NIIF 7
Instrumentos Financieros: Información a Revelar.
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3 En esta guía, los importes monetarios se expresan en “unidades
monetarias (u.m.)”.
4 Esto es verdad para la mayoría, pero no para todos los
derivados. Por ejemplo, en algunas permutas financieras de pagos en
distintas divisas con distintos tipos de interés, se intercambia el
principal al comienzo de la transacción
(y se vuelve a intercambiar al término de la misma).
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1 El Comité de Normas Internacionales de Contabilidad fue
sustituido por el Consejo de Normas Internacionales de
Contabilidad, el cual comenzó a operar en 2001.
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Viernes, 28 de diciembre de 2018
2 Este párrafo se modificó mediante el documento Mejoras a las
NIIF emitido en mayo de 2008 para aclarar el alcance de la NIC
34.
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OFICIAL
3 El Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de los
Estados Financieros del IASC se adoptó por el IASB en 2001. En
septiembre de 2010 el IASB sustituyó el Marco Conceptual por el
Marco Conceptual para la
Información Financiera.
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1 En el caso de activos intangibles o plusvalía, el término
amortización es generalmente usado en lugar de depreciación. Pero
ambos términos tienen el mismo significado.
2 Una vez que un activo cumple los criterios para ser
clasificado como mantenido para la venta (o es incluido en un grupo
de activos para su disposición que se ha clasificado como mantenido
para la venta) se excluirá del alcance
de esta Norma y se contabilizará de acuerdo con la NIIF 5
Activos no Corrientes Mantenidos para la Venta y Operaciones
Discontinuadas.
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1 La interpretación del término “probable” en esta Norma como
“mayor posibilidad de que un evento se presente que de lo
contrario” no es necesariamente de aplicación a otras Normas.
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1 Las consideraciones sobre importancia relativa se aplican en
este contexto de la misma forma que en el resto de las NIIF.
2 La Norma permite que una entidad designe cualquier importe de
activos o pasivos disponibles que cumplan los requisitos, es decir
en este ejemplo cualquier importe de activos entre 0 u.m. y 100
u.m.
3 30 u.m. ÷ (100 u.m. – 40 u.m.) = 50 por ciento
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4 Véanse los párrafos 77 y GA94
5 Véase el párrafo 75 6 Las consideraciones sobre importancia
relativa se aplican en este contexto de la misma forma que en el
resto de las NIIF.
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407Edición 50.820Viernes, 28 de diciembre de 2018 DIARIO
OFICIAL
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408 DIARIO OFICIALEdición 50.820
Viernes, 28 de diciembre de 2018
1 Estos cambios incluyen las reclasificaciones hacia o desde los
activos intangibles si la plusvalía no se reconoció como un activo
de acuerdo con PCGA previos. Esto sucede si, de acuerdo con los
PCGA anteriores, la entidad (a)
dedujo la plusvalía directamente del patrimonio, o (b) no trató
la combinación de negocios como una adquisición.
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411Edición 50.820Viernes, 28 de diciembre de 2018 DIARIO
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1 El título de la NIC 32 fue modificado en 2005.
2 En esta NIIF se utilizan la frase “por referencia a” en lugar
de “al”, puesto que la transacción se mide, en última instancia,
multiplicando el valor razonable de los instrumentos de patrimonio,
medido en la fecha especificada en los párrafos 11 ó 13 (según cuál
de los dos sea aplicable), por el número de instrumentos de
patrimonio que son irrevocables (se consolidan), como se explica en
el párrafo 19.
3 En el resto de la NIIF, todas las referencias a los empleados
se entenderán realizadas también a los terceros que suministren
servicios similares.
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413Edición 50.820Viernes, 28 de diciembre de 2018 DIARIO
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4 En los párrafos 35 a 43, todas las referencias a “efectivo”
incluyen también otros activos de la entidad.
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414 DIARIO OFICIALEdición 50.820
Viernes, 28 de diciembre de 2018
5 Un “grupo” se define en el Apéndice A de la NIIF 10 Estados
Financieros Consolidados como una “controladora y sus subsidiarias”
desde la perspectiva de la entidad controladora última que
informa.
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415Edición 50.820Viernes, 28 de diciembre de 2018 DIARIO
OFICIAL
6 El Marco Conceptual para la Información Financiera define un
pasivo como una obligación presente de la entidad surgida de
sucesos pasados, para cuya liquidación se espera que se produzca
una salida de la entidad de recursos
que incorporan beneficios económicos (es decir, una salida de
efectivo u otros activos de la entidad).
7 En este apéndice, los importes monetarios se expresan en
“unidades monetarias (u.m.)”.
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416 DIARIO OFICIALEdición 50.820
Viernes, 28 de diciembre de 2018
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417Edición 50.820Viernes, 28 de diciembre de 2018 DIARIO
OFICIAL
1 El Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de los
Estados Financieros del IASC se adoptó por el IASB en 2001. En
septiembre de 2010 el IASB sustituyó el Marco Conceptual por el
Marco Conceptual para la
Información Financiera.
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OFICIAL
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Viernes, 28 de diciembre de 2018
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423Edición 50.820Viernes, 28 de diciembre de 2018 DIARIO
OFICIAL
2 En los párrafos B56 a B62 el término “incentivos con pagos
basados en acciones” se refiere a transacciones con pagos basados
en acciones consolidadas (irrevocables) o no consolidadas (no son
irrevocables).
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424 DIARIO OFICIALEdición 50.820
Viernes, 28 de diciembre de 2018
1 Los pasivos por seguros que sean relevantes (considerados
junto a los costos de adquisición diferidos y los activos
intangibles que se relacionen con ellos) son aquéllos para los que
las políticas contables de la aseguradora no
requieren una prueba de adecuación de los pasivos que cumpla los
requisitos mínimos del párrafo 16.
