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Apr 14, 2017

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Diapositiva 1

REGISTRO UNICO DE CONTRIBUYENTES

R U CDr. Vinicio Saruz E. MSc. 03/11/20151

Es el punto de partida para el proceso de control de la Administracin Tributaria.

El RUC constituye el nmero de identificacin de todas las personas naturales, sociedades, y entidades del sector pblico que sean sujetos de obligaciones tributarias.REGISTRO NICO DE CONTRIBUYENTES03/11/20152

REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIN03/11/20153 PERSONAS NATURALES

Original y copia de la cdula. Original y copia de la papeleta de votacin. Original y copia de un documento que certifique la direccin del domicilio y del local donde desarrolla su actividad econmica. Que sea de uno de los ltimos tres meses anteriores a la fecha de registro.CONTADORES:Original o copia certificada del ttulo profesional o carn del colegio profesional.

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ESTRUCTURA RUC PERSONAS NATURALES 03/11/201541758743212 001

Cdula de identidad o ciudadanaSiempre

RUC SOCIEDADES PRIVADAS03/11/2015517 9 171717 8 001

Tres ltimos dgitos: siempre 001Dcimo digito: dgito verificadorCuarto al noveno dgitos: 6 nmeros secuencialesTercer dgito: siempre 9Dos primeros dgitos: Identificacin de la provincia

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RUC SOCIEDADES PBLICAS03/11/2015617 6 17171 7 0 001

Tres ltimos dgitos: siempre 001Dcimo dgito: siempre cero

Noveno: dgito verificadorCuarto al octavo dgitos: 5 nmeros secuencialesTercer dgito: siempre 6Dos primeros dgitos: Identificacin de la provincia

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RUC EXTRANJEROS NO INMIGRANTES 03/11/2015717 9 171717 8 001

Tres ltimos dgitos siempre 001Dcimo dgito: dgito verificadorCuarto al noveno dgitos: 6 nmeros secuencialesTercer dgito: siempre 9Dos primeros dgitos: Identificacin de la provincia

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ACTUALIZACINLos contribuyentes estn en la obligacin de registrar o comunicar cualquier tipo de cambio que existiera, tales como: Cambio de denominacin o razn social. Cambio de actividad econmica. Cambio de domicilio. Cese de actividades. Aumento o Disminucin de Capitales. Establecimiento o supresin de sucursales. Cambio de representante legal; y, Cambio de tipo de empresa.03/11/20158

ESTADOS DEL RUC03/11/20159ACTIVOCANCELACIN EN TRMITEEs todo contribuyente que se encuentra registrado en el Registro nico de Contribuyentes y por lo tanto es sujeto pasivo de obligaciones tributarias

Trmino aplicado a sociedades pblicas y privada, que ha iniciado el proceso para cancelar el RUC

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Suspensin en trmiteSuspensin definitivaPASIVOTrmino aplicado a personas naturales, que han iniciado un proceso de suspensin del RUC Trmino aplicado a las personas naturales, que han terminado sus actividades econmicasTrmino aplicado a las personas naturales que han fallecido, y a las sociedades que han cancelado su RUC

ESTADOS DEL RUC03/11/201510

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COMPROBANTES DE VENTA Y RETENCION

FACTURA03/11/201511

03/11/201512Comprobantes de Venta.- Son comprobantes de venta los siguientes documentos:

a) Facturas;

b) Notas de venta - RISE;

c) Liquidaciones de compra de bienes y prestacin de servicios;

d) Tiquetes emitidos por mquinas registradoras;

e) Boletos o entradas a espectculos pblicos; y,

f) Otros documentos autorizados en el presente reglamento.

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03/11/201513Documentos complementarios.- Son documentos complementarios los siguientes:

a) Notas de crdito;

b) Notas de dbito; y,

c) Guas de remisin.

