1 PERÚ Ministerio de Educación Dirección Regional de Educación de Lima Metropolitana Instituto de Educación Superior Tecnológico Público Argentina "Año del Bicentenario del Perú: 200 años de Independencia" DIRECTIVA N° 001– IESTP “A”/DG/JUA/2021 NORMAS PARA EL DESARROLLO DEL AÑO ACADEMICO 2021 1. FINALIDAD La presente Directiva tiene por finalidad, establecer las orientaciones y procedimientos de carácter técnico pedagógico y administrativo para el desarrollo del Año Académico 2021 en el Instituto de Educación Superior Tecnológico Público “Argentina”, considerando la Resolución Ministerial N° 239-2020/MINSA del COVID 19. 2. BASES LEGALES Ley General de Educación N° 28044; Ley N° 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus docentes; D. S. N° 010-2017-MINEDU – Aprueba el Reglamento de la Ley 30512 Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus docentes; R. VM. N° 178-2018-MINEDU – Aprueba los Lineamientos Académicos Generales para los Institutos de Educación Superior y las Escuelas de Educación Superior Tecnológica. Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; Ley N° 27050 – Ley General de la Persona con Discapacidad; Ley N° 28592 – Ley que crea el Plan Integral de Reparaciones – PIR; DS N° 028-2007-ED - Reglamento de Gestión de Recursos Propios y Actividades Productivas Empresariales en las Instituciones Educativas Públicas, RD N° 313-2005- ED Aprueban la Directiva N° 205-2005-UFP-DINESST; R. D. N° 776-88-ED, Sistema de Evaluación Académica; R. D. N° 0279-2010-ED que aprueba la Directiva N° 0023-2010-DIGESUTP/DESTP Normas para la aplicación del Nuevo Diseño Curricular Básico de la Educación Tecnológica en los Institutos de Educación Superior Tecnológicos, Institutos Superiores de Educación e Institutos de Educación Superior Pedagógicos autorizados. Ley N° 27444 – Ley de Procedimiento Administrativo General; Resolución Ministerial N° 239-2020/MINSA, que aprueba los Lineamientos para la vigilancia de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición al COVID-19. Resolución Viceministerial Nº 157-2020-MINEDU, que establece diversas disposiciones respecto al servicio educativo correspondiente al año lectivo 2020, brindado por los Centros de Educación Técnico-Productiva e Institutos y Escuelas de Educación Superior públicos y privados en el marco de la, emergencia nacional y la emergencia sanitaria dispuesta por el COVID-19. Decreto Legislativo N° 1495, que establece disposiciones para garantizar la continuidad y calidad de la prestación del servicio educativo en los institutos y escuelas de educación superior, en el marco de la Emergencia Sanitaria causada por el Covid- 19. 3. OBJETIVOS Garantizar el normal desarrollo de las actividades educativas; Precisar y difundir las orientaciones y procedimientos a implementarse durante el desarrollo de los semestres académicos; Unificar los criterios en las actividades pedagógicas como parte de la mejora continua con proyección al Licenciamiento Institucional.
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PERÚ Ministerio de Educación
Dirección Regional de Educación de Lima
Metropolitana
Instituto de Educación Superior
Tecnológico Público Argentina
"Año del Bicentenario del Perú: 200 años de Independencia"
DIRECTIVA N° 001– IESTP “A”/DG/JUA/2021
NORMAS PARA EL DESARROLLO DEL AÑO ACADEMICO 2021
1. FINALIDAD
La presente Directiva tiene por finalidad, establecer las orientaciones y procedimientos de carácter técnico pedagógico y administrativo para el desarrollo del Año Académico 2021 en el Instituto de Educación Superior Tecnológico Público “Argentina”, considerando la Resolución Ministerial N° 239-2020/MINSA del COVID 19.
2. BASES LEGALES
Ley General de Educación N° 28044; Ley N° 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera
Pública de sus docentes; D. S. N° 010-2017-MINEDU – Aprueba el Reglamento de la Ley 30512 Ley de
Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus docentes; R. VM. N° 178-2018-MINEDU – Aprueba los Lineamientos Académicos Generales para
los Institutos de Educación Superior y las Escuelas de Educación Superior Tecnológica.
Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; Ley N° 27050 – Ley General de la Persona con Discapacidad; Ley N° 28592 – Ley que crea el Plan Integral de Reparaciones – PIR; DS N° 028-2007-ED - Reglamento de Gestión de Recursos Propios y Actividades
Productivas Empresariales en las Instituciones Educativas Públicas, RD N° 313-2005- ED Aprueban la Directiva N° 205-2005-UFP-DINESST;
R. D. N° 776-88-ED, Sistema de Evaluación Académica; R. D. N° 0279-2010-ED que aprueba la Directiva N° 0023-2010-DIGESUTP/DESTP
Normas para la aplicación del Nuevo Diseño Curricular Básico de la Educación Tecnológica en los Institutos de Educación Superior Tecnológicos, Institutos Superiores de Educación e Institutos de Educación Superior Pedagógicos autorizados.
Ley N° 27444 – Ley de Procedimiento Administrativo General; Resolución Ministerial N° 239-2020/MINSA, que aprueba los Lineamientos para la
vigilancia de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición al COVID-19.
Resolución Viceministerial Nº 157-2020-MINEDU, que establece diversas disposiciones respecto al servicio educativo correspondiente al año lectivo 2020, brindado por los Centros de Educación Técnico-Productiva e Institutos y Escuelas de Educación Superior públicos y privados en el marco de la, emergencia nacional y la emergencia sanitaria dispuesta por el COVID-19.
Decreto Legislativo N° 1495, que establece disposiciones para garantizar la continuidad y calidad de la prestación del servicio educativo en los institutos y escuelas
de educación superior, en el marco de la Emergencia Sanitaria causada por el Covid- 19.
3. OBJETIVOS
Garantizar el normal desarrollo de las actividades educativas; Precisar y difundir las orientaciones y procedimientos a implementarse durante el
desarrollo de los semestres académicos; Unificar los criterios en las actividades pedagógicas como parte de la mejora continua
con proyección al Licenciamiento Institucional.
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Metropolitana
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Optimizar las acciones de carácter académico que permita mejorar la calidad del proceso de enseñanza-aprendizaje empleando las herramientas digitales para el desarrollo de las sesiones SÍNCRONAS y ASÍNCRONAS.
4. ALCANCES
Personal directivo y jerárquico; Personal docente;
Personal administrativo; y Estudiantes.
5. DISPOSICIONES GENERALES
5.1 El personal directivo del Instituto es el responsable de establecer las orientaciones y
procedimientos de carácter técnico pedagógico y administrativo para el desarrollo del año académico 2021.
5.2 El personal del Instituto implementará, de acuerdo a su responsabilidad y competencia, la presente Directiva, que incluye:
Anexo N° 01 Cronograma de Actividades Académicas 2021
Anexo N° 02 Modelo de Plan de Trabajo
Anexo N° 03 Constancia de recepción de documentos de término de semestre
Anexo N° 04 Informe Técnico pedagógico de término de semestre
5.3 Los Coordinadores de Área Académica son los directos responsables de la supervisión académica del trabajo remoto de los docentes, esta es permanente y se basa en el Plan Anual de Supervisión Educativa.
5.4 El horario del personal directivo y jerárquico se distribuirá en dos turnos a fin de atender la
demanda del servicio educativo.
5.5 Es de responsabilidad del personal docente la programación, desarrollo y evaluación del
proceso académico y el control de asistencia a clases de los estudiantes, para las horas lectivas, el docente utiliza la Programación de la Unidad Didáctica, Silabo, Ficha de Actividad de Aprendizaje, Plan de Consejería, entre otros. Para las horas no lectivas formula su Plan de Trabajo de Horas No Lectivas. Al respecto el docente debe organizar permanentemente el Portafolio Docente Virtual.
5.6 Para la Programación de la Unidad Didáctica y Sílabo, se conformarán comisiones de
Trabajo. Estos documentos, según los formatos establecidos, son los mismos para los dos turnos y articulados entre los diferentes semestres académicos. Las Coordinaciones conformaran las Comisiones de Sílabos correspondientes, dicha información debe ser remitida por el Coordinador del Grupo, de acuerdo al Cronograma de Actividades Académicas, en forma digital vía correo electrónico a:
5.7 Cada docente, de acuerdo a su carga académica, entregará vía Mesa de Partes del Instituto en el Plan de Trabajo de Horas No Lectivas con copia a las Coordinaciones de Área Académica.