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425Edición 50.820Viernes, 28 de diciembre de 2018 DIARIO
OFICIAL
2 El Consejo emitió versiones sucesivas de la NIIF 9 en 2009,
2010, 2013 y 2014.
3 En este párrafo, los pasivos por contratos de seguro
comprenden tanto los costos de adquisición diferidos como los
activos intangibles conexos, tal como se discute en los párrafos 31
y 32.
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426 DIARIO OFICIALEdición 50.820
Viernes, 28 de diciembre de 2018
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427Edición 50.820Viernes, 28 de diciembre de 2018 DIARIO
OFICIAL
4 Cuando una entidad aplica la NIIF 7, la referencia a la NIC 32
se sustituye por una referencia a la NIIF 7.
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Viernes, 28 de diciembre de 2018
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429Edición 50.820Viernes, 28 de diciembre de 2018 DIARIO
OFICIAL
5 Cuando una entidad aplica la NIIF 7, la referencia a la NIC 32
se sustituye por una referencia a la NIIF 7.
6 Cuando una entidad aplica la NIIF 7, la referencia a la NIC 32
se sustituye por una referencia a la NIIF 7.
7 Para este propósito, los contratos celebrados simultáneamente
con una sola contraparte (o contratos que serían en otro caso
interdependientes) constituyen un contrato único.
1 Para activos clasificados de acuerdo con la presentación en
función del grado de liquidez, los activos no corrientes son
aquéllos que incluyen importes que se esperen recuperar en más de
doce meses después del periodo sobre
el que se informa. El párrafo 3 se aplica a la clasificación de
estos activos.
2 No obstante, en cuanto se espere que los flujos de efectivo de
un activo o grupo de activos surjan de la venta en lugar de su uso
continuado, éstos pueden llegar a ser menos dependientes de los
flujos de efectivo surgidos de otros activos, y de esta forma un
grupo de activos para su disposición, que fue parte de una unidad
generadora de efectivo, podría convertirse en una unidad generadora
de efectivo separada.
3 Distintos de los párrafos 18 y 19, los cuales requieren que
los activos en cuestión se midan de acuerdo con otras NIIF
aplicables.
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430 DIARIO OFICIALEdición 50.820
Viernes, 28 de diciembre de 2018
4 Los costos de distribución son los costos incrementales
directamente atribuibles a ésta, excluyendo los costos financieros
y el gasto por impuestos a las ganancias.
5 Si el activo no corriente es parte de la unidad generadora de
efectivo, su importe recuperable es el importe en libros que habría
sido reconocido tras la distribución de cualquier pérdida por
deterioro del valor surgida en dicha
unidad generadora de efectivo de acuerdo con la NIC 36.
6 A menos que el activo sea una propiedad, planta o equipo o un
activo intangible, que hubiera sido revaluado de acuerdo con la NIC
16 o la NIC 38 antes de su clasificación como mantenido para la
venta, en cuyo caso el ajuste se
tratará como un incremento o decremento procedente de la
revaluación.
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OFICIAL
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432 DIARIO OFICIALEdición 50.820
Viernes, 28 de diciembre de 2018
1 Las referencias al Marco Conceptual son al Marco Conceptual
del IASC para la Preparación y Presentación de Estados Financieros,
adoptado por el IASB en 2001. En septiembre de 2010 el IASB
sustituyó el Marco Conceptual por
el Marco Conceptual para la Información Financiera.
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434 DIARIO OFICIALEdición 50.820
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437Edición 50.820Viernes, 28 de diciembre de 2018 DIARIO
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438 DIARIO OFICIALEdición 50.820
Viernes, 28 de diciembre de 2018
1 El párrafo 44G se modificó como consecuencia de Exención
Limitada de la Información a Revelar Comparativa de la NIIF 7 para
Entidades que Adoptan por Primera vez las NIIF (Modificación a la
NIIF 1) emitido en enero de 2010. El
Consejo modificó el párrafo 44G para aclarar sus conclusiones y
la transición pretendida para Mejora de la Información a Revelar
sobre Instrumentos Financieros (Modificaciones a la NIIF 7).
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439Edición 50.820Viernes, 28 de diciembre de 2018 DIARIO
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440 DIARIO OFICIALEdición 50.820
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442 DIARIO OFICIALEdición 50.820
Viernes, 28 de diciembre de 2018
1 Para activos clasificados de acuerdo con la presentación en
función del grado de liquidez, los activos no corrientes son
aquéllos que incluyen importes que se esperen recuperar en más de
doce meses después del periodo sobre
el que se informa.
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443Edición 50.820Viernes, 28 de diciembre de 2018 DIARIO
OFICIAL
2 Para activos clasificados de acuerdo con la presentación en
función del grado de liquidez, los activos no corrientes son
aquéllos que incluyen importes que se esperen recuperar en más de
doce meses después del periodo sobre
el que se informa.
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444 DIARIO OFICIALEdición 50.820
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Viernes, 28 de diciembre de 2018
1 De acuerdo con el párrafo 7.2.21 una entidad puede elegir,
como su política contable, continuar aplicando los requerimientos
de la contabilidad de coberturas de la NIC 39 en lugar de los
requerimientos del Capítulo 6 de esta
Norma. Si una entidad ha realizado esta elección, las
referencias en esta Norma a requerimientos de contabilidad de
coberturas concretos del Capítulo 6 no son relevantes. En su lugar
la entidad aplicará los requerimientos de
contabilidad de coberturas relevantes de la NIC 39.
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OFICIAL
2 Este término (como se define en la NIIF 7) se utiliza en los
requerimientos para la presentación de los efectos de los cambios
en el riesgo crediticio sobre pasivos designados como a valor
razonable con cambios en resultados
(véase el párrafo 5.7.7).
