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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Poder legislativo Municipal del municipio Ezequiel Zamora El Concejo Municipal del Municipio Ezequiel Zamora Estado a o Cojedes, en uso de las atribuciones legales que le confiere el numeral 1 del artículo 54 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, en concordancia con lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 95 y 233 del mencionado texto legal, sanciona lo siguiente: ORDENANZA DE PRESUPUESTO DE INGRESOS Y GASTOS MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO ECONOMICO FISCAL 2015 TITULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1: Se aprueba la estimación de los ingresos públicos Municipales para él ejercicio Fiscal 2014 en la cantidad de Bolívares; DOSCIENTOS SIETE MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS CUATRO BOLIVARES CON SESENTA Y NUEVE CENTIMOS (Bs.207.968.804,69) por rubros de ingresos de acuerdo con la distribución incorporada en el Titulo II “Presupuesto de Ingresos” de esta Ordenanza.
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Disposiciones generales 2014

Nov 08, 2015

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Jb Bello

este es un ensayo de la alcaldia de zamora
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REPBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Poder legislativo Municipal del municipio

Ezequiel Zamora

El Concejo Municipal del Municipio Ezequiel Zamora Estado a o Cojedes, en uso de las atribuciones legales que le confiere el numeral 1 del artculo 54 de la Ley Orgnica del Poder Pblico Municipal, en concordancia con lo dispuesto en el numeral 1 del artculo 95 y 233 del mencionado texto legal, sanciona lo siguiente:

ORDENANZA DE PRESUPUESTO DE

INGRESOS Y GASTOS MUNICIPALES

PARA EL EJERCICIO ECONOMICO FISCAL 2015 TITULO I

DISPOSICIONES GENERALES

CAPITULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Artculo 1: Se aprueba la estimacin de los ingresos pblicos Municipales para l ejercicio Fiscal 2014 en la cantidad de Bolvares; DOSCIENTOS SIETE MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS CUATRO BOLIVARES CON SESENTA Y NUEVE CENTIMOS (Bs.207.968.804,69) por rubros de ingresos de acuerdo con la distribucin incorporada en el Titulo II Presupuesto de Ingresos de esta Ordenanza.Artculo 2: Se aprueba los Crditos Presupuestarios para l ejercicio fiscal 2014 en la cantidad de Bolvares DOSCIENTOS SIETE MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS CUATRO BOLIVARES CON SESENTA Y NUEVE CENTIMOS (Bs.207.968.804,69) asignados a los diferentes sectores, programas, sub.-programas, proyectos partidas, sub.-partidas controladas y los asignados para Gastos no Clasificados Sectorialmente, de conformidad con el Ttulo III Presupuesto de Gastos de la presente Ordenanza.

Artculo 3: La Distribucin Institucional del Presupuesto de Gastos se aprobar por Decreto del Alcalde o Alcaldesa, y consiste en el detalle de los crditos presupuestarios acordados a las diferentes categoras presupuestarias a nivel de actividades, sub.-partidas genricas y sub.-partidas especficas y solo tendrn carcter informativo; Esta distribucin permitir ejercer el control interno de la autoridad Ejecutiva Municipal de acuerdo con las limitaciones establecidos en las Leyes Orgnicas del Poder Pblico Municipal y de Administracin Financiera del Sector Publico, en esta ltima en cuanto sea aplicable. ARTCULO 4: Quedan facultadas para la coordinacin y elaboracin de la programacin de la ejecucin fsica del Presupuesto de Gastos: la Direccin de Planificacin y Presupuesto, la Direccin de Administracin y Finanzas, la Divisin de Contabilidad y divisin de Tesorera y Finanzas, de acuerdo a los lineamientos establecidos por la ONAPRE y la Divisin de Contabilidad Administrativa del Ministerio del Poder Popular de Planificacin y Finanzas. Dicha programacin se utilizar para fines de control de gestin, en cuanto sea aplicable.