5.8 Los Coordinadores de Áreas Académicas remitirán a la Jefatura de Unidad Académica
en forma digital, antes del inicio del semestre, la Programación de la Unidad Didáctica y Sílabos para su revisión y aprobación del Coordinador de Área.
5.9 Los Docentes durante el desarrollo del año académico deberán:
a) Empleando el anexo N° 02 emitida por la DRELM: Informe de cumplimiento de labor
efectiva - TRABAJO REMOTO, realizar el llenado de manera descriptiva (Semestre,
Sección, Código Carrera, Unidad Didáctica, tema tratado) antes del inicio de la
sesión de aprendizaje o actividad a desarrollar de acuerdo al silabo.
b) Evaluar y comunicar a los estudiantes respecto a sus calificaciones de exámenes, asignaciones, monografías y otros usando la plataforma de Google Classroom, a la semana siguiente como máximo, a efectos de resolver las observaciones por parte del estudiante si las hubiere.
c) Al término del semestre deberá llenar las notas de las unidades didácticas a su cargo en la plataforma REGISTRA.
5.10 Está terminantemente prohibida la venta de libros, separatas u otros documentos a los
estudiantes, y/o cobrar por sesiones de enseñanza.
5.11 La fecha de dictado de clases por parte de los docentes, y de las labores administrativas
del personal administrativo, de los días feriados recuperables o días no recuperables, será programado por el Personal Directivo del Instituto y obedecerán a objetivos institucionales de bienestar de la comunidad Educativa.
5.12 La Unidad de Administración se encargará:
a) Del suministro de materiales, mantenimiento de la infraestructura y de la operatividad
de los equipos, de acuerdo a los requerimientos académicos para el presente año académico;
b) De reportar cada mes, el Control de Asistencia y Permanencia de Personal, del mes anterior y acumulado del año.
c) De reportar el estado de ejecución financiera, mensual y acumulado del año, de los programas y/o proyectos.
d) De realizar Informe de Gestión al término del semestre, dirigido a la Dirección General, con copia a la Unidad Académica, adjuntando reporte de los méritos y deméritos del personal.
5.13 La Secretaría Académica se encargará:
a) De entregar los Registros Oficiales de Evaluación, los cuales deben contar con el visto
bueno del Jefe de Secretaria Académica. b) De informar la estadística de alumnos admitidos y matriculados al inicio del semestre
académico. c) De reportar la estadística sobre la situación de los alumnos, al término del semestre
d) De formular indicadores de medición de la calidad educativa, que contribuyen a orientar la toma de decisiones.
e) De realizar Informe de Gestión al término del semestre, dirigido a la Unidad Académica. f) Emitir la boleta de notas al término del semestre. g) Organizar el proceso de matrícula, Repitencia de curso, convalidaciones, titulación
y otros de naturaleza académica. h) De realizar las coordinaciones con el ente superior para el llenado de los datos
correspondientes al semestre académico a través de la plataforma REGISTRA.
6.0 DISPOSICIONES ESPECÍFICAS
6.1 La evaluación Académica debe sujetarse a lo normado para la Aplicación del Nuevo
Diseño Curricular de Educación Tecnológica.
La RVM-277-2019-MINEDU, con relación a la EVALUACIÓN textualmente indica en los:
“LINEAMIENTOS ACADEMICOS GENERALES PARA LOS INSTITUTOS DE EDUCACION SUPERIOR Y LAS ESCUELAS DE EDUCACION SUPERIOR TECNOLOGICA DE ACUERDO A LA RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 277-2019-MINEDU.
19. EVALUACIÓN DEL APRENDIZAJE:
19.1 La evaluación es parte del proceso de aprendizaje, debe ser continua y basada en criterios
e indicadores que valoren el dominio de los saberes prácticos como conocimientos teóricos.
19.2 La evaluación orienta la labor del docente y del estudiante, permite tomar decisiones
sobre los ajustes a realizar sobre el proceso de enseñanza y aprendizaje.