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3 La NIIF 3 aborda la adquisición de contratos con derivados
implícitos en una combinación de negocios.
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4 En esta Norma, los importes monetarios se expresan en
“unidades monetarias” (u.m.) y en unidades de moneda extranjera
(u.m.e).
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464 DIARIO OFICIALEdición 50.820
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Viernes, 28 de diciembre de 2018
1 El párrafo C7 de la NIIF 10 Estados Financieros Consolidados
establece que “Si una entidad aplica esta NIIF pero no aplica
todavía la NIIF 9, cualquier referencia en esta NIIF a la NIIF 9
deberá interpretarse como una referencia a
la NIC 39 Instrumentos Financieros: Reconocimiento y
Medición.”
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1 Si una entidad aplica estas modificaciones pero no aplica
todavía la NIIF 9, la referencia en estas modificaciones a la NIIF
9 deberá interpretarse como una referencia a la NIC 39 Instrumentos
Financieros: Reconocimiento y
Medición.
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1 En esta NIIF, los importes monetarios se expresan en “unidades
monetarias (u.m.)”.
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1 En septiembre de 2010, el IASB sustituyó el Marco Conceptual
para la Preparación y Presentación de Estados Financieros por el
Marco Conceptual para la Información Financiera. El término
“representación razonable” abarca las
características principales que el Marco Conceptual anterior
denominaba “fiabilidad”. El requerimiento del párrafo 13 de esta
Norma se basa en los requerimientos de la NIC 8 que conserva el
término “fiabilidad”.
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508 DIARIO OFICIALEdición 50.820
Viernes, 28 de diciembre de 2018
1 Si una entidad aplica esta Interpretación a periodos que
comiencen antes del 1 de enero de 2005, la entidad seguirá los
requerimientos de las versiones anteriores de la NIC 8 que se
denominaba Ganancia o Pérdida Neta del
Periodo, Errores Fundamentales y Cambios en las Políticas
Contables, a menos que la entidad esté aplicando la versión
revisada de esa norma para ese periodo anterior.
1 En agosto de 2005, la NIC 32 fue modificada como NIC 32
Instrumentos Financieros: Presentación. En febrero de 2008 el IASB
modificó la NIC 32 requiriendo que los instrumentos se clasificasen
como patrimonio si esos
instrumentos reunían todas las características y cumplían las
condiciones de los párrafos 16A y 16B o de los párrafos 16C y 16D
de la NIC 32.
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509Edición 50.820Viernes, 28 de diciembre de 2018 DIARIO
OFICIAL
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510 DIARIO OFICIALEdición 50.820
Viernes, 28 de diciembre de 2018
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511Edición 50.820Viernes, 28 de diciembre de 2018 DIARIO
OFICIAL
1 La identificación de hiperinflación se base en la valoración
de la entidad de los criterios del párrafo 3 de la NIC 29.
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512 DIARIO OFICIALEdición 50.820
Viernes, 28 de diciembre de 2018
1 En septiembre de 2010 el IASB sustituyó el Marco Conceptual
por el Marco Conceptual para la Información Financiera.
2 El título de la SIC-29, anteriormente Información a
Revelar—Acuerdos de Concesión de Servicios fue modificado por la
CINIIF 12.
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513Edición 50.820Viernes, 28 de diciembre de 2018 DIARIO
OFICIAL
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514 DIARIO OFICIALEdición 50.820
Viernes, 28 de diciembre de 2018
1 Éste será el caso de estados financieros consolidados, estados
financieros en los que las inversiones tales como asociadas o
negocios conjuntos se contabilizan utilizando el método de la
participación, y estados financieros que
incluyen una sucursal o una operación conjunta, tal y como se
definen en la NIIF 11 Acuerdos Conjuntos.
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515Edición 50.820Viernes, 28 de diciembre de 2018 DIARIO
OFICIAL
2 El método directo es el método de consolidación en el que los
estados financieros del negocio en el extranjero se convierten
directamente a la moneda funcional de la controladora última. El
método por etapas es el método de
consolidación por el cual los estados financieros del negocio en
el extranjero se convierten, en primer lugar, a la moneda funcional
de la controladora o controladoras intermedias, y seguidamente se
convierten a la moneda
funcional de la controladora última (o a la moneda de
presentación si fuese diferente).
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516 DIARIO OFICIALEdición 50.820
Viernes, 28 de diciembre de 2018
1 El párrafo 7 de la NIC 1 define a los propietarios como
tenedores de instrumentos clasificados como patrimonio.
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517Edición 50.820Viernes, 28 de diciembre de 2018 DIARIO
OFICIAL
1 En septiembre de 2010 el IASB sustituyó el Marco Conceptual
por el Marco Conceptual para la Información Financiera.
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518 DIARIO OFICIALEdición 50.820
Viernes, 28 de diciembre de 2018
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519Edición 50.820Viernes, 28 de diciembre de 2018 DIARIO
OFICIAL
1 Por ejemplo, el párrafo 106 de la NIIF 15 Ingresos de
Actividades Ordinarias Procedentes de Contratos con Clientes
requiere que, si un cliente paga una contraprestación o una entidad
tiene un derecho incondicional a recibir un
importe como contraprestación (es decir, una cuenta por cobrar)
antes de que la entidad transfiera un bien o servicio al cliente,
la entidad presentará el contrato como un pasivo del contrato
cuando el pago se realice o sea
exigible (lo que ocurra primero).
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520 DIARIO OFICIALEdición 50.820
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521Edición 50.820Viernes, 28 de diciembre de 2018 DIARIO
OFICIAL
1 Las referencias al Marco Conceptual son al Marco Conceptual
para la Preparación y Presentación de Estados Financieros del IASC,
adoptado por el IASB en 2001. En septiembre de 2010, el IASB
sustituyó el
Marco Conceptual por el Marco Conceptual para la Información
Financiera.