ARTCULO 5: Las Direcciones y los entes funcionalmente descentralizados adscritos a la Alcalda del Municipio Ezequiel Zamora, remitirn a la Direccin de Planificacin y Presupuesto, la informacin referida a la evaluacin trimestral de la gestin municipal, dentro de los quince (15) das siguientes al vencimiento de cada trimestre, a los fines de ser remitida a la ONAPRE. ARTCULO 6: Queda facultada para llevar el Sistema de Contabilidad Presupuestaria y Fiscal del Presupuesto de Gastos, la Direccin de Administracin. Dicho sistema debe ser compatible con la ejecucin fsica y financiera, especificando entre otros los compromisos y desembolsos mximos que se podrn contraer o efectuar para cada sub-perodo del ejercicio presupuestario, de conformidad con lo establecido por la ONAPRE.

PARAGRAFO NICO

. Atendiendo al principio de eficiencia en la asignacin y utilizacin de los recursos pblicos, el Director(a) de Administracin, por va de delegacin, podr centralizar la ejecucin de aquellos gastos destinados a la dotacin de materiales y suministros, a los servicios bsicos, conservacin y mantenimiento de bienes muebles e inmuebles, a objeto de controlar y optimizar los referidos gastos, a travs de Fondo de Avance; de acuerdo a lo establecido en el Articulo N 78 literal 04 Del reglamento 1 de la (LOAFSP).

Artculo 7: El Alcalde informara al Concejo Municipal acerca de la creacin y/o implementacin de Programas de Inversin a establecerse dentro de la Ordenanza de Presupuesto, los cuales debern estar ajustados a lo establecido en el Artculo 231, de la Ley orgnica del poder Pblico Municipal.

Artculo8: los resultados de la Ejecucin Fsica y Financiera del presupuesto de gastos de los entes y organismos municipales descentralizados dependientes de la Alcalda del Municipio Ezequiel Zamora, debern ser enviados mensualmente a la Direccin de Administracin y Finanzas y de presupuesto de la Alcalda dentro de los diez (10) primeros das del mes siguiente al cierre, a los fines de dar cumplimiento a lo establecido en el Articulo 9 numerales 6,7 y 9 del Reglamento nmero 1 Sobre el Sistema Presupuestario de la Ley Orgnica de la Administracin Financiera del Sector Pblico.

Pargrafo nico: las unidades y organismos responsables de enviar la informacin a que se refiere el presente artculo que no den cumplimiento a lo establecido en el mismo, sern acreedores de las sanciones que por responsabilidad administrativa establezca el ordenamiento jurdico vigente.El Alcalde informar a la Contralora Municipal y al Concejo Municipal, acerca de aquellos organismos que no hayan cumplido con esta norma en los plazos fijados por la Direccin de Presupuesto.Artculo 9: Si durante la ejecucin del presupuesto, se evidenciare una reduccin en los ingresos previstos para el ejercicio, en relacin con las estimaciones contenidas en la Ordenanza de Presupuesto de Ingresos y Gastos, el Alcalde ordenar los ajustes necesarios en los crditos presupuestarios acordados al presupuesto de gastos, oda las opiniones de la Direccin de Planificacin y Presupuesto y de la Direccin de Administracin y Finanzas. Asimismo, podr solicitar al Concejo Municipal y a la Contralora Municipal, un plan de ajuste de los gastos inherentes a dichos rganos, con la finalidad de que los mismos estn en consonancia con las medidas de esta Administracin Municipal.

Artculo 10: Las modificaciones presupuestarias que sean necesarias efectuar durante la ejecucin del Presupuesto de Gastos se regirn de acuerdo a las siguientes normas:

A. De conformidad con lo establecido en el Artculo 247 de la Ley Orgnica del Poder Pblico Municipal, slo podrn dictarse crditos Adicionales al presupuesto previa autorizacin del Concejo Municipal; para cubrir gastos necesarios no previstos en la Ordenanza de Presupuesto, o para incrementar crditos presupuestarios insuficientes, los cuales podrn ser financiados con existencias del Tesoro Municipal no comprometidas, con aportaciones especiales acordadas por el Gobierno Estadal, Nacional, por otros Organismos, con recursos provenientes de mayor rendimiento de los ingresos calculados en la Ordenanza de Presupuesto, con economas en los gastos previstos en la Ordenanza de Presupuesto y con otras Fuentes de Financiamiento que apruebe el Concejo conforme a la Ley. si pasado 15 das continuos la solicitud realizada por el alcalde o alcaldesa ante el consejo municipal no tuviese una respuesta escrita suficientemente motivada se activa el silencio administrativo y se considera aprobado.B. Segn el artculo 242 de la Ley Orgnica del Poder Pblico Municipal podr acordar los traspasos de crditos presupuestarios necesarios entre partidas pertenecientes a un mismo programa sub-programas proyectos o a diferentes programas subprogramas o proyectos, correspondientes a uno u varios sectores.

