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Estudio Ambiental Estratégico i Mayo 2018 PLAN PARCIAL DE REFORMA INTERIOR “PERI-1” DEL TÉRMINO MUNICIPAL DE SAN AGUSTÍN DE GUADALIX (MADRID) DOCUMENTO AMBIENTAL ESTRATÉGICO
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Apr 10, 2020

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Estudio Ambiental Estratégico i

Mayo 2018

PLAN PARCIAL DE REFORMA INTERIOR “PERI-1” DEL TÉRMINO MUNICIPAL DE SAN AGUSTÍN DE

GUADALIX (MADRID)

DOCUMENTO AMBIENTAL ESTRATÉGICO

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PLAN PARCIAL DE REFORMA INTERIOR “PERI-1” DEL TÉRMINO MUNICIPAL DE SAN AGUSTÍN DE GUADALIX

(MADRID)

Equipo redactor:

Pablo Álvarez Guillen Ingeniero Agrónomo Luis Miguel Martín Enjuto Biólogo Reyes de Juan Grau Geógrafa Andrés López-Cotarelo García de Diego Ingeniero de Montes Luis Martín Hernández

Ingeniero de Telecomunicaciones Mayo. 2018

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Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)

Documento Ambiental Estratégico 1

DOCUMENTO AMBIENTAL ESTRATÉGICO

INDICE

1. ANTECEDENTES Y JUSTIFICACIÓN 3

2. LOS OBJETIVOS DE LA PLANIFICACIÓN 6

3. ENCUADRE TERRITORIAL DEL PERI-1 9

4. DEFINICIÓN Y SELECCIÓN DE PRINCIPIOS DE SOSTENIBILIDAD Y

OBJETIVOS AMBIENTALES ESTRATÉGICOS 11

4.1. MARCO NORMATIVO DE REFERENCIA 12

4.2. PLANIFICACIÓN CONCURRENTE 21

4.3. OBJETIVOS AMBIENTALES ESTRATÉGICOS 33

5. CARACTERIZACIÓN DE LA SITUACIÓN DEL MEDIO AMBIENTE 35

5.1. CLIMA 35

5.2. CAMBIO CLIMÁTICO / CALIDAD DEL AIRE 41

5.3. MEDIO AMBIENTE SONORO 49

5.4. GEOLOGÍA Y GEOMORFOLOGÍA 52

5.5. SUELO 58

5.6. HIDROLOGÍA 63

5.7. VEGETACIÓN 68

5.8. FAUNA 71

5.9. ESPACIOS PROTEGIDOS 73

5.10. PAISAJE 75

5.11. DESCRIPCIÓN DEL MEDIO SOCIOECONÓMICO 76

5.12. INFRAESTRUCTURAS EXISTENTES 80

5.13. MOVILIDAD 81

5.14. RESIDUOS 84

5.15. RECURSOS CULTURALES 87

5.16. VALORACIÓN AMBIENTAL GLOBAL DEL ÁMBITO DE ESTUDIO 89

6. FORMULACIÓN Y SELECCIÓN DE ALTERNATIVAS 95

6.1. ANÁLISIS DE ALTERNATIVAS 95

6.2. DESCRIPCIÓN DE LA ALTERNATIVA SELECCIONADA 100

7. EFECTOS AMBIENTALES PREVISIBLES 104

7.1. CONSIDERACIONES METODOLÓGICAS 104

7.2. ATMÓSFERA 111

7.3. CALIDAD DEL SUELO 120

7.4. HIDROLOGÍA Y LA CALIDAD DE LAS AGUAS 122

7.5. VEGETACIÓN Y FAUNA 127

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Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)

Documento Ambiental Estratégico 2

7.6. ASPECTOS SOCIOECONÓMICOS 130

7.7. MOVILIDAD 133

7.8. RESIDUOS 135

7.9. VALORACIÓN GLOBAL 136

8. MEDIDAS PREVENTIVAS Y/O CORRECTORAS 139

8.1. MEDIDAS DE MITIGACIÓN DEL CAMBIO CLIMÁTICO 140

8.2. MEDIDAS DE ADAPTACIÓN 149

8.3. OTRAS MEDIDAS CORRECTORAS 151

9. SEGUIMIENTO AMBIENTAL DE LA PLANIFICACIÓN 158

10. AUTORÍA DE LOS TRABAJOS 162

ANEXOS

ANEXO I: ESTUDIO ACÚSTICO ANEXO II: CARACTERIZACIÓN INICIAL DE SUELOS (FASE I) ANEXO III: ESTUDIO HIDROLÓGICO ANEXO IV: ESTUDIO DE INFRAESTRUCTURAS DE SANEAMIENTO ANEXO V: AFECCIONES A LA RED NATURA ANEXO VI: ESTUDIO DE MOVILIDAD Y TRÁFICO ANEXO VII: ESTUDIO DE ARBOLADO

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Documento Ambiental Estratégico 3

1. ANTECEDENTES Y JUSTIFICACIÓN

El municipio de San Agustín de Guadalix dispone para la ordenación urbana de su territorio

de unas Normas Subsidiarias (NNSS, a partir de ahora), aprobadas definitivamente por la

Comisión de Urbanismo de la Consejería de Política Territorial de la Comunidad de Madrid en

sesión celebrada con fecha 3 de junio de 1999 y publicadas en el BOCM de 29 de septiembre

de 1999. Esta aprobación de NNSS aplazó diferentes aspectos y ámbitos para que

subsanasen determinadas deficiencias detectadas.

Por ello, una vez subsanados los distintos requerimientos por parte del Ayuntamiento se

aprobaron definitivamente, con fecha de 25 de mayo de 2000, las NNSS en todos aquellos

ámbitos que fueron objeto de aplazamiento el 3 de junio de 1999, a excepción del ámbito

correspondiente al Plan Parcial de Reforma Interior PERI-1, al apreciar que se debía esperar

a la resolución del conflicto de titularidad de parte de los terrenos que forman ese ámbito,

puesto que, en virtud de sendos informes de 5 de noviembre de 1998 y de 23 de noviembre

de 1999, de la entonces Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Regional, se consideró

que el ámbito PERI-1 invadía el dominio público correspondiente al trazado de una vía

pecuaria.

Posteriormente, la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 3 de Madrid, de fecha

3 de mayo de 2012, declarada firme mediante la sentencia de la Sala de lo Civil del Tribunal

Supremo, de 9 de diciembre de 2015, resolvió declarar que la finca registral número 1527 del

Registro de la Propiedad de San Agustín de Guadalix, constituye un bien de naturaleza

patrimonial cuya titularidad corresponde a la parte demandante, por lo cual el supuesto,

motivado en la consideración de que se invadía el dominio público de la vía pecuaria, del

aplazamiento de la aprobación definitiva de las NNSS en referencia al PERI-1 no ha sido

avalado por los tribunales.

De esta forma, la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del

Territorio publicó en el BOCM de 15 de noviembre de 2017 (BOCM Núm. 272) el Acuerdo de 7

de noviembre de 2017, del Consejo de Gobierno, por el que se levanta el aplazamiento

acordado el 25 de mayo de 2000 y se aprueba definitivamente la Revisión de las Normas

Subsidiarias de Planeamiento Municipal de San Agustín de Guadalix en el ámbito del PERI-1

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Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)

Documento Ambiental Estratégico 4

(UA número 35), al haberse resuelto en vía judicial la acción declarativa de dominio relativa a la

finca número 1527 de dicho término municipal.

La evaluación de planes y programas en la Comunidad de Madrid, que ya se contemplaba en

la Ley 2/2002, se ha visto modificada por la Disposición Transitoria Primera de la Ley 4/2014,

de 22 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas en la que se remite a la aplicación

de la normativa básica estatal, en tanto que se apruebe una nueva legislación autonómica en

la materia, es decir, a la aplicación de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación

ambiental (LEA).

Con este marco legal y considerando que el ámbito de estudio únicamente ocupa una

superficie de 49.800 m2, apenas un 0,13% del total de la superficie municipal que se sitúa en

unos 38,3 km2, es de aplicación lo contemplado en la Disposición Transitoria Primera de la

Ley 4/2014, de 22 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas en la que se establece:

“Las modificaciones menores del planeamiento general y de desarrollo, los planes parciales

y especiales que establezcan el uso, a nivel municipal, de zonas de reducida

extensión… se someterán a evaluación estratégica simplificada, …. En estos supuestos,

la documentación que sea sometida a aprobación inicial tendrá la consideración de borrador

del plan y deberá cumplir los requisitos y trámites de dicho borrador. La Consejería con

competencias en materia de medio ambiente, teniendo en cuenta el resultado de las consultas

realizadas, …resolverá mediante la emisión del informe ambiental estratégico, que el

instrumento de planeamiento debe someterse a una evaluación ambiental estratégica

ordinaria …o bien, que no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente…”

Asimismo, la citada Ley 4/2014 remite a la aplicación de la normativa básica estatal, en tanto

que se apruebe una nueva legislación autonómica en la materia, es decir, a la aplicación de

la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. En consecuencia, se debe

elaborar un Documento Ambiental Estratégico (DAE) cuyo contenido responda a lo

establecido en el artículo 29.1 de la LEA.

Dentro de este contexto normativo, el DAE que acompaña al Documento Urbanístico tiene

como finalidad servir de soporte para dar a conocer a las Administraciones públicas afectadas

y a las personas interesadas, tanto su potencialidad para la integración de las consideraciones

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Documento Ambiental Estratégico 5

medioambientales, con el objeto de promover el desarrollo sostenible, como sus posibles

repercusiones ambientales y la oportunidad de incorporar criterios de sostenibilidad.

Finalmente, también es objeto de este DAE dar satisfacción a la solicitud de información

complementaria formulada por el área de Análisis Ambiental de Planes y Programas de la

Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, de la

Comunidad de Madrid, en su escrito de fecha de 4 de mayo de 2018.

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Documento Ambiental Estratégico 6

2. LOS OBJETIVOS DE LA PLANIFICACIÓN

El alcance concreto de las determinaciones para el desarrollo del ámbito se define en las

Normas Urbanísticas de febrero del año 2000 mediante una ficha del Plan Especial de

Reforma Interior PERI-1, de manera resumida de la forma siguiente:

− DENOMINACIÓN NNSS 1987: UA-35

− TIPO DE SUELO: Urbano no consolidado.

− SISTEMA DE ACTUACIÓN: Sistema de Compensación.

− PLAZOS DE DESARROLLO: 4 años.

− DATOS CATASTRALES: Manzana 85.428 – Parcela 1 (incluida parcialmente).

− SUPERFICIE DE ORDENACIÓN: TOTAL: 49.800 m2 (Uso principal residencial:

30.600 m2, Espacios libres públicos - Zonas Verdes: 9.200 m2 y Viario 10.000 m2).

− APROVECHAMIENTOS: Nº máximo de viviendas: 200; Densidad: 40 viv/ha.;

Superficie máxima edificable: 39.840 m2; Aprovechamiento tipo: 0,8 m2c/m2s.;

Aprovechamiento patrimonializable: 90%.

− ORDENANZAS DE APLICACIÓN: A determinar por el PERI, la parcela mínima en

vivienda unifamiliar será de 250 m2, excepto en el caso que se trate de viviendas

protegibles que será de 175 m2.

− CONDICIONES PARTICULARES: Sujeta al perfeccionamiento del Convenio

firmado entre el Ayuntamiento y la propiedad. El número de viviendas resultantes

del mencionado convenio, que se podrán construir en las parcelas de cesión al

Ayuntamiento se destinarán a viviendas protegidas de promoción pública. Las

edificaciones cumplirán las condiciones de retranqueo marcadas por la Red

Natura 2000 (hoy ZEC del Rio Guadalix), respetándose un retranqueo de 100 ml

desde la orilla del rio en las vegas y de 50 ml en los escarpes, en este ámbito no

se podrán situar instalaciones, viarios o vallados.

De este modo, el PERI-1 se instrumenta sobre los objetivos generales siguientes:

• La configuración y organización espaciales de la vida individual y social de modo que

proporcione a ésta, en condiciones de desarrollo sostenible, el medio ambiente urbano

y rural más adecuado para su desenvolvimiento conforme al orden de derechos,

intereses, valores y bienes jurídicos reconocidos y protegidos por la legislación

vigente.

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Documento Ambiental Estratégico 7

• El aseguramiento, en el medio urbano, de la suficiencia y funcionalidad de los

espacios, equipamientos, infraestructuras y servicios públicos y sociales en relación

con las edificabilidades y los usos restantes; una densidad adecuada al bienestar

individual y colectivo; una distribución territorial razonable de los usos y actividades,

que permita un desarrollo armónico efectivo de las dimensiones de la vida humana

relativas a la residencia, el trabajo, la educación, la cultura, la sanidad, el bienestar

social, el ocio y el deporte y evite en todo caso las concentraciones que repercutan

negativamente en la funcionalidad de los espacios, equipamientos, infraestructuras y

servicios públicos y la fluida movilidad y comunicación.

• La preservación de las características de los espacios naturales protegidos cercanos

y del suelo excluido del proceso de urbanización.

La finalidad última que se pretende con la actuación es la de poner en marcha la ordenación

y desarrollo de un suelo residencial que cierra el desarrollo urbanístico del municipio de San

Agustín por el norte de su término municipal, en la actualidad vacante, a lo que habría que

añadir la obtención, para su integración en el patrimonio público, de terrenos a lo largo de la

ribera del Río Guadalix y del arroyo del Caño, de alto valor ambiental de cara a su protección.

Así mismo, y en base a las circunstancias concurrentes, el desarrollo que se propone busca

mejorar la ordenación pormenorizada contemplada en el planeamiento general vigente para

la zona, completando la trama urbana existente con incremento de los espacios públicos de

cesión, reordenando algunos de ellos para viabilizar la actuación y ajustando determinados

parámetros de las ordenanzas de edificación en base a los aspectos anteriores, utilizando

para ello las posibilidades que al respecto establece la legislación urbanística vigente.

Para ello, considerando tanto las características del entorno como del cumplimiento de las

determinaciones estructurantes del planeamiento general, podemos establecer el siguiente

sistema de objetivos específico a alcanzar mediante el desarrollo de este ámbito:

• Integración de la ordenación propuesta en la trama urbana residencial de la ciudad,

completando la misma con obtención de nuevos espacios públicos para viario y

servicios de infraestructuras.

• Búsqueda de fórmulas adecuadas para permitir la viabilidad de la actuación.

• Relleno de un vacío urbano que ha interrumpido el remate final norte del casco urbano.

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Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)

Documento Ambiental Estratégico 8

• Potenciación de los valores ambientales de las zonas norte y sur del ámbito,

integrando en el sistema de espacios libres públicos aquellos elementos más

significativos, como los suelos que acompañan al río Guadalix y al arroyo del Caño,

para preservar y conservar sus valores naturales.

• Incremento de la superficie de suelo urbanizado que permita ampliar y diversificar la

oferta de suelo residencial.

• Puesta en valor de terrenos que el Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix debe

recibir en virtud del convenio firmado con la propiedad, inutilizables hasta la fecha.

• Regularización formal y mejora del actual acceso a la zona a través de la Avenida de

Madrid, mediante la inclusión de una rotonda sobre esta, que articula el viario interior

propuesto.

Una vez definidos los objetivos a cumplir, quedaría tan sólo señalar los principales criterios

que se han empleado para la consecución de aquéllos. Dichos criterios serían:

• Empleo de tipologías edificatorias acordes con el entorno.

• Diseño de una estructura viaria que se integre fácilmente con la del entorno.

• Dimensionamiento del viario para permitir una fácil circulación, integrando una

importante dotación de plazas de aparcamiento.

• Respeto absoluto al entorno del río Guadalix y arroyo del Caño, integrándolos en la

red de espacios libres públicos.

• Máximo respeto a la presencia de las vías pecuarias colindantes.

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Documento Ambiental Estratégico 9

3. ENCUADRE TERRITORIAL DEL PERI-1

El municipio de San Agustín de Guadalix, situado en al norte de la Comunidad de Madrid, en

el kilómetro 34 de la autovía de Burgos (A-1), limita al norte con el municipio de Pedrezuela,

al este con El Molar, al sureste con Algete y al sur y oeste con el término de Colmenar Viejo.

El municipio presenta una superficie aproximada de 38,3 km2, y está situado en la rampa de

la Sierra de Guadarrama y sus cuestas vertientes, desarrollándose el valle del rio Guadalix en

el extremo más oriental del término.

Situación del término municipal de San Agustín de Guadalix y del PERI-1 en el término municipal. Fte. Mapa topográfico 1.50.000 del IDE de la Comunidad de Madrid.

Localizado al noreste del casco urbano se ubica el PERI-1 con una superficie de 49.800 m2,

quedando limitado al oeste por la Avenida de Madrid, al sureste por la autovía A-1, al sur por

el cauce del arroyo del Caño y al norte por la margen derecha del valle del rio Guadalix.

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Documento Ambiental Estratégico 10

Situación del ámbito del PERI-1 en referencia al casco urbano de San Agustín de Guadalix. Fte. Mapa

topográfico 1.25.000 del IDE de la Comunidad de Madrid.

Fotografía aérea del PERI-1. Escala original: 1:5.000.

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Documento Ambiental Estratégico 11

4. DEFINICIÓN Y SELECCIÓN DE PRINCIPIOS DE SOSTENIBILIDAD Y OBJETIVOS

AMBIENTALES ESTRATÉGICOS

En este apartado se pretende establecer las bases que definirán el modelo del desarrollo

sostenible. Para esto, es necesario formular el uso eficiente y racional de los recursos

naturales, impidiendo la degradación del capital natural; así como desarrollar políticas activas

de lucha contra el cambio climático.

En este contexto, se plantea la identificación y selección de los objetivos ambientales y los

principios de sostenibilidad emanados de dos ámbitos diferentes:

➢ Documentos normativos: Además de contener determinaciones que afectan a la

regulación de una determinada materia, suelen incluir una exposición de motivos o un

preámbulo en el que se recogen

toda una serie de objetivos de

protección ambiental.

➢ Planificación concurrente: La

planificación propuesta entra en

concurrencia con una paleta de

Planes y Programas, que además,

establecen aspectos que deberán

de deberán de considerarse como referencia en la definición de objetivos y criterios

ambientales del proceso de evaluación ambiental.

En consecuencia, el desarrollo de este esquema metodológico permitirá identificar y definir

los objetivos ambientales y territoriales y los principios de sostenibilidad que constituirán un

marco de referencia para el desarrollo de la presente Plan.

OBJETIVOS AMBIENTALES

NORMATIVA

PLANIFICACIÓN CONCURRENTE

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Documento Ambiental Estratégico 12

4.1. MARCO NORMATIVO DE REFERENCIA

Una parte importante de la normativa referida tanto a la ordenación territorial como a los temas

medioambientales, además de incluir las determinaciones propias de la misma, suelen

formular en sus preámbulos o exposición de motivos toda una serie de principios, metas y

objetivos que sería deseable alcanzar.

Existe una amplia legislación comunitaria, estatal o autonómica que por su contenido puede

tener una incidencia relevante en relación a las diferentes variables ambientales que

intervienen en el proceso de esta evaluación ambiental estratégica, no obstante, para facilitar

la lectura de este documento, en este apartado se hace mención únicamente aquella

normativa cuya referencia se ha considerado más significativa.

Suelo, Ordenación del Territorio y Urbanismo

Normativa estatal

• Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto

Refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana.

Normativa autonómica

• Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

• Decreto 131/1997, de 16 de octubre, por el que se fijan los requisitos que han de

cumplir las actuaciones urbanísticas en relación con las infraestructuras eléctricas.

• Decreto 92/2008, de 10 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regulan las

modificaciones puntuales no sustanciales de Planeamiento Urbanístico.

Medio ambiente

Normativa europea

• Directiva 2011/92/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre de

2011, relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos

públicos y privados sobre el medio ambiente, actualizada por la Directiva 2014/52/UE

del 16 de abril.

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Documento Ambiental Estratégico 13

• Directiva 2001/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de junio de 2001,

relativa a la evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio

ambiente.

Normativa estatal

• Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

• Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la

información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio

ambiente.

Normativa autonómica

• Disposición transitoria primera de la Ley 4/2014, de 22 de diciembre, de Medidas

Fiscales y Administrativas.

Espacios protegidos

Normativa europea e internacional

• Directiva Europea 2009/147/CE de 30 de noviembre, relativa a la Conservación de Las

Aves Silvestres.

• Directiva 92/43/CEE, relativa a la Conservación de los Hábitat Naturales y de la Fauna

y Flora Silvestre.

• Convenio de Washington, relativo al Comercio Internacional de Especies Amenazadas

de Fauna y Flora (CITES).

Normativa estatal

• Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.

• Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listado de Especies

Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies

Amenazadas.

• Real Decreto 1095/1989, de 8 de septiembre, por el que se declaran las Especies

objeto de Caza y Pesca y se establecen normas para su protección.

• Real Decreto 1997/1995, de 7 de diciembre, por el que se establecen Medidas para

contribuir a garantizar la Biodiversidad mediante la Conservación de los Hábitats

Naturales y de la Flora y Fauna silvestre.

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Documento Ambiental Estratégico 14

• Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, modificada por la Ley 10/2006, de 28

de abril y por la Ley 21/2015 de 20 de Julio.

Normativa autonómica

• Ley 7/1990, de 28 de junio, de protección de Embalses y Zonas Húmedas de la

Comunidad de Madrid

• Ley 2/1991, de 14 de febrero, para la Protección y Regulación de la Fauna y Flora

Silvestre.

• Ley 16/1995, de 4 de mayo, Forestal y de Protección de la Naturaleza.

• Decreto 50/1999, de 8 de abril, por el que se aprueba el Plan Forestal de la Comunidad

de Madrid.

• Decreto 18/1992, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Catálogo Regional de

Especies Amenazadas de la Flora y Fauna Silvestre y creación de la Categoría de

Árboles Singulares.

• Orden de la Consejería de Cooperación de 27 de mayo de 1992, por la que se

establecen las Normas Generales para el uso socio-recreativo de los Montes y

Terrenos Forestales administrados por la Comunidad de Madrid.

Patrimonio histórico y cultural

Normativa estatal

• Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español.

• Ley 23/1982, de 16 de junio, reguladora del Patrimonio Nacional.

• Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, que desarrolla parcialmente la Ley 16/1985,

de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español, modificado por el RD 162/2002 de 8

de febrero.

Normativa autonómica

• Ley 3/2013, de 18 de junio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid.

• Ley 7/2000, de 19 de junio, de Rehabilitación de Espacios Urbanos Degradados y de

Inmuebles que deban ser objeto de Preservación.

• Ley 3/2001, de 21 de junio, de Patrimonio de la Comunidad de Madrid.

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Documento Ambiental Estratégico 15

Aguas

Normativa europea

• Directiva 91/271/CEE, del Consejo, de 21 de mayo, sobre el Tratamiento de las Aguas

residuales urbanas.

• Directiva 98/83/CE, del Consejo, de 3 de noviembre de 1998, relativa a la Calidad de

las Aguas destinadas al consumo humano.

• Directiva 2006/7/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de febrero de 2006,

relativa a la gestión de la calidad de las aguas de baño.

• Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de

2000, por la que se establece un Marco Comunitario de actuación en el ámbito de la

Política de Aguas, actualizado por Directiva 2014/101/UE de 30 de octubre.

Normativa estatal

• Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el Texto

Refundido de la Ley de Aguas.

• Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del

Dominio Público Hidráulico, modificado por el Real Decreto 9/2008, de 11 de enero y

por el Real Decreto 817/2015 de 11 de septiembre.

• Real Decreto 927/1988, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la

Administración Pública del Agua y la Planificación Hidrológica.

• Acuerdo del Consejo de Ministros de 17 de febrero de 1995, por el que se aprueba el

Plan Nacional de Saneamiento y Depuración de Aguas Residuales.

• Real Decreto-Ley 11/1995, de 28 de diciembre, por el que se establecen las Normas

aplicables al Tratamiento de las Aguas residuales urbanas.

• Real Decreto 509/1996, de 15 de marzo, de desarrollo del Real Decreto-Ley 11/1995,

de 28 de diciembre, por el que se establecen las Normas aplicables al Tratamiento de

las aguas residuales urbanas, modificado por el Real Decreto 2116/1998, de 2 de

octubre, Real Decreto 1290/2012 de 7 de septiembre y el Real Decreto 817/2015 de

11 de septiembre.

• Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero, por el que se establecen los criterios

sanitarios de la calidad del agua de consumo humano.

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Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)

Documento Ambiental Estratégico 16

• Real Decreto 907/2007, de 6 de julio, aprueba el Reglamento de Planificación

Hidrológica, modificado por RD 1161/2010 de 17 de septiembre y Real Decreto

817/2015 de 11 de septiembre.

Normativa autonómica

• Ley 17/1984, de 20 de diciembre, Reguladora del Abastecimiento y Saneamiento de

agua en la Comunidad de Madrid, modificado por la Ley 3/2008 de 19 de diciembre.

• Decreto 170/1998, de 1 de octubre, sobre Gestión de las Infraestructuras de

Saneamiento de Aguas Residuales de la Comunidad de Madrid.

• Ley 10/1993, de 26 de octubre, sobre Vertidos Líquidos Industriales al sistema integral

de saneamiento.

• Decreto 40/1994, de 21 de abril, por el que se aprueban los documentos a los que

hace referencia la Ley 10/1993.

• Decreto 62/1994, de 16 de junio, por el que se establecen Normas complementarias

para la Caracterización de los vertidos líquidos industriales al sistema integral de

saneamiento.

Gestión de Residuos

Normativa europea

• Directiva 1999/31/CE del Consejo de 26 de abril de 1999 relativa al Vertido de

Residuos.

• Decisión 94/3/CE del 20 de diciembre sobre el Catálogo Europeo de Residuos (CER).

Normativa estatal

• Resolución de la Secretaría de Cambio Climático de 20 de enero de 2009 por la que

se aprueba el Plan Nacional Integrado de Residuos 2008-2015.

• Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.

• Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión

de los residuos de construcción y demolición.

• Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, por el que se establece la relación de actividades

potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estándares para la declaración

de suelos contaminados.

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Documento Ambiental Estratégico 17

Normativa autonómica

• Ley 5/2003, de 20 de marzo, de Residuos de la Comunidad de Madrid.

• Decreto 9/1995, de 9 de febrero, por el que se aprueban las Líneas Básicas del

Sistema de Gestión e infraestructuras de Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos

en la Comunidad de Madrid.

• Estrategia de residuos de la Comunidad de Madrid aprobada por acuerdo el 18 de

octubre de 2007.

• Decreto 83/1999, de 3 de junio, por el que se regulan las actividades de producción y

de gestión de los residuos biosanitarios y citotóxicos de la Comunidad de Madrid.

• Decreto 93/1999, de 10 de junio, sobre Gestión de pilas y acumuladores usados en la

Comunidad de Madrid.

• Decreto 326/1999, de 18 de noviembre, por el que se regula el régimen jurídico de los

suelos contaminados de la Comunidad de Madrid.

Contaminación aérea y calidad del aire

Normativa europea

• Directiva 2008/1/CE relativa a la prevención y el control integrados de la contaminación

• Directiva 2008/50/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2008,

relativa a la calidad del aire ambiente y a una atmósfera más limpia en Europa.

Normativa estatal

• Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación.

• Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido.

• Real Decreto 1513/2005, de 16 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003,

de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a la evaluación y gestión del ruido

ambiental.

• Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de

17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad

y emisiones acústicas.

• Real Decreto 2512/1978, de 14 de octubre, para la aplicación del artículo 11 de la Ley

38/1972, de 22 de diciembre.

• Decreto 833/1975, de 6 de febrero, por el que se desarrolla la Ley 38/1972, de 22 de

diciembre, de protección del ambiente atmosférico.

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Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)

Documento Ambiental Estratégico 18

Normativa autonómica

• Decreto 55/2012 de 15 de marzo sobre el régimen legal de protección contra la

contaminación acústica en la Comunidad de Madrid.

Edificación

Normativa estatal

• Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación.

• Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de

la Edificación.

Infraestructuras

Normativa estatal

• Ley 37/2015 de 29 de septiembre, de carreteras.

• Real Decreto 1812/1994, de 2 septiembre, aprueba el Reglamento General de

Carreteras.

• Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector eléctrico.

• Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, que aprueba el Reglamento Electrónico de

Baja Tensión e Instrucciones Técnicas Complementarias, actualizado por el Real

Decreto 1053/2014 de 12 de diciembre.

Normativa autonómica

• Ley 3/1991, de 7 de marzo, de Carreteras de la Comunidad de Madrid.

• Decreto 29/1993, de 11 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de

Carreteras de la Comunidad de Madrid.

• Orden de 3 de abril de 2002, de la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y

Transportes, por la que se desarrolla el Decreto 29/1993, de 11 de marzo, Reglamento

de la Ley de Carreteras de la Comunidad de Madrid en materia de accesos a la red de

carreteras de la Comunidad de Madrid.

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Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)

Documento Ambiental Estratégico 19

Usos del Suelo

Normativa estatal

• Ley 42/2007, de 13 de diciembre, de Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.

• Ley 19/1995, de 4 de julio, de Modernización de las Explotaciones Agrarias.

• Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto

Refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana.

• Real Decreto 1492/2011, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de

valoraciones de la Ley de Suelo.

Vías Pecuarias

Normativa estatal

• Ley 3/1995, de 23 de marzo, establece el régimen jurídico de las Vías Pecuarias.

Normativa autonómica

• Ley 8/1998, de 15 de junio, de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid.

Telecomunicaciones

Normativa estatal

• Ley 9/2014, de 9 de mayo, de Telecomunicaciones.

• Real Decreto-Ley 1/1998 de 27 de febrero sobre infraestructuras comunes en los

edificios para el acceso a los servicios de telecomunicación.

• Real Decreto 346/2011, de 11 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento

regulador de las infraestructuras comunes de telecomunicaciones para el acceso a los

servicios de telecomunicación en el interior de las edificaciones.