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522 DIARIO OFICIALEdición 50.820
Viernes, 28 de diciembre de 2018
“Las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF)
junto con su documentación complementaria se emiten por el Consejo
de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB),30 Cannon Street,
London EC4M 6XH, United Kingdom. Tel: +44 (0)20 7246 6410 Fax: +44
(0)20 7246 6411Correo electrónico: [email protected] Web:
www.ifrs.orgCopyright © 2011 IFRS Foundation El IASB, la Fundación
IFRS, los autores y los editores no aceptan responsabilidad alguna
por las pérdidas que se puedan causar a las personas que actúen o
se abstengan de actuar basándose en el material incluido en esta
publicación, ya se haya causado esta pérdida por negligencia o por
otra causa. Las NIIF (que incluyen las Normas Internacionales de
Contabilidad e Interpretaciones) son propiedad de la Fundación
IFRS. El texto aprobado de las NIIF es el emitido por el IASB en
idioma inglés. Se pueden obtener copias en el Departamento de
Publicaciones de la Fundación IFRS. Para consultar las cuestiones
relativas a los derechos de propiedad y copia, dirigirse a: IFRS
Foundation Publications Department; 30 Cannon Street, London EC4M
6XH, United Kingdom.Tel: +44 (0)20 7332 2730 Fax: +44 (0)20 7332
2749 Correo electrónico: [email protected] Web: www.ifrs.org
Reservados todos los derechos. Ninguna parte de estas publicaciones
puede ser traducida, reimpresa, ni reproducida o utilizada en
ninguna forma, ya sea total o parcialmente, ni siquiera utilizando
medios electrónicos, mecánicos o de otro tipo, existentes o por
inventar, incluyendo fotocopiado y grabación u otros sistemas de
almacenamiento o recuperación de información, sin el permiso
previo, por escrito, de la Fundación IFRS. La traducción al español
de las Normas Internacionales de Información Financiera,
Interpretaciones y del resto del material procedente del IASB, que
se ha incluido en esta publicación, ha sido aprobada por un Comité
de Revisión nombrado por la Fundación IFRS. La traducción al
español se publica en Colombia, con el permiso de la Fundación IFRS
por el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, el Ministerio de
Comercio, Industria y Turismo y entes gubernamentales, en
colaboración con el Instituto Nacional de Contadores Públicos de
Colombia. Los derechos de autor de la traducción al español son de
la Fundación IFRS.”
“La fundación IFRS ha renunciado al derecho de hacer valer sus
derechos de autor sobre los estándares internacionales de
información financiera en el territorio de Colombia en español
solamente. La fundación IFRS se reserva todos los derechos fuera
del territorio antes mencionado.”
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OFICIAL
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524 DIARIO OFICIALEdición 50.820
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525Edición 50.820Viernes, 28 de diciembre de 2018 DIARIO
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527Edición 50.820Viernes, 28 de diciembre de 2018 DIARIO
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Viernes, 28 de diciembre de 2018
1 Hasta que la NIC 39 se sustituya por la NIIF 9 Instrumentos
Financieros, una entidad aplicará la versión de la NIC 39 que esté
vigente en la fecha de presentación de la entidad, tomando como
referencia la publicación de las NIIF
completas tituladas Normas Internacionales de Información
Financiera Consolidadas sin aplicación anticipada (Libro Azul).
Cuando se sustituya la NIC 39 por la NIIF 9, una entidad aplicará
la versión de la NIC 39 que se aplique
inmediatamente antes de que la NIIF 9 sustituya la NIC 39. Una
copia de esa versión se conservará como referencia en la página web
de las PYMES del sitio web del IASB
(http://go.ifrs.org/IFRSforSMEs).
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531Edición 50.820Viernes, 28 de diciembre de 2018 DIARIO
OFICIAL
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532 DIARIO OFICIALEdición 50.820
Viernes, 28 de diciembre de 2018
(c) el importe de las pérdidas por deterioro de valor para cada
clase de activo financiero.
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533Edición 50.820Viernes, 28 de diciembre de 2018 DIARIO
OFICIAL
(e) el importe de cualquier exceso del cambio acumulado en el
valor razonable del instrumento de cobertura sobre el cambio
acumulado en el valor razonable de los flujos de efectivo esperados
que se reconoció en el resultado del periodo (párrafo 12.23).
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534 DIARIO OFICIALEdición 50.820
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535Edición 50.820Viernes, 28 de diciembre de 2018 DIARIO
OFICIAL
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536 DIARIO OFICIALEdición 50.820
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“Las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF)
junto con su documentación complementaria se emiten por el Consejo
de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB),30 Cannon Street,
London EC4M 6XH, United Kingdom. Tel: +44 (0)20 7246 6410 Fax: +44
(0)20 7246 6411Correo electrónico: [email protected] Web:
www.ifrs.orgCopyright © 2011 IFRS Foundation El IASB, la Fundación
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por las pérdidas que se puedan causar a las personas que actúen o
se abstengan de actuar basándose en el material incluido en esta
publicación, ya se haya causado esta pérdida por negligencia o por
otra causa. Las NIIF (que incluyen las Normas Internacionales de
Contabilidad e Interpretaciones) son propiedad de la Fundación
IFRS. El texto aprobado de las NIIF es el emitido por el IASB en
idioma inglés. Se pueden obtener copias en el Departamento de
Publicaciones de la Fundación IFRS. Para consultar las cuestiones
relativas a los derechos de propiedad y copia, dirigirse a: IFRS
Foundation Publications Department; 30 Cannon Street, London EC4M
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2749 Correo electrónico: [email protected] Web: www.ifrs.org
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puede ser traducida, reimpresa, ni reproducida o utilizada en
ninguna forma, ya sea total o parcialmente, ni siquiera utilizando
medios electrónicos, mecánicos o de otro tipo, existentes o por
inventar, incluyendo fotocopiado y grabación u otros sistemas de
almacenamiento o recuperación de información, sin el permiso
previo, por escrito, de la Fundación IFRS. La traducción al español
de las Normas Internacionales de Información Financiera,
Interpretaciones y del resto del material procedente del IASB, que
se ha incluido en esta publicación, ha sido aprobada por un Comité
de Revisión nombrado por la Fundación IFRS. La traducción al
español se publica en Colombia, con el permiso de la Fundación IFRS
por el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, el Ministerio de
Comercio, Industria y Turismo y entes gubernamentales, en
colaboración con el Instituto Nacional de Contadores Públicos de
Colombia. Los derechos de autor de la traducción al español son de
la Fundación IFRS.”