C. Efectuar los traspasos de crditos presupuestarios entre partidas de unas mismas denominaciones o de diferentes denominaciones y pertenecientes a un programa sub-programa o proyectos a diferentes programas sub-programas o proyectos correspondientes a un sector o diferentes sectores, sin requerir de la Autorizacin del Consejo Municipal, en este caso, el traspaso, ser Autorizado por el Alcalde, mediante un Traspaso Interno. D. Los traspasos de crditos presupuestarios, entre partidas de una misma denominacin o de diferentes denominaciones, pertenecientes a un programa o diferentes programas, a una actividad o diferentes actividades, a un proyecto o a diferentes proyectos, dentro de un mismo sector, cuyo monto sea mayor o igual al treinta por ciento (20%) de los respectivos crditos originales asignados a la partida cedente o receptora requerirn autorizacin del Concejo Municipal y posterior Decreto del ciudadano Alcalde. En caso de no exceder el treinta por ciento (20%), ser autorizado por el Alcalde, debiendo remitir copia de la autorizacin al Concejo Municipal y a la Contralora Municipal a ttulo informativo. de. Cuando las modificaciones presupuestarias impliquen incremento del gasto corriente en detrimento del gasto de capital, requerirn la aprobacin del Alcalde y del Concejo Municipal, y debern ser justificadas por el solicitante ante la Direccin de Planificacin, Formulacin y Control de Presupuesto. E. Los Crditos presupuestarios asignados a la partida Rectificaciones del Presupuesto podrn ser utilizadas por el Alcalde para atender gastos imprevistos que se presenten en el transcurso del ejercicio o para aumentar los crditos presupuestarios que resultaren insuficientes durante la ejecucin del Presupuesto de Gastos sin la previa autorizacin del Concejo Municipal, el Alcalde remitir al Concejo y la Contralora Municipal copia de la resolucin que autoriza la rectificacin a los fines de ajustar los registros contables, de conformidad con lo establecido en el Artculo 240 de la ley Orgnica del Poder Pblico Municipal.F. Todo incremento que modifique la asignacin inicial del Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos vigente del ente involucrado, que surja como crdito adicional de cualquier fuente de financiamiento y que se requiera incorporar al presupuesto, deber ser tramitado para su autorizacin ante la Directiva respectiva, la cual lo remitir al Alcalde para su aprobacin, previa opinin favorable de la Direccin de Planificacin y Presupuesto. G. Los traspasos de crditos presupuestarios asignados a Gastos de Inversin, para ser utilizados en otro tipo de gastos, requerirn de la previa opinin favorable de la Direccin de Planificacin y Presupuestario. La liquidacin del presupuesto se har de la siguiente manera:

Artculo 11: Los crditos no comprometidos ni causados al 31 de Diciembre caducaran sin excepcin.

Artculo 12: Los gastos comprometidos y no causados al 31 de Diciembre de cada ao, se imputaran automticamente al ejercicio siguiente, afectando los mismos crditos presupuestarios para ese ejercicio fiscal, de conformidad con lo establecido en el artculo 249 de la Ley Orgnica del Poder Pblico Municipal.

Artculo 13: Dada la autonoma Funcional, administrativa y financiera del Concejo Municipal y la Contralora Municipal, a fin de facilitar la ejecucin y ordenacin de los pagos, el Ejecutivo Municipal deber transferir el monto correspondiente al presupuesto de dichos Entes, a travs de la figura del doceavo.