19.3 Los IES y EEST deben implementar mecanismos académicos que apoyen y comuniquen a los estudiantes de manera progresiva el nivel de logro alcanzado y establecer, de ser necesario, las propuestas de mejora para el logro de las capacidades de aprendizaje esperadas en la unidad didáctica.
19.4 Las unidades didácticas correspondientes a un módulo que no hayan sido aprobadas al
final del periodo académico, deberán volverse a llevarse nuevamente en los siguientes periodos académicos …
19.5 Para IES se considera aprobado el módulo formativo, siempre que se haya aprobado todas
las unidades didácticas y experiencia formativa en situación real de trabajo correspondiente, de acuerdo al programa de estudios.
19.6 Para EEST se considera aprobado el módulo formativo, siempre que se haya probado todas
las unidades didácticas vinculadas con las competencias específicas y de empleabilidad, y de ser el caso las competencias de investigación e innovación y experiencia formativas en situación real de trabajo.
19.7 La evaluación ordinaria se aplica a todos los estudiantes durante el desarrollo de las
unidades didácticas. Durante este proceso, de ser necesario, los estudiantes pueden rendir evaluaciones de recuperación para alcanzar la calificación aprobatoria de la unidad didáctica, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento Institucional del IES o EEST. En el caso de los IES o EEST públicos, la evaluación de recuperación será registrada en un acta de evaluación de recuperación.
19.8 La evaluación extraordinaria se aplica cuando el estudiante tiene pendiente una (01) o dos
(02) unidades didácticas para culminar un plan de estudios determinado, siempre que no hayan transcurrido más de tres (03) años. En el caso de los IES o EEST públicos, la evaluación extraordinaria será registrada en un acta de evaluación extraordinaria.
19.9 El sistema de calificación empleará una escala vigesimal y la nota minina aprobatoria es
trece (13) para las unidades didácticas y experiencias formativas, en situaciones reales de trabajo. La fracción mayor o igual a 0,5 se considera a favor del estudiante.
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19.10 Para los programas de estudios de formación dual y formación en alternancia, el proceso
de evaluación, instrumentos y sistema de calificación es definido por el IES o EEST considerando los criterios establecidos en el presente acápite.
19.11 Los IES o EEST establecen en su Reglamento Institucional que el máximo de insistencias
no debe superar el treinta por ciento (30%) del total de horas programadas para el desarrollo de las unidades didácticas. En el caso de los IES o EEST privados esta disposición debe ser comunicada al inicio del desarrollo de la unidad didáctica.
19.12 El proceso de evaluación debe establecerse en el Reglamento Institucional y ser
comunicado a los estudiantes antes del inicio de las clases.”
Además, precisar que:
a) La evaluación de los aprendizajes se centra en el logro de las capacidades terminales, cuyos parámetros de referencia son los criterios de evaluación. A partir de los criterios de evaluación se establecen los indicadores de logro.
b) El calificativo mínimo aprobatorio es trece, en todos los casos la fracción 0,5 ó más se considera como una unidad a favor del estudiante.
c) En el desarrollo de la UD cuando el docente detecta deficiencias o dificultades de aprendizaje en los estudiantes, debe implementar inmediatamente un programa de actividades de recuperación paralelo al desarrollo de la UD, promoviendo el trabajo colaborativo entre los estudiantes para asegurar el logro de la o las capacidades programadas. Este proceso tiene carácter obligatorio y está bajo responsabilidad del
docente, debe ser monitoreado por el Coordinador de Área Académica respectiva. d) Si en la penúltima semana (semana 17) de ejecución de la UD los estudiantes con
dificultades de aprendizaje obtuvieron calificativo entre 10 y 12, el docente a cargo de la UD organizará, ejecutará y controlará un programa de actividades de recuperación en la última semana del semestre académico; en este programa deberán participar todos los estudiantes a fin de reforzar sus aprendizajes y los estudiantes con deficiencias de aprendizaje, luego del cual el estudiante será evaluado.
e) Las UD debe tener 01 Capacidad Terminal y como máximo puede tener 4
criterios de evaluación y 3 indicadores de logro como máximo por cada criterio
de evaluación.
Capacidad terminal Criterio de evaluación Indicadores de logro
Capacidad terminal 1
Criterio 1
Ind. Logro 1
Ind. Logro 2
Ind. Logro 3
Criterio 2
Ind. Logro 4
Ind. Logro 5
Ind. Logro 6
Criterio 3
Criterio 4 Ind. Logro 12
De acuerdo al formato de Registro Auxiliar AIRE.
f) Para evidencia cuantitativamente el logro del aprendizaje se debe emplear la
siguiente fórmula para el promedio final:
PF : Promedio Final IL : Indicador de Logro n : Cantidad de indicadores de logro
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Tecnológico Público Argentina
Dirección Regional de Educación de Lima
Metropolitana
Ministerio de Educación
PERÚ
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PERÚ Ministerio de Educación
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Metropolitana
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Tecnológico Público Argentina
g) El Coordinador de Área Académica en el proceso de supervisión y monitoreo puede solicitar los Registros auxiliares de asistencia y notas.
h) Si la asistencia del alumno fuere menor al 70%, la desaprobación es automática, el aplicativa consigna automáticamente con nota 00, desde la semana que se produjo el inasistencia, respetando las evaluaciones anteriores si es que las hubiera. LITERAL DPI (desaprobado por inasistencia), y en el casillero NÚMERO: 00.
i) En casos excepcionales con la opinión favorable del Coordinador de Área Académica respectiva y del docente a cargo de la UD se podrá justificar parte de las inasistencias, previa solicitud del estudiante, debidamente fundamentada y documentada.
j) Para el llenado del Registros Auxiliar AIRE lo siguiente:
El control de inasistencia es obligatorio colocando F, si el alumno falto y P cuando asiste a clases.
La nómina digital de alumnos matriculados, por cada Unidad Didáctica será entregado por la Secretaria Académica a los docentes de una vez concluida la matricula según el cronograma, vía correo institucional.
6.2 Los docentes, de acuerdo al Cronograma Académico y bajo responsabilidad, deberán
entregar los Registros de Evaluación en formato digital y físico, incluyendo la Relación de Alumnos Desaprobados, a la Oficina de Secretaria Académica donde se validará con copia a las Coordinaciones de Área correspondiente, recibiendo la primera y segunda conformidad con el sello y firma respectiva en la Constancia de Recepción de Documentos de Término del Semestre Académico; caso contrario se debe proceder tal como se indica en el numeral 5.2 del presente.
6.3 De acuerdo al Cronograma Académico, los docentes deberán presentar finalmente, a la
Coordinación de Área Académica con copia a Unidad Académica el Informe Técnico Pedagógico con la documentación de los resultados más importantes obtenidos en relación a su horas lectivas y no lectivas, en formato digital (Enviado al correo Electrónico) con esta información; recibiendo el docente la tercera conformidad con el sello y firma respectiva en la Constancia de Recepción de Documentos de Término del Semestre Académico; caso contrario se debe proceder tal como se indica en el numeral
5.2 del presente.
6.5 Los Coordinadores de Área reportarán en forma mensual un informe consolidado sobre las actividades de los docentes y asistentes de taller, según Anexo 02 emitida por la DRELM: Informe de cumplimiento de labor efectiva - TRABAJO REMOTO.
6.6 Al termino del semestre académico: los Jefes de Taller entregarán al Coordinador de
Área Académica correspondiente, con copia a la Unidad Académica, su Informe de Gestión, que incluirá la evaluación del desempeño laboral de los Asistentes de Taller, personal de soporte técnico y personal administrativo a su cargo; los Coordinadores de Area Académica entregarán al Jefe de Unidad Académica su Informe de Gestión, que incluye la evaluación del desempeño laboral de los Jefes de Taller, docentes y personal administrativo a su cargo.
6.7 Al final del año académico, el docente entregará la Constancia de Recepción de
Documentos de Termino del Semestre Académico a la Oficina de Personal, para que se le otorgue la Papeleta de Vacaciones.
6.8 Los docentes difundirán entre los estudiantes que, para obtener el Título Profesional
Técnico, el estudiante debe cumplir los siguientes requisitos:
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PERÚ Ministerio de Educación
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Metropolitana
Instituto de Educación Superior
Tecnológico Público Argentina
a) Haber culminado satisfactoriamente el programa de estudios y al cumplimiento de los requisitos institucionales.
b) Haber obtenido la constancia de prácticas pre profesionales de los módulos correspondientes.
c) Haber aprobado un trabajo de aplicación profesional (proyecto) o un examen de suficiencia profesional; además se debe acreditar el conocimiento de un idioma extranjero o lengua nativa.
6.9 En el Instituto se organizarán Comités de Practicas Pre-Profesionales por cada carrera.
El Comité estará integrado por el Coordinador de Area Académica quien la presidirá y dos docentes, uno por cada turno. Sus funciones son la formulación y ejecución del Plan de Prácticas correspondiente, el monitoreo y Supervisión correspondiente.
6.10 Los docentes asesores para la titulación son responsables de brindar al grupo de
estudiantes asesoramiento metodológico y tecnológico en todo el proceso para hacer posible su titulación. Los docentes asesores deben ser propuestos por los Coordinadores de Area Académica desde el cuarto semestre académico y aprobado por el Director General mediante Resolución Directoral.
6.11 Los docentes asesores orientarán al grupo de estudiantes sobre la formulación del perfil de proyecto productivo y/o empresarial. La orientación se realizará paralela a las UD. “Proyectos de Investigación e Innovación Tecnológica”, Organización y Constitución de Empresas” y “Proyecto Empresarial”. El tiempo que dedique el docente asesor debe formar parte de su carga académica y será considerado como mérito en su desempeño profesional.
6.12 Los docentes bajo responsabilidad deberán crear una sala virtual por cada SECCIÓN y
UNIDAD DIDÁCTICA a su cargo usando el Google Classroom para las sesiones ASINCRONAS y Google Meet para las sesiones SINCRONAS.
6.13 Los docentes bajo responsabilidad deberán agregar como DOCENTE INVITADO al
Coordinador de Área Académica y al Jefe de Unidad Académica. - Jefatura de Unidad Académica: [email protected]
6.14 Los docentes bajo responsabilidad deberán realizar las grabaciones de sus sesiones de
clase síncronas para luego subirlos al aula virtual (Google Classroom) de la unidad didáctica a su cargo.
6.15. Elaborar el Portafolio Docente según (ANEXO N° 05)
6.16 Emplear los siguientes Formatos:
Programación de Modulo (ANEXO N° 06)
Programación Curricular (VER ANEXO N° 07)
Silabo (VER ANEXO N° 08)
Ficha de sesión de Aprendizaje (VER ANEXO N° 09)
Elaborar con coherencia lógica entre los contenidos de las unidades didácticas y plasmarlo en los documentos pedagógicos adecuados a la modalidad virtual.
La redacción de los documentos técnicos pedagógicos debe considerar los niveles de la taxonomía de Bloom (VER ANEXO N° 10) empleando los verbos para identificar los
Para la redacción de las capacidades terminales e indicadores de logro, se debe considerar.
Los docentes bajo responsabilidad deben entregar las notas al estudiante al término de cada actividad de aprendizaje, el cual se evidenciará en el Indicador de logro, considerando que la evaluación es permanente. Recordar que cada actividad de aprendizaje puede comprender varias sesiones de aprendizaje.
6.17 Las unidades didácticas cuyas horas son PARES deben tener el 50% de sesión
SÍNCRONA y 50% de sesión ASÍNCRONA. 6.18 Las unidades didácticas cuyas horas son IMPARES deben tener el 60% de sesión
SÍNCRONA y 40% de sesión ASÍNCRONA.
7.0 DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
7.1 Las orientaciones y procedimientos no previstos en la presente Directiva, serán resueltos por el personal directivo y jerárquico, en concordancia con las normas legales vigentes.
Lima, agosto de 2021
CPC. Julia Teresa Palomino Alca
Directora General (e) del IESTP “Argentina”
OQC/JUA
dchv/secret.
Instituto de Educación Superior
Tecnológico Público Argentina
Dirección Regional de Educación de Lima
Metropolitana
Ministerio de Educación
PERÚ
Indicador de
Logro
Verbo Presente Indicativo
Objeto
Condición
28/08/2021
ANEXO N° 01
CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES ACADEMICAS 2021 – I - II
1
Instituto de Educación Superior Tecnológico Público
23 Entrega a docentes de Registro auxiliar Digital
25 - 30
Secretaria Académica
25
Entrega de Registros Digital y Relación
de Alumnos Desaprobados semestre I-
III-V-VI CICLO 2021-I
9-10
SECRETARIA ACADEMICA
26
Entrega de Informe Técnico Pedagógico I-III-V-VI CICLO
11-13
JUA - CAA
28 Término del semestre 2021-I
I, III, V, VI CICLO
13
CAA - JUA – Secretaria
Académica
29 Entrega de Boleta de Notas Virtual
27-31
Secretaria Académica
1 Inscripción admisión modalidad
exonerados y traslados
2 20
Comisión Institucional de
Admisión
2 Inscripción admisión modalidad ordinaria
2 31 Comisión Institucional de
Admisión
3
Evaluación y resultados admisión
exonerados y traslados
23 - 27
Comisión Institucional de
Admisión
4
Evaluación de selección por excelencia
académica
28
Comisión Institucional de
Admisión
5
Examen de admisión y resultados
2021 - I
04
Comisión Institucional de
Admisión
28/08/2021
ANEXO N° 01
CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES ACADEMICAS 2021 – I - II
3
N°
ACTIVIDADES
ENE.
FEB.
MAR.
ABR.
MAY.
JUN.
JUL.
AGO.
SET
OCT.
NOV.
DIC
OBSERVACIONES
06 Matrícula
1-17
Secretaria Académica
30 Inicio del Semestre Académico 2021-II
II-IV-VI
01
Normas del Buen Inicio 2021-II
31 Inicio Semestre Académico 2021-II
Ingresantes
06
Normas del Buen Inicio 2021-II
32
Matrícula extemporánea 20-27
Secretaria Académica
33 Reserve de Matricula o licencia de estudio 2021-II
20-27
Secretaria Académica
34 Recepción de Expedientes para convalidación de estudios.
2-13
Mesa e Partes Virtual
35 Entrega a docentes de listado
provisional
06
Secretaria Académica
36 Semana Tecnológica 2021
24-26
Docentes-CAA-JUA-Alumnos
37 Entrega a docentes de Registro Digital
1-8
Secretaria Académica
38 Entrega de Registros (físico y digital) y relación de desaprobados
27-28
Docentes
39 Entrega de Informe Técnico Pedagógico
29
CAA-JUA
40 Termino del Semestre 2021-II |30
CAA-JUA
41 Clausura entrega de papeleta de vacaciones al personal docente.
31
CAA-JUA-UADM
42 Entrega de boletas
24-28 Secretaria Académica
DIRECTORA GENERAL JEFE DE UNIDAD ADMINISTRATIVA
JEFE DE UNIDAD ACADEMICA
INSTITUTO DE EDUCACION SUPERIOR TECNOLOGICO PUBLICO “ARGENTINA”
Anexo N° 02
MODELO DE PLAN DE TRABAJO INDICE
PRESENTACIÓN
i. IDENTIFICACION DE LA INSTITUCION EDUCATIVA
1.1 VISIÓN
1.2 MISION
1.3 VARIABLES
1.4 VALORES
1.5 MARCO LEGAL
II. DIAGNOSTICO
Detallar participantes, causas, problema central, efectos, Áreas: tecnología educativa, programación para la acción educativa, capacitación de personal, vinculación con la comunidad, producción, cooperación técnica internacional, desarrollo institucional y otras.
III. JUSTIFICACIÓN
Fin de desarrollo
IV. OBJETIVO V. RESULTADO Y ACTIVIDADES VI. INDICADORES Y MEDIO DE VERIFICACIÓN VII. PROGRAMACIÓN DE ACTIVIDADES Y/O PROYECTOS VIII. PRESUPUESTO Y FINANCIAMIENTO IX. MONITOREO Y EVALUACIÓN
ANEXO A PLAN DE TRABAJO MARCO LÓGICO ANEXO B PLAN DE TRABAJO PROGRAMACIÓN DE ACTIVIDADES ANEXO C PLAN DE TRABAJO PRESUPUESTO POR ACTIVIDADES
ANEXO N° 03
CONSTANCIA DE RECEPCION DE DOCUMENTOS AL TÉRMINO DEL SEMESTRE ACADÉMICO 2021-II
Docente:
1.- Entrega de Registros de Evaluación a Secretaria Académica. Fecha: Del 27 al 30/12/2021, todos los semestres.
Semestre, Sección y Carrera Profesional.
SELLO (Secretaria Académica)
FECHA OBSERVACIONES
2.- Entrega de Relación de Alumnos Desaprobados, a las Coordinaciones de Área Academica.
Fecha: Del 27 al 30/12/2021, todos los semestres.
Semestre, Sección y Carrera Profesional
SELLO (Jefatura de Área Académica)
FECHA
OBSERVACIONES
3.- Entrega de Informe Técnico Pedagógico y Resumen Estadístico en la Jefatura de Unidad Académica.
Fecha: Del 30 al 31/12/2021, todos los semestres.
SELLO (Unidad Académica)
FECHA OBSERVACIONES
PD: La entrega de documentos fuera del cronograma establecido en la Directiva y Reglamento Interno,
www.istpargentina.edu.pe Av. Alfonso Ugarte cuadra 9 s/n. Lima Perú PÁG. 2
PF= (IL1+IL2+ … + ILn ) / n
9
10
11
12
13
14
Elemento Capacidad N°
de Actividad de Sesión N°
15 Aprendizaje Indicador de N° Logro
Elemento de Actividad de Sesión N° N°
16 Capacidad Aprendizaje
N° N°
17
18
VI. METODOLOGIA La comunicación entre el docente y estudiante en la modalidad virtual es:
Comunicación Síncrona: Los recursos y herramientas digitales a emplearse son: se empleará a las siguientes:
a. Videoconferencias b. Chat en línea c. Google Meet. d. Presentaciones digitales e. …….
Comunicación Asíncrona: Los recursos y herramientas digitales a emplearse son: se empleará a las siguientes:
a. Google Classroom b. Correo electrónico corporativo c. WhatsApp d. Google Forms e. …….
VII. EVALUACION La escala de calificación es vigesimal y el calificativo mínimo aprobatorio es trece (13), en todos los
casos la fracción 0.5 o más se considera como una unidad a favor del estudiante.
El estudiante que, en la evaluación de la capacidad terminal programada en la Unidad Didáctica, obtenga nota desaprobatoria entre diez (10) y doce (12), tiene derecho a participar en el proceso de recuperación interna programado.
El estudiante que después de realizado el proceso de recuperación obtuviera nota menor a trece (13), en la capacidad terminal de la Unidad Didáctica, desaprueba la misma, por tanto, repite la Unidad Didáctica.
El estudiante que acumulará inasistencias injustificadas en número igual o mayor al 30% del total de horas en la Unidad Didáctica, será desaprobado en forma automática, sin derecho a recuperación.
www.istpargentina.edu.pe Av. Alfonso Ugarte cuadra 9 s/n. Lima Perú PÁG. 1
ANEXO N° 09 SESIÓN DE APRENDIZAJE EN AULA VIRTUAL N°
Programa de Estudios : Módulo : Unidad Didáctica : Docente : Semestre Académico : Semestre y Sección : Semana N° : Fecha : Actividad de Aprendizaje N° :
ELEMENTO DE CAPACIDAD
DURACIÓN HORAS
PEDAGÓGICAS Sincrónica
Asincrónica
CONTENIDOS
CONCEPTUAL PROCEDIMENTAL ACTITUDINAL
SECUENCIA METODOLÓGICA
MOMENTOS DE LA SESIÓN
ACTIVIDADES RECURSOS /
HERRAMIENTAS DIGITALES
DURACIÓN
INICIO
(Motivación, recuperación de saberes previos y
conflicto cognitivo)
DESARROLLO
(Construcción del
aprendizaje: recepción, elaboración o
procesamiento y comunicación del
aprendizaje)
CIERRE
(Transferencia,
metacognición y evaluación)
EVALUACIÓN DE LOS APRENDIZAJES
CRITERIO DE EVALUACIÓN INDICADOR DE LOGRO INSTRUMENTOS DE EVALUACIÓN