“La fundación IFRS ha renunciado al derecho de hacer valer sus
derechos de autor en los estándares internacionales de información
financiera para pequeñas y medianas empresas, en el territorio de
Colombia en español solamente. La fundación IFRS se reserva todos
los derechos fuera del territorio antes mencionado.”
156.l.f1.6.1.4.1.31.6.1.4.1.3.p11.6.1.4.1.3.p21.6.1.4.1.3.p31.6.1.4.1.3.p45612_GoBack_Hlk531158027_Ref492283311_Ref492283306_Hlk531159024_Hlk531158872_Hlk531159009_Hlk517767633_Hlk531881499OLE_LINK7OLE_LINK8OLE_LINK9OLE_LINK6OLE_LINK3OLE_LINK4OLE_LINK5OLE_LINK11OLE_LINK16OLE_LINK17OLE_LINK20Poder
Público – Rama LegislativaLEY 1943 DE 2018por la cual se expiden
normas de financiamiento para el restablecimiento del equilibrio
del presupuesto general y se dictan otras disposiciones.LEY 1944 DE
2018por medio del cual se modifica la Ley 599 de 2000 y se crean
los tipos penales de abigeato y abigeato agravado.Ministerio de
Hacienda y Crédito públicoDECRETO número 2467 de 2018por el cual se
liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal
de 2019, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen
los gastos.DECRETO NÚMERO 2468 DE 2018por el cual se adiciona el
inciso 2° al artículo 2.6.7.4.4 del Capítulo 4, Título 7, Parte 6,
Libro 2 del Decreto 1068 de 2015, Único Reglamentario del Sector
Hacienda y Crédito Público, que regula una línea de redescuento con
tasa compensada de la Financ
DECRETO NÚMERO 2469 DE 2018por el cual se modifican y adicionan
algunos artículos del Título 5 de la Parte 6 del Libro 1 del
Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria.
DECRETO NÚMERO 2470 DE 2018por el cual se reducen unas
apropiaciones en el Presupuesto General de la Nación de la vigencia
fiscal de 2018 y se dictan otras disposiciones.
DECRETO NÚMERO 2471 DE 2018por el cual se prorrogan unos empleos
temporales en la planta del Ministerio de Hacienda y Crédito
Público.
DECRETO NÚMERO 2472 DE 2018por el cual se ordena la
capitalización de Positiva Compañía de Seguros S. A.
DECRETO NÚMERO 2484 DE 2018por el cual se efectúa un ajuste en
el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal 2018 y
se efectúa la correspondiente liquidación.
Ministerio de Justicia y del DerechoRESOLUCIÓN EJECUTIVA NÚMERO
330 DE 2018por la cual se decide el recurso de reposición
interpuesto contra la Resolución Ejecutiva número 260 del 4 de
octubre de 2018.RESOLUCIÓN EJECUTIVA NÚMERO 331 DE 2018por la cual
se ordena una entrega.
RESOLUCIÓN EJECUTIVA NÚMERO 332 DE 2018por la cual se ordena una
entrega.
RESOLUCIÓN EJECUTIVA NÚMERO 333 DE 2018por la cual se ordena una
entrega.
RESOLUCIÓN EJECUTIVA NÚMERO 334 DE 2018por la cual se decide
sobre una solicitud de extradición.
Ministerio de Agricultura y Desarrollo RuralDECRETO NÚMERO 2458
DE 2018por medio del cual se adiciona el Título 7 a la Parte 12 del
Libro 2 del Decreto 1071 de 2015, Decreto Único Reglamentario del
Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural,
en lo relacionado con el Seguro Agropecuario.DECRETO NÚMERO 2459 DE
2018por el cual se prorroga la vigencia de los empleos temporales
creados mediante el Decreto 1839 de 2016 en la planta de personal
de la Agencia de Desarrollo Rural (ADR).
DECRETO NÚMERO 2460 DE 2018por el cual se prorroga la vigencia
de los empleos temporales creados en la planta de personal de la
Agencia Nacional de Tierras (ANT).
DECRETO NÚMERO 2461 DE 2018por medio del cual se hace un
nombramiento.
Ministerio de Salud y Protección SocialDECRETO NÚMERO 2473 DE
2018por el cual se determina la permanencia de unos reglamentos
técnicos en materia de medicamentos y dispositivos médicos.DECRETO
NÚMERO 2474 DE 2018por el cual se determina la permanencia del
reglamento técnico que regula la fabricación, comercialización,
envase, rotulado o etiquetado, régimen de registro sanitario, de
control de calidad, de vigilancia sanitaria y control sanitario de
los suplementos
DECRETO NÚMERO 2475 DE 2018por el cual se determina la
permanencia de unos reglamentos técnicos en materia de medicamentos
y dispositivos médicos, productos fitoterapéuticos, homeopáticos y
reactivos de diagnóstico in vitro.