Artculo 14: la distribucin de los crditos adicionales de la Contralora Municipal y el Concejo Municipal deben ser solicitados ante el Alcalde que es el nico con competencia segn la Ley Orgnica del Poder Publio Municipal para solicitar la autorizacin o aprobacin ante la plenaria del Consejo Municipal para que a travs de la Direccin de Administracin y Finanzas se tramite la solicitud ante el Concejo para su Aprobacin y mantener la unidad de registro presupuestario.

Artculo 15: Se ordena la publicacin en la Gaceta Oficial del Municipio Ezequiel Zamora la presente ordenanza.

Dado, Sellado y Firmado en San Carlos Estado Cojedes, a los Doce (12) das del mes de Diciembre del ao 2014, en la sede del Concejo Municipal del Municipio Ezequiel Zamora del Estado Cojedes, ubicada en la Calle Manrique cruce con Pez Edificio Palacio Municipal Piso Tres, San Carlos Estado Cojedes. Concejal. Jonathan BecerraHctor Moreno

Presidente Secretario

En el Despacho del Alcalde, en la Ciudad de San Carlos de Cojedes a los 12 das del mes de Diciembre de 2014.

Publquese y Ejectese.Pablo Rodrguez

Alcalde del Municipio Ezequiel Zamora

REPBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

ALCALDIA DEL MUNICIPIO EZEQUIEL ZAMORASAN CARLOS ESTADO COJEDES

PABLO AUGUSTO RODRIGUEZ VARGASALCALDE DEL MUNICIPIO EZEQUIEL ZAMORA

En uso de sus atribuciones legales que le confiere el Art. 232 de la Ley Orgnica del Poder Pblico Municipal, en concordancia con el Reglamento N 01 de la Ley Orgnica de la Administracin Financiera del Sector Publico Y de conformidad con lo establecido en el Art. 03 de la Ordenanza de Presupuesto de Gastos Municipales para el Ejercicio Fiscal 2015.

DECRETA

LO SIGUIENTE:

Distribucin Institucional del Presupuesto de Gastos para el Ejercicio Fiscal 2015.

ARTCULO 01:Los crditos presupuestarios de la Distribucin Institucional del Presupuesto de Gastos para el Ejercicio Fiscal 2015, a nivel de sectores, programas, subprogramas o sus categoras equivalentes, proyectos, actividades, partidas y sub.-partidas genricas, sub.-partidas especficas. Se corresponde con el monto aprobado en la Ordenanza de Presupuesto del Municipio.

ARTICULO 02: La Distribucin Institucional del Presupuesto de Gastos, constituye una subdivisin de la estructura del presupuesto de gastos previstos en l artculo 03 de las Disposiciones Generales de la Ordenanza de Ingresos y Gastos, y por lo tanto tienen carcter informativo y sirve exclusivamente a los fines de la Administracin Interna de las Dependencias Municipales, del concejo Municipal y de la Contralora Municipal de acuerdo a los sectores, programas o sus categoras equivalentes (actividades centrales y actividades comunes a programas), subprogramas o categoras equivalentes (actividades comunes a subprogramas) y proyectos, actividades, partidas, sub-partidas genrica, sub-partida especfica y los conceptos ms especificados de esta.

ARTCULO 03: La Distribucin Institucional de Presupuesto de gastos, tiene las mismas limitaciones que las autorizaciones mximas de gastos que prev la Ordenanza de Presupuesto para el ejercicio fiscal 2015, sin perjuicio de las desagregaciones a nivel de actividades, sub-partidas genricas y sub-partidas especficas que con fin informativo se incluyen en esta distribucin.

ARTICULO 04:El Alcalde autorizara los traspasos de crditos entre sub-partidas de una misma partida, correspondiente a un mismo programa, los cuales debern ser solicitados por la unidad interesada ante la Direccin de Planificacin y Presupuesto, la cual deber elaborar la respectiva resolucin a los efectos de ajustar los registros sobre ejecucin presupuestaria que este organismo tiene a su cargo. Se excepta de esta facultad los crditos presupuestarios de las sub-partidas destinadas al financiamiento de obras.

ARTICULO 05: Las modificaciones a los crditos presupuestarios correspondientes a las categoras presupuestarias asignados tanto al Concejo Municipal como a la Contralora Municipal, se ajustarn a lo dispuesto por estas ltimas, debiendo ser comunicado oportunamente a la Direccin de Planificacin y Presupuesto, a fin de conservar la unidad de registro de la ejecucin presupuestaria.

