8/18/2019 DS 2007 032 Modificatoria
1/6
8/18/2019 DS 2007 032 Modificatoria
2/6
Que, el artículo 38 de la referida Ley establece que los programa
funcionales creadas para atender un problema o s ituación crítica, o
política pública específica en el ámbito de competencia de la entidad a la
En
uso de la facultad conferida por el numeral 8 del artículo 118
Política del Perú y de conformidad
con la
Ley W 27792, Ley de Organiza
del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y en la Ley
Orgánica del Poder Ejecutivo;
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
DECRETA:
rtículo 1.- Creación del Programa Nuestras Ciudades
Créase el Programa Nuestras Ciudades en el Ministerio de Vivien
y Saneamiento, bajo
el
ámbito del Viceministerio de Vivienda y U
propósito de lograr el desarrollo sustentable de las ciudades del Per
participación coordinada y concurrente de
los
tres niveles de gobierno
sector privado y sociedad civil.
rtículo
2.- Objetivo del Programa
El objetivo del Programa Nuestras Ciudades es promover
conservación, mejoramiento, protección e integración de nuestras ciudade
contribuyan a mejorar la calidad de vida en ellas, activar potencialid
culturales, atraer nuevas inversiones e irradiar beneficios a sus áreas
Programa incluye también la promoción del reasentamiento de ciudad
fundación de nuevas ciudades, el desarrollo de capacidades locales
ciudadana.
8/18/2019 DS 2007 032 Modificatoria
3/6
8/18/2019 DS 2007 032 Modificatoria
4/6
8/18/2019 DS 2007 032 Modificatoria
5/6
8/18/2019 DS 2007 032 Modificatoria
6/6