DECRETO NÚMERO 2476 DE 2018por el cual se determina la
permanencia del reglamento técnico que regula los requisitos
sanitarios que deben cumplir los establecimientos dedicados al
procesamiento, envase, transporte, expendio, importación,
exportación y comercialización de caracoles c
DECRETO NÚMERO 2477 DE 2018por el cual se determina la
permanencia de unos reglamentos técnicos.
DECRETO NÚMERO 2478 DE 2018por el cual se establecen los
procedimientos sanitarios para la importación y exportación de
alimentos, materias primas e ingredientes secundarios para
alimentos destinados al consumo humano, para la certificación y
habilitación de fábricas de alimentos u
RESOLUCIÓN NÚMERO 0005848 DE 2018RESOLUCIÓN NÚMERO 0005849 DE
2018por la cual se determina la permanencia de unos reglamentos
técnicos en materia de medicamentos.
RESOLUCIÓN NÚMERO 0005858 DE 2018por la cual se fija el valor de
la Unidad de Pago por Capitación (UPC) que financia los servicios y
las tecnologías del Plan de Beneficios en Salud, de los Regímenes
Contributivo y Subsidiado para la vigencia 2019 y se dictan otras
disposiciones.
CIRCULAR EXTERNA NÚMERO 046 DE 2018
Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos
MédicosCIRCULAR NÚMERO 08 DE 2018por la cual se modifica
parcialmente la Circular 07 de 2018.
Ministerio de Comercio, Industria y TurismoDECRETO NÚMERO 2464
DE 2018por el cual se prorroga la vigencia de los empleos
temporales creados en la planta de personal de la Superintendencia
de Industria y Comercio mediante Decreto 1241 de 2017.DECRETO
NÚMERO 2483 DE 2018por medio del cual se compilan y actualizan los
marcos técnicos de las Normas de Información Financiera NIIF para
el Grupo 1 y de las Normas de Información Financiera, NIIF para las
Pymes, Grupo 2, anexos al Decreto 2420 de 2015, modificado por los
Decret
RESOLUCIÓN NÚMERO 2574 DE 2018por la cual se extiende la
vigencia de la Resolución número 497 del 20 del 2013 que contiene
el reglamento técnico para etiquetado de productos en
circunstancias especiales señaladas en el artículo 15 de la Ley
1480 del 12 de octubre de 2011.
RESOLUCIÓN NÚMERO 2575 DE 2018por la cual se extiende la
vigencia de la Resolución número 180 del 2013 que contiene el
reglamento técnico para etiquetado de baldosas cerámicas, que se
importen o se fabriquen nacionalmente para su comercialización o
uso en Colombia.
RESOLUCIÓN NÚMERO 2580 DE 2018por la cual se extiende la
vigencia de la Resolución número 2876 de julio 5 de 2013 que
contiene el Reglamento Técnico aplicable a la información del
estampe original, etiquetado y aspecto físico de cilindros
transportables sin costuras o sin soldaduras,
Ministerio de Educación NacionalDECRETO NÚMERO 2466 DE 2018por
el cual se prorroga parcialmente la planta de empleos temporales
para el Programa Todos a Aprender del Ministerio de Educación
Nacional.RESOLUCIÓN Número 018858 de 2018por la cual se expiden los
Lineamientos Técnicos - Administrativos, los Estándares y las
Condiciones Mínimas del Programa de Alimentación Escolar (PAE) para
Pueblos Indígenas.
RESOLUCIÓN Número 019195 de 2018por la cual se crea la Mesa de
Diálogo para la Construcción de Acuerdos para la Educación Superior
Pública.
RESOLUCIÓN Número 019244 de 2018por medio de la cual se fijan
los honorarios de los integrantes de las Salas de Revisión y
Consulta, de Evaluación y de Coordinadores de la Comisión Nacional
Intersectorial de Aseguramiento de la Calidad de la Educación
Superior (CONACES).
RESOLUCIÓN Número 019245 de 2018por la cual se fija el
procedimiento para convocatoria, inscripción, postulación y
elección del representante de los estudiantes universitarios ante
el Consejo Nacional de Educación Superior (CESU), para el periodo
2019-2021.
Ministerio de Ambiente y Desarrollo SostenibleDECRETO NÚMERO
2462 DE 2018por el cual se modifica el Decreto 1076 de 2015, Único
Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible, en
relación con la exigencia del Diagnóstico Ambiental de Alternativas
para los proyectos de exploración y uso de fuentes de energía
alternatRESOLUCIÓN Número 2502 de 2018por la cual se extiende la
vigencia de la Resolución 910 de 2008, modificada por la Resolución
1111 de 2013.
Ministerio de ambiente y desarrollo sostenibley Ministerio de
Comercio, Industria y TurismoRESOLUCIÓN NÚMERo 2507 DE 2018por la
cual se extiende la vigencia de las Resoluciones 1652 de 2007 y
0171 de 2013.
Ministerio de Tecnologías de la Información y las
ComunicacionesRESOLUCIÓN NÚMERO 0003536 DE 2018por la cual se
aprueba la emisión de la estampilla “Conmemoración de los 115 años
de fundación de la Clínica de Marly S. A.
Ministerio de TransporteDECRETO NÚMERO 2479 DE 2018por el cual
se hace una incorporación.RESOLUCIÓN NÚMERO 0006183 DE 2018por la
cual se prorroga la vigencia del beneficio de tarifa diferencial de
las categorías especiales I E y IIE para las estaciones de peaje
Estambul y CIAT, establecida en la Resolución 1666 de 2014 del
Ministerio de Transporte y prorrogadas por la Resolu
RESOLUCIÓN NÚMERO 0006184 DE 2018por la cual se adoptan las
reglas con las cuales se desarrollará el procedimiento para el
otorgamiento del permiso de operación de rutas y horarios en el
servicio público de transporte terrestre automotor de pasajeros por
carretera.