• Orden ITC/1644/2011, de 10 de junio, por la que se desarrolla el Reglamento regulador

de las infraestructuras comunes de telecomunicaciones para el acceso a los servicios

de telecomunicación en el interior de las edificaciones, aprobado por el Real Decreto

346/2011, de 11 de marzo.

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Documento Ambiental Estratégico 20

Hidrocarburos

Normativa estatal

• Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos.

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Documento Ambiental Estratégico 21

4.2. PLANIFICACIÓN CONCURRENTE

El Plan planteada concurre con un conjunto de instrumentos de planificación territorial

desarrollados por las distintas administraciones públicas en el ámbito de sus competencias.

Por ello, en este apartado se pretende hacer una evaluación de la interacción que se puede

producir entre los objetivos y los probables efectos de las acciones de cada uno de los planes

o estrategias sectoriales con el propio planeamiento estratégico propuesto en toda el área de

la Comunidad de Madrid.

El análisis de la planificación concurrente se ha organizado en tres bloques diferentes en

función del tipo de interacción que se establece. Así, el primer bloque incluye las estrategias

de planificación y ordenación territorial de ámbito general; un segundo bloque recoge aquellos

elementos planificadores cuyo objetivo último es ordenar el territorio adyacente al del

planeamiento urbanístico propuesto; mientras que el tercer bloque, agrupa a aquellos otros

planes de orden superior que pueden condicionar el desarrollo del Plan Especial propuesto.

BLOQUE I. CONCURRENCIA CON LAS ESTRATEGIAS DE ORDENACIÓN TERRITORIAL

DE ÁMBITO GENERAL

A. Sexto programa de acción de la Comunidad Europea

La Unión Europea es competente para actuar en todos los ámbitos de la política de

medio ambiente, como la contaminación del aire y el agua, la gestión de residuos y el

cambio climático (Artículos 11 y 191 a 193 del Tratado de Funcionamiento de la Unión

Europea). Desde 1973 la Comisión viene formulando programas de acción

plurianuales en materia de medio ambiente, integrados en estrategias horizontales,

que fijan el marco de las acciones futuras en todos los ámbitos de la política de medio

ambiente de la Unión.

En este ámbito, destaca el Sexto programa de acción de la Comunidad Europea en

materia de medio ambiente, denominado “Medio ambiente 2010: el futuro está en

nuestras manos” (COM (2001) 31), que establece las prioridades y objetivos de la

política de medio ambiente europea hasta 2010 y con posterioridad a dicha fecha. En

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Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)

Documento Ambiental Estratégico 22

este programa se prevé la adopción de siete estrategias temáticas que se concentran

en cuatro ámbitos principales, los cuales poseen los siguientes objetivos:

• Estabilizar las concentraciones atmosféricas de gases de efecto invernadero.

• Proteger y restaurar el funcionamiento de los sistemas naturales.

• Conseguir un nivel de calidad ambiental de forma tal que las concentraciones de

contaminantes de origen humano resulten inocuos para la salud.

• Utilización sostenible de los recursos naturales y gestión de residuos.

En este mismo orden de cosas, la Comunicación de la Comisión al Consejo y al

Parlamento Europeo sobre Estrategia temática para el medio ambiente urbano (2006),

promueve el planteamiento integral de la gestión medioambiental a nivel local, y del

transporte en particular.

B. Carta de Leizipig sobre Ciudades Europeas Sostenibles

Por otra parte, la “CARTA DE LEIPZIG sobre Ciudades Europeas Sostenibles” (2.007)

es un documento de los Estados miembros en el que se recomienda:

• Creación y consolidación de espacios públicos de alta calidad

• Modernización de las redes de infraestructuras y mejora de la eficiencia

Energética.

• Innovación proactiva y políticas educativas.

• Búsqueda de estrategias para la mejora del medio ambiente físico.

• Fortalecimiento a nivel local de la economía y la política del mercado laboral

• Educación proactiva y políticas de formación para niños y jóvenes.

• Fomento de un transporte urbano eficiente y asequible.

C. Estrategia Española de Desarrollo Sostenible

Por su parte, la Estrategia Española de Desarrollo Sostenible (EEDS) hace suyos los

principios básicos de consenso mundial contemplados en la Declaración de Río de

Naciones Unidas, entre los que destaca el de garantizar la calidad de vida de las

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Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)

Documento Ambiental Estratégico 23

generaciones actuales y futuras, urbanas y rurales o el de comprometerse a un

desarrollo territorial coherente y equilibrado.

Dentro de este mismo contexto, el Sistema

de indicadores y condicionantes para

ciudades grandes y medianas (Agencia de

Ecología Urbana de Barcelona), expone un

conjunto de indicadores, clasificados en los

7 ámbitos, que entiende son de aplicación

tanto para la planificación de nuevos

desarrollos como para analizar el grado de

acomodación que los tejidos consolidados

tienen en relación al modelo de ciudad

compacta y compleja más sostenible.

Tras el análisis comparado de diversos sistemas urbanos, entiende que el modelo

urbano que mejor se ajusta al principio de eficiencia urbana y habitabilidad urbana es

la ciudad compacta en su morfología, compleja en su organización, eficiente

metabólicamente y cohesionada socialmente.

Asimismo, el equipo que elaboró el Libro Blanco de la Sostenibilidad en el

Planeamiento Urbanístico Español (Ministerio de Vivienda, 2.010) identificó una serie

de temas importantes que fueron planteados en forma de decálogo para su debate y

discusión de manera que permitan iniciar un proceso tendente a conseguir un

planeamiento urbanístico más sostenible.

D. Séptimo Programa de Acción en materia de Medio Ambiente (VII PMA)

Más recientemente, en el año 2013, en el ámbito comunitario se adoptó el Séptimo

Programa de Acción en materia de Medio Ambiente (VII PMA), hasta el año 2020,

titulado «Vivir bien, respetando los límites de nuestro planeta». Partiendo de un

conjunto de iniciativas estratégicas recientes (la Hoja de ruta sobre la gestión eficiente

de los recursos, la Estrategia sobre biodiversidad para 2020 y la Hoja de ruta hacia

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Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)

Documento Ambiental Estratégico 24

una economía hipocarbónica competitiva en 2050), el programa identifica tres ámbitos

temáticos prioritarios:

• El primero, dirigido a proteger la naturaleza y fortalecer la resiliencia ecológica,

tiene que ver con el “capital natural” -suelo fértil, tierra y mares productivos, agua

dulce de buena calidad y aire limpio- y con la biodiversidad que lo hace posible.

• El segundo, que se refiere a las condiciones que ayudarán a transformar la UE

en una economía hipocarbónica y eficiente en el uso de los recursos, muestra

una especial atención por la preocupación por transformar los residuos en

recursos, con más prevención, reutilización y reciclaje, y se insiste en abandonar

prácticas perjudiciales y antieconómicas, como los vertederos.

• El tercero, cubre los desafíos para reducir las amenazas para la salud y el

bienestar humanos asociadas a la contaminación, las sustancias químicas y el

impacto del cambio climático.

Entre otros objetivos del VII PMA se incluye el de garantizar que, para 2020, la mayoría

de las ciudades de la UE hayan puesto en práctica políticas de diseño y planificación

urbana sostenible, y que utilicen la financiación disponible en la UE para este

propósito.

También cabe señalar que todas las medidas, actuaciones y metas establecidas en el

VII PMA se propondrán y aplicarán de acuerdo con los principios de una normativa

inteligente y, cuando resulte apropiado, se someterán a una evaluación de impacto

completa.

E. ONU-Habitat

Por último, también cabe recordar que recientemente ONU-Habitat cumple su mandato

a través del Plan Estratégico 2014-2019, donde se destacan siete subprogramas:

• Legislación, suelo y gobernanza urbana,

• Planificación y diseño urbano,

• Economía urbana,

• Servicios urbanos básicos,

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Documento Ambiental Estratégico 25

• Vivienda y mejora de tugurios,

• Reducción de riesgos y rehabilitación, e

• Investigación y desarrollo de capacidades.

El plan actual ejecuta sus prioridades en las cuatro primeras dependencias temáticas,

dado que considera que “sin estructuras propicias ni directrices fuertes, la planificación

y diseño urbano apropiado siempre supondrán un obstáculo…. Y sin una buena

planificación y diseño, cualquier programa de vivienda y mejoramiento de

asentamiento precario será difícil, si no imposible, de aplicar”.

BLOQUE II. CONCURRENCIA CON LA PLANIFICACIÓN TERRITORIAL Y

URBANÍSTICA

F. Ordenación territorial

La Comunidad de Madrid, ha sido la segunda tras Cataluña en crear un marco legal

para la planificación de su territorio (Ley 10/1984, de Ordenación del Territorio),

justamente tan solo un año después de constituirse como Comunidad Autónoma

uniprovincial.

Con anterioridad a esta Ley cabe señalar la ya existencia de una planificación

subregional, que se limitaba al ámbito del área metropolitana, encomendada durante

dos décadas a un ente autónomo dependiente de la Administración Central

(COPLACO), pero la instauración del régimen autonómico precipitó su liquidación

institucional a favor de la Comunidad de Madrid.

Dentro del proceso seguido en la ordenación territorial de la región destacaremos por

su trascendencia el Plan Regional de Estrategia Territorial (PRET,1995), en la medida

que establecía una propuesta de modelo territorial donde se privilegiaba la

desconcentración de actividades en beneficio de determinadas centralidades a escala

regional, articuladas a su vez sobre dos grandes operaciones territoriales (Aeropuerto-

Corredor del Henares y Gran Sur Metropolitano), y se fortalecía la voluntad de

concentrar el crecimiento urbano en áreas bien definidas (municipio de Madrid,

Corredor del Henares y Sur Metropolitano).

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Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)

Documento Ambiental Estratégico 26

Posteriormente la tramitación del PRET continuó pero introduciéndose en el

documento cambios sustanciales. Desde la perspectiva territorial el cambio más

relevante fue la sustitución del modelo radioconcéntrico que tradicionalmente había

vertebrado el conjunto metropolitano madrileño, por otro organizado en malla reticular,

y la división del territorio regional (Sierra, Norte y Oeste, Centro, Sur y Este, Meseta).

Los instrumentos impulsores del cambio de modelo consistieron en cuatro estrategias

con gran impacto territorial: la Gran Base Logística, la Operación Vivienda, la Red

Ferroviaria Regional y el Mallado Verde Jerarquizado.

Sin embargo, en términos prácticos, cabe destacar que todas estas propuestas nunca

pasaron de lo que se denominó “Documento de Bases” o simplemente “Bases” que no

completaron a su desarrollo, es decir, no se sustanciaron en la aprobación legal del

PRET en calidad de plan territorial de la Comunidad de Madrid.

A pesar de lo anteriormente señalado, la planificación propuesta, en la medida que

pretende en crear un marco legal para la planificación de su territorio, presentaría una

confluencia con todas las programaciones que tienen un idéntico objetivo, aunque

referidas a un ámbito espacial más amplio, el regional.

G. Planes urbanísticos limítrofes

El ámbito espacial del Plan no limita con ninguno de los municipios aledaños al de San

Agustín de Guadalix, por lo cual esta no tiene influencia directa sobre los espacios

territoriales de los municipios del entorno.

H. Plan de Vivienda de la Comunidad de Madrid

Con el fin de dar cobertura a las necesidades específicas de vivienda de los

ciudadanos de Madrid, la Comunidad de Madrid creó, mediante Ley 6/1997, de 8 de

enero, de Protección Pública a la Vivienda, la “Vivienda con Protección Pública”.

El Reglamento de Vivienda con Protección Pública de la Comunidad de Madrid,

aprobado por Decreto 11/2005, de 27 de enero, supuso un esfuerzo de refundición al

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Documento Ambiental Estratégico 27

establecer de forma clara y sistemática el régimen jurídico de la vivienda protegida en

la Comunidad de Madrid.

El Plan de Vivienda 2009-2012 de la Comunidad de Madrid regula el sistema de

promoción y acceso a la vivienda de protección pública, estableciendo los precios

máximos de venta y arrendamiento como principal ayuda a los beneficiarios de las

mismas. Asimismo, define el concepto de Vivienda con Protección Pública, la tiene

una superficie construida máxima de 150 metros cuadrados y cumpla las condiciones

de destino, uso, precio y calidad establecidas reglamentariamente; regula el acceso,

que será en propiedad, en arrendamiento o arrendamiento con opción de compra; y

establece el destino, que será el domicilio habitual y permanente de sus ocupantes

legales, sin que en ningún caso puedan dedicarse a segunda residencia o cualquier

otro uso.

Por otra parte, el Plan de Vivienda Joven es un conjunto de medidas de apoyo dirigidas

a los jóvenes con edad inferior a 35 años, a los que destina una iniciativa de la

Comunidad de Madrid, las viviendas con Protección Pública para arrendamiento con

opción de compra para jóvenes.

El Plan propuesto en la medida en que tiene como objetivo principal dar cobertura a

las necesidades específicas de vivienda de los ciudadanos, en condiciones de

sostenibilidad, es sinérgica con la planificación de carácter regional.

BLOQUE III. CONCURRENCIA CON PLANES DE ORDEN SUPERIOR

I. Plan Hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Tajo 2015-

2021.

La planificación aprobada por el Real Decreto 1/2016, de 8 de enero, tiene como

objetivos generales conseguir el buen estado y la adecuada protección de las masas

de agua, la satisfacción de las demandas de agua y el equilibrio y armonización del

desarrollo regional y sectorial. Para la consecución de estos objetivos la planificación

hidrológica se regirá por criterios de sostenibilidad en el uso del agua mediante la

gestión integrada, la prevención del deterioro del estado de las aguas, la protección y

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Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)

Documento Ambiental Estratégico 28

mejora del medio acuático y de sus ecosistemas y la reducción de la contaminación,

además de pretender paliar los efectos de inundaciones y sequias.

A la vista de los objetivos definidos en la planificación hidrológica se puede concluir

que esta no presenta objetivos comunes con el Plan propuesto.

J. Plan especial de actuación en situaciones de alerta y eventual sequía de la cuenca

hidrográfica del Tajo.

La sequía es un fenómeno extremo hidrológico que puede definirse como una

disminución coyuntural significativa de los recursos hídricos durante un período

suficientemente prolongado y afectando a áreas extensas. El objetivo primordial del

Plan Especial de Sequías es la detección temprana de estas situaciones de escasez

mediante el establecimiento de un sistema de indicadores que definan de manera

gradual, mediante unos valores umbrales previamente determinados, los escenarios

de prealerta, alerta y emergencia.

A tenor de las posibles medidas de la puesta en marcha del Plan de sequías, se puede

deducir que no presenta objetivos comunes con el Plan propuesto.

K. Planes de ordenación, gestión y regulación de usos de los espacios naturales

protegidos.

Existen en la Comunidad de Madrid numerosos espacios naturales protegidos

gestionados por la Consejería de Medio Ambiente y agrupados en diversas figuras de

protección que ocupan un 13% de la superficie total. La figura legal que ampara a cada

uno de los espacios varía según sus características y los valores que los hicieron

merecedores de especial tratamiento.

El ámbito de estudio no se localiza en ninguno de los Espacios Naturales Protegidos

existentes en el término municipal.

De este modo, aunque el desarrollo del Plan Parcial propuesto no presenta objetivos

referidos específicamente a la conservación de los ecosistemas, se puede entender

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Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)

Documento Ambiental Estratégico 29

que con los objetivos de esta contribuyen a la conservación en la medida en que

promueven la consecución de un ambiente sonoro confortable.

L. Plan Energético de la Comunidad de Madrid 2004 – 2012.

Este Plan, a través del Centro de Ahorro y Eficiencia Energética de Madrid, órgano de

actuación que orienta las políticas de ahorro, eficiencia y diversificación energética y

de utilización de fuentes renovables de energía en la Comunidad de Madrid, define un

conjunto de estrategias energéticas que, de manera coordinada y eficaz han de

proporcionar una respuesta adecuada a las necesidades energéticas en el marco de

la sostenibilidad. Su objetivo es el de proponer a las autoridades, entidades, empresas,

consumidores y público en general iniciativas eficaces sobre:

• Conseguir un uso racional de la energía.

• Lograr la máxima utilización razonable de energías renovables.

• Facilitar información útil para el ahorro y eficiencia energética.

Tomando en consideración los objetivos definidos en la planificación energética se

observa que esta no presenta objetivos comunes con el Plan propuesto.

M. Estrategia de Calidad del Aire y Cambio Climático de la Comunidad de Madrid 2013 –

2020 (Plan Azul +).

El Plan aprobado pretende dar continuidad a las planificaciones antecesoras (Plan de

Saneamiento Atmosférico de la Comunidad de Madrid 1999-2002 y la Estrategia de

Calidad del Aire y Cambio Climático de la Comunidad de Madrid 2006-2012 Plan Azul)

dirigiendo los esfuerzos y recursos hacia aquellos sectores y contaminantes que, a la

vista de las evaluaciones periódicas de los niveles regionales de emisión e inmisión

de contaminantes, se consideran prioritarios para lograr una mejora de la calidad del

aire y una disminución de las emisiones de gases de efecto invernadero. Los objetivos

para la mejora de la calidad del aire son los siguientes:

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Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)

Documento Ambiental Estratégico 30

• Proporcionar un marco de referencia para acometer actuaciones coordinadas a

corto, medio y largo plazo entre las diferentes administraciones de la Comunidad

de Madrid.

• Mejorar el conocimiento disponible sobre calidad del aire y adaptación al cambio

climático, estudiando la vulnerabilidad de los sectores y sistemas más sensibles.

• Reducir la contaminación por sectores, prestando más atención a aquellos que

tienen mayor contribución a las emisiones totales y suponen una mayor afección

sobre la calidad aire ambiente.

• Fomentar la utilización de combustibles limpios y mejores tecnologías,

especialmente en ámbito del transporte, la industria y el sector residencial.

• Promover el ahorro y la eficiencia energética, mediante la adopción de

tecnologías, procesos, hábitos menos intensivos en el uso de la energía final, así

como el empleo de combustibles bajos en carbono en el transporte y en el sector

residencial, comercial e institucional.

• Involucrar al sector empresarial en la problemática de calidad del aire y cambio

climático.

• Mantener medios y herramientas adecuados de evaluación y control de la calidad

del aire ponerlos a disposición de la mejora continua nivel de información al

público en relación calidad el aire en la Comunidad de Madrid.

Si bien el desarrollo del Plan propuesto no presenta objetivos referidos

específicamente a la mejora de la calidad del aire, algunas de las medidas promovidas

por esta, en la medida que contribuyen a la pacificación del tráfico del ámbito de

actuación, se puede entender que contribuye a la mejora de la calidad del aire y a la

lucha contra el cambio climático.

N. Estrategia de Residuos de la Comunidad de Madrid 2006 – 2016.

La Estrategia de Residuos de la Comunidad de Madrid, surge en respuesta a la

necesidad de establecer el marco general en el que ha de desarrollarse en los

próximos años la gestión de los residuos que se producen en la región. Los objetivos

prioritarios de esta Estrategia, a considerar en el desarrollo de los planes urbanísticos,

se orientan a conseguir:

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Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)

Documento Ambiental Estratégico 31

• Altas tasas de reducción de la cantidad de residuos que se generan, mediante

la implantación de medidas que permitan minimizar la cantidad de residuos que

se producen y maximizar la reutilización.

• El incremento del reciclado (la valorización material) frente a la valorización

energética y frente a cualquier forma de eliminación de los residuos.

• Elevadas tasas de tratamiento “in situ” de los residuos, especialmente en el caso

de los peligrosos.

• Un marco normativo suficientemente eficaz para asegurar la efectiva

responsabilidad de los productores de residuos.

• La coordinación entre las actuaciones de las diversas Administraciones que se

desenvuelven en cada territorio con incidencia en la generación y tratamiento de

los residuos.

• Extender los conocimientos y experiencias sobre la materia, mediante

mecanismos de desarrollo de la información, el debate y la participación social.

De este modo, la Estrategia pone el acento tanto en la prevención de la generación de

los residuos como en el fomento de la reutilización y el reciclado. También, establece

que es preciso fomentar el aprovechamiento de los recursos contenidos en los

residuos, que de otra forma serían eliminados, ya que esto constituye una fuente de

riqueza, un beneficio económico a la vez que ambiental. Por último, pretende impulsar

la implantación de tecnologías de valorización que permitan reducir el consumo de

materias primas y la disminución de los efectos negativos de las opciones de

tratamiento existentes, fundamentalmente la ocupación del suelo por infraestructuras

de vertido y las emisiones contaminantes.

Por tanto, tomando en consideración los objetivos definidos en la estrategia de

residuos de la Comunidad de Madrid se observa que esta no presenta objetivos

comunes con el Plan Parcial propuesto.

O. Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad de Madrid 2014-2020 (PDR).

El 18 de noviembre de 2015 se aprobó por Decisión de la Comisión Europea el

Programa de Desarrollo Rural 2014-2020, el cual marcará la nueva estrategia en

materia de desarrollo rural para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador, por

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Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)

Documento Ambiental Estratégico 32

lo que las prioridades se enmarcan en el fomento de la innovación y transferencia de

conocimientos, mejorar la viabilidad de las explotaciones agrarias, fomento del circuito

corto con mercados locales, restauración y mejora de ecosistemas relacionados con

el mundo rural, fomentar la eficacia de los recursos y una economía baja en carbono

y fomento del desarrollo económico en zonas rurales.

El Programa de Desarrollo Rural diagnostica, en referencia a los residuos, la dificultad

para los agricultores con pequeñas explotaciones para gestionar los mismos, además

de poner de manifiesto las dificultades para el impulso del aprovechamiento de la

biomasa, la falta de demanda de biomasa. Sin embargo, presenta como oportunidad

la gestión cooperativa de los residuos y la potenciación del sector de la biomasa para

la valorización de residuos destinada a la producción de energía. En este sentido, los

planteamientos de la planificación propuesta no solo no deberían entrar en conflicto

con los señalados en el PDR si no que de alguna manera se complementarían al

enfocarse ambos a mejorar la ordenación territorial.

P. Planificación sobre las condiciones de salud en la Comunidad de Madrid.

El “Mapa de la vulnerabilidad en salud (MVS)” facilita la representación espacial de

zonas donde concurren características compartidas por la población residente que

definen su situación de vulnerabilidad, así como los recursos y activos en salud

existentes. El MVS es una herramienta efectiva para el diagnóstico de la vulnerabilidad

que permite visualizar y comparar indicadores de salud en diferentes ámbitos

territoriales, por lo cual se ha de contemplar como un instrumento adecuado para

intervenir en la toma de decisiones del proceso de planificación de la intervención

comunitaria (establecimiento de criterios de protección sanitaria, identificación de

zonas especialmente sensibles, saturación por presencia de actividades

preexistentes, etc.)

Asimismo, el análisis de la mortalidad recogido en el “II Atlas de mortalidad y

desigualdades socioeconómicas en la Comunidad de Madrid, 2001-2007”, en cuanto

que supone una aproximación básica al conocimiento del estado de enfermedad de su

población, será igualmente una herramienta a utilizar en el proceso de planificación

que desarrolla este Plan.

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Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)

Documento Ambiental Estratégico 33

4.3. OBJETIVOS AMBIENTALES ESTRATÉGICOS

En las páginas que siguen, se expone la relación de objetivos y criterios ambientales y

territoriales considerados en la presente evaluación ambiental estratégica, ordenados por

aspectos ambientales con implicaciones en la planificación territorial y ordenación urbana. Se

ha intentado que la redacción de los objetivos ambientales sea lo más operativa posible al

tiempo que incorpore de manera integrada las consideraciones recogidas en sus distintos

objetivos de sostenibilidad.

Variable: Ordenación territorial estructurante.

Objetivo ambiental 1: Contribuir al desarrollo territorial coherente y equilibrado

asegurando la disponibilidad y calidad de los recursos naturales mediante su uso racional.

Variable: Habitacional.

Objetivo ambiental 2: Satisfacer las necesidades colectivas de residencia mediante la

organización territorial y la configuración y organización espacial en condiciones de

desarrollo sostenible.

Variable: Recursos naturales y biodiversidad.

Objetivo ambiental 3: Asegurar la protección y conservación tanto de la flora y fauna

facilitando espacios para su adecuado desarrollo.

Objetivo ambiental 4: Conservación de los espacios y paisajes con mayor valor natural

fomentando la conectividad entre ellos.

Variable: Recursos hídricos.

Objetivo ambiental 5: Conservar los recursos hídricos en cantidad y calidad, así como

fomentar la gestión eficiente del agua.

Variable: Recursos edáficos.

Objetivo ambiental 6: Proteger y conservar los recursos del suelo con mayor valor

edafológico.

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Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)

Documento Ambiental Estratégico 34

Variable: Calidad atmosférica.

Objetivo ambiental 7: Favorecer las estrategias que fomenten la protección de la

atmósfera y contribuyan a la lucha contra el cambio climático.

Variable: Patrimonio cultural.

Objetivo ambiental 8: Conservar y proteger los elementos del patrimonio cultural de mayor

valor.

Variable: Gestión de residuos.

Objetivo ambiental 9: Gestionar eficazmente la generación y eliminación de residuos.

Variable: Accesibilidad y movilidad sostenible.

Objetivo ambiental 10: Garantizar la libertad de movimiento de personas y bienes en unas

condiciones adecuadas de seguridad asegurando una movilidad ambiental y

económicamente sostenible.

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Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)

Documento Ambiental Estratégico 35

5. CARACTERIZACIÓN DE LA SITUACIÓN DEL MEDIO AMBIENTE

5.1. CLIMA

Para realizar la caracterización climática de la zona de estudio, se han tenido en consideración

los datos de la estación termopluviométrica más próxima al ámbito de estudio, la cual se sitúa

en el municipio de Talamanca del Jarama a una distancia aproximada de algo más de 10 km

al noreste de la zona de actuación. Esta estación, con clave 3117, se localiza en la latitud 40º

44’ y longitud 3º 30’ W a una altitud sobre el nivel del mar de 654 m y aporta datos durante el

periodo 1961 a 2003.

ESTACIÓN: Talamanca del Jarama. Altitud 654 m

TEMPERATURAS ENE FEB MAR ABR MAY JUN JUL AGO SEPT OCT NOV DIC ANUAL

Media Anual 4,9 6,6 9,5 11,6 15,6 20,6 24,3 24,1 19,9 14,1 8,7 5,6 13,8

Media de las máximas mensuales

16,3 19,2 23,9 26,3 30,8 35,7 38,5 38,2 34,3 27,4 21,2 17,1 39,1

Media de las mínimas mensuales

-5,9 -5,6 -4 -1,3 1,9 6,4 10,2 10 6 1,2 -3,5 -5,9 -8

PRECIPITACIONES ENE FEB MAR ABR MAY JUN JUL AGO SEPT OCT NOV DIC ANUAL

Precipitaciones medias mensuales

51,3 44,7 30,5 48,2 48,3 30,3 13 12,6 29,6 50,6 63,7 52 474,7

Precipitaciones máximas en 24 h

14,9 14,5 11,1 15,7 15,7 13,8 7,9 8,8 14,5 15,6 20,9 14 34,7

Fte. Elaboración propia a partir de los datos del SIGA (Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente.

Las precipitaciones

El régimen pluviométrico en la zona de estudio se caracteriza por presentar un esquema de

precipitaciones medias mensuales en el que se produce un periodo seco de unos cuatro

meses, y donde los niveles de precipitaciones anuales son ligeramente superiores a los 450

mm.

La distribución de las precipitaciones en la zona de estudio se concentra en periodos de mayor

precipitación, que en la estación considerada es el invierno con 148 mm, seguido por el otoño

con 143,9 mm y la primavera con 126,9 mm. En el periodo de verano presenta un déficit

hídrico llegando a precipitaciones de 55,9 mm.

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Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)

Documento Ambiental Estratégico 36

Precipitaciones medias mensuales.

Finalmente si se compara las precipitaciones medias mensuales con las precipitaciones

máximas en 24 horas se observa que en los meses de estío las precipitaciones son más

torrenciales, de tal forma que en el mes de agosto puede llover en un día algo más del 69%

de toda la precipitación media en este mes.

Porcentaje de precipitaciones máximas en un día frente a la precipitación media mensual.

0

10

20

30

40

50

60

70

ENE FEB MAR ABR MAY JUN JUL AGO SEPT OCT NOV DIC

Pre

cip

itac

ión

med

ia m

ensu

al (

mm

)

Meses

,000

10,000

20,000

30,000

40,000

50,000

60,000

70,000

ENE FEB MAR ABR MAY JUN JUL AGO SEPT OCT NOV DIC

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Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)

Documento Ambiental Estratégico 37

Las temperaturas

En cuanto a las temperaturas se observa que presenta una marcada oscilación térmica en la

zona de estudio, es decir, la diferencia de temperaturas medias mensuales entre el mes más

frío y el más cálido se aproxima a los 20º C. Esta oscilación térmica confirma el patrón general

correspondiente a los climas mediterráneos continentalizados como el existente en todo el

ámbito de la Comunidad de Madrid.

Las temperaturas máximas se registran fundamentalmente en los meses de verano, siendo

julio el mes más caluroso (24,3º C). A partir de julio y agosto se produce un descenso paulatino

de las temperaturas que disminuyen considerablemente durante el otoño, registrándose las

mínimas anuales en el mes de enero (4,9º C). Presentando una temperatura media anual de

13,8º C.

Temperaturas medias, máximas y mínimas mensuales.

Si se analiza el comportamiento respecto a las medias de las máximas parece igual de

homogéneo que el de las temperaturas medias (ver gráfica anterior). En este caso, vuelven a

ser los meses de julio y agosto con temperaturas de 38,5 y 38,2º C, respectivamente. Este

modelo con respecto a las temperaturas máximas se mantiene para valores de las mínimas,

apareciendo los registros más bajos en los meses de diciembre y enero con -5,9º C, en ambos

meses.