ARTICULO 06:Los responsables de actitudes centrales y comunes, programas, subprogramas, proyecto, actividades especficas y crditos comunes, programaran la ejecucin de los mismos, de acuerdo a las normas tcnicas impartidas por la Direccin de Planificacin y Presupuesto, dicha programacin ser aprobada por el Alcalde del Municipio, quien elaborara conjuntamente con el Director de Planificacin y presupuesto sobre esa base un calendario de compromiso y desembolso para ser cumplido durante el vigente ejercicio presupuestario.

ARTICULO 07:Sin perjuicio de lo dispuesto en las Disposiciones Generales de la vigente Ordenanza de Presupuesto, los crditos presupuestarios que se encuentran sujetos a convenios con otros organismos, no podrn ser objetos de modificaciones, sin que previamente exista la correspondiente acta que justifique el acuerdo entre las partes.

ARTICULO 08:En atencin al contenido del artculo 09 de las disposiciones generales de la vigente Ordenanza de Presupuesto, los organismos que reciban aportes o transferencias por parte del Ejecutivo Municipal debern remitir a la Direccin de Planificacin y Presupuesto, la programacin de ejecucin correspondiente a dichas asignaciones.

ARTICULO 09:Los traspasos de crditos presupuestarios entre obras de un mismo proyecto o diferentes proyectos, segn las relaciones de obras incluidas en la vigente ordenanza de presupuesto, debern ser solicitados por el Alcalde, o el Director de Planificacin y Presupuesto, previo anlisis de esa Direccin, ante el Concejo Municipal, siempre y cuando la modificacin sea mayor a Once Mil Quinientas Unidades Tributarias (11.500 U.T).ARTICULO 10:Los Organismos Pblicos Municipales a que se refiere la Ley Orgnica del Poder Pblico Municipal, que tengan crditos acordados en la vigente Ordenanza de Presupuesto, quedan obligados a remitir Trimestralmente los resultados de la Ejecucin Fsica y Financiera de sus respectivos presupuestos al Alcalde para su anlisis por la Direccin de Planificacin y Presupuesto, de conformidad con los instructivos establecidos por la oficina Nacional de presupuesto.

Dado, Firmado y Sellado en el Despacho del Alcalde del Municipio Ezequiel Zamora, a los 12 das del mes de Diciembre del 2014. Ejectese