Otros documentos autorizados: Documentos emitidos por Instituciones del Sistema Financiero Nacional y las instituciones de servicios financieros emisoras o administradoras de tarjetas de crdito

Boletos areos y documentos de pago por sobrecarga con los siguientes requisitos: a) Identificacin del pasajero; b) Impuesto al valor agregado bajo la nomenclatura EC

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03/11/201514Otros documentos autorizados:

Guas areas o cartas de porte areo, fsicas o electrnicas y los conocimientos de embarque

Documentos emitidos por Instituciones del Estado en la prestacin de servicios administrativos

La declaracin aduanera y dems documentos recibidos en las operaciones de comercio exterior

En el caso de los contratos para la exploracin y explotacin de hidrocarburos, las liquidaciones que PETROECUADOR o las partes del contrato efecten por el pago de la tasa de servicios, el costo de operacin o cualquier otra remuneracin, constituyen el comprobante de venta para efectos legales pertinentes

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03/11/201515Otros documentos autorizados:

Otros que por su contenido y sistema de emisin, permitan un adecuado control por parte del Servicio de Rentas Internas y se encuentren expresamente autorizados por dicha institucin.

En todos los casos, los nombres de emisor y adquiriente deben coincidir con el Registro nico de Contribuyentes o con su documento de identidad de ser el caso.

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03/11/201516Autorizacin.-

Los sujetos pasivos solicitarn la autorizacin a travs de los establecimientos grficos autorizados.

El Perodo de vigencia de la autorizacin para imprimir y emitir comprobantes de venta, documentos complementarios y comprobantes de retencin ser de un ao.

Cuando el sujeto pasivo no hubiere presentado y pagado cuando corresponda, durante el ltimo semestre alguna declaracin, se autorizar la impresin de los documentos con un plazo de vigencia improrrogable de tres meses.

La Administracin Tributaria podr suspender la vigencia de la autorizacin para emitir comprobantes de venta, retencin y documentos complementarios previa notificacin al contribuyente.

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03/11/201517Obligacin de emisin de comprobantes de venta y comprobantes de retencin..-

Estn obligados a emitir y entregar comprobantes de venta todos los sujetos pasivos de impuestos, a pesar de que el adquirente no los solicite o exprese que no los requiere.

Dicha obligacin nace con la transferencia de bienes, an cuando se realicen a ttulo gratuito, autoconsumo o de la prestacin de servicios de cualquier naturaleza.

Se deber emitir y entregar comprobantes de venta, por cualquier monto.

Los sujetos pasivos inscritos en el rgimen simplificado debern sujetarse a las normas particulares de dicho rgimen.

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03/11/201518Obligacin de emisin de comprobantes de venta y comprobantes de retencin..-

En transacciones al exterior gravadas con Impuesto a la Salida de Divisas, el agente de percepcin emitir el comprobante de venta por el servicio prestado en el que se deber detallar el valor transferido y el monto del Impuesto.

Los trabajadores en relacin de dependencia no estn obligados a emitir comprobantes de venta por sus remuneraciones.

Los agentes de retencin en forma obligatoria emitirn el comprobante de retencin en el momento que se realice el pago o se acredite en cuenta, lo que ocurra primero y estar disponible para la entrega al proveedor dentro de los cinco das hbiles siguientes.

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03/11/201519Obligacin de emisin de comprobantes de venta y comprobantes de retencin.-

Las instituciones del sistema financiero nacional, podrn emitir un solo comprobante de retencin a sus clientes y proveedores. El comprobante de retencin deber estar disponible para la entrega dentro de los cinco primeros das del mes siguiente.

Los agentes de retencin del impuesto a la salida de divisas, cuando realicen la transferencia de valores gravados con el impuesto, emitirn el respectivo comprobante que deber estar a disposicin de los contribuyentes del impuesto a la salida de divisas, dentro de los dos das hbiles siguientes a la fecha de retencin.

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03/11/201520Sustento de crdito tributario.-

Para ejercer el derecho al crdito tributario del IVA por parte del adquirente de los bienes o servicios, se considerarn vlidas las facturas, liquidaciones de compras de bienes y prestacin de servicios y los documentos detallados en este reglamento, siempre que se identifique al comprador mediante su nmero de RUC, nombre o razn social, se haga constar por separado el impuesto al valor agregado y se cumplan con los dems requisitos.

Sustento de costos y gastos.-

Para sustentar costos y gastos del adquirente de bienes o servicios, a efectos de la determinacin y liquidacin del impuesto a la renta, se considerarn como comprobantes vlidos los determinados en este reglamento, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en el mismo y permitan una identificacin precisa del adquirente o beneficiario.

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03/11/201521Facturas.-

Se emitirn y entregarn facturas con ocasin de la transferencia de bienes, de la prestacin de servicios o la realizacin de otras transacciones gravadas con impuestos:

a) Se desglosa el importe de los impuestos que graven la transaccin, cuando el adquirente tenga derecho al uso de crdito tributario o sea consumidor final que utilice la factura como sustento de gastos personales;

b) Sin desglosar impuestos, en transacciones con consumidores finales; y,

c) Cuando se realicen operaciones de exportacin.