-10

-5

0

5

10

15

20

25

30

35

40

45

ENE FEB MAR ABR MAY JUN JUL AGO SEPT OCT NOV DIC

Tem

per

atu

ras

(ºC

)

Temperatura Media Anual

Temperatura Media de las máximas mensuales

Temperatura Media de las mínimas mensuales

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Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)

Documento Ambiental Estratégico 38

Relación entre temperaturas y precipitaciones

La relación existente entre estas dos variables analizadas permite obtener el diagrama

ombrotérmico del área de estudio. En él se puede observar claramente una de las

características esenciales de los climas de tipo mediterráneo: el prolongado periodo de

sequía. Desde la segunda quincena de junio hasta finales de septiembre existe un déficit

hídrico bastante significativo en la zona, con un volumen de precipitaciones que apenas

supera los 55,9 mm en este periodo y unas temperaturas medias siempre por encima de los

20º C.

Diagrama ombroclimático.

Confortabilidad climática

La percepción que el hombre tiene del confort climático está en función de las temperaturas,

la humedad del ambiente y la intensidad del viento. En el caso de las temperaturas, las

sensaciones de calor o frío dependen de cada individuo. Sin embargo, se considera

generalmente válido un umbral de calefacción de 15º C, por debajo de los cuales se precisa

calentar el ambiente interior de las viviendas para mejorar la sensación térmica, y -de igual

modo- se considera que por encima de los 20º C se sitúa el umbral de refrigeración, que

requiere refrescar el ambiente para mantener el nivel de confort climático.

0

10

20

30

40

50

60

70

0

5

10

15

20

25

30

ENE FEB MAR ABR MAY JUN JUL AGO SEPT OCT NOV DIC

Pre

cip

itac

ion

es (

mm

)

Tem

per

atu

ras

(ºC

)

Meses

Temperatura Media Anual Precipitaciones medias mensuales

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Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)

Documento Ambiental Estratégico 39

En el caso de la evolución de las temperaturas medias mensuales en relación con los citados

umbrales térmicos, se observa como únicamente en un periodo de casi dos meses (desde

principios de mayo a mediados de junio, y durante la segunda mitad del mes de septiembre

hasta primeros de octubre) se mantiene una temperatura ambiental con niveles confortables,

mientras que durante más de siete meses (desde mediados de octubre hasta primeros de

mayo) los niveles térmicos se sitúan por debajo de los 15º C (lo que se hace necesario elevar

la temperatura ambiental de forma artificial para alcanzar los índices de confortabilidad), y

desde mediados del mes de junio hasta primeros del mes de septiembre, las temperaturas

medias se encuentran por encima del umbral de los 20º C, con el consiguiente gasto

energético de refrigeración para reducir éstas hasta niveles óptimos de confortabilidad.

Umbrales de calefacción y refrigeración.

Esta fuerte continentalidad que se refleja en los elevados contrastes térmicos, supone unos

niveles aproximados de unos 1.329 y 278 grados-día de calefacción y refrigeración anual

respectivamente, lo que significa un fuerte sesgo hacia temperaturas medias bajas con la

consiguiente necesidad de elevarlas artificialmente. Dentro de una estrategia urbana

sostenible, este elevado coste energético que significa alcanzar niveles óptimos de

confortabilidad, determina la necesidad de una planificación (usos, tipologías, orientaciones,

etc.) y usos constructivos lo más eficiente posible energéticamente.

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Documento Ambiental Estratégico 40

Grados día mensuales de calefacción y refrigeración.

,000 50,000 100,000 150,000 200,000 250,000 300,000 350,000

Ene

Feb

Mar

Abr

May

Jun

Jul

Ago

Sep

Oct

Nov

Dic

Grados día mensuales de calefacción y refrigeraciónTotal anuales: Calefacción: 1,329,1 Refrigeración: 278,4

Grados día refrigeración Grados día calefacción

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Documento Ambiental Estratégico 41

5.2. CAMBIO CLIMÁTICO / CALIDAD DEL AIRE

Cambio climático

El clima está cambiando como consecuencia de las actividades humanas, singularmente por

las emisiones de gases de efecto invernadero asociadas a la utilización de combustibles

fósiles y a la deforestación. Frente a esta constatación las distintas administraciones y grupos

de trabajo a nivel nacional e internacional están realizando una serie de proyecciones

regionalizadas del cambio climático para el siglo XXI, con el objeto de ser utilizadas en el

marco del Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático (PNACC).

La obtención de proyecciones o escenarios regionales de cambio climático está sujeta a una

serie de fuentes de incertidumbre que afectan a todos los pasos del proceso de su generación,

entre ellas cabe destacar las asociadas al establecimiento de los escenarios alternativos de

posibles evoluciones en las emisiones de gases de efecto invernadero y aerosoles, las

asociadas a los modelos globales de circulación general, y las debidas a los propios métodos

de regionalización.

Estos escenarios de emisión de gases de efecto invernadero son denominadas como

Trayectorias de Concentración Representativas (RCP, por sus siglas en inglés), las cuales

comprenden diferentes escenarios en el que los esfuerzos de mitigación conducen a un nivel

de forzamiento muy bajo (RCP2,6), de estabilización (RCP4,5 y RCP 6,0) y con un nivel muy

alto de emisiones GEI (RCP8,5).

Trayectorias de Concentración

Representativas

Forzamiento Radiativo

Tendencia del Forzamiento Radiativo

Concentración de CO2 en 2100

RCP2,6 2,6 W/m2 Decreciente en 2100 421 ppm

RCP4,5 4,5 W/m2 Estable en 2100 538 ppm

RCP 6,0 6,0 W/m2 Creciente 670 ppm

RCP8,5 8,5 W/m2 Creciente 936 ppm

Con estas trayectorias de concentración representativas para el siglo XXI, la Agencia Estatal

de Meteorología ha desarrollado una serie de regionalización (AR5-IPCC) en la que ha

determinado el grado de cambio en las temperaturas máximas, mínimas y de precipitaciones

en la Comunidad de Madrid. Su comportamiento, referido al año 2040, que es el que se ha

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Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)

Documento Ambiental Estratégico 42

tomado como referencia por entender que el que la Modificación estaría plenamente

desarrollada, presentaría la siguiente caracterización:

➢ Cambios en las temperaturas máximas. Los incrementos de temperaturas máximas y de

la duración de olas de calor y del número de días cálidos varían dependiendo de los

escenarios analizados de la forma siguiente:

• En el modelo de estabilización de las emisiones (RCP4,5) las temperaturas máximas

subirían en 1,5ºC, lo que supondría

un incremento de la duración de las

olas de calor en unos 4 días, así

como el número de días cálidos

aumentarían aproximadamente en

un 10%.

• El modelo de un incremento ligero

de las emisiones ligero (RCP6,0)

presenta un aumento de

temperaturas similar al caso

anterior, es decir,

aproximadamente 1,5ºC. Las olas de calor presentarían un incremento de unos 6

días y el número de días cálidos anuales no variaría con respecto al modelo de

estabilización de emisiones de GEI, aumento en un 10%.

Cambio en días cálidos (%) en tres escenarios en la

Comunidad de Madrid. Fte. AEMET Cambio en la duración de las olas de calor (días) en tres

escenarios en la Comunidad de Madrid. Fte. AEMET.

Cambio de las temperaturas máximas (ºC) en tres escenarios en la Comunidad de Madrid. Fte. AEMET.

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Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)

Documento Ambiental Estratégico 43

• En el modelo de máximas emisiones de GEI (RCP8,5) las temperaturas máximas

llegarían a elevarse en 1,8ºC, mientras que las olas de calor se incrementarían en 6

días de forma similar al modelo de incremento ligero de emisiones de GEI y los días

cálidos al año aumentarían en un 12%.

➢ Cambios en las temperaturas mínimas. El descenso en el número de días con heladas,

así como, los incrementos en las noches cálidas son cuantificados en los modelos de

forma siguiente:

• En el modelo de estabilización

de las emisiones (RCP4,5) las

temperaturas mínimas

sufrirían un ascenso de unos

1,3ºC, lo que incidiría en el

descenso de los días con

heladas durante el año de

unos 11 días, mientras que el

porcentaje de noches cálidas

se incrementarían en un 12%.

• En el modelo de un incremento ligero de las emisiones ligero (RCP6,0) las

temperaturas mínimas ascenderían en 1,2ºC, lo que también produciría un descenso

en los días con heladas de 11 días al año y un incremento de un 11% en las noches

cálidas anuales, también algo inferior al modelo anterior.

Cambio en noches cálidos (%) en tres escenarios en la

Comunidad de Madrid. Fte. AEMET. Cambio en el número de días con heladas (días) en tres

escenarios en la Comunidad de Madrid. Fte. AEMET.

Cambio de las temperaturas mínimas (ºC) en tres escenarios en la Comunidad de Madrid. Fte. AEMET.

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Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)

Documento Ambiental Estratégico 44

• Finalmente en el modelo de máximas emisiones de GEI (RCP8,5) las temperaturas

mínimas llegarían a elevarse en 1,8ºC, mientras que los días con heladas

descenderían en 14 días y las noches cálidas aumentarían en un 15%.

➢ Cambios en las precipitaciones. La cuantificación del descenso de las precipitaciones

medias anuales, aumentando los periodos secos y disminuyendo en número de días

lluviosos, respondería al siguiente comportamiento:

• En el modelo de estabilización de las emisiones (RCP4,5) las precipitaciones

descenderían en aproximadamente un 8%, lo que supondría la estabilización de la

duración en los periodos secos

anuales que se dan en la

actualidad, pero con un

descenso de los días lluviosos

de unos 3 días al año.

• En el modelo de un incremento

ligero de las emisiones

(RCP6,0) las precipitaciones

medias anuales se

mantendrían de forma muy

similar a las actuales,

incrementándose en 3 días los periodos de sequía anuales y aumentando los días

lluviosos anuales en 3 días.

Cambio en el número de días con lluvia (días) en tres escenarios en la Comunidad de Madrid. Fte. AEMET.

Cambio en la duración de periodos secos (días) en tres escenarios en la Comunidad de Madrid. Fte. AEMET.

Cambio de precipitaciones anuales (%) en tres escenarios en la Comunidad de Madrid. Fte. AEMET.

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Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)

Documento Ambiental Estratégico 45

• Finalmente, en el modelo de máximas emisiones de GEI (RCP8,5) las precipitaciones

llegan a descender en un 5%, las duraciones de los periodos de sequía serían

similares a los actuales y los días lluviosos anuales descenderían en 5 días.

Huella del carbono de las actividades en suelo urbano

La incidencia en el cambio climático se ha realizado mediante un análisis prospectivo de las

emisiones estimadas de CO2 procedentes de los diferentes sectores que llevan a cabo su

actividad en suelo urbano.

Para realizar dicho cálculo, se ha partido del consumo total de energía final realizado en la

Comunidad de Madrid, teniendo en cuenta tanto la fuente energética que la produce (carbón,

derivados petróleo, energía eléctrica, energía térmica, gas natural y biocombustibles) como el

sector en la que se consume (doméstico, industrial, servicios y transporte). Posteriormente,

las diferentes fuentes de energía final consumida fueron tratadas con sus correspondientes

coeficientes de paso de producción de emisiones de dióxido de carbono.

Los resultados de la aplicación de diferentes metodologías utilizadas habitualmente para

realizar el cálculo de la huella de carbono, concluyen que las emisiones difusas de CO2

provienen mayoritariamente del consumo energético y del tráfico de vehículos,

aproximadamente en un 40% del primero y en un 50% del segundo, por lo que nos

centraremos en el estudio detallado de ambos.

El cálculo de las emisiones de CO2 estimadas, en la Comunidad de Madrid, procedentes del

consumo energético de los sectores doméstico industrial y servicios, para el año 2013, se

recoge en la siguiente tabla:

EMISIONES CO2 DERIVADAS DEL CONSUMO ENERGÉTICO

DEL SECTOR DOMÉSTICO (*)

CONSUMO ENERGÉTICO FACTOR EMISION

EMISIONES (kt CO2) Fuente ktep

Carbón 4 4,40 17,6

Derivados petróleo 353 3,09 1.090,8

Energía eléctrica 709 3,84 2.722,6

Energía térmica 74 2,23 165,0

Gas natural 1.219 2,34 2.852,5

Biocombustibles 0 0,00 0,0

TOTAL 6.848,5

(*) Fuentes: Balance Energético de la Comunidad de Madrid, factores de emisión del IDAE y elaboración propia.

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Documento Ambiental Estratégico 46

EMISIONES CO2 DERIVADAS DEL CONSUMO ENERGÉTICO DEL SECTOR INDUSTRIAL (*)

CONSUMO ENERGÉTICO FACTOR EMISION

EMISIONES (kt CO2) Fuente ktep

Carbón 1 4,40 4,4

Derivados petróleo 108 3,09 333,7

Energía eléctrica 288 3,84 1.105,9

Energía térmica 134 2,23 298,8

Gas natural 477 2,34 1.116,2

Biocombustibles 0 0,00 0,0

TOTAL 2.859,0

(*) Fuentes: Balance Energético de la Comunidad de Madrid, factores de emisión del IDAE y elaboración propia.

EMISIONES CO2 DERIVADAS DEL CONSUMO ENERGÉTICO DEL SECTOR SEVICIOS (*)

CONSUMO ENERGÉTICO FACTOR EMISION

EMISIONES (kt CO2) Fuente ktep

Carbón 0 4,40 0,0

Derivados petróleo 23 3,09 71,1

Energía eléctrica 1.080 3,84 4.147,2

Energía térmica 5 2,23 11,2

Gas natural 352 2,34 823,7

Biocombustibles 0 0,00 0,0

TOTAL 5.053,2

(*) Fuentes: Balance Energético de la Comunidad de Madrid, factores de emisión del IDAE y elaboración propia.

Asimismo, el cálculo de las emisiones de CO2 estimadas, en la Comunidad de Madrid,

procedentes del sector transportes, para el año 2013, se recoge en la siguiente tabla:

EMISIONES CO2 DERIVADAS DEL SECTOR TRANSPORTES (*)

CONSUMO ENERGÉTICO FACTOR EMISION

EMISIONES (kt CO2) Fuente ktep

Carbón 0 4,40 0,0

Derivados petróleo 5.011 3,09 15.484,0

Energía eléctrica 160 3,84 614,4

Energía térmica 0 2,23 0,0

Gas natural 52 2,34 121,7

Biocombustibles 0 0,00 0,0

TOTAL 16.220,1

(*) Fuentes: Balance Energético de la Comunidad de Madrid, factores de emisión del IDAE y elaboración propia.

Por consiguiente, las emisiones de CO2 en la Comunidad de Madrid procedentes del suelo

urbano se estiman en unas 31.000 kt CO2.

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Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)

Documento Ambiental Estratégico 47

Calidad del aire

La Comunidad de Madrid cuenta con Red de Control de la Calidad del Aire que en el término

de San Agustín de Guadalix no presenta ninguna estación de las que caracterizan la calidad

del aire de la aglomeración urbana del noroeste. Por lo que se ha tomado la estación de la

zona urbana del noroeste más cercana al ámbito de estudio, la cual corresponde al vecino

municipio de Colmenar Viejo a una distancia aproximada de algo más de 14 km al oeste de la

zona de actuación. Esta estación de tráfico se localiza en las coordenadas X: 434.586, Y:

4.501.816.

Los datos de las medias mensuales del año 2017 de los diferentes parámetros que mide la

estación son las siguientes:

Contaminantes atmosféricos

2017

Colmenar Viejo

Ene Feb Mar Abr May Jun Jul Ago Sep Oct Nov Dic

PM10 (µg/m3) 19 30 13 15 14 19 20 22 16 22 19 18

NO2 (µg/m3) 40 29 25 20 18 17 17 1 21 35 43 37

NO (µg/m3) 20 11 7 5 4 4 4 3 5 14 24 20

NOx (µg/m3) - - - - - - - - - 64 80 68

O3 (µg/m3) 39 52 68 85 83 83 70 72 69 55 36 32

CO (mg/ m3) 0,4 0,4 0,4 0,3 0,3 0,4 0,2 0,3 0,4 0,5 0,5 0,7

Por otro lado, la Comunidad de Madrid realiza con una periodicidad mensual, trimestral y anual

una serie de informes de cada estación, y en todo su conjunto, donde se analiza los diferentes

límites establecidos por el Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, relativo a la mejora de la

calidad del aire, de tal forma que para el año 2017 la Estación considerada presenta las

siguientes características:

➢ Para PM10 establece como valor límite diario como el número superaciones de 50 µg/m3,

sin llegar a superar las 35 superaciones por año. Este límite de las partículas en

suspensión es cumplido en la estación de Colmenar Viejo, ya que tan sólo supera los 50

µg/m3 en 4 ocasiones durante el año 2017 (tres veces en febrero y una en diciembre) sin

descontar los episodios de intrusiones saharianas.

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Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)

Documento Ambiental Estratégico 48

Además, el Decreto establece para este parámetro el valor límite anual en una media de

40 µg/m3. Límite no superado en la estación cuya media anual es de 19 µg/m3 en el año

2017.

➢ Sobre los valores límites horario para el NO2, el cual se establece en el número de

superaciones de 200 µg/m3 por año, no debiendo superar más de 18 superaciones, no

hay ninguna superación del mismo en la estación considerada. Por otro lado, el valor

límite anual, establecido en 40 µg/m3, tampoco es superado por la estación de Colmenar

Viejo al ser su media anual de 27 µg/m3.

➢ Para el ozono se establece como valor objetivo para la protección de la salud humana en

120 µg/m3, el cual no debe de ser superada en más de 25 días por cada año civil de

promedio en un periodo de tres años. En el promedio entre 2015 y 2017 de la estación

de Colmenar Viejo no cumple este valor objetivo, pues superado en 37 días.

Por otro lado, también para el ozono se establece un umbral de información (180 µg/m3

como valor medio de 1 hora) y alerta para la población (240 µg/m3 como valor medio de

1 hora). De estos umbrales para el ozono, la estación de Colmenar Viejo no superado

ninguno.

Finalmente, para el ozono establece los valores límite de la AOT40 (acrónimo de

“Accumulated Ozone Exposure over a threshold of 40 Parts Per Billion”) en 18.000 µg/m3

h en un promedio de 5 años. Este valor límite es superado por la estación pues el

promedio de AOT40 es de 22.002 µg/m3 h.

En este sentido, podemos determinar que la calidad del aire del ámbito de estudio es buena,

aunque existen problemas puntuales en los valores objetivos para la protección de la salud

humana y en la AOT40 del ozono.

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Documento Ambiental Estratégico 49

5.3. MEDIO AMBIENTE SONORO

La situación acústica de partida está caracterizada por la situación del ámbito de estudio cuyo

límite más sureste lo constituye la autovía A-1 y la avenida de Madrid como límite más

occidental, la cual define los niveles acústicos existentes.

La autovía A-1 en las cercanías del ámbito de actuación tiene publicado un Mapa Estratégico

de Ruido por el Ministerio de Fomento como organismo competente, conforme al artículo 4.1

de la Ley 37/2003, del Ruido, al tratarse de una infraestructura viaria de competencia estatal.

Los planos en el ámbito de estudio son los siguientes:

Para la determinación de la situación acústica del ámbito de estudio se ha utilizado el Mapa

de Estratégico de Ruido de la Red de Carreteras del Estado (Segunda fase) del Ministerio de

Fomento, que la zona de estudio presenta los planos siguientes:

Situación del ámbito de actuación (en verde) en relación al Mapa Estratégico de Ruido de la autovía A-1 para los periodos de día (Ld), tarde (Le) y noche

(Ln).

Ld Le

Ln

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Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)

Documento Ambiental Estratégico 50

En estos mapas estratégicos de la infraestructura se observa que tanto en el periodo día,

tarde y noche, cuyos límites establecidos por la legislación vigente para la tipología de suelo

que presenta el ámbito de estudio es de 65 dB (A) de tal forma que tal forma que toda la zona

sureste supera este límite acústico. En el periodo noche estos límites se reducen a 55 dB (A),

de tal forma que según este mapa estratégico de ruido de la Autovía todo el ámbito superaría

este límite acústico.

Por otro lado, considerando los mapas de ruido y las servidumbres aeronáuticas acústicas del

aeropuerto Adolfo Suárez-Madrid-Barajas el ámbito de estudio se sitúa fuera de las

servidumbres acústicas de esta infraestructura. (Ver Anexo I. Estudio Acústico).

Finalmente, en el Anexo I. Estudio Acústico se ha modelizado considerando todas las fuentes

acústicas del ámbito para realizar una evaluación de ruido ambiental en la actualidad con los

siguientes resultados:

Mapa de ruido del ámbito de actuación en periodo día.

Mapa de ruido del ámbito de actuación en periodo tarde.

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Documento Ambiental Estratégico 51

Mapa de ruido del ámbito de actuación en periodo noche.

En esta modelización detallada del ámbito se observa que el periodo día la isófona de más de

60 db (A) se sitúa a unos 100 m de la arista exterior de la Autovía A-1 coincidente con el límite

más sureste del ámbito, reduciéndose a 70 m en el periodo tarde. Finalmente, en el periodo

noche la isófona de más de 55 db (A) se localiza a unos 80 m.

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Documento Ambiental Estratégico 52

5.4. GEOLOGÍA Y GEOMORFOLOGÍA

El término municipal de San Agustín de Guadalix se ubica en la zona de confluencia de los

dos grandes dominios geológico-estructurales de la Comunidad de Madrid: la Sierra y la

Depresión del Tajo, de tal forma que sus materiales pueden ser divididos en dos grupos:

➢ Depósitos Neógenos de origen continental, cuyo afloramiento se debe a los procesos

de denudación y que conforman el relleno Terciario de la Cuenca de Madrid. Estos

depósitos se localizan en las proximidades del ámbito de estudio.

➢ Depósitos Holocenos debidos a la sedimentación por formas de acumulación y por

aportes fluviales cuaternarios.

El primer grupo de materiales, Depósitos Neógenos de origen continental, se localizan al

este y oeste del ámbito de estudio apareciendo los siguientes materiales:

• Cantos y arenas: Estos materiales sedimentarios se organizan en cuerpos canalizados

de 0,5 a 1 m de potencia e interiormente ofrecen estratificación cruzada de surco. Se

localiza tanto al este como oeste de la zona de estudio.

• Bloques y cantos: estos sedimentos se organizan en cuerpos canalizados de 1 a 3 m

de espesor, donde los bloques y cantos se encuentran en contacto entre si, formando

una imbricación, mientras los huecos son están rellenos por gravas muy gruesas y

cantos pequeños. Esta unidad se encuentra más alejada del ámbito de estudio en su

área más occidental.

En el segundo grupo, Depósitos Holocenos, son los que se localizan en todo el ámbito de

estudio, presentando los siguientes materiales:

• Glacis: Son depósitos gravitacionales o de arroyada que articulan laderas de fondo de

valle. Los materiales que componen estos depósitos son arenas, cantos y limos con

abundante matriz. Estos materiales se localizan al este del ámbito de estudio

• Terrazas: Estos depósitos son consecuencia de la dinámica fluvial del río Guadalix que

discurre al norte y este del ámbito de estudio, formando dos niveles de terraza. Los

materiales están constituidos por gravas, arenas y limos de naturaleza

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Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)

Documento Ambiental Estratégico 53

predominantemente ígnea y metamórfica. Estos son los materiales que se localizan

en todo el ámbito de estudio.

• Fondos de valle. Sedimentos ligados a los cursos fluviales como es el río Guadalix o

el arroyo del Caño. Están constituidos por gravas, arenas y limos de naturaleza

poligenética y granulometría muy heterogénea.

Mapa Geológico del Instituto Geológico y Minero de España. Hoja 509.

Con respecto al relieve la zona de estudio se encuentra muy relacionada con la red

hidrográfica en la zona de conexión entre la Sierra y la Depresión del Tajo, también

denominada como Plataforma.

La topografía de la zona se estructura en el valle del rio Guadalix donde aparecen cotas de

623 m en la zona más meridional y de unos 630 m en la septentrional. En ambos lados del

valle se desarrollan las terrazas fluviales con cotos que oscila entre los 630 a 640 m. Esta

área de terrazas es donde se ubica el ámbito de estudio con una topografía prácticamente

llana donde aparecen cotas de entre 636 a 639 m. Desde esta zona que constituye el valle

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Documento Ambiental Estratégico 54

aluvial del rio Guadalix y sus terrazas fluviales a ambos lados el terreno va ascendiendo sobre

los materiales detríticos terciarios de la zona de la Plataforma que presenta un paisaje

alomado.

Mapa hipsométrico de la zona de estudio. Fte. Centro Nacional de Información Geográfica.

Con respecto al porcentaje de pendientes se ha considerado a una clasificación atendiendo

las directrices del Ministerio del Ministerio de Agricultura para la caracterización de la

capacidad agrológica de los suelos de España y a la clasificación del servicio de suelos de

EEUU. De acuerdo con esta clasificación, el límite de los suelos laborables se fija en el 20%

mientras que pendientes superiores al 50%, que no admiten ningún sistema de explotación,

deberán de ser consideradas reservas naturales.

Tipo de zonas Pendiente (%) 1.- Zonas llanas < 3% 2.- Zonas con pendiente suave 3-10% 3.- Zonas con pendiente moderada 10-20% 4.- Zonas con pendiente fuerte 21-30% 5.- Zonas con pendiente muy fuerte 31-50% 6.- Zonas escarpadas >51%

Clasificación del territorio atendiendo a la pendiente. MAPA.

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Documento Ambiental Estratégico 55

Porcentaje de pendientes del PERI-1. Escala original 1:5.000. Fte. Elaboración propia sobre cartografía del

Centro Nacional de Información Geográfica (MDT05).

Con esta clasificación de porcentaje de pendientes observamos que las mayores pendientes

se sitúan tanto al oeste como al noreste del PERI-1, que corresponde a las áreas de vertientes

que van descendiendo cota hasta el valle del rio Guadalix. En la parcela en estudio la mayor

parte de la misma presenta un terreno llano, con pendientes suaves al norte, noreste y sur,

con áreas de pendientes moderadas al norte de la misma que constituye un pequeño escalón

topográfico que separa las terrazas de la llanura aluvial del rio Guadalix.

Las orientaciones de las pendientes existente dentro del PERI-1 se observa que la zona más

septentrional del ámbito se encuentran orientadas hacia el valle del rio Guadalix, mientras que

las más meridional se oriental hacia el arroyo del Caño.

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Documento Ambiental Estratégico 56

Orientaciones del terreno del PERI-1. Escala original 1:5.000. Fte. Elaboración propia sobre cartografía del

Centro Nacional de Información Geográfica (MDT05).

Finalmente, fisiográficamente en la zona de estudio aparecen dos unidades bien

diferenciadas, por un lado, las denominadas vertientes, que constituyen la forma de enlace

entre los valles y las superficies altas. Su génesis se debe a los diferentes y continuos

procesos de erosión, encajonamiento y escarpes reducidos, y está representada por los glacis

y las terrazas medias y altas de los cursos fluviales, que en la zona de estudio es el rio

Guadalix y, como se comentado con anterioridad, su ubicación se da entre los dos grandes

dominios geoestructurales de la Sierra y la Depresión. Por otro, la unidad fisiográfica de las

llanuras aluviales y terrazas, donde se ubica el ámbito en estudio, que son las zonas

comprende las llanuras de inundación y los fondos de valle, incluyéndose las terrazas de

campiña, es decir, las terrazas bajas de amplio desarrollo y morfología muy plana. Se instalan

sobre sustrato sedimentario de la cuenca terciaria y los materiales que las forman son, en

general, gravas, arenas, limos y arcillas. Cabe destacar la existencia de algunos elementos

de interés que aparecen en esta unidad como son los conos aluviales de gran tamaño y

planitud y los coluviones o depósitos de pie de talud.

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Documento Ambiental Estratégico 57

Unidades fisiográficas de la zona de estudio. Fte. Comunidad de Madrid.

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Documento Ambiental Estratégico 58

5.5. SUELO

La riqueza y variedad que presentan en la Comunidad de Madrid los diferentes componentes

del medio natural quedan en la mayoría de las ocasiones camufladas tras los importantes

desarrollos urbanos. Sin embargo, la diversidad de suelos y vegetación existentes ha

supuesto un manejo intenso y diverso del territorio que ha dado origen a numerosos y

complejos tipos de paisajes. Dentro de la zona de estudio se puede encontrar las siguientes

asociaciones de suelos:

➢ Leptosoles. Corresponde a suelos limitados en profundidad por una roca dura continua o

por material muy calcáreo o por una capa continua cementada dentro de una profundidad

de 30 cm. Estos suelos se desarrollan fuera de ámbito de estudio al este del mismo.

Asociación de suelos según la clasificación FAO de la zona de estudio. Fte. Comunidad de Madrid.

➢ Luvisoles. Se caracterizan por presentar un horizonte (B) con un claro enriquecimiento en

arcilla que en parte a iluvial, es decir, como consecuencia de un lavado, existe un arrastre

de arcilla procedente del horizonte superior y posterior acumulación en el horizonte B.

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Documento Ambiental Estratégico 59

Estos suelos presentan una clara vocación agrícola. Se localizan al oeste del ámbito de

estudio.

➢ Fluvisoles. Son suelos poco evolucionados edáficamente, ya que se desarrollan sobre

depósitos aluviales recientes sin tiempo para alcanzar una mayor diferenciación genética.

Estos suelos son los que se desarrollan tanto en el valle fluvial como en sus terrazas, que

es donde se localiza la zona de estudio.

En un análisis histórico de los usos del suelo que se han dado en los terrenos del PERI-1, se

ha determinado que desde el primer año analizado (1956) hasta los primeros años de la

década de los 70, el ámbito de estudio presenta un uso exclusivamente agropecuario con un

dominio de la cobertura vegetal constituida por un pastizal, con algún ejemplar arbóreo aislado

y muy disperso. Otros ejemplares arbóreos destacados se desarrollan en las márgenes de la

carretera que en la actualidad es la Avenida de Madrid, en el límite más occidental del PERI-

1. Fuera del ámbito de estudio los usos desarrollados son fundamentalmente agropecuarios

con cultivos herbáceos en secano y zonas de pastizales, donde la única infraestructura

destacable es la carretera N-I, la cual presenta una calzada con dos carriles de doble sentido.