PABLO AUGUSTO RODRIGUEZ VARGAS

ALCALDETITULO IDISPOSICIONES GENERALESCREDITOS PRESUPUESTARIOS DEL PROGRAMA POR ACTIVIDADES A NIVEL DE PARTIDAS Y SUB-PARTIDASNDICE DE CATEGORA PROGRAMTICASRESMENES DE LOS CRDITOS PRESUPUESTARIOS POR SECTORES Y PROGRAMASRESMENES DE LOS CRDITOS PRESUPUESTARIOS A NIVEL DE PARTIDASRESMENES DE LOS CRDITOS PRESUPUESTARIOS A NIVEL DE SECTORES Y PARTIDASRELACIN DE LOS RECURSOS HUMANOS CLASIFICADOS POR TIPO DE CARGO Y GNEROCREDITOS PRESUPUESTARIOS DEL SECTOR POR PROGRAMAS Y/O CATEGORIAS EQUIVALENTES A NIVEL DE PARTIDAS Y SUB-PARTIDASSECTOR IDIRECCION SUPERIOR DEL MUNICIPIOPROGRAMA ILEGISLACIN Y COORDINACIN SUPERIORACTIVIDAD 51LEGISLACIN Y DISCUSIN MUNICIPALPROGRAMA IICONTROL FISCAL Y PATRIMONIALACTIVIDAD 51CONTROL FISCAL Y PATRIMONIALPROGRAMA IIIDIRECCION Y COORDINACION EJECUTIVAPROGRAMA IVADMINISTRACION FINACIERA Y PRESUPUESTARIAACTIVIDADES51 AL 53RESUMEN DEL RECURSO HUMANO POR ESCALAS DE SUELDOS Y SALARIOSSECTOR II SEGURIDAD Y DEFENSAPROGRAMA IPREVENCION Y ATENCION A LA CIUDADANIAACTIVIDADES 51 Y 52PROGRAMA 03 DIRECCIN Y COORDINACIN EJECUTIVAACTIVIDADES51 AL 57PROGRAMA 04ADMINISTRACIN FINANCIERAY PRESUPUESTARIAACTIVIDADES51 Y 52SECTOR IISEGURIDAD Y DEFENSAPROGRAMA IPREVENCION Y ATENCIN A LA COMUNIDADACTIVIDAD 51PROTECCIN CIVIL MUNICIPALSECTOR IXCULTURA DEPORTE Y RECREACIONPROGRAMA ICULTURA DEPORTE Y RECREACIONACTIVIDADES 51 Y 52SECTOR XIVIVIENDA, DESARROLLO URBANO Y SERVICIOS CONEXOSPROGRAMA IVIVIENDA, DESARROLLO URBANO Y SERVICIOS CONEXOSACTIVIDADES 51 AL 54SECTOR XIIIDESARROLLO SOCIAL Y PARTICIPACION CIUDADANAPROGRAMA IDESARROLLO SOCIAL Y PARTICIPACION CIUDADANAACTIVIDADES51, 52 Y 53SECTOR XIVSEGURIDAD SOCIALPROGRAMA IPOLITICAS DE SEGURIDAD SOCIALACTIVIDAD 51SECTOR XVGASTOS NO CLASIFICADOS SECTORIALMENTEPROGRAMA IGASTOS NO CLASIFICADOS SECTORIALMENTEACTIVIDAD 51GASTOS DE INVERSION ESTIMADOS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2014ACTIVIDADES Y OBRASACTIVIDADES Y OBRASPRESUPUESTO DE INGRESOS IDENTIFICACIONDE LA ALCALDIAINDICE DE CATEGORIA PROGRAMATICASRESUMENES DE LOSCRDITOS PRESUPUESTARIOSRESUMEN GENERALPRESUPUESTO DE GASTOS POR SECTORES A NIVEL DE PARTIDAS Y SUB-PARTIDASPRESUPUESTO DE GASTOS DEL SECTOR POR PROGRAMAS Y/O CATEGORIAS EQUIVALENTES A NIVEL DE PARTIDAS Y SUB PARTIDASPRESUPUESTO DE GASTOS DEL PROGRAMAS POR ACTIVIDADES A NIVEL DE PARTIDAS Y SUB PARTIDASREPUBLICA BOLIVARIANADE VENEZUELAALCALDIA DEL MUNICIPIOEZEQUIEL ZAMORAORDENANZA DE PRESUPUESTOEJERCICIO FISCAL AO 2015SAN CARLOS DE COJEDES DICIEMBRE DE 2015REPUBLICA BOLIVARIANADE VENEZUELAALCALDIA DEL MUNICIPIOEZEQUIEL ZAMORADECRETOSAN CARLOS, DICIEMBRE DE 2014

RESUMEN DE LOS CREDITOS PRESUPUESTARIOS A NIVEL DE PARTIDASRESUMEN DE LOS CREDITOS PRESUPUESTARIOS A NIVEL DE SECTORES Y PARTIDASPROGRAMA IICONTROL FISCAL Y PATRIMONIALACTIVIDAD 51CONTROL FISCAL Y PATRIMONIALACTIVIDAD 51PRESUPUESTO DE GASTOS POR SECTORES A NIVEL DE PARTIDAS Y SUB- PARTIDASPRESUPUESTO DE GASTOSDEL SECTORPOR PROGRAMASY/O CATEGORIAS EQUIVALENTESA NIVEL DEPARTIDAS Y SUB- PARTIDASPRESUPUESTO DE GASTOSDEL PROGRAMA POR ACTIVIDADES A NIVEL DE PARTIDAS Y SUB- PARTIDAS RESUMEN DEL COSTO DE LOS RECURSOS HUMANOS DEL SECTOR POR ESCALAS DE SUELDOS Y SALARIOSRESUMEN DEL RECURSO HUMANO DEL SECTOR SEGN SU TIPO