RESOLUCIÓN NÚMERO 0006185 DE 2018por la cual se establecen
condiciones especiales de renovación de flota, para garantizar la
adecuada y oportuna prestación del servicio de transporte de los
trabajadores agrarios, desde y hacia las fincas de producción de la
Zona Agraria Bananera de Antio
RESOLUCIÓN NÚMERO 0006186 DE 2018 por la cual se modifica el
artículo 5° de la Resolución 1918 de 2015, modificado por la
Resolución 5642 de 2016 del Ministerio de Transporte.
Departamento Administrativo de la Función PúblicaDECRETO NÚMERO
2482 DE 2018
Departamento Administrativo para la Prosperidad SocialDECRETO
NÚMERO 2480 DE 2018por medio del cual se declara el Día Nacional
del Defensor de Familia.DECRETO NÚMERO 2481 DE 2018
SuperintendenciasSuperintendencia de Industria y
ComercioRESOLUCIÓN NÚMERO 93503 DE 2018por la cual se establecen
los ingresos operacionales y los activos totales que se tendrán en
cuenta para informar una operación de integración durante el año
2019.
Superintendencia de Puertos y TransporteCIRCULAR EXTERNA número
000053 de 2018
Superintendencia de Vigilancia y Seguridad PrivadaCIRCULAR
EXTERNA NÚMERO 20181300000325 DE 2018
Unidades Administrativas EspecialesComisión de Regulación de
Energía y GasRESOLUCIÓN número 136A DE 2018Por la cual se actualiza
la base de activos de Transelca S. A. ESP y se modifican los
parámetros necesarios para determinar su remuneración en el Sistema
de Transmisión Nacional.
RESOLUCIÓN número 151 DE 2018por la cual se ordena hacer público
el proyecto de resolución “Por la cual se modifican algunas
disposiciones de la Resolución CREG 015 de 2018”.
AVISO NÚMERO 104 DE 2018AVISO NÚMERO 105 de 2018
Dirección de Impuestos y Aduanas NacionalesRESOLUCIÓN NÚMERO
000066 DE 2018por la cual se crea el Comité Interno de Programación
Presupuestal de conformidad con el artículo 19 de la Resolución
número 0010 del 07 de marzo de 2018, expedida por el Ministerio de
Hacienda y Crédito Público y se le asignan funciones.
RESOLUCIÓN NÚMERO 000067 DE 2018por la cual se delegan unas
funciones dentro de los procesos de autorización, negación,
interrupción y cancelación de la autorización como Operador
Económico Autorizado.
RESOLUCIÓN NÚMERO 010662 DE 2018por la cual se efectúa un
nombramiento ordinario
RESOLUCIÓN NÚMERO 011244 DE 2018por la cual se efectúa un
nombramiento ordinario.
RESOLUCIÓN NÚMERO 011304 DE 2018por la cual se efectúan unos
nombramientos con carácter provisional.
Comisión de Regulación de ComunicacionesRESOLUCIÓN NÚMERO 5582
DE 2018por la cual se establece la tarifa de contribución a la CRC
para la vigencia del año 2019.
Unidad de Planeación Minero EnergéticaRESOLUCIÓN NÚMERO 000762
de 2018por la cual se determina el precio base de níquel para la
liquidación de regalías aplicables al cuarto trimestre del
2018.
RESOLUCIÓN NÚMERO 000763 DE 2018por la cual se determinan los
precios base de liquidación de regalías de piedras y metales
preciosos, minerales de hierro, minerales metálicos y concentrados
polimetálicos aplicables al primer trimestre del 2019.
RESOLUCIÓN NÚMERO 000764 DE 2018por la cual se fijan los precios
base para la liquidación de regalías de carbón aplicables al primer
trimestre del 2019.
Dirección de Impuestos y Aduanas de PereiraRESOLUCIÓN NÚMERO
003473 DE 2018por medio de la cual se delegan unas funciones de la
División de Gestión y Asistencia al Cliente de la Dirección
Seccional de Impuestos y Aduanas de Pereira.
Archivo General de la NaciónACUERDO NÚMERO 009 DE 2018por el
cual se reglamenta la gestión documental de los expedientes de las
licencias urbanísticas y otras actuaciones relacionadas con la
expedición de las licencias a cargo de las autoridades municipales
o distritales competentes, o por los curadores urba
ACUERDO NÚMERO 010 DE 2018por medio del cual se reglamentan y
establecen los lineamientos técnicos generales en materia de
gestión documental y en concordancia con la Ley General de Archivos
para el Sistema Nacional de Depuración de Datos y Archivos de
Inteligencia y Contraintelig
Establecimientos PúblicosInstituto Colombiano de Antropología e
HistoriaRESOLUCIÓN NÚMERO 304 DE 2018por la cual se declara una
Área Arqueológica Protegida de orden nacional en el departamento de
Cundinamarca.
Instituto Geográfico Agustín CodazziRESOLUCIÓN NÚMERO 1934 DE
2018por medio de la cual se Adiciona a la lista de peritos
previstas en el artículo primero de la Resolución número 964 de
2016 y el de su modificación la número 964 de 2018.