También es destacable desde el año 1956 la presencia al suroeste del ámbito la presencia

del casco urbano de San Agustín de Guadalix.

Detalle de la fotografía aérea del año 1956. Detalle del mosaico de fotografías aéreas entre los años

1960-67.

En la década de los años 75 el ámbito de estudio sufre una importante transformación, con la

presencia de distintas naves destinadas a actividades económicas en donde se realizaban

piezas de automóviles, así como en la zona más septentrional del PERI-1 la construcción de

edificaciones destinadas al uso residencial con la presencia de una piscina. Fuera del ámbito

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Documento Ambiental Estratégico 60

cabe destacar el comienzo de desarrollo del Polígono Industrial Norte situado al norte y

noreste del ámbito.

A comienzos de la década de los años 90 los usos en los terrenos del PERI-1 se mantienen

como en la década de los 70. Observándose transformaciones de uso fuera del ámbito con

un mayor crecimiento del Polígono Industrial Norte, así como el desdoblamiento de la

carretera de Burgos (A-1) pasando a ser una infraestructura con dos plataformas de dos

carriles para cada sentido del tráfico. También se observa un importante crecimiento del casco

urbano de San Agustín de Guadalix.

Detalle de la fotografía aérea del año 1975. Detalle de la fotografía aérea del año 1991.

En los primeros años del siglo XXI se mantiene los usos en los terrenos del PERI-1, mientras

que el entorno más próximo se observa una consolidación de los crecimientos del casco

urbano, mientras que en el Polígono Industrial Norte ha densificado de forma moderada la

implantación de distintas empresas.

En el año 2006 los terrenos del PERI-1 se observa que se ha abandonado la actividad

económica que empezó en la década de los 70, manteniéndose los usos residenciales

unifamiliares de la zona más septentrional. Fuera del ámbito el crecimiento urbano del casco

urbano se intensifica con el comienzo de los desarrollos del SAU-4 Los Rubiales y el SAU-3

Las Eras. Por otro lado el Polígono Industrial Norte ha densificado sustancialmente la

densidad de empresas implantadas en sus terrenos

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Documento Ambiental Estratégico 61

Detalle de la fotografía aérea del año 2001. Detalle de la fotografía aérea del año 2006.

En la última fotografía analizada (2016) se

observa que el abandono de las actividades

económicas dentro del PERI-1 se han

afianzado, de tal forma que todas las naves

existentes han sido desmontadas. Mientras

que fuera del ámbito se observa que

también se han consolidado tanto el

crecimiento urbano de San Agustín de

Guadalix como del Polígono Industrial.

Capacidad Agrológica de las Tierras de la Comunidad de Madrid en la zona de estudio. Fte. Comunidad de

Madrid.

Detalle de la fotografía aérea del año 2016.

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Documento Ambiental Estratégico 62

Finalmente, considerando la capacidad agrológica de las “tierras” que aparecen en la zona en

estudio, éstas quedan integradas dentro de la clase agrológica correspondiente a zonas

urbanas.

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Documento Ambiental Estratégico 63

5.6. HIDROLOGÍA

Hidrología Superficial

La zona de estudio se localiza se ubica en la cuenca del rio Guadalix, el cual es afluente del

rio Jarama. Este cauce discurre fuera del ámbito del PERI-1 desde el norte hasta el sureste,

cruzando la autovía A-1. Haciendo límite meridional con el ámbito de estudio discurre un

arroyo tributario del rio Guadalix denominado arroyo del Caño, que además recibe aguas de

un pequeño arroyo sin nombre en su margen derecha.

Considerando las cuencas de escorrentía prácticamente todo el ámbito del PERO-1 se

encuentra en la cuenca de escorrentía del rio Guadalix, y la zona más meridional del ámbito

se encuentra dentro de la cuenca de escorrentía del arroyo del Caño.

Principales cauces y cuencas de escorrentía de la zona de estudio. Fte. Comunidad de Madrid y CHT.

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Documento Ambiental Estratégico 64

Cauce del arroyo del Caño en las proximidades del

límite meridional del PERI-1.

Cauce del rio Guadalix en las proximidades del límite

septentrional del PERI-1.

Considerando las probabilidades de inundación del rio Guadalix en la zona de estudio en el

Anexo III Estudio Hidrológico y de infraestructuras de saneamiento se ha modelizado el rio

Guadalix y el arroyo del Caño a diferentes periodos de retorno (T10, T50, T100 y T500),

observándose que los terrenos que constituyen el PERI-1 no se ven afectados por la potencial

afección por inundación en el periodo de retorno excepcional (T500).

Zonas de inundación de la zona de estudio. Fte. Elaboración propia.

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Documento Ambiental Estratégico 65

Drenaje del arroyo del Caño sobre la Avenida de Madrid en las proximidades del límite suroeste del

PERI-1.

Drenaje del arroyo del Caño sobre la Autovía A-1 en las proximidades del límite sureste del PERI-1.

Drenaje del rio Guadalix sobre la Autovía A-1 en las proximidades del límite noreste del PERI-1.

Drenaje del rio Guadalix sobre la Avenida de Madrid en las proximidades del límite noroeste del PERI-1.

Hidrología Subterránea

El término municipal de San Agustín de Guadalix se localiza en el contacto entre dos

importantes unidades hidrogeológicas de la Comunidad de Madrid, la Unidad Hidrogeológica

UH-03.03 “Torrelaguna-Jadraque”, que engloba las calizas mesozoicas cretácicas del borde

del Guadarrama, y la Unidad Hidrogeológica UH 03.05 “Madrid-Talavera”. Estando localizados

los terrenos del PERI-1 en la periferia de la Unidad Hidrogeológica “Torrelaguna-Jadraque”

La U.H 03.03 “Torrelaguna-Jadraque” está constituida por calizas del Cretácico (rocas calizas

consolidadas, con poros y fisuras formadas por la acción disolvente de las aguas que dan

lugar a conductos de mayor o menor tamaño, cuevas o estructuras karstificadas) y tiene una

superficie aflorante igual a 140 km2.

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Documento Ambiental Estratégico 66

Se divide en dos subunidades, una perteneciente a la cuenca del Henares, a la que drena

unos 9 hm3/año y otra a la del Jarama-Manzanares a la que drena 4 hm3/año (zona donde se

asienta el PERI-1). La recarga se produce por infiltración del agua de lluvia y por la pérdida

de la escorrentía de algunos ríos procedentes de los paleozoicos, que infiltran sus agua al

entrar en la unidad permeable. La descarga se produce a favor de los ríos ganadores Sorbe,

Bornova, Cañamares, etc.

Zonas de inundación de la zona de estudio. Fte. Comunidad de Madrid y IGME.

Dentro de Madrid ocupan una extensión muy reducida. El afloramiento más extenso se

localiza en la zona de Torrelaguna (75 km2). Su espesor puede llegar a varios centenares de

metros. Se estima una recarga de 25 hm3/año provenientes fundamentalmente de la lluvia

directa. Existe otro afloramiento en la Fosa del Lozoya (25 km2) que se encuentra

presumiblemente bien alimentado y que puede tener interés para resolver problemas locales

y en época de estiaje.

La calidad del agua resulta aceptable para el abastecimiento urbano, si bien en la zona de

Torrelaguna pueden existir problemas de contaminación puntual por la presencia de

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Documento Ambiental Estratégico 67

materiales yesíferos. Presentan una alta vulnerabilidad a la contaminación. El peligro de

contaminación bacteriológica es importante dada su nula capacidad filtrante.

Con respecto a la permeabilidad, de acuerdo con el Sistema de Información de las Aguas

Subterráneas (SIAS) del Instituto Geológico y Minero de España, los materiales cuaternarios

que componen la zona de terraza donde se asienta el ámbito de estudio presentan una

permeabilidad media, mientras que los materiales aluviales del rio Guadalix y del arroyo del

Caño presentan permeabilidad considerados como muy altos.

En cuanto al inventario de los puntos de agua, en la zona de estudio se ha identificado un solo

punto de agua, recogido en la base de datos del IGME y situado a unos 16 m del límite

septentrional del emplazamiento. Los datos de este punto de agua son los siguientes:

Punto UTM X UTM Y Cota Prof. (m) Tipo Uso Año

1920-7-0003

448.534 4.504.328 649 23 Pozo Abastecimiento,

agricultura e industria

1972

Profundidad del agua

(m)

Nivel piezométrico (m.s.n.m.)

Tipo surgencia Caudal

(l/s) Método de perforación

Motobomba

18 631 No surgente 0,84 Excavación Motor

eléctrico

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Documento Ambiental Estratégico 68

5.7. VEGETACIÓN

En un contexto general, la vegetación potencial del ámbito espacial de la PERI-1 se

corresponde con la serie Guadarrámico-Ibérica (supra-meso) silicícola de la encina (Junipero

oxycedri-Querceto rotundifoliae sigmetum).

Se trata de la serie de vegetación de los encinares de carrascas más continental. Los bosques

climácicos que conformarían esta serie (cuyo árbol predominante sería Quercus ilex subsp.

ballota, y secundariamente Juniperus oxycedrus), presentan una primera etapa de regresión

de matorral denso dominado por Retama sphaerocarpa y Cytisus scoparius. A esta etapa, le

seguiría una de matorral degradado constituido por Cistus ladanifer, Lavandula pedunculata

y Rosmarinus officinalis, y posteriormente el estadio más degradado conformado por

gramíneas como Stipa gigantea y Poa bulbosa principalmente.

Unido a esta serie de vegetación potencial, y dada la ubicación próxima del PERI-1 al cauce

del rio Guadalix y del arroyo del Caño, a esta zona correspondería la Geoserie Riparia Silícola,

propia de arroyos silíceos mediterráneos del centro peninsular.

La vegetación actual del entorno al PERI-1 ha sufrido presiones antrópicas que han producido

la transformación de la vegetación climácica. De esta forma, la vegetación que aparece en los

terrenos del PERI-1 es de tipo herbácea con fuerte carácter nitrófilo y con especies ubiquistas

en la que aparecen en distintas áreas los cimientos de las antiguas naves. Los ejemplares

arbóreos existentes en la parcela son especies ornamentales donde predomina las arizónicas

(Cupressus arizonica), con algún ejemplar de álamo (Populus alba), especialmente en la zona

más meridional del ámbito, y un pequeño ejemplar de encina (Quercus ilex) – ver Anexo VII.

Estudio de arbolado-. Los ejemplares arbustivos son muy escasos apareciendo de forma muy

aislada algún ejemplar de retama (Retama spahenocarpa) y, en la zona más meridional del

ámbito, algunos ejemplares de matorrales espinosos del género Rubus.

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Documento Ambiental Estratégico 69

Ejemplares de arizónicas en el PERI-1. Ejemplares de álamos y de encina en el PERI-1.

Vegetación de la zona de estudio. Fte. Comunidad de Madrid.

En las márgenes del rio Guadalix y del arroyo del Caño que se localizan tanto el norte y sur

del ámbito, pero fuera de sus límites, presenta una vegetación de galería donde aparecen

ejemplares de aliso (Alnus glutinosa), fresno (Fraxinus angustifolia), álamos negros (Populus

nigra), y sauces (Salix salvifolia y S. atrocinerea). Aunque cabe destacar que las márgenes

del río Guadalix presenta un área recreativa en la que aparecen distinto mobiliario destinado

al ocio de los vecinos.

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Documento Ambiental Estratégico 70

Bosque de galería del rio Guadalix y zona recreativa. Ejemplares de álamos y de encina en el PERI-1.

En la Avenida de Madrid que hace límite con el PERI-1 el arbolado urbano que hay en las

márgenes de esta vía urbana está compuesta por ejemplares de fresnos (Fraxinus

angustifolia).

Al oeste de la Avenida de Madrid aparecen también formaciones vegetales en etapas de

sustitución más degradadas con la formación de un retamar de la asociación Cytiso scoparii-

Retametum sphaerocarpae, donde las especies más destacadas es la retama (Retama

sphaenocarpa) y la escoba negra (Cytisus scoparius).

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Documento Ambiental Estratégico 71

5.8. FAUNA

Las comunidades faunísticas presentes en el ámbito del PERI-1 vienen determinadas por los

biotopos antropizados y comunidades vegetales arriba descritos y que, tal y como se ha

comentado, se encuentran en la actualidad reducidas, en los terrenos en estudio, a zonas de

erial-pastizal alternadas con algunos ejemplares arbóreos. En consecuencia, las

comunidades faunísticas se encuentran degradadas en virtud de la pérdida de los hábitats

propicios, la expansión urbanística acontecida en la zona durante los últimos años, y la

proximidad de la autovía A-1.

Ecosistemas de la zona de estudio. Fte. Comunidad de Madrid.

Por tanto, las comunidades faunísticas del PERI-1 y su ámbito se caracterizan por la presencia

de especies, generalmente de carácter oportunista, adaptadas a ambientes rurales

antropizados, y ampliamente distribuidas en este tipo de ecosistemas periurbanos. De esta

manera, las especies con mayor grado de amenaza según el Catálogo Regional de Especies

Amenazadas tienen una baja probabilidad de campear por el ámbito de estudio, sin que

existan en el mismo especies singulares o que merezcan una especial protección.

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Documento Ambiental Estratégico 72

El erial-pastizal presentan unas condiciones de hábitat y refugio poco óptimas para albergar

fauna, más allá de: algunas aves como el gorrión (Passer domesticus), pinzón (Fringilla

coelebs), jilguero (Carduelis carduelis), verdecillo (Serinus serinus), estornino (Sturnus

vulgaris), mirlo (Turdus merula), urraca (Pica pica) o paloma doméstica (Columba domestica);

determinados micromamíferos de amplia distribución como el ratón común (Mus musculus) y

la rata común (Rattus norvegicus); y reptiles que pueden adaptarse a entornos urbanizados

como la lagartija ibérica (Podarcis hispanica).

El entorno del arroyo del Caño y del rio Guadalix que discurren al sur y norte, respectivamente,

del PERI-1 presentaría potencialmente un hábitat más propicio para alberga comunidades

faunísticas de mayor interés conservacionista (comunidades de anfibios, peces o aves propias

de sotos y riberas), sin embargo, la presencia humana tanto por la presencia de la vía de

comunicación (Avenida de Madrid y autovía A-1), la zona recreativa situada en las márgenes

del rio Guadalix y el Polígono Industrial situado en la margen izquierda de mismo, condiciona

negativamente la presencia de especies faunísticas dignas de reseñar.

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Documento Ambiental Estratégico 73

5.9. ESPACIOS PROTEGIDOS

La zona de estudio presenta únicamente en su entorno un área incluida dentro de la Red

Natura, cuya declaración y aprobación del Plan de Gestión se realizó por el Decreto 106/2014,

de 3 de septiembre, como ZEC de la Cuenca del Rio Guadalix. Este espacio se ubica en el

límite oriental del PERI-1, llegando a internarse unas decenas de metros en parte de los

terrenos en estudio.

Espacios Naturales, Red Natura 2000, Hábitats incluidos dentro de la Directiva Hábitat y Montes preservados de

la zona de estudio. Fte. Comunidad de Madrid.

Además de la constitución de la Red Natura 2000, la Directiva Hábitat incluye en su Anexo I

una serie de hábitats de interés comunitario, los cuales han sido cartografiados por el

Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente en el Atlas de los Hábitats Naturales

y Seminaturales de España, además de otros no incluidos en esta Directiva pero que han sido

cartografiados por su interés. Estos hábitats tienen presencia fuera del ámbito del PERI-1,

especialmente en las márgenes del rio Guadalix siendo los siguientes:

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Documento Ambiental Estratégico 74

➢ Vegetación hidrofítica definida por la Directiva Hábitat como “Lagos eutróficos

naturales con vegetación Magnopotamion o Hydrocharition” (Código hábitat: 3150) que

corresponden a lacomunidad de lenteja de agua con el nombre fitosociológico de

Lemnetum gibbae. Presenta una naturalidad media y el porcentaje de cobertura del

hábitat en cuestión con respecto a la superficie del polígono que lo contiene es del

12%. Se localiza a una distancia de unos 100 m del límite más septentrional del ámbito

de estudio, aguas arriba del rio Guadalix.

➢ Juncales churreros definidos por la Directiva Hábitat como “Prados húmedos

mediterráneos de hierbas altas del Molinion-Holoschenion” (Código hábitat: 6420) que

corresponden a la comunidad con el nombre fitosociológico de Trifolio resupinati-

Holoschoenetum. Se localiza en dos áreas cercanas al ámbito de estudio; una se ubica

en paralelo al límite norte – este del límite del ámbito en las márgenes del rio Guadalix,

variando la distancia de 50 m a estar prácticamente lindando con el hábitat en la zona

de la autovía A-1; la otra zona donde se desarrolla el este hábitat es en las márgenes

del arroyo de las Vargas, a una distancia de unos 130 m al sureste del ámbito, estando

separado por la infraestructura viaria de alta capacidad que es la autovía A-1. Ambas

formaciones presentan una naturalidad baja y sus porcentajes de cobertura de ambos

hábitats en cuestión con respecto a la superficie del polígono que lo contiene es del

12%.

➢ Retamares definidos por la Directiva Hábitat como “Matorrales termomediterráneos y

pre-estépicos” (Código hábitat: 5330) que corresponden a la comunidad con el nombre

fitosociológico de Cytiso scoparii-Retametum sphaenorcarpae. Se localiza en dos

áreas; una a unos 300 m del límite noroeste del ámbito y la otra a unos 125 m al este

del ámbito en la margen contraria de la autovía A-1. La zona situada más al noroeste

presenta una naturalidad media y una cobertura del 38% del polígono que lo contiene,

mientras que la más oriental presenta una naturalidad baja y una cobertura similar a

la anterior.

Finalmente considerando la Ley 16/1995, Forestal y de Protección de la Naturaleza de la

Comunidad de Madrid, no se localiza ningún monte de titularidad pública en su entorno más

cercano, pero a una distancia de 120 m al oeste del ámbito se localiza un monte preservado.

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Documento Ambiental Estratégico 75

5.10. PAISAJE

Paisajísticamente toda la zona de estudio se localiza en la Unidad de Paisaje denominada

Campiñas de San Agustín de Guadalix. Ésta es una Unidad en su conjunto es un relieve de

lomas destacadas separadas por valles amplios, que en la zona de estudio presenta un

modelado algo más suave que más al norte de la Unidad.

Unidades de paisaje de la zona de estudio. Fte. Comunidad de Madrid.

La definición del paisaje agrario de esta unidad es el dominio de campos de labor con algunos

pagos de viñas, sobre una trama de fincas pequeñas de propiedad privada. Los eriales,

matorrales y rodales de chaparras cubren las lomas y sus vertientes en fincas de mayores

dimensiones de propiedad igualmente privada. Esta unidad paisajística presenta una calidad

visual media-baja y una fragilidad media.

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Documento Ambiental Estratégico 76

5.11. DESCRIPCIÓN DEL MEDIO SOCIOECONÓMICO

Evolución reciente de la población de San Agustín de Guadalix

La evolución de la población del municipio se ha producido con un crecimiento sostenido

desde finales de la década de los 90 con tasas de crecimiento positivo hasta el año 2013,

pasando de 4.603 a 12.955 habitantes, teniendo puntas de crecimiento durante la primera

década del siglo XXI. Posteriormente el crecimiento se ha relentizado con crecimientos y

decrecimientos de magnitud reducida, de tal forma que en el año 2016 la población total de

San Agustín de Guadalix es de 12.862 habitantes.

Con respecto a la estructura de población, representado posteriormente, se observa que casi

el 70% de la población se encuentra en la denominada edad activa con dominancia de las

edades comprendidas entre los 40 y los 49 años de edad, a continuación la población que

más efectivos poblacionales aporta es la infantil con un porcentaje ligeramente superior al

22% y, por último, la población más envejecida se sitúa por debajo del 10%.

La estructura poblacional por sexos responde al siguiente esquema:

-2,000

,000

2,000

4,000

6,000

8,000

10,000

12,000

14,000

16,000

18,000

0

2.000

4.000

6.000

8.000

10.000

12.000

14.000

Evolución de población y tasa de crecimiento

Total Tasa de crecimiento

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Documento Ambiental Estratégico 77

Actividad económica

La tasa de paro que se registra en este municipio es inferior al registrado en la Comunidad de

Madrid encontrándose una tasa de paro en 2016 en el 5,36%, frente al 7,09% de la Comunidad

de Madrid. La evolución del paro en este municipio se refleja en la siguiente gráfica:

15 10 5 0 5 10 15

0-45-9

10-1415-1920-2425-2930-3435-3940-4445-4950-5455-5960-6465-6970-7475-7980-8485-8990-9495-99>100

%

os

Mujeres Varones

R² = 0,4179

0

200

400

600

800

1000

1200

2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016

Evolución del paro en San Agustín de Guadalix

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Documento Ambiental Estratégico 78

En cuanto a la distribución de ocupados en cuanto a población afectada y sectores de

actividad refleja el siguiente comportamiento:

Noviembre de 2017 Total Parados

Variación

Mensual Anual

Absoluta Relativa Absoluta Relativa

Total 591 +3 0,51% -98 -14,22%

Hombres 236 +1 0,43% -41 -14,8%

Mujeres 355 +2 0,57% -57 -13,83%

< de 25 años 41 -4 -8,89% +2 5,13%

Hombres 29 +4 16% +8 38,1%

Mujeres 12 -8 -40% -6 -33,33%

Entre 25 y 44 años 233 +14 6,39% -47 -16,79%

Hombres 81 -18 -18,18%

Mujeres 152 +14 10,14% -29 -16,02

> de 45 años 317 -7 -2,15% -53 -14,32%

Hombres 126 -3 -2,33% -31 -19,75%

Mujeres 191 -4 -2,05% -22 -10,33%

Agricultura 6 +1 20% -1 -14,29%

Industria 41 +3 7,89% +1 2,5%

Construcción 21 -3 -12,5% -23 -52,27%

Servicios 497 -1 -0,2% -82 -14,16%

Sin empleo anterior 26 +3 13,04% +7 36,84%

Actividades del Sector Primario

En 2009 la superficie agraria útil del municipio de San Agustín de Guadalix era de 2.692 ha,

repartidas en 17,98% en tierras labradas, el 71,32% en pastos permanentes y el 10,7% en

resto de tierras. La zona de estudio inicialmente fue dedicada principalmente a zonas de pasto,

aunque en la década de los 70 se implantó unas naves destinadas a la actividad económica

de tipo agropecuario, para posteriormente ser abandonadas en los primeros años del siglo

XXI.

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Documento Ambiental Estratégico 79

Actividades del Sector Industrial

El municipio presenta 79,8 ha como suelo urbano de uso industrial en el año 2014, que en su

mayor parte se concentra en Polígonos Industriales de Norte y de Barranco Hondo, situados

al noreste y sureste del municipio respectivamente. Además el planeamiento urbanístico

municipal tiene clasificado como suelo urbanizable de uso industrial (año 2014) un total de

33,85 ha.

Para determinar la actividad económica de San Agustín de Guadalix se ha utilizado como

indicador la Unidad Productiva, la cual es considerada como la unidad básica en el espacio

generadora de actividad económica, coincidiendo en la mayoría de los casos con conceptos

análogos como el establecimiento o la unidad local. La Unidades Productivas en el año 2017

en el municipio son las siguientes: 17 del metal; 55 de la industria de la alimentación y textil;

66 destinadas a transporte y almacenamiento; 6 a la minería, electricidad y agua; 105 a la

construcción; y finalmente, 22 de otras industrias.

El Polígono Industrial más cercano a la zona de estudio es el denominado como Norte, el cual

se sitúa al norte del ámbito de estudio, separado por el cauce del rio Guadalix.

Actividades del Sector Servicios

El sector servicios es el que más actividad económica aporta al municipio, y

consiguientemente el que mayor número de unidades productivas, las cuales son las

siguientes: 336 de comercio y hostelería; 335 de información y servicios profesionales; 29 de

actividades financieras y seguros; 112 de administraciones públicas, educación y sanidad; y

386 de otras actividades de servicios.

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Documento Ambiental Estratégico 80

5.12. INFRAESTRUCTURAS EXISTENTES

Abastecimiento de agua y saneamiento

La malla del polígono se conecta en varios puntos a las tuberías existentes que discurren por la

Avenida de Madrid y por la zona norte con la tubería de aducción al Polígono Industrial Norte.

De igual forma la red de saneamiento municipal existente discurre por la Avenida de Madrid.

Red eléctrica

Las infraestructuras eléctricas de la zona

pertenecen a la compañía IBERDROLA, el

ámbito se ve afectado por la presencia de una

línea eléctrica aérea de 20 KV, que entra en

el mismo desde el norte y discurre paralela a

la autovía A-1 a unos 25 metros de la arista

exterior de la explanación.

También existe una red que discurre por la

Avenida Alcalde Lorenzo Ginés Brandín.

Alumbrado público

La Avenida de Madrid, cuenta con alumbrado público en la acera colindante con el ámbito,

consistente en báculos de 9 m de altura con luminaria de vapor de sodio de 150W, colocados

cada 10 metros de distancia. El resto de los terrenos no dispone de alumbrado público.

Gas natural

La red de gas natural existente discurre por la Avenida de Madrid.

Línea eléctrica de media tensión en la zona de estudio.

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Documento Ambiental Estratégico 81

5.13. MOVILIDAD

En un análisis del tráfico característico en las inmediaciones del ámbito (ver Anexo I. Estudio

acústico) se ha considerado la Autovía A1 y la Avenida de Madrid.

Para la Autovía A-1 los datos de la estación de aforo E-92-0 establece para el año 2016 una

IMD (vehículos/día) de 61.874, de los cuales son ligeros 57.499 y 4.375 pesados (7,1% de los

vehículos). Aplicando la tendencia de crecimiento de tráfico de esta infraestructura para el

2018 el tráfico característico obtenido es el siguiente:

IMD [veh/día]

% PESADOS

[%]

VELOCIDAD DE CIRCULACIÓN [km/h] PERIODO

INTENSIDAD HORARIA PROMEDIO [veh/h]

LIGEROS PESADOS

70.289 9,45 120 100

DÍA 4.217

TARDE 2.601

NOCHE 984 Tráfico característico de la autovía A-1 en p.k.32,09 correspondiente a situación preoperacional (año 2018).

En el caso de la Avenida de Madrid, vial de titularidad municipal, no tiene estaciones de aforo,

por lo que su cálculo se ha realizado mediante el aforo de vehículos en día 11 de enero de

2018, con los cuales se ha caracterizado el tráfico de esta vía urbana con los siguientes

resultados:

IMD [veh/día]

% PESADOS

[%]

VELOCIDAD DE CIRCULACIÓN [km/h] PERIODO

INTENSIDAD HORARIA PROMEDIO [veh/h]

LIGEROS PESADOS

4.800 1,04 40 40

DÍA 288

TARDE 178

NOCHE 67 Tráfico característico de la avenida de Madrid en el entorno del ámbito de actuación correspondiente a situación

preoperacional (año 2018).

Con todos estos datos se ha podido generar un croquis del tráfico preoperacional del entorno

del ámbito del PERI-1 que resulta ser el siguiente:

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Documento Ambiental Estratégico 82

Croquis del tráfico preoperacional.

Por otro lado, considerando la actual red de transportes públicos en la glorieta situada en la

Avenida de Madrid al sur del ámbito de estudio se localiza dos paradas de autobuses

interurbanos, que tienen los siguientes recorridos:

IMD=4.800veh/día

IMD=4.800

veh/día

IMD=35.145

veh/día

IMD=35.145

veh/día

IMD=4.800veh/día

IMD=4.800veh/día

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Documento Ambiental Estratégico 83

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Documento Ambiental Estratégico 84

5.14. RESIDUOS

La generación de residuos urbanos en el término municipal de San Agustín de Guadalix no

se disponen datos de los volúmenes gestionados, por lo que se ha realizado una estimación

mediante la aplicación de coeficientes de generación de residuos. Los datos empleados

proceden de Plan Regional de Residuos Urbanos (2.006 – 2.016) el cual estima que la tasa

de generación de residuos es de 1,82 kg / habitante / día para el año 2016, siendo la población

de San Agustín de Guadalix para el mismo año de 12.862 habitantes (datos del INE). Con

estos datos el municipio generó unas 8.544,23 toneladas en el año 2016.

La gestión de residuos en San Agustín de Guadalix ha ido evolucionando a lo largo del tiempo,

desde la simple recogida y almacenamiento en vertedero, a los actuales sistemas de recogida

selectiva, tratamientos de reciclado, compostaje y valorización energética, que reducen en

buena medida las necesidades de

confinamiento.

La recogida municipal de residuos sólidos

urbanos selectiva alcanza hasta el límite

del suelo urbanizado, de reciente

ejecución denominado “Monteoliva”.

El municipio de San Agustín de Guadalix

se encuentra dentro de la Mancomunidad

de Noroeste siendo los sistemas de recogida selectiva y gestión la siguiente:

- Fracción resto con contenedores de color verde con capacidades de entre 120 y 800

litros según necesidades. La recogida es frecuente variable (diaria o días alternos)

mediante vehículos bicompartimentados es transportado al depósito controlado de

Colmenar Viejo.

- Los restos de plástico y bicks son recogidos en contenedor amarillo y recogido

mediante vehículos bicompartimentados es transportado a la Planta de Clasificación

de Envases de Colmenar Viejo.

- Papel y cartón tiene dos sistemas de recogida. Por un lado, mediante contenedores

azules de 3.200 litros de capacidad o en contenedores soterrados. El material es

Contenedores de recogida de residuos situados en las proximidades del PER-1.

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Documento Ambiental Estratégico 85

recogido al menos una vez por semana mediante vehículo grúa compactador. Ambos

materiales son llevados a la Planta de Reciclaje de Papel y Cartón.