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Modelo de Factura Confecciones Ecuador Ca. Ltda.Contribuyente Especial Res. 711MATRIZ: Av. Amazonas 421 y VeintimillaSUCURSAL: Av. Prez Moncayo 1233 y VlezRUC 1790172391001FACTURAN. 002-005-000001136Autorizacin: 945613121Comprador: .................................................. RUC /C.C.:.......................................Direccin: ............................................... Fecha: ...................................................

SubtotalIVA 12%Total

Cant.DetalleValor UnitarioValor TotalORIGINAL: ADQUIRENTEFecha de impresin 10/07/09Vlido hasta Julio del 2010Imprenta Nacional Ca. Ltda.RUC: 1794654316001Autorizacin: 1005

Debe identificar al comprador si supera los $ 200,oo03/11/201522

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Facturas.- Tratndose de facturas, que sean consideradas facturas comerciales negociables de acuerdo al Cdigo de Comercio, se emitirn junto al original, una primera y una segunda copia, debiendo constar en el original y en la segunda copia la leyenda no negociable , de manera que la primera copia ser la nica transferible.

El original se entregar al adquiriente, y la segunda copia ser conservada por el emisor.

La leyenda copia sin derecho a crdito tributario deber constar en la primera copia de las facturas comerciales negociables.

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IZA CABRERA CARLOSContribuyente sujeto al RISEDomicilio: Av. Amazonas 421 y VeintimillaFecha: ...................................................

Imprenta Nacional Ca. Ltda.RUC: 1794654316001Autorizacin: 1005TotalCant.DetalleValor UnitarioValor TotalComprador Debe identificar al comprador Para sustentar costos y gastosEl IVA estar incluido en este valorRUC 1790143291001NOTA DE VENTAN. 002-005-000001136Autorizacin: 945613121Fecha de impresin 10/07/09Vlido hasta Julio del 2010

03/11/201524Notas de venta.- Emitirn y entregarn notas de venta exclusivamente los contribuyentes inscritos en el Rgimen Simplificado.

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25Notas de Venta.-

Cuando la transaccin se realice con contribuyentes que requieran sustentar costos y gastos para la determinacin de Impuesto a la Renta, se deber consignar el nmero de RUC o cdula de identidad, por cualquier monto.

Cada nota de venta debe ser totalizada y cerrada individualmente debiendo emitirse en las copias adicionales a las que corresponda al emisor la leyenda copia sin derecho a crdito tributario

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03/11/201526Liquidaciones de compras de bienes y prestacin de servicios.-

Las liquidaciones de compras de bienes y prestacin de servicios se emitirn y entregarn, en las siguientes adquisiciones:

a) De servicios prestados en el Ecuador o en el exterior por personas naturales no residentes en el pas,

b) De servicios prestados en el Ecuador o en el exterior por sociedades extranjeras que no posean domicilio ni establecimiento permanente en el pas,

c) De bienes muebles y de servicios a personas naturales no obligadas a llevar contabilidad, ni inscritos en el Registro Unico de Contribuyentes (RUC),

d) De bienes muebles y servicios realizadas para el sujeto pasivo por uno de sus empleados en relacin de dependencia, con comprobantes de venta a nombre del empleado,

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Modelo de Liquidaciones de Compras y Prestacin de Servicios03/11/201527

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28Liquidaciones de compras de bienes y prestacin de servicios.-

e) De servicios prestados por quienes han sido elegidos como miembros de cuerpos colegiados de eleccin popular en entidades del sector pblico

Con excepcin de lo previsto en la letra d) del presente artculo, para que la liquidacin de compras de bienes y prestacin de servicios, den lugar al crdito tributario y sustente costos y gastos, deber efectuarse la retencin de la totalidad del impuesto al valor agregado y el porcentaje respectivo del impuesto a la renta, declararse y pagarse dichos valores

Las personas naturales y las sucesiones indivisas no obligadas a llevar contabilidad, debern actuar como agente de retencin en los trminos establecidos en el inciso anterior, cuando emitan liquidaciones de compra de bienes y prestaciones de servicio.

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03/11/201529Liquidaciones de compras de bienes y prestacin de servicios.-

El Director General del Servicio de Rentas Internas, mediante resolucin, podr establecer lmites a la emisin de liquidaciones de compra de bienes y prestacin de servicios.

Las liquidaciones de compra emitidas a contribuyentes que se encuentren inscritos en el Registro nico de Contribuyentes (RUC) a la fecha de la transaccin, no servirn para sustentar crdito tributario y costos y/o gastos para efectos del Impuesto a la Renta e Impuesto al Valor Agregado.

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03/11/201530

Tiquetes emitidos por mquinas registradoras y boletos o entradas a espectculos.- Estos documentos se utilizarn nicamente en transacciones con consumidores finales, no dan lugar a crdito tributario por el IVA, ni sustentan costos y gastos al no identificar al adquirente.

DULCE M. VITERI HELADERIA PICO RICORUC 1701424801001Av. Amrica 2160 - QuitoRexton / 15335-fAutorizacin SRI 09000152031/08/200510:59No. 01453x 1 .50Doble pico rico 4 .50

Total 4 .50Efectivo 10 .00Cambio 3 .70Adquirente

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03/11/201531Notas de crdito.- Las notas de crdito son documentos que se emitirn para anular operaciones, aceptar devoluciones y conceder descuentos o bonificaciones.

Las notas de crdito debern consignar la denominacin, serie y nmero de los comprobantes de venta a los cuales se refieren.

Las facturas que tengan el carcter de comercial negociables, a las que se refiere el Cdigo de Comercio y que en efecto sean negociadas, no podrn ser modificadas con notas de crdito.

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Modelo de Notas de Crdito 03/11/201532

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Notas de dbito.- Las notas de dbito se emitirn para el cobro de intereses de mora y para recuperar costos y gastos, incurridos por el vendedor con posterioridad a la emisin del comprobante de venta.

Las notas de dbito debern consignar la denominacin, serie y nmero de los comprobantes de venta a los cuales se refieren.

Las facturas que tengan el carcter de comercial negociables, a las que se refiere el Cdigo de Comercio y en efecto sean negociadas no podrn ser modificadas con notas de dbito.

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Modelo de Notas de Dbito03/11/201534

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03/11/201535

Gua de Remisin.- La gua de remisin es el documento que sustenta el traslado de mercaderas por cualquier motivo dentro del territorio nacional.

Se entender que la gua de remisin acredita el origen lcito de la mercadera.

Estn obligados a emitir guas de remisin toda sociedad, persona natural o sucesin indivisa que traslade mercadera, debiendo emitirlas en especial en los siguientes casos:

1. Importacin.

2. En la movilizacin de mercaderas entre establecimientos del mismo contribuyente.

3. El proveedor o adquiriente, cuando el contrato incluya la obligacin de entrega de la mercadera en el sitio sealado

4. Exportacin

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Gua de Remisin.-

5. Devolucin de mercaderas.

6. Consignacin de mercaderas.

7. La sociedad, persona natural o sucesin indivisa que traslade mercaderas para su exposicin, exhibicin o venta, en ferias nacionales o internacionales, para su reparacin, mantenimiento u otro proceso especial.

8. La Corporacin Aduanera Ecuatoriana, en el caso de traslado de mercaderas desde un distrito aduanero a otro .

La gua de remisin deber ser emitida por el transportista cuando quien remita la mercadera carezca de establecimiento de emisin en el punto de partida, as como en el caso que las mercancas sean transportadas por empresas de transporte pblico regular .

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Confecciones Ecuador Ca. Ltda.Contribuyente Especial Res. 711MATRIZ: Av. Amazonas 421 y VeintimillaSUCURSAL: Av. Prez Moncayo 1233 y Vlez Fecha de iniciacin del traslado :............. Fecha de terminacin del traslado:..........

RUC 1790172391001GUIA DE REMISIONN. 002-005-000001136Autorizacin: 945613121Imprenta Nacional Ca. Ltda.RUC: 1794654316001Autorizacin: 1005Fecha de impresin 05-07-2009

Cantidad UnidadValidez Julio/ 10Original / UsuarioMODELO DE GUIA DE REMISIONComprobante de venta:..Fecha de emisin:.......Motivo del traslado .......... Punto de Partida.....Fecha de Emisin ............ IDENTIFICACION DE LA PERSONA ENCARGADADESTINATARIO ..................... DEL TRANSPORTEPunto de llegada .......................... Nombre ................ RUC.............Descripcin

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Gua de Remisin.-

El original del documento que debe de ser entregado al destinatario de la mercadera contendr la leyenda DESTINATARIO. La primera copia para el emisor con la leyenda EMISOR. La segunda copia se entregar al SRI cuando se la requiera .

Cuando se emplee ms de un medio de transporte deber consignarse este hecho en la gua de remisin, con la identificacin de sus placas y de sus conductores.

nicamente cuando el proveedor, se comprometa a entregar los bienes en el sitio que seale el adquiriente, el comprobante de venta respectivo podr amparar el transporte de las mercaderas, caso en el que se incluir la informacin del traslado y se emitir una copia adicional del comprobante en el que se har constar la leyenda sustitutiva de gua de remisin, sin valor tributario alguno.

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Normas complementarias para el traslado de mercaderas.-

1. Las guas de remisin debern ser emitidas en forma previa al traslado de mercaderas, y ser portada por cada unidad de transporte.

2. En el caso de traslado de bienes por parte del adquirente que sea consumidor final, bastar el comprobante de venta respectivo.

3. En el caso de los contribuyentes cuya actividad econmica es el servicio de transporte de documentos y paquetes, para ese solo efecto, podrn utilizar sus propias guas de transporte

4. No se requerir de guas de remisin en el traslado de recipientes vacos cuando estos, no constituyan mercadera.

5. Las guas de remisin que sustenten el transporte de mercaderas quedarn en poder del destinatario de las mismas, quien est obligado a mantenerlas en un archivo ordenado secuencialmente, para los casos en que el SRI lo solicite.

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03/11/201540Comprobantes de Retencin.- Son comprobantes de retencin los documentos que acreditan las retenciones de impuestos realizadas por los agentes de retencin.

El original del documento se entregar al sujeto pasivo a quien se le efectu la retencin. La copia la conservar el Agente de Retencin, debiendo constar la identificacin COPIA-AGENTE DE RETENCION.

Los comprobantes de venta, documentos complementarios y comprobantes de retencin, debern conservarse durante el plazo mnimo de 7 aos, de acuerdo a lo establecido en el Cdigo Tributario respecto de los plazos de prescripcin.

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Acera del Ecuador C.A. R.U.C. 1790004724001 Av. Amazonas y Naciones Unidas Autorizacin No. 2569

COMPROBANTE DE RETENCION Lugar y Fecha: Quito, Agosto 16 del 2010 001-002- 000000218 Sujeto Retenido: Antonio Soza Salazar RUC/C.I: 0410526450001INFORMACION SOBRE LA RETENCION:

CONCEPTO: I.V.A. / 2010 Factura 001-003-0000052

BASE IMPONIBLE % DE RETENCION VALOR RETENIDO 41.11 30% 12.33 TOTAL: $ 12.33 Agente de RetencinImprenta Nacional Ca. Ltda.RUC: 1794654316001Autorizacin: 1005Fecha de impresin 10/07/10Vlido hasta Julio del 2011ORIGINAL - ADQUIRIENTE

Modelo de Comprobante de Retencin

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03/11/201542Baja y Anulacin de comprobantes de venta, documentos complementarios y comprobantes de retencin.- Cuando se produzcan los siguientes hechos:

1. Vencimiento del plazo de vigencia de los documentos, cierre del establecimiento o punto de emisin.

2. Deterioro de los documentos, existencia de fallas tcnicas generalizadas en los documentos, robo, hurto o extravo de los documentos.

3. Cese de operaciones.

4. Cambio de nombres, apellidos, razn social, denominacin, que hayan sido registradas en el RUC.

5. Suspensin por parte del SRI de la autorizacin.

6. No utilizacin de boletos o entradas en el espectculo pblico para el que fueron autorizados.

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03/11/201543Baja y Anulacin de comprobantes de venta, documentos complementarios y comprobantes de retencin.-Cuando se trate de robo o hurto de los documentos a los que se refiere este reglamento se deber presentar la denuncia correspondiente.

El sujeto pasivo destruir los documentos que estando en su poder hayan sido dados de baja y su numeracin, en consecuencia, no podr volver a utilizarse.

Anulacin.- Los comprobantes de venta, documentos complementarios y comprobantes de retencin emitidos con errores y que hayan sido anulados, debern ser conservados por siete aos en los archivos del contribuyente en original, junto con todas las copias, y ordenados cronolgicamente.

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