Territorial CaucaRESOLUCIÓN NÚMERO 19-000-032-2018 DE 2018por la
cual se ordena la renovación de la inscripción en el catastro de
los predios actualizados producto del proceso de actualización de
la formación del catastro de la zona urbana del municipio de Guapi,
departamento del Cauca, y se determina la vigenci
Territorial Norte de SantanderRESOLUCIÓN NÚMERO 54 - 000 - 0030
- 2018 DE 2018por la cual se ordena la renovación de la inscripción
en el catastro de los predios actualizados producto del proceso de
actualización de la formación del catastro de la zona rural, urbana
y corregimientos del municipio de San Cayetano, departamento
NorteRESOLUCIÓN NÚMERO 54 - 000 - 0032 - 2018 DE 2018por la cual se
ordena la renovación de la inscripción en el catastro de los
predios actualizados producto del proceso de actualización de la
formación del catastro de la zona rural del municipio de Villa del
Rosario, departamento Norte de Santander y se dRESOLUCIÓN NÚMERO 54
- 000 - 0034 - 2018 DE 2018por la cual se ordena la renovación de
la inscripción en el catastro de los predios actualizados producto
del proceso de actualización de la formación del catastro de la
zona rural del municipio de Los Patios, departamento Norte de
Santander y se determin
Territorial QuindíoRESOLUCIÓN NúMERO 63-000-0098-2018 DE 2018por
la cual se ordena la Renovación de la Inscripción en el Catastro de
los predios actualizados producto del proceso de actualización de
la formación del catastro de la zona rural del municipio de La
Tebaida, departamento del Quindío, y se determina la v
Territorial RisaraldaRESOLUCIÓN NÚMERO 66-000-067-2018 DE
2018por la cual se ordena la renovación de la inscripción en el
catastro de los predios actualizados producto del proceso de
actualización de la formación del catastro de la zona urbana del
municipio de Quibdó, departamento de Chocó y se determina la
vigencia
Territorial SantanderRESOLUCIÓN NÚMERO 68-000-052-2018 DE
2018por la cual se ordena la renovación de la inscripción en el
catastro de los predios actualizados de los sectores 2, 4 y 5 de la
zona urbana del municipio de Bucaramanga producto del proceso de
actualización de la formación del catastro y se determina la v
RESOLUCIÓN NÚMERO 68-000-053-2018 DE 2018por la cual se ordena
la renovación de la inscripción en el catastro de los predios
actualizados producto del proceso de actualización de la formación
del catastro de la zona urbana y rural del municipio de Socorro,
departamento de Santander y se determin
Territorial TolimaRESOLUCIÓN NÚMERO 73 - 000 - 045 - 2018 DE
2018por medio de la cual se ordena la renovación de la inscripción
en el catastro de los predios urbanos de los sectores 01, 03, 04,
05, 06, 07, 09 y 11 del municipio de Ibagué y determina la vigencia
de los avalúos resultantes.
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Cecilia de la Fuente
de LlerasRESOLUCIÓN NÚMERO 14739 DE 2018por la cual se deroga la
Resolución número 0243 del 20 de enero de 2017 y se dictan otras
disposiciones.
RESOLUCIÓN NÚMERO 14740 DE 2018por medio de la cual se modifica
el parágrafo 1° del artículo 5° de las Resoluciones números 14608,
14609 y 14610 del 17 de diciembre de 2018, mediante la cual se
modificó el Lineamiento Técnico de Servicios para Medidas
Complementarias y/o de Restablecim
Instituto Colombiano AgropecuarioRESOLUCIÓN NÚMERO 00040063 DE
2018RESOLUCIÓN NÚMERO 2688 DE 2018por medio de la cual se adopta la
variación del ancho de la franja de la Zona de Manejo y
Preservación Ambiental del Río Bogotá - (ZMPA) para el predio El
Corzo y áreas contiguas, ubicado en la ciudad de Bogotá, D. C.
RESOLUCIÓN NÚMERO 4073 DE 2018por medio de la cual se resuelve
un recurso de reposición y se adoptan otras determinaciones.
ACUERDO NÚMERO 34 DE 2018por medio del cual se resuelve un
recurso de Reposición interpuesto contra del Acuerdo número 16 del
20 de junio de 2018.
ACUERDO NÚMERO 38 DE 2018por medio del cual se asigna nombre al
Parque Lineal río Bogotá y se dictan otras disposiciones.
ACUERDO NÚMERO 42 DE 2018por medio del cual se establece la meta
global de carga contaminante de DBO5 y SST para la cuenca del río
Medio y Bajo Suárez, para el periodo comprendido entre el 1° de
enero de 2018 y el 31 de diciembre de 2022.
ACUERDO NÚMERO 43 DE 2018por el cual se realizan unos ajustes
cartográficos en los límites de la Reserva Forestal Protectora
Páramo de “El Frailejonal” en el municipio de Machetá, jurisdicción
de la CAR y se toman otras determinaciones.
ACUERDO NÚMERO 44 DE 2018por medio del cual se sustrae un área
del Distrito de Manejo Integrado de los Recursos Naturales Sector
Salto del Tequendama-Cerro de Manjuí.
ACUERDO NÚMERO 45 DE 2018por medio del cual se sustrae un área
del Distrito de Manejo Integrado Páramo de Guargua y Laguna
Verde.
Corporación Autónoma Regional de Boyacá, Corpoboyacá y la
Dirección General de Parques Nacionales Naturales de
ColombiaRESOLUCIÓN PNNC Número 0535 de 2018RESOLUCIÓN CORPOBOYACÁ
Número 4634 de 2018por medio de la cual se reglamenta el uso del
recurso hídrico de las microcuencas de los ríos Cane, La Cebada, y
Leyva, las microcuencas de las quebradas El Roble y Colorada, los
canales Españoles y Rosita y sus tributarios, en los municipios de
Arcabuco,
V a r i o sTrabajadores Temporales S.A.S.El Representante Legal
de Trabajadores Temporales S.A.S., domiciliada en la calle 25A N°
32-55, Barrio Gran América, ciudad de Bogotá/Cundinamarca, actuando
en conformidad con lo indicado en el artículo 212 del Código
Sustantivo del Trabajo, hace saber quOlga Prieto de Sarmiento,
cédula de ciudadanía número 41715531 actuando en calidad de
Hermana.