- Vidrio es depositado en contenedores verdes de 2.700 litros o soterrados. Mediante

vehículo grúa hasta la Planta de Reciclaje de Vidrio.

Además, San Agustín de Guadalix tiene un punto limpio situado en la calle C/ Hervider nº 1

en el Polígono Industrial Norte. En el cual se pueden depositar los siguientes residuos:

➢ Banales: Vidrio, papel-cartón, metales, plásticos, madera, ropa, aparatos electrónicos,

CDs y DVDs, tóner y cartuchos de impresora, bombillas de bajo consumo y terminales

de teléfonos móviles.

➢ Voluminosos: Electrodomésticos, enseres, muebles, colchones, somieres, puertas,

escombros o restos inertes de obra.

➢ Tóxicos y peligrosos: Aceites de cárter, aceites de cocina usado, baterías de

automóvil, pilas, medicamentos, radiografías, tubos fluorescentes, pinturas.

➢ Ropa y restos de jardinería.

Los residuos no admisibles por el punto limpio son los siguientes:

➢ Extintores sin perforar, basuras urbanas orgánicas, materiales radioactivos, explosivos

o inflamables. Residuos infecciosos, neumáticos, recipientes tóxicos, residuos sin

segregar, residuos sin identificar.

Adicionalmente el municipio cuenta con seis minipuntos limpios para la recogida de pequeños

residuos como son CDs/DVDs, cartuchos de impresora, pilas, baterías de móviles, aparatos

eléctricos y electrónicos (incluidos teléfonos móviles) y bombillas de bajo consumo. Estos

minipuntos limpios se localizan en las siguientes calles:

• C/ Félix Rodríguez de la Fuente con C/Rafael Alberti. (Frente edificio de Telefónica).

• Plaza Juan Carlos I.

• Avda. de Madrid. (Frente al Consultorio Médico).

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Documento Ambiental Estratégico 86

• C/ Extremadura. (Frente al Colegio Público Virgen de Navalazarza).

• Avda. de Madrid (Entrada a la Urbanización La Vega Real).

• Plaza Dehesa de Moncalvillo (frente al Colegio Infanta Leonor).

El ayuntamiento de San Agustín de Guadalix también presta el servicio de recogida de

muebles y enseres, el cual se realiza mediante aviso previo, siendo depositados en los puntos

de contenedores habituales, para su recogida el miércoles en horario de mañana.

Finalmente la recogida de podas domésticas se deberá de depositar junto a los contenedores

conformando atillos que no superen los 25 kg de peso ni el metro de longitud. En el caso de

hojas o césped se depositaran en bolsas cerradas. En caso de que el volumen total de la poda

exceda el metro cúbico el usuario deberá de gestionarlo con sus propios medios.

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Documento Ambiental Estratégico 87

5.15. RECURSOS CULTURALES

Vías Pecuarias

Según la cartografía de vías pecuarias de la Comunidad de Madrid la zona de estudio se localiza

sobre un área considerada como descansadero abrevadero de El Ardal, en la que confluye al

norte la Colada de la Huelgas del Rio Guadalix, que discurre en paralelo por la margen derecha

del mismo rio, y al sur la Colada del Arroyo del Caño, que discurre por la margen izquierda del

mismo arroyo.

Principales vías pecuarias de la zona de estudio. Fte. Comunidad de Madrid.

Por esta circunstancia este ámbito ha sido aplazado desde el año 2000, ya que se consideraba

que los terrenos en estudio ocupaban el dominio público de la vía pecuaria, sin embargo, la

titularidad de los terrenos fue resuelta mediante la sentencia de la Sala de lo Civil del Tribunal

Supremo, de 9 de diciembre de 2015, que confirma la sentencia del Juzgado de Primera

Instancia número 3 de Madrid, de fecha de 3 de mayo de 2012, por el cual se declara que el

terreno que constituye el PERI-1 constituye un bien de naturaleza patrimonial cuya titularidad

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Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)

Documento Ambiental Estratégico 88

corresponde al actual propietario. De esta forma, la Consejería de Medio Ambiente,

Administración Local y Ordenación del Territorio publicó en el BOCM de 15 de noviembre de

2017 (BOCM Núm. 272) el Acuerdo de 7 de noviembre de 2017, del consejo de Gobierno, por

el que se levanta el aplazamiento acordado el 25 de mayo de 2000 y se aprueba definitivamente

la Revisión de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de San Agustín de Guadalix

en el ámbito del PERI-1 (UA número 35), al haberse resuelto en vía judicial la acción declarativa

de dominio relativa a la finca número 1527 de dicho término municipal.

Patrimonio cultural

De los elementos patrimoniales existentes en San Agustín de Guadalix cercanos a la zona del

PERI-1 es, por un lado, el denominado yacimiento arqueológico Norte (CM/0129/002), que se

sitúa en la plataforma superior de un cortado en la margen izquierda del rio Guadalix, ocupando

una superficie aproximada de 80 x 50 m. Por otro lado, también al norte del PERI-1 se localiza

el puente sobre el rio Guadalix (CM/0129/029) que data del siglo XIX.

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Documento Ambiental Estratégico 89

5.16. VALORACIÓN AMBIENTAL GLOBAL DEL ÁMBITO DE ESTUDIO

Valoración ambiental

Una vez analizadas todas las variables componentes del medio físico, biológico y

socioeconómico, en este apartado se realiza una síntesis global con el objetivo de identificar los

componentes más valiosos del medio en el cual se realizaría la actuación.

La valoración de cada componente no ha sido homogénea. En general se ha asignado un valor

de ALTO, MEDIO o BAJO. En otras ocasiones la valoración se ha realizado en base a

terminologías específicas para cada recurso.

Los criterios de evaluación han sido adaptados también a cada elemento del medio. A modo de

síntesis se pueden destacar los siguientes criterios:

• Calidad (aguas, suelos, paisaje).

• Potencialidad (suelos, vegetación).

• Vulnerabilidad (suelos, vegetación).

• Capacidad de acogida (geotecnia, superficie edificable).

• Naturalidad (vegetación, hidrología superficial).

• Singularidad (fauna, geomorfología, paisaje).

• Dimensiones (acuíferos).

• Diversidad (fauna, vegetación, paisaje).

• Presencia de especies singulares (fauna, flora).

• Presencia de elementos singulares (patrimonio cultural).

• Catalogación de espacios (Espacios protegidos, patrimonio cultural, caracterización

arqueológica).

• Medidas legales de protección (flora, fauna, espacios, patrimonio cultural).

Gran parte de la valoración ha sido realizada cuando se ha ido analizando cada uno de los

elementos del medio de modo pormenorizado. Por ello en este apartado se hace una exposición

sintética de las principales conclusiones y cuestiones a destacar de cada uno de ellos.

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Documento Ambiental Estratégico 90

Geología y Geomorfología. Las características geomorfológicas del terreno no son singulares

dentro de la Comunidad de Madrid ni en sus formas ni en los elementos geomorfológicos. No

existe ningún punto de interés geológico en el área de estudio. El valor general se puede

considerar BAJO.

Edafología. Dentro del ámbito en estudio se encuentra la asociación de suelos correspondiente

a fluvisoles, cuya valoración se considera media. No obstante, al presentar durante décadas

actividad económica con la presencia de distintas naves (actualmente demolidas) ha alterado

la calidad de los suelos, de tal forma que la capacidad agrológica de las “tierras” que aparecen

en la zona en estudio son consideradas como zonas urbanas, por lo que su valoración total

es de BAJA.

Hidrología superficial. Como se ha comentado en apartados anteriores el ámbito se localiza en

las terrazas del rio Guadalix, que discurre fuera de éste desde el norte hasta el sureste del

mismo. Asimismo, al sur del PERI-1 fluye el arroyo del Caño en su desembocadura en el rio

Guadalix. Por la proximidad a estos cauces la valoración de la hidrología de la zona se considera

MEDIA.

Hidrología subterránea. Por la localización del ámbito sobre la Unidad Hidrogeológica UH-03.03

“Torrelaguna-Jadraque”, así como por la proximidad a los cauces anteriormente citados y al

acuífero cuaternario unido a los mismos, con una permeabilidad del suelo media, se estima

que la valoración de la hidrología subterránea es MEDIA.

Vegetación. La vegetación actual en la zona de estudio está muy ligada a los usos de suelo en

la misma. El área en general presenta una cobertura vegetal constituida por herbazales y

matorrales bajos muy degradados con algún ejemplar arbóreo disperso, su valoración ambiental

se considera BAJA, ya que se compone de vegetación propia de los estadios más degradados

de la serie de vegetación natural de la zona.

No obstante, la proximidad a los cauces fluviales (rio Guadalix y Arroyo del Caño) permite en

toda su perímetro más septentrional y meridional la presencia de comunidades vegetales que

constituyen el bosque de galería, por lo que en una parte de su territorio su valoración ambiental

es ALTA.

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Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)

Documento Ambiental Estratégico 91

Fauna. Los biotopos detectados dentro de los terrenos que constituye la zona de estudio tienen

un fuerte carácter antrópico, como consecuencia de los usos económicos que se dieron en años

anteriores, a lo que se ha unido la fuerte presencia humana debido a las vías de comunicación

existentes (autovía A-1 y Avenida de Madrid). Así las comunidades faunísticas que se

desarrollan en este ámbito tienen una fuerte adaptación a la presencia humana y de carácter

ubiquista, por lo que la valoración se considera como BAJA.

Sin embargo, en el entorno más próximo a la zona de estudio aparecen hábitats faunísticos de

importancia como son los sotos arbolados situados unidos a los cauces fluviales próximos. No

obstante, estos tramos fluviales se encuentran situados en un área muy antropizada

consecuencia tanto por el uso como zona de esparcimiento y ocio como por situarse entre

drenajes transversales o viaductos de las infraestructuras viarias (Avenida de Madrid y Autovía

A-1), de tal forma que las especies más sensibles a la presencia humana no desarrollan sus

funciones vitales en esta zona, por lo que la valoración de estos biotopos se considera MEDIO.

Paisaje. La unidad del paisaje donde se enclava la zona de estudio es la denominada Campiñas

de San Agustín de Guadalix, la cual, en general, presenta una calidad visual media-baja y una

fragilidad media. No obstante, las fuertes presiones de origen antrópico consecuencia de la

cercanía de las infraestructuras de comunicación (autovía A-1 y la Avenida de Madrid) hace

que la valoración paisajística se considere BAJA.

Espacios protegidos. La presencia de la Zona de Especial Conservación (ZEC) del rio Guadalix

hace que 2.024,68 m2 del PERI-1 se encuentren dentro de este espacio incluido dentro de la

Red Natura.

Patrimonio cultural y vías pecuarias. El valor arqueológico y patrimonial de la zona del ámbito

se le puede considerar BAJO, ya que en los terrenos del PERI-1 no se ubica ningún elemento.

Los más cercanos se localizan al norte donde se sitúa el puente sobre el rio Guadalix y el

yacimiento arqueológico de Norte.

Todo el ámbito se sitúa sobre un área declarada como abrevadero descansadero de El Ardal.

No obstante, según resolución de sentencia de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, de 9 de

diciembre de 2015, que confirma la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 3 de

Madrid, de fecha de 3 de mayo de 2012, por el cual se declara que el terreno que constituye el

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Documento Ambiental Estratégico 92

PERI-1 constituye un bien de naturaleza patrimonial cuya titularidad corresponde al actual

propietario. Por todo ello, la valoración ambiental se considera BAJA.

Evolución de las características medioambientales teniendo en cuenta el cambio

climático

Como se ha comentado en apartados anteriores, el clima está cambiando como consecuencia

directa de la emisión de gases de efecto invernadero a nivel global, esto supondrá que las

características medioambientales del ámbito del Plan previsiblemente cambiarán a techo de

planeamiento (2040). Esta variación climática producirá también un cambio en las variables

ambientales de la zona de análisis, de tal forma, que de una manera intuitiva, los elementos

del medio que pueden verse más afectados serán los siguientes:

• Los caudales de los distintos cursos fluviales de la zona sufrirán un descenso como

consecuencia de la caída de las precipitaciones y del incremento en los periodos de

sequía previstos en todos los modelos.

• Ese producirá un descenso de las aguas subterráneas como consecuencia de una

menor recarga de los acuíferos por el menor volumen de precipitaciones.

• El aumento de temperaturas podría producir una alteración en las comunidades

vegetales y faunísticas de la zona.

En la zona del PERI se localiza en las proximidades del sistema hídrico superficial más

destacado del municipio (rio Guadalix), además de situarse en las terrazas fluviales en las

que se localiza el acuífero cuaternario unido al rio, por lo que la influencia del cambio

climático puede llegar a afectar a sus variables, aunque no serán de carácter significativo.

En el caso de la vegetación y de la fauna, tanto por la magnitud del ascenso de las

variables climáticas, como por las comunidades que hábitan la zona, las cuales presentan

un gradiente adaptativo a las temperaturas extremas que les permite su adecuado

desarrollo, previsiblemente tampoco será significativo.

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Documento Ambiental Estratégico 93

Problemática ambiental relevante

La zona donde se ubica el PERI-1 presenta un ambiente periurbano situado entre el límite

más septentrional del casco urbano de San Agustín de Guadalix y el Polígono Industrial Norte,

calificado como suelo urbano por el planeamiento urbanístico vigente. Dentro de este contexto

descriptivo en este apartado se señalarán los principales problemas ambientales existentes

en la situación actual del término municipal. Se han identificado los aspectos más relevantes,

estos son:

1) La colindancia de una infraestructura viaria de alta capacidad como es la autovía A-1,

supondrá la generación de diferentes problemas ambientales derivadas de la alteración

de la calidad acústica del ámbito.

2) Aunque no sea un problema ambiental sensu stricto, la colindancia de esta autovía si

supondrá un condicionamiento en el desarrollo del Plan Parcial, puesto que será de

aplicación en la zona afectada las determinaciones de la Ley de Carreteras

3) La presencia de una línea eléctrica de media tensión en los terrenos del ámbito a una

distancia de unos 25 m de la arista exterior de la autovía supone un problema ambiental

para el desarrollo del ámbito como consecuencia de la contaminación electromagnética.

4) La proximidad de los cauces del rio Guadalix, al norte, y del arroyo del Caño, al sur,

pueden presentar problemas de tipo ambiental, puesto que su proximidad al ámbito de

estudio hace que puedan resultar afectados en la calidad de sus aguas.

5) Asimismo, su situación determina un riesgo de avenidas que pueden afectar a los

terrenos objeto de la planificación.

6) Las comunidades vegetales y faunísticas más relevantes de entorno del ámbito se

localizan en las márgenes de los cauces del rio Guadalix y del arroyo del Caño. Sin

embargo, estos cursos fluviales se localizan situados entre los drenajes o viaductos de

las infraestructuras existentes (Avenida de Madrid y Autovía A-1) que producen un

fraccionamiento de estos corredores ecológicos y una fuerte presión por la presencia

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Documento Ambiental Estratégico 94

humana, por lo que las especies que potencialmente podrían desarrollar sus funciones

vitales en este entorno se encuentran muy mermadas.

7) La importancia ambiental del cauce del rio Guadalix ha permitido ser incluido dentro de

la Red Natura como Zona de Especial Conservación. Los límites de este espacio

protegido ocupan un 4% de la superficie total del ámbito en estudio en la zona más

noreste del mismo, en las proximidades de la Autovía A-1.

8) Por último, y aunque se trate de un aspecto exterior al ámbito, hay que incidir en la

circunstancia, de que el mismo linda por el sur con una vía pecuaria (Colada del Arroyo

del Caño) y por el norte, con la vía pecuaria denominada “las Huelgas del Rio Guadalix”.

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Documento Ambiental Estratégico 95

6. FORMULACIÓN Y SELECCIÓN DE ALTERNATIVAS

6.1. ANÁLISIS DE ALTERNATIVAS

A partir de las directrices básicas y de los objetivos generales que definen la planificación

diseñada, de los condicionantes ambientales y del análisis de escenarios de futuro, será

posible establecer un análisis comparativo entre la alternativa de mantener los

aprovechamientos actuales del suelo y otras que definan, cuando y donde sea posible, el

desarrollo urbanístico que facilite la implantación de otras actividades.

Partimos de premisa conceptual de que las distintas propuestas necesariamente se referirán

a diferentes fórmulas de utilización de un espacio físico predeterminado en el que el

planeamiento urbanístico municipal califica el ámbito como suelo urbano de uso residencial,

por lo que las distintas hipótesis vienen predeterminadas por la ausencia de alternativas de

localización. No sería técnicamente viable, ni desde el punto de vista de la sostenibilidad, ni

tampoco económica y socialmente asumible formular alternativas de planificación urbanística

en una localización espacial como el PERI-1 diferente del emplazamiento que ocupa

actualmente.

Dentro de este contexto, las distintas propuestas necesariamente se referirán a diferentes

fórmulas de utilización de un espacio físico predeterminado. En consecuencia, a partir de las

directrices básicas y de los objetivos generales que definen la planificación propuesta y de los

condicionantes ambientales del territorio, se formularon diferentes posibles escenarios de

futuro cuya síntesis se materializó de forma conceptual a través de tres alternativas:

ESQUEMA DE PLANEAMIENTO

DESCRIPCIÓN AMBIENTAL

FORMULACIÓN DE

ALTERNATIVAS

ALTERNATIVA SELECCIONADA

OBJETIVOS AMBIENTALES

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Documento Ambiental Estratégico 96

➢ “Alternativa Cero” o de mantenimiento de la situación actual. Esta hipótesis supondría

el supuesto de no dar cumplimiento del instrumento de planificación y ordenación urbana

vigente en San Agustín de Guadalix (NNSS) constituyendo un suelo urbano sin

desarrollar. Esta ausencia de desarrollo supondría, no sólo, no cumplir los objetivos

marcados por el planeamiento urbanístico vigente, sino que también al estar encuadrado

entre las áreas urbanizadas del casco urbano y el Polígono Industrial Norte al sur y norte

respectivamente, y delimitado por la vía urbana (Avenida de Madrid) y la autovía A-1, al

oeste y este respectivamente, supondrá la generación de distintos factores de

desarticulación de la estructura urbana.

➢ “Alternativa 1”. Esta ordenación pretende proponer todas las zonas verdes orientadas

en la zona más oriental y meridional del ámbito, de tal forma que sirvan como un área

de transición más suave entre los usos residenciales a los que está destinado el suelo

urbano con el área incluida dentro de la Red Natura. Su configuración espacial responde

a la distribución de superficies cuya representación gráfica de la “Alternativa 1” se

expone en la siguiente imagen:

Ordenación propuesta en la Alternativa 1 del PERI-1. Escala original 1:1.250.

“Alternativa 2”. Esta ordenación propuesta es similar a la anterior en superficies, pero

distribuye la parcela destinada a viviendas multifamiliares en régimen de protección algo más

al este del PERI-1, de tal forma que las zonas verdes circundan esta parcela de usos

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Documento Ambiental Estratégico 97

habitacionales. Una representación gráfica de la “Alternativa 2” se expone en la siguiente

imagen:

Ordenación propuesta en la Alternativa 2 del PERI-1. Escala original 1:1.250.

Una vez descritos los escenarios derivados de cada una de las alternativas se pasará a su

valoración y comparación sobre la base de la aptitud previsible de cara a la consecución de

los objetivos territoriales de sostenibilidad y criterios ambientales. De esta evaluación se

seleccionará el escenario de futuro más coherente y que mejor integre dichos objetivos

ambientales y principios de sostenibilidad.

El análisis se realizará mediante una matriz en la que se muestran los escenarios frente a los

criterios ambientales de referencia, y se evaluará de manera cualitativa el grado de

cumplimiento de estos en cada alternativa. El escenario más idóneo desde el punto de vista

ambiental y de desarrollo sostenible será el que contenga un mayor número de objetivos y

principios en su planificación.

ALTERNATIVAS

OBJETIVOS AMBIENTALES

ALTERNATIVA

SELECCIONADA

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Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)

Documento Ambiental Estratégico 98

La evaluación de los escenarios para la selección de aquel que resulte más favorable se

expone a continuación:

Variable ambiental

Objetivo ambiental estratégico ALT 0 ALT 1 ALT 2

Estructura territorial

Contribuir al desarrollo territorial coherente y equilibrado a largo plazo.

Habitacional Satisfacer las necesidades colectivas de residencia en condiciones de desarrollo sostenible.

Recursos naturales y

biodiversidad

Asegurar la protección y conservación tanto de la flora y fauna.

Conservación de los espacios y paisajes con mayor valor natural.

Recursos hídricos Conservar los recursos hídricos en cantidad y calidad y fomentar la gestión eficiente del agua

Recursos edafológicos

Proteger y conservar los recursos del suelo con mayor valor edafológico.

Calidad atmosférica

Favorecer la protección de la atmósfera y la lucha contra el cambio climático

Patrimonio cultural

Conservar y proteger los elementos del patrimonio cultural

Residuos Gestionar eficazmente la generación y eliminación de residuos.

Accesibilidad y movilidad

Garantizar el movimiento de personas y bienes en condiciones de seguridad

Cumple en mayor grado los objetivos ambientales.

No cumple con los objetivos ambientales.

Cumple en menor grado los objetivos ambientales.

Incertidumbre porque la

decisión resulta dudosa.

Analizando la aptitud que muestra cada una de las alternativas, respecto al cumplimiento de

los objetivos de referencia, se puso de manifiesto que A0 no facilita el desarrollo de la

normativa urbanística, no permite el desarrollo territorial coherente y equilibrado a medio y

largo plazo, y no las necesidades colectivas de residencia. Además, si bien en su imagen

actual presentaría una menor afección medioambiental en referencia a los usos hídricos,

energéticos y del elemento suelo, tendría una mayor incertidumbre en su desarrollo como

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Documento Ambiental Estratégico 99

consecuencia de la desarticulación de sus terrenos por la presión urbana que puede

generarse por su ubicación, de tal manera que pueden aparecer usos alternativos no

deseados que den lugar a distintas situaciones de degradación que ocasionen afecciones

sobre la calidad de suelos, las aguas superficiales y subterráneas, paisaje, etc.. Por todo ello,

esta alternativa quedaría desestimada.

Las alternativas A1 y A2 presentan comportamientos muy similares en la mayor parte de las

variables ambientales como es la estructura territorial, habitacional, recursos hídricos y

edafológicos, calidad atmosférica, patrimonio cultural, generación de residuos y accesibilidad

y movilidad, ya que ambas están estructuradas en los mismos parámetros estructurantes

marcados por la planificación vigente, en donde el número de viviendas y las superficies

destinada a los distintos usos son idénticos.

Sin embargo, considerando las variables ambientales de recursos naturales, las ordenaciones

propuestas presentan comportamientos diferenciales entre ambas. De tal manera que el

escenario más idóneo desde el punto de vista ambiental y de desarrollo sostenible es la

Alternativa 1, ya que la disposición de las zonas verdes entre los espacios incluidos dentro

del ZEC del Rio Guadalix y los usos residenciales permitirá la creación de una superficie de

transición entre ambos usos, que permite un mejor mantenimiento de los procesos ecológicos

y de la estructura paisajística.

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Documento Ambiental Estratégico 100

6.2. DESCRIPCIÓN DE LA ALTERNATIVA SELECCIONADA

Las características y determinaciones de la ordenación propuesta para el PERI-1 de una

forma sintética es la siguiente:

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Documento Ambiental Estratégico 101

La Ordenación pormenorizada del ámbito de actuación se muestra en la imagen siguiente:

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Documento Ambiental Estratégico 102

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Documento Ambiental Estratégico 103

El desarrollo del PERI-1 implica la aprobación definitiva del mismo por parte del Ayuntamiento

de San Agustín de Guadalix una vez se obtenga, en cumplimiento de la Ley 21/2013, de 9 de

diciembre de evaluación ambiental, el informe Ambiental Estratégico, de la Subdirección

General de Evaluación Ambiental Estratégica, perteneciente a la Dirección General del Medio

Ambiente.

El procedimiento de aprobación de los Planes Parciales y Especiales viene recogido en el

artículo 59 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid. El apartado

1 de dicho artículo recoge lo siguiente:

“1. El procedimiento de aprobación de los Planes Parciales y Especiales se ajustará a

las reglas dispuestas en el artículo 57 de la presente Ley [Procedimiento de aprobación

de los Planes Generales], con las especialidades que diferenciadamente se señalan en

este artículo”.

Una vez aprobado definitivamente el PERI-1 se puede iniciar el proceso de ejecución del

planeamiento de conformidad con lo prescrito en el apartado 1 del artículo 78. Ordenación

pormenorizada de la citada Ley 9/2001.

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Documento Ambiental Estratégico 104

7. EFECTOS AMBIENTALES PREVISIBLES

7.1. CONSIDERACIONES METODOLÓGICAS

Para la valoración de los posibles efectos ambientales derivados de la ejecución de la

planificación propuesta, se realiza un análisis comparativo entre la probable evolución de los

elementos del medio en el caso de mantenerse las determinaciones previstas por el

planeamiento vigente y la evolución de los mismos en el caso de que se ejecute finalmente la

planificación en cuestión.

En la medida de lo posible se han identificado indicadores que recojan parámetros del sistema

de Indicadores ambientales de la Comunidad de Madrid y se ha dado un valor (o rango) de

referencia tomado bien de la normativa cuando existe alguna regulación, bien de estudios de

evaluación ambiental equivalentes. Se presentan a continuación, de manera sintética los

indicadores operativos considerados en la evaluación estratégica como indicadores de

evaluación.

Atmósfera y energía.

i. Calidad del aire. Incremento de la emisión de contaminantes en el municipio por el

desarrollo del Plan. Valor de referencia: Por contaminantes PM10, SO2, NO2, O3 y CO.

ii. Emisiones de gases de efecto invernadero per cápita en los nuevos desarrollos. Valor

máximo: 8.1 t GEI/habitante. (Fuente: valor de referencia de emisiones de CO2eq per

cápita permitidas por el protocolo de Kioto para España (AT-01 Emisiones de Gases

de Efecto Invernadero).

iii. Incremento de los niveles acústicos con respecto a los existentes antes del desarrollo

de la planificación. Recomendación: no deben superarse los niveles establecidos por

la legislación para el tipo de usos previsto.

iv. Compatibilidad de los usos propuestos con el confort sonoro exigible.

Recursos edáficos.

v. Superficie de suelo urbanizable por tipo de calidad agrológica. (Fuente: elaboración

propia, en línea de los principios establecidos en el libro verde de medio ambiente

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Documento Ambiental Estratégico 105

urbano). Recomendación conservar el 100% del desarrollo en los suelos de calidad

del municipio, en particular, se deben preservar para la actividad agraria las tierras de

clase agrológica de tipo 2 y la subclase agrológica de tipo 3e, según el mapa de

capacidad agrológica de las tierras de la Comunidad de Madrid.

vi. Presencia de suelos contaminados. Los valores de referencia serán los índices

estandarizados por la normativa sectorial.

Recurso hídrico.

vii. Superficie de dominio público hidráulico afectado. Exigencia 0 ha. Respeto del Dominio

Público Hidráulico, de no planificar usos consuntivos (que ocupen el espacio de forma

permanente) en el área de servidumbre (5 metros). (Fuente: elaboración propia a partir

del Reglamento del Dominio Público Hidráulico).

viii. Índice de permeabilidad. Recomendación: superior al 70% (% de la cuenca

impermeabilizada por el desarrollo de la modificación inferior al 30%). (Fuente:

adaptado de la Agencia de Ecología Urbana de Barcelona).

Recursos naturales y biodiversidad.

ix. Superficie de vegetación natural afectada por el proceso urbanizador. Porcentaje de

comunidades vegetales naturales con respecto a la superficie total afectada por la

planificación.

x. Presencia de especies protegidas según la legislación sectorial vigente en el ámbito

de estudio.

xi. Superficie de áreas naturales protegidas afectadas respecto de la superficie total

protegida por figura de protección. Recomendable 0%. En función del tipo de espacio

y de la existencia o no de normas de gestión, pueden existir exigencias o impedimentos

legales. (Fuente: elaboración propia a partir del Libro Verde de Medio Ambiente

Urbano).

Recurso habitacional. Morfología urbana e intensidad de uso del suelo.

xii. Superficie áreas verdes/habitante. Mínimo 10 m2 por habitante. Recomendables 20.

(Fuentes: Organización Mundial de la Salud y Agencia de Ecología Urbana de

Barcelona).

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Documento Ambiental Estratégico 106

xiii. Densidad edificatoria: nº viviendas por hectárea. Mínimo 45. Recomendables 60.

Máximo 70. (Fuente: Agencia de Ecología Urbana de Barcelona y Libro Verde del

Medio Ambiente Urbano).

Patrimonio.

xiv. % Superficie de vías pecuarias ocupadas/ Superficie de vías pecuarias total. Exigible

por ley 0%. (Fuente: elaboración propia a partir del artículo 43 de la Ley 8/1998, de

vías pecuarias de la Comunidad de Madrid).

xv. Superficie de suelo urbanizable por nivel de protección arqueológica. (Fuente:

elaboración propia, en línea de los principios establecidos en la Ley 10/1998, de 9 julio

1998, del Patrimonio Histórico). Recomendación 0% del desarrollo en terrenos con

algún tipo de protección.

Movilidad.

xvi. Incremento del tráfico en el municipio como consecuencia del Plan.

Residuos.

xvii. Volumen de residuos generados por la planificación en relación al volumen generado

por el municipio. Recomendación: Proporción asumible por los sistemas de gestión

existentes.

Por último, cada uno de los principales efectos ambientales se valorarán de acuerdo a los

criterios para determinar la posible significación de las repercusiones sobre el medio ambiente

recogidos en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, así como la Ley

2/2002 de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid. Estos criterios han sido los

siguientes:

SIGNO (SI ) MAGNITUD (M)

TEMPORALIDAD (T) ACUMULACIÓN (A)

SINERGIA (S) EXTENSIÓN (EX)

PONDERACIÓN (P) REVERSIBILIDAD (R)

RECUPERABILIDAD – MEDIDAS CORRECTORAS (MC) TIPO DE IMPACTO (TI)

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Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)

Documento Ambiental Estratégico 107

➢ SIGNO (SI). Este criterio se refiere al carácter, beneficioso o perjudicial, de la acción

generadora de impacto.

SI = 0 (sin impacto).

SI = +1,0 (impacto positivo o beneficioso).

SI = -1,0 (impacto negativo o perjudicial).

➢ MAGNITUD (M). Este valor se refiere al alcance o intensidad que una acción puede

tener sobre un factor del medio. Su escala de valoración es la siguiente:

M = 1,0 (afección baja).

M = 3,0 (afección media).

M = 5,0 (afección alta).

➢ TEMPORALIDAD (T). Hace referencia a la manifestación temporal del impacto. De

esta manera, se distinguen:

T = 0,5 (impacto ocasional, no periódico).

T = 1,0 (impacto frecuente, periódico o no).

T = 2,0 (impacto permanente).

➢ ACUMULACIÓN (A). Este valor se refiere al incremento progresivo de la gravedad de

un impacto.

A = 1,0 (no acumulativo).

A = 2,0 (sí acumulativo).

➢ SINERGIA (SN). Se refiere a la afección producida por la presencia simultánea de

varios impactos, cuyo efecto sinérgico es mayor que la suma de cada impacto

individual. Se entiende también como aquel impacto individual cuya presencia implica

el incremento no linear de otros impactos.

SN = 1,0 (no sinérgico).

SN = 2,0 (sí sinérgico).

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Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)

Documento Ambiental Estratégico 108

➢ EXTENSIÓN (E). Este valor es dependiente del alcance o área de influencia teórica

del impacto sobre los factores del medio considerados.

E = 1,0 (puntual).

E = 3,0 (medio o moderado).

E = 5,0 (extenso).

➢ PONDERACIÓN (P). Este es un criterio de valoración de la importancia relativa del

factor ambiental considerado, en su entorno territorial. Se refiere a la afección que se

produce sobre los sistemas ecológicos, cuando el elemento del medio considerado

recibe un impacto dado.

Este criterio o parámetro pretende efectuar una ponderación sobre la intensidad del

impacto que se produce sobre un factor ambiental. La calificación se incorpora tras la

fase de descripción y valoración del medio, que genera un valor fijo para cada elemento

del medio.

P = 1,0 (para factores prescindibles, o de importancia no especialmente

destacable, sin implicaciones relevantes en la dinámica local o regional).

P = 2,0 (para factores del medio calificados de alto valor, raros, singulares, con

elementos individuales o conjuntos amenazados, protegidos, etc.).

En el caso particular de este proyecto, se han considerado como factores del medio

ponderables: la calidad del aire, la calidad de las aguas, la superficie de Espacios

Naturales Protegidos (el Parque Regional y LIC), y todos los factores del medio

socioeconómico y cultural.

➢ REVERSIBILIDAD (R). Este valor se refiere a la posibilidad de retorno a la situación

inicial del factor afectado, una vez desaparezca la acción generadora del impacto.

R = 1,0 (sí reversible).

R = 2,0 (no reversible).

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Documento Ambiental Estratégico 109

➢ RECUPERABILIDAD-APLICABILIDAD DE MEDIDAS CORRECTORAS (MC). Este

criterio hace referencia a la posibilidad de regenerar, aminorar o corregir los efectos

de un impacto, mediante la aplicación de medidas correctoras. También considera la

intensidad o esfuerzo de dichas medidas correctoras.

MC = 0,25 (no necesita medidas correctoras o aplicación de medidas muy ligera).

MC = 0,5 (necesita medidas correctoras no intensivas).

MC = 0,75 (necesita medidas correctoras intensivas).

MC = 1,0 (no es recuperable).

La escala de valoración utilizada pretende aplicar un método basado en conceptos complejos

mediante un sistema sencillo de selección, facilitando la asignación de valores a cada acción

generadora de impacto. De esta manera se combinan criterios basados en la potencia de un

impacto (magnitud, temporalidad, acumulación) con aquellos que hacen referencia a las

relaciones entre factores ambientales (sinergia, ponderación) y con la potencialidad de

regeneración, natural o inducida de las condiciones originales. La fórmula utilizada para la

aplicación de estos criterios es la siguiente:

TI = SI [(M x T x A x SN) + (E x P)] x R x MC

Esta expresión varía entre 0 y ±100, y se han establecido las siguientes categorías o tipos de

impacto, utilizando parcialmente las denominaciones descritas en el Real Decreto de

Evaluación de Impacto Ambiental.

IMPACTOS POSITIVOS

RANGO IMPACTOS

NEGATIVOS

Reducido < 25 Compatibles

Moderado 25 y 50 Moderados

Notable 50 y 75 Severos

Alto > 75 Críticos

La expresión de tal valoración se ha concretado en la siguiente escala:

➢ IMPACTO COMPATIBLE: Aquel cuya recuperación es inmediata tras el cese de la

actividad y no precisa prácticas protectoras o correctoras.

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Documento Ambiental Estratégico 110

➢ IMPACTO MODERADO: Aquel cuya recuperación precisa prácticas protectoras o

correctoras y en el que la consecución de las condiciones ambientales iniciales

requiere algo de tiempo.

➢ IMPACTO SEVERO: Aquel en el que la recuperación de las condiciones del medio

exige la adecuación de medidas protectoras o correctoras, y en el que tras el

establecimiento de estas medidas, la recuperación precisa un cierto período de tiempo.

➢ IMPACTO CRÍTICO: Aquel cuya magnitud es superior al umbral aceptable. Con él se

produce una pérdida permanente de la calidad de las condiciones ambientales, sin

posible recuperación, incluso con la adopción de medidas protectoras o correctoras.

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Documento Ambiental Estratégico 111

7.2. ATMÓSFERA

Calidad del aire

La incidencia del Plan Especial sobre la contaminación atmosférica está relacionada con el

aumento de la circulación de tráfico en la zona como consecuencia de ser los usos

residenciales un foco de atracción de viajes. Además este establecimiento de usos

residenciales, comerciales y oficinas supondrá adicionalmente un incremento de emisiones

por fuentes fijas como consecuencia de sistema de calefacción y aire acondicionado que

dispongan las nuevas edificaciones.

La valoración de este efecto se realiza en base a los indicadores descritos en el apartado

anterior:

i. Calidad del aire. Incremento de la emisión de contaminantes en el municipio por el

desarrollo del Plan. Valor de referencia: Por contaminantes PM10, SO2, NO2, O3 y CO.

Por consiguiente, se considera que la afección a la calidad del aire por el incremento

de contaminantes atmosféricos como consecuencia del desarrollo del Plan Especial

es de signo negativo, de magnitud media (3,0), permanente (2,0), no acumulativo (1,0),

no sinérgico (1,0), de extensión media (3,0), de ponderación alta (2,0), no reversible

(2,0) y con la posibilidad de aplicar medidas correctoras intensivas (0,75). La

valoración total de la afección es COMPATIBLE (-18,0). Por otro lado, no es previsible

que el presenta Plan Especial presente incrementos sustanciales de gases

contaminantes tanto en término absolutos ni a nivel de la estrategia municipal.

Cambio climático

Con respecto al cambio climático el Plan Especial incidirá incrementando la emisión de gases

de efecto invernadero, aunque como ya se ha comentado anteriormente, esta incidencia será

poco significativa en cualquiera de los escenarios analizados por la Agencia Estatal de

Meteorología.

Para la valoración del efecto se han considerado el siguiente indicador:

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Documento Ambiental Estratégico 112

ii. Emisiones de gases de efecto invernadero per cápita en los nuevos desarrollos. Valor

máximo: 8,1 t GEI/habitante. (Fuente: valor de referencia de emisiones de CO2eq per

cápita permitidas por el protocolo de Kioto para España (AT-01 Emisiones de Gases

de Efecto Invernadero).

La incidencia en el cambio climático de la planificación propuesta, “en particular una

evaluación adecuada de la huella de carbono asociada” a la misma, se ha realizado

en base a lo anteriormente expresado en el apartado 7.2 Cambio Climático / Calidad

del aire; en el cual se determinaba que las emisiones de CO2 en la Comunidad de

Madrid procedentes del suelo urbano eran estimadas en unas 31.000 kt CO2.

Teniendo en cuenta que el suelo urbano de la Comunidad de Madrid, en el año 2013,

totalizaba una superficie de 81.328 ha, esto supone que las emisiones de CO2

asociadas a la unidad de superficie se estimarían en 0,38 kt CO2/ha.

Dado que el ámbito de actuación de la planificación propuesta ocupa cerca de 5 ha,

su huella de carbono asociada de kt CO2, obtenida de manera prospectiva, seria de

unas 2 kt CO2, que en relación al total producido por el suelo urbano en el conjunto de

la Comunidad de Madrid resultaría una afección NO SIGNIFICATIVA.

No obstante, también cabe señalar que el efecto sobre el clima es la suma de muchas

pequeñas afecciones por lo que, en cualquier caso, siempre será necesario diseñar

medidas de mitigación del cambio climático así como de adaptación a sus efectos.

Contaminación acústica

Como se observa en el Estudio de Ruido (Anexo I) en las modelizaciones a techo de la

modificación se observa que en el periodo diurno, tarde y nocturno a pesar de haber alguna

variación está no es sustancial con respecto a los mapas de isófonas en la actualidad, lo que

implica que la alteración del medio ambiente acústico del ámbito es compatible.

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Documento Ambiental Estratégico 113

Mapa de isófonas en el ámbito en periodo diurno. Mapa de isófonas en el ámbito en periodo tarde.

Mapa de isófonas en el ámbito en periodo nocturno.

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Documento Ambiental Estratégico 114

Analizados los mapas de isófonas a techo de planeamiento en los periodos de día, tarde y

noche, se obtuvieron las siguientes conclusiones:

1. La parcelas M1 (clasificada urbanísticamente como de uso Residencial Libre

Multifamiliar) presenta niveles objetivo de ruido inferiores a los objetivos de calidad

acústica establecidos para el área acústica de tipo a. Por tanto, la parcela cumple los

objetivos de calidad acústica.

2. Las parcelas T1 y T2 (clasificadas urbanísticamente como de uso Terciario) presentan

niveles objetivo de ruido inferiores a los objetivos de calidad acústica establecidos para

el área acústica de tipo d. Por tanto, estas parcelas cumplen los objetivos de calidad

acústica.

3. Las parcelas PM1 y PM2 (clasificada urbanísticamente como Espacios de Protección

Ambiental ZEC Río Guadalix) carecen de objetivos de calidad acústica legislados. Por

tanto, estas parcelas cumplen los objetivos de calidad acústica.

4. La parcela R1 (clasificada urbanísticamente como de uso Espacio Libre Protección de

Viario) y PM4 (clasificada urbanísticamente como de uso Espacio de Protección

Ambiental Zona de Transición Acústica) han sido calificadas como zona de transición.

Por tanto, estas parcelas cumplen los objetivos de calidad acústica.

5. Las parcelas C1 y C2 (clasificadas urbanísticamente como Infraestructuras Centro de

Transformación) presentan en su límite perimetral niveles de ruido inferiores a los

objetivos de calidad acústica aplicables a las áreas acústicas colindantes con ellas.

Por tanto, estas parcelas cumplen los objetivos de calidad acústica legislados.

6. Las parcelas M2 (clasificada urbanísticamente como de uso Residencial VPO

Multifamiliar), M3 (clasificadas urbanísticamente como de uso Residencial Libre

Multifamiliar), U1 (clasificada urbanísticamente como de uso Residencial Unifamiliar),

V1 (clasificada urbanísticamente como Zona Verde General) y L1 (clasificadas

urbanísticamente como Zona Verde Red Local) presentan en parte de su superficie

niveles de ruido superiores a los anteriormente objetivos de calidad acústica

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Documento Ambiental Estratégico 115

establecidos para el área acústica de tipo a. Por tanto, estas parcelas requieren de la

adopción de medidas correctoras para ser viables desde el punto de vista acústico.

7. La parcela C3 (clasificada urbanísticamente como como Infraestructuras Centro de

Transformación) y las parcelas clasificadas urbanísticamente como Viario y

Aparcamientos presentan en su límite perimetral niveles de ruido superiores a los

objetivos de calidad acústica aplicables a las áreas acústicas colindantes con ellas.

Por tanto, estas parcelas requieren de la adopción de medidas correctoras para ser

viables desde el punto de vista acústico.

Para que los niveles sonoros no sobrepasen los objetivos de calidad acústica establecidos en

el R.D. 1367/2007 y salvaguardar el confort sonoro, se recomienda la instalación de una

pantalla acústica en el límite de la parcela con la autovía A-1. La pantalla tendrá será

fonoabsorbente por el lado de la vía pública y tendrá, al menos, un espesor de 40 cm y una

altura de 4,0 m. Con esta medida correctora, los mapas de isófonas en los distintos periodos

considerados presentan las siguientes conclusiones:

Mapa de ubicación de la pantalla fonoabsorbente. Mapa de isófonas en el ámbito en periodo diurno.

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Documento Ambiental Estratégico 116

Mapa de isófonas en el ámbito en periodo tarde. Mapa de isófonas en el ámbito en periodo noche.

1. La parcelas M1 (clasificada urbanísticamente como de uso Residencial Libre

Multifamiliar) presenta niveles objetivo de ruido inferiores a los objetivos de calidad

acústica establecidos para el área acústica de tipo a. Por tanto, la parcela cumple los

objetivos de calidad acústica.

2. Las parcelas T1 y T2 (clasificadas urbanísticamente como de uso Terciario) presentan

niveles objetivo de ruido inferiores a los objetivos de calidad acústica establecidos para

el área acústica de tipo d. Por tanto, estas parcelas cumplen los objetivos de calidad

acústica.

3. Las parcelas PM1 y PM2 (clasificada urbanísticamente como Espacios de Protección

Ambiental ZEC Río Guadalix) carecen de objetivos de calidad acústica legislados. Por

tanto, estas parcelas cumplen los objetivos de calidad acústica. Se aprecia que los

niveles de ruido de estas parcelas disminuyen sensiblemente una vez adoptadas las

medidas correctoras propuestas en relación a los niveles de ruido existentes en la

situación actual.

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Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)

Documento Ambiental Estratégico 117

Por tanto, las medidas correctoras propuestas redundan en una mejora del medio

ambiente sonoro, en relación a la situación actual, en los terrenos de la ZEC

localizados dentro del ámbito de actuación.

4. Las parcelas R1 (clasificada urbanísticamente como de uso Espacio Libre Protección

de Viario) y PM4 (clasificada urbanísticamente como de uso Espacio de Protección

Ambiental Zona de Transición Acústica) han sido calificadas como zona de transición.

Por tanto, estas parcelas cumplen los objetivos de calidad acústica.

5. Las parcelas C1 y C2 (clasificadas urbanísticamente como Infraestructuras Centro de

Transformación) presentan en su límite perimetral niveles de ruido inferiores a los

objetivos de calidad acústica aplicables a las áreas acústicas colindantes con ellas.

Por tanto, estas parcelas cumplen los objetivos de calidad acústica legislados.

6. La parcela M2 (clasificada urbanísticamente como de uso Residencial VPO

Multifamiliar), M3 (clasificadas urbanísticamente como de uso Residencial Libre

Multifamiliar), U1 (clasificada urbanísticamente como de uso Residencial Unifamiliar),

V1 (clasificada urbanísticamente como Zona Verde General) y L1 (clasificadas

urbanísticamente como Zona Verde Red Local) presentan, una vez adoptadas

medidas correctoras, niveles objetivo de ruido inferiores a los objetivos de calidad

acústica establecidos para el área acústica de tipo a . Por tanto, estas parcelas son

viables desde el punto de vista acústico una vez adoptadas las medidas correctoras

propuestas.

7. La parcela C3 (clasificadas urbanísticamente como Infraestructuras Centro de

Transformación) y las parcelas clasificadas urbanísticamente como Viario y

Aparcamientos, una vez adoptadas medidas correctoras, presentan en su límite

perimetral niveles de ruido inferiores a los objetivos de calidad acústica aplicables a

las áreas acústicas colindantes con ellas. Por tanto, estas parcelas son viables desde

el punto de vista acústico una vez adoptadas las medidas correctoras propuestas

Para la valoración del efecto se han considerado los siguientes indicadores:

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Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)

Documento Ambiental Estratégico 118

iii. Incremento de los niveles acústicos en el ámbito de estudio con respecto a los

existentes antes del desarrollo urbanístico propuesto. Recomendación: no deben

superarse los niveles establecidos por la legislación para el tipo de usos previsto.

La situación acústica prevista sobre los terrenos del PERI-1 en el escenario

postoperacional presenta incumplimientos en algunas de las parcelas destinadas

urbanísticas a uso residencial, por lo que se propone como medida correctora una

pantalla fonoabsorbente para que todas las parcelas del PERI-1 cumplan con todos

ellos los objetivos de calidad determinados por el R.D. 1367/2007. Cabe destacar que

las zonas que están incluidas dentro del ZEC del Rio Guadalix mejorarán su medio

ambiente sonoro de forma apreciable. La afección se considera de signo negativo, de

magnitud media (3,0), permanente (2,0), no acumulativo (1,0), sinérgico (2,0), de

extensión baja (1,0), de ponderación alta (2,0), no reversible (2,0) y con la posibilidad

de aplicar medidas correctoras intensivas (0,75). La valoración total de la afección es

COMPATIBLE (-21,0).

iv. Compatibilidad de los usos propuestos con el confort sonoro exigible.

A techo del planeamiento los usos previstos son compatibles con las áreas de

sensibilidad acústicas mediante la incorporación de pantallas fonoabsorbentes en el

límite con la autovía A-1 por lo que la valoración se considera de signo negativo,

magnitud baja (3,0), permanente (2,0), no acumulativo (1,0), no sinérgico (1,0), de

extensión baja (1,0), de ponderación alta (2,0), no reversible (2,0) y con la posibilidad

de aplicar medidas correctoras intensivas (0,75). La valoración total es COMPATIBLE

(-12,0).

Ambiente electromagnético

Por los terrenos objeto de la planificación discurre una línea de media tensión a unos 25 m en

paralelo al trazado de la autovía A-1 en su límite más oriental. Para el cumplimiento del artículo

2 del Decreto 131/1997 de la Comunidad de Madrid, por el que se fijan los requisitos que han

de cumplir las actuaciones urbanísticas en relación con las infraestructuras eléctricas, se

establece: “las líneas eléctricas aéreas de alta y baja tensión preexistentes dentro del

perímetro de toda nueva actuación urbanística y en sus inmediaciones, se pasen a

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Documento Ambiental Estratégico 119

subterráneas o se modifique su trazado, siempre que la modificación pueda hacerse a través

de un pasillo eléctrico existente o que se defina en ese momento por la Administración

competente”.

En consecuencia, la valoración del medio ambiente electromagnético a techo de planeamiento

con respecto a la situación actual se considera de signo positivo, magnitud baja (1,0),

permanente (2,0), no acumulativo (1,0), no sinérgico (1,0), de extensión baja (1,0), de

ponderación alta (2,0) y no reversible (2,0). La valoración total es REDUCIDO (+8,0).

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Documento Ambiental Estratégico 120

7.3. CALIDAD DEL SUELO

Como se ha comentado en la caracterización de la situación del medio ambiente los terrenos

del Plan previsto presentaron en su zona más meridional un uso productivo (fabricación de

piezas de automóvil) que comenzó en la década de los 70 hasta que fue clausurado en los

primeros años del siglo XXI, por lo que la calidad edáfica y agrológica que pudieran tener

primigeniamente estos suelos han evolucionado a unos suelos con una fuerte antropización.

La valoración de efectos de la planificación urbanística propuesta se realiza en base a los

siguientes indicadores:

v. Superficie de suelo urbanizable por tipo de calidad agrológica. (Fuente: elaboración

propia, en línea de los principios establecidos en el Libro Verde de Medio Ambiente

Urbano). Recomendación conservar el 100% del desarrollo en los suelos de calidad

del municipio, en particular, se deben preservar para la actividad agraria las tierras de

clase agrológica de tipo 2 y la subclase agrológica de tipo 3e, según el mapa de

capacidad agrológica de las tierras de la Comunidad de Madrid.

La implantación de los desarrollos que se proponen no supondrá la pérdida de suelos

agrológicamente valiosos, ya que se corresponden con suelos antropizados en un

recinto urbano sin un valor edáfico específico. Por ello la valoración de este indicador

se considera negativo, de magnitud baja (1,0), permanente (2,0), no acumulativo (1,0),

no sinérgico (1,0), de extensión baja (1,0), de ponderación alta (2,0), no reversible

(2,0) y sin posibilidad de medida correctoras (1,0). La valoración total es COMPATIBLE

(-8,0).

vi. Presencia de suelos contaminados. Los valores de referencia serán los índices

estandarizados por la normativa sectorial.

Como se ha observado en el análisis histórico (ver Anexo II. Caracterización inicial de

suelos. Fase I) se ha realizado actividades incluidas dentro de las “actividades

potencialmente contaminantes” del Anexo I del Real Decreto 9/2005, ya que en la zona

meridional del ámbito se desarrolló hasta los primeros años del siglo XXI la fabricación

de piezas para automóviles. Por otro lado, los usos residenciales y terciarios que se

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Documento Ambiental Estratégico 121

prevén en el Plan no serán generadores de este tipo de sustancias con potencialidad

de afectar a las características ambientales del suelo y de las aguas subterráneas. Por

ello la valoración de esta afección se considera de signo negativo, de magnitud media

(3,0), permanente (2,0), no acumulativo (1,0), no sinérgico (1,0), de extensión media

(3,0), de ponderación alta (2,0), no reversible (2,0) y con la posibilidad de aplicar

medidas correctoras intensivas (0,75). La valoración total de la afección es

COMPATIBLE (-18,0).

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Documento Ambiental Estratégico 122

7.4. HIDROLOGÍA Y LA CALIDAD DE LAS AGUAS

La presencia del rio Guadalix y del arroyo del Caño en las proximidades del ámbito supone

un riesgo de inundación en los distintos usos previstos en caso de avenidas, sin embargo,

considerando los distintos periodos de retorno, no se prevé que los usos residenciales o

terciarios puedan verse afectado por este fenómeno en el periodo de retorno excepcional

(T500) tal y como se ha modelizado en el Anexo III.

Zonas de inundación de la zona de estudio a techo de planeamiento. Fte. Elaboración propia.

Este impacto se considera negativo, de magnitud media (3,0), permanente (2,0), acumulativo

(2,0), no sinérgico (1,0), de extensión media (3,0), de ponderación alta (2,0), no reversible

(2,0) y con posibilidad de medidas correctoras no intensivas (0,50). La valoración total es

COMPATIBLE (-18,0).

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Documento Ambiental Estratégico 123

Los usos residenciales y terciarios

propuestos por el actual Plan Parcial

supondrán una demanda de abastecimiento

de agua potable calculadas en un caudal

medio de 4,17 l/sg, con caudales punta de

11,55 l/sg y un caudal medio diario de

360,11 m3/día.

La red de distribución propuesta discurrirá

por viarios conectando con la red existente

que discurre por la Avenida de Madrid.

El proyecto de red de distribución de agua

potable definitivo cumplirá las Normas para

el Abastecimiento de Agua del Canal de

Isabel II y se remitirá a la División de

Conformidad Técnica del Canal de Isabel II

para su aprobación.

Por lo que el impacto que supone la demanda de agua potable por el desarrollo previsto se

considera negativo, de magnitud media (3,0), permanente (2,0), no acumulativo (1,0), no

sinérgico (1,0), de extensión media (3,0), de ponderación alta (2,0), no reversible (2,0) y con

posibilidad de medidas correctoras no intensivas (0,50). La valoración total es COMPATIBLE

(-21,0).

La red de saneamiento proyectada es de carácter separativo (pluviales y residuales). Las

redes proyectadas serán las siguientes:

➢ Con respecto el desarrollo de la red de saneamiento de aguas residuales del ámbito

cumplirá las determinaciones del planeamiento urbanístico vigente, disposiciones

municipales y las normas técnicas que respecto al saneamiento tenga el organismo

gestor de la red. Las actuaciones necesarias en la red de saneamiento deberán ser

aprobadas por los servicios técnicos del Canal de Isabel II Gestión.

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Documento Ambiental Estratégico 124

Los ramales proyectados se conectan a la red de saneamiento existente en la Avenida

de Madrid al sur del ámbito, garantizando el funcionamiento por gravedad de los

mismos, evitando la necesidad de bombeos. Tal y como queda reflejado en el plano

de la red de saneamiento de aguas fecales.

Plano de sanemiento de aguas fecales proyectada por el Plan Parcial

Plano de sanemiento de aguas pluviales proyectada por el Plan Parcial

La red de saneamiento estará dimensionada según los cálculos realizados en el Anexo

IV, en los cuales el caudal medio diario será de 310,57m3/día, caudal medio de 3,59

l/sg y caudal punta de 8,78 l/sg.

El saneamiento municipal verterá las aguas residuales a depuradora de San Agustín

de Guadalix que se localiza en la zona más meridional de municipio en las márgenes

del rio Guadalix.

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Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)

Documento Ambiental Estratégico 125

➢ Con respecto con respecto a la red de aguas pluviales verterá directamente al rio

Guadalix, al otro lado de la Autovía A-1.

Considerando el sistema de saneamiento propuesto y el incremento de caudal que producirá

el régimen hidrológico-hidraúlico aguas abajo del ámbito, el impacto se considera negativo,

de magnitud media (3,0), permanente (2,0), acumulativo (2,0), no sinérgico (1,0), de extensión

media (3,0), de ponderación alta (2,0), no reversible (2,0) y con posibilidad de medidas

correctoras no intensivas (0,50). La valoración total es COMPATIBLE (-18,0).

Por otro lado, la afección a la calidad de las aguas como consecuencia de las aguas

recepcionadas por el sistema de saneamiento propuesto será de signo negativo, magnitud

media (3,0), permanente (2,0), no acumulativo (1,0), no sinérgico (1,0), de extensión baja

(1,0), de ponderación alta (2,0), no reversible (2,0) y con posibilidad de medidas correctoras

no intensivas (0,75). La valoración total es COMPATIBLE (-12,0).

La valoración de tales afecciones se ha realizado en base a los siguientes indicadores:

vii. Superficie de dominio público hidráulico afectado. Exigencia 0 ha. Respeto del Dominio

Público Hidráulico, de no planificar usos consuntivos (que ocupen el espacio de forma

permanente) en el área de servidumbre (5 metros). (Fuente: elaboración propia a partir

del artículo 9 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico).

El planeamiento propuesto no presenta ninguna afección al DPH de ninguno de los

cauces que discurren en las proximidades del ámbito ni presenta ningún tipo de usos

consuntivos. Con respecto a los vertidos de las aguas residuales y pluviales presenta

una red separativa, con los adecuados sistemas de tratamiento previos a vertido a

cauce público. La afección se puede considerar de signo negativo, magnitud media

(3,0), permanente (2,0), no acumulativo (1,0), no sinérgico (1,0), de extensión baja

(1,0), de ponderación alta (2,0), no reversible (2,0) y con posibilidad de medidas

correctoras no intensivas (0,50). La valoración total es COMPATIBLE (-8,0).

viii. Índice de permeabilidad. Recomendación: superior al 70% (% de la cuenca

impermeabilizada por el desarrollo del Plan). (Fuente: adaptado de la Agencia de

Ecología Urbana de Barcelona).

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Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)

Documento Ambiental Estratégico 126

Por otro lado, la variación del índice de permeabilidad prácticamente no varía con

respecto al actual, dado que la superficie objeto de la planificación propuesta es muy

reducida con respecto al total de la cuenca a la que pertenece. No obstante se

considera que la afección es negativa, magnitud baja (1,0), permanente (2,0), no

acumulativo (1,0), no sinérgico (1,0), de extensión baja (1,0), de ponderación alta (2,0),

no reversible (2,0) y con posibilidad de medidas correctoras no intensivas (0,50). La

valoración total es COMPATIBLE (-4,0).

Por otro lado, la generación de aguas residuales puede alterar la calidad de las aguas

subterráneas por percolación, sin embargo la presencia de una red de saneamiento supone

que esta afección quede muy mitigada. Por ello, la afección a las aguas subterráneas se

considera negativa, de magnitud baja (1,0), permanente (2,0), no acumulativo (1,0), sinérgico

(2,0), puntual (1,0), de ponderación alta (2,0), no reversible (2,0) y con posibilidad de medidas

correctoras intensivas (0,75). La valoración total es COMPATIBLE (-6,0).

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Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)

Documento Ambiental Estratégico 127

7.5. VEGETACIÓN Y FAUNA

Como se comentó en la caracterización ambiental la vegetación existente en los terrenos en

estudio presentan una cobertura herbácea en las etapas de sustitución más degradadas en

la que aparecen de forma dispersa y en hilera de ejemplares arbóreos de tipo ornamental, con

pocos ejemplares arbustivos.

Con respecto a las comunidades faunísticas existentes en una zona urbana con vías de

comunicación de gran capacidad en su límite más oriental (autovía A-1) se encuentran

adaptadas a la actividad humana y con un fuerte carácter ubiquista, en el que las diferentes

especies carecen de cualquier valor desde el punto de vista de la conservación, ya que no

existe ninguna especie singular que presente algún tipo de protección especial. No obstante,

tanto al norte como al sur de los terrenos en estudio se localiza una comunidad vegetal unida

a los cauces de los cauces, por lo que en la ordenación pormenorizada del ámbito se ha

dispuesto de un espacio verde que sirva como un área tampón de los usos residenciales con

respecto a estas comunidades vegetales.

Por tanto, las afecciones que se esperan sobre la vegetación o la fauna como consecuencia

de la ejecución del Plan Especial propuesto serán de una magnitud poco significativa.

La valoración de estas afecciones a la vegetación y fauna se ha realizado en base a los

siguientes indicadores:

ix. Superficie de vegetación natural afectada por el proceso urbanizador. Porcentaje de

comunidades vegetales naturales con respecto a la superficie total afectada por la

planificación.

Como se ha comentado con anterioridad, el proceso de implantación de los nuevos

usos residenciales y terciarios se localiza sobre un entorno urbano. En este sentido,

la superficie de afección a comunidades vegetales naturales es poco extensa, ya que

en el interior del ámbito las especies vegetales existentes no tienen un valor ambiental

específico, al tratarse de especies arbóreas ornamentales. No obstante, la proximidad

de formaciones vegetales en los cauces situados al norte (rio Guadalix) y sur (arroyo

del Caño) que presentan un mayor valor ecológico, y considerando los espacios

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Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)

Documento Ambiental Estratégico 128

verdes que separan los usos previstos de estas, se considera que la afección es

negativa, de magnitud alta (5,0), permanente (2,0), no acumulativo ni sinérgico (1,0,

respectivamente), extensión puntual (1,) la ponderación del elemento del medio es alto

(2,0), no reversible (2,0), no recuperable (1,0). La valoración de la afección a la

vegetación es COMPATIBLE (-24).

x. Presencia de especies protegidas tanto de flora y fauna según la legislación sectorial

vigente en el ámbito de estudio.

Al situarse el ámbito objeto Plan Especial en un área urbana desde hace décadas,

enmarcada entre dos vías de comunicación, hace prever que la existencia de especies

vegetales o faunísticas con algún grado de amenaza se considera improbable o nula.

No obstante, al estar próximo a un espacio natural al norte del ámbito la valoración se

considera que la afección es negativa, de magnitud alta (5,0), permanente (2,0), no

acumulativo ni sinérgico (1,0, respectivamente), extensión puntual (1,) la ponderación

del elemento del medio es alto (2,0), no reversible (2,0), no recuperable (1,0). La

valoración de la afección a la vegetación es COMPATIBLE (-24).

xi. Superficie de áreas naturales protegidas afectadas respecto de la superficie total

protegida por figura de protección. Recomendable 0%. En función del tipo de espacio

y de la existencia o no de normas de gestión, pueden existir exigencias o impedimentos

legales. (Fuente: elaboración propia a partir del Libro Verde de Medio Ambiente

Urbano).

Como se ha comentado anteriormente el PERI-1 se encuentra dentro del espacio

incluido dentro de la Red Natura como ZEC del rio Guadalix. Esta área concreta se

encuentra con un alto grado de antropización al localizar entre dos infraestructuras de

drenaje transversal de las vías de comunicación (avenida de Madrid, al norte, y

Autovía A-1, al sur), por lo que los valores ambientales por lo que ha sido protegido se

encuentran muy mermados (ver Anexo V. Afecciones a la red natura), A pesar de estas

consideraciones el planeamiento propuesto ha establecido como zonas verdes todas

las superficies colindantes con los terrenos incluidos dentro de la Zona de Especial

Conservación de tal forma que separa los usos residenciales previstos de este espacio

protegido, dando además posibilidad de establecimiento de especies faunísticas

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Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)

Documento Ambiental Estratégico 129

típicas de estas formaciones vegetales. Con todas estas consideraciones el impacto

es negativo, de magnitud media (3,0), permanente (2,0), no acumulativo ni sinérgico

(1,0, respectivamente), extensión puntual (1,0), la ponderación del elemento del medio

es alto (2,0), no reversible (2,0), no recuperable (1,0). La valoración de la afección a

la vegetación es COMPATIBLE (-16).

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Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)

Documento Ambiental Estratégico 130

7.6. ASPECTOS SOCIOECONÓMICOS

En general se puede afirmar que la actividad residencial y comercial en el interior de las

ciudades contribuye de forma notable a la atracción de la actividad social y económica en

torno a sí misma. Las actividades planteadas contribuirían, al estar combinadas con los usos

residenciales y terciarios, a dar un importante empuje a la “vida” de San Agustín de Guadalix,

dinamizándolo y favoreciendo su cohesión social y económica. Igualmente se incrementaría

la calidad de vida de los residentes al poderles ofrecer nuevos servicios comerciales y

dotacionales de proximidad que acortan las distancias.

Por otra parte, es muy probable que, al mismo tiempo, se frenara la crisis en la que el pequeño

comercio se ve sumergido, y que muchas veces se ve acompañado de un envejecimiento

poblacional y de un éxodo de población, al incrementarse la demanda de bienes y servicios

por parte de la nueva población residente.

En lo que se refiere a la posible incidencia sobre la estructura poblacional, se estima que el

incremento del parque de viviendas que se promueve, podría producir un cierto

rejuvenecimiento de la población de San Agustín de Guadalix, debido a que los nuevos

residentes serán de edades más jóvenes.

En cuanto a la influencia sobre el mercado de trabajo, parece poco discutible que el aumento

del número de residentes y la actividad económica llevaría asociado un incremento del

empleo. La cuantificación de este aumento depende de múltiples variables que no son

posibles determinar en este momento. No obstante, el incremento de la demanda de bienes,

consecuencia del aumento de la población residente, suele llevar asociada un buen nivel en

lo que a la generación de empleo se refiere.

En relación a los efectos positivos derivados de la ejecución e implantación de los nuevos

desarrollos cabe señalar que durante la fase de urbanización y edificación se crearán puestos

de trabajo, asociados al tiempo de ejecución de las obras de los futuros desarrollos. La

demanda de servicios durante la construcción de los desarrollos repercutirá de forma positiva

sobre la economía de las empresas suministradoras, y por consiguiente, sobre la

socioeconomía del área donde se encuentren asentadas. Por ello, la valoración de esta

afección es positiva, de magnitud baja (1,0), frecuente (1,0), no acumulativo (1,0), no sinérgico

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Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)

Documento Ambiental Estratégico 131

(1,0), extensión media (3,0), elemento de ponderación alta (2,0) y reversible (1,0). La

valoración de la afección es REDUCIDA (+7).

Además, los nuevos desarrollos residenciales supondrán un importante beneficio al medio

social ya que se satisfarán las necesidades sociales actuales en relación a la demanda de

viviendas en el municipio.

Otro indicador empleado para valorar los efectos sobre la calidad de vida en el ámbito objeto

de transformación ha sido el siguiente:

xii. Superficie áreas verdes/habitante. Mínimo 10 m2 por habitante. Recomendables 20.

(Fuentes: Organización Mundial de la Salud y Agencia de Ecología Urbana de

Barcelona)

Considerando el censo de viviendas del año 2011 presenta una media de 2,85

miembros por hogar, por lo que la superficie de área verde del ámbito por residente

en el mismo presenta un índice de 22,05 m2/hab, mucho más elevado que el mínimo

recomendable por la fuente considerada. Por ello, consideramos que la afección es

de signo positivo, de magnitud media (3,0), permanente (2,0), no acumulativo (1,0), no

sinérgico (1,0), medio (3,0) elemento de ponderación alta (2,0) y no reversible (2,0).

La valoración de la afección es MODERADO (+36).

xiii. Densidad edificatoria: nº viviendas por hectárea. Mínimo 45. Recomendables 60.

Máximo 70. (Fuente: Agencia de Ecología Urbana de Barcelona y Libro Verde del

Medio Ambiente Urbano)

El Plan propuesto que se propone contempla en su globalidad una densidad de casi

45 viviendas por hectárea, situándose en el mínimo recomendado que la fuente del

indicador ha establecido. Por ello, consideramos que la afección es positiva, de

magnitud baja (1,0), permanente (2,0), no acumulativo (1,0), no sinérgico (1,0),

extensión media (3,0), elemento de ponderación baja (1,0) y no reversible (2,0). La

valoración de la afección es REDUCIDO (+10).

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Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)

Documento Ambiental Estratégico 132

Para valorar las afecciones sobre el patrimonio cultural derivadas del planeamiento se ha

empleado los siguientes indicadores:

xiv. Porcentaje de superficie de vías pecuarias ocupadas/ Superficie de vías pecuarias

total. Exigible por ley 0%. (Fuente: elaboración propia a partir del artículo 43 de la Ley

8/1998, de vías pecuarias de la Comunidad de Madrid).

Como se comentó en apartados anteriores, las vías pecuarias existentes en el ámbito

se encuentran fuera de ámbito siendo la Colada de la Huelgas del Rio Guadalix y la

Colada del Arroyo del Caño, situadas al norte y sur del mismo. Por otro lado, en la

cartografía de estos caminos históricos se puede observar que todo el ámbito se ubica

sobre el descansadero abrevadero de El Ardal, sin embargo, según sentencia judicial

se permite el desarrollo del presente Plan. Por todo ello, la valoración es negativa, de

magnitud baja (1,0), permanente (2,0), no acumulativo ni sinérgico (1,0), puntual (1,0),

de ponderación alta (2,0), no reversible (2,0) y con posibilidad de medidas correctoras

muy ligera (0,25). La valoración total es COMPATIBLE (-2,0).

xv. Superficie de suelo urbanizable por nivel de protección arqueológica. (Fuente:

elaboración propia, en línea de los principios establecidos en la Ley 10/1998, de 9 julio

1998, del Patrimonio Histórico).

Como se ha comentado en apartados anteriores, en el ámbito de estudio no se localiza

ninguno de los yacimientos arqueológicos o elementos patrimoniales incluidos dentro

del inventario municipal. El elemento patrimonial más cercano es el puente que

permite la Avenida de Madrid cruzar el rio Guadalix al norte del ámbito, no previéndose

actividad alguna en esta área para el desarrollo del Plan previsto, por lo que la afección

al patrimonio se puede considerar NO SIGNIFICATIVA.

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Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)

Documento Ambiental Estratégico 133

7.7. MOVILIDAD

El estudio del tráfico rodado tanto del viario interior del ámbito de actuación como en su

entorno exterior a techo de planeamiento ha sido realizado en el Anexo I Estudio Acústico. En

el mismo, se ha considerado la proyección del tráfico de paso por la red viaria del entorno del

ámbito de actuación (tráfico zonal), así como el tráfico generado por los nuevos desarrollos

previstos por el planeamiento. De tal forma que la suma de los dos constituye el tráfico

agregado, que la zona de estudio a techo de planeamiento será el siguiente:

Croquis del tráfico agregado.

IMD=5.018veh/día

IMD=5.448veh/día

IMD=5.221veh/día

IMD

=685

veh

/día

IMD=866veh/día

IMD=504 veh/día

IMD=490 veh/día

IMD=477 veh/día

IMD=471 veh/día

IMD=464 veh/día

IMD=429veh/día

IMD

=429

veh

/día

IMD=5.448 veh/día

IMD=39.051

veh/día

IMD=39.051

veh/día

IMD=5.448veh/día

IMD=5.448veh/día

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Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)

Documento Ambiental Estratégico 134

Considerando el indicador siguiente:

xvi. Incremento del tráfico en el municipio como consecuencia del Plan.

El incremento porcentual de la tasa de crecimiento del tráfico rodado en la zona

detectamos que el crecimiento será reducido y sin necesidad de reajustar de forma

significativa la red de transporte público existente en la zona, siendo valorado como de

signo negativo, magnitud media (3,0), permanente (2,0), no acumulativo (1,0), no

sinérgico (1,0), de extensión media (3,0), de ponderación alta (2,0), no reversible (2,0)

y necesita medidas correctoras no intensivas (0,5). La valoración total es

COMPATIBLE (-12,0).

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Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)

Documento Ambiental Estratégico 135

7.8. RESIDUOS

La implantación de la actividad residencial en el ámbito supondrá un aumento de la producción

de residuos sólidos urbanos, por lo que el Sistema de Gestión de Residuos municipal deberá

de incrementar las dotaciones de recogida y adaptar todo el sistema de gestión al nuevo

volumen generado por el desarrollo.

En este sentido, aunque los datos de los que dispone del planeamiento son de grandes

magnitudes, puede esperarse que el volumen de residuos generados en el año horizonte será

de en torno a 378,65 toneladas por año (considerando 2.85 hab/vivienda y una tasa de

generación de residuos de 1,82 kg / habitante / día. Por lo que el sistema de recogida municipal

y la planta de transferencia deben de adaptarse a la recogida de este nuevo volumen de

residuos.

Para valorar el efecto del Plan que se propone en relación con los residuos generados por los

nuevos desarrollos se ha empleado el siguiente indicador de evaluación:

xvii. Volumen de residuos generados por el Plan en relación al volumen generado por el

municipio. Recomendación: Proporción asumible por los sistemas e infraestructuras

de gestión existentes.

Teniendo en cuenta la relación existente entre el volumen de residuos generado por la

población total de la ciudad de San Agustín de Guadalix, y el que aportarían los

desarrollos urbanísticos propuestos, que supondría un incremento de entorno al 4%,

por lo que se entiende que el sistema de gestión de residuos de que dispone el

municipio es más que suficientemente capaz como para acoger los residuos

generados desde los desarrollos previstos. Por ello consideramos que la afección por

el incremento de residuos por el Plan propuesto es de signo negativo, de magnitud

media (3,0), permanente (2,0), acumulativo (2,0), sinérgico (2,0), extensión media (3,0)

elemento de ponderación alta (2,0), reversible (1,0) y con la posibilidad de medidas

correctoras intensivas (0,75). La valoración global es de COMPATIBLE (-22,5).

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Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)

Documento Ambiental Estratégico 136

7.9. VALORACIÓN GLOBAL

Una vez descritos individualmente los efectos ambientales por cada elemento del medio

considerado podemos determinar el grado de afección que pudiera producirse al medio

ambiente tanto en las acciones que alterarán la calidad del medio como de los recursos a

consumir para llevar a cabo el planeamiento previsto. En este sentido, la siguiente tabla refleja

el global de consumo de recursos:

RECURSO INDICADOR VALOR DE REFERENCIA INTENSIDAD D ELA

AFECCIÓN

ATMOSFERA

Incremento de gases contaminantes

Según legislación vigente COMPATIBLE

Emisiones de gases invernadero per cápita

8,1 t GEI/habitante NO SIGNIFICATIVO

MEDIO AMBIENTE SONORO

Incremento de niveles sonoros Según legislación vigente COMPATIBLE

Confort sonoro - COMPATIBLE

MEDIO AMBIENTE ELECTRO-MAGNÉTICO

Presencia de líneas eléctricas Según legislación vigente REDUCIDO

SUELOS

Variación en la calidad agrológica de los suelos

- COMPATIBLE

Presencia de contaminación Ausencia/presencia según decreto 9/2005

COMPATIBLE

HIDROLOGÍA SUPERFICIAL

Afección de inundaciones de los usos residenciales o terciarios previstos por el Plan

Localización de los mimos en áreas de bajo riesgo de inundación

COMPATIBLE

Incremento en la demanda de agua potable como consecuencia de la implantación del Plan.

Comparativa entre usos previstos por Plan General y el Plan Parcial propuesto

COMPATIBLE

Incremento en los niveles de máxima avenida como consecuencia de la implantación del Plan.

Comparativa entre usos previstos por Plan General y el Plan Parcial propuesto

COMPATIBLE

Calidad de las aguas superficiales

Según legislación vigente de cada parámetro considerado

COMPATIBLE

Afección de Dominio Público Hidráulico

Ausencia/presencia de afección al DPH

COMPATIBLE

Índice de permeabilidad Más del 70 % de la cuenca impermeabilizada

COMPATIBLE

HIDROLOGÍA SUBTERRÁNEA

Calidad de las aguas subterráneas

Según legislación vigente de cada parámetro considerado

COMPATIBLE

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Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)

Documento Ambiental Estratégico 137

RECURSO INDICADOR VALOR DE REFERENCIA INTENSIDAD D ELA

AFECCIÓN

VEGETACIÓN Y FAUNA

Superficie de vegetación natural afectada por el proceso urbanizador

- COMPATIBLE

VEGETACIÓN Y FAUNA

Especies protegidas Presencia/ausencia de especies protegidas

COMPATIBLE

ESPACIOS NATURALES PROTEGIDOS

Superficie de áreas naturales protegidas afectadas

% de superficie con espacios naturales afectadas frente a superficie total

COMPATIBLE

SOCIOECONOMÍA

Demanda de empleos Nº de trabajos directos indirectos por la urbanización

REDUCIDO

Relación de superficie de zonas verdes por habitante.

Mínimo 10 m2 por habitante. Recomendables 20 m2.

MODERADO

Número de viviendas por hectárea

Mínimo 45. Recomendables 60. Máximo 70.

REDUCIDO

Porcentaje de afección vías pecuarias

0% COMPATIBLE

Superficie de suelo urbanizable por nivel de protección arqueológica

- COMPATIBLE

Incremento de tráfico - COMPATIBLE

Volumen de residuos % asumible por los sistemas de gestión

COMPATIBLE

Impactos negativos Impactos positivos Sin significación

En consecuencia, del análisis de las variables ambientales llevado a cabo en las páginas

precedentes, las cuales caracterizan el ámbito, se desprende que ninguna de ellas sufriría

afecciones significativas de carácter estratégico, en su función estructurante de la ordenación

urbana, y, en cualquier caso, estas serían compatibles con el cumplimiento de los objetivos

ambientales derivados del marco legislativo vigente y de la planificación concurrente.

De este modo hemos de concluir que, en los términos establecidos en este Documento

Ambiental Estratégico, el PERI-1 no tiene efectos significativos en el medio ambiente.

Finalmente, teniendo en cuenta las consideraciones anteriormente expuestas, a modo de

síntesis de la valoración global, se deben de resaltar las siguientes conclusiones:

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Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)

Documento Ambiental Estratégico 138

• Puede que la particularidad más destacable del ámbito de actuación sea que se trata

de un área urbana con los suministros básicos situados en la Avenida de Madrid.

• Se considera que, en conjunto, el Plan Parcial del PERI-1 se orienta a la satisfacción

de las necesidades colectivas de carácter habitacional y social mediante la

configuración y organización espacial de las mismas en condiciones de desarrollo

sostenible, suponiendo un impulso para la estructuración local, perfectamente

compatible con la protección del medio ambiente en el entorno y el cumplimiento de

los principales objetivos ambientales establecidos por la legislación sectorial vigente.

• Abundando en lo arriba referido, cabría señalar que Plan Parcial tiene efectos

ambientales compatibles con la conservación de la calidad medioambiental de su

entorno y sus recursos naturales y, a la vez, supone una significativa contribución a la

satisfacción de las necesidades sociales dentro de una organización espacial en

condiciones de desarrollo sostenible.

• La propuesta del Plan Parcial del PERI-1 se redactó teniendo en cuenta la planificación

concurrente que le pudiera afectar.

Finalmente, se podría significar de nuevo que en actuaciones planificadas un ámbito sobre

espacios muy antropizados, con suelos urbanísticamente consolidados, y al mismo tiempo sin

programar actuaciones específicas con repercusiones ambientales relevantes, como la que

nos ocupa, no se producirían afecciones estratégicas significativas en el proceso de la

planificación de la ordenación y gestión territorial del espacio urbano desarrollado en un marco

de sostenibilidad.

No obstante, también conviene recordar que dadas las características generales de la zona

de actuación, particularmente de aquellas que soportan una mayor concentración de la

movilidad, el incremento del uso residencial y la implantación de nuevas actividades

residenciales pudiera dar lugar a situaciones puntuales que originen afecciones

medioambientales, especialmente sobre la calidad atmosférica, la concurrencia o la movilidad,

por lo que será necesario definir las medidas preventivas o correctoras que resulten

oportunas.

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Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)

Documento Ambiental Estratégico 139

8. MEDIDAS PREVENTIVAS Y/O CORRECTORAS

El planeamiento urbanístico en esta fase de desarrollo en la que nos encontramos no define

en detalle las características constructivas de las actuaciones. No obstante, se ha considerado

apropiado establecer toda una serie de reflexiones, recomendaciones y determinaciones

ambientales con objeto de reducir o eliminar las previsibles afecciones negativas que se

pueden producir sobre el medio receptor como consecuencia de su desarrollo, si bien, su

grado de definición estará en consonancia con aquellas.

En este contexto, se detallan toda una serie de medidas prácticas aconsejables y

recomendaciones, en referencia a los distintos medios que puedan verse afectados por las

actuaciones previstas. Esta descripción recoge, a modo de síntesis, una convergencia con los

criterios de sostenibilidad social, ambiental y económico, tomando especialmente en

consideración el cambio climático. Respecto de este último, téngase en cuenta que aún siendo

una afección global requiere una respuesta local.

La mayor parte de las medidas preventivas y correctoras que actúan sobre las diferentes

variables ambientales, de alguna manera, tienen relación con la lucha contra el cambio

climático, si bien, lo hacen con diferente intensidad. Para realzar su importancia en esta

materia las hemos tipificado estudiando en primer lugar, de manera agrupada, aquellas que

tienen una influencia directa en la consecución de este objetivo, y a continuación abordar

aquellas otras que, si bien también contribuyen a esta lucha, su objetivo principal está dirigido

a la protección o corrección de la afección de otras variables ambientales.

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Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)

Documento Ambiental Estratégico 140

8.1. MEDIDAS DE MITIGACIÓN DEL CAMBIO CLIMÁTICO

Si bien desde la perspectiva del cambio climático se han de considerar fundamentalmente las

emisiones de gases de efecto invernadero (GEI), también es interesante incluir como aspectos

ambientales a estudiar los factores que determinan en mayor medida dichas emisiones, como

por ejemplo:

• Consumo de derivados del petróleo y otros combustibles fósiles.

• Eficiencia energética y consumo de energía eléctrica.

• Consumo y liberación de Gases de Efecto Invernadero.

La mitigación busca mejorar el balance entre emisiones de GEI e inmisiones de estos gases

a través de sumideros. Dado que dichas emisiones e inmisiones son en conjunto de carácter

continuo, en contraposición con gran parte de las acciones de adaptación, que buscan mejorar

la resiliencia frente a episodios puntuales, su gestión debe basarse en la aplicación de toda

una serie de consideraciones como las que a continuación se exponen.

Calidad del aire

Muchos gases responsables del cambio climático también son contaminantes atmosféricos

comunes que afectan a nuestra salud y al medio ambiente. De muchas maneras, la mejora

de la calidad del aire también puede impulsar los esfuerzos por mitigar el cambio climático y

viceversa, aunque no siempre. No obstante, en las evaluaciones realizadas desde 2007, el

Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático —el organismo

internacional creado para evaluar el cambio climático— prevé un descenso de la calidad el

aire en las ciudades en el futuro debido al cambio climático.

Dentro de este contexto, se recomienda que los procesos de planificación y diseño del

proyecto de construcción y urbanización y de la creación de nuevas instalaciones, tengan en

cuenta en sus análisis acciones del siguiente tipo:

Desarrollar medidas de planificación dirigidas a la disminución del tráfico rodado

mediante actuaciones que inciten al desplazamiento peatonal o ciclista y disuadan del

empleo del vehículo privado.

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Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)

Documento Ambiental Estratégico 141

Introducir diseños que permitan optimizar el aprovechamiento lumínico y energético

natural, fomenten el empleo de energías renovables y potencien la disminución del

consumo energético.

Recoger la obligación del empleo de purificadores en las salidas de chimeneas

industriales, instalaciones colectivas de calefacción y salidas de humos y vahos de

cocinas de colectividades, hoteles, restaurantes y cafeterías.

Someter a los procedimientos ambientales correspondientes los planes, proyectos y

actividades que así establezca la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental

de la Comunidad de Madrid, y a la legislación estatal en la materia, y así se hará

constar en las normas urbanísticas correspondientes.

CRITERIOS DE SOSTENIBILIDAD EN LA PLANIFICACIÓN URBANÍSTICA

FACTOR MEDIOAMBIENTAL: CALIDAD DEL AIRE

La planificación urbanística debe tener en cuenta la aplicación de medidas para la disminución

del tráfico de automóviles, la optimización del aprovechamiento lumínico y energético natural,

el fomento del empleo de energías renovables y la disminución del consumo energético.

Por otra parte, los proyectos de actividades que así lo requieran recogerá el empleo preceptivo

de filtros purificadores de aire en las salidas de las chimeneas industriales, comerciales o

colectivas de calefacción, que permitan reducir las emisiones de contaminantes.

Condiciones climáticas de la edificación

El planteamiento y los criterios constructivos de las edificaciones son uno de los factores que

determinará las condiciones microclimáticas a las que se verán sometidos los nuevos usos

propuestos. Aun encontrándose dentro de una zona con un clima claramente definido, las

condiciones del entorno pueden influir de tal forma que las características ambientales

generadas a su alrededor sean sustancialmente diferentes, aconsejando un diseño

arquitectónico distinto.

Por esta razón, resulta necesario considerar los parámetros del clima general de la zona

(temperaturas, radiación solar, nivel pluviométrico), beneficiándose o protegiéndose de ellos

a través del diseño constructivo de las medidas de obra, para que los edificios puedan

aprovechar las ventajas climáticas de la zona.

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Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)

Documento Ambiental Estratégico 142

Además, se debe tener en cuenta que una buena planificación urbanística debería optimizar

la envolvente térmica para obtener la máxima calificación energética conforme a lo estipulado

en el Real Decreto 47/2007, del 19 de enero, regula el procedimiento básico para la

certificación energética de edificios de nueva construcción. Es este sentido, se sugiere la toma

en consideración de aspectos tales como:

Calibrar adecuadamente las necesidades de aislamiento de la fachada, de cubierta y

de la separación con zonas comunes, así como la carpintería exterior (doble o triple

acristalamiento, vidrios bajo emisivos y/o con control solar y/o filtros solares con

persianas, lamas o celosías, etc.).

Establecer una correcta elección de la fuente de luz y de los sistemas de iluminación

basados en tecnologías avanzadas; diseñar las instalaciones de climatización

incorporando equipos de alta eficiencia energética y disponiendo de sistemas de

control y regulación integrados; y finalmente, fomentar del empleo de las energías

renovables, fundamentalmente mediante la utilización de la energía solar activa de

baja temperatura para la producción de agua caliente sanitaria.

CRITERIOS DE SOSTENIBILIDAD EN LA PLANIFICACIÓN URBANÍSTICA

FACTOR MEDIOAMBIENTAL: CONDICIONES MICROCLIMÁTICAS

La planificación urbanística asumirá los parámetros climáticos de la zona (asoleo, temperatura,

vientos dominantes), beneficiándose o protegiéndose de ellos a través del diseño,

fundamentalmente a través de los siguientes elementos:

• Priorizar los diseños que reduzcan las pérdidas energéticas de la superficie de piel

exterior.

• Establecer una correcta elección de la fuente de luz, los sistemas de iluminación y las

instalaciones en relación a su eficiencia energética.

• Fomentar del empleo de las energías renovables.

Contaminación lumínica

Las medidas dirigidas a evitar la contaminación lumínica están íntimamente ligadas a aquellas

otras medidas diseñadas para promover la eficiencia energética, por lo que también lo estarán

para mitigar los efectos del cambio climático.

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Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)

Documento Ambiental Estratégico 143

De este modo, con el objetivo de reducir los efectos de la luminosidad sobre la calidad de la

bóveda celeste y contribuir al ahorro energético, se sugiere que en el diseño de los elementos

de alumbrado utilizados se observen las recomendaciones establecidas en el “Modelo de

Ordenanza Municipal de alumbrado exterior para la protección del medio ambiente mediante

la mejora de la eficiencia energética”, por el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la

Energía, y en la “Guía para la Redacción del Resplandor Luminoso Nocturno” del Comité

Español de Iluminación. Asimismo, se recomienda tener en cuenta las consideraciones de la

Comisión Europea contenidas en el Libro Verde: Iluminemos el futuro (COM -2011- 889 final).

CRITERIOS DE SOSTENIBILIDAD EN LA PLANIFICACIÓN URBANÍSTICA

FACTOR MEDIOAMBIENTAL: CONTAMINACIÓN LUMÍNICA

La planificación urbanística asumirá líneas de diseño e instalación de equipamiento que

disminuyan la contaminación lumínica para reducir los efectos sobre la calidad de la bóveda

celeste.

Accesibilidad y movilidad sostenible

Por sus dimensiones y características topográficas y climatológicas, el ámbito de actuación

puede concebirse como un espacio diseñado a la medida de las necesidades del peatón, lo

que significa que la mayor parte de los desplazamientos cotidianos se puedan realizar

andando, bien en su totalidad, bien como etapa de una cadena que culmina en la utilización

del transporte colectivo para el acceso metropolitano.

En la medida en que las distancias pueden en algún caso exceder el radio de la marcha a pie,

y también en la medida en que aparezcan hábitos de desplazamiento en bicicleta de carácter

municipal o comarcal, el ciclismo puede ir adquiriendo un papel significativo en el paisaje

urbano. Para ello habrá que garantizar en sus calles la comodidad y la seguridad suficiente

para todos los potenciales usuarios, incluyendo los más vulnerables como son los niños.

Desplazarse a pie o en bicicleta, de modo seguro y confortable, debe convertirse en un

derecho irrenunciable del nuevo planeamiento.

Para alcanzar esos dos criterios, la “peatonalidad” y la “ciclabilidad” del área, es imprescindible

que se verifique realmente el tercero, es decir, que no exista un tráfico de agitación local que

perturbe la calidad de vida y disuada la marcha a pie y en bicicleta. La utilización del automóvil

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Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)

Documento Ambiental Estratégico 144

para realizar trayectos cortos debe estar penalizada por el trazado y las velocidades

admisibles de circulación.

En este contexto de fomento de los modos de movilidad alternativa se establecen las

siguientes recomendaciones:

Jerarquizar la red general viaria de modo que dificulte el acceso superfluo de los

vehículos en el interior del entramado urbano a través de técnicas de diseño del

trazado y la sección viaria.

Diversificar la red peatonal con diversas tipologías de canales, en unas ocasiones

compartirán el espacio con los automóviles, con el transporte público o con las

bicicletas, en otras se segregarán del resto del tráfico. Además, en esa red se incluirán

los espacios estanciales, para el juego, el encuentro y la comunicación.

Potenciar el uso de la bicicleta habilitando espacios para su estacionamiento en los

destinos potenciales.

CRITERIOS DE SOSTENIBILIDAD EN LA PLANIFICACIÓN URBANÍSTICA

FACTOR MEDIOAMBIENTAL: ACCESIBILIDAD

La planificación urbanística incorporará criterios de diseño que permitan garantizar en sus

calles la comodidad y la seguridad suficiente para todos los potenciales usuarios puedan

desplazarse a pie o en bicicleta, de modo seguro y confortable.

Medio ambiente sonoro

En general, las medidas diseñadas para proporcionar el nivel de confort acústico necesario

para el desarrollo de las actividades propuestas guardan una estrecha relación con la

movilidad, y en consecuencia con el consumo de derivados del petróleo, es por ello que se

incluyen dentro del conjunto de medidas de mitigación del cambio climático a pesar de que

algunas de ellas no estén directamente formuladas con este objetivo. De este modo, en el

proceso de diseño y elaboración del proyecto de construcción y urbanización se recomienda

la adopción de las siguientes acciones:

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Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)

Documento Ambiental Estratégico 145

Las parcelas calificadas desde el punto de vista acústico como zona de transición no

tendrán carácter estancial. Se podrán ajardinar, pero no se instalará en ellas mobiliario

urbano ni ningún tipo de acondicionamiento que fomente o permita la estancia de

personas.

Se planificarán los usos del suelo para la reducción de contaminación acústica y se

configurará la orientación y distribución de los edificios para evitar exponer los usos

más sensibles a los mayores niveles de ruido ambiental.

Los edificios cumplirán los requisitos referentes al aislamiento acústico que se

establezcan en las legislaciones que les competa. Entre ellas, cabe citar a título

ilustrativo el Documento Básico “DB HR Protección frente al ruido” del Código Técnico

de la Edificación.

Colocación de capa de rodadura de pavimento drenante antideslizante en todo el viario

del sector. El empleo de este pavimento ha demostrado que (aparte de mejorar la

seguridad vial al mejorar la adherencia de los vehículos, reducir la distancia de frenado

y aumentar el control de los vehículos) supone una considerable reducción de los

niveles de ruido producidos por el rozamiento de las gomas neumáticas de las ruedas

con el pavimento. Asímismo, se realizarán las operaciones rutinarias de limpieza y

mantenimiento del firme con baldeos y cepillados mecanizados para evitar la

colmatación de los poros del firme drenante.

Se adoptarán las medidas necesarias de templado de tráfico en el viario interior para

asegurar que mantienen las velocidades de diseño y permiten una circulación fluida y

continua. Se recomiendan los dispositivos para moderar la velocidad, publicados por

la Consejería de Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid.

Se recomienda la instalación de una pantalla fonoabsorbente en el límite del ámbito

con la autovía A-1 con el fin de mejorar el ambiente acuático del PERI-1

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Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)

Documento Ambiental Estratégico 146

CRITERIOS DE SOSTENIBILIDAD EN LA PLANIFICACIÓN URBANÍSTICA

FACTOR MEDIOAMBIENTAL: MEDIO AMBIENTE SONORO

La planificación urbanística asumirá los parámetros de calidad acústica que permitan una

adecuada compatibilidad de usos a través de un diseño que tenga en cuenta factores tales

como:

• Identificación de las fuentes potenciales de ruido para su distanciamiento de los usos

más sensibles.

• Todos los documentos técnicos de obra recogerán la utilización de materiales en

parámetros exteriores e interiores, forjados, puertas y ventanas, que permitan un

aislamiento adecuado.

• De forma generalizada la capa de rodadura de los viales se realizará con pavimentos

de tipo drenante.

• Se recomienda la instalación de una pantalla acústica en el límite con la autovía A-1

Sumideros de carbono

Los sumideros de carbono terrestres cumplen un papel importante en la mitigación del cambio

climático dada su capacidad para fijar carbono atmosférico. Los sistemas agroforestales,

especialmente los bosques, almacenan carbono en la vegetación y el suelo, lo intercambian

con la atmósfera a través de la respiración de las plantas y de la actividad microbiana. En este

contexto, se contemplan las siguientes medidas:

Fuente: Red Española de Ciudades por el Clima

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Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)

Documento Ambiental Estratégico 147

El planeamiento urbanístico tendrá en cuenta el mantenimiento y preservación de los

árboles existentes dentro de cualquiera de los suelos urbanizables. En este caso, se

propone el empleo de los arboles existentes en las parcelas, mediante un estudio de

detalle que evalúe tanto sus posibilidades de conservación en las zonas verdes o

formando parte del arbolado del viario, como la viabilidad de su trasplante a otras

zonas no afectadas por el proceso urbanizador.

Para los casos en los que sea ineludible la eliminación de ejemplares arbóreos, se

estará a lo dispuesto en la Norma Granada (aprobada para su aplicación en el ámbito

de la Comunidad de Madrid por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 7/11/91) para el

arbolado ornamental y se utilizará el mismo criterio de valoración para el resto de los

casos, asegurando, asimismo, la plantación en el mismo ámbito en que se produjo el

apeo o en su defecto dentro del propio término municipal.

En relación con el tipo de vegetación que integrarán las nuevas zonas verdes se ha

considerado que el que mejor responde a las necesidades, es el tipo de vegetación en

el que predomina de forma significativa el arbolado autóctono.

Los arbustos, setos, matas rastreras, trepadoras, plantas aromáticas, vivaces y flores

de temporada, también formarán parte de la vegetación de los espacios verdes aunque

en proporciones considerablemente menores que el arbolado. Sus funciones son

principalmente estéticas, aunque también cumplen funciones biológicas de interés.

El césped, gran consumidor de agua y de otros recursos no será utilizado como

elemento vegetal. Únicamente se podrá utilizar de forma restringida en pequeñas

superficies y como necesidad estética no reemplazable por otro tipo de vegetación. En

cualquier caso, se utilizarán variedades de bajas necesidades de agua y alta

resistencia a la aridez extrema.

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Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)

Documento Ambiental Estratégico 148

CRITERIOS DE SOSTENIBILIDAD EN LA PLANIFICACIÓN URBANÍSTICA

FACTOR MEDIOAMBIENTAL: SUMIDEROS DE CARBONO

La planificación urbanística se proyectará de tal forma que asuma la protección de las zonas

de especial valor natural, así como, el trasplante o, en su caso, la reposición de los ejemplares

arbóreos afectados. En las nuevas zonas verdes se utilizarán preferentemente variedades

autóctonas o adaptadas a las bajas necesidades de agua y de alta resistencia a la aridez.

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Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)

Documento Ambiental Estratégico 149

8.2. MEDIDAS DE ADAPTACIÓN

Las medidas diseñadas específicamente para reducir la vulnerabilidad climática (como

estructuras de contención de inundaciones, aire acondicionado o aislamiento de edificios) y

las generales de salud y confort (como instalaciones de saneamiento, depuración o

suministro) incrementan la capacidad de adaptación. Sin embargo, las infraestructuras, y

especialmente si son inmuebles, pueden verse afectadas por los eventos climáticos extremos.

De este modo, las acciones de adaptación estarán dirigidas fundamentalmente en dos

direcciones:

1) El efecto “isla de calor urbana”, entendiendo como tal el que se da en superficies

asfaltadas y urbanizadas que dan lugar a temperaturas ambientales localmente

superiores a la de los alrededores (generalmente esta diferencia se encuentra entre 1

y 4ºC).

2) Riesgo de inundación por avenidas.

Efecto isla de calor

Para la disminución de este efecto “isla de calor” se recomienda la adopción de las siguientes

medidas:

Seguir criterios de volumen de las edificaciones favorables a una buena ventilación

natural urbana y de utilización de materiales de alto albedo (claros).

Minimizar la capacidad de aparcamiento en superficie para reducir la superficie

pavimentada y, por tanto, la concentración de calor.

Potenciar la vegetación y la cubierta vegetal del suelo en detrimento de las zonas

pavimentadas.

Realizar plantaciones lineales de arbolado de sombra en los viales proyectados que

disminuyan la superficie pavimentada y contribuyan a la creación de zonas de sombra

lineales para que se reduzca la acumulación y reflexión del calor en las zonas

pavimentadas.

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Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)

Documento Ambiental Estratégico 150

Diseñar separaciones internas en las áreas donde se proyecte aparcamientos

mediante la plantación lineal de elementos arbóreos de sombra, que de igual forma

producirían una mejora microclimática de la zona.

Estudiar la viabilidad de incorporar prácticas de recuperación del espacio afectado

potenciando la implantación de tejados verdes.

Diseñar las instalaciones adaptándolas a las demandas energéticas pico, aunque se

plantee una reducción paulatina de la demanda, para asegurar que se puede hacer

frente a las olas de calor.

Fomentar la generación local de energía mediante fuentes renovables puede permitir

una mayor eficiencia en el funcionamiento de las instalaciones especialmente en

relación a los picos de demanda sin sobrecargar las redes eléctricas existentes.

CRITERIOS DE SOSTENIBILIDAD EN LA PLANIFICACIÓN URBANÍSTICA

FACTOR MEDIOAMBIENTAL: CONDICIONES MICROCLIMÁTICAS

El proceso urbanizador tendrá en cuenta la aplicación de técnicas constructivas que permitan

minorar el efecto “isla de calor”, debido a la sustitución de la vegetación existente por

superficies asfaltadas y urbanizadas, y debido a emisión de la energía consumida en un área

de características urbanas.

Riesgo de avenidas por inundaciones

En relación con las actuaciones para la clasificación de suelos para nuevos crecimientos, no

existen zonas afectadas por riesgos de inundación, incluso teniendo en cuenta los efectos que

previsiblemente se derivan del cambio climático, no obstante, se estará a la aplicación de los

condicionados generales de la legislación en vigor.

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Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)

Documento Ambiental Estratégico 151

8.3. OTRAS MEDIDAS CORRECTORAS

Medio Hídrico

En relación con la instalación de una red de drenaje sostenible y la creación de infraestructuras

verdes se recomienda tener en cuenta consideraciones del siguiente tipo:

Asegurar el drenaje, tanto longitudinal como transversal, de las vías urbanas que se

proyecten, intentando no modificar los flujos de escorrentía natural preexistentes.

Potenciar la utilización de pavimentos drenantes en las nuevas áreas urbanizadas.

Disponer de uno o varios depósitos de almacenamiento de agua de lluvia para su

reutilización o infiltración. El diseño de los elementos de laminación e infiltración se

puede integrar en el correspondiente jardín o espacio libre en que se sitúe.

Diseñar el espacio libre no edificado donde se instalen depósitos de almacenamiento,

infiltración o de laminación del agua de lluvia bajo rasante, de manera preferente con

pendiente hacia el o los depósitos para una mayor eficiencia de los mismos.

Garantizar la recogida de todos los efluentes residuales producidos por los futuros

desarrollos y su tratamiento depurativo adecuado para asegurar la preservación de la

calidad de las aguas.

Contemplar una red de alcantarillado con sistema separativo con colectores

diferenciados, unos de fecales y otros de pluviales, en seguimiento del Plan

Hidrológico de la Cuenca del Tajo (Real Decreto 1664/1998). Todas estas

canalizaciones deberán ser subterráneas y discurrir por debajo de las calzadas del

viario.

Estudiar la viabilidad de que las edificaciones dispongan de una red independiente

para utilizar aguas grises o agua regenerada de procedencia municipal en el llenado

de cisternas de inodoros, redes de fluxores y riego de zonas verdes particulares de

cada parcela.

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Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)

Documento Ambiental Estratégico 152

Implantar instalaciones dotadas de sistemas de ahorro de agua (grifería eficiente,

inodoros de doble descarga, etc.), con el objeto de disminuir el consumo de agua a

utilizar por los nuevos desarrollos.

Proyectar medidas para disminuir el consumo de agua en zonas verdes, tales como:

limitar la utilización de céspedes tapizantes con altos requerimientos hídricos,

implantar especies vegetales autóctonas y con bajos requerimientos hídricos para su

desarrollo, aplicar un grueso acolchado (tierra de albero, volcánica, ladrillo molido) al

suelo desnudo, etc.

Incluir un apartado específico sobre “Vertidos líquidos” (aguas residuales) que

contendrá la referencia a la preceptiva autorización de vertido a terreno o cauce público

que debe emitir la confederación Hidrográfica del Tajo y abono del canon

correspondiente de conformidad con lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley, de

Aguas, aprobado mediante el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio y sus

reglamentos de desarrollo.

CRITERIOS DE SOSTENIBILIDAD EN LA PLANIFICACIÓN URBANÍSTICA

FACTOR MEDIOAMBIENTAL: MEDIO HÍDRICO

La planificación urbanística tendrá en cuenta que la escasez de agua es un factor limitante de

primer orden. En este sentido, se pondrán en práctica medidas dirigidas tanto a la conservación

de los recursos existentes como a la minimización de su consumo:

• Asegurar el funcionamiento de las líneas de drenaje preexistentes.

• Proyectar un adecuado sistema de depuración de las aguas pluviales y residuales.

• Diseñar espacios verdes con especies de bajos requerimientos hídricos.

• Implantar sistemas de reutilización que permitan un uso racional del agua.

• Recoger la necesidad de que los proyectos básicos de construcción contengan

medidas para disminuir el consumo de agua con mecanismos adecuados.

Geomorfología y Relieve

Como se ha comentado en apartados anteriores en los que se han identificado y valorado los

impactos sobre el medio, el proceso de urbanización producirá una serie de movimientos y

acondicionamientos de tierras, que alterarán geomorfológicamente los terrenos; para mitigar

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Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)

Documento Ambiental Estratégico 153

los impactos derivados de los acondicionamientos de terrenos y movimientos de tierras se

sugiere adecuar el desarrollo urbanístico a la topografía existente, de tal forma que se evite la

realización de grandes movimientos de tierras, tanto en terraplenes como en desmontes,

procurando buscar el equilibrio dentro de la propia zona de actuación.

CRITERIOS DE SOSTENIBILIDAD EN LA PLANIFICACIÓN URBANÍSTICA

FACTOR MEDIOAMBIENTAL: GEOMORFOLOGÍAS

Se procurará adecuar el desarrollo urbanístico adaptándose a la topografía existente de tal

forma que se evite la realización de grandes movimientos de tierra y se respete la estructura

paisajística existente.

Suelo

Los acondicionamientos de los terrenos supondrán la desaparición o alteración de los suelos

donde se desarrollen las diferentes actuaciones de urbanización. Para su conservación y uso

se recomienda las siguientes medidas preventivas y/o correctoras:

Procurar afectar a menor superficie de suelo que sea posible, en especial en aquellas

zonas en el que el suelo sirva de soporte a otros recursos naturales de interés.

Asegurar la conservación de la tierra vegetal en toda la superficie afectada y su

adecuado acopio para su utilización en posteriores tareas de recuperación ambiental

o de ajardinamiento.

Las actividades que se puedan implantar en el desarrollo urbanístico con potencialidad

de afectar a las características ambientales del suelo y de las aguas subterráneas, que

tengan que someterse al procedimiento de evaluación ambiental, según la normativa

ambiental que en su caso les afecte, deberán incluir un estudio de caracterización de

la calidad de los suelos de los ámbitos a desarrollar.

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Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)

Documento Ambiental Estratégico 154

CRITERIOS DE SOSTENIBILIDAD EN LA PLANIFICACIÓN URBANÍSTICA

FACTOR MEDIOAMBIENTAL: SUELO

La planificación urbanística se proyectará de tal forma que afecte a la menor cantidad de suelos

posibles, especialmente en aquellas zonas en los que estos sirvan de soporte a otros recursos

naturales de interés.

Se asegurará la conservación de la tierra vegetal en toda la superficie afectada y su adecuado

acopio para su utilización en posteriores tareas de recuperación ambiental.

Vegetación y fauna

La preservación del hábitat de las especies animales guarda una estrecha relación con gran

parte de las medidas sobre la vegetación y los usos del suelo ya descritas. No obstante, la

para la reducción de las afecciones se recomienda que sean complementadas a través de la

aplicación de criterios tales como:

No intervención y/o restauración en las zonas de mayor valor de conservación

mediante el diseño de ajardinamientos y espacios libres que favorezcan la

disponibilidad de recursos y hábitats para la misma.

Diversificar el diseño de zonas verdes para que la fauna pueda utilizar estos territorios

como ámbitos de alimentación y refugio. En este sentido, es conveniente la instalación

de nidales para contribuir a la mejora de las condiciones de nidificación de estas u

otras especies, potenciando su riqueza y abundancia.

Fomentar el conocimiento de los ecosistemas que se desarrollan en espacios

naturales que se localizan en el entorno, a través de la localización de paneles

explicativos en diferentes emplazamientos que den información tanto de las especies

y características de las mismas que conforman las comunidades vegetales

circundantes, como de los usos tradicionales que se realizaban en antaño.

Incorporar a las nuevas zonas verdes el valor añadido educacional mediante la

plantación de diferentes ejemplares de árboles y arbustos agrupados en función de su

ciclo vegetativo, tipo o época de floración, etc. Las dotaciones de estos espacios

además de las propias del mobiliario urbano en las calles; bancos y papeleras,

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Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)

Documento Ambiental Estratégico 155

incluirían un panel informativo con datos de las especies plantadas, con el objetivo de

crear un espacio educativo de esparcimiento en contacto con la naturaleza que

complemente y fomente el disfrute estancial de los usos permitido.

CRITERIOS DE SOSTENIBILIDAD EN LA PLANIFICACIÓN URBANÍSTICA

FACTOR MEDIOAMBIENTAL: VEGETACIÓN Y FAUNA

La planificación urbanística se proyectará de tal forma que asuma la protección de las zonas

de mayor valor natural y aplique criterios de conservación a través de los siguientes procesos:

• Diversidad en el diseño de las zonas verdes.

• Minimización del empleo de fitosanitarios.

• Minimización de la contaminación acústica, lumínica, de los suelos y de las aguas.

• No intervención y/o restauración de las zonas más valiosas.

• Desarrollo de la conciencia social incorporando a las nuevas zonas verdes el valor

añadido educacional.

Paisaje

Una gran parte de las medidas para la protección paisajística están relacionadas con el

tratamiento que se le da a la vegetación y en este sentido ya se ha considerado su influencia

en la mitigación del cambio climático. Sin embargo, además de la consideración de los

espacios verdes urbanos como un elemento indispensable para el equilibrio ambiental de la

ciudad, hay otro tipo de medidas de menos influencia sobre el clima pero que son asimismo

relevantes para minorar la afección paisajística, por lo que se recomienda tener en cuenta los

siguientes criterios de diseño:

Determinar la estructura paisajística del territorio adyacente, ya que condicionará no

sólo la forma y disposición espacial de las plantaciones, sino también el elenco de

especies apropiadas para su ejecución.

Diseñar la vegetación de las zonas lineales con arbolado y jardinería formada por

árboles de diferentes especies, setos y pequeños espacios ajardinados y entre las

dotaciones de estos espacios estarán las propias del mobiliario urbano en las calles;

bancos y papeleras. Además, se alternarán diferentes especies con el fin de mitigar

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Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)

Documento Ambiental Estratégico 156

posibles afecciones de plagas procurando en todo caso que sean resistentes y de fácil

conservación.

Disponer zonas verdes y jardines localizados en el interior de la trama urbana y

destinada al uso estancial formada por diferentes variedades y especies de árboles,

arbustos, setos, y plantas (aromáticas, tapizantes, trepadoras y ornamentales) y su

dotación deberá ser tal que los espacios sin vegetación no han de superar el 25 por

ciento de la superficie total.

Considerar en la planificación y el diseño de espacios verdes los aspectos que

condicionan el espacio destinado al arbolado adoptando criterios en función del ancho

de las vías, la separación mínima entre la línea de fachada y el arbolado, la separación

entre árboles según el tamaño de los mismos, el volumen subterráneo, el volumen

formado por sus copas, la orientación en relación con el movimiento del sol, etc.

Distribuir la vegetación arbustiva a plantar en los espacios verdes procurando romper

la uniformidad que puede representar unos espacios verdes formados principalmente

con arbolado, procurando mejorar los aspectos estéticos del espacio verdes

Utilizar de forma prioritaria de especies autóctonas o cultivadas desde antiguo en el

desarrollo de espacios verdes y un uso eficaz y sostenible del manejo de agua para

riego. En particular, aplicando criterios como elegir el sistema de riego adecuado

teniendo en cuenta el tipo de vegetación propuesto para los espacios verdes, regar

únicamente cuando sea necesario, procurar regar en los momentos de menor

evapotranspiración de las plantas, mantener cubierto el suelo con “acolchados”,

agrupar la vegetación según necesidades de riego, etc.

Por otra parte, para la protección del medio urbano se recomienda la adopción de las

siguientes medidas:

Observar criterios de diseño de los proyectos técnicos particulares de obra que tengan

en cuenta factores indicativos como:

✓ Estudio detallado de los acabados arquitectónicos.

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Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)

Documento Ambiental Estratégico 157

✓ Intervención de profesionales cualificados en la definición de la integración

paisajística y diseño de acabados de las instalaciones.

✓ Adecuada integración del color y de las estructuras en el paisaje.

✓ Ajardinamiento de los espacios libres de edificación.

Procurar adecuar el diseño del desarrollo urbanístico de tal forma que, en la medida

de lo posible, se evite la desvinculación con el mosaico paisajístico del entorno y la

discontinuidad con las estructuras básicas del mismo.

Utilizar, en términos generales, tonalidades naturales similares a las del terreno, con

colores de baja saturación y utilizando los contrastes con moderación, para facilitar la

integración cromática.

Proteger con carácter general las visualizaciones del desarrollo urbanístico, tanto del

entorno exterior desde el propio ámbito como desde éste hacia el exterior. Para ello,

se vigilarán las afecciones de la edificación susceptibles de ocultar o alterar las

características del panorama, así como la colocación de carteles, antenas parabólicas

o anuncios en todas aquellas zonas que se delimiten como visualizaciones singulares.

CRITERIOS DE SOSTENIBILIDAD EN LA PLANIFICACIÓN URBANÍSTICA

FACTOR MEDIOAMBIENTAL: PAISAJE

Además de la medida mencionada anteriormente de adaptar el desarrollo propuesto a la

topografía existente se deberá tener en cuenta toda una serie de parámetros de diseño que

permitan la mayor integración paisajística posible, tales como:

• Se observarán criterios armónicos de plantación que permitan determinar una

estructura paisajística integrada en el territorio.

• Protección de las visualizaciones del desarrollo urbanístico tanto del entorno exterior

desde el propio ámbito como desde este hacia el exterior.

• Diseño de tratamientos paisajísticamente integradores en estructuras, acabados

arquitectónicos, colores, vegetación, etc.

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Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)

Documento Ambiental Estratégico 158

9. SEGUIMIENTO AMBIENTAL DE LA PLANIFICACIÓN

El carácter de las actuaciones que integran la planificación recomienda el establecimiento de

un sistema de seguimiento que permita controlar los efectos sobre las variables de

sostenibilidad, así como, comprobar la incidencia real que la Modificación propuesta puede

tener sobre el cumplimiento de los objetivos y criterios ambientales establecidos en los

diferentes ámbitos institucionales.

En este sentido, el Programa de Seguimiento pretende establecer un mecanismo que asegure

no solo el adecuado cumplimiento de los objetivos y criterios ambientales, sino también la

aplicación y efectividad de las medidas preventivas y/o correctoras propuestas de acuerdo

con las siguientes finalidades específicas:

• Comprobar que las medidas correctoras propuestas en la documentación ambiental

generada han sido realizadas.

• Proporcionar información sobre la calidad y oportunidad de tales medidas y

condiciones.

• Proporcionar advertencias acerca de los valores alcanzados por los indicadores

ambientales previamente seleccionados, respecto de los niveles críticos establecidos.

• Detectar alteraciones no previstas en el Documento Ambiental, con la consiguiente

modificación de las medidas correctoras establecidas o la definición de nuevas

medidas.

• Cuantificar los impactos a efectos de registro y evaluación de su evolución temporal.

• Aplicar nuevas medidas correctoras en el caso de que las definidas fueran

insuficientes.

A este fin, se establecerá un sistema de indicadores ambientales de seguimiento, mesurables

siempre que sea posible, los cuales proporcionarán información de cada objetivo ambiental

de vigilancia, sintetizando y permitiendo controlar, en diferentes periodos de tiempo, el grado

de intensidad del impacto y la eficacia de las medidas preventivas o correctoras adoptadas.

El listado de indicadores que se recoge a continuación debe tomarse como base de consulta,

dado que su funcionalidad operativa dependerá de las particularidades “in situ” del parámetro

que pretendemos medir, de las circunstancias más o menos complejas que permitan su

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Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)

Documento Ambiental Estratégico 159

medición de los propios medios con los que cuente el promotor para poder desarrollar los

métodos analíticos que alguno de ellos exigiría.

La vigilancia ambiental que acompaña al proceso de planificación, materializada

fundamentalmente en su normativa urbanística, pretende favorecer la sostenibilidad de la

misma aportando una serie de propuestas de carácter medioambiental, para cuyo seguimiento

del grado de cumplimiento se sugiere el empleo de indicadores de sostenibilidad como los

que a continuación se exponen:

VARIABLE MEDIOAMBIENTAL

INDICADOR

Calidad del aire y cambio

climático

Configuración espacial para asumir los parámetros climáticos

Fomento energías renovables

Presencia de filtros en chimeneas industriales

Medio ambiente sonoro Fomento del confort sonoro

Contaminación lumínica Fomento de la calidad de la bóveda celeste

Medio hídrico Tratamiento aguas residuales y pluviales

Fomento del ahorro del consumo

Vegetación Medidas de ajardinamiento

Fauna Biodiversidad de arbolado urbano

Paisaje Integración paisajística de edificaciones e infraestructuras

Medio socioeconómico Conservación de vías pecuarias

Conservación del patrimonio histórico

Gestión energética

Configuración espacial que favorezca la eficacia energética

Fomento del empleo de equipos de eficiencia energética

Fomento de energías renovables

Acceso al transporte público

Gestión de residuos Instalación de equipamientos de segregación de RSU

Sistema gestión ambiental Necesidad del Seguimiento y control medioambiental

La verificación consistirá en la comprobación documental de su inclusión en la documentación

urbanística (Presencia/ausencia).

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Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)

Documento Ambiental Estratégico 160

La vigilancia ambiental para el cumplimiento, control y seguimiento de las medidas protectoras

y correctoras previstas para aminorar los efectos ambientales, aplicables a la operación de

las actividades económicas, se llevará a cabo mediante el empleo de indicadores como los

que a continuación se proponen:

VARIABLE MEDIOAMBIENTAL

INDICADOR UNIDAD DE MEDIDA VALOR DE

REFERENCIA

Calidad del aire y cambio climático

Consumo energía eléctrica kWh --

Potencia instalada de energías renovables

Índice con base 100 al inicio del desarrollo

Aumento del índice

Medio ambiente sonoro

Emisiones debidas al tráfico Nº automóviles --

Confort sonoro acorde a los usos programados

Emisión sonora db(A) Normativa legal

Quejas de los usuarios Nº reclamaciones Presencia/Ausencia

Contaminación lumínica

Luminarias no apropiadas Nº luminarias Presencia/Ausencia

Medio hídrico

Consumo de agua de abastecimiento

m3/ año --

Calidad del efluente a la red de saneamiento municipal

Parámetros de calidad Normativa legal

Paisaje Presencia de infraestructuras que distorsionan la calidad paisajística

Nº antenas, carteles, etc. --

Medio socioeconómico Incremento del tráfico en vías de acceso

Nº vehículos Niveles de sobresaturación

Gestión energética

Energía consumo energía eléctrica

KW/año. --

Producción local de energías renovables: potencia de energía solar fotovoltaica instalada

KW instalados Aumento de los kW instalados

Gestión de residuos

Tasa de recuperación de embalajes

Tn de residuo segregados

-- Producción de RSU Tn de RSU/empresa

Sistema gestión ambiental

Implantación en las industrias de la norma ISO 14001 o del EMAS

Nº sistemas implantados

Tipo de informes y periodicidad

El Plan de Seguimiento incluye la elaboración de una serie de informes periódicos que

deberán remitirse a la administración ambiental correspondiente. Del examen de esta

documentación podrán derivarse modificaciones de las actuaciones previstas, en función de

una mejor consecución de los objetivos del Documento Ambiental Estratégico.

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Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)

Documento Ambiental Estratégico 161

En principio, el Plan de Seguimiento Ambiental plantea los siguientes informes en los que se

indicarán un breve resumen de las operaciones desarrolladas para la vigilancia de cada

apartado contemplado anteriormente, así como la periodicidad de su emisión:

✓ Informes ordinarios

En los que se reflejará el desarrollo de las labores de vigilancia y seguimiento ambiental. Su

periodicidad será anual durante los tres primeros años de implantación de las distintas fases

de las actividades económicas.

✓ Informes extraordinarios

Estos documentos se emitirán cuando exista alguna afección no prevista o cualquier aspecto

que precise una actuación inmediata y que, por su importancia, merezca la emisión de un

informe especial. Estarán referidos a un único tema, no sustituyendo a ningún otro informe.

✓ Informes específicos

Serán aquellos informes exigidos de forma expresa por Informe Ambiental Estratégico,

referidos a alguna variable concreta y con una especificidad definida. Según los casos, podrán

coincidir con alguno de los anteriores tipos.

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Plan Parcial de Reforma Interior “PERI-1” del término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid)

Documento Ambiental Estratégico 162

10. AUTORÍA DE LOS TRABAJOS

El equipo técnico estuvo dirigido, en calidad de autor del Documento Ambiental Estratégico,

por el Ingeniero Agrónomo Pablo Álvarez Guillén, responsable de su contenido y de la

fiabilidad de la información facilitada.

Madrid, 18 de mayo de 2018

Fdo: Pablo Álvarez Guillén

Ingeniero Agrónomo

Colegiado nº 1.739 del Colegio de I. A